Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIV Legislatura
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Porfirio Muñoz Ledo
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año I
México, DF, jueves 27 de septiembre de 2018
Sesión No. 11

SUMARIO


ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

En el marco de la discusión y aprobación del acta de la sesión anterior, interviene:

-El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del PT, desde la curul

COMUNICACIONES OFICIALES

De la Secretaría de Gobernación, mediante las cuales remite:

-Los Informes Finales de las Fichas de Monitoreo y Evaluación 2017-2018 de los Programas del Sector Economía. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social, para su conocimiento

-Los Informes Finales de las Fichas de Monitoreo y Evaluación 2017-2018 de los Programas Presupuestarios a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor. Se turna a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social, para su conocimiento

SOLICITUD DE LICENCIA

Del diputado Roberto Antonio Rubio Montejo, del PVEM, se recibió solicitud de licencia para separarse de su cargo como diputado federal. Aprobada, comuníquese

INICIATIVA DE CONGRESO ESTATAL

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Del Congreso de Baja California, se recibió la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

INICIATIVAS DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Merary Villegas Sánchez, en nombre propio y de diputados integrantes de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Ernesto Ruffo Appel, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

LEY MINERA

La diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley Minera. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXPIDE LA LEY DE LA COMISIÓN DE LA VERDAD SOBRE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO

La diputada Kehila Abigail Ku Escalante, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado Javier Salinas Narváez, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten trabajadores profesionales egresados de universidades públicas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Javier Salinas Narváez, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de austeridad. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

El diputado Javier Salinas Narváez, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto deroga diversas disposiciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

El diputado Arturo Escobar y Vega, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Deporte y Diversidad Sexual, para dictamen

SE DECLARA EL PRÓXIMO AÑO COMO “2019, 500 AÑOS DEL ESTABLECIMIENTO DEL MUNICIPIO DE MÉXICO”

El diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el próximo año como “2019, 500 años del establecimiento del Municipio de México”. Se turna a la Comisión de Gobernación, Protección Civil y Población, para dictamen

EXPIDE LA LEY SOBRE EL RÉGIMEN DE CAPITALIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

La diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

El diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Vicente Alberto Onofre Vázquez, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

El diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Alan Jesús Falomir Saenz, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

El diputado Marco Antonio Gómez Alcantar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

ABROGA LA LEY DE SEGURIDAD INTERIOR

La diputada Ana Lucia Riojas Martínez, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley de Seguridad Interior. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

SE DECLARA EL AÑO 2019 COMO “AÑO DEL CAUDILLO DEL SUR, EMILIANO ZAPATA”

La diputada Brenda Espinoza Lopez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el año 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”. Se turna a la Comisión de Gobernación, Protección Civil y Población, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley General de Salud. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Salud, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

El diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del PT, en nombre propio y de diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PT y de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES, LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LEY DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Alberto Esquer Gutiérrez, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social. Se turna a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY DEL SEGURO SOCIAL

La diputada Beatriz Manrique Guevara, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

El diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

OBRA DE LA GARITA CENTRO EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA

La diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California. Se considera urgente resolución

Para referirse a la proposición, intervienen:

-La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz, de Morena

-El diputado Emmanuel Reyes Carmona, del PRD

-El diputado Jorge Alcibíades García Lara, de MC

-El diputado Armando Reyes Ledesma, del PT

-El diputado Javier Julián Castañeda Pomposo, del PES

-La diputada Irma María Terán Villalobos, del PRI

-La diputada Lizbeth Mata Lozano, del PAN

-El diputado Jesús Salvador Minor Mora, de Morena

-La diputada Soraya Pérez Munguía, del PRI, para rectificar hechos, desde la curul

Se aprueba, comuníquese

REGULARIZAR EL ABASTO DE FÁRMACOS PARA TRATAR DISTINTOS TIPOS DE CÁNCER

La diputada Leticia Mariana Gómez Ordaz, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país. Se considera de urgente resolución

Para referirse a la proposición, hacen uso de la palabra:

-El diputado Oscar Bautista Villegas, del PVEM

-La diputada Lilia Villafuerte Zavala, del PRD

-La diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, de MC

-La diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del PT

-El diputado Armando González Escoto, del PES

-La diputada Laura Barrera Fortoul, del PRI

-La diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz, del PAN

-El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, de Morena

Se aprueba, comuníquese

REUNIÓN DE TRABAJO CON EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PGR

El diputado Jesús Guzmán Avilés, del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad. Se considera de urgente resolución

Para referirse a la proposición, participan:

-El diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez, del PVEM

-La diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del PRD

-La diputada Carmen Julia Prudencio González, de MC

-La diputada Lizeth Sánchez García, del PT

-El diputado Héctor Yunes Landa, del PRI

-La diputada María del Rosario Guzmán Avilés, del PAN

-La diputada Raquel Bonilla Herrera, de Morena

Se aprueba, comuníquese

COMUNICACIÓN OFICIAL

Se da cuenta con una comunicación de la Junta de Coordinación Política por medio de la cual solicita la modificación del Orden del Día para dispensar todos los trámites a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, firmada por los coordinadores de los grupos parlamentarios. Se aprueba la modificación del Orden del Día

INICIATIVAS DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL

La asamblea dispensa la lectura a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

En votación económica, se considera de urgente resolución, se le dispensan todos los trámites y se somete a discusión votación de inmediato

En consecuencia, está a discusión en lo general. Para referirse a la iniciativa, hacen uso de la palabra:

-El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del PT

-El diputado Izcoatl Tonatiuh Bravo Padilla, de MC

-El diputado Miguel Acundo González, del PES, desde la curul

-El diputado Alfredo Vazquez Vazquez, de Morena

-La diputada Cynthia Iliana López Castro, del PRI

Se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Para presentar propuestas de modificación, hacen uso de la tribuna:

-El diputado Mario Mata Carrasco, del PAN

-El diputado José Elías Lixa Abimerhi, del PAN, se acepta la modificación

Se aprueba en lo particular el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en términos del proyecto de decreto, así como la adición de un artículo transitorio

Se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El diputado Jorge Luis Montes Nieves, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD

El diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

La diputada Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen

PROPUESTAS DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

INTEGRACIÓN DE COMISIONES ORDINARIAS

Se recibe acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la integración de comisiones ordinarias para LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados. Se dispensa su lectura. Aprobado, comuníquese

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publica la votación de:

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (en lo particular el artículo 39 en términos del dictamen, y la adición de un transitorio, propuesto por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y aceptado por la asamblea)



Presidencia del diputado Porfirio Muñoz Ledo



ASISTENCIA

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 174 diputadas y diputados, por lo tanto, no hay quórum, presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Esperemos un tiempo de tolerancia no mayor de 15 minutos, y si no hay quórum se levantará la sesión como lo indica el Reglamento de la Cámara.

Pido a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 287 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum, señor presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo (a las 11:13 horas): Se abre la sesión.

En primer término, diputadas y diputados, les ruego tomen sus asientos. Se ruega a los medios de comunicación que se retiren a su área de trabajo. Este tema había sido resuelto ya hace muchos años.

Ruego a la Secretaría se sirva recibir el justificante que acredita la razón de fuerza mayor que me obligó a no acudir a la sesión anterior.

ORDEN DEL DÍA

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura del orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Se dispensa la lectura.

«Primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

Orden del día

Jueves 27 de septiembre de 2018

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Secretaría de Gobernación

Remite los Informes Finales de las fichas de Monitoreo y Evaluación 2017-2018 de los Programas del Sector Economía.

Remite los Informes Finales de las fichas de Monitoreo y Evaluación 2017-2018 de los Programas Presupuestarios a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Solicitud de licencia

Del diputado Roberto Antonio Rubio Montejo.

Iniciativa del Congreso del Estado de Baja California

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

Iniciativas

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por el diputado Benjamín Robles Montoya y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada Ediltrudis Rodríguez Arellano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que expide la Ley General de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria del Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Luis Montes Nieves, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que abroga la Ley de Seguridad Interior, a cargo de la diputada Ana Lucia Riojas Martínez.

Que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Leticia Díaz Aguilar, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten trabajadores profesionales egresados de universidades públicas, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prohibición del matrimonio entre personas menores de dieciocho años, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salud sexual y reproductiva, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 88 Bis y 120 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rubén Terán Águila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de análisis de la Cuenta Pública, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 3o. y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Sonia Rocha Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que deroga el inciso D), fracción I del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Marcela Torres Peimbert, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Juan Israel Ramos Ruíz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mirna Zabeida Maldonado Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 24 de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 9 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 64 de la Ley General de Víctimas, suscrita por la diputada María Lucero Saldaña Pérez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 61 de la Ley Aduanera, a cargo de la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Lorena Cuéllar Cisneros, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 129 Bis del Código Penal Federal y 2o. y 3o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a cargo de la diputada Abelina López Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada María del Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ricardo Gallardo Cardona, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 25 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado Hugo Rafael Ruiz Lustre, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma los artículos 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Agraria y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrita por los diputados Guadalupe Romo Romo y Armando Tejeda Cid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 213-Bis del Código Penal Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, para implementar acciones de parlamento abierto, a cargo de la diputada Luz Estefanía Rosas Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Gómez Álvarez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de austeridad, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que deroga diversas disposiciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo de la diputada María de los Ángeles Huerta del Río, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género, suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona los artículos 26, 28, y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada María del Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

De Decreto por el que se declara el año 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”, a cargo de la diputada Brenda Espinoza López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos, a fin de garantizar la paridad de género en la integración de los órganos de dirección de los partidos políticos, a cargo de la diputada Lizbeth Mata Lozano, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alan Jesús Falomir Sáenz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

De Decreto por el que se declara el próximo año como “2019, 500 años del establecimiento del Municipio en México”, a cargo del diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Vicente Alberto Onofre Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley Minera, a cargo de la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo y adiciona un artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, suscrita por las diputadas Beatriz Manrique Guevara y Ana Patricia Peralta de la Peña, de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma los artículos 13 de la Ley del Seguro Social, y 279 Ter y 283 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que abroga la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, a cargo del diputado Carlos Alberto Valenzuela González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 76, 89 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro Candelaria Maximino, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Emilio Manzanilla Téllez y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido del Trabajo y de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que expide la Ley General de Prevención, Atención y Posvención del Suicidio, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 7o. de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que adiciona el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Eulalio Juan Ríos Fararoni, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley General de Participación Ciudadana, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma el artículo 76 y adiciona un artículo 137 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 20 de la Ley de Nacionalidad, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 51 y 325 del Código Penal Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que deroga la fracción II del artículo 14 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, a cargo de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 2o., 44 y 58 de la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona un artículo 91 Bis a la Ley de la Propiedad Industrial, a cargo del diputado Eduardo Ron Ramos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Gómez Álvarez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 23 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Josefina Salazar Báez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Ernesto Vargas Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ruth Salinas Reyes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Pablo Gómez Álvarez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona el artículo 48 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Josefina Salazar Báez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona un artículo 35 Bis a la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la diputada Martha Hortencia Garay Cadena, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo del diputado Armando González Escoto, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, para despenalizar el consumo de cannabis, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Que expide la Ley General de Propaganda Oficial y reforma el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Pablo Gómez Álvarez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 30 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Alonso Riggs Baeza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, a cargo del diputado Cruz Juvenal Roa Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que adiciona el artículo 325 Bis al Código Penal Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma los artículos 28 y 43 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Francisco Elizondo Garrido, de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma y adiciona el artículo 130 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 5 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Juan Francisco Espinoza Eguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 22 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Olga Patricia Sosa Ruíz, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Militar de Procedimientos Penales, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Nayeli Arlen Fernández Cruz, de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que expide la Ley General para el Uso Sustentable y Conservación del Suelo, a cargo del diputado Cipriano Charrez Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 4o., 30, 94 y 95 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 2-B a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdéz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 2o., 3o. y 11 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Luis Fernando Salazar Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Proposiciones de urgente resolución

Con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con punto de acuerdo a convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficacia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Proposiciones de turno a comisión

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas para que, de manera coordinada con los municipios fortalezcan las medidas de seguridad encaminadas a prevenir el robo a transporte de carga y pasajeros en las carreteras estatales, ante el aumento de dicho ilícito, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, a conducirse con apego a los principios establecidos en la Ley, en aras de garantizar el Estado democrático de derecho, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo relativo a la restitución del fondo de ahorro de ex braceros, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a las autoridades educativas de las entidades federativas, a que fortalezcan los lineamientos y supervisión para garantizar la venta de alimentos saludables en el interior de los planteles educativos, en virtud del incremento de la venta de comida chatarra, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que exhorta a la Semarnat, informe el estado que guarda la contingencia ambiental acaecida en los cuerpos acuíferos de los municipios de Centla, Jonuta y Macuspana, por la que han sido afectadas diversas comunidades en la salud de sus habitantes y han muerto ejemplares de especies en peligro de extinción, a cargo del diputado Sergio Mayer Breton, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Veracruz, a atender el fenómeno de feminicidios en la entidad, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo que exhorta a la Semarnat, a la Profepa y al gobierno del estado de Sonora, a difundir un informe detallado sobre la atención y seguimiento a los efectos del derrame de 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico de la mina Buenavista del cobre, propiedad de Grupo México, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Chihuahua, a fortalecer su estrategia de seguridad pública y la coordinación con los ayuntamientos y el gobierno federal, ante el clima de inseguridad que se vive en la entidad, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los integrantes del Congreso de la Unión, a que se visibilice a las juventudes en la Legislación Nacional, suscrito por los diputados Lidia Nallely Vargas Hernández y Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Guanajuato, a actuar de forma efectiva para frenar la ola de violencia de las últimas semanas en la entidad, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo a las altas tasas de mortandad de especies de tortugas protegidas en costas del estado de Oaxaca, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de la CDMX y al Sistema de Aguas, a realizar una evaluación externa del programa “operativo de lluvias”, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Puebla, a dar celeridad a las investigaciones por el homicidio y linchamiento de dos personas en el municipio de Acatlán de Osorio, acontecido el pasado 29 de agosto, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, para que a través de las dependencias de la seguridad pública y en coordinación con los municipios, actualicen los protocolos de actuación y realicen simulacros para prevenir la violencia colectiva (linchamientos), suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, para que, en coordinación con la PGR, implementen y amplíen las campañas informativas y de orientación encaminadas a prevenir la desaparición de niñas, niños y adolescentes, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo al gran desabasto de agua potable que sufren los habitantes del municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, suscrito por los diputados Juan Ángel Bautista Bravo y Felipe Rafael Arvizu de la Luz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CRE, para que revisen las fórmulas y recalcule las tarifas de energía eléctrica para uso comercial e industrial en el estado de Yucatán; asimismo al Cenagas, a impulsar la construcción de la infraestructura necesaria, a fin de que el gas natural llegue a la entidad, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Nuevo León, a combatir los altos niveles de contaminación ambiental en el área metropolitana de Monterrey, a cargo del diputado Ernesto Vargas Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a difundir un informe detallado de la ayuda proporcionada a los damnificados y deudos del terremoto del pasado 7 de septiembre de 2017 y a señalar los planes de reconstrucción y reactivación económica en las regiones afectadas, a cargo del diputado Ángel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, a hacer efectivo el artículo 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a fin de garantizar la paridad de género tanto en las presidencias de las Comisiones como en la integración de las mismas, suscrito por diputadas integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la reincorporación del inmueble federal denominado “Parque Bicentenario 2010” a la Semarnat y se solicita su no privatización, a cargo del diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a fortalecer los mecanismos que coadyuven a erradicar la discriminación laboral hacia las personas mayores de 40 años, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo a diseñar e implementar programas que tomen en cuenta la dinámica particular del comercio en vía pública en sus diferentes formas y condiciones de trabajo y cesen las acciones de violencia de las autoridades en contra de los trabajadores de este sector, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a difundir la información respecto a la atención brindada a las niñas, niños, jóvenes y adolescentes deportados a México, en materia de equivalencia o revalidación de estudios, suscrito por la diputada Maribel Martínez Ruíz y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a liberar los recursos faltantes y transparentar y emitir los avances físico financieros de las obras de reconstrucción de viviendas de los damnificados por los terremotos del 7 y 19 de septiembre del año 2017, suscrito por el diputado Juan Enrique Farrera Esponda y diputados integrantes, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas y al INAH, para que implementen y fortalezcan los protocolos y medidas de prevención necesarias, a fin de evitar incidentes como el incendio ocurrido en el Museo Nacional de Río, Brasil, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Puebla y al Congreso local del mismo, a detener y revertir la privatización del patrimonio de dicha entidad, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, a garantizar la libertad sindical en los procesos de renovación de las dirigencias del Sindicato Nacional del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Sindicato Nacional de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, a cargo del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo relativo a la instalación de la Comisión de seguimiento a los trabajos de reconstrucción y estudios geológicos de suelo y a los avances y resultados de la entrega de recursos del Fonden a los municipios del Istmo de Tehuantepec en Oaxaca, afectados por los sismos del 7 y 19 de septiembre de 2017, a cargo de la diputada Rosalinda Domínguez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al INE, a emitir credenciales inmediatas y temporales a los migrantes repatriados, a cargo de la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y al INEE, a suspender la aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente en todo lo relativo a los procesos de evaluación del desempeño, así como cualquier procedimiento sancionatorio, hasta en tanto sea revisado, y en su caso, reformado el marco normativo que lo rige, a cargo del diputado Iran Santiago Manuel, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la prevención, atención, sanción y erradicación de la “Fabricación de Culpables” en México, a cargo de la diputada María de los Ángeles Huerta del Río, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a los feminicidios en el Estado de México, suscrito por el diputado Juan Ángel Bautista Bravo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a emitir una estampilla postal, a expedir un billete de lotería y una moneda conmemorativa con motivo de “los 500 años de la fundación de la Ciudad y Puerto de Veracruz”, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Estado de Baja California Sur, a atender las diversas manifestaciones de organizaciones de la sociedad civil, a fin de revocar el nombramiento de la actual directora del instituto sudcaliforniano de las mujeres, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo del estado de Guerrero, para que den cumplimiento al mandato dispuesto en el artículo tercero transitorio de la Ley Número 487 para Prevenir y Atender el Desplazamiento Interno en el Estado de Guerrero, a cargo del diputado Raymundo García Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo relativo a la aprobación por parte del Congreso del estado de Puebla de los proyectos políticos y administrativos del Ejecutivo Estatal, así como del respaldo a la pérdida del patrimonio del Estado y al daño al medio ambiente de la Ciudad de Puebla, a cargo del diputado José Guillermo Aréchiga Santamaría, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Nuevo León y al Director General de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, a implementar medidas de solución y atender la problemática de escasez de agua que enfrentan diversos municipios en la zona sur del estado, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León, para que dé celeridad a las investigaciones sobre la muerte de un alumno de la Prepa Tec, que falleció a consecuencia de un disparo en la cabeza el pasado 10 de septiembre de 2018, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, a garantizar el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres y el respeto irrestricto del principio de paridad de género, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a suscribir la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores y la turne para su aprobación por el Senado de la República, a cargo de la diputada Estela Núñez Álvarez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, para que se mantenga la Comisión Ordinaria de Pesca y Acuacultura durante las LXIV y LXV Legislaturas, a cargo del diputado Ernesto Ruffo Appel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Mesa Directiva y a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, a la celebración de una Sesión Solemne con motivo del 50 Aniversario de los Caídos en lucha por la Democracia en la Plaza de las Tres Culturas el 2 de octubre de 1968, suscrito por los diputados Dolores Padierna Luna y Sergio Mayer Breton, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conanp, para evitar que se decrete el proyecto por el que se crea el área natural protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera del Mar de Cortés y Pacífico Sudcaliforniano, a cargo del diputado Ernesto Ruffo Appel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Veracruz, para que actúe de manera efectiva y fortalezca sus acciones encaminadas a garantizar la seguridad de la población, ante el incremento sostenido de los índices delictivos en la entidad, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Juntas de Coordinación Política de ambas Cámaras, a acordar a la brevedad la integración de los Diputados y Senadores que conformarán la Comisión de Concordia y Pacificación, suscrito por el diputado Alfredo Vázquez Vázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y al Gobernador del estado de Oaxaca, para que informe a la opinión pública sobre el uso de los fondos, donaciones y recursos destinados a la reconstrucción de viviendas y ayuda a damnificados de los pasados sismos del 7 y 19 de septiembre de 2017, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la SCT y a la Segob, a atender la problemática en la Autopista del Sol, a cargo del diputado Rubén Cayetano García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SE, prohíba la comercialización de productos de origen extranjero imitación de artesanías mexicanas, principalmente de origen chino, a cargo de la diputada Sonia Rocha Acosta, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo relativo a las actividades que promueven la unidad familiar en las fronteras y el territorio mexicano, en el marco del 8o. Foro Social Mundial de las Migraciones, suscrito por los diputados Juan Carlos Loera de la Rosa y Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Estado de México y a la Directiva en turno, a permitir que los procesos para la elección de los órganos de dirección del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México sean libres y democráticos, a cargo del diputado Juan Pablo Sánchez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Puebla y a la PGR, a apresurar las investigaciones sobre la denuncia por presunta desaparición forzada del defensor de los Derechos Ambientales Sergio Rivera Hernández, así como a realizar todas las acciones necesarias para su inmediata búsqueda y localización, a cargo de la diputada Inés Parra Juárez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a revertir la Declaratoria de Sujeción al Régimen del Dominio Público de la Federación inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, dentro del folio real electrónico 0012747-1, e impedir la desincorporación a favor de la misma, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a abstenerse de aumentar las tarifas por el uso de las carreteras, caminos y puentes federales, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la situación y grave aumento de violencia feminicida en el estado de Oaxaca, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a la Semarnat y a la Profeco, para que fomenten, promuevan y difundan en los distintos medios de comunicación la cultura de reutilizar, así como la separación de basura y uso de productos amigables con el medio ambiente que incentive la producción y el consumo responsable, a cargo de la diputada Ma. de los Ángeles Ayala Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Profepa, para que fortalezcan las acciones, a fin de vigilar y proteger a las tortugas marinas en todas las playas del país, suscrito por los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado Guanajuato y a la Procuraduría de dicha entidad, a asumir el compromiso de velar y garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el caso de “La Ciudad de los Niños”, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a no aplicar ningún tipo de aumentos al cobro peaje en las autopistas de Capufe del país, a cargo del diputado José Guadalupe Ambrocio Gachuz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Gobierno del estado de Chihuahua, a tomar acciones contra la alarmante situación de violencia, delincuencia y resolver el lamentable atentado contra Blas Juan Godínez, Presidente Electo del Municipio de Gómez Farías, a cargo del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a las cuentas públicas 2015 y 2016 de la Secretaria de Salud en el Estado de México, suscrito por el diputado Juan Ángel Bautista Bravo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Coahuila de Zaragoza y a la Segob, a emitir Declaratoria de Desastre Natural por las lluvias atípicas del presente mes de septiembre, para todos los municipios gravemente afectados en dicha entidad, a cargo de la diputada Melba Nelia Farías Zambrano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homologas en las 32 entidades federativas, a fortalecer las estrategias, acciones y medidas prácticas para la prevención del suicidio, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política, que la Minuta por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y de la Ley Federal del Trabajo, sea considerada como prioritaria para su aprobación en este primer período ordinario de sesiones del Primer Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura, una vez instaladas las comisiones ordinarias, a cargo de la diputada Laura Barrera Fortoul, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Veracruz y a la Fiscalía General, para que se apegue a los protocolos de notificación a los familiares, eviten la re victimización y se promueva la participación conjunta entre autoridades y familiares; evitando politizar el tema y actuando bajo los conceptos fundamentales constitucionales, a cargo del diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que turne a la H. Cámara de Senadores, el Convenio 189 y la recomendación 201 en materia de trabajo decente para las y los trabajadores domésticos, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a la STPS, para que procedan a la inmediata reinstalación de los profesores cesados de manera unilateral en el contexto de la evaluación educativa en tanto el marco normativo correspondiente sea revisado y en su caso reformado, a cargo de la diputada Idalia Reyes Miguel, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la SEP, para que establezcan un plan económico con la Universidad Autónoma del Estado de Morelos que permita la continuidad del ciclo escolar, a cargo de la diputada Brenda Espinoza Lopez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de Seguimiento a las Investigaciones relacionadas con los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, a alumnos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que exhorta a la SCT, a través de Capufe, y a la SHCP, para que se reconsidere y reduzca el ajuste tarifario que entró en vigor el 7 de septiembre del presente año, aplicado a las plazas de cobro de la autopista Tijuana-Ensenada, en el estado de Baja California, a cargo de la diputada Lizbeth Mata Lozano, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Presidente Electo, hacer de conocimiento público los criterios para definir la forma de participación de la ciudadanía en la definición de la sede del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México, suscrito por los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades fiscalizadoras del estado de Morelos a auditar los tres periodos legislativos de la Legislatura LII del H. Congreso del estado, a cargo del diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Chihuahua, a atender las denuncias que diversas organizaciones han realizado sobre presunto desvío y malversación del Presupuesto asignado a la Secretaría del Estado de Chihuahua, a cargo de la diputada Claudia Elena Lastra Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Sedesol, realice una profunda revisión del contenido de las reglas de operación del programa 3x1 para migrantes, a fin de simplificarlas para que recupere su sentido original de que sean los migrantes quienes, de manera conjunta con sus comunidades, decidan el destino de dichos recursos, suscrito por la diputada María del Pilar Lozano Mac Donald y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias del gobierno federal, para implementar campañas de prevención para disminuir los índices de sustracción de menores y fortalecer los protocolos de emisión de alertas, a cargo del diputado Raymundo García Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Jalisco, al Instituto Jalisciense de Ciencias forenses y a la Fiscalía General de dicha entidad, a cumplir con las obligaciones que les imponen la Ley General de Victimas y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, a cargo de la diputada Ana Lucia Riojas Martínez.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a los Gobiernos de las entidades federativas, a apoyar la creación de centros de capacitación y actualización y promover actividades de capacitación y actualización de médicos, enfermeras y personal de salud que labora en las zonas rurales del país, a cargo del diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conanp, a no autorizar las solicitudes presentadas para la preparación del sitio, construcción y operación del Proyecto Los Cardones, en la Reserva de la Biosfera “Sierra de la Laguna”, en el estado de Baja California Sur, a cargo del diputado José Rigoberto Mares Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por la que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, para que, en coordinación con sus homólogas en las 32 entidades federativas, promuevan campañas informativas sobre los riesgos y consecuencias de la demencia como problema de salud pública para su efectiva y oportuna atención, suscrito por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, a frenar la inclusión de más estados en la denominación de origen de mezcal y modificar los mecanismos de inclusión al mismo, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta CRE, a rectificar las fórmulas y reajustar las tarifas de electricidad para uso comercial e industrial en la división bajío, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Nayarit y a la Fiscalía General de dicha entidad, a esclarecer el asesinato del Marakame Margarito Díaz González, defensor indígena de Derechos Humanos y a implementar las medidas cautelares emitidas por la CNDH relativas a este caso, a cargo de la diputada Ana Lucia Riojas Martínez.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a los Gobiernos Estatales que se tienen catalogados como epicentros sísmicos importantes, a coordinar las acciones necesarias para conectar y ajustar en cantidad, calidad y tiempo los sensores sísmicos conectados al Sistema de Alerta Sísmica Mexicano, así como actualizar oportunamente el Atlas Nacional de Riesgos, y los correspondientes a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a la Sener, a la CRE y a la CFE, a realizar las acciones necesarias para implementar el mecanismo conocido como Bono Solar, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, se congratula por la apertura de sesiones de la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México, suscrito por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Sonora, a no usar el instrumento legal que podría modificar las decisiones del poder legislativo estatal en los procesos de aprobación de los presupuestos próximos en dicha entidad, a cargo de la diputada Ana Gabriela Guevara Espinoza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los miembros de la Junta de Coordinación Política de la LXIV Legislatura, a considerar a que un legislador sin partido presida la Comisión de Participación Ciudadana de la presente legislatura, a cargo del diputado Carlos Alberto Morales Vázquez.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Morelos, a considerar la realización de diversas acciones en materia de gestión integral de riesgos en beneficio de la población ante la eventualidad de un sismo en la localidad, a cargo de la diputada Juanita Guerra Mena, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Coahuila de Zaragoza, a realizar las gestiones pertinentes para atender, dar seguimiento y atención especial a la infraestructura y habitantes de los municipios de Monclova, Parras de la Fuente y General Cepeda, los cuales presentan riesgos materiales y humanos por el posible desbordamiento de la presa San Antonio, ubicada en el municipio de Parras de la Fuente, como consecuencia de las potentes lluvias que se ha presentado en la región, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial de la Federación, a actuar con mayor diligencia y celeridad en aquellos casos donde se diriman los derechos de las niñas, niños y adolescentes, especialmente los relacionados con la guarda y custodia, como el caso de los hijos de la señora Mayte López García, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a de-sarrollar un programa urgente para la atención de los estudiantes que no han comenzado el ciclo escolar 2018-2019, debido a los daños que presentan los planteles educativos desde los sismos de septiembre de 2017, suscrito por los diputados Sergio Mayer Breton e Irineo Molina Espinoza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a los trabajos de limpieza, desazolve y saneamiento de los ríos Santiago y Zula en el estado de Jalisco, a cargo del diputado Absalón García Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STyPS, a impulsar las medidas que estime pertinentes para que las madres, padres o tutores de menores de edad cuenten con los permisos necesarios para atender los asuntos escolares en horas laborales, sin que ello implique un perjuicio en su productividad laboral, a cargo de la diputada Abelina López Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE y a la SRE, a defender los intereses mexicanos en cuánto a los asuntos migratorios, energéticos y de seguridad, y a apoyar la integración de Canadá al acuerdo comercial alcanzado con Estados Unidos, en el marco de la renegociación del TLCAN, suscrito por los diputados Leticia Díaz Aguilar y Daniel Gutiérrez Gutiérrez del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Asuntos Migratorios de esta Cámara, a diseñar un Plan de Emergencia para vigilar la protección de los derechos de los migrantes mexicanos en Estados Unidos de América, suscrito por los diputados Lorenia Iveth Valles Sampedro e Irineo Molina Espinoza del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profepa y a la Semarnat, a actualizar la NOM-059-Semarnat-2010 y establecer los criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies o poblaciones mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción, a cargo de la diputada Laura Patricia Ávalos Magaña, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a difundir el destino de los recursos que fueron consignados debido a los sismos ocurridos en septiembre de 2017, a cargo del diputado Rubén Terán Águila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCJN, a pronunciarse sobre el fondo en las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales derivadas del Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017, suscrito por las diputadas Sandra Paola González Castañeda y Tatiana Clouthier Carrillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a liberar los recursos del fondo de Proyectos de Desarrollo Regional (PDR) del ramo 23 incluidos en el PEF 2018, así como a brindar de manera oportuna la información de su portal digital de transparencia, a cargo del diputado Jorge Luis Montes Nieves, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía, a la CRE y la CFE, revise la Metodología que se utilizó para la determinación y cálculo de las tarifas finales del suministro básico aplicables al sector industrial en el estado de Guanajuato, y proceda a su ajuste y disminución, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a fin de que se modifique la NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de Calidad de los Petrolíferos, para que la especificación de clase de volatilidad de las gasolinas de acuerdo a las zonas geográficas y a la época del año, y las especificaciones adicionales, sean homogéneas en la zona metropolitana de Monterrey y la zona metropolitana del Valle de México, a cargo del diputado Hernán Salinas Wolberg, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al juzgado quinto de distrito del estado de Morelos, a asumir el protocolo para juzgar con perspectiva de género, emitido por la SCJN, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua y a la Segob, a declarar zonas afectadas y de desastre natural por lluvias e inundaciones a distintas colonias de los municipios de Jojutla y Tlalquiltenango en el estado de Morelos, a cargo del diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a iniciar el procedimiento de remoción de los Consejeros Independientes de Petróleos Mexicanos previsto en los artículos 37, 38 y 39 de la Ley de Petróleos Mexicanos por haber incumplido con las obligaciones de diligencia, lealtad y responsabilidades que establece dicha ley, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la defensa del derecho colectivo de creadores y herederos del proceso prehispánico del mezcal de origen cultural y tradición artesanal de los pueblos indígenas zapotecas y chontales del estado de Oaxaca, a cargo del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a las denuncias de desvío de recursos y el destino de los 400 mdp etiquetados para obras de mitigación, y a la verificación y rectificación de las obras del Tren Interurbano para evitar afectar los derechos de los vecinos de la colonia Belén de las Flores, a cargo de la diputada Lorena Villavicencio Ayala, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que esta Soberanía desaprueba la reforma del artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, a cargo del diputado Héctor Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a conceder permisos de pesca comercial para camarón en embarcaciones menores, en favor de las cooperativas pesqueras chiapanecas, y asesoría a las mismas para que puedan acceder a los apoyos que se otorgan por medio de los programas federales de fomento a la actividad pesquera, a cargo del diputado José Luis Elorza Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a transparentar la asignación de plazas en el Servicio Profesional Docente, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a realizar las gestiones pertinentes para incluir al Mieloma Múltiple dentro de la cobertura del Catálogo de Intervenciones del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política, de la H. Cámara de Diputados, a crear una Comisión Especial para los festejos de los 500 años de la fundación del Puerto de Veracruz, a cargo de la diputada Anilú Ingram Vallines, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo a que se decrete el 19 de septiembre Como el Día de la Unión y Solidaridad Nacional, a cargo del diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruíz, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a implementar las medidas necesarias para garantizar la restauración del patrimonio arquitectónico del municipio de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, tras los daños provocados por los sismos ocurridos en septiembre de 2017, a cargo de la diputada Emeteria Claudia Martínez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del estado de Nuevo León, a reconsiderar el aumento en las tarifas del transporte público, metro y taxis que aprobó el Consejo Estatal del Transporte y Vialidad el 17 de septiembre del año en curso, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Cofepris, a fin de fortalecer las acciones que contribuyan a salvaguardar la salud de las personas que acuden a clínicas de cirugías estéticas que no cumplen con la normatividad establecida por la ley, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Puebla y a la Fiscalía General de dicha entidad, a aumentar el personal para la adecuada atención del rezago judicial, a cargo de la diputada Claudia Báez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Nuevo León y al Consejo Estatal de Transporte y Vialidad, a revisar e informar a la población el probable incremento de las tarifas del transporte público, a cargo del diputado Edelmiro Santiago Santos Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se propone la aprobación, conformación e integración de una Comisión Especial para dar Seguimiento a la correcta y puntual Implementación del Sistema Nacional de Mejora Regulatoria, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a reiniciar la investigación sobre la desaparición de los estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, a cargo del diputado Víctor Adolfo Mojica Wences, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias federales y del estado de Oaxaca, a garantizar la implementación de acciones para mantener la seguridad interior, la gobernabilidad y la disciplina en los centros de reinserción social en dicha entidad y el respeto a los derechos humanos de la población recluida, a cargo de la diputada Rosalinda Domínguez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a implementar medidas orientadas a la prevención del embarazo adolescente, a cargo de la diputada María Marcela Torres Peimbert, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CRE, a llevar a cabo una revisión de las tarifas eléctricas en el estado de Nayarit, ante el incremento registrado durante los últimos meses, suscrita por las diputadas Margarita Flores Sánchez y Martha Elena García Gómez, de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Puebla, a proveer el saneamiento ambiental del entorno del tiradero a cielo abierto de la barranca “El Zoquital” del municipio de Xicotepec de Juárez, a cargo del diputado Miguel Acundo González, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Chiapas, a que implementen todas las medidas necesarias por los eventos violentos que se suscitaron en el municipio de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, el día 19 de septiembre del presente año, a cargo de la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a que atienda y ejecute diversas acciones para el saneamiento del lago de Chapala, Jalisco, a cargo del diputado Juan Martin Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la CDMX, a implementar y legislar en políticas públicas que atiendan a la reconstrucción psicosocial de los habitantes de dicha entidad, a cargo de la diputada Ana Lucia Riojas Martínez.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob y a los Gobiernos de las entidades federativas, a garantizar que no se vulneren los derechos humanos de personas migrantes en el sistema penitenciario mexicano, a cargo de la diputada Rosalinda Domínguez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México, a atender la violencia en escenarios y espectáculos deportivos, a fin de garantizar la integridad de los ciudadanos y sus familias que asisten a este tipo de eventos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol, a establecer una mesa de dialogo con los representantes de las estancias infantiles en cada una de las 32 entidades federativas para que, en la definición de las reglas de operación del Programa de Estancias Infantiles 2019, sean consideradas sus demandas y propuestas, suscrita por los diputados Claudia Angélica Domínguez Vázquez, Óscar González Yáñez y José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta la Segob y a la SHCP, a ampliar los beneficios del programa “Somos Mexicanos” para que los migrantes que retornan al país de la manera definitiva puedan importar sus vehículos sin gravamen alguno, a cargo de la diputada María Libier González Anaya, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de salud federales y del estado de Oaxaca, a realizar acciones urgentes de atención ante el brote de dengue hemorrágico en la comunidad de San Juan Jaltepec, en el municipio de Santiago Yaveo, en la sierra norte de dicha entidad, a cargo de la diputada Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que exhorta al Gobierno del estado de Guanajuato, para que en coordinación con los gobiernos municipales, refuercen la estrategia de seguridad pública, ante la creciente la ola de violencia que aqueja a la entidad, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo relativo al funcionamiento y operación de los depósitos vehiculares y empresas autorizadas para prestar el servicio de arrastre, salvamento, guarda, custodia y depósito de vehículos a disposición de distintas autoridades, a cargo del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a la SE y a la Profeco, para que los productos denominados “Formula Láctea” y “Producto Lácteo Combinado” de acuerdo a las Normas Oficiales, no pueden utilizar en su etiquetado la denominación de “Leche”, a cargo del diputado Eduardo Ron Ramos, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo relativo a las excesivas tarifas de consumo eléctrico para el sector empresarial del país, a cargo del diputado Miguel Ángel Chico Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a entregar por anticipado los recursos de los programas federales al estado de Sinaloa, a fin de apoyar a la población afectada por las recientes lluvias, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Oaxaca, a establecer las acciones que implementará su gobierno para atender la declaratoria de alerta de género, a cargo de la diputada Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Salud y a la SEP, a dar cumplimiento a la instalación de bebederos y prohibición de venta de comida “chatarra” en las escuelas públicas del país, a cargo de la diputada Martha Robles Ortíz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a mantener la tarifa eléctrica de verano 1F hasta el 31 de marzo de 2019, en los municipios de los estados de Sinaloa y Sonora que han sido declarados zona de desastre por la depresión tropical 19-E, a cargo del diputado Alfredo Villegas Arreola, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a apoyar con lo necesario al comité científico formado por la UNAM para atender la problemática del sargazo en Quintana Roo, a cargo del diputado Jesús de los Ángeles Pool Moo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a abrogar los 10 decretos publicados el 6 de junio de 2018 en el DOF, relativos a la supresión de las vedas hidrológicas del país, a cargo de la diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la protección de los derechos de niñas y niños, hijos de reclusas, nacidos en centros de readaptación social, a cargo de la diputada Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de la Cámara Diputados, a emitir un acuerdo para convocar a la realización de foros que cumplan con el artículo tercero transitorio del Decreto por el que se declara reformado el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el DOF el 08 de febrero de 2012, a cargo de la diputada Leticia Díaz Aguilar, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la Secretaría de Finanzas del estado de Sonora, a atender la situación financiera de la alcaldía de Hermosillo, a cargo de la diputada María Wendy Briceño Zuloaga, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Tribunal Superior de Justicia del estado de Veracruz, a actuar con estricto apego a la legalidad en el procedimiento de nombramiento de los magistrados, a cargo de la diputada María Bertha Espinoza Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la instalación de mesas de diálogo para la atención de demandas de habitantes del estado de Oaxaca afectados por los sismos del 7 y 19 de septiembre de 2017 y del 16 de febrero de 2018, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Infonavit, a proponer alternativas de restructuración de deuda, a fin de solucionar las problemáticas que presentan sus derechohabientes en Sinaloa, con particular atención a los afectados en Mazatlán, a cargo del diputado Maximiliano Ruíz Arias, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se aprueba la realización de la Convención Nacional Hacendaria el nueve de noviembre de 2018, suscrito por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena y del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la CNS, a detener la tala ilegal en el municipio de Ocuilan de Arteaga, Estado de México y en el Parque Nacional Laguna de Zempoala, a cargo del diputado Maximino Alejandro Candelaria, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo que exhorta a la Segob y a la Sener, a realizar los estudios de impacto social en los términos que mandata la Ley de Hidrocarburos, en las zonas donde hay pozos relacionados con la extracción de hidrocarburos mediante la tecnología de fracturación hidráulica, a cargo del diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas instituciones, a contribuir a la conmemoración de los 500 años del establecimiento del municipio en México, a cargo del diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, al Ini-fed, y a las autoridades educativas locales de las entidades afectadas por los sismos de septiembre de 2017, a que hagan público un informe actualizado sobre los avances en la reconstrucción de la infraestructura física educativa que sufrió daños, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo relativo a restringir la compra y el uso de productos plásticos desechables de un solo uso y explorar la utilización de productos biodegradables o materiales como el vidrio dentro de las actividades parlamentarias de esta Soberanía, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, para que, adecuen el marco normativo vigente en sus estados para incorporar medidas que aseguren el cumplimiento, en la práctica, de las normas nacionales e internacionales sobre el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, a cargo del diputado Raymundo García Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Chiapas, a crear la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor como un órgano descentralizado de la administración pública, a cargo del diputado Carlos Alberto Morales Vázquez.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a agilizar la entrega de los recursos del Fonden destinados a los municipios afectados en el estado de Sinaloa y a la ASF a fiscalizar la correcta aplicación, a cargo del diputado Maximiliano Ruíz Arias, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de una Comisión Especial para Evaluar y Analizar el Presupuesto Necesario que Requiere la Ciudad de México, a fin de dar mantenimiento y sustitución a la infraestructura del sistema de aguas de la capital, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la CDMX, para que, a través del Sistema de Transporte Colectivo Metro, implemente acciones urgentes para dar mantenimiento a este Sistema de Transporte, especialmente aquellas líneas afectadas por hundimientos en el suelo y que ponen en peligro la integridad de los usuarios, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la PGR, a realizar la investigación del derrumbe del fraccionamiento Liberal Lomas del Rubí, en Tijuana, a cargo del diputado Javier Julián Castañeda Pomposo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP a privilegiar un presupuesto con estricta disciplina en el gasto para alcanzar el objetivo de obtener finanzas públicas sanas, a cargo del diputado Raymundo García Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener y a la CNH, a informar sobre las evaluaciones de impacto social de los contratos derivados de las rondas de licitación en el marco de la reforma energética, a cargo de la diputada Estela Núñez Álvarez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Nuevo León, para que, a través de la Secretaría de Educación estatal, remita a la opinión pública un informe pormenorizado donde expongan cuáles son los logros alcanzados por la Universidad Ciudadana, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Condusef, a la SCT y al Gobierno de las entidades federativas, a promover campañas informativas sobre la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil vehicular, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Nuevo León, se aplique la ley de manera expedita a los responsables del atentado en contra del joven Rodolfo Manuel Palomo Gámez; así como a la FMF se apegue a los protocolos emitidos por la FIFA, a cargo del diputado José Ángel Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a los Gobiernos de los estados, a ampliar el programa de becas para el transporte destinado a los jóvenes estudiantes de nivel medio y superior, suscrito por los diputados Lidia Nallely Vargas Hernández y Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SEP, transparente el recurso aprobado por esta Soberanía en el anexo 40 “Ampliaciones al Ramo 11 de Educación Pública”, del PEF 2018, a cargo del diputado Oscar Daniel Martínez Terrazas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a la Coordinación Nacional de Protección Civil, para que, en coordinación con sus homólogos en las entidades federativas, instrumenten campañas informativas en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, poniendo énfasis en los planteles de educación básica, sobre los mecanismos de actuación en caso de un desastre natural, suscrito por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Veracruz, para llevar a cabo acciones que subsanen los requerimientos para el área de urgencias y terapias intensivas de neonatos y adultos del Hospital General Córdoba Yanga, a cargo del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta diversas autoridades del Ejecutivo federal y Órganos Constitucionales Autónomos, a no destinar a los Fideicomisos los remanentes del Ejercicio Presupuestal 2018 y los remitan a la Federación, a cargo de la diputada Rocío Villarauz Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a establecer en forma coordinada un programa emergente para la detonación del desarrollo económico y social de la Región Huasteca, a cargo del diputado Fortunato Rivera Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, para que haga públicas las medidas tomadas para atender y subsanar las observaciones de la ASF, contenidas en el primer informe de la revisión de la Cuenta Pública 2017, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Segob y a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, a cumplir a cabalidad con la ley de la materia, respecto a las víctimas de los hechos acontecidos los días 26 y 27 de septiembre en Iguala, Guerrero, específicamente por cuanto hace al equipo de fútbol avispones de Chilpancingo, a cargo del diputado Lucio de Jesús Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se condena el asesinato del periodista Mario Leonel Gómez Sánchez, ocurrido el pasado viernes 21 de septiembre de 2018 en la Ciudad de Yajalón, Chiapas, y se exhorta a las autoridades competentes a dar celeridad a la investigación, esclarecimiento de los hechos y castigo para los responsables, a cargo del diputado Alfredo Vázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los legisladores que en su momento integren la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para que una vez instalada, emitan a la brevedad los dictámenes correspondientes a las revisiones de las cuentas públicas pendientes, a cargo de la diputada Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la SEP, a la Secretaría de Salud Federal, al Gobierno del Estado de México y al Presidente Municipal de Ecatepec, a intervenir de inmediato y concluir los trabajos de reconstrucción de las escuelas públicas y hospitales del IMSS dañados por el sismo del 19 septiembre del 2017 en dicho municipio, a cargo de la diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo al socavón creado en el número 355 de Avenida del Peñón y calle Oriente 158 números 390 y 440, colonia Moctezuma Segunda sección, en la demarcación territorial de Venustiano Carranza en la CDMX el pasado 22 de septiembre de 2018, suscrito por las diputadas Rocío Barrera Badillo y María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo relativo a la reciente aprobación de reestructuras o refinanciamientos de la deuda pública estatal en diversas entidades federativas, suscrito por los diputados Carmen Medel Palma e Irineo Molina Espinoza, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que refuerce el ejercicio de sus atribuciones en materia de seguridad y justicia toda vez que derivado de la información de la encuesta de victimización del Inegi, el crimen se ha intensificado en los últimos meses, coincidiendo con la transición de gobiernos, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Efeméride

Con motivo del 235 Aniversario del natalicio de José María Morelos y Pavón, a cargo de la diputada Ana Lilia Guillén Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: El siguiente punto del orden del día es la lectura del acta de la sesión anterior. Consulte la Secretaría si se dispensa la lectura.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: Asamblea, en votación económica se consulta si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veinticinco de septiembre de dos mil dieciocho, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura.

Presidencia de la diputadaDolores Padierna Luna

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos cincuenta y ocho diputadas y diputados, a las once horas con dieciocho minutos del martes veinticinco de septiembre de dos mil dieciocho, la Presidencia declara abierta la sesión.

En votación económica se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, realiza el siguiente comentario:

Sobre el acta, claro, sobre el acta. Hay un reclamo, diputada presidenta, sobre la conducción de la Mesa Directiva, que tiene que ver con el acta.

En la sesión anterior hubo dos momentos cuando el compañero diputado de esta bancada, Santiago González pidió la palabra por hechos en la discusión sobre la venta de bienes del pueblo de Veracruz, de parte del gobernador Yunes.

Quien conducía en ese momento la Mesa Directiva le dio la palabra, a pesar de que el artículo 121 establece que le corresponde al final de la lista de oradores. Así fue, pero se la dio solo por un minuto y desde su curul en una situación totalmente diferente a todos los que intervinieron en el debate, y en ningún lugar del Reglamento dice que si ya intervino el grupo parlamentario solo será por un minuto, por hechos.

Y al final de la sesión, en un hecho todavía más lamentable, quien conducía la asamblea me negó la palabra cuando un diputado de Acción Nacional, que no sé su nombre, me aludió.

Dice el artículo 120: La moción para alusiones personales procede cuando en el curso de la discusión la diputada o el diputado hubiera sido mencionado implícita o explícitamente por el orador. El aludido podrá hacer uso de la palabra inmediatamente después del orador.

Dos. Las menciones a personas morales, grupos, partidos o gobiernos no se consideran como una alusión personal.

Termino. Como usted puede ver, diputada presidenta, no permite interpretación sobre la alusión. No se me dio la palabra inmediatamente después, y al final de la sesión se me negó de cualquier manera la palabra en un acto que yo considero arbitrario.

Así es que pido que esto conste en el acta y pido que por favor la Mesa Directiva nos ayude al debate, nos ayude a la conducción y se atenga a lo establecido por el Reglamento.

La Presidencia hace aclaraciones, e instruye que se inserte íntegramente su intervención en el acta a discusión, posteriormente se aprueba el acta por votación económica.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que informa que, durante el mes de agosto de dos mil dieciocho, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras, como las unidades competentes, para dar destino a las mercancías de comercio exterior, únicamente destinó a bienes aptos para su uso y consumo. Se turna a la Comisión de Economía, para su conocimiento.

b) Del Congreso del estado de Oaxaca, con la que remite iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo doscientos ochenta y ocho -G de la Ley Federal de Derechos. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Se da cuenta con Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se aprueba, el calendario, y el formato de las comparecencias de los funcionarios de la Administración Pública Federal, con motivo del análisis del Sexto Informe de Gobierno del Presidente de la República. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

El siguiente punto del Orden del Día, es el capítulo de Agenda Política relativo a la Desaparición Forzada de cuarenta y tres estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, ocurrida los días veintiséis y veintisiete de septiembre de dos mil catorce, en Iguala Guerrero, y se concede el uso de la palabra al diputado Víctor Adolfo Mojica Wences, de Morena. Intervienen para referirse al tema las diputadas y los diputados: Óscar Bautista Villegas, del Partido Verde Ecologista de México; Lilia Villafuerte Zavala, del Partido de la Revolución Democrática; Kehila Abigail Ku Escalante, de Movimiento Ciudadano; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; María del Carmen Cabrera Lagunas, del Partido Encuentro Social; Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Partido Revolucionario Institucional; María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Partido Acción Nacional; e Idalia Reyes Miguel, de Morena. Para rectificación de hechos intervienen las diputadas y los diputados: Araceli Ocampo Manzanares, Carlos Sánchez Barrios, ambos de Morena; Benito Medina Herrera, del Partido Revolucionario Institucional; Rubén Cayetano García, Abelina López Rodríguez, ambos de Morena; y Luis Enrique Miranda Nava, del Partido Revolucionario Institucional;

A las doce horas con cincuenta minutos, por instrucciones de la Presidencia, se cierra el sistema electrónico de asistencia con un registro de cuatrocientos ochenta y siete diputadas y diputados.

Desde su curul el diputado Itzcoatl Tonatiuh Bravo Padilla, del Partido Movimiento Ciudadano, solicitó una moción de orden, a efecto de que los oradores se refieran a los hechos que desean rectificar.

Para rectificación de hechos intervienen las diputadas: Ana Lucia Riojas Martínez, sin partido; Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Partido Acción Nacional;

En su oportunidad y desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, realiza comentarios con relación a los cuarenta y tres normalistas.

Lizeth Sánchez García, y Margarita García García, ambas del Partido del Trabajo; y María Chávez Pérez, de Morena.

El siguiente punto del Orden del Día es la comparecencia del ciudadano Eviel Pérez Magaña, Secretario de Desarrollo Social, a fin de profundizar en el análisis del Sexto Informe de Gobierno del Presidente de la República, quien se encuentra en el Salón Protocolo de esta Cámara de Diputados por lo que se designa una comisión para recibirlo y acompañarlo al interior del Salón de Sesiones.

La Presidencia toma la protesta de decir verdad al ciudadano Eviel Pérez Magaña, y para dar cumplimiento al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a esta comparecencia y aprobado por el Pleno de esta Cámara en esta sesión y se le otorga el uso de la tribuna para referirse al Sexto Informe de Gobierno del Presidente de la República.

En la primera ronda de preguntas, respuestas y comentarios, intervienen las diputadas y los diputados: para formular preguntas y realizar comentarios: Carlos Alberto Puente Salas, del Partido Verde Ecologista de México; María Guadalupe Almaguer Pardo, del Partido de la Revolución Democrática; Maiella Martha Gómez Maldonado, de Movimiento Ciudadano; Ángel Benjamín Robles Montoya, del Partido del Trabajo; Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Partido Encuentro Social;

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, realiza comentarios en relación a las respuestas del Secretario de Desarrollo Social.

Continúan las intervenciones de las diputadas y los diputados: para formular preguntas Mariana Rodríguez Mier y Terán, y realizar comentarios Juan Francisco Espinoza Eguia, ambos del Partido Revolucionario Institucional; para formular preguntas y realizar comentarios Xavier Azuara Zúñiga, del Partido Acción Nacional; y Dulce María Corina Villegas Guarneros, de Morena. En su oportunidad el ciudadano Eviel Pérez Magaña, Secretario de Desarrollo Social, formula las respuestas correspondientes.

Desde su curul, el diputado el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, interviene para responder alusiones personales y solicita la lectura del artículo ciento veintiséis del Reglamento de la Cámara de Diputados, lo cual autoriza la Presidencia.

Presidencia del diputadoMarco Antonio Adame Castillo

En la segunda ronda de preguntas, respuestas y comentarios, intervienen las diputadas y los diputados: para formular preguntas y realizar comentarios: Jesús Alcántara Núñez, del Partido Verde Ecologista de México; Teófilo Manuel García Corpus, del Partido de la Revolución Democrática; Mario Alberto Rodríguez Carrillo, de Movimiento Ciudadano; Ana Karina Rojo Pimentel, del Partido del Trabajo; María Rosete Sánchez, del Partido Encuentro Social;

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, realiza comentarios en relación a las respuestas del Secretario de Desarrollo Social.

Continúan las intervenciones de las diputadas y los diputados: para formular preguntas Laura Barrera Fortoul, y para realizar comentarios Cruz Juvenal Roa Sánchez, ambos del Partido Revolucionario Institucional; para formular preguntas y realizar comentarios: Janet Melanie Murillo Chávez, del Partido Acción Nacional; y Miguel Prado de los Santos de Morena. En su oportunidad el ciudadano Eviel Pérez Magaña, Secretario de Desarrollo Social, formula las respuestas correspondientes.

El diputado Juan Carlos Loera de la Rosa de Morena, realiza comentarios en relación a las respuestas del Secretario de Desarrollo Social aludiendo el artículo doscientos del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Presidencia de la diputadaDulce María Sauri Riancho

En la tercera ronda de preguntas, respuestas y comentarios, intervienen las diputadas y los diputados: para formular preguntas y realizar comentarios: Jesús Carlos Vidal Peniche, del Partido Verde Ecologista de México; Mónica Bautista Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática; Lourdes Celenia Contreras González, de Movimiento Ciudadano; Alfredo Femat Bañuelos, del Partido del Trabajo;

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, realiza comentarios en relación a las respuestas del Secretario de Desarrollo Social.

Francisco Javier Saldívar Camacho, del Partido Encuentro Social; para formular preguntas Anilú Ingram Vallines, y para realizar comentarios Eduardo Zarzosa Sánchez, ambos del Partido Revolucionario Institucional;

Desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo, realiza comentarios en relación a la intervención del diputado Eduardo Zaragoza Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional.

Para formular preguntas y realizar comentarios: María Eugenia Espinosa Rivas, del Partido Acción Nacional; y María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, de Morena. En su oportunidad el ciudadano Eviel Pérez Magaña, Secretario de Desarrollo Social, formula las respuestas correspondientes, y hace una intervención final.

Desde su curul responde alusiones personales el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo.

Presidencia de la diputadaDolores Padierna Luna

La Presidencia declara que cumplida la obligación establecida en los artículos sesenta y nueve y noventa y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Agradece la presencia del ciudadano Eviel Pérez Magaña, Secretario de Desarrollo Social, e informa a la Asamblea que, de conformidad con lo que establece el artículo séptimo, numeral cinco, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la versión estenográfica de esta sesión será remitida al Presidente de la República, para su conocimiento.

La Presidencia solicita a la comisión designada acompañar al ciudadano Eviel Pérez Magaña, Secretario de Desarrollo Social, cuando desee retirarse del Salón de Sesiones.

Se da cuenta con acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se:

• Exhorta a diversas autoridades a realizar urgentemente las acciones necesarias para dar atención a los damnificados por las intensas lluvias ocurridas en los estados de Sinaloa, Sonora y Michoacán, y se logre el pronto restablecimiento de las condiciones de normalidad en dichas entidades federativas, promovido por las y los legisladores de dichos Estados. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

• Exhorta a diversas autoridades a implementar el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

• Propone la reducción del número de Comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión en la Sexagésima Cuarta Legislatura. Intervienen para referirse al acuerdo los diputados: José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Partido Acción Nacional; Hugo Rafael Ruiz Lustre, de Morena; Dulce Alejandra García Morlan, del Partido Acción Nacional; Emmanuel Reyes Carmona, del Partido de la Revolución Democrática; Ana Luisa Riojas Martínez, sin partido; y Reyna Celeste Ascencio Ortega, de Morena. En votación económica se aprueba. Comuníquese.

En su oportunidad y desde su curul el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo realiza moción de procedimiento.

En su oportunidad y desde sus respectivas curules realizan comentarios las diputadas y los diputados: María Guillermina Alvarado Moreno, de Morena; Olga Patricia Sosa Ruiz, del Partido Encuentro Social; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; y Maximiliano Ruiz Arias, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, Eraclio Rodríguez Gómez, todos de Morena; Santiago González Soto, del Partido del Trabajo; Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Partido Acción Nacional; y Juan Carlos Loera de la Rosa, de Morena. La Presidencia hace aclaraciones e instruye que se inserten sus intervenciones en el Diario de los Debates.

La Presidencia informa a la Asamblea que los asuntos turnados se conservarán en la Dirección General de Proceso Legislativo, hasta que se apruebe la integración de las Comisiones Ordinarias.

Agotados los asuntos del orden del día, la Presidencia cita para la próxima Sesión Ordinaria que tendrá lugar el día jueves veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho, a las once horas, y levanta la sesión a las dieciocho horas con veintiún minutos.»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se dispensa la lectura. Consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Diputado Noroña, ¿con qué objeto?

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Sí, bueno, no pusieron a discusión el acta, que es lo que proseguía y ya la iban a poner a votación.

La sesión pasada –sobre el acta es mi intervención– compareció el secretario de Desarrollo Social, Pérez Magaña, y solicité a la Mesa Directiva proceder contra el citado funcionario, por sus mentiras sistemáticas y permanentes desarrolladas durante la comparecencia, y quiero preguntar a la Mesa Directiva si se ha iniciado el procedimiento solicitado.

Termino mi comentario planteando, además, que en la pasada comparecencia me parece que esta soberanía cometió un error grande. Yo no me di cuenta, no tuve el cuidado de leer cómo se iba a desarrollar la comparecencia, pero es inaceptable que la última palabra la tenga el representante del Poder Ejecutivo, cuando viene a la glosa del Informe.

Después de las rondas que se dieron cerró con cinco minutos el secretario, eso me parece que se debe modificar en las siguientes comparecencias, porque vienen a dar y a rendir cuentas y no vienen al día del secretario ni a un lucimiento personal, la última palabra la tiene esta soberanía.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Le agradezco su observación, a la que ya hemos dado curso en la Mesa Directiva, en la sesión celebrada al día de ayer, en ejercicio de sus facultades acordó llevar a cabo el procedimiento previsto en la ley.

Hasta ahora la única solicitud verbal recibida a este respecto es la del diputado Gerardo Fernández Noroña, que la Mesa ha tomado en cuenta y al respecto ha decidido el siguiente procedimiento de queja ante el Ejecutivo, en acatamiento estricto de la ley.

El artículo 126, y lo leo yo personalmente, si me perdona la Secretaría, dice a la letra -por favor atención-: Cuando alguno de los servidores públicos, a que hacen alusión los artículos 69 y 93 constitucionales, no acuda a la Cámara o no conteste satisfactoriamente los cuestionamientos y dudas de los diputados y diputadas, estos, estos podrán solicitar al presidente que se erija en queja al titular del Poder Ejecutivo federal, de acuerdo con lo dispuesto en la ley.

Fueron 28, incluyendo al ponente, las diputadas y diputados que cuestionaron al secretario en cuestión. En esa virtud hemos decidido un procedimiento, consultar a las diputadas y los diputados que intervinieron que nos envíen por escrito, a la brevedad, si consideran satisfechos sus cuestionamientos.

Analizará la Mesa si es consenso, mayoría absoluta o mayoría simple de las diputadas y diputados implicados.

Le rogaría entonces nos enviaran a la brevedad, la Mesa directamente les hará un pedido para saber si conforme a la ley están satisfechos las diputadas y los diputados.

Espero estén de acuerdo en este procedimiento. Consulte si se aprueba el acta.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: En votación económica se pregunta si se aprueba el acta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Aprobada el acta.



COMUNICACIONES OFICIALES

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Continúe la Secretaría con las comunicaciones oficiales.

La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio me permito adjuntar el oficio número 113. 2018. DGVP. 309 suscrito por el licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, por el que remite de manera electrónica los informes finales de las fichas de monitoreo y evaluación 2017-2018 de los Programas del Sector Economía, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 27, fracción III, del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018; el decimoséptimo y vigésimo noveno de los lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y los numerales 7 y 31, así como al anexo 2d del Programa Anual de Evaluación 2018, a efecto de que por su amable conducto, sea enviado a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social de ese órgano legislativo.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como 3 discos compactos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 21 de septiembre de 2018.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En cumplimiento a las obligaciones señaladas en el artículo 27, fracción III, del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018; en el decimoséptimo y vigésimo noveno de los Lineamientos Generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal; en los numerales 7 y 31, así como en el anexo 2d del Programa Anual de Evaluación 2018, me permito adjuntar de manera electrónica los informes finales de las Fichas de Monitoreo y Evaluación 2017-2018 de los siguientes programas presupuestarios a cargo del Sector Economía:

S020 Fondo Nacional del Emprendedor

S021 Programa nacional de financiamiento al microempresario y a la mujer rural

S151 Programa para el desarrollo de la industria software (Prosoft) y la innovación

S220 Programa para la productividad y competitividad industrial

U004 Proyectos Estratégicos para la atracción de inversión extranjera

Con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la fracción II del artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, me permito solicitarle que por su amable conducto se remita dicha, información a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública; de Desarrollo Social; a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados; así como a la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Ciudad de México, a 20 de septiembre de 2018.— Licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores (rúbrica), director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía.»

———————— o ————————

La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio me permito adjuntar el oficio número 113. 2018. DGVP. 310, suscrito por el licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, por el que remite los informes finales de las fichas de monitoreo y evaluación 2017-2018 de los programas presupuestarios a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27, fracción III, del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018, así como de los numerales 7 y 31 del programa anual de evaluación (PAE) correspondiente a 2018, a efecto de que por su amable conducto sea enviado a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social de ese órgano legislativo.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes copia del oficio a que me he referido y de los informes mencionados en él.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 21 de septiembre de 2018.— Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica), subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Licenciado Felipe Solís Acero, subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 27, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018, así como de los numerales 7 y 31 del PAE correspondiente a 2018, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, al respecto y de acuerdo con el cronograma de ejecución del PAE de 2018, me permito adjuntar de manera impresa los informes finales de las fichas de monitoreo y evaluación 2017-2018 de los siguientes programas presupuestarios (PP), a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor:

PP: B-002.

Nombre del programa: Generación y difusión de información para el consumidor.

PP: E-005.

Nombre del programa: Protección de los derechos de los consumidores y sistema nacional de protección al consumidor.

Con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, me permito solicitarle que por su amable conducto se remita dicha información a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo Social, así como a las Mesas Directivas de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Ciudad de México, a 20 de septiembre de 2018.— Licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores (rúbrica), director general de Vinculación Política.»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Bienestar Social para su conocimiento.



SOLICITUD DE LICENCIA

La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.

Diputado Porfirio Muñoz Ledo, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo establecido en los artículos 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción XVI, y 12, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a usted respetuosamente mi solicitud de licencia para separarme del encargo como diputado federal, con efectos a partir del 1 de octubre del presente año.

Con el propósito de que sea sometida a consideración del pleno de esta soberanía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Por lo expuesto, requiero que se dé el curso legal correspondiente a mi solicitud.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputado Roberto Antonio Rubio Montejo (rúbrica).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo:Pido a la Secretaría dar lectura a los puntos de acuerdo.

La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés:Puntos de acuerdo.

Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al diputado Roberto Antonio Rubio Montejo, para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el 9 distrito electoral del estado de Chiapas, a partir del primero de octubre del año en curso.

Segundo. Llámese al suplente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo:Consulte la Secretaría, en votación económica, si son de aprobarse los puntos de acuerdo.

La secretaria diputada Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés:En votación económica se consulta si son de aprobarse los puntos de acuerdo Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Aprobado. Comuníquese.



INICIATIVA DE CONGRESO ESTATALLEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Iniciativa del Congreso del estado de Baja California.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: «Congreso de Baja California.

Diputado Porfirio Muñoz Ledo, Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Por este conducto, me dirijo muy respetuosamente a usted, a fin de hacer de su conocimiento que, en sesión extraordinaria de la honorable XXII Legislatura constitucional de Baja California, celebrada el día 6 de septiembre del año en curso, se aprobó remitir la siguiente

Iniciativa de Decreto

Que reforma las fracciones IV a VI del artículo 1o.-C, adiciona el artículo 2o., reforma el último párrafo del artículo 2o.-A, se adiciona el último párrafo del artículo 5o., se reforma la fracción IX del artículo 9o., se reforma la fracción I del artículo 24, se reforma la fracción I y se deroga la fracción IX del artículo 25, y se deroga el artículo 28-A de la Ley del Impuesto al valor agregado, para quedar como sigue

Primero. Se reforman las fracciones IV a VI del artículo 1o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 1o.-C. ...

...

I. a III. ...

IV. Cuando los adquirentes cobren los documentos pendientes de cobro, ya sea en forma total o parcial, deberán manifestar el monto cobrado respecto del documento correspondiente en el estado de cuenta que emitan, con el cual los cedentes de los documentos deberán determinar el impuesto al valor agregado a su cargo, sin descontar de dicho valor el monto correspondiente al cargo financiero cobrado por el adquirente. Para tales efectos, el impuesto al valor agregado se calculará dividiendo la cantidad manifestada en el estado de cuenta como cobrada por el adquirente entre 1.16 o 1.08, según se trate de documentos que deriven de operaciones afectas a la tasa de 16 u 8 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se restará a la cantidad manifestada en el estado de cuenta como cobrada y la diferencia será el impuesto al valor agregado causado a cargo del contribuyente que cedió los documentos pendientes de cobro.

V. Cuando hayan transcurrido seis meses a partir de la fecha de exigibilidad del pago de los documentos pendientes de cobro, sin que las cantidades reflejadas en dichos documentos se hayan cobrado por los adquirentes o un tercero directamente al deudor original y no sean exigibles al cedente de los documentos pendientes de cobro, este último considerará causado el impuesto al valor agregado a su cargo, en el primer día del mes siguiente posterior al periodo a que se refiere este párrafo, el cual se calculará dividiendo el monto pagado por el adquirente en la adquisición del documento, sin descontar de dicho valor el monto correspondiente al cargo financiero cobrado por el adquirente, entre 1.16 o 1.08, según se trate de documentos que deriven de operaciones afectas a la tasa de 16 u 8 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se restará del monto pagado por el adquirente en la adquisición de los citados documentos, sin descontar de dicho valor el monto correspondiente al cargo financiero, y la diferencia será el impuesto al valor agregado a cargo del contribuyente que cedió los documentos pendientes de cobro.

...

VI. Tratándose de recuperaciones posteriores al sexto mes de la fecha de exigibilidad del pago de los documentos pendientes de cobro a que se refiere la fracción V anterior, de cantidades cuyo monto adicionado de las que se hubieran cobrado con anterioridad correspondientes al mismo documenta sea mayor a la suma de las cantidades recibidas por el cedente como pago por la enajenación de los documentos pendientes de cobro, sin descontar el cargo financiero, e incluyendo los anticipos que, en su caso, haya recibido, el adquirente deberá reportar dichas recuperaciones en el estado de cuenta del mes en el que las cobre. El contribuyente calculará el impuesto al valor agregado a su cargo por el total de la cantidad cobrada por el adquirente, dividiendo el valor del cobro efectuado entre 1.16 o 1.08, según se trate de documentos que deriven de operaciones afectas a la tasa del 16 u 8 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se restará del monto total cobrado y la diferencia será el impuesto al valor agregado a cargo del cedente.

...

...

VII. ...

...

...

...

Segundo. Se adiciona el artículo 2o. a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue

Artículo 2o. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 8 por ciento a los valores que señala esta ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el Impuesto se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.

Tratándose de importación, se aplicará la tasa de 8 por ciento siempre que los bienes y servicios sean enajenados o prestados en la mencionada región fronteriza.

Tratándose de la enajenación de Inmuebles en la región fronteriza, el impuesto al valor agregado se calculará aplicando al valor que señala esta ley la tasa de 16 por ciento.

Para efectos de esta ley se considera región fronteriza, además de la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, los municipios de Caborca y de Cananea, Sonora, así corno la región parcial del estado de Sonora comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce del río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste del municipio Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 kilómetros al este de Puerto Peñasco; de ahí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional, así como los municipios de Nava, Morelos, Zaragoza, Villa Unión y Allende, hasta el kilómetro 53.5, todos en el estado de Coahuila, así como los municipios de Calakmul, en el estado de Campeche, y Anáhuac, en el estado de Nuevo León.

Tercero. Se reforma el último párrafo del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue: 4

Artículo 2o.-A. El Impuesto se calculará aplicando la tasa del 0 por ciento a los valores a que se refiere esta ley cuando se realicen les actos o actividades siguientes:

1. La en enajenación de

a) a i) ...

Se aplicará la tasa de 16 u 8 por ciento, según corresponda, a la enajenación de los alimentos a que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio.

II. a IV. ...

...

Cuarto. Se adiciona el último párrafo del artículo 5o, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 5o. Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes requisitos:

I. a IV ....

V. Cuando se esté obligado al pago del impuesto al valor agregado o cuando sea aplicable la tasa de 0 por ciento, sólo por una parte de las actividades que realice el contribuyente, se estará a lo siguiente:

a) a d) ...

...

...

...

Cuando el impuesto al valor agregado en la importación se hubiere pagado a la tasa de 8 por ciento, dicho impuesto será acreditable en los términos de este artículo siempre que los bienes o servicios importadas sean utilizados o enajenados en la región fronteriza.

Quinto.Se reforma la fracción IX del artículo 9o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 9o.

[...]

IX. La de bienes efectuada entre residentes en el extranjero o por un residente en el extranjero a una persona moral que cuenta con un programa autorizado conforme al Decreto que Establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación o al Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación o un régimen similar en los términos de la Ley Aduanera, o sean empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, siempre-que los bienes se hayan exportado o introducido al territorio nacional al amparo de un programa autorizado conforme a los decretos mencionados o de un régimen similar en los términos de la legislación aduanera o se trate de las empresas mencionadas, y los bienes se mantengan en el régimen de importación temporal, en un régimen similar de conformidad con la Ley Aduanera o en depósito fiscal.

Tampoco se pagará el impuesto en la enajenación de cualquier tipo de bienes que se encuentren sujetos al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico.

Sexto. Se reforma la fracción I del artículo 24 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 24. [...]

I. La introducción al país de bienes.

Séptimo. Se reforma la fracción I y se deroga la fracción IX del artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 25.

[...]

I. Las que, en los términos de la legislación aduanera, no lleguen a consumarse, sean temporales, tengan el carácter de retorno de bienes, exportados temporalmente o sean objeto de tránsito o transbordo. Si los bienes importados temporalmente son objeto de uso o goce en el país, se estará a lo dispuesto en el Capítulo IV de esta ley.

[...]

IX. (se deroga)

Octavo. Se deroga el artículo 28-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 28. (se deroga).

Artículos Transitorios

Primero. Aprobada que sea esta iniciativa por la Vigésima Segunda Legislatura de Baja California, remítase formalmente al Congreso de la Unión para su trámite correspondiente.

Segundo. En su oportunidad, aprobada que sea por el Congreso de la Unión, remítase al Ejecutivo federal para su publicación.

Tercero. El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.

Sin otro particular, y agradeciendo de antemano la atención que se sirva otorgar al presente, hago propicia la ocasión para reiterarle mi distinguida consideración.

Atentamente

Mexicali, Baja California, a 6 de septiembre de 2018.— Diputada Rocío López Gorosave (rúbrica), Presidenta del Congreso del Estado.»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.

INICIATIVAS DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Merary Villegas Sánchez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Merary Villegas Sánchez: Muy buenos días, presidente. Muy buenos días compañeras y compañeros diputados. A nombre del Grupo Parlamentario de Morena, con responsabilidad y sentido republicano, presento la siguiente iniciativa que establece la facultad y las bases de la revocación de mandato del presidente de la República de los Estados Unidos Mexicanos, por medio de las reformas a los artículos 35, 36, 41, 73 y 108 constitucionales.

Los hombres de la Ilustración decían, y con razón, que el soberano debería tener las manos libres para hacer el bien y las manos atadas para hacer el mal. El fundamento de la revocación de mandato está en el reconocimiento de que la soberanía dimana de la voluntad del pueblo.

El pueblo pone y el pueblo quita. En democracia son los ciudadanos los que hacen posible por medio de su voto que una persona ejerza el poder, pero cuando esa persona falle en su propósito, cuando distorsione el camino o pierda el rumbo, cuando cometa acciones que denigren su investidura o vayan en contra de nuestra soberanía y principios fundamentales como nación, la sociedad tiene el derecho de revocarle su mandato.

La revocación de mandato es la manifestación plena de la voluntad social, que permite a la ciudadanía sustituir democráticamente a sus gobernantes. La revocación de mandato es un instrumento presente en varias de las democracias y regímenes de estos tiempos.

En Estados Unidos varios estados, condados y ciudades incluyen ya esta figura. En Canadá se estableció desde 1995, en la Columbia Británica está presente en seis cantones de Suiza, Venezuela, Ecuador, Bolivia y en varias provincias de Argentina, por mencionar solo alguno de los ejemplos más ilustrativos.

Esta figura tampoco es nueva en las diversas entidades federales, con sus particularidades se encuentra ya en estados como Baja California, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Zacatecas y la Ciudad de México.

En el 2012 se integraron a nuestra Constitución la Iniciativa Ciudadana y la Consulta Popular, pero ninguna de las dos figuras ha funcionado a la altura de sus expectativas. Se necesita avanzar en el fortalecimiento de los mecanismos de democracia directa.

Lo que nosotros proponemos es reformar los artículos 35, 36, 41, 73 y 108 constitucionales.

El artículo 35 constitucional. Para establecer que la consulta o las consultas populares se realizarán una vez al año el primer domingo de julio y no solo coincidentes con las elecciones cada tres años como está en la actualidad. Así como establecer como un derecho a votar en las consultas de revocación de mandato del presidente de la República en los términos que disponga la ley correspondiente.

El 36 constitucional. Será reformado para plasmar como obligación ciudadana, votar en los procesos de revocación de mandato del presidente de la República, así como en las consultas populares en los términos que señala en la ley.

El 41 constitucional. Para que los mexicanos tengamos el derecho de la revocación de mandato y el derecho de la consulta como un mecanismo de participación ciudadana.

El 108 constitucional. Para que el presidente de la República pueda ser removido de su cargo en los términos de esta Constitución y leyes aplicables, independientemente de las responsabilidades en las que haya podido incurrir durante el periodo en su cargo.

Compañeras y compañeros, hace unas décadas don Daniel Cosío Villegas, describió con una gran sabiduría, pero sobre todo con sentido común, que en México el estilo personal de gobernar, de presidir en turno marcaba el ritmo y el sentido mismo de la República.

Con esta reforma y varias que vendrán, el presidente de la República conserva intactas sus facultades como jefe de Estado y jefe de gobierno, pero el destino de la nación siempre estará en la decisión de los ciudadanos. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Quienes suscriben, diputadas y diputados de la LXIV Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 35, 36, 73, fracción XXIX-Q, 99 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La sociedad mexicana se ha dolido históricamente de la imposibilidad de exigirle cuentas y responsabilidades al Titular del Poder Ejecutivo cuando es evidente que está llevando a cabo una mala conducción del País, por incorrecta toma de decisiones políticas; por graves omisiones o tolerancias; y/o por notoria mala administración de los recursos públicos.

El doctor Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez (magistrado de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Profesor de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM), refiere:

“...La significación de las sanciones de carácter político quedó plasmada en el septuagésimo párrafo del dictamen a la Constitución de 1857, en los siguientes términos: “Sois un inepto; no merecéis la confianza del pueblo; no debéis ocupar un puesto público; es mejor que volváis a la vida privada. He aquí un resumen dice una sentencia del juicio político, sin impedir por eso, que los delitos del orden común sean juzgados y castigados por la jurisdicción ordinaria. El voto del pueblo no es infalible; sus esperanzas pueden frustrarse, venirle males imprevistos de quien les prometió crecidos bienes, y es lógico y muy justo que, por medio legal, sin conmociones ni turbulencias, pueda retirar el poder a su delegado. Así los encargados de las funciones públicas son más fieles y más celosos en el cumplimiento de sus deberes”

Por encima de cualquier sistema jurídico de responsabilidad, el servidor público, particularmente el Titular del Poder Ejecutivo, debe estar atento a cumplir, por encima de todo, con los intereses generales de la nación.

El fundamento esencial de la revocación del mandato no es sólo que la ciudadanía tenga mayores elementos de participación en el gobierno, sino el reconocimiento ineludible de que la soberanía dimana de la voluntad del pueblo.

Lo que con la revocación de mandato se busca es hacer activo el principio de democracia participativa, y efectivo el ejercicio del poder del pueblo. La revocación de mandato es la manifestación plena de la voluntad social, en tanto que permite a la ciudadanía sustituir, democráticamente, a los gobernantes previamente elegidos popularmente.

La revocación del mandato no sólo obliga al gobernante a estar atento a los intereses generales, sino que también lleva a la sociedad a mantenerse constantemente involucrada en las decisiones y los resultados del gobierno. El también llamado plebiscito revocatorio constituye la mejor manifestación de la democracia: el pueblo elige, el pueblo dirige.

La revocación de mandato está presente en varios países. En EUA varios estados, condados y ciudades incluyen disposiciones sobre este mecanismo en sus constituciones, pero a nivel nacional no se encuentra previsto. En Canadá fue establecido en 1995 por la provincia de British Columbia. En Suiza se encuentra regulado en los estatutos de seis cantones. La República Bolivariana de Venezuela lo prevé en el artículo 72 de su Constitución. Ecuador incorpora este instrumento en la Constitución de 2008. En Bolivia se incorpora en su Constitución del 2009. Argentina no lo prevé en su Constitución, pero sí lo hacen algunas provincias. En México, Yucatán fue el primero en introducir este instrumento en 1938; el mecanismo no se activó nunca y fue declarado inconstitucional 72 años más tarde. Diversos estados los han contemplado en sus constituciones, pero no se ha aplicado.

En el 2012 se adoptaron en la CPEUM dos mecanismos de democracia semidirecta a nivel federal: la consulta popular y la iniciativa ciudadana. La iniciativa legislativa está prevista en la fracción IV del artículo 71 constitucional. En esta se establece que un número de ciudadanos equivalente al menos a 0.13 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores podrán realizar las iniciativas.

La consulta popular está prevista en la fracción VIII del artículo 35 constitucional. En ella se sostiene que todo ciudadano tiene derecho a votar en las consultas populares de trascendencia nacional que pueden ser convocadas por el Congreso de la Unión a petición del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de al menos 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión o de al menos el 2 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. En los primeros dos casos, la petición tiene que ser aprobada por el Congreso de la Unión.

La obligatoriedad del resultado de la consulta depende de la participación ciudadana. Sólo si participan más del 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores el resultado de la consulta obliga al poder ejecutivo y al legislativo federal, así como a todas las demás autoridades competentes. Además, resulta importante señalar, que al día de hoy no se establece una sanción específica en caso de que no se cumpla con lo establecido en la consulta.

Los países que forman parte de lo que Roberto Viciano y Rubén Martínez Dalmau llaman “el nuevo constitucionalismo” hacen un énfasis en legitimar al sistema político, caracterizado por la desigualdad y la corrupción, al crear un nuevo momento constituyente, una nueva Constitución y someter a ésta al referéndum del pueblo. En estas nuevas constituciones suelen preverse mecanismos de democracia semidirecta, nuevos derechos y libertades, pero también se corre el riesgo de poder debilitar al poder legislativo y judicial y eliminar ciertas limitaciones al poder ejecutivo; por ello es necesario ponderar y atemperar las condiciones normativas en que la consulta debe operar.

La Ley Federal de Consulta Popular establece en su artículo 4o. que la consulta popular es el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos ejercen su derecho a través del voto emitido, mediante el cual expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional, entendiendo éstos como aquellos que repercuten en la parte del territorio nacional, y aquellos que impacten en una parte significativa de la población.

Asimismo, la Ley de Planeación prevé mecanismos de revisión de los asuntos a cargo del Presidente de República, el cual está obligado a informar al Congreso de la Unión sobre el estado general que guarda la administración pública del país, haciendo mención expresa de las acciones y los resultados obtenidos relacionados con la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, los Programas Sectoriales y, en su caso, los programas especiales.

Ahora bien, para el caso que nos ocupa si bien la revisión de mandato, que pudiera traer como consecuencia la revocación del mandato, podría ser una herramienta de la democracia para requerir cuentas y, en su caso, llevar a cabo la remoción de un servidor público por el desempeño de su cargo, especialmente si éste fue elegido a través del voto de los ciudadanos, como es el caso del Presidente de la República, es relevante que el mismo pueda tener limitantes en su aplicación, a efecto de no vulnerar las instituciones y principios que prevalecen en un Estado democrático.

Dentro de estas limitantes se podrían considerar las siguientes:

• Que la revisión del mandato, se realice por única ocasión al tercer año de la gestión.

• Que dicha revisión verse exclusivamente sobre su estructura y funcionarios, como puede ser el resultado obtenido en la aplicación de sus políticas públicas, programas y acciones gubernamentales. En general respecto de los temas que versa un plebiscito en la aplicación de la ley, como son los actos de gobierno-administrativos y no legislativos.

• Que como consecuencia de un mal desempeño se tomen ciertas medidas respecto de los servidores públicos que tienen a su cargo los asuntos que se encuentren en ese supuesto, dando lugar incluso a posibles cambios. Lo anterior, independientemente de las sanciones que puedan resultar aplicables por las conductas ilícitas o administrativas en que incurran.

A continuación, mostramos un cuadro comparativo de las reformas propuestas:

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 35, 36, 41, 73 fracción XXIX-Q, 99 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforman los artículos 36, fracción III; 73, fracción XXIX-Q y 99 fracción II y se adicionan la fracción IX al artículo 35 y el párrafo sexto al artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. a la VII. ...

VIII...

1o. ....

2o. ...

3o. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; las tasas impositivas y los montos del financiamiento público; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta.

4o. ...

5o. La consulta o consultas populares se realizarán una vez al año, el primer domingo de julio;

6o-7o...

IX. Votar en los procesos de revocación del mandato del Presidente de la República, los que se sujetarán a lo siguiente:

1o. El proceso de revocación de mandato se realizará el mismo día de la jornada electoral federal en la que sólo se elijan diputados federales.

Para los efectos del párrafo anterior, el proceso de revocación de mandato se solicitará ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión de conformidad con el apartado 2o de esta fracción durante el primer periodo ordinario del segundo año de la legislatura.

2o. Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de:

a) El presidente de la República;

b) El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o

c) Los ciudadanos, inscritos en la lista nominal de electores, en un número equivalente, al menos, al treinta y tres por ciento de los de los votos válidos emitidos en la elección en la que el Presidente de la República hubiera obtenido su triunfo.

3o. El Instituto Nacional Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso c) del apartado 2o. de la presente fracción, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados;

4o. Las resoluciones del Instituto Nacional Electoral podrán ser impugnadas en los términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 41, así como de la fracción III del artículo 99 de esta Constitución;

5o. La revocación del mandato será determinada por mayoría absoluta de votos a favor de la revocación, siempre que concurra al menos el cuarenta por ciento de los electores inscritos en la lista nominal. Para el cálculo del porcentaje de participación y del resultado cuentan los votos nulos.

6o. Cuando sea determinada la revocación por el Instituto Nacional Electoral, el Presidente de la República contará con un plazo de treinta días naturales para impugnar dicha declaratoria, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en términos de la fracción II del artículo 99 de esta Constitución;

7o. En caso de que la determinación de revocación realizada por el Instituto Nacional Electoral no sea impugnada, o una vez resuelta la impugnación de la misma en sentido negativo por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dicha Sala, declarará la Revocación de Mandato del Presidente de la República, quien cesará en sus funciones en un plazo improrrogable de sesenta días hábiles. Durante este plazo se procederá a nombrar un Presidente Sustituto en los términos establecidos por el artículo 84 de esta Constitución y la legislación aplicable; y

8o. Las leyes establecerán lo conducente para hacer efectivo lo dispuesto en la presente fracción.

Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:

I. ...

II. ...

III. Votar en las elecciones, en los procesos de revocación de mandato del Presidente de la República,así como en las consultas populares, en los términos que señale la ley;

Artículo 41.

I. a VI. ...

VII. El procedimiento de revocación de mandato se realizará de conformidad con los principios establecidos en el artículo 35 de esta Constitución y las bases siguientes:

a) El Presidente de la República será sujeto a la revocación de mandato, a través de una consulta ciudadana cuyo procedimiento se establecerá en la ley correspondiente;

b) El Instituto Nacional Electoral será el organismo encargado desahogar el procedimiento de la revocación de mandato de conformidad con lo establecido en la Ley en la materia;

Adicionalmente, tendrá a su cargo la organización y desarrollo de las consultas, así como el cómputo para declarar el resultado de esta, y

c) Una vez desahogado el trámite establecido por la Ley en la materia, el Instituto Nacional Electoral previo el proceso de verificación correspondiente del resultado que se obtenga en base a la consulta, hará del conocimiento público la decisión popular.

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I. al XXVIII. (...)

XXIX a XXIX-P. (...)

XXIX-Q. Para legislar sobre iniciativa ciudadana ,consultas populares y los procesos de revocación de mandato.

XXIX-R. al XXXI (...)

Artículo 99....

...

...

...

I.(...)

II.Las impugnaciones que se presenten sobre la elección o revocación del cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que serán resueltas en única instancia por la Sala Superior.

...

...

La Sala Superior realizará el cómputo final del proceso de revocación de mandato del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de revocación del cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

III. al X.(...)

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

108...

...

...

...

...

...

El presidente de la República podrá ser removido de su cargo a través del proceso de revocación de mandato, en los términos de esta Constitución y leyes aplicables, independientemente de las responsabilidades en las que haya podido incurrir durante el periodo de su encargo.

Artículos Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Congreso de la Unión deberá de expedir dentro de los 180 días siguientes a la publicación de esta reforma constitucional, las correspondientes reformas legales en la materia.

Tercero.Queda derogada toda disposición que contravenga el presente Decreto.

Nota

1 Citado por el doctor Gonzalo Armienta Calderón en “Evolución de la Ley de Responsabilidades”. Revista Praxis, núm. 60 INAP, México, 1984, pág. 26.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputadas y diputados: Merary Villegas Sánchez, Alejandro Mojica Toledo, Alejandro Viedma Velázquez, Alfredo Vázquez Vázquez, Alma Delia Navarrete Rivera, Ana María Rodríguez Ruiz, Araceli Ocampo Manzanares, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Carlos Sánchez Barrios, Rocío del Pilar Villarauz Martínez, Carmen Palma Medel, César Agustín Hernández Pérez, Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera, Dolores Padierna Luna,Edelmiro Santiago Santos Díaz, Edith Marisol Mercado Torres, Esteban Barajas Barajas, Flor Ivone Morales Miranda, Francisco Javier Ramírez Navarrete, Graciela Sánchez Ortiz, Gustavo Contreras Montes, Inés Parra Juárez, Jannet Téllez Infante, Javier Manzano Salazar, Jorge Luis Montesa Nieves, José Guadalupe Ambrocio Gachuz, José Guillermo Aréchiga Santamaría, José Luis Elorza Flores, Juan Ángel Bautista Bravo, Juan Enrique Farrera Esponda, Juana Carrillo Luna, Juanita Guerra Mena, Julieta García Zepeda, Julieta Kristal Vences Valencia, Karla Yuritzi Almazán Burgos, Lidia García Anaya, Luis Fernando Salazar Fernández, Manuel Huerta Martínez, Marco Antonio Andrade Zavala, Marco Antonio González Reyes, Marco Antonio Reyes Colín, Martha Robles Ortiz, María del Rosario Merlín García, María Elizabeth Díaz García, María Eugenia Hernández Pérez, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, María Guadalupe Román Ávila, María Isabel Alfaro Morales, María Marivel Solis Barrera, María Teresa Rebeca Rosa Mora Ríos, Mario Delgado Carrillo, Maximino Alejandro Candelaria, Miroslava Carrillo Martínez, Mirtha Iliana Villalvazo Amaya, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, Samuel Calderón Medina, Sandra Paola González Castañeda, Sandra Simey Olvera Bautista, Socorro Bahena Jiménez, Vences Valencia Julieta Kristal, Víctor Adolfo Mojica Wences (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, señora diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

La vicepresidenta de la Mesa me ha pedido adherirse a la solicitud, y todos los que quieran hacerlo, desde luego. No es facultad de la Mesa. Está a disposición en la Secretaría.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Ernesto Ruffo Appel, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diferentes integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Ernesto Ruffo Appel: Compañeras y compañeros diputados, todos mexicanos. Vengo a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional a proponer a través de iniciativa de reforma constitucional a los artículos 26, 69 y 93.

Todos estos artículos de la Constitución están relacionados con el control del Legislativo al Poder Ejecutivo, y esto se logra a través de procedimientos de supervisión. Así, de esta manera la soberanía del pueblo se realiza a través del equilibrio de los poderes en el ejercicio republicano de pesos y contrapesos.

Hoy esto es de esencial importancia a la vida política nacional frente al llamado político a la cuarta transformación por el presidente de la República, que tomará protesta este próximo primero de diciembre.

El Congreso de la Unión representa la soberanía de México y, por tanto, la capacidad de supervisar el hacer responsable del Poder Ejecutivo federal.

Es de esencial equilibrio político el respetar el diseño republicano que plasma la Constitución vigente de 1917 y hoy, en razón del resultado electoral del pasado primero de julio, y su efecto en la composición política del Poder Legislativo, apelamos a la vigencia institucional de la capacidad de supervisión del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo.

Por tanto, proponemos reformas a los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución. Respecto al artículo 26, de donde nace el Sistema de Planeación Democrática, para que esta se desarrolle a través de la forma de gobierno abierto.

Referente al artículo 69 de donde la obligación del Ejecutivo de presentar el informe anual a esta soberanía, se haga de manera oral y en subsecuente sesión de Congreso General, con presencia del Ejecutivo, se hagan preguntas por los legisladores de manera respetuosa que propicie el intercambio de ideas, en el formato que establezca la ley.

Todas las comparecencias se deberán realizar bajo protesta de decir verdad. Que la realización de todas estas funciones de supervisión y control del Poder Legislativo se desarrollen bajo la práctica de parlamento abierto.

Respecto a las reformas al artículo 93 donde los secretarios de despacho darán cuenta por escrito y en comparecencia de sus actuaciones, proponemos que las cámaras tengan la facultad de integrar comisiones específicas para investigar el funcionamiento y resultados de las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Los resultados se harán del conocimiento del Ejecutivo bajo el principio de máxima publicidad. Las comisiones podrán recomendar a sus respectivos plenos se emita un voto de falta de confianza cuando se hubiese demostrado lenidad o falta de probidad.

El voto de falta de confianza se aprobará por mayoría. La reiteración de las mismas conductas será causal de juicio político.

Como podemos ver todos, la nueva realidad de la conformación política impela con urgencia al avance hacia más y mejores formas de relación entre los poderes de la República y de fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y de equilibrio de los pesos y contrapesos en el ejercicio del poder público. Es cuanto, diputadas y diputados. Gracias, señor diputado presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Las diputadas y los diputados suscritos de la LXIV Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, 77, 78, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de control parlamentario, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

La evolución del sistema democrático y la nueva realidad en la conformación política en nuestro país, impelen la urgencia de avanzar hacia más y mejores formas de relación entre los poderes y de fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas, pesos y contrapesos.

Durante décadas en nuestro país funcionó un sistema presidencialista sin mecanismos de fiscalización reales. El resultado fue un extravío severo en la conducción de las políticas públicas desde la presidencia de la República con las consecuencias que todos conocemos: corrupción, abuso de poder, agudización de la desigualdad, impunidad.

El Poder Legislativo ha evolucionado lentamente a lo largo de las últimas décadas. Primero con la llegada simbólica de las oposiciones, luego con los mecanismos de representación proporcional que le dio una dosis de pluralidad al Congreso. Posteriormente y al irse sucediendo las diversas versiones de reformas políticas se le fue dotando de algunas facultades y características inherentes a su naturaleza. Se fortaleció la instancia de auditoria, se democratizó la vida interna de las asambleas parlamentarias.

Uno de los pasos más importantes en el robustecimiento del Poder Legislativo federal lo constituye la posibilidad de reelección consecutiva de legisladores a partir del año 2021. Lo anterior implica una muy grave responsabilidad para quienes por primera vez en la historia reciente del país, seremos evaluados por la ciudadanía respecto de la seriedad y eficacia con la que se espera que hagamos nuestro trabajo.

Uno de los aspectos en los que el diseño de nuestra democracia ha padecido mayores rezagos, es precisamente en lo relacionado con el equilibrio entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo. El presidencialismo exacerbado que padeció nuestro país durante las épocas del partido único, no ha sido conjurado con la existencia de un legislativo que pueda asumir y ejecutar cabalmente las funciones históricas que dieron origen y razón de ser al parlamento. El Poder Legislativo puede y debe asumir más facultades y con mayor nivel de eficacia en el plano de la exigencia de cuentas, evaluación, fiscalización y control del Ejecutivo. Lo anterior implica incluso una cuestión de orden cultural y de cambio de visión de la población respecto de cuál es la función primigenia y fundamental de los órganos parlamentarios.

En tal sentido, esta es una propuesta de enmiendas constitucionales que forman parte de una serie de iniciativas que el Grupo Parlamentario del PAN estará impulsando en la presente legislatura a efecto de buscar la consolidación de un Poder Legislativo mexicano digno y capaz de realizar las funciones para las que históricamente nació la función representativa y que se han desarrollado y especializando en el contexto internacional.

Al respecto es oportuno aludir las recomendaciones realizadas por la Unión Interparlamentaria y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en el documento denominado “Informe Parlamentario Mundial 2017, Supervisión parlamentaria: el poder del parlamento para exigir cuentas al gobierno” a efecto de conseguir los objetivos de fortalecer a los Parlamentos frente a los poderes ejecutivos, que por lo general cuentan con mayores recursos presupuestarios, información y capacidades técnicas:

Recomendaciones para el cambio:

Establecer la supervisión como prioridad principal del parlamento

1. Señalar que el parlamento está comprometido con su función de supervisión.

2. Reunir a todas las partes interesadas para definir un proceso de supervisión constructivo y comprometerse con él.

3. Evaluar las fortalezas y las debilidades del parlamento en lo relativo a su función de supervisión.

4. Comprometerse con la realización de exámenes periódicos e informes sobre la forma en que el parlamento desempeña su función de supervisión.

Consolidar el mandato y la capacidad de realizar la supervision

5. Asegurarse de que las facultades formales para vigilar al gobierno se encuentren claramente consagradas en la legislación y en el reglamento parlamentario.

6. Garantizar la autonomía administrativa y financiera del parlamento y la existencia de personal profesional especializado.

7. Asignar un tiempo en las sesiones plenarias para la supervisión.

8. Asegurarse de que el reglamento y las prácticas de los comités respalden la supervisión.

9. Garantizar un mandato, unos procedimientos y una capacidad claros para supervisar los presupuestos.

10. Incorporar el género y los derechos humanos en todas las actividades de supervisión.

11. Desarrollar una capacidad de investigación específica para respaldar la supervisión.

12. Generar aptitudes de supervisión y limitar las consecuencias del recambio en las elecciones.

13. Solicitar ayuda externa.

Coproducir la supervisión junto con los asociados

14. Reconocer que, para producir una supervisión parlamentaria efectiva, se necesitan los esfuerzos conjuntos de los parlamentarios, la sociedad civil y otras instituciones supervisoras, con el apoyo del público general.

15. Recoger pruebas en los comités provenientes de una amplia variedad de fuentes.

16. Consolidar las relaciones con las entidades fiscalizadoras superiores y otras instituciones supervisoras.

Hacer buen uso de las facultades de supervisión del parlamento

17. Hacer que la supervisión sea consecuente manteniendo un registro.

18. Considerar distintas formas de lograr que el gobierno cumpla los requisitos de supervisión.

Generar el apoyo público a la supervisión

19. Adoptar normas y prácticas éticas que promuevan la legitimidad parlamentaria.

20. Establecer estrategias de comunicación para divulgar la labor supervisora del parlamento.

21. Considerar la mejor forma de utilizar los medios de comunicación en las actividades de supervisión.

22. Poner los registros parlamentarios a disposición del público.

23. Situar al parlamento en la posición de líder de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Aprovechar las oportunidades de que disponen los parlamentarios para crear un entorno propicio a la supervisión.

24. Hacer un mejor uso de las oportunidades existentes. 25. Sacar provecho de los momentos oportunos.

26. Crear y unir coaliciones de reforma.

27. Participar en grupos de trabajo, alternativos e intersectoriales.

28. Elegir y apoyar a los líderes parlamentarios que están a favor de la supervisión.”

En ese orden de ideas, la propuesta que se somete al conocimiento del Poder Constituyente fortalece las atribuciones del Poder Legislativo Federal a efecto de que se encuentre facultado para desempeñar de una manera cabal las funciones inherentes al control parlamentario.

Esta iniciativa se ha desarrollado incorporando algunas propuestas previamente impulsadas por el Grupo Parlamentario del PAN en la LXIV Legislatura y estableciendo facultades y procedimientos inherentes al objetivo buscado.

En tal virtud, se propone incluir en el artículo 26 de la Constitución que en el sistema de planeación democrática se incluirá a la sociedad civil, a través de la instauración del mecanismo de gobierno abierto. La determinación de incluir dicho mecanismo implicará una decisión trascendental en la configuración de la planeación del desarrollo y el involucramiento ciudadano en ella.

Respecto de la evaluación que se realice a la labor del Ejecutivo, se establece en el artículo 69, la obligación de una sesión de informe ante el Congreso General por parte del titular del Ejecutivo y una vez que se ha dado el espacio para el conocimiento de dicho documento a los legisladores, se indica que se celebrará una sesión de preguntas y respuestas entre el presidente y los legisladores en sesión de Congreso General, con la que se iniciará el trabajo de glosa.

Del mismo modo se fortalece la atribución de cada una de la Cámaras de realizar sesiones de análisis del mencionado informe con los titulares de las dependencias de la administración pública, manteniéndose la prerrogativa de realizar preguntas parlamentarias por escrito. En este tipo de sesiones y facultades de control parlamentario igualmente consideramos pertinente habilitar los canales propios del mecanismo de parlamento abierto para que la sociedad participe activamente en la evaluación que se haga por parte de los legisladores al trabajo del Poder Ejecutivo.

El análisis del desempeño de cada una de las secretarías de Estado no solo se realizará en la glosa anual sino que también habrá sesiones de información y preguntas al abrirse los periodos de sesiones del Congreso General, garantizando con lo anterior una mayor labor de rendición y recepción de cuentas.

Cuando se encuentre en estudio una ley o alguna cuestión relativa a alguna dependencia de la administración público o incluso órganos constitucionalmente autónomos, además del régimen que cada uno debe satisfacer en materia informativa, se faculta a las cámaras a llamar para comparecer a los titulares de que se trate.

Uno de los aspectos relevantes de esta propuesta es la posibilidad de crear comisiones de investigación de parte de las cámaras para realizar indagatorias respecto del funcionamiento y resultados de las dependencias y entidades de la administración pública federal, órganos autónomos y empresas productivas del Estado, así como el desempeño de los titulares así como particulares, proveedores contratistas del Estado. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal, de los órganos internos de control o la Fiscalía General de la Nación según corresponda. En lo conducente, a dicha información se le deberá dar la máxima publicidad, de acuerdo a las disposiciones aplicables.

Uno de los posibles resultados de dichas comisiones podrá ser la emisión de un voto de falta de confianza como sanción de carácter político, para los servidores públicos de alto nivel que hubiesen incurrido en lenidad o descuido en el ejercicio de sus funciones. Dicho voto de falta de confianza no reviste la severidad de un juicio político pero que implica un extrañamiento y la prefiguración de un juicio político, de existir reincidencia, en el caso que quepa dicha sanción.

Expuesto y razonado lo anterior, se presenta la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de control parlamentario

De conformidad con la siguiente:

Artículo 26.

A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. Dicho sistema se desarrollará a través del mecanismo de gobierno abierto, conforme se disponga en la ley.

...

...

...

Artículo 69. En la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

La presentación del informe escrito se realizará a través de la comparecencia del presidente de la República ante el pleno del Congreso de la Unión a efecto de que exponga de manera oral el contenido general de dicho Informe, previa expresión de los grupos parlamentarios. En subsecuente sesión se iniciará el análisis del informe con la presencia del presidente de la República en sesión de Congreso General. En dicha sesión se realizarán preguntas a cargo de legisladores de todos los grupos parlamentarios de los partidos representados en el Congreso. El intercambio de opiniones será respetuoso, privilegiando el intercambio de ideas, diálogo y colaboración institucional en formato libre en cada turno, con el límite de tiempo que establezca la ley. En todo caso la ronda de cierre será a cargo de los legisladores.

Cada una de las Cámaras realizará el análisis del informe y podrá solicitar al presidente de la República ampliar la información mediante preguntas por escrito. Los secretarios de Estado, titulares de dependencias y los directores de las entidades descentralizadas y empresas productivas del Estado, quienes comparecerán a solventar preguntas relativas al estado que guarden las dependencias a su cargo así como los proyectos o facultades correspondientes. Dichas comparecencias se realizarán ante el pleno o comisiones.

Todas las comunicaciones y comparecencias ante el Congreso o sus Cámaras u órganos por parte de servidores públicos de la administración pública federal, órganos con autonomía constitucional y empresas productivas del Estado, así como particulares contratistas del Estado, se realizarán bajo protesta de decir verdad.

La realización de las funciones de fiscalización y control del poder legislativo se desarrollará incluyendo el mecanismo de parlamento abierto.

La Ley del Congreso y sus reglamentos regularán el ejercicio de esta facultad.

En el primer año de su mandato, en la apertura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso, el presidente de la República presentará ante la Cámara de Senadores, para su aprobación, la Estrategia Nacional de Seguridad Pública e informará anualmente sobre el estado que guarde.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de sus Cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

Artículo 93. Los secretarios del despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos por escrito y en comparecencia ante las Cámaras del mismo. Al término de la exposición se procederá a la realización de preguntas a cargo de diputados de todos los grupos parlamentarios de los partidos representados en el Congreso. El intercambio de opiniones será en formato libre en cada turno, con el límite de tiempo que establezca la ley. En todo caso la ronda de conclusiones será a cargo de los legisladores.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los secretarios de Estado, titulares de la administración pública federal, a los directores y administradores de las empresas productivas del Estado, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento y resultados de las dependencias y entidades de la administración pública federal, órganos autónomos y empresas productivas del Estado, así como el desempeño de los titulares y proveedores contratistas del Estado. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo federal, de los órganos internos de control o la Fiscalía General de la Nación según corresponda. En lo conducente, a dicha información se le deberá dar la máxima publicidad, de acuerdo a las disposiciones aplicables.

Dentro de dicho informe las comisiones de investigación podrán incluir una recomendación para que la Cámara emita un voto de falta confianza, cuando se hubiese demostrado que el servidor público incurrió en lenidad reiterada o falta de probidad en el ejercicio de su encargo o comisión; o denuncia de juicio político en términos del artículo 110, según sea el caso y la gravedad de la conducta.

El voto de falta de confianza se aprobará por la mayoría de los miembros de la Cámara presentes y se pronunciará por la presidencia de la Mesa Directiva. La reiteración de la conducta o anomalías en el desempeño por parte del servidor público será causal de juicio político.

...

...

Transitorio

Artículo Único. La presente reforma iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 www.ipu.org/oversight y www.undp.org/content/undp/es/home/library/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Ernesto Ruffo Appel, Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Ana Paola López Birlain, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Armando Tejeda Cid, Carlos Alberto Valenzuela González, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Fernando Torres Graciano, Francisco Javier Luévano Núñez, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villareal, Iván Arturo Rodríguez Rivera, Janet Melanie Murillo Chávez, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Elías Lixa Abimerhi, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Josefina Salazar Báez, Juan Carlos Muñoz Márquez, Juan Carlos Romero Hicks, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Laura Angélica Rojas Hernández, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Luis Fernando Salazar Fernández, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Ayala Díaz, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mariana Dunyaska García Rojas, Mario Mata Carrasco, Martha Elena García Gómez, Martha Elisa González Estrada, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Raúl Gracia Guzmán, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Ricardo Villarreal García, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Acosta Rocha, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Verónica María Sobrado Rodríguez, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias. En este caso, como en todos, está abierta la adhesión a la propuesta. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Ruego a la asamblea, guarde silencio porque están los oradores en la tribuna, y su palabra debe ser respetada.

El diputado Héctor René Cruz Aparicio:Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, acudo a esta, que es la máxima tribuna de nuestro país, orgullosamente como diputado miembro del Partido Encuentro Social, y con la potestad que me otorgaron los ciudadanos del distrito 08 de Baja California, en la elección del pasado primero de julio.

Y es por ellos, por ciudadanos de mi estado, y particularmente los de mi ciudad, Tijuana, que lamentablemente es considerada el día de hoy una de las ciudades más violentas del mundo y que únicamente en lo que va del 2018 suman ya más de mil 600 homicidios de alto impacto.

Ante este escenario de sangre que vive mi ciudad y en general todo México, es que solicito su apoyo para que esta propuesta de reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el tema de armas de fuego particularmente.

Uno de los temas más preocupantes que reclaman toda nuestra atención y el esfuerzo, es el combate a la delincuencia en todas sus vertientes. Desde los delitos de más baja punibilidad hasta los delitos de alto impacto, como lo es el homicidio doloso, el secuestro, la extorsión, el tráfico de drogas y de armas, y por supuesto la delincuencia organizada.

Este flagelo que azota a nuestro país y a nuestras familias debe ser atendido de manera coordinada entre los tres niveles de gobierno y con todo el apoyo de las instituciones del Estado Mexicano, por ello la Cámara de Diputados debe proporcionar en este escenario el ordenamiento jurídico necesario para la actuación de los otros Poderes de la Unión y contar con la certeza jurídica en los procedimientos para la persecución del delito y sus instigadores.

Una circunstancia que lamentablemente incide en los altos niveles delictivos es la facilidad con la que se puede adquirir un arma de fuego en nuestro país, a pesar de las prohibiciones en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Si bien el artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga el derecho a todo ciudadano de poseer armas de fuego en su domicilio para su seguridad y legítima defensa, la misma ley en la materia determina los casos, condiciones y excepciones en los que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas de fuego.

Sin embargo, en muchos domicilios de México la mayoría de esas armas han sido traficadas desde los Estados Unidos por grupos de la delincuencia organizada.

Según un informe del Centro por el Progreso de América, con datos obtenidos de la Oficina de Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego y Explosivos, ATF, en Estados Unidos, de las poco más de 106 mil armas recuperadas por las fuerzas del orden como parte de una investigación criminal, en México, de 2011 a 2016 rastreadas hasta su origen, el 70 por ciento se compraron de un vendedor de armas con licencia en ese país, principalmente en los estados de California, Arizona y Texas.

Se calcula que cada año se trafican a México desde los Estados Unidos poco más de 200 mil armas de fuego. Esta enorme cantidad de armas son en su mayoría de alto calibre, en la cual no es permitido por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, lo que presupone la utilidad de las mismas en la incidencia de delitos de alto impacto que ya se han comentado.

Lo más grave aún es que en el momento de la detención de criminales en posesión de este tipo de armas, en la mayoría de las ocasiones, estos mismos criminales son puestos en libertad por el juzgador del delito, lo que sin duda genera un alto índice de impunidad y demerita el esfuerzo de las corporaciones policiacas en cumplimiento de su trabajo.

Es importante señalar que la creciente impunidad en la que vivimos está en sus máximos niveles, puesto que el Índice Global de Impunidad de México 2018, elaborado por la Universidad de las Américas, campus Puebla, nos señala un aumento en diversos delitos, que son denunciados y por diversas circunstancias quedan impunes, elevando el indicador a 69.84 puntos a finales de 2017, cuando el 2016 era de 67.42

Este dato de impunidad refleja también una debilidad estructural e institucional en las corporaciones de procuración y administración de justicia, que no alcanza a procesar el gran número de denuncias por delitos de toda naturaleza donde están implicadas las armas de fuego principalmente.

De acuerdo con datos oficiales de la PGR, en el transcurso de 2017 se iniciaron 96 mil carpetas de investigación por delitos de orden federal. Esto equivale casi a 11 mil delitos más, en comparación del año anterior. Los datos anteriores por tasa representan que en el 2017 los delitos del orden federal fueron de 77.7 por cada 100 mil habitantes. De acuerdo con datos del Poder Judicial Federal, en noviembre de 2014 a junio de 2017, la PGR consignó a seis mil 905 personas por el delito de portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, donde pistolas como calibre 38 a 9 milímetros, hasta rifles automáticos o lanza granadas, de ese total 695 personas se dejaron libres, debido a que los jueces consideraron que no hubo elementos para vincularlos a proceso.

Ahí radica una gran parte del problema. El análisis que el juzgador...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Le ruego abrevie, porque ha pasado su tiempo.

El diputado Héctor René Cruz Aparicio: Termino, presidente. Hace para determinar el grado de peligrosidad, tiene que ver particularmente con que el delito de portación de armas de fuego de uso exclusivo no está considerado como delito grave. Es por eso que acudo a esta tribuna, para pedir su apoyo para que la calificativa de este delito se incluya en la Constitución y el Código Nacional y así acabar de una vez por todas con la impunidad que viven los delincuentes y brindar certeza jurídica a los ciudadanos de este país. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma los artículos 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del PES

El suscrito, Héctor Rene Cruz Aparicio diputado federal perteneciente a la LXIV Legislatura de esta Honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II y 72, inciso H) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 3, 78 y 102, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforma el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

En México, el artículo 10 de la Constitución Política, otorga el derecho a todos los ciudadanos de poseer armas de fuego en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, exceptuando aquellas prohibidas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y de las reservadas para uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. Esta ley también determina los casos, condiciones y excepciones en los que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.

El artículo 11 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, indica cuáles son las armas, municiones y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

Actualmente para nuestro país una situación importante de atender, es la creciente impunidad en la que vivimos según el Índice Global de Impunidad IGI-México 2018, elaborado por la Universidad de las Américas, Campus Puebla; nos ubicamos a finales del 2017, en el cuarto lugar mundial de impunidad en un listado que encabeza Filipinas. En el mismo sentido, el promedio nacional del índice aumentó a 69.84 puntos cuando en 2016 se colocó en 67.42.

De acuerdo con datos oficiales de la Procuraduría General de la República (PGR) estos arrojan que en el transcurso del 2017 se iniciaron 96 mil 95 carpetas de investigación por delitos de orden federal, esto es equivalente a casi 11 mil delitos más en comparación con el año anterior.

Los datos anteriores, representan que en 2017 la tasa de delitos del orden federal fue de 77.7 por cada 100 mil habitantes, mientras que en 2016 dicha tasa fue de 69.6 ilícitos, un crecimiento en la delincuencia criminal federal del 11.6 por ciento en un año.

Entre los delitos federales, el de mayor incidencia es el de violaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que se comete al almacenar, portar o transportar armas de alto poder y artefactos explosivos como granadas que son de uso exclusivo del Ejército.

De acuerdo con la misma institución, uno de cada siete delitos por los cuales se inició una investigación, fue por presencia de armamento de alto poder.

Los delitos relacionados con violación a la ley en cuestión crecieron. Los casos registrados en 2017 equivalen a una tasa de 11.1 casos por cada 100 mil habitantes, un crecimiento del 10 por ciento de este ilícito respecto a 2016, en el que la tasa fue de 10.1 casos.

De acuerdo con datos del Poder Judicial Federal, de noviembre de 2014 a junio de 2017 la PGR consignó a 6 mil 905 personas por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, desde pistolas calibre .38 o 9 milímetros hasta rifles automáticos o lanzagranadas. De ese total, hay 695 personas que dejaron libres debido a que los jueces consideraron que no hubo elementos para vincularlos a un proceso.

En tanto la mayoría, 6 mil 210 personas, sí fueron vinculadas a un proceso penal; pero de ellos solamente a mil 143 se les dictó como medida cautelar la prisión preventiva. Es decir, a los otros 5 mil 67 se les procesó, pero el juez consideró que no se cumplían los requisitos que marca la ley para que permanecieran en prisión mientras se desarrolla el proceso, por lo que siguen su juicio en libertad, según reportaron diversos medios de difusión nacional.

Anteriormente, el viejo sistema penal que operaba en nuestro país, previo a la reforma constitucional, consideraba que el simple hecho de portar armas de fuego de grueso calibre o de uso exclusivo del Ejército, era un delito grave, aunque no se hubiera cometido delito alguno con ellas. Por tanto, ameritaba la prisión preventiva de forma automática.

Sin embargo, el nuevo sistema penal acusatorio, que por esencia da mayores garantías y privilegia la presunción de inocencia, ya no contempla el delito de portación de armas de fuego como mérito de prisión preventiva oficiosa.

Actualmente los únicos delitos que si ameritan la prisión preventiva en automático están determinados en el artículo 19, párrafo segundo constitucional:

“El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.”

Mientras que el Código Nacional de Procedimientos Penales, establece en el artículo 167, tercer párrafo lo siguiente:

“El juez de control en el ámbito de su competencia, ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley contra la seguridad de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.”

Sin lugar a duda, debido a la falta de capacidad de los ministerios públicos y fiscalías, dejan en libertad a los acusados. Pero esto también representa el debilitamiento de nuestro sistema de justicia penal.

Estudios internacionales indican que México se encuentra en una difícil situación por el bajo número de jueces y magistrados con relación al número de delitos que se cometen, por lo que los procesos de investigación que se inician, son atendidos por muy poco personal.

Aunado a ello, los delitos de alto impacto como el homicidio, el robo con violencia, el secuestro y la extorsión, han aumentado considerablemente derivado en mucho de la falta de capacitación y deficiencia estructural para la atención de la gran incidencia de este tipo de delito.

Por ejemplo otro indicador de la gravedad de esta situación es la cifra negra, es decir los delitos no denunciados, que se mantiene en un nivel muy alto e incluso aumentó casi un punto porcentual en dos años al pasar de 92.8 por ciento a 93.7 por ciento, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Conformando que los mexicanos seguimos sin tener confianza en las instituciones de seguridad y justicia para denunciar los delitos de los cuales somos víctimas.

Por lo anteriormente expuesto, como diputado federal del Grupo Parlamentario Encuentro Social, expreso mi preocupación por la seguridad de mi país, por ello traigo a consideración de esta honorable Cámara, la propuesta legislativa de adicionar en el catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, los delitos relacionados con la portación, compra, posesión, acopio de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.

Por ello propongo que en el artículo 19 párrafo segundo constitucional, determinar como delitos graves que ameritan prisión preventiva oficiosa, el delito de portación, compra, posesión, acopio de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.

Como integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, me comprometo a seguir trabajando, con el propósito de garantizar la integridad, convivencia pacífica y el respeto de los derechos fundamentales, de las familias de México.

Por lo anteriormente expuesto y fundado presento a la consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el diverso 167 párrafo tercero del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Primero. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 19. . . .

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, la portación, compra, posesión, acopio o contrabando, armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea,así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Segundo.Se reforma párrafo tercero del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales para quedar como sigue:

Artículo 167. Causas de procedencia

(. . .)

(. . .)

El juez de control en el ámbito de su competencia, ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, la portación, compra, posesión, acopio, contrabando de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como delitos graves que determine la ley contra la seguridad de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Transitorios

Primero. Una vez aprobada la presente reforma por el honorable Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas locales, remítase al Ejecutivo federal para su publicación.

Segundo.La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Héctor René Cruz Aparicio,Beatriz Manrique Guevara, Carolina García Aguilar, Edgar Guzmán Valdéz, Jesús Carlos Vidal Peniche, Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, María del Carmen Cabrera Lagunas, Miguel Acundo González, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Nayeli Salvatori Bojalil (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen y a la Comisión de Justicia, para opinión.



LEY MINERA

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley Minera.

La diputada Clementina Marta Dekker Gómez:Con su venia, diputado presidente. Por una minería responsable, consulta y consentimiento para los pueblos indígenas. Apreciables compañeros y compañeras diputadas, me presento ante ustedes para compartirles una sincera y honda preocupación.

Es verdad que mucho se ha dicho en este recinto sobre las carencias, violencias y privaciones que afectan a nuestra población y que sufren especialmente los sectores más desposeídos.

Desde la pobreza de más de 53 millones de mexicanos hasta la subocupación de tres millones 600 mil trabajadores, pasando por la dolorosa desaparición de al menos 37 mil personas, todo esto y más ha sido motivo de intensos debates y valiosos pronunciamientos por parte de compañeros y compañeras legisladores.

Sin embargo, a casi de un mes de haber iniciado la legislatura sigue sin denunciarse uno de los mayores actos de rapiña que hoy por hoy tiene lugar en nuestro país, el saqueo y la devastación provocada por la expansión descontrolada de la industria minera.

El asunto no es menor, en datos duros hablamos de una problemática vinculada a la operación de más de 300 empresas, la mayor parte de ellas extranjeras y mucho de ellas canadienses, responsables de al menos 830 proyectos mineros en 24 estados de la República, justificados mediante la entrega por parte del gobierno federal de 26 mil títulos de concesión que amparan la explotación de 56 millones de hectáreas.

Esta es un área que en su conjunto representa casi la tercera parte del territorio nacional, más de la mitad del total de la propiedad social del país. Ni en el porfiriato hubo semejante enajenación del suelo patrio.

Aunque es cierto que en buena medida esta situación es producto del clima de impunidad y corrupción que ha imperado en los últimos gobiernos, lo es también que en la vigencia de una regulación laxa y permisiva más enfocada en proteger y favorecer a intereses corporativos que en velar por la sustentabilidad de los recursos nacionales y el bienestar de los pueblos y comunidades de México, como era de esperarse, en este marco de opacidad regulatoria, la industria minera, pero sobre todo los intereses corporativos asociados a ella, han prosperado como nunca antes en la historia.

Este jugoso negocio ha convertido a la actividad minera en la cuarta fuente de generación de divisas y ha abierto también el camino para la conformación de las más grandes fortunas privadas que existen a costa del pueblo de México.

Peor aún, el nuevo auge de la minería en México ha implicado efectos devastadores y a menudo irreversibles a la biodiversidad y el medio ambiente en todo el país.

Además, ha contribuido a la desarticulación de las localidades, el despojo de tierras comunales y ejidales. La persecución y criminalización de opositores y el desplazamiento forzado de poblaciones sin plan de reubicación.

Desde luego, esto ha derivado en la conformación de más de mil conflictos mineros y el surgimiento de decenas de movimientos en defensa del territorio.

Por desgracia, en este como en muchos otros casos, del despojo y empobrecimiento han sido los pueblos indígenas los más afectados.

El problema radica en que la expansión de la industria minera en territorio indígena se ha llevado a cabo en franca oposición con lo dispuesto en las normas y tratados internacionales, entre los que destaca el Convenio 169 de la OIT, que obliga a los gobiernos a establecer acciones coordinadas con los pueblos y comunidades indígenas para proteger sus derechos y garantizar su integridad.

En este sentido, una de las figuras más importantes es la del derecho a la consulta y el consentimiento informado. Sin embargo, lejos de avanzar su legislación, el Poder Legislativo se ha encargado de retrasarla, alimentando la comparsa que existe para privilegiar los intereses transnacionales sobre la soberanía nacional.

Por suerte, hoy como nunca antes, las fuerzas de izquierda somos mayoría en este recinto. Esto ha implicado un renovado compromiso por escuchar, atender y hacer valer las causas que han guiado desde muchos años las luchas para hacer de este país un lugar más justo.

Apelando a este compromiso estoy acá, ante ustedes, para presentarles la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 6o. de la Ley Minera, para que ante la posibilidad...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Le ruego abreviar, compañera.

La diputada Clementina Marta Dekker Gómez: ...de explotación de minerales en territorios cuya propiedad ancestral pertenezca a pueblos y comunidades indígenas, se anteponga siempre el derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 6 de la Ley Minera, a cargo de la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Martha Clementina Dekker Gómez, diputada federal de la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6o. de la Ley Minera al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Si bien es cierto que en México la tradición minera data desde el periodo colonial, como industria, el pujante negocio de la minería debe considerarse como un hecho relativamente reciente. De hecho, sólo hasta hace algunos años la actividad minera alcanzó a ocupar, de acuerdo con información del Banco de México, el cuarto lugar en generación de divisas, por debajo de los ingresos pertenecientes al ramo automotriz, el petróleo y las remesas. Ha sido tal la dimensión del desarrollo de la industria en México que nuestro país es, hoy por hoy, el primer productor mundial de plata, undécimo de oro y duodécimo de cobre. También es el segundo mayor productor de fluorita, el tercero más grande de bismuto y el quinto más grande de plomo.

En realidad, la incidencia de la industria minera en la economía mexicana comenzó a cobrar relevancia a partir de la década de los noventa, luego de la reforma al artículo 27 de la Constitución Federal y la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). De envergadura histórica, estos hechos sentarían las bases que trazarían el futuro de la industria minera en el país. Por un lado, el TLCAN permitió el cambio en la orientación de la legislación minera; por el otro, la reforma al artículo 27 marcó las pautas de lo que debería constituir la modernización del sector. El contenido de ambos textos determinó desde entonces el enfoque del papel del Estado y las políticas públicas en el ramo.

A partir de ese momento se inició un proceso de importantes reformas al andamiaje jurídico encargado de regular la minería, en donde destacan modificaciones a la Ley Minera, la Ley General de Bienes Nacionales, la Ley Agraria, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal de Derechos, la Ley de Inversión Extranjera y el Código Civil.

Entre otras cosas, estas reformas hicieron posible que la actividad minera fuese declarada de utilidad pública, con lo cual se legalizó la expropiación de tierras ejidales y pequeñas propiedades, aun cuando sus propietarios negaran su uso para actividades de ese tipo. Además, se aprobó el otorgamiento de concesiones que ampararan tanto la exploración como la explotación por un periodo de cincuenta años, renovables por otro periodo igual, pudiendo alcanzar hasta un siglo de duración. También se autorizó a los titulares de las concesiones su enajenación y agrupamiento, alentando la especulación privada con bienes públicos y se autorizaron para las empresas mineras exenciones tributarias y pagos mínimos por uso de servicios como el agua. De esta forma se sentaron las bases jurídicas para hacer de México un auténtico paraíso mundial para inversionistas del ramo extractivista-minero debido a las facilidades de operación, privilegios fiscales y alto nivel de producción.

Sin embargo, no sólo la legislación minera sufriría de fuertes transformaciones, el orden institucional registraría también cambios importantes. Prueba de ello fue la creación del Servicio Geológico Mexicano, un organismo público descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, coordinado sectorialmente por la Secretaría de Economía. Hasta hoy, este Servicio se encarga de realizar la investigación geológica, minera y metalúrgica para identificar y estimar los recursos minerales potenciales del país. Además, es responsable de inventariar los depósitos minerales del país y proporcionar al público información geológica, geofísica, geoquímica y minera del país. No obstante, la información que transmite a las empresas mineras suele mantener un carácter confidencial y se ha vuelto común que entre en conflicto con informes elaborados por la sociedad civil.

Aunque el auge del sector minero comenzó con la puesta en práctica de las políticas de ajuste recomendadas por organismos económicos internacionales, su peso habría de intensificarse durante los sexenios panistas, a partir de la creación de nuevos incentivos fiscales enfocados al sector. En este periodo, la industria minera en México crecería a pasos agigantados al punto en que sólo en el gobierno de Felipe Calderón el sector aumentó más de 224% con respecto al sexenio anterior. Gracias a este nuevo marco jurídico e institucional, desde 2000, las minas han sido capaces de extraer el doble de oro y la mitad de plata en comparación con lo que se extrajo en los 300 años de conquista y colonización.

Al respecto, el jurista y activista indígena Francisco López Bárcenas ha señalado que para mediados de 2012 operaban en México, gracias a la aprobación de las reformas, el rediseño de la estructura institucional y la aplicación de nuevas políticas gubernamentales, más de 290 empresas provenientes de 16 países extranjeros, a cargo de por lo menos 830 proyectos mineros. De ellos, el 80 por ciento reportó encontrarse en etapa de exploración, el 10 por ciento en producción, 4 por ciento en etapa de desarrollo y 6 por ciento en suspensión, a la espera de su reactivación. De las empresas mineras, 211 procedían de Canadá, 44 de Estados Unidos, 9 de China, 5 de Australia, 4 de Japón, 3 de Inglaterra y 2 de la India. Otros países que contaban con al menos una empresa minera operando en territorio mexicano eran Brasil, Perú, Luxemburgo, Chile, Italia, Bélgica, España, Corea del Sur y Holanda.

Estas empresas distribuían sus actividades en 24 estados de la República Mexicana. Sonora concentraba el mayor el mayor número de proyectos, con 202; le seguía Chihuahua, con 117; Durango, con 95; Sinaloa, con 84; Zacatecas, con 62; Jalisco, con 54; Oaxaca y Guerrero con 33; Baja California, con 11; Guanajuato, con 17; Nayarit, con 21; Michoacán, con 17; San Luis Potosí, con 18; Chiapas, con 7; el Estado de México, con 7; Puebla, con 9; Coahuila, con 10; Baja California Sur, con 6; Colima, con 11; Querétaro, con 5; Veracruz, con 6; Morelos e Hidalgo con 3 y finalmente Tamaulipas, con 2. A seis años del diagnóstico de López Bárcenas, la situación sólo ha empeorado.

En la misma venia, información de la Dirección General de Minas revela que hasta 2010 el gobierno mexicano había otorgado más de 26 mil títulos de concesión para el desarrollo de actividades de exploración y explotación minera. Para entonces, la totalidad de dichos títulos amparaba 56 millones 7 mil 756 hectáreas del territorio nacional, la mayor parte otorgados durante los sexenios panistas. Las más de 56 millones de hectáreas concesionadas para actividades mineras constituirían el 28.58 por ciento del territorio nacional y el 51.76 por ciento de la tierra de propiedad social. De esas dimensiones era la superficie del territorio nacional que hasta el año 2010 había quedado en manos, hasta por un siglo, de las corporaciones mineras, disminuyendo efectivamente el ejercicio del poder soberano del Estado sobre su propio territorio. Si a eso se suman las otorgadas durante los últimos años, la cifra se hace aún más impresionante.

Así pues, por más de dos décadas, las acciones del gobierno mexicano ante al auge de la industria minera han estado enfocadas en privilegiar las ambiciones del capital extranjero en detrimento de los derechos fundamentales de los mexicanos y de los principios más elementales de la Constitución.

Por fortuna, la creciente importancia de la industria minera en México ha sido motivo también de un amplio debate sobre los efectos nocivos que esta actividad produce contra la población y el medio ambiente. De estas conversaciones se han desprendido denuncias contra las pésimas condiciones laborales en que se desarrolla la industria, especialmente en cuanto se refiere a higiene, seguridad y garantías salariales. Cabe en este sentido señalar que la Organización Panamericana de la Salud ha advertido de entre todas las actividades económicas a la minería como la causante de mayores afectaciones a la salud, responsable de enfermedades que pueden reducir la esperanza de vida hasta en quince años. En lo que atañe a la seguridad laboral, muchos han cuestionado las modalidades de contratación que emplean las empresas mineras para evadir los costos que implica el pago de prestaciones, seguros y jubilaciones que por derecho corresponden a los trabajadores. En este caso destaca la subcontratación o “outsourcing”, utilizada también para reducir costos de operación y evitar la sindicalización. De esta forma, los derechos de los trabajadores mineros son relativizados o por completo menoscabados.

Otros en cambio han señalado la incapacidad (o falta de voluntad) mostrada por el Estado para gravar adecuadamente la riqueza producida por la industria minera, cuestionando con ello la tesis de los grandes beneficios económicos que éstas empresas generan a la nación. En este sentido, información de la Auditoria Superior de la Federación señala que las empresas mineras extranjeras y las empresas nacionales pagan al erario, por concepto de derechos, cantidades insólitamente bajas. El problema radica en que las contribuciones no se cobran en función de los minerales extraídos, sino de las hectáreas de tierra concesionadas. De esta forma, ni el Estado ni la nación reciben, a causa del actual sistema de concesiones y las disposiciones de la Ley Federal de Derechos, las contribuciones o beneficios justos por la extracción de minerales.

Sin embargo, la crítica más importante que ha recibido la industria minera está relacionada con los efectos devastadores y a menudo irreversibles que tiene sobre el medio ambiente. El problema radica en que la contaminación del subsuelo y la atmósfera, la degradación del suelo y la explotación desmedida de cuerpos de agua superficiales y subterráneos se han convertido en procesos relativamente comunes en el diario acontecer de la industria en todo el país.

Ejemplos sobran. En Mazapil, Zacatecas, una zona de alta marginación donde la población ha enfrentado históricamente dificultades para el acceso al agua dadas las condiciones semidesérticas de la región, se encuentra la mina de oro más grande del país, Peñasquito, concesionada a la empresa canadiense Gold Corp. Desde su llegada, esta corporación se ha vuelto responsable de niveles de escasez nunca antes experimentados por la población debido a las grandes cantidades de agua que utiliza para los procesos de lixiviación, dejando a la comunidad sin líquido suficiente para desempeñar sus actividades agrícolas. Con ello ha roto las cadenas productivas regionales, agravando los índices de desigualdad y marginación en una de las zonas, irónicamente, más ricas en oro en el mundo.

Un caso similar ha tenido lugar en Oaxaca, donde la minera Cuzcatlán, filial de la canadiense Fortuna Silver Mines, ha sido imputada por daños ambientales en el municipio de San José del Progreso, los cuales han arrastrado como consecuencia afectaciones a la salud pública entre las que se incluye un incremento exorbitado de casos de cáncer de colón, estómago, hígado y riñones. En este caso destaca como para la concreción de sus objetivos y la expansión del territorio autorizado para la explotación la minera ha implementado estrategias de cooptación y confrontación entre autoridades locales que ha terminado desatando una fuerte tensión social contra los proyectos mineros e incluso enfrentamientos entre comunitarios.

Otro caso emblemático de resistencia a la extracción de minerales es el de Wirikuta en San Luis Potosí. Desde mediados de 2010, la Secretaría de Economía concesionó 6 mil 326 hectáreas pertenecientes al territorio ancestral del pueblo huichol en favor de la minera canadiense First Majestic Silver Corp. Al hacerlo, el gobierno federal ignoró el hecho de que 70 por ciento del área estuviera reconocida como área natural protegida por el gobierno estatal e incluida en la Red Mundial de Lugares Sagrados Naturales de la UNESCO. El proyecto de explotación de plata de la minera canadiense amenazaba a la comunidad huichol y a su legado histórico, violentando los derechos de información y consulta, indispensables para la implementación de proyectos mineras en territorios indígenas. Fue sólo gracias a una amplia movilización social que incluyó la participación de artistas, intelectuales, funcionarios públicos, asociaciones no gubernamentales y sociedad civil que fue posible frenar, al menos temporalmente, estas intenciones.

Tan sólo en Chiapas se reportan actualmente en puerta 99 concesiones mineras para la explotación y extracción de minerales durante los próximos 50 años. Si a estas sumamos las ya existentes encontramos que en Chiapas el área dedicada a la minería es de al menos un millón 57 mil 81 hectáreas distribuidas en 16 municipios de la entidad, principalmente en las regiones Sierra y Costa. Esto significa que el 14.2 por ciento de territorio estatal ha sido concesionado. De acuerdo con datos de la organización Otros Mundos, las concesiones han sido otorgadas principalmente a cuatro empresas extranjeras; tres de ellas son canadienses: Linear Gold, ahora llamada Brigus Gold, BlackFire, Riversides Resoures Inc. y una China, llamada Honour Up Trading. Cabe destacar que de las 99 concesiones expedidas en 2015, 44 se encuentran dentro de la zona ecológica del Soconusco. Esto ha implicado fuertes presiones para la conservación de una región que alberga, por sus condiciones ecológicas únicas, especies de flora y fauna endémicas, manglares de alto valor económico y ambiental y en general, uno de los más grandes reservorios de biodiversidad que existen en el país.

Tras el recuento de estos ejemplos podemos comenzar a identificar los principales estragos de los que son artífices y responsables tanto una industria en pleno auge como un gobierno indolente y corrupto, ambos sirviéndose de un marco jurídico laxo e indulgente. De esas problemáticas, destaco las siguientes:

- Desarticulación de localidades y debilitamiento del tejido social.

- Generación de obstáculos ecológicos y socioeconómicos para el sostenimiento de las comunidades cercanas a las explotaciones.

- Propagación de enfermedades y padecimientos nuevos.

- Devastación ambiental.

- Contaminación de mantos freáticos.

- Abandono de actividades cruciales para el desarrollo rural, como la agricultura, la ganadería y la silvicultura.

Ante semejante lista de perjuicios, diputados y senadores de distintas legislaturas han presentado, desde la aprobación de la actual Ley Minera, numerosas iniciativas para reformar o adicionar este y otros elementos del marco normativo que rige a las actividades de exploración, extracción, beneficio y cierre de minas en México a fin de mejorar su regulación. Sin embargo, ha hecho falta el consenso y voluntad suficiente para concretar las reformas necesarias para garantizar la salvaguarda de los territorios y su riqueza natural frente al vertiginoso avance de la industria.

Uno de los aspectos más lamentables de esta problemática radica en las constantes violaciones que las empresas mineras comenten contra los principios que, en la materia, se vierten en la Constitución General, al amparo de ciertas disposiciones a favor suyo contenidas en el marco jurídico secundario –no sólo la ley minera, sino también la ley de inversiones extranjeras o la ley federal de derechos–. Así por ejemplo, la Carta Magna establece en su artículo 25 el principio por el cual se delega al Estado la rectoría del desarrollo nacional, el cual debe ser integral y sustentable. Sin embargo, en los hechos, la minería sigue siendo responsable de varios de los más graves ecocidios contra la biodiversidad y la riqueza natural nacional que estén perpetrándose actualmente.

Más adelante, el mismo artículo señala:

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución...”

Al igual que en el caso anterior, el mandato no se cumple considerando que la planeación de la explotación minera permanece en manos de la Cámara Minera Mexicana, órgano empresarial que aglutina alrededor de una centena de corporaciones privadas involucradas en la industria. De este modo, la planeación minera se realiza atendiendo únicamente los intereses de la industria minero-metalúrgica del país y los requerimientos del mercado, en detrimento de los derechos de los pueblos indígenas, de las comunidades agrarias y de los mexicanos en general.

En este sentido, el cuarto párrafo del citado artículo establece que en el desarrollo nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación. Para ello, el Estado apoyará, continúa el artículo, a las empresas de los sectores social y privado sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público, cuidando, en el uso de los recursos públicos, su conversación y el medio ambiente. Sin embargo, en los hechos, la industria minera continúa privilegiando el beneficio de intereses privados, a costa de la seguridad y el bienestar de los sectores público y social de la economía, así como la salvaguarda del medio ambiente.

En el mismo orden de ideas, el artículo 26 constitucional detalla los criterios que orientarán la planeación democrática del desarrollo nacional. Por su esencia democrática y deliberativa, la planeación deberá recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. No obstante, en la práctica, la planeación sobre el papel de la industria minera en la economía nacional, incluida la elaboración del Programa Sexenal de Desarrollo Minero, se realiza tomando sólo en cuenta la opinión y necesidades de los grandes intereses empresariales, excluyendo de este proceso las aportaciones de la sociedad en general y particularmente, las de las comunidades afectadas por la extracción minera.

Finalmente, en lo que respecta al aprovechamiento de los recursos naturales, cuyas modalidades prevé el artículo 27 de la Carta Magna, se señala que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidando su conservación y logrando con ello el desarrollo equilibrado del país. Como se ha indicado, los hechos demuestran que estos preceptos han sido sistemáticamente incumplidos tanto por la autoridad estatal como por las grandes empresas mineras pues la mayor parte de las ganancias y beneficios económicos derivados de la explotación minera se han quedado en manos de intereses privados. Esta injusticia es además responsable de niveles de devastación ambiental sin precedentes y la expoliación de comunidades enteras.

Sin además consideramos que la Ley de Inversiones Extranjeras permite, en lo que respecta al sector minero, una inversión extranjera del cien por ciento, confirmamos que el Estado no ejerce su rectoría económica según lo planteado en el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución, aun cuando la minería es una actividad prioritaria y, con respecto a algunos minerales, estratégica para la nación. Queda entonces claro como el marco jurídico vigente, así como su aplicación por parte de las autoridades competentes, violenta principios constitucionales consagrados en la Carta Magna.

Es así como, en el desempeño de sus tareas productivas, las empresas mineras, tanto nacionales como extranjeras, violentan sistemáticamente los derechos fundamentales de las y los mexicanos, afectando a su paso la paz y el bienestar de cientos de comunidades indígenas y núcleos agrarios. Sus acciones incluso han llegado a provocar conflictos sociales, no siempre incruentos, mientras que continúan devastando el medio ambiente mediante la minería a cielo abierto y el alto consumo de agua que demanda la explotación de los minerales.

Ante las muchas evidencias sobre los efectos nocivos de la industria minera sobre el medio ambiente y sobre los equilibrios propios de las economías rurales, así como ante el reconocimiento de la permisividad de la ley vigente, enfocada en proteger y favorecer, por encima del bienestar de pueblos y comunidades, a intereses corporativos, es claro que, si se desea que la actividad minera sirva como una auténtica palanca de desarrollo en beneficio del país y su población, es necesario modificar drásticamente la ley. Conformar una legislación minera con normas y fines orientados en beneficio de la nación constituirá además un ejercicio de soberanía, pues las generaciones de ahora y del futuro tienen el derecho de reclamar que el Estado explote las riquezas minerales para su bienestar y no para el de empresas nacionales o extranjeras.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el párrafo primero del artículo 6 de la Ley Minera

Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 6 de la Ley Minera, para quedar como sigue:

Ley Minera

Artículo 6. La exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias a que se refiere esta Ley son de utilidad pública, serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, con sujeción a las condiciones que establece la misma. Este precepto no se observará en los territorios cuya propiedad ancestral pertenezca a pueblos y comunidades indígenas, en cuyo caso deberá anteponerse siempre el derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado. Únicamente por ley de carácter federal podrán establecerse contribuciones que graven estas actividades.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1Galván, M.M.“Minería en México: La nueva colonización.” En Sin Embargo. 9 de abril de 2013.

2 López Bárcenas, Francisco. “Invasión anticonstitucional de la minería en México.” En Desinformémonos. 21 de abril de 2013.

3 Auditoría Superior de la Federación. Informe de Resultados de la Cuenta Pública 2010. Auditoría Financiera y de Cumplimiento 10-0-10100-02-0809.

4 Chacon, Manuel. “Acusan a minera de contaminar agua en Zacatecas”.En Milenio. 27 de agosto de 2016

5 Matías, Pedro. “Denuncian en Oaxaca a minera Cuzcatlán por exploraciones sin permiso e invadir ejidos”.En Sin Embargo. 20 de septiembre de 2016.

6 Rincón, Sergio. “10 claves para entender el conflicto en Wirikuta”.En Sin Embargo. 29 de octubre de 2011.

7 El Financiero. “Chiapas tiene en puerta 99 concesiones mineras a 50 años”.27 de julio de 2015.

8Cárdenas, Jaime.“La minería en México: Despojo a la nación”. En Cuestiones Constitucionales, número 28.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputada y diputado: Martha Clementina Dekker Gómez Edgar Guzmán Valdéz(rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

Como las demás, esta iniciativa está abierta para adhesiones. Desde luego cuenta con ello.



EXPIDE LA LEY DE LA COMISIÓN DE LA VERDAD SOBRE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos la diputada Kehila Abigail Ku Escalante, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión de Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

La diputada Kehila Abigail Ku Escalante:Con su venia, presidente. Diversos estudios internacionales ubican a México como el noveno país con el mayor conflicto bélico a nivel mundial de los últimos años. En 2016 México fue declarado como el segundo país más letal del mundo, solo detrás de Siria, pues la cifra de fallecidos suma más de 250 mil personas. El 95 por ciento de estos homicidios permanecen en la impunidad. En solo cinco de cada 100 se condena al responsable.

No solo son las cifras alarmantes de muertes, sino que además hay decenas de miles de desaparecidos. De 2017 a la fecha el Registro Nacional de Personas desaparecidas suma 37 mil 435 personas. Esta ola de violencia también ha generado que cientos de miles de mexicanos muden de residencia, convirtiéndose en víctimas de desplazamiento forzado.

La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos documentó de 2006 a 2017 un total de 329 mil 917 víctimas de desplazamiento interno forzado en México, donde hubo presencia o uso de violencia.

En este sexenio la violencia está desbordada, siendo el periodismo una de las actividades de más alto riesgo en nuestro país, con 11 asesinatos a periodistas en el presente año y 38 en todo el sexenio. Con mil 775 agresiones y cuatro desaparecidos a la fecha. Y el gobierno, en lugar de actuar, se dedica a espiar a las víctimas y a los activistas.

Diversos hechos han marcado este sexenio. Casos como Tlatlaya en el Estado de México donde murieron 22 personas y está involucrado el Ejército, caso que no se ha aclarado desde 2014. Tanhuato, Michoacán, en donde fueron asesinadas 42 personas en 2015 y está involucrada la Policía Federal. Nochistlán, Oaxaca. En donde nuevamente está involucrada la Policía Federal en un enfrentamiento con profesores en el año 2016. En este enfrentamiento que duró varias horas hubo seis personas fallecida por arma de fuego, más de 50 lesionados y varios detenidos.

Jalisco, el hermoso estado de donde provengo y del que en estas semanas también se ha hablado mucho, aparición de tráileres de la Fiscalía del estado que estaban llenos de cuerpos de víctimas y que seguramente a muchos de ellos sus familias siguen buscando.

También la desaparición en el mes de marzo de tres estudiantes de cinematografía, caso que aún no se esclarece a la fecha. Y, por supuesto, queda por resolver el lamentable hecho delos 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa en 2014 acontecimiento, que cumplió cuatro años el día de ayer. Cuatro años sin saber la verdad. Cuatro años de impunidad. Cuatro años sin justicia.

Si estos hechos, compañeros y compañeras, no les representa una verdadera crisis de derechos humanos en nuestro país, entonces entenderemos por qué durante los últimos 12 años solamente hemos recibido un conteo del número de muertos y desaparecidos, sin ponerles nombre, sin ponerles rostro, sin escuchar a las familias, sin reconocer a las víctimas.

Conocer la verdad para las víctimas y sus familias no debería ser solo un anhelo, sino una exigencia. Conocer la verdad es un derecho que ante todo les debe garantizar el Estado.

Por eso el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano propone la expedición de la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México Cuya ley incluye cuatro objetivos:

1. Garantizar el derecho irrenunciable a la verdad de las víctimas y del pueblo de México sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el territorio nacional durante el periodo de primero de diciembre de 2006 hasta el 30 de noviembre de 2018.

2. Garantizar el más alto nivel y con los mayores recursos del Estado, la búsqueda con vida de las personas desaparecidas durante el periodo referido o, en su caso, el conocimiento de la verdad material sobre el último destino de los cuerpos de las mismas.

3. Garantizar la reparación completa del daño a cada una de las víctimas, de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en dicho periodo.

4. Sancionar ante los órganos jurisdiccionales correspondientes a los responsables de las violaciones a los derechos humanos en este periodo.

Se propone que esta comisión esté integrada por cinco comisionados, tres especialistas en derechos humanos y dos representantes de las víctimas.

Se debe esclarecer estos sucesos ocurridos, reparar el daño a las víctimas y castigar a los responsables. Debemos reconocer que estamos en deuda con miles y miles de víctimas de la violencia que se vive a lo largo del país, por ello esta comisión es tan solo la primera muestra de voluntad de esta nueva etapa del Congreso y de la próxima administración para hacerles justicia a miles de mexicanas y mexicanos, porque sin verdad no hay justicia. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sometemos a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México.

Exposición de Motivos

I.Desde finales del siglo pasado, los instrumentos de justicia transicional han constituido auténticos hitos en la historia reciente de naciones aquejadas por procesos de transición particularmente violentos, o por graves conflictos sociales cuya latencia amenaza la viabilidad de sus instituciones, la convivencia pública pacífica, y deja una grave estela de violaciones a los derechos humanos.

Y es que, como su nombre lo indica, la justicia transicional consiste en la generación de puentes jurídicos que posibiliten la transición de un régimen a otro, poniendo especial énfasis en la reparación del daño a las víctimas y en la garantía del derecho a la verdad, como requisito fundamental para dicha transición. Como señala el Intenational Center for Transitional Justicie (ICTJ):

«La justicia transicional plantea las preguntas jurídicas y políticas más difíciles que se puedan imaginar. Al priorizar la atención a las víctimas y su dignidad, señala el camino que debe seguir un compromiso renovado con la seguridad de los ciudadanos corrientes en su propio país, para protegerlos verdaderamente de los abusos de las autoridades y de otras violaciones de derechos.

Las atrocidades masivas y los abusos sistemáticos destruyen las sociedades y su legado puede producir fragilidad: ocasionando debilidad, inestabilidad, politización y escasez de recursos a instituciones políticas y judiciales como el Parlamento, los tribunales, la policía y la Fiscalía. De por sí, las violaciones de derechos habrán socavado la confianza que los ciudadanos pudieran tener en la capacidad del Estado para salvaguardar sus derechos y su seguridad. Y será frecuente que las comunidades estén destrozadas y muy debilitadas las organizaciones sociales y políticas.»

Esto significa que la justicia transicional parte del principio fundamental de que, para posibilitar un cambio radical en las circunstancias político-sociales de un país o una región particularmente aquejadas por graves violaciones a los derechos humanos, debemos en primer lugar eliminar su legado y destrabar las inercias sociales e institucionales que perpetúan el círculo vicioso en el que surgen.

Pues sólo bajo el presupuesto de la reparación integral del daño y de la garantía de no repetición de los hechos, las sociedades restauran su confianza en las instituciones y están en condiciones de depositarles la tarea de la transición hacia la construcción de un futuro diferente, es decir, sólo bajo el presupuesto del reconocimiento de un pasado violento y la garantía de su no repetición, las sociedades están dispuestas a construir un cambio de rumbo.

Es en este contexto que han emergido las comisiones de la verdad como instrumentos de justicia transicional encaminados al esclarecimiento sobre hechos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos del pasado reciente, en situaciones de vulnerabilidad de las instituciones públicas o pérdida de la confianza de la ciudadanía en las mismas respecto a las garantías que éstas puedan ofrecerle sobre el ejercicio de su derecho a la auténtica verdad histórica. Como señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

«Las Comisiones de la Verdad (en adelante “CdV”) son “órganos oficiales, temporales y de constatación de hechos que no tienen carácter judicial y se ocupan de investigar abusos de los derechos humanos o el derecho humanitario que se hayan cometido a lo largo de varios años”. Al respecto, tanto la Comisión como la Corte han resaltado la importancia de las CdV como un mecanismo extrajudicial de justicia transicional, orientado al esclarecimiento de situaciones de violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos. En ese sentido, en múltiples ocasiones ambos órganos se han valido de la información proporcionada por los informes finales de las CdV como fuente de información y elementos de prueba en relación con casos tramitados ante el sistema de casos y peticiones.»

En tal sentido, cabe señalar que las comisiones de la verdad deben investigar también por ello las pautas de actuación o patrones sistemáticos de las violaciones a los derechos humanos en torno a los hechos de que se ocupan, con la finalidad de que los Estados eliminen en el futuro las posibilidades de que hechos similares vuelvan a ocurrir. Por ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado, como uno de los elementos que conducen al cumplimiento del derecho a la verdad, el siguiente:

«iii) tomar en cuenta el patrón sistemático de violaciones a derechos humanos [...] con el objeto de que los procesos y las investigaciones pertinentes sean conducidos en consideración de la complejidad de estos hechos y el contexto en que ocurrieron, evitando omisiones en la recolección de prueba y en el seguimiento de líneas lógicas de investigación con base en una correcta valoración de los patrones sistemáticos que dieron origen a los hechos que se investigan.»

Ello se debe a que las graves violaciones a los derechos humanos se encuentran generalmente inscritas en un marco de descomposición de la vida pública, que genera condiciones para el surgimiento de pautas o patrones de conducta que posibilitan esas mismas violaciones a los derechos humanos. En pocas palabras, se trata de un círculo vicioso que debe ser atajado, por lo que las investigaciones deben considerar los hechos investigados como inscritos en un patrón sistemático que los posibilita y asimismo señalar la forma en que el mismo debe ser eliminado.

La doctora Priscilla Hayner, una de las principales expertas internacionales sobre comisiones de la verdad y cofundadora del International Center for Transitional Justice, define así los motivos para la existencia de una comisión de la verdad:

«En parte por el alcance limitado de los tribunales y en parte por el reconocimiento de que ni siquiera los procesos que llegan a buen término resuelven el conflicto y el dolor que conllevan los abusos del pasado, las autoridades de transición se han orientado cada vez más a la busca oficial de la verdad como elemento clave de su estrategia de responder a las atrocidades del pasado. Estas amplias pesquisas de los abusos generalizados cometidos por las fuerzas del Estado, y que a veces también buscan los cometidos por la oposición armada, han adquirido el nombre genérico de “comisiones de la verdad”, término que implica un determinado tipo de investigación, y que si bien da cabida a una considerable variedad de comisiones yo empleo el término para referirme a organismos que comparten las siguientes características: 1) las comisiones de la verdad se centran en el pasado; 2) investigan un patrón de abusos cometidos a lo largo de un periodo, en vez de un suceso concreto; 3) son un organismo temporal, que en general funciona durante seis meses a dos años y termina su labor presentando un informe, y 4) tienen el aval, la autorización y el poder oficial que les concede el Estado (y a veces también la oposición armada, como sucede tras un acuerdo de paz). Este carácter oficial concede a las comisiones de la verdad un mejor acceso a las fuentes de información oficial, más seguridad para llevar a cabo investigaciones delicadas, y más posibilidades de que las autoridades tomen en serio su informe y sus recomendaciones.»

Como se observa, las comisiones de la verdad tienen un carácter ciudadano, se enfocan en la generación de mecanismos jurídicos temporales a cargo de personas de los amplios espectros sociales que participaron en el conflicto, es decir, tienen un carácter plural y eminentemente público, además de que entre sus principales labores está la generación de un informe final que sirva como elemento de reconciliación nacional ante un pasado que ya no se está dispuesto a repetir.

Además, para el adecuado funcionamiento de una comisión de la verdad éstas deben gozar de las suficientes atribuciones investigadores para el esclarecimiento de los hechos con el objetivo de garantizar de forma plena el derecho a la verdad para el que fueron creadas, así como tener un amplio acceso a la cualquier información en poder de los órganos del estado, que lleve al mejor cumplimiento de sus objetivos.

II.Según la CIDH, actualmente México atraviesa por una grave crisis de derechos humanos, como señaló en un comunicado oficial el 2 de octubre del año 2015:

«La Comisión Interamericana constató en terreno la grave crisis de derechos humanos que vive México, caracterizada por una situación extrema de inseguridad y violencia; graves violaciones, en especial desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y tortura; niveles críticos de impunidad y una atención inadecuada e insuficiente a las víctimas y familiares. [...] La violencia contra familiares de víctimas, defensores y defensoras de derechos humanos y periodistas es ejercida con el objetivo de silenciar las denuncias y el reclamo de verdad y justicia, y perpetuar la impunidad para las graves violaciones a los derechos humanos.»

Sin embargo, la generación de los más óptimos instrumentos jurídicos para combatir y sancionar las violaciones a los derechos humanos en nuestro país se convierte en urgente a la luz de que también señaló el mismo comunicado de la CIDH, y es que dentro de esta grave crisis de derechos humanos por la atraviesa nuestro país, la desaparición forzada representa algo “alarmante” dada la magnitud e incidencia del delito:

«La magnitud que tiene la problemática de la desaparición de personas en México es alarmante. Las cifras y los testimonios que la CIDH ha recogido dan cuenta de secuestros a manos de grupos de delincuencia organizada. Especialmente grave es la información amplia y consistente sobre la existencia de una práctica de desapariciones forzadas a manos de agentes del estado o con la participación, aquiescencia, o tolerancia de las mismas. Al igual que en los casos de desaparición forzada del pasado, se registran altos niveles de impunidad para las desapariciones y desapariciones forzadas del presente. Las falencias en las investigaciones sobre desapariciones son graves y múltiples. Muchos casos de desaparición no se denuncian debido a la desconfianza de los familiares en la capacidad de respuesta del Estado o su temor a sufrir represalias, y en los casos donde sí hay denuncia, la respuesta de las autoridades presenta graves deficiencias.»

Ante ello, es de subrayar que según el Informe «El Derecho a la Verdad en las Américas», elaborado y aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 13 de agosto de 2014, el derecho a la verdad se originó específicamente a partir de las obligaciones de los estados de esclarecer la verdad sobre casos de desaparición forzada:

«El derecho a la verdad tuvo sus orígenes en el DIH (Derecho Internacional Humanitario) al establecerse la obligación de los Estados de buscar a las personas desaparecidas en el marco de conflictos armados internacionales o no internacionales. Asimismo, se resaltó la existencia del derecho de los familiares a conocer la suerte de las víctimas en dichos contextos.

En el ámbito del sistema interamericano, el derecho a la verdad se vinculó inicialmente con el fenómeno extendido de la desaparición forzada. Tanto la Comisión como la Corte Interamericana han establecido que la desaparición forzada de personas tiene un carácter permanente o continuado que afecta una pluralidad de derechos, tales como el derecho a la libertad personal, a la integridad personal, a la vida y al reconocimiento a la personalidad jurídica. De esta forma, se ha se ha indicado que el acto de desaparición y su ejecución inician con la privación de la libertad de la persona y la subsiguiente falta de información sobre su destino, y permanece mientras no se conozca el paradero de la persona desaparecida o se identifiquen con certeza sus restos.»

Ahora bien, según el artículo 2 de la «Convención Internacional para la Protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas», de la Organización de las Naciones Unidas, «se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.»

Por otro lado, la CIDH también señala que la desaparición forzada es «una manifestación tanto de la incapacidad del Gobierno para mantener el orden público y la seguridad del Estado por los medios autorizados por las leyes, como de su actitud de rebeldía frente a los órganos nacionales e internacionales protección de los Derechos Humanos»; lo que acusa la necesidad de diseñar mecanismos independientes y ciudadanos en casos relacionados con violaciones a los derechos humanos en que se señala un patrón de desaparición forzadas.

En este sentido, la grave ola de desapariciones en nuestro País, que según cifras del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), alcanza ya la cifra de más de 30 mil personas, amerita por parte del Estado Mexicano la implementación de medidas extraordinarias como las comisiones de la verdad, pues representa tal vez la faceta más atroz de la grave crisis de derechos humanos por la que atraviesa nuestro país.

Esta escalada de desapariciones en nuestro país ha dejado en entredicho la capacidad para construir un auténtico estado de derecho por parte de nuestras actuales instituciones, lo que ha mermado radicalmente la confianza de la ciudadanía en las mismas, especialmente en los cuerpos de seguridad. De ahí que garantizar el derecho a la verdad, a la reparación integral y a la no repetición del daño, afecte en su conjunto a la sociedad mexicana, pues tiene por objeto prevenir futuras violaciones a los derechos humanos, como señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

«Forma parte del derecho a reparación por violaciones de los derechos humanos, en su modalidad de satisfacción y garantías de no repetición, el derecho que tiene toda persona y la sociedad a conocer la verdad íntegra, completa y pública sobre los hechos ocurridos, sus circunstancias específicas y quiénes participaron en ellos. El derecho de una sociedad a conocer íntegramente su pasado no sólo se erige como un modo de reparación y esclarecimiento de los hechos ocurridos, sino que tiene el objeto de prevenir futuras violaciones.»

En el mismo sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la privación del derecho a la verdad supone para los familiares de las víctimas desaparecidas, una forma de trato cruel e inhumano:

«La Corte ha tomado en cuenta que el esclarecimiento del paradero final de la víctima desaparecida permite a los familiares aliviar la angustia y sufrimiento causados por la incertidumbre respecto del destino de su familiar desaparecido. Además, para los familiares es de suma importancia recibir los cuerpos de las personas que fallecieron, ya que les permite sepultarlos de acuerdo a sus creencias, y aporta un cierto grado de cierre al proceso de duelo que han estado viviendo a lo largo de los años. Por ello, la Corte ha establecido que la privación al acceso a la verdad de los hechos acerca del destino de un desaparecido constituye una forma de trato cruel e inhumano para los familiares cercanos, por lo cual dicha violación del derecho a la integridad personal puede estar vinculada a una violación de su derecho a conocer la verdad.»

Según lo anterior, los familiares y amigos de los desaparecidos deben ser igualmente resarcidos de su condición de víctimas, y uno de dichos procesos de resarcimiento consiste en conocer la verdad de los hechos ocurridos en torno a la desaparición.

Igualmente, en orden al esclarecimiento de hechos relacionados con desapariciones forzadas de personas o de otras violaciones a los derechos humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido el deber de los estados de realizar investigaciones exhaustivas que lleven a garantizar el derecho inalienable a la verdad tanto de las víctimas como de la sociedad en su conjunto. En tal sentido, las investigaciones en torno a los hechos deben ser emprendidas con todos los medios legales al alcance del Estado y no como una «simple formalidad» que eluda la responsabilidad que por definición tiene todo Estado en una desaparición forzada:

«La Corte ha establecido que, si bien el deber de investigar es una obligación de medio y no de resultado, ello no significa que la investigación pueda ser emprendida como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa. Por el contrario, la Corte ha precisado que “cada acto estatal que conforma el proceso investigativo, así como la investigación en su totalidad, debe estar orientado hacia una finalidad específica, la determinación de la verdad y la investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y, en su caso, sanción de los responsables de los hechos”. En ese sentido, la investigación debe ser realizada con todos los medios legales disponibles y debe comprender la responsabilidad tanto de los autores intelectuales como materiales, especialmente cuando están o puedan estar involucrados agentes estatales.»

Sin embargo, hemos visto como la Procuraduría General de la República se ha apresurado en múltiples casos a afirmar versiones contradictorias y poco concluyentes, como en el caso de la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, en que dictaminó una «verdad histórica» que contradecía al GIEI y a los trabajos del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

Lo anterior deja en evidencia que las actuaciones de la máxima instancia investigadora en nuestro país para el esclarecimiento de los hechos que nos ocupan, no utiliza «todos los medios legales» a su alcance para la investigación de los casos más graves de violaciones a los derechos humanos.

Las omisiones de la Procuraduría General de la República parecen mostrar que antes que realizar una exhaustiva investigación con todos los medios legales a su alcance y los mayores recursos a su disposición, para garantizar el derecho a la verdad, puede estar realizando investigaciones «como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa», en el sentido en que lo señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ante estas omisiones, cabe señalar que el desconocimiento sobre el paradero de los seres queridos, en los casos de desaparición forzada, constituye un auténtico cuadro de tortura psicológica, como señala uno de los familiares de los 43 estudiantes desaparecidos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa en el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI):

Mire hasta la fecha. Le digo, no sé, la mente no puede descansar. Mi mente aunque... no vengo, pero mi mente no puede descansar. Le digo, yo quiero que regrese como sea, le digo, total, lo que Dios decida. Yo digo que tenemos derecho a morirnos, pero no en esa forma. Imagínese, sufrió aquí, no les daban de comer, los trataban bien mal. Aquí hay mucha violencia. Así estuve como un mes, dos meses, tres meses. Desde entonces ya no siento nada. A veces siento que llega corriendo a la casa. En la tarde le dejo la puerta abierta y nunca llega. Pero siento que él está vivo y que él va a regresar. No. Y siento que sí está vivo.

Es por ello que resulta urgente diseñar mecanismos del Estado con amplias facultades para llevar a cabo el esclarecimiento de lo ocurrido a las más de 30 mil personas desaparecidas en nuestro país, con el objetivo de garantizar el irrenunciable derecho a la verdad y resarcir así en gran medida la condición de víctimas en que se mantiene a centenares de miles de personas.

En tal sentido, resulta de crucial importancia que sea designado un organismo con autonomía y amplias facultades investigadores, para garantizar el derecho irrenunciable a la verdad sobre las graves violaciones a los derechos humanos, que han ocurrido en nuestro país desde la implementación de la llamada Guerra contra el Narcotráfico, en diciembre de 2006, hasta la fecha.

III.Como ya se ha señalado, el fenómeno de la desaparición forzada representa una de las facetas más escalofriantes de la actual estrategia contra el tráfico y consumo de estupefacientes, y está inscrito en un marco de descomposición generalizada de la vida pública y una grave crisis de derechos humanos. Sin embargo y desafortunadamente, esta grave crisis ha generado la persistencia generalizada de otras violaciones a los derechos humanos que deben igualmente ser a la brevedad atendidas por el Estado Mexicano.

Así, Amnistía Internacional presentó en septiembre de 2014 el informe «Fuera de Control: tortura y otros malos tratos en México», en el que estableció que «en México las denuncias han aumentado en un 600 por ciento en los últimos diez años, la tortura y los malos tratos están fuera de control»:

• La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió 7.164 quejas por tortura y otros malos tratos entre el 2010 y el 2013. Ninguna desembocó en una condena penal por tortura.

• El 64 por ciento de los mexicanos teme sufrir tortura si son detenidos.

• La Procuraduría General de la República (PGR) aplicó su procedimiento especial únicamente en 364 entre las 7,164 quejas que la CNDH recibió, con la conclusión de que había indicios de tortura en 26. Desde 2006 al 2013, la PGR inició 1.219 investigaciones sobre denuncias de tortura y otros malos tratos, presentando tan sólo 12 cargos

• Según datos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) de enero del 2014, los tribunales federales habían tramitado 123 enjuiciamientos por tortura entre el 2005 y el 2013: tan sólo siete desembocaron en condenas al aplicar la legislación federal, reflejando que, el índice de sentencias condenatorias es del 0,006 por ciento. Por su parte en el ámbito estatal, la prevalencia de la tortura y la impunidad es aún mayor.

Por otro lado, las agresiones a periodistas se han convertido en uno de los signos más ominosos de la guerra contra el narcotráfico: tan sólo en 2016 se produjeron 11 asesinatos de periodistas con lo que nuestro país pasó a ocupar el deshonroso puesto del tercer país más peligroso del mundo para ejercer el periodismo, sólo superado por Irak y Afganistán, según datos publicados por la Federación Internacional de Periodistas (FIP).

Asimismo, Artículo 19, ha señalado que en el mismo año 2016, además de los 11 homicidios anteriores, se produjeron 426 agresiones, acciones de espionaje gubernamental, 72 amenazas a través de redes sociales y un índice de impunidad de hasta 99.75 por ciento, con lo que 2016 fue tal vez el año más peligroso para el prensa en nuestra historia reciente.

Además, durante este año, se han producido 11 asesinatos de periodistas en nuestro País, cifra que ya iguala a la del año anterior, siendo este sexenio ha sido uno de los más violentos para el gremio periodístico, con 38 asesinatos, 1,775 agresiones y 4 desapariciones hasta la fecha, según reporta también Artículo 19.

Finalmente, a lo anterior debemos añadir lo revelado por The New York Times, Aristegui Noticias, R3D, Artículo 19y Social TIC, con asistencia técnica del Citizen Lab de la Universidad de Toronto, este 19 de junio en un extenso reportaje que señala la existencia de un sofisticado sistema para espiar a periodistas, defensores de derechos humanos y activistas de la sociedad civil:

«Entre los blancos del programa se encuentran abogados que investigan la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, un economista que ayudó a redactar un proyecto de ley anticorrupción, dos de los periodistas más influyentes de México y una estadounidense que representa a víctimas de abusos sexuales cometidos por la policía. Los intentos de espionaje incluso han alcanzado a los familiares de los activistas y periodistas, incluido un adolescente.

Desde 2011, al menos tres agencias federales mexicanas han gastado casi 80 millones de dólares en programas de espionaje de una empresa de origen israelí.

El software conocido como Pegasus se infiltra en los teléfonos inteligentes y otros aparatos para monitorear cualquier detalle de la vida diaria de una persona por medio de su celular: llamadas, mensajes de texto, correos electrónicos, contactos y calendarios. Incluso puede utilizar el micrófono y la cámara de los teléfonos para realizar vigilancia; el teléfono de la persona vigilada se convierte en un micrófono oculto.»

A la luz de lo anterior, resulta de primera importancia preguntarse por qué un Gobierno que erogó 80 millones de dólares en espiar a defensores de derechos humanos y periodistas, al mismo tiempo no destinó recursos al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas durante este 2017, uno de los más violentos en este rubro, y debemos preguntarnos también cuántas víctimas se habrían podido evitar, destinando más recursos para proteger a las personas periodistas y defensoras de derechos humanos de nuestro país, en lugar de espiarlos.

Otro grave fenómeno inscrito en la actual crisis de derechos humanos lo constituye el desplazamiento forzado interno, que se encuentra en franco incremento. En el año 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló que el desplazamiento forzado interno ha sido relacionado primordialmente con la violencia que generan los grupos del crimen organizado, pero destacando también los megaproyectos de desarrollo como causantes de este fenómeno.

En este sentido, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez publicó en el año 2012 un estudio donde se señala a los proyectos de las 70 hidroeléctricas que se están desarrollando en el país como los causantes de la migración de más de 170 mil personas. Por otro lado, el informe de la CNDH, «Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México», señala al Estado de Tamaulipas como la entidad que tiene el mayor número de víctimas, contando con 20,000 desplazados, seguido del Estado de Guerrero con 2,165 casos, Chihuahua con 2,008 desplazados, Veracruz con 1,131 casos, Sinaloa con 1,065, Michoacán con 728 casos, Durango con 430, Oaxaca con 250 y Chiapas con 128. Finalmente, el Centro de Monitoreo de Desplazados (IDMC, por sus siglas en inglés) sostiene que la expansión de la violencia criminal, ha sido por las actividades de los grupos delictivos y las operaciones militares implementadas para combatir el crimen organizado. Vale la pena destacar que el IDMC estimó que para finales de 2014 había aproximadamente 281,400 desplazados internos en México.

Para finalizar, conviene señalar que según distintas organizaciones de la sociedad civil, así como diversas instituciones de educación superior, como el Centro de Investigación y Docencia Económica A.C. (CIDE), la UNAM, el Colegio de México y otros, han señalado que la estrategia actual contra el crimen organizado, basada en un enfoque militarista de combate a su poder de fuego, ha arrojado saldos negativos, contabilizándose más de 240 mil homicidios en los últimos dos sexenios, más de 30 mil personas desparecidas y más de 300 mil desplazados.

IV.Como parte de esta grave crisis de derechos humanos que han denunciado los organismos internacionales, se han producido diversos eventos que por su gravedad se inscriben en la historia reciente de nuestro país como casos emblemáticos de la estrategia actual de combate al crimen organizado, mismos que se señalan a continuación.

Tlataya

El 30 de junio de 2014, el Ejército Mexicano reportó la muerte de 22 personas. En un principio, declaró que las muertes se produjeron a raíz de un enfrentamiento, sin embargo, semanas más tarde distintos medios de comunicación dejaron entrever la probable comisión de ejecuciones extrajudiciales por militares. En particular, la Revista Esquire, reveló en septiembre de 2014 el testimonio de una de las testigos del caso, quien señaló que sólo uno de los jóvenes que participó en el enfrentamiento murió a causa de los disparos, mientras que los 21 restantes, que estaban entre las edades de 16 a 24 años, fueron ejecutados extrajudicialmente por el Ejército.

Al respecto, el Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias lamentó así los hechos en mayo de 2016:

«El Relator Especial lamenta que no se haya avanzado en la aplicación de la recomendación y señala una serie de trágicos acontecimientos en los que recientemente las fuerzas armadas fueron el centro de las acusaciones de ejecuciones extrajudiciales. En junio de 2014 murieron 22 civiles en Tlatlaya, estado de México, en un enfrentamiento entre civiles armados sospechosos de estar involucrados en la delincuencia organizada y el ejército. Si bien las autoridades mexicanas declararon que todas las muertes se habían producido como parte de un “tiroteo”, los documentos militares revelaron que existía una orden explícita de “matar a criminales”. Posteriormente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos determinó que al menos 12 de las víctimas, y posiblemente hasta 15, fueron privadas de la vida extrajudicialmente tras ser capturadas. Otros casos en los que presuntamente participaron militares son la desaparición forzada y el asesinato de siete personas en el municipio de Calera, estado de Zacatecas, en julio de 2015, y la muerte de un niño de 12 años en Santa María de Ostula, estado de Michoacán, en julio de 2015.»

Ayotzinapa

La noche del 26 de septiembre del año 2014, una caravana de autobuses que transportaba a estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa “Raúl Isidro Burgos”, fue atacada indiscriminadamente con armas de fuego por parte de policías municipales del Ayuntamiento de Iguala, Guerrero, y otros sujetos desconocidos, resultando muertas seis personas. Posteriormente, y durante toda la madrugada, los estudiantes que lograron escapar fueron perseguidos, criminalizados los heridos, y finalmente fueron desaparecidos 43 de ellos, quienes continúan hasta la fecha en la misma condición. Los hechos anteriores despertaron una ola de indignación nacional pocas veces vista en la historia reciente de nuestro país, germinando alrededor de los mismos un movimiento nacional que exige la presentación con vida de los 43 estudiantes desparecidos.

La Procuraduría General de la República encabezó la investigación sobre este caso, y el 12 de noviembre de 2014, el Estado mexicano suscribió un acuerdo para la incorporación de la asistencia técnica de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para complementar las investigaciones por estos hechos. A raíz de dicho acuerdo, la CIDH nombró a cinco expertos que conformaron el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI).

No obstante, en enero de 2015, el entonces Procurador General de la República, señaló que la «verdad histórica» del caso Ayotzinapa consistía en que los 43 estudiantes habían sido calcinados en el basurero de Cocula, y posteriormente sus cenizas esparcidas en el Río San Juan, por lo que la PGR concluía la investigación del caso.

El 6 de septiembre del mismo año, el GIEI presentó los resultados de sus investigaciones a través del «Informe Ayotzinapa. Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa», concluyendo que se debe hacer un «replanteamiento general de la investigación», dadas las inconsistencias y contradicciones detectadas; además de que extiende al Estado Mexicano 20 recomendaciones sobre la investigación y sobre las probables violaciones a los derechos humanos. El Informe presentado por el GIEI echaba por tierra la versión gubernamental de que sobre el caso ya existía una incontrovertible «verdad histórica».

Vale la pena destacar que el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) ya había entregado un informe en febrero de este año estableciendo la imposibilidad de que los cuerpos de los 43 normalistas desparecidos hubiesen sido incinerados en el basurero de Cocula: «Hasta el momento, el EAAF aún no tiene evidencia científica para establecer que, en el basurero de Cocula, existan restos humanos que correspondan a los normalistas». Sin embargo, la PGR se apresuró a desmentir a los peritos mediante un comunicado oficial que decía respecto de las conclusiones de los peritos que «parecerían más especulaciones que certeza». En este mismo sentido, cabe también señalar que el «Informe Ayotzinapa» presentado por el GIEI recomienda a las autoridades mexicanas realizar segundas investigaciones en compañía de peritos del EAAF.

El ya histórico Informe también reporta que algunas pruebas e indicios fueron destruidos sin ser analizados, que no se permitió al grupo de expertos interrogar a los militares que fueron testigos, entre otras anomalías.

Las conclusiones de los expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han generado una ola de cuestionamientos e interrogantes en torno al desempeño de la Procuraduría General de la República en las investigaciones del caso Ayotzinapa; incluso, los padres de los 43 normalistas desaparecidos han señalado que la «verdad histórica» ofrecida por el Gobierno Mexicano es una «mentira histórica».

Finalmente, el GIEI presentó el 24 de abril del año 2016, su segundo informe sobre el caso Ayotzinapa, «Informe Ayotzinapa II: Avances y nuevas conclusiones sobre la investigación, búsqueda y atención a las víctimas», en el que confirma que no existe ninguna evidencia de que los normalistas hayan sido incinerados en el basurero de Cocula: «...hasta la fecha no hay una sola identificación proveniente de restos del basurero de Cocula»

Asimismo, el GIEI establece que los principales “responsables” según la PGR, fueron sometidos a tortura:

«Se recoge la documentación analizada caso por caso, una síntesis de la información relevante de cada uno de ellos, y los informes médicos y declaraciones incluidos en el expediente. El estudio fue sometido a la discusión de un panel de expertos internacionales, miembros del equipo del International Rehabilitation Council for Victims of Torture (IRCT) de Copenhague, que proporcionó numerosas sugerencias que mejoraron el estudio hasta validar su metodología y conclusiones. Todo ello muestra tanto los indicios muy importantes de torturas en estos casos, como que no se realizaron informes médicos que respondan a los estándares internacionales de investigación sobre las denuncias de malos tratos y torturas.»

Asimismo, señaló que existen serias contradicciones en la investigación de la PGR, en particular en lo relacionado con el destino y utilización de los teléfonos de los normalistas:

«El análisis de la telefonía de los normalistas evidenció que algunos de los teléfonos estuvieron activos todavía una horas o días después de lo sucedido. Particular relevancia tiene que uno de los normalistas envió un mensaje a su madre, pidiéndole una recarga telefónica a la 01:16 h de la madrugada, una hora después de cuando según la versión oficial habrían sido asesinados en el basurero de Cocula. Otros teléfonos también permanecieron activos, en algunos otros se cambiaron los chips y siguieron utilizándose. Toda esta información debe ser profundizada en la futura investigación, tanto sobre los presuntos responsables y sobre el destino de los normalistas.»

Igualmente, contrariamente a lo insinuado por algunos medios oficialistas y por algunos funcionarios gubernamentales, el GIEI desmiente categóricamente las versiones sobre las implicaciones de los normalistas en el crimen organizado, y señala que las autoridades en todo momento supieron que se trataba de estudiantes:

«...el GIEI no encontró ninguna evidencia de que los normalistas formasen parte o estuvieran infiltrados por ningún grupo del crimen organizado, como se manifestó en distintos momentos, lo que habría desencadenado las atrocidades cometidas. Las autoridades de Iguala sabían que se trataba de normalistas que iban a tomar autobuses para realizar una marcha el 2 de octubre.»

Por otra parte, el GIEI confirmó que el Ejército tuvo conocimiento de los hechos en tiempo real y decidió permanecer omiso además de no responder a las preguntas del Grupo:

«Los responsables del 27 Batallón, incluyendo los servicios de inteligencia, tuvieron información en tiempo real de los movimientos de los normalistas y controlaron su recorrido tanto antes de llegar a las afueras de Iguala, como posteriormente cuando se dirigieron a la ciudad, a través del C-4 y dos agentes de inteligencia. Una buena parte de dicha información fue según las declaraciones del teniente JC compartida con la Zona Militar 35 de Chilpancingo.»

El caso Iguala ilustra el patrón de indolencia y la falta de voluntad para garantizar el acceso a la justicia y el derecho a la verdad por parte de las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos, sin que hasta la fecha existan signos de apertura para atajar esta grave crisis, como lo demuestra la negativa del Gobierno de México para que el GIEI continuase sus trabajos en nuestro país después del 30 de abril del presente año, cuando culminó su mandato.

Tanhuato

El 22 de mayo de 2015 fueron asesinadas 42 personas en el Municipio de Tanhuato, Michoacán, en un lugar conocido como rancho “El Sol”, en el marco de un operativo coordinado por la Policía Federal. Según pobladores, los elementos rodearon previamente las 112 hectáreas del rancho y comenzaron el operativo cuando arribó al lugar un helicóptero Black Hawk desde el cual fueron realizados la mayoría de los disparos.

En agosto de este año, la CNDH presentó sus recomendaciones sobre el caso en que concluyó que por lo menos 22 personas fueron ejecutadas extrajudicialmente:

• Las 22 personas ejecutadas extrajudicialmente, según la CNDH, recibieron los disparos a una distancia no mayor a los 90 centímetros, 13 de ellas cuando estaban de espaldas.

• Cinco fueron ejecutados desde un helicóptero de la Policía Federal, una persona expuesta a fuego cuando se encontraba con vida y tres fueron ejecutadas a pesar de que ya estaban sometidas.

• 13 víctimas se encontraban desarmadas.

• Ocho fueron privados de la vida mientras se desplazaban en una parcela, a campo abierto, y sin posibilidad de protegerse de sus victimarios.

• El helicóptero artillado llegó a la zona a las 08:30 am. Desde él se dispararon 4 mil proyectiles hacia la bodega y la casa del rancho, lo que provocó un incendio y la muerte de una persona que estaba en la bodega.

• Elementos de la PF movieron 7 cadáveres de su posición original, inmediatamente después de su deceso.

• Fueron sembradas armas de fuego a 16 cadáveres.

• No se pudo determinar las circunstancias de la muerte de 15 personas y el grado de participación que tuvieron en el enfrentamiento.

• En el lugar se aseguraron 40 armas largas, dos armas cortas y un lanzacohetes, así como 2 mil 632 casquillos percutidos, mil 144 cartuchos y 85 cargadores.

Nochixtlán

El domingo 12 de junio de 2016 fueron detenidos los líderes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), Rubén Núñez y Francisco Villalobos. La PGR informó que Núñez era acusado de lavado de dinero por 24 millones de pesos por lo que se le fincó el delito de «operaciones con recursos de procedencia ilícita», mientras que Villalobos era acusado de robo de libros de texto gratuito de la SEP, por lo que se le fincó el delito de «robo agravado».

Las detenciones anteriores motivaron una fuerte protesta y movilización no sólo por parte de miembros de la CNTE sino también por parte de simpatizantes de la ciudadanía. Así, desde el 14 de junio se realizaron paros de labores, protestas, bloqueos y marchas en al menos tres Estados.

Igualmente, los bloqueos carreteros encabezados por la Sección 22 de la CNTE, derivaron en la virtual toma de las plantas de hidrocarburos de Salina Cruz, lo que motivó que PEMEX advirtiera que se realizaría un paro de operaciones en las mismas lo que «podría derivar en desabasto de gasolinas, diesel y turbosina en las zonas en que abastece la refinería».

El clima de confrontación encontró su punto más álgido el 19 de junio de 2016, cuando, en el marco de las protestas por la liberación de sus compañeros, profesores de la CNTE y simpatizantes de la población civil, realizaron desde el sábado un bloqueo de la carretera Oaxaca-México en el tramo de la carretera que va de Huajuapan de León a Oaxaca, en el municipio de Nochixtlán.

A raíz del bloqueo anterior, la Policía Federal (PF) realizó un operativo en conjunto con la Policía Estatal para liberar la carretera, produciéndose un choque con una duración de más de quince horas, además de un saldo de al menos 6 personas fallecidas por arma de fuego, 53 civiles lesionados, 55 policías heridos (5 por impacto de bala), así como 21 detenidos.

En un principio, la PF declaró que sus elementos no tenían armas de fuego y sólo portaban toletes y escudos. Sin embargo, enseguida la agencia de noticias Associated Press constató que agentes de la Policía Federal abrieron fuego para disolver las protestas en que los manifestantes habían utilizado los vehículos incendiados como barricadas. Sin embargo, la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) afirmó que las fotos del enfrentamiento difundidas en redes sociales eran falsas; no obstante, la agencia Xinhua comprobó la autenticidad de sus fotografías difundiendo los metadatos con fecha y hora de las fotos tomadas ese domingo.

Tras horas de la refriega y después de que comenzaron a circular en medios de comunicación y redes sociales las anteriores evidencias sobre la utilización de armas de fuego por parte de los uniformados, el Comisionado de la PF en Oaxaca, Enrique Galindo, admitió que un grupo de agentes federales usó armas de fuego durante el operativo.

Asimismo, el Comisionado explicó que hubo dos etapas en el operativo, la primera, durante el desalojo, en que sostuvo que los uniformados no llevaban armas, y un segundo momento al final del operativo cuando, según el Comisionado, los uniformados se percataron de disparos de armas de fuego ajenas a los elementos de seguridad:

«Después, ante los disparos de sujetos no identificados que dispararon contra los policías y contra civiles que incluso estaban ahí en un tianguis, hubo necesidad de que llegara un grupo armado de Policía Federal, que llegaron al final y es ahí donde mi gente fue armada.»

Igualmente, los profesores y simpatizantes de la CNTE denunciaron la existencia de “infiltrados” en los enfrentamientos, quienes habrían disparado tanto hacia la población como hacia los agentes, lo que como ya se ha señalado, motivó la acción policial descrita así por el diario La Jornada: «Los gendarmes se parapetaron en una vulcanizadora para accionar sus pistolas y rifles de asalto; aunque cayeron heridas varias personas, los docentes y pobladores que los apoyaban no cedieron un ápice de terreno a los uniformados.»

Asimismo, maestros denunciaron que elementos de la Policía Federal tomaron el hospital de Nochixtlán para impedir que los heridos fueran atendidos, por lo que tuvieron que instalar un centro de atención en una escuela de Hacienda Blanca, Oaxaca, en donde también fueron víctimas de ataques con gases lacrimógenos.

Finalmente, los agentes se retiraron culminando el operativo, mismo que según la Comisión Nacional de Seguridad dejó un saldo de 8 muertos y 108 heridos.

Todos estos casos emblemáticos de grave crisis de derechos humanos que padece nuestro País, ilustran patrones de comportamiento por parte de las autoridades que dejan mucho que desear en materia de defensa y protección de los derechos humanaos, y en algunos de ellos puede incluso presumirse la comisión de crímenes de lesa humanidad, como señaló en junio de 2016 la organización internacional Open Society Justice Initiative, que en colaboración con la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, el Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios, I(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho y Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC), presentó un informe cuyo título no deja lugar a la especulación: “Atrocidades innegables: confrontando crímenes de lesa humanidad en México”.

V.Las comisiones de la verdad, por sus características de origen, tienen un alcance limitado tanto en términos de temporalidad como de los hechos que les ocupan, pero sobre todo debido al status jurídico que posean según su contexto. Así, la mayoría de las comisiones de la verdad han surgido a partir de decretos presidenciales o de comisiones parlamentarias, teniendo mayor o menor éxito en la medida en que puedan o no incorporar a la sociedad civil organizada en la misma, y en las facultades que se le atribuyan según su status.

Uno de los casos que mejor ejemplifican el impacto social logrado por la integración ciudadana de las comisiones de la verdad, quizá sea el de Argentina, cuya comisión fue encabezada por el escritor Ernesto Sábato, y cuyo informe final tuvo amplios alcances en la conciencia pública argentina:

«Después de nueve meses, la comisión entregó al presidente un informe completo, Nunca más. Una editorial privada, en cooperación con el gobierno, publicó una versión abreviada en forma de libro. El informe se convirtió de inmediato en un éxito de ventas: el primer día se vendieron 40,000 ejemplares y en las primeras ocho semanas se llegó a los 150,000. Hasta ahora ha habido más de 20 reimpresiones, ha vendido más de 300,000 ejemplares y es uno de los mayores éxitos de venta en la historia de Argentina. Después de 15 años de su publicación, el informe todavía puede encontrarse en muchos quioscos callejeros de todo Buenos Aires.»

Lo anterior evidencia que las sociedades contemporáneas se encuentran ansiosas de ejercer su derecho a la verdad, de conocer exhaustivamente las razones reales de determinados hechos sociales que moldearon notablemente la conciencia pública, como sucede en el caso de la década que abarca la guerra contra el narcotráfico, y que bien podríamos calificar como la nueva década pérdida, en alusión a la producida en el siglo pasado en Latinoamérica.

Sin embargo, el impacto anterior proviene de la credibilidad generada entre la población hacia la integración y funcionamiento de aquella comisión, que a pesar de haber sido creada por decreto presidencial y de no contar con muchas facultades investigadoras debido en parte a leyes de amnistía y reticencias militares, logró cohesionar a amplios sectores de la sociedad, al verse representados activamente en la misma: la comisión poseía legitimidad ciudadana.

Pero el caso más exitoso en la historia de las comisiones de la verdad es probablemente el de Sudáfrica. La comisión creada fue encabezada por el reconocido Arzobispo Desmond Tutu; y sus alcances extraordinarios se deben sobre todo a que no se originó mediante un decreto presidencial, ni como una comisión especial parlamentaria, sino que fue creada a través de una iniciativa de ley que «establecía un cuidadoso equilibrio entre sus facultades y una amplia capacidad investigación». Dicha ley, la Promotion of National Unity and Reconciliation Act 34 of 1995, creaba la Truth and Reconciliation Commission, una comisión de la verdad que funcionaría como organismo oficial:

«La ley, redactada en un preciso lenguaje legal y que ocupaba más de 20 páginas escritas a un espacio, daba a la comisión capacidad de otorgar amnistías individuales, registrar instalaciones y confiscar pruebas, citar testigos a declarar y poner en práctica un complejo programa de protección de testigos. Con un equipo de 300 personas, un presupuesto de unos 18 millones de dólares anuales durante un periodo de dos años y medio, y cuatro grandes oficinas en diferentes puntos del país, la magnitud y el alcance de esta comisión eclipsaron los de las comisiones de la verdad previas. La ley establecía que la comisión iba a trabajar en tres comités interconectados: el Comité de Violaciones a los Derechos Humanos era el responsable de recibir declaraciones de víctimas y testigos, y también de registrar la magnitud de las grandes violaciones a esos derechos; el Comité de Amnistía gestionaría todas las solicitudes de amnistía y decidiría sobre ellas, y el Comité de Reparaciones y Rehabilitación concebiría y propondría recomendaciones para un programa de reparación.»

Como se observa, los casos exitosos de comisiones de la verdad alrededor del mundo, configuran de manera radical la imagen que las sociedades tienen de sí mismas, y sobre todo son importantísimos instrumentos para facilitar la transición política después de períodos particularmente violentos y conflictivos, como en el caso de México.

Por ello, la presente iniciativa contempla la creación de una Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, que tenga todas las garantías de independencia ciudadana, así como amplias atribuciones en materia de investigación, tomando en cuenta las citadas experiencias legislativas de Argentina y Sudáfrica.

VI.Según lo expuesto anterior, en el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano consideramos urgente la necesidad de diseñar mecanismos autónomos, íntegramente constituidos por ciudadanos independientes, y con todas las facultades necesarias para garantizar el derecho a la verdad y la reparación integral del daño a las víctimas de la actual crisis nacional de derechos humanos.

Es por ello que la presente iniciativa contempla la creación de una Comisión de Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, que sea un órgano de investigación con plenos poderes y facultades para investigar las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el periodo que va del 1 de diciembre de 2006 al 30 de noviembre de 2018, y cuya composición sea eminentemente ciudadana:

I.La Comisión de la Verdad tendrá los siguientes objetivos fundamentales:

a. Garantizar el derecho a la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas en México en los dos últimos sexenios.

b. Garantizar la búsqueda con vida de las personas desaparecidas.

c. Garantizar la reparación de daño a todas las víctimas.

d. Sancionar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos.

e.Realizar recomendaciones exhaustivas para la no repetición de los hechos.

f.Entregar un informe final vinculante.

II.Para el cumplimiento de estos objetivos la Comisión de la Verdad contará con las más amplias facultades concedidas por el Estado Mexicano, en materia de investigación de violaciones a los derechos humanos.

III. Esta Comisión de la Verdad contará con un Comité para la Reparación del Daño a las Víctimas, que estará encargado de reparar en los más amplios términos el daño padecido por las víctimas de las violaciones a los derechos cometidas en el periodo objeto de la presente Ley, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

IV. Asimismo contará con un Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, también eminentemente ciudadano, y que estará encargado de encabezar la búsqueda de personas desaparecidas a nivel nacional e internacional, en coordinación con el nuevo Sistema Nacional de Búsqueda.

V. La Comisión de la Verdad estará integrado por cinco Comisionados, tres especialistas en derechos humanos, así como dos más representando a las víctimas. Los comisionados serán elegidos por una Comisión de Selección ciudadanizada, a propuesta de las organizaciones de víctimas, de la sociedad civil y de las universidades públicas.

VI. El máximo órgano de gobierno de la Comisión de la Verdad será el Pleno, que funcionará como cuerpo colegiado y estará presidido por uno de Comisionados elegido por el resto.

VII.El Presidente de la Comisión podrá solicitar a la Cámara de Diputados o a las legislaturas locales, la comparecencia de cualquier autoridad o servidor público que se niegue a colaborar con ella, para que explique dicha negativa o las razones por las que obstaculiza su trabajo.

VIII.Las sesiones de la Comisión de la Verdad serán públicas, se celebrarán cada sábado a las 17:00 horas y serán transmitidas en cadena nacional.

IX. Para asegurar la imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones y para no enrarecer el siguiente proceso electoral federal, la presente iniciativa contempla que la Comisión de la Verdad entre en funciones a partir del 1o. de diciembre del 2018, una vez integrado el nuevo Congreso de la Unión y comenzado el nuevo Gobierno Federal.

X.Al finalizar sus funciones, la Comisión de la Verdad entregará en sesión solemne del Congreso General, un Informe Final que deberá detallar las causas, motivos, modos y circunstancias por las cuales se cometieron las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el periodo que investigó.

XI. La Comisión de la Verdad dará vista del Informe Final a las instancias de procuración e impartición de justicia, para que inicien las acciones correspondientes en contra de los responsables de violaciones a los derechos humanos.

XII. Esta Comisión de la Verdad habrá de establecer relaciones de coordinación con el resto de organismos del Estado, quienes estarán obligados a colaborar con ella, así como con organismos no gubernamentales, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus objetivos.

El Informe Final que la presente iniciativa contempla constituirá así una pieza clave en la construcción de una transición pacífica hacia un auténtico cambio de régimen, que reconozca la existencia de las víctimas y esté en condiciones de constituir un documento de memoria histórica, como señala Priscilla Hayner:

«...esos organismos de la verdad pueden tener importantes consecuencias a largo plazo que tal vez nadie espere cuando inician su trabajo. Parece que es así sobre todo en el ámbito judicial y en lo que se refiere a la rendición de cuentas. En los últimos años, en concreto, se ha recurrido con mucha frecuencia a los archivos e informes de varias comisiones de la verdad del pasado para llevar ante tribunales internacionales a personas acusadas de violar los derechos humanos. De repente es manifiesta la utilidad de tener un archivo bien documentado sobre los crímenes de un régimen anterior, incluso en casos en los que es totalmente imposible realizar juicios en el interior de las fronteras nacionales.»

En el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano consideramos que dada la experiencia exitosa en los años recientes sobre la creación de comisiones de la verdad para esclarecer la verdad sobre hechos tan escabrosos como el apartheid en Sudáfrica o las violaciones a los derechos humanos de la dictadura argentina del siglo pasado, debe considerarse la creación de una Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, que tenga poderes extraordinarios de investigación, y que pueda en tal sentido estar en condiciones de emprender un proceso de reparación integral del daño que garantice el derecho a la verdad del pueblo de México, sobre la actual crisis de derechos humanos y sobre la estrategia de combate al crimen organizado que la originó.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración la siguiente iniciativa:

Decreto que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México

Artículo Único. Se expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México, para quedar como sigue:

Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México

Capítulo IDisposiciones Generales

Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés general, y tiene como objeto y finalidades las siguientes:

I. Garantizar el derecho irrenunciable a la verdad, de las víctimas y del pueblo de México, sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el territorio nacional durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2018;

II. Garantizar al más alto nivel y con los mayores recursos del Estado, la búsqueda con vida de las personas desaparecidas durante el periodo referido, o el conocimiento de la verdad material sobre el último destino de los cuerpos de las mismas;

III. Garantizar la reparación completa del daño a cada una de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en dicho periodo; y

IV.Sancionar, ante los órganos jurisdiccionales correspondientes, a los responsables de las violaciones a los derechos humanos en el periodo referido.

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Comisión de la Verdad: la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México;

II. Comisionado: cada de uno de los integrantes de la Comisión de la Verdad;

III. Comités:el Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y el Comité para la Reparación del daño a las Víctimas;

IV. Pleno: el órgano colegiado de la Comisión de la Verdad; y

V. Presidente: el Comisionado que preside el Pleno de la Comisión de la Verdad.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, el derecho a la verdad implica el conocimiento y divulgación de las causas, motivos, modos, y circunstancias que rodearon a los delitos que constituyeron violaciones a los derechos humanos durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2018.

Capítulo IIDe la Comisión de la Verdad

Artículo 4. La Comisión de la Verdad es un organismo de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto es investigar, sancionar, prevenir y reparar las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el periodo que le ocupa.

Para el cumplimiento de sus atribuciones atenderá a lo dispuesto por los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos por el Estado Mexicano, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 5. Además del cumplimiento de las finalidades de la presente Ley, la Comisión de la Verdad tiene los siguientes objetivos específicos:

I. Establecer un panorama lo más completo posible sobre las causas, naturaleza y extensión de las violaciones a los derechos humanos y los delitos cometidos durante el periodo establecido en el artículo 1° de la presente Ley; así como sobre las perspectivas de las víctimas, y sobre los motivos y perspectivas de los probables responsables, a través de investigaciones, careos, interrogatorios o confesiones;

II. Contribuir a la restauración de la dignidad humana y cívica de cada una de las víctimas de los hechos anteriores, atendiendo a su relato sobre los hechos de que fueron víctimas y sus recomendaciones para la implementación de medidas de reparación del daño; y

III. Realizar recomendaciones exhaustivas al Estado Mexicano sobre las medidas necesarias que debe tomar para la no repetición de hechos violatorios de los derechos humanos.

Artículo 6. La Comisión de la Verdad podrá investigar hechos de naturaleza jurídica, social, política, forense, documental o de cualquier otra índole, para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y del pueblo de México en general, y para realizar la investigación, sobre las violaciones a los derechos humanos y la probable comisión de hechos constitutivos de delitos, incluidos los de lesa humanidad, ocurridos en el periodo transcurrido entre el 1 de diciembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2018.

Artículo 7. Es obligación del Estado Mexicano, a través de todos sus órganos y en sus tres órdenes de gobierno, brindar a la Comisión de la Verdad la información o el auxilio que ésta les solicite.

Artículo 8.La Comisión de la Verdad, para su funcionamiento elaborará y aprobará su Reglamento Interno, un plan de trabajo, un proyecto de presupuesto de egresos y demás normatividad necesaria; asimismo podrá suscribir convenios de colaboración con organismos nacionales o internacionales para el cumplimiento de sus labores.

Artículo 9. La Comisión de la Verdad contará con recursos públicos regulados conforme a las leyes en la materia, por lo que el Congreso de la Unión aprobará el monto de recursos que sea necesario para el cumplimiento de sus labores, salvaguardando en todo momento su autonomía de gestión.

Artículo 10. La Comisión de la Verdad tiene las siguientes atribuciones:

I. Recibir testimonios y establecer mecanismos para que las víctimas, ciudadanos y personas en general aporten información o pruebas sobre hechos violatorios de los derechos humanos. En todo tiempo protegerá estrictamente la identidad de los testigos, víctimas o denunciantes, que será clasificada y reservada en los términos de las leyes respectivas;

II. Obtener elementos probatorios para la acreditación del cuerpo de delitos cometidos durante los hechos en cuestión, las violaciones a los derechos humanos, y la probable responsabilidad de personas involucradas, así como solicitar a particulares su aportación voluntaria y, cuando se requiera de control judicial, solicitar al órgano jurisdiccional la autorización u orden correspondientes para su obtención;

III. Cerciorarse de que se han seguido los procedimientos para preservar los indicios, huellas o vestigios de los hechos investigados, así como los instrumentos, objetos o productos del delito; asentar cualquier violación a las disposiciones para la recolección, el levantamiento, preservación y el traslado de los mismos, y dar vista a la autoridad competente para efectos de las responsabilidades a que hubiere lugar;

IV. Ordenar a las autoridades competentes que brinden protección a personas respecto de las cuales exista un riesgo para su vida o integridad por su intervención o participación en algún procedimiento de la Comisión de la Verdad, o por su involucramiento en los hechos que la misma investiga;

V. Solicitar al Poder Judicial las órdenes de cateo, la prohibición de abandonar una demarcación geográfica u otras medidas cautelares que resulten necesarias para asegurar el éxito de la investigación y evitar que el probable responsable se sustraiga de la acción de la justicia, y la protección de personas o bienes jurídicos;

VI. Practicar en coordinación con la Procuraduría General de la República, las diligencias de cateo en términos de las disposiciones legales aplicables y de acuerdo con el mandamiento judicial correspondiente, para lo que podrá auxiliarse de las instancias de seguridad pública;

VII. Requerir informes, documentos, opiniones y elementos de prueba en general a las dependencias y entidades de la administración pública de los tres órdenes de gobierno, y a los organismos constitucionales autónomos, que puedan ser de utilidad para el debido ejercicio de sus atribuciones. El incumplimiento a los requerimientos que formule la Comisión de la Verdad será causa de responsabilidad en términos de la legislación aplicable;

VIII. Investigar las condiciones políticas, administrativas y jurisdiccionales de las distintas instituciones del Estado que contribuyeron, con actuación u omisión a las posibles violaciones de los derechos humanos y a la probable comisión de delitos de los servidores públicos;

IX. Solicitar la colaboración de los tres órdenes de gobierno para el cumplimiento de sus atribuciones y evitar la dilación en su desempeño;

X. Establecer convenios de colaboración con cualquier persona o entidad nacional o extranjera, incluyendo órganos del Estado Mexicano, en orden a que le sea autorizado el uso de sus instalaciones, equipo o personal bajo el control de dicha persona o entidad;

XI. Denunciar cualquier hecho presuntamente constitutivo de delito o delitos a las autoridades competentes;

XII. Solicitar la colaboración de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de las instancias de administración de justicia estatal y federal, para que en el ámbito de sus atribuciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se obtenga la información de los hechos objeto de esta Ley que pudieran tener cualquier autoridad de gobiernos extranjeros, así como organizaciones civiles, medios de comunicación o particulares con residencia en el extranjero;

XIII. Contratar personas expertas en derechos humanos, investigación de restos forenses, o cualquier otra especialidad, para el logro de sus objetivos conforme a las disposiciones legales aplicables y el presupuesto disponible asignado;

XIV. Celebrar reuniones para la consecución de sus objetivos en cualquier lugar dentro o fuera del territorio nacional;

XV. Realizar consultas, cuando lo considere necesario, a los organismos nacionales e internacionales de derechos humanos en términos de este artículo; y

XVI. Coadyuvar en el establecimiento de las garantías de no repetición de los hechos, preservando las memorias y testimonios de las víctimas.

Artículo 11. Para ser Comisionado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano;

II. Ser de probada honorabilidad;

III. Poseer una trayectoria probada en la defensa, promoción y difusión de los Derechos Humanos o ser especialista en la materia de esta Ley;

IV. Estar en pleno uso de sus derechos civiles y políticos; y

V. No ser ni haber sido servidor público, en ninguno de los tres niveles de Gobierno, dirigente o miembro de partido político u organización política y no estar vinculado con los hechos o los actores objeto de la investigación de la presente Ley.

Artículo 12. La Comisión de la Verdad estará integrada por cinco comisionados:

I. Tres comisionados especialistas en derechos humanos, búsqueda de personas desaparecidas, antropología forense, psicología o especialidades equivalentes con experiencia en la materia de esta Ley, propuestos por universidades públicas y organismos internacionales de derechos humanos;

II. Dos comisionados representando a las víctimas, propuestos por organizaciones no gubernamentales y colectivos de víctimas, con reconocimiento público en la defensa de los derechos humanos.

Artículo 13.Los Comisionados serán nombrados conforme al siguiente procedimiento:

I. El Senado de la República constituirá una Comisión de Selección integrada por nueve mexicanos, por un periodo de tres años, de la siguiente manera:

a) Convocará a las instituciones de educación superior y de investigación, para proponer candidatos a fin de integrar la Comisión de Selección, para lo cual deberán enviar los documentos que acrediten el perfil solicitado en la convocatoria, en un plazo no mayor a quince días, para seleccionar a cuatro miembros basándose en los elementos decisorios que se hayan plasmado en la convocatoria, tomando en cuenta que se hayan destacado por su contribución en materia de defensa y protección de los derechos humanos.

b) Convocará a organizaciones de la sociedad civil especializadas en materia de protección y defensa de los derechos humanos, para seleccionar a cinco miembros, en los mismos términos del inciso anterior.

El cargo de miembro de la Comisión de Selección será honorífico.

II. La Comisión de Selección deberá emitir una convocatoria, con el objeto de realizar una amplia consulta pública nacional dirigida a toda la sociedad en general, para que presenten sus postulaciones de aspirantes a Comisionados.

Para ello, definirá la metodología, plazos y criterios de selección de los integrantes de la Comisión de la Verdad y deberá hacerlos públicos; en donde deberá considerar al menos las siguientes características:

a) El método de registro y evaluación de los aspirantes;

b) Hacer pública la lista de las y los aspirantes;

c) Hacer públicos los documentos que hayan sido entregados para su inscripción en versiones públicas;

d) Hacer público el cronograma de audiencias;

e) Podrán efectuarse audiencias públicas en las que se invitará a participar a investigadores, académicos y a organizaciones de la sociedad civil, especialistas en la materia, y

f) El plazo en que se deberá hacer la designación que al efecto se determine, y que se tomará, en sesión pública, por el voto de la mayoría de sus miembros.

En caso de que se generen vacantes imprevistas, el proceso de selección del nuevo integrante no podrá exceder el límite de noventa días y el ciudadano que resulte electo desempeñará el encargo por el tiempo restante de la vacante a ocupar.

Artículo 14. La Comisión de la Verdad será presidida por uno de sus Comisionados, quien durará en su encargo hasta finalizar el periodo legal de la misma, y será elegido de entre los Comisionados, por mayoría calificada.

Artículo 15. Son atribuciones del Presidente de la Comisión de la Verdad las siguientes:

I. Ejercer la representación legal de la Comisión de la Verdad;

II. Presidir el Pleno de la Comisión de la Verdad;

III. Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias de la Comisión de la Verdad, según lo dispuesto por la Ley y su Reglamento Interno;

IV. Distribuir y delegar funciones en los términos del Reglamento Interno;

V. Formular los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades administrativas de la Comisión de la Verdad, así como nombrar, dirigir y coordinar a los funcionarios y al personal bajo su autoridad;

VI. Dictar las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la Comisión de la Verdad;

VII. Celebrar, en los términos de la legislación aplicable, acuerdos, bases de coordinación y convenios de colaboración con autoridades y organismos nacionales e internacionales, así como con instituciones académicas, para el mejor cumplimiento de sus fines;

VIII. Solicitar a la Cámara de Diputados o en sus recesos, a la Comisión Permanente, o a las legislaturas de las entidades federativas, según corresponda, se llame a comparecer a las autoridades o servidores públicos responsables, para explicar el motivo de su negativa a colaborar con la Comisión de la Verdad, o las razones por las que obstaculiza, viola o interviene de cualquier manera sus funciones o atribuciones;

IX.Proponer al Pleno la integración de los Comités; y

X. Las demás que le señalen la presente Ley y su Reglamento.

Artículo 16. La Comisión de la Verdad tomará sus decisiones de manera colegiada por mayoría de votos de sus integrantes.

Artículo 17. Son atribuciones del Pleno de la Comisión de la Verdad las siguientes:

I. Establecer los lineamientos generales de actuación de la Comisión de la Verdad;

II. Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión de la Verdad;

III. Aprobar las normas de carácter interno relacionadas con la Comisión de la Verdad;

IV. Aprobar el proyecto de presupuesto de la Comisión de la Verdad;

V. Designar a los Directores de los Comités, así como al resto de especialistas que lo integran; y

VI. Conocer los informes semanales de los Comités.

Artículo 18. Las sesiones ordinarias de la Comisión de la Verdad se celebrarán cada sábado a las 17:00 horas en la sede que para tal efecto considere el Presidente, serán públicas y deberán ser transmitidas en Cadena Nacional, y tendrán como finalidad desahogar los asuntos generales de la Comisión, recibir los informes semanales de los Comités, e informar a la ciudadanía sobre el resultado de las investigaciones.

La Comisión de la Verdad podrá celebrar sesiones extraordinarias, mismas que podrán ser públicas o privadas, y podrán ser convocadas por el Presidente o mediante solicitud que a éste formulen por lo menos tres miembros de la Comisión de la Verdad, cuando se estime que hay razones de importancia para ello.

Artículo 19. Las personas que integran la Comisión de la Verdad, no podrán ser sujetos de responsabilidad civil o penal por las opiniones, observaciones y recomendaciones que formulen, o por los actos relativos a las investigaciones que realicen durante el tiempo de vigencia de la Comisión de la Verdad creada por esta Ley.

Las personas que integran la Comisión de la Verdad serán responsables de la debida administración del patrimonio destinado para la realización de sus atribuciones.

Artículo 20. El personal que conforma la estructura administrativa de la Comisión de la Verdad, será considerado personal de confianza y su relación laboral se regulará conforme a las disposiciones aplicables, con sujeción a los principios de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía y honradez.

Artículo 21. La Comisión de la Verdad contará con una Secretaría Ejecutiva, cuyo titular será nombrado por la mayoría de votos de los comisionados, misma que será responsable de dar seguimiento y cumplimiento a sus acuerdos para alcanzar los objetivos de la presente Ley y su Reglamento.

Artículo 22. El titular de la Secretaría Ejecutiva deberá reunir para su designación, los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Gozar de buena reputación; y

III. Ser mayor de treinta años de edad, el día de su nombramiento.

Artículo 23. La Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I. Proponer al Presidente de la Comisión de la Verdad, las políticas generales que en materia de la presente Ley habrá de seguir la Comisión de la Verdad ante los organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales;

II. Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión de la Verdad con organismos públicos, sociales o privados, nacionales e internacionales, sobre la materia de esta Ley;

III. Realizar estudios sobre los tratados y convenciones internacionales en materia de derechos humanos;

IV. Enriquecer, mantener y custodiar el acervo informativo y documental de la Comisión de la Verdad; y

VI. Las demás que le sean conferidas por la presente Ley y su Reglamento.

Artículo 24. La Comisión de la Verdad tendrá un periodo legal de funcionamiento de dieciocho meses a partir de su instauración, y sus funciones podrán prorrogarse por doce meses más cuando ésta así lo solicite.

Para la prórroga a que se refiere al párrafo anterior, deberá contarse con la aprobación de la Cámara de Senadores, por lo que la Comisión de la Verdad deberá solicitarla al menos sesenta días naturales previos al término de los dieciocho meses referidos en el primer párrafo del presente artículo.

Capítulo IIIDe la Búsqueda de Personas Desaparecidas

Artículo 25. La Comisión de la Verdad contará con un Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, que tendrá como finalidad encabezar la búsqueda a nivel nacional e internacional, así como conducir las acciones que pudieran llevar a la presentación con vida de las personas o al conocimiento sobre su último destino.

Artículo 26. El Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidas será encabezado por un Director, e integrado por el número de especialistas y expertos que la Comisión de la Verdad estime necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.

Tanto el Director como los expertos y especialistas serán designados por el Pleno de la Comisión de la Verdad.

Artículo 27. El Director del Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidos tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coordinar las acciones derivadas de la búsqueda nacional e internacional de los o de sus restos forenses, así como informar al Presidente sobre el inicio y resultado de cada una de las mismas;

II. Resguardar y clasificar toda la información relacionada con la búsqueda de personas desaparecidas, así como brindar un informe semanal a la Comisión sobre dicha información;

III. Establecer relaciones de coordinación con el Comité para la Reparación del Daño a las Víctimas de violaciones a los derechos humanos; y

IV. Las demás que sean dispuestas por el Reglamento de la presente Ley.

Artículo 28. Para el cumplimiento de sus objetivos el Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidas tendrá su disposición las herramientas del Sistema Nacional de Búsqueda y podrá solicitar a la Comisión Nacional de Búsqueda la participación de los Grupos de Búsqueda que estime necesarios.

Capítulo IVDe la Reparación del Daño a las Víctimas

Artículo 29. La Comisión de la Verdad contará con un Comité para la Reparación del Daño a las Víctimas, que estará encargado de reparar en los más amplios términos el daño padecido por las víctimas de las violaciones a los derechos cometidas en el periodo objeto de la presente Ley, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Artículo 30. El Comité para la Reparación del Daño a las Víctimas será encabezado por un Director e integrado por el número de especialistas y expertos que la Comisión de la Verdad estime necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.

Tanto el Director como los expertos y especialistas serán designados por el Pleno de la Comisión de la Verdad.

Artículo 31. El Director del Comité para la Reparación del Daño a las Víctimas tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coordinar las acciones dirigidas a la reparación del daño a las víctimas, así como informar al Presidente sobre el inicio y resultado de cada una de las mismas;

II. Resguardar y clasificar toda la información relacionada con las acciones encaminadas a la reparación del daño a las víctimas, así como brindar un informe semanal a la Comisión sobre dicha información;

III. Establecer relaciones de coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para el cumplimiento de sus funciones;

IV. Solicitar a la Comisión de la Verdad medidas urgentes de protección a las víctimas o a cualquier persona involucradas en los hechos investigados o en su investigación;

V. Solicitar a la Comisión de la Verdad la erogación de partidas presupuestales específicas destinadas a la reparación del daño a las víctimas;

VI. Establecer relaciones de coordinación con el Comité para la Búsqueda de Personas Desaparecidas; y

VIII. Las demás que sean dispuestas por el Reglamento de la presente Ley.

Capítulo VDel Informe Final de la Comisión de la Verdad

Artículo 32. Para garantizar el derecho a la verdad, la Comisión de la Verdad, una vez terminada su investigación, redactará un Informe Final detallando las causas, motivos, modos y circunstancias por las cuales se cometieron las violaciones a los derechos humanos y los probables delitos ocurridos durante el periodo transcurrido entre el 1 de diciembre de 2006 y el 30 de noviembre de 2018; así como las recomendaciones sobre las medidas necesarias que debe tomar el Estado Mexicano en orden a eliminar la posibilidad de que hechos como los investigados por la Comisión de la Verdad vuelvan a ocurrir en el territorio nacional.

Artículo 33. El Informe Final será entregado en sesión solemne al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. La entrega del Informe Final deberá ser transmitida en Cadena Nacional.

Artículo 34. La Cámara de Diputados establecerá los mecanismos para su difusión a efecto de que la sociedad mexicana e internacional conozca los resultados de la investigación realizada por la Comisión de la Verdad.

Artículo 35. De los datos y hechos contenidos en el Informe Final, la Comisión de la Verdad dará vista a las instancias procuración e impartición de justicia, así como a los organismos constitucionales autónomos del Estado Mexicano, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, inicien las acciones legales a que haya lugar, en contra de quien o quienes resulten responsables de las violaciones a los derechos humanos y los hechos constitutivos de probables delitos, ocurridos en torno a los hechos investigados por esta Ley.

Artículo 36. La información contenida en el informe final de la Comisión de la Comisión de la Verdad tendrá validez jurídica ante los órganos jurisdiccionales en procesos judiciales futuros.

Artículo 37.En caso de que la Comisión de la Verdad cuente con suficientes elementos para presumir la existencia de crímenes de lesa humanidad cometidos en el territorio nacional durante el periodo objeto de esta Ley, la misma deberá especificar las circunstancias pertinentes sobre los mismos, adjuntando la documentación justificativa, y estará facultada para remitir dicha información en nombre del Estado Mexicano, a la Corte Penal Internacional con la finalidad de que ésta ejerza en nuestro País su jurisdicción en la materia.

Artículo 38. Los Comisionados, los Directores de los Comités y el personal adscrito a la Comisión de la Verdad, guardarán estricta reserva y confidencialidad de los documentos y datos personales de las víctimas, testigos y de todo aquél que haya rendido su testimonio en el desarrollo de las investigaciones, así como de la demás información obtenida por la Comisión de la Verdad, en el cumplimiento de sus objetivos.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el 1º de diciembre de 2018.

Segundo. La Comisión de la Verdad deberá integrarse, dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero.La Comisión de la Verdad elaborará y emitirá el Reglamento correspondiente a la presente Ley, su Reglamento Interno, y demás normatividad necesaria para su funcionamiento, los cuales serán publicados en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los veinte días naturales siguientes a la integración formal de la misma.

Cuarto.La Cámara de Diputados aprobará para el ejercicio fiscal del año 2018, la partida presupuestal requerida para el óptimo cumplimiento de las funciones de la Comisión de la Verdad durante el mes de diciembre del mismo año.

Notas

1 Centro Internacional para la Justicia Transicional, «¿Qué es la justicia transicional?»,

https://www.ictj.org/es/que-es-la-justicia-transicional

2 CIDH, Derecho a la verdad en las Américas, OEA/Ser.L/V/II.152 Doc. 2, 13 agosto 2014,

(http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Derecho-Verdad-es.pdf), p.61

3 Ibídem, pp.59-60

4 Hayner, Priscilla, Verdades innombrables. El reto de las comisiones de la verdad.México, FCE, 2014 (edición electrónica).

5 «CIDH culmina visita in loco a México», Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Comunicado de prensa No. 112/15,

http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/112.asp

6 Ídem.

7 Op.cit., Derecho a la verdad en las Américas, pp. 25-26

8 Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, Convención Internacional para la Protección de todas las personas contras las desapariciones forzadas,

http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ConventionCED.aspx

9 Op.cit., Derecho a la verdad en las Américas, p.27

10 Ibídem .p.59

11 Ibídem, p.30

12 Ibídem ., p.37

13 CIDH, Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes, Informe Ayotzinapa. Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa,

http://prensagieiayotzi.wixsite.com/giei-ayotzinapa/informe-, p.259

14 Amnistía Internacional, Fuera de control: tortura y otros malos tratos en México, Madrid, Centro de Lenguas de Amnistía Internacional, 2014,

https://www.amnesty.org/download/Documents/4000/amr410202014es.pdf

15 «México, tercer país más peligroso para la prensa, alertan», El Universal, 3 de febrero de 2017,

http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/seguridad/2017/02/3/ mexico-tercer-pais-mas-peligroso-para-la-prensa-alertan

16 «Asesinatos de periodistas marcan un “punto de no regreso” en México, alerta Artículo 19», Proceso, 28 de marzo de 2017,

http://www.proceso.com.mx/479900/asesinatos-periodistas-marcan-punto- regreso-en-mexico-alerta-articulo-19

17 «Periodistas asesinados en México», Artículo 19, (actualizada al 6 de octubre de 2017),

https://articulo19.org/periodistasasesinados/

18 «La memoria, verdad y justicia también deben contarse», Animal político, 8 de septiembre de 2017,

http://bit.ly/2wPCa08; «Periodistas asesinados en México», Artículo 19, (actualizada al 6 de octubre de 2017),

https://articulo19.org/periodistasasesinados/

19 « ‘Somos los nuevos enemigos del Estado’: el espionaje a activistas y periodistas en México», The New York Times, 19 de junio de 2017,

https://www.nytimes.com/es/2017/06/19/mexico-pegasus-nso-group-espionaje/

20 « Presupuesto para mecanismo de protección a periodistas en 2017: cero pesos», Aristegui Noticias, 24 de marzo de 2017,

http://aristeguinoticias.com/2403/mexico/presupuesto-para-mecanismo- de-proteccion-a-periodistas-en-2017-cero-pesos/

21 « Han destruido la vida de este lugar: megaproyectos, violaciones a derechos humanos y daños ambientales en México» ,México, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, 2012,

http://www.ohchr.org/Documents/Issues/FAssociation/NaturalResource/ Centro_de_DDHH_S.pdf

22 «Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México», México, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2016, p.138,

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/ 2016_IE_Desplazados.pdf

23 «Exclusiva: testigo revela ejecuciones en el Estado de México», Esquire Latinoamérica,17 de septiembre de 2014,

http://www.esquirelat.com/reportajes/14/09/17/esxclusiva-esquire- Testigo-revela-ejecuciones-ejercito/

24 «Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca del seguimiento de su misión a México», Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 5 de junio de 2016,

http://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?si=A/HRC/32/39/Add.2

25 Carlos Martin Beristaín, miembro del GIEI, durante la presentación de su “Informe Ayotzinapa”, el 6 de septiembre de 2015.

26 “Peritos argentinos denuncian irregularidades en el caso Ayotzinapa”, CNN México, 8 de febrero de 2015,

http://mexico.cnn.com/nacional/2015/02/08/peritos-argentinos- denuncian-irregularidades-en-el-caso-ayotzinapa

27 “La PGR responde a peritos argentinos: sus opiniones sobre Ayotzinapa: ‘más especulaciones que certezas’”, Animal Político, 9 de febrero de 2015,

http://www.animalpolitico.com/2015/02/la-pgr-responde-cuestionamientos-de- peritos-argentinos-sus-opiniones-sobre-ayotzinapa-mas-especulaciones-que- certezas/

28 «Informe Ayotzinapa II: Avances y nuevas conclusiones sobre la investigación, búsqueda y atención a las víctimas», Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI),

http://www.oas.org/es/cidh/actividades/giei/GIEI-InformeAyotzinapa2.pdf

29 Ibídem. p.74

30 Ibídem. p.9

31 Ibídem. p.6

32 Ibídem. p.15

33 Ibídem. p.148

34 «Sí hay testigos en Tanhuato: “no tuvieron oportunidad”, la policía les disparó desde un helicóptero», Animal Político, 25 de mayo de 2015,

http://www.animalpolitico.com/2015/05/los-42-muertos-no-tuvieron- oportunidad-la-policia-disparo-desde-un-helicoptero-testigos/

35 «Lavado de dinero y robo de libros, los delitos por los que fueron detenidos dos líderes de la CNTE», Animal Político, 13 de junio de 2016,

http://www.animalpolitico.com/2016/06/lavado-de-dinero-y-robo-de-libros- los-delitos-por-los-que-fueron-detenidos-dos-lideres-de-la-cnte/

36 «La CNTE realiza paros, bloqueos y marchas para pedir la liberación de sus líderes», Animal Político,14 de junio de 2016,

http://www.animalpolitico.com/2016/06/la-cnte-realiza-paros-bloqueos-y- marchas-para-pedir-la-liberacion-de-sus-lideres/

37 «Si continúan los bloqueos de la CNTE, plantas en Salina Cruz, Oaxaca, deberán parar: Pemex», Animal Político, 17 de junio de 2016,

http://www.animalpolitico.com/2016/06/si-continuan-los-bloqueos-de-la-cnte- plantas-en-salina-cruz-oaxaca-deberan-parar-pemex/

38 «El uso de armas contra maestros y civiles en Nochixtlán pone en duda la legitimidad de la Reforma», sinembargo.mx, 20 de junio de 2016,

http://www.sinembargo.mx/20-06-2016/3056354

39 «CNS dijo que son falsas fotos de policías armados; Xinhua prueba autenticidad con metadatos», Aristegui Noticias, 19 de junio de 2016,

http://aristeguinoticias.com/1906/mexico/policia-si-uso-armas-durante- desalojo-en-oaxaca-agencia-muestra-metadatos-fotos/

40 «Chocan CNTE y PF; reportan 6 muertos», Reforma, 20 de junio de 2016,

http://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx? id=874062&v=6

41 «Enfrentamiento entre policías y manifestantes en Nochixtlán deja 6 muertos», Animal Político, 20 de junio de 2016,

http://www.animalpolitico.com/2016/06/desalojo-en-oaxaca-provoca- enfrentamiento-entre-policias-y-maestros-hay-al-menos-6-heridos/

42 «Operativo deja seis muertos en Oaxaca», La Jornada, 20 de junio de 2016,

http://www.jornada.unam.mx/2016/06/20/politica/002n1pol

43 Ídem.

44 «Open Society presenta informe sobre “atrocidades innegables” en México», Proceso, 6 de junio de 2016,

http://www.proceso.com.mx/443141/open-society-presenta-informe-atrocidades- innegables-en-mexico

45 Op.cit., Verdades innombrables.

46 Ídem.

47 Ídem .

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2018.— Diputadas y diputados: Kehila Abigail Ku Escalante,Adriana Gabriela Medina Ortiz, Alberto Esquer Gutiérrez, Ana Priscila González García, Ariel Rodríguez Vázquez, Carmen Julia Prudencio González, Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, Jacobo David Cheja Alfaro, Jorge Eugenio Russo Salido, Juan Carlos Villarreal Salazar, Juan Francisco Ramírez Salcido, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Julieta Macías Rábago, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Lourdes Celenia Contreras González, Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, María del Rosario Merlín García, María Libier González Anaya, Mario Alberto Ramos Tamez, Martha Estela Romo Cuéllar, Pilar Lozano Mac Donald, Ruth Salinas Reyes, Sergio Fernando Ascencio Barba (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, señora diputada. Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Javier Salinas Narváez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de austeridad, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Perdón, ¿tres iniciativas por cinco minutos cada una?

El diputado Javier Salinas Narváez:En cinco minutos las tres. Muchas gracias, señor presidente. Diputadas y diputados. El día de hoy vengo a esta tribuna a presentar tres diferentes iniciativas.

La primera. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten trabajadores profesionales egresados de universidades públicas.

Propone otorgar un estímulo fiscal en el impuesto sobre la renta para los contribuyentes que contraten recién egresados de universidades públicas. El sistema educativo mexicano enfrenta dificultades importantes en términos de transición al mercado laboral.

Por décadas los gobiernos de la derecha han promovido que las instituciones educativas públicas y el mercado laboral operen de manera aislada, de tal suerte de formamos universitarios cuyos conocimientos no son requeridos por el mercado, favoreciendo el crecimiento explosivo de universidades privadas.

Por ello, debemos mejorar la transición de los egresados de las universidades públicas de la escuela al ámbito laboral para contrarrestar el grave desempleo, el creciente subempleo, así como los cada vez más comunes empleos mal pagados y carentes de las mínimas prestaciones.

Por tal razón, proponemos establecer un estímulo fiscal para los contribuyentes del impuesto sobre la renta que contraten trabajadores con permisos de pasante o cédula profesional de licenciatura, egresados de universidades públicas en su primer empleo, y para ocupar puestos de nueva creación, consistentes en aplicar un crédito fiscal equivalente al 50 por ciento del salario efectivo pagado contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio a que se determine dicho crédito y hasta por tres años.

Es imprescindible estimular la creación de sinergia entre la empresa y las instituciones educativas superiores para que estén en posiciones de establecer un diálogo y vincularlo.

Dos. Modificación a la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de austeridad. Proponemos introducir diversas reformas a partir de cinco ejes:

Primero. Limitar las adecuaciones presupuestarias internas para evitar que por esta vía se evada el control de la Cámara de Diputados sobre los destinos de los recursos públicos, pues haga lo que haga la Cámara de Diputados el Poder Ejecutivo recorta a su antojo, discrecionalidad y de manera arbitraria, parte de las partidas o programas que resultaron beneficiados por reasignaciones o adecuaciones que a su antojo lo hace.

Dos. Instruir un comité especializado integrado por consejeros profesionales independientes responsables de revisar y proponer la remuneración de los servidores públicos, la remuneración de servidores públicos de confianza, de mandos medios y superiores. No puede seguir sujeta a decisiones de carácter político, sino que debe de obedecer a un verdadero desarrollo profesional, de acuerdo a su nivel de responsabilidad.

Tres. Limitar los gastos de servicios profesionales, la contratación de los servicios. Bajo esta modalidad permite eludir las restricciones para contrato personal, así como los topes salariales establecidos en el decreto del Presupuesto, de facto se duplica el número de empleos sin que esto sea sujeto al régimen de responsabilidad de los servidores públicos. Por tal razón se propone establecer un tope a dicho gasto equivalente al 0.3 por ciento del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente.

Tercero. Iniciativa por lo que se reforman las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos al Servicio del Sector Público y Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Mismas, para limitar y evitar temas como la Estafa Maestra. Las auditorías pueden ser practicas por la Auditoría Superior de la Federación a las Cuentas Públicas 2012-2016, han observado montos con posibles daños al erario por 6 mil 879 millones de pesos. En numerosos casos, inclusive no existieron evidencias de la entrega de los bienes y servicios adquiridos por la entidad contratante, con una patente desviación de recursos.

En vista de lo anterior se propone derogar los párrafos: quinto del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y cuarto del artículo 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Mismas.

Compañeras y compañeros, es tiempo de avanzar por la senda del estímulo a los contribuyentes que contraten a nuestros universitarios recién egresados. Es tiempo de establecer límites a la discrecionalidad del Ejecutivo en el ejercicio del gasto, y es tiempo de empezar a adoptar medidas para atajar de lleno el ominoso fenómeno de la corrupción. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten trabajadores profesionales egresados de universidades públicas, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Javier Salinas Narváez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona la Ley del Impuesto sobre la Renta, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten trabajadores profesionales egresados de universidades públicas, con base en el siguiente

Planteamiento del problema

México tiene uno de los sistemas educativos más grandes y complejos en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con más de 36 millones de estudiantes, 2 millones de profesores y 260 mil instituciones, desde la educación básica hasta la superior (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, Getting it right, Prioridades estratégicas para México, 2018, páginas 67 a 70).

El sistema educativo mexicano debe atender las necesidades de una población de más de 120 millones de personas, de las que alrededor de 45 por ciento es menor de 25 años y 23 por ciento vive en zonas rurales.

Pese a los logros obtenidos, el sistema educativo mexicano enfrenta dificultades importantes en términos de cobertura, calidad del aprendizaje y transición al mercado laboral.

México tiene una de las mayores proporciones de población con un nivel educativo menor a la educación media superior (63 por ciento) entre los países de la OCDE, cuestión que, en opinión de expertos de la OCDE, explica las escasas calificaciones de la fuerza laboral del país.

Por otra parte, México tiene una de las tasas más altas de jóvenes de 18 a 24 años que ni estudian ni trabajan (nini) de la OCDE.

Las perspectivas del mercado laboral y la capacidad del país para desarrollar competencias de manera eficiente desempeñan una función importante en las decisiones de la población en materia educativa. Esto es especialmente importante en el caso de México, donde los niveles educativos son relativamente bajos.

El aumento de los empleos manufactureros y del sector informal también elevó la demanda relativa de mano de obra poco calificada y redujo el costo de oportunidad de abandonar la educación. Esto contribuye a las bajas tasas de graduados de educación media superior.

Al mismo tiempo, México es uno de los países donde más empresas reportan tener dificultades para encontrar las habilidades y destrezas que requieren (30.9 por ciento comparado con 14.8 de la OCDE) y donde, a la vez, la inversión de las empresas en el desarrollo de habilidades de sus trabajadores es menor que el promedio de la OCDE.

Las tasas de desempleo para los mexicanos de 25 a 34 años con educación media superior o educación técnica superior no universitaria son de las más bajas en la OCDE. En 2016, sólo 5 por ciento de las personas con este nivel educativo estaban desempleadas, en comparación con el promedio, de 9.2, de la OCDE.

Por otro lado, las tasas de empleo para las personas de 25 a 34 años con educación superior son ligeramente menores que el promedio de la OCDE: 79.9 por ciento en 2016, en comparación con el promedio de la OCDE, de 82.9.

Aun así, los niveles más altos de educación se traducen en mejores salarios en México. Los graduados universitarios ganan hasta el doble que los adultos con educación media superior. Se trata de la segunda brecha de ingresos más alta de la OCDE, después de Chile. Además, en promedio, 7 de cada 10 graduados en educación superior tienen contratos estables, en comparación con solo dos de cada 10 de los que no terminaron la educación obligatoria.

El aumento de la educación superior en México presenta dificultades en cuanto al fortalecimiento de la calidad y la adecuación del sistema al mercado laboral y la satisfacción de las necesidades de desarrollo del país (OCDE, 2017c).

Adicionalmente, en los últimos años las tasas de crecimiento de la economía mundial y nacional han sido relativamente bajas, con la consiguiente incapacidad del mercado laboral de absorber a las personas que año con año demandan ingresar en él, incluyendo a los egresados de las instituciones de educación superior.

Además del fenómeno del desempleo han aparecido una serie de distorsiones en el mercado laboral de profesionistas, tales como: la ocupación de puestos que no requieren de estudios universitarios (sobreeducación); la baja coincidencia de los conocimientos y habilidades adquiridos en las instituciones de educación superior y las funciones desempeñadas (desfase de conocimientos) y los correspondientes bajos niveles salariales, entre otros.

Argumentos

En México seguimos trabajando con un aislamiento entre la investigación universitaria y la aplicación industrial de los conocimientos.

Seguimos trabajando con un aislamiento entre la formación universitaria y la aplicación de los conocimientos adquiridos en el mercado.

Se debe mejorar la transición de los estudiantes de la escuela al ámbito laboral para que puedan aprovechar las ventajas de los adelantos tecnológicos y se beneficien de una integración cada vez mayor del país a la economía global.

Estudios recientes de la OCDE sugieren que, en sistemas educativos tan complejos como el de México, la implementación de las políticas educativas requiere de la colaboración de los distintos participantes para construirlas y perfeccionarlas.

Los jóvenes necesitan desarrollar una combinación de habilidades y destrezas relevantes de cara a las necesidades dinámicas del mercado laboral que les permita alcanzar el éxito en la vida adulta.

La adaptabilidad de la fuerza laboral será esencial para que las empresas y los trabajadores mexicanos cosechen los beneficios que ofrecen los adelantos tecnológicos y se aprovechen de una cada vez mayor integración a la economía mundial.

Por tanto, es imprescindible estimular la creación de sinergias entre las empresas y las instituciones de educación superior para que estén en posición de establecer un diálogo productivo.

Por tal razón proponemos la creación de un estímulo fiscal en el impuesto sobre la renta de las empresas para promover la colaboración con las instituciones educativas para la formación de técnicos y profesionales que egresen con empleos seguros.

Fundamento legal

Por lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan los artículos 205 a 213 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Único. Se adicionan los artículos 205 a 213 a la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Capítulo XDe los Estímulos Fiscales a los Contribuyentes que contraten Trabajadores Profesionales

Artículo 205. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta que contraten trabajadores profesionales con permiso de pasante o cédula profesional de licenciatura, egresados de universidades públicas, en su primer empleo y para ocupar puestos de nueva creación, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente a 50 por ciento del salario efectivamente pagado, contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en que se determine dicho crédito.

Artículo 206. En el caso de que el contribuyente no aplique el crédito en el ejercicio en el que pudiera hacerlo, perderá el derecho a acreditarlo en los ejercicios posteriores y hasta por la cantidad en la que pudo haberlo efectuado.

Artículo 207. El monto total del estímulo no excederá de 1 millón de pesos anuales por contribuyente.

Artículo 208. Los contribuyentes deberán cumplir lo dispuesto en las reglas generales que para el otorgamiento del estímulo publique el Servicio de Administración Tributaria.

Artículo 209. Los contribuyentes que se beneficien del estímulo fiscal previsto en el presente capítulo, deberán presentar en el mes de febrero de cada año, ante las oficinas autorizadas, una declaración informativa en la que se detallen los gastos realizados correspondientes, validado por contador público registrado, así como llevar un sistema de cómputo mediante el cual se proporcione al Servicio de Administración Tributaria, en forma permanente, la información relacionada con la aplicación de los recursos del estímulo.

El Servicio de Administración Tributaria establecerá mediante reglas de carácter general las características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo señalado.

El Servicio de Administración Tributaria deberá remitir copia de la información que presenten los patrones en los términos de este artículo al Instituto Mexicano del Seguro Social.

Artículo 210. El estímulo fiscal a que se refiere este capítulo no podrá aplicarse conjuntamente con otros tratamientos fiscales que otorguen beneficios o estímulos fiscales en el impuesto sobre la renta.

Artículo 211. Para efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en este capítulo, puesto de nueva creación será el que incremente el número de trabajadores asegurados registrados en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social en cada ejercicio fiscal.

Para determinar el número base de los registros cuyo incremento se considerará puesto de nueva creación, no se tomarán en cuenta las bajas en los registros correspondientes de trabajadores pensionados o jubilados durante el ejercicio fiscal de que se trate, así como aquellas bajas registradas de los últimos dos meses del ejercicio fiscal anterior.

Los puestos de nueva creación deberán permanecer existentes por un periodo de por lo menos 36 meses continuos contados a partir del momento en que sean creados, plazo durante el cual el puesto deberá ser ocupado por un trabajador profesionista pasante o titulado egresado de una universidad pública. Transcurrido dicho periodo, los puestos de nueva creación dejarán de tener el estímulo fiscal a que se refiere el artículo 205 de esta ley.

Artículo 212. Para tener derecho a la deducción adicional a que se refiere el artículo 205 de la presente ley, el patrón deberá cumplir respecto de la totalidad de los trabajadores profesionistas pasantes o titulados egresados de universidades públicas los requisitos siguientes:

I. Sus relaciones laborales se deberán regir por el Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Crear puestos nuevos y contratar a trabajadores de primer empleo para ocuparlos.

III. Inscribir a los trabajadores de primer empleo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos que establece la Ley del Seguro Social.

IV. Determinar y enterar al Instituto Mexicano del Seguro Social el importe de las cuotas obrero-patronales causadas tanto por los trabajadores de primer empleo, como por el resto de los trabajadores a su servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social.

Además, respecto de los trabajadores a que se refiere el párrafo anterior, se deberá cumplir con las obligaciones de retención y entero a que se refiere esta ley.

V. No tener a su cargo adeudos por créditos fiscales firmes determinados tanto por el Servicio de Administración Tributaria, como por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

VI. Presentar ante el Servicio de Administración Tributaria el aviso y la información mensual a que se refiere el artículo 209 de esta Ley, de conformidad con las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria.

VII. Durante el periodo de 36 meses a que se refiere el segundo párrafo del artículo 211 de esta Ley, el patrón deberá mantener ocupado de forma continua el puesto de nueva creación por un lapso no menor a 18 meses.

VIII. Cumplir las obligaciones de seguridad social que correspondan según los ordenamientos legales aplicables.

Artículo 213. El contribuyente no perderá el beneficio que le otorga el presente Capítulo en caso de que al trabajador profesionistade primer empleo le sea rescindido su contrato de trabajo en términos de lo establecido por el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo y éste sea sustituido por otro trabajador de primer empleo, siempre que el patrón conserve el puesto de nueva creación durante el periodo establecido en el artículo 211 de esta ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Javier Salinas Narváez,Verónica Beatriz Juárez Piña, Abril Alcalá Padilla, Antonio Ortega Martínez, María Guadalupe Almaguer Pardo, Emmanuel Reyes Carmona, Mónica Almeida López, Claudia Reyes Montiel, Mónica Bautista Rodríguez, Norma Azucena Rodríguez Zamora, Frida Alejandra Esparza Márquez, Luz Estefanía Rosas Martínez, José Ricardo Gallardo Cardona, José Guadalupe Aguilera Rojas, Teófilo Manuel García Corpus, Héctor Serrano Cortés, Raymundo García Gutiérrez, Mauricio Antonio Toledo Gutiérrez, Lilia Villafuerte Zavala, Carlos Torres Piña (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

El diputado Javier Salinas Narváez:

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de austeridad, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Javier Salinas Narváez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman el tercer párrafo del artículo 58; y los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 61; y se adicionan los párrafos cuarto y quinto al artículo 61, pasando los actuales párrafos cuarto al sexto a ser el sexto al octavo; los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 62; las fracciones IV al XIV al artículo 63; y los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 65, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de Austeridad, con base en el siguiente

Planteamiento del Problema

Una de las cuestiones que más impacta a la opinión pública es la referida al gasto excesivo y poco transparente que ejercen los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública federal, de las empresas productivas del Estado, de los poderes Legislativo y Judicial, y de los organismos constitucionales autónomos.

Sexenio tras sexenio y crisis tras crisis, los gobiernos anuncian con bombo y platillos sus respectivas medidas de racionalidad y austeridad en el gasto público, empero los mexicanos percibimos que tales medidas son simple propaganda, sin que se traduzcan en una verdadera y necesaria racionalización del gasto a cargo de los servidores públicos y mucho menos en una actuación austera de los mismos.

Por tales razones, propongo introducir sendas reformas en la LFPYRH que obligue a la consecución de tales fines a partir de cinco ejes:

I. Limitar las Adecuaciones Presupuestarias Internas para evitar que por esta vía se evite el control de la cámara de diputados sobre el destino de los recursos.

II. Establecer un nuevo mecanismo para establecer las Remuneraciones de los Servidores públicos a través de un comité especializado integrado por consejeros profesionales independientes.

III. Limitar los Gastos en Servicios Profesionales que se utilizan para darle la vuelta a las limitaciones en materia de servicios personales.

IV. Limitar los Gastos en alimentación, viáticos y pasajes para evitar el dispendio de los mandos superiores.

V. Introducir mecanismos de Sanciones consistentes en reducir los presupuestos de las dependencias y entidades infractoras para inhibir las conductas institucionalizadas y establecer Incentivos consistentes en aumentos a sus presupuestos que premien las conductas positivas.

Adecuaciones Presupuestarias Internas

Los artículos 57, 58, 59 y 60 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPYRH) disponen que las dependencias y entidades de la administración pública federal, los organismos constitucionalmente autónomos y las empresas productivas del estado (los ejecutores de gasto), deberán sujetarse a los montos autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), salvo el caso de las adecuaciones presupuestarias internas derivadas de ingresos excedentes.

Al efecto, los artículos 97 y 100 del Reglamento de la LFPYRH, disponen que las adecuaciones presupuestarias internas (las no comprendidas en el artículo 59 de la LFPYRH) no requieren la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), siendo que, el Oficial Mayor o su equivalente, por conducto de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP) o su equivalente de cada dependencia, autorizará bajo su responsabilidad las adecuaciones presupuestarias internas.

Desafortunadamente, a través de esta figura se desata la mayor discrecionalidad del Poder Ejecutivo en el ejercicio del gasto público, pues para esconder del control del Poder Legislativo sobre insignes recursos, el buen administrador público (Oficial Mayor o DGPOP, o su equivalente) suele esconder recursos en diferentes partidas presupuestarias, a fin de estar en posibilidad de recuperarlas y reagruparlas posteriormente, durante el ejercicio fiscal, para atender gastos no programados, instruidos por sus superiores o incluso, por el propio titular del Ejecutivo, los cuáles de otra manera hubieran sido recortados y reasignados por el Poder Legislativo durante el proceso de aprobación del PEF.

Incluso, esta facultad del Ejecutivo hace inútiles las reasignaciones presupuestales realizadas por el Poder Legislativo durante la revisión del Proyecto de PEF, pues haga lo que haga la Cámara de Diputados durante el proceso de aprobación del PEF, el Poder Ejecutivo podrá recortar una parte de las partidas o programas que resultaron beneficiados por las reasignaciones realizadas por los diputados mediante adecuaciones presupuestarias internas.

Por eso, cuando contrastamos el PEF contra la Cuenta Pública, es muy complicado comparar el origen de lo recaudado contra su destino en el gasto público.

Si bien es cierto que el Ejecutivo necesita cierta flexibilidad para realizar algunas adecuaciones presupuestarias, es recomendable realizar algunos ajustes a la LFPYRH en materia de adecuaciones presupuestarias internas, porque se omite establecer los más elementales “límites” al poder que tiene el Ejecutivo para hacer lo que se le antoje con el PEF, a través de esta figura, para evitar este dispendio y abuso.

En la misma ruta, debe establecerse la obligación de todos los entes públicos de elaborar y publicar en su portal de internet, en el mes de enero de cada ejercicio fiscal, su Programa Anual de Ahorro y Austeridad, el cual deberá considerar todas y cada una de las medidas de austeridad y ahorro que se refieren en la presente iniciativa.

Asimismo, en su anteproyecto de presupuesto deberán remitir un informe donde especifiquen los montos ahorrados durante el ejercicio fiscal inmediato anterior para que el aprendizaje observado en ese año se considere en la elaboración del paquete presupuestal para el ejercicio fiscal siguiente.

Como incentivo a dicho esfuerzo, los ahorros generados en el ejercicio anterior podrán destinarse a acrecentar el capítulo de inversión pública de los propios entes públicos, en ningún caso podrán destinarse hacia los capítulos de servicios personales, materiales y suministros, servicios generales, transferencias, subsidios y subvenciones, bienes muebles e inmuebles, inversiones financieras y deuda pública, con excepción de los sectores de seguridad pública, salud y educación.

Remuneraciones de servicios personales

Uno de los mayores problemas que enfrenta la administración pública federal en materia de servicios personales es el desfase existente entre las remuneraciones de los servidores públicos de mandos medios y superiores frente a las remuneraciones de sus equivalentes en la sociedad.

Esta situación tiene sus orígenes en los años noventa, cuando las remuneraciones de los servidores públicos de mando eran muy bajas en comparación con el mercado privado, por lo que existía una importante fuga de talentos hacia el sector privado, por lo que se erigieron diferentes bonificaciones para compensar esta disparidad con el mercado privado. Asimismo, la burocracia de alto nivel entrante aprovechó para aumentar sustancialmente sus ingresos.

Desafortunadamente, las posteriores crisis económicas de 1994, 2003 y 2008 invirtieron esta situación, pues los patrones del sector privado optaron por despedir a sus trabajadores de mayores ingresos para recontratarlos con salarios más bajos, fenómeno que no ocurrió en el sector público, por lo que la situación se invirtió, quedando los sueldos de los servidores públicos de mando muy por encima de sus equivalentes en el sector privado.

Lo único que ocurrió fue que, por más de quince años, se congelaron los ingresos salariales de los servidores públicos de confianza y mandos medios y superiores y los trabajadores de base recibieron los aumentos derivados de sus revisiones de sus condiciones generales o contratos colectivos de trabajo, los cuáles se redujeron a una actualización topada en los aumentos al salario mínimo.

La cuestión es tal que ahora los salarios y prestaciones de los servidores públicos de confianza están por debajo algunos trabajadores de base, y los salarios de los mandos medios se encuentran por debajo del mercado privado, mientras que los correspondientes a los mandos superiores se ubican sustancialmente por arriba de sus similares en el sector privado.

Para ello, tramposamente, la alta burocracia emprendió reestructuraciones orgánicas eliminando puestos de confianza y mandos medios para sustituirlos por puestos de mandos superiores, por lo que ahora hay más servidores públicos designados por decisiones de carácter político que personal operativo, en beneficio de la alta burocracia y en detrimento del servicio público.

El establecimiento de la política, normatividad y las reestructuraciones en la materia se encuentran bajo la responsabilidad de las Secretarías de Hacienda y de la Función Pública. Sin embargo, es evidente que dichas dependencias han fracasado en controlar el crecimiento irracional de la alta burocracia y el desfase entre los diferentes niveles de remuneración.

Por lo mismo, los empleados de confianza y de mandos medios son cada vez menos, porque cada vez que hay recortes presupuestales, se despide a éstos, pues los de base son defendidos por los sindicatos y los mandos superiores por sus jefes.

En este sentido la designación y las remuneraciones de los servidores públicos de confianza, de mandos medios y superiores no pueden seguir sujeta a decisiones de carácter político, sino que debe obedecer a un verdadero desarrollo profesional de los servidores públicos, de acuerdo a sus niveles de responsabilidad.

Al efecto, en la última década, los promotores del llamado “Buen Gobierno Corporativo” han venido promoviendo el establecimiento de comités profesionales independientes responsables de fijar las políticas al respecto.

Por tal razón, se propone crear un Comité de Recursos Humanos y Remuneraciones de carácter temporal, integrado por cinco consejeros profesionales independientes y presidido por uno de ellos, el cual tendría a su cargo la responsabilidad de un elaborar un Programa de Optimización de las Estructuras Orgánicas y Ocupacionales que reorganice y optimice sus estructuras orgánicas y ocupacionales en todos los niveles y categorías tabulares de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, empresas productivas del estado, organismos constitucionales autónomos y demás poderes, la política de remuneración de los servidores públicos, su retribución y las demás condiciones básicas de sus contratos, desde el nivel más importante hasta el empleado de confianza del más bajo nivel.

Para tal efecto, se propone establecer un catálogo de políticas en materia de remuneraciones de los servidores públicos de mandos medios y superiores, a saber:

1. Prohibir la aprobación, reajuste y/o incremento de remuneraciones, escalas remunerativas, bonificaciones, asignaciones y beneficios de toda índole, cualquiera que sea su modalidad o fuente de financiamiento.

2. Prohibir los bonos o percepciones extraordinarias para los servidores públicos.

3. No autorizar la contratación de seguros de gastos médicos mayores ni privados para ningún servidor público.

4. Prohibir el establecimiento de pensiones para servidores públicos distintas a las establecidas en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

5. No crear nuevas plazas de estructura de servidores públicos mandos medios y superiores ni de niveles homólogos a éstos.

6. Sólo podrán contar con secretarios particulares, secretarios privados, secretarios técnicos, coordinadores de asesores, asesores o equivalentes, así como choferes, los titulares de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y quienes encabezan las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo, los presidentes municipales y los titulares de los organismos autónomos.

Gastos en Servicios Profesionales

En los últimos años, la gran burocracia se ha aprovechado de diferentes resquicios legales para obviar las restricciones presupuestarias en materia de servicios personales, de tal suerte que se ha venido incrementando sustancialmente el gasto en materia de servicios de consultoría y asesoría.

La contratación de los servicios bajo esta modalidad permite eludir las restricciones para contratar nuevo personal de mandos medios y superiores, así como los topes salariales establecidos en el PEF.

La situación es tal que, bajo este esquema, la alta burocracia suele contratar a sus verdaderos amigos, pues aquí no existen límites en los montos de las contrataciones y en la mayoría de los casos tampoco existe claridad respecto de los resultados que deben entregarse ni su costo, pues el precio de un estudio o investigación cualquiera suele variar considerablemente, lo que permite jugar con dichas variables.

Asimismo, bajo esta figura, de facto, se duplica el número de empleados, figura bajo la cual pueden cobrar emolumentos sin mayor límite que la discrecionalidad de los amigos que los contrataron y sin que éstos sean sujetos del régimen de responsabilidad de los servidores públicos.

Así las cosas, los prestadores de servicios profesionales ganan más que los servidores públicos a pesar de que tienen menos responsabilidades.

Uno de los temas que mayor ámpula levanta en la sociedad se refiere al gasto público relacionado con los viáticos y pasajes que se pagan a los servidores públicos, particularmente por la poca o nula transparencia y regulación existente en la materia.

Por tal razón, se propone establecer un tope a dicho gasto, equivalente al cero punto tres por ciento de su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de los gastos en materia de difusión de programas de protección civil, salud y seguridad pública.

De igual manera, los gastos en servicios profesionales, científicos, técnicos, de asesoría y otros equivalentes, no podrán rebasar el cero punto uno por ciento del presupuesto total del sujeto obligado, con excepción, por supuesto, de las instituciones educativas y de salud, e investigación científica.

En congruencia, se propone que los gastos en publicidad y comunicación por concepto de tiempos en radio y televisión, pautas en Internet y redes sociales, así como los espacios en prensa escrita y cualquier otra erogación equivalente, no podrán rebasar el cero punto tres por ciento del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de las materias de protección civil, salud y seguridad pública.

Gastos en viáticos y pasajes

No hay semana en la que los medios de comunicación no denuncien los excesos cometidos por algunos servidores públicos en el ámbito nacional o local, por lo que es menester establecer en la LFPYRH una regulación mínima al respecto.

Los ciudadanos no tenemos que pagar los alimentos de la burocracia, para eso se les paga un generoso sueldo, muy superior al que percibe el ciudadano promedio.

En el mismo tenor, los contribuyentes no tenemos por qué pagar los viajes personales de los burócratas.

En razón de lo anterior, se propone incorporar en la LFPYRH los siguientes principios:

1. Se prohíben los gastos por concepto de pago de alimentación para los servidores públicos mandos medios y superiores.

2. Los servidores públicos sólo podrán realizar comisiones oficiales para dar cumplimiento a los objetivos institucionales

3. Tratándose de comisiones en el extranjero, la autorización corresponderá al titular de la secretaría, del organismo auxiliar, presidente municipal, presidente del Tribunal o similar, presidente del Poder Legislativo, o titular del organismo autónomo.

4. Tratándose de comisiones en el territorio nacional, al titular de la unidad administrativa respectiva.

5. Tratándose de comisiones en el territorio del Estado, al director de área o similar respectivo.

6. La duración máxima de las comisiones en que se autorice el pago de viáticos y pasajes no podrá exceder de 7 días naturales para las realizadas en territorio nacional y de 10 para las realizadas en el extranjero.

7. La realización de dos o más comisiones en un mismo ejercicio fiscal no podrá rebasar un máximo acumulado de 40 días naturales.

8. Se establecen las cuotas máximas de viáticos, que incluirán hospedaje y alimentación.

9. Se prohíbe la contratación de servicios de hospedaje en hoteles de lujo o gran turismo.

10. Se prohíbe la adquisición de boletos de transporte aéreo en primera clase o similares. Sólo en situaciones de urgencia y de falta de tiempo para su reserva, podrá contratarse otra tarifa, siempre que no sea de primera clase o superior, justificando debidamente los motivos por los cuales se hizo.

Sanciones e incentivos

Finalmente, cualquier ley carece de aplicabilidad si no se establecen sanciones e incentivos, para estimular las conductas positivas y desestimular las negativas, motivo por el cual se propone lo siguiente:

• Se establece que las dependencias y entidades de la administración pública federal que incumplan con lo ordenado en el capítulo correspondiente en materia de racionalidad y austeridad del gasto serán sancionados en el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal correspondiente, mediante la reducción de sus asignaciones presupuestales en los capítulos de Materiales y Suministros, Servicios Generales y Transferencias hasta en un cinco por ciento.

• En tanto que, los ejecutores de gasto que cumplan con lo dispuesto en esta ley y apliquen lineamientos y políticas de austeridad y ahorro exitosas, deberán ser beneficiados con aumentos en sus presupuestos hasta en un cinco por ciento.

En vista de lo anterior, se propone reformas la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, conforme a lo siguiente:

Sólo así, con medidas como éstas, podremos evitar el dispendio y el mal uso de los recursos que realizan los burócratas y que aportamos los contribuyentes.

Fundamento Legal

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por la que se reforman el tercer párrafo del artículo 58; y los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 61; y se adicionan los párrafos cuarto y quinto al artículo 61, pasando los actuales párrafos cuarto al sexto a ser el sexto al octavo; los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 62; las fracciones IV al XIV al artículo 63; y los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 65, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Único. Se reforman el tercer párrafo del artículo 58; y los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 61; y se adicionan los párrafos cuarto y quinto al artículo 61, pasando los actuales párrafos cuarto al sexto a ser el sexto al octavo; los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 62; las fracciones IV al XIV al artículo 63; y los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 65, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como siguen:

Artículo 58...

...

Las adecuaciones presupuestarias internas serán autorizadas por las propias dependencias y entidades informando al respecto a la Secretaría, en los términos de lo dispuesto en el Reglamento. El total de las transferencias internas de los ejecutores de gasto no podrá exceder del 15 por ciento del presupuesto modificado para el ejercicio fiscal en curso. En el caso de que las transferencias internas rebasen el porcentaje anterior, la Secretaría deberá informar de inmediato a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

...

Artículo 61. Los titulares de los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos y, serán responsables de implementar las medidas y acciones tendientes a eliminar los trámites innecesarios, agilizar los procesos internos y reducir los costos de operación y administración de la dependencia, entidad, bajo su responsabilidad.

Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere. Con excepción de las áreas de seguridad pública, salud y educación, en ningún caso podrán destinarse los ahorros generados hacia los capítulos de servicios personales, materiales y suministros, servicios generales, transferencias, subsidios y subvenciones, bienes muebles e inmuebles, inversiones financieras y deuda pública.

A fin de lograr los objetivos a que se refiere el presente artículo, el Ejecutivo federal deberá emitir un programa, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, el cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 30 de agosto del primer año de gobierno de la administración del Ejecutivo federal. Asimismo, los ejecutores de gasto deberán elaborar y publicar en su portal de internet, en el mes de enero de cada ejercicio fiscal, su Programa Anual de Ahorro y Austeridad, el cual deberá considerar todas y cada una de las medidas de austeridad y ahorro a que se refiere el presente capítulo.

Los ejecutores de gasto que incumplan con las disposiciones de la presente Ley, serán sancionados en sus asignaciones presupuestales, para lo cual la Secretaría, en la elaboración del proyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal correspondiente, reducirá las asignaciones presupuestales en los Capítulos de Materiales y Suministros, Servicios Generales y Transferencias de la unidad presupuestal correspondiente hasta en un cinco por ciento, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida la Secretaría.

Los ejecutores de gasto que cumplan con lo dispuesto en esta ley y apliquen lineamientos y políticas de austeridad y ahorro exitosas, deberán ser beneficiados con aumentos en sus presupuestos hasta en un cinco por ciento, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida la Secretaría.

Artículo 62...

I a V...

La contratación de servicios de consultoría y asesoría no podrá rebasar el cero punto tres por ciento de su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de la difusión en materia de programas de protección civil, salud y seguridad pública.

Los gastos en publicidad y comunicación de los sujetos obligados, por concepto de tiempos en radio y televisión, pautas en Internet y redes sociales, así como los espacios en prensa escrita y cualquier otra erogación equivalente, no podrán rebasar el cero punto tres por ciento de su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de la difusión en materia de programas de protección civil, salud y seguridad pública.

Los gastos en servicios profesionales, científicos, técnicos, de asesoría y otros equivalentes, no podrán rebasar el cero punto uno por ciento del presupuesto total del sujeto obligado. Quedan exceptuados de lo señalado, las instituciones educativas y de salud, e investigación científica.

Artículo 63...

...

...

I a III...

VII. Se prohíben los gastos por concepto de pago de alimentación para los servidores públicos mandos medios y superiores, con excepción de los viáticos a que se refiere el presente artículo.

VIII. Los servidores públicos sólo podrán realizar comisiones oficiales para dar cumplimiento a los objetivos institucionales.

IX. Los programas o las funciones conferidas a los servidores públicos podrán ser el intercambio de conocimientos institucionales; la representación gubernamental; la implementación de proyectos; la atención de la población en su lugar de residencia, y la verificación de acciones o actividades de la Administración Pública, entre otros.

VII. Sólo podrán otorgarse viáticos al personal en servicio activo. En ningún caso podrán otorgarse viáticos a servidores públicos que se encuentren disfrutando de su periodo vacacional o que cuenten con cualquier tipo de licencia.

VIII. La autorización de las comisiones, viáticos y pasajes, tratándose de comisiones en el extranjero corresponderá al titular de la dependencia o entidad; y tratándose de comisiones en Territorio Nacional al titular de la unidad administrativa respectiva.

IX. La duración máxima de las comisiones en que se autorice el pago de viáticos y pasajes no podrá exceder de 7 días naturales para las realizadas en territorio nacional y de 10 para las realizadas en el extranjero. La realización de dos o más comisiones en un mismo ejercicio fiscal no podrá rebasar un máximo acumulado de 40 días naturales.

X. Las cuotas máximas de viáticos, que incluirán hospedaje y alimentación, para el desempeño de comisiones en el territorio nacional con pernocta, sin pernocta, y para el desempeño de comisiones en el extranjero serán determinadas por la Secretaría, mediante acuerdo que deberá publicar, a más tardar, el último día del mes de enero.

XI. Se prohíbe la adquisición de boletos de transporte aéreo en primera clase o similares. En todo tiempo se preferirán las tarifas de clase más económica, debiéndose reservar en tiempo y forma para asegurar lo anterior. Sólo en situaciones de urgencia y de falta de tiempo para su reserva, podrá contratarse otra tarifa, siempre que no sea de Primera Clase o superior, justificando debidamente los motivos por los cuales se hizo. La presente disposición no resultará aplicable a la contratación del servicio de transporte terrestre de pasajeros.

XII. Al término de su comisión, el servidor público deberá rendir al titular de la unidad administrativa correspondiente, un informe pormenorizado en el que se especifique el objetivo del viaje y sus resultados, así como la descripción de los gastos realizados, acompañados en su caso, de los comprobantes correspondientes, de acuerdo con el acuerdo que al efecto expida la Secretaría. El servidor público tendrá un plazo de cinco días posteriores a la conclusión de la comisión para comprobar los gastos erogados ante la unidad administrativa.

XIII. La comprobación de los importes erogados por concepto de viáticos nacionales se efectuará mediante la documentación que reúna los requisitos fiscales que expidan las empresas prestadoras de servicios.

XIV. Los servidores públicos que realicen gastos por concepto de viáticos y no cumplan con las disposiciones de esta ley, deberán reembolsar los gastos que se le hubiesen cubierto o, en su caso, no tendrán derecho al reembolso.

Artículo 65...

I...

II. Sujetarse a los tabuladores de remuneraciones en los términos previstos en las disposiciones generales aplicables. Queda prohibida la aprobación, reajuste y/o incremento de remuneraciones, escalas remunerativas, bonificaciones, asignaciones y beneficios de toda índole, cualquiera que sea su modalidad o fuente de financiamiento.

III a XII...

XIII. No se autorizará la contratación de seguros de gastos médicos mayores ni privados para ningún servidor público.

XIV. Queda prohibido el establecimiento de pensiones para servidores públicos distintas a las establecidas en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

XVI. Queda prohibida la contratación de secretarios particulares, secretarios privados, secretarios técnicos, coordinadores de asesores, asesores o equivalentes, así como choferes. Sólo podrán contar con estos servicios los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Tercero. Se crea el Comité de Recursos Humanos y Remuneraciones de los servidores públicos de confianza, mandos medios y superiores de la administración pública federal, integrado por cinco consejeros profesionales independientes designados por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del presente Decreto.

El Comité será presidido por el consejero que elijan entre sus miembros y tendrá a su cargo presentar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en un plazo no mayor a 180 días naturales, la propuesta de remuneración de los servidores públicos de confianza, mandos medios y superiores de la administración pública federal, incluyendo las demás condiciones básicas de sus contratos, así como un Programa de Optimización de las Estructuras Orgánicas y Ocupacionales, que reorganice y optimice sus estructuras orgánicas y ocupacionales en todos los niveles y categorías tabulares.

El Comité sesionará por lo menos una vez cada quince días y tomará sus resoluciones por unanimidad. Para adoptar sus resoluciones, el comité deberá considerar las remuneraciones existentes y la evolución de las remuneraciones en el sector público federal y nacional.

Una vez concluido su mandato, el Comité se extinguirá.

Cuarto. Los consejeros independientes deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Contar con título profesional en las áreas de derecho, administración, contaduría o materias afines, con una antigüedad no menor a cinco años al día de la designación;

II. Haberse desempeñado, durante al menos diez años, en actividades que proporcionen la experiencia necesaria para cumplir con las funciones de consejero, ya sea en los ámbitos profesional, docente, o de investigación;

III. No haber sido condenado mediante sentencia firme por delito doloso que le imponga pena de prisión. Tratándose de delitos patrimoniales dolosos, cualquiera que haya sido la pena;

IV. No encontrarse, al momento de la designación, inhabilitado o suspendido administrativamente para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, sujeto a proceso penal;

V. No haber sido servidores públicos en la administración pública federal, centralizada o descentralizada, Poder Judicial o Legislativo, u organismo constitucional autónomo en los dos años anteriores a la designación, ni removido con anterioridad del cargo de consejero, salvo que esto último hubiere sido resultado de incapacidad física ya superada;

VI. No haber desempeñado el cargo de auditor externo de la administración pública federal, centralizada o descentralizada, Poder Judicial o Legislativo, u organismo constitucional autónomo, durante los doce meses inmediatos anteriores a la fecha del nombramiento;

VII. No haber ocupado cargos de elección popular o directivos en partido político alguno, en los dos años inmediatos anteriores al día de la designación;

VIII. No ser cliente, proveedor, prestador de servicios, contratista, deudor o acreedor la administración pública estatal o municipal, centralizada o descentralizada, Poder Judicial o Legislativo, u organismo autónomo;

IX. No tener parentesco por consanguinidad, afinidad o civil hasta el cuarto grado, así como no ser cónyuge, concubina o concubinario, de cualquiera de las personas físicas referidas en las fracciones anteriores, y

X. No pertenecer simultáneamente a otras juntas directivas u órganos de administración de distintas personas morales, públicas o privadas; o ejercer un empleo, cargo o comisión simultáneo que le impida el adecuado ejercicio de su función de consejero independiente.

Quinto. Los consejeros no tendrán relación laboral alguna por virtud de su cargo con la administración pública federal, ni con los poderes Legislativo y Judicial u organismos autónomos.

Los consejeros independientes recibirán la remuneración que al efecto determine una comisión especial de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Los consejeros independientes serán responsables exclusivamente en términos de lo dispuesto en esta Ley, por lo que no estarán sujetos al régimen de responsabilidades establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, o en cualquier otro ordenamiento o disposición aplicable en general a los servidores públicos de carácter federal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Javier Salinas Narváez, Verónica Beatriz Juárez Piña, Abril Alcalá Padilla, Antonio Ortega Martínez, Emmanuel Reyes Carmona, Mónica Almeida López, Claudia Reyes Montiel, Mónica Bautista Rodríguez, Norma Azucena Rodríguez Zamora, Frida Alejandra Esparza Márquez, Luz Estefanía Rosas Martínez, José Ricardo Gallardo Cardona, José Guadalupe Aguilera Rojas, Teófilo Manuel García Corpus, Héctor Serrano Cortés, Raymundo García Gutiérrez, Mauricio Antonio Toledo Gutiérrez (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.



LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

El diputado Javier Salinas Narváez:

«Iniciativa que deroga diversas disposiciones de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Javier Salinas Narváez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan los párrafos quinto del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y, cuarto del artículo 1o. de la Ley Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para eliminar la contratación directa entre las dependencias y entidades de la administración pública, con base en la siguiente:

Planteamiento del problema

De acuerdo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), las contrataciones directas entre las dependencias y entidades de la administración pública realizadas entre dependencias y entidades públicas, al amparo del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), y 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSM), constituyen un área en la que se registra recurrencia de prácticas que propician desvío de recursos públicos.

Al respecto, los dispositivos de referencia contemplan una causal de excepción para la asignación directa de este tipo de contratos.

El artículo 1o. de la LAAASP establece, en su quinto párrafo, lo siguiente:

Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración pública federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta ley; no obstante, dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización.

En tanto que, el artículo 1o. de la LOPSM establece, en su cuarto párrafo, lo siguiente:

Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien, los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración pública federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley. Cuando la dependencia o entidad obligada a realizar los trabajos no tenga la capacidad para hacerlo por sí misma y contrate a un tercero para llevarlos a cabo, este acto quedará sujeto a este ordenamiento.

Sin embargo, en un fenómeno al cual, se ha llegado a denominar “la estafa maestra”, desde la Cuenta Pública de 2012, la ASF ha señalado a estas contrataciones como un factor que pone en riesgo la adecuada utilización de los recursos públicos.

La problemática identificada por la ASF alcanza niveles importantes de recursos públicos. Al sumar los montos observados en las Cuentas Públicas de 2012 a 2015, por este tipo de prácticas, se obtiene un total de 3 mil 175 millones de pesos –aproximadamente, por ejemplo, el gasto de Seguro Popular en la Ciudad de México–.

De manera adicional, la ASF ha sido alertada respecto a posibles anomalías suscitadas durante 2016, que ascenderían en principio a mil 570 millones de pesos, información que ha sido tomada en cuenta para su inclusión en el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior (PAAF) correspondiente.

En el contexto de la fiscalización de la Cuenta Pública de 2016, se identificaron subcontrataciones, bajo las mismas condiciones antes referidas, derivadas de adquisiciones realizadas entre:

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y la Universidad Autónoma Chapingo (auditoría 290-DE);

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (auditoría 408-DE);

• La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y la Universidad Autónoma de Zacatecas (auditoría 259-DS);

• La Universidad Politécnica de Chiapas, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) (auditoría 195-DS);

• La Universidad Mexiquense del Bicentenario y la Sedatu (auditoría 193-DS); entre la Universidad Politécnica del Sur de Zacatecas y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), (auditoría 197- DS);

• La Universidad Tecnológica de Salamanca, la Sagarpa, Pronósticos para la Asistencia Pública, el Instituto Nacional de Desarrollo Social, Conagua y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) (auditoría 199-DS);

• El Sistema Quintanarroense de Comunicación Social y la Sedatu (auditoría 1791-DS-GF);

• La Universidad Politécnica de Quintana Roo y la Sedatu (auditoría 1793-DS), y

• Televisora de Hermosillo y la Sedatu (auditoría 1794-DS-GF).

Auditorías forenses practicadas a las Cuentas Públicas 2012-2016 señalan han observado montos con posible daño al erario por 6 mil 879 millones de pesos.

Asimismo, se ha constatado, como parte de la fiscalización efectuada, que en este tipo de esquemas participaban, sobre todo, universidades públicas como proveedoras de bienes y servicios.

La ASF ha detectado que la totalidad de universidades contratadas bajo este esquema, recurrieron a mecanismos de subcontratación mayores al 49 por ciento permitido en la Ley, lo cual contribuyó a encarecer los costos y a abrir espacios para prácticas irregulares.

En numerosos casos, inclusive, no existió evidencia de la entrega de los bienes y servicios adquiridos por la entidad contratante con una patente desviación de recursos.

Este tipo de contrataciones se ha convertido en una práctica indebida, con la finalidad de evadir los controles contemplados en los procesos de licitaciones públicas y que sigue siendo tolerada por las autoridades.

Las instituciones públicas de educación superior tienen como finalidad la docencia y la investigación y no deben prestarse a la comisión de actos de corrupción.

No obstante, en revisiones practicadas para la Cuenta Pública 2016, se ha podido identificar la participación de otro tipo de entes públicos como proveedores en estos mecanismos, los cuales están constituidos como empresas paraestatales de entidades federativas (Radio y Televisión de Hidalgo, Sistema Quintanarroense de Comunicación Social, Televisora de Hermosillo, entre otros), y por otras empresas u órganos del gobierno federal (INCA Rural).

Argumentos

Se supone que las contrataciones entre dependencias y entidades públicas debieran traducirse en condiciones favorables para el Estado, toda vez que este tipo de instancias no tienen como objetivo la generación de utilidades ni la ganancia económica.

Sin embargo, existen elementos en los citados dispositivos legales que son susceptibles de interpretación por parte de los servidores públicos responsables de aplicar la norma, que se traducen en discrecionalidad que, a su vez, propicia claras situaciones de fraude y corrupción.

Al respecto, las contrataciones realizadas entre las dependencias y entidades del sector gubernamental, en las que un ente público funge como proveedor, prestador de servicios o contratista y otro como comprador, se deben sujetar a lo siguiente:

• Las contrataciones que se pretendan realizar al amparo de las referidas disposiciones están obligadas a cumplir con el artículo 134 constitucional, de tal manera que los recursos que se vayan a erogar deben administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, de tal suerte que el ente público que funja como área contratante debe acreditar que al contratar a otro ente público se obtengan las mejores condiciones para el Estado.

• El proveedor debe acreditar que cuenta con la competencia técnica necesaria para cubrir directamente, por lo menos, el 51 por ciento del monto total del contrato. Es decir, este ente debe contar con los recursos materiales, humanos y técnicos suficientes antes de suscribir el contrato, con el objeto de que las subcontrataciones, en caso de existir, no sean mayores al 49 por ciento.

Si bien la reglamentación es clara, lo cierto es que ha propiciado que la contratación entre entes públicos se utilice como medio de elusión de los procedimientos licitatorios a que obliga la ley.

Las auditorías forenses de la ASF han observado lo siguiente:

• Los servicios supuestamente contratados se refieren a consultorías, asesorías y servicios relacionados; realización de estudios técnicos, y ejecución de tareas de supervisión.

• Subcontratación de proveedores y prestadores de servicios que no existen, o bien, que, existiendo, se encuentran en situación fiscal irregular u omisa.

• Subcontrataciones por 100 por ciento de lo ordenado por el contratante, que indebidamente, se realizan sin observar las disposiciones en materia de licitaciones públicas.

• Contrataciones que no acreditan que se garanticen las mejores condiciones al Estado.

• Sobreprecios en la adquisición de bienes y servicios.

• En numerosos casos, la ausencia de la entrega de los bienes y servicios adquiridos por la entidad contratante con una patente desviación de recursos.

• En otros –cuando se realizan licitaciones– se ha presentado la simulación, por medio de la inclusión en la lista de ofertantes de empresas vinculadas entre sí.

• Las dependencias y entidades de la administración pública federal contratantes no realizan una investigación de mercado que garantice las mejores condiciones, por lo que, en muchos casos, se incurre en un costo mayor que el que se hubiera obtenido a través de un proceso de licitación.

• Estas contrataciones generan un ambiente de discrecionalidad que, a su vez, propicia situaciones de fraude y corrupción, ya que no se cuenta con los controles contemplados en los procesos de licitaciones públicas.

• La existencia de patrones en este tipo de adquisiciones que implican la participación de varias empresas en una misma transacción, lo que origina que el esquema de subcontratación se emplee para dispersar los recursos entre varios entes.

• La cadena de subcontrataciones que se ha identificado en estas operaciones complica la trazabilidad de los recursos erogados por la entidad pública contratante.

• En múltiples casos, ha sido evidente que las dependencias y entidades de la administración pública y las instituciones universitarias contratistas fungen como meros comisionistas, que, con su intervención, permiten adjudicaciones directas a terceros, que se realizan al margen de las disposiciones legales, alejándose así del espíritu de la norma.

• En muchos casos, actúan fuera del objetivo social que tienen encomendado. El caso más frecuente es el de las universidades públicas, cuyos fines esenciales son la enseñanza y la investigación, y la prestación de servicios, y mucho menos la venta de productos y la realización de obras públicas están fuera de su objeto previsto en sus respectivas leyes.

• Algunas universidades públicas no acreditan contar, de manera anticipada, con los recursos humanos, materiales y técnicos para desempeñar su rol de proveedor. Con sólo una manifestación por escrito se dio por hecho que disponían de la capacidad necesaria, con lo cual se desvirtuó la naturaleza de este tipo de contrataciones.

Además, se ha demostrado que el hecho de que las partes pertenezcan a las administraciones públicas federal o estatales, no implica, necesariamente, que se aseguren las mejores condiciones para el Estado; incluso, provoca un uso inadecuado de los recursos públicos y un efecto negativo en el resultado de las operaciones, que no abona a la credibilidad de las instituciones gubernamentales.

Todo lo descrito genera, además de un incumplimiento legal, espacios para la comisión de prácticas irregulares. Entre otros aspectos, la ASF ha observado reiteradamente en la revisión de las tres últimas cuentas públicas situaciones como:

En adición a lo anterior, se puede reconocer la existencia de un efecto social negativo, especialmente en el caso de los recursos que fueron asignados a este tipo de contrataciones y que forman parte de programas vinculados con el desarrollo social.

El abuso de esta prerrogativa legal de contratación entre entes públicos ha propiciado, además de las violaciones normativas señaladas, la comisión de presuntos ilícitos, con montos relevantes, por lo cual se hace indispensable tomar las medidas necesarias para erradicar estas prácticas viciadas.

Por años, en sus informes de resultados de la revisión de las cuentas públicas la ASF ha venido señalando este grave problema, recomendando al Ejecutivo federal introducir algunas disposiciones los respectivos reglamentos de la LAAASP y la LOPSM, sin que este haya actuado en consecuencia.

En vista de lo anterior, se propone derogar los párrafos, quinto del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y cuarto del artículo 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a saber:

Se deroga el párrafo quinto del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

Dice:

Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración pública federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley; no obstante, dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización.

Debe Decir:

Se deroga.

Se deroga el párrafo cuarto del artículo 1o. de la Ley Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, para quedar como sigue:

Dice:

Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien, los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la administración pública federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta ley. Cuando la dependencia o entidad obligada a realizar los trabajos no tenga la capacidad para hacerlo por sí misma y contrate a un tercero para llevarlos a cabo, este acto quedará sujeto a este ordenamiento.

Debe Decir:

Se deroga.

Fundamento legal

Por lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se derogan los párrafos quinto del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y cuarto del artículo 1o. de la Ley Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Primero. Se deroga el párrafo quinto del artículo 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

Artículo 1o. ...

...

...

...

Se deroga.

...

Segundo. Se deroga el párrafo cuarto del artículo1o. de la Ley Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para quedar como sigue:

Artículo 1o. ...

...

...

Se deroga.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas

1 Auditoría Superior de la Federación, Informe General de la Cuenta Pública 2015, páginas 73-74.

2 Auditoría Superior de la Federación, Informe General de la Cuenta Pública 2015, página 73.

3 Auditoría Superior de la Federación, Informe General de la Cuenta Pública 2015, página 73

4 Auditoría Superior de la Federación, Informe General de la Cuenta Pública 2013 páginas 71-72

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Javier Salinas Narváez, Verónica Beatriz Juárez Piña, Antonio Ortega Martínez, María Guadalupe Almaguer Pardo, Emmanuel Reyes Carmona, Mónica Almeida López, Claudia Reyes Montiel, Mónica Bautista Rodríguez, Norma Azucena Rodríguez Zamora, Frida Alejandra Esparza Márquez, Luz Estefanía Rosas Martínez, José Ricardo Gallardo Cardona, José Guadalupe Aguilera Rojas, Teófilo Manuel García Corpus, Héctor Serrano Cortés, Raymundo García Gutiérrez, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Arturo Escobar y Vega, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde.

El diputado Arturo Escobar y Vega:Gracias, presidente. Quisiera tomar unos breves segundos para pedirle al diputado Héctor René Cruz Aparicio, quien presentó hace un momento una iniciativa de reforma al 19 constitucional, que nos permita sumarnos a su iniciativa. E informar también, que hay un cúmulo de iniciativas presentadas en el tema de regulación de armas, especialmente armas exclusivas del Ejército, que creo yo podríamos allegar, de forma unánime, a trabajarlas y construir de forma muy rápida, una nueva regulación.

Y con esto lograr dos principios: el primero, responsabilizar a los gobiernos de los estados a que ya asuman esta responsabilidad al poder regular esto como una conducta grave.

Y, segundo, darles certeza a los jueces de las causas penales para que conozcan, bajo el nuevo modelo de conformación política, que este tipo de delitos, y este tipo de conductas son absolutamente rechazadas por la sociedad.

Por otro lado, y sobre el mismo tema y lo que tiene que ver con la iniciativa, cualquier inicio de un nuevo gobierno es inicio de una nueva esperanza, de un nuevo mecanismo para llegar por fin a encontrar niveles de seguridad aceptables por una sociedad como la mexicana.

Por supuesto que los esfuerzos hechos por los gobiernos del 2000 al 2006, 2006-2012, y este que concluye, lamentablemente por la fuerza del crimen organizado llevaron a tomar decisiones de carácter coyuntural siempre, siempre decisiones reaccionarias que no nos permitían ir a las causas de la delincuencia.

Nosotros somos unos convencidos que mecanismos como elementos de la prevención social de la violencia van a ser claves en el próximo sexenio y de ahí en adelante, para disminuir la violencia, disminuir la delincuencia, y encontramos elementos como la cultura, pero especialmente el deporte, que en análisis de derecho comparado como en España han sido elementos trascendentales para poder vincular, para poder generar convivencia con la sociedad y a través del deporte expulsar las conductas antisociales, que lamentablemente son los primeros inicios para que jóvenes se hagan de la calle, posteriormente tengan acceso a las drogas, generen adicción y lamentablemente después a lo que conlleva es a la violencia y posteriormente a la delincuencia.

Aprovechando que la diputada Ana Guevara es miembro de esta asamblea y que, por lo señalado por el presidente electo, tendrá en sus manos dirigir al deporte nacional, quiero señalarle que va a contar con nosotros. Nosotros hemos venido sosteniendo los últimos 12 años que al deporte habría que desvincularlo de la Secretaría de Educación Pública y darle la relevancia que requiere.

Hay tesis, como pasó en Barcelona antes de la olimpiada de 92, donde se hizo un esfuerzo monumental para crear infraestructura deportiva a efecto de que las calles del centro de Barcelona se pudieran recuperar, y el resultado ha sido muy, pero muy exitoso.

Pasó en Barcelona, pasó en ciudades como Washington, Detroit y Nueva York, donde se hace un vínculo de convivencia entre la autoridad y los grupos delincuenciales especialmente los jóvenes, para que el deporte fuera un mecanismo de atención, de generación de cultura física, de generación de activación física, de organización deportiva, y después de alto rendimiento, que no nada más dan grandes logros como país, sino especialmente generan grandes logros en lo que tiene que ver con salud pública, pero más importante aún; como elementos de combate a la delincuencia y combate a las adicciones.

No tengo la menor duda que si asumimos estos temas de prevención social como el deporte y la cultura, vamos a empezar a sembrar los grandes elementos que nos permitan que al igual a combatir la delincuencia con fuerza, hay que también ayudar a la sociedad a que encuentre mecanismos de atención, mecanismos de convivencia para que puedan los jóvenes mexicanos tener alternativas en sus propias colonias, a través del deporte en espacios recreativos, tanto en activación física como en deporte y en alto rendimiento, para alejarse de estas conductas de calle que son el ingrediente principal para convocar a jóvenes mexicanos a ser parte de los grupos delincuenciales que tanto afectan a nuestro país.

Por lo tanto, proponemos -señor presidente- reformar el artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para que se reconozca a la creación deportiva como un mecanismo fundamental para poder alejarnos de las adicciones. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El consumo y el abuso de drogas, tanto lícitas como ilícitas, en los últimos años han crecido alrededor del mundo, por lo cual este fenómeno se ha posicionado en el contexto internacional como uno de los problemas de salud pública de mayor relevancia. El consumo de sustancias que generan adicción no sólo tiene repercusiones en la salud de quienes las consumen, sino que también afectan su entorno cercano, teniendo graves consecuencias en el ámbito social, como dificultades para realizar actividades cotidianas, afectación de las relaciones personales y disminución de la capacidad de desarrollo económico.

En este sentido, es importante que los gobiernos asuman un compromiso decidido a favor del control y regulación de la oferta de este tipo de sustancias, limitando su disponibilidad, pero fundamentalmente en pro de una reducción significativa de la demanda, para lo cual la prevención juega un papel clave.

De acuerdo a lo revelado por la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT) 2016-2017, en nuestro país los datos respecto al incremento en el consumo de algunas drogas, tanto legales como ilegales, son preocupantes.

En cuanto respecta a las drogas, entre 2011 y 2016 el porcentaje de la población total (personas de 12 a 65 años) que admitieron haber consumido al menos alguna vez en la vida cualquier droga, drogas ilegales y mariguana pasó de 7.8%, 7.2% y 6% a 10.3%, 9.9% y 8.6%, respectivamente.

Por su parte, la misma encuesta revela que el consumo excesivo de alcohol en la población durante el último año aumentó, entre 2011 y 2016, de 28% a 33.6%. Asimismo, el porcentaje de personas que consumen alcohol diariamente en nuestro país pasó de 0.8% en 2011 a 2.9% en 2016.

Igualmente, es de destacar que se observa una tendencia sostenida en la reducción en la edad de inicio del consumo de drogas: 20.6 años en 2002, 18.7 en 2008, 18.8 en 2011 y 17.8 en 2016, lo cual confirma que, como está pasando en otras partes del mundo, el primer contacto con las sustancias adictivas se produce a edades cada vez más tempranas.

Los datos anteriores ponen de manifiesto que el tema de las adicciones en nuestro país es un asunto que requiere de la atención prioritaria por parte del Estado a través de un amplio abanico de intervenciones, las cuales no deben limitarse a la detección oportuna de los problemas de adicción en las personas, su tratamiento efectivo y rehabilitación, sino que deben centrarse en un enfoque preventivo que permita evitar lo más posible el contacto de las personas, especialmente de las que pertenecen a los grupos más vulnerables, con las sustancias adictivas y retrasar la edad de inicio en el consumo.

En este orden de ideas, tan importante es concientizar a las niñas, niños y jóvenes sobre los efectos negativos que el consumo de drogas y alcohol pueden tener sobre su salud, sus actividades cotidianas y su entorno personal, como contar con espacios y medios a través de los cuales se promueva el sano desarrollo de las nuevas generaciones.

El deporte es, sin duda alguna, un factor de protección frente al problema de las adicciones, pues éste implica una sana utilización del tiempo libre, la adopción de hábitos saludables y la adquisición de valores fundamentales para la formación integral de las personas.

La práctica de actividades físicas siempre ha sido recomendada por los especialistas de todas las ramas de la medicina, así como por los profesionales de la actividad física y el deporte para un mejoramiento en la calidad de vida. Por este motivo, el deporte y la actividad física representan un aspecto de suma importancia, tanto para el desarrollo corporal, intelectual y social de las personas.

Los efectos positivos del deporte y la actividad física sobre la salud de las personas han sido ampliamente difundidos, pero también cabe destacar los beneficios psíquicos y sociales que estos traen aparejados. En cuanto respecta a los beneficios psíquicos, la práctica regular de actividad física provoca un incremento de la fuerza de voluntad y el autocontrol en la persona; disminuye la ansiedad, reduce el estrés y ayuda a no caer en estados de depresión; produce una sensación de bienestar y una actitud positiva hacia las cosas; permite desarrollar mayor seguridad y confianza en uno mismo; ofrece a la persona una sensación de independencia y control de su vida; fomenta una mejor respuesta ante los miedos, las angustias o las decepciones; incorpora herramientas para controlar la resistencia a la frustración.

Por otra parte, en referencia a los efectos benéficos en el ámbito social, la práctica deportiva supone que la persona se relacione con su entorno y que se inserte de mejor manera en la sociedad, por lo cual refuerza la sociabilidad; además, permite conocer y comunicarse con otras personas e interactuar entre ellas; favorece el desarrollo de la personalidad; crea espacios de encuentro; ayuda a aprender y aceptar las normas; fomenta aspectos como la participación, la colaboración, el respeto y el trabajo en grupo; promueve el sentido de la responsabilidad personal y grupal, el respeto hacia los demás y la honradez.

Bajo esta lógica, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito reconoce que a través del deporte pueden desarrollarse diversas aptitudes y prácticas sociales que han demostrado ser medidas cautelares en la esfera del consumo indebido de drogas. Así pues, el deporte puede utilizarse para prevenir los problemas debidos al consumo indebido de drogas entre los jóvenes.

En el marco del Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas en 2017, el entonces titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC), Manuel Mondragón y Kalb, aseguró que “el incremento en el consumo de drogas por parte de los menores tiene que ver con problemas de marginación, falta de oportunidades deportivas y culturales, así como falta de información y participación ciudadana”.

Se trata entonces de ofrecer, a través del deporte, oportunidades y alternativas a los niños y jóvenes mexicanos a las que hoy no tienen acceso para alejarlos de las drogas y las adicciones.

Actualmente, la Ley General de Cultura Física y Deporte contempla, en las fracciones IV y V de su artículo 2, a la activación física, a la cultura física y al deporte, como un medio importante en la preservación de la salud, en la prevención de enfermedades y en la prevención del delito, sin embargo, no se reconoce el importante rol que puede jugar el deporte en la prevención de las adicciones y del uso indebido de drogas. Reconocer al deporte como medio para contrarrestar los factores de riesgo que inciden en el uso y abuso de las sustancias peligrosas es necesario para que su utilización como recurso preventivo esté basada en la planificación y en la búsqueda de objetivos precisos que permita obtener mejores resultados.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente iniciativa con:

Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Único. Se reforma la fracción V del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 2. Esta Ley y su Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de cultura física y deporte, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73, fracción XXIX-J de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la participación de los sectores social y privado en esta materia, con las siguientes finalidades generales:

I. a IV. (...)

V. Fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio importante en la prevención del delito, las adicciones y el uso indebido de drogas;

VI. a XII. (...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Incluye: drogas de uso médico con potencial psicoactivo usadas sin prescripción (ansiolíticos, estimulantes anfetamínicos y drogas narcóticas); sustancias ilegales (mariguana, cocaína, crack, alucinógenos, metanfetaminas, heroína); e inhalables.

2 Véase, “Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017. Reporte de Drogas”, Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz; Instituto Nacional de Salud Pública; Comisión Nacional Contra las Adicciones; Secretaría de Salud. México, 2017. Página 47. Disponible en:

https://encuestas.insp.mx/ena/encodat2017/encodat_drogas_2016_2017.pdf

3 Véase, “Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017. Reporte de Alcohol”, Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz; Instituto Nacional de Salud Pública; Comisión Nacional Contra las Adicciones; Secretaría de Salud. México, 2017. Página 48. Disponible en:

https://encuestas.insp.mx/ena/encodat2017/encodat_alcohol_2016_2017.pdf

4 Véase, “Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017. Reporte de Drogas”, op. cit. Página 55.

5 Véase, Hernangil Perona, Eduardo, Lastres García, Julio y Valcárcel Lastra, Pedro, “Actividad físico-deportiva en el tratamiento de las drogodependencias”, Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad del Gobierno de España, 2011. Pp. 33-34. Disponible en:

http://www.fundacioncsz.org/ArchivosPublicaciones/291.pdf

6 Ibídem.

7 Véase, “El deporte como instrumento de prevención del uso indebido de drogas”, Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Nueva York, 2003. Página 14. Disponible en:

https://www.unodc.org/pdf/youthnet/handbook_sport_spanish.pdf

8 Véase, Miranda, Perla, “Consumo de droga crece 47% en 5 años”, Periódico El Universal, 27 de julio de 2017. Disponible en:

http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2017/ 06/27/consumo-de-droga-crece-47-en-5-anos

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega,Beatriz Manrique Guevara, Erika Mariana Rosas Uribe, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Luis Fernando Salazar Fernández, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Sergio Fernando Ascencio Barba (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a la Comisión de Deporte, para dictamen.



SE DECLARA EL PRÓXIMO AÑO COMO “2019, 500 AÑOS DEL ESTABLECIMIENTO DEL MUNICIPIO DE MÉXICO”

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el próximo año como “2019, 500 años del establecimiento del municipio en México.”

El diputado Ricardo Aguilar Castillo:Muchas gracias. Con su permiso, señor presidente. Lo primero que quiero comentar es que nunca es ocioso hacer una reseña histórica del origen del municipio y del ayuntamiento en México. Medio milenio, 500 años de esta institución es un hecho que debe llamar por sí solo nuestra atención.

El próximo año, el 22 de abril, estaremos conmemorando este importante acontecimiento. El objetivo de la constitución del ayuntamiento y, en consecuencia, del municipio, fue para materializar la conquista y este orden de gobierno fue el paso decisivo para la organización política y jurídica en el continente americano.

Históricamente el municipio y el ayuntamiento han tenido un muy destacado lugar desde la conquista, pasando por la guerra de Independencia, en las Constituciones de Cádiz, en la de 1824, en la de 1857 y, desde luego, en la de 1917, siempre ha tenido un papel muy importante.

Las preguntas que sugerimos para esta conmemoración son preguntas que siempre están en la mente de todos y quienes hemos sido ya presidentes municipales, la pregunta que debemos hacernos es si ya el ayuntamiento y el municipio es mayor de edad. ¿Las facultades históricas y actuales le han permitido evolucionar adecuadamente? ¿El municipio, el ayuntamiento está cumpliendo con las necesidades de los ciudadanos y las comunidades?

Se dice que es la base de la división territorial, que el ayuntamiento es el encargado de la prestación de los servicios públicos. En otros tiempos era el encargado, estaba facultado del cuidado de alhóndigas, de caminos, de puentes, de mercados, de mesones, vigilante de pesas y medidas, pero lo cierto es que Primo de Verdad, a propósito del ayuntamiento de la Ciudad de México, dijo algo que puede ser traído a nuestros días: el ayuntamiento desde la época colonial debía reasumir la soberanía y convocar a la creación de una nación independiente.

La autonomía municipal siempre se ha visto amenazada por el fantasma de las autoridades intermedias y el centralismo, desde luego, pero en todas estas luchas siempre el municipio por su fortaleza, por su historia siempre ha salido victorioso, por eso en la Constitución de 1917 se consagró como el municipio libre, como una de las banderas más importantes de la Revolución Mexicana.

Hoy tenemos en México, gracias a muchas generaciones, una República federal, con estados libres y soberanos y, claro, con un municipio libre, un México con instituciones fuertes, sólidas y siempre perfectibles.

El supremo poder federal se divide para su ejercicio en Legislativo, en Ejecutivo y en Judicial, a nosotros nos toca hacer nuestra parte, el gobierno no es solo el Poder Ejecutivo.

El presidente electo Andrés Manuel López Obrador, como él mismo lo ha dicho, gran parte de su ideario lo ha abrevado a través de sus recorridos en los municipios y el contacto con la gente, esperamos que coincida.

Es tiempo de fortalecer más al municipio y es tiempo de darle más libertad. En lo personal me declaro a favor del municipio libre, de su potencial, de sus capacidades, del enorme talento de las comunidades que lo conforman.

El haber sido presidente municipal ha dejado en mí una impronta que ya no se va más, pues quienes hemos tenido la oportunidad de ser presidentes municipales seguimos viendo muchas realidades de México con ojos de presidente municipal. Aquí hay muchos ex presidentes y estoy seguro que en el futuro habrá muchas presidentas municipales y muchos presidentes municipales de esta legislatura.

Estoy también convencido de que es en el municipio en donde empiezan los problemas y es también justamente en el municipio en donde debe de comenzar su solución.

Quinientos años de la historia del municipio, del ayuntamiento en México es sin duda un gran motivo para reflexionar, para estudiar, para mejorar, para profundizar, a nombre del Grupo Parlamentario del PRI propongo que 2019 se decrete como el año conmemorativo de los 500 años del municipio libre en México. Y que esta frase sea incluida como acción indeleble en toda la papelería y comunicados oficiales de cualquier vía.

De ahí se desprenda, como lo platicaba hace un rato con el diputado Noroña, de ahí se desprenda un amplio programa conmemorativo de foros, de reflexión, de producción editorial, propuestas de reformas jurídicas, así como actos alusivos y solemnes que no solo se realicen en la Cámara de Diputados sino también en el Senado de la República, en los estados y en sus tres Poderes.

Y también, obviamente, que sean el centro los municipios de México. Y por supuesto, que sea centro de este hecho histórico el municipio de la Villa Rica de la Vera Cruz, hoy Veracruz de Ignacio de la Llave. Es todo, señor presidente. Muchas gracias.

«Iniciativa de decreto, por el que se declara “2019, 500 años del establecimiento del municipio de México”, a cargo del diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Ricardo Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara 2019 como el año conmemorativo de los 500 años del establecimiento del municipio en México, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El municipio constituye una de las más antiguas instituciones de América. Se encuentra ligado al desarrollo del país y es parte fundamental de la historia política y administrativa de México.

Históricamente, el primer municipio de todo el continente americano fue la Villa Rica de la Vera Cruz, fundado el 22 de abril de 1519, hace casi 500 años. Sin embargo, fue gracias a las primeras ordenanzas de 1573, expedidas por el rey Felipe II, que le dieron sustento jurídico, a través de las leyes del descubrimiento, población y planificación de las llamadas “Indias”.

Ello permitió que el municipio se instaurase de manera definitiva como una estructura político-administrativa fundamental para la organización de México. Tanto fue así que, tras la consumación de la conquista, este sistema de organización se transformó en la unidad básica de gobierno, en las regiones indígenas, pero también en las ciudades coloniales.

El movimiento de independencia modificó ciertas estructuras coloniales, el Plan de Iguala de 1821, reconoció la institución municipal. Esto fue porque el sistema del naciente gobierno retomó los estados federados y permitieron que cada entidad se organizara en demarcaciones a nivel interno.

Tras la revolución mexicana, y con la llegada de Venustiano Carranza Garza a la presidencia, se promulgó la Ley del Municipio Libre, la cual constituye el primer antecedente del artículo 115 constitucional.

La exposición de motivos de dicha norma establece que:

El municipio independiente es la base de la libertad política de los pueblos, así como la primera condición de su bienestar y prosperidad, puesto que las autoridades municipales están más capacitadas, por estrecha proximidad al pueblo, para conocer sus necesidades y, por consiguiente, para atenderlas y remediarlas con eficacia”

El decreto emitido por presidente Venustiano Carranza Garza, argumenta que el municipio constituye una organización fundamental en el desarrollo interior de las localidades, apoya el progreso de los ciudadanos y atiende las necesidades básicas de las personas.

Si bien es claro que la estructura municipalista se ha modificado desde su fundación hasta la fecha, también lo es, que se ha mantenido como eje fundamental de la administración política tanto de México, como de América Latina. Esto, porque se trata del primer eslabón del principio federalista y el punto de contacto más cercano con la ciudadanía.

México cuenta con un total de 2 mil 458 municipios en 31 estados de la República y 16 alcaldías en la Ciudad de México. Se encuentra regulado en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual refiere que:

“Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre”.

De acuerdo con la ley fundamental, entre las obligaciones del ayuntamiento se encuentran la prestación de servicios públicos como son “suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; alumbrado público, seguridad pública y policía municipal preventiva; mercados y centrales de abasto; así como pavimentación, atención y equipamiento de los parques y jardines”.

Los gobiernos municipales se centran en la administración de las poblaciones; razón por la cual, tienen la imperante labor de planificar los asentamientos urbanos, atender a la movilidad, la vivienda, la infraestructura, así como el cuidado de los servicios básicos que se requieren.

Precisamente por tales motivos, los municipios juegan un papel central en el desarrollo económico y social del país; de ahí que El Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU Hábitat) promueva el fortalecimiento y el reconocimiento de las autoridades locales.

La Declaración de Estambul sobre Asentamientos Urbanos advierte que la autoridad local es la estructura más importante e inmediata para atender a los fenómenos que acontecen en los asentamientos urbanos. Es por ello que, ONU Hábitat apoya el fortalecimiento y reconocimiento de estas autoridades, así como la descentralización. El punto 12 de la declaración refiere:

12. Las autoridades locales son nuestros colaboradores más cercanos, esenciales para poner en práctica el Programa de Hábitat..., debemos promover la descentralización por conducto de autoridades locales democráticas y fortalecer sus capacidades financieras e institucionales de forma acorde con la situación de los países, velando al mismo tiempo porque sean transparentes, responsables y porque respondan a las necesidades de la población... Es claro que esta institución debe ser reconocida; pero, sobre todo, debe ser fortalecida a fin de consolidar un auténtico federalismo, más equitativo y, por lo tanto, descentralizado; con mayores recursos para que los gobiernos locales cumplan con sus funciones.

Con el objetivo de promover el desarrollo de los procesos productivos del país desde la regionalización; mejorar las ciudades, coordinar la paz social y el desarrollo urbano, así como las acciones de cambio.

Los municipios son piezas clave para ampliar la democracia y promover el desarrollo económico y social; son una figura histórica a la que le hace falta su justo reconocimiento. Es precisamente por tal situación, que el presente proyecto de decreto busca conmemorar al municipio; el cual, cumplirá 500 años de su establecimiento en México, en 2019.

Derivado de lo anterior y por los argumentos debidamente fundados y motivados, someto ante esta honorable soberanía la siguiente con proyecto de

Decreto por el que se declara 2019 como el año conmemorativo de los 500 años del establecimiento del municipio en México.

Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara: 2019, 500 años del establecimiento del municipio en México.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2019 y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de ese año.

Segundo. En toda la documentación oficial de la federación, entidades federativas y municipios se inscribirá la leyenda “2019, 500 años del establecimiento del municipio en México”.

Notas

1 Vallarta Plata, José Guillermo. “El municipio en México”. Federalismo y regionalismo. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional.México: Instituto de Investigaciones Jurídicas.

2 Vallarta Plata, José Guillermo. “El municipio en México”. Federalismo y regionalismo. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional.México: Instituto de Investigaciones Jurídicas.

3 Vallarta Plata, José Guillermo. “El municipio en México”. Federalismo y regionalismo. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional.México: Instituto de Investigaciones Jurídicas.

4 Decreto sobre el municipio libre. Venustiano Carranza, 25 de diciembre de 1914.

5 https://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/6Revolucion/ 1914-D-VC-ML.html

6 https://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/6Revolucion/ 1914-D-VC-ML.html

7 Declaración de Estambul sobre Asentamientos Urbanos.

http://habitat.aq.upm.es/aghab/adeclestambul.html

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Ricardo Aguilar Castillo,Anilú Ingram Vallines, Arturo Escobar y Vega, Beatriz Dominga Pérez López, Benito Medina Herrera, Carlos Alberto Puente Salas, Carlos Pavón Campos, Cruz Juvenal Roa Sánchez, Ernesto Javier Nemer Alvarez, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Galindo Favela, Gerardo Fernández Noroña, Hortensia María Luisa Noroña Quezada, Isaías González Cuevas, Ismael Alfredo Hernández Deras, Jesús Sergio Alcántara Núñez, José Guadalupe Ambrocio Gachuz, Juan Francisco Espinoza Eguia, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Juan Ortiz Guarneros, Juanita Guerra Mena, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Laura Barrera Fortoul, Lenin Nelson Campos Córdova, Lourdes Erika Sánchez Marínez, Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, Manuel Limón Hernández, Marcela Guillermina Velasco González, María Alemán Muñoz Castillo, María Sara Rocha Medina, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Norma Adela Guel Saldívar, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Ruth Salinas Reyes, Sergio Mayer Breton, Soraya Pérez Munguía, Virginia Merino García, Ximena Puente de la Mora (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, señor diputado. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población para dictamen.



EXPIDE LA LEY SOBRE EL RÉGIMEN DE CAPITALIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México.

La diputada Aleida Alavez Ruiz:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, la iniciativa que hoy presento responde a un mandato constitucional previsto en la reforma de 2016 sobre el régimen jurídico de la Ciudad de México, y que es nuestra obligación legislar en materia de capitalidad para esta entidad federativa en el marco establecido en el artículo 122, Apartado B de la Constitución federal, y las previsiones establecidas en el décimo transitorio de dicha reforma.

Este proyecto abarca tres condiciones relacionadas con la capitalidad: los asuntos en que debe existir una coordinación interinstitucional entre los Poderes federales y locales. Financiar los costos que tiene ser capital de la República y definir los casos de remoción del titular de la seguridad pública por parte del presidente de la República.

Para ello, la iniciativa propone que deben coordinarse acciones para hacer más efectivo el mecanismo de capitalidad entre los Poderes federales y los locales. Es decir, no solo es de los Ejecutivos de ambos órdenes de gobierno, sino también con los otros Poderes.

A pesar de ello, se considera que es el ámbito Ejecutivo el encargado de dicha coordinación, a través de una comisión interinstitucional creada exprofeso para dar cauce a las necesidades de la capitalidad.

Las acciones de la capitalidad se generan por factores que son comunes en las ciudades capitales porque atraen un alto flujo de población que habita en otras entidades federativas. Suelen albergar a los Poderes federales y, por tanto, son anfitrionas de las representaciones diplomáticas y las acciones políticas de mayor importancia.

La infraestructura vial y urbana facilita el acceso de las instituciones públicas. Cuentan con actividades económicas que costean la mejora de servicios y bienes, ya sean gubernamentales, educativos, financieros, tecnológicos o de salud siempre en aumento.

El hecho de no existir una definición legal de este tipo de financiación ha implicado que el gobierno federal haya utilizado los recursos federalizados para dicho fin como una forma de presión política, a tal grado que incluso en 2017 enviara una propuesta de fondo con cero pesos, asunto que tuvo que rectificar la Cámara de Diputados, aprobando 2 mil 500 millones de pesos, aunque este monto fue 100 por ciento inferior al logrado en el año anterior.

Pero los costos de capitalidad no solo se resumen en este fondo, sino también involucran otro tipo de financiación que viene de otros fondos y recursos etiquetados como lo son los relacionados con la infraestructura hidráulica, el transporte público, el metro, la infraestructura social, el apoyo a la cultura, la migración, el desarrollo agropecuario, entre otros.

El objetivo es resolver la creciente necesidad que tiene la Ciudad de México en materia de suficiencia presupuestaria, a través de la referenciación de este fondo de capitalidad en la recaudación federal participable, con el objetivo de continuar potenciar y mantener políticas públicas, subsidios y programas dentro de la ciudad en que residen los Poderes de la Unión con los beneficios que ya reciben en materia de contribuciones e infraestructura de servicios, sin discriminar a una población flotante en la Ciudad de México, cercana a los cinco millones de personas y que generan importantes presiones financieras.

Finalmente, la ley a la que se refiere el artículo 122, Apartado B de la Constitución federal, debe establecer las causas consideradas como graves por las cuales el presidente de la República tiene la facultad de remover al servidor público capitalino que estará encargado de la seguridad pública local.

Con esta iniciativa se da respuesta al mandato constitucional del 29 de enero de 2016, que obliga al Congreso de la Unión a aprobar la ley en materia de régimen de capitalidad de la Ciudad de México que se une a diversos esfuerzos llevados a cabo en la legislatura pasada. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena

Aleida Alavez Ruiz, diputada federal del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México con base en lo siguiente

Planteamiento del problema

Producto de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016 relativa a la Ciudad de México, el artículo 122, en su Apartado B, estableció que:

“Los poderes federales tendrán respecto de la Ciudad de México, exclusivamente las facultades que expresamente les confiere esta Constitución. El Gobierno de la Ciudad de México, dado su carácter de Capital de los Estados Unidos Mexicanos y sede de los Poderes de la Unión, garantizará, en todo tiempo y en los términos de este artículo, las condiciones necesarias para el ejercicio de las facultades constitucionales de los poderes federales.

El Congreso de la Unión expedirá las leyes que establezcan las bases para la coordinación entre los poderes federales y los poderes locales de la Ciudad de México en virtud de su carácter de Capital de los Estados Unidos Mexicanos, la cual contendrá las disposiciones necesarias que aseguren las condiciones para el ejercicio de las facultades que esta Constitución confiere a los Poderes de la Unión.

La Cámara de Diputados, al dictaminar el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, analizará y determinará los recursos que se requieran para apoyar a la Ciudad de México en su carácter de Capital de los Estados Unidos Mexicanos y las bases para su ejercicio.

Corresponde al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México la dirección de las instituciones de seguridad pública de la entidad, en los términos que establezca la Constitución Política de la Ciudad de México y las leyes locales, así como nombrar y remover libremente al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública.

En la Ciudad de México será aplicable respecto del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, lo dispuesto en el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 115 de esta Constitución.”

El Ejecutivo Federal podrá remover al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública a que se refiere el párrafo anterior, por causas graves que determine la ley que expida el Congreso de la Unión en los términos de esta Base.

Los bienes inmuebles de la Federación ubicados en la Ciudad de México estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales.

Esta iniciativa tiene la finalidad de expedir la Ley de Capitalidad de la Ciudad de México para cumplir con el mandato transitorio de la reforma constitucional que dice en su artículo décimo que:

“El Congreso de la Unión, en la expedición de las leyes a que se refiere el párrafo tercero del Apartado B y el primer párrafo del Apartado C del artículo 122, deberá prever que las mismas entren en vigor en la fecha en que inicie la vigencia de la Constitución Política de la Ciudad de México.”

Argumentación

La presente iniciativa abarca tres condiciones relacionadas con la capitalidad: los asuntos en que debe existir una coordinación interinstitucional entre los poderes federales y locales; financiar los costos que tiene ser capital de la República; y definir los casos de remoción del titular de la seguridad pública por parte de Presidente de la República.

Para ello, la iniciativa propone que deben coordinarse acciones para hacer más efectivo el mecanismo de capitalidad entre los poderes federales y los locales, es decir, no sólo es de los ejecutivos de ambos órdenes de gobierno sino también estar los otros dos poderes en donde también debe haber coordinación. No obstante, el ámbito ejecutivo es el que puede coordinar los asuntos para las acciones mencionadas, por ello se propone la creación de una comisión interinstitucional para dar cauce a las necesidades de la capitalidad.

Las acciones de la capitalidad se generan por factores que son comunes en las ciudades capitales: atraen un alto flujo de población que habita en otras entidades federativas; suelen albergar a los poderes federales y, por tanto, son anfitrionas de las representaciones diplomáticas y las acciones políticas de mayor importancia; la infraestructura vial y urbana facilita el acceso a las instituciones públicas; cuentan con actividades económicas que costean la mejora de servicios y bienes, ya sean gubernamentales, educativos, financieros, tecnológicos o de salud, siempre en aumento.

La ciudad capital atrae a la denominada población flotante porque aquí se proporcionan bienes y servicios a aquellos que no contribuyen a la financiación o establecimiento de estos, es decir, solo los consumen, pero no los generan. La cantidad de bienes y servicios públicos que ofrece son el mayor atractivo para que no residentes lleven a cabo algún aspecto de sus vidas en ellas, incluidos aspectos más demandados como es el sector salud y educativo.

Por ello, el segundo aspecto de la iniciativa es el costo que tiene la capitalidad, toda vez que es bien conocido que los recursos que se utilizan para la provisión de dichos bienes y servicios recaen completamente en el gobierno local de la ciudad. Esto implica que los recursos locales que originalmente estaban destinados para ciertas acciones de competencia local, han tenido que ser utilizados para financiar los costos de capitalidad.

En materia de financiación de la capitalidad hay diversos ejemplos: en el contexto de distritos federales tenemos los casos de Abuja, Addis Abeba, Canberra, Delhi y Washington D.C., así como las ciudades estado de Bruselas y Berlín, y las ciudades dentro de un estado o provincia como el caso de Berna, Ottawa y Pretoria.

El hecho de no existir una definición legal de este tipo de financiación ha implicado que el gobierno federal haya utilizado los recursos federalizados para dicho fin como una forma de presión política a tal grado que incluso en 2017 enviara una propuesta de fondo con cero pesos, asunto que tuvo que rectificar la Cámara de Diputados aprobando 2,500 millones de pesos, aunque este monto fue 100% inferior al logrado el año anterior.

Pero los costos de capitalidad no sólo se resumen en este fondo, sino que también involucra otro tipo de financiación que vienen de otros fondos y recursos etiquetados como lo son los relacionados con la infraestructura hidráulica, el transporte público, el metro, la infraestructura social, el apoyo a la cultura, la migración y el desarrollo agropecuario, entre otros.

El objetivo es resolver la creciente necesidad que tiene la Ciudad de México en materia de suficiencia presupuestaría, a través del referenciación de este Fondo de Capitalidad a la Recaudación Federal Participable, con el objetivo de continuar, potenciar y mantener políticas públicas, subsidios y programas dentro de la ciudad en que residen los poderes de la unión con los beneficios que ya reciben en materia de contribuciones e infraestructura de servicios, sin discriminar a una población flotante en la Ciudad de México cercana a los cinco millones de personas y que generan importantes presiones financieras.

A la Ciudad de México le cuesta 12 mil millones de pesos anuales ser la sede de los Poderes de la Unión.

Finalmente, la ley a la que se refiere el artículo 122, apartado B de la Constitución Federal debe establecer las causas consideradas como graves por las cuales el Presidente de la República tiene la facultad de remover al servidor público capitalino que está encargado de la seguridad pública local.

Con esta iniciativa se da respuesta al mandato constitucional del 29 de enero de 2016, que obliga al Congreso de la Unión a aprobar la ley en materia del Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México, que se une a diversos esfuerzos llevados a cabo en la Legislatura pasada.

Fundamento legal

Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, fracción 1, numeral I., 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se somete a consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México

Único.Se expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México para quedar como sigue:

Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México

Artículo 1o. La presente ley es reglamentaria del artículo 122, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las bases para la coordinación entre los poderes federales y los poderes locales de la Ciudad de México en virtud de su carácter de Capital de los Estados Unidos Mexicanos que aseguren las condiciones para el ejercicio de las facultades que la Constitución confiere a los Poderes de la Unión.

Artículo 2o. La Ciudad de México es la entidad federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 3o. Para efectos de la presente Ley se entiende por:

I. Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Ley: Ley sobre el régimen de capitalidad para la Ciudad de México;

Artículo 4o. El régimen de capitalidad de la Ciudad de México tiene por objeto las siguientes materias:

I. La coordinación en la organización y celebración de actos oficiales de carácter de Estado;

II. La protección de las personas y sus bienes producto del ejercicio del derecho de asociarse o reunirse pacíficamente en términos de lo dispuesto en el artículo 9º de la Constitución, cuando se trate de convocatoria que trate asuntos del ámbito federal;

III. La seguridad ciudadana siempre que esté relacionada con la protección de las personas y sus bienes en acontecimientos internacionales o nacionales que se celebren en la Ciudad de México por ser capital de la República;

IV. El régimen protocolario de la Ciudad de México y sus representantes políticos;

V. El fortalecimiento de la infraestructura, equipamiento y mantenimiento, así como de los servicios públicos en materia de movilidad urbana, transporte público, educación, salud, turismo, cultura, recreación, medio ambiente, aguas, protección civil, procuración y administración de justicia, readaptación y reinserción social;

VI. El resguardo y custodia de instalaciones estratégicas del ámbito federal; y

VII. Cualquier otra materia que pueda afectar al ámbito federal y local, a juicio de las mismas, como consecuencia de la capitalidad de la Ciudad de México.

Artículo 5o. Las materias establecidas en el artículo anterior serán ejercidas por las autoridades federales y locales competentes mediante convenios o acciones acordadas por la Comisión para la Capitalidad de la Ciudad de México.

Artículo 6o. Para el cumplimiento del objeto de la presente Ley se crea la Comisión para la Capitalidad de la Ciudad de México integrado por autoridades federales y de la Ciudad de México para la coordinación entre los poderes federales y los poderes locales de la Ciudad de México.

Artículo 7o. Los y las integrantes de la Comisión podrán nombrar a un suplente con carácter permanente para que los represente en los asuntos de la Comisión, quien asumirá las mismas facultades del titular y no podrá ocupar un cargo menor al de dirección general.

Cuando se trate de algún asunto en el que involucre competencia de los poderes legislativo y judicial de ambas jurisdicciones, se les invitará a participar en sus sesiones con derecho a voz.

Asimismo, se invitará a sus reuniones con derecho a voz de los y las integrantes del Cabildo de la Ciudad de México con el objeto de opinar sobre los asuntos en los que puedan contribuir para mejorar la coordinación de capitalidad dentro de sus demarcaciones territoriales. Podrá también invitar a cualquier integrante de la administración pública federal y local cuando se traten asuntos o temas de competencia específica.

Artículo 8o. La Comisión se reunirá trimestralmente de manera ordinaria y extraordinaria tantas veces como sea necesario, contará con un secretariado técnico y expedirá su reglamento de funcionamiento.

Artículo 9o. El gobierno federal incluirá en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación en cada ejercicio fiscal que envíe a la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos un monto presupuestado para que la Ciudad de México cuente con un fondo para la capitalidad para la Ciudad de México por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al menos 0.25% de la recaudación federal participable, destinado para cubrir los costos a los que se refiere la presente Ley, independientemente de los recursos que recibe de distintos ramos presupuestales de la Federación.

La Cámara de Diputados analizará y determinará los montos para dicho Fondo, mismo que no podrá ser menor al enviado en el proyecto de presupuesto correspondiente.

Artículo 10. El gobierno de la Ciudad de México podrá destinar los recursos del Fondo a programas y proyectos para:

I. Infraestructura y equipamiento en materia de procuración de justicia, readaptación social, y protección civil y rescate, considerando la capacitación que al respecto requieran los servidores públicos que realicen actividades en dichas materias;

II. Inversión en infraestructura vial primaria y secundaria, incluyendo su construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación, equipamiento y el servicio de alumbrado público que su operación requiera;

III. Inversión en infraestructura cultural, turística, de salud o de transporte público, incluyendo su construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación y equipamiento, así como la adquisición y renovación del equipo que la complemente, considerando el mantenimiento preventivo y correctivo que para su operación requiera;

IV. Infraestructura, equipamiento y mantenimiento, en materia de vigilancia, que permita desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención del delito;

V. Inversión en materia ambiental, tal como mantenimiento de suelos de conservación, infraestructura hidráulica, y para el manejo integral de residuos sólidos (recolección, traslado y disposición final), incluyendo la adquisición del equipo correspondiente;

VI. Inversión en infraestructura y equipamiento de puntos de recaudación de impuestos locales, así como la inversión para el desarrollo, implementación, equipamiento y operación de estrategias que incrementen la recaudación de la CDMX;

VII. La reconstrucción de la infraestructura pública dañada como consecuencia de fenómenos naturales perturbadores; y

VIII. Los demás que apruebe la Comisión.

Artículo 11. Los lineamientos de operación del Fondo de Capitalidad deberán ser aprobados durante el mes de diciembre de cada año por el Consejo y publicados en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su observancia.

Artículo 12. Los bienes inmuebles de la Federación ubicados en la Ciudad de México estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales, pero no estarán exentos del cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, incluso aquellos de las entidades federativas y de los municipios dentro del territorio de la Ciudad de México, quienes también tendrán que pagar las contribuciones de los servicios públicos que presta el gobierno de la Ciudad y, en su caso, las alcaldías.

Lo mismo será aplicable para los inmuebles propiedad de los institutos políticos nacionales, las entidades paraestatales, las empresas productivas del estado y las entidades de control directo.

Artículo 13.El Presidente de la República podrá remover al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública por las causas graves siguientes:

I. Rehusarse a brindar auxilio a los Poderes Federales a efecto de asegurar las condiciones para el ejercicio de las facultades que la Constitución Federal le confiere; y

II. Cuando se abstenga, incumpla, contravenga u omita tomar las medidas que aseguren las condiciones para el ejercicio de las facultades que la Constitución Federal confiere a los Poderes Federales, incluida la protección de sus recintos sede.

Artículo 14.En el caso de remoción del servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública en la Ciudad de México, previsto en el artículo anterior, el nombramiento de la persona que lo sustituya se hará? conforme lo disponga el régimen interior en la Ciudad de México.

Artículos Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día 17 de septiembre de 2018.

Segundo. La Comisión quedará instaurada a más tardar el 15 de octubre de 2018.

Tercero. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público preverá en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 que envíe a la Cámara de Diputados un monto inicial del Fondo de Capitalidad de seis mil millones de pesos. Esta Cámara sólo podrá aumentar este monto en el proceso de aprobación de dicho ejercicio fiscal.

Notas

1 La cualidad que tiene una ciudad de ser capital de una nación (aunque pueden existir a otras escalas) que por lo general es la sede de las instituciones políticas supremas.

2 Aquel que los gobiernos locales de las ciudades asumen por su condición de capital.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.— Diputada Aleida Alavez Ruiz(rúbrica).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias, diputada Aleida. Quiero recordar que queda pendiente también la Ley de Desarrollo Metropolitano, que son las dos que dejó el 122. Muchas gracias.

Túrnese a la Comisión de Gobernación y de Población, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica.

El diputado Ricardo García Escalante:Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros diputados, con su permiso. Someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el segundo párrafo del artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica.

Es necesario reconocer que la situación económica del país no se encuentra en su mejor momento, la administración que está por concluir mantuvo una deuda creciente, permanentes recortes al gasto público y las reformas estructurales de las que se siente orgulloso el titular del Ejecutivo saliente, no impactaron favorablemente en la calidad de vida de los mexicanos, observándose el alza en los precios de la canasta básica en los combustibles y en los servicios públicos, incluyendo el de la energía eléctrica.

Mediante el Acuerdo 123 de fecha 28 de noviembre del año 2017, emitido por el secretario de Hacienda y Crédito Público, se estableció un nuevo esquema tarifario a partir de la nueva metodología de cálculo que fue aprobada por la Comisión Reguladora de Energía en el cual se establece que el precio del servicio de la luz, ahora considerará las variables de cada mes sobre los costos de producción y distribución de dicho servicio, lo que significa que la luz a partir de esa fecha se incrementa a la par del gas natural y de los combustibles que emplea la Comisión Federal de Electricidad.

La Organización de las Naciones Unidas ha establecido como uno de sus objetivos desarrollo sostenible que se debe garantizar el acceso universal a la energía de forma asequible, fiable, sostenible y moderna para todos, advirtiendo también que un sistema energético bien establecido apoya a todos los sectores, desde las empresas, la medicina, la educación, las infraestructuras, las comunicaciones y las tecnologías.

Con la presente iniciativa se pretende brindar elementos suficientes para que el Ejecutivo determine los municipios y por supuesto las entidades federativas que requieran contar con tarifas bajas de energía eléctrica, para lograr con esto apoyar al mayor número de usuarios sin necesidad de que se tenga que realizar ningún tipo de gestión para obtener dichos beneficios.

Compañeras y compañeros diputados, atendiendo responsablemente el reclamo de los mexicanos en relación de impulsar iniciativas que les permitan elevar su calidad de vida como lo es la reducción de las tarifas de energía eléctrica, y como parte integral de nuestra agenda legislativa que además observo no es una demanda exclusiva de Acción Nacional ni de Veracruz ni del distrito al que orgullosamente represento, sino que es una demanda nacional, un reclamo generalizado que todo México espera sea atendido, me permito invitarlos muy respetuosamente a que les cumplamos a los millones de ciudadanos a los cuales representamos, quienes tienen depositada su esperanza en nosotros para tomar un respiro por fin en su economía.

Por lo anteriormente expuesto, presento a esta soberanía el siguiente decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica para quedar como a continuación dice.

Artículo 139. El Ejecutivo federal deberá determinar mediante acuerdo un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales a que se refiere el párrafo anterior para grupos de usuarios del suministro básico, considerando las condiciones particulares de los municipios a partir de los factores de sensación térmica y de los indicadores socioeconómicos de sus habitantes con el propósito de apoyar el interés del usuario final, en cuyo caso el cobro final hará transparente la tarifa final que hubiere determinado la Comisión Reguladora de Energía. Por su atención muchas gracias, compañeras diputadas y diputados. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo del diputado Ricardo García Escalante, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito diputado Ricardo García Escalante, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, someto a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el segundo párrafo del artículo 139 de la Ley de Industria Eléctrica, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

De acuerdo al Informe del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social relativo a la Evolución de la pobreza y pobreza extrema nacional y en entidades federativas, periodo 2010-2016, existen diez entidades del país que concentran más del setenta por ciento de la población en situación de pobreza, que incluye a los estados de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Puebla, Michoacán. Veracruz, México, Guanajuato, Jalisco y a Ciudad de México.

Estas entidades también han presentado en los últimos años elevadas temperaturas que fluctúan entre los treinta y cinco y cincuenta grados centígrados, con excepción del estado de México y Ciudad de México. Sin embargo en municipios de otras entidades del país también son afectados por la pobreza y altas temperaturas.

Debemos reconocer que la situación económica del país no se encuentra en su mejor momento. La administración que está por concluir mantuvo una deuda creciente, bajo crecimiento económico y permanentes recortes al gasto público y las reformas estructurales de las que se enorgullece el titular del Ejecutivo saliente no impactaron favorablemente en la calidad de vida de los mexicanos, observándose la alza en los precios de la canasta básica, combustibles y en los servicios públicos incluyendo el de energía eléctrica.

Mediante el Acuerdo 123/2017 de fecha 28 de noviembre de 2017, emitido por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 posterior, se estableció un nuevo esquema tarifario en la modalidad de consumo básico y comercial a partir de la nueva metodología de cálculo que fue aprobada por la Comisión Reguladora de Energía, es decir, el precio del servicio de la luz ahora considera las variables de cada mes sobre los costos de producción y distribución de dicho servicio, lo que significa que la luz se incrementa a la par del gas natural y de los combustibles que emplea la Comisión Federal de Electricidad.

Es de advertir que existe un descontento por parte de los usuarios del servicio tanto del sector doméstico de bajo y alto consumo y de los sectores comercial e industrial.

Por otro lado hay antecedentes de las gestiones que diputados federales de legislaturas anteriores, senadores e incluso compañeros diputados locales de Veracruz que han realizado exhortos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad, para solicitar la reclasificación de tarifas eléctricas, considerando las condiciones particulares de los municipios a partir de su temperatura promedio, incluyendo como justificación de su solicitud la producción de energía eléctrica que cada entidad genera al país.

Es de resaltar que la implementación de la reforma energética que previó la reducción de las tarifas eléctricas, no cumplió hasta el momento su objetivo. Si bien algunos estados cuentan excepcionalmente con tarifas bajas, la gestión se logró mediante la celebración de convenios, debiéndose acreditar las temperaturas mensuales promedio de las ciudades que requirieron la reducción en sus tarifas, permitiendo a su vez el incremento de los subsidios a los altos costos de energía doméstica.

Sin duda las gestiones realizadas deben someterse a un procedimiento que significa pérdida de tiempo y burocracia, porque el Estado debe procurar el bienestar de sus ciudadanos proporcionando los servicios públicos básicos, por lo que se hace necesario que el Ejecutivo gire instrucciones a las áreas que correspondan para la reclasificación de tarifas considerando aspectos como las condiciones particulares de los municipios a partir de su temperatura promedio, el factor de humedad y los indicadores socioeconómicos de sus habitantes, con el propósito de apoyar e incentivar el desarrollo regional.

Con lo anterior el Ejecutivo determinará los municipios y por supuesto las entidades federativas que requieran contar con tarifas bajas de energía eléctrica para apoyar al mayor número de usuarios sin necesidad de que se tenga que gestionar para obtener dichos beneficios. Hay que considerar que el gobierno mexicano cuenta con la infraestructura para garantizar la energía eléctrica como un derecho al desarrollo personal, familiar, comunitario y nacional.

Por eso la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha establecido como uno de sus Objetivos de Desarrollo Sostenible que se debe garantizar el acceso universal a la energía de forma asequible, fiable, sostenible y moderna para todos, advirtiendo también que un sistema energético bien establecido apoya todos los sectores: desde las empresas, la medicina, la educación, las infraestructuras, las comunicaciones y las tecnologías. Y la falta de acceso al suministro de energía y a sistemas de transformación es un obstáculo para el desarrollo humano y económico.

Consideramos importante precisar el concepto de asequible, referido a la posibilidad real de pagar el precio, o que exista un precio moderado. Hay que apuntar que a pesar de que en nuestro país existe una cobertura de Suministro de energía eléctrica de 98.6 por ciento para 2016 y que invierte cada año más de cien mil millones de pesos en el subsidio de tarifas eléctricas residenciales, se calcula que más de 12 millones de hogares no tienen ingresos suficientes para pagar la factura eléctrica (Cepal, 2014).

El gobierno federal reconoce que es “necesario visibilizar el costo por hogar para acceder a fuentes de energía (incluyendo biomasa) y la aportación de las mujeres como jefas del hogar en esta materia. Así como el porcentaje de hogares en pobreza energética, entendida como la incapacidad de pagar los servicios de energía suficientes para satisfacer las necesidades domésticas básicas o que destinan una parte excesiva de sus ingresos para este fin, desagregado por jefatura femenina y masculina del hogar”.

Además del acceso al uso doméstico, es necesario garantizar el acceso a otros sectores que son usuarios del sistema de energía eléctrica nacional. La Ley de la Industria Eléctrica regula esta prestación de servicio y tiene como principal objetivo regular la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y las demás actividades de la industria eléctrica.

Como la misma ley establece, el Estado debe cumplir con uno de sus objetivos en la materia, que es apoyar la universalización del suministro eléctrico y proteger los intereses de los usuarios finales en la ejecución, regulación y vigilancia de la política de industria eléctrica (artículo 6o.).

Los usuarios finales del servicio eléctrico nacional son los hogares y los diversos sectores económicos, a los cuales el Estado mexicano debe atender para garantizar el acceso a energía eléctrica a buen precio, a fin de que puedan realizar las actividades cotidianas y productivas necesarias.

Por lo anteriormente expuesto, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional atendiendo responsablemente el reclamo de los mexicanos respecto de impulsar iniciativas que les permitan elevar su calidad de vida como es la reducción de las tarifas de energía eléctrica, y como parte integral de nuestra agenda legislativa, presento a esta soberanía el siguiente:

Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 139 de la Ley de Industria Eléctrica

Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 139 de la Ley de Industria Eléctrica, para quedar como sigue:

Artículo 139. ...

El Ejecutivo Federal deberá determinar, mediante Acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales a que se refiere el párrafo anterior para grupos de Usuarios del Suministro Básico, considerando las condiciones particulares de los municipios o alcaldías de la Ciudad de México, a partir de factores de sensación térmica y los indicadores socioeconómicos de sus habitantes, con el propósito de apoyar el interés del usuario final, en cuyo caso el cobro final hará transparente la tarifa final que hubiere determinado la CRE.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Ejecutivo federal, en un plazo de 60 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, emitirá los Acuerdos necesarios para la observancia de lo dispuesto en el mismo.

Artículo Tercero. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente decreto.

Notas

1 https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/wp-content/uploads/sites/3/ 2016/10/7_Spanish_Why_it_Matters.pdf

[Consultada el día 4 de septiembre de 2018]

2 Accesible significa ‘que permite un fácil acceso o entrada’ o, referido a persona, ‘afable o de buen trato’. No se debe confundir con asequible.

Asequible significa ‘que se puede conseguir o adquirir’; referido a precio, ‘moderado’; referido a un contrincante o adversario, ‘que se puede derrotar’; referido a la facilidad de comprender algo, ‘comprensible o fácil de entender’.

Fuente: http://hispanoteca.eu/Foro-preguntas/ARCHIVO-Foro/Accesible%20y%20asequible.htm

3 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 19 que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, podrá autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos, con cargo a los excedentes que, en su caso, resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos o de excedentes de ingresos propios de las entidades, conforme a lo siguiente:

I....

II. Las erogaciones adicionales necesarias para cubrir los incrementos en los apoyos a tarifas eléctricas a que se refiere la Ley de la Industria Eléctrica, con respecto a las estimaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos, procederán como ampliaciones automáticas con cargo a los ingresos excedentes a que se refiere esta fracción. Dichas ampliaciones únicamente aplicarán por el incremento en apoyos que esté asociado a mayores costos de combustibles.

4 La Estrategia Nacional para la Puesta en Marcha de la Agenda 2030 en México. Documento de trabajo con los resultados de la consulta pública. 2018. Consultado en:

https://www.gob.mx/agenda2030/documentos/estrategia-nacional-para-la-puesta- en-marcha-de-la-agenda-2030-documento-de-trabajo-con-los-resultados-de- la-consulta-publica?idiom=es

5 Ibid

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 18 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Ricardo García Escalante,Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Armando Tejeda Cid, Carlos Alberto Valenzuela González, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Fernando Torres Graciano, Francisco Javier Luévano Núñez, Gloria Romero León, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Iván Arturo Rodríguez Rivera, Janet Melanie Murillo Chávez, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Elías Lixa Abimerhi, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Josefina Salazar Báez, Juan Carlos Muñoz Márquez, Juan Carlos Romero Hicks, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Laura Angélica Rojas Hernández, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Luis Fernando Salazar Fernández, Ma. de los Ángeles Ayala Díaz, Ma. del Pilar Ortega Martínez, Ma. Eugenia Leticia Espinosa Rivas, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Angeles Gutiérrez Valdez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mariana Dunyaska García Rojas, Mario Mata Carrasco, Martha Elena García Gómez, Martha Elisa González Estrada, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Nohemí Alemán Hernández, Olga Patricia Sosa Ruíz, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Raúl Gracia Guzmán, Ricardo Flores Suárez, Ricardo Villarreal García, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Verónica María Sobrado Rodríguez, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a la Comisión de Energía para dictamen.

Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Isaías González Cuevas...

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ah, perdón. Sonido, por favor.

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (desde la curul): Presidente, sí, para adherirme a la iniciativa que acaba de presentar nuestro compañero diputado, pero levantando la voz a favor de los productores de manzanas del país y sobre todo de Chihuahua, ya que las altas tarifas de electricidad que tienen en el almacenamiento, resulta que los pone en desventaja con la manzana americana, ya que los americanos tienen prácticas desleales...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo:Perdón, adhesión es adición, no es, no, no, no, la ley y el Reglamento. Salúdeme a los manzaneros de Chihuahua, por favor, y tome asiento.

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (desde la curul): Por supuesto levanto la voz por ellos, por supuesto.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Claro, para que te oigan. Gracias.

El diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (desde la curul): Claro, gracias.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Isaías González Cuevas:Gracias, señor presidente. Compañeras y compañeros diputados, con toda atención hoy vengo a presentar la iniciativa que reforma la Ley Federal del Trabajo para efecto de impulsar en forma real, el poder adquisitivo de los trabajadores de México.

Hay que reconocer el esfuerzo que realizan diariamente los trabajadores para que la economía y la sociedad funcionen armónicamente y tengan a su alcance bienes y servicios para la realización de la vida diaria, destacando la creatividad, el esfuerzo que hacen los trabajadores del campo, los de la manufactura, los transportistas, los trabajadores de la educación, los trabajadores de la salud, los que nos suministran energía eléctrica, combustibles, prestadores de servicio, profesionistas y todos los trabajadores de México.

Por años se ha ratificado anualmente el procedimiento de fijación de los salarios mínimos por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, en una disputa eterna, en la que los trabajadores demandan aumento y los empleadores litigan su disminución en donde casi siempre los trabajadores sacan la peor parte.

Diversos argumentos se han utilizado para que el salario tenga el nivel que debiera. Rara vez se han considerado los argumentos que los trabajadores han venido expresando con justas razones, factores como la inflación, el elevado costo de los productos de primera necesidad, la disminución real del salario debido en parte a la falta de prestaciones sociales que las empresas ya no pueden deducir y que recientemente la bancarización de los salarios permitiendo a los bancos el manejo del dinero de todas las nóminas del país, sumando las altas comisiones bancarias y seguros que imponen de manera arbitraria e inconstitucional, lucrando además con las necesidades ofreciendo créditos con altas tasas de interés.

Por todas estas cuestiones que constituye la realidad y afecta y merma la calidad de vida y cotidiana de los trabajadores, hoy vengo a presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 557, 561, 570 y 573 de la Ley Federal de Trabajo que a efecto de que la Comisión de Salarios Mínimos establezca anualmente una relación de precios de los productos esenciales que no deben de faltar en la mesa de los trabajadores para que se mantenga inamovible durante el mismo lapso en que se fijan los salarios mínimos.

Es una reforma sencilla, es cuestión de que se tenga conciencia que es un elemento más, un componente más para hacer efectivo el poder adquisitivo de los trabajadores. Pero también tiene un profundo impacto social, y que obligará a la Comisión de Salarios Mínimos en los hechos, cumpla su objetivo de que la determinación de los salarios mínimos, en este caso también fije los precios de la canasta básica y otorgue el derecho al trabajador de una vida digna.

La Comisión de Salarios Mínimos debe ser un instrumento que fortalezca los derechos humanos y laborales de las trabajadoras y trabajadores, establecidos en el artículo 123 constitucional, y lo establecido en los convenios de la OIT que nosotros apoyamos.

La CROC también compartimos los objetivos del desarrollo sostenible de la Agenda 2030, en los que México se comprometió a combatir el hambre, la pobreza, promover los derechos humanos y particularmente el objeto número 8, que también adoptamos para impulsar el trabajo digno y decente, que establece empleo, derechos, diálogo, seguridad social y salario digno.

La aprobación de esta iniciativa y su implementación será un componente más para fortalecer el poder adquisitivo del salario, garantizando al trabajador y a su familia que cuando menos cuente una dieta suficiente, necesaria para su desarrollo.

Esta propuesta garantiza lo que ya tenemos establecido en nuestra Constitución, la Ley Federal del Trabajo y también en los convenios de la OIT que he citado y en la Agenda 2030 que hemos adoptado.

Compañeras y compañeros diputados, les pido de manera más atenta el apoyo para la presente iniciativa, que seguramente nos dará a todos la satisfacción de haber cumplido con los trabajadores, garantizando que su esfuerzo y su lealtad a la patria sean correspondidos desde esta representación nacional, que reconoce a los trabajadores su función diaria de mover a México. Muchas gracias por su atención.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Isaías González Cuevas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, inciso I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 557, 561, 570 y 573 de la Ley Federal de Trabajo, en materia de establecimiento y fijación de precios de una canasta alimentaria básica, durante el periodo de vigencia de los salarios mínimos generales y profesionales, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Anualmente se da en México una discusión para fijar los salarios mínimos generales y profesionales que deberán regir durante un periodo determinado.

Como ésta es una práctica reconocida en el país, regularmente, hay una demanda para que los salarios aumenten como un justo reclamo de los trabajadores.

Sin embargo, esta aspiración plenamente justificada, muchas veces, no deja de ser motivación para que, de manera simultánea, se realicen propuestas de aumento que crean una expectativa que casi nunca se puede cumplir.

Las razones son varias, entre ellas, la situación especial que la economía nacional muestra en cada periodo. No solamente el estado real de la economía, sino las expectativas del gobierno en razón con el crecimiento económico esperado y la necesidad de atracción de mayores inversiones, tanto de inversionistas nacionales como de extranjeros.

El proceso de fijación de los salarios mínimos, en consecuencia, se ha ido complicando cada vez más, por la dificultad de tratar de hacer consecuente la oferta de mejores salarios con las necesidades reales del proceso económico del país.

Los trabajadores siempre han sacado en esta negociación la peor parte, porque para nadie es un secreto que anualmente se fija un salario que no corresponde siquiera al aumento de la inflación y, mucho menos, a las condiciones necesarias para garantizar el bienestar de los trabajadores y de sus familias.

Ha sido reconocida ampliamente la lealtad de los trabajadores de México para con el país y sus instituciones porque sobre su propio bienestar ha recaído la disminución de sus salarios y la necesidad de mantener la paz laboral que son, en esencia, de las grandes ofertas que el país hace en la convocatoria nunca agotada que demanda más y mejores inversiones.

Este proceso ha requerido que la Comisión de los Salarios Mínimos se sustente con organismos de apoyo que ayudan a formular los estudios y los análisis para que, anualmente, la decisión se anuncie sin que esto evite la periódica generación de controversias.

Alrededor de los salarios han surgido una serie de acciones que en la práctica se han ido adoptado para, de alguna forma, compensar la caída del poder adquisitivo del salario con otras prestaciones de carácter social que, incluso, pudieron en alguna época, deducirse a 100 por ciento de los ingresos de las empresas que daban estas prestaciones sociales adicionales al salario de sus trabajadores.

Pero es evidente que todo ha ido en perjuicio de los trabajadores, porque paulatinamente se han reducido los montos de lo que se puede deducir de las prestaciones sociales y al salario se le han impuestos modalidades adicionales como la bancarización de las nóminas y del salario mínimo que van en detrimento del propio salario del trabajador.

Este proceso de fijación de los salarios continuará y es evidente también, que la discusión en el mundo tripartita en que se desarrolla la actividad laboral continuará cada vez que los salarios se fijen en el país.

Pero esta discusión y procedimiento jamás deben poner en riesgo los requerimientos elementales de una familia mexicana para garantizar su desarrollo sano. Por más que la economía mande una contracción al salario, o que este pierda realmente su poder adquisitivo, como está ocurriendo, el trabajador y su familia, tienen que tener una garantía de que, cuando menos, en su alimentación, la ingesta indispensable para un crecimiento sano debe estar plenamente garantizado.

De ahí el porqué esta iniciativa, que propone en estricto sentido que en el momento en que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije los salarios que habrán de regir por un lapso determinado se seleccione una lista de productos que formen una canasta alimentaria básica y los precios que estos productos deberán mantener durante el periodo de vigencia de los salarios mínimos que se fijen al mismo tiempo.

Esto garantizaría desde luego que más allá de las modificaciones en las Leyes de Ingresos, en los Presupuestos de Egresos y en las consideraciones propias de la economía nacional, la canasta alimentaria básica para los trabajadores se mantuviera estable como garantía elemental de bienestar para los trabajadores y sus familias.

La modificaciones legales que, en estricto sentido, propongo, son así una serie de pequeñas adiciones al capítulo de facultades de salarios de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, así como a la Dirección Técnica y a las Comisiones Consultivas de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, no sólo para facultarles a que definan la lista anual de los productos y sus precios correlativos sino también, para que puedan realizar los estudios pertinentes a efecto de dotar a sus determinaciones en la materia, de suficiencia técnica, económica y de viabilidad práctica.

Se trata pues de adicionar y ampliar el concepto de los salarios mínimos con una garantía que ya no tendría que sufrir discusiones posteriores durante el mismo lapso de vigencia de los salarios mínimos que se fijen para un periodo determinado.

Por lo expuesto y fundado presentamos a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que por el que se reforman los artículos 557, 561, 570 y 573 de la Ley Federal del Trabajo

Único.Se reforman los artículos 557, 561, 570 y 573 de la Ley Federal de Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 557. ...

I. a VIII. ...

IX. Determinar los productos que formen una canasta alimentaria básica;

X. Fijar los precios de los productos que componen la canasta alimentaria básica, que regirán durante el mismo periodo que los salarios mínimos generales y profesionales;

XI. Los demás que le confieran las leyes.

Artículo 558. ...

Artículo 561. ...

I. a IV. ...

(se insertan las fracciones V y VI, y se recorren los demás en su orden)

V. Practicar las investigaciones y realizar los estudios necesarios y apropiados para que el consejo de representantes pueda determinar los productos que formen una canasta alimentaria básica que garantice la estabilidad de esos productos alimenticios que den certeza y amplíen el valor adquisitivo del salario;

VI. Sugerir la fijación de los precios de los productos que componen la canasta alimentaria básica.

VI. a X. ...

Artículo 570.Los salarios mínimos y los precios de la canasta básica alimentaria básica se fijarán casa año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente.

...

Artículo 571. ...

Artículo 573.En la revisión de los salarios mínimos y los precios de la Canasta Alimentaria Básica a la que se refiere elartículo 570 de la ley se observarán los siguientes procedimientos:

I. El presidente de la comisión nacional, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que haya recibido la solicitud del secretario del Trabajo y Previsión Social o, en su caso, la que le hayan presentado las organizaciones de trabajadores o los patrones, convocará al consejo de representantes para estudiar la solicitud y decidir si los fundamentos que la apoyan son suficientes para iniciar el proceso de revisión. Si la resolución es en sentido afirmativo ordenará a la dirección técnica la preparación de un informe que considere el movimiento de los precios , incluidos los precios de la canasta alimentaria básicay sus repercusiones en el poder adquisitivo de los salarios mínimos; así como los datos más significativos de la situación económica nacional para que el consejo de representantes pueda disponer de la información necesaria para revisar los salarios mínimos vigentes y de la canasta alimentaria básica y fijar, en su caso, los que deben establecerse. Si su resolución es negativa la pondrá en conocimiento del secretario del Trabajo y Previsión Social;

II. ...

III. El consejo de representantes, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que reciba el informe de la dirección técnica dictará la resolución que corresponda fijando, en su caso, los salarios mínimos y los precios de la Canasta Alimentaria Básicaque deban establecerse;

IV. La resolución de la comisión nacional establecerá la fecha en que deba iniciarse la vigencia de los nuevos salarios mínimos y de los precios de la canasta alimentaria básicaque se fijen, la cual no podrá ser posterior a diez días contados a partir de la fecha en que se emita la resolución; y

V. ...

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2018.— Diputado Isaías González Cuevas(rúbrica).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

Ruego a las diputadas y a los diputados tomen su asiento con objeto de verificación de quórum. Por favor.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Vicente Alberto Onofre Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Vicente Alberto Onofre Vázquez:Con su permiso, señor presidente. Honorable asamblea, buenas tardes. Con fundamento en los artículos 6o., numeral 1; artículo 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, comparezco ante ustedes convencido de que la cuarta transformación debe tener en el centro de atención a todas y todos los ciudadanos, donde es fundamental replantear los derechos bajo una visión moderna que responda a la realidad y problemática actual para garantizar su protección efectiva.

En Encuentro Social sabemos que hoy en día no podemos concebir a un ciudadano desvinculado del consumo. Diariamente adquirimos o utilizamos productos, bienes y servicios para satisfacer cada una de nuestras necesidades. Es hasta imposible ejercer nuestra ciudadanía y nuestros derechos humanos si no somos consumidores.

Al respecto, el artículo 1o. de la Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobada en diciembre de 92, reconoce como principios básicos relacionados con el consumo a la protección de la vida, la salud, la seguridad, la educación, entre otros. Sin embargo, en nuestro marco jurídico no está consagrado el consumo como un derecho, lo cual deja una clara desventaja y nula protección a los ciudadanos y ciudadanas.

Esto se refleja en las cuantiosas denuncias que cada año se realizan ante Profeco y Condusef. Es decir, el Estado no tutela ni garantiza los derechos del ciudadano como consumidor. De ahí que se requiere de la denuncia de un consumidor para la intervención de la autoridad administrativa.

Cuando alguien denuncia, la resolución es únicamente sobre el quejoso. Bajo esta lógica, las sanciones, si es que existen, son siempre menores. Con esto nos damos cuenta que las malas prácticas están normalizadas con un cálculo de costo-beneficio en favor siempre de las empresas. Estos no son errores casuales ni aislados, sino una forma de robo o fraude, donde las víctimas siempre son los consumidores.

Para acabar con estas prácticas debemos por mandato de ley garantizar el derecho de la colectividad y no solo del quejoso.

Si el Estado asume la tutela de los consumidores, cuando se identifiquen malas prácticas comerciales se podrá obligar a la reparación del daño de todas las víctimas, no solo de una persona.

Ante este escenario, resulta imperativo elevar a rango constitucional los derechos del ciudadano en su calidad de consumidor, toda vez que estos son vehículos sociales de protección general, vinculados a los derechos sociales, económicos y humanos.

Recordemos, compañeras y compañeros, que proteger los derechos de las y los ciudadanos en su calidad de consumidores, es proteger su derecho a mejores condiciones de vida, bienestar y desarrollo. Es combatir también la corrupción e impunidad, corrigiendo así las asimetrías que existen entre las grandes empresas y los ciudadanos, consolidando las bases para un México más justo.

Por lo anterior expuesto y con fundamento se somete, y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforma el segundo y tercer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue.

Artículo 28, párrafo segundo. En consecuencia, la ley castigará severamente a las autoridades, perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento, en una o pocas manos, de los artículos de consumo necesario y que tengan por objeto obtener el alza de los precios.

Todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales o comerciantes o empresarios de servicios que de cualquier manera hagan para evitar la libre concurrencia de la competencia entre sí o para obligar a los ciudadanos consumidores a pagar precios exagerados y en general todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas con perjuicio del público en general o de alguna clase social.

Párrafo tercero. Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de estos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como en el alza de precios.

El Estado establecerá las normas y las garantías para el goce, ejercicio y la protección de los derechos ciudadanos en su calidad de consumidor, para lo cual la ley propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.

Por un México libre, con justicia, dignidad e integridad. Es cuanto, señor presidente, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Vicente Alberto Onofre Vázquez, del Grupo Parlamentario del PES

El suscrito, Vicente Alberto Onofre Vázquez, diputado federal de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día no podemos concebir a un ciudadano desvinculado del consumo. Diariamente adquirimos o utilizamos productos, bienes y servicios para satisfacer nuestras necesidades; en estas acciones cotidianas, ejercemos muchos de nuestros derechos fundamentales.

Los derechos del consumidor en México fueron reconocidos a partir de la segunda mitad del siglo XX; antes, estos derechos se inferían de la celebración de contratos en los términos de los Códigos de Comercio o Civil, según fuere el caso, y en términos generales, se sustentaban en el principio de la autonomía de la voluntad.

De acuerdo con José Ovalle Favela, la evolución de los derechos del consumidor en México, hasta llegar a la Ley Federal de Protección al Consumidor que actualmente se encuentra vigente en nuestro país, pasó por cinco principales acontecimientos, a saber:

1. La Carta Europea de Protección de los Consumidores.

En 1973 la Asamblea Consultiva del Consejo de Europa emitió la resolución 543/73, con la que aprobó el texto definitivo de la Carta Europea de Protección de los Consumidores. Esta Carta reconoció los siguientes cuatro derechos fundamentales de los consumidores:

a) El derecho a la protección y a la asistencia de los consumidores.

b) El derecho a la reparación del daño.

c) El derecho a la información y a la educación.

d) El derecho de los consumidores a organizarse en asociaciones y a ser representados.

2. El Programa Preliminar y las directivas de la Comunidad Económica Europea.

El 14 de abril de 1975, el Consejo de las Comunidades Europeas aprobó el Programa Preliminar de la Comunidad Económica Europea para una Política de Protección e Información a los Consumidores. En el Programa se reconocieron los siguientes cinco derechos fundamentales del consumidor:

a) El derecho a la protección de la salud y la seguridad de los consumidores.

b) El derecho a la protección de los intereses económicos de los consumidores.

c) El derecho a la reparación de los daños.

d) El derecho a la información y a la educación del consumidor.

e) El derecho a la representación (derecho a ser escuchado).

3. Directrices de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la protección al consumidor.

Como resultado de las gestiones que realizó la International Organization of Consumer Unions (IOCU, que después se convertiría en la Consumers International), la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el 16 de abril de 1985 la resolución 39/248, en la cual, se establecieron las Directrices para la Protección al Consumidor, como un conjunto de bases sobre las cuales los Estados miembros deben desarrollar sus políticas y leyes de protección al consumidor.

Las directrices dieron por primera vez a los derechos del consumidor un carácter universal, reconociendo de forma implícita los siguientes seis derechos fundamentales de los consumidores.

a) La protección de los consumidores frente a los riesgos para su salud y su seguridad.

b) La promoción y protección de los intereses económicos de los consumidores.

c) El acceso de los consumidores a una información adecuada.

d) La educación del consumidor.

e) La posibilidad de compensación efectiva al consumidor.

f) La libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores.

4. El Código brasileño de defensa del consumidor.

El Programa Preliminar y las Directrices de 1985 influyeron en el Código de Defensa del Consumidor del Brasil (Ley Federal número 8 mil 78, del 11 de septiembre de 1990), en cuyo artículo 6o. se reconocieron como derechos básicos del consumidor, los cuatro siguientes derechos:

a) El derecho a la protección de la salud y la seguridad (aunque también se agrega la protección a la vida, que lógicamente se encuentra implícita en la salud y la seguridad);

b) El derecho a la educación;

c) El derecho a la información, y

d) El derecho a la prevención y reparación de los daños.

5. La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) mexicana de 1992.

La LFPC se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1992, la cual, para su elaboración tomo como base el artículo 6o. del Código brasileño, pero sustituyo la expresión derechos básicos por la de principios básicos, a pesar de que la Ley recoge los derechos señalados en el Programa Preliminar de 1975 y en las Directrices de 1985, así como los derechos básicos reconocidos en el Código brasileño.

En el artículo 1o. de la LFPC se reconocen los siguientes derechos básicos:

a) El derecho a la protección de la vida, la salud y la seguridad del consumidor.

b) El derecho a la educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios.

c) El derecho a la información.

d) El derecho a la efectiva prevención y reparación de daños.

e) El derecho al acceso a los órganos administrativos.

f) El derecho a la protección de los intereses económicos de los consumidores.

La publicación de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) permitió establecer las bases para la defensa y protección de los consumidores en nuestro país, en armonía con nuestra Carta Magna, equilibrando las desigualdades entre el comerciante y los consumidores. Sin embargo, la industrialización, el crecimiento de las ciudades y la especialización del trabajo, han generado cambios culturales, sociales y económicos, que a su vez han repercutido en las formas de venta, distribución y consumo de bienes y servicio. De ahí que, es necesario cambien también las maneras de concebir a los consumidores y por los tantos las normas que los protegen.

Paralelamente, con la evolución y desarrollo de los medios de producción y los mercados, el comercio pasó de ser sólo el intercambio de productos básicos de subsistencia, a ser un factor de crecimiento económico para las naciones. Se diversificaron y multiplicaron las formas y volúmenes de comercialización, las economías de mercado y de consumo, en las cuales, es inherente la certeza jurídica de las transacciones y donde la confianza de los consumidores se vuelve un catalizador para la innovación y la competitividad de los mercados, convirtiéndose en un aspecto a tutelar como parte de la política económica.

En suma, en nuestros días es imposible pensar que el ciudadano común en su calidad de consumidor tiene condiciones de igualdad frente a sus proveedores y, por ende, similares circunstancias de acción, operación y defensa. Es evidente que la asimetría entre ambas partes en las relaciones comerciales, pone en la posición de desventaja al ciudadano consumidor frente a las industrias y empresas transnacionales o globales. Ante esta desventaja, el Estado debe equilibrar esta relación imponiendo reglas y aplicar toda su fuerza para hacerla valer.

Es decir, frente a la evolución de los derechos humanos, sociales, ciudadanos, culturales, económicos, políticos, etc., resulta imposible entender al consumidor únicamente como actor económico, es necesario ampliar nuestra visión para asumirlo como un sujeto de derechos y dotarlo de los elementos jurídicos y el andamiaje institucional para efectivamente garantizados.

Los derechos del consumidor, de manera semejante al resto de los derechos, parten de la necesidad de ser objetivados y respetados, de lo contrario, se deja en una situación de franca vulnerabilidad, indefensión y abandono al ciudadano que los detenta. Es por eso, que de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que México es parte, el Estado está obligado a otorgar certidumbre jurídica a las personas que se encuentren en el territorio, garantizando derechos y obligaciones. Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publico la Tesis: 1a. CXLI/2017 (10a.), en octubre de 2017, donde determina el que el derecho al acceso a la justicia comprende el derecho de acción que permite al gobernado acudir a tribunales independientes e imparciales a plantear una pretensión o defenderse de ella, con el fin de que a través de un proceso en el que se respeten ciertas formalidades, se decida sobre la pretensión o la defensa, y, en su caso, se ejecute esa decisión, mismo que para el caso concreto de los consumidores, se establece lo siguiente:

Derecho al acceso a la justicia. Su relevancia tratándose de consumidores. El derecho al acceso a la justicia comprende el derecho de acción que permite al gobernado acudir a tribunales independientes e imparciales a plantear una pretensión o defenderse de ella, con el fin de que a través de un proceso en el que se respeten ciertas formalidades, se decida sobre la pretensión o la defensa, y, en su caso, se ejecute esa decisión. Ahora bien, este derecho tiene una especial relevancia tratándose de los consumidores, por las dificultades que su ejercicio representa para este colectivo como consecuencia de la posición de vulnerabilidad en la que se ubica. En efecto, los consumidores son un grupo vulnerable, en el sentido de que carecen de suficiente organización, información y capacidad de negociación frente a los proveedores de bienes y servicios. Como consecuencia, es fundamental que las normas que rigen los procedimientos para la defensa de los consumidores sean comprendidas y aplicadas a la luz del derecho al acceso a la justicia, con el propósito de lograr una tutela efectiva de sus intereses y derechos. En ese contexto, hay que destacar que el derecho al acceso a la justicia de los consumidores puede verse afectado por normas que impongan requisitos impeditivos u obstaculizadores del acceso a la justicia, si tales trabas resultan innecesarias, excesivas o carentes de razonabilidad o proporcionalidad, respecto de otros fines que lícitamente puede perseguir el legislador. Por lo tanto, para poder concluir que existe un verdadero acceso a la justicia por parte de los consumidores, es necesario que previamente se advierta que no existen impedimentos jurídicos o fácticos que sean carentes de racionalidad, proporcionalidad o que resulten discriminatorios.”

En este tenor, para la protección de los derechos fundamentales, es necesario determinar sus alcances en las relaciones entre particulares, para dar cabal cumplimiento a lo que mandata la Ley Suprema de la Nación. La Tesis Jurisprudencia: 1a./J. 15/2012 (9a.) mediante la cual la Primera Sala de la (SCJN) determinó que los derechos fundamentales previstos en la Constitución gozan de una doble cualidad, ya que por un lado se configuran como derechos públicos subjetivos (función subjetiva), por el otro se traducen en elementos objetivos que informan o permean todo el ordenamiento jurídico, incluyendo aquellas que se originan entre particulares (función objetiva), a saber:

Derechos fundamentales. Su vigencia en las relaciones entre particulares. La formulación clásica de los derechos fundamentales como límites dirigidos únicamente frente al poder público, ha resultado insuficiente para dar respuesta a las violaciones a dichos derechos por parte de los actos de particulares. En este sentido, resulta innegable que las relaciones de desigualdad que se presentan en las sociedades contemporáneas, y que conforman posiciones de privilegio para una de las partes, pueden conllevar la posible violación de derechos fundamentales en detrimento de la parte más débil. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no ofrece ninguna base textual que permita afirmar o negar la validez de los derechos fundamentales entre particulares; sin embargo, esto no resulta una barrera infranqueable, ya que para dar una respuesta adecuada a esta cuestión se debe partir del examen concreto de la norma de derecho fundamental y de aquellas características que permitan determinar su función, alcance y desenvolvimiento dentro del sistema jurídico. Así, resulta indispensable examinar, en primer término, las funciones que cumplen los derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico. A juicio de esta Primera Sala, los derechos fundamentales previstos en la Constitución gozan de una doble cualidad, ya que si por un lado se configuran como derechos públicos subjetivos (función subjetiva), por el otro se traducen en elementos objetivos que informan o permean todo el ordenamiento jurídico, incluyendo aquellas que se originan entre particulares (función objetiva). En un sistema jurídico como el nuestro -en el que las normas constitucionales conforman la ley suprema de la Unión-, los derechos fundamentales ocupan una posición central e indiscutible como contenido mínimo de todas las relaciones jurídicas que se suceden en el ordenamiento. En esta lógica, la doble función que los derechos fundamentales desempeñan en el ordenamiento y la estructura de ciertos derechos, constituyen la base que permite afirmar su incidencia en las relaciones entre particulares. Sin embargo, es importante resaltar que la vigencia de los derechos fundamentales en las relaciones entre particulares, no se puede sostener de forma hegemónica y totalizadora sobre todas y cada una de las relaciones que se suceden de conformidad con el derecho privado, en virtud de que en estas relaciones, a diferencia de las que se entablan frente al Estado, normalmente encontramos a otro titular de derechos, lo que provoca una colisión de los mismos y la necesaria ponderación por parte del intérprete. Así, la tarea fundamental del intérprete consiste en analizar, de manera singular, las relaciones jurídicas en las que los derechos fundamentales se ven encontrados con otros bienes o derechos constitucionalmente protegidos; al mismo tiempo, la estructura y contenido de cada derecho permitirá determinar qué derechos son sólo oponibles frente al Estado y qué otros derechos gozan de la pretendida multidireccionalidad.”

Es importante señalar que, derivado de la importancia que implican los derechos de los consumidores, países como Brasil, Argentina y España, han instituido los derechos del consumidor en sus Constituciones, a saber:

-República Federativa de Brasil de 1988

“Artículo 5. Todos son iguales ante la ley, sin distinción de cualquier naturaliza, garantizándose a los brasileños y a los extranjeros residentes en el País la inviolabilidad del derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la seguridad y a la prioridad, en los siguientes términos:

1 a 30...

31. el Estado promoverá, en la forma de la ley, la defensa del consumidor;

32 a 76...”

“Artículo 170. El orden económico, fundado en la valoración del trabajo humano y en la libre iniciativa, tiene por fin asegurar a todos una existencia digna, de acuerdo con los dictados de la Justicia Social, observando los siguientes principios:

1 a 4...

5. defensa del consumidor;

6 a 9...

.....”

-Constitución de la Nación Argentina

“Artículo 42. Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.

Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.

La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.”

-Constitución española

“Artículo 51 Defensa de los consumidores

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la ley establezca.

3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.”

En el caso de nuestro país, los derechos del consumidor se encuentran centrados en el ramo del mercado que se busca regular y no se les ha dado la importancia que ameritan. Desafortunadamente, no se considera a las personas como potenciales y permanentes consumidores, dotándoles así de derechos; se les ve como agentes económicos limitados de derechos y obligaciones como consecuencia de su acción de consumir. Lo anterior, no obstante que ninguna persona podría sustraerse a su rol de consumidor, independientemente de qué consuma.

La disparidad entre proveedores y consumidores, así como una deficiente regulación que garantice la debida protección jurídica del Estado, ha derivado en una serie de abusos, los cuales, se ven reflejados en las miles de denuncias realizadas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), así mismo, es de suma importancia que los derechos del consumidor se vean atendidos de forma inmediata, dando certidumbre jurídica de acuerdo a las institución antes mencionada y facilitar de herramientas necesarias para ejercer y procurar los derechos de toda la ciudadanía.

Esto implica un cambio de paradigma en el entendimiento del consumo, de la visión de relación entre particulares a entenderlo como el ejercicio de derechos en un mundo capitalista y global. En el paradigma actual el consumidor lo es hasta que pretende adquirir frente a un proveedor; en el planteamiento que se hace, el consumidor lo es porque no existe forma en que se abstraiga de los intercambios de bienes y servicios. En este nuevo modelo la protección del Estado debe actuar para erradicar los abusos y garantizar la protección de los consumidores.

De esta forma, el Estado deberá actuar en la asimetría que existe entre el proveedor y consumidor, ya no atendiendo quejas y protegiendo exclusivamente al afectado o quejoso. Además, ahora deberá asumir la tutela de los consumidores que, pese a pesar de gozar del derecho y la razón, no reacciona ante las malas prácticas. Esta falta de cultura de consumidor es comparable con la falta de una cultura del trabajador frente al derecho al trabajo y ahora corresponde, pensando en el bien común, instituir mecanismos que obliguen al auto control de las grandes empresas.

En un afán de lucro, las empresas calculan el costo beneficio de romper reglas o ejercer malas prácticas que afectan al consumidor, con conductas que dañan azarosamente a un universo de consumidores, que son víctimas pasivas, que no denuncian o se quejan, y que representan una ganancia mayor que el costo de indemnizar a los ciudadanos que hacen valer sus derechos como consumidor.

La tutela del Estado debe fundarse en el hecho de que esas malas prácticas están normalizadas, con un cálculo del costo beneficio, y para acabar con ellas se debe actuar garantizando el derecho de la colectividad, ya no sólo del quejoso. Para ejemplificar esto desde el absurdo, imaginemos en el contexto del derecho a la libertar y del trabajo digno, un esclavo debiera levantar su denuncia o queja y el Estado únicamente le restituiría la libertad a él y el resto de los esclavos que trabajan y cohabitan con el que se quejó, permanecieran con el conocimiento de las autoridades en cautiverio.

El nivel de problema que enfrentamos en el goce de los derechos a razón de ser consumidores, se encuentra en ese nivel de vulnerabilidad. La autoridad únicamente vela por el derecho de los consumidores que ejercen su ciudadanía y las empresas liberan lotes de productos defectuosos, sabiendo que cada reclamo es parte de la perdida y las victimas pasivas una ganancia. Si el Estado asume la tutela de los consumidores, cuando identifique conductas como la arriba descrita, podrá obligar al proveedor a la reparación del daño de todas las víctimas, asumiendo el costo que implique, más allá de la perdida original por el lote defectuoso. Esta forma de justicia, en el cálculo del costo beneficio, inhibiría este ejemplo de mala práctica.

La protección de los derechos del consumidor permitirá establecer reglas básicas para mantener el equilibrio en las relaciones de consumidores y comerciantes a través de un marco jurídico en el que el gobernado tenga la potestad de acudir a los tribunales competentes a demandar la defensa de sus intereses como derechos fundamentales, inherentes al ser humano como parte de su desarrollo integral y la autoridad atenderá a estos atento al bien general de los consumidores.

La Tesis: 1a. XCVIII/2015 (10a.), establece que, de acuerdo con la normativa en la materia, la Profeco es el ente público encargado de promover y proteger los derechos e intereses de los consumidores en general, teniendo facultades para tomar todas aquellas medidas que considere necesarias para hacer efectiva esa protección, incluyendo la promoción de acciones, la interposición de recursos, y la realización de trámites y gestiones que se requieran (...).

Procuraduría Federal del Consumidor. Tiene facultad para ejercer acciones y realizar trámites y gestiones en representación de los intereses de los consumidores. La Procuraduría citada es el órgano encargado de promover y proteger los derechos e intereses de los consumidores, para lo cual, el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor le da amplias facultades para tomar todas aquellas medidas que considere necesarias para hacer efectiva esa protección, incluyendo la promoción de acciones, la interposición de recursos, y la realización de trámites y gestiones que se requieran, sin imponer limitación alguna en cuanto al tipo de acciones o recursos que puede promover. Asimismo, la fracción II del precepto citado le permite ejercer acciones “en representación de los intereses” de los consumidores, en cumplimiento de las atribuciones que le da la ley, esto es, cuando ejerce acciones judiciales con base en dicha fracción, su pretensión no está dirigida a demostrar la vulneración en la esfera jurídica de uno o varios consumidores individualmente identificados, sino a hacer efectivas las disposiciones de la ley, como es el caso de las prohibiciones expresas que en ésta se establecen respecto del contenido de los contratos de adhesión, en cuyo caso no actúa en representación de consumidores individualmente identificados, sino de los intereses de los consumidores en general, ejerciendo pretensiones que no afectarán necesariamente en forma directa la esfera jurídica de los consumidores.”

La protección de los derechos del consumidor permitiría establecer reglas básicas para mantener el equilibrio en las relaciones de consumidores y comerciantes a través de un debido proceso en el que el gobernado tenga la potestad de acudir a los tribunales competentes a demandar la defensa de sus intereses como derechos fundamentales, inherentes al ser humano como parte de su desarrollo integral.

Con el objetivo de reforzar la presente iniciativa, se incluye una tesis publicada por la SCJN. Es de suma importancia la protección del consumidor, porque responde al equilibrio que debe existir entre éste y los comerciantes.

Consumidor. El derecho a su protección tiene rango constitucional. Tras la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983, el Constituyente Permanente elevó a rango constitucional el derecho de protección al consumidor, y desde entonces prevé un mandato para que el legislador establezca reglas de protección al consumidor y reconoce el derecho de organización de los consumidores para la mejor defensa de sus intereses, lo cual responde a la situación de desventaja en que se encuentran como individuos aislados frente a los actores con los que interactúan en la dinámica del mercado, y al hecho de que existen derechos de los consumidores que, cuando son objeto de violación en masa o en grupo, adquieren mayor relevancia que lo que puedan representar las repetidas instancias de violación individual. En ese sentido, la Ley Federal de Protección al Consumidor da contenido al derecho social previsto en el artículo 28 constitucional, ya que en aquélla se atribuyeron a la Procuraduría Federal del Consumidor las facultades que se consideraron necesarias para que la protección del derecho de los consumidores sea eficaz y se establecieron los mecanismos para realizar dicha protección.”

El ciudadano es un consumidor todo el tiempo. De ahí que, los derechos del consumidor son derechos ciudadanos. Incluso, se puede deducir que es imposible hoy en día ejercer nuestra ciudadanía si no somos consumidores, inclusive, el bienestar y las posibilidades de desarrollo van ligadas al consumo, el cual, cada vez se hace más complejo y a través de grandes compañías.

Ejemplo de lo anterior, es que, en nuestros días vemos ya como algo insignificante las controversias suscitadas entre la “tiendita de la esquina” que no venden kilogramos completos de azúcar o de huevo. Ya que hoy, la mayoría de las compras se hacen en tiendas de autoservicio y de conveniencia que forman parte de una gran cadena empresarial, las cuales, dicho sea de paso, han acabado con los micro y pequeños comercios.

En otras palabras, la controversia no está entre dos particulares o entre un particular y un pequeño negocio, sino que está situada en una clara desigualdad entre empresas multimillonarias muchas veces transnacionales y un particular.

Lo anterior significa que, por más favorecido que parezca un ciudadano, siempre está vulnerable frente a sus proveedores. Ahora bien, pensemos que, la mayoría de los mexicanos no son económicamente favorecidos, sino todo lo contrario. Entonces esta vulnerabilidad se hace más honda y difícil de superar.

En tal virtud, es menester reconocer que los derechos del consumidor son derechos ciudadanos, lo cual implica una adecuada regulación, que parta del reconocimiento de la necesaria intervención del Estado, en aras de garantizarle en su calidad de consumidor, el pleno goce y ejercicio de sus derechos.

El ciudadano consumidor es el último eslabón de una cadena de productos y servicios que les son imprescindibles para cubrir una serie de necesidades fundamentales, de ahí que, es necesario reconocer plenamente sus derechos en el estatus que le corresponden para protegerlo de los latentes abusos a los que está expuesto.

Es urgente corregir desde la norma fundamental, las relaciones inequitativas e injustas que, la falta de reconocimiento de los derechos del ciudadano consumidor ha provocado. Es evidente que la magnitud e importancia de una obligación está relacionada con el derecho al que responde y con la calidad del sujeto que lo poseé.

Ante este escenario, resulta imperativo elevar a rango constitucional los derechos del ciudadano en su calidad de consumidor, toda vez que éstos son vehículos sociales de protección general, vinculados a derechos sociales, económicos y humanos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Proyecto de decreto

Único. Se reforma el segundo y tercer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 28. ...

En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los ciudadanos consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.

Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. El Estado establecerá las normas y las garantías para el goce, ejercicio y la protección de los derechos ciudadanos en su calidad de consumidor, para lo cual, la ley propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.

...

I. a XII.

Artículos Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de un plazo de noventa días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas legislativas que correspondan.

Notas

1 Derechos de los Consumidores, José, Ovalle Favela, 2015, UNAM, disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/56/tc.pdf

2 Idem.

3 Programa Nacional de Protección a los Derechos del Consumidor 2013-2018, SEGOB, 2014,

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5343849&fecha=08/05/2014

4 Tesis: 1a. CXLI/2017 (10a.), Décima Época, Primera Sala, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 47, octubre de 2017, Tomo I, Pag. 489.

5 159936. 1a./J. 15/2012 (9a.). Primera Sala. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XIII, Octubre de 2012, Pág. 798.

http://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/159/159936.pdf

6 2008645. 1a. XCVIII/2015 (10a.). Primera Sala. Décima Época. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 16, Marzo de 2015, Pág. 1105.

https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/2008/2008645.pdf

7 2008636. 1a. XCVII/2015 (10a.). Primera Sala. Décima Época. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 16, Marzo de 2015, Pág. 1094.

https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/2008/2008645.pdf

8 2008636. 1a. XCVII/2015 (10a.). Primera Sala. Décima Época. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 16, Marzo de 2015, Pág. 1094

https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/2008/2008636.pdf

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 25 de septiembre de 2018.— Diputado Vicente Alberto Onofre Vázquez(rúbrica).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

VOLUMEN II



LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

El diputado Santiago González Soto:Con la venia, señor presidente. Muy buenas tardes, compañeros diputados, compañeras diputadas, vamos acabando con el saqueo de nuestro patrimonio nacional a través de las concesiones leoninas de autopistas y carreteras.

A nombre del grupo legislativo del Partido del Trabajo vengo con el propósito de regular la vigencia de los plazos máximos establecidos en las concesiones y permisos en la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de caminos y puentes en la actualidad, y al amparo de lo establecido en el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entidad responsable de estas concesiones, ha otorgado concesiones de manera descarada por 45 y 60 años.

Queremos hacer del conocimiento de este pleno que este artículo 6o. se instituyó cuando los plazos máximos en la vigencia de las concesiones carreteras no consideraban periodos mayores a 15 años, lo que permitía a la entidad contratante que al existir motivos y causas debidamente fundamentados, la duplicidad de la vigencia de concesión originalmente contemplada en ningún momento rebasaba los 30 años que se hayan establecido en el artículo 6o., párrafo tercero de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y tuvo su funcionalidad hasta el año 2002, cuando el señor Vicente Fox modificó este artículo.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes fijó una vigencia mínima de 30 años en las concesiones de carreteras, autopistas y puentes, lo que ha ocasionado que en la actualidad se tengan concesiones carreteras de 45 y 60 años.

En la comparativa de las concesiones se puede apreciar que la SCT, argumentando la falta de claridad del mencionado artículo 6o., párrafo tercero de la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal, ha permito el establecimiento de hasta 60 años de plazo en la concesión otorgada, causando con esas acciones un incalculable daño patrimonial al erario público de la nación.

Con el objeto de evitar que las entidades federativas continúen otorgando a su criterio estos excesivos plazos concesionarios, y que para que el tiempo de vigencia del título concesionario esté más acorde al tiempo de vida de la obra es por lo que proponemos a consideración de este pleno la siguiente propuesta de modificación al artículo 6o. de la ley. Que las concesiones se otorgarán hasta por un plazo que no exceda los 40 años y no podrán prorrogarse, bajo ninguna circunstancia, hasta que se haya cumplido la quinta parte de la vigencia de las mismas. A fin de que la prórroga pueda ser considerada el concesionario deberá haber cumplido con las condiciones impuestas en el título de concesión.

Con esta propuesta legislativa el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acerca el poder a la gente, permite que los ciudadanos determinen en beneficio de los mexicanos el tipo de obra que realmente le beneficie y no como por desgracia ha ocurrido, que se construye solamente para llevarse una comisión o moche, sin importar las reales necesidades de las comunidades. Es cuanto, diputado presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Santiago González Soto, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo que se dispone en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Con el propósito de regular la vigencia de los plazos máximos establecidos en las concesiones y permisos en la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de caminos y puentes, en la actualidad y al amparo de lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entidad responsable de estas concesiones, ha otorgado concesiones por 45 y por 60 años.

Queremos hacer del conocimiento de este pleno, que este articulo 6 se instituyó cuando los plazos máximos en la vigencia de las concesiones carreteras, no consideraban periodos mayores a 15 años, lo que permitía a la entidad contratante que al existir motivos y causas debidamente fundamentados, la duplicidad de la vigencia de concesión originalmente contemplada, en ningún momento rebasaba los 30 años que se hayan establecidos en el Artículo 6 párrafo 3 de la ley de caminos, puentes y Autotransporte Federal y tuvo su funcionalidad hasta el año 2002 tal y como se demuestra en las siguientes tablas:

Desde el año 2003, La Secretaría de Comunicaciones y Transporte fijo una vigencia mínima de 30 años en las concesiones de carreteras, autopistas y puentes lo que ha ocasionado que en la actualidad de tengan concesiones carreteras de 45 y 60 años tal y como lo ejemplifica el siguiente recuadro:

En la comparativa de estas tablas se puede apreciar que la SCT argumentando la falta de claridad del mencionado artículo 6 párrafo 3 de la ley de caminos, puentes y Autotransporte Federal, ha permitido el establecimiento de hasta 60 años de plazo en la concesión otorgada, causando con esas acciones un incalculable daño patrimonial.

Con el objeto de evitar que las entidades federativas continúen otorgando a su criterio estos excesivos plazos concesionarios y para que el tiempo de vigencia del título concesionario este más acorde al tiempo de vida de obra, es por lo que proponemos a consideración de este pleno la siguiente propuesta de modificación al artículo 6o. de la ley

Que las concesiones se otorgaran hasta por un plazo que no exceda los 40 años y no podrán prorrogarse bajo ninguna circunstancia hasta que se haya cumplido la quinta parte de la vigencia de las mismas, a fin de que la prórroga pueda ser considerada, el concesionario deberá haber cumplido con las condiciones impuestas en el titulo concesión.

Con esta propuesta legislativa el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acerca el poder a la gente, permite que la ciudadanía determine, en su beneficio, el tipo de obra que realmente le beneficie y no, como por desgracia ha ocurrido, que se construye sólo para llevarse una “comisión o moche”, sin importar las reales necesidades de las comunidades.

Por las consideraciones antes expuestas, sometemos a su consideración la siguiente

Iniciativa por la que se reforma el párrafo tercero del artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Artículo Único. Se reforma el artículo 6, párrafo 3, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal,para quedar como sigue

Artículo 6. “Se requiere de concesión para construir, operar, explotar, conservar y mantener los caminos y puentes federales.

Las concesiones se otorgarán a mexicanos o sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, en los términos que establezca esta ley y los reglamentos respectivos.

Las concesiones se otorgarán hasta por un plazo que no exceda los 40 años y no podrán prorrogarse bajo ninguna circunstancia hasta que se haya cumplido la quinta parte de la vigencia de las mismas, a fin de que la prórroga pueda ser considerada, el concesionario deberá haber cumplido con las condiciones impuestas en el título de concesión.”

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, el día 25 de septiembre de 2018.— Diputado y diputada: Santiago González Soto, María de los Angeles Gutiérrez Valdez(rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Alan Jesús Falomir Saenz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Alan Jesús Falomir Saenz: Con su venia, señor diputado presidente. México se encuentra ubicado en una situación geográfica privilegiada en muchos sentidos. Sin embargo, esta misma condición lo coloca también en riesgo frente a diversos fenómenos naturales y meteorológicos ante los cuales debemos hacer frente.

Además, la dinámica de crecimiento de nuestra población nos obliga a la implementación de protocolos, esquemas y planes de prevención de desastres para minimizar los efectos negativos de esos eventos.

En esa lógica es necesario que los municipios y entidades federativas tengan una coordinación interinstitucional en un espacio de actuación, al que mucho se le debe pero poco se le reconoce y apoya. Me refiero particularmente a las corporaciones del Heroico Cuerpo de Bomberos de nuestro país. Son héroes anónimos a los cuales el Estado mexicano no ha dado el reconocimiento y valor que se merecen y que es necesario en todos los sentidos.

Los bomberos mexicanos tienen una gran historia que nace en 1524, en la época colonial, cuando recién se fundó la Ciudad de México. En esa época se elaboraron una serie de lineamientos donde se establecieron las primeras ordenanzas para los bomberos.

El 22 de agosto de 1873 fue creado el primer Cuerpo de Bomberos de México en el Puerto de Veracruz, y contaba con tan solo ocho integrantes. Desde 1956 en esta fecha se celebra el Día del Bombero.

Los bomberos son los héroes más importantes que existen en el mundo. Sus funciones no solo son apagar incendios, sino también ayudar en desastres naturales como inundaciones y terremotos, rescates en accidentes carreteros, en las alturas, bajo los escombros y en fugas de gas, entre muchas más tareas de las cuales son extremadamente difíciles y peligrosas.

Muchos de estos héroes son voluntarios, no cuentan con el equipo suficiente para realizar su trabajo y no poner en peligro sus vidas, además de percibir salarios que los obligan a tener otro empleo o actividad económica.

En México existen alrededor de 14 mil bomberos, de los cuales poco más de cuatro mil son voluntarios, tal como lo informó el presidente de la Asociación Mexicana de Jefes de Bomberos para el diario MVS Noticias.

En Argentina, por ejemplo, según un informe del diario El Clarín, a finales de 2016 se tenía un registro de poco más de 43 mil bomberos voluntarios, siete mil de ellos mujeres, en casi 900 cuarteles en todo el país, con un salario promedio mensual de 16 mil pesos mexicanos al mes. Mientras que los bomberos en Estados Unidos reciben un salario mensual aproximadamente de 60 mil pesos mexicanos, cuando en nuestro país pueden llegar a ganar un máximo de 10 mil pesos mensuales.

Lo verdaderamente injusto aquí, es que quienes ponen en mayor peligro su vida y rescatan tanto a personas como a animales, reciban como salario una cantidad que resulta insultante. Además, por dar ejemplos, un traje de bombero puede llegar a costar hasta 25 mil pesos, mientras que las unidades móviles cuestan alrededor de entre 15 y 25 mil dólares, por lo que para apoyar a comprar o reparar equipos, los bomberos mexicanos tienen que hacer diferentes actividades como colectas o buscar apoyos de representantes privados para subsanar dichas necesidades.

Debería ser un hecho de dignidad que los bomberos reciban el mejor equipamiento y la mejor capacitación para mejorar sus capacidades y su desempeño en esta importante labor social.

Actualmente los bomberos en casi todas las entidades federativas no cuentan con personalidad jurídica, ni son reconocidos en otras tantas legislaciones locales, salvo en entidades como la Ciudad de México que cuenta con la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal que data del año de 1998, o la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada en la Gaceta Oficial del gobierno del estado el mes de agosto de 2018. Además, que existen casos como el de Nuevo León, donde es una asociación civil la que se encarga de dar el servicio de bomberos en todos los municipios del estado.

Por ello es necesario proponer que otra de las funciones en servicios públicos de los municipios en nuestro país sea la organización, atención y apoyo a los bomberos en aquellos municipios que cuenten con un cuerpo de bomberos independientemente de su número de integrantes.

Que tengan visibilidad en la legislación para que las entidades federativas destinen no solo recursos en sus presupuestos, sino la obligación de desarrollar un programa integral para reconocerlos en la legislación local y crear las condiciones para que en el corto plazo se sienten las bases para una Ley General de Bomberos en México.

Es por ello que esta iniciativa propone no solo visibilizar a este grupo de hombres y mujeres que ofrecen la vida para salvar a alguien en riesgo, sino también como un reconocimiento urgente a dar certeza jurídica, económica y social, así como su accionar y garantizar que la sociedad mexicana merece y necesita -ante los recientes fenómenos naturales y antropogénicos- los servicios de un cuerpo heroico de bomberos como un servicio público del municipio con apoyo de los gobiernos estatales y federal, así como de la sociedad civil organizada.

Por lo antes expuesto y fundado, se somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115, fracción III, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue el artículo 115 en la fracción III.

Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

h). Seguridad pública en los términos del artículo 21 de esta Constitución, Policía Preventiva Municipal, Tránsito y Cuerpo de Bomberos. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alan Jesús Falomir Sáenz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Alan Jesús Falomir Sáenz, diputado federal del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de la LXIV legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III, inciso h), del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del servicio público del honorable Cuerpo de Bomberos bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

México se encuentra ubicado en una situación geográfica privilegiada en muchos sentidos, sin embargo, esta misma condición lo coloca también en riesgo frente a diversos fenómenos naturales y meteorológicos ante los cuáles debemos hacer frente. Además, la dinámica de crecimiento de nuestra población nos obliga a la implementación de protocolos, esquemas y planes de prevención de desastres para minimizar los efectos negativos de esos eventos.

En esa lógica, es necesario que los municipios y entidades federativas tengan una coordinación interinstitucional en un espacio de actuación que al que mucho se le debe, pero poco se le reconoce y apoya. Me refiero particularmente a las corporaciones del Heroico Cuerpo de Bomberos en nuestro país. Son héroes anónimos a los cuales el Estado Mexicano nos ha dado el reconocimiento y valor que se merecen y que es necesario hacer en todos los sentidos.

Los bomberos mexicanos tienen una gran historia que nace en 1524 en la época colonial, cuando recién se fundó la ciudad de México, en esa época se elaboraron una serie de lineamientos donde se establecieron las primeras ordenanzas para los bomberos.

En el año de 1871, se publica en el Diario Oficial, una serie de disposiciones encaminadas a la formación de una compañía de bomberos profesional, que fuera integrada por la guardia civil municipal, la adquisición de bombas y otros utensilios. y se le hace saber al entonces Gobernador del Distrito Federal que, por orden presidencial, el Ayuntamiento es responsable del combate y control de incendios. El 22 de agosto de 1873, fue creado el primer cuerpo de bomberos de México en el Puerto de Veracruz, y contaba tan solo con ocho integrantes. Desde 1956 en esta fecha se celebra el Día del Bombero.

Los bomberos son los héroes más importantes que existen en el mundo, sus funciones no sólo son apagar incendios, sino también ayuda en desastres naturales como inundaciones y terremotos, rescates en accidentes carreteros, en las alturas, bajo los escombros y en fugas de gas, entre muchas más tareas de las cuales son extremadamente difíciles y peligrosas. Muchos de estos héroes son voluntarios, no cuentan con el equipo suficiente para realizar su trabajo y no poner en peligro sus vidas, además de percibir salarios que los obliga a tener otro empleo o actividad económica.

En México existen alrededor de 14 mil bomberos, de los cuales poco más de 4 mil son voluntarios tal como informó el Presidente de la Asociación Mexicana de Jefes de Bomberos (AMJB), para el Diario MVS Noticias. En Argentina según un informe del Diario “El Clarín”, a finales del 2016 se tenía un registro de poco más de 43 mil bomberos voluntarios, 7 mil de ellos mujeres, en casi 900 cuarteles en todo el país, con un salario promedio de 16 mil pesos mexicanos al mes. Mientras que los bomberos en Estados Unidos reciben un salario mensual aproximadamente de 60 mil pesos, cuando en México pueden llegar a recibir un máximo de 10 mil pesos. Lo verdaderamente injusto aquí es que quienes ponen en mayor peligro su vida y rescatan tanto a personas como a animales, reciban como salario una cantidad que resulta insultante.

Además, un traje de bombero puede llegar a costar hasta 25,000 pesos, mientras que las unidades móviles alrededor de 15 mil a 20 mil dólares, por lo que para apoyar a comprar o reparar equipos, los bomberos mexicanos hacen diferentes actividades como colectas o buscan apoyo de representantes privados para subsanar dichas necesidades. Debería ser un hecho que los bomberos reciban el mejor equipamiento y la mejor capacitación para mejorar sus capacidades y su desempeño en esta importante labor social.

Actualmente los bomberos, en casi todas las entidades federativas, no cuentan con personalidad jurídica, ni son reconocidos en otras tantas legislaciones locales. Salvo en entidades como la Ciudad de México que cuenta con la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal que data del año de 1998 o la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada en el Gaceta Oficial del Gobierno del Estado en el mes de agosto de 2018. Además de que existen casos como el de Nuevo León, donde es una asociación civil la que se encarga de dar el servicio de Bomberos en todos los municipios del estado.

Por ello, es necesario proponer que otra de las funciones en servicios públicos de los municipios en nuestro país, sea la organización, atención y apoyo a los bomberos en aquellos municipios que cuenten con un cuerpo de bomberos independientemente de su número de integrantes. Que tengan visibilidad en la legislación para que las entidades federativas destinen no sólo recursos en sus presupuestos, sino la obligación de desarrollar un programa integral para reconocerlos en la legislación local y crear las condiciones para que en el mediano plazo se sienten las bases para una Ley General de Bomberos de México.

En ese sentido, la Dirección General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, puede ser la punta de lanza para concentrar la coordinación interinstitucional con los municipios y avanzar en la coordinación nacional del cuerpo de bomberos, para la armonización legislativa, la capacitación profesional en un Colegio de Bomberos y por supuesto para la asignación de recursos presupuestales en uniformes, equipamientos y salarios dignos.

Es por ello que esta iniciativa propone no sólo visibilizar a este grupo de hombres y mujeres que ofrecen la vida para salvar a alguien en riesgo, sino también como un reconocimiento urgente a dar certeza jurídica, económica y social, así como su accionar y garantizar que la sociedad mexicana merece y necesita ante los recientes fenómenos naturales y antropogénicos, los servicios de un Heroico Cuerpo de Bomberos como un servicio público del municipio, con apoyo de los gobiernos estatales y federal, así como de la sociedad civil organizada.

Por lo antes expuesto y fundado se somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 115, fracción III, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 115, fracción III, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 115. Los estados...

III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

a) ...

i) ...

h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal, tránsito y cuerpo de bomberos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Alan Jesús Falomir Saenz,Adriana Gabriela Medina Ortíz, Ana Priscila González García, Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, Eduardo Ron Ramos, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, Geraldina Isabel Herrera Vega, Iván Arturo Rodríguez Rivera, Jacobo David Cheja Alfaro, Jorge Alcibíades García Lara, Jorge Eugenio Russo Salido, José Martín López Cisneros, Juan Carlos Muñoz Márquez, Juan Carlos Villarreal Salazar, Juan Francisco Ramírez Salcido, Julieta Macías Rábago, Kehila Abigail Ku Escalante, Lourdes Celenia Contreras González, Luis Fernando Salazar Fernández, Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, María de los Angeles Gutiérrez Valdez, Mariana Dunyaska García Rojas, Mario Alberto Ramos Tamez, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, Mario Mata Carrasco, Martha Elena García Gómez, Miguel Alonso Riggs Baeza, Pilar Lozano Mac Donald, Ruth Salinas Reyes (rúbricas).»

Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su dictamen.



LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Marco Antonio Gómez Alcantar, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Marco Antonio Gómez Alcantar:Con su permiso, presidenta. Las vías de comunicación son elementos fundamentales para el desarrollo de un país ya que permiten el traslado de personas, mercancías a través de territorio nacional.

Las funciones que cumplen los medios de transporte no se limitan únicamente a permitir el tránsito de pasajeros o mercancías, sino que trascienden a tal nivel que el cuidado y ampliación de su infraestructura se convierte en un factor primordial para el fortalecimiento de las relaciones sociales, económicas y políticas del país.

La red carretera permite, ente otras cosas, que se atiendan emergencias de manera rápida, dado que los tramos bajo la jurisdicción federal abarcan la mayor extensión, contando con conexiones a comunidades en todo el país para la atención de siniestros en los caminos como la atención de pacientes que requieran ser trasladados de un lugar a otro.

Un factor que es pertinente tomar en cuenta es que, dada la longitud de la red carretera, así como la dinámica social y económica que en ella se desarrolla, es de considerarse que por la cantidad de viajes que se realizan, aumentan las posibilidades de accidentes vehiculares como de cualquier otro tipo de incidentes.

En el caso de nuestro país, el Inegi publicó un comparativo basado en las cifras más recientes de la OMS, que arrojó el promedio de víctimas mortales a nivel mundial en donde por cada 100 mil habitantes el promedio es de 16.5 personas en el año 2013.

En este caso México se ubicó en el lugar 112 de 179 países, con 12.3 víctimas mortales por cada 100 mil habitantes.

En el Anuario Estadístico de Accidentes de Carreteras Federales 2017 que registra las estadísticas más relevantes de accidentes en la Red Carretera Federal, se estableció un total nacional de 11 mil 883 colisiones, de las cuales la mayoría se concentra de manera constante en los estados de Veracruz, Chiapas y Guanajuato, mismas que agrupan 2 mil 628 colisiones y un saldo de 571 fallecidos.

De acuerdo a este documento, las carreteras que registran el mayor número de colisiones vuelven a ser las mismas que en los últimos años, siendo estas la Puebla-Córdoba, México-Querétaro y Querétaro-San Luis Potosí, al acumular 875 colisiones las cuales dejaron un saldo de 188 personas fallecidas y 499 lesionadas.

Es derivado de lo anterior que se requiere toman en cuenta que, debido a la alta incidencia de accidentes automovilísticos en la Red Carretera Federal, así como en las vías automovilísticas contiguas, se requiere del establecimiento de acciones específicas para que los servicios de emergencia puedan llegar de manera oportuna al lugar del siniestro.

De esta manera el libre desplazamiento de vehículos auxiliares ha sido considerado dentro del diseño de políticas públicas para casos de emergencia tal y como se asienta dentro del acuerdo por el que se emite el Compendio Operativo para Plazas de Cobro 2016, en el cual se define la exención de pago de peaje para cierto tipo de vehículos, mismos que deben ser utilizados para el servicio a la comunidad.

Este acuerdo señala que los vehículos que quedan exentos de peaje son las ambulancias, Semefo, Bomberos, Policía Federal, Policía Local, Fuerzas Armadas Nacionales, Ángeles Verdes, Capufe y transporte de indocumentados.

Tomando en cuenta estos elementos, si bien el documento referido expone con claridad el tipo de vehículos que tendrán exención de peaje en las casetas de cobro de las carreteras federales, es necesario hacer la precisión dentro de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal en razón de clarificar su contenido.

Consideramos necesario determinar en la ley la exención de peaje a las casetas de cobro de carreteras federales para vehículos de emergencia por el servicio que prestan a la comunidad, trasladándose a los lugares donde ocurran accidentes con la finalidad de brindar atención a los involucrados.

De esta manera, tendremos la certeza que la exención del pago de peaje se mantenga permanentemente sin que los cambios en el diseño de políticas públicas en posteriores administraciones modifiquen esta disposición. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presenteiniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XV Bis al artículo 2o. y se modifica la fracción VIII del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las vías de comunicación son elementos fundamentales para el desarrollo de un país, ya que, en términos laxos permiten el traslado de personas y mercancías a través del territorio nacional y hacia las fronteras, dando lugar a un análisis de mayor amplitud de donde se desprenden señalamientos más puntuales que exponen la importancia de la infraestructura de transporte en México como a continuación se transcribe:

• Factor determinante para el desarrollo económico;

• Contribuye a fortalecer la paz social y la seguridad;

• Brinda comunicación permanente entre los centros de población con los polos regionales de desarrollo, centros de producción y consumo;

• Factor para elevar la competitividad: reduce costos y tiempos de transporte, facilita el acceso a mercados e integra cadenas productivas;

• El bienestar de las naciones está relacionado con el grado de desarrollo de su infraestructura;

• Facilita el acceso a servicios de educación, salud y varios más;

• Contribuye a eliminar desequilibrios regionales;

• Le da un sentido de unidad a todo el país.

Como se observa, las funciones que cumplen los medios de transporte no se circunscriben únicamente a permitir el tránsito de pasajeros o artículos, sino que trascienden a tal punto que el cuidado y ampliación de su infraestructura se convierten en factor primordial para el fortalecimiento de las relaciones sociales, económicas y políticas del país.

Considerando factores como inversión, volumen de tráfico, importancia estratégica, entre otros, el Banco Nacional de Comercio Exterior señaló a la red carretera como la infraestructura más utilizada en México, puntualizando en que la calidad de las carreteras comparativamente en América Latina, nuestro país se encuentra en los primeros lugares, sólo por debajo de Chile.

Lo anterior, se basa en los datos referentes a la longitud que cubre la red de transporte terrestre a nivel nacional, de aproximadamente 374 mil kilómetros, de los cuales 49 mil kilómetros corresponden a la red carretera federal, distribuidos en 8,400 kilómetros de cuota y 40,600 kilómetros de carreteras libres, en comparación con los 102 puertos y 15 terminales fuera de puerto, 78 aeropuertos y los cerca de 27 mil kilómetros de vías férreas.

La gran cobertura de las carreteras permite que se atiendan emergencias de manera rápida, dado que los tramos bajo la jurisdicción federal abarcan una mayor extensión con conexiones a comunidades en todo el país, tanto si se trata de siniestros en los caminos, como de posibles traslados de pacientes que deben ser trasladados por tierra.

Dada la longitud de la red, es de considerarse que la cantidad de viajes que se realizan a través de ella aumentan el potencial de accidentes o emergencias que pueden ocurrir. Prueba de lo anterior, se refleja en la información vertida en las estadísticas presentadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en cuanto al número de pasajeros y cantidad de mercancías transportadas por todo el territorio nacional que se mantiene en una tendencia en crecimiento, de acuerdo con las siguientes cifras:

La cantidad de pasajeros y de toneladas que son transportadas por vía terrestre ubica a México como uno de los mayores competidores a nivel internacional, pero también se considera como un factor de riesgo, puesto que cuanto más se utilice un medio de transporte, aumentan las posibilidades de ocasionar o sufrir un accidente, como es el caso de Estados Unidos que tiene el mayor número de toneladas y pasajeros que transitan por carretera de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), también tiene la tasa más alta de saldos en accidentes carreteros con un índice de 10.6 víctimas por cada 100 mil habitantes.

En el caso de nuestro país, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) publicó un comparativo en 2017 basado en las cifras más recientes de la OMS, mismas que arrojaron un promedio de víctimas mortales a nivel mundial por cada 100 mil habitantes de 16.5; en este caso México se ubica en el lugar 112 de 179 países con 12.3 víctimas mortales, lo cual se conoce a partir de la información que proporcionan los certificados de defunción en accidentes registrados en la Estadística de Accidentes de Tránsito Terrestre en Zonas Urbanas y Suburbanas, misma que no considera accidentes de jurisdicción federal ni tampoco contempla a aquellas que pierden la vida en los servicios médicos posterior al accidente de tránsito.

En cifras, durante 2016, se registraron un total de 360,051 accidentes en las zonas urbanas, de los cuales 67,844 (18.9 por ciento) corresponden a eventos viales en los que se identificaron víctimas heridas; en 288,213 (80.0 por ciento) se registraron solo daños y los 3,994 restantes corresponden a accidentes con al menos una persona muerta.

Asimismo, en el Anuario estadístico de accidentes de carreteras federales 2017, que registra las estadísticas más relevantes de las colisiones en la Red Carretera Federal registradas por la Policía Federal, se estableció un total nacional de 11, 883 colisiones, de las cuales la mayoría se concentra de manera constante en los estados de Veracruz (mil 291), Chiapas (676) y Guanajuato (661), mismas que agrupan 2 mil 628 colisiones y un saldo de 571 fallecidos y mil 985.

De igual manera, tal y como se señala dentro del Anuario estadístico, las carreteras que registran el mayor número de colisiones vuelven a ser las mismas que en los últimos años, siendo estas la de Puebla-Córdoba (347) y México- Querétaro (257) y Querétaro-San Luis Potosí (271), al acumular un total de 875 colisiones, las cuales dejaron un saldo de 188 personas fallecidas y 499 lesionadas.

Debemos considerar que el índice de accidentes en las carreteras necesariamente se relaciona con las llamadas de auxilio a la cual responden los servicios de emergencia, tanto federales como locales, por lo que es necesario proveerles de mejores elementos normativos para que eleven la eficacia y eficiencia en el cumplimiento de sus actividades.

Para la atención de las emergencias, el libre desplazamiento de los vehículos auxiliares ha sido considerado dentro del diseño de políticas públicas para casos de emergencia, como queda asentado en el Acuerdo por el que se emite el Compendio Operativo para Plazas de Cobro de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) 2016, en el cual se define la exención de pago de peaje para cierto tipo de vehículos, mismos que deben ser utilizados para el servicio a la comunidad, de acuerdo con los siguientes términos:

Exento: Cruce libre de pago de peaje [...]

– Vehículos al Servicio de la Comunidad. (V.S.C.): Vehículos exentos de peaje en virtud de dar un servicio social, de transporte o apoyo en los caminos y puentes, sin fines de lucro.

– Vehículos que no pagan peaje: Vehículos exentos de peaje autorizados por el FNI, en los que se consideran a los VOC (Vehículos para la Operación y Conservación) VSC (Vehículos al Servicio de la Comunidad) y VELP (Vehículos Especiales Libres de Pago)

Artículo 20. Tratándose de Vehículos al Servicio de la Comunidad (VSC) se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

Los vehículos que no se encuentran dentro de esta lista deberán forzosamente cubrir su cuota por concepto de peaje.

El acuerdo anterior nos permite contar con un marco normativo que posibilita dar plena certeza jurídica, tanto a los servidores públicos como a los particulares, sobre las disposiciones de carácter general e interno que habrán de aplicar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República en distintas materias,aplicado en las carreteras bajo la administración de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), en coordinación con diversas instituciones de seguridad y auxilio a la comunidad.

Si bien el documento referido expone con claridad el tipo de vehículos que tendrán exención de peaje en las casetas de cobro en las carreteras federales, es necesario señalar que en la ley que rige a la SCT, como organismo considerado cabeza de sector en cuanto a vías generales de comunicación haciendo referencia a las carreteras federales, no cuenta con una definición de vehículos dedicados a la atención de emergencias, y que cuenten con el beneficio permanente de exención de cuotas de peaje.

La premisa anterior surge de la consideración que se debe tener en situaciones de emergencia, toda vez que se requiere de la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y que, dada la longitud que cubren las carreteras federales, es más factible que los vehículos de emergencia se trasladen por estas vías, resultando en la necesidad de establecer en la Ley Federal de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal el señalamiento expreso para la exención mencionada, considerando que es en este ordenamiento en el que se señala las atribución de la Secretaría para establecer las bases generales de regulación tarifaria, de acuerdo con lo siguiente:

Artículo 5o. Es de jurisdicción federal todo lo relacionado con los caminos, puentes, así como el tránsito y los servicios de autotransporte federal que en ellos operan y sus servicios auxiliares.

Corresponden a la Secretaría, sin perjuicio de las otorgadas a otras dependencias de la Administración Pública Federal las siguientes atribuciones:

VIII. Establecer las bases generales de regulación tarifaria.

Consideramos necesario determinar en la ley la exención de peaje en las casetas de carreteras federales para vehículos de emergencia por el servicio que prestan a la comunidad, trasladándose a los lugares donde ocurran accidentes con la finalidad de brindar atención a los involucrados, sin considerar que también es posible que dichas unidades deban transitar por estas vías de comunicación para atender emergencias en localidades lejanas (por ejemplo, para traslado de pacientes en ambulancias, llamadas de auxilio para bomberos o policías) y no únicamente para accidentes viales.

Por lo anteriormente expuesto, las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción XV Bis al artículo 2o. y se modifica la fracción VIII del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Único. Se adiciona una fracción XV Bis al artículo 2º y modifica la fracción VIII del artículo 5º de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I.a XV. (...)

XV Bis. Vehículos al Servicio de la Comunidad: ambulancias, SEMEFO, bomberos, patrullas federales, patrullas locales y Fuerzas Armadas Nacionales.

XVI. (...)

Artículo 5o. Es de jurisdicción federal todo lo relacionado con los caminos, puentes, así como el tránsito y los servicios de autotransporte federal que en ellos operan y sus servicios auxiliares.

Corresponden a la Secretaría, sin perjuicio de las otorgadas a otras dependencias de la Administración Pública Federal las siguientes atribuciones:

I. a VII. (...)

VIII. Establecer las bases generales de regulación tarifaria.

Las motocicletas deberán pagar el 50 por ciento del peaje que paguen los automóviles.

Los vehículos al servicio de la comunidad tendrán acceso libre y no pagarán peaje, y

IX. (...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Infraestructura de Transporte 2013-2018. Gobierno de la República, México, 2013. Disponible en:

http://www.sct.gob.mx/uploads/media/Presentacion_RMC_Infraestructura_ de_Transporte_2013-2018_01.pdf

2 Banco Nacional de Comercio Exterior. Transporte y logística. México, 2016, pp. 2. Disponible en:

http://www.bancomext.com/wp-content/uploads/2016/04/EES-Logistica-2016-1.pdf

3 SCT, Op. Cit. pp. 6.

4 SCT, Op. Cit. pp. 28.

5 Inegi. Estadísticas a propósito del Día mundial en recuerdo de las víctimas de los accidentes de tráfico (19 de noviembre).México, 15 de noviembre de 2017, pp. 2. Disponible en:

http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/trafico2017_Nal.pdf

6 Ibídem, pp. 3.

7 Instituto Mexicano del Transporte. Anuario estadístico de accidentes en carreteras federales (2017). México, 2017. Disponible en:

https://imt.mx/archivos/Publicaciones/DocumentoTecnico/dt74.pdf

8 Op. Cit.

9 Diario Oficial de la Federación. ACUERDO por el que se emite el Compendio Operativo para Plazas de Cobro de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) 2016. Gobierno de la República, 23 de diciembre de 2016. Disponible en:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5466855 &fecha=23/12/2016

10 Ibídem.

11 Cámara de Diputados. Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. México, 2017. Disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/27_101016.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Marco Antonio Gómez Alcántar,Arturo Escobar y Vega, María de los Angeles Gutiérrez Valdez, Martha Estela Romo Cuéllar (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para su dictamen.



QUE ABROGA LA LEY DE SEGURIDAD INTERIOR

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Ana Lucia Riojas Martínez, para presentar iniciativa con punto de decreto que abroga la Ley de Seguridad Interior.

La diputada Ana Lucia Riojas Martínez:Muchas gracias, presidenta. Agradezco la cortesía del Grupo Parlamentario del PRD, que nos cedió este espacio para poder presentar la iniciativa.

Compañeras diputadas, estoy aquí para hablar de la guerra que desde hace 12 años padecemos, pero que desde hace seis, en las calles, una generación ha salido a pedir que se termine.

Por fin esa generación tiene representantes aquí adentro para denunciar las atrocidades que dieron como resultado la Ley de Seguridad Interior y dar la batalla, ahora desde esta trinchera.

Muchas de las voces que se opusieron a la aprobación de dicha ley hoy están aquí. Tenemos una oportunidad que no podemos dejar pasar. Hace seis años nos movía la impotencia y el dolor que generaba la cifra 120 mil muertos.

Salimos a las calles porque queríamos memoria, verdad, justicia y garantías de no repetición para las víctimas de la guerra contra el narco. Queríamos recuperar la paz, sabíamos que era urgente detener la proliferación de cárteles, la consolidación de narcogobiernos y no queríamos perder a ni una persona más.

El Estado condenó al silencio, olvidó los dolores y siguió adelante, sordo y ajeno. Aquí estamos, seis años después, ante el escenario más descarnado de la realidad del país, viviendo la guerra más larga, violenta y dolorosa de nuestra historia. El dolor y la frustración calen profundamente, pero ya no son un extraño enemigo, son parte cotidiana de vivir aquí, y para algunos es el estado natural del país en el que les tocó nacer.

Les pido que no olvidemos a todas las personas que han perdido la vida para que nosotras pudiéramos llegar a este momento, a las desaparecidas y desparecidos políticos de las luchas armadas, de las décadas de los setenta y ochenta, a los sindicatos que se opusieron siempre a ser sometidos por el régimen, desde el médico hasta el magisterio disidente.

No olvidemos a las militancias del PAN, del PRD, de los partidos comunistas, a las y los combatientes del EZLN, a sus bases y militantes, no olvidemos a las víctimas de esta guerra que Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto nos dejan.

No olvidemos a las madres y padres de las desaparecidas y desaparecidos que no dejan de buscar a sus hijas e hijos, a los colectivos de búsqueda de personas desaparecidas que incansablemente encuentran cuerpos en fosas clandestinas, a las miles de mujeres asesinadas por el simple hecho de ser mujeres. A las y los migrantes centroamericanos que a quienes el tránsito por nuestro país les cuesta la vida, como en San Fernando, Tamaulipas.

A los 43 estudiantes dela normal rural Isidro Burgos, de Ayotzinapa. No olvidemos Tlatlaya, Apatzingán, Tanhuato, Nochixtlán. No olivemos a Daniel, a Marcos ni a Javier. No olvidemos a Jorge Antonio ni a Javier Francisco, estudiantes asesinados por militares en el Tec de Monterrey, porque los más de 30 millones de votos que nos trajeron aquí son el resultado de un Estado en descomposición, el resultado de la frustración de un país ante la corrupción rampante de las élites políticas y los grupos de poder. Pero también son el resultado de la esperanza de millones que creen que otro país es posible.

Esta legislatura y la nueva mayoría tienen un reto mayúsculo, toda la legitimidad, pero todas las cosas por hacer. ¿Cómo es que arreglamos un país roto, cómo es que regresamos a las personas la alegría cotidiana, cómo reparamos los daños, cómo materializamos la exigencia de verdad, memoria y justicia? ¿Cómo hacemos para que todas las personas que hoy no creen en esto, vuelvan a confiar?

Los últimos 12 años de guerra se han llevado a 250 mil de nosotras y nosotros, les llaman daños colaterales, les dijeron a sus familias que se merecían morir por andar metidos en algo. Este es el resultado de una equivocada estrategia de combate al crimen organizado o al menos eso nos han dicho.

Hoy vivimos entre fosas, con miles de madres destrozadas que han tenido que asumir las responsabilidades de un Estado omiso y cómplice. Nada se ha hecho para acabar la guerra, se abrió fuego cruzado que no cesa, que no resuelve, que no repara, que solo mata y ensordece. Con mentiras históricas le han apostado el olvido, pero quiero creer que esta será la legislatura de la memoria.

Así como la comandante Esther dijo en esta misma tribuna que lo único que queremos es un México en donde no quepan más injusticias, asimismo yo, con las proporciones debidas, les vengo a decir que debemos hacer lo necesario para que estos dolores dejen de desbordarnos. Por eso, compañeras, es que nosotras proponemos abrogar la Ley de Seguridad Interior.

Este recinto ha ignorado sistemáticamente todas las recomendaciones que se han hecho desde instancias internacionales y nacionales. Ha ignorado a las organizaciones de la sociedad civil y a los colectivos de familia que piden que se retire de las calles a las Fuerzas Armadas, y se tomen las medidas necesarias para transitar a un nuevo modelo de seguridad, uno con participación ciudadana desde abajo, que fortalezca las policías civiles y en el que seamos todas quienes construyamos la paz.

La Ley de Seguridad Interior normaliza la violencia, no construye la paz. Mientras preparaba estas líneas recordé algunas de las grandes intervenciones que se dieron en el Senado para tratar de impedir la aprobación de esta Ley de Seguridad Interior: Juan Carlos Romero Hicks. De ti escuchamos una férrea oposición a esta Ley, apelando a la dignidad y autonomía de nuestro federalismo.

Mario Delgado. Tú, en tu tiempo, lo usaste para dar voces a colectivos como Seguridad sin Guerra y advertiste que nuestro país caminaba peligrosamente sobre la cuerda floja del autoritarismo militar.

Honren su palabra y regresemos el Ejército a los cuarteles. Les pido que escuchemos el reclamo de las víctimas y echemos atrás esta Ley tan peligrosa. Muchas gracias.

«Iniciativa que abroga la Ley de Seguridad Interior, a cargo de la diputada Ana Lucia Riojas Martínez

Quien suscribe, la diputada Ana Lucia Riojas Martínez, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así los artículos 6 numeral 1, fracción I, y artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y demás relacionados, someto a la consideración de esta asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley de Seguridad Interior, al tenor de los siguientes

Exposición de Motivos

Mientras continué la militarización no podrá empezar a construirse la paz y la reconciliación. Así termina el comunicado emitido por el Colectivo #SeguridadSinGuerra el comunicado el 28 de agosto de 2018, en el que exige la abrogación de la Ley de Seguridad Interior, así como una propuesta de plan responsable de retiro gradual de las Fuerzas Armadas, la adopción de las medidas necesarias para el fortalecimiento de las policías y el combate a la impunidad de elementos castrenses que hayan estado vinculados con violaciones de derechos humanos.

Nuevamente, desde que en noviembre de 2016 se reactivó la propuesta de legislar en materia de seguridad interior para “otorgar un marco jurídico” a las tareas de seguridad pública que desde diciembre de 2006 realizan en un despliegue masivo las Fuerzas Armadas, este colectivo de sociedad civil conformado por víctimas, expertos, especialistas y organizaciones de sociedad civil ha puesto en alerta la gravedad de que se haya aprobado una legislación inconstitucional de seguridad interior que ha servido como camuflaje para que las autoridades civiles declinen su responsabilidad de preservar la seguridad de las y los ciudadanos mexicanos.

Esta iniciativa para abrogar la Ley de Seguridad Interior es un reconocimiento explícito al trabajo de análisis del Colectivo #SeguridadSinGuerra sobre las consecuencias de mantener y profundizar un paradigma fallido de militarización de la seguridad, así como de su esfuerzo sólido e informado para la construcción de propuestas alternativas en el marco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la recuperación de la paz en beneficio de los cientos de miles de ciudadanos y ciudadanas que sufren por la violencia epidémica que vivimos y la crisis humanitaria que implica.

I. Antecedentes

El 26 de septiembre de 2016, el senador Roberto Gil Zuarth presentó ante el Pleno del Senado una iniciativa para expedir una Ley de Seguridad Interior; el 8 mes de noviembre de 2016, los entonces diputados César Camacho Quiroz y Martha Tamayo Morales, hicieron lo propio en la Cámara de Diputados y presentaron una iniciativa para expedir la Ley de Seguridad Interior. Tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República, se presentaron otras iniciativas en la misma tónica, sin embargo, no se les considera pues en términos reales, las únicas iniciativas que realmente fueron objeto del debate nacional fueron las dos iniciativas arriba mencionadas.

El antecedente fue una iniciativa presentada por el titular del Ejecutivo Federal, Felipe Calderón Hinojosa, el 23 de abril de 2009 cuyo objeto era reformar varios artículos de la Ley de Seguridad Nacional, pero principalmente adicionar un Título Séptimo de Seguridad Interior para regular un procedimiento de declaratoria de la existencia de una afectación a la seguridad interior (artículos 68 a 81).

Esta iniciativa fue propiciada por la exigencia, del entonces secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván quien, desde el 26 de abril de 2007, en comparecencia ante la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados, señaló que, por instrucciones del presidente, según el reportaje de Paula Ordorica en la Revista Nexos, realizaban tareas de combate a los grupos de narcotraficantes y de delincuencia organizada y, por tanto, el 19 de febrero de 2008, por primera vez en público, demandó que se dotara de un marco jurídico a las tareas de las Fuerzas Armadas en las actividades de lucha contra el crimen organizado; demanda que repitió nuevamente el 19 de febrero de 2009.

La iniciativa presidencial de 2009 fue inmediatamente cuestionada por organizaciones de derechos humanos y expertos que alertaron sobre la instauración de un régimen de controles militares en materia de seguridad; ante la presión del Ejecutivo federal y de las Fuerzas Armadas se dictaminó en el Senado en el mes de abril de 2010 con modificaciones sustantivas que no fueron aceptadas por los altos mandos de las Fuerzas Armadas, por lo que la Minuta fue congelada en la Cámara de Diputados, hasta que nuevamente en el mes de abril de 2011, se reactiva su discusión a partir de una propuesta de dictamen de la Minuta del Senado que recuperaba la iniciativa original de corte estrictamente militarizante.

El Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad se unió a las críticas de las organizaciones de derechos humanos y los expertos y en el Diálogo sostenido con los representantes del Poder Legislativo el 28 de julio de 2011, presentó su oposición tajante a que se dictaminara esta reforma a la Ley de Seguridad Nacional que incorporaría a la seguridad interior como un eufemismo de las tareas de seguridad pública que desde 2008 están expresamente asignadas en el artículo 21 constitucional a las autoridades civiles. La fuerza del movimiento social en contra de esta legislación permitió que no avanzara.

Pero, señala Ordorica, en su análisis, para los mandos del Ejército era aún necesario avanzar, por lo que reseña que un grupo de oficiales de alto rango (el subjefe de Doctrina Militar, el jefe de Asesoría Jurídica, el subjefe del Grupo de Seguimiento, Coordinación y Estrategia del Estado Mayor de la Defensa Nacional y el jefe de la Sección Quinta) asistieron al Senado para urgir la aprobación de una Ley de Seguridad Nacional que defina conceptos clave, como el de seguridad interior; que aclare el uso de la inteligencia militar y explique cómo y con qué facultades intervendrá el Ejército en las afectaciones a la seguridad interior.

La presión de los titulares de las Secretarías de la Defensa Nacional y de la Marina para contar con un “marco jurídico” que diera sustento a tareas que, dentro de los propios juristas de las Fuerzas Armadas, reconocían como irregulares, propició la reactivación del tema en el año 2016 con la presentación en ambas Cámaras de las dos iniciativas referidas anteriormente.

Desde sociedad civil que estaba en el proceso de construcción de propuestas de combate a la impunidad, una de ellas, la de una Fiscalía independiente y autónoma, se despertó una alerta que dio origen a una amplia conjunción de víctimas, organizaciones y expertos en derechos humanos y en seguridad nucleada en el Colectivo #SeguridadSinGuerra. Durante 2017, se desplegaron acciones para visibilizar los estragos del paradigma militarizante de la seguridad, esencialmente del incremento de la violencia a partir de la letalidad perfecta y del aumento de víctimas de violaciones a derechos humanos, lo que obligó a que, desde el Congreso se abrieran espacios en los que nunca se escuchó realmente ni a expertos ni a víctimas.

En el mes de noviembre de 2017, se aprobó en Cámara de Diputados un dictamen que recuperó esencialmente la iniciativa de los diputados Camacho y Tamayo. La Minuta de la Ley de Seguridad Nacional fue turnada al Senado de la República el 30 de noviembre.

En el Senado, las Comisiones de dictamen simularon convocar a sociedad civil a foros de discusión en un esquema al que llamaron Parlamento Abierto (sin realmente serlo) y el dictamen se procesó con algunos cambios cosméticos con el objetivo de poder argumentar que habían escuchado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a la Federación de Comisiones de Derechos Humanos de las entidades federativas, a la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, tanto la asentada en Ginebra como la de México, a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, a Amnistía Internacional, a las universidades Nacional Autónoma de México, de Guadalajara, Iberoamericana, entre otras, a un colectivo de 40 doctores en derecho provenientes de El Colegio de México, del CIDE, de la Ibero, del ITAM, de la UNAM, de la Universidad Anáhuac, y de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales e incluso del Parlamento Europeo, que expresaron de diversa manera e intensidad su rechazo a la aprobación de esta Ley de Seguridad Interior alertando los graves riesgos que para los derechos humanos y el sistema democrático representaban.

La Ley de Seguridad Interior fue aprobada el 15 de diciembre en el Congreso de la Unión y publicada el 21 de diciembre de 2017. Para impugnarla legalmente, se presentaron acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales por las instituciones del Estado mexicano facultadas para ello, así también un cúmulo de amparos. Al momento está en proceso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la preparación del proyecto que habrá de discutirse para determinar la inconstitucionalidad de la norma sobre seguridad interior emitida por el Congreso de la Unión.

No abundaremos en el contenido de los recursos jurisdiccionales presentados para impugnar la legislación ante el Poder Judicial ni sobre las dos resoluciones emitidas por jueces de distrito sobre la inconstitucionalidad de la ley, pues nos interesa que el Poder Legislativo ejerza su facultad de control constitucional a través de la facultad constitucional de crear leyes o de abrogarlas si éstas son contrarias al espíritu democrático y al régimen constitucional que las y los mexicanos nos hemos dado.

Acompañamos y hacemos propias las inquietudes de las víctimas, los expertos y organizaciones que conforman el Colectivo #SeguridadSinGuerra, en el sentido de que la aprobación de la Ley de Seguridad Interior no da solución a ninguno de los problemas que fueron base de decisión de impulsar una estrategia de militarización de la seguridad pública hace más de una década.

La Ley no tiene como objetivo el de dar protección a las personas ni a la población civil ni a bienes o negocios las y los ciudadanos. Se trata de una ley para garantizar la impunidad, regularizar el inconstitucional despliegue de más de 50 mil elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Marina en tareas de seguridad pública para las cuales no cuentan con facultades y preservar la dependencia de la clase política a los militares. Es la consumación de la claudicación de las autoridades civiles a sus responsabilidades constitucionales y la muestra de su incapacidad para el gobierno político de la seguridad. La Ley es la rendición de las autoridades civiles a garantizar la seguridad pública y su entrega a las autoridades militares.

Se trata de una ley para garantizar la dependencia de la clase política a los militares, por ello, a partir de la revisión de los artículos que violentan el orden constitucional, hemos analizado que la legislación sobre seguridad interior debe ser abrogada porque no tiene un sustento constitucional y regulariza un modelo de seguridad fallido que durante más de una década ha significado el incremento exponencial de la violencia criminal y la violencia institucional para combatirla, con un saldo de dolor y daño humano acaso irreparable.

II. Proceso legislativo

La aprobación de la legislación en materia de seguridad interior ha concitado el mayor rechazo nacional e internacional a cualquier legislación hasta ahora expedida por el Congreso de la Unión. Resultan en particular interesantes, los posicionamientos partidarios en el Congreso porque marcan una línea argumentativa de quienes, en su momento, como opositores, no lograron alcanzar la votación necesaria para impedir que la Ley de Seguridad Interior fuera aprobada y expedida, por lo que fue imperativo presentar por cada Cámara, una acción de inconstitucionalidad para intentar detener los nocivos efectos de regularizar lo irregular y de legalizar lo ilegal de la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública camufladas en el vago término de “Seguridad Interior”.

Este escenario ha cambiado. Actualmente, las y los legisladores representados en el Congreso en noviembre/diciembre de 2017, se han convertido, muchos de ellos en diputados y diputadas federales o senadores y senadoras del mayoritario Movimiento de Regeneración Nacional y de otros Grupos Parlamentarios, lo cual permitiría avanzar hacia la abrogación de la Ley de Seguridad Interior desde ya en el Congreso de la Unión.

Así también, varios legisladores y legisladoras de la LXIII Legislatura van a tener cargos de gran influencia en la nueva administración que tomará posesión el próximo 1° de diciembre, por lo que, en congruencia, estarán en la mejor posición para impulsar la abrogación de la legislación en materia de seguridad interior.

Por ello, consideramos de gran trascendencia recuperar la discusión que se dio en el Congreso de la Unión los días 30 de noviembre en Cámara de Diputados y 14 de diciembre en el Senado de la República, pues la calidad y solidez de las intervenciones merecen ser rescatadas.

a) Cámara de Diputados

La diputada Maricela Contreras Julián del Grupo Parlamentario de Morena expresó:

Estamos en contra de aprobar la Ley de Seguridad Interior en los términos en los que se ha presentado [...] se pretende denostar el papel de las Fuerzas Armadas imponiéndoles obligaciones que no les corresponden, se les quieren endilgar la responsabilidad ante la incapacidad, corrupción, falta de profesionalismo, incluso la propia complicidad de los cuerpos policiacos con la delincuencia [...] Estamos en contra de la manera en que quieren perpetuar un error histórico que ha dejado muerte y terror en la sociedad. La guerra contra el narcotráfico ha salpicado de sangre a las Fuerzas Armadas y eso no tiene ninguna justificación. Y no es responsabilidad del Ejército, es claramente un señalamiento a los comandantes supremos de las Fuerzas Armadas en estos 10 años que tienen nombre y apellido: Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto [...] Morena propone moción suspensiva de este dictamen, pues hay severas dudas sobre la eficacia, pertinencia de esta ley y de su constitucionalidad. Dudas expresadas por organismos nacionales e internacionales con la calidad moral para cuestionar la Ley de Seguridad Interior [...] la ley no contiene los mínimos estándares de respeto de los derechos humanos ni las bases para atacar el problema estructural de la inseguridad en nuestro país. No hay base constitucional para legislar en la materia de seguridad interior. Se contravienen las obligaciones convencionales respecto a la promoción de los derechos y las tareas del Estado materia de seguridad pública.

La diputada, también de Morena, Ernestina Godoy Ramos, manifestó:

Morena votará en contra del dictamen que expide la Ley de Seguridad Interior porque legaliza la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de orden civil, carece de sustento constitucional, militariza el país y otorga autonomía de los poderes civiles a las Fuerzas Armadas en sus funciones en materia de seguridad pública [...] No podemos ignorar que el artículo 21 constitucional establece que las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional, y que también la Constitución establece en el artículo 129 que el ejercicio, disposición expresa sobre el ejercicio de la autoridad militar en tiempos de paz, y que a la letra dice: ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones de las que tengan exacta conexión con la disciplina militar [...] Tampoco podemos soslayar las observaciones presentadas por diversas organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, incluyendo la propia Comisión Nacional, que han expuesto que esta ley también es contraria a instrumentos y observaciones de organismos internacionales [...] La ley que se propone no conceptualiza la intervención de las Fuerzas Armadas como una medida excepcional de carácter emergente y temporal, por el contrario, estamos legislando para permitir su permanencia. Esta ley perpetuaría el Estado de excepción, en el que nos encontramos desde hace más de 10 años [...] También la Ley de Seguridad Interior es inconvencional, contraria a instrumentos y observaciones de organismos, como: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien en su informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos en diciembre de 2009 así lo establece.

Por su parte, la diputada, Araceli Damián González, señaló:

El dictamen asegura que el Estado está obligado a renovar los marcos normativos existentes para garantizar la paz. ¿Por qué no mejor exigen un respeto real a los derechos humanos? ¿Por qué no combaten las finanzas del crimen organizado? ¿Por qué no aceptan la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU? [...] Esta ley, y lo digo enfáticamente, va contra la paz. El dictamen sostiene con datos que la Marina y el Ejército es una de las instituciones que la ciudadanía más tiene confianza, pero lo que no dicen es que nuestras Fuerzas Armadas han tenido uno de los índices más letales en el mundo. Y no está en guerra, está luchando contra el crimen organizado [...] Por cada herido –El Ejército mató a 10 civiles y la Marina a 16.8. En guerra, por cada muerto hay cuatro heridos [...] Se asegura también que la seguridad interior no es un concepto de reciente adopción, porque desde hace 196 años se ubicó en la normatividad postindependentista. Están utilizando categorías de hace dos siglos, cuando todavía ni siquiera se pensaba en los derechos humanos. No saben ustedes de derechos humanos, no han aprendido. Ni siquiera están luchando en favor de todos esos desaparecidos, de todas esas mujeres que han sido violentadas en esta lucha contra el narcotráfico.

b) Cámara de Senadores

El entonces senador del PT, ahora diputado federal, Benjamín Robles Montoya, en su calidad de presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, hizo notar que en las comisiones de dictamen hubo votaciones divididas y consideró que el proceso había sido “una simulación”. En su argumentación mencionó la consigna que ha dado nombre al Colectivo “Seguridad sin Guerra” como una exigencia que se escucha en las calles y cuestionó que se emitiera una legislación que regresara el militarismo a nuestro país, como los que convirtieron al estado de excepción en la cotidianidad de nuestro país a partir de un dictamen de trascendencia nacional trabajado con premura y sin una real confrontación de ideas.

Expresó que a las Fuerzas Armadas se les ha asignado tareas permanentes más allá de las que deberían ser sus funciones ordinarias sin que signifique que haya sido adecuado otorgarles dichas responsabilidades, lo que, en su opinión, potenciara el uso indiscriminado de las Fuerzas Armadas en tareas que no les competen. y planteó que el grave problema es que el Estado mexicano no ha avanzado en la construcción de instituciones civiles que cumplan con esas funciones y permitan que las Fuerzas Armadas se concentren exclusivamente en las labores que sí le corresponden acorde a su naturaleza castrense. Señaló que esta ley avanzará hacia un gobierno distinto del que la Constitución ha establecido al despojarle su carácter federal, su espíritu democrático y su vocación libertaria y que consideraba fundamental reivindicar a las instituciones civiles, en un mando civil, en una condición civil y civilizada de México.

El entonces senador Robles Montoya, expresó que la imposición de un régimen despótico autoritaria a través de la aprobación de la Ley de Seguridad Interior iba a ser derrotada. Sus palabras fueron proféticas porque ahora hay una mayoría parlamentaria en las dos Cámaras de quienes, en su momento, expresaron con argumentos sólidos y contundentes su posicionamiento, en contra de esta Ley.

Así también, el futuro subsecretario de derechos humanos de la Secretaría de Gobernación, ahora diputado local, Alejandro Encinas posicionó su voto en contra en un documento conjunto con el entonces senador y ahora diputado federal, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura, Juan Carlos Romero Hicks, considerando a la legislación que proponemos abrogar como un grave error histórico y una profunda regresión en la muy incipiente democracia.

Vamos a transcribir parte de su intervención dada la certeza y contundencia de sus argumentos y, los de su copresentador, el senador Romero Hicks:

No es un debate entre quienes están a favor y quienes están en contra de las Fuerzas Armadas, nada más falso que ello, más bien el debate está entre quienes consideramos que las Fuerzas Armadas deben cumplir con la ley, apegadas a las facultades y competencias quienes mandatan la Constitución, sin invadir las competencias de la autoridad civil, como es el caso de las tareas de seguridad pública, de que cuando exista una situación de excepción como es la actual, se analicen y se analicen labores distintas; las Fuerzas Armadas estén sujetas a controles políticos y parlamentarios que rindan cuentas y que no gocen de ninguna situación de excepción.

Falta de rendición de cuentas después de “década de intervención de las Fuerzas Armadas en temas de seguridad pública que competen estrictamente a la autoridad civil, las Fuerzas Armadas no han informado de su desempeño en las tareas realizadas hasta ahora en el combate a la delincuencia organizada”.

Los problemas que han enfrentado en materia de relajamiento de la disciplina militar, no han informado sobre el número de deserciones registradas, el número de elementos de las fuerzas especiales que se han incorporado a los grupos delictivos, los problemas de corrupción y penetración de las organizaciones criminales en los mandos y en las tropas de las Fuerzas Armadas, ni de las violaciones de los derechos humanos en que han incurrido algunos de estos elementos y las sanciones que se han impuesto.

La Comisión Bicameral de Seguridad Nacional no es en realidad un órgano de control, pues carece de la fuerza, de las facultades y de competencias reales para considerarse un órgano de control parlamentario, salvo la discusión de la Agenda Nacional de Riesgos, todos los debates y la información que se presenta en esta Comisión Bicameral son insustanciales,

Queremos respetar a las Fuerzas Armadas y que éstas cumplan sus labores constitucionales en beneficio de la población.

[...] Esta ley es inconstitucional, violenta los tratados internacionales suscritos por nuestro país que, conforme a nuestra Constitución, tienen rango de ley y es obligatorio a su cumplimiento. Esta ley socava los derechos y libertades de los mexicanos, confunde los conceptos de seguridad nacional y Seguridad Interior desde la vieja visión de la seguridad del Estado con los asuntos vinculados a la seguridad ciudadana [...] Somete a la población civil a la autoridad militar, a permitir que las Fuerzas Armadas realicen investigaciones con el apoyo de los órganos de inteligencia del Estado mexicano, lo que con orden de un juez les permitirá allanar domicilios de particulares, intervenir comunicaciones telefónicas y electrónicas, decomisar equipos, detener a civiles sin la mediación de la autoridad judicial.

Con esta ley, invadirán las Fuerzas Armadas el derecho a la privacidad y la protección de datos personales de los ciudadanos al obligar a todas las autoridades a entregar la información particular que se le requiera. Viola el derecho a la información al pretender reservar toda la información vinculada con las Fuerzas Armadas en materia de Seguridad Interior a considerarlas como información de seguridad nacional.

Subordina a la autoridad federal, porque no solamente es a la autoridad estatal y municipal, porque la Policía Federal Preventiva, la Gendarmería Nacional se subordinarán al mandato de las Fuerzas Armadas al establecerse la declaratoria de protección a la Seguridad Interior en el momento en que el presidente decide un comandante para coordinar los operativos.

En síntesis, esta ley [...] viene a legalizar una situación de excepción, convierte la excepción en ley y se entrega el control político y el mando territorial a las Fuerzas Armadas, es una nueva modalidad de totalitarismo que ya se ha aplicado en otros países de América Latina. Estas medidas son las que llevaron a los gobiernos dictatoriales en Centro y Sudamérica hace ya varias décadas, pero que ahora adoptan nuevas modalidades, esta modalidad totalitaria y autoritaria que representa el golpe de Estado legislativo.

Comentó que la ley conculca libertades y que lo que debería replantearse es toda la estrategia de combate a la inseguridad y al crimen. El entonces senador cuestionaba a quienes impusieron la legislación si la militarización de las tareas de seguridad públicahabía resuelto la violencia y de inseguridady se respondía con certeza de que no era así, pues, destacó, que nada de lo que motivó despliegue masivo de las Fuerzas Armadas calles y comunidades, la militarización de las tareas de seguridad públicahabía sido exitoso en la función sustantiva de garantizar la seguridad de las personas y la protección de su patrimonio.

No quisiéramos que, como lo señaló el futuro subsecretario de Derechos Humanos, haya un soberano que camina desnudo y el soberano no escucha; pero en realidad el soberano no escucha, en realidad el soberano no atiende, en realidad al presidente no le importa esta inconformidad generalizada, y no porque no escuche, sino porque haya tomado una decisión política que representa un vuelco al pasado, convalidando las facultades metaconstitucionales al presidente de la República para utilizar las Fuerzas Armadas, para dirimir los asuntos de la política nacional con el objetivo de, citando a un clásico, mantener el poder “haiga sido como haiga sido”.

Resulta muy esperanzador que el entonces senador Alejandro Encinas Rodríguez, que tendrá la importante y fundamental tarea de trabajar cercano a las víctimas y a las organizaciones de derechos humanos para la recuperación de la paz y el fin de la violencia, en calidad de subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, refrende su postura de cuestionar a la Ley de Seguridad Interior como una Ley de seguridad del Estado, como lo señaló en su Informe de labores como senador durante la LXII y la LXIII legislaturas del Senado de la República el pasado XXXX, al permitir que las fuerzas armadas asuman el mando de los territorios cuando el Ejecutivo federal emita una “declaratoria de riesgo a la seguridad interior”, subordinando a la autoridad y a la población civil a la autoridad militar, pues su posicionamiento ante la tribuna durante el debate realizado el 14 de diciembre de 2017 de que no quería a las Fuerzas Armadas interviniendo en la vida y en los asuntos políticos de la nación,podrá ser defendido desde su futuro encargo en la defensa y protección de los derechos.

Acompañamos su contundente posicionamiento, así como sus palabras al término de su intervención en tribuna:

¡No a la militarización de la política!, ¡No al fortalecimiento metainstitucional de las facultades discrecionales del presidente de la República!, ¡Y fundamentalmente no a la pérdida de nuestras libertades y derechos!, ¡Queremos vivir en paz!, Para vivir y recuperar la paz, lo que necesitamos es democracia, enfrentar la desigualdad, enfrentar la corrupción, la impunidad y entender que este pueblo está ávido de cambios, que es necesario otro régimen político.

Por su parte, la entonces senadora, ahora diputada federal por Morena, Dolores Padierna Luna, también cuestionó la inminente aprobación de la Ley de Seguridad Interior; por la certeza de su argumentación es de interés señalar las principales ideas de su voto particular sobre lo que llamó el fracaso que hoy se quiere legalizar.

Refirió un estudio del CIDE sobre la operación de las Fuerzas Armadas en el combate a la delincuencia y sobre la letalidad perfecta,definida como aquella en la que en un enfrentamiento no sobrevive ninguno de quienes son adversarios de las fuerzas federales, lo cual es una letalidad del 100 por ciento.En su discurso proporcionó los datos del estudio del Cide del que hizo mención:

Los eventos de letalidad del 100 por ciento se incrementaron año con año. En 2007 hubo 15, en 2011 hubo 451 y actualmente se registran más del 86 por ciento de los casos con índice de letalidad total. Es decir, que para las Fuerzas Armadas la prioridad es abatir a las personas que les hacen frente, en vez de detenerlas y presentarlas ante Ministerio Público, procesarlas y juzgarlas como debería de ser y como lo marca la Constitución. La actuación de las Fuerzas Armadas en estos casos no sólo es letal, sino violatoria de los derechos humanos. Todo ello ha repercutido en una espiral de violencia criminal que reacciona ante la fuerza letal con cada vez mayor violencia y virulencia.

También enunció lo que señala el artículo 21 constitucional en el sentido de que

contempla los principios rectores de las fuerzas de seguridad pública, la legalidad, la eficacia, el profesionalismo y la honradez. Por ello, se debe regular el uso de la fuerza en los cuerpos de seguridad y ninguna actividad del Estado puede fundarse sobre el desprecio a la dignidad humana.

Vamos a transcribir el resto de su posicionamiento en tribuna por ser de profundo interés para los efectos de esta iniciativa:

El Tribunal Europeo ha establecido la necesidad de tener un marco jurídico y administrativo para inhibir y evitar que se violen los derechos humanos, también debe haber marcos normativos que rijan la prevención, la supresión y castigo de conductas violatorias de los derechos humanos. Las operaciones de la policía deben estar autorizadas por el derecho interno y reguladas por él, dentro del marco de un sistema de efectivas salvaguardas contra las arbitrariedades y el uso ilegítimo de la fuerza. Todo debe apegarse a los estándares internacionales.

El Sistema Interamericano se ha pronunciado por la excepcionalidad de las armas letales tal como lo establecen los principios básicos de la ONU, el uso de la fuerza pública no tiene por qué resultar en la pérdida de vidas humanas, éstas, si acaso es el resultado en condiciones de excepción, son excepción y no la norma el principio de proporcionalidad también está presente en todos los ordenamientos internacionales y en nuestra Constitución.

Si el uso de la fuerza de las armas es inevitable, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deberán actuar en proporción a la gravedad del delito. En los estándares internacionales no se considera la participación de las Fuerzas Armadas realizando labores de seguridad pública o de Seguridad Interior ordinaria, porque las Fuerzas Armadas tienen para su regulación otros principios, el derecho internacional humanitario es lo que los rige.

Sin embargo, la iniciativa de Ley de Seguridad Interior establece todo lo contrario y conociendo los riesgos que implica la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública, instancias internacionales y nacionales se han pronunciado en contra de los contenidos de este dictamen.

Recalcó que no había ley que hubiera generado un repudio nacional e internacional tan grande, generalizado y contundente comola de Seguridad Interior;continuamos con su posicionamiento:

Se han rechazado, desechado las voces más prestigiadas y experimentadas en la materia, se han convertido en un Congreso de la Unión como cómplice mudo y abyecto de un golpe autoritario que sepulta el estado de derecho.

El presidente Peña Nieto llamó el viernes 8 de diciembre a un diálogo, y lo que observamos aquí, es un monólogo autoritario entre las cuatro paredes de este recinto, se colonizó este Senado por los representantes jurídicos del alto mando militar, justo previo a las elecciones más complicadas de la historia, están preparando una sucesión presidencial militarizada para generar miedo, si no es con votos, lo quieren hacer a toda costa con las armas.

Lo oprobioso de esta ley, es la forma en que ceden el poder del Estado ante los militares, cómo se hace, que claudiquen los gobernadores, el gobierno federal, los municipios, el Congreso de la Unión, los congresos de los estados, el Poder Judicial, los órganos autónomos, las comisiones de derechos humanos, todos estarían supeditados a un mando militar en cuanto se haga la declaratoria en tal o cual territorio del país.

Ahora en lugar de mandar a Castillo, enviado a Michoacán a suplantar todo el poder de las autoridades estatales legalmente electas, llegará un comandante a Michoacán, a Morelos, a Tamaulipas, a Colima, a los 27 estados, porque se trata de una sesión del poder a los militares que irán tomándolo conforme vayan emitiéndose las declaratorias de protección a la Seguridad Interior, hasta que los militares operen en toda la República, porque en esta ley el Ejército hará acciones permanentes de prevención.

Ante esta Ley de Seguridad Interior, hoy día existen controles a los militares. En esta ley se omiten todos los controles, por ejemplo, si un militar quiere allanar un domicilio tiene el control de un juez que debe autorizarlo, nadie puede ser molestado en su domicilio sin una orden de un juez.

Pues ahora con esta Ley de Seguridad Interior basta con que el mando militar diga, en esta casa hay un riesgo de amenaza, se allana esa casa; más grave aún, no tienen que justificarlo porque en esta ley todos los datos de inteligencia, todo lo que son análisis de riesgos y toda la información que manejen las Fuerzas Armadas es considerada de Seguridad Nacional y nadie podrá tener acceso a ella.

Esta Ley de Seguridad Interior se guía por la doctrina militar, no establece incertidumbre jurídica para nadie, no contiene procedimientos claros, no incluye los derechos humanos, todo se engloba en una burbuja oscura, ajena a la democracia, a los valores y a los principios establecidos en la Constitución que diseña una República democrática.

No es que estemos culpando al Ejército de la ola de violencia, pero sí estamos afirmando que la fallida estrategia de seguridad militarizada que involucra al Ejército no funciona.

Si el plan es malo, los resultados son peores, y quien lo ejecuta, en este caso el Ejército, sufren los efectos de esa decisión.

Definitivamente militarizar al país, lejos de ser una solución, es legalizar la tragedia de desolación, de violencia y de muerte en ausencia de gobernabilidad que se vive en varios estados del país.

Podrán repetir, una y otra vez, que no se trata de militarizar la seguridad pública.

Podrán insistir en que es un instrumento jurídico para normalizar, para regularizar lo irregular, lo que no podrán lograr es la credibilidad y la legitimidad frente a la población.

La senadora Padierna Luna terminó la presentación de su voto particular en contra del dictamen planteando que la Ley de Seguridad Interiorera una ley para la guerra civil.De la misma manera, en su posicionamiento general sobre la Ley, la senadora Luna retomó la postura del Colectivo #S eguridad sin Guerra”:

Por el respeto exigen, el respeto irrestricto al marco jurídico constitucional e internacional, ya que esta Ley de Seguridad Interior atentaría contra la Constitución y los tratados internacionales que México ha firmado [...] Exigen que la presencia del Ejército en las calles deba ser excepcional, extraordinaria y no permanente, la vía para despliegues extraordinarios del Ejército sería únicamente el artículo 29 constitucional y a la fecha no tenemos una ley reglamentaria de este artículo que establezca los contrapesos, los mecanismos de vigilancia, de la actuación y es un pendiente legislativo [...] Es urgente un plan de fortalecimiento de las policías en todos los niveles, reformar a las policías, las procuradurías, fortalecer al Poder Judicial y atender la crisis penitenciaria, cumplir las recomendaciones de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y definir un plan de retiro paulatino de las Fuerzas Armadas de las tareas de seguridad [...]

Abundó en su postura, señalando las particularidades del articulado:

[...] se ha dicho hasta el cansancio por varios Senadores, que esta ley no militariza al país, y quiero ir directo a los artículos 19, 20, 21 y 22 de esta iniciativa [...] Que además estos cuatro artículos tienen que leerse en conjunto, no van separados, están ligados uno con el otro. El artículo 19 simplemente establece que la Secretaría de Gobernación implementará los esquemas de colaboración necesarios para la efectiva coordinación y ejecución de las acciones en la declaratoria de protección a la Seguridad Interior. Y ya sabemos que la Secretaría de Gobernación se rige por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, hasta ahí no tiene nada que ver, y es este artículo el 19 el que retoma la exposición de motivos para decir que no se militariza porque la Secretaría de Gobernación de acuerdo a(sic) sus funciones de la Ley Orgánica, estaría cumpliendo con ese cometido, pero basta con irse a esta declaración simplemente enunciativa.

En la práctica quien coordinará, quien ejecutará la declaración de Seguridad Interior será un mando castrense, y leo textualmente:

“Artículo 20, fracción I.- El Presidente de la República, a propuesta de los secretarios de la Defensa y la Marina -no del Secretario de Gobernación, sino de las Fuerzas Armadas-, designará a un comandante de las Fuerzas Armadas participantes, quien dirigirá los grupos interinstitucionales que se integren en los términos del artículo 21”.

Que es el artículo 21, es decir, que un comandante de las Fuerzas Armadas va a dirigir los grupos interinstitucionales.

“Fracción II. El comandante designado en términos de la fracción anterior elaborará el protocolo de actuación para establecer responsabilidades, canales de comunicación y coordinación de las autoridades militares y civiles participantes”. Es decir, se le da la facultad a las Fuerzas Armadas de autorregularse, de definir su propio protocolo de actuación y, además, de dirigir al personal civil participante, quien manda, quien dirige a los civiles es un militar”. ¿Cómo debemos de denominar este modelo? Pues militarista, militarización del país.

El artículo 21 dice que se constituirán un grupo interinstitucional con representantes de cada una de las autoridades u organismos participantes, a efecto de coordinar la realización de las actividades de Seguridad Interior, será una actividad castrense designada por los Secretarios de Defensa y de Marina quienes van a dirigir los grupos interinstitucionales a efecto de coordinar todo, es decir, se supedita a la autoridad civil depositada en la Secretaría de Gobernación a los altos mandos castrenses y a las ordenanzas de la autoridad militar.

¿Cómo debemos de denominar esto? Pues simplemente que se está militarizando al país, se trata de una claudicación, de una delegación de facultades civiles hacia los mandos castrenses. La militarización de la toma de decisiones de gobierno es, en esencia, un acto de militarización puro y duro, esta Ley de Seguridad Interior instaura la militarización porque otorga a los mandos castrenses la facultad de dirigir a los grupos interinstitucionales integrados por las autoridades civiles, sobrepone el mando militar, al mando civil.

Y no conformes con la sesión de facultades a las autoridades castrenses en el ámbito federal, estos artículos establecen que, adicionalmente las autoridades estatales se tendrán que sujetar y someter al arbitrio y supervisión de las autoridades castrenses, pues confiere a las Fuerzas Armadas, “el seguimiento a las acciones de participación a cargo de las autoridades de las entidades federativas respectivas”, es decir, al momento que surta efectos la declaratoria de protección de Seguridad Interior, tanto las autoridades federales como las estatales y, por ende, las municipales quedarán supeditadas al mandato de la autoridad castrense.

Si esto no es militarizar al país, entonces expliquen a la opinión pública cómo puede entenderse esta delegación ilegal, inconstitucional e inconvencional de facultades a una autoridad civil, a una autoridad militar, es una delegación, una renuncia a las facultades de los gobernadores, del gobierno federal y que lo ceden a los militares.

El artículo 19 de esta ley, que tiene todas las disposiciones para las Fuerzas Armadas, es inocuo realmente acudir al artículo 19, porque la Secretaría de Gobernación es solamente mencionada de manera formal, porque en los hechos el artículo 20 y el artículo 21 están dándole en todo momento la facultad a los militares.

Y en el artículo 22 se habla de las autoridades respectivas, no se dice quiénes son las autoridades respectivas, pero si el artículo 21 está hablando de los gobiernos estatales, los gobiernos municipales y todas las autoridades correspondientes, pero aquí lo abre a todas las autoridades respectivas, tienen la obligación de cooperar para atender las causas que motivaron la declaratoria de seguridad, siempre actuando bajo la coordinación, la supervisión y el mandato de la autoridad castrense; se vuelve a ratificar el sentido militarista de esta iniciativa en el artículo 22, la expresión abstracta de autoridades respectivas, además violenta el principio de certeza jurídica y el de legalidad, pues no establece con claridad si se trata de autoridades que gobiernan una zona especial, un territorio o donde se haga la declaratoria; ni tampoco se refiere si se trata a las autoridades que dice el propio artículo 13 de este texto, en vez de dar claridad a la función y a la operación de las Fuerzas Armadas se les deja en total discrecionalidad y sólo va a complejizar su coordinación en el terreno y en la práctica.

La propuesta de modificación que se hizo al artículo 22 raya en lo superficial y en lo absurdo, dice que, si en la declaratoria no se ocupa de las Fuerzas Armadas, entonces, no recae, pero si se les cita a las Fuerzas Armadas en la declaratoria, el mando recae en las Fuerzas Armadas por encima de las autoridades civiles [...] se desconocen otros sistemas de coordinación, como se crean estas coordinaciones interinstitucionales preguntamos:

¿El Sistema Nacional de Seguridad Pública va a desaparecer?, ¿La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia va a desaparecer?, ¿El Sistema Nacional de Protección Civil va a desaparecer?, ¿La Conferencia Nacional de Gobernadores va a desaparecer?, ¿Las instancias de coordinación de los municipales para este asunto van a desaparecer?, ¿En qué prioridad van a estar, van a coexistir? No lo dice la ley, y entonces se invoca a la participación de las Fuerzas Armadas desconociendo que existen diversos sistemas de coordinación. Eso sí, civiles; eso sí, constitucionales; eso sí que están velando por el tema de la seguridad castrense que no se dice y, además, todos los que ellos emitan será absolutamente secreto porque lo consideran de seguridad nacional.

Bueno, rechazamos contundentemente los contenidos oprobiosos y vergonzosos de este dictamen de Ley de Seguridad Interior porque legaliza una estrategia aplicada por más de diez años que es un modelo de seguridad que evidencia todo su fracaso. Por todas estas consideraciones y muchas más, votaremos en contra.

Por ello, es alentador su actual espacio como diputada federal del Grupo Parlamentario de Morena, pues desde su membresía a la mayoría, consideramos será congruente con su certera oposición a la expedición de esta legislación sobre seguridad interior y, estamos seguros, será una fuerte impulsora de la abrogación de la Ley de Seguridad Interior en la Cámara de Diputados.

También el senador Luis Sánchez, coordinador parlamentario del PRD, manifestó su oposición a la legislación en comento dado que, expresó, confunde los conceptos de Seguridad Interior y de seguridad nacional, considerándolos análogos.En su posicionamiento señaló:

La fracción VI del artículo 89 de la Constitución, establece la facultad del presidente de la República para preservar la seguridad nacional en los términos de la ley respectiva y lo faculta para disponer de la totalidad de las Fuerzas Armadas permanentemente, o sea, del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea para la Seguridad Interior y defensa exterior de la Federación, en el propio artículo 89, el presidente de la República carece de la facultad de emitir una Declaratoria de protección a la Seguridad Interior [...] al preservar las instituciones del Estado, su objetivo explícito no es la seguridad de las personas, sino mantener la gobernabilidad fundada en una discrecionalidad riesgosa [...] La legislación genera una ruptura del estado de derecho. Se crea un nivel intermedio entre el estado de normalidad democrática y el estado de excepción, al limitarse en el control de las acciones sin ningún tipo de contrapesos, lo cual representa un riesgo para la seguridad pública y el respeto a los derechos humanos [...] se establecerá de manera permanente lo que en cualquier democracia es una excepción: el involucramiento del Ejército en tareas de seguridad pública [...] se requiere la dimensión internacional de los derechos humanos y el reconocimiento de las personas como sujetos de derecho y establecer un modelo de seguridad humana, insisto, un modelo de seguridad humana que combata los altos índices de criminalidad, pero también de corrupción e impunidad en que nos encontramos inmersos.

A partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del 10 de junio del 2011, el artículo 1o. de nuestra Carta Magna, se establece que las normas relativas a los derechos humanos se interpretan de conformidad con la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de la materia, con la obligación a todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, de observar el bloque de constitucionalidad, ejercer un control difuso de convencionalidad y aplicar el método de interpretación idóneo para garantizar el principio pro-persona, eso es lo que establece nuestra Constitución, la ley lo borra [...] Esta misma reforma es la que en su Transitorio Cuarto mandató al Congreso de la Unión a expedir la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional en materia de suspensión del ejercicio de derechos y las garantías, y que en la Cámara de Diputados debió ser valorada, ya que representa una salida fundada en la Constitución para situaciones excepcionales, lo que desde nuestra perspectiva es la vía constitucional y legal que permite en un Estado democrático de derecho enfrentar aquellas situaciones y condiciones excepcionales que deben ser resueltas por decisiones y acciones de emergencia, y con el único fin de reestablecer la situación de normalidad [...] la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional y que desde nuestra perspectiva es la única medida para realizar acciones de Seguridad Interior acorde a la exigencia del constitucionalismo democrático contemporáneo.

{...] Los resultados de esta política demuestran graves casos de tortura, detenciones arbitrarias, desapariciones y ejecuciones por parte de algunos efectivos militares como lo han señalado diversas organizaciones defensoras de los derechos humanos. Durante 5 años esta administración no logró ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la nación y de sus habitantes; lejos de profesionalizar a las policías del país para enfrentar la criminalidad de alto impacto, se optó por un modelo centralizado, que se equivocó al transferir directamente las atribuciones de la extinta Secretaría de Seguridad Pública y otorgarlas a la Secretaría de Gobernación [...] se debe regular la seguridad humana, el uso de la fuerza, coordinar las tareas de inteligencia e investigación, obligar a la transparencia y dotar de seguridad a las y los ciudadanos frente a la actuación de las Fuerzas Armadas, antes de aprobar una ley que legalice que el Ejército realice tareas de seguridad pública que por mandato de la Constitución le están impedidas.

El entonces senador Manuel Bartlett Díaz, futuro director de la Comisión Federal de Electricidad en la administración que tomará posesión el 1 de diciembre de este año, presentó un valioso posicionamiento que partió de la consideración de que se violentaban los artículos 1o., 21, 73, 119 y 129 de la Constitución e instrumentos internacionales de derechos humanos, presentó argumentos para validar su postura contraria a la legislación en discusión que son de interés recuperar:

1. Las razones geopolíticas que impulsan la aprobación de una Ley de Seguridad Interior [...] tienen que ver con nuestra integración subordinada a los Estados Unidos y el propósito de ese país para que en América Latina se constituyan estados policiacos-militares. No se tomó en cuenta y lo ocultan y callan.

2. Estado policiaco militar, el que consiste fundamentalmente en otorgar a las Fuerzas Armadas el control social de las sociedades nacionales para proteger los intereses de las empresas trasnacionales además de garantizar a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos el control militar del continente.

3. Definimos y distinguimos de acuerdo a(sic) las nuevas concepciones teóricas del gobierno de los Estados Unidos, las diferencias entre seguridad pública, interior y nacional.

4. Precisamos lo qué es el militarismo y las consecuencias históricas que ha tenido en relación a(sic) la negación del desarrollo democrático de los países y la afectación de los derechos humanos ahí está perfectamente establecido. El juicio histórico para el militarismo es negativo, contribuye a consolidar regímenes autoritarios que desprecian los derechos humanos.

Estado policiaco militar en México después de los atentados del 11 de septiembre de 2001, por ejemplo, nuestra integración de facto al Comando Norte de los Estados Unidos, los acuerdos inconstitucionales que dieron lugar al ASPAN y a la iniciativa Mérida, así como los cambios jurídicos nacionales para incorporar en el derecho mexicano el concepto de seguridad nacional en 2004 y 2005 [...]

12. Abordamos los costos de la militarización en México, que tampoco se analizan en términos de afectación a los derechos humanos, los costos sociales que han implicado miles de muertos, desparecidos y desplazados. También con datos oficiales exhibimos el aumento en el gasto militar en los últimos años en detrimento del gasto de educación, salud, producción y protección de los derechos humanos.

Demostramos que es una mentira oficial, que es una mentira oficial que no tengamos policías. Aquí se dice: “no hay policías, tenemos que sostener al Ejército”, mentira, existen en este momento 55 mil policías federales; 213 mil policías estatales y 134 mil policías municipales, pero no quisieron verlo, ni quisieron darse cuenta de que hubo una tendencia absoluta al gasto militar, pero están las policías y están las policías que pueden encargarse de este país [...]

Y presentó un conjunto de propuestas:

1. Derogar las facultades del Congreso de la Unión previstas en la fracción XXIX-M del artículo 73 constitucional para aprobar leyes en materia de seguridad nacional. La seguridad nacional, como es entendida por las Naciones Unidas y no por la vieja y nueva doctrina de la seguridad nacional de los Estados Unidos, que es la que están imponiendo hoy, es una tarea que corresponde a los ciudadanos y a todas las autoridades, fundamentalmente a las civiles, de acuerdo con sus competencias. En una democracia constitucional el último garante de la seguridad nacional es el propio pueblo y el órgano de control constitucional, y no las Fuerzas Armadas.

2. Se debe rechazar la guerra ofensiva, la Constitución de la República sólo permite la guerra exterior en legítima defensa.

¡Ah! Pero este vuelco a los principios de seguridad nacional ya no tenemos enemigo exterior, ni supuestas amenazas, acechanzas o posibilidades de un enemigo exterior. No, todos los enemigos, dice la seguridad norteamericana, son los enemigos interiores, los propios mexicanos.

3. En periodos de paz, digo, las Fuerzas Armadas en el ámbito interno podrán tener mediante una reforma constitucional las siguientes facultades:

a). Intervenir en situación de suspensión de garantías, que se alarman cuando les decimos: ¿quieren solucionar estos problemas, como le decíamos al gobernador de Guerrero? Lo único que tienen que hacer es pedir una suspensión de garantías.

Pero en la suspensión de garantías se tiene un control del Congreso, no tenemos un Presidente aspirante a dictadorcillo con el manejo personal de las Fuerzas Armadas, no, hay mecanismos en la Constitución, que es la suspensión de garantías, no quieren porque la suspensión de garantías, como veremos, implica el control del Congreso, y en el caso de lo que están proponiendo, no hay ninguna garantía, es el dictador Peña Nieto con sus huestes militarizadas el que puede decidir lo que se le dé la gana.

¡Eso, así empezaron en Chile, eh! Con este tipo de medidas. Pueden intervenir en la suspensión de garantías, intervenir en situación de suspensión siempre subordinadas a las autoridades civiles y al sistema normativo.

b) Participar en la intervención federal prevista en el artículo 119 de la Constitución con supervisión de las autoridades civiles por siete días en los términos del primer párrafo de esa norma; cumplidos los siete días sin que exista solución en la entidad federativa o región de que se trate, se debe iniciar el procedimiento de suspensión de garantías, no aplicar la suspensión de manera permanente en todo el país.

Y c) En caso de amenazas y riesgos medioambientales, protección civil, campañas de salud, educativas. En esto último supuesto, que sí puede participar, la autoridad militar actuará sin armas y estará subordinada, de acuerdo a(sic) las competencias constitucionales y legales de cada autoridad al Ejecutivo, al Congreso de la Unión, al Poder Judicial Federal y al resto de los niveles de gobierno, y órganos constitucionales establecidos en la norma fundamental.

4. En el plazo de tres meses los integrantes de las Fuerzas Armadas de la República deberán regresar a sus cuarteles, en los términos del artículo 129 de la Constitución, a sus cuarteles, sin que puedan atender tareas de seguridad pública ni ninguna otra manera, porque no está comprendida en los supuestos constitucionales la posibilidad de las Fuerzas Armadas en todas las funciones de seguridad pública.

5. Las autoridades competentes, en los tres niveles de gobierno, deben reasumir sus facultades en materia de seguridad pública. La autoridad que no pueda resumir sus competencias, como son el gobernador que estuvo aquí hace unos días, integralmente no puede, lo debe comunicar al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que éste inicie sobre la entidad federativa correspondiente el procedimiento de suspensión de garantías, además de iniciar respecto al gobernador los presidentes de juicio político y de responsabilidades que correspondan por el abandono a la seguridad de su propio territorio.

6. Se deben declarar nulos, por inconstitucionales, por no haber sido conocidos, discutido y aprobados por el Senado todos los acuerdos interinstitucionales en materia de seguridad nacional, interior y pública, suscritos por el gobierno de la República. Fox, Calderón y Peña Nieto están operando inconstitucionalmente y los acuerdos que establecen esta hegemonía norteamericana son inconstitucionales, deben declararse nulos por inconstitucionales.

7. En México, decíamos entonces y hoy lo repito, se debe constituir una comisión de la verdad que debe investigar los actos y omisiones que impliquen violaciones a los derechos humanos, por montones, en éste y en el anterior sexenio, respecto a las conductas de los responsables civiles y militares, incluyendo a los presidentes de la República, que hayan ocurrido con motivo de la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Es normal un juicio de responsabilidades a quienes han echado a andar esta maquinaria infernal que tiene a México sumido en una desgracia brutal y que les es muy fácil decir: “más violencia, más fuerza, exterminémoslos a todos”. Esa es la respuesta de esta iniciativa o este dictamen que se está poniendo a discusión.

8. Se deben de aprobar de inmediato las reglas y procedimientos para constituir un sistema de profesionalización y de carrera policial que atienda las necesidades de los tres niveles de gobierno, que tampoco estaba, ahora lo pretenden meter en un Artículo Quinto Transitorio que nadie conoce y que lo presentan como gran solución de última hora.

Como ven ustedes, esta iniciativa, que es voto particular, la presentamos hace dos años y no la tomaron en cuenta, y es una salida constitucional respetando a nuestras instituciones, y no esa guerra de usura a la que nos ha sometido Estados Unidos, en donde van destruyendo nuestras instituciones, el federalismo, al Congreso de la Unión, los municipios quedan sometidos, y de eso se trata. Más adelante les platicaré lo que es la guerra de cuarta generación, para que se den cuenta de que están destruyendo las instituciones del país, están destruyendo nuestros sistemas de justicia, están destruyendo a los gobiernos de los estados. Que ciegos y sordos, aquí se quedaron callados proponiendo algunos pequeños cambios que ni si siquiera a esos le hicieron caso.

En otra intervención para presentar el posicionamiento del Grupo Parlamentario PT/Morena, el senador Manuel Bartlett señaló las violaciones constitucionales contenidas en la Ley de Seguridad Interior, las cuales consideramos muy graves:

[...] se está por votar un instrumento inconstitucional. Todo lo que se ha dicho y se ha manejado, muchas veces se toca el tema de la inconstitucionalidad, pero eso es lo que vamos a votar, un instrumento inconstitucional. Viola el artículo 73 constitucional, que no confiere competencia al Congreso para expedir una ley de seguridad interna, digan lo que digan, no existen facultades de este Congreso para expedir una ley de seguridad interna. Se violan los artículos 39, 40 y 41 de la Constitución. Nuestra Constitución indica que la soberanía reside en el pueblo, que el Estado mexicano es una República representativa, democrática, federal y laica. No puede, por tanto, establecerse un régimen militar de excepción e indefinido en una ley secundaria. El militarismo es coincidente con el autoritarismo, aquí se ha dicho, pero no con la democracia, ni con la República. Se viola el artículo 29 de la Constitución. Las condiciones jurídicas y políticas de excepción sólo pueden darse a través del procedimiento de la suspensión de garantías, no a través de procedimientos de suspensión, si no establece un régimen de excepción transitorio permanente para emplear a las Fuerzas Armadas y preservar el orden o enfrentar riesgos y amenazas internos bajo procedimientos legales que no se fundamentan en el artículo 29 constitucional, que es el propósito del dictamen. Se viola el artículo 119 de la Constitución, primer párrafo, la intervención federal que contempla ese precepto es a petición de las legislaturas o por el ejecutivo de cada entidad, si aquellas no estuviesen reunidas. Jamás, la intervención federal del artículo 119 constitucional, le da facultades al titular del Poder Ejecutivo para iniciar el procedimiento que prevé esa norma. Se viola el artículo 124 de la Constitución. Es evidente que la Federación no tiene competencias para expedir leyes en materia de Seguridad Interior, por lo que, atendiendo a las competencias de los estados, estos podrían, en ejercicio de esa supuesta competencia residual, ocuparse de la Seguridad Interior en los términos y condiciones que establezca, desde luego sin militarizar a las entidades federativas. Se viola el artículo 129 de la Constitución. La norma que indica que, en tiempos de paz, el lugar de las Fuerzas Armadas son los cuarteles, por lo que las Fuerzas Armadas no pueden ocuparse de Seguridad Interior. Aquí se dice que pueden estar cuidando y haciendo, no, no pueden ocuparse de Seguridad Interior, su espacio es en los cuarteles, fortalezas militares, y su función la disciplina estrictamente militar. Se viola el artículo 21 de la Constitución, aunque el dictamen señale que las acciones de Seguridad Interior no tendrán la condición de seguridad pública, lo cierto es que la actuación de las Fuerzas Armadas no tendrá otro propósito que ese. El artículo 21 constitucional, con claridad dice que la seguridad pública es una competencia de carácter civil. Se violan los artículos 1o., 10, 11, 14, 16 y 17 de la Constitución. El dictamen propone vulnerar los derechos humanos a manos de autoridades militares, el bloque completo de constitucionalidad y convencionalidad, los derechos de reunión, manifestación y tránsito que se verán restringidos permanentemente con las declaratorias de Seguridad Interior, así como los derechos vinculados al debido proceso que prohíben que las personas sean molestadas en sus propiedades, posiciones si no es a través de mandamientos de la autoridad competente. Se viola el artículo 89, fracción VI de la Constitución. Una corriente interpretación al artículo 89, fracción VI, que dota al Ejecutivo de competencia para emplear a las Fuerzas Armadas para la Seguridad Interior, sólo es compatible con lo dispuesto en los artículos 29 y 119, primer párrafo de la Constitución.

No se puede interpretar de otra forma el artículo 89, fracción VI, porque ello equivaldría a vulnerar el principio de la división de poderes, la soberanía de los estados y el principio de municipio libre. Unas Fuerzas Armadas en el territorio nacional que obvian y menosprecian los controles constitucionales de los Poderes, Legislativo y Judicial y la soberanía estatal y municipal. Solamente en el marco de los artículos 29 y 119 sería permisible el empleo de las Fuerzas Armadas para la Seguridad Interior. Se violan los artículos 49, 115, 116, 124; se viola el principio de certeza jurídica, se reprimirán las manifestaciones, violación a los artículos 6o. y 9o. de la Constitución.

El artículo 8 del dictamen establece: que las manifestaciones no se considerarán amenazas a la Seguridad Interior si se realizan conforme a la Constitución. El problema jurídico consistirá en que la autoridad competente, el Ejecutivo Federal o el Secretario de Gobernación definirán qué es lo que se entiende por manifestaciones conforme a la Constitución.

Se viola el artículo 6o. de la Constitución que establece el principio de máxima publicidad. Se violan los artículos 6o. y 16, párrafo segundo de la Constitución, porque según el dictamen, en el artículo 31, el derecho fundamental a la protección de los datos personales queda desvanecido. Además, que, con motivo de la Seguridad Interior, se podrá infringir la confidencialidad del padrón electoral, el secreto fiscal bancario o ministerial. Se contravienen los tratados y las recomendaciones internacionales formuladas por los organismos internacionales sobre derechos humanos, que han señalado los riesgos de la militarización para los derechos humanos.

El dictamen sirve para perpetuar un modelo que, en 12 años de aplicación de facto, ha demostrado ser inefectivo para reducir la violencia y que, por el contrario, ha incrementado la inseguridad, las ejecuciones extrajudiciales, los desaparecidos y los desplazados internos. En síntesis, un dictamen como el que discutimos sólo puede concebirse desde una concepción dictatorial del poder, constituye un golpe de Estado, rompe los principios de la división de poderes y del federalismo.

En lugar de buscar por todos los medios la paz, de buscar realmente la paz, decretan el exterminio la única solución, el exterminio y la guerra perpetua, la muerte. Es una falacia decir: Que esto empezó y está presentado y defendido por el Poder Judicial. Eso es falso. Esto es lo que estamos ahorita presentando para su votación, un proyecto que no solamente viola todos esos artículos constitucionales es un proyecto anticonstitucional, eso es lo que se está presentando aquí, no un marco para el Ejército, ni un marco para buscar la paz, un Decreto absolutamente inconstitucional.

Además de plantear las violaciones constitucionales que entraña la legislación en materia de seguridad interior, el senador Bartlett en una tercera intervención, hizo la crónica de un conjunto de reuniones que, en su opinión, reflejan que esta ley es la entrega de la seguridad mexicana a los designios del gobierno de los Estados Unidos:

Nuestro posicionamiento va a ser para situar el tema de la seguridad en México y todos los pasos que ha seguido, porque la Ley de Seguridad Interior que hoy se va a imponer por el PRI y sus aliados, es el último eslabón en la construcción de un Estado policiaco militar, subordinado, lo he dicho, pero nadie lo oye a los Estados Unidos. La construcción del Estado policiaco militar es la elaboración paulatina de un sistema jurídico concatenado y planeado en el exterior. El Estado policiaco militar significa un estricto control social por las Fuerzas Armadas, control social, eso es lo que se persigue al mantener al Ejército y a la Marina en las calles de México. Las amenazas, ya nos dijeron no son externas, no hay enemigo externo, es nuestro socio, enemigos internos dicen: el terrorismo, la guerra contra las drogas, crimen organizado, ese es el enemigo, ese es el enemigo de la seguridad nacional y del Estado policiaco militar. Las empresas transnacionales exigen la garantía de la represión política y militar, lo hemos discutido aquí y se van a acordar. El Estado policiaco militar suma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada no es una ley aparte, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada de noviembre de 1996 y las reformas al Código Penal Federal de ese año, que establece el tipo penal de la delincuencia organizada entra: unión de tres personas o más para cometer cualquier delito, delincuencia organizada, puede ser cualquier delito. Si mencionan al terrorismo, pero no nada más, cualquier delito es delincuencia organizada, si así lo quieren.

Permite las operaciones en cubiertas, la intervención de las comunicaciones privadas, ya aquí en estas leyes que se aprobaron como parte de este establecimiento del Estado policiaco militar que hoy concluye. En 2002, México se integró al Comando Norte de los Estados Unidos tras los atentados de Nueva York del 11 de septiembre del 2001, y de la expedición importantísima de la Patriot Act que ya nos rige.

El 28 de octubre de 2013, se celebró en México la Conferencia Especial sobre Seguridad de la OEA, que manejan ya saben quién, ahora hasta nosotros, la Conferencia Especial sobre Seguridad de la OEA aprobó la Declaración sobre Seguridad en las Américas. Esta declaración sobre seguridad introdujo las nuevas amenazas a la seguridad nacional de los Estados Unidos, terrorismo, crimen organizado, inmigración ilegal. Aunque ajenas la hicieron propias todos los países de América Latina.

El 5 de abril de 2004 se publicó la reforma constitucional en los artículos 73, fracción XXIX-M y 89, fracción VI para introducir importado de los Estados Unidos ese concepto de seguridad nacional. Es la consecuencia de la aprobación de este decálogo de la OEA, inmediatamente se incorpora a la Constitución de la República. De ahí surge ese concepto de esa movilización, de esa manipulación de la OEA a todos los países de América Latina que estableció estas medidas y se meten en la Constitución.

Si no entendemos esto y si no le damos seguimiento, no entendemos por qué aparece de repente una nueva concepción de la seguridad nacional, hay que reformar la Constitución para Seguridad Interior, para seguridad nacional, ese concepto de seguridad que es al que le preocupa Estados Unidos no a nosotros, nosotros no tenemos los problemas del terrorismo por las guerras extranjeras, nosotros no tenemos una serie de preocupaciones, pero se convierten en amenaza interior, desaparece la amenaza de cualquier poder hegemónico de América Latina que ya sabemos cuál es, esa ya no es amenaza, las amenazas son las que a ellos les interesa para que se persigan aquí para su propio beneficio.

El 5 de abril de 2004 se publicó la reforma constitucional a los artículos 73, digo ya lo comentábamos, importando el concepto de seguridad nacional. La Ley de Seguridad Nacional se publicó en el Diario Oficial de la Federación en enero de 2005. Su artículo 3 define a la seguridad nacional, como lo decíamos, frente a las amenazas y riesgos que definen la rebelión, el terrorismo, el sabotaje; pero faculta además la intervención de comunicaciones y las operaciones encubiertas. Otro eslabón, la Alianza para la Seguridad y Prosperidad de América del Norte, ASPAN, suscrito por Vicente Fox en marzo de 2005, que involucra Canadá, Estados Unidos y México. En un esfuerzo conjunto integrado, nuestras políticas de seguridad deben ser para garantizar la integración de los Estados Unidos, Canadá y México con los objetivos de seguridad de los Estados Unidos.

En 2009 y 2013 el ASPAN se modifica, cambia de nombre y se llama Diálogo Económico de Alto Nivel, es lo mismo, ese lo utiliza Zedillo, y ahí se dan un sinnúmero de acuerdos económicos, políticos de seguridad que comprometen a México a la política definida entre el país hegemónico y el pequeño presidente Peña Nieto sin que lo apruebe el Senado, nadie sabe qué van arreglando, sino simplemente lo que sacan en los boletines que quieren. Calderón para impedir el paso de las drogas a los Estados Unidos inicia en diciembre de 2006 la guerra contra las drogas con la exigencia de Estados Unidos, lo analizamos en su tiempo, exigido por Estados Unidos, ellos quieren que los muertos estén en México, desde entonces, a que nosotros tenemos que perseguir, aniquilar, matar a todos aquellos que llevan drogas allá, pero la militarización en Estados Unidos no existe y los muertos están aquí, no allá, para eso los Estados Unidos exigen y se acepta que aquí haya una guerra contra las drogas. Costó en ese periodo más de 100 mil muertos la guerra contra las drogas impuesta por los Estados Unidos, con la presión de ellos, para que no pasen las drogas allá y los muertos estén aquí. Claro, costó en ese periodo más de 100 mil muertos y más de 30 mil desaparecidos. Violentó el estado de derecho al permitir que las Fuerzas Armadas realizaran, ya desde entonces, funciones en contra de la Constitución de la República.

La iniciativa Mérida que se les olvida, se lo comentaba yo a los gobernadores, si abrían los ojos, la iniciativa Mérida, lo saben, el acuerdo de Calderón con George Bush el 30 de julio de 2008, no ratificado por el Senado, es inconstitucional, pero implica formalmente la obligación de mantener nuestras Fuerzas Armadas en el combate al narcotráfico y al crimen organizado. El gobierno de los Estados Unidos diseña libremente las políticas militares y seguridad y las implementan en la región. Las Fuerzas Armadas quedan subordinadas al Departamento de Estado, a la Homeland Security, a la CIA y otras agencias del gobierno de Estados Unidos. No se les olvide tampoco, recuerden ustedes que a cada rato el Congreso de los Estados Unidos analiza si el dinero que nos manda, con lo que gastamos nosotros en la militarización, en la compra de armas allá, el Congreso de los Estados Unidos se permite supervisarnos, porque con el Plan Mérida nos comprometimos a hacer lo que ellos quieren y están siempre pendientes y ver si los 4 dólares que nos mandaron han sido eficientemente analizados por el Congreso de los Estados Unidos, nos revisa a ver si somos eficientes o no, y cuando hay alguna cosa que no les gusta, como la escapatoria, la salida del Chapo, fue un golpe en el New York Times y dice “esos mexicanos no sirven para nada, vamos a presionarlos para que sí sirvan”.

La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el 2 de enero de 2009, iniciativa de Calderón, permite el uso de agentes encubiertos, la información satelital de la telefonía y el Internet, incluye el concepto de inteligencia preventiva desde antes, la georreferrenciación de los equipos de comunicación móvil en tiempo real, y el sistema de escuchas, con la obligación, no se nos olvide porque es un sistema concatenado, con la obligación con esos acuerdos de transmitir y compartir toda la inteligencia que tengamos, toda, con los Estados Unidos.

El Pacto por México, fíjense, 2 de diciembre de 2012 comprometió promover el nuevo sistema penal acusatorio e introducirlo a la Constitución de 2008, con el fin de homologar el sistema penal mexicano al norteamericano, con lo que, si sustituyes parte de esa guerra de cuarta generación, se sustituye la cultura jurídica nacional de origen románico por el “cómo lo”, ¿por qué? Porque ellos quieren que el sistema penal en México sea igual al suyo.

Y les quiero decir que el sistema penal norteamericano es pésimo, todo se arregla, inconstitucionalmente se arreglan y se ponen, si aceptas te quito años, ese sistema penal es ajeno a la cultura mexicana, es un fracaso en México, porque los abogados, los magistrados, los jueces, no saben de eso, no están entrenados, para eso estudiaron otra cosa y la Suprema Corte que en un principio, recuerdo, se opuso, después fue sometida como acostumbran y dijo “está muy bien, es un gran sistema”, imposible porque tienen que meter miles de estudios y cortes, y los jueces tienen que estar ahí, en fin, una cultura ajena que es parte de esa guerra de destrucción de la cultura mexicana.

No se les olvide que las telecomunicaciones 100 por ciento abiertas a la inversión extranjera.

El 13 de mayo de 2016, se reúnen los mandos de la Defensa de Estados Unidos con los Secretarios de Defensa y Marina de México. El jefe del Ejército de Estados Unidos agradeció el apoyo de México para consolidar las políticas de seguridad en el continente, apoyo militar. Otra joya de aquí, las reformas al Código de Justicia Militar y la aprobación al Código Militar de Procedimientos Penales, publicados en el Diario Oficial de la Federación en 2016, confirieron poder desmedido al secretario de la Defensa, que nombra todo, su justicia es él y permite cateos, intervención de telecomunicaciones, ustedes están de testigos, aquí lo discutimos, aquí se aprobó, dándole al Ejército una serie de funciones exorbitantes. En junio de 2017 se militarizan los puertos del país. No estamos militarizando nada, ¿eh? Se militarizaron los puertos del país porque el Embajador de los Estados Unidos, Pascual, estableció en el Congreso o señaló en el Congreso de Estados Unidos que no cabían sus barcos, su exportación en sus puertos, que necesita los puertos mexicanos, así se dijo y para eso, para que estén tranquilos, se militarizaron los puertos. El 19 de mayo, los Secretarios de Relaciones Exteriores y de Gobernación tuvieron reuniones con el secretario del Departamento de Estado, Tillerson, ¿se acuerdan? Es el ExxonMobil y con John Kelly, acuerdos opacos y participación del Senado inconstitucionales, fortalecen y subordinan a México a los intereses de Estados Unidos, publicado en el New York Times, aquí no.

Entre el 14 y el 16 de junio de 2016, se celebró en Miami, Florida, la Confederación de Alto Nivel sobre la Seguridad y Economía para México y Centroamérica. Se mutó nuevamente la Alianza para la Prosperidad y Seguridad de América del Norte, el ASPAN, para darle un enfoque ya primordialmente militarista.

Videgaray y Osorio Chong, el promotor del militarismo en México en lugar de las policías, se reunieron hoy con todos los secretarios, la plana mayor de Estados Unidos, el Departamento de Estado y la Homeland Security para hablar de la cooperación, o sea, la rendición de cuentas en materia de seguridad. Osorio Chong anunció a los Estados Unidos, frente a estas autoridades militares de ese país y parte del gabinete norteamericano, la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, cuando no empezamos a discutirla en el Senado, apareció en CNN, y sin tomar en cuenta para nada a Osorio Chong, no se enteró de la opinión a esta ley de la Organización de las Naciones Unidas y todas las organizaciones internacionales en las que están burlando esta ley. Nadie eso dijo, sí, esta ley es el eslabón final de esta sumisión de la seguridad nacional a los Estados Unidos. ¿Les parece eso patriótico?, ¿les parece entregar la seguridad de nuestro pueblo, de nuestros recursos, a los Estados Unidos?, ¿ustedes creen que su objetivo es la protección y la seguridad de México? No, ese es otro tema que vamos a ver, es la intervención, la ocupación territorial, nuestros recursos, la destrucción de nuestra cultura, la educación, todo lo que nos hace mexicanos, hay que cambiar, eso se llama, para que sepan, y aquí lo podemos todavía discutir, se llama “la Guerra de Cuarta Generación”, silenciosa, que ya ocupó, y cuentan con ustedes, con ustedes para consolidarla.

Por su parte, el entonces senador Rabindranath Salazar Solorio, ahora coordinador del Movimiento de Regeneración Nacional en el estado de Morelos, presentó su voto particular en contra de la aprobación de la legislación, planteando que se requiere seguridad sin guerraen donde no se dilapide la credibilidad de las Fuerzas Armadas; modelo [...] ejemplar ha sido su posición institucional en momentos de tragedia, del auxilio a la población civil prestando su valiosa ayuda en caso de desastres naturales para preservar el orden, el auxilio de las personas y sus bienes, así como para la reconstrucción de zonas afectadas mediante la activación del Plan de Auxilio a la Población Civil en Casos de Desastres, conocido como el Plan DN-III-E [...] cuando a las Fuerzas Armadas se le exigen tareas que no les competen constitucionalmente, como es el caso de las funciones de seguridad pública, prevención y persecución de los delitos.

Señala el senador que se quiere aprobar una ley sin sustento constitucional y con ambigüedad en la falta de controles para la regulación del uso de la fuerza, como ya se ha venido mencionandoy abunda:

Una ley que invade competencias constitucionales por parte de Fuerzas Armadas a ministerios públicos en materia de investigación y persecución de los delitos [...] Una ley que no define de manera clara el término de uso de fuerza, por lo que el actuar de las instancias de Seguridad Interior ante cualquier situación no será proporcional e incluso irracional al no ajustarse a los estándares internacionales en la materia. Una ley que por sus contenidos y entrada en vigor será objeto de una lluvia de amparos y acciones de inconstitucionalidad por sus contenidos totalmente regresivos a los derechos humanos y contradictorios, además, con diversos artículos constitucionales en relación al(sic) debido proceso, a la protección de datos personales, a la máxima publicidad y a la falta de facultades por el Congreso de la Unión para legislar en materia de Seguridad Interior, entre otras.

Son éstas y otras preocupaciones, no solamente expresadas por mí o por mi grupo parlamentario del PT-Morena, pueden ustedes ver todos estos días la preocupación de la gente que se ha venido a manifestar en torno al Senado; pueden ustedes ver la preocupación de la gente en las redes sociales, pueden ustedes advertir múltiples voces a nivel nacional como internacional, por ejemplo, los académicos de las universidades, el Ombudsman Nacional en Derechos Humanos, organizaciones de la sociedad civil y por la Comunidad Internacional; tan es así que Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Alto representante del Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, han advertido acerca de la regresión que significaría aprobar esta ley en los términos que viene.

Asimismo, tenemos también una copia del oficio que ha enviado la vicepresidenta del Parlamento Europeo, Evelyne Gebhardt, mediante una carta que ha remitido a todos mis compañeros Senadores donde ha expresado su preocupación respecto de la aprobación de esta Ley de Seguridad Interior, ya que estimó que no se cumple con las recomendaciones que diversos organismos internacionales han emitido a México para resolver los retos en materia de seguridad pública.

Por otro lado, resulta preocupante que una vez más quienes son mayoría en este Congreso, simulen tomar en cuenta las voces de expertos, académicos, universidades y gobernadores, y que de forma fast track, como en otros casos, pretendan aprobar una ley que lo único que generará es un retroceso al principio de progresividad inmerso en los derechos humanos.

La minuta que incluye la Ley de Seguridad Interior es un infortunio legal por donde se observe, en primer lugar, porque este Congreso no tiene facultades para discutir y aprobar una Ley de Seguridad Interior. Desde el ámbito del derecho constitucional mexicano, para el legislativo federal sus facultades son expresas y limitadas, es decir, para que nuestro Congreso de la Unión pudiera emitir la ley en mención, se requiere de facultades inmersas en la Constitución federal, no obstante, el artículo 73 constitucional no le faculta expresamente a ninguna de las dos Cámaras la emisión de una ley en materia de Seguridad Interior, por lo que de legislar en esta materia traería como consecuencia un acto nulo.

Por otra parte, se pretende darle más atribuciones a las Fuerzas Armadas, lo anterior, no garantizará una mayor seguridad y tranquilidad a los ciudadanos, ya que la nula ausencia de controles y la indebida regulación del uso de la fuerza permitirán que las Fuerzas Armadas sean utilizadas para reprimir protestas, incluso, pacíficas de la sociedad civil, situación que concuerda con las declaraciones del General Salvador Cienfuegos de que se “pretende regular a las Fuerzas Armadas en actividades de seguridad pública, situación que desnaturaliza su función primordial, que es defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación...”.

En suma, este Congreso no tiene facultades para legislar en la materia, ya que se mezclan los conceptos básicos de Seguridad Interior pretendiéndola mañosamente hacerla parte de la seguridad nacional.

Preocupa, además, que esta ley pretende aprobarse previo a los comisiones federales y locales considerados los más importantes en la historia reciente de nuestro país, por lo que resulta sospechoso militarizar al país y legalizar la actuación de las Fuerzas Armadas ante posibles situaciones que atenten al orden constitucional y al fortalecimiento de las instituciones democráticas del gobierno.

En dicho punto, hoy resulta contradictorio emitir discursos legaloides para justificar la militarización del país y buscar un efectivo estado de derecho, cuando hace poco más de un mes los que hoy cometen este atropello, castigaron al fiscal que se atrevió a aplicar la ley, al tiempo de evidenciar casos de corrupción y el uso indebido de recursos para financiar campañas electorales.

¿Qué hay detrás de la aprobación de esta ley que legitima el totalitarismo en las calles a 200 días de las elecciones y que posibilitaría la represión de conflictos postelectorales? ¿Por qué se insiste con inusitado interés en aprobar una ley tan evidentemente inconstitucional? Y finalmente, ¿por qué aprobar y decretar el fracaso de la política de seguridad pública militarizando por ley al país y exponiendo a una institución que ha basado su prestigio precisamente porque no realiza las funciones que estamos a punto de otorgarle?

Esas preguntas deberán responderlas de frente a la nación quienes voten a favor de esta grave decisión parlamentaria. Por lo pronto, es evidente que el impulsor de esta legislación deberá ser considerado para la historia parlamentaria como el enemigo número uno del Ejército mexicano. Por último, que quede claro, nosotros no estamos en contra del servicio y vocación de nuestras Fuerzas Armadas, sino que estamos en contra del uso faccioso e inconstitucional que se pretende dar a éstas. Por lo que no está de más recordarles que aquellos que avalen el presente dictamen cometerán un agravio contra nuestro pueblo.

En su turno, el senador Manuel Merino Campos quien será delegado del futuro gobierno en el Estado de Tabasco, señaló:

El pasado 4 de diciembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió un comunicado expresando su preocupación sobre el proyecto de ley que hoy nos ocupa, por contener preceptos contrarios a estándares en materia de derechos humanos, lo que significaría la normalización, regularización y permanencia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

La experiencia demuestra que la intervención de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública viene acompañada de violencia y graves violaciones a los derechos humanos.

El concepto de Seguridad Interior nace en el propio texto de la Constitución de 1917, en el artículo 89, fracción VI, decía: “disponer de la Fuerza Armada permanente, del mar y tierra, para la Seguridad Interior y defensa exterior de la Federación”, y es hasta abril de 2004 que se incluye el término de seguridad nacional, desde entonces la Constitución mexicana, existen las dos vertientes: Seguridad Interior y la defensa exterior.

En la misma reforma el Constituyente facultó al Congreso para expedir leyes en materia de seguridad nacional en el artículo 73, fracción XXIX-M, pero jamás se ha otorgado al Congreso la facultad de legislar en materia de Seguridad Interior.

En el artículo 2 de la iniciativa se definiría por primera vez en una ley el concepto de Seguridad Interior.

Es criticable el concepto de “uso legítimo de la fuerza”, señalado en el artículo 3 de la iniciativa, pues advierte que el ejercicio de las atribuciones de Seguridad Interior se observarán las obligaciones relativas al uso legítimo de la fuerza, ello permitiría a las Fuerzas Armadas ejercerla para repeler o neutralizar actos de resistencia no agresiva, hacer uso de su potencial y capacidad destructiva, pero además viola ese despliegue de fuerzas.

El contenido del diverso 129 constitucional, que expresa limitaciones a su actuación, “en tiempos de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”, y que se relaciona con el artículo 29 que regula la suspensión de los derechos fundamentales en el país para que el Ejecutivo, con la aprobación del Congreso, pueda hacer frente a situaciones o estados de emergencia.

En los artículos 11 y 12 se establece un procedimiento con el que el presidente podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las entidades federativas una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, y que dure hasta un año, previa consideración del Consejo de Seguridad Nacional, la intervención de las Fuerzas Armadas cuando se identifiquen amenazas a la Seguridad Interior.

No obstante, el artículo 6 otorga de forma absoluta al presidente potestad de ordenar sin necesidad de declaratoria la intervención de las Fuerzas Armadas y señala que será bajo la premisa de dar cumplimiento del Programa para la Seguridad Nacional y de la Agenda Nacional de Riegos contenida en la Ley de Seguridad Nacional.

La iniciativa ni fortalece a las policías, ni capacita a los militares como para intervenir en el servicio público de seguridad pública a cargo de los tres órdenes de gobierno, en términos de los artículos 21, 115 y 122.

Y contraviene esta propuesta, pues las instituciones de seguridad pública deben de ser de carácter civil y no militar.

Esta iniciativa es omisa para sancionar a los miembros de las Fuerzas Armadas, ya que no asume la generación de responsabilidades que pudieren derivarse al cometer una conducta que afecte a un civil, pues sólo menciona el artículo 34 que, “todo incumplimiento será sancionado en los términos del Sistema de Responsabilidades y del Sistema Nacional Anticorrupción”.

Se faculta al Ejecutivo Federal a abrir una vía hacia la militarización del país dando forma legal al hecho de que las autoridades federales, estatales y municipales continúen evadiendo sus responsabilidades constitucionales, en materia de seguridad pública, en vez de asumir su obligación de capacitar y poner a las fuerzas policíacas al nivel que corresponde. Se pudiera pretender normalizar la labor de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública y agravar la situación, en materia de derechos humanos y violencia, en el marco de la participación del Ejército y la Marina en la lucha contra el crimen organizado, en contra de las recomendaciones internacionales, y a pesar de los graves indicios de violaciones de los derechos humanos cometidas por éstas en los últimos años.

Este parece un proceso legislativo bastante atropellado, que bajo el espíritu de resolver la carencia de un marco legal que regule y limite la participación de las Fuerzas Armadas, a efecto de evitar los excesos y abusos de fuerza, que ya es un hecho notorio, el Ejecutivo Federal expande sus facultades en temas de seguridad pública y sólo se encamina a emplear las Fuerzas Armadas discrecionalmente y sin autorización del Senado.

No se advierten pesos ni contrapesos, es decir, en un clima de necesidad se hace presente la oportunidad con que, parece, el presidente pretende legitimar y reorientar el uso de la fuerza en los próximos procesos de 2018, y así no tener que acudir a la corte internacional tras una posible denuncia por violar y poner en peligro la vigencia de los derechos humanos en México. Incluso al pretender sustituir las competencias de otras autoridades como en la persecución de los delitos.

Nos entusiasma que el actual coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, entonces senador Juan Carlos Romero Hicks, planteara varias interrogantes que vale la pena recuperar, porque confiamos en que será congruente con su oposición a aprobar y expedir esta legislación de seguridad interior y trabajará conjuntamente con quienes estamos impulsando la abrogación de la ley:

Primero. ¿Se necesitaba una ley? No, lo que se necesita se reglamentar la certeza jurídica y no lo logran.

Segundo. ¿Es novedosa? No, es un documento referencial cuyo valor agregado es mínimo, porque no hay contrapesos y no se elimina la discrecionalidad.

¿Dónde está el Congreso?, ¿dónde están las autoridades locales?

Tercero. Viola posiblemente derechos humanos, pues es lo que afirman organismos internacionales y nacionales, y debe de ser un motivo de preocupación.

Cuarto. ¿Contradice el marco jurídico actual? Juristas respetados, así lo señalan, y denuncian la posible violación a disposiciones constitucionales.

Este proceso legislativo se ha convertido en una contradicción, afectó la estabilidad institucional, se violentaron los procedimientos legislativos; hasta ayer se integraron las comisiones unidas. La población no pudo acceder a su derecho de audiencia, este servidor, Juan Carlos Romero Hicks propuso que se abrieran las audiencias púbicas y ayer se votó en contra, no queríamos diálogo. El señor presidente de la República exhortó al Senado a abrir el diálogo, no se hizo de manera abierta.

En este Senado hemos pasado de un Poder Legislativo a un querer legislativo o peor aún, y no quiero ser irrespetuoso, llegamos a un perder legislativo, cada vez más el Congreso de la Unión pierde facultades, cada vez menos funciona como contrapeso, cada vez menos se representa y se escucha al elector. Pareciera que hemos perdido el sentido común.

La senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza recuperó en su intervención los argumentos sobre la inconstitucionalidad que hicieron valer más de 200 organizaciones y 100 especialistas del colectivo #SeguridadSinGuerra:

No se acredita que el Congreso tenga facultad constitucional expresa para legislar en esta materia. Y llama la atención que quieran dar la interpretación al artículo 73 constitucional, como facultad implícita, cuando no existe ninguna referencia en ninguna frase de la Constitución Federal que mandate la expedición de la legislación necesaria en materia de Seguridad Interior, ni para hacer efectivas las facultades propias del artículo 73.

Al regularizar el paradigma de seguridad militarizada, para darle normalidad a lo anormal, que desde hace 11 años se desplegaron masivamente a efectivos en actividades propias de autoridades civiles, se está violentando el párrafo noveno, del artículo 21 constitucional, en el que se establece sin equívocos que: “las funciones de seguridad pública estarán a cargo de las autoridades civiles”.

Y se violenta también el artículo 29 constitucional, al normalizar el estado de excepción y la suspensión del ejercicio de derechos y sus garantías. Se violenta el artículo 129, que establece expresamente y sin interpretaciones que: “en tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

También permite que el Ejército, sin facultades constitucionales y sin controles judiciales para ello, pueda intervenir llamadas, correos electrónicos y hacer espionaje.

Invade atribuciones de los órganos autónomos. La minuta de la ley dice: “que los entes autónomos están obligados a dar información de las investigaciones que llevan a cabo a las instituciones que participan en las declaratorias de Seguridad Interior”.

Se viola también el derecho a la información, por lo que la ley clasifica toda la información relacionada con operativos y abusos que se cometan como información reservada por seguridad nacional, con lo que anulan la posibilidad de tener información para la investigación de violaciones a derechos humanos cometidas en acciones militares.

Esta ley niega el acceso a la justicia, a las víctimas que quieran reclamar la responsabilidad patrimonial por hechos ilícitos del Ejército, al excluir la posibilidad de que aplique el procedimiento administrativo para actos derivados de la Ley de Seguridad Interior.

Viola el pacto federal en sus artículos 115 y 119, al someter a la autoridad de una entidad federativa o municipal sin que participe en ninguna decisión de las afectaciones de Seguridad Interior, a que puedan remover a una policía o puedan imponer a otra en el ámbito de lo local.

Se violenta el debido proceso y con ello la violación a derechos procesales.

De acuerdo con la ley, los militares pueden detener y poner a disposición de la autoridad competente a las personas que se encuentren cometiendo algún delito, pueden disparar, hacer uso de la fuerza, hacer uso de la fuerza letal con las reglas que no se ajustan ni se aplican a los conflictos armados, ni a respetar principios de distinción entre objetivo militar o enemigo a combatir, y a la población civil tampoco aplica la regla de uso de la fuerza.

Anula en los hechos las reformas constitucionales de 2008, en materia del Sistema Penal Acusatorio; y de 2014, que establecen la creación de una Fiscalía autónoma, pues sus preceptos menoscaban los principios de una procuración de justicia que cumpla con ambas reformas.

El artículo transitorio propuesto es anticonstitucional, la legislación que se emita en Seguridad Interior es una legislación federal. Mediante este transitorio, se pretende generar obligaciones tanto para los estados como para los municipios en materia de seguridad pública, al proponer presentar un programa, lo cual exclusivamente debería hacerse a través de una ley general, que por su naturaleza jurídica sí distribuye competencias y puede regular obligaciones tanto en los estados como para los municipios.

En otras palabras, una simple ley federal no es instrumento normativo para establecer obligaciones para los estados y municipios en materia de seguridad pública, en su caso debería haberse generado una propuesta de ley general al Sistema Nacional de Seguridad Pública, legislación en materia de Seguridad Interior.

Importante intervención realizó el Senador Mario Delgado, quien ahora encabeza la mayoritaria bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados como su coordinador parlamentario:

Nuestro país camina peligrosamente en la cuerda floja del autoritarismo militar. Los muertos de Peña y Calderón suman más de 210 mil, y el país sigue cayendo en una insondable espiral de sangre y violencia.

Esta ley lo único que garantiza, porque ya hace muchos años Einstein nos dijo que: “loco es aquel que, haciendo siempre lo mismo, espera resultados distintos”. Esta ley lo único que garantiza es que vamos a tener más violencia y vamos a tener cada vez más dificultad en regresarle la tranquilidad a las familias mexicanas.

Para el Ejército Mexicano tampoco son buenas noticias porque esta ley desaparece todo el incentivo a que se formen cuerpos policiales profesionales y suficientes para regresar al Ejército a sus tareas constitucionales. La demanda para que sigan haciendo labores de seguridad pública va a aumentar y los va a seguir exponiendo a mayores casos de violaciones a derechos humanos.

Aquí ya se ha dicho todo, creo que desde la sociedad civil nos han llegado muy buenos análisis y recomendaciones.

El colectivo Seguridad sin Guerra, mis compañeros y compañeras el día de hoy aquí han dado excelentes argumentos.

Yo prefiero utilizar mi tiempo para darle voz a quienes no la tienen, esas voces incómodas que muchos de ustedes quisieran que no existieran, son las voces del dolor, son los costos de la seguridad militarizada. Son las viudas, las madres, los hermanos que lloran y reclaman la injusta muerte de sus familiares inocentes, o los sobrevivientes que les cambió la vida para siempre. Si la consigna a ustedes les ha doblegado la razón, espero que cuando menos permanezca abierto su corazón. Los invito, con mucho respeto, a que veamos estos testimonios.

El entonces senador Delgado retomó uno video en el que se presentan los testimonios de víctimas de violaciones a derechos humanos cometidas por elementos de las Fuerzas Armadas que participaron en el mes de marzo de 2017 en un Foro organizado en el Senado de la República por el Colectivo #SeguridadSinGuerra y el propio senador Delgado y las senadoras Iris Vianey Mendoza y Martha Tagle. Posterior a la presentación del video, el senador Delgado continuó su intervención y la terminó planteando que quienes impulsaban la legislación sabían muy bien quela ley no mejoraría la seguridady que seguirían exponiendo al Ejército Mexicano a estas violaciones de derechos humanos.Cerró su discurso reivindicando una seguridad sin guerra.

Es en extremo relevante que el diputado federal Mario Delgado, ahora coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en Cámara de Diputados, haya sido tan certero en sus cuestionamientos a la legislación en seguridad interior presentando las voces que más importan: las de las víctimas. Con las que siempre tuvo una actitud solidaria y comprometida, por ello, esperamos sea un gran promotor de la abrogación de la Ley de Seguridad Interior que hoy estamos poniendo a consideración del Pleno de Senado.

También fue de gran valía la intervención del entonces senador David Monreal Ávila a nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo/Morena en contra de la aprobación de la Ley:

En el 2006, la administración federal tomó la decisión de sacar a las Fuerzas Armadas a la calle. Esto se llevó a cabo sin tener una estrategia definida en materia de seguridad, y los resultados fueron catastróficos, más de 121 mil homicidios dolosos, incremento de la violencia, violación a los derechos humanos, el consumo de drogas entre los jóvenes se expandió más rápido, y ante tal panorama, en el año 2012, durante su primera visita al Heroico Colegio Militar como Presidente de la República, Enrique Peña Nieto prometió el regreso gradual de militares y marinos a los cuarteles, con la implementación de una nueva política de seguridad.

Nada de eso ocurrió, la política de seguridad fue un fracaso, empoderaron a la Secretaría de Gobernación al atribuirle facultades en materia de seguridad pública, crearon la Gendarmería, la cual ha brillado por su opacidad y siguen manteniendo a las Fuerzas Armadas en la calle.

A casi un año de que termine la actual administración federal, se plantea regular el quehacer de las Fuerzas Armadas, es decir, primero prometen que regresarán a sus cuarteles y después desean aprobar una ley que garantice la permanencia del Ejército y Marina en las calles. Así de contradictorio y difuso ha sido el gobierno de la República.

Del análisis de la Ley de Seguridad Interior es fácil identificar la gran ambigüedad que existe, la cual provocaría confusión y daría pie para que las Fuerzas Armadas actúen con discrecionalidad y sus actos sean justificados jurídicamente. La ley no contempla límite alguno en el quehacer de las Fuerzas Armadas, pero sí garantiza que las acciones de Seguridad Interior serán llevadas a cabo con su organización, medios y adiestramiento.

Casos como Tlatlaya, del Estado de México, como el de Palmarito, en Puebla, ilustran de sobremanera el actuar de las Fuerzas Armadas, es claro que su entrenamiento no es para prevenir los delitos, sino para realizar acciones bélicas.

Resulta llamativo que las Fuerzas Armadas no sustituirían las civiles, pero estas últimas sí estarán a su disposición ante amenazas a la Seguridad Interior.

Contrario a esta propuesta, se debería atender la deficiencia de las policías estatales y municipales, quienes no cuentan con el entrenamiento necesario para hacer frente a dichos delitos. Por tal razón, no es viable la subordinación de las fuerzas civiles a las Fuerzas Armadas.

Otro tema relevante es que las autoridades deberán preservar en todo momento y sin excepción los derechos humanos y garantías, de conformidad con los protocolos emitidos por las autoridades correspondientes. Es decir, por los protocolos que señalen las Fuerzas Armadas y no según el bloque de constitucionalidad y control de convencionalidad.

Cabe mencionar que, dentro de la guerra contra el crimen organizado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha recibido aproximadamente 10 mil denuncias de abusos perpetrados por miembros del Ejército, y determinó más de 100 casos de graves violaciones de derechos humanos cometidas por militares.

Tan sólo en el 2016, se reportaron 439 denuncias contra la Secretaría de la Defensa Nacional, y 258 contra la Secretaría de Marina. Asimismo, dio cuenta que 216 fueron por tortura, 28 por privación de la vida y 15 por desaparición forzada, lo que representó en los casos de tortura y desaparición forzada un incremento del 332 por ciento y del 36.3 por ciento, respectivamente, en comparación con el 2015, los datos mencionados hablan por sí mismo.

Por lo que respecta al artículo 8, la Ley de Seguridad Interior ordena que las movilizaciones que tengan motivo político-electoral no serán consideradas como amenazas de la Seguridad Interior. Lo anterior deja la puerta abierta para que las protestas sociales y libertad de expresión puedan ser consideradas como un riesgo a la Seguridad Interior, por tal razón, las Fuerzas Armadas podrían intervenir en la disolución de dichas manifestaciones.

Finalmente, no se contempla recurso alguno de transparencia, rendición de cuenta o contrapeso del Poder Legislativo, únicamente se limitan a rendir un informe al Ejecutivo Federal, es decir, no se evaluarán los resultados de la declaratoria a la Seguridad Interior, mucho menos se conocerán los protocolos de actuación, pues serán considerados como información clasificada. Lo anterior contradice lo estipulado en el párrafo segundo del artículo 6o. de la Constitución Federal. Para concluir, la Ley de Seguridad Interior no sólo es contraria a varios artículos de la Constitución Federal y violatoria de derechos humanos, sino que también deja en desprotección a las propias Fuerzas Armadas al mandarlas a realizar acciones que no les corresponden, situación que le provocará mayor desgaste y con esto, la pérdida de credibilidad.

[...] es primordial contar con instituciones de seguridad pública confiables y bien capacitadas, se deben de atender las recomendaciones de los especialistas en la materia como son: la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Inai, la ONU, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las organizaciones sociales, las Organizaciones No Gubernamentales que en los últimos días han manifestado su rechazo a esta ley, pues de no ser así, lo único que se llevó a cabo ahora fue un monólogo, puesto que las comisiones se limitaron a escuchar sin realizar algún cambio a la minuta. Por tal razón, mi voto será en contra del presente dictamen, pues no puedo ser parte de la barbarie que están por cometer. Ningún estado democrático apuesta a la militarización de su país para garantizar la paz, la vida y la seguridad de sus habitantes.

El senador Luis Humberto Fernández Fuentes, quien ahora es diputado federal, también expresó argumentos sólidos para oponerse a la aprobación de esta legislación anticonstitucional:

¿Qué tienen en común las Naciones Unidas, universidades públicas y privadas, comisiones de derechos humanos de todo el país, cámaras empresariales, organizaciones de la sociedad civil, artistas, iglesias, Amnistía Internacional, el Parlamento Europeo, la galardonada con la Presea Belisario Domínguez, y muchísimos juristas, entre ellos: Elisur Arteaga, Pedro Salazar, Diego Valadés, y muchísimos otros, ¿conté 70 en alguna lista? Todos tienen en común, a pesar de sus tremendas diversidades y diferencias, todos coinciden en la inconveniencia de la ley en comento, su inconstitucionalidad y su daño.

Y a partir de esto, el presidente invitó a escuchar.

¿Qué pasó? ¿Mintió o le mintieron? ¿A quién escuchó el gobierno?

Nadie dijo que estaba a favor. Nadie que esté afuera del grupo gobernante ha emitido una opinión favorable contra esta ley.

Este es el último acto, el daño final de la estrategia que nunca operó. Es el triste retazo de los diez puntos, aquellos que estarán en algún lugar olvidados en su memoria de los puntos que prometieron como estrategia de seguridad y que nos han llevado a este año terrible de violencia donde se rompieron todos los récords sin una respuesta efectiva del Estado.

Frente a estos diez puntos fallidos y, como dice la canción: que van de fracaso en fracaso, la única respuesta que atina el Estado mexicano no es a plantear una estrategia de seguridad, es a plantear esta ley.

Si bien compartimos la necesidad de un marco adecuado y correcto para las Fuerzas Armadas, y coincidimos con los diagnósticos que así se han planteado en su mayoría, pero esta ley no ofrece ningún avance, por lo que su inminente y triste aprobación nos da un mandato moral y nos obliga a plantear algunos riesgos y consecuencias que esto implica.

Permítanme plantear en argumentos llanos, sencillos y derivados del sentido común lo que encontramos en esta ley, que es inútil, inconstitucional y peligrosa.

Es inconstitucional, y será coartada para la violación de derechos humanos, ya no voy a abonar a esto, porque ha sido planteado con brillantes y claridad en esta tribuna por quien me antecedió en la voz. Pero sí es inútil porque genera incertidumbre y tensiones innecesarias. Con esta ley, las Fuerzas Armadas no tendrán más argumentos en su defensa, ni tendrán mayor seguridad.

Es falso que dé un marco adecuado, toda vez que prácticamente todos los juristas han destacado su inconstitucionalidad, más allá de una opinión, es una vulnerabilidad que anuncia su falta de efecto.

¿En qué torpe optimismo cabría pensar que no se va a litigar? El problema de fondo se ha comentado también, es la falta en la formación de policías confiables y funcionales, y la anulación de la Ley de Mando Mixto implica que no haya una ruta para su desarrollo y cancela la posibilidad de regresar a una mediana normalidad.

No ayudará de ninguna forma a la pacificación del país, ni dará mayor seguridad a los mexicanos, generará mayor incertidumbre. En el fondo, realmente ¿Qué cambiará? Es peligrosa, es muy peligrosa, representa un riesgo para la estabilidad nacional y expone al Ejército a un desgaste innecesario.

Uno de los pilares del Estado mexicano de fortaleza y autoridad moral de las Fuerzas Armadas ha sido esta franja que divide la actividad castrense de las autoridades civiles.

Con esta ley no sólo se recorre, se diluye y en el futuro seguramente generará grandes problemas para la nación. Aprobar esta ley en el último año de gobierno, en el peor año de violencia y con el mayor desprestigio de las instituciones, resulta inoportuno, además de riesgoso; abrirá el debate en los próximos años o en los próximos meses de la relación entre las Fuerzas Armadas y el poder civil.

El entonces senador Zoé Robledo Aburto, ahora diputado federal y futuro subsecretario de Gobernación, presentó su valioso posicionamiento en tribuna, mismo que transcribimos a continuación:

[...] se ha venido a hablar mucho aquí del falso debate, de ciertas dicotomías, [...] para que digan: “acúsenlos que están en contra del Ejército, señálenlos de poco patriotismo”. Y no es cierto, todos aquí reconocemos al Ejército, todos aquí lo hemos visto, jugándose la vida [...] Se ha dicho aquí que hay quienes queremos ver a un Ejército solidario y otros que quieren ver a un Ejército represor. Y no es cierto, todos reconocemos al Ejército, todos, en algún momento, le hemos estado agradecidos por alguna de sus acciones.

Y también es cierto que el debate no es que el Ejército esté en las calles, o que el Ejército esté en los cuarteles. El debate es que el Ejército esté siempre acompañado de la Constitución, ese es el verdadero debate. Y fue el debate también, en 1913, con el surgimiento del Ejército Constitucionalista. Ustedes, con este modelo, no son parte de la zaga de ese Ejército constitucionalista, son más cercanos a Huerta, a Wilson, a todos aquellos que pusieron al Ejército en contra de la población.Los que sacaron al Ejército a la Ciudadela, los que sacaron al Ejército a matar a Belisario Domínguez, ese es el modelo que están siguiendo.

Y miren, si el tema y la argumentación tienen que ver con la Seguridad Interior, pues vayamos entonces a los clásicos, o alguien va a negarle al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, al doctor Héctor Fix-Zamudio, alguna idea sobre lo que es la Seguridad Interior, en el diccionario jurídico mexicano ¿está? [...] la definición de Seguridad Interior.

Seguridad internacional, seguridad nacional, seguridad jurídica, seguridad social, no existe el concepto en ese diccionario de Seguridad Interior, se lo están sacando de la manga, están llevando al Ejército sí a las calles, para legalizar el fracaso, porque ese es el debate, están legalizando una estrategia fracasada, están legalizando algo que ya ocurrió y que desafortunadamente hoy, simplemente le están dando carta de naturalización [...] el error justamente proviene de ahí, de la base jurídica con la cual quisieron sustituir la ilegitimidad de un gobierno con la fuerza.

Porque volteemos a ver de dónde venimos, ¿por qué estamos en esta discusión? Porque cuando llegó un régimen ilegítimo, entonces sustituyeron la legitimidad vistiendo al presidente de militar y entonces queriendo sustituir legitimidad con fuerza. Lo que no ganaron en las urnas, sustituirlo con tanquetas en las calles, y pensaron que eso le iba a gustar a la población. Ese error, legalizar el fracaso tiene que ver no con lo que estamos diciendo nosotros, señores Senadores, tiene que ver con lo que les están diciendo desde el extranjero, lo que les están diciendo en las calles, y lo que les están diciendo a quienes ustedes supuestamente dicen representar.

Hablan de modernidad, ¿por qué no vamos entonces a ver qué ocurre en los países de la OCDE que tanto les gusta citar?

Ahí, de los 35 países, sólo 7 tienen un mando militar, que tiene carrera militar, un mando en la defensa que tiene carrera militar. Esta tribuna la utilizó Michelle Bachelet, que fue Ministra de la Defensa en Chile. En Alemania, hace rato citaron el caso alemán, es una mujer, una médica la que hoy encabeza el Ministerio de la Defensa.

[...] vayamos al fondo de las cosas, esto lo único que es, de lo único que forma parte es de un diseño ilegal, inconstitucional de la presidencia autoritaria, eso es lo que quieren dejar. Saben que van a perder la elección, entonces, ocupemos los espacios de poder. Saben que la gente los quiere sacar, entonces, están estableciendo la forma para quedarse.

La presidencia autoritaria que ustedes quieren instaurar tiene que ver con el Fiscal carnal, tiene que ver con el Fiscal militante, tiene que ver con el hecho de darle salida de impunidad a todos los crímenes de corrupción que se han cometido. Pero ¿qué creen? No se los van a dejar, y no nosotros, la gente que ha dejado de tener miedo. Ustedes están apostándole a la pulsión de la seguridad y la autoridad, y quieren decirle a la gente, no voten por este lado, nos va a llevar al abismo, peor abismo del que ya nos han metido ustedes, y aún peor, en qué cabeza cabe, de un demócrata que, a punto, en unos meses de que haya un cambio de gobierno se empiece a discutir esto, se cambie esto.

No solamente va a hablar de las arbitrariedades, de la falta de escucha pública. Lo que ustedes están haciendo es simplemente instaurando esa presidencia autoritaria, que no escucha a la oposición, que no escucha a los especialistas, que no escucha a nadie que le venga a decir, en su enorme soberbia, que están equivocados. Nosotros se los podemos decir en este proceso legislativo, aunque se aburran, aunque se cansen, pero los efectos de lo que están haciendo le van a costar muy caro al país, y de verdad, fraternalmente se los decimos: no lo hagan [...]

Queda más claro cuando escucha uno emocionado a los compañeros de Acción Nacional, que en ese voto de conciencia van a seguir lo que creen que es correcto, y no lo que aquí se ha ido construyendo.

El propio PRI debe recordar, en su historia, que en 1936 crearon a su sector obrero, la Confederación de Trabajadores de México.

Que en 1938 crearon al subsector campesino, la Confederación Nacional Campesina.

Y, en el ‘43, a su sector popular, la CNOP, la Confederación Nacional de Organizaciones Populares.

Y que en los 40’s se deshicieron del sector militar.

La gente ha perdido el miedo, el miedo se debe de ubicar en el lugar correcto, en ustedes, en sus corazones, por el terrible agravio que le están haciendo al Ejército, a la nación y a todos y cada uno de sus representados. Si alguien de aquí me comprueba que hizo campaña diciendo que iba a militarizar al país o que iba a aprobar la Ley de Seguridad Interior, si alguien se atreve a salir en este momento a la calle a hablar con la gente que está afuera, entonces, recobrarán la dignidad y el respeto que la votación que están a punto de someter, los habrá hecho perder quizá para siempre, y yo lo lamento, porque pasamos mucho tiempo juntos, pero ésta superó por completo cualquier descabellado sueño de un autoritarismo que pretende volver, pero que afortunadamente, en poco tiempo se va.

Acompañamos completamente la postura emitida por el ahora diputado federal Zoé Robledo, quien en un futuro próximo estará compartiendo responsabilidades en materia de política interior con la exministra Olga Sánchez Cordero en la Secretaría de Gobernación. Tenemos confianza en que sí escucharán las voces de la oposición, de los especialistas y expertos, y sobre todo de las víctimas de la violencia que han sido lastimadas en su vida, su integridad y libertad por la acción impune de elementos de las Fuerzas Armadas.

Otros senadores presentaron posicionamiento en contra: los senadores Fidel de Médicis y Raúl Morón en su calidad de senadores independientes; los senadores Marco Antonio Blásquez Salinas; las senadoras Layda Sansores San Román y Lorena Cuéllar Cisneros, diputada federal en funciones y futura delegada del gobierno del Morena en el Estado de Tlaxcala y el senador Carlos Merino Campos, futuro delegado del gobierno entrante en el Estado de Tabasco, todos ellos del Grupo Parlamentario del PT-Morena; del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, las senadoras Sylvia Martínez Elizondo, Marcela Torres Peimbert, Laura Rojas María del Pilar Ortega, Adriana Dávila, Laura Rojas y el senador Raúl Gracia; la senadora Angélica de la Peña y el senador Celestino Cesáreo Guzmán del Grupo Parlamentario del PRD.

Al abrirse el registro de las reservas, las y los senadores que se opusieron a la aprobación y expedición de la Ley de Seguridad Interior presentaron reservas a todo el articulado y los transitorios del dictamen.

Reservas de la Senadora Dolores Padierna Luna, actual diputada federal, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados:

Los responsables de esta crisis humanitaria, del baño de sangre en que convirtieron al país, sí tienen nombre y apellido, se llaman Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto. No las Fuerzas Armadas, sino los presidentes que iniciaron, que idearon esta guerra contra la población civil y contra el crimen organizado. Decía la Senadora Calderón que esta estrategia es contra el crimen organizado, llevan once años con esa estrategia, la pregunta es, ¿ya lograron combatir al crimen organizado?

Antes de esta guerra loca estaba medio controlado el crimen organizado, después de su guerra loca tenemos un baño de sangre, 230 mil muertes; 40 mil desaparecidos, y un sufrimiento enorme de millones de mexicanas y mexicanos. Cuál es su afán de legalizar este desastre humanitario, pero sirvan los argumentos que voy a dar artículo por artículo para demostrar que la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional y que la votación anterior arroja más de un tercio de los aquí votantes, y que podemos iniciar con estos argumentos la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 1 del dictamen, es inconstitucional.

En primer lugar, la facultad conferida al Congreso de la Unión en el artículo 73 constitucional, es para legislar sobre seguridad nacional, no sobre Seguridad Interior, y que nos digan que Seguridad Interior está subsumida en la seguridad nacional, dónde lo dice la Constitución, en qué ley se establece, qué artículo lo dice, porque ninguna parte normativa es simplemente un invento para justificar, pero además para subsanar la clara violación que se está haciendo, se hace una correlación con lo dispuesto en el artículo 89, fracción VI de la Constitución en donde, en efecto, se confiere la potestad al Ejecutivo Federal a disponer de las Fuerzas Armadas, pero no para violar la Constitución.

Artículo 6. Es inconstitucional porque establece que las Fuerzas Armadas implementarán sin necesidad de declaratoria de protección a la Seguridad Interior, políticas, programas, y acciones para identificar, y subrayo, prevenir y atender oportunamente la agenda nacional de riesgos. La redacción de este artículo es claramente inconstitucional, pues se contrapone a lo dispuesto por el artículo 129 de la Carta Magna que establece que, en tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los cuarteles. Este texto es explícito en limitar las funciones de la autoridad militar en tiempos de paz.

La interpretación integral del texto constitucional la hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y dice claramente que: las Fuerzas Armadas sí pueden colaborar de manera auxiliar en las labores de seguridad pública, pero su participación tiene que ser en auxilio de las autoridades civiles, no dirigir a las autoridades civiles, como lo están poniendo ustedes en esta Ley de Seguridad Interior. También dice la Corte que las funciones exigen un estudio integral de toda la Constitución, no puede ser parcializado este análisis, las labores de auxilio de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública tienen que estar delimitadas y que no pueden considerarse amplias ni extensas, ya que todo ello conllevaría a violentar las garantías individuales. El dotar a las Fuerzas Armadas de una facultad permanente para hacer labores de prevención y atención de riesgos es violar, incluso, la interpretación que hay sobre el artículo 21 constitucional que ha hecho la Suprema Corte. Pues con esta redacción se le confiere a las Fuerzas Armadas ya no labores de auxilio sobre seguridad pública, sino una función primordial que expresamente está conferida la prevención, únicamente a las fuerzas policiales, no al Ejército.

El artículo 7 es inconstitucional, pues violenta lo dispuesto en el artículo 1o. de la Carta Magna, al omitir la obligación de la promoción de los derechos humanos que se mandata en el artículo 1o., como si esa obligación fuera optativa o selectiva para las autoridades encargadas de dar cumplimiento a las disposiciones de esta norma, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen que cumplir las cuatro obligaciones generales en materia de derechos humanos: promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, y las Fuerzas Armadas no pueden mediante una ley secundaria abstraerse de ninguna de ellas, mucho menos en la de promover los derechos humanos, y ustedes están siendo omisos en el artículo 1o. constitucional.

Artículo 9. Es inconstitucional, ya que señala que la información que se genere será considerada de seguridad nacional, lo que contraviene el contenido dispuesto en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se garantiza que: toda la información en poder del gobierno debe de regirse bajo el principio de máxima publicidad. Establecer que la información generada por la aplicación de la ley será considerada de seguridad nacional, implica restringir, sin análisis alguno, el acceso a dicha información, pues como se sabe, la seguridad nacional es una de las expresiones al derecho que restringe el libre derecho a toda la información.

Artículo 10. Es inconstitucional, y es muy grave. El segundo párrafo dice: que la materia de Seguridad Interior queda excluida de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es la única que puede garantizar los derechos de los particulares, y asegura el eficaz cumplimiento de la justicia, prevé que el procedimiento de la justicia administrativa se desarrolle bajo los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe. Establece que la autoridad administrativa debe fundar y motivar todos sus actos, y aquí la Ley de Seguridad Interior está saltándose todos los actos, y debe respetar, además, el derecho de audiencia y el derecho de defensa que consagra el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que proclama que toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, y en condiciones de igualdad, hacer oída públicamente por un tribunal imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones.

Estas son las características de un elemental derecho a la justicia, que garantiza la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y ustedes, en este artículo, están diciendo que queda anulada esta ley para efectos de los militares. El excluir la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, es crear un estado de excepción, y eso es suplantar el artículo 29 de nuestra Constitución, único artículo que señala las características para decretar un estado de excepción. Excluir la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es, además, contravenir el artículo 16 constitucional, y el primero con correlación con los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El artículo 11, es inconstitucional, pues violenta lo dispuesto en el artículo 21 de nuestra Carta Magna, en relación a(sic) las obligaciones que se reconocen en materia de seguridad pública para las corporaciones policiales, funciones que no pueden ser suplantadas por las Fuerzas Armadas, pues estas sólo actúan bajo petición de auxilio y de manera complementaria, nunca en forma subsidiaria, como la están escribiendo en la Ley de Seguridad Interior. Al fijar en este artículo que las Fuerzas Armadas tendrán labores de prevención, atención y contención de las amenazas a la Seguridad Interior, se suplanta de facto la labor de prevención y protección que constitucionalmente sólo tienen atribuidas las fuerzas policiales.

El artículo 17, es inconstitucional, pues viola el artículo 16 de la Constitución, y el principio de legalidad al establecer, que a partir de la expedición de la declaración de protección a la Seguridad Interior, las acciones que realicen las autoridades federales para su atención y cumplimiento se considerarán como acciones de Seguridad Interior, ya que con esta redacción, las obligaciones, regulaciones, procedimientos y controles que ordinariamente aplican bajo el principio de legalidad para todas las autoridades y para todos sus actos, quedarían subsumidas e invalidadas mediante esta expresión genérica de conversión a acciones de Seguridad Interior, convirtiéndolas también, con esta redacción, en acciones de seguridad nacional, por lo que las y los gobernados no tendrían ni mecanismos de defensa ni reglas para medir legalmente la actuación de las autoridades en el marco de esta norma.

Los artículos 20, 21 y 22 son inconstitucionales, violentan lo dispuesto en los artículos 129 y 21 de nuestra Carta Magna, pues se les confieren poderes a las Fuerzas Armadas en tiempos de paz, y que forman parte de la esencia de la seguridad pública contenida en el artículo 21, no ya como instancias de auxilio, tal como lo permitió la Suprema Corte en su jurisprudencia, en el año 2000, sino como entidades responsables de la coordinación logística de la operación de las acciones derivadas de la declaración y supeditando incluso a las autoridades civiles, dándole al mando castrense la dirección de las acciones derivadas de la declaratoria.

Un comandante dirigirá a las autoridades civiles, sólo pasa en las dictaduras. En el trazo de nuestra Constitución no es una dictadura, es una República federal, democrática, civilista, por lo tanto, no es admisible que este pensamiento dictatorial pueda ser aprobado por este país, que está muy castigado ya por tantas desgracias. El pensar que se invocará esta legislación, es desconocer que existen diversos sistemas nacionales de coordinación entre los tres órdenes de gobierno, para hacer frente a las situaciones que pudieran afectar la Seguridad Interior. Para ello se han constituido el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, el Sistema Nacional de Protección Civil, la Conferencia Nacional de Gobernadores, entre otras más, cuya función primordial es, precisamente, la coordinación, la articulación para hacer frente juntos ante los riesgos, las amenazas, los peligros comunes y bajo la lógica de coordinación, no de sub-coordinación como lo proponen los artículos 20, 21 y 22, menos comandados por una autoridad militar. Ustedes están militarizando el país, que lleva once años militarizado con efectos desastrosos para la economía, en derechos humanos y para la estabilidad de nuestra población.

El artículo 26 es inconstitucional, al repetir prácticamente el contenido del mismo artículo 11 del dictamen, que es a su vez inconstitucional, pues violenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Magna, en relación a(sic) las obligaciones que se reconocen. En materia de seguridad pública, son exclusivas para las corporaciones policiales, funciones que no pueden ser suplantadas por las Fuerzas Armadas, pues estás sólo pueden actuar bajo petición de auxilio y de manera complementaria, nunca de forma subsidiaria, así lo determinó también la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al fijar en este artículo que las Fuerzas Armadas tendrán labores de prevención, atención y contención de los riesgos de la Seguridad Interior, suplanta de facto la labor de prevención y protección que constitucionalmente sólo tienen conferidas las fuerzas policiales.

Aceptar esto es renunciar a que las policías hagan su tarea y abdiquen en sus facultades constitucionales, abdiquen en favor de las Fuerzas Armadas. El artículo 30 es inconstitucional, al conferirle legalmente facultades a las Fuerzas Armadas para la realización de labores de inteligencia, que eso sólo la tiene la Secretaría de Gobernación y el Ministerio Público mediante el uso de cualquier medio lícito.

Es esta frase inconstitucional en el artículo 30, pues violenta el artículo 14 constitucional, en cuanto a las formalidades esenciales del procedimiento que deberán guardarse ante cualquier afectación de derechos, bienes y libertades, y es contrario a lo dispuesto en el artículo 16 constitucional en cuanto a la laxitud del principio de legalidad, al de la debida fundamentación y motivación, al de protección de datos personales, mismos principios constitucionales que se ven inobservados con la redacción de este artículo.

Y el artículo 31, les pido atención, es gravísimo, es inconstitucional y extremadamente grave. Contraviene disposiciones diversas, entre ellas, los artículos 6o., 41 y 102 de nuestra Carga Magna, ya que estos artículos contienen la base legal de actuación de tres organismos públicos autónomos, que tienen bajo su más estricto resguardo la información de millones de mexicanas y mexicanos. Y en estos tres artículos constitucionales aludidos, se establece como un principio de actuación de estos órganos autónomos, el de conducirse con estricta legalidad, principio que no podrían atender en los casos de que las autoridades castrenses les solicitarán cualquier tipo de información.

La facultad que se le confiere al mando castrense en este apartado, establece que será una obligación de los órganos autónomos el proporcionar la información que se posea y que le sea requerida en el marco del cumplimiento de esta ley, sin importar si esa información es de carácter confidencial, si manejan datos personales o peor aún si en esa información se establecen responsabilidades de carácter, precisamente contra la actuación de las Fuerzas Armadas, es contraria al artículo 6o., fracción VIII constitucional, en cuanto a las obligaciones del Inai, es contraria al artículo 41, Apartado B constitucional, en cuanto hace a los organismos públicos autónomos, de protección de los derechos humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las comisiones estatales de los derechos humanos están en un grave riesgo, será anulada la autonomía por este artículo 31 de esta ley plenamente inconstitucional, y vean lo que dice el Artículo Tercero Transitorio, es inconstitucional la redacción de este transitorio, es ilegal y es inconstitucional, pues no puede establecerse mediante un Decreto de una ley como la que se pretende aprobar, que se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este mismo Decreto.

Todas las leyes que se opongan no son válidas, pues esa expresión tan genérica al no establecer en qué términos, bajo qué contenidos específicos, ni con qué consideraciones deberán derogarse todas las otras normas, se abre un espectro de indefinición legal que puede traducirse en un serio problema jurídico, por ejemplo, hay facultades que esta legislación le confiere a las Fuerzas Armadas en el artículo 11 y en el artículo 26, para realizar labores que no se relacionen con la naturaleza castrense, y que incluso las contravienen, por lo que siguiendo en lo dispuesto en este artículo, las normas vigentes del derecho castrense y las competencias de las Fuerzas Armadas, quedarían derogadas de facto, lo que implicaría que las propias Fuerzas Armadas que hoy buscan fortalecer su marco de actuación legal, quedarían inmersas en un vacío legislativo con serias implicaciones de discrecionalidad, de arbitrariedad donde el abuso y la violación de los derechos humanos pueden perpetuarse y no ser castigados, pero ley imposible.

Reservas del senador Rabindranath Salazar Solorio:

De esta larga lista de órganos e instituciones del sector público y privado, nacionales e internacionales, yo les preguntaría, que pudieran decirme, una sola organización civil, un solo colectivo, una ONG que esté a favor de esta ley.

Díganme una sola institución académica o alguna asociación, gremio o agrupación de juristas que hayan avalado los contenidos de este dictamen, díganme un solo organismo internacional que afirme que esta ley no transgrede los derechos humanos.

Ante un notorio y absoluto rechazo de los sectores ya mencionados, es incongruente que quienes protestamos este digno cargo el 31 de agosto de 2012, hayamos olvidado guardar y hacer guardar la Constitución, y de no ser así, que el pueblo nos lo demande.

Demandas que han estado presentes durante todo el proceso legislativo de la que será considerada, sin lugar a dudas(sic), una de las leyes con mayor rechazo en nuestra historia, pese a esto, y en congruencia con quienes nos exigen cumplir la ley, hacemos la presentación de las siguientes reservas:

En primer lugar, proponemos en el artículo 2, hacer diferencia entre Seguridad Interior y seguridad nacional en los conceptos propuestos, ya que los fines de ambos tienen alcances y repercusiones distintos, situación que de mantenerse en su actual redacción generaría ambigüedades, falta de claridad y conceptos reiterados que invaden funciones y competencias, lo que generaría una terrible confusión en la posible aplicación de esta ley.

El dictamen propuesto no respeta en su artículo 2 definiciones ya establecidas en la norma general que regula la seguridad pública. Lo anterior refleja una gran premura por emitir una ley evidentemente inconstitucional.

El cuerpo normativo propuesto no es armónico en sus artículos 4 y 29 con otras disposiciones tal como la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, por lo que debe existir un mínimo razonable que vincule la labor que se pretende regular con aquellos mecanismos ya establecidos y diseñados que se encuentran incorporados en dicha ley, la cual contiene definiciones, mecanismos y ejes de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios en materia de seguridad pública.

Por lo tanto, proponemos incluir definiciones y sujetarse a los lineamientos y mecanismos establecidos por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para evitar duplicidad y contradicción de definiciones.

La redacción del artículo 7 no restringe de manera expresa que las Fuerzas Armadas realicen actividades de investigación de delitos, lo anterior generaría invasión de funciones en materia de investigación y la representación social, lo cual contraviene al artículo 21 de la Constitución. Por ello proponemos incluir una restricción expresa para evitar que las Fuerzas Armadas realicen tareas de investigación delictiva que competen de manera exclusiva al Ministerio Público.

La redacción del artículo 31 exhibe autoritarismo y discrecionalidad para que instituciones de Seguridad Interior puedan acceder a la información considerada confidencial resguardada por autoridades federales, locales, municipales y organismos autónomos.

Esta situación atenta en contra de los derechos humanos, instrumentos internacionales y el derecho constitucional a la protección de información personal y el debido proceso, previstos también en los artículos 6o. y 14 de la Constitución, respectivamente. Por ello proponemos adecuar la redacción con el objeto de que todas las solicitudes de información por parte de las instituciones de Seguridad Interior sean acompañadas por un mandato judicial que fundamente y motive dicha actuación.

Asimismo, proponemos adicionar un Artículo Transitorio Sexto para que el Congreso de la Unión en un término de 180 días hábiles a partir de la entrada en vigor del Decreto, expida las reformas correspondientes a la ley general que regulan la seguridad pública, a fin de armonizar sus contenidos conforme a lo que establece la Ley de Seguridad Interior.

Compañeras y compañeros Senadores, reiteramos, esta es una ley hecha al vapor, como otras tantas que han sido en perjuicio de la nación, son los preparativos para la justificación de la represión social, el hostigamiento y la persecución, es una ley sin beneficio a la ciudadanía, un intento de legalizar y dar continuidad a la fallida estrategia de seguridad implementada hace más de una década.

Es importante señalar que el problema de la inseguridad, tal como se plantea y como ha quedado demostrado, no debe ceñirse únicamente en atacar la violencia con más violencia, si no que el problema debe atenderse de fondo, con políticas que busquen atender el origen de la inseguridad, es decir, problemas tan evidentes como el desempleo, la gran brecha de desigualdad y la falta de acceso a la educación, y, sobre todo, el combate a la corrupción y a la impunidad.

Desde esta tribuna reconocemos las relevantes funciones de nuestras Fuerzas Armadas, instituciones que, a nivel nacional, gozan con los mayores índices de confianza por parte de los mexicanos. Un cuerpo castrense que debe estar en óptimas condiciones para cumplir con su prioritaria tarea, la defensa de nuestras libertades, el cuidado de la soberanía nacional y de nuestra independencia, y no con las funciones que a partir de esta ley se le pretenden dar.

Reservas del senador David Monreal Ávila:

El rechazo social a la Ley de Seguridad Interior se sustenta en la desconfianza hacia el gobierno federal, quien durante sus cinco años de gestión se ha caracterizado por actuar a través de mentira, de engaño, flagelando con cada decisión los derechos humanos de la población.

Ante una inminente militarización del país, la ciudadanía no puede confiar en las promesas y los buenos deseos del gobierno federal. La palabra empeñada no sirve de nada, porque de antemano saben que detrás de esos compromisos se encuentra la mentira y la traición.

La disyuntiva para la población es difícil, porque el gobierno federal únicamente le propone una solución: legalizar la presencia del Ejército en las calles, de ahí que la población tenga que optar entre vivir en medio de una guerra sin cuartel o aceptar la restricción de derechos en pro de una supuesta pacificación del país.

Lamentablemente estos son los dos escenarios que plantean la aprobación o no de este dictamen. Por ello, quienes nos oponemos a esta ley estamos convencidos que la salida no será mantener a los militares en la calle, y que el gobierno federal debería ser capaz de replantear su estrategia de seguridad, aunque el sentido de mi voto en lo general ha sido en contra, frente a una mayoría ajena a las demandas sociales, es necesario corregir en lo más elemental el proyecto del dictamen para que la afectación a los derechos de los ciudadanos sea con el menor daño posible.

Y en este sentido, vengo a presentar reserva a los artículos 4, 6, 8 y 32 del dictamen por el que se expide la Ley de Seguridad Interior.

En cuanto al artículo 4 del proyecto de dictamen, se propone, en primer término, precisar sobre la declaratoria de protección a la Seguridad Interior, que la misma deberá tener lugar no sólo ante amenazas, sino también para contener y reducir los riesgos de la Seguridad Interior.

Lo anterior, con la finalidad de aclarar en la definición que el mandato que habilita la intervención de la Federación para realizar acciones de Seguridad Interior es necesario para riesgos y amenazas a la misma, puesto que si no se contemplan los riesgos se dejaría al arbitrio y la discrecionalidad la intervención en los casos de tal naturaleza, como lo precisa la fracción III del artículo 4 del proyecto.

El riesgo contra la seguridad nacional es una situación que potencialmente puede convertirse en una amenaza, por ende, las acciones dirigidas a contenerlos y reducirlos deben realizarse con apego a un mandato expreso, como lo sería la declaratoria de protección.

En este sentido, el objeto en esta reserva se ciñe a modificar la fracción IV del artículo 4 del proyecto de Ley de Seguridad Interior, con la finalidad de que la declaratoria de protección a la Seguridad Interior sea necesaria para habilitar la intervención de la Federación, incluidas las Fuerzas Armadas, en la realización de acciones que contengan y reduzcan también los riesgos y no únicamente las amenazas.

En cuanto a la reserva al artículo 6, se propone modificarlo en razón de(sic) que su redacción actual permite que las autoridades federales, incluidas las Fuerzas Armadas, en el caso de riesgos actúen sin necesidad de que medie la declaratoria de protección, según a través de políticas, programas y acciones para identificarlos, prevenirlos y atenderlos.

Sin embargo, es oportuno considerar seriamente que no puede ni debe permitirse se actúe en la discrecionalidad y sin previo mandato, por tanto, la modificación al artículo 6 consiste en aclarar que para la implementación de las políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender los riesgos a que se refiere la Agenda Nacional de Riesgos, deberá mediar, previa declaratoria de protección a la Seguridad Interior, que habilite el despliegue de tales acciones.

En cuanto a la modificación propuesta al artículo 8 de la presente minuta, se justifica en razón de una serie de contradicciones que contiene dicho precepto en el marco de los derechos humanos y el texto constitucional, dicha contradicción estriba en el hecho de que el artículo 9o. constitucional no limita el derecho a la movilización y la protesta social a temas político-electorales, pues solo establece como único requisito que éstas sean con fines lícitos, por lo tanto, en los términos en que ha sido aprobada la minuta, abre la puerta a que las movilizaciones y protestas de otra naturaleza sí puedan ser consideradas amenazas a la Seguridad Interior, situación que a la luz de la doctrina y del texto constitucional representaría una violación a los derechos humanos.

Por otro lado, si bien el texto del artículo 8 del presente dictamen pretende salvaguardar el derecho a la protesta social, cuando se trate de motivos político-electorales bajo el análisis, el cuerpo de la ley propuesta, dicha acción resulta una simulación, ello en razón de(sic) que el mismo ordenamiento define y distingue lo que debería entenderse como amenaza a la Seguridad Interior y riesgo a la Seguridad Interior.

Luego entonces, la forma en que se encuentra redactado el artículo 8 de la Ley de Seguridad Interior permitiría que las fuerzas federales y de manera preocupante, las fuerzas castrenses pudieran intervenir para la desmovilización de protestas sociales, incluso aquellas que fueran de materia político-electoral, toda vez que, si son consideradas como un riesgo para la Seguridad Interior, sería materia de intervención.

Bajo estas consideraciones, se propone al Pleno de este Senado de la República, modificar el artículo 8 del presente dictamen, para armonizar su redacción con el texto del artículo 9o. constitucional, así como para asegurar que las movilizaciones de protesta social, bajo ninguna circunstancia(sic) sean consideradas como amenaza de riesgo a la Seguridad Interior. Y finalmente, se propone modificar el artículo 32 del dictamen, a fin de que la facultad de control por parte del Congreso de la Unión se adecúe conforme a lo descrito en la Ley de Seguridad Nacional.

Reservas del Senador Mario Delgado Carrillo:

Se plantea esta estrategia como una única opción, como si no hubiera otras posibilidades qué hacer para mejorar la seguridad de los mexicanos, y la verdad es que se ha fallado en muchos aspectos, en muchos sentidos. No se ha hablado aquí, por eso quise subir, en esta reserva, de la ineficacia del gasto en seguridad. Este país ha hecho un esfuerzo extraordinario por destinar, en los últimos diez años, cada vez más recursos a la seguridad pública.

En 2006, el gasto en seguridad representaba el .8 del PIB, hoy tenemos el 1.3 del PIB. Pasó un presupuesto anual de 139 mil millones a 277 mil millones, el doble de lo que se gasta. La Secretaría de la Defensa Nacional, de 40 mil millones a 74 mil millones. La Secretaría de la Marina, de 13 millones a 34 mil millones. La Secretaría de Gobernación, de 22 mil millones en el 2006, a 83 mil millones en 2016.

Hay una gran cantidad de recursos que se están destinando a seguridad, y sin embargo no tenemos mejor seguridad.

Y ¿Por qué es esto? Porque no estamos evaluando el gasto en seguridad pública, no hay una estrategia integral que se siga a nivel nacional, estatal, municipal y federal, que vaya fortaleciendo las capacidades de nuestras policías.

Sabemos que cuando hay recursos adicionales, a veces se compran patrullas o camionetas sin tener los suficientes policías. Y lo que es peor, buena parte de estos recursos son gastados de manera discrecional y secreta, porque se aprovechan las cláusulas de excepción de la ley para licitar, de licitaciones públicas, se aprovecha la excepción de que es una cuestión de seguridad para que se haga una asignación directa y no haya transparencia sobre este gasto.

¿Cuánto dinero, de esto, se está yendo al caño de la corrupción?

Tenemos que evaluar el gasto en seguridad pública.

A México les costó mucho trabajo, muchos años y muchos esfuerzos entender qué instrumentos funcionan, de manera efectiva, para disminuir la pobreza, y qué instrumentos no. Tenemos ahora el Coneval, sabemos cada peso que se gasta contra la pobreza dónde va a resultados y dónde no.

Tenemos que hacer esto en seguridad, tenemos que darle esas capacidades al Coneval para que a la vuelta del tiempo podamos saber en qué nos conviene invertir más.

Les doy un último dato: 130 mil millones de pesos en capacitación para mejora de los policías, y no tenemos mejora.

La verdad, es que no hemos formado policías. El sexenio de Calderón nos dejó 36 mil policías federales, mismo número que tenemos a la fecha, y esto resulta grave porque hay, de los 2 mil 440 municipios en el país, 800 no tienen policías; mil 440 municipios la policía no llega ni a 100 elementos, y el 40 por ciento de los policías ganan 5 mil pesos. Tenemos seguridad en México, de policías de 5 mil pesos. No podemos tener seguridad de primer mundo cuando le pagamos 5 mil pesos a los policías.

Por supuesto que esto tendría que mejorar antes de recurrir a la estrategia de la militarización.

Otra opción que tenemos y que no aprovechamos, y que aquí discutimos, y que los conservadores y prejuicios no dejaron avanzar.

La política de drogas. Estamos metidos en esto por la política del prohibicionismo, por la guerra contra las drogas, que claramente estamos perdiendo. No se atrevieron a avanzar en probar algo distinto. Les resulta más fácil la militarización del país, con todos los riesgos que ello lleva, que despenalizar la cannabis y otras drogas para quitarle el valor del mercado al narco y su poder corruptor. El prestigio internacional de los narcotraficantes mexicanos, nos dice Sergio González, es el emblema del fracaso de la guerra gubernamental contra el crimen organizado. Mientras el gobierno efectúa detenciones y decomisos aumenta la violencia, la inseguridad y los negocios ilícitos.

Los cárteles mexicanos operan en 38 países: en Europa, África y Medio Oriente, y es motivo de alerta de seguridad nacional en España, Alemania e Italia. Nadie ha hablado en esta larga jornada de las víctimas más lamentables de esta guerra, son los jóvenes. La principal causa de muerte entre los jóvenes de 20 y 25 años, en nuestro país, es el homicidio.

El gran fracaso de esta política se refleja en un solo indicador: que esta generación de jóvenes tiene una esperanza de vida menor a un año de la que tenemos nosotros.

La esperanza de vida en los países sólo cae en las guerras o cuando hay grandes pestes o enfermedades. La guerra contra las drogas en México le está quitando la esperanza de vida a nuestros jóvenes.

A mayor presencia, debería haber mayores controles, de eso se trata esta reserva, un mayor despliegue militar que es lo que va a ocurrir, debería tener un mayor peso en los controles del Congreso, una mayor transparencia y de los derechos humanos.

Quiero recordar aquí, y con esto termino, les quito dos minutos más, en mayo de este año invité a Sergio González Rodríguez a que presentara este libro aquí, “Campo de Guerra”, en el Senado mexicano, Sergio se nos fue este año, pero nos dejó grandes recomendaciones en qué hacer en materia de seguridad pública, grandes reflexiones de hacia dónde estaba moviéndose nuestro país.

Quiero terminar esta jornada recordando a Sergio González, y que reflexionemos sobre sus palabras, decía Sergio:

“El Estado, el gobierno y las clases dirigentes se niegan a modificar su mentalidad, mientras la crisis escala a mayores grados de violencia. La mentira acerca de que tal violencia es producto de lo efectivo de la ofensiva gubernamental cae por su propio peso. Lo peor reside en que, con el pretexto de una estrategia errada, la sociedad policial militarizada se normalice hacia el futuro en la vida pública y privada: surge la máquina bélica como signo adicional de la involución hacia el futuro.

La corrupción del narcotráfico se ha implantado en México a través de los organismos encargados de la defensa de la ley y la procuración de justicia, de las áreas de inteligencia del Estado, de la milicia y las policías, de los gobiernos de los estados, de la Federación, de los partidos políticos, el sistema judicial, el capital y el sistema bancario y financiero.

Nunca tantos padecieron por tan pocos.

Minimizar los problemas ahora y hacia el futuro sólo implica la ruta de la mentira y la defección, facilita la perpetuidad de la máquina de la guerra y su contraparte, la máquina criminal, sus consecuencias seculares”.

Al presentar sus reservas, el senador Isidro Pedraza especificó que recuperó las observaciones del #ColectivoSeguridadSinGuerra que no fueron consideradas como parte sustantiva del debate:

El artículo 1 del Decreto, con las modificaciones que se hicieron plantea: sus disposiciones son materia de seguridad nacional en términos de lo dispuesto en la fracción XXIX-M del artículo 73, y la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Interior. Tiene por objeto regular la función del Estado para preservar la Seguridad Interior, así como establecer las bases, procedimientos y modalidades de coordinación entre los Poderes de la Unión, las entidades federativas y los municipios en la materia. Resalto, lo que corresponde al objeto establecer las bases, procedimientos y modalidades de coordinación entre los Poderes de la Unión, así dice, las entidades federativas y los municipios en la materia.

La fracción XXI del artículo 73, en su segundo párrafo señala que: las leyes generales contemplarán la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios; como lo dice el texto del artículo 1 referido, que incluso va más allá porque pretende regular la coordinación entre los Poderes de la Unión, es decir, regular al Poder Legislativo, al Poder Judicial y al Poder Ejecutivo en sus distintos niveles, ambicioso propósito en una ley como es la que estamos discutiendo.

Según la interpretación de tesis aislada, P8/2007 del artículo 133 constitucional, emitida en abril de 2007 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y cito: “las leyes federales regulan atribuciones conferidas a determinados órganos con el objeto de trascender únicamente al ámbito federal”.

Por ello, podemos decir que esta legislación en materia de Seguridad Interior es una ley federal que rebasa por mucho su capacidad jurídica, óigase bien, es una ley federal que rebasa por mucho su capacidad jurídica constitucional, de pretender regular no a la Federación, sino a los Poderes de la Unión.

Dicha tesis también señala que las leyes generales, y cito: “son aquellas que pueden incidir válidamente en todos los órdenes jurídicos parciales que integran al Estado mexicano y que no pueden ser emitidas, sigo citando textualmente, mutuo propio por el Congreso de la Unión, sino que tienen su origen en cláusulas constitucionales que obligan a este a dictarlas. De tal manera que una vez promulgadas y publicadas deberán ser aplicadas por autoridades federales locales del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, y municipales”.

Como entonces no es anticonstitucional querer legislar bases, procedimientos y modalidades de coordinación entre los Poderes de la Unión, las entidades federativas y los municipios, en materia de Seguridad Interior, a través de una simple y limitada legislación federal.

O suponen que al poner que la Seguridad Interior se vincula con los artículos 73, fracción XXIX-M y 89, fracción VI de la Constitución, cubre la inconstitucionalidad de legislar en una ley federal, lo que debería regularse no sólo en una ley general que establecería la coordinación entre los distintos niveles de gobierno, sino incluso regular la coordinación entre Poderes de la Unión que implicaría una reforma constitucional.

Los artículos 2 y 4 del dictamen del Decreto que discutimos, porque sus definiciones sobre Seguridad Interior son vagas, abiertas y ambiguas, por lo que ante cualquier problema de la vida de nuestro país habrá la tentación de asumirlas como afectaciones a la Seguridad Interior y generaría la ampliación de la comisión de las arbitrariedades que ya hemos conocido.

El artículo 2 no establece una distinción conceptual nítida entre el concepto de seguridad nacional y el concepto de Seguridad Interior, los contenidos de uno y otro concepto se traslapan y confunden, la supuesta definición de las acciones de Seguridad Interior, como aquellas que realizan las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas frente a cualquier situación que constituya riesgos y amenazas a la Seguridad Interior son vagas, más aún cuando se enlista el número no menor de verbos muy amplios, a saber: identificar, prevenir, atender, reducir y contener.

Esta indefinición de las definiciones es clave para entender el peligro de aprobar esta ley, pues se pueden aplicar en más hipótesis de las que técnicamente serían aceptables.

Con definiciones así de amplias e imprecisas es imposible determinar y acotar de manera adecuada las acciones que las autoridades pueden llevar a cabo con definiciones vagas, que es un riesgo y una amenaza, prácticamente cualquier situación es susceptible de aplicar el régimen especial que propone la Ley de Seguridad Interior.

En otras palabras, se autoriza para efectos prácticos cualquier acción frente a cualquier situación. Otra razón para proponer la supresión del artículo 4, se refiere que en la fracción XX regule inadecuadamente el uso de la fuerza al remitir a protocolos técnicamente deficientes que no pasaron por revisión externa, ni control legislativo, por ejemplo, las Fuerzas Armadas lo que emitieron son manuales que no tienen ni siquiera rango legal de reglamentos.

“[...] en la tierra de ciegos el tuerto es rey” y por eso ayer un Senador nos quiso sorprender con su aparente sapiencia en relación con el documento llamado “Informe del Comité Jurídico Interamericano 2012 CJI/DOC.401/12REV.4/), que se titula Guía para la regulación del uso de la fuerza y la protección de las personas en situaciones de violencia interna que no alcanza el umbral de conflicto armado.

Estas imposturas intelectuales siempre traen una trampa tendenciosa, porque pensando que no sabemos, se atreven a citar de manera incompleta con el afán de engañar a quien escucha. El informe de marras, en su conclusión cinco, señala: “en un Estado democrático, la función del uso de la fuerza es atribuida de manera exclusiva a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, concepto que incluye a todos los agentes de la ley que ejercen funciones de policía, incluyendo a autoridades militares o fuerzas de seguridad del Estado en los países en que éstos ejercen las funciones de policía. No obstante la legitimidad con la que los estados pueden recurrir a las autoridades militares para ejercer estas funciones, esta medida debe ser siempre de carácter excepcional, aplicándose únicamente cuando las fuerzas policiales o de seguridad no cuentan con la capacidad necesaria para enfrentar la situación temporal, hasta en tanto las fuerzas policiales y de seguridad fortalecen sus capacidades, y subsidiaria en el sentido de que las Fuerzas Armadas deben actuar en apoyo y bajo las órdenes de las autoridades civiles electas”.

Por eso, por lo que establece dicho informe del Sistema Interamericano, señala que debe ser excepcional, subsidiaria y temporal. Nos oponemos a que se regule en una ley lo que debería de ser excepcional y que de necesitarse se aplique y debería ajustarse a lo que establece el artículo 29 de la Constitución.

Por eso estamos proponiendo que se suprima el artículo 20 al ser el núcleo de la rendición las autoridades civiles ante las autoridades militares y no soportaría ninguna confronta con el párrafo noveno del artículo 21 de la Constitución, reformado desde 2008; es decir, con posterioridad a los argumentos de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación definió el papel de auxiliaridad de las Fuerzas Armadas.

El artículo 20 señala que, sin perjuicio de las misiones que tienen asignadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en sus leyes orgánicas, las Fuerzas Armadas sólo intervendrán mediante la emisión de una declaratoria de protección de Seguridad Interior, cuando las capacidades de las fuerzas federales resulten insuficientes para reducir o contener la amenaza. O sea, el reconocimiento explícito de que la autoridad civil no puede, y entonces el Presidente de la República designará, a propuesta de los Secretarios de la Defensa y de la Marina, al Comandante de las actuaciones a partir de un protocolo elaborado por dicho Comandante; es decir, sin controles de ninguna especie, quien conducirá a las autoridades militares, lo que sería natural en un Comandante Militar, y escuche bien, a las autoridades civiles, es decir, la violación flagrante de la Constitución que dice que la ciudad pública, ahora llamada por esta Ley de Seguridad Interior, es facultad exclusiva de autoridades civiles. Y contrario a lo que señala la citada guía para la regulación del uso de la fuerza y la protección de las personas en situaciones de violencia interna que no alcancen el umbral de un conflicto armado, de que sí excepcionalmente las autoridades militares deberán apoyar a las fuerzas de seguridad del Estado, deberán actuar en apoyo y bajo las órdenes de las autoridades electas. Esta es una de las razones por que ese artículo 20 es inconstitucional y debería de ser retirado.

En relación con el artículo 5, este artículo vulnera la Constitución, ya que según el artículo 89, debe ser el presidente quien en materia de Seguridad Interior disponga de las Fuerzas Armadas, sin embargo, conforme al dictamen, le atribuye esta facultad al Secretario de Gobernación.

En el artículo 6, le da a las Fuerzas Armadas facultades de policía respecto de la Agenda Nacional de Riesgos al establecer que podrán realizar acciones preventivas a su arbitrio, incluso sin necesidad de declaratoria, esto es así porque les habilita para realizar políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender oportunamente dicho riesgo.

El artículo 7 no genera controles excepcionales para verificar el respeto a los derechos humanos, pues se limita a decir, contra toda evidencia, que éstos se respetarán porque así lo dice la ley en el artículo 7. Frente a esta medida excepcional se requerirán medidas igualmente excepcionales de protección a los derechos humanos que garanticen la accesibilidad de los mecanismos de queja y denuncia, o establecer un mecanismo de despliegue intensivo del personal del sistema de Ombudsman, o bien estableciendo la obligación a que se generen informes periódicos sobre la situación de los derechos humanos de las zonas respecto de las que se declara afectación a la Seguridad Interior, o incluso en información del sistema Ombudsman se requiere antes decretar una prórroga, estos mecanismos no se incorporan en el dictamen.

Este artículo podría generar que se supedite la protección de los derechos humanos y sus garantías, en materia de Seguridad Interior, a un simple protocolo que podría ser emitido inclusive por un titular de área, según la normativa de cada institución, en lugar de que opere el marco de protección de los derechos en México, esto es la Constitución, los tratados internacionales, las recomendaciones y sentencias internacionales, los criterios del Poder Judicial de la Federación, así como las leyes especiales en materia de derechos humanos. En suma, el dictamen viola el artículo 1o. de la Constitución Federal, que señala cómo debe de protegerse los derechos humanos en México.

El artículo 8 supone que con quitar en términos pacíficos y solo dejar que se realicen conforme a la Constitución y no sólo a las pacíficas, queden excluidas de ser consideradas Amenazas a la Seguridad Interior. El problema señalado por los especialistas subsiste, pues, en contextos de afectación a la Seguridad Interior donde intervengan fuerzas castrenses, serán éstas las que determinen a su arbitrio cuando una protesta social o de raíz político-electoral se ajusta o no a la Constitución.

En el artículo 9, toda la información de seguridad nacional debe ser reservada y confidencial, este artículo imposibilita el ejercicio del derecho de acceso a la información pública gubernamental y fomenta la opacidad al determinar genéricamente que toda información sobre medidas de Seguridad Interior, todo lo que hagan las medidas de Seguridad Interior, todo lo que hagan las autoridades bajo el imperio de esta ley será considerado como seguridad nacional, lo que implica que será clasificada como de seguridad nacional y, por tanto, confidencial y reservada.

En el artículo 10, extrae la Seguridad Interior del régimen de legalidad, pues dispone que en una materia en la que no se aplicará el procedimiento administrativo, obstaculizando así también la aplicación de las normas sobre la responsabilidad patrimonial del Estado. Más aún porque se mantiene la excepción en materia de Seguridad Interior, de la aplicación de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, lo que rompe el principio de legalidad e impide la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, privando a la ciudadanía de un importante recurso frente a afectaciones y arbitrariedades; es decir, la única legislación supletoria, en materia administrativa, no aplicaría.

Artículo 11. Esta disposición de que el presidente de la República podrá ordenar por sí la intervención de la Federación es violatorio del artículo 119, que establece que la intervención del gobierno federal en una entidad federativa debe ser a solicitud de las legislaturas locales o excepcionalmente del ejecutivo local señalando que sólo debe ocurrir en caso de sublevación o trastornos internos. Genera además una facultad amplia que fortalece un presidencialismo desbordado ajeno a los contrapesos republicanos, bastaría con esperar el receso de la Legislatura para acordarlo directamente con el gobernador y así evitar la discusión en el congreso local.

Las dos causales por las que una amenaza a la Seguridad Interior podría motivar que se decrete una afectación y que se desplieguen las fuerzas federales, suspensión de las capacidades de autoridades competentes y la insuficiente colaboración de entidades o municipios no aparecen caracterizadas con suficiente nivel de concreción, pudiendo dar pie a determinaciones arbitrarias y unilaterales por el Ejecutivo, el procedimiento que llevará a la declaratoria es, en su conjunto, unilateral y favorece un decisionismo sin contrapeso del Ejecutivo y rompe el pacto federal.

Artículo 14. Permite la indeterminación geográfica de medidas excepcionales de Seguridad Interior al disponer que no necesariamente tendrán que acotarse en un área geográfica específica de una entidad.

Con esto se diluye también la concentración del mando operativo, lo que puede generar problemas operativos en el territorio.

Artículo 15. No impone límites temporales precisos a las declaratorias de afectación a la Seguridad Interior, pues señala que la vigencia de la respectiva declaratoria podrá ser de un año, pero que podrá prorrogarse indefinidamente por acuerdo presidencial. Este numeral además no establece la obligación de generar reportes al término de la vigencia de la declaratoria que brinden elementos sobre su éxito o fracaso, indispensables para la decisión de la prórroga, no incluye además controles progresivos para los plazos ampliados, la prórroga sería así un acto unilateral y sin ningún contrapeso.

Artículo 16. Permite que se profundice la militarización de la seguridad pública, incluso sin necesidad de que se emita una declaratoria de afectación de la Seguridad Interior, careciendo de una definición, el proyecto sobre lo que puede entenderse como grave peligro en integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de gobierno. Agregar en el ámbito de sus facultades es insustancial y cosmético, eso es una obligación legal per se. No se atienden las observaciones hechas a este artículo en el sentido de que no genera contrapesos ante una posible arbitrariedad presidencial en el ejercicio de esta prerrogativa.

En el artículo 18 se asume y decreta per se, que todo lo que hagan las autoridades bajo su definición vaga e imprecisa no podrá ser considerado seguridad pública.

Artículo 19. Adscribe la coordinación de las acciones de Seguridad Interior a la Secretaría de Gobernación. En el artículo 19 aunque se ha demostrado que ello abre la puerta para politizar la seguridad y aunque este sexenio Gobernación fracasó en la conducción de la seguridad.

Artículo 21. Añaden que los grupos de coordinación interinstitucional que se forman en contexto de declaratoria afectación a la Seguridad Interior seguirán conforme al artículo 19 de la propia ley y conforme las disposiciones reglamentarias de las Fuerzas Armadas. En sentido contrario a lo recomendado, esta adición fortalece la sujeción a la cadena de mando militar, en contexto de Seguridad Interior no genera contrapesos civiles a este régimen.

Artículo 23. Este artículo pulveriza el Pacto Federal, y la distribución de competencias que deberá prevalecer en México respecto de los ámbitos local y federal. Prácticamente cuando los estados piden la aplicación de esta ley al servicio del Poder Ejecutivo Federal en el que el Secretario de Gobernación tiene un papel preponderante, todos sus recursos humanos y financieros que éste requiera para atender una vaga e imprecisa definición de Seguridad Interior. Omite disponer que las autoridades estatales y municipales de las regiones donde se apliquen declaratorias de Seguridad Interior adquieren la obligación de fortalecer a los policías civiles en tiempo y conforme a las metas concretas bien específicas.

La ley no establece mecanismos para verificar el cumplimiento de las responsabilidades que se enumeran en este numeral del proyecto.

Y desde otra perspectiva, es dudosa que una ley de Seguridad Interior se le pudiera imponer esa responsabilidad a municipios y entidades, lo que puede derivar en la inconstitucionalidad de la norma y que lo evidencia que no es la vía legal adecuada para regular este componente.

Artículo 28. No obliga a las Fuerzas Armadas, ya perdí, ajusten su organización medios y adiestramiento para interponer sus labores de Seguridad Interior, aunque se ha demostrado ya que la formación castrense no es idónea para la realización de labores ajenas a las militares en tiempos de paz, la naturaleza de las Fuerzas Armadas en eliminar al enemigo.

Artículo 30. Fomentan la intervención militar en áreas de inteligencia civil, abriendo la puerta que crezcan y aumenten las instancias castrenses diseñadas para el espionaje sin controles.

Artículo 31. Amenaza a los organismos constitucionales autónomos incluyendo al sistema Ombudsman, al disponer que estos deberán entregar la información con que cuentan en contextos de afectaciones a la Seguridad Interior dentro del artículo 31, este numeral presenta vicios de inconstitucionalidad y se asemeja a los que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó al presentar su acción de inconstitucionalidad con el Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales, asunto que aún no ha sido resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 32. Este artículo de ley violenta nuevamente el artículo 89, fracción VI, dando atribuciones al Secretario de Gobernación, que son exclusivamente del presidente de la República, en cuanto a las disposiciones de las Fuerzas Armadas.

El artículo 33 no establece controles robustos, obligando únicamente al Secretario de Gobernación a que remita la Comisión Bicameral del Congreso de la Unión un informe sin precisar su contenido y sin habilitar a dicha comisión para que actúe como verdadero contrapeso. Todas las propuestas de controles adicionales que se hicieron de la sociedad civil fueron dejadas de lado en este proyecto.

También los senadores, ahora diputados federales, Benjamín Robles Montoya, Lorena Cuéllar Cisneros y Luis Humberto Fernández Fuentes presentaron reservas, por lo que confiamos en que en su calidad de legisladores federales empujarán la abrogación de la Ley de Seguridad Interior.

III. Supuestos anticonstitucionales

a) Supuestos inconstitucionales

Aunque ya en el recuento del proceso legislativo se han señalado tanto en lo general como en lo particular la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior en lo general y varios de sus preceptos en lo particular, es importante considerar que el Colectivo #SeguridadSinGuerra, en su oportunidad, a través de la conjunción de estudios de instituciones académicas como el Cide, testimonios de víctimas de la violencia y la revisión de la Constitución hecha por expertos y expertas analizó el entonces proyecto de dictamen que, ahora convertido en Legislación vigente, hemos actualizado en su revisión para soportar la fundamentación que nos impulsa a proponer la abrogación total de la legislación:

1. No se acredita que el Congreso tenga facultad constitucional para legislar en la materia, en el artículo 73 Constitucional no se encuentra facultad expresa del Congreso de la Unión para legislar. Sólo se le faculta para la expedición de legislación en materia de seguridad nacional no hay ninguna fracción que habilite al Poder Legislativo Federal para “expedir leyes en materia de seguridad interior”.

2. Se regula como atribución de autoridades militares una actividad propia de autoridades civiles expresamente señaladas en el párrafo noveno del artículo 21 de la Constitución en el que se establece sin equívocos que las funciones de seguridad pública estarán a cargo de autoridades civiles.

3. Violenta el artículo 1 constitucional al ser contraria a las normas de derechos humanos contenidas en las convenciones internacionales que han sido signadas por el Estado mexicano, además:

• La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha considerado que el concepto de “seguridad interior” es propio de regímenes autoritarios y propicia, por su vaguedad, violaciones a derechos humanos.

• Relatores especiales, grupos de trabajo y comités de Naciones Unidas en sus Informes y sus recomendaciones han planteado la necesaria revisión de la política de seguridad que se ha impulsado en México para transitar de un paradigma militarista a uno de seguridad ciudadana.

• Ningún precepto de la Ley satisface ni el decálogo propuesto por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ni las diecisiete salvaguardas que en su comparecencia ante el Senado propuso el representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab.

4. Se violenta el artículo 29 constitucional al normalizar el Estado de excepción y la suspensión del ejercicio de derechos y sus garantías

5. Se violenta el artículo 129 que establece expresamente y sin interpretaciones que en “tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

6. Permite que el Ejército, sin facultades constitucionales y sin controles judiciales para ello, pueda intervenir llamadas, correos electrónicos y hacer espionaje.

7. Invade atribuciones de órganos autónomos, la Ley expresamente señala que los entes autónomos están obligados a dar información de las investigaciones que llevan a cabo a las instituciones que participan en las declaratorias de seguridad interior.

8. Se viola el derecho a la información porque la Ley clasifica toda la información relacionada con la Ley (operativos y acciones propias de la declaratoria) como información reservada por ser de seguridad nacional, con lo que se anulan la posibilidad de tener información para la investigación de violaciones a derechos humanos cometidas en acciones militares.

9. Niega el acceso a la justicia a las víctimas que quieran reclamar la responsabilidad patrimonial por hechos ilícitos del Ejército al excluir la posibilidad de que aplique el procedimiento administrativo para actos derivados de Ley de Seguridad Interior.

10. Viola el pacto federal, en particular los artículos 115 y 119, al someter a la autoridad de una entidad federativa o municipal sin que participe en ninguna decisión de las “afectaciones de seguridad interior” a que puedan remover una policía y le puedan imponer a otra en el ámbito local.

11. Se violenta el debido proceso y con ello, los derechos procesales, de acuerdo a la Ley los militares pueden detener y poner a disposición de la autoridad competente a las personas que encuentren “están cometiendo un delito”; pueden disparar, hacer uso de la fuerza letal, con reglas que no se ajustan ni a las aplicables en conflictos armados ni a las de respetar el principio de distinción entre el objetivo militar o el enemigo a combatir y la población civil y tampoco se aplica la regla del uso de la fuerza en tiempos de paz aplicada a funcionarios de hacer cumplir la Ley.

12. Anula las reformas constitucionales de 2008 en materia de sistema penal acusatorio y de 2014 que establece la creación de una Fiscalía autónoma, pues sus preceptos menoscaban los principios de una procuración de justicia que cumpla con ambas reformas.

b) Incrementará las violaciones a derechos humanos

1. La opacidad en los preceptos de la ley incentiva la violación de los derechos humanos y no hay contrapesos ni supervisión o control de algún otro Poder constitucional ante las acciones propias de la declaratoria de afectación a la vaga definición de “seguridad interior”.

2. La falta de transparencia o las reservas al acceso a la información impiden un seguimiento puntual a las tareas realizadas por las fuerzas federales, en especial, por las Fuerzas Armadas

3. Mientras que antes del despliegue militar que comenzó en 2006 el promedio de quejas contra las Fuerzas Armadas era de 190 por año y el de recomendaciones de 2, en esta última década ha sido de más de mil quejas por año y 14 recomendaciones al 2016.

4. Las violaciones a derechos humanos cometidas por militares quedan en la impunidad de manera generalizada. Se ha documentado que entre 2012 y 2016, la PGR inició más de 500 investigaciones por delitos de castrenses contra civiles, obteniendo condenas en sólo un 3% de los casos.

c) Incremento de la violencia

1. La evidencia empírica analizada por el Programa de Política de Drogas del CIDE muestra que en los estados donde se han realizado operativos militares durante la última década, la violencia no sólo no se ha terminado, sino se ha incrementado.

2. 2017 y 2018, años en que se ha incrementado la militarización a través del despliegue de policía militar en varias entidades, la violencia se ha intensificado al grado de que se ha roto el récord de los años más violentos de la última década.

3. La legislación no contiene ningún plan de retiro paulatino de las fuerzas armadas de las tareas de seguridad ni uno de fortalecimiento progresivo e integral de las policías civiles.

4. La perspectiva de seguridad interior sigue considerando que el despliegue territorial castrense contribuye a mejorar la seguridad, lo cual no es cierto, pues la militarización genera un incentivo perverso para que los políticos no fortalezcan a las policías civiles. Con la Ley de Seguridad Interior este incentivo se perpetuará normativamente, de suerte que no se crearán alicientes para que las policías se fortalezcan.

5. A mayor despliegue militar, mayor violencia. El 20 de julio de 2018, el periódico Reforma presentó una nota informativa de cómo la militarización del territorio había significado el incremento de las muertes, sin que el resultado en el combate a los grupos delincuenciales dedicados a la comisión de los crímenes que más vulneran a la sociedad haya sido exitoso, pues a la fecha no existe ninguna evidencia ni estudio que demuestre que desplegar decenas de miles de efectivos militares haya impactado en la disminución del narconegocio, ni que se haya reducido el consumo de estupefacientes.

6. Anula en los hechos la Ley General de Víctimas y la recién publicada Ley General en materia de desaparición forzada, pues toda la información derivada de la Ley de Seguridad Interior, los operativos por afectaciones a la Ley de Seguridad Interior se reservan por lo que va a ser prácticamente imposible que una víctima pueda obtener la información que necesita para la búsqueda y localización de su ser querido y para el impulso de investigaciones adecuadas en caso de que hayan estado involucrados militares o personas que trabajen en el contexto de estos operativos de seguridad interior.

7. La legislación en seguridad interior restringe el acceso a la justicia de las víctimas y en particular a las víctimas de desaparición, además, se ha confirmado que la presencia militar ha incrementado el fenómeno de la desaparición forzada, ejemplo reciente es Tamaulipas, uno de los estados con más desapariciones en el país y en donde se cuenta con una presencia militar desde hace 10 años por lo menos.

III. Observaciones del colectivo #SeguridadSinGuerra sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior en cuanto a la ausencia de facultades explícitas del Congreso de la Unión para legislar en la materia

Aspectos generales

Es dudoso que el Congreso tenga facultad constitucional para legislar en la materia. Las facultades del Congreso de la Unión para legislar están enumeradas en el artículo 73 de la Constitución. Éste, sin embargo, en ninguna fracción habilita al Poder Legislativo Federal para “expedir leyes en materia de seguridad interior”.

La ausencia de facultad expresa no queda resuelta porque la fracción XXIX-M del artículo 73 habilite al Congreso para legislar en materia de “Seguridad Nacional”.

La lex specialis en materia de “Seguridad Nacional” no refiere que la “Seguridad Interior” sea parte de ésta. De hecho, la Ley de Seguridad Nacional en vigor no hace ninguna referencia a la “Seguridad Interior”; de haber considerado el legislador que la “Seguridad Interior” es una especie de la “Seguridad Nacional” así lo habría advertido en dicha norma. Por ello, no es obvio que pueda invocarse en el caso la doctrina constitucional de las “facultades implícitas”, desarrollada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tampoco queda resuelta la ausencia de facultad constitucional expresa porque la fracción VI del artículo 89 de la Constitución identifique como una de las “facultades y obligaciones” del presidente: “Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejercito, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”. Esto debido a que no es evidente que esta mención faculte al Congreso a legislar libremente en la materia y considerando, también, que la formulación del propio artículo no conlleva la inclusión de la seguridad interior.

Finalmente, el hecho de que la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en su artículo 1, refiera que una de las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos es garantizar la “Seguridad Interior” no es suficiente per se para estimar que ésta es una especie de la “Seguridad Nacional” ni para presumir la existencia de la facultad del Congreso para emitir la Ley de Seguridad Interior, dado que se trata de una Ley Orgánica cuya constitucionalidad y convencionalidad no ha sido analizada por la SCJN.

Incluso presumiendo sin conceder que se pueda invocar en el caso concreto la doctrina de la facultad implícita, aún sería conveniente alegar en acción de inconstitucionalidad la ausencia de facultades expresas a efecto de la que la SCJN precise y desarrolle con mayor claridad tal doctrina, lo que puede redundar en beneficio de la certeza jurídica de todos los operadores legales del ordenamiento mexicano.

Por otra parte, para comprender cuáles son las consecuencias de la regularización de las tareas de seguridad pública que se realizan a través del despliegue masivo de elementos de las Fuerzas Armadas, presentamos un trabajo de sistematización realizado por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (Cmdpdh) sobre Violaciones graves a derechos humanos cometidas por militares.

Quejas en CNDH del 1 de diciembre de 2006 al 31 de diciembre de 2016: 82 mil 745 quejas. De este universo, el 28.2% estuvieron dirigidas a autoridades encargadas de la seguridad pública (Sedena, Semar, Policía Federal y PGR). Es decir, 23 mil 347 quejas, de las cuales el 44.6% (10,404) marca a la Secretaría de Defensa Nacional como autoridad responsable.

Tortura

Denuncias por tortura en PGR de 2006 al 31 de diciembre de 2014, 1,273 denuncias

Averiguaciones previas y carpetas de investigación abiertas: 1,145 de 2015 a 2017, de las cuales sólo han sido consignados cuatro expedientes.

Elementos del ejército privados de la libertad en prisiones militares por tortura: 26. Sólo 6 han sido sentenciados y 20 están siendo procesados.

Quejas en CNDH por tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes: 4,483 que señalan a la Sedena como autoridad responsable y Semar con 1,032.

Recomendaciones: 118 incidentes de tortura que se identifica como autoridad responsable a la Sedena, mientras que la Semar participó en otros 78.

Homicidios

La Dirección General de Atención y Seguimiento a Recomendaciones y Conciliaciones en Materia de Derechos Humanos, adscrita a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, registró 9 averiguaciones previas de 2014 a 2016 en las que estuvieron involucrados elementos de la Sedena, Semar.

Recomendaciones: la Secretaría de Marina responsable en 8 incidentes y a la Secretaría de la Defensa en 35.

Enfrentamientos

De 2006 a marzo de 2017, hubo un despliegue de 540,214 elementos de la Sedena y 100,481 elementos de la Semar en apoyo a las fuerzas de seguridad pública para el combate al narcotráfico.

La Sedena informó sobre un total de 3,966 agresiones (enfrentamientos) en contra de personal militar con disparos de arma de fuego por integrantes de la delincuencia organizada en el periodo comprendido entre el año 2007 y el 22 de marzo de 2017.

La Secretaría de la Defensa Nacional informó que en el periodo 13 de enero de 2007 al 5 de abril 2014 (Sedena, 2015)se registraron:

Fallecidos: 209 militares; 3,907 agresores y 60 víctimas ajenas a los hechos

Heridos: 1,184 militares; 1,061 agresores y 213 víctimas ajenas a los hechos heridas.

Detenidos: 3,946 agresores.

Es importante mencionar que, a partir del 6 de abril de 2014, la Sedena ya no da continuidad a registros de presuntos agresores muertos y heridos en enfrentamientos ya que mencionan, lo hace la Procuraduría General de la República.

La Secretaría de Marina Armada de México, por su parte, informó sobre un total de 320 agresiones de 2007 a abril de 2017.

En el periodo de 2012 a 2014:

Personal naval herido: 60

Personal naval muerto: 14

Civiles heridos (delincuencia organizada): 10

• Civiles muertos (delincuencia organizada): 271

• Detenidos: 102

• Enfrentamientos: 135

Desaparición

Recomendaciones de CNDH: se identifica como autoridad responsable a la Secretaría de Marina en 15 incidentes y a la Secretaría de la Defensa en 33.

El siguiente cuadro representa el número de víctimas a manos de militares por hechos de desaparición forzada:

De esas personas desaparecidas, en 13 ocasiones se le ubica como el último paradero de la persona en Cuarteles Militares.

Las siguientes son las unidades de la Sedena que aparecen como responsables de la comisión de desaparición forzada, al menos: 17 batallones y regimientos; 3 guarniciones militares, 1 brigada de fuerzas especiales; 6 zonas militares y 4 regiones militares. Se tienen dos sospechosos identificados responsables de la desaparición.

De la Semar se evidencia la participación, al menos de la Región Naval 1 y Zona Naval número 1 y 3.

Mas las consecuencias de la militarización de la seguridad pública como una estrategia de combate a los grupos criminales de alto impacto no solamente han afectado a la población civil, también se ha lastimado a quienes, realizando tareas para las que no tienen facultades constitucionales expresas, deciden desertar de las Fuerzas Armadas porque sus mandos no les brindan la protección que requieren.

Según se reportó el pasado 20 de agosto en una nota del periódico La Jornada, publicado en el Diario Vanguardia,“168 mil 746” elementos de las Fuerzas Armadas, en su mayoría efectivos de tropa, han desertado. Señala la nota informativa que desde 2001 al mes de abril de 2018, ya no se presentaron a sus unidades un aproximado de 151 mil 481 elementos de las secretarías de Defensa Nacional (Sedena) y de la Marina (Semar):

IV. Hay otro camino

Vale recuperar la propuesta que ha presentado públicamente el Colectivo #SeguridadSinGuerra en el sentido de que existe una ruta alternativa para la recuperación de la paz y la reducción de la violencia. Su propuesta, que asumimos como viable y acompañamos, se fundamenta en los siguientes siete ejes:

1. Respeto irrestricto al marco jurídico constitucional e internacional.

2. Adopción de medidas excepcionales sólo a partir de los mecanismos ya previstos: regulación de los artículos 29 y 119.

3. Profesionalización de las policías civiles.

4. Elaboración de un programa de desmilitarización paulatina de la seguridad pública.

5. Regulación del uso de la fuerza.

6. Reconstrucción del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).

7. Establecimiento de mecanismos complementarios de justicia y verdad.

Ante la propuesta que suscribimos de avanzar hacia la pacificación del país, consideramos que una base para abrir el debate es la abrogación de la Ley de Seguridad Interior; crear un plan de desmilitarización gradual de la seguridad pública; el fortalecimiento de las policías; el combate a las redes de macrocriminalidad que se sustentan en la corrupción y la impunidad, así como desarrollar una propuesta integral que abarque no sólo al sistema de seguridad sino también el sistema de justicia penal. Sólo así se podrá recuperar la gobernabilidad democrática, la paz, la verdad y la justicia.

Por todo lo anterior y en ejercicio de la facultad conferida por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que abroga la Ley de Seguridad Interior

Artículo Primero. Se abroga la Ley de Seguridad Interior publicada el 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación.

Transitorios

Primero. El presente Decreto abrogará la Ley de Seguridad Interior al día siguiente de su publicación.

Segundo.El Congreso de la Unión expedirá, en un plazo no mayor a 180 días naturales, un programa calendarizado para la paulatina desmilitarización de las tareas de seguridad pública conforme las condiciones de cada entidad federativa. Este programa deberá ser acompañado de un plan de certificación, capacitación y profesionalización de las instancias de procuración de justicia conforme lo señala la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Notas

1 Diario de los Debates de la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. LX Legislatura. Año III. Segundo Periodo Ordinario. Sesión Núm. 25. 23 de abril de 2009. Disponible en:

http://www.senado.gob.mx/64/diario_de_los_debates/documento/2310

2 Ordorica, Ana Paula. El Ejército y la ley. Revista Nexos. 1 de diciembre de 2011. Disponible en:

https://www.nexos.com.mx/?p=14585

3 Versión estenográfica de la sesión ordinaria del jueves 30 de noviembre de 2017. Disponible en:

http://cronica.diputados.gob.mx/

4 Diario de los Debates de la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. LXIII Legislatura, Año III. Primer Periodo Ordinario. Sesión No. 40. 14 de diciembre de 2017. Disponible en:

http://www.senado.gob.mx/64/diario_de_los_debates/documento/2964

5 La reforma de justicia y seguridad modificó el artículo 21 constitucional el 18 de junio de 2018 y al momento no ha habido una interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación con el expreso mandato de que la seguridad pública es una tarea de autoridades civiles.

6. Agradecemos la generosidad del Colectivo #SeguridadSinGuerra para compartir su análisis y permitirnos incorporarlo. Sus aportaciones han sido fundamentales para construir una postura sólida para cuestionar el paradigma de militarización de la seguridad pública.

7 Se incorporan a este documento con su autorización.

8 Al 21 de agosto de 2017, la CNDH recibió 88,566 quejas.

9 CNDH. Solicitudes de información folios: 3510000073217 y 3510000072917.

10 PGR. Solicitud de información folio: 0001700020115.

11 El número de investigaciones se desglosa en: 890 expedientes de averiguación previa iniciados durante los años 2015 y 2016 y 255 carpetas de investigación abiertas de 2015 y 2017 en contra de personal de la Sedena.

12 PGR. Solicitud de información: 0001700219617.

13 Sedena. Solicitud de información folio: 000070022717.

14 Más de 168 mil militares han desertado en 28 años. Vanguardia. 20 de agosto de 2018. Disponible en:

https://vanguardia.com.mx/articulo/mas-de-168-mil-militares-han-desertado- en-18-anos

15 Se anexa documento Elementos para la Pacificación, emitido el 12 de julio de 2018.

Dado en el salón del pleno de la Cámara de Diputados a los seis días del mes de septiembre de dos mil dieciocho.— Diputadas y diputados: Ana Lucia Riojas Martínez,Abril Alcalá Padilla, Alan Jesús Falomir Saenz, Ana Priscila González García, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Ariel Rodríguez Vázquez, Benito Medina Herrera, Brasil Alberto Acosta Peña, Claudia Pastor Badilla, Eduardo Zarzosa Sánchez, Emmanuel Reyes Carmona, Enrique Ochoa Reza, Ernesto Javier Nemer Alvarez, Frinne Azuara Yarzabal, Geraldina Isabel Herrera Vega, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Iván Arturo Rodríguez Rivera, Jacobo David Cheja Alfaro, Jorge Alcibíades García Lara, José Martín López Cisneros, Juan Carlos Muñoz Márquez, Juan Francisco Espinoza Eguia, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Juan Ortiz Guarneros, Lenin Nelson Campos Córdova, Lilia Villafuerte Zavala, Lourdes Erika Sánchez Martínez, Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, Manuel Limón Hernández, Marcela Guillermina Velasco González, Margarita Flores Sánchez, María Alemán Muñoz Castillo, María Libier González Anaya, María Libier González Anaya, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Norma Adela Guel Saldívar, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Ruth Salinas Reyes, Sandra Simey Olvera Bautista, Víctor Manuel Pérez Díaz, Ximena Puente de la Mora(rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para su dictamen.



SE DECLARA EL AÑO 2019 COMO “AÑO DEL CAUDILLO DEL SUR, EMILIANO ZAPATA”

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, iniciando la tercera ronda de presentación de iniciativas, la diputada Brenda Espinoza López, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el año 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata.” Tiene la palabra la diputada Brenda Espinoza López.

La diputada Brenda Espinoza López:Con su venia, diputada presidente. Mejor morir de pie, que vivir toda una vida arrodillado. General Emiliano Zapata.

La tierra volverá a quienes la trabajan con sus propias manos. Frase que la mayoría de los luchadores sociales conocemos y que, a partir del primero de julio adquiere una gran relevancia, ya que los gobiernos hacían que no oían y mucho menos escuchaban.

Ante los reclamos de la población por la carencia, la precariedad, el cacicazgo y el hartazgo de un régimen político antisocial, entre muchos otros factores, empezaos una cuarta transformación. Pero debemos recordar a los hombres y a las mujeres que han luchado por las libertades, de las cuales gozamos el día de hoy. Sería injusto no recordarlos, no rendirles tributo.

Soy una mujer joven, orgullosa de mi México, de mi tierra, de Morelos, cuna de uno de los hombres la cual la historia lo ha puesto no solo en letras de oro dentro de este recinto, sino en el corazón y la mente de hombres y mujeres que el día de hoy siguen luchando por todo lo que para ellos es justo, me refiero al general Emiliano Zapata Salazar.

Mucho se ha dicho y se ha escrito a través de estos casi 100 años de su muerte, como de muchos otros próceres de nuestra historia. Por lo tanto, sería un despropósito pensar que en cinco minutos se puede hablar de sus logros y de su lucha, inspirador de la gente, líder natural, luchador social, con ideales firmes, sumó gente a su ejército en principio por el odio a los cacicazgos y por un ansia de justicia por la tierra y libertad.

El Plan de Ayala, proclamado en Ayala, Morelos, el 28 de noviembre de 1911, escrito por Emiliano Zapata y Otilio Montaño, firmado el 25 de noviembre del mismo año, expuso los objetivos de la rebelión agraria, de los zapatistas, restitución de la tierra usurpada a los pueblos durante el porfiriato y reparto agrario de parte de las tierras de los grandes hacendados, previa indemnización.

General, patriota, guerrillero, que peleó con gran lealtad por defender su patria o suelo, reza uno de los tantos corridos que le fueron escritos. Hombre y charro, de una sola pieza, al que debemos seguir exaltando su nombre y rendir tributo a su lucha y lo que significa en la actualidad, también conocido como el caudillo del sur.

Fue uno de los líderes más importantes durante la Revolución Mexicana, estando al mando del Ejército Libertador del Sur, Zapata se convertiría en un símbolo de los campesinos desposeídos, tras morir el 10 de abril de 1919 en una emboscada en la Hacienda de Chinameca Morelos, a los 39 años.

Por eso, vengo a presentar la iniciativa con proyecto de decreto para que se declare, a 100 años de la muerte de mi general Zapata, el año 2019 como Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata.

Por lo tanto, que a partir del primero de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, se escriba esa frase en toda la correspondencia oficial del estado de Morelos y no solo eso, para que la Secretaría de Gobernación, en coordinación con los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, los organismos descentralizados y las demás secretarías establezcan un programa de actividades para dar relevancia a este hecho. Todo esto con un fin de honrar y reconocer su lucha que mucho ha ayudado a este gran país.

Compañeros y compañeras diputados, conciudadanos, México le debe más al general Zapata. Exaltemos su nombre, rindamos tributo, recordémoslo, leamos sobre él.

Esta cuarta transformación es pacífica, pero hombres como él derramaron su sangre por nosotros, por lo que ahora tenemos y gozamos, y debemos seguir luchando por la justicia.

Y, por último, quiero aprovechar en esta tribuna la oportunidad para decirles a los jóvenes y a los ciudadanos del estado de Morelos y del país, que en esta cuarta transformación no están solos, que la lucha sigue y sigue. Que viva Zapata. Que viva Morelos y que viva México. Muchas gracias.

«Iniciativa de decreto, por el que se declara 2019 como Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata, a cargo de la diputada Brenda Espinoza López, del Grupo Parlamentario de Morena

Brenda Espinoza López, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que el honorable Congreso de la Unión declara 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Gran paradoja representa que el día 8 de agosto de 1879 el estado de Morelos vio nacer en Anenecuilco, a un niño que al paso del tiempo se convertiría en el Caudillo del Sur y en 1919 el 10 de abril, el mismo Estado, pero en Chinameca lo viera morir.

Del General Emiliano Zapata Salazar, mucho se ha dicho y se ha escrito a través de estos casi 100 años de su muerte, la historia lo ha puesto en el lugar que merece, como a muchos otros próceres de las libertades que al día de hoy gozamos, sería un despropósito pensar que en unas cuantas líneas se puede hablar de sus logros y de su lucha.

Hombre de la historia de México, que al día de hoy sigue inspirando y mencionando en las arengas de la gente, cuando marchan por alguna inconformidad en contra el gobierno, diciendo por mencionar algunas: “Sí Zapata viviera, la lucha siguiera”, “viva Zapata”; se dice, que Zapata no peleaba por la tierra, sino por la madre tierra, que es la que provee, la cuida, la que nos da, la que nos mantiene vivos.

Inspirador de la gente, líder natural, luchador social, con ideales bien plantados, sumó gente a su ejército en principio por el odio a los españoles, y por un ansia del pueblo de tierra, libertad y justicia.

El Plan de Ayala, proclamado en Ayala, Morelos, el 28 de noviembre del mismo año, escrito por Emiliano Zapata y Otilio Montaño y firmado el 25 de noviembre de 1911, expuso los objetivos de la rebelión agraria de los zapatistas: restitución de las tierras usurpadas a los pueblos durante el Porfiriato y reparto agrario de parte de las tierras de los grandes hacendados, previa indemnización.

Denunció y desconoció a el presidente Francisco I. Madero por su traición de los ideales revolucionarios, consagrados en el Plan de San Luis, promulgado por Francisco I. Madero, donde invocaba el levantamiento del pueblo contra la dictadura de Porfirio Díaz “Porfiriato” y se comprometía a restituir las tierras a los campesinos.

“General, patriota, guerrillero que peleo con gran lealtad por defender su patrio suelo”, reza uno de tantos corridos que le fueron escritos, hombre y charro de una sola pieza, al que si bien es verdad tiene su nombre su nombre escrito con letras de oro en el Congreso de la Unión, debemos seguir exaltando su nombre y rendir tributo a su lucha y a lo que significa en la actualidad.

Justificar porque a 100 años de su muerte debemos seguirlo recordando, es particularmente difícil, sin embargo, me remitiré al diario de los debates de la XXXIV Legislatura, que durante la Comisión Permanente en sesión de fecha 24 de julio de 1931, donde se dijo:

“México espera la exaltación de sus últimos héroes y para satisfacer tal esperanza venimos a proponer que, con letras de oro, en el recinto del Congreso de la Unión, donde ya se leen los nombres de los grandes hombres de la Patria, sean colocados y descubiertos el mismo día que lo sea el del mártir del proletariado yucateco, los no menos venerables, grandes e ilustres de don Venustiano Carranza y del General Emiliano Zapata”

El Caudillo del Sur, fue uno de los líderes más importantes durante la Revolución Mexicana, estando al mando del Ejército Libertador del Sur, Zapata se convertiría en un símbolo de los campesinos desposeídos tras morir de un balazo el 10 de abril de 1919 en una emboscada en la Hacienda de Chinameca, Morelos, México, a los 39 años.

Zapata, durante su lucha, a través de los años acuño frases que al día de hoy encuentran vigencia en la lucha de los que menos tienen, como: “Libertad, Justicia y Ley”, “Mejor morir de pie que vivir toda una vida arrodillado”, “La tierra es para quien la trabaja”, “Si no hay justicia para el pueblo que no haya paz para el gobierno”, “El que quiera ser águila que vuele, el que quiera ser gusano que se arrastre pero que no grite cuando lo pisen”, “Quiero morir siendo esclavo de los principios, no de los hombres”, “La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos”, “Perdono al que roba y al que mata, pero al que traiciona, nunca”.

Frases que, al día de hoy, adquieren un valor intrínseco y una significancia descomunal, después de la elección del 1º de julio de 2018, fecha en la que da inicio la cuarta transformación, pero hora de manera pacífica, le debemos mucho a Zapata y a las mujeres y hombres que lucharon a su lado, para tener derechos y libertades, esas libertades de las que vuelvo a repetir hoy gozamos, por lo que debemos gratitud y respeto a su lucha y a la de todas y todos los revolucionarios del país.

Por lo anteriormente fundado y expuesto, someto a la consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se declara 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”

Artículo Primero. El Honorable Congreso de la Unión declara al año 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”.

Artículo Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, toda la correspondencia oficial del Estado deberá contener al rubro o al calce la siguiente leyenda: “2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día 1o. de enero de 2019 y concluirá su vigencia el 31 de diciembre del mismo año.

Segundo. La Secretaria de Gobernación en coordinación con los Poderes Legislativo y Judicial, los Órganos Autónomos, los Organismos Descentralizados y las demás Secretarías, establecerá un programa de actividades para para dar relevancia a la declaración decretada.

Nota

1 Colección Muro de Honor, 2007, honorable Cámara de Diputados.

Bibliografía

-Antonio Díaz Soto y Gama. La revolución agraria del sur, su caudillo. Instituto Nacional de Estudios de las Revoluciones de México, 2011.

- Honorable Cámara de Diputados. Colección Muro de Honor. 2007.

- John Womack Jr. Zapata y la Revolución Mexicana. F.C.E. 2017

- Honorable Cámara de Diputados, Consejo Editorial. Zapata en el Imaginario popular.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de septiembre de 2018.— Diputadas: Brenda Espinoza López,Sandra Simey Olvera Bautista (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población para su dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado José Elías Lixa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

El diputado José Elías Lixa Abimerhi:Muchas gracias, presidenta. Diputadas y diputados, atrás las campañas y de cara a cada ciudadana y ciudadano de país hoy es tiempo de definiciones. Lo que ayer fueron promesas de campañas hoy tienen que traducirse en hechos y resultados.

Nosotros nos definimos porque las familias que menos ganan puedan tener más dinero en sus bolsillos.

Siendo francos, muchos de los que hoy tenemos el honor de estar aquí lo estamos en gran medida porque ofrecimos en campaña a nuestros electores que lucharíamos por la economía de sus familias.

Haciendo honor a nuestra palabra, los diputados que integramos el Grupo Parlamentario del PAN hoy presentamos la iniciativa para reformar los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para eliminar este impuesto a quienes menos ganan. Es decir, que todos los que ingresan menos de 10 mil 300 pesos al mes tengan tasa cero en sus impuestos.

Tras la tóxica reforma hacendaria de 2013, que advertimos sería dañina para la economía, se produjo una severa pérdida en el poder adquisitivo de la gente. Se ensancharon las estructuras gubernamentales, es decir, el dinero extra que recaudó el gobierno sirvió para generar más burocracia, sin que esto se viera reflejado en obras y servicios para los ciudadanos. Únicamente sirvió para confirmar las palabras de Carlos Castillo Peraza, que aseguró que burocracia es el arte de convertir lo fácil en difícil por medio de lo inútil.

Hoy proponemos cambiar la perspectiva de la política fiscal, para cambiarla de la visión gubernamental a la visión ciudadana. Por eso hoy presentamos esta iniciativa que tiene como base una propuesta del Imco, en 2017, que pretende beneficiar a 15.5 millones de ciudadanos que perciben menos de 10 mil 300 pesos al mes, 15.5 millones de mexicanos que representan tres de cada cuatro trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE, pero que, en contraparte, solo aportan el ocho por ciento de la recaudación del gobierno en este rubro.

Por lo tanto, eliminar este impuesto tiene como primera meta, como primer objetivo que estas familias puedan tener ese dinero en sus bolsas, ya que para el gobierno no es representativo y sí para las familias puede cambiar en mucho los conceptos de vida digna, de adquisición de vivienda. Y por supuesto de ahorro, que es un problema grave y que genera crisis en el país.

También es cierto que esta iniciativa persigue combatir el mercado informal, ya que 56.5 por ciento de la población activa económicamente está en un trabajo informal. Es decir, no tiene prestaciones legales. Con esto podríamos lograr que se generen esquemas más amigables y, por lo tanto, inclusión en el mercado formal de 29.5 millones de trabajadores en el país.

Poniendo en perspectiva, de estos 15.5 millones de habitantes que perciben este ingreso, supongamos que uno gana 9 mil 500 pesos al mes, paga de impuestos el 10 por ciento. Es decir que con esta iniciativa estaría ganando más de un mes de lo que percibe actualmente, 11 mil 400 pesos más. Más del doble de lo que representa hoy la prestación del aguinaldo.

Durante las campañas la gran mayoría de quienes hoy somos representantes populares aseguramos que estaríamos del lado de la economía familiar. Llegó el momento de demostrarlo. Quienes respaldamos esta iniciativa lucharemos para que las familias que menos ganan tengan más dinero en sus bolsillos y que no sea mañana el gobierno el que les pida conformarse solo con frijol y gorgojo.

En tiempos en los que como nunca México exige claridad en nuestras posturas, demos un paso sin pretextos para que las familias mexicanas puedan ganar más para que a México le vaya mejor. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Grupo Parlamentario de Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en las facultades que confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en materia de eliminación de la tasa para personas de bajos ingresos, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El presente proyecto de iniciativa deriva de una propuesta que realizó el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) en octubre de 2017. La propuesta fue entregada también a los candidatos a la Presidencia de la República.

Cuando el presidente Peña envió el Paquete Económico de 2014, la miscelánea fiscal contenía entre otros cambios a diversas reformas fiscales, la correspondiente a la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta.

La base rectora de los cambios a dichas leyes fue que “Para mover a México a una trayectoria de mayor bienestar para las familias se –promovía– un plan de Reforma Hacendaria y Social –como parte fundamental –para– crear un México más próspero y más equitativo.”

Se planteó por lo tanto el cobro diferenciado de impuesto sobre la renta (ISR) a los ingresos de los trabajadores. Es decir, se estableció la progresividad al cobro de ISR para personas físicas. Aquellos que ganen más, pagan más impuestos. Resulta mencionar que dicho impuesto siempre ha sido progresivo, debido a que no puede ser una tasa fija, toda vez que es inconstitucional como señala el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expresamente señala que los ingresos serán “proporcionales”, por tal razón, tiene que establecer una tarifa progresiva o proporcional.

Bajo el argumento de que las familias mexicanas estarían mejor, en cuatro años la reforma hacendaria deterioró el salario de los trabajadores y el bienestar de sus familias.

Se limitaron las deducciones de gasto; se redujeron las prestaciones sociales que las empresas otorgaban a sus trabajadores, se creó un régimen de declaración fiscal mucho más rígido e inflexible por el crecimiento de las fiscalizaciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se impusieron impuestos a la venta de casa habitación, se incrementó el impuesto al valor agregado (IVA) del 11 al 16 por ciento en la frontera y se crearon nuevos impuestos al consumo de la gasolina.

En suma, el conjunto de modificaciones fiscales pulverizó el salario real de los trabajadores, limitando su consumo y ahorro, lo que hoy los enfrenta a tasas de inflación que no se habían visto desde hace 17 años.

Hoy tenemos un gobierno federal que efectivamente recauda más recursos por concepto de impuestos, pero a costa de sacrificar el salario de los contribuyentes cautivos y por supuesto de los pequeños y medianos comercios que son sujetos hoy a un régimen de incorporación fiscal que no termina por consolidarse.

A pesar de tener una mayor recaudación (se generaron ingresos tributarios superiores a 38 por ciento en términos reales), la inversión pública se redujo en seis años en 40 por ciento real y los contribuyentes se encuentran sometidos a una doble y hasta triple tributación producto de la reforma fiscal lesiva aprobada por el gobierno federal y sus aliados políticos en la Cámara de Diputados.

El gobierno del presidente Peña se empeñó en captar más ingresos tributarios que efectivamente hubiera sido sano si a la par se generara mayor crecimiento económico, pero sin duda hoy validamos que el mecanismo fiscal lo único que ha generado es un sangrado constante a la economía de los ciudadanos y de las familias mexicanas.

Desde que se aprobó la reforma fiscal, el Partido Acción Nacional ha dejado constancia de que no estamos a favor de la misma, por eso hemos presentado diversas iniciativas fiscales en apoyo de las familias mexicanas, iniciativas que están a favor de revertir los efectos lesivos que ha provocado el gobierno con su mal llamada “reforma hacendaria para los que menos tienen”.

Por esta razón, en cumplimiento de la agenda legislativa de nuestro grupo parlamentario, el presente proyecto de iniciativa propone reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para grabar con una tasa de 0 por ciento, a quienes ganen menos de 10 mil 300 pesos y obligar a las instancias correspondientes a que actualicen de forma anual las tasas de pago de impuesto conforme al nivel de ingresos.

De acuerdo con cifras del Instituto Mexicano para la Competitividad, AC (IMCO), “actualmente un trabajador formal promedio gana 9 mil 500 pesos mensuales y paga 10 por ciento de su salario del ISR”. Es decir, después de impuestos su salario real es de 8 mil 850 pesos.

Por esos montos, el trabajador paga a una tasa de ISR de 16 por ciento de acuerdo a la tarifa que establece la ley vigente, y se aplica una tasa efectiva de 9 por ciento.

El problema de que en México se grava con impuestos altos a quienes menos tienen, es que su salario real termina deteriorándose con el paso del tiempo, porque mientras su salario se actualiza con base en inflación, las cuotas correspondientes de ISR no, lo que implica que puedan rebasar el límite de ingresos en el que pagaban una menor cuota y pasar a una mayor. Es decir, su poder adquisitivo disminuye así como su capacidad de compra, consumo y bienestar.

De acuerdo con el artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la cuota fija de dicho impuesto para una persona que gana 10 mil 298 pesos, pero a ésta se debe descontar los 787 pesos (números redondos) establecidos como cuota para dicho ingreso.

Por otro lado, el incremento salarial trae consigo más complicaciones fiscales si el trabajador (que por nivel de ingresos se ubica en las cuotas fijas y porcentajes más bajos) recibe un incremento por parte del patrón. Al ganar más, se le cobra una tasa más alta de impuesto sin tomar en consideración que en términos reales pueda seguir ganando lo mismo.

Por ejemplo, si actualmente un trabajador gana 5 mil 240 pesos al mes, dicho monto no genera un pago de ISR, debido a que el gobierno otorga un subsidio al empleo a través de los patrones. No obstante, si recibe un aumento superior a los 2 mil 500 pesos, no sólo deja de ser beneficiado con el subsidio al empleo que otorga la ley, sino que además, pagará una cuota fija y un impuesto superior a la que pagaba hasta antes de su incremento salarial. Esto provoca en lo inmediato la pérdida de su poder adquisitivo como resultado del mal diseño de la política fiscal en el cobro del impuesto sobre la renta.

Resulta importante señalar que la tasa de ISR para trabajadores formales promedio en países de América Latina como Argentina, Brasil, Chile, Colombia y Perú es de cero. Sólo en México se paga una tasa efectiva de aproximadamente 9 por ciento.

El impacto fiscal de la medida sería mínimo pues así lo constatan los datos que el propio IMCO expone. “Del total de hogares en México, 70 por ciento más pobre contribuye únicamente con 8 por ciento del total de recursos recaudados por ISR”. Es decir, el gobierno federal cobra impuestos a contribuyentes que aportan muy poco a los ingresos de la federación pero que además, necesitan verdaderamente mayores ingresos por las condiciones de salario precario en el que se encuentra.

De acuerdo con el IMCO, los beneficios de aprobar el proyecto de iniciativa, son los siguientes:

1. Ayudaría a reducir la informalidad del país de 56 a 25 por ciento y;

2. Serían beneficiados 15.5 millones de trabajadores, lo que representa 74 por ciento del total de los asalariados inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

El impacto fiscal de esta iniciativa (74 mil millones de pesos) es mínimo si consideramos que el consumo futuro de los contribuyentes beneficiados compensará tal medida. Estamos seguros que ésta aportará a la dinámica interna de nuestro mercado, así como el impulso a un mejor estadio de bienestar de muchas familias mexicanas.

El mismo IMCO señala que los y trabajadores se podrían ahorrar hasta un mes de salario con lo que podrían generar un consumo interno (IVA pagado por productos) de aproximadamente 57 mil millones de pesos y sus ahorros podrían significar 17 mil millones de pesos al año.

A continuación, a manera de ser más explícitos sobre los cambios que se proponen a las tablas de ISR mensual y anual, se presenta el siguiente comparativo:

Fuente: Elaboración propia con información de la LISR.

De aprobarse esta medida fiscal, estaremos apoyando a los trabajadores del país ubicados en los niveles con menos ingresos, retomando las investigaciones hechas por asociaciones especializadas en temas fiscales que trabajan sin ningún sesgo y beneficio de un mejor país.

Aunado a lo anterior, este Poder Legislativo trabajaría en línea con lo que han hecho muchos países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde 2016:bajar la tasa de ISR a los trabajadores de menos ingresos y cumplir con una justicia social que desde hace muchos años, se demanda en nuestro país y que por supuesto, coincide con la visión de apoyo social del gobierno en turno.

Por todo lo antes expuesto, me permito someter ante el pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Primero. Se reforma la tabla de tarifa mensual a que se refiere el segundo párrafo del artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 96. ...

La retención se calculará aplicando a la totalidad de los ingresos obtenidos en un mes de calendario, la siguiente:

...

...

...

...

...

...

Artículo Segundo. Se reforma la tabla de tarifa mensual a que se refiere el primer párrafo del artículo 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 152. Las personas físicas calcularán el impuesto del ejercicio sumando, a los ingresos obtenidos conforme a los capítulos I, III, IV, V, VI, VIII y IX de este título, después de efectuar las deducciones autorizadas en dichos capítulos, la utilidad gravable determinada conforme a las secciones I o II del capítulo II de este título, al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, las deducciones a que se refiere el artículo 151 de esta Ley. A la cantidad que se obtenga se le aplicará la siguiente:

...

...

...

...

Transitorios

Primero.La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, actualizará de forma anual y con base en el índice de inflación, las cuotas mensuales y anuales de Impuesto sobre la Renta para personas físicas establecidas en el artículo 96 y 152 de la misma ley, las cuales se incluirán en la propuesta de miscelánea fiscal enviada al Congreso de la Unión en el paquete económico correspondiente.

Segundo. La reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 IMCO. “Hacia un nuevo esquema de ISR”. 2017. El documento completo se puede consultar en el siguiente link:

https://imco.org.mx/temas/hacia-nuevo-esquema-isr/ y del cual se retoma el planteamiento junto con las estimaciones del impacto fiscal.

2 Ibídem. p. 9

3 Ibídem. p. 16

4 Ibídem. pp. 36,37.

5 Ibídem. pp.43, 43.

6 Australia, Francia, Islandia, Holanda, Canadá, Portugal, Bélgica y Austria son algunos de los países que han logrado reducir su tasa al 0 por ciento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: José Elías Lixa Abimerhi,Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Armando Tejeda Cid, Carlos Alberto Valenzuela González, Carlos Carreón Mejía, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Felipe Fernando Macías Olvera, Fernando Torres Graciano, Francisco Javier Luévano Núñez, Gloria Romero Leal, Guadalupe Romo Romo, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Iván Arturo Rodríguez Rivera, Janet Melanie Murillo Chávez, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José del Carmen Gómez Quej, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Ramón Cambero Pérez, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Josefina Salazar Báez, Juan Carlos Muñoz Márquez, Juan Carlos Romero Hicks, Julieta Macías Rábago, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Laura Angélica Rojas Hernández, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Luis Fernando Salazar Fernández, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, María de los Ángeles Ayala Díaz, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mariana Dunyaska García Rojas, Mario Mata Carrasco, Martha Elena García Gómez, Martha Elisa González Estrada, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Alonso Riggs Baeza, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Raúl Gracia Guzmán, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Ricardo Villarreal García, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Sylvia Violeta Garfias Cedillo, Verónica María Sobrado Rodríguez, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen.

Esta Mesa Directiva saluda la presencia de los alumnos de la carrera de Derecho de la Universidad de Monterrey, Invitados por la diputada María Guillermina Alvarado Moreno. Sean ustedes bienvenidas y bienvenidos.



LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LEY GENERAL DE SALUD

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley General de Salud.

El diputado Fernando Galindo Favela:Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante, diputado.

El diputado Fernando Galindo Favela: Compañeras y compañeros diputados. En los años 90 se llevó a cabo el proceso de descentralización de los servicios de salud, para tal efecto la federación transfirió a las entidades federativas los recursos materiales y financieros y humanos que permitieron dar cumplimiento a este mandato constitucional.

En 1998 con la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal se creó el fondo de aportaciones a los servicios de salud, el cual contempla los recursos federales que son transferidos anualmente a las entidades federativas para apoyarlas en el ejercicio de las atribuciones que por ley les competen.

En el 2003 se reformó la Ley General de Salud dando origen al Sistema de Protección Social en Salud, a fin de brindar protección financiera a la población no afiliada a las instituciones de seguridad social y establecer las bases legales para garantizar el acceso a los servicios sin desembolso alguno y sin discriminación.

A la fecha se han detectado dificultades en la elaboración de las diversas nóminas de salud a cargo de las entidades federativas. Por ejemplo, se han encontrado nóminas de personal financiando con recursos del fondo en las que se identificó la inexistencia de resúmenes contables, del número de pagos realizados y del importe total pagado por concepto de percepciones y deducciones. De igual forma, es carece de información sobre trabajadores regularizados, eventuales, honorarios y homologados.

Un problema recurrente en el renglón de servicios personales, es la falta de información clara, detallada y oportuna de las plantillas del personal que se paga con recursos del sistema de protección social en salud, que atiende lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

La problemática analizada incluye la carencia del pago de prestaciones establecidas en la ley que ha obligado a la federación a llevar a cabo una serie de programas para regularizar esta situación en beneficio de los trabajadores, utilizando recursos para este fin que pudieran ser destinados para atender otras carencias sociales.

Lo anterior, hace evidente la necesidad de que la federación y las entidades federativas unan sus esfuerzos para generar un control administrativo adecuado, tanto de las plazas, que la primera transfirió a las segundas, así como de aquellas que son contratadas con recursos provenientes del sistema de protección social en salud.

Con esta iniciativa se pretende hacer eficiente el ejercicio de los recursos federales destinados al pago de los servicios personales para la prestación de los servicios de salud, reorganizar los procesos para el pago de la nómina, aminorar la carga administrativa que para las entidades federativas significa este rubro, así como prevenir las recurrentes observaciones de los órganos de fiscalización en esta materia.

Por lo anterior, se considera necesario modificar los términos y condiciones bajo los cuales se transfieren los recursos federales a las entidades federativas por concepto de servicios personales.

La iniciativa que se propone a su consideración modifica la Ley de Coordinación Fiscal mediante la creación del fondo de aportaciones para la nómina y gasto operativo en los servicios de salud en el Ramo 33, y su alcance contempla la consolidación de la remuneración de los servicios personales del propio Ramo 33 y del Ramo 12 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Con esta medida, además de hacer eficiente el gasto en las prestaciones del personal que labora en los servicios estatales de salud, se verán homologadas sin necesidad de que la federación tenga que establecer programas especiales de regularización, ya que cualquier contratación que no se ajuste a lo establecido en esta iniciativa correrá por cuenta y orden de la entidad federativa correspondiente.

La iniciativa es respetuosa de la soberanía de las entidades federativas como responsable de los servicios de la atención médica, y en consecuencia como patrones del personal que prestan los mismos al mantener bajo su competencia el manejo de los recursos humanos y del personal que labora en las unidades médicas a su cargo.

Así, las entidades federativas serán apoyadas con cargo al fondo de aportaciones para la nómina y gasto operativo de los servicios de salud administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con recursos económicos complementarios a los que originalmente corresponde aportar a las entidades federativas para ejercer las atribuciones en materia de salubridad general que establece la Ley General de Salud.

Asimismo, se propone que la Secretaría de Salud sea responsable de establecer, regular, coordinar y operar, así como mantener actualizado un sistema de información de trabajadores de salud el cual estará integrado, entre otros, por el Registro Nacional para las Estructuras Ocupacionales. Es cuanto, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Contabilidad Gubernamental, y General de Salud, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Fernando Galindo Favela, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley General de Salud, en materia de financiamiento en salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Por mandato constitucional toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en los siguientes términos:

Artículo 4o. ...

...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

...

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

...

XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

...

En este orden de ideas, la Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984, reglamentaria del derecho a la protección de la salud, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, de esta manera, la Secretaría de Salud asume su papel como rectora de la política nacional de salud, en tanto que, las entidades federativas, adquieren la responsabilidad de la operación de los servicios de salud.

En los años noventa, para alcanzar un efectivo derecho a la protección de la salud, se llevó a cabo el proceso de descentralización de los servicios de salud. Para tal efecto, la Federación transfirió a las entidades federativas, los recursos materiales, financieros y humanos que permitieron dar cumplimiento a este mandato constitucional.

En 1998 entró en vigor la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal, por la que se creó el Fondo de Aportaciones a los Servicios de Salud (FASSA), el cual contempla los recursos federales que son transferidos anualmente a las entidades federativas para apoyarlas en el ejercicio de las atribuciones que en términos de los artículos 3o, 13 y 18 de la Ley General de Salud les competen.

En dicha reforma se estableció que para el cálculo del FASSA, se tomarían en cuenta, entre otros elementos, el inventario de infraestructura médica y las plantillas de personal utilizados para los cálculos de los recursos presupuestarios transferidos a las entidades federativas, con motivo de la suscripción de los acuerdos de coordinación para la descentralización integral de los servicios de salud, así como los recursos que con cargo a las previsiones para servicios personales contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación que se hubiesen transferido a las entidades federativas, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior a aquél que se presupueste, para cubrir el gasto en servicios personales.

Como otra de las políticas públicas para garantizar el derecho a la protección de la salud, en el año 2003, se reformó la Ley General de Salud, dando origen al Sistema de Protección Social en Salud (SPSS), a fin de brindar protección financiera a la población no afiliada a las instituciones de seguridad social, como un elemento adicional para el financiamiento de los servicios de salud.

El SPSS estableció las bases legales para garantizar el acceso efectivo, oportuno y de calidad, a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación.

Lo anterior, como parte de una estrategia para garantizar el acceso integral a los servicios públicos de salud para todos los mexicanos bajo un sistema de aseguramiento universal en salud, sin distinción de su condición social, laboral y económica.

El SPSS es financiado de manera solidaria por la federación, las entidades federativas y los beneficiarios, correspondiendo a la federación, transferir recursos a las entidades federativas, por concepto de cuota social y aportación solidaria.

Esta reforma obedeció al reto que tuvo y sigue teniendo el sector salud de hacer frente a las presiones financieras que se derivan de las transiciones demográfica, epidemiológica, tecnológica, económica y política que experimenta nuestro país.

I. Diagnóstico

Se han detectado diversas situaciones que a la fecha, a pesar de los esfuerzos que se han llevado a cabo, y de la obligación que se tiene de informar al respecto, no se han podido corregir, debido, entre otros aspectos, a las cargas de trabajo y el enorme cúmulo de información que se necesita para la elaboración de las diversas nóminas de salud a cargo de las entidades federativas, ya sea que se paguen con recursos del FASSA o del SPSS, lo que ha dado motivo a observaciones preocupantes por parte de los diversos órganos de fiscalización, entre ellos, la Auditoría Superior de la Federación.

Así, por ejemplo, se han encontrado nóminas de personal financiado con recursos del FASSA, en las que se identificó la inexistencia de resúmenes contables, del número de pagos realizados, y del importe total pagado por concepto de percepciones y deducciones; de igual forma, se carece de información sobre trabajadores regularizados, eventuales, honorarios y homologados.

En el mismo sentido, se han identificado pagos de sueldos a servidores públicos comisionados a otras dependencias con población objetivo distinta a la del citado fondo o comisiones sindicales no procedentes.

Asimismo, en el renglón de servicios personales, un problema recurrente, es la falta de información clara, detallada y oportuna, de las plantillas del personal que se paga con recursos del SPSS, que atienda lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental en su artículo 74.

La problemática analizada, incluye, por lo que se refiere a las plazas que se cubren con recursos del SPSS, la carencia del pago de prestaciones establecidas en la Ley, que ha obligado a la Federación a llevar a cabo una serie de programas para regularizar esta situación en beneficio de los trabajadores, utilizando recursos para este fin, que pudieron ser destinados a otras necesidades de carácter social, si en su oportunidad, se hubiese tenido un control efectivo de la contratación de personal, así como de la elaboración y pago de las nóminas correspondientes.

Lo anterior, hace evidente la necesidad de que la federación y las entidades federativas, unan sus esfuerzos para generar un control administrativo adecuado, tanto de las plazas que la primera transfirió a las segundas, que comúnmente se les denomina federalizadas, así como de aquéllas que son contratadas con recursos provenientes del SPSS.

Con estas acciones, se pretende hacer eficiente el ejercicio de los recursos federales destinados al pago de servicios personales para la prestación de servicios de salud, reorganizar los procesos para el pago de la nómina, aminorar la carga administrativa que para las entidades federativas significa este rubro, así como prevenir las recurrentes observaciones de los órganos de fiscalización en esta materia.

II. Contenido de la reforma

Se considera necesario modificar los términos y condiciones bajo los cuales, en el marco del financiamiento conjunto que establece la ley entre los órdenes de gobierno en materia de salud, se transfieren los recursos federales a las entidades federativas, por concepto de servicios personales.

La iniciativa modifica la Ley de Coordinación Fiscal mediante la creación del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud en el Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios” y su alcance contempla la consolidación de la remuneración de los servicios personales del propio Ramo 33, por lo que hace a FASSA, así como de aquéllos del Ramo 12 “Salud”, que se cubren por conducto del SPSS.

Con esta medida, además de hacer eficiente el gasto, las prestaciones del personal que labora en los servicios estatales de salud, se verán homologadas, sin necesidad de que la federación tenga que establecer programas especiales de regularización, ya que cualquier contratación que no se ajuste a lo establecido en esta iniciativa, que de ser aprobada por esa Soberanía, se convertirá en ley, correrá por cuenta y orden de la entidad federativa correspondiente. De esta manera, se reconoce la importancia de que todos los trabajadores del sector salud cuenten con igual acceso a las prestaciones que les corresponden.

La iniciativa es respetuosa de la soberanía de los gobiernos locales, como responsables de los servicios de atención médica y, en consecuencia, como patrones del personal que presta los mismos, al mantener bajo su competencia el manejo de los recursos humanos y del personal que labora en las unidades médicas a su cargo, pero abre una oportunidad para mejorar las condiciones del personal en todo el territorio nacional.

Así, las entidades federativas serán apoyadas con cargo al Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con recursos económicos complementarios a los que originalmente corresponde aportar a las entidades federativas, para ejercer las atribuciones en materia de salubridad general que establece la Ley General de Salud.

Dentro de este orden de ideas, se propone que la Secretaría de Salud sea responsable de establecer, regular, coordinar, operar y mantener actualizado un sistema de información de trabajadores de la salud, el cual estará integrado, entre otros, por el registro nacional de las estructuras ocupacionales; las plantillas de personal de las unidades médicas, así como los módulos correspondientes a los datos sobre la formación, trayectoria y desempeño profesional del personal, así como un sistema de administración de nómina, que servirán de base para realizar los pagos de servicios personales. En este sentido, dicha Secretaría conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá las disposiciones que deberán observar las entidades federativas para registrar las nóminas, que se cotejarán quincenalmente con el sistema de administración de nómina antes señalado.

Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esa Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley General de Salud, en materia de financiamiento en salud

Artículo Primero. Se reforman los artículos 25, párrafo primero, fracción II y último párrafo; 29; 30; 31 y 49, párrafos segundo y quinto, y se adicionan los artículos 31-A y 31-B, de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 25. Con independencia de lo establecido en los capítulos I a IV de esta Ley, respecto de la participación de los estados, municipios y la Ciudad de México en la recaudación federal participable, se establecen las aportaciones federales, como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece esta Ley, para los Fondos siguientes:

I....

II. Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud;

III. a VIII. ...

...

El Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, así como el Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, serán administrados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La transferencia de los recursos de dichos fondos se realizará en los términos previstos en los artículos 26-A y 30 de esta ley, respectivamente.

Artículo 29. Los estados y la Ciudad de México, serán apoyados con cargo a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, para cubrir el pago de servicios personales que corresponda al personal que ocupe las plazas que hayan registrado ante la Secretaría de Salud, previa validación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el sistema de información de trabajadores de los servicios de salud a que se refiere la Ley General de Salud, así como para apoyar a las entidades federativas a cubrir gastos de operación relacionados exclusivamente con la organización, operación, supervisión y evaluación de la prestación de los servicios de salubridad general de su competencia, dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales.

Con cargo a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, se cubrirán las erogaciones correspondientes a las plazas siguientes:

I. Las transferidas a las entidades federativas, en el marco del Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1996 y los acuerdos de coordinación que de conformidad con el mismo fueron formalizados con dichas entidades federativas, así como aquéllas que posteriormente han sido homologadas, regularizadas y formalizadas y que, al 31 de diciembre de 2018, fueron pagadas con cargo a recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación, y

II. Las destinadas a la operación del Sistema de Protección Social en Salud, en su vertiente de atención a la persona, así como al personal administrativo y operativo del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, que al 31 de diciembre de 2018, fueron pagadas con cargo a recursos del Ramo 12 “Salud” del Presupuesto de Egresos de la Federación y considerados en el Anexo IV Conceptos de Gasto de los Acuerdos de Coordinación para la Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud en cada entidad federativa.

Para efectos de los artículos 77 Bis 12 y 77 Bis 13, fracción II de la Ley General de Salud, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará a la Secretaría de Salud, durante los primeros 10 días de cada ejercicio fiscal, el monto de los recursos a que se refiere el presente inciso, por entidad federativa.

Los recursos que, en su caso, se requieran para la contratación por honorarios de profesionales de la salud, que sea indispensable para la operación de programas federales de salud, se incluirán en el Fondo a que se refiere este artículo, previa validación de la Secretaría de Salud. Los pagos correspondientes se realizarán aplicando, en lo conducente, lo dispuesto en el artículo 30 de esta ley.

No podrán destinarse recursos federales distintos a los previstos en este artículo, para cubrir gasto en servicios personales correspondiente a servicios de salud.

Artículo 30. El ejercicio de los recursos para el pago de servicios personales a que se refiere el artículo anterior, se sujetará a lo siguiente:

I. La Secretaría de Salud establecerá un sistema de administración de nómina, que servirá de base para realizar los pagos de servicios personales a que se refiere el artículo anterior. Para tal efecto, las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Salud, emitirán las disposiciones que deberán observar las entidades federativas para registrar cada nómina en dicho sistema.

Las entidades federativas deberán proporcionar a la Secretaría de Salud toda la información que ésta les requiera, en los formatos y términos que para tal efecto establezca la Secretaría de Salud en los lineamientos correspondientes;

II. Las entidades federativas deberán registrar en el sistema de administración de nómina, la información relativa a los movimientos del personal que modifiquen cada nómina, en los plazos y condiciones que se establezcan en las disposiciones a que se refiere la fracción anterior.

La información que las entidades federativas registren en el sistema de administración de nómina, deberá corresponder a aquélla registrada en el sistema de información de trabajadores de los servicios de salud;

III. Con base en la información registrada en el sistema de administración de nómina, la Secretaría de Salud verificará que ésta sea congruente con la contenida en el sistema de información de trabajadores de los servicios de salud, y solicitará a las autoridades de salud de las entidades federativas, la validación de la nómina correspondiente a cada una de ellas;

IV. La Secretaría de Salud solicitará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que la Tesorería de la federación realice por cuenta y orden de las entidades federativas, en su calidad de patrones, el pago respectivo a sus empleados, con cargo a los recursos que del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud les correspondan.

Los pagos a que se refiere el párrafo anterior, se llevarán a cabo mediante transferencias electrónicas a sus respectivas cuentas bancarias, salvo que los servidores públicos de los servicios de salud se encuentren en localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios; para lo cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará la forma y los medios a través de los cuales se entregarán los recursos correspondientes;

V. La Secretaría de Salud se coordinará con las entidades federativas para que los pagos de nómina se realicen al personal que cuente con registro federal de contribuyentes con homoclave, y la clave única de registro de población, de acuerdo con las disposiciones aplicables;

VI. Los pagos deberán hacerse por las cantidades líquidas que correspondan a cada servidor público, considerando las cantidades devengadas en el periodo de pago respectivo.

Sólo procederán pagos retroactivos hasta por cuarenta y cinco días naturales, siempre y cuando se acredite la asistencia del personal durante dicho periodo en la plaza respectiva, debiendo precisar la entidad federativa, el tipo de plaza y el periodo que comprende.

Los pagos que no se realicen por causas no imputables al servidor público, deberán efectuarse dentro de los siguientes 30 días naturales a la solicitud del mismo, conforme al procedimiento establecido;

VII. La Secretaría de Salud solicitará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que la Tesorería de la Federación realice por cuenta y orden de las entidades federativas la retención y entero de las cantidades que deban pagarse por concepto de impuestos y seguridad social, de conformidad con las disposiciones aplicables; así como, otras cantidades que, en su caso, deban retenerse con base en la instrucción correspondiente de la entidad federativa;

VIII.Para efectos de la comprobación de las erogaciones, los registros en medios electrónicos correspondientes a los abonos en las cuentas de cada servidor público, fungirán como comprobantes de la entrega de los recursos. Tratándose de los pagos que se realicen a través de otros mecanismos, la comprobación de las erogaciones se realizará en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables.

Sin perjuicio de lo anterior, las entidades federativas entregarán a cada uno de sus trabajadores el recibo de nómina respectivo, desglosando los conceptos de pago y descuentos correspondientes;

IX. Las entidades federativas realizarán los registros e informarán sobre las aportaciones federales a que se refiere este artículo, en los términos de los artículos 48 y 49 de esta ley, y

X. La Secretaría de Salud presentará a través de su página oficial de Internet, la información a que se refiere el artículo 74 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, respecto al Fondo a que se refiere este artículo.

Por su parte, los recursos que se eroguen en el gasto operativo, quedan sujetos a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y disposiciones que de dichos ordenamientos emanen.

Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, sólo podrán erogarse en el ejercicio fiscal en que fueron presupuestados, exclusivamente para el pago de los conceptos relativos a servicios del personal a que se refiere el artículo anterior, incluyendo el incremento en remuneraciones que se acuerde en los términos del artículo 31-A de esta Ley, así como al gasto operativo de la prestación de los servicios de salud.

Artículo 31. El monto del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, se determinará cada año en el Presupuesto de Egresos de la Federación, exclusivamente a partir de los siguientes elementos:

I. Las erogaciones que correspondan por concepto de remuneraciones, incluyendo los sueldos y prestaciones autorizados, así como los impuestos federales y aportaciones de seguridad social, a las plazas registradas en términos de los artículos 29 y 30 de esta ley;

II. Las ampliaciones presupuestarias que se hubieren autorizado al Fondo durante el ejercicio fiscal inmediato anterior a aquél que se presupueste, como resultado del incremento salarial que, en su caso, se pacte en términos del artículo 31-A de esta ley;

III. Los recursos destinados a la creación de plazas en términos del presente artículo, y

IV. Los recursos que la federación haya transferido a las entidades federativas, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior a aquél que se presupueste, para cubrir el gasto de operación e inversión, excluyendo los gastos eventuales de inversión en infraestructura y equipamiento que la Federación y las entidades correspondientes convengan como no susceptibles de presupuestarse en el ejercicio siguiente y por los recursos que para iguales fines sean aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación en adición a los primeros.

No podrán crearse plazas con cargo a este Fondo, salvo que estén validadas por la Secretaría de Salud previa aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito, y que los recursos necesarios para su creación estén expresamente aprobados para ese fin, en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.

Tampoco podrán otorgarse nuevos contratos por honorarios a profesionales de la salud, para la operación de programas federales en esta materia, salvo que cuenten con la previa validación de la Secretaría de Salud y que los recursos necesarios para su creación estén expresamente aprobados para ese fin, en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.

Tratándose del gasto de operación a que se refiere el primer párrafo del artículo 29 de esta ley, los recursos podrán utilizarse en los fines a que se refiere el párrafo anterior. Para tal efecto, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Salud emitirán los lineamientos para especificar el destino de estos recursos.

Artículo 31-A. La federación y las entidades federativas, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 Bis 11 de la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables, concurrirán en el gasto de servicios personales para la prestación de servicios de salud, conforme a lo siguiente:

I. La federación proveerá los recursos necesarios para cubrir los pagos de servicios personales a que se refiere el artículo 29 de esta ley.

Dichos pagos, no incluirán las erogaciones correspondientes a impuestos ni prestaciones laborales de carácter local, las cuales quedarán a cargo de las entidades federativas;

II. Las entidades federativas cubrirán, con cargo a sus propios ingresos, las erogaciones en materia de servicios personales de las plazas distintas a las señaladas en la fracción anterior, incluyendo el incremento salarial y de prestaciones correspondientes a dichas plazas;

III. Los incrementos en las remuneraciones del personal cuyos servicios se cubran con cargo a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, serán acordados con base en lo siguiente:

a) La disponibilidad de recursos públicos aprobada en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

b)Los objetivos, metas y resultados alcanzados de acuerdo con los indicadores de seguimiento establecidos por la Secretaría de Salud, y

c)La negociación del incremento en remuneraciones, la cual se llevará a cabo por parte de los patrones, por una representación de las entidades federativas; por parte de los trabajadores, una representación de su sindicato, en términos de la legislación laboral; así como con la participación de la Secretaría de Salud, para efectos del financiamiento que corresponde a la federación, en los términos del artículo 29 de esta ley y para verificar su congruencia con los objetivos, metas y resultados, referidos en el inciso anterior.

El incremento en remuneraciones que, en su caso, se acuerde, aplicable al personal a que se refiere esta fracción, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzca sus efectos, así como en los medios oficiales de difusión de las entidades federativas, y

IV.La Secretaría de Salud y las entidades federativas darán acceso a las instancias locales y federales de control, evaluación y fiscalización que así lo soliciten, al sistema de administración de nómina a que se refiere el artículo 30 de esta ley. La información se hará pública en términos de las disposiciones aplicables en materia de transparencia y rendición de cuentas.

Artículo 31-B. Las autoridades federales y de las entidades federativas, tanto en materia de los servicios de salud como las responsables del ejercicio presupuestario, se reunirán con una periodicidad no mayor de un año, con el fin de analizar alternativas y propuestas que apoyen una mayor equidad e impulsen la mejor utilización de los recursos aportados a las entidades federativas.

Artículo 49. ...

Las aportaciones federales serán administradas y ejercidas por los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México que las reciban, conforme a sus propias leyes en lo que no se contrapongan a la legislación federal, salvo en el caso de los recursos para el pago de servicios personales previsto en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo y en el Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, respecto de los cuales se observará lo dispuesto en los artículos 26 y 29 de esta Ley, respectivamente. En todos los casos deberán registrarlas como ingresos que deberán destinarse específicamente a los fines establecidos en los artículos citados en el párrafo anterior.

...

...

I. a V. ...

En el caso de los recursos para el pago de servicios personales previstos en el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo y en el Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, las autoridades de control interno de los gobiernos federal y de las entidades federativas supervisarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, el proceso de integración y pago de la nómina del personal educativo y de salud. Asimismo, la Auditoría Superior de la Federación fiscalizará la aplicación de dichos recursos.

...

...

...

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 74, párrafo primero, así como las fracciones I, párrafo primero y II, inciso e) y se deroga el inciso c), de la fracción I del mismo artículo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para quedar como sigue:

Artículo 74. Sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley y en otros ordenamientos, las entidades federativas deberán presentar información relativa a las aportaciones federales para el pago de nómina de los servicios de salud, conforme a lo siguiente:

I. Las entidades federativas deberán publicar y entregar a la Secretaría de Salud del gobierno federal, de manera trimestral, a más tardar dentro de los veinte días naturales siguientes a la terminación del trimestre correspondiente, la siguiente información:

a) y b)...

c) Se deroga.

...

II. ...

a) a d)...

e) Contar, a más tardar el último día hábil de julio de cada año con un registro actualizado de la totalidad del personal cuya nómina se cubra con el Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, sin importar su situación de ocupación o vacancia, por centro de trabajo, con el nombre de cada trabajador y su respectiva clave única de registro de población y registro federal de contribuyentes con homoclave, la función que desempeña, perfil del puesto, centro de trabajo en donde labora, así como los demás datos que determine dicha secretaría.

La Secretaría de Salud del gobierno federal dará acceso al sistema establecido para el registro del personal a que se refiere este inciso, para efectos de consulta a las instancias locales y federales de control, evaluación y fiscalización que así lo soliciten, y

f)...

1. a 7. ...

...

Artículo Tercero. Se reforman los artículos 13, Apartado A, fracción IX y Apartado B, fracción VI; 77 bis 5, inciso A), fracciones X y XI; 77 Bis 12, último párrafo; 77 Bis 13, fracción II; 77 Bis 16, cuarto párrafo se adicionan las fracciones IX Bis, al Apartado A y VI Bis, al Apartado B, del artículo 13; la fracción XI Bis al inciso a), del artículo 77 Bis 5; un tercer párrafo al artículo 77 Bis 12; el artículo 77 Bis 18-A de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 13. ...

A....

I. a VIII. ...

IX. Ejercer la coordinación y vigilancia general del cumplimiento de las disposiciones de esta ley y demás normas aplicables en materia de salubridad general;

IX Bis.Establecer, regular, coordinar, operar y mantener actualizado el sistema de información de trabajadores de los servicios de salud, el cual estará integrado, entre otros, por las plantillas de personal, así como los datos sobre la formación, trayectoria y desempeño profesional de los servidores públicos, y

X. ...

B. ...

I. a V. ...

VI. Vigilar, en la esfera de su competencia, el cumplimiento de esta Ley y demás disposiciones aplicables;

VI Bis. Contribuir en la actualización e integración permanente del sistema de información de trabajadores de los servicios de salud, y

VII. ...

C. ...

Artículo 77 Bis 5. ...

A)...

I. a IX. ...

X. Establecer los lineamientos para la integración y administración del padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, validar su correcta integración y conforme al cotejo a que se refiere la fracción siguiente, aplicar en las subsecuentes transferencias de recursos federales a que tengan derecho las entidades federativas, lo correspondiente únicamente a los beneficiarios no duplicados con algún otro registro de afiliación, de conformidad con las disposiciones reglamentarias;

XI. Realizar, a través de la Dirección General de Información en Salud, el cotejo del padrón de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, contra los registros de afiliación de los institutos de seguridad social y otros esquemas públicos y sociales de atención médica;

XI Bis. Comunicar, por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, a los gobiernos de las entidades federativas, a través de sus Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, los beneficiarios que sean derechohabientes de alguna institución de seguridad social, o cuenten con algún otro mecanismo de previsión social en salud, para efectos de lo dispuesto por los artículos 77 bis 39, párrafo segundo y 77 bis 40, fracción III, de esta ley;

XII. a XVII. ...

B)...

I. a IX. ...

Artículo 77 Bis 12. ...

...

La distribución de la cuota social se realizará de conformidad con la fórmula establecida en las disposiciones reglamentarias de esta Ley, la cual deberá considerar los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, a que se refiere el artículo 29, fracción II, de la Ley de Coordinación Fiscal.

La aportación a que se refiere este artículo se entregará a las entidades federativas, cuando durante el ejercicio fiscal en curso cumplan con lo previsto en el artículo siguiente, excepto lo correspondiente al Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud. Las disposiciones reglamentarias de esta ley establecerán los efectos de su inobservancia.

Artículo 77 Bis 13. ...

I. ...

II. La aportación solidaria por parte del gobierno federal se realizará mediante la distribución del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Persona de conformidad con la fórmula establecida en las disposiciones reglamentarias de esta ley. En la fórmula también se considerarán los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud a que se refiere el artículo 25, fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal. Dicha aportación deberá representar al menos una y media veces el monto de la cuota social que se fija en el artículo anterior.

...

...

...

...

Artículo 77 Bis 16. ...

...

...

El control y la fiscalización del manejo de los recursos a que se refiere este artículo se realizará conforme a los términos establecidos en el capítulo VII de este Título y demás disposiciones aplicables.

...

Artículo 77 Bis 18-A. Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud, a que se refiere el artículo 25, fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, serán considerados como parte del financiamiento que corresponde a la Federación en términos de los artículos 77 Bis 12, 77 Bis 13, fracción II y 77 Bis 20 de esta ley, así como de las disposiciones reglamentarias aplicables.

Las entidades federativas no podrán destinar recursos federales distintos a los señalados en el párrafo anterior para el pago de servicios personales para la prestación de servicios de salud.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2020, salvo por lo previsto en los transitorios siguientes.

Segundo. Para efectos de lo dispuesto en los artículos 29 y 30 de la Ley de Coordinación Fiscal, la Secretaría de Salud, a más tardar el 31 de diciembre de 2019, deberá concluir las siguientes acciones:

I. Conciliar con las entidades federativas, los registros de las plazas que les fueron transferidas en el marco del Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1996 y los acuerdos de coordinación que de conformidad con el mismo fueron formalizados con las entidades federativas, así como las plazas a que se refiere el artículo 29 de la Ley de Coordinación Fiscal, que sean reconocidas, previa validación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicho registro incluirá los conceptos y montos de las remuneraciones correspondientes.

Para lo anterior, la información que servirá de base para la conciliación a que se refiere esta fracción, será aquélla que corresponda al 31 de diciembre de 2018. Asimismo, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, darán a conocer a las entidades federativas el procedimiento y los plazos para llevar a cabo el proceso de conciliación de los registros.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Salud y las entidades federativas establecerán mecanismos de transparencia para que el trabajador pueda verificar la información correspondiente a su nómina;

II. Registrar las plazas a que se refiere la fracción anterior en el módulo correspondiente a los servicios personales del sistema de información de trabajadores de los servicios de salud a que se refiere Ley General de Salud, y

III. Integrar la nómina del personal de salud que ocupe las plazas previamente conciliadas a que se refiere este transitorio, incluyendo los sueldos y prestaciones que correspondan en cada entidad federativa, con el objeto de realizar los pagos respectivos en términos del artículo 30 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Tercero. El Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud iniciará su operación el 1 de enero de 2020.

En tanto inicie la operación del Fondo a que se refiere este artículo, seguirán aplicándose las disposiciones correspondientes a la distribución del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud vigentes hasta antes de la entrada en vigor de este decreto, con base en el presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal que corresponda.

Cuarto. Las autoridades competentes respetarán los derechos de los trabajadores cuya nómina se cubra con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina y Gasto Operativo de los Servicios de Salud en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y las relaciones laborales correspondientes se mantendrán en los términos vigentes hasta la entrada en vigor del presente decreto.

Quinto. La Secretaría de Salud realizará las acciones necesarias para establecer un sistema de administración de nómina en términos del artículo 30, fracción I, de la Ley de Coordinación Fiscal.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días de septiembre de 2018.— Diputado Fernando Galindo Favela(rúbrica).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Salud, para su dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Emilio Manzanilla Téllez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación, suscrita por diputados integrantes de los grupos parlamentarios del Partido del Trabajo y de Morena.

El diputado Emilio Manzanilla Téllez:Antes de dar al pueblo sacerdotes, soldados y maestros, sería oportuno saber si no se están muriendo de hambre. León Tolstói.

Con la venia de la Presidencia, compañeras y compañeros, pueblo de México, la erradicación de la carencia alimentaria en la que se encuentran más de seis millones de mexicanos es uno de los grandes fracasos de la administración que está por concluir.

En opinión de la Auditoría Superior de la Federación, la Cruzada Nacional contra el Hambre no constituyó una solución estructural y permanente para atender el problema de la prevalencia de la pobreza alimentaria.

Por otra parte, el Informe Anual México 2017 elaborado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Unicef, indica que a nivel nacional el 50 por ciento de las niñas y niños, adolescentes, están en situación de pobreza y el 20 por ciento de ese sector de la población está en situación de carencia alimentaria.

En ella radica la importancia de la iniciativa que hoy presento ante este pleno en virtud de que busca garantizar el acceso de alimentación escolar gratuita y universal durante la jornada escolar en los planteles de educación básica de nuestro país, para lo cual proponemos la adición al artículo 23 Ter a la Ley General de Educación.

La presente iniciativa tiene dos grandes vertientes: por un lado, busca erradicar la situación de carencia alimentaria de las niñas y niños que asisten a los planteles de educación públicos, con el objetivo de incrementar el rendimiento escolar.

Y por otro lado, busca contribuir a fomentar una alimentación equilibrada que ayude a prevenir los problemas de sobrepeso y obesidad. Actualmente en nuestro país, el programa Escuela Tiempo Completo, tiene un componente de servicio de alimentación que se ofrece a todas las alumnas y alumnos que asisten a la escuela, el servicio no tiene ningún costo para las familias, sin embargo, la cobertura de este programa únicamente alcanza el tres por ciento del total de los planteles de educación básica.

A nivel nacional, países como Brasil, Honduras y Bolivia, han instrumentado una política igual que la que la que proponemos, estas experiencias internacionales no solo dan cuenta de los esfuerzos institucionales de estos países por garantizar la alimentación escolar universal en los planteles escolares, sino también muestran la viabilidad de instrumentar una política pública de esta naturaleza en México, a fin de asegurar los servicios de alimentación escolar, se ajusten a las necesidades de los planteles tales como infraestructura, población, ubicación geográfica y que se ofrezcan alimentos saludables acorde a los requerimientos nutricionales de los alumnos. La iniciativa plantea la creación del Plan Nacional de Alimentación Escolar.

Compañeras y compañeros, la carencia alimentaria entre la población infantil es un problema que es apremiante atender y ante lo cual los legisladores no podemos ser omisos ni indiferentes.

Una alimentación nutricional adecuada son aspectos fundamentales para la creación y desarrollo óptimo de nuestra niñez. En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo reiteramos nuestros compromisos con las niñas y niños de México, estamos convencidos que mejorar las condiciones de este sector de la población es un requisito indispensable para alcanzar una sociedad más justa e igualitaria con oportunidades para todos. Es cuanto, diputada presidente.

«Iniciativa que adiciona el artículo 24 Ter a la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Emilio Manzanilla Téllez e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PT y Morena

El que suscribe, Emilio Manzanilla Téllez, diputado federal de la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El artículo 4, párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. En el mismo orden de ideas, en el párrafo noveno del precepto jurídico en comento se establece la obligación del Estado de que en todas sus decisiones y actuaciones se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos, incluidos la alimentación, esenciales para su desarrollo integral.

No obstante, la realidad que enfrentan distintos grupos poblacionales se contrapone a lo consagrado en el texto constitucional y diversos tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano. El Informe Anual, México 2017, elaborado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), indica que a nivel nacional el 50 por ciento de las niñas, niños y adolescentes está en situación de pobreza y la principal carencia entre este sector de la población es la falta de seguridad, la cual afecta a 6 de cada 10 niños, seguida de la carencia por alimentación que afecta a 2 de cada 10 niños.

Esta situación es grave, en virtud de que una alimentación y nutrición adecuada son aspectos fundamentales para el crecimiento y desarrollo óptimo de nuestra niñez. Una correcta alimentación no sólo contribuye al óptimo desarrollo, sino que también reduce los factores de riesgo de padecimientos como sobrepeso y obesidad.

Cifras de la UNICEF señalan que, el 96.2 por ciento de las niñas y niños de entre seis y 14 años asiste a la escuela. En este sentido, los planteles escolares representan un espacio inigualable para que las y los niños tengan garantizado el acceso a una alimentación nutritiva, variada y de calidad a través de comedores escolares.

El Programa Escuelas de Tiempo Completo tiene un componente de Servicio de Alimentación que se ofrece a todas las alumnas y alumnos que asisten a la escuela, el servicio no tiene ningún costo para las familias debido a que es financiado con los recursos transferidos a la Entidad Federativa por el Gobierno Federal, cuando las escuelas se encuentren en los municipios de la Cruzada Nacional contra el Hambre.

El Servicio de Alimentación ofrece alimentos y bebidas que favorecen la alimentación correcta de las alumnas y alumnos, de acuerdo con el aporte calórico adecuado a su edad, condiciones de vida y con los nutrientes necesarios para su desarrollo, considerando las medidas de higiene correspondientes. Aspectos que están contenidos en el Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional. Sin embargo, dicho programa resulta insuficiente para brindar atención en todo el país.

Sobre el particular, cabe destacar que el Programa de Escuelas de Tiempo Completo se implementó en 6 mil 792 centros escolares. Si consideramos que el total de planteles educativos de educación básica es de 225 mil 757, dicha cifra únicamente alcanza una cobertura del 3 por ciento del total de los planteles educativos

Los datos son claros y dan muestra de la escasa cobertura de planteles donde los alumnos pueden acceder a un servicio de comedor escolar gratuito. El objetivo de la presente iniciativa es alcanzar a cubrir la totalidad de planteles de educación básica, teniendo como prioridad aquellos ubicados en comunidades que de acuerdo al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) se encuentran con mayor índice de marginación.

La presente iniciativa tiene dos grandes vertientes, por un lado, contribuir a garantizar la protección de la salud de la niñez mexicana, y por el otro lado, contribuir a fomentar una relación armónica entre la alimentación equilibrada y el rendimiento académico. El asunto adquiere mayor relevancia, si tenemos en cuenta que en 2017 México ocupó el primer lugar en obesidad infantil a nivel mundial, dato alarmante para las instituciones de salud. Resulta igual de grave que la principal causa de estas enfermedades es la mala alimentación de niños y jóvenes de entre 0 a 15 años, tan sólo en 2015 en México, el 21 por ciento de las niñas (media OCDE: 26 por ciento) y el 16 por ciento de los niños (18 por ciento) declararon que no desayunan antes de la escuela.

Otro aspecto en el que se encuentra motivada la presente iniciativa es el hecho de que, en el ámbito escolar, las niñas y niños aumentan progresivamente su actividad física e intelectual, por lo que la dieta debe atender a estas exigencias nutricionales que a su vez permitan su desarrollo posterior. Lo que incidirá en el futuro del país al contar con población con un desarrollo humano capaz de ser competitivo ante los retos por venir.

Además de los beneficios intrínsecos a la propuesta formulada, debemos tener en cuenta que la presente iniciativa emana del compromiso social que históricamente ha tenido el Partido del Trabajo y encuentra su fortaleza en distintos casos de éxito que se dan en diferentes países y regiones del mundo.

Experiencias internacionales de Alimentación Escolar con cobertura universal

La alimentación escolar en países de ingreso per cápita alto

• Francia.Modelo descentralizado de alimentación escolar equilibrada, donde cada gobierno municipal decide su propia política de acceso a la alimentación. Se beneficia a más de 6 millones de educandos.

• Japón.Modelo cimentado en la concepción de alimentación saludable de los alumnos. Se beneficia a más de 6 millones de educandos.

• Italia.Se establece la política de consumo de productos orgánicos para la elaboración de los alimentos de los educandos. Se beneficia a más de 2 millones

La alimentación escolar en país de ingreso per cápita mediano alto

• Brasil.Se ejecuta el Programa Nacional de Alimentación Escolar (PNAE), con el que se atiende a 43 millones de estudiantes de la red pública de enseñanza infantil, básica y secundaria del país, donde los dos primeros sectores están a cargo de los municipios y el tercero de los estados. El PNAE surgió en 2005 y a partir de 2009 se comenzó a legislar para que, en un círculo virtuoso, al menos el 30 por ciento de los productos que se adquieren se realicen en apoyo a la producción de alimentos agrícolas producidas por las familias de las localidades.

La alimentación escolar en países de ingreso per cápita mediano bajo

• Nigeria.El sistema que rige el programa en el estado de Osun, es el del empoderamiento de las mujeres contratadas para la compra de los insumos y la elaboración misma de los alimentos. Se beneficia a 250 mil niños.

• Honduras.Se proporciona en todos los niveles prebásica y básica y, progresivamente educación media del país, una ración alimentaria nutritiva complementaria.Beneficia a más de 1.8 millones de escolares.

• Bolivia. Proporcionar alimentación escolar a niños, niñas y adolescentes entre 4 y 19 años, alumnas y alumnos de establecimientos estatales, de educación inicial, primaria y secundaria.

Las experiencias internacionales analizadas, no sólo dan cuenta de los esfuerzos institucionales de los Estados por garantizar la alimentación escolar universal en los planteles educativos públicos, sino también muestran la viabilidad de instrumentar una política pública de esta naturaleza en nuestro país.

En este sentido, el objetivo de la iniciativa es garantizar el acceso a la alimentación escolar gratuita y universal durante la jornada escolar en los planteles públicos de educación básica de nuestro país.

Asimismo, a fin de asegurar que los servicios de alimentos escolares se ajusten a las necesidades de los planteles (infraestructura, población, ubicación geográfica) y que se ofrezcan alimentos saludables acorde a los requerimientos nutricionales de los alumnos se plantea la creación del Plan Nacional de Alimentación Escolar.

Lo anterior está en consonancia con diversos instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano. En principio, vemos que en 1948 el derecho a la alimentación fue reconocido por primera vez por la Organización de las Naciones Unidas, en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos se lee lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación...” con la finalidad de centrar la dignidad inherente la igualdad de todo ser humano.

En 1976, México ratificó el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de la Organización de las Naciones Unidas, donde se establece que los países miembros legislen localmente a favor del derecho a la alimentación. En específico el artículo 11 del PIDESC establece que; “toda persona debe tener un nivel de vida adecuado incluso alimentación adecuada” y “el derecho de toda persona a estar protegida contra el hambre”.

Asimismo, la presente iniciativa se suma al reiterado compromiso del Estado Mexicano de garantizar la alimentación a todas las personas, en específico durante una etapa de alta vulnerabilidad como es la niñez, aspecto en el que basta recordar que en octubre de 1992 la Comisión Permanente del Congreso aprobó la conmemoración del Día Mundial de la Alimentación, y en 1994 fue presentada una iniciativa de Ley que adiciona en el artículo 4o. Constitucional en materia de derecho a la alimentación

Iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación

Único. Se adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación; para quedar como sigue:

Artículo 24 Ter. La Secretaría garantizará que en las escuelas públicas de educación básica se brinde una alimentación escolar nutritiva y variada, la cual será gratuita y universal.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En el Presupuesto de Egresos de la Federación se asignarán los recursos necesarios para garantizar que las escuelas públicas de educación básica del país brinden alimentación escolar durante la jornada escolar.

Tercero. El gobierno federal contará con 60 días naturales, a partir del inicio de la vigencia del presente decreto, para publicar el Programa Nacional de Alimentación Escolar conforme a los criterios del artículo 24 Bis y 24 Ter de la Ley General de Educación y demás legislaciones aplicables en la materia.

Notas

1 “Informe Anual. México 2017”, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, México, 2017,

<https://www.unicef.org.mx/Informe2017/Informe-Anual-2017.pdf> Consultado el 6 de septiembre de 2018.

2 Ibídem.

3 “6 to Informe de Gobierno”, Gobierno de la República,

<www.gob.mx/informe/> Consultado el 6 de septiembre de 2018.

4 “Estadística del Sistema Educativo República Mexicana Ciclo Escolar 2016 -2017”, Secretaría de Educación Pública,

<http://www.snie.sep.gob.mx/descargas/estadistica_e_indicadores/ estadistica_e_indicadores_educativos_33Nacional.pdf> Consultado el 6 de septiembre de 2018.

5 “Programme For International Student Assessment (PISA) Result Form PISA2015 Student Well-Being”,

<https://www.oecd.org/pisa/PISA2015-Students-Well-being-Country-note- Mexico> Consultado el 7 de septiembre de 2018.

6 L.S. Vigotsky,” Aprendizaje y Desarrollo en la Edad Escolar”,

<https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/668448.pdf> Consultado el 7 de septiembre de 2018.

7 Banco Mundial, en:

<https://datos.bancomundial.org/indicador/NY.GDP.PCAP.CD?end=2017 &locations=HN-FR-JP-IT-NG-BR-BO&name_desc=false&start=2017 &view=map> Consultado el 07 de septiembre de 2018

8 “Global School Feeding Sourcebook Lessons from 14 countries”,

< https://openknowledge.worldbank.org/handle/10986/24418>, Consultado el 7 de septiembre de 2018.

9 Ibídem.

10 Ibídem.

11 Banco Mundial, Op. Cit.

12 Sosa, Renato Paulo, “Educación y desarrollo en Brasil, 1995-2000” Revista de la CEPAL #73, en:

https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/10718/ 073067082_es.pdf?sequence=1&isAllowed=y, consultado el 07 de septiembre de 2018.

13 Osava, Mario “Brasil empuja nuevo modelo de alimentación escolar en la región”, en

http://www.ipsnoticias.net/2017/05/brasil-empuja-nuevo-modelo-de- alimentacion-escolar-latinoamericana/, consultado el 07 de septiembre de 2018.

14 Banco Mundial, Op. Cit.

15 Ibídem.

16 https://plataformacelac.org/ley/197, consultado el 7 de septiembre de 2018.

17 “Plataforma Alimentaria y de Seguridad Nutricional”,

<https://plataformacelac.org/programa/166>, Consultado el 7 de septiembre de 2018.

18 “Declaración Universal de Derechos Humanos”,

<http://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_web.pdf> Consultado el 03 de septiembre de 2018

19 Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

<https://www.coe.int/es/web/compass/international-covenant-on-economic- social-and-cultural-rights>, Consultado el 3 de septiembre de 2018

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 25 días del mes de septiembre de 2018.— Diputado y diputada: Emilio Manzanilla Téllez, Martha Estela Romo Cuéllar(rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Educación, para su dictamen.



LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES, LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LEY DEL SEGURO SOCIAL

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Alberto Esquer Gutiérrez, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, de la Ley Federal del Trabajo y de la del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Alberto Esquer Gutiérrez:Gracias, diputada presidenta. Compañeros y compañeras diputadas y diputados, para el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano la cultura es de vital importancia para el desarrollo de nuestro país y todos sus actores del medio cultural es fundamental para fortalecer el trabajo cultural en el país, en los estados y desde luego en los municipios.

Por eso el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano somete a su consideración la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal del Seguro Social.

Proteger a los creadores culturales, actores, músicos, escritores, pintores, artistas no asalariados, constituye, además de garantizar sus derechos de seguridad social, garantiza la seguridad colectiva, así como también la creación cultural y el enriquecimiento cultural de nuestro país.

Si queremos que los pueblos mantengan su identidad, mantengan su historia, mantengan su cultura, debemos de construir actores, debemos de construir condiciones políticas, culturales en nuestro país para así hacerlo.

Su servidor viene de una tierra de grandes artistas, de la tierra de Clemente Orozco, de la tierra de Juan José Arreola, de la tierra de Consuelito Velázquez, tierra de artistas nacionales donde por la falta del apoyo y la identidad a los artistas, se puede perder esta gran historia de este gran legado.

En ese mismo sentido, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano debemos y queremos procurar y asegurar la preservación de la memoria de la historia y de la protección de los inmuebles culturales, como museos, teatros, edificios históricos que constituyen y forman parte del patrimonio cultural de nuestro país.

Por eso el día de hoy proponemos reformar la Ley General de Cultura, la Ley Federal del Trabajo, para garantizar acceso y seguridad social a los artistas, a sus familias y además que la comunidad cultural pueda tener derechos especiales que hoy no están reconocidos en nuestras legislaciones.

Segundo. Planteamos establecer y destinar por lo menos el uno por ciento del Presupuesto de Egresos a la cultura. Un compromiso que los diputados de Movimiento Ciudadano hemos asumido para promover la infraestructura, la identidad y todo el tema cultural con el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Tercero. Proponemos incluir obligaciones para que la debida protección y conservación de los recintos culturales del país puedan estar totalmente resguardados y cuidados como un patrimonio cultural en todo el país.

En Movimiento Ciudadano confiamos que estas propuestas tendrán eco en este grupo parlamentario y en todos los grupos parlamentarios de este Congreso de la Unión, representado por los diputados y diputadas de todo el país.

Estoy convencido que, si todos sumamos esfuerzos en materia cultural, abonamos también al tema de la inseguridad, al tema de la formación, valores y principios de nuestros niños y niñas de nuestro país, y sobre todo también del legado de nuestros jóvenes en materia cultural.

Por eso exhorto a todos mis compañeros y compañeras diputados, que todos juntos demos una batalla para que los legados culturales de todos y cada uno de los estados, municipios y localidades que representamos en todo el país, se vea representado en el Presupuesto de Egresos, destinándole por lo menos el uno por ciento del Presupuesto en materia cultural. Es cuanto, diputada presidenta, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Cultura y Derechos Culturales, Federal del Trabajo, y del Seguro Social, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Cultura y Derechos Culturales, Federal del Trabajo, y del Seguro Social.

Exposición de Motivos

El 30 de abril de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona un párrafo noveno al artículo 4o., se reforma la fracción XXV y se adiciona una fracción XXIX-Ñ al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que, entre otras cosas, consagró el derecho a la cultura en la Constitución de la siguiente manera:

Artículo 4o. (...)

Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

De esta manera, se añade como fundamental el derecho a la cultura, previsto en el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, del 10 de diciembre de 1948, aprobada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que a la letra indica:

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Lo anterior implica, como refiere Francisco Javier Dorantes Díaz, que “el derecho a la cultura tiene las siguientes cualidades: a) Protege el acceso a los bienes y servicios culturales; b) Protege el disfrute de los mismos, y c) Protege la producción intelectual”.

Lo anterior ha permitido, como señala Lucina Jiménez López, que el debate de los derechos culturales “haya avanzado de manera importante, a partir del marco normativo internacional de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los dos Pactos Internacionales de la ONU, la Declaración Universal de la Diversidad Cultural y la Convención de 2005 de la UNESCO. En su dimensión operativa, también ha influido en términos de política pública local o regional, la Agenda 21 de Cultura, firmada por más de 520 gobiernos de ciudades, estados y regiones del mundo”.

Los derechos culturales, de acuerdo con Farida Shaheed, primera relatora de Derechos Culturales de la ONU, son los derechos de todas las personas, individualmente y en comunidad con otros, así como de grupos de personas, a desarrollar y expresar su humanidad, su visión del mundo y el significado que dan a su existencia y su desarrollo mediante, entre otras cosas, valores, creencias, convicciones, idiomas, los conocimientos y las artes, las instituciones y las formas de vida. También abarcan el derecho a acceder al patrimonio cultural y a recursos que permitan que esos procesos de identificación y desarrollo tengan lugar, y a disfrutar de dicho patrimonio y dichos recursos.

También, de acuerdo con Karima Bennoune, actual relatora especial de Derechos Culturales de la ONU, “los derechos culturales protegen, en particular

a) La creatividad humana en toda su diversidad, y las condiciones para que sea posible desplegarla, desarrollarla y tener acceso a ella;

b) La libertad para elegir, expresar y desarrollar una identidad, incluido el derecho a elegir no pertenecer a un colectivo determinado, así como el derecho a cambiar de opinión o a abandonar un colectivo, y a participar en el proceso de definición de este en condiciones de igualdad;

c) Derechos de las personas y de los grupos a participar, o a no hacerlo, en la vida cultural de su elección y a ejercer sus propias prácticas culturales;

d) Interactuar e intercambiar opiniones con otros, independientemente del grupo al que pertenezcan y de las fronteras;

e) Disfrutar y acceder a las artes y al conocimiento, incluido el conocimiento científico, así como a su propio patrimonio cultural y al de otros;

f) Participar en la interpretación, la elaboración y el desarrollo del patrimonio cultural, así como en la reformulación de sus identidades culturales.

Lo anterior implica que “la política cultural del siglo XXI requiere una nueva gobernanza que permita la coordinación y armonización con las políticas educativas, económicas, de salud, seguridad ciudadana, medio ambiente, desarrollo urbano, para garantizar los derechos culturales de las personas, grupos y comunidades. También requiere la participación activa de artistas, creadores, promotores culturales, grupos y comunidades, de la iniciativa privada y de la sociedad civil”.

El “sector cultural en México ha crecido considerablemente en las últimas décadas. Integrado por diferentes agentes en el ámbito público, privado y social, tiene un potencial creativo y económico fundamental, por lo que se requieren de políticas e instrumentos acordes con su naturaleza, considerando la diversidad de unidades productivas y de gestión y su relación con la tecnología, la producción audiovisual y cinematográfica, las telecomunicaciones y las redes digitales”.

Por ello, al consagrar el derecho a la cultura en la Constitución, se requieren las adecuaciones legales necesarias “a fin de que garantice los derechos culturales, al tiempo de permitir beneficios económicos, sociales, educativos, ambientales, científicos y tecnológicos, en condiciones de equidad”.

No obstante que, en abril de 2017, el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, es necesario seguir diseñando instrumentos para garantizar el acceso a la cultura y empoderar a las comunidades artísticas del país.

Mediante la presente iniciativa se plantea, entre otras cosas, establecer una inversión irreductible de 1 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación hacia el ramo cultural, garantizar el acceso a la seguridad social para todos los artistas, y el fortalecimiento y consolidación del sistema nacional de información cultural, además de impulsar la protección de los recintos culturales.

Por lo expuesto se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Cultura y Derechos Culturales, Federal del Trabajo, y del Seguro Social

Primero.Se reforman las fracciones VII y VIII del artículo 19, y I del artículo 24, así como el artículo 25; y se adiciona una fracción IX al artículo 19 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para quedar como sigue:

Artículo 19. Para la implementación de los mecanismos de coordinación a que se refiere este título, la Secretaría de Cultura se encargará de

I. a VIII. [...] ; y

IX. Garantizar la protección, conservación y constitución de espacios de arte y cultura, tales como museos, teatros y demás, que propicien el fortalecimiento y desarrollo de las actividades artísticas y culturales.

Artículo 24. [...]:

I. De acuerdo con la disponibilidad presupuestaria aprobada para el fomento, difusión, conservación, preservación e investigación de la cultura en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, que no podrá ser menor de 1 por ciento de dicho Presupuesto, con cargo a los fondos que tengan como finalidad el fomento de las expresiones y manifestaciones de cultura en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables . La Secretaría de Cultura, con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, coordinarán sus acciones para que los recursos asignados para el fomento, difusión, conservación, preservación e investigación de la cultura, y la garantía para el acceso a la seguridad social para todos los artistas, tengan un incremento progresivo año con año;

II. y III [...].

Artículo 25.Las entidades federativas se sujetarán a sus respectivos presupuestos , en los cuales el presupuesto destinado para el fomento, difusión, conservación, preservación e investigación de la cultura, y la garantía para el acceso a la seguridad social para todos los artistas, no podrá ser menor de 1 por ciento de dicho presupuesto, así como a los instrumentos de financiamiento que se establezcan en la legislación correspondiente.

Artículo 21. [...].

La Secretaría de Cultura procurará y vigilará que las personas físicas o jurídicas de los sectores social y privado que presten servicios culturales, cumplan con las obligaciones contraídas con sus trabajadores, en materia laboral y de seguridad social, en términos de lo señalado en las Leyes del Seguro Social, y Federal del Trabajo.

La Secretaría de Cultura garantizará que, mediante convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social, trabajadores actores, músicos, y demás artistas, no asalariados sean incorporados al régimen obligatorio, de los sujetos de aseguramiento comprendidos en este artículo, en términos de la Ley del Seguro Social. La Secretaría de Cultura creará un fondo de pensiones y prestaciones, integrado por aportaciones de la propia Secretaría de Cultura, para trabajadores actores, músicos, y demás artistas, no asalariados, a fin de contar con recursos que les brinden acceso a la protección social.

Segundo.Se adiciona un párrafo segundo al artículo 310 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 310.[...].

Los patrones tienen, además, las siguientes obligaciones:

I. Garantizar los derechos de seguridad social del trabajador;

II. Respetar los derechos de identidad cultural del trabajador; y

III. Informar al trabajador sobre sus condiciones de empleo de forma adecuada, verificable y fácilmente comprensible, mediante contratos escritos, que incluyan

a) El nombre y los apellidos del empleador y del trabajador y la dirección respectiva;

b) La dirección del lugar o los lugares de trabajo habituales;

c) La fecha de inicio del contrato y, cuando éste se suscriba para un período específico, su duración;

d) El tipo de trabajo por realizar y sus condiciones;

e) La remuneración, el método de cálculo de la misma y la periodicidad de los pagos;

f) Las horas normales de trabajo;

g) Las vacaciones anuales pagadas y los periodos de descanso diarios y semanales;

h) El suministro de alimentos y alojamiento, cuando proceda;

i) Las condiciones relativas a la terminación de la relación de trabajo, inclusive todo plazo de preaviso que han de respetar el trabajador o el empleador.

Tercero.Se adiciona un párrafo último al artículo 13 y se reforma la fracción I del artículo 13 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 13. Voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio:

I. Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos , trabajadores actores, músicos y demás artistas, así como el resto de trabajadores no asalariados;

II. a V. ...

[...].

La Secretaría de Cultura garantizará que, mediante convenio con el Instituto, trabajadores actores, músicos, y demás artistas, no asalariados sean incorporados al régimen obligatorio, de los sujetos de aseguramiento comprendidos en este artículo.

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Decreto por el que se adiciona un párrafo noveno al artículo 4o., y se reforma la fracción XXV y se adiciona la XXIX-Ñ al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación, 30 de abril de 2009. Disponible en

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5089046&fecha=30/04/2009 (consultado el 27 de julio de 2018).

2 Dorantes Díaz, Francisco Javier, “El derecho a la cultura en México”, Corte Interamericana de Derechos Humanos, revista de derechos humanos dfnsor, número 02, febrero de 2001, en sección Opinión y Debate, páginas 6-12. Disponible en

http://www.corteidh.or.cr/tablas/r28339.pdf (consultado el 27 de julio de 2018).

3 Jiménez López, Lucina, “Derechos culturales y desarrollo sostenible como mandato constitucional en México”, ponencia leída en la segunda Audiencia pública para la elaboración de la Ley General de Cultura, organizada por la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, julio 5 de 2016. Disponible en

https://www.conarte.mx/2016/07/05/derechos-culturales-y-desarrollo- sostenible-como-mandato-constitucional-en-m%C3%A9xico/ (consultado el 27 de julio de 2018).

4 Ídem.

5 Ídem.

6 Ídem.

7 Ídem.

8 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Alberto Esquer Gutiérrez, Adriana Gabriela Medina Ortiz, Alan Jesús Falomir Sáenz, Priscila González García, Ariel Rodríguez Vázquez, Carmen Julia Prudencio González, Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, Eduardo Ron Ramos, Geraldina Isabel Herrera Vega, Jacobo David Cheja Alfaro, Jorge Alcibíades García Lara, Jorge Eugenio Russo Salido, Juan Carlos Villarreal Salazar, Juan Francisco Ramírez Salcido, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Kehila Abigail Ku Escalante, Lourdes Celenia Contreras González, Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, María del Pilar Lozano Mac Donald, María Libier González Anaya, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, Martha Angélica Zamudio Macías (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted. Túrnese a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía, y de Trabajo y Previsión Social, para su dictamen.



LEY DEL SEGURO SOCIAL

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Beatriz Manrique Guevara, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Beatriz Manrique Guevara:Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.

La diputada Beatriz Manrique Guevara: Gracias, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el principio de igualdad implica la exclusión de todo trato desigual que no pueda ser justificado a través de la ley.

Este Congreso se ha pronunciado a favor de la igualdad entre hombres y mujeres en reiteradas ocasiones, prueba de ello es la agenda legislativa que se ha presentado en los últimos días, con ello se refrenda una vez más el compromiso de trabajar, desde el Poder Legislativo, para la construcción y modificación de leyes que nos permitan vivir en una sociedad donde las oportunidades sean las mismas para hombres y mujeres, una sociedad donde no exista la discriminación y que el género no sea un obstáculo para el ejercicio de los derechos.

México es un país que ha enfrentado en las últimas décadas un proceso de lucha que tiene como objetivo modificar conductas sociales y la ideología machista que tristemente sigue arraigada en el imaginario colectivo. Producto de esta lucha se han logrado mejorar condiciones a través de instrumentos normativos, como la expedición de la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres.

Ahora bien, debemos recordar que nuestra responsabilidad como legisladores es armonizar las normas jurídicas para hacerlas compatibles, compatibles con las disposiciones federales, los tratados internacionales y de esta manera evitar conflictos y dotarlos de eficacia.

Conscientes de esta responsabilidad, en el Partido Verde Ecologista de México creemos necesario actualizar la Ley del Seguro Social para que sus preceptos sean coincidentes con la realidad social que hemos estado buscando a lo largo de tantos años.

Una realidad en la que se considere a la mujer, pero también al hombre como sujetos de derechos iguales, con igualdad de condiciones. El derecho a la seguridad social puede entenderse como las medidas que establece el Estado para garantizar a cada persona su derecho a un ingreso digno y apropiada protección de la salud, los cuales por su propia naturaleza deben de ser y estar al alcance de todas las personas.

Sin embargo, a pesar de múltiples reformas que se han hecho a la Ley del Seguro Social, aún cuenta con preceptos obsoletos originados por el contexto social que no corresponde a la actualidad, de manera específica me refiero a los artículos en los que se establece que cuando la mujer es la asegurada por el Instituto expresamente se imponen mayores requisitos a los hombres para acceder al seguro por enfermedad, por pensión, viudez, asignaciones familiares o riesgos de trabajo.

En estas disposiciones se establece, por regla general, que para que el esposo o concubino de la trabajadora pueda reclamar los derechos de la Ley del Seguro Social es requisito indispensable que compruebe que dependía económicamente de su esposa o concubina, carga que, por el contrario, no se está imponiendo a las mujeres.

Desde nuestra bancada estamos convencidos de que esta distinción es infundada y es injustificada. Por estas razones es que el día de ayer la bancada a la que pertenezco presentó la iniciativa con proyecto de decreto que pretende eliminar estas condiciones y generar condiciones de igualdad lisas y llanas.

Aprobar esta iniciativa no solo establece el derecho a hombres para acceder a los mismos beneficios otorgados por la Ley del Seguro Social, sino que a su vez reivindica los derechos de la mujer, evitando que se sigan perpetuando estereotipos tales como el asumir que únicamente es receptora y no proveedora de recursos.

La ONU plantea que los estereotipos de género son un problema global, por lo que combatir los problemas derivados de estos es una tarea que tenemos que resolver entre todos, como el Estado, la sociedad y desde luego, los niveles de la vida privada.

Para el Partido Verde es importante sensibilizar sobre la idea de que la búsqueda de la igualdad de género no es solamente un asunto de mujeres, es un asunto de derechos humanos.

Desde nuestro grupo parlamentario impulsaremos la aprobación de esta iniciativa y los invitamos y las invitamos a sumarse, eliminado diferencias en la ley y buscando la igualdad lisa y llana para todos los seres humanos. Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El principio de igualdad en la Constitución mexicana se contempla en diversos preceptos constitucionales. Una de las expresiones más importantes la encontramos en el artículo primero, el cual se ha considerado a su vez como la base de los derechos humanos en el país, en relación con este principio al respecto señala en su párrafo tercero:

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

En términos generales, podríamos decir que, en esta disposición, el principio de igualdad implica la exclusión de todo trato desigual que no pueda justificarse constitucionalmente.

A su vez nuestra carta magna señala en el artículo 4 párrafo primero que en el Estado mexicano el varón y la mujer son iguales ante la ley y agrega que ésta – la ley- protegerá la organización y desarrollo de la familia.

Más delante en el párrafo cuarto del mismo artículo constitucional se contempla el derecho a la salud señalando que éste comprende el acceso a todos los servicios.

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”

En ese sentido, la seguridad social puede entenderse como las medidas que establece el Estado para garantizar a cada persona su derecho a un ingreso digno y apropiada protección para salud, a la seguridad social deben contribuir, patrones, obreros y el Estado.

En la Asamblea General de las Naciones Unidas celebrada en 1948 fue adoptada la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo artículo 22 establece:

“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.”

Gracias a ésas y otras muchas más declaraciones internacionales, en 1943 se creó en el país la Ley del Seguro Social, la cual dio origen al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que comenzó a funcionar en 1944.

En su artículo segundo de la ley vigente señala en consonancia con lo dispuesto por las Naciones Unidas, que la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

Ahora bien, no obstante, las múltiples reformas que la Ley del Seguro Social ha sufrido en las últimas décadas, en materia de respeto al principio de igualdad contenido en la constitución y en los tratados internacionales aún cuenta con preceptos obsoletos originados en un contexto social que no corresponde al actual.

De manera más específica nos referimos a los artículos que señalan expresamente mayores requisitos para que los hombres puedan acceder a los derechos como seguro por enfermedad, pensión por viudez, asignaciones familiares o riesgos de trabajo cuando es la mujer quien es la asegurada por el instituto.

En estas disposiciones se establece por regla general que para que el esposo o concubinario de la trabajadora pueda reclamar los derechos que la Ley del Seguro Social contempla en estos rubros, es requisito indispensable que compruebe que dependía económicamente de su esposa o concubina, carga que por el contrario no se le impone a la mujer.

Analizándolas a la luz del principio de igualdad, estos preceptos en definitiva son violatorios de los artículos 1 y 4 de la constitución ya que hacen una distinción de género para el otorgamiento de las pensiones basándose en la perpetuación de estereotipos y no bajo un razonamiento lógico- jurídico. Es decir, que se imponga la obligación al hombre de demostrar la dependencia económica hacia la mujer sólo se fundamenta en la absurda creencia de que la regla general sigue siendo el rol de hombre proveedor y mujer receptora, y que sólo en caso de excepción puede ser de otra manera.

Es importante tener presente que un estereotipo de género es una opinión o un prejuicio generalizado acerca de atributos o características que hombres y mujeres poseen o deberían poseer o de las funciones sociales que ambos desempeñan o deberían desempeñar.

Al respecto, el derecho internacional asigna a los Estados la obligación de eliminar la discriminación contra hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida y esta obligación exige a su vez que adopten medidas para abordar los estereotipos de género, tanto en la esfera pública como en la privada, así como para evitar la utilización de dichos estereotipos.

Por ejemplo, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), estipula en su artículo 5:

“Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”.

En otros tratados de derechos humanos también se exige que los Estados Partes se enfrenten a los estereotipos nocivos y a su utilización. Por ejemplo, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad contiene también un artículo, que compromete a los Estados a luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad, incluidos los que combinan el género y la discapacidad.

En el plano nacional, México cuenta con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la cual señala en su artículo 1 que uno de sus objetos es luchar para erradicar toda la discriminación basada en el sexo.

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional

De igual forma en su artículo 17 señala que la política nacional en materia de igualdad debe estar enfocada a la eliminación de todos los estereotipos establecidos en función del sexo.

Artículo 17.- La Política Nacional en Materia de Igualdad entre mujeres y hombres deberá establecer las acciones conducentes a lograr la igualdad sustantiva en el ámbito, económico, político, social y cultural.

VI. Promover la eliminación de estereotipos establecidos en función del sexo.

Por lo anterior, es que consideramos necesario reformar la Ley del Seguro Social para que este en consonancia con las normas de derecho internacional e interno en materia de derechos humanos a través de la eliminación del requisito injustificado que existe actualmente donde se le impone la carga al hombre de comprobar la dependencia económica hacia la asegurada para el disfrute de los mismos derechos que la ley le reconoce a la mujer en materia de pensiones por viudez, enfermedad o asignaciones familiares.

Como ya se expuso, esta es una distinción infundada e injustificada legalmente, puesto que parte de la premisa de que el viudo o concubinario no deben recibir una pensión por viudez en función de los roles tradicionales de género y que esta regla sólo se debe romper si se acredita que existen condiciones que le impiden acoplarse a dichos roles.

Aplicar el principio de igualdad significa que se debe tratar igual a quienes se encuentren en la misma situación y de manera desigual a los sujetos que se ubiquen en una situación diversa, lo que implica que se pueden crear categorías o clasificaciones que se sustenten en bases objetivas que justifiquen el tratamiento diferente entre una y otra categoría, y que pueden responder a finalidades económicas o sociales; pero siempre evitando cualquier distinción no razonada y desproporcionada, discriminatoria de las personas. Supuestos que en el caso que se analiza no se logran actualizar por lo que no debería existir distinción alguna para que hombres y mujeres pudieran reclamar lo que por derecho les corresponde.

Cabe señalar que ninguna de estas prestaciones es una concesión gratuita, sino un derecho generado durante la vida productiva que tiene por objeto garantizar la subsistencia de los trabajadores y de sus familias.

Vale la pena tomar en cuenta que estos razonamientos no son novedosos pues incluso la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado al respecto, si bien, no a través de jurisprudencias, sí por medio de diversas tesis derivadas de las resoluciones de múltiples casos concretos, razón por demás necesaria para que se realice la presente reforma.

Se insertan algunas para mayor ilustración:

Época: Décima Época

Registro: 2017589

Instancia: Segunda Sala

Tipo de Tesis: Aislada

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Libro 57, agosto de 2018, Tomo I

Materia(s): Constitucional

Tesis: 2a. LXX/2018 (10a.)

Página: 1250

Seguro social. El artículo 152 de la ley relativa, vigente hasta el 30 de junio de 1997, viola los principios de igualdad y no discriminación por razón de género.

El precepto citado establece la existencia del derecho a la pensión de viudez para quien fue esposa o concubina del asegurado o pensionado, esto es, para la viuda; de igual forma prevé la pensión que le corresponderá al viudo, pero en este último caso agrega dos requisitos para hacerse acreedor al otorgamiento de la pensión: (1) la incapacidad total y (2) la dependencia económica con la trabajadora asegurada fallecida, lo que revela que el legislador ordinario dio un trato distintivo en razón del género al que pertenezca el trabajador asegurado fallecido. Sin embargo, los hombres y las mujeres se encuentran en igualdad de circunstancias, no sólo porque se trata de personas humanas, sino también porque ambos se ubican en la misma situación, a saber, constituirse como cónyuge o concubina o concubinario supérstite de un(a) trabajador(a) asegurado(a) fallecido(a) que, durante su vida laboral activa, cotizó para tener acceso a los derechos otorgados por la Ley del Seguro Social, sin que se advierta algún aspecto que justifique el trato distinto. Por tanto, la norma indicada infringe los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que pugnan por la igualdad entre el hombre y la mujer y, en específico, por la eliminación de la discriminación por razón de género.

Época: Novena Época

Registro: 177549

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Tipo de Tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo XXII, agosto de 2005

Materia(s): Laboral

Tesis: I.3o.T.101 L

Página: 1960

Pensión de viudez. El artículo 152 de la Ley del Seguro social vigente hasta el 30 de junio de 1997, al establecer distintos requisitos para su otorgamiento entre el varón y la mujer viola la garantía de igualdad contenida en el artículo 4o. de la constitución federal.

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé, como garantía individual, la igualdad del varón y la mujer ante la ley, evitando las discriminaciones de que, frecuentemente, eran objeto uno y otro por razón de su sexo. Por su parte, el artículo 152 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el treinta de junio de mil novecientos noventa y siete dispone, en lo que interesa, que para que el esposo de la asegurada o pensionada fallecida tenga derecho al pago de una pensión de invalidez, es necesario que esté totalmente incapacitado y que hubiese dependido económicamente de ella; en tanto que la esposa o concubina del asegurado o pensionado fallecido, para obtener el mismo beneficio sólo requiere demostrar su calidad de esposa o concubina del extinto trabajador. Por lo que si al hombre que solicita la pensión de viudez se le exige en términos de dicho numeral que, además de la demostración del vínculo familiar con la mujer fallecida, acredite encontrarse totalmente incapacitado y que dependía económicamente de ella, es evidente que el mencionado artículo 152 da un trato desigual al varón y a la mujer, por razones de sexo, para obtener ese beneficio, pues prevé para el varón mayores requisitos a los establecidos para la mujer, transgrediendo con ello la garantía de igualdad establecida en el citado artículo 4o. de la Carta Magna.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman las fracciones II del artículo 64; III, párrafo segundo del artículo 84; I, III y IV del artículo 138, artículo 65, artículo 130 párrafo segundo, todos de la Ley del Seguro Social

Único.Se reforman las fracciones II del artículo 64, fracción III párrafo segundo del artículo 84, fracciones I, III y IV del artículo 138, el artículo 65 y el artículo 130 párrafo segundo, todos de la ley del seguro social para quedar como sigue:

Artículo 64. Si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte del asegurado, el Instituto calculará el monto constitutivo al que se le restará los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido, a efecto de determinar la suma asegurada que el Instituto deberá cubrir a la institución de seguros, necesaria para obtener una pensión, ayudas asistenciales y demás prestaciones económicas previstas en este capítulo a los beneficiarios.

Los beneficiarios elegirán la institución de seguros con la que deseen contratar la renta con los recursos a que se refiere el párrafo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 159 fracción IV de la presente Ley. En caso de que el trabajador fallecido haya acumulado en su cuenta individual un saldo mayor al necesario para integrar el monto constitutivo necesario para contratar una renta que sea superior al monto de las pensiones a que tengan derecho sus beneficiarios, en los términos de este capítulo, éstos podrán optar por:

a) Retirar la suma excedente en una sola exhibición de la cuenta individual del trabajador fallecido, o

b) Contratar rentas por una cuantía mayor.

Las pensiones y prestaciones a que se refiere la presente Ley serán:

I. El pago de una cantidad igual a sesenta días de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha de fallecimiento del asegurado.

Este pago se hará a la persona preferentemente familiar del asegurado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral;

II. A la viuda del asegurado se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total. La misma pensión corresponde al viudo o concubinario. El importe de esta prestación no podrá ser inferior a la cuantía mínima que corresponda a la pensión de viudez del seguro de invalidez y vida;

III. A cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, que se encuentren totalmente incapacitados, se les otorgará una pensión equivalente al veinte por ciento de la que hubiese correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total. Esta pensión se extinguirá cuando el huérfano recupere su capacidad para el trabajo;

IV. A cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, menores de dieciséis años, se les otorgará una pensión equivalente al veinte por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total. Esta pensión se extinguirá cuando el huérfano cumpla dieciséis años.

Deberá otorgarse o extenderse el goce de esta pensión, en los términos del reglamento respectivo, a los huérfanos mayores de dieciséis años, hasta una edad máxima de veinticinco años, cuando se encuentren estudiando en planteles del sistema educativo nacional, tomando en consideración, las condiciones económicas, familiares y personales del beneficiario y siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio;

V. En el caso de las dos fracciones anteriores, si posteriormente falleciera el otro progenitor, la pensión de orfandad se aumentará del veinte al treinta por ciento, a partir de la fecha del fallecimiento del segundo progenitor y se extinguirá en los términos establecidos en las mismas fracciones, y

VI. A cada uno de los huérfanos, cuando lo sean de padre y madre, menores de dieciséis años o hasta veinticinco años si se encuentran estudiando en los planteles del sistema educativo nacional, o en tanto se encuentren totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, que les impida mantenerse por su propio trabajo se les otorgará una pensión equivalente al treinta por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total.

Artículo 65. Sólo a falta de cónyuge tendrá derecho a recibir la pensión señalada en la fracción II del artículo anterior, la concubina o el concubinario con quien la persona asegurada vivió como si fuera su esposa o esposo durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir la persona asegurada tenía varias concubinas o concubinarios ninguno de ellos gozará de pensión.

Artículo 84. Quedan amparados por este seguro:

I. El asegurado;

II. El pensionado por:

a) Incapacidad permanente total o parcial;

b) Invalidez;

c) Cesantía en edad avanzada y vejez, y

d) Viudez, orfandad o ascendencia;

III. La esposa del asegurado o, a falta de ésta, la mujer con quien ha hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la enfermedad, o con la que haya procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el asegurado tiene varias concubinas ninguna de ellas tendrá derecho a la protección.

Del mismo derecho gozará el esposo de la asegurada o, a falta de éste el concubinario, siempre que reúnan, en su caso, los requisitos del párrafo anterior;

IV. La esposa del pensionado en los términos de los incisos a), b) y c) de la fracción II, a falta de esposa, la concubina si se reúnen los requisitos de la fracción III.

Del mismo derecho gozará el esposo de la pensionada o a falta de éste el concubinario, si reúne los requisitos de la fracción III;

V. Los hijos menores de dieciséis años del asegurado y de los pensionados, en los términos consignados en las fracciones anteriores;

VI. Los hijos del asegurado cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen o hasta la edad de veinticinco años cuando realicen estudios en planteles del sistema educativo nacional;

VII. Los hijos mayores de dieciséis años de los pensionados por invalidez, cesantía en edad avanzada y vejez, que se encuentren disfrutando de asignaciones familiares, así como los de los pensionados por incapacidad permanente, en los mismos casos y condiciones establecidos en el artículo 136;

VIII. El padre y la madre del asegurado que vivan en el hogar de éste, y

IX. El padre y la madre del pensionado en los términos de los incisos a), b) y c) de la fracción II, si reúnen el requisito de convivencia señalado en la fracción VIII. Los sujetos comprendidos en las fracciones III a IX, inclusive, tendrán derecho a las prestaciones respectivas si reúnen además los requisitos siguientes:

a) Que dependan económicamente del asegurado o pensionado, y

b) Que el asegurado tenga derecho a las prestaciones consignadas en el artículo 91 de esta Ley

Artículo 130. Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado por invalidez. A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su marido, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél, o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

La misma pensión le corresponderá al viudo o concubinario.

Artículo 138. Las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar y se concederá a los beneficiarios del pensionado por invalidez, de acuerdo con las reglas siguientes:

I. Para el cónyuge, concubina o concubinario del pensionado, el quince por ciento de la cuantía de la pensión;

II. Para cada uno de los hijos menores de dieciséis años del pensionado, el diez por ciento de la cuantía de la pensión;

III. Si el pensionado no tuviera ni cónyuge, concubina o concubinario, ni hijos menores de dieciséis años se concederá una asignación del diez por ciento para cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él;

IV. Si el pensionado no tuviera ni cónyuge, concubina o concubinario, ni hijos, ni ascendientes que dependan económicamente de él, se le concederá una ayuda asistencial equivalente al quince por ciento de la cuantía de la pensión que le corresponda, y

V. Si el pensionado sólo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute de asignación familiar, se le concederá una ayuda asistencial equivalente al diez por ciento de la cuantía de la pensión que deba disfrutar.

Estas asignaciones familiares se entregarán de preferencia al propio pensionado, pero la correspondiente a los hijos podrá entregarse a la persona o institución que los tenga bajo su cargo directo, en el caso de no vivir con el pensionado.

Las asignaciones familiares cesarán con la muerte del familiar que la originó y, en el caso de los hijos, terminarán con la muerte de éstos o cuando cumplan los dieciséis años, o bien los veinticinco años, aplicándose en lo conducente lo dispuesto por el artículo 134 de esta Ley.

Las asignaciones familiares concedidas para los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, podrán continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación.

El Instituto concederá en los términos de este artículo, las asignaciones familiares a los hijos del pensionado, mayores de dieciséis años, si cumplen con las condiciones mencionada

Transitorio

Único.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/cartillas/2015-2016/14-DH_ Seguridad_social.pdf

2 Universidad de las Américas Puebla. (2006). Historia de la seguridad social y sus definiciones.

3 https://www.ohchr.org/sp/issues/women/wrgs/pages/genderstereotypes.aspx

4 Ídem.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2018.— Diputada y diputado: Beatriz Manrique Guevara,Arturo Escobar y Vega (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Seguridad Social, para su dictamen.



LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Adelante, diputado.

El diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz:Con su venia, presidenta. Honorable asamblea, los sismos de 1985 y 2017, al igual que otras fechas emblemáticas para este país, se encuentran grabados en la memoria de las familias mexicanas, ya que estos fenómenos significaron un parteaguas en sus vidas. Muchas de ellas sufrieron la pérdida de algunos de sus miembros, en otros casos la desaparición de familias completas.

El 19 de septiembre es una fecha que vive en nuestra memoria. En 1985 el país fue azotado por el más grande temblor del cual tengamos memoria.

Recordamos no solo los grandes hoteles derrumbados, edificios en unidades habitacionales, fundamentalmente en la zona de Tlatelolco. Mucho dolor, pero también se dejó ver la cara más sincera y consciente de todos los mexicanos. Eso, sin duda, fue un gran despertar de la sociedad civil.

El 19 de septiembre de 17, en la misma fecha, pero en distinta hora y poco después del macrosimulacro, otro temblor azotó al país. Las cifras, una vez más, fueron alarmantes y miles de personas perdieron su patrimonio y, a su vez, el hogar de sus familias.

Eso ha hecho que tengamos presente los mexicanos esta fecha, pero la efeméride del 19 de septiembre no debe pasar desapercibida y solo ser recordada como un día en el que el país cayó en desgracia, sino por el contrario, debe ser como el día en que la nación se unió en una sola causa.

Los esfuerzos fueron mayúsculos. Se recibió ayuda de todo tipo y de muchas latitudes. Fueron miles los voluntarios de todo el país, incluso extranjeros, que se movilizaron para demostrar que cuando la conciencia, la solidaridad y la unión en una gran nación se pueden enfrentar este y muchísimos más desastres.

Fueron también 27 los países que se sumaron a la ayuda. Hoy sabemos que a los mexicanos nada nos detiene, que aun con los embates de la naturaleza y otras externalidades nada nos divide. Los mexicanos somos uno y juntos somos capaces de lograr lo imposible.

El 19 de septiembre siempre tiene que ser recordado como el día en que México se hizo uno, que cuando todo mundo asumía que no nos levantaríamos lo hicimos con unión, con decisión y convicción.

Se habla de unidad nacional, de la nobleza del pueblo de México, de la grandeza de la patria. Sin embargo, no nos hemos pronunciado porque el Estado mexicano reconozca esta fecha como un día especial para la memoria y el corazón de todos quienes somos mexicanos.

Es fundamental que a nadie se nos olvide lo que vivieron miles de personas en esa fecha. Requerimos tener vigente que ante cualquier amenaza los mexicanos seguiremos siendo uno.

Las presentes y futuras generaciones deben recordar a los héroes anónimos, a todos aquellos que lograron demostrarle al mundo, aun en la tragedia, que México no dejaría de existir y que, sin distingos de clase, color o circunstancia, la unidad fue la que logró sacar al país.

En estas fechas y atendiendo a una iniciativa de la sociedad civil organizada, encabezada por el actor, director y productor de cine Kuno Becker, en este acto legislativo el Grupo Parlamentario de Encuentro Social que les pide a todas y cada una de las demás fracciones parlamentarias que se sumen a esta gran iniciativa, quisimos someter esta iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona un numeral 13 Bis a la fracción II del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para que el 19 de septiembre sea considerado como el Día de la Unión Nacional en conmemoración de los sismos de 1985 y 2017.

Que dios ilumine desde ahora a nuestra suprema nación mexicana. Por su atención, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES

Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, integrante del grupo parlamentario de Encuentro Social en la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa, al tenor de la siguiente

Justificación

Los sismos de 1985 y 2017, se encuentran grabados en la memoria de nuestras familias, ya que estos fenómenos naturales significaron un parte aguas en sus vidas. Muchas de ellas sufrieron la perdida de algunos de sus miembros y en otros casos la desaparición de familias completas.

En 1985 el país fue azotado por el más grande temblor de que se tenga memoria.

Recordamos no solo los inmuebles derrumbados; Mucho dolor, pero al mismo tiempo se dejó ver la cara más sincera y consciente de todos los mexicanos, con un importante despertar de la sociedad civil.

El 19 de septiembre del 2017, misma fecha, pero en distinta hora y poco después del macro simulacro, otro temblor azotó el país.

Las cifras una vez más fueron alarmantes: más de 300 fallecidos, cinco estados afectados y miles de personas que perdieron su patrimonio y el hogar de sus familias.

El 19 septiembre no debe de pasar desapercibido, ni solo ser recordado como el día en el que el país cayó en desgracia, si no por el contrario debe de ser recordado como el día en el que la nación se unió en una sola causa.

Los esfuerzos fueron mayúsculos, se recibió ayuda de todo tipo y de muchas latitudes, fueron miles los voluntarios de todo el país y extranjeros; una movilización impactante que lo único que demostró, fue la enorme conciencia de solidaridad y unión que tiene esta gran nación.

Hoy sabemos que a los mexicanos nada nos detiene; que aun con los embates de la naturaleza y otras externalidades que pretenden segmentarnos, nada nos divide, los mexicanos somos uno y juntos somos capaces de lograr lo imposible.

El 19 de septiembre siempre tiene que ser recordado como el día en que México se hizo uno. Que cuando todo mundo asumía que no nos levantaríamos, lo hicimos con unión, decisión y convicción.

Se habla de unión nacional, de la nobleza del pueblo de México, de la grandeza de la Patria, sin embargo, no nos hemos pronunciado por que el Estado Mexicano reconozca esta fecha como un día especial para la memoria y el corazón de todos los mexicanos. Es fundamental que a nadie se nos olvide lo que vivieron miles de personas en esas fechas, requerimos tener vigente que, ante cualquier amenaza, los mexicanos somos uno.

Las presentes y las futuras generaciones deben recordar a los héroes anónimos que lograron demostrar al mundo que aún en la tragedia, México no dejaría de existir y que, sin distingos de clase, color o circunstancia, la unidad logró sacar adelante al país.

Encuentro Social, en este acto legislativo, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 13 Bis a la fracción II del artículo 18 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para considerar el 19 de septiembre: Día de la Unión Nacional, en conmemoración de los sismos de 1985 y 2017.

Argumentos que la sustentan

El sismo del 19 de septiembre de 1985 de 8.1 grados, con una duración de 2 minutos, extraoficialmente, dejó a más de 10 mil víctimas mortales y más de 30 mil afectados; 50 mil familias perdieron sus hogares y entre 150 mil y 200 mil perdieron sus empleos.

Por lo que se refiere a los daños materiales, se calculan daños materiales cercanos a los 4 mil millones de pesos, 30 mil estructuras con daños totales, y 68 mil con daños parciales.

Por lo que se refiere al sismo del 19 de septiembre de 2017, cuya magnitud fue de 7.1 grados Richter, dejó cerca de 400 víctimas: 228 en la Ciudad de México, 74 en Morelos, 45 en Puebla, 15 en el Estado de México, uno en Oaxaca. Algunas estimaciones de aseguradoras afirman que las pérdidas materiales ascendieron aproximadamente a los 8 mil millones de dólares, es decir, el 1 por ciento del PIB Nacional. Tan sólo en la Ciudad de México se calcula que el sismo dejó 38 edificios colapsados, más de 16 construcciones dañadas, 102 demolidos y afectó a más de 2544 comercios.

De las pérdidas humanas, es de lamentar que 53 niños quedaron en condiciones de orfandad.

De acuerdo con el Inegi, el sismo de 2017 afectó a los estados de Chiapas, la Ciudad de México, Guerrero, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala, entidades que representan el 35.5 del Producto Interno Bruto.

Derivado de estos acontecimientos, hoy contamos con un Sistema Nacional de Protección Civil, con un Centro Nacional de Desastres, con un Servicio Sismológico Nacional y también con un Sistema de Alerta Temprana.

Los sismos de 1985 y de 2017 han provocado una evolución positiva del marco legal de protección civil, sin embargo, debemos oficializar la fecha, a fin de que todos recordemos ese día, como aquel en que todos los mexicanos nos unimos hombro con hombro y logramos salir adelante, como el día en que con toda la fuerza y decisión que nos caracteriza a los mexicanos, demostramos que todos juntos somos mejores.

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado; con base en lo que disponen los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quien suscribe somete a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Se adiciona un numeral 13 Bis a la fracción II del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Texto normativo propuesto

Artículo Único:Se adiciona un numeral 13 bis, a la fracción II del artículo 18 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 18. ...

I...

II. ...

1. a 13. ...

13 Bis.

19 de septiembre.

Día de la Unión Nacional, en conmemoración de los sismos de 1985 y 2017.

14. a 16. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 25 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz,Carolina García Aguilar, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, Ma. del Carmen Cabrera Lagunas (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Túrnese a la Comisión de Gobernación y de Población, para su dictamen.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Sí, diputado Fernández Noroña. Micrófono, para él.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): Muchas gracias, diputada presidenta. Solo una moción de orden. Es muy respetable la creencia religiosa de cada quien, pero vivimos en un Estado laico, y pido que los compañeros diputados y diputadas guarden su creencia personal y respeten el Estado laico cuando hagan uso de la tribuna. Muchas gracias, diputada presidenta.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado José Guadalupe Aguilera Rojas:Con su venia, diputada presidenta. El cambio democrático expresado en la participación ciudadana demanda un diálogo entre poderes horizontal, respetuoso, pero veraz, firme y cotidiano. Por ello y con la presente iniciativa, el Grupo Parlamentario del PRD, aspira a enriquecer la información que la sociedad mexicana tiene derecho a recibir sobre el estado auténtico de la administración pública federal.

Con la reforma al artículo 69 efectuada en el 2008, se elimina la asistencia del presidente de la República a la apertura del primer periodo de sesiones del Congreso. Este cambio por sí mismo pudiera considerarse irrelevante, pero ante el evidente deterioro de las relaciones entre los órganos Ejecutivo y Legislativo, esto viene a contribuir más a una falta de comunicación y el alejamiento de estos dos poderes en detrimento del quehacer público.

El que ya no tenga que venir a esta soberanía el presidente del país a presentar su informe, ha generado más perjuicios que beneficios, pues no solo ha marcado una mayor distancia entre estos dos poderes, sino que además ha obstaculizado la colaboración entre los mismos y ha limitado el diálogo provocándose así el distanciamiento en una relación que debería de ser respetuosa y de entendimiento.

Considerando que el informe que presenta el Ejecutivo federal es un documento en el que se plasman datos reales, verdaderos sobre los resultados de las decisiones presidenciales, no debería ser excluyente del discurso que el presidente debe realizar de cara a los ciudadanos.

El Congreso mexicano debe evolucionar para configurarse como uno de los poderes esenciales de un sistema presidencial con características e instrumentos parlamentarios a donde el diálogo entre los poderes, la rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo y la fiscalización de las tareas y del uso de los recursos públicos del Ejecutivo, deben fortalecerse.

La asistencia del presidente de la República más que un acto protocolario, es una forma que puede contribuir a reanudar la relación respetuosa entre estos dos poderes a tratar de entablar un diálogo que lleve a entendimientos y a acuerdos y a elevar sin duda el nivel de discurso político.

Necesitamos, como legisladores y representantes verdaderos del pueblo, seguir trabajando en mecanismos que transparenten el actuar de los poderes, en este caso particular, el que el Ejecutivo federal a razón de restablecer un mecanismo de control político y además de exigir capacidad, eficiencia y responsabilidad a quienes se les encomienda el gobierno de nuestro país, provean de los instrumentos legales para producir, en su caso, los cambios necesarios.

En esta iniciativa las y los legisladores del PRD proponemos reformar el primer párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y adicionar un segundo párrafo al mismo artículo, recorriéndose el segundo y tercer párrafo originales, al tercer y cuarto párrafos, a efecto de que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año, el presidente de la República en su calidad de jefe de Estado, acuda al pleno del Congreso de la Unión a dar un mensaje político y a entregar por escrito el informe de gobierno.

Y que en fecha posterior acuda a esta misma soberanía en su calidad de titular del Ejecutivo y de la administración federal, a exponer lo fundamental de su informe y sostener un intercambio de opiniones con la representación nacional.

Posteriormente a este acto, iniciará la glosa y el análisis del informe conforme a los artículos 69 y 93...

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiempo, diputado.

El diputado José Guadalupe Aguilera Rojas:...de la Constitución. Es cuanto, diputada presidenta, muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

El formato del informe de gobierno debiera ser un ejercicio de rendición de cuentas de quien detenta el Poder Ejecutivo ante el Poder Legislativo. Sin embargo, desde la reforma del 2008, este ejercicio se ha pervertido al grado de haberse convertido en un simple trámite burocrático mediante el cual el funcionario de mayor rango del gabinete se presenta en el Palacio Legislativo a entregar el documento que contiene el informe de gobierno.

En una sede alterna, alejado de toda investidura histórica y todo carácter republicano, el presidente de la República realiza un acto en el que se rinde culto a la personalidad de la figura presidencial, muy lejos de su responsabilidad de rendir cuentas a la nación.

Argumentos

La figura del presidente de la República, en México, concentra en su investidura dos calidades: la del jefe del Estado, por un lado; y la del jefe del Gobierno y titular de la administración pública federal, por el otro. Desde los albores del siglo XX se ha concebido la presencia del presidente ante el Congreso de la Unión, como un protocolo en donde la figura del jefe del Estado tiene que lucir y brillar frente al Poder Legislativo, el cual obligadamente le tiene que rendir pleitesía. Más que para rendir cuentas, el Ejecutivo históricamente acudió a la sede del Congreso para recibir un apoteósico recibimiento y la suma de apoyos políticos por parte de la representación nacional. En la cúspide de la era del partido hegemónico, la presencia faraónica del titular del Ejecutivo empezaba fuera del recinto legislativo, desde la residencia oficial del presidente, con un desfile multicolor que, visto ahora, más parece un desfile que evoca la era de los líderes totalitarios.

La obra arquitectónica de este gran palacio que nos alberga culminó en los años 70, todavía con la concepción de una relación republicana inversa. En vez de que el titular del Ejecutivo rindiera cuentas al Congreso, este poder, se rendía con sus grandes pasillos y su elegante tribuna al avasallante poder absoluto del jefe del Estado mexicano.

Desde la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917, el artículo 69 ha sido objeto de tres enmiendas:

Si observamos con detenimiento el texto original del Constituyente de 1917 vemos que a la letra el artículo 69 dice:

Artículo 69. A la apertura de sesiones del Congreso, sean ordinarias o extraordinarias, asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el primer caso, sobre el estado general que guarde la administración pública del país; y en el segundo, para exponer al Congreso o a la Cámara que se trate, las razones que hicieron necesaria su convocación, y el asunto o asuntos que ameriten una resolución perentoria.

La primera reforma a esta disposición fue en 1923, para suprimir del texto constitucional la obligación del presidente de la República de asistir al Congreso al inicio de las sesiones extraordinarias con el objeto de explicar las razones de dicha convocatoria, quedando así:

Artículo 69. A la apertura de sesiones ordinarias del Congreso asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito en el que manifieste sobre el estado general que guarde la administración pública del país.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria

La segunda reforma fue en 1986 para suprimir del texto constitucional la obligación del presidente de acudir al Congreso al inicio de cada periodo ordinario, de tal forma que quedó establecido que la obligación del presidente de rendir su informe sería anualmente, quedando de la siguiente manera:

Artículo 69. A la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso asistirá el presidente de la República y presentará un informe por escrito; en el que manifieste sobre el estado general que guarde la administración pública del país.

En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria

La tercera reforma, que se dio en el 2008, pretendía resguardar de la exhibición pública a un presidente cuestionado en su legitimidad e inmerso en una crisis política. Por eso se suprimió la obligación del presidente de la República de acudir al Congreso a rendir su informe. Con esta reforma, de manera inadmisible, el Congreso mexicano obsequiaba, diligentemente, una de sus principales facultades: traer a cuentas al Ejecutivo federal.

Con dicha reforma se le restó solemnidad al informe presidencial, pero también se le restó importancia a un acto en el que el presidente comunica a la sociedad los resultados obtenidos a raíz de la toma de decisiones. Con la reforma de 2008 se demostró la mala relación entre los dos Poderes de la Unión, donde los contrapesos no existían y el presidente lucía incapaz de entablar un diálogo cortés pero fructífero tanto con los diputados como con los senadores.

El cambio democrático expresado en la participación ciudadana demanda un diálogo entre poderes horizontal, respetuoso, pero veraz, firme y cotidiano. Por ello, y con la presente iniciativa, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática aspira a enriquecer la información que la sociedad mexicana tiene derecho a recibir sobre el estado auténtico de la administración. Considerando que el informe por escrito es un documento en el que se plasman datos que denotan los resultados de las decisiones presidenciales pero que no debería ser excluyente del discurso que el presidente, de cara a los ciudadanos debe pronunciar, en un acto de responsabilidad tanto de él como cabeza de Estado como de los legisladores, representantes del pueblo.

El presidente de la República, como responsable de la dirección de este país, está obligado, por este hecho, a rendir cuentas e informar a la nación sobre el estado que guarda.

El Congreso mexicano debe evolucionar para configurarse como uno de los poderes esenciales de un sistema presidencial, con características e instrumentos parlamentarios, en donde el diálogo entre poderes, la rendición de cuentas del Ejecutivo al Legislativo y la fiscalización de las tareas y del uso de los recursos públicos del Ejecutivo, deben fortalecerse.

En esta iniciativa, las y los legisladores que integramos el Grupo Parlamentario del PRD proponemos que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año el presidente de la República, en su calidad de jefe del Estado, acuda al pleno del Congreso de la Unión a dar un mensaje político y a entregar por escrito un informe de gobierno, y que en fecha posterior acuda a la Cámara de Diputados, en su calidad de titular del Ejecutivo y de la administración pública federal, a exponer lo fundamental de su informe y sostener un intercambio de opiniones con la representación nacional. Posteriormente a este acto, iniciará la glosa y el análisis del informe conforme a los artículos 69 y 93 de esta Constitución.

Fundamento legal

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con:

Proyecto de Decreto

Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona un segundo párrafo al mismo artículo, recorriéndose el segundo y tercer párrafo originales al tercer y cuarto párrafos, para quedar como sigue:

Artículo 69. En la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el presidente de la República acudirá ante el pleno del Congreso de la Unión a dar un mensaje político investido en su calidad de jefe de Estado y entregará por escrito un informe en el que rinda cuentas sobre el estado general que guarda la administración pública del país. En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de sus cámaras, el presidente de la Comisión Permanente informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

En fecha posterior, el presidente de la República acudirá a la Cámara de Diputados, en su calidad de titular del Ejecutivo y de la Administración Pública Federal, a exponer el informe en el que rinda cuentas sobre el estado general que guarda la administración pública del país y sostener un intercambio de opiniones con la representación nacional.

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, una vez agotado el procedimiento previsto por el artículo 135 constitucional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: José Guadalupe Aguilera Rojas,José Ricardo Gallardo Cardona, Verónica Beatriz Juárez Piña, Mónica Almeida López, Mónica Bautista Rodríguez, Antonio Ortega Martínez, Lilia Villafuerte Zavala (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Muchas gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen.

Presidencia del diputado Marco Antonio Adame Castillo

PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN



OBRA DE LA GARITA CENTRO EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Vamos a pasar al siguiente punto del orden del día que son las proposiciones con punto de acuerdo. Tiene la palabra la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos. Presentará proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California, con un punto de acuerdo suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda:Compañeras y compañeros diputados, vengo de Baja California, donde inicia la patria, particularmente la capital del estado, Mexicali, Baja California, una de las principales puertas de nuestro país que recibe diariamente a millones de personas, mexicanos y extranjeros. Y que además, representa un sector económico muy importante, no solamente para nuestra ciudad, sino para nuestro país.

En esta ocasión me remito a la garita centro, que es la que nos ocupa. Una de las principales puertas de entrada, de importancia económica y de migración para nuestra nación.

Representa el desarrollo social y económico que ha detonado en que esa zona sea considerada de las más relevantes, medicamente, derivado de la alta concentración de instituciones médicas, hospitales, consultorios y farmacias que, junto con la zona de algodones, dejan una derrama económica para nuestra ciudad superior a los 200 millones de dólares anuales. Y eso solamente es una estimación aproximada.

A finales de 2015, se hizo público el proyecto portuario fronterizo Mexicali-Calexico, que conectaría a la ciudad de Calexico con Mexicali, y le daría una nueva dinámica de movilidad, flujo, tránsito y accesibilidad a nuestra frontera.

Con este proyecto se incentivó el interés por invertir en la zona e infraestructura, proyectos ejecutivos, empresas y centros educativos, entre otros.

Entonces, hubo un recorte que modificó al proyecto de construcción de la nueva garita de la zona centro de Mexicali, la cual consistió en esta primera etapa en la eliminación del diseño de un puente y de un paso desnivel que vendría a conectar esta nueva infraestructura con el centro histórico de nuestro municipio.

Hasta donde tenemos conocimiento, la modificación surge ante una disminución de recursos de 280 millones de pesos por parte de las autoridades federales quienes han expuesto que pasará su construcción a una segunda etapa, lo que no genera certeza ante el inmediato cambio de gobierno, la administración pública federal, generando desconfianza de que no se vayan a retomar los planos originales o se elimine en definitiva, dejando afectaciones económicas y viales que ya se presentan.

La relación entre Mexicali y Calexico es muy grande. Las garitas que unen a ambas ciudades registraron en 2014 un cruce promedio de 4.7 millones de vehículos de pasajeros, con un total de 7.2 millones de personas y 4.5 millones de peatones al año en sentido de sur a norte, lo cual está catalogada por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos, como el quinto cruce fronterizo transitado más importante del mundo. En México, solamente por debajo de Ciudad Juárez-el Paso y Tijuana-San Diego.

Aunque ya se emitieron los escritos dirigidos a la Administración Central de Equipamiento e Infraestructura Aduanera del SAT y los regidores de Mexicali aprobaron un punto de acuerdo debido a la afectación que genera la obra recién inaugurada por el gobierno federal y el proyecto ya fue autorizado por la propia Secretaría de Hacienda, hasta el día de hoy no hemos recibido respuestas, por lo que hoy propongo y pongo a su consideración los siguientes puntos de acuerdo de urgente resolución.

Primero. Por el que se solicita al titular del Ejecutivo federal respetuosamente girar sus instrucciones al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al titular del Servicio de Administración Tributaria, la titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y al titular del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a efecto de que de manera urgente se liberen los recursos asignados e inicie con la ejecución de las obras de infraestructura requeridas para la correcta integración vial, de desarrollo económico y urbano que se requieran para que la obra en curso, relacionada con la remodelación y reubicación de la Garita Internacional Zona Centro genera los menores efectos sobre la seguridad de las personas que diariamente la transitan y que proceda con la ejecución del puente y paso desnivel señalados en el proyecto inicial, y de construcción previamente solicitado y aprobado.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer públicos los informes del proyecto de la garita centro, en Mexicali, Baja California, así como sus avances y modificaciones. Es cuanto.

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la obra de la garita centro en Mexicali, Baja California, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Los proponentes, diputados Marina del Pilar Ávila Olmeda, Erik Isaac Morales Elvira, Jesús Salvador Minor Mora y Martha Patricia Ramírez Lucero diputados por el estado de Baja California, integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracciones II y III, numeral 2, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Mexicali es una localidad mexicana, capital del estado de Baja California y cabecera del municipio homónimo. Cuenta con dos garitas dentro de la mancha urbana: la primera se encuentra en la zona centro de la ciudad llamada garita Centro, garita “Vieja” o garita Río Nuevo, con 12 carriles de circulación hacia Caléxico; la segunda, llamada garita Nuevo Mexicali, se encuentra a 6 kilómetros al oriente de la primera garita y cuenta con 10 carriles.

Pero el día de hoy nos avocaremos a hablar de la garita Centro, que históricamente es una de las principales puertas de entrada a nuestro Estado, la importancia económica y de migración tiene para nuestra ciudad de Mexicali es de gran relevancia

Representa desarrollo, convivencia social, urbanidad pues alrededor de esta se ha construido el legado de la capital, visto en sus comercios, edificios, centros de convivencia, y en época reciente un “boom” que ha detonado en que esa zona sea considerada de las más relevantes médica y económicamente ,derivado de la alta concentración de instituciones médicas, consultorios y farmacias que junto con la zona de algodones dejan una derrama económica para nuestra ciudad superior a los 200 millones de dólares anuales, y eso en una estimación aproximada.

A finales de 2015 se hizo público el “proyecto portuario fronterizo Mexicali – Calexico I”, que conectaría la ciudad de Calexico con Mexicaliy le daría una nueva dinámica de movilidad, flujo, tránsito y accesibilidad de una de las fronteras más importantes en México.

Con este proyecto por parte de autoridades locales y sobre todo federales incentivo el interés por invertir en la zona, en infraestructura, proyectos ejecutivos, empresas, y centros educativos, etc.

Dicho proyecto se vio con beneplácito por la población ya que anualmente cientos de miles de turistas provenientes del norte del continente y de diversas latitudes del mundo y de la República vienen y dejan una derrama en la zona centro o lo que conocemos como la antigua sección.

Pero toda esta inversión, planeación y proyecciones para consolidar este importante sector de servicios de nuestra ciudad hoy se ve amenazado por una política de recorte al presupuesto del proyecto Portuario “garita Centro”.

Ante el anuncio de recorte, integrantes del Clúster Médico del Municipio de Mexicali B.C. y locatarios de la zona, exhibieron la preocupación ante el anuncio referente a la modificación al proyecto de construcción de la nueva garita de la zona centro de Mexicali la cual consiste en esta primera etapa, en la eliminación del diseño de un puente y de un paso a desnivel que vendría a conectar esta nueva infraestructura con el centro histórico de este Municipio. Lo que constituye una reducción de pacientes estimado en un 40%. para ellos, porque en la zona en cuestión concentra en 40 por ciento de los hospitales, laboratorios, farmacias, dentistas y médicos especialistas de toda la ciudad.

Hasta donde tenemos conocimiento, la modificación a esta importante obra surge ante una disminución de recursos de 280 millones de pesos por parte de las autoridades federales quienes han expuesto que pasará su construcción a una segunda etapa, argumento que no genera certeza y nosotros vemos que se deja en la incertidumbre a la población ante el inmediato cambio de gobierno en la administración pública federal generando desconfianza de que no se vayan a retomar los planos originales o se elimine en definitiva. Lo hemos visto, posponer es sinónimo de cancelar. Además, si ya estaba asignado el recurso, ¿Por qué no aplicarlo? ¿Por qué modificarlo? Si un presupuesto es asignado, ¿porque hacienda permite el cambio? De nuevo las prácticas desleales del gobierno en contra del bienestar el pueblo se hace presentes. Lo que solicitamos es que se vuelva al proyecto anterior y se liberen esos recursos ya asignados.

La relación entre Mexicali y Calexico es muy grande, ya que entre ambas ciudades hay un gran enlace tanto económico como social, cultural y demográfico. Las garitas que unen a ambas ciudades registraron en 2014 un cruce promedio de 4,7 millones de vehículos de pasajeros, con un total 7,2 millones de personas y 4,5 millones de peatones al año en sentido de sur a norte, lo cual está catalogada por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (U.S. Customs and Border Protection) como el quinto cruce más transitado del mundo (En México sólo debajo de Ciudad Juárez-El Paso y Tijuana-San Diego).

Pero en esta “primera etapa” como la llaman, la forma como se construyó el cruce fronterizo a Estados Unidos, es de un proyecto que no permite la movilidad y seguridad vial de esta zona de la ciudad.

Diariamente la fila de autos que se hace implica riesgo ya que esta sobre las vías del ferrocarril. Además, que no cuenta con las obras de infraestructura y medidas necesarias para la integración vial con la ciudad y la seguridad de los transeúntes y automovilistas que diariamente utilizan esta vía.

Cabe señalar que, desde mediados del mes de marzo pasado, tanto el 22 Ayuntamiento de Mexicali, como el Gobierno del Estado por conducto de la SIDUE, así como organismos empresariales y civiles emitieron escritos dirigidos al Administrador Central de Equipamiento e Infraestructura Aduanera del SAT, Lic. Alberto Morales Arechavaleta para señalarle formalmente las consecuencias económicas, de productividad, seguridad, movilidad y ambiental.

En el documento hicieron referencia de que el proyecto de remodelación de la garita Centro carecía de un paso inferior sobre vía de ferrocarril para el flujo de vehicular hacia Estados Unidos proveniente de avenida Colón; tampoco tenía un enlace vial hacia bulevar López Mateos y avenida Madero para flujo vehicular proveniente de los Estados Unidos; le faltaba un enlace vial Colón-Poniente para facilitar la fila del flujo hacia Estados Unidos y debían incluir la rehabilitación y semaforización de la calzada de los Presidentes.

Los regidores de Mexicali, aprobaron el punto de acuerdo durante la 35 Sesión Extraordinaria, debido a la afectación que genera la obra recién inaugurada por el gobierno federal. El cual fue aprobado y ahora yo hago este exhorto de urgente resolución en apoyo a la ciudadanía y porque se tiene que arreglar la situación para que no genere mayores afectaciones, como han surgido al día de hoy.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a la consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.Se solicita al titular del Ejecutivo federal, girar sus instrucciones al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al titular del Servicio de Administración Tributaria, la titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al titular del Instituto de Administración y Avalúo de Bienes Nacionales, a efecto de que de manera urgente se liberen los recursos necesarios ya asignados y se inicie con la ejecución de las obras de infraestructura requeridas para la correcta integración vial, de desarrollo económico y urbano que se requieren para que la obra en curso relacionada con la remodelación y reubicación de la garita internacional Zona Centro, genere los menores efectos sobre la seguridad de las personas que diariamente la utilizan; el flujo continuo de transeúntes y vehículos que requiere dicho cruce fronterizo y la estabilidad y desarrollo económico de todos y cada uno de los negocios y comercios ubicados en la zona centro de Mexicali, Baja California, que se proceda con la ejecución del puente y paso a desnivel señalados en el proyecto inicial de construcción previamente solicitado.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer públicos los informes del proyecto de la garita Centro, en Mexicali, Baja California, así como sus avances y modificaciones.

Dado en Palacio Legislativo, a 25 de septiembre del 2018.— Diputados: Marina del Pilar Ávila Olmeda, Martha Patricia Ramírez Lucero, Jesús Salvador Minor Mora y Erik Isaac Morales Elvira (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Para los efectos del artículo 100, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.

El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio: Se consulta a la asamblea si se considera de urgente resolución.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Se considera de urgente resolución. En consecuencia, tiene la palabra la diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz.

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz:Con la venia de la Presidencia.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada Nayeli Arlen Fernández Cruz: La frontera terrestre que comparten los Estados Unidos de América y nuestro país es una de las más dinámicas del mundo, pues a través de los puertos de entrada entre ambos países existe un importante flujo de bienes y personas, con un intenso intercambio comercial, cultural y económico.

De esta forma, las acciones que emprenda nuestro país en materia de puertos fronterizos debe estar orientada a generar y garantizar condiciones de eficacia y eficiencia en materia de flujo de personas y mercancías, con el objetivo de que los tiempos de espera, tanto de entrada como de salida de nuestro país sean adecuados y cuenten con condiciones estructurales que garanticen la seguridad y movilidad de los usuarios, el adecuado flujo comercial, así como la detección y aseguramiento de mercancías ilícitas.

Recientemente se ha dado a conocer la preocupación de los habitantes de Mexicali, Baja California, por la remodelación de la garita centro, la cual se ha retrasado y aparentemente se ha modificado de acuerdo a su estructura original. Dichos cambios pueden generar afectaciones económicas en la región, así como poner en riesgo la seguridad de los usuarios que utilizan diariamente la infraestructura disponible, tanto para el cruce peatonal como vehicular.

No obstante, es importante señalar que el diseño de proyectos de remodelación de los puertos fronterizos, por muy relevantes que sean, no deben afectar las finanzas públicas y tiene que considerar la viabilidad económica y técnica de los mismos para garantizar su cumplimiento, precisando que concluir las obras en más de una etapa no necesariamente pone en riesgo su culminación y buena ejecución.

Sin embargo, es sumamente necesario asumir una actitud vigilante del proyecto en todo el proceso, ya que cuando se define y asigna una partida presupuestal para el desarrollo de infraestructura pública esta debe ser ejercida, respetando en todo momento los principios de transparencia y rendición de cuentas, condiciones que permiten a la ciudadanía conocer la forma en la que se están ejerciendo los recursos públicos.

Promover acciones apegadas a la vigilancia y transparencia permitirá que los habitantes de Mexicali tengan tengan certeza de que las obras de remodelación de la Garita Centro se desarrollarán en tiempo y forma de acuerdo a lo planeado, con lo que el desarrollo económico de la región no se verá afectado.

Como legisladores debemos ser sensibles a la preocupación de la población en esta ciudad fronteriza, por ello nos unimos al exhorto que se pone a nuestra consideración y hacemos un llamado a las autoridades, para que de forma responsable se realicen las acciones pertinentes que garanticen la viabilidad de este proyecto, asegurando las condiciones técnicas y estructurales que permitan el adecuado flujo comercial y de personas. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias. Tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario del PRD.

El diputado Emmanuel Reyes Carmona:Con su venia, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Proceda.

El diputado Emmanuel Reyes Carmona: Compañeras y compañeros diputados, las garitas eran construcciones militares que servían para resguardar las entradas en las ciudades y principalmente en los diversos puntos militares, tal era la importancia que revestían para la población un verdadero crecimiento, tal es el caso de la garita de Mexicali que se sitúa en la mitad de la ciudad contemporánea y representa uno de los símbolos de la identidad de la ciudad.

Es por ello que resulta muy importante en este suceso de suspensión poder incidir de manera enérgica y de manera contundente con nuestra decisión, para que continúe la construcción de esta importante obra para Mexicali y, por supuesto, para Baja California.

Sin embargo, y mucho más preocupante resulta el lentísimo proceso de modernización de las aduanas, así como el torpe proceso de coordinación con los oficiales que se encuentran en ambos lados de la frontera.

Las aduanas permiten la entrada a nuestro país, no solo de mercancía de dudosa procedencia, sino de miles de armas cada año, drogas, dinero ilícito y múltiples cosas que afectan, no solo la seguridad de las y los mexicanos, sino la seguridad nacional de nuestra nación.

El operativo implementado por las autoridades norteamericanas que hoy conocemos como Rápido y Furioso, por el cual fueron introducidas una cantidad muy grande de armas ilegales en nuestro país, financiado por el gobierno norteamericano, ha quedado en el olvido.

Debemos estar conscientes de que este constituye una de las grandes deudas del gobierno de Estados Unidos con las y los ciudadanos mexicanos, por lo cual las víctimas mortales del narcotráfico se multiplicaron.

Es por ello que el gobierno mexicano en ejercicio debe de exigir cuentas claras al gobierno de los Estados Unidos y al titular del gobierno entrante. Debe comprometerse al esclarecimiento y deslindarse de las responsabilidades en términos que determine la legislación correspondiente.

En ese tema realmente importante nos debemos ocupar, y que en términos de este punto de acuerdo que hoy nos encontramos discutiendo, debe de ser atendido a la brevedad por las autoridades correspondientes.

Proponemos que tenemos que votar a favor, en el Grupo Parlamentario del PRD nos solidarizamos con todos los habitantes de estas, ambas ciudades, sobre todo con los mexicalenses, porque también Baja California tiene derecho al desarrollo económico.

Y posponer es sinónimo de cancelar. El PRD vota a favor de este acuerdo. Muchísimas gracias.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Jorge Alcibiades García Lara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

El diputado Jorge Alcibíades García Lara:Con su venia, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Proceda.

El diputado Jorge Alcibíades García Lara: Compañeras y compañeros diputados, Movimiento Ciudadano saluda y apoya con plena convicción la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las autoridades hacendarias y aduanales la inmediata asignación de los recursos necesarios para concluir adecuadamente las obras del cruce fronterizo Mexicali-Río Nuevo.

Apelamos a la sensibilidad y a la comprensión del gobierno federal para que no pierda de vista el interés público que debe prevalecer en la realización de esta obra.

Haber modificado el proyecto original, a causa de recortes al presupuesto previsto, pone en riesgo el desarrollo de toda la actividad económica de la zona aledaña.

Son muchas las personas estadounidenses que cruzan la frontera con rumbo a Mexicali. Estas personas representan una valiosa derrama económica para los residentes de la capital bajacaliforniana, especialmente en el área de cuidados médicos, pero también en el comercio y turismo en general.

Es importante mencionar que dicha población se vería imposibilitada de subsistir de no ser por la actividad económica generada por sus visitantes. Los millones de vehículos que anualmente cruzan esta frontera hacen necesaria una infraestructura adecuada, que facilite la movilidad de todos, siendo este uno de los cruces fronterizos más transitados del mundo.

Y todo esto se dificulta a causa de que en su construcción se eliminaron dos puentes, mediante los cuales se garantizaba la accesibilidad a zonas estratégicas, como la zona del Centro Histórico y el distrito médico, cuya principal clientela proviene de los Estados Unidos.

Es apremiante que las autoridades rectifiquen y sean reasignados los 280 millones que fueron reducidos, a fin de que se corrija la afectación a la economía de la zona. El gobierno federal debe considerar que Mexicali y Calexico son ciudades que coexisten en una relación de mutuo beneficio para las poblaciones de ambos lados de la frontera, hermanadas por diferentes convenios, pero aún más, por una enorme codependencia económica, social, cultural y comunitaria.

Para Movimiento Ciudadano queda claro que este asunto va más allá de posturas partidistas o de intereses particulares. El único interés que debe imperar es el de la ciudadanía, es el de los cachanillas y en general el de todos aquellos que dependen de manera directa o indirecta de un cruce fronterizo moderno y adecuado para la capital bajacaliforniana.

Los recursos para el proyecto de infraestructura de la Garita Centro de Mexicali fueron aprobados por esta Cámara de Diputados, por lo que la cancelación de los mismos constituye un acto discrecional e indebido de la Secretaría de Hacienda. Por ello, la bancada de diputados de Movimiento Ciudadano se suma al presente punto de acuerdo. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Armando Reyes Ledesma, del Grupo Parlamentario del PT, hasta por tres minutos.

El diputado Armando Reyes Ledesma:Con el permiso de la Presidencia.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Proceda.

El diputado Armando Reyes Ledesma: Compañeras diputadas, compañeros diputados, nos pronunciamos en favor de la urgente terminación de la megaconstrucción en la garita de Mexicali-Calexico, en Baja California.

A través de la información dada por el presidente municipal a los medios de comunicación locales, ha manifestado su descontento con el retraso de la obra, así como las graves consecuencias que ha causado a la población que día a día usa esta garita. A pesar de que en julio pasado abrieron las puertas de la garita Mexicali-Calexico, no entregaron la obra en su totalidad.

Lo que repercute en la interacción con los usuarios de este paso internacional, especialmente en el lado mexicano, efectuando las tareas diarias que la gente que cruza hacia Estados Unidos, esta afectación también perturba diariamente en la economía de los comerciantes que aproximadamente el 40 por ciento de sus ingresos dependen directamente del flujo de esta garita.

El retraso en la apertura de la nueva garita entre Mexicali y Calexico, el hecho de que las instalaciones del lado mexicano sigan en construcción ha provocado un caos vehicular en la zona Centro y el Río Nuevo. Ha sido necesario hacer modificaciones a las vialidades para permitir el acceso a las nuevas instalaciones para cruzar a Calexico.

El gobernador del estado, Francisco Vega de la Madrid, informó a los medios de comunicación locales, que desde hace más de un año ha estado gestionando ante la Secretaría de Hacienda los recursos necesarios para que se apruebe el proyecto de la nueva garita y que incluya la construcción de pasos a desnivel que conectan la nueva aduana con la zona centro de Mexicali.

Sin embargo, la Secretaría de Hacienda ha hecho oídos sordos a esta petición del gobernador y el presidente municipal, Gustavo Sánchez. Es fundamental para el desarrollo de estos pasos internacionales el suministrar la infraestructura necesaria para el flujo óptimo de personas, ya que no solo implica facilitar el comercio y la buena relación vecinal, también a ser eficaz y eficiente la interacción de infraestructura que se genere en varias naciones.

Exhortamos a la Secretaría de Hacienda...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputado.

El diputado Armando Reyes Ledesma: ... y a los gobiernos estatales y municipales, para que prioricen en el ejercicio del gasto hacia la terminación de la obra de los puentes de la garita Mexicali. Es cuanto, diputados, diputadas, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias. Tiene la palabra hasta por tres minutos el diputado Javier Julián Castañeda Pomposo, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

El diputado Javier Julián Castañeda Pomposo:Buenas tardes, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Buenas tardes, diputado.

El diputado Javier Julián Castañeda Pomposo: Buenas tardes, diputadas y diputados. Ocupo esta tribuna esta tarde para posicionar al Grupo Parlamentario de Encuentro Social y hacer una respetuosa solicitud para que se liberen los recursos correspondientes para la ejecución de la remodelación y reubicación de la Garita Internacional Zona Centro de la ciudad de Mexicali, Baja California, mi capital en mi estado de Baja California.

Como representantes populares entendemos al Presupuesto de Egresos de la Federación como un instrumento que a partir de la distribución de los recursos públicos se resuelven los problemas que aquejan a nuestros gobernados. En cada ciclo presupuestario los diputados tenemos que ver la necesidad de resolver graves problemas de infraestructura con los que vivimos.

Encuentro Social se une al reclamo de la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, de Mexicali, Baja California y del Grupo Parlamentario de Morena, en la proposición que nos ocupa para que se liberen los recursos para la obra que probablemente en las altas esferas de la Secretaría de Hacienda carezca de la más mínima importancia, pero para quienes todos los días padecen el cruce por horas de sur a norte y de norte a sur de Baja California a California, y de Mexicali a Calexico, es una obra de suma importancia para la vida económica y social de nuestra capital.

La administración que iniciará funciones a partir del primero de diciembre, debe ver en el sistema aduanero una oportunidad para ayudar a la solución de estos problemas que aquejan a muchas familias de nuestra capital.

El comercio exterior es vital para el desarrollo económico del país, sin embargo nuestras fronteras tienen que ser seguras y confiables para todos. Las garitas son el filtro para impedir que al país ingresen mercancías que agravan la seguridad pública, que distorsionan el mercado interno y que permite probablemente la trata de personas.

Nuestra bancada se manifiesta por que el respeto al derecho que significa el Presupuesto de la Federación cumpla y exige que se liberen de inmediato los recursos públicos que hace la diputada Ávila Olmeda para concluir con los trabajos de remodelación de la garita de Mexicali, Baja California. Es cuanto, señor presidente. Buenas tardes, compañeros diputados.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra por tres minutos la diputada Irma María Terán Villalobos, del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada Irma María Terán Villalobos:Con su permiso, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Proceda.

La diputada Irma María Terán Villalobos: Compañeras y compañeros legisladores, la Garita Centro, garita vieja o garita Río Nuevo, es una instalación existente de inspección de peatones y vehículos que fue construida en 1974, pero los factores de movilidad han cambiado en poco más de cuatro décadas.

Debemos de reconocer que actualmente son otras las necesidades de infraestructura. Soportar la carga vehicular y peatonal por este importante acceso, así como los requisitos de seguridad, es importante señalar que esta garita es el octavo cruce fronterizo del país con más de un millón de vehículos anuales.

Las garitas surgieron con el objetivo de crear una zona libre de importación. Fungen como puntos de revisión cercanos a los límites de la franja o región fronteriza. Sin embargo, durante los últimos años esos puntos de revisión han dejado de cumplir su objetivo fundamental dificultando las actividades comerciales.

En este marco el Ejecutivo federal anunció desde noviembre de 2013 la implementación del Programa de Apoyo a las Zonas Fronterizas del País, que a la fecha ha beneficiado a 11 entidades federativas del país, entre ellas Baja California y Sonora y, por supuesto, otros estados.

Este programa ha realizado una inversión cercana a los 29 mil 300 millones de pesos. El programa ha sido implementado a través de seis acciones entre las que se destaca el cierre gradual de 12 garitas de la franja fronteriza, no así la Garita Centro de Baja California.

Lo anterior ha sido con el objetivo de lograr un despacho de mercancías más rápido que ha facilitado las actividades comerciales en el país con el objeto de fortalecer la actividad comercial.

Desde 2014 en el Presupuesto de Egresos de la Federación se estableció un fondo fronterizo, del cual el estado de Baja California ejerció el 32.87 por ciento, y el 29.52 por ciento del total de 2014 y 2016 respectivamente, más que cualquier otra entidad fronteriza.

Compañeras y compañeros diputados, las garitas son un punto de conexión para el comercio y la movilidad de miles de mexicanos que todos los días cruzan la frontera. En este sentido las y los legisladores del PRI nos pronunciamos a favor de modernizar las garitas del país con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de quienes utilizan esta infraestructura. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra la diputada Lizbeth Mata Lozano, hasta por tres minutos, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Lizbeth Mata Lozano:Con su venia, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Proceda.

La diputada Lizbeth Mata Lozano: Compañeras y compañeros diputados, la frontera norte de nuestro país es una de las más extensas y dinámicas en todo el mundo, y es también, un factor de impulso para el desarrollo económico de México.

Diariamente cruzan por nuestra frontera miles de autos y peatones que generan un intercambio comercial muy poderoso y originan una derrama económica altamente considerable.

En el caso particular de la Garita Centro de Mexicali, este cruce fronterizo ocupa el quinto lugar en tránsito al año en la frontera México-Estados Unidos, con 8.6 millones de cruces de automóvil y 8.5 millones de cruces de peatones hacia ambos sentidos de la frontera.

Dada su importancia en la administración federal 2006-2012, se aprobaron recursos por 800 millones de pesos para invertir en el proyecto de cruce fronterizo Mexicali-Río Nuevo. El proyecto inicial consideraba la construcción de dos puentes vehiculares en Mexicali.

Estos puentes son el Puente Deprimido, avenida Colón Oriente-Ferrocarril-Garita y el Puente Acceso, avenida Colón Poniente-Garita-Avenida. Estos proyectos ya cuentan con registro en la Unidad de Inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sin embargo, la administración del presidente Peña Nieto ha decidido, de manera inexplicable, no dar continuidad a tan relevante proyecto bilateral de infraestructura.

Resulta inadmisible que por una negligencia por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los recursos destinados y aprobados por esta soberanía para la construcción de un puente y paso a desnivel en la Garita Centro de Mexicali, no se encuentren disponibles para concluir esa importante obra.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público no tiene razón alguna para retrasar o cancelar el flujo de recursos para la remodelación del paso de la Garita Centro de Mexicali, que tiene un impacto muy positivo para la economía de Baja California y para la economía nacional. Lo único que explicaría una postergación o cancelación de dicho proyecto por parte del actual gobierno federal es una mala planeación o de plano un desvío de dichos recursos para otros fines no autorizados por esta Cámara de Diputados.

Cabe señalar que además es un tema de seguridad, pasan los automóviles justo por la vía del tren y se puede generar una catástrofe en el sentido de un conflicto entre ellos mismos.

Por estas razones el Grupo Parlamentario del PAN apoya este punto de acuerdo. No permitamos que esta obra de infraestructura en la Garita del Centro de Mexicali sea suspendida por negligencia de la Secretaría de Hacienda y su titular, José Antonio González Anaya. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Tiene la palabra el diputado Jesús Salvador Minor Mora, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por tres minutos.

El diputado Jesús Salvador Minor Mora:Buenas tardes. Mi nombre es

Jesús Salvador Minor Mora, soy diputado por el distrito 01 de Mexicali, Baja California.

Venía a fortalecer el punto de acuerdo de mi paisana, y digo venía porque con todas las exposiciones anteriores ya no ocupa más su fortalecimiento a ese justo punto de acuerdo. Felicidades.

Definitivamente ha sido inexplicable el detener o no concluir una obra tan necesaria y tan importante para el municipio de Mexicali y su valle.

Voy a aprovechar, más que sustentarlo, porque ya lo han externado todos los partidos y todos los que me han antecedido, más que nada para agradecerles precisamente esa excelente disposición ante una injusticia que se estaba dando en la ciudad de Mexicali.

Tuvimos que recurrir a la tribuna, porque las puertas ya estaban cerradas en las distintas instancias, tal y como el punto de acuerdo lo menciona. Esto va a darles una seguridad a los ciudadanos, a los sectores comerciales y productivos de Mexicali y del estado de Baja California, de que esta obra se va a concluir y se va a terminar con la incertidumbre de inseguridad, que ha generado este desorden de la terminación, sin ninguna justificación de esta obra.

Por eso de parte de los mexicalenses, un agradecimiento a todos los partidos políticos y, por supuesto, a esta honorable asamblea. Muchas gracias.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado.

La diputada Soraya Pérez Munguía(desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: ¿Con qué objeto, diputada Pérez Munguía?

La diputada Soraya Pérez Munguía (desde la curul): Moción de hechos, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: ¿Qué hechos, diputada?

La diputada Soraya Pérez Munguía (desde la curul): Como ex presidente del Indaabin, me tocó estar en las negociaciones de este proyecto que es de vital importancia, no nada más como lo han mencionado para Mexicali y para el estado, sino para todo el país. La obra no está detenida, nunca ha estado detenida, está en construcción, el SAT lleva un porcentaje de avance importantísimo, prácticamente está concluida y quiero refrendar la importancia de las vialidades.

Sí, efectivamente ha habido un problema en la falta de coordinación entre las autoridades locales que han cambiado una y otra vez el proyecto, y esto lo viví de primera mano al ser titular del Instituto. Sin embargo, hasta el último momento en el que fui presidente del Indaabin se llegó a un acuerdo que autorizó el gobernador y que ya debería estar en proceso.

Por eso sí refrendo la importancia de esta vital obra, que está poniendo en un caos importantísimo a la ciudad de Mexicali, me sumo.

Y quiero aprovechar el momento para decir que esta administración ha sido la que por mucho ha invertido mucho dinero...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Abrevie, diputada.

La diputada Soraya Pérez Munguía (desde la curul): ...más de 30 mil millones de pesos en modernización de puertos fronterizos y le pediría a las autoridades electas que hagan un hueco presupuestal, porque para concluir la modernización en vialidades y no poner en caos...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputada.

La diputada Soraya Pérez Munguía (desde la curul): ...a la competitividad de este país se requieren otros 50 mil millones de pesos. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Registrada su intervención, diputada. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido.

El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Suficientemente discutido. Comuníquese.Perdón, perdón, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.

El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Ahora sí, aprobado. Comuníquese.

VOLUMEN III

Presidencia de la diputada Dulce María Sauri Riancho

REGULARIZAR EL ABASTO DE FÁRMACOS PARA TRATAR DISTINTOS TIPOS DE CÁNCER

La presidenta diputada Dulce María Sauri Riancho: Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Leticia Mariana Gómez Ordaz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris a implementar una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La diputada Leticia Mariana Gómez Ordaz: Gracias. Con la venia de la Presidencia. El cáncer se ha convertido en un serio problema de salud pública en todo el mundo, tanto por la carga que su tratamiento supone para los sistemas sanitarios como para el alarmante ritmo de crecimiento de los nuevos casos registrados en los últimos años.

En nuestro país el cáncer en niños y adolescentes se ha convertido en una de las principales causas de la muerte de los menores.

De acuerdo al Informe Mundial sobre el Cáncer 2014, elaborado por la Organización Mundial de la Salud, se calcula que en 2012 la carga mundial de cáncer alcanzó los 14 millones de nuevos casos al año, una cifra que prevé aumente a 22 millones anuales, en las dos décadas siguientes.

En el mismo periodo se estima que las muertes por cáncer aumentan de 8.2 millones hasta a 13 millones de defunciones cada año.

En México el cáncer es la tercera causa de muerte entre la población. Fallecen por esta enfermedad 14 de cada 100 mexicanos.

En lo que respecta al cáncer en niños en nuestro país, esta enfermedad constituye en la actualidad una de las principales causas de muerte en este grupo poblacional.

El cáncer infantil es la principal causa de muerte por enfermedad entre mexicanos de entre cinco y 14 años de edad.

Se estima que existen anualmente entre cinco mil y seis mil casos nuevos de cáncer en menores de 18 años, entre los que destacan principalmente las leucemias y los linfomas.

Ante el panorama que supone el aumento en la incidencia de cáncer en la población mundial, se requieren urgentemente mayores esfuerzos en materia de prevención y detención.

Se ha demostrado que el acceso a tratamientos eficaces y asequibles contra el cáncer, incluidos los cánceres infantiles, reduce significativamente la mortalidad, incluso en los países en desarrollo.

Es claro entonces, que tanto la incidencia como la mortalidad del cáncer puede reducirse si los gobiernos realizan esfuerzos para garantizar el acceso oportuno a tratamientos y a los fármacos adecuados.

Uno de los medicamentos más utilizados para el tratamiento de cáncer en el mundo es la ciclofosfamida, fundamental para el cáncer. Lamentablemente, en las últimas semanas se ha registrado el desabasto de la ciclofosfamida en diversos centros de atención oncológica en el país.

El pasado 18 de septiembre, padres de pacientes con cáncer que son atendidos en el Hospital Infantil de Federico Gómez, señalaron que desde hace casi un mes se dejaron de suministrar los medicamentos necesarios para el tratamiento de sus hijos. Y esto también ocurre en otras entidades.

Por su parte, el Colegio Mexicano de Oncología Médica dio a conocer el pasado 19 de septiembre que el desabasto de las ciclofosfamida a nivel nacional afecta tanto el sector público como el sector privado.

De acuerdo con la periodista Maribel Ramírez Coronel, el desabasto de la ciclofosfamida es un problema exógeno a México, pues sorpresivamente una de las principales proveedoras globales de dicha sal cerró y dejó sin insumos a muchos integrantes del sector farmacéutico en México.

En México, los laboratorios que fabrican la ciclofosfamida se quedaron abruptamente sin materia prima y sin posibilidad de surtir al sector salud.

El problema es que en la industria farmacéutica los ciclos de producción son planteados con muchos meses de anticipación y, una vez que se consigue la materia prima para la fabricación, aún pasarán algunos meses para que se pueda producir y abastecer adecuadamente la demanda. Lo cual genera desabasto e impide que los pacientes con cáncer sigan su tratamiento, poniendo en riesgo la vida de miles de mexicanos, entre ellos nuestras niñas y nuestros niños.

Una de las principales preocupaciones del Partido Verde ha sido garantizar que nadie en nuestro país se quede sin medicamentos para seguir sus tratamientos, más aún cuando se trata de una enfermedad devastadora, que cada año les cuesta la vida a miles de mexicanos, especialmente a nuestra población infantil.

En este sentido consideramos oportuno exhortar a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para que en conjunto con la industria farmacéutica nacional, implemente acciones y diseñe una estrategia que permita regularizar el abasto de los fármacos para tratar los distintos tipos de cáncer en el país. Es cuanto.

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa y la Cofepris a implantar acciones y diseñar con la industria farmacéutica nacional una estrategia regularizadora del abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 4 y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cáncer se ha convertido en un serio problema de salud pública en todo el mundo, tanto por la carga que su tratamiento supone para los sistemas sanitarios como por el alarmante ritmo de crecimiento de los nuevos casos registrados en los últimos años. En particular, el cáncer en niños y adolescentes en nuestro país se ha convertido en una de las principales causas de muerte en menores.

De acuerdo al Informe Mundial sobre el Cáncer 2014, elaborado por el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC), entidad de la Organización Mundial de la Salud (OMS) especializada en la lucha contra dicha enfermedad, se calcula que en 2012 la carga mundial de cáncer alcanzó los 14 millones de casos nuevos al año, una cifra que se prevé aumente a 22 millones anuales en las dos décadas siguientes. En el mismo periodo, se estima que las muertes por cáncer aumenten de 8.2 millones de defunciones hasta 13 millones cada año.

En México el cáncer es la tercera causa de muerte entre la población; fallecen por esta enfermedad 14 de cada 100 mexicanos y la expectativa de vida de quienes la padecen es de alrededor de 63 años. Los tumores malignos más frecuentes en México son: el cáncer de mama, con 20 mil casos, 14 mil de cáncer de próstata y cervicouterino, así como más de 8 mil casos de cáncer de colon y pulmón.

En cuanto respecta al cáncer en niños y adolescentes en nuestro país, esta enfermedad constituye en la actualidad una de las principales causas de muerte en este grupo poblacional. El cáncer infantil es la principal causa de muerte por enfermedad en mexicanos entre 5 y 14 años de edad, conforme a las cifras preliminares 2013 reportadas en el Sistema Estadístico Epidemiológico de las Defunciones (SEED). La sobrevida estimada en México es del 56 por ciento del diagnóstico.

Ante el panorama que supone el aumento en la incidencia de cáncer en la población mundial, el doctor Christopher Wild, director del CIIC, señala que se requieren urgentemente mayores esfuerzos en materia de prevención y detección precoz para hacer frente al alarmante aumento de la carga de cáncer a nivel mundial, pues se ha demostrado que el acceso a tratamientos eficaces y asequibles contra el cáncer, incluidos los cánceres infantiles, reduce significativamente la mortalidad, incluso en los países en desarrollo.

Es claro entonces que tanto la incidencia como la mortalidad del cáncer pueden reducirse si los gobiernos, por un lado, se comprometen a aplicar de forma efectiva medidas para proteger a sus poblaciones, implementando planes de prevención del cáncer que limiten la exposición y los comportamientos de riesgo y, por otra parte, realizan esfuerzos para garantizar el acceso oportuno a tratamientos y fármacos adecuados que permita aumentar las posibilidades de curación y supervivencia de quienes padecen esta terrible enfermedad.

Uno de los fármacos más utilizados para el tratamiento del cáncer en el mundo es la ciclofosfamida, que es fundamental para tratar el cáncer de mama, además de ser parte primordial del manejo de otros tumores sólidos y neoplasias hematológicas como linfomas y leucemias, tanto en adultos como pacientes pediátricos, es decir, nuestros niños. La ciclofosfamida está indicada para el tratamiento de carcinoma de pulmón, adenocarcinoma de ovario, neuroblastoma, cáncer de mama, retinoblastoma, carcinoma de cérvix, de vejiga, de endometrio, carcinoma prostático, testicular y en tumor de Wilms.

Lamentablemente, en las últimas semanas se ha registrado desabasto de ciclofosfamida en diversos centros de atención oncológica en el país. El pasado 18 de septiembre, padres de pacientes con cáncer que son atendidos en el Hospital Infantil de México Federico Gómez señalaron que desde hace casi un mes se les dejó de suministrar los medicamentos necesarios en el tratamiento de sus hijos.

Por su parte, el Colegio Mexicano de Oncología Médica dio a conocer el pasado 19 de septiembre que el desabasto de ciclofosfamida a nivel nacional afecta tanto en el sector público como en el privado

De acuerdo a la periodista Maribel Ramírez Coronel, el desabasto de la ciclofosfamida es un problema exógeno a México y la crisis relacionada con este fármaco es mundial, pues sorpresivamente una de las principales proveedoras globales de dicha sal (una empresa química localizada en China) cerró y dejó sin insumos a muchos integrantes del sector farmaceutico. En México los laboratorios que la fabricaban se quedaron abruptamente sin materia prima y sin posibilidad de surtir al sector salud.

El problema es que en el sector farmacéutico, resalta Maribel Ramírez, los ciclos de producción son planeados con muchos meses de anticipación y una vez que se consiga la materia prima para la fabricación de la ciclofosfamida, aún pasarán algunos meses para que el sector pueda producirla para abastecer adecuadamente la demanda, lo cual genera desabasto e impide que los pacientes con cáncer sigan su tratamiento y eleven con ello sus posibilidades de superar la enfermedad.

En este sentido, consideramos oportuno que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios diseñe e implemente una estrategia que reduzca la dependencia del sector farmaceutico nacional de los insumos provenientes del extranjero y permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país.

Derivado de lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno de la república y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a implantar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país.

Notas

1 Véase, “Cáncer, tercera causa de muerte en México”, Comunicado de la Secretaría de Salud, 8 de agosto de 2017. Disponible en

https://www.gob.mx/salud/prensa/318-cancer-tercera-causa-de-muerte-en-mexico

2 Véase, “Cáncer Infantil en México”, Secretaría de Salud, 24 de agosto de 2015. Disponible en

https://www.gob.mx/salud/articulos/cancer-infantil-en-mexico

3 Véase, Toche, Nelly, “Advierten desabasto en tratamientos oncológicos, Periódico El Economista, martes 25 de septiembre de 2018. Disponible en:

https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Advierten-desabasto-en- tratamientos-oncologicos-20180925-0139.html

4 Ibídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2018.— Diputada y diputado: Leticia Mariana Gómez Ordaz, Arturo Escobar y Vega (rúbricas).»

Presidencia del diputado Porfirio Muñoz Ledo

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Para los efectos del artículo 100, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se considera de urgente resolución.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: Se consulta a la asamblea si se considera este punto de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor manifestarlo. Presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se considera de urgente resolución.

De conformidad con el artículo 113, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para la discusión de la proposición los siguientes diputados y diputadas, hasta por tres minutos. Tiene la palabra el diputado Oscar Bautista Villegas, del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Oscar Bautista Villegas: Muchas gracias. Buenas tardes. Con la venia de la Presidencia. De acuerdo a la Constitución Política, toda persona en nuestro país tiene derecho a la protección de la salud; la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y de las propias entidades federativas en la materia.

En el caso de los niños y niñas, la Carta Magna señala también que tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, lo cual deberá ser guiado el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas y no puede ser de otra forma, nuestras niñas y niños son lo más valioso que tenemos como nación y cuida su salud es fundamental para asegurar su futuro.

Uno de los pilares del acceso al derecho de la protección de la salud de los mexicanos es justamente el acceso a los medicamentos que se requiere para mantener un estado de completo bienestar, libre de afecciones y de enfermedades.

En este sentido es fundamental garantizar a la población de nuestro país el acceso oportuno a los medicamentos, especialmente cuando se trata de pacientes que padecen enfermedades crónico-degenerativas como es el cáncer, las cuales pueden costar la vida de muchos niños y niñas.

Es importante resaltar que no administrar un medicamento como la ciclofosfamida puede regular en el tratamiento de diversos tipos de cáncer, entre ellos los más comunes en nuestro país, puede ser la diferencia entre la vida y la muerte. No contar con un mes de tratamiento incide directamente en las posibilidades de los pacientes de ganar la batalla en esta terrible enfermedad.

Quiero ser enfático en recordar que la ciclofosfamida no es un medicamento para aminorar el dolor generado por el cáncer, sino un fármaco indispensable para tratarlo y buscar su propia curación. Se entiende que la crisis que actualmente afecta a nuestro país no es un problema que se atribuya a un factor interno, sino que se deriva la escasez en materias primas para fabricar este medicamento a nivel mundial, provocado por el cierre inesperado de la compañía que surtía al sector farmacéutico.

No obstante lo anterior, es indispensable que se propongan urgentemente manos a la obra para regularizar el abasto de este medicamento en todo el país, el cual –como ya se mencionó– afecta tanto al sector público como al privado.

Recordemos que son miles de persona que hoy sufren con el cáncer, entre ellos se encuentran miles de niños y niñas que necesitan de este medicamento para curarse. Es por ello que les pido su valioso apoyo al punto de acuerdo que hoy presentamos con la finalidad de que se regularice a la brevedad posible el desabasto y no se apague por culpa del cáncer la luz de la sonrisa de muchos niños y niñas de este país. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias. Tiene la palabra la diputada Lilia Villafuerte Zavala, del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Lilia Villafuerte Zavala:Gracias, presidente. Muy buenas tardes a todas y a todos. Según informes del programa sectorial de salud 2013-2018, el surtimiento de medicamentos por parte de las instituciones públicas de salud ha ido en evidente decrecimiento. En mayor proporción en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que en el 2012 solo el 68.7 por ciento de los derechohabientes obtuvo todos sus medicamentos en el lugar de consulta.

Esto se ha dado en un contexto donde el gasto en materia de salud se ha incrementado de manera significativa, principalmente dirigido a la población que no tiene acceso a la seguridad social.

Sin embargo, lo anterior no refleja un crecimiento de los servicios de atención médica, ya que de acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE, México mantiene una oferta de servicios de salud por debajo de los estándares de la misma organización.

Contamos con 2.2 doctores por cada mil habitantes. El promedio de la OCDE es de 3.3, y una tercera parte del número de enfermeras por cada mil habitantes que el promedio de la OCDE.

Con respecto a las defunciones por padecimientos se redujeron solo el uno por ciento desde 1990, contrastando con la reducción del 48 por ciento observada en varios países de la OCDE.

Uno de los efectos deseables del aumento del financiamiento público es la reducción del gasto privado en salud, ya que permite a las personas dirigir por parte de su gasto al mayor consumo de otros bienes, pero en nuestro país el gasto privado en salud ha crecido al mismo ritmo que el aumento al financiamiento público.

La efectividad del presupuesto público en materia de salud se ha visto obstaculizada por su ineficiente uso, y la distribución del gasto hacia las entidades federativas es desigual y obedece principalmente a criterios inerciales que en poco contribuyen a mejorar los resultados de salud.

El Grupo Parlamentario del PRD en la anterior legislatura fue promotor de los derechos en materia de salud de la población mexicana. Señalamos oportunamente el grave problema que representaba el desabasto de medicamentos.

El día de hoy nuestro grupo mantiene y refrenda ese compromiso respaldando el presente punto de acuerdo, pero además solicita rediseñar una política nacional de medicamentos que aborde integralmente los aspectos relacionados con la seguridad, eficacia, calidad, disponibilidad, abasto, acceso, equidad, prescripción adecuada, uso racional e innovación de fármacos y otros insumos para la salud en el país, para mejorar su abasto y disminuir su costo. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra Maiella Martha Gómez Maldonado, de Movimiento Ciudadano.

La diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado:Con su venia, presidente. Estimadas diputadas y diputados, en nuestro país el derecho a la protección de la salud está previsto en el artículo 4o. constitucional. De ahí que existe una obligación correlativa del Estado mexicano para garantizar el disfrute de servicios de salud idóneos que satisfagan las necesidades de todos los mexicanos.

La constitucionalidad de la protección de la salud no exime la sensibilidad humana ante este derecho. Como representantes legítimos de nuestra soberanía estamos obligados y exigidos a resolver las demandas sanitarias más urgentes.

A la luz del enfoque de calidad el desabasto de medicamentos constituye una de las grietas más notables del sector salud en el país. El desabasto traduce en una ineficiencia del sistema de protección de la salud que pone en grave riesgo la vida y el pleno desarrollo de quienes padecen una enfermedad.

El cáncer es un problema de salud pública, por lo que el desabasto no puede ser pospuesto ni pasado por alto. Los pacientes deben continuar con su tratamiento, por lo que es prioritario que se busquen los medios y mecanismos para evitar la escasez de medicamentos oncológicos, especialmente cuando la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ha reconocido tal circunstancia.

Por tal razón, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano se suma a la presente propuesta, y refrenda su apoyo a las niñas, los niños, los adultos en tratamiento, así como a sus familias, recordando que es nuestro deber legislativo y humano, implementar las medidas que permitan a la población alcanzar el más alto nivel de salud. Muchísimas gracias. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Sí. Tendremos muy pronto la votación, sí, de estos puntos. Por lo tanto, si no hubiera quórum, tendríamos que esperar –según la ley– 15 minutos. En el caso de que no estuviesen, levantaríamos la sesión.

Tenemos además el tema de la integración de las comisiones, que cuyo plazo vence el día domingo. Por lo tanto, tendríamos que aprobarlo hoy. Si hubiera, si se levantara el quórum, tendríamos que convocar el día de mañana. Muchas gracias.

Exhorto a todos los interesados... Es la ley. Perdón, hay voces contra la ley, pues se vale, pero no es muy republicano.

Tiene la palabra Mary Carmen Bernal Martínez, del Partido del Trabajo.

La diputada Mary Carmen Bernal Martínez:Muy buenas tardes, compañeras diputadas, compañeros diputados. Con el permiso de la Presidencia.

La procuración de salud de la población es uno de los objetivos principales de cualquier estado. La salud, además de ser un derecho humano, es un elemento fundamental para poder ejercer el resto de los demás derechos humanos, fundamentalmente el derecho a la vida digna. La salud de la infancia es, si es posible, una responsabilidad del Estado aún mayor.

Es así que el combate contra uno de los problemas de salud que más achacan actualmente a nuestra sociedad y a nuestra infancia es el cáncer, se erige como uno de los más necesarios focos de atención del gobierno, además de fomentar la investigación y de mejorar los mecanismos y el presupuesto destinado a la cobertura médica universal, hoy es urgente que se resuelva el desabasto de medicamentos que se usan en los tratamientos de este padecimiento, principalmente la ciclofosamida.

La crisis actual falta de acceso a medicamentos contra el cáncer, es solo una de las evidencias de lo poco que le ha interesado a este gobierno sus ciudadanos y sus familiares. Es completamente inadmisible que a niños y a niñas se les estén suministrando quimioterapias a medias por ineficiencias burocráticas o por falta de voluntad política.

Esta crisis nos abre la herida que coincide con otros de los temas que nos apura y nos indigna, que es la sustitución de medicamentos destinados para atender el cáncer a los niños, en Veracruz, por agua, y las lamentables consecuencias de ello.

Ni un niño más sin tratamiento contra el cáncer. Las farmacéuticas, su producción y su distribución responden a intereses económicos, a movimientos del mercado, a intereses personales. Sin embargo, es responsabilidad del gobierno encontrar mecanismos que compensen y resuelvan estos desabastos.

Es por ello que nos unimos a este exhorto y no nada más nos unimos, exigimos que todas las partes involucradas en cada suministro, incluidas la Secretaría de Salud y la Cofepris, así como las farmacéuticas, regularicen el abasto de los fármacos necesarios para tratar el cáncer. Es cuanto, diputada presidente. Gracias.

Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna:Tiene la palabra el diputado Armando González Escoto, del Partido Encuentro Social, hasta por tres minutos.

El diputado Armando González Escoto:Con su venia, diputada presidenta. Honorable asamblea, ocupo este turno del orden del día para posicionar a mi grupo parlamentario con respecto del exhorto a las autoridades de salud y sanitarias, a implementar acciones, diseñar en conjunto con la industria farmacéutica nacional una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país.

Es preocupante la falta de medicamentos para atender el cáncer en diversos hospitales. Esta soberanía requiere pronunciarse de manera puntual y oportuna, por lo que es preciso recordar que la anterior legislatura del Congreso de la Unión aprobó reformas a la Ley General de Salud, a fin de instituir dentro de la Secretaría de Salud el Registro Nacional de Cáncer.

El 22 de junio de 2017 se publicó el decreto por el que se crea dicho registro, el cual integrará de información proveniente del sistema nacional de información básica en materia de salud.

El Registro Nacional de Cáncer señala que contará con la información respecto al tratamiento que se ha aplicado al paciente y el seguimiento que se ha dado al mismo, de parte de los médicos, incluyendo información de curación y supervivencia.

Por su parte, el Reglamento del Registro Nacional de Cáncer, publicado el pasado 17 de julio del presente año, establece que el Registro Nacional tiene por objeto la integración de una base de datos sobre los casos de cáncer en México, a fin de proveer información consistente y de calidad que sea útil para conformar, actualizar y analizar el panorama general de la enfermedad y a la vez fomentar y desarrollar investigación y canalización de recursos.

Además, hace mención que el Registro Nacional tiene, entre otras, las siguientes finalidades, como el servir de base para la formulación e instrumentación de políticas públicas, programas y mecanismos para la promoción, prevención y control del cáncer.

Encuentro Social coincide con la prioridad de que las niñas y niños, adolescentes, tienen en la agenda política pública sanitaria de la nación. Encuentra coincidencias con los autores de la proposición en cuanto al alto costo que a las familias les produce contar con un familiar con cáncer.

Con base en lo anterior, Encuentro Social en voz de su servidor se suma al punto de acuerdo y además propone que de conformidad a lo establecido en la Ley General de Salud y al Reglamento del Registro Nacional de Cáncer, se agregue a la proposición los siguientes puntos:

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Salud incorpore dentro del catálogo de indicadores de servicios de salud un indicador en materia de suministro de medicamentos que garantice el derecho a la salud.

Tercero. Se solicita a la Secretaría de Salud un informe de los avances de implementación del Registro Nacional de Cáncer.

Cuarto. Se solicita a la Secretaría de Salud informe de los avances de actualización de la Norma Oficial Mexicana, NOM-035-SSA3-2012 en materia de salud, a fin de garantizar la operación del Registro Nacional de Cáncer.

Es cuanto, señores diputados.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Tiene el uso de la palabra la diputada Laura Becerra Fortoul, Barrera, perdón, del PRI.

La diputada Laura Barrera Fortoul:Con su permiso, señora presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el cáncer es una de las enfermedades que más aquejan a la población del mundo.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, cada año se registran alrededor de 14 millones de nuevos casos y fallecen entre 8 y 13 millones de personas por esta enfermedad, representando la tercera causa de muerte y la segunda tratándose de nuestras niñas, niños y adolescentes en México.

La atención, diagnóstico oportuno y lucha contra el cáncer infantil es un asunto prioritario. Se diagnostican anualmente cinco mil nuevos casos de este tipo de padecimiento y fallecen, fallecen seis menores al día por esta causa, de acuerdo a cifras oficiales de la Secretaría de Salud.

Estamos y estaremos muy pendientes de que el abasto del medicamento oncológico se libere de inmediato de los acuerdos comerciales que actualmente han detenido su producción ordinaria. En esto ya trabaja arduamente el gobierno federal de la mano de la Cofepris y la Secretaría de Salud.

Sin embargo, esto es solo una muestra de los distintos focos rojos que enfrenta nuestro país al dar la batalla a esta enfermedad, ya que existen otros aspectos que pueden atenderse para mejorar la calidad de vida de los pacientes y familiares y desde aquí, desde este Congreso, como muchos de ustedes saben, existe una iniciativa impulsada desde la sociedad civil Cáncer Warriors de México aprobada el 25 de abril de este año por unanimidad en el Senado y que busca apoyar a padres de estos menores que se encuentren luchando contra el cáncer.

Esta iniciativa busca ayudar y apoyar y no soltar a 9 mil 500 padres o madres trabajadoras que tienen a un hijo diagnosticado con cáncer, al otorgarles licencias laborales para que puedan acompañar los tratamientos oncológicos de sus hijos sin perder su empleo, por un tiempo determinado. Y subsidios de gobierno sin carga por el patrón, equiparables al subsidio por enfermedades no profesionales, soportados en el artículo 96 de la Ley del Seguro Social. Es decir, el 60 por ciento del salario con el que cotizan los trabajadores.

La iniciativa ya fue turnada a este recinto parlamentario. Llegó en calidad de minuta, sin artículos reservados y sin observaciones. Está lista para ser aprobada. Votémosla.

Estos padres que llevan consigo la carga económica que implica enfrentar esta enfermedad, en muchos casos ya no cuentan con un empleo porque la propia enfermedad de sus hijos les exige acompañarlos durante el tratamiento y son despedidos como consecuencia.

Respetuosamente, muy respetuosamente, hago un llamado para que el cáncer no solo se enfrente en los hospitales, sino que también desde esta trinchera demos batalla junto a las familias que lo enfrentan con valor, dignidad y mucho, mucho amor. Muchas gracias.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Muchas gracias. La diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz, en el uso de la palabra hasta por tres minutos.

La diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz:Con su permiso, presidenta.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.

La diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz: Gracias. Señoras y señores diputados, el cáncer es una enfermedad que afecta a millones de personas en el mundo cada año y es una de las principales causas de muerte, tanto en México como en otros países.

Datos del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer, publicados en septiembre de este año, nos hablan de 18.1 millones de nuevos casos a nivel mundial y 9.6 millones de muertes por cáncer en el 2018 en el mundo.

Esta enfermedad afecta física, emocional y económicamente a quien la padece y también a sus familiares.

El cáncer no discrimina y afecta a hombres y mujeres, niños y adultos, a ricos y pobres, a todos por igual.

Esta enfermedad verá un incremento en los próximos años, por lo que es imperativo contar con estrategias de acciones que no solo vean por la prevención, sino que además garanticen que se cubran las necesidades de quienes ya la padecen.

La Organización Mundial de la Salud estima que en el año 2014 en México hubo alrededor de 33 mil 900 muertes de hombres y 38 mil muertes de mujeres a causa del cáncer.

El combate a esta enfermedad es una prioridad que seguramente compartimos muchos de los que estamos aquí presentes.

En Acción Nacional estamos a favor de cualquier medida que permita hacerle frente a esta y a cualquier enfermedad, y que ello sea accesible para todos. Como bien sabemos, para hacerle frente al cáncer es imperativo contar con herramientas necesarias y ello significa contar con los medicamentos necesarios.

En México esto ha sido un problema. La última administración del PRI no ha podido enfrentar el grave problema de desabasto de medicamentos y solo ha visto cómo empeora el problema, particularmente en el sector de salud pública, dejando a miles de personas sin el tratamiento necesario.

El desabasto sigue y sigue y es muy común saber de casos de pacientes y de sus familiares, de cómo no encuentran las medicinas que requieren para sus tratamientos.

Compañeras y compañeros, no podemos permitir que el grave problema del desabasto de medicinas continúe. Debemos afrontar el problema con verdaderas soluciones, con estrategias sólidas, coordinadas y muy bien pensadas. Este problema continúa y seguirá empeorando si no hacemos algo al respecto.

En el Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional votaremos a favor de este punto de acuerdo, ya que vemos en él la posibilidad de llegar a una solución de este grave problema, que es uno de los tantos rezagos que la administración de Peña Nieto nos está dejando a todos los mexicanos. Es cuanto, presidenta.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputada. En el uso de la palabra el diputado Arturo Hernández Tapia, de Morena.

El diputado Arturo Roberto Hernández Tapia:Con su venia, diputada presidenta. Respetable audiencia, anticipo que la fracción parlamentaria de Morena votará a favor de esta proposición por ser un acto de elemental justicia y humanidad, no sin antes hacer las siguientes consideraciones.

Primeramente, no puedo dejar de hacer un público reclamo al partido proponente, ya que esta grave problemática es una de las trágicas consecuencias de su perversa alianza con el partido del actual gobierno, que por su mal desempeño ha llegado al brutal extremo de atentar contra la vida de los mexicanos, de lo cual también son ustedes responsables.

Diputados del Verde Ecologista, hoy les damos el beneficio de la duda y paso a lo siguiente.

Para abundar en la propuesta resalto que el director del Instituto Nacional de Cancerología señala que en México se registran 160 mil nuevos casos de cáncer y 80 mil fallecimientos anualmente. Casi 70 por ciento de estos casos desgraciadamente se diagnostican en etapas avanzadas, lo que complica el tratamiento e impacta negativamente la supervivencia de los afectados.

Según datos aportados por la Secretaría de Salud, los tres tipos de cáncer infantil más comunes son la leucemia, los linfomas y los tumores del sistema nervioso central. Muchos de ellos reversibles con un tratamiento adecuado. Considerando que las niñas y los niños y adolescentes son el futuro del país, resulta obligatorio para el Estado garantizarles todos sus derechos, en este caso el derecho constitucional a la protección de su salud. Lamentablemente el actual gobierno ha fallado en esta tarea como en muchas otras.

Nuestro sistema de salud se encuentra en una grave crisis de desabasto de medicamentos para todo tipo de tratamiento, no solo el cáncer. Por ello hoy las mamás y papás de niños y adolescentes con cáncer legítimamente claman por medicamentos oncológicos para continuar con el tratamiento de sus hijos.

Reitero que, en muchos de los casos en cáncer infantil, si es detectado a tiempo, logra superarse gracias al tratamiento basado en medicamentos antineoplásicos que actualmente se encuentran en grave desabasto en el país, entre otras causas por la corrupción y la desfalleciente industria farmacéutica mexicana.

No obstante que la Cofepris aceptó que existe tal desabasto y mencionó una serie de medidas a implementar como el abasto del medicamento por parte del Laboratorio Pisa y los Laboratorios Cryopharma, así como la reducción en el tiempo para agilizar la prueba de esterilidad, esto resulta insuficiente y queda mucho por hacer.

Sin duda esta problemática será resuelta de raíz con la siguiente administración federal que tiene en este rubro como prioridades mejorar la compra consolidada de medicamentos e impulsar la industria farmacéutica mexicana. Con la cuarta transformación vendrán tiempos mejores por la salud de nuestro país. Por su atención, muchas gracias.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se encuentra suficientemente discutido.

La secretaria diputada Mariana Dunyasca García Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se considera suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Suficientemente discutido.En tal sentido, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se aprueba el acuerdo.

La secretaria diputada Mariana Dunyasca García Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa favor de manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa favor de manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Aprobado. Comuníquese.



REUNIÓN DE TRABAJO CON EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PGR

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Pasamos al tercer punto de urgente u obvia resolución. Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Jesús Guzmán Avilés, del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo por el que se convoca al encargado del despacho de la Procuraduría General de la República a una reunión de trabajo con el grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficacia de este órgano, en la representación de los intereses de la sociedad, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

El diputado Jesús Guzmán Avilés:Con su venia, diputada presidenta.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.

El diputado Jesús Guzmán Avilés: Señoras y señores diputados. En Acción Nacional sabemos que no se puede hablar de avances en el combate a la corrupción si no se investiga y castiga responsablemente y eficazmente a los delincuentes como Javier Duarte, exgobernador de Veracruz. Duarte desfalcó al estado de Veracruz y también a los 212 municipios. Esa, compañeros y compañeras, es una realidad y no una fantasía.

Hoy nos preocupa mucho la actuación errática de la PGR en la integración del expediente y el seguimiento del caso. Nos preocupa y nos indigna la forma en que la PGR está actuando a favor de la impunidad, a favor de quien evadió la acción de la justicia y sobre el que pesan acusaciones de la mayor seriedad.

Estamos hablando de más de 61 mil millones de pesos que fueron desviados por Javier Duarte, y sobre los que la Auditoría Superior de la Federación estuvo advirtiendo durante años sin que el gobierno federal hiciera nada. Las pruebas ahí están, como están las indagaciones del SAT sobre el desvío de 3 mil 300 millones de pesos que el gobierno de Veracruz habría entregado a 31 empresas fantasma.

Ahí también está la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual sospechosamente omisa en presentar las denuncias correspondientes en operaciones con recursos de procedencia ilícita realizadas por Javier Duarte.

Ahí también están las denuncias de los municipios a los cuales les robó más de cuatro mil millones de pesos del ramo 033 y del ramo 023.

Nueve años con posibilidad de que solo sean cuatro años y medio y salga dentro de tres años y medio, y 58 mil pesos de multa. Ese es el castigo, esa es la sentencia de Javier Duarte.

No, señoras y señores, se trata de un asunto que lastima la inteligencia de México, que lastima la inteligencia del pueblo de México.

En el PAN nos preocupa de sobre manera que las autoridades encargadas de la acusación en este caso fundamental y paradigmático para el combate a la corrupción, haya actuado a la ligera para llevar la impunidad al ex gobernador de Veracruz.

Por ello el PAN presenta este punto de acuerdo. Que venga y rinda cuentas el encargado del despacho de la PGR y nos explique a los diputados y a las diputadas las razones por las que Duarte tiene esa raquítica sentencia, que venga el encargado de despacho a hablarnos de frente, de cara a la nación y nos informe sobre las acciones de extinción de dominio y de recuperación de activos que se ha realizado respecto a los bienes relacionados con las conductas ilícitas en este caso.

No podemos dejar pasar este pacto de impunidad. No podemos dejar pasar este caso que, sin duda, lastima la confianza de los ciudadanos y sus autoridades, y lo que es peor, lastima a las instituciones de México.

Esto, diputadas y diputados, es una burla a los veracruzanos. Eso, diputadas y diputados, es una burla al pueblo de México. Es cuanto, señora presidenta.

«Proposición con punto de acuerdo, para convocar al encargado de despacho de la PGR a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficacia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Las y los diputados, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 numeral 2 fracción III y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta Asamblea la presente proposición con Punto de Acuerdo de Urgente u Obvia Resolución por el la Cámara de Diputados del Congreso:

Consideraciones

El 16 de octubre de 2017 renunció el titular de la Procuraduría General de la República, Raúl Cervantes Andrade. No obstante que dicha institución desarrolla funciones fundamentales para el Estado mexicano, la Procuraduría General de la República ha incurrido lenidad al no realizar las labores que le competen ante la de falta de su titular. La ausencia de Procurador General de la República es uno de los múltiples yerros que han costado mucho al país en términos de impunidad.

La circunstancia descrita ha tenido afectaciones graves en la capacidad operativa de la PGR. Los casos más importantes se han perdido en tribunales y otros se han debilitado, al parecer de manera irremediable.

El día de ayer fue dado a conocer que el exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, fue sentenciado a nueve años de prisión por los cargos federales de operaciones con recursos de procedencia ilícia y asociación delictuosa. Si bien reconocemos la pertinencia y la importancia que tiene la figura del procedimiento abreviado, que posibilita la aceptación de la responsabilidad, a cambio de la reducción de la pena, nos llama la atención los términos de la negociación que implicarán la aplicación de una pena corporal relativamente leve y lo que es más notable, la muy insuficiente condena en materia de recuperación de activos, ya que se habla de 40 propiedades, cuando se la han documentado 90 inmuebles en la esfera patrimonial de Duarte. No solo eso, no se refiere la condena a activos líquidos o cuentas financieras de su red de lavado de dinero.

En virtud de lo anterior, consideramos que es urgente el conocer un informe por parte de la Procuraduría General de la República de las indagatorias correspondientes al caso Javier Duarte y que, igualmente de manera apremiante se detonen todas las acciones jurídicas concernientes a la recuperación de activos de los millonarios caudales desviados. Este Congreso ha dotado a las autoridades investigadores con figuras diversas que DEBEN ser usadas en este caso, como son el aseguramiento, el aseguramiento por valor equivalente, el decomiso, la extinción de dominio y las providencias precautorias que correspondan. Todo lo anterior, a efecto de recuperar los activos y reintegrarlos al erario de Veracruz para que cumplan su cometido de apoyar a los más pobres, que son las principales víctimas de estos esquemas fraudulentos.

Si bien la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República señala que la comparecencia ante Cámaras del Congreso es facultad indelegable del Procurador General de la República el Poder Legislativo no puede asumir los costos del descuido del Presidente y no poder realizar un ejercicio de evaluación del desempeño del Ministerio Público Federal. Ante la falta absoluta de dicho servidor público y las dudas que generan los términos de la negociación con la defensa de Javier Duarte y otros asuntos, es imperativo el realizar una reunión de trabajo con el encargado del despacho con diputados de esta Cámara.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta Soberanía la siguiente:

Proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la Procuraduría General de la República a una reunión de trabajo con carácter de urgente con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficacia de la PGR en la representación de los intereses de la sociedad

Resolutivos

Primero. La Cámara de Diputados convoca a reunión de trabajo URGENTE al encargado del despacho de la Procuraduría General de la República para evaluar la situación que atraviesa dicha institución y los asuntos más relevantes en la materia. Dicha reunión se desarrollaría ante un grupo plural de diputados designados por la Junta de Coordinación Política.

Segundo.La Cámara de Diputados insta a la Procuraduría General de la República a proceder de manera URGENTE respecto de los bienes y activos financieros en poder de la red de presuntos prestanombres y empresas fachada del exgobernador Javier Duarte de Ochoa a efecto de instaurar EXTINCIÓN DE DOMINIO QUE PERMITA LA RECUPERACIÓN DE LOS ACTIVOS que estaban destinados a la población más necesitada del estado de Veracruz.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, Congreso de la Unión, a 27 de septiembre de 2018.— Diputado y diputada: Jesús Guzmán Avilés, María del Rosario Guzmán Avilés (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Para los efectos del artículo 100, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea en votación económica si se considera de urgente resolución.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Sí, señora presidenta. Se consulta a la asamblea si se considera de urgente resolución. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Se considera de urgente resolución, y de conformidad con el artículo 113, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado para su discusión de este punto, y hasta por tres minutos, en lo general, varios diputados.

Tiene la palabra el diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez, del Partido Verde Ecologista de México.

El diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez:Muchas gracias. Con la venia de la Presidencia. Compañeras y compañeros diputados, las investigaciones llevadas a cabo para aclarar el estatus judicial del ex gobernador del estado de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, acusado de cometer los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero, dieron como resultados su culpabilidad para la cual le fue determinada una sanción penal y económica.

Ante las autoridades jurisdiccionales y en el marco actual del Sistema Penal de nuestro país, Duarte se confesó culpable de los delitos imputados, situación que derivó en una sentencia condenatoria que más allá de sus implicaciones personales, nos brinda seguridad sobre el compromiso adoptado por el actual gobierno federal para investigar cualquier delito sin importar la afiliación política de quien comete ese delito.

Tenemos que ser responsables ante las consecuencias de situaciones como esta, redundar en reproches e insistir en lo que se califica como error, nos impide a ser objetivos ante las áreas de oportunidad que se evidencian en el desarrollo de este, y cualquier otro procedimiento.

No distraigamos la atención sobre lo verdaderamente importante, pues hoy tenemos que ser enfáticos en el reconocimiento de la legalidad de una investigación y en el fortalecimiento de nuestro Sistema Penal nacional, así como el de las instituciones para que cada vez sean más eficientes, cada vez sean más eficaces.

En el Partido Verde refrendamos nuestro compromiso para seguir consolidando acciones y políticas que abonen a robustecer, a hacer más confiable y eficiente a las autoridades encargadas de investigar hechos constitutivos de un delito.

La resolución del juez, del control del Centro de Justicia Penal Federal, es una muestra de la responsabilidad y compromiso de nuestras autoridades penales para dar una lucha frontal a todo aquello que atente contra la seguridad y legalidad en nuestro país.

Es por ello que quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México nos sumamos a la presente solicitud del compañero en el punto de acuerdo, pues consideramos necesario trabajar en la adopción de una responsabilidad compartida en el diseño de normas y políticas públicas que fortalezcan a las instituciones y garanticen el Estado de derecho de nuestro querido México. Es cuanto, señor presidente.

Presidencia del diputado Porfirio Muñoz Ledo

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora:Con su venia, presidente. Javier Duarte de Ochoa, es un nombre que a nivel nacional provoca indignación, que refleja la impunidad, la simulación y el servilismo de nuestro sistema de procuración de justicia, que se rinde a intereses políticos que obstaculizan el derecho de acceso a la justicia.

En este caso hemos visto la falta de profesionalismo y la complicidad de la Procuraduría General de la República, primero para localizarlo y extraditarlo, después para someterlo a juicio, en donde observamos a un Javidú sonriente ante la inminente impunidad.

Nueve años de cárcel para quien saqueó miles de millones de pesos del pueblo de Veracruz, para quien dio agua destilada a niños con cáncer, para quien es responsable de la muerte de periodistas y otros actos de lesa humanidad. Se los digo como veracruzana: nueve años no son suficientes, esta resolución es ofensiva para una sociedad tan lastimada.

Sin embargo, la PGR no es la única responsable de este suceso. Recordemos que la legislatura pasada evitó el desafuero de ex colaboradores de Duarte. Se interpuso para llevar a la justicia a quien desvió recursos, cometió peculado y utilizó el cargo para fines personales, y aunque hoy nos encontramos ante una nueva situación política, estamos ante la incertidumbre de que el destino de Duarte sea semejante al de Rosario Robles, pues pese a las evidencias de desvío de recursos el presidente electo ya le mandó a decir que no se preocupe.

No podemos permitirlo, es indispensable la revisión de esta sentencia y la voluntad política para hacer lo correcto y evitar un nuevo agravio a la población.

Es por todo lo anterior que resulta urgente la aprobación de una Fiscalía General de la República, con plena autonomía, para evitar que por pagos políticos quienes detentan el poder pretendan jugar con la justicia.

Javier Duarte debe regresar lo robado a Veracruz, debe pedir disculpas públicas por todos sus crímenes y terminar sus días cumpliendo sentencia.

Es por esto que nos sumamos a la propuesta de Acción Nacional. Es necesario reunirnos con el encargado de despacho de la PGR para que informe el estado que guardan investigaciones tan importantes en materia de corrupción. Pero, sobre todo, le pedimos a la PGR que actúe respecto a los bienes y activos financieros en poder de la red de presupuestos, prestanombres y empresas fantasmas del ex gobernador Javier Duarte y su esposa, Karime Macías. Es cuanto.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra la diputada Carmen Julia Prudencio González, de Movimiento Ciudadano.

La diputada Carmen Julia Prudencio González:Con su venia, señor presidente. Compañeras y compañeros legisladores, a menos de tres meses que termine la administración federal actual, nos encontramos en medio de una crisis de procuración de justicia debido a que no se ha nombrado el titular de la Procuraduría General de la República.

Esto no es un asunto menor, ya que la Procuraduría General de la República debe ejercer sus atribuciones respondiendo a la satisfacción e interés social y del bien común, y la actuación de servidores públicos se regirá por los principios de certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad y respeto a los derechos humanos, lo cual, esto está en entre dicho.

El día de ayer, mientras acontecía una marcha para recordar a los 43 estudiantes de Ayotzinapa, donde la indignación es generalizada por los lamentables hechos ocurridos y por la falta de investigación que basada en la verdad haga justicia a los deudos y a la sociedad en general, también el día de ayer a las ocho de la noche con 12 minutos, un juez federal preguntaba: ¿admite usted, en este momento, la responsabilidad en los delitos que se le imputan? Mientras Javier Duarte responde: sí, su señoría, lo acepto.

Así es como el exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, fue sentenciado a solo nueve años de prisión y una multa de 58 mil 890 pesos y el decomiso de 40 bienes inmuebles por los cargos federales de operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa.

La pena privativa de libertad de nueve años resulta irrisoria a la luz de una serie de delitos que no fueron cometidos únicamente en lo individual por el exgobernador Duarte, sino que constituyen un mecanismo de crimen organizado, depredador de recursos públicos.

Por ello, consideramos que los elementos aportados por la PGR no fueron suficientes para obtener una sentencia proporcional a los delitos cometidos.

Como gobernador en funciones, Javier Duarte utilizó 21 empresas fantasmas, con 73 licitaciones amañadas, fue acusado de enriquecimiento ilícito, peculado, incumplimiento del deber legal, además que durante su gestión ocurrieron 17 asesinatos en contra de periodistas y la desaparición de tres periodistas cuyo paradero aún se desconoce, siendo la gestión más letal para el ejercicio de la prensa en el estado de Veracruz.

El grupo de Movimiento Ciudadano no toleraremos más omisiones y actos de corrupción, por ello impulsamos la plena autonomía de la Fiscalía General de la República y por ello presentamos, como ya lo hicimos en el Senado, la iniciativa de la sociedad civil de reforma constitucional Por una Fiscalía que Sirva.

Por todo lo anterior, nos sumamos al presente acuerdo que nos convoca a demandar un ejercicio de rendición de cuentas al encargado del despacho de la PGR. Muchísimas gracias.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra la diputada Lizeth Sánchez García, del Partido del Trabajo.

La diputada Lizeth Sánchez García:Gracias, presidente. Diputados, diputadas, estos últimos tres sexenios han estado caracterizados por la corrupción y la impunidad. Simplemente, recordemos a los Amigos de Fox y el posible tráfico de influencias. Y el caso de los hijos de su esposa Martha y los señalamientos públicos de enriquecimiento ilícito. O la investigación documentada, realizada por el reportero Raúl Olmos, sobre los presuntos desvíos millonarios de recursos y la posterior amenaza que el expresidente realizó al periodista por dicha investigación.

El gobierno de Calderón también fue señalado por actos de corrupción. La Estela de Luz, aquel que se pensó fuera un monumento para conmemorar el bicentenario de la Independencia es hoy recordado por ser un monumento a la corrupción.

También se recuerda el pago que la Secretaría de Seguridad Pública realizó a Televisa para promocionarse a través de una telenovela de 13 capítulos. ¿A quién se le ocurrió esa brillante idea?

Pero sin duda el gobierno actual es el campeón de la corrupción, casas blancas, Grupo Higa, OHL, Odebrecht, concesiones carreteras con permisos para robar con esas tarifas que tienen y que son una burla a la ciudadanía.

La Estafa Maestra, robos de las quimioterapias de los niños. Gobernadores acusados de corrupción, los Duarte, Borges, Rosario y así, la lista es larguísima.

Y dentro de todo este basurero, los funcionarios que están al frente de estas instituciones han solapado la corrupción.

La impunidad que ha acompañado estos casos y otros tantos más, solo puede ser entendida por la incapacidad en el actuar de las instituciones responsables.

El colmo de esta situación es la Procuraduría General de la República, hoy sin cabeza. Sin alguien que asuma la responsabilidad de buscar justicia. El punto que nos proponen es atendible, si bien se centra en el caso de Javier Duarte y el daño patrimonial que sus acciones causaron a los veracruzanos, consideramos que la Procuraduría aún tiene muchos casos pendientes que aclarar y de los cuales debe dar cuenta fiel a todos los ciudadanos.

Por lo anterior, los diputados del Partido del Trabajo estamos a favor de la realización del grupo de evaluación que atienda esos casos relevantes que han dañado tanto a la sociedad mexicana. Es cuanto.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra el diputado Héctor Yunes Landa, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Héctor Yunes Landa:Con permiso de la Presidencia, de la Mesa Directiva. Compañeras y compañeros diputados, a nombre del Grupo Parlamentario al que pertenezco, al Partido Revolucionario Institucional, expreso nuestra coincidencia con el punto de acuerdo propuesto por el Partido Acción Nacional.

En lo personal, como diputado, como veracruzano, como ciudadano, suscribo también este punto de acuerdo. La justicia no se abrevia, el castigo no se negocia. Si bien es cierto que la impunidad se termina con la aplicación de la ley, también es cierto que la aplicación de esta debe además ser justa, debe ser ejemplar. No fue el caso en la sentencia Duarte.

El daño no solo se repara con la sola restitución de los recursos sustraídos, esta debe ser acompañada de una pena privativa de libertad que inhiba la comisión de delitos similares en el futuro.

La sociedad veracruzana sigue padeciendo el saqueo del exgobernador Duarte y de sus cómplices. El futuro de nuestros hijos y de los nietos de estos está hipotecado. Por eso la sentencia dictada ayer por un juez en contra de Duarte generó indignación entre los veracruzanos.

La pena, compañeras diputadas, compañeros diputados debe ser acorde al delito. La sentencia dictada en contra de Javier Duarte ayer no lo fue. Por el contrario, resultó en una burla a los veracruzanos y lo peor: un incentivo nacional al saqueo.

Por eso urgimos a que las autoridades en la materia, en la medida de que nuestro marco jurídico lo permita, corrijan y que lo hagan muy pronto, de lo contrario solo en una breve fracción de tiempo veremos a Javier Duarte libre, por la buena conducta que seguramente va a observar tras las rejas. Buena conducta, por cierto, que no observó como gobernador de Veracruz. Si bien es un juez quien dicta las sentencias, también está claro que esto lo hace en base a los elementos que le aporta la fiscalía.

Por ello nuestra coincidencia con el punto de acuerdo propuesto por el Partido Acción Nacional de convocar al responsable de la procuración de justicia del gobierno de la República ante un grupo plural de diputados para evaluar casos como el de Javier Duarte de Ochoa. No más sentencias pequeñas para grandes ladrones. Que la justicia se aplique sin distingo, sin privilegio. El mismo rigor.

Compañeras y compañeros diputados, como el que hoy demandamos la aplicación de la ley para quienes ayer defraudaron la confianza de la sociedad, la demandaremos mañana para aquellos que vuelvan a defraudar a quienes deben servir. Tendremos la autoridad moral para hacerlo, porque nosotros comenzamos limpiando la casa propia, que conste. Muchas gracias.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, María del Rosario Guzmán Avilés, del Partido Acción Nacional.

La diputada María del Rosario Guzmán Avilés:Con el permiso de la Presidencia. Diputadas y diputados, el día de hoy ante esta honorable asamblea, quiero reforzar y apoyar el punto de acuerdo consistente en el exhorto que se hace al encargado de despacho de la Procuraduría General de la República a una reunión de trabajo con carácter urgente, con un grupo plural de diputados con el fin de evaluar su eficacia en casos relevantes de corrupción.

El día de ayer con una sentencia de nueve años de prisión concluyó el proceso penal federal que la PGR promovió en contra del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa.

En Acción Nacional no podemos ser omisos ante lo ocurrido el día de ayer. No podemos hablar de avances en el combate a la corrupción si no se investiga y castiga de manera contundente a delincuentes de la talla de Javier Duarte.

Este delincuente desfalcó al estado de Veracruz de una manera nunca antes vista. Duarte y su grupo de delincuentes desvió millonarios recursos de las arcas públicas del estado. Hago énfasis en decirlo de esta manera porque él mismo se declaró culpable de ser cabeza de una organización criminal que con empresas fantasmas y prestanombres realizó estos robos.

Estos desvíos fueron evidentes y también sus consecuencias. Solo por poner un ejemplo, se robaron los recursos del Ramo 23 y 33 de los 212 municipios del estado, dejando a los ayuntamientos en estado de insolvencia para cumplir sus necesidades más básicas de operación. Estos recursos serían destinados a concluir miles de obras que eran en beneficio de los más necesitados y marginados de Veracruz.

Tenemos que cuestionar la falta de capacidad de la PGR. No puede haber tantos errores e inconsistencias en la integración de sus investigaciones. ¿Es incapacidad o complicidad?

Es de observar que no se ha mencionado como parte de esa sentencia el inhabilitar de por vida a este delincuente. No puede volver al servicio público. No lo podemos permitir. Son nueve años de prisión que para alguien que desapareció más de 60 mil millones de pesos es una burla totalmente inverosímil en cualquier parte del mundo.

A nombre del pueblo de Veracruz y de todos los mexicanos levanto la voz y exijo cuentas claras del proceder de la PGR. Esto no puede seguir sucediendo. Debemos combatir la corrupción con hechos claros, objetivos y contundentes y no solo con buenas intenciones. Es cuanto, señor presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra la diputada Raquel Bonilla Herrera, de Morena.

La diputada Raquel Bonilla Herrera:Con su venia diputado presidente. La pena impuesta a Javier Duarte de Ochoa, ex gobernador de Veracruz, solamente de nueve años de prisión y una multa de 58 mil 890 pesos, es una burla para el sistema de justicia, y un agravio para la sociedad y el estado de Veracruz.

Javier Duarte se debe de estar riendo desde prisión al recordar que durante su gobierno él en dos días decidió encarcelar a un par de tuiteros acusándolos de terrorismo, equiparado con una pena de tres a 30 años de prisión sin derecho a fianza. Cuando a él no se le ha levantado ninguna acusación por delitos de corrupción o cargos de delincuencia organizada a pesar de que durante su administración se utilizó una amplia red de empresas fantasmas para desviar recursos del estado de Veracruz.

De nada sirvieron los múltiples señalamientos de la Auditoría Superior de la Federación que presentó decenas de denuncias penales por irregularidades en su gestión.

Es evidente que la gestión de la Procuraduría General de la República ha sido deficiente. La falta de transparencia para tomar esta decisión lleva a la sospecha de acusaciones a modo, hechas para cubrir solo una parte de la responsabilidad sabiendo que era inevitable la detención del ex gobernador veracruzano ante evidente abuso de poder y actos delincuenciales cometidos a gran escala y sin recato alguno.

De manera sorprendente la PGR retiró el cargo de delincuencia organizada cuando este delito no se persigue por querella. Les recuerdo, el Ministerio Público es la institución encargada de velar por los intereses de la sociedad, no está para hacer tratos ni abandonar la acción penal.

La negociación de la aplicación de una pena corporal relativamente leve y en notable eficiente, condena en materia de recuperación de activos, pues se habla únicamente de 40 propiedades cuando se han documentado más de 90 en el patrimonio de Duarte.

Esta forma de actuar de la PGR es una carta abierta a la impunidad. Para que se haga justicia a medias y mediante acuerdos. Esta es una invitación abierta para que la delincuencia organizada que se ha cometido por años desde el gobierno, esa es una forma de decir: la corrupción no se castiga.

Todo lo anterior es responsabilidad del ministerio público, y por ello el encargado de despacho debe de darnos cuentas de sus acciones. Es la rendición de cuentas como un acto republicano que exige la sociedad. Ya basta de pactos donde únicamente nos dañan y contribuyen a la desacreditación de las instituciones.

Además de las acciones erráticas de la PGR debemos de decir que, en México, estas decisiones jurídicas no se toman sin consultar al presidente.

Enrique Peña Nieto es responsable políticamente por no haber enviado la propuesta que nombra al Fiscal General de la República y que tampoco tengamos Fiscal Anticorrupción. Esta falta solo ha beneficiado directamente a Javier Duarte.

Esto es solo un experimento y Javier Duarte ha sido el conejillo de indias para probar el sistema legal de los cuales, y las fórmulas que emplearán para salir impunes sin importar el desfalco y la ruina en que han dejado a nuestro estado en Veracruz.

Este es el remedo de justicia que se aplica en nuestro país, donde los poderosos de cubren uno a otro...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Le ruego abrevie, diputada.

La diputada Raquel Bonilla Herrera: Concluyo. Donde los poderosos se cubren unos a otros tapándose con la misma cobija, esa cobija que se llama corrupción.

Por ello en un acto plenamente republicano y de rendición de cuentas, el Grupo Parlamentario de Morena apoyará el punto de acuerdo presentado. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido.

El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Suficientemente discutido.Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el acuerdo.

El diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe: Presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: No lo vi. Pídalo.

El diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe: Estaba solicitando la palabra para hechos.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: ¿Para qué, hechos?

El diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe: Por el tema de Javier Duarte.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: ¿Usted es de qué partido?

El diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe: De morena.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ya habló Morena.

El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio: Ya está suficientemente discutido.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ya se votó suficientemente discutido. Ya habló su partido. Yo le mandé un mensaje a través de la Secretaría, se lo dieron, que su partido ya habló. Y ya está suficientemente discutido. Se lo hubiera dado a su oradora, son del mismo partido.

El secretario diputado Héctor René Cruz Aparicio: Procedo, presidente. Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Aprobado. Comuníquese.



COMUNICACIÓN OFICIAL

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se ha recibido una comunicación de la Junta de Coordinación Política. Proceda la Secretaría a dar cuenta de ella ya que tiene la anuencia de la Mesa Directiva.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Diputado Porfirio Muñoz Ledo, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en el artículo 64, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, los suscritos, coordinadores de los grupos parlamentarios, integrantes de la Junta de Coordinación Política, le solicitamos atentamente una modificación al orden del día, en el capítulo de iniciativas con dispensa de trámites del siguiente asunto:

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículo 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 27 de septiembre de 2018.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado Juan Carlos Romero Hicks (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado René Juárez Cisneros (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado José Ricardo Gallardo Cardona (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica p.a.), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: De conformidad con el artículo 65, numeral 2, del Reglamento de la Cámara, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de modificarse el orden del día.

La secretaria diputada Mariana Dunyaska García Rojas: En votación económica se consulta a la asamblea si es de modificarse el orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputado presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se aprueba la modificación del orden del día.

INICIATIVAS DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS



LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Esta Presidencia recibió iniciativa con proyecto de decreto por el que se reformarían los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los coordinadores de los grupos parlamentarios, con el objeto de reducir el número de comisiones ordinarias para la LXIV Legislatura, de 56 a 46. De lo que me congratulo en todos los órdenes.

Consulte la Secretaría si autoriza se le dispense la lectura.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Sí, señor presidente. En votación económica se consulta si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo, gracias. Señor presidente, mayoría por la afirmativa. Se autoriza.

«Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículo 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Los suscritos, coordinadores de los grupos parlamentarios de Morena, del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Encuentro Social, del Partido del Trabajo, de Movimiento Ciudadano, del Partido de la Revolución Democrática y del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, 78 y 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del Pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, con la petición de que se consulte a la Asamblea la dispensa del trámite de dictaminación y se proceda a su discusión y votación inmediata, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El martes 25 de septiembre del año en curso, la Junta de Coordinación Política sometió a consideración del Pleno, el acuerdo por el que se propone la reducción del número de comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en la LXIV Legislatura, mismo que fue aprobado. En el resolutivo séptimo del citado acuerdo se establece:

En un plazo no mayor de 10 días hábiles, contados a partir de la aprobación del presente acuerdo, los coordinadores parlamentarios propondrán la correspondiente reforma al numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para ajustar sus disposiciones al contenido de este acuerdo.

En cumplimiento de dicho resolutivo, recogiendo las opiniones vertidas sobre su contenido y para dar certeza jurídica a las determinaciones de la Cámara de Diputados respecto de la constitución e integración de las comisiones ordinarias señaladas en los artículos 39, 40 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso en la LXIV Legislatura, formulamos la presente iniciativa.

Al respecto ratificamos, en lo esencial, los argumentos que la sustentan, expresados ya en el acuerdo de la Junta mencionado. Uno de los núcleos fundamentales de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos expedida en 1999, a la luz de la composición plural inédita experimentada en la LVII Legislatura, fue el sistema de comisiones. Dicha ley, fruto de intensas negociaciones entre todas las fuerzas políticas entonces representadas en el Congreso, buscó fortalecer las comisiones ordinarias y racionalizar su cantidad, después de reconocer que un sistema de comisiones tan numeroso, sin facultades definidas y sin correspondencia con las dependencias gubernamentales, reducía su influencia en la emisión de leyes, en la elaboración de políticas públicas y minaba sus facultades de control. Asimismo, se concibió que un sistema de comisiones tan amplio afecta la especialización y profesionalización de los legisladores, al tiempo que dispersa el trabajo legislativo.

Robustecer las funciones de las comisiones en materia de legislación y de control político, implicaba reducir su número y precisar su ámbito de competencia.

Así, la nueva Ley Orgánica de 1999, creo un sistema de comisiones ordinarias más operativo y redujo su número a 27; de éstas, 23 comisiones tenían a su cargo tareas de dictamen legislativo, información y control evaluatorio y su competencia correspondía en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; cuatro comisiones más desarrollarían tareas específicas.

Legislaturas posteriores incrementaron el número de comisiones y cambiaron la denominación de algunas, con el propósito de atender de mejor manera las necesidades de dictaminación sobre ciertas materias, así como de responder a la especialización requerida.

En algunos casos, el incremento en el número de comisiones se plasmó en acuerdos tomados por la Junta de Coordinación Política al inicio, y posteriormente se produjo una reforma a la Ley Orgánica del Congreso, como ocurrió en la LVIII Legislatura. En otros, el aumento de comisiones tuvo su origen en iniciativas de reforma a la Ley Orgánica suscritas por los coordinadores parlamentarios, que fueron aprobadas con dispensa de trámites, como sucedió en la LXII Legislatura, antes de proceder a su integración.

La iniciativa que hoy presentamos se sustenta en los precedentes, que son fuente de derecho parlamentario, y atiende el propósito de traducir en ley las decisiones que modifican el sistema de comisiones ordinarias que se dio la Cámara de Diputados y del mismo modo adecuar la organización a la evolución y los cambios necesarios para hacer más eficientes y eficaces los trabajos parlamentarios y sus resultados.

De esta forma, se han producido a la fecha siete reformas al artículo 39 de la citada ley, que han tenido el objetivo de incrementar el número de comisiones, así como cambiar la denominación de varias de ellas, respondiendo a las circunstancias propias de cada Legislatura. De conformidad con los registros parlamentarios, la evolución en el número de comisiones es la siguiente:

• La LVII Legislatura de la Cámara de Diputados (1997-2000) redujo a 27 las comisiones ordinarias.

• En la LVIII Legislatura (2000-2003), el número de comisiones ordinarias llegó a 40; es decir, se crearon 13 comisiones nuevas y se modificaron 8.

• En la LIX Legislatura (2003-2006), se cambió la denominación de una comisión y se crearon 3 nuevas, para totalizar 43.

• En la LX Legislatura (2006-2009) se dividió una comisión en dos, y por ende se incrementó su número a 44.

• En la LXII Legislatura (2012-2015) se crean 12 comisiones nuevas y se cambió la denominación de otras, pasando de 44 a 56 comisiones ordinarias.

• En la LXIII Legislatura (2015-2018) se cambió la denominación de la Comisión del Distrito Federal por la de Comisión de la Ciudad de México, así como su naturaleza para definirse como comisión ordinaria. Prevaleció el número de 56 comisiones.

El crecimiento en el número de las Comisiones de la Cámara de Diputados a lo largo de cinco legislaturas ha obedecido al momento político en que cada una de ellas ha desplegado sus trabajos, a las necesidades propias para el desarrollo de las facultades legales y constitucionales de la Cámara, así como a los acuerdos alcanzados por los grupos parlamentarios para dar gobernabilidad a este órgano legislativo. La evolución en esta materia acredita que cada Legislatura decide soberanamente crear o reducir el número de comisiones ordinarias, para el mejor desempeño de sus funciones. La normatividad anterior a la Ley Orgánica de 1999 permitía a las Cámaras del Congreso crear o reducir el número de comisiones en el momento que se requiriera para el adecuado ejercicio de sus facultades constitucionales y legales.

Esta disposición prevalece en la Ley Orgánica del Congreso para el caso del Senado de la República, al disponer, en el artículo 95 lo siguiente:

“Artículo 95.

1. La Cámara podrá aumentar o disminuir el número de las comisiones o subdividirlas en secciones según lo crea conveniente o lo exija el despacho de los negocios.”

Quienes suscriben la presente iniciativa, en el marco de la organización interna de la Cámara de Diputados, propio del inicio de cada legislatura, y de las medidas de austeridad adoptadas por la Junta de Coordinación Política, consideran oportuno proponer al Pleno disminuir el número de comisiones. Nos anima la certeza de que las comisiones son órganos fundamentales para el adecuado funcionamiento de la Cámara, así como para el despliegue eficiente y eficaz de sus atribuciones. Por ello, formulamos una propuesta responsable de reducción numérica, que respeta las competencias relacionadas con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, tendente a fortalecer sus funciones de dictaminación, información y control político, al mismo tiempo que busca su fortalecimiento.

La iniciativa que ponemos a consideración del Pleno cuida la debida agrupación de materias y las bases jurídicas para el funcionamiento de las comisiones, tomando en cuenta la evolución que han tenido en las legislaturas anteriores.

A continuación, ofrecemos un ejercicio de comparación de las 56 comisiones existentes respecto de las 46 que subsistirán con la reforma propuesta:

La reducción consistirá en la fusión o extinción de 10 comisiones ordinarias y el cambio de denominación de 9 comisiones ordinarias, establecidas en el numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procediéndose de la siguiente manera:

a) Se fusionan las Comisiones de Agricultura, Sistemas de Riego y Desarrollo Rural y Reforma Agraria para concentrar su competencia en la nueva Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria que tendrían la misma base jurídica del artículo 27 constitucional y del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, como asuntos del ámbito y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

b) Se elimina la Comisión de Agua Potable y Saneamiento cuya materia será atendida por la nueva Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, por derivarse de similar base jurídica del párrafo sexto del artículo 4o. constitucional y del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, asuntos de la esfera de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, entre otras dependencias.

c) Se suprime la Comisión de Cambio Climático, para subsumir su materia en la nueva Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, de igual base jurídica plasmada en el párrafo quinto del artículo 4o. constitucional y en artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, materias de la competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

d) Se extingue la Comisión de Competitividad para integrar este tema en la nueva Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, asuntos vinculados por el artículo 25 constitucional que establece que la competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo. Además, la actividad se inscribe en el ámbito de la Secretaría de Economía, regulada por el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

e) Se fusiona la Comisión de Población con la nueva Comisión de Gobernación y Población, por tratarse de temas ligados a las competencias de la Secretaría de Gobernación cuya base jurídica se encuentra sustentada en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

f) Se modifica la denominación de la Comisión de Protección Civil por el de Protección Civil y Prevención de Desastres, por abarcar con mayor amplitud las competencias que en esa materia tienen las dependencias de la Administración Pública Federal, manteniendo la misma base jurídica del artículo 27 de la ley citada en el inciso anterior.

g) Se extingue la Comisión de la Ciudad de México, en virtud de la actual naturaleza jurídica de la Ciudad y de la instalación del Congreso de la Ciudad de México, con facultades para legislar en los rubros que le competen a esta entidad; los asuntos pendientes de la comisión que se extingue los conocerá y resolverá la Comisión de Gobernación y Población.

h) Se fusionan la actual Comisión de Desarrollo Municipal, con la nueva Comisión de Federalismo y Desarrollo Municipal, cuyas materias tienen base jurídica en los artículos 115 y 116 constitucionales que justifican su existencia.

i) Se integran la Comisión de Comunicaciones a la nueva Comisión de Comunicaciones y Transportes, reconociendo que la propia Secretaría del ramo se denomina Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y su competencia está regulada por el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que considera ambas actividades.

j) Se cambia el nombre de la Comisión de Asuntos Indígenas por la de Pueblos Indígenas, término que recoge nuestra Constitución Política en su artículo 2o. al definir así a quienes descienden de las poblaciones que habitaban el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, asuntos que le son propios a la Comisión.

k) Se amplía el nombre de la Comisión de la Niñez para denominarla ahora Comisión de la Niñez y Adolescencia, cuya base jurídica se encuentra en el párrafo noveno del artículo 4o. constitucional y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en los artículos 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que definen las competencias de las Secretarías de Educación y Salud respectivamente.

l) Se modifica el nombre de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial que con la reforma se denominará Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, precisando el alcance de su materia, que tiene correspondencia con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y que comprende las competencias de esta dependencia derivadas del artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Humano, entre otras.

m) Se cambia la denominación de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos por la de Educación por considerar que esta nueva denominación se sustenta jurídicamente en el artículo 3o. constitucional y en una variedad de leyes secundarias.

n) Asimismo, se modifica la denominación de la Comisión de Ciencia y Tecnología por el de Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, conservando la misma base jurídica del artículo 3o. constitucional y la competencia de la dependencia responsable.

o) Se modifica la denominación de la Comisión de Desarrollo Social por la de Bienestar Social, que precisa con mayor claridad su competencia relacionada con varias dependencias de la Administración Pública Federal, cuya materia es la política social y de bienestar.

p) Se cambia la denominación de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social por la de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, que expresa de mejor manera la base jurídica establecida en el artículo 26 constitucional.

q) Igualmente se modifica el nombre de la Comisión de Juventud para denominarla Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, conservando la misma base jurídica establecida en los artículos 1o. y 4o. constitucionales.

r) Por último, se modifica la denominación de la Comisión de Asuntos Frontera Sur-Sureste, por el de Comisión Frontera Sur, que ya que dicha región se encuentra incluida en la denominación que ahora se propone.

Para determinar los cambios arriba propuestos se tuvieron en consideración los siguientes criterios:

• Lo dispuesto en el artículo 73 constitucional que establece las facultades del Congreso para legislar en las distintas materias.

• La eficiencia en el trabajo legislativo previo; es decir, los indicadores de desempeño en la anterior legislatura, tales como número de reuniones, asuntos turnados, asuntos atendidos y resueltos;

• La pérdida de facultades del Congreso para legislar en ciertas materias, y

• La repetición de temáticas o la posibilidad de integrarlas por áreas, con lo cual se remedian duplicidades, se optimiza el trabajo y se evita generar gastos que no se justifican.

De aprobarse la presente iniciativa contaremos con 43 comisiones ordinarias de dictamen establecidas en el párrafo 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso, además de las 3 comisiones ordinarias de dictamen con tareas expresas, señaladas en el artículo 40 de la misma ley con tareas específicas: Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y Jurisdiccional. Es decir, la Cámara de Diputados contará con 46 comisiones ordinarias.

Por último, desde la Ley Orgánica de 1999 se previó en su artículo 43, que en caso de que la dimensión de algún grupo parlamentario no permita la participación de sus integrantes como miembros de la totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el coordinador del grupo correspondiente, ello en atención a que los grupos tienen derecho a participar en las comisiones de dictamen. Para conciliar de mejor manera la pluralidad y composición de la Cámara de Diputados con el derecho de participar en las comisiones, en donde conviven grupos de diverso tamaño, se propone reformar el párrafo 5 de dicho artículo 43, para disponer que en estas comisiones podrá incrementarse el número de miembros más allá del límite dispuesto en el párrafo 1 de este artículo, hasta el número que sea necesario para que los demás grupos no pierdan su representación proporcional en ellas.

Reiteramos con esta reforma, se refrenda la representación, pluralidad e inclusión y se honra el compromiso adquirido mediante el “Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se propone la reducción del número de comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión en la LXIV Legislatura”, publicado en la Gaceta Parlamentaria, número 5121-V, del martes 25 de septiembre de 2018, que fuera aprobado por la asamblea ese mismo día.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, sometemos a consideración del Pleno la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo 2 del artículo 39 y el párrafo 5 del artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único.Se reforman el párrafo 2 del artículo 39 y el párrafo 5 del artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. ...

2. La Cámara de Diputados contará con las comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones.

Las comisiones ordinarias serán:

I. Asuntos Frontera Norte;

II. Asuntos Frontera Sur;

III. Asuntos Migratorios;

IV. Atención a Grupos Vulnerables;

V. Ciencia, Tecnología e Innovación;

VI. Comunicaciones y Transportes

VII. Cultura y Cinematografía;

VIII. Defensa Nacional;

IX. Deporte;

X Derechos de la Niñez y Adolescencia;

XI. Derechos Humanos;

XII. Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad;

XIII. Desarrollo Social;

XIV. Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria;

XV. Economía Social y Fomento del Cooperativismo;

XVI. Economía, Comercio y Competitividad;

XVII. Educación;

XVIII. Energía;

XIX. Federalismo y Desarrollo Municipal;

XX. Ganadería;

XXI. Gobernación y Población;

XXII. Hacienda y Crédito Público;

XXIII. Igualdad de Género;

XXIV. Infraestructura;

XXV. Justicia;

XXVI. Juventud y Diversidad Sexual;

XXVII. Marina;

XXVIII. Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales;

XXIX. Pesca;

XXX. Presupuesto y Cuenta Pública;

XXXI. Protección Civil y Prevención de Desastres;

XXXII. Pueblos Indígenas;

XXXIII. Puntos Constitucionales;

XXXIV. Radio y Televisión;

XXXV. Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento;

XXXVI. Relaciones Exteriores;

XXXVII. Salud;

XXXVIII. Seguridad Pública;

XXXIX. Seguridad Social;

XL. Trabajo y Previsión Social;

XLI. Transparencia y Anticorrupción;

XLII. Turismo; y

XLIII. Vivienda.

3. ...

Artículo 43.

1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, tendrán hasta 30 miembros, o el número necesario para garantizar la proporción entre la integración del Pleno y la conformación de comisiones, de tal manera que los grupos parlamentarios no pierdan su representación proporcional en ellas. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y las de investigación.

El encargo de sus integrantes será por el término de la legislatura, salvo aquéllas que conozcan de una iniciativa preferente las cuales deberán constituirse a más tardar en la tercera sesión ordinaria del primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura.

2. Las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, podrán tener más de 30 miembros; se incrementarán para incorporar a un diputado de cada grupo parlamentario que no haya alcanzado a integrarse en razón de su proporción, y el número que sea necesario para que los demás grupos no pierdan su representación proporcional en ellas.

3. Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas correspondientes, garantizando que los grupos parlamentarios no pierdan la representación proporcional expresada en el Pleno en la conformación de las comisiones.

4. Al proponer la integración de las comisiones, la Junta postulará también a los diputados que deban presidirlas y fungir como secretarios. Al hacerlo, cuidará que su propuesta incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el Pleno, y tome en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.

5. En caso de que la dimensión de algún grupo parlamentario no permita la participación de sus integrantes como miembros de la totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el coordinador del grupo correspondiente.

6. Si un diputado se separa del grupo parlamentario al que pertenecía en el momento de conformarse las comisiones, el coordinador del propio grupo podrá solicitar su sustitución.

7. Los integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara no formarán parte de las comisiones.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.A partir de la entrada en vigor del presente decreto, los asuntos que hayan quedado pendientes de resolución en anteriores legislaturas en las comisiones de la Cámara de Diputados y los turnados por la actual LXIV legislatura a comisiones que permanecían en poder de la Mesa Directiva, serán distribuidos bajo los siguientes criterios:

a) Los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias que se extinguen, o fusionan, se distribuirán de la siguiente forma:

b) En caso de que se presenten controversias sobre la distribución de las competencias de las comisiones establecida en el inciso a), la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos resolverá lo conducente.

Tercero.Las diputadas o diputados que al momento de constituirse la Legislatura no se hubieren integrado a algún grupo parlamentario, podrán integrarse a las comisiones que acuerde la Junta de Coordinación Política, las cuales podrán incrementar sus miembros para que los grupos parlamentarios mantengan su representación proporcional en ellas.

Nota

1 La Cámara de Diputados en la LVII Legislatura, Francisco Paoli Bolio (coordinador), Cámara de Diputados, LVII Legislatura, México, 2000, p. 64.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 27 de septiembre de 2018.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado Juan Carlos Romero Hicks (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado René Juárez Cisneros (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado José Ricardo Gallardo Cardona (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Con fundamento en el artículo 82, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, consulte la Secretaría a la asamblea si se considera de urgente resolución se le dispensen todos los trámites y someta a discusión y votación de inmediato.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, en votación económica se consulta si se considera de urgente resolución se someta a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se considera de urgente resolución.

En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo...

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña(desde la curul): Presidente, para la discusión.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se está abriendo, se está abriendo, no por mucho madrugar amanece más temprano. Sí, claro. Está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

No se encontraba registrado orador alguno, pero ya se registra. En pro, el diputado Gerardo Fernández Noroña.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña: Gracias, diputado presidente. Quise hacer uso de la palabra por dos razones, sí había yo adelantado en la sesión anterior mi inconformidad, estoy de acuerdo, pero quise manifestar mi inconformidad, y quiero reiterarla, de la desaparición de la Comisión del Distrito Federal.

Reitero que no somos considerados los capitalinos una entidad de la República, por décadas hemos sido tratados como menores de edad, sin que reconozcan plenamente nuestros derechos.

De hecho, sigue siendo un artículo, el 122 constitucional, que tiene que ver todavía con muchos asuntos de la vida política de los capitalinos, y me parece que esta reforma trunca que se ha hecho, pues es insuficiente y debería, mientras no se termine, existir este espacio de procesamiento. El presupuesto de la capital del país se decide por esta soberanía, a diferencia de los 31 estados de la República, solo por citar uno de los ejemplos.

Me parece que la desaparición de la comisión debería implicar un compromiso explícito de realizar ya la reforma plena para devolvernos todos los derechos a los capitalinos y a las capitalinas.

Debemos ser un estado más de la República y me parece que es injustificable a estas alturas que esta situación permanezca.

Por otro lado, quiero compartir la preocupación de un grupo de ciudadanos que me vio hace un momento, planteando su malestar por la desaparición de la Comisión de la Reforma Agraria. Hay muchísimos conflictos por titularidad de tierra de toda la vida en el país. Me parece que esta necesidad se mantiene viva y que debería también, alguna de las comisiones en que se fusionaron, retomar esta tarea fundamental.

Es más, yo estoy convencido de que el próximo gobierno popular que encabezará el compañero presidente electo, debe darle ya seguridad definitiva y absoluta en la titularidad de la tierra a lo largo y ancho del país a todas las mexicanas y a todos los mexicanos.

Así es que quise manifestar esta determinación y quiero, finalmente, plantear que ha sido un esfuerzo grande de todas las fracciones llegar a un acuerdo para resolver la integración de las comisiones. Y espero que quienes han quedado con responsabilidades al frente sepan que tienen una tarea muy fuerte, es colectiva, es de todos, pero quienes encabezarán estas comisiones tendrán que sacar una responsabilidad grande. Porque estoy convencido que esta legislatura, si no se convoca un Congreso Constituyente, tendrá que realizar las tareas de Congreso Constituyente para dar al país nuevas condiciones que requiere de profunda transformación en beneficio de nuestro pueblo. Muchas gracias por su atención, compañeros y compañeras, diputados y diputadas.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias. Ha pedido la palabra el diputado Tonatiuh Bravo Padilla. No, que pidan la palabra ordenadamente. Sí, no pero ya está alguien esperando.

El diputado Itzcoatl Tonatiuh Bravo Padilla(desde la curul): Buenas tardes, estimadas y estimados diputados. Con el permiso de la Presidencia. El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano votará en lo general y en lo particular en favor de la presente iniciativa, en virtud de varias consideraciones que compartimos con ustedes.

La primera de ellas porque atiende a una demanda insoslayable de los ciudadanos en el sentido de que las Cámaras reduzcan el número de comisiones legislativas y, por lo tanto, procedamos a la concentración de las materias legislativas que en el pasado solamente fueron cambiadas más con el propósito del reparto de cuotas de comisiones que por la profundización del estudio de las materias.

También estamos en favor de que, además de que se reduzcan estas comisiones, se integren todos los grupos parlamentarios a la conformación de las mismas, de manera tal que puedan las comisiones ser expresión plena de la pluralidad del pleno de la Cámara de Diputados.

Respecto del procedimiento que podría en un momento determinado discutirse, el hecho es que la misma Ley Orgánica nos dice que es el mes de septiembre en el que debemos conformar las comisiones. Y el acuerdo de la Junta de Coordinación Política que el pasado martes fue aprobado establece claramente diez días para la modificación de la ley que el día de hoy se está metiendo en procedimiento.

De igual manera, se apoya en el hecho de que la Constitución y la misma la Ley Orgánica permiten a las Cámaras tomar resoluciones en materia de su régimen interno.

Todos lo sabemos, hay una enorme cantidad de iniciativas y de rezago legislativo pendiente que espera de manera urgente la conformación de comisiones. De manera tal que, si con este paso le damos base legal a la conformación de las mismas, estamos trabajando en cumplirle a la ciudadanía la conformación de comisiones en el mes de septiembre, por un lado, y por otro lado, en avanzar lo que es justamente el propósito central de nuestra presencia aquí, el trabajo legislativo. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: El diputado Miguel Acundo González, del Partido Encuentro Social. Desde su curul.

El diputado Miguel Acundo González(desde la curul): Señor presidente. En este país hay un enorme rezago en la solución de conflictos agrarios, por eso me sumo a la propuesta del diputado Noroña, porque no puede desaparecer la Comisión de Reforma Agraria, esos asuntos pendientes los tenemos que resolver. Muchas gracias.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra, el diputado Alfredo Vazquez Vazquez, de Morena.

El diputado Alfredo Vazquez Vazquez:Con su venia, señor presidente. Compañeros y compañeras. Hago uso de la voz para manifestar la situación que está ocurriendo de desaparecer la Comisión de la Reforma Agraria cuando en Chiapas no están resueltos los conflictos agrarios.

Asimismo, ha existido o ha prevalecido en todo momento la desatención para los pueblos indígenas de Chiapas y, sobre todo, el sector más desprotegido. Por eso dejo este manifiesto, de que este Congreso en esta legislatura se le tenga que buscar una solución a los graves problemas agrarios que también, sin lugar a dudas, tenemos los conflictos con los hermanos del EZLN.

Y aprovechando la ocasión, también quiero manifestar la preocupación que está prevaleciendo en Chiapas, el caso del día viernes pasado. Nos enteramos del asesinato cobarde del compañero periodista Mario Gómez en Yajalón, Chiapas.

Mucho se ha dicho de las muertes de los periodistas en el país y es claro que como sociedad que avanza en un contexto de derechos sociales y políticos no podemos menospreciar la importancia que tiene el acceso a la información para la sociedad, lo cual la ha llevado a consolidarse como un derecho fundamental de todas las personas.

Unas de las principales formas para acceder a la información en virtud de que esta ya se nos presenta después de un proceso de recolecta, síntesis y jerarquización, lo es sin duda a través de la noble actividad del periodismo.

Atentar contra la vida de cualquier ser humano, un ataque al derecho fundamental de las personas a la vida y a que se respete su integridad física, es un hecho reprobable en toda su magnitud, pero el hacerlo con relación a sus funciones laborales como el caso del periodismo es también un atento al derecho de todos los mexicanos a recibir información.

En este caso es el que desgraciadamente nos enteramos que el viernes pasado, 21 de septiembre, del asesinato del periodista Mario Leonel Gómez Sánchez, quien al salir de su domicilio fue acribillado a tiros por dos hombres a bordo de una motocicleta, según información de El Heraldo de Chiapas, periódico donde laboraba.

Según información, el periodista ya había denunciado las amenazas de su muerte.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Abrevie, por favor, diputado.

El diputado Alfredo Vázquez Vázquez: Abrevio, señor presidente. Primero. Los diputados de la LXIV Legislatura federal condenamos enérgicamente el asesinato del periodista Mario Leonel Gómez Sánchez, ocurrido el pasado viernes 21 de septiembre.

Segundo. Manifiestan las condolencias a familiares y amigos y se solidarizan con su pena.

Tercero. Se exhorta a las autoridades del gobierno del estado de Chiapas a poner en manos de la Procuraduría General de la República los avances de investigación de los hechos de este lamentable homicidio. Se exhorta al gobierno federal...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Perdón. Diputado, sea respetuoso de las normas...

El diputado Alfredo Vázquez Vázquez: ...de las entidades federativas...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: No, por favor, licenciado, por favor.

El diputado Alfredo Vázquez Vázquez: Gracias, señor presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: La licenciada Cynthia López, la diputada Cynthia López Castro, del Partido Revolucionario Institucional.

La diputada Cynthia Iliana López Castro:Con su venia, señor presidente. Subo a esta tribuna únicamente para hacer un posicionamiento a favor, que no desaparezca la Comisión de la Ciudad de México.

Participé como diputada local de esta ciudad, pero además al igual que algunos de los compañeros, fuimos parte del Constituyente de la Ciudad de México, y si bien luchamos para que fuera una entidad autónoma, no es una entidad federativa como tal y no tiene la total autonomía.

Todavía existe aquí el 122 constitucional que regula todo el tema de la Ciudad de México.

Hay muchas injerencias que tiene esta Cámara para el tema de la ciudad. Y haría esa petición de que no desapareciera la Comisión de la Ciudad de México, si bien ya tiene su propia Constitución y muchos de nosotros pertenecemos a esta entidad, hay cosas que se tienen que regular desde aquí.

Entonces haría ese pequeño, pues ese exhorto para que no desaparezca la comisión de nuestra ciudad capital, que todavía hay muchas cosas que se tienen que regular.

Y, por otra parte, hacer el comentario para que se divida la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual. Actualmente somos la tercera parte de la población de este país y debe de darse la importancia a los jóvenes. El que se mezcle y se haga una sola comisión no va a permitir que se puedan desarrollar los temas competentes a la materia.

Somos los jóvenes la mitad de la población, somos casi 40 millones de jóvenes. Hay muchas políticas que se tienen que hacer de manera transversal. La lucha de los jóvenes ha sido para que no nada más se sectorice, sino para que se atienda de manera transversal en cada uno de los temas.

Por eso únicamente hago esta petición y dejo a su consideración estas observaciones. Gracias.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: A propósito de las dudas que existen sobre el tema, la Secretaría me ha indicado que, desde el punto de vista constitucional, desapareció el Distrito Federal. Se modificaron cerca de 20 artículos de la Constitución donde se equiparan los estados de la Unión con la Ciudad de México.

Y el constituyente de la Ciudad le otorgó plena soberanía a la Ciudad y autonomía de gestión. Si se reconociera una comisión de la Ciudad de México, ya no es Distrito Federal, tendría que haber una por Aguascalientes y hasta la zeta. Perdón, están en el mismo trato.

No habiendo... A ver... No habiendo más oradores registrados, consulte la Secretaría si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos:En votación económica se consulta si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Suficientemente discutido. Informo a la asamblea que en lo particular hay propuestas de modificación al artículo 39, numeral 2, fracción XXVI, y la adición de un artículo transitorio.

Se instruye a la Secretaría abra el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general y los artículos no impugnados.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por diez minutos para proceder a la votación en lo general, del proyecto de decreto, y en lo particular de los artículos no impugnados. Rectifico, cinco minutos. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos.

(Votación)

¿Alguna diputada o diputado de emitir su voto? Sigue abierto el sistema. A la diputada Alma Marina Vitela le vamos a pedir su votación de viva voz, por favor. Ya. A la diputada Flor Ivone Morales, si nos ayuda emitiendo su voto de viva voz, por favor.

Está abierto el sistema todavía, por favor. Cerramos el sistema electrónico. Señor presidente, se emitieron 417 votos a favor.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Aprobado en lo general y lo impugnado, por unanimidad de votos.

La unanimidad en la pluralidad es siempre bienvenida, y el consenso nacional en lo fundamental construye países. Muchas gracias.

De conformidad con el artículo 110 del Reglamento, tiene la palabra, por tres minutos, Mario Mata Carrasco, del Partido Acción Nacional, para presentar propuesta de modificación.

El diputado Mario Mata Carrasco:Con su venia, señor presidente. Compañeros diputados y diputadas, claro que la austeridad ha llegado y estamos conscientes que estamos a favor de ella.

En lo general, excelente decisión. En lo particular disiento que las comisiones de Juventud y Diversidad Sexual se hayan fusionado, por los siguientes motivos.

El primero, es el principio de especialización. Las comisiones deben ser totalmente acordes con el asunto que deben tratar. No debemos en ningún momento poder fusionar lo que no es fusionable. Los dos temas son torales para nuestro país, en el quehacer diario de los asuntos públicos y su importancia es tal, que merecen ser una comisión exclusiva para cada uno de ellos. No hay que irnos por economías mal entendidas.

El querer hacer una sola comisión demuestra un prejuicio de que la diversidad sexual solo importa en los jóvenes, cuando sabemos que es un tema de niños y niñas, de adolescentes, de personas adultos, adultas y hasta la tercera edad.

Lo mismo, los jóvenes son mucho más que la diversidad sexual. Su importancia socioeconómica en este segmento de la población simplemente es la mayor, y como lo dijimos, el cúmulo de asuntos que se tratará sobre la juventud será inmensurable, como para quitarle tiempo y concentración con el tema de diversidad sexual.

No hay por qué regatearles a estos dos temas recursos. No podemos pasar a la historia como la legislatura que soslayaron a la juventud y a la diversidad sexual por cuestiones nimias en el recurso que se maneja, que además no tiene ningún efecto este en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Sin embargo, lo que hagamos o dejemos de hacer en estos temas tendrá efecto para millones de personas y los daños pueden ser irreversibles e inmensurables.

Proponemos se separen estas dos comisiones, que pasen de ser de 43 a 46 para quedar en 47... Perdón, que pasen de ser de 43 a 44 para quedar en 47 total. Es cuanto, señor presidente.

«Reserva del diputado Mario Mata Carrasco.

En lo general y en lo particular disiento de que las Comisiones de Juventud y Diversidad Sexual se hayan fusionado por los siguientes motivos:

1) Los dos temas son torales para el quehacer diario de los asuntos públicos y su importancia es tal que merecen ser una comisión exclusiva para sus asuntos y no querer fusionarlos solo por visiones limitadas de economías mal entendidas.

2) El querer hacer una sola comisión demuestra un prejuicio de que la diversidad sexual solo importa en los jóvenes, cuando sabemos que es un tema de niños y niñas, adolescentes, personas adultas y de la tercera edad, no es cuestión de edades.

3) Lo mismo los jóvenes son mucho más que solo diversidad sexual, la importancia socioeconómica de este segmento de la población es simplemente de las mayores si no que la mayor, y como lo dijimos el cúmulo de asuntos que tratará esta comisión es inmensurable, para quitarle tiempo y concentración con el tema de diversidad sexual.

4) Los dos temas no merecen que se les regateen recursos, no podemos pasar a la historia como la legislatura que soslayaron la juventud y la diversidad sexual por cuestiones nimias de presupuesto, que no tendrá un efecto significativo en el recurso que se maneja en el Presupuesto de Egresos de la Federación y sin embargo lo que hagamos o dejemos de hacer en estos temas tendrá efecto en millones de personas y los daños por omisión pueden ser irreversibles e incuantificables.

Por lo que se propone:

Dice:

Artículo 39. ...

Numeral 2. ...

XXVI. Juventud y Diversidad Sexual

Debe decir:

Artículo 39. ...

Numeral 2. ...

XXVI. Juventud...

...

XLIV. Diversidad Sexual

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2018.— Diputado Mario Mata Carrasco (rúbrica).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación propuesta.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se acepta la propuesta a la modificación. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la negativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se desecha y se reserva para su votación nominal en términos del dictamen.

Tiene la palabra el diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Partido Acción Nacional, para presentar propuesta de adiciones.

El diputado José Elías Lixa Abimerhi:Muchas gracias, con su permiso, presidente. Diputadas y diputados, el Partido Acción Nacional ha acompañado este acuerdo, la reducción de las comisiones, desde el primer momento, esta no va a ser la excepción. Sin embargo, no podemos ignorar desde ninguna perspectiva que en la sesión inmediata anterior al votar la integración de las mismas o cómo va a quedar la conformación de las presidencias, se generó una serie de reflexiones acerca del marco jurídico que nos rige.

Es decir, se hacía necesaria la modificación de la ley y hoy al aprobarla el proceso tiene que continuar para poder hacer la norma perfecta. Es decir, este decreto aún tiene que ser turnado al Senado para su aprobación y una vez integrado entonces ya estar con la ley en firme.

Por lo tanto, para evitar que existiera alguna actuación extralegal en las comisiones o que pudiera generar invalidez en la actuación de los mismos.

En nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito proponer una adición en un cuarto transitorio para quedar como sigue:

Artículo cuarto transitorio. Una vez que el presente decreto entre en vigor se procederá a instalar las comisiones cuya conformación haya aprobado el pleno.

En suma, se trata de garantizar que la actuación de las comisiones de este Congreso estén dentro del marco jurídico que nos rige, y atendiendo al principio de legalidad. Por su atención y su apoyo, muchas gracias.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Consulte la Secretaría a la asamblea si se aprueba o se desecha la adición propuesta.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se acepta la propuesta de modificación. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se acepta la modificación, la adición.

Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación de los artículos 39 y la adición de un artículo transitorio, con las modificaciones aceptadas por la asamblea.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Sí, señor presidente. Háganse los avisos a los que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por cinco minutos, para proceder a la votación de los artículos reservados en términos de la iniciativa. Y la adición de un transitorio aceptada por la asamblea.

(Votación)

Disculpen, diputadas, diputados, ¿falta alguien de votar? Sigue abierto el sistema. ¿Algún diputado falta de votar? Por favor levanten la mano cuando ya hayan votado. ¿Alguien más que falte de votar? ¿Alguien más que falte de votar? Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señor presidente, se emitieron 400 votos a favor, 420 votos a favor. Ningún voto en contra.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias. Aprobado en lo particular por 420 votos el artículo 39, reservado en términos de la iniciativa y la adición de un artículo transitorio.

Aprobado en lo general y lo particular, de nuevo por unanimidad, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Senado de la República y envíese de inmediato por medios austeros, para sus efectos constitucionales.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez(desde la curul): Presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: ¿Con qué objeto, señora diputada? Perdón. En su curul.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Perdón, presidente. Era un tema que tenía que ver con la votación que acabamos de tener hace un momento y es un tema importante que tiene que ver con la integración de las comisiones.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Eso viene después. Ahorita se va a dar el informe.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Pero es importante decirlo en este momento.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: No. Cuando llegue el momento de las comisiones, usted haga sus reservas o su grupo parlamentario.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Pero tiene que ver...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Se lo ruego.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Perdón, presidente.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ya se votó la reforma.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Ya se votó, pero...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ahora vamos a discutir la integración de las comisiones.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Justamente por eso, presidente. Permítame.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Pero no está a discusión.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Perdón. Pero creo que...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: No está a discusión.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): No está a discusión...

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Esto ya se votó. A ver. Pónganle el sonido. Dígame, diputada.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Gracias. Es importante señalar lo justo, porque en este momento se está procesando la construcción del acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Ya se procesó.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Había ya un exhorto en el sentido de que las mismas tuvieran una integración en sus presidencias de forma paritaria.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Así es.

La diputada María del Pilar Ortega Martínez (desde la curul): Simplemente es en el ánimo de que la Junta de Coordinación Política respete ese exhorto y que el documento que suscribirá esa Junta para que sea votado por este pleno, venga integrado en esos términos. Hubiera sido muy bueno que en la propia propuesta legislativa que envió la Junta ya hubiera venido esta disposición. Es cuanto.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Gracias, señora diputada, por su celo en la paridad. Quiero informarle que así han sido construidas todas las comisiones. Acabo de platicar un buen rato con representantes mujeres de todos los partidos y quedaron a satisfacción. Ahora usted puede decirles a las mujeres que representa que usted tomó la palabra. Gracias.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, el diputado Jorge Luis Montes Nieves, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Jorge Luis Montes Nieves:Buenas tardes a todas y a todos. Con su permiso, señor presidente. Comparezco ante el pleno de la Cámara de Diputados y diputadas para presentar una iniciativa de reforma al artículo 55 de nuestra Constitución Política, con la finalidad de reducir la edad para ser electo diputado o diputada federal.

Actualmente la Constitución Federal contempla la edad de 21 años como edad mínima para acceder al cargo, cuestión que considero se opone a lo establecido en la propia Constitución ya que concede la calidad de ciudadano a los 18 años. Ahora bien, la interpretación en su conjunto de los artículos 34 y 35, el derecho a votar y ser votado, son intrínsecos a la calidad de ciudadano.

Si bien es cierto la segunda parte de la fracción II del artículo 35 que comento establece una excepción a la regla general de establecer determinadas cualidades específicas para acceder al derecho de votación pasiva –como pudiera ser la edad–, también lo es que en los hechos la excepción está superando a la regla general, ya que de manera tajante limita a los ciudadanos de 18 años a acceder al derecho pleno a la votación.

Es decir, se acota el derecho de estos a ejercer únicamente el derecho activo demorando el goce y disfrute del derecho pasivo hasta que alcance los 21 años de edad, siendo esta la edad requerida para poder ser aspirante a un cargo de elección popular, específicamente el cargo de diputado o diputada federal.

Durante las discusiones de la Segunda Comisión del Congreso Constituyente de 1917, para poder arribar a la conclusión de la edad requerida para ser diputado o diputada, básicamente se basaron en tres puntos principales.

A decir en ese entonces por el ciudadano Arturo Méndez, el primero de ellos, era que la juventud no tiene los conocimientos básicos ni la experiencia ni el reposo que necesitan para desempeñar este cargo, además de señalar que el desarrollo físico de un hombre o una mujer se completa al llegar a los 25 años, advirtiendo que el desarrollo intelectual es muy variable y que estos dependían del medio y de la herencia.

Como se puede advertir en esas concepciones, descansan las limitaciones que mutilan las garantías de los ciudadanos y ciudadanas a ejercer a plenitud los derechos ciudadanos.

Hoy por mucho es evidente que esas limitaciones físicas no son en lo mínimo una limitación intelectual, por el contrario, la inclusión enriquece la democracia.

Ante estas ideas del siglo pasado, hoy el constituyente mexicano debe velar por la inclusión de todo aquel ciudadano que tenga las aptitudes de ejercer el derecho a ser votado.

Si bien es cierto la experiencia es determinante en el ámbito de la función pública, también lo es que al ser la Cámara de Diputados un órgano colegiado, integrado por 500 miembros, da la posibilidad de permitir a la juventud de forzar experiencias, máxime cuando las determinaciones son tomadas por la mayoría y que a ella le anteceden extensos debates y discusiones, a la luz de un análisis profundo de cada uno de los temas, lo que desde luego se traduce en una toma de decisiones maduras.

Asimismo, la integración de la Cámara de Diputados y diputadas es el resultado de la expresión popular, entonces el Estado mexicano debe garantizar que todas las corrientes de pensamiento estén debidamente representadas, siendo necesario escuchar también la voz efervescente de las juventudes, que desde luego tienen mucho que decir y más que aportar. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Luis Montes Nieves, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputado federal Jorge Luis Montes Nieves, integrante del grupo parlamentario del partido Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 135, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en estrecha relación con los diversos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a la consideración de esta Soberanía la siguiente: iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece los requisitos para acceder al cargo de diputado, de los cuales, en su fracción II, contempla la edad de 21 años cumplidos al día de la jornada electoral.

Cuestión que a consideración del suscrito se opone a lo establecido en la propia Constitución en sus artículos 34 y 35, siendo que de una interpretación de ambos preceptos se adquiere la ciudanía con la mayoría de edad, habiendo cumplido 18 años, tal como se aprecia en el texto normativo, mismo que transcribo en sus términos para una mejor ilustración:

Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:

I. Haber cumplido 18 años, y

II. Tener un modo honesto de vivir.

Asimismo, las fracciones I y II del artículo 35 constitucional establecen:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

Tal como se puede deducir de la interpretación en su conjunto, de los artículos transcritos, los derechos a votar y ser votados son intrínsecos a la calidad de ciudadano y ésta se adquiere por el simple hecho de llegar a los 18 años; si bien es cierto, la segunda parte de la fracción II del artículo 35, establece una excepción a la regla general, de establecer determinadas calidades específicas para acceder al derecho de votación pasiva, pudiendo ser la propia edad, también lo es que, en los hechos, la excepción supera a la regla general, en tratándose de la limitación de los ciudadanos de 18 años de edad de acceder al derecho pleno de la votación, es decir, se acota el derecho de los ciudadanos de 18 años a ejercer únicamente el derecho activo, retrasando el goce y disfrute del derecho pasivo hasta alcanzar los 21 años de edad; siendo ésta la edad requerida para poder ser aspirante a un cargo de elección popular, específicamente el cargo de diputado federal.

Durante las discusiones de la Segunda Comisión del Congreso Constituyente de 1917, para poder arribar a la conclusión de la edad requerida para ser diputado, básicamente se basaron en tres puntos principales, a decir en ese entonces por el ciudadano Arturo Méndez, el primero de ellos, era que la juventud no tiene los conocimientos básicos, ni la experiencia, ni el reposo que necesita para desempeñar ese cargo, además de señalar que el desarrollo físico de un hombre se completa al llegar a los 25 años; advirtiendo que el desarrollo intelectual es muy variable y que éstos dependían del medio y de la herencia.

Como se puede advertir, en esas concepciones decimonónicas descansan las limitaciones que mutilan las garantías de los ciudadanos a ejercer a plenitud los derechos ciudadanos, hoy por mucho, es evidente que las limitaciones físicas no son en lo mínimo una limitación intelectual, por el contrario, la inclusión enriquece la democracia.

Ante estas ideas del siglo pasado, hoy el constituyente mexicano debe velar por la inclusión de todo aquel ciudadano que tengan las aptitudes de ejercer el derecho a ser votado.

Si bien es cierto, la experiencia es determinante en el ámbito de la función pública, también lo es que, al ser la Cámara de Diputados un órgano colegiado, integrado por 500 miembros, da la posibilidad de permitir a la juventud de forjar experiencia, máxime cuando las determinaciones son tomadas por la mayoría, y que a ella le anteceden extensos debates y discusiones, a la luz de un análisis profundo de cada uno de los temas, lo que desde luego se traduce en una toma de decisión madura.

Ahora bien, siendo que la integración de la Cámara de Diputados es el resultado de la expresión popular, lo que debe obligar al Estado mexicano a garantizar que todas las corrientes de pensamiento estén debidamente representadas en ella, siendo necesario escuchar también la voz efervescente de la juventud, que desde luego tienen mucho que decir y más que aportar.

Aunado a que la juventud ha demostrado a través de la historia sus deseos de participación política, desde siempre la juventud ha alimentado los más grandes movimientos sociales, protestan en las calles, porque no tienen una tribuna donde hacer valer sus discursos, por esa razón es necesario dar voz la temprana juventud.

Es necesario reivindicar la lucha de los jóvenes del 68, a quienes los hechos tortuosos de aquellas represalias, obligaron a madurar.

Más recientemente el movimiento #Yo Soy132, es la muestra clara de la madurez política y democrática que nuestra juventud ha desarrollado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único. Se reforma la fracción II del artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

I. ...

II. Tener 18 años cumplidos el día de la elección;

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2018.— Diputados y diputadas: Jorge Luis Montes Nieves,Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Heriberto Marcelo Aguilar Castillo, María Guillermina Alvarado Moreno, María Wendy Briceño Zuloaga, Sandra Paola González Castañeda (rúbricas).»

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Francisco Favela Peñuñuri del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud.

El diputado Francisco Favela Peñuñuri:Buenas tardes, compañeros y compañeras, legisladores y legisladoras. Vengo en nombre de mi fracción del Partido del Trabajo para someter una iniciativa con proyecto de decreto en la calidad de adultos mayores. Con el permiso de la Presidencia.

El presidente diputado Porfirio Muñoz Ledo: Adelante.

El diputado Francisco Favela Peñuñuri: Al pueblo de México, nuestra Constitución dispone, en su artículo 4o., que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

En la Ley General de Salud, en su artículo 6o., fracción III, sobre el Sistema Nacional de Salud menciona como uno de sus objetivos el colaborar al bienestar social mediante servicios de asistencia, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y personas con discapacidad, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y en lo social.

Por su parte la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en su artículo 6o. establece que el Estado garantizará las condiciones óptimas de salud, educación, nutrición, vivienda, desarrollo y seguridad social a las personas adultas mayores.

Para el cumplimiento de los objetivos y mandato de la ley, se establece la siguiente propuesta de mejora en el sector salud, enfocado en atención a los adultos mayores.

La situación actual de esta población, según el Consejo Nacional de Población, indican que la esperanza de vida en México en 2017 fue del 75.34 años de edad, e irá creciendo, y una disminución de la tasa de natalidad, y como consiguiente un incremento en el envejecimiento de la población.

En comparativa en 1990, las personas con 60 años y más, mujeres y hombres, de 6.6 por ciento y 5.1 por ciento respectivamente, mientras que actualmente representa alrededor del 15 por ciento.

El 8.6 por ciento represente a la población adulta mayor en la zona urbana, y el 10.1 en la zona rural, lo que se convierte en una mayor demanda de servicios de salud y esos son precarios o simplemente no existen.

Las principales causas de muerte son enfermedades crónico-degenerativas y las más comunes son la diabetes mellitus, la hipertensión arterial, las enfermedades cardiovasculares, por supuesto también los tumores malignos.

El esquema presupuestal no ha sido favorable, una limitante para el buen funcionamiento del sistema. La actual administración, en 2013, le destinaron 187 mil 498 millones de pesos, en este 2018 ya fueron 217 mil 606 millones de pesos, esperando que el próximo Presupuesto pasen del actual 3.2 por ciento al 6 del producto interno bruto, por lo que es conveniente que nosotros los diputados contemplemos un verdadero aumento a este sector.

Las cifras per cápita tienen un panorama preocupante. En 2013, con alrededor de 118 millones de mexicanos le correspondieron al día 4.35 pesos por ciudadano. En 2018, con una población alrededor de 129 millones, le corresponden 4.42 pesos al día, tomando en cuenta la población adulta mayor que demanda más atenciones. Simplemente es insuficiente el poder solo considerarlos dentro de los programas que otorga la Federación.

En referencia a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en el artículo 10, fracción XVI se establece el fomento de las instituciones educativas y de seguridad social para establecer disciplinas para la formación de geriatras y gerontólogos, con el fin de garantizar la cobertura.

Por la alta demanda, es necesaria una extensión de la rama de geriatría ya que en 2012 existían solo 450 geriatras certificados, uno por cada 22 mil 345 adultos mayores.

Según datos del Instituto Nacional de Geriatría, mientras que, en 2018, según el Consejo Mexicano de Geriatría, A.C, existen 537, cuando deberían de egresar 200 por año. Debemos de fomentar las prácticas profesionales y de enseñanzas médicas en esta área en clínicas y hospitales, ya que el gobierno actual y los pasados nunca se preocuparon porque sean verdaderamente atendidos.

Se considera urgente la instalación y habilitación de clínicas y hospitales con esas especialidades, como lo menciona el artículo 27, fracción XI de la Ley General de Salud, que la atención médica de los adultos mayores sea en áreas de salud geriátrica. De esta manera podrán con atención propia, eficiente y eficaz, además de construir o adaptar...

Presidencia de la diputada María de los Dolores Padierna Luna

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiempo, señor diputado.

El diputado Francisco Favela Peñuñuri: Termino. Casas de atención, ocupación y distracción del adulto mayor, en donde convivan, designen su experiencia y tengan una distracción entre sus iguales.

Tomemos en cuenta que muchos de nosotros estamos o estaremos próximos a ocupar dichos espacios. Muchas gracias, señora presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en el artículo 4o. que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

En la Ley General de Salud, en el artículo 6o., fracción III, sobre el Sistema Nacional de Salud, menciona como uno de sus objetivos “colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y personas con discapacidad, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social”.

La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores señala en el artículo que el Estado garantizará las condiciones óptimas de salud, educación, nutrición, vivienda, desarrollo integral y seguridad social a las personas adultas mayores.

Para el cumplimiento de los objetivos y el mandato de la ley, se establece la siguiente propuesta de mejora en el sector salud, centrada principalmente en los servicios de atención de los adultos mayores.

Atención especializada a los adultos mayores

Es importante conocer la situación actual de este rubro de población, según las proyecciones realizadas por el Consejo Nacional de Población, indican que la esperanza de vida en México tendrá un incremento de 75.34 años en 2017 a 76.97 en 2030. En este esquema, la dinámica demográfica se torna en una disminución de la tasa de natalidad y como consiguiente un incremento en el envejecimiento de la población.

En comparativa, en 1990 las personas con 60 años y más, mujeres y hombres, era de 6.6 y 5.1 por ciento, respectivamente, mientras que ahora representan alrededor de 15 por ciento de la población, mientras que para 2030, según estudios, será de 15.6 en mujeres y 13.7 en hombres.

Una de las características sociodemográficas es que una cuarta parte de la población adulta mayor se encuentra en localidades rurales, donde la población está más envejecida. En cifras se refleja que 10.1 por ciento representa la población adulta mayor en la zona rural y 8.6 en la urbana, lo que se convierte en una mayor demanda de servicios de salud, haciendo énfasis en que en estas localidades en general los servicios son muy precarios, escasos o simplemente no existen.

En condición de actividad, se tiene que 33.8 por ciento de la población adulta mayor se encuentra económicamente activa, 37.7 se dedica a quehaceres domésticos, sólo 16.2 es pensionado y jubilado, 1.2 es incapacitado y 11.0 no está económicamente activos. Hay una baja cobertura del sistema de pensiones por la condición laboral, ya que la mayoría no se encuentra en el sector formal de la economía, si no que trabajan en el campo o en los subempleos.

Debido a la edad avanzada, van existiendo deterioros funcionales en cuestión de salud y de calidad de vida de las personas, lo que se refleja en dificultades tanto físicas, psíquicas y sociales.

Entre las principales causas de muerte de las personas adultas mayores se encuentran relacionadas con enfermedades crónico-degenerativas, las más comunes, como la diabetes mellitus y las enfermedades del corazón, así como tumores malignos.

Esto último tiene un efecto directo en la utilización de los servicios de salud, lo que en cifras se refiere a que en una familia con personas mayores, consume 50 por ciento más recursos en salud que el promedio.

Uno de los grandes retos en el sector salud es la situación de derechohabiencia, ya que hasta 2012, 16.6 por ciento no era derechohabiente, mientras en el Seguro Popular se cubría 30 por ciento de la población.

El esquema presupuestal simplemente no ha sido favorable para el sector salud, y ha sido una limitante para el buen funcionamiento del sistema, por ejemplificar la actual administración que está por concluir, en 2013 el presupuesto programable para el sector era de 121 mil 856.6 millones de pesos, en 2018 es de 122 mil 557.5 millones de pesos, resaltando que entre 2016 y 2017 tuvo el mayor decremento en el sexenio, con 7.8 por ciento.

Las cifras mostradas en millones de pesos, tal vez no causen una atención especial, sin embargo, si se refleja de manera per cápita, se tiene un panorama preocupante. Para 2013 con una población alrededor de 118 millones de mexicanos, por cada persona corresponde una cantidad de mil 32 pesos, lo que al día se reflejaría en 2.8 pesos, en 2018 con una población alrededor de 129 millones, corresponden 950 pesos anuales y 2.6 pesos al día. Lógicamente, cantidades como éstas no son suficientes para cubrir los servicios de salud para la población, y tomando en cuenta el porcentaje que representa la población adulta mayor, que demanda más atenciones, simplemente es insuficiente.

En este contexto, se deben considerar nuevos esquemas de política pública y prácticas en los sectores de salud, social, cultural y deportiva, de los adultos mayores, ya que ahora resulta insuficiente el poder solo considerarlos dentro de los programas que otorga la federación.

En referencia a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, título cuarto, “De la política pública nacional de las personas adultas mayores”, en el capítulo I, “De los objetivos”, artículo 10, fracción XVI, se establece el fomento en las instituciones educativas y de seguridad social para establecer disciplinas para la formación de geriatras y gerontólogos, con el fin de garantizar la cobertura de los servicios de salud requeridos por la población adulta mayor.

Por la necesidad y alta demanda de servicios de salud de esta población, es necesaria una extensión suficiente de la rama de geriatría, los indicadores muestran que hasta 2012, en México había sólo 450 geriatras certificados, lo que se reflejó en ese año en un geriatra por cada 22 mil 345 personas adultas mayores, según datos del Instituto Nacional de Geriatría, mientras que en 2018, según la lista de Médicos Certificados por el Consejo Mexicano de Geriatría, AC, hay 537 con certificación vigente, tomando en cuenta indicadores internacionales, deberían egresar 200 geriatras por año para poder cubrir el estándar de atención a la creciente población de adultos mayores.

Es necesario impulsar y promover estas importantes especialidades en los centros educativos del país, y fomentar las prácticas profesionales y residencias médicas en esta área en clínicas y hospitales ya que el gobierno actual y los pasados nunca se preocuparon por que sean verdaderamente atendidos como realmente se requiere.

Se considera urgente la instalación y habilitación de clínicas y hospitales con la especialidad de geriatría y gerontología, para abastecer las necesidades de los adultos mayores, como se menciona en el artículo 27, fracción XI, de la Ley General de Salud, donde se establece “la atención médica a los adultos mayores en áreas de salud geriátrica”, ya que ahora es más indispensable construir lugares dignos para ellos y menos guarderías, jardines de niños y preprimarias.

De esa manera podrán contar con un servicio y atención propia, eficiente y eficaz, además de construir o adaptar, casas de atención, ocupación y distracción del adulto mayor, donde convivan, reciclen su experiencia y tengan una distracción entre sus iguales.

Por lo expuesto someto a consideración de la asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud

Único. Se reforma la fracción XI del artículo 27 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 27. ...

I. a X. [...]

XI. La atención médica a los adultos mayores en áreas , clínicas y hospitales de salud geriátrica.

Transitorios

Primero. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Salud y las dependencias federales de salud presupuestarán los recursos necesarios para la construcción y habilitación de las instalaciones necesarias.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputado Francisco Favela Peñuñuri (rúbrica).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted, diputado Favela Peñuñuri. Túrnese a la Comisión de Salud, para su dictamen.

Esta Presidencia saluda a los estudiantes de la carrera de derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, invitados por el diputado Felipe Fernando Macías Olvera. Sean ustedes bienvenidos a este recinto parlamentario.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: En el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María del Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos.

La diputada Pilar Lozano Mac Donald:Con su venia, señora presidenta. Señoras y señores legisladores, los diputados federales del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, al tenor de lo siguiente.

No hace mucho tiempo, los migrantes eran los grandes olvidados para nuestro país. Hasta hace pocos años el Estado mexicano reparó en que tenía una gran problemática que había dejado sin atención a través del tiempo. Un grupo vulnerable abandonado, violentado en sus derechos fundamentales y desprovistos de mecanismos para participar en la vida pública y formar parte como sujeto activo de la voluntad ciudadana.

No es desconocido que México se ubica en el segundo lugar de los países de origen de los emigrantes, con una cifra de alrededor de 12.3 millones de connacionales distribuidos en todo el mundo.

Ampliar la representación democrática de los mexicanos en el exterior es una deuda que el Estado mexicano tiene y que no ha terminado de pagar.

Nuestros connacionales, ávidos de ser tratados como mexicanos y no de segunda clase, están levantando la voz para impulsar esta iniciativa con la intención de ampliar la representación democrática de los mexicanos en el exterior, a través de la figura del diputado migrante, de representación proporcional, fue necesario determinar en un primer momento, a través de una fórmula objetiva, transparente y sensible, la cantidad de diputados migrantes que se integrarán al Congreso federal.

En cada circunscripción territorial existe cuando menos una entidad federativa en la que su presupuesto depende de manera significativa de las remesas o cuenta con un número importante de migrantes inscritos en la lista nominal de electores que están residentes en el extranjero.

Con base en lo anteriormente citado y con el objetivo de que los connacionales estén debidamente representados en esta Cámara, la circunscripción plurinominal que cumpla con alguno de los siguientes criterios contará con un diputado migrante de representación proporcional.

Punto número uno. Que el promedio del índice de dependencias del PIB estatal con respecto a las remesas en la circunscripción plurinominal sea de por lo menos el dos por ciento del índice de dependencia del PIB estatal del año anterior a la elección de diputados federales.

O el segundo punto. Que la circunscripción plurinominal cuente con al menos 20 mil connacionales registrados en la lista nominal de electores residentes en el extranjero en el año de la elección en curso.

Para el caso de elecciones federales en que se renueva la totalidad de los cargos a elección popular y para el caso de elecciones federales en que se renueva solamente la Cámara de Diputados, se hará con base en la lista nominal de electores residentes en el extranjero de la elección anterior.

Cabe mencionar que la aplicación de esta fórmula no es acumulativa y solo se asignarán cinco diputados migrantes, uno por cada circunscripción plurinominal que cumpla con las características antes señaladas, pues con el empleo de esta fórmula no se pretende incentivar la migración o premiar el mayor flujo de remesas hacia México.

Es fundamental que quede claro para todos que el espíritu de esta iniciativa que presentamos es ampliar la representación democrática de los mexicanos en el exterior, porque son mexicanos y como tal se les debe tratar. Que la fórmula utilizada surge ante la imposibilidad de determinar la cantidad de personas que por entidad federativa se encuentran radicando fuera del territorio nacional, porque ni el Instituto de los Mexicanos en el Exterior cuenta con la cifra exacta.

Al introducir la figura del diputado migrante en el orden jurídico mexicano, se propone que adicionalmente a los requisitos que establecen la Constitución federal y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el candidato pueda cumplir con los siguientes temas:

Primero. Tener residencia binacional, es decir, que resida en el extranjero por lo menos tres años. Pertenecer a organizaciones o asociaciones de migrantes cuando menos un año antes de su postulación. Acreditar que ha fomentado o promovido el vínculo entre la comunidad a través de actividades culturales, recreativas, deportivas o productivas. Y acreditar que ha participado en beneficio de su comunidad, cuando menos un año antes de su postulación.

Con estos requisitos para ser diputado migrante consideramos que se garantiza que el aspirante a tal cargo está involucrado y comprometido con los asuntos de interés para los migrantes y que, a su vez, mantiene un vínculo cercano con su comunidad en México, para la que también desea trabajar. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de Partidos Políticos, a cargo de la diputada María del Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los que suscriben, diputada María del Pilar Lozano Mac Donald y diputados federales del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Planteamiento del Problema

No hace mucho tiempo los migrantes eran los grandes olvidados para nuestro país, hasta que en los Estados Unidos de América comenzaron a endurecer las medidas en materia de inmigración, el Estado mexicano reparó en que tenía una gran problemática que había dejado sin atención a través de los años, un grupo vulnerable abandonado, violentado en sus derechos fundamentales y desprovisto de mecanismos para participar en la vida pública y formar parte como sujeto activo de la voluntad ciudadana.

Fue en la década de los ochenta, cuando se presentó el primer gran flujo de connacionales que tuvieron que emigrar en búsqueda de mejores condiciones de vida que las ofrecidas en su propia patria, desde esa época la emigración no se ha detenido, tal y como se muestra en las siguientes gráficas que refieren tanto el incremento en la cantidad de mexicanos que en los últimos cincuenta y cinco años han emigrado, como el comportamiento en la tasa de crecimiento del número de emigrantes en el mismo número de años, reflejando así, en el año de 1980 una tasa de crecimiento del 157.2 por ciento con respecto al año de 1970, mientras que para el año de 2015 fue del 4.3 por ciento con respecto a 2010.

Emigrantes mexicanos en el mundo, 1960-2015

Gráfica 1

Gráfica 2

Independientemente de que en la gráfica anterior, podamos observar que el aumento de emigrantes al extranjero, no es en los últimos diez años tan considerable como entre los años 1980 y 2000, continúa aumentando la cifra, ubicándose México en el segundo lugar de los países de origen de los emigrantes, con una cifra de alrededor de 12.3 millones de connacionales distribuidos en el mundo.

Gráfica 3

La razón principal de nuestros paisanos para emigrar ha sido desde un inicio la búsqueda de un trabajo que les permita sostener a sus familias y proporcionarles una mejor calidad de vida, aunque ello implique el sacrificio de dejar su ciudad o comunidad, a sus hijos, padres o hermanos, sus costumbres y tradiciones, para enfrentar situaciones desconocidas, tales como: un nuevo idioma, racismo, costumbres y soledad, por mencionar solo algunas; o bien, como en muchos casos en que emigran las familias nuclear o extendida, y cientos de ellas quedan separadas e indefensas ante las fuertes medidas de migración impuestas.

Los gobiernos locales y federal, ausentes por décadas ante esta situación, lejos de crear programas efectivos que desalentaran la migración de personas hacia el exterior o que protegieran y salvaguardaran los derechos de los migrantes, únicamente priorizaron el beneficio que proporcionaba la recepción de remesas, pues México como sabemos, está dentro de las economías que más remesas recibe en el mundo, ocupando el cuarto lugar después de la India, China y Filipinas, recibiendo al cierre del año 2017 un ingreso por la cantidad de 28,771 millones de dólares.

Gráfica 4

Gráfica 5

Los recursos provenientes de las remesas constituyen una de las fuentes generadoras de divisas más fuertes para México, ubicándose para el año 2016 en el tercer lugar, después de las divisas obtenidas por la industria automotriz y las exportaciones del sector agroalimentario, superando en un 44 por ciento los ingresos provenientes del petróleo, ubicados hasta el quinto sitio después del sector turístico.

Gráfica 6 *Cifras estimadas para 2016.

A pesar de que México está situado en el cuarto lugar de los países receptores de remesas, por lo que se refiere a los corredores de remesas en el mundo, ocupamos el primer lugar, toda vez que las divisas obtenidas de esta fuente de ingresos provienen de los Estados Unidos casi en su totalidad, mientras que las remesas de países como la India y China proceden de cuando menos dos naciones. Como se puede apreciar en la gráfica 8, las remesas al mes de diciembre de 2017, en un 94.7 por ciento fueron procedentes de los Estados Unidos, mientras que sólo el 1.2 por ciento provino de Canadá y el 4.3 por ciento restante de otros países.

Gráfica 7

Gráfica 8

Como se observa en las dos siguientes tablas, el total de remesas para el año 2017 ascendió a 28 mil 771 millones de dólares, que distribuido entre las 32 entidades federativas, da como resultado que las diez entidades que obtuvieron mayores ingresos por este concepto fueron: Michoacán, Jalisco, Guanajuato, México, Puebla, Oaxaca, Guerrero, Ciudad de México, Veracruz y San Luis Potosí. Los ingresos por remesas de estas entidades corresponden al 62.4 por ciento del total, es decir, a 17 mil 956 millones de dólares.

Ingresos por remesas, distribución por entidad federativa

Tabla 1

Gráfica 9

La ampliación de la representación democrática de los mexicanos en el exterior es una deuda que el Estado mexicano tiene y que no ha terminado de pagar. Si bien es cierto que a se han realizado algunos avances legislativos en defensa de los derechos de los migrantes, como es el reconocimiento a su derecho político a votar, que dio comienzo con la reforma electoral del año 2005 con el voto de los mexicanos en el extranjero por presidente de la república, la reforma al artículo 1o. de la Constitución, realizada en junio de 2011 y que reconoce la “dignidad humana” como un principio jurídico central que debe ser respetado, protegido y garantizado por las autoridades hacia todos los individuos, y recientemente, los avances legislativos de algunos congresos locales para instaurar la figura del diputado migrante, como es el caso de Zacatecas, Guerrero, Tlaxcala, Jalisco, Durango, Ciudad de México, Guanajuato y Michoacán, esto no es suficiente para reconocer y proteger los derechos fundamentales de los migrantes por el simple y sencillo hecho de ser mexicanos.

Nuestros connacionales, ávidos de ser tratados como mexicanos, ya no de segunda clase, sino como ciudadanos con los mismos derechos de cualquiera que no ha tenido que dejar la patria, han demostrado cada vez más que sus raíces en este país son permanentes, que desean participar en la toma de decisiones políticas que generen acciones que impacten en defensa y respeto a sus derechos y los de su comunidad.

Un ejemplo claro de la participación de los migrantes en los asuntos del país, se ha podido apreciar con el voto de los mexicanos residentes en el extranjero, que desde la elección presidencial del año 2006, a la reciente elección de 2018, tuvo un incremento del 202 por ciento de votación recibida, pasando de 32 mil 621 votos en el año de 2006 a 40 mil 714 votos en el año 2012, llegando a 98 mil 470 votos en el reciente pasado primero de julio.

Gráfica 10

Las remesas han representado un factor positivo en la economía mexicana, impactando primordialmente de manera directa en millones de hogares mexicanos, sin embargo, no se puede dejar de lado el análisis de su efecto a través de la influencia que tienen en el PIB y que de acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo) a nivel nacional es del 2.8 por ciento del PIB, mientras que para algunas entidades federativas como el caso de Michoacán, Guerrero, Oaxaca, Zacatecas, Nayarit, Guanajuato, Morelos y Durango, las remesas representan, más del 5 por ciento de su PIB estatal.

Gráfica 11

Argumentación

Cada migrante no sólo es importante para su núcleo familiar, sino que existen datos duros como los que se presentan en esta exposición de motivos, que confirman la trascendencia de su quehacer en los asuntos públicos de México, por lo que es fundamental empoderarlos para participar en el diseño y ejecución de políticas públicas integrales.

Para impulsar esta iniciativa con la intención de ampliar la representación democrática de los mexicanos en el exterior a través de la figura del diputado migrantede representación proporcional, fue necesario determinar en un primer momento, la cantidad de diputados de este sector que se integrarán al Congreso federal, por lo que, ante la falta de información institucional respecto del número de migrantes que por entidad federativa se encuentran radicando fuera del territorio nacional, se tomaron en consideración dos factores fundamentales que son sensibles a la trascendencia y el peso de los connacionales en el exterior, tales como la lista nominal de electores residentes en el extranjero y la representación de las remesas como porcentaje del PIB estatal, de tal forma que, como se aprecia en la siguiente gráfica, los Estados de Jalisco, Michoacán y Guanajuato son los que recibieron más de 2 mil 500 millones de dólares en remesas durante el año de 2017, mientras que la cifra superior a 10 mil connacionales inscritos en la lista nominal de electores residentes en el extranjero, correspondió a las entidades federativas de Puebla, Guanajuato, Michoacán, Jalisco y Ciudad de México.

Gráfica 12

La participación de los migrantes en el presupuesto de sus comunidades es tangible; así como su creciente interés en los asuntos públicos del país, que se ve reflejado en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (LNERE) existiendo una vinculación entre las remesas, el índice de dependencia de las mismas y el número de electores residentes en el extranjero por cada entidad federativa, como se puede apreciar en la siguiente tabla.

Tabla 2

La tabla que se presenta a continuación refleja la participación económica y político electoral de los migrantes en cada una de las circunscripciones plurinominales.

En cada circunscripción existe cuando menos una entidad federativa, en la que su presupuesto depende de manera significativa de las remesas o cuenta con un número importante de migrantes inscritos en la lista nominal de electores residentes en el extranjero. Tal es el caso de Michoacán, que se encuentra en la quinta circunscripción y tiene el primer sitio de dependencia del PIB estatal de las remesas, o Nayarit, que pertenece a la primera circunscripción y que ocupa el quinto lugar de dependencia del PIB estatal a nivel nacional. Tratándose de migrantes inscritos en la lista nominal de electores residentes en el extranjero, tenemos como ejemplos a la Ciudad de México y Puebla, que ocupan el primer y quinto lugar respectivamente a nivel nacional, los que pertenecen a la cuarta circunscripción, y a Oaxaca, que forma parte de la tercera circunscripción y tiene la posición octava de inscritos a nivel nacional.

Con la información confiable que se tiene hasta ahora, se propone la siguiente forma para ampliar la representación democrática de los mexicanos en el exterior, con el firme compromiso como partido, de revisar los mecanismos para fortalecer el voto de los mexicanos en el extranjero y con ello aumentar la participación democrática de los connacionales.

Como resultado del análisis presentado, la cantidad de espacios para poder ser ocupados en el Congreso federal por diputados migrantes de representación proporcional, se determinó de acuerdo a una fórmula objetiva, transparente y sensible a la evidencia empírica existente, como lo son los factores ya mencionados:

1. La dependencia del PIB estatal de las remesas por circunscripción territorial, y

2. La participación electoral de los migrantes por circunscripción territorial. (Número de electores residentes en el extranjero).

Con el objetivo de que los connacionales estén debidamente representados, la circunscripción plurinominal que cumpla con alguno de los siguientes criterios contará con un diputado migrante de representación proporcional:

1. Que el promedio del índice de dependencia del PIB estatal con respecto a las remesas en la circunscripción plurinominal, sea de por lo menos el 2 por ciento del índice de dependencia del PIB estatal del año anterior a la elección de diputados federales, o,

2. Que la circunscripción plurinominal cuente con al menos 20 mil connacionales registrados en Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero en el año de la elección en curso, para el caso de elecciones federales en que se renueva la totalidad de los cargos a elección popular; y para el caso de elecciones federales en que se renueva solamente la Cámara de Diputados, se hará con base en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero de la elección anterior.

Aplicando la fórmula con los datos anteriores, en la siguiente tabla puede observarse que las cinco circunscripciones plurinominales presentan una participación activa por parte de los migrantes en beneficio de sus comunidades, la cual se refleja en la dependencia del PIB estatal que en promedio es por encima del 2 por ciento, así como su interés en la vida democrática de México, al observar que el número de electores registrados en el extranjero son más de 20 mil por circunscripción. Por lo que de acuerdo con la fórmula empleada, cada circunscripción plurinominal tendrá un diputado migrante, ya sea por el criterio de dependencia del PIB estatal de las remesas o como resultado de la sumatoria de electores en el extranjero, reconociendo así, la existencia de los hermanos connacionales y dándoles voz en el máximo órgano de representación popular, la Cámara de Diputados.

Cabe mencionar que la aplicación de esta fórmula no es acumulativa y sólo se asignarán cincodiputados migrantes, uno por cada circunscripción plurinominal que cumpla con las características antes señaladas;pues con el empleo de la fórmula, no se pretende incentivar la emigración o premiar el mayor flujo de remesas hacía México; es fundamental que quede claro para todos, que el espíritu de esta iniciativa que presentamos, es ampliar la representación democrática de los mexicanos en el exterior, porque son mexicanos y como tal, se les debe de tratar, que la fórmula utilizada, surge ante la imposibilidad de determinar la cantidad de personas que por entidad federativa, se encuentran radicando fuera del territorio nacional, porque ni el Instituto de Mexicanos en el Exterior cuenta con tal cifra, lo que significaba un obstáculo para establecer cuantos diputados migrantes son representativos del sector por circunscripción plurinominal; por lo que con estos dos elementos, la dependencia del Producto Interno Bruto (PIB) Estatal de las remesas y el número de electores residentes en el extranjero, se logra que a través de datos duros exista consistencia y certeza para definir el número de diputados migrantes

Tabla 3

Una vez determinado el número de diputados migrantes por circunscripción plurinominal, respecto de la forma de asignación de los mismos, se propone que para las elecciones federales en que se renueven el titular del Poder Ejecutivo federal y las dos Cámaras del Congreso de la Unión, la asignación de los cinco diputados migrantes sea para el o los partidos políticos con el mayor número de votos de mexicanos residentes en el extranjero para la elección de presidente de la República por circunscripción plurinominal; y para las elecciones federales en que se renueve solamente la Cámara de Diputados, la asignación de los cinco diputados migrantes sea para el o los partidos políticos que obtengan el mayor número de votos en la circunscripción que les corresponda.

Lo anterior se propone con la información objetiva existente, utilizando el número de votos de mexicanos residentes en el extranjero como un incentivo en dos vías, de ida, para que los partidos políticos se acerquen de manera real a los hermanos que viven en el extranjero, escuchen sus necesidades y den su apoyo; de regreso, para que los connacionales ocupen su voto como mandato, y se vea reflejado en los votos para Presidente, pero también en la elección del Diputado Migrante que represente su voz.

Para el caso de las elecciones intermedias, será responsabilidad de los partidos políticos realizar las listas con los diputados migrantes que continúen con el trabajo de representar a los hermanos residentes en el extranjero. Lo realmente importante es dar voz a los mexicanos que tanto ayudan a sus comunidades, pero que también tienen sus problemáticas y retos, para que construyamos juntos el Estado democrático de derecho que México demanda.

Al introducir la figura del diputado migrante en el orden jurídico mexicano, se propone que adicionalmente a los requisitos que establecen la Constitución federal y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para ser diputado, el connacional que aspire a representar en el Congreso de la Unión a los mexicanos que viven en el extranjero, cumpla con determinadas características que permitan presumir su acercamiento, interés y conocimiento en las problemáticas que aquejan a este sector, tales como:

a) Tener residencia binacional, es decir, que resida en el extranjero tres años antes de la elección y que posea simultáneamente un domicilio propio en alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción territorial en la que se realice la elección.

b) Pertenecer a organizaciones o asociaciones de migrantes, cuando menos un año antes de su postulación;

c) Acreditar que ha fomentado o promovido el vínculo entre la comunidad migrante a través de actividades culturales, recreativas, deportivas o productivas;

d) Acreditar que ha participado en beneficio de su comunidad en México, cuando menos un año antes de su postulación.

Con estos requisitos para ser diputado migrante, consideramos que se garantiza que el aspirante a tal cargo, está involucrado y comprometido con los asuntos de interés para los migrantes y que a su vez, mantiene un vínculo cercano con su comunidad en México, para la que también desea trabajar.

Por otra parte, respecto al orden en que se propone aparezca la fórmula del diputado migrante en las listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales, planteamos que a fin de garantizar la participación activa de los migrantes en la vida política del país en cada legislatura de esta honorable Cámara de Diputados, cada uno de los partidos políticos, entregue una lista adicional a las ya contempladas por nuestro orden jurídico, que integre fórmulas de un candidato a diputado migrante por cada circunscripción plurinominal, y que al igual que en las fórmulas ya establecidas, estén compuestas por un propietario y un suplente del mismo género, teniendo además, ambos la calidad de migrantes; de tal forma que la asignación del diputado migrante no dependerá del orden en que haya sido colocado en la lista; por lo que a su vez se propone que el diputado migrante, sea el que ocupe la última fórmula que se asigne, abonando así, que el partido o partidos políticos contemplen una curul para el diputado migrante en las circunscripciones territoriales que hayan ganado la mayoría de votos. En la asignación de la fórmula, se ha cuidado conservar el principio de paridad, por lo que dicha fórmula debe ser de género distinto al que le anteceda en la asignación de la lista de representación proporcional de candidatos a diputados del partido político.

Esta iniciativa es presentada en el marco del reconocimiento, respeto y garantía a los derechos político electorales de los migrantes, toda vez que resulta una obligación y deuda del Estado mexicano, establecer la figura del diputado migrante de representación proporcional, en reconocimiento a la participación activa de nuestros connacionales migrantes en la vida económica y política del país.

Por lo anteriormente expuesto, argumentado y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos

Para quedar de la siguiente manera:

Artículo Primero. Se reforman los artículos 14, numerales 1 y 4; y 238, numeral 1, inciso c); se adicionan los artículos 3, numeral 1, con un inciso g) recorriéndose los demás en el orden subsecuente; 10, numeral 1, con un inciso g); 20, con un numeral 2; 234, con un numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 3.

1. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

a) a f) ...

g) Diputado Migrante: Es la persona que cumpliendo con los requisitos contemplados por la Constitución federal y esta Ley, representa los intereses de los mexicanos radicados en el extranjero en la Cámara de Diputados.

h) ...

i)...

j)...

Artículo 10.

1. Son requisitos para ser diputado federal o senador, además de los que señalan respectivamente los artículos 55 y 58 de la Constitución, los siguientes:

a) a f) ...

g) Además de los anteriores, para ser diputado migrante se requiere: acreditar residencia binacional, efectiva en el extranjero por más de tres años y poseer simultáneamente domicilio propio en alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección; pertenecer a organizaciones o asociaciones de migrantes, cuando menos un año antes de su postulación; acreditar que ha fomentado o promovido el vínculo entre la comunidad migrante a través de actividades culturales, recreativas, deportivas o productivas; y acreditar que ha participado en beneficio de su comunidad en México, cuando menos un año antes de su postulación.

Artículo 14.

1. La Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales, de estos últimos, cinco deberán tener al momento de la elección, la calidad de diputados migrantes. La Cámara de Diputados se renovará en su totalidad cada tres años.

...

...

4. En las listas a que se refieren los párrafos anteriores, los partidos políticos señalarán el orden en que deban aparecer las fórmulas de candidatos. Además de las listas referidas, cada partido político entregará una lista que integre fórmulas de un candidato a Diputado Migrante por cada circunscripción plurinominal, compuestas cada una por un propietario y un suplente del mismo género y con la misma calidad de migrante.En las fórmulas para senadores y diputados, tanto en el caso de mayoría relativa, como de representación proporcional, los partidos políticos deberán integrarlas por personas del mismo género. En las fórmulas para diputados migrantes, los partidos políticos deberán integrarlas además, por personas con la misma calidad de migrantes.

...

Artículo 20.

1. ...

2. Cuando se trate de elecciones federales en que se renueven el titular del Poder Ejecutivo federal y las dos Cámaras del Congreso de la Unión, la asignación de los cinco diputados migrantes corresponderá a los partidos políticos que obtengan el mayor número de votos de mexicanos residentes en el extranjero para la elección de Presidente de la República por circunscripción plurinominal.

Cuando se trate de elecciones federales en que se renueve solamente la Cámara de Diputados, los cinco diputados migrantes serán asignados a los partidos políticos que tengan el mayor número de votos por circunscripción plurinominal.

El diputado migrante será el que ocupe la última fórmula que se asigne, el cual para garantizar el principio de paridad deberá ser de género distinto al que le anteceda en la asignación de la lista de representación proporcional de candidatos a diputados del partido político.

Artículo 234.

1. ...

2. Además de la listas de representación proporcional, cada partido político entregará una lista que integre fórmulas de un candidato a diputado migrante por cada circunscripción plurinominal, compuestas cada una por un propietario y un suplente del mismo género y con la misma calidad de migrante.

Artículo 238.

1. La solicitud de registro de candidaturas deberá señalar el partido político o coalición que las postulen y los siguientes datos de los candidatos:

...

...

c) Domicilio y tiempo de residencia en el mismo; para el caso del candidato a Diputado Migrante, domicilio y tiempo de residencia en el extranjero.

...

...

...

...

Artículo Segundo. Se adicionan los artículos 3, con un numeral 6; y 25, numeral 1, con un inciso s) recorriéndose los demás en el orden subsecuente de la Ley General de Partidos Políticos, para quedar como sigue:

Artículo 3.

1. a 5. ...

6. Cada partido político a fin de establecer la figura de “diputado migrante”, con el propósito de garantizar una representación adecuada de los mexicanos que se encuentran en esta condición, entregará una lista que integre a un mexicano residente en el extranjero por cada una de las circunscripciones plurinominales.

Artículo 25.

1. Son obligaciones de los partidos políticos:

a) al r) ...

s) Garantizar la participación de los mexicanos residentes en el extranjero en candidaturas a diputados migrantes de representación proporcional;

t) ...

u) ...

v) ...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Acorde con datos de las Naciones Unidas de 2015, estimó que había 12.3 millones de personas nacidas en México en el mundo, de las cuales 12 millones residían en el vecino país del norte. Consejo Nacional de Población, Fundación BBVA Bancomer y BBVA Research (2017). Anuario de Migración y Remesas. México 2017. Conapo-Fundación BBVA Bancomer-BBVA Research. 1ra edición, México, pp.196.

2 Ibídem.

3 Obra citada Pronóstico del Banco Mundial en el estudio del Consejo Nacional de Población, Fundación BBVA Bancomer y BBVA Research (2017).

4 Datos del Banco de México.

http://www.banxico.org.mx/SieInternet/ consultarDirectorioInternetAction.do?sector= 1& accion=consultarDirectorioCuadros& locale=es; consultado el 25 de junio 2017.

5 Datos de Banco de México y Banco Mundial.

https://www.eleconomista.com.mx/economia/11-datos-sobre-el-envio-de- remesas-a-Mexico-20170205-0065.html

6 Obra citada Datos de Banco de México.

7 http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/historico# Evoluciondelvotoenelextranjero

8 Obra citada Consejo Nacional de Población.

9 De acuerdo con la consulta realizada al Instituto de Mexicanos en el exterior de fecha 26 de julio de 2018.

Referencias

Gráfica 1.Elaboración propia con datos del Anuario de Migración y Remesas. México 2017. CONAPO-Fundación BBVA Bancomer-BBVA Research.

Gráfica 2. Ibídem.

Gráfica 3. Ibídem.

Gráfica 4. Ibídem.

Gráfica 5. Elaboración propia con datos del Banco de México.

Gráfica 6. Elaboración propia, con datos del Banco de México y Banco Mundial. *cifras estimadas para 2016.

Gráfica 7.Elaboración propia con datos calculados como pronóstico del Banco Mundial en el Anuario de Migración y Remesas. México 2017.

Gráfica 8. Elaboración propia con datos del Banco de México.

Gráfica 9. Ibídem.

Gráfica 10. Elaboración propia con datos del Instituto Nacional Electoral. Votación para Presidente de la República.

www.votoextranjero.mx

Gráfica 11. Elaboración propia con datos del Consejo Nacional de Población, Fundación BBVA Bancomer y BBVA Research (2017). Anuario de Migración y Remesas. México 2017. Conapo-Fundación BBVA Bancomer-BBVA Research. 1ra edición, México, pp.196. Así como con cifras de

http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/historico# Evoluciondelvotoenelextranjero

Gráfica 12. Elaboración propia con Datos del Banco de México.

http://www.banxico.org.mx/SieInternet/ consultarDirectorioInternetAction.do?sector=1 &accion=consultarDirectorioCuadros&locale=es. Consultado el 25 de junio 2018.

http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/ historico#Evoluciondelvotoenelextranjero

Tabla 1. Elaboración propia con datos del Banco de México.

Tabla 2. Elaboración propia con *datos del Consejo Nacional de Población, Fundación BBVA Bancomer y BBVA Research (2017). Anuario de Migración y Remesas. México 2017. CONAPO-Fundación BBVA Bancomer-BBVA Research. 1ra edición, México, pp.196. **Datos de Banco de México.

http://www.banxico.org.mx/SieInternet/ consultarDirectorioInternetAction.do?sector=1 &accion=consultarDirectorioCuadros&locale=es ***Con datos de

http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/ historico#Evoluciondelvotoenelextranjero

Tabla 3. Elaboración propia con *datos del Consejo Nacional de Población, Fundación BBVA Bancomer y BBVA Research (2017). Anuario de Migración y Remesas. México 2017. CONAPO-Fundación BBVA Bancomer-BBVA Research. 1ra edición, México, pp.196. **Con datos de

http://www.votoextranjero.mx/web/vmre/historico#Evoluciondelvotoenelextranjero

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 18 días de septiembre de dos mil dieciocho.— Diputada María del Pilar Lozano Mac Donald (rúbrica).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Gobernación, Protección Civil y Población para su dictamen.Se pide a las diputadas y diputados no retirarse del salón, falta una votación importante.



CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán:Con su venia, diputada presidenta.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.

La diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán: Compañeras y compañeros, con la reforma constitucional en materia de procuración y administración de justicia de 2008, México dejó atrás el sistema inquisitivo para transitar a uno acusatorio y oral que parte de la defensa y protección de los derechos humanos.

Lo anterior se estableció con el objetivo de despresurizar el congestionado sistema, reducir gastos públicos, brindar justicia a las víctimas y centrar los esfuerzos en la investigación diligente de delitos que más lesionan a la sociedad.

De hecho, la falta de eficiencia en el sistema inquisitivo se puede constatar con las estadísticas que se observan en el Programa Sectorial de Procuración de Justicia 2007-2012, en donde la Procuraduría solo había logrado consignar el 22 por ciento del total de las averiguaciones previas. Por eso fue necesario hacer estos cambios que nos llevaron al Sistema de Justicia Acusatorio y Oral.

Posteriormente, con las reformas constitucionales en materia de amparo y de derechos humanos de 2011, México incorporó el garantismo como modelo de Estado de derecho, con ello nuestro país comenzó a formar parte de una comunidad global que vigila y promueve la protección de los derechos humanos.

El Estado asumió el compromiso de generar mecanismos jurídicos que permitan garantizar los estándares más altos en materia de protección y promoción de los derechos de todas las personas que se encuentran en el territorio nacional.

Todas estas reformas reconfiguraron la dimensión penal del sistema en sus distintas facetas. Esto es porque partieron del principio de la defensa y protección de los derechos humanos. Por sí mismo el derecho penal es represor y restrictivo, y de ahí la imperante necesidad de establecer garantías que doten de seguridad jurídica a las personas que intervienen en el proceso penal.

Originalmente se había planteado que cada entidad federativa tuviera su propio código, pero el resultado fue la incorporación de figuras procesales que solo existían en algunos de los estados y no en todo el territorio nacional. Por eso, en 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Si bien es cierto que el Código establece derechos y garantías tanto para la víctima o el ofendido, también como para el imputado, lo cierto es que en el marco del procedimiento todavía es necesario consolidar algunas reglas procesales que permitan fortalecer aún más el equilibrio entre las partes. Ello a fin de que el sistema atienda en su totalidad las garantías judiciales demarcadas por el derecho internacional de los derechos humanos.

En ese sentido la iniciativa prevé una reforma al artículo 126, con el objetivo de fortalecer el derecho a una defensa adecuada. Actualmente el citado artículo del Código Nacional establece la posibilidad de que el abogado defensor recurra al órgano jurisdiccional a fin de solicitar la presentación de un testigo, cuando este se negara a presentarse de manera voluntaria.

Lo anterior se estableció con el objetivo de otorgar mecanismos que faciliten el acceso a datos de prueba en el marco de la construcción de la defensa. Se busca modificar el 261 sobre las definiciones de dato de prueba, medio de prueba y prueba.

La reforma planteada busca sustituir el término tribunal de enjuiciamiento por órgano jurisdiccional, con el propósito de evitar confusión sobre la posibilidad de producir prueba en etapas preliminares o previas a juicio, para efecto de demostrar la pretensión del oferente.

Se propone también modificar el 325 para determinar que, si la investigación complementaria no se concluye en el tiempo demarcado por el juez, se procederá a sobreseer la causa. Ello tiene por finalidad fortalecer la obligación del Ministerio Público de investigar diligentemente y dota al imputado de seguridad jurídica.

El artículo 344, sobre el desarrollo de la audiencia durante la etapa intermedia, con el objetivo de referir la posibilidad de establecer el desahogo de medios de prueba, fortalecimiento de lo ya referido en el 262.

Se prevé eliminar el último párrafo del 346, la decisión del juez de control de exclusión de medios de prueba que sea apelable.

La iniciativa prevé reformar el artículo 366, con el objetivo de garantizar y atender los derechos de las niñas, niños y adolescentes, que se encuentra en el procedimiento penal, puesto que se propone la obligatoriedad de grabar los testimonios de los menores con el objetivo de evitar la revictimización, si fuera necesario que volvieran a rendir testimonio en partes posteriores de los procedimientos.

Y finalmente, se prevé la reforma al 479 para dar congruencia a la modificación del 467 para poder explicar cómo proceder durante la sentencia cuando se produce una apelación contra la admisión o la exclusión de prueba. De la misma manera, se prevé que el delito de portación de armas de calibre de uso exclusivo del Ejército, no en todas sus modalidades, sea incluido al catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa. Por su atención, muchísimas gracias.

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Mariana Rodríguez Mier y Terán, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Con la reforma constitucional en materia de procuración y administración de justicia de 2008, México dejó atrás el sistema inquisitivo para transitar a uno acusatorio y oral, que parte de la defensa y protección de los derechos humanos.

Lo anterior se estableció con el objetivo de despresurizar el congestionado sistema, reducir gastos públicos, brindar justicia a las víctimas y centrar los esfuerzos en la investigación diligente de los delitos que más lesionan a la sociedad. De hecho, la falta de eficiencia en el sistema inquisitivo se puede constatar con las estadísticas que se observan en el Programa Sectorial de la Procuración de Justicia 2007-2012, en donde la Procuraduría General de la República, sólo había logrado consignar 22.39 por ciento del total de averiguaciones previas.

Adicionalmente, el sistema inquisitivo había sido sujeto a amplias críticas de organismos nacionales e internacionales por violentar los principios de presunción de inocencia y no contemplar los derechos de las víctimas.

Fue así como esta reforma modificó los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73 (fracciones XXI y XXIII), 115 (fracción VII) y 123 (fracción XIII, apartado B) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de conformar los nuevos procedimientos alternos al juicio oral y generar garantías que permitieran establecer una efectiva igualdad de partes en el procedimiento.

Entre las principales modificaciones que se incorporaron en la Constitución, se destacan las siguientes:

1. El artículo 17 incorporó los mecanismos alternativos de solución de controversias;

2. El artículo 18 reformó de manera importante el sistema carcelario y la ejecución de sanciones penales;

3. El artículo 19 restringió la medida cautelar de la prisión preventiva, la cual solamente operará en aquellos delitos graves así marcados por la ley (delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud). También, en este artículo, se incorporó la figura del auto de vinculación a proceso;

4. El artículo 20 estableció los principios rectores del sistema, incorporó el principio de presunción de inocencia del imputado y, finalmente, fortaleció la participación de la víctima en el procedimiento.

5. El artículo 21 incorporó los ejes rectores de la investigación del ministerio público y

6. El artículo 22 introdujo la figura de extinción de dominio.

Posteriormente, con las reformas constitucionales en materia de amparo y de derechos humanos de 2011, México incorporó el garantismo como modelo de estado de derecho. Con ello, nuestro país comenzó a formar parte de una comunidad global que vigila y promueve la protección de los derechos humanos. El Estado asumió el compromiso de generar mecanismos jurídicos que permitan garantizar los estándares más altos en materia de protección y promoción de los derechos de todas las personas que se encuentren en el territorio nacional.

Todas estas reformas reconfiguraron la dimensión penal del sistema, en sus distintas facetas. Esto es porque partieron del principio de la defensa y protección de los derechos humanos. Por sí mismo, el derecho penal es represor y restrictivo, de ahí la imperante necesidad de establecer garantías que doten de seguridad jurídica a las personas que intervienen en el procedimiento penal.

Originalmente, se planteó que cada entidad federativa conformará su propio Código, pero el resultado fue la incorporación de figuras procesales que sólo existían en algunos estados de la República.

Fue precisamente por ello, que el 5 de marzo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Código Nacional de Procedimientos Penales con el objetivo de homologar los criterios jurídicos en toda la República Mexicana, a través de la conformación de una sola norma adjetiva, lo cual homogeneizó los procedimientos penales.

Esta legislación –que entró en vigor el 18 de junio de 2016 en toda la República Mexicana– atendió a los principios del garantismo penal incorporado en 2011 y estableció como eje fundamental del procedimiento, la defensa y protección de los derechos inherentes a las partes.

Si bien es cierto que el Código Nacional establece derechos y garantías tanto para la víctima u ofendido como para el imputado, lo cierto es que, en el marco del procedimiento, todavía es necesario consolidar algunas reglas procesales que permitan fortalecer, aún más, el equilibrio entre las partes. Ello, a fin de que el sistema atienda en su totalidad las garantías judiciales demarcadas por el derecho internacional de los derechos humanos.

En este respecto, el Pacto de San José de Costa Rica, establece en su artículo 8 las siguientes garantías judiciales:

Artículo 8. Garantías Judiciales

1. Toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente independiente e imparcial establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:

a) derecho del inculpado de ser asistido gratuitamente por el traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal;

b) comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada; c) concesión al inculpado de tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa;

d) derecho del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un defensor de su elección o de comunicarse libre y privadamente con su defensor;

e) derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado, remunerado o no según la legislación interna, si el inculpado no se defendiere por sí mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido por la ley;

f) derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos;

g) derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declarar culpable, y

h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.

3. La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.

4. El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.

5. El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los intereses de la justicia.

Adicionalmente, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el apartado B de su artículo 20, los derechos de los imputados, los cuales demarcan los principios que se deben atender cuando una persona queda sujeta a un procedimiento penal. Los derechos de los imputados son los siguientes:

Artículo 20. ...

A. ...

B. De los derechos de toda persona imputada:

I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa;

II. A declarar o a guardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio;

III. A que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el juez, los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. Tratándose de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.

La ley establecerá beneficios a favor del inculpado, procesado o sentenciado que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos en materia de delincuencia organizada;

IV. Se le recibirán los testigos y demás pruebas pertinentes que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite, en los términos que señale la ley;

V. Será juzgado en audiencia pública por un juez o tribunal. La publicidad sólo podrá restringirse en los casos de excepción que determine la ley, por razones de seguridad nacional, seguridad pública, protección de las víctimas, testigos y menores, cuando se ponga en riesgo la revelación de datos legalmente protegidos, o cuando el tribunal estime que existen razones fundadas para justificarlo.

En delincuencia organizada, las actuaciones realizadas en la fase de investigación podrán tener valor probatorio, cuando no puedan ser reproducidas en juicio o exista riesgo para testigos o víctimas. Lo anterior sin perjuicio del derecho del inculpado de objetarlas o impugnarlas y aportar pruebas en contra.

VI. Le serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el proceso. El imputado y su defensor tendrán acceso a los registros de la investigación cuando el primero se encuentre detenido y cuando pretenda recibírsele declaración o entrevistarlo. Asimismo, antes de su primera comparecencia ante juez podrán consultar dichos registros, con la oportunidad debida para preparar la defensa.

A partir de este momento no podrán mantenerse en reserva las actuaciones de la investigación, salvo los casos excepcionales expresamente señalados en la ley cuando ello sea imprescindible para salvaguardar el éxito de la investigación y siempre que sean oportunamente revelados para no afectar el derecho de defensa;

VII. Será juzgado antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa;

VIII. Tendrá derecho a una defensa adecuada por abogado, al cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención. Si no quiere o no puede nombrar un abogado, después de haber sido requerido para hacerlo, el juez le designará un defensor público.

También tendrá derecho a que su defensor comparezca en todos los actos del proceso y éste tendrá obligación de hacerlo cuantas veces se le requiera, y

IX. En ningún caso podrá prolongarse la prisión o detención, por falta de pago de honorarios de defensores o por cualquiera otra prestación de dinero, por causa de responsabilidad civil o algún otro motivo análogo. La prisión preventiva no podrá exceder del tiempo que como máximo de pena fije la ley al delito que motivare el proceso y en ningún caso será superior a dos años, salvo que su prolongación se deba al ejercicio del derecho de defensa del imputado.

Si cumplido este término no se ha pronunciado sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para imponer otras medidas cautelares. En toda pena de prisión que imponga una sentencia, se computará el tiempo de la detención.

A fin de fortalecer los derechos de los imputados en el marco del procedimiento penal, la presente iniciativa prevé modificaciones al Código Nacional de Procedimientos Penales en las diferentes partes del procedimiento.

En este sentido, la iniciativa prevé una reforma al artículo 126 con el objetivo de fortalecer el derecho a la defensa adecuada. Actualmente, el citado artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales establece la posibilidad de que el abogado defensor recurra al órgano jurisdiccional a fin de solicitar la presentación de un testigo cuando éste se negare a presentarse de manera voluntaria. Lo anterior se estableció con el objetivo de otorgar mecanismos que faciliten el acceso a datos de prueba en el marco de la construcción de la defensa.

Bajo ese mismo principio, la iniciativa de reforma establece la posibilidad de que el abogado defensor, además de solicitar –ante el juez de control– la presentación de testigos, también podrá recurrir al órgano jurisdiccional para solicitar documentos, objetos o informes que permitan probar la inocencia del imputado. Lo anterior, cuando dichos documentos, objetos o informes se encuentren en poder de un tercero y éste se negare a proporcionarlos de manera voluntaria.

La importancia de esta propuesta se centra en que establece recursos que fortalecen la obtención de datos y medios de prueba para la conformación de la defensa adecuada, generando un equilibrio entre las partes del procedimiento.

Actualmente, el Ministerio Público cuenta con todos los recursos del Estado para allegarse de la información que requiere para realizar la investigación; cuenta con recursos para solicitar informes, documentos, datos, testigos, etcétera. No obstante, los abogados defensores no tienen las mismas facilidades para ello. Si bien tienen acceso a la carpeta de investigación, no existen los mecanismos necesarios para requerir información que pudiera servir como dato de prueba y que permitiera defender la inocencia de la persona imputada.

Es así como esta modificación establece la posibilidad de recurrir al órgano jurisdiccional con el objetivo de solicitar documentos u objetos que funcionen para la defensa.

Por otro lado, se busca modificar el artículo 261 sobre las definiciones de dato de prueba, medio de prueba y prueba. La reforma planteada busca sustituir el término “Tribunal de Enjuiciamiento” por “órgano jurisdiccional” con el propósito de evitar confusión sobre la posibilidad de producir “prueba” en etapas preliminares o previas a juicio para efecto de demostrar la pretensión del oferente.

Adicionalmente, se modifica el término “hechos de la acusación” por “hechos en controversia”, para atender al principio de contradicción que rige el desahogo de la prueba en audiencia.

La iniciativa, a su vez, prevé reformar el artículo 380 para que los documentos públicos deberán ser considerados como auténticos y sólo, en caso de controversia, se podrá solicitar cotejo. Esto tiene por finalidad garantizar la presentación de elementos de prueba ante el órgano jurisdiccional.

Por lo que se refiere a la etapa intermedia, se modifica el artículo 325 a fin de fortalecer la garantía de seguridad jurídica del imputado.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales una vez dictado el auto de vinculación a proceso, el juez podrá otorgar hasta seis meses para que el Ministerio Público realice una investigación complementaria. En este sentido, si transcurridos los seis meses, la persona titular del Ministerio Público no concluye la investigación complementaria, se prevé notificar al procurador para que se pronuncie en un plazo de 15 días. Si el procurador no se pronuncia, se sobresee la causa.

La propuesta de reforma modifica el artículo 325 para determinar que, si la investigación complementaria no se concluye en el tiempo demarcado por el juez, entonces, se procederá a sobreseer la causa. Ello, tiene por finalidad fortalecer la obligación del Ministerio Público de investigar diligentemente y dota al imputado de seguridad jurídica.

Por otro lado, al respecto del desarrollo de la audiencia y en correlación con los artículos relativos a la iter probatorio(previsto en los artículos 261 a 265) se pretende modificar el artículo 344 sobre el desarrollo de la audiencia durante la etapa intermedia con el objetivo de referir la posibilidad de establecer el desahogo de medios de prueba, fortalecimiento así, lo ya referido en el artículo 262 relativo al ofrecimiento, admisión y desahogo de medios pruebas en cualquier etapa, para demostrar las pretensiones de las partes.

Se prevé eliminar el último párrafo al artículo 346, el cual refiere lo siguiente: “La decisión del juez de control de exclusión de medios de prueba es apelable.” La razón por la cual se elimina lo anterior, se debe a que el artículo 467 del Código Nacional ya refiere cuáles son las resoluciones que pueden quedar sujetas a apelación; en este respecto, la fracción XI de dicho artículo ya prevé apelar la exclusión de algún medio de prueba. En torno a lo anterior, se considera reiterativo establecer en dos artículos el mismo precepto.

La iniciativa también prevé reformar el artículo 366 con el objetivo de garantizar y atender los derechos de los menores de edad que forman parte de un procedimiento penal.

Las “Directrices sobre la Justicia en Asuntos Concernientes a los Niños Víctimas y Testigos de Delitos” de la Comisión Nacional de Derechos Humanos refiere en su numeral 31, fracción XI lo siguiente:

XI. Derecho a ser protegido de sufrimientos durante el proceso de justicia:

31. Además, los profesionales deberán aplicar medidas para:

a) Limitar el número de entrevistas: deberán aplicarse procedimientos especiales para obtener pruebas de los niños víctimas y testigos de delitos a fin de reducir el número de entrevistas, declaraciones, vistas y, concretamente, todo contacto innecesario con el proceso de justicia, por ejemplo, utilizando grabaciones de vídeo;

b) Velar porque los niños víctimas y testigos de delitos no sean interrogados por el presunto autor del delito, siempre que sea compatible con el ordenamiento jurídico y respetando debidamente los derechos de la defensa: de ser necesario, los niños víctimas y testigos de delitos deberán ser entrevistados e interrogados en el edificio del tribunal sin que los vea el presunto autor del delito y se les deberán proporcionar en el tribunal salas de espera separadas y salas para entrevistas privadas;

c) Asegurar que los niños víctimas y testigos de delitos sean interrogados de forma adaptada a ellos, así como permitir la supervisión por parte de magistrados, facilitar el testimonio del niño y reducir la posibilidad de que éste sea objeto de intimidación, por ejemplo, utilizando medios de ayuda para prestar testimonio o nombrando a expertos en psicología.

De acuerdo con lo anterior, la propuesta de reforma al artículo 366 propone la obligatoriedad de gravar los testimonios de los menores de edad, con el objetivo de evitar la revictimización y atender los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Por otro lado, actualmente, la fracción XI del artículo 467 prevé la apelación ante la exclusión de un medio de prueba, pero contrariamente, no hay posibilidad de apelar la admisión de algún medio de prueba.

El juez de control tiene la importante labor de establecer qué medios de prueba podrán ser desahogados en juicio oral. Si un medio de prueba es obtenido mediante violación de derechos humanos, el juez deberá excluirla. Ambas partes tienen derecho a apelar. Pero ninguna podrá apelar una resolución en la cual el juez decida incluir una prueba, aun y cuando ésta pueda haber sido violatoria de derechos humanos.

Finalmente, se prevé una reforma al artículo 479 para dar congruencia a la modificación prevista en el 467. Esto es porque el artículo 479 prevé cómo proceder durante la sentencia cuando se produce una apelación contra las admisiones o exclusiones probatorias. Así como la presente propuesta quedaría de la siguiente forma:

Es así como la presente iniciativa busca fortalecer los procedimientos penales a través de la inclusión de garantías procesales que dan certeza y seguridad jurídica.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales

Artículo Único. Se reforman los artículos 126, 167, 261, 325, 344, 346, 366, 380, 467 y 479 del Código Nacional de Procedimientos penales para quedar como sigue:

Artículo 126. Entrevista con otras personas y auxilio a la defensa

...

En los casos en que existan documentos, objetos o informes que resulten necesarios para la defensa del imputado en poder de un tercero que se niega a entregarlos, el juez en audiencia y con vista de lo que aleguen el tenedor del documento y la defensa, resolverá si debe hacerse la exhibición o rendirse el informe.

Si a pesar de haberse ordenado al primero, exhibir el documento, objeto o informe, se niegue o retarde la entrega, el juez podrá aplicarle las medidas de apremio que considere convenientes o decretar el cateo.

Asimismo, el juez o tribunal de control, a petición del defensor podrá ordenar el cateo de lugares a fin de buscar determinados objetos o documentos que puedan favorecer la defensa del imputado.

Artículo 167. Causas de procedencia

...

...

...

...

Las leyes en materia de delincuencia organizada y armas de fuego y explosivos estableceránlos supuestos que ameriten prisión preventiva oficiosa.

...

I. al IX. ...

...

Artículo 261.Datos de prueba, medios de prueba y pruebas

...

...

Se denomina prueba a todo conocimiento cierto o probable sobre un hecho, que ingresando al proceso como medio de prueba en una audiencia y desahogada bajo los principios de inmediación y contradicción, sirve al órgano jurisdiccional como elemento de juicio para llegar a una conclusión cierta sobre los hechos en controversia.

Artículo 325.Extinción de la acción penal por incumplimiento del plazo

Cuando el Ministerio Público no cumpla con la obligación establecida en el artículo anterior, el juez de control ordenará el sobreseimiento.

Artículo 344.Desarrollo de la audiencia

...

A instancia de cualquiera de las partes en la audiencia podrán desahogarse medios de prueba encaminados a demostrar la ilicitud de alguna de las ofrecidas por la contraparte.

En la audiencia, el Ministerio Público podrá ofrecer pruebas, únicamente con el fin de contradecir directamente las aportadas por la defensa.

...

...

Artículo 346.Exclusión de medios de prueba para la audiencia del debate

...

I. a IV. ...

...

...

Se deroga

Artículo 366. Entrevistas y testimonios especiales

Las entrevistas de menores de edad víctimas o testigos del delito, deberá ser grabada en audio e imagen en su totalidad.

La presencia y uso de instrumentos de grabación no deben ser ocultados al niño, sino por el contrario, deben mostrarse y explicitar el motivo de su utilización.

Cuando deba recibirse testimonio de menores de edad víctimas del delito y se tema por su afectación psicológica o emocional, así como en caso de víctimas de los delitos de violación o secuestro, el órgano jurisdiccional a petición de las partes, podrá ordenar su recepción con el auxilio de familiares o peritos especializados. Para ello deberán utilizarse las técnicas audiovisuales adecuadas que favorezcan evitar la confrontación con el imputado.

...

...

Artículo 380. Concepto de documento

...

Los documentos públicos se considerarán siempre auténticos y no será necesaria su ratificación, salvo el derecho de las partes para redargüirlos de falsos y para pedir su cotejo con los protocolos o con los originales existentes en los archivos.

Son documentos públicos los que hayan sido expedidos por quien tenga competencia para ello o para certificarlos.

Artículo 467.Resoluciones del juez de control apelables

Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de control:

I. a X. ...

XI. Las que admitan o excluyan algún medio de prueba.

Artículo 479.Sentencia

...

En caso de que la apelación verse sobre admisión o exclusiones probatorias, el tribunal de alzada requerirá el auto de apertura al juez de control, para que en su caso se incluya o excluya el medio o medios de prueba indebidamente admitido oexcluidos, y hecho lo anterior lo remita al tribunal de enjuiciamiento competente.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Aguilar Morales, Luz María. “Reforma Constitucional en materia penal de 2008. Antecedentes, objetivos y ejes rectores”. El sistema penal acusatorio en México. México: INACIPE, 2016.

2 Betanzos Torres, Eber Omar. “Control de Convencionalidad, sentencias relevantes y Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio en México.” El sistema penal acusatorio en México. México: INACIPE, 2016.

3 Aguilar Morales. Op. cit.

4 Esparza Martínez, Bernardino y Alejandra Silva Carreras. Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal. Análisis Prospectivo de Impacto. México: INACIPE, 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de septiembre de 2018.— Diputadas y diputados: Mariana Rodríguez Mier y Terán,Benito Medina Herrera, Frinne Azuara Yarzabal, Irma María Terán Villalobos, Juan Ortiz Guarneros, Lilia Villafuerte Zavala, Lourdes Erika Sánchez Martínez, Manuel Limón Hernández, Margarita Flores Sánchez, Norma Adela Guel Saldívar, Pablo Guillermo Angulo Briceño, Ximena Puente de la Mora (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para su dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos, la diputada Claudia Reyes Montiel, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputadas y diputados integrantes del PRD.

La diputada Claudia Reyes Montiel:Con su permiso, presidenta diputada.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Adelante.

La diputada Claudia Reyes Montiel: Posicionamiento a la iniciativa que reforman los artículos 108 y 110 de la Constitución.

Un Estado democrático requiere de instituciones fuertes, la fortaleza de las instituciones democráticas proviene de un marco normativo de aplicación general que se sustraiga de la discrecionalidad en su aplicación. La ley, como define Aristóteles, es razón desprovista de pasión.

Para que la convivencia política sea posible, los ciudadanos, todos, deben someterse a lo que disponga la ley, pero más observantes de la ley deben de ser los ciudadanos que determinan magistraturas y responsabilidades del Estado.

En el camino emprendido, para la democratización de nuestro país hay mucha resistencias y obstáculos. La presidencia de la República debe ser una institución democrática, no un espacio de excepción a la norma. La persona que detente el honroso encargo de presidente de la República es depositario de la confianza de los ciudadanos y tiene la enorme responsabilidad de conducir y administrar los asuntos de los recursos públicos con honestidad y transparencia.

El presidente de la República es a la vez el jefe de Estado de gobierno, pero al mismo tiempo es servidor público. Su conducta en la cúspide de la pirámide de la administración pública debe permear de ejemplo y compromiso público. Debe ser guardián y garante de la integridad de los bienes del Estado y no cabeza de facción que hace de estos bienes botín.

El Grupo Parlamentario del PRD ha presentado en esta Cámara de Diputados desde sus orígenes como partido de izquierda planteamientos para que, desde la cabeza de Estado, el titular Ejecutivo, haga previsiones legales que no admitan espacios de discrecionalidad que puedan generar incertidumbre jurídica e impunidad que constituyan incentivos a posibles actos de corrupción.

En este sentido, hemos propuesto en diversas oportunidades la reforma al artículo 108 constitucional que ha enfrentado la oposición de grupos parlamentarios mayoritarios, que además han detentado la presidencia en diferentes ocasiones.

Desde su óptica, la reforma propuesta resulta inaceptable, inadmisible, como si estuviera proponiendo la destrucción del Estado. Nada más absurdo y alejado de la realidad. Lo que proponemos forma parte de la normatividad democrática de cualquier país democrático que el presidente de la República pueda ser sujeto de responsabilidad por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebida de fondos de recursos federales, delitos de corrupción y delitos graves de orden común. Esto pasa en cualquier república democrática.

El artículo 110 propone que el presidente de la República pueda ser sujeto a juicio político. Es decir, la reforma propuesta contempla las conductas genéricas y el procedimiento ya contemplado en la Constitución.

Para que un sistema nacional anticorrupción sea completo, es necesario que se contemple al presidente como sujeto de responsabilidad en conductas que puedan ser constitutivas de delitos de corrupción.

El PRD seguirá insistiendo en la construcción de un Estado democrático. Con esta iniciativa volvemos a proponer que, en el espíritu de equidad e igualdad, todos los servidores públicos, incluyendo al titular del Ejecutivo, estén sujetos a normas de anticorrupción y no se escuden en su encargo para incrementar su fortuna personal o de su familia a cuenta del quebranto del Estado y de la sociedad mexicana que contribuye con su trabajo.

Hacemos un llamado a todos los legisladores federales para que con visión de Estado y voluntad política demos otro paso hacia adelante para adecuar el diseño institucional a las exigencias y a las necesidades actuales, para que en el futuro próximo se puedan sancionar, prevenir, disuadir y corregir comportamientos tendientes a la corrupción. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

La corrupción es un problema de gran importancia, no sólo implica la desviación y apropiación de recursos públicos que la sociedad confía al Estado y a los servidores encargados de su administración, la corrupción es también expresión del trastocamiento de los fines del Estado, es anteponer el interés particular al interés general en detrimento de la comunidad.

México aspira a ser un estado democrático, en la democracia todos los ciudadanos, gobernantes y gobernados, deben estar sujetos a la ley, la existencia de excepciones niega la igualdad de todos frente a la ley, carácter mismo de la democracia.

Argumentos

Un Estado democrático requiere de instituciones fuertes. La fortaleza de las instituciones democráticas proviene de un marco normativo de aplicación general que se sustraiga de la discrecionalidad en su aplicación. La Ley como define Aristóteles es razón desprovista de pasión.

Para que la convivencia política sea posible, los ciudadanos todos deben someterse a lo que disponga la ley, pero más observantes de la ley deben de ser los ciudadanos que detentan las magistraturas y las responsabilidades de Estado.

En el camino emprendido para la democratización de nuestro país hay muchas resistencias y obstáculos; la presidencia de la República debe ser una institución democrática, no un espacio de excepción a la norma. La persona que detente el honroso encargo de presidente de la República es depositario de la confianza de los ciudadanos y tiene la enorme responsabilidad de conducir y de administrar los asuntos y recursos públicos con honestidad y con transparencia.

El presidente de la República, es a la vez jefe de Estado y de gobierno, pero al mismo tiempo es servidor público, su conducta en la cúspide de la pirámide de la administración pública debe permear de ejemplo y compromiso público, debe ser guardián y garante de la integridad de los bienes del Estado y no cabeza de facción que hace de estos bienes botín.

Una Presidencia al margen de la ley y de las responsabilidades debilita al Estado.

El PRD ha presentado aquí en la Cámara de Diputados, desde sus orígenes como partido de izquierda, planteamientos para que desde la cabeza del Estado, el titular del Ejecutivo, haya previsiones legales que no admitan espacios de discrecionalidad que puedan generar incertidumbre jurídica e impunidad que constituyan incentivos a posibles actos de corrupción.

En ese sentido, hemos propuesto en diversas oportunidades la reforma al artículo 108 constitucional, que han enfrentado la oposición de grupos parlamentarios mayoritarios, que además han detentado la presidencia en diferentes ocasiones. Desde su óptica la reforma propuesta resulta inaceptable, inadmisible, como si se estuviera proponiendo la destrucción del Estado. Nada más absurdo y alejado de la realidad.

Lo que proponemos forma parte de la normalidad democrática de cualquier país democrático: que el presidente de la República pueda ser sujeto de responsabilidad por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebida de fondos y recursos federales, delitos de corrupción y delitos graves de orden común. Esto pasa en cualquier república democrática. En el artículo 110 se propone que el presidente de la República pueda ser sujeto de juicio político. Es decir, la reforma propuesta contempla las conductas genéricas y el procedimiento ya contemplado en la Constitución.

En la comunidad internacional hay multitud de ejemplos en los que los jefes de Estado o de gobierno han sido procesados por actos de corrupción, y las instituciones se han preservado, los protocolos y procedimientos han funcionado y la vida pública se ha fortalecido.

Han sido encontrados en actos de corrupción y han activado los procedimientos legales previstos en su legislación casos como el del presidente de Brasil, Fernando Collor de Melo que renunció cuando el Senado inició el procedimiento para su destitución por actos de corrupción. En Argentina los procesos seguidos en contra del ex presidente Menem y del presidente de la Rua. También en su momento el caso de Carlos Andrés Pérez, en Venezuela, que fue juzgado por malversación de fondos. Recientemente Otto Pérez Molina de Guatemala detenido y procesado por corrupción, todos ellos en el ámbito de países de América Latina, por no mencionar casos en países reputados como plenamente democráticos como en Francia el caso de Nicolás Sarkozy, que también fue inculpado por delitos de corrupción activa y de tráfico de influencias. Richard Nixon en Estados Unidos, Berlusconi en Italia, Sócrates en Portugal, entre muchos otros.

Así, para que un Sistema Nacional Anticorrupción sea completo, es necesario que contemple al presidente como sujeto de responsabilidad en conductas que puedan ser constitutivas de delitos de corrupción.

Reconocemos que en este andar de aproximaciones sucesivas ha estado presente también la sociedad civil a través de organismos como la Red por la Rendición de Cuentas, como Fundar, como México Evalúa y otros más, que han presentado propuestas puntuales y que han sido recogidas en diferentes grados y medidas.

El PRD seguirá insistiendo en la construcción de un Estado democrático, con esta iniciativa volvemos a proponer que en un espíritu de equidad e igualdad todos los servidores públicos, incluyendo al titular del Ejecutivo, estén sujetos a las normas anticorrupción y no se escuden en su cargo para incrementar su fortuna personal o la de su familia a cuenta del quebranto del Estado y de la sociedad mexicana que contribuye con su trabajo y sus impuestos.

Hacemos un llamado a todos los legisladores federales, para que con visión de Estado y voluntad política, demos otro paso hacia adelante para adecuar el diseño institucional a las exigencias y necesidades actuales para que en el futuro próximo se puedan sancionar, prevenir, disuadir, y corregir comportamientos tendientes a la corrupción.

Fundamento legal

Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Texto normativo propuesto

Artículo Primero. Se reforman y adicionan el primer y segundo párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos al presidente de la República, a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la administración pública federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, será responsable por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales. Podrá ser acusado por delitos graves del orden común, por faltas administrativas graves, por actos de corrupción, por daño patrimonial al Estado y por conflicto de intereses.

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...

Artículo Segundo. Se reforma y adiciona el primer párrafo del artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político el presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el jefe de gobierno del Distrito Federal, el Fiscal General de la República, el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, los magistrados y jueces del Fuero Común del Distrito Federal, los Consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los consejeros electorales, y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

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Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de septiembre de 2018.— Diputadas y diputados: Claudia Reyes Montiel,Antonio Ortega Martínez, José Ricardo Gallardo Cardona, Lilia Villafuerte Zavala, Mónica Almeida López, Mónica Bautista Rodríguez, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbricas).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen.



LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Tiene la palabra hasta por cinco minutos el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez:Gracias, presidenta. Buenas tardes, compañeras y compañeros. En 1972 fue fundado el Infonavit. A 46 años de su creación ha otorgado más de 10 millones de créditos hipotecarios que han permitido que igual número de familias tengan una vivienda.

La Ley del Infonavit es clara al definir al instituto como un organismo de servicio social cuyo objeto es establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener un crédito barato y suficiente para adquirir una vivienda, así como para construir, reparar, ampliar o mejorar su hogar.

Cada año el Infonavit otorga más de 600 mil créditos, lo que representa una inversión de más de 200 mil millones de pesos.

De acuerdo con datos del instituto, la cartera vencida asciende a 105 mil 864 millones de pesos, y su índice es de alrededor del 5.7 por ciento.

La venta de cartera vencida a empresas privadas, representa un perjuicio para los trabajadores, toda vez que el objetivo del instituto es velar para que ellos puedan acceder a una vivienda digna.

Sin embargo, ante la falta de pago o la cancelación de un crédito, las empresas que compran la cartera vencida, utilizan mecanismos extrajudiciales para realizar la cobranza que le ponen en riesgo, no solamente el patrimonio, sino la dignidad de personas a través de prácticas fuera de la ley que implican incluso simulación de actos jurídicos.

Es importante señalar que el artículo 123 de la Constitución reserva a la Ley del Infonavit, toda la materia de financiamiento del crédito para la obtención de vivienda, dentro de la cual se incluyen las políticas de otorgamiento y las de recuperación de adeudos.

Este precepto constitucional es claro al señalar que la ley regulará las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad una casa habitación.

Diputadas y diputados, con motivo de esa reserva no cabe la posibilidad de que tales cuestiones sean reguladas por disposiciones de naturaleza distinta a la ley ya que, de hacerlo, resultaría contrario a la norma suprema.

Igual de grave resulta que el Infonavit para recuperar créditos contrate empresas privadas que usen técnicas de hostigamiento y datos personales que fueron entregados por el trabajador.

Es fundamental que el Infonavit no desvirtúe el objetivo para el cual fue creado. Por eso yo propongo a ustedes que modifiquemos la ley para que la cobranza de los créditos vencidos o que presente retrasos, sea ejecutado directamente por el Instituto.

Dos. Que en todo caso en los procedimientos de cobranza se respeten los derechos humanos de los trabajadores.

Tres. En los casos en que el crédito otorgado al trabajador presente retrasos, el Instituto no subcontrate a personas físicas o morales para realizar requerimientos o acuerdos a nombre de él.

Cuatro. Prohibir que el Instituto ceda, enajene o transfiera personas físicas o morales ajenas a esta, los créditos otorgados, aun cuando se consideren vencidos.

Compañeras y compañeros, el artículo 4o. de la Constitución establece que toda familia tiene derecho disfrutar una vivienda digna y decorosa. La finalidad el Infonavit es esa, no de perseguir a los trabajadores y mucho menos, de poner en manos de particulares sus créditos que lucraran con ellos después al vender las casas. Gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda.

Exposición de Motivos

Cada año, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda (Infonavit), otorga más de 600,000 créditos, lo que representa una inversión de más de 200,000 millones de pesos.

De acuerdo con datos del propio Infonavit, la cartera vencida de los créditos de vivienda que otorga esta institución asciende a 105 mil 864.28 millones de pesos, monto que supera partidas asignadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación a programas como Prospera, de la Secretaría de Desarrollo Social, que asciende a 81 mil 151 millones de pesos.

El Infonavit refiere que el índice de cartera vencida fue del 5.76%, lo que equivale a 293 mil 940 créditos hipotecarios de un total de 5 millones 99 mil 702.

La venta de cartera vencida a personas físicas o morales representa un importante perjuicio para las y los trabajadores, toda vez que el objetivo del Instituto es velar por los derechos de los trabajadores para que puedan acceder a una vivienda digna, sin embargo, ante la falta de pago o derivado de la cancelación de un crédito, las empresas que compran la cartera vencida utilizan mecanismos extrajudiciales para realizar la cobranza que ponen en riesgo no solo el patrimonio sino la dignidad de las personas, a través de prácticas fuera de la ley que implican incluso simulación de actos jurídicos por medio de falsas notificaciones de embargo, que buscan hacer las veces de requerimientos de pago.

Tan solo en el año 2005 fueron enajenados más de 55 mil créditos vencidos a las empresas transnacionales, Capmark y Scrap II. Es importante destacar que el monto de la operación, de acuerdo con datos del portal www.frecuencialaboral.com, corresponde al 20 % del valor real de los créditos, ello en perjuicio de los trabajadores, quienes ya habían realizado pagos parciales que no fueron considerados.

Es importante señalar que al artículo 123, apartado A, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reserva a la Ley del Infonavit, toda la materia de financiamiento de crédito para la obtención de vivienda, dentro de la cual se incluyen tanto las políticas de otorgamiento, como las de recuperación de adeudos, toda vez que este precepto constitucional es claro al señalar que la ley regulará las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad una casa habitación; de ahí que con motivo de esa reserva no cabe la posibilidad de que tales cuestiones sean reguladas por disposiciones de naturaleza distinta a la ley, ya que de hacerlo resultarían contrarias a la Norma Suprema.

En otras palabras, de una interpretación de la norma aplicando el principio pro-persona, en favor de las y los trabajadores, el Consejo de Administración del Instituto no tiene facultades para ordenar la venta de los créditos de la cartera vencida.

Lo mismo ocurre con las empresas que el Infonavit subcontrata para realizar requerimientos de pago ante retrasos, vía telefónica o a través de correos electrónicos, lo que implica transmitir a un tercero datos personales que fueron otorgados a una institución pública y que eventualmente son utilizados para ejercer presión y actos de molestia en contra de los titulares de los créditos que han dejado de pagar, en muchas ocasiones, debido a que han perdido su fuente de ingresos.

Es fundamental que el Infonavit no desvirtúe el objetivo con el que fue creado y privilegie que las y los trabajadores conserven su patrimonio familiar, toda vez que esta institución no fue concebida como un negocio sino como una prestación que dé cumplimiento a un anhelo que a su vez es un derecho de toda persona: contar una vivienda digna donde su familia se pueda desarrollar en condiciones adecuadas y plenas.

En octubre de 2009, diversos legisladores, entre ellos el suscrito, presentamos una propuesta de reforma a diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores con el propósito de evitar la enajenación de la cartera vencida, la cual fue dictaminada y aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados, sin embargo, quedó congelada en la Cámara de Senadores.

En esta ocasión me permito presentar una iniciativa más que busca fundamentalmente:

1. Que la cobranza de los créditos vencidos o que presenten retrasos sea ejecutada directamente por el Instituto;

2. Que en todos los procedimientos de cobranza se respeten los derechos humanos de los titulares de los créditos;

3. En los casos en que el crédito otorgado al trabajador presente retrasos, el Instituto no subcontrate a persona física o moral alguna para realizar requerimientos o acuerdos a nombre del Instituto, y;

4. Prohibir que el Instituto ceda, enajene o transfiera a personas físicas o morales, ajenas a éste, los créditos otorgados, aun cuando se consideren vencidos.

En razón de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a la consideración de esta soberanía la presente refotma al artículo 71 de la Ley del Infonavit

Problemática:

Cada año, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda (Infonavit), otorga más de 600,000 créditos, lo que representa una inversión de más de 200,000 millones de pesos.

La cartera vencida de los créditos de vivienda que otorga esta institución asciende a 105 mil 864.28 millones de pesos, monto que supera partidas asignadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación a programas como Prospera, de la Secretaría de Desarrollo Social, que asciende a 81 mil 151 millones de pesos.

El Infonavit refiere que el índice de cartera vencida fue del 5.76 por ciento, lo que equivale a 293 mil 940 créditos hipotecarios de un total de 5 millones 99 mil 702.

Tan solo en el año 2005 fueron enajenados más de 55 mil créditos vencidos a las empresas transnacionales, Capmark y Scrap II. Es importante destacar que el monto de la operación, de acuerdo con datos del portal www.frecuencialaboral.com, corresponde al 20 por ciento del valor real de los créditos, ello en perjuicio de los trabajadores, quienes ya habían realizado pagos parciales que no fueron considerados.

La venta de cartera vencida atenta contra los derechos de las y los trabajadores y pone en peligro su patrimonio.

Objetivo de la iniciativa:

1. Que la cobranza de los créditos vencidos o que presenten retrasos sea ejecutada directamente por el instituto;

2. Que en todos los procedimientos de cobranza se respeten los derechos humanos de los titulares de los créditos;

3. En los casos en los que el crédito otorgado al trabajador presente retrasos, el instituto no subcontrate a persona física o moral alguna para realizar requerimientos o acuerdos a nombre del mismo, y;

4. Prohibir que el instituto ceda, enajene o transfiera a personas físicas o morales, ajenas a éste, los créditos otorgados, aun cuando se consideren vencidos.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Único.Se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Artículo 71. Con el objeto de preservar y fortalecer el ahorro de los derechohabientes depositado en su subcuenta de vivienda y atendiendo los balances necesarios que su naturaleza social exige, el instituto brindará opciones que ayuden a los acreditados a conservar su patrimonio, por lo que el instituto llevará a cabo la recuperación de los créditos que hubiera otorgado partiendo de un esquema de cobranza social aprobado por el Consejo de Administración.

El esquema de cobranza al que se refiere el párrafo anterior deberá ser ejecutado directamente por el instituto, vigilando en todo momento que se respeten los derechos humanos de los trabajadores.

Cuando el crédito otorgado al trabajador presente retrasos, el instituto no podrá subcontratar a persona física o moral alguna para realizar requerimientos o acuerdos a nombre del instituto.

Bajo ninguna circunstancia el instituto podrá ceder, enajenar o transferir a personas físicas o morales, ajenas a éste, los créditos otorgados, aun cuando se consideren vencidos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2018.— Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias. Túrnese a la Comisión de Vivienda, para su dictamen.

PROPUESTAS DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO



INTEGRACIÓN DE COMISIONES ORDINARIAS

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Se ha recibido acuerdo de la Junta de Coordinación Política relativo a la integración de comisiones ordinarias para la LXIV Legislatura. Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa su lectura y se aprueba.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Sí, señora Presidenta. En votación económica se consulta si se dispensa su lectura y se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se constituyen las comisiones ordinarias de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 26, 27, 33 numeral 1, 34 numeral 1, inciso c), 39, 40 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y

Considerando

I. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 39, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara de Diputados cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales;

II. Que de acuerdo con el artículo 39, numeral 2, de la referida Ley Orgánica, la Cámara de Diputados cuenta con las comisiones ordinarias que ahí se establecen y con tres de la misma naturaleza que desarrollan las tareas específicas señaladas por el artículo 40, numerales 2, 4 y 5;

III. Que el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General, establece las previsiones relativas a la integración de las comisiones;

IV. Que conforme al artículo 34, numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica, es atribución de la Junta de Coordinación Política proponer al Pleno la integración de las comisiones;

V. Que para la conformación de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas correspondientes con base en el criterio de proporcionalidad, cuidando que se incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, en cumplimiento del artículo 43, numerales 3 y 4, de la Ley Orgánica del Congreso General.

VI. Que la Presidencia de la Mesa Directiva, en uso del mandato que le impone el numeral 1 del artículo 24 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en la primera sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el martes 4 de septiembre de 2018, realizó la declaratoria de constitución de los grupos parlamentarios que integrarán la LXIV Legislatura, siendo los siguientes:

a) Grupo Parlamentario de Morena.

b) Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

c) Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

d) Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

e) Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

f) Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

g) Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

h) Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Además, dos diputados sin partido.

VII. Que la Junta de Coordinación Política ha estimado conveniente presentar un acuerdo para la constitución de las comisiones ordinarias de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, este órgano de gobierno somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero.Se constituyen cuarenta y seis comisiones ordinarias de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, cuyas Juntas Directivas se integrarán conforme al anexo al presente.

Segundo.La integración completa de las comisiones ordinarias se someterá al Pleno para su aprobación integral.

Tercero. La composición numérica y personalizada propuesta en este acuerdo, podrá ser ajustada por la Junta de Coordinación Política a efecto de asegurar en todo momento los principios de proporcionalidad, pluralidad y equidad en la conformación de las comisiones.

Cuarto.Comuníquese a la Mesa Directiva y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Transitorio

Único.El presente acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2018.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional; diputado Juan Carlos Romero Hicks (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado René Juárez Cisneros (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado José Ricardo Gallardo Cardona (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.»

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Se aprueba.



CLAUSURA Y CITA

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna (a las 17:09 horas): Se levanta la sesión y se cita a la que tendrá lugar el próximo martes 2 de octubre de 2018 a las 11 de la mañana.

———— O ————

RESUMEN DE LOS TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 5 horas 56 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 287 diputadas y diputados

• Comunicaciones oficiales: 9

• Solicitud de licencia: 1

• Iniciativa de congreso estatal: 1

• Iniciativas de las diputadas y los diputados: 25

• Proposiciones de urgente resolución: 3

• Propuesta de acuerdo de los órganos de gobierno: 1

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 62

10 Morena

8 PAN

10 PRI

6 PES

8 PT

7 MC

6 PRD

6 PVEM

1 Sin partido

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Acundo González, Miguel (PES)
Pare referirse a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 268
Aguilar Castillo, Ricardo (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el próximo año como “2019, 500 años del establecimiento del Municipio de México”: 110
Aguilera Rojas, José Guadalupe (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 230
Alavez Ruiz, Aleida (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley sobre el Régimen de Capitalidad de la Ciudad de México: 113
Alcántara Núñez, Jesús Sergio (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 254
Ávila Olmeda, Marina del Pilar (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 233
Barrera Fortoul, Laura (PRI)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 249
Bautista Villegas, Oscar (PVEM)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 246
Bernal Martínez, Mary Carmen (PT)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 248
Bonilla Herrera, Raquel (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 257
Bonnafoux Alcaraz, Madeleine (PAN)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 250
Bravo Padilla, Izcoatl Tonatiuh (MC)
Pare referirse a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 267
Castañeda Pomposo, Javier Julián (PES)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 239
Cruz Aparicio, Héctor René (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales: 54
Dekker Gómez, Clementina Marta (PT)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley Minera: 58
Escobar y Vega, Arturo (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte: 106
Espinoza López, Brenda (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el año 2019 como “Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”: 193
Esquer Gutiérrez, Alberto (MC)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social: 215
Falomir Saenz, Alan Jesús (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 137
Favela Peñuñuri, Francisco (PT)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley General de Salud: 275
Fernández Cruz, Nayeli Arlen (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 236
Fernández Noroña, José Gerardo Rodolfo (PT)
Desde la curul, se refiere al acta de la sesión anterior: 35
Fernández Noroña, José Gerardo Rodolfo (PT)
Pare referirse a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 266
Galindo Favela, Fernando (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley General de Salud: 201
García Escalante, Ricardo (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica: 118
García Lara, Jorge Alcibíades (MC)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 237
Gómez Alcantar, Marco Antonio (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal: 140
Gómez Maldonado, Maiella Martha Gabriela (MC)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 247
Gómez Ordaz, Leticia Mariana (PVEM)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 243
González Cuevas, Isaías (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo: 122
González Escoto, Armando (PES)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 248
González Soto, Santiago (PT)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal: 135
Guzmán Avilés, Jesús (PAN)
Para presentar la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 251
Guzmán Avilés, María del Rosario (PAN)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 257
Hernández Tapia, Arturo Roberto (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 250
Ku Escalante, Kehila Abigail (MC)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión de la Verdad sobre Violaciones a los Derechos Humanos en México: 64
Lixa Abimerhi, José Elías (PAN)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 96 y 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta: 196
Lixa Abimerhi, José Elías (PAN)
Para presentar la propuesta de adición de un artículo transitorio al proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se acepta: 271
López Castro, Cynthia Iliana (PRI)
Pare referirse a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 268
Lozano Mac Donald, Pilar (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos: 279
Manrique Guevara, Beatriz (PVEM)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social: 220
Manzanilla Téllez, Emilio (PT)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PT y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 24 Ter a la Ley General de Educación: 211
Mata Carrasco, Mario (PAN)
Para presentar propuesta de modificación al artículo 39, numeral 2, fracción XXVI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 270
Mata Lozano, Lizbeth (PAN)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 240
Minor Mora, Jesús Salvador (Morena)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 241
Montes Nieves, Jorge Luis (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 273
Moreira Valdez, Rubén Ignacio (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 71 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores: 303
Onofre Vázquez, Vicente Alberto (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 126
Pérez Munguía, Soraya (PRI)
Desde la curul, para rectificar hechos durante la discusión de la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 241
Pérez Negrón Ruiz, Iván Arturo (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales: 227
Prudencio González, Carmen Julia (MC)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 255
Reyes Carmona, Emmanuel (PRD)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 237
Reyes Ledesma, Armando (PT)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 238
Reyes Montiel, Claudia (PRD)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 300
Riojas Martínez, Ana Lucia (S/P)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que abroga la Ley de Seguridad Interior: 145
Rodríguez Mier y Terán, Mariana (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales: 290
Rodríguez Zamora, Norma Azucena (PRD)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 254
Ruffo Appel, Ernesto (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 26, 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 49
Salinas Narváez, Javier (PRD)
Para presentar tres iniciativas con proyecto de decreto: la primera, que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten trabajadores profesionales egresados de universidades públicas; la segunda, que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en materia de austeridad; y la tercera, que deroga diversas disposiciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: 87, 92, 102
Sánchez García, Lizeth (PT)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 255
Terán Villalobos, Irma María (PRI)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo relativo a la obra de la Garita Centro en Mexicali, Baja California: 239
Vazquez Vazquez, Alfredo (Morena)
Pare referirse a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: 268
Villafuerte Zavala, Lilia (PRD)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, a implementar acciones y diseñar, en conjunto con la industria farmacéutica nacional, una estrategia que permita regularizar el abasto de fármacos para tratar distintos tipos de cáncer en el país: 246
Villegas Sánchez, Merary (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato: 41
Yunes Landa, Héctor (PRI)
Para referirse a la proposición con punto de acuerdo para convocar al encargado de despacho de la PGR, a una reunión de trabajo con un grupo plural de diputados para evaluar casos relevantes y la eficiencia de este órgano en la representación de los intereses de la sociedad: 256

VOTACIONES

Iniciativa que reforma los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (en lo general y en lo particular los artículos no reservados)

MORENA

1 Abasolo Sánchez, Pedro DanielFavor

2 Aguilar Castillo, Heriberto MarceloFavor

3 Aguilar Linda, BonifacioFavor

4 Aguilar Molina, Leticia ArlettFavor

5 Aguilar Vázquez, AdrianaFavor

6 Aguilera Brenes, SebastiánAusente

7 Aguilera Chairez, MaribelAusente

8 Alavez Ruiz, AleidaFavor

9 Alegre Salazar, Luis JavierFavor

10 Alejandro Candelaria, MaximinoFavor

11 Alfaro Morales, María IsabelFavor

12 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor

13 Alvarado Moreno, María GuillerminaFavor

14 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor

15 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor

16 Andrade Zavala, Marco AntonioFavor

17 Angeles Mendoza, Julio CésarAusente

18 Antonio Altamirano, CarolFavor

19 Aréchiga Santamaría, José GuillermoFavor

20 Arrieta Sánchez, EleuterioFavor

21 Arvizu De la Luz, Felipe RafaelFavor

22 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor

23 Avalos Magaña, Laura PatriciaAusente

24 Avila Vera, Mildred ConcepciónFavor

25 Ávila Olmeda, Marina del PilarFavor

26 Badillo Moreno, Cuauhtli FernandoFavor

27 Bahena Jiménez, SocorroFavor

28 Barajas Barajas, EstebanFavor

29 Barrera Badillo, RocíoFavor

30 Barroso Chávez, AlejandroAusente

31 Bautista Bravo, Juan AngelFavor

32 Bautista Peláez, Maria del CarmenFavor

33 Bautista Rivera, DavidAusente

34 Blas López, VíctorFavor

35 Bonilla Herrera, RaquelAusente

36 Borrego Adame, Francisco JavierFavor

37 Briceño Zuloaga, María WendyFavor

38 Burelo Cortazar, TeresaAusente

39 Calderón Medina, SamuelFavor

40 Calderón Salas, RodrigoAusente

41 Campos Equihua, Ignacio BenjamínFavor

42 Cano González, SusanaFavor

43 Carbajal Miranda, Marco AntonioAusente

44 Carranza Aréas, JulioAusente

45 Carrasco Godínez, Nelly MinervaFavor

46 Carrazco Macías, OlegariaFavor

47 Carrillo Luna, JuanaFavor

48 Carrillo Martínez, MiroslavaFavor

49 Carvajal Hidalgo, AlejandroAusente

50 Castañeda Ortiz, María Guadalupe EdithFavor

51 Castillo Lozano, Katia AlejandraFavor

52 Cayetano García, RubénFavor

53 Cazarez Yañez, MartinaFavor

54 Charrez Pedraza, CiprianoAusente

55 Chávez Pérez, MaríaFavor

56 Chico Herrera, Miguel ÁngelAusente

57 Clouthier Carrillo, TatianaAusente

58 Contreras Castillo, ArmandoFavor

59 Contreras Montes, GustavoFavor

60 Cruz Santos Flora, TaniaFavor

61 Cuaxiloa Serrano, Susana BeatrizFavor

62 Cuéllar Cisneros, LorenaAusente

63 Cuevas Barron, GabrielaAusente

64 De Jesús Jiménez, LucioFavor

65 De La Cruz Delucio, Patricia Del CarmenFavor

66 Del Bosque Villarreal, Diego EduardoFavor

67 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor

68 Delgado Carrillo, MarioFavor

69 Delsol Estrada, José RicardoFavor

70 Díaz Aguilar, LeticiaFavor

71 Diaz García, María ElizabethAusente

72 Domínguez Flores, RosalindaAusente

73 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente

74 Duarte Olivares, HoracioFavor

75 Elizondo Garrido, FranciscoAusente

76 Elorza Flores, José LuisFavor

77 Espadas Méndez, Gregorio EfraínFavor

78 Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe Favor

79 Espinoza Lopez, BrendaFavor

80 Espinoza Segura, María BerthaAusente

81 Exsome Zapata, Ricardo FranciscoFavor

82 Farías Zambrano, Melba NeliaAusente

83 Farrera Esponda, Juan EnriqueFavor

84 Fernández Cruz, Nayeli ArlenFavor

85 Flores Anguiano, FelicianoFavor

86 Flores Olivo, LucíaFavor

87 García Anaya, LidiaFavor

88 García Cayetano, DorhenyAusente

89 García Guardado, Ma. de JesúsFavor

90 García Hernández, Jesús FernandoFavor

91 García Rosales, EdithFavor

92 García Rubio, AgustínFavor

93 García Soto, UlisesAusente

94 García Vidaña, Martha OliviaFavor

95 García Zepeda, JulietaFavor

96 Gómez Álvarez, PabloFavor

97 Gómez Ventura, ManuelFavor

98 González Castañeda, Sandra PaolaFavor

99 González Reyes, Marco AntonioFavor

100 González Robledo, ErasmoFavor

101 Guerra Mena, JuanitaFavor

102 Guerra Méndez, Lizeth AmayraniAusente

103 Guerrero Barrera, YolandaFavor

104 Guillén Quiroz, Ana LiliaFavor

105 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor

106 Guzmán De La Torre, Francisco JavierFavor

107 Guzmán Valdéz, EdgarFavor

108 Hernández Pérez, César AgustínFavor

109 Hernández Pérez, María EugeniaFavor

110 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor

111 Hernández Villalpando, RafaelFavor

112 Herrera Chávez, SamuelFavor

113 Herrera Pérez, GonzaloFavor

114 Hidalgo Ponce, Javier ArielFavor

115 Huerta Corona, Benjamín SaúlAusente

116 Huerta del Río, María de los ÁngelesFavor

117 Huerta González, Agustín ReynaldoFavor

118 Huerta Martínez, ManuelFavor

119 Interian Gallegos, Limbert Iván de JesúsFavor

120 Jarero Velázquez, Miguel PavelAusente

121 Jáuregui Montes de Oca, Miguel ÁngelAusente

122 Jiménez Andrade, Lorena del SocorroFavor

123 Jiménez y Meneses, Héctor Guillermo de JesúsFavor

124 Juan Carlos, IrmaFavor

125 Lamarque Cano, Carlos JavierFavor

126 Loera De La Rosa, Juan CarlosFavor

127 López Aparicio, DelfinoFavor

128 López Castillo, ManuelAusente

129 López Chávez, Maria BeatrizFavor

130 López Pérez, María TeresaFavor

131 López Rayón, ClaudiaFavor

132 López Rodríguez, AbelinaFavor

133 Maceda Carrera, NellyAusente

134 Maldonado Tapia, Mirna ZabeidaFavor

135 Manzano Salazar, JavierFavor

136 Márquez González, Miguel ÁngelFavor

137 Martínez Aguilar, Emeteria ClaudiaFavor

138 Martínez Aké, Carlos EnriqueAusente

139 Martínez Flores, JuanFavor

140 Martínez González, LauraFavor

141 Martínez Ventura, Luis EnriqueFavor

142 Maya Martínez, HirepanAusente

143 Mayer Bretón, SergioFavor

144 Medel Palma, CarmenFavor

145 Medina Pérez, Marco AntonioFavor

146 Mejía Cruz, Maria EstherFavor

147 Mercado Torres, Edith MarisolFavor

148 Merino García, VirginiaAusente

149 Merlín García, María del RosarioFavor

150 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor

151 Minor Mora, Jesús SalvadorFavor

152 Mojica Toledo, AlejandroFavor

153 Mojica Wences, Víctor AdolfoFavor

154 Molina Espinoza, IrineoFavor

155 Montes Nieves, Jorge LuisFavor

156 Montes Salas, José JaimeFavor

157 Mora García, CarmenFavor

158 Mora Ríos, María Teresa Rebeca RosaFavor

159 Morales Elvira, Erik IsaacFavor

160 Morales Miranda, Flor IvoneFavor

161 Moreno Gil, Mario IsmaelFavor

162 Muñoz Ledo, PorfirioFavor

163 Murguía Soto, UlisesAusente

164 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor

165 Novella Macías, Oscar RafaelAusente

166 Núñez Alvarez, EstelaFavor

167 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor

168 Ocampo Manzanares, AraceliFavor

169 Ochoa Valdivia, ZairaAusente

170 Olvera Bautista, Sandra SimeyAusente

171 Orihuela Nava, DavidFavor

172 Ortega Nájera, Hilda PatriciaFavor

173 Padierna Luna, DoloresFavor

174 Palacios Cordero, Lucio ErnestoFavor

175 Palma Olvera, Carmen PatriciaAusente

176 Pani Barragán, AlejandraAusente

177 Parra Juárez, InésFavor

178 Pedrero Moreno, HumbertoFavor

179 Peralta De La Peña, Ana PatriciaAusente

180 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor

181 Pérez Hernández, SergioAusente

182 Pérez López, Beatriz DomingaAusente

183 Pérez Mackintosh, Miriam CitlallyAusente

184 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor

185 Piña Bernal, AdelaFavor

186 Ponce Cobos, AlejandroFavor

187 Ponce Méndez, María GeraldineFavor

188 Pool Moo, Jesús de los ÁngelesFavor

189 Prado de los Santos, MiguelFavor

190 Rabelo Velasco, Roque LuisAusente

191 Ramírez Cuellar, AlfonsoFavor

192 Ramírez Lucero, Martha PatriciaFavor

193 Ramírez Navarrete, Francisco JavierFavor

194 Ramos Cruz, VerónicaFavor

195 Ramos Ruiz, Juan IsraelFavor

196 Ramos Sotelo, GuadalupeFavor

197 Regalado Mardueño, Carmina YadiraAusente

198 Reyes Colín, Marco AntonioFavor

199 Reyes López, ValentínFavor

200 Reyes Miguel, IdaliaAusente

201 Ríos Fararoni, Eulalio JuanFavor

202 Rivera Castillo, FortunatoFavor

203 Robledo Aburto, Zoé AlejandroAusente

204 Robles Gutiérrez, Beatriz SilviaFavor

205 Robles Ortiz, MarthaFavor

206 Rocha Vega, EfraínAusente

207 Rodríguez Arellano, EdiltrudisAusente

208 Rodríguez Gómez, EraclioFavor

209 Rodríguez González, ManuelFavor

210 Rodríguez Ruiz, Ana MaríaFavor

211 Rojas Martínez, BeatrizFavor

212 Román Ávila, María GuadalupeFavor

213 Rosas Uribe, Erika MarianaFavor

214 Ruiz Arias, MaximilianoFavor

215 Ruiz Lustre, Hugo RafaelFavor

216 Sales Ruiz, CiroFavor

217 Sánchez Barrales Zavalza, Raúl ErnestoFavor

218 Sánchez Barrios, CarlosFavor

219 Sánchez Castro, AnitaAusente

220 Sánchez Galván, MiroslavaFavor

221 Sánchez Ortiz, GracielaFavor

222 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor

223 Sandoval Soberanes, LucindaFavor

224 Santiago Chepi, AzaelFavor

225 Santiago Manuel, IranFavor

226 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor

227 Santos Díaz, Edelmiro SantiagoFavor

228 Solís Barrera, María MarivelFavor

229 Tellez Infante, JannetFavor

230 Tello Espinosa, ClaudiaFavor

231 Tenorio Adame, PaolaFavor

232 Terán Águila, RubénFavor

233 Valencia Cruz, RosalbaFavor

234 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

235 Varela López, Víctor GabrielFavor

236 Vargas Hernández, Lidia NallelyFavor

237 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor

238 Vazquez Vazquez, AlfredoFavor

239 Veloz Silva, María LuisaFavor

240 Vences Valencia, Julieta KristalFavor

241 Viedma Velázquez, AlejandroFavor

242 Villa Villegas, AlbertoFavor

243 Villalvazo Amaya, Mirtha IlianaAusente

244 Villarauz Martínez, Rocío del PilarFavor

245 Villavicencio Ayala, LorenaAusente

246 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor

247 Villegas Sánchez, MeraryFavor

248 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

249 Vizcaíno Silva, IndiraFavor

250 Yáñez Centeno y Cabrera, Claudia ValeriaAusente

251 Zagal Ramírez, Xochitl NashiellyFavor

252 Zamora Valdéz, CasimiroFavor

253 Zavaleta Sánchez, GracielaAusente

254 Zenteno Santaella, Pedro MarioAusente

255 Zertuche Zuani, Armando JavierFavor

Favor: 199

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 56

Total: 255

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Adame Castillo, Marco AntonioFavor

2 Aguilar Vega, MarcosAusente

3 Alemán Hernández, NohemíFavor

4 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor

5 Ascencio Barba, Sergio FernandoAusente

6 Ayala Díaz, Ma. de los ÁngelesFavor

7 Azuara Zúñiga, XavierFavor

8 Bonnafoux Alcaraz, MadeleineFavor

9 Cambero Pérez, José RamónAusente

10 Carreón Mejía, CarlosFavor

11 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

12 Dávila Fernández, AdrianaAusente

13 Díaz Jiménez, Antonia NatividadAusente

14 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor

15 Espinosa Rivas, Ma. Eugenia LeticiaFavor

16 Flores Suárez, RicardoFavor

17 García Escalante, RicardoFavor

18 García Gómez, Martha ElenaAusente

19 García Morlan, Dulce AlejandraFavor

20 García Ochoa, AbsalónFavor

21 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

22 Garfias Cedillo, Sylvia VioletaFavor

23 Garza Galván, Silvia GuadalupeFavor

24 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor

25 Gómez Quej, José Del CarmenFavor

26 González Estrada, Martha ElisaFavor

27 González Márquez, Karen MichelFavor

28 Gracia Guzmán, RaúlFavor

29 Guerra Villarreal, Isabel MargaritaFavor

30 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesFavor

31 Guzmán Avilés, JesúsFavor

32 Guzmán Avilés, María Del RosarioFavor

33 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor

34 López Birlain, Ana PaolaAusente

35 López Cisneros, José MartínFavor

36 Luévano Núñez, Francisco JavierAusente

37 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor

38 Mares Aguilar, José RigobertoFavor

39 Martínez Juárez, JacquelinaAusente

40 Martínez Terrazas, Oscar DanielFavor

41 Mata Carrasco, MarioFavor

42 Mata Lozano, LizbethAusente

43 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoFavor

44 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

45 Murillo Chávez, Janet MelanieFavor

46 Núñez Cerón, SaraiFavor

47 Ortega Martínez, Ma. del PilarFavor

48 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor

49 Pérez Díaz, Víctor ManuelFavor

50 Pérez Rivera, Evaristo LeninAusente

51 Preciado Rodríguez, Jorge LuisAusente

52 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor

53 Riggs Baeza, Miguel AlonsoFavor

54 Rivera Hernández, MarcelinoFavor

55 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

56 Rocha Acosta, SoniaFavor

57 Rodríguez Rivera, Iván ArturoFavor

58 Rojas Hernández, Laura AngélicaFavor

59 Romero Herrera, JorgeFavor

60 Romero Hicks Juan CarlosFavor

61 Romero León, GloriaFavor

62 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor

63 Romo Romo, GuadalupeFavor

64 Rosas Quintanilla, José SalvadorAusente

65 Ruffo Appel, ErnestoFavor

66 Salazar Báez, JosefinaFavor

67 Salazar Fernández, Luis FernandoAusente

68 Salinas Wolberg, HernánFavor

69 Sandoval Mendoza, María LiduvinaFavor

70 Sobrado Rodríguez, Verónica MaríaFavor

71 Tejeda Cid, ArmandoFavor

72 Terrazas Baca, PatriciaFavor

73 Torres Graciano, FernandoFavor

74 Torres Peimbert, María MarcelaFavor

75 Torres Ramírez, AdolfoFavor

76 Trejo Reyes, José IsabelFavor

77 Valenzuela González, Carlos AlbertoFavor

78 Verastegui Ostos, Vicente JavierAusente

79 Villarreal García, RicardoFavor

Favor: 63

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 16

Total: 79

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

2 Aguilar Castillo, RicardoFavor

3 Alemán Muñoz Castillo, MaríaFavor

4 Alonzo Morales, María EsterFavor

5 Álvarez García, Ivonne LilianaFavor

6 Angulo Briceño, Pablo GuillermoFavor

7 Azuara Yarzabal, FrinneFavor

8 Barrera Fortoul, LauraFavor

9 Campos Córdova, Lenin NelsonFavor

10 Canul Pérez, Juan JoséFavor

11 Córdova Morán, Luis Eleusis LeónidasFavor

12 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

13 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor

14 Flores Sánchez, MargaritaFavor

15 Galindo Favela, FernandoFavor

16 Garay Cadena, Martha HortenciaFavor

17 González Cuevas, IsaíasFavor

18 Guel Saldívar, Norma AdelaFavor

19 Hernández Deras, Ismael AlfredoFavor

20 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor

21 Ingram Vallines, AnilúFavor

22 Juárez Cisneros, ReneFavor

23 Limón Hernández, ManuelFavor

24 López Castro, Cynthia IlianaFavor

25 Medina Herrera, BenitoFavor

26 Miranda Nava, Luis EnriqueAusente

27 Moreira Valdez, Rubén IgnacioFavor

28 Nemer Alvarez, Ernesto JavierFavor

29 Noroña Quezada, Hortensia María LuisaFavor

30 Ochoa Reza, EnriqueFavor

31 Ortiz Guarneros, JuanFavor

32 Pastor Badilla, ClaudiaFavor

33 Pavón Campos, CarlosAusente

34 Pérez Munguía, SorayaFavor

35 Puente De La Mora, XimenaFavor

36 Roa Sánchez Cruz, JuvenalFavor

37 Rocha Medina, Ma. SaraFavor

38 Rodríguez Mier Y Terán, MarianaFavor

39 Saldaña Pérez, María LuceroAusente

40 Sánchez Martínez, Lourdes ErikaFavor

41 Sauri Riancho, Dulce MaríaFavor

42 Terán Villalobos, Irma MaríaFavor

43 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

44 Velasco González, Marcela GuillerminaFavor

45 Villegas Arreola, AlfredoFavor

46 Yunes Landa, HéctorAusente

47 Zarzosa Sánchez EduardoFavor

Favor: 43

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 47

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Acundo González, MiguelFavor

2 Argüelles Victorero, Jorge ArturoFavor

3 Báez Ruiz, ClaudiaFavor

4 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesusFavor

5 Buenfil Díaz, Irasema del CarmenFavor

6 Cabrera Lagunas, Ma. del CarmenFavor

7 Castañeda Pomposo, Javier JuliánFavor

8 Cruz Aparicio, Héctor RenéFavor

9 De la Peña Marshall, RicardoFavor

10 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor

11 García Aguilar, CarolinaFavor

12 García Duque, José LuisFavor

13 Garza Gutiérrez, Laura Erika de JesúsFavor

14 González Escoto, ArmandoFavor

15 Lozano Rodríguez, AdrianaFavor

16 Manzanilla Prieto, Fernando LuisFavor

17 Moreno Medina, Esmeralda de los AngelesFavor

18 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor

19 Pérez Hernández, José ÁngelFavor

20 Pérez Negrón Ruiz, Iván ArturoFavor

21 Reséndiz Hernández, Nancy ClaudiaFavor

22 Rosete Sánchez, MaríaFavor

23 Saldivar Camacho, Francisco JavierFavor

24 Salvatori Bojalil, NayeliFavor

25 Sosa Ruíz, Olga PatriciaFavor

26 Sosa Salinas, José de la LuzFavor

27 Teissier Zavala, Adriana PaulinaFavor

28 Torres Díaz, Elba LorenaFavor

29 Vargas Contreras, ErnestoFavor

30 Villegas González Héctor JoelFavor

Favor: 30

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 30

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor

2 Dekker Gómez, Clementina MartaFavor

3 Domínguez Vázquez, Claudia AngélicaFavor

4 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor

5 Femat Bañuelos, AlfredoFavor

6 Fernández Noroña, GerardoFavor

7 Garay Ulloa, SilvanoFavor

8 García García, MargaritaFavor

9 García Grande, Ana RuthAusente

10 González Morales, HildelisaFavor

11 González Soto, SantiagoFavor

12 González Yáñez, ÓscarFavor

13 Guevara Espinoza, Ana GabrielaFavor

14 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor

15 Jiménez Pérez, María RoseliaFavor

16 Lastra Muñoz, Claudia ElenaFavor

17 Manzanilla Téllez, EmilioFavor

18 Martínez Ruiz, MaribelFavor

19 Marú Mejía, María TeresaFavor

20 Montalvo Luna, José LuisFavor

21 Porras Domínguez, AlfredoAusente

22 Reyes Ledesma, ArmandoFavor

23 Roblero Gordillo, MaricruzFavor

24 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor

25 Rojo Pimentel, Ana KarinaAusente

26 Sánchez García, LizethFavor

27 Sandoval Flores, ReginaldoAusente

28 Vázquez García, DioniciaFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Bravo Padilla, Itzcoatl TonatiuhFavor

2 Cheja Alfaro, Jacobo DavidFavor

3 Contreras González, Lourdes CeleniaFavor

4 Espinoza Cárdenas, Juan MartínFavor

5 Esquer Gutiérrez, AlbertoFavor

6 Falomir Saenz, Alan JesúsFavor

7 García Lara, Jorge AlcibíadesFavor

8 Gómez Maldonado, Maiella Martha GabrielaFavor

9 González Anaya, María LibierFavor

10 González García, Ana PriscilaFavor

11 Herrera Vega, Geraldina IsabelFavor

12 Ku Escalante, Kehila AbigailFavor

13 Loya Hernández, Fabiola Raquel GuadalupeFavor

14 Lozano Mac Donald, PilarFavor

15 Macías Rábago, JulietaFavor

16 Medina Ortíz, Adriana GabrielaFavor

17 Méndez De La Luz Dauzón, Dulce MaríaFavor

18 Prudencio González, Carmen JuliaFavor

19 Ramírez Salcido, Juan FranciscoFavor

20 Ramos Tamez, Mario AlbertoFavor

21 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor

22 Rodríguez Vázquez, ArielFavor

23 Ron Ramos, EduardoFavor

24 Russo Salido, Jorge EugenioFavor

25 Salinas Reyes, RuthFavor

26 Tagle Martínez, Martha AngélicaFavor

27 Villarreal Salazar, Juan CarlosFavor

28 Zamudio Macias, Martha AngélicaFavor

Favor: 28

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 28

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Aguilera Rojas, José GuadalupeFavor

2 Alcalá Padilla, AbrilFavor

3 Almaguer Pardo, Ma. GuadalupeFavor

4 Almeida López, MónicaFavor

5 Bautista Rodríguez, MónicaFavor

6 Esparza Márquez, Frida AlejandraFavor

7 Gallardo Cardona, José RicardoFavor

8 García Corpus, Teófilo ManuelFavor

9 García Gutiérrez, RaymundoFavor

10 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

11 Ortega Martínez, AntonioFavor

12 Reyes Carmona, EmmanuelFavor

13 Reyes Montiel, ClaudiaFavor

14 Rodríguez Zamora, Norma AzucenaFavor

15 Rosas Martínez, Luz EstefaníaFavor

16 Salinas Narváez, JavierFavor

17 Serrano Cortes, HéctorAusente

18 Toledo Gutiérrez, Mauricio AlonsoFavor

19 Torres Piña, CarlosFavor

20 Villafuerte Zavala, LiliaFavor

Favor: 19

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 20

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Alcántara Núñez, Jesús SergioFavor

2 Bautista Villegas, OscarFavor

3 Bugarín Cortés, Lyndiana ElizabethFavor

4 Escobar y Vega, ArturoFavor

5 Gómez Alcantar, Marco AntonioFavor

6 Gómez Ordaz, Leticia MarianaFavor

7 González Martínez, Jorge EmilioAusente

8 Manrique Guevara, BeatrizFavor

9 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor

10 Rubio Montejo, Roberto AntonioAusente

11 Vidal Peniche, Jesús CarlosFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Morales Vázquez, Carlos AlbertoFavor

2 Riojas Martínez, Ana LuciaFavor

Favor: 2

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 2

Iniciativa que reforma los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (en lo particular el artículo 39 en términos del dictamen, y la adición de un transitorio, propuesto por el diputado José Elías Lixa Abimerhi y aceptado por la asamblea)

MORENA

1 Abasolo Sánchez, Pedro DanielFavor

2 Aguilar Castillo, Heriberto MarceloFavor

3 Aguilar Linda, BonifacioFavor

4 Aguilar Molina, Leticia ArlettFavor

5 Aguilar Vázquez, AdrianaFavor

6 Aguilera Brenes, SebastiánFavor

7 Aguilera Chairez, MaribelAusente

8 Alavez Ruiz, AleidaFavor

9 Alegre Salazar, Luis JavierFavor

10 Alejandro Candelaria, MaximinoFavor

11 Alfaro Morales, María IsabelFavor

12 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor

13 Alvarado Moreno, María GuillerminaFavor

14 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor

15 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor

16 Andrade Zavala, Marco AntonioFavor

17 Angeles Mendoza, Julio CésarAusente

18 Antonio Altamirano, CarolFavor

19 Aréchiga Santamaría, José GuillermoFavor

20 Arrieta Sánchez, EleuterioFavor

21 Arvizu De la Luz, Felipe RafaelFavor

22 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor

23 Avalos Magaña, Laura PatriciaAusente

24 Avila Vera, Mildred ConcepciónFavor

25 Ávila Olmeda, Marina del PilarFavor

26 Badillo Moreno, Cuauhtli FernandoFavor

27 Bahena Jiménez, SocorroFavor

28 Barajas Barajas, EstebanFavor

29 Barrera Badillo, RocíoFavor

30 Barroso Chávez, AlejandroFavor

31 Bautista Bravo, Juan AngelFavor

32 Bautista Peláez, Maria del CarmenFavor

33 Bautista Rivera, DavidAusente

34 Blas López, VíctorFavor

35 Bonilla Herrera, RaquelAusente

36 Borrego Adame, Francisco JavierFavor

37 Briceño Zuloaga, María WendyFavor

38 Burelo Cortazar, TeresaAusente

39 Calderón Medina, SamuelFavor

40 Calderón Salas, RodrigoAusente

41 Campos Equihua, Ignacio BenjamínFavor

42 Cano González, SusanaFavor

43 Carbajal Miranda, Marco AntonioAusente

44 Carranza Aréas, JulioAusente

45 Carrasco Godínez, Nelly MinervaFavor

46 Carrazco Macías, OlegariaFavor

47 Carrillo Luna, JuanaFavor

48 Carrillo Martínez, MiroslavaFavor

49 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor

50 Castañeda Ortiz, María Guadalupe EdithFavor

51 Castillo Lozano, Katia AlejandraFavor

52 Cayetano García, RubénFavor

53 Cazarez Yañez, MartinaFavor

54 Charrez Pedraza, CiprianoFavor

55 Chávez Pérez, MaríaFavor

56 Chico Herrera, Miguel ÁngelAusente

57 Clouthier Carrillo, TatianaAusente

58 Contreras Castillo, ArmandoFavor

59 Contreras Montes, GustavoFavor

60 Cruz Santos Flora, TaniaFavor

61 Cuaxiloa Serrano, Susana BeatrizFavor

62 Cuéllar Cisneros, LorenaAusente

63 Cuevas Barron, GabrielaAusente

64 De Jesús Jiménez, LucioFavor

65 De La Cruz Delucio, Patricia Del CarmenFavor

66 Del Bosque Villarreal, Diego EduardoFavor

67 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor

68 Delgado Carrillo, MarioFavor

69 Delsol Estrada, José RicardoFavor

70 Díaz Aguilar, LeticiaFavor

71 Diaz García, María ElizabethAusente

72 Domínguez Flores, RosalindaFavor

73 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente

74 Duarte Olivares, HoracioFavor

75 Elizondo Garrido, FranciscoAusente

76 Elorza Flores, José LuisFavor

77 Espadas Méndez, Gregorio EfraínFavor

78 Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe Favor

79 Espinoza Lopez, BrendaFavor

80 Espinoza Segura, María BerthaAusente

81 Exsome Zapata, Ricardo FranciscoFavor

82 Farías Zambrano, Melba NeliaFavor

83 Farrera Esponda, Juan EnriqueFavor

84 Fernández Cruz, Nayeli ArlenFavor

85 Flores Anguiano, FelicianoFavor

86 Flores Olivo, LucíaFavor

87 García Anaya, LidiaFavor

88 García Cayetano, DorhenyAusente

89 García Guardado, Ma. de JesúsFavor

90 García Hernández, Jesús FernandoAusente

91 García Rosales, EdithFavor

92 García Rubio, AgustínFavor

93 García Soto, UlisesFavor

94 García Vidaña, Martha OliviaFavor

95 García Zepeda, JulietaFavor

96 Gómez Álvarez, PabloFavor

97 Gómez Ventura, ManuelFavor

98 González Castañeda, Sandra PaolaFavor

99 González Reyes, Marco AntonioFavor

100 González Robledo, ErasmoFavor

101 Guerra Mena, JuanitaFavor

102 Guerra Méndez, Lizeth AmayraniAusente

103 Guerrero Barrera, YolandaFavor

104 Guillén Quiroz, Ana LiliaFavor

105 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor

106 Guzmán De La Torre, Francisco JavierFavor

107 Guzmán Valdéz, EdgarFavor

108 Hernández Pérez, César AgustínFavor

109 Hernández Pérez, María EugeniaFavor

110 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor

111 Hernández Villalpando, RafaelFavor

112 Herrera Chávez, SamuelFavor

113 Herrera Pérez, GonzaloFavor

114 Hidalgo Ponce, Javier ArielFavor

115 Huerta Corona, Benjamín SaúlAusente

116 Huerta del Río, María de los ÁngelesFavor

117 Huerta González, Agustín ReynaldoFavor

118 Huerta Martínez, ManuelFavor

119 Interian Gallegos, Limbert Iván de JesúsFavor

120 Jarero Velázquez, Miguel PavelAusente

121 Jáuregui Montes de Oca, Miguel ÁngelAusente

122 Jiménez Andrade, Lorena del SocorroFavor

123 Jiménez y Meneses, Héctor Guillermo de JesúsFavor

124 Juan Carlos, IrmaFavor

125 Lamarque Cano, Carlos JavierFavor

126 Loera De La Rosa, Juan CarlosFavor

127 López Aparicio, DelfinoAusente

128 López Castillo, ManuelAusente

129 López Chávez, Maria BeatrizFavor

130 López Pérez, María TeresaFavor

131 López Rayón, ClaudiaFavor

132 López Rodríguez, AbelinaFavor

133 Maceda Carrera, NellyAusente

134 Maldonado Tapia, Mirna ZabeidaFavor

135 Manzano Salazar, JavierFavor

136 Márquez González, Miguel ÁngelFavor

137 Martínez Aguilar, Emeteria ClaudiaFavor

138 Martínez Aké, Carlos EnriqueAusente

139 Martínez Flores, JuanFavor

140 Martínez González, LauraFavor

141 Martínez Ventura, Luis EnriqueFavor

142 Maya Martínez, HirepanFavor

143 Mayer Bretón, SergioFavor

144 Medel Palma, CarmenFavor

145 Medina Pérez, Marco AntonioFavor

146 Mejía Cruz, Maria EstherFavor

147 Mercado Torres, Edith MarisolFavor

148 Merino García, VirginiaFavor

149 Merlín García, María del RosarioFavor

150 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor

151 Minor Mora, Jesús SalvadorFavor

152 Mojica Toledo, AlejandroFavor

153 Mojica Wences, Víctor AdolfoFavor

154 Molina Espinoza, IrineoFavor

155 Montes Nieves, Jorge LuisFavor

156 Montes Salas, José JaimeFavor

157 Mora García, CarmenFavor

158 Mora Ríos, María Teresa Rebeca RosaFavor

159 Morales Elvira, Erik IsaacFavor

160 Morales Miranda, Flor IvoneFavor

161 Moreno Gil, Mario IsmaelFavor

162 Muñoz Ledo, PorfirioFavor

163 Murguía Soto, UlisesAusente

164 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor

165 Novella Macías, Oscar RafaelAusente

166 Núñez Alvarez, EstelaFavor

167 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor

168 Ocampo Manzanares, AraceliFavor

169 Ochoa Valdivia, ZairaAusente

170 Olvera Bautista, Sandra SimeyFavor

171 Orihuela Nava, DavidAusente

172 Ortega Nájera, Hilda PatriciaFavor

173 Padierna Luna, DoloresFavor

174 Palacios Cordero, Lucio ErnestoFavor

175 Palma Olvera, Carmen PatriciaAusente

176 Pani Barragán, AlejandraAusente

177 Parra Juárez, InésFavor

178 Pedrero Moreno, HumbertoFavor

179 Peralta De La Peña, Ana PatriciaAusente

180 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor

181 Pérez Hernández, SergioFavor

182 Pérez López, Beatriz DomingaFavor

183 Pérez Mackintosh, Miriam CitlallyAusente

184 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor

185 Piña Bernal, AdelaFavor

186 Ponce Cobos, AlejandroFavor

187 Ponce Méndez, María GeraldineFavor

188 Pool Moo, Jesús de los ÁngelesFavor

189 Prado de los Santos, MiguelFavor

190 Rabelo Velasco, Roque LuisAusente

191 Ramírez Cuellar, AlfonsoFavor

192 Ramírez Lucero, Martha PatriciaFavor

193 Ramírez Navarrete, Francisco JavierFavor

194 Ramos Cruz, VerónicaFavor

195 Ramos Ruiz, Juan IsraelFavor

196 Ramos Sotelo, GuadalupeFavor

197 Regalado Mardueño, Carmina YadiraAusente

198 Reyes Colín, Marco AntonioFavor

199 Reyes López, ValentínFavor

200 Reyes Miguel, IdaliaAusente

201 Ríos Fararoni, Eulalio JuanAusente

202 Rivera Castillo, FortunatoFavor

203 Robledo Aburto, Zoé AlejandroAusente

204 Robles Gutiérrez, Beatriz SilviaFavor

205 Robles Ortiz, MarthaFavor

206 Rocha Vega, EfraínAusente

207 Rodríguez Arellano, EdiltrudisAusente

208 Rodríguez Gómez, EraclioFavor

209 Rodríguez González, ManuelFavor

210 Rodríguez Ruiz, Ana MaríaFavor

211 Rojas Martínez, BeatrizFavor

212 Román Ávila, María GuadalupeFavor

213 Rosas Uribe, Erika MarianaFavor

214 Ruiz Arias, MaximilianoFavor

215 Ruiz Lustre, Hugo RafaelFavor

216 Sales Ruiz, CiroFavor

217 Sánchez Barrales Zavalza, Raúl ErnestoFavor

218 Sánchez Barrios, CarlosFavor

219 Sánchez Castro, AnitaFavor

220 Sánchez Galván, MiroslavaFavor

221 Sánchez Ortiz, GracielaFavor

222 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor

223 Sandoval Soberanes, LucindaFavor

224 Santiago Chepi, AzaelFavor

225 Santiago Manuel, IranFavor

226 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor

227 Santos Díaz, Edelmiro SantiagoFavor

228 Solís Barrera, María MarivelFavor

229 Tellez Infante, JannetFavor

230 Tello Espinosa, ClaudiaFavor

231 Tenorio Adame, PaolaFavor

232 Terán Águila, RubénFavor

233 Valencia Cruz, RosalbaFavor

234 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

235 Varela López, Víctor GabrielFavor

236 Vargas Hernández, Lidia NallelyFavor

237 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor

238 Vazquez Vazquez, AlfredoFavor

239 Veloz Silva, María LuisaFavor

240 Vences Valencia, Julieta KristalFavor

241 Viedma Velázquez, AlejandroFavor

242 Villa Villegas, AlbertoFavor

243 Villalvazo Amaya, Mirtha IlianaAusente

244 Villarauz Martínez, Rocío del PilarFavor

245 Villavicencio Ayala, LorenaAusente

246 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor

247 Villegas Sánchez, MeraryFavor

248 Vitela Rodríguez, Alma MarinaFavor

249 Vizcaíno Silva, IndiraFavor

250 Yáñez Centeno y Cabrera, Claudia ValeriaAusente

251 Zagal Ramírez, Xochitl NashiellyFavor

252 Zamora Valdéz, CasimiroFavor

253 Zavaleta Sánchez, GracielaAusente

254 Zenteno Santaella, Pedro MarioFavor

255 Zertuche Zuani, Armando JavierFavor

Favor: 209

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 46

Total: 255

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Adame Castillo, Marco AntonioFavor

2 Aguilar Vega, MarcosAusente

3 Alemán Hernández, NohemíFavor

4 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor

5 Ascencio Barba, Sergio FernandoAusente

6 Ayala Díaz, Ma. de los ÁngelesFavor

7 Azuara Zúñiga, XavierFavor

8 Bonnafoux Alcaraz, MadeleineFavor

9 Cambero Pérez, José RamónAusente

10 Carreón Mejía, CarlosFavor

11 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

12 Dávila Fernández, AdrianaAusente

13 Díaz Jiménez, Antonia NatividadAusente

14 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor

15 Espinosa Rivas, Ma. Eugenia LeticiaFavor

16 Flores Suárez, RicardoFavor

17 García Escalante, RicardoFavor

18 García Gómez, Martha ElenaAusente

19 García Morlan, Dulce AlejandraFavor

20 García Ochoa, AbsalónFavor

21 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

22 Garfias Cedillo, Sylvia VioletaFavor

23 Garza Galván, Silvia GuadalupeFavor

24 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor

25 Gómez Quej, José Del CarmenFavor

26 González Estrada, Martha ElisaFavor

27 González Márquez, Karen MichelFavor

28 Gracia Guzmán, RaúlAusente

29 Guerra Villarreal, Isabel MargaritaFavor

30 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesFavor

31 Guzmán Avilés, JesúsFavor

32 Guzmán Avilés, María Del RosarioFavor

33 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor

34 López Birlain, Ana PaolaAusente

35 López Cisneros, José MartínAusente

36 Luévano Núñez, Francisco JavierAusente

37 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor

38 Mares Aguilar, José RigobertoFavor

39 Martínez Juárez, JacquelinaAusente

40 Martínez Terrazas, Oscar DanielFavor

41 Mata Carrasco, MarioAusente

42 Mata Lozano, LizbethAusente

43 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoFavor

44 Muñoz Márquez, Juan CarlosFavor

45 Murillo Chávez, Janet MelanieFavor

46 Núñez Cerón, SaraiFavor

47 Ortega Martínez, Ma. del PilarFavor

48 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor

49 Pérez Díaz, Víctor ManuelAusente

50 Pérez Rivera, Evaristo LeninAusente

51 Preciado Rodríguez, Jorge LuisAusente

52 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor

53 Riggs Baeza, Miguel AlonsoFavor

54 Rivera Hernández, MarcelinoFavor

55 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoAusente

56 Rocha Acosta, SoniaFavor

57 Rodríguez Rivera, Iván ArturoFavor

58 Rojas Hernández, Laura AngélicaFavor

59 Romero Herrera, JorgeFavor

60 Romero Hicks Juan CarlosFavor

61 Romero León, GloriaAusente

62 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor

63 Romo Romo, GuadalupeFavor

64 Rosas Quintanilla, José SalvadorAusente

65 Ruffo Appel, ErnestoFavor

66 Salazar Báez, JosefinaFavor

67 Salazar Fernández, Luis FernandoAusente

68 Salinas Wolberg, HernánAusente

69 Sandoval Mendoza, María LiduvinaFavor

70 Sobrado Rodríguez, Verónica MaríaFavor

71 Tejeda Cid, ArmandoFavor

72 Terrazas Baca, PatriciaFavor

73 Torres Graciano, FernandoFavor

74 Torres Peimbert, María MarcelaFavor

75 Torres Ramírez, AdolfoFavor

76 Trejo Reyes, José IsabelFavor

77 Valenzuela González, Carlos AlbertoFavor

78 Verastegui Ostos, Vicente JavierAusente

79 Villarreal García, RicardoFavor

Favor: 57

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 22

Total: 79

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Acosta Peña, Brasil AlbertoFavor

2 Aguilar Castillo, RicardoFavor

3 Alemán Muñoz Castillo, MaríaFavor

4 Alonzo Morales, María EsterFavor

5 Álvarez García, Ivonne LilianaFavor

6 Angulo Briceño, Pablo GuillermoFavor

7 Azuara Yarzabal, FrinneFavor

8 Barrera Fortoul, LauraFavor

9 Campos Córdova, Lenin NelsonFavor

10 Canul Pérez, Juan JoséFavor

11 Córdova Morán, Luis Eleusis LeónidasFavor

12 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

13 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor

14 Flores Sánchez, MargaritaFavor

15 Galindo Favela, FernandoFavor

16 Garay Cadena, Martha HortenciaFavor

17 González Cuevas, IsaíasFavor

18 Guel Saldívar, Norma AdelaFavor

19 Hernández Deras, Ismael AlfredoFavor

20 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor

21 Ingram Vallines, AnilúFavor

22 Juárez Cisneros, ReneFavor

23 Limón Hernández, ManuelFavor

24 López Castro, Cynthia IlianaFavor

25 Medina Herrera, BenitoFavor

26 Miranda Nava, Luis EnriqueAusente

27 Moreira Valdez, Rubén IgnacioFavor

28 Nemer Alvarez, Ernesto JavierFavor

29 Noroña Quezada, Hortensia María LuisaFavor

30 Ochoa Reza, EnriqueFavor

31 Ortiz Guarneros, JuanFavor

32 Pastor Badilla, ClaudiaFavor

33 Pavón Campos, CarlosAusente

34 Pérez Munguía, SorayaFavor

35 Puente De La Mora, XimenaFavor

36 Roa Sánchez Cruz, JuvenalFavor

37 Rocha Medina, Ma. SaraFavor

38 Rodríguez Mier Y Terán, MarianaFavor

39 Saldaña Pérez, María LuceroAusente

40 Sánchez Martínez, Lourdes ErikaFavor

41 Sauri Riancho, Dulce MaríaFavor

42 Terán Villalobos, Irma MaríaFavor

43 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

44 Velasco González, Marcela GuillerminaFavor

45 Villegas Arreola, AlfredoFavor

46 Yunes Landa, HéctorAusente

47 Zarzosa Sánchez EduardoFavor

Favor: 43

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 47

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Acundo González, MiguelFavor

2 Argüelles Victorero, Jorge ArturoFavor

3 Báez Ruiz, ClaudiaFavor

4 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesusFavor

5 Buenfil Díaz, Irasema del CarmenFavor

6 Cabrera Lagunas, Ma. del CarmenFavor

7 Castañeda Pomposo, Javier JuliánFavor

8 Cruz Aparicio, Héctor RenéFavor

9 De la Peña Marshall, RicardoFavor

10 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor

11 García Aguilar, CarolinaFavor

12 García Duque, José LuisFavor

13 Garza Gutiérrez, Laura Erika de JesúsFavor

14 González Escoto, ArmandoFavor

15 Lozano Rodríguez, AdrianaFavor

16 Manzanilla Prieto, Fernando LuisFavor

17 Moreno Medina, Esmeralda de los AngelesFavor

18 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor

19 Pérez Hernández, José ÁngelFavor

20 Pérez Negrón Ruiz, Iván ArturoFavor

21 Reséndiz Hernández, Nancy ClaudiaFavor

22 Rosete Sánchez, MaríaFavor

23 Saldivar Camacho, Francisco JavierFavor

24 Salvatori Bojalil, NayeliFavor

25 Sosa Ruíz, Olga PatriciaFavor

26 Sosa Salinas, José de la LuzFavor

27 Teissier Zavala, Adriana PaulinaFavor

28 Torres Díaz, Elba LorenaFavor

29 Vargas Contreras, ErnestoFavor

30 Villegas González Héctor JoelFavor

Favor: 30

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 30

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor

2 Dekker Gómez, Clementina MartaFavor

3 Domínguez Vázquez, Claudia AngélicaFavor

4 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor

5 Femat Bañuelos, AlfredoFavor

6 Fernández Noroña, GerardoFavor

7 Garay Ulloa, SilvanoFavor

8 García García, MargaritaFavor

9 García Grande, Ana RuthAusente

10 González Morales, HildelisaFavor

11 González Soto, SantiagoAusente

12 González Yáñez, ÓscarFavor

13 Guevara Espinoza, Ana GabrielaAusente

14 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor

15 Jiménez Pérez, María RoseliaFavor

16 Lastra Muñoz, Claudia ElenaFavor

17 Manzanilla Téllez, EmilioFavor

18 Martínez Ruiz, MaribelFavor

19 Marú Mejía, María TeresaFavor

20 Montalvo Luna, José LuisFavor

21 Porras Domínguez, AlfredoAusente

22 Reyes Ledesma, ArmandoFavor

23 Roblero Gordillo, MaricruzFavor

24 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor

25 Rojo Pimentel, Ana KarinaAusente

26 Sánchez García, LizethFavor

27 Sandoval Flores, ReginaldoFavor

28 Vázquez García, DioniciaFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 5

Total: 28

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Bravo Padilla, Itzcoatl TonatiuhFavor

2 Cheja Alfaro, Jacobo DavidFavor

3 Contreras González, Lourdes CeleniaFavor

4 Espinoza Cárdenas, Juan MartínFavor

5 Esquer Gutiérrez, AlbertoFavor

6 Falomir Saenz, Alan JesúsFavor

7 García Lara, Jorge AlcibíadesFavor

8 Gómez Maldonado, Maiella Martha GabrielaFavor

9 González Anaya, María LibierFavor

10 González García, Ana PriscilaFavor

11 Herrera Vega, Geraldina IsabelFavor

12 Ku Escalante, Kehila AbigailFavor

13 Loya Hernández, Fabiola Raquel GuadalupeFavor

14 Lozano Mac Donald, PilarFavor

15 Macías Rábago, JulietaFavor

16 Medina Ortíz, Adriana GabrielaFavor

17 Méndez De La Luz Dauzón, Dulce MaríaFavor

18 Prudencio González, Carmen JuliaFavor

19 Ramírez Salcido, Juan FranciscoFavor

20 Ramos Tamez, Mario AlbertoFavor

21 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor

22 Rodríguez Vázquez, ArielFavor

23 Ron Ramos, EduardoFavor

24 Russo Salido, Jorge EugenioFavor

25 Salinas Reyes, RuthFavor

26 Tagle Martínez, Martha AngélicaFavor

27 Villarreal Salazar, Juan CarlosFavor

28 Zamudio Macias, Martha AngélicaFavor

Favor: 28

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 28

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Aguilera Rojas, José GuadalupeFavor

2 Alcalá Padilla, AbrilFavor

3 Almaguer Pardo, Ma. GuadalupeFavor

4 Almeida López, MónicaFavor

5 Bautista Rodríguez, MónicaFavor

6 Esparza Márquez, Frida AlejandraFavor

7 Gallardo Cardona, José RicardoFavor

8 García Corpus, Teófilo ManuelFavor

9 García Gutiérrez, RaymundoFavor

10 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

11 Ortega Martínez, AntonioFavor

12 Reyes Carmona, EmmanuelFavor

13 Reyes Montiel, ClaudiaFavor

14 Rodríguez Zamora, Norma AzucenaFavor

15 Rosas Martínez, Luz EstefaníaFavor

16 Salinas Narváez, JavierFavor

17 Serrano Cortes, HéctorAusente

18 Toledo Gutiérrez, Mauricio AlonsoFavor

19 Torres Piña, CarlosFavor

20 Villafuerte Zavala, LiliaFavor

Favor: 19

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 20

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Alcántara Núñez, Jesús SergioFavor

2 Bautista Villegas, OscarFavor

3 Bugarín Cortés, Lyndiana ElizabethFavor

4 Escobar y Vega, ArturoFavor

5 Gómez Alcantar, Marco AntonioFavor

6 Gómez Ordaz, Leticia MarianaFavor

7 González Martínez, Jorge EmilioAusente

8 Manrique Guevara, BeatrizFavor

9 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor

10 Rubio Montejo, Roberto AntonioAusente

11 Vidal Peniche, Jesús CarlosFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Morales Vázquez, Carlos AlbertoFavor

2 Riojas Martínez, Ana LuciaFavor

Favor: 2

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 2