SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día miércoles 10 de abril de 2019, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
De la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
De la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 1916 del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De los diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
De las diputadas Beatriz Dominga Pérez López y Virginia Merino García, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se condena el homicidio del ciudadano Camilo Pérez Álvarez, líder natural de la región Triqui, acaecido el pasado 4 de abril, y se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, a realizar una investigación exhaustiva, pronta y expedita para su esclarecimiento. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Ismael Alfredo Hernández Deras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a definir una política integral y transparente que permita atender el flujo de migrantes centroamericanos en su tránsito por México y coadyuve con los gobiernos locales. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen
De la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conasami, a fijar los salarios mínimos profesionales de las personas trabajadoras del hogar en los términos de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las secretarías de Relaciones Exteriores, Turismo, Bienestar y al Partido Movimiento de Regeneración Nacional, a cesar las actividades propagandísticas violatorias al artículo 134 Constitucional. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De los diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía se congratula por el lanzamiento de la iniciativa para la sustentabilidad en el norte del Golfo de California, estrategia integral para salvaguardar a la vaquita marina, en beneficio social y económico de comunidades pesqueras. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen
De la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, a hacer pública la información referente a la situación que guardan las acciones promovidas relacionadas con las cuentas públicas de los años de 1998 a 2016. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
Del diputado Lenin Nelson Campos Córdova, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Conapred, para que, en coordinación con las entidades federativas, fortalezcan las acciones para promover los derechos de las personas adultas, con el objeto de prevenir la discriminación y exclusión social. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen
De la diputada Sandra Paola González Castañeda, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a establecer el método de vigilancia y supervisión sobre los menores beneficiarios dentro del nuevo Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen
Del diputado Héctor Yunes Landa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fortalecer su estrategia en materia de combate a la inseguridad pública, ante el incremento sostenido de la violencia a nivel nacional. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen
Del diputado Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo para realizar un cerco en las áreas de zonas de reserva donde se encuentran las cactáceas y sus similares, así como realizar acuerdos de colaboración con universidades agrarias con la finalidad de darles prioridad para su incorporación al Programa de Preservación de Plantas en Peligro de Extinción. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Marcela Guillermina Velasco González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud y de la SHCP, a transparentar los procesos de adjudicación, las empresas beneficiadas y los montos aprobados para la primera compra centralizada por medio de licitación abierta internacional de medicamentos e insumos para la salud. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a las Comisiones de Igualdad de Género y de Hacienda y Crédito Público, a realizar foros temáticos que permitan a la Cámara de Diputados fortalecer las capacidades de revisión del PND, para que éste cuente con perspectiva de género. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del miércoles 10 de abril de 2019 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputado Porfirio Muñoz Ledo (rúbrica), Presidente.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
2. Que adiciona el artículo 1916 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
3. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.
Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se condena el homicidio del ciudadano Camilo Pérez Álvarez, líder natural de la región Triqui, acaecido el pasado 4 de abril, y se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, a realizar una investigación exhaustiva, pronta y expedita para su esclarecimiento, suscrito por las diputadas Beatriz Dominga Pérez López y Virginia Merino García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a definir una política integral y transparente que permita atender el flujo de migrantes centroamericanos en su tránsito por México y coadyuve con los gobiernos locales, a cargo del diputado Ismael Alfredo Hernández Deras, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conasami, a fijar los salarios mínimos profesionales de las personas trabajadoras del hogar en los términos de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Relaciones Exteriores, Turismo, Bienestar y al Partido Movimiento de Regeneración Nacional, a cesar las actividades propagandísticas violatorias al artículo 134 Constitucional, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se congratula por el lanzamiento de la iniciativa para la sustentabilidad en el norte del Golfo de California, estrategia integral para salvaguardar a la vaquita marina, en beneficio social y económico de comunidades pesqueras, suscrito por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.
Turno: Comisión de Pesca, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF, a hacer pública la información referente a la situación que guardan las acciones promovidas relacionadas con las cuentas públicas de los años de 1998 a 2016, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Conapred, para que, en coordinación con las entidades federativas, fortalezcan las acciones para promover los derechos de las personas adultas, con el objeto de prevenir la discriminación y exclusión social, a cargo del diputado Lenin Nelson Campos Córdova, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a establecer el método de vigilancia y supervisión sobre los menores beneficiarios dentro del nuevo Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, a cargo de la diputada Sandra Paola González Castañeda, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fortalecer su estrategia en materia de combate a la inseguridad pública, ante el incremento sostenido de la violencia a nivel nacional, a cargo del diputado Héctor Yunes Landa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, para realizar un cerco en las áreas de zonas de reserva donde se encuentran las cactáceas y sus similares, así como realizar acuerdos de colaboración con universidades agrarias con la finalidad de darles prioridad para su incorporación al Programa de Preservación de Plantas en Peligro de Extinción, a cargo del diputado Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud y de la SHCP, a transparentar los procesos de adjudicación, las empresas beneficiadas y los montos aprobados para la primera compra centralizada por medio de licitación abierta internacional de medicamentos e insumos para la salud, a cargo de la diputada Marcela Guillermina Velasco González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
12. Con punto de acuerdo, por el que se solicita a las Comisiones de Igualdad de Género y de Hacienda y Crédito Público, a realizar foros temáticos que permitan a la Cámara de Diputados fortalecer las capacidades de revisión del PND, para que éste cuente con perspectiva de género, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
«Iniciativa que adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del PES
La que suscribe, diputada Nayeli Salvatori Bojalil, de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados y representante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al tenor de lo siguiente:
Exposición de Motivos
La discusión del tema del autotransporte de carga de doble remolque no es nuevo en esta asamblea, a lo largo de seis años hemos sido testigos de cómo varios legisladores han emprendido una lucha para prohibir la circulación de este tipo de vehículos por la carreteras y calles de nuestro país.
Desde 2012, el diputado petista Alberto Anaya Gutiérrez presentó la primera iniciativa para prohibirlos, posteriormente otros diputados y senadores de diversos grupos parlamentarios se sumaron a este esfuerzo, incluyendo al Congreso de Colima con una iniciativa propia, incrementando las voces que reclaman la prohibición tajante de utilizar estos transportes en el país, sin que se haya tenido éxito en lograrlo.
Este es el muestrario, en los registros parlamentarios, que en la Gaceta y otras fuentes de información legislativa podemos encontrar como precedentes:
Hasta el día de hoy los motivos y justificaciones siguen siendo los mismos: el daño a las vías de comunicación por su sobrepeso, la alta incidencia de accidentes mortales que ocasionan, el hecho de que México es el único país donde se permite este tipo de autotransportes, son algunas cuantas de las razones esgrimidas para prohibir su uso.
Sin embargo, no es mi intención reproducir los datos que las anteriores iniciativas han mencionado sobre estos aspectos negativos que el empleo del doble remolque conlleva para la infraestructura y seguridad vial de nuestra nación. Lo que sí es mi deber mencionar es que su uso conlleva no sólo daños materiales y pérdida de vidas sino trastornos en la economía familiar de las personas que de manera independiente o a través de pequeñas empresas participan en la industria del transporte de carga, ante la imposibilidad de competir con el capital y capacidades técnicas de las grandes empresas del sector, son excluidos del mercado por no poder movilizar grandes volúmenes de mercancía.
Si revisamos la Estadística Básica de Autotransporte Federal de 2017 de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, podemos percatarnos que la cantidad de personas físicas autorizadas como Permisionarios de Autotransporte de Carga es de 143 mil 592 individuos, mientras que las personas morales son 25 mil 720:
Permisionarios del Autotransporte de carga por clase y servicio
Esto tiene especial relevancia para el tema, puesto que aunque el número de personas morales dedicadas al autotransporte es menor que las personas físicas, el volumen de vehículos que poseen para abastecer las necesidades del mercado supera tres veces el de las personas físicas, con un total de 696 mil 97 vehículos lo que representa el 75.9 por ciento del parque vehicular destinado al sector.
Estructura empresarial del Autotransporte de carga
Esto, como ya lo mencioné, ha provocado la exclusión de buena parte del mercado a las personas físicas y pequeñas empresas transportistas, quienes son desplazados por los grandes consorcios bajo una premisa de competitividad.
Bajo esta tónica, los grandes empresarios transportistas se escudan en la necesidad de utilizar el doble remolque con la finalidad de ser más competitivos, incrementando el volumen de mercancía transportada en menos viajes, incluso aluden que en tema de exportaciones hacia Estados Unidos, el flujo de bienes mexicanos que se exporta es mucho mayor gracias a la utilización de estos vehículos; sin embargo, en dicho país el uso de este tipo de transporte se encuentra prohibido en tres de los cuatro estados fronterizos con México y sólo se permite su circulación con permisos especiales en determinadas autopistas de los Estados Unidos que ni siquiera hacen colindancia con nosotros, por lo que aludir a un tema de competitividad e incremento de las exportaciones para mantener el estatus legal de los doble remolques no es totalmente válido.
Por otro lado, el estudio de Competitividad Regulatoria del Sistema de Autotransporte de Carga 2016 del Instituto Mexicano para la Competitividad, aunque señala que la regulación tendiente a desincentivar el uso de fulles o doble remolques traería consigo mayores problemas de seguridad vial, también es claro en apuntar un incremento del gasto privado de operación para las empresas transportistas, lo cual compañeros debemos entender como menos ganancia para estos empresarios, siendo la única razón por la que no se ha querido aprobar la prohibición que plantea esta y las anteriores iniciativas.
Es este sentido, compañeros legisladores, si aprobamos esta propuesta, no estaremos atentando contra la competitividad del sector, sino que estaremos permitiendo el mejoramiento en la calidad de vida de un gran número de familias que dependen del autotransporte, al permitirles acceder a una parte de este negocio que ha sido casi monopolizado por los grandes grupos que sólo se preocupan por sus ganancias y no por mantener un mercado en el que puedan caber los pequeños transportistas.
Con esto, estaremos abonando justicia social a un parte del sector que durante muchos años apenas ha sobrevivido, pero que de ahora en adelante verá incrementada la demanda de sus servicios, puesto que la necesidad de movilizar mercancía no decrece sino siempre va en aumento, por lo que el mercado por sí mismo tendrá que recurrir al hombre-camión y a las pequeñas empresas para satisfacer sus necesidades de transporte.
Por lo expuesto, en mi calidad de diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, para su análisis, discusión y aprobación en su caso, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Único. Se adiciona un párrafo cuarto al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal.
...
...
Queda prohibida la circulación de autotransportes de carga de doble remolque y/o que excedan de 26 metros de largo o un peso bruto de 54 toneladas.
Transitorio
Únio. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Iniciativas legislativas en materia de prohibición de vehículos de doble remolque
http://sil.gobernacion.gob.mx/Busquedas/Avanzada/ ResultadosBusquedaAvanzada.php?SID=20650392bf38e1ae507300982dd0edbb &Serial=e9ece0d4616df78f5c8766b4920fa957&Reg=14&Origen=BA &Paginas=15 Revisado por última vez el 17 de diciembre de 2018.
2 Estadística Básica SCT 2017
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAF/EST_BASICA/ EST_BASICA_2016/1_Autotransporte_de_Carga_2017.xlsx Revisado por última vez el 17 de diciembre de 2018
3 Ídem
4 Competitividad Regulatoria del Sistema de Autotransporte de Carga 2016, IMCO
https://docs.google.com/viewerng/viewer?url=https://imco.org.mx/wp-content/ uploads/2016/10/ 2016-Competitividad_regulatoria_transporte_carga-Presentacion.pdf Revisado por última vez el 17 de diciembre de 2018
Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 12 de febrero de 2019. Diputada Nayeli Salvatori Bojalil (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
«Iniciativa que adiciona el artículo 1916 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, Nayeli Salvatori Bojalil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Las redes sociales son comunidades on linede personas que poseen intereses o actividades en común y que se conectan a través de Internet generando contactos que les son afines tan a escala social como comercial.
De acuerdo con el Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de las SI en la investigación Las redes sociales en internet, a firma que la gran mayoría de autores coinciden en que una red social es un sitio en la red cuya finalidad es permitir a los usuarios relacionarse, comunicarse, compartir contenido y crear comunidades, o como una herramienta de democratización de la información que transforma a las personas en receptores y en productores de contenidos.
En 2007, un artículo del Journal of Computer Mediated Communication señalaba que se definieron las redes sociales como servicios dentro de las webs que permiten al usuario
1. construir un perfil público o semipúblico dentro de un sistema limitado;
2. articular una lista de otros usuarios con los que comparte una conexión; y
3. visualizar y rastrear su lista de contactos y las elaboradas por otros usuarios en el sistema.
Según el semanario The Economist, la mayor contribución de las redes sociales ha consistido en dotar de un lugar en el mundo a una humanidad sumida en la soledad de un mundo frío y tecnológico. Otra gran aportación consiste en haberlas transformado en inmejorables herramientas de comunicación masiva.
Según el Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de las SI, en la web, hay dos tipos de redes sociales, las directas e indirectas:
1. Son redes sociales directas aquellas cuyos servicios prestados a través de Internet en los que existe una colaboración entre grupos de personas que comparten intereses en común y que, interactuando entre sí en igualdad de condiciones, pueden controlar la información que comparten.
Las redes sociales directas pueden clasificarse de diferente forma en función del enfoque empleado como muestra la siguiente tabla:
Categorías de redes sociales directas en función del enfoque
Algunos ejemplos de redes sociales directas, incluidas en el anexo del presente estudio, son Facebook, YouTube, Wikipedia, hi5, Meetic, LinkedIn, Xing, MySpace, Fotolog, Menéame.
2. Son redes sociales indirectas aquellas cuyos servicios prestados a través de internet cuentan con usuarios que no suelen disponer de un perfil visible para todos existiendo un individuo o grupo que controla y dirige la información o las discusiones en torno a un tema concreto.
Para ingresar en cualquiera de ellas, basta registrarse gratuitamente. Esto es completar un formulario con los datos personales y comienza a asociarse con otros usuarios. Lo único que se necesita es una dirección válida de correo electrónico.
Cada usuario registrado es un nodo al que los contactos están ligados y, a su vez, dichos contactos están también ligados, en un segundo nivel.
Las redes sociales son un fenómeno que cada vez gana más adeptos, especialmente jóvenes y adolescentes. Sin embargo, constantemente se agrede y se ataca el derecho al honor de las personas en estas redes sociales, dejando de lado que las relaciones humanas implican, entre otras cosas, respeto, comprensión, afecto y reconocimiento, aspectos que en este tipo de plataformas quedan reducidos.
Cifras publicada por El Economista señalan que en 2006 eran 20.2 millones de usuarios de internet; 5 años después, en 2012, se duplicó a 45.1 millones; y a 2017, la cifra llegaba a 79.1 millones de usuarios.
La misma fuente señala que de los 79.1 millón de usuarios, 89 por ciento ocupa internet para acceder a una red social; esto es, alrededor de 72 millones de usuarios en México.
Asimismo, esta publicación concluye que los mexicanos pasan en una conexión a internet de 8 horas y 12 minutos al día. 9 de cada 10 prefiere un teléfono móvil para conectarse a la red.
El Estudio sobre los hábitos de los usuarios de internet en México 2018, publicado por El Economista, muestra que los mexicanos que cuentan con acceso a internet poseen en promedio 5 redes sociales. Casi la totalidad de los internautas del país cuentan con Facebook, y 9 de cada 10 tienen Whatsapp. Youtube creció 10 por ciento respecto al año pasado, y 8 de cada 10 mexicanos la frecuentan:
Sin duda, entre las ventajas de las redes sociales podemos generar mayor comunicación e interacción entre los usuarios, estar mejor informados, generar información útil a los demás, así mismo facilita la relación entre las personas sin las barreras culturales, físicas o de la distancia en cualquier parte del mundo.
Sin embargo, en las desventajas encontramos la pérdida la interacción con el entorno social y con la familia, también nos podemos convertir en víctimas de ciberbullying y suplantación de identidad, además de exponernos a personas que muchas veces no conocemos, publicando información personal, convirtiéndonos en víctimas de virus y software dañados, pero sobre todo en ciertas ocasiones cualquier usuario se expone a la injuria y a la difamación en cualquier red social, llámese Facebook, Twitter, Instagram, entre otras.
De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía a 2015, 24.5 por ciento de los usuarios de internet de 12 años o más fueron víctimas de ciberbullying, y en mayor proporción los hombres. La Social Intelligence Unit destacó que las entidades con más casos de ciberacoso o ciberbullying son Aguascalientes, estado de México, Quintana Roo, Puebla e Hidalgo con niveles que van de 28.6 a 32 por ciento de los usuarios.
Otra de las desventajas y fenómeno que actualmente genera violencia en los medios digitales, internet y redes sociales son las llamadas #Fake News, fenómeno que no son más que un producto seudoperiodístico difundido a través de portales de noticias, prensa escrita, radio, televisión y redes sociales cuyo objetivo es la desinformación deliberada o el engaño.
En este sentido recordemos lo acontecido en el país hace algunos meses sobre el robo de niños, el fenómeno social se desbordó y las noticias falsas que circularon por redes sociales comenzaron a tener sus primeros efectos negativos en varios estados. Las personas sin consultar la fuente o la veracidad de la noticia se dejaron llevar por esos rumores, lo que culminó en varios linchamientos de personas que por la mera sospecha y rumor fueron ejecutadas, después de estas reacciones violentas en estados como Puebla e Hidalgo, las investigaciones de las fiscalías correspondientes señalaron que se trataba de personas que no estaban implicadas con algún delito.
Actualmente, todos estamos conectados y digitalizados. Las redes sociales son, entre otras muchas cosas, un medio de expresión y cada vez se dan en mayor número ataques al honor con insultos, amenazas o acoso. En este panorama, hoy resulta de mucha importancia, el uso de redes sociales como Facebook, Twitter e Instagram donde es cada vez más normal leer publicaciones en las que se ofende o se critica a una persona de forma indiscriminada. En las redes sociales debemos tener presente que no estamos exentos de consecuencias legales por el contenido de las publicaciones e inclusive por la reproducción en los muros de publicaciones de otras personas que puedan provocar que una persona sienta que su honor se ha visto lastimado. Y es que detrás de una pantalla, un teclado y en Internet, es fácil que cualquier persona saque la valentía que la cobardía oculta en la vida real. Por ende, ofender e insultar en redes sociales es un asunto tan serio, que no podemos pasar inadvertido o verlo como algo normal.
Con esta iniciativa de ninguna manera se pretende coartar el derecho de libre expresión de las ideas, al contrario, tal como lo establecen distintos organismos en la materia, la libertad de expresión se reconoce como un derecho humano en virtud del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y se reconoce en el derecho internacional de los derechos humanos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El artículo 19 de la DUDH establece:
todos tendrán derecho a opinar sin interferencia y todos tendrán derecho a la libertad de expresión, este derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, independientemente de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impreso, en forma de arte, o por cualquier otro medio de su elección.
La libertad de expresión ha jugado un papel crucial en el desarrollo de los seres humanos y de las sociedades y, sobre todo, ha sido un logro irrenunciable de las revoluciones liberales frente a situaciones de regímenes opresivos donde existían controles para la libre difusión del pensamiento.
Ahora bien, el derecho al honor se entiende como el principio de dignidad y se resume en el derecho a ser respetado. El valor que se le da se modifica de acuerdo con las circunstancias, valores y condiciones de una sociedad en su momento histórico determinado.
Hay conflictos entre el derecho al honor y la libertad de expresión, como enuncia el jurista Jesús González Pérez, en su libro La degradación del derecho al honor:
Cuando el ejercicio de un derecho fundamental dentro de su ámbito propio incide en el ámbito de otro es cuando se produce una colisión, que habrá de resolverse tratando de respetar al máximo el contenido esencial de cada uno y, en tanto no sea posible, dando primicia a uno de ellos.
Hay medios alternos de solución de conflictos, que hacen referencia a la conciliación, mediación, arbitraje y negociación, son mecanismos de los cuales podemos valernos para poner fin a nuestras controversias, se caracterizan entre otras cosas por ser altamente confiables, apegados a la equidad, la justicia y la ley.
Tanto el derecho a la libertad de expresión e información, como el derecho al honor e intimidad de las personas, cuentan con la protección máxima constitucional, y ambos derechos tienen límites.
Sin embargo, en muchas ocasiones entran en aparente conflicto. Sin embargo, como señalan las tesis del doctor Jorge Carpizo y de Tomás Domingo, ambos derechos de pueden armonizar a través de un profundo conocimiento de estos y su adecuada delimitación.
Ciertos criterios jurisprudenciales pueden aclarar lo que se entiende por daños a la moral, entendidos como la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos.
En esta tesitura, cabe referir la resolución del amparo directo en revisión 2806/2012, en el cual los ministros analizaron la influencia del lenguaje en la percepción que las personas tienen de la realidad, el cual puede provocar prejuicios sociales mediante expresiones que califican a ciertos individuos o grupos, causando exclusión social.
Destaco algunos fragmentos de la resolución de amparo:
Así, una vez más corresponde a esta Primera Sala determinar la forma en que operan los límites de los derechos a la libertad de expresión y al honor, para analizar el agravio hecho valer por el recurrente, relativo a que el tribunal allegado no consideró de forma adecuada el derecho al honor como uno de los límites del derecho fundamental a la libre expresión.
En principio, debe decirse que no existe un conflicto interno o en abstracto entre los derechos a la libertad de expresión y al honor. Así, cuando las ideas expresadas tienen por objeto exteriorizar un sentir positivo o favorable hacia una persona, resulta inconcuso que no habría una intromisión al derecho al honor de la persona sobre la cual se vierten las ideas u opiniones. Lo mismo puede decirse de las ideas que, si bien críticas, juzguen a las personas mediante la utilización de términos cordiales, decorosos o simplemente bien recibidos por el destinatario. Así, por regla general, se estima que hay un ataque al honor cuando se ocasiona un desmerecimiento en la consideración ajena como consecuencia de expresiones difamantes o infamantes, emitidas en descrédito o menosprecio de alguien. Establecido lo anterior, se advierte que el derecho fundamental al honor viene limitado por los derechos fundamentales a opinar e informar libremente, al ser todos de rango constitucional y, por lo tanto, de obligada coexistencia. Por lo que, según las circunstancias del caso, cabe la posibilidad de que la reputación tenga que soportar restricciones, viéndose cuestionada cuando la relevancia pública de aquello sobre lo que se informa o se opina así lo requiera.
Ahora, en lo que concierne a los límites de la libertad de expresión, es necesario partir de que existe una presunción general de cobertura constitucional de todo discurso expresivo, la cual se explica por la obligación primaria de neutralidad del Estado frente a los contenidos...
No obstante, como mencionamos con anterioridad, tanto las normas constitucionales como los tratados internacionales que prevén este derecho fundamental establecen claramente cuáles son los límites que deben respetarse para que una expresión esté constitucionalmente protegida, entre los que se encuentran los derechos y la reputación de terceros.
Esta resolución se centra en los señalamientos de homofobia con expresiones como las de marica o puñal, pero cuán lejos están estas expresiones de algunas otras que indiscriminadamente se publican en redes sociales y que al final de cuentas también son ofensivas u oprobiosas y repercuten en el honor de las personas, tomando en cuenta la función que cumple el uso del lenguaje dentro de una comunidad, el mismo puede convertirse en un factor de rechazo hacia determinada persona o grupo social, lo cual se traduce en una actitud de exclusión.
Dicha resolución en sus textos finales también destaca lo siguiente:
En efecto, tomando en consideración la función que esta Suprema Corte realiza como tribunal constitucional del Estado mexicano, debe concluirse que la misma tiene como su tarea primordial la tutela de los derechos fundamentales, en especial de los grupos minoritarios, los cuales suelen ser objeto de exclusión y discriminación. Así, para efectos de realizar un control de regularidad constitucional, no pueden tomarse en consideración las prácticas que realizan la mayoría de los integrantes de la sociedad, tales como el uso cotidiano de determinados términos lingüísticos, pues de adoptase tal postura, se llegaría al absurdo de convalidar violaciones a los derechos fundamentales por así estar constituida la opinión dominante de una sociedad, lo cual sería contrario tanto a la dinámica de las funciones encomendadas a esta Suprema Corte, así como a la naturaleza de la Constitución como norma jurídica.
De dicha resolución en general se puede apreciar que cualquier expresión en redes sociales que contenga expresiones absolutamente vejatorias, se encuentran excluidas de la protección constitucional a la libre manifestación de ideas.
Finalmente se desprende del texto resolutivo que
En efecto, al resolver el amparo directo 28/2010, y tal como se citó en la presente sentencia, esta Primera Sala señaló que las expresiones que están excluidas de protección constitucional son aquéllas absolutamente vejatorias, entendiendo como tales las que sean (i) ofensivas u oprobiosas, según el contexto; e (ii) impertinentes para expresar opiniones o informaciones, según tengan o no relación con lo manifestado.
Por otra parte, y a fin de precisar la reforma que se propone en este instrumento legislativo se adjunta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo fundado y motivado, a fin de reforzar las leyes, con pleno respeto al derecho de expresión y con el objeto de contribuir a una sociedad en paz, armonía y respeto al derecho del honor, someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan la fracción V y tres párrafos al artículo 1916 del Código Civil Federal
Único. Se adicionan la fracción V y tres párrafos al artículo 1916 del Código Civil Federal, para quedar como sigue:
Artículo 1916. ...
...
...
...
...
...
I. y II. ...
III. El que presente denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito apersona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido ;
IV. Al que ofenda el honor, ataque la vida privada o la imagen propia de una persona ; y
V. A quien por cualquier red social injurie o calumnie a otra persona lesionándole a través de una acción, o de una expresión, que afecte el honor, la dignidad, perjudicando su reputación, o atentando contra su propia estima, al imputarle un hecho o cualidad en menoscabo de su fama o autoestima.
...
Se considerará injuria o calumnia a una persona o usuario de cualquier red social, a cualquier expresión escrita, chat, video o imagen digital o archivo electrónico difundido o publicado en cualquier red social, directo de la imagen, nombre o datos personales, así como cualquier manifestación insultante u ofensiva que afecte su honor.
En el caso del contenido publicado en redes sociales, si no se encuentra al usuario responsable de la ofensa, la autoridad competente solicitará a la empresa de prestación de servicios en materia de redes sociales correspondiente, retirar inmediatamente de la red social el contenido causante del daño moral.
En caso de que la empresa responsable de la red social no retire el contenido, ésta será responsable directa del daño moral causado y la persona agraviada tendrá derecho de proceder en su contra ante la autoridad competente.
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente decreto.
Notas
1 https://www.ontsi.red.es/ontsi/sites/ontsi/files/redes_sociales-documento_0.pdf
2 A world of connections. A special report on social networking, en The Economist, 30 de enero de 2010.
3 https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/7-graficos-sobre-los-usuarios- de-internet-en-Mexico-en-2018-20180517-0077.html
4 https://www.jornada.com.mx/ultimas/2018/02/05/aumenta-ciberbullying-en- mexico-dicen-expertos-4939.html
5 https://www.colmex.mx/assets/pdfs/2-PIDCP_49.pdf?1493133879
6 Clemente Crevillen Sánchez, Derechos de la personalidad. Honor intimidad personal y familiar y propia imagen en la jurisprudencia, página 27.
7 https://drive.google.com/viewerng/viewer?url=https://revistas-colaboracion. juridicas.unam.mx/index.php/derechos-humanos-cndh/article/download/5543/4889
8 Tomas de Domingo, ¿Conflictos entre derechos fundamentales?, páginas 11-14.
9 J. González Pérez, obra citada, página 37.
10 https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3568/15.pdf
11 Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XIII, mayo de 2000. Tesis 1.7o.C.30C, página 921.
12 https://www.sitios.scjn.gob.mx/codhap/sites/default/files/engrosepdf_sentenciar elevante/CONCEPTOS%20PEYORATIVOS%20ADR%202806-2012_0.pdf
13 Amparo directo 28/2010, sentencia del 23 de noviembre de 2011, foja 77.
14 Tesis jurisprudencial 31/2013 de la Primera Sala, de rubro Libertad de expresión. La Constitución no reconoce el derecho al insulto, pendiente de publicación en el Semanario Judicial de la Federación.
Dado en la Sede de la Cámara de Diputados, a 7 de marzo de 2019. Diputada Nayeli Salvatori Bojalil (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados federales Nayeli Arlen Fernández Cruz, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Francisco Elizondo Garrido, Humberto Pedrero Moreno de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción 1, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa que adiciona un capítulo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
I. Objetivo principal
La presente iniciativa de ley tiene por objeto que el delito de feminicidio sea tipificado en todo el territorio nacional de los Estados Unidos Mexicanos.
II. ¿Qué es el feminicidio?
De acuerdo con el Código Penal Federal, el feminicidio es la privación de la vida a una mujer por razones de género.
Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
III. Existan antecedentes o datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
IV. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
V. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público. En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.
De igual forma el mismo código contempla que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En el ámbito internacional la Declaración sobre el feminicidio del Mecanismo de Seguimiento Convención Belém Do Pará define al feminicidio como la muerte violenta por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad o por parte de cualquier persona.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece el concepto de violencia feminicida entendiéndola como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
III. Datos relativos al fenómeno de feminicidio y su aumento en México
La Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió un informe en atención al Noveno Informe Periódico de México ante la CEDAW, dicho informe se centró en preocupaciones en torno a la situación actual que vive la mujer en México.
México tiene 119,938,473 habitantes, de los cuales 61,474,320 son mujeres (51%) de ese porcentaje en los últimos años el 43% han sufrido violencia. Por otro lado, de enero 2015 a 2017 se han registrado 5,118 víctimas femeninas de homicidio doloso. Tan solo en enero de 2018 se registraron 272 homicidios. Derivado de lo anterior, los efectos, según estadísticas, han generado que el 8% de mujeres que han sufrido violencia tengan intenciones de atentar contra su vida, solo el 3.4% lo ha intentado y ha sobrevivido.
Por otro lado, en 27 entidades federativas se ha solicitado declarar alerta de género (84% del territorio nacional).
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía en su informe anual con respecto a la mortalidad de los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos señala que en relación a los homicidios de mujeres en el año 2017 se registró un aumento de 18.1% de mujeres que han muerto por homicidio en México, es decir, la cifra pasó de 2,813 homicidios en 2016 a 3,324 en 2017. Esto ha ido aumentando conforme el paso de los años, ya que a partir del 2014 se tiene el registro de 2,408 homicidios de mujeres, en 2015 este aumento a 2,383, en 2016 a 2,813, y en 2017 a 3,324.
En el marco comparativo entre el año 2016 y 2017 veinticuatro entidades federativas registraron un aumento en homicidios de mujeres, el estado con el que mayor registro se tiene es el de Baja California Sur con un incremento de 81.8 %. La entidad federativa con el mayor índice de feminicidios, de acuerdo a los registros de denuncias, es el Estado de México con 98 registros de carpetas de investigación sobre feminicidio en el Ministerio Público, seguido de Veracruz con registros de 90 feminicidios, ambas cifras hacen referencia al año 2018.
No obstante, las demás entidades federativas de igual forma registraron el aumento en el porcentaje de homicidios de mujeres, son muy pocos los estados que han registrado la disminución de los mismos. El aumento de la comisión de este delito es preocupante en razón de su aumento no solo en una entidad o comunidad determinada, sino en todo el país, es decir, es un fenómeno que se está viviendo a nivel nacional, por ello es necesaria el fortalecimiento en materia jurídica del feminicidio.
IV. Experiencias internacionales
México es parte de distintos instrumentos internacionales en materia de protección de derechos humanos de la mujer, dichos instrumentos son de aplicación en todo el territorio nacional en virtud de la contradicción de tesis 293/2011 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que se establece a los tratados internacionales en materia de derechos humanos al mismo nivel jerárquico que la Constitución. Derivado de lo anterior se menciona los Tratados y Convenciones en los que se adhirió y ratifico el Estado Mexicano:
a. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW.
Abarca temas como objetivos para terminar con la discriminación en contra de la mujer en ámbitos laborales y políticos, así como su máxima participación en igualdad de condiciones con el hombre en todos los campos.
Esta Convención desde su primera edición se ha venido celebrando de manera periódica, por lo que, conforme avanza se van abarcando distintos temas, como la pobreza de las mujeres, el acceso desigual a la educación e insuficiencia de oportunidades educacionales, salud con respecto a derechos reproductivos, los efectos de conflictos bélicos en la mujer, y la desigualdad en estructuras políticas y económicas, así como la desigualdad en el ejercicio del poder.
Los temas en los que actualmente se ha tenido mayor interés por parte de la Convención son la violencia y discriminación en contra la mujer, así como la falta de mecanismos suficientes para promover el adelanto de la mujer en aspectos sociales y la falta de conciencia en relación a la protección de los derechos humanos de la mujer en el ámbito nacional e internacional, roles y prejuicios sociales de la mujer y empoderamiento de la mujer.
b. Recomendaciones Generales adoptadas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
Abarca el tema de reforzar estrategias de seguridad pública para la mujer.
Mejorar el conocimiento de los derechos humanos de las mujeres mediante campañas y actividades públicas.
Derogar todas las disposiciones legislativas que constituyan una forma de discriminación en contra de las mujeres y niñas.
Capacitar sistemática y obligatoriamente a funcionarios públicos responsables de hacer cumplir la ley en perspectiva e igualdad de género a nivel federal, estatal y local. Así como poner fin al trato discriminatorio en contra de las mujeres.
Estrategias generales dirigidas a superar la cultura machista y los estereotipos discriminatorios con respecto a las funciones de las mujeres y hombres en la familia y sociedad.
Adoptar medidas de carácter urgente para prevenir muertes violentas, asesinatos y desapariciones forzadas de mujeres, mediante el combate en contra de la violencia armada, delincuencia organizada, marginación de las mujeres, entre otros.
c. Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer;
Abarca la amplia gama de los derechos y objetivos tutelados por la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación en contra de la Mujer (CEDAW).
Reitera las medidas pertinentes a la eliminación de la discriminación en contra de la mujer en el ámbito público y privado.
Participación de la mujer en todas las esferas en equidad de condiciones con el hombre, así como el fortalecimiento de la familia, en específico en la maternidad, para lograr eliminar la arraigada postura discriminatoria que se tiene en contra de la misma.
El Estado es responsable de la violencia de género, tanto cuando sus funcionarios la cometen, así como si la produjera un particular, por lo que, tiene obligación de erradicar esta violencia.
d. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención Belém do Pará
Se reconoce que la violencia en contra de las mujeres constituye una violación a sus derechos humanos.
Se reconoce el concepto de derecho a una vida libre de violencia.
e. Convención Americana de Derechos Humanos. Pacto de San José.
Establece los derechos fundamentales de los individuos.
La relevancia de este instrumento internacional radica en la armonización y convencionalidad de la legislación mexicana en relación a la Convención de manera tal que no se afecten derechos humanos de las mujeres.
VI. Estrategia
Mediante esta iniciativa de ley se tiene por objetivo tipificar el tipo penal de feminicidio a nivel nacional, de tal forma que se logre uniformar en jurisdicción federal y local, tanto el tipo penal como su punibilidad. Lo anterior se logrará mediante la adición del tipo penal al catálogo de delitos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Al constituir una ley general en virtud de la jerarquía de normas establecida por la Constitución, se pretende que esta sea de aplicación general por lo que se estará cumpliendo de manera íntegra uno de los objetivos principales de la ley, es decir, la prevención, erradicación y sanción de todo tipo de violencia en contra de la mujer, en específico la violencia feminicida que termine en la privación de la vida de una mujer.
Con el objetivo de uniformar el tipo penal a nivel general se tomará de base la definición establecida por el artículo 325 del Código Penal Federal que considera al feminicidio como un delito autónomo al constituirlo como la privación de la vida a una mujer por razones de género, asimismo establece los elementos del tipo penal y su punibilidad, atendiendo a las circunstancias establecidas por las distintas estadísticas en la materia.
VII. Justificación técnica
De acuerdo con el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se entiende que todo aquello que no esté reservado a la Federación se entiende implícito a la competencia de las entidades federativas. Así como, el principio de supremacía constitucional establecido por el artículo 133 establece la jerarquía de normas, considerando a la Constitución y a los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos como la Ley Suprema, y por consiguiente en grado de jerarquía, las leyes generales.
Entonces, si el objetivo principal es que el tipo penal sea feminicidio en todo el territorio nacional en grado de jerarquía la ley idónea para realizarlo es la propia Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por ser de aplicación en todo el territorio nacional y por tratarse de la materia en mención.
Por ello la justificación técnica para implementar en esta Ley General el delito de feminicidio, y no mediante otra legislación, reside esencialmente en la facultad exclusiva del Congreso de la Unión establecida por el párrafo uno y dos, inciso a, fracción XXI, del artículo 73, de expedir leyes generales que establezcan tipos penales y sus sanciones en materia de secuestro, desaparición forzada, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Por otro lado, para poder armonizar el contenido de los tratados internacionales y la legislación vigente en la materia, y así cumplir con los lineamientos del artículo 1 constitucional en relación a la obligación del Estado de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, es necesario que este tipo penal se tipifique en el catálogo de delitos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de tal forma que este sea tenga aplicación en todo el territorio nacional, se cumpla con los lineamientos internacionales en materia de derechos humanos y conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por tal motivo, es necesario reforzar dicha ley en la materia que actualmente se encuentra en mayor desproporción por la falta de protección a nivel federal y estatal, no es suficiente que la Ley General contemple los tipos de violencia en contra de las mujeres si esta no contempla un medio de control para prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.
Por lo anteriormente expuesto y ante la urgente necesidad de fortalecer la norma jurídica en materia de feminicidio de forma tal que se armonice en todo el territorio nacional, se propone una hipótesis de mayor extensión en relación a la tipificación del feminicidio en una Ley General, adicionando el Capítulo V Bis de Feminicidio de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un capítulo V Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Artículo Único. Se adiciona el Capítulo V Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para quedar de la siguiente manera:
Capítulo V Bis.Del Feminicidio
Artículo 26 Bis. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
IV. Hay existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
VI. La victima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
A quién cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días de multa.
Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Transitorio
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las entidades federativas deberán modificar su legislación para tipificar el feminicidio de conformidad con lo establecido en la presente ley en un lapso máximo de 6 meses.
Notas
1 Encuesta Intercensal 2015 realizó la estimación de la población residente en viviendas particulares habitadas. INEGI (2015). Encuesta Intercensal. Recuperado en
http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/ contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/promo/ eic_2015_presentacion.pdf
2 Ibídem
3 Ibídem
4 Encuesta realizada por el INEGI registra 2,735 defunciones de mujeres por homicidio en 2016 y 2383 en 2015. Recuperado en
https://www.inegi.org.mx/sistemas/olap/proyectos/bd/continuas/mortalidad/ defuncioneshom.asp?s=est
5 Datos obtenidos mediante el informe para el registro, clasificación y reporte de delitos y las victimas, del Centro Nacional de Información dependiente del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado en el sitio web:
http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/nueva-metodología/ CNSP-V%C3%ADctimas-2018.pdf
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de marzo de 2019. Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega, Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Marco Antonio Gómez Alcántar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Jorge Emilio González Martínez, Beatriz Manrique Guevara, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Francisco Elizondo Garrido, Humberto Pedrero Moreno (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
CONDENA EL HOMICIDIO DEL CIUDADANO CAMILO PÉREZ ÁLVAREZ Y EXHORTA PARA QUE SEA ESCLARECIDO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de condenar el homicidio del ciudadano Camilo Pérez Álvarez, líder natural de la región triqui, acaecido el pasado 4 de abril; y exhortar a la Fiscalía General de Oaxaca a realizar una investigación exhaustiva y expedita para esclarecerlo, suscrita por las diputadas Beatriz Dominga Pérez López y Virginia Merino García, del Grupo Parlamentario de Morena
Beatriz Dominga Pérez López y Virginia Merino García, diputadas federales integrantes del Grupo Parlamentario Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes
Consideraciones
Primera. Con fecha cuatro de abril del presente año, siendo aproximadamente las 9: 30 horas, fue cobardemente asesinado el líder natural de la región triqui, en el paraje conocido como la Ladera, Sabana Copala. Camilo Pérez Álvarez de 53 años de edad, fue un férreo defensor del territorio y promotor de la cultura triqui en su población Ojo de Agua.
Segunda. Este homicidio, provocó que el Movimiento de Unificación y Lucha Triqui saliera a denunciar el hecho, anunciando una serie de acciones para exigirle al gobierno del estado de Oaxaca el esclarecimiento y castigo a los responsables de este homicidio, mediante el siguiente comunicado de prensa:
Comunicado urgente del MULT, 4 de abril del 2019.
A los medios de comunicación,
A los organismos de derechos humanos,
AL subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas,
A las organizaciones sociales, políticas y revolucionarias,
Al pueblo de México,
Al pueblo de Oaxaca,
Nuestra palabra:
Nuevamente la familia triqui del MULT estamos de luto, ayer aproximadamente a las 9: 30 horas fue emboscado y acribillado nuestro compañero líder natural Camilo Pérez Álvarez de 53 años en el lugar llamado Ladera, Sabana Copala.
Camilo era líder natural de su comunidad Ojo de Agua, fue un férreo defensor del territorio triqui, este crimen se comete en el corazón de la búsqueda de un Acuerdo de Paz y la Concordia para la Región Triqui con los principales actores y este hecho no abona al proceso, sino que lo lastima y agravia a la familia y a nuestra organización de manera muy sentida.
Por lo anterior emplazamos al gobierno federal y al estatal que den con los autores materiales e intelectuales de este cobarde asesinato.
Ahora más que nunca, exigimos junto a la consignación de los asesinos, la inmediata firma del Acuerdo de Paz y la Concordia para la Región Triqui, como dique y la fortaleza en la búsqueda de paz.
Exhortamos a nuestros compañeros de todas las regiones a permanecer atentos del llamado de la Dirección política para una posible movilización para exigir el esclarecimiento de éste artero crimen.
¡¡¡No más asesinatos en la zona triqui!!!
¡¡¡No más luto en la familia triqui!!!
¡¡¡No más impunidad!!!
¡¡¡Exigimos castigo contra los autores materiales e intelectuales del asesinato de Camilo Pérez Álvarez!!!
¡¡¡Nunca más un territorio de guerra fratricida!!!
Por la lucha y la liberación de los pueblos
Movimiento de Unificación y Lucha Triqui
(MULT)
El Rastrojo Copala, 4 de abril de 2019
Tercera: Cabe mencionar que dicho homicidio, enrarece el clima de paz qué en los últimos años se ha vivido en la región, gracias al acuerdo de paz qué se firmó en el año 2012 entre las autoridades tradicionales de la región, organizaciones MULT y UBISORT, y los gobiernos del Estado de Oaxaca y Gobierno Federal, para generar estabilidad, gobernabilidad y paz en la región. Acuerdo que se ha respetado hasta el momento. Actualmente se está en la búsqueda de un acuerdo de paz entre todas las organizaciones que conviven en región, por lo que el cobarde homicidio de este líder natural, pone en riesgo la posibilidad de pacificar la región y de no atenderse oportunamente, puede ser la antesala de una nueva ola de violencia entre los hermanos indígenas triquis.
Cuarta: De conformidad con Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, compete a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca la investigación y esclarecimiento de estos delitos. Lo anterior previsto en sus artículos 3 y 5, qué a la letra dice:
Artículo 3. La Fiscalía General es la institución en la cual reside el Ministerio Público, dotada de autonomía constitucional, administrativa, presupuestal, financiera y operativa con personalidad jurídica y patrimonio propios, determinando sus prioridades de acuerdo con sus requerimientos y necesidades; ejercerá sus facultades respondiendo a la satisfacción del interés público.
El Ministerio Público es el órgano público autónomo, único e indivisible, con independencia técnica, que ejerce sus atribuciones, facultades y funciones con pleno respeto a los derechos humanos y se rige por los principios de buena fe, autonomía, certeza, legalidad, objetividad, pluriculturalidad, imparcialidad, eficacia, honradez y profesionalismo; ejerce la dirección de la investigación y persecución de los delitos del orden común ante los tribunales y, para el efecto, solicitará medidas cautelares; buscará y presentará datos y elementos de prueba que acrediten la participación de los imputados en los hechos que las leyes señalen como delito; dirigirá las actuaciones de las policías; procurará que los juicios en materia penal se sigan con regularidad
Para la investigación de los delitos, competencia del Ministerio Público, las policías actuarán en los términos señalados en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo su conducción y mando.
Artículo 5. Corresponde al Ministerio Público:
I. Iniciar la investigación que corresponda cuando tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito y recabar la denuncia, querella o requisito equivalente por cualquiera de las formas previstas por las disposiciones aplicables; ordenar la recolección de indicios y datos de prueba que sirvan para emitir las resoluciones correspondientes en la investigación o durante el proceso penal;
II. Investigar por sí, o a través de las instituciones policiales los hechos constitutivos de delito;
III. Informar a la víctima u ofendido del delito, desde el momento en que se presente o comparezca ante él, los derechos que le otorga la Constitución, los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, la Ley General de Víctimas y las demás disposiciones aplicables, dictando las medidas necesarias para que la víctima reciba atención integral;
IV. Ejercer la conducción y mando de las autoridades que intervengan en la investigación de los delitos a fin de obtener y preservar los indicios o medios probatorios en los términos previstos en el artículo 21 de la Constitución Federal;
V. Recibir denuncia o reporte de manera inmediata en casos de personas extraviadas, desaparecidas o no localizadas, dictando sin demora las actuaciones que correspondan conforme a lo que establezcan las disposiciones aplicables;
VI. Aplicar los criterios de oportunidad, determinar el archivo temporal y la facultad de abstenerse a investigar y solicitar la suspensión condicional del proceso, la apertura del procedimiento abreviado, la reparación del daño, así como formular las demás acciones, determinaciones y resoluciones en los supuestos previstos por las disposiciones aplicables;
VII. Adoptar y aplicar las medidas necesarias para la protección y atención de víctimas, ofendidos o testigos y en general de todas las personas que intervengan en el proceso penal;
VIII. Ordenar a la policía de investigación y demás corporaciones la realización de actos o técnicas de investigación para el esclarecimiento del hecho delictivo y analizar las que ya hubieren practicado; IX. Ordenar o supervisar la aplicación y ejecución de las medidas necesarias para impedir que se pierdan, destruyan o alteren los indicios conforme a los protocolos aplicables para su preservación y procesamiento;
IX. Instruir a la policía de investigación y demás instituciones policiales sobre la legalidad, pertinencia, suficiencia y contundencia de los indicios obtenidos o por obtener, así como de los demás actos de investigación o diligencias que deben ser realizadas; Recibir denuncia o reporte de manera inmediata en casos de personas extraviadas, desaparecidas o no localizadas, dictando sin demora las actuaciones que correspondan conforme a lo que establezcan las disposiciones aplicables;
X. Instruir a la policía de investigación y demás instituciones policiales sobre la legalidad, pertinencia, suficiencia y contundencia de los indicios obtenidos o por obtener, así como de los demás actos de investigación o diligencias que deben ser realizadas;
XI. Solicitar informes o documentación a otras autoridades y a particulares, solicitar la práctica de peritajes y realizar las diligencias que considere pertinentes para la obtención de datos de prueba;
XII. Recabar los medios de prueba para acreditar, determinar y cuantificar los daños causados por el delito para efectos de su reparación;
XIII. ...
Por lo expuesto y fundado, sometemos respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión condena enérgicamente el homicidio del ciudadano Camilo Pérez Álvarez, de 53 años de edad, Líder natural de la región Triqui, quien fue emboscado y acribillado el pasado 4 de abril del presente año, y se exhorta al fiscal General del Estado de Oaxaca, doctor Rubén Vasconcelos Méndez, para que, en el ámbito de su competencia realice una investigación exhaustiva, pronta y expedita para el esclarecimiento de este asesinato.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputadas: Beatriz Dominga Pérez López y Virginia Merino García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
POLÍTICA INTEGRAL QUE PERMITA ATENDER EL FLUJO DE MIGRANTES CENTROAMERICANOS EN SU TRÁNSITO POR MÉXICO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a definir una política integral y transparente que permita atender el flujo de migrantes centroamericanos en su tránsito por México, y a colaborar con las administraciones locales, a cargo del diputado Ismael Alfredo Hernández Deras, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Ismael Alfredo Hernández Deras, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta al gobierno federal a implantar una política migratoria basada en el respeto irrestricto de los derechos humanos, así como de las leyes y normas mexicanas en la materia, y hacer de conocimiento público las detenciones de migrantes realizadas durante la presente administración, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La migración internacional ha adquirido en las últimas dos décadas una mayor intensidad y complejidad. La gran mayoría de los migrantes son personas que salen de su país en busca de mejores condiciones de vida para ellos y sus familias; sin embargo, hay quienes abandonan su país por ser víctimas de la violencia y la inseguridad.
Por ejemplo, en el último cuarto del siglo XX, la emigración centroamericana a Estados Unidos se produjo como consecuencia de la movilización de personas en busca de refugio por los conflictos político-militares, mientras que en las primeras décadas de este siglo se relacionó con las políticas de estabilización que acentuaron las características estructurales de pobreza, desigualdad y violencia en la región.
El país ha adquirido mayor presencia como territorio de tránsito para diversos flujos migratorios para desplazarse a Estados Unidos. Se calcula que la última caravana migrante que salió rumbo a nuestro país está integrada de cerca de 20 mil personas, lo que puede representar un problema para las autoridades migratorias de nuestro país.
La posición de México en cuanto al fenómeno migratorio es que debe considerarse como un agente de cambio que promueven el desarrollo de las naciones y no deben criminalizarse ni estigmatizarse. Contrario a las acciones promovidas por Estados Unidos, México siempre ha recibido a los migrantes con las puertas abiertas e incluso ha otorgado visas humanitarias y de trabajo, sin embargo, las acciones que recientemente ha emprendido el gobierno federal son contrarias a esta postura y ponen en riesgo los derechos humanos de miles de migrantes que llegan diariamente a la frontera.
De no atender este problema de forma oportuna, se corre el riesgo de que esta se convierta en una crisis humanitaria, poniendo en riesgo ya no sólo la seguridad de los migrantes, sino también la de las comunidades fronterizas.
La migración presenta oportunidades y beneficios tanto para los migrantes, como para las comunidades de acogida y de origen. Siendo un país de origen, tránsito y destino de migrantes, México es un asiduo promotor del reconocimiento a los migrantes como agentes de cambio y desarrollo, por lo que estamos en contra de la discriminación y la criminalización de estas personas.
Toda detención de migrantes realizada por las autoridades mexicanas debe estar legalmente fundamentada y siempre ajustada a la legalidad, el debido proceso y el respeto irrestricto a los derechos humanos.
Ante esta situación, la falta de coordinación en las respuestas que han dado diferentes funcionarios del gobierno federal demuestra que no existe una posición clara y homogénea respecto de la política migratoria del Estado mexicano, mucho menos una estrategia definida por seguir.
En un principio se dijo que se darían visas humanitarias a los migrantes que llegaran a nuestra frontera sur, después se dijo que no sería así, sino que serían visas de trabajo, las cuales son completamente distintas y se pueden asignar en diferentes supuestos, cambiando también los requisitos necesarios que deben presentar los migrantes para ello.
Aunado a esto, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, anunció que se implantaría un plan de contención ante la llegada de la llamada caravana madre, formada por más de 20 mil personas que pretenden llegar a Estados Unidos y la cual habría sido convocada por el crimen organizado.
El tema migratorio hoy se ha agravado. Muchas de las personas que integran las caravanas se han empezado a comportar de forma violenta debido a la escasez de recursos indispensables como agua y alimentos. Es claro que el gobierno federal ha sido rebasado por la cantidad de migrantes que están llegando a nuestra frontera sur.
Tan sólo en Chiapas, más de 500 personas permanecen varadas en espera de ser atendidas por las autoridades migratorias que necesitan agua y alimentos y se encuentran en la incertidumbre de ser deportados.
Hoy, el discurso del gobierno federal acerca del visado y de la acogida a los migrantes por parte de las autoridades se han puesto en entredicho por las declaraciones realizadas por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, quien el 2 de abril pasado reconoció a través de redes sociales el trabajo que México ha realizado con la detención de un gran número de personas en la frontera sur, principalmente de Guatemala, Honduras y El Salvador.
El gobierno federal no puede seguir ocultando la deportación de migrantes. Según datos del comisionado del Instituto Nacional de Migración, en enero se deportó a 7 mil 547 personas; en febrero, la cifra ascendió a 9 mil 894, y en marzo a 12 mil 746. Estas cifras superan por mucho a las de la administración anterior.
Como el país soberano que somos, México debe obedecer a una política exterior independiente y la política migratoria debe guiarse por los principios de solidaridad y de protección a los derechos humanos de los migrantes.
Es necesario que el gobierno mantenga una activa comunicación diplomática con los países de origen de los migrantes, a fin de implementar acciones que busquen atender oportunamente la crisis migratoria a nivel regional, siempre buscando el respeto y la garantía de los derechos humanos de los migrantes.
Los diputados del Grupo Parlamentario del PRI exigimos al gobierno federal que se implante una política migratoria apegada a las leyes mexicanas y los acuerdos internacionales en la materia firmados por México. Asimismo, es necesario que dé a conocer información sobre las supuestas detenciones de migrantes en la frontera sur del país y, en su caso, los supuestos legales por los que han sido detenidos, así como el número de detenciones.
Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal a definir una política integral y transparente que permita atender el flujo de migrantes centroamericanos en su tránsito por México y coadyuve con los gobiernos locales a efecto de canalizar los recursos necesarios para sufragar costos básicos de alimentación, higiene, salud y alojamiento.
Notas
1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/232085/ 10_Fagoaga_Zapata_Anguiano.pdf
2 Caravanas son una realidad, no un invento responde Sánchez Cordero, en El Sol de México,
https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/sociedad/ caravanas-son-un-realidad-no-un-invento-responde-sanchez-cordero-3256156.html
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputado Ismael Alfredo Hernández Deras (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.
FIJAR LOS SALARIOS MÍNIMOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conasami a fijar los salarios mínimos profesionales de las personas trabajadoras del hogar en los términos de la LFT, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, a fijar los salarios mínimos profesionales de las personas trabajadoras del hogar en los términos de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Por décadas el trabajo del hogar remunerado ha representado contar con unas de las peores condiciones laborales del país, es decir, quienes se dedican a este sector suelen trabajar sin contrato escrito, prestaciones, salario digno u horarios fijos, así como ser susceptibles de sufrir discriminación, despidos injustificados o de abuso físico, mental y sexual.
De acuerdo con datos a la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) de Inegi, en México 2.3 millones de personas se dedican al sector del hogar remunerado, en el que sólo 2.9 por ciento cuentan con acceso a alguna institución de salud, tres de cada cuatro no tienen prestaciones laborales y 98.4 por ciento no cuentan con un contrato escrito; asimismo, se trata una labor realizada en su gran mayoría por mujeres, con una participación de 91.2 por ciento.
Como lo refiere el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), quienes se dedican al trabajo del hogar han sido históricamente objeto de una discriminación estructural que les impide ejercer plenamente sus derechos debido a la naturaleza intrínseca de su labor, en el que socialmente no se le considera un empleo real, ya que las actividades que la conforman suelen atribuirse como propio o natural de las mujeres, lo que motiva su estigmatización, así como la invisibilización de sus condiciones laborales.
Otra dura realidad que enfrentan es la discriminación y la segregación. De acuerdo a una encuesta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación realizada en 2014 reveló que los principales abusos de los que han sido objeto, o que han visto que otra compañera los haya sufrido, son haber sido discriminadas por ser indígenas (33 por ciento), negarles a hablar su lengua indígena (25 por ciento), ser despedidas sin justificación o acusadas de robo (16 por ciento), que les hayan revisado sus pertenencias (16 por ciento), maltrato verbal o acoso sexual (12 por ciento) y haber sido discriminadas por dedicarse a este empleo (11 por ciento).
El mejoramiento de las condiciones de vida de las trabajadoras del hogar ha sido una cuestión de derechos humanos que ha tenido muy pocos avances a lo largo de décadas. Uno de estos grandes pendientes es sin lugar a duda garantizar que cuenten con un salario digno. Al respecto, existe desde 1970 el mandato legal de fijar los salarios mínimos profesionales de este sector, sin embargo, no se ha cumplido hasta la fecha.
Ley Federal de Trabajo (1 de abril de 1970)
Capítulo XIIITrabajadores domésticos
Artículo 335. Las comisiones regionales fijarán los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a estos trabajadores y los someterán a la aprobación de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
La falta de cumplimiento de esta disposición ha contribuido indudablemente a perpetuar la precariedad salarial de las personas trabajadoras en el hogar, donde 39.8 por ciento percibe hasta un salario mínimo y 39.3 por ciento de uno a dos, es decir, el sueldo mensual de ocho de cada diez no rebasa los 3 mil 578 pesos.
El camino hacia la justicia laboral para las trabajadoras del hogar pasa necesariamente por garantizarles un salario digno. En ese sentido, es que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, por estar facultado por la fracción VI, apartado A, del artículo 123 constitucional, a fijar los salarios mínimos profesionales de las personas trabajadoras del hogar conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
En virtud de los razonamientos antes expuestos, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos a fijar los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a las personas trabajadoras del hogar, en los términos de la Ley Federal del Trabajo.
Notas
1. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), de Inegi. Se puede consultar en:
https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/default.html#Tabulados
2. Ficha Temática Trabajadoras del Hogar. Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación. Se puede consultar en:
https://www.conapred.org.mx/userfiles/files/Fichaporciento20TH(1).pdf
3. Estudio Percepciones sobre el trabajo doméstico: Una visión desde las Trabajadoras y las Empleadoras, de Conapred. Se puede consultar en:
https://www.conapred.org.mx/userfiles/files/TH_completo_FINAL_INACCSS.pdf
4. Artículo 335 de la Ley Federal de Trabajo. 1 de abril de 1970. Se puede consultar en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft/LFT_orig_01abr70_ima.pdf
5. Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2019. Se puede consultar en:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547224 &fecha=26/12/2018
6. Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), de Inegi. Se puede consultar en:
https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/default.html#Tabulados
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
CESAR LAS ACTIVIDADES PROPAGANDÍSTICAS VIOLATORIAS AL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE, la Sectur y Movimiento Regeneración Nacional a cesar las actividades propagandísticas violatorias del artículo 134 constitucional, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante de la LXIV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en el artículo 6, fracción I, artículo 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a las Secretarías de Relaciones Exteriores, de Turismo, de Bienestar y al Partido Morena, con base en las siguientes
Consideraciones
En el año 2007 se propusieron y aprobaron diversas reformas constitucionales propuestas con el fin de fortalecer y corregir las deficiencias expuestas a la luz del proceso electoral de 2006.
Dichas deficiencias pudieron tener un impacto propio en el resultado electoral, mismo que afectó directamente al actual gobierno federal cuando contendió por primera vez. La propia reforma buscaba que no se repitieran las acciones que se ejecutaron en el vacío legal previo a la modificación constitucional, la cual permitió el uso de recursos gubernamentales con fines propagandísticos y políticos.
En este sentido, se llevaron a cabo adiciones de tres párrafos, al artículo 134 constitucional, relativo a los criterios y valores que deben regir el uso de recursos públicos, de los párrafos adicionados contemplan cubrir los supuestos elementales del uso de recursos públicos distintos a su objetivo, por lo que el penúltimo párrafo dice: La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Los recursos gubernamentales de promoción a la actividad institucional se han desviado de su objetivo original, faltando a las leyes reglamentarias y a la Constitución. Durante enero y febrero se han hecho pasar como promoción institucional actividades propagandísticas específicas a través de medios, producción de contenido y vías de comunicación digital institucional, donde se promueve al Presidente de la República.
Dicha propaganda comenzó en un contexto de crisis política, cuando la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante su cuenta oficial de Twitter difundió un banner donde pedía el Apoyo al Presidente Andrés Manuel López Obrador en la estrategia contra el robo de combustible. La sola mención personalizada es violatoria del artículo constitucional.
Días más tarde, por el mismo medio digital, el Partido Morena realizó la difusión de programas sociales con la imagen del Presidente, como parte de la estrategia contra el robo de combustible, totalmente ajeno a su objetivo como instituto político y de igual manera con recursos públicos.
En este mismo sentido, el video de promoción turística de la secretaria, introdujo en el contenido la imagen del Presidente, haciendo referencia a valores más no al turismo directamente.
Aunado a ello, los funcionarios públicos de la Secretaría de Bienestar encargados de censar, portan chalecos identificadores que promocionan explícitamente al Presidente de la República al tener su nombre estampado, junto con los distintivos institucionales. Referenciando así el trabajo de dicha secretaría como una dádiva personificada en el Presidente y no como el derecho social que realmente es.
Los casos mencionados dan cuenta de algo evidente, pareciera ser el intento de establecer una actitud sistemática de violación al orden jurídico, con el fin de difundir propaganda por los medios incorrectos, por lo que es necesario exhortar a las instituciones a conducirse conforme a derecho.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a las Secretarias de Relaciones Exteriores, de Turismo, de Bienestar y al Partido Morena, a cesar las actividades propagandísticas violatorias del artículo 134 constitucional, las leyes reglamentarias y sujetarse al estado de derecho.
Notas
1 Reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/proceso/lx/055_DOF_13nov07.pdf
2 Ídem.
3 Gobierno federal viola artículo 134 con tuit inconstitucional, La Otra Opinión, (2019)
https://www.laotraopinion.com.mx/gobierno-federal-viola-articulo-134-con- tuit-inconstitucional/
4 http://diariotiempo.mx/nacional/morena-viola-la-constitucion-al- promover-imagen-de-amlo2/
5 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/senado-exhorta-sectur- modificar-spot-promocional-sobre-mexico
6 https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx? id=1627023&md5=0821dbe9d6b523cd388cb3cb82834a3d &ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
SE CONGRATULA POR EL LANZAMIENTO DE LA INICIATIVA PARA LA SUSTENTABILIDAD EN EL NORTE DEL GOLFO DE CALIFORNIA
«Proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se congratula por el lanzamiento de la iniciativa para la sustentabilidad en el norte del Golfo de California, estrategia integral dirigida a salvaguardar la vaquita marina, en beneficio social y económico de comunidades pesqueras, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados federales Nayeli Arlen Fernández Cruz, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Francisco Elizondo Garrido y Humberto Pedrero Moreno, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1 , fracción I, y 79, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
La vaquita marina es un pequeño cetáceo de la familia de las marsopas que sólo existe en México en un hábitat muy reducido en el Alto Golfo de California o Mar de Cortés, y que muere en las redes ilegales colocadas para atrapar la totoaba, un pez cuya vejiga natatoria tiene un alto valor en el mercado negro de china, donde se le atribuyen propiedades medicinales.
El nombre científico de la vaquita es Phocoena sinus. Phocoena quiere decir marsopa, del latín y sinus significa cavidad, que se refiere al Golfo de California, es decir, la marsopa del Golfo de California.
De acuerdo a información pública, la recuperación de esta especie en peligro de extinción es una prioridad para el gobierno de México, por lo que ha emprendido un esfuerzo sin precedentes en el mundo para salvarla.
Expertos aseguran que existen grandes posibilidades de salvar a esta especie de la extinción, sin embargo, el tiempo está por agotarse para el único cetáceo endémico de México.
El problema es complejo y multifactorial, con causas tanto económicas como sociales que van desde la falta de oportunidades y desarrollo, hasta la vulneración del estado de derecho en la región donde vive esta especie, ya que la pesca ilegal con métodos no sostenibles hace que se comprometa la sobrevivencia de la vaquita marina.
Por lo anterior, en pasado jueves 21 de marzo en conferencia de prensa, los titulares de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader); Josefa González Blanco y Víctor Manuel Villalobos Arámbula, respectivamente, firmaron el acuerdo por el que se- establece la Iniciativa para la sustentabilidad en el norte del Golfo de California.
La iniciativa busca crear condiciones de sustentabilidad ambiental, social y económica que armonicen las actividades productivas de la zona con el cumplimiento de la ley y bienestar de las comunidades de la región, y con esto, salvar a la vaquita marina cuyo número ha descendido a la ínfima cifra de entre 10 y 15 sujetos.
La región que abarca la iniciativa incluye zonas destinadas a conservación ambiental y buenas prácticas pesqueras, como la Reserva de la Biosfera del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, el Área de Refugio para la Protección de la Vaquita y el Corredor Biológico y Pesquero Puerto Peñasco-Puerto Lobos.
La iniciativa fue presentada por las dependencias del gobierno federal como un acuerdo histórico, ya no está totalmente enfocado en la vaquita marina, sino en dar un impulso a la región y que esto derive en el rescate de la referida especie que no se encuentra en ninguna otra zona del mundo.
En la generación del presente acuerdo, fueron contemplados pescadores, organizaciones civiles, comerciantes, pobladores, así como las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Marina, Bienestar, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores. Además, se unen a los esfuerzos los gobiernos estatales, las comisiones nacionales de Áreas Naturales Protegidas y de Pesca y Acuacultura, así como el Instituto Nacional de Pesca.
A pesar de lo anterior, federaciones de pescadores han señalado no haber sido consultados ni tomados en cuenta, por lo que resulta fundamental considerar a todos los actores para contar con su apoyo y salvar a la vaquita marina.
La estrategia lanzada por las dependencias federales y que considera a los gobiernos de Baja California y Sonora, se basa en cinco ejes: desarrollo integral para el bienestar comunitario; gobernanza y seguridad (combate a la pesca furtiva y el tráfico de especies); pesca sustentable; conservación y monitoreo de ecosistemas y especies, y la diversificación productiva sustentable.
De la mano con el lanzamiento de la iniciativa descrita anteriormente, el gobierno federal canceló apoyos a pescadores, estrategia del gobierno anterior para evitar que los pobladores de San Felipe, en Baja California, y Santa Clara, en Sonora, no se dedicaran a la pesca furtiva. Ante esta situación, hay que estar atentos a que no se suspenda la veda y se logre coordinar una estrategia que resulte para todos, muy en particular para la salvaguarda de las especies protegidas.
No se pude pasar por alto, que debido a la pesca ilegal en la zona que habita la vaquita marina, actualmente existe un veto por parte de Estados Unidos a la pesca del Alto Golfo de California en detrimento de la actividad pesquera en México, a lo que esta estrategia también debería apuntar a reactivar la economía de la zona.
Recordemos que el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente incorporó desde el 2017 a su campaña #FerozPorLaVida a la vaquita marina. La campaña tiene la intención de llamar la atención sobre el grave peligro de extinción en que se encuentra este animal, y como las vaquitas se ahogan cuando son capturadas en redes de enmalle gigantes y no pueden llegar a la superficie para respirar.
Nos enfrentamos como país a un grave reto y riesgo, necesitamos asumir el compromiso y estar dispuestos a tomar las medidas que se requieran, para que la humanidad no pierda al mamífero más pequeño del mar.
Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se congratula por el lanzamiento de la iniciativa para la sustentabilidad en el norte del Golfo de California, estrategia integral para salvar a la vaquita marina, en beneficio social y económico de comunidades pesqueras de la zona del Alto Golfo en Baja California y Sonora, por parte de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader).
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a todas las autoridades y actores involucrados, incluidas las federaciones de pescadores, para que se coordinen y finalmente se logre sacar del peligro inminente de extinción en el que se encuentra la vaquita marina.
Notas
1 Véase
https://www.gob.mx/semamat/articulos/vaquita-marina-la-marsopa-del-golfo- de-california
2 Véase
https://www.jornada.com.mx/ultimas/2018/06/28/cada-vez-mas-cerca-extincion- de-vaquita-marina-especialistas-3644.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Érika Mariana Rosas Uribe, Ana Patricia Peralta de la Peña, Francisco Elizondo Garrido, Humberto Pedrero Moreno (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.
HACER PÚBLICA LA SITUACIÓN QUE GUARDAN LAS ACCIONES PROMOVIDAS RESPECTO A LAS CUENTAS PÚBLICAS 1998-2016
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la ASF a hacer pública la información referente a la situación de las acciones promovidas respecto a las Cuentas Públicas de 1998 a 2016, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Lidia García Anaya, diputada federal de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 79, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a hacer pública la información referente a la situación que guardan las acciones promovidas (incluidas las denuncias de hechos) derivadas de las Cuentas Públicas de los años 1998 al 2016, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El artículo 79, fracción II, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 38 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación establecen que la Auditoría Superior de la Federación debe entregar a la Cámara de Diputados, el día primero de los meses de mayo y noviembre, un informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas (entre las que se encuentran las denuncias de hechos).
El artículo 14, fracción III de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación prevé que la fiscalización de la Cuenta Pública tiene por objeto, entre otros, promover las acciones o denuncias correspondientes para la imposición de las sanciones administrativas y penales que se adviertan derivado de la práctica de auditorías e investigaciones.
De la misma forma, en el artículo 15, fracción I, de la anteriormente referida Ley, se contempla que las observaciones que emita la Auditoría Superior de la Federación en el marco de la fiscalización superior, pueden derivar, entre otras, en denuncias de hechos ante la Fiscalía Especializada en combate a la corrupción.
Asimismo, en el artículo 17, fracciones XV y XVII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación se faculta a la Auditoría Superior de la Federación para formular denuncias de hechos.
En el informe para la honorable Cámara de Diputados relativo al estado que guarda la solventación de observaciones y acciones promovidas a las entidades fiscalizadas, con corte al 30 de septiembre de 2018, se establece en la página 67 que la Auditoría Superior de la Federación ha presentado 962 denuncias de hechos que involucran las Cuentas Públicas de 1998 a 2016, así como los relacionados con la Simulación de Reintegros.
Al respecto, en la página 68 del mismo documento se observa el estado procesal de las citadas denuncias de hechos, de acuerdo a lo siguiente:
Estado Total de
Procesal denuncias
Amparo 15
Consignada 31
En integración 632
Instrucción 5
No Ejercicio
de la Acción
Penal 90
Reserva 177
Sentencia 8
Vinculación a Proceso 4
Total 962
De la información anterior, se destaca que, de las 962 denuncias, únicamente 8 han derivado en una sentencia judicial, sólo el 0.83%. Sin embargo, el documento no señala el sentido de la resolución, por lo que no se puede percibir si el sentido de la resolución es favorable a los intereses de la entidad de fiscalización superior de la Federación.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a hacer pública la información referente a la situación que guardan las acciones promovidas (incluidas las denuncias de hechos) derivadas de las Cuentas Públicas de los años 1998 al 2016.
Nota
1 https://www.asf.gob.mx/uploads/56_Informes_especiales_de_auditoria/ IHCD30092018.pd
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril del 2019. Diputada Lidia García Anaya (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
PROMOVER LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS, PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN Y EXCLUSIÓN SOCIAL
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Conapred a fortalecer con los gobiernos locales las acciones para promover los derechos de las personas adultas, con objeto de prevenir la discriminación y exclusión social, a cargo del diputado Lenin Nelson Campos Córdova, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Lenin Nelson Campos Córdova, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación para que, en coordinación con las entidades federativas, fortalezcan las acciones para promover los derechos de las personas adultas, con el objeto de prevenir la discriminación y exclusión social, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 2° que Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Erradicar la discriminación y la exclusión social constituye un principio indispensable declarado en todos los tratados y convenios internacionales relativos a los derechos humanos, de los cuales México ha sido signatario y un importante promotor.
Sin embargo, en nuestro país aún existen personas que día a día siguen siendo víctimas de esta práctica, ya sea por su origen étnico, edad, sexo, discapacidad condición social o económica, condición de salud o preferencias sexuales, principalmente.
Desafortunadamente, las personas que son discriminadas y excluidas ven violentados sus derechos fundamentales y dignidad, lo cual los orilla al aislamiento, a vivir con violencia e incluso, en casos extremos, a perder la vida.
El caso de los adultos mayores es una situación especial. De acuerdo con el Consejo Nacional de Población, en 2017 había casi 13 millones de personas de 60 y más años en todo el territorio nacional, de los cuales 53.9 por ciento eran mujeres y 46.1 por ciento hombres.
En este segmento de la población 27.9 por ciento de las personas han sentido alguna vez que sus derechos no han sido respetados por su edad, 40.3 por ciento describe como sus problemas principales los económicos, 37.3% la enfermedad, el acceso a servicios de salud y medicamentos, y 25.9 por ciento los laborales, según el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
Asimismo, el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades de la UNAM indicó que el 20 por ciento de los adultos mayores vive olvidado por la sociedad y sus propias familias.
De acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, al no tener ingresos suficientes ni seguridad social, la mayoría de las personas mayores depende casi por completo de su familia o de los programas sociales, pero allí también experimentan discriminación. Como consecuencia, en ocasiones las familias las consideran una carga y por eso se les maltrata, abandona o invisibiliza.
Los adultos mayores constituyen uno de los sectores de la población más vulnerables, ya que todas sus capacidades se ven reducidas en gran medida por el paso del tiempo, afectando su condición física y mental, lo que influye de manera directa en el desarrollo de sus actividades diarias.
Ante este contexto, es imperativo garantizar los derechos fundamentales de todas las personas mayores, así como continuar trabajando en la erradicación de todas las formas de discriminación y violencia, creando redes de protección de las personas mayores para hacer efectivos sus derechos.
Los retos son mayúsculos, ya que a pesar de que existe un número importante de disposiciones en las que se reconoce la igualdad de oportunidades, sus derechos se ven restringidos. Por ello, el Estado mexicano debe de seguir impulsando políticas públicas tendientes a incrementar las oportunidades para que los sectores más vulnerables ejerzan su derecho a desarrollarse de manera plena.
Por ello, resulta necesario que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación fortalezca las campañas encaminadas a prevenir y erradicar la discriminación y exclusión social a las personas mayores en todo el país y promocionar sus derechos humanos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación para que, en coordinación con las entidades federativas y en el ámbito de sus atribuciones, fortalezcan las acciones para promover los derechos de las personas adultas, con el propósito de prevenir la discriminación y exclusión social.
Notas
1 https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/
2 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/edad2017_ Nal.pdf
3 http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/Enadis-2010-PAM-Accss.pdf
4 https://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=52 &id_opcion=39&op=39
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 10 de abril de 2019. Diputado Lenin Nelson Campos Córdova (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
VIGILAR Y SUPERVISAR A LOS MENORES BENEFICIARIOS DENTRO DEL PROGRAMA DE APOYO PARA EL BIENESTAR DE LAS NIÑAS Y NIÑOS, HIJOS DE MADRES TRABAJADORAS
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a establecer el método de vigilancia y supervisión sobre los menores beneficiarios del nuevo Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras, a cargo de la diputada Sandra Paola González Castañeda, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Sandra Paola González Castañeda, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 3, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a establecer el método de vigilancia y supervisión sobre los menores beneficiarios del nuevo Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras, para garantizar su cuidado, resguardo y protección, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Durante las últimas semanas, algunos grupos sociales, principalmente las madres de familia trabajadoras, han manifestado inconformidad por las afectaciones ante el recorte presupuestal del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras para 2019, ahora llamado Programa para el Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras, pues presenta una disminución de 49.3 por ciento, en términos reales, respecto a 2018.
El programa anterior en sus bases principales establecía dotar de esquemas de seguridad social que protejan el bienestar socioeconómico de la población en situación de pobreza mediante el mejoramiento de las condiciones de acceso y permanencia en el mercado laboral de las madres, padres solos y tutores que buscan empleo, trabajan o estudian y acceden a los servicios de cuidado y atención infantil.
Sobre la disminución de presupuesto, el presidente constitucional argumenta que de cada tres estancias infantiles dos son irregulares, pues no cuentan con permisos de operación, lo que pone en riesgo la seguridad de los niños. El titular del Poder Ejecutivo anuncia tener alrededor de un millón 500 mil pruebas que refieren actos de corrupción en los que se involucran desvíos de los apoyos, en los que los partidos políticos se encuentran involucrados.
En la revisión del gasto de 2016, la Auditoría Superior de la Federación detectó diversas irregularidades en este programa federal, como depósitos que no llegaron a su destino y falta de permisos para operar. En dicha revisión se fiscalizó 91.9 por ciento de los 3 mil 722 millones de pesos ejercidos ese año para la operación de 9 mil 515 guarderías, de los cuales se detectaron anomalías pendientes de solventar por una cantidad de 69.4 millones de pesos, que representan 1.8 por ciento de los recursos asignados.
Por esas razones, el Ejecutivo federal ha creado un nuevo programa que consiste en asignar directamente a las madres trabajadoras el recurso económico para que sus menores hijos desde días de nacidos hasta 3 años 11 meses de edad años puedan ser llevados al lugar de su preferencia para que sean cuidados mientras ellas trabajan, entre tanto pudiera ser alguna estancia infantil de las mismas que pertenecían al programa social que concluyo recientemente o bien que puedan quedar al cuidado de algún familiar o persona de confianza mientras las mismas laboran, recibiendo el apoyo mediante una tarjeta y cobrándolo quien esté a cargo de los menores ya sea cualquiera de las opciones en mención.
Sin embargo, las bases mencionadas se contraponen con lo mismo que ha establecido el gobierno federal referente a la corrupción de las estancias infantiles, en el sentido de poner como opción las que han infringido las reglas de operación del programa correspondientes a 2018, ya que si bien es cierto que no todas las estancias infantiles presentaron condiciones de corrupción, como se señala, no advierten un método sobre la identificación de las que si cumplieron lícitamente en sus servicios.
Pero aún más grave: la Secretaría de Bienestar omite garantizar el aseguramiento de los menores hijos e hijas de las madres trabajadoras, siendo este el punto más delicado, pues es de advertirse, que al no proponer un sistema que garantice la vigilancia y protección para los menores que sus madres hayan optado por dejarlos al cuidado de un familiar o persona de su confianza, es evidente que no se está garantizando la seguridad de las y los menores, violando con esto el interés superior del menor, consagrado constitucional e internacionalmente, derecho que también ha sido ordenado por el máximo tribunal la suprema Corte de Justicia de la Nación obligando al Estado Mexicano a garantizar este derecho contemplado como un derecho superior. Dadas las circunstancias antes mencionadas, es de imperiosa necesidad atender el malestar social y garantizar el interés superior de la niñez.
México no es un país para este tipo de programas, puntualmente en el sentido de los índices que arroja el instituto Nacional de Estadística y Geografía en el que señala que el delito de violación sexual en contra de menores alcanza a mil 764 niñas, niños y adolescentes por cada 100 mil menores, mientras los tocamientos ofensivos y manoseos llegan a 5 mil 89 casos por cada 100 mil menores y adolescentes.
Otra cifra alarmante es que en 6 de cada 10 casos de abuso sexual contra niños el agresor es un familiar directo; el incesto ocurre en todos los tipos de familia. Las estadísticas de la PGR demuestran que 85 por ciento de las agresiones sexuales contra los menores proviene de algún familiar, como padres, tíos, hermanos y primos; el resto son personas ajenas a la familia.
De acuerdo con un estudio del Consejo Ciudadano de la Ciudad de México, los principales agresores sexuales de los niños son familiares, luego maestros y después sacerdotes: en 30 por ciento, abuelos o padrastros; 13, tíos; 11, padres biológicos; 10, primos; 8, vecinos; 7, maestros; y 3, hermanos.
Por otra parte, una de cada cinco víctimas de abuso sexual infantil es contactada a través de internet, número que, de no supervisarlos de forma adecuada, se prevé irá creciendo rápidamente debido a la gran accesibilidad versus escasez de información sobre medidas de autocuidado que poseen los niños.
Pese a estar en el primer lugar mundial en abuso sexual infantil, México tiene los presupuestos más bajos para combatir este grave problema, ya que sólo uno por ciento de los recursos para la infancia está destinado a la prevención y protección del abuso sexual y la explotación, según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
En 1989, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño, en la cual los Estados parte expresan su convicción de que la familia es el grupo fundamental de la sociedad y medio natural para crecimiento y bienestar de todos sus miembros, particularmente de los niños, quienes deben recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad. Por tal motivo los Estados parte han convenido en respetar los derechos enunciados en la convención y asegurar su aplicación sin distinción alguna, independientemente de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.
Así, la convención obliga a los Estados parte a tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación por causa de la condición o las actividades de sus padres, o sus tutores o de sus familiares. El artículo 3 del pacto internacional en comento establece: En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
Aunado a lo anterior, la Convención sobre los Derechos del Niño considera la obligación de los Estados a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, para lo cual tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
En virtud de que la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño por los Estados Unidos Mexicanos tuvo lugar el 21 de septiembre de 1990, México contrajo la obligación de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de cualquier otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la convención a favor de todos los niños, niñas y adolescentes en el país. Sin embargo, fue hasta el 12 de octubre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman los párrafos sexto y séptimo del artículo 4o. y se adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma de la Carta Magna atendió a determinar que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, y a incluir el principio fundamental de interés superior de la niñez, el cual deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
En 2014 se publicó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual establece que para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Asimismo, el artículo 2 de la ley general en la materia determina que para tal efecto las autoridades deberán garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno y establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas, programas gubernamentales, legislación y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes considera que cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior, por lo que las autoridades de la federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, deberán incorporar en sus proyectos de presupuesto la asignación de recursos que permitan dar cumplimiento a la mencionada ley general.
El 12 de febrero de 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos alertó sobre el riesgo de afectaciones a los derechos de niñas y niños, madres y padres trabajadores que el recorte presupuestal al programa de estancias infantiles puede producir. El documento firmado por Luis Raúl González Pérez, ombudsperson nacional, fue dirigido al presidente de la Cámara de Diputados, al secretario de Hacienda y a la secretaria de Bienestar, a quienes exhortó a atender el interés superior de la niñez y observar las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño en materia de presupuesto público.
En dicho acto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos expresa su preocupación por impacto en los derechos de niñas y niños, así como de las madres y padres que tendrán que buscar otras opciones para el cuidado de sus hijas e hijos durante su jornada laboral, lo cual implicará un gasto familiar no previsto que podría impactar en sus medios de subsistencia. De igual forma existe el riesgo de que madres y padres trabajadores se vean forzados a dejar a sus hijas e hijos al cuidado de personas sin preparación, poniendo en peligro la integridad y seguridad de los menores.
El tema también ha pasado por el ámbito judicial. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió mediante la tesis jurisprudencial Interés superior de los menores de edad. Necesidad de un escrutinio estricto cuando se afecten sus intereses, que el interés superior de los niños, niñas y adolescentes implica que el desarrollo de éstos y el ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a su vida.
La Suprema Corte considera que todas las autoridades deben asegurar y garantizar que en todos los asuntos, decisiones y políticas públicas en las que se les involucre, todos los niños, niñas y adolescentes tengan el disfrute y goce de todos sus derechos humanos, especialmente de aquellos que permiten su óptimo desarrollo, esto es, los que aseguran la satisfacción de sus necesidades básicas como alimentación, vivienda, salud física y emocional, el vivir en familia con lazos afectivos, la educación y el sano esparcimiento, elementos esenciales para su desarrollo integral.
Lo anterior evidencia que resta mucho campo por arar. Consideramos que es de vital importancia buscar la forma de no dejar desatendido este sector, por lo que tomando en cuenta la experiencia de otros países en esta materia encontramos que los programas para el desarrollo de los niños atienden no sólo a su cuidado, sino también a su adecuada alimentación y a su estado de salud física y mental, con el fin de apoyar a madres y padres trabajadores y mejorar el bienestar de sus hijos.
En América Latina, países como Argentina, Colombia, Bolivia, Uruguay y Guatemala llevan a cabo programas institucionales para el cuidado de los niños caracterizados por una mayor presencia de personal profesional, mismo que cuenta con una relación laboral formal con el programa o el proveedor. Honduras, Nicaragua y Perú, han desarrollado programas comunitarios cuya principal característica es que funcionan en hogares (adaptados o no para brindar el servicio) y que operan con personal voluntario o que recibe una compensación simbólica por su trabajo, y que no tiene una relación laboral con el programa.
Sobran los ejemplos de cómo el Estado puede apoyar a las madres y padres trabajadores, estudiantes o que buscan insertarse en el ámbito laboral, y es obligación de las autoridades federales, estatales y municipales implementar políticas públicas que garanticen el ejercicio de los derechos humanos de la de las niñas y niños.
La presente proposición encuentra motivo en la reciente decisión del gobierno federal de modificar el esquema de operación de las estancias infantiles, la cual implica que la entrega de los recursos destinados al Programa de Estancias Infantiles se hará directamente a madres y padres beneficiarios de este programa, pero no garantiza quien se hará cargo de revisar el cuidado de las y los menores, tampoco de proponer un esquema que garantice la evaluación y revisión de las personas que tendrán a su cargo y cuidado a las y los menores.
El exhorto que hoy presenta la suscrita a consideración del pleno de esta soberanía está encaminado a dar cumplimiento a la obligación prevista en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas y programas gubernamentales que beneficien a la niñez mexicana.
Con miras a salvaguardar el interés superior de la niñez, el Poder Ejecutivo federal debe llevar a cabo una investigación exhaustiva de los actos de corrupción relacionados con un programa que beneficia directamente a niñas y niños del país, por lo que solicitamos respetuosamente al Poder Ejecutivo considerar las siguientes acciones, que se plantean en esta proposición con punto de acuerdo:
a) Exhortar al Poder Ejecutivo federal a autorizar la operación de las estancias infantiles que no participaron en actos de corrupción y que fueron parte del programa de estancias infantiles recientemente concluido, según las investigaciones realizadas por el mismo gobierno federal y con base en los resultados que obtuvieron derivados de esta investigación, a su vez generando una identificación como estancias infantiles de confianza y seguras, avaladas por la Secretaría de Bienestar Social;
b) Exhortar al Poder Ejecutivo federal a implantar un método de control, revisión y supervisión en el Programa Nacional de Apoyo a Hijos e Hijas de Madres Trabajadoras , a fin de salvaguardar el interés superior de la niñez, que garantice la protección de las y los menores beneficiarios del nuevo programa, mismo mecanismo que no podrá ser parte del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, ya que como expusimos en el presente punto de acuerdo, nuestro país contempla el penoso primer lugar en abuso sexual infantil y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia hasta el momento no ha logrado atender este grave problema, así mismo dentro de este mecanismo, la Secretaría de Bienestar Social deberá presentar las sanciones correspondientes a las que haya lugar en caso de detectar negligencias por parte de quienes estén al cuidado de los menores dentro de este programa, independientes de las responsabilidades penales que deberán de ser reportadas inmediatamente; y
c) Exhortar al Poder Ejecutivo federal a establecer por medio de la Secretaría de Bienestar Social los lineamientos que determinen los requisitos que deberán cubrir las o los particulares que pretendan brindar los cuidados a los menores dentro del Programa Nacional de Apoyo a Hijos e Hijas de Madres Trabajadoras, lineamientos que también deberán contener las sanciones que se apliquen a las madres, padres o tutores de los beneficiarios que hagan mal uso del apoyo económico otorgado dentro de este programa.
Por lo expuesto, y con pleno derecho como legisladora, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Poder Ejecutivo federal a autorizar la operación de las estancias infantiles que no participaron en actos de corrupción, a su vez generando una identificación como estancias infantiles de confianza y seguras, avaladas por la Secretaría de Bienestar Social.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Poder Ejecutivo federal a implantar un método de control, revisión y supervisión en el Programa Nacional de Apoyo a Hijos e Hijas de Madres Trabajadoras , a fin de salvaguardar el interés superior de la niñez, que garantice la protección de las y los menores beneficiarios del nuevo programa, mismo mecanismo que no podrá ser parte del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), ya que como expusimos en el presente punto de acuerdo, nuestro país contempla el penoso primer lugar en abuso sexual infantil, por lo que es evidente que el sistema implementado por el DIF no ha sido suficiente para garantizar la protección de los menores hasta el momento.
Tercero. Para que establezca por medio de la Secretaría de Bienestar Social los lineamientos que determinen los requisitos que deberán cubrir las o los particulares que pretendan brindar los cuidados a los menores en el Programa Nacional de Apoyo a Hijos e Hijas de Madres Trabajadoras, lineamientos que también deberán contener las sanciones que se apliquen a las madres, padres o tutores de los beneficiarios que hagan mal uso del apoyo económico otorgado en este programa.
Notas
1 Ximena Mejía, Corrupción y desvíos en estancias infantiles: López Obrador (17 de febrero de 2019,
https://www.excelsior.com.mx/nacional/corrupcion-y-desvios-en-estancias- infantiles-lopez-obrador/1296644).
2 Gabriela Jiménez, Gobierno federal detecta corrupción en asignación de estancias infantiles, (17 de febrero de 2019,
https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/sociedad/gobierno-federal-detecta- corrupcion-en-asignacion-de-estancias-infantiles-3057073.html).
3 El Sol de México, Gastos sin comprobar y más anomalías pusieron en la mira a estancias infantiles (17 de febrero de 2019,
https://adnpolitico.com/mexico/2019/02/07/gastos-sin-comprobar-y-mas- anomalias-pusieron-en-la-mira-a-estancias-infantiles).
4 Convención sobre los Derechos del Niño, 1989, artículo 3.
5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4o.
6 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículos 1 y 2.
7 Comisión Nacional de los Derechos Humanos, comunicado de prensa número DGC/047/19 (17 de febrero de 2019,
http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2019/Com_2019_047.pdf).
8 Suprema Corte de Justicia de la Nación, décima época, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, libro 34, septiembre de 2016, tomo I, tesis P./J. 7/2016 (10a.), página 10, Interés superior de los menores de edad. Necesidad de un escrutinio estricto cuando se afecten sus intereses.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputada Sandra Paola González Castañeda (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
SE FORTALEZCA LA ESTRATEGIA DE COMBATE A LA INSEGURIDAD PÚBLICA ANTE EL INCREMENTO DE LA VIOLENCIA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a fortalecer su estrategia contra la inseguridad pública, dado el incremento sostenido de la violencia a escala nacional, a cargo del diputado Héctor Yunes Landa, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Héctor Yunes Landa, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los ar-tículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a fortalecer su estrategia en materia de combate a la inseguridad pública, ante el incremento sostenido de la violencia a nivel nacional, que atenta contra el orden, la tranquilidad, integridad y patrimonio de los habitantes, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La seguridad pública es un derecho fundamental de las personas, en la medida que permite salvaguardar la integridad y patrimonio, a la vez que representa un factor clave para la sociedad en su conjunto al garantizar el orden y la tranquilidad y sentar las bases para las inversiones, el crecimiento económico, el progreso y el bienestar de las familias.
En este contexto, desde el inicio de su administración, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, planteó la creación de una Guardia Nacional para enfrentar el grave problema de la inseguridad y la violencia que padecemos. Esto significa replantear el papel de las Fuerzas Armadas ante la inoperancia de las corporaciones policiales, señaló.
De esta manera, se presentó el Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018-2024, el cual señala, entre otras cuestiones, lo siguiente:
Con la convicción de que la violencia, la inseguridad, la impunidad y la violación regular a los derechos humanos que padece el país es el síntoma de una crisis más profunda, resulta obligado mencionar en este documento, como elementos necesarios para restablecer el estado de derecho y reorientar el combate a la delincuencia, el combate a la corrupción y las políticas sociales de bienestar del próximo gobierno federal, los procesos de pacificación por los que se deberá transitar, los recursos a mecanismos de justicia transicional, una nueva práctica penitenciaria, la regeneración ética de la sociedad, la reformulación del papel de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública, así como las reformas legales que serán necesarias para poner en práctica este plan.
De igual manera, señala que este enfoque integral y transversal es la consecuencia lógica de una certeza: que así como la inseguridad y la violencia hacen imposible la consecución del bienestar, la paz social no puede conseguirse sin bienestar y sin justicia.
No obstante lo anterior, es evidente que a cuatro meses de iniciada la actual administración, la estrategia está resultado ineficaz en su objetivo central de combatir el problema de la inseguridad pública que afecta a diferentes entidades federativas en todo el territorio nacional, pese a ser una de las prioridades gubernamentales.
De acuerdo con medios periodísticos, expertos en seguridad estiman que el primer trimestre de 2019 será el más violento de que se tenga registro, con base en una comparación del seguimiento diario de asesinatos con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en los que hay una subestimación de 20 por ciento.
Para dimensionar la gravedad de esta problemática, basta señalar que de acuerdo con el reporte diario de homicidios dolosos del gobierno federal, en los primeros tres meses del año se registraron 7 mil 56 muertes violentas en todo el territorio nacional, un promedio de 78 al día; sin embargo, según se estima que podría superar las 8 mil 500.
Los homicidios dolosos aumentaron en marzo 3.36 por ciento respecto a los registrados en el mes de febrero, al pasar de 2 mil 326 a 2 mil 404 pero como se señaló anteriormente- es previsible que aumenten por la subestimación de 20 por ciento.
Estas cifras revelan que la estrategia de combate a la inseguridad impulsada por el gobierno federal ha resultado ineficaz, pese a ser una de los ejes de gobierno prioritarios, en perjuicio del orden y la tranquilidad de la sociedad, así como de la integridad y patrimonio de la población en general.
Es indudable que presidente del país ha sido omiso a esta grave problemática. Si bien se prevé que la Guardia Nacional constituya un instrumento de gran relevancia para garantizar mejores condiciones de seguridad pública en el país, lo cierto es que hasta el momento siguen registrándose niveles de violencia sin precedente y es previsible que dicha tendencia continúe.
El artículo 21 de nuestra Constitución Política establece a la letra los siguiente: La seguridad pública es una función a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.
En general, los especialistas vaticinan que probablemente el presente año termine como el más violento que se tenga registro, toda vez que hasta la fecha no hay nada que indique que la situación prevaleciente pueda cambiar; al contrario, se observa un aumento sistemático de la violencia a nivel nacional.
Mientras el titular del Poder Ejecutivo no cuente con un diagnóstico objetivo del problema de la inseguridad, difícilmente será posible implementar políticas oportunas y eficaces para su atención, que garanticen y salvaguarden la tranquilidad, integridad y patrimonio de las familias mexicanas.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo federal a fortalecer su estrategia en materia de combate a la inseguridad pública, ante el incremento sostenido de la violencia a nivel nacional, que atenta contra el orden, la tranquilidad, integridad y patrimonio de los habitantes.
Notas
1 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/mensaje-integro-del- presidente-andres-manuel-lopez-obrador
2 https://lopezobrador.org.mx/wp-content/uploads/2018/11/PLAN-DE-PAZ-Y- SEGURIDAD_ANEXO.pdf
3 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/rumbo-al-primer-trimestre-mas-violento- de-la-historia-de-mexico
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 10 de abril de 2019. Diputado Héctor Yunes Landa (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
PRIORIZAR LA INCORPORACIÓN DE LAS CACTÁCEAS Y SIMILARES AL PROGRAMA DE PRESERVACIÓN DE PLANTAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de establecer un cerco en las zonas de reserva donde se encuentran las cactáceas y sus similares, y celebrar acuerdos de colaboración con universidades agrarias a efecto de darles prioridad para su incorporación al Programa de Preservación de Plantas en Peligro de Extinción, a cargo del diputado Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado federal Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo que disponen los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
Las cactáceas son una familia de plantas con flores dentro de las que se encuentran los conocidos nopales. Esta familia es exclusiva de América. También se incluyen las chollas y tencholotes, de tallos cilíndricos delgados cubiertos de espinas.
El segundo grupo incluye a los cactus alargados, chaparros y redondos en forma de barril y en forma de candelabros. Se conocen como órganos, cardonales, candelabros, biznagas, liendrillas, borregos, peyotes, chiotillas, jiotillas, quiotillas, garambullos o padresnuestros, pitayas, pitayo de abuelito, tetechos, cabezas de viejos, viejos y viejitos. Algunas de estas especies pueden vivir más de 500 años.
El tercer grupo incluye pocas especies conocidas como cactus con hojas o árbol del matrimonio, que se consideran los cactos más primitivos
Existen alrededor de 1,400 especies de cactáceas en el mundo, de las cuales 669 son mexicanas y 518 endémicas.
Viven principalmente en zonas donde existe escasez de humedad, pero algunas también se encuentran en lugares cálidos y húmedos.
En los desiertos Chihuahuense y Sonorense, así como algunos valles de Hidalgo y Querétaro se encuentra cerca del 60% de los géneros de México, de los cuales, 25% son propios o exclusivos del país. También en la región de Tehuacán-Cuicatlán, en los estados de Puebla y Oaxaca existe una gran diversidad de cactus. En Oaxaca en Nochixtlán, así como en la Región de la cañada, Cuicatlán y Teotitlán y en la Región mixteca alta ya casi están por extinción. Existiendo diversas zonas de Oaxaca donde se encuentran estas cactáceas, siendo un símbolo emblemático de Oaxaca y su zona árida.
Por lo anterior, México tiene el mayor número de especies de cactáceas en el mundo y su gran reserva de flora y fauna silvestre es motivo de orgullo y admiración, pero también un botín fácil para saqueadores internacionales
Coleccionistas llegan a pagar miles de dólares por una de estas plantas sin importar que eso ponga en riesgo la existencia de los ejemplares, ya que muchas veces junto con sus semillas, son extraídas sin control de su hábitat natural.
Expertos de la Universidad Autónoma de Chapingo denuncia que Japón, Corea y Tailandia buscan patentar las cactáceas mexicanas ante el boom que ha surgido en torno a ellas.
México, un país donde casi la mitad de su territorio es árido o semidesértico, posee más de la mitad de las casi 2,000 variedades de cactáceas y suculentas registradas ante la Red Mundial de Reservas de Biosfera de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).
Las leyes mexicanas declaran ilegal la sustracción y comercio de especies endémicas, es decir, que sólo se reproducen en las zonas donde fueron descubiertas.
La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés) regula y autoriza la comercialización de cactáceas y suculentas, como se conoce a las plantas que acumulan agua, sin poner en riesgo su existencia.
La vida silvestre de México está protegida por la Ley General de Vida Silvestre y bajo una norma oficial de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. La protección de las cactáceas está dividida en tres niveles: en peligro de extinción, amenazadas y bajo protección especial.
Sin embargo, y a pesar de leyes y convenios, el país es blanco fácil del comercio ilegal internacional. Europeos y asiáticos son señalados como los principales saqueadores. Los traficantes burlan sin problema los acuerdos internacionales de cactáceas y comercian incluso con las semillas de las especies.
Al tener una biodiversidad tan rica y tan exquisita, eso atrae a gente de todo el mundo, lamentablemente a favor de la depredación
Es difícil cuantificar la cantidad de plantas extraídas ilegalmente ya que siempre hay contacto mexicano, no son solos los extranjeros. Siempre se necesita el contacto mexicano que conozca las especies y el lugar para luego extraerlas como sucede con la dudleya que son flores, la bertoli, estequio valdes o mamidalia.
Estas, son preciadas por su material genético que es lo que vale para su reproducción de tal suerte que se llevan semilla o plantas.
Por ello, se considera que falta más protección para esta riqueza natural porque una Ley que decreta zonas de reserva no es suficiente ya que si bien no se puede tocar la planta no existe un papel que supervise que se cumpla esta orden. Se requiere de personal calificado por la Semarnat, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y en coordinación con Universidades Agrónomas para poder supervisar el saqueo ilegal y poder preservar la vida de estas plantas, que ya están consideradas en peligro de extinción, dado que desde hace unos años es considerado una moda tener en sus casas en jardines este tipo de plantas por su naturaleza rara y peculiar. Sin importar que nuestras zonas desérticas ya estén sin estas plantas por el saqueo masivo y sin supervisión de nuestras autoridades que se vuelven ciegas ante tal saqueo masivo aterrador. Siendo los principales delincuentes mexicanos y que viven cerca de las zonas de reserva que conocen específicamente el lugar y saben que no existe ninguna autoridad que los detenga, actuando con total impunidad ante los ojos de las autoridades y a la luz del día.
Es por ello que además de mantener un cerco de constante vigilancia por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, también debe haber una preservación de ellas en coordinación de Universidades agrónomas como la del Estado de Coahuila Antonio Narro y la Universidad Autónoma de Chapingo, realizar un acuerdo de colaboración para implementar un Programa para preservar las cactáceas y sus similares, con la finalidad de evitar la extinción de ellas en nuestro país. Dado que éstas universidades ya cuentan con un Programa de Preservación de Plantas en peligro de extinción, es darle prioridad a las cactáceas por motivos de que estos últimos años ha prevalecido el saqueo y existe un gran peligro latente de extinción.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Secretaria de Medio Ambiente, como a la Procuraduría Federal de Protección Ambiental, de realizar detenciones eficaces, así como realizar un cerco de vigilancia de 24 horas en las áreas de zonas de reserva donde se encuentran las cactáceas y sus similares, con el fin de evitar saqueos masivos e implementar acciones eficientes y eficaces en las aduanas del país y evitar salgan del territorio nacional estas plantas.
Segundo. Se Exhorta a la Secretaria de Medio Ambiente realizar acuerdos de colaboración con la Universidad Antonio Narro y la Universidad Autónoma de Chapingo, con la finalidad de dar prioridad a las cactáceas y sus similares a incorporarse al Programa de Preservación de Plantas en peligro de extinción, y poder preservarlas a futuro.
Palacio Legislativo de San Lázaro,a 10 de abril de 2019. Diputado Armando Contreras Castillo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
SE TRANSPARENTEN LOS PROCESOS DE ADJUDICACIÓN Y LOS MONTOS APROBADOS PARA LA PRIMERA COMPRA CENTRALIZADA DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA LA SALUD
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a transparentar por la Ssa y la SHCP los procesos de adjudicación, las empresas beneficiadas y los montos aprobados en la primera compra centralizada mediante licitación abierta internacional de medicamentos e insumos destinados a la salud, a cargo de la diputada Marcela Guillermina Velasco González, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Marcela Guillermina Velasco González, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, transparente los procesos de adjudicación, las empresas beneficiadas y los montos aprobados para la primera compra centralizada por medio de licitación abierta internacional de medicamentos e insumos para la salud, debido a diversas irregularidades como la participación de probables empresas relacionadas con actos de corrupción, prácticas de producción fraudulentas e inequidad con las farmacéuticas nacionales, situación que pone en riesgo la salud de la población, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Nuestro país cuenta con la libre importación de medicamentos, proceso que le permite al gobierno federal a través de la Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizar una licitación de tipo internacional.
Bajo este contexto, durante el pasado mes de marzo se dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación el denominado acuerdo por el que se establece las disposiciones generales para la libre importación de medicamentos y su entrada en vigor.
A pesar de que el desarrollo de una licitación fomenta las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, en esta en particular no ha sucedido.
Diversas organizaciones de la sociedad civil han denunciado diversas anomalías, entre las que destacan las que a continuación se mencionan:
1. La incorporación de empresas relacionadas con procesos fraudulentos en la producción de medicamentos, ejemplo de ello, es que la agencia sanitaria estadounidense (FDA) en el 2016 emitió una alerta contra Emcure Pharmaceuticals por malas prácticas en la elaboración de sus productos en la India.
Lo mismo sucedió en el 2018, cuando la FDA expuso por lo menos seis recomendaciones contra la Sun Pharmaceutical Industies Ltd por supuestas deficiencias en los procesos, que derivaron en la presencia de microorganismos en sus productos.
También en agosto de 2018, se identificó que una filial de Estados Unidos retiró al menos 2 mil 500 lotes de metmorfina hidroclorotiazida por contar con agentes contaminantes que lo hacen toxico para los seres humanos, es decir, estaba contaminada.
2. Falta de transparencia en la obtención de la precalificación de empresas productoras de medicamentos para la atención de padecimientos como el VIH/sida, tuberculosis y paludismo.
3. Inequidad con las farmacéuticas nacionales, ya que este proceso de licitación no ofrece las mismas condiciones para las empresas mexicanas, sobre todo, por lo burocrático y tardío solicitar algún permiso de permiso o autorización sanitaria.
4. Existen compromisos que posiblemente no se puedan cumplir por parte de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), entre ellos reducir los tiempos para la obtención de registros sanitarios, los cuales oscilan entre una temporalidad de al menos, ocho meses.
Por si esto no fuera suficiente, durante la segunda reunión para la primera compra centralizada por medio de licitación abierta internacional de medicamentos e insumos para la salud, el titular de la Cofepris, hizo público que habrá facilidades administrativas para que los productos importados puedan obtener sus registros, no obstante no dijo cuáles eran estos procedimientos, situación que abre la puerta al desarrollo de actos de corrupción.
Estas irregularidades evidencian poca experiencia e ineficiencia en la adquisición de medicamentos, situación que vulnera el acceso, distribución y comercialización oportuna de medicamentos.
La escases de fármacos, no sólo vulnera el acceso a tratamientos adecuados, sino también, priva el pleno ejercicio uno de los derechos humanos fundamentales como es el de la salud.
Diversos medios de información, ya están documentando la falta de medicamentos en los hospitales y centros de salud, entre ellos destaca el desabasto de antirretrovirales, los cuales son utilizados en la atención de padecimientos como el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH/sida).
Hasta el día 25 de marzo de 2019, se tenía contemplado que de una lista de 38 moléculas, al menos 21 se terminarían en un lapso de 8 semanas, y que sólo existe abastecimiento de otras 10 claves para los próximos 3 meses, esto significa que es inminente el desabasto o escases de medicamentos.
Bajo estas consideraciones, es necesario que las autoridades federales transparenten los procesos de adjudicación, las empresas beneficiadas y los montos aprobados para la primera compra consolidada de medicamentos del sector salud, a fin de asegurar el ejercicio adecuado de los recursos públicos y principalmente, salvaguardar el pleno ejercicio del derecho a la salud.
Ante este panorama poco alentador, también se hace necesario la implementación de médicas adicionales para el abasto, la producción y la adquisición de medicamentos, con el objetivo de garantizar tratamientos adecuados y asequibles para los pacientes y los mexicanos en general.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, transparente los procesos de adjudicación, las empresas beneficiadas y los montos aprobados para la primera compra centralizada por medio de licitación abierta internacional de medicamentos e insumos para la salud, debido a diversas irregularidades como la participación de probables empresas relacionadas con actos de corrupción, prácticas de producción fraudulentas e inequidad con las farmacéuticas nacionales, situación que pone en riesgo la salud de la población.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para que fortalezca sus acciones de vigilancia, regulación, control y prevención de riesgos sanitarios, ante las denuncias de diversas irregularidades en la primera compra consolidada de medicamentos del sector salud.
Notas
1 Raúl Rodríguez Cortés (2019). Cofepris pone en riesgo la salud. Abril 8 de 2019, de El Universal. Sitio web:
https://www.eluniversal.com.mx/columna/raul-rodriguez-cortes/nacion/ cofepris-pone-en-riesgo-la-salud
2 Rogelio Varela. (2019). Error en compras de medicinas. Abril 8 de 2019, de El Heraldo de México. Sitio web:
https://heraldodemexico.com.mx/opinion/error-en-compras-de-medicinas/
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2019. Diputada Marcela Guillermina Velasco González (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
FOROS TEMÁTICOS QUE PERMITAN A ESTA CÁMARA FORTALECER LAS CAPACIDADES DE REVISIÓN DEL PND, PARA QUE CUENTE CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de solicitar a las Comisiones de Igualdad de Género, y de Hacienda y Crédito Público que lleven a cabo foros temáticos para permitir a esta soberanía fortalecer las capacidades de revisión del PND y garantizar así que éste cuente con perspectiva de género, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 79, numeral 2, 124, numeral 3, y 125, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, por los que se solicita a las Comisiones de Igualdad de Género, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados la realización de foros temáticos que permitan fortalecer las capacidades de revisión del Plan Nacional de Desarrollo que enviará el Ejecutivo federal para que éste cuente con perspectiva de género, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Resultado de las negociaciones de la reforma político-electoral de 2013-2014, se aprobó la modificación constitucional que dio a la Cámara de Diputados la facultad exclusiva de aprobar el Plan Nacional de Desarrollo, dejando plazos y formas de esa aprobación para la ley secundaria, específicamente la Ley de Planeación.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados
(...)
VII. Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo en el plazo que disponga la ley. En caso de que la Cámara de Diputados no se pronuncie en dicho plazo, el plan se entenderá aprobado.
Casi cuatro años después se aprobó la reforma que hizo algunas precisiones al respecto en la ley en la materia:
Ley de Planeación
Artículo 5o. El Ejecutivo federal elaborará el Plan Nacional de Desarrollo y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación en los plazos previstos en esta ley. En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en las diversas ocasiones previstas por esta ley, la Cámara de Diputados formulará, asimismo, las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución y revisión del propio plan.
Para el inicio de los trabajos de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo se estará a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Artículo 21. El presidente de la República enviará el Plan Nacional de Desarrollo a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, a más tardar el último día hábil de febrero del año siguiente a su toma de posesión.
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobará el Plan Nacional de Desarrollo dentro del plazo de dos meses, contado a partir de su recepción. En caso de que no se pronuncie en dicho plazo, el Plan se entenderá aprobado en los términos presentados por el Presidente de la República.
La aprobación del plan por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión consistirá en verificar que dicho instrumento incluye los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de que el Plan Nacional de Desarrollo no los incluya, la Cámara de Diputados lo devolverá al presidente de la República, a efecto de que dicho instrumento sea adecuado y remitido nuevamente a aquélla para su aprobación en un plazo máximo de treinta días naturales.
Hasta antes de esta reforma, el Congreso podía elaborar observaciones respecto al Plan Nacional de Desarrollo, que debía publicarse en el Diario Oficial de la Federación no más allá de seis meses, contados a partir de la toma de posesión del presidente.
Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024
La reforma de la Ley de Planeación estableció algunas excepciones y escenarios que incumben a esta administración y al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024:
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La reforma del artículo 6o. entrará en vigor el 1 de abril de 2018.
Asimismo, la reforma del primer párrafo del artículo 21 entrará en vigor el 1 de octubre de 2024, por lo que el presidente de la República que comience su mandato el 1 de diciembre de 2018 enviará el Plan Nacional de Desarrollo a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación a más tardar el último día hábil de abril del año siguiente a su toma de posesión.
Para efectos de lo previsto en el párrafo anterior, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión convocará, en caso de ser necesario, a un periodo extraordinario de sesiones de la Cámara de Diputados para que ésta apruebe dicho plan, en un plazo máximo de dos meses, contado a partir de que haya recibido el referido plan por parte del Ejecutivo federal.
Adicionalmente, de esta reforma de la Ley de Planeación también destacan los siguientes aspectos:
La incorporación, entre los principios conductores de la planeación, de los conceptos del carácter laico del Estado, la garantía de los derechos humanos y la transversalidad en materia de interculturalidad y de género.
La obligación para el Ejecutivo federal de dar cuenta a la Cámara de Diputados de la evaluación del Plan Nacional de Desarrollo en sus informes anuales y en los de la Cuenta Pública.
La obligación de la SHCP de elaborar el proyecto de Plan Nacional de Desarrollo para someterlo a consideración del presidente de la República.
El Plan Nacional de Desarrollo debe contener por lo menos:
a) Diagnóstico general;
b) Los ejes generales del impulso del desarrollo nacional;
c) Los objetivos específicos;
d) Las estrategias para ejecutar las acciones;
e) Los indicadores de desempeño y sus metas, que permitan dar seguimiento al logro de los objetivos definidos; y
f) Los demás elementos que se establezcan en las disposiciones jurídicas aplicables.
El Plan Nacional de Desarrollo debe indicar los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que deberán ser elaborados, la sujeción de éstos al mismo y la obligación de las dependencias que los emitan para que su contenido se adecue a una estructura similar.
La ruta crítica de la elaboración hasta la publicación del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se sintetiza de la siguiente forma:
La aprobación del Plan Nacional de Desarrollo por parte de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, consiste en
Verificar que dicho instrumento incluye los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En caso de que el Plan Nacional de Desarrollo no los incluya, la Cámara de Diputados lo devolverá al presidente de la República, a efecto de que dicho instrumento sea adecuado y remitido nuevamente a aquélla para su aprobación en un plazo máximo de treinta días naturales.
Pero también es de resaltar que si la Cámara de Diputados no se pronuncia, hay prácticamente una afirmativa ficta en favor del Ejecutivo federal, para que se apruebe el Plan Nacional de Desarrollo.
Por otra parte, debe mencionarse que los aspectos particulares y algunos plazos más precisos de las actividades relacionadas con la elaboración, foros de consulta y aprobación del plan, debían ser regulados en el Reglamento de la Ley de Planeación, de acuerdo con el artículo tercero transitorio de la reforma de la Ley de Planeación publicada en 2018:
Tercero. El Ejecutivo federal deberá expedir el reglamento de esta ley en un plazo no mayor de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Ello no se ha llevado a cabo.
Respecto a la Cámara de Diputados, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ni en el Reglamento de la Cámara contienen alguna disposición respecto al procedimiento parlamentario para la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo que envíe el presidente de la República.
Por lo anterior es necesario que los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, específicamente la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, realicen una estrategia integral para la revisión, discusión y aprobación del PND 2019-2024.
Si bien el Plan Nacional de Desarrollo contiene una gran transversalidad de temas, uno de los que más deben ocupar a las legisladoras que integramos ésta, bautizada como la Legislatura de la Paridad de Género es precisamente la perspectiva de género que deberá reflejarse no solo en las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo, si no en todas las etapas de su elaboración.
Las comisiones de la Cámara de Diputados, y en particular la de Igualdad de Género, revisarán el PND una vez que el Ejecutivo federal lo haga llegar a la Cámara para su revisión y aprobación.
Para este proceso de revisión y de aprobación se requiere que los equipos de asesores, tanto como las diputadas y los diputados, cuenten con información sobre los mandatos de ley referidos a los principios y normas en materia de igualdad de género y no discriminación contra las mujeres, establecidos tanto en el nivel constitucional como en las Leyes de Planeación, y General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Lo anterior, con la intención de asegurar que la aprobación del Plan Nacional del Desarrollo que realizará la Cámara de Diputados esté sustentada en la legislación vigente, en los programas sectoriales, especiales y regionales derivados de éste, incluido el Programa Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres, la incorporación de las observaciones y recomendaciones de los las convenciones adoptadas por el Estado mexicano en materia de derechos humanos de las mujeres y de no discriminación en razón del género, así como los compromisos asumidos por el Estado mexicano, en materia de Igualdad de género y en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible; adicionalmente se busca asegurar que la elaboración del Programa Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres se realice en tiempo y forma para garantizar el mandato de ley de incorporar las estrategias, objetivos y líneas de acción de dicho programa en los programas derivados del PND.
Por lo anterior se propone realizar una serie de foros temáticos que tengan por objetivo incidir de manera directa en la elaboración de diagnósticos sectoriales para determinar las estrategias, indicadores y metas que deberá contener el PND en una estrategia transversal que oriente la elaboración de los planes sectoriales, especiales.
Se propone que los foros sean organizados por las Comisiones de Igualdad de Género, y de Hacienda de manera paralela a la elaboración del PND que realiza el Ejecutivo federal.
La revisión del PND que lleve a cabo la Cámara de Diputados incidirá en la estrategia transversal que orientará la elaboración de las estrategias, indicadores y metas que deberá contener los programas sectoriales, especiales y regionales que garantizarían el cumplimiento de la política nacional de igualdad entre mujeres y hombres.
En consecucia, los objetivos específicos de la propuesta realizada van encaminados a fortalecer las capacidades de las y los participantes para
a) verificar que el PND incorpore los temas de preocupación más relevantes derivados de las observaciones y recomendaciones de los las Convenciones adoptadas por el Estado mexicano en materia de derechos humanos de las mujeres y de no discriminación en razón del género, así como los compromisos asumidos por el Estado mexicano, en materia de Igualdad de género y en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible;
b) asegurar que el PND refleje los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo, tal como lo prevé la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
c) analizar que el PND, tal como lo prevé la Ley de Planeación, haya sido elaborado como ... un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género...; y
d) revisar que el PND contemple las orientaciones básicas, en materia de igualdad de género y no discriminación contra las mujeres, para la elaboración del Programa Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres, de manera que éste se realice en tiempo y forma para cumplir el mandato de ley de incorporar las estrategias, objetivos y líneas de acción de dicho programa en los programas derivados del PND (sectoriales, especiales y regionales).
Los resultados de los foros propuestos deberán estar sistematizados y listos a más tardar el 22 de marzo, fecha en que el Ejecutivo Federal recibirá también las relatorías realizadas de los foros realizados entre durante febrero y hasta el 19 de marzo próximo.
En tanto el Ejecutivo federal no ha hecho públicas las prioridades nacionales en materia de igualdad de género y no discriminación contra las mujeres, se sugiere articular los Foros con base en las prioridades temáticas contenidas en la Convención para la Erradicación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, las Observaciones que hizo el Comité de la CEDAW al Estado mexicano en junio pasado, y en los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Puntos de Acuerdo
Primero. Se solicita a la Comisiones de Igualdad de Género y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados a instrumentar una estrategia que permita a la Cámara de Diputados fortalecer las capacidades de revisión del Plan Nacional de Desarrollo que enviará el Ejecutivo Federal para que éste cuente con perspectiva de género; esté sustentada en la legislación vigente en la materia, en los programas sectoriales, especiales y regionales derivados de éste, incluido el Programa Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres, la incorporación de las observaciones y recomendaciones de los las Convenciones adoptadas por el Estado mexicano en materia de derechos humanos de las mujeres y de no discriminación en razón del género, así como los compromisos asumidos por el Estado mexicano, en materia de Igualdad de género y en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como asegurar que la elaboración del Programa Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres se realice en tiempo y forma para garantizar el mandato de ley de incorporar las estrategias, objetivos y líneas de acción de dicho programa en los programas derivados del PND.
Segundo. Se hace un llamado para que dicha estrategia considere la realización de foros temáticos que tengan como objetivo incidir de manera directa en la elaboración de diagnósticos sectoriales para determinar las estrategias, indicadores y metas que deberá contener el Plan Nacional de Desarrollo en materia de perspectiva de género, considerando las siguientes temáticas:
1. Perspectiva de género en el PND: significado y alcance.
2. Temas prioritarios: en la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030, en las Observaciones del Comité de la CEDAW al Estado mexicano.
3. Garantía de los derechos humanos de las mujeres en la Constitución y mandatos de ley referidos a los principios y las normas en materia de igualdad de género y no discriminación contra las mujeres en las Leyes de Planeación, General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia.
4. Contenido del Plan Nacional de Desarrollo.
a) Diagnóstico del Estado que guarda el avance de las mujeres;
b) Ejes generales de impulso a la política nacional de Igualdad; y
c) Objetivos, indicadores y metas para el seguimiento de los objetivos
5. Lineamientos y mecanismos institucionales para asegurar el cumplimiento de las prioridades nacionales en materia de igualdad sustantiva, empoderamiento de las mujeres y erradicación de todas las formas de discriminación de género.
Tercero. Se solicita que en tanto el Ejecutivo federal no publique las prioridades nacionales en materia de igualdad de género y no discriminación contra las mujeres, los foros sean articulados con base en las prioridades temáticas contenidas en la Convención para la Erradicación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), las Observaciones que hizo el Comité de la CEDAW al Estado mexicano en junio pasado, y en los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Notas
1 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, Diario Oficial de la Federación, 10 de febrero de 2014, en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5332025 &fecha=10/02/2014
2 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, Diario Oficial de la Federación, 16 de febrero de 2018, en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513502 &fecha=16/02/2018
3 Artículo 21, tercer párrafo, de la Ley de Planeación.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 10 de abril de 2019. Diputadas y diputados: María Ester Alonzo Morales, Dulce María Sauri Riancho, María Alemán Muñoz Castillo, Claudia Pastor Badillo, Laura Barrera Fortoul, Margarita Flores Sánchez, Martha Hortencia Garay Cadena, Ximena Puente de la Mora, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Norma Guel Saldívar, Manuel Limón Hernández, Lourdes Érika Sánchez Martínez, Juan Ortiz Guarneros, Benito Medina Herrera, Ricardo Aguilar Castillo, Enrique Ochoa Reza, Marcela Guillermina Velasco González, Eduardo Zarzosa Sánchez, Frinné Azuara Yarzábal, Juan Francisco Espinoza Eguía, Sara Rocha Medina (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.