Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIV Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidente

Diputado Porfirio Muñoz Ledo
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año I
Ciudad de México, jueves 28 de febrero de 2019
Sesión No. 11 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 28 de febrero de 2019, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

LEY DE SEGURIDAD NACIONAL

Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Mario Mata Carrasco y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción del número de legisladores federales. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

De la diputada Martha Estela Romo Cuéllar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 7 Bis, 10 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY GENERAL DE TURISMO

De la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 10 de la Ley General de Turismo. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

De la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión Gobernación y Población, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Erik Isaac Morales Elvira, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DE MIGRACIÓN

Del diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS ENTRE POBLADORES DE LOS MUNICIPIOS DE SANTA CATARINA JUQUILA Y SANTIAGO YAITEPEC, OAXACA

De la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Oaxaca, con el objeto de dar pronta e inmediata solución a los conflictos violentos entre los pobladores de los municipios de Santa Catarina Juquila y Santiago Yaitepec. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

IMPLEMENTAR MEDIDAS PARA CONTROLAR, MITIGAR Y PREVENIR LA EMISIÓN Y CONCENTRACIÓN DE CONTAMINANTES EN MONTERREY

Del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León y a la Secretaría de Desarrollo Sustentable de dicho estado, a implementar medidas urgentes para controlar, mitigar y prevenir la emisión y concentración de contaminantes de la atmósfera para todo el territorio estatal, específicamente en la zona metropolitana de Monterrey. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SEP EN RELACIÓN CON SU POSIBLE DESCENTRALIZACIÓN

De la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, se abstenga de llevar a cabo acciones y hacer declaraciones en torno a la posible descentralización de esa dependencia sin antes hacer públicos los estudios presupuestales, económicos, demográficos e inmobiliarios de factibilidad y dar cumplimiento a lo establecido por la Ley de Bienes Nacionales. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A PRESENTAR LAS PRUEBAS SOBRE LA DENUNCIA ANUNCIADA RESPECTO A LA CORRUPCIÓN EN EL CONACYT

De la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a presentar las pruebas sobre la denuncia anunciada por su vocero respecto a la corrupción existente en el Conacyt. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

ORDENAR EL DESARROLLO URBANO EN QUINTANA ROO, A FIN DE PROTEGER EL HÁBITAT Y EVITAR LA MUERTE DE COATÍES, TEJONES Y MAPACHES

De la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo para establecer acciones de coordinación y vigilancia tendientes a ordenar el desarrollo urbano en Quintana Roo, a fin de proteger el hábitat y evitar la muerte de coatíes, tejones y mapaches. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

IMPLEMENTAR EL PROTOCOLO LATINOAMERICANO DE INVESTIGACIÓN DE LAS MUERTES VIOLENTAS DE MUJERES POR RAZONES DE GÉNERO EN CHIAPAS

Del diputado Carlos Alberto Morales Vázquez, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del estado de Chiapas, para que implementen el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género para disminuir el delito de feminicidio ocurrido en los diversos municipios de dicho estado. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

MEJORAS A LA RED CARRETERA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL DE LA ZONA SUR DEL ESTADO DE MÉXICO

Del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del Estado de México, para que se realicen las gestiones necesarias ante el gobierno federal, a fin de que la red carretera federal, estatal y de caminos municipales, así como las partes arqueológicas de la zona sur de la entidad, sean objeto de mejoras, con materiales de alta tecnología y la infraestructura acorde a la zona. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR 2019, Y DE COMERCIALIZACIÓN PARA EL CICLO AGRÍCOLA DEL MISMO AÑO

Del diputado Absalón García Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SADER, a que revise los lineamientos para la operación del Programa de Producción para el Bienestar 2019, y reconsidere los lineamientos para la comercialización en Ingreso Objetivo en el ciclo agrícola 2019. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE, QUE PERMITA PROTEGER LAS ZONAS ECOLÓGICAS DE LA CIUDAD

De la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a instrumentar un programa de ordenamiento territorial y desarrollo sustentable, que permita contener la expansión y crecimiento desordenado de la mancha urbana para proteger las zonas ecológicas de la ciudad. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

SE CONDENE CUALQUIER INTENTO DE INTERVENCIÓN MILITAR CONTRA VENEZUELA, EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE NO INTERVENCIÓN Y LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE CONTROVERSIAS

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a condenar cualquier intento de intervención militar contra la República Bolivariana de Venezuela, a continuar procurando el principio de no intervención y a defender la solución pacífica de controversias. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

SE CONCLUYA CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS E INSTALE EL REGISTRO DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y NO LOCALIZADAS

De la diputada Carmen Julia Prudencio González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a concluir con la implementación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas e instalar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD Y A UN MEDIO AMBIENTE SANO, FRENTE A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL MAÍZ GENÉTICAMENTE MODIFICADOS Y DEL USO DEL HERBICIDA GLIFOSATO

De la diputada Lilia Villafuerte Zavala, la proposición con punto de acuerdo para garantizar el derecho a la salud y a un medio ambiente sano de las personas frente a la importación de productos derivados del maíz genéticamente modificados, así como el uso del herbicida llamado glifosato presente en dichos cultivos. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES DE TODOS LOS PLANTELES EDUCATIVOS

Del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Estado de México, para que desarrolle los programas y acciones necesarias para garantizar la seguridad de las niñas, niños y jóvenes de todos los planteles educativos. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

SE DÉ A CONOCER LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE EN EL QUE FALLECIERON LA GOBERNADORA DE PUEBLA, MARTHA ERIKA ALONSO, Y EL SENADOR RAFAEL MORENO VALLE

De la diputada Verónica María Sobrado Rodríguez, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que dé a conocer a la opinión pública los resultados de la investigación del accidente aéreo en el que perdieron la vida la gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso, y el senador y Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, Rafael Moreno Valle. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LA CUENCA LERMA-CHAPALA

De la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de la Cuenca Lerma-Chapala. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

SE REINSTALE A LOS PROFESORES CESADOS POR LA APLICACIÓN DE LA REFORMA EDUCATIVA EN SONORA

De la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a que reinstale de manera inmediata a los profesores del estado de Sonora, que fueron cesados de su fuente de trabajo por la aplicación de la reforma educativa. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

PROCEDIMIENTO PARA QUE LA RUMOROSA, EN BAJA CALIFORNIA, SEA DECLARADA COMO PATRIMONIO NATURAL DE LA HUMANIDAD

Del diputado Jorge Alcibíades García Lara, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que instruya a las dependencias correspondientes a iniciar ante la UNESCO el procedimiento oficial para que La Rumorosa, en Baja California, sea declarada como Patrimonio Natural de la Humanidad. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

EXHORTO AL INE EN RELACIÓN CON EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO PARA GOBERNADOR DE PUEBLA

Del diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al INE, para que garantice que, en el proceso electoral extraordinario para gobernador de Puebla, las actas de instalación, cierre de votación, de escrutinio y cómputo que se levanten, cuenten con las características necesarias a fin de que las copias que le sean entregadas a los representantes de los partidos políticos, acreditados ante las mesas directivas de casilla sean totalmente legibles. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

FIRMA DE UN CONVENIO PARA SUBSIDIAR EL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOS 72 MUNICIPIOS DE SONORA DURANTE LA ÉPOCA DE VERANO

De la diputada Irma María Terán Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la CFE, a firmar el Convenio para subsidiar el consumo de energía eléctrica a los 72 municipios del estado de Sonora, con la tarifa doméstica 1F durante la época de verano de manera permanente. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

SE ACTUALICEN LOS LINEAMIENTOS DEL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN HOTELERA

De la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta la Subsecretaría de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo, a emprender la actualización de los Lineamientos del Sistema de Clasificación Hotelera con el fin de reequilibrar sus criterios de puntuación y así brindar las mismas condiciones de evaluación a las distintas vocaciones en servicios de hospedaje hotelero en México. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen

CUENTAS PÚBLICAS DE 2015 Y 2016 DE LA SECRETARÍA DE SALUD EN EL ESTADO DE MÉXICO

Del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a las Cuentas Públicas de 2015 y 2016 de la Secretaría de Salud en el Estado de México. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

INCLUSIÓN DE NAYARIT DENTRO DE LA TARIFA ELÉCTRICA 1F

De la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, para que a través de la CRE y de la CFE, se incluya al estado de Nayarit dentro de la Tarifa Eléctrica 1F. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

POLÍTICAS PÚBLICAS PARA PROPORCIONAR COBERTURA UNIVERSAL EN EL SECTOR SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO

Del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a diseñar e implementar políticas públicas para proporcionar cobertura universal efectiva y de alta calidad en el sector salud en el Estado de México. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE GARANTICE QUE EL TRÁNSITO DE LOS AUTOTANQUES QUE DISTRIBUYEN GASOLINA, SE HAGA BAJO LOS MÁS ESTRICTOS CONTROLES DE SEGURIDAD

Del diputado Juan José Canul Pérez, del Grupo Parlamentario Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana y a Pemex, para que garanticen que el tránsito de los autotanques que distribuyen gasolina en diferentes puntos del país lo hagan bajo los más estrictos controles de seguridad. Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

SE RESUELVA LA PROBLEMÁTICA DE ESCASEZ DE AGUA POTABLE EN SONORA

Del diputado Manuel López Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo para crear los mecanismos e instrumentos oportunos que resuelvan efectivamente la problemática de escasez de agua potable que está sufriendo Sonora. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LA SECTUR, PARA QUE SU PROPAGANDA Y COMUNICACIÓN SOCIAL, ATIENDA LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL

De la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sectur, para que su propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, atienda lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

SEAN ATENDIDAS LAS PROPUESTAS DEL INFORME ESPECIAL SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES EN MÉXICO, ELABORADO POR LA CNDH

De la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades para atender las propuestas contenidas en el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México, elaborado por la CNDH. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones  con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 28 de febrero de 2019 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Porfirio Muñoz Ledo (rúbrica), Presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

2. Que reforma el artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

3. Que reforma el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

4. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción del número de legisladores federales, suscrita por el diputado Mario Mata Carrasco y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

6. Que reforma los artículos 7 Bis, 10 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

7. Que adiciona el artículo 10 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Turismo, para dictamen.

8. Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

9. Que adiciona un artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión Gobernación y Población, para dictamen.

10. Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Erik Isaac Morales Elvira, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

11. Que adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración, a cargo del diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Oaxaca, con el objeto de dar pronta e inmediata solución a los conflictos violentos entre los pobladores de los municipios de Santa Catarina Juquila y Santiago Yaitepec, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León y a la Secretaría de Desarrollo Sustentable de dicho estado, a implementar medidas urgentes para controlar, mitigar y prevenir la emisión y concentración de contaminantes de la atmósfera para todo el territorio estatal, específicamente en la zona metropolitana de Monterrey, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán Acuerdo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, se abstenga de llevar a cabo acciones y hacer declaraciones en torno a la posible descentralización de esa dependencia sin antes hacer públicos los estudios presupuestales, económicos, demográficos e inmobiliarios de factibilidad y dar cumplimiento a lo establecido por la Ley de Bienes Nacionales, a cargo de la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Turno:Comisión de Educación, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a presentar las pruebas sobre la denuncia anunciada por su vocero respecto a la corrupción existente en el Conacyt, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, para establecer acciones de coordinación y vigilancia tendientes a ordenar el desarrollo urbano en Quintana Roo, a fin de proteger el hábitat y evitar la muerte de coatíes, tejones y mapaches, a cargo de la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía General del estado de Chiapas, para que implementen el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género para disminuir el delito de feminicidio ocurrido en los diversos municipios de dicho estado, a cargo del diputado Carlos Alberto Morales Vázquez.

Turno:Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México, para que se realicen las gestiones necesarias ante el gobierno federal, a fin de que la red carretera federal, estatal y de caminos municipales, así como las partes arqueológicas de la zona sur de la entidad, sean objeto de mejoras, con materiales de alta tecnología y la infraestructura acorde a la zona, a cargo del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Infraestructura, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SADER, a que revise los lineamientos para la operación del Programa de Producción para el Bienestar 2019, y reconsidere los lineamientos para la comercialización en Ingreso Objetivo en el ciclo agrícola 2019, a cargo del diputado Absalón García Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a instrumentar un programa de ordenamiento territorial y desarrollo sustentable, que permita contener la expansión y crecimiento desordenado de la mancha urbana para proteger las zonas ecológicas de la ciudad, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a condenar cualquier intento de intervención militar contra la República Bolivariana de Venezuela, a continuar procurando el principio de no intervención y a defender la solución pacífica de controversias, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno:Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a concluir con la implementación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas e instalar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, a cargo de la diputada Carmen Julia Prudencio González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Justicia, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, para garantizar el derecho a la salud y a un medio ambiente sano de las personas frente a la importación de productos derivados del maíz genéticamente modificados, así como el uso del herbicida llamado glifosato presente en dichos cultivos, a cargo de la diputada Lilia Villafuerte Zavala.

Turno:Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del Estado de México, para que desarrolle los programas y acciones necesarias para garantizar la seguridad de las niñas, niños y jóvenes de todos los planteles educativos, a cargo del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que dé a conocer a la opinión pública los resultados de la investigación, del accidente aéreo en el que perdieron la vida la Gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso y el Senador y Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, Rafael Moreno Valle, suscrito por la diputada Verónica María Sobrado Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno:Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la Comisión Especial de la Cuenta Lerma-Chapala, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Junta de Coordinación Política, para su atención.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a que reinstale de manera inmediata a los profesores del estado de Sonora, que fueron cesados de su fuente de trabajo por la aplicación de la reforma educativa, a cargo de la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno:Comisión de Educación, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que instruya a las dependencias correspondientes a iniciar ante la UNESCO el procedimiento oficial para que La Rumorosa, en Baja California, sea declarada como Patrimonio Natural de la Humanidad, a cargo del diputado Jorge Alcibíades García Lara, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE, para que garantice que, en el proceso electoral extraordinario para gobernador de Puebla, las actas de instalación, cierre de votación, de escrutinio y cómputo que se levanten, cuenten con las características necesarias a fin de que las copias que le sean entregadas a los representantes de los partidos políticos, acreditados ante las mesas directivas de casilla sean totalmente legibles, a cargo del diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la CFE, a firmar el Convenio para subsidiar el consumo de energía eléctrica a los 72 municipios del estado de Sonora, con la tarifa doméstica 1F durante la época de verano de manera permanente, a cargo de la diputada Irma María Terán Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Energía, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta la Subsecretaría de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo, a emprender la actualización de los Lineamientos del Sistema de Clasificación Hotelera con el fin de reequilibrar sus criterios de puntuación y así brindar las mismas condiciones de evaluación a las distintas vocaciones en servicios de hospedaje hotelero en México, a cargo de la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno:Comisión de Turismo, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, relativo a la Cuentas Públicas de 2015 y 2016 de la Secretaría de Salud en el Estado de México, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, para que a través de la CRE y de la CFE, se incluya al estado de Nayarit dentro de la Tarifa Eléctrica 1F, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Energía, para dictamen.

23. Con punto de acuerdo, relativo a diseñar e implementar políticas públicas para proporcionar cobertura universal efectiva y de alta calidad en el sector salud en el Estado de México, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Salud, para dictamen.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana y a Pemex, para que garanticen que el tránsito de los autotanques que distribuyen gasolina en diferentes puntos del país lo hagan bajo los más estrictos controles de seguridad, a cargo del diputado Juan José Canul Pérez, del Grupo Parlamentario Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario.

Turno:Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

25. Con punto de acuerdo, para crear los mecanismos e instrumentos oportunos que resuelvan efectivamente la problemática de escasez de agua potable que está sufriendo Sonora, a cargo del diputado Manuel López Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno:Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur, para que su propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, atienda lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades para atender las propuestas contenidas en el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México elaborado por la CNDH, a cargo de la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno:Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma el artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José Salvador Rosas Quintanilla y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal al tenor de las siguientes.

Consideraciones

El surgimiento acelerado de un mundo digitalizado ha ampliado las posibilidades y los riesgos del uso de las tecnologías gestadas en la llamada “cuarta revolución industrial”, la cual ha tomado por sorpresa a los gobiernos de todas las regiones del mundo y ha situado en el centro del debate la necesidad de una legislación nacional que pueda mantener una observación de las actividades, legales o ilegales, que se desarrollan en el mundo digital y así tenerlas contempladas y reguladas.

Y es que tratar el tema no es algo menor cuando el cibercrimen se ha propagado en México, síntoma del aumento de actividades delictivas de este tipo de manera global, siendo el sector financiero el principal afectado. Tan solo en 2017 nueve de cada diez bancos que operan en América Latina estuvieron sujetos a ciberataques, donde se registra que en promedio este tipo de instituciones registran un total de 85 ataques al año. En el caso concreto de México, las instituciones públicas, privadas y usuarios particulares sufrieron un total de 19 millones de ataques, lo que posiciona a nuestro país como el primer lugar en Latinoamérica y el sexto a nivel global. Estos crímenes significaron una pérdida de aproximadamente 7 mil millones de dólares durante 2017 para usuarios, instituciones y gobierno, lo que se reflejó en el aumento del 71.1% de la incidencia de esta actividad delictiva y afectó a cerca de 33 millones de personas. Globalmente, se estima que hubo una pérdida de 172,000 millones de dólares y cerca de 978 millones de personas afectadas. Sobre estas cifras, los crímenes más usuales fueron los de phishing (extracción de información privada mediante engaños), ransomware (secuestro de datos) o fraude (suplantación de identidad). De ellos, el ransomware ha sido el más usual en nuestro país, donde ocupa el segundo lugar a nivel mundial en la frecuencia de este tipo de crimen.

Sobre esto, preguntarse cuáles han sido las medidas de seguridad empleadas por parte del gobierno mexicano, instituciones trasnacionales y empresarios locales, se torna necesario para replantear las medidas con las cuales puede ser abordado el problema. El centro de la discusión debe de situarse en la labor conjunta y la construcción de una cultura de ciberseguridad que no escatime en afrontar la coyuntura. Según cifras del Global Risk Report 2018, realizado por el Foro Económico Mundial, la preocupación más relevante para las pequeñas y medianas empresas mexicanas es el robo de información, pero, contradictoriamente, señala que sólo el 6% de las Pymes cuentan con mecanismos para la prevención de ciberdelitos, lo que sitúa al 94% en una situación de altísima vulnerabilidad. En contra parte, durante la gestión del expresidente Enrique Peña Nieto, el gobierno mexicano buscó hacer frente a la problemática mediante la creación de la Subsecretaría de Ciberseguridad, órgano que era dependiente de la Secretaría de Gobernación. Igualmente, en colaboración con la Organización de Estados Americanos (OEA), México elaboró una Estrategia Nacional de Ciberseguridad en 2017, publicada en el mes de noviembre de ese año. A un año, la estrategia ha quedado en papel y no ha generado los resultados al carecer de la voluntad política necesaria para llevarse a cabo. Ante la espera de qué es lo que hará la actual administración con dicha estrategia, acerca de qué incorpora y qué desecha, será una tarea que al parecer quedará legada a la supuesta nueva subsecretaría de Tecnologías de la Información, a la espera de titular, un organigrama y un conjunto de lineamientos por definir.

La falta de medidas y su aplicación únicamente vulnera el potencial desarrollo de nuestro país y sus ciudadanos al magullar la confianza y los bolsillos de los involucrados. Por ello, en búsqueda de poder colaborar en la protección de datos privados de las empresas y los ciudadanos, se propone una modificación al artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal para aumentar el periodo de sanción, que va de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días de multa, para pasarlo a un periodo de tiempo de dos a cinco años de prisión y una multa de trescientos a seiscientos días de multa, en actividades ilícitas que afecten a privados y que involucren la modificación, destrucción o pérdida de información de los particulares afectados. Igualmente, se propone una modificación en la sanción por motivos de conocimiento no autorizado o copia de información no autorizada, la cual va de tres meses a un año de prisión y una multa de cien a trescientos días, proponiendo una nueva temporalidad que va de seis meses a tres años de prisión y una multa de ciento cincuenta a doscientos cincuenta días de multa.

Esta propuesta, mediante medidas punitivas de mayor duración, busca desincentivar la recurrencia de estas actividades ilícitas y sentar un precedente para una completa revisión de la legislación en temas de ciberseguridad, sumamente necesaria, por la que el resto del mundo no nos va a esperar y mucho menos los partícipes de ciberdelitos de carácter internacional. Estar a la altura de las demandas de la época y asumir el papel de México en el escenario global orilla a mantenernos actualizados en términos de nuestras leyes para afrontar las nuevas demandas que la sociedad global nos arroja en el día a día. En un mundo en proceso de una total digitalización, uno de los tópicos centrales para la actividad legislativa debe de ser, obligatoriamente, los tópicos que involucren a la Tecnologías de la Información y sus derivados.

Por ello, en la búsqueda de mantener una legislación actualizada ante la generación de nuevos tipos de delitos y la necesidad de tener canales seguros para la realización de operaciones financieras, interacciones cotidianas y el disfrute en el uso de las Tecnologías de la Información por parte de los usuarios mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto que reforma el artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal

Artículo Único. Se reforma el artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 211 Bis 1. Al que, sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.

Al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de seis meses a tres añosde prisión y de ciento cincuenta a doscientos cincuenta días multa.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Rodrigo Riquelme. (2018). Instituciones bancarias, foco de atención por fallas en SPEI, de El Economista. Sitio web:

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Instituciones- bancarias-foco-de-atencion-por-fallas-en-SPEI-20180501-0001.html

2 Mauricio Hernández. (2018). Cada año las instituciones financieras sufren 85 ataques cibernéticos: CNBV, de Forbes. Sitio web:

https://www.forbes.com.mx/cada-ano-las-instituciones-financieras- sufren-85-ataques-ciberneticos-cnbv/

3 Marco A. Mares. (2018). Cibercrimen, la amenaza, de El Economista. Sitio web:

https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Cibercrimen-la-amenaza- 20181102-0005.html

4 Isabel Rodríguez. (2018). Ciberataques costaron al país 7 mil millones dólares en 2017, de La Jornada Sitio web:

http://www.jornada.com.mx/2018/09/27/economia/030n2eco

5 Gabriela Chávez. (2018). Conectividad y ransomware agudizan costo del cibercrimen en México, de Expansión. Sitio web:

https://expansion.mx/tecnologia/2018/02/09/conectividad-y-ransomware- agudizan-costo-del-cibercrimen-en-mexico

6 Ibídem

7 Marco A. Mares. (2018). Cibercrimen, la amenaza, de El Economista. Sitio web:

https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Cibercrimen-la-amenaza- 20181102-0005.html

8 Ibídem

9 Gabriela Chávez. (2018). Sector TI pide crear un organismo que coordine políticas públicas digitales. 1, de Expansión Sitio web:

https://expansion.mx/tecnologia/2018/09/04/sector-ti-pide-crear-un- organismo-que-coordine-politicas-publicas-digitales

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2019.— Diputado José Salvador Rosas Quintanilla(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

«Iniciativa que reforma el artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal José Salvador Rosas Quintanilla, y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VI al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

Derivado de los efectos del cambio climático la actividad diaria de las comunidades en México, están comenzando a modificarse, desde sus medidas de prevención, planificación y ejecución atendiendo las nuevas circunstancias climáticas que cada región tiene.

El incremento de desastres naturales, para el futuro se augura un mayor riesgo de sufrir daños o pérdidas comerciales en potenciales zonas y corredores económicos por los cuales se transita o realizan actividades económicas. Hoy en día, las pérdidas económicas mundiales originadas por fenómenos meteorológicos son responsables del 77 por ciento de pérdidas económicas globales, por un total de 2. 24 billones de dólares.

La reconfiguración de estas operaciones, por lo tanto, exige que se otorguen las condiciones básicas, desde la legislación nacional, para poder dar el soporte a los emprendedores y empresarios que pretendan empezar o seguir en el sector productivo, hacer uso del servicio de autotransporte y así contribuir a su bienestar personal, familiar y nacional.

Sobre ello, plantear la problemática de cómo estas modificaciones en el ambiente tienen una potencial repercusión en la salvaguarda y mantenimiento de las mercancías transportadas requiere de una respuesta preventiva para una correcta asignación de responsabilidades, las cuales puedan mantener un orden legal, económico y moral en la labor del transporte de carga.

De conformidad con el artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, del capítulo sobre la asignación de responsabilidades en el autotransporte de carga, los permisionarios de servicios de autotransporte de carga son responsables de las pérdidas y daños que sufran los bienes o productos que se transportan, con excepción de los siguientes casos:

a) Por vicios propios de los bienes o productos, o por embalajes inadecuados.

b) Cuando la carga por su propia naturaleza sufra deterioro o daño total o parcial.

c) Cuando los bienes se transporten a petición escrita del remitente en vehículos descubiertos.

d) Falsas declaraciones o instrucciones del cargador.

e) Cuando el usuario del servicio no declare el valor de la mercancía.

En tal caso, las excepciones refieren a situaciones ajenas al control del transportista, pero dejan un hueco respecto a la presencia de desastres naturales o condiciones climatológicas de carácter contingente, como son sismos o inundaciones, y las cuales pueden generar pérdidas importantes. Esto únicamente genera pérdidas injustas a aquellos que proveen el servicio y que se apegan al cumplimiento de la ley.

Con la pretensión de blindar una asignación justa de responsabilidades en la actividad del transporte de carga, se propone una adición al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que permita considerar eventos de esta clase, los que cada vez son más usuales. Esta propuesta de una nueva fracción VI, pretende exceptuar de responsabilidades a los permisionarios del servicio debido a la naturaleza contingente ajena, manteniendo los derechos y obligaciones establecidos en la legislación.

En búsqueda de respaldar a la comunidad involucrada en el servicio del autotransporte de carga, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto por el que se adiciona una fracción VI al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Artículo Único. Se adiciona una fracción VI al artículo 66 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 66. ...

I a V. ...

VI. Cuando los bienes o productos sufran deterioro, daño parcial o total debido a condiciones externas o ajenas al transporte, como desastres naturales o condiciones climatológicas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Earth Observatory (2005). The Impact of Climate Change on Natural Disasters, de National Aeronautics and Space Administration. Sitio web:

https://earthobservatory.nasa.gov/Features/RisingCost/rising_cost5.php

2 Organización de las Naciones Unidas. (2018). Las pérdidas económicas por los desastres climáticos crecieron un 151% en veinte años, de Organización de las Naciones Unidas. Sitio web:

https://news.un.org/es/story/2018/10/1443432

3 Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. (2018). Cambio Climático y Desastres Naturales, de Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Sitio web:

http://www.acnur.org/cambio-climatico-y-desastres-naturales.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2019.— Diputado José Salvador Rosas Quintanilla(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



LEY DE SEGURIDAD NACIONAL

«Iniciativa que reforma el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José Salvador Rosas Quintanilla, y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional.

Considerando

El reforzamiento de instituciones encargadas de la elaboración de inteligencia aplicada a temas de Seguridad Nacional, como lo es el caso del Centro de Investigación y Seguridad Nacional, es algo sumamente necesario en una época la cual se han generado las condiciones para un mercado mundial interdependiente, hay flujos migratorios masivos y donde se han ampliado las posibilidades del desarrollo de estos fenómenos mediante la digitalización de la actividad pública y privada de usuarios, instituciones y Estados-Nación. Debido a ello, el aumento en los riesgos que estas grandes transformaciones implican, se ha visto reflejado en el crecimiento de las actividades delictivas digitales, como el robo de identidad, la expansión y creación de redes delictivas trasnacionales, como la ampliación de los cárteles de droga al norte y sur de nuestras fronteras, al igual que el aumento del riesgo de filtraciones de actividades estatales, como ha sucedido en años pasados con los usualmente llamados “leaks” de correos, documentos y declaraciones institucionales.

Estas actividades, algunas veces realizadas en favor del activismo y la búsqueda de transparencia por parte de actores interesados en un correcto operar de las instituciones públicas, otras veces realizadas por agentes individuales u organizaciones delictivas, nacionales o extranjeras, en perjuicio de las instituciones afectadas, ponen en riesgo la operación y funcionamiento adecuado de dichas instituciones al vulnerar la información producida y recopilada por parte de ellas, donde las consecuencias de esas intervenciones, ya sean consecuencias buscadas o no, abren la “Caja de Pandora” en términos de los riesgos para la Seguridad Nacional.

Con un escenario de potenciales filtraciones de información recurrentes, la posibilidad de que esa información sea empleada de manera estratégica para perjudicar la cotidianidad del orden social y el bienestar de los mexicanos, es algo latente y, por lo tanto, requiere una aproximación precisa por parte de las autoridades encargadas de cumplir con dichos objetivos. En el caso concreto de dichas funciones, el desarrollo de inteligencia mexicana y la capacidad de respuesta a otras “inteligencias” requiere de una definición clara de las funciones para mantener una operación eficiente y así evitar obstáculos para la realización de la labor o el atropello de las garantías individuales y los derechos humanos.

Ante tal escenario y al observar la manera en la cual la legislación hace una definición acerca de la labor de inteligencia de agentes ajenos y perjudiciales, el concepto de contrainteligencia viene a flote. A pesar de su existencia, su definición en la ley está repleta de ambigüedades, carece de referentes específicos y se presta a interpretaciones abiertas por parte de las autoridades, lo que entorpece la labor, habilita potenciales riesgos ante la falta de una definición clara y habilita un potencial abuso por parte de autoridades ante la amplitud de casos posibles de acorde a la manera en la cual está redactado el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional, el cual versa de la siguiente manera:

Artículo 32.- Para los efectos de esta Ley se entiende por contrainteligencia a las medidas de protección de las instancias en contra de actos lesivos, así como las acciones orientadas a disuadir o contrarrestar su comisión”.

Dicha definición hace hincapié en actividades lesivas en abstracto, sin una definición de quién y para qué, sino que deja en la arbitrariedad del órgano que ejecuta la definición de aquello que se considera atenta contra la seguridad nacional. Sobre esto, considerar una correcta definición de las actividades de inteligencia que puedan dañar la creación y mantenimiento de la seguridad de la información, el territorio y la población mexicana se torna prioritario para la asignación de facultades y definición de los lineamientos operativos de las instituciones de inteligencia nacional.

De forma comparada y a manera de contraste, la legislación estadounidense, en el acta 50, define a la contrainteligencia como la “información recopilada y actividades dirigidas a la protección en contra de espionaje, otras actividades de inteligencia, sabotaje o asesinatos cometidos o dirigidos por gobiernos extranjeros, elementos de organizaciones o individuos extranjeros o actividades terroristas internacionales”. Igualmente, de acorde a documentos disponibles en el sitio en línea de la Central Intelligence Agency (CIA) de los Estados Unidos de América, la definición de contrainteligencia depende de tres supuestos básicos para ser definida de dicha manera: a)La generación de inteligencia se usa de manera estratégica para tomar ventaja sobre el país, b)La amenaza del uso de dicha inteligencia no puede ser contrarrestada de forma supuesta y a modo, sino que requiere de una respuesta estratégica de acorde a la situación específica y c)Debe de existir un sistema nacional que integre y coordine los diversos programas, recursos y actividades para la obtención de objetivos estratégicos comunes de las instancias involucradas.

Por otra parte, en búsqueda de establecer un símil con países que comparten elementos económicos, políticos y culturales, observar la definición hecha por el gobierno chileno ayuda a apuntalar una correcta definición para el contexto mexicano, ya que consta de una definición detallada de la actividad de contrainteligencia. En este caso, la definición en la ley chilena, situada en la Ley N° 19974, define a la contrainteligencia como “aquella parte de la actividad de inteligencia cuya finalidad es detectar, localizar y neutralizar las acciones de inteligencia desarrolladas por otros Estados o por personas, organizaciones o grupos extranjeros, o por sus agentes locales, dirigidas contra la seguridad del Estado y la defensa nacional”.

Leyendo con detenimiento, ambas leyes comparten no solamente la existencia de actos lesivos para la seguridad y defensa de sus respectivas naciones, sino que también definen a los actores, la producción y empleo de información, donde el carácter estratégico y la definición de los objetivos acota las posibilidades para la elaboración de contrainteligencia en favor de salvaguardar los intereses de seguridad nacional. Igualmente, dicha definición le da un carácter más integral a la definición de funciones de las agencias de inteligencia nacionales, ampliando las posibilidades de ejecución y dándole un marco legal pertinente a las demandas de la época ante la existencia de múltiples factores de riesgo que atentan contra la preservación de nuestro país.

Por ello, una reforma al artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional ayudará a la definición de funciones, a la elaboración de objetivos y el mantenimiento de las garantías y derechos humanos en favor de una correcta implementación de las mediadas necesarias para la preservación de la seguridad nacional, por lo que sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente;

Decreto que reforma el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional

Artículo Único. Se reforma el artículo 32 de la Ley de Seguridad Nacional, para quedar como sigue.

Artículo 32. Para los efectos de esta Ley se entiende por contrainteligencia a la generación de información y a las actividades dirigidas a la detección, localización y protección contra actividades de inteligencia, espionaje y sabotaje realizadas o planificadas por parte de gobiernos extranjeros, individuos u organizaciones extranjeras, o por organizaciones delictivas como el crimen organizado, con pretensiones de vulnerar la seguridad nacional.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 “The term ´counterintelligence´ means information gathered, and activities conducted, to protect against espionage, other intelligence activities, sabotage, or assassinations conducted by or on behalf of foreign governments or elements thereof, foreign organizations, or foreign persons, or international terrorist activities.” - Congreso de los Estados Unidos de América. (2018). 50 USC 3003: Definitions, de Congreso de los Estados Unidos de América. Sitio web:

http://uscode.house.gov/view.xhtml?req=(title:50%20section:3003%20 edition:prelim)

2 Michelle Van Cleave. (2007). Strategic Counterintelligence, de Central Intelligence Agency. Sitio web:

https://www.cia.gov/library/center-for-the-study-of-intelligence/ csi-publications/csi-studies/studies/vol51no2/ strategic-counterintelligence.html

3 Congreso Nacional de Chile. (2018). Sobre el sistema de inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia, del Congreso Nacional de Chile. Sitio web:

https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=230999&r=1

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2019.— Diputado José Salvador Rosas Quintanilla(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción del número de legisladores federales, suscrita por el diputado Mario Mata Carrasco e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Mario Mata Carrasco, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II, del artículo 71 y el inciso h del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la honorable Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Congreso de la Unión, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

I. Planteamiento del problema a resolver con la propuesta

No hay sistemas electorales perfectos, pero hay sistemas que ayudan a los países a superar la difícil disyuntiva de como gobernarse de manera correcta. Un parámetro para juzgar el sistema electoral de acuerdo con este criterio, puede ser el de observar si el sistema electoral sirve para unir o por el contrario para desunir a una sociedad; o si se está cumpliendo simultáneamente con los criterios de representar y participar o por otro lado, si se están desarrollando de manera paralela y sencilla, las funciones complementarias de transparencia y legitimidad.

En esta tónica y bajo los parámetros anteriores, se puede apreciar con toda objetividad que los componentes del Sistema Electoral Mexicano han cambiado. Esto debido en buena parte a que las condiciones sociopolíticas y económicas son distintas a las que llevaron a los impulsores de las Reformas Políticas en su oportunidad a fortalecer al Congreso, donde haciendo uso de diversas herramientas localizadas en otros países del mundo, se planteó que la integración de la máxima tribuna del país se realizaría con un número mayor de diputados y senadores respectivamente. Esto entre otras características para que se le diera plena vigencia a su nueva composición.

Y es precisamente sobre la línea de esta dinámica de cambio en los aspectos de la representación, que surge la impronta de replantearse el cuestionamiento de la viabilidad actual del diseño y distribución de los distritos electorales en los que se divide el país; así como del total de legisladores que llegan efectivamente al Congreso. Considerando para esto la posibilidad de que los mecanismos electorales no sean ya lo suficientemente efectivos.

Así pues, a través de esta propuesta se conserva intacta la aseveración de que los diseños de los sistemas electorales se constituyen cada vez más, como un elemento básico e importante por lo que hace a los arreglos institucionales de cualquier país, así como la necesidad de que contemplar cambios en los mismos, toma cada vez una mayor fuerza; sobre todo, si consideramos que dichos cambios no pueden ser concebidos al margen de áreas tan diversas como el manejo de conflictos, la representación de género y el desarrollo de los sistemas de partidos políticos.

De forma paralela, podemos acotar que dichos sistemas ac-túan de acuerdo a una compleja mezcla de las distintas condiciones sociales, culturales, políticas e históricas, que determinan el perfil de sus características concretas, en sus dimensiones normativas, procedimentales y de orientación a resultados, además de ofrecer incentivos positivos y negativos para la creación y duración de las instituciones políticas.

En esta tónica, el debate fundamental entre los estudiosos del tema, se centra en determinar si el criterio del número de legisladores en los países, debe adoptarse de acuerdo con sistemas mayoritarios que prioricen la eficiencia y responsabilidad del gobierno, o en su defecto, en sistemas proporcionales que promuevan una mayor equidad hacia los partidos minoritarios y mayor diversidad en la representación social. O como una tercera alternativa contemplar la combinación de ambos factores.

En el caso mexicano en particular, se ha adoptado un sistema mixto con componentes de mayoría relativa y de representación proporcional; no obstante este avance que se percibe en el mundo como de vanguardia, en la percepción de la población mexicana, la combinación de sistemas que nos ocupa, no se ha visto reflejada en buena parte de la población con un efecto positivo. Esto tiene que ver principalmente con la gran desvinculación y desconocimiento que existe de la labor que se realiza al interior de las Cámaras.

Y es con base en la argumentación anterior, que se presentan en esta propuesta, algunas herramientas adicionales que pretenden abonar para el buen funcionamiento de la labor parlamentaria. Así pues, la opción de la disminución del número de legisladores que integran la honorable Cámara de Diputados, se acompaña necesariamente de una norma qua a manera de complemento, se refiere a la disminución del número de distritos uninominales como requisito para que los partidos políticos puedan acreditar candidatos.

Por otro lado se hace hincapié, en la necesaria disminución en el porcentaje de sobre representación o cláusula de gobernabilidad. Otro componente innovador para mejorar el nivel de las discusiones y disertaciones tanto en Comisiones como en el Pleno de la Cámara de Senadores es el que tiene que ver con el requisito de contemplar a un académico experto y de mérito, en las listas de candidatos a senadores de representación proporcional.

De manera paralela se adiciona la imposibilidad de postularse a través de la reelección, impulsada por un partido político cuando se haya renunciado o cambiado de grupo parlamentario, después de determinado tiempo; así como se propone de acuerdo con la demanda del electorado, que la función legislativa tanto del senador como del diputado, se desarrolle de manera única; esto se propone con el fin de que dichos representantes logren su mayor concentración e interés en los temas de sus representados. Finalmente se introduce en la Constitución la figura de Parlamento Abierto; esto tiene que ver con el objeto de que la disminución en el número de diputados, no represente un menoscabo en la percepción de las necesidades, la retroalimentación y el contacto que necesariamente debe existir entre representante y representados.

II. Antecedentes Nacionales

Para efectos de esta iniciativa, resulta importante rescatar los antecedentes nacionales más relevantes en materia de composición del parlamento, de acuerdo con el número de sus integrantes. Así tenemos, que revisando de manera retrospectiva, fue hasta el 22 de junio de 1963, cuando la Cámara de Diputados se conformaba de manera única del mecanismo de mayoría relativa.

En ese contexto de muy escasa participación de las minorías en los trabajos legislativos, se refirió de manera precisa en la exposición de motivos de la iniciativa con proyecto de decreto que daría vida a la introducción de la figura de lo que en su tiempo se llamaría “diputados de partido”, que el pueblo de México se encontraba en una etapa de perfeccionamiento de sus propios sistemas sociales.

Así tenemos que el número de diputados que ingresarían al Congreso bajo esa modalidad resultaba de aplicar el 2.5 por ciento de acuerdo con la votación nacional respectiva. Ya fue para el año de 1972, cuando a través de una nueva reforma se modificó el porcentaje mínimo a 1.5 por ciento, aumentando también el número máximo de diputados de 20 a 25.

Sin embargo, ese número de legisladores no era lo suficientemente representativo de las distintas corrientes políticas que se estaban ya gestando en el país; por lo que se generó una nueva e importante reforma, la de 1977, en donde se incrementaron los distritos uninominales y por ende el número de diputados federales, pasando de 196 a 300. En esta etapa se estableció un modelo electoral segmentado, donde ya se hacía efectiva la utilización del principio de representación proporcional; contando para esto con 100 nuevos escaños para asignar, por supuesto con ciertos requisitos y características particulares.

Cabe resaltar que esta importante Reforma, que es conocida como la “madre de las reformas políticas” se cristalizó en el periodo presidencial del licenciado José López Portillo; mismo que por azares del destino accedió al poder sin tener que competir con ningún otro candidato. Ya en el ejercicio gubernamental donde parecía que todo marchaba adecuadamente, se hicieron observables diversas manifestaciones de la sociedad civil organizada, que contagiadas por los diferentes movimientos sociales que se fueron gestando en algunas partes del mundo, se generó en el país lo que se denominó un “problema evidente de falta de legitimidad”. Hecho que exigió la incorporación de nuevos actores políticos y por lo tanto, evidenció la necesidad de revisar la eliminación del monopolio de representación política en México, poniendo fin al control ejercido por un solo partido.

En consecuencia Jesús Reyes Heroles, después de realizar una gran consulta a los diferentes sectores de la población, en su carácter de Secretario de Gobernación, proporcionó todos los elementos necesarios para que el Poder Ejecutivo federal, ingresara al Congreso de la Unión, la iniciativa de ley que introducía, entre otros rubros, el sistema de representación proporcional a la Cámara de los Diputados federales.

Fue tiempo después -específicamente en la reforma de 1986- cuando se decidió que se duplicaría el número de diputados que tendrían acceso al Poder Legislativo a través del principio de representación proporcional. Es decir, que serían 200 en lugar de 100 los legisladores que ocuparían una curul por esta vía; con su respectiva cláusula de gobernabilidad, misma que fue modificada en porcentajes en la Reforma Política de 1990, buscando favorecer el equilibrio en la integración de la Cámara de Diputados, pasando a ser modificada de nueva cuenta en el año de 1993.

Para 1989, se integró una nueva Reforma Electoral en México, que contenía una clara tendencia a direccionar la mayoría absoluta al partido de mayores dimensiones y por lo tanto le dotaba de mayor control del Congreso, con una cláusula de sobrerrepresentación mayor al 12 por ciento. De manera posterior en 1988 y 1993, se generaron nuevas modificaciones que no solucionaron del todo los problemas de sobre representación.

Posteriormente y ya para la reforma política de 1996, se sentaron las bases del actual sistema electoral donde se introdujeron los cambios que lograrían generar una mayor representatividad en la Cámara de Diputados, fijando un límite para la asignación de asientos a los que podía tener acceso un partido a través del principio de mayoría relativa o de representación proporcional en su conjunto, quedando en 300 espacios como máximo. Por otro lado, se fijó la figura de la cláusula de sobrerrepresentación que actualmente tiene nuestro marco normativo.

En la Reforma del 2007 y las subsecuentes reformas político electorales no se modificaron los aspectos de integración y representación de las Cámaras.

III. Composición actual del Congreso

Actualmente México cuenta con una “Cámara Baja” que se integra con 500 diputados federales, electos en su totalidad cada tres años, con posibilidad de reelección consecutiva inmediata. Estos representantes de la nación, cuentan con su respectivo suplente que entrará en funciones en caso de falta temporal o absoluta del propietario. De este total, se tienen 300 diputados que son sometidos a consideración del electorado a través del principio de votación mayoritaria relativa, correspondiente a distritos electorales uninominales, y los 200 restantes son electos según el principio de votación mayoritaria relativa, expresados en listas detalladas por regiones, integradas en cinco circunscripciones que son llamadas “plurinominales”.

Así, la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales, será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas, se hará teniendo en cuenta el último censo general de población.

Por lo que respecta a la Cámara de Senadores, está compuesta actualmente por 128 integrantes, que duran en su encargo seis años, sin posibilidad de reelección inmediata consecutiva, aunque sí de manera alternada, resultante de la elección por fórmulas en cada uno de los estados del país, de dos senadores que reciben el voto popular de manera directa, así como uno más que es definido de acuerdo con la primera minoría que se registre en la votación, aunado a los 32 senadores restantes que se integran a la Cámara alta mediante las listas de representación proporcional, que son reconocidas de acuerdo con el número de votos obtenidos por cada partido en la elección nacional.

Como consecuencia, se tiene una composición en ambas Cámaras de legisladores uninominales y plurinominales.

IV. Aspectos conceptuales relevantes

El régimen electoral hace referencia al conjunto de reglas electorales formales. Es el que regula la elección de los miembros que componen las instituciones representativas, tanto del Estado en su conjunto, como de las entidades territoriales en que éste se organiza para su mejor integración.

En el caso del régimen electoral mexicano la Constitución reconoce la vía electoral como la única jurídicamente válida y legítima para la integración y renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Federación, como también de las entidades federativas y de los ayuntamientos.

Según Arend Lijphart, 5 los sistemas electoralesconstan de cuatro dimensiones fundamentales en términos del potencial de impacto político que contienen: la fórmula electoral, la magnitud de circunscripción, el umbral electoral y el tamaño de las asambleas. Existen además cuatro dimensiones de menor impacto sobre el sistema de partidos y sobre la proporcionalidad, pero igualmente relevantes con menor impacto sobre el sistema de partidos y sobre la desproporcionalidad, pero del mismo modo dignas de consideración. Por otro lado considera que los sistemas electorales, son el elemento más representativo de la democracia.

Si hablamos del tipo de sistemas, El Sistema de Mayoría Simple o Mayoría Relativa,es el más antiguo y sencillo de entender. Normalmente se aplica en distritos uninominales; es decir en zonas o regiones en las cuales se divide un país, para elegir a un representante popular por mayoría, en cada una de ellas. En este contexto se aprecia, que cada elector tiene un voto y gana el candidato que tiene mayor número de ellos, incluso si éste no llega a alcanzar la mayoría absoluta después de los conteos respectivos.

La objeción más crítica a este sistema, radica en los efectos de sobre y sub representación que produce cuando se emplea para la elección de los órganos legislativos. Con esta forma de elección, un partido con mayoría relativa o absoluta, puede acaparar todos los cargos en la lucha electoral y así quedar sobre representado, dejando a sus adversarios sub representados. Debido a esta condición, se han creado las cláusulas de gobernabilidad.

De esta suerte tenemos que el Sistema de Representación Proporcional,intenta resolver los problemas de la sobre y sub representación; asignando a cada partido político tantos representantes como correspondan a la proporción de su fuerza electoral. Tradicionalmente se aplica en demarcaciones o circunscripciones plurinominales, en las que participan los partidos mediantes listas de candidatos que los electores votan.

Como consecuencia de lo anterior, tenemos que el Sistema Mixto,es aquel en el que las preferencias expresadas por los votantes son utilizadas para elegir representantes mediante dos sistemas distintos, uno de mayoría y otro de representación proporcional. Existen dos clases de sistemas mixtos, los paralelos y los de representación proporcional personalizada.

En el caso del Sistema de Representación por lista,nos estamos refiriendo a aquel en el que cada partido u organización contendiente presenta una lista de candidatos en un distrito electoral. Los electores votan por los partidos y estos reciben escaños en proporción al porcentaje de votos que hayan recibido. Los candidatos ganadores se toman de las listas presentadas.

El porcentaje de sobre representación o cláusula de gobernabilidad,según lo determinado por Douglas Rae en su oportunidad, son resortes legales que procuran producir “mayorías manufacturadas”. Una mayoría manufacturada o lo que es lo mismo una mayoría artificial se presenta cuando un partido recibe en la práctica menos de la mitad de los votos, pero el sistema electoral le concede una mayoría absoluta de escaños en el Poder Legislativo.

En el caso del Sistema Electoral Mexicano -según la Suprema Corte de Justicia de la Nación- hasta antes de 1993 consistía en otorgar al partido mayoritario que no había alcanzado el 51 por ciento de los escaños, los representantes necesarios para asegurar esta mayoría, resultando así un sistema de gobernabilidad unilateral o unipolar, pues aunque en el seno del órgano Legislativo se oyeran las voces de las minorías, el partido mayoritario de antemano, tenía garantizado el triunfo de sus iniciativas, dictámenes y mociones.

Dicho sistema de gobernabilidad unilateral fue modificado en 1993, pues a raíz de las reformas de ese año al artículo 54 constitucional, ya sólo puede subsistir por excepción, dado que la regla general del sistema actual es la gobernabilidad multilateral, que privilegia el consenso entre las diversas fuerzas políticas, tanto mayoritarias como minoritarias, como una fórmula que pretende consolidar el sistema democrático mexicano. Éstos son los valores que, según se deduce, resguardan las mencionadas reformas constitucionales, conforme a su interpretación teleológica.

Por otro lado un modelo meritocráticohace referencia a un principio o ideal de organización social que tiende a promover a los individuos en los diferentes cuerpos sociales: escuela, universidad, instituciones civiles o militares, mundo del trabajo, administraciones, estado, etcétera, según su mérito, aptitud, trabajo, esfuerzo, habilidades, inteligencia, así como la virtud y no según su origen social o sistema de clases, o relaciones individuales.

Por lo que hace a la reelección, podemos entender para efectos de esta propuesta, como toda posibilidad jurídica que tiene un individuo que haya desempeñado el cargo de legislador para contender nuevamente por el mismo puesto al finalizar el periodo de su ejercicio. En México desde 1933 hasta el 2014 se reguló la no reelección inmediata para los miembros del Poder Legislativo, aun en calidad de suplentes, pero los suplentes que no hubiesen actuado como propietarios, sí podían ser elegidos con el carácter de propietarios para el periodo inmediato. De igual manera, los miembros de los congresos locales, los presidentes municipales, regidores y síndicos no podían ser reelectos para el periodo inmediato.

Conocemos como grupo parlamentario a la institución que tiene que ver con la forma de organización que adoptan senadores y diputados con igual afiliación de partido, cada uno en su respectiva Cámara, estableciendo el mínimo de cinco integrantes para ser constituido, con objeto de realizar tareas específicas, coadyuvar al mejor desarrollo del proceso legislativo, y contribuir a orientar y estimular la formación de criterios comunes en las deliberaciones en que participen sus integrantes.

Una buena definición de Parlamento abierto es la que brinda el Centro de Investigación y Análisis Fundar que refiere que es una institución legislativa que explica y justifica sus acciones y decisiones -es decir que rinde cuentas-, que garantiza el acceso a la información pública de manera proactiva -es decir que es transparente-, que involucra en sus procesos la pluralidad de grupos políticos y sociales -es decir que cuenta con mecanismos de participación ciudadana- y que, para todo ello, utiliza estratégicamente las tecnologías de información y comunicación..

Respecto de lo anterior se puede afirmar, que en un parlamento abierto se pueden obtener algunos beneficios que van desde el ahorro en tiempo, dinero y esfuerzo, toda vez que las acciones se direccionan hacia una mayor productividad y calidad, propugnando por una cultura que privilegie las características de una información que implique una alta oportunidad de contar con valor e impacto de gran escala, así como la evaluación cuantitativa de los procesos entre otros factores.

V. Objetivos de la propuesta

A) Disminución del número de Legisladores que integran la honorable Cámara de Diputados

Uno de los pilares en los cuales se fundamente esta propuesta, es el que tiene que ver precisamente con la proposición de manera concreta, de reducir nuevamente la cantidad de legisladores en el caso de los diputados, para pasar de 300 a 240 legisladores electos mediante el principio de mayoría relativa, con la consecuente disminución de los diputados plurinominales que pasarían de 200 que actualmente son, a 160 integrados en las mismas listas regionales de las cinco circunscripciones que existen.

Con respecto a los senadores, se propone continuar con los 128 que actualmente son, procurando conservar un adecuado balance entre los distintos factores que intervienen en el sistema pero integrando una serie de herramientas como la integración de un experto académico de mérito y las características de un parlamento abierto.

Con este cambio, se pretende lograr una mayor flexibilidad en la toma de decisiones, privilegiando la eficiencia, esto tiene que ver con que con una menor cantidad de integrantes en las Cámaras, existe una mayor posibilidad de “ponerse de acuerdo” de una forma mucho más sencilla y práctica.

Esto podría verse reflejado de manera más precisa en las reuniones de trabajo de las comisiones ordinarias de dictamen legislativo, las especiales y las de investigación, considerando que todos los legisladores tienen derecho a hacer uso de la palabra y en algunas ocasiones por la ardua e intensa dinámica de debate y diálogo que se genera, los integrantes de las bancadas que forman parte de las comisiones, no tienen el tiempo necesario para consensuar entre ellos sus propios posicionamientos o puntos de vista de manera anticipada, inclusive eventualmente no tienen la oportunidad siquiera de revisar a fondo los documentos de soporte.

Todo esto trae como resultado, que por el escaso tiempo del que disponen y por el alto número de integrantes, no se alcancen a conocer participaciones y posicionamientos de legisladores que seguramente por su nivel de conocimientos y experiencia parlamentaria podrían resultar de suma utilidad, impidiéndose de esta forma la producción eficiente de dictámenes que podrían ser turnados al Pleno conforme a la normatividad interna.

B) Disminución en el número de distritos uninominales como requisito para acreditar candidatos

Un partido político para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa, en por lo menos 180 distritos uninominales. Para efectos de esta propuesta se propone que esta cantidad disminuya, puesto que si se pretende que los diputados por ambas vías sean menos, por lógica debe cambiarse también la obligatoriedad de los partidos de acreditar candidatos en un número grande de distritos; con esto se pretende contribuir a una correcta proporcionalidad en el requisito de referencia.

C) Disminución en el porcentaje de sobre representación o cláusula de gobernabilidad

Partiendo desde el punto de vista y coincidiendo con la premisa de que la cláusula de gobernabilidad o de sobrerrepresentación puede ser vista como una mayoría artificial o manufacturada que se presenta de forma positiva o negativa, dependiendo de sus circunstancias específicas.

En el contexto de esta propuesta, se define que en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en seis puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el 6 por ciento.

D) Se introduce requisito de integración de académico de mérito en las listas de candidatos a senadores de representación proporcional

Otro punto importante de la propuesta, es el que tiene que ver con incentivar la participación política de relevantes figuras del sector académico, que debieran ser invitados a integrarse a los grupos parlamentarios mediante convocatorias muy bien detalladas. Esto con la intención de que puedan figurar en las listas de candidatos con características de “externos” y que además no sea un requisito el estar afiliado al partido político como miembro activo o adherente.

Este nuevo precepto guarda relación, con el hecho de que uno de los argumentos en contra de la disminución de los legisladores, es precisamente el que se refiere a que habría menos oportunidad de “convocar” a este tipo de personalidades, toda vez que los espacios políticos en este tipo de representatividad estarían aún más restringidos, considerando que los políticos tradicionales o que llevan un tiempo considerable participando al interior de los partidos políticos, exigen sus espacios en las candidaturas formales.

Lo que se tiene actualmente en la legislación, es que la Cámara de Senadores se integrará cada seis años por 128 senadores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Esto resulta de utilidad para que los partidos políticos registren una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.

Para el caso de los 32 senadores restantes que serán elegidos mediante el principio de representación proporcional, de acuerdo con el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional, se está adicionando la obligatoriedad de que al que al menos un candidato que se encuentre dentro de los primeros cinco lugares, provenga del sector académico y que éste haya resultado seleccionado por mérito a través de convocatoria expresa al interior de las universidades que defina el Instituto Nacional Electoral de acuerdo con los criterios que para tal efecto defina. Con esto se logrará que se integren al Senado, verdaderos expertos en distintas materias, que abonen de manera decidida a que se generen dictámenes mejor consultados y consensados.

E) Imposibilidad de postularse para reelección por un partido político cuando se haya renunciado o cambiado de grupo parlamentario

Si bien es cierto puede visualizarse como un logro importante el que los senadores pueden ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos y que la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, resulta también de relevancia adicionar el candado de que aparte de la excepción de los que hayan renunciado o perdido su militancia, dicha excepción también aplique para todos aquellos legisladores que hayan renunciado o cambiado de grupo parlamentario al interior de las Cámaras, en un lapso de tiempo con tope, hasta antes de la mitad de su mandato.

Lo que se pretende disminuir con esto, es uno de los fenómenos que se están manifestando en épocas recientes y es el que se refiere al transfuguismo de legisladores de un grupo parlamentario a otro, donde muchas veces ya no queda claro para el elector cual será realmente la plataforma política o la agenda de trabajo que estará siguiendo dicho legislador, toda vez que fácilmente puede cambiar de partido por así convenir a sus intereses personales, sin importar a lo que se comprometió inicialmente en materia legislativa.

En este sentido será imperativo para los legisladores que deseen reelegirse el permanecer en sus bancadas por lo menos antes de la mitad de su mandato. Con ello puede observarse una mayor coherencia en su desempeño.

F) Se determina que la función legislativa de senador y de diputado deberá desarrollarse como única

Detonar el aspecto de la productividad, aun cuando se disminuya el número de legisladores es otro objetivo importante de la propuesta. Esta direccionalidad se perfecciona si recordamos que en todo sistema electoral, existen fórmulas que traducen los votos en escaños ganados por partidos y candidatos.

De esta forma destaca que el sistema electoral mexicano, ha privilegiado desde su reforma política de 1977, una apertura necesaria, procurando la representación en los órganos de gobierno de aquellas diferentes corrientes de pensamiento, donde se expresan ideas y posturas distintas, con respecto de los principales temas de la vida nacional.

Luego entonces, el logro de una mayor productividad parlamentaria, no debe enfocarse únicamente como la necesidad de disminuir el número de legisladores, sino como la certeza de que deben llegar a ocupar los asientos del Congreso, los hombres y las mujeres más capaces, con los perfiles más adecuados, que con los recursos y las oportunidades existentes representen de manera digna al pueblo mexicano.

Un rubro relevante que ha estado en la opinión pública en las últimas décadas, es el que tiene que ver con la necesidad de que los legisladores se dediquen de manera exclusiva y prioritaria a su labor parlamentaria; en este sentido se está adicionando a la Carta Marga, la prohibición de desempeñar cualquier otro puesto de carácter público, privado, social, académico o de comisiones extraordinarias de carácter internacional, durante el periodo que dure su encargo.

Con esta norma, se pueden ver beneficiados los representados en el sentido de que tendrán legisladores que estén más atentos a sus necesidades y de cara a la reelección inmediata por periodos determinados, será un elemento relevante para conocer de manera precisa, cuales son las principales actividades que están desarrollando durante un periodo de tiempo determinado.

A esta disposición se agregó un dispositivo de excepción para que no se excluyan aquellos encargos que por sus características específicas resultan de utilidad para cumplir con su labor legislativa; de esta manera se pretende evitar algún tipo de confusión al respecto.

G) Se introduce en la Constitución de la figura de Parlamento Abierto

La temática de transformar el trabajo legislativo con estructura de Parlamento Abierto, ha estado presente en la revisión del funcionamiento del Congreso en por lo menos la última década; por lo que de manera adicional a las reformas que el propio Congreso tenga a bien realizar en su estructura jurídica interior, es menester introducir la figura como norma constitucional desde la Carta Magna, de manera que se visualice como una regla o precepto de carácter fundamental y de competencia suprema e imperativa, toda vez que su aplicación debiera funcionar de manera inmediata y directa.

Para tal efecto, lo que se pretende es que el Congreso continúe en la línea de la autorregulación de su estructura y funcionamiento internos, pero manteniendo en todas sus áreas las características de Parlamento Abierto, que le darán mayor transparencia a sus actividades y le permitirán de manera adicional lograr una mayor participación al ciudadano.

Otro de los aspectos de utilidad de la propuesta, se genera en el sentido de que con la introducción de un parlamento con características de mayor apertura, se reduce de manera inmediata el gasto operativo, los gastos en remuneraciones mensuales y extraordinarias de legisladores, de asesores y equipos de trabajo, pasajes, viáticos, oficinas, así como de telefonía entre otros.

Ese importante ahorro de recursos, bien podría ser aplicado para lograr una mayor interacción con los ciudadanos, utilizando las nuevas herramientas tecnológicas y de globalización que ahora existen, logrando de esta manera uno de los principales objetivos de cualquier reforma política que se haya logrado en las distintas etapas del Poder Legislativo federal y que no es más que es la mayor participación de la sociedad en las decisiones trascendentales de la vida pública nacional.

VI. Cuadro comparativo

VII. Reforma propuesta

Es por todo lo anteriormente expuesto, que solicito se privilegie la presentación de esta iniciativa ante esta honorable asamblea, de manera tal que este Poder Legislativo, sea el conducto para el fortalecimiento de la misma.

Decreto que reforma y adiciona los artículos 52, 53, 54, 56, 59 y 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo Único.

a) Se reforman los artículos 52 en su primer párrafo; el 53 en su primer y segundo párrafos; el 54 en su primer párrafo numerales I, IV y V; 56 en su tercer párrafo, todos de la Constitución.

b) Se adicionan el párrafo 56 en su tercer párrafo, 59 en su primer y segundo párrafos y el 70 en su segundo párrafo.

Todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos siguientes:

Artículo 52.La Cámara de Diputados estará integrada por 240 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 160 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Artículo 53.La demarcación territorial de los 240 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de dos diputados de mayoría.

Para la elección de los 160 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54.La elección de los 160 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

I. Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 180 distritos uninominales;

II. ...

III. ...

IV. Ningún partido político podrá contar con más de 240 diputados por ambos principios.

V. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en seis puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el 8 por ciento;

VI. ...

...

Artículo 56. ...

...

Al registrar sus listas los partidos políticos deberán tener especial cuidado en que al menos un candidato que se encuentre dentro de los primeros cinco lugares provenga del sector académico y que éste haya resultado seleccionado por mérito a través de convocatoria expresa al interior de las universidades que para tal efecto determine el Instituto Nacional Electoral. La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos.

...

Artículo 59. Los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado, perdido su militancia renunciado o cambiado de grupo parlamentario al interior de las Cámaras antes de la mitad de su mandato.

La función legislativa de senador y de diputado deberá desarrollarse de tiempo completo, por lo que estará estrictamente prohibido desempeñar cualquier otro puesto de carácter público, privado, social, académico o de comisiones extraordinarias de carácter internacional durante el periodo que dure su encargo, con excepción de aquellos puestos o actividades que resulten complementarios para el cumplimiento eficiente de su labor legislativa.

Artículo 70....

El Congreso expedirá la ley que regulará su estructura y funcionamiento internos, manteniendo en todas sus áreas características de Parlamento Abierto e incorporando los elementos administrativos y tecnológicos necesarios para que las opiniones sean analizadas, revisadas y en su caso integradas a los textos legislativos; debiendo fundamentarse las razones por las que se incluyeron o no.

...

...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Congreso de la Unión, deberá realizar los cambios necesarios a la legislación secundaria en un periodo no mayor a 360 días naturales a partir de la publicación del presente decreto.

Tercero.Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Notas

1 Petrelli, Carina: “Diseño de sistemas electorales: El nuevo manual de IDEA Internacional” Institute For Democracy And Electoral Assistance. 2006. Traducción realizada en México en Colaboración con el IFE.

2 Colomer, Josep. M. Son los partidos los que eligen los sistemas electorales (o las leyes de Duverger cabeza abajo). Revista Española de Ciencia Política. Núm. 9, 2003, pp 39-63

3 Norris, Pipa. Es destacada politóloga internacional, con su principal localización en la Universidad de Harvad en EUA, y en la Universidad de Sidney en Australia. Ha participado como consultora externa en diversos organismos internacionales entre los que se encuentra la UNESCO, Idea Internacional, The Council of Europe, The Woek Bank, entre otros. Es autora de diversas obras, entre las que se encuentra la de cómo elegir Sistemas Electorales: Sistemas mayoritarios, proporcionales y mixtos.

4 Lomelí Meillón, María de los Ángeles de la Luz. “Los órganos electorales, un espacio de participación ciudadana”. Guadalajara, Jalisco, Espiral México, 2005.

5 Lijphart, Arend: es profesor emérito de Ciencias Políticas de la Universidad de San Diego en California, especializado en política comparativa, elecciones y sistemas de votaciones, instituciones democráticas, etnicidad y política.

6 Cfr. Para mayor información puede revisarse la dirección electrónica,

bttp://sjf.scin.gob.mx/SIFSist/Documentos/Tesis/l000/l000083.pdf.consultada el 08 de octubre del 2018.

7 Berlín Valenzuela, Francisco, Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1997, p. 579-580.

8 Consultable en

http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=120

9 Para ampliar la información sobre el término y sus características puede consultarse la página electrónica

http://fundar.org.mx/parlamento-abierto-segundo-informe/(revisada el 07 de octubre del 2018)

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 21 de febrero de 2019.— Diputado Mario Mata Carrasco (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CÓDIGO CIVIL FEDERAL

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Martha Estela Romo Cuéllar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II, del artículo 71 y el inciso h del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el Código Civil Federal.

Para tal efecto, procedo a dar cumplimiento a los elementos indicados en el numeral 78 del citado ordenamiento reglamentario.

I. Encabezado o título de la propuesta

Ha quedado precisado en el primer párrafo de este documento.

II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver

La necesidad de intimidad es inherente a la persona humana, ya que para que el hombre se desarrolle y geste su propia personalidad e identidad es menester que goce de un área que comprenda diversos aspectos de su vida individual y familiar, que esté libre de la intromisión de extraños. Así pues, debemos entender que todos los seres humanos tenemos una vida “privada”, conformada por aquella parte de nuestra vida que no está consagrada a una actividad pública y que por lo tanto necesitamos proteger de toda intromisión ilegal.

Dicha protección cobra especial importancia, cuando se logra dimensionar la trascendencia de aquella zona espiritual íntima y reservada de una persona o de un grupo, especialmente de una familia aún después de la cesación de la vida de alguno de sus integrantes, en la que el resto del grupo puede gestionar la defensa de sus derechos de intimidad, nombre e imagen, bajo un procedimiento cierto y definido, en caso de que esto resulte necesario.

Sin embargo, hay que recordar que aun cuando existe la posibilidad de la defensa de esos derechos de personalidad, cuando ocurre la cesación de la vida se genera de manera paralela la desaparición de la personalidad jurídica; causando en automático la extinción de la personalidad civil y por ende de los derechos y obligaciones que en la vida de la persona existieron. Esto es así, aunque algunos de estos derechos pueden transmitirse directamente a los sucesores o a terceros, sobre todo los que tienen que ver con la necesidad de lograr el máximo respeto a su intimidad.

En este contexto, y al referirnos de manera más específica al caso mexicano, encontramos que el problema surge respecto de la derivación de la defensa de la memoria de las personas fallecidas, porque el marco jurídico en la materia aún se encuentra en construcción; por lo que aún reconociendo que existen algunos adelantos legislativos en este rubro, resulta de utilidad comentar la necesidad de llevar a cabo las labores necesarias para ir avanzando de manera efectiva en la integración a nuestro marco jurídico de los derechos que nos ocupan, procurando así escalar hacia su entero complemento y definición en los distintos ordenamientos con los que el país cuenta.

Al respecto, se destaca que el contenido de esta propuesta, pretende contribuir en la medida de lo posible, a evitar situaciones que pudieran detonar aspectos negativos y de mayor pesar en los familiares de una persona que ha dejado de existir, porque muchas veces no se encuentran en óptimas condiciones anímicas como para pasar desapercibida la intromisión ilegal de un extraño, que intente inmiscuirse en el ámbito de su intimidad familiar para obtener algún tipo de beneficio en particular; como en el caso de fines peyorativos, publicitarios, comerciales o cualquier otro de naturaleza análoga, mediante la obtención, reproducción o publicación de fotografías, filmes, grabaciones o cualquier otro procedimiento.

En esta tesitura se presenta un planteamiento general del problema y su posible solución legislativa, mediante la creación de nuevos dispositivos. Empezando con la modificación a la norma que se direcciona a observar un mayor cuidado en la participación de los testigos, cuando colaboren en la firma de alguna acta de defunción.

Por otro lado, se genera una nueva obligación para aquellas personas que habiten el lugar en donde ocurra algún tipo de fallecimiento; esta acción se complementa con la intencionalidad de actualizar las multas para el caso de incumplimiento del supuesto anterior.

De manera análoga, se proponen incrementos en las acciones que puede realizar un tercero para apoyar a un testador. También se adiciona una posibilidad de solución en el caso de que se presente alguna problemática y no hubiera designación por parte del propio testador o que hubiere también fallecido el tercero designado.

Asimismo, se integra un supuesto para que un tercero pueda intervenir en el testamento de personas famosas, artistas o figuras públicas, agregando paralelamente la opción de que en caso de que no puedan participar los terceros designados, estén en posibilidades de colaborar los familiares.

Finalmente se determina una sanción que obligará a los infractores que quieran aprovechar la oportunidad para afectar negativamente la memoria post mortem de un individuo, pagando para esto una indemnización. Esto se presupuesta de modo tal que quienes hayan entrado en conocimiento de datos íntimos o imágenes no puedan revelarlos ni utilizarlos de manera ilegal, si no es con la autorización expresa de las personas designadas.

III. Argumentos que la sustentan (exposición de motivos)

a) Antecedentes nacionales e internacionales

A continuación, se integran al contenido de este proyecto algunos instrumentos internacionales firmados y ratificados por nuestro país de acuerdo con los procedimientos legislativos habituales, que incluyen de alguna forma el derecho al respeto a la vida privada o intimidad, al honor e incluso a la imagen propia.

Tal es el caso del artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, que señala con toda claridad  que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación y que toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques.

Por lo que se refiere al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, reitera en su artículo 17 disposiciones análogas a las señaladas en el propio artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Y en su artículo19, se hace referencia a la libertad de expresión; señalando que el ejercicio de ese derecho entraña deberes y responsabilidades especiales por lo que podrá estar sujeto a ciertas restricciones fijadas por la ley y que sean necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, así como para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o moral públicas.

Otro instrumento internacional importante en el tema de los derechos que nos ocupan, es la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, misma que para el caso de su artículo 16, menciona que ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o a su reputación; y que el niño tiene derecho también a la protección de la ley contra esas injerencias y ataques.

Y finalmente se puede citar lo que señala la propia Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, que en su artículo 11, menciona que toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad y que por tanto no deberá ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, familia, domicilio, correspondencia, ni deberá sufrir ataques ilegales a su honra o reputación; también, establece el derecho de la persona a ser protegida por la ley contra esas injerencias o ataques.

De manera paralela, cuenta con otra disposición, como lo es el artículo 13, donde se hace alusión, a la libertad de pensamiento y expresión determinando que no deberá existir previa censura, pero que el ejercicio de esos derechos estará sujeto a responsabilidades ulteriores, mismas que deberán estar expresamente fijadas por la ley y que deberán tender a asegurar entre otras cuestiones, el respeto a los derechos o a la reputación de los demás.

Para el caso mexicano, es preciso traer a colación que los derechos humanos,son el conjunto de derechos fundamentales de los ciudadanos mexicanos, establecidos en una serie de normas internas, en donde por supuesto sobresale nuestra Carta Magna que en sus artículos 6, 7, 16 y 28 cuentan con algunas referencias que pudieran relacionarse con estos derechos; siendo de público conocimiento que desde el año 2011, se llevó a cabo una gran Reforma en Materia de Derechos Humanos, donde se declaró que tienen rango constitucional los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales de los que México forme parte.

Por lo que respecta a la legislación estatal, es menester comentar que ha cobrado relevancia el estudio a los derechos de la personalidad; aunque cada ordenamiento aborda el tema desde diversas modalidades. Así es, como algunos estados normaron estos derechos en un apartado especial. En cambio, otros no los definen ni clasifican claramente y solo se puede inferir su significado de la definición del daño moral en el contexto de cada código.

Este hecho se relaciona con la falta de conocimiento de tales derechos y por lo tanto, es menester concluir que a nivel nacional no están regulados los supuestos necesarios para la protección de los derechos que nos ocupan.  Esto puede ocasionar que al concluir la vida de alguna persona, puedan ser francamente vulnerados los derechos colaterales de los parientes más próximos y cercanos al mismo.

Bajo dicha circunstancia, resultará de utilidad la aportación que este proyecto y otros análogos realicen, en beneficio de que en nuestro país exista un avance real respecto del principio universal de respeto a los que han fallecido; basados por supuesto en los principios de moral, decencia y discreción; coincidiendo la proponente con los investigadores y académicos nacionales, en el sentido de la necesidad de proteger el recuerdo, la imagen y la memoria de aquellos que ya no están.

Por lo que hace al Código Civil Federal, el cual rige en toda la República Mexicana en asuntos del orden federal; puede referirse que no se encuentran regulados de manera precisa los derechos de la personalidad. Aunque se deducen de los derechos de la personalidad mediante el análisis de la definición del daño moral.

b) Origen conceptual

Para efectos de esta propuesta, es factible comprender los derechos humanos como “aquellos que son inherentes a la persona por razón de su naturaleza como tal, según lo cual todos los hombres son titulares de ellos por igual. En la actualidad, los derechos humanos han ocupado su lugar en el Derecho Internacional, con el ánimo de otorgarles la tutela más eficaz y de crear una conciencia universal de su importancia, de sus límites y de la gravedad que implica su vulneración”.

En el ámbito de las diversas clasificaciones o tipologías que para tal efecto se han presentado, cabe señalar que en algunos casos la desagregación tiene objetivos pedagógicos o cronológicos, estableciendo de esta manera complementaria cuáles derechos pudieran llegar a ser más importantes, sobresaliendo la clasificación que tiene que ver con generaciones, o en temáticas que los afectan, entre otras.

Ya entrando al tema de los derechos de la personalidad, encontramos coincidencia en lo referido por Alberto Pacheco, quien dice que se “corresponden a determinadas cualidades o atributos físicos o morales de la persona humana”, y los considera como facultad “de actuar por parte del sujeto que tiene derecho a que se le reconozcan los instrumentos jurídicos necesarios para poder preservar sus bienes y atributos esenciales, que son el contenido propio de los derechos de la personalidad”.

Para el caso del derecho a la propia imagen,se puede resaltar que se atribuye a su titular la facultad de evitar la difusión incondicionada de su aspecto físico, que constituye el primer elemento configurador de la esfera personal de todo individuo, en cuanto a que es un instrumento básico de identificación y proyección exterior y factor imprescindible para su propio reconocimiento como sujeto individual”.

Por lo que hace a la diferenciación entre derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen, nos referiremos a lo expresado por el Supremo Tribunal Constitucional Español en el numeral 156/2001, en donde señala que “mediante la captación y reproducción gráfica de una determinada persona, se puede vulnerar su derecho a la intimidad sin lesionar el derecho a la propia imagen, lo que sucede en los casos en los que mediante las mismas características se invade la intimidad, pero la persona no resulta identificada a través de sus rasgos físicos”.

En este orden de ideas, continúa la referencia del STC, aseverando que “en segundo lugar, también puede vulnerarse el derecho a la propia imagen, sin conculcar el derecho a la intimidad, supuesto que se producirá cuando las imágenes permitan la identificación de la persona fotografiada, pero no entrañan una intromisión en su intimidad; Y finalmente concluye su diferenciación, al apuntar que puede suceder que una imagen lesione al mismo tiempo ambos derechos, lo que ocurrirá en los casos en los que revele la intimidad personal y familiar y se permita identificar a la persona fotografiada.

Cabe destacar que en los supuestos detallados con anterioridad, la delimitación entre intimidad y propia imagen no está exenta de dificultades, en la medida en que cuando la captación tiene lugar en un sitio íntimo siempre existe una vulneración de la primera, bien de forma exclusiva –si no es posible identificar al titular–, bien en conjunción con la de la segunda.

De manera colateral y siguiendo a los autores De Verda y Beamonte, tenemos que el derecho a la propia imagenes el derecho que cada individuo tiene a que los demás no reproduzcan los caracteres esenciales de su figura sin consentimiento del sujeto; de tal manera que todo acto de captación, reproducción o publicación de la imagen de una persona en momentos de su vida privada o fuera de ellos, supone la vulneración o ataque al derecho fundamental a la imagen.

Por lo que hace al nombre y la voz, atenderemos lo expresado por el autor español Bonilla Sánchez, en la tónica de que igualmente el nombre y la voz, son otros elementos que conforman la imagen protegida de una persona, por lo que también deben estar amparados por el derecho a la propia imagen.

Por lo que respecta a los derechos del fallecido, y los derechos de las personas vivas relacionado con él, resultará de utilidad entender lo que se señala cuando la muerte de la persona hace que pierda su esencia corporal, donde hay aspectos y cuestiones que por su naturaleza inmaterial perduran.

Como consecuencia de lo anterior, resulta interesante la distinción que hace la autora Rovira Sueiro desde el punto de vista doctrinal, entre los derechos del fallecido y los derechos de la familia o personas vivas relacionadas con él, porque confluyen espacios o zonas comunes entre el patrimonio moral del difunto y los propios intereses morales de los familiares.

c) Resumen de los objetivos de la propuesta

1. Evitar sufrimiento añadido e innecesario de los familiares salvaguardando el ámbito de la intimidad personal, nombre e imagen del fallecido.Un evento tan doloroso como la pérdida de su ser querido, se constituye en sí misma como una de las etapas más difíciles en la vida de cualquier persona; por lo que uno de los objetivos más importantes que se pretenden lograr con esta iniciativa, es que esa circunstancia de tan grande dificultad, pueda ser enfrentada por los familiares sin que exista el riesgo de que terceros puedan aprovechar la oportunidad para que sin su consentimiento, pueda ser afectada negativamente la memoria de su familiar, realizando acciones con fines peyorativos, publicitarios, comerciales o cualquier otro de naturaleza análoga, mediante la obtención, reproducción o publicación de fotografías, filmes, grabaciones o cualquier otro procedimiento.

Al respecto se está introduciendo a la norma, la modificación necesaria para que en caso de que sea preciso la realización de una exhumación o cremación, se autorizase en los términos actuales, pero se adiciona el requisito de que la autoridad responsable de llevar a cabo dicha actividad se asegure de evitar el sufrimiento añadido e innecesario de los familiares salvaguardando el ámbito de la intimidad personal, nombre e imagen del fallecido.

2. Se detalla que debe observarse en mayor cuidado en la participación de los testigos en la firma del acta de fallecimiento. Para el caso de levantamiento del acta de fallecimiento se conserva el supuesto de que se asentarán los datos que el juez del Registro Civil requiera o la declaración que se le haga y que será firmada por dos testigos, prefiriéndose para el caso, los parientes si los hay, o los vecinos, pero se agrega la salvedad de que debe observarse un mayor cuidado, en el sentido de preservar siempre el derecho a la intimidad, el nombre e imagen del sujeto de referencia.

3. Se propone una nueva obligación para las personas que habiten el lugar en donde ocurra el fallecimiento. En este supuesto, serán los directores o administradores de los establecimientos de reclusión, hospitales, colegios o cualquiera otra casa de comunidad, los huéspedes de los hoteles, mesones o las casas de vecindad, etc. los que aparte de  dar aviso al Juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes del fallecimiento, realicen también las acciones necesarias para que pueda ser salvaguardado el ámbito de la intimidad personal, nombre e imagen del fallecido, con la intencionalidad de que no se afecte su honra y memoria.

4. Se actualizan las multas para el caso de incumplimiento del supuesto anterior. Esto tiene que ver con que la sanción y con un mayor número de actividades, donde no sólo se integran responsabilidades para las personas que no den los avisos necesarios y salvaguarden la integridad del fallecido, sino para todas aquellas que vulneren la condición de honor, intimidad e imagen del mismo.

En este sentido dichas multas se elevan para que de acuerdo con la importancia de la falta se aplique la cantidad de mil a cincuenta mil pesos.

4. Se incrementan las acciones que puede realizar un tercero para apoyar a un testador.

De esta forma sobresale que aparte de la elección de los actos de beneficencia o de los establecimientos públicos o privados a los cuales deban aplicarse los bienes que legue con ese objeto, así como la distribución de las cantidades que a cada uno correspondan, también pueden ser portadores de que se cumplan las acciones para que después de la cesación de su existencia, se siga protegiendo su honor, su intimidad, su nombre y su imagen para que nadie afecte negativamente su memoria.

5. También se adiciona una posibilidad de solución en el caso de que no exista designación o que hubiere también fallecido el tercero designado. De esta forma será menester que queden ampliamente legitimados para recabar la protección, el cónyuge, los descendientes, los ascendientes o hermanos de la persona afectada. Esto es así, porque es la familia la que de manera natural, buscará mantener intacto el honor que hubiera ganado en vida la persona que trasciende, así como de manera natural tendrá un gran interés en proteger su imagen.

6. Se integra un supuesto para que un tercero pueda intervenir en el testamento de personas famosas, artistas o figuras públicas. Esta propuesta tiene que ver con que no siempre estamos ante solo la defensa de la imagen, el nombre y la intimidad, si no que muchas de las veces dicha defensa trasciende hasta llegar a un tipo de contenidos donde ya se integran otros factores como lo es el estrictamente patrimonial que tiene que ver con el uso libre, comercial o publicitario de los factores de referencia.

7. Se agrega la opción de que en caso de que no puedan participar los terceros designados o los familiares apoyando en la salvaguarda de los derechos de intimidad, nombre e imagen, pueda ser la propia autoridad competente, la que actúe de oficio a instancia de persona interesada.

Con esto se pretende generar una solución alternativa para aquellos casos de personas muy aisladas o que no cuentan con familiares que estén en posibilidades de participar generando dicho apoyo, los funcionarios de referencia puedan fungir dando cumplimiento a la protección de los derechos del testador.

8. Se determina una sanción que obligará a los infractores al pago de una indemnización consistente en un porcentaje de las regalías sobre la cifra de los negocios que se lleven a cabo. Esto se está proponiendo porque algunas instancias que pueden ser de carácter público o del ámbito privado, pueden caer en la tentación de vulnerar los derechos post mortem de determinada persona, si calculan que los beneficios pueden ser más altos que los inconvenientes de llevar a cabo la infracción, entendiendo por regalías a las remuneraciones económicas generadas por el uso o explotación del nombre e imagen del fallecido, entre otros.

IV. Fundamento legal

Lo constituyen los artículos 71, fracción II, y 72, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, mismos que quedaron precisados desde el inicio de este documento.

V. Denominación del proyecto de ley o decreto

También fue precisado al inicio de este documento y lo es iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Código Civil Federal.

VI. Ordenamientos a modificar

Como lo indica el título referido, es el Código Civil Federal, de acuerdo al siguiente:

VII. Texto normativo propuesto

En mérito de lo anterior, someto a consideración de ese honorable pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Artículo Único

a) Se reforma,el artículo 117 en su primer párrafo, el artículo 118 en su primer párrafo, el artículo 120 en su primer párrafo, y el artículo 1299 en su primer párrafo; todos ellos del Código Civil Federal.

b) Se adicionael artículo 117 con un segundo párrafo, el artículo 118 con un primer párrafo, el artículo 120 con un primer y segundo numerales, y el artículo 1299 con un primer, segundo y tercer numerales; todos ellos del Código Civil Federal, para quedar como sigue:

Artículo 117. Ninguna inhumación o cremación se hará sin autorización escrita dada por el juez del Registro Civil, quien se asegurará suficientemente del fallecimiento, con certificado expedido por médico legalmente autorizado.

No se procederá a la inhumación o cremación sino hasta después de que transcurran veinticuatro horas del fallecimiento, excepto en los casos en que se ordene otra cosa por la autoridad que corresponda.

En tal circunstancia se procurará evitar el sufrimiento añadido e innecesario de los familiares salvaguardando el ámbito de la intimidad personal, nombre e imagen del fallecido.

Artículo 118. En el acta de fallecimiento se asentarán los datos que el juez del Registro Civil requiera o la declaración que se le haga, y será firmada por dos testigos, prefiriéndose para el caso, los parientes si los hay, o los vecinos; preservando siempre el derecho a la intimidad, el nombre e imagen del fallecido.

Artículo 120. Los que habiten la casa en que ocurra el fallecimiento; los directores o administradores de los establecimientos de reclusión, hospitales, colegios o cualquiera otra casa de comunidad, los huéspedes de los hoteles, mesones o las casas de vecindad tienen obligación de:

I. Dar aviso al juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes del fallecimiento.

II. Realizar acciones para salvaguardar el ámbito de la intimidad personal, nombre e imagen del fallecido, para que no se afecte negativamente su memoria con fines peyorativos, publicitarios, comerciales o cualquier otro de naturaleza análoga, mediante la obtención, reproducción o publicación de fotografías, filmes, grabaciones o cualquier otro método; sin consentimiento del cónyuge, los descendientes, ascendientes o hermanos.

En caso de incumplimiento, se sancionarán con una multa de mil a cincuenta mil pesos.

Artículo 1299. El testador puede designar a un tercero que realice:

I. La elección de los actos de beneficencia o de los establecimientos públicos o privados a los cuales deban aplicarse los bienes que legue con ese objeto, así como la distribución de las cantidades que a cada uno correspondan.

II. Las acciones de protección civil de su honor, intimidad e imagen para que no afecten negativamente su memoria, aún post mortem.

No existiendo designación o habiendo fallecido el tercero designado, quedarán ampliamente legitimados para recabar la protección, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y hermanos de la persona afectada.

III. Para el caso de personas famosas, artistas o figuras públicas, la defensa del contenido estrictamente patrimonial de los derechos de imagen, como el nombre y figura, para su uso libre, comercial o publicitario.

A falta de todos ellos, el ejercicio de las acciones de protección corresponderá a la autoridad competente, que podrá actuar de oficio o a instancia de persona interesada.

En caso de incumplimiento, se obligará a los infractores al pago de una indemnización consistente en un porcentaje de las regalías sobre la cifra de los negocios que se lleven a cabo y que se obtengan por los fines de lucro directo, como consecuencia inmediata del uso, explotación o utilización del nombre e imagen del fallecido.

VIII. Artículo transitorios

Sobre el particular, se propone el siguiente:

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

IX, X y XI. Lugar, fecha y nombre y rúbrica del iniciador

Notas

1 De Dienheim Barriguete, Cuauhtémoc, El derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, Revista Jurídica IUS, Universidad Latina de América, México, s/a. Consultable en

http://www.unla.mx/iusunla3/reflexion/derecho%20a%20la%20intimidad.htm, artículo revisado el 29 de Enero del 2019.

2 Concepto de “intimidad” de la Real Academia Española RAE, Diccionario de la lengua Española, Edición del Tricentenario, Asociación de Academias de la Lengua Española, 2018, Cfr.

http://dle.rae.es/?id=JvZKMX3, revisado el 28 de enero .»del 2019.

3 Mendoza Martínez, Lucía Alejandra, La acción civil del daño moral, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 2014.

4 Ídem.

5 Bonilla, Juan José, Personas y derechos de la personalidad, Editorial Reus, S.A., Madrid, España, 2010.

6 De Llano Merlini Olga, Consideraciones sobre la configuración del derecho a la propia imagen en el ordenamiento español, Universidad Complutense de Madrid, España, s/a.

7 Ídem.

8 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2019.— Diputada Martha Estela Romo Cuéllar(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

«Iniciativa que reforma los artículos 7 Bis, 10 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como los artículos 3, numeral 1, fracción IX; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, nos permitimos presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7 Bis, párrafo segundo, 10, párrafo segundo y 24 fracciones I, XX, XX Bis, XXII y XXIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Para tal efecto, procedemos a dar cumplimiento a los elementos indicados en el numeral 78 del citado ordenamiento reglamentario.

I. Encabezado o título de la propuesta

Ha quedado precisado en el primer párrafo de este documento.

II. Planteamiento del problema que la iniciativa pretende resolver

La presente iniciativa tiene como propósito resolver la problemática que resienten las mujeres con los denominados “impuestos rosas”, que es el sobre costo que tienen que pagar las mujeres para adquirir la versión femenina (mujeres y niñas) de ciertos productos.

Empero, a diferencia de otras manifestaciones de desigualdad, tratándose de aquella que afecta el gasto, no hay ninguna institución o norma de atención o protección en caso de discriminación por género.

En ese sentido, se propone avanzar hacia lo que han hecho otro países en el sentido de penalizar a las empresas que cobran injustificadamente más a las mujeres y que la hacerlo, incurren en una política de discriminación de precios por género.

Para tal efecto, se propone conferir facultades expresas al único órgano encargado de asuntos relacionados con los consumidores que es la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuyo margen de acción en este sentido aún es limitado.

III. Argumentos que la sustenten (exposición de motivos)

Desde hace algunos años, en países desarrollados se estudió el fenómeno “ Pink Tax” o “Impuesto Rosa”, que es el sobrecosto que tienen que pagar las mujeres para adquirir la versión femenina (mujeres y niñas) de ciertos productos.

Estos productos son iguales a los que van dirigidos a varones, pero con algún agregado como el color, etiquetas o ilustraciones que indican que son productos para las mujeres y niñas; dichos elementos diferenciadores –de carácter accesorio y no sustancial– son los que encarecen los productos.

Un estudio realizado por el Departamento de Asuntos del Consumidor en Nueva York en 2015, mostró variaciones de precios entre los productos para mujeres de los que son para hombres; estos sobreprecios oscilaron entre 4 por ciento en ropa infantil, 7 por ciento en juguetes, 8 por ciento en ropa de adultos y 13 por ciento en elementos de cuidado personal, entre otros.

Como por ejemplo en los productos del cuidado del cabello, se encontró que para mujeres cuestan en promedio 48 por ciento más que los mismos productos para hombres.

Las rasuradoras para mujer son 11 por ciento más caras que las de los hombres. Los pantalones vaqueros cuestan 10 por ciento más. Incluso los juguetes comercializados para niña son 11 por ciento más caros en comparación con los de los niños.

El informe del Departamento de Asuntos del Consumidor de Nueva York, comparó alrededor de 800 productos (versiones femeninas y masculinas) de más de 90 marcas vendidas en Nueva York, en línea y en tiendas. Encontró que las mujeres pagan más en 42 por ciento de los casos.

“Los hallazgos de este estudio sugieren que las mujeres están pagando miles de dólares más a lo largo de sus vidas por adquirir productos similares a los de los hombres”, dice el estudio.

La versión “femenina” de diferentes productos suele distinguirse por el empleo del color rosa, sin embargo, existen otros factores que los hacen sobresalir de aquellos que son “para hombres” o bien, unisex, entre los que destaca el precio, el cual suele ser más alto.

De acuerdo con el Departamento de Asuntos sobre el Consumo de Estados Unidos, un mismo producto cuesta en promedio 7 por ciento más cuando está empaquetado bajo el título “para mujeres”, en comparación con aquellos que son para ambos sexos o para hombre. Hay que destacar que esto ya había sido señalado con anterioridad por la organización feminista francesa Georgette Sand.

La organización francesa señala que en dicho país la mujer paga 0.8 centavos más que los hombres por cinco afeitadoras, pues, en el caso de ellos, éste mismo suele traer cinco afeitadoras adicionales. Este suceso suele conocerse como “impuesto rosa”.

Cabe mencionar que regiones como Florida, encontraron el mismo fenómeno, ahora en productos de cuidado personal como rastrillos, jabones y desodorantes. Un factor que vale la pena mencionar es que el “impuesto rosa” no tiene alguna relación con el efecto oferta-demanda, pues el caso más claro se indica justo en los rastrillos.

En Londres, la cadena farmacéutica británica Boots, se vio obligada a bajar los precios de algunos artículos después de una campaña en línea que le hacía un llamado para detener la injusta fijación de precios. La petición demostró que la misma crema de la marca Boots cuesta 9.99 libras (14.50 dólares) para las mujeres y 7.29 libras (10.60 dólares) para los hombres. Las rasuradoras en cuestión tenían un precio de 2.29 libras (3.30 dólares) por un paquete de ocho rasuradoras para mujeres y de 1.49 libras (2.20 dólares) por un paquete de 10 rasuradoras para hombres.

Boots, que opera más de 2 mil 500 tiendas en todo el Reino Unido, dijo que las diferencias de precios eran una “excepción”. “Nunca hemos aplicado un sistema de precios que discrimina a las mujeres por lo que nos quedamos sorprendidos y decepcionados”, dijo la compañía en un comunicado.

Las protestas están cobrando impulso. La fijación de precios basada en el género se debatió en el Parlamento británico y una congresista se refirió a la práctica como una “explotación”.

“A las mujeres les pagan menos y esperan que gasten más en productos y servicios... les cobran más simplemente por ser mujeres”, dijo Paula Sherriff, del Partido Obrero, durante el debate. Ella citó la investigación que Development Economics llevó a cabo en el 2012, la cual encontró que las mujeres pagan un promedio de 200 libras (291 dólares) más al año por bienes de consumo que son comercializados como productos de índole más femenino.

Otro estudio realizado en Buenos Aires encontró que los productos para mujeres muestran precios más caros. A modo de ejemplo: mochilas escolares para nenes 549 pesos, para nenas 679 pesos; chupetes celestes, 219 pesos, chupetes rosas, 235 pesos; colonias infantiles para varones 95.31 pesos, para nenas 113,45 pesos. El estudio puso de relieve una diferencia de precios escandalosa.

Por consiguiente, las versiones femeninas de productos de cuidado personal, calzado y de juguetes cuestan en promedio 7 por ciento más que las versiones masculinas.

Lo anterior adquiere mayor relevancia si se considera que en las mujeres recaen –en su gran mayoría– las decisiones sobre qué comprar para los miembros de la familia, incluyendo la ropa o accesorios de los varones de la familia. Conforme a estudios del Banco Mundial 70 por ciento de las compras en el mundo son decididas por mujeres.

Según la revista Harvard Business Review, las mujeres toman las decisiones en 94 por ciento de las compras de muebles, 91 por ciento de las viviendas, 60 por ciento de los automóviles y 51 por ciento en electrónica. Esto las convierte en un “objetivo central” del marketing en todo el mundo. Así fue como surgió la costumbre de elaborar productos especiales para mujeres.

El “Impuesto Rosa” entendido como el sobreprecio que pagan las mujeres por productos destinados al mercado femenino –cuando estos tienen un similar para hombres– es una forma de discriminación por género que además, incrementa la llamada “brecha salarial” existente entre hombres y mujeres,ya que es una realidad que aunque desempeñen un mismo puesto y realicen las mismas tareas o trabajos, una mujer percibirá un salario menor al que ganará un hombre, pese a que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra expresamente la igualdad de hombre y mujer ante la ley, y del mismo modo, el artículo 1o. prohíbe la discriminación por cuestión de género.

De acuerdo al último estudio disponible de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en 2017 esta diferencia salarial era de 16.49 por ciento.

En ese tenor, el “impuesto rosa” es un fenómeno que se erige en otra forma de discriminación de género; circunstancia grave si se considera que en el mundo las mujeres no sólo ganan menos que los hombres por el mismo trabajo, sino que además, son las que dedican más tiempo a las actividades domésticas y de cuidados no remunerados como el cuidado de los niños pequeños, los enfermos, las personas discapacitadas y los ancianos; y más aún, deben pagar más por productos sustancialmente iguales a los de los varones.

Entonces, quienes menos ganan son castigadas con productos especialmente “preparados” para ellas pero que son más caros.

Generalmente, los estudios sobre la desigualdad de género tienden a enfocarse en la representatividad en espacios políticos, así como en el porcentaje de ocupación de puestos de dirección gerencial en empresas por parte de mujeres, pero no se ocupan de la discriminación en los ingresos y en el gasto; una especie de discriminación que sufren las mujeres al pagar el sobreprecio de artículos femeninos.

Dicho sobreprecio no es menor, pues llega a ser –en algunos casos– de hasta de tres veces el valor en productos femeninos respecto a su equivalente masculino. Los fabricantes esgrimen como justificación que existen factores que hacen que los productos femeninos sean más caros, a saber: “se gastan más recursos en el empaque, diseño del producto y la parte publicitaria para hacerlos atractivos”; circunstancia por demás falsa y errónea, pues de una mera revisión de esa clase de productos, se observa que son sustancialmente iguales, de ahí que no se justifica el sobreprecio.

En el mercado mexicano, los productos “rosas” suelen ser más caros, de acuerdo con un recorrido a supermercados realizado por Forbes México. De cinco productos tomados al azar en la categoría de higiene y cuidado personal de diferentes marcas (en su equivalente para hombres y mujeres), se pudo constatar que un tratamiento para el crecimiento del cabello para dama es hasta 264 por ciento más caro que uno para caballero (más del triple).

De igual manera, una máquina para afeitar (rastrillo) de la marca Gillete, de dos piezas para mujer es 52.50 por ciento más caro que un Gillete Prestobarba de hombre.

Estos sobreprecios quedan de manifiesto en un ejercicio comparativo de productos sustancialmente iguales que cuestan más a las mujeres, como se expone enseguida:

Un perfume de la misma marca cuesta 29 por ciento más si es para dama (mil 400 pesos contra mil 800 pesos), el mismo modelo de lentes solares está 23 por ciento más caro en la versión femenina (2 mil 180 pesos contra 2 mil 680 pesos). En cuanto a la ropa de adulto, también son más caros para las mujeres. Un saco y un traje de baño del mismo material, misma marca y de acabados similares son aproximadamente 30 por ciento más caros en la versión femenina.

Tal como lo pusieron de manifiesto los estudios llevados a cabo en Nueva York y Buenos Aires, esta situación discriminatoria inicia desde la infancia, con la diferencias de precios en juguetes dirigidos a niños y niñas.

Habiendo consultado precios actuales de tiendas departamentales en México, se encontró lo siguiente:

Como podemos observar, existen disparidades en precios evidentes lo que denota la gravedad de la situación que padecen las mujeres: la misma bicicleta en color rosa es sensiblemente más cara que la azul, al igual que un disfraz.

Un mameluco para bebé del mismo material y talla es también más caro si tiene color rosa o una flor de estampado que aquel destino a los niños (180 pesos contra 250 pesos). El conjunto de bautizo para niña cuesta 76 por ciento más que el de niño (mil 280 pesos contra 2 mil 250 pesos); y un juego de Lego con el mismo número de piezas es 79 por ciento más caro si es de princesas (560 pesos contra mil pesos).

Empero, a diferencia de otras manifestaciones de desigualdad, tratándose de aquella que afecta el gasto, no hay ninguna institución o norma de atención o protección en caso de discriminación por género. En México el único órgano encargado de asuntos relacionados con los consumidores es la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuyo margen de acción en este sentido aún es limitado.

Se impone avanzar hacia lo que han hecho otro países en el sentido de penalizar a las empresas que cobran injustificadamente más a las mujeres y que la hacerlo, incurren en una política de discriminación de precios por género.

Si consideramos la discriminación por doble vía que sufren las mujeres, es decir, por menor ingreso y por mayor gasto, en relación a los hombres, quedan de manifiesto dos situaciones, por un lado, el fomento a los estereotipos de género, y por el otro, la profundización en la brecha de poder de compra en detrimento de las mujeres.

Esta situación se traduce a su vez en una menor capacidad de ahorro, a una mayor precariedad económica de las mujeres, especialmente para aquellas que son jefas de familia, y en suma, a mantener la desigualdad económica por cuestión de género.

Ante esta problemática, es urgente la actuación de la Profeco para hacer visible este fenómeno entre la población, de forma que conozca y tome conciencia de esta situación, y de la misma forma, emprenda las acciones necesarias para erradicar estas prácticas de abusopor parte de los proveedores de bienes y servicios en perjuicio de un sector de consumidores, en este caso, el sector femenino.

Sobre el particular, se toma en consideración que el artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, dispone con claridad que es un ordenamiento de orden público e interés social y de observancia en toda la República; y que su objeto es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Asimismo, en su artículo 7 Bis establece que los proveedores están obligados a exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor; dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito; empero, de ninguna forma autoriza -y tampoco prohíbe expresamente- la práctica de considerar un monto adicional o sobre precio por razón de género, lo que evidencia que esta diferenciación en precios es injustificada, arbitraria e ilegal.

Por ello, la Profeco está obligada en términos del artículo 8 Bis de la misma ley; a cumplir con sus responsabilidades e investigar esta práctica ilegal, así como difundir la información cierta que permita fomentar una cultura de consumo responsable e inteligente, consciente, informado, crítico, saludable, sustentable, solidario y activo, a fin de que los consumidores estén en la posibilidad de realizar una buena toma de decisiones.

Asimismo, al confirmar que los proveedores incurren en este tipo de prácticas indebidas e ilegal, deberá sancionarlos ejemplarmente en términos de la propia ley, independientemente de obligarlos a la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Cabe apuntar que existe prohibición expresa en el artículo 10 de la ley, en el sentido de que los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios.

Asimismo, se considera que la Profeco debe actuar de manera inmediata para implementar una política de protección al público femenino consumidor, adoptando medidas que erradiquen este tipo de prácticas; empero, para tal efecto, las atribuciones que le otorga el artículo 24 no son expresas ni explícitas en lo tocante a su responsabilidad de investigar y sancionar la discriminación de precios por cuestión de género.

Por consiguiente, dado que la Ley no es explícita en lo que se refiere a esa facultad y responsabilidad del único instituto creado para la protección de los consumidores, se estima indispensable y se proponereformar los artículos 7 Bis, 10 y 24 fracciones I, XX, XX Bis, XXII y XXIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el objeto de explicitar tales facultades.

IV. Fundamento legal

Lo constituyen el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como los artículos 3, numeral 1, fracción IX; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, mismos que quedaron precisados desde el inicio de este documento.

V. Denominación del proyecto de ley o decreto

También fue precisado al inicio de este documento y lo es “proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 7 Bis, párrafo segundo, 10, párrafo segundo y 24 fracciones I, XX, XX Bis, XXII y XXIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor”.

VI. Ordenamientos a modificar

Como lo indica el título referido, lo es la Ley Federal de Protección al Consumidor.

VII. Texto normativo propuesto

En mérito de lo anterior, someto a consideración de ese honorable pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 7 Bis, párrafo segundo, 10, párrafo segundo y 24 fracciones I, XX, XX Bis, XXII y XXIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo Único. Se reformanlos artículos 7 Bis, párrafo segundo; 10, párrafo segundo y 24 fracciones I, XX, XX Bis, XXII y XXIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 7 Bis. ...

Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito. Cualquier cargo deberá tener una determinación objetiva y justificada. Será sancionado en términos de esta Ley, el proveedor que incluya o considere una cantidad adicional o sobre precio por razón de género.

Artículo 10. ...

Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni precios, cláusulas o condiciones abusivas, discriminatorias o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor, ni podrán aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no se deriven del contrato correspondiente.

Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

I. Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las medidas necesarias para propiciar la equidad, no discriminación y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores;

II. a XIX. ...

XX. Requerir a los proveedores o a las autoridades competentes a que tomen medidas adecuadas para combatir, detener, modificar o evitar todo género de prácticas discriminatorias o que lesionen los intereses de los consumidores, y cuando lo considere pertinente publicar dicho requerimiento;

XX Bis. En el caso de que en ejercicio de sus atribuciones identifique aumentos de precios, sobreprecios, restricciones en la cantidad ofrecida o divisiones de mercados de bienes o servicios derivados de posibles prácticas monopólicas en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica, la Procuraduría, en representación de los consumidores, podrá presentar ante la Comisión Federal de Competencia Económica la denuncia que corresponda;

XXI. ...

XXII.Coadyuvar con las autoridades competentes para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres e indígenas;

XXIII.Publicar, a través de cualquier medio, los productos y servicios que con motivo de sus verificaciones y los demás procedimientos previstos por la Ley sean detectados como riesgosos o en incumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables; emitir alertas dirigidas a los consumidores y dar a conocer las de otras autoridades o agencias sobre productos o prácticas en el abastecimiento de bienes, productos o servicios, defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud o la seguridad del consumidor; ordenar y difundir llamados a revisión dirigidos a proveedores y dar a conocer los de otras autoridades sobre productos o prácticas en el abastecimiento de bienes, productos o servicios, defectuosos, dañinos o que pongan en riesgo la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor o de cualquier forma puedan constituir una práctica discriminatoria;

XXIV a XXVII. ...

VIII. Artículo transitorios

Sobre el particular, se propone el siguiente:

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

IX, X y XI. Lugar, fecha y nombre y rúbrica del iniciador

Notas

1 Bianco, Mabel, Impuesto rosa: un castigo económico inmerecido, Clarín, Sección Tribuna, 10 de abril de 2018,

https://www.clarin.com/politica/impuesto-rosa-castigo-economico- inmerecido_0_SybM52tjG.html

2 https://cnnespanol.cnn.com/2016/02/04/el-impuesto-rosa-enoja-a-mujeres- desde-nueva-york-hasta-londres/

3 https://www.merca20.com/impuesto-rosa-la-relacion-mercadotecnia/

4 https://cnnespanol.cnn.com/2016/02/04/el-impuesto-rosa-enoja-a-mujeres- desde-nueva-york-hasta-londres/

5 Bianco, Mabel, Impuesto rosa: un castigo económico inmerecido, Clarín, Sección Tribuna, 10 de abril de 2018,

https://www.clarin.com/politica/impuesto-rosa-castigo-economico- inmerecido_0_SybM52tjG.html

6 Ídem.

7 Aradhna Krishna, Pink Tax: Gender and Other Price Discrimination Factors, Harvard Business Review, 25 de julio de 2016, consultable en

https://hbr.org/product/pink-tax-gender-and-other-price- discrimination-factors/W04C92-PDF-ENG

8 OCDE (2018), Gender wage gap (indicator). doi: 10.1787/7cee77aa-en (Accessed on 08 October 2018).

9 https://www.forbes.com.mx/impuesto-rosa-cuando-las-mujeres-pagan-mas- que-los-hombres-por-lo-mismo/ (Consultado el 6 de octubre de 2018)

10 OCDE (2018), Gender wage gap (indicator). doi: 10.1787/7cee77aa-en (Accessed on 08 October 2018).

11 https://www.forbes.com.mx/impuesto-rosa-cuando-las-mujeres-pagan- mas-que-los-hombres-por-lo-mismo/

12 Impuestos rosas, la desigualdad de precios por género, IDC On line, 3 de octubre de 2018,

https://idconline.mx/corporativo/2018/10/03/impuestos-rosas-la- desigualdad-de-precios-por-genero

13 Fuente: elaboración propia a partir de precios publicados en portales de compra en línea.

14 Impuestos rosas, la desigualdad de precios por género, IDC On line, 3 de octubre de 2018,

https://idconline.mx/corporativo/2018/10/03/impuestos-rosas-la- desigualdad-de-precios-por-genero

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2019.— Diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY GENERAL DE TURISMO

«Iniciativa que adiciona el artículo 10 de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Martha Angélica Zamudio Macías, diputada integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV Bis del artículo 10 de la Ley General de Turismo, con base en lo siguiente:

Exposición de Motivos

La sustentabilidad debe conformarse en una meta inamovible al interior de todas nuestras actividades. El cambio climático es, quizá, el mayor reto que enfrentará nuestra sociedad en el futuro próximo y lejano. El incremento de la temperatura terrestre y la acidificación de nuestros cuerpos de agua son consecuencias directas del actuar humano, de nuestra forma de vivir y trabajar. De igual forma, podemos encontrar vínculos certeros entre nuestras acciones y el incremento de fenómenos como son las tormentas tropicales, los incendios forestales, las sequías prolongadas o las inundaciones. Todos estos cambios son, para fines prácticos, irreversibles; al menos en el corto plazo. Detener los constantes incrementos en su intensidad, por lo tanto, debería ser tarea prioritaria para todo gobierno que busque tener éxito en esta nueva realidad.

Del gran repertorio de políticas que un gobierno puede ejecutar con el fin de impulsar la sustentabilidad, pocas tienen un impacto tan profundo y duradero como aquellas que buscan la transformación de las actividades productivas.

Impulsar la sustentabilidad al interior de las actividades que más impacto generan sobre el medio ambiente no solo permite disminuir las consecuencias negativas de sus operaciones sino fomentar un cambio transversal en cómo se llevan a cabo.

Dentro de esta lógica, pocas industrias han adoptado la sustentabilidad como bandera del progreso y desarrollo como lo ha hecho el sector turismo. El turismo es, hoy en día, uno de los sectores con más razones para observar el futuro con preocupación. Los efectos del cambio climático ya pueden ser vistos en cientos de destinos alrededor del país, particularmente en playas y zonas costeras, donde la frecuencia de tormentas ha aumentado a la par de las temperaturas, situación que pone en riesgo su propia viabilidad.

A raíz de esta situación, el turismo ha desarrollado un importante polo de desarrollo alrededor de la idea de la sustentabilidad, promoviendo destinos que enseñan al viajero el valor de la naturaleza y manejan sus propios recursos de manera sostenible. De acuerdo con la Organización Mundial del Turismo, el turismo sustentable es “aquel que toma en consideración su presente y futuro impacto económico, social y ambiental; atendiendo las necesidades de los visitantes, la industria, el medio ambiente y las comunidades receptoras”.

Para que un destino o atractivo turístico sea considerado tal, la propia OMT ofrece algunas características esenciales:

-Hacer uso óptimo de los recursos ambientales que constituyen un elemento clave en el desarrollo turístico, manteniendo todos los procesos ecológicos esenciales y ayudando a preservar el patrimonio natural y la biodiversidad.

-Respetar la autenticidad sociocultural de las comunidades receptoras, conservando su patrimonio cultural físico e intangible y valores tradicionales, y contribuyendo al entendimiento intercultural y la tolerancia.

-Asegurar operaciones económicas viables y de largo plazo, proveyendo beneficios socioeconómicos a todos los miembros de la comunidad en forma justa, incluyendo empleos estables, oportunidades laborales y servicios sociales para las comunidades receptoras, contribuyendo a la erradicación de la pobreza.

De acuerdo con los postulados anteriores, la sustentabilidad posee un eje ambiental muy importante, mas este no es su único determinante. El turismo debe observar los intereses de las comunidades receptoras, impulsando su desarrollo y ayudándolas a preservar sus tradiciones y cultura. Bajo este planteamiento, la sustentabilidad, al menos en tanto a turismo se refiere, debe de ser abordada desde múltiples puntos de partida. Reconocer este enfoque multifactorial es esencial si se busca desplegar una estrategia de política pública de largo alcance.

Reconociendo la importancia de la sustentabilidad en el sector turístico, es necesario, adicionalmente, destacar la dinámica local que le caracteriza en nuestro país.

Los principales destinos turísticos de México cuentan con sinergias productivas altamente focalizadas, concentrándose tan solo en uno o dos municipios. Estos destinos proveen una plétora de servicios en un espacio con dimensiones geográficas altamente contenidas. Tal es el caso de la mayor parte de los destinos de sol y playa del país, por ejemplo, incluyendo a aquellos que presentan las mayores tasas de ocupación, como lo son Cancún, Acapulco, Ixtapa-Zihuatanejo, Los Cabos, Puerto Vallarta o Mazatlán.

La situación de los destinos al interior del territorio es muy similar. Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey y Tijuana, por ejemplo, tampoco presentan altos índices de movilidad a su exterior, pudiendo ofertar servicios turísticos plenamente desarrollados sin necesidad de buscar complementarse con otros destinos.

Los anteriores ejemplos buscan destacar cómo los destinos mexicanos se han configurado en un plano esencialmente local, en donde los servicios al turista son ofertados al interior de un solo municipio o un reducido número de ellos. Algunas excepciones perduran, por supuesto, como lo son los proyectos de la Riviera Maya o la Riviera Nayarit, en donde las estrategias de desarrollo se han implementado a una escala regional, con servicios complementarios en un elevado número de destinos. Este tipo de empresas, sin embargo, han sido desarrolladas desde el nivel federal y estatal, permitiendo una concertación de intereses que no es posible identificar en muchas otras regiones del país.

Por lo tanto, es necesario que toda política o estrategia para fomentar la sustentabilidad en el turismo retome las bases locales del mismo, permitiendo que cada destino tenga mayor participación en el diseño e implementación de sus propias propuestas de desarrollo.

Esta visión adquiere particular relevancia si nos referimos a los muchos destinos emergentes del país, como lo son decenas de localidades denominadas Pueblos Mágicos. Estos destinos se caracterizan por tener una oferta turística altamente especializada, concentrándose en un solo tipo de turismo (gastronómico, ecológico, cultural, religioso, etcétera). Todas estas localidades reconocen que la sustentabilidad es un elemento clave para alcanzar un desarrollo sostenible, y un enfoque estratégico desde lo local podría permitirles identificar con mayor facilidad aquellos elementos que les habilitasen para conseguirlo.

El municipio se convierte, desde el enfoque localista, en un agente de transformación fundamental para cualquier destino turístico y, en particular, para aquellos que buscan proteger no solo el medio natural que les rodea, sino también su cultura, tradiciones, lengua o gastronomía.

El municipio es la base organizacional de la República Mexicana. El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que, en lo concerniente a su régimen interior, los estados deben de adoptar “[...] la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre [...].

La Constitución define las características fundamentales del municipio, al tiempo que le otorga facultades específicas que lo diferencian del resto de las instituciones políticas en México. De acuerdo con el propio articulado, el municipio está facultado para “formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal”,  además de poder “participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios.”  Estas facultades son de suma importancia, debido a que en ellas se plasma el papel protagónico que debe de jugar el municipio sobre su propio desarrollo territorial y la administración de sus recursos.

Con el fin de habilitarlo como el principal impulsor económico y social a nivel local, diversas leyes facultan al municipio en la creación de planes de desarrollo con relación a sus respectivas materias. Tal es el caso, por ejemplo, de la Ley General de Turismo, en donde el artículo 10 señala, como atribución del municipio, no solo el diseño e implementación de una política turística municipal,  sino también la capacidad de formular, ejecutar y evaluar un Programa Municipal de Turismo, en donde la administración local puede establecer objetivos, metas e indicadores que le permitan operar una política turística estructurada.

La planificación es una práctica esencial para la correcta administración de los recursos públicos. Sin un plan de por medio, no es posible implementar un paquete de políticas públicas que ofrezca coherencia al interior de la administración y certidumbre para los gobernados. Es por ello por lo que las alcaldías y los municipios en las que se divide el país están encomendados a formular un Plan Municipal de Desarrollo, herramienta que orienta las acciones del gobierno municipal y que ofrece una ruta crítica sobre la cual transitar, con pautas especificas e indicadores que hagan posible su evaluación.

De acuerdo con el más reciente Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales, levantado en 2017 y publicado a inicios del año en curso, mil 967 gobiernos locales habían formulado un Plan Municipal (o Delegacional) de Desarrollo durante el ejercicio de gobierno. Esto significa que el 80.02 por ciento de todos los municipios en México hicieron uso de este instrumento y dieron respeto a la normatividad vigente.

Si bien es cierto que el cumplimiento de este ordenamiento no es cubierto por la totalidad de los municipios en el país, es claro que existe gran interés por la utilización de este tipo de herramientas en apoyo de la gestión municipal.

Concertando las ventajas intrínsecas al desarrollo de un modelo municipal para el turismo nacional y habiendo evidenciado la apremiante necesidad existente por generar alternativas sustentables al interior del sector; la presente iniciativa propone la adición de una nueva fracción al artículo 10 de la Ley General de Turismo, en donde se estipule, como atribución propia del municipio en materia de turismo; la formulación, ejecución y evaluación de un Plan de Desarrollo Turístico Sustentable, en donde no solo se plasme la ruta crítica por donde las autoridades municipales habrán de conducir sus decisiones en materia de turismo sustentable, sino también se definan los activos ecológicos, gastronómicos, culturales y sociales que se procuren proteger.

Habiendo hecho exposición de los motivos que dan sustento a esta propuesta, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IV Bis del artículo 10 de la Ley General de Turismo, con el fin de fomentar la participación del municipio en la creación e implementación de políticas públicas sobre turismo sustentable y de habilitarlo con el marco jurídico adecuado para hacer ello posible.

Considerandos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 4o., que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.” En este sentido, el Estado esta responsabilizado a emprender acciones concretas que le permitan garantizar el pleno goce de este derecho. El desarrollo de herramientas que coadyuven a establecer actividades productivas más sustentables es una medida encaminada a habilitar al Estado para que ello sea posible.

Adicionalmente a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente otorga, en su artículo 8o., las siguientes facultades a los municipios del país: a) “La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal” y b) “La formulación, ejecución y evaluación del programa municipal de protección al ambiente”.

Como precedente relativo al tipo de planes que la presente iniciativa pretende impulsar, los municipios están facultados a crear un Programa Municipal de Protección al Ambiente que procure el ordenamiento de las políticas de protección ambiental que los mismos establezcan. Este tipo de programas pueden ser precursores a los planes que aquí se proponen, otorgando a los municipios información adicional para formular una mejor política de sustentabilidad turística.

Relativo a la protección de los bienes culturales inmateriales de los municipios; la Ley General de Cultura y Derechos Culturales establece, en su artículo 16, que “los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México promoverán, en el ámbito de sus atribuciones, acciones para salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial.” Como se reconoció en la exposición de motivos de la presente iniciativa, la sustentabilidad turística no solo involucra la protección del medio ambiente y de los activos ecológicos, sino también del patrimonio cultural inmaterial de una comunidad turística, como lo son sus tradiciones, su gastronomía o su lenguaje. La iniciativa objeto de las presentes consideraciones busca fomentar precisamente esto, expandiendo el horizonte de lo que se asume es la sustentabilidad en el turismo.

Respecto a la regulación de la actividad turística, la Ley General de Turismo otorga a los municipios diversas responsabilidades complementarias a lo aquí propuesto. El artículo 10, fracción IV, establece que es una atribución del municipio el “formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local”.

Adicionalmente, el mismo artículo expone como atribución municipal el “participar en los programas locales de ordenamiento turístico del territorio” y el “participar en los programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan”.  Todas estas atribuciones, a primera vista independientes, permiten establecer una fundación sólida para el impulso de estrategias de turismo sustentable. La Ley General de Turismo ya que permite al municipio gestionar de manera integral su territorio y sus recursos, mas no establece, hasta el momento, un mecanismo claro para promover la planeación del turismo sustentable.

Teniendo claro que una necesidad por mejores herramientas de planeación existe, la siguiente iniciativa propone dar una solución precisa a esta problemática.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona la fracción IV Bis del artículo 10 de la Ley General de Turismo

Único. Se adiciona una fracción IV Bis al artículo 10 de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:

Artículo 10. Corresponde a los municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:

I. a III. [...]

IV. Formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local;

IV Bis. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Municipal de Turismo Sustentable, en el cual se establecerán los lineamientos de la política de sustentabilidad turística del municipio, así como los mecanismos de protección que se consideren necesarios para preservar el patrimonio natural y cultural de las comunidades receptoras.

V. a XVII. [...]

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Plitt, Laura. ¿Qué es el Antropoceno, la “Edad de los Humanos” que Expertos Aseguran Hemos Entrado? Londres. BBC. 2016. Consultado en:

https://www.bbc.com/mundo/noticias-37220892.

2 Davenport, Coral. Major Climate Report Describes a Strong Risk of Crisis as Early as 2040. Nueva York. The New York Times. 2018. Consultado en:

https://www.nytimes.com/2018/10/07/climate/ipcc-climate-report-2040.html.

3 Organización Mundial del Turismo. Climate Change & Tourism. Madrid. OMT. 2018. Consultado en:

http://sdt.unwto.org/en/content/climate-change-tourism.

4 Editorial. El Cambio Climático Pega a Playas Mexicanas. México. El Sol de México. 2018. Consultado en:

https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/el-cambio-climatico-pega-a- playas-mexicanas-1533922.html.

5 Organización Mundial del Turismo. Sustainable Tourism – Definition. Madrid. OMT. 2018. Consultado en:

http://sdt.unwto.org/content/about-us-5.

6 Ibid.

7 Secretaría de Turismo. 6to Informe de Labores 2017-2018. México. Gobierno de la República. 2018. Pág. 140-141.

8 Ibid. Pág. 140-141.

9 Secretaría de Turismo. Guía de Incorporación y Permanencia – Pueblos Mágicos. México. Gobierno de la República. 2017. Consultado en:

http://www.sectur.gob.mx/wp-content/uploads/2014/10/GUIA-FINAL.pdf.

10 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 115. (Última Reforma: DOF 27-08-2018)

11 Ibid.

12 Ibid.

13 Ley General de Turismo. Artículo 10. Fracción I. (Última Reforma: DOF 17-12-2015)

14 LGT. Artículo 10. Fracción IV. (Última Reforma: DOF 17-12-2015)

15 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales 2017. México. Inegi. 2018. Consultado en:

http://www.beta.inegi.org.mx/programas/cngmd/2017/.

16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4o. Párrafo Quinto (Última Reforma: DOF 27-08-2018)

17 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo 8º. Fracción I. (Última Reforma: DOF 05-06-2018)

18 LGEEPA. Artículo 8o. Fracción XV. (Última Reforma: DOF 05-06-2018)

19 Ley General de Cultura y Derechos Culturales. Artículo 16. Párrafo Segundo. (Última Reforma: DOF 19-06-2017)

20 Ley General de Turismo. Artículo 10. Fracción IV. (Última Reforma: DOF 13-04-2018)

21 LGT. Artículo 10. Fracción VII. (Última Reforma: DOF 13-04-2018)

22 LGT. Artículo 10. Fracción XII. (Última Reforma: DOF 13-04-2018)

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Martha Angélica Zamudio Macías(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena

La proponente, Marina del Pilar Ávila Olmeda, diputada a la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En primer lugar, destacamos la colaboración y voluntad de diversos grupos de la sociedad civil que persiguen el firme propósito de proteger a la niñez y mejorar las relaciones entre los integrantes de sus familias, todo con el objetivo de lograr el sano desarrollo de las niñas, los niños y los adolescentes en México.

Particularmente agradecemos el trabajo realizado diariamente y de manera especial, para el impulso de la presente iniciativa a las siguientes asociaciones: Unidos por el bienestar del menor y la familia, AC, Niños con Mapa, Rescate de Familia, Frente Nacional de mujeres contra la alienación parental, Lazos protectores de familia, Ex Hijos, AC, Insume, Afapvi, Más infancia feliz, Una sola voz, Servicios psicológicos en América, Psiame, 1000 Pelotas para ti, Pro Niños y Papás Mexicanos, AC, y a Latam.

El artículo 3.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 1991, establece que en cualquier medida que tomen las autoridades estatales deben tener en cuenta de forma primordial el interés superior del niño. Y en este tenor el Comité para los Derechos del Niño, ha señalado en la Observación General No. 7 párrafo 13 que:

El principio del interés superior del niño se aplica a todas las medidas que afecten a los niños y exige medidas activas, tanto para proteger sus derechos y promover su supervivencia, crecimiento y bienestar como para apoyar y asistir a los padres y a otras personas que tengan la responsabilidad cotidiana de la realización de los derechos del niño.

En relación al derecho de convivencia la Convención señala en su artículo 9 que:

...3. Los Estados partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.

En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Protocolo de San Salvador) adoptado en 1988 y cuya ratificación fue publicada en el DOF el 27 de diciembre de 1995 se expresa en su artículo 10 que los Estados partes reconocen que:

1. Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo...

La Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) adoptada en 1969 y publicada en el DOF en 1981 señala en su artículo 17 que:

1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado...

...4. En caso de disolución del matrimonio, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria de los hijos, sobre la base única del interés y conveniencia de ellos”

En el mismo sentido, respecto al derecho de convivencia la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) publicada en el DOF en 2014 determina en su artículo 23 que:

Niñas, niños y adolescentes cuyas familias estén separadas, tendrán derecho a convivir o mantener relaciones personales y contacto directo con sus familiares de modo regular, excepto en los casos en que el órgano jurisdiccional competente determine que ello es contrario al interés superior de la niñez...”

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha establecido que la convivencia entre el padre y o la madre y su hijo y o hija menor constituye un elemento fundamental en la vida familiar; y, que aunque éstos/as estén separados, la convivencia familiar debe garantizarse.

En 2013, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito señaló que:

El derecho de convivencia y visitas es una institución fundamental del derecho familiar en México, que tiene como finalidad regular, promover, evaluar, preservar y, en su caso, mejorar o reencausar la convivencia en el grupo familiar respecto de menores y, por ello, se encuentra por encima de la voluntad de la persona a cuyo cargo se encuentre la custodia del menor, por tratarse de un derecho humano, principalmente dirigido a éste, aunque también favorezca indirectamente a sus ascendientes y a quienes conforman dicho grupo.

La tesis señalada anteriormente también determina que uno de los derechos de los menores, es el de tener relaciones familiares, como lo prevé el citado artículo 8 de la Convención sobre los Derechos del Niño y por tal motivo, el Estado y en específico los órganos jurisdiccionales de cualquier materia, están obligados a dictar todas las medidas necesarias, a fin de garantizar el real disfrute de ese derecho, ya que la familia es el grupo fundamental de la sociedad y el medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños. Esto es de especial importancia puesto que se debe garantizar “un entorno de seguridad, afecto y salud, que les permita realizarse como sujetos”.

En tal virtud, el desarrollo normal de un menor se produce en el entorno de éste y su armonía con la familia y grupo social al que pertenece, que le permite y otorga la posibilidad en atención a sus capacidades físicas y mentales, para su preparación a una vida independiente en sociedad, con la percepción de respeto en razón a los derechos que les asisten a los demás; lo cual se logra alcanzar cuando se garantizan sus derechos a la vida, integridad física y mental, salud, identidad, familia y fundamentalmente la convivencia con los padres, en tanto que ello no le resulte más perjudicial que benéfico.

Es importante señalar que según la Tesis VII.2o.C.111 C, en un juicio de guarda y custodia, donde se solicite el depósito del menor, no sólo se dilucidará a cuál de los padres contendientes le corresponderá la guarda y custodia del menor, durante la tramitación del juicio, sino también el derecho de convivencia que tiene el infante con el progenitor no custodio durante la vigencia de la medida cautelar, aun cuando ello no hubiere sido materia de reclamo pues, de lo contrario, vulneraría el interés superior del menor.

La convivencia de los menores con sus padres y con la familia de ambos, permite el sano desarrollo de aquéllos, pues conlleva al conocimiento y trato directo que tienen los infantes con sus ascendientes y demás parientes a fin de lograr su cabal integración al núcleo familiar y obtener identidad plena al grupo social al que pertenecen.

En numerosas ocasiones, el derecho de convivencia se ve menoscabado por conflictos entre los padres del menor, sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha señalado en Jurisprudencia que incluso la pérdida de la patria potestad no conlleva indefectiblemente que deba impedirse al menor ejercer el derecho de convivencia con sus progenitores en tanto que, por un lado, ese derecho no es exclusivo de los padres, sino también de los hijos y, por el otro, no todas las causales de pérdida de la patria potestad son de la misma gravedad.

Y en el mismo sentido el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito aclaró que  de conformidad con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 9, punto 3 y 10, punto 2, de la Convención sobre los Derechos del Niño, éstos tienen derecho a que se propicien las condiciones que les permitan un adecuado desarrollo psicológico y emocional, para lo cual, en la mayoría de los casos, resulta indispensable la convivencia con ambos progenitores independientemente de que ejerzan o no la patria potestad sobre ellos.

Incluso, en el estado de Puebla, aunque se justifique que el demandado en el juicio de alimentos dejó de cubrir el monto fijado, el derecho de convivencia entre los menores y su padre no puede impedirse, suspenderse o perderse, si no sólo por mandato judicial expreso y fundado en causa justa.

La convivencia entre padres e hijos se considera un elemento de gran importancia para la formación integral de los niños en su proyección hacia la edad adulta y sus posibles compromisos familiares y sociales, motivo por el cual, las medidas que se asuman al respecto deben buscar invariablemente su prevalencia, de modo que sólo podrá ser objeto de suspensión temporal, en los casos en que las condiciones prevalecientes pongan de manifiesto que a través de la convivencia se pone en riesgo insuperable la vida, la integridad personal o psicológica, o la formación de los menores, y no se vea posibilidad alguna de evitar esos peligros sin suprimir la convivencia. Esto es, la suspensión de esas relaciones únicamente debe imponerse en los casos de extrema gravedad.

Y siendo así, el derecho de convivencia debe asegurarse por todos los medios de comunicación disponibles o a través de los que se pudiera tener fácil acceso, por ejemplo el teléfono, los mensajes electrónicos, correo u otros; sin embargo, el niño también necesita el contacto físico con su progenitor para sentirse querido y aceptado, y con esto contribuir a su sano desarrollo. Del artículo 9, apartado 3, de la Convención sobre los Derechos del Niño se deriva también, la necesidad de que las convivencias se den de modo regular.

El derecho a la convivencia familiar de los padres con sus hijos resulta, por regla general, indispensable para garantizar el interés superior de la niñez.

Por el marco legal anteriormente expuesto, queda asentado que las obligaciones y derechos inherentes a la crianza, ejercicio de la patria potestad y sano desarrollo se relacionan y determinan conforme a la convivencia familiar, siendo pilares en los marcos normativos que regulan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Además, según estadística del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), contrario a la tendencia hacia la baja de los matrimonios en los últimos años en México, en lo referente a los divorcios el indicador ha ido al alza: en 2010 fueron 86 mil, en 2013 la cifra fue de aproximadamente 109 mil y en 2017 el dato se acerca a los 150 mil (147 581).

Por otra parte, se aprecia que en los últimos años el número de divorcios ha aumentado en relación con los matrimonios, al pasar de 15.1 divorcios por cada 100 matrimonios en 2010 a 28.1 en 2017; es decir, la proporción casi se duplica.

También se expone que, por tipo de trámite, los divorcios se clasifican en administrativos y en judiciales. Los primeros se dan cuando son tramitados en el Registro Civil, existe mutuo consentimiento de los cónyuges, son mayores de edad, no tienen hijos o que la mujer no se encuentre embarazada y de común acuerdo hayan liquidado la sociedad conyugal. Mientras que los judiciales son aquellos en los que interviene algún juez de lo familiar, civil o mixto, independientemente de que se trate de un divorcio necesario o voluntario. En 2017 el 90.9 por ciento de los divorcios fueron judiciales, y de éstos 27.6 por ciento tienen un hijo menor de edad y 21.2 por ciento tienen dos hijos menores.

Lo anterior muestra que en existe una alza de divorcios que se está tramitando por la vía judicial y que en más de 45 por ciento de los casos existen menores implicados en el juicio. La alerta en estos casos es que cuando la igualdad en la obligación de crianza, convivencia familiar o patria potestad se pierde por un mal entendido, desacuerdo familiar o resolución judicial los más perjudicados son las niñas, niños y adolescentes, quienes dependen absolutamente de sus padres para ser felices y vivir en armonía familiar, incluso aunque no sea cohabitando bajo un mismo techo.

Es por ello que, atendiendo a los principios de convencionalidad y constitucionalidad ex officio y propersona se propone reformar el párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Mexicanos para reconocer y garantizar la convivencia familiar como elemento fundamental para el desarrollo integral de la niñez.

Es imprescindible que los operadores de justicia asuman como un derecho humano tutelado por la Constitución la convivencia familiar y se reconozca la responsabilidad de los ascendientes, tutores y custodios en el pleno desarrollo de sus hijos la oportunidad y trascendencia que tiene para los menores la sana convivencia con sus familiares, particularmente con sus padres. La convivencia familiar será fundamental para el reconocimiento de todos los derechos que forman parte del Interés Superior del Menor de manera puedan ser ejercidos con plenitud y sin pretexto alguno. El objetivo de esta iniciativa es que en las resoluciones judiciales y ante conflictos de orden familiar siempre se encuentre presente dicho derecho fundamental, por sobre todos los intereses, emociones y disputas particulares de los padres implicados en los juicios.

México debe reconocer y elevar a rango constitucional el ejercicio pleno de los derechos de las niñas, niños y adolescentes a la convivencia familiar cotidiana de manera que la crianza sea asertiva.

Siguiendo lo expuesto, se propone reformar el párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. (vigente):

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

...

Artículo 4o. (propuesta):

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación, convivencia familiar y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

...

Por lo fundado y expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que reforma el párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Mexicanos para quedar como sigue:

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación, convivencia familiar y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Régimen de convivencia. No se justifica restringir o suspender la convivencia libre del progenitor no custodio con el menor bajo especulaciones, presunciones, estereotipos o consideraciones generalizadas sobre características personales del padre o de la madre. (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 2018512, noviembre de 2018.

2 Menores de edad. Su derecho a la convivencia con la familia ampliada. (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 2004264, agosto 2013.

3 Ibídem.

4 Visita y convivencia de los menores con sus progenitores. Es un derecho fundamental que tiende a proteger el interés superior de aquéllos siendo, por tanto, de orden público e interés social (legislación del estado de Puebla). (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 2002218, noviembre de 2012.

5 Depósito de menores. Debe fijarse la convivencia oficiosamente considerándolos como sujetos y no como objetos de derecho. (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 2012747, octubre 2016.

6 Visita y convivencia de los menores con sus progenitores. Es un derecho fundamental que tiende a proteger el interés superior de aquéllos siendo, por tanto, de orden público e interés social (legislación del estado de Puebla). (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 2008896, abril de 2015.

7 Patria potestad. Su pérdida no conlleva indefectiblemente impedir que el menor ejerza el derecho de convivencia con sus progenitores. (México: Primera Sala) 165495, enero 2010.

8 Menores de edad. El derecho de convivir con sus progenitores debe ponderarse por el juzgador en todos los casos. (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 162546, marzo de 2011.

9 Alimentos. El incumplimiento de esta obligación no genera la consecuencia de que al deudor se le impida el derecho de convivencia que tiene para con sus hijos (legislación del estado de Puebla). (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 183636, agosto de 2003.

10 Menores de edad. Suspensión temporal de las relaciones de convivencia. La afectación a su interés sólo se justifica en aras de tutelar su integridad y correcta formación. (México: Tribunales Colegiados de Circuito) 165510, enero de 2010.

11 Derecho de los menores de edad a convivir con sus padres. Condiciones para su ejercicio efectivo cuando residan en lugares distantes. (México: Primera Sala), 2003020, marzo de 2013.

12 Inegi, Estadísticas a propósito de Matrimonios y Divorcios en México obtenidos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2018. Comunicado de Prensa Núm. 104/19, Febrero 2019. Pág. 6.

13 Ibídem página 6.

14 Ibídem página 7.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

«Iniciativa que adiciona el artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda, del Grupo Parlamentario de Morena

La proponente, Marina del Pilar Ávila Olmeda, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sindicalismo en México tiene una extensa y rica historia; es precursor mundial en el reconocimiento en el máximo nivel normativo de los derechos sociales de las personas.

La vigente Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de 1917, dio origen al constitucionalismo social, según el cual la ley fundamental de los pueblos no se limita a establecer las bases de la organización política de los estados y a reconocer y proteger los derechos del hombre, en su aspecto individual, sino que agrega el valor de los derechos sociales.

Estos derechos sociales fueron establecidos por primera vez en el mundo a rango constitucional en la norma fundamental, hace más de un siglo, como resultado de la Revolución Mexicana, a lo que seguirían posteriormente muchas otras constituciones de distintos países.

La base de los derechos sociales es el reconocimiento de que la dignidad, la libertad y la justicia entre individuos y grupos sólo son posibles si la sociedad y el Estado se articulan en tal forma que se generen las condiciones materiales e institucionales para su realización y desarrollo.

El Estado se halla obligado, a través del orden normativo, las políticas públicas y las instituciones, a garantizar el respeto y goce de los derechos sociales de toda persona.

En la Constitución mexicana destaca el artículo 123, el cual consagra el derecho de toda persona a un trabajo digno y socialmente útil, mediante la creación de empleos y la organización social para el trabajo.

Dicho artículo, pilar de la actual Constitución, regula diversos aspectos de la relación obrero-patronal, estableciendo principalmente derechos de los que gozan los trabajadores, con el fin de evitar explotaciones y abusos en su contra.

Entre esas disposiciones se encuentran las relativas a la duración máxima de las jornadas laborales, la protección a menores de edad, el descanso semanal, las vacaciones, la protección a mujeres embarazadas, el salario digno, horas extras, vivienda, capacitación y adiestramiento para el trabajo, responsabilidad de los patrones por accidentes de trabajo y por enfermedades profesionales, normas de higiene y seguridad en los centros de trabajo.

El artículo 123 constitucional considera los derechos colectivos de los trabajadores para unirse en defensa de sus intereses, a través de los sindicatos, complementado por derechos como el de huelga o paro.

Al respecto, ese artículo establece actualmente disposiciones como las siguientes:

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

(...)

XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera.

Por otra parte, la Ley Federal del Trabajo contiene las disposiciones relativas a la formación y el funcionamiento de los sindicatos en el país.

A continuación se reproducen algunos de los principales artículos de dicha ley que reflejan la naturaleza de los sindicatos en México:

Artículo 356. Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

(...)

Artículo 374. Los sindicatos legalmente constituidos son personas morales y tienen capacidad para

(...)

III. Defender ante todas las autoridades sus derechos y ejercitar las acciones correspondientes.

(...)

Artículo 375. Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente, cesando entonces, a petición del trabajador, la intervención del sindicato.

Aunado a ello, el Estado mexicano ratificó el 1 de abril de 1950 el Convenio C087 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, el cual entró en vigor el 4 de julio del mismo año.

Es decir, México ratificó hace más de 65 años este convenio, que establece las bases de los derechos sindicales. Destacan como parte de sus disposiciones los siguientes artículos:

Artículo 2

Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

Artículo 3

1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

Artículo 8

1. Al ejercer los derechos que se les reconocen en el presente convenio, los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados, lo mismo que las demás personas o las colectividades organizadas, a respetar la legalidad.

(...)

Como se ha señalado, el sindicalismo forma parte pilar de los derechos sociales reconocidos por el ordenamiento jurídico mexicano, tanto a nivel internacional, como constitucional, federal y local.

Se trata de un derecho laboral que ha implicado históricamente la seguridad jurídica de millones de trabajadores, que se encuentran en una situación de vulnerabilidad y subordinación frente al patrón.

Los sindicatos por lo general disponen de grandes recursos y la fuerza o poder que conlleva contar con cientos o miles de agremiados, para cumplir su finalidad: defender los derechos laborales de sus integrantes.

No obstante lo anterior, debe reconocerse que suele ser una práctica común que se utilicen estos recursos y apoyo gremial para fines distintos o ajenos a los de su propósito. Los grandes recursos económicos y humanos de los dirigentes de organizaciones sindicales pueden ser destinados para su beneficio personal, y no directamente para la defensa de los intereses gremiales.

Tal es el caso en que los dirigentes sindicales optan por postularse a cargos de elección popular, sin antes separase de sus funciones al frente del sindicato.

Si bien en muchas ocasiones en que se da esta situación no necesariamente se utilizan de manera indebida los recursos económicos y humanos que tienen al alcance los líderes sindicales, sí se encuentran en una posición de ventaja frente al resto de contendientes electorales.

En México hay organizaciones sindicales con miles o cientos de miles de agremiados, lo cual automáticamente coloca en una situación desventajosa al resto de candidatos o precandidatos que aspiran al mismo cargo de elección popular.

Además, siempre se encuentra latente la posibilidad de que parte de los recursos sindicales sean destinados para obtener aún mayores ventajas en la contienda electoral, en detrimento de los derechos del resto.

En ese sentido está dirigida la presente iniciativa con proyecto de decreto.

Se pretende establecer en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales la imposibilidad de que dirigentes de organizaciones sindicales de trabajadores puedan postularse a cargos de elección popular, a menos que se separen definitivamente de sus funciones 90 días antes de las elecciones.

Con esto se equilibrarían las condiciones para las distintas partes que procuran el respectivo cargo, ya sea que se trate de elecciones a nivel municipal, estatal o federal.

Es necesario que se concrete la modificación legislativa aquí propuesta, con el afán de procurar que en elecciones populares existan condiciones relativamente igualitarias entre los aspirantes, así como para evitar que los recursos materiales y humanos con los que cuentan los referidos dirigentes, tengan una injerencia directa en el resultado de los comicios.

Reconocer lo anterior no implica un menoscabo a la histórica figura del sindicato, ni a los derechos de quienes constituyen una, y mucho menos de sus dirigentes.

Se trata simplemente de una disposición necesaria para evitar se aproveche la dirigencia gremial para obtener ventajas electorales.

En distintos países se establecen prohibiciones en este sentido, incluso a nivel constitucional, como se da en la Constitución Política de la República de Chile.

El artículo 23 de la ley fundamental señala lo siguiente:

Artículo 23. (...) Son incompatibles los cargos directivos superiores de las organizaciones gremiales con los cargos directivos superiores, nacionales y regionales, de los partidos políticos.

La ley establecerá las sanciones que corresponda aplicar a los dirigentes gremiales que intervengan en actividades político partidistas y a los dirigentes de los partidos políticos que interfieran en el funcionamiento de las organizaciones gremiales y demás grupos intermedios que la propia ley señale.

El artículo 54 constitucional considera la prohibición para líderes gremiales de postularse a diputados o senadores:

Artículo 54. No pueden ser candidatos a diputados ni a senadores

1. Los ministros de Estado;

2. Los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los miembros de los consejos regionales y los concejales;

3. Los miembros del Consejo del banco central;

4. Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

5. Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

6. El contralor general de la República;

7. Las personas que desempeñan un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal;

8. Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado; y

9. El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público.

(...)

Se trata, pues, de evitar las posiciones desiguales en contiendas electorales, en aras de un proceso justo, a favor de los ciudadanos votantes y de la población en general.

La adición del artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales resultaría en un complemento a lo dispuesto en los artículos 55 y 58 constitucionales, y 10 y 11 de la ley en comento, los que establecen los requisitos de elegibilidad para diputados, senadores, y otros cargos de elección popular.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto que adiciona el artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Único. Se adiciona el artículo 11 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 11 Bis. A ninguna persona podrá registrársele como candidato a un cargo de elección popular para la integración de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión y de las entidades federativas, así como de los ayuntamientos, si es dirigente de alguna organización sindical de trabajadores, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes del día de la elección.

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.Las entidades federativas contarán con un plazo de 180 días para realizar las adecuaciones necesarias a sus respectivas leyes en la materia conforme al presente decreto, contados a partir del día en que éste entre en vigor.

Notas

1 Miguel de la Madrid Hurtado, La Constitución de 1917 y sus principios políticos fundamentales. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. México, 2001, página 42,

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/95/4.pdf

2 Ibídem, página 47.

3 Ídem.

4 Ibídem, página 46.

5 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Marina del Pilar Ávila Olmeda(rúbrica).»

Se turna a la Comisión Gobernación y Población, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Érik Isaac Morales Elvira, del Grupo Parlamentario de Morena

Con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para lograr la consolidación de un estado de derecho es fundamental la construcción de una legislación armónica con la política pública y contar con la mayor participación de las partes involucradas en garantizar las libertades y derechos. Lo anterior obliga a quienes integran el Congreso de la Unión a ser responsables y fomentar una mayor partición de la sociedad civil, con la principal intención de mejorar la democracia y el estado de derecho.

Por ello resulta aplaudible y se reconoce a los integrantes de las Comisiones de Educación, y de Puntos Constitucionales que mediante principios democráticos y de legitimidad permitan la realización de foros de consulta entre los poderes políticos y civiles. Lograr una participación generalizada fomenta que se construyan mejores condiciones para garantizar los derechos de la sociedad.

Es prudente hacer modificaciones a la Constitución Política, de modo que el sistema educativo mexicano pueda otorgar las herramientas necesarias para que las niñas, niños y jóvenes tengan las herramientas necesarias para enfrentar las complicaciones que un mundo tan globalizado presenta.

El camino para el mejoramiento del sistema educativo implica instituir una enseñanza integral, por medio de asignaturas que permitan el desarrollo tanto físico como mental de las niñas, niños y jóvenes; de modo que resulta indispensable implementar modificaciones sustanciales a los planes de estudio y propiciar condiciones óptimas para quienes participan en la educación.

Establecer en la Constitución que la educación que se imparta en el país deberá incluir en los planes de estudio la activación física, la educación física y el deporte implica una serie de beneficios en favor del desarrollo integral de las niñas, niños y jóvenes. Establecer que los conceptos activación física, educación física y deporte formarán parte del lenguaje en el sistema educativo mexicano implica una obligación y responsabilidad del Estado en garantizar libertades y derechos; ante tal situación será necesario construir los mecanismos capaces de darles cumplimiento, así como establecer parámetros a partir de su definición y alcance.

Por esa situación resulta necesario mirar a los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano, lo que permitirá establecer un mínimo vital a partir de aquellos compromisos que se han adquirido para mejorar la educación de las niñas, niños y adolescentes del país.

Para comenzar, se realizará un análisis de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, acuerdo que fuera publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991.

Lo primero será remitirse al artículo 4, pues en él se obliga al Estado mexicano a adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño. De modo que los derechos reconocidos a las niñas y los niños con la ratificación de esta convención implican la obligación del Estado a establecer medidas que permitan garantizarlos.

Una vez citado el artículo anterior, resulta necesario que sean expresados los derechos en materia educativa, particularmente los relacionados al desarrollo físico del menor y sus consecuencias, lo cual permitirá contextualizar sobre las necesidades que deberán ser cubiertas.

La convención establece que el niño tendrá derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, por lo que los Estados parte deberán asegurar la plena aplicación de este derecho por medio de medidas apropiadas tales como asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, la higiene y el saneamiento ambiental, así como el acceso a la educación pertinente que les permitan recibir apoyo en la aplicación de esos conocimientos.

La convención establece que para lograr un nivel de vida adecuado es necesario establecer parámetros de desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social del niño. Por ello, los Estados parte deberán adoptar, de acuerdo a las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efectividad a este derecho.

La convención reconoce el derecho a la educación, de modo que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades a partir de la enseñanza primaria obligatoria y la superior por medios accesibles. Situación que implica el establecimiento de objetivos para la educación, la cual estará encaminada a desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad tanto mental como física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.

Haciendo un paréntesis, para mencionar la iniciativa de reforma, la adición del párrafo correspondiente a las asignaturas que deberán incluirse en los planes de estudio de la educación impartida en nuestro país resulta una iniciativa de avanzada por cuanto hace a reconocer y garantizar derechos conexos. La aplicación de asignaturas tales como la historia, las lenguas originarias, la promoción de valores, la activación física y el respeto al medio ambiente, conlleva de manera derivada que se mire a garantizar otros derechos mediante la mejoría del sistema educativo.

Tal situación convierte a la presente iniciativa como una oportunidad para lograr una mayor protección del derecho a la educación y lograr una mejor armonización entre lo establecido en los tratados internacionales de la materia con la Constitución. De tal manera que la Constitución se vuelve un ordenamiento progresista en cuanto a la protección de los derechos humanos.

Regresando a los objetivos que establece la Convención sobre los Derechos del Niño, se acuerda que es indispensable desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades. Resultando que sería entonces el Estado mexicano quien propicie las mejores condiciones entre quienes son educados, de tal manera que las niñas y niños tengan las mayores posibilidades en un plano de equidad, buscando un nivel de excelencia y lograr su integralidad.

El artículo 31 de la convención forma parte de uno de los argumentos por los que debe hacerse una diferencia al conceptualizar activación física, educación física y deporte en la enseñanza y por las que esta comisión emite la presente pinión.

Resulta que del artículo citado se reconoce el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.

Por ello, estas actividades físicas deben realizar bajo un esquema que sea el adecuado para potencializar las aptitudes y destrezas de las niñas y niños. Eso se logra por medio de una armonización en la participación de todos los interesados en el desarrollo de la educación, para dotar de las mayores facilidades a los niños y niñas en su aprendizaje.

Reconocer los derechos a la activación física, educación física y al deporte es un gran paso que permitiría hacer del ejercicio físico el detonador de un desarrollo físico y mental.

Es necesario conceptualizar los términos, de modo que sea posible conocer la diversidad que hay entre ellos, así como sus semejanzas y diferencias. De tal forma será posible contextualizar la necesidad de que la activación física, la educación física y el deporte sean derechos que a las niñas, niños y jóvenes les sean garantizados, lo que permitiría establecer un equilibrio y fortalecer los vínculos que existan entre la enseñanza física y mental.

La Organización Mundial de la Salud considera a la actividad física como cualquier movimiento corporal producido por los músculos esqueléticos que exija gasto de energía. De modo que la actividad física abarca el ejercicio, pero también otras actividades que entrañan movimiento corporal y se realizan como parte de los momentos de juego, del trabajo, de formas de transporte activas, de las tareas domésticas y de actividades recreativas.

El Ministerio de Salud de la Presidencia de la Nación de Argentina considera que el término actividad física se refiere a una amplia variedad de actividades y movimientos que incluyen actividades cotidianas, como caminar, bailar, subir y bajar escaleras, actividades domésticas y otras, además de ejercicios planificados.

Se interpreta que la activación física es una serie de movimientos instantáneos que han sido realizados de forma instantánea para cumplir una serie de funciones corporales. Por lo que no existe una justificación y planeación para obtener un beneficio constante en las niñas, niños y jóvenes.

La Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte afirma que deberán reforzarse estas dos disciplinas en su acción formativa y favorecer los valores humanos fundamentales que sirven de base al pleno desarrollo de los pueblos. Por ello deberá tenerse en cuenta que la formación en educación física y deporte, además de la importancia que revisten para el cuerpo y la salud, contribuyen al desarrollo completo y armonioso del ser humano.

De tal modo, la práctica de la educación física y el deporte es un derecho fundamental para todos.

Realizando un ejercicio de derecho comparado, resulta indispensable considerar la legislación española en materia de inclusión de la educación física y deporte.

La legislación que permite contextualizar la importancia del desarrollo físico y mental en la educación se fundamenta en el Real Decreto 1513/2006, del 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas para la educación primaria.

Al reconocer beneficios físicos y psicológicos, sobre la salud y el bienestar, sociales en cuanto a propiciar una mejor convivencia y sobre otras áreas académicas, resulta una legislación a seguir por la importancia que esta tiene en la garantía del derecho a la activación física, educación física y deporte en el sistema educativo.

Dentro de los objetivos para propiciar beneficios físicos y psicológicos tiene su cauce en “utilizar las capacidades físicas, habilidades motrices y su conocimiento de la estructura y funcionamiento del cuerpo para adaptar el movimiento a las circunstancias y condiciones de cada situación”.

Así es posible lograr una armonía entre la ejecución de movimientos y el conocimiento de sus consecuencias, por lo que la educación física resulta determinante para objetivar la activación física.

Al margen del mismo real decreto, se considera que, al “apreciar la actividad física para el bienestar, manifestando una actitud responsable hacia uno mismo y las demás personas y reconociendo los efectos del ejercicio físico, de la higiene, de la alimentación y de los hábitos postulares sobre la salud”.

Por ello respetar el derecho a la educación física permitirá construir una estrategia armónica donde la activación física se complemente con una enseñanza del cuerpo para lograr su bienestar, por medio de una buena alimentación y hábitos saludables.

Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas como diputado federal someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Decreto por el que se reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único.Se adiciona un párrafo tercero al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recorriendo en lo subsecuente los párrafos siguientes, para quedar como se expresa a continuación:

Artículo 3o.Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Ciudad de México y municipios– impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentarán en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Para lograr un sistema educativo integral, donde se desarrollen conjuntamente las habilidades físicas y mentales de las niñas, niños y jóvenes, deberán incluirse en sus planes de estudio la activación física, la educación física y el deporte.

...

Transitorios

Primero.El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.El Congreso de la Unión adecuará la legislación secundaria de acuerdo con lo establecido por el presente decreto dentro de los 180 días siguientes a la publicación y entrada en vigor de éste. En tanto eso ocurre, la autoridad educativa federal, transitoriamente, proveerá las medidas necesarias para dar cumplimiento a las modificaciones establecidas en el presente decreto.

Tercero.La legislación secundaria, en los casos que así lo ameriten, determinará la gradualidad para la implantación de esta reforma.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Érik Isaac Morales Elvira(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY DE MIGRACIÓN

«Iniciativa que adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración, a cargo del diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La migración de las y los menores de edad que lo realizan sin sus padres ni tutores legales o bien, sin la compañía de otros adultos, ya sea porque no se encuentran acompañados o porque han sido separados de su familia, plantea situaciones que requieren decisiones de urgencia en materia de migración en especial en momentos en que el fenómeno migratorio está sufriendo cambios imprevisibles para las instituciones tanto en la frontera norte como en la sur del país.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), define a las y los niños separados de su familia como “aquellos que quedan separados de ambos progenitores o de sus anteriores tutores legales o cuidadores habituales, pero no necesariamente de otros familiares. Esto puede incluir, por tanto, a niños acompañados por otros familiares adultos”.

Agrega que las y los niños no acompañadosson aquellos que “han quedado separados de ambos progenitores y de otros familiares, y cuyo cuidado queda a cargo de un adulto quien legal o habitualmente es responsable de dicho cuidado”.

El Congreso federal mexicano en la Ley de Migración publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2018, define a las niñas, niños o adolescentes migrantes no acompañados como “todo migrante nacional o extranjero menor de 18 años de edad, que se encuentre en territorio nacional y que no esté acompañado de un familiar consanguíneo o persona que tenga su representación legal”.

En 2017, las cifras plasmaron que son alrededor de 50 millones las niñas, niños y adolescentes ( NNA) migrantes en todo el mundo.

En México, la presencia de 17 mil 593 niñas, niños y adolescentes (NNA), son procedentes de los países centroamericanos, en especial del llamado Triángulo Norte (Guatemala, Honduras y El Salvador) que son parte de los flujos migratorios irregulares que se dirigen hacia Estados Unidos de América (EUA) y que han cobrado importancia como actores emergentes de los procesos migratorios. Concluyendo que los provenientes de Guatemala, Honduras y El Salvador representan 98.3 por ciento del total de dichos flujos como lo muestra la gráfica.

En la frontera sur hay dos regiones por las que transitan las niñas, niños y adolescentes migrantes. La primera, por la que viaja el mayor volumen de menores de edad es la zona costera del estado de Chiapas, particularmente la región del Soconusco. La segunda es la zona fronteriza de Tabasco, junto con el perímetro de Palenque, en Chiapas, aunque se observa una mayor dispersión de los lugares por donde pasan los menores migrantes, particularmente los que viajan solos.

En el estado de Chiapas, las autoridades migratorias presentaron un total de 6 mil 831 niñas, niños y adolescentes migrantes, lo cual significa 37.8 por ciento del total nacional, 18 mil 66. Tabasco y Veracruz le siguieron con 2 mil 724 y 2 mil 243 menores de edad, representando 15.1 por ciento y 12.4 por ciento respectivamente. Cabe destacar que Colima fue el único estado en el que no se presentó a ninguna persona menor de edad migrante.

Ahora bien, el procedimiento administrativo que marca el artículo 112 de la Ley de Migración, establece que:

“...cuando alguna niña, niño o adolescente migrante no acompañado, sea puesto a disposición del Instituto quedará bajo la responsabilidad y se deberá garantizar el respeto a sus derechos humanos...”

Inmediatamente después estipula el procedimiento completo que las autoridades correspondientes, deberán seguir.

Así también, en el marco de la Mesa de Diálogo Interinstitucional sobre Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes (NNA), no acompañados y mujeres migrantes celebrada el 30 de marzo de 2007, se instauró el Modelo de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes y Repatriados No Acompañados, en el que se contempló la figura del Oficial de Protección a la Infancia (OPI).

Ahora bien, regresando al ámbito internacional, el Estado mexicano ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño el 21 de septiembre de 1990, quedando obligado a adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de cualquier otra índole para garantizar el ejercicio de los derechos reconocidos en ésta.

En este sentido, es necesario que las autoridades mexicanas en el ámbito de sus respectivas competencias, deban encontrarse capacitadas y aptas para el ejercicio de sus funciones, respetando en todo el momento el ejercicio de los derechos humanos.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha estipulado diversas recomendaciones para evitar violaciones a los grupos migrantes al momento de la ejecución de dicho procedimiento administrativo por parte de las autoridades correspondientes.

Cito el caso de la recomendación emitida por esa comisión dirigida al instituto nacional de migración con número 36/2013 en el que se recomienda que se adopten las medidas para diseñar e impartir programas integrales de capacitación y formación a fin de evitar que en un futuro se incurra en omisiones o irregularidades.

Con la finalidad de brindar una adecuada capacitación a todas las autoridades correspondientes, es necesario realizar las adecuaciones legislativas que estipulen la obligatoriedad de los cursos integrales en materia de derechos humanos respecto a la atención de las niñas, niños y adolescentes, sin perjuicio de su status migratorio.

Fundamentación

El primer momento histórico del reconocimiento formal de la comunidad internacional organizada de los derechos de las y los menores de edad, se plasmó en la Carta de Ginebra en 1924.

En ella se establece que: “la humanidad debe al niño lo mejor que ésta puede darle.”

Con posterioridad encontramos la base de la protección de los derechos de las y los menores de edad en diversos instrumentos, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 25, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 10 y en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre en su artículo 7.

En 1989, con la creación de la Convención sobre los Derechos del Niño, es donde encontramos el cuerpo normativo de las disposiciones contenidas en la Carta de Ginebra de 1924.

En primer orden de ideas, el artículo 1o. constitucional establece:

“...Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley...”

Con fundamento en el párrafo noveno artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos plantea que:

“...en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos...”.

Así también, en su artículo 73 fracción XXIX-P establece que:

“...El Congreso tiene facultad: ...”

“...para...”

“...Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, y en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte...”

Finalmente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XVI, en relación con los artículos 1o. y 4o. párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 77, 78 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados.

En este orden, la presente iniciativa de ley se encuentra debidamente motivada y fundamentada.

Ordenamiento propuesto para ser modificado

Se propone el siguiente proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración como lo muestra el cuadro comparativo:

En consecuencia, se pone a consideración del pleno el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración

Artículo Único.Se adiciona el artículo 24 Bis de la Ley de Migración, para quedar como sigue:

Artículo 24 Bis.

El Centro de Evaluación del Instituto, diseñará e implementará con carácter obligatorio el Curso Integral de Capacitación y Formación permanente dirigido a las y los servidores públicos adscritos al Instituto, respecto a la atención de las niñas, niños y adolescentes, sin perjuicio de su status migratorio.

Dicho Curso Integral, deberá incluir la normatividad relativa a los procedimientos que se encuentran sujetos al capítulo VII de esta ley, a los artículos 74 y fracción V del artículo 52 de esta ley, el Reglamento de Migración vigente y las demás disposiciones aplicables a la materia, así como los tratados de los que el Estado mexicano sea parte.

La certificación correspondiente se realizará de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24, fracción III, de esta ley.

Artículo Transitorio

Único. Las presentes disposiciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Cifras alrededor del mundo.

https://www.unicef.org/mexico/spanish/noticias_37713.html

2 Secretaría de Gobernación. Unidad de Política Migratoria. Menores migrantes en México. Extranjeros presentados ante las autoridades migratorias y mexicanos devueltos por Estados Unidos. P.2 Gráfica No.1 elaborada con datos de esa dependencia.

3 Cifras en el triángulo norte.

http://www.politicamigratoria.gob.mx/work/models/SEGOB/CEM/PDF/ Estadisticas/Medidas_de_facilitacion_migratoria/H_2010_2013/ En%20Foco%2024122015.pdf

4 Regiones de Tránsito.

http://www.politicamigratoria.gob.mx/work/models/SEGOB/CEM/PDF/Estadisticas/ Medidas_de_facilitacion_migratoria/H_2010_2013/En%20Foco%2024122015.pdf

5 Mesa de Diálogo Interinstitucional sobre Niños, Niñas y Adolescentes migrantes (NNA).

https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/oficiales-de-proteccion- a-la-infancia-opi

6 Declaración de Ginebra.

https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS ENTRE POBLADORES DE LOS MUNICIPIOS DE SANTA CATARINA JUQUILA Y SANTIAGO YAITEPEC, OAXACA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Oaxaca a solucionar de inmediato los conflictos violentos entre los pobladores de Santa Catarina Juquila y Santiago Yaitepec, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que les confieren los artículos 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El día domingo tres de febrero, en el estado de Oaxaca de suscitaron acontecimientos violentos entre dos municipios, Santa Catarina Juquila y Santiago Yaitepec, en el cual pobladores de Yaitepec incendiaron de forma dolosa y con el objeto de causar daños materiales a los bienes inmuebles de los ciudadanos del municipio de Juquila.

Por ello y ante estos actos de barbarie, los municipios solicitaron de manera respetuosa al gobernador del estado, el cual nunca dio una respuesta para la pacificación de tales hechos, aunado a esto, los pobladores cerraron la principal vía de acceso y comunicación al municipio de Juquila, lo cual ha afectado de manera directa en el abastecimiento de comercio, así como también una fuerte reducción de turismo en el municipio, consecuencia de lo anteriormente expuesto se ha afectado a la economía y los ingresos de los pobladores de Juquila.

Son acontecimientos que requieren de pronta intervención, para preservar la seguridad, paz y tranquilidad entre los pobladores de ambos municipios, y de esta forma puedan transitar los vehículos y también los turistas, es importante mencionar que el 90 por ciento de los ingresos del municipio de Juquila provienen de manera directa del turismo.

Buscamos evitar futuros conflictos en los cuales haya la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estipula en su artículo 17 lo siguiente:

Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Punto de Acuerdo

Único.Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Oaxaca con el objeto de dar pronta e inmediata solución a los acontecimientos violentos entre los pobladores de los municipios de Santiago Yaitepec y Santa Catarina Juquila.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada María del Carmen Bautista Peláez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



IMPLEMENTAR MEDIDAS PARA CONTROLAR, MITIGAR Y PREVENIR LA EMISIÓN Y CONCENTRACIÓN DE CONTAMINANTES EN MONTERREY

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno y a la Secretaría de Desarrollo Sustentable de NL a implementar medidas urgentes para controlar, mitigar y prevenir la emisión y concentración de contaminantes de la atmósfera, específicamente en la zona metropolitana de Monterrey, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PAN

Raúl Gracia Guzmán, en mi carácter de diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo en el que se exhorta respetuosamente al titular del gobierno estatal de Nuevo León y a la Secretaría de Desarrollo Sustentable del estado de Nuevo León, a implementar medidas urgentes para controlar, mitigar y prevenir la emisión y concentración de contaminantes de la atmósfera para todo el territorio estatal, específicamente en la zona metropolitana de Monterrey, en cumplimiento con la política en materia ambiental a nivel estatal y nacional y así garantizar el derecho a un medio ambiente sano.

Exposición de Motivos

1. El martes 1 de enero de 2019, la Secretaría de Desarrollo Sustentable del estado de Nuevo León informó mediante un boletín que se activa la contingencia en toda la zona metropolitana de Monterrey por festejos de año nuevo:

El gobierno del estado de Nuevo León, a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, informa que se activa la contingencia por altas concentraciones de contaminantes en la zona metropolitana de Monterrey, como consecuencia de los festejos de año nuevo.

Desde las 21:00 horas de ayer 31 de diciembre se observó un aumento en las concentraciones de partículas, PM10 y PM2.5. Esta tendencia se ha mantenido hasta estos momentos, alcanzando los valores más elevados de concentración entre las 0:00 y las 3:00 horas.

La estación San Nicolás es la que ha registrado el IMECA más alto, 294 puntos para partículas finas PM2.5. 

De acuerdo a las tendencias observadas, las PM2.5 provienen principalmente de las quemas de carbón y pirotecnia, actividades que son muy características de los festejos de esta temporada. (Secretaría de Desarrollo, 2019)

Esta, fue la primera alerta de contingencia en la zona metropolitana de Nuevo León al inicio del año.

2. El 17 de enero, se vuelve a activar la alerta ambiental por la mala calidad del aire, se empezaron a registrar altas concentraciones de partículas menores a 2.5 micras (PM2.5) y partículas menores a 10 micras (PM10), especialmente en las zonas de Santa Catarina, San Bernabé y Obispado:

Lo anterior por la acumulación de contaminantes debido a las actividades que se realizan en la zona metropolitana de Monterrey, por las fuentes fijas (industria), fuentes móviles (vehículos) y por las emisiones generadas por las actividades de construcción, obras en general y circulación de vehículos en caminos sin pavimentar.

Las fuentes mencionadas, aunadas a las condiciones meteorológicas adversas que se presentan desde el martes 16 de enero, neblina, inversión térmica, estabilidad atmosférica (sin viento) y baja altura de la capa de mezcla de contaminantes, han generado mala calidad del aire en la ZMM, alcanzando los 148 puntos IMECA en la estación Suroeste/Santa Catarina.

Las condiciones actuales de calidad del aire se mantendrán durante el jueves; para el viernes se prevé lluvia ligera y vientos de entre 15 y 20 km/h por la noche, por lo que se espera mejore la calidad del aire. (Secretaría, 2019)

3. Durante el mes de febrero, se volvió registrar mala calidad del aire, en específico el día 7 se informó que: 

“La Secretaría de Desarrollo Sustentable informó que las altas concentraciones, principalmente de PM10 y PM2.5 se deben a una mezcla de todas las fuentes contaminantes, incluyendo la industria, obras en proceso y vehículos”.

“Las fuentes mencionadas, aunadas a las condiciones meteorológicas (con) neblina, inversión térmica y baja velocidad del viento, han dado lugar a la mala calidad de aire”, indicó la dependencia en un comunicado”. (Reyes, 2019)

4. Con la intención de dar respuesta a la crisis ambiental que enfrenta el estado en la zona metropolitana, el 2 de mayo de 2017, el Gobierno de Nuevo León presentó la Estrategia para la calidad del aire, donde se establecen las líneas de acción a seguir a fin de alcanzar los siguientes objetivos:

A) Establecer una estructura operativa adecuada y suficiente para atender la problemática de la calidad del aire de manera integral.

B) Iniciar los procesos para la mejora continua de la calidad del aire. 

Esta estrategia se traduce en funciones de reducción de emisiones, de coordinación y de soporte, apoyadas por un proceso de inspección y vigilancia.

(Estrategia, 2017)

Dentro de las principales tareas que busca la Estrategia para la calidad del aire, se encuentran las siguientes:

a) Elaborar el plan estratégico para la gestión integral de la calidad del aire.

b) Evaluar y evolucionar el diseño organizacional.

c) Seleccionar al personal adecuado para cada función.

d) Elaborar el plan operativo.

e) Revisar el marco regulatorio y, en su caso, proponer y gestionar las adecuaciones necesarias ante los órganos de gobierno competentes.

f) Establecer los objetivos, metas e indicadores de desempeño y realizar la evaluación y su seguimiento.(Estrategia, 2017)

Consideraciones

I. Como diputado federal, considero de gran importancia ser sensible a los acontecimientos sociales que afectan nuestra localidad y ser la voz de quien no la tiene para dar a conocer y exigir estabilidad social, transparencia y liderazgo.

II. En la zona metropolitana de Nuevo León, los niveles de contaminación son alarmantes. Desde el 2017, se sabía que existía el riesgo de llegar a una situación insostenible como la que ahora padecen los Neoleoneses. Si bien es cierto, el problema es multifactorial y se debe atacar con una amplia estrategia que sea integral, el Gobierno del estado ha mostrado una nula capacidad para mitigar la problemática e intentar reducir los niveles de contaminación, los cuales han provocado la suspensión de actividades al aire libre, lo anterior altera las actividades cotidianas de la población.

III. Es urgente que el Gobierno del estado a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, implemente medidas efectivas y de largo plazo para mitigar y reducir los niveles de contaminación que persisten en la zona metropolitana de Monterrey. Existen diferentes acciones que pueden contribuir a reducir los niveles de concentraciones de partículas, pero son efectivas cuando el Gobierno y los ciudadanos contribuyen de manera conjunta, es la única manera para que la estrategia pueda funcionar y se genere sinergia para reducir y disminuir los niveles de contaminación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular del gobierno de Nuevo León y a la Secretaría de Desarrollo Sustentable del estado de Nuevo León, a implementar medidas urgentes para controlar, mitigar y prevenir la emisión y concentración de contaminantes de la atmósfera para todo el territorio estatal, específicamente en la zona metropolitana de Monterrey, en cumplimiento con la política en materia ambiental a nivel estatal y nacional y así garantizar el derecho a un medio ambiente sano.

Notas

1 Secretaría de Desarrollo Sustentable, Activan contingencia en toda la zona metropolitana de Monterrey por festejos de año nuevo, recuperado de:

http://www.nl.gob.mx/noticias/activan-contingencia-en-toda-la- zona-metropolitana-de-monterrey-por-festejos-de-ano-nuevo revisión hecha 11 el febrero 2019.

2 Secretaría de Desarrollo Sustentable Alerta de mala calidad del aire en la zona metropolitana de Monterrey recuperado de:

http://www.nl.gob.mx/noticias/alerta-de-mala-calidad-del-aire- en-la-zona-metropolitana-de-monterrey revisión hecha el 11 de febrero de 2019.

3 Reyes Daniel y Gutiérrez Dalia, El Norte Declaran alerta ambiental por segunda vez en el año recuperado de:

https://www.elnorte.com/aplicaciones/articulo/ default.aspx?id=1602260&v=20 revisión hecha el 8 de febrero de 2019.

4 Estrategia para la calidad del aire de Nuevo León recuperado de:

file:///C:/Users/Diputado/Downloads/Reporte_estrategia_calidad_aire.pdf revisión hecha el 11 de febrero de 2019.

Fuentes consultadas:

Estrategia, p. 1. (2 de mayo de 2017). Estrategia, para la calidad del aire de Nuevo León. Obtenido de

file:///C:/Users/Diputado/Downloads/Reporte_estrategia_calidad_aire.pdf

Reyes, D. y. (7 de febrero de 2019). EL NORTE Declaran alerta ambiental por segunda vez en el año. Obtenido de

https://www.elnorte.com/aplicaciones/articulo/ default.aspx?id=1602260&v=20

Secretaría de Desarrollo, S. (1 de enero de 2019). Activan contingencia en toda la zona metropolitana de Monterrey por festejos de año nuevo. Obtenido de

http://www.nl.gob.mx/noticias/activan-contingencia-en-toda-la-zona- metropolitana-de-monterrey-por-festejos-de-ano-nuevo

Secretaría, d. D. (17 de septiembre de 2019). Alerta de mala calidad del aire en la zona metropolitana de Monterrey recuperado. Obtenido de

http://www.nl.gob.mx/noticias/alerta-de-mala-calidad-del-aire- en-la-zona-metropolitana-de-monterrey

Ciudad de México, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Raúl Gracia Guzmán(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP EN RELACIÓN CON SU POSIBLE DESCENTRALIZACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a abstenerse de llevar a cabo acciones y formular declaraciones sobre su posible descentralización sin antes hacer públicos los estudios presupuestales, económicos, demográficos e inmobiliarios de factibilidad y cumplir la Ley de Bienes Nacionales, a cargo de la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputada Dulce María Sauri Riancho, y diputadas y diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracciones IV, V y VI, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

El 21 de octubre de 2017, el entonces presidente nacional de Morena, licenciado Andrés Manuel López Obrador, en una gira por Guanajuato anunció que sometería a proceso a análisis un plan para descentralizar oficinas de las dependencias y entidades del gobierno federal.

Con el pretexto de que ya no consideraba recomendable que siguieran creciendo las ciudades poblacionalmente, por escasez de agua potable y los problemas de movilidad y contaminación ambiental, señaló que en la Ciudad de México podría permanecer las oficinas de la Presidencia de la Republica  y las Secretarías de Hacienda, Gobernación y Relaciones Exteriores, y enviar a otras entidades federativas, el resto de las dependencias del gobierno. Sostuvo que se tenía que promover un crecimiento “parejo” (sic) y apoyar a todas las regiones del país.

En tal acto se le ocurrió la conveniencia de instalar la Secretaría de Marina en Veracruz; la de Defensa Nacional, en Jalisco; de Energía, en Tabasco; de Salud, en Guerrero; de Educación Pública, en Puebla; de Desarrollo Social, en Chiapas o Oaxaca; de Economía, en Nuevo León; de Agricultura, en Sonora; de Comunicaciones y Transportes, en San Luis Potosí, y de Cultura, en Tlaxcala; la Comisión Nacional del Agua, en Veracruz; la Comisión Federal de Electricidad, en Chiapas; Pemex, en Campeche; Nacional Financiera, en Guanajuato; la Comisión de Pesca, en Mazatlán, Sinaloa; el Servicio de Administración Tributaria y la Administración de la Aduanas, en Tamaulipas; la Comisión Forestal, en Durango; así como Minería, en Chihuahua.

La justificación inicial fue que con esta ocurrencia, habría un crecimiento más “parejo” de la economía y se combatiría la pobreza en las zonas más vulnerables del país y aclaró que, cuando presentara su proyecto alternativo de nación, se precisarían otros detalles.

El 20 de noviembre del mismo año, al presentar su proyecto alternativo de nación, el licenciado Andrés Manuel López Obrador estableció que con el propósito de “llevar a cabo la descentralización de las dependencias del gobierno federal,  de acuerdo con la naturaleza de cada sector y/o características de su función, varias entidades de la República podrían contar con la presencia de una dependencia federal”: Secretaría de Agricultura, Ciudad Obregón, Sonora;  Secretaría de Economía, Monterrey, Nuevo León; Secretaría de Salud, Chilpancingo, Guerrero; Secretaría de Turismo, Cancún, Quintana Roo;  Secretaría de Energía, Villahermosa, Tabasco; SEP, Puebla, Puebla; Secretaría de Cultura, Tlaxcala, Tlaxcala; CFE, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Sedesol, Oaxaca Oaxaca; SCT, San Luis Potosí, San Luis Potosí; Secretaría de Pesca, Mazatlán, Sinaloa; Secretaria del Trabajo, León, Guanajuato; Secretaría de la Función Pública Querétaro, Querétaro; PEMEX Ciudad del Carmen, Campeche; Sedatu, Pachuca, Hidalgo; SAT, Mexicali, Baja California; Aduanas, Nuevo Laredo, Tamaulipas; Conagua, Alvarado, Veracruz; Comisión Forestal, Durango, Durango; Minería, Chihuahua, Chihuahua; Infonavit, Toluca, estado de México; IMSS, Morelia, Michoacán; ISSSTE, Colima, Colima; Inegi, Aguascalientes, Aguascalientes; Diconsa, Zacatecas, Zacatecas; Fonatur, Bahía de Banderas, Nayarit; Conacyt, La Paz, Baja California Sur; Nafinsa, Torreón, Coahuila.

Dicho programa de descentralización de dependencias federales mantuvo en lo general lo declarado un mes antes por el presidente de Morena, sin mediar análisis o solicitud expresa alguna.

Pese a que el mencionado programa estableció que para su instrumentación se deberían “conocer las características de cada dependencia y su ámbito de competencia, a fin de que se tenga claro el mejor destino de su reubicación y emplazamiento, ya sea total o parcial y  llevar a cabo los estudios de carácter social que permitan identificar la problemática de la burocracia federal y sus posibles posicionamientos en relación a su movilidad y traslado a otras ciudades”, a la fecha, no se han hecho públicos ningún estudio ni análisis que permita conocer cuál podría ser el destino más adecuado, eficaz y racional  de  las dependencias y entidades de la administración pública federal, en caso de que se tuvieran que trasladar sus oficinas y funciones  a las entidades federativas.

Aún más, algunos secretarios de despacho que han asumido su cargo el pasado 1 de diciembre, han realizado declaraciones respecto de cumplir con las ocurrencias arriba señaladas, careciendo de un estudio que demuestre la viabilidad y factibilidad de hacer la descentralización correspondiente.

Tal es el caso del titular de la Secretaría de Educación Pública que, antes de revisar la viabilidad de una propuesta carente de análisis, ha dicho y realizado actos que demuestran que ya está trabajando para llevar a cabo dicha la descentralización al estado de Puebla, que a todas luces carece de algún fundamento racional, jurídico, administrativo y que incumple con la política de administración de inmuebles del Estado.

El pasado 9 de diciembre, el secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán, a través de su boletín número 5, dijo que la mudanza de Secretaría de Educación Pública de la Ciudad de México a Puebla iniciará en 2021.

Dijo que “se brindarán apoyos a los trabajadores que decidan trasladarse de manera voluntaria”. El secretario Moctezuma anunció esto durante la instalación del Consejo Consultivo Poblano para la descentralización de la SEP, donde reiteró que el proyecto de descentralización estará listo a mediados de 2019 para que, a más tardar, la dependencia comience a trasladarse a Puebla a finales de 2020 o principios de 2021. El titular de la SEP aseguró que el proceso para mudar la dependencia se realizará de manera “gradual, ordenada y planificada”.

Sin embargo, no se ha aclarado de ninguna manera, por qué el estado de Puebla tiene que ser la entidad federativa sede de la Secretaría de Educación Pública y cuáles son las necesidades de esa dependencia para cambiar su sede y los inmuebles cuyo dominio los hace exclusivos para el servicio público federal.

La Ley General de Bienes Nacionales establece en su artículo 9 que los bienes sujetos al régimen de dominio público de la federación estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales, en los términos prescritos por esta ley, excepto aquellos inmuebles que la federación haya adquirido con posterioridad al 1 de mayo de 1917 y que se ubiquen en el territorio de algún Estado, en cuyo caso se requerirá el consentimiento de la legislatura local respectiva.

El decreto o acuerdo mediante el cual la federación adquiera, afecte o destine un inmueble para un servicio público o para el uso común, deberá comunicarse a la legislatura local correspondiente.

No debe pasarse por alto que para la administración pública centralizada y paraestatal, existe el Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal que se constituye por el conjunto de políticas, criterios y mecanismos de coordinación de acciones tendentes a:

1. Lograr la administración eficaz y el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, en beneficio de los servicios públicos y funciones a cargo de la administración pública federal;

2. Promover la seguridad jurídica del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal; y

3. Coadyuvar a que los recursos presupuestarios destinados a la adquisición, administración, conservación y mantenimiento de los inmuebles necesarios para el funcionamiento de la administración pública federal, sean aplicados con eficiencia y eficacia.

 Asimismo y para la operación del Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal, existe un Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, que se integrará con las dependencias administradoras de inmuebles, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las cinco entidades que cuenten con mayor número de inmuebles dentro de su patrimonio ( una de ellas es la Secretaría de Educación Pública).

Dicho Comité es presidido por la Secretaría de la Función Pública y opera de acuerdo con las normas que para su organización y funcionamiento emite.

El Comité debe ser el foro obligado para el análisis, discusión y adopción de criterios comunes y de medidas eficaces y oportunas para lograr los fines del Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal, que tendrá por objeto:

I. Coadyuvar a la integración y actualización permanente del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal;

II. Identificar, analizar y evaluar la problemática que afecta al patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, así como proponer las medidas tendientes a solucionarla;

 III. Analizar el marco jurídico aplicable al patrimonio inmobiliario federal y paraestatal, así como cuando sea conveniente para alcanzar los objetivos del Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal, promover la adopción de un programa de control y aprovechamiento inmobiliario federal, así como la expedición de las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas conducentes; y

 IV. Promover la adopción de criterios uniformes para la adquisición, uso, aprovechamiento, administración, conservación, mantenimiento, aseguramiento, control, vigilancia, valuación y, en su caso, recuperación y enajenación de los bienes integrantes del patrimonio inmobiliario federal y paraestatal.

Y también está establecido en la Ley de Bienes Nacionales (artículo 49), que para satisfacer las solicitudes de inmuebles federales de dependencias, de la Procuraduría General de la República, de las unidades administrativas de la Presidencia de la República y de las entidades, la Secretaría de la Función Pública debe:

 I. Revisar el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, para determinar la existencia de inmuebles federales disponibles parcial o totalmente;

 II. Difundir a las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades, la información relativa a los inmuebles federales que se encuentren disponibles;

III. Establecer el plazo para que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades manifiesten por escrito, su interés a fin de que se les destine alguno de dichos bienes;

 IV. Fijar el plazo para que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades solicitantes de un inmueble federal disponible, justifiquen su necesidad y acrediten la viabilidad de su proyecto;

 V. Cuantificar y calificar las solicitudes, atendiendo a las características de los inmuebles solicitados y a la localización pretendida;

 VI. Verificar respecto de los inmuebles federales disponibles el cumplimiento de los aspectos legales,

 Más importante aún, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley mencionada se establece que:

La adquisición de derechos de dominio o de uso a título oneroso sobre inmuebles ubicados en territorio nacional para el servicio de las dependencias, la Procuraduría General de la República o las unidades administrativas de la Presidencia de la República, sólo procederá cuando no existan inmuebles federales disponibles o existiendo, éstos no fueran adecuados o convenientes para el fin que se requieran.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los responsables inmobiliarios de las dependencias, bajo su responsabilidad, harán constar que no existen inmuebles federales disponibles o que los existentes no son adecuados o convenientes para los fines requeridos, mediante consulta electrónica del Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.

Por tal motivo resulta impropio que, sin realizar ningún estudio de factibilidad ni de la viabilidad del estado de Puebla para ser sede de la Secretaría de Educación Pública y sin dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Bienes Nacionales, ni contar con ningún tipo de decreto de parte del Poder Ejecutivo Federal ni de la legislatura del Estado de Puebla, el Secretario de Educación Pública haya instalado un consejo consultivo y lleve a cabo trabajos tendientes a abandonar los edificios de la Ciudad de México.

Por lo anteriormente expuesto, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión aprueba los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.Se exhorta al secretario de Educación Pública a que se abstenga de realizar acciones y declaraciones en torno a la posible descentralización de esa dependencia sin antes hacer públicos los estudios presupuestales, económicos, demográficos e inmobiliarios de factibilidad y viabilidad que demuestren por qué la ciudad de Puebla podría ser la sede más adecuada para las oficinas de la Secretaría de Educación Pública.

Segundo. Se exhorta al secretario de Educación Pública a que haga públicos los estudios de carácter social que permitan identificar la problemática de la Secretaría de Educación Pública federal y sus posibles posicionamientos en relación a su movilidad y traslado a otras ciudades.

Tercero. Se exhorta al secretario de Educación Pública a que demuestre mediante un análisis riguroso, que la medida descentralizadora anunciada específicamente en el estado de Puebla, se ajusta a la política obligatoria establecida en la Ley General de Bienes Nacionales, de asignar recursos presupuestarios destinados a la adquisición, administración, conservación y mantenimiento de los inmuebles necesarios para el funcionamiento de la administración pública federal, con eficiencia y eficacia en beneficio de los servicios públicos.

Cuarto. Se exhorta al secretario de Educación Pública a que haga públicos el total de inmuebles que tiene la Secretaría de Educación Pública federal en la Ciudad de México, objeto del traslado y el uso propuesto, en caso de aprobarse dicha medida.

Quinto. Se exhorta al secretario de Educación Pública para que transparente, por unidad administrativa, la cantidad de servidores públicos sujetos del plan de traslado a la ciudad de Puebla.

Notas

1 www.excelsior.com.mx/nacional/2017/10/22/1196443

2 Proyecto Alternativo de Nación http://morena.org/wp-content/uploads/2017/11/Plan-de-Nacion-de-Morena.pdf

Boletín número 5 Secretaría de Educación Pública, 9 de diciembre de 2018 www.gob.mx/sep/prensa/descentralizacion-de-sep-se-hara-de-manera- gradual-y-ordenada-moctezuma-barragan

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Dulce María Sauri Riancho(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A PRESENTAR LAS PRUEBAS SOBRE LA DENUNCIA ANUNCIADA RESPECTO A LA CORRUPCIÓN EN EL CONACYT

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a presentar las pruebas sobre la denuncia anunciada por su vocero respecto a la corrupción en el Conacyt, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Ana Laura Bernal Camarena, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, en la LXIV Legislatura, del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta respetuosamente exhorta respetuosamente a la Presidencia de la República a presentar las pruebas sobre la denuncia anunciada por su vocero respecto a la corrupción existente en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología para tomar las decisiones legislativas pertinentes y combatir la inmensa estructura de la corrupción en las instituciones mexicanas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. México se encuentra, gracias a la pujante y exigente legitimidad de las energías sociales, y a las determinaciones del presidente Andrés Manuel López Obrador, en un franco periodo de transición política. Las teorías de las transiciones mencionan que los procesos sociales y políticos deben entrar en un momento inédito. Las velocidades y los ritmos institucionales usuales deben ser intervenidos por otro proceso de gobernabilidad que integre una estrategia definida por un acuerdo entre las partes políticas sociales.

En nuestro país, desde hace tiempo, ya es pública que la estrategia del gobierno federal centra sus esfuerzos en el desplazamiento de la corrupción. La corrupción frena todo intento de consolidar cualquier forma de gobierno que pretenda conducirse por las vías de la legalidad democrática. De hecho la corrupción ha impedido el desarrollo propicio del país en cualquier tema que se mencione, sobre todo en seguridad. Todo nicho de la estructura de ,gobierno debe pasar por una escrupulosa revisión  que detecte dónde anida la coruupción y de qué se sirven las acciones de corrupción para hacerlas efectivas con el vehículo institucional.

Convengamos pues que esta transición debe ser, es, un puntal ético, una empresa consensuada y común que se dirija hacia ese objetivo, el destierro de la actividad corruptiva masiva en nuestro país. La transición demanda flexibilizar posturas políticas entre adversarios precisamente para encaminar las energías hacia ese campo común e inhibir la resistencia de las propias fuerzas que se han desarrollado hasta niveles de ingobernabilidad y alto riesgo para la ciudadanía. Es un periodo de crisis institucional porque requiere desplazar un sistema de potencia política monumental y simultáneamente, instalar otro en el mismo lugar del desplazamiento. Al mismo tiempo, la dinámica de gobierno debe estar atenta a la instalación propia de su aparato de acción ejecutiva. Es un momento especial para la República.

En este sentido, esta propuesta se dirije a un señalamiento que viene desde la misma Presidencia. Una denuncia de corrupción en Conacyt.

La denuncia es la siguiente: El coordinador general de Comunicación Social de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas, aseguró que la corrupción en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) es más grande que la llamada “Estafa Maestra“, por lo que en próximos días se darán a conocer las irregularidades cometidas en administraciones pasadas en este organismo.

Abundó que la situación del Conacyt, como otras áreas del gobierno que se han recibido, ha estado plagada de contratos, becas que si no son ilegales, sí inmorales, donde se ha incurrido en corrupción, se ha beneficiado a empresas privadas con dinero público para investigaciones científicas, en donde ni siquiera se han entregado los resultados de las mismas.

“La Auditoría Superior de la Federación ya ha hecho observaciones, en Conacyt ha habido irregularidades muy grandes, mucho más grandes que la ‘Estafa Maestra’ que ha causado un escándalo nacional e internacional, en el caso de Conacyt el manejo de becas ha alcanzado mayor dinero que lo señalado en la Estafa Maestra”, apuntó.

El vocero del gobierno de México señaló que se está realizando toda la investigación de estas irregularidades y “se va a dar vista a las autoridades con muestras de las becas que se otorgaron y los incumplimientos que hay”.

“Lo que sí puedo señalar es que hay empresas nacionales e internacionales que se han visto favorecidas con becas Conacyt y no han rendido cuentas como se le exige a cualquier investigador de las universidades públicas, ¿por qué invertir dinero público en empresas privadas? eso es lo que debe debatirse. Se pervirtió el apoyo público de Conacyt”, detalló.

2.- Recordemos los debates en torno a el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2019 en la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación de este cuerpo colegiado. Las reacciones al recirte presupuestal en ciencia se concentró en unos momentos en el asunto de la disminución de las becas de Conacyt . Algunos integrantes de esta comisión esbozaron la posibilidad de irregularidades en este apoyo sistemático y dibujaron un proceso de descomposición en este rubro en detrimento de la ciencia en México. Ahora se manifiesta la presunta realidad en la dotación de las becas.  Eminentemente, si el vocero presidencial se ha permitido emitir esa información es porque tiene la garantía de poseer información en ese sentido.

3. El papel de la Cámara de Diputados, en especial, la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, en este periodo, tiene la responsabilidad de asumir esta denuncia y tomar decisiones de calado legislativo para recibir la denuncia, analizarla y operar un programa para legislar sobre el asunto y, posiblemente vacunar legislativamente, contra la corrupción en el tema de la Ciencia. Tomar el compromiso de medir los efectos históricos de esa corrupción y recibir denuncias posteriores de la propia comunidad científica, de las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación.

4. Mencionemos cierto antecedente de irregularidades. Hace tiempo, en 2017, la periodista Carmen Aristegui, entrevistó a una becaria, Ivonne Flores, quien decidió demandar por vía de amparo al @Conacyt_Mx que violó sus derechos humanos e hizo del debido proceso, principio sobre el que descansa el Estado de derecho, una caricatura. Y qué decir, además, del principio de presunción de inocencia que el @Conacyt_Mx no observó. Se trató de un juicio sumario contra una becaria. Por medio de correos electrónicos que en esta entrega responderé, aporto elementos de este lamentable incidente.

a. Lo que escribo sobre el actuar de Enrique Cabrero, director del @Conacyt_Mx no tiene asidero alguno en algún agravio personal. Debo decir que en los últimos 9 años tengo el nivel más alto del Sistema Nacional de Investigadores como investigador de excelencia, el nivel III, de tal suerte que por ahí no van a encontrar ningún tipo de explicación.

b. Sé -y lo he dicho en otras ocasiones- que buena parte de los investigadores y becarios del @Conacyt_MX resisten estoicamente lo que haga el organismo de promoción de ciencia y tecnología, bien por depender de ello para complementar sus ingresos o por temor a la percepción de que ir en contra de la corriente podría tener una consecuencia negativa en su labor como investigador o investigadora, o dejar de tener la beca para estudiar posgrados. En efecto, no estoy haciendo una crítica. Describo lo que pasa. La aparición de una joven mujer, becaria y de escasos recursos económicos que hubiera sido una estadística más de la arbitrariedad que en (muchas o pocas) ocasiones incurre @Conacyt_Mx me sorprendió por negarse a la sumisión ilegal que observa una parte no menor del universo de la comunidad del @Conacyt_Mx. Quizá una de las excepciones más admirables es la de @sergioaguayo, quien al tiempo que ha resuelto en su oportunidad intentos de marginarlo del SNI ha contribuido a la reforma en materia de conflictos de interés del Reglamento del SNI de @Conacyt_MX. Arropada con sus propios conocimientos la becaria le ha dado un revés jurídico a Enrique Cabrero, director del @Conacyt_Mx. Ello es digno de reconocimiento, de ahí mi interés en escribir sobre ese tema. Pensaron que por ser pobre y mujer se habría de quedar callada. Y no, no fue así.

d. El viernes pasado el @Conacyt_Mx emitió un comunicado institucional para decir medias verdades y exhibir a Ivonne Flores. De entrada, es de llamar la atención cómo el @Conacyt entra en contradicciones sobre la razón por la cual esa institución le retiró la beca a Ivonne. En el requerimiento interno para contestar la demanda por parte del jurídico, señala que la becaria “prestó servicios profesionales” durante la beca. Así, sin fundamentar ni motivar su dicho. Por otro lado, en el comunicado referido afirma que le fue retirada la beca para estudiar su doctorado porque aparecía su firma en una demanda. Es muy difícil subsumir una firma en un documento como servicios profesionales. Más lo es, violar el derecho a la presunción de inocencia de Ivonne y negarle su derecho a ser escuchada y vencida en juicio.

f. El comunicado institucional le permite a Ivonne reivindicar su honor lesionado por el @Conacyt_Mx que la presenta como culpable, cuando no lo es. De igual forma, esta becaria tiene el derecho de impugnar el uso de sus datos personales que, se supone, deben estar protegidos. Pero ahí no acaba esta odisea. El sábado pasado, el candidato del PRI al gobierno del estado de México agradeció a Enrique Cabrero, director de @Conacyt_Mx su apoyo en el marco de su campaña política. Y hasta el cierre de esta columna a las 12 de la mañana del 2 de mayo del 2017, ni Enrique Cabrero ni @alfredodelmazo habían dicho algo sobre este irregular apoyo que lastima lo previsto en el artículo 41 y el 134 constitucionales que precisamente obligan a la imparcialidad y a no destinar recursos públicos para apoyar a un candidato a elección popular. Es la primera vez en su historia -hasta donde tengo conocimiento- que el director de @Conacyt_Mx destina recursos a su candidato, en este caso @alfredodelmazo. Las instituciones como @Conacyt_MX deben estar al margen de las contiendas electorales porque contamina sus objetivos. Ver para creer hasta dónde la corrupción ha llegado sin más límite que la imaginación del equipo de @EPN cuyo sello distintivo son precisamente la corrupción y la impunidad.

Otro ejemplo, este artículo de 2016. Revista Contralínea.

“Fondos Conacyt, multimillonarias irregularidades”.

https://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/2016/07/26/ fondos-conacyt-multimillonarias-irregularidades/

Las irregularidades (en Conacyt) empiezan desde las Secretarías de Hacienda y la de Energía (Sener): en 2014 los fondos sectoriales Conacyt-Sener Hidrocarburos y Conacyt-Sener-Sustentabilidad Energética debieron recibir 6 mil 800 millones 844.8 mil pesos por concepto del derecho para la investigación científica y tecnológica en materia de energía, pero las dependencias encabezadas por Luis Videgaray y Pedro Joaquín Coldwell sólo depositaron 4 mil 798 millones 49 mil pesos. Así, 2 mil 2.8 millones “no fueron ingresados a los fondos o destinados a proyectos del Ramo 38, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, como lo establece la normativa”.

La ASF pidió explicaciones a la SHCP. Preguntó por los recursos recaudados por derechos pagados por Pemex Exploración y Producción, fuente que alimenta estos fondos y Hacienda aseguró que lo recaudado ascendió a 8 mil millones de pesos y confirmó “que los recursos transferidos a la Sener para los fondos fueron por 4 mil 798 millones 49  mil pesos”. 2 mil 2.8 millones “no fueron ingresados a los fondos o destinados a proyectos del Ramo 38, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, como lo establece la normativa”.

Entonces la Auditoría quiso saber qué pasó con los más de 2 mil millones que no llegaron a su destino. Al respecto, la SHCP se limitó a contestar que no sabía, que simplemente “no dispone de [la] información solicitada”.

Por su parte, la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Sener aseguró haber pedido los recursos, pero que Hacienda no los otorgó. “De lo anterior la Sener no proporcionó evidencia documental”, anotaron los auditores. Por contrato, la Sener es la responsable de “gestionar ante las autoridades competentes la transferencia de los recursos, a fin de que se realicen las aportaciones a que se refiere el artículo 254 Bis de la Ley Federal de Derechos”.

Y como en todo momento, el Consejo sólo fungió como espectador ante el problema, la ASF le recomendó dar “seguimiento al monto de las aportaciones y recursos que se deban transferir a los Fondos Conacyt, y continúe las gestiones para aclarar o recuperar los recursos por el derecho para la investigación científica y tecnológica en materia de energía”.

Contralínea buscó tanto al doctor Enrique Cabrero Mendoza, director del Consejo Nacional, como a Gabriela Corona Morales, subdirectora de Gestión de Fondos Sectoriales y de Emprendimiento Tecnológico, y al encargado del Órgano Interno de Control, Magdaleno Díaz Barrios. Pero en ningún caso se recibió respuesta.

Las anomalías

En 2014, aportaciones por 30 millones de pesos provenientes de las Secretarías de Marina y de Medio ambiente y Recursos Naturales (15 millones cada una) fueron registradas como ingresos propios, lo que derivó en una promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria contra los servidores públicos responsables  (14-9-3890X- 02-0433-08-001), y la prohibición de volver a recibir de entidades y dependencias federales contribuciones, “a fin de que la contabilidad del Conacyt reporte cifras reales y se cumpla la normativa en la materia”.

Conacyt-498-02 Del Fondo Mixto de Baja California se esfumaron 10 millones 712 mil pesos. Al cierre del ejercicio, la autoridad declaró que contaba con 83 millones 286.8 mil pesos en sus estados de cuenta bancarios, mientras que el Consejo reportó ante Hacienda que el saldo era de 72.5 millones. Esto derivó en una nueva recomendación de fortalecer los mecanismos de control, “a fin de asegurar la transparencia en la administración y la rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos”.

Otros 4 millones 362.1 mil pesos volaron del Fondo Sectorial Sagarpa-Conacyt. El Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) retiró los recursos de las cuentas bancarias establecidas para tres proyectos sin que comprobaran ni justificaran los gastos incurridos o el destino de los recursos”. La ASF se limitó a recomendar que los dineros no “se canalicen a otras cuentas” que no tengan que ver con los proyectos.

Asimismo, se detectaron pagos improcedentes por 126 mil pesos por trabajos de campo y honorarios por servicios profesionales en perjuicio del Fondo Sectorial de Investigación en Materias Agrícola, Pecuaria, Acuacultura, Agrobiotecnología y Recursos Fitogenéticos.

De igual forma, del Fondo Sectorial Conavi-Conacyt se dieron pagos por conceptos no autorizados por 2 millones 190 mil pesos por parte de la Universidad Autónoma Metropolitana Xochimilco, de los cuales 590 mil pararon en un despacho contable y 78.2 mil en un viaje a Londres, Inglaterra, sin justificación para efectos de la investigación relacionada. Como consecuencia de las irregularidades, los proyectos 165465 y 166011 fueron cancelados y los recursos regresados.

También, debido a “errores de registro en 2010”, según los funcionarios, transferencias bancarias por al menos 51 mil pesos no fueron reportadas en los estados financieros del Fondo Mixto del Estado de Aguascalientes. Ni tras la intervención de la ASF la Secretaría Administrativa de dicho fondo explicó lo ocurrido ni presentó “documentación de las causas que generaron los ajustes”.

Falta de control

Dos fondos, el Conacyt-Sener Hidrocarburos y el Conacyt-Sener Sustentabilidad Energética, no presentaron sus estados financieros ante la Auditoría Superior. “Únicamente proporcionaron el ‘Estado de posición financiera’, pero no el ‘Estado de actividades’, ni el de ‘Flujo de efectivo’, que permitan verificar las aportaciones recibidas en el año, así como las ministraciones realizadas por los fondos a los sujetos de apoyo”.

Dichos fondos rebasan los 13 mil millones y 2 mil millones de pesos, respectivamente. Entonces, preocupada, la ASF exigió la vigilancia de los secretarios administrativos “a fin de que formulen los estados financieros básicos al cierre de cada mes para cumplir con los requerimientos de información, tal como lo establece la normativa respectiva”.

Sobre el control de los recursos asignados a los demás proyectos en 2014, la Auditoría fue contundente: “se determinó que el Conacyt carece de controles de los proyectos de investigación apoyados, por lo que no cuenta con información sobre los recursos reservados para los proyectos y de las disponibilidades que se mantienen en los fondos”.

Además, señala, a la Junta de Gobierno le toca aprobar informes de autoevaluación con información incompleta sobre la distribución de los recursos: los informes nunca abarcan la totalidad del año, a lo mucho hasta septiembre u octubre, mientras que en otros casos los datos llegan hasta abril.

“Las inconsistencias en la información presentada a la Junta de Gobierno del Conacyt se originaron porque la entidad depende de la información generada y remitida por los Secretarios Administrativos de los Fondos Conacyt, la cual es inoportuna y sobre todo por carecer de controles de información de lo que se eroga por cada fondo.”

Una recomendación más y otra promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria cayeron por esto (14-1-3890X-02-0433-01-006 y 14-9-3890X-02-0433-08-002).

Los miles de millones de pesos, originalmente etiquetados para el desarrollo científico del país, se manejan discrecionalmente. Aún en agosto de 2015, el Consejo no había registrado “en una cuenta de activo el monto de las disponibilidades de los fondos Conacyt (institucionales, sectoriales y mixtos), ni de las transacciones que emanan de su operación”.

Es decir, hay elementos para presumir de una sistemática serie de irregularidades que necesariamente, por bien de las instituciones, tenemos que considerar en todos los aspectos.

Por lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Presidencia de la República a presentar las pruebas sobre la denuncia anunciada por su vocero respecto a la corrupción existente en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología para tomar las decisiones legislativas pertinentes y combatir la inmensa estructura de la corrupción en las instituciones mexicanas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Ana Laura Bernal Camarena(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



ORDENAR EL DESARROLLO URBANO EN QUINTANA ROO, A FIN DE PROTEGER EL HÁBITAT Y EVITAR LA MUERTE DE COATÍES, TEJONES Y MAPACHES

«Proposición con punto de acuerdo, para establecer acciones de coordinación y vigilancia tendentes a ordenar el desarrollo urbano en Quintana Roo, proteger el hábitat y evitar la muerte de coatíes, tejones y mapaches, a cargo de la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Julieta Macías Rábago, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Semarnat, la Sedatu, la Profepa, el gobierno de Quintana Roo y el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, a establecer acciones de coordinación y vigilancia tendentes a ordenar el desarrollo urbano local, a fin de proteger el hábitat y evitar la muerte de coatíes, tejones y mapaches por la construcción de fraccionamientos aledaños a zonas de reserva ecológica, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La relación de los seres humanos con la naturaleza es indisoluble; por ello, la menor o mayor disposición a generar y detonar desarrollo y crecimiento con respeto por el ambiente, determina el nivel de evolución de la conciencia y la capacidad de expandir el pensamiento hacia el largo plazo –con la mira puesta en las próximas generaciones– de cada grupo social.

Efectivamente, la opción preferencial por el desarrollo sustentable, debe ser un compromiso que involucre a Estado, mercado y sociedad para que cada sector haga lo que le corresponde, a fin de procurar un ambiente sano y equilibrado en que todas las especies y ecosistemas puedan convivir armónicamente.

Expresión escrita de una concepción sabia y saludable del vínculo del entorno con las personas es la carta de 1855 del jefe Seattle, de la tribu suwamish, dirigida al presidente Franklin Pierce de Estados Unidos, en respuesta a su oferta de comprar los territorios del noroeste que hoy forman Washington a cambio de crear una reservación para su pueblo:

(...) Enseñen a sus niños lo que enseñamos a los nuestros, que la tierra es nuestra madre. Todo lo que le ocurra a la tierra, les ocurrirá a los hijos de la tierra. Si los hombres escupen en el suelo, están escupiendo en sí mismos. Esto es lo que sabemos: la tierra no pertenece al hombre; es el hombre el que pertenece a la tierra.

Esto es lo que sabemos: todas las cosas están relacionadas como la sangre que une una familia. Hay una unión en todo. Lo que ocurra con la tierra recaerá sobre los hijos de la tierra. El hombre no tejió el tejido de la vida; él es simplemente uno de sus hilos. Todo lo que hiciere al tejido, lo hará a sí mismo. (...)

En México, el turismo ha cobrado mayor relevancia como impulsor de la economía ante el declive de la producción petrolera. Antes de la cancelación del Consejo de Promoción Turística de México y la desaparición de recursos federales para la promoción turística, durante 2017 el país ocupó el primero, tercero y cuarto lugares del índice global de las ciudades destino de América Latina y el Caribe que patrocina una marca de tarjetas de crédito.

El primer lugar lo ocupó Cancún; el segundo Punta Cana, en República Dominicana; el tercero, la Ciudad de México; y el cuarto, la riviera maya.

Las luces de Cancún como destino turístico tienen una contraparte sombría en cuanto al desarrollo ecológico y urbano vivido durante el casi medio siglo de existencia como ciudad.

Cuando se trazó el proyecto de este centro turístico, allá por 1971, se consideró una zona de preservación ecológica, en la cual se encontraba el área hoy conocida como Tajamar.

Todo un sistema lagunar (Nichupté) estuvo bajo dicho rango de protección hasta el 30 de noviembre de 1994, cuando el gobierno estatal de Mario Villanueva dispuso que Tajamar se separara de la zona protegida, no obstante ello partiera en dos la zona de manglares, para aplicarle una “política de aprovechamiento”.

Para 2005, con la actualización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de la Ciudad de Cancún, así como con el Programa de Ordenamiento Ecológico Municipal, dicha política de aprovechamiento fue ratificada.

Al inicio, Tajamar estaba cubierta de mangles y humedales, integrados al sistema lagunar, donde vivían especies de flora y fauna amenazadas o en peligro de extinción y protegidas por leyes ambientales.

Un área enorme, de 58 hectáreas, frente a la laguna Nichupté fue urbanizada entre 2005 y 2008 con recursos federales para después ser lotificado y vendido a desarrolladores inmobiliarios por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, el ente que tenía la propiedad de Tajamar. Se iniciaba el proyecto Malecón Tajamar.

Dicha planeación incluía, entre otros, un desarrollo comercial, estacionamientos y oficinas de 50 mil metros cuadrados, una zona residencial de 3 mil 600 viviendas, torres condominales, y un templo católico, entre otros.

Tras una batalla iniciada por la sociedad civil organizada para defender el manglar, en noviembre de 2015 le fue concedida una suspensión definitiva a las obras, medida que se dejó sin efectos antes de diciembre.

Desde las 4 de la madrugada del 16 de enero, alrededor de 50 camiones con material, pipas de agua y retroexcavadoras ingresaron en el manglar Tajamar, resguardados por un nutrido contingente de granaderos, para rellenar, devastar y (en algún momento se adujo) tratar de rescatar la flora y fauna ahí existente. La maquinaria pesada devastó más de 90 por ciento del manglar Tajamar.

De acuerdo con ambientalistas entrevistados, las labores de desmonte del manglar “duraron 30 horas, y para cuando terminaron ‘había una peste impresionante, un olor a animal muerto que no se podía confundir, y el cielo estaba lleno de zopilotes’”.

El anterior recuento de un daño ambiental esperable (no cabría alguna otra expectativa si se toma en cuenta que un ecosistema se partió en dos y que maquinaria pesada llegó a desmontar y devastar), que arrasó lo mismo a flora que a fauna endémicas en nombre de un desarrollo de gran calado, es pertinente para explicar la razón de pedir del presente punto de acuerdo.

En medios electrónicos locales se informó que vecinos del fraccionamiento Jardines del Sur habrían dado testimonio en el sentido que “cazadores furtivos a bordo de camionetas, armados y con perros de caza, han ingresado a dicha área verde para dar muerte a por lo menos 60 especies de coatis (sic) y tejones”.

Al parecer, dicho ecocidio estaría ocurriendo “en un polígono de 20 hectáreas ubicado por las avenidas Mayorca (sic) y Villa Maya por la supermanzana 326 en el polígono sur de Benito Juárez. Hace tres semanas había más de 120 Coatis (sic) y actualmente, después de dos domingos de la matanza indiscriminada, sólo quedan poco más de 20 (...)”.

Estamos ante un nuevo episodio de daño ambiental y depredación a especies animales y vegetales en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. Todo ello, en beneficio de un desarrollo urbano desordenado y ecocida que nos demanda, como legisladores federales, a promover un entendimiento con otros poderes y órdenes de gobierno para detener la destrucción del ambiente.

Por lo expuesto, en nombre del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.Se exhorta a la Semarnat, la Sedatu, la Profepa, el gobierno de Quintana Roo y el ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, a establecer acciones de coordinación y vigilancia tendentes a ordenar el desarrollo urbano local, a fin de proteger el hábitat y evitar la muerte de coatíes, tejones y mapaches por la construcción de fraccionamientos aledaños a zonas de reserva ecológica.

Notas

1 http://psic0nautas.com/soy-un-hombre-salvaje/ Consultado el 25 de febrero de 2019.

2 https://sipse.com/novedades/lugares-populares-cancun-america-latina- riviera-maya-turistas-internacionales-312237.html Consultado el 25 de febrero de 2018.

3 https://www.animalpolitico.com/2016/02/el-manglar-tajamar-una- decada-de-devastacion-vista-desde-el-cielo-video/ Consultado el 25 de febrero de 2019.

4 https://www.animalpolitico.com/2016/01/las-10-claves-que-debes-saber- sobre-el-conflicto-ecologico-por-el-manglar-tajamar/ Consultado el 25 de febrero de 2019.

5 https://www.animalpolitico.com/2016/02/el-manglar-tajamar-una- decada-de-devastacion-vista-desde-el-cielo-video/ Consultado el 25 de febrero de 2019.

6 https://mayanoticias.com/cancun/matanza-indiscriminada-de-coatis- tejones-y-mapaches-en-cancun/ Consultado el 25 de febrero de 2019.

7 Ibídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Julieta Macías Rábago(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.



IMPLEMENTAR EL PROTOCOLO LATINOAMERICANO DE INVESTIGACIÓN DE LAS MUERTES VIOLENTAS DE MUJERES POR RAZONES DE GÉNERO EN CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General de Chiapas a implantar el protocolo latinoamericano de investigación de muertes violentas de mujeres por razones de género y disminuir así los feminicidios en el estado, a cargo del diputado Carlos Alberto Morales Vázquez

El que suscribe, Carlos Alberto Morales Vázquez, diputado sin partido de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por la que se exhorta respetuosamente a la Fiscalía General del estado de Chiapas a implementar el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)para disminuir el delito de feminicidio ocurrido en los diversos municipios del estado de Chiapas.

Consideraciones

Según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la palabra feminicidio se puede definir como la “muerte violenta de mujeres, por el hecho de ser tales” o “asesinato de mujeres por razones asociadas a su género” lo cual actualmente se encuentra contemplado como un delito grave en el artículo 325 de nuestro Código Penal Federal. Que a la letra dice “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”.

El feminicidio no es algo nuevo, a principios de 1993 el caso de las mujeres desaparecidas de Ciudad Juárez selló el precedente en la visibilidad de este delito tanto en México como a nivel internacional. En noviembre de 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó el primer fallo internacional sobre feminicidio responsabilizando al Estado mexicano por la falta de diligencia en las investigaciones relacionadas a la desaparición y asesinato de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez en el caso conocido como Campo Algodonero.

De igual manera en 18 de septiembre de 2017, la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres, ONU Mujeres, y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ONU-DH exhortaron a las autoridades mexicanas a garantizar una investigación efectiva bajo los estándares de debida diligencia y con perspectiva de género en los feminicidios.

Por lo que hace al 2018, se contabilizaron 834 feminicidios en toda la república mexicana según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de los cuales el 14 por ciento de los feminicidios reportados se suscitaron en el estado de Chiapas.

Dando un indicador de que los feminicidios ocurren con mayor frecuencia en los estados de la República que tienen un alto índice de rezago social, posicionando al estado de Chiapas en el séptimo lugar en feminicidios a nivel nacional ya que tan solo en las fechas de enero a diciembre del 2018 fueron registrados 23 feminicidios según las estadísticas de la Fiscalía General del estado de Chiapas.

Asimismo en Chiapas se encuentran contemplados los 11 municipios con mayor índice de feminicidios registrados a nivel República Mexicana, posicionando al municipio de San Cristóbal de las Casasen décimo sexto lugar, al municipio de Chamulaen el trigésimo quinto lugar, al municipio de Catazajáen septuagésimo noveno lugar, Cintalapaen el octogésimo lugar, Chanalen octogésimo primer lugar, Las Margaritasen octogésimo segundo lugar, Ostuacánen octogésimo tercer lugar, Tapachulaen octogésimo cuarto lugar, Tecpatánoctogésimo quinto lugar, Tuxtla Chicoen octogésimo sexto lugar y Villafloresen octogésimo séptimo lugar de la estadística que contempla los 100 municipios con mayor índice de feminicidios según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional.

Dejando así a Chiapas como uno de los estados con mayor número de feminicidios registrados. Tan solo en el primer bimestre de la nueva administración han sido reportadas 18 muertes violentas a mujeres incluida una menor de edad, de las cuales únicamente ocho de esas muertes han sido considerados feminicidios según el criterio de la Fiscalía General de Justicia del estado de Chiapas.

La Fiscalía General del estado de Chiapas ha tenido registro que en menos de 72 horas se consumaron tres feminicidios siendo registrado el primero de ellos el pasado 14 de enero en Tuxtla Gutiérrez, donde una mujer fue hallada sin vida dentro de una vivienda, en dónde la víctima fue identificada como Anahí Salcedo, quien presentaba lesiones de bala en la cabeza.

Una de las medidas que se propone en el presente punto de acuerdo para atender este problema en el corto plazo de manera efectiva, es la implementación a nivel general del modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio) para así disminuir el alto índice de feminicidios en el estado de Chiapas.

Cabe mencionar que en 2012, en el estado de Chiapas a través de su entonces procuradora de Justicia María Susana Palacios García, fue suscrito el protocolo de actuación en la investigación del delito de feminicidio, sin embargo, este no se ha implementado de una manera adecuada, lo que ha permitido que el delito de feminicidio en el estado, vaya en aumento.

Punto de Acuerdo

Único:Se exhorta a la Fiscalía General del estado de Chiapas que en el ejercicio de sus funciones implemente el modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio).

Fuentes consultadas:

1. http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/nueva metodologia /Info_delict_persp_genero_JUN2018.pdf

2. http://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/articulos/2017/ 09/onu-mujeres-y-onu-dh-condenan-el-feminicidio-de-mara-castilla

3. https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/declaracionfemicidio-es.pdf

4. https://www.yucatan.com.mx/mexico/en-72-horas-se-registran- cuatro-feminicidios-en-chiapas

5. http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/nueva-metodologia/ CNSP-Delitos-2018_dic18.pdf

6. http://www.alertadegenerochiapas.org.mx/estadisticas.aspx

7. https://www.proceso.com.mx/571640/activistas-protestan-por-la-impunidad-en-los- casos-de-feminicidio-en-chiapas

8. https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta-de-violencia- de-genero-contra-las-mujeres-80739

9. https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/ LEY_0120.pdf?v=Mw==

10. file:///C:/Users/Usuario/Downloads/ Protocolo%20Actualizacion%2013-Ago-2012[1].pdf

11. https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Women/WRGS/ ProtocoloLatinoamericanoDeInvestigacion.pdf

12. http://www.alertadegenerochiapas.org.mx/estadisticas.aspx

13. http://insyde.org.mx/wp-content/uploads/2018/01/Protocolo-Modelo-para- la-Investigaci%C3%B3n-del-Feminicidio.pdf

14. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5521645 &fecha=04/ 05/2018

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Carlos Alberto Morales Vázquez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



MEJORAS A LA RED CARRETERA FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL DE LA ZONA SUR DEL ESTADO DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno del estado de México a realizar ante el federal gestiones para que la red carretera federal y estatal y de caminos municipales, así como las partes arqueológicas del sur de la entidad, sea objeto de mejoras, con materiales de alta tecnología e infraestructura acorde con la zona, a cargo del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito Francisco Javier Ramírez Navarrete, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 1, fracción I del artículo 6 y numeral 2, fracción III del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

En el estado de México se tienen 21 ejes turísticos divididos en 5 estatales-federales, 9 estatales y 7 federales; 13 ejes industriales de jurisdicción estatal y 21 principales ejes carreteros divididos en 14 libres de peaje y 7 de peaje; mas esto aún no es suficiente para atender y cubrir las necesidades de una población creciente.

El Distrito 38 es una región del Estado de México en la cual convergen múltiples poblaciones y que viven condiciones de necesidad en diversas materias, como lo son: desarrollo social, económico y de infraestructura, a consecuencia del crecimiento poblacional, lo cual genera la exigencia de mayores y mejores servicios.

Si bien aún se contempla como una zona de corte rural, también cuenta con los elementos para despuntar como una zona turística y de crecimiento económico, con miras a generar una zona de bienestar y prosperidad.

En visita oficial del presidente Andrés Manuel López Obrador al municipio de Tejupilco, el pasado 9 de febrero, dejó en claro que las condiciones de la infraestructura carretera de la zona no son las adecuadas; por tal motivo, el presidente López Obrador estableció el compromiso de generar las condiciones para que los recursos lleguen y sean habilitadas cada una de las carreteras del país.

Tal como es conocido de todos, las mejoras en la infraestructura carretera traen consigo las facilidades para que, los visitantes se acerquen a los prestadores de servicios dentro de las zonas campirana y arqueológicas del estado de México, así como la salida de productos del lugar hacia la población de áreas circunvecinas y con ello reactivar la economía y desarrollo mercantil de ese sector.

Es por eso que hoy, en el ánimo de poder atender la necesidad que hay en esta región del país y teniendo como sustento lo expresado por el presidente López Obrador, se hace un exhorto al licenciado Alfredo del Mazo Maza, gobernador constitucional del estado de México, para que instruya al secretario del ramo para que se realicen las gestiones y trámites correspondientes con el fin de hacer y llevar las mejoras a la población de la entidad.

Las estadísticas dejan entrever que, si bien la mayor producción dentro de la zona es de pastos (forrajes), así como de maíz, asimismo la zona ha sido calificada como la que más aporta en la producción de carnes, viniendo a ser un mercado muy productivo, mas no explotado al máximo por las condiciones en las que se encuentra la red carretera.

Por lo anteriormente expuesto, es que se solicita a esta soberanía, se exhorte al gobierno del estado de México para que se realicen las gestiones necesarias ante el gobierno federal, a fin de que la red carretera federal, estatal y municipal, así como la parte arqueológica de la zona sur del estado, sean objeto de mejoras, con materiales de alta tecnología y la infraestructura acorde a la zona; mediante el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Con punto de acuerdo para exhortar al gobierno del estado de México para que se realicen las gestiones necesarias ante el gobierno federal, a fin de que la red de carreteras federal, estatal y de caminos municipales, así como las partes arqueológicas de la zona sur del estado de México, sean objeto de mejoras, con materiales de alta tecnología y la infraestructura acorde a la zona, tal como lo expresó el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Palacio Legislativo, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.



LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR 2019, Y DE COMERCIALIZACIÓN PARA EL CICLO AGRÍCOLA DEL MISMO AÑO

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sader a revisar los lineamientos sobre la operación del Programa de Producción para el Bienestar 2019, y reconsiderar los lineamientos relativos a la comercialización en ingreso objetivo en el ciclo agrícola de 2019, a cargo del diputado Absalón García Ochoa, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Absalón García Ochoa, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XX; 6, numeral primero; 62, numeral segundo; 65, numeral cuarto; y 79, numeral primero, fracción II, y numeral segundo, fracción III, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a que revise los lineamientos para la operación del programa Producción para el Bienestar 2019, reconsidere los lineamientos para la comercialización en ingreso objetivo en el ciclo agrícola 2019 y se analice el subsidio del programa del Agricultura por Contrato al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la presente administración se ha impulsado el programa Producción para el Bienestar para lograr la autosuficiencia alimentaria, los objetivos de dicho programa son producir los alimentos que abastezcan de forma suficiente a la población nacional, con la prioridad, por justicia social, de que quienes producen coman saludablemente y vivan bien.

Además de movilizar de manera sustentable –respetuosa del medio ambiente– todos los recursos y todos los instrumentos y programas gubernamentales disponibles, en acción coordinada con los sectores productivos, para producir más y mejor y fortalecer la economía rural con empleo y mayores ingresos y contribuir así a la gran tarea de reconstruir la cohesión y la paz social.

Para ello, el programa Producción para el Bienestar supuestamente ofrecerá apoyos anticipados a las labores de siembra de granos básicos; sin embargo, se han detectado en los lineamientos publicados el 23 de enero de 2019, en el Diario Oficial de la Federación, diversas inconsistencias de orden operativo toda vez que se pretende apoyar a los productores siendo la población objetivo de este programa los pequeños y medianos productores con predios de hasta 20 hectáreas elegibles, inscritos en el padrón del programa Producción para el Bienestar que cultiven granos básicos (maíz, frijol, trigo panificable y arroz).

En lo que respecta a la Agricultura por Contrato (A x C) es un esquema para un mercado globalizado. Donde los precios se fijan en la bolsa de futuros de Chicago complementado con el mercado de físicos llamado bases. Es una comercialización en una economía abierta: el precio al productor se define por la suma del futuro de Chicago que cambia todos los días y la base del mercado de físicos. El término de agricultura por contrato implica un contrato de compraventa de físicos a futuro, lo que en la jerga comercial se llama un contrato a término. Se vende a futuro un físico, en teoría, para sembrar solamente lo que se haya contratado.

Para el maíz de los ciclos agrícolas primavera-verano y otoño-invierno, de un año calendario anterior, en teoría debía contratarse en septiembre (o cuando se siembra) para asegurar su comercialización antes de su cosecha: en mayo, junio o julio. Como es una combinación de dos mercados: el de futuro (regido por la bolsa de Chicago) y el mercado de físicos (definido por las bases que se agregan al futuro para fijar el precio en la zona de consumo). Esto implica –en teoría– que se trata de un futuro de “físicos”.

El esquema de A x C cubre las variaciones que se den en el mercado de futuros de Chicago (con opciones: call o put) del momento de la contratación al momento de la entrega física del producto. Por eso se usan las opciones compradas en la bolsa de Chicago y la protección que paga el gobierno de las variaciones de la base, en la fórmula de contratación. Por eso para el productor hay calls, que cubren al productor las alzas de la cotización del futuro de Chicago y las compensaciones que cubren las variaciones de la base (físico), que complementa el precio del futuro.

Por tratarse del ciclo otoño-invierno en Sinaloa, abarca dos años presupuestales, ahora 2018 y 2019. Pero como se tiene que aplicar a un solo año presupuestal, se aplica al de la cosecha: presupuesto de egresos 2019. Esto obliga a realizar muy retrasadamente la contratación: no en septiembre/octubre 2018, sino en febrero 2019 para la entrega del maíz en mayo-junio del mismo año. Ya no se respeta el concepto de producir sólo lo contratado. Porque primero se siembra (y produce) y luego se vende. Mientras más pronto se contrate mejor, puede ser una aproximación razonable. La cotización de Chicago normalmente baja, cuando se acerca al 30 de marzo, fecha de publicación de intenciones de siembras del productor americano por el USDA (sigla en inglés del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América).

Así, hay una confusión en cuanto a la población objetivo de la política agrícola en México. Erróneamente el nuevo gobierno no prioriza a los estados que hacen agricultura, comercio, y que se encuentran en el centro, y norte, del país, y que es donde se producen más de 80 por ciento de los granos a nivel nacional. Pero el objetivo de la A x C y el apoyo al ingreso objetivo no es mejorar la distribución del ingreso, sino corregir las distorsiones del mercado para lograr una rentabilidad a los cultivos de granos básicos, al no haber atendido a los productores, a la asociación mexicana de secretarios de Desarrollo Agropecuario, al Consejo Nacional Agropecuario, a los expertos en la materia, y a los diputados de la Comisión de Desarrollo Rural, Agricultura, y Autosuficiencia Alimentaria, para lograr un mayor presupuesto para el campo.

Pero si ya no se pudo hacer, ahora se le está agregando una nueva dimensión, que hará que el volumen comercializado sea mucho menor y que queden todavía más excedentes: los volúmenes que no tengan el apoyo de la A x C por no estar protegidos por el ingreso objetivo. Con la nueva propuesta de la Cuarta Transformación, estos volúmenes excedentes serán mayores, por lo que menos se logrará el ordenamiento del mercado. Estos excedentes de producción aumentados traerán, en el mejor de los casos, incertidumbre en los precios que rijan en el mercado, o en la peor situación, provocarán la caída de precios del mercado de físicos, ya de sí deprimidos, por la apertura a las importaciones a precios “dumpeados”, debajo de los costos de producción en Estados Unidos de América (EUA) y todavía menos rentables frente a los costos de producción de México.

Por lo anteriormente expuesto someto a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Que se liberen los recursos para el pago de adeudos anteriores primavera-verano, y otoño-invierno de ingreso objetivo, especialmente del ejercicio fiscal de 2017, de los productos sorgo, maíz y trigo.

Segundo.No disminuir el subsidio en el pago de coberturas para agricultura por contrato, es decir, que el subsidio de pago de coberturas para agricultura por contrato continúe igual a 75 por ciento y no a 50 por ciento como se propone.

Tercero.Reconsiderar en los lineamientos de reglas de operación para la comercialización en incentivo ingreso objetivo en los ciclos agrícolas 2019, dejando libre el subsidio y no establecer límites a 30 hectáreas en riego y 60 hectáreas en temporal.

Cuarto.No disminuir subsidio para pago de póliza de coberturas de seguro agrícola.

Quinto. Que se actualice a 5,000.00 mil pesos m/n por tonelada el ingreso objetivo de cultivo de maíz.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Absalón García Ochoa(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE, QUE PERMITA PROTEGER LAS ZONAS ECOLÓGICAS DE LA CIUDAD

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno de la Ciudad de México a instaurar un programa de ordenamiento territorial y desarrollo sustentable para contener la expansión y el crecimiento desordenado de la mancha urbana, y proteger las zonas ecológicas de la ciudad, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Claudia Pastor Badilla, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las consecuencias de la sobrepoblación son cada día más evidentes en las grandes ciudades, entre las que destacan el aumento de los índices de congestión vial, la contaminación del aire, la construcción de casas en lugares protegidos, disminuyen la disponibilidad de áreas verdes y provocan serios problemas relacionados con la dotación de los servicios públicos.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) establece que la población mundial actual de 7 mil 600 millones de personas alcanzará los 8 mil 600 millones para el año 2030. Además, llegará a 9 mil 800 millones para 2050 y a 11 mil 200 para 2100.

Este organismo indica que alrededor del 55 por ciento de las personas en el mundo vive en ciudades y se estima que esta proporción aumentará hasta en un 13 por ciento para el año 2050, por lo que el desarrollo sostenible dependerá cada vez más de que se gestione de forma apropiada el crecimiento urbano, especialmente en los países de ingresos medios y bajos que son los que liderarán el proceso.

La causa por la que se espera que aumente la proporción es que las personas se desplazarán de su lugar de residencia de las áreas rurales a las urbanas y, a esta predicción, se suman las perspectivas de crecimiento demográfico, que indican que cerca de 2 mil 500 millones de personas adicionales vivirán en las ciudades para esa fecha.

La población urbana ha aumentado de manera exponencial, que va desde los 751 millones en 1950 a 4 mil 200 millones en 2018. Las áreas más urbanizadas son: América del Norte, con el 82 por ciento del total de la población; América Latina y el Caribe, con el 81 por ciento; Europa, con el 74 por ciento, y Oceanía, con el 68 por ciento.

No obstante, la ONU menciona que algunas urbes han experimentado una disminución en el número de habitantes en los últimos años. La mayoría de ellas se encuentran en países con bajas tasas de fertilidad en Asia y Europa, pero la contracción económica, la inmigración y los desastres naturales también han provocado pérdidas de población.

Asimismo, se han desarrollado las mega ciudades que presentan núcleos de población de más de 10 millones de habitantes y actualmente hay 43 en el mundo. A la cabeza de ellas, se encuentra Tokio, la urbe más poblada, con 37 millones de personas, y, detrás de ella, Nueva Delhi, con 29 millones.

En este sentido, la ONU indica que con 129 millones 163 mil habitantes, México es el décimo país más poblado del mundo, de los cuales 64 millones 312 mil habitantes de México son hombres y 64 millones 851 mil son mujeres. Asimismo, 27 por ciento son menores de 14 años; 18 por ciento tiene entre 15 y 24 años; 45 por ciento entre 25 y 59 años y 10 por ciento son sexagenarios o mayores.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el 2016 las ciudades con el mayor número de población fueron las siguientes: Ciudad de México, con alrededor de 8.9 millones de habitantes; Ecatepec (estado de México) y Tijuana (Baja California), con 1.6 millones; Puebla (Puebla) y León (Guanajuato), con 1.5 millones; Guadalajara (Jalisco), con 1.4 millones; Ciudad Juárez (Chihuahua) y Zapopan (Jalisco), con 1.3 millones; Monterrey (Nuevo León), con 1.1 millones, y Nezahualcóyotl, con 1 millón de habitantes.

La Ciudad de México se ha convertido en un lugar donde la problemática de sobrepoblación es lo más visible, en gran medida se atribuye a los graves problemas de urbanización que existen como el exceso de tráfico, la carencia de un trasporte eficiente que atienda a la demanda de ciudadanos, los problemas de contaminación en el aire, el excesivo número de desperdicios diarios que se generan, así como el acaparamiento ilegal de predios que están protegidos para su conservación ecológica.

Uno de los graves problemas es la expansión y crecimiento desordenado de la mancha urbana en la Ciudad de México, que ocupa cada vez más áreas del suelo de conservación, que son regiones no urbanizadas que albergan bosques, barrancas, cuencas, ríos y cultivos, y que contribuyen a preservar la riqueza natural de la ciudad.

Especialistas de la Universidad Nacional Autonomía de México (UNAM) indican que estos sitios son hábitat de más de mil 800 especies de plantas y animales, algunas endémicas.

Dichas especies permiten que haya captación de carbono, con la zona de cubierta vegetal de las serranías del sur; regulan el clima; facilitan la infiltración de agua en época de lluvias y favorecen la recarga de acuíferos. Además, participan en el equilibrio de la circulación general de la atmósfera.

La situación más común son los asentamientos irregulares que es el “crecimiento hormiga” (como lo identifica la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México), que inicia cuando pequeñas familias delimitan lo que consideran su terreno con la colocación de cuatro palos; luego autoconstruyen sus viviendas con cartón, lámina y tabicón. Inicialmente son poco visibles, y luego empiezan a crecer desmedidamente.

En este aspecto, Milpa Alta, Tlalpan y Xochimilco son las alcaldías con mayor superficie de suelo de conservación; le siguen Cuajimalpa, Magdalena Contreras, Álvaro Obregón, Tláhuac y parte de Iztapalapa (el cerro de la Estrella). La mayoría de las afectadas por la mancha urbana están al sur y al oriente de la capital.

Diferentes estudios realizados a través de imágenes satelitales, demuestran el aumento gradual de los asentamientos irregulares en suelo de conservación, que van de comunidades de ocho a 10 personas, a colonias completas, con la consecuente pérdida de cobertura vegetal a causa de incendios provocados para la expansión de la frontera agrícola, o para la ocupación ilegal del suelo.

Es alarmante la amenaza que representa el crecimiento poblacional a los ecosistemas naturales que aún se preservan en la Ciudad de México, por lo que es importante y urgente que se implementen acciones que ayuden a revertir cualquier efecto negativo que impacte la flora y fauna que radican en lugares protegidos, que contribuyan a un crecimiento urbano sustentable y a mejorar la calidad de vida de la población.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno de la Ciudad de México para que instrumente un programa de ordenamiento territorial y desarrollo sustentable, que permita contener la expansión y crecimiento desordenado de la mancha urbana para proteger las zonas ecológicas de la ciudad.

Notas

1 https://www.un.org/development/desa/es/news/population/world-population-prospec ts-2017.html

2 https://www.un.org/development/desa/es/news/population/2018-world-urbanization- prospects.html

3 https://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/06/21/1171150

4 https://verne.elpais.com/verne/2016/12/03/mexico/1480727598_ 122621.html

5 https://www.jornada.com.mx/ultimas/2018/12/14/mancha-urbana-en-la-cdmx-ocupa-ca da-vez-mas-suelo-de-conservacion-7558.html

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 28 días de febrero de 2019.— Diputada Claudia Pastor Badilla(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



SE CONDENE CUALQUIER INTENTO DE INTERVENCIÓN MILITAR CONTRA VENEZUELA, EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE NO INTERVENCIÓN Y LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE CONTROVERSIAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a condenar cualquier intento de intervención militar contra la República Bolivariana de Venezuela, continuar procurando el principio de no intervención y defender la solución pacífica de controversias, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PT

Quienes suscriben, diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La política de no intervención –que dicta la abstención de los Estados en los asuntos internos de otro Estado- es un principio del derecho internacional público, producto de la independencia de las naciones y el derecho de autodeterminación de los pueblos. Este, junto con la solución pacífica de controversias, así como la proscripción de la amenaza y el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, forman parte de los principios rectores de nuestra política exterior.

El principio de no intervención se integró a la Carta de las Naciones Unidas después de la Segunda Guerra Mundial, acordándose así que esta sería fundamental para asegurar la convivencia pacífica entre los países. Tanto la igualdad jurídica de los Estados, como el respeto a la soberanía y a la no intervención son principios básicos del derecho internacional, parte de la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados.

Sin embargo, ha sido parte de la política exterior de México desde antes, pues la Doctrina Carranza ya había contemplado al enunciarla al Congreso de la Unión en 1918; dictando:

“la igualdad, el mutuo respeto a las instituciones y a las leyes y la firme y constante voluntad de no intervenir jamás, bajo ningún pretexto, en los asuntos interiores de otros países... que el Ejecutivo a mi cargo ha seguido, procurando al mismo tiempo obtener para México un tratamiento igual al que otorga, esto es, que se le considere en calidad de nación soberana, como al igual de los demás pueblos; que sean respetadas sus leyes y sus instituciones y que no se intervenga en ninguna forma en sus negocios interiores”.

Esta doctrina fue respuesta directa a la actitud irrespetuosa e intervencionista que estaba teniendo Estados Unidos, y sus pilares eran el respeto a la soberanía y la no intervención.

Posteriormente, la Doctrina Estrada, publicada en 1930, declaró expresamente la manifestación soberana de nuestro país en contra de que los países decidan si un gobierno en otro Estado es legítimo o ilegítimo, especialmente cuando se trata de movimientos revolucionarios. Esta doctrina reconoce como denigrante la práctica de reconocer a gobiernos impuestos a países de América Latina en favor de chantajes de potencias, y dicta:

“El gobierno de México no otorga reconocimiento porque considera que esta práctica es denigrante, ya que, a más de herir la soberanía de las otras naciones, coloca a éstas en el caso de que sus asuntos interiores pueden ser calificados en cualquier sentido por otros gobiernos, quienes, de hecho, asumen una actitud de crítica al decidir favorable o desfavorablemente sobre la capacidad legal de regímenes extranjeros. El gobierno mexicano sólo se limita a mantener o retirar, cuando lo crea procedente, a sus agentes diplomáticos, sin calificar precipitadamente, ni a posteriori, el derecho de las naciones para aceptar, mantener o sustituir a sus gobiernos o autoridades”.

Tanto para el derecho internacional como para la conducta de la política interna de un país es fundamental la soberanía, y es por ello que el respeto a la soberanía ajena da estabilidad a las relaciones internacionales. La noción de soberanía se construye, además de bajo preceptos de política interna, sobre tres de los principios básicos del derecho internacional: el respeto mutuo a la soberanía de los Estados, la no injerencia o el deber que tienen los Estados de abstenerse de interferir en los asuntos internos de otros Estados, y la igualdad de todos los Estados frente al derecho internacional. Esto implica que el no respeto a la independencia de otro Estado incurre en una lesión a la soberanía propia.

Esto es fundamental de considerar en la coyuntura actual, en la que hay fuerzas externas a nuestra soberanía, así como actores políticos al interior del país, presionando para que México se deslinde de sus principios de política exterior en el marco del actual conflicto en Venezuela.

La no intervención se encuentra actual y vigentemente plasmada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción X del artículo 89, que enuncia los principios normativos de la política exterior de México; y, aun así, hay quienes esperan que este se viole para favorecer intereses ajenos al pueblo venezolano, e incluso ajenos al derecho internacional y a los derechos humanos.

La sugerencia de intervenir militarmente por parte de Estados Unidos es altamente preocupante, y México no deberá en ningún momento condonarla; por el contrario, habrá de fungir como defensor de la soberanía venezolana y del respeto a las relaciones internacionales pacíficas.

Nuestro país no puede, de ninguna manera, apoyar ningún tipo de intervención militar. Nuestra historia nos ha mostrado que es un mecanismo de chantaje y robo del que hemos sido víctimas. Recordemos la intervención de Estados Unidos en nuestro país, por la cual perdimos Texas y prácticamente la mitad de nuestro territorio. También conocemos su interés por los recursos naturales, recordemos que al presidente Carranza y al presidente Obregón en su momento se les condiciono el reconocimiento de su cargo a cambio de la concesión del petróleo y los recursos minerales del país. Hoy es clara la intención de Estados Unidos por acceder, si no es que apropiarse, a los recursos naturales –su petróleo- de Venezuela.

La historia de nuestro continente nos ha enseñado cómo terminan las “intervenciones para liberar de la tiranía a los pueblos”, con dictaduras militares violatorias de los derechos humanos y soportadas por los Estados Unidos bajo la premisa de que garantizarían la “democracia occidental”, resultando en dictaduras y subdesarrollo.

La postura de México en cuanto a la solución pacífica de controversias, el rechazo ante el uso de la fuerza y a favor de la no intervención, así como a la libre autodeterminación, siempre nos han otorgado el respeto de los demás países. Hoy no será el momento en que esto cambie. Aun cuando en la sociedad internacional haya un régimen de derecho que casi nunca es respetado puesto que los países velan antes por sus intereses particulares, esto no debería querer decir que México deba incurrir en las mismas prácticas antiéticas.

De tal suerte, la postura de México ante el conflicto en Venezuela no sólo es altamente respetable, sino producto de años de forjar una política exterior digna y respetuosa y reflejo de la integridad que tanto el gobierno como el pueblo de México tienen. El principio de no intervención, la solución pacífica de controversias, así como la proscripción del uso de la fuerza son parte esencial de nuestra identidad, de nuestra historia, y de la esencia que queremos fomentar y preservar en el futuro;

De tal suerte, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo exhorta, sensiblemente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores a mantener la postura que hasta ahora ha mostrado en la coyuntura del conflicto venezolano, a conservar nuestra integridad y principios, a defender la paz.

Por lo anterior, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a condenar cualquier intento de intervención militar contra la Republica Bolivariana de Venezuela, a continuar procurando el principio de no intervención y a defender la solución pacífica de controversias, así como la proscripción del uso de la fuerza en las relaciones internacionales como están enunciados en nuestra Constitución.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Reginaldo Sandoval Flores(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



SE CONCLUYA CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS E INSTALE EL REGISTRO DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y NO LOCALIZADAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a concluir la implantación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas e instalar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no Localizadas, a cargo de la diputada Carmen Julia Prudencio González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada Carmen Julia Prudencio González, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 6, numeral 1, fracción I; y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados; así como el artículo 34, numeral 1 incisos a) y b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Gobernación a cumplir con el sexto y séptimo transitorio de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y llevar a cabo la primera y segunda reunión del Sistema, y poder estar en condiciones de instalar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Consideraciones

El objeto del presente punto de acuerdo radica en que se cumpla por parte de las autoridades competentes con lo establecido en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

La noche del 26 de septiembre de 2014, se dio uno de los acontecimientos que han marcado a nuestro país y que hasta el momento sigue sin responderse a la pregunta: ¿dónde están los 43 estudiantes de la escuela normal rural de Ayotzinapa? Es incongruente que en esta Cámara se haya discutido y aprobado en lo general y en lo particular por los diversos grupos parlamentarios, la ley de referencia con 396 votos, el 12 de octubre de 2017, y fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de noviembre del mismo año; y no velemos porque lo establecido en esta norma se aplique en los hechos.

La ley de mérito, tiene por objeto buscar a las personas desaparecidas y no localizadas, y esclarecer los hechos; prevenir, investigar, sancionar y disminuir los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares; así como crear el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, el Registro Nacional de Fosas y el Banco Nacional de Datos Forenses.

Derivado de lo anterior y para dar una respuesta a los familiares de los miles de desaparecidos en nuestro país, se aprobó la ley general citada, sin embargo, a más de un año de su aprobación sólo se ha instalado el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas en fecha 9 de octubre de 2018 y con un retraso significativo.

El sexto transitorio de dicho ordenamiento es muy claro y a la letra dice:

Sexto. El Sistema Nacional de Búsqueda de Personas deberá quedar instalado dentro de los ciento ochenta días posteriores a la publicación del presente decreto.

En la primera sesión ordinaria del Sistema Nacional de Búsqueda, se deberán emitir los lineamientos y modelos a que se refiere el artículo 49, fracciones I, VIII, XV y XVI de esta ley.

En la segunda sesión ordinaria del Sistema Nacional de Búsqueda, que se lleve conforme a lo dispuesto por esta ley, se deberán emitir los criterios de certificación y especialización previstos en el artículo 55.”

Como se mencionó en párrafos anteriores, el decreto que expide la ley en comento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2017, siendo claro que pasaron más de 180 días y no se cumplió con el tiempo mandatado de ley, por lo que es necesario que la Secretaría de Gobernación, a través de su titular, cumpla con la ley para establecer las bases de funcionamiento y operación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, ya que conforme a lo establecido en el artículo 45, fracción I, de dicho ordenamiento, esta dependencia presidirá el Sistema.

A su vez el séptimo transitorio nos menciona:

Séptimo. Dentro de los ciento ochenta días siguientes a la emisión de los lineamientos previstos en el artículo transitorio anterior, la Comisión Nacional de Búsqueda deberá contar con la infraestructura tecnológica necesaria y comenzar a operar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Dentro de los noventa días siguientes a que comience la operación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas , las entidades federativas deberán poner en marcha sus registros de Personas Desaparecidas y No Localizadas.”

Si bien ya se instaló el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, conforme lo marca el sexto transitorio, no se ha cumplido con lo establecido en el segundo y tercer párrafo del mismo, lo que conlleva a que la Comisión Nacional de Búsqueda no pueda comenzar a operar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, condición sine qua non para que, las entidades federativas pongan en funcionamiento sus propios registros de personas desaparecidas y no localizadas.

El registro nacional aludido es una herramienta de búsqueda e identificación que organiza y concentra la información sobre personas desaparecidas y no localizadas, con el objeto de proporcionar apoyo en las investigaciones para su búsqueda, localización e identificación.

Este registro es de vital importancia para dar certidumbre a las familias que han buscado por años a sus padres, hijos, hermanos, esposos o amigos; pero al parecer a la presente administración federal no le parece importante el tema, a pesar de las “36 mil 265 personas desaparecidas en el país” y las cuales podrían estar en resguardo de alguna de las diferentes autoridades del Estado.

No cumplir con la ley, sólo genera incertidumbre a los miles de personas que siguen sin encontrar a sus familiares, es momento de colocarnos de su parte y exigir que se establezcan los instrumentos necesarios para dar certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos, los cuales ya existen por ley.

El asunto que nos ocupa no es un asunto que únicamente se dé en una entidad federativa, basta con ver la estadística en el fuero federal de personas extraviadas o desaparecidas en algunas entidades federativas y en donde se les vio por última vez: “Guerrero ocupa el primer lugar con 325 personas; Veracruz 207; Tamaulipas 141; Michoacán 54; Ciudad de México 53; Oaxaca 36; estado de México 28; Jalisco 26; Coahuila 26; Baja California 26; Chihuahua 25; Nuevo León 24; Sonora 19; Morelos 18; Sinaloa 15; Chiapas 10; Aguascalientes 9; Tabasco 9 y San Luis Potosí 8.

A su vez y de manera específica tenemos la estadística de personas no localizadas por entidad federativa del fuero común en donde Tamaulipas ocupa el primer lugar con 5 mil 990 personas; estado de México 3 mil 890; Jalisco 3 mil 362; Sinaloa 3 mil 27; Nuevo León 2 mil 895; Chihuahua 2 mil 186; Sonora 2 mil 150; Puebla 2 mil 69; Coahuila mil 753; Guerrero mil 482; Michoacán mil 215; Baja California mil 24; Ciudad de México 744; Guanajuato 615; Colima 593 y Durango 420.

El número elevado de personas desaparecidas en el país, no basta para poder implementar lo mandatado en la multicitada ley, pesa más la falta de voluntad por parte de las autoridades federales competentes, para cumplir con la misma, lo cual es aún más grave.

Es de vital importancia que se establezcan los mecanismos necesarios para dotar de certeza a las personas que buscan a algún integrante de su familia, por lo tanto y como representantes populares, estamos aquí para solicitar a las autoridades federales en la materia, algo muy sencillo: que cumplan con lo mandatado en la ley.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Gobernación a cumplir con el sexto y séptimo transitorio de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para llevar a cabo la primera y segunda reunión del Sistema, y poder estar en condiciones de instalar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Notas

1 Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, (RNPED); Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; México; 20/06/2018; Urrl:

https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/registro-nacional-de-datos- de-personas-extraviadas-o-desaparecidas-rnped

2 Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, (RNPED); Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; México; 20/06/2018; Urrl:

https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/registro-nacional-de-datos- de-personas-extraviadas-o-desaparecidas-rnped

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Carmen Julia Prudencio González(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD Y A UN MEDIO AMBIENTE SANO, FRENTE A LA IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL MAÍZ GENÉTICAMENTE MODIFICADOS Y DEL USO DEL HERBICIDA GLIFOSATO

«Proposición con punto de acuerdo, para garantizar el derecho de las personas a la salud y un ambiente sano frente a la importación de productos derivados de maíz genéticamente modificado y el uso del herbicida glifosato en los cultivos, a cargo de la diputada Lilia Villafuerte Zavala

La suscrita, Lilia Villafuerte Zavala, diputada federal sin partido de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, bajo el supuesto de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Según la Organización Mundial de la Salud, el cáncer es una de las primeras causas de muerte a nivel mundial; en 2012 se le atribuyeron 8,2 millones de muertes, siendo los cánceres de pulmón, hígado, estómago, colon y mama, los responsables de la mayor cantidad de decesos cada año. Aproximadamente un 30 por ciento de estas muertes por cáncer se deben a factores de riesgo comportamentales y alimentarios.

En este sentido, es importante hablar de seguridad y soberanía alimentaria de nuestro país, así como de la estrecha relación que guarda el sistema de producción agroalimentaria con la salud de las mexicanas y los mexicanos, pues resultan preocupantes los resultados arrojados por el reciente estudio realizado por el laboratorio estadounidense Health Research Institute, en el que se ha encontrado presencia de la sustancia herbicida llamada glifosato en las harinas de maíz utilizadas para la producción de uno de los alimentos más consumido por los mexicanos: la tortilla.

Este herbicida se encuentra comúnmente en productos agrícolas genéticamente modificados, también llamados transgénicos, los cuales han sido desarrollados para adquirir resistencia a este poderoso agroquímico, y es común en países donde predomina la producción agrícola a macro escala; no obstante, en un reporte de la misma Organización Mundial de la Salud y la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer, se concluyó que el glifosato es un “probable cancerígeno”, tras evaluar numerosos casos clínicos y las demandas presentadas por ciudadanos de países donde la utilización de dicho químico es legal y abierta, se ha encontrado en los campos, alimentos y cuerpos de agua, afectando directamente a la población.

Siendo México la cuna de este cultivo, hoy en día exportamos cerca de 10 millones de toneladas anuales de maíz transgénico. Un estudio de la Universidad Nacional Autónoma de México en 2017 reveló también que un 90,4 por ciento de las tortillas que se consumen en el país, contienen maíz transgénico, y en un tercio de estas se encontró el glifosato.

A lo anterior se suma la relación encontrada entre el uso de este herbicida con la pérdida masiva de distintas especies de polinizadores, de los cuales depende no sólo el equilibrio ecológico y biodiversidad de las regiones agrícolas del mundo, sino también todo el sistema alimentario para los seres humanos.

Es por ello que resulta imprescindible modificar la forma en la que basamos nuestros sistemas de producción primaria, y derribar los paradigmas que nos impiden alcanzar el equilibrio entre los aspectos económicos, sociales y ambientales para un desarrollo sostenible.

Sin embargo, es sabido que persisten grupos opositores a la prohibición del glifosato, así como de la introducción de organismos genéticamente modificados a nuestro país, debido a la falta de certeza científica sobre sus afectaciones a la salud y al medio ambiente.

No obstante, el derecho ambiental internacional, en la Declaración de Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, estableció desde 1992, la amplitud de margen de protección al derecho de toda persona “a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza”, a través del principio precautorio, permitiendo que, aun en caso de duda e incertidumbre científica, deberá ponderarse el interés tutelado por este derecho, y evitar llevar a cabo la acción u omisión que le amenaza.

En la reforma constitucional al artículo 4o., del año 2011, la norma ambiental mexicana evolucionó al establecer la salud como consecuencia de un medio ambiente limpio y equilibrado para todas las personas.

Es por ello, que resulta ser una obligación del Estado mexicano, el diseñar, promover e instrumentar de manera eficaz y eficiente, tanto las leyes, como las políticas públicas necesarias para proteger y garantizar el derecho a la salud de la población mexicana, así como también sentar las bases para una mayor seguridad y soberanía alimentaria, con base a un modelo de agricultura sostenible en respeto a la biodiversidad de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, plenamente comprometidos con los derechos humanos a la salud y a un medio ambiente sano así como con el desarrollo sostenible de nuestro país, propongo el siguiente punto de:

Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, a través de los titulares de las diferentes entidades de la administración pública federal, en particular a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y a la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados, a realizar un esfuerzo conjunto y coordinado para la instrumentación de las políticas públicas que garanticen la salud humana de la población, así como evitar los efectos adversos de los organismos genéticamente modificados y el uso del glifosato, al ambiente y la diversidad biológica en nuestro país, ponderando el principio precautorio en beneficio del derecho a la salud y a un medio ambiente sano para las personas.

Segundo. Las y los diputados de la LXIV Legislatura en la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión expresamos nuestro firme compromiso para impulsar, a través de los diversos Grupos Parlamentarios, la emisión de las reformas y las leyes necesarias que permitan llegar a acciones concretas en beneficio de la salud de las mexicanas y los mexicanos, garantizando el derecho a un medio ambiente sano, y la seguridad y soberanía alimentaria para las generaciones presentes y futuras.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días de febrero de 2019.— Diputada Lilia Villafuerte Zavala(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES DE TODOS LOS PLANTELES EDUCATIVOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de México a desarrollar programas y acciones encaminados a garantizar la seguridad del alumnado en todos los planteles educativos, a cargo del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6 numeral 1, fracción 1, artículos 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la aprobación del siguiente punto de acuerdo de conformidad a lo siguiente

Consideraciones

En los últimos años el tema de la seguridad ha tomado relevancia en nuestro país, como consecuencia diferentes instituciones, organismos públicos y privados suman sus esfuerzos, para mantener la seguridad en todos los ámbitos de la sociedad.

Sin embargo, a pesar de este esfuerzo, la delincuencia continúa vendiendo su proyecto utópico de felicidad, siendo uno de los grupos vulnerables la población escolar, quienes en muchos de los casos no cuenta con las condiciones económicas, educativas, familiares, laborales, por señalar algunas de las más importantes, para rechazar la propuesta de involucrarse en actos ilícitos. Como consecuencia abandonan sus estudios y convencen a otros de dejarlos, lo que afecta a la escuela, además por los actos de vandalismo que estos grupos realizan a los planteles y a sus bienes.

En el estado de México, son considerables los daños que la delincuencia provoca a muchas escuelas de diferentes niveles educativos, que van desde daños a la propiedad, robos de material educativo, actos vandálicos en contra de estudiantes y amenazas al personal que labora en las escuelas, acoso sexual y secuestro.

La violencia es un terrible atentado de derechos humanos y un impedimento para el avance de los jóvenes en condiciones de igualdad y justicia. Por lo que es importante ajustar el lente con el que se mira el fenómeno de la violencia y apuntarlo hacia sectores específicos, para, en primer lugar perfilar programas y políticas públicas, que den respuestas a acciones adecuadas a la demanda de prevención y atención de la violencia; en segundo lugar, para contar con un espacio de participación social que permita al gobierno, Instituciones y personas interesadas, tomar o integrar información que coadyuven en la lucha de la violencia en los diferentes ámbitos.

Se pretende visibilizar este fenómeno producido en las diferentes instituciones escolares del estado, partiendo de la premisa de que la violencia constituye una estrategia de dominación bajo una forma de normalidad y cotidianidad mediante la cual, suelen desgarrarse las frustraciones originadas en el ámbito social a través de coerción física, psíquica, económica o sexual utilizada por una persona, ubicada en un lugar privilegiado de mayor poder para controlar o someter a otro que se encuentra en posición de subordinación. Aún cuando todas las personas estamos expuestas a enfrentar situaciones violentas, son los jóvenes quienes con mayor frecuencia se encuentran expuestos a situaciones de violencia.

Esta situación, obedece a la organización y cultura patriarcal que continúa muy arraigada en algunos municipios dando lugar a la construcción jerarquizada y auto excluyente de estos jóvenes, perpetuando patrones de desigualdad que juegan un papel fundamental en la producción de actos violentos.

El 30 de abril del 2014 se creó uno de los programas “El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018”, que estableció entre una de sus metas nacionales, la denominada un México en Paz, mediante Poder Ejecutivo del estado y la Secretaría General de Gobierno, creando el manual Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia 2014-2018, el cual tiene como prioridad en términos de seguridad pública, abatir los delitos que más afectan a la ciudadanía mediante la prevención del delito y la transformación institucional de las fuerzas de seguridad, disminuyendo los factores de riesgo asociados a la criminalidad, fortalecer el tejido social y las condiciones de vida para inhibir las causas del delito y la violencia, así como, reducir la vulnerabilidad ante la violencia y la delincuencia de las poblaciones de atención prioritaria, generar entornos que favorezcan la convivencia y seguridad ciudadana.

Aun conociendo los hechos por medios periodísticos, siguen persistiendo atentados contra estudiantes a las afueras de las escuelas de todos los niveles en el estado de México en especial las de nivel mayor donde muchos de los alumnos tienen que recurrir a retirarse o llegar sin la compañía de sus padres como en el caso del nivel medio superior y superior.

Como sustento de lo antes ya mencionado se tiene:

Ciudad de México, a 9 de octubre de 2018 17:57:41 Milenio

La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), Nashieli Ramírez Hernández, aseguró que la violencia e inseguridad que se vive dentro y fuera de los planteles de educación media ha provocado que los alumnos de este nivel escolar abandonen sus estudios.

Luego de participar en el seminario “Educación obligatoria en Ciudad de México: avances y retos”, la presidenta de la CDHDF, aseguró que las autoridades locales descuidaron las instalaciones de los centros educativos.

“No nada más la violencia dentro de la escuela, sino en torno de la escuela también está expulsando a los muchachos del nivel de educación media superior, durante más o menos el último mes y medio, hemos evidenciado que descuidamos a los planteles porque incluso dentro de los planteles mismos, hay violencia, hay acoso, hay venta de drogas y pues tenemos que recuperarlo”, planteó.

Por ello, aseveró que la CDHDF trabaja en coordinación con la Secretaría de Educación de la Ciudad de México, la Secretaría de Seguridad Pública, el Instituto de las Mujeres local, para recuperar los “senderos seguros, que se volvieron inseguros, para que los adolescentes puedan llegar a su escuela tranquilamente sin que los asalten, sin que los buleen, sin que les estén vendiendo droga”.

Ramírez Hernández afirmó que la Ciudad de México tiene una oportunidad de caminar hacia la descentralización y que se haga cargo en su totalidad de todo el sistema educativo en el carácter metropolitano, pues dijo, un gran número de estudiantes son del estado de México.

“Yo creo que es la priorización de los recursos. Los recursos siempre van a ser limitados, pero como aquí también se dijo, se tienen que tomar decisiones en qué se gasta, en qué no se gasta. Entonces gastar en educación es lo mejor que puede hacer esta ciudad y este país”, expresó.

En el estado de México, imperan actos de violencia física y moral, existen casos vivenciales de alumnos, padres de familia y personal educativo en el distrito 36 federal, no denunciados:

• En la Universidad Autónoma del Estado de México extensión Tejupilco, se han suscitado casos de robo a mano armada, acoso sexual e incluso violaciones que no han sido denunciados por miedo a represalias.

• En las preparatorias oficiales rurales y telebachilleratos; no cuentan con seguridad policiaca, se denuncia con mucha frecuencia a las autoridades educativas de presencia de personas ajenas a la comunidad o colonia con camionetas de lujo y armadas.

No son los únicos casos, en todo el sur del Estado de México se ven este tipo de problemáticas de inseguridad y con mayor frecuencia en municipios como: Tlatlaya, Amatepec, Luvianos, Tejupilco, Valle de Bravo, Sultepec, San Simón de Guerrero y Temascaltepec.

No obstante, este tipo de casos de violencia suceden en todas las entidades federativas del país.

Por lo tanto, citando el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Párrafo adicionado DOF 28-06-1999. Reformado DOF 08-02-2012.

Como también Capítulo Tercero. Competencia de las dependencias del Ejecutivo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de México el:

Artículo 21 Bis. La Secretaría de Seguridad es la dependencia encargada de planear, formular, conducir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, programas y acciones en materia de seguridad pública.

A la Secretaría le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. a VII. ...

VIII. Ejercer el mando directo de las instituciones policiales del estado, y cuando proceda de los municipios, en los términos de la ley de la materia y demás disposiciones jurídicas aplicables, a fin de salvaguardar la integridad física y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;

IX. a XII. ...

XIII. Impulsar la coordinación de las instituciones policiales y proponer, en el ámbito de sus facultades, la adopción y aplicación de políticas y programas de cooperación en materia de seguridad pública, con la Federación, las entidades federativas y los municipios;

Objetivo:

Que las Secretarías de Gobernación, Seguridad, y de Educación Pública del estado de México al coincidir que el país requiere impulsar y fortalecer un enfoque preventivo y formativo, como se especificó en el “El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018”, orientando así al desarrollo personal y profesional de la comunidad escolar para alcanzar los objetivos fundamentales:

a) Construir ambientes de convivencia armónicos, pacíficos, inclusivos y libres de discriminación.

b) Articular las acciones de los actores institucionales y sociales para crear ambientes libres de violencia en la comunidad educativa.

c) Fomentar el análisis y desarrollo de acciones permanentes para fortalecer una política pública integral que comprometa e involucre a toda la sociedad: autoridades educativas y de los niveles de gobierno, seguridad, personal docente, padres y madres de familia, tutores, medios de comunicación y estudiantes, en la prevención y atención de conductas violentas, tanto en el contexto familiar, escolar y social.

d) Que la atención de hechos de acoso y violencia requieren de una respuesta inmediata para prevenir, controlar y superar, con la mayor rapidez y eficacia posibles, las situaciones de crisis que puedan llegar a presentarse.

e) Asegurar una coordinación efectiva y sostenida entre dependencias y entidades estatales para diseñar, implementar y evaluar procesos de prevención social.

f) Exista una unidad de vigilancia en cada plantel público educativo.

Por lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al señor gobernador del estado de México para que a través del secretario de Seguridad de esta entidad y dentro del marco de sus atribuciones desarrolle los programas y acciones necesarias para garantizar la seguridad de las niñas, niños y jóvenes de todos los planteles educativos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



SE DÉ A CONOCER LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE EN EL QUE FALLECIERON LA GOBERNADORA DE PUEBLA, MARTHA ERIKA ALONSO, Y EL SENADOR RAFAEL MORENO VALLE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a dar a conocer a la opinión pública los resultados de la investigación sobre el accidente aéreo en que perdieron la vida la gobernadora de Puebla, Martha Érika Alonso Hidalgo, y el senador y coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, Rafael Moreno Valle, suscrita por la diputada Verónica María Sobrado Rodríguez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscribimos, diputada Verónica María Sobrado Rodríguez y las y los diputados, pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I; y, 79, numeral 1, fracción II, así como numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

“La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio.”

Cicerón (escritor, orador y político romano)

El pasado 24 de diciembre de 2018, nos conmocionó a nivel nacional la noticia del deceso de la gobernadora de Puebla, Martha Érika Alonso y el senador y coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, Rafael Moreno Valle, luego del desplome del helicóptero en el que viajaban en Santa María Coronango, Puebla.

La crónica de los hechos dados a conocer por diversos medios de comunicación, informaban que “a partir de la información oficial proporcionada por el gobierno federal, ese lunes de Nochebuena, el helicóptero modelo Agusta 109 Grand, matrícula XA-BON, en el que viajaba la gobernadora, notifica a la torre de control del aeropuerto internacional de Puebla su despegue del helipuerto Triángulo de las Ánimas, de la capital poblana, hacia el destino del viaje que sería el helipuerto Radio Capital, localizado en la colonia Lomas de Chapultepec, alcaldía Miguel Hidalgo en la Ciudad de México.

No obstante, después de partir del helipuerto Triángulo de las Ánimas, la torre de control del aeropuerto de Puebla intenta nueve veces hacer contacto con los pilotos para que reporten la ubicación precisa del aparato. No teniendo ninguna respuesta minutos más tarde del despegue, la torre de control, da por perdida la comunicación con la aeronave.

Más tarde, el propio Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, hace oficial la noticia del accidente. Publicando en su cuenta de twitter, lo siguiente: “En lo personal, mi más profundo pésame a los familiares del senador Rafael Moreno Valle y de su esposa, la gobernadora de Puebla, Martha Érika Alonso. Como autoridad, asumo el compromiso de investigar las causas; decir la verdad sobre lo sucedido y actuar en consecuencia.”

De acuerdo con Carlos Alfonso Morán Moguel, subsecretario de Transportes, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) del gobierno federal, el capitán Roberto Javier Coppe Obregón, el comandante del helicóptero, y el capitán Marco Antonio Tavera habían cumplido ese mismo año con su curso de actualización en vuelo de helicóptero; los dos pilotos del helicóptero tenían en regla sus licencias de vuelo y los certificados médicos. El capitán Coppe Obregón tenía mil 92 horas de experiencia de vuelo en helicóptero, pero, además, ya había sido previamente piloto comercial de aviones y avionetas, “cumpliendo con una buena cantidad de horas acumuladas antes de calificarse como piloto de ala rotativa”. Mientras que el capitán Tavera, contaba con 4 mil 677 horas de experiencia, “todas ellas en horas de vuelo en helicóptero. Por lo que, el subsecretario subrayó que “Ambos eran pilotos experimentados”.

En lo que respecta al helicóptero, en palabras del subsecretario de Transporte de la SCT, “...de una aeronave con pocas horas de utilización, y que se encontraba en buenas condiciones”. El helicóptero Agusta contaba con el certificado vigente de aeronavegabilidad, emitido el pasado 21 de septiembre de 2018, y no vencía hasta el 19 de septiembre de 2020.

Si los pilotos contaban con experiencia de vuelo, y el helicóptero estaba en buenas condiciones ¿qué pasó entonces?

El subsecretario de Transportes, informó el 25 de diciembre que fue hallada la “unidad de adquisición de datos” del helicóptero; la caja negra que graba segundo a segundo parámetros relativos, por ejemplo, las revoluciones de los motores de la aeronave, la temperatura, los posibles anuncios de advertencia, así como la posición en vuelo. Dicha caja negra está resguardada para su análisis por una comisión investigadora en la que participan autoridades de la Dirección General de Aeronáutica de la SCT. Los medios de comunicación cuestionaron a Carlos Morán si ya estaba descartada la posibilidad de que el helicóptero cayera por un posible “atentado”, a lo que éste respondió que “no se puede descartar ninguna causa”. Asimismo, señaló: “Daremos a conocer las causas del percance, con toda exactitud, en los próximos días”.  Así también, señaló: “Para no dejar duda alguna de las causas del siniestro, tenemos instrucciones del Presidente de contar con los mejores investigadores internacionales”.

Para encontrar las causas que dieron lugar al desplome del helicóptero, el gobierno de México informó de la integración de una comisión investigadora, en la que participarían miembros de la Dirección General de Aeronáutica de la SCT, ingenieros del fabricante italiano de la aeronave, Agusta, y del fabricante canadiense de los motores del helicóptero, Pratt & Whitney, así como la Procuraduría General de la República y la fiscalía del estado de Puebla. Así como, el apoyo a la National Transportation Safety Board de los Estados Unidos (NTSB, por sus siglas en inglés), una agencia federal que se dedica a investigar accidentes e incidentes de aviación en todo el mundo.”

No obstante lo anterior, ya se finalizó el mes de febrero sin información de qué fue lo que en verdad pasó y qué originó el accidente. Las preguntas siguen aún sin respuesta, por qué si todo estaba en condiciones óptimas, qué sucedió para que ese viaje concluyera en un lamentable accidente que terminara con la vida de la gobernadora, del senador, de la tripulación y el secretario particular del senador, que los acompañaba.

Sin embargo, el pasado 27 de febrero de 2019, se dio a conocer por el medio de comunicación Milenio, que “La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) reservó hasta el final del sexenio las comunicaciones de radio entre la torre de control del Aeropuerto Internacional de Puebla y el helicóptero en el que falleció la gobernadora Martha Érika Alonso y su esposo, el senador Rafael Moreno Valle, al considerar que su difusión “afectaría el interés público y la seguridad nacional” y generaría molestia entre los países que colaboran en la investigación del caso. En respuesta a dos solicitudes de información mediante la Ley Federal de Transparencia, la Dirección de Análisis de Accidentes e Incidentes Aéreos de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) confirmó que existe una grabación de las comunicaciones piloto-torre del último vuelo del helicóptero XA-BON y que ésta se encuentra integrada en el expediente de la investigación sobre el siniestro en el que perdieron la vida cinco personas el 24 de diciembre de 2018.

Además, impuso una reserva de cinco años a su difusión, para lo que invocó razones de seguridad, interés público y la Ley de Aviación Civil. De manera diferente a como se actuó en los accidentes de los secretarios de Gobernación, Juan Camilo Mouriño y Francisco Blake Mora –en los que, a pesar de contar con colaboración extranjera, se revelaron versiones públicas de las comunicaciones en las semanas posteriores a sus decesos–, el gobierno federal consideró que en esta ocasión incluso se violentarían tratados internacionales de darse a conocer los audios de los últimos momentos del vuelo en el que perecieron Alonso y Moreno Valle. “La información requerida se encuentra contenida en el expediente del accidente aéreo de la aeronave identificada con la matrícula XA-BON. No obstante, hago de su conocimiento que la información en referencia no puede ser proporcionado (sic) toda vez que la misma forma parte de la investigación y se encuentra clasificada como reservada”, advirtió la DGAC en respuesta a la solicitud 9000029919, presentada por Milenio en enero pasado.

Más aún, la dependencia federal advirtió que dar a conocer públicamente las comunicaciones entre el helicóptero y los servicios de control aéreo generaría “pérdida de confianza de los países participantes en una investigación, afectando futuras investigaciones” conjuntas con instancias como la Federal Aviation Authority, de Estados Unidos, y la Transport Safety Board, de Canadá.

La Dirección General de Aeronáutica Civil también rechazó dar a conocer el minuto exacto en el que se dio la última comunicación entre el helicóptero XA-BON y el controlador aéreo en el aeropuerto Hermanos Serdán, al que se debió informar, al menos, del plan de vuelo. Esta información, que puede revelar si la emergencia en la aeronave fue súbita o escaló poco a poco, también quedó reservada por cinco años.

En los casos de los secretarios de Gobernación fallecidos en accidentes aéreos durante el sexenio de Felipe Calderón, la SCT determinó en su momento dar a conocer transcripciones de las grabaciones en versión pública en un plazo de semanas, aun cuando también se estaba colaborando con autoridades de Estados Unidos en ambas investigaciones.

De estas comunicaciones entre piloto y torre se desprendieron elementos adicionales que ayudaron a esclarecer las causas de ambos siniestros: se despejaron dudas sobre si se trataba de un accidente o un hecho intencional, y se revelaron detalles detrás de las decisiones erróneas de sus respectivas tripulaciones, como acercarse más allá de lo permitido a un avión de mayor tamaño –caso Mouriño– o volar en un banco de niebla –como ocurrió con Blake.”

Definitivamente, estimamos que la grabación en poder de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes puede ayudar a despejar las dudas y ayudar a entender qué fue lo que ocurrió el día del accidente en el que perdió la vida la gobernadora de Puebla, el senador y las tres personas que volaban con ellos.

Para Acción Nacional y para México es un asunto que no puede quedar en el olvidado, es un asunto del que el Presidente de México, dijo: “Como autoridad, asumo el compromiso de investigar las causas; decir la verdad sobre lo sucedido y actuar en consecuencia” pues eso esperamos y no sólo ello, sino es una y no sólo de nuestro grupo parlamentario, sino una exigencia de la sociedad.

De manera que termino retomando la cita de Cicerón que señalé en un principio “La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio”.Exigimos que la verdad no se corrompa y que se nos dé a conocer la verdad del accidente en comento.

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados reitera un atento exhorto al titular del Ejecutivo federal, licenciado Andrés Manuel López Obrador, para que con la mayor prontitud dé a conocer a la opinión pública los resultados de la investigación del accidente aéreo en el que perdieron la vida la gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso; el senador y coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, Rafael Moreno Valle, luego del desplome del helicóptero en el que viajaban en Santa María Coronango, Puebla, el pasado 24 de diciembre de 2018.

Segundo.La honorable Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo para que a través del secretario de Comunicaciones y Transportes, se dé una mesa de trabajo en la que los diputados, puedan conocer los motivos que llevaron a la determinación de que la información del accidente se tendría por reservada por cinco años.

Notas

1 Fuente: https://www.animalpolitico.com/2018/12/claves-accidente- murieron-martha-erika-y-moreno-valle/

2 https://www.milenio.com/policia/sct-reserva-5-anos-audios-caida-helicoptero.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Verónica María Sobrado Rodríguez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



CREACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LA CUENCA LERMA-CHAPALA

«Proposición con punto de acuerdo, para solicitar la creación de la Comisión Especial de la Cuenca Lerma-Chapala, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada federal Hortensia María Luisa Noroña Quezada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo para solicitar la creación de la Comisión Especial de la Cuenca Lerma-Chapala, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la actualidad, y muy desafortunadamente, la gravedad del daño que hemos causado a nuestro medio ambiente y con ello, a nuestra propia existencia; ha llegado peligrosamente, a un punto muy cercano a la irreversibilidad.

Esto, porque por mucho tiempo fuimos omisos ante la responsabilidad que teníamos con nuestro planeta respecto a su preservación y sustentabilidad, en prejuicio no solo del ser humano, sino también, de todas las especies con las que cohabitamos y compartimos el mismo espacio.

Entre el desinterés y el desentendimiento fuimos permitiendo que la contaminación que generábamos fuera avanzando y abarcando cada vez más, hasta el comprometido punto en que era ya habitual, costumbre y parte de nuestro día a día; contaminar nuestros mares, ríos, aire; o bien, destruir bosques y selvas, así como extinguir especies, ya sea de flora o fauna, o incluso y burdamente, arrojar cualquier tipo y cantidad de basura en la vía pública.

Por esa razón, hoy en día estamos padeciendo las graves e implacables consecuencias, que, por ejemplo, el calentamiento global o el cambio climático han traído consigo.

Ya sean climas extremos, escasez de comida o agua, incrementos en el nivel del mar, deshielos, erosión, inundaciones, sequías, entre otros muchos más desastres, son noticia recurrente en más partes del mundo.

Y en lo anterior, nuestro país no es ni ajeno a las consecuencias, así como tampoco está exento de la responsabilidad del daño hecho.

Nuestros niveles de contaminación son inadmisibles, nuestra generación de gases contaminantes son elevados, la pérdida anual de bosques y selvas es enorme, así como también los peligros de extinción para muchas de nuestras especies y la amenaza a nuestra biodiversidad es permanente; y muy lamentablemente, la contaminación de nuestros mares y ríos es sistemática.

Sobre nuestros mares y ríos, basta mencionar que tristemente, de acuerdo con fuentes oficiales, se tiene el registro de que el 30 por ciento del agua que extraemos de mantos acuíferos no se extrae utilizando técnicas ni sustentables, ni con las mínimas normas de cuidado ambiental.

Lo anterior pareciera menor, pero no es así si prestamos atención al hecho de que, en nuestro país, poco más del 60 por ciento de agua que consumimos es obtenida de lagos, ríos o arroyos, y el porcentaje restante, de fuentes subterráneas. Y solo aprovechamos o permitimos que el 4.8 por ciento de las filtraciones de lluvia lleguen a nuestros mantos acuíferos para pretender reabastecerlos.

Aunado a lo anterior, penosamente, en nuestro país, la tasa de recolección de agua pluvial es de las más bajas a nivel internacional.

Todo ello lo hemos permitido a pesar incluso de que en México se tiene el registro de que al menos 13 millones de personas padecen desabasto de agua y 3.3 millones de viviendas en nuestro territorio, carecen del servicio básico de agua potable.

Ante este desolador panorama, sin lugar a dudas, lo mandatado en el artículo 4o. de nuestra Constitución cobra no solo gran vigencia sino también especial relevancia, cuando en él se establece que “toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

Y en esta obligación constitucional, esta soberanía tiene corresponsabilidad para que se cumpla.

Y más aún, si nos referimos a un problema no solo añejo, sino también emblemático que afecta a un cuerpo de agua históricamente imprescindible para nuestro país, la cuenca Lerma-Chapala.

Una cuenca de agua con 19 subcuentas, sumamente valiosa en materia de biodiversidad y suministro y disposición de agua, que muy desafortunadamente ha sido víctima de nuestra voracidad en aras del desarrollo ya sea urbano o bien, económico.

Un importante cuerpo de agua, que suministra ese vital e imprescindible recurso natural, tanto a comunidades aledañas, así como a cinco estados de nuestra república.

Nos estamos refiriendo a casas, escuelas, cultivos y a la población de los estados de Jalisco, Guanajuato, Michoacán, estado de México y Querétaro, que a lo largo de 204 municipios, se ven directamente beneficiados con la generosidad que la cuenca Lerma-Chapala nos ofrece.

Cuenca que nace con el río Lerma, en el estado de México, dotado de agua limpia y cristalina emergida de manantiales, y que tras un recorrido de poco más de 700 kilómetros, desemboca en el lago de Chapala.

Sin embargo y a pesar de su importancia, a lo largo de sus 700 kilómetros, esta importante fuente de agua para nuestro país es lastimada, atacada y vulnerada por la sobreexplotación y la contaminación.

Se tiene el registro de que al menos son 7 mil empresas que vierten sus desechos en las aguas de esta cuenca, residuos altamente contaminados y contaminantes, cargados de químicos, desechos orgánicos y metales pesados que dejan como resultado agua peligrosa y no apta ni para el consumo ni para el riego, tristemente inservible, pestilente, envenenada.

Líquido que a pesar de lo anterior y ante su indispensabilidad es utilizado para consumo, riego, recreación, entre otros muchos usos más; a costa de las fatales consecuencias en la salud de quienes directa o indirectamente lo consumen.

Ya sea desde problemas dermatológicos por el contacto directo, hasta intoxicaciones o enfermedades gastrointestinales por su consumo diario, o incluso por comer alimentos provenientes de cultivos que fueron regados por aguas provenientes de este cuerpo de agua, son algunos ejemplos de las consecuencias del elevado nivel de contaminación que se presenta.

Esta triste situación ya ha sido identificada y tímidamente se ha intentado rectificar. Sin embargo, el nivel del daño es tan grande que hace ver a los esfuerzos por su recuperación y saneamiento, minúsculos; y nos exige hacer todavía mucho más de lo que ya se ha hecho.

Basta hacer mención que, de acuerdo a Conagua, a lo largo de los poco más de 700 kilómetros que comprende la cuenca, hay instaladas más de 50 plantas tratadoras de agua, que cumplen una invaluable función, pero desafortunadamente, insuficiente.

Es por ello y por tratarse de un recurso invaluable y vital como lo es el agua y de una cuenca que es de las más extensas y a la vez de las más contaminadas en nuestro país, que requerimos unirnos todos en busca de su rescate y en apoyo a su saneamiento.

Y es en este punto en donde esta soberanía y quienes integramos la presente LXIV Legislatura debemos asumir decididamente la responsabilidad que nos corresponde y también la heredada por las pasadas legislaturas, que se involucraron activamente en la solución a este problema.

No podemos ni debemos omitir nuestra participación en el rescate de la cuenca Lerma-Chapala, en su saneamiento, en la garantía a la inversión en infraestructura que le devuelva lo que le hemos arrebatado, en la construcción de mejores y más planes de manejo integral, en la asignación de los recursos suficientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación que materialicen los proyectos que se requieren, que se refuerce en la norma tanto su sustentabilidad como también su protección y cuidado, que se garantice su inclusión permanente en los principales programas hídricos nacionales, y que logremos dejar a las futuras generaciones la herencia que les proveerá la reparación del equilibrio ecológico y la protección ambiental, de nuestra cuenca.

Para eso y por eso, es que necesitamos continuar con los trabajos que ya se han realizado por parte de quienes integraron ésta soberanía.

Requerimos darle continuidad a la Comisión Especial de la Cuenca Lerma-Chapala, que ha sabido coadyuvar con sus trabajos en esta necesaria y urgente tarea que es de todos.

Por ello, y apostándole a la sensibilidad que ya se ha hecho visible en la presente LXIV Legislatura en distintos temas, y, además, al seguro compromiso que todos sin distinción de colores o partidos, como mexicanos, tenemos con el cuidado, la preservación, la protección, el saneamiento y la recuperación de todo aquello que implique un mejor futuro respecto a la disposición del agua para todos, es que se solicita la creación de la Comisión Especial de la Cuenca Lerma-Chapala, la cual, además, deberá contar, como lo ha tenido en el pasado, con los recursos técnicos, humanos y económicos suficientes para estar a la altura del trabajo que ya se ha realizado y estar en condiciones reales de darle la continuidad que se merece y que se requiere.

Necesitamos poner nuestro granito de arena en el rescate y protección de nuestra cuenca Lerma-Chapala, de nuestro vital líquido, y con ello, de nuestro futuro.

Y esta tarea y misión tan importante no puede esperar más a ser atendida.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Artículo Primero. Se solicita a la Junta de Coordinación Política, en atención a sus facultades, la creación para esta LXIV Legislatura, de la Comisión Especial de la Cuenca Lerma-Chapala, para coadyuvar en la atención de la problemática que aqueja actualmente a la cuenca y a la disposición sustentable tanto presente como futura de agua para la población y las actividades económicas, que de ella dependen.

Artículo Segundo. Se solicita a la Junta de Coordinación Política la integración de esta Comisión Especial con la representatividad proporcional de todos grupos parlamentarios, así como también con la disposición de los recursos materiales, humanos y financieros, necesarios para el desempeño de sus trabajos.

Notas

1 Estadísticas del Agua. Conagua.

2 Estadísticas del Agua. Conagua.

3 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Pnuma

4 Censo de Población y Vivienda. Inegi.

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4o.

6 Conagua.

7 Conagua.

8 Conagua.

9 Conagua.

10 Conagua.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días de febrero de 2019.— Diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada(rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



SE REINSTALE A LOS PROFESORES CESADOS POR LA APLICACIÓN DE LA REFORMA EDUCATIVA EN SONORA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a reinstalar de inmediato a los profesores de Sonora cesados por la aplicación de la reforma educativa, a cargo de la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Hildelisa González Morales, diputada a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción I, somete a consideración de este honorable pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de la Educación Pública a que reinstale de manera inmediata a los profesores del estado de Sonora que fueron cesados de su fuente de trabajo por la aplicación de la reforma educativa bajo las siguientes

Consideraciones

El 26 de febrero de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia educativa, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

En el transitorio tercero de dicho decreto se mandató al Congreso de la Unión para que, a más tardar en un plazo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la ley en comento, expidiera la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y las reformas a la Ley General de Educación.

De igual forma en la fracción XXV del artículo 73 constitucional se otorgaron facultades al Congreso de la Unión para establecer el Servicio Profesional Docente.

En septiembre de 2013, entró en vigor la Ley del Servicio Profesional Docente donde se obligó a los profesores a ser evaluados como condición para mantener su plaza o promoverse a niveles superiores.

Dicha evaluación fue aplicada con el claro propósito de separar de su plaza a los profesores que formaban parte de la disidencia magisterial, ya que, contrario a lo que se establece en el artículo 3o., fracción III, donde se faculta al Congreso de la Unión a establecer en ley los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria, el Congreso de la Unión no fijó en ley ningún criterio objetivo de evaluación, sino que delegó en el Instituto Nacional de la Evaluación Educativa la facultad para emitir los lineamientos de esta evaluación.

Es el caso que en el estado de Sonora un grupo de más de 50 maestros fueron desalojados de sus aulas con la ayuda de la Policía estatal, por oponerse a la evaluación exigida por la reforma educativa y esto ha derivado que sean separados de su plaza, profesores que actualmente se encuentran en protesta pacífica, frente al Congreso de dicho estado.

La actual administración presidencial ha reconocido que la evaluación educativa se ha aplicado de manera sesgada y tendenciosa en el caso de los profesores cesados.

Este gobierno ha asumido el compromiso público de reinstalar en el goce de su plaza y con plenos derechos a los profesores cesados.

Resulta violatorio de los más elementales derechos humanos y garantías jurídicas la actitud del gobierno de Enrique Peña Nieto de aplicar a rajatabla su mal llamada reforma educativa, ya que se ha acreditado que ésta sólo sirvió para de manera punitiva perseguir al magisterio.

Por estas consideraciones sometemos al pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al secretario de Educación Pública, licenciado Esteban Moctezuma Barragán, para que reinstale de manera inmediata en el goce de su plaza como docentes y con todos los derechos que esto implica, a los profesores cesados en el estado de Sonora, a quienes la pasada administración separó de su plaza.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Hildelisa González Morales(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



PROCEDIMIENTO PARA QUE LA RUMOROSA, EN BAJA CALIFORNIA, SEA DECLARADA COMO PATRIMONIO NATURAL DE LA HUMANIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, a efecto de exhortar al Ejecutivo federal a instruir a las dependencias correspondientes a fin de iniciar ante la UNESCO el procedimiento oficial para que La Rumorosa, BC, sea declarada patrimonio natural de la humanidad, a cargo del diputado Jorge Alcibiades García Lara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Jorge García Lara, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que instruya a las dependencias correspondientes, iniciar ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) el procedimiento oficial para que La Rumorosa, en el estado de Baja California, sea declarada como Patrimonio Natural de la Humanidad,al tenor de las siguientes

Consideraciones

La primera imagen que se viene a la mente cuando se hace referencia al estado de Baja California es la de una zona desértica, o bien como el sitio donde se ubica la frontera con Estados Unidos, es decir, un lugar donde se concentra amplios segmentos de migración.

Pero Baja California es mucho más que sólo un desierto que, además, habrá que señalar es uno de los más importantes y con mayor variedad de fauna y flora típica de estas zonas; y su paso fronterizo, en la ciudad de Tijuana es el cruce fronterizo que más pasos de gente registra en el mundo, con las implicaciones económicas y sociales que esto conlleva.

El gobierno del estado describe en su portal de internet algunos de los principales atractivos naturales, como son el Parque Nacional Constitución 1857; el Parque Nacional San Pedro Mártir, es la zona más alta de toda la península, se localizan infinidad de pozas, cascadas, palmares y petroglíficos indígenas sumamente interesantes, ahí se encuentra un observatorio de la Universidad Nacional Autónoma de México; La Bufadora, es un geiser marítimo único en su tipo a nivel mundial, considerando como la maravilla natural de la región. Asimismo, el Cañón de Guadalupe, donde se localizan algunos vestigios de pinturas rupestres. La característica orográfica más importante en el municipio de Mexicali es la de encontrarse ocupado por sierras al 30 por ciento de su territorio, resaltando, principalmente, las sierras de Juárez y San Pedro Mártir. Gran parte del desierto de Mexicali y Río Colorado, en específico la Laguna Salada y cauces de río forman parte de la Reserva del Alto Golfo de California.

Difícilmente se puede describir en unas cuantas líneas toda la riqueza de Baja California, que comprende riqueza marina en el Océano Pacífico y en el Mar de Cortés, sus islas, las dunas en el desierto, que son de gran atractivo para deportes extremos.

Entre todo ese mosaico y amplia diversidad de atractivos naturales de la entidad, se ubica de manera destacada La Rumorosa.

La Rumorosa es una parte natural de la carretera entre Mexicali y Tecate, la cual está ubicada en la parte más alta, aquí se encuentran pinturas rupestres, las cuales son su principal atractivo turístico. La Rumorosa ofrece a los visitantes un paisaje montañoso muy poco común, pues cuenta con vistas espectaculares, rocas que, por la erosión del viento durante millones de años, y montañas nevadas en invierno, han adquirido formas extrañas, en la que parece un amontonamiento rocoso caprichoso y bastante llamativo. Es llamada así por el ruido que produce el viento al estrellarse en las partes rocosas

La conformación de su orografía, de piedras que parecen haber sido encimadas caprichosamente, traslada al visitante en un viaje en el tiempo, es un paisaje único no sólo en el país, sino en el mundo entero. Cuenta con miradores que permiten apreciar la inmensidad y lo espectacular del paisaje, que semeja un entorno prehistórico.

“La Rumorosa es la punta norte de la columna vertebral montañosa de nuestra entidad, una zona intermedia, fronteriza, entre dos regiones características de Baja California: el desierto y la sierra. Desde ella podemos ver, en toda su magnificencia, el valle de Mexicali en su desértica grandeza y desde ella podemos comenzar el viaje al interior de la península, rumbo a sus praderas, bosques, viñedos y clima mediterráneo. Pero la sierra de la Rumorosa no es sólo una zona geográfica, un simple gozne entre dos ecosistemas. Todos los que la conocemos sabemos que es una serie de montañas de rocas desnudas, cuya vertiginosa belleza ha seducido a la gente que ahí vive como a sus visitantes ocasionales. Ya el gran poeta mexicano Carlos Pellicer dijo que era ‘la destrucción incrustada en oro. Otros, como Lawrence Ferlinghetti, la han descrito como un paisaje apocalíptico, como el hogar de los dioses ancestrales.”

Es importante destacar que La Rumorosa, en virtud de sus características orográficas, ha sido lugar favorable para que el borrego cimarrón, especie  en peligro de extinción, encuentre las características propicias para su sobrevivencia y desarrollo.

Movimiento Ciudadano aprecia y valora toda la riqueza natural y cultural de nuestro país, lo cual ha sido también reconocido por la propia Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). En efecto, México cuenta con 35 bienes inscritos en la lista de Patrimonio Mundial, además de 7 bienes patrimonio cultural inmaterial, entre los que destacan el mariachi y la comida tradicional de nuestro país.

Para definir un sitio como Patrimonio de la Humanidad, la UNESCO aplica una serie de criterios, que son los siguientes:

1. Ser una obra maestra de genio creativo.

2. Haber sido testigo de un importante intercambio de valores humanos a lo largo del tiempo.

3. Aportar un testimonio único o excepcional de una tradición cultural o de una civilización, existente o desaparecido.

4. Ser un edificio singular, conjunto arquitectónico o tecnológico o paisaje que ilustre una etapa significativa de la historia de la humanidad.

5. Ser ejemplo singular de una tradición de asentamiento humano representativa de una cultura.

6. Estar directamente asociado con sucesos o tradiciones vivas de destacado significado universal.

7. Contener fenómenos naturales o áreas de excepcional belleza.

8. Ser ejemplo representativo de importantes etapas de la historia de la Tierra, incluyendo testimonios de la vida, procesos geológicos creadores de formas geológicas o características geomórficas o fisiográficas significativas.

9. Ser ejemplo singular de procesos ecológicos y biológicos.

10. Contener los hábitat naturales más representativos y más importantes para la conservación de la biodiversidad.

Estos 10 criterios de la UNESCO para designar sus patrimonios son revisados minuciosamente por expertos en las áreas correspondientes. Para el caso que nos ocupa en la presente proposición, se tendrían que tomar en cuenta los puntos del 7 al 10, los cuales, desde nuestra opinión, La Rumorosa cumpliría cabalmente con las exigencias ahí planteadas, para ser declarada Patrimonio Natural de la Humanidad.

Es importante subrayar los beneficios que se obtienen con el nombramiento que hace la UNESCO de Patrimonios de la Humanidad, ya sean culturales, naturales o mixtos.

En primer término, tiene que ver con el orgullo y el sentido de pertenencia que se fortalece entre la gente que vive cerca del bien o del sitio que recibe tal distinción. En este caso, de los bajacalifornianos del municipio de Tecate.

Por otra parte, se propicia mayor compromiso de la gente por cuidar, conservar, preservar y promover el bien o sitio declarado Patrimonio de la Humanidad. Asimismo, los gobiernos estatal y municipales amplían su oferta turística, con todo lo que ello implica en beneficio de la economía local. De igual forma, el gobierno estatal puede acceder a créditos para proteger el patrimonio natural, además de obtener mayor presencia nacional e internacional.

Movimiento Ciudadano está plenamente convencido que Baja California debe integrarse al selecto grupo de estados de la República que cuentan  con sitios declarados Patrimonio de la Humanidad. Baja California cuenta con la riqueza cultural y con zonas naturales únicas, no solo en el país, sino en el mundo, tal es el caso, entre otros sitios, de La Rumorosa.

Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, en el ámbito de sus facultades, y a través de las dependencias y organismos gubernamentales correspondientes, se realicen los procedimientos y acciones necesarias ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para que la sierra La Rumorosa, en el estado de Baja California, sea declarada como Patrimonio Natural de la Humanidad.

Notas

1 http://www.bajacalifornia.gob.mx/portal/nuestro_estado/municipios/ ensenada/centros_turisticos.jsp

2 http://www.el-mexicano.com.mx/informacion/noticias/1/28/accidentes/ 2010/11/14/437705/la-rumorosa-la-sierra-misteriosa

3 https://patrimoniointeligente.com/convencion-de-paris/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Jorge Alcibíades García Lara(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



EXHORTO AL INE EN RELACIÓN CON EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO PARA GOBERNADOR DE PUEBLA

«Proposición con punto de acuerdo, a efecto de exhortar al INE a garantizar que en los comicios extraordinarios para gobernador de Puebla, las actas de instalación, cierre de votación, de escrutinio y cómputo instruidas reúnan las características necesarias a fin de que sean totalmente legibles las copias entregadas a los representantes de los partidos políticos acreditados ante las mesas directivas de casilla, a cargo del diputado Héctor Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Héctor Jiménez y Meneses, representante del distrito electoral 13, con cabecera en Atlixco, Puebla, integrante de la LXIV Legislatura y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción 1, 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados; somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La naturaleza jurídica atribuida al Instituto Nacional Electoral, de órgano constitucionalmente autónomo, trajo consigo el otorgamiento de diversas características acorde a la función encomendada, tales como la especialización, la profesionalización y el cumplimiento de reglas técnicas, en el desempeño de sus labores.

El órgano autónomo cuenta con las áreas técnicas especializadas y profesionalizadas, para cumplir su función, acorde con los principios establecidos en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con la reforma constitucional de 1996 para organizar las elecciones se establecieron los principios rectores de la función estatal: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, y con la reforma en 2014 se incluyó el de máxima publicidad.

Es importante resaltar el orden en que se encuentran definidos en el texto constitucional, ya que enumerar al inicio el principio de “certeza” puede ser considerado la causa necesaria para el cumplimiento de los demás principios.

Los principios rectores deben ser considerados fundamento, pero también ejes que brinden coherencia a la obra continua y permanente de esta labor fundamental del estado democrático mexicano.

Estos aspectos fundamentales van a ser reglamentados en la norma legal a fin de lograr su eficacia y, por ende, puntualizar su contenido en áreas y procedimientos específicos.

Los principios rectores deben garantizar en todas las partes normativas para alcanzar su eficacia, ya que la ausencia en alguno de ellos, puede provocar la falta de credibilidad de cualquiera de las etapas del proceso electoral.

En este contexto normativo, es importante considerar un punto específico que puede ser considerado la parte más importante de la documentación electoral y del propio proceso electoral, que serían las actas que se levantan en las mesas directivas de casilla.

Estos documentos tienen por objeto registrar el funcionamiento de éstos órganos electorales, que son los más cercanos a la sociedad, ya que es ahí en donde se materializa la voluntad popular que se traducirá en la representación de la nación, lo que permite comprender su importancia y relevancia para la legitimidad expresada.

Para garantizar la certeza de los actos emitidos por las mesas directivas de casilla, los partidos políticos tienen el derecho a contar con una copia legible de las actas levantadas.

Sin embargo, el calificativo de legible se encuentra aislado en la legislación, pues en ninguna parte de la normatividad electoral se ubica la exigibilidad al órgano responsable de aprobar las características de las actas que garanticen dicha legibilidad ni el área encargada de proponer dichas características.

Es usual encontrar copias entregadas a los partidos políticos en las que no se pueden apreciar los datos consignados en el acta original que se levanta y a la que tiene derecho, ya que las características y calidad de los formatos no garantizan que puedan ser producidos en cada tanto que se deba entregar y, que de no hacerlo, la etapa más relevante del proceso electoral y de la participación ciudadana, resultarían insuficientes para alcanzar los objetivos planteados con el establecimiento de los principios rectores.

Las consecuencias de que los partidos políticos no cuenten con la información a que tienen derecho son múltiples y aunque puedan estar vinculadas entre sí, por sí solas implican mayor esfuerzo de las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales.

La falta de credibilidad por la carencia de información veraz se puede evitar de manera técnica, profesional y especializada.

Una de ellas, la iniquidad en el ejercicio de participación de los partidos políticos, que ante la ausencia de elementos que les permitan conocer los resultados oportunamente tenderán a solicitar el recuento de todas las casillas en este tipo de situación.

Una más vinculada a la anterior, la puesta en duda de los resultados electorales, lo que conllevará a la descalificación del proceso electoral del que se trate y una última, la necesidad de tener que recorrer la cadena impugnativa, para brindar la certeza que estos procesos requieren.

Con este punto de acuerdo se brindarán la legalidad, imparcialidad, objetividad, independencia y máxima publicidad de los actos generados en las mesas directivas de casilla, al garantizar fehacientemente la certeza de la actuación del órgano comicial más importante en la elección.

Por los argumentos expuestos someto a consideración de esta soberanía la siguiente propuesta de obvia y urgente resolución con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto Nacional Electoral a garantizar que las actas de instalación, cierre de votación y de escrutinio y cómputo que se levanten cuenten con las características necesarias a fin de que las copias que sean entregadas a los representantes de los partidos políticos acreditados ante las mesas directivas de casilla en el proceso electoral extraordinario para gobernador de Puebla sean totalmente legibles.

Ciudad de México, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



FIRMA DE UN CONVENIO PARA SUBSIDIAR EL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOS 72 MUNICIPIOS DE SONORA DURANTE LA ÉPOCA DE VERANO

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SHCP y la CFE a firmar el convenio para subsidiar de manera permanente con la tarifa doméstica 1F el consumo de electricidad en el verano a los 72 municipios sonorenses, a cargo de la diputada Irma María Terán Villalobos, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Irma María Terán Villalobos,diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad a firmar el convenio para subsidiar el consumo de energía eléctrica a los 72 municipios del estado de Sonora con la tarifa 1F durante la época de verano de manera permanente, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Debido a las altas temperaturas alcanzadas en el estado de Sonora durante el verano, miles de familias sonorenses se ven en la necesidad de utilizar sistemas de refrigeración y enfriamiento de aire de mayor consumo energético, situación que provoca altos costos en los recibos de luz, los cuales mucha gente no puede pagar, arriesgándose a golpes de calor, deshidratación, insolación entre otros males debidos a las altas temperaturas registradas en la zona.

Debido a esto, miles de familias sonorenses se ven afectadas por las altas tarifas reflejadas en los recibos de luz que deben pagar mes con mes, haciendo del subsidio a la energía eléctrica una necesidad para toda la ciudadanía.

El subsidio aportado por el gobierno federal destinado a la Comisión Federal de Energía es de aproximadamente 350 millones de pesos, ayudando a disminuir el cobro de la tarifa de luz. En el caso de Sonora, este subsidio beneficia a 270 mil familias pertenecientes a los 72 municipios del estado, dejando fuera del convenio a los usuarios de alto consumo DAC.

Basados en la información de la página de la Comisión Federal de Electricidad, el verano es un periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales serán fijados por el suministrador, definido en la Ley de la Industria Eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

En este contexto, el convenio debe estar firmado antes del 1 de mayo del presente año para que el subsidio entre vigor en la época más calurosa del año, estipulada del 1 de mayo al 31 de octubre; sabiendo la importancia de dicho convenio para la ciudadanía sonorense, la cual debe soportar temperaturas mayores de 45 grados C, el gobierno del estado ha gestionado año con año el subsidio con la Secretaría de Hacienda y la Comisión Federal de Electricidad, que de acuerdo con su sistema de tarifas indica que el cobro durante la tarifa de invierno es de .793 por cada  75 kilovatios consumidos, siendo la tarifa de verano aplicada un costo de .583 por los primeros 300 kilovatios gastados beneficiando a miles de familias que dependen del ahorro en el pago de la energía eléctrica para poder llevar a cabo actividades diarias.

El gobierno del estado de Sonora, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y la Comisión Federal de Electricidad, realizan gestiones cada año para garantizar el subsidio de manera temporal, reconociendo la gran necesidad de todas y todos los sonorenses por tener acceso a este subsidio, se estima el actual exhorto proponiendo que la activación del convenio de subsidio sea de manera permanente año con año durante la época del verano, garantizando de esta manera el bienestar de la ciudadanía evitando y previniendo problemas relacionados con las altas temperaturas alcanzadas en la zona norte del país, donde según cifras de la Secretaría de Salud del gobierno de Sonora, se registraron 12 fallecimientos registrados hasta el 16 de agosto de 2018 causados por las altas temperaturas en la zona.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Federal de Electricidad a firmar el convenio para subsidiar el consumo de energía eléctrica a los 72 municipios del estado de Sonora con la tarifa 1F durante la época de verano de manera permanente.

Notas

1 https://app.cfe.mx/Aplicaciones/CCFE/Tarifas/TarifasCRECasa/ Tarifas/Tarifa1F.aspx

2 http://www.saludsonora.gob.mx/contenido/68976

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Irma María Terán Villalobos(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



SE ACTUALICEN LOS LINEAMIENTOS DEL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN HOTELERA

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Subsecretaría de Calidad y Regulación de la Sectur a actualizar los lineamientos del sistema de clasificación hotelera para reequilibrar sus criterios de puntuación y brindar así las mismas condiciones de evaluación a las vocaciones en servicios de hospedaje hotelero en México, a cargo de la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Martha Angélica Zamudio Macías, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración punto de acuerdo por el cual se exhorta al subsecretario de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo a emprender la actualización de los lineamientos del sistema de clasificación hotelera, a fin de reequilibrar sus criterios de puntuación y brindar así las mismas condiciones de evaluación a las distintas vocaciones en servicios de hospedaje hotelero en México, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El sistema de clasificación hotelera es, de acuerdo a la propia Subsecretaría de Calidad y Regulación, “una herramienta metodológica sustentada en un mecanismo de autoevaluación regulado por la Secretaría de Turismo, que [permite] a los prestadores de servicios turísticos de hospedaje conocer la situación de sus instalaciones y servicios ofrecidos, así como identificar áreas de oportunidad, mediante una categoría representada por estrellas; partiendo de una estrella y hasta el nivel máximo representado por 5”.

El sistema de clasificación hotelera implantado por la Secretaría de Turismo es, en primera instancia, una herramienta diseñada en función de los propios empresarios del sector hotelero. A través de una cuidadosa revisión de los lineamientos ofrecidos por la dependencia federal, quienes emprenden operaciones de hospedaje pueden encontrar áreas de oportunidad y compararse con otras operaciones similares tanto a nivel local como con el resto del país.

Desde la perspectiva del consumidor, este tipo de clasificación es útil en tanto le permite reconocer y juzgar los servicios de hospedaje desde una posición con parámetros precisos y menos subjetivos. Los lineamientos son aplicados, sin excepción, a todos los distintos servicios de hospedaje, brindándole certeza sobre las condiciones y características de uno u otro establecimiento.

De acuerdo con una breve exposición de Frédéric Pierret, director ejecutivo de Programa y Coordinación de la Organización Mundial del Turismo, este tipo de instrumento posee cinco funciones específicas:

• Informar a los consumidores sobre los servicios y condiciones ofertadas por los proveedores de hospedaje.

• Proveer de estándares precisos a los intermediarios de la industria, como lo son las agencias de viaje, quienes utilizan la clasificación no solo en la construcción de paquetes para el público sino también en la negociación tarifaria con grandes cadenas hoteleras.

• Brindar a los proveedores de servicios de hospedaje una marca que pueden utilizar para promocionar sus establecimientos y socializar entre posibles clientes.

• Proveer al sector turístico de estándares generalizables que puedan ser utilizados por todo tipo de proveedores de servicios (al ser un sector con gran diversidad en modelos de oferta, los sistemas de clasificación son particularmente valiosos para ofrecer mejores perspectivas a los operadores).

• Proveer a las autoridades y dependencias gubernamentales de información de calidad que les permita diseñar e implementar políticas públicas informadas orientadas al sector.

De acuerdo con la exposición de Pierret, el uso de este mecanismo es conveniente para todos los participantes en la cadena de valor del hospedaje turístico, incluidos los usuarios. Sin embargo, el éxito o fracaso atribuible a esta herramienta depende, en no menor medida, de la rigurosidad de la metodología utilizada y del diseño de los cuestionarios elaborados para esta función.

De acuerdo con la investigación Análisis de mejores prácticas y generación de una metodología para la clasificación hotelera en México, elaborada en 2015 por la Secretaría de Turismo y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a fin de sustentar técnicamente el desarrollo del sistema de clasificación hotelera, la vocación de servicio de los centros de hospedaje en el país estuvo en el centro de la deliberación durante la construcción de los lineamientos presentes.

El documento menciona lo siguiente:

Una característica innovadora del SCH (sistema de clasificación hotelera) es que reconoce e incentiva la vocación del hotel y el desarrollo de propuestas de valor especializadas en hotelería. Este elemento fue objeto de especial dialogo e interés del sector hotelero y tuvimos también ocasión de validarlo durante el piloteo del instrumento, ya que la experiencia turística es muy diversa y los huéspedes buscan diferentes espacios para alojarse, según la ocasión y el motivo del viaje.

Por tanto, el SCH adecua el instrumento y las variables que son valoradas para asegurar que cada tipo de hotel sea categorizado con base a los atributos que son más trascendentes para los huéspedes a los que están enfocados su propuesta y su producto. Por ejemplo, para un huésped de un hotel de negocios no debiera ser prioritario que el establecimiento cuente con instalaciones deportivas; en el caso de un hotel boutique el huésped no debería esperar grandes salones de reuniones e instalaciones para banquetes; el huésped de un hotel ecológico no esperaría construcciones ostentosas ni cualquier otro servicio que genere un impacto ambiental negativo.

Sin embargo, al realizar una extensa revisión de los lineamientos del sistema de clasificación hotelera, es posible percibir que dicha aspiración no llega a concretarse. Si bien es cierto que los Lineamientos deben de ser generalizables y, por lo tanto, no permiten un alto grado de especialización de los puntajes; sí debería de ser posible realinear los valores de cada categoría con el fin de evitar vicios de origen.

En su condición actual, los lineamientos del sistema de clasificación hotelera dan una clara ventaja comparativa a los grandes centros de hospedaje por sobre otras alternativas como lo son los hoteles boutique o los hoteles ecológicos. Siendo la clasificación una útil herramienta tanto para los empresarios hoteleros como para agentes gubernamentales y el público consumidor, esta en los mejores intereses del sector el que ésta proporcione un piso parejo para todos quienes acceden a ella.

Entre los requisitos que otorgan mayores puntajes, por ejemplo, se encuentra contar con habitaciones que superen 40 metros cuadrados, presentar baños que incluyan materiales de construcción de lujo, puertas y cancelería con materiales aislantes especiales, ofrecer servicio de comida al cuarto las 24 horas del día, contar con uno o más restaurantes que presenten un menú extenso, poseer cajones de estacionamiento para al menos 80 por ciento de las habitaciones del hotel, mantener una o más piscinas de amplias dimensiones, ofrecer acceso a numerosas actividades deportivas, mantener un campo de golf propio en el establecimiento, ofrecer servicios de banquetes y contar con salones de fiestas o reuniones.

Los puntajes más elevados son otorgados, en consecuencia, a aquellos establecimientos que presentan la oferta más diversificada. En la mayoría de las instancias, sin embargo, esta oferta sólo puede ser construida a partir de recursos millonarios, dejando a un lado aquellos hoteles con vocaciones discordantes con este contexto. Con el esquema de puntuación actual, los lineamientos del sistema de clasificación hotelera ofrecen una ventaja desproporcional a los hoteles que cuentan con recursos, espacio y vocación para ofrecer un número tan elevado de servicios.

Los criterios aquí expuestos omiten elementos de evaluación clave para el impulso de la competitividad turística de México. De acuerdo con estudios recientes, la experiencia del usuario, las expectativas de servicio y la clasificación valorativa de un hotel son elementos que no necesariamente confluyen en los mismos resultados.

Estudios de caso han demostrado que no existe una relación constante o correlativa entre la calidad del servicio de un establecimiento de hospedaje y su clasificación en un sistema privado o gubernamental. La valoración subjetiva sobre lo que implica un servicio de calidad tampoco se ve reflejado de forma consistente en los presentes sistemas de clasificación, incrementando la incertidumbre del usuario y restándole efectividad a este tipo de herramienta.

Si bien el sistema de clasificación hotelera de la Secretaría de Turismo se desarrolló a partir de una investigación técnica que arrojó algunos elementos de mejores prácticas en otros países con altos flujos turísticos, la realidad estudiada demuestra que este tipo de sistemas, en su conjunto, ha sido rebasado por las nuevas tendencias de búsqueda, compra y valoración, de las cuales cada vez más usuarios forman parte.

Aduciendo el incremento exponencial de usuarios en plataformas digitales dirigidas a la planeación turística y la adquisición de servicios relativos, existen diversos estudios que demuestran un aumento en las preferencias del cliente por tomar decisiones de compra con base en las reseñas publicadas por estas plataformas, reduciendo el impacto de los calificadores oficiales.

En un contexto de estas características, es fundamental que la presente administración adopte una posición proactiva frente a los retos que impone esta nueva realidad y de una pronta solución al problema que aquí exponemos. El rediseño de los lineamientos del sistema de clasificación hotelera no sólo involucra mejorar el balance presente que permite la existencia de un vicio de origen en favor de los grandes establecimientos de hospedaje, sino también la integración de aquellas valoraciones que los propios usuarios hacen de nuestros hoteles. Un rediseño integral permitirá la creación de un sistema más justo para los empresarios hoteleros y le otorgará nueva vigencia a una herramienta cuya utilidad debe de ser reivindicada.

Habiendo mencionado lo anterior, propongo que se exhorte al maestro Humberto Hernández-Haddad, subsecretario de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo, a emprender la actualización de los lineamientos del sistema de clasificación hotelera, a fin de reequilibrar sus criterios de puntuación y brindar así las mismas condiciones de evaluación a las distintas vocaciones en servicios de hospedaje hotelero en México. Los empresarios del sector turístico y los usuarios tendrán, de concretarse estas acciones, una mejor herramienta para promover la competitividad turística de México en el mundo y un sistema que funcione para todos.

Considerandos

El artículo 4o. de la Ley General de Turismo fija como atribución especifica del Poder Ejecutivo federal “establecer la regulación para la clasificación de establecimientos hoteleros y de hospedaje, de cumplimiento obligatorio en toda la república”.

El Reglamento de la Ley General de Turismo delinea con mayor precisión las características y ubicación que tendrá el sistema de clasificación hotelera.

En el artículo 85, el reglamento establece que “la secretaría establecerá un sistema de clasificación hotelera que estará integrado al Registro Nacional de Turismo”.

Sobre el sistema, el artículo siguiente del reglamento referido establece que tendrá cuando menos los siguientes objetivos:

I. Ordenar, estandarizar y homologar, a través de procesos y un instrumento de clasificación, la categoría o categorías de los establecimientos hoteleros del país;

II. Informar a los turistas y prestadores de servicios turísticos las vocaciones y la categoría o categorías de los establecimientos hoteleros y de hospedaje registrados en el sistema de clasificación hotelera;

III. Publicar información generada por el sistema de clasificación hotelera que permita al turista realizar un consumo responsable e informado sobre la calidad de los servicios hoteleros y de hospedaje;

IV. Promover la productividad y la transformación, así como incrementar la competitividad de los establecimientos hoteleros y de hospedaje con base en la información generada en el proceso de categorización; y

V. Mejorar la accesibilidad y la sustentabilidad de los servicios hoteleros y de hospedaje, con apoyo en un instrumento de clasificación que premie la inclusión y la protección del patrimonio natural y del medio ambiente del país.

La fracción IV del presente artículo es de particular interés como fundamento del documento en mérito. El Sistema de Clasificación Hotelera no solo puede ser administrado como un registro de cualidades de los establecimientos de hospedaje en el país, tiene que verse instaurado como una herramienta asequible que permita incrementar la competitividad de México como destino turístico. Con base en los argumentos esbozados, es claro que el sistema operado por la Secretaría de Turismo puede ser mejor orientado en el sentido de las tendencias clave del sector a escala mundial.

Con fundamento en lo anterior someto a consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al subsecretario de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo a emprender la actualización de los lineamientos del sistema de clasificación hotelera, a fin de reequilibrar sus criterios de puntuación y así brindar las mismas condiciones de evaluación a las distintas vocaciones en servicios de hospedaje hotelero en México.

Notas

1 Subsecretaría de Calidad y Regulación de la- Secretaría de Turismo. Particularidades del sistema de clasificación hotelera. México. Gobierno de la República, 2016. Consultado en

http://sch.sectur.gob.mx:8080/SCHWEB/resources/Particularidades_del_SCH.pdf

2 Pierret, Frédéric. About hotel classification systems. Madrid. Organización Mundial del Turismo, 2013. Consultado en

http://cf.cdn.unwto.org/sites/all/files/hotel_classification_systems.pdf

3 Consultoría Factor Delta. Análisis de mejores prácticas y generación de una metodología para la clasificación hotelera en México. México. Sectur-Conacyt, 2015, página 15. Consultado en

https://docplayer.es/1999320-Sistema-de-clasificacion-hotelera-mexicano- analisis-de-mejores-practicas-y-generacion-de-una-metodologia- para-la-clasificacion-hotelera-en-mexico.html

4 Subsecretaría de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo. Lineamientos del sistema de clasificación hotelera. México. Gobierno de la República, 2016. Consultado en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/135624/ ANEXO-UNICO-LINEAMIENTOS-DEL-SCH.pdf

5 Narangajavana, Yeamdao; Hu, Bo. “The relationship between the hotel rating system, service quality improvement, and hotel performance changes: a canonical analysis of hotels in Thailand”, en Journal of Quality Assurance in Hospitality and Tourism, volumen 9, edición 1, Londres. Routledge, 2008. Consultado en

https://www.tandfonline.com/doi/full/10.1080/15280080802108259

6 López Fernández, M. Concepción; Serrano Bedia, Ana M. “Is the hotel classification system a good indicator of hotel quality? An application in Spain”, en Tourism Management, volumen 25, edición 6, Ámsterdam. Elsevier, 2004. Consultado en

https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/ S0261517704001335?via%3Dihub

7 Leung, Daniel; Lee, Hee. “The impact of culture on hotel ratings: analysis of star-rated hotels in China”, en Journal of China Tourism Research, volumen 7. Londres. Routledge, 2011. Consultado en

https://www.researchgate.net/profile/Daniel_Leung5/publication/ 232882954_The_Impact_of_Culture_on_Hotel_Ratings_Analysis_of_Star- Rated_Hotels_in_China/links/551110450cf20352196d4e0c/ The-Impact-of-Culture-on-Hotel-Ratings-Analysis-of-Star- Rated-Hotels-in-China.pdf

8 Subsecretaría de Calidad y Regulación de la Secretaría de Turismo. Particularidades del sistema de clasificación hotelera. México. Gobierno de la República, 2016, páginas 1-2. Consultado en

http://sch.sectur.gob.mx:8080/SCHWEB/resources/Particularidades_del_SCH.pdf

9 Hensens, Wouter. “The future of hotel rating”, en Journal of Tourism Futures, volumen 1, edición 1. Bingley, Inglaterra. Emerald Group Publishing Ltd., 2015. Consultado en

https://www.emeraldinsight.com/doi/full/10.1108/JTF-12-2014-0023

10 Ley General de Turismo, artículo 4o., fracción XII (última reforma: 13 de abril de 2018).

11 Reglamento de la Ley General de Turismo, artículo 85 (última reforma: 16 de agosto de 2017).

12 Reglamento de la Ley General de Turismo, artículo 86, fracciones I-V (última reforma: 16 de agosto de 2017).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Martha Angélica Zamudio Macías(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.



CUENTAS PÚBLICAS DE 2015 Y 2016 DE LA SECRETARÍA DE SALUD EN EL ESTADO DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a las Cuentas Públicas de 2015 y 2016 de la Ssa del Estado de México, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quienes suscriben, diputado Juan Ángel Bautista Bravo e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la salud como “el estado de completo bienestar físico, mental y social”. En México, el derecho a la salud está reconocido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, y garantiza el acceso de todos los mexicanos a este servicio fundamental.

Los empleados del Instituto de Salud del Estado de México (ISEM) han evidenciado el desabasto de medicamentos, falta de insumos y personal además de infraestructura insuficiente, así como la falta de pago de prestaciones.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) ha destacado anomalías ejercidas desde 2011 en el sector salud del Estado de México. Las observaciones son el pago a personas no registradas en la nómina, pagos no autorizados, transferencias inadecuadas y la falta de transparencia en la aplicación de los recursos asignados.

Se identificó que el Instituto de Salud del Estado de México realizó en 2016, dos mil 92 pagos con los recursos del FASSA por un monto total de 23 millones 639 mil 600 pesos, por concepto de pago de medidas de fin de año a personal del que no se encontró registro alguno en las nóminas del Fondo.

También realizó pagos por concepto de Cuotas y Aportaciones Obrero-Patronales de Seguridad Social con recursos del FASSA 2016, por un monto total de 573 millones 661 mil de pesos, que incluyeron recargos y actualizaciones por nueve millones 113 mil pesos.

La ASF instó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a que instruya una auditoría al ISEM, debido a que no entregó las retenciones por concepto de impuesto sobre la renta de octubre, noviembre y diciembre de 2016, de las que se calculó un daño patrimonial a las finanzas nacionales por 414 millones tres mil 138 pesos.

También solicitó al SAT una segunda auditoría para fiscalizar 84 millones 274 mil 991 pesos que fueron utilizados para el pago de recargos y actualizaciones generados por el pago extemporáneo del ISR. Asimismo, la ASF, llamó al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) para que aclare si recibió un pago por 59 millones 498 mil 509 pesos por parte del Instituto de Salud del Estado de México, correspondientes a las Cuotas y Aportaciones SAR-Fovissste de sus trabajadores, que no fueron reportadas por el Instituto de Salud del Estado de México en la auditoría 2016.

Para el caso del programa federal Prospera, las irregularidades encontradas por los auditores son en torno a las dobles cuentas bancarias del ISEM para la recepción y manejo de los recursos del programa Prospera, y el manejo de otras fuentes de financiamiento.

Estas observaciones derivaron en cinco promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria y tres pliegos de observaciones. Esto llevó a la Auditoría Superior a dictaminar que el gobierno del Estado de México no realizó una gestión eficiente y transparente de los recursos del programa, y no se cumplieron sus objetivos ni metas.

Motivo por el cual, la ASF hizo observaciones por mil 270 millones de pesos en el Fondo de Aportaciones para los Servicios de la Salud; 750 millones en Recursos Federales Transferidos a través del Acuerdo de Coordinación entre la Secretaría de Salud y el Estado de México y en el componente de Prospera, 36. 6 millones de pesos.

Adicionalmente la Asociación Nacional de Distribuidores de Insumos para la Salud (Andis), que congrega a los principales proveedores de medicinas, ha reiterado en diversas ocasiones los adeudos que presenta el sector salud, mencionando que son insostenibles, lo que podría provocar un desabasto de medicamentos catastrófico para el sector salud en el Estado de México, primordialmente en la zona sur de la entidad.

La deuda del ISEM, según el reporte financiero del primer trimestre 2018, asciende a 9 mil 282 millones 999 pesos, de los cuales 5 mil 674 millones 608 mil pesos es con proveedores de medicamentos e insumos. En el Issemym cerró el 2017 con una deuda de 3 mil 500 millones de pesos.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter al pleno de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación haga del conocimiento público la documentación justificativa y comprobatoria del estado que guarden las observaciones con impacto económico de la Secretaría de Salud del gobierno del Estado de México en los ejercicios fiscales 2015 y 2016.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, en acatamiento a la Ley de Fiscalización y Cuenta Pública, y como parte fundamental del Sistema Nacional Anticorrupción, inicie los procedimientos administrativos y penales que correspondan, en uso de sus atribuciones legales, en los casos en que no se subsanen las observaciones con impacto económico realizadas por la Auditoría Superior en los informes a las Cuentas Públicas de los ejercicios fiscales 2015 y 2016 correspondientes a la Secretaría de Salud del Estado de México.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud del Estado de México a que atienda y haga públicos los medios y mecanismos empleados sobre las observaciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación emitidas en su reporte del informe de la Cuenta Pública 2015 y 2016.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de México y a la Secretaría de Salud del Estado de México a que difundan detalladamente los motivos por los cuales han sido violentados los derechos laborales de los trabajadores del sector salud, sobre la retención de sus prestaciones.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Juan Ángel Bautista Bravo(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



INCLUSIÓN DE NAYARIT DENTRO DE LA TARIFA ELÉCTRICA 1F

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a incluir por la CRE y la CFE en la tarifa eléctrica 1F a Nayarit, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Margarita Flores Sánchez, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los ar-tículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa al gobierno federal, para que a través de la Comisión Reguladora de Energía se incluya al estado de Nayarit dentro de la tarifa eléctrica 1F, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El sector energético nacional constituye el motor para el desarrollo de nuestro país, el cual requiere de una planeación estratégica y responsable hacia objetivos comunes que coadyuven al equilibrio del mercado y la sustentabilidad.

El subsidio a las tarifas eléctricas domesticas se aplica en beneficio de los usuarios de mayor consumo de electricidad en las zonas de clima extremoso, obligados a utilizar aparatos y equipos eléctricos para mitigar los efectos del clima tanto en verano como en invierno. Tal es el caso del estado de Nayarit durante la prolongada temporada de verano.

En los últimos tres años como consecuencia del incremento en los precios de los combustibles, la Comisión Federal de Electricidad ha anunciado y aplicado incrementos en las tarifas eléctricas para los sectores industrial, comercial y de uso doméstico de alto consumo, lo cual ha afectado significativamente la economía de las familias y el sector empresarial de nuestro país.

Cabe señalar que el 1 de marzo del 2017 la Comisión Federal de Electricidad informó mediante comunicado, un aumento en las tarifas eléctricas tanto para el sector industrial como el comercial de hasta un 17.2 por ciento respecto al mes de febrero de 2017. Asimismo, la tarifa de uso doméstico de alto consumo (tarifa DAC) registro un aumento de 8 por ciento durante el mismo periodo. (http://saladeprensa.cfe.gob.mx/boletines/show/8417/)

Mediante decreto del 7 de febrero de 2002, se autorizó por la Cámara de Diputados el ajuste a la tarifa de alto consumo de energía eléctrica conocida como DAC, reduciéndose los subsidios y realizando una reclasificación de las tarifas en las distintas entidades federativas  del norte y sur del país, medida que ha provocado afectaciones en la economía de las familias y sector empresarial ante el uso de aires acondicionados, sistemas de refrigeración y ventiladores los cuales resultan ser un medio necesario para soportar las altas temperaturas las cuales llegan a rebasar los 40° en el norte del país.

Es importante mencionar que el estado de Nayarit se ubica dentro de las cinco entidades con mayor capacidad instalada para la generación de energía eléctrica; ubicándose en la entidad cuatro de las centrales hidroeléctricas más importantes del país como lo son Aguamilpa Solidaridad; El Cajón; Jumatlan y la Yesca.

De entre las 62 hidroeléctricas instaladas en el país, la de Aguamilpa ocupa el cuarto lugar nacional  en capacidad de generación de energía eléctrica, El Cajón el sexto lugar y La Yesca el séptimo, posicionando a Nayarit como una entidad de generación importante de energía eléctrica limpia al país.

En Nayarit se produce el 20.36 por ciento de la energía eléctrica que por dicha tecnología, proporciona la Comisión Federal de Electricidad a los usuarios del país.

La energía  que se genera en las tres principales hidroeléctricas de la entidad, Aguamilpa, El Cajon y la Yesca, tiene una capacidad  de 2460.000 (MW=megavatios), generación que se conecta  al sistema nacional de distribución, suministrando de energía eléctrica a los estados de Jalisco, Aguascalientes, Sinaloa, Sonora, Coahuila, Durango y Nuevo León.

El sector eléctrico representa un factor importante de desarrollo e impulso a la economía del país y de Nayarit, quien a través de su hidroeléctricas suministra una cantidad considerable energía, lo cual abona a que la CFE permita brindar un servicio de mayor calidad, menor costo y amigable con el medio ambiente.

El estado de Nayarit resintió el año pasado los efectos del incremento en las temperaturas en la zona norte de la entidad, provocando que al menos los pobladores de la zona norte de la entidad se vieran afectados en el cobro de sus recibos de energía eléctrica.

Cabe referir, que el Congreso del Estado Nayarit aprobó diversos acuerdos que buscaron solicitar a este honorable Congreso de la Unión el solicitar la inclusión de un subsidio a la tarifa eléctrica de la entidad.

Entre ellos el promovido la diputada Nélinda Ivonne Sabrina Díaz, el cual fue aprobado de manera unánime por diputados locales, acuerdo con el cual buscaba se  fuera atendida la emergencia que colocaba a la población de las localidades de Bahía de Banderas, San Blas, Santiago Ixcuintla, Ruiz, Rosamorada, Tuxpan, Tecuala, Huajicori, Del Nayar, La Yesca y alguna Tepic y de Compostela de Nayarit, Tejeda, en situación de emergencia pues de no ser atendida dicha las familias de la zona norte del país se verían en serias afectaciones para cubrir el costo de sus recibos de energía eléctrica.

Cabe mencionar que el pasado 24 de octubre el estado de Nayarit se vio afectando por los embates del huracán Willa emitiéndose Declaratoria de Desastre Natural para los municipios de Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruiz, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpa, los cuales se vieron seriamente afectados, perdiendo miles de familias su patrimonio.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al gobierno federal, para que a través de la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Federal de Electricidad se incluya al estado de Nayarit dentro de la tarifa eléctrica 1F.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al gobierno federal para que a través de la Comisión Federal de Electricidad se condone el cobro de los recibos de energía eléctrica a los municipios de Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruiz, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tuxpa, del estado de Nayarit, afectados por el huracán Willa.

Dado en la Cámara de Diputados, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Margarita Flores Sánchez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



POLÍTICAS PÚBLICAS PARA PROPORCIONAR COBERTURA UNIVERSAL EN EL SECTOR SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a diseñar e implantar políticas públicas para proporcionar cobertura universal efectiva y de alta calidad en el sector salud del estado de México, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario Morena en la LXIV Legislatura, con fundamento en la fracción I, numeral 1 del artículo 6o. y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la salud como “el estado de completo bienestar físico, mental y social”. En México, el derecho a la salud está reconocido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, y garantiza el acceso de todos los mexicanos a este servicio fundamental.

Sin embargo, el sistema de salud pública en México se encuentra en crisis, los sistemas de salud deberían contar con recursos suficientes para salvaguardar y promover la cobertura universal de salud, para satisfacer las necesidades de salud de sus poblaciones.

El Segundo Estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre el Sistema de Salud de México 2016, destaca la desigualdad e ineficiencia del Sector Salud en nuestro país. Según el reporte demuestra que el nivel del gasto público de México en este rubro es comparativamente bajo, a diferencia de otros países de la OCDE, lo que se traduce en una limitada capacidad de respuesta del sistema para proporcionar una cobertura efectiva y de alta calidad.

Por los motivos antes señalados, el gasto del bolsillo de los mexicanos para obtener una mejor atención en el sector privado, es bastante alto, representando en diversos casos de enfermedades crónicas hasta 45 por ciento. En la última década, a pesar de los esfuerzos por mejorar la calidad y atención del servicio, el gasto del bolsillo no ha disminuido, afectando gravemente a la población más vulnerable.

Datos del Instituto Mexicano para la Competitividad, AC, el gasto del bolsillo para enfermedades como la hipertensión, diabetes mellitus, hepatitis viral, leucemia entre otras enfermedades crónicas, puede condicionar a una familia a caer en pobreza, ya que cubrir los gastos ocasiona endeudamiento hasta la venta el patrimonio familiar.

En cuestiones de cobertura es insuficiente. Según los indicadores de la OCDE, en el Panorama de la Salud 2017, la mayoría de los países alcanzó la cobertura universal de los costos de cuidado de la salud, exceptuando por seis países, incluyendo México. Aproximadamente 16 millones de mexicanos carecen de algún tipo de protección para los cuidados de la salud, de igual manera, el desabasto de medicamentos es un problema en incremento en el sector, alrededor de 61 por ciento de la población se abastece con los medicamentos completos dentro de los servicios públicos.

El número de mexicanos que asisten a los servicios privados de salud es bastante alto, de hecho, un dato relevante es que México muestra una proporción desorbitante de hospitales privados en comparación con los públicos, con 11.4 hospitales públicos y 28.6 hospitales privados por cada millón de habitantes.

Lo anterior derivado, además de la baja inversión en el sector, de la corrupción que impera en el campo de la salud pública. Mariclaire Acosta, presidenta del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, mencionó que el sector salud representa “un caldo de cultivo” para la corrupción; el desvió de recursos, la falta de personal preparado y servicios, así como la nula transparencia y rendición de cuentas.

El comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, Jan Jarab, estimó que cada año se pierden 200 mil millones de dólares por corrupción en el cuidado de la salud a nivel mundial. En México existe un deficiencia hasta de 20 por ciento en los servicios de salud. Dependiendo de la región dicho porcentaje puede variar.

En el caso del estado de México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) declaró que es la entidad con mayor número de actos de corrupción. Pagos carentes de documentación comprobatoria, contratos celebrados con empresas fantasma, sobreprecios pagados por los estados y no entregar el Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido a los trabajadores del sector salud; son irregularidades que destacan. Adicionalmente, los informes de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), cada año muestran grandes inconsistencias presupuestales en dos ramos, el Seguro Popular y el Fondo de Aportaciones en Servicios de Salud (FASSA). Los reportes muestran una serie de prácticas indebidas para la desviación de recursos que se replica de manera sistemática año con año.

Fuente:INEGI. Ecuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCG 2015)

El último informe de la ASF, identificó pagos con los recursos del FASSA por 23 millones 639 mil 600 pesos a personal que no se encuentra registrado en nómina, de igual manera realizó pagos por concepto de cuotas y aportaciones obrero-patronal de seguridad social por un monto de 573 millones 661 mil pesos, que incluye recargos y actualizaciones por 9 millones 113 mil pesos. En el caso de Prospera, se encontró la duplicidad de cuentas bancarias del Instituto de Salud del Estado de México (ISEM) para la recepción y manejo de recursos.

Se hicieron observaciones por mil 270 millones, 750 millones y 36. 6 millones de pesos en el Fondo de Aportaciones para los Servicios de la Salud, Recursos Federales Transferidos a través del Acuerdo de Coordinación entre la Secretaría de Salud y el estado de México y Prospera respectivamente.

Aunando a lo anterior expuesto, existe una crisis de desabasto de medicamentos, materiales de curación e insumos básicos para la atención de calidad. Además de la crisis de salud por la que atraviesa del sector salud en el estado de México, en los últimos años se ha convertido en crisis financiera. La deuda del sector salud asciende a más de 9 mil millones de pesos, de los cuales aproximadamente 60 por ciento es con proveedores de insumos.

De acuerdo con el análisis del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), el estado de México registra el gasto público en salud más bajo a nivel nacional, con 2 mil 55 pesos por persona al año, a comparación de Aguascalientes de 25 mil 641 pesos per cápita y el promedio nacional es de 6 mil 206 pesos.

El gasto total promedio en salud es de 8 mil 194 pesos; de los cuales 6 mil 206 son gasto público, mil 987 gasto de bolsillo, y una aproximación del gasto privado de 2 mil 338; es decir, una composición 73/27 de gasto público y gasto de bolsillo en términos generales. En el estado de México la composición es 59/41.

Otro rubro que destaca en los altos índices de corrupción es el hospital regional de alta especialidad (HRAE) de Zumpango. Dichos hospitales representan para la mayoría de los mexicanos el único acceso a medicina especializada. En el reporte de Salud Deteriorada, se presentó un análisis minucioso que desnuda la alta corrupción estructural y sistemática que existe en el sector salud en el estado de México.

En primer lugar se analizó la ubicación de dichos hospitales, la conclusión es que se basaron en criterios políticos, no técnicos, ni con base en las necesidades de la población. Por ende remite a diversas inconsistencia y a la subutilización de los recursos destinados.

Resulta que la ocupación promedio del HRAE es menor a 50 por ciento, un dato impactante es que los primeros dos años no alcanzaron ni 20 por ciento de ocupación. En el ámbito de la tecnología, los resultados son deficientes. A pesar de contar con equipos especializados, como el sistema de cirugía robótica llamado Sistema Da Vinci, su promedio de utilidad es de tan solo de 7.6 por ciento. En cuestión de mastografías y resonancias, se realzan alrededor de .86 y 1.06 diarias respectivamente.

EL HRAE de Zumpango tiene el peor desempeño en la oferta para el tratamiento de diversas enfermedades crónicas, la pésima gestión del sector salud ha dado como resultado la muerte de miles de mexiquenses que no pudieron acceder a los servicios básicos, e inclusión de millones de familias a la pobreza, que no pudieron acceder y carecieron de servicios especializados, por los gastos generados por enfermedades crónicas.

Por lo anteriormente expuesto me permito someter al pleno de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador del estado de México a que instruya a las dependencias involucradas en el sector salud, a trabajar de manera conjunta, con el fin de establecer políticas públicas y estrategias urgentes para proporcionar una cobertura universal efectiva y de alta calidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del Estado de México a implementar una política integral que incluya la selección, compra, abasto y principalmente uso racional de medicamentos, además hacer públicas las estrategias y mecanismos que realizarán para cumplir con el abasto de insumos básicos para el sector salud.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador de estado de México, Alfredo del Mazo Maza y a la Secretaría de Salud del Estado de México a revisar el contrato de Asociación Público-Privada (APP) del hospital regional de alta especialidad de Zumpango, para mejorar las condiciones estipuladas con la empresa y hacer públicos los mecanismos y medios que implementarán para eficientar los gastos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputado Juan Ángel Bautista Bravo(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE GARANTICE QUE EL TRÁNSITO DE LOS AUTOTANQUES QUE DISTRIBUYEN GASOLINA, SE HAGA BAJO LOS MÁS ESTRICTOS CONTROLES DE SEGURIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC y a Pemex a garantizar que los autotanques distribuidores de gasolina en el país transiten según los más estrictos controles de seguridad, a cargo del diputado Juan José Canul Pérez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Juan José Canul Pérez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana y a Petróleos Mexicanos, para que garanticen que el tránsito de los autotanques que distribuyen gasolina en diferentes puntos del país lo hagan bajo los más estrictos controles de seguridad y no pongan en riesgo a los ciudadanos que circulan por las carreteras del país, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En diciembre pasado, el gobierno federal implementó una estrategia de combate al robo de combustibles que incluye, entre otras líneas de acción, cierres programados y supervisados de la distribución de gasolina, mediante el sistema de ductos.

Para no comprometer el abasto de combustibles, se planteó la necesidad de completar el transporte de gasolinas mediante vehículos autotanque, mejor conocidos como pipas.

Dicha medida se tomó a pesar de estar plenamente identificado que es 14 veces más costosa que el uso de ductos –según la Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros– además que es lento y peligroso para los operadores.

La oficial mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el pasado 24 de enero, informó en una conferencia de prensa que se habían adquirido 671 carros tanques, por un monto superior a los 92 millones 189 mil 597 dólares y que su asignación fue por “adjudicación directa” la cual se justificaba por el “problema de abasto de combustible”.

La adquisición de estas unidades que se asignarán a la Secretaría de la Defensa Nacional, se ha dado bajo una serie de irregularidades como falta de transparencia, transgresiones a nuestro marco jurídico y nulas condiciones de competencia, calidad, financiamiento y oportunidad.

Estas pipas se adjudicaron contraviniendo la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que en su artículo 26, indica que las adquisiciones por regla general, se deberán realizar por medio de licitaciones públicas y mediante convocatoria abierta para asegurar las mejores condiciones de competencia en el ejercicio adecuado de los recursos públicos.

Sin embargo, una grabación difundida en las redes sociales, muestra a las pipas avanzando y al mismo tiempo derramando el combustible por la parte trasera, escoltadas por una patrulla de la Policía Federal la cual abría camino sobre la carretera de un solo carril.

Ello significa que los autotanques adquiridos tienen desperfectos que es urgente atender, ya que ponen en riesgo no sólo la seguridad de los propios conductores, sino también, de los miles de personas que transitan diariamente por las diferentes carreteras del país.

Ante esta situación, es importante y urgente que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana y Petróleos Mexicanos, garanticen que el tránsito de las pipas que distribuyen gasolina en diferentes puntos del territorio nacional, lo hagan bajo los más estrictos controles de seguridad y no pongan en riesgo la integridad y patrimonio de los ciudadanos y sus familias que circulan por las carreteras.

El Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, establece en su artículo 46, que las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos deberán estar en óptimas condiciones de operación, físicas y mecánicas, verificando el transportista que la unidad reúna tales condiciones antes de proceder a cargar materiales y residuos peligrosos.

Se trata, en síntesis, de apegarse a la normatividad vigente, con el objeto de no poner el peligro la integridad y vida de las personas.

El Estado mexicano tiene la obligación de salvaguardar la seguridad, integridad y patrimonio de la población. No obstante, en lo que va de la actual administración, el Gobierno Federal se ha caracterizado por implementar acciones y proyectos que carecen de planeación estratégicas y de estudios sólidos que permitan constatar su viabilidad técnica e impacto económico, social y ambiental.

Son decisiones que están afectando a México y los mexicanos saltan. A casi tres meses de iniciado el actual gobierno, las principales medidas de política llevadas a cabo permiten afirmar que la denominada “cuarta transformación” no es más que un conjunto de ocurrencias articuladas en torno a un discurso de doble moral. Dicen que van a ayudar a los grupos más necesitados y cancelan o reducen el presupuesto a diversos programas sociales; dicen que van a combatir la corrupción y realizan procesos de licitaciones al margen de la ley; entre otros ejemplos más.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana y a Petróleos Mexicanos, para que garanticen que el tránsito de los autotanques que distribuyen gasolina en diferentes puntos del país lo hagan bajo los más estrictos controles de seguridad y no pongan en riesgo a los ciudadanos que circulan por las carreteras del país.

Notas

1 Presidencial de México. (2019). Conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador 24 de enero de 2019. 24/01/2019, de Gob. mx Sitio web:

https://www.gob.mx/presidencia/prensa/conferencia-de-prensa-del- presidente-andres-manuel-lopez-obrador-24-de-enero-de-2019

2 Congreso de la Unión. (Última Reforma DOF 10-11-2014). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. 25/01/2019, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/14_101114.pdf

3 https://www.tribuna.com.mx/viral/Video-muestra-como-pipas-de-Pemex- derraman-gasolina-por-la-calle—20190224-0061.html

4 http://www.sct.gob.mx/fileadmin/_migrated/content_uploads/ 7_Reglamento_para_el_Transporte_Terrestre_de_Materiales_y_ Residuos_Peligrosos.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, al día 28 de febrero de 2019.— Diputado Juan José Canul Pérez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.



SE RESUELVA LA PROBLEMÁTICA DE ESCASEZ DE AGUA POTABLE EN SONORA

«Proposición con punto de acuerdo, para crear medios e instrumentos oportunos que resuelvan efectivamente la escasez de agua potable en Sonora, a cargo del diputado Manuel López Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Manuel López Castillo, diputado federal por Sonora en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso General de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad por lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a escrutinio de esta asamblea legislativa de lo federal, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Generalidades sobre la escasez de agua

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) indica que el agua es:

El epicentro del desarrollo sostenible y es fundamental para el desarrollo socioeconómico, la energía y la producción de alimentos, los ecosistemas saludables y para la supervivencia misma de los seres humanos.

El agua cubre aproximadamente 75 por ciento de nuestro planeta, a esta capa se le conoce como hidrósfera y se estima que su área de distribución cubre 510 millones de kilómetros cuadrados, en donde el volumen total de agua de la tierra es aproximadamente de mil 390 millones de kilómetros cuadrados.

Cabe señalar que sólo 0.26 por ciento del agua situada en nuestro planeta y la proveniente de los fenómenos atmosféricos es utilizable de manera directa para la especie humana.

Sin embargo, a pesar de que este recurso natural es indispensable para la vida del ser humano, no se ignora el hecho de que en el mundo la mayoría de los países sufren de la escases de este vital líquido, para ello, es imprescindible mencionar que en países como Kuwait, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Somalia, Hungría y Nigeria carecen de manera extrema del acceso al agua y de sus servicios de saneamiento, al respecto, diversos organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) denuncian que cerca de 2.1 millones de personas carecen de los servicios de agua potable y un aproximado de 4.5 millones de personas carecen de los servicios de saneamiento de la misma.

La escasez de agua ya afecta a 4 de cada 10 personas en el mundo, y cerca de 350 mil niños menores de cinco años mueren cada año por enfermedades diarreicas e intestinales debido a la insalubridad de las aguas que ingieren y usan para uso cotidiano.

La OMS prevé que entre 2025-2030, la mitad de la población mundial vivirá en zonas con escasez de agua.

La meta número 6 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible para el año 2030 insta a los 193 Estados miembros a que atiendan y desarrollen las políticas necesarias para lograr el acceso universal y equitativo al agua potable.

Escasez de agua en México

En México el promedio por concentración-volumen de agua potable disponible cada año es de 476 kilómetros cúbicos, considerado como una cantidad sumamente mengua, ello si volteamos la mirada a países como Brasil, Birmania, India, Canadá y Estados Unidos que cuentan en promedio de mil a 3 mil kilómetros cúbicos anualmente.

El agua de uso doméstico, la utilizada para beber, la de los servicios públicos, la de los establecimientos comerciales y de las propias viviendas, concentran 10 por ciento del agua dulce en México, mientras que en el mundo el promedio es de 8 por ciento.

Si a lo anterior le sumamos que, en las ciudades con mayor concentración de población del país, el 40 por ciento de agua potable que les llega se desperdicia debido a los carentes servicios de abastecimiento y distribución, la falta de cultura cívica, así como a las fugas por el mantenimiento deleznable que tienen las represas y contenedores de agua de México.

Para 2030, México y muchas de sus entidades con mayor afluencia poblacional sufrirán la peor de sus crisis de estrés hídrico en la historia.

Escasez de agua potable y servicios de saneamiento en Sonora

El Consejo Consultivo del Agua, AC, y el Fondo para la Comunicación y la Educación Ambiental, AC, indican que las zonas en donde existe menor concentración de agua potable es el norte y centro del país, así mismo, se deja en claro que la escasez de este recurso afecta a las demarcaciones más pobladas.

Fuente:Fondo para la Comunicación y la Educación Ambiental A.C. (2017) - https://agua.org.mx/acceso-al-agua-en-mexico-la-crisis-viene/

Sonora recibió en 2017 una de sus peores alertas en materia de recursos naturales, ello tras publicarse un estudio realizado por la ONU en correlación al Programa de la Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma), donde se vislumbró que para el año 2030 la región noroeste del país se encontrara en situación de intensa escasez de agua física.

Si lo anterior no bastare, la propia representante para México en el Pnuma, Dolores Barrientos Alemán, señalo en conferencia impartida ante el Colegio de la Frontera Norte en Tijuana, que:

No habrá agua en la región norte de México, por más que haya millones y millones de pesos no habrá agua, estos modelos son para 2030, se prevé escasez física total, el Noroeste de México y parte del Sur de Estados Unidos tienen escasez física de agua.

La región noroeste del país es una zona que por geografía y asentamiento es bajo en disponibilidad natural de agua y dentro de 10 años el volumen por habitante caerá a dos mil cuatrocientos metros cúbicos.

El vocal ejecutivo de la Comisión Estatal de Agua en Sonora, el ingeniero Sergio Ávila Ceceña, indicó que a pesar de lo emitido por los expertos internacionales sobre la situación del agua en la entidad para 2030, dicha problemática ya se encuentra en vísperas de manifestarse.

Como se puede notar, la situación de escasez del agua potable en Sonora no es un tema que debe quedarse fuera de las prioridades a atender por parte de los tres órdenes de gobierno, ya que esta coyuntura afecta la vida de más de 2 millones de sonorenses, de igual manera se ve mermado el desarrollo de actividades productivas como son la ganadería. la agricultura y la industria.

Sonora exige soluciones al estrés hídrico que está sufriendo y que a futuro se estima empeorara con creces, la extracción-recarga de agua potable debe ser sustentable para todos, debemos crear nuevos mecanismos que combatan la escasez de agua y mejorar los ya existentes, para así cumplir con la obligación constitucional del artículo 4º, sobre el derecho de acceso, disposición y saneamiento del agua.

Por los argumentos esgrimidos someto a consideración de las legisladoras y los legisladores que integran la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos exhorta respetuosamente a la Titular del Poder Ejecutivo del estado de Sonora; así como a los titulares de los 72 municipios que lo comprenden; a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, para que en el ámbito de sus respectivas facultades y competencias coadyuven en la creación de los mecanismos e instrumentos oportunos que resuelvan efectivamente la problemática de escasez de agua potable que está sufriendo dicha entidad.

Notas

1 ONU. (2016). Agua. Febrero 22, 2019, de United Nations Sitio web:

http://www.un.org/es/sections/issues-depth/water/index.html

2 Hiriart, M. (2010). El agua como recurso. Octubre 8, 2018, de Instituto de Ecología de la UNAM Sitio web:

http://www.comoves.unam.mx/assets/revista/54/el-agua-como-recurso.pdf

3 OMS. (2017). Escasez de agua - Datos y Cifras. Febrero 22, 2019, de World Health Organization Sitio web:

http://www.who.int/features/factfiles/water/water_facts/es/index4.html

4 PNUD. (2018). Objetivo 6: Agua limpia y saneamiento. Febrero 26, 2019, de Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo Sitio web:

http://www.undp.org/content/undp/es/home/sustainable-development-goals/ goal-6-clean-water-and-sanitation.html

Dado en la Ciudad de México, alcaldía Venustiano Carranza, dentro del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2019.— Diputado Manuel López Castillo(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LA SECTUR, PARA QUE SU PROPAGANDA Y COMUNICACIÓN SOCIAL, ATIENDA LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sectur a atender el artículo 134 constitucional en su propaganda, en cualquier modalidad de comunicación social, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Margarita Flores Sánchez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo para que su propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, atienda lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se abstenga de promover al partido político Morena, al tenor de la siguiente.

Exposición de Motivos

En días pasados, el presidente de México presentó la denominada Estrategia Nacional de Turismo. En este marco, la Secretaría de Turismo hizo público un video oficial, con el que pretendía dar a conocer las bases del Programa Sectorial de Turismo, y las ventajas competitivas que México presenta ante otras naciones, las cuales nos posicionan como un referente en la materia y destino predilecto de turistas nacionales e internacionales.

No obstante, el video promocional está lejos de cumplir las metas de la Estrategia Nacional de Turismo, ya que su contenido es más ideológico, no sólo promueve la imagen del presidente de México, sino también la del partido Morena.

A lo largo del spot, se dice: “El 1 de diciembre se inició una nueva etapa en nuestro país, que conlleva una transformación de la vida pública nacional. La renovación se dio mediante un amplio respaldo ciudadano, generando amplias expectativas y manifestando la clara necesidad de la sociedad de un cambio de paradigma”. Palabras y sonidos que se hacen acompañar de imágenes de la pasada elección, de la toma de posesión del presidente e imágenes con el logotipo del partido Morena y que nada se relacionan con la actividad turística del país.

Al respecto, organizaciones de la sociedad civil y agrupaciones empresariales como el titular de la Confederación Patronal de la República Mexicana, denunciaron que este material promociona los intereses del partido político del presidente y contiene un claro mensaje ideológico, pero no promociona con claridad el turismo.

Estos hechos constituyen una trasgresión a nuestro marco jurídico, ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 134 que “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.

Pero, principalmente que “en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.

Por otro lado, la Ley de Comunicación Social indica que en las campañas de comunicación social no se podrán destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público; asimismo, no se podrán inducir a la confusión con “símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes empleadas por cualquier organización política o social”.

Ante estas irregularidades, la Secretaría de Turismo debe modificar su campaña de comunicación y garantizar que se haga en el marco de la legalidad, ya que no sólo atenta contra nuestro marco jurídico e institucional, sino vulnera los preceptos básicos de comunicación social gubernamental.

Apegado a lo que establecen nuestras normas jurídicas, se deben establecer las sanciones correspondientes, ya que con la realización de este video y su promoción en cuentas oficiales del Gobierno Federal, diversos servidores públicos incurrieron en faltas, inobservancias y diversos delitos graves.

De manera reiterada en lo que va de esta administración, se han utilizado las cuentas oficiales para hacer promoción abierta del presidente de México y su partido político, prueba de ello son los mensajes promovidos por la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Economía.

En particular, la Secretaría de Relaciones Exteriores difundió hace poco el mensaje de: “Apoyemos al presidente Andrés Manuel López Obrador” y lo acompañó con una tarjeta que contenía el logotipo del Gobierno de México y el escudo nacional. Por su parte, el pasado 11 de enero, la Secretaría de Economía divulgó: “Apoyemos al presidente @lopezobrador_ #NoAlHuachicoleo #NoMasCorrupcion #HagamosloJuntos”, el texto estaba seguido de los logotipos oficiales de la dependencia y el escudo nacional.

Los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, nos manifestamos en contra de estas acciones, ya que dejan de manifiesto la utilización de recursos públicos para la promoción personal del presidente y un partido político, a fin de mantener los niveles de popularidad de una gestión que se está caracterizando por la falta de experiencia y nulas capacidades para gobernar.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Turismo para que su propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, atienda lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se abstenga de promover al partido político Morena.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de la Función Pública y al Instituto Nacional Electoral para que, en el ámbito de sus atribuciones, investiguen y sancionen la difusión de un vídeo de la Secretaría de Turismo que incluye el logo de Morena, por el uso de recursos públicos para la promoción indebida de un partido político.

Notas

1 Grupo Reforma. (2019). Promueven turismo con AMLO y Morena. 27/02/2019. Sitio web:

https://www.youtube.com/watch?v=HIIO_ZZOsbg

2 El Universal. (2019). Critica De Hoyos spot de Sectur; Torruco Rivera. 27/02/2019. Sitio web:

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/critica-de-hoyos- spot-de-sectur-torruco-revira

3 Congreso de la Unión. (Última Reforma DOF 27-08-2018). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 27/02/2019, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf

4 Congreso de la Unión. (Nueva Ley DOF 11-05-2018). Ley General de Comunicación Social. 27/02/2019, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCS_110518.pdf

5 Itxaro Arteta. (2019). Cuentas de Twitter de gobierno piden apoyo para AMLO contra el huachicoleo; la Constitución lo prohíbe. 14/01/2019, de Animal Político Sitio web:

https://www.animalpolitico.com/2019/01/cuentas-gobierno-amlo-huachicoleo/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2019.— Diputada Margarita Flores Sánchez(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



SEAN ATENDIDAS LAS PROPUESTAS DEL INFORME ESPECIAL SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES EN MÉXICO, ELABORADO POR LA CNDH

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a atender las propuestas del Informe especial sobre la situación de los derechos humanos de las personas mayores en México, de la CNDH, a cargo de la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Dulce María Sauri Riancho,integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de las dependencias de la administración pública federal, a los titulares de los poderes ejecutivos de las 32 entidades federativas, a los integrantes de la Cámara de Senadores, a los congresos estatales, al Inapam, Inegi, el Sistema DIF nacional y sistemas DIF estatales, instancias de procuración de justicia, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y autoridades de impartición de justicia, para que atiendan, en el ámbito de sus competencias, las propuestas contenidas en el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el envejecimiento de la población es un fenómeno mundial y se estimaba que en 2017 existían ya aproximadamente 962 millones de personas con más de 60 años, siendo probable que en 2050, haya por primera vez en la historia, más personas adultas mayores que niños. Actualmente, una de cada 10 personas es adulto mayor y en el proyectado año 2050, la ONU, considera que la proporción será de una por cada cinco personas.

Si bien es cierto esta tendencia sobre el envejecimiento de la población es, en un sentido general, un logro de la sociedad ya que a través de los avances de la ciencia médica se han podido disminuir la muertes prematuras, también significa importantes desafíos en los ámbitos sociales, económicos, políticos, culturales y de derechos humanos.

En nuestro país, el proceso del envejecimiento se ha hecho visible desde mediados de los años noventa del siglo XX y continuó durante toda la primera década del siglo XXI, ya que se registró un aumento en la esperanza de vida. En 1990 se ubicaba en 70 años promedio, para hombres y mujeres y se espera, llegue a 77 años en 2030, lo cual da muestra de los logros alcanzados esencialmente en materia de salud; pero igualmente y con mayor impacto se desatan cuestiones por afrontar en las esferas del empleo, vivienda, salud y servicios públicos, entre otros, para la población adulta mayor que se está incrementando.

Las proyecciones de población de 2010 a 2050, elaboradas por el Consejo Nacional de Población (Conapo), revelan los cambios para el sector de las personas adultas mayores, pues de 2000 a 2015, la población de 60 años y más en términos absolutos aumentó casi el 40 por ciento, es decir, pasó de 7.5 millones a 12.1 millones de personas, mostrando también el desplazamiento de la edad mediana, mientras que en 2000 fue de 23 años, para 2015 se ubicó en 27 años.

En 2019, la población mexicana de 60 años y más es de 12.9 millones de personas.

En 1982, los Estados Miembros de ONU adoptaron el Plan de Acción Internacional de Viena en la primera Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, realizada en Austria. En dicho Plan, los Estados que asistieron a la Asamblea reafirmaron su compromiso en que los derechos fundamentales e inalienables consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se aplican plenamente y sin menoscabo, a las personas de edad y reconocieron que la calidad de vida no es menos importante que la longevidad y que, por consiguiente, las personas de edad deben, en la medida de lo posible, disfrutar en el seno de sus propias familias y comunidades de una vida plena, saludable y satisfactoria y ser estimados como parte integrante de la sociedad.

Por su parte, en nuestra región, la aprobación del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, llevada a cabo en San Salvador en 1988,  fue la primera en su tipo, que logró que los derechos de las personas de edad se reconocieran explícitamente.

De conformidad con el artículo 17 del Protocolo de San Salvador, toda persona tiene derecho a una protección especial durante su ancianidad. Los Estados partes se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la práctica, y en particular para, entre otras cosas:

-Proporcionar instalaciones adecuadas, así como alimentación y atención médica especializada a las personas de edad avanzada que carezcan de ella y no se encuentren en condiciones de proporcionársela por sí mismas;

-Ejecutar programas laborales específicos destinados a conceder a los ancianos la posibilidad de realizar una actividad productiva adecuada a sus capacidades, respetando su vocación o deseos; y

-Estimular la formación de organizaciones sociales destinadas a mejorar la calidad de vida de los ancianos.

Las personas de edad, han sido identificadas como un grupo social que requiere protección especial en otros instrumentos de derechos humanos aprobados por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), entre los que figuran la Declaración de San Pedro Sula: Hacia una cultura de la no-violencia y la Declaración Interamericana sobre la Familia.

Después de cinco años de reuniones y del trabajo arduo en el marco de la 45 Sesión de la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA),el 15 de junio de 2015, la mayoría de los Estados de América Latina firmaron la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos  Humanos de las Personas Mayores. Esto fue producto del esfuerzo del Grupo de Trabajo sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores de la OEA y la Comisión Permanente de Adultos Mayores de la Reunión de Altas Autoridades de Derechos Humanos del Mercosur.

Esta Convención establece una serie de definiciones y alcance de los derechos de las personas mayores, también define principios convencionales entre los que destacan: la promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, la valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo, la dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor, la igualdad y no discriminación, entre otros.

Precedentes en México

En nuestro país, desde finales de la década de los años setenta del siglo XX, se creó en Instituto de la Senectud (Insen), adscrito a la Secretaría de Salud, y, en octubre de 1980, dicho instituto recibió por primera vez presupuesto propio y con eso rentó una casa en la colonia Nápoles, donde instaló sus oficinas. A finales de ese año se inició el programa de afiliación de personas de 60 años y más. Los afiliados recibían una credencial que les daba acceso a descuentos en diversos servicios y algunos bienes, además de que es un medio de identificación bien aceptado.

Algunas de las primeras acciones en beneficio de las personas mayores fueron: otorgar servicios de atención médica, establecer convenios con diversos organismos e instituciones y promover actividades culturales, recreativas y manualidades.

Sin duda, durante la administración del licenciado Andrés Manuel López Obrador al frente del entonces Distrito Federal 2000-2006, se realizó un cambio de paradigma, que permitió un mayor reconocimiento y apoyo a los adultos mayores, al dotárseles de una pensión mensual y de programas sociales tendientes a promover sus derechos.

A nivel federal, en enero de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual el Insen pasaba a formar parte de la Secretaría de Desarrollo Social, cambiando su nombre a Instituto Nacional de Adultos en Plenitud (Inaplen), con la idea de que los adultos mayores son fuente de experiencia y testimonio vivo de valores y virtudes en plenitud.

Pero el paso más importante se dio en junio de 2002, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en ella, se establecieron derechos para este grupo social, clasificados en seis rubros: 1) de la integridad, dignidad y preferencia; 2) de la certeza jurídica; 3) de la salud, la alimentación y la familia; 4) del trabajo; 5) de la asistencia social; y 6) de la participación.

Entre ellos se destacan los siguientes:

- A una vida con calidad, que obliga a las instituciones públicas, de la comunidad, de la familia y la sociedad, a garantizarles el acceso a los programas que tengan por objeto posibilitar el ejercicio de este derecho.

- Al disfrute pleno, sin discriminación ni distinción alguna, de los derechos que se consagren. A una vida libre sin violencia. Al respeto a su integridad física, psicoemocional y sexual. A la protección contra toda forma de explotación.

- A recibir protección por parte de la comunidad, la familia y la sociedad, así como de las instituciones federales, estatales y municipales. A vivir en entornos seguros dignos y decorosos, que cumplan con sus necesidades y requerimientos y en donde ejerzan libremente sus derechos.

- A recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial que los involucre. A recibir el apoyo de las instituciones federales, estatales y municipales en el ejercicio y respeto de sus derechos. A recibir asesoría jurídica en forma gratuita y contar con un representante legal cuando lo considere. A contar con atención preferente en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el caso.

- A tener acceso a los satisfactores necesarios, considerando alimentos, bienes, servicios y condiciones humanas o materiales para su atención integral.

- A tener acceso preferente a los servicios de salud, con el objeto de que gocen cabalmente del derecho a su sexualidad, bienestar físico, mental y psicoemocional. A recibir orientación y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene, así como a todo aquello que favorezca su cuidado personal.

- A desarrollar y fomentar la capacidad funcional que les permita ejecutar sus tareas y desempeñar sus roles sociales.  A recibir de manera preferente el derecho a la educación;

- A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen, así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral.

- A ser sujetos de acciones y políticas públicas de parte de las instituciones federales, estatales y municipales, a efecto de fortalecer su plena integración social. A ser sujetos de programas de asistencia social en caso de desempleo, discapacidad o pérdida de sus medios de subsistencia.

- A ser sujetos de programas para contar con una vivienda digna y adaptada a sus necesidades. A ser sujetos de programas para tener acceso a una casa hogar o albergue, u otras alternativas de atención integral, si se encuentran en situación de riesgo o desamparo.

- A participar en la planeación integral del desarrollo social, a través de la formulación y aplicación de las decisiones que afecten directamente a su bienestar, barrio, calle, colonia, delegación o municipio.

- De asociarse y conformar organizaciones de personas adultas mayores para promover su desarrollo e incidir en las acciones dirigidas a este sector.

- A participar en los procesos productivos, de educación y capacitación de su comunidad. A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad. A formar parte de los diversos órganos de representación y consulta ciudadana.

- A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público. Los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado. A contar con asientos preferentes en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros

Esta Ley estableció la concurrencia entre la federación, las entidades federativas y los municipios para la materia, creo el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, y muy importante definió las obligaciones de diferentes instancias públicas y de gobierno, con el propósito de garantizar los derechos y beneficios de las personas adultas mayores.

No obstante estos avances, es muy importante destacar que nuestro país NO ha suscrito la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos  Humanos de las Personas Mayores.

Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México

Pero no solamente la falta de la suscripción de tan importante marco convencional, es un pendiente; el pasado 19 de febrero de 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, presento el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México, dicha instancia dio a conocer 41 propuestas generales para optimizar, reestructurar, potenciar y desarrollar mecanismos y procesos para la protección efectiva de ese grupo poblacional, entre las que sobresalen el llamado al Ejecutivo federal para firmar y ratificar la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores e incorporarla al orden jurídico nacional, así como armonizar las leyes federales con su contenido y destinar el presupuesto adecuado para su puntual cumplimiento.

En su Informe, la CNDH pideincluir en el Plan Nacional de Desarrollo objetivos específicos para la protección y garantía integral de los derechos de la población mayor de 60 años y concretar una propuesta de política pública nacional en materia de vejez, envejecimiento y atención de esas personas, con acciones diferenciadas para los grupos más vulnerables, un plan de ejecución transversal, y perspectiva de ciclo de vida a fin de diseñar una ruta crítica para atender los problemas del Sistema de Salud.

Las 41 propuestas del Informe tienen como objetivo optimizar, reestructurar, potenciar y desarrollar mecanismos y procesos para la protección efectiva de las personas mayores, y están dirigidas a las y los titulares de dependencias federales, integrantes de la Cámara de Senadores, titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de las 32 entidades federativas, Inapam, Inegi, el Sistema DIF Nacional y sistemas DIF estatales, instancias de procuración de justicia, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y autoridades de impartición de justicia.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos propone entre otras cosas:

1) Optimizar los sistemas de recopilación estadística sobre personas mayores;

2) Invertir en la capacitación del personal en derechos humanos de las personas mayores y los estándares internacionales en la materia;

3) Incrementar el presupuesto del Inapam y del Instituto Nacional de Geriatría, y

4) Tomar un nuevo curso de acción para garantizar la promoción, respeto, protección y garantía de sus prerrogativas y asegurar a cada generación la posibilidad de tener mejores oportunidades de desarrollo personal y bienestar durante el envejecimiento, y que la edad no represente un factor de desigualdad en la calidad de vida.

De acuerdo con el informe especial, el Estado mexicano: a) carece de políticas públicas integrales para responder a los retos del cambio demográfico; b) prevalece la ausencia del enfoque de derechos humanos y de la participación de las personas mayores en los planes y programas dirigidos a ese sector poblacional; c) existe desarticulación en la actuación del Estado, la comunidad y las familias para la realización y protección de los derechos de las personas mayores, y d) se requiere asignar recursos presupuestales con enfoque diferenciado y transversal a las instituciones que trabajan con ese grupo vulnerable.

Asimismo, se destaca que se carece de un Diagnóstico Nacional con enfoque diferenciado que considere a las personas mayores, como una categoría formada por muchos subgrupos sociales, cuyas oportunidades para el acceso a sus derechos están determinadas por factores como el género, la edad, el estado de salud y el origen étnico, e identificó como necesidad apremiante que los programas y acciones dirigidas a esas personas incluyan, tanto en el diseño como en la ejecución, enfoque de género, medidas afirmativas y enfoque diferenciado para asegurar la igualdad real en el acceso a prestaciones y servicios que otorguen.

La relevancia del Informe Especial que por sí misma se explica, adquiere un mayor alcance porque, pese a los avances de nuestra legislación e instituciones, así como el apoyo presupuestal, que se ha manifestado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2019, hacia este grupo poblacional; el mismo día en que la CNDH presentó el mencionado informe especial, elpresidente de la República declaró:

“Respecto de la Secretaría de Bienestar.... hay ahí mismo un organismo para la atención a adultos mayores, aparato administrativo. Los adultos mayores ahora van a recibir este año 120 mil millones de pesos. Sin embargo, en todas las dependencias, en todas las secretarías existen estas oficinas. Era una manera de simular que se atendían los problemas de los grupos vulnerable, de la gente necesitada, pero era pura simulación, el gobierno estaba convertido en el mejor de los casos en una universidad, todo era testimonial, todo era de laboratorio, todo era experimental. Era para tener un programa en beneficio de muy pocas personas y con mucho gasto administrativo.

Todo eso se está eliminando, son menos pero con impacto general, colectivo, que el apoyo llegue a todos y que el gobierno no esté ensimismado, porque el presupuesto se lo consumía el mismo gobierno para cada organismo de este tipo, director general., subdirector, jefe de departamento, encargado de proyecto, asesores, vehículos, choferes, seminarios al extranjero, había que ir a ver a Francia, a París, qué avances llevaban en distintos temas.”

Esto es preocupante, porque es exactamente la parte central del Informe Especial y de la necesidad de que México suscriba la Convención Interamericana sobre derechos de las Personas Mayores, ya que se requieren políticas públicas transversales, articulación de medidas y armonización legislativa. No basta con obsequiar y destinar recursos, deben procurarse derechos integrales, mejores condiciones de vida de este tipo poblacional, se requiere del desarrollo de estrategias con enfoque multidisciplinario y de trabajo coordinado entre el Estado, las familias y la comunidad, cuyo eje fundamental debe ser la perspectiva de derechos humanos, en la cual, se ve implícito el reconocimiento de su carácter de sujetos de derechos, de su dignidad y autonomía, de su capacidad de decisión, participación y actuación en todos los aspectos de su vida, en los diferentes ámbitos en que se desenvuelven.

El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (quien  supo de las declaraciones del Ejecutivo federal antes de la presentación de su informe) pidió valorar el Informe Especial, ya que dijo, aporta elementos objetivos de ponderación sobre la condición de las personas mayores en nuestro país, siendo una de las necesidades que se hicieron evidentes el fortalecer los mecanismos e instancias de atención y apoyo establecidos para tal efecto y no desaparecerlos, como pareciera desprenderse de los anuncios hechos sobre esta materia.

Y subrayó algo que hemos estado oyendo y analizando casi cada día: “si existen irregularidades o se cometieron ilícitos deben investigarse y sancionarse, y si los procesos operativos no producen los resultados deseados, deben revisarse y plantearse, pero la opción no es privar a millones de personas mayores de recibir asistencia y apoyos prestacionales que difícilmente pueden monetizarse como alternativa de solución.”

Así que, en cumplimiento a nuestro marco constitucional apegado a un sistema convencional de protección de derechos humanos, ante la necesidad de establecer políticas públicas integrales y por los mandatos establecidos en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores vigente y las facultades de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, es indispensable hacer todo lo que esté a nuestro alcance y sin pretextos, por cumplir con las recomendaciones del Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México.

Por lo anteriormente expuesto, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión aprueba el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las dependencias de la administración pública federal, a los titulares de los poderes ejecutivos de las 32 entidades federativas, a los  integrantes de la Cámara de Senadores, a los congresos estatales, al Inapam, Inegi, el Sistema DIF nacional y sistemas DIF estatales, instancias de procuración de justicia, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y autoridades de impartición de justicia, para que atiendan en el ámbito de sus competencias, las propuestas contenidas en el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México, elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Fuentes consultadas

1 Informe Perspectivas de la Población Mundial ONU,

http://www.un.org/es/sections/issues-depth/ageing/index.html

2 www.cepal.org/es/temas/envejecimiento.

3 http://www.conapo.gob.mx/en/CONAPO/Envejecimiento_demografico_en_Mexico

4 https://www.gob.mx/inapam/galerias/estadisticas-sobre-adultos-mayores-en-mexico

5 www.gerontologia.org/portal/archivosUpload/Plan_Viena_sobre_ Envejecimiento_1982.pdf

6 www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-52.html

7 Ibidem.

8 http://www.oas.org/es/mesecvi/convencion.asp

9 Grupo de Trabajo sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores de la OEA y con la Comisión Permanente de Adultos Mayores de la Reunión de Altas Autoridades de Derechos Humanos del Mercosur.

10 Ibídem

11 http://www.inapam.gob.mx/work/models/INAPAM/Resource/128/1/ images/Manual por ciento20General%20de%

12 http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/ INFORME_PERSONAS_MAYORES_19.pdf

13 Ibídem

14 http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2019/Com_2019_057.pdf

15 http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/ INFORME_PERSONAS_MAYORES_19.pdf

16 http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2019/Com_2019_057.pdf

17 https://www.gob.mx/presidencia/prensa/conferencia-de-prensa-del-presidente- andres-manuel-lopez-obrador-18-de-febrero-de-2019?idiom=es

18 Ibídem

19 Ibídem

-Informe Especial sobre la situación de los Derechos Humanos de las personas mayores en México en

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/ INFORME_PERSONAS_MAYORES_19.pdf

-Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2002, en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/245_120718.pdf

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a los 28 días de febrero de 2019.— Diputada Dulce María Sauri Riancho(rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.