Diario de los Debates

organo oficial de la camara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXIV Legislatura
Correspondiente al Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, martes 3 de marzo de 2020
Sesión No. 10

SUMARIO


COMUNICACIONES OFICIALES

De la Mesa Directiva, mediante la cual comunica la modificación de turno de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al municipio de Tlalmanalco, Estado de México, a implantar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de la población, al tiempo de asumir el compromiso y responsabilidad con los animales para lograr un trato digno y respetuoso hacia ellos, suscrita por la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

De enterado

De diversas diputadas, por medio de las cuales solicitan el retiro de distintos asuntos:

-De la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 23 Bis y 33 de la Ley de Puertos

-De la diputada Rocío Barrera Badillo, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 15 y 24 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político

-De la diputada Juana Carrillo Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por medio de la cual se exhorta a la Secretaría de la Función Pública, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a la Auditoría Superior de la Federación para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, investiguen los posibles casos de corrupción en los contratos de infraestructura celebrados entre el Estado mexicano y la empresa Pinfra, durante los sexenios de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto

-De la diputada Lourdes Érika Sánchez Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 11 y 14 y adiciona un artículo 27 Bis a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República

-De la diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz, del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios

Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, con la que remite el Cuarto informe trimestral de actividades correspondiente a 2019. Se turna a las Comisiones de Comunicaciones y Transportes, y de Radio y Televisión, para su conocimiento

De la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante la cual remite información generada en 2019 por diversas áreas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por medio de la cual remite información relativa a lo siguiente: la evolución de las finanzas públicas, incluidos los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes a enero de 2020; la recaudación federal participable que sirvió de base para calcular el pago de las participaciones a las entidades federativas y el pago de éstas, desagregada por tipo de fondo y entidad federativa; y la evolución de la recaudación para enero de 2020. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite:

-El Informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México durante el periodo enero-diciembre de 2019. Se turna a las Comisiones de Economía, Comercio y Competitividad, y de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

-El Informe bimestral sobre la ejecución de los programas y las actividades gubernamentales correspondiente al sexto periodo de 2019. Se turna a la Comisión de Radio y Televisión, para su conocimiento

-El Informe sobre el comportamiento de los ingresos de Capufe durante el ejercicio fiscal de 2019. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento

De la Secretaría de Gobernación, por el que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo, aprobados por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar:

-A la SEP y la Ssa a informar a los paterfamilias en las preescolares y primarias públicas y privadas sobre la importancia de que los educandos tengan esquema de vacunación completo, solicitar la exhibición de la cartilla respectiva y fomentar –en su caso– acudir a las instituciones de salud para completar éste y garantizar así el derecho a la protección social de la salud

-A la Sader, la Sener, la Semar, la Semarnat y la SCT a determinar la extensión marítima de los polígonos pertinentes y realizar acciones que posibiliten la pronta apertura y reactivación de las actividades pesqueras y el fomento de la maricultura en la sonda de Campeche

-Al DIF Nacional y los estatales a implantar medidas conducentes a fortalecer la actuación de las Procuradurías de Protección a la Niñez

Se remiten a las comisiones correspondientes y al promovente, para su conocimiento

MENSAJE DE LA PRESIDENCIA EN RELACIÓN CON EL 8 DE MARZO, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER 2020

La diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva, dirige un mensaje a la asamblea en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer 2020 que se celebra cada 8 de marzo

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal

LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología

A consulta de la Presidencia, la asamblea autoriza que se dispensen los trámites de los dictámenes que recibieron publicidad y se sometan a discusión y votación de inmediato

DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE LEY O DECRETO

LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

En consecuencia, está discusión, el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

Para fundamentar el dictamen, en nombre de la comisión, participa:

-La diputada Clementina Marta Dekker Gómez, del PT

Para referirse al dictamen, se expresa:

-La diputada Margarita Flores Sánchez, del PRI

Suficientemente discutido en lo general y en lo particular

Se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

A discusión, el dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

Para fundamentar el dictamen, en nombre de la comisión, interviene:

-El diputado Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, de Morena

Suficientemente discutido en lo general y en lo particular

Se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

A discusión, el dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología

Para fundamentar el dictamen, en nombre de la comisión, hace uso de la voz:

-La diputada Maribel Solís Barrera, de Morena

Para referirse al dictamen, interviene:

-El diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del PAN

Suficientemente discutido en lo general y en lo particular

Se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales

CÓDIGO PENAL FEDERAL

A discusión, el dictamen de la Comisión de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal

Para fundamentar el dictamen, en nombre de la comisión, participa:

-La diputada María Teresa López Pérez, de Morena

Para referirse al dictamen, se expresa:

-La diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, de Morena

Suficientemente discutido en lo general y en lo particular

Se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO

LEY GENERAL DE SALUD

La diputada Miroslava Sánchez Galván, en nombre propio y de la diputada Graciela Zavaleta Sánchez del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE DECLARA EL 23 DE FEBRERO DE CADA AÑO COMO DÍA NACIONAL DEL ROTARIO

La diputada Sonia Rocha Acosta, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 23 de febrero de cada año como Día Nacional del Rotario. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO

El diputado Juan Francisco Espinoza Eguia, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y 113 de la Ley de Instituciones de Crédito. Se turna a la Comisión Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

El diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

El diputado Óscar Bautista Villegas, en nombre propio, del diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México, y de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de atlas de riesgo. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

EXPIDE LA LEY GENERAL DE FOMENTO APÍCOLA

La diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD, en nombre propio y de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Fomento Apícola. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE, CAMBIO CLIMÁTICO Y RECURSOS NATURALES

La diputada Martha Olivia García Vidaña, del Grupo Parlamentario de Morena, en nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Cambio Climático y Recursos Naturales. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen

LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

El diputado Absalón García Ochoa, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 88 de la Ley de Transición Energética. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo, Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión

CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR

El diputado Absalón García Ochoa, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 199 del Código de Justicia Militar. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS

El diputado Absalón García Ochoa, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas. Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada Claudia Pastor Badilla, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

La diputada Laura Mónica Guerra Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos ambientales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La diputada María Esther Mejía Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO

El diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La diputada Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de centros de justicia para las mujeres. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

La diputada María Marcela Torres Peimbert, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Se turna a la de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada María Marcela Torres Peimbert, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

PROPUESTAS DE ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL Y AL PODER JUDICIAL A SALVAGUARDAR A LA POBLACIÓN EN MATERIA DE SALUD

De la Junta de Coordinación Política, se recibió el acuerdo por el que exhorta al Ejecutivo federal y al Poder Judicial a salvaguardar a la población en materia de salud. Aprobado, comuníquese

COMUNICACIONES OFICIALES

De la Junta de Coordinación Política, por la que comunica el cambio de juntas directivas e integrantes de comisiones. Aprobado, actualícense los registros parlamentarios

INTERVENCIONES DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

SE REFIERE A LA PROBLEMÁTICA DEL GANADO SUELTO EN LAS CARRETERAS

-El diputado Jorge Eugenio Russo Salido, de MC, desde la curul

ANIVERSARIO NÚMERO 196 DE LA FUNDACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO

-La diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, de Morena, desde la curul

EFEMÉRIDE RECIBIDA

ANIVERSARIO DE LA ELEVACIÓN A RANGO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA

Con motivo del 5 de marzo, vigésimo séptimo aniversario de la elevación a rango constitucional del derecho a la educación preescolar, primaria y secundaria, a cargo de la diputada Maricruz Robledo Gordillo, del Grupo Parlamentario del PT

VOTACIONES

De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publican las votaciones de los dictámenes:

-De la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (en lo general y en lo particular)

-De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (en lo general y en lo particular)

-De la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología (en lo general y en lo particular)

-De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal (en lo general y en lo particular)

APÉNDICE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 3 de marzo de 2020, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados



Presidencia de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández

ASISTENCIA

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Pido a la Secretaría que haga del conocimiento el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 373 diputadas y diputados, por lo tanto, hay quórum.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández (a las 11: 33 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura al orden del día.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: En votación económica se consulta si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura.

Orden del día

Martes 3 de marzo de 2020.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

De las diputadas María del Carmen Bautista Peláez, Rocío Barrera Badillo, Juana Carrillo Luna, Lourdes Erika Sánchez Martínez y Madeleine Bonnafoux Alcaraz

Solicitan el retiro de iniciativas.

Del Instituto Federal de Telecomunicaciones

Remite el Cuarto informe trimestral de actividades 2019.

De la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Remite información generada por diversas áreas durante el año 2019.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Remite la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de enero de 2020; información sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente con el mes de enero de 2019; y proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de enero de 2020.

De la Secretaría de Gobernación

Remite el Informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México, durante el periodo enero-diciembre de 2019.

Remite Informe bimestral sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales, correspondiente al sexto bimestre del ejercicio fiscal 2019.

Remite el Informe sobre el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales, durante el ejercicio fiscal 2019.

Remite tres contestaciones a puntos de acuerdo, aprobados por la Cámara de Diputados y por la Comisión Permanente.

Propuestas de acuerdo de los órganos de gobierno

Declaratoria de publicidad

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal.

De la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

De la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 dela Ley de Ciencia y Tecnología.

Iniciativas

Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Ximena Puente de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 51 Bis a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Marco Antonio Adame Castillo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 220 y adiciona un artículo 463 Bis a la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada Norma Guel Saldívar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, a cargo de la diputada Ruth Salinas Reyes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo del diputado Juan Francisco Ramírez Salcido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 189 y 191 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de derechos humanos de la niñez, a cargo de la diputada María Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, a cargo de la diputada Anilú Ingram Vallines, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 42 Bis de la Ley de Aviación Civil, a cargo del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 307 de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de residuos eléctricos y electrónicos, a cargo de la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 4o. de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 113 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Juan Francisco Espinoza Eguia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 53 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 57 y 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 15-E de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de la Guardia Nacional, en materia de paridad de género en la integración y composición de las instituciones y cuerpos de seguridad pública, a cargo de la diputada Anilú Ingram Vallines, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 88 de la Ley de Transición Energética, suscrita por el diputado Absalón García Ochoa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Mariana Rodríguez Mier y Terán, René Juárez Cisneros y Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, suscrita por las diputadas Adriana Dávila Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, María Lucero Saldaña Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 272 Bis 1 de la Ley General de Salud, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, Brasil Alberto Acosta Peña y Lenin Nelson Campos Córdova, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 64 Ter de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado Juan Carlos Villarreal Salazar, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 14 y 15 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y 19 de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por la diputada Lizbeth Mata Lozano y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de prevención del delito en los planteles educativos y su entorno, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de perspectiva de género, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de las personas operadoras de taxi, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona un artículo 49 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Lourdes Celenia Contreras González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que adiciona el artículo 38 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que reforma y adiciona los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Josefina Salazar Báez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de requisitos de elegibilidad, suscrita por el diputado Raymundo García Gutiérrez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 343 Bis del Código Penal Federal, suscrita por la diputada Martha Estela Romo Cuéllar y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

De decreto por el que se declara el 23 de febrero de cada año como Día Nacional del Rotario, suscrita por la diputada Sonia Rocha Acosta y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que deroga el artículo 25 de la Ley del Servicio Militar, suscrita por la diputada Janet Melanie Murillo Chávez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrita por la diputada Janet Melanie Murillo Chávez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que adiciona el artículo 246 del Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Nohemí Alemán Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 199 del Código de Justicia Militar, suscrita por el diputado Absalón García Ochoa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de género, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 294 y 300 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley Federal de Austeridad Republicana, suscrita por el diputado Antonio Ortega Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona un artículo 22 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada Ruth Salinas Reyes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Ruth Salinas Reyes, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma el artículo 29 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores, en materia de integración paritaria de mujeres y hombres, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Inversión Extranjera, en materia de competitividad y diversidad de género en los consejos de administración, suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de interseccionalidad, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 9o. de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, suscrita por el diputado Absalón García Ochoa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para interponer acciones de inconstitucionalidad, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 201 y 206 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a cargo del diputado Ernesto Vargas Contreras, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de atlas de riesgo, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Que expide la Ley General de Fomento Apícola, suscrita por la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por la diputada Ma. de los Ángeles Ayala Díaz y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 443 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia del Registro Nacional de Turismo, a cargo de la diputada Martha Angélica Zamudio Macias, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de adopción, a cargo de la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma los artículos 9o. y 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por la diputada Mónica Bautista Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud; a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Ma. de los Ángeles Ayala Díaz y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a atribuciones del Coneval, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Ana Priscila González García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 12 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, a cargo de la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma y adiciona los artículos 19, 58 y 59 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que adiciona el artículo 13 Bis de Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a cargo del diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas, a cargo del diputado Ernesto Javier Nemer Álvarez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona los artículos 5o., 34 y 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por los diputados Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y Marco Antonio Adame Castillo del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo de la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Abril Alcalá Padilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a atribuciones del Inegi, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 290, 291 y 292 del Código Penal Federal, en materia de violencia contra la mujer, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 2o. y deroga el artículo 6o. de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Que reforma y adiciona el artículo 3o. Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, suscrita por la diputada Abril Alcalá Padilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, a cargo de la diputada María del Carmen Bautista Peláez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por la diputada Martha Elisa González Estrada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. seguridad social al niño durante los procesos de pre adopción.

Que reforma el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma los artículos 290, 291 y 292 del Código Penal Federal, relativo a aumentar penas por lesiones, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por la diputada Abril Alcalá Padilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de Centros de Justicia para las Mujeres, a cargo de la diputada Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 73 de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado José Martín López Cisneros y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a atribuciones del Ifetel, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en materia de búsqueda de menores y mujeres, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que reforma los artículos 157 Bis 1 y 157 Bis 5 de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Abril Alcalá Padilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, suscrita por el diputado Ricardo Flores Suárez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 274 del Código Civil Federal, a cargo de la diputada Marcela Guillermina Velasco González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 51 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a cargo del diputado Agustín García Rubio, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por el diputado Ricardo Flores Suárez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a atribuciones del Banco de México, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de equipamiento y capacitación de las brigadas de reacción inmediata o contraincendios, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma los artículos 73 y 74 de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Sarai Núñez Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 12 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Benjamín Saúl Huerta Corona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 4o. de la Ley sobre Delitos de Imprenta, suscrito por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a atribuciones de la Cofece, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Que reforma el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Sergio Mayer Bretón, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 54 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas, suscrita por las diputadas Miroslava Sánchez Galván y Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 8o. de la Ley de la Guardia Nacional, suscrita por el diputado Raúl Gracia Guzmán y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos ambientales, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Esther Mejía Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de feminicidio, a cargo del diputado Carlos Torres Piña, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de feminicidio, violación y pederastia, a cargo del diputado Carlos Torres Piña, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que adiciona un artículo 160 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Marco Antonio Carbajal Miranda, del Grupo Parlamentario de Morena.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Proposiciones

Con punto de acuerdo para celebrar una Sesión Solemne con motivo del 50 Aniversario de la muerte del General Lázaro Cárdenas del Río, a cargo del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a través de la Cofepris, a emitir una nueva alerta sanitaria sobre los riesgos a la salud que representa el uso de cigarrillos electrónicos o dispositivos de vapeo que se comercializan como una alternativa al consumo del tabaco y otras sustancias, a cargo del diputado José del Carmen Gómez Quej, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del Instituto Electoral del estado de Puebla, a respetar los derechos humanos relativos a la organización política, así como el derecho político electoral de las organizaciones ciudadanas, suscrito por los diputados Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán, Lenin Nelson Campos Córdova y Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al SAT, a retirar el semáforo fiscal del Aeropuerto Internacional de Oaxaca y en su lugar implementar revisión con equipos móviles de rayos “X”, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al CJF y a los poderes judiciales de las entidades federativas, a considerar la implementación de juzgados especializados en violencia de género, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Baja California, a eliminar todo tipo de acuerdos, regulaciones, disposiciones y/o determinaciones administrativas que, con el pretexto del uso de una facultad local, invaden competencia federal y en mérito de ello, limitan la libre competencia en materia de hidrocarburos, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Guardia Nacional y a la FGR, a llevar a cabo las acciones de prevención e investigación y de ser el caso, se proceda conforme a derecho en contra de quienes han cometido delitos de tráfico ilegal de ejemplares, en especial del jaguar, suscrito por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno y a la Secretaría de Seguridad Pública de Puebla, a difundir las medidas y estrategias que se están implementando para reducir los índices de violencia, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Guerrero y a la Fiscalía General de Justicia de dicha entidad, a atender los casos de feminicidios e implementar un protocolo integral hacia las mujeres violentadas, a cargo de la diputada María del Rosario Merlín García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de diversas secretarías de estado, a informar a la opinión pública el impacto presupuestal que tendrá la eliminación de los fines de semana largos llamados puentes, para la industria del turismo, hotelera, restaurantero y transportista del país, a cargo del diputado Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a establecer el marco institucional de relaciones entre el Instituto Nacional del Bienestar y el Programa IMSS-Bienestar, con el objeto garantizar el acceso universal a los servicios de salud de la población, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al IMSS, al ISSSTE y al Insabi, a intensificar acciones preventivas en los hospitales, con el fin de proteger a los adultos mayores y con padecimientos cardiacos del COVID-19, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, a establecer convenios con las aerolíneas mexicanas a fin de otorgar el 50% de descuento a estudiantes mexicanos en sus viajes durante periodos vacacionales, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a las 32 entidades federativas, a través de sus dependencias en materia de salud, a implementar medidas de difusión para la prevención de cualquier contingencia o crisis epidemiológica relacionada con el coronavirus (2019-NCOV o COVID-19), a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a las secretarías de los estados, a reforzar, vigilar y en su caso establecer protocolos para garantizar la atención materno-infantil, durante la gestación, el parto y después de este, con el objetivo de brindarle a todas las mujeres la posibilidad de tener un parto en condiciones dignas y humanas, suscrito por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a publicar la Estrategia Nacional de Primera Infancia en el DOF, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sectur, al Gobierno de Baja California y a la Secretaría de Turismo de dicha entidad, así como a los municipios de Ensenada y Mexicali, a incorporar territorios donde habitan pueblos originarios al Programa de Pueblos Mágicos, para impulsar la cultura y economía regional, a cargo de la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General de Puebla y al Gobierno de dicho estado, a garantizar la objetividad y la transparencia en las investigaciones derivadas de los homicidios suscitados en Huejotzingo el 23 de febrero de 2020, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a diseñar e implementar campañas informativas para los agricultores del estado de Jalisco, sobre los avances de los estudios científicos acerca de la tecnología empleada para modificar el estado del tiempo, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Puebla, a diseñar e implementar políticas públicas, en coordinación con la sociedad civil organizada, tendentes a garantizar la seguridad de la población, en particular entre los grupos poblacionales en mayor estado de vulnerabilidad, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ayuntamiento de Chalco, Estado de México, a realizar las investigaciones y sancionar a los responsables de provocar el incendio en el refugio “Manada San” y a garantizar la protección de los animales que se encuentran bajo resguardo del albergue y de las personas que laboran o realizan actividades altruistas en el mismo, suscrito por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las 32 entidades federativas, a colaborar en la implementación de medidas preventivas, políticas públicas y campañas de saneamiento en torno al combate contra el dengue, suscrito por la diputada Abril Alcalá Padilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas, a ejecutar las acciones y medidas preventivas necesarias para mitigar los incendios forestales en todo el país, previo a la próxima temporada de calor, a cargo del diputado Víctor Blas López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias, a dictar o en su caso reforzar las medidas para fortalecer los programas de vigilancia epidemiológica con el fin de evitar la propagación del coronavirus (COVID-19), suscrito por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Gobierno de Puebla, a establecer mecanismos para cumplir y proteger el derecho a libertad de expresión y garantizar el diálogo social y político, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profepa y a la Semarnat, a atender la situación de los jaguares encadenados y torturados únicamente con fines turísticos en Quintana Roo, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo, a presentar y ejecutar medidas transversales para atender la emergencia internacional y prevenir los efectos nacionales ocasionados por el coronavirus (COVID-19), a cargo del diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de distintas entidades federativas a armonizar su legislación con lo dispuesto en la Ley Nacional de Ejecución Penal, estableciendo los tres 3 años de edad para que las niñas y niños permanezcan bajo la custodia de la madre interna en los centros carcelarios del país, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Poder Judicial de Chihuahua, a reforzar sus acciones de vigilancia judicial ante las recientes denuncias de actos de corrupción cometidos por sus funcionarios, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al DIF-Ciudad de México y a la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de dicha entidad, a avocarse a la asesoría y vigilancia sobre bienestar y respeto de los derechos humanos y del interés superior de los hijos de la pareja de Giovana “N” y Mario “N”, señalados como probables responsables de diversos delitos, a cargo de la diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y a la Conagua, a hacer una revisión física de las plantas tratadoras de aguas negras, con la finalidad de actualizar los datos estadísticos, proporcionados hasta 2016, a cargo del diputado Víctor Adolfo Mojica Wences, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal y a la SRE, a intervenir ante la EOA en relación con el artículo del periódico The Washington Post titulado “Bolivia dismissed its October elections as fraudulent. Our research found no reason to suspect fraud”, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a instruir a la Semarnat y a la Conagua, a conciliar los datos relativos a recientes precisiones que presentaron sobre la situación hídrica del Valle de Mexicali e informar sobre la situación hídrica de todo el estado de Baja California, a cargo del diputado Jesús Salvador Minor Mora, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que exhorta al Gobierno de Oaxaca, a la Secretaría de Seguridad Pública de dicha entidad y a la DDHPO, a brindar protección, atención psicológica y médica a la sobreviviente de intento de feminicidio con ácido María Elena Ríos Ortíz y a sus familiares; así como a la Agencia de Investigación Criminal de la FGR, a solicitar a la Interpol, la emisión de la ficha roja hacia Juan Vera Carrizal, probable responsable del delito, a cargo de la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a activar los protocolos de seguridad y protección a víctimas que han sido forzadas al abuso sexual por parte de sacerdotes y/o pastores, a cargo del diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General del Estado y a la Fiscalía Especializada en Delitos por Hechos de Corrupción del estado de Coahuila, a dar pronta resolución a las denuncias presentadas por la ASE por presuntos delitos contra el patrimonio de Instituciones de Seguridad Social de los Trabajadores de la Educación adscritos a las universidades públicas de la entidad y a la Sección 38 del SNTE, a cargo del diputado Diego Eduardo del Bosque Villareal, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SHCP, a hacer viable la celebración de un convenio en materia de diagnóstico y tratamiento especializado e integral del cáncer de mama, en el marco del Sistema Nacional de Salud, por conducto de Fucam, suscrito por las diputadas María de Lourdes Montes Hernández e Hilda Patricia Ortega Nájera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política de esta Soberanía, a realizar una sesión ordinaria dedicada de forma exclusiva al análisis y discusión de dictámenes que tengan por objeto la protección, ampliación y salvaguarda de los derechos de las mujeres y niñas, a cargo de la diputada Lorena Villavicencio Ayala, del Grupo Parlamentario de Morena.

Efemérides

Con motivo del 3 de marzo, Día Mundial de la Vida Silvestre, a cargo del Grupo Parlamentario de Morena.

Con motivo del 5 de marzo, se cumplen 27 años de que se elevó a rango constitucional el derecho a la educación preescolar, primaria y secundaria, a cargo de la diputada Maricruz Robledo Gordillo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: En votación económica se consulta si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves veintisiete de febrero de dos mil veinte, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año de ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura.

Presidencia de la diputada Dolores Padierna Luna

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos cuarenta y cuatro diputadas y diputados, a las once horas con treinta y dos minutos del jueves veintisiete de febrero de dos mil veinte, la Presidencia declara abierta la sesión.

En votación económica, se dispensa la lectura al Orden del Día, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria; del mismo modo, se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior, y no habiendo oradores registrados, en votación económica, se aprueba.

Comunicaciones Oficiales:

a) De la Junta de Coordinación Política, por la que informa cambio de integrantes y de juntas directivas de comisiones ordinarias, así como de grupos de amistad, los cuales se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, y disponibles en las pantallas de las curules. En votación económica, se aprueban. Comuníquense.

b) De las diputadas y los diputados: Anilú Ingram Vallines, Norma Azucena Rodríguez Zamora, Olga Patricia Sosa Ruiz, Carmen Julia Prudencio González, María de los Ángeles Ayala Díaz, Marco Antonio Medina Pérez, Martha Tagle Martínez, Héctor René Cruz Aparicio, Verónica Beatriz Juárez Piña y Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, por la que solicitan el retiro de iniciativas con proyecto de decreto; y proposición con punto de acuerdo, las cuales se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria. Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.

c) Del Banco de México, por la que remite el Informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país, en el trimestre octubre-diciembre de dos mil diecinueve, así como la ejecución de la política monetaria y, en general, las actividades del Banco de México durante dicho periodo, en el contexto de la situación económica nacional e internacional, aprobado por la Junta de Gobierno del Banco en sesión del veinticinco de febrero de dos mil veinte. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

d) Del Consejo Nacional de Armonización Contable, por la que remite el Informe Anual de la Armonización Contable en México dos mil diecinueve, que incluye las recomendaciones pertinentes para el mejor cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

e) De la Comisión Nacional del Agua, por la que remite el Informe por entidad federativa, correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal dos mil diecinueve, sobre los recursos asignados a municipios y prestadores de servicios de agua potable y saneamiento inmersos en el Programa de Devolución de Derechos. Se turna a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para su conocimiento.

f) De la diputada Adriana Aguilar Vázquez, de Morena, por la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de sus funciones como Diputada Federal electa por la Segunda Circunscripción Plurinominal, a partir del veintinueve de febrero del presente año. En votación económica, se aprueba, llámese a la suplente.

g) De la Cámara de Senadores, por la que remite las siguientes minutas con proyecto de decreto:

• Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

• Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de eliminación de bifenilos y policlorados, devuelta para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos constitucional. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

h) De la Cámara de Senadores, por la que remite iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la sección cuarta, “De la deducción inmediata de bienes nuevos de activos fijos”, al capítulo segundo, “De las deducciones”, del título segundo, “De las personas morales”, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, presentada por la senadora Minerva Hernández Ramos, del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

La Secretaría informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria y disponibles en los monitores de las curules, los siguientes dictámenes con proyecto de decreto, de las comisiones:

a) De Trabajo y Previsión Social, por el que se adiciona el artículo quinientos doce de la Ley Federal del Trabajo.

b) De Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforma el artículo treinta y ocho de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y se adiciona el artículo veintiocho de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

c) De Igualdad de Género, por el que se reforma la fracción quinta del artículo treinta y seis de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

d) De Gobernación y Población, por el que se declara el veinticuatro de abril de cada año, como el ”Día Nacional de la Música Tradicional Mexicana”.

e) De Justicia, por el que se reforma el artículo cincuenta y ocho del Código Civil Federal.

f) De Derechos de la Niñez y Adolescencia, por el que se reforman los artículos cincuenta y siete, y cincuenta y nueve de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

g) De Vivienda, por el que se adicionan los artículos veintitrés, y setenta y uno de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

h) De Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, por el que se reforma y adiciona el artículo siete de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con el requisito de declaratoria de publicidad. En votación económica, se autoriza que, los dictámenes en referencia, se sometan a discusión y votación de inmediato.

La Presidencia informa a la Asamblea que la discusión de los dictámenes será con fundamento en el artículo ciento cuatro, numeral uno, fracción cuarta del Reglamento de la Cámara de Diputados, mediante la fundamentación del dictamen por parte de la comisión y fijación de postura por parte del promovente; acto seguido, se realizará la votación nominal, abriendo el sistema electrónico de votación.

En consecuencia, el siguiente punto del Orden del Día es la discusión de los dictámenes con proyecto de decreto, de las Comisiones:

a) De Trabajo y Previsión Social, por el que se adiciona el artículo quinientos doce de la Ley Federal del Trabajo. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo. Como promovente del tema, interviene el diputado Francisco Javier Borrego Adame, de Morena. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de trescientos sesenta y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

b) De Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforma el artículo treinta y ocho de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y se adiciona el artículo veintiocho de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado José Luis Montalvo Luna. Como promovente del tema, interviene la diputada Gloria Romero León, del Partido Acción Nacional. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de trescientos ochenta y dos votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

c) De Igualdad de Género, por el que se reforma la fracción quinta del artículo treinta y seis de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, a la diputada María Wendy Briceño Zuloaga. Como promovente del tema, interviene la diputada María Sara Rocha Medina, del Partido Revolucionario Institucional.

La Presidencia agradece la presencia en el Salón de Sesiones, del señor Aiman Dhaif Abdulmajeed, encargado de Negocios de la República de Irak.

En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cinco votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

Presidencia del diputado Marco Antonio Adame Castillo

d) De Gobernación y Población, por el que se declara el veinticuatro de abril de cada año, como el ”Día Nacional de la Música Tradicional Mexicana”. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe. Como promovente del tema, interviene la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, de Movimiento Ciudadano; quien acepta interpelación del diputado Juan Francisco Espinoza Eguia, del Partido Revolucionario Institucional. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.

La Presidencia agradece la presencia en el Salón de Sesiones, del excelentísimo señor Ruslán Spírin, embajador de Ucrania en México.

En votación nominal, por cuatrocientos diez votos a favor; y uno en contra, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

e) De Justicia, por el que se reforma el artículo cincuenta y ocho del Código Civil Federal. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, a la diputada Claudia Pérez Rodríguez. Como promovente del tema, interviene el diputado Jesús Sergio Alcántara Núñez, del Partido Verde Ecologista de México. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos doce votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

f) De Derechos de la Niñez y Adolescencia, por el que se reforman los artículos cincuenta y siete, y cincuenta y nueve de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, a la diputada Dulce María Corina Villegas Guarneros. Como promovente del tema, interviene la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuatro votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

g) De Vivienda, por el que se adicionan los artículos veintitrés, y setenta y uno de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado Miguel Acundo González. Como promovente del tema, interviene la diputada Lucía Flores Olivo, del Partido de la Revolución Democrática. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

h) De Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, por el que se reforma y adiciona el artículo siete de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado Roberto Antonio Rubio Montejo. Como promovente del tema, interviene el diputado Diego Eduardo del Bosque Villarreal, de Morena. En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular. En votación nominal, por unanimidad de trescientos noventa y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.

Presidencia de la diputada Dulce María Sauri Riancho

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto, a las diputadas y a los diputados:

• Beatriz Rojas Martínez, de Morena:

– Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

– Que reforma el artículo cincuenta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

• Cecilia Anunciación Patrón Laviada, que reforma el artículo noventa y tres de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrita por legisladores integrantes del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Ernesto Javier Nemer Alvarez, que adiciona el artículo catorce de la Ley General de Desarrollo Social, suscrita por legisladores integrantes del Partido Revolucionario Institucional. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.

Desde su curul, interviene la diputada Erika Vanessa del Castillo Ibarra, de Morena, para realizar comentarios, con relación a la iniciativa que reforma el artículo noventa y tres de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

• Pilar Lozano Mac Donald, de Movimiento Ciudadano, que reforma y adiciona los artículos dieciséis y diecisiete de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y adiciona un artículo doscientos cincuenta y nueve Ter al Código Penal Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Igualdad de Género, y de Justicia, para dictamen.

• Margarita García García, que expide la Ley General de Gestión Integral del Riesgo de Desastres y Protección Civil, suscrita por legisladores integrantes del Partido del Trabajo. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• Nayeli Salvatori Bojalil, de Encuentro Social, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

• Leticia Mariana Gómez Ordaz, que reforma y adiciona los artículos noventa y tres de la Ley General de Cambio Climático y quinto de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para opinión.

• María Guadalupe Almaguer Pardo, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por legisladores integrantes del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

Presidencia de la diputada Dolores Padierna Luna

El siguiente punto del Orden del Día, es el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo a la modificación de la convocatoria pública para la elección de consejeras y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, y al proceso para la integración del respectivo Comité Técnico de Evaluación. Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a los resolutivos del acuerdo. La Presidencia informa a la Asamblea que la discusión del acuerdo será con fundamento en el artículo ciento trece, del Reglamento de la Cámara de Diputados, en consecuencia, se concede el uso de la palabra, para referirse al tema, a las diputadas y los diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña, del Partido de la Revolución Democrática; Zulma Espinoza Mata, del Partido Verde Ecologista de México; Héctor René Cruz Aparicio, de Encuentro Social; Martha Angélica Tagle Martínez, de Movimiento Ciudadano; Reginaldo Sandoval Flores, del Partido del Trabajo, Juan Carlos Romero Hicks, del Partido Acción Nacional; y Miguel Pavel Jarero Velázquez, de Morena. No habiendo más oradores registrados, en votación económica, se considera suficientemente discutido.

Desde sus curules, intervienen los diputados: Jorge Arturo Espadas Galván, del Partido Acción Nacional; y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, del Partido del Trabajo; para solicitar a la Presidencia moción de ilustración, respecto del trámite del acuerdo. La Presidencia hace aclaraciones.

En votación nominal, por unanimidad de trescientos cuarenta y siete votos a favor, se aprueba el acuerdo. Comuníquese.

Presidencia de la diputada Dulce María Sauri Riancho

Se concede el uso de la palabra para presentar iniciativas con proyecto de decreto, a las diputadas y a los diputados:

• Heriberto Marcelo Aguilar Castillo, de Morena, que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de imprescriptibilidad del delito de corrupción. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Sergio Fernando Ascencio Barba, que reforma el artículo noveno de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrita por legisladores integrantes del Partido Acción Nacional. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Lourdes Erika Sánchez Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma los artículos once y catorce, y adiciona un artículo veintisiete bis a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, en materia de creación de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos por Razón de Género. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

• Manuel López Castillo, de Morena, que reforma el artículo ciento veintinueve del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

• Silvia Guadalupe Garza Galván, que expide la Ley General para la Gestión Integral y Sustentable de las Costas Mexicanas, suscrita por legisladores integrantes del Partido Acción Nacional. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, y a las Comisiones de Marina, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

• Alejandro Ponce Cobos, de Morena, que reforma y adiciona los artículos treinta y seis de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, y dieciocho de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas, para opinión.

• Alejandro Mojica Toledo, de Morena, por el que se declara veintidós de julio como el ”Día Nacional del Voceador”. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

• Jannet Téllez Infante, de Morena, que reforma el artículo trescientos treinta y dos del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.

Desde sus curules, realizan comentarios, las diputadas y los diputados: Felipe Fernando Macías Olvera, del Partido Acción Nacional, con relación a la designación del ciudadano John Ackerman como integrante del Comité Técnico de Evaluación, que participará en el proceso de elección de consejeras y consejeros electorales.

Desde su curul, interviene el diputado Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, de Encuentro Social, para realizar moción de orden. La Presidencia hace aclaraciones.

Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, de Morena, con relación al respeto de la libertad de expresión y de libre tránsito en el estado de Chiapas; Ernesto Alfonso Robledo Leal, del Partido Acción Nacional y Olga Patricia Sosa Ruíz, de Encuentro Social, con relación al coronavirus; Jorge Arturo Espadas Galván, del Partido Acción Nacional, con relación a las personas postuladas para integrar Comité Técnico de Evaluación; Olga Patricia Sosa Ruíz, de Encuentro Social, con relación a la violencia física y psicológica en contra de las deportistas de nado sincronizado; Rubén Cayetano García, de Morena, con relación al ciento sesenta y seis aniversario del Plan de Ayutla; Madeleine Bonnafoux Alcaraz, del Partido Acción Nacional, con relación a las elevadas tarifas eléctricas en el municipio de Agua Prieta, estado de Sonora; María Lucero Saldaña Pérez, del Partido Revolucionario Institucional y Verónica María Sobrado Rodríguez, del Partido Acción Nacional con relación a los hechos ocurridos en contra de estudiantes de medicina en el estado de Puebla; Edgar Guzmán Valdéz, de Encuentro Social, con relación al deterioro ambiental y daños a la salud, causados por la empresa CEMEX; Rosalinda Domínguez Flores, de Morena, con relación a las condiciones con las que cuenta el Istmo de Tehuantepec, para ser un importante punto de desarrollo industrial, comercial, cultural y turístico; Víctor Blas López, de Morena, con relación a la detención del científico oaxaqueño Héctor Alejandro Cabrera Fuentes; Jesús de los Ángeles Pool Moo, de Morena, con relación al aumento de la violencia en el estado de Quintana Roo; Víctor Adolfo Mojica Wences, de Morena, con relación al noventa y cinco aniversario del sacrificio del undécimo y último Huey Tlatoani Cuauhtémoc; Gustavo Callejas Romero, de Morena, con relación a la denuncia realizada por productores de ganado ovino, en el municipio de Cardonal, estado de Hidalgo; Irineo Molina Espinoza, de Morena, con relación al homicidio del expresidente municipal y ex diputado local Heriberto Ramírez; Carmen Patricia Palma Olvera, de Morena, con relación al crucero Meraviglia,que arribó a Cozumel; Erika Vanessa del Castillo Ibarra, de Morena, con relación a la presentación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y la Estrategia Nacional para la Atención a la Primera Infancia, realizada por el Gobierno Federal; Javier Ariel Hidalgo Ponce, de Morena, con relación a la estrategia nacional, integral y transversal de combate y prevención a la obesidad y al sobrepeso; Soraya Pérez Munguía, del Partido Revolucionario Institucional, con relación a los hechos ocurridos en el municipio de Huimanguillo, estado de Tabasco; Anita Sánchez Castro, de Morena, con relación a los trabajadores despedidos injustificadamente del sector salud en el estado de Michoacán; Cynthia Iliana López Castro, del Partido Revolucionario Institucional, con relación al nombramiento de John Ackerman como integrante del Comité Técnico de Evaluación, que participará en el proceso de elección de consejeras y consejeros electorales; y Rubén Cayetano García, de Morena, con relación a la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa.

La Presidencia levanta la sesión a las dieciséis horas con cincuenta y siete minutos y cita para la próxima sesión ordinaria que tendrá lugar el martes tres de marzo de dos mil veinte, a las once horas, informando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Consulte la Secretaría si es de aprobarse el acta.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba el acta. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Aprobada el acta.



COMUNICACIONES OFICIALES

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Continúe la Secretaría con las Comunicaciones.

La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Legislativo Federal.— Cámara de Diputados.— Mesa Directiva

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno del siguiente asunto:

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al municipio de Tlalmanalco, estado de México, a implantar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de la población, al tiempo de asumir el compromiso y responsabilidad con los animales para lograr un trato digno y respetuoso hacia ellos, suscrita por la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 18 de febrero de 2020.

“Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.”

Ciudad de México, a 3 de marzo de 2020.— Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: De enterado.

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La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presente.

Sirva la presente para solicitarle, de la manera más atenta, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 23 Bis y 33 de la Ley de Puertos, registrada por la suscrita en el orden del día del 20 de febrero del 2020, en el número 67, a efecto de profundizar sobre su contenido.

Sin otro asunto más por el momento, quedo a sus más distinguidas y finas consideraciones.

Sin más por el momento le envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2020.— Diputada María del Carmen Bautista Peláez (rúbrica).»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura.— Presente.

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 15 y 24 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, la cual presenté con fecha 10 de septiembre de 2019 y fue turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Sin otro particular, quedo a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2020.— Diputada Rocío Barrera Badillo (rúbrica).»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicito el retiro de la siguiente proposición con punto de acuerdo, presentada por la suscrita:

Proposición con punto de acuerdo por medio de la cual se exhorta a la Secretaría de la Función Pública; a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Auditoría Superior de la Federación para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, investiguen los posibles casos de corrupción en los contratos de infraestructura celebrados entre el Estado mexicano y la empresa Pinfra, durante los sexenios de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

Sin otro particular agradezco su atención y le envío un cordial saludo.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2020.— Diputada Juana Carrillo Luna (rúbrica).»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en el artículo 77, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar atentamente a ese órgano de gobierno, se retire la siguiente iniciativa:

Que reforma los artículos 11 y 14 y adiciona un artículo 27 Bis a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, a cargo de la diputada Lourdes Érika Sánchez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (turno a comisión), en materia de creación de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos por Razón de Género.

Para efecto de que se realicen las acciones conducentes y se actualicen los registros parlamentarios.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2020.— Diputada Lourdes Érika Sánchez Martínez (rúbrica).»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Por este conducto, me permito solicitar a usted, de conformidad con lo establecido por el artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tenga a bien girar sus apreciables instrucciones, a efecto de retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de una servidora, diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la cual fue registrada en el orden del día de la sesión del 1 de octubre de 2019 y turnada a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables el 24 de octubre de 2019.

Sin otro particular, agradezco de antemano sus atenciones.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2020.— Diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz (rúbrica).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Se tienen por retiradas. Actualícense los registros parlamentarios.

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La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura.— Presente.

En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 28, párrafo vigésimo, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito entregarle el cuarto informe trimestral de actividades correspondiente a 2019 del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el cual fue aprobado por el pleno de éste en la sesión del pasado 19 de febrero.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Ciudad de México, a 26 de febrero de 2020.— Gabriel Contreras Saldívar (rúbrica), comisionado presidente.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnese a las Comisiones de Comunicaciones y Transportes y de Radio y Televisión, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.— Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

Adjunto, me permito enviar USB con información generada por diversas áreas de esta comisión, en espera que sea de utilidad en el desempeño de sus actividades.

• Publicación de ahorro financiero y financiamiento en México, marzo y junio 2019.

• Base de datos de ahorro financiero y financiamiento.

• Base de datos de inclusión financiera.

• Mapas de infraestructura (Puntos de acceso de la banca y las EACP).

• Reporte Trimestral de inclusión financiera (Datos al segundo trimestre de 2019).

• Boletines estadísticos.

• Boletines de inclusión financiera.

• La ENAFIN 2018 (comunicado de prensa, cuadríptico, ENAFIN 2018 y reporte ENAFIN).

• Estudios de Inclusión Financiera (índice de Alfabetización, Necesidades Financieras en México y Geografía Inclusión Financiera).

• Foro de financiamiento empresarial.

• Panorama inclusión financiera.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 15 de enero de 2020.— Adalberto Palma Gómez (rúbrica), presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de enero de 2020.

Asimismo, con fundamento en el artículo 107, párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de enero de 2019.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de enero de 2020.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de febrero de 2020.— Gabriel Yorio González (rúbrica), subsecretario de Hacienda y Crédito Público, licenciado Carlos Romero Aranda (rúbrica), procurador fiscal de la Federación, en suplencia por ausencia de los subsecretarios de Hacienda y Crédito Público, Ingresos, Egresos, de la oficial mayor, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

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La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la administración pública federal; y el artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Extranjera, y me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número 113.2020.OEL. 066 el maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus, encargado de la Oficina de Enlace Legislativo de la Secretaría de Economía, remite el Informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México (enero-diciembre de 2019).

Por lo anterior les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

De conformidad con el artículo 27, fracción IV, de la Ley de Inversión Extranjera, se presentará al honorable Congreso de la Unión un informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera en el país, que incluye los sectores económicos y las regiones en las que éstas se ubican.

Con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las fracciones IV y V del artículo 63 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, me permito enviar a usted tres ejemplares del Informe estadístico sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa en México (enero-diciembre de 2019), para que por su conducto sea remitido al honorable Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Ciudad de México, a 21 de febrero de 2020.— Maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus (rúbrica), encargado de la oficina de Enlace Legislativo.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnese a las Comisiones de Economía, Comercio y Competitividad y de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número UNMC/DGNC/0239/2020, el C.J. Rafael Márquez Meza, director general de Normatividad de Comunicación de la Secretaría de Gobernación, envía el “informe bimestral sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales”, correspondiente al sexto bimestre del ejercicio fiscal de 2019, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Comunicación Social, a efecto de que por su amable conducto sea enviado a la Comisión de Radio y Televisión de ese órgano legislativo.

Por lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el citado informe en formato impreso y disco compacto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Comunicación Social, adjunto en medio electrónico el “informe bimestral sobre la ejecución de los programas y actividades gubernamentales”, registrados en esta Dirección General, correspondiente al sexto bimestre del ejercicio fiscal de 2019.

Lo anterior con la atenta solicitud de que por su amable conducto, esta información sea remitida a la Comisión de Radio y Televisión competente de la Cámara de Diputados, de conformidad a lo previsto en la fracción IX del artículo 17 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 21 de febrero de 2020.— J. Rafael Márquez Meza (rúbrica), director general.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnese a la Comisión de Radio y Televisión, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.— Presentes.

Con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que mediante el oficio número 349-B-161, suscrito por el licenciado Iván Cajeme Villarreal Camero, jefe de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envía el informe sobre el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales durante el ejercicio fiscal de 2019.

Por lo anterior les acompaño para los fines procedentes copia del oficio a que me he referido y de su anexo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de febrero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la subsecretaría de Gobierno de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Hago referencia al artículo sexto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, donde se establece: “Para los efectos de conocer el comportamiento de los ingresos de Caminos y Puentes Federales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá enviar a más tardar el último día de febrero de cada año un informe detallado al Congreso de la Unión para su análisis”.

Sobre el particular, con base en la información enviada por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, me permito remitir el informe correspondiente a los ingresos de dicha entidad durante el ejercicio fiscal de 2019, solicitándole que por su amable conducto se remita al Congreso de la Unión (se anexa documento impreso).

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México a 27 de febrero de 2020.— Iván Cajeme Villarreal Camero (rúbrica), jefe de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios.».

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.

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La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número D.G.P.L. 64-II-5-1186 signado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número AEFCM/CAJT/0723/ 2020 suscrito por el maestro David Acevedo Sotelo, coordinador de Asuntos Jurídicos y Transparencia de la Secretaría de Educación Pública, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a que en las instituciones públicas y privadas de educación preescolar y primaria, se informe a los padres y madres de familia sobre la importancia de que los educandos cuenten con el esquema de vacunación completo, según corresponda a su edad, se solicite exhibir la cartilla nacional de vacunación, para, en su caso, completar el citado esquema, para garantizar el derecho a la protección social de la salud.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Educación Pública.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Por instrucciones del doctor Luis Humberto Fernández Fuentes, titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, se brinda atención al oficio SG/UE/311/1825/19, mediante el cual hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el l de octubre de 2019, mismo que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta a las secretarías de Educación Pública y de Salud para que, en las instituciones públicas y privadas de educación preescolar y primaria, se informe a los padres y madres de familia sobre la importancia de que los educandos cuenten con el esquema de vacunación completo, según corresponda a su edad, se solicite exhibir la cartilla -nacional de vacunación y, se fomente, a su vez, acudir a las instituciones de salud para completar en su caso el mencionado esquema, para garantizar el derecho a la protección social de la salud”.

La Secretaría de Educación Pública, garante del servicio educativo, actúa en todo momento con estricto apego a los principios contenidos en los artículos 3o. y 4o. constitucionales, basados en el respeto a los derechos humanos de educación y salud.

La Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México garantiza el cumplimiento de los derechos invocados, ya que al inicio del ciclo escolar se solicita al padre, madre de familia o tutor, como requisito de inscripción, la Cartilla de Vacunación completa.

Lo anterior, con fundamento en los numerales 159 de la Guía Operativa para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en las Escuelas Públicas en la Ciudad de México 2018- 2019, y 82 de la Guía Operativa para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en las Escuelas Particulares en la Ciudad de México 2018-2019.

De lo anterior, se desprende que la AEFCM, a través del oficio AEFCM/DGOSE/CSEIP/0496/2020, realiza acciones encaminadas a garantizar el cumplimiento del punto de acuerdo, basado en los principios constitucionales señalados.

Se adjunta copia del oficio AEFCM/DGOSE/CSEIP/0496/2020, para mejor proveer. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 20 de febrero de 2020.— David Acevedo Sotelo (rúbrica), coordinador de Asuntos Jurídicos y Transparencia, Autoridad Educativa Federal en Ciudad de México.»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 64-II-4-1314, signado por la diputada María de los Dolores Padierna Luna, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGV/1.3.-0053/2019, suscrito por el maestro Jorge Sánchez Arellano, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a determinar la extensión marítima de los polígonos pertinentes y realicen las acciones necesarias que’ posibiliten la pronta apertura y reactivación de las actividades pesqueras y el fomento de la maricultura en la sonda de Campeche, bajo condiciones de seguridad industrial y sustentabilidad pesquera.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 11 de febrero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.

Me refiero al oficio número SG/UE/311!2503/l9, mediante el cual comunica el acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 27 de noviembre del 2019, cuyo resolutivo cito:

“Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural, de Energía, de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, de Comunicaciones y Transportes, determinen la extensión marítima de los polígonos pertinentes y realicen las acciones necesarias que posibiliten la pronta apertura y reactivación de las actividades pesqueras y el fomento de la maricultura en la sonda de Campeche, bajo condiciones de seguridad industrial y sustentabilidad pesquera.”

Al respecto, me permito remitir la respuesta que envió la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante de esta dependencia, mediante oficio número 7.0.014/2020.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 10 de febrero de 2020.— Jorge Sánchez Arellano (rúbrica), director general de Vinculación.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Maestro Jorge Sánchez Arellano, Dirección General de Vinculación.

Hago mención del oficio número SG/UE/311/2503/19, de fecha 28 de noviembre de 2019, enviado al ciudadano secretario de Comunicaciones y Transportes, por el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, en el que se hace del conocimiento que en oficio D.G.P.L. 64-II-4-1314, de la diputada María de los Dolores Padierna Luna, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, comunica del acuerdo aprobado por el pleno de ese Órgano Legislativo, en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2019, que a la letra dice:

“Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural, de Energía, de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, de Comunicaciones y Transportes, determinen la extensión marítima de los polígonos pertinentes y realicen las acciones necesarias que posibiliten la pronta apertura y reactivación de las actividades pesqueras y el fomento de la maricultura en la sonda de Campeche, bajo condiciones de seguridad industrial y sustentabilidad pesquera.”

Sobre el particular, se considera conveniente solicitar que la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, como cabeza del Sector pesquero, coordine la atención al acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados y, por lo que corresponde a esta coordinación general, se expresa la plena disposición para participar en los temas y actividades que sean de nuestra competencia.

Atentamente

Ciudad de México, a 22 de enero de 2020.— Ingeniero Héctor López Gutiérrez (rúbrica), coordinador general de Puertos y Marina Mercante.»

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«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 64-II-1-1659, signado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, en su carácter de presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/238/2020, suscrito por la licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a implementar las medidas necesarias para el fortalecimiento de actuación de las Procuradurías de Protección a la Niñez.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la segundad de mi consideración distinguida.

Ciudad de México, a 11 de febrero de 2020.— Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Me refiero al oficio SG/UE/311/155/20, de fecha 16 de enero de 2020, mediante el cual informó que en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el día 15 del mismo mes y año, se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

“Primero. ...

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, Nacional y de las entidades federativas, a implementar las medidas necesarias para el fortalecimiento de actuación de las Procuradurías de Protección a la Niñez.

Tercero. ...”

Al respecto, con fundamento en el artículo 13, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito acompañar oficio D.G.A.J.208.000.00/0l31/2020, suscrito por el licenciado Enrique García Calleja, director general de Asuntos Jurídicos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 12 de febrero de 2020.— Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo (rúbrica), titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud.— Presente.

Se hace referencia a su oficio UCVPS/118/2020, fechado el 24 de enero del año en curso, mediante el cual solicitó se emitiera la opinión correspondiente, respecto del punto de acuerdo aprobado en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión celebrada el 15 de enero del presente año, el cual refiere lo siguiente:

“Primero. ...

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, Nacional y de las entidades federativas, a implementar las medidas necesarias para el fortalecimiento de actuación de las Procuradurías de Protección a la Niñez.

Tercero. ...”

Al respecto hago de su conocimiento que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), a través de la Dirección General de Normatividad, Promoción y Difusión de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el ámbito de su competencia realiza acciones con las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, en relación con el punto de acuerdo que nos ocupa, mismas que a continuación se mencionan:

1. Lleva a cabo procesos de capacitación en materia de promoción, prevención, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, para contribuir a fortalecer las capacidades de las servidoras y servidores públicos de las Procuradurías de Protección.

Las capacitaciones se imparten en la modalidad presencial, en línea y videoconferencia, para el presente año 2020, la dirección general como cada año, envió un oficio donde se les da a conocer la oferta de capacitación; asimismo se les solicitó informen los temas de su interés para con ello detectar sus necesidades de capacitación.

2. Se realizan acciones enfocadas a fortalecer el marco de actuación en la prevención de riesgos psicosociales y en la protección integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en temas como: trata de personas, explotación sexual infantil, abuso sexual a niñas, niños y adolescentes, trabajo infantil, prevención de la migración de niñas, niños y adolescentes y en los que están en situación de calle, embarazo en adolescentes, acoso escolar, adicciones y promoción del buen trato.

3 Dentro de las acciones de información, sensibilización y concientización para la protección de niñas, niños y adolescentes, se elaboran difusiones informativas y se solicita a las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, nos apoyen a su difusión, como fue el caso de la difusión informativa “Proteger mis derechos”. En este año se tiene previsto realizar una difusión informativa contra la violencia hacia niñas, niños y adolescentes; asimismo, se emiten directrices para que las Procuradurías de Protección realicen actividades o eventos de prevención de riesgos psicosociales, como es el caso de la Semana Nacional del Buen Trato o el Día Nacional de Prevención del Abuso Sexual.

4. En colaboración con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el Sistema Nacional DIF publicó la Guía práctica para la protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, para brindar a las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, los insumas para la aplicación del procedimiento establecido en el artículo 123 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

5. Se brinda asesoría técnica a las Procuradurías de-Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y a los sistemas de las entidades federativas y municipales DIF, para prevenir los riesgos psicosociales y la vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes.

6. Con el propósito de fortalecer la actuación de las servidoras y servidores públicos, se han elaborado diversos documentos para la protección integral de niñas, niños y adolescentes, tales como:

• Guía para trabajar la psicoeducación grupal con mujeres y hombres en contextos de violencia intrafamiliar.

• Guía de orientaciones para fortalecer el funcionamiento de los equipos multidisciplinarios de las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en las entidades federativas.

• Protocolo para profesionales de la niñez y adolescencia, en el primer acercamiento con niñas, niños y adolescentes en contextos de violencia familiar.

Asimismo, estos documentos serán difundidos entre las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en cada entidad federativa,

7. Se llevará a cabo la realización del duodécimo Concurso Nacional de Dibujo, con el tema “trabajo infantil”, con el apoyo de las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en la difusión de la convocatoria, para que niñas, niños y adolescentes que residen en la República Mexicana puedan participar, así mismo harán la preselección de los dibujos, mismos que posteriormente un jurado calificador seleccionará como ganadores.

Con estas acciones se contribuye al fortalecimiento de actuación de las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar, proteger y restituir los derechos, atendiendo de manera primordial el Interés Superior de la Niñez.

Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ciudad de México, a 6 de febrero de 2020.— Licenciado Enrique García Calleja (rúbrica), director general de Asuntos Jurídicos.»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Túrnense a las comisiones correspondientes y al promovente, para su conocimiento.



MENSAJE DE LA PRESIDENCIA EN RELACIÓN CON EL 8 DE MARZO, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER 2020

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Compañeras y compañeros, en marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer 2020, que se celebra cada 8 de marzo, la Cámara de Diputados ha decido declarar todo el mes de marzo como el “Mes de las mujeres y de las niñas”. Con el lema: “Igualdad para vivir con paz y justicia”.

Las diputadas y los diputados de la LXIV Legislatura nos sumamos a las mujeres mexicanas y a las niñas que hoy levantan la voz para defender sus derechos y demandan mayor igualdad, seguridad y justicia.

Serán 31 días en los que, a través de diversas actividades, reflexionaremos sobre el estado de los derechos de las mujeres y de las niñas en nuestro país.

Con este propósito la Cámara de Diputados será sede de dos eventos de la mayor importancia: el Foro Nacional en materia de feminicidios, con los congresos locales y las fiscalías de las entidades federativas, y el Foro sobre derechos humanos de las mujeres y las niñas.

Dentro de este ciclo de actividades también habrá exposiciones, conferencias, presentaciones de libros, la develación de una pintura de Leona Vicario, la entrega de la Medalla al Mérito Deportivo y la Medalla Sor Juana Inés de la Cruz.

Asimismo, y en concordancia con el compromiso del Poder Legislativo con la igualdad y el empoderamiento de las mujeres, este mes aceleraremos la aprobación de dictámenes y minutas pendientes en materia de igualdad sustantiva para generar soluciones y resultados.

De hecho, iniciamos hoy mismo con la aprobación de dos dictámenes. Uno, de la Comisión de Justicia por el que se reforma el Código Penal Federal, a fin de ampliar de tres a siete años de prisión para quien ejerza violencia familiar.

Y otro, de la Comisión de Igualdad, por el que se modifica la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, por el que se ordena a las autoridades diseñar políticas y programas de desarrollo empresarial, industrial y comercial en favor del empoderamiento igualitario entre mujeres y hombres.

Compañeras y compañeros, en la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres, la Legislatura de la Paridad está asumiendo su responsabilidad y refrenda su compromiso con la causa de construir un México donde las mujeres y las niñas podamos vivir y desarrollarnos en paz. Que este mes sea de reflexión, pero, sobre todo, de acciones y resultados. Continuamos con la sesión.

DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Pido a la Secretaría dar cuenta con la declaratoria de publicidad de dictámenes.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con la declaratoria de publicidad.

En virtud de que se cumplió con el requisito de la declaratoria de publicidad, consulte la Secretaría, en votación económica, si autoriza que se sometan a discusión y votación de inmediato.

La secretaria diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: En votación económica se consulta a la asamblea si los dictámenes mencionados se pueden someter a discusión y votación de inmediato. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Se autoriza.

Se informa a la asamblea que los siguientes dictámenes serán discutidos con fundamento en el artículo 104, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de esta Cámara, mediante la fundamentación del dictamen por parte de la comisión y fijación de postura por parte del promovente, ambos hasta por cinco minutos.

Acto seguido, se realizará votación nominal abriendo el sistema electrónico de votación por tres minutos.

Por lo anterior, se les solicita a las y a los legisladores permanecer en el salón de sesiones para que puedan emitir su voto oportunamente.

DISCUSIÓN DE DICTÁMENES DE LEY O DECRETO



LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento.

La diputada Clementina Marta Dekker Gómez:Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Clementina Marta Dekker Gómez: Compañeras y compañeros legisladores, muy buenos días. Primero que nada, quiero agradecer a la presidenta y a la mesa directiva de la Comisión de Igualdad y Género por darme la oportunidad de presentar el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

La adición que ponemos a su consideración tiene el propósito de proporcionar las herramientas necesarias que se requieran a fin de que logremos las mujeres, que consigamos una independencia económica que nos permita romper con los viejos esquemas que nos subestiman a solo desempeñar actividades relacionadas con el hogar o en actividades administrativas donde encontramos amplias barreras para acceder a los puestos de dirección.

Textualmente, la adición al artículo 34 propone que las autoridades deberán diseñar políticas y programas de desarrollo empresarial, industrial y comercial en favor del empoderamiento igualitario entre mujeres y hombres.

Es importante señalar que si bien esta acción es completamente a favor de todas las mujeres, no debemos dejar de tener en mente, tal como lo señala la iniciativa de la diputada Margarita Flores Sánchez, que, de acuerdo con el Inegi, solo 4 de 10 mujeres económicamente activas participan en el mercado de trabajo mexicano, ya sea porque están ocupadas o porque están buscando empleo, lo cual nos revela que si en esta acción va a beneficiar a miles de mujeres, aún queda mucho por hacer en virtud de establecer un sistema nacional de cuidados que garantice el trabajo no remunerado, pero fundamental para el desarrollo de los seres humanos y que no recaiga solo en nosotras las mujeres.

Solo en esa medida la acción que hoy proponemos garantizará un acceso efectivo a estas 6 de cada 10 mujeres que en la actualidad no participan en el mercado de trabajo mexicano. Y ello no solo debe ser así por razón de justica social, sino que existe evidencia que indica una correlación positiva entre la actividad empresarial femenina y el crecimiento de una economía.

Concretamente la iniciativa retoma una estimación que se hace para América Latina, en la que se encuentran que la productividad de la región podría incrementarse hasta en un 25 por ciento si terminamos con todas esas barreras.

Con la aprobación del presente dictamen también estaremos dando cuenta de nuestro trabajo y de nuestro esfuerzo como Legislativo para materializar el objetivo 5 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que establece la necesidad de probar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas en todos los niveles.

Y es que, si bien el esfuerzo para trabajar en la materia ha estado con mayor presencia a partir de 1975, con la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer, convocada por la ONU en México, debemos reconocer que aún existen grandes brechas que trabajar.

Como, por ejemplo, las mujeres representamos poco más de la matrícula de licenciatura universitaria y tecnológica del país, pero principalmente en áreas sociales, como es educación, contrastando con que en áreas técnicas no alcanzamos a representar ni una tercera parte de la matrícula. Además de que se ha documentado que más de la mitad de las mujeres ocupadas carecemos de prestaciones sociales, y esto es algo que no debemos dejar de lado.

Porque, como lo señala el Banco Interamericano de Desarrollo, en un contexto donde la tecnología avanza en la cuarta revolución industrial, de la mano de la inteligencia artificial, es necesario que la fuerza laboral del futuro, sobre todo las mujeres, adquieran habilidades y competencias tecnológicas adecuadas.

Ello permitirá que nosotras consigamos mayor influencia en la creación y el uso de tecnologías, y estar preparadas para usar tecnologías básicas y avanzadas, como lo es la inteligencia artificial o la robótica, así como para cultivar habilidades esenciales del siglo XXI, como la creatividad, la resolución de problemas, la empatía y la adaptación. De no hacerlo, esta revolución puede impactar en las brechas de género en el mercado de trabajo, ayudando a ampliarla.

Por ello es fundamental apoyar la presente iniciativa, para que se generen las políticas y programas que doten a las mujeres de conocimientos empresariales, industriales y comerciales, reconociendo que existen techos de cristal que estamos demandadas a romper. Felicidades a la diputada promovente. Es cuanto, diputada presidenta. Gracias.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada Margarita Flores Sánchez:Muchas gracias. Con permiso de la Presidencia. Compañeras y compañeros legisladores, el principio de igualdad constituye el cimiento fundamental sobre el que descansa la institucionalidad de los Estados democráticos. Una de las expresiones más avanzadas de ello es la igualdad de género, cuyo propósito central es que tanto las mujeres como los hombres accedan al ejercicio pleno de sus derechos.

Para la Organización de las Naciones Unidas, la igualdad entre los géneros no es solo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible.

En México estamos trabajando las mujeres para cambiar la forma de hacer política y lo estamos haciendo con resultados, alzando la voz ante las injusticias y construyendo todos los días mayores espacios de participación, diálogo y consenso.

En materia de representación política, hoy ocupamos el 50 por ciento de curules y escaños en el Congreso de la Unión, sin duda es un avance, es importante. Sin embargo, sabemos que las leyes no son suficientes si no se materializan en el desarrollo de las mujeres.

Hay que decirlo, la igualdad de género continúa siendo un asunto pendiente en diversos ámbitos de la vida pública de nuestro país, particularmente en los espacios de dirección y de toma de decisiones.

Más de la mitad de las mujeres ocupadas perciben hasta dos salarios mínimos, una desventaja del 12 por ciento con respecto a los hombres, y el 55.3 de las mujeres económicamente activas no tienen acceso a trabajos formales. Solo el 7 por ciento de los miembros de las juntas directivas de las empresas son mujeres y únicamente el dos son empresarias.

En tal virtud, resulta necesario considerar muchas otras variables para poder afirmar que existe un verdadero empoderamiento de las mujeres y una representación política paritaria. No podemos decir que existe paridad de género en nuestro país, cuando hay sectores donde aún no somos consideradas.

Por tales razones, es necesario y urgente realizar los cambios que faciliten el acceso de las mujeres a puestos directivos y de alto nivel a efecto de promover un verdadero empoderamiento de las mujeres y mejorar su representación en la administración pública.

De ahí la trascendencia de este dictamen, cuyo objetivo es que se diseñen políticas y programas de desarrollo empresarial, industrial y comercial en favor de empoderamiento igualitario entre mujeres y hombres.

Compañeras y compañeros diputados, el secretario general de la ONU decía que la igualdad de género es más que un objetivo en sí mismo, es un requisito para alcanzar el desafío de reducir la pobreza, promover el desarrollo sostenible y construir una buena gobernanza.

México no podría consolidar una verdadera paridad de género si mujeres y hombres no contamos con piso parejo parar alcanzar cargo de toma de decisiones en el sector productivo de nuestro país.

En el Grupo Parlamentario del PRI estamos convencidos de continuar impulsando políticas públicas tendientes a garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, con el propósito de garantizar sus derechos fundamentales e impulsar su incorporación plena a la vida nacional.

Por eso les he de agradecer a todos los grupos, a todas las mujeres y hombres diputados, que apoyen esta iniciativa. Por su atención, muchísimas gracias.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Consulte la Secretaría, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: En votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría, abra el sistema electrónico, por tres minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La secretaria diputada Julieta Macías Rábago: Háganse los avisos a los que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por tres minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

¿Falta alguna diputada o diputado de emitir...? Sí, sigue abierto el sistema, diputada. Sigue abierto el sistema.

Ciérrese el sistema de votación electrónico. Señora presidente, se emitieron 408 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Aprobado en lo general y en lo particular, por 408 votos, el proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

Se registra su voto a favor también, del diputado Bonifaz, del diputado Delgado. Quedará registrado en el Diario de los Debates. Continuamos con la discusión del dictamen. La diputada Irma Juan Carlos, se registra también su voto en el Diario de los Debates, a favor. Sí, del diputado Carlos Valenzuela, del diputado Jorge Romero se registran su voto a favor en el Diario de los Debates.

Continuamos con la discusión... Los diputados que no votaron, los diputados que no votaron, les rogamos que pasen a la Secretaría para que se registre su voto en el Diario de los Debates.



LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Continuamos con la discusión del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Ruth Salinas Reyes, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento.

Para la discusión de este dictamen, daremos primero la palabra, hasta por cinco minutos, al diputado Miguel Jáuregui Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena, en su calidad de promovente.

El diputado Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca:Con su permiso, señora presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputado.

El diputado Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca: Buenos días a todas y todos, compañeras y compañeros diputados. Quiero agradecer, en primer lugar, a todas y todos los integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de esta LXIV Legislatura, por su compromiso y dedicación para la aprobación de este dictamen, mismo que fue votado por unanimidad en la quinta sesión de la comisión el pasado 21 de mayo de 2019.

Quiero comentar primero que la corrupción siempre implica abuso de poder en beneficio de unos cuantos y, dependiendo de la cantidad de fondos utilizados de manera ilegítima y del sector en el que se produzcan, puede ser clasificada como corrupción a gran escala, actores menores o corrupción política.

Es un problema que enfrentan todos los países en mayor o menor medida y representa la disminución de las libertades civiles y políticas de la ciudadanía que lo padece. Durante décadas, la corrupción en nuestro país fue un lastre que ocasionó enormes costos económicos, políticos y sociales, los cuales han mermado el crecimiento y el desarrollo nacional.

De igual forma, ha sido responsable del debilitamiento del Estado de derecho y del bienestar social y ha quebrantado la confianza de las y los ciudadanos en las instituciones.

A raíz de lo anterior, se creó el Sistema Nacional Anticorrupción como una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno, para prevenir, investigar y sancionar las faltas administrativas y hechos de corrupción en nuestro país.

Está conformado por un Comité Coordinador, cuyos integrantes son responsables de establecer mecanismos, bases y principios con los sistemas locales anticorrupción, así como de prestar cooperación internacional para el combate a la corrupción.

El objetivo esencial es una armonización, una homologación en cuanto a la denominación del cargo del titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, con la finalidad de que se refiera ahora como secretario ejecutivo y no como secretario técnico, como actualmente dice la ley.

En la propia exposición de motivos de la iniciativa se hace referencia a diversos ejemplos, como el de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes. También a la Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

En ellos queda claro de manera explícita que estos entes públicos no solo realizan funciones técnicas sobre la especialidad de cada una de sus materias, sino que van más allá y su responsabilidad es integral, ya que tiene que ver con los ámbitos administrativos, de planeación, de programación, de presupuestación, de coordinación, de análisis, de vinculación, de manejo de recursos humanos, financieros, técnicos y materiales.

Diputadas y diputados, es de suma importancia que con estas modificaciones se podrá visibilizar aún más y de manera más clara el ejercicio cotidiano del ahora secretario ejecutivo del Sistema Nacional Anticorrupción y, en consecuencia, tendrá sus respectivas modificaciones en las leyes estatales de cada una de las entidades federativas, mismas que tendrán que armonizar sus leyes, reglamentos, lineamientos y los documentos relacionados con la presente modificación.

Los invito a votar a favor del presente dictamen, que tiene el objetivo de fortalecer y robustecer el Sistema Nacional Anticorrupción, al realizar el cambio de secretario técnico a secretario ejecutivo.

Con esta posible aprobación se reconoce de manera plena las atribuciones que la ley les otorga, pero, sobre todo, se visibiliza la labor del secretario ejecutivo del Sistema Nacional Anticorrupción. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, señora presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputado.

Informo a la asamblea que la Comisión de Transparencia y Anticorrupción ha declinado hacer uso del espacio para fundamentar el dictamen. Lo cual, como sabemos, es potestativo de acuerdo con el Reglamento. Por lo tanto, procederemos a la votación. Consulte la Secretaría, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: En votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputada presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

¿Alguna diputada o diputado que falte por emitir su voto? Sigue abierto el sistema, diputadas y diputados. ¿Alguna diputada o diputado que falte por emitir su voto? Sigue abierto el sistema.

Ciérrese el sistema de votación electrónico. Se emitieron 426 votos en pro, 0 abstenciones y 0 en contra.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Aprobado en lo general y en lo particular, por 426 votos, el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Tiene la palabra por cinco minutos la diputada Maribel Solís Barrera para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II del Reglamento.

La diputada María Marivel Solís Barrera:Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada María Marivel Solís Barrera: Honorable asamblea, el panorama educativo en México presenta grandes retos, el mayor de ellos es otorgar educación de calidad para todas y todos, y con ello reducir las brechas existentes que tienen en desventaja las poblaciones indígenas y afromexicanas en nuestro país.

Gracias a los diversos instrumentos internacionales a los que México se ha suscrito, y gracias al reconocimiento que hace nuestra institución, las y los indígenas y afrodescendientes gozan del derecho a la educación de calidad.

Hoy, el gobierno trabaja para que se favorezca la educación bilingüe e intercultural en los niveles básicos de formación escolar. La educación formal básica se ha convertido en el medio ideal para preservar y fortalecer las culturas indígenas.

México cuenta con datos sólidos que dan cuenta de la trayectoria educativa de la población indígena y afrodescendiente.

1. Sabemos que hoy en día uno de cada 10 mexicanos se reconoce indígena.

2. Sabemos que en nuestro país contamos con 68 lenguas utilizadas por más de 7 millones de personas.

3. Sabemos que el 87 por ciento de los municipios considerados indígenas están clasificados como de alta y muy alta marginación.

Gracias a las estadísticas disponibles sabemos que la población indígena de entre 25 y 64 años ha alcanzado menores niveles de escolaridad respecto al resto de la población, solo uno de cada cuatro indígenas logró completar su educación primaria.

También solo uno de cada 10 indígenas logró incluir sus estudios de bachillerato o similar. No obstante, cada día más jóvenes se incorporan a la educación media superior y superior, logrando con ello una mayor movilidad y escalamiento social.

El acceso a posgrados de calidad permite a las y los jóvenes, provenientes de poblaciones mayoritariamente indígenas, lograr una mayor calidad de vida a través de una formación de alto nivel de especialización en las diferentes áreas del conocimiento.

A nombre de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación venimos a presentar el dictamen, en sentido positivo, de la iniciativa que reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Esta iniciativa, presentada por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, busca incluir la variable, origen étnico, en los reportes generados a través del sistema integrado de información sobre investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.

Con la incorporación de esta variable se busca contribuir con la generación de datos que permitan implementar estrategias de inclusión de jóvenes indígenas en programas de posgrado en el país o en el extranjero.

El diputado proponente considera que las poblaciones indígenas y afrodescendientes han quedado en la orilla para desarrollar sus habilidades en centros de investigación.

La información que se produzca o la inclusión de indicadores, por origen étnico, en el sistema integrado, permitirá mejorar los servicios educativos y establecer instrumentos que permitan el acceso a poblaciones mayormente afectadas por factores no relacionados por la capacidad intelectual, sino por factores socioeconómicos de género o por su origen étnico.

La información, producto de este indicador propuesto permitirá, de acuerdo con el iniciante, tener conocimientos más profundos sobre la composición demográfica de los científicos mexicanos y apuntalar estrategias para mejorar los procesos formativos de la población indígena.

Con esta propuesta se busca lograr que la educación en México sea inclusiva, justa y adecuada en todos los niveles educativos, desde el preescolar hasta el posgrado.

Los profundos rezagos que caracterizan a las y los indígenas de México deben superarse obligándonos, como legisladores, a crear los instrumentos que ayuden a superar la falta de oportunidades entre quienes han sido excluidos históricamente.

Compañeras y compañeros diputados, quienes integramos esta comisión reconocemos los aportes que se hacen a través de esta iniciativa, al permitir que el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación dé un viraje y se vuelva un motor para el desarrollo de todas y todos, sin distinción de edad, género, origen étnico.

Pido a ustedes el voto a favor del presente dictamen, para que juntos demos un paso adelante en el desarrollo científico y tecnológico de este país. Pido su voto a favor de que en México la educación sea un derecho para todas y todos. Muchas gracias.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado José Salvador Rosas Quintanilla:Con su permiso, señora presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputado.

El diputado José Salvador Rosas Quintanilla: En México el trabajo académico cada año atrae el interés de nuevos jóvenes que pretenden integrarse a los grandes centros de investigación científica. Desafortunadamente en este intento se quedan muchos, por lo limitado de los criterios que les permiten integrarse a los grandes centros de investigación.

Esta propuesta pretende de manera directa e indirecta mejorar los servicios educativos, facilitar el acceso a las universidades, promover una inclusión de los mexicanos, sin importar de dónde viene el ámbito de investigación.

Hoy, con todos los cambios que el país requiere, nuestra tarea como legisladores debe tener como objetivo que todos aquellos jóvenes, independientemente de su capacidad intelectual, factor socioeconómico, género y origen étnico, puedan alcanzar sus aspiraciones académicas y formar parte del sistema nacional de investigadores.

Si analizamos la integración del sistema nacional de investigadores podríamos llegar a comprender que los criterios que se emplean para elegir a dichos integrantes, no se encuentran libres de discriminación.

Tal es el caso, que al observar los reportes generales del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, podemos ver que las principales variables consideradas en los de género y nacionalidad, pero se excluyen factores como los de grupo y de edad y origen étnico.

Por lo anterior, debemos atender los criterios de clasificación grupal, incluir y hablar de población indígena, de grupos de cierta edad y nacionalidad, así como detallar su origen.

Entonces, desde esta tribuna los invito a que apoyemos esta reforma del artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología, para hacer obligatoria la inclusión de las variables de género y origen étnico, con la finalidad de contar con una fuente de información más amplia, detallada y variada en relación con las características demográficas de los científicos en México, lo que nos permitirá mejorar nuestras políticas y programas públicos para promover la inclusión de sectores discriminados en los que podíamos encontrar, sin duda, grandes talentos en los ámbitos de la ciencia y la innovación. Es cuanto, señora presidenta. Muchas gracias.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Diputadas y diputados solicito su atención, por favor. Procederemos a recoger la votación. En votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, por favor. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo, por favor. Mayoría por la afirmativa, diputada presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría, abra el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

¿Falta alguna diputada o diputado de emitir su voto?

Ciérrese el sistema electrónico de votación. Diputada presidenta, se emitieron 436 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Aprobado en lo general y en lo particular, por 436 votos, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

Informo a la asamblea que se encuentra en este salón de plenos, el diseñador chiapaneco Alberto López, quien ha sido reconocido internacionalmente por su artesanía indígena, llevando nuestras tradiciones a otras partes del mundo. Muy bienvenido. Felicidades.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Pasamos a la discusión del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal.

Tiene la palabra por cinco minutos la diputada María Teresa López Pérez, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento.

La diputada María Teresa López Pérez:Muchas gracias, presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada María Teresa López Pérez: Compañeras y compañeros legisladores, vengo a esta tribuna a nombre de la Comisión de Justicia, a presentar el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, que tiene por objeto incrementar la pena de prisión para quien cometa el delito de violencia familiar.

El primer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Con este noble objeto se han legislado distintos ordenamientos, se han creado diversas instituciones y se han establecido criterios de coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios.

Sin embargo, las distintas manifestaciones de la realidad, en las cuales comenzaron a hacerse públicos casos de brutalidad y abuso físico al interior de los hogares, pusieron en el centro de la discusión la necesidad de incrementar las medidas de protección para las familias, incluyendo la consideración de establecer un tipo penal que tuviera como bien jurídico tutelado el sano desarrollo de la familia. Puestos en el contexto de nuestra sociedad, los casos de violencia familiar trascienden y afectan con mayor severidad a las mujeres.

De acuerdo con las cifras proporcionadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), a través de los resultados obtenidos en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares en 2018, debemos considerar que:

Primero. De los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que hay en el país, el 66.1 por ciento, 30.7 millones, han enfrentado violencia de cualquier tipo y de cualquier agresor alguna vez en su vida.

Segundo. El 43.9 por ciento ha enfrentado agresiones del esposo o pareja actual o la última a lo largo de su relación, y está más acentuado entre las mujeres que se casaron o unieron antes de los 18 años, que es el 48.0 por ciento, que entre quienes lo hicieron a los 25 o más años, el 37.7 por ciento.

Tercero. El 43.9 por ciento de las mujeres que tienen o tuvieron al menos una relación de pareja, ya sea de cohabitación por medio del matrimonio o la unión de hecho, o bien alguna relación de pareja o noviazgo sin vivir juntos, ha enfrentado agresiones del esposo o pareja actual o la última a lo largo de su relación.

Conforme a lo establecido en el Código Penal Federal, comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar.

En atención a la sanción de estas conductas, a la creciente incidencia de este delito, así como a la lesividad que trae consigo para la vida de las mujeres, coincidimos con la legisladora promovente, en el sentido de que deben endurecerse las penas de prisión previstas para el delito de violencia familiar, así como las previstas para los casos en los cuales se lleve a cabo la conducta equiparada, que consiste en realizar cualquiera de los actos ya señalados en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guardia, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona.

Por estas razones las y los invito a votar a favor de este dictamen, y con ello proteger de forma más amplia a las familias y a las mujeres de México. Es cuanto.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Tiene la palabra, por cinco minutos, la diputada Adriana de los Monteros García, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García:Muchas gracias. Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García: Quisiera no dejar pasar que, en la Comisión de Justicia, a la cual pertenezco, los compañeros y una servidora hemos hecho un arduo trabajo hasta el momento en materia de igualdad para las mujeres y las niñas.

Y también quiero pedir en este momento que, de ser posible, señora presidenta, se pueda instruir para que el logo que hoy se presenta por el Mes de las Mujeres y las Niñas contenga el mes al que corresponde, toda vez que se requiere un poquito mayor de entendimiento. Muchísimas gracias.

Y en materia del presente dictamen. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad, mismo que favorece el desarrollo personal de sus integrantes. Tristemente, en los últimos años las familias mexicanas se han visto perjudicadas por un delito que cada vez es más recurrente: la violencia familiar.

Siguiendo lo establecido por diversas organizaciones internacionales, este ilícito se define como el uso intencionado y repetido de la fuerza física o psicológica para controlar, manipular o atentar en contra de algún miembro de la familia.

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre 2015 y 2019 se abrieron un millón 14 mil carpetas de investigación por delitos contra la familia, siendo el delito de violencia familiar uno de los más denunciados. Asimismo, señala que tan solo en 2018 se iniciaron 90 mil carpetas de investigación por este delito, es decir alrededor de 9.2 por ciento más que en el 2017.

Estas cifras resultan alarmantes, sobre todo si se toma en cuenta que dichas conductas son cometidas principalmente en contra de las personas adultas mayores, mujeres, niñas y niños.

La violencia familiar trasgrede la dignidad de la víctima y vulnera su derecho al libre desarrollo de la personalidad en la familia y en la sociedad. Este delito no puede ser visto como un asunto de carácter privado, por el contrario, es un problema social que debe ser atendido. El dictamen que hoy nos ocupa es pertinente, procedente y necesario para erradicar la violencia familiar.

De una lectura al texto vigente podemos constatar que las penas actuales no se ajustan a la realidad que viven las víctimas en el ámbito familiar ni coadyuvan a la mitigación de este fenómeno delictivo. De ahí la importancia de incrementarlas a fin de que realmente sean eficaces para prevenir, sancionar y erradicar este delito.

Con estas reformas fortalecemos la seguridad y garantizamos la protección de la dignidad de los integrantes de las familias mexicanas, salvaguardando su derecho al libre desarrollo principalmente dentro de sus hogares.

Combatir la violencia familiar contribuye a la construcción de una cultura de igualdad y permite que sus miembros adquieran valores que abren paso a una mejor convivencia social.

Compañeras y compañeros, con el dictamen que hoy votaremos sumamos a la disminución y posible eliminación de la deplorable situación que sufren muchas y muchos mexicanos dentro de sus familias. No podemos seguir permitiendo que dentro de los núcleos familiares se trasgredan las esferas personales y jurídicas de sus integrantes.

Debemos poner fin a la violencia familiar, la cual desintegra y descompone el funcionamiento no solo de las familias, sino también de toda la sociedad. Es cuanto. Muchísimas gracias.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Consulte la Secretaría, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Diputadas y diputados, solicito su atención por favor. Procederemos a recoger la votación. En votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo por favor. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo por favor. Mayoría por la afirmativa, diputada presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Se pide a la Secretaría, abra el sistema electrónico, por tres minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico, por tres minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Se encuentran en este salón de pleno, líderes y lideresas del municipio de Coacalco, Estado de México, invitados por la diputada Carolina García Aguilar, del Partido Encuentro Social. Sean muy bienvenidos, bienvenidas a la Cámara de Diputados.

La secretaria diputada María Sara Rocha Medina: ¿Falta algún diputado o diputada de emitir su voto? ¿No? ¿Ninguno?

Ciérrese el sistema de votación electrónico. Diputada presidenta, se emitieron 431 en pro, 1 en contra y 0 abstenciones.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Aprobado en lo general y en lo particular, por 431 votos, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO



LEY GENERAL DE SALUD

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Pasamos al rubro de iniciativas. Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Miroslava Sánchez Galván, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas, suscrita por la diputada Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Miroslava Sánchez Galván:Buenas tardes a todas y todos. Con la venia, señora presidenta. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas.

El día de hoy presentamos ante esta soberanía, la diputada Miroslava Sánchez Galván y la diputada Graciela Zavaleta Sánchez, esta iniciativa que plantea reformar el artículo 81 de la Ley General de Salud, a efecto de dotar a la Secretaría de Salud de facultades para establecer un catálogo de las diferentes especialidades de la medicina y que, a su vez, el Consejo de Especialidades Médicas, Conacem, una vez que es establecida una nueva especialidad médica, tenga facultades para coadyuvar en la constitución de aquellas asociaciones civiles en las que se reúna el nuevo consejo de la especialidad respectiva.

Una especialidad médica es un conjunto de conocimientos inherentes a un área específica del cuerpo humano, a un conjunto de entidades semejantes, a criterios etarios o a métodos, técnicas y procedimientos sistematizados para tratar una afección.

Las especialidades médicas de acuerdo a su orientación, se centran en: grupo de edad, aparatos o sistemas del cuerpo humano, órganos, técnicas diagnósticas, terapéuticas y rehabilitadoras, enfermedades concretas y actividades humanas.

Actualmente, los estudios académicos de las especialidades médicas se realizan a través de la selección, mediante un examen nacional aplicado a los aspirantes a residencias médicas organizado por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud.

Esta comisión es un órgano de consulta, asesoría y apoyo técnico para la Secretaría de Salud y de Educación Pública y para otras dependencias e instituciones del sector público, así como un ámbito de consenso entre diversas dependencias de los sectores público, social y privado en asuntos de común interés en materia de formación de recursos humanos para la salud.

Así se otorga la certificación del médico especialista, con lo que la población tiene la certeza de que el profesional de la salud que le atiende, cumple con estándares nacionales de educación, conocimientos, experiencia y habilidades; esto es, la competencia necesaria para proporcionar atención a la salud de alta calidad en una especialidad o subespecialidad específica.

Por su parte, en la Ley General de Salud se reconoce desde al año 2011, al Comité Normativo Nacional de Especialidades Médicas, Conacem, como un órgano auxiliar de la administración pública federal que facultad a los consejos de especialidades para certificar médicos especialistas.

Desde la reforma del 2011, según la información del mismo Conacem, a enero del 2020, existen 148 mil 688 médicos especialistas certificados y 111 mil 569 con certificados vigentes en los últimos cinco años.

Sin embargo, existe una situación preocupante debido a la proliferación de falsas especialidades que no son reconocidas por los consejos médicos y con las que tan solo con la emisión de un diploma o una cédula de maestría, personas sin la debida preparación ofrecen servicios en ramos que implican un franco riesgo a la salud y a la vida de la población, pues carecen de la preparación o pericia necesarios para llevar a cabo esas prácticas.

Ejemplo de lo anterior es que, en el año 2010, el Hospital General de México reportó 279 pacientes complicados con secuelas de procedimientos estéticos, 84 por ciento eran mujeres en edad productiva con una edad media de 36 años, y 87 por ciento eran de nivel socioeconómico medio.

Respecto a 2011 se atendieron 177 nuevos casos. Al 23.7 por ciento se le realizó algún procedimiento quirúrgico costoso y utilizaron cuidados intensivos, complejas cirugías en varios tiempos, se reportaron varios fallecimientos y múltiples amputaciones de áreas glúteas, senos y miembros inferiores.

La legislación en vigor exige a los profesionales de la salud que sean especialistas certificados, de acuerdo al Programa Nacional de Residencias y conforme al desahogo de los exámenes correspondientes, que no son simplemente la concesión de una maestría.

Por lo anterior, la presente iniciativa pretende que la Secretaría de Salud cuente con las facultades para establecer o determinar las diferentes especialidades de la medicina. Con ello habrá una autoridad rectora, la cual establezca el catálogo que determine las certificaciones médicas, lo que garantizará la pericia de quienes opten por algunas de estas. Que las escuelas y universidades limiten su oferta de supuestas especialidades médicas que no cumplan con los requisitos de los consejos respectivos, tan solo por expedir un diploma o cédula.

En este sentido se busca que el Conacem auxilie a las autoridades para que, en el caso de que se determine la creación de cualquier especialidad, se constituya el consejo correspondiente a través de la figura de la asociación civil.

Finalmente, se reforma el primer párrafo del artículo 81 para adicionar los títulos de conformidad con el artículo 1o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de profesiones en la Ciudad de México, que determina que dicho instrumento es el documento expedido por instituciones del Estado o descentralizadas y por instituciones...

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Diputada, su tiempo ha concluido.

La diputada Miroslava Sánchez Galván: –Termino– ...particulares que tengan reconocimiento de validez oficial de estudios a favor de la persona que haya concluido los estudios correspondientes o demostrado tener los conocimientos. Es cuanto, diputada presidenta. Gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas, suscrita por las diputadas Miroslava Sánchez Galván y Graciela Zavaleta Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena

Miroslava Sánchez Galván y Graciela Zavaleta Sánchez, presidenta e integrante de la Comisión de Salud, respectivamente, de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, conforme a lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan al pleno de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas.

Exposición de Motivos

a) Planteamiento del problema

La iniciativa pretende reformar el artículo 81 de Ley General de Salud para que la Secretaría de Salud tenga por facultad establecer el catálogo de las especialidades de la medicina; a su vez, el Consejo de Especialidades Médicas (Conacem) una vez que haya sido establecida una nueva especialidad médica, tendrá facultades para coadyuvar en la constitución de las nuevas asociaciones civiles en la que se reúna el nuevo consejo de la especialidad respectiva.

b) Argumentos

Una especialidad médica puede ser entendida como un conjunto de conocimientos inherentes a un área específica del cuerpo humano; a un conjunto de entidades semejantes; a criterios etarios o a métodos, técnicas y procedimientos sistematizados.

Las especialidades médicas se han clasificado entre otros criterios, según su orientación, es decir, se centran en:

• Grupos de edad, como la pediatría y la geriatría.

• Aparatos o sistemas del cuerpo humano, como la neumología y la cirugía vascular.

• Órganos, como la oftalmología y la otorrinolaringología.

• Técnicas diagnósticas, como la radiología y la microbiología.

• Técnicas terapéuticas y rehabilitadoras, como la farmacología, la cirugía, la ortopedia y traumatología y la rehabilitación.

• Enfermedades concretas, como la infectología, la alergología y la psiquiatría.

• Actividades humanas, como la medicina de trabajo, medicina del deporte, medicina legal y la medicina preventiva.

Los estudios académicos de las especialidades médicas, en nuestro país, se realizan a través de la selección, mediante un examen nacional aplicado a los aspirantes a residencias médicas, organizado por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud, cuyas funciones están expresadas en el artículo tercero del acuerdo que la creó y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1983.

Dicha comisión es un órgano de consulta, asesoría apoyo técnico para las Secretarías de Salud, y de Educación Pública y para otras dependencias e instituciones del sector público, así como un ámbito de consenso entre diversas dependencias de los sectores público, social y privado en asuntos de común interés en materia de formación de recursos humanos para la salud.

La comisión está integrada por un representante de la Secretaría de Salud, de la Secretaría de Educación Pública, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, además del Consejo Nacional de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, AC, cuenta con un representante de la Academia Nacional de Medicina, AC, y uno de los Institutos Nacionales de Salud.

Con esto se logra la certificación del médico especialista, así la población tiene la certeza de que el médico cumple con estándares nacionales de educación, conocimientos, experiencia y habilidades, es decir, competencia para proporcionar atención a la salud de alta calidad en una especialidad o subespecialidad médica específica.

De igual forma, la Ley General de Salud reconoce desde 2011 al Conacem como un órgano auxiliar de la Administración Pública Federal que faculta a los consejos de especialidad para certificar médicos especialistas. Desde la reforma de 2011, según información del mismo Conacem, a enero de 2020 existen 148 mil 688 médicos especialistas certificados y 111 mil 569 con certificados vigentes en los últimos 5 años.

C) Justificación del proyecto de reformas y adiciones

Hay sin embargo una situación particularmente preocupante debido a la proliferación de falsas especialidades que no son reconocidas por los consejos médicos. Tan sólo con la emisión de un diploma o una cédula de maestría, existen “doctores” que ofrecen servicios en ramos que implican un franco riesgo a la población cuando quien lo realiza no tiene ni la preparación o pericia para esas prácticas.

Así se han detectado médicos ginecólogos ofertando terapias con ozono, odontólogos practicantes sin tener certificaciones o especialidades, la emisión de diplomas en “cirugía reparadora y estética de cabeza y cuello”, los técnicos en radiología con diplomas o cédulas en ultrasonografía o de médicos con cédulas en medicina estética que realizan peligrosas intervenciones que ponen en riesgo la salud e, incluso, la vida de los pacientes.

Uno de los problemas que ha saltado a la luz pública es el de las malas prácticas quirúrgicas especialmente las relativas a las cirugías estéticas. La medicina estética es cualquier procedimiento no quirúrgico mínimamente invasivo relacionado con cambiar o mejorar la apariencia de la cara o el cuerpo. Nace con la cosmética o diseño de imagen y la odontología estética. Sin embargo, en la actualidad, debido a la nueva tecnología, el concepto de estética ha venido involucrando a la medicina, lo que ha derivado en el reciente concepto de medicina estética.

La cirugía estética es la disciplina quirúrgica constituida por sólidas y propias bases científicas y técnicas, que permite modificar, corregir o eliminar defectos estéticos en toda parte del cuerpo para armonizar perfiles y proporciones, con particular atención al rejuvenecimiento del aspecto.

En cambio, la cirugía plástica es la parte de la cirugía reconstructiva que se propone dar integridad anatómica y funcional a quién le falta por causas diversas como enfermedades deformantes, mutilaciones, intervenciones quirúrgicas de gravedad mayor o accidentes.

Si los procedimientos de cirugía estética se enfocan en mejorar las apariencias del paciente, teniendo como sujetos a personas sanas, en buenas condiciones de salud física y psicológica, no es así por lo referente a la cirugía plástica y reconstructiva, que tiene como objeto, muy diferente, lo de corregir, aminorar y resolver traumas, accidentes o defectos de nacimiento.

El 13 de febrero de 2019 se realizó en el Palacio Legislativo de San Lázaro el foro Panorama médico-jurídico de la cirugía estética en México, que tuvo por objetivos conocer cuál es la situación legal de los llamados profesionistas que realizan intervenciones estéticas y escuchar a las víctimas que sufrieron una cirugía que, por la impericia y negligencia, provocaron lesiones y daños irreparables a la vida de los pacientes.

En el foro, representantes del Comité Médico Legal de la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva indicaron que en 2010 el Hospital General de México reportó en una casuística 279 pacientes complicados con secuelas de procedimientos estéticos, 84 por ciento eran mujeres en edad productiva, con una media de edad de 36 años, y 87 por ciento eran de nivel socioeconómico medio.

Respecto a 2011 se atendieron 177 nuevos casos; a 23.72 por ciento se realizó algún procedimiento quirúrgico costoso y utilizaron cuidados intensivos, complejas cirugías en varios tiempos; se reportaron varios fallecimientos y múltiples amputaciones de áreas glúteas, senos y miembros inferiores. El último estudio contiene datos a 2018 con 213 nuevos casos.

La urgente situación, derivado de la aplicación de la estrategia, señala que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y el sistema federal sanitario realizaron en el periodo 2013-2015 mil 25 visitas de verificación sanitaria en todo el territorio nacional suspendiendo actividades en 215 establecimientos. Durante 2015, la Cofepris impuso multas por incumplimiento a la regulación sanitaria por más de diez millones de pesos; además del fortalecimiento de la estrategia del gobierno de la república para la prevención y el combate de servicios médicos ilegales, cuya última publicación consultada para esta iniciativa se refiere a febrero de 2015, indicó los siguientes objetivos:

1. Clausurar establecimientos ilegales de prestación de servicios de atención médica que incumplen con la regulación sanitaria.

2. Combatir la presencia de clínicas de cirugía y procedimientos estéticos que ofrecen servicios que representan un riesgo a la salud de la población, con un incremento en clausuras y multas a los infractores.

3. Incremento en la información sobre establecimientos que incumplen la regulación y reforzamiento de las acciones federalizadas ante los mismos.

Por lo que se refiere a la cirugía plástica, el Consejo Mexicano de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva cuenta con mecanismos de evaluación dirigidas a las sedes de cursos, profesores o pares con los que los residentes deben adquirir conocimientos, habilidades y destrezas los cuales deben ser profesores de reconocido prestigio académico, experiencia suficiente en las áreas quirúrgicas de estética y reconstructiva, preferentemente con experiencia en investigación con publicaciones en los principales journals o revistas indexadas de la especialidad de reconocimiento académico internacional, principalmente supervisa y evalúa las características de la educación médica que se otorga en las sedes de curso a los residentes y se cumpla los objetivos y los seminarios de atención médica del plan único de especialidades médicas de cirugía plástica y reconstructiva.

La especialidad de cirugía plástica y reconstructiva tiene su reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y su programa académico avalado por Universidad Nacional Autónoma de México y las áreas a través de un documento llamado “La enseñanza de la medicina en México” donde se describe que la especialidad de cirugía plástica y reconstructiva incluye las áreas estética y reconstructiva, de igual forma que las residencias de cirugía plástica y reconstructiva en países como Estados Unidos de América.

Sin embargo, en la actualidad, debido a la alta normatividad para realizar una especialidad médica en México y el aumento de médicos desempleados ha ocasionado que se oferten diplomados de medicina estética y cursos de maestrías en cirugía estética además de otros cursos denominados especialidad en estética y longevidad que algunos de ellos han crecido en el número de inscritos, esto debido a que los médicos desesperados por no haber sido seleccionados en el examen nacional de aspirantes a residencias médicas que en los últimos 2 años han sido más de 40 mil médicos no seleccionados anualmente, buscan opciones que los acerque a algo parecido a una especialidad médica formal y oficial, y es el área estética una de las más atractivas, para ingresar a estos cursos no se requiere haber aprobado ningún examen de selección, lo que resulta en un excelente negocio para escuelas particulares.

El objetivo de una maestría es de investigación, docencia o administrativa centrada en un área específica, está dirigida a la formación de individuos capacitados para participar en el análisis adaptación e incorporación a la práctica de los avances de un área específica de una profesión o disciplina, no debe estar dirigido al entrenamiento ni habilidades para la realización de procedimientos quirúrgicos propios de una especialidad.

Los cursos de maestría en cirugía estética y especialidad en medicina estética y longevidad no cuentan con reconocimiento ni certificado de especialidad otorgado por algún consejo médico de especialidad reconocido por el Conacem, son cursos que tanto el plan de estudios y las escuelas que los imparten no son parte del Sistema Nacional de Residencias Médicas, tampoco son especialidades médicas reconocidas oficialmente por no encontrarse dentro de las 47 especialidades médicas que reconoce el Conacem tampoco se encuentran en las 76 especialidades médicas reconocidas por la Universidad Nacional Autónoma de México.

Los cursos mencionados se imparten por internet de manera semipresencial como se menciona en el párrafo número 6 del comunicado: Resumen de salud de la resolución de República Dominicana, fecha 21 de septiembre de 2015, no se dan en hospitales como lo marca la NOM-001-SSA3-2012 para la formación de recursos humanos para la salud para la formación de especialistas médicos; Las maestrías o este tipo de especialidades están dirigidas a médicos generales principalmente y son en su gran mayoría médicos que no son seleccionados en el examen nacional de aspirantes a residencias médicas, aunque las casas de estudios que imparten esas maestrías que solo acepta médicos con entrenamiento quirúrgico, se contradice con su publicidad en internet.

Los directivos de las casas de estudios que imparten las maestrías o ese tipo de especialidad argumentan que su programa de estudios está aceptado por todas las autoridades, tanto de la Secretaría de Salud como la Secretaría de Educación Pública, lo que se contradice con el oficio número SSA DES/2041/2013, de fecha 21 de noviembre de 2013.

Estas escuelas no han sido evaluadas por los principales organismos acreditadores de la calidad de la enseñanza en México (requisito que establece la ley a todas las escuelas que tienen un registro en la SEP, sean públicas o privadas), como la Dirección de Posgrado del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior.

Un ejemplo de la importancia y trascendencia en la formación con falta de adquisición de habilidades en un médico con maestría en cirugía estética o un curso de especialidad con escolaridad semipresencial formado en una institución educativa que se encuentre fuera del Sistema Nacional de Residencias Médicas es cuando realiza una cirugía de ritidectomía o estiramiento facial y se le presenta una complicación como lesión del nervio facial, no cuenta con el entrenamiento necesario ni los conocimientos anatómicos para realizar una reconstrucción de dicha estructura nerviosa por lo que la o el paciente requiere acudir posteriormente con un cirujano plástico para ser reconstruido o reparado el nervio facial con las secuelas temporales o permanentes que este daño puede ocasionar.

Iniciativas similares se han presentado en el Poder Legislativo. El 17 de junio de 2017, la diputada María Elena Orantes López puso al conocimiento del pleno el proyecto que reforma el artículo 80 y 81 de la Ley General de Salud para que las instituciones educativas que obtengan opiniones favorables por el Conacem estén autorizadas para impartir posgrados en el área de la salud.

La legislación en vigor exige que los profesionales de la salud sean especialistas certificados de acuerdo con el programa nacional de residencias y conforme al desahogo de los exámenes correspondientes que no son simplemente la concesión de una maestría. Es criterio del Poder Judicial de la Federación que la cirugía plástica, estética y reconstructiva debe ser practicada por profesionales de la salud especializados en dichas materias, conforme a lo establecido por el artículo 272 Bis de la Ley General de Salud; de acuerdo con la tesis aislada, quienes tienen cédula de maestría en cirugía estética no es equiparable al de los cirujanos, pues el de especialidad obtenido mediante el sistema nacional de residencias es consecuencia de un procedimiento altamente reglado en el que intervienen dependencias y entidades del sistema nacional de salud y del sistema educativo nacional. Así se transcribe a continuación:

Época: Décima.

Registro: 2014705.

Instancia: Segunda Sala.

Tipo de tesis: Aislada.

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.

Libro 44, julio de 2017, tomo I.

Materia: Constitucional.

Tesis: 2a. CXII/2017 (10a.).

Página 276.

Salud. Los artículos 272 Bis 1 de la ley general relativa y 95 Bis 4 de su reglamento en materia de prestación de servicios de atención médica no transgreden el principio de igualdad.

Los preceptos citados, al prever que la cirugía plástica, estética y reconstructiva relacionada con cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo deberá efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente, atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias, conforme a lo establecido por el artículo 272 Bis de la Ley General de Salud, y que únicamente podrán realizar dichos procedimientos los médicos con título profesional y cédula de especialidad, otorgada por autoridad educativa y certificación expedida por el consejo de la especialidad en una rama quirúrgica de la medicina, ambos en términos de los diversos 78 y 81 de la ley aludida, respectivamente, no violan el principio de igualdad contenido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con quienes tienen cédula de maestría en cirugía estética, porque el grado de especialista en cirugía plástica y reconstructiva y el de maestro en cirugía estética no son equiparables, pues el de especialidad obtenido mediante el sistema nacional de residencias es consecuencia de un procedimiento altamente reglado en el que intervienen dependencias y entidades del sistema nacional de salud y del sistema educativo nacional, mientras que el grado académico de maestría lo otorga una institución educativa que no forma parte del Sistema Nacional de Residencias, que si bien tiene reconocimiento de validez oficial, no se sujeta a los mismos procedimientos y fines que aquél, por lo que no puede existir comparación entre ambos grados.

Amparo en revisión 1291/2015. Margarita Amador León. 30 de marzo de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Margarita Beatriz Luna Ramos. Ausente: Alberto Pérez Dayán. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Salvador Alvarado López.

Amparo en revisión 856/2016. José Enrique Gámez Ureña. 7 de diciembre de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos; en su ausencia hizo suyo el asunto Alberto Pérez Dayán. Secretaria: María de la Luz Pineda Pineda.

Amparo en revisión 864/2016. Roberto Manzano Fletes. 11 de enero de 2017. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I.; votó con reservas José Fernando Franco González Salas. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Óscar Vázquez Moreno.

Amparo en revisión 1233/2016. José Antonio Hernández Romero. 14 de junio de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I. Ausente: Alberto Pérez Dayán. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: María de la Luz Pineda Pineda.

Esta tesis se publicó el viernes 7 de julio de 2017, a las 10: 14 horas, en el Semanario Judicial de la Federación.

Por lo expuesto, la presente iniciativa pretende que la Secretaría de Salud cuente con facultades para establecer o determinar las diferentes especialidades de la medicina. Con ello, habrá una autoridad rectora la cual establezca el catálogo que determine para las certificaciones médicas con lo que garantiza la pericia de quienes opten por alguna de éstas. Esto redundará para que, escuelas y universidades, limiten su oferta de supuestas especialidades médicas que no cumplen los requisitos de los consejos tan sólo por expedir un diploma o cédula.

El Conacem auxiliará a las autoridades para que, en el caso de que se determine la creación de cualquier especialidad, se constituya el consejo correspondiente a través de la figura de la asociación civil.

Igualmente se reforma el primer párrafo del artículo 81 para adicionar los “títulos” de conformidad con el artículo 1o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México, que determina que dicho documento es el expedido por instituciones del Estado o descentralizadas, y por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de conformidad con esta ley y otras disposiciones aplicables.

Finalmente, se hacen algunas correcciones gramaticales en el contenido del mismo ordenamiento.

En este sentido, la reforma se expone en el siguiente cuadro comparativo:

Por lo expuesto sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud

Único. Se reforman los párrafos primero, segundo y cuarto y se adiciona uno cuarto al artículo 81, recurriendo en su orden los subsecuentes, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 81. La emisión de los títulos y diplomas de especialidades médicas corresponde a las instituciones de educación superior y de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

Para la realización de los procedimientos médicos y quirúrgicos de especialidad se requiere que el especialista haya sido entrenado para la realización de los mismos en instituciones de salud oficialmente reconocidas ante las autoridades correspondientes.

...

La Secretaría de Salud determinará las diferentes especialidades de la medicina. El Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, en el caso de que se establezca una nueva especialidad, convocará a los especialistas de la rama a efecto de que establezcan el correspondiente consejo cuya naturaleza jurídica será la de asociación civil.

Los c onsejos de e specialidades médicas que tengan la declaratoria de idoneidad y que estén reconocidos por el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, constituido por la Academia Nacional de Medicina de México, la Academia Mexicana de Cirugía y los consejos de especialidad miembros, están facultados para expedir certificados de su respectiva especialidad médica.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud,

http://www.cifrhs.salud.gob.mx/site1/cifrhs/docs/E34_marcolegal_ normatividad_acuerdode_creacion.pdf

2 Estatutos del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas. Consultado en:

http://www.conacem.org.mx/index.php/marco-juridico/estatutos-con acem

3 La enseñanza de la medicina en México, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, págs. 31-33. www.juridicas.unam.mx

4 Rod J. Rohrich, M.D. “The importance of cosmetic plastic surgery education: an evolution”, en Plast. Reconstr. Surgery 2000: 741-742. Kyle R. Wanzel, M.D. and Joel S. Fish, M.D. “Residency training in plastic surgery: asurvey of educational goals”, en Plast. Reconstr. Surgery 2003: 112: 3: 723-729.

5 Acuerdo número 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior.

http://www.ree.sep.gob.mx/work/models/iep/Resource/archivos_pdf/ acuerdo_279_tramites_procedimientos_reconocimiento_validez_oficial_estudios_sup eriores.pdf

6 Resumen de salud de resolución, Tribunal de República Dominicana. Tribunal rechaza acción interpuesta por Sociedad de Cirugía Estética. Fecha: 21 de septiembre de 2015, www.resumendesalud.net/35-cirugia/1486-tribunal-rechaza-accion-interpuesta-por- sociedad-de-cirugia-estetica

Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 3 de marzo de 2020.— Diputadas y diputados: Miroslava Sánchez Galván, Alejandra Pani Barragán, Armando Contreras Castillo, Beatriz Dominga Pérez López, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Graciela Zavaleta Sánchez, Irineo Molina Espinoza, Jaime Humberto Pérez Bernabe, María Eugenia Hernández Pérez, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, María Guillermina Alvarado Moreno, María Marivel Solís Barrera (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.

Esta Presidencia saluda a profesores y alumnos de la Escuela Nacional de Trabajo Social, de la Universidad Nacional Autónoma de México, y al Grupo de Práctica 2661, Salud Cuauhtémoc Regional, que han sido invitados por la diputada María Beatriz López Chávez. Sean bienvenidos a esta Cámara de Diputados.



SE DECLARA EL 23 DE FEBRERO DE CADA AÑO COMO DÍA NACIONAL DEL ROTARIO

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Sonia Rocha Acosta, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 23 de febrero de cada año, como Día Nacional del Rotario, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada Sonia Rocha Acosta:Con el permiso de la Presidencia.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Sonia Rocha Acosta: Gracias. El objetivo es lograr la autosuficiencia más que la caridad. Este es uno de los lemas que ha promovido a lo largo de 99 años la historia del Club Rotario en México, y que ha guiado sus acciones a favor de resolver las problemáticas sociales en materia de salud, de infraestructura, de educación, desarrollo económico, ayuda humanitaria, jóvenes, medio ambiente y familia, entre otras.

En un contexto en el que el clientelismo y el asistencialismo parecen ser el fin de las políticas públicas en México, el trabajo de los rotarios debe recordarnos que es posible cambiar la realidad de las personas que más lo requieren.

Los clubes de rotarios tienen su origen en la visión del abogado norteamericano Paul Harris, quien buscaba fomentar un ambiente de profesionistas de diversas ramas que pudieran aportar ideas para mejorar el entorno.

Fue así como el 23 de febrero de 1905, cuando se llevó a cabo la primera reunión del Club de Servicio Rotario en Chicago, y en menos de cinco años ya existían 16 clubes, quienes formaron la Asociación Nacional de Clubes Rotarios en Estados Unidos y hoy suman más de 34 mil clubes en todo el mundo.

En México, solo 16 años después, un grupo de 30 empresarios encabezados por Fred Teele iniciaron la organización del Club en 1920 y lograron su adición oficial el 21 de abril, conformándose el Rotary Club en la Ciudad de México, uno de los primeros clubes rotarios fuera de Estados Unidos.

En un país que sufría las consecuencias de la Revolución Mexicana, gobernado por el general Álvaro Obregón, este grupo inició actividades para apoyar a los más desfavorecidos y se dedicó a promover los más altos ideales de ética.

Las aportaciones del Club de Rotarios han dejado marca en la vida pública del país, como la instalación del nuevo alumbrado en la Alameda Central en 1921, el establecimiento del primer parque para niños en la Plaza Garibaldi, con motivo del centenario de la consumación de la Independencia, y la apertura de la Granja del Niño, para proteger a niños huérfanos desamparados, así como la instalación del primer semáforo en la Ciudad de México.

En materia educativa, se ha apoyado en la Campaña Nacional de Alfabetización, en 1934, el apoyo con becas a estudiantes y el fomento de intercambio de jóvenes con otros países ha sido una constante de su trabajo. Más recientemente, el apoyo en los sismos en México.

Una de las labores más destacadas de los clubes rotarios ha sido en la preocupación por la salud, tales como la Campaña Mundial de la Polio Plus, promovida por el doctor Carlos Canseco, para erradicar la poliomielitis en todo el mundo.

Junto con la Organización Mundial de la Salud y el Unicef, fue la primera organización de servicio que emprendió una campaña de recaudación de fondos y movilización social mundial, en torno a una iniciativa de salud pública que ha logrado reducir esta enfermedad en un 99 por ciento, esperando que en este año 2020 sea declarado como el Año de la Erradicación de la Polio, Orgullo Mayor y Legado para la Humanidad.

Compañeras y compañeros diputados, la valentía para enfrentar las problemáticas sociales debe ser respaldada y apoyada desde cualquier trinchera. La confianza y la hermandad de trabajo entre el gobierno y la sociedad civil deben recibir una segunda oportunidad. Las invaluables aportaciones que han realizado los rotarios en muchas comunidades han demostrado su compromiso constante con México.

Es por ello que, a nombre de los diputados Carlos Humberto Castañeda Valenzuela, Jorge Arturo Espadas Galván, Éctor Jaime Ramírez Barba y demás diputados del Partido Acción Nacional, presento esta iniciativa de decreto para declarar el 23 de febrero de cada año como Día Nacional del Rotario. Que esta fecha sirva para recordarnos que el valor más importante de la sociedad es el compromiso social, el bien común y la solidaridad con los más vulnerables. Pensar en los demás antes de pensar en sí mismos. Nuestro reconocimiento a la labor de los rotarios y su trabajo por el bien de México. Muchas gracias, presidenta.

«Iniciativa de decreto, por el que se declara el 23 de febrero como Día Nacional del Rotario, suscrita por la diputada Sonia Rocha Acosta e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, Sonia Rocha Acosta, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70 y 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno, la presente iniciativa con proyecto de decreto que declara el 23 de febrero de cada año como Día Nacional del Rotario, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Rotary Internacional es una red mundial de 1’200,000 personas dedicadas a resolver los problemas que más aquejan al mundo y buscan tomar acción para generar un cambio perdurable en el mundo, en sus comunidades y en sí mismos.

El nombre “Rotario” denota la práctica inicial de rotar o alternar las reuniones en las oficinas de los socios. Su lema es “Dar de Sí antes de Pensar en Sí”. A más de 100 años de su creación, los Clubes Rotarios continúan su dedicación a la mejora de las comunidades y a la promoción de la paz universal.

Con sus 35,000 clubes en todo el mundo, los Rotarios se enfocan a acciones que promuevan la paz, que combatan enfermedades, proporcionan acceso a agua salubre, saneamiento y al fomento de buenos hábitos de higiene, a la protección de madres e hijos, al fomento de la educación, y al desarrollo de economías locales.

Por más de 110 años, los socios Rotarios han asumido la responsabilidad de tomar acción para afrontar los problemas más perniciosos que afectan a la humanidad.

Su misión es brindar servicio a los demás, promover la integridad y fomentar la comprensión, la buena voluntad y la paz entre las naciones a través de actividades de compañerismo entre líderes empresariales, profesionales y cívicos.

Rotary, como también se le conoce, está compuesta de tres partes: los Clubes Rotarios, Rotary Internacional y la Fundación Rotaria. Los Clubes Rotarios unen a personas dedicadas que intercambian ideas, construyen relaciones y actúan en favor de sus comunidades y de la paz. Rotary Internacional apoya a los Clubes Rotarios en todo el mundo al coordinar programas e iniciativas globales. La Fundación Rotaria ayuda a fundar las actividades humanitarias que emprenden los Rotarios, desde proyectos locales hasta iniciativas globales.

Los clubes Rotarios tienen su origen en la visión de Paul Harris, abogado norteamericano quien buscaba fomentar un ambiente en el que profesionistas de diversos entornos y circunstancias pudieran intercambiar ideas y formar lazos de amistad perdurables.

El 23 de febrero de 1905, se llevó a cabo la primera reunión del primer club de servicio, el Club Rotario de Chicago. En 1910, 5 años después, ya existían 16 clubes quienes entonces formaron la Asociación Nacional de Clubes Rotarios, en Estados Unidos.

Para 1912, al contar con clubes en distintos países del mundo, se adopta el nombre de Asociación Internacional de Clubes Rotarios y en 1922, se convierte en Rotary International. A veinte años de su creación, en julio de 1925, Rotary ya contaba con más de 2,000 clubes y aproximadamente 108,000 socios.

La historia de los Rotarios en México data de 1919, cuando el entonces presidente de Rotary Internacional Arch Klumph visitó nuestro país con la finalidad de establecer un club. En México hizo contacto con un grupo de empresarios importantes y con una reunión inicial de 30 socios se fundó en el University Club de la Ciudad de México, el Club Rotario de la Ciudad de México.

El Club de la Ciudad de México recibió su admisión el 21 de abril de 1921, con el registro 885. Por iniciativa de este club, se constituyeron los clubes de Veracruz, Tampico, Monterrey, Guadalajara y Chihuahua. Otros estados en donde hay presencia de clubes Rotarios incluyen a los estados de Coahuila, Puebla, Tlaxcala, San Luis Potosí, Hidalgo, Guerreo, Yucatán, Guanajuato, Sinaloa, Morelos, Oaxaca y Michoacán. Actualmente, los Clubes Rotarios de México cuentan con más de 34,000 socios.

Las obras que realizan los Clubes Rotarios, tanto en México como en el mundo, atienden a las necesidades de la comunidad. Sus acciones han permitido la construcción de parques, jardines, escuelas, la donación de despensas, artículos escolares, comida, tanques de agua y bebederos y, han participado en programas a favor de la salud como la Segunda Jornada Médica de la Delegación Benito Juárez y el programa Médico en tu Casa, entre muchas otras actividades que realizan a favor de la población mexicana más vulnerable.

Cabe mencionar a uno de los proyectos globales rotarios más importante que se realiza en este momento, el Polio-Plus, un proyecto de vacunación masiva que está contribuyendo y busca lograr la erradicación de la polio. Dicho proyecto fue propuesto por Carlos Canseco, doctor mexicano que presidió Rotary Internacional, en 1984.

Las acciones de Rotary son reconocidas en todo el mundo, conmemorándose en noviembre en Naciones Unidas el Día Rotary, desde hace más de diez años; con el objetivo de conmemorar la visión de paz que comparten tanto Rotary como Naciones Unidas y pone de manifiesto las actividades humanitarias que emprenden en todo el mundo.

En nuestro país, a nivel estatal, se ha instaurado el 23 de febrero como el Día del Rotario, pero no a nivel nacional.

Las aportaciones que los Clubes Rotarios han realizado a la población mexicana a lo largo de sus casi 100 años son considerables y es el propósito de esta Iniciativa reconocer la importancia y la gran labor que el Club Rotario realiza en nuestro país en favor de los más vulnerables.

Sus invaluables aportaciones han dado a muchas comunidades de nuestro país las oportunidades para mejorar sus condiciones de vida. Es por ello que consideramos importante reconocer su labor a nivel nacional al denominar el 23 de febrero de cada año como Día Nacional del Rotario.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se declara el 23 de febrero de cada año como “Día Nacional del Rotario”

Único. El Honorable Congreso de la Unión declara el 23 de febrero de cada año como “Día Nacional del Rotario”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias

https://www.rotary.org/es/about-rotary,

http://www.clubrotariociudaddemexico.org/nosotros

https://rotariopueblaindustrial.org/stories/el-rotarismo-en-mexi co

https://hoy.com.do/polioplus-un-compromiso-de-rotary-con-la-huma nidad/

Palacio Legislativo, a 25 de febrero de 2020.— Diputadas y diputados: Sonia Rocha Acosta, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Jorge Arturo Espadas Galván, Éctor Jaime Ramírez Barba, Saraí Núñez Cerón, José Martín López Cisneros, Ricardo Flores Suárez, Guadalupe Romo Romo, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Verónica María Sobrado Rodríguez, María de los Ángeles Ayala Díaz, Janet Melanie Murillo Chávez, Víctor Manuel Pérez Díaz, Miguel Alonso Riggs Baeza, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Iván Arturo Rodríguez Rivera, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Jacquelina Martínez Juárez, José Salvador Rosas Quintanilla, Vicente Javier Verastegui Ostos, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Patricia Terrazas Baca, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Martha Elena García Gómez, Jorge Romero Herrera, Martha Estela Romo Cuéllar, Marcelino Rivera Hernández, José del Carmen Gómez Quej, Dulce Alejandra García Morlan, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Karen Michel González Márquez, Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Armando Tejeda Cid, Carlos Carreón Mejía, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Torres Graciano, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Juan Carlos Muñoz Márquez, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Ángeles Ayala Díaz, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mario Mata Carrasco, Martha Estela Romo Cuéllar, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Verónica María Sobrado Rodríguez, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

El diputado Alejandro Mojica Toledo (desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Un momento, diputado. ¿Con qué objeto, diputado Mújica?

El diputado Alejandro Mojica Toledo (desde la curul): Estimada presidenta, con su permiso. Para solicitarle a la diputada que hizo uso de la palabra en la propuesta de que se declare Día Nacional de los Rotarios, le quisiera solicitar muy respetuosamente si me permite adherirme a esta propuesta, ya que el trabajo de los rotarios es un trabajo que beneficia mucho a los más necesitados.

La diputada Sonia Rocha Acosta (desde la curul): Sí, de acuerdo.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Sí acepta la diputada Sonia a adhesión. Gracias, diputado.



LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Juan Francisco Espinoza Eguia, del Grupo Parlamentario del PRI, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y 113 de la Ley de Instituciones de Crédito.

El diputado Juan Francisco Espinoza Eguia:Con su permiso, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, el sistema financiero es una pieza clave para el desarrollo económico del país. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores ha tenido un papel relevante y es referente institucional de México y reconocida a nivel internacional.

Dicha comisión es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene como facultades autorizar, regular, supervisar y sancionar a los diversos sectores y entidades del sistema financiero nacional. También regular a personas físicas y morales que realizan algunas de las actividades contempladas en las leyes del sistema para procurar su estabilidad y correcto funcionamiento.

Su trabajo es crucial para consolidar la estabilidad del sistema financiero, fomentar la solidez de las instituciones y favorecer su desarrollo, en favor de las familias mexicanas, sin importar su condición económica, geográfica y social.

Desde su creación ha desarrollado diversas políticas para ampliar los servicios y productos, a fin de cubrir necesidades de sectores no atendidos, así como garantizar servicios seguros en favor de los usuarios del sistema. Sin embargo, una de las principales problemáticas que enfrenta el sector es el número creciente de asaltos a cuentahabientes, generando no solo un clima de inseguridad y pérdidas económicas, sino también una percepción negativa de los trabajadores de las instituciones bancarias y de crédito.

Instituciones como la Asociación de Bancos de México han hecho énfasis en la necesidad de incluir medidas tendientes a mejorar la seguridad, al identificar que en las inmediaciones de las instituciones bancarias operan diversas bandas delictivas, las cuales despojan de sus pertenencias a los usuarios, con lujo de violencia.

Según las propias víctimas, tales grupos poseen información sobre los montos de las operaciones, el nombre de los titulares de las cuentas bancarias y la denominación de los billetes, por lo que se presume cierta colusión con trabajadores de las instituciones financieras.

Si bien la incidencia delictiva de robo a institución bancaria ha disminuido, no es debido a las estrategias implementadas, sino porque la forma de los robos ha evolucionado, considerando que asaltar directamente a la institución bancaria representa un mayor riesgo para los delincuentes, de ser detenidos por las autoridades.

Ello ha llevado a las bandas delictivas a operar desde el interior de los propios bancos, esperando por largo tiempo en ventanilla, realizando supuestas aclaraciones o retiros, desde donde pueden estar pendientes de las transacciones que realizan los usuarios en caja, lo que les facilita observar cuando se hace un retiro, su monto y características de las personas que hacen la transacción.

La Encuesta Nacional de Victimización de Empresas 2018 arrojó que el 48.8 por ciento de las personas que realizan una transacción en bancos, se consideran inseguras. La Encuesta Nacional de Seguridad Pública del cuarto semestre de 2029 evidenció que el 81.6 por ciento de la población de 18 años y más aseguró sentirse insegura en el cajero automático en la vía pública, y el 68.9 por ciento en el banco en general.

Frente a esta grave problemática que atenta contra la integridad y patrimonio de los usuarios, las instituciones bancarias han mostrado su preocupación y emprendido acciones para garantizar, en el marco de sus posibilidades, la seguridad de los usuarios, pero las medidas han resultado insuficientes e ineficaces.

Dicha situación exige la instrumentación de una estrategia integral mediante el trabajo coordinado y colaborativo entre los diferentes niveles de gobierno, las organizaciones de la sociedad civil y la iniciativa privada a través de las instituciones bancarias.

Al respecto, se propone la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXXVIII del artículo 4o. de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y se adiciona una fracción al artículo 113 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Su objeto es establecer, fortalecer y, en su caso, modernizar, en coordinación con las instituciones de crédito, los mecanismos de seguridad y supervisión para prohibir el uso de teléfonos celulares o cualquier otro medio de comunicación móvil a los empleados que laboran en el área de ventanillas de las sucursales bancarias y al público en usuario, para proteger su integridad y patrimonio.

Compañeras, compañeros legisladores, mediante esta iniciativa se promueve una mayor seguridad para los usuarios de los servicios financieros y su patrimonio. También que las instituciones de procuración e impartición de justicia cuenten con mayores elementos para su debida sanción. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 4 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 113 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Juan Francisco Espinoza Eguia, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Juan Francisco Espinoza Eguía, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) constituye un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la cual cuenta con facultades para autorizar, regular, supervisar y sancionar a los diversos sectores y entidades del sistema financiero nacional.

Entre sus atribuciones, también se encuentra regular a personas físicas y morales que realicen alguna de las actividades contempladas en las leyes reguladoras del sistema financiero, con el objeto de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento.

Para el desarrollo de sus atribuciones, dicha comisión puede llevar a cabo visitas de inspección, así como medidas de verificación de operaciones y auditorías, con la finalidad de identificar y atender irregularidades que podrían derivar en afectaciones al sistema financiero nacional.

Su trabajo es fundamental para consolidar la estabilidad del sistema financiero, fomentar la solides de las instituciones nacionales y favorecer su desarrollo en favor de las familias mexicanas, sin importar su condición económica, geográfica y social.

Desde su creación ha desarrollado diferentes políticas para ampliar los servicios y productos con el propósito de cubrir necesidades de sectores no atendidos, pero también, garantizar servicios seguros en favor de los usuarios del sistema financiero.

Para contar con un panorama general del tema, es importante mencionar que dentro de las entidades financieras integrantes del Sistema Financiero Mexicano, se encuentran las siguientes:

• Instituciones de crédito, fondos de inversión, sociedades operadoras de fondos de inversión y sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión, así como sociedades financieras populares, instituciones para el depósito de valores y sociedades de información crediticia.

• Sociedades financieras comunitarias, organismos de integración financiera rural, así como otras instituciones y fideicomisos públicos que realicen actividades financieras y respecto de los cuales la Comisión ejerza facultades de supervisión, todas ellas constituidas conforme a las leyes mercantiles y financieras.

• Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo integrantes del sector social, asimismo, los centros cambiarios y transmisores de dinero referidos en la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Sin embargo, una de las principales problemáticas que enfrenta el sector, es el número creciente de asaltos a cuentahabientes, generando no solo un clima de inseguridad y pérdidas económicas, sino también, una percepción negativa de los trabajadores de las instituciones bancarias y de crédito.

Instituciones como la Asociación de Bancos de México (ABM) a través de la llamada “síntesis informativa” ha hecho énfasis en la necesidad de incluir medidas tendientes a mejorar la seguridad, al identificar que en las inmediaciones de las instituciones bancarias operan diversas bandas delictivas, las cuales despojan de sus pertenencias a los usuarios con lujo de violencia; sin embargo, a decir de las propias víctimas, dichos grupos poseen información precisa sobre los montos de las operaciones, el nombre de los titulares de las cuentas bancarias y hasta la denominación de los billetes, por lo que se presume cierta colusión con los trabajadores de las instituciones financieras.

Si bien, la incidencia delictiva de robo a institución bancaria ha disminuido, eso no es debido a las estrategias implementadas, sino porque la forma de los robos ha evolucionado, considerando que asaltar directamente a la institución bancaria, representa un mayor riesgo para los delincuentes de ser detenidos por las autoridades; lo cual ha llevado a las bandas delictivas a operar desde el interior de los propios bancos, esperando por largo tiempo en ventanilla, realizando supuestas aclaraciones o retiros, desde donde pueden estar pendientes de las transacciones que se realizan los usuarios en caja, lo que les facilita observar cuando se hace un retiro, su monto y características de las personas que realizan la transacción.

Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) del 2018 al 2019 se elevaron las denuncias de robos a institución bancaria y robos con violencia, como se muestra en el siguiente cuadro:

Los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización de Empresas (ENVE) 2018, arrojaron que el 48.8 por ciento de las personas que realizan una transacción en bancos la consideran inseguras.

A través de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública (primer semestre de 2019), se hizo de conocimiento público que durante el primer semestre del 2019, por lo menos el 34.9 por ciento de los hogares en zonas urbanas tuvieron algún integrante que fue víctima de un delito de robo en su vehículo, casa habitación, en la calle o en el trasporte público.

Los últimos resultados de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública correspondientes al cuarto semestre de 2019, evidenció que el 81.6 por ciento de la población de 18 años y más, aseguró sentirse inseguro en el cajero automático en la vía pública y 68.9 por ciento en el banco en general.

Por su parte, entre las ciudades que arrojaron una mayor percepción de inseguridad en los bancos están Coatzacoalcos, Veracruz con el 87.2 por ciento, Villahermosa, Tabasco con 86.1 por ciento y Toluca en el Estado de México con 86 por ciento.

En la Ciudad de México, en los primeros ligares están las demarcaciones Gustavo A. Madero con 85.6 por ciento, Iztapalapa con 82.6 por ciento y Azcapotzalco con el 78 por ciento, evidenciando una problemática en materia de seguridad.

Frente a esta grave problemática, que atenta contra la integridad y patrimonio de los usuarios, las instituciones bancarias han mostrado su preocupación y emprendido acciones para garantizar, en el marco de sus posibilidades, la seguridad de los usuarios; sin embargo, las medidas han resultados insuficientes e ineficaces.

El panorama descrito exige la instrumentación de una estrategia integral, cuya característica fundamental sea el trabajo coordinado y colaborativo entre los diferentes órdenes de gobierno, así como las organizaciones de la sociedad civil y, particularmente, la iniciativa privada a través de las instituciones bancarias.

Bajo estas consideraciones, se propone establecer, fortalecer y, en su caso modernizar, en coordinación con las instituciones de crédito, los mecanismos de seguridad y supervisión para prohibir el uso de teléfonos celulares o cualquier otro medio de comunicación móvil a los empleados que laboran en el área de ventanillas de las sucursales bancarias y al público usuario, con el objeto de proteger la integridad y el patrimonio de los clientes de dichas instituciones.

A través de esta Iniciativa, no solo se fomenta una mayor seguridad para los usuarios de los servicios financieros y su patrimonio, sino que, además permitirá que las instituciones de procuración e impartición de justicia cuenten con mayores elementos para su debida sanción.

La problemática descrita está generando incertidumbre en la prestación de los servicios financieros, por temor a ser asaltados, extorsionados y perder su efectivo en manos de organizaciones del crimen organizado y su posible colaboración con personal de las instituciones financieras, lo cual desincentiva el crecimiento de la banca comercial y, con ello, el desarrollo del país, de ahí la importancia de la presente iniciativa.

Para mayor comprensión de la presente iniciativa, se adjunta la siguiente tabla:

Por lo anteriormente expuesto, someto al pleno de esta soberanía la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXXVIII del artículo 4 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y se adiciona una fracción al artículo 113 a la Ley de Instituciones de Crédito

Artículo Primero. Se reforma la fracción XXXVIII del artículo 4 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y se recorre la subsecuente, para quedar como sigue:

Artículo 4.- ...

I a XXXVII. ...

XXXVIII. Establecer, en coordinación con las instituciones de crédito, los mecanismos de seguridad y supervisión para prohibir el uso de teléfonos celulares o cualquier otro medio de comunicación móvil a los empleados que laboran en el área de cajas de las sucursales bancarias y al público usuario, a fin de proteger la integridad y el patrimonio de los clientes de las instituciones de crédito.

XXXIX. Las demás facultades que le estén atribuidas por esta Ley, por la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por otras leyes.

Artículo Segundo. Se reforma las fracciones VII y VIII; y se adiciona una fracción IX al artículo 113 de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 113. ...

I. a VI. ...

VII. Que destruyan u ordenen que se destruyan total o parcialmente, los sistemas o registros contables o la documentación soporte que dé origen a los asientos contables respectivos, con anterioridad al vencimiento de los plazos legales de conservación ;

VIII. Proporcionen o difundan información falsa respecto de los estados financieros de la institución de crédito, directamente o bien, a través de cualquier medio masivo de comunicación, incluyendo a los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, y

IX. Proporcionen información de los movimientos por depósitos o retiros que realizan los cuentahabientes y el público en general dentro de las sucursales de banca y crédito, a través de cualquier medio de comunicación, incluyendo a los medios electrónicos, ópticos, o de cualquier otra tecnología, para la comisión de un delito.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrara? en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores tendrá un plazo de 90 días naturales para la emisión del protocolo de seguridad referido en el decreto.

Notas

1 Gobierno de México (2020), ¿Qué hacemos? 5/02/2020, de Gob.mx sitio web:

https://www.gob.mx/cnbv/que-hacemos

2 Inegi (2018). Encuesta Nacional de Victimización de Empresas. 5/02/2020. Sitio web: https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enve/2018/doc/enve_2018_presentac ion_ejecutiva.pdf

3 Inegi (2020). Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU). 6/02/2020. Sitio web:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ensu/doc/ensu2019_ diciembre_presentacion_ejecutiva.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero 2020.— Diputados y diputadas: Juan Francisco Espinoza Eguía, Azael Santiago Chepi, Benito Medina Herrera, Carol Antonio Altamirano, Claudia Pastor Badilla, Eduardo Zarzosa Sánchez, Hortensia María Luisa Noroña Quezada, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Juan Ortiz Guarneros, Manuel Limón Hernández (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del PT, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La diputada Mary Carmen Bernal Martínez:Muy buenas tardes. Con su venia, diputada presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Mary Carmen Bernal Martínez: Compañeras y compañeros diputados, querido pueblo de México. La desigualdad económica es la situación en la cual existe una diferencia relacionada con la riqueza, la renta o el bienestar económico entre los integrantes de la población de un determinado país.

Cuando esa brecha se hace tan pronunciada, es decir, cuando esa desigualdad lleva a la pobreza de muchos y la riqueza de pocos, es cuando se convierte en una injusticia social.

Las causas de la desigualdad económica son diversas, por ejemplo, salarios bajos de un amplio sector de la población, inexistencia de la distribución de la riqueza, políticas fiscales que desalientan la inversión y la producción. Los cambios tecnológicos, perdón, leyes laborales, proteccionistas del sector patronal, la falta de acceso a servicios educativos, salud y vivienda. Fenómenos naturales, leyes desiguales, la corrupción, entre otros.

Como consecuencias de la desigualdad económica podré citar las siguientes: reducción del crecimiento económico, pobreza, delincuencia e inseguridad. Deplorables condiciones laborales, desempleo, conflictos sociales, menor productividad, entre otras.

De acuerdo al Informe de Desigualdad Global del año 2018, la desigualdad se ha incrementado en prácticamente en todas las regiones del mundo, en las décadas recientes, aunque a distintas velocidades.

El hecho de que los niveles de desigualdad sean tan disimiles entre países, incluso, entre aquellos con niveles similares de desarrollo, muestra la importancia de las políticas e instituciones nacionales para influir en la evolución de la desigualdad.

El informe en mención, continúa expresando que a nivel mundial la desigualdad de ingresos ha crecido agudamente desde el año de 1980. La mitad más pobre de la población mundial ha experimentado un incremento significativo en su ingreso gracias a las altas tasas de crecimiento en Asia, especialmente o particularmente en China e India.

Sin embargo, debido a la elevada y creciente desigualdad entre países, el uno por ciento de los individuos con mayores ingresos en el mundo recibió una proporción dos veces más grande del crecimiento que el 50 por ciento de menores ingresos.

El crecimiento del ingreso ha sido débil o incluso nulo para los individuos entre el 50 por ciento de menores ingresos y el uno por ciento superior, que incluye a los individuos de ingresos medios y bajos de América y Europa.

Al mismo tiempo, de la mano de la desigualdad económica está la desigualdad social, la cual es entendida como la situación socioeconómica dispar en la que los ciudadanos de un país... (fallas de sonido) ¿Se escucha? ¿Sí se escucha? Ah, de acuerdo. ¿Sí? Muchas gracias. Ya casi termino.

En otras palabras, el abatimiento de la desigualdad económica y social conlleva al Estado de bienestar. En la teoría política se ha conocido al Estado de bienestar como el conjunto de tareas, ejercicios y acciones realizadas por parte de un gobierno en búsqueda de mayor atención a la redistribución y bienestar general de la población.

No obstante que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos procura un Estado de bienestar en varios de sus numerales, menos verdadero resulta el hecho de que tampoco obliga a que los Poderes de la Unión velen, vigilen y cumplan con un Estado de bienestar efectivo a las y los mexicanos.

Por ello, el objetivo de la presente iniciativa radica en adicionar el párrafo 14 al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de que el Estado de bienestar sea obligatorio para todos los gobiernos, sin importar el origen partidario del cuál provengan. Es cuanto, diputada presidenta. Muchísimas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Mary Carmen Bernal Martínez, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa de ley que adiciona el párrafo catorce al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para efectos de la presente iniciativa, se debe abordar los temas de la desigual económica, así como el de la desigualdad social, en virtud de que la eliminación de ambos, da paso al estado de bienestar.

Se ha entendido como desigualdad económica a la situación en la cual existe una diferencia relacionada con la riqueza, la renta o el bienestar económico entre los integrantes de la población de un determinado país, lo que en si mismo es normal en toda sociedad, sin embargo, cuando esa brecha se hace tan pronunciada, es decir, cuando esa desigualdad lleva a la pobreza de muchos y la riqueza de pocos, es cuando se convierte en una injusticia.

Algunas de las causas de la desigualdad económica son: salarios bajos de un amplio sector de la población, inexistencia de la distribución de la riqueza, políticas fiscales que desalientas la inversión y producción, los cambios tecnológicos, leyes laborales proteccionistas del sector patronal, la falta de acceso a servicios educativos, salud y vivienda, fenómenos naturales, leyes desiguales, la corrupción, entre otros.

Las consecuencias de la desigualdad económica son variadas, pero dentro de las más importantes se encuentran las siguientes: la reducción del crecimiento económico, la pobreza, delincuencia e inseguridad, deplorables condiciones labores, desempleo, conflictos sociales, menor productividad, entre otros.

De acuerdo al Informe de Desigualdad Global 2018, la de-sigualdad se ha incrementado en prácticamente todas las regiones del mundo en décadas recientes, aunque a distintas velocidades. El hecho de que los niveles de desigualdad sean tan disimiles entre países, incluso entre aquellos con niveles similares de desarrollo, muestra la importancia de las políticas e instituciones nacionales para influir en la evolución de la desigualdad.

El Informe en mención continúa estipulando que, a nivel mundial, la desigualdad de ingresos ha crecido agudamente desde 1980. La mitad más pobre de la población mundial ha experimentado un incremento significativo en su ingreso gracias a las altas tasas de crecimiento en Asia (en particular de China e India).

Sin embargo, debido a la elevada y creciente desigualdad entre países, el 1 por ciento de individuos con mayores ingresos en el mundo recibió una proporción dos veces más grande del crecimiento que el 50 por ciento de menores ingresos desde 1980. El crecimiento del ingreso ha sido débil o incluso nulo para los individuos entre el 50 por ciento de menores ingresos y el 1 por ciento superior, que incluye a los individuos de ingresos medios y bajos de América y Europa.

El incremento de la desigualdad mundial no ha sido constante, la participación del 1 por ciento de mayores ingresos a escala global experimento? un crecimiento de 16 por ciento a 22 por ciento entre 1980 y 2000, para luego reducirse moderadamente a 20 por ciento. La participación del 50 por ciento inferior, por su parte, oscilo? en torno a 9 por ciento desde 1980. El cambio de tendencia que se observa luego del año 2000 se explica por la reducción de la desi-gualdad promedio entre países, ya que la desigualdad dentro de los mismos continuo? incrementándose.

Las desigualdades económicas están determinadas en buena medida por la distribución de la riqueza, que puede ser de propiedad privada o pública. Desde 1980 se observa en prácticamente todos los países, tanto ricos como emergentes, transformaciones de gran tamaño en la propiedad de la riqueza, que pasa del dominio público al privado. Así, mientras la riqueza nacional (pública más privada) ha crecido de manera notable, la riqueza pública se ha hecho negativa o cercana a cero en los países ricos (las deudas superan a los activos). Esto limita la capacidad de los gobiernos para reducir la desigualdad, y ciertamente tiene implicaciones importantes para la desigualdad de riqueza entre los individuos.

La relación entre la riqueza neta privada y la riqueza neta nacional brinda información sobre el total de riqueza controlada por los individuos en relación a la controlada por sus gobiernos. La relación entre la riqueza pública y privada (que conjuntamente equivalen a la riqueza nacional) es un determinante crucial del nivel de desigualdad de los países.

La riqueza privada neta ha experimentado un incremento generalizado en las últimas décadas, pasando de 200-350 por ciento del ingreso nacional en la mayoría de los países ricos en 1970, a 400-700 por ciento en la actualidad. Esta tendencia se vio en buena medida incambiada por la crisis financiera de 2008 o por las burbujas de precios de ciertos activos experimentadas por países como Japón o España. En Rusia y China por su parte, se observa un incremento muy significativo de la riqueza privada.

En el marco de las transición del comunismo a economías primordialmente capitalistas, la riqueza privada se triplicó y cuadriplicó respectivamente. Así, la relación entre la riqueza privada y el ingreso nacional en ambos países se está aproximando a los niveles observados en países como Francia, Reino Unido y Estados Unidos.

La riqueza neta pública (esto es, activos menos deuda pública), por el contrario, ha disminuido en prácticamente todos los países desde la década de 1980. En China y Rusia, la riqueza pública disminuyó desde un 60-70 por ciento a un 20-30 por ciento de la riqueza nacional. En Estados Unidos o Reino Unido, la riqueza neta pública se ha vuelto incluso negativa, mientras que en Japón, Alemania y Francia es apenas positiva.

Lo anterior limita la capacidad de los gobiernos para regular la economía, redistribuir ingresos y mitigar el crecimiento de la desigualdad. Las únicas excepciones a esta tendencia generalizada a la disminución en la riqueza pública son países como noruega, que cuenta con recursos petroleros y fondos soberanos de gran envergadura.

El incremento de la desigualdad de riqueza, al interior de los países, ha potenciado el crecimiento de la desigualdad de riqueza a escala global. Bajo el supuesto razonable de que la tendencia mundial puede ser captada por una combinación de China, Europa y Estados unidos, entonces la proporción de riqueza controlada por el 1 por ciento más rico del mundo pasó de 28 por ciento a 33 por ciento, mientras que la del 75 por ciento de menor riqueza osciló alrededor de 10 por ciento entre 1980 y 2016.

De continuar las tendencias observadas en términos de distribución de la riqueza, la participación del 0.1 por ciento más rico del mundo (entendido como una combinación de China, Europa y Estados Unidos), será equivalente a la de la clase media para 2050.

La desigualdad de ingresos mundial también se incrementará de no cambiar las condiciones actuales, incluso bajo supuestos optimistas al respecto del crecimiento de los países emergentes. Esto no es, sin embargo, inevitable.

La desigualdad mundial de ingresos también aumentará si los países persisten en la trayectoria que han mostrado desde 1980, incluso asumiendo altas tasas de crecimiento en África, América latina y Asia en las próximas tres décadas. Ésta se incrementará.

La progresividad impositiva es una herramienta de probada eficacia para limitar el aumento de la desigualdad y la concentración de ingresos y riqueza. La evidencia muestra que la progresividad del sistema impositivo (considerado globalmente) es una herramienta efectiva para combatir la desigualdad.

La tributación progresiva no sólo reduce la desigualdad de manera directa, sino que también disminuye los incentivos a capturar fracciones crecientes de ingreso y de riqueza, al limitar su magnitud. La progresividad se redujo drásticamente en los países ricos y en algunos emergentes entre la década de 1970 y mediados de la del 2000.

Desde la crisis de 2008, dicha tendencia se ha detenido, y la progresividad ha mejorado en algunos casos, pero la evolución futura depende de decisiones políticas. Los impuestos a las herencias, sucesiones, y donaciones son una parte irrelevante (o directamente inexistente) del sistema impositivo de la mayor parte de los países emergentes de alta desigualdad, lo que abre la posibilidad para desarrollar importantes reformas impositivas.

La dinámica de la desigualdad al interior de los países tiene un inmenso efecto en la erradicación de la pobreza a escala global, la evolución de los ingresos de la mitad más pobre de la población mundial puede variar para 2050, entre 4500 a 9100 euros anuales por adulto en función de la trayectoria de desigualdad que sigan los países.

Si bien los sistemas tributarios son herramientas cruciales para reducir la desigualdad, enfrentan una serie de obstáculos, uno de los más relevantes es la evasión tributaria, como se ha puesto en evidencia recientemente con los Paradise Papers. Los activos en paraísos fiscales se han incrementado considerablemente desde la década de 1970, y en la actualidad representan más del 10 por ciento del producto interno bruto mundial.

Derivado de todo lo anterior, los gobiernos deberían realizar inversiones que permitieran reducir los actuales niveles de desigualdad de ingresos y riqueza y prevenir nuevos incrementos en el futuro. Se necesitan mayores inversiones públicas en educación, salud y protección medioambiental, tanto para combatir la desigualdad existente como para prevenir incrementos futuros.

No será fácil, habida cuenta de que los gobiernos de los países ricos se han empobrecido y se encuentran muy endeudados. Reducir el endeudamiento público no es una tarea sencilla (varios mecanismos han sido empleados en el pasado: aumento de los impuestos progresivos, condonaciones de deuda, inflación), pero es central para mejorar la posición de partida de las generaciones jóvenes.

Al mismo tiempo, de la mano de la desigualdad económica, la desigualdad social es entendida como la situación socioeconómica dispar en la que los ciudadanos de un país se encuentran, es decir, la condición en la cual las personas tienen un acceso desigual a los recursos de todo tipo, servicios y a las posiciones que valora la sociedad.

En otras palabras, el abatimiento de la desigualdad económica y social conlleva al estado de bienestar. En la teoría política se ha conocido al “estado de bienestar” como el conjunto de tareas, ejercicios y acciones realizadas por parte del gobierno de un Estado en búsqueda de una mayor atención a la redistribución y bienestar general de la población.

Desde el punto de vista de las ciencias sociales, el “estado de bienestar” se fundamenta en debido y correcto ejercicio de la función pública, es decir, mediante la intervención del gobierno en la economía y la sociedad, con el objeto de que exista una mejor y mayor redistribución de la riqueza, lo cual derivará en la óptima transformación de las condiciones socioeconómicas de la población.

Aunado a lo anterior, el estado de bienestar sustenta el apoyo a los habitantes en Estado de vulnerabilidad, un sistema universal y gratuito de educación y salud, el acceso a la vivienda digna, así como el acceso a los recursos y servicios.

Por lo anterior, el estado de bienestar implica que el gobierno destine una parte de sus ingresos en determinados sectores sociales, como los siguientes:

1.- Los gastos por prestaciones de carácter contributivo. Sus beneficiarios son aquellos que han contribuido previamente con sus cotizaciones a la seguridad social durante un determinado periodo de tiempo. En este grupo están las pensiones contributivas, la prestación por desempleo o por incapacidad laboral.

2.- Los gastos conformados por las prestaciones de carácter universal, como educación y salud, dirigidas a toda la población y que solo requieren que el beneficiario las solicite.

3.- Los gastos de las prestaciones de carácter compensatorio destinadas a los colectivos sin recursos o con unos recursos muy escasos. Aunque no es comparable a los dos anteriores, es el tipo de gasto que incide más en la equidad, por sus funciones de asistencia social hacia los sectores más desfavorecidos.

No obstante que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos procura un estado de bienestar en varios de sus numerales, menos verdadero resulta el hecho de que tampoco obliga a que los Poderes de la Unión velen, vigilen y cumplan con un estado de bienestar efectivo a los mexicanos.

Por ello, el objetivo de la presente iniciativa radica en adicionar el párrafo catorce al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de que el estado de bienestar sea obligatorio para todos los gobiernos, sin importar el origen partidario del cual provenga.

Con base a lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración de este honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de

Decreto que adiciona el párrafo catorce al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un párrafo décimo cuarto al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4. (...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

El Estado tiene la obligación de garantizar a todos los mexicanos el estado de bienestar, entendido como el conjunto acciones realizadas por parte del gobierno para lograr una redistribución de la riqueza, el acceso universal a los recursos y servicios necesarios para la transformación socioeconómica de la población.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto.

Nota

1 https://wir2018.wid.world/files/download/wir2018-full-report-english.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a tres de marzo de dos mil veinte.— Diputada Mary Carmen Bernal Martínez (rúbrica).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

El diputado Higinio del Toro Pérez:Con su venia, presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputado.

El diputado Higinio del Toro Pérez: Y con la del micrófono también, parece. El día de hoy tomo la palabra en esta tribuna, para ser portavoz de una preocupación de los agricultores de muchos lugares de la República Mexicana, quienes enfrentan, además de todas las penurias económicas, derivado de la falta de apoyos, también se enfrentan a la zancadilla de las grandes empresas trasnacionales que dificultan seriamente su actividad diaria y merman sus ganancias.

La utilización de tecnología que cambia el estado del tiempo, también conocida popularmente como los cañones antigranizo, han sido utilizados con la intención de evitar este fenómeno climatológico. Pero también ha representado un problema constante para los agricultores, particularmente del estado de Jalisco, pero también de muchas otras zonas de nuestro país.

Sin embargo, la falta de estudios científicos sobre este tema ha obstaculizado la toma de decisiones por parte del gobierno para regular o prohibir el uso de este tipo de tecnología.

El problema que da origen a la presente iniciativa consiste en que entre las prácticas de algunos productores existe el uso de tecnología diseñada para disipar las nubes y de esta forma intentan evitar que caiga granizo que afecte a sus sembradíos.

En contraparte, algunos productores con sembradíos cercanos a donde se usa dicha tecnología han protestado por la falta de lluvia y han exigido a las autoridades locales y también incluso a las federales, que se regule el uso de estos métodos técnicos en la agricultura de nuestro país.

Este tema no es nuevo, incluso ya a lo largo de esta legislatura he presentado otras dos iniciativas que tenían como objetivo fomentar los estudios académicos para dar sustento a decisiones en materia de política ambiental.

Sin embargo, estas versiones fueron dictaminadas en sentido negativo, debido a que siempre se apela a la existencia de un único estudio presentado hace ya algunos años por el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, el Inifap, y la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la Sagarpa, actualmente Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la Sader.

El estudio al que hace referencia el dictamen concluye que no se detectan variaciones anormales en relación con la precipitación total atribuibles a los cañones, por lo que se establece que no existe un sustento científico que demuestre una relación directa entre el uso de estos equipos y la dispersión delas nubes.

No obstante, el problema ha continuado con consecuencias aún más desastrosas, por lo que se reconoce la necesidad de más estudios que permitan al gobierno federal tomar decisiones acerca del uso de estas tecnologías.

Así pues se pretende que la decisión de permitir o prohibir el uso de estas prácticas no se base solamente en un estudio de hace más de algunos años.

A partir de estos planteamientos, presento la siguiente iniciativa para reformar la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con la intención que en el marco regulatorio se considere la revisión de tecnologías en las actividades agrícolas, para evitar que dichas herramientas dañen el medioambiente.

Diputadas y diputados, tenemos una deuda con nuestro entorno. Las malas prácticas han provocado alteraciones del estado del tiempo en ciertas regiones del país, lo que ha impactado también en la actividad agrícola.

Necesitamos tomar decisiones para cuidar, tanto a la agricultura como al desarrollo rural sustentable; sin embargo, esto no es posible sin los estudios científicos necesarios.

Este artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, se establecen las directrices sobre las cuales se debe diseñar el Programa Especial Concurrente, con el cual se pretende impulsar las acciones a favor del desarrollo rural sustentable, especialmente la fracción IX indica que las acciones de dicho programa deben contemplar el cuidado del medio ambiente.

Por lo que esta iniciativa intenta dar sustento legal para que esta Secretaría, la de Agricultura y Desarrollo Rural, cuente con herramientas necesarias para tomar decisiones que terminen con los conflictos entre los agricultores del país.

Necesitamos darles sustento a las decisiones, y para ello debemos promover los estudios científicos. No dejemos que la falta de un análisis nos haga cometer errores que nos hagan arrepentirnos en un futuro.

Invito a los diputados y diputadas integrantes de las Comisiones Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria; de la Comisión del Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y a todos quienes desean participar, a sumarse a la presente iniciativa. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado federal Higinio del Toro Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde hace algunos años ha existido una constante preocupación entre los agricultores de Jalisco debido a la utilización de cañones antigranizo con la intención de evitar las lluvias en ciertos sembradíos.

Para atender la problemática, se han presentado dos iniciativas cuyo objetivo consistía en fomentar los estudios académicos para dar sustento a decisiones en materia de política ambiental. Sin embargo, dichas versiones de la iniciativa fueron dictaminadas en sentido negativo debido a que se apelaba a la existencia de un estudio presentado por el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) y la entonces la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), actualmente Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader).

De acuerdo con el documento titulado “Análisis espacial y temporal de la presencia de cañones antigranizo y su relación con la precipitación pluvial en los estados de San Luis Potosí, Jalisco y Michoacán”, el INIFAP inició el estudio debido a la preocupación manifestada por algunos agricultores por el uso de estos cañones por otros productores del campo en Jalisco. Para los agricultores de temporal, el uso de los equipos dispersa las nubes de lluvia lo cual impactaba en sus cosechas.

En el documento, el INIFAP explica que el análisis se dividió en dos partes, la primera de ellas constaba de un estudio estadístico en el que se registraba el número de ocasiones que se registró una dispersión de formación de nubes de lluvia, llamadas cumulonimbus o generadoras de granizo, ante el uso de cada cañón.

En segundo lugar, en el estudio se incluye una comparación de las lluvias ocurridas en las zonas de operación de los cañones con aquellos lugares en donde no había. De esta forma, se pudo analizar el total de lluvia ocurrida a lo largo del año y en cada estación en particular, tanto en las áreas de influencia de los cañones antigranizo en comparación con las áreas donde no tuvieron influencia estos equipos.

La conclusión a la que llegó el estudio fue que no se detectan variaciones anormales en relación con la precipitación total atribuibles a los cañones, por lo que se establece que no existe un sustento científico que demuestre una relación directa entre el uso del equipo y la dispersión de nubes.

La presente iniciativa es producto de la necesidad de más estudios que permitan tomar decisiones acerca del uso de tecnologías debido a que no es posible llegar a una conclusión contundente a partir de una investigación.

Cecilia Conde explica, en un documento publicado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), que para entender el fenómeno del cambio climático global es necesario comprender qué es el clima, por lo que en las primeras líneas del texto México y el cambio climático global, explica que “el clima terrestre es producto de la constante y compleja interacción entre la atmósfera, los océanos, las capas de hielo y nieve, los continentes y, muy importante, la vida en el planeta (plantas y animales en los bosques y selvas, en océanos y en la atmósfera)”.

Esta relación entre la naturaleza y el hombre ha sido objeto de debate por muchos años, más aun en las últimas décadas cuando el cambio climático ha mostrado cifras por demás preocupantes que han provocado que las naciones busquen leyes que ayuden a regular las acciones del ser humano a fin de mitigar las consecuencias del fenómeno.

En relación a las nuevas condiciones que se presentan en algunos lugares de nuestro planeta, como nuestro país, la autora señala que cada día se presentan variaciones en las condiciones de temperatura y lluvia planetaria, y que a éstas se les denomina estado del tiempo.

Esta aclaración es importante debido a que en los conflictos ambientales es necesario que los actores reconozcan la diferencia entre ambos con la finalidad de poder determinar cuál es el impacto de sus acciones en el clima y en el estado del tiempo, así como las consecuencias que podría traer el uso de cierta tecnología para intentar modificar el estado del tiempo.

Es así que Conde explica que a pesar de que todos relacionamos el invierno con el frío y el verano con lluvias, es decir, se reconoce el clima de cada estación; últimamente se han sentido inviernos calurosos y lluvias en primavera, lo que ha generado preocupación mundial por los cambios climáticos.

El asunto toma relevancia en conflictos como el uso de los cañones antigranizo en algunas regiones agrícolas de nuestro país debido a que, para algunas producciones como la del aguacate no se requiere de tanta lluvia como para otros cultivos.

Entre las prácticas de algunos productores existe el uso tecnología (hay quienes le llaman “cañones”) diseñada para disipar las nubes y de esta forma evitar que caigan lluvias de tal magnitud que afecten sus sembradíos. En contraparte, algunos productores con sembradíos cercanos a los que se usa dicha tecnología han protestado por la falta de lluvia y han exigido a las autoridades locales e incluso federales que se regule el uso de dicha tecnología en la agricultura de nuestro país.

El problema que da origen a la presente iniciativa es que no existe algún estudio que permita a las autoridades determinar si se debe prohibir o permitir el uso de la tecnología con el propósito de modificar el estado del tiempo en alguna región. Por lo que el uso de esta tecnología ha abierto un debate entre quienes defienden su uso contra quienes señalan que es dañina para el entorno y que, por ende, contribuyen al fenómeno del cambio climático que tanto se desea mitigar.

Debido a que el impacto negativo del uso de la tecnología puede repercutir en el desarrollo sustentable, para los propósitos de la presente iniciativa se recurre a la revisión de las directrices que sirven de sustento para el programa especial concurrente, el cual busca dirigir las acciones de los gobiernos en favor del medio ambiente.

En el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable se establecen las directrices sobre las cuales se debe diseñar el programa especial concurrente, con el cual se pretende impulsar las acciones en favor del desarrollo rural sustentable. Especialmente, la fracción IX indica que las acciones de dicho programa deben contemplar el cuidado del medio ambiente.

Por lo que el propósito de la nueva versión de la iniciativa consiste en reformar la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a fin de que se considere la revisión de tecnologías en las actividades agrícolas para evitar que dichas herramientas dañen el medio ambiente

Por lo anteriormente expuesto, se presenta ante esta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Único. Se reforma la fracción IX del artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para quedar como sigue:

Artículo 15. - El programa especial concurrente al que se refiere el artículo anterior, fomentará acciones en las siguientes materias:

I. a VIII

IX. Cuidado al medio ambiente rural, la sustentabilidad de las actividades socioeconómicas en el campo y a la producción de servicios ambientales para la sociedad a partir de investigaciones científicas que permitan conocer el impacto en el entorno por el uso de tecnologías en las actividades rurales.

X. a XIX

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), “Análisis espacial y temporal de la presencia de cañones antigranizo y su relación con la precipitación pluvial en los estados de San Luis Potosí, Jalisco y Michoacán” disponible en

https://www.senado.gob.mx/sgsp/respuestas/63/2/2017-08-23-1/CP2R 2A_6106_SEGOB_SAGARPA.pdf, consultado en diciembre 2019.

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Ibídem.

5 Cecilia Conde, México y el cambio climático global, UNAM-Semarnat, México, 2011 disponible en

http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Cecadesu/Lib ros/Mexico%20y%20el%20cambio%20climatico.pdf, consultado en marzo de 2019.

6 Ibídem.

7 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.— Diputados: Higinio del Toro Pérez, Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

El diputado Ricardo de la Peña Marshall:Con su venia, señora presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputado.

El diputado Ricardo de la Peña Marshall: Gracias. Diputadas y diputados, son momentos cruciales para el país ante la cruda realidad en que vivimos. Debemos buscar alternativas para igualar las condiciones y las oportunidades de las personas que conformamos este país.

En el PES, somos conscientes que debemos emprender acciones para cuidar a quienes viven situaciones de riesgo, sin una adecuada protección laboral y social.

En el PES nos hemos alejado de los cálculos políticos para definir nuestro actuar con base en lo socialmente correcto. Escuchamos con detenimiento lo que hiere a las personas, lo que daña a las mujeres.

La mujer tiene un papel nuclear en las familias, ellas son quienes nos mantienen fuertes, unidos y llenos de amor. Son el pilar y la fuerza de la familia, la sociedad, la cultura y los valores que nos identifican.

La mujer tiene un papel trascendental en la igualdad y la solidaridad de nuestras sociedades. Las mujeres son sinónimo de valentía y esfuerzo, por ello en el Grupo Parlamentario del PES aspiramos a igualar sus condiciones para mejorar sus oportunidades y así lograr crecer como personas y contribuir al crecimiento económico de nuestro país.

En virtud de que la mujer es fundamental, y aquí todas y todos los grupos parlamentarios coinciden, ¿cómo puede ser entonces que no hayamos atendido sus demandas sociales y también las laborales? ¿Cómo podemos regatear que sean parte de una agenda prioritaria en el espacio público?

En el PES sostenemos que la importante labor de las mujeres debe ser estructura esencial de las agendas de los gobiernos de los tres niveles, para que se resuelvan con prontitud las exigencias sociales y humanas de las que han padecido el agravio.

En este sentido, el día de hoy me permito presentar ante esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma la fracción I del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo en materia de licencias de maternidad.

La iniciativa pretende salvaguardar a las mujeres embarazadas de ciertas condiciones laborales donde aumenta el riesgo de tener complicaciones durante el embarazo. Entre ellas, la iniciativa busca que las mujeres embarazadas no estén expuestas a substancias nocivas, cumplan diferentes labores, a quienes dedican su tiempo a laborar de pie, subir escaleras y transportar o levantar cosas pesadas.

Igualmente, aquellas mujeres que conviven con ruido excesivo, vibraciones fuertes, como es el ruido que ocasionan las máquinas grandes y las temperaturas extremas en una fábrica o en un taller.

Sabemos que el amor y la protección fraterna, solo se conseguirá si mejoramos las condiciones laborales de nuestras mujeres.

La iniciativa que propongo busca igualar de raíz las condiciones para las mujeres embarazadas, para que no estén expuestas a sustancias químicas y no esté en riesgo su salud y la de su hijo.

La salud de la madre e hijo durante el embarazo es un tema social de vital importancia. Su salud será un reflejo inmediato de nuestra sociedad. Hacer lo socialmente correcto es legislar para los problemas que lastiman a las mujeres y que empiecen a significar algo más que simple palabrería, empiecen a transformar vidas. Ese es nuestro objetivo en PES.

Seguiremos trabajando para hacer que nuestro esfuerzo sea un espacio de coincidencias para ejercer los derechos civiles y los derechos sociales, y así privilegiar la protección laboral de las mujeres.

En el PES trabajamos por lo más importante: la salud y el bienestar social de las familias de México. Es cuanto, señora presidenta. Y así les invito, compañeras diputadas, a que suscriban esta iniciativa. Compañeros diputados, también, que también somos feministas los hombres.

«Iniciativa que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, diputado federal Ricardo de la Peña Marshall, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforma la fracción primera del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias de maternidad.

Exposición de Motivos

El embarazo es el periodo que transcurre entre la fecundación de un óvulo por un espermatozoide y el parto; durante este periodo el óvulo fecundado se desarrolla en el útero. En los seres humanos, el embarazo dura aproximadamente 288 días (9 meses) en donde el feto se desarrolla en el útero de la mujer. Es importante tener cuidados especiales para que la salud de ambos no sea gravemente afectada.

Si bien es cierto, un adecuado control prenatal ayuda a predecir o detectar patologías que puedan poner en riesgo la vida del binomio, en ocasiones se puede presentar con un cuadro clínico general e inicio de una enfermedad artificiosa que no permite la detección oportuna.

Exclusivamente en la madre se pueden presentar múltiples patologías como la preeclampsia, eclampsia, diabetes gestacional, corioamnionitis, sepsis puerperal, diabetes mellitus mal controlada, hipertensión arterial mal controlada, enfermedades inmunológicas agravadas, enfermedades cardiacas, hemorragia obstétrica, etcétera.

La presencia de patologías neonatales también se pueden presentar en este periodo como; sepsis neonatal, enfermedades transmitidas por la madre (rubiola, varicela, sífilis, hepatitis b, etcétera), defectos del metabolismo (hipotiroidismo congénito, fenilcetonuria, etcétera), infecciones, malformaciones, alteraciones cromosómicas, etcétera.

La muerte materna es la muerte ocurrida a una mujer mientras está embarazada o dentro de los 50 días siguientes a la terminación del embarazo debida a cualquier causa relacionada con, o agravada por el embarazo o su atención, pero no por causas accidentales o incidentales, ya sea directa (propias del embarazo) o indirecta (causada por una enfermedad de fondo agravada por el embarazo).

Ciertas condiciones laborales pueden aumentar el riesgo de tener complicaciones durante el embarazo, entre ellas: La exposición a sustancias nocivas, estar de pie mucho tiempo, subir escaleras y transportar o levantar cosas pesadas, el ruido excesivo, las vibraciones fuertes, como las de las máquinas grandes y las temperaturas extremas.

Se calcula que aproximadamente 0.6 a 1 por ciento de todas las intoxicaciones suceden en mujeres embarazadas y lo que es peor aún, 6.3 por ciento de ellas desconocen estarlo; por lo tanto, es indispensable que el médico tenga conocimiento de las diferencias fisiológicas y riesgos inherentes a este tipo de pacientes, pues se involucra a dos seres humanos: la madre y el feto.

Estas intoxicaciones pueden ocurrir por medicamentos prescritos o automedicados, alcohol, cafeína, drogas de abuso y químicos. Sin embargo, es ignorado que el medio laboral es fuente importante de contacto con xenobióticos para las embarazadas.

Inegi, 2019

Algunos casos son por la absorción pulmonar que también se ve aumentada gracias al aumento del volumen corriente, de la capacidad residual y de la circulación pulmonar en un 50%. Esto hace más susceptible a la mujer embarazada a los tóxicos por vía inhalatoria.

También, la exposición a mercurio se ha asociado a aborto espontáneo y es, además, embriotóxico, fototóxico y teratogénico. En casos como el plomo, se cruza la barrera placentaria y la exposición en el útero se asocia a alteraciones cognitivas y anomalías congénitas menores tipos linfangioma e hidrocele.

Algunos estudios han mostrado una mayor incidencia de aborto espontáneo. No existe una alternativa farmacológica segura durante el embarazo y en lo posible se espera al parto para iniciar cualquier tratamiento.

Inegi, 2019

Dadas las cifras anteriores, es evidente que la salud de la madre e hijo durante el embarazo es un tema de especial importancia, aunque no existan muchos casos registrados en México acerca de muertes de mujeres embarazadas al estar expuestas a sustancias químicas, es un tema que no debe ser ignorado o dejarlo sin importancia, ya que esto verdaderamente representa un peligro para las madres en situaciones laborales.

Cuadro Comparativo

Ley Federal del Trabajo

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción primera del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias de maternidad

Único. Se reforma el artículo 170 en su fracción primera, para quedar como sigue:

Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

I. Durante el periodo del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o estar en contacto con agentes o sustancias que puedan afectar el correcto desarrollo embrionario o perjudiquen en cualquier medida, la salud de la madre durante cualquier fase del periodo de gestación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Recuperado de

https://www.cancer.gov/espanol/publicaciones/diccionario/def/emb arazo

2 Recuperado de

https://www.mayoclinic.org/es-es/healthy-lifestyle/pregnancy-wee k-by-week/in-depth/pregnancy/art-20047441

3 Recuperado de

https://encolombia.com/medicina/guiasmed/u-toxicologicas/intoxic aciones-en-mujeres-embarazadas/

4 Inegi (2019). Comunicado de prensa número 470/19, 30 de septiembre de 2019.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2019/ EstSociodemo/DefuncionesFetales2019_09.pdf

5 Encolombia, Intoxicaciones en mujeres embarazadas.Recuperado de

https://encolombia.com/medicina/guiasmed/u-toxicologicas/intoxic aciones-en-mujeres-embarazadas/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a­­­­­ 27 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Ricardo de la Peña Marshall, Alejandra Pani Barragán, Armando Contreras Castillo, Beatriz Dominga Pérez López, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Carmen Medel Palma, Ernesto Vargas Contreras, Esmeralda de los Angeles Moreno Medina, Francisco Javier Saldívar Camacho, Graciela Zavaleta Sánchez, Héctor René Cruz Aparicio, Irineo Molina Espinoza, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Laura Mónica Guerra Navarro, María del Carmen Cabrera Lagunas, María Eugenia Hernández Pérez, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, María Guillermina Alvarado Moreno, María Isabel Alfaro Morales, María Marivel Solís Barrera (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Óscar Bautista Villegas, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de atlas de riesgo, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.

El diputado Óscar Bautista Villegas:Muchas gracias. Muy buenas tardes. Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputado.

El diputado Óscar Bautista Villegas: Saludo a mis compañeras y compañeros esta tarde. Efectivamente, en este mes tan importante, que es el mes de las mujeres y de las niñas nos da mucho gusto participar en tribuna, a nombre del Partido Verde Ecologista de México, para someter a consideración una reforma y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático en materia de atlas de riesgo.

Indudablemente, uno de los mayores problemas que enfrentamos a nivel mundial es la afectación al medio ambiente, en donde el combate al cambio climático juega un papel fundamental para la definición de estrategias en la política ambiental de la mayoría de las naciones.

Dada la innegable existencia de este fenómeno, del que hoy tenemos bastantes demostraciones, resulta por demás necesario afrontar la situación a través de la implementación de mecanismos que garanticen su efectiva solución pues, más allá de concientizarnos sobre su existencia y consecuencia, se deben generar las condiciones para impulsar el desarrollo de acciones y herramientas que hagan más eficiente y exitoso el combate y disminución de los efectos del cambio climático.

En este sentido, consideramos necesario hacer uso de instrumentos existentes para que en conjunto con los nuevos se logre la atención a la problemática ambiental.

Por tanto, la iniciativa que aquí expongo busca robustecer el atlas como un instrumento de mitigación y prevención que permita atender posibles riesgos, considerando que la Ley General de Cambio Climático consagra, entre otros aspectos, las bases de la política nacional en materia de adaptación como son: reducir la vulnerabilidad de la sociedad y los ecosistemas frente a los efectos del cambio climático, y fortalecer la resiliencia y resistencia de los sistemas naturales y humanos.

Nuestra intención con esta modificación es que se considere la información del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático de manera vinculante en los diferentes órdenes de gobierno como el instrumento que contempla la mitigación, prevención de riesgo, adaptación, garantizando con ello la prevención y reducción del riesgo de los desastres.

Para cumplir con este objetivo de manera prioritaria se estableció lo que se entenderá por atlas, abonando de manera consistente a la estandarización de criterios que se emitan basados en lo mismo. Asimismo, se busca establecer la estructura de este, consistente en un conjunto de mapas estructurados sistemáticamente, que muestren la vulnerabilidad territorial ante el cambio climático, con la finalidad de realizar las estrategias dentro del proceso de mitigación, prevención y adaptación para enfrentar de manera integral los riesgos.

De ahí que sea necesario vincular un sistema de referencias con base en herramientas que permitan visibilizar e identificar aquellas áreas del país donde los escenarios del cambio climático proyectan cambios de magnitud suficiente como para que experimente una modificación en el tipo de ecosistema más probable, como lo es el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático.

Dado que la Ley General de Cambio Climático vigente contempla como parte de las atribuciones del Estado la obligación de publicar el Atlas Nacional de Riesgos y la Política Nacional de Adaptación, que servirán de base para que las entidades federativas formulen sus Atlas de Riesgo Estatales, consideramos fundamental que se tome como referencia la información contemplada en el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático, garantizando con ello su propia armonización.

De nada sirve que en la legislación se consagre un atlas de vulnerabilidad ambiental si no se contemplan las bases para que los tres niveles de gobierno tomen en consideración la información que se consagra en este, si no hay coherencia desde la norma constitucional, marcos jurídicos ambientales y de protección civil, conforme a los instrumentos de aplicación. Entonces no hay una verdadera protección para las y los mexicanos.

Por todo ello, a nombre de quienes integramos el Partido Verde Ecologista de México, las y los diputados que suscribimos el presente documento sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente decreto para que se reformen los artículos 3o., 7o., 29 y 30 de la Ley General de Cambio Climático, convencidos de que representa una excelente oportunidad para fortalecer y consolidar la estrategia de combate al cambio climático en nuestro país. Esperando contar con su respaldo, como siempre. Es cuanto. Muchas gracias, presidenta.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de atlas de riesgo, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, Óscar Bautista Villegas y Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 3 y se reforman las fracciones IV del artículo 7, XI del artículo 29 y II artículo 30 de la Ley General de Cambio Climático, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Actualmente la mayor parte de la problemática ambiental ha cobrado una dimensión global, situación que se empeora aún más si se trata del cambio climático, tal como lo sea señalado en el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC, 2013) y la Agencia de Protección del Ambiente de los Estados Unidos, es un fenómeno que no podemos negar debido a la evidencia clara de su existencia.

Se entiende el cambio climático como el cambio estable y durable en la distribución de los patrones de clima en periodos de tiempo que van desde décadas hasta millones de años de manera “natural”, empero actualmente se ha caracterizado por variaciones rápidas en razón de la actividad humana, lo cual ha generado, eventos climáticos extremos y con grandes afectaciones en el entorno natural como inundaciones, derrumbes, pérdida de masa forestal y cultivos, afectaciones a los asentamientos humanos como, hundimientos, destrucción e inundación de viviendas y pérdida de vidas humanas.

Asimismo están las alteraciones climáticas con incremento de las emisiones de gases efecto invernadero, consistentes en vapor de agua, dióxido de carbono, metano, óxido nitroso entre otros a nivel mundial. Situación que, de no controlarse y reducir la emisión de gases a parámetros adecuados en los próximos años, generará afectaciones irreversibles en el entorno natural y por consecuencia entrópico.

Adicionalmente la Organización de las Naciones Unidades mencionó el incremento en la temperatura promedio del aire y mares; cambios en los ciclos o periodos de lluvia y estiaje, así como del derretimiento en hielos y glaciares, entre otras evidencias que permiten aseverar que nos enfrentamos a un fenómeno global, pero con claras connotaciones e impactos locales.

En este sentido, es necesario afrontar los riesgos del cambio climático. Razón por la que el Atlas se enfoca en un instrumento de mitigación y prevención del riesgo que permite atender posibles riesgos.

Considerando que La Ley General de Cambio Climático consagra entre otros aspectos las bases de la política nacional en materia de adaptación como son: reducir la vulnerabilidad de la sociedad y los ecosistemas frente a los efectos del cambio climático, y fortalecer la resiliencia y resistencia de los sistemas naturales y humanos

De ahí que el objeto de la presente iniciativa sea reformar la Ley General de Cambio Climático a efecto de que se considere la información del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático de manera vinculante tanto a niveles federal, estatal y municipal, como el instrumento que contempla la mitigación, prevención del riesgo y adaptación. Para la planeación municipal, regional y estatal, que permita reducir riesgos de desastres, de ahí que deba establecerse que se entenderá por Altas, al igual que debe de tomarse en cuenta para la emisión de criterios. Asimismo, para la elaboración de los atlas de riesgo se tomará en cuenta la información del Atlas, al igual que se observa para las acciones de adaptación.

La Estructura del Atlas consiste en un conjunto de mapas estructurados sistemáticamente que muestren la vulnerabilidad territorial ante el cambio climático, con la finalidad de realizar las estrategias dentro del proceso de mitigación, prevención y adaptación, para enfrentar de manera integral los riesgos.

Es así que el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, conjuntamente con la Coordinación General de Adaptación al Cambio Climático, llevan a cabo investigación científica relacionada con la mitigación, prevención del riesgo y adaptación, identificando las condiciones de vulnerabilidad que determinarán las necesidades para que puedan ser atendidas de manera efectiva, a través de monitorear y evaluar los procesos, las acciones y las capacidades desarrolladas para su adaptación, siempre consideran los criterios socio ambientales que se reflejan en el uso del territorio, por lo cual desarrollaron el Atlas Nacional de Vulnerabilidad Ante el Cambio Climático, desde el año de 2014.

Para la elaboración del Atlas se basaron en cuatro temas focales:

-Población,

-Infraestructura,

-Actividades económicas y

-Capital natural.

Contemplando seis vulnerabilidades:

-Vulnerabilidad de asentamientos humanos a inundaciones;

-De asentamientos humanos a deslaves;

-De la población al incremento en la distribución del dengue;

-De la producción ganadera a inundaciones y a estrés hídrico;

-De la producción forrajera a estrés hídrico, y cambio en la distribución potencial de especies prioritarias y en riesgo de extinción

De ahí que sea necesario vincular un sistema de referencia con base en herramientas que permitan visibilizar e identificar a aquellas áreas del país donde los escenarios de cambio climático proyectan cambios de magnitud suficiente como para que experimenten un cambio en el tipo de ecosistema más probable como lo es el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático.

Es importante enfatizar que los distintos escenarios proyectan cambios en las condiciones climáticas de todo el país, de ahí que la información generada permite identificar las zonas potenciales de cambio, así como la dirección y magnitud del mismo, lo cual servirá para la formulación de medidas de prevención, mitigación y adaptación relativas a la conservación de la biodiversidad, manejo y conservación de ecosistemas, protección de hábitats, mantenimiento de servicios ambientales importantes, y protección de comunidades.

Incluso en el informe anual de Resultados y Recomendaciones de la Evaluación de la Política Nacional de Cambio Climático por parte de la Coordinación de Evaluación, organismo integrado por consejeros y consejeras sociales independientes, con la participación del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático del 26 de noviembre de 2018 en sus considerandos menciona y recomienda lo siguiente.

Considerando

II. Resultados de la Evaluación

Principales resultados de la evaluación

-En el tema de adaptación no existe actualmente un lenguaje comúnmente aceptado sobre los conceptos de vulnerabilidad, resiliencia y enfoques para la adaptación. La evaluación muestra que en la atención a la vulnerabilidad prevalece un enfoque derivado de la Ley General de Protección Civil (LGPC)(5) reactivo a todo tipo de riesgos, mientras que la LGCC considera los riesgos actuales y futuros asociados al cambio climático. Los 6 estados seleccionados para esta evaluación cuentan con un Atlas de Riesgo público realizado bajo el enfoque de la LGPC antes mencionada.

-A pesar de ser un instrumento fundamental para la toma de decisiones, el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático (ANVCC) (6), no está sustentado en la LGCC. Dicho documento conceptualiza la vulnerabilidad y el riesgo ante el cambio climático con un enfoque distinto al establecido en la LGPC. Es una tarea pendiente de la Federación elaborar escenarios de riesgo climático y emitir criterios para ser incorporados en los atlas de riesgos estatales y municipales conforme lo ordena la LGCC.

Recomendaciones

Diseño

7. Se recomienda a la Semarnat que, con el apoyo técnico del INECC, formule los escenarios climáticos a que se refiere la LGCC(7) y emita criterios para que sean incorporados en los atlas de riesgos estatales y municipales y que estos últimos consideren la información del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático (ANVCC) desarrollado por el INECC.

8. Se recomienda a los representantes del Congreso de la Unión que participan en el Sinacc, la formulación de una iniciativa de reforma a la LGCC, que incorpore al ANVCC como un instrumento legal vinculante para los 3 órdenes de gobierno en el que se homologuen los conceptos de adaptación, vulnerabilidad, resiliencia y riesgo.”

Conforme a lo anterior se hace una recomendación precisa para que el Atlas sea el referente para los tres niveles de gobierno como el instrumento legal y vinculante a efecto que se homologuen los conceptos de adaptación, vulnerabilidad, resiliencia y riesgo como una responsabilidad y obligación del Estado.

Cabe mencionar que el Atlas de referencia, contempla la vulnerabilidad actual y futura de los municipios del país ante deslaves, inundaciones y estrés hídrico, incluyendo las causas subyacentes que hacen vulnerable a la población, a las actividades económicas y a los sistemas naturales.

En razón de lo anterior y considerando que ni la propia Ley General de Protección Civil, contempla los conceptos de vulnerabilidad, resiliencia y enfoques para la adaptación, sino por el contrario, establece todo tipo de riesgos lo cual la convierte en una norma reactiva, mientras que la Ley General de Cambio Climático considera la vulnerabilidad, los riesgos actuales y futuros asociados al cambio climático y aún más si entre sus atribuciones del Estado tiene como obligación publicar el Atlas Nacional de Riesgo y la Política Nacional de Adaptación, que servirán de base para que las entidades federativas formulen sus Atlas de Riesgo Estatales, “es fundamental que se tome como referencia la información contemplada en el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático”.

De nada sirve que en legislación se consagre un Atlas de Vulnerabilidad Ambiental, si no se contempla como la base para que los tres niveles de gobierno tomen en consideración la información que consagra cuando las amenazas por el Cambio Climático se convierten en desastres por ser causados por el ser humano, si no hay coherencia desde la norma constitucional, marcos jurídicos ambiental y de protección civil, conforme a los instrumentos de aplicación, basados en los conceptos de vulnerabilidad, resiliencia y enfoques para la adaptación conjúntame con la gestión integral del riesgo de desastres entonces no hay una verdadera protección.

Al tomar en cuenta la información que contiene el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático, para la elaboración de los atlas de riesgo que ya tienen implementados por ley tanto la federación como las entidades federativas no causaría ningún impacto presupuestal, porque evidentemente debe haber un solo Atlas Nacional de Riesgos que concentra toda la información.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente:

Decreto por el que se adiciona una fracción IV al artículo 3 y reforman las fracciones IV del artículo 7, la XI del artículo 29 y la II del artículo 30 de la Ley General de Cambio Climático

Primero. Se adiciona una fracción IV al artículo 3, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para efectos de esta Ley se entenderá por

I...III

IV. Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático: Conjunto estructurado y sistemático de mapas que muestran la vulnerabilidad ante el cambio climático y orientan la realización de estrategias dentro del proceso de planeación y adaptación.

V... XLII

Segundo. Se reforman las fracciones IV del artículo 7, la XI del artículo 29 y la II artículo 30 de la Ley General de Cambio Climático, para quedar redactados de la siguiente manera:

Artículo 7. Son atribuciones de la federación las siguientes:

I.... a la III

IV. Elaborar, actualizar, publicar y aplicar el Atlas Nacional de Riesgo y la Política Nacional de Adaptación, y emitir los criterios para la elaboración de los atlas de riesgo estatales y municipales, considerando la información del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático;

V. a la XXVIII

Artículo 29. Se considerarán acciones de adaptación:

I. a la X.

XI. La elaboración de los atlas de riesgo tomando en consideren la información del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático.

XI. a la XIII.

Artículo 30. Las dependencias y entidades de la administración pública federal centralizada y paraestatal, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus competencias, implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes:

I...

II. Utilizar la información contenida tanto en los atlas de riesgo como en el Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático, para la elaboración de los planes de desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y municipios; y para prevenir y atender el posible desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático;

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputados y diputadas: Oscar Bautista Villegas, Arturo Escobar y Vega, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Juan Martíz Espinoza Cárdenas (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Muchas gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Humanos, para dictamen.



EXPIDE LA LEY GENERAL DE FOMENTO APÍCOLA

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por 10 minutos, la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Fomento Apícola, suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.

La diputada Mónica Almeida López:Muchas gracias. Con la venia de la Presidencia.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Mónica Almeida López: Es de todos conocida la disminución de las colonias de abejas en todo el país, existiendo cifras más alarmantes en las regiones focalizadas a la producción apícola, en donde se integran además uno o más factores de deterioro al medio ambiente que están afectando a estos y otros polinizadores.

Hoy nos encontramos en la situación que es necesario implementar acciones concretas de reacción para mejorar esta problemática, porque actualmente existe en promedio una disminución trágica de entre 40 y 50 por ciento de colmenas de abejas domésticas, las cuales se han ido colapsando desde el año 2012, y la tendencia sigue siendo negativa.

Por otro lado, la producción de 90 por ciento de los frutos y semillas tiene incidencia directa con los polinizadores, por lo que su disminución afecta al sector productivo. Tan solo en México la Conabio señala que el 80 por ciento de las especies de plantas de nuestro país depende de un polinizador para su producción.

Estimaciones económicas del valor de los servicios de polinización señalan que la contribución de estos a la economía mundial se estima con un valor económico a nivel mundial, insisto, en 153 mil millones de euros, lo que representa el 9.5 por ciento del valor de la producción agrícola mundial utilizada para la alimentación humana.

El grado de dependencia de los polinizadores varía entre los cultivos, y en los casos más extremos la ausencia de estos puede reducir la producción de los cultivos hasta en un 100 por ciento. En México se calcula que el 85 por ciento de las plantas cultivadas comestibles dependen del trabajo de estos insectos, en los que se incluye de manera importante a las abejas.

La estimación más reciente calcula que el valor económico de estos servicios es de más de 217 mil millones de dólares al año, y en México se calcula que podría ascender a 63 mil millones de pesos.

Por ello, los diputados Eduardo Ron Ramos, Efraín Rocha Vega, Francisco Javier Guzmán De la Torre, Carmen Mora García, Claudia Pérez Rodríguez y quien hace uso de la voz, Mónica Almeida, nos dimos a la tarea de elaborar una propuesta de marco jurídico de orden público e interés general en el territorio nacional, para establecer las normas para la organización, conservación, reglamentación, promoción, protección, fomento, sanidad, investigación, desarrollo tecnológico, industrialización, así como la cría, explotación, mejoramiento genético y la comercialización de los productos que se pueden obtener de las abejas melíferas, en beneficio de los apicultores y la sociedad en general.

Además de regular todas estas acciones encaminadas en fomentar la producción y productividad apícola, la protección sanitaria, la apicultura y todos los servicios y beneficios para la conservación de la biodiversidad, esta ley general tiene como objetivos:

1. Armonizar las competencias y acciones de coordinación de los tres niveles de gobierno relacionadas con el sector apícola.

2. Establecer las atribuciones de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural en la materia.

3. Crear el Comité Nacional del Sistema Producto Apícola, con la intención de integrar al sector social, académico, científico, privado y público.

4. Señalar parámetros territoriales para la conservación y explotación sustentable del sector apícola.

5. Regular y ordenar la venta y el uso de marcas y propiedad de colmenas.

6. Establecer lineamientos para la movilización de colmenas y sus productos.

7. Fomentar la organización de los apicultores y lograr su participación activa en la toma de decisiones inherentes a su sector, con el objeto de tener mejores prácticas apícolas y proyectarse económicamente.

8. Establecer periodos de inspección, para el correcto funcionamiento del sector apícola, así como la detención de plagas y enfermedades que pongan en riesgo a este grupo.

9. Implementar protocolos de quema de cosechas, para evitar daños a las colmenas.

10. Establecer que para la protección, conservación de la biodiversidad y estos servicios ambientales, se fomente una transición a insecticidas más amigables para la población de las abejas y en todo momento se atienda el principio pro natura.

11. Se establezcan medidas cautelares para la protección de agentes polinizadores.

12. Lograr la credencialización que facilite el acceso a los programas federales y estatales del sector apícola.

13. Armonizar acciones tendientes a generar informes anuales, para contar con una estadística nacional apícola actualizada.

14. Establecer sanciones administrativas y definir los delitos que se origen con la violación de los preceptos de esta ley.

15. Establecer atribuciones para que la Sader investigue, declare y sancione, aplique las infracciones a esta ley y que los recursos provenientes de ellas se apliquen y se destinen al Fondo de Responsabilidad Ambiental, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Ambiental.

En conclusión, compañeras y compañeros diputados, dependemos de las abejas, protejámoslas con el apoyo a la aprobación de esta Ley General de Fomento Apícola. Sin abejas no hay miel, sin abejas no hay vida.

Y solicito de manera respetuosa, antes de terminar, a la Mesa Directiva, que esta iniciativa de ley sea turnada a la Comisión de Ganadería, a su consideración. Es cuanto. Muchas gracias.

«Iniciativa que expide la Ley General de Fomento Apícola, suscrita por la diputada Mónica Almeida López, del PRD, e integrantes de diversos grupos parlamentarios

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; numeral 1, fracción 1 del artículo 6; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los que suscriben diputados Mónica Almeida López, Eduardo Ron Ramos, Efraín Rocha Vega, Francisco Javier Guzmán de la Torre, Carmen Mora García y Claudia Pérez Rodríguez de diversos grupos parlamentarios se permiten poner a consideración de esta asamblea legislativa, la presente iniciativa que expide la Ley General de Fomento Apícola de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La apicultura tiene una gran importancia socioeconómica y ecológica, ya que es considerada como una de las principales actividades pecuarias generadora de divisas y parte fundamental de la economía social. Generalmente esta actividad se asocia únicamente con producción de miel, polen, jalea real y propóleos, sin embargo, las abejas son fundamentales para un equilibrio del medio ambiente ya que al obtener el alimento de las flores fomentan en las plantas la capacidad de fecundarse. Lo anterior se conoce como polinización cruzada, con ésta, las plantas generan el oxígeno suficiente para la vida, y además, aumentan el rendimiento en los cultivos, lo que favorece un incremento en alimentos de origen vegetal, materia prima textil e insumos agropecuarios, en resumen, la apicultura es una de las actividades económicas y sociales más importantes a nivel mundial.

Su historia va de la mano con la evolución del hombre, desde el cazador nómada al agricultor sedentario. De los pueblos que practicaban esta actividad los egipcios fueron los que con mayor detalle dejaron evidencia de esta actividad, desde el tipo de colmena hasta el proceso de recolección de miel y la forma en que era almacenada y preservada.

Entre los vestigios de la cultura griega se han encontrado vasijas cuyo único fin era el de contener los panales de abejas para poder recolectar la miel y cera, e incluso en los textos romanos de Columela y Plinio el viejo se denota una profunda admiración por las abejas, además de indicar conocimiento de enfermedades y manejo e incluso leyes sobre apicultura.

La desaparición y exterminación de las abejas va en aumento. El avance de la industrialización o el uso de tóxicos son sólo algunas de las razones por las cuales contamos con menos de estos insectos en el planeta cada día, Según las más recientes estadísticas de Greenpeace, en Estados Unidos, las desapariciones de abejas han llegado a 42 por ciento en los últimos 5 años, destacando que existen estudios que ay estudios que afirman que un tercio de la alimentación que consumimos diariamente es producto de la polinización de abejas.

Contexto internacional

La multiplicación de colonias por medio de paquetes de abejas es una técnica muy usada en países como Canadá y Estados Unidos, donde se han desplazado los métodos convencionales de iniciación de colmenas, práctica que ha generado una floreciente industria con una alternativa que brinda numerosas ventajas productivas, sanitarias, económicas y de manejo.

La industria de las abejas vivas no sólo abarca abejas melíferas para la producción de miel, sino también a otros polinizadores y abejas usadas en el control de plagas.

Estados Unidos es uno de los principales productores de material vivo. La mayoría de su producción es para la polinización doméstica de sus cultivos. El estado de California es un importante productor de abejas reina; no obstante, consume más de la mitad de las abejas melíferas del país para la polinización de sus cultivos. Esta industria está concentrada principalmente en la zona del sudeste del país, donde las primaveras cálidas permiten incrementar el número de abejas que puedan ser trasladadas en la primavera.

Hawái también es considerado un importante productor de abejas reina, tanto sus características geográficas como sus condiciones sanitarias le permiten ser un gran proveedor de abejas. Sin embargo, en 2012, Estados Unidos de América importó un millón 235 mil dólares en abejas vivas provenientes desde Canadá, para lograr suplir su necesidad de polinizadores.

Nueva Zelanda es un gran país productor y exportador de abejas vivas para exportación. El 90 por ciento de su producción de paquetes de abejas es destinado a Canadá, importante demandante de abejas. Las condiciones geográficas de este país lo han convertido en uno de los principales participantes de la industria de material vivo. Otros países han aumentado su demanda de abejas desde este país, provocando un aumento en el precio de sus productos.

Australia también es un importante exportador de reinas y paquetes de abejas. Este sector productivo es bastante especializado y se encuentra en crecimiento, especialmente para el mercado norteamericano (Canadá), principalmente porque se encuentra declarado libre del ácaro de la Varroa. Sin embargo, no es capaz de cubrir la demanda durante ciertos períodos del año. El mercado australiano tiende a estar activo en el período de la primavera, desde septiembre y noviembre hasta fines de marzo. Este sector de la industria es rentable y tiene buenas proyecciones de crecimiento, aunque sus limitantes ocurren al momento de transportar las abejas al mercado de destino, por los altos costos del flete y la falta de un transporte directo.

Argentina es uno de los principales exportadores de miel a nivel mundial, su industria apícola se encuentra ampliamente desarrollada. Adicionalmente en el contexto sanitario, se encuentra libre de la plaga del pequeño escarabajo de la colmena (Aethina tumida) y del ácaro Tropilaelaps, lo que le entrega cierta ventaja sobre otros países exportadores.

Japón importa abejas, debido a que no dispone de una suficiente población de polinizadores para la producción de cultivos, teniendo en cuenta el alto costo de la polinización manual. La producción interna de abejas del país no es suficiente para cubrir la demanda interna, adquiriendo 80 por ciento de sus importaciones de abejas desde Australia. Adicionalmente, este país es un importante importador de polinizadores para mantener la biodiversidad de su ecosistema. Recientemente un estudio publicado en el Journal of Applied Ecology 2, reveló que 77 por ciento de los abejorros importados tenía una importante carga de parásitos, situación que ha traído como consecuencia mayores y estrictos controles zoosanitarios en la importación de abejas y polinizadores.

Canadá posee una importante industria apícola; sin embargo, las duras condiciones climáticas durante el invierno provocan que muchas abejas no sobrevivan. Como resultado de esta situación, Canadá importa abejas para mantener los altos niveles de producción de miel. En 2012 se importaron 40 mil paquetes de abejas y 198 mil abejas reina, desde Hawái, Nueva Zelanda, Australia y Chile.

En Europa la adquisición de abejas se realiza temprano en la temporada, con el fin de desarrollar colmenas bien pobladas que les permitan aprovechar las primeras floraciones de la temporada para la producción de miel5. La importación de material vivo es empleada principalmente por apicultores amateur de países como Francia, Italia, España y Alemania. La legislación europea permite la importación de abejas reina sólo de los países autorizados, entre ellos Chile.

La evolución de la producción mundial de miel de los últimos 20 años, representada por los promedios de los trienios 1994-96, 2004-06, 2014-16, destaca a China como primer productor mundial; incrementando su participación 11.9 por ciento en todo el periodo analizado. El crecimiento promedio interanual de China fue de 3.8 por ciento en el período 1990-2016, superior al registrado en la media mundial y compensando el estancamiento o retroceso de otros países productores.

Evolución de la participación de los principales países en la producción de miel natural (promedio por trienios 1994-96, 2004-06, 2014-16; en porcentaje -%-) Fuente: Elaboración propia en función de datos de FAO STAT (18/6/2018) http://www.fao.org/faostat/es/#data/QL

El desarrollo del mercado apícola a nivel mundial, en particular de miel, se caracteriza por la predominancia del mercado interno en los países, complementada por el comercio internacional. Del total producido a nivel mundial en 2016, solo 36 por ciento fue comercializado internacionalmente.

Evolución de los precios promedio de las exportaciones de miel en los principales países y el total mundial (2013 a 2017, en USD/t) http://www.trademap.org/Country_SelProduct_TS.aspx

En ese sentido nuestro país tiene en la apicultura un área de oportunidad para la competencia económica internacional, que aunado al clima y los beneficios silvestres con que se cuentan nos proyectan como un país con mejores condiciones naturales incluso que los países líderes en producción de miel, lo cual necesita sin duda el apoyo y legislación que regule e impulse a este sector que podría incrementar su derrama económico de manera exponencial.

Contexto nacional

Nuestro país se ha consolidado entre los principales productores y exportadores de miel a nivel mundial y cuenta con cinco regiones muy definidas que son: la Región Norte, Región de la Costa del Pacífico, Región del Golfo, Región del Altiplano y la Región Sureste. Y aunque la miel sin duda es el producto principal que se obtiene de la apicultura, se procesan productos no menos importantes como el polen, jalea real, propóleos y veneno de abeja, los cuales son muy apreciados por su uso medicinal y en la elaboración de productos de belleza y cuidado de la piel.

Las actividades de un apicultor oscilan entre primavera y verano, normalmente para trabajar con las abejas realizando inspecciones de control de población y extracción de la miel, sin embargo, durante el invierno el trabajo consiste en la preparación del material de madera para la temporada que viene, en donde se alojarán las nuevas familias, así como advertir posibles enfermedades o plagas de las poblaciones de abejas para poder tratarlas a tiempo.

La apicultura cuenta con una amplia tradición en México y se practica desde antes de la llegada de los españoles a América, principalmente en el Sureste del país, en donde se ubica la principal zona de producción de este edulcorante. Durante años, México ha estado dentro de los primeros exportadores y productores de miel a escala mundial, ya que cuenta con una de las biodiversidades más amplias del mundo calculada, en más de 12 mil especies de plantas que son las que le proporcionan las características de calidad (color, sabor y aroma de la miel) a la producción de ésta en México.

La apicultura mexicana no está exenta de los efectos que conlleva la globalización de los mercados. Las nuevas relaciones de comercio generan un constante dinamismo en las distintas actividades económicas, y es vital para todos los sectores contar con información precisa para mantenerse en concordancia con las nuevas condiciones de compraventa, así como para efectuar una adecuada planeación de sus actividades.

Es de todos conocida la disminución de polinizadores de todo el país, en donde existen cifras más alarmantes en las regiones focalizadas y dedicadas a la producción apícola, en donde se integran uno o más factores de deterioro al medio ambiente que están afectando a los polinizadores y donde nos encontramos con el infortunio de que no existen acciones concretas de reacción para mejorarlo, es así que actualmente en promedio existe una disminución de entre 40 y 50 por ciento de colmenas de abejas domésticas, las cuales han venido colapsando de manera trágica desde 2012 y la tendencia sigue siendo negativa.

Por otro lado, más de 90 por ciento de los frutos y semillas tienen incidencia directa en su producción con los polinizadores, por lo que su disminución afecta al sector productivo, tan solo en México la Conabio, señala que 80 por ciento de las especies de plantas de nuestro país, depende de un polinizador para su producción.

Fomento apícola

La apicultura es una actividad discreta que no llama la atención, aunque se sepa que existe, es fácil visitar los poblados y no encontrar actividades de apicultura, a menos que éstas se busquen. Sin embargo, en todo el mundo se están echando a andar proyectos para que los pequeños productores implementen la apicultura: una forma de ayudar a la gente a fortalecer su sistema de vida y desarrollo y asegurar la continuidad del hábitat y de la diversidad biológica.

Fortalecer el sistema de vida significa ayudar a la gente a volverse menos vulnerable ante la pobreza, para lograr esto hay que ayudarles a tener acceso de forma más fácil a una serie de bienes, consolidando la capacidad de incorporarlos en sus actividades productivas de subsistencia, es importante posicionar en el lugar que le corresponde a la apicultura en la creación de medios de vida sostenibles.

Todos los medios de vida y desarrollo individuales dependen de la disponibilidad de varios tipos de capitales, que podemos resumir en cinco grandes categorías: naturales, humanos, materiales, sociales y económicos. Ningún bien por sí mismo, como por ejemplo el capital financiero, es suficiente para crear un sistema de vida y desarrollo. La apicultura es un medio útil para el fortalecimiento de los sistemas de vida y desarrollo, porque usa y produce una serie de bienes.

Los medios de vida y desarrollo en la apicultura se basan en la presencia de recursos naturales, abejas, plantas en flor y el agua; las abejas recogen la goma y la resina usando las plantas y los árboles como hábitat para sus panales; las abejas son un recurso libremente disponible en la naturaleza, éstas volarán por todas partes donde se encuentren plantas en flor, las áreas silvestres o cultivadas, las zonas deprimidas e incluso aquellas áreas donde podría haber campos minados, tienen un valor inestimable para la apicultura.

Esta actividad se puede desarrollar en áreas áridas, o terrenos donde la siembra u otras modalidades de cultivo han fracasado, ya que las raíces de los árboles que producen néctar pueden alcanzar el nivel freático muy por debajo de la superficie, esto hace que la apicultura sea factible en condiciones marginales, lo que es muy importante para la gente que desee rehabilitar sus medios de vida y desarrollo o crear nuevos.

La apicultura se integra fácilmente con una buena cantidad de sistemas de vida y desarrollo, porque utiliza los mismos recursos, por ejemplo: la silvicultura, la agricultura y las actividades de conservación, garantiza una excelente ventaja adicional a la cosecha porque solamente las abejas son capaces de recoger el néctar y el polen, sin entrar en competencia con otros insectos o animales por estos recursos que, de no ser por ellas, serían inalcanzables para el hombre.

La apicultura garantiza la continuidad en el tiempo de la naturaleza a través de la polinización de las plantas silvestres y cultivadas, las plantas en flor y las abejas tienen una relación de perfecta armonía y las unas no pueden existir sin las otras. Las abejas recogen sus sustancias nutritivas de las flores y, con la polinización, garantizan futuras generaciones de plantas, alimentos disponibles para futuras generaciones de abejas y personas. Es una simbiosis perfecta, el valor de la polinización es difícil de medir, pero si pudiera ser calculado, sería el más alto de todos los elementos que componen la apicultura, es por ello que se deben activar los siguientes capitales:

a) Capital físico. Una actividad apícola competitiva necesita materiales de producción e infraestructuras tales como el transporte, el agua, la energía, las vías, los sistemas de comunicación y las instalaciones. Hay muchas formas de trabajar con las abejas y cosechar la miel, cera y productos derivados. En los proyectos sostenibles de apicultura donde todos los instrumentos se producen y reparan en la localidad, se contribuye al sistema de vida y desarrollo de otras personas de la comunidad, la apicultura permite el progreso del sistema de vida y desarrollo de muchos sectores diferentes de la sociedad, incluyendo a vendedores urbanos y rurales, carpinteros que fabrican las colmenas, los sastres que producen los velos, vestimentas protectoras, guantes y todos los que fabrican y venden envases.

b) Capital social. Los recursos sociales, tales como las redes y asociaciones de productores y comerciantes, son de fundamental importancia para el desarrollo de la apicultura. Las asociaciones locales ponen a disposición de los apicultores los medios para que den a conocer su trabajo, ejerzan presión a favor de la protección de las abejas, organicen en colectividad la transformación de la miel y la cera de abeja, y tengan acceso al mercado. El acceso a las redes a un nivel superior, por medio de las organizaciones no gubernamentales, ayuda a obtener contactos en el ámbito nacional e internacional, a encontrar fuentes de capacitación y mercados, a tener acceso a los resultados de investigaciones recientes y a mejorar sus conocimientos sobre la apicultura.

c) Capital económico. Aunque es importante, el capital financiero es esencial para iniciar la actividad de apicultura a un nivel sostenible y para el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, por lo que una buena comercialización depende del suministro adecuado de envases para la transformación y empaque, es por ello que el gobierno debe generar además los medios adecuados para el acceso a créditos ya es indispensable para administrar los centros de recolección y para que los comerciantes puedan comprar la miel y la cera.

La producción de miel está supeditada a las condiciones del medio ambiente y a la disponibilidad de recursos naturales, como son el polen y el néctar de las flores, por lo que en la mayor parte del país ésta se presenta fundamentalmente en dos épocas del año. La primera, en las regiones Sureste y Costas del país, donde la producción se obtiene entre los meses de marzo y mayo (primavera-verano), generando el 40 por ciento de la producción. La segunda, se obtiene en el Altiplano y Norte del país, entre los meses de septiembre y de noviembre (otoño-invierno), obteniendo el 60 por ciento restante de la producción.

Con el principal objetivo de mejorar el rendimiento económico de sus activos productivos, los apicultores han venido incursionando en la obtención y procesamiento de otros productos apícolas como son: el polen, la jalea real y los propóleos, así como veneno de las abejas. Este mayor aprovechamiento ha venido acompañado de acciones de promoción de su uso, sustentado en la creciente corriente del uso de productos.

Protección de agentes polinizadores

Si bien la polinización no es un producto, sino un servicio que presta la apicultura, en muchas zonas del país es una fuente alterna de ingresos y de hecho, en otras, como es el caso de Sinaloa, Chihuahua y Coahuila, es el fin principal de la explotación de las abejas, quedando como actividad secundaria la obtención de miel.

Los cultivos beneficiados con la polinización por abejas son principalmente los orientados a obtener productos de calidad y destinados a la exportación, destacando el pepino, berenjena, calabacita, sandía, melón, cártamo, manzana, fresa, aguacate, cítricos, entre otros.

Se entiende por salud, cuando el animal está libre de agentes etiológicos y de desviaciones genéticas o fisiológicas, lo que permite que exprese su capacidad reproductiva y productiva en un lugar y momento determinado, como es conocido, las colonias de abejas, y en especial las de Apis mellifera L, constituyen sociedades tan desarrolladas y existe tal interdependencia entre sus miembros, que de hecho se consideran unidades biológicas básicas.

Partiendo de lo anterior, una colmena saludable sería aquélla que tenga una buena condición corporal que no quiere decir tamaño o cajones superpuestos, sino cantidad de abejas por marco, cría y reservas de miel y polen, además de la ausencia de “manifestaciones de enfermedad”, no es posible separar los conceptos de salud y enfermedad de la naturaleza de las enfermedades.

a) Agentes químicos

Aunque se han observado intoxicaciones a causa del consumo de néctar o polen de algunas plantas (sobre todo en climas mediterráneos y continentales), y otras provocadas por emanaciones industriales o aguas contaminadas, el problema fundamental está determinado, sobre todo, por el empleo de plaguicidas químicos de síntesis (fitosanitarios), en zonas de pecoreo de las abejas.

Más allá de provocar efectos nocivos dramáticos sobre las colonias de abejas y otros insectos, en general, las sustancias tóxicas, aún en concentraciones subletales, son capaces de estresar a las abejas y a sus crías y reducir su longevidad, debilitando en mayor o menor medida a las colmenas, y favoreciendo el desarrollo de enfermedades infecciosas y el ataque de toda clase de enemigos. De igual manera, la introducción de plaguicidas, medicamentos y otras sustancias no autorizadas en la colmena, y su depósito en la miel y otros productos, puede ser detectada con los medios técnicos que existen hoy, y sacar del mercado al productor, la empresa o el país, por un período considerable.

b) Agroquímicos, plaguicidas, pesticidas y neonicotinoides

El término plaguicida comprende diferentes productos que tienen como fin específico destruir o controlar plagas y enfermedades, de acuerdo a su función se clasifican en herbicidas, insecticidas, fungicidas, nematicidas y rodenticidas (FAO, 1997). Los agroquímicos son sustancias orgánicas o inorgánicas utilizadas en las actividades agrícolas para favorecer y mejorar los cultivos e incrementar la producción, empleo que se incrementó debido a la demanda mundial por alimentos (granos y cereales principalmente), situación que se ha traducido en el uso indiscriminado de estos productos (Consejo de Salubridad General, 2011).

Los agroquímicos son sustancias de uso común en las actividades agrícolas para favorecer y mejorar el desarrollo de cultivos e incrementar la producción. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, 1997) 99 por ciento de las intoxicaciones agudas en las actividades agrícolas han sido provocadas por el uso de estas sustancias, ya sea por contacto directo o indirecto, problema que se incrementa debido a la falta de equipo adecuado para su manejo y aplicación.

El uso de estos productos es una práctica común en las labores agrícolas, el uso excesivo los ha convertido en una problemática mundial dada su toxicidad para aquellas personas que los manejan, por encontrarse expuestos continuamente al componente y/o ingrediente activo de dichas sustancias, llegando a causar intoxicaciones que generan signos y síntomas puntuales, hasta dar lugar a secuelas o efectos crónicos.

FAO (1997) menciona que 99 por ciento de las intoxicaciones en las actividades agrícolas son provocadas por el uso de agroquímicos. Basado en la Organización de las Naciones Unidas (Montoro et al., 2009) se establece que las causas principales de estas intoxicaciones son la reglamentación, la educación, la comunicación sobre riesgos y la falta de participación en la adopción de decisiones, así como con problemas de disposición de los envases y en el almacenamiento de los agroquímicos. Madeley (2002) menciona que el uso de éstos ha ido en aumento en los últimos 20 años sobre todo en los países en desarrollo en el sector agrícola, en donde se carece de campañas de salud.

El uso de agroquímicos a nivel mundial, ha ocasionado diversos daños o alteraciones en el ambiente y en el ser humano; en éste último, estudios epidemiológicos revelan diversos daños y enfermedades como la hepatitis, mal formaciones congénitas, discapacidad mental, órganos dañados y varios tipos de cáncer como leucemia, cáncer de piel, cáncer de pecho y tumores cerebrales, así como un elevado riesgo de sarcoma de tejidos blandos. Adicional a ello mencionan desórdenes reproductivos en el hombre, considerando la causa principal la exposición a químicos con actividad estrogénica y antiandrogénica tales como plaguicidas organoclorados, bifenilospoliclorados (PCB), dioxinas, detergentes y plastificantes, entre otros.

La Declaración de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo (1992) en su principio 15 establece que “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”. Observando también que, cuando exista una amenaza de reducción o pérdida sustancial de la diversidad biológica no debe alegarse la falta de pruebas científicas inequívocas como razón para aplazar las medidas encaminadas a evitar o reducir al mínimo esa amenaza (Convenio sobre Diversidad Biológica).

Así el protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología (1999) señala en su artículo 1 que de conformidad el enfoque de precaución que figura en el principio 15 de la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del presente Protocolo es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de a transferencia, manipulación y utilización segura de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.

El Convenio de Estocolmo (2001) sobre contaminantes orgánicos persistentes tiene como principal objetico proteger la salud humana y el medio ambiente de los daños causados por los contaminantes orgánicos persistentes (COP) así como promover las mejores prácticas y tecnologías disponibles para reemplazar a los COP que se emplean actualmente, y prevenir el desarrollo de nuevos COP para lo cual se prevé el fortalecimiento legislativo y la instrumentación de planes nacionales para cumplir estas metas. Los productos químicos utilizados en plaguicidas cuya eliminación esta prevista en el Convenio de Estocolmo son los siguientes: aldrina, clordano, dieldrina, endrina, heptacloro, hexaclorobenceno (HCB), mirex y toxafeno, asi como los bifenilos policlorados (BCP) industriales. Al ratificar este convenio, Mexico se comprometio a identificar, etiquetar y retirar del uso todo equipo que contenga BCP antes de 2015 y por destruirlo a más tardar en 2028. El convenio también perigue reducir al minimimo y cuando sea posible, eliminar las liberaciones de contaminantes organicos persistentes proucidos de forma no intenciona, como las dioxinas y furanos.

El Convenio de Róterdam (1998) propone establecer un mecanismo de autorización previa la importación exportación de sustancias químicas peligrosas, plaguicidas comerciales, denominado Consentimiento Fundamentado Previo (PIC por sus siglas en ingles), con la finalidad de tener toda la información necesaria para conocer las características y los riesgos que implica el manejo de dichas sustancias, lo cual posibilita a los países importadores decidan que sustancias químicas desean recibir y excluir aquellas que no sean capaces de gestionar de tal forma que manera de manera segura para evitar riesgos en la salud humana y el ambiente. Se someten al PIC los siguientes 28 plaguicidas peligrosos 2,4,5-T, aldrina, binapacrilo, captafol, clordano, clordimeformo, clorobencilato, DDT, 1,2-dibrimetano (EDB) dieldrina, dinoseb, DNOC y sus sales, dicloruro de etileno, óxido de etileno, fluoroacetmida, HCH, heptocloro, hexaclorobenceno, lidano, compuestos de mercurio, monocrotodos, paratión, pentaclorofenol y toxafeno, mas determinadas formulaciones de matamidofos, metil-paratión, fosamidon y una combinación de benomillo, carbofurán y tiram.

El Código internacional de conducta para la distribución y utilización de plaguicidas de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO; 2012) reconoce que la capacitación, a todos los niveles aprobados, constituye un requisito esencial para la aplicación y el cumplimiento de sus disposiciones. Por consiguiente los gobiernos, la industria de los plaguicidas, los usuarios de plaguicidas, las organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales (ONG) y otras partes interesadas deben otorgar alta prioridad a:

• Estimular la aplicación de prácticas comerciales responsables y de aceptación general:

• Promover las practicas que disminuyan los riesgos durante la manipulación de plaguicidas, incluyendo la reducción al mínimo de los efectos adversos para los seres humanos y el ambiente y la prevención del envenenamiento accidental provocado por una manipulación inadecuada;

• Asegurar que los plagauicidas se utilicen con eficacia y eficiencia para mejorar la producción agrícola y la sanidad de los seres humanos, los animales y las plantas;

• Promover el Manejo Integrado de Plagas (MIP) (Incluyendo el manejo integrado de vectores que afectan a la salud pública).

Listado de plaguicidas prohibidos en otros países

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) los plaguicidas en países en desarrollo, causan un millón de casos de intoxicación y cerca de 20 mil muertes anualmente, relacionan el carcinoma mamario con algunos productos de exposición ambiental, como son los compuestos organoclorados (insecticidas organoclorados, bifenilospoliclorados y dioxinas). Según Inegi el carcinoma de mama femenina fue el padecimiento responsable de 3 mil 220 defunciones registradas en el año 1997 en México. Aunque en este sentido las cifras no reflejan la magnitud real del problema, ya que el sub-registro es evidente en las estadísticas así como el uso inadecuado de los registros en las zonas rurales. En México, gran parte de la población que está involucrada con el sector agrícola, desde 1993 se reportan casos por intoxicaciones agudas por plaguicidas, lamentablemente estas cifras no muestran la verdadera realidad ya que se calcula que por cada caso registrado, cinco al menos no se contabilizan.

En ese sentido resalta la necesidad de prohibir el uso de los insecticidas neonicotinoides en razón de las graves afectaciones que se tienen para el desarrollo de la polinización y la apicultura, es por ello quienes están realizando afectaciones deberán probar que la aplicación de sus productos no afecta al desarrollo de los ecosistemas, es por ello que la SCJN se pronunció al respecto señalando que cuando haya peligro de daño grave o irreversible al medio ambiente, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces (de acción o abstención) en función de los costos, para impedir la degradación de aquél

Tesis: XXVII.3o.9 CS (10a.)

Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Décima Época

2013345 73 de 304

Tribunales Colegiados de Circuito

Libro 37, Diciembre de 2016, Tomo II

Página 1840

Tesis Aislada (constitucional, administrativa)

Principio de precaución de derecho ambiental. Su fundamento en las obligaciones de protección y garantía del derecho humano a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas y elementos que le son propios.

De los artículos 1o., párrafo tercero y 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos deriva que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entre ellos, el derecho de toda persona a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Así, con base en una interpretación progresiva de las obligaciones anteriores, en especial las de protección y garantía, el principio de precaución que rige en esa rama del derecho, previsto en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, de la Conferencia de las Naciones Unidas, encuentra fundamento interno; de ahí que cuando haya peligro de daño grave o irreversible al medio ambiente, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces (de acción o abstención) en función de los costos, para impedir la degradación de aquél. Por tanto, son elementos de dicho principio: i) la dimensión intertemporal; ii) la falta de certeza científica absoluta del riesgo ambiental; iii) los riesgos tendrán que ser graves e irreversibles; y, iv) la inversión de la carga de la prueba al infractor.

Asimismo existe la visible afectación de dichos insecticidas aplicado no solo en la agricultura en general, existe una gran afectación del ambiente para el desarrollo de la apicultura que en México tiene una gran importancia socioeconómica y ecológica, ya que es considerada como una de las principales actividades pecuarias generadora de divisas. Generalmente esta actividad se asocia únicamente con producción de miel, polen, jalea real, propóleos, sin embargo, las abejas son fundamentales para un equilibrio del medio ambiente ya que las abejas al obtener el alimento de las flores fomentan en las plantas la capacidad de fecundarse. Lo anterior se conoce como polinización cruzada, con ésta, las plantas generan el oxígeno suficiente para la vida y además, aumentan el rendimiento en los cultivos, lo que favorece un incremento en alimentos de origen vegetal, materia prima textil, e insumos agropecuarios.

La población de abejas sufrió severas pérdidas en los últimos años; desde hace 15 años, la cantidad de colonias disminuye en todo el planeta, en un fenómeno bautizado como “síndrome del colapso de las colonias”. La tasa de mortalidad de las abejas es de alrededor de 30 por ciento cada año desde 2007. Los científicos no entienden cabalmente las causas de estas muertes, pero las investigaciones mencionan una combinación de factores como la presencia de parásitos principalmente Varroa, nuevos agentes patógenos, el Cambio Climático y la exposición a pesticidas usados a gran escala en la agricultura.

Investigadores de la Universidad de Purdue de Indiana dicen que han encontrado un vínculo entre la continua disminución de las poblaciones de abeja en el medio oeste y los insecticidas aplicados a la soja y semilla de maíz. Según Christian Krupke, profesor asociado de entomología y coautor de los resultados, sus análisis de las abejas encontradas muertas en y alrededor de colmenas de varios apiarios durante dos años en Indiana mostraban la presencia de insecticidas del tipo neonicotinoides, que comúnmente se utilizan para recubrir las semillas de maíz y soja antes de plantar. La investigación mostró que los insecticidas estuvieron presentes en altas concentraciones en residuos de talco que queda en la maquinaria agrícola durante la siembra. Los insecticidas clothianidin y thiamethoxam, también se encuentran consistentemente en bajos niveles en el suelo –hasta dos años después de que la semilla fue tratada y sembrada- también se encontraron en flores de diente de león cercanas y en polen de maíz colectado por las abejas, de acuerdo con las conclusiones que se publica en la revista Plos One de este mes. Sabemos que estos insecticidas son altamente tóxicos para las abejas; hemos encontrado en cada muestra de abejas muertas y moribundas.

La mayoría de las semillas de cultivos anuales están recubiertas con insecticidas como neonicotinoides para protección después de la siembra. Todas las semillas de maíz y aproximadamente la mitad de las semillas de soya se tratan. Los recubrimientos son pegajosos y a fin de mantener las semillas que fluye libremente en los sistemas de vacío en las sembradoras se mezclan con un talco. Exceso de talco utilizado en el proceso se libera durante la siembra y en la rutina del procedimiento de limpieza. Teniendo en cuenta las tasas de uso de siembra y el talco usado en el maíz, estamos liberando grandes cantidades de talco contaminado en el medio ambiente.

Es necesario y exigido por nuestra sociedad mantener acciones desde el gobierno que protejan y observe el principio “in dubio pro natura” principio que se fundamenta en la necesidad de tomar y asumir todas las medidas precautorias para evitar contener la posible afectación del ambiente o la salud de las personas cuya observancia implica que todas las actuaciones de la administración pública en temas sensibles al ambiente, sean realizadas con el celo adecuado para evitar riesgos y daños graves e irreversibles. En otras palabras si existe alguna actividad no regulada o regulada por cualquier norma y esta carece de certeza sobre la inocuidad de la actividad en cuanto a provocar un daño grave e irreparable, la administración debe abstenerse de realizar este tipo de actividades y en su caso modificar la normatividad para lograrlo.

c) Enfermedades y Factores epidemiológicos

Cuando se habla de manifestaciones clínicas suelen utilizarse términos tales como síntoma (alteración que se aprecia en el animal vivo durante el examen clínico), signo (manifestación que no se obtiene directamente sobre el animal), y síndrome (conjunto de síntomas y signos que caracterizan a una enfermedad). A veces es difícil determinar con precisión si se trata de un síntoma o un signo, y lo esencial no es la denominación. En la colmena se producen alteraciones que pueden tener asiento en las abejas adultas, la cría o la reina, y algunas que involucran a todas las castas y a la cría.

La colmena cuenta con unas eficaces defensas propias, por lo que, para que se produzca la afección de las larvas por la loque americana, existen circunstancias distintas, dependientes de la vitalidad de la población afectada, del inóculo (cantidad de esporas), y de ciertas condiciones externas.

Las carencias de alimentos, especialmente de polen, pero también de miel, y la escasez de agua, debilitan la resistencia de la colmena y favorecen la aparición de manifestaciones clínicas. Generalmente, los índices epidémicos se elevan en las épocas de escasez alimentaria y descienden con el incremento de los flujos nectarios. Las fuentes de infección son las colmenas y panales con la enfermedad latente o clínicamente manifiesta (masas, escamas o cría enferma).

Los reservorios de esporas son las principales fuentes de contagio. Su importancia varía de acuerdo con la fase de la enfermedad, el tipo de manejo de las abejas y las particularidades locales y regionales. Por lo general, el germen ingresa en las larvas susceptibles, en forma de esporas, transmitidas por vía alimenticia por las abejas nodrizas. Al limpiar las celdas, las abejas transmiten esporas a las nuevas crías. También pueden transmitirse por miel almacenada, y con el polen conservado con miel contaminada. Los enjambres deben tratarse siempre como material sospechoso, por lo que se tomarán los recaudos correspondientes antes de incorporarlos al colmenar.

El propio apicultor disemina la enfermedad: al trabajar con colmenas, panales y utensilios contaminados; cuando amplía poblaciones con crías infectadas; al fusionar núcleos de abejas enfermas; al transportarlas, y al hacerse cargo de enjambres desconocidos. No toma las medidas higiénicas, como: dejar las colmenas más débiles para el final; disponer de medios de lavado de las manos y antisepsia; utilizar cera, reinas y otros materiales certificados. Esta es una enfermedad insidiosa y tenaz, cuyos muy resistentes agentes etiológicos están a la espera de las brechas sanitarias y de manejo, para llegar en las cantidades necesarias a la cría susceptible y provocar la enfermedad.

Se tienen identificados diversos factores que están afectando a los polinizadores entre ellos los pesticidas, deforestación, quemado, enfermedades, ácaros, cambio climático, entre otros, destacando en ese sentido el acaro varroa, que es un género de ácaros ectoparásitos, que infesta y alimenta los fluidos corporales de pupas, larvas y adultos individuos de abejas género miel Apis, llevándolos a la muerte y que actúa como garrapata adhiriéndose al cuerpo de las abejas causándoles heridas, atacando a las crías, chupándoles la hemolinfa, debilitando a las colmenas y volviéndolas susceptibles al ataque de cualquier virus o pesticida.

A mayor abundamiento este acaro se trasladó de Asia hacia España en los años 80 y esparciéndose en prácticamente todo el mundo, en ese sentido actualmente en prácticamente todos los colmenares tiene presencia, teniendo una propagación de contagio altísima, misma que se produce por los siguientes factores:

• Dentro de la colmena: Por contacto directo, las varroas pasan de una abeja a otra y éstas se desprenden para introducirse en las celdillas con larvas.

• Dentro del colmenar: Por pillaje, cambiando cuadros o a través de los zánganos que son acogidos por otras colmenas.

• De un colmena a otro: A través de los zánganos que buscan una reina virgen o por enjambres silvestres.

• De una zona geográfica a otra: A través de los enjambres comerciales y de la trashumancia.

En ese sentido existe la necesidad de realizar acciones de mejora ya que este problema sumado a la utilización de pesticidas neonicotinoides que están terminando con las colmenas y por ende con el sector productivo apícola.

A mayor abundamiento es preciso señalar que en 1992, la apicultura nacional se vio afectada por la presencia de la varroasis poniendo en peligro la actividad apicultora llegando a hacerla incosteable para el apicultor, ya que en ese año la industria apícola era una de las actividades económicas más importantes, y se tenía un inventario de 2.6 millones de colmenas con una producción anual que superaba las 62 mil toneladas de miel, beneficiando en forma directa o indirecta a más de un millón 200 mil personas, a través de la generación de empleos, así como del incremento en la producción agrícola, debido al efecto polinizador y la captación de divisas por la exportación de miel y cera.

En ese sentido para elevar la producción y mejorar la condición sanitaria de los productos de origen apícola, se consideró necesario establecer un control estricto sobre las poblaciones de colmenas afectadas por el acaro Varroa, para permitir así que la apicultura pudiera desarrollarse, razón por la cual con fecha 28 de abril de 1994 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la NOM-001-ZOO-1994, la cual pretendía lograr acciones de protección y fomento apícola en todo el territorio nacional.

En ese sentido debido al grado de dispersión alcanzado por el ácaro Varroa destructor, se le considera un parásito endémico en diversas áreas del país, por lo cual se observó necesario readecuar algunas disposiciones técnicas establecidas en la norma oficial mexicana de la Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas, haciéndolas acordes a las características de la actividad apícola en México, por lo que con fecha 21 de febrero de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-ZOO-1994, Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas, el cual tuvo su publicación el 24 de noviembre de 2005.

En ese sentido al ser una norma de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y establece, que le corresponde a los gobiernos de las entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas atribuciones y circunscripciones territoriales, la aplicación de las disposiciones en esta norma, la cual además de las disposiciones generales de aplicación, contiene dentro del Programa Nacional para el Control de la Abeja Africana y la Campaña Nacional contra la Varroasis de las abejas, el Calendario de Tratamientos contra la Varroasis, por lo que en ese sentido resulta necesario contar con una aplicación eficiente, especifica y focalizada en los territorios con mayor presencia de apicultores, con la finalidad de apoyarlos en el tratamiento de este acaro y generar una mayor producción, tal es el caso de diversas regiones de nuestro Estado.

Resulta así necesario, por los argumentos vertidos con anterioridad que nuestro país a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural emprenda acciones integrales y concretas para erradicar un problema tan grave que no está siendo atendido y que corresponde al Ejecutivo realizar medidas correctivas en colaboración con las entidades federativas, haciendo uso eficiente de los recursos con los que cuenta y enfocándolos a problemáticas emergentes como la que se señala en el presente documento

Fundamentación económica

Estimaciones económicas del valor de los servicios de polinización, señalan que la contribución de los servicios de polinización animal a la economía mundial se estima el valor económico total de la polinización a nivel mundial en 153 mil millones de euros, lo que representa 9.5 por ciento del valor de la producción agrícola mundial utilizada para la alimentación humana.

La polinización entraña también un valor económico para los agricultores desde el punto de vista de la calidad, no sólo de la cantidad. Por lo que respecta al pelitre, que se obtiene de las flores de Chrysanthemum cinerariifolium, se produce un insecticida más potente cuando la inflorescencia ha sido visitada por los insectos. En muchos países la calidad es de vital importancia, porque los frutos bien formados obtienen precios mucho más elevados en los mercados de exportación selectivos. Si tales consideraciones de calidad pueden tenerse en cuenta en la cuota de mercado y en los precios de mercado, la polinización puede contribuir considerablemente a los ingresos por unidad de superficie para los agricultores que conservan los servicios de polinizadores.

Los servicios ecosistémicos son las funciones provistas por la naturaleza que satisfacen las necesidades humanas, uno de los servicios ecosistémicos del que depende el mantenimiento de numerosas especies de plantas y animales, además de la alimentación humana, es la polinización y se ha estimado que alrededor de 80 por ciento de las plantas silvestres y cerca de 75 por ciento de los principales cultivos de consumo humano dependen de la polinización biótica para la producción de semillas y frutos entre los polinizadores más reconocidos mundialmente por su abundancia y papel en la polinización de los cultivos se encuentran las abejas y los abejorros, pero también se ha reportado que otros insectos como las moscas, escarabajos, mariposas, avispas y animales de otros grupos taxonómicos como colibríes y murciélagos contribuyen en la polinización de especies cultivadas. El grado de dependencia de los polinizadores varía entre los cultivos, y en los casos más extremos, la ausencia de polinizadores puede reducir la producción de los cultivos hasta en un 100%. En México, se calcula que 85 por ciento de las plantas cultivadas comestibles depende de polinizadores para producir frutas, verduras y semillas pero sólo se conoce el grado de dependencia en 37 por ciento de esas plantas y se ha caracterizado la identidad de los polinizadores en 20 por ciento.

Cabe destacar que el valor nutricional de los cultivos que dependen de la polinización animal es muy alto, pues son ricos en vitamina A y C, antioxidantes, lípidos, calcio, flúor, y ácido fólico, entre otros componentes además de su importancia ecológica, alimenticia y nutricional, la polinización de plantas cultivadas genera ganancias multimillonarias. La estimación más reciente calcula que el valor económico mundial de este servicio es de 217 mil millones de dólares al año y en México se calcula que podría ascender a 63 mil millones de pesos.

En ese sentido y partiendo de la importancia del servicio que otorga la polinización y el valor generado, ya que las actividades primarias dependen directamente de la polinización, en ese sentido las actividades primarias en nuestro país representan 3.2 por ciento del PIB, que para 2018, correspondió a 2 millones 368 mil 786 millones de pesos; esto quiere decir que además del costo que representa el valor de la polinización entendiéndose esta como el costo que genera su realización, podría afectar gravemente el desarrollo del país de no contar con esta función primordial para el desarrollo del campo mexicano y no solo generar un gasto de 63 mil millones de pesos si no que la tendencia de producción del sector primario se vería gravemente afectado.

En razón de lo anterior se justifica ampliamente el valor superior de polinización se encuentra por encima de los costos gubernamentales por la implementación de políticas públicas que tengan por objeto la conservación protección y fomento apícola por lo que el costo económico que tendría para el País en caso de ser omisos a esta problemática, y no implementar políticas públicas eficientes como la que se plantea en la iniciativa, tendrá una consecuencia de impacto exponencial, para resarcir los daños y reparar los ecosistemas, así como el desempleo, la derrama económica de ciertas regiones, el crecimiento económico, pero sobre todo la conservación de nuestro medio ambiente, en ese sentido la SCJN se ha pronunciado al respecto, señalando que las exigencias inequívocas sobre la alteración al servicio ambiental, constituye una medida de desprotección al medio ambiente por lo que se debe actuar conforme al principio de precaución y del diverso in dubio pro natura.

Tesis: 1a. CCXCV/2018 (10a.)

Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Décima Época

2018634 9 de 304

Primera Sala

Libro 61, Diciembre de 2018, Tomo I

Página 307

Tesis Aislada (constitucional)

Derecho humano a un medio ambiente sano. Análisis de los servicios ambientales.

Los servicios ambientales definen los beneficios que otorga la naturaleza al ser humano. Un ecosistema, entendido como un sistema de elementos vivos y no vivos que conforman una unidad funcional, brinda al ser humano diversos tipos de beneficios, sea porque le provee de bienes y condiciones necesarias para el desarrollo de su vida (hasta una significación religiosa) o bien, porque impiden eventos que la ponen en riesgo o disminuyen su calidad, estos beneficios son los servicios ambientales, pueden estar limitados a un área local, pero también tener un alcance regional, nacional o internacional. Los servicios ambientales se definen y miden a través de pruebas científicas y técnicas que, como todas en su ámbito, no son exactas ni inequívocas; lo anterior implica que no es posible definir el impacto de un servicio ambiental en términos generales, o a través de una misma unidad de medición. La exigencia de evidencias inequívocas sobre la alteración de un servicio ambiental, constituye una medida de desprotección del medio ambiente, por lo que su análisis debe ser conforme al principio de precaución y del diverso in dubio pro natura.

Asimismo la SCJN se pronuncia al respecto, de lograr que el derecho humano al medio ambiente tenga una tutela efectiva y el estado deba garantizarla de acuerdo con la siguiente Tesis Constitucional:

Tesis: 1a. CCXCII/2018 (10a.)

Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Décima Época

018635 11 de 304

Primera Sala

Libro 61, Diciembre de 2018, Tomo I

Página 308

Tesis Aislada (constitucional)

Derecho humano a un medio ambiente sano. Su dimensión colectiva y tutela efectiva.

El derecho humano a un medio ambiente sano posee una dimensión individual, pues su vulneración puede tener afectaciones directas e indirectas sobre las personas en conexidad con otros derechos como a la salud, a la integridad personal o a la vida, entre otros, pero también cuenta con una dimensión colectiva, al constituirse como un interés universal que se debe a generaciones presentes y futuras. No obstante, el reconocimiento de la naturaleza colectiva y difusa de este derecho humano, no debe conducir al debilitamiento de su efectividad y vigencia, ni a la ineficacia de las garantías que se prevén para su protección; por el contrario, conocer y entender esta especial naturaleza debe constituir el medio que permita su tutela efectiva a través de un replanteamiento de la forma de entender y aplicar estas garantías.

Asimismo se establece que es obligación del Estado proteger el desarrollo sustentable y disponer que sus agentes garanticen su respeto, lo que implica compaginar metas fundamentales entre el desarrollo económico y la preservación de los recursos, mediante el desarrollo sustentable, que persigue el logro de los objetivos esenciales como la eficiencia en la utilización de los recursos y el crecimiento cuantitativo, tal y como se señala en la siguiente Tesis Constitucional:

Tesis: XXVII.3o.16 CS (10a.)

Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Décima Época

2017255 28 de 304

Tribunales Colegiados de Circuito

Libro 55, Junio de 2018, Tomo IV

Página 3093

Tesis Aislada (constitucional)

Medio ambiente sano. Su relación con el desarrollo sustentable y otros derechos fundamentales que intervienen en su protección.

Los principios 2, 3, 4, 7 y 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, surgida de la Conferencia de las Naciones Unidas reunida en Río de Janeiro, Brasil, del 3 al 14 de junio de 1992, así como el informe Brundtland en materia de desarrollo sostenible, brindan herramientas que permiten establecer la incorporación intrínseca de la sustentabilidad en el contexto del derecho humano a un medio ambiente sano, reconocido en el artículo 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre un marco económico y social del desarrollo. Así, el principio constitucional de protección al medio ambiente sano y la obligación de garantizar su pleno ejercicio, conllevan incorporar un entendimiento central del concepto de sustentabilidad ecológica con trascendencia jurídica, a fin de garantizar la utilización de los recursos naturales para las generaciones presentes y futuras, en la inteligencia de que su importancia vital radica en evitar su deterioro, como una condición necesaria para el disfrute de otros derechos fundamentales. En consecuencia, la obligación del Estado de proteger dicha prerrogativa y disponer que sus agentes garanticen su respeto, implica compaginar metas fundamentales entre el desarrollo económico y la preservación de los recursos, mediante el desarrollo sustentable, que persigue el logro de los objetivos esenciales siguientes: (i) la eficiencia en la utilización de los recursos y el crecimiento cuantitativo; (ii) la limitación de la pobreza, el mantenimiento de los diversos sistemas sociales y culturales y la equidad social; y, (iii) la preservación de los sistemas físicos y biológicos –recursos naturales, en sentido amplio– que sirven de soporte a la vida de los seres humanos, con lo cual se tutelan diversos derechos inherentes a las personas, como los relativos a la vida, la salud, la alimentación y al agua, entre otros.

Por lo fundado y motivado; y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se expide la Ley General de Fomento Apícola

Único. Se expide la Ley General de Fomento Apícola, para quedar como sigue:

Ley General de Fomento Apícola

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés general en el territorio nacional, y tiene por objeto establecer las normas para la organización, conservación, reglamentación, promoción, protección, fomento, sanidad, investigación, desarrollo tecnológico, industrialización, así como la cría, explotación, mejoramiento genético y la comercialización de los productos que se pueden obtener de las abejas melíferas en beneficio de los apicultores y la sociedad en general.

Artículo 2. Se declara de interés público y actividad prioritaria, todas las acciones encaminadas a incrementar la producción y la productividad apícola, la protección sanitaria de las abejas y la apicultura, por los beneficios que otorga a la conservación de la biodiversidad y los servicios ambientales a través de la polinización tanto de plantas de la vegetación natural como la cultivada, así como la sustentabilidad de la actividad.

Artículo 3. Son sujetos de esta ley todos los actores involucrados, desde los procesos de criadero y cuidado de colmenas y apiarios, así como los productores, las organizaciones, asociaciones, comités, consejos de carácter nacional, estatal, regional, distrital y municipal, asimismo los organismos auxiliares en la materia, así como:

I. Todas las personas físicas y jurídicas que se dediquen directa o indirectamente, de manera habitual y esporádica a la cría, fomento, mejoramiento, explotación, innovación tecnológica, movilización y comercialización de las abejas, sus productos y derivados; así como aquellas que efectúen funciones de industrialización, empaque, almacenamiento, comercialización y transporte de los productos y derivados apícolas;

II. Las áreas en las zonas consideradas como adecuadas para el crecimiento y desarrollo de la apicultura del país; y

III. Los convenios celebrados entre la Federación, Entidades federativas, Municipios y expertos en la materia de la presente ley, con dependencias o entidades del estado.

Artículo 4. Para los efectos de la presente ley se entenderá por:

I. Abeja: Insecto himenóptero de la familia de los Apidos, que produce miel y cera principalmente, que recolecta polen y propóleos que junto con otros productos que se pueden obtener de ellos como la jalea y el veneno;

II. Abeja Africana: La abeja originaria del Continente Africano, cuyas características y hábitos de defensa y migración son diferentes a las razas europeas;

III. Abeja africanizada. Es el producto de la cruza de la abeja africana y la europea

IV. Apiario: Es el conjunto de colmenas pobladas con abejas melíferas e instaladas en un lugar determinado;

V. Apicultor: Es toda persona física o jurídica que se dedique a la cría, manejo y cuidado de las abejas, para la producción y comercialización de sus productos y subproductos;

VI. Apicultura: Conjunto de actividades concerniente a la cría, cuidado y aprovechamiento racional de las colonias de abejas;

VII. Certificado Zoosanitario: Documento oficial expedido por personal de la Sader o por un profesionista aprobado y que avala la sanidad de las colmenas;

VIII. Colmena: Caja de madera que en su interior aloja una colonia de abejas que consta de unos cuadros o bastidores con cera estampada y que se utiliza para que las abejas se multipliquen, construyan sus panales, y almacenen la miel, el polen, los propóleos y produzcan cera y jalea real;

IX. Colonia: Está constituida por varios miles de abejas obreras, que tienen una reina y varios cientos de zánganos que en su conjunto constituyen un superorganismo capaz de reproducirse, defenderse y sobrevivir de manera indefinida;

X. Criadero de Reinas: Conjunto de colmenas tipo técnico divididas interiormente o de medidas especiales, destinadas principalmente a la reproducción de abejas reina;

XI. Enjambre: Conjunto de abejas en tránsito, sin lugar o alojamiento permanente, compuestas por reina y obreras, que por proceso natural tienden a dividirse de la colmena madre en búsqueda de un nuevo alojamiento para garantizar la preservación de la especie;

XII. Flora Melífera. Todo tipo de planta de la cual las abejas, en alguna de sus etapas, extraigan polen, néctar o resinas ya sean estas plantas anuales o arbustos principalmente;

XIII. Jalea Real: Sustancia segregada por las abejas obreras, por medio de las glándulas hipofaríngeas que constituye el alimento principal de la abeja reina;

XIV. Miel: Es el producto final restante de la recolección del néctar de las flores, al ser transportado, modificado y almacenado en las celdas de los panales por las abejas;

XIV. Médico Veterinario Oficial: Persona acreditada para el ejercicio de la profesión con registro oficial de la Sader, para realizar actividades en materia zoosanitaria;

XVI. Movilización: Transportación de colmenas pobladas de abejas reinas, núcleos de abejas y material apícola, a otra región dentro de la entidad ó fuera de ella;

XVII. Néctar: Líquido azucarado que se encuentra en el interior de las flores;

XVIII. Núcleo: Se le llama a una familia de abejas con su cría;

XIX. Polen: Partícula pequeña proveniente de los estambres de las flores, que hacen las funciones de fecundación vegetal en las plantas con flores y que es recolectado, distribuido o almacenado por las abejas;

XX. Polinización: Partícula pequeña proveniente de los estambres de las flores, que cumple la función de fecundar los óvulos en el proceso de reproducción en las plantas con flores y que es recolectado, por las abejas y almacenado en la colmena para su posterior uso;

XXI. Polinizadores: Agentes estratégicos de los ecosistemas que permiten obtener mayor producción y mejor calidad en los cultivos de semilla, frutas y vegetales a través de la polinización;

XXII. Ruta y Zona Apícola: Las carreteras, los caminos, veredas, zonas o lugares susceptibles de explotación apícola y sitios permitidos para la instalación de apiarios;

XXIII. Sader: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;

XXIV. Secretarías estatales: Secretarías de las entidades federativas encargadas de la ejecución de políticas públicas en materia de agricultura y desarrollo rural;

Capítulo IIDe los derechos y obligaciones

Artículo 5. Las personas sujetas a esta ley, gozarán de los siguientes derechos:

I. Disfrutar de los apoyos económicos para el fomento de las actividades apícolas, que los tres niveles de gobierno concedan a todos los apicultores;

II. Formar parte de las organizaciones y asociaciones nacionales, estatales o municipales de apicultores;

III. Proponer a la Sader y/o las secretarías estatales, el manejo y expedición de guías de tránsito en materia apícola; así como celebrar convenios;

IV. Obtener, una vez cubiertos los requisitos y trámites correspondientes, la Credencial Única Agroalimentaria expedida por la Sader para acceder de manera pronta y puntual a recursos de los programas federales y estatales de apoyo al sector apícola;

V. Solicitar los permisos correspondientes para la instalación de colmenas en los términos dispuestos en la presente Ley, y demás disposiciones legales aplicables;

VI. Registrar en la Sader y las secretarías estatales las rutas o territorios apícolas en operación y dar aviso oportuno para las que se pretendan abrir en el futuro;

VII. Participar en la integración de organismos técnicos o de consulta que se establezcan para la protección y mejoramiento de la apicultura;

VIII. Promover y organizar coordinadamente con las dependencias del sector apícola, concursos, congresos, seminarios, exposiciones y eventos, que tiendan al fomento, mejoramiento técnico en el país; y

IX. Manifestar sus opiniones y hacer denuncias a la autoridad correspondiente, cuando consideren afectados sus intereses.

Artículo 6. Son obligaciones de los sujetos a esta ley:

I. Instalar sus colmenas con estricto apego a lo establecido en esta ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables;

II. Registrar en la Sader y/o las Secretarías, la marca que utilizará para identificar a sus colmenas; de dicho registro entregará copia a la organización de apicultores que corresponda;

III. Respetar el derecho de antigüedad de ubicación de otros apicultores cuando pretendan establecer nuevos apiarios de conformidad con lo establecido en esta Ley;

IV. Informar a la organización a la que pertenezcan sobre la ubicación de sus apiarios, anexando plano o croquis descriptivo de macro y micro localización a fin de que sea la asociación la que tramite y gestione ante la Sader y/o las secretarías estatales, el registro respectivo del apicultor. En el caso de que el apicultor no forme parte de una organización deberá tramitar su registro directamente;

V. Registrar ante la Sader y/o las secretarías estatales, la existencia e instalación de plantas de extracción y envasadoras de productos apícolas;

VI. Rendir informe anual a la Sader y/o secretarías estatales, sobre la producción obtenida, así como de la comercialización realizada en el mercado interno y externo;

VII. Sujetarse a la guía de tránsito y certificado zoosanitario y otros documentos necesarios para la movilización de abejas;

VIII. Notificar a la Sader y/o secretarías estatales sobre toda sospecha de enfermedades de las abejas a fin de que se tomen las medidas correspondientes;

IX. Acatar las disposiciones federales y estatales, relativas al control de las enfermedades y plagas de las abejas y de la abeja africana; y

X. Las demás que les confieran las leyes aplicables.

Capítulo IIIDe las autoridades competentes

Artículo 7. Son autoridades competentes para la aplicación de esta Ley, en los términos que la misma y otras disposiciones aplicables les confieren:

I. La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;

II. La Secretaría de Salud;

III. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

IV. Las Secretarías de las entidades federativas encargadas de la ejecución de políticas públicas en materia de agricultura y desarrollo rural;

V. Los Ayuntamientos en el ámbito de su competencia;

VI Las Unidades de Protección Civil y Seguridad de los tres niveles de gobierno; y

VII. Las demás autoridades que resulten competentes de conformidad con la normatividad vigente, o en su caso los convenios de colaboración que celebren.

Artículo 8. Las autoridades estatales, municipales, deberán coordinarse con las dependencias del gobierno federal correspondientes para que dentro de su competencia, les otorguen el apoyo necesario para lograr los objetivos de esta ley.

Capítulo IVDe las atribuciones de la secretaría

Artículo 9. La Sader, en materia apícola tendrá las siguientes atribuciones:

I. Proteger, planear, fomentar, estimular y coordinar conjuntamente con los tres niveles de gobierno, la organización de los apicultores, la investigación, la tecnificación y producción apícola así como la realización de programas que tiendan al mejoramiento cualitativo y cuantitativo de la apicultura en el país;

II. Coordinarse con los gobiernos locales y municipales para la mejor aplicación de la presente ley y la expedición de leyes locales en la materia y dictar conjuntamente con ellas, las medidas de protección, fomento, programación y desarrollo de la apicultura;

III. Elaborar el padrón y credencialización de apicultores en coordinación con las secretarías estatales.

IV. Promover, fomentar y coordinar la prevención y control de las medidas necesarias para la lucha contra: la abeja africana y africanizada, las enfermedades y aquellas actividades del hombre que dañen a las abejas, conforme a las normas, lineamientos y procedimientos que se establezcan en materia federal;

V. Resolver las consultas técnicas que les formulen los apicultores o las organizaciones apícolas del país. Para tal efecto la Sader contará con el personal especializado que autorice el presupuesto, considerando y/o solicitando también el apoyo, coordinación o convenio con las Universidades Públicas del país.

VI. Promover el ejercicio de las actividades de fomento, apoyo y estímulos financieros a la actividad apícola, otorgando estímulos a los productores de acuerdo a los programas autorizados;

VII. Coordinar las disposiciones para el control de la movilización e inspección de las colmenas y sus productos;

VIII. Promover, en coordinación con la Secretaría Economía, la realización de ferias y exposiciones apícolas, otorgando de manera conjunta con las organizaciones pecuarias, reconocimientos y premios que estimulen a los productores en el avance genético de sus especies, la sanidad y la transformación, industrialización y comercialización de sus productos y sus subproductos, de conformidad con la normatividad aplicable;

IX. Coordinar las acciones de sanidad apícola así como registrar las cuarentenas en zonas infestadas o infectadas prohibiendo el traslado de colmenas que se consideren portadoras de ácaros, enfermedades exóticas o africanizadas a zonas libres;

X. Realizar operativos y calendarizaciones que tengan por objeto la coordinación con el sector agrícola para la protección y resguardo de colmenas susceptibles de afecciones ocasionadas por el uso de fertilizantes, plaguicidas e insecticidas.

XI. Promover, en coordinación con la Semarnat, campañas de forestación y reforestación con propósitos de conservación y restauración, de conformidad con la normatividad aplicable;

XII. Prevenir, proteger y fomentar la conservación de los recursos naturales, bosque, suelo y agua, así como la flora néctar polinífera;

XIII. Promover con las Entidades federativas y los Ayuntamientos, la difusión entre la población sobre la diversidad apícola y la importancia de la polinización en cada región;

XIV. Implementar políticas públicas para lograr la protección de los agentes polinizadores, y detener la deforestación y el uso intensivo e indiscriminado de agroquímicos imperando el principio indubio pro natura;

XVI. Vigilar la aplicación y cumplimiento de las medidas preventivas y de control de enfermedades de la abeja africana;

XVII. Promover la formación de asociaciones apícolas en municipios en donde existan más de diez apicultores;

XVIII. Llevar a cabo la vigilancia e inspección para el cumplimiento de esta ley así como en su caso, imponer las sanciones a que haya lugar;

XIX. Dictar las disposiciones para el control de la movilización e inspección de las colmenas que se consideren portadoras de enfermedades;

XX. Llevar a cabo en coordinación con las secretarías estatales la estadística apícola del país;

XXI. Elaborar y mantener actualizado el registro de las organizaciones de apicultores;

XXII. Elaborar y mantener de manera permanente la campaña de credencialización de apicultores, así como una constante comunicación y difusión de los apoyos, programas y recursos a los cuales pueden acceder.

XXIII. Llevar el registro de marcas o señales que identifiquen la propiedad de cada apicultor;

XXIV. Proteger las zonas y plantas melíferas que conforman los ecosistemas del país y en coordinación con la Semarnat emitirá los lineamientos específicos para estos efectos;

XXV. Vigilar que los aviarios instalados cuenten con el permiso correspondiente y que no estén dentro del derecho de vía de carreteras federales, estatales, municipales o caminos vecinales;

XXVI. Intervenir como autoridad conciliatoria en la solución de conflictos que se produzcan entre apicultores por invasión de rutas o espacios de límites, así como tramitar y resolver las controversias que se susciten entre apicultores;

XXVII. Vigilar y aplicar, en coordinación con la Secretaría de Salud, las disposiciones relacionadas con la inocuidad de los alimentos de origen animal, la selección y clasificación de los elementos o ingredientes que se utilicen para el consumo animal, así como la aplicación de prácticas de registro y etiquetado en todos los productos y subproductos;

XXVIII. Dictar las disposiciones necesarias para el control de plagas y enfermedades de las abejas y actividades del hombre que dañen a la apicultura, en coordinación con las instancias de los gobiernos estatales y municipales para la aplicación de las normas federales aplicables;

XXIX. Imponer, en el ámbito de su competencia, las sanciones por infracciones a disposiciones legales o reglamentarias, instaurando al efecto los procedimientos correspondientes y cooperar con las autoridades competentes para la aplicación de las mismas;

XXX. Proporcionar la asistencia técnica sobre toda clase de métodos y sistemas modernos para la apicultura y atender consultas técnicas que formulen los apicultores;

XXXI. Realizar por sí misma o coadyuvar a que otras instituciones realicen programas de investigación y apoyo a los programas para el Control de la Abeja Africana, de patología apícola, mejoramiento genético y manejo de apiarios;

XXXII. Colaborar con los cuerpos de Policía y autoridades judiciales en contra del robo de colmenas, material y productos apícolas y sus daños;

XXXIII. Promover la concertación de convenios de colaboración con las organizaciones de apicultores para incrementar la producción apícola;

XXXIV. Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de los inspectores en materia apícola; y

XXXV. Las demás que se deriven de las leyes o demás normatividad aplicable.

Capítulo VComité Nacional del Sistema Producto Apícola

Artículo 10. Se crea el Comité Nacional del Sistema Producto Apícola, instancia colegiada de coordinación y concertación integrada por los agentes del sector social, académico, científico, privado y público, participantes en los procesos de producción, acopio, transformación y comercialización con el objeto de impulsar, orientar, coordinar, proteger, vigilar y dar seguimiento a las políticas públicas, planes, programas y acciones en materia apícola, que se realicen por parte de las dependencias federal, estatal y municipal, para el mejor desarrollo del sistema producto apícola

Las acciones derivadas del Comité, buscaran fortalecer, generar alternativas e impulsar los siguientes ejes prioritarios:

I. Productos primarios;

II. Criadores de abejas reinas;

III. Agentes polinizadores;

IV. Proveedores de insumos o servicios;

V. Agentes procesadores, manufactureros y transportistas;

VI. Distribuidores y comercializadores de los productos;

VII. Instancias de apoyo para la investigación; y

VIII. Consumidores.

Artículo 11. El Comité Nacional del Sistema Producto apícola se integra de la siguiente forma:

I. Un representante de las organizaciones no gubernamentales, quien presidirá;

II. Un representante de Sader, quien fungirá como Secretario y solo tendrá derecho a voz;

III. Un representante de las organizaciones no gubernamentales, quien fungirá como Tesorero;

IV. Los vocales, un representante de las siguientes dependencias e instituciones:

a) Un representante de Semarnat, y solo tendrá derecho a voz;

b) Las Secretarías de las entidades federativas encargadas de la ejecución de políticas públicas en materia de agricultura y desarrollo rural

c) Cámaras Nacionales de Comercio

d) Cámaras Industriales y de productos

e) Federaciones, Asociaciones y Organizaciones de apicultores

f) Federación de Colegios y Asociaciones de Médicos Veterinarios Zootecnistas de México

g) Profesionales expertos en materia apícola

h) Instituciones de Educación en Investigación apícola; y

i) Organizaciones no gubernamentales en materia apícola

Los cargos de integrante del Comité Nacional del Sistema Producto apícola son honoríficos, por lo tanto no remunerados.

El reglamento y/o lineamientos establecerán los procedimientos para la instalación y las sesiones del Comité Nacional del Sistema Producto apícola y su funcionamiento.

Artículo 12. El Comité Nacional del Sistema Producto Apícola, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Elaborar el proyecto de Plan Nacional Apícola y someterlo a consideración de la Secretaría, el cual deberá determinar los objetivos de planeación para llevar a cabo la política nacional de fomento, protección y desarrollo del sector apícola;

II. Proponer acciones a la Sader para la solución de los problemas especiales que se presenten y pongan en peligro la apicultura;

III. Opinar sobre las distancias de instalación de los apiarios;

IV. Presentar propuestas de Programas de Fomento Apícola a la Secretaría para su aprobación;

V. Opinar y proponer alternativas de la comercialización de los productos apícolas, a fin de evitar la especulación;

VI. Proponer al Ejecutivo del federal, la creación de programas o proyectos de iniciativas y reformas en materia apícola;

VII. Emitir opinión sobre el valor agregado de los productos apícolas;

VIII. Apoyar a la Sader en sus programas de fomento, así como en el cumplimiento de sus atribuciones;

IX. Proponer mecanismos sobre la forma de organización de apicultores;

X. Las demás que se establezcan en esta ley.

Capítulo VIDel aprovechamiento de las zonas apícolas

Artículo 13. Se declara de utilidad pública e interés social en el país, el aprovechamiento de la flora melífera.

Artículo 14. La Secretaría levantará y actualizará el inventario de la flora melífera en el país y en función de éste, determinará las rutas y zonas apícolas que puedan establecerse.

Artículo 15. Para el mejor control y racional explotación de la flora melífera, la secretaría podrá otorgar licencias de aprovechamiento a los apicultores que instalen apiarios con un mínimo de veinticinco colmenas.

Artículo 16. El apicultor al obtener la licencia de aprovechamiento de una zona apícola adquiere el derecho de exclusividad y preferencia en la zona, la que se circunscribirá dentro de un radio de tres kilómetros contados a partir del punto de instalación del apiario registrado.

Artículo 17. El derecho de exclusividad y preferencia se perderá si durante dos ciclos de floración seguidos no se explota la zona apícola, y será cancelada la licencia de aprovechamiento.

Capítulo VIIDe la marca y propiedad de las colmenas

Artículo 18. La propiedad de las colmenas y demás material del apícola, se acreditará con una marca de identificación del apicultor, quién para tal efecto deberá registrarla ante la Sader.

Para la identificación de la propiedad de las colmenas, todo apicultor que opere dentro del país deberá marcarlas al frente, mediante fierro caliente, que sea visible cuando menos a una distancia de dos metros, la expedición de la patente, se hará gratuitamente por la Sader.

La Sader llevará un control de los registros, marcas y diseños, nombre y domicilio del propietario con número de registro progresivo.

Artículo 19. Se prohíbe el uso de marcas no registradas y al infractor se le aplicarán las sanciones previstas en esta ley.

Artículo 20. La compra-venta de colmenas y material apícola deberá efectuarse invariablemente acompañada de la factura correspondiente que compruebe su adquisición legítima y el nuevo dueño deberá colocar su marca en el ángulo inferior izquierdo y sucesivamente en el sentido del giro de las manecillas del reloj a un lado de la marca del vendedor, sin quitársela y conservará la factura original de compra.

Artículo 21. Las colmenas remarcadas o alteradas en sus marcas, se presumirán robadas, si el poseedor no justifica la propiedad o posesión de las mismas, salvo prueba en contrario; la organización apícola deberá dar aviso inmediatamente a la Secretaría, para que se realicen las investigaciones correspondientes de conformidad con la presente ley y demás ordenamientos jurídico aplicables.

La Sader se hará cargo de las colmenas hasta en tanto se acredite la legal propiedad en favor de persona alguna. Si pasados treinta días hábiles no apareciere su propietario, previo aviso mediante publicación por dos días consecutivos en el sitio web de la Sader correspondiente al sector apícola, los pondrá a la venta y los recursos que se generen se destinarán para sufragar los gastos generados por su cuidado, así como al fomento apícola.

Artículo 22. Dentro de cada entidad no deberá haber dos fierros, iguales entre sí, ni uno similar a otro ya registrado, cuando se presenten para su registro dos fierros iguales se dará preferencia para su inscripción al presentado en primer lugar, debiendo ser modificado el otro que se presente con posterioridad.

Capítulo VIIIDe la instalación de los apiarios

Artículo 23. Para la instalación de un apiario, será obligatorio, que el interesado entregue a la Sader la solicitud de instalación que contendrá lo siguiente:

I. Escrito en el que indique la actividad o actividades específicas de la instalación del apiario y la finalidad de su producción;

II. El número de colmenas no menor de 25 ni mayor de 50 colmenas por apiario;

III. Domicilio del interesado y croquis de la ubicación del apiario, anexando a este último, croquis de localización;

IV. Autorización por escrito del propietario, poseedor ejidal o comunal del predio donde se instale el apiario, cunado sea prestado o rentado; y

V. Presentar la marca que llevarán las cajas para su identificación debidamente registrada en la Sader, conforme a lo que establece la presente ley;

Artículo 24. Todo apicultor vigilará que sus abejas no causen molestias a los vecinos del lugar, y de proteger la industria apícola contra los efectos dañinos de la abeja africana, para tal efecto deberán tomar las siguientes medidas:

I. Ubicar los apiarios a una distancia mínima de 300 metros de cualquier casa-habitación, incluyendo la propia, escuelas y otros lugares de reunión pública, así como de sitios de animales en confinamiento de diversas especies pecuarias;

II. Ubicar los apiarios a una distancia mínima de 200 metros de los derechos de vía de los tres órdenes de gobierno, caminos rurales, así como de núcleos habitacionales;

III. No tener colmenas dentro de casas-habitación y de zonas urbanas;

IV. Establecer barreras naturales o cercas que aíslen los apiarios de la intromisión de animales;

V. La distancia entre un apiario y otro, ya sea movible o fijo deberá atender a la capacidad de la densidad floral correspondiente;

VI. Colocar las colmenas sobre las bases individuales separadas de uno a tres metros de distancia, de unas de otras, y a dos metros entre filas;

VII. Colocar letreros a 100 metros del apiario con una leyenda preventiva, así como una ilustración que comunique la misma idea para las personas que no saben leer;

VIII. Cuidar que las colmenas se encuentren en buen estado y sanas;

IX. Vigilar los apiarios con el objeto de tener control sobre los enjambres que de ellos salgan; y

X. Las demás que establezca la Sader.

Artículo 25. La Sader deberá tomar en consideración para autorizar la instalación de apiarios, la opinión de las organizaciones, asociaciones o federaciones de apicultores que corresponda.

Artículo 26. En el caso de dos apiarios instalados en sitios cercanos, las autoridades correspondientes darán preferencia al apicultor que compruebe tener mayor antigüedad y el que tenga menos tiempo queda obligado a retirar inmediatamente sus colmenas de éste o de cualquier otro apiario de distinto propietario.

Los apicultores que tengan instalado su colmenar dentro de los terrenos de su propiedad o los ejidatarios dentro de los límites del ejido a que pertenecen, tendrán preferencia sobre quienes se ubiquen en terrenos ajenos, aun cuando estén instalados con anterioridad.

Artículo 27. Cuando un apicultor ocupe en forma ilícita el espacio que pertenece a otro productor apícola se deberá proceder como sigue:

I. La Secretaría requerirá por escrito al apicultor invasor para que en un término 5 días, realice la desocupación inmediata del espacio que pertenece a otro apicultor legalmente establecido; y

II. En caso de no tener efecto el requerimiento señalado en la fracción anterior, la Sader notificará por escrito al invasor el inicio del procedimiento administrativo de calificación de sanciones conforme a lo establecido en esta ley y demás aplicables.

Artículo 28. Para acreditar el derecho de antigüedad de los apicultores, la Secretaría suscribirá convenios de colaboración con los ayuntamientos, quienes deberán elaborar mapas o planos del área de su jurisdicción, anotando en ellos los apiarios existentes, numerados, acompañados de una relación con nombre, marca y dirección de sus propietarios.

Artículo 29. Las controversias suscitadas entre apicultores por cuestiones de instalación de apiarios serán turnadas para su conciliación a la Sader.

Artículo 30. Los apicultores establecidos deberán rendir un informe anual a la Sader, a efecto de actualizar la estadística nacional apícola, en el mes de enero que debe de incluir los siguientes datos:

I. Número de apiarios;

II. Número de colmenas;

III. Número de colmenas en producción;

IV. Giro o actividad principal;

V. Producción en kilogramos de miel y subproductos;

VI. Plano o croquis de la ubicación de sus apiarios; y

VII. Dibujo de su marca o fierro.

Artículo 31. Los apicultores no serán responsables de los daños que las abejas causen a personas ó animales, siempre y cuando la ubicación e instalación de los apiarios cumplan con las disposiciones establecidas en esta ley.

Capítulo IXDe la movilización de colmenas y sus productos

Artículo 32. Para la movilización y transportación de colmenas y sus productos, deberá contarse con las guías de tránsito, la constancia de origen para la movilización de los productos del campo, expedidas por la Secretarías Estatales; el certificado zoosanitario expedido por las instancias oficialmente autorizadas por la Sader así como los siguientes requerimientos:

I. Presentar una solicitud de ingreso ante la Sader, misma que debe contener los siguientes datos:

a) Señalar domicilio del lugar de origen,

b) Número y marca de las colmenas;

c) Raza, variedad o tipo de abeja;

d) Municipio, comunidad y sitio a donde se trasladará, el o los apiarios;

e) Croquis de macro y micro localización, del lugar donde se colocará el apiario; y

f) Fecha de establecimiento del lugar de nueva creación.

II. A la solicitud se anexarán los siguientes documentos:

a) Permiso del propietario del terreno, donde se ubicará el apiario;

b) Certificado zoosanitario suscrito por médico veterinario zootecnista de la delegación de la Sader del Estado de procedencia;

c) Guía de tránsito cumpliendo, lo señalado en esta ley; y

d) Cumplir con las disposiciones establecidas en la presente Ley y demás disposiciones aplicables.

III. Escrito de compromiso para respetar una separación mínima de 1500 metros entre apiarios establecidos.

Las empresas de transporte deberán solicitar la documentación respectiva y específica para la movilización y transporte de las colmenas con abejas.

Artículo 33. La movilización de miel, polen, jalea real, y productos derivados, deberá contar con las guías sanitarias y de tránsito de conformidad con la normatividad vigente aplicable.

Cuando se pretenda importar núcleos de abejas y material genético se requerirá del permiso que para tal efecto expida la Sader de conformidad con la presente ley y las demás aplicables.

Artículo 34. La Sader podrá hacer visitas de inspección a los apiarios, notificando al apicultor de las fechas de visita.

Capítulo XDe la técnica y protección apícola

Artículo 35. Para efectos de la presente Ley, se declara de interés público la protección, conservación y fomento de la flora melífera, así como la alta calidad genética de reproducción de abeja reina.

Artículo 36. El gobierno federal a través de la Sader y la Semarnat, en coordinación con las secretarías estatales las Organizaciones de Apicultores, el Comité Nacional del Sistema Producto Apícola, las Instituciones de Investigación y de Educación Superior en el Estado, los técnicos especializados en materia apícola, promoverán y fomentarán el intercambio tecnológico de la producción de miel de abeja, así como la introducción y la cría de abeja reina de razas europeas. Así mimo organizarán eventos que contribuyan a mejorar la técnica de producción en materia apícola en el Estado.

Artículo 37. Todas las dependencias de la administración pública federal involucradas en el desarrollo y fomento apícola, están obligadas a colaborar con los propietarios de colmenas, para orientar y capacitar en todo lo referente a la apicultura a quienes deseen dedicarse a esta actividad.

Artículo 38. Con el objeto de proteger a las colonias de abejas de la acción tóxica de productos químicos, agropecuarios y forestales, se establece la obligación de los agricultores, ganaderos y silvicultores de avisar por escrito cuando menos con 72 horas de anticipación a las asociaciones de apicultores o directamente a los apicultores que tengan colmenas o apiarios ubicados a una distancia menor de 3 kilómetros del predio donde se emplearán dichos productos, a fin de que el interesado tome las medidas que estime pertinentes para evitar la intoxicación de sus abejas.

Artículo 39. Quienes efectúen quemas, quedan obligados a tomar todas las precauciones que sean necesarias para evitar que el fuego llegue a las colmenas instaladas en las cercanías del predio donde se realice la quema. De no observarse lo anterior, serán responsables de los daños que se ocasionen a las colmenas y estarán obligados al pago de los daños y perjuicios conforme a lo dispuesto en el Código Civil del estado.

Por su parte, los apicultores están obligados a mantener los apiarios libres de maleza.

Artículo 40. Cuando por causa derivada del incumplimiento de las normas de control apícola consignadas en esta ley, se ocasionen daños a personas y/o animales, los apicultores serán responsables de los daños que se causen de conformidad con la Ley de Responsabilidad Ambiental y las demás leyes aplicables.

Artículo 41. Para la protección, conservación de la biodiversidad y los servicios ambientales a través de la polinización tanto de plantas de la vegetación natural como la cultivada, queda estrictamente prohibido el uso insecticidas y pesticidas que para tales efectos se determinen nocivos para la conservación de la población de abejas, aplicando en todo momento el principio pro natura, en tanto no cuenten con los estudios que comprueben y garanticen que su uso no pone en peligro la conservación de la biodiversidad, previa validación de la Semarnat y la Sader.

Capítulo XIDe la protección de agentes polinizadores

Artículo 42. El gobierno federal a través de la Sader, en coordinación con las secretarías estatales y los ayuntamientos elaborara políticas públicas para el cuidado de los ecosistemas y sistemas de producción a favor de la polinización, teniendo como prioridad:

I. Implementar técnicas de manejo adaptativo;

II. Integración de polinización en la agricultura y los ecosistemas naturales;

III. Fortalecer las capacidades de los recursos humanos y de la infraestructura institucional;

IV. Colocar a los polinizadores como prioridad;

V. Estrategias para promover la conservación de la polinización; y

VI. Utilizar y conservar los servicios de polinización que mantienen las funciones de los ecosistemasagrícolas.

Artículo 43. La Secretaría deberá coordinar esfuerzos con las autoridades federal, estatal, municipal y productores, para que no haya pérdida del hábitat natural, debido a cambios en el uso del suelo para la agricultura, la minería o el desarrollo urbano.

Artículo 44. La Secretaria deberá apoyar la integración de la polinización en la agricultura y los ecosistemas naturales, mediante estrategias que promuevan la conservación y mejoramiento de la polinización, a través de:

I. Políticas y acciones que promuevan las especies polinizadoras nativas;

II. Conservación y restauración del hábitat;

III. Diversidad y plantas que provean de alimento a los polinizadores;

IV. Recuperación de tierras degradas y deforestadas, con plantas que atraigan a los agentes polinizadores;

V. Incluir a las plantas atractivas para los polinizadores en los programas forestales;

VI. Otorgar subsidios para la polinización; y

VII. Formación y Capacitación de expertos de diferentes grupos de polinizadores y desarrollo de guías de identificación taxonómica para el uso y conservación de los polinizadores.

Capítulo XIIDe la inspección

Artículo 45. La Sader vigilará el cumplimiento de la presente ley y conocerá de las infracciones a la misma, imponiendo las sanciones correspondientes; para estos efectos la Semarnat coadyuvará y auxiliará desde el ámbito de su competencia en estas funciones de manera coordinada.

Para tal efecto, podrá realizar las visitas de inspección que considere necesarias por personal debidamente autorizado.

El inspector acreditará tal carácter con la credencial correspondiente y con la orden en que se funde y motive la inspección.

Artículo 46. La inspección de apiarios y sus productos, y los centros de acopio y beneficio, estará a cargo de la Sader y será obligatorio para los propietarios, poseedores o encargados de los mismos.

Artículo 47. La inspección tendrá efecto:

I. En el lugar de los apiarios;

II. En la movilización de las colmenas y sus productos, y

III. En las instalaciones de almacenamiento y procesamiento, plantas de extracción, sedimentación y envasado.

Artículo 48. Son facultades de los inspectores:

I. Revisar las colmenas en tránsito para verificar la propiedad;

II. Exigir el certificado zoosanitario de acuerdo a la Ley Federal de Sanidad Animal y en las campañas sanitarias que se realicen en el país.

III. Verificar que la movilización se realice conforme a lo dispuesto en esta ley, y

IV. En general vigilar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley.

Artículo 49. Se practicarán visitas de inspección para:

I. Verificar que la marca de identificación del apicultor se encuentre debidamente registrada y colocada conforme lo dispuesto por la presente ley y los demás ordenamientos legales aplicables;

II. Conocer si las ubicaciones de los apiarios llenan las condiciones que fija esta ley y los demás ordenamientos legales aplicables;

III. Verificar si los apicultores cumplen las medidas de movilización de las colmenas establecidas por esta ley y demás ordenamientos legales aplicables; e

IV. Investigar si se cumplen debidamente las disposiciones de esta ley y los demás ordenamientos legales aplicables;

Artículo 50. Las inspecciones podrán ser ordinarias y extraordinarias. Las primeras se efectuarán en días y horas hábiles; las segundas, se realizarán en cualquier tiempo, debiendo ser estas últimas específicas.

Artículo 51. De toda visita que se realice en el domicilio del apicultor, y en el de la ubicación de los apiarios y se levantará acta, en la que se hará constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones que se hubieren conocido por los inspectores. Los hechos u omisiones consignados por los inspectores en las actas hacen prueba de la existencia los mismos.

Si la inspección se realiza simultáneamente en uno o más lugares, en cada uno de ellos se deberán levantar actas parciales, mismas que se agregarán al acta final que de la inspección se haga, la cual puede ser levantada en cualquiera de dichos lugares. En los casos a que se refiere esta fracción, se requerirá la presencia de dos testigos en cada establecimiento en donde se levante acta parcial.

Durante el desarrollo de la visita en el domicilio del apicultor y/o en la ubicación de los apiarios; los inspectores a fin de asegurar las colmenas y el material apícola que no estén registrados ante la Secretaria, podrán indistintamente, sellar o colocar marcas en las colmenas y en material apícola donde se encuentren, así como dejarlos en calidad de depósito al apicultor o a la persona con quien se entienda la diligencia, previo inventario que para tal efecto formulen, siempre que dicho aseguramiento no impida la realización de las actividades del apicultor.

Cuando en el desarrollo de una inspección por la Sader, conozcan hechos u omisiones que puedan entrañar incumplimiento de las disposiciones de esta ley, los consignarán en forma circunstanciada en actas parciales. También se consignarán en dichas actas los hechos u omisiones que se conozcan de terceros.

Si en el cierre del acta final de la visita estuviere ausente el apicultor, se le dejará citatorio para que esté presente a una hora determinada del día siguiente, si no lo hiciere, el acta final se levantará ante quien se encontrare en el lugar donde se verifico la inspección; en ese momento el inspector que haya intervenido en la visita domiciliaria, la persona con la que se entienda la diligencia y los testigos firmarán el acta de la que se dejará copia. Si la persona con quien se entendió la diligencia o los testigos se niegan a firmarla o la persona con quien se entendió la diligencia se niega a aceptar copia del acta, dicha circunstancia se asentará en ésta, sin que ello afecte la validez y valor probatorio de la misma.

Si se impidiera al inspector efectuar la visita ordenada, a pesar de cubrir las formalidades de ley, podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para llevarla a cabo.

Artículo 52. En caso de infracción a las disposiciones de esta ley se levantará acta circunstanciada, en la que se consignarán pormenorizadamente los hechos que constituyen la infracción, expresando los datos del inspector, los generales, los nombres y domicilios de los infractores y de los testigos, así como los pormenores que revelen la gravedad de la infracción.

La Sader podrá establecer infracciones de acuerdo a lo establecido por la Ley Federal de Sanidad Animal y su Reglamento, que observe durante las visitas de inspección que realice, a efecto de que se proceda conforme a las mismas.

Artículo 53. Las medidas preventivas o de combate tendientes a evitar la propagación de plagas y enfermedades que afecten a las abejas que dicte la Sader, serán de carácter obligatorio para los apicultores del estado.

Capítulo XIIIDe la organización de los apicultores

Artículo 54. Para el desarrollo y tecnificación de la actividad apícola, los apicultores promoverán, con el apoyo de la Sader y las secretarías estatales, su integración en organismos o asociaciones que les permitan hacer frente a su problemática común.

Artículo 55. Los organismos que constituyan los apicultores, serán ante las autoridades ya sea federales, estatales o municipales, órganos representativos de sus asociados para la defensa y protección de los intereses que implica la actividad apícola.

Artículo 56. Las asociaciones emitirán su opinión sobre la instalación de apiarios conforme a lo dispuesto en esta ley.

Artículo 57. Las asociaciones colaborarán con la Sader y las Secretarías Estatales para el levantamiento y actualización del inventario de la flora melífera en la entidad federativa.

Artículo 58. Los apicultores en lo individual o a través de las asociaciones apícolas y en coordinación con la Sader y/o las secretarías estatales:

I. Protegerán, conservarán y fomentarán la actividad apícola;

II. Promoverán campañas en los medios masivos de comunicación para el incremento del consumo de miel, el combate contra las plagas o enfermedades de las abejas y el mejoramiento técnico de la actividad;

III. Participarán en la elaboración de las políticas y programas de protección y de fomento a la producción apícola en la entidad federativa, y

IV. Establecerán relación con grupos de ecologistas con el fin de preservar el ecosistema.

Capítulo XIVDe las sanciones y amonestaciones

Artículo 59. Las violaciones a los preceptos de esta Ley constituyen infracción y serán sancionadas administrativamente por la Sader, independientemente de las sanciones o delitos aplicables en los diversos ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 60. Corresponde a la Sader investigar, declarar y sancionar las infracciones a esta ley, los recursos provenientes de las sanciones aplicables se destinaran al Fondo de Responsabilidad Ambiental de acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Ambiental.

Artículo 61. Cualquier infracción a los preceptos de esta Ley que no constituya delito, se considerará falta administrativa que sancionará la Sader, a instancia de los interesados, de las asociaciones o de los presidentes municipales que las denuncien, mediante un procedimiento administrativo de calificación de sanciones, de la siguiente manera:

I. Amonestación;

II. Multas; y

III. Cancelación de registros, permisos o trámites administrativos relacionados al establecimiento e internación de colmenas.

Artículo 62. Para la imposición de las sanciones por infracciones a esta Ley, se tomará en cuenta:

I. La gravedad de las mismas;

II. Las condiciones socio-económicas del infractor;

III. El daño causado a la sociedad en general;

IV. El carácter intencional de la infracción; y

V. La reincidencia.

Las faltas se castigarán según su gravedad, con multas de diez a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y el pago de los daños causados.

Artículo 63. Son infracciones a la presente ley:

I. Faltar a la obligación de solicitar el correspondiente registro de la marca de identificación;

II. No marcar sus colmenas o usar marcas de identificación ajenas,

III. No dar los avisos que ordena esta ley, o hacerlo fuera del plazo establecido,

IV. Faltar a la obligación de ubicar los apiarios, conforme a las distancias previstas en la presente ley;

V. Instalar colmenas y material biológico de otros Estados sin la documentación y requisitos establecidos en esta ley;

VI. Invadan la zona apícola de otro productor;

VII. No cumplan con las medidas de seguridad que dicten las autoridades competentes para la protección de las personas y animales;

VIII. Utilice insecticidas y pesticidas que la Sader y la Semarnat determinen nocivos para la conservación de la población de abejas, aplicando en todo momento el principio pro natura, en tanto no cuenten con los estudios que comprueben y garanticen usos que no pongan en peligro la conservación de la biodiversidad

IX. No rendir el informe anual estipulado en esta ley;

X. Llevar a cabo la movilización de colmenas y sus productos sin observar los requisitos establecidos en la presente ley;

XI. Impedir o resistirse a que las autoridades competentes, practiquen las visitas, inspecciones o exámenes que les faculta esta ley;

XII. El incumplimiento de las disposiciones de observancia general dictadas por la Sader o Semarnat; y

XIII. Las demás que expresamente se consignen en la presente ley o las que se deriven de los demás ordenamientos vigentes.

Artículo 64. En los casos de reincidencia, se aplicará multa equivalente al doble de la impuesta por la fracción originaria.

Artículo 65. Las multas que deban imponerse por infracciones a esta ley, se atenderá al dictamen que emita el personal técnico de la Sader, donde se fundarán y motivarán debidamente la imposición de la multa de que se trate.

Artículo 66. Todo importe por concepto de multas será pagado en la oficina más cercana que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo el infractor remitir una copia de dicho pago a la Sader.

Artículo 67. Las sanciones pecuniarias que se impongan conforme a esta ley, deberán ser cubiertas dentro del término de quince días, contados a partir de su notificación al responsable. Pasado dicho término, sin que se hubiesen cubierto los montos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará efectivo el cobro en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 68. Se podrá sancionar con cancelación de permiso o trámites administrativos, independientemente de la multa que pudiera imponérseles, a quienes:

I. Intenten movilización y tránsito de productos apícolas con documentación falsificada o injustificada;

II. No estén acreditados por las Instituciones competentes para otorgar asesoría técnica en materia apícola;

III. Incumplan los requisitos zoosanitarios establecidos para evitar la contaminación, diseminación o dispersión de plagas o enfermedades;

IV. Transiten o introduzcan a los Estados colmenas pobladas, núcleos, abejas reina y material biológico, productos y subproductos apícolas, portadores de plagas o enfermedades que afecten a los productores apícolas o que puedan causar daño a la salud humana;

V. No acaten las medidas preventivas y curativas que se determinen para erradicar, controlar o evitar la diseminación de plagas o enfermedades;

VI. Adulteren la miel y sus productos;

VII. Omitan registrarse ante la Sader en los términos de lo establecido en el la Ley; e

VIII. Invadan rutas apícolas, perjudicando con esto a otros apicultores.

Artículo 69. Los productos y subproductos que para su movilización requieran de documentos específicos, sin que se cuente con éstos, así como los que estén infestados por plagas o contaminados por enfermedades que sean movilizados dentro del Estado, serán decomisados por la Secretaría, independientemente de aplicar la sanción correspondiente.

Artículo 70. A quién adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de la miel o sus productos, se estará a lo dispuesto por la Ley General de Salud.

Artículo 71. Las sanciones impuestas en los términos de ésta Ley podrán ser impugnadas por el interesado, ante las autoridades judiciales competentes.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan a la presente.

Tercero. El Ejecutivo federal expedirá dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta Ley los reglamentos y/o lineamientos que la Sader considere para la aplicación de la presente ley.

Cuatro. Los apicultores que ya cuentan con apiarios instalados en el país, tendrán un plazo de un año tres meses a partir de la fecha en que entre en vigor la presente ley para registrar su marca y obtener los permisos establecidos en la presente ley.

Quinto. Las entidades federativas tendrán un plazo de seis meses a partir de la fecha en que entre en vigor la presente ley para realizar las reformas correspondientes, a los ordenamientos jurídicos que se opongan o contravengan con lo establecido por la presente Ley.

Sexto. La Sader emitirá los reglamentos que estime pertinentes para dar cumplimiento a la presente ley, así como los comunicados correspondientes para lograr la coordinación con las secretarías estatales, para lograr el cabal cumplimiento de la presente ley.

Séptimo. Para la aplicación de la presente ley, las entidades involucradas dispondrán de los recursos humanos, financieros y materiales con que cuenten en los presupuestos y programas autorizados para el ejercicio fiscal 2020, o en los términos en que sus titulares determinen, sin menoscabo de afectar los programas y proyectos vigentes, pudiendo existir transferencia de recursos en caso de así requerirse.

Notas

1 https://www.gob.mx/inaes/articulos/historia-e-importancia-de-la-apicultura?idio m=es

2 http://www.agrimundo.gob.cl/wp-content/uploads/131111_reporte_apicultura_n3.pdf

3 http://www.fao.org/3/y5110s/y5110s02.htm

4 http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34292016000300 009

5 http://www.fao.org/3/a-be104s.pdf

6 Conacyt-Departamento de Ecología Tropical, Campus de Ciencias Biológicas y Agropecuarias, Universidad Autónoma de Yucatán, Departamento de Ecología Evolutiva, Instituto de Ecología, Universidad Nacional Autónoma de México, Apartado Postal,

http://rev.mex.biodivers.unam.mx/index.php/es/valor-polinizacion /

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México. a 3 de marzo de 2020.— Diputadas y diputados: Mónica Almeida López, Azael Santiago Chepi, Beatriz Dominga Pérez López, Carmen Mora García, Carol Antonio Altamirano, Claudia Pérez Rodríguez, Eduardo Ron Ramos, Efraín Rocha Vega, Felipe Rafael Arvizu de la Luz, Francisco Javier Guzmán de la Torre, Irineo Molina Espinoza, Juan Martín Espinoza Cárdenas, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Vamos a turnar la iniciativa como originalmente está propuesta y analizaremos en la siguiente sesión de Mesa Directiva si se hace el cambio de turno, como usted lo ha solicitado. Túrnese a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE, CAMBIO CLIMÁTICO Y RECURSOS NATURALES

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Martha Olivia García Vidaña, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

La diputada Martha Olivia García Vidaña:Gracias, diputada presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Martha Olivia García Vidaña: Honorable asamblea, el día de hoy se presenta iniciativa de reforma a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la cual, debido a su importancia fue respaldada y firmada por los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

En México, los recursos forestales representan un asunto de la mayor importancia. Tan solo la superficie con vegetación forestal del país cubre un área de 138 millones de hectáreas, equivalente al 70 por ciento del territorio nacional.

De esta superficie, 64.8 millones de hectáreas se encuentran compuestas por bosques, selvas y otros ecosistemas forestales, y representan el 47 por ciento del total de la superficie del país.

En los últimos años, México ha presentado diversas variaciones en los niveles de deforestación y degradación de sus bosques. Durante la década de 1990 al 2000, el sector forestal sufrió un gran deterioro de sus recursos forestales.

En este periodo se perdieron 3 mil 540 millones de hectáreas, es decir, 354 mil hectáreas por año, situación que colocó a México entre los 10 países con mayor pérdida neta de bosques a nivel mundial.

Durante los últimos años, el proceso de deforestación ha tenido una importante tendencia a la baja, con pérdidas anuales que superan las 170 mil hectáreas, lo que alienta a continuar con los procesos de gestión para abatir los procesos de pérdida y degradación de los recursos forestales.

Con la finalidad de proteger la masa boscosa, hoy la Comisión del Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales de esta Cámara de Diputados, presentamos una iniciativa integral, trabajada con el Poder Ejecutivo a través de Semarnat y Conafor, a fin de fortalecer la vigilancia ambiental con elementos de la Guardia Nacional, con apoyo de los pueblos originarios, ejidatarios y comuneros.

En la construcción de la iniciativa se destaca la labor del Consejo Nacional Forestal, para concluir con un instrumento de participación social, ya que fue trabajo en conjunto con la sociedad y con los representantes de todos los sectores.

De manera general, la iniciativa que hoy presentamos contiene modificaciones importantes que pueden agruparse en cuatro temas: conceptos relevantes de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, conceptos reformados y nuevos ante nuevas necesidades, contamos con una subdivisión del sistema nacional de información forestal y de gestión forestal y, finalmente, nuevos ajustes relevantes de conceptos.

Una vez que las actividades productivas forestales y sus ecosistemas se han regulado bajo el nuevo ordenamiento jurídico, se han observado diversas necesidades de hacer frente y perfeccionar los ordenamientos jurídicos mediante actos de la autoridad que fortalezcan la conservación y el uso sustentable de los recursos forestales, mediante las siguientes observaciones, mismas que se han revisado y desarrollado minuciosamente con la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Es importante mencionar que derivado de la alta relevancia que representa en el país los recursos forestales y la biodiversidad en el país, se han previsto las modificaciones a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Se perfecciona el fomento y respeto a las prácticas de los pueblos originarios. La habilitación y ajustes en la Junta de Gobierno de la Comisión. Hacer frente a los actos de autoridad, a efecto de disminuir la grave problemática del sector agropecuario en terrenos forestales previamente devastados de forma clandestina e incorrecta.

Lo anterior, a efecto de evitar pasivos ambientales en el país y crear condiciones de la conservación y el correcto uso sustentable de los recursos forestales. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, suscrita por integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales

Los suscritos, diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en la fracción I, numeral 1, del artículo 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La importancia de los recursos forestales en México

En México los recursos forestales representan un asunto de la mayor importancia, tan sólo la superficie con vegetación forestal del país cubre un área de 138 millones hectáreas, equivalente a 70 por ciento del territorio nacional. De esta superficie, 64.8 millones de hectáreas se encuentra compuesta por bosques, selvas y otros ecosistemas forestales y representan 47 por ciento del total de la superficie del país. En los últimos años México ha presentado diversas variaciones en los niveles de deforestación y degradación de sus bosques. Durante la década de 1990-2000, el sector forestal sufrió un gran deterioro de sus recursos forestales. En este periodo se perdieron 3 mil 540 millones de hectáreas, es decir, 354 mil hectáreas/año, situación que colocó a México entre los diez países con mayor pérdida neta de bosques a nivel mundial. Durante los últimos años, el proceso de deforestación ha tenido una importante tendencia a la baja, con pérdidas anuales que no superan las 170 mil hectáreas, lo que alienta a continuar con los procesos de gestión para abatir los procesos de pérdida y degradación de los recursos forestales.

Asimismo, México se distingue por su diversidad biológica, que está entre las más importantes del mundo. Nuestro país está considerado como uno de los países llamados megadiversos, pues se ubica en el cuarto lugar entre los 17 países con ese calificativo, lo que significa que la diversidad de ecosistemas da lugar a un gran número de endemismos y centros de origen, donde existe especies y ecosistemas únicos en el planeta. Mantener este patrimonio natural es una tarea fundamental, pues los recursos naturales brindan oportunidades económicas que coadyuvan a abatir los problemas de rezago y pobreza que tiene el país hoy en día.

Nuestro país alberga cerca de 70 por ciento de las especies conocidas de la Tierra. La disminución de la biodiversidad es un fenómeno a controlar y evitar, si se desea continuar recibiendo en cantidad y en calidad óptimas los diversos servicios ambientales que ofrecen los diferentes ecosistemas. Un ejemplo de estos son los manglares que son espacios de transición de los ecosistemas terrestres y marinos, que constituyen el sustento de importantes actividades económicas cuando se encuentran en buen estado de conservación y que cumplen funciones importantes de contención de fenómenos naturales.

Desde el punto de vista social, los recursos forestales contribuyen significativamente a satisfacer las necesidades de leña combustible, materiales rústicos de construcción, alimentos, sitios culturales y religiosos, forraje y medicinas tradicionales de las comunidades rurales; además de garantizar la estabilidad de los suelos en las cabeceras de las cuencas hidrográficas, regular el régimen hidrológico y mejorar la calidad del agua, capturar y retener carbono, así como constituir importantes espacios para la recreación y el turismo de naturaleza. La cubierta forestal disminuye significativamente los riesgos de deslaves de los cerros que afectan los caminos, carreteras y poblados rurales; y contribuye a disminuir la erosión hídrica que afecta a las instalaciones hidroeléctricas y a las obras de almacenamiento de agua. Amplias zonas del sureste mexicano, con bosques tropicales de segundo crecimiento, contribuyen a la actividad melífera que posiciona a México como uno de los cinco mayores productores de miel de calidad en el mundo.

Los recursos forestales se han visto afectados por actividades de origen antropogénico como los cambios de uso del suelo forestal y los incendios, que aunados a los eventos naturales como los huracanes y sequías prolongadas, plagas y enfermedades, acentuados ahora por los efectos del Cambio Climático, lo que hace imperante que el uso del patrimonio natural se oriente hacia un uso sustentable de los recursos forestales del país, que permita aprovechar su importante potencial productivo de una manera integral y sustentable, sin poner en riesgo los bienes y servicios que ofrecen los ecosistemas forestales a la sociedad, con el fin de incrementar la participación del sector forestal en la economía nacional, bajo un modelo de desarrollo forestal sustentable que garantice la generación de empleos en las zonas forestales, la ampliación de la oferta de productos maderables y no maderables y una completa integración en todas las fases de la cadena productiva forestal, con especial interés en los dueños y poseedores legales de esos recursos, que se identifican como las comunidades indígenas y rurales más pobres y desvalidos.

Derecho a un medio ambiente sano

El párrafo quinto del artículo 4 constitucional, establece que: “...Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley...”; por lo tanto, el derecho humano al medio ambiente como el medio ambiente sano, son bienes jurídicamente tutelados en México. El medio ambiente, como elemento indispensable para la conservación de la especie humana, tiene un carácter colectivo y, por lo tanto, se trata de un bien público cuyo disfrute o daños no sólo afecta a una persona, sino a la comunidad en general

El alcance individual y colectivo del derecho humano de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, como lo establece nuestra Carta Magna, es el resultado de un proceso en el que se han venido reconociendo los elementos de la naturaleza como bienes jurídicamente tutelados por sí mismos: la diversidad biológica, las especies de flora y fauna, el agua, los suelos forestales, la atmósfera, son ecosistemas de alto valor. La protección legal que se les otorga reconoce su importancia para los procesos ecosistémicos globales, en períodos de tiempo que van más allá de las generaciones presentes.

La necesidad de modificar diversos artículos al marco normativo forestal

La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) es Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sus disposiciones son de orden e interés público y de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto regular y fomentar el manejo integral y sustentable de los territorios forestales, la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos.

Asimismo, es el instrumento legal más importante para el sector forestal. Sus objetivos alcanzan a buena parte de la población nacional al considerar el manejo integral y sustentable de los recursos forestales, al igual que su conservación, protección y restauración. Estas son razones para procurar una ley que responda objetivamente a las necesidades del sector.

La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, con las modificaciones que aquí se proponen, debe estar orientada a fortalecer la certeza legal para los dueños y poseedores legales de los recursos forestales, en las actividades de protección, conservación, aprovechamiento y desarrollo de los recursos forestales.

La presente iniciativa se origina de las inquietudes recogidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional Forestal (Conafor) en relación con incongruencias en diversos artículos e incluso contradicciones que afectan el funcionamiento y la unidad del sector y áreas de oportunidad que se atienden con la presente iniciativa.

En atención a tales inquietudes, se reunieron con las organizaciones demandantes, habiéndose acordado solicitar al Comité de Legislación, Vigilancia e Inspección Forestal del Consejo Nacional Forestal (Conaf), como el órgano de carácter consultivo competente para elaborar un plan de trabajo para integrar una propuesta de modificación a la LGDFS.

Con el fin de dar forma a dichas inquietudes, el Conaf elaboró un plan de trabajo, el cual fue aprobado en la reunión 48 sesión del Conaf celebrada el 7 de mayo de 2019, mismo que consideró la realización de tres talleres (concluidos), la aprobación de la propuesta de modificaciones por el pleno del Consejo en septiembre de 2019.

La presente iniciativa recoge las propuestas de reforma que sugeridas de diversos actores sociales que integran el Consejo Nacional Forestal, de legisladores, de diversas instancias públicas del sector ambiental y forestal, a través de los talleres anteriormente mencionados, en los que se contó con la intervención de más de 50 participantes, se recibieron comentarios a las propuestas y propuestas adicionales y se generó una memoria del desarrollo de dichos talleres.

Adicionalmente, se consideró la necesidad de ampliar el mecanismo de participación para integrar a más actores, por lo que adicionalmente se realizaron nueve talleres regionales adicionales similares a los realizados en la Ciudad de México entre mayo y junio de 2019. En estos talleres participaron más de 500 personas y se recibió un volumen considerable de propuestas.

De manera complementaria, en los restantes estados se enviaron las propuestas para consulta a los consejos forestales estatales, obteniéndose sus comentarios obtenidos de la realización de talleres adicionales.

Puntos generales en la propuesta de reforma a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Se acordó en la mecánica para la integración de la iniciativa que el principal objetivo de este ejercicio es atender las áreas de oportunidad que presenta la LGDFS, a fin de hacerla más operativa y acorde a las necesidades del sector. Este grupo de propuestas se caracterizan por:

- No requerir presupuesto adicional.

- Mejorar el marco conceptual del sector forestal y adecuarlo al marco de referencia internacional.

- Adecuar algunas normas al marco internacional vigente.

- Clarificar o redefinir competencias, buscando atender mejor a los usuarios de la Ley.

- Eliminar errores en la ley vigente.

- Contribuir a resolver problemáticas relativas a la implementación de la Ley.

Sin embargo, en el proceso de consulta, discusión y análisis se recibieron diversas propuestas que contribuyen a atender otros problemas y oportunidades sensibles del sector pero que, por tener un carácter más complejo, requerir recursos adicionales o el desarrollo de competencias, capacidades y plataformas se consideró no integrarlas a esta propuesta y continuar trabajando en ellas en el seno del Conaf.

Contenido de la propuesta de ley

La presente iniciativa contiene propuestas para la modificación de 64 artículos, la adición de 14 nuevas disposiciones, la modificación del título de 2 secciones y la derogación de 2 artículos. La iniciativa puede explicarse de manera general agrupando los temas a intervenir en los siguientes rubros:

1. Marco de referencia.

2. Competencias y gestión forestal.

3. Inspección y vigilancia

4. Otros temas.

1. Marco de referencia

En este apartado se integran 20 propuestas; 11 propuestas de adición y 9 propuestas de modificación a definiciones existentes, todas las propuestas se refieren al artículo 7 de la ley que establece las definiciones aplicables en materia forestal. Estas modificaciones pueden agruparse en cuatro temas que se describen a continuación:

2. Competencias y gestión forestal

Este apartado se conforma por 49 propuestas de las cuales 1 es la adición de un nuevo artículo, se modifica el título de 2 secciones, se derogan 2 artículos y se modifica la redacción de 44 artículos.

El objetivo de este conjunto de propuestas es redistribuir las competencias entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional Forestal, considerando que debe ser la Secretaría la rectora de los aspectos normativos del sector forestal pero estableciendo la posibilidad de que transfiera atribuciones a la comisión o a otras instancias de los gobiernos federal, estatales y municipales cuando esto redunde en una mejor atención a los usuarios de la ley.

También se incorporan las medidas para mejorar la gestión de los trámites forestales y se subdivide el Sistema Nacional de Información Forestal y el de Gestión Forestal por presentar naturalezas distintas.

Para una mejor intelección de este conjunto de propuestas se agruparon de la siguiente forma:

3. Inspección y vigilancia

En este apartado se considera la modificación de 5 artículos y la adición de dos más en Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable a fin de robustecer el aparato coercitivo de la ley. Entre los temas más relevantes considerados en este grupo de propuestas se encuentra:

- Establecer el destino específico de las multas para programas de inspección y vigilancia.

- Establecer la investigación técnica previa en la ley.

- Vincular la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en diversos rubros.

- Mejorar o hacer explícitos algunos elementos en materia de decomiso, aseguramiento, flagrancia y revocación de autorizaciones y registros.

4. Otros temas

En este apartado se estimó procedente la reforma de 6 artículos que abordan algunos ajustes y adiciones importantes a la Ley que permitirán su adecuación a otras normatividades o la incorporación de contenidos normativos necesarios para la implementación de acciones en curso. Los temas que abarca este apartado se resumen así:

- Fomento y respeto a prácticas de pueblos originarios.

- Transferencia de emisiones evitadas y pago por resultados.

- Habilitación de representaciones y promotorías de la Comisión.

- Ajustes en las denominaciones de las dependencias y entidades que conforman la Junta de Gobierno de la Comisión.

- Ajustes a los mecanismos de colaboración intersectorial.

- Precisión de las atribuciones de la Comisión para operar los Centros de Educación y Capacitación Forestal.

A continuación, se expone la justificación detallada de las reformas propuestas en esta iniciativa.

Propuestas de modificación.

Artículo 7. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

Los diputados firmantes de la presente iniciativa se han reunido con la Comisión Nacional Forestal e integrantes del Consejo Nacional Forestal, y convencidos de los argumentos y el trabajo arduo de ambos órganos, hacen suyas las reformas propuestas y consideran que dará mayor certeza al sector forestal, producto del amplio proceso de consulta y construcción colectiva de esta iniciativa.

Por los argumentos expuestos en esta exposición de motivos, los abajo firmantes ponen a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Único. Se reforman la fracción XIII del artículo 2, las fracciones VI, XVIII, XIX, LXVII, LXX, LXXI, LXXIII, LXXXI, actuales del artículo 7, la fracción XXXVIII y XL del artículo 10, las fracciones VII y XXXIII del artículo 11, la fracción VII del artículo 13, las fracciones I, II, III, VII, XI, XIII, XV y XVI del artículo 14, los artículos 16, 18; la fracción VII del artículo 20, el primer párrafo del artículo 21, los párrafos primero, penúltimo y último actuales del artículo 24, el último párrafo del artículo 34, el artículo 36; se reforma el nombre de la Sección Segunda que pasa a denominarse Del Sistema Nacional de Información Forestal; se reforma el nombre de la Sección Tercera para denominarse Del Sistema Nacional de Gestión Forestal; se reforman los artículos 42 y 43, las fracciones I, II, XIII y XIV del artículo 50, el artículo 52, los párrafos primero y tercero actual del artículo 54, los artículos 58, 59, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69, el primer párrafo y las fracciones III y IV actuales del artículo 69, los artículos 70, 71, 74, 80, 81, 83, 92, 93, 99, el quinto párrafo del artículo 113, el artículo 120, el párrafo séptimo del artículo 124; los artículos 126 y 132, el artículo 154, la fracción II del artículo 156, las fracciones I, II, III y los párrafos penúltimo y último del artículo 157 y los artículos 159 y 160 y el artículo Tercero Transitorio de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; se adicionan las fracciones I, V, VI, IX, XXIV, XLIV, XLV, XLVIII, LXXIII, LXXVI, LXXXII y XCII, recorriéndose las subsecuentes en su orden al artículo 7, fracciones XVII y XVIII recorriéndose las subsecuentes en su orden al artículo 14, un párrafo final al artículo 21, un párrafo al artículo 26, una fracción III recorriéndose las subsecuentes en su orden al artículo 34, una fracción XI, recorriéndose el subsecuente en su orden al artículo 38, las fracciones XVIII, XIX y XX del artículo 50, recorriéndose el subsecuente, tres párrafos al artículo 51, un párrafo tercero al artículo 54, un párrafo al artículo 58, las fracciones IV, V y VI, recorriéndose las subsecuentes en su orden al artículo 68, tres fracciones al artículo 69, un párrafo al artículo 74, un párrafo al artículo 81, un artículo 93 Bis, tres párrafos al artículo 106, un último párrafo al artículo 113, un párrafo al artículo 132, un artículo 138 Bis, tres párrafos al artículo 154, un artículo 154 Bis, cuatro párrafos al artículo 156, se adiciona un artículo 156 Bis; se derogan los artículos 44 y 45 y se elimina el tercer párrafo del artículo 88, para quedar como sigue:

Artículo 2. Son objetivos generales de esta Ley:

I. a XII. ...

XIII. Respetar, en el ámbito de la Ley, los derechos de las comunidades indígenas y comunidades equiparables, así como el uso y disfrute de sus recursos forestales en los términos de normatividad nacional aplicable y los instrumentos internacionales vinculantes. Así como fomentar mecanismos de manejo y protección de las áreas forestales adecuados a sus prácticas y cosmovisiones y fomentar el conocimiento de las mismas.

Artículo 7. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Acahual: Asociaciones vegetales que se localizan en áreas originalmente ocupadas por selvas altas, medianas o bajas que han sido sometidas al establecimiento de praderas artificiales y cultivos anuales o perennes mediante un sistema de producción tradicional, en subsecuentes años de cultivo que al estar en periodos de descanso recuperan la vegetación de selva a través de un proceso de sucesión ecológica y que presentan diferencias de estructura, composición, tamaño o densidad con respecto a las selvas maduras;

II. a IV. ...;

V. Árbol. Planta leñosa perenne con un solo tronco principal o, en el caso del monte bajo con varios tallos, que tengan una copa más o menos definida y que cuenta con una altura igual o superior a 5 metros;

VI. Arbusto. Planta leñosa perenne generalmente sin una copa definida y que cuenta con una altura que no alcanza los 5 metros a su madurez;

VII. a VIII. ...;

IX. Bosque: Ecosistema forestal principalmente ubicado en zonas de clima templado en el que predominan especies leñosas perennes que se desarrollan de forma espontánea y que cuentan con las características para ser considerados terrenos forestales arbolados de acuerdo con esta Ley;

X. Cambio de Uso del Suelo en terreno forestal: La remoción total o parcial de la vegetación forestal de los terrenos forestales arbolados o de otros terrenos forestales, para destinarlos o inducirlos a actividades no forestales.;

XI. a XXI. ...

XXII. Deforestación de Terrenos Forestales Arbolados: La conversión de terrenos forestales arbolados por causas inducidas o naturales a otro tipo de uso de la tierra, o la reducción de la cobertura de copa por debajo del umbral del 10 por ciento;

XXIII. Degradación Forestal: Proceso de disminución de la capacidad de lossuelos y ecosistemas terrenos forestales en uno varios de sus componentes para brindar servicios ambientales, así como la pérdida o reducción su capacidad productiva;

XXIV. Degradación de Terrenos Forestales Arbolados: Reducción de la biomasa arriba del suelo en terrenos forestales arbolados sin que cause una reducción de la cobertura de copa por debajo del umbral mínimo del 10 por ciento.

XXV. a XLIII. ...;

XLIV. Otros Terrenos Forestales: Terrenos cubiertos de vegetación forestal que no reúnen las características para ser considerados terrenos forestales arbolados;

XLV. Pérdida de Vegetación Forestal. La conversión de terrenos forestales por causas inducidas o naturales a otro tipo de uso de la tierra, o la reducción de la cobertura de vegetación forestal;

XLVI. a LXVII. ...

LXVIII. Selva: Ecosistema forestal de clima tropical en el que predominan especies leñosas perennes que se desarrollan en forma espontánea, excluyendo los acahuales y guamiles y que cuentan con las características para ser considerados terrenos forestales arbolados de acuerdo con esta Ley. En esta categoría se incluyen a todos los tipos de selva, manglar y palmar, de la clasificación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía;

LXIX a LXXII. ...

LXXIII. Silvicultura Comunitaria: Cultivo y gestión de los ecosistemas forestales con participación social efectiva de ejidos, comunidades, incluyendo pueblos indígenas y afromexicanos, aplicando los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales que promuevan el desarrollo forestal sustentable, diversificado y la protección de especies nativas para mantener, recuperar o aumentar la productividad e integridad de los servicios ecosistémicos;

LXXIV. a LXXV. ...;

LXXVI. Sistema Nacional de Gestión Forestal: Es el instrumento de la Secretaría que permite ingresar, evaluar, controlar, sistematizar y dar seguimiento a todos los actos de autoridad previstos en esta ley;

LXXVII. Sistema Nacional de Información Forestal: Es el instrumento de política nacional que tiene como objetivo, registrar, integrar, organizar y difundir la información relacionada con la materia forestal;

LXXVIII. a LXXIX. ...;

LXXX. Terreno Diverso al Forestal: Es el que no reúne las características y atributos biológicos definidos para los terrenos forestales;

LXXXI. Terreno Forestal: Es el que está cubierto por vegetación forestal o vegetación secundaria nativa, produce bienes y servicios ambientales y cuenta con una superficie superior a 1,500 metros cuadrados;

LXXXII. Terreno Forestal Arbolado: Terreno forestal que se extiende por más de 1,500 metros cuadrados dotado de árboles de una altura igual o superior a 5 metros y una cobertura de copa superior al 10 por ciento, o de árboles capaces de alcanzar esta altura in situ. Incluye todos los tipos de bosques y selvas de la clasificación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía que cumplan estas características;

LXXXIII. ...;

LXXXIV. Terreno Temporalmente Forestal: Las superficies agropecuarias que se dediquen temporalmente al cultivo forestal mediante plantaciones forestales comerciales, así como aquellos en los que se hayan realizado actividades de forestación, o aquellas denominadas acahuales o guamiles en las que estando en periodos de descanso de la actividad agropecuaria realizada bajo un sistema de producción tradicional se encuentran en un proceso de recuperación de la vegetación de selva mediante la sucesión ecológica, pudiendo volver a su condición de terreno agropecuario al desaparecer esta actividad.

LXXXV. a XCI. ...

XCII. Vegetación Forestal de Zonas Áridas. Aquella que se desarrolla en forma espontánea en regiones de clima árido o semiárido, formando masas mayores a 1,500 metros cuadrados. Se incluyen todos los tipos de matorral, selva baja espinosa y chaparral de la clasificación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como cualquier otro tipo de vegetación espontánea arbórea o arbustiva que ocurra en zonas con precipitación media anual inferior a 600 milímetros.

XCIII. Vegetación Secundaria Nativa: Aquella que surge de manera espontánea como proceso de sucesión o recuperación en zonas donde ha habido algún impacto natural o antropogénico.

XCIV. a XCVI. ...

Artículo 10. Son atribuciones de la Federación:

I. a XXXVII. ...;

XXXVIII. Expedir los avisos y permisos según corresponda para el combate y control de plagas y enfermedades forestales, así como los certificados y demás documentación fitosanitaria para la exportación e importación de materias primas, productos y subproductos forestales.

XXXIX. ...

XL. Expedir las autorizaciones para el funcionamiento de centros de almacenamiento y/o transformación de materias primas forestales y centros no integrados a un centro de transformación primaria, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a las autoridades locales;

XLI. a XLII. ...

Artículo 11. Corresponde a las Entidades Federativas, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:

I. a VI. ...

VII. Integrar el Sistema Estatal de Información Forestal e incorporar su contenido al Sistema Nacional de Información Forestal;

VIII. a XXXII. ...

XXXIII. Elaborar estudios para, en su caso, recomendar al titular del Ejecutivo Federal a través de la Secretaría, el establecimiento, modificación o levantamiento de vedas;

XXXIV. a XXXVII. ...

Artículo 13. Corresponde a los Municipios y a las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:

I. a VI. ...

VII. Expedir previo a su instalación, las licencias o permisos, para el establecimiento de centros de almacenamiento y/o transformación de materias primas forestales, así como de los centros no integrados a un centro de transformación primaria en el ámbito de su competencia, considerando los criterios de política forestal;

VIII. a XXV. ...

Artículo 14. La Secretaría ejercerá las siguientes atribuciones:

I. Formular y conducir la política nacional de desarrollo forestal sustentable y asegurar su congruencia con agenda internacional de desarrollo sostenible y las metas de cambio climático del país, la política ambiental y de recursos naturales, así como las relacionadas con el desarrollo rural;

II. Diseñar los instrumentos de política y los actos de autoridad forestal previstos en esta Ley y operar y ejecutar los que correspondan a su competencia;

III. Elaborar el Programa Estratégico Forestal Nacional , con la participación de la Comisión, gobiernos de los estados, municipios y la población interesada, así como ejecutarlo en el ámbito de su competencia;

IV a VI. ...;

VII. Establecer los lineamientos para elaborar e integrar el Sistema Nacional de Información Forestal y el Sistema Nacional de Gestión Forestal;

VIII. a X. ...;

XI. Expedir, por excepción, las autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales con base en criterios y lineamientos consistentes con el objeto de esta Ley;

XII. ...;

XIII. Otorgar, modificar, revocar, suspender y declarar la extinción o la caducidad de las autorizaciones, avisos y demás actos a que se refiereesta Ley;

XIV. ...;

XV. Intervenir en foros internacionales y participar en la celebración, implementación y seguimiento de tratados internacionales en el ámbito de esta ley y sus competencias, con la participación que corresponda a la Secretaría de Relaciones Exteriores;

XVI. Regular , expedir y validar la documentación con la que se acredite la legal procedencia de materias primas y productos forestales,

XVII. Elaborar estudios, con la participación que en su caso corresponda a la Comisión, para recomendar al Ejecutivo Federal el establecimiento, modificación o levantamiento de vedas forestales,

XVIII. Definir instrumentos para promover un mercado de bienes y servicios ambientales certificados, y

XIX. Las demás que le confieren la presente Ley y el Reglamento .

Artículo 16. La Comisión tendrá su domicilio en la zona metropolitana de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, pudiendo establecer promotorías, delegaciones o gerencias regionales, estatales, así como representaciones estatales, o en el extranjero que sean necesarias para cumplir con su objeto conforme a sus requerimientos y disponibilidad presupuestal.

Artículo 18. La Comisión tendrá como Órgano de Gobierno a una Junta de Gobierno, que será la máxima autoridad del organismo y estará integrada por los titulares de las secretarías de la Defensa Nacional; Hacienda y Crédito Público; Bienestar; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Economía; Agricultura y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; y Turismo; de la Comisión Nacional del Agua, así como del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

...

...

...

Artículo 20. ...

...

I. a VI. ...

VII. Elaborar e integrar, bajo los lineamientos que determine la Secretaría, el Sistema Nacional de Información Forestal para incorporarlo en el Sistema Nacional de Información Ambiental y de los Recursos Naturales, y a los sistemas de información estadísticos y de información geográfica y documental;

VIII. a XLI. ...

Artículo 21. La Federación, a través de la Secretaría o de la Comisión, en el ámbito de las atribuciones que les corresponde a cada una, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos de las Entidades Federativas, con la participación, en su caso, de los Municipios, en el ámbito territorial de su competencia, coadyuven en la recepción, tramitación, gestión, comunicación o en su caso resolución de los actos, notificaciones y avisos establecidos en esta Ley. En los mismos términos podrá la Secretaría convenir con la Comisión que ésta asuma las atribuciones de aquellas en las áreas y materias que convengan.

I. a VIII. ...

Los actos y procedimientos que se realicen al amparo de este artículo deberán de efectuarse de acuerdo con esta Ley, su Reglamento y las disposiciones que expida la Secretaría, debiéndose garantizar la plena integralidad con el Sistema Nacional de Gestión Forestal.

Artículo 24. De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural se coordinará con la Secretaría y con la participación de la Comisión, en su caso, para el cumplimiento de los objetivos de la Ley y, particularmente, en los siguientes aspectos:

I. a IX. ...

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural no otorgará apoyos o incentivos económicos para actividades agropecuarias en zonas deforestadas o para aquellas que propicien el cambio de uso de suelo de terrenos forestales o incrementen la frontera agropecuaria, para tal fin, se entenderán por actividades agropecuarias las definidas como tales en el artículo 3, fracción I de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Para los efectos del párrafo anterior, la Secretaría y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural establecerán el instrumento de información que permita identificar los terrenos forestales o predios agropecuarios.

La Secretaría y la Comisión celebrarán convenios con otras instancias del gobierno federal que destinen apoyos para el desarrollo del sector rural a fin de cumplir los objetivos de esta ley y evitar la deforestación y degradación.

Artículo 26. ...

La Comisión operará los Centros de Educación y Capacitación Forestal para brindar educación técnica media superior alineada a los objetivos de esta ley y con los contenidos necesarios para que los egresados participen en la prestación de servicios técnicos forestales de calidad, de conformidad con la normatividad aplicable.

Artículo. 34 Son instrumentos de la política nacional en materia forestal, los siguientes:

I. ...

II. El Sistema Nacional de Información Forestal;

III. El Sistema Nacional de Gestión Forestal;

IV. a VIII. ...

...

La Secretaría y la Comisión , en el ámbito de sus respectivas atribuciones, promoverá n la participación de la sociedad en la planeación, aplicación y evaluación de los instrumentos de política forestal, conforme a lo previsto en la presente Ley.

Artículo 36 . En la planeación del desarrollo forestal se elaborarán programas y estudios regionales, atendiendo la geografía de las cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales y considerando particularmente la situación que guarden los ecosistemas forestales y los suelos. La Secretaría y la Comisión promoverán que los gobiernos de las Entidades Federativas, se coordinen a efecto de participar en la elaboración de dichos programas y garanticen la participación de los interesados.

Sección SegundaDel Sistema Nacional de Información Forestal

Artículo 38. ...

I. a IX. ...

X. ... ;

XI. El contenido de los programas integrales de prevención y combate a la extracción y tala ilegal, y

XII. Las demás que se consideren estratégicas para la planeación y evaluación del desarrollo forestal sustentable.

Sección TerceraDel Sistema Nacional de Gestión Forestal

Artículo 42. El Sistema Nacional de Gestión Forestal será establecido, integrado y operado por la Secretaría.

En caso de que se suscriban los convenios a los que hace referencia el artículo 21 de esta Ley, las dependencias y entidades que coadyuven con la Secretaría en la gestión de los actos previstos en esta ley deberán integrar la información correspondiente al Sistema Nacional de Gestión Forestal en los términos que sean acordados y bajo las directrices técnicas que señale la Secretaría.

Artículo 43. La Secretaría incorporará la información del Sistema Nacional de Gestión Forestal en el Sistema Nacional de Información Forestal de acuerdo con lo que se establezca en el Reglamento.

Artículo 44. Se deroga.

Artículo 45. Se deroga.

Artículo 50. ...

...

I. Las autorizaciones de aprovechamiento de recursos forestales maderables, las modificaciones y sus refrendos;

II. Las autorizaciones y los avisos de plantaciones forestales comerciales;

III. Las autorizaciones de cambio de uso de suelo de los terrenos forestales;

IV. Los certificados de inscripción de los prestadores de servicios forestales y auditores técnicos forestales;

V. Los decretos que establezcan áreas naturales protegidas que incluyan terrenos forestales o preferentemente forestales;

VI. Los decretos que establezcan zonas de restauración en terrenos forestales;

VII. Los decretos que establezcan vedas forestales;

VIII. Avisos de colecta de germoplasma forestal;

IX. Las unidades productoras de germoplasma forestal;

X. Autorizaciones y avisos de colecta de recursos biológicos forestales;

XI. Autorizaciones y avisos de aprovechamientos no maderables;

XII. Las autorizaciones de funcionamiento de centros de almacenamiento y transformación de materias primas forestales, incluyendo los centros de transformación móviles;

XIII. Los informes anuales sobre la ejecución y desarrollo de los aprovechamientos forestales y de producción de plantaciones forestales;

XIV. Los estudios y programas regionales forestales;

XV. Las modificaciones, revocaciones, suspensiones y declaraciones de extinción o de caducidad de las autorizaciones, avisos y demás actos inscritos en el Registro; a que se refieren los artículos 68 y 69 de esta Ley;

XVI. Las autorizaciones de funcionamiento de centros de comercialización y los no integrados a un centro de transformación primaria;

XVII. El padrón de los prestadores de servicios forestales y los titulares de aprovechamientos a los que se refieren los artículos 73 y 104 de esta Ley,

XVIII. Las unidades de manejo forestal;

XIX. Los árboles históricos y notables del país;

XX. Los avisos para el registro de acahuales y huamiles; y

XXI. Los demás actos y documentos que se señalen en esta Ley y en su Reglamento.

Artículo 51. El Reglamento determinará los procedimientos para la inscripción y otorgamiento de constancias de actos y documentos inscritos en el Registro.

La Secretaría estará obligada a proporcionar la información a todo solicitante, sin más exigencia que su previa identificación, y el pago de los derechos que en su caso correspondan, en los términos de las disposiciones legales aplicables.

El Reglamento determinará los procedimientos para la inscripción, modificación de datos y otorgamiento de constancias sobre actos y documentos inscritos en el Registro.

Los actos de transferencia de dominio, uso o usufructo de las autorizaciones o avisos se considerarán como una modificación de datos en el Registro.

Artículo 52. La Secretaría se coordinará con el Registro Agrario Nacional y los Registros Públicos de la Propiedad de las distintas Entidades Federativas para compartir y actualizar información de sus respectivos actos.

Artículo 54. Las autorizaciones , avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley, sólo se otorgarán a los propietarios y poseedores de los terrenos que legalmente tengan derecho a ello.

...

Las disposiciones de este capítulo serán aplicables para la Comisión en los procedimientos que realice, así como para otras autoridades que en el marco de esta ley asuman atribuciones de la federación en materia forestal.

La Secretaría, con la participación del Consejo correspondiente, podrá habilitar mecanismos de apoyo al dictamen de las solicitudes, avisos y atención de contingencias conforme a lo que establezca el Reglamento, incluyendo la conformación de cuerpos colegiados multidisciplinarios e interinstitucionales que apoyen estos procesos. De igual forma, la Secretaría, con el apoyo de la Comisión, proporcionarán la información de campo, cartográfica y estadística con la que cuenten para agilizar el análisis.

...

El Reglamento de esta Ley establecerá los documentos con los que se considerará acreditada la posesión o derecho para realizar las actividades señaladas en esta Ley.

Artículo 55. Las solicitudes para obtener las autorizaciones, avisos, informes y otros documentos señalados en esta Ley, podrán presentarse en la Secretaría o mediante el uso de la tecnología de la información con que cuenten para ese fin.

...

El Reglamento establecerá los requisitos que deban cumplirse para la presentación de las solicitudes para la obtención de autorizaciones, avisos, informes y otros documentos previstos en esta Ley, así como los procedimientos que deban desahogarse y el contenido de las resoluciones o constancias que deban emitirse.

Artículo 58. De manera previa a la resolución de solicitudes para el aprovechamiento de los recursos forestales y de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, la Secretaría deberá comunicar las mismas al Consejo Estatal que corresponda. El Consejo Estatal deberá emitir las opiniones que le sean solicitadas de conformidad con esta Ley y su Reglamento en un plazo no mayor a diez días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, excepto en los casos en los que se establezca algún otro plazo en las disposiciones aplicables. Transcurrido este plazo sin que el Consejo emita su opinión, se entenderá que no tiene objeción alguna respecto a la materia de la consulta , sin que ello implique suspender o interrumpir los plazos para emitir las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con los términos y condiciones previstos en el Reglamento.

Los Consejos Estatales podrán acordar la constitución de grupos de trabajo para la emisión de estas opiniones. El acuerdo que emitan establecerá la forma en que deliberarán y comunicarán su resolución a la Secretaría.

Artículo 59. La ejecución, desarrollo y cumplimiento de los programas de manejo forestal y los estudios técnicos justificativos estarán a cargo del titular de la autorización respectiva, así como de un prestador de servicios forestales, quien será responsable solidario con el titular en los hechos que afirme y los actos que avale.

Artículo 61. Cuando una autorización pueda afectar el entorno ecológico de alguna comunidad indígena, la Secretaría deberá recabar el parecer de los representantes de dicha comunidad.

La Secretaría, en coordinación con las autoridades competentes, verificará que los aprovechamientos de recursos forestales se realicen garantizando los derechos que la ley reconozca a las comunidades indígenas.

Artículo 62 Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley, podrán ser modificadas, suspendidas, revocadas, declaradas extintas o caducas, previa audiencia que se conceda a los interesados para que rindan pruebas para que rindan pruebas y aleguen lo que a su derecho convenga, por las causas previstas en la presente Ley, y de conformidad con los procedimientos que establezca el Reglamento y en lo no previsto se sujetará supletoriamente a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

...

...

...

Artículo 63. Los actos previstos en esta Ley, podrán ser revocados por cualquiera de las causas siguientes:

I. a X. ...

Artículo 64. Los actos previstos en la presente Ley, se extinguen por cualquiera de las causas siguientes:

I. a VI. ...

Artículo 65. Los actos previstos en la presente Ley, darán lugar a la suspensión por cualquiera de las causas siguientes:

I. a III ...

Artículo 66. Los actos previstos en la presente Ley, caducan cuando no se ejerzan durante el término de su vigencia y en los demás casos previstos en esta Ley o en las propias autorizaciones.

Artículo 67. Los actos previstos en de la presente Ley, podrán ser modificados cuando varíen las condiciones que la autoridad consideró al momento de su otorgamiento, independientemente de que el titular haya dado lugar a dichas variaciones.

Artículo 68. Corresponderá a la Secretaría emitir los siguientes actos y autorizaciones:

I. Autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción;

II. Autorización de colecta y uso de recursos biológicos forestales;

III. Autorización de colecta y uso de recursos biológicos forestales .

IV. Autorización de aprovechamiento de recursos maderables en terrenos forestales;

V. Autorización de aprovechamiento de recursos forestales no maderables, en los casos previstos por el artículo 85 de esta Ley;

VI. Autorización de funcionamiento de centros de almacenamiento y transformación de materias primas forestales y de centros no integrados a un centro de transformación primaria.

VII. Expedición del c ertificado fitosanitario de exportación de materias primas, productos y subproductos forestales;

VIII. Emisión de la h oja de requisitos fitosanitarios para la importación de materias primas, productos y subproductos forestales. Deberán establecerse específicamente para cada mercancía previamente en términos de lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, mediante la publicación del instrumento jurídico correspondiente en el Diario Oficial de la Federación;

IX. La Inscripción de prestadores de servicios forestales en el Registro Forestal Nacional, y

X. Las demás previstas en esta Ley y su Reglamento.

Artículo 69. Corresponderá a la Secretaría recibir los siguientes avisos e informes:

I. Aviso para el e stablecimiento de plantaciones forestales comerciales;

II. Aviso de c olecta y usos de los recursos biológicos forestales, cuando se trate de los casos previstos en el párrafo tercero del artículo 86 de esta ley;

III. Aviso de aprovechamiento de recursos forestales no maderables no previstos en el artículo 85 de esta Ley;

IV. Aviso de registro de acahuales o guamiles o de aprovechamiento de recursos forestales provenientes de acahuales o guamiles;

V. Informes anuales sobre la ejecución y desarrollo de los aprovechamientos y las plantaciones forestales comerciales.

...

...

Artículo 70. La Secretaría otorgará las remisiones y reembarques forestales en los términos establecidos por el Reglamento.

Asimismo, llevarán a cabo la s inscripcion es correspondiente s en el Registro Forestal Nacional, así como sus modificaciones y cancelaciones correspondientes.

Artículo 71. Para realizar el aprovechamiento de vegetación que provenga de terrenos diversos a los forestales, los interesados podrán solicitar a la Secretaría que verifique que la vegetación proviene de dichos predios y emita la constancia respectiva, la cual sólo avalará la legal procedencia de los mismos. Para la emisión de dicha constancia, se deberá atender el procedimiento que para tal efecto, establezca el Reglamento. Los particulares, en su caso, deberán atender lo que señale la legislación local de la materia. Los particulares, en su caso, deberán atender lo que señale la legislación local de la materia.

Artículo 74. Los titulares de aprovechamiento forestal maderable estarán obligados a presentar un informe sobre la ejecución, desarrollo y cumplimiento del programa de manejo forestal, en los términos que establezca el Reglamento de la presente Ley.

En caso de no rendir el informe señalado en el párrafo anterior se negará la emisión de remisiones forestales para realizar el transporte de materias primas o productos forestales hasta en tanto esta obligación sea satisfecha.

Artículo 80. Las plantaciones forestales comerciales requerirán de un aviso por escrito. El contenido del aviso y sus requisitos se establecerán en el Reglamento.

Artículo 81. Una vez presentado el aviso de plantación forestal comercial , en los términos establecidos en la Ley y el Reglamento, la Secretaría emitirá una constancia de plantación en un plazo no mayor de diez días hábiles. Si después de este plazo la Secretaría no la ha emitido, el interesado quedará facultado a iniciar la plantación; y la Secretaría deberá expedir la constancia correspondiente, sin menoscabo de las responsabilidades en las que pueda incurrir con dicha omisión.

Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en la normatividad en materia de Áreas Naturales Protegidas, en cuyo caso la plantación no deberá iniciarse hasta que se expida la constancia correspondiente, la cual no será procedente cuando sea contraria a lo dispuesto en el decreto de creación y/o el programa de manejo respectivo

Artículo 83. El titular del aviso de plantación forestal comercial deberá informar anualmente a la Secretaría, las superficies plantadas y los volúmenes de materias primas que obtenga del aprovechamiento y los demás datos que se requieran en los términos del Reglamento. La presentación de dicho informe será requisito obligatorio para la emisión de la documentación requerida para acreditar la legal procedencia de las materias primas forestales extraídas.

Artículo 88. El aprovechamiento de recursos y materias primas forestales para uso doméstico se sujetarán a lo que establezca el Reglamento.

La Secretaría, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y la Comisión propiciarán el conocimiento, difusión y adopción de mejores prácticas para las actividades agroforestales y silvopastoriles. En su caso podrán emitirse Normas Oficiales Mexicanas en dichas materias.

Artículo 92. Para el funcionamiento de centros de almacenamiento y transformación de materias primas forestales y de centros no Integrados a un centro de transformación primaria, se requiere de autorización de la Secretaría.

...

Artículo 93. La Secretaría podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos cuyo contenido se establecerá en el Reglamento, los cuales demuestren que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, la pérdida de almacenamiento de carbono, el deterioro de la calidad del agua y la disminución en su captación se mitiguen.

Artículo 93 Bis. Los terrenos forestales seguirán considerándose como tales aunque pierdan su cubierta forestal por acciones ilícitas, plagas, enfermedades, incendios, deslaves, huracanes o cualquier otra causa. Los propietarios y poseedores emprenderán acciones para la restauración de dicha cubierta.

Artículo 99. La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la s instancias del Gobierno Federal correspondientes, y con los gobiernos locales la política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, incluyendo el sistema de roza, tumba y quema, desarrollando prácticas permanentes y evitando que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales.

Las diversas instancias del gobierno federal no otorgarán apoyos o incentivos económicos para actividades agropecuarias en terrenos cuyo cambio de uso de suelo no haya sido autorizado por la Secretaría para tales actividades.

Artículo 106. ...

En la planeación del desarrollo forestal sustentable, se elaborarán programas y estudios regionales forestales en cada Unidad de Manejo Forestal, y la Comisión promoverá su elaboración y ejecución.

La Secretaría autorizará dichos programas y estudios regionales conforme al contenido y procedimiento que se establezca en el Reglamento de esta Ley.

La Comisión promoverá que los gobiernos de las Entidades Federativas se coordinen a efecto de participar en la elaboración de dichos programas y estudios y propiciará la participación de los interesados.

Artículo 113. ...

...

...

...

Cuando por motivos de sanidad forestal sea necesario realizar la remoción de la vegetación forestal afectada, los propietarios y legítimos poseedores deberán desarrollar un programa de restauración forestal , el cual será aprobado por la Comisión, la cual deberá resolver la solicitud dentro de un plazo de 20 días naturales, al cabo de los cuales, si no hubiera respuesta, se considerará autorizado el programa.

Al término de los trabajos de sanidad forestal los obligados deberán presentar un informe sobre los resultados de la ejecución de los mismos.

Artículo 120. Los propietarios y poseedores de los terrenos forestales y preferentemente forestales y sus colindantes, estarán obligados a ejecutar trabajos de manejo de combustibles, y prevención cultural y realizar el ataque inicial de los incendios forestales, en los términos de los programas de manejo y las autorizaciones correspondientes, así como en los términos de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

Artículo 124. ...

I. a IV. ...

...

En este último caso la veda tendrá carácter precautorio, deberá referirse en forma específica al programa de manejo respectivo y sólo podrá abarcar la fracción del área forestal afectada por el riesgo a la biodiversidad. La Secretaría solicitará a los titulares la modificación de los programas de manejo respectivos, segregando de los mismos las superficies afectadas. Así mismo se establecerá un programa que tenga como finalidad atacar las causas que originan la veda y asegurarse al término de la misma que dichas causas no se repitan.

...

...

...

Artículo 126. La Secretaría y la Comisión propiciarán el conocimiento, difusión y adopción de mejores prácticas tendientes a prevenir y controlar el sobrepastoreo en terrenos forestales . En su caso, la Secretaría emitirá las Normas Oficiales Mexicanas para determinar coeficientes de agostadero; evaluar daños a suelos y pastos; regular los procesos de reforestación y restauración de áreas afectadas; y a compatibilizar las actividades silvopastoriles.

Artículo 132. Cuando la Secretaría, con base en estudios técnicos, determine la existencia de un riesgo a los ecosistemas forestales, notificará a los propietarios y poseedores de terrenos forestales, o aquellos que resultaren afectados, la ejecución de las actividades necesarias para evitar o reducir la situación de riesgo, con el apercibimiento de que en caso de no realizarlas en el término que se conceda para ello, la Comisión realizará los trabajos correspondientes con cargo a los obligados. El monto de las erogaciones que se realicen será considerado como crédito fiscal y su recuperación será mediante el procedimiento económico coactivo correspondiente.

Al término de ejecución de las actividades necesarias para evitar o reducir la situación de riesgo los obligados deberán presentar un informe sobre las actividades realizadas.

Artículo 138 Bis. Las emisiones evitadas por deforestación y degradación forestal podrán ser transferidas por la Secretaria, a los mercados de carbono internacionales. La Secretaría podrá convenir con los Gobiernos de las Entidades Federativas que estas participen en dichos mercados en lo que corresponde al territorio bajo su jurisdicción.

Los recursos que se obtengan por el pago de resultados derivados de la reducción de emisiones por deforestación y degradación se distribuirán conforme al plan que para esos efectos se diseñe, el cual deberá considerar de manera prioritaria a dueños y poseedores de recursos forestales que contribuyan a la reducción de emisiones así como a personas o grupos que contribuyan al logro de dichos objetivos.

Artículo 154. La prevención y vigilancia forestal corresponde a la Secretaría, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en coordinación con autoridades de los tres órdenes de gobierno, y tendrán, como función primordial, la salvaguarda y patrullaje de los recursos forestales; realizar los actos de investigación técnica, inspección, vigilancia y verificación del cumplimiento de las disposiciones y obligaciones contenidas en la presente Ley, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas de acuerdo a lo previsto en el Título Sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

La investigación técnica podrá practicarse previo y durante los actos de inspección, vigilancia, operativos y verificación del cumplimiento de las disposiciones y obligaciones contenidas en la Ley, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas.

El diagnóstico de Zonas Críticas Forestales será parte de investigación técnica.

Asimismo, impulsará la profesionalización y capacitación en materia forestal del personal que participe en las visitas y operativos de inspección.

Artículo 154 Bis. De conformidad a lo previsto en el Título Sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, toda persona podrá denunciar ante la Procuraduría o ante otras autoridades, todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños a los recursos forestales, o contravenga las disposiciones de la Ley.

Artículo 156. ...

I. ...

II. Imposición de multa, cuyos recursos serán destinados para realizar acciones de inspección y vigilancia forestal.

III. a VII. ...

La Secretaría podrá dar destino final a las materias primas forestales, productos forestales maderables o recursos forestales no maderables decomisados una vez emitido el fallo y la resolución cause efectos, estos recursos se entregarán a quien beneficie el sentido de la resolución.

La Procuraduría transferirá los bienes decomisados al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público de conformidad con las disposiciones aplicables y los convenios que para ello se celebren.

Las materias primas forestales, sus productos y subproductos, que no sean transferidos al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, serán enajenados por la Procuraduría. En estos casos, la Procuraduría aplicará las disposiciones conducentes de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y los convenios que para ello se celebren.

Los recursos económicos obtenidos por los procedimientos de venta a que hace referencia el artículo 89 de Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, se destinarán a la inspección y vigilancia forestal, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Artículo 156 Bis. Cuando la Procuraduría practique el aseguramiento de bienes, podrá designar como depositario al titular del aprovechamiento forestal, al prestador de servicios, al transportista, al responsable de centros de almacenamiento o de transformación o a cualquier otra persona, según las circunstancias de la diligencia que dé motivo al aseguramiento.

La Procuraduría y las autoridades administrativas podrán colocar sellos o marcas en los bienes y dictar las medidas para garantizar su cuidado.

Artículo 157. ...

I. Con el equivalente de 40 a 1000 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones VI, XIV, XVII, XX y XXIX del artículo 155 de esta Ley;

II. Con el equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones I, II, IV, VIII, X, XI, XIII, XV, XVIII, XXVI, XXVII y XXVIII del artículo 155 de esta Ley, y

III. Con el equivalente de 150 a 30,000 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien cometa las infracciones señaladas en las fracciones III, V, VII, IX, XII, XVI, XIX, XXI, XXII, XXIII, XXIV y XXV del artículo 155 de esta Ley.

...

A los reincidentes se les aplicará el doble de las multas previstas en este artículo, según corresponda. Para conocer de las reincidencias la Procuraduría deberá generar un catálogo de infractores, donde se incluya información de nombres, razón social, ubicación, superficies y coordenadas en UTM.

La Secretaría, fundamentando y motivando plenamente su decisión, podrá otorgar al infractor la opción de pagar la multa o realizar trabajos o inversiones equivalentes en materia de conservación, protección o restauración de los recursos forestales dentro de la cuenca hidrográfica, siempre y cuando se garanticen las obligaciones del infractor, éste no sea reincidente y no se trate de irregularidades que impliquen la existencia de riesgo inminente de daño o deterioro grave de los ecosistemas forestales cuya determinación podrá obtenerse mediante la investigación técnica previo y durante el procedimiento administrativo.

Artículo 159. Cuando la Procuraduría determine a través de las visitas de inspección, que existen daños al ecosistema o bien cuando los actos u omisiones pudieran dar lugar a la imposición de sanciones administrativas, la Procuraduría podrá ordenar las medidas de seguridad contenidas en el Título Sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente además de la suspensión e impondrá como sanción mínima al responsable la ejecución de las medidas de restauración correspondientes.

Cuando en una sola acta de inspección aparezca que se han cometido diversas infracciones, deberán ser sancionadas individualmente. Las actas que se levanten en casos de flagrancia, deberán hacer constar con precisión esta circunstancia. Se entiende por flagrancia, cuando el o los presuntos infractores son sorprendidos ejecutando los hechos contrarios a la Ley o el presente Reglamento o, inmediatamente después de cometerlos es perseguida material e ininterrumpidamente o cuando la persona sea señalada por algún testigo de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión de la infracción y cuando tenga en su poder instrumentos, objetos o productos de la infracción. Se considera que existe flagrancia por señalamiento, siempre y cuando, inmediatamente después de cometer la infracción no se haya interrumpido su búsqueda o localización.

La amonestación sólo será aplicable a los infractores por primera vez, a criterio de la Secretaría y servirá de apoyo para incrementar la sanción económica a los reincidentes.

Artículo 160. Cuando por la gravedad de la infracción la Procuraduría imponga como sanción la revocación de la autorización o inscripción registral, remitirá a la autoridad que la emitió o registró, copia certificada de la resolución en la que se determinó la sanción para que lleve a cabo la suspensión, modificación, revocación o cancelación de la concesión, permiso, licencia, registro y en general de todas las autorizaciones otorgadas para la realización de las actividades calificadas como infracciones. Esta atribución la ejercerá directamente la Secretaría cuando le corresponda otorgar los instrumentos respectivos.

De igual manera, la Comisión podrá promover ante las autoridades federales o locales competentes, con base en los estudios que elabore, la limitación o suspensión de la instalación o funcionamiento de industrias para regular el abasto de recursos forestales por cuencas hidrográficas, así como los comercios, servicios, desarrollos urbanos, turísticos o de cualquier actividad que afecte o pueda afectar los recursos forestales.

Transitorios de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Primero. ...

Segundo. ...

Tercero. La Secretaría inscribirá en el Registro Forestal Nacional aquellas plantaciones forestales comerciales establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y que no cuenten con el registro correspondiente. Para tal efecto, los interesados presentarán un aviso ante la Secretaría con los requisitos de información y documentación previstos en el Reglamento dentro de un plazo que no exceda los trescientos sesenta y cinco días naturales contados a partir de la entrada en vigor de dicho reglamento.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal emitirá el reglamento de la presente ley dentro de los ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor.

Notas

1 Conafor (2012). Superficie Forestal Nacional. Inventario Nacional Forestal y de Suelos: Informe de Resultados 2004-2009. México, pp. 66 y 69

2 Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (2010). Tabla 3. Tendencias en la extensión de los bosques. Evaluación de los Recursos Forestales Mundiales 2010. Roma, Italia. p.239.

3 http://www.biodiversidad.gob.mx/pais/pdf/CapNatMex/Vol%20I/I01_ Elconocimientobiog.pdf

4 Información obtenida del Atlas de Propiedad Social y Servicios Ambientales realizado por el Registro Agrario Nacional (RAN) en el 2012

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputados y diputadas: Martha Olivia García Vidaña, Adela Piña Bernal, Ana María Rodríguez Ruiz, Ana Priscila González García, Ariel Rodríguez Vázquez, Armando González Escoto, Azael Santiago Chepi, Beatriz Dominga Pérez López, Carol Antonio Altamirano, Clementina Marta Dekker Gómez, Cruz Juvenal Roa Sánchez, Diego Eduardo del Bosque Villarreal, Ediltrudis Rodríguez Arellano, Efraín Rocha Vega, Emeteria Claudia Martínez Aguilar, Esteban Barajas Barajas, Felipe Rafael Arvizu de la Luz, Frida Alejandra Esparza Márquez, Irineo Molina Espinoza, Irma Juan Carlos, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jaime Humberto Pérez Bernabe, José Guadalupe Ambrocio Gachuz, Juan Israel Ramos Ruiz, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Julieta García Zepeda, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Ivette Audiffred Fernández, Laura Mónica Guerra Navarro, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, María Marcela Torres Peimbert, Martha Lizeth Noriega Galaz, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Roberto Antonio Rubio Montejo, Rosa María Bayardo Cabrera (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.

La diputada Ana María Rodríguez Ruiz (desde la curul): Presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: ¿Con qué objeto, diputada?

La diputada Ana María Rodríguez Ruiz (desde la curul): Presidenta, si le puede preguntar a la diputada si me deja adherirme a su iniciativa.

La presidenta diputada Laura Angélica RojasHernández: Sí. Pregunta la diputada si permite que se adhiera a su iniciativa, diputada.

La diputada Martha Olivia García Vidaña: Por supuesto.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias.



LEY DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra el diputado Absalón García Ochoa, hasta por cinco minutos, para presentar en una sola intervención tres iniciativas. En virtud de que son tres iniciativas, esta Mesa Directiva será tolerante con el tiempo.

La primera, con proyecto de decreto que reforma el artículo 88 de la Ley de Transición Energética. La segunda, con proyecto de decreto que reforma el artículo 199 del Código de Justicia Militar. Y, la tercera, con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, todas suscritas por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

El diputado Absalón García Ochoa:Gracias, presidenta. Compañeras, compañeros, buenas tardes. El día de hoy vengo a presentar iniciativas, dos de ellas en lo que corresponde a la reforma del artículo 88 de la Ley Federal de Transición Energética, y el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, respectivamente.

Esta iniciativa tiene como objeto armonizar el marco jurídico federal, toda vez que de conformidad con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 30 de noviembre de 2018, diversas dependencias de la administración pública federal cambian de nombre y atribuciones.

En tal sentido, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional hemos buscado, en todo momento, actualizar nuestras leyes para beneficiar principalmente a los ciudadanos, defendiendo en todo momento el principio de inclusión.

Por otra parte, la otra iniciativa que reforma el artículo 199 del Código de Justicia Militar, tiene que ver con la amnistía, y ya que en México los delitos que constituyen violaciones a los derechos humanos cometidos por militares, fueron de manera recurrente y de acuerdo a los estándares interamericanos, la jurisdicción penal militar debe de quedar excluida de las violaciones a los derechos humanos.

Tomando en cuenta que el sistema de justicia militar en México no es independiente e imparcial, debido a la estructura que mantiene, disposiciones del Código de Justicia Militar como la figura de la amnistía que contravienen los estándares internacionales en materia de la aplicación de justicia, en los casos que implican violaciones de los derechos humanos, resulta necesario reformar la fracción II del artículo 199 del Código de Justicia Militar para que la amnistía se conceda a los responsables de la comisión de un delito; aun cuando ya estén ejecutoriamente condenados a quien se halle preso se le pondrá, desde luego, en libertad, pero la amnistía se concederá únicamente cuando no se hayan violado derechos humanos, de civiles o militares.

Compañeras y compañeros, los invito a que se sumen a estas iniciativas y, por tanto, agradezco su atención. Muchas gracias, presidenta.

«Iniciativa que reforma el artículo 88 de la Ley de Transición Energética, suscrita por el diputado Absalón García Ochoa e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien esto suscribe, diputado Absalón García Ochoa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo que establecen los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de este recinto legislativo la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 88 de la Ley Federal de Transición Energética, para considerar la importancia de mantener actualizadas las disposiciones jurídicas que le dan certeza a nuestro país, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sector agropecuario y el sector energético tienen una relación muy importante, ya que la energía proviene de fuentes renovables y no renovables, por lo que es un insumo de gran importancia para los diferentes procesos agrícolas y de la industria.

Por ejemplo, en los últimos años la instalación y expansión de los de sistemas de riego ha ido en aumento gracias al incremento de la eficiencia y productividad en los procesos productivos, por lo que conlleva al valor agregado en las cadenas productivas, así como a expandir oportunidades y a la integración de pequeños y medianos productores a los canales de comercialización.

En el quinto párrafo del artículo 4o. constitucional, se establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1997, artículo 4o.).

En estos derechos humanos se encuentra reconocido el derecho al medio ambiente sano, mismo que es promovido a implementar políticas públicas en un marco de planeación a través de la implementación de proyectos de energías renovables, necesarios para la generación de energía eléctrica que ayuden a disminuir la emisión de gases de efecto invernadero y contribuyan al desarrollo sustentable en términos de las disposiciones jurídicas de México.

En la Ley Federal de Transición Energética se establece que la Secretaría de Energía fijará como meta, una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica de 25 por ciento para el año 2018; de 30 por ciento para 2021 y de 35 por ciento para 2024.

Para lo cual la Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más limpios establecerá metas que constituyen porcentajes mínimos en relación con el total de generación de electricidad en México. La ley determina que la matriz energética que resulte de las metas planteadas, deberá ser la base de cumplimiento para los bienes consumidos en territorio nacional.

Dicha Estrategia señala que se espera que las energías renovables y la eficiencia energética contribuyan en 79 por ciento del abatimiento total de las emisiones del país hacia 2050.

Como legisladores es de gran importancia que promovamos e incentivemos la aplicación de tecnologías sustentables en todas las actividades productivas, en el sector agropecuario, industrial, comercial y en el uso doméstico. Por esa razón, es necesario conservemos actualizadas, las leyes que brindan validez y certeza a las disposiciones de nuestro país, entorno a un mejor desarrollo social y sustentable.

Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la iniciativa que reforma el artículo 88 de la Ley de Transición Energética, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 88 de la Ley Federal de Transición Energética

Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 88 de la Ley Federal de Transición Energética, para quedar como sigue:

Ley Federal de Transición Energética

Artículo 88. El Consejo será presidido por el titular de la Secretaría y se integrará por:

I. a II. ...

III. Un representante de las siguientes secretarías: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; Comunicaciones y Transportes; Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Economía; Hacienda y Crédito Público; Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Salud;

IV. a VII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Ley Federal de Transición Energética (2015, art. Tercero Transitorio)

2 Ley Federal de Transición Energética (2015, art.8)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Armando Tejeda Cid, Carlos Carreón Mejía, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Torres Graciano, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Juan Carlos Muñoz Márquez, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Ángeles Ayala Díaz, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mario Mata Carrasco, Martha Estela Romo Cuéllar, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Ricardo Villarreal García, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Verónica María Sobrado Rodríguez, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputado. Túrnes a la Comisión de Energía, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión.



CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR

El diputado Absalón García Ochoa:

«Iniciativa que reforma el artículo 199 del Código de Justicia Militar, suscrita por el diputado Absalón García Ochoa e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Absalón García Ochoa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 199, del Código de Justicia Militar, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La “amnistía” (del griego amnestia: olvido) es una facultad del Congreso, mediante la cual establece el olvido legal de la comisión de alguna clase de delitos. Con esta figura jurídica se invalidan los procesos comenzados o por comenzar, así como las condenas ya pronunciadas.

En la antigua Europa el olvido, el perdón de las conductas delictivas era una atribución del soberano; más tarde, “el derecho de gracia, el indulto, pasó a ser facultad del jefe del Estado”, con el paso de los años y gracias al derecho constitucional moderno, la facultad de conceder la “amnistía” se declaró exclusiva del Poder Legislativo.

Esta figura jurídica ha sido criticada profundamente por juristas, criminólogos y filósofos de renombre. El marqués de Beccaria, Enrico Ferri, Immanuel Kant, y Cesare Lombroso la consideraron opuesta al principio de igualdad, puesto que consideraron que colaboraba con las tendencias delincuenciales de los amnistiados. Pero a pesar de ello se ha mantenido la corriente favorable hacia esta figura. Los juristas Stanislao Mancini y Joseph Story la fundamentan desde la misma soberanía, ya que la potestad de clemencia es uno de sus atributos.

Resulta ser que en casos “muy particulares” es más práctico y conveniente conceder el perdón y olvidar, que perseguir e imponer un castigo. Es por ello que la “amnistía” es una disposición de carácter político, empleada para aplacar los ánimos adversos producidos por disputas políticas y sociales.

En México, el Congreso Constituyente de 1856 propuso la amnistía como una facultad exclusiva del Poder Ejecutivo, por los delitos que conocían los Tribunales de la Federación. En la Constitución de 1917 dicha facultad será atribuida exclusivamente al Congreso. En este sentido, la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su fracción XXII, del artículo 73, Sección III, que el Congreso tiene facultad “Para conceder amnistías por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la federación.”

La “amnistía” es una disposición de carácter general, la cual únicamente puede ser concedida por el Congreso, quien la establecerá en una ley en favor de un grupo determinado de personas a quienes se les ha ejercido acción penal ante los tribunales por la comisión en un tipo determinado de conductas catalogadas como delitos; se expide por móviles políticos; “se justifica por la utilidad que puede tener para la sociedad, que se den al olvido ciertos hechos...” es decir, “borra el pasado”; su aplicación puede o no estar condicionada a factores de tiempo, modo y lugar; sus beneficios pueden alcanzan a quienes se encuentren sustraídos de la acción de la justicia; en definitiva extingue toda acción penal y sanción impuesta; en cuanto al derecho de los terceros que hayan resultado perjudicados por el delito, únicamente subsisten las consecuencias civiles de la infracción, perdurando el derecho de la parte civil perjudicada de demandar ante los tribunales la reparación de los daños y perjuicios, en resumen, se trata del olvido de la comisión de un delito, ya que es una gracia que se concede al presunto culpable produce efectos retroactivos, haciendo que este readquiera su anterior estado legal que le permite hacer valer todos los derechos que le correspondían.

En este sentido debe considerarse absurdo que bajo su amparo se lleguen a justificar la comisión continuada de actos delictuosos revestidos de legalidad, tal es el caso de la violación de los derechos humanos; si se aplica e interpreta de esta manera, la “amnistía” resultara inconciliable con el estado de derecho de todo orden democrático.

La justicia penal militar debe ajustarse a la realidad actual, por ello se debe reconstruir su normatividad, haciéndola más transparente. Los delitos y las faltas de orden militar tienen una regulación especial, la cual está reglamentada en la respectiva normatividad secundaria; tratándose de los delitos, en el Código de Justicia Militar. Si bien es cierto que el derecho penal militar resulta idóneo normativamente para el conveniente funcionamiento y control del personal militar al servicio del Estado, recuérdese que estos además de atender lo ordenado por sus normas particulares, también están obligados a cumplir con los demás ordenamientos a que están sujetos los civiles con pena de ser sancionados, es decir que por el papel y funciones tan importantes que desarrollan dentro del Estado mexicano, están sujetos de manera más férrea que cualquiera otra persona común y corriente a las disposiciones legales, a las cuales siempre deben sujetar su conducta.

En México, los delitos que constituyen violaciones a derechos humanos cometidos por militares se han vuelto una práctica. De acuerdo a los estándares interamericanos, la jurisdicción penal militar debe quedar excluida de violaciones a los derechos humanos. Tomando en cuenta que el sistema de justicia militar en México no es independiente e imparcial debido a la estructura que mantiene, disposiciones del Código de Justicia Militar como la figura de la “amnistía” que contravienen los estándares internacionales en materia de la aplicación de justicia en los casos que implican violaciones de los derechos humanos, resulta necesario reformar la Fracción II, del Artículo 186, del Código de Justicia Militar.

Téngase en cuenta que la propia Corte Interamericana ha dispuesto que las “Amnistías” deben ser nulas por lo que toca a la comisión de violaciones graves de derechos humanos, que de acuerdo a su jurisprudencia “...no poseen efectos jurídicos y resultan ser contrarias a los postulados más elementales de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.” El Código de Justicia Militar contiene dicha figura jurídica en su texto, la cual es un elemento necesario para que proceda la extinción de la acción penal en contra de militares, pero ello, sin tomarse en cuenta si los delitos cometidos por estos implican violaciones de derechos humanos.

Conforme a lo referido, la figura de la “amnistía” maneja en el Código de Justicia Militar resulta ser incompatibles con la Convención Americana de los Derechos Humanos, además de estar demostrado que los gobiernos del continente Americano que han concedido “amnistías” a los militares de sus países que han violado de forma sistemática los derechos humanos de su población “...bloquean a las víctimas el derecho a la tutela judicial efectiva.”; representan un obstáculo para la investigación de los hechos delictivos; mediante su instauración perpetúan una situación de impunidad por esa falta de “...investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y sanción de los responsables de los hechos,...”; en consecuencia, impiden el esclarecimiento de la verdad, del derecho a la verdad.

Es por eso que, de acuerdo a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los Estados que son parte de la Convención Americana no pueden ni deben invocar alguna disposición de su derecho interno como la figura de la “Amnistía” para quebrantar su obligación de garantizar el debido acceso a la justicia de las víctimas; en consecuencia, cuando militares cometan violaciones de los derechos humanos, no se les debe aplicar esta figura ya que el olvido no debe imperar.

Dice:

Artículo 199. Código de Justicia Militar

La amnistía aprovecha a todos los responsables del delito, aun cuando ya estén ejecutoriamente condenados. A los que se hallen presos, se les pondrá desde luego en libertad.

Debe decir:

Artículo 199. Código de Justicia Militar.

La amnistía aprovecha a todos los responsables del delito, aun cuando ya estén ejecutoriamente condenados. A los que se hallen presos, se les pondrá desde luego en libertad.

La amnistía se concederá únicamente cuando no se hayan violado derechos humanos de civiles o militares.

Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 199, del Código de Justicia Militar

Primero: Titulo Quinto, De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena; capítulo II, De la extinción de la pena; artículo 199.

La amnistía aprovecha a todos los responsables del delito, aun cuando ya estén ejecutoriamente condenados. A los que se hallen presos, se les pondrá desde luego en libertad.

La amnistía se concederá únicamente cuando no se hayan violado derechos humanos de civiles o militares.

Transitorio

Único. La reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Diccionario jurídico mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México. Editorial Porrúa, Tomos: A-C, D-H, I-O, P-Z, Serie E, Varios, Número 93 Bis, México, 2007.

2 Tesis Aislada; Semanario Judicial de la Federación; Quinta Época; Segunda Sala; Tomo LX; Materia(s): Penal, Administrativa; Registro digital: 330276; Pág. 1017.

3 Consúltese: Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, Violaciones a la Convención Americana por la aplicación del fuero militar a casos de violaciones de derechos humanos en México, Documento preparado para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el marco de la audiencia temática llevada a cabo en este tema el 20 de marzo de 2009.

4 Esteve Moltó José Elías, “La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ante las leyes de amnistía: un referente para la necesaria ´fertilización trasatlántica´; Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, Número 9, octubre 2015-marzo 2016, Universitat de València, páginas 105-123.

5 Caso masacres de El Mozote y lugares aledaños versus El Salvador, resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, supervisión de cumplimiento de sentencia, 31 de agosto de 2017.

Bibliografía

Caso masacres de El Mozote y lugares aledaños versus El Salvador, Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, supervisión de cumplimiento de sentencia, 31 de agosto de 2017.

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, Violaciones a la Convención Americana por la aplicación del fuero militar a casos de violaciones de derechos humanos en México, Documento preparado para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el marco de la audiencia temática llevada a cabo en este tema el 20 de marzo de 2009.

Diccionario jurídico mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Ed. Porrúa, Tomos: A-C, D-H, I-O, P-Z, Serie E, Varios, Núm. 93 Bis, México, 2007.

Espinosa Carlos Alejandro, “La justicia penal militar en México: asignatura impostergable”, Iter Criminis- Revista de Ciencias Penales, Número 2, Tercera época, Tlalpan, México, 2005.

Esteve Moltó José Elías, “La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ante las leyes de amnistía: un referente para la necesaria “fertilización” trasatlántica”; Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, Número 9, octubre 2015-marzo 2016, Universitat de València, páginas 105-123.

Tena Ramírez, Felipe, Derecho constitucional mexicano; 16 edición, Porrúa, México, 1978.

Tesis Aislada; Semanario Judicial de la Federación; Quinta Época; Segunda Sala; Tomo LX; Materia(s): Penal, Administrativa; registro digital: 330276; página 1017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2020.— Diputados y diputadas: Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Antonia Natividad Díaz Jiménez, Armando Tejeda Cid, Carlos Carreón Mejía, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Torres Graciano, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Juan Carlos Muñoz Márquez, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Ángeles Ayala Díaz, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mario Mata Carrasco, Martha Estela Romo Cuéllar, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Verónica María Sobrado Rodríguez, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

VOLUMEN II



LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS

El diputado Absalón García Ochoa:

«Iniciativa que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, suscrita por el diputado Absalón García Ochoa e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe Absalón García Ochoa, diputado federal de la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, del Grupo Parlamentario del PAN, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las organizaciones ganaderas, conforme al artículo 3o. de Ley de Organizaciones Ganadera, son consideradas de interés público, por lo que tanto el Gobierno Federal como los gobiernos de las entidades federativas y municipios les darán todo su apoyo para la realización del objeto señalado en el artículo 5o. de la misma ley.

El carácter de interés público de las organizaciones ganaderas implica que las mismas deben guiarse en su vida interna conforme a los principios de transparencia, democracia, libertad, entre otros, que el Estado mexicano actualmente reconoce en otras instituciones y organizaciones, igualmente, consideradas de interés público como son los partidos políticos o los sindicatos.

Sobra explicar la relevancia de las organizaciones ganaderas en el país, pues son actores indispensables en la mejora de la producción ganadera de nuestro país. Su ayuda a los asociados y cooperación con las autoridades de los tres niveles son indispensables para el desarrollo ganadero de nuestro México.

Por tal razón, garantizar que en la vida interna de las organizaciones ganaderas se asegure también una vida democrática, sin duda resultará en gran beneficio para su mejor desarrollo y, por consecuencia lógica, para el desarrollo democrático del país. El correcto funcionamiento del sector primario, asegura que otros sectores de la economía funcionen, lo que genera un efecto dinámico que permite que nuestro país tenga un sano crecimiento económico sostenido. La importancia del mercado agrícola para nuestro país es estratégica y global, por estos hechos es tan importante que nosotros como Legisladores, mantengamos actualizadas las leyes que le dan certeza a cada sector que conforman a nuestro país, principalmente a los sectores económicos y, para este caso, asegurar capacitación, infraestructura y tecnología para el campomexicano.

Derivado de la observación anterior, no debe pasar inadvertido que de conformidad con lo preceptuado en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, diversos órganos de la Administración Publica central se reformaron y sus atribuciones distribuidas en nuevas Secretarías con diferentes denominaciones.

En lo que respecta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, cambia a Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a fin de garantizar el desarrollo integro en materia agroalimentaria.

Derivado de lo anterior, se considera procedente la actualización referente a la Sader en diversos artículos de la Ley Agraria con el objeto de armonizar el marco jurídico mexicano.

En razón de lo expuesto y fundamentado, me permito someter a consideración de esta honorable Cámara, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas

Artículo Único. Se reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas, para quedar como sigue:

Ley de Organizaciones Ganaderas

Artículo 1o. La presente ley es de interés público y de observancia general en todo el país. Tiene por objeto establecer las bases y procedimientos para la constitución, organización y funcionamiento de las organizaciones ganaderas en el país, que se integren para la protección de los intereses de sus miembros; así como los criterios que sustenten el desarrollo y mejoramiento de los procesos productivos y de comercialización de los productos ganaderos.

La aplicación e interpretación administrativa de las disposiciones contenidas en este ordenamiento corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputados y diputadas Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Armando Tejeda Cid, Carlos Carreón Mejía, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Torres Graciano, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Juan Carlos Muñoz Márquez, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Ángeles Ayala Díaz, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mario Mata Carrasco, Martha Estela Romo Cuéllar, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Verónica María Sobrado Rodríguez, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Se turna a la Comisión de Ganadería, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Claudia Pastor Badilla, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

La diputada Claudia Pastor Badilla: Muchísimas gracias, presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante.

La diputada Claudia Pastor Badilla: Buenas tardes, diputados y diputadas. Permítanme compartirles las razones de esta propuesta que firmamos varios integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

La reforma constitucional de diciembre del 94, ya lo hemos mencionado, significó un parteaguas en el Poder Judicial, en ella se incorporaron las figuras centrales de la defensa de la norma fundamental. Esta reforma incorporó al artículo 105, la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad, dos mecanismos que pretenden mantener los poderes políticos dentro de los límites de sus atribuciones, lo que permite un desarrollo armónico de sus actividades y repercute en el respeto de los derechos humanos.

Quiero concentrarme en la acción de inconstitucionalidad, la cual faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que resuelva como única instancia la posible contradicción entre una norma general o un tratado internacional con la Ley Fundamental, lo cual, de existir, hace invalida la norma impugnada.

Uno de los requisitos para la procedencia de este mecanismo es la legitimación. Es decir, el reconocimiento normativo para determinados sujetos colectivos o institucionales para que puedan promover la acción ante la Suprema Corte.

La inclusión de los derechos de las minorías y sus garantías jurídicas constituyen el eje central de un estado democrático y se vinculan profundamente con la tolerancia. La tolerancia es la obra de la voluntad, no hay virtud humana más admirable, implica el reconocimiento a los demás.

Otra forma de conocerse uno mismo. No hay himnos a la tolerancia, carece de poemas y de esculturas que la magnifiquen es una virtud que requiere un esfuerzo y una vigilancia constante, pues carece de prestigio popular.

La tolerancia es, en muchos, vista como debilidad. Pero la democracia política y la convivencia civilizada entre nosotros exigen la tolerancia y la aceptación de valores e ideas distintas a las nuestras, en palabras de Octavio Paz.

Así, la norma al 105 se ha modificado hasta la fecha en su naturaleza jurídica para convertir a la acción de inconstitucionalidad en un mecanismo de control abstracto de la regularidad constitucional y convencional de normas generales, a través de las cuales algunos órganos del Estado o entes de carácter político legitimados someten a consideración de la Corte la invalidez de una norma para considerar que esta vulnera a algunos el bloque de constitucionalidad.

Aquí voy al tema específico. Hay muchos organismos autónomos que no han sido reconocidos aún como legitimados para interponer este mecanismo de control. Lo tiene reconocido la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, lo tiene reconocido el Instituto Nacional de Transparencia, la Consejería Jurídica de la Presidencia, la Fiscalía General, pero no la tiene el Instituto Nacional Electoral.

¿Por qué es fundamental que la tenga el Instituto Nacional Electoral? Olvidémonos un poco de la viabilidad jurídica, pero hace no muchos meses vivimos el caso Baja California, en el cual, al no tener reconocida la legitimación el Instituto Nacional Electoral, tuvo que esperarse hasta la toma de protesta del nuevo gobernador para que los entes legitimados pudieran promover ante la Suprema Corte la acción de inconstitucionalidad.

Eso lo dejo claro y pone de relieve la necesidad de que esta Cámara reconozca y ponga de una vez en orden esa legitimación del INE. El INE debe poder acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver si es válida o no alguna norma que pueda afectar al sistema de partidos políticos.

Así que nuestra propuesta es concreta. Hacemos una modificación al 105 para agregar entre los sujetos legitimados, al Instituto Nacional Electoral para promover las acciones de inconstitucionalidad como un compromiso más de esta Cámara con el sistema democrático. Con eso concluyo. Muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Las diputadas Dulce María Sauri Riancho, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Claudia Pastor Badilla, María Alemán Muñoz Castillo y el diputado Enrique Ochoa Reza, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir al Instituto Nacional Electoral como ente legitimado para interponer acciones de inconstitucionalidad en materia electoral, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestro país de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la acción de inconstitucionalidad es: un instrumento de jurisdicción constitucional, producto de la reforma constitucional judicial de diciembre de 1994, y en vigor hasta el año siguiente. La acción de inconstitucionalidad se concibió, y hasta la fecha así ha permanecido, como una competencia exclusiva de la SCJN, para resolver, en única instancia, acerca de la conformidad que guarden o no con la Constitución las normas generales y los tratados internacionales celebrados y ratificados por las autoridades competentes. En este sentido, la acción de inconstitucionalidad se instituyó como un medio de control concentrado, en tanto sólo este tribunal tiene atribuida semejante potestad. La acción de inconstitucionalidad fue instaurada como una vía eminentemente objetiva y abstracta en interés de la Constitución.

“El carácter objetivo lo separa del recurso de amparo en cuanto no se discuten los derechos subjetivos de los legitimados y, por ende, no resulta necesaria la invocación de un interés legítimo. La cuestión de inconstitucionalidad coteja la Constitución y la ley en la aplicación de ésta a un concreto supuesto de hecho, mientras que en el recurso de inconstitucionalidad tal comparación se efectúa en abstracto.”

Este procedimiento no fue concebido como un litigio entre partes contrarias conflictuadas, sino como un procedimiento especial, instado por entidades públicas, que se sigue unilateralmente con el solo interés de preservar la supremacía de la Constitución y ajeno por absoluto a la preservación de los intereses propios de los promoventes, como incluso lo señala la tesis de jurisprudencia que dice :

Acción de inconstitucionalidad. Las partes legitimadas para promoverla sólo están facultadas para denunciar la posible contradicción entre una norma general y la propia Constitución. Al ser la acción de inconstitucionalidad un tipo especial de procedimiento en el que, por su propia y especial naturaleza, no existe contención, las partes legitimadas para promoverla, en términos de lo dispuesto por el artículo 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no ejercen la acción para deducir un derecho propio o para defenderse de los agravios que eventualmente les pudiera causar una norma general, pues el Poder Reformador de la Constitución las facultó para denunciar la posible contradicción entre aquélla y la propia Carta Magna, a efecto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, atendiendo al principio de supremacía constitucional, la someta a revisión y establezca si se adecua a los lineamientos fundamentales dados por la propia Constitución.”

El estudio que la Suprema Corte lleva a cabo en este juicio es el de contrastar la norma impugnada con los artículos constitucionales que potencialmente puede violar. Si la Suprema Corte determina que la norma impugnada efectivamente afecta algún artículo constitucional, por una mayoría de al menos ocho votos, dicha norma se invalida; es decir, es eliminada del ordenamiento jurídico, y pierde validez. Deja de existir. Cuando no se alcanza la mencionada mayoría calificada en la votación, el asunto se desecha y la norma impugnada permanece dentro del sistema jurídico.

Antecedentes

El control abstracto de normas generales tiene antecedentes importantes en el constitucionalismo mexicano. En la Constitución de Cádiz de 1812, por ejemplo, las Cortes Generales tenían, de acuerdo con el artículo 131 de dicho ordenamiento, competencia para proponer y decretar leyes, pero también para interpretarlas y derogarlas en caso necesario. De esta manera, se otorgaban a un órgano político facultades de control sobre la legislación de la época, con características muy particulares, pero que pueden entenderse como antecedentes de la acción de inconstitucionalidad.

El primer texto constitucional que estuvo vigente en nuestro país, como Nación independiente, es decir la Constitución de 1824, señalaba en su artículo 137 que:

“...la Suprema Corte de Justicia tenía atribuciones para conocer de las infracciones de la Constitución y leyes generales según se previniera por la ley, con lo que se le daban facultades de control a ese órgano jurisdiccional.”

Sin embargo, este texto constitucional también establecía que solamente el Congreso General, podría resolver las dudas que ocurrieran sobre la inteligencia de los artículos de la propia Constitución y del Acta Constitutiva. La facultad de interpretación de la Constitución —y en consecuencia también de las leyes—, se otorgaba al Congreso General, con lo que se establecía una forma de control de constitucionalidad ejercido por un órgano político.

Por su parte, las Siete Leyes constitucionales de 1836, otorgaban facultades de control, a un órgano al que el constituyente de la época dio un amplio ámbito competencial y cuyos alcances eran casi omnímodos. En la segunda de estas Leyes se establecía que, en México, existiría un Supremo Poder Conservador, integrado por cinco individuos, que entre sus múltiples facultades tendría: la de declarar la nulidad de una ley o decreto dentro de los dos meses siguientes a su sanción, cuando fueren contrarios a algún artículo expreso de la Constitución y en la medida en que se lo exigieran el Supremo Poder Ejecutivo, la alta Corte de Justicia o parte de los miembros del Poder Legislativo.

La forma en que se concibió el control de constitucionalidad de las leyes y decretos en la Constitución de 1836 denota la preferencia del Constituyente por un control de constitucionalidad marcadamente político, que solamente podía ser ejercido por órganos del Estado y cuyas resoluciones tendrían validez general. No obstante, lo anterior, debe subrayarse que el Supremo Poder Conservador, nunca anuló ley o decreto alguno durante el breve tiempo en que estuvo vigente.

Posteriormente se dio un paso de gran importancia en la concepción del control abstracto de normas y disposiciones generales en México con el voto particular que el diputado José Fernando Ramírez, expuso en el proyecto de reformas a la Constitución centralista de 1836. Para él era necesario atribuir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la facultad de conocer, en juicio contencioso, los reclamos mediante los cuales el Supremo Gobierno, la cuarta parte de los diputados, la tercera parte de los senadores presentes o la tercera parte de las Juntas Departamentales consideraran alguna ley como inconstitucional.

Lo mismo debía ocurrir, a decir del diputado Ramírez, cuando en los mismos términos los diputados, senadores o Juntas Departamentales, reclamaran algún acto del Ejecutivo. Retomando la doctrina moderna que había tenido gran eco en la Francia de su época, Ramírez consideraba que la influencia que ejercía la Corte de Justicia había sido fundamental en la paz y tranquilidad de Estados Unidos de América.

En las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843, los órganos superiores del Poder Judicial veían reducidas sus funciones principalmente a la revisión de las sentencias que dictaban los jueces inferiores, pero esto no fue obstáculo para que en ellas se suprimiera el Supremo Poder Conservador. En consecuencia, en este documento constitucional de carácter centralista, sólo se conservó un tímido control político en preceptos aislados, como el artículo 66, fracción XVII, que otorgaba facultades al Congreso para reprobar los decretos dados por las Asambleas departamentales cuando éstos fueran contrarios a la Constitución o a las leyes.

El Acta Constitutiva y de Reformas de 1847, que reinstauraba la vigencia de la Constitución Federal de 1824, aunque con modificaciones significativas, otorgó facultades al Congreso, para declarar nula toda ley de los Estados que atacara la Constitución o las leyes generales. Esta declaración sólo podía ser iniciada por la Cámara de Senadores, lo que denotaba el deseo de conservar formas de control.

Además, hay que destacar que, a este control se sumó un mecanismo que constituye un antecedente de primer orden en el control abstracto de constitucionalidad de las leyes: el reclamo constitucional. El artículo 23 del Acta señalaba que.

“...si dentro de un mes de publicada una ley del Congreso General fuere reclamada como anticonstitucional por el Presidente, de acuerdo con su Ministerio, por 10 diputados, seis senadores o tres legislaturas, la Suprema Corte, ante la que se haría el reclamo, sometería la ley al examen de las legislaturas, las que, dentro de tres meses, y precisamente en un mismo día, darían su voto”.

Las declaraciones correspondientes, se tendrían que remitir a la Suprema Corte, que publicaría el resultado, quedando anulada la ley si así lo resolviere la mayoría de las legislaturas. Las declaraciones afirmativas tendrían que incluir a la letra la ley anulada y el texto de la Constitución o ley general a que se opusiera. La operatividad del reclamo, sin embargo, no fue la esperada, entre otras cosas por lo difícil que, debido a la lentitud de las comunicaciones, era lograr en aquella época que las legislaturas se pronunciaran en un mismo día.

En la Constitución de 1857, por su parte, la participación de los órganos políticos en los procedimientos de control de constitucionalidad deja su lugar a los órganos jurisdiccionales y el juicio de amparo, se erige como una figura central en el ordenamiento jurídico. En este texto fundamental, el artículo 101 otorgaba competencia a los tribunales de la federación para resolver las controversias que se suscitaran por leyes o actos de cualquier autoridad que violaran las garantías individuales o vulneraran o restringieran la soberanía de los Estados. Asimismo, se le daban facultades para conocer de aquellas controversias que resultaran de leyes o actos de las autoridades de éstos que invadieran la esfera de la autoridad federal. Todos estos juicios, de acuerdo con lo señalado en el artículo 102 de la Constitución, se seguirían a instancia de parte agraviada, por medio de los procedimientos y formas del orden jurídico determinadas por ley.

A decir de algunos especialistas, los hechos que dieron origen al Constituyente de 1916-1917, provocaron que, en el texto original de la Constitución de 1917, se dejara de lado la idea de considerar a los derechos del hombre como la base y objeto de las instituciones sociales, reputándolos como un conjunto de garantías individuales que el Estado otorgaba a quien se encontraba en su territorio. Sin embargo, a pesar de los cambios que se dieron en la concepción de los derechos y de la forma en que se regularía la posición de los individuos frente al Estado, los medios jurisdiccionales de control de constitucionalidad de las leyes que se contemplaban en la Constitución de 1857 se mantuvieron. De hecho, su procedencia general era la misma en ambos ordenamientos constitucionales, pero con la diferencia de que mientras la ley fundamental de 1857 era muy sucinta, por lo que se refería a la formación del juicio de amparo, la Constitución de 1917 era mucho más explícita al contener una regulación completa de su ejercicio. Así, el texto original de 1917 contemplaba medios de control de la constitucionalidad de las leyes, pero tomando como base la regulación de 1857, lo que implicaría que tampoco se contemplaran medios abstractos cuyos efectos fueran generales.

En el texto original del artículo 105 de la Constitución solamente se estableció la figura de las controversias constitucionales al señalarse:

“Corresponde sólo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación conocer de las controversias que se susciten entre dos o más Estados, entre los Poderes de un mismo Estado sobre la constitucionalidad de sus actos y de los conflictos entre la Federación y uno o más Estados, así como de aquellas en que la Federación fuese parte”.

La reforma al Poder Judicial de 1994 y posteriores

Con estos antecedentes, un cambio paradigmático sucedió con la reforma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de diciembre de 1994, que contempló una fracción II, al Artículo 105 Constitucional, en la que se otorgó competencia a la Suprema Corte, para conocer de las acciones de inconstitucionalidad, que tuvieran por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución, con excepción de las que se refirieran a la materia electoral.

Estas acciones podrían ejercerse dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma y, en el texto de la reforma de 1994, se otorgaba competencia para hacerlo a:

• El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en contra de leyes federales o del Distrito Federal expedidas por el Congreso de la Unión;

• El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes del Senado, en contra de leyes federales o del Distrito Federal expedidas por el Congreso de la Unión o de tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano;

• El procurador general de la República, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano;

• El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de alguno de los órganos legislativos estatales, en contra de leyes expedidas por el propio órgano, y

• El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en contra de leyes expedidas por la propia Asamblea.

En dichos casos, las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación solamente podrían declarar la invalidez de las normas impugnadas, siempre que fueren aprobadas por una mayoría de cuando menos ocho votos.

Esta integración del texto constitucional buscaba dar, principalmente a las representaciones parlamentarias minoritarias, una vía para plantear que alguna norma de carácter general era contraria a la Constitución.

De hecho, en la exposición de motivos de la reforma constitucional, se señalaba que, debido a que el país avanzaba hacia una pluralidad creciente, otorgar a la representación política la posibilidad de recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que determinara la constitucionalidad de una norma aprobada por las mayorías de los Congresos, significaba hacer de la Constitución el único punto de referencia para la convivencia de todos los grupos o actores políticos. Por ello, se consideraba que no debía confundirse la representación mayoritaria con la constitucionalidad y, por tanto, las fuerzas minoritarias deberían contar con una vía para lograr que las normas establecidas por las mayorías se contrastaran en la Constitución a fin de ser consideradas válidas.

Además de esta finalidad, el diseño de la acción de inconstitucionalidad en nuestro sistema denota que pueden considerarse como algunos objetivos primarios de este mecanismo de control, los siguientes:

- Resolver posibles conflictos normativos;

- La depuración del ordenamiento jurídico;

- Atenuar las consecuencias de la llamada fórmula Otero;

- Evitar la vulneración sistemática del ordenamiento jurídico, e

- Impedir la producción de los efectos jurídicos que puedan derivar de una norma contraria al texto constitucional.

Tratando de conservar estas finalidades, la fracción II del artículo 105 constitucional se ha modificado al menos, en cinco ocasiones para fortalecer este medio de control.

Es importante para esta iniciativa destacar la modificación que se llevó a cabo, a través de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de agosto de 1996, mediante la cual, se retiró del artículo 105, el texto que consideraba como una excepción para la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad a la materia electoral.

De esta manera, se agregó un inciso f) a la fracción II del 105 Constitucional, en el que se estableció que:

“Los partidos políticos con registro ante (el entonces) Instituto Federal Electoral, por conducto de sus dirigencias nacionales, podían interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes electorales federales o locales, y los partidos políticos con registro estatal, a través de sus dirigencias, exclusivamente en contra de leyes electorales expedidas por el órgano legislativo de la entidad que les había otorgado el registro.”

Además, se estableció expresamente que la única vía para plantear la no conformidad de las leyes electorales a la Constitución era la prevista en el propio artículo 105.

Otra modificación importante devino de una reforma al texto constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de septiembre de 2006, mediante la cual, se otorgó competencia para interponer acciones de inconstitucionalidad a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y a los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en los estados de la República, lo cual le dio un ámbito garantista al texto de la Carta Magna.

Esta reforma tuvo una refuerzo mayor y de gran calado, cuando como resultado de la apertura al derecho internacional, que se ha dado en nuestro país, el 10 de junio de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma en la que se contempla que, los organismos de protección de los derechos humanos podrían interponer acciones de inconstitucionalidad cuando las normas que contempla el inciso g) de la fracción II del artículo 105, vulneraran no solamente los derechos humanos consagrados en la Constitución, sino también aquellos contenidos en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

Luego vino de la misma manera, otra reforma constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de febrero de 2014, con la cual se posibilitó darle legitimidad activa para interponer acciones de inconstitucionalidad, en ciertos casos: al organismo garante que establece el artículo 6o. Constitucional, en materia de transparencia y acceso a la información, así como a los organismos equivalentes en los estados de la República y la Ciudad de México.

Finalmente, para adecuar la regulación de las acciones de inconstitucionalidad a una serie de reformas de carácter político-electoral, el 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma que modificó la fracción II del artículo 105, para otorgar legitimidad activa al Ejecutivo Federal, por conducto del Consejero Jurídico del Gobierno, así como al Fiscal General de la República, para interponer acciones de inconstitucionalidad.

De esta manera se ha modificado hasta la fecha, la naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad, para convertirlo en un mecanismo de control abstracto de la regularidad constitucional y convencional de normas generales, a través del cual, algunos órganos del Estado o entes de carácter político legitimados someten a consideración de la SCJN, la invalidez de una norma, por considerar que ésta vulnera lo que algunos han denominado el bloque de constitucionalidad.

Al respecto, es importante resaltar que también, se trata de un mecanismo de control del poder, para hacer prevalecer la supremacía constitucional y el respeto a los derechos fundamentales, frente a los actos legislativos.

En tal sentido, destaca esta trayectoria progresiva y garantista del artículo 105, en cuanto a la legitimación de quienes pueden promover dicho medio impugnativo, pues desde su inclusión en el sistema constitucional en 1994, lejos de restringirse la procedencia de la acción, se han añadido entes legitimados:

- Partidos Políticos Nacionales con registro;

- Comisión Nacional de los Derechos Humanos y órganos garantes de los derechos humanos en las entidades federativas;

- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como a los organismos equivalentes en los estados de la República y la Ciudad de México.

- Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.

- Fiscal General de la República

El Instituto Nacional Electoral

El Instituto Nacional Electoral (antes IFE) nació en el año de 1990, como resultado de las reformas realizadas a la Constitución en materia política y electoral, mediante las cuales, entre otros rubros relevantes, el Congreso de la Unión expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y ordenó la creación del de un órgano independiente, a fin de contar con una institución imparcial, que diera certeza, transparencia y legalidad a las elecciones federales.

Sin embargo, a través de los años, al Instituto Nacional Electoral, se han fortalecido sus funciones, atribuciones y su autonomía, hasta convertirlo en un órgano con autonomía constitucional.

La reforma constitucional en materia política-electoral, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de febrero de 2014, rediseñó el régimen electoral mexicano y transformó al Instituto Federal Electoral en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE), a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales para garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. Además de organizar los procesos electorales federales, el INE, se coordina con los organismos electorales locales para la organización de los comicios en las entidades federativas

En tal sentido, debe tenerse en cuenta la naturaleza y función primordial del INE, como órgano constitucional autónomo depositario, junto con los organismos públicos locales, de la función estatal de organización de las elecciones a nivel nacional.

Como tal, tiene entre sus fines: contribuir al desarrollo de la vida democrática, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones, así como velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.

Por lo tanto, el INE es un órgano del Estado que, al igual que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, es garante del ejercicio de derechos fundamentales, en particular, de los derechos político-electorales de la ciudadanía, con la finalidad de garantizar, a su vez, la renovación periódica y pacífica de los órganos del poder público que son electos a través del sufragio libre, secreto y directo.

Tomando en cuenta la trayectoria progresiva y garantista del artículo 102 de la Constitución, de 1994 a la fecha, podría ser válido en términos interpretativos que, cuando se emite una norma que vulnere flagrantemente el ejercicio del voto válidamente emitido por parte de la ciudadanía, o los derechos político electorales, el INE pueda acceder a los medios del control constitucional, a fin de plantearlo ante la SCJN, para que ésta, de considerar fundados los conceptos de invalidez, la expulse del sistema jurídico mexicano y haga prevalecer los postulados democráticos de la Constitución.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Para el caso que nos ocupa, debe destacarse que por virtud del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007, se reformó, entre otros, el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se facultó a las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para resolver sobre la no aplicación de leyes en materia electoral contrarias a la misma Carta Magna.

Sin embargo, debe subrayarse que estas determinaciones que, a diferencia de lo que puede suceder en las acciones de inconstitucionalidad, se limitan a los casos concretos sobre lo que versen los medios de impugnación y son informadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En tal sentido, al limitarse tal control de la Constitución a casos concretos, los efectos de la sentencia son inter-partes o particulares; no generales, pues no se determina la invalidez total de la norma o, dicho de otro modo, su expulsión del orden jurídico, sino que sólo se decreta su inaplicación al caso particular.

De ahí que cuando en ejercicio de esa atribución, alguna Sala del Tribunal Electoral resuelve no aplicar una ley electoral a un caso específico, por estimarla contraria a la Norma Suprema, se despliega un control de la misma Constitución. En este sentido, al perfeccionar el Constituyente Permanente la facultad del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para decidir la no aplicación de leyes electorales contrarias a la Carta Magna, evidentemente se elevó a dicho órgano especializado, al rango de Tribunal Constitucional en materia electoral que inicialmente se asignó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Es decir, lo que se denomina el control concreto de la constitucionalidad en materia electoral, se ejerce a través de la sala Superior y cada una de las cinco salas regionales, al momento de enjuiciar las controversias electorales sometidas a su jurisdicción, ya que puede desaplicar al caso concreto una norma electoral que trastoque el texto constitucional federal o un tratado internacional.

Conforme al sistema federal, los tribunales electorales locales no dependen de la estructura orgánica del Tribunal Electoral Federal, sin embargo se encuentran vinculados a la jurisdicción que ejerce este órgano federal, toda vez que el Tribunal Electoral Federal, tiene plena jurisdicción para revocar o modificar todo acto o resolución que considere violatorio de legalidad o constitucionalidad electoral, incluso, puede dictar un nuevo fallo entrando a dirimir el fondo de la controversia sustituyendo al órgano jurisdiccional local electoral que lo emitió.

De esta forma, el control concreto de la constitucionalidad electoral la realiza el órgano jurisdiccional federal en los juicios de su competencia como son;

- Juicio de Inconformidad,

- Recurso de Apelación,

- Recurso de Reconsideración;

- Juicio de Revisión Constitucional; y

- Juicio para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano.

Con este abanico de medios de impugnación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ejerce control sobre el Ejecutivo Federal y Local, al calificar su elección, control sobre los miembros de los Poderes Legislativos federal o local y sobre la legislación que estos emiten, inaplicándola al caso concreto, preservando con ello la supremacía del texto constitucional y de los tratados internacionales. Las resoluciones emitidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral no pueden ser revisadas por ningún otro órgano estatal al ser definitiva e inatacables.

Pero lo que debe destacarse es que este control lo lleva a cabo, en normas específicas y atendiendo litigios específicos o en su caso acumulados entre las partes, pero no respecto de un interés abstracto y general.

Caso de Baja California

Uno de los precedentes más preocupantes que ha atentado contra los principios democráticos, el estado de Derecho y sobre todo contra nuestro sistema electoral, es sin duda alguna el caso de Baja California.

En el pasado proceso electoral, el ciudadano Jaime Bonilla Valdez, fue electo como gobernador constitucional del Estado de Baja California para un periodo de dos años, sin embargo, antes de que iniciará su mandato, el Congreso Local saliente aprobó una reforma que modificaba un artículo transitorio de la Constitución Local para ampliar el periodo para el que fue electo de dos a cinco años.

Dicho plazo anteriormente ya había sido impugnado por el propio ciudadano Jaime Bonilla Valdez, sin embargo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió por unanimidad que el candidato en ese momento de Morena debió de haber impugnado el plazo de la gubernatura al momento de que se emitió la convocatoria para el proceso electoral. A pesar de lo anterior, el Congreso Local realizó la reforma antes mencionada.

Por si lo anterior fuera poco, los integrantes del nuevo Congreso del Estado, el 22 de agosto aprobaron la creación de una Comisión Legislativa para realizar una consulta ciudadana, al margen de la ley, para saber si la población aprobaba o no ampliar el mandato del gobernador electo. Dicha consulta, arrojó como resultado un muy criticado y poco transparente aval ciudadano de la reforma denominada “Ley Bonilla”, consulta que en términos se realizó en la completa ilegalidad.

Derivado de lo anterior, y ante la evidente inconstitucionalidad de dicha reforma, la cual atenta contra los derechos políticos electorales de las y los ciudadanos y transgrede los principios de certeza, periodicidad de elecciones, libertad y autenticidad del sufragio, toda vez que éstos en la jornada electoral votaron un mandato de dos años y no de cinco años, se han generado toda una serie de acciones que han demostrado la fragilidad del control constitucional en la materia.

En primer lugar, la tardía publicación en el Periódico Oficial del Estado invalidó los recursos de inconstitucionalidad presentados por los ayuntamientos de Tijuana y Mexicali y una vez publicada dicha reforma en el Periódico Oficial, lo que sucedió el pasado 17 de octubre, y la cual entró en vigor el 18 de octubre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eludió pronunciarse sobre su constitucionalidad.

Actualmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los Partidos Políticos y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mismas que están en espera de ser resueltas, sin embargo, llama poderosamente nuestra atención que ante esta evidente transgresión a la Constitución, el Instituto Nacional Electoral, siendo el principal organismo del Estado que debe velar por que se cumplan los principios democráticos, no contó con las herramientas necesarias para promover dicho recurso a pesar de haberlo intentado.

El Instituto Nacional Electoral (INE), a través de su Secretario Ejecutivo, presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Decreto 351 aprobado por el Congreso de Baja California el 11 de septiembre, mediante el cual se modifica el periodo del mandato para el cual fue electo el candidato Jaime Bonilla.

Uno de sus principales argumentos fue que dicho decreto, pretende dar efecto retroactivo a una norma expedida con posterioridad a que se realizara el proceso electoral local en Baja California.

La presentación de dicho recurso ante la SCJN se realizó considerando que:

“El INE hizo valer sus facultades constitucionales implícitas, considerando que el recurso ante la SCJN se inscribe en su función de mantener un Estado democrático, como rector de los procesos electorales a nivel nacional y garante del sufragio secreto, efectivo, libre, informado y directo”.

“El INE, con base en el mandato que la Constitución le ha encomendado, continuará con las acciones jurídicas a su alcance para defender los principios de la democracia en nuestro país y dotar de certeza jurídica a la ciudadanía de Baja California”.

A pesar de lo anterior, la acción de inconstitucionalidad presentada por el Instituto Nacional Electoral fue desechada por la Sala Superior, por su notoria y manifiesta improcedencia, toda vez que el artículo 105 constitucional no contempla a dicho instituto como un organismo facultado para promover acciones de inconstitucionalidad.

En los diversos sistemas jurídicos del mundo los Tribunales Constitucionales tienen un papel protagónico para la consolidación del Estado Constitucional y Democrático de Derecho, desde luego nuestro país no es una excepción, en consecuencia se ha fortalecido su modelo de justicia constitucional y convencional, pero aún falta camino por recorrer, para la consolidación del Estado constitucional mexicano, pues todos sabemos que lo aquejan grandes problemas, entre ellos: la inseguridad, la desigualdad social que existe entre los distinto estratos sociales, la impunidad, la violación reiterada por las autoridades a los derechos fundamentales y el centralismo imperante, por mencionar sólo algunos.

No obstante, mucho se ha avanzado sobre todo en democracia, las leyes e instituciones electorales, con el propósito de propiciar contiendas electorales equitativas entre las distintas fuerzas políticas contendientes, la administración de las elecciones se realiza por el Instituto Nacional Electoral, se han reconocido derechos de avanzada como las candidaturas independientes, los plebiscitos, consultas populares y la revocación del mandato, y se ha normado el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación, regulándose los periodos de campañas y precampañas, y se han implementado procedimientos especiales sancionatorios y medios de impugnación, que dan certeza jurídica a los conflictos poselectorales.

México no es ajeno al movimiento “constitucionalizador”, por el contrario su ingeniería constitucional, sigue trabajando en el diseño de su justicia interna, incorporando mecanismos de control, que permitan, la emancipación de la entidades federativas del monopolio atesorado por el órgano federal, y en la última década, se ha procurado estructurar el marco de acción de la justicia constitucional como pieza clave para el desarrollo del federalismo y también de un importante aporte de equilibrio y contrapesos de otros entes públicos, con la autonomía constitucional, es decir este control de la constitucionalidad la ejercen órganos garantes de derechos que gozan de autonomía y legitimidad constitucional.

Por todo ello, y considerando el caso de Baja California como un precedente preocupante para el Estado de Derecho, consideramos fundamental y prioritario fortalecer al Instituto Nacional Electoral legitimándolo para interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, acciones de inconstitucionalidad cuando considere que se vulneren los derechos político-electorales de normas federales o locales en la materia.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, nos permitimos poner a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un inciso J) a la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un inciso j) a la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue :

Artículo 105. ...

I. ...

a) a la l)

...

...

II. ...

...

a) al i) ...

j) El Instituto Nacional Electoral, en contra de leyes federales o de las entidades federativas que vulneren los derechos político-electorales de las y los ciudadanos o atenten contra los principios democráticos consagrados en esta Constitución.

...

...

...

III. ...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin perjuicio de lo dispuesto en el transitorio siguiente.

Segundo. El Congreso de la Unión realizará, dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, las adecuaciones necesarias para establecer el procedimiento a través del cual habrá de ejercitarse la facultad contenida en el inciso j) de la fracción II del artículo 105 de esta Constitución.

Notas

1 Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo: X, noviembre de 1999 Tesis: P./J. 129/99 “Página: 791

2 Montilla Martos, José A., Minoría Política & Tribunal Constitucional, Madrid, Editorial Trotta, p. 20.

3 Acción de inconstitucionalidad 2/99 y acumulada 3/99. Partido Verde Ecologista de México y Partido del Trabajo. 8 de junio de 1999. Once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Osmar Armando Cruz Quiroz. “El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintiséis de octubre en curso, aprobó, con el número 129/1999, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y nueve.”

4 Ingeniería constitucional del sistema político democrático. México, Centro de Estudios de Ingeniería Política Constitucional, 2000

5 Ibídem

6 Brito Melgarejo, Rodrigo. Fasc_15_Accion_de_inconstitucionalidad.indd en

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/publicaciones_scjn/p ublicacion/2016-10/51297_pd_0.pdf

7 Ibídem

8 Juventino V. Castro y Castro. Biblioteca de amparo y derecho constitucional, t. I.

México, Oxford University Press, 2002

9 Reyes Reyes, Pablo Enrique La acción de inconstitucionalidad. Derecho procesal constitucional. México, Oxford University Press, 2000,

10 Ibídem.

11 Brito Melgarejo, Rodrigo. F, op cit

12 Ibídem

13 https://portalanterior.ine.mx/archivos3/portal/historico/contenido/menuitem.cdd 858023b32d5b7787e6910d08600a0/

14 Terrazas Salgado y Sánchez Ávila. Antecedentes, evolución y perspectivas de la facultad del TEPJF en

https://www.idea.int/sites/default/files/publications/tratado-de -derecho-electoral-comparado-de-america-latina.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2020.— Diputadas y diputado: Claudia Pastor Badilla, Dulce María Sauri Riancho, Mariana Rodríguez Mier y Terán, María Alemán Muñoz Castillo, Enrique Ochoa Reza (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Laura Mónica Guerra Navarro, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos ambientales, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

La diputada Laura Mónica Guerra Navarro:Con su venia, presidenta. Compañeras y compañeros, me congratula estar este día con ustedes para presentar una iniciativa que tiene como objetivo mejorar la procuración e impartición de justicia en materia de responsabilidad penal ambiental.

La iniciativa propone reforzar los tipos penales previstos en los artículos 414, 418, 420 y 420 Quater, y adiciona un artículo 420 Quinquies al Código Penal Federal.

Les describo. De acuerdo con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Conabio, México es un país megadiverso, pues a nivel mundial ocupa el quinto lugar en mamíferos, tercero en aves, octavo en reptiles y segundo en anfibios.

Sin embargo, las interacciones de los diferentes ecosistemas con las actividades antropogénicas, como la agricultura, la ganadería, la urbanización, la cacería ilegal y el tráfico ilegal de especies silvestres han ocasionado la modificación, fragmentación y pérdida de los sistemas biológicos naturales, teniendo un alto costo en términos de biodiversidad.

Como consecuencia del aprovechamiento indiscriminado de los recursos naturales, se han generado graves problemas ambientales por actividades ilícitas, como la tala de bosques y selvas, así como la falta de control ambiental en los procesos industriales e instalaciones inadecuadas para el manejo de los residuos generados.

La presente iniciativa pretende visibilizar el costo ambiental en términos de justicia en el ámbito forestal, el tráfico ilegal de especies y la contaminación de los ecosistemas por un mal manejo de residuos peligrosos, específicamente los acuíferos.

Con la premisa de que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque, en términos de lo dispuesto por la ley, consideramos que se deben brindar herramientas a los operadores de sistemas de justicia penal. Por ello es importante que la legislación contemple penas y sanciones acordes con la afectación y daño causado, el cual no puede ser calculado por simple cuantía monetaria, sino por daño irreparable al medio ambiente y a los ecosistemas.

Por ello pido a la Comisión de Justicia que dictamine y apoye esta iniciativa en sentido positivo, toda vez que las sanciones quedan reflejadas con base en el daño ambiental.

La iniciativa aumenta las penas cuando exista tala clandestina, es decir con interés de lucro, y también un aumento de las penas cuando se extraiga o transporte la especie Totoaba macdonaldi, lo cual ha generado graves problemas de comercio ilegal y la probable extinción de la vaquita marina.

Por otro lado, el artículo quinquies que se adiciona menciona que se aplicará una pena de uno a nueve años prisión, y de 5 mil a 25 mil días de multa a quien:

1. Transporte o consienta, autorice u ordene que se transporte cualquier residuo considerado como peligroso por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, biológico–infecciosas o radiactivas a un destino que no tenga autorización para recibirlo, almacenarlo, desecharlo o abandonarlo.

2. No realice o cumpla las medidas técnicas, correctivas o de seguridad necesarias para evitar un daño o riesgo ambiental que la autoridad administrativa o judicial le ordene o imponga.

Esperamos su apoyo para aprobar esta iniciativa. Agradezco la presencia de todos mis compañeros e invito al pleno a legislar con visión de sustentabilidad y protección al medio ambiente. Gracias. Es cuanto, presidenta.

«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos ambientales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Quienes suscriben, los diputados Laura Mónica Guerra Navarro, María Elizabeth Díaz García, Martha Olivia García Vidaña, Irma Juan Carlos, María Wendy Briceño Zuloaga y Alfredo Vázquez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Morena con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presentan para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 414, 418, 420; se derogan las fracciones I y V del artículo 420 Quáter y se adiciona el artículo 420 Quintus, todos del Código Penal Federal en materia de delitos ambientales.

Para tal efecto, se procede a dar cumplimiento a los elementos indicados en el numeral 78 del citado ordenamiento reglamentario

Exposición de Motivos

I. Planteamiento de la problemática

La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), ha determinado que México es un país megadiverso, pues a nivel mundial ocupa el quinto lugar en mamíferos, tercero en aves, octavo en réptiles y segundo en anfibios. Además, posee tres de las 37 áreas silvestres del planeta, 22 zonas de aves endémicas y el Golfo de California, considerado el “acuario del planeta”. Aquí se han documentado 875 especies de peces, 580 de aves marinas y 35 de mamíferos marinos (entre ellos la vaquita marina, el cetáceo con la distribución más restringida y en peligro de extinción).

Sin embargo, las interacciones de los diferentes ecosistemas con las actividades antropogénicas, como la agricultura, la ganadería, la urbanización, la cacería ilegal y el tráfico ilegal de especies silvestres, han ocasionado la modificación, fragmentación y pérdida de los sistemas biológicos naturales, teniendo un alto costo en términos de biodiversidad.

Como consecuencia de aprovechamientos indiscriminados de los recursos naturales, se han generado graves problemas ambientales por actividades ilícitas como la tala de árboles y la falta de control ambiental en los procesos industriales o instalaciones inadecuadas para el manejo de los residuos generados con motivo de dichos procesos.

De acuerdo con la UNAM, al menos 70 por ciento de la madera que se comercializa en el país tiene origen ilegal. Y según el estudio Evaluación de los Recursos Forestales Mundiales de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, la tasa de deforestación de México es de 155 mil hectáreas por año, de las cuales 60 mil tienen su origen en la tala clandestina.

El incremento en la generación de residuos peligrosos en el país representa riesgos como fugas o derrames súbitos de uno o varios residuos o sustancias peligrosas que traen como consecuencia un peligro grave para la población, los bienes, el ambiente y los ecosistemas.

En materia industrial

Actualmente nuestro planeta sufre de contaminación de agua, suelo y aire, debido a la íntima relación que existe entre estos tres elementos durante el ciclo hidrológico. Se explica: el agua al evaporarse por efecto del calentamiento solar forma las nubes, éstas al saturarse y enfriarse se precipitan en forma de lluvia, la lluvia cae sobre la vegetación o directamente al suelo y por filtración o escurrimiento llegará a las corrientes subterráneas o superficiales para llegar a diferentes lagos, lagunas o al mar, donde nuevamente será evaporada.

Se entiende como contaminación de los acuíferos la alteración de las características físicas y/o químicas y/o bacteriológicas de las aguas subterráneas lo cual evita que sean una fuente limpia de los ecosistemas y de los distintos usos a las que se destinen, siendo el más relevante el uso doméstico.

La contaminación del suelo y subsuelo en virtud de compuestos químicos ha sido uno de los principales problemas ambientales en los países industrializados. Las actividades industriales y el deficiente manejo de los desechos relacionados con dichos procesos, son la causa de algunos de los problemas de contaminación.

En México, en virtud del acelerado crecimiento de la población y las actividades agrícolas e industriales, se ha causado un notable deterioro en la calidad ambiental, así como una acelerada generación de residuos. Se estima que se generan 450 mil toneladas de residuos al día, de los cuales 14 mil toneladas aproximadamente, corresponden a residuos peligrosos (Instituto Nacional de Ecología, 1996). En consecuencia, México cuenta con una gran cantidad de sitios contaminados por diversas actividades y en la mayoría de los casos, se desconoce con certeza los niveles de afectación.

El derecho humano al agua se reconoció en febrero de 2012 y está plasmado en el Art. 4° Constitucional al establecer que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

De conformidad con la Comisión Nacional del Agua (Conagua) las principales fuentes de contaminación del agua en México tienen su origen en la basura que se arroja a los sistemas de alcantarillado y a ríos y lagos; a las descargas de los centros urbanos y las industrias, y a las áreas agrícolas, principales responsables de la contaminación difusa en el país. Se estima que en la actualidad se generan en México 431.7 metros cúbicos por segundo de aguas residuales municipales y no municipales. Al primer grupo corresponden 243 metros cúbicos por segundo, y de ellos se colectan 207 metros cúbicos por segundo (85 por ciento); de esta cantidad únicamente se tratan 83.8 metros cúbicos por segundo (40.5 por ciento), y 123.2 metros cúbicos por segundo no reciben tratamiento.

Atendiendo a lo señalado en el artículo 111 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se consideran Fuente fijas de Jurisdicción Federal las siguientes industrias:

I. La química,

II. Del petróleo y petroquímica,

III. De pinturas y tintas,

IV. Automotriz,

V. De celulosa y papel,

VI. Metalúrgica,

VII. Del vidrio,

VIII. De generación de energía eléctrica,

IX. Del asbesto,

X. Cementera y calera y

XI. De tratamiento de residuos peligrosos.

La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos establece en su artículo 56 que la Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para el almacenamiento de residuos peligrosos, las cuales tendrán como objetivo la prevención de la generación de lixiviados y su infiltración en los suelos, el arrastre por el agua de lluvia o por el viento de dichos residuos, incendios, explosiones y acumulación de vapores tóxicos, fugas o derrames.

Se prohíbe el almacenamiento de residuos peligrosos por un periodo mayor de seis meses a partir de su generación, lo cual deberá quedar asentado en la bitácora correspondiente. No se entenderá por interrumpido este plazo cuando el poseedor de los residuos cambie su lugar de almacenamiento.

Como se puede apreciar, el vertido ilícito de materiales peligrosos como productos químicos y residuos industriales es una alternativa fácil para los delincuentes dado el coste de la eliminación responsable de los residuos.

En materia de vida silvestre

El tráfico ilegal de vida silvestre se constituye como una infracción y como delito en la legislación ambiental administrativa y penal de México, involucra la extracción, acopio, transporte, comercialización y posesión de especies de flora y/o fauna silvestre, mediante la captura caza y colecta, en contravención de las leyes y tratados nacionales e internacionales. Comprende ejemplares vivos, así como productos y subproductos derivados de éstos, considerando productos a las partes no transformadas y subproductos a aquellas que han sufrido algún proceso de transformación.

Según información de Interpol, se estima que el tráfico ilegal de vida silvestre se encuentra en el cuarto lugar de importancia como comercio ilegal, después del tráfico de drogas, el tráfico de personas y los productos falsificados. Asimismo, ocupa el segundo lugar mundial como amenaza para la vida silvestre, después de la destrucción y fragmentación de hábitats naturales.

En los últimos años el tráfico ilegal de vida silvestre ha aumentado de manera notable, a pesar de los esfuerzos gubernamentales, probablemente como consecuencia de que representa un negocio ilícito atractivo por la disponibilidad de grandes ganancias económicas y la naturaleza de bajo riesgo del delito. Este comercio ilegal se basa en una red de tráfico organizada, en donde existen diversos niveles de actuación y diferentes integrantes, cada uno de los cuales realiza actividades específicas que en conjunto forman toda una cadena. Esta especialización o división de trabajo comprende la extracción de los ejemplares de vida silvestre de su medio natural, el acopio, transporte y distribución de los mismos, y finalmente la venta.

México juega un papel trascendente en la extracción y comercio ilícito de vida silvestre debido, en primer lugar, a que es una de las naciones con mayor biodiversidad del planeta y, en segundo lugar, a su situación geográfica y fácil comunicación con diversos países. Entre estos países destacan Estados Unidos, Canadá, Guatemala y Belice, en América; mientras que en Europa, España y Alemania son consideradas como relevantes importadores y exportadores de plantas y animales silvestres.

La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) es el principal instrumento internacional para controlar y regular el comercio internacional de especies protegidas y reprimir las operaciones ilícitas que afecten la fauna y flora silvestres. El tratado ha ampliado rápidamente la membresía y hasta el presente, con sus 175 partes, mantiene su prevalencia como el instrumento más importante en este campo.

Un ejemplo de la grave situación del tráfico ilegal de especies en México es la totoaba. La Totoaba Macdonaldi el cual es un pez marino grande y longevo, endémico del Golfo de California. Es la especie más grande dentro de las Sciaenidae, la familia de peces de las corvinas que incluye la corvina blanca de California y la corvina golfina. La totoaba puede crecer más de dos metros de largo, pesar hasta 100 kilogramos y puede vivir por 25 años.

A comienzos del siglo XX la pesca de totoaba era la más importante del Golfo. Originalmente se desarrolló en respuesta a la demanda de su vejiga natatoria, que se exportaba a China y a las comunidades chinas en California. En Estados Unidos de América también se desarrolló un mercado para totoabas enteras y en 1942 la pesca llegó a ser de más de 2000 toneladas, declinando a 59 toneladas para 1975, cuando se prohibió su pesca comercial.

Investigaciones realizadas por la Environmental Investigation Agency (EIA por sus siglas en inglés) desde 2015 acerca de la comercialización de la totoaba, han descubierto un comercio ilegal persistente de sus vejigas natatorias para proveer a los principales mercados en el sur de China y Hong Kong. El incremente súbito de este comercio se produjo hacia el comienzo de la década alcanzando su punto máximo en 2014, momento en que especuladores y grupos delictivos lo impulsaron atraídos por los precios que subían rápidamente.

La demanda de la vejiga natatoria seca o “buche” de la totoaba como ingrediente en la medicina tradicional china ha llevado a apodarla como la “cocaína acuática” debido a las enormes sumas que genera en el mercado negro. Comúnmente conocidos en el sur de China y Hong Kong como “buche de dinero” los buches de totoaba son muy buscados por sus supuestos beneficios en el tratamiento de problemas circulatorios y dérmicos, aunque faltan estudios científicos que respalden estas propiedades.

En materia forestal

Existen cifras que ubican a México con el tercer lugar a nivel mundial en deforestación, a raíz de uno de los ritmos de deforestación más intensos que hay en el planeta que lo ubican solamente por debajo de Haití, Brasil y El Salvador, a razón de 500 mil hectáreas de bosques y selvas afectadas anualmente.

En 2011, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística, la tala ilegal se tradujo directa o indirectamente en costos para el país, pues el agotamiento del recurso forestal y la degradación del suelo representaron 0.6 por ciento del producto interno bruto, lo que fue equivalente a 86 mil 642.40 millones de pesos.

El Programa Nacional Forestal 2013-2018 indica que en México existen 138 millones de hectáreas con vegetación forestal, el equivalente a 70 por ciento del territorio nacional; sin embargo, tal riqueza ha sido vulnerada, por la invasión en el hábitat, la deforestación, el impacto nocivo de la contaminación y el cambio climático, destacando la deforestación por tala clandestina, ya que en los últimos años aumentó de manera desproporcionada como otro delito que opera en el país, vinculado con la delincuencia organizada nacional y a nivel mundial.

La tala ilícita de madera es una práctica irregular que genera ganancias millonarias para los talamontes, afecta el ambiente y vulnera los derechos de los mexicanos en la materia y afecta a la cadena productiva en todos sus eslabones, desde el aprovechamiento, transporte, transformación y almacenamiento, hasta la venta y exportación de materias primas forestales.

De acuerdo con el Anuario Estadístico de Producción Forestal 2016, sólo 19.6 millones de m3de madera son autorizados, mientras que 6.8 millones de metros cúbicos son de extracción ilegal, así mismo 92 mil hectáreas son deforestadas anualmente de las cuales 8 por ciento es por tala ilegal. Se estima que actualmente la demanda de madera es de 25 millones de metros cúbicos, de los cuales sólo 9 millones se autorizan, lo que significa que el resto son de procedencia ilícita.

En la mayoría de las entidades del país hay un problema de sobrecapacidad, es decir, en 2016, se autorizaron 19 millones de metros cúbicos en rollo de los cuales se extrajeron 6.7 millones en el mismo año, que no alcanzan a abastecer a los más de 13 mil centros de almacenamiento y transformación (aserraderos, madererías y carbonerías) inscritos en el registro forestal nacional, por lo tanto la capacidad de transformación de materias primas forestales rebasa la capacidad productiva de los terrenos forestales y los volúmenes de madera legal resultan insuficientes para atender la demanda de la industria forestal instalada.

II. Argumentos que sustentan la presente iniciativa

La gestión pública del medio ambiente y de los recursos naturales se inició en México en el año de 1917, cuando se adoptó una nueva Constitución promotora de cambios que conllevaron una profunda reforma política, con implicaciones administrativas.

El nuevo Estado social asumiría los cometidos establecidos en la Constitución, e intervendría prácticamente en todos los aspectos de la vida social y económica, entre ellos, en la conservación de los recursos naturales. Sobre la base de que el dominio de las tierras y las aguas corresponde originariamente a la nación, la nueva Constitución estableció que ésta podía en todo tiempo imponer a la propiedad privada las modalidades que dictara el interés público y, asimismo, regular en razón del beneficio social el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, entre otras cosas para cuidar su conservación.

En México, la base jurídica que provee la Constitución vigente ha permitido, entre otras cosas, una gestión para la conservación de la biodiversidad entendida como un bien público que no se funda en la propiedad estatal del suelo en el que se localizan los recursos a conservar.

En México el principio de integralidad de la gestión ambiental busca cumplirse mediante la paulatina consolidación de un núcleo sectorial centrado en el manejo de los sistemas naturales y de los recursos renovables, así como en la progresiva incorporación de esta temática en los demás sectores de la economía y la sociedad. El núcleo sectorial ambiental constituye una plataforma inicial que articula la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales, a partir de la cual se puede inducir una integración de políticas por cuatro vías:

• Incorporación de la dimensión ambiental en el conjunto de aquellas políticas sectoriales que, en forma directa o indirecta, inciden en el manejo de los sistemas naturales.

• Desarrollo progresivo de las capacidades de gestión ambiental local y colaboración entre los distintos órdenes de gobierno.

• Participación en la gestión ambiental por parte de todas aquellas instancias de la sociedad legítimamente interesadas en la promoción del desarrollo sustentable.

• Educación y capacitación ambiental de la sociedad en general y, en particular, de los actores cuyas actividades requieren una interacción directa con el medio ambiente y los ecosistemas.

A este respecto, debe mencionarse que en el año 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto mediante el cual se reformó el Título Vigésimo Quinto del Código Penal Federal, en materia de delitos contra el ambiente, así como el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, vigente en ese momento, reforma que incluyó en el catálogo de delitos “graves” (prisión preventiva) diversos delitos contra el ambiente, únicamente cuando se realizaban las conductas previstas en cualquiera de sus cinco fracciones con fines comerciales o se afectaba un área natural protegida.

Aunado a lo anterior, la pena de prisión se incrementa hasta en tres años más y la multa en mil días más, lo que provocaba que de un año el mínimo se fuera hasta cuatro y el máximo pudiera alcanzar hasta doce años.

Con la reforma a nuestro sistema procesal penal en 2008 y la transición a un nuevo Código Procesal Penal, se establecieron nuevos parámetros para la prisión preventiva, se redujo el catálogo de los delitos que merecen este tipo de medida cautelar, dada la naturaleza del propio sistema procesal adoptado, y tomando en consideración principios como uso excepcional, presunción de inocencia, necesidad, proporcionalidad, razonabilidad entre otros, los delitos contra el ambiente que antes de la aplicación del sistema procesal penal acusatorio eran considerados como graves cuando se realizaran en u ocasionaran daños a un área natural protegida o con fines comerciales, quedaron excluidos del catálogo previsto en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales que prevé la prisión preventiva oficiosa.

En consecuencia, actualmente las personas que son, tampoco se cuenta con antecedentes de casos exitosos, lo que ha provocado que el esfuerzo que realizan las diversas autoridades a nivel federal y local en materia policial se diluye al ponerse detenidas por la comisión de estos delitos, no pueden ser sujetas a la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, y aun pensando en el supuesto de la figura de prisión preventiva justificada a disposición de los Agentes del Ministerio Público de la Federación a las personas que son sorprendidas cometiendo dichas conductas de manera flagrante, porque obtienen su libertad, o si después del plazo de las 48 horas son llevados a la audiencia de control de detención, formulación de imputación y vinculación a proceso, son dejados en libertad por los jueces de control, imponiéndoles medidas distintas a la prisión preventiva, lo que permite que en la gran mayoría de las ocasiones continúen realizando actividades ilegales en la misma materia o no se tenga el fin disuasivo que la imposición de dicha medida cautelar tiene.

Estas circunstancias además de producir severas afectaciones al patrimonio natural del país, quebranta la economía del mismo, porque se aprovechan ilícitamente bienes del dominio público de la nación, sin que se realice el pago de las contribuciones que dicha explotación generaría; independientemente del despliegue de los recursos económicos, materiales, tecnológicos y humanos empleados en la prevención del delito ambiental, y sobre todo que el Estado no garantiza la protección de este derecho humano, previsto en el quinto párrafo del artículo 4o. de la Carta Magna, que señala:

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

En este sentido, observar que la comisión de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, no son considerados entre aquellos que merecen prisión preventiva oficiosa, nos ha llevado al razonamiento exigible de otros factores, tales como el de imponer a este tipo de conductas una penalidad más elevada que la que tienen hasta hoy en día, porque tras realizar un estudio de atribuibilidad de la pena, correlacionado a los factores exógenos y endógenos actualizados en las conductas de este tipo, sin duda, resultaría merecedora.

Propuesta de reforma

Para que el Estado mexicano garantice la impartición de justicia y protección del Derecho Humano referido al medio ambiente, se deben brindar herramientas a los operadores del Sistema de Justicia Penal, por ello es importante que la legislación contemple penas y sanciones acordes a la afectación y daño causado, el cual no puede ser calculado por simple cuantía monetaria, sino por daño irreparable que en ocasiones se ocasiona al medio ambiente y a los ecosistemas.

En ese tenor, resulta necesario reforzar los tipos penales previstos en los artículos 414, 418, 420 y 420 Quáter, así como como adicionar un artículo 420 Quintus al Código Penal Federal, a efecto de mejorar la procuración e impartición de justicia en materia de responsabilidad penal ambiental.

III. Fundamento legal

Se realiza esta propuesta con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

IV. Propuesta

En mérito a lo expuesto someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el proyecto de iniciativa con proyecto de Decreto en los siguientes términos:

Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 414, 418, 420 y 420 Quáter y se adiciona un artículo 420 Quintus del Código Penal Federal en materia de delitos ambientales

Artículo Único. Se reforman los artículos 414, 418, 420; se derogan las fracciones I y V del artículo 420 Quáter y se adiciona el artículo 420 Quintus, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 414. Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente.

La misma pena se aplicará a quien ilícitamente realice las conductas con las sustancias enunciadas en el párrafo anterior, o con sustancias agotadoras de la capa de ozono y cause un riesgo de daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua o al ambiente.

En el caso de que las actividades a que se refieren los párrafos anteriores, se lleven a cabo en un área natural protegida, la pena de prisión se incrementará hasta en tres años y la pena económica hasta en mil días multa, a excepción de las actividades realizadas con sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Cuando las conductas a las que se hace referencia en los párrafos primero y segundo de este artículo, se lleven a cabo en zonas urbanas con aceites gastados o sustancias agotadoras de la capa de ozono en cantidades que no excedan 200 litros, o con residuos considerados peligrosos por sus características biológico-infecciosas, se aplicará hasta la mitad de la pena prevista en este artículo, salvo que se trate de conductas repetidas con cantidades menores a las señaladas cuando superen dicha cantidad.

Tratándose de las conductas señaladas en el párrafo primero del presente artículo, cuando el almacenamiento se realice a cielo abierto o se afecte el manto freático, se aplicará una pena de cinco a quince años de prisión y de cinco mil a veinticinco mil días multa.

Artículo 418. Se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y por equivalente de cien a tres mil días multa, siempre que dichas actividades no se realicen en zonas urbanas, al que ilícitamente:

I. Desmonte o destruya la vegetación natural;

II. Corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, o

III. Cambie el uso del suelo forestal.

La pena de prisión deberá aumentarse hasta en tres años más y la pena económica hasta en mil días multa, para el caso en el que las conductas referidas en las fracciones del primer párrafo del presente artículo afecten un área natural protegida.

Cuando las actividades a que se refiere la fracción II de este artículo se realicen con fines de lucro, se aplicará una pena de cinco a quince años de prisión y de cinco mil a veinticinco mil días multa.

Artículo 420. Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente:

I. Capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino, o recolecte o almacene de cualquier forma sus productos o subproductos;

II. Capture, transforme, acopie, transporte o dañe ejemplares de especies acuáticas declaradas en veda;

II Bis. De manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas abulón, camarón, pepino de mar y langosta, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda, en cantidad que exceda 10 kilogramos de peso.

III. Realice actividades de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de una especie de fauna silvestre, o ponga en riesgo la viabilidad biológica de una población o especie silvestres;

IV. Realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte, o

V. Dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas señaladas en la fracción anterior.

Se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.

En los casos a que se refiere la fracción IV, se aplicará una pena de cinco a quince años de prisión y de cinco mil a veinticinco mil días multa cuando se trate de algún ejemplar, partes, derivados, producto o subproducto de la especie Totoaba macdonaldi.

Artículo 420 Quáter. Se impondrá pena de uno a cuatro años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien:

I. Se deroga.

II. Asiente datos falsos en los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental federal;

III. Destruya, altere u oculte información, registros, reportes o cualquier otro documento que se requiera mantener o archivar de conformidad a la normatividad ambiental federal;

IV. Prestando sus servicios como auditor técnico, especialista o perito o especialista en materia de impacto ambiental, forestal, en vida silvestre, pesca u otra materia ambiental, faltare a la verdad provocando que se cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua o al ambiente.

V. Se deroga.

Los delitos previstos en el presente Capítulo se perseguirán por querella de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Artículo 420 Quintus. Se aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y de cinco mil a veinticinco mil días multa, a quien:

I. Transporte o consienta, autorice u ordene que se transporte, cualquier residuo considerado como peligroso por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, biológico infecciosas o radioactivas, a un destino para el que no se tenga autorización para recibirlo, almacenarlo, desecharlo o abandonarlo; y

II. No realice o cumpla las medidas técnicas, correctivas o de seguridad necesarias para evitar un daño o riesgo ambiental que la autoridad administrativa o judicial le ordene o imponga.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.biodiversidad.gob.mx/pais/quees.html.

2 http://www.paot.mx/centro/ine-semarnat/Gestion_Ambiental_semarnat 06.pdf

3 Environmental Investigation Agency (EIA), “Daño colateral: Cómo el comercio ilegal de vejigas natatorias de la totoaba está llevando a la vaquita a la extinción”, Septiembre de 2016.

Semarnat, “Tráfico ilegal de vida silvestre”, 2013.

Boletín UNAM-DGCS-054, “El tráfico de animales, la tercera actividad ilícita más redituable en el mundo”, Enero 2016.

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, “EL Alto Golfo de California, Los esfuerzos para la protección de la vaquita marina y la totoaba”, marzo 2018.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 3 de marzo de 2020.— Diputadas y diputados: Laura Mónica Guerra Navarro, Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, Alfredo Vázquez Vázquez, Armando Contreras Castillo, Claudia Pérez Rodríguez, Diego Eduardo del Bosque Villarreal, Edith García Rosales, Gustavo Callejas Romero, Irma Juan Carlos, José Ricardo Delsol Estrada, Marco Antonio Medina Pérez, María Elizabeth Díaz García, María Wendy Briceño Zuloaga, Mario Ismael Moreno Gil, Martha Olivia García Vidaña, Martha Patricia Ramírez Lucero, Mirna Zabeida Maldonado Tapia, Rubén Cayetano García, Rubén Terán Águila (rúbricas).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.



CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada María Esther Mejía Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Informo a la asamblea que se encuentran en este salón de plenos, alumnos de la licenciatura en derecho, criminología y criminalística, del Centro Universitario Latino de Veracruz, invitados por la diputada Mariana Dunyaska García Rojas. Sean muy bienvenidos, bienvenidas a la Cámara de Diputados.

La diputada María Esther Mejía Cruz:Buenas tardes a todos los miembros de la honorable Cámara. Con su venia, diputada presidenta.

Quiero dirigir la mirada a un problema que nos concierne a todos en garantía de nuestros derechos humanos, acusando toda violación que atenta en contra del ciudadano mexicano.

La libertad es un derecho universal, respaldado en la promulgación de garantías individuales no solo a nivel nacional, sino a nivel internacional, y la privación de la libertad representa una violación a tales derechos.

Por otro lado, únicamente por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva, la cual se encuentra regulada en la legislación mexicana por:

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 18 y 19.

2. El Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 166.

Si bien el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales ya contempla algunos casos específicos dirigidos a personas mayores de 70 años de edad, personas afectadas por una enfermedad grave o terminal, y el caso de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, en estos supuestos específicos se observa la necesidad de reformar el Código de Procedimientos Penales en materia de colocación de brazaletes electrónicos, para garantizar el derecho a libertad de imputados con presunción de inocencia y no vulnerar bajo ningún motivo sus derechos humanos.

Es importante atender el vacío existente en materia de derechos humanos y establecer una alternativa para proteger el derecho a la libertad de los imputados, con presunción de inocencia.

Es por ello que yo propongo adicionar al artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, relativo a la colocación de localizadores electrónicos como medida cautelar, agregando supuestos específicos aplicables para los casos de padre y madre o tutores de niños menores a 13 años o de una persona con discapacidad que no pueda ser cuidada por algún familiar directo.

En estos supuestos específicos ya mencionados, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan.

Concluyo. Es importante mencionar que quien cometa un acto en contra del orden social no deja de tener las garantías individuales con las que contamos todas las personas por el simple hecho de ser humanos.

Compañeras y compañeros, agradezco el apoyo a esta iniciativa. Es cuanto, señora presidenta. Muchas gracias.

«Iniciativa que reforma el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a cargo de la diputada María Esther Mejía Cruz, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, María Esther Mejía Cruz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El objetivo principal es que se establezca una alternativa para los imputados en casos particulares, de esta manera se puede proteger la integridad, libertad y, en su caso, a personas que padezcan alguna discapacidad y respetando de manera conjunta la presunción de inocencia.

(González, 2003) Es importante mencionar que quien cometa un acto en contra del orden social no deja de tener las garantías individuales con las que cantamos todas las personas por el simple hecho de ser humanos.

Se busca la estabilidad en los 109 centros penitenciarios distribuidos en toda la república mexicana ya que actualmente hay sobrepoblación de personas recluidas y en condiciones denigrantes, de acuerdo con la CNDH no cuentan con una infraestructura que permita una estancia digna ni con desarrollo adecuado con las normas y estándares nacionales e internacionales en la materia, partiendo de las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos “Reglas Mandela” y retomadas también por la CNDH en su publicación sobre “Un modelo de prisión...

De acuerdo con un estudio “La transformación del sistema penitenciario federal”, en el apartado de “diagnóstico”, realizado por el investigador Guillermo Zepeda Lecuona, en el sistema penitenciario federal se eroga un aproximado de 140 pesos diarios en el mantenimiento de un recluso y solventar los gastos por salarios de los custodios, alimentos, medicinas, uniformes, energía eléctrica, trabajos de mantenimiento de los inmuebles, materiales para la industria penitenciaria, labores educativas, artísticas, deportivas y culturales.

Pudiendo reducir ese gasto con los imputados también conocido como presunto culpable que adquieren esa calidad desde el momento en que pesen sobre él simples sospechas de participación.

Además de acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), la prisión preventiva oficiosa es violatoria del artículo 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Señala que “diversos organismos internacionales especializados han determinado que la prisión preventiva oficiosa viola y vulnera los derechos humanos”. “El fundamento de la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa radica en que la medida es violatoria del derecho a la libertad personal, vinculado al principio de presunción de inocencia”, detalló ONU-DH.

El caso de México no es la excepción: la ONU-DH denunció que alrededor del 38 por ciento de las personas privadas de la libertad están aún bajo proceso, y aunque la población penitenciaria ha descendido en los últimos años, “el uso excesivo de la prisión preventiva que pudiera ser producto de la ampliación de los supuestos para su imposición podría llevar a un nuevo repunte” del número de presos.

Por su parte, la CIDH indicó que el abuso de la prisión preventiva “ha sido una de las principales causas de la profunda crisis del sistema penitenciario en los países del continente americano”, pues ha provocado hacinamiento a las prisiones, lo que genera una amenaza para la integridad personal de las personas privadas de la libertad.

No parece justo que las personas como mujeres embarazadas, madres durante la lactancia, a los padres o tutor de un menor de 13 años o de una persona con discapacidad que no pueda ser cuidada por algún familiar directo, llevan un proceso dentro de la materia penal tengan que estar dentro de una prisión mientras se define si es culpable o no del delito que se le está acusando y a su vez genere un gasto al estado por el tiempo en que se determina su situación.

“07/02/2019, Cámara de Diputados, Boletín W. 03 (Bol. 1001). El representante en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, afirmó que, desde la perspectiva de los estándares internacionales, la prisión preventiva oficiosa es violatorio de los derechos humanos.

Al participar en la Mesa 2, “Seguridad, justicia y prisión preventiva oficiosa”, de las Audiencias Públicas sobre este tema, explicó que el planteamiento no es derogar la prisión preventiva justificada, ni dejar a todas las personas imputadas libres, pera hay que entender que la prisión oficiosa es automática, obligatoria y supone la privación de garantías procesales básicas.

Añadió que este tipo de reclusión aumenta el riesgo de tortura y no abona a superar la impunidad. “El denominador común de la arbitrariedad y del encarcelamiento injusto de inocentes es la mala investigación, y es importante señalar que esta medida no abona a que la indagación mejore”.

Jan Jarab dijo que determinar la prisión preventiva oficiosa sólo depende de la autoridad investigadora y de cómo califico el supuesto delito; es decir, decide si el imputado va a pasar largo tiempo recluido en espera de sentencia. Sin embargo, en un Estado de derecho, es el Poder Judicial el que ten dría que resolver, de manera individual, si el imputado debe ser privado de su libertad bajo criterios de legalidad y proporcionalidad.

Agregó que la impunidad en México coincide con la alta presencia de personas inocentes que esperan su liberación de las cárceles, y no pueden aguardar su sentencia en libertad, porque el delito que se les imputa en muchas ocasiones de manera indebida está en la lista de prisión preventiva oficiosa.”

Ya se encuentra establecido el uso del brazalete como medida cautelar pero no se hace referencia de quien se hace cargo de los menores de 13 años ya que puede ser su padre o tutor la única persona que pueda cuidar de ellos o de una persona con discapacidad que no pueda ser cuidada por algún familiar directo, además de que se busca reducir el gasto por las personas que tienen una instancia en un centro penitenciario que generan un gasto mayor como lo es una mujer embarazada y un enfermo, otorgándoles el brazalete.

El brazalete electrónico puede ser una seguridad para no entorpecer el procedimiento, la presente iniciativa busca reformar el artículo 166 del Código de Procedimientos Penales para que el estado pueda otorgar el brazalete electrónico:

Artículo 166. Excepciones

En el caso de que el imputado sea una persona mayor de setenta años de edad o afectada por una enfermedad grave o terminal, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan.

De igual forma, procederá lo previsto en el párrafo anterior, cuando se trate de mujeres embarazadas, o de madres durante la lactancia.

No gozarán de la prerrogativa prevista en los dos párrafos anteriores, quienes a criterio del Juez de control puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su riesgo social.

En este caso se observa la necesidad de reformar el Código de Procedimientos Penales en materia de colocación de brazaletes electrónicos, con el objeto de

I. Modificar el artículo 166 del Código de Procedimientos Penales para que los padres o tutores puedan hacerse cargo del cuidado de algún menor que tenga menos de 13 años o alguna persona que posea una discapacidad sin tener un familiar directo quien pueda hacerse responsables de ellos.

Código de Procedimientos Penales

Decreto. Iniciativa que reforman el artículo 166 del código nacional de procedimientos penales en materia de colocación de localizadores electrónicos como medida cautelar en supuestos específicos

Único. Se reforma el artículo 166 del Código de Nacional de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 166. Excepciones

En el caso de que el imputado sea una persona mayor de setenta años de edad o afectada por una enfermedad grave o terminal, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan.

De igual forma, procederá lo previsto en el párrafo anterior, cuando se trate de mujeres embarazadas, o de madres durante la lactancia padre, madre o tutor de un menor de 13 años o sea el caso de una persona con discapacidad que no pueda ser cuidada por algún familiar directo.

No gozarán de la prerrogativa prevista en los dos párrafos anteriores, quienes a criterio del juez de control puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su riesgo social.

Transitorio

Único. El presente decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias bibliográficas

Carbonell, Miguel. El ABC de los Juicios Orales en Materia Penal, Ed. Biblioteca básica del Abogado, México, 2015.

Silva, Juan. Los Derechos Humanos en México, Ed. Porrúa, México, 2013.

Fuentes:

https://www.animalpolitico.com/2019/01/onu-cidh-diputados-prisio n-preventiva/

https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/CENTR OS-BAJA-CAPACIDAD.pdf

https://www.google.com/search?sxsrf=ACYBGNRWhMmZ8TzwjDc_QYuRukwZ 0lgBPQ%3A1568924457244&ei=KeODXZa3Dtav0PEP4u-0uA4&q=el+codigo+naci

https://mexico.justia.com/federales/constitucion-politica-de-los -estados-unidos-mexicanos/titulo-primero/capitulo-i/#articulo-20

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_090819.pdf

https://www.eluniversalqueretaro.mx/sociedad/estrena-juez-uso-de -brazalete-en-un-imputado

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/35000-399 99/37872/texact.htm

https://chequeado.com/el-explicador/que-es-la-prision-domiciliar ia-y-cuando-se-aplica/

https://www.emagister.com/blog/partes-trabajo-investigacion/

http://appweb.cndh.org.mx/biblioteca/archivos/pdfs/foll_DerConst itucionalesVictimaAcusado.pdfhttps://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/cartillas/20 15-2016/09-Conoce-DH.pdf

http://stj.col.gob.mx/dh/html/escenario/html/pdf/37.pdf

http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/20.pdf

https://www.monografias.com/trabajos12/prope/prope.shtml

https://twitter.com/SCJN/status/1122138043765231616/photo/1?ref_ src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7C´

file:///C:/Users/compu%206/Downloads/30274-27355-1-PB.pdf

Ciudad de México, a 3 de marzo de 2020.— Diputada María Esther Mejía Cruz (rúbrica).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia para dictamen.



LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco.

El diputado Manuel Huerta Martínez:Con su venia, señora presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputado.

El diputado Manuel Huerta Martínez: Compañeras y compañeros diputados, me encuentro en esta tribuna para presentar iniciativa que reforma y adiciona la Ley General para el Control del Tabaco.

El tabaquismo es uno de los factores de riesgo más alarmantes en la actualidad para la salud pública a nivel mundial. Las cifras mundiales de muertes atribuibles al tabaquismo se estiman que son alrededor de 6 millones de personas anualmente.

En la actualidad, alrededor de mil millones de personas consumen tabaco en todo el mundo, por lo cual, se prevé que el número de muertes excederá los 8 millones de personas para el 2030.

México no escapa a los daños y problemas atribuibles al tabaquismo. Los datos que reflejan los estudios estiman que el tabaquismo produce más de 60 mil muertes por año, 165 muertes por día. En las encuestas más recientes, se establece que, durante la última década, la edad promedio de inicio en el consumo del tabaco es entre los 11 y 12 años.

En México, el 20 por ciento de las personas mayores de edad fuman y el consumo promedio diario es de 7.4 cigarrillos por día. Sin lugar a dudas, el actual gobierno federal está haciendo frente a diversos problemas de salud pública que se han ido acrecentando a ritmo acelerado, en un acto de absoluta responsabilidad por parte del gobierno que encabeza la cuarta transformación. Se están adoptando las medidas necesarias para romper las inercias, consumos inducidos y costumbres adoptadas que están enfermando a la población del país.

En congruencia con esta dinámica, el pasado 19 de febrero fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto presidencial mediante el cual quedará prohibida la importación de los dispositivos conocidos como cigarros electrónicos.

Ante esta realidad es que pongo a su consideración que se restrinja todo tipo de publicidad, promoción y patrocinio de los productores de tabaco, incluyendo la que se pueda realizar a través de internet, redes sociales, incluyendo las figuras públicas, populares o conocidas por dichos medios.

Considero necesario que se prohíba el uso de aditivos en la producción de cualquier producto de tabaco, así como la importación o comercialización de productos de tabaco que contengan cualquier clase de aditivos.

En caso de que se quisieran vender con cualquier otro tipo de aditivo, se seguirán las reglas especiales de producción, fabricación e importación para estos productos, según la reglamentación en la ley.

Sugiero que se limite colocar los cigarrillos que le permitan al consumidor tomarlos y verlos directa e indirectamente. Planteo que el color, los envases en los productos de tabaco sea único, uniforme y corresponderá a lo reglamentado en las disposiciones emitidas por la Secretaría de Salud.

Este color cubrirá el 100 por ciento de la cara frontal, posterior y ambas caras laterales en todos los empaques de productos de tabaco. Además, el 80 por ciento de la cara frontal de la cajetilla se le deberá de incorporar pictogramas o imágenes preventivos.

El 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de las caras laterales serán destinados a un mensaje sanitario, que del mismo modo será rotativo, deberá incorporar un número telefónico sobre la prevención, cesación y tratamiento de las enfermedades, o derivados del consumo de productos del tabaco.

La marca será incorporada al paquete de cigarrillos, centradas en el 20 por ciento restante de la cara frontal, en su límite inferior y en la tapa superior e inferior de los empaques. Planteo que únicamente se podrá fumar en los espacios al aire libre. Lo anterior, siempre y cuando no sea paso obligado de las personas. Los propietarios y administradores de los establecimientos, así como los consumidores estarán obligados a respetar los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco.

Es impostergable que el Poder Legislativo establezca en la ley todas las medidas necesarias para reducir el consumo de tabaco en México. Este es el planteamiento que hago ante esta honorable asamblea. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo del diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Manuel Huerta Martínez, integrante de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, párrafo 1, fracción I, 77, párrafo 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que busca que se reformen y adicionen diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco.

Planteamiento del problema

El tabaquismo es uno de los factores de riesgo más alarmantes de la actualidad para la salud pública a nivel mundial, pero en especial para los países de ingresos medios y bajos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) lo ha catalogado como una epidemia global, debido a la forma que durante el siglo pasado se incrementó su consumo y, por ende, las enfermedades y decesos relacionados en éste.

Las cifras mundiales de muertes atribuibles al tabaquismo se estiman que son alrededor de 6 millones de personas anualmente. En la actualidad, se estima que alrededor de 1,000 millones de personas consumen tabaco en todo el mundo, por lo cual, se prevé que el número de muertes excederá los 8 millones de personas para 2030. Cabe aclarar que, con base en esta estimación, la mayoría de las muertes ocurrirá en países en vías de desarrollo. Hay más de 120 millones de fumadores en la región de Latinoamérica y más de la mitad de ellos morirán por culpa del tabaco y la nicotina.

El consumo de tabaco es un factor de riesgo de 6 de las 8 principales causas de muerte en el mundo. Fumar tabaco produce cáncer de pulmón, laringe, riñón, vejiga, estómago, colon, cavidad oral y esófago. De igual manera, tiene como consecuencia: leucemia, bronquitis crónica, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cardiopatía isquémica, infarto, enfermedad cerebrovascular, aborto y parto prematuro, defectos de nacimiento e infertilidad, entre otros padecimientos. Además de éstas, el consumo de tabaco disminuye significativamente los años productivos de vida de las personas. Como se advierte, el tabaquismo no solo daña la salud, sino que trasciende a otras esferas de la vida cotidiana, como el trabajo, la creatividad y el desarrollo social.

Asimismo, diversos estudios señalan que la edad a la que comienza el consumo de tabaco y nicotina es un factor importante en el grado de adicción y en la intensidad del consumo durante su vida adulta, medido con el número de cigarrillos que consumirá diariamente. Un individuo que comienza a consumir tabaco a una edad temprana tiene mayor probabilidad de que aumente el riesgo de padecer enfermedades derivadas del tabaquismo.

Para el caso del tabaquismo en jóvenes, Mackay, en el Atlas del Tabaco, señala que una gran mayoría varones jóvenes fumadores empezó a consumir tabaco antes de alcanzar la edad adulta. Casi un cuarto de la gente joven que fuma probó su primer cigarrillo antes de los diez años. La aceptación del tabaquismo entre varones jóvenes se incrementa con la comercialización del tabaco, el fácil acceso a los productos del tabaco, los precios bajos, la venta de cigarros por unidad, el uso y aprobación del tabaco por sus padres y hermanos, que fumen los amigos y la concepción errónea sobre que el fumar aumenta la popularidad social.

Pero no sólo el consumo directo de los productos derivados del tabaco tiene una incidencia negativa. Los estudios científicos demuestran que el humo de segunda mano o humo de tabaco ambiental (HTA) 6 es perjudicial para quien se encuentra expuesto a éste. Así, por ejemplo, las personas no fumadoras expuestas al humo de tabaco tienen entre 20 y 30 por ciento más de probabilidades de desarrollar cáncer de pulmón, y 25 por ciento más de probabilidad de padecer enfermedades del corazón; que la personas no fumadoras que no están expuestas habitualmente al humo de segunda mano.

Las enfermedades que se encuentran relacionadas con el humo de segunda mano son: cáncer de pulmón, exacerbación del asma, ataques al corazón, partos prematuros, bajo peso del neonato, derrame cerebral, infecciones del oído medio en menores, infecciones respiratorias como bronquitis y neumonía en menores, inducción o exacerbación del asma en menores.

De acuerdo con los datos que ofrece la OMS, existen alrededor de 700 millones de niños que respiran humo de segunda mano de tabaco. Todo esto sólo corrobora la existencia de evidencia en la que se denuncia como el humo de segunda mano no tiene niveles seguros sobre su exposición. A continuación, se presentan algunos datos:

• No existen niveles de exposición al humo de tabaco de segunda mano que estén libres de riesgos para la salud.

• La separación de áreas de no fumar y áreas de fumar, la purificación del aire y la ventilación de los edificios no elimina la exposición de las personas no fumadoras al humo de tabaco de segunda mano.

• Los sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado existentes por sí solos no permiten evitar la exposición al humo de tabaco de segunda mano.

• El funcionamiento de sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado permite distribuir el humo de tabaco de segunda mano a todo un edificio.

• La eliminación total de la actividad de fumar en espacios interiores sí protege a las personas no fumadoras de la exposición al humo de tabaco de segunda mano.

Así, pese a que los efectos más graves del consumo de tabaco ocurren generalmente después de décadas de fumar, el tabaco también causa efectos inmediatos sobre la salud en jóvenes, tal como la reducción de la capacidad física. Los varones jóvenes que fuman experimentan mayores riesgos significativos de disfunción eréctil que aquéllos que no fuman y el riesgo de impotencia aumenta con cada cigarrillo fumado. El riesgo más notable para los y las adolescentes el desarrollo de una adicción compleja y muy difícil de superar. Las personas fumadoras que desarrollan la adicción durante su juventud enfrentan mayor riesgo de contraer y sufrir enfermedades relacionadas con el consumo del tabaco: cáncer, enfisema pulmonar, accidentes cardiovasculares, entre otros.

Irónicamente, el tabaquismo es la principal causa de muerte y de enfermedades que pueden ser materia de prevención en el mundo. Esta epidemia se ha expandido, principalmente, en los países en desarrollo como el nuestro, debido a las agresivas campañas publicitarias de la industria tabacalera, las cuales “desinforman“ y engañan al público, pues no reflejan las consecuencias reales del consumo del tabaco y nicotina, e inducen a adquirir el hábito de consumir estos productos. Debido a su naturaleza preventiva, los Estados tienen la obligación de tomar medidas eficaces para la protección de la salud de las personas, con base en regulaciones efectivas del control del tabaco. En estricto cumplimiento a la obligación de proteger los derechos fundamentales a la salud y a no poner en entredicho la posibilidad de una vida con buena calidad.

Nuestro país no escapa a los daños y problemas atribuibles al tabaquismo. Los datos que reflejan los estudios estiman que el tabaquismo produce más de 60 mil muertes por año, 165 muertes por día, aproximadamente. En las encuestas más recientes se establece que durante la última década la edad promedio de inicio en el consumo de tabaco ha ido disminuyendo y hoy fluctúa ente los 11 y 12 años, e incluso menos.

De acuerdo con diversos estudios, mientras los países desarrollados mantendrán tasas de consumo estables e incluso disminuirán debido a las políticas de control del tabaco, en aquellos que se encuentran en desarrollo se prevé que estas tasas aumenten desproporcionalmente. En el caso de México el problema es preocupante, ya que ocupa el sexto lugar mundial en número de hombres fumadores y el segundo en mujeres fumadoras.

En el ámbito nacional y de acuerdo con el Instituto Nacional de Salud Pública en la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017, entre la población adolescente de 12 a 17 años, la edad promedio de inicio en el consumo fue de 14.3 años. El 20.1 por ciento de las personas mayores de edad fuman y el consumo promedio diario es de 7.4 cigarros por día. Para el grupo de menores de edad, 5 por ciento consume tabaco y el promedio de cigarros diarios es muy cercano al de los adultos, 5.8 cigarros por día. Si bien esto no ha tenido cambios significativos respecto a las encuestas anteriores en cuanto a productos tradicionales, la aparición de nuevas formas de consumo de tabaco y nicotina tienen un potencial altísimo de hacer subir las tasas de consumo de manera exponencial. Como ejemplo, entre adolescentes, el 6.7 por ciento ha consumido nicotina a través de un dispositivo distinto al cigarro convencional. De acuerdo con un estudio realizado por el INSP entre adolescentes en escuelas públicas, el uso de dispositivos alternativos de administración de sustancias como nicotina se duplicó de un ciclo escolar a otro. Así de exponencial es el problema del tabaco y la nicotina.

Las dos razones más importantes para el inicio del consumo de tabaco y nicotina fueron la curiosidad y la convivencia con personas fumadoras. El 60 por ciento de las personas que fuman iniciaron el consumo de tabaco por curiosidad; 29.8 por ciento de los hombres y 26.9 por ciento de las mujeres iniciaron el consumo por convivencia con familiares, amigos o ambiente de fumadores. En tanto, entre los adolescentes 68.6 por ciento inició el consumo por curiosidad y 24.1 por ciento por influencia de familiares, amigos o ambiente de fumadores.

Los fumadores activos de entre 12 y 65 años, en promedio, inician el consumo diario de cigarrillos a los 19.3 años; los hombres, a los 16 años y las mujeres, a los 18; y esta diferencia es estadísticamente significativa. Cuando se compara por grupos de edad, la edad promedio de inicio de consumo diario de cigarrillos fue de 14.3 años y de 19.4 años en adolescentes y personas adultas, respectivamente.

El humo de segunda mano, denominado también, humo de tabaco ambiental (HTA) representa otro problema en nuestro país. La Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT) 2016-2017, reporta una prevalencia de exposición al humo de tabaco ambiental de 52.8 por ciento en bares, 31.9 por ciento en restaurantes, 26 por ciento en el transporte público, 25.4 por ciento en escuelas y 15.2 por ciento en el trabajo.

Los hogares fumadores gastan en promedio 849 en cigarros, lo cual representa el 2.6 por ciento de su gasto total.

Argumentos que sustentan la presente iniciativa

La ausencia de la regulación del consumo, exposición y comercialización de productos de tabaco representan una falta de protección de los siguientes derechos fundamentales: el artículo 4 constitucional, que contiene los derechos a la salud y a un medio ambiente sano; el artículo 6, que protege el derecho a la información; el artículo 28, que regula los derechos de los consumidores; y el artículo 1, recientemente reformado, en el que se incorporan los tratados de derechos humanos como parte del catálogo de derechos fundamentales y el respeto de su progresividad por parte del Estado.

Sobre este último punto, es necesario hacer referencia a ciertos aspectos. La reforma al artículo primero constitucional menciona la progresividad de los derechos, esto implica que le Estado está obligado a tomar medidas que amplíen la esfera jurídica de los individuos en materia de derechos fundamentales. En segundo lugar, la nueva reforma del artículo primero incorpora, a manera de bloque de constitucionalidad, los tratados internacionales como parte de los derechos fundamentales.

El derecho a la salud, como cualquier derecho, debe tener un contenido sustancial. Éste es definido por los estándares jurídicos que imponen los convenios internacionales que México ha suscrito como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), el cual establece expresamente el “disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental” y de la salud pública en general como materias de protección. Relacionado con su Comentario General número 14 sobre el derecho al más alto nivel posible de salud, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales determinó que:

[...] el derecho a la salud impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados parte: la obligación de respetar, proteger y cumplir. La obligación de proteger requiere que los Estados adopten medidas para evitar que terceros interfieran en la aplicación de las garantías previstas en el artículo 12.

Es decir, el derecho a la salud debe de ser respetado, protegido y cumplido por los Estados, de lo contrario se infringiría el PIDESC.

Por otra parte, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) en su artículo 6 garantiza el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo de los niños. Los Estados parte están encargados de impedir que tanto niños como adolescentes se expongan a condiciones que amenacen su vida.

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) también define el grado de protección que debe otorgar el artículo cuarto constitucional, en este sentido se recomienda que los informes incluyan:

Información sobre enfermedades o condiciones peligrosas para la salud que afectan a la mujer o a algunos grupos de mujeres de forma diferente que al hombre y sobre las posibles intervenciones a ese respecto.

De esta manera, además de la obligación de adaptar las políticas públicas de salud a la perspectiva de género, el Estado también debe incluir información a tal respecto e incluir indicadores de género en los programas que implemente.

Todos los tratados citados reflejan que el estándar que ha adquirido el gobierno mexicano para respetar, proteger, garantizar y promover el derecho a la salud. Sin embargo, el tratado internacional que convierte al control del tabaco como una política pública vinculante para México es el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT).

Así el CMCT impone obligaciones al gobierno mexicano y amplía la esfera jurídica sobre las garantías de los ciudadanos. Además, mantiene una estrecha vinculación con los derechos fundamentales antes mencionados, pues determina las formas en que éstos pueden realizarse para considerarse efectivos.

El artículo 8 del CMCT señala que los espacios libres de humo (ELH) son necesarios para una protección efectiva contra el humo de segunda mano, pues su exposición de éste a las personas produce riesgos inminentes a la salud de las personas. Por lo tanto, cada una de las partes firmantes se comprometió a adoptar las medidas correspondientes para proteger a las personas.

A pesar de que el CMCT no menciona en concreto como implementar estas medidas, para poder definir de una manera completa el contenido de esta obligación es necesario interpretarla a la luz de la directriz del artículo 8 del CMCT que señala que es necesario que la legislación nacional contemple, como mínimo, las siguientes definiciones:

• Humo de tabaco ajeno o humo de tabaco ambiental: el humo que se desprende del extremo ardiente de un cigarrillo o de otros productos de tabaco, generalmente en combinación con el humo exhalado por el fumador.

• Fumar: debe de prever una definición que incluya tanto la inhalación o exhalación del humo de tabaco, como la posesión o control de un producto de tabaco encendido.

• Lugares públicos: la definición debe abarcar todos los lugares accesibles al público en general, o lugares de uso colectivo, independientemente de quién sea su propietario o del derecho de acceso a los mismos.

• Interior o cerrado: Se debe evitar el uso de listas o lugares en específico, para poder ser lo más inclusiva posible. Se recomienda la inclusión de “todo espacio cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes o muros, independientemente del material utilizado para el techo, las paredes o los muros, y de que la estructura sea permanente o temporal“.

• Lugar de trabajo: todo lugar utilizado por las personas durante su empleo o trabajo, sin importar si es remunerado o voluntario, abierto o cerrado, así como todos los lugares conexos que los trabajadores suelen utilizar para el desempeño de sus actividades.

• Transporte público: todo vehículo utilizado para transportar al público, generalmente con fines comerciales o para obtener una remuneración. Abarca los taxis.

Respecto a la obligación de protección universal, ésta se refiere a la obligación que tienen las partes de asegurar que todos los espacios mencionados se encuentren libres del humo de tabaco de segunda mano. Así, la protección abarca tanto los lugares cerrados (lugares interiores de trabajo o transportes públicos) como otros lugares públicos que no necesariamente se encuentran inmersos en esta definición, pero en los cuales se permite el acceso al público en general.

Esta regulación se sustenta en la falta de niveles inocuos para la exposición del humo de tabaco, los cuales, a su vez, se corroboran en la evidencia científica recabada. Si se quiere lograr una protección efectiva, las partes del tratado deben de considerar esta evidencia en el momento de la elaboración de sus normas internas, así como en la vigilancia para el cumplimiento de la misma.

La prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio, se encuentra dentro de la directriz del artículo 13 del CMCT. La forma en que los productos de tabaco son conocidos por los consumidores potenciales es mediante estos mecanismos, tal como lo expresa la directriz:

Una prohibición de la publicidad, la promoción y el patrocinio del tabaco resulta eficaz solamente si tiene un alcance amplio [...]

La exhibición de productos es un medio clave para promover productos de tabaco y el consumo de éstos, inclusive mediante la incitación a comprar productos de tabaco, creando la impresión de que el consumo de tabaco es socialmente aceptable, y haciendo más difícil que los consumidores de tabaco abandonen el hábito.

Como se puede apreciar, la recomendación general se centra en una prohibición amplia de estos elementos de mercadotecnia. La razón radica en la flexibilidad que tiene la industria tabacalera para poder redireccionar sus estrategias publicitarias, acciones de mercadotecnia y gastos monetarios. Dejar cualquier puerta abierta representa un riesgo con el cual la efectividad de las prohibiciones puede verse mermada.

Por esta razón, una prohibición total limita el margen de error dentro de la política pública implementada. Una prohibición parcial sólo tendría un alcance limitado, pues los mecanismos indirectos de publicidad pueden abarcar desde dibujos, colores, formas del empaque; hasta cuestiones mucho más sofisticadas como la extensión de marca o el estatus de empresa socialmente responsable.

Por último, el empaquetado, pictogramas y mensajes sanitarios se regula en el artículo 11 del CMCT. Las sugerencias vinculantes que se mencionan se centran en la impresión de imágenes y mensajes sanitarios dentro de las cajetillas de cigarros. La finalidad es la sensibilización del público y consumidores para desincentivar el consumo de tabaco.

Las recomendaciones más específicas son las siguientes:

i. Las advertencias sanitarias y otros mensajes deberían ocupar el 50 por ciento o más de las superficies principales expuestas y en ningún caso menos del 30 por ciento. De igual manera, se deberá proponer la ocupación de más del 50 por ciento de estas superficies del pictograma.

ii. Deberán de contener imágenes apegadas a los efectos que produce el consumo de tabaco, basados a su vez en evidencia científica y verídica. Asimismo, deberán utilizarse colores que puedan llamar la atención.

iii. Las advertencias sanitarias y los pictogramas deberán ser rotativos. Su importancia radica en que la fuerza del mensaje se pierde conforme pasa el tiempo. Los nuevos mensajes e imágenes podrán perpetuar el impacto inicial.

Con base en información los datos proporcionados y en las obligaciones internacionales a las que México se obligó en materia de control de tabaco, presento esta iniciativa que tiene como objetivo identificar los pendientes de la LGCT y proponer disposiciones para fortalecer el marco legal en la materia tales como: i. Espacios libres de humo; ii. Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco; iii. Regulación de pictogramas y mensajes; y iv. Prohibición de aditivos.

i. Espacios libres de humo

La LGCT regula los llamados espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco en sus artículos 26, 27, 28 y 29, en los cuales prohíbe fumar dentro de determinados lugares. Pese a esto, existe la posibilidad de tener áreas para fumadores, tanto en los lugares cerrados como lugares interiores de cerrados, las cuales deberán encontrarse al aire libre o sean espacios interiores aislados que dispongan de mecanismos que eviten el traslado de partículas hacia los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco.

Sin embargo, la regulación actual de los espacios 100 por ciento libres tiene, al menos, dos problemas. El primero son las excepciones que permite el artículo 26 para poder fumar en espacios cerrados. Como se demuestra anteriormente, no existen niveles inocuos sobre la exposición del humo de segunda mano, además de que las separaciones físicas no son totalmente efectivas para evitar un daño a la salud de terceros. Por lo tanto, cualquier tipo de permisión o excepción pone en riesgo la salud de las personas, además de afectar directamente a terceros expuestos al humo de tabaco.

Además, la definición que utiliza la LGCT para los espacios 100 por ciento libres de humo conglomera otro tipo de definiciones, las cuales son vitales para definir los lugares en que se encuentra permitido fumar. Así, hay una gran discrepancia entre lo que el CMCT define y los conceptos de la LGCT.

Existen ausencias entre la LGCT que no permiten una regulación eficaz de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, en específico, son dos problemas principales: las definiciones que contempla el CMCT y las excepciones sobre las áreas físicas cerradas en las que se prevén lugares para fumar.

Sobre el primer aspecto, el concepto de espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco que la LGCT utiliza para establecer los espacios en los que se encuentra prohibido fumar es confuso, pues no es un concepto per se. La definición se compone a través de otros tres conceptos que resultan fundamentales: áreas físicas cerradas con acceso al público, lugares de trabajo interior y de transporte público.

Sin embargo, la LGCT omite realizar una definición de estos tres y, para poder conocer su significado, es necesario remitirse su reglamento. Esto genera que los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, carezcan de un sentido propio. Un cambio en el reglamento sobre alguno de estos conceptos puede alterar significativamente los espacios en los que se permite fumar y en los que no.

Si se quiere que la ley evite vaguedades, es necesario trasladar los conceptos del reglamento a la ley y armonizar el texto legal. Así, podrá ser entendido, tanto espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco como las áreas físicas cerradas, los lugares de trabajo interior y el transporte público. Esta recomendación la podemos encontrar en la reciente encuesta de opinión publicada por el Consejo Mexicano contra el Tabaquismo.

Por lo que dentro de la propuesta de reforma del artículo 6 de la LGCT en el que se enlistan las definiciones, se propone incluir las siguientes definiciones con el objetivo de darle certeza jurídica a dicha ley, las cuales se encuentran actualmente el Reglamento de la LGCT:

• Aditivos, cualquier sustancia que se incluya en la preparación de los productos de tabaco cuyo objetivo sea desempeñar una función tecnológica como conservador o modificador de las características organolépticas, así como sustancias que modifiquen su absorción o el comportamiento fisiológico de cualquiera de los componentes de dichos productos. Estos incluyen, de manera ejemplificativa más no taxativa, ingredientes utilizados para incrementar la palatabilidad, saborizantes, ingredientes con propiedades colorantes

• Área física cerrada, espacio interior o espacio cerrado: todo espacio cubierto por un techo o cerrado por una o más paredes o muros. Esto independientemente del material que sea utilizado, sin importar si son permanentes o fijos.

• Lugar de trabajo: Todo lugar accesible al público o de uso colectivo que sea utilizado por las personas durante su trabajo. Esta definición incluye tanto el trabajo remunerado como el trabajo voluntario. Incluye lugares abiertos y espacios cerrados.

En cuanto al segundo punto y atendiendo a las recomendaciones realizadas por las directrices del artículo 8 del CMCT, al no existir niveles inocuos de exposición del humo de segunda mano, es un riesgo para la salud de las personas permitir espacios cerrados interiores para fumadores. Actualmente, no existe certeza sobre la eficacia de los mecanismos de eliminación de emisiones producidas por el humo de tabaco ambiental.

La protección más eficaz contra los efectos dañinos del HTA es la prohibición de fumar en espacios cerrados sin ningún tipo de excepción. Esta restricción ha sido considerada, incluso por la Suprema Corte, como la política más eficaz para la protección del derecho a la salud de las personas, sobre todo si se busca la tutela de otro tipo de personas independientes de los no fumadores y que se encuentran expuestos a humo libre de tabaco, por ejemplo, los trabajadores de las oficinas y establecimientos abiertos.

La Ley para la Protección de la Salud de los No Fumadores del Distrito Federal sirvió como ejemplo para determinar los estándares constitucionales. La serie de amparos que fueron interpuestos ante esta ley llegaron a la resolución de nuestro máximo tribunal, el cual los dotó de una aprobación constitucional en defensa del derecho a la salud.

Siguiendo con los criterios judiciales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en reiteradas ocasiones ha aclarado los debates sobre las violaciones a la libertad comercial, seguridad jurídica y equidad. De estos tres, la SCJN menciona que la libertad comercial en ningún momento se ve afectada, pues, como mencionan las tesis judiciales, no se está impidiendo realizar a los establecimiento su finalidad como comercio, sino únicamente se está regulando este ejercicio en función de un derecho fundamental, el derecho a la salud.

Si se quiere contar con una legislación efectiva del control del tabaco es necesario que nuestras normas se apeguen, en la medida de lo posible , a las disposiciones del Convenio Marco para el Control del Tabaco. Además, de que, de acuerdo con el artículo primero constitucional, el derecho a la salud debe ser progresivo, lo que implica que cualquier medida que proteja la salud mediante el control del tabaco debe ser adoptada por el Estado mexicano.

Por lo anterior, la presente iniciativa propone reformar los artículos 26 y 27 para quedar como se muestra a continuación:

ii. Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco

Sobre la publicidad, promoción y patrocinio, la LGCT establece una prohibición parcial. Existen tres excepciones a la prohibición: revistas para adultos, comunicación personal por correo o dentro de establecimientos para adultos. Asimismo, el patrocinio se encuentra prohibido si se utiliza como medio para posicionar los elementos de la marca.

Retomando las recomendaciones que establece el CMCT, cualquier canal de promoción de la industria tabacalera representa un riesgo real para la efectividad de la norma. Por lo tanto, esta reforma plantea una prohibición total, directa o indirecta, de la promoción, publicidad y patrocinio de productos de tabaco, como se muestra a continuación:

iii. Regulación de pictogramas y mensajes.

Los pictogramas y mensajes sanitarios ostentan un lugar privilegiado dentro de la normatividad. Actualmente se encuentra regulados de la siguiente manera:

• 30 por ciento de la cara anterior, 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de una de las caras laterales del paquete y la cajetilla;

• 30 por ciento de la cara anterior de la cajetilla con pictogramas

• El 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de la cara lateral serán destinados al mensaje sanitario

Así, es necesaria una reforma que los ajuste a las recomendaciones que hace el CMCT por lo que se propone la siguiente reforma:

Después de exponer lo anterior, queda claro que de una comparación entre el CMCT y la LGCT una brecha entre las propuestas del convenio internacional y nuestra legislación. Con base en lo anterior, los siguientes apartados presentan los aspectos generales de esta iniciativa y sus justificaciones.

La ley actual prevé los pictogramas y mensajes sanitarios en determinadas proporciones y siguiendo las reglas de rotatividad y de diseño. Sin embargo, la amplitud de éstos dentro del espacio del empaque no son los máximos que considera el CMCT. Para tener un cumplimiento cabal con la norma internacional se debe de maximizar esta recomendación.

Todos estos argumentos no sólo justifican y legitiman a los presentes para actuar en materia del control del tabaco, sino que reflejan la necesidad jurídica y material de implementar estas medidas para brindar a los ciudadanos el mayor goce a la salud posible. Esto se corrobora con los estudios y recomendaciones realizadas.

La principal razón científica que justifica el aumento de pictogramas e imágenes sanitarias responde a que su tamaño influye definitivamente en los fumadores. De un estudio del Reino Unido se hizo una comparación entre las advertencias sanitarias de Reino Unido (UK), Australia y Estados Unidos, en los que las primeras tuvieron mucho más impacto que las otras dos. Lo que menciona este estudio es que se debe al tamaño de las imágenes; mientras que los pictogramas de Australia y UK se encontraban dentro de los estándares internacionales, las advertencias de los Estados Unidos a penas y figuraban. En el caso de éstas dos, la diferencia fue marginal en cuanto al tamaño de los pictogramas, pero no en cuanto a la recepción por parte de la población.

En el caso nacional nos remitimos a los recientes datos que nos ofrece la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017. En este caso los indicadores muestran que el 38.1 por ciento opina que las advertencias le hacen pensar en dejar de fumar. Finalmente, el 27.9 por ciento de los fumadores contestó que con mucha frecuencia las advertencias en cajetillas evitaron que fumara cuando estaba por prender un cigarro. Estos porcentajes son menores que los observados en la encuesta anterior, la ENA 2011 lo que es indicativo de que es necesario reforzar el impacto de esta medida y esto se puede lograr mediante el aumento en el tamaño de los pictogramas.

Por último, es pertinente mencionar el estudio realizado por Parametría en conjunto con el Consejo Mexicano contra el Tabaquismo, apoyado por Acta, AC, Aliento y FIC México. La encuesta de opinión apunto a un dato más que favorable: nueve de cada diez encuestados dice haber notado las advertencias. Retomando las dos principales preguntas realizadas en este tema, en el último mes, ¿cuántas veces ha notado las advertencias sobre los daños a la salud en las cajetillas de cigarros? El 55 por ciento menciona que frecuentemente las ha notado y a este se suma el 33 por ciento que las ha notado de vez en cuando. En el segundo caso, ¿hasta qué punto, las advertencias en cajetillas le hacen pensar en los daños que causa fumar y/o dejar de fumar?, el dato que nos menciona la encuesta es que el 70 por ciento de los encuestados manifiesta que estas imágenes y mensajes sanitarios lo hacen pensar sobre los daños que causa fumar o estimula el dejar de fumar. Por último, se debe mencionar que 6 de cada 10 personas reconoce que las advertencias en las cajetillas evitaron que fumara al menos una vez en el último mes.

Siguiendo con las recomendaciones citadas, para que las advertencias sanitarias tengan el efecto deseado y necesario deben de contar con el 75 por ciento de la superficie del empaque. Sin embargo, México no cumple con este requisito. De acuerdo con los estudios, nuestro país cuenta con poco más del 50 por ciento de los paquetes dedicados a pictogramas y advertencias sanitarias. Esto lo ubica debajo de Australia (82.5 por ciento; 75 por ciento enfrente, 90 por ciento por detrás), Uruguay (80 por ciento; 80 por ciento enfrente, 80 por ciento por detrás), Sri Lanka (80 por ciento; 80 por ciento enfrente, 80 por ciento por detrás), Brunei (75 por ciento; 75 por ciento enfrente, 75 por ciento por detrás), Canadá (75 por ciento; 75 por ciento enfrente, 75 por ciento por detrás), Mauritius (65 por ciento; 60 por ciento enfrente, 70 por ciento por detrás). Si México quiere tener una política efectiva en la transmisión de información hacia sus consumidores sobre los riesgos que implica el tabaquismo, es necesario adecuarse a los estándares internacionales.

iv. Prohibición de aditivos

La nicotina del tabaco es extremadamente adictiva. Las compañías tabacaleras usan aditivos para permitir que los fumadores extraigan nicotina del tabaco con mayor facilidad, para acelerar la absorción de nicotina por parte de los pulmones, y para mejorar el envío de nicotina al cerebro. Los aditivos de los productos de tabaco hacen que los productos sean más atractivos, especialmente para los niños, niñas y adolescentes.

En las últimas décadas, se han introducido cada vez más aditivos, de manera que los actuales cigarrillos contienen hasta un 10 por ciento de su peso en aditivos. Se han documentado cerca de 600 aditivos diferentes. Estos también afectan a las características del humo, como su color, su aspereza, su olor y su sabor. Los principales aditivos del tabaco son los azúcares, también presentes de manera natural, y los agentes humectantes. Otros aditivos son los conservantes y numerosos aromatizantes.

Las directrices de los artículos 9 y 10 del CMCT de la OMS recomiendan que los países regulen los ingredientes de los productos de tabaco exigiendo que los fabricantes e importadores divulguen información sobre los ingredientes y prohibiendo ingredientes tales como aditivos que hacen que los productos de tabaco sean más adictivos o atractivos.

En este sentido, a la iniciativa propone cumplir con lo establecido en el CMCT y prohibir los aditivos ya que su función principal es facilitar el consumo, y por consiguiente la adicción, a grupos específicos, como los adolescentes y las mujeres.

De esta manera, el decreto de iniciativa de ley contempla: primero, la inclusión de las definiciones que se encuentran en el CMTC o en el reglamento, con la finalidad de elevar a rango de ley dichos términos. Segundo, el aumento de los pictogramas en los términos que se presentan. Tercero, la prohibición total de la promoción, publicidad y patrocinio. Cuarto, un capítulo que menciona las obligaciones que se deben de cumplir para la tutela de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco. Y quinto, prohibir la inclusión de aditivos que faciliten el consumo de productos de tabaco.

Decreto por el que se adicionan los artículos 6, 13, 15, 20, 24, 32 y se reforman los artículos 16, 18, 23, 26 y 27 de la Ley General para el Control del Tabaco, para quedar como sigue:

Artículo Primero. Se adicionan las fracciones I, II y XVII al artículo 6 de la Ley General para el Control del Tabaco, recorriendo las demás fracciones en orden alfabético, para quedar como sigue:

Artículo 6. Para efectos de esta Ley, se entiende por:

I. Aditivos, cualquier sustancia que se incluya en la preparación de los productos de tabaco cuyo objetivo sea desempeñar una función tecnológica como conservador o modificador de las características organolépticas, así como sustancias que modifiquen su absorción o el comportamiento fisiológico de cualquiera de los componentes de dichos productos. Estos incluyen, de manera ejemplificativa más no taxativa, ingredientes utilizados para incrementar la palatabilidad, saborizantes, cápsulas, ingredientes con propiedades colorantes.

II. Área física cerrada, espacio interior o espacio cerrado: todo espacio cubierto por un techo o cerrado por una o más paredes o muros. Esto independientemente del material que sea utilizado, sin importar si son permanentes o fijos.

III. Cigarrillo: Cigarro pequeño de picadura envuelta en un papel de fumar;

IV. Cigarro o Puro: Rollo de hojas de tabaco, que enciende por un extremo y se chupa o fuma por el opuesto;

V. Contenido: A la lista compuesta de ingredientes, así como los componentes diferentes del tabaco, como papel boquilla, tinta para impresión de marca, papel cigarro, filtro, envoltura de filtro y adhesivo de papel cigarro;

VI. Control sanitario de los productos del Tabaco: Conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud y otras autoridades competentes, con base en lo que establecen esta Ley, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables. Comprende diversas estrategias de reducción de la oferta, la demanda y los daños con objeto de mejorar la salud de la población reduciendo el consumo de productos del tabaco y la exposición al humo de tabaco de segunda mano;

VII. Denuncia Ciudadana: Notificación hecha a la autoridad competente por cualquier persona respecto de los hechos de incumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables;

VIII. Distribución: La acción de vender, ofrecer o exponer para la venta, dar, donar, regalar,

intercambiar, transmitir, consignar, entregar, proveer o transferir la posesión de productos del tabaco para fines comerciales, u ofrecer hacerlo, ya sea a título oneroso o gratuito.

IX. Elemento de la marca: El uso de razones sociales, nombres comerciales, marcas, emblemas, rúbricas o cualquier tipo de señalización visual o auditiva, que identifique a los productos del tabaco;

X. Emisión: Es la sustancia producida y liberada cuando un producto del tabaco esté encendido o calentado, comprende nicotina, alquitrán, monóxido de carbono, así como la composición química que forman parte del humo de tabaco. En el caso de productos del tabaco para uso oral sin humo, se entiende como todas las sustancias liberadas durante el proceso de mascado o chupado y en el caso de productos del tabaco para uso nasal, son todas las sustancias liberadas durante el proceso de inhalación o aspiración;

XI. Distribución: La acción de vender, ofrecer o exponer para la venta, dar, donar, regalar,

intercambiar, transmitir, consignar, entregar, proveer o transferir la posesión de productos del tabaco para fines comerciales, u ofrecer hacerlo, ya sea a título oneroso o gratuito.

XII. Empaquetado y etiquetado externos: Expresión que se aplica a todo envasado y etiquetado utilizados en la venta al por menor del producto de tabaco; X. Espacio 100% libre de humo de tabaco: Aquella área física cerrada con acceso al público o todo lugar de trabajo interior o de transporte público, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco;

XIII. Humo de Tabaco: Se refiere a las emisiones de los productos de tabaco originadas por encender o consumir cualquier producto del tabaco y que afectan al no fumador;

XIV. Industria tabacalera: Es la conformada por los fabricantes, distribuidores, comercializadores e importadores;

XV. Legislación y política basada en evidencias científicas: La utilización concienzuda, explícita y crítica de la mejor información y conocimiento disponible para fundamentar acciones en política pública y legislativa;

XVI. Ley: Ley General para el Control del Tabaco;

Leyenda de advertencia: Aquella frase o mensaje escrito, impreso y visible en el empaquetado, en el etiquetado, el paquete, la publicidad, la promoción de productos del tabaco y otros anuncios que establezca la Secretaría de acuerdo a lo dispuesto en esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables;

XVII. Lugar de trabajo: Todo lugar accesible al público o de uso colectivo que sea utilizado por las personas durante su trabajo. Esta definición incluye tanto el trabajo remunerado como el trabajo voluntario. Incluye lugares abiertos y espacios cerrados.

XVIII. Paquete: Es el envase o la envoltura en que se vende o muestra un producto de tabaco en las tiendas al por menor, incluida la caja o cartón que contiene cajetillas más pequeñas;

XIX. Patrocinio del tabaco: Toda forma de contribución a cualquier acto, actividad o individuo con el fin, o el efecto de promover los productos del tabaco o el consumo de los mismos;

XX. Pictograma: Advertencia sanitaria basada en fotografías, dibujos, signos, gráficos, figuras o símbolos impresos, representando un objeto o una idea, sin que la pronunciación de tal objeto o idea sea tenida en cuenta;

XXI. Producto del Tabaco: Es cualquier sustancia o bien manufacturado preparado total o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinado a ser fumado, chupado, mascado o utilizado como rapé;

XXII.Producir: Acción y efecto de elaborar productos del tabaco;

XXIII. Promoción de la salud: Las acciones tendientes a desarrollar actitudes y conductas que favorezcan estilos de vida saludables en la familia, el trabajo y la comunidad;

Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo al artículo 13 para establecer lo siguiente:

Artículo 13. Las compañías productoras, importadoras o comercializadoras de productos del tabaco, tendrán la obligación de entregar a la Secretaría la información relativa al contenido de los productos del tabaco, los ingredientes usados y las emisiones y sus efectos en la salud conforme a las disposiciones aplicables y hacerlas públicas a la población en general.

Se prohíbe el uso de aditivos en la producción de cualquier producto de tabaco, así como la importación o comercialización de productos de tabaco que contengan cualquier clase de aditivos. En caso de que se quisiera vender productos con cualquier tipo de aditivo, se seguirán las reglas especiales de producción, fabricación e importación para estos productos que señalen la reglamentación del artículo 32 de esta ley.

Artículo Tercero. Se adiciona una fracción al artículo 15 para establecer lo siguiente:

Artículo 15. Quien comercie, venda, distribuya o suministre productos del tabaco tendrá las siguientes obligaciones:

[...]

V. No exhibir los productos del tabaco en lugares donde los consumidores puedan verlos directa e indirectamente. Quien comercialice o venda los productos de tabaco para su consumo final deberá contar con un listado textual de los productos de tabaco y sus precios, los cuales podrán ser consultados por los consumidores, si así lo solicitaran. En éste listado está prohibido el uso de imágenes y elementos promocionales, así como cualquier otro diseño, figura o leyenda, la cual será considerada publicidad y sancionada en los términos de esta ley.

Artículo Cuarto. Se reforma la fracción III, del artículo 16 para establecer lo siguiente:

Artículo 16. Se prohíbe:

[...]

II. Colocar los cigarrillos en sitios que le permitan al consumidor tomarlos y verlos, directamente e indirectamente;

Artículo Quinto. Se reforman las fracciones IV, V y VI, y se adiciona un último párrafo del artículo 18, para establecer lo siguiente:

Artículo 18. [...]

[...]

IV. El color de todos los envases de productos de tabaco será único, uniforme y corresponderá a lo reglamentado en las disposiciones emitidas por la Secretaría de Salud. Este color cubrirá el 100% de la cara frontal, posterior y ambas caras laterales de todos los empaques de productos de tabaco.

V. Además, el 80 por ciento de la cara frontal de la cajetilla se le deberán incorporar pictogramas o imágenes

VI. El 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento de las caras lateral serán destinados al mensaje sanitario, que del mismo modo será rotativo, deberá incorporar un número telefónico de información sobre prevención, cesación y tratamiento de las enfermedades o efectos derivados del consumo de productos del tabaco. La marca será incorporada al paquete de cigarrillos centrada en el 20 por ciento restante de cara frontal, en su límite inferior, y en la tapa superior e inferior de los empaques.

VII.

[...]

Artículo Sexto. Se modifica el segundo párrafo del artículo y se adicionan tres párrafos al artículo 20 para quedar como sigue:

Artículo 20. [...]

Cada marca comercial en el empaquetado deberá corresponder a una única presentación de productos de tabaco. La inclusión de aditivos en los productos de tabaco se considerará una presentación distinta de la marca comercial. No se emplearán términos, elementos descriptivos, marcas de fábrica o de comercios, signos figurativos o de otra clase que tengan el efecto de crear la falsa impresión de que un determinado producto del tabaco es menos nocivo que otro. En el caso de la marca, se incorporarán a los envases en un único y uniforme estilo de letra, tamaño, posición y color. Esto será definido por la Secretaría de Salud en la reglamentación correspondiente.

[...]

Todos los paquetes de cigarrillos serán de cartón, quedando prohibido el uso de cualquier otro tipo de material. Se prohíbe todo tipo de cubierta, empacado, etiquetado o carátula en los empaques de cigarros o productos de tabaco. Cualquier tipo de cubierta será considerada publicidad, la cual está prohibida en términos de esta ley.

Si los paquetes fueran cubiertos por papel de tipo celofán o similar deberá ser transparente, sin color ni elementos decorativos o estampados, sin relieve, sin marca comercial y contener una tira de apertura transparente.

El interior del paquete de cigarrillos deberá ser de color blanco liso y acabado mate y solo podrá contener una cubierta de papel metalizado color plata liso, quedando prohibido la inclusión de cualquier otro elemento.

Artículo Séptimo. Se reforma el artículo 23 para quedar como sigue:

Artículo 23. Queda prohibida todo tipo de publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco, incluyendo la que se pueda realizar a través del internet, redes sociales, incluyendo el uso de figuras públicas, populares o conocidas en dichos medios.

Artículo Octavo. - Se adiciona un párrafo al artículo 24 para quedar como dice:

Artículo 24: [...]

Se prohíbe todo tipo de extensión de marca de los productos de tabaco, incluidos logotipos, insignias comerciales o demás emblemas, por mencionar algunos ejemplos de conformidad con la fracción VII del artículo 6 de esta ley.

Artículo Noveno. -Se reforma el artículo 26 para quedar como a continuación se muestra:

Artículo 26. Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, en los espacios cerrados y en los lugares de trabajo, atendiendo a las definiciones de esta ley.

En dichos lugares se fijará en el interior y en el exterior los letreros, logotipos y emblemas que establezca la Secretaría.

Artículo Décimo. Se reforman y derogan las disposiciones del artículo 27 para quedar como sigue:

Artículo 27. Únicamente se podrá fumar en los espacios al aire libre. Lo anterior, siempre y cuando no sean paso obligado para las personas.

Los propietarios y administradores de los establecimientos, así como los consumidores, estarán obligados a respetar los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco

Artículo Décimo Primero. Se agrega una fracción al artículo 32 para quedar como sigue:

Artículo 32. La importación de productos del tabaco y de productos accesorios al tabaco, se sujetará a las siguientes bases:

[...]

IV. Para poder solicitar licencias y permisos sobre cualquier tipo producto que contenga aditivos, los fabricantes, productores e importadores deberán acreditar, como mínimo, que los productos no son más atractivos gracias al aditivo, principalmente a poblaciones vulnerables, que no son más adictivos, que no son más tóxicos, entre otros. Las reglas para determinar lo anterior serán establecidas por la Secretaría de Salud en su reglamento. Estas reglas les serán aplicadas a los productores y fabricantes nacionales.

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Se tendrán 4 meses a partir de la entrada en vigor de la Ley para que la Secretaría realice los nuevos pictogramas y mensajes sanitarios correspondientes con los artículos 18 y 20 del presente decreto. Estos se harán en conjunto con el Instituto Nacional de Salud Pública. En el intervalo de tiempo no se suspenderán los mensajes vigentes ni su rotación.

Artículo Tercero. La autoridad tendrá un plazo de 6 meses para realizar las nuevas licencias y permisos de importación para adecuarse con lo dispuesto en los artículos 18, 20 y 32 del presente decreto.

Artículo Cuarto. Los productores, comercializadores e importadores, así como demás agente relacionado dentro de la industria tabacalera tendrá 4 meses a partir cumplir con lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la ley.

Artículo Quinto. Se tendrán 3 meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto para cumplir con los artículos 23 y 24 del presente decreto.

Notas

1 WHO (2008a). WHO Report on the global tobacco epidemic. 2008. The MPOWER package. Geneve. Worlds Health Organization. ISBN 9789241596282.

2 Ídem.

3 Supra nota 1, WHO, 2008, The MPOWER package.

4 Mackay, Judith, et al. The Tobacco Atlas, 2ª ed, American Cancer Society, 2006, página 35.

5 Taioli, E., Wynder, E. (1991). Effect of the Age at Which Smoking Begins on Frequency of Smoking in Adulthood. The New England Journal of Medicine. Vol. 325: 968-969

6 La OMS define al humo de segunda mano o humo de tabaco ambiental como “es la combinación de humo proveniente del extremo encendido del cigarrillo (corriente secundaria) y del humo exhalado por los fumadores (corriente principal)”

7Supra nota 5, MacKay, op. cit. página 36.

8 Ídem, página 37.

9 Department of Health and Human Services, The Health Consequences of Involuntary Exposure to Tobacco Smoke. A report of the Surgeon General, Executive Summary, U.S. Department of Health and Human Services, 2006, página 9.

10 Ídem.

11 Ibídem, página 10.

12 Ídem.

13 Supra nota 6 Taioli, E. et al. Op. cit, página 23.

14 Supra nota 1; Informe de la OMS sobre la epidemia mundial del tabaquismo.

15Da Costa e Silva, Audera-López C. Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco: una respuesta global para una epidemia global. Primer Informe sobre el Combate al Tabaquismo. 2005: 335-363.

16 Valdés-Salgado R, Meneses-González F, Lazcano-Ponce EC, Hernández-Ramos MI, Hernández-Ávila M. Encuesta sobre Tabaquismo en Jóvenes 2003. Cuernavaca: Instituto Nacional de Salud Pública, 2004.

17 Supra nota 2. McKay.

18 Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer). Tabaquismo en México: análisis y recomendaciones de mejora regulatoria, Documentos de Investigación en Regulación número 2012-01. Página 15.

19 INSP. Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-1017, 2017.

20 INSP. Encuesta Nacional de Adicciones, 2008

21 Cofemer. Op. Cit., página 27.

22 Ibídem, página 32.

23 INSP. Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-1017, 2017.

24 Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2018 (Inegi). Las bases de datos y cuestionarios de la ENIGH se encuentran disponibles en www.inegi.org.mx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputado Manuel Huerta Martínez (rúbrica).»

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de centros de justicia para las mujeres.

La diputada Mildred Concepción Ávila Vera:Con su permiso, presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Mildred Concepción Ávila Vera: En el marco del Día Internacional de la Mujer reiteramos nuestro compromiso con la progresividad de los derechos humanos de las mujeres. Es por ello que desde la Comisión de Igualdad de Género hemos avanzado en las coincidencias, siendo la violencia una de ellas, la cual es una manifestación de las profundas desventajas que seguimos enfrentando las mujeres cotidianamente.

Como diputada federal, como representante de mi distrito, de mi estado y de mi país, uno de los problemas más lacerantes que atentan contra la paz, es la violencia contra las mujeres. Y es por eso que estamos trabajando para legislar en favor de prevenir, atender y erradicar dichas violencias.

En México han sido las dificultades, especialmente presupuestales y administrativas que han impedido que se construyan centros de justicia dignos para las mujeres, esta situación no difiere entre los estados.

La violencia contra las mujeres mantiene elevados niveles en todas sus modalidades, a lo que se suma el aumento de la percepción de miedo entre mujeres y niñas, especialmente porque son víctimas invisibles de la violencia.

Pese a lo anterior, la capacidad de atención institucional no crece al ritmo en el que crecen la violencia y el delito. México cuenta actualmente con Centros de Justicia para la Mujeres, cuarenta, lo cual son insuficientes para el enorme número registrado de mujeres que sufren violencia en el país, en donde la violencia de pareja tiene las más altas proporciones.

En ese tenor, cuarenta Centros de Justicia para las Mujeres no alcanzan a responder a una necesidad de atención de 30.7 millones de mujeres, que según la Endireh 2016 han resultado violentadas.

Los efectos en el corto o largo plazo que deja la violencia en las mujeres y en lo hijos e hijas que viven en entornos de violencia familiar y de pareja, se suman a la larga lista de necesidades de atención y seguimiento.

Según la citada encuesta, del total de mujeres que sufrieron violencia física o sexual por su pareja, el 64.3 por ciento ha tenido consecuencias emocionales, principalmente como tristeza, depresión, a la mitad le repercutió en angustia o miedo, y para un tercio de ellas en problemas alimenticios.

La violencia no solo ha crecido en cuanto a número, sino también en cuanto a intensidad, observándose que cada vez más casos de violencia por parte de la pareja o en el ámbito familiar lograron escalar hacia el feminicidio.

También es posible observar que aquellas mujeres que sí se acercaron a los servicios de apoyo o de denuncia, no siempre encuentran una solución oportuna que impida la continuidad de la violencia o no alcanzan la judicialización de las carpetas de investigación, lo que reproduce el mensaje social de que la violencia a una mujer no trae consecuencias jurídicas.

Es por la poca capacidad institucional que existe actualmente para atender la creciente violencia en contra de las mujeres, que es necesario proponer diversas disposiciones para reformar la Ley de Acceso a la Mujer Libre de Violencia, para que a través de esta se ofrezca un soporte jurídico que dé certeza de creación, operación y fortalecimiento de los centros de justicia para las mujeres en el país, y que precise en las entidades federativas sobre la importancia de su consecución. Lo anterior está alineado en las recomendaciones que señala la Cedaw.

Es por todo lo mencionado que propongo en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 49, la responsabilidad de los estados para impulsar y apoyar la operación, la creación, el fortalecimiento de los centros de justicia para las mujeres, conforme a los lineamientos y protocolos aplicables, evitando que dichos centros de justicia dependan sustancial o únicamente de recursos federales para su construcción, mantenimiento u operación.

Así también, se otorga el sustento y visibilidad jurídica a los centros de justicia para las mujeres en la misma Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la que se señala, en un capítulo específico, las características y responsabilidades esenciales para su funcionamiento.

Dar paso en la Cámara de Diputados significa avanzar por una paz incluyente con justicia, donde las mujeres y las niñas se encuentran visibilizadas y donde los gobiernos se conviertan en los principales aliados para erradicar la violencia contra ellas. Es cuanto, presidente.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de centros de justicia para ellas, a cargo de la diputada Mildred Concepción Ávila Vera, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Mildred Concepción A?vila Vera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción ll, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la 1, fracción I, del numeral 1 del artículo 6 y los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de Centros de Justicia para las Mujeres, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad en México los niveles de violencia en todas sus modalidades se han incrementado a lo que se suma el aumento de la percepción de miedo entre mujeres y niñas, especialmente como víctimas invisibles de la violencia.

Sin embargo, la capacidad de atención institucional, no crece al mismo ritmo en el que crecen la violencia y el delito.

México cuenta actualmente con 40 Centros de Justicia para las Mujeres, lo cual resulta insuficiente para el enorme número registrado de mujeres que sufren violencia en el país, en donde la violencia de pareja tiene las más altas proporciones. En este tenor, 40 Centros de Justicia para las Mujeres no alcanzan a responder a una necesidad de atención de 30,7 millones de mujeres, que según la ENDRIEH 2016, han resultado violentadas.

En relación con algunas cifras de la ENDIREH del 2016, del total de mujeres de 15 años y más, 66.1 por ciento han enfrentado al menos un incidente de violencia por parte de cualquier agresor alguna vez en su vida. De esta misma población de mujeres, el 43.9 por ciento ha sufrido violencia por parte de su actual o última pareja, esposo o novio, a lo largo de su relación, mientras que, en espacios públicos o comunitarios, el 34.3 por ciento de las mujeres han experimentado algún tipo de violencia sexual.

De esta misma Encuesta se desprende que las entidades con las prevalencias más altas son: estado de México, Ciudad de México, Aguascalientes, Jalisco y Oaxaca.

De acuerdo con la ENDIREH del 2016, del total de mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual, por parte de un agresor distinto a la pareja, 9.4 por ciento de las víctimas recurrieron a algún servicio de apoyo o denuncia, mientras que un lamentable 88.4 por ciento no recurrió a alguna instancia. Entre las razones por las cuales las mujeres no buscan los servicios de apoyo o de denuncia se encuentran: que se trató de algo sin importancia, miedo a las consecuencias y amenzasas, vergüenza, no saber dónde denunciar o pensar que no le iban a creer.

A lo anterior se suma, los efectos que en el corto o largo plazo deja la violencia en las mujeres. Según la citada Encuesta, del total de mujeres que sufrieron violencia física y/o sexual por su pareja, 64.3 por ciento ha tenido consecuencias emocionales, principalmente como tristeza o depresión; a la mitad le repercutió en angustia o miedo y para un tercio de ellas problemas alimenticios.

La violencia no solo ha crecido en cuanto a números sino también, en cuanto a la intensidad, observándose que cada vez más casos de violencia por parte de la pareja o en el ámbito familiar lograron escalar hacia el feminicidio.

Tambien es posible observar que aquellas mujeres que, si se acercan a los servicios de apoyo o de denuncia, no siempre encuentran una solución oportuna que impida su exposición a la violencia y muchos casos no alcanzan a ser judicializados, lo que reproduce el mensaje social de que violentar a una mujer no trae consecuencias jurídcas.

Como se aprecia a continuación, el crecimiento de los feminicidios, entre 2015 y 2019, no sólo responde a más y mejores registros administrativos de este tipo de violencia, sino también al sostenido aumento de la violencia de género que se viene presentando enel país. Mientras que, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2015 se registraron un total de 411 feminicidios, para 2018, esta cifra se duplicó alcanzando los 879 feminicidios registrados.

Gráfica 1. Delito de feminicidio. Número de delitos entre enero 2015 a mayo 2019.

Fuente: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública 2015 a 2019

Es por la poca capacidad institucional que existe actualmente para atender la creciente violencia en contra de las mujeres que resulta necesario proponer diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que a través de esta se ofrezca un soporte jurídico que dé certeza a la creación, operación y fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en el país y que precise a las entidades federativas sobre la importancia de su consecusión.

Lo anterior, esta alineado con lo establecido en la recomendación número 14 de las observaciones finales sobre el noveno informe periódico de México, por parte del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, de conformidad con la Convención y con su recomendación general número 33 (2015), sobre el acceso de las mujeres a la justicia, el comité recomienda al Estado parte que:

...d) Aliente a las mujeres a denunciar los incidentes de violencia de género, incluida la violencia doméstica, se asegure de que las mujeres víctimas de discriminación y violencia de género tengan acceso a recursos efectivos y oportunos, y garantice que todos los casos de violencia de género contra la mujer se investiguen eficazmente y que los autores sean enjuiciados y castigados como corresponda.

En este tenor, es que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 49, respecto de las responsabilidades de las entidades federativas, fracción V, señala:

...V. Fortalecer e impulsar la creación de las instituciones públicas y privadas que prestan atención a las víctimas.

Es así como en las entidades federativas recae no solo la atribución en la creación y consolidación de las instituciones para atención a víctimas, sino también es la responsable de la procuración y administración de justicia en lo referente a delitos del fuero común.

Es por lo anterior que los Centros de Justicia para la Mujer, se constituyen en instancias de primer contacto, atención y canalización, asi como de seguimiento y acompañamiento para el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia.

Según la Guía de consideraciones arquitectónicas para el diseño de un Centro de Justicia para las Mujeres, este es:

Una institución que concentra servicios interinstitucionales y especializados para facilitar el acceso a la justicia y brindar atención integral con perspectiva de género a las mujeres que han sido víctimas de los delitos relacionados con la violencia de género.

Cuenta con instancias gubernamentales y asociaciones de la sociedad civil que atienden de manera coordinada y bajo un mismo techo las necesidades de las mujeres víctimas de violencia2 y de sus hijas e hijos.

La visión de los Centros de Justicia para las Mujeres, es llegar a ser un modelo de alcance nacional e interinstitucional que a la luz de la perspectiva de género logre que las mujeres tengan una vida libre de violencia.

Acorde al modelo de los Centros de Justicia para las Mujeres, guia metodológica, los Centros de Justicia para las Mujeres.

Buscan prever los factores que determinan el riesgo de ejercer o sufrir violencia, así como mejorar la seguridad de las mujeres a través del acceso a la justicia, su crecimiento e inclusión social.

La visión de los Centros de Justicia para las Mujeres, es posicionar a México como el primer país en implementar un modelo que busca la eliminación de la violencia contra la mujer. El Modelo será de alcance nacional y aplicará estrategias efectivas e innovadoras de prevención de la violencia y atención a las mujeres.

Los centros buscan:

• Servir a la comunidad, pues se conciben como centros comunitarios que no solamente atenderán a mujeres que hayan sufrido maltrato, sino que realizarán actividades preventivas para contrarrestar la violencia contra las mujeres que ocurre en una comunidad determinada.

• Ofrecer servicios de atención a las mujeres que hayan sufrido violencia, que podrán ser ampliados a sus hijos e hijas.

• Contribuir a que las mujeres violentadas logren tener una vida libre de violencia.

• Brindar, bajo un mismo techo, a las mujeres y a sus hijos e hijas todos los servicios que sean necesarios para que ellas mismas tomen decisiones informadas; se reduzcan las posibilidades de que continúen siendo víctimas de violencia y delitos; y sean capaces de ejercer todos sus derechos, incluido el derecho a las garantías procesales y al acceso a la justicia.

Se propone:

Adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, referente a las responsabilidades de las entidades federativas desde donde es necesario impulsar y apoyar la creación, operación o fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres acorde a los lineamientos arquitectónicos y operativos existentes.

A continuación, se representa el texto vigente y el texto que se propone, en cuanto a las responsabilidades de las entidades federativas y lo que corresponde a los Centros de Justicia para las Mujeres:

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Materia de Centros de Justicia para las Mujeres

Único. Se reforma el artículo 49 fracción XXV, se adiciona la fracción XXVI y se modifica su último párrafo; se reforma el artículo 60, se adiciona el capítulo VI denominado De los Centros de Justicia para las Mujeres y se adiciona el artículo 61 denominado Título IV De las Responsabilidades y Sanciones, Capítulo Único De las responsabilidades y sanciones, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar de la forma siguiente:

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Artículo 49. Corresponde a las entidades federativas y al Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por esta ley y los ordenamientos locales aplicables en la materia:

I. a XXIV. ...

XXV. Impulsar y apoyar la creación, operación o fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres conforme a los lineamientos y protocolos aplicables;

XXVI. Las demás aplicables a la materia, que les conceda la ley u otros ordenamientos legales.

Las autoridades federales, harán las gestiones necesarias para propiciar que las autoridades locales, impulsen la creación, operación o fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres, y para que reformen su legislación, para considerar como agravantes los delitos contra la vida y la integridad corporal cometidos contra mujeres.

Capítulo VIDe los Centros de Justicia para las Mujeres

Artículo 60. Corresponde a los Centros de Justicia para las Mujeres:

I. Aplicar el programa;

II. Promover el acceso a la justicia para las mujeres;

III. Prevenir la violencia contra las mujeres.

IV. Atender de manera integral a las mujeres víctimas de violencia incluyendo a sus hijos e hijas y a las usuarias que requieran de sus servicios.

V. Empoderar a las mujeres y darle seguimiento.

VI. Integrar en un mismo espacio los servicios de prevención, atención, acceso a la justicia, empoderamiento de las mujeres, y demás servicios que se estimen necesarios.

VII. Propiciar acciones para acercar a las mujeres a los servicios que brindan los Centros de Justicia para las Mujeres.

VIII. Contar con personal debidamente capacitado y sensibilizado en perspectiva de género.

IX. Velar por la seguridad de las mujeres y demás personas que se encuentren en sus instalaciones.

X. Los servicios que se brinden serán gratuitos y especializados.

Título IVDe las Responsabilidades y Sanciones Capítulo ÚnicoDe las responsabilidades y sanciones

Artículo 61. Será causa de responsabilidad administrativa el incumplimiento de esta ley y se sancionará conforme a las leyes en la materia.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a 3 de marzo de 2020.— Diputada y diputados: Mildred Concepción Ávila Vera, Azael Santiago Chepi, Carol Antonio Altamirano, Ernesto Vargas Contreras, Jaime Humberto Pérez Barba (rúbricas).»

Presidencia del diputado Marco Antonio Adame Castillo

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada Marcela Torres Peimbert, hasta por cinco minutos, para presentar en una sola intervención dos iniciativas. La primera, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Y la segunda, con proyecto de decreto que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscritas por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

La diputada María Marcela Torres Peimbert:Con su venia, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Adelante.

La diputada María Marcela Torres Peimbert: El día de hoy les presento dos iniciativas que buscan complementar al Sistema Nacional Anticorrupción, el cual puedo decir con mucho orgullo que en la pasada legislatura el Senado de la República trabajamos mano a mano con la sociedad civil en su diseño.

Dos modificaciones sencillas pueden hacer toda la diferencia en tener un verdadero sistema que realmente funcione.

Lo que se propone es crear un sistema inteligente, que tenga la capacidad de tomar decisiones basado en la información financiera y bancaria de las y los servidores públicos, y que genere alertas para notificar a la autoridad, con el objetivo de que pueda atraparse a las ciudadanas o ciudadanos servidores públicos que estén cometiendo algún acto de corrupción.

Este tema no es nuevo. Cuando se creó el Sistema Nacional Anticorrupción discutimos junto con muchas y muchos de ustedes la creación de una plataforma digital nacional. No como un archivero digital para almacenar la información infinitamente, sino para consulta de las y los ciudadanos y autoridades.

La presente propuesta tiene como objetivo evolucionar junto con la tecnología en la creación de un sistema de información inteligente, que pueda ayudar a la Secretaría de la Función Pública y a la Fiscalía General de la República a encontrar cuando el patrimonio de una servidora o un servidor público aumente de manera desproporcionada o sin justificación.

Ese mismo sistema va a buscar también a sus cómplices. Necesitamos crear mecanismos que realmente inhiban la corrupción, que se investigue y que se sancione. Que todas y todos estemos seguros de que si alguien se enriquece ilícitamente en el servicio público, se le va a descubrir. Esta es la mejor manera de realmente evitar o prevenir el fenómeno de la corrupción. A esta Plataforma Digital que hoy ya existe le falta una pieza clave y esa es justamente esta.

Como sabemos, en la Plataforma Digital Nacional no se logró incluir la declaración fiscal sino solo la caratula de la misma. ¿Cómo vamos a crear un sistema inteligente así? Necesitamos, primero, reformar la fracción I del artículo 113 de la Constitución Política para incluir la participación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o al titular de la Unidad de Inteligencia Financiera dentro del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Y segundo, reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

Al incluir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o, en su caso, al titular de la Unidad de Inteligencia Financiera como integrante del Comité Coordinador y del Sistema Nacional Anticorrupción, y crear dentro de la Plataforma Digital Nacional un sistema de inteligencia capaz de enviar alertas tanto a la Fiscalía General de la República como a la Secretaría de la Función Pública, cuando existan discrepancias entre los gastos de los servidores públicos o las salidas de sus cuentas bancarias o tarjetas de crédito que les son reportados por bancos. Un sistema proactivo de alertas para el monitoreo, prevención, investigación y sanción de actos de corrupción de los servidores y servidoras públicas.

Se propone establecer que la Unidad de Inteligencia Financiera, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, sean quienes creen y gestionen este sistema en la Plataforma Nacional Digital. Una vez recibida la alerta, la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República o la Unidad de Inteligencia Financiera, según corresponda, deberán registrar en el Sistema de Alertas, desde el inicio hasta el final.

Otro tema importante es quién tendría acceso a esta información. En general para monitoreo a los integrantes del Comité Coordinador o al público para su conocimiento y fines estadísticos. En particular, para investigación a la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera. Este nivel de acceso permitirá ver toda la información que generó esa alerta.

La información contenida en el Sistema de Alertas será confidencial, con excepción del número de alertas arrojadas por el sistema y el estatus en el que se encuentran las mismas, que serán públicas. Con la aprobación de estas iniciativas pondremos al Sistema Nacional Anticorrupción a la vanguardia en el combate a la corrupción, para simplificar el monitoreo en la evolución patrimonial de las y los servidores públicos a nivel federal. Es cuanto.

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada María Marcela Torres Peimbert, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

2016 será un año paradigmático en la historia de nuestro país. Tras el regreso al gobierno de la República del Partido Revolucionario Institucional, después de dos sexenios de transición democrática, en el marco del Pacto por México, se aprobarían grandes cambios constitucionales, y sus respectivas leyes secundarias, en materia de: telecomunicaciones; educación; hidrocarburos; y política electoral.

Aunque originalmente se tenía planeado aprobar, en conjunto, con las reformas anteriores dos modificaciones constitucionales más respecto a transparencia y anticorrupción, el gobierno, por razones políticas, postergó estas reformas. Poco tiempo pasaría para que el ex-presidente Enrique Peña Nieto no pudiera contener el enojo que ocasionaron los grandes casos de corrupción tales como: la cancelación del Tren México-Querétaro vinculada con el escándalo de la Casa Blanca y la casa de Malinalco del secretario de Hacienda, Luis Videgaray, para que la sociedad civil organizada en conjunto con la oposición legislativa exigieran las reformas necesarias para acabar con este mal que hasta el día de hoy nos aqueja, a saber, la corrupción rampante.

Uno de los aspectos más relevantes de la reelección legislativa reside en la posibilidad de que los representantes populares den continuidad al trabajo que realizan en una legislatura, pudiendo utilizar el conocimiento adquirido para evaluar el funcionamiento de una reforma y, en su caso, proponer ajustes. En ese sentido como diputada trabajé en la LXII y LXIII Legislaturas del Senado de la República, por parte del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, no sólo en la reforma constitucional que creó el Sistema Nacional Anticorrupción sino también en la elaboración y presentación del primer paquete de leyes secundarias a este respecto. Cabe señalar que la oposición del entonces partido en el gobierno y de otros actores e intereses dificultaron la aprobación de otros instrumentos normativos fundamentales para crear el entramado institucional para disminuir los altos índices de corrupción.

El Partido Acción Nacional, inmediatamente después de aprobarse las reformas constitucionales que crean el Sistema Nacional Anticorrupción, se dio a la tarea de trabajar en la construcción 5 leyes encaminadas a fortalecer instituciones que tienen como tarea terminar con dos de los lastres que más indignan y lastiman a los mexicanos. La corrupción y la impunidad.

Para el Partido Acción Nacional la reforma constitucional que creó el Sistema Nacional Anticorrupción y a las 7 leyes secundarias que lo articulan, es una de las reformas de Estado más importantes de los últimos 20 años, esto porque constituye una respuesta institucional necesaria, que tenía que dar el sistema político a la ciudadanía para recobrar la desgastada confianza de los mexicanos.

Me refiero a las Leyes de Obra Pública y Servicios Relacionados y a una nueva Ley de Adquisiciones, así como diversos temas que quedaron en el tintero tanto en la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción como en la Ley General de Responsabilidades.

La Plataforma Digital Nacional un intento incompleto

Originalmente en la génesis legislativa del Sistema Nacional Anticorrupción se discutió la creación de una Plataforma Digital Nacional no como un archivero digital que tuviera como único fin el almacenamiento de información para consulta de las y los ciudadanos, sino como un sistema de información inteligente que pudiera ayudar a la Secretaría de la Función Pública y a la Fiscalía General de la República a monitorear el comportamiento y evolución del patrimonio así como los gastos de las y los servidores públicos sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos.

La Plataforma Digital Nacional se expidió casi en sus términos, sin una de las piezas de toque más importantes, a saber, el mandato para la creación de un sistema que contuviera información fiscal y financiera, que sea relevante o necesaria para determinar posibles actos de corrupción, así como para la creación de algoritmos que ayuden a las autoridades federales y a la persecutora del delito a abrir investigaciones en casos en los que el sistema determine que hay discrepancia.

La Plataforma Digital Nacional, ajustes necesarios para un óptimo funcionamiento en la prevención, investigación y sanción de conductas de enriquecimiento ilícito o cohecho

El Sistema Nacional Anticorrupción es una innovación legislativa que coordina los esfuerzos institucionales de diversas instituciones gubernamentales relacionadas con la integridad y la rendición de cuentas, tales como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Auditoría Superior de la. Federación (ASF), la Secretaría de la Función Pública (SFP), la Fiscalía General de la República (FGR), entre otros.

A este respecto versa la presente iniciativa, que tiene como finalidad reformar el artículo 49 a efecto de incluir el mandato legal, para que los integrantes del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público creen, dentro de la Plataforma Digital Nacional, un sistema de inteligencia capaz de enviar alertas tanto a la Fiscalía General de la República, como a la Secretaría de la Función Pública cuando existan discrepancias entre sus gastos o las salidas de sus cuentas bancarias o tarjetas de crédito que le son reportados por los bancos.

Alcances del sistema de inteligencia para detectar corruptos y su publicidad en el marco de la Plataforma Digital Nacional

Cabe señalar que ninguna autoridad dentro del Sistema Nacional Anticorrupción tendrá acceso a la información contenida en este sistema de inteligencia alimentado por la Secretaría de Hacienda determine, por el contrario únicamente la Fiscalía General de la República y la Secretaría de la Función Pública tendrán acceso a las alertas del sistema, lo anterior para que procedan a la respectiva investigación.

Un gran impacto con pocas reformas

La presente iniciativa tiene como objetivo crear un Sistema Proactivo de Alertas para el monitoreo, prevención, investigación y sanción de actos de corrupción de los servidores públicos. Para ello se considera pertinente incluir dentro del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en tal virtud se reforma el artículo 10 de dicho ordenamiento normativo.

Se mandata en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción a la Unidad de Inteligencia Financiera a crear y gestionará en la Plataforma Nacional Digital un sistema proactivo de alertas mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción monitoreará que los gastos reportados por las instituciones bancarias a la Secretaría de Hacienda respecto de los servidores públicos, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos corresponde con los ingresos reportados tanto en su declaración patrimonial como fiscal, para que en caso de discrepancia entre ingresos reportados mediante la declaración patrimonial o fiscal la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera realicen la investigación respectiva.

El sistema proactivo al que se refiere la fracción XXI del artículo XX emitirá dos niveles de acceso al sistema, con el fin de salvaguardar la sensibilidad de la información contenida en él y de sólo dar acceso a autoridades facultadas para investigar, sancionar o interponer acciones penales en contra de servidores públicos:

Acceso General, que tiene como fin que los integrantes del Comité Coordinador y la ciudadanía en general monitoreen el número de alertas, es decir acceso para conocimiento y fines estadísticos.

Acceso Particular o para la investigación, otorgado únicamente a la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera, este acceso permitirá visualizar información detallada respecto a actividad sospechosa respecto a los gastos de los servidores públicos, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios, dependientes económicos directos y descendiente, únicamente cuando esta no corresponda a los ingresos reportados en su declaración patrimonial y fiscal.

La información contenida en el sistema de alertas será confidencial, con excepción del número de alertas arrojadas por el sistema y el status en el que se encuentran las mismas que serán públicas, y se precisa que todas las autoridades responsables de la investigación deberán cuidar el cumplimiento irrestricto del debido proceso y la presunción de inocencia.

Cabe señalar que en las ciencias informáticas existen dos tipos de alertas: push y pull (conocidas como proactivas o de consulta por acceso, respectivamente). Un sistema de alertas tipo push implica que las alertas generadas con base en la programación que se realiza llegan automáticamente a la autoridad en este caso mientras que un sistema de tipo pull o de consulta la autoridad tiene que acceder directamente al sistema para visualizar la alerta.

En ese sentido la iniciante considera que para temas de corrupción y su investigación, un sistema push o proactivo es la mejor opción para detectar, investigar y sancionar la corrupción de los servidores públicos.

Esta iniciativa busca mandatar la creación de un sistema que tenga capacidad de tomar decisiones sobre las alertas que valen la pena notificar a la autoridad para que se investiguen y sancionen, según corresponda.

En el diseño del sistema proactivo de alertas, la autoridad deberá perfilar los escenarios que desemboquen en una alerta a la Fiscalía General de la República, la Secretaría de la Función Pública o la Unidad de Inteligencia Financiera.

El presente sistema se asemeja a un sistema de gestión de proyectos donde están definidas las etapas que se seguirán tras emitirse una alerta y donde existe no solo el nombre de la figura responsable, sino el status de la queja y la resolución final.

En la industria existen este tipo de sistemas, que no es otra cosa que un sistema estándar clásico de análisis de causa raíz, es decir, en términos generales se recibe un reporte inicial, se hace una investigación interna que recaba datos disponibles alrededor de la misma, se elabora un disclousure para generar una conclusión con base en ello y a partir de esa conclusión se toman decisiones.

En estos sistemas estándar clásicos la toma de decisiones puede conducirnos a

• Tomar una acción preventiva respecto a la causa raíz;

• Determinar las consecuencias de esa causa raíz; o

• Tomar acciones para remediar lo ocurrido.

Al establecer acciones de registro a las cuales están obligadas las autoridades responsables (artículo 56 Ter) se establecen límites de responsabilidad para dar puntual seguimiento a las alertas que genere el sistema.

Cabe señalar que con las bases de datos existentes y las capacidades con las que cuenta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y la Unidad de Inteligencia Financiera fácilmente se puede construir una plataforma de esta naturaleza que sirva como herramienta de inteligencia para combatir la corrupción.

Asimismo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene identificado con una clave única e irrepetible a todos los contribuyentes (Registro Federal de Contribuyentes o RFC por sus siglas en español) mismo que permite monitorear sujetos de interés y cotejar su información financiera y la de los sujetos relacionados a él.

Modificaciones propuestas

Para mayor comprensión se incluye el texto de modificación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciativa que, por técnica jurídica, se presenta por cuerda separada.

Por virtud de lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 10 y 49 y se adicionan los artículos 56 Bis, 56 Ter y 56 Quáter a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

Artículo Único. Que reforma los artículos 10 y 49 y adiciona los artículos 56 Bis, 56 Ter y 56 Quáter a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, para quedar como sigue:

Artículo 10. ...

I. a V. ...

VI. El presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;

VII. El presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; y

VIII. El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 49. ...

I. ...

II. Sistema proactivo de alertas para el monitoreo, prevención, investigación y sanción de actos de corrupción de los servidores públicos;

III. Sistema de los servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas;

IV. Sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados;

V. Sistema de información y comunicación del Sistema Nacional y del Sistema Nacional de Fiscalización;

VI. Sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción, y

VII. Sistema de Información Pública de Contrataciones.

56 Bis. La Unidad de Inteligencia Financiera en coordinación con la Secretaría de la Función Pública creará y gestionará en la Plataforma Nacional Digital un sistema de alertas mediante el cual se monitoreará que los gastos reportados por las instituciones bancarias a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto de los servidores públicos, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios, descendientes y dependientes económicos directos corresponda con los ingresos reportados tanto en su declaración patrimonial como fiscal.

En caso de discrepancia entre los ingresos reportados en las declaraciones patrimonial o fiscal la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República o la Unidad de Inteligencia Financiera, según corresponda, deberán realizarán la investigación respectiva.

56 Ter. Una vez recibida la alerta, la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República o la Unidad de Inteligencia Financiera, según corresponda, deberán registrar en el Sistema de alertas:

I. El status de la alerta;

II. Autoridad responsable del seguimiento; la cual será determinada con base en las facultades de cada autoridad;

III. Actividades realizadas respecto a la alerta; y

IV. Determinación final.

56 Quáter. El sistema al que se refiere la fracción XXI del artículo XX tendrá dos tipos de niveles de acceso a la información en él contenida:

a) General para monitoreo a los integrantes del Comité Coordinador o al público para su conocimiento y fines estadísticos; y

b) Particular para investigación a la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera, este nivel de acceso permitirá visualizar a detalle toda la información que generó la alerta, a saber, actividad sospechosa respecto a los gastos de los servidores públicos, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos o descendientes, cuando ésta no corresponda a los ingresos reportados en su declaración patrimonial y fiscal.

La información contenida en el sistema de alertas será confidencial, con excepción del número de alertas arrojadas por el sistema y el status en el que se encuentran las mismas que serán públicas.

Las autoridades responsables de la investigación deberán cuidar el estricto cumplimiento del debido proceso y la presunción de inocencia.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Unidad de Inteligencia Financiera, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública tendrán 180 días naturales para implementar el sistema de alertas al que se refiere el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputadas y diputados: María Marcela Torres Peimbert, Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Armando Tejeda Cid, Carlos Carreón Mejía, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Torres Graciano, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Juan Carlos Muñoz Márquez, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Ángeles Ayala Díaz, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Liduvina Sandoval Mendoza, Mario Mata Carrasco, Martha Estela Romo Cuéllar, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Verónica María Sobrado Rodríguez, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La diputada María Marcela Torres Peimbert:

«Iniciativa que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada María Marcela Torres Peimbert, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 2016 será un año paradigmático en la historia de nuestro país. Tras el regreso al gobierno de la República del Partido Revolucionario Institucional, después de dos sexenios de transición democrática, en el marco del Pacto por México, se aprobarían grandes cambios constitucionales, y sus respectivas leyes secundarias, en materia de: telecomunicaciones; educación; hidrocarburos; y política electoral.

Aunque originalmente se tenía planeado aprobar, en conjunto con las reformas anteriores, dos modificaciones constitucionales más respecto a transparencia y anticorrupción, el gobierno, por razones políticas, postergó estas reformas. Poco tiempo pasaría para que el ex-presidente Enrique Peña Nieto no pudiera contener el enojo que ocasionaron los grandes casos de corrupción tales como: la cancelación del Tren México-Querétaro vinculada con el escándalo de la Casa Blanca y la casa de Malinalco del secretario de Hacienda, Luis Videgaray, para que la sociedad civil organizada en conjunto con la oposición legislativa exigieran las reformas necesarias para acabar con este mal que hasta el día de hoy nos aqueja, a saber, la corrupción rampante.

Uno de los aspectos más relevantes de la reelección legislativa reside en la posibilidad de que los representantes populares den continuidad al trabajo que realizan en una legislatura, pudiendo utilizar el conocimiento adquirido para evaluar el funcionamiento de una reforma y, en su caso, proponer ajustes. En ese sentido como diputada trabajé en la LXII y LXIII Legislaturas del Senado de la República, por parte del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, no sólo en la reforma constitucional que creó el Sistema Nacional Anticorrupción sino también en la elaboración y presentación del primer paquete de leyes secundarias a este respecto. Cabe señalar que la oposición del entonces partido en el gobierno y de otros actores e intereses dificultaron la aprobación de otros instrumentos normativos fundamentales para crear el entramado institucional para disminuir los altos índices de corrupción.

El Partido Acción Nacional, inmediatamente después de aprobarse las reformas constitucionales que crean el Sistema Nacional Anticorrupción, se dio a la tarea de trabajar en la construcción cinco (5) leyes encaminadas a fortalecer instituciones que tienen como tarea terminar con dos de los lastres que más indignan y lastiman a los mexicanos. La corrupción y la impunidad.

Para el Partido Acción Nacional la reforma constitucional que creó el Sistema Nacional Anticorrupción y a las siete (7) leyes secundarias que lo articulan, es una de las reformas de Estado más importantes de los últimos 20 años, esto porque constituye una respuesta institucional necesaria, que tenía que dar el sistema político a la ciudadanía para recobrar la desgastada confianza de los mexicanos.

Me refiero a las leyes de Obra Pública y Servicios Relacionados y a una nueva Ley de Adquisiciones, así como diversos temas que quedaron en el tintero tanto en la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción como en la Ley General de Responsabilidades.

La plataforma digital nacional un intento incompleto

Originalmente en la génesis legislativa del Sistema Nacional Anticorrupción se discutió la creación de una Plataforma Digital Nacional no como un archivero digital que tuviera como único fin el almacenamiento de información para consulta de las y los ciudadanos, sino como un sistema de información inteligente que pudiera ayudar a la Secretaría de la Función Pública y a la Fiscalía General de la República a monitorear el comportamiento y evolución del patrimonio así como los gastos de las y los servidores públicos sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos.

La Plataforma Digital Nacional se expidió casi en sus términos, sin una de las piezas de toque más importantes, a saber, el mandato para la creación de un sistema que contuviera información fiscal y financiera, que sea relevante o necesaria para determinar posibles actos de corrupción, así como para la creación de algoritmos que ayuden a las autoridades federales y a la persecutora del delito a abrir investigaciones en casos en los que el sistema determine que hay discrepancia.

La presente iniciativa tiene por objeto reformar la fracción I del artículo 113 de la Constitución Política a efecto de: incluir la participación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o, en su caso, del titular de la Unidad de Inteligencia Financiera en el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, con el fin de construir una plataforma inteligente que ayude a prevenir, investigar y sancionar actos de corrupción vinculados con los servidores públicos federales. La exposición de motivos de ambas iniciativas es la misma, pues ambos proyectos de reforma están relacionados y por técnica legislativa se separa la reforma al texto Constitucional de la reforma a la ley secundaria.

La Plataforma Digital Nacional, ajustes necesarios para un óptimo funcionamiento en la prevención, investigación y sanción de conductas de enriquecimiento ilícito o cohecho.

El Sistema Nacional Anticorrupción es una innovación legislativa que coordina los esfuerzos institucionales de diversas instituciones gubernamentales relacionadas con la integridad y la rendición de cuentas, tales como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Auditoría Superior de la. Federación (ASF), la Secretaría de la Función Pública (SFP), la Fiscalía General de la República (FGR), entre otros.

A este respecto versa la presente iniciativa, que tiene como finalidad reformar el artículo 49 a efecto de incluir el mandato legal, para que los integrantes del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público creen, dentro de la Plataforma Digital Nacional, un sistema de inteligencia capaz de enviar alertas tanto a la Fiscalía General de la República, como a la Secretaría de la Función Pública cuando existan discrepancias entre sus gastos o las salidas de sus cuentas bancarias o tarjetas de crédito que le son reportados por los bancos.

Alcances del Sistema de inteligencia para detectar corruptos y su publicidad en el marco de la Plataforma Digital Nacional

Cabe señalar que ninguna autoridad dentro del Sistema Nacional Anticorrupción tendrá acceso a la información contenida en este sistema de inteligencia alimentado por la Secretaría de Hacienda determine, por el contrario únicamente la Fiscalía General de la República y la Secretaría de la Función Pública tendrán acceso a las alertas del sistema lo anterior para que procedan a la respectiva investigación.

Un gran impacto con pocas reformas

La presente iniciativa tiene como objetivo crear un Sistema Proactivo de Alertas para el monitoreo, prevención, investigación y sanción de actos de corrupción de los servidores públicos. Para ello se considera pertinente incluir dentro del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en tal virtud se reforma el artículo 10 de dicho ordenamiento normativo.

Se mandata en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción a la Unidad de Inteligencia Financiera a crear y gestionará en la Plataforma Nacional Digital un sistema proactivo de alertas mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción monitoreará que los gastos reportados por las instituciones bancarias a la Secretaría de Hacienda respecto de los servidores públicos, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos directos corresponde con los ingresos reportados tanto en su declaración patrimonial como fiscal, para que en caso de discrepancia entre ingresos reportados mediante la declaración patrimonial o fiscal la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera realicen la investigación respectiva.

El sistema proactivo al que se refiere la fracción XXI del artículo XX emitirá dos niveles de acceso al sistema, con el fin de salvaguardar la sensibilidad de la información contenida en él y de solo dar acceso a autoridades facultadas para investigar, sancionar o interponer acciones penales en contra de servidores públicos:

Acceso General, que tiene como fin que los integrantes del Comité Coordinador y la ciudadanía en general monitoreen el número de alertas, es decir acceso para conocimiento y fines estadísticos.

Acceso Particular o para la investigación, otorgado únicamente a la Secretaría de la Función Pública, la Fiscalía General de la República y la Unidad de Inteligencia Financiera, este acceso permitirá visualizar información detallada respecto a actividad sospechosa respecto a los gastos de los servidores públicos, de sus cónyuges, concubinas o concubinarios, dependientes económicos directos y descendiente, únicamente cuando ésta no corresponda a los ingresos reportados en su declaración patrimonial y fiscal.

La información contenida en el sistema de alertas será confidencial, con excepción del número de alertas arrojadas por el sistema y el status en el que se encuentran las mismas que serán públicas, y se precisa que todas las autoridades responsables de la investigación deberán cuidar el cumplimiento irrestricto del debido proceso y la presunción de inocencia.

Cabe señalar que en las ciencias informáticas existen dos tipos de alertas: push y pull (conocidas como proactivas o de consulta por acceso, respectivamente). Un sistema de alertas tipo push implica que las alertas generadas con base en la programación que se realiza llegan automáticamente a la autoridad en este caso mientras que un sistema de tipo pull o de consulta la autoridad tiene que acceder directamente al sistema para visualizar la alerta.

En ese sentido la iniciante considera que para temas de corrupción y su investigación, un sistema push o proactivo es la mejor opción para detectar, investigar y sancionar la corrupción de los servidores públicos.

Esta iniciativa busca mandatar la creación de un sistema que tenga capacidad de tomar decisiones sobre las alertas que valen la pena notificar a la autoridad para que se investiguen y sancionen, según corresponda.

En el diseño del sistema proactivo de alertas, la autoridad deberá perfilar los escenarios que desemboquen en una alerta a la Fiscalía General de la República, la Secretaría de la Función Pública o la Unidad de Inteligencia Financiera.

El presente sistema se asemeja a un sistema de gestión de proyectos donde están definidas las etapas que se seguirán tras emitirse una alerta y donde existe no sólo el nombre de la figura responsable, sino el status de la queja y la resolución final.

En la industria existen este tipo de sistemas, que no es otra cosa que un sistema estándar clásico de análisis de causa raíz, es decir, en términos generales se recibe un reporte inicial, se hace una investigación interna que recaba datos disponibles alrededor de la misma, se elabora un disclousure para generar una conclusión con base en ello y a partir de esa conclusión se toman decisiones.

En estos sistemas estándar clásicos la toma de decisiones puede conducirnos a

• Tomar una acción preventiva respecto a la causa raíz;

• Determinar las consecuencias de esa causa raíz; o

• Tomar acciones para remediar lo ocurrido.

Al establecer acciones de registro a las cuales están obligadas las autoridades responsables (artículo 56 Ter) se establecen límites de responsabilidad para dar puntual seguimiento a las alertas que genere el sistema.

Cabe señalar que con las bases de datos existentes y las capacidades con las que cuenta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y la Unidad de Inteligencia Financiera fácilmente se puede construir una plataforma de esta naturaleza que sirva como herramienta de inteligencia para combatir la corrupción.

Asimismo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene identificado con una clave única e irrepetible a todos los contribuyentes (Registro Federal de Contribuyentes o RFC por sus siglas en español) mismo que permite monitorear sujetos de interés y cotejar su información financiera y la de los sujetos relacionados a él.

Modificaciones propuestas

Se incluyen las reformas propuestas a la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, con el fin de sustentar la reforma constitucional y los fines por los que se propone la misma.

Por virtud de lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente proyecto de

Decreto por el que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma la fracción I del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 113. ...

I. El Sistema contará con un Comité Coordinador que estará integrado por los titulares de la Auditoría Superior de la Federación; de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; de la Secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o en su representación el encargado de implementar y dar seguimiento a mecanismos de prevención y detección de actos, omisiones u operaciones con recursos de procedencia ilícita; por el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; el presidente del organismo garante que establece el artículo 6o. de esta Constitución; así como por un representante del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación Ciudadana;

II. a III...

a) a e)

...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputadas y diputados: María Marcela Torres Peimbert, Absalón García Ochoa, Adolfo Torres Ramírez, Adriana Dávila Fernández, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Armando Tejeda Cid, Carlos Carreón Mejía, Carlos Elhier Cinta Rodríguez, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Dulce Alejandra García Morlan, Éctor Jaime Ramírez Barba, Ernesto Alfonso Robledo Leal, Ernesto Ruffo Appel, Fernando Torres Graciano, Hernán Salinas Wolberg, Isabel Margarita Guerra Villarreal, Jesús Guzmán Avilés, Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Luis Preciado Rodríguez, Jorge Romero Herrera, José Isabel Trejo Reyes, José Martín López Cisneros, José Rigoberto Mares Aguilar, José Salvador Rosas Quintanilla, Juan Carlos Muñoz Márquez, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Karen Michel González Márquez, Lizbeth Mata Lozano, Luis Alberto Mendoza Acevedo, Madeleine Bonnafoux Alcaraz, Marcelino Rivera Hernández, Marco Antonio Adame Castillo, Marcos Aguilar Vega, María de los Ángeles Ayala Díaz, María del Pilar Ortega Martínez, María del Rosario Guzmán Avilés, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, María Liduvina Sandoval Mendoza, María Marcela Torres Peimbert, Mario Mata Carrasco, Martha Estela Romo Cuéllar, Nohemí Alemán Hernández, Oscar Daniel Martínez Terrazas, Patricia Terrazas Baca, Ricardo Flores Suárez, Ricardo García Escalante, Sarai Núñez Cerón, Sergio Fernando Ascencio Barba, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Rocha Acosta, Verónica María Sobrado Rodríguez, Vicente Javier Verastegui Ostos, Víctor Manuel Pérez Díaz, Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

PROPUESTAS DE ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO



EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL Y AL PODER JUDICIAL A SALVAGUARDAR A LA POBLACIÓN EN MATERIA DE SALUD

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Pido a la Secretaría dar cuenta con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Poder Judicial a salvaguardar a las y los mexicanos en materia de Salud.

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33, numeral 1 y 34 numeral 1 inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Judicial de la Federación para que en el ámbito de su competencia privilegie en las resoluciones incidentales y de fondo relativas a la impugnación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051, los derechos humanos en materia de salud, información, bienestar y la prevención de los problemas de sobrepeso, obesidad, diabetes, hipertensión y de más enfermedades que dañan la salud de las y los mexicanos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo federal, para que en el ámbito de sus atribuciones defienda los intereses de la sociedad mexicana y el interés superior del menor, que están por encima de cualquier interés comercial y pueda lograr la vigencia plena de la Norma Oficial Mexicana NOM-51.

Tercero. Comuníquese y publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del Grupo Parlamentario de Morena; diputado Juan Carlos Romero Hicks (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado René Juárez Cisneros (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»

En votación económica, se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Aprobado.



COMUNICACIONES OFICIALES

La secretaria diputada Maribel Martínez Ruiz: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LXIV Legislatura.— Junta de Coordinación Política.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.— Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, las siguientes modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:

• Que el diputado Luis Enrique Miranda Nava cause baja como secretario de la Comisión de Gobernación y Población.

• Que el diputado Cruz Juvenal Roa Sánchez cause alta como secretario en la Comisión de Gobernación y Población.

• Que el diputado Cruz Juvenal Roa Sánchez cause baja como secretario de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

• Que el diputado Luis Enrique Miranda Nava cause alta como secretario en la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 16 de abril de 2018.— Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica), presidente.»

En votación económica, se pregunta si son de aprobarse. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Aprobado. Comuníquese.

INTERVENCIONES DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS



ANUNCIA QUE SU GRUPO PARLAMENTARIO ACOMPAÑARÁ A LAS MUJERES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE HAN DENUNCIADO ACOSO SEXUAL, HASTA QUE SE SANCIONE A LOS RESPONSABLES

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: A continuación, daremos la palabra, por un minuto, desde la curul, a las y los diputados que se han inscrito para tratar diversos temas. Pido a quienes serán mencionados que se ajusten al tiempo que se ha dispuesto, que es de un minuto. Tiene la palabra la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, hasta por un minuto.

La diputada Olga Patricia Sosa Ruiz(desde la curul): Gracias, presidente. La realidad actual es cruda para las mujeres. Sin embargo, una parte fundamental de la lucha de quienes hemos sido la voz de miles de niñas y mujeres, ha sido el alentar la denuncia ante cualquier tipo de violencia.

El día de hoy amanecimos con un aumento del 300 por ciento ante casos de acoso y hostigamiento. Me da mucho gusto por un lado que las mujeres sigan levantando la voz, porque eso quiere decir que tienen confianza en las autoridades, Y por otro, decir que eso no es propio de una sociedad justa.

Quiero cerrar diciendo que para muestra un botón, y no puedo omitir que aquí en Cámara hay al menos ocho casos denunciados en el área médica, y al menos otros tres en las áreas administrativas de esta Cámara. El PES acompañará a todas las mujeres que en esta Cámara han hecho una denuncia de acoso sexual, hasta que esto sea esclarecido y se sancione a los responsables. Es cuanto, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputada. Pondremos especial atención a estas denuncias cuando sean presentadas.



RESALTA LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LA MARINA Y EN LAS FUERZAS ARMADAS, PUERTOS, ADUANAS Y LA MARINA MERCANTE

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Juan Ortiz Guarneros, del Grupo Parlamentario del PRI, por un minuto.

El diputado Juan Ortiz Guarneros(desde la curul): Con su permiso, presidente. En el marco del Día Internacional de la Mujer, quiero reconocer y exaltar su papel en el ámbito marino mexicano.

Actualmente la participación de la mujer en el poder naval y en el poder marítimo es fundamental para el desarrollo de la nación. Hoy la Armada de México tiene el honor de contar entre sus filas con una conciencia y formación de equidad de género en todas sus áreas de cuerpos y servicios incluyendo nuestras escuelas de formación, de las cuales ya han egresado generaciones mixtas, mismas que se encuentran en labores administrativas y operativas.

Al igual que sus pares, el esfuerzo profesional de nuestras oficiales navales es reconocido con la responsabilidad de nombrarlas comandantas de unidades de superficie, aéreas y terrestres.

También resalto la participación del personal femenino en nuestros puertos, aduanas y marina mercante, quienes ostentan cargos directivos y en diferentes áreas de las administraciones portuarias, liderando con gran profesionalismo el sector marítimo de nuestro país.

Es por eso que hoy los invito a reconocer la participación y aportación de la mujer mexicana, que con espíritu de cuerpo, sacrificio y amor por México, se encuentran garantizando el desarrollo de nuestro país, en la tierra, en el aire y el mar. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias. Muchas gracias, diputado.

Saludamos y reconocemos, a través de quienes hoy nos visitan, a las mujeres que integran la Marina Armada de México y las Fuerzas Armadas de nuestro país. Bienvenidas.



SE REFIERE A LA PROBLEMÁTICA DEL GANADO SUELTO EN LAS CARRETERAS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Jorge Eugenio Russo Salido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por un minuto.

El diputado Jorge Eugenio Russo Salido(desde la curul): Gracias, presidente. Yo quiero sensibilizar a los miembros de esta legislatura, a fin de que logremos que se instruya a la Guardia Nacional y a la Policía Federal, a que se tomen medidas drásticas con el ganado suelto en las carreteras de nuestro país.

Tras ocasionar el animal un impacto fatal a un viajero, basta que el arriero saque la navaja y retire el arete y marca de herrar, para que no haya responsables. A la larga lista de víctimas en México se suman Ernesto Rodríguez Pixie y esposa, miembros de la comunidad motociclista de México, que la semana pasada en la carretera 15 federal, que atraviesa Sonora, perdieron la vida de la forma señalada.

No serán muchas las cabezas de ganado que se sacrifiquen en sitio, para que se aprenda la lección. No hay hato suficiente que valga la vida de un ser humano. Muchos motivos de inseguridad agobian a los mexicanos hoy en día como para tener que lidiar en sus traslados con este que ahora les expongo. Es todo, presidente, gracias.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado.



EXHORTO A DIVERSAS INSTITUCIONES A REFORZAR LOS PROTOCOLOS EN LA COMPRA DE MEDICAMENTOS, EN RELACIÓN CON LOS HECHOS OCURRIDOS EN EL HOSPITAL REGIONAL DE PEMEX, EN TABASCO

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del PRI, por un minuto.

La diputada Soraya Pérez Munguía(desde la curul): En mi natal Tabasco, en el Hospital Regional de Petróleos Mexicanos, en Villahermosa, se suscitó una gravísima situación, una persona perdió la vida, al parecer otra más el día de hoy y decenas más se encuentran graves por utilizar medicamentos contaminados durante los procedimientos de hemodiálisis.

Como grupo parlamentario exigimos que este hecho no quede impune, que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes, que se sancione a los responsables, pero no solamente quienes aplicaron los medicamentos, sino también a los funcionarios de primer nivel que realizaron esta compra.

Desde esta tribuna envío mi más sentido pésame a los familiares de mis paisanos fallecidos y a todos los afectados y sus familiares, decirles que cuentan con toda nuestra solidaridad.

Exhorto, además, a la Secretaría de Salud, a la Cofepris y al director general de Pemex, a que nos informen qué está pasando, refuercen los protocolos en la compra de medicamentos y que no escatimen recursos cuando se trata de la salud de nuestros paisanos.

Ante la emergencia sanitaria que enfrenta nuestro país, que enfrenta México y que sigue cobrando vidas, es momento de que la transparencia y la rendición de cuentas sea la principal herramienta del gobierno federal. Un pueblo sin salud es un pueblo sin futuro. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada. Nos unimos a las condolencias por las vidas perdidas.



EXHORTO A LA CONAGUA A RESOLVER LA SITUACIÓN DE LOS MÓDULOS DE RIEGO DEBIDO A LA ESCASEZ DE AGUA PARA SECTOR AGRÍCOLA

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

El diputado Francisco Javier Borrego Adame(desde la curul): Con su permiso, presidente. Exhorto a Conagua sobre los módulos de riego. Los módulos de riego se supone que son los responsables de administrar el recurso agua, y sin duda, la escasez de este recurso unida a la alta demanda del sector agrícola y los bajos valores de las tarifas de riego, esto ha producido un beneficio a los que tienen el poder de decisión.

En este momento, en los módulos de riego de Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Jalisco, Chihuahua, Zacatecas hay una ingobernabilidad y hay malas prácticas. Frente a la sede de Conagua el día de ayer hubo una manifestación para exigir la renuncia de la directora de Conagua. Hace 10 meses tienen detenidos más de 160 mil trámites promovidos por campesinos y ganaderos y no hay respuesta.

El presidente de la Comisión de Recursos Hidráulicos ha estado en Coahuila y ha recibido personalmente las quejas de los módulos de riego y no ha habido respuesta. Pedimos la intervención de esta Cámara para que podamos exhortar a Conagua y que cumpla con su trabajo. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado.



RECONOCIMIENTO A QUE EN ESTA CÁMARA SE PUSO FIN AL OUTSOURCING DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y SE TERMINARON DÉCADAS DE CORRUPCIÓN E IMPUNIDAD

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada María del Rosario Merlín García, del Grupo Parlamentario Morena, por un minuto.

La diputada María del Rosario Merlín García(desde la curul): El

outsourcinges una práctica desleal e ilegal que afecta a millones de trabajadoras y trabajadores.

Años han pasado y empresas se han enriquecido de manera deshonesta, violando la ley y, sobre todo, violando los derechos laborales de mujeres y hombres que tienen un trabajo acotado de prestaciones y desamparados por la autoridad.

Existe una gran complicidad de empresas y empresarios para llevar a cabo esta forma de explotación que sufren millones de mexicanos y mexicanas. Estos empresarios corruptos, malintencionados e impunes, someten a los trabajadores sin normas y reglas o procedimientos legales que les favorezcan.

Por el contrario, los empleados y empleadas están sometidos a rigurosos castigos laborales, ya que están abandonados por la ley y llevan una carga de sufrimiento para sus familias.

Estas empresas y empresarios, que imponen la tercerización de salarios, pero solo vienen a hacer estadísticas de pobreza, ensanchan los niveles de miseria que existe en nuestro país.

Estas empresas y empresarios que imponen la corrupción y es su principal aliado la impunidad. Es el manto donde esconden las facturas falsas, se defrauda el sistema de pensiones...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputada.

La diputada María del Rosario Merlín García (desde la curul): ...y de seguridad social. A pesar de ello termino es preciso mencionar que, en esta Cámara de Diputados y diputadas, junto con los coordinadores parlamentarios y un reconocimiento aquí de todos los diputados, se puso fin al outsourcing, por los que se terminan décadas de corrupción y de impunidad. Se termina con esta contratación de empresas...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputada.

La diputada María del Rosario Merlín García (desde la curul): Hoy se pone fin a la explotación y a la violación de los derechos laborales. Aquí el salario se subió a nuestros trabajadores...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Diputada, ha excedido en más de un minuto, concluya, por favor.

La diputada María del Rosario Merlín García (desde la curul): ...el contrato 462 de los trabajadores de limpieza. Reitero la felicitación a nuestros coordinadores y que sea el ejemplo para todo el país, que no solo en la Cámara. Felicidades.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputada. Nos unimos a la felicitación.



SOLICITA AL GOBERNADOR DE GUERRERO QUE INFORME A ESTA SOBERANÍA DE LAS MEDIDAS DE COMBATE A LA VIOLENCIA Y SUS RESULTADOS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Carlos Sánchez Barrios, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

El diputado Carlos Sánchez Barrios(desde la curul): Gracias, presidente. Diputadas y diputados, el baño de sangre en Guerrero continúa imparable. En Chilpancingo, el pasado domingo, con corte hasta las 10: 30 horas, se habían registrado seis asesinatos, entre ellos dos feminicidios.

La prensa veloz de la actual reporta que el estallido de violencia del reciente fin de semana en Guerrero arroja un saldo de 10 personas asesinadas.

Ante estos hechos, propongo que esta honorable Cámara de Diputados solicite al gobernador de mi estado, le informe a esta soberanía sobre la estrategia aplicada para la erradicación de la violencia, y asimismo sobre los resultados obtenidos. De igual forma que manifieste qué mecanismos de coordinación se han establecido para este fin entre Estado, federación y municipios.

Respetuosamente, pido a la Mesa Directiva de esta honorable asamblea, dé seguimiento al presente planteamiento. Es cuanto.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado. Así lo haremos. Si nos turna la solicitud por escrito será mucho mejor para el seguimiento.



EXHORTO AL GOBERNADOR DE GUERRERO A RECONOCER EL DERECHO DE LOS BOMBEROS A SINDICALIZARSE, Y TOMAR MEDIDAS EMERGENTES PARA EVITAR LOS INCENDIOS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra, el diputado Rubén Cayetano García, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

El diputado Rubén Cayetano García(desde la curul): Otra vez por Guerrero. 2019 fue el año más crítico en materia de incendios, se destruyeron 46 mil 689.69 hectáreas con 268 siniestros, según cifras de la Secretaría de Protección Civil del gobierno estatal. Hubo cinco fallecidos por este motivo, entre ellos el bombero tixtleco Saúl Mier Deloya.

El calentamiento global, la falta de lluvia y la inconsciente deforestación escasea el agua y el pronóstico para este año puede que sea peor.

Encima de esto, en el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, que ya lleva cinco meses sin presidente, por cuarta vez han negado la toma de nota del Sindicato de Trabajadores de Protección Civil, mismo que cuenta con bomberos urbanos, bomberos forestales, rescatistas, paramédicos y salvavidas que un día a día sirven a la sociedad.

Pero solo tienen seis trajes de bomberos para casi 100 elementos y son discriminados con viáticos de alimentación con solo 170 pesos al día trabajado cuando a los policías les dan 250 pesos.

Los policías reciben en su día 5 mil pesos, pero el día del bombero a estos solo les dan 3 mil. El gobierno de Guerrero carece de cultura y políticas públicas de cuidado de medio ambiente, de protección civil y respeto por los derechos humanos.

Termino, presidente. Exhorto al gobernador Héctor Astudillo a mostrar voluntad para reconocer el derecho legítimo a sindicalizarse de los bomberos, a no discriminarlos y a tomar medidas emergentes para evitar los incendios en territorio guerrerense. Muchas gracias, presidente Marco Antonio Adame.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE QUINTANA ROO PARA QUE INFORME SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA LA PREVENCIÓN DEL CORONAVIRUS

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada Carmen Patricia Palma Olvera, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

La diputada Carmen Patricia Palma Olvera(desde la curul): Con su venia, diputado presidente. Los centros educativos son entornos vulnerables de contagio ante una epidemia como el coronavirus, por ello se requiere que todas las dependencias involucradas informen sobre la coordinación que realizan, toda vez que la Organización Mundial de la Salud alertó a todos los países a tomar medidas y respetar protocolos internacionales.

Por lo anterior, exhorto a la secretaria de Educación del estado de Quintana Roo, Ana Isabel Vázquez, para que informe a esta soberanía sobre el trabajo coordinado que ha realizado con la Secretaría de Salud, en materia de salud y sanidad.

También, que mencione todas las dependencias que se han involucrado en la prevención de esta pandemia y que informe de qué manera ella ha relacionado este trabajo coordinado de prevención con padres de familia, maestros y alumnos de todos los niveles educativos. Es cuanto.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputada.



ANIVERSARIO NÚMERO 196 DE LA FUNDACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

La diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez(desde la curul): Muchas gracias, diputado presidente. El estado libre y soberano de México se fundó hace 196 años, un 2 de marzo de 1824. Nuestro estado ha sido cuna de grades hombres y mujeres, como Nezahualcóyotl, Sor Juana Inés de la Cruz o José María Velasco. Poseemos productivas ciudades, extensas áreas naturales, hermosos pueblos mágicos, mucha cultura, tradición y productividad, pues las y los mexiquenses aportamos más del 9 por ciento del PIB.

Desafortunadamente, hemos tenido administraciones que con voracidad han permitido el deterioro de nuestras riquezas culturales, naturales y económicas.

Tenemos alto porcentaje en inseguridad, sobre todo feminicidios, corrupción, contaminación, transporte ineficaz y muchos etcéteras.

Aun así, la principal riqueza persiste: nuestra gente, las y los mexiquenses.

Y como otras voces lo han señalado, sostenemos con certeza que en 2024 estaremos celebrando el bicentenario de la fundación con esperanza, con mayores expectativas y mejor rumbo. Vaya, con otro y mejor gobierno.

Aprovecho también de manera muy rápida para hacer una cordial invitación por parte del ayuntamiento de Tultepec a asistir a la Feria Internacional de la Pirotecnia, del 6 al 14 de marzo. Muchas gracias.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputada. Deseamos éxito en la feria, con los cuidados de Protección Civil correspondientes.



SE INFORME LAS ESTRATEGIAS DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON EL CORONAVIRUS, RESPECTO A UN CRUCERO QUE ARRIBÓ A COZUMEL, QUINTANA ROO

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene nuevamente la palabra la diputada Carmen Patricia Palma Olvera, por un minuto.

La diputada Carmen Patricia Palma Olvera(desde la curul): Solicito sonido ya. Los turistas que llegan a Quintana Roo requieren encontrar un entorno seguro en todos los ámbitos, principalmente en salud y seguridad.

Lo acontecido con el crucero Meraviglia, que arribó a la isla de Cozumel el pasado 27 de febrero, y que su llegada causó temor y desconcierto en virtud de que había un probable infectado con coronavirus, causó que la comunidad de Cozumel se alertara y se atemorizara ante el descenso de todos los pasajeros.

En cuanto a la información que se les brindó, no hubo un eje rector en toda la información. Por ello, en ese día y los subsecuentes esta soberanía recibió muchos mensajes y llamadas solicitando que los diputados de Quintana Roo alzáramos la voz al respecto.

Por lo anterior, quiero exhortar desde esta máxima tribuna a la secretaria de Turismo, Marisol Vanegas Pérez, para que rinda un informe a esta soberanía, a fin de conocer no solo las estrategias de difusión e información para los propios pasajeros del crucero, sino también para los habitantes de la isla de Cozumel. Es cuanto.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputada.



SOLICITUD AL GOBERNADOR DE OAXACA DE QUE SE PONGA UN ALTO A LA CORRUPCIÓN Y A LAS IRREGULARIDADES EN LA SECRETARÍA DE LA MUJER

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT, por un minuto.

La diputada Margarita García García(desde la curul): Muchas gracias, diputado presidente. Quisiera empezar por esta frase que decía: “Teníamos dos opciones: estar calladas y morir. O hablar y morir”. Malala. Yo he decidido hablar siempre porque me duele que a Oaxaca, el estado más rico en muchas situaciones, lo hayan tomado como rehén de la caja chica para los funcionarios, para muchos que ni siquiera de Oaxaca son, que por eso entiendo que no le tienen amor a Oaxaca.

Quiero pedir y denunciar desde esta tribuna que la Conavim ha denunciado que hay irregularidades en la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña por 1.2 millones de pesos, que este recurso debió de ocuparse para el proyecto de estudios que permite identificar los efectos de las dinámicas y estrategias para su prevención en los municipios de la costa y Papaloapan.

En el estado de Oaxaca se han registrado 402 feminicidios y alerta de violencia de género en 40 municipios.

Gravísimo el que hoy la Secretaría de la Mujer vaya a regresar 1.2 millones de pesos.

En la Cámara de Diputados no podemos permitir que aquí hemos luchado por la igualdad de género y que en Oaxaca...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya, diputada.

La diputada Margarita García García (desde la curul): ... Ana Vázquez Colmenares ha demostrado ineptitud, desinterés, desconocimiento, pero, sobre todo, desamor por el servicio a Oaxaca. Por lo que le pido al gobernador que ya ponga un alto en Oaxaca. No puede ser que cada semana se vean escándalos...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Concluya su intervención, diputada.

La diputada Margarita García García (desde la curul): Sí. Permítame, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Su tiempo se ha concluido, ha cubierto un minuto. Concluya en breve, por favor.

La diputada Margarita García García (desde la curul): A ver, diputado, no me levante la voz. Permítame, ya termino, por favor. Porque lo que desde este espacio le pido al gobernador que ya ponga un alto con los funcionarios que se fueron a enriquecer y que no son aptos para estar en las diferentes instituciones del servicio de Oaxaca. Así es que seguiremos denunciando porque no podemos permitir que...

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Ha cubierto un minuto treinta, diputada.

La diputada Margarita García García (desde la curul): ... el recurso que era destinado para las mujeres, se devuelva. Muchas gracias, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias por respetar el tiempo.



EXHORTO A LA FISCALÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA QUE SE RETOMEN LAS DENUNCIAS PRESENTADAS EN CONTRA DE CUAUHTÉMOC GUTIÉRREZ DE LA TORRE

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra la diputada María Elizabeth Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

La diputada María Elizabeth Díaz García(desde la curul): Gracias, presidente. En el concepto de violencia exacerbada en contra de las niñas, adolescentes y mujeres, dado los altos índices de feminicidio y violencia de género, motivo por el cual el domingo saldremos a las calles y el lunes nos sumaremos a la huelga nacional.

Por ello resulta indignante que, en días pasados, el PRI de la Ciudad de México demuestre la impunidad con la que actuó el gobierno de Miguel Ángel Mancera, cuando se le acusaba al entonces presidente del PRI, Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, de operar una red de prostitución con recursos públicos.

Por tal motivo, exhorto a la Fiscalía General de la Ciudad de México, a cargo de Ernestina Godoy, a que retome las denuncias presentadas contra este oscuro personaje y para que no quede en la impunidad. Es cuanto.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputada.



EXHORTO A LA SEMARNAT Y A LA PROFEPA POR LA CONTAMINACIÓN CAUSADA EN LA RECOLECCIÓN DE BASURA NO SUPERVISADA EN GUADALUPE, NUEVO LEÓN

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal, del Grupo Parlamentario del PAN, por un minuto.

El diputado Ernesto Alfonso Robledo Leal(desde la curul): Gracias, presidente. Quisiera hacer un exhorto a la Semarnat y a la Profepa, dependencias federales que se encargan o tienen alguna relación en torno al medio ambiente y a la procuración de los cuidados del medio ambiente; que en el municipio de Guadalupe, Nuevo León, los linderos que tenemos con el río Santa Catarina obligan a una coordinación entre dependencias federales, estatales y municipales, debido a la alta contaminación que se presenta, provocada por personas que se dedican a la limpieza o a la recolección de basura, no supervisadas por el municipio, pero que tampoco son reguladas ni supervisadas por el estado.

Eso implica la acción de los tres ámbitos de gobierno, pero sobre todo la sanción por parte de Profepa, que siempre hace prácticamente caso omiso de todas las contingencias medioambientales que tenemos en Nuevo León, y que parte del problema de la contaminación del suelo, la atmósfera y la flora en nuestros municipios metropolitanos es precisamente por la inacción de la misma Profepa y la prácticamente nula presencia de la Semarnat en todo lo que les compete. Es cuanto, presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado.



EXHORTO A LA CFE A COMPRAR CARBÓN EN LA ZONA CARBONÍFERA DE COAHUILA, POR SER ESTE MINERAL EL PILAR ECONÓMICO DE LA REGIÓN

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera hasta por un minuto.

El diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera(desde la curul): Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy hago un llamado de un exhorto importante de solidaridad con la región carbonífera de Coahuila, que hoy se encuentra colapsada por el abandono, de la falta de compra de carbón por parte de la Comisión Federal de Electricidad.

El carbón es el único pilar económico de la región. Desde hace más de un año solo se han dado compras emergentes de alrededor de solamente el 15 por ciento de la capacidad que tiene la región para entregar carbón. Esto está provocando hambre, miseria, pobreza, desempleo, cierre de negocios. Hago el llamado a la solidaridad de este Congreso para que le exija a la CFE la compra inmediata del carbón a la región. Es cuanto, diputado presidente.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputado.



SE SUMA AL RECLAMO DE DEMOCRATIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y CELEBRA LA INSTALACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO EVALUADOR

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Tiene la palabra el diputado Gustavo Callejas Romero, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

El diputado Gustavo Callejas Romero(desde la curul): Gracias. A nombre de los ciudadanos del distrito federal 02 de Hidalgo, hago uso de la voz para sumarme a la exigencia de la mayoría de la población, que reclama con justa razón la democratización del Instituto Nacional Electoral, INE.

En el distrito referido, con cabecera en Ixmiquilpan, celebramos la instalación del comité técnico evaluador de los aspirantes a consejeros del Instituto Nacional Electoral, y muy en específico la designación del doctor John Ackerman como integrante de la misma, de quien tenemos solo referencias positivas.

El pueblo de Ixmiquilpan, y en general del valle del Mezquital, no olvida que el doctor Ackerman recorrió nuestro pueblo para documentar la violencia gubernamental cometida contra los que luchamos por frenar el llamado gasolinazo.

Cuatro nuevos consejeros llegarán al INE, con ellos la posibilidad de que el órgano encargado de realizar las elecciones y defender la democracia esté al servicio del pueblo y no a la postre de los intereses de unos cuantos. Gracias.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Gracias, diputado. Esta Presidencia saluda a los jóvenes invitados por la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, que hoy nos acompañan. Les damos la bienvenida y les deseamos éxito.



LLAMADO A DIVERSAS INSTANCIAS DEL ESTADO DE SONORA, PARA QUE ATIENDAN Y CASTIGUEN LA PERSECUCIÓN, AMENAZAS, Y CALUMNIAS QUE HAN RECIBIDO ACTIVISTAS Y PROMOTORAS DE DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Para cerrar las participaciones en esta parte de nuestra agenda, tiene la palabra la diputada Wendy Briceño Zuloaga, del Grupo Parlamentario de Morena, por un minuto.

La diputada María Wendy Briceño Zuloaga(desde la curul): Gracias, presidente. Como ya he mencionado desde esta misma curul, el día domingo 23 de febrero cientos de mujeres y colectivas feministas se unieron en una marcha para exigir un alto a la violencia de género y a los feminicidios en Sonora, así como en todo el país.

En este sentido, la participación de colectivas feministas, defensoras sociales, activistas, han sido clave para visibilizar este clima de violencia de género.

Justo esta visibilización ha incomodado, por decir lo menos, a las cúpulas de Sonora y desde ahí se ha orquestado una estrategia sistemática para descalificar y violentar a voces discordantes, y especialmente a voces de mujeres que están levantándose contra la violencia de género en la entidad.

Desde aquí hago un llamado al gobierno del estado de Sonora, al Congreso del estado y a la Fiscalía General del estado, para que atiendan y castiguen la grave persecución, amenazas, señalamientos falsos, calumnias que han recibido activistas y promotoras de derechos humanos de las mujeres, como Silvia Núñez y Francisca Duarte.

Este ambiente de linchamiento y victimización en contra de las mujeres que están dando la cara por aquellas violentadas, muertas y desaparecidas, no debe verse solo como una ocurrencia momentánea, orquestadas desde ese bajo mundo de las redes sociales, con su huésped de trol y seudoperiodistas pagados del erario público.

Es una estrategia sistemática desde las cúpulas de Sonora, para invisibilizar, denostar y callar a las voces discordantes y especialmente a las voces de mujeres que están levantándose contra la violencia de género en la entidad. Gracias. Es cuanto.

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo: Muchas gracias, diputada.



CLAUSURA Y CITA

El presidente diputado Marco Antonio Adame Castillo (a las 15: 10 horas): Se levanta la sesión y cito para la que tendrá lugar el jueves 5 de marzo de 2020, a las 10 horas. El registro de asistencia estará disponible desde las 8 horas.

EFEMÉRIDE RECIBIDA



ANIVERSARIO DE LA ELEVACIÓN A RANGO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA

«Efeméride con motivo del 5 de marzo, vigésimo séptimo aniversario de la elevación a rango constitucional del derecho a la educación preescolar, primaria y secundaria, a cargo de la diputada Maricruz Robledo Gordillo, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, diputada Maricruz Roblero Gordillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción XI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea la presente efeméride con motivo del 5 de marzo, día en que se cumplen 27 años de que se elevó a rango constitucional el derecho a la educación, así como la obligación del Estado de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria.

La educación es un proceso que facilita el aprendizaje, permitiendo así el desarrollo y progreso de las personas, las sociedades y los países. Asimismo, permite transmitir principios comunes a las nuevas generaciones, conservando y perpetuando, así, los valores de toda una sociedad.

Por tal se hace necesario que este sea establecido y garantizado como un derecho fundamental. En este sentido, con el objetivo de mejorar la calidad de la educación y adecuarla a los retos que enfrenta el país para su desarrollo e implementación, el sistema educativo mexicano ha presentado diversas reformas, las cuales le han proporcionado hoy en día su actual estructura.

El concepto del derecho a la educación se puede enlistar desde la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857; su artículo tercero establecía una forma muy sencilla y limitada sobre el derecho a la educación señalando que “la enseñanza es libre, la ley determinará que profesiones necesitan título para su ejercicio y con qué requisitos se deben expedir” (Constitución de 1857, artículo 3o.).

Posteriormente, durante el gobierno del presidente Benito Juárez se contempla la educación primaria gratuita y obligatoria (UNAM, 1981), sin embargo esto no fue reflejado en la Constitución de 1917, sino hasta años posteriores con las reformas, ya que en ésta solo se encuentran elementos que identifican la enseñanza libre, laica y gratuita a nivel primaria, por lo cual quedó establecido cómo:

“La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, al ministro de algún culto, podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares solo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial. En los establecimientos oficiales se impartirá? gratuitamente la enseñanza primaria.”

La primera reforma al artículo tercero se realiza en 1934, en la cual se agrega una educación “socialista”, así como las obligaciones y facultades del Estado sobre el derecho a la educación.

El siguiente cambio se realiza en 1946, donde se visibilizan elementos orientados a un reconocimiento de los derechos, que busca garantizar la educación para los ciudadanos, y suprime el concepto de “educación socialista”. Asimismo, se observan elementos importantes como el señalamiento de que la educación primaria será obligatoria y toda la educación impartida por el Estado.

La tercera reforma tiene lugar hasta 1980, 34 años posteriores a la última reforma, la cual busca dar independencia a la educación superior de tal forma que se realiza una adicción.

Las reformas en materia de derecho a la educación, avanzaron de forma lenta, ya que los cambios realizados entre 1946 y 1980 no fueron sustanciales. Doce años después, en 1992, en la cuarta reforma, se derogó la fracción IV que versa sobre las actividades educativas de las corporaciones religiosas, así como otros cambios que no influyeron en el contenido jurídico (García-Salcido, 2018).

Sin embargo, es hasta el año de 1993 con la quinta reforma al artículo tercero constitucional, en la que se establece que el Estado atenderá todos los tipos y modalidades educativas en todos los niveles desde básico hasta superior, y además considera que la educación primaria y secundaria será obligatorias. Estableciendo en su primer párrafo “todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados y municipios– impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.”

Asimismo, la reforma contemplaba entre sus objetivos; cultivar el talento y la creatividad en la niñez y la juventud, vincular el aprendizaje a la producción, en todos los grados y promover la innovación científica y tecnológica.

Si bien, se han llevado a cabo reformas posteriores a la de 1993, donde se han establecido postulados positivos para modernizar la educación y garantizarla en todos los niveles; el 5 de marzo se conmemora un significativo avance en materia de derechos fundamentales de la población mexicana, pues el derecho a la educación es vital para el desarrollo económico, social y cultural de México.

Bibliografía:

– Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

– García-Salcido, (2018). Concepto del derecho a la educación en México, a partir de su génesis y evolución, desde la Constitución de 1917 hasta la reforma en 2016. Trabajo de obtención de grado, maestría en derecho constitucional y argumentación jurídica. Tlaquepaque, Jalisco: ITESO. http://hdl.handle.net/11117/5410

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.— Diputada Maricruz Roblero Gordillo (rúbrica).»

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RESUMEN DE TRABAJOS

• Tiempo de duración de la sesión: 3 horas 27 minutos

• Quórum a la apertura de la sesión: 373 legisladores

• Comunicaciones oficiales: 17

• Dictámenes para declaratoria de publicidad: 4

• Dictámenes de ley o decreto a discusión: 4

• Iniciativas con proyecto de decreto: 19

• Propuestas de acuerdos de los órganos de gobierno: 1

• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 40

19 Morena

7 PAN

5 PRI

2 PES

3 PT

2 MC

1 PRD

1 PVEM

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)

Almeida López, Mónica (PRD)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Fomento Apícola: 81
Ávila Vera, Mildred Concepción (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de centros de justicia para las mujeres: 204
Bautista Villegas, Óscar (PVEM)
Para presentar en nombre propio, del diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México, y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de atlas de riesgo: 77
Bernal Martínez, Mary Carmen (PT)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 65
Borrego Adame, Francisco Javier (Morena)
Desde la curul, para exhortar a la Conagua a resolver la situación de los módulos de riego debido a la escasez de agua para sector agrícola: 227
Briceño Zuluaga, Wendy (Morena)
Desde la curul, para hacer un llamado a diversas instancias del estado de Sonora, para que atiendan y castiguen la persecución, amenazas, y calumnias que han recibido activistas y promotoras de derechos humanos de las mujeres: 232
Callejas Romero, Gustavo (Morena)
Desde la curul, para sumarse al reclamo de democratización del Instituto Nacional Electoral y celebrar la instalación del Comité Técnico Evaluador: 232
Carrasco Godínez, Nelly Minerva (Morena)
Desde la curul, para expresarse respecto al aniversario número 196 de la fundación del estado libre y soberano de México: 229
Cayetano García, Rubén (Morena)
Desde la curul, para exhortar al gobernador de Guerrero a reconocer el derecho de los bomberos a sindicalizarse, y tomar medidas emergentes para evitar los incendios: 229
De la Peña Marshall, Ricardo (PES)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que rreforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo: 74
Dekker Gómez, Clementina Marta (PT)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres: 41
Del Toro Pérez, Higinio (MC)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable: 70
Díaz García, María Elizabeth (Morena)
Desde la curul, para exhortar a la Fiscalía General de la Ciudad de México para que se retomen las denuncias presentadas en contra de Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre: 231
Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe (Morena)
Para referirse al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal: 48
Espinoza Eguia, Juan Francisco (PRI)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y 113 de la Ley de Instituciones de Crédito: 61
Flores Sánchez, Margarita (PRI)
Para referirse al dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X Bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres: 42
García García, Margarita (PT)
Desde la curul, para solicitar al gobernador de Oaxaca que se ponga un alto a la corrupción y las irregularidades en la Secretaría de la Mujer: 230
García Ochoa, Absalón (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, tres iniciativas con proyecto de decreto: la primera, que reforma el artículo 88 de la Ley de Transición Energética; la segunda, que reforma el artículo 199 del Código de Justicia Militar; y la tercera, que reforma el artículo 1o. de la Ley de Organizaciones Ganaderas: 159, 161, 165
García Vidaña, Martha Olivia (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Cambio Climático y Recursos Naturales: 111
Guerra Navarro, Laura Mónica (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delitos ambientales: 176
Huerta Martínez, Manuel (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco: 189
Jáuregui Montes de Oca, Miguel Ángel (Morena)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción: 44
López Pérez, María Teresa (Morena)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal: 48
Mejía Cruz, María Esther (Morena)
Para presentar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales: 186
Merlín García, María del Rosario (Morena)
Desde la curul, para hacer un reconocimiento a que en esta Cámara se puso fin al outsourcing del servicio de limpieza y se terminaron décadas de corrupción e impunidad: 227
Ortiz Guarneros, Juan (PRI)
Desde la curul, para resaltar la participación de las mujeres la Marina y en las Fuerzas Armadas, puertos, aduanas y la marina mercante: 226
Palma Olvera, Carmen Patricia (Morena)
Desde la curul, para exhortar a la Secretaría de Educación de Quintana Roo para que informe sobre las medidas adoptadas para la prevención del coronavirus: 230
Palma Olvera, Carmen Patricia (Morena)
Desde la curul, para pedir que se informe a esta soberanía las estrategias de difusión e información en relación con el coronavirus, respecto a un crucero que arribó a Cozumel, Quintana Roo: 229
Pastor Badilla, Claudia (PRI)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 166
Pérez Munguía, Soraya (PRI)
Desde la curul, para hacer un exhorto a diversas instituciones a reforzar los protocolos en la compra de medicamentos, en relación con los hechos ocurridos en el Hospital Regional de Pemex, en Tabasco: 227
Pérez Rivera, Evaristo Lenin (PAN)
Desde la curul, para exhortar a la CFE a comprar carbón en la zona carbonífera de Coahuila, por ser este mineral el pilar económico de la región: 232
Robledo Leal, Ernesto Alfonso (PAN)
Desde la curul, para exhortar a la Semarnat y a la Profepa respecto a la contaminación causada en la recolección de basura no supervisada en Guadalupe, Nuevo León: 231
Rocha Acosta, Sonia (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 23 de febrero de cada año como Día Nacional del Rotario: 57
Rojas Hernández, Laura Angélica (PAN)
Para dirigir un mensaje, en su calidad de presidenta de la Mesa Directiva, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer 2020 que se celebra cada 8 de marzo: 39
Rosas Quintanilla, José Salvador (PAN)
Para referirse al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología: 46
Russo Salido, Jorge Eugenio (MC)
Desde la curul, para referirse a la problemática del ganado suelto en las carreteras: 226
Sánchez Barrios, Carlos (Morena)
Desde la curul, para solicitar al gobernador de Guerrero que informe a esta soberanía de las medidas tomadas para el combate a la violencia y sus resultados: 228
Sánchez Galván, Miroslava (Morena)
Para presentar, en nombre propio y de la diputada Graciela Zavaleta Sánchez del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 81 de la Ley General de Salud, en materia de especialidades médicas: 50
Solís Barrera, Maribel (Morena)
Para fundamentar el dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología: 45
Sosa Ruiz, Olga Patricia (PES)
Desde la curul, para anunciar que su grupo parlamentario acompañará a las mujeres de la Cámara de Diputados que han denunciado acoso sexual, hasta que se sancione a los responsables: 225
Torres Peimbert, María Marcela (PAN)
Para presentar, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, dos iniciativas con proyecto de decreto: la primera, que reforma el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y la segunda, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción: 209, 216

VOTACIONES

Dictamen de la Comisión de Igualdad de Género, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción X bis al artículo 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (en lo general y en lo particular)

MORENA

1 Abasolo Sánchez, Pedro DanielFavor

2 Aguilar Castillo, Heriberto MarceloFavor

3 Aguilar Linda, BonifacioAusente

4 Aguilar Molina, Leticia ArlettFavor

5 Aguilera Brenes, SebastiánFavor

6 Aguilera Chairez, MaribelAusente

7 Alavez Ruiz, AleidaFavor

8 Alegre Salazar, Luis JavierAusente

9 Alejandro Candelaria, MaximinoFavor

10 Alfaro Morales, María IsabelFavor

11 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor

12 Alvarado Moreno, María GuillerminaAusente

13 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor

14 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor

15 Andrade Zavala, Marco AntonioFavor

16 Angeles Mendoza, Julio CésarFavor

17 Antonio Altamirano, CarolFavor

18 Areizaga Uribe, Erwin JorgeFavor

19 Arenas Madrigal, Edgar EduardoFavor

20 Arrieta Sánchez, EleuterioAusente

21 Arvizu De la Luz, Felipe RafaelFavor

22 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor

23 Audiffred Fernández, Karen IvetteFavor

24 Avalos Magaña, Laura PatriciaAusente

25 Avila Vera, Mildred ConcepciónFavor

26 Ayala Bobadilla, Carlos IvánFavor

27 Badillo Moreno, Cuauhtli FernandoFavor

28 Bahena Jiménez, SocorroFavor

29 Barajas Barajas, EstebanFavor

30 Barrera Badillo, RocíoFavor

31 Barroso Chávez, AlejandroFavor

32 Bautista Bravo, Juan AngelFavor

33 Bautista Peláez, Maria del CarmenAusente

34 Bautista Rivera, DavidFavor

35 Blas López, VíctorFavor

36 Bonifaz Moedano, Raúl EduardoAusente

37 Bonilla Herrera, RaquelFavor

38 Borrego Adame, Francisco JavierFavor

39 Briceño Zuloaga, María WendyFavor

40 Burelo Cortazar, TeresaFavor

41 Calderón Medina, SamuelFavor

42 Calderón Salas, RodrigoAusente

43 Callejas Romero, GustavoFavor

44 Campos Equihua, Ignacio BenjamínFavor

45 Cano González, SusanaFavor

46 Carbajal Miranda, Marco AntonioFavor

47 Carranza Aréas, JulioFavor

48 Carrasco Godínez, Nelly MinervaFavor

49 Carrazco Macías, OlegariaFavor

50 Carrillo Luna, JuanaFavor

51 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor

52 Castañeda Ortiz, María Guadalupe EdithFavor

53 Castillo Lozano, Katia AlejandraAusente

54 Cayetano García, RubénFavor

55 Cazarez Yañez, MartinaFavor

56 Chávez Pérez, MaríaFavor

57 Chico Herrera, Miguel ÁngelAusente

58 Clouthier Carrillo, TatianaFavor

59 Contreras Castillo, ArmandoFavor

60 Contreras Montes, GustavoFavor

61 Cruz Santos Flora, TaniaFavor

62 Cuaxiloa Serrano, Susana BeatrizFavor

63 Cuevas Barron, GabrielaFavor

64 De Jesús Jiménez, LucioFavor

65 De La Cruz Delucio, Patricia Del CarmenFavor

66 Del Bosque Villarreal, Diego EduardoAusente

67 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor

68 Delgado Carrillo, MarioAusente

69 Delsol Estrada, José RicardoFavor

70 Díaz Aguilar, LeticiaFavor

71 Diaz Avilez, María GuadalupeFavor

72 Diaz García, María ElizabethFavor

73 Domínguez Flores, RosalindaFavor

74 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente

75 Elizondo Garrido, FranciscoAusente

76 Elorza Flores, José LuisFavor

77 Espadas Méndez, Gregorio EfraínFavor

78 Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe Ausente

79 Espinoza Lopez, BrendaFavor

80 Espinoza Segura, María BerthaFavor

81 Exsome Zapata, Ricardo FranciscoFavor

82 Farías Zambrano, Melba NeliaFavor

83 Farrera Esponda, Juan EnriqueFavor

84 Fernández Cruz, Nayeli ArlenFavor

85 Flores Anguiano, FelicianoFavor

86 Flores Olivo, LucíaFavor

87 García Anaya, LidiaFavor

88 García Cayetano, DorhenyAusente

89 García Corpus, Teófilo ManuelFavor

90 García Guardado, Ma. de JesúsFavor

91 García Hernández, Jesús FernandoAusente

92 García Rosales, EdithFavor

93 García Rubio, AgustínFavor

94 García Soto, UlisesFavor

95 García Vidaña, Martha OliviaFavor

96 García Zepeda, JulietaAusente

97 Gordillo Moreno, Alfredo AntonioFavor

98 Gómez Álvarez, PabloFavor

99 Gómez Ventura, ManuelFavor

100 González Castañeda, Sandra PaolaAusente

101 González Reyes, Marco AntonioFavor

102 González Robledo, ErasmoFavor

103 Guerra Mena, JuanitaFavor

104 Guerra Méndez, Lizeth AmayraniFavor

105 Guerra Navarro, Laura MónicaFavor

106 Guerrero Barrera, YolandaFavor

107 Guillén Quiroz, Ana LiliaFavor

108 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor

109 Gutiérrez Luna, Sergio CarlosAusente

110 Guzmán De La Torre, Francisco JavierFavor

111 Hernández Pérez, César AgustínFavor

112 Hernández Pérez, María EugeniaFavor

113 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor

114 Hernández Villalpando, RafaelFavor

115 Herrera Chávez, SamuelFavor

116 Herrera Pérez, GonzaloFavor

117 Hidalgo Ponce, Javier ArielFavor

118 Huerta Corona, Benjamín SaúlFavor

119 Huerta del Río, María de los ÁngelesFavor

120 Huerta González, Agustín ReynaldoAusente

121 Huerta Martínez, ManuelFavor

122 Interian Gallegos, Limbert Iván de JesúsFavor

123 Jarero Velázquez, Miguel PavelFavor

124 Jáuregui Montes de Oca, Miguel ÁngelFavor

125 Jiménez Andrade, Lorena del SocorroFavor

126 Jiménez y Meneses, Héctor Guillermo de JesúsFavor

127 Juan Carlos, IrmaAusente

128 Lamarque Cano, Carlos JavierFavor

129 López Aparicio, DelfinoFavor

130 López Castillo, ManuelFavor

131 López Chávez, Maria BeatrizFavor

132 López Pérez, María TeresaFavor

133 López Rayón, ClaudiaAusente

134 López Rodríguez, AbelinaAusente

135 Maldonado Tapia, Mirna ZabeidaFavor

136 Manzano Salazar, JavierFavor

137 Márquez González, Miguel ÁngelFavor

138 Martínez Aguilar, Emeteria ClaudiaFavor

139 Martínez Aké, Carlos EnriqueFavor

140 Martínez Flores, JuanFavor

141 Martínez González, LauraFavor

142 Maya Martínez, HirepanFavor

143 Mayer Bretón, SergioAusente

144 Medel Palma, CarmenFavor

145 Medina Pérez, Marco AntonioFavor

146 Mejía Cruz, María EstherFavor

147 Mercado Torres, Edith MarisolFavor

148 Merino García, VirginiaFavor

149 Merlín García, María del RosarioFavor

150 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor

151 Minor Mora, Jesús SalvadorFavor

152 Mojica Toledo, AlejandroFavor

153 Mojica Wences, Víctor AdolfoFavor

154 Molina Espinoza, IrineoFavor

155 Montes Hernández, María de LourdesFavor

156 Montes Nieves, Jorge LuisFavor

157 Mora García, CarmenAusente

158 Mora Ríos, María Teresa Rebeca RosaFavor

159 Morales Elvira, Erik IsaacFavor

160 Moreno Gil, Mario IsmaelFavor

161 Muñoz Ledo, PorfirioAusente

162 Murguía Soto, UlisesAusente

163 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor

164 Noriega Galaz, Martha LizethAusente

165 Novella Macías, Oscar RafaelFavor

166 Núñez Alvarez, EstelaFavor

167 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor

168 Ocampo Manzanares, AraceliFavor

169 Ochoa Valdivia, ZairaFavor

170 Olvera Bautista, Sandra SimeyAusente

171 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor

172 Orihuela Nava, DavidFavor

173 Ortega Nájera, Hilda PatriciaFavor

174 Padierna Luna, DoloresFavor

175 Palacios Cordero, Lucio ErnestoFavor

176 Palma Olvera, Carmen PatriciaFavor

177 Pani Barragán, AlejandraAusente

178 Parra Juárez, InésAusente

179 Peralta De La Peña, Ana PatriciaAusente

180 Pérez Arroyo, AlfonsoFavor

181 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor

182 Pérez Hernández, SergioFavor

183 Pérez López, Beatriz DomingaFavor

184 Pérez Mackintosh, Miriam CitlallyFavor

185 Pérez Rodríguez, ClaudiaFavor

186 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor

187 Piña Bernal, AdelaAusente

188 Ponce Cobos, AlejandroFavor

189 Ponce Méndez, María GeraldineFavor

190 Pool Moo, Jesús de los ÁngelesFavor

191 Prado de los Santos, MiguelFavor

192 Rabelo Velasco, Roque LuisAusente

193 Ramírez Lucero, Martha PatriciaAusente

194 Ramírez Navarrete, Francisco JavierFavor

195 Ramos Cruz, VerónicaFavor

196 Ramos Ruiz, Juan IsraelFavor

197 Ramos Sotelo, GuadalupeFavor

198 Regalado Mardueño, Carmina YadiraAusente

199 Reyes Carmona, EmmanuelFavor

200 Reyes Colín, Marco AntonioFavor

201 Reyes López, ValentínFavor

202 Reyes Miguel, IdaliaFavor

203 Ríos Fararoni, Eulalio JuanAusente

204 Rivera Castillo, FortunatoFavor

205 Robles Gutiérrez, Beatriz SilviaFavor

206 Robles Ortiz, MarthaFavor

207 Rocha Vega, EfraínFavor

208 Rodríguez Arellano, EdiltrudisFavor

209 Rodríguez Gómez, EraclioFavor

210 Rodríguez González, ManuelFavor

211 Rodríguez Ruiz, Ana MaríaFavor

212 Rojas Martínez, BeatrizFavor

213 Román Ávila, María GuadalupeFavor

214 Rosas Martínez, Luz EstefaníaFavor

215 Rosas Uribe, Erika MarianaFavor

216 Ruiz Lustre, Hugo RafaelFavor

217 Salazar Fernández, Luis FernandoAusente

218 Salinas Narváez, JavierFavor

219 Sánchez Barrales Zavalza, Raúl ErnestoAusente

220 Sánchez Barrios, CarlosFavor

221 Sánchez Castro, AnitaFavor

222 Sánchez Galván, MiroslavaFavor

223 Sánchez Ortiz, GracielaFavor

224 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor

225 Sandoval Soberanes, LucindaFavor

226 Santiago Chepi, AzaelFavor

227 Santiago Manuel, IranFavor

228 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor

229 Santos Díaz, Edelmiro SantiagoFavor

230 Sibaja Mendoza, Jorge ÁngelFavor

231 Solís Barrera, María MarivelFavor

232 Sosa Salinas, José de la LuzFavor

233 Tellez Infante, JannetFavor

234 Tello Espinosa, ClaudiaFavor

235 Tenorio Adame, PaolaFavor

236 Terán Águila, RubénFavor

237 Torres Piña, CarlosAusente

238 Valencia Cruz, RosalbaFavor

239 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

240 Varela López, Víctor GabrielFavor

241 Vargas Hernández, Lidia NallelyFavor

242 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor

243 Vazquez Vazquez, AlfredoFavor

244 Veloz Silva, María LuisaAusente

245 Vences Valencia, Julieta KristalFavor

246 Viedma Velázquez, AlejandroFavor

247 Villa Villegas, AlbertoFavor

248 Villalvazo Amaya, Mirtha IlianaFavor

249 Villarauz Martínez, Rocío del PilarFavor

250 Villareal Pasaret, Francisco JorgeAusente

251 Villavicencio Ayala, LorenaFavor

252 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor

253 Villegas Sánchez, MeraryAusente

254 Yáñez Centeno y Cabrera, Claudia ValeriaFavor

255 Zamora Valdéz, CasimiroFavor

256 Zavaleta Sánchez, GracielaFavor

Favor: 211

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 45

Total: 256

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Adame Castillo, Marco AntonioFavor

2 Aguilar Vega, MarcosFavor

3 Alemán Hernández, NohemíFavor

4 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor

5 Ascencio Barba, Sergio FernandoFavor

6 Ayala Díaz, Ma. de los ÁngelesAusente

7 Azuara Zúñiga, XavierFavor

8 Bonnafoux Alcaraz, MadeleineFavor

9 Cambero Pérez, José RamónAusente

10 Carreón Mejía, CarlosFavor

11 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

12 Cinta Rodríguez, Carlos ElhierFavor

13 Dávila Fernández, AdrianaFavor

14 Díaz Jiménez, Antonia NatividadAusente

15 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor

16 Espinosa Rivas, Ma. Eugenia LeticiaFavor

17 Flores Suárez, RicardoAusente

18 García Escalante, RicardoFavor

19 García Gómez, Martha ElenaAusente

20 García Morlan, Dulce AlejandraFavor

21 García Ochoa, AbsalónFavor

22 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

23 Garfias Cedillo, Sylvia VioletaAusente

24 Garza Galván, Silvia GuadalupeFavor

25 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor

26 Gómez Quej, José Del CarmenAusente

27 González Estrada, Martha ElisaAusente

28 González Márquez, Karen MichelFavor

29 Gracia Guzmán, RaúlAusente

30 Guerra Villarreal, Isabel MargaritaAusente

31 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesAusente

32 Guzmán Avilés, JesúsFavor

33 Guzmán Avilés, María Del RosarioFavor

34 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor

35 López Birlain, Ana PaolaAusente

36 López Cisneros, José MartínAusente

37 Luévano Núñez, Francisco JavierFavor

38 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor

39 Mares Aguilar, José RigobertoFavor

40 Martínez Juárez, JacquelinaAusente

41 Martínez Terrazas, Oscar DanielFavor

42 Mata Carrasco, MarioFavor

43 Mata Lozano, LizbethFavor

44 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoFavor

45 Murillo Chávez, Janet MelanieFavor

46 Núñez Cerón, SaraiFavor

47 Ortega Martínez, Ma. del PilarFavor

48 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor

49 Pérez Díaz, Víctor ManuelFavor

50 Pérez Rivera, Evaristo LeninAusente

51 Preciado Rodríguez, Jorge LuisFavor

52 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor

53 Ramos Tamez, Mario AlbertoFavor

54 Riggs Baeza, Miguel AlonsoAusente

55 Rivera Hernández, MarcelinoFavor

56 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

57 Rocha Acosta, SoniaFavor

58 Rodríguez Rivera, Iván ArturoFavor

59 Rojas Hernández, Laura AngélicaFavor

60 Romero Herrera, JorgeFavor

61 Romero Hicks Juan CarlosFavor

62 Romero León, GloriaFavor

63 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor

64 Romo Romo, GuadalupeAusente

65 Rosas Quintanilla, José SalvadorFavor

66 Ruffo Appel, ErnestoFavor

67 Salazar Báez, JosefinaFavor

68 Salinas Wolberg, HernánAusente

69 Sandoval Mendoza, María LiduvinaFavor

70 Sobrado Rodríguez, Verónica MaríaFavor

71 Tejeda Cid, ArmandoFavor

72 Terrazas Baca, PatriciaFavor

73 Torres Graciano, FernandoFavor

74 Torres Peimbert, María MarcelaFavor

75 Torres Ramírez, AdolfoFavor

76 Trejo Reyes, José IsabelFavor

77 Valenzuela González, Carlos AlbertoAusente

78 Verastegui Ostos, Vicente JavierFavor

79 Villarreal García, RicardoFavor

Favor: 60

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 19

Total: 79

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Acosta Peña, Brasil AlbertoAusente

2 Aguilar Castillo, RicardoFavor

3 Alemán Muñoz Castillo, MaríaFavor

4 Alonzo Morales, María EsterFavor

5 Álvarez García, Ivonne LilianaAusente

6 Angulo Briceño, Pablo GuillermoFavor

7 Azuara Yarzabal, FrinneFavor

8 Barrera Fortoul, LauraFavor

9 Campos Córdova, Lenin NelsonAusente

10 Canul Pérez, Juan JoséFavor

11 Córdova Morán, Luis Eleusis LeónidasAusente

12 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

13 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor

14 Flores Sánchez, MargaritaFavor

15 Galindo Favela, FernandoFavor

16 Garay Cadena, Martha HortenciaFavor

17 González Cuevas, IsaíasFavor

18 Guel Saldívar, Norma AdelaFavor

19 Hernández Deras, Ismael AlfredoFavor

20 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor

21 Ingram Vallines, AnilúFavor

22 Juárez Cisneros, ReneFavor

23 Limón Hernández, ManuelFavor

24 López Castro, Cynthia IlianaAusente

25 Medina Herrera, BenitoFavor

26 Miranda Nava, Luis EnriqueAusente

27 Moreira Valdez, Rubén IgnacioAusente

28 Nemer Alvarez, Ernesto JavierFavor

29 Noroña Quezada, Hortensia María LuisaFavor

30 Ochoa Reza, EnriqueFavor

31 Ortiz Guarneros, JuanFavor

32 Pastor Badilla, ClaudiaFavor

33 Pavón Campos, CarlosAusente

34 Pérez Munguía, SorayaFavor

35 Puente De La Mora, XimenaFavor

36 Roa Sánchez Cruz, JuvenalFavor

37 Rocha Medina, Ma. SaraFavor

38 Rodríguez Mier Y Terán, MarianaFavor

39 Saldaña Pérez, María LuceroFavor

40 Sánchez Martínez, Lourdes ErikaFavor

41 Sauri Riancho, Dulce MaríaFavor

42 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

43 Velasco González, Marcela GuillerminaFavor

44 Villegas Arreola, AlfredoFavor

45 Yunes Landa, HéctorFavor

46 Zarzosa Sánchez EduardoFavor

Favor: 38

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 8

Total: 46

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Bayardo Cabrera, Rosa MaríaFavor

2 Bernal Camarena, Ana LauraAusente

3 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor

4 Dekker Gómez, Clementina MartaFavor

5 Domínguez Vázquez, Claudia AngélicaAusente

6 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor

7 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor

8 Femat Bañuelos, AlfredoFavor

9 Fernández Noroña, GerardoFavor

10 Garay Ulloa, SilvanoFavor

11 García Duque, José LuisFavor

12 García García, MargaritaFavor

13 García Grande, Ana RuthFavor

14 González Morales, HildelisaFavor

15 González Soto, SantiagoFavor

16 González Yáñez, ÓscarAusente

17 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor

18 Huerta Hernández, MarthaFavor

19 Jiménez Pérez, María RoseliaAusente

20 Lastra Muñoz, Claudia ElenaAusente

21 Maceda Carrera, NellyFavor

22 Manzanilla Téllez, EmilioFavor

23 Martínez Ruiz, MaribelFavor

24 Martínez Ventura, Luis EnriqueAusente

25 Marú Mejía, María TeresaAusente

26 Montalvo Luna, José LuisFavor

27 Osuna Medina, José MarioFavor

28 Porras Domínguez, AlfredoFavor

29 Reyes Ledesma, ArmandoAusente

30 Roblero Gordillo, MaricruzFavor

31 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor

32 Rojo Pimentel, Ana KarinaFavor

33 Sandoval Flores, ReginaldoFavor

34 Vázquez García, DioniciaFavor

35 Zertuche Zuani, Armando JavierFavor

Favor: 27

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 8

Total: 35

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Bravo Padilla, Itzcoatl TonatiuhFavor

2 Cheja Alfaro, Jacobo DavidFavor

3 Contreras González, Lourdes CeleniaFavor

4 Del Toro Pérez, HiginioFavor

5 Espinoza Cárdenas, Juan MartínFavor

6 Falomir Saenz, Alan JesúsFavor

7 García Lara, Jorge AlcibíadesFavor

8 Gómez Maldonado, Maiella Martha GabrielaFavor

9 González Anaya, María LibierFavor

10 González García, Ana PriscilaFavor

11 Herrera Vega, Geraldina IsabelFavor

12 Ku Escalante, Kehila AbigailFavor

13 Loya Hernández, Fabiola Raquel GuadalupeAusente

14 Lozano Mac Donald, PilarFavor

15 Macías Rábago, JulietaFavor

16 Medina Ortíz, Adriana GabrielaFavor

17 Méndez De La Luz Dauzón, Dulce MaríaFavor

18 Prudencio González, Carmen JuliaFavor

19 Ramírez Salcido, Juan FranciscoFavor

20 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor

21 Rodríguez Vázquez, ArielFavor

22 Ron Ramos, EduardoAusente

23 Russo Salido, Jorge EugenioFavor

24 Salinas Reyes, RuthFavor

25 Tagle Martínez, Martha AngélicaFavor

26 Villarreal Salazar, Juan CarlosAusente

27 Zamudio Macias, Martha AngélicaFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 27

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Acundo González, MiguelFavor

2 Argüelles Victorero, Jorge ArturoFavor

3 Báez Ruiz, ClaudiaFavor

4 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesusAusente

5 Buenfil Díaz, Irasema del CarmenFavor

6 Cabrera Lagunas, Ma. del CarmenFavor

7 Cruz Aparicio, Héctor RenéAusente

8 De la Peña Marshall, RicardoFavor

9 García Aguilar, CarolinaFavor

10 Garza Gutiérrez, Laura Erika de JesúsAusente

11 González Escoto, ArmandoFavor

12 Guzmán Valdéz, EdgarFavor

13 Lozano Rodríguez, AdrianaFavor

14 Manzanilla Prieto, Fernando LuisFavor

15 Moreno Medina, Esmeralda de los AngelesFavor

16 Pérez Hernández, José ÁngelFavor

17 Pérez Negrón Ruiz, Iván ArturoFavor

18 Reséndiz Hernández, Nancy ClaudiaFavor

19 Rosete Sánchez, MaríaFavor

20 Saldivar Camacho, Francisco JavierFavor

21 Salvatori Bojalil, NayeliFavor

22 Sosa Ruíz, Olga PatriciaFavor

23 Teissier Zavala, Adriana PaulinaFavor

24 Terán Villalobos, Irma MaríaFavor

25 Torres Díaz, Elba LorenaFavor

26 Vargas Contreras, ErnestoAusente

27 Villegas González Héctor JoelFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 27

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Alcántara Núñez, Jesús SergioFavor

2 Bautista Villegas, OscarFavor

3 Bugarín Cortés, Lyndiana ElizabethAusente

4 Corona Méndez, Jorge FranciscoFavor

5 Escobar y Vega, ArturoFavor

6 Espinoza Mata, ZulmaFavor

7 Gallardo Cardona, José RicardoFavor

8 Gómez Alcantar, Marco AntonioFavor

9 Gómez Ordaz, Leticia MarianaFavor

10 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor

11 Rubio Montejo, Roberto AntonioFavor

12 Vidal Peniche, Jesús CarlosFavor

13 Villafuerte Zavala, LiliaFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 13

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Aguilera Rojas, José GuadalupeFavor

2 Alcalá Padilla, AbrilFavor

3 Almaguer Pardo, Ma. GuadalupeFavor

4 Almeida López, MónicaFavor

5 Bautista Rodríguez, MónicaFavor

6 Esparza Márquez, Frida AlejandraFavor

7 García Gutiérrez, RaymundoFavor

8 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

9 Ortega Martínez, AntonioAusente

10 Reyes Montiel, ClaudiaAusente

11 Rodríguez Zamora, Norma AzucenaFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Morales Vázquez, Carlos AlbertoFavor

2 Riojas Martínez, Ana LuciaFavor

3 Serrano Cortes, HéctorFavor

4 Toledo Gutiérrez, Mauricio AlonsoFavor

Favor: 4

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 4

Dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (en lo general y en lo particular)

MORENA

1 Abasolo Sánchez, Pedro DanielFavor

2 Aguilar Castillo, Heriberto MarceloFavor

3 Aguilar Linda, BonifacioFavor

4 Aguilar Molina, Leticia ArlettFavor

5 Aguilera Brenes, SebastiánFavor

6 Aguilera Chairez, MaribelFavor

7 Alavez Ruiz, AleidaFavor

8 Alegre Salazar, Luis JavierFavor

9 Alejandro Candelaria, MaximinoFavor

10 Alfaro Morales, María IsabelFavor

11 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor

12 Alvarado Moreno, María GuillerminaFavor

13 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor

14 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor

15 Andrade Zavala, Marco AntonioFavor

16 Angeles Mendoza, Julio CésarFavor

17 Antonio Altamirano, CarolFavor

18 Areizaga Uribe, Erwin JorgeFavor

19 Arenas Madrigal, Edgar EduardoFavor

20 Arrieta Sánchez, EleuterioFavor

21 Arvizu De la Luz, Felipe RafaelFavor

22 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor

23 Audiffred Fernández, Karen IvetteFavor

24 Avalos Magaña, Laura PatriciaAusente

25 Avila Vera, Mildred ConcepciónFavor

26 Ayala Bobadilla, Carlos IvánFavor

27 Badillo Moreno, Cuauhtli FernandoFavor

28 Bahena Jiménez, SocorroFavor

29 Barajas Barajas, EstebanFavor

30 Barrera Badillo, RocíoFavor

31 Barroso Chávez, AlejandroFavor

32 Bautista Bravo, Juan AngelFavor

33 Bautista Peláez, Maria del CarmenFavor

34 Bautista Rivera, DavidFavor

35 Blas López, VíctorFavor

36 Bonifaz Moedano, Raúl EduardoFavor

37 Bonilla Herrera, RaquelFavor

38 Borrego Adame, Francisco JavierFavor

39 Briceño Zuloaga, María WendyFavor

40 Burelo Cortazar, TeresaAusente

41 Calderón Medina, SamuelFavor

42 Calderón Salas, RodrigoAusente

43 Callejas Romero, GustavoFavor

44 Campos Equihua, Ignacio BenjamínFavor

45 Cano González, SusanaFavor

46 Carbajal Miranda, Marco AntonioFavor

47 Carranza Aréas, JulioFavor

48 Carrasco Godínez, Nelly MinervaFavor

49 Carrazco Macías, OlegariaFavor

50 Carrillo Luna, JuanaFavor

51 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor

52 Castañeda Ortiz, María Guadalupe EdithFavor

53 Castillo Lozano, Katia AlejandraFavor

54 Cayetano García, RubénFavor

55 Cazarez Yañez, MartinaFavor

56 Chávez Pérez, MaríaFavor

57 Chico Herrera, Miguel ÁngelAusente

58 Clouthier Carrillo, TatianaFavor

59 Contreras Castillo, ArmandoFavor

60 Contreras Montes, GustavoFavor

61 Cruz Santos Flora, TaniaFavor

62 Cuaxiloa Serrano, Susana BeatrizFavor

63 Cuevas Barron, GabrielaFavor

64 De Jesús Jiménez, LucioFavor

65 De La Cruz Delucio, Patricia Del CarmenFavor

66 Del Bosque Villarreal, Diego EduardoAusente

67 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor

68 Delgado Carrillo, MarioFavor

69 Delsol Estrada, José RicardoFavor

70 Díaz Aguilar, LeticiaFavor

71 Diaz Avilez, María GuadalupeFavor

72 Diaz García, María ElizabethFavor

73 Domínguez Flores, RosalindaFavor

74 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente

75 Elizondo Garrido, FranciscoFavor

76 Elorza Flores, José LuisFavor

77 Espadas Méndez, Gregorio EfraínFavor

78 Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe Favor

79 Espinoza Lopez, BrendaFavor

80 Espinoza Segura, María BerthaFavor

81 Exsome Zapata, Ricardo FranciscoFavor

82 Farías Zambrano, Melba NeliaFavor

83 Farrera Esponda, Juan EnriqueFavor

84 Fernández Cruz, Nayeli ArlenFavor

85 Flores Anguiano, FelicianoFavor

86 Flores Olivo, LucíaFavor

87 García Anaya, LidiaFavor

88 García Cayetano, DorhenyFavor

89 García Corpus, Teófilo ManuelFavor

90 García Guardado, Ma. de JesúsFavor

91 García Hernández, Jesús FernandoAusente

92 García Rosales, EdithFavor

93 García Rubio, AgustínFavor

94 García Soto, UlisesFavor

95 García Vidaña, Martha OliviaFavor

96 García Zepeda, JulietaAusente

97 Gordillo Moreno, Alfredo AntonioFavor

98 Gómez Álvarez, PabloAusente

99 Gómez Ventura, ManuelFavor

100 González Castañeda, Sandra PaolaAusente

101 González Reyes, Marco AntonioFavor

102 González Robledo, ErasmoFavor

103 Guerra Mena, JuanitaFavor

104 Guerra Méndez, Lizeth AmayraniFavor

105 Guerra Navarro, Laura MónicaFavor

106 Guerrero Barrera, YolandaFavor

107 Guillén Quiroz, Ana LiliaFavor

108 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor

109 Gutiérrez Luna, Sergio CarlosAusente

110 Guzmán De La Torre, Francisco JavierFavor

111 Hernández Pérez, César AgustínFavor

112 Hernández Pérez, María EugeniaFavor

113 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor

114 Hernández Villalpando, RafaelFavor

115 Herrera Chávez, SamuelFavor

116 Herrera Pérez, GonzaloFavor

117 Hidalgo Ponce, Javier ArielFavor

118 Huerta Corona, Benjamín SaúlFavor

119 Huerta del Río, María de los ÁngelesFavor

120 Huerta González, Agustín ReynaldoAusente

121 Huerta Martínez, ManuelFavor

122 Interian Gallegos, Limbert Iván de JesúsFavor

123 Jarero Velázquez, Miguel PavelAusente

124 Jáuregui Montes de Oca, Miguel ÁngelFavor

125 Jiménez Andrade, Lorena del SocorroFavor

126 Jiménez y Meneses, Héctor Guillermo de JesúsFavor

127 Juan Carlos, IrmaFavor

128 Lamarque Cano, Carlos JavierFavor

129 López Aparicio, DelfinoFavor

130 López Castillo, ManuelFavor

131 López Chávez, Maria BeatrizFavor

132 López Pérez, María TeresaFavor

133 López Rayón, ClaudiaAusente

134 López Rodríguez, AbelinaFavor

135 Maldonado Tapia, Mirna ZabeidaFavor

136 Manzano Salazar, JavierFavor

137 Márquez González, Miguel ÁngelFavor

138 Martínez Aguilar, Emeteria ClaudiaFavor

139 Martínez Aké, Carlos EnriqueFavor

140 Martínez Flores, JuanFavor

141 Martínez González, LauraFavor

142 Maya Martínez, HirepanAusente

143 Mayer Bretón, SergioAusente

144 Medel Palma, CarmenFavor

145 Medina Pérez, Marco AntonioFavor

146 Mejía Cruz, María EstherFavor

147 Mercado Torres, Edith MarisolFavor

148 Merino García, VirginiaFavor

149 Merlín García, María del RosarioFavor

150 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor

151 Minor Mora, Jesús SalvadorFavor

152 Mojica Toledo, AlejandroFavor

153 Mojica Wences, Víctor AdolfoFavor

154 Molina Espinoza, IrineoFavor

155 Montes Hernández, María de LourdesFavor

156 Montes Nieves, Jorge LuisAusente

157 Mora García, CarmenFavor

158 Mora Ríos, María Teresa Rebeca RosaFavor

159 Morales Elvira, Erik IsaacFavor

160 Moreno Gil, Mario IsmaelAusente

161 Muñoz Ledo, PorfirioFavor

162 Murguía Soto, UlisesFavor

163 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor

164 Noriega Galaz, Martha LizethFavor

165 Novella Macías, Oscar RafaelFavor

166 Núñez Alvarez, EstelaFavor

167 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor

168 Ocampo Manzanares, AraceliFavor

169 Ochoa Valdivia, ZairaFavor

170 Olvera Bautista, Sandra SimeyAusente

171 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor

172 Orihuela Nava, DavidFavor

173 Ortega Nájera, Hilda PatriciaFavor

174 Padierna Luna, DoloresAusente

175 Palacios Cordero, Lucio ErnestoFavor

176 Palma Olvera, Carmen PatriciaFavor

177 Pani Barragán, AlejandraFavor

178 Parra Juárez, InésAusente

179 Peralta De La Peña, Ana PatriciaFavor

180 Pérez Arroyo, AlfonsoFavor

181 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor

182 Pérez Hernández, SergioFavor

183 Pérez López, Beatriz DomingaFavor

184 Pérez Mackintosh, Miriam CitlallyFavor

185 Pérez Rodríguez, ClaudiaFavor

186 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor

187 Piña Bernal, AdelaFavor

188 Ponce Cobos, AlejandroFavor

189 Ponce Méndez, María GeraldineFavor

190 Pool Moo, Jesús de los ÁngelesFavor

191 Prado de los Santos, MiguelFavor

192 Rabelo Velasco, Roque LuisAusente

193 Ramírez Lucero, Martha PatriciaAusente

194 Ramírez Navarrete, Francisco JavierFavor

195 Ramos Cruz, VerónicaFavor

196 Ramos Ruiz, Juan IsraelFavor

197 Ramos Sotelo, GuadalupeFavor

198 Regalado Mardueño, Carmina YadiraAusente

199 Reyes Carmona, EmmanuelFavor

200 Reyes Colín, Marco AntonioFavor

201 Reyes López, ValentínFavor

202 Reyes Miguel, IdaliaFavor

203 Ríos Fararoni, Eulalio JuanAusente

204 Rivera Castillo, FortunatoFavor

205 Robles Gutiérrez, Beatriz SilviaFavor

206 Robles Ortiz, MarthaFavor

207 Rocha Vega, EfraínFavor

208 Rodríguez Arellano, EdiltrudisFavor

209 Rodríguez Gómez, EraclioFavor

210 Rodríguez González, ManuelFavor

211 Rodríguez Ruiz, Ana MaríaFavor

212 Rojas Martínez, BeatrizFavor

213 Román Ávila, María GuadalupeFavor

214 Rosas Martínez, Luz EstefaníaFavor

215 Rosas Uribe, Erika MarianaFavor

216 Ruiz Lustre, Hugo RafaelFavor

217 Salazar Fernández, Luis FernandoFavor

218 Salinas Narváez, JavierFavor

219 Sánchez Barrales Zavalza, Raúl ErnestoFavor

220 Sánchez Barrios, CarlosFavor

221 Sánchez Castro, AnitaFavor

222 Sánchez Galván, MiroslavaFavor

223 Sánchez Ortiz, GracielaFavor

224 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor

225 Sandoval Soberanes, LucindaFavor

226 Santiago Chepi, AzaelFavor

227 Santiago Manuel, IranFavor

228 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor

229 Santos Díaz, Edelmiro SantiagoFavor

230 Sibaja Mendoza, Jorge ÁngelFavor

231 Solís Barrera, María MarivelFavor

232 Sosa Salinas, José de la LuzFavor

233 Tellez Infante, JannetFavor

234 Tello Espinosa, ClaudiaFavor

235 Tenorio Adame, PaolaFavor

236 Terán Águila, RubénFavor

237 Torres Piña, CarlosFavor

238 Valencia Cruz, RosalbaFavor

239 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

240 Varela López, Víctor GabrielFavor

241 Vargas Hernández, Lidia NallelyFavor

242 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor

243 Vazquez Vazquez, AlfredoFavor

244 Veloz Silva, María LuisaAusente

245 Vences Valencia, Julieta KristalFavor

246 Viedma Velázquez, AlejandroFavor

247 Villa Villegas, AlbertoFavor

248 Villalvazo Amaya, Mirtha IlianaFavor

249 Villarauz Martínez, Rocío del PilarFavor

250 Villareal Pasaret, Francisco JorgeAusente

251 Villavicencio Ayala, LorenaFavor

252 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor

253 Villegas Sánchez, MeraryAusente

254 Yáñez Centeno y Cabrera, Claudia ValeriaFavor

255 Zamora Valdéz, CasimiroFavor

256 Zavaleta Sánchez, GracielaFavor

Favor: 228

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 28

Total: 256

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Adame Castillo, Marco AntonioFavor

2 Aguilar Vega, MarcosFavor

3 Alemán Hernández, NohemíFavor

4 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor

5 Ascencio Barba, Sergio FernandoFavor

6 Ayala Díaz, Ma. de los ÁngelesAusente

7 Azuara Zúñiga, XavierFavor

8 Bonnafoux Alcaraz, MadeleineFavor

9 Cambero Pérez, José RamónAusente

10 Carreón Mejía, CarlosFavor

11 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

12 Cinta Rodríguez, Carlos ElhierFavor

13 Dávila Fernández, AdrianaFavor

14 Díaz Jiménez, Antonia NatividadAusente

15 Espadas Galván, Jorge ArturoAusente

16 Espinosa Rivas, Ma. Eugenia LeticiaFavor

17 Flores Suárez, RicardoAusente

18 García Escalante, RicardoFavor

19 García Gómez, Martha ElenaAusente

20 García Morlan, Dulce AlejandraFavor

21 García Ochoa, AbsalónFavor

22 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

23 Garfias Cedillo, Sylvia VioletaAusente

24 Garza Galván, Silvia GuadalupeFavor

25 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor

26 Gómez Quej, José Del CarmenAusente

27 González Estrada, Martha ElisaAusente

28 González Márquez, Karen MichelFavor

29 Gracia Guzmán, RaúlAusente

30 Guerra Villarreal, Isabel MargaritaFavor

31 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesAusente

32 Guzmán Avilés, JesúsFavor

33 Guzmán Avilés, María Del RosarioFavor

34 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor

35 López Birlain, Ana PaolaFavor

36 López Cisneros, José MartínAusente

37 Luévano Núñez, Francisco JavierFavor

38 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor

39 Mares Aguilar, José RigobertoFavor

40 Martínez Juárez, JacquelinaAusente

41 Martínez Terrazas, Oscar DanielAusente

42 Mata Carrasco, MarioFavor

43 Mata Lozano, LizbethFavor

44 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoAusente

45 Murillo Chávez, Janet MelanieFavor

46 Núñez Cerón, SaraiFavor

47 Ortega Martínez, Ma. del PilarFavor

48 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor

49 Pérez Díaz, Víctor ManuelFavor

50 Pérez Rivera, Evaristo LeninFavor

51 Preciado Rodríguez, Jorge LuisFavor

52 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor

53 Ramos Tamez, Mario AlbertoFavor

54 Riggs Baeza, Miguel AlonsoAusente

55 Rivera Hernández, MarcelinoFavor

56 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

57 Rocha Acosta, SoniaFavor

58 Rodríguez Rivera, Iván ArturoFavor

59 Rojas Hernández, Laura AngélicaFavor

60 Romero Herrera, JorgeFavor

61 Romero Hicks Juan CarlosFavor

62 Romero León, GloriaFavor

63 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor

64 Romo Romo, GuadalupeAusente

65 Rosas Quintanilla, José SalvadorFavor

66 Ruffo Appel, ErnestoFavor

67 Salazar Báez, JosefinaFavor

68 Salinas Wolberg, HernánAusente

69 Sandoval Mendoza, María LiduvinaFavor

70 Sobrado Rodríguez, Verónica MaríaFavor

71 Tejeda Cid, ArmandoAusente

72 Terrazas Baca, PatriciaFavor

73 Torres Graciano, FernandoFavor

74 Torres Peimbert, María MarcelaFavor

75 Torres Ramírez, AdolfoAusente

76 Trejo Reyes, José IsabelFavor

77 Valenzuela González, Carlos AlbertoFavor

78 Verastegui Ostos, Vicente JavierFavor

79 Villarreal García, RicardoFavor

Favor: 59

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 20

Total: 79

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Acosta Peña, Brasil AlbertoAusente

2 Aguilar Castillo, RicardoFavor

3 Alemán Muñoz Castillo, MaríaFavor

4 Alonzo Morales, María EsterFavor

5 Álvarez García, Ivonne LilianaAusente

6 Angulo Briceño, Pablo GuillermoFavor

7 Azuara Yarzabal, FrinneFavor

8 Barrera Fortoul, LauraFavor

9 Campos Córdova, Lenin NelsonAusente

10 Canul Pérez, Juan JoséFavor

11 Córdova Morán, Luis Eleusis LeónidasAusente

12 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

13 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor

14 Flores Sánchez, MargaritaFavor

15 Galindo Favela, FernandoFavor

16 Garay Cadena, Martha HortenciaFavor

17 González Cuevas, IsaíasFavor

18 Guel Saldívar, Norma AdelaFavor

19 Hernández Deras, Ismael AlfredoFavor

20 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor

21 Ingram Vallines, AnilúFavor

22 Juárez Cisneros, ReneFavor

23 Limón Hernández, ManuelFavor

24 López Castro, Cynthia IlianaAusente

25 Medina Herrera, BenitoFavor

26 Miranda Nava, Luis EnriqueAusente

27 Moreira Valdez, Rubén IgnacioAusente

28 Nemer Alvarez, Ernesto JavierFavor

29 Noroña Quezada, Hortensia María LuisaFavor

30 Ochoa Reza, EnriqueFavor

31 Ortiz Guarneros, JuanFavor

32 Pastor Badilla, ClaudiaFavor

33 Pavón Campos, CarlosAusente

34 Pérez Munguía, SorayaFavor

35 Puente De La Mora, XimenaFavor

36 Roa Sánchez Cruz, JuvenalFavor

37 Rocha Medina, Ma. SaraFavor

38 Rodríguez Mier Y Terán, MarianaFavor

39 Saldaña Pérez, María LuceroFavor

40 Sánchez Martínez, Lourdes ErikaFavor

41 Sauri Riancho, Dulce MaríaFavor

42 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

43 Velasco González, Marcela GuillerminaFavor

44 Villegas Arreola, AlfredoFavor

45 Yunes Landa, HéctorFavor

46 Zarzosa Sánchez EduardoFavor

Favor: 38

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 8

Total: 46

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Bayardo Cabrera, Rosa MaríaFavor

2 Bernal Camarena, Ana LauraAusente

3 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor

4 Dekker Gómez, Clementina MartaFavor

5 Domínguez Vázquez, Claudia AngélicaAusente

6 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor

7 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor

8 Femat Bañuelos, AlfredoFavor

9 Fernández Noroña, GerardoFavor

10 Garay Ulloa, SilvanoFavor

11 García Duque, José LuisFavor

12 García García, MargaritaFavor

13 García Grande, Ana RuthFavor

14 González Morales, HildelisaFavor

15 González Soto, SantiagoFavor

16 González Yáñez, ÓscarFavor

17 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor

18 Huerta Hernández, MarthaFavor

19 Jiménez Pérez, María RoseliaAusente

20 Lastra Muñoz, Claudia ElenaFavor

21 Maceda Carrera, NellyFavor

22 Manzanilla Téllez, EmilioFavor

23 Martínez Ruiz, MaribelFavor

24 Martínez Ventura, Luis EnriqueAusente

25 Marú Mejía, María TeresaAusente

26 Montalvo Luna, José LuisFavor

27 Osuna Medina, José MarioFavor

28 Porras Domínguez, AlfredoFavor

29 Reyes Ledesma, ArmandoAusente

30 Roblero Gordillo, MaricruzFavor

31 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor

32 Rojo Pimentel, Ana KarinaFavor

33 Sandoval Flores, ReginaldoFavor

34 Vázquez García, DioniciaFavor

35 Zertuche Zuani, Armando JavierFavor

Favor: 29

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 6

Total: 35

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Bravo Padilla, Itzcoatl TonatiuhFavor

2 Cheja Alfaro, Jacobo DavidFavor

3 Contreras González, Lourdes CeleniaFavor

4 Del Toro Pérez, HiginioFavor

5 Espinoza Cárdenas, Juan MartínFavor

6 Falomir Saenz, Alan JesúsFavor

7 García Lara, Jorge AlcibíadesFavor

8 Gómez Maldonado, Maiella Martha GabrielaFavor

9 González Anaya, María LibierFavor

10 González García, Ana PriscilaFavor

11 Herrera Vega, Geraldina IsabelFavor

12 Ku Escalante, Kehila AbigailFavor

13 Loya Hernández, Fabiola Raquel GuadalupeAusente

14 Lozano Mac Donald, PilarFavor

15 Macías Rábago, JulietaFavor

16 Medina Ortíz, Adriana GabrielaFavor

17 Méndez De La Luz Dauzón, Dulce MaríaFavor

18 Prudencio González, Carmen JuliaFavor

19 Ramírez Salcido, Juan FranciscoFavor

20 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor

21 Rodríguez Vázquez, ArielFavor

22 Ron Ramos, EduardoAusente

23 Russo Salido, Jorge EugenioFavor

24 Salinas Reyes, RuthFavor

25 Tagle Martínez, Martha AngélicaFavor

26 Villarreal Salazar, Juan CarlosAusente

27 Zamudio Macias, Martha AngélicaFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 27

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Acundo González, MiguelFavor

2 Argüelles Victorero, Jorge ArturoFavor

3 Báez Ruiz, ClaudiaFavor

4 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesusAusente

5 Buenfil Díaz, Irasema del CarmenFavor

6 Cabrera Lagunas, Ma. del CarmenFavor

7 Cruz Aparicio, Héctor RenéAusente

8 De la Peña Marshall, RicardoFavor

9 García Aguilar, CarolinaFavor

10 Garza Gutiérrez, Laura Erika de JesúsAusente

11 González Escoto, ArmandoFavor

12 Guzmán Valdéz, EdgarFavor

13 Lozano Rodríguez, AdrianaFavor

14 Manzanilla Prieto, Fernando LuisFavor

15 Moreno Medina, Esmeralda de los AngelesFavor

16 Pérez Hernández, José ÁngelFavor

17 Pérez Negrón Ruiz, Iván ArturoFavor

18 Reséndiz Hernández, Nancy ClaudiaFavor

19 Rosete Sánchez, MaríaFavor

20 Saldivar Camacho, Francisco JavierFavor

21 Salvatori Bojalil, NayeliFavor

22 Sosa Ruíz, Olga PatriciaFavor

23 Teissier Zavala, Adriana PaulinaFavor

24 Terán Villalobos, Irma MaríaFavor

25 Torres Díaz, Elba LorenaFavor

26 Vargas Contreras, ErnestoAusente

27 Villegas González Héctor JoelFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 27

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Alcántara Núñez, Jesús SergioFavor

2 Bautista Villegas, OscarFavor

3 Bugarín Cortés, Lyndiana ElizabethAusente

4 Corona Méndez, Jorge FranciscoFavor

5 Escobar y Vega, ArturoFavor

6 Espinoza Mata, ZulmaFavor

7 Gallardo Cardona, José RicardoFavor

8 Gómez Alcantar, Marco AntonioFavor

9 Gómez Ordaz, Leticia MarianaFavor

10 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor

11 Rubio Montejo, Roberto AntonioFavor

12 Vidal Peniche, Jesús CarlosFavor

13 Villafuerte Zavala, LiliaFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 13

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Aguilera Rojas, José GuadalupeFavor

2 Alcalá Padilla, AbrilFavor

3 Almaguer Pardo, Ma. GuadalupeFavor

4 Almeida López, MónicaFavor

5 Bautista Rodríguez, MónicaFavor

6 Esparza Márquez, Frida AlejandraFavor

7 García Gutiérrez, RaymundoFavor

8 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

9 Ortega Martínez, AntonioAusente

10 Reyes Montiel, ClaudiaAusente

11 Rodríguez Zamora, Norma AzucenaFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Morales Vázquez, Carlos AlbertoFavor

2 Riojas Martínez, Ana LuciaFavor

3 Serrano Cortes, HéctorFavor

4 Toledo Gutiérrez, Mauricio AlonsoFavor

Favor: 4

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 0

Total: 4

Dictamen de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología (en lo general y en lo particular)

MORENA

1 Abasolo Sánchez, Pedro DanielAusente

2 Aguilar Castillo, Heriberto MarceloFavor

3 Aguilar Linda, BonifacioFavor

4 Aguilar Molina, Leticia ArlettFavor

5 Aguilera Brenes, SebastiánFavor

6 Aguilera Chairez, MaribelFavor

7 Alavez Ruiz, AleidaQuorum

8 Alegre Salazar, Luis JavierFavor

9 Alejandro Candelaria, MaximinoFavor

10 Alfaro Morales, María IsabelFavor

11 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor

12 Alvarado Moreno, María GuillerminaFavor

13 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor

14 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor

15 Andrade Zavala, Marco AntonioFavor

16 Angeles Mendoza, Julio CésarFavor

17 Antonio Altamirano, CarolFavor

18 Areizaga Uribe, Erwin JorgeFavor

19 Arenas Madrigal, Edgar EduardoFavor

20 Arrieta Sánchez, EleuterioFavor

21 Arvizu De la Luz, Felipe RafaelFavor

22 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor

23 Audiffred Fernández, Karen IvetteFavor

24 Avalos Magaña, Laura PatriciaFavor

25 Avila Vera, Mildred ConcepciónFavor

26 Ayala Bobadilla, Carlos IvánFavor

27 Badillo Moreno, Cuauhtli FernandoFavor

28 Bahena Jiménez, SocorroFavor

29 Barajas Barajas, EstebanFavor

30 Barrera Badillo, RocíoFavor

31 Barroso Chávez, AlejandroFavor

32 Bautista Bravo, Juan AngelFavor

33 Bautista Peláez, Maria del CarmenFavor

34 Bautista Rivera, DavidFavor

35 Blas López, VíctorFavor

36 Bonifaz Moedano, Raúl EduardoFavor

37 Bonilla Herrera, RaquelFavor

38 Borrego Adame, Francisco JavierFavor

39 Briceño Zuloaga, María WendyFavor

40 Burelo Cortazar, TeresaFavor

41 Calderón Medina, SamuelFavor

42 Calderón Salas, RodrigoFavor

43 Callejas Romero, GustavoFavor

44 Campos Equihua, Ignacio BenjamínAusente

45 Cano González, SusanaFavor

46 Carbajal Miranda, Marco AntonioFavor

47 Carranza Aréas, JulioFavor

48 Carrasco Godínez, Nelly MinervaFavor

49 Carrazco Macías, OlegariaFavor

50 Carrillo Luna, JuanaFavor

51 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor

52 Castañeda Ortiz, María Guadalupe EdithFavor

53 Castillo Lozano, Katia AlejandraFavor

54 Cayetano García, RubénFavor

55 Cazarez Yañez, MartinaAusente

56 Chávez Pérez, MaríaFavor

57 Chico Herrera, Miguel ÁngelAusente

58 Clouthier Carrillo, TatianaFavor

59 Contreras Castillo, ArmandoFavor

60 Contreras Montes, GustavoFavor

61 Cruz Santos Flora, TaniaFavor

62 Cuaxiloa Serrano, Susana BeatrizFavor

63 Cuevas Barron, GabrielaFavor

64 De Jesús Jiménez, LucioFavor

65 De La Cruz Delucio, Patricia Del CarmenFavor

66 Del Bosque Villarreal, Diego EduardoFavor

67 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor

68 Delgado Carrillo, MarioFavor

69 Delsol Estrada, José RicardoFavor

70 Díaz Aguilar, LeticiaFavor

71 Diaz Avilez, María GuadalupeFavor

72 Diaz García, María ElizabethFavor

73 Domínguez Flores, RosalindaFavor

74 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente

75 Elizondo Garrido, FranciscoFavor

76 Elorza Flores, José LuisAusente

77 Espadas Méndez, Gregorio EfraínFavor

78 Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe Favor

79 Espinoza Lopez, BrendaFavor

80 Espinoza Segura, María BerthaFavor

81 Exsome Zapata, Ricardo FranciscoFavor

82 Farías Zambrano, Melba NeliaFavor

83 Farrera Esponda, Juan EnriqueFavor

84 Fernández Cruz, Nayeli ArlenFavor

85 Flores Anguiano, FelicianoFavor

86 Flores Olivo, LucíaFavor

87 García Anaya, LidiaFavor

88 García Cayetano, DorhenyFavor

89 García Corpus, Teófilo ManuelFavor

90 García Guardado, Ma. de JesúsFavor

91 García Hernández, Jesús FernandoAusente

92 García Rosales, EdithFavor

93 García Rubio, AgustínFavor

94 García Soto, UlisesFavor

95 García Vidaña, Martha OliviaFavor

96 García Zepeda, JulietaAusente

97 Gordillo Moreno, Alfredo AntonioFavor

98 Gómez Álvarez, PabloAusente

99 Gómez Ventura, ManuelFavor

100 González Castañeda, Sandra PaolaFavor

101 González Reyes, Marco AntonioFavor

102 González Robledo, ErasmoFavor

103 Guerra Mena, JuanitaFavor

104 Guerra Méndez, Lizeth AmayraniFavor

105 Guerra Navarro, Laura MónicaFavor

106 Guerrero Barrera, YolandaFavor

107 Guillén Quiroz, Ana LiliaFavor

108 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor

109 Gutiérrez Luna, Sergio CarlosAusente

110 Guzmán De La Torre, Francisco JavierFavor

111 Hernández Pérez, César AgustínFavor

112 Hernández Pérez, María EugeniaFavor

113 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor

114 Hernández Villalpando, RafaelFavor

115 Herrera Chávez, SamuelFavor

116 Herrera Pérez, GonzaloFavor

117 Hidalgo Ponce, Javier ArielFavor

118 Huerta Corona, Benjamín SaúlFavor

119 Huerta del Río, María de los ÁngelesFavor

120 Huerta González, Agustín ReynaldoAusente

121 Huerta Martínez, ManuelFavor

122 Interian Gallegos, Limbert Iván de JesúsFavor

123 Jarero Velázquez, Miguel PavelAusente

124 Jáuregui Montes de Oca, Miguel ÁngelFavor

125 Jiménez Andrade, Lorena del SocorroFavor

126 Jiménez y Meneses, Héctor Guillermo de JesúsAusente

127 Juan Carlos, IrmaFavor

128 Lamarque Cano, Carlos JavierFavor

129 López Aparicio, DelfinoFavor

130 López Castillo, ManuelFavor

131 López Chávez, Maria BeatrizFavor

132 López Pérez, María TeresaFavor

133 López Rayón, ClaudiaAusente

134 López Rodríguez, AbelinaFavor

135 Maldonado Tapia, Mirna ZabeidaFavor

136 Manzano Salazar, JavierFavor

137 Márquez González, Miguel ÁngelFavor

138 Martínez Aguilar, Emeteria ClaudiaFavor

139 Martínez Aké, Carlos EnriqueFavor

140 Martínez Flores, JuanFavor

141 Martínez González, LauraFavor

142 Maya Martínez, HirepanFavor

143 Mayer Bretón, SergioAusente

144 Medel Palma, CarmenFavor

145 Medina Pérez, Marco AntonioFavor

146 Mejía Cruz, María EstherFavor

147 Mercado Torres, Edith MarisolFavor

148 Merino García, VirginiaFavor

149 Merlín García, María del RosarioFavor

150 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor

151 Minor Mora, Jesús SalvadorFavor

152 Mojica Toledo, AlejandroFavor

153 Mojica Wences, Víctor AdolfoFavor

154 Molina Espinoza, IrineoFavor

155 Montes Hernández, María de LourdesFavor

156 Montes Nieves, Jorge LuisFavor

157 Mora García, CarmenFavor

158 Mora Ríos, María Teresa Rebeca RosaFavor

159 Morales Elvira, Erik IsaacFavor

160 Moreno Gil, Mario IsmaelFavor

161 Muñoz Ledo, PorfirioFavor

162 Murguía Soto, UlisesFavor

163 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor

164 Noriega Galaz, Martha LizethFavor

165 Novella Macías, Oscar RafaelFavor

166 Núñez Alvarez, EstelaFavor

167 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor

168 Ocampo Manzanares, AraceliFavor

169 Ochoa Valdivia, ZairaFavor

170 Olvera Bautista, Sandra SimeyFavor

171 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor

172 Orihuela Nava, DavidFavor

173 Ortega Nájera, Hilda PatriciaFavor

174 Padierna Luna, DoloresFavor

175 Palacios Cordero, Lucio ErnestoFavor

176 Palma Olvera, Carmen PatriciaFavor

177 Pani Barragán, AlejandraFavor

178 Parra Juárez, InésFavor

179 Peralta De La Peña, Ana PatriciaFavor

180 Pérez Arroyo, AlfonsoFavor

181 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor

182 Pérez Hernández, SergioFavor

183 Pérez López, Beatriz DomingaFavor

184 Pérez Mackintosh, Miriam CitlallyFavor

185 Pérez Rodríguez, ClaudiaFavor

186 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor

187 Piña Bernal, AdelaFavor

188 Ponce Cobos, AlejandroFavor

189 Ponce Méndez, María GeraldineFavor

190 Pool Moo, Jesús de los ÁngelesFavor

191 Prado de los Santos, MiguelFavor

192 Rabelo Velasco, Roque LuisAusente

193 Ramírez Lucero, Martha PatriciaAusente

194 Ramírez Navarrete, Francisco JavierFavor

195 Ramos Cruz, VerónicaFavor

196 Ramos Ruiz, Juan IsraelFavor

197 Ramos Sotelo, GuadalupeFavor

198 Regalado Mardueño, Carmina YadiraFavor

199 Reyes Carmona, EmmanuelFavor

200 Reyes Colín, Marco AntonioFavor

201 Reyes López, ValentínFavor

202 Reyes Miguel, IdaliaFavor

203 Ríos Fararoni, Eulalio JuanAusente

204 Rivera Castillo, FortunatoFavor

205 Robles Gutiérrez, Beatriz SilviaFavor

206 Robles Ortiz, MarthaFavor

207 Rocha Vega, EfraínFavor

208 Rodríguez Arellano, EdiltrudisFavor

209 Rodríguez Gómez, EraclioFavor

210 Rodríguez González, ManuelFavor

211 Rodríguez Ruiz, Ana MaríaFavor

212 Rojas Martínez, BeatrizFavor

213 Román Ávila, María GuadalupeFavor

214 Rosas Martínez, Luz EstefaníaFavor

215 Rosas Uribe, Erika MarianaFavor

216 Ruiz Lustre, Hugo RafaelFavor

217 Salazar Fernández, Luis FernandoFavor

218 Salinas Narváez, JavierFavor

219 Sánchez Barrales Zavalza, Raúl ErnestoFavor

220 Sánchez Barrios, CarlosFavor

221 Sánchez Castro, AnitaFavor

222 Sánchez Galván, MiroslavaFavor

223 Sánchez Ortiz, GracielaFavor

224 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor

225 Sandoval Soberanes, LucindaFavor

226 Santiago Chepi, AzaelFavor

227 Santiago Manuel, IranFavor

228 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor

229 Santos Díaz, Edelmiro SantiagoFavor

230 Sibaja Mendoza, Jorge ÁngelFavor

231 Solís Barrera, María MarivelFavor

232 Sosa Salinas, José de la LuzFavor

233 Tellez Infante, JannetFavor

234 Tello Espinosa, ClaudiaFavor

235 Tenorio Adame, PaolaFavor

236 Terán Águila, RubénFavor

237 Torres Piña, CarlosFavor

238 Valencia Cruz, RosalbaFavor

239 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

240 Varela López, Víctor GabrielFavor

241 Vargas Hernández, Lidia NallelyFavor

242 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor

243 Vazquez Vazquez, AlfredoFavor

244 Veloz Silva, María LuisaAusente

245 Vences Valencia, Julieta KristalFavor

246 Viedma Velázquez, AlejandroFavor

247 Villa Villegas, AlbertoFavor

248 Villalvazo Amaya, Mirtha IlianaFavor

249 Villarauz Martínez, Rocío del PilarAusente

250 Villareal Pasaret, Francisco JorgeAusente

251 Villavicencio Ayala, LorenaFavor

252 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor

253 Villegas Sánchez, MeraryAusente

254 Yáñez Centeno y Cabrera, Claudia ValeriaFavor

255 Zamora Valdéz, CasimiroFavor

256 Zavaleta Sánchez, GracielaFavor

Favor: 233

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 1

Ausentes: 22

Total: 256

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Adame Castillo, Marco AntonioFavor

2 Aguilar Vega, MarcosFavor

3 Alemán Hernández, NohemíFavor

4 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor

5 Ascencio Barba, Sergio FernandoFavor

6 Ayala Díaz, Ma. de los ÁngelesFavor

7 Azuara Zúñiga, XavierFavor

8 Bonnafoux Alcaraz, MadeleineFavor

9 Cambero Pérez, José RamónAusente

10 Carreón Mejía, CarlosFavor

11 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

12 Cinta Rodríguez, Carlos ElhierFavor

13 Dávila Fernández, AdrianaFavor

14 Díaz Jiménez, Antonia NatividadAusente

15 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor

16 Espinosa Rivas, Ma. Eugenia LeticiaFavor

17 Flores Suárez, RicardoAusente

18 García Escalante, RicardoFavor

19 García Gómez, Martha ElenaAusente

20 García Morlan, Dulce AlejandraFavor

21 García Ochoa, AbsalónFavor

22 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

23 Garfias Cedillo, Sylvia VioletaAusente

24 Garza Galván, Silvia GuadalupeFavor

25 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor

26 Gómez Quej, José Del CarmenAusente

27 González Estrada, Martha ElisaAusente

28 González Márquez, Karen MichelFavor

29 Gracia Guzmán, RaúlAusente

30 Guerra Villarreal, Isabel MargaritaFavor

31 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesAusente

32 Guzmán Avilés, JesúsFavor

33 Guzmán Avilés, María Del RosarioFavor

34 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor

35 López Birlain, Ana PaolaFavor

36 López Cisneros, José MartínAusente

37 Luévano Núñez, Francisco JavierFavor

38 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor

39 Mares Aguilar, José RigobertoFavor

40 Martínez Juárez, JacquelinaAusente

41 Martínez Terrazas, Oscar DanielFavor

42 Mata Carrasco, MarioFavor

43 Mata Lozano, LizbethFavor

44 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoFavor

45 Murillo Chávez, Janet MelanieFavor

46 Núñez Cerón, SaraiFavor

47 Ortega Martínez, Ma. del PilarFavor

48 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor

49 Pérez Díaz, Víctor ManuelFavor

50 Pérez Rivera, Evaristo LeninFavor

51 Preciado Rodríguez, Jorge LuisFavor

52 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor

53 Ramos Tamez, Mario AlbertoFavor

54 Riggs Baeza, Miguel AlonsoAusente

55 Rivera Hernández, MarcelinoFavor

56 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

57 Rocha Acosta, SoniaFavor

58 Rodríguez Rivera, Iván ArturoFavor

59 Rojas Hernández, Laura AngélicaFavor

60 Romero Herrera, JorgeFavor

61 Romero Hicks Juan CarlosFavor

62 Romero León, GloriaFavor

63 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor

64 Romo Romo, GuadalupeAusente

65 Rosas Quintanilla, José SalvadorFavor

66 Ruffo Appel, ErnestoAusente

67 Salazar Báez, JosefinaFavor

68 Salinas Wolberg, HernánAusente

69 Sandoval Mendoza, María LiduvinaFavor

70 Sobrado Rodríguez, Verónica MaríaFavor

71 Tejeda Cid, ArmandoFavor

72 Terrazas Baca, PatriciaFavor

73 Torres Graciano, FernandoFavor

74 Torres Peimbert, María MarcelaFavor

75 Torres Ramírez, AdolfoFavor

76 Trejo Reyes, José IsabelFavor

77 Valenzuela González, Carlos AlbertoFavor

78 Verastegui Ostos, Vicente JavierFavor

79 Villarreal García, RicardoFavor

Favor: 64

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 15

Total: 79

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Acosta Peña, Brasil AlbertoAusente

2 Aguilar Castillo, RicardoFavor

3 Alemán Muñoz Castillo, MaríaFavor

4 Alonzo Morales, María EsterFavor

5 Álvarez García, Ivonne LilianaAusente

6 Angulo Briceño, Pablo GuillermoFavor

7 Azuara Yarzabal, FrinneFavor

8 Barrera Fortoul, LauraFavor

9 Campos Córdova, Lenin NelsonAusente

10 Canul Pérez, Juan JoséFavor

11 Córdova Morán, Luis Eleusis LeónidasAusente

12 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

13 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor

14 Flores Sánchez, MargaritaFavor

15 Galindo Favela, FernandoFavor

16 Garay Cadena, Martha HortenciaFavor

17 González Cuevas, IsaíasFavor

18 Guel Saldívar, Norma AdelaFavor

19 Hernández Deras, Ismael AlfredoFavor

20 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor

21 Ingram Vallines, AnilúFavor

22 Juárez Cisneros, ReneFavor

23 Limón Hernández, ManuelFavor

24 López Castro, Cynthia IlianaAusente

25 Medina Herrera, BenitoFavor

26 Miranda Nava, Luis EnriqueAusente

27 Moreira Valdez, Rubén IgnacioAusente

28 Nemer Alvarez, Ernesto JavierFavor

29 Noroña Quezada, Hortensia María LuisaFavor

30 Ochoa Reza, EnriqueFavor

31 Ortiz Guarneros, JuanFavor

32 Pastor Badilla, ClaudiaFavor

33 Pavón Campos, CarlosAusente

34 Pérez Munguía, SorayaFavor

35 Puente De La Mora, XimenaFavor

36 Roa Sánchez Cruz, JuvenalFavor

37 Rocha Medina, Ma. SaraFavor

38 Rodríguez Mier Y Terán, MarianaFavor

39 Saldaña Pérez, María LuceroFavor

40 Sánchez Martínez, Lourdes ErikaFavor

41 Sauri Riancho, Dulce MaríaFavor

42 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

43 Velasco González, Marcela GuillerminaFavor

44 Villegas Arreola, AlfredoFavor

45 Yunes Landa, HéctorFavor

46 Zarzosa Sánchez EduardoFavor

Favor: 38

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 8

Total: 46

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Bayardo Cabrera, Rosa MaríaFavor

2 Bernal Camarena, Ana LauraAusente

3 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor

4 Dekker Gómez, Clementina MartaFavor

5 Domínguez Vázquez, Claudia AngélicaFavor

6 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor

7 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor

8 Femat Bañuelos, AlfredoFavor

9 Fernández Noroña, GerardoFavor

10 Garay Ulloa, SilvanoFavor

11 García Duque, José LuisFavor

12 García García, MargaritaFavor

13 García Grande, Ana RuthFavor

14 González Morales, HildelisaFavor

15 González Soto, SantiagoFavor

16 González Yáñez, ÓscarFavor

17 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor

18 Huerta Hernández, MarthaFavor

19 Jiménez Pérez, María RoseliaAusente

20 Lastra Muñoz, Claudia ElenaFavor

21 Maceda Carrera, NellyFavor

22 Manzanilla Téllez, EmilioFavor

23 Martínez Ruiz, MaribelFavor

24 Martínez Ventura, Luis EnriqueAusente

25 Marú Mejía, María TeresaFavor

26 Montalvo Luna, José LuisFavor

27 Osuna Medina, José MarioFavor

28 Porras Domínguez, AlfredoFavor

29 Reyes Ledesma, ArmandoAusente

30 Roblero Gordillo, MaricruzFavor

31 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor

32 Rojo Pimentel, Ana KarinaFavor

33 Sandoval Flores, ReginaldoFavor

34 Vázquez García, DioniciaFavor

35 Zertuche Zuani, Armando JavierFavor

Favor: 31

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 35

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Bravo Padilla, Itzcoatl TonatiuhFavor

2 Cheja Alfaro, Jacobo DavidFavor

3 Contreras González, Lourdes CeleniaFavor

4 Del Toro Pérez, HiginioFavor

5 Espinoza Cárdenas, Juan MartínFavor

6 Falomir Saenz, Alan JesúsFavor

7 García Lara, Jorge AlcibíadesFavor

8 Gómez Maldonado, Maiella Martha GabrielaFavor

9 González Anaya, María LibierFavor

10 González García, Ana PriscilaFavor

11 Herrera Vega, Geraldina IsabelFavor

12 Ku Escalante, Kehila AbigailFavor

13 Loya Hernández, Fabiola Raquel GuadalupeAusente

14 Lozano Mac Donald, PilarFavor

15 Macías Rábago, JulietaFavor

16 Medina Ortíz, Adriana GabrielaFavor

17 Méndez De La Luz Dauzón, Dulce MaríaFavor

18 Prudencio González, Carmen JuliaFavor

19 Ramírez Salcido, Juan FranciscoFavor

20 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor

21 Rodríguez Vázquez, ArielFavor

22 Ron Ramos, EduardoAusente

23 Russo Salido, Jorge EugenioFavor

24 Salinas Reyes, RuthFavor

25 Tagle Martínez, Martha AngélicaFavor

26 Villarreal Salazar, Juan CarlosAusente

27 Zamudio Macias, Martha AngélicaFavor

Favor: 24

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 27

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Acundo González, MiguelFavor

2 Argüelles Victorero, Jorge ArturoFavor

3 Báez Ruiz, ClaudiaFavor

4 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesusAusente

5 Buenfil Díaz, Irasema del CarmenFavor

6 Cabrera Lagunas, Ma. del CarmenFavor

7 Cruz Aparicio, Héctor RenéAusente

8 De la Peña Marshall, RicardoFavor

9 García Aguilar, CarolinaFavor

10 Garza Gutiérrez, Laura Erika de JesúsAusente

11 González Escoto, ArmandoFavor

12 Guzmán Valdéz, EdgarFavor

13 Lozano Rodríguez, AdrianaFavor

14 Manzanilla Prieto, Fernando LuisFavor

15 Moreno Medina, Esmeralda de los AngelesFavor

16 Pérez Hernández, José ÁngelFavor

17 Pérez Negrón Ruiz, Iván ArturoFavor

18 Reséndiz Hernández, Nancy ClaudiaFavor

19 Rosete Sánchez, MaríaFavor

20 Saldivar Camacho, Francisco JavierFavor

21 Salvatori Bojalil, NayeliFavor

22 Sosa Ruíz, Olga PatriciaFavor

23 Teissier Zavala, Adriana PaulinaFavor

24 Terán Villalobos, Irma MaríaFavor

25 Torres Díaz, Elba LorenaFavor

26 Vargas Contreras, ErnestoAusente

27 Villegas González Héctor JoelFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 27

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Alcántara Núñez, Jesús SergioFavor

2 Bautista Villegas, OscarFavor

3 Bugarín Cortés, Lyndiana ElizabethAusente

4 Corona Méndez, Jorge FranciscoFavor

5 Escobar y Vega, ArturoFavor

6 Espinoza Mata, ZulmaFavor

7 Gallardo Cardona, José RicardoFavor

8 Gómez Alcantar, Marco AntonioFavor

9 Gómez Ordaz, Leticia MarianaFavor

10 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor

11 Rubio Montejo, Roberto AntonioFavor

12 Vidal Peniche, Jesús CarlosFavor

13 Villafuerte Zavala, LiliaFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 13

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Aguilera Rojas, José GuadalupeFavor

2 Alcalá Padilla, AbrilFavor

3 Almaguer Pardo, Ma. GuadalupeFavor

4 Almeida López, MónicaFavor

5 Bautista Rodríguez, MónicaFavor

6 Esparza Márquez, Frida AlejandraFavor

7 García Gutiérrez, RaymundoFavor

8 Juárez Piña, Verónica BeatrizAusente

9 Ortega Martínez, AntonioAusente

10 Reyes Montiel, ClaudiaAusente

11 Rodríguez Zamora, Norma AzucenaFavor

Favor: 8

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 3

Total: 11

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Morales Vázquez, Carlos AlbertoFavor

2 Riojas Martínez, Ana LuciaFavor

3 Serrano Cortes, HéctorFavor

4 Toledo Gutiérrez, Mauricio AlonsoAusente

Favor: 3

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 4

Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal (en lo general y en lo particular)

MORENA

1 Abasolo Sánchez, Pedro DanielFavor

2 Aguilar Castillo, Heriberto MarceloFavor

3 Aguilar Linda, BonifacioFavor

4 Aguilar Molina, Leticia ArlettFavor

5 Aguilera Brenes, SebastiánFavor

6 Aguilera Chairez, MaribelFavor

7 Alavez Ruiz, AleidaFavor

8 Alegre Salazar, Luis JavierFavor

9 Alejandro Candelaria, MaximinoFavor

10 Alfaro Morales, María IsabelFavor

11 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor

12 Alvarado Moreno, María GuillerminaFavor

13 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor

14 Andazola Gómez, Socorro IrmaFavor

15 Andrade Zavala, Marco AntonioFavor

16 Angeles Mendoza, Julio CésarFavor

17 Antonio Altamirano, CarolFavor

18 Areizaga Uribe, Erwin JorgeFavor

19 Arenas Madrigal, Edgar EduardoFavor

20 Arrieta Sánchez, EleuterioFavor

21 Arvizu De la Luz, Felipe RafaelFavor

22 Ascencio Ortega, Reyna CelesteAusente

23 Audiffred Fernández, Karen IvetteFavor

24 Avalos Magaña, Laura PatriciaAusente

25 Avila Vera, Mildred ConcepciónFavor

26 Ayala Bobadilla, Carlos IvánFavor

27 Badillo Moreno, Cuauhtli FernandoAusente

28 Bahena Jiménez, SocorroFavor

29 Barajas Barajas, EstebanAusente

30 Barrera Badillo, RocíoFavor

31 Barroso Chávez, AlejandroFavor

32 Bautista Bravo, Juan AngelFavor

33 Bautista Peláez, Maria del CarmenFavor

34 Bautista Rivera, DavidFavor

35 Blas López, VíctorFavor

36 Bonifaz Moedano, Raúl EduardoFavor

37 Bonilla Herrera, RaquelFavor

38 Borrego Adame, Francisco JavierFavor

39 Briceño Zuloaga, María WendyFavor

40 Burelo Cortazar, TeresaAusente

41 Calderón Medina, SamuelFavor

42 Calderón Salas, RodrigoFavor

43 Callejas Romero, GustavoFavor

44 Campos Equihua, Ignacio BenjamínFavor

45 Cano González, SusanaFavor

46 Carbajal Miranda, Marco AntonioFavor

47 Carranza Aréas, JulioFavor

48 Carrasco Godínez, Nelly MinervaFavor

49 Carrazco Macías, OlegariaFavor

50 Carrillo Luna, JuanaFavor

51 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor

52 Castañeda Ortiz, María Guadalupe EdithFavor

53 Castillo Lozano, Katia AlejandraFavor

54 Cayetano García, RubénFavor

55 Cazarez Yañez, MartinaFavor

56 Chávez Pérez, MaríaFavor

57 Chico Herrera, Miguel ÁngelAusente

58 Clouthier Carrillo, TatianaFavor

59 Contreras Castillo, ArmandoFavor

60 Contreras Montes, GustavoFavor

61 Cruz Santos Flora, TaniaFavor

62 Cuaxiloa Serrano, Susana BeatrizFavor

63 Cuevas Barron, GabrielaFavor

64 De Jesús Jiménez, LucioFavor

65 De La Cruz Delucio, Patricia Del CarmenAusente

66 Del Bosque Villarreal, Diego EduardoFavor

67 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor

68 Delgado Carrillo, MarioFavor

69 Delsol Estrada, José RicardoFavor

70 Díaz Aguilar, LeticiaFavor

71 Diaz Avilez, María GuadalupeFavor

72 Diaz García, María ElizabethFavor

73 Domínguez Flores, RosalindaFavor

74 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente

75 Elizondo Garrido, FranciscoFavor

76 Elorza Flores, José LuisFavor

77 Espadas Méndez, Gregorio EfraínFavor

78 Espinosa de los Monteros García, Adriana María Guadalupe Favor

79 Espinoza Lopez, BrendaFavor

80 Espinoza Segura, María BerthaFavor

81 Exsome Zapata, Ricardo FranciscoFavor

82 Farías Zambrano, Melba NeliaFavor

83 Farrera Esponda, Juan EnriqueFavor

84 Fernández Cruz, Nayeli ArlenFavor

85 Flores Anguiano, FelicianoFavor

86 Flores Olivo, LucíaFavor

87 García Anaya, LidiaFavor

88 García Cayetano, DorhenyFavor

89 García Corpus, Teófilo ManuelFavor

90 García Guardado, Ma. de JesúsFavor

91 García Hernández, Jesús FernandoAusente

92 García Rosales, EdithFavor

93 García Rubio, AgustínFavor

94 García Soto, UlisesAusente

95 García Vidaña, Martha OliviaFavor

96 García Zepeda, JulietaAusente

97 Gordillo Moreno, Alfredo AntonioFavor

98 Gómez Álvarez, PabloAusente

99 Gómez Ventura, ManuelFavor

100 González Castañeda, Sandra PaolaFavor

101 González Reyes, Marco AntonioFavor

102 González Robledo, ErasmoFavor

103 Guerra Mena, JuanitaFavor

104 Guerra Méndez, Lizeth AmayraniFavor

105 Guerra Navarro, Laura MónicaFavor

106 Guerrero Barrera, YolandaFavor

107 Guillén Quiroz, Ana LiliaFavor

108 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor

109 Gutiérrez Luna, Sergio CarlosFavor

110 Guzmán De La Torre, Francisco JavierAusente

111 Hernández Pérez, César AgustínFavor

112 Hernández Pérez, María EugeniaAusente

113 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor

114 Hernández Villalpando, RafaelFavor

115 Herrera Chávez, SamuelFavor

116 Herrera Pérez, GonzaloFavor

117 Hidalgo Ponce, Javier ArielFavor

118 Huerta Corona, Benjamín SaúlFavor

119 Huerta del Río, María de los ÁngelesFavor

120 Huerta González, Agustín ReynaldoAusente

121 Huerta Martínez, ManuelFavor

122 Interian Gallegos, Limbert Iván de JesúsFavor

123 Jarero Velázquez, Miguel PavelFavor

124 Jáuregui Montes de Oca, Miguel ÁngelFavor

125 Jiménez Andrade, Lorena del SocorroFavor

126 Jiménez y Meneses, Héctor Guillermo de JesúsFavor

127 Juan Carlos, IrmaFavor

128 Lamarque Cano, Carlos JavierFavor

129 López Aparicio, DelfinoFavor

130 López Castillo, ManuelFavor

131 López Chávez, Maria BeatrizFavor

132 López Pérez, María TeresaFavor

133 López Rayón, ClaudiaAusente

134 López Rodríguez, AbelinaFavor

135 Maldonado Tapia, Mirna ZabeidaAusente

136 Manzano Salazar, JavierFavor

137 Márquez González, Miguel ÁngelAusente

138 Martínez Aguilar, Emeteria ClaudiaAusente

139 Martínez Aké, Carlos EnriqueFavor

140 Martínez Flores, JuanFavor

141 Martínez González, LauraFavor

142 Maya Martínez, HirepanFavor

143 Mayer Bretón, SergioAusente

144 Medel Palma, CarmenFavor

145 Medina Pérez, Marco AntonioFavor

146 Mejía Cruz, María EstherFavor

147 Mercado Torres, Edith MarisolFavor

148 Merino García, VirginiaFavor

149 Merlín García, María del RosarioFavor

150 Mier Velazco, Moisés IgnacioFavor

151 Minor Mora, Jesús SalvadorFavor

152 Mojica Toledo, AlejandroFavor

153 Mojica Wences, Víctor AdolfoFavor

154 Molina Espinoza, IrineoFavor

155 Montes Hernández, María de LourdesFavor

156 Montes Nieves, Jorge LuisFavor

157 Mora García, CarmenFavor

158 Mora Ríos, María Teresa Rebeca RosaFavor

159 Morales Elvira, Erik IsaacFavor

160 Moreno Gil, Mario IsmaelFavor

161 Muñoz Ledo, PorfirioFavor

162 Murguía Soto, UlisesFavor

163 Navarrete Rivera, Alma DeliaFavor

164 Noriega Galaz, Martha LizethFavor

165 Novella Macías, Oscar RafaelFavor

166 Núñez Alvarez, EstelaFavor

167 Obrador Narváez, Manuela del CarmenAusente

168 Ocampo Manzanares, AraceliFavor

169 Ochoa Valdivia, ZairaFavor

170 Olvera Bautista, Sandra SimeyFavor

171 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor

172 Orihuela Nava, DavidFavor

173 Ortega Nájera, Hilda PatriciaFavor

174 Padierna Luna, DoloresFavor

175 Palacios Cordero, Lucio ErnestoFavor

176 Palma Olvera, Carmen PatriciaFavor

177 Pani Barragán, AlejandraFavor

178 Parra Juárez, InésFavor

179 Peralta De La Peña, Ana PatriciaFavor

180 Pérez Arroyo, AlfonsoFavor

181 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor

182 Pérez Hernández, SergioFavor

183 Pérez López, Beatriz DomingaFavor

184 Pérez Mackintosh, Miriam CitlallyFavor

185 Pérez Rodríguez, ClaudiaFavor

186 Pérez Segura, Laura ImeldaFavor

187 Piña Bernal, AdelaFavor

188 Ponce Cobos, AlejandroFavor

189 Ponce Méndez, María GeraldineFavor

190 Pool Moo, Jesús de los ÁngelesFavor

191 Prado de los Santos, MiguelFavor

192 Rabelo Velasco, Roque LuisAusente

193 Ramírez Lucero, Martha PatriciaAusente

194 Ramírez Navarrete, Francisco JavierFavor

195 Ramos Cruz, VerónicaAusente

196 Ramos Ruiz, Juan IsraelFavor

197 Ramos Sotelo, GuadalupeFavor

198 Regalado Mardueño, Carmina YadiraFavor

199 Reyes Carmona, EmmanuelFavor

200 Reyes Colín, Marco AntonioFavor

201 Reyes López, ValentínFavor

202 Reyes Miguel, IdaliaFavor

203 Ríos Fararoni, Eulalio JuanAusente

204 Rivera Castillo, FortunatoFavor

205 Robles Gutiérrez, Beatriz SilviaFavor

206 Robles Ortiz, MarthaFavor

207 Rocha Vega, EfraínFavor

208 Rodríguez Arellano, EdiltrudisFavor

209 Rodríguez Gómez, EraclioAusente

210 Rodríguez González, ManuelFavor

211 Rodríguez Ruiz, Ana MaríaFavor

212 Rojas Martínez, BeatrizFavor

213 Román Ávila, María GuadalupeFavor

214 Rosas Martínez, Luz EstefaníaFavor

215 Rosas Uribe, Erika MarianaFavor

216 Ruiz Lustre, Hugo RafaelFavor

217 Salazar Fernández, Luis FernandoFavor

218 Salinas Narváez, JavierFavor

219 Sánchez Barrales Zavalza, Raúl ErnestoFavor

220 Sánchez Barrios, CarlosFavor

221 Sánchez Castro, AnitaFavor

222 Sánchez Galván, MiroslavaFavor

223 Sánchez Ortiz, GracielaFavor

224 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor

225 Sandoval Soberanes, LucindaFavor

226 Santiago Chepi, AzaelFavor

227 Santiago Manuel, IranFavor

228 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor

229 Santos Díaz, Edelmiro SantiagoFavor

230 Sibaja Mendoza, Jorge ÁngelFavor

231 Solís Barrera, María MarivelFavor

232 Sosa Salinas, José de la LuzFavor

233 Tellez Infante, JannetFavor

234 Tello Espinosa, ClaudiaFavor

235 Tenorio Adame, PaolaFavor

236 Terán Águila, RubénFavor

237 Torres Piña, CarlosFavor

238 Valencia Cruz, RosalbaFavor

239 Valles Sampedro, Lorenia IvethFavor

240 Varela López, Víctor GabrielFavor

241 Vargas Hernández, Lidia NallelyAusente

242 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor

243 Vazquez Vazquez, AlfredoAusente

244 Veloz Silva, María LuisaAusente

245 Vences Valencia, Julieta KristalFavor

246 Viedma Velázquez, AlejandroFavor

247 Villa Villegas, AlbertoFavor

248 Villalvazo Amaya, Mirtha IlianaFavor

249 Villarauz Martínez, Rocío del PilarFavor

250 Villareal Pasaret, Francisco JorgeFavor

251 Villavicencio Ayala, LorenaAusente

252 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor

253 Villegas Sánchez, MeraryFavor

254 Yáñez Centeno y Cabrera, Claudia ValeriaFavor

255 Zamora Valdéz, CasimiroFavor

256 Zavaleta Sánchez, GracielaFavor

Favor: 226

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 30

Total: 256

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

1 Adame Castillo, Marco AntonioFavor

2 Aguilar Vega, MarcosFavor

3 Alemán Hernández, NohemíFavor

4 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor

5 Ascencio Barba, Sergio FernandoFavor

6 Ayala Díaz, Ma. de los ÁngelesFavor

7 Azuara Zúñiga, XavierFavor

8 Bonnafoux Alcaraz, MadeleineFavor

9 Cambero Pérez, José RamónAusente

10 Carreón Mejía, CarlosFavor

11 Castaños Valenzuela, Carlos HumbertoFavor

12 Cinta Rodríguez, Carlos ElhierFavor

13 Dávila Fernández, AdrianaFavor

14 Díaz Jiménez, Antonia NatividadAusente

15 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor

16 Espinosa Rivas, Ma. Eugenia LeticiaFavor

17 Flores Suárez, RicardoFavor

18 García Escalante, RicardoFavor

19 García Gómez, Martha ElenaAusente

20 García Morlan, Dulce AlejandraFavor

21 García Ochoa, AbsalónFavor

22 García Rojas, Mariana DunyaskaFavor

23 Garfias Cedillo, Sylvia VioletaAusente

24 Garza Galván, Silvia GuadalupeFavor

25 Gómez Cárdenas, Annia SarahíFavor

26 Gómez Quej, José Del CarmenAusente

27 González Estrada, Martha ElisaAusente

28 González Márquez, Karen MichelFavor

29 Gracia Guzmán, RaúlAusente

30 Guerra Villarreal, Isabel MargaritaFavor

31 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesAusente

32 Guzmán Avilés, JesúsFavor

33 Guzmán Avilés, María Del RosarioFavor

34 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor

35 López Birlain, Ana PaolaFavor

36 López Cisneros, José MartínFavor

37 Luévano Núñez, Francisco JavierFavor

38 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor

39 Mares Aguilar, José RigobertoFavor

40 Martínez Juárez, JacquelinaAusente

41 Martínez Terrazas, Oscar DanielFavor

42 Mata Carrasco, MarioFavor

43 Mata Lozano, LizbethFavor

44 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoFavor

45 Murillo Chávez, Janet MelanieFavor

46 Núñez Cerón, SaraiFavor

47 Ortega Martínez, Ma. del PilarFavor

48 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor

49 Pérez Díaz, Víctor ManuelFavor

50 Pérez Rivera, Evaristo LeninFavor

51 Preciado Rodríguez, Jorge LuisFavor

52 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor

53 Ramos Tamez, Mario AlbertoFavor

54 Riggs Baeza, Miguel AlonsoAusente

55 Rivera Hernández, MarcelinoFavor

56 Robledo Leal, Ernesto AlfonsoFavor

57 Rocha Acosta, SoniaFavor

58 Rodríguez Rivera, Iván ArturoFavor

59 Rojas Hernández, Laura AngélicaFavor

60 Romero Herrera, JorgeFavor

61 Romero Hicks Juan CarlosFavor

62 Romero León, GloriaFavor

63 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor

64 Romo Romo, GuadalupeAusente

65 Rosas Quintanilla, José SalvadorFavor

66 Ruffo Appel, ErnestoFavor

67 Salazar Báez, JosefinaFavor

68 Salinas Wolberg, HernánFavor

69 Sandoval Mendoza, María LiduvinaFavor

70 Sobrado Rodríguez, Verónica MaríaFavor

71 Tejeda Cid, ArmandoFavor

72 Terrazas Baca, PatriciaFavor

73 Torres Graciano, FernandoFavor

74 Torres Peimbert, María MarcelaFavor

75 Torres Ramírez, AdolfoFavor

76 Trejo Reyes, José IsabelFavor

77 Valenzuela González, Carlos AlbertoFavor

78 Verastegui Ostos, Vicente JavierFavor

79 Villarreal García, RicardoFavor

Favor: 68

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 11

Total: 79

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1 Acosta Peña, Brasil AlbertoAusente

2 Aguilar Castillo, RicardoFavor

3 Alemán Muñoz Castillo, MaríaFavor

4 Alonzo Morales, María EsterFavor

5 Álvarez García, Ivonne LilianaAusente

6 Angulo Briceño, Pablo GuillermoFavor

7 Azuara Yarzabal, FrinneFavor

8 Barrera Fortoul, LauraFavor

9 Campos Córdova, Lenin NelsonAusente

10 Canul Pérez, Juan JoséFavor

11 Córdova Morán, Luis Eleusis LeónidasAusente

12 De las Fuentes Hernández, Fernando DonatoFavor

13 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor

14 Flores Sánchez, MargaritaFavor

15 Galindo Favela, FernandoFavor

16 Garay Cadena, Martha HortenciaFavor

17 González Cuevas, IsaíasFavor

18 Guel Saldívar, Norma AdelaFavor

19 Hernández Deras, Ismael AlfredoFavor

20 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor

21 Ingram Vallines, AnilúFavor

22 Juárez Cisneros, ReneFavor

23 Limón Hernández, ManuelFavor

24 López Castro, Cynthia IlianaAusente

25 Medina Herrera, BenitoFavor

26 Miranda Nava, Luis EnriqueAusente

27 Moreira Valdez, Rubén IgnacioAusente

28 Nemer Alvarez, Ernesto JavierFavor

29 Noroña Quezada, Hortensia María LuisaFavor

30 Ochoa Reza, EnriqueFavor

31 Ortiz Guarneros, JuanFavor

32 Pastor Badilla, ClaudiaFavor

33 Pavón Campos, CarlosAusente

34 Pérez Munguía, SorayaFavor

35 Puente De La Mora, XimenaFavor

36 Roa Sánchez Cruz, JuvenalFavor

37 Rocha Medina, Ma. SaraFavor

38 Rodríguez Mier Y Terán, MarianaFavor

39 Saldaña Pérez, María LuceroFavor

40 Sánchez Martínez, Lourdes ErikaFavor

41 Sauri Riancho, Dulce MaríaFavor

42 Treviño Villarreal, Pedro PabloFavor

43 Velasco González, Marcela GuillerminaFavor

44 Villegas Arreola, AlfredoAusente

45 Yunes Landa, HéctorFavor

46 Zarzosa Sánchez EduardoFavor

Favor: 37

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 9

Total: 46

PARTIDO DEL TRABAJO

1 Bayardo Cabrera, Rosa MaríaFavor

2 Bernal Camarena, Ana LauraAusente

3 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor

4 Dekker Gómez, Clementina MartaFavor

5 Domínguez Vázquez, Claudia AngélicaFavor

6 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor

7 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor

8 Femat Bañuelos, AlfredoFavor

9 Fernández Noroña, GerardoFavor

10 Garay Ulloa, SilvanoAusente

11 García Duque, José LuisFavor

12 García García, MargaritaFavor

13 García Grande, Ana RuthFavor

14 González Morales, HildelisaFavor

15 González Soto, SantiagoFavor

16 González Yáñez, ÓscarFavor

17 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor

18 Huerta Hernández, MarthaFavor

19 Jiménez Pérez, María RoseliaAusente

20 Lastra Muñoz, Claudia ElenaFavor

21 Maceda Carrera, NellyFavor

22 Manzanilla Téllez, EmilioFavor

23 Martínez Ruiz, MaribelFavor

24 Martínez Ventura, Luis EnriqueFavor

25 Marú Mejía, María TeresaFavor

26 Montalvo Luna, José LuisFavor

27 Osuna Medina, José MarioFavor

28 Porras Domínguez, AlfredoFavor

29 Reyes Ledesma, ArmandoAusente

30 Roblero Gordillo, MaricruzFavor

31 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor

32 Rojo Pimentel, Ana KarinaFavor

33 Sandoval Flores, ReginaldoFavor

34 Vázquez García, DioniciaFavor

35 Zertuche Zuani, Armando JavierFavor

Favor: 31

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 35

MOVIMIENTO CIUDADANO

1 Bravo Padilla, Itzcoatl TonatiuhAusente

2 Cheja Alfaro, Jacobo DavidFavor

3 Contreras González, Lourdes CeleniaFavor

4 Del Toro Pérez, HiginioFavor

5 Espinoza Cárdenas, Juan MartínFavor

6 Falomir Saenz, Alan JesúsFavor

7 García Lara, Jorge AlcibíadesFavor

8 Gómez Maldonado, Maiella Martha GabrielaFavor

9 González Anaya, María LibierFavor

10 González García, Ana PriscilaFavor

11 Herrera Vega, Geraldina IsabelFavor

12 Ku Escalante, Kehila AbigailFavor

13 Loya Hernández, Fabiola Raquel GuadalupeAusente

14 Lozano Mac Donald, PilarFavor

15 Macías Rábago, JulietaFavor

16 Medina Ortíz, Adriana GabrielaFavor

17 Méndez De La Luz Dauzón, Dulce MaríaFavor

18 Prudencio González, Carmen JuliaFavor

19 Ramírez Salcido, Juan FranciscoFavor

20 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor

21 Rodríguez Vázquez, ArielFavor

22 Ron Ramos, EduardoAusente

23 Russo Salido, Jorge EugenioFavor

24 Salinas Reyes, RuthFavor

25 Tagle Martínez, Martha AngélicaFavor

26 Villarreal Salazar, Juan CarlosAusente

27 Zamudio Macias, Martha AngélicaFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 27

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

1 Acundo González, MiguelFavor

2 Argüelles Victorero, Jorge ArturoFavor

3 Báez Ruiz, ClaudiaFavor

4 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesusAusente

5 Buenfil Díaz, Irasema del CarmenFavor

6 Cabrera Lagunas, Ma. del CarmenFavor

7 Cruz Aparicio, Héctor RenéAusente

8 De la Peña Marshall, RicardoFavor

9 García Aguilar, CarolinaFavor

10 Garza Gutiérrez, Laura Erika de JesúsAusente

11 González Escoto, ArmandoFavor

12 Guzmán Valdéz, EdgarFavor

13 Lozano Rodríguez, AdrianaFavor

14 Manzanilla Prieto, Fernando LuisFavor

15 Moreno Medina, Esmeralda de los AngelesFavor

16 Pérez Hernández, José ÁngelFavor

17 Pérez Negrón Ruiz, Iván ArturoFavor

18 Reséndiz Hernández, Nancy ClaudiaFavor

19 Rosete Sánchez, MaríaFavor

20 Saldivar Camacho, Francisco JavierFavor

21 Salvatori Bojalil, NayeliFavor

22 Sosa Ruíz, Olga PatriciaFavor

23 Teissier Zavala, Adriana PaulinaFavor

24 Terán Villalobos, Irma MaríaFavor

25 Torres Díaz, Elba LorenaFavor

26 Vargas Contreras, ErnestoAusente

27 Villegas González Héctor JoelFavor

Favor: 23

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 4

Total: 27

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

1 Alcántara Núñez, Jesús SergioFavor

2 Bautista Villegas, OscarFavor

3 Bugarín Cortés, Lyndiana ElizabethAusente

4 Corona Méndez, Jorge FranciscoFavor

5 Escobar y Vega, ArturoFavor

6 Espinoza Mata, ZulmaFavor

7 Gallardo Cardona, José RicardoFavor

8 Gómez Alcantar, Marco AntonioFavor

9 Gómez Ordaz, Leticia MarianaFavor

10 Puente Salas, Carlos AlbertoFavor

11 Rubio Montejo, Roberto AntonioFavor

12 Vidal Peniche, Jesús CarlosFavor

13 Villafuerte Zavala, LiliaFavor

Favor: 12

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 13

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1 Aguilera Rojas, José GuadalupeFavor

2 Alcalá Padilla, AbrilFavor

3 Almaguer Pardo, Ma. GuadalupeFavor

4 Almeida López, MónicaFavor

5 Bautista Rodríguez, MónicaFavor

6 Esparza Márquez, Frida AlejandraFavor

7 García Gutiérrez, RaymundoFavor

8 Juárez Piña, Verónica BeatrizFavor

9 Ortega Martínez, AntonioAusente

10 Reyes Montiel, ClaudiaAusente

11 Rodríguez Zamora, Norma AzucenaFavor

Favor: 9

Contra: 0

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 2

Total: 11

DIPUTADOS SIN PARTIDO

1 Morales Vázquez, Carlos AlbertoFavor

2 Riojas Martínez, Ana LuciaContra

3 Serrano Cortes, HéctorFavor

4 Toledo Gutiérrez, Mauricio AlonsoAusente

Favor: 2

Contra: 1

Abstención: 0

Quorum: 0

Ausentes: 1

Total: 4