SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 16 de febrero del 2021, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
De la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 225 y 325 del Código Penal Federal.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 24 Bis de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión
Del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De la diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 23 y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
De la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 25 de la Ley General de Desarrollo Social.Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión
De la diputada María Teresa Marú Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Educación.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 348, y adiciona un artículo 462 Bis 2 a la Ley General de Salud.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Salud.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.Se turna a la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen
Del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el nombre de Ignacio Ramírez El Nigromante.Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
De la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados.Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión
De la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de fomento al emprendimiento.Se turna a las Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Gobernación y Población, para dictamen
De la diputada Mónica Bautista Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General de Educación.Se turna a la Comisión de Educación, para dictame n
De la diputada Martha Huerta Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de educación para la paz.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión
De la diputada Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley General de Salud.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
Del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 336 Ter al Código Penal Federal.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, la parte que le corresponde, para dictamen y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el fragmento respectivo, para dictamen
Del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 20 de diciembre de cada año como Día de la Solidaridad Nacional.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
De la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del Estado de México, a la SCT y a PINFRA, a revisar y reconsiderar la decisión tomada sobre el aumento a la tarifa en el peaje de la autopista Peñón-Texcoco.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
De la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a emitir un comunicado público sobre las conclusiones de las investigaciones realizadas respecto del apagón de energía suscitado el 28 de diciembre de 2020.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se condena la intervención arbitraria de las fuerzas de seguridad federal y estatal en el municipio de Orizaba, Veracruz, ocurrida el pasado sábado 13 de febrero del presente año; asimismo, se exhorta al gobierno de dicha entidad, a actuar en estricto apego a derecho y en un marco de absoluta transparencia para que no ponga en riesgo la paz y la seguridad de la población.Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen
Del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a la SEP y a la Secretaría de Salud, a implementar coordinadamente acciones que permitan atender a los niños migrantes que fueron separados de su familia en la pasada administración estadunidense.Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen
Del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Salud y a la Sedema, a implementar una campaña mediática sobre el manejo de residuos de personas que padecen el virus del covid-19, con la finalidad de informar, concientizar y prevenir más contagios.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Francisco Javier Saldívar Camacho, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNBV, a impulsar, promover y supervisar las acciones pertinentes para fortalecer las medidas y protocolos de seguridad en los servicios que prestan las instituciones financieras, así como en el manejo de los datos.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Veracruz, a legislar el derecho al matrimonio igualitario con base en la jurisprudencia de la SCJN, que ha definido la legalidad del matrimonio igualitario en todo el país como parte del reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTTTI.Se turna a la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen
Del diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conade, a la SEP y a la SHCP, a garantizar en tiempo y forma la entrega de becas deportivas a atletas de alto rendimiento de las modalidades convencional y adaptado, y a los integrantes de sus equipos multidisciplinarios que participarán en competencias deportivas internacionales clasificatorias y preparatorias, así como de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, del ciclo olímpico y paralímpico 2024, entre otras competencias nacionales e internacionales.Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen
De la diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a incluir en la primera etapa de vacunación contra el covid-19 a trabajadores públicos y privados de los servicios funerarios.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a que en la implementación del Programa Nacional Hídrico 2020-2024 publicado el 30 de diciembre de 2020, realice una campaña de difusión e informe a la opinión pública sobre la ejecución y el progreso de las metas prioritarias para el bienestar.Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
De la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Tamaulipas y al municipio de Ciudad Victoria, a implementar acciones encaminadas a garantizar el derecho al acceso al agua potable y presenten un plan para prevenir el desabasto de agua durante la próxima temporada de sequía y estiaje en dicha entidad.Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Oaxaca, a implementar un protocolo oficial en sus dependencias para actuación de las autoridades, para brindar la atención a la prensa y medios de comunicación, sin trato discriminatorio.Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen
De la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Salud de esta soberanía, a dictaminar la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y de la Ley Federal de Sanidad Animal, a fin de prohibir y sancionar pruebas cosméticas en animales.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las fiscalías de las 32 entidades federativas, a reforzar las acciones e investigación en los casos de violencia de género. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
De la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al CSG y a la Secretaría de Salud, a tomar medidas urgentes para establecer un protocolo de monitoreo sanitario para las personas provenientes de países donde se han detectado variantes del covid-19, así como implementar acciones precautorias para el uso de la vacuna de Astra Zeneca. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedena, a continuar usando el nombre oficial de la institución de Educación Militar en nivel superior Escuela Médico Militar que, por reglamento, legal y constitucionalmente le corresponde.Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen
De la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE y a la Condusef, a diseñar e implementar una campaña de difusión en las 32 entidades federativas y den a conocer el calendario de los cursos y diplomados de educación y cultura financiera.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a acelerar los procesos internos que establecen los criterios de operación del programa Atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral para el Ejercicio Fiscal 2021, a fin de dar cumplimiento a los criterios de distribución y asignación del recurso para que las entidades federativas estén en posibilidad de recontratar al personal médico asignado al programa y por ende se les pague los días que han laborado durante este año. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de los estados del norte del país, que limitan con los Estados Unidos de Norteamérica, a atender el impacto en la población del frente frío 35 y las tormentas invernales.Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen
De diputadas integrantes de los Grupos Parlamentarios de Movimiento Ciudadano, del Partido de la Revolución Democrática, de Morena, del Partido Acción Nacional y del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades e instituciones, a investigar y sancionar a quienes resulten responsables de los posibles actos de violencia, tortura, trato denigrante y abusos hacia personas menores de edad albergadas en el DIF de Temixco, Morelos.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
De la diputada Ma. del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener, a la CRE y a la Profeco, a tomar las medidas pertinentes para regular el costo del gas LP (doméstico).Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar un protocolo de tratamiento para los pacientes que están cursando un cuadro infeccioso de covid-19 en el territorio nacional.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a presentar un paquete de beneficios y apoyos fiscales a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como la condonación de servicios y apoyos económicos a las familias mexicanas durante el 2021.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Ivonne Liliana Álvarez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y a la Secretaría de Salud, a garantizar el abasto de medicamentos.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y a la SHCP, a analizar la viabilidad de eliminar los criterios de la elegibilidad para ser beneficiario del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, relativo a las restricciones correspondientes a la edad.Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen
Del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNH y a Pemex, a garantizar los derechos humanos al medio ambiente sano y al agua, en el proceso de exploración y extracción de hidrocarburos y consideren no asignar proyectos para la extracción de hidrocarburos por fracturación hidráulica o fracking con base en el principio precautorio.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
Del diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al SIPINNA, a implementar políticas públicas y reforzar las ya existentes, que tengan como objetivo prevenir y sancionar el maltrato infantil, especialmente en este contexto de emergencia sanitaria en el que se ha incrementado su comisión.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
De la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a cumplir con las obligaciones emanadas de la Convención de los Derechos de la Niñez, asimismo, mantener respeto al SIPINNA y garantizar el interés superior de la niñez y adolescencia.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y a la SE, a llevar a cabo la ejecución de un programa especial, que contemple estímulos económicos y de innovación, que busquen impulsar la reactivación de la industria del calzado, con la finalidad de lograr el bienestar de las personas y familias que dependen de esta actividad económica en el municipio de San Mateo Atenco, Estado de México.Se turna a la Comisión de Economía, Fomento y Competitividad, para dictamen
De la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a los gobiernos locales, a implementar apoyos y mecanismos para que las mujeres en estado de vulnerabilidad encuentren alternativas al oficio de trabajo sexual, por la crisis generada por la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2.Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
De la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a la SSP, así como a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a implementar un programa de vigilancia en las escuelas públicas a fin de salvaguardar las instalaciones, material y mobiliario.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
Del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Consar y al IMSS, a garantizar que las administradoras de fondos para el retiro faciliten la entrega a los trabajadores o en su caso a los beneficiarios de los recursos acumulados en su cuenta individual.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a implementar programas de apoyo para titulación a jóvenes egresados de escuelas públicas y privadas.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de la Ciudad de México, a través de la Auditoría Superior de la entidad, a fiscalizar los contratos signados durante los ejercicios fiscales 2019-2020 relacionados con acciones de mantenimiento, modernización y ampliación de las líneas de servicio del Sistema de Transporte Colectivo Metro, esto ante los eventos suscitados en los últimos meses que han puesto en riesgo la seguridad de los usuarios y trabajadores.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y a la Secretaría de Salud, a aplicar la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 a las y los médicos que comprueben estar en activo en consultorios particulares, ya que reciben de primera instancia a pacientes con posibles síntomas del virus.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a informar a la opinión pública sobre la presencia de nuevas mutaciones y variantes del virus SARS-CoV-2, e implementar una estrategia urgente para detectar y contener la propagación.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Rosa María Bayardo Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Colima, a realizar las gestiones conducentes para atender el grave problema de contaminación que afecta a la playa de La Boquita en Manzanillo y con ello garantizar la salud de los turistas y habitantes de las zonas aledañas a dicha playa.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a que, mediante decreto determine el precio máximo de renta y/o venta de tanques de oxígeno medicinal en todo el país, durante el tiempo que tenga vigencia la Declaratoria de Emergencia.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De las diputadas María Marivel Solís Barrera y Alejandra Pani Barragán del Grupo Parlamentario de Morena y la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a promover campañas de difusión y comunicación entre la población sobre los factores de riesgo, el diagnóstico oportuno y la orientación para el tratamiento de cura de la Hepatitis C.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al CSG, a analizar y generar un acuerdo para ajustar la cantidad o volumen mínimo de ácido sulfúrico aplicable a las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en lo relativo al comercio, operación doméstica, importación y exportación del mismo.Se turna a la Comisión de Salud, para dictame n
Del diputado Ricardo Flores Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al CSG, a aprobar y publicar en el DOF, la declaratoria de uso obligatorio del cubrebocas en espacios y edificios públicos del territorio nacional, como medida complementaria para evitar el contagio y la propagación del covid-19.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE y a la STPS, a coordinar al sector gubernamental, empresarial, académico y de servicios y establecer durante la pandemia y posterior a esta, el escalonamiento de horarios de entrada y salida de los trabajadores, para favorecer la movilidad de las zonas urbanas.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 16 de febrero de 2021 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica), presidenta.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de contribuir al fortalecimiento de los Órganos Constitucionales Autónomos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
3. Que reforma los artículos 225 y 325 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
4. Que adiciona el artículo 24 Bis de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.
Turno: Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión.
5. Que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
6. Que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
7. Que adiciona los artículos 23 y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
8. Que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Energía, para dictamen.
9. Que reforma los artículos 8o. y 25 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Desarrollo Social, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
10. Que reforma el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo de la diputada María Teresa Marú Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
11. Que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
12. Que reforma el artículo 348, y adiciona un artículo 462 Bis 2 a la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
13. Que reforma diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
14. Que adiciona el artículo 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
15. Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
16. Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen.
17. De decreto para inscribir en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el nombre de Ignacio Ramírez El Nigromante, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
18. Que reforma el artículo 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
19. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de fomento al emprendimiento, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Gobernación y Población, para dictamen.
20. Que reforma el artículo 16 de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Mónica Bautista Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
21. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de educación para la paz, a cargo de la diputada Martha Huerta Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión.
22. Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
23. Que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
24. Que adiciona un artículo 336 Ter al Código Penal Federal, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
25. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, la parte que le corresponde, para dictamen y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la parte que le corresponde, para dictamen.
26. De Decreto por el que se declara el 20 de diciembre de cada año como Día de la Solidaridad Nacional, a cargo del diputadotado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de México, a la SCT y a PINFRA, a revisar y reconsiderar la decisión tomada sobre el aumento a la tarifa en el peaje de la autopista Peñón-Texcoco, a cargo de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE, a emitir un comunicado público sobre las conclusiones de las investigaciones realizadas respecto del apagón de energía suscitado el 28 de diciembre de 2020, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Energía, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se condena la intervención arbitraria de las fuerzas de seguridad federal y estatal en el municipio de Orizaba, Veracruz, ocurrida el pasado sábado 13 de febrero del presente año; asimismo, se exhorta al Gobierno de dicha entidad, a actuar en estricto apego a derecho y en un marco de absoluta transparencia para que no ponga en riesgo la paz y la seguridad de la población, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a la SEP y a la Secretaría de Salud, a implementar coordinadamente acciones que permitan atender a los niños migrantes que fueron separados de su familia en la pasada administración estadunidense, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Salud y a la Sedema, a implementar una campaña mediática sobre el manejo de residuos de personas que padecen el virus del covid-19, con la finalidad de informar, concientizar y prevenir más contagios., a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNBV, a impulsar, promover y supervisar las acciones pertinentes para fortalecer las medidas y protocolos de seguridad en los servicios que prestan las instituciones financieras, así como en el manejo de los datos, a cargo del diputado Francisco Javier Saldívar Camacho, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Veracruz, a legislar el derecho al matrimonio igualitario con base en la jurisprudencia de la SCJN, que ha definido la legalidad del matrimonio igualitario en todo el país como parte del reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTTTI, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conade, a la SEP y a la SHCP, a garantizar en tiempo y forma la entrega de becas deportivas a atletas de alto rendimiento de las modalidades convencional y adaptado, y a los integrantes de sus equipos multidisciplinarios que participarán en competencias deportivas internacionales clasificatorias y preparatorias, así como de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, del ciclo olímpico y paralímpico 2024, entre otras competencias nacionales e internacionales, suscrito por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.
Turno: Comisión de Deporte, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a incluir en la primera etapa de vacunación contra el covid-19 a trabajadores públicos y privados de los servicios funerarios, a cargo de la diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a que en la implementación del Programa Nacional Hídrico 2020-2024 publicado el 30 de diciembre de 2020, realice una campaña de difusión e informe a la opinión pública sobre la ejecución y el progreso de las metas prioritarias para el bienestar, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Tamaulipas y all municipio de Ciudad Victoria, a implementar acciones encaminadas a garantizar el derecho al acceso al agua potable y presenten un plan para prevenir el desabasto de agua durante la próxima temporada de sequía y estiaje en dicha entidad, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Oaxaca, a implementar un protocolo oficial en sus dependencias para actuación de las autoridades, para brindar la atención a la prensa y medios de comunicación, sin trato discriminatorio, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Salud de esta soberanía, a dictaminar la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y de la Ley Federal de Sanidad Animal, a fin de prohibir y sancionar pruebas cosméticas en animales, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las fiscalías de las 32 entidades federativas, a reforzar las acciones investigación en los casos de violencia de género, a cargo de la diputada Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al CSG y a la Secretaría de Salud, a tomar medidas urgentes para establecer un protocolo de monitoreo sanitario para las personas provenientes de países donde se han detectado variantes del covid-19, así como implementar acciones precautorias para el uso de la vacuna de AstraZeneca, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a continuar usando el nombre oficial de la institución de Educación Militar en nivel superior Escuela Médico Militar que, por reglamento, legal y constitucionalmente le corresponde, a cargo del diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.
17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE y a la Condusef, a diseñar e implementar una campaña de difusión en las treinta y dos entidades federativas y den a conocer el calendario de los cursos y diplomados de educación y cultura financiera, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a acelerar los procesos internos que establecen los criterios de operación del programa Atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral para el Ejercicio Fiscal 2021, a fin de dar cumplimiento a los criterios de distribución y asignación del recurso para que las entidades federativas estén en posibilidad de recontratar al personal médico asignado al programa y por ende se les pague los días que han laborado durante este año, a cargo de la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de los estados del norte del país, que limitan con los Estados Unidos de Norteamérica, a atender el impacto en la población del frente frío 35 y las tormentas invernales, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades e instituciones, a investigar y sancionar a quienes resulten responsables de los posibles actos de violencia, tortura, trato denigrante y abusos hacia personas menores de edad albergadas en el DIF de Temixco, Morelos, a cargo de diputadas integrantes de los Grupos Parlamentarios de Movimiento Ciudadano, del Partido de la Revolución Democrática, de Morena, del Partido Acción Nacional y del Partido Verde Ecologista de México.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a la CRE y a la Profeco, a tomar las medidas pertinentes para regular el costo del gas LP (domestico), a cargo de la diputada Ma. del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar un protocolo de tratamiento para los pacientes que están cursando un cuadro infeccioso de covid-19 en el territorio nacional, a cargo del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a presentar un paquete de beneficios y apoyos fiscales a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como, la condonación de servicios y apoyos económicos a las familias mexicanas durante el 2021, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y a la Secretaría de Salud, a garantizar el abasto de medicamentos, a cargo de la diputada Ivonne Liliana Álvarez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
25. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y a la SHCP, a analizar la viabilidad de eliminar los criterios de la elegibilidad para ser beneficiario del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, relativo a las restricciones correspondientes a la edad, a cargo del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNH y a Pemex, a garantizar los derechos humanos al medio ambiente sano y al agua, en el proceso de exploración y extracción de hidrocarburos y consideren no asignar proyectos para la extracción de hidrocarburos por fracturación hidráulica o fracking con base en el principio precautorio, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al SIPINNA, a implementar políticas públicas y reforzar las ya existentes, que tengan como objetivo prevenir y sancionar el maltrato infantil, especialmente en este contexto de emergencia sanitaria en el que se ha incrementado su comisión, a cargo del diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a cumplir con las obligaciones emanadas de la Convención de los Derechos de la Niñez, asimismo, mantener respeto al SIPINNA y garantizar el interés superior de la niñez y adolescencia, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y a la SE, a llevar a cabo la ejecución de un programa especial, que contemple estímulos económicos y de innovación, que busquen impulsar la reactivación de la industria del calzado, con la finalidad de lograr el bienestar de las personas y familias que dependen de esta actividad económica en el municipio de San Mateo Atenco, estado de México, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Economía, Fomento y Competitividad, para dictamen.
30. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y a los gobiernos locales, a implementar apoyos y mecanismos para que las mujeres en estado de vulnerabilidad encuentren alternativas al oficio de trabajo sexual, por la crisis generada por la pandemia provocada por el virus SARS-Cov-2, a cargo de la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
31. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a la SSP, así como a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a implementar un programa de vigilancia en las escuelas públicas a fin de salvaguardar las instalaciones, material y mobiliario, a cargo de la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
32. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Consar y al IMSS, a garantizar que las administradoras de fondos para el retiro faciliten la entrega a los trabajadores o en su caso a los beneficiarios de los recursos acumulados en su cuenta individual, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
33. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a implementar programas de apoyo para titulación a jóvenes egresados de escuelas públicas y privadas, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
34. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de la Ciudad de México, a través de la Auditoría Superior de la entidad, a fiscalizar los contratos signados durante los ejercicios fiscales 2019-2020 relacionados con acciones de mantenimiento, modernización y ampliación de las líneas de servicio del Sistema de Transporte Colectivo Metro, esto ante los eventos suscitados en los últimos meses que han puesto en riesgo la seguridad de los usuarios y trabajadores, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
35. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y a la Secretaría de Salud, a aplicar la vacuna contra el virus SARS-Cov-2 a las y los médicos que comprueben estar en activo en consultorios particulares, ya que reciben de primera instancia a pacientes con posibles síntomas del virus, a cargo de la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
36. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a informar a la opinión pública sobre la presencia de nuevas mutaciones y variantes del virus SARS-Cov-2, e implementar una estrategia urgente para detectar y contener la propagación, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
37. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Colima, a realizar las gestiones conducentes para atender el grave problema de contaminación que afecta a la playa de La Boquita en Manzanillo y con ello garantizar la salud de los turistas y habitantes de las zonas aledañas a dicha playa, a cargo de la diputada Rosa María Bayardo Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
38. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a que, mediante Decreto determine el precio máximo de renta y/o venta de tanques de oxígeno medicinal en todo el país, durante el tiempo que tenga vigencia la Declaratoria de Emergencia, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
39. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las entidades federativas, a promover campañas de difusión y comunicación entre la población sobre los factores de riesgo, el diagnóstico oportuno y la orientación para el tratamiento de cura de la Hepatitis C, suscrito por las diputadas María Marivel Solís Barrera y Alejandra Pani Barragán del Grupo Parlamentario de Morena y la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
40. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al CSG, a analizar y generar un acuerdo para ajustar la cantidad o volumen mínimo de ácido sulfúrico aplicable a las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en lo relativo al comercio, operación doméstica, importación y exportación del mismo, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
41. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al CSG, a aprobar y publicar en el DOF, la declaratoria de uso obligatorio del cubrebocas en espacios y edificios públicos del territorio nacional, como medida complementaria para evitar el contagio y la propagación del covid-19, a cargo del diputado Ricardo Flores Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
42. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE y a la STPS, a coordinar al sector gubernamental, empresarial, académico y de servicios y establecer durante la pandemia y posterior a esta, el escalonamiento de horarios de entrada y salida de los trabajadores, para favorecer la movilidad de las zonas urbanas, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Quienes suscriben, diputadas Claudia Pastor Badilla, Dulce María Sauri Riancho, Mariana Rodríguez Mier y Terán y diputado René Juárez Cisneros, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en previsto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, promueven la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
I. Antecedentes
a) Contexto Histórico
Los órganos constitucionales autónomos surgen como una respuesta para equilibrar el ejercicio de los poderes tradicionales, es decir, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, pues éstos se han visto rebasados a través de los cambios y las exigencias sociales, lo que ha conducido a la necesidad de incorporar elementos adicionales que coadyuven en el sistema de pesos y contrapesos del poder público que contribuyen al cumplimiento efectivo de las responsabilidades constitucionales del Estado.
Debemos recordar que durante el periodo del absolutismo, el monarca concentraba todas las funciones en él, por lo que solía pensarse que únicamente era responsable ante Dios. Posteriormente, en los movimientos de independencia y de las revoluciones del siglo XVIII, se gestó una nueva reflexión donde se advirtió que si el poder no se limitaba, se llegaría al abuso y la arbitrariedad; así que se pensó que si el poder se distribuye entre varias instituciones u órganos del Estado, éstos generarían entre sí equilibrio del poder.
De esta manera fue surgiendo el principio de la división de poderes, cuyos antecedentes legales se observan en la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia de 1776, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América, del mismo año; incluso la Constitución estadounidense de 1787, la cual estableció que el Poder Legislativo estaría confiado a un Congreso, el Poder Ejecutivo al presidente y el Poder Judicial al Tribunal Supremo. Asimismo, la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en su artículo 16.
En México, el principio de la división de poderes se ve reflejado desde la Constitución de Apatzingán de 1814, prevaleciendo hasta la constitución actual de 1917.
De acuerdo con Susana Thalía Pedroza, actualmente el principio de la división de poderes se encuentra incorporado en los textos constitucionales, modelo que ha resistido el paso del tiempo, así como las innovaciones en los campos del conocimiento político, jurídico y sociológico; por ejemplo, la creación del sistema federal (además de los poderes federales, las entidades federativas también cuentan con los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial locales). Por lo anterior, el modelo que prevalece es el Estado constitucional y democrático de derecho. 1
Autores como Omar García Huante, Jaime Cárdenas, José Luis Caballero Ochoa entre otros, sostienen que el principio de la división de poderes necesita una reconfiguración, en virtud de que ha ido evolucionando, incorporando a los órganos constitucionales autónomos. En nuestro país, dichos órganos comenzaron a tener auge a partir de la década de los noventa, proliferando entre los años 2013 y 2014; teniendo hoy en día los siguientes: Banco de México (Banxico), Instituto Nacional Electoral (INE), Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval); Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi); Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece); Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Fiscalía General de la República (FGR).
Con esta breve aproximación al tema, coincidimos en que el ejercicio del poder público debe ser limitado; en este sentido, la presencia de los órganos constitucionales autónomos ha surgido como un mecanismo adicional para ello. No pretendemos generar un debate teórico sobre su pertinencia en el orden constitucional en líneas posteriores quedará evidenciado su importancia sino contribuir a través de esta iniciativa a mejorarlos y fortalecerlos, sobre todo a partir de las declaraciones que amenazan con su posible desaparición.
b) Contexto Político Actual
Recientemente, el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador ha sugerido la posible extinción de diversos órganos constitucionales autónomos, entre ellos el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica.
Desde su perspectiva, estos órganos solamente han servido como tapaderas y alcahuetes y no han logrado los resultados para los cuales fueron creados, además de que su mantenimiento resulta muy costoso para el Estado. Estos órganos, su naturaleza, fundamento constitucional, importancia y principales aportaciones serán descritos en los siguientes apartados. 2
Para efectos de lo anterior, a continuación se expondrán brevemente las características esenciales de estos órganos
c) ¿Qué son los órganos constitucionales autónomos?
A nivel constitucional federal, no existe una definición de los órganos constitucionales autónomos, sin embargo, en la doctrina es posible encontrar algunas definiciones, entre ellas, la aportada por Susana Thalía Pedroza, quien señala que son unos entes establecidos expresamente en la Constitución, con un mandato supremo, caracterizado por una competencia específica y un conjunto de facultades en grado supremo, que deben ejercer en condiciones de total independencia en un marco de garantías institucionales vinculadas con la proyección y el manejo independiente de su presupuesto, personalidad jurídica, patrimonio propio y libertad absoluta para la toma de sus decisiones en el campo técnico que la Constitución les otorga. 3
Por su parte, Miguel Alejandro López Olvera, Enrique Meza Márquez y Luis Fernando Ruiz Pérez señalan que los órganos constitucionales autónomos son aquéllos creados inmediata y fundamentalmente en la Constitución, y que no se adscriben a los poderes tradicionales del Estado, gozando de una independencia propia, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio, el texto fundamental detalla su conformación, su finalidad, estableciendo también los requisitos y forma de designación de sus titulares. 4
De conformidad con el artículo 2, fracción XV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los entes autónomos son las personas de derecho público de carácter federal con autonomía en el ejercicio de sus funciones y en su administración, creadas por disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a las que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos.
El artículo 3, fracción XX, Ley General de Responsa-bilidades Administrativas, indica que los órganos constitucionales autónomos son Organismos a los que la Constitución otorga expresamente autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propio, incluidos aquellos creados con tal carácter en las constituciones de las entidades federativas.
A nivel constitucional local, en el artículo 22 de la Constitución del Estado de Colima, se establece que los órganos constitucionales autónomos son instituciones que expresamente se definen como tales por esta Constitución y que cuentan con personalidad jurídica y patrimonio propio; gozan de independencia en sus decisiones, funcionamiento y administración; están dotados de autonomía presupuestaria, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, y ejercen funciones primarias u originarias del Estado que requieren especialización para ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad.
d) ¿Por qué se crean?
En la opinión de Jaime Cárdenas Gracia, la creación de los órganos constitucionales autónomos se fundamenta en tres hipótesis: 1) limitar el sistema presidencial, arrancando al titular del Ejecutivo atribuciones que anteriormente tenía; 2) enfrentar a la partidocracia y a otros poderes fácticos mediante instituciones independientes que fueran capaces de controlar a esos poderes, y 3) los órganos constitucionales autónomos tenían que ver con el proceso de transición a la democracia, pues los poderes formales establecidos contaban con vicios autoritarios, y la transformación democrática requería de órganos nuevos, no contaminados, que alentaran y acompañarán los procesos de cambio. 5
Por su parte, Marco Antonio Contreras Minero nos indica que los órganos constitucionales autónomos se crean a partir de diversas razones, como pueden ser: de tipo económico neoliberal, por la necesidad de contar con aparatos estatales que tomen decisiones técnicas (es decir, valoradas por expertos en el tema que se trate) que estén alejadas de cualquier ideología política; una razón más es la desconfianza en los poderes tradicionales existentes (Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial). 6
En el Seminario Internacional: poderes tradicionales y órganos constitucionales autónomos, Gerardo Acuayte, indica que las causas de creación de los órganos constitucionales autónomos, se pueden dividir en:
1) De tipo político: desconfianza por parte de la sociedad (inicialmente en la materia electoral, por ello se crea el IFE, hoy INE); se crean para restarle esfera de acción al poder ejecutivo.
2) De tipo económico: por ejemplo, en el caso del Banco de México, se trató de evitar el control gubernamental discrecional del poder adquisitivo.
3) De tipo externo: algunos órganos constitucionales autónomos (de carácter económico: Banco de México, Comisión Federal de Competencia Económica) fueron dotados de autonomía debido a recomendaciones de organismos financieros internacionales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional o la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
4) De tipo técnico: se pretende que exista un actuar altamente especializado, combinado con su neutralidad o carácter apolítico se puede abundar en la confiabilidad respecto de la información que este tipo de entes generan. 7
Como observamos, las causas de creación de los órganos constitucionales autónomos, como denominador común, son: la limitación al sistema presidencial, el enfrentamiento de la partidocracia y otros poderes fácticos que confluyen dentro de un Estado constitucional de Derecho, la necesidad de que existan entes altamente especializados para el desarrollo de ciertas funciones propias del Estado, y, desafortunadamente, en algunos casos la desconfianza por parte de la sociedad en su gobierno.
e) Características
De los especialistas que hemos referido, la gran mayoría remite a las características aportadas por el español Manuel García-Pelayo, quien al analizar el status del Tribunal Constitucional español, refiere que este tipo de órganos autónomos constitucionales, cuentan con las siguientes características: 1) configuración inmediata por la Constitución; 2) son componentes fundamentales de la estructura constitucional; 3) Participan en la dirección política del Estado y 4) tienen paridad de rango y relaciones de coordinación con otros órganos del Estado.
En ese sentido, Jaime Cárdenas es coincidente con las características señaladas anteriormente y agrega algunas otras que, para efectos de síntesis, solo vamos a mencionar: inmediatez, esencialidad, participación técnica de los mismos en la dirección política, autogobierno, autonomía, independencia funcional, integración, estatuto de los titulares, apoliticidad e inmunidades de los titulares.
Gerardo Acuayte complementa con otras características que son: personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía presupuestaria, técnica y de gestión, existencia de coordinación entre ellos. 8
A nivel jurisprudencial existe la tesis del Poder Judicial Federal P./J. 20/2007, 9 bajo el rubro: Órganos Constitucionales Autónomos. Notas Distintivas y Características, que en lo conducente a este apartado, establece que los órganos constitucionales autónomos, tienen como características esenciales: a) Deben estar establecidos directamente por la Constitución Federal; b) Deben mantener, con los otros órganos del Estado, relaciones de coordinación; c) Deben contar con autonomía e independencia funcional y financiera; y d) Deben atender funciones primarias u originarias del Estado que requieran ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad.
Las democracias consolidadas detectaron con oportunidad los riesgos del sometimiento o tensión de grupos poder económicos, religiosos, políticos, entre otros a diversas áreas estratégicas del Estado, por ello se planteó la idea de separar del poder político determinadas actividades estatales que exigieran especialización técnica para que se garantizara la emisión de decisiones con un alto grato de objetividad y que, a la par, pudieran superar o no verse afectadas por este tipo de intereses.
f) Autonomía e Independencia Funcional y Financiera
Señaladas las características distintivas de los órganos constitucionales autónomos, consideramos necesario ahondar un poco más en lo concerniente a su autonomía e independencia funcional y financiera, ello en razón de que, como hemos referido, se ha planteado la pertinencia de su desaparición, por considerar a dichos órganos sin aportes o resultados para la sociedad, y sobre todo la constante etiqueta de corrupción.
En ese sentido, estamos seguros de que, lejos de sumarnos a su posible desaparición, podríamos proponer mejoras que contribuyan a su fortalecimiento, entre ellas se encuentran precisamente su autonomía e independencia funcional y financiera.
Hoy en día, no existe un consenso respecto a las definiciones de la autonomía e independencia funcional y financiera. De acuerdo con Jaime Cárdenas Gracia, la autonomía alude a la independencia orgánica o política, técnica, de gestión, administrativa, presupuestal y, jurídica del organismo.
Por su parte, Susana Thalía Pedroza señala que la autonomía de gestión y financiera se concibe como una facultad que tienen los órganos autónomos para ejercer su presupuesto sin mayor limitación que los principios básicos de disciplina financiera y de gestión sometidos a los mecanismos de rendición de cuentas establecidos en la Constitución.
Gerardo Acuayte refiere que la autonomía financiera es de suma importancia, pues se trata del punto de partida para el funcionamiento de los órganos constitucionales autónomos, sin ella, no podrían coexistir otro tipo de autonomías de los órganos en estudio, por ejemplo, la autonomía de gestión, la funcional, la orgánica, etc.
El especialista citado señala que conforme a resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el alcance de la autonomía financiera de los órganos constitucionales autónomos, se resume a lo siguiente: 1) goza de autonomía para la elaboración de su presupuesto de egresos; 2) tiene facultades para aprobar su proyecto de presupuesto anual; 3) elabora anualmente su proyecto de presupuesto de egresos; 4)maneja, administra y ejerce de manera autónoma su presupuesto debiendo sujetarse a sus propias leyes y 5) vigila el correcto ejercicio presupuestario y la gestión administrativa. 10
Siguiendo esa línea, Acuayte hace un análisis del control presupuestal 11 que ejerce el poder legislativo, en relación con los demás poderes del Estado, es decir, al previsto en el artículo 74, fracción IV constitucional que regula la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados para examinar, discutir, y en su caso modificar el proyecto enviado por el Ejecutivo Federal y para aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, discutiendo las contribuciones que deban establecerse.
El experto, explica que, de una revisión a los presupuestos aprobados durante el periodo 2015 a 2020, es decir, los últimos seis Presupuestos de Egresos de la Federación, es notable el cambio que hay en el tratamiento de los órganos constitucionales autónomos, respecto a la actual legislatura y a la que le antecedió, pues se aprecia que entre 2015 y 2018 no realizaron modificaciones a los presupuestos que año tras año presentaron los siguientes órganos constitucionales autónomos: CNDH, Cofece, IFT e INAI, a estos órganos se les aprobó el presupuesto que solicitaron en sus proyectos de los años 2015, 2016, 2017 y 2018. En ese sentido, puede inferirse que la Cámara de Diputados renunció a ejercer el control presupuestario respecto a esos órganos en esos años, dado que la configuración de la LXII y LXIII, permitieron que tales órganos tuvieran la totalidad del presupuesto solicitado; sin embargo, el problema para estos órganos, en cuanto a su capacidad presupuestaria, comenzó al instalarse en la actual Legislatura, que tiene una mayoría de diputados de Morena y partidos aliados a él. Para el año 2019 el Presupuesto de Egresos de la Federación destinado a los órganos constitucionales autónomos se redujo, es decir, con el cambio de configuración de la Cámara de Diputados también se modificó el trato que se venía dando a este tipo de entes. Como ejemplo señala al INAI y al IFT, que sufrieron una reducción considerable respecto a la cantidad que les fue aprobada en 2015, en contraste con la de 2019; para el IFT esa reducción representa un 25 por ciento de su presupuesto, en relación con la que le otorgaron en 2015.
En las siguientes tablas se aprecia con claridad la tendencia a disminuir la suficiencia presupuestal de los organismos constitucionales autónomos, lo que no solo les debilita frente al resto de los poderes del Estado, sino que en algunos casos estas reducciones pueden afectar el cumplimiento efectivo de sus responsabilidades constitucionales.
El Coneval, aun y cuando ya ostenta autonomía constitucional desde la reforma constitucional de 2014, continúa integrado en la administración pública federal, sectorizado en la Secretaría del Bienestar, pues a la fecha no se ha expedido la Ley que le regirá como órgano constitucional autónomo. Por tanto, el presupuesto necesario para su funcionamiento se asigna por conducto de la Secretaría referida, según lo previsto en el artículo 15 del Decreto por el cual se ordenó su creación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2005. 12
De los datos anteriores se advierte que, en efecto, este control presupuestario se refleja en el grado de independencia y autonomía de los órganos constitucionales autónomos y, en consecuencia, limita su actuación y su funcionamiento, ya que la disminución sin justificación del presupuesto genera obstáculos para cumplir con el objeto para el que fueron creados.
Por ejemplo, en el INAI, se observa que entre el periodo de los años 2015 a 2021, su presupuesto más elevado fue el de 2018, con un porcentaje de 0.0208 por ciento, en cambio para el 2021, se le asignó un 0.0143 por ciento del total del Presupuesto de Egresos de la Federación; en el caso del IFT, en 2015 se le asignó el 0.0426 por ciento, mientras que en 2021 se le asignó el 0.0239 por ciento del total del Presupuesto de Egresos de la Federación, en ambos casos la reducción es casi la mitad. En la Legislatura anterior, la Cofece recibía en promedio 0.01 por ciento del total de presupuesto de egresos, mientras que ahora se ronda en el 0.009 por ciento, la misma tendencia se presenta con la CNDH.
Lo más revelador de estas cifras es que, incluso sumando el total del presupuesto de los nueve órganos constitucionales autónomos, ni siquiera se alcanza el 2 por ciento del total del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que es evidente que los recursos públicos que se destinan a estos fines, si bien son de gran importancia para estos órganos, no son ni cercanamente representativos al total del presupuesto que ejerce y maneja el gobierno federal, por ende, consideramos que los supuestos ahorros que se pretenden generar con su desaparición no tendrán efectos en las finanzas públicas.
En su lugar, a efecto de garantizar el cumplimiento de las responsabilidades constitucionales del Estado, estimamos indispensable garantizar la suficiencia presupuestal de dichos entes, estableciendo en la Constitución un porcentaje fijo mínimo que derive del total del presupuesto de egresos de la federación, tomando en cuenta la tendencia que se ha presentado en los últimos años, de acuerdo con las tablas anteriores.
II. Marco Normativo
a) Nacional
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce como órganos constitucionales autónomos a los siguientes entes:
-Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), cuyo fundamento constitucional se encuentra en el artículo 6, apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es garante de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales. Su ley reglamentaria es la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
-Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), que se encuentra establecido en el artículo 26, apartado B de la Constitución Federal. Se encarga de generar información geográfica de interés social, cuyos datos son considerados como oficiales. Sus leyes secundarias son: la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como el Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
-Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), se fundamenta en el artículo 26 inciso C, de la Carta Magna. Se encarga de medir la pobreza y evaluar los programas y la política de desarrollo social. Su legislación secundaria es la Ley General de Desarrollo Social; y el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social.
-Banco de México (Banxico), su fundamento es el artículo 28 párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tiene como objetivo procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional. En cuanto a su legislación secundaria se encuentra la Ley del Banco de México, y el Reglamento Interior del Banco de México.
-Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), se encuentra regulado en el artículo 28, párrafo décimo cuarto de la Constitución Fderal. Su objeto es garantizar la libre competencia y concurrencia, temas relativos a monopolios, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados. La legislación secundaria es la Ley Federal de Competencia Económica, el Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica.
-El Instituto Federal de Telecomunicaciones, se establece en el artículo 28, párrafo décimo quinto de la Constitución Federal. Tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Sus leyes secundarias son la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como el Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
-Instituto Nacional Electoral (INE), tiene como fundamento el artículo 41, fracción V, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se encarga de fortalecer el régimen de los partidos políticos, asegurar el ejercicio de los derechos políticos, y organiza las elecciones federales procurando la autenticidad y efectividad del voto. Este órgano constitucional autónomo basa sus actuaciones en lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos; además de regirse a nivel interno por una serie de reglamentos, acuerdos, lineamientos, manuales, criterios, planes y programas.
-Fiscalía General de la República (FGR), se localiza en el artículo 102, apartado A, de la Carta Magna. Tiene como objetivo la procuración de justicia; la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; procurar que el culpable no quede impune, entre otros. Su legislación reglamentaria es la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.
-Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), tiene como fundamento el artículo 102, apartado B de la Constitución Federal, se encarga de proteger los derechos humanos. Su legislación reglamentaria es la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Por otra parte, de la revisión a las constituciones de las entidades federativas, observamos que en algunas sí se regula de forma expresa el concepto y las características generales que tienen en común los órganos constitucionales autónomos, incluso, ciertas Constituciones enlistan cuáles son estos órganos.
Entre las constituciones locales que cuentan con un apartado sobre órganos constitucionales autónomos, que enlistan y establecen cada una de sus respectivas funciones, de forma individual, se encuentran: Chiapas, cuenta con un rubro denominado: Título Noveno de los Órganos Constitucionales Autónomos, artículos 92 a 103; Michoacán, en su capítulo I, denominado De los Organismos Autónomos, artículos 95 a 98 A; Morelos, en su capítulo III, De los Organismos Públicos Autónomos, artículo 23-A al 23-C; Querétaro, en su capítulo Quinto, denominado Organismos Autónomos, artículos 31 al 33; Sonora, Capítulo II BIS, De los Organismos Autónomos; Tlaxcala, Título VIII, De los órganos autónomos, artículos 95 al 97; Yucatán, Título Séptimo, De los Organismos Autónomos, Capítulo I, De las Disposiciones Generales artículo 73 Ter.
En cuanto a las constituciones que sí prevén la definición, funciones, características, principios y listado de los órganos constitucionales autónomos, de manera general, se encuentran las siguientes: Aguascalientes, Capítulo Decimotercero, De los órganos constitucionales autónomos, artículo 58 Bis; Colima, Título Segundo, Capítulo II, De los órganos autónomos, artículo 22; Durango, Título Quinto, De los Órganos Constitucionales Autónomos, Capítulo I. Disposiciones Generales, artículos 130 al 132; Guerrero, Título Octavo, Órganos Autónomos Del Estado, Sección I Principios Comunes, artículos 105 al 115; Hidalgo, artículo 26; Oaxaca, Título Sexto De los Órganos Autónomos del Estado, artículo 114; Veracruz, Capítulo VI De los Organismos Autónomos del Estado, artículo 67; y Ciudad de México, Capítulo V, De los Organismos Autónomos artículo 46.
Las constituciones señaladas en el párrafo anterior, de manera muy general, coinciden en lo referente a los órganos constitucionales autónomos en lo siguiente:
-Se consideran entidades, instituciones o entidades especializadas, establecidas en la Constitución.
-Dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio.
-Tienen relaciones de coordinación con otros órganos.
-Cuentan con autonomía e independencia funcional y financiera, presupuestaria, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones.
-Permanencia.
-Atienden funciones estatales coyunturales, que requieren especialización para ser eficazmente atendidas en beneficio de la sociedad.
-Se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficiencia, objetividad, racionalidad presupuestaria, responsabilidad, profe-sionalismo, transparencia, máxima publicidad y respeto a los derechos humanos.
-El nombramiento de sus titulares debe recaer en aquellas personas que se hayan distinguido por su honorabilidad, imparcialidad, competencia y antecedentes profesionales en la materia de la función que se pretenda ocupar.
-Proponen el proyecto de presupuesto; y deben rendir ante el Congreso del Estado un informe anual.
-Las leyes de su creación determinarán la integración y funciones de sus consejos, órganos directivos, consultivos o de gobierno, así como su estructura orgánica y funcionamiento.
A nivel jurisprudencial existen las tesis del Poder Judicial Federal P./J. 20/2007, que ya hemos referido, así como la tesis P./J. 12/2008, 13 bajo los rubros: Órganos Constitucionales Autónomos. Notas Distintivas y Características y Órganos Constitucionales Autónomos. Sus Características. Las cuales hacen alusión a dichos entes. Así, la primera tesis, establece que:
El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de los órganos constitucionales autónomos ha sostenido que: 1. Surgen bajo una idea de equilibrio constitucional basada en los controles de poder, evolucionando así la teoría tradicional de la división de poderes dejándose de concebir la organización del Estado derivada de los tres tradicionales (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) que, sin perder su esencia, debe considerarse como una distribución de funciones o competencias, haciendo más eficaz el desarrollo de las actividades encomendadas al Estado. 2. Se establecieron en los textos constitucionales, dotándolos de garantías de actuación e independencia en su estructura orgánica para que alcancen los fines para los que fueron creados, es decir, para que ejerzan una función propia del Estado que por su especialización e importancia social requería autonomía de los clásicos poderes del Estado. 3. La creación de este tipo de órganos no altera o destruye la teoría tradicional de la división de poderes, pues la circunstancia de que los referidos órganos guarden autonomía e independencia de los poderes primarios, no significa que no formen parte del Estado mexicano, pues su misión principal radica en atender necesidades torales tanto del Estado como de la sociedad en general, conformándose como nuevos organismos que se encuentran a la par de los órganos tradicionales.
De lo anterior, se observa que no existe un tratamiento homogéneo para los órganos constitucionales autónomos, pues a nivel federal no existe una definición o características, ello responde a que cada órgano ha sido incorporado en el texto constitucional a medida que la coyuntura social y política así lo permite.
Por otro lado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha abordado el tema en estudio, señalando algunas características que particularizan a este tipo de entes, señalando que son creados como una especie de equilibrio constitucional, dando paso a la evolución de la teoría tradicional de la división de poderes; se encuentran regulados en los textos constitucionales; cuentan con actuación e independencia en su estructura orgánica; ejercen funciones propias del Estado, formando parte de éste; y atienden necesidades torales del Estado y de la sociedad en general.
b) Derecho Comparado
Los órganos constitucionales autónomos surgen con diversos grados de independencia de los tres poderes de los cuales refirió Montesquieu, a veces en la propia Constitución o en otras leyes, condición que amplía o reduce su autonomía.
Con finalidad de aportar algunos ejemplos comparativos respecto al principio de la división de poderes a nivel internacional, resulta necesario analizar brevemente a los órganos constitucionales autónomos en algunas partes del mundo.
En Europa, los órganos constitucionales autónomos tienen su origen en el siglo XIX, la figura más importante ha sido el Tribunal Constitucional, teniendo por finalidad controlar los poderes tradicionales por una fuerte presencia que los partidos políticos tienen en el gobierno y en el parlamento. Algunos países que cuentan con este tipo de Tribunal son España, Italia y Alemania.
En la doctrina jurídica alemana la noción de órgano constitucional autónomo reviste gran importancia dado que, como ejemplo, el Tribunal Constitucional de la República Federal Alemana cuenta con funciones de defensa para el pueblo, cuenta con presupuesto independiente, de tal manera es inconcebible que en términos organizativos pueda de alguna manera ser dependiente o estar sometido a otro órgano constitucional o autoridad federal. 14
Por otra parte, pese a que en el derecho de Estados Unidos no estén previstos los órganos constitucionales autónomos por el sistema jurídico tradicional que se tiene, cabe resaltar la evolución de ciertos órganos necesarios para el funcionamiento institucional de ese país, como el caso de la Reserva Federal, responsable de dirigir la política monetaria, el cual ha adquirido características de un órgano autónomo. 15
A diferencia de lo anterior, algunos países latinoamericanos sí reconocen los órganos constitucionales autónomos, siendo ésta una región ejemplar para la creación y construcción de los mismos, como el caso de Ecuador, quien prevé un cuarto poder estatal responsable de la rendición de cuentas y la vigilancia de la ciudadanía, autónomo e independiente, el cual cuenta con el mismo estatus que las funciones del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Además, la Constitución de Ecuador también incluye un quinto poder, quien se encarga de los procesos tanto de elección como de participación ciudadana, denominado como el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, organismo único en la materia como lo contempla su constitución política.
Venezuela, ha tenido cambios en su Constitución de 1999, en la que se establece que el Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano Electoral. El Poder Ciudadano se trata esencialmente de un sistema anticorrupción, integrado por tres órganos constitucionales autónomos, pues los órganos del Poder Ciudadano son: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República... y más adelante El Poder ciudadano goza de autonomía funcional, financiera y administrativa (artículo 273, del la Constitución). 16
Cabe resaltar los avances importantes en la materia de Bolivia, Argentina, Colombia, Chile y Brasil, donde existe un desarrollo democrático consolidado en los órganos autónomos de control al abuso de las autoridades de gobierno.
En el continente asiático existe la menor cantidad de órganos constitucionales autónomos, sin embargo, Taiwán cuenta con un Tribunal Constitucional y un órgano de inspección del Estado, relacionado con la examinación del empleo, la evaluación de funcionarios y la escala salarial, siendo en total 5 los poderes que constituyen el gobierno federal, con autonomía presupuestaria y de ejercicio. 17
Vale la pena precisar que en los casos de los Institutos Nacionales de Derechos Humanos en prácticamente todos los países iberoamericanos, así como en numerosos países de África, Asia, Europa y en Australia, coexiste la figura del Ombudsman, generalmente para la supervisión de determinadas autoridades.
Es por lo anterior, que existe una organización mundial que agrupa al Ombudsman, que es el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, auspiciada por el Consejo de Derechos Humanos.
Aunque no es la única organización internacional que trabaja coordinadamente con las actividades que realizan los órganos constitucionales autónomos nacionales, como ejemplo tenemos a la Organización de las Naciones Unidas, la Organización Mundial del Comercio, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Banco Mundial, entre muchas otras.
En suma, de lo aquí expuesto se observa cuando una nación crea e incorpora en su constitución a un órgano constitucional autónomo, no solo es para su aplicabilidad e impacto en el ámbito nacional, sino también en una esfera internacional, con compromisos y objetivos compartidos para el desarrollo fundamental de los derechos humanos.
c) Órganos Constitucionales Autónomos a Nivel Federal
A continuación enlistamos los órganos constitucionales autónomos que se encuentran en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con sus aspectos relevantes.
1. Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IFAI) se constituyó formalmente, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, iniciando labores en 2003. Con la reforma constitucional de 2015, se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
De conformidad con el artículo 6 apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) es el organismo constitucional autónomo garante del cumplimiento de dos derechos humanos: el de acceso a la información pública y el de protección de datos personales.
Los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales se encuentran regulados en los artículos 6 y 16, párrafo segundo, de la Constitución Federal, respectivamente.
El INAI también se encarga de la promoción de una cultura de transparencia, rendición de cuentas para el fortalecimiento de una sociedad incluyente y participativa. Además, coordina el Sistema Nacional de Transparencia y de Protección de Datos Personales, para que los órganos garantes de las entidades federativas establezcan, apliquen y evalúen acciones de acceso a la información.
La otrora Comisionada Presidente del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales, Alma Cristina López de la Torre, 18 refiere que la rendición de cuentas es el deber que tienen todas las instituciones públicas que administran recursos públicos, de informar, justificar y explicar ante la ciudadanía sus decisiones, funciones, el uso de los recursos asignados y los resultados obtenidos.
2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi)
El 7 de abril de 2006 se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionando al artículo 26, apartado B, cambiando así la personalidad jurídica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), para adquirir autonomía técnica y de gestión, como órgano constitucional autónomo.
Tiene la facultad exclusiva para realizar los censos nacionales de población y vivienda, difunde información en cuanto al territorio, los recursos, la población, el empleo, la economía, así como elaborar los índices nacionales de precios y el Sistema de Cuentas Nacionales de México, además, se encarga de medir y mostrar los resultados del producto interno bruto de manera trimestral.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía se encuentra facultado para normar y coordinar las actividades estadísticas y geográficas, relativas al diseño, capacitación, producción, actualización, organización, procesamiento, integración, compilación, publicación, divulgación y conservación de la información de interés nacional.
3. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval)
La lucha contra la pobreza necesariamente tiene que ser acompañada por las instituciones democráticas que vigilen el gasto y el cumplimiento de los objetivos sociales para el bien común. En 2004 con la Ley General de Desarrollo Social (LGDS) se creó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). 19
Posteriormente, por decreto publicado el 24 de agosto de 2005 se establecieron las reglas relativas al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Finalmente, en febrero de 2014, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En este documento se agregó el apartado C al artículo 26, para crear el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social como un Órgano Constitucional Autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios. 20
De acuerdo con diversos especialistas, el Coneval ha generado numerosas evaluaciones de programas sociales que permiten visibilizar, con mayor detenimiento, la forma en la que el gobierno prioriza los instrumentos de política pública. También ha intervenido en el asesoramiento a los gobiernos estatales para la conformación de sistemas de monitoreo y evaluación locales, y un sólido reconocimiento y reputación internacional que ha fomentado la construcción de mecanismos y sistemas de evaluación en otras partes del mundo. 21
4. Banco de México
El Banco de México (Banxico) tiene su fundamento en el artículo 28, párrafo sexto de la Constitución Federal, se constituyó formalmente, con la publicación de la Ley del Banco de México, el día 23 de diciembre de 1993, en el Diario Oficial de la Federación, la cual entró en vigor el día 01 de abril de 1994. Tiene como objetivo procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional.
Desde su fundación, el Banco de México ha sido dotado de marcos legales conformados principalmente por sus leyes orgánicas conducentes y propiciatorios de un desempeño eficaz en el desarrollo de sus tareas. En este sentido debe destacarse, de manera especial, la reforma que entró en vigor en abril de 1994, por la cual se dotó de autonomía al banco central de nuestro país. Con ello, se otorgó al Banco de México el estatus idóneo para cumplir su cometido fundamental, que es la procuración de la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional.
Con su política monetaria contribuye a preservar la estabilidad macroeconómica, fortalecer el crecimiento y darle fortaleza y solidez al sistema bancario. También promueve esfuerzos de colaboración con otras autoridades para que los bancos cuenten con entornos y condiciones adecuadas para pagar los cheques y devolver los depósitos que les confían los ahorradores.
5. Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
El 11 de junio de 2013 se reformó el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se creó la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) como órgano constitucional autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
La política de competencia en México encuentra su origen en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíbe los monopolios, las prácticas monopólicas y establece la naturaleza jurídica de la Comisión Federal de Competencia en su párrafo décimo cuarto:
El Estado contará con una Comisión Federal de Competencia Económica, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes. 22
Conforme a lo que establece el artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, su objetivo es garantizar la libre concurrencia y competencia económica, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.
6. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)
El 11 de junio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este decreto dio origen al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) como un órgano autónomo.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones encuentra su fundamento en el artículo 28, párrafo 15, de la Constitución Federal, como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Para tal efecto, tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6 y 7 de nuestra Carta Magna.
7. Instituto Nacional Electoral
La reforma constitucional en materia política-electoral, publicada el 10 de febrero de 2014 rediseñó el régimen electoral mexicano y transformó el Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE), a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales para garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. 23 Su fundamento jurídico se localiza en el artículo 41, fracción V, apartado A de la Constitución Federal.
La existencia de una autoridad administrativa electoral con autonomía garantizada a nivel constitucional ha permitido la consolidación de nuestro sistema democrático a través de la permisión e impulso a la participación de nuevos partidos y agrupaciones políticas; así como la inclusión de voluntades históricamente excluidas como las mujeres, los indígenas, las y los jóvenes, los mexicanos residentes en el extranjero, las y los afromexicanos, la comunidad LGBTTTI+, los adultos mayores y las personas con discapacidad; la organización y debida integración de los órganos de representación popular, la salvaguarda de los derechos político-electorales de la ciudadanía, entre otras acciones.
8. Fiscalía General de la República (FGR).
El 10 de febrero de 2014, se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de impartición de justicia, con la cual se estableció la autonomía del Ministerio Público de la Federación, organizándose en una Fiscalía General de la República (FGR), que reemplazaría a la Procuraduría General de la República (PGR). Así, con la designación de su actual titular, la Fiscalía entró en funciones a partir del día 20 de diciembre de 2018.
El fundamento jurídico se encuentra en los artículos 21 y 102 apartado A, de la Constitución Federal, que, de manera concreta, establecen las funciones del Ministerio Público (MP) y la investigación penal; además, señala que el MP, se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios. Asimismo, regula los requisitos, duración y procedimiento de remoción del Fiscal General; atribuciones del Ministerio Público; las Fiscalías indispensables de la FGR; las bases para la formación y actualización de los servidores públicos de la Fiscalía, entre otras.
Al ser un órgano técnico investigador, resulta necesario para la configuración del modelo de Estado mexicano incidiendo en la formación de la voluntad estatal, ya sea en los procesos de toma de decisiones o en la solución de conflictos, garantizando con ello un Estado de Derecho y una democracia consolidada la procuración de justicia penal en la sociedad. 24
9. Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
El 13 de septiembre 1999 se reformó el artículo 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cambiando así la naturaleza jurídica de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), como un organismo autónomo constitucional, garantizando su independencia política. La reforma de 2011 introdujo un nuevo y paradigma constitucional en materia de derechos humanos, donde implicaba un actuar más amplio en las facultades de Comisión Nacional y de las Comisiones Estatales. 25
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es el organismo encargado de proteger, auxiliar y promover los derechos humanos de las víctimas, que ampara el orden jurídico mexicano, conociendo quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público, con excepción del Poder Judicial.
III. Justificación y Propósito de la Iniciativa
La presente iniciativa se sustenta en tres ejes principales, a saber: 1) reforzar la independencia y autonomía financiera en el ejercicio de las funciones de los órganos constitucionales autónomos; 2) evitar que el Ejecutivo incida en el nombramiento de los titulares de dichos entes, y 3) establecer un procedimiento de elección de los titulares, que garantice la autonomía de los órganos, la capacidad técnica de sus integrantes y la independencia del resto de los poderes del Estado.
Esta iniciativa no se sustenta en un aspecto económico. La intención es robustecer el debate público sobre el sistema de gobierno, las formas de división tradicional de poderes que ya resultan obsoletas y la necesidad de preservar y fortalecer los contrapesos al ejercicio real del poder público.
Como se ha referido, los órganos constitucionales autónomos son fundamentales en la construcción de la democracia dentro de un Estado de Derecho, estamos de acuerdo con los expertos en cuanto a que estos órganos deben ser realmente independientes, proactivos, transparentes, responsables y un ejemplo de rendición de cuentas. Así, la intención de su posible desaparición nos ha motivado a contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos, que, en efecto, influyen en el equilibrio de los poderes tradicionales del Estado y de los factores reales de poder.
La importancia de reforzar algunas características de los órganos constitucionales autónomos, tales como la autonomía funcional y financiera reside, en la garantía plena que se les otorgará a este tipo de entes para tener certeza respecto de su presupuesto sin que esté a la expectativa de disminuciones no justificadas por la integración política de la Legislatura en turno, pues, debemos recordar que tales órganos desempeñan funciones torales del Estado que benefician a la sociedad, porque los objetos para los que fueron creados contribuyen a la protección de los derechos humanos.
Las autonomías funcional y financiera son fundamentales para garantizar la independencia de los órganos constitucionales autónomos respecto de los poderes tradicionales del Estado, es decir, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Hacemos énfasis en lo relativo al presupuesto, pues como se ha señalado, garantizarlo plenamente resulta necesario, para que el órgano constitucional autónomo al que se debe designar el presupuesto no esté constantemente sometido a descalificaciones ideológicas.
Sumando a lo anterior, evitar que el Ejecutivo Federal intervenga en el nombramiento de los titulares de los órganos constitucionales autónomos, permitirá que las funciones que realicen éstos, sean realmente objetivas e imparciales, coadyuvando a controlar los abusos del poder, porque el hecho de que sea el Ejecutivo quien los nombre, desvirtúa su independencia y su autonomía, ya que cuando un titular entre en funciones, podría no actuar acorde a los principios institucionales que establezca el órgano, pues se sentiría en deuda, con quien lo designó.
Por lo anterior, el propósito de la presente iniciativa es contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos a través de su autonomía funcional y financiera, evitar que en el nombramiento de sus titulares participe el Poder Ejecutivo y finalmente replantear el procedimiento de elección para cada titular del órgano constitucional autónomo correspondiente.
IV. Contenido de la Iniciativa
En la presente iniciativa se propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de afianzar la presencia de los órganos constitucionales autónomos en el espectro público.
En cada apartado constitucional, se propone modificar el proceso de selección de los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, con el objeto de blindar de cualquier tipo de injerencia el proceso de toma de decisiones de sus integrantes una vez electos bien sea del poder público o de intereses privados. Para tal efecto, se propone la creación de comités técnicos de evaluación con la participación de la sociedad civil, para que sean éstos quienes evalúen la idoneidad y capacidad técnica de los aspirantes, de modo que se presenten a la Cámara correspondiente cinco alternativas de verdaderos perfiles especializados en cada materia para el cargo público que se busca. En todos los procesos de selección se elimina la participación del titular del ejecutivo federal.
Por otra parte, para preservar el cumplimiento de las responsabilidades constitucionales y la autonomía en la gestión presupuestal, se propone fijar un porcentaje mínimo del total del Presupuesto de egresos de la Federación que, tomando en consideración el artículo 74 constitucional, se constituya como una garantía constitucional de autonomía financiera de cada órgano.
Para mayor comprensión de la iniciativa que se propone, se presenta la siguiente tabla comparativa en la que se aprecia en la primera columna el texto vigente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la segunda columna la propuesta de adición resaltada en negritas:
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Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de contribuir al fortalecimiento de los órganos constitucionales autónomos
Artículo Único: Se reforman los párrafos primero, octavo, noveno y décimo tercero, se adicionan los párrafos segundo, los incisos a) al c), del párrafo noveno, y el párrafo décimo tercero y se recorren los párrafos subsecuentes, todos de la fracción VIII, del Apartado A, del artículo 6; se reforman los párrafos segundo y tercero, y se adicionan el tercer párrafo, los incisos a) al c) del párrafo cuarto y se recorren los párrafos subsecuentes del Apartado B, del artículo 26; se reforman los párrafos primero, segundo y tercero, y se adicionan un párrafo segundo, los incisos a) al c) del párrafo tercero, los párrafos cuarto, sexto y se recorren los párrafos subsecuentes del Apartado C, del artículo 26; se reforman los párrafos sexto, séptimo, décimo cuarto, décimo quinto, la fracción segunda del párrafo vigésimo primero, vigésimo segundo, vigésimo octavo y vigésimo noveno, se adicionan los párrafos séptimo, los incisos a) al c) del párrafo octavo, los párrafos noveno, décimo, vigésimo sexto, vigésimo noveno y trigésimo del artículo 28; se reforma el párrafo segundo, se adiciona el párrafo tercero y se recorren los subsecuentes de la Base V, del artículo 41; se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV, del artículo 74; se reforman los párrafo primero, las fracciones I a V del párrafo tercero, se adiciona un párrafo segundo y se recorren los párrafos subsecuentes del Apartado A del artículo 102; se reforman los párrafos cuarto, sexto y séptimo, y se adicionan los párrafos quinto, los incisos a) al c) del párrafo séptimo, los párrafos octavo y décimo, y se recorren los párrafos subsecuentes del Apartado B, del artículo 102; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 6o....
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Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo se observará lo siguiente:
A. ...
I. a VII. ...
VIII. La Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización y funcionamiento interno, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.02 por ciento del equivalente al total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
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El organismo garante se integra por siete comisionados. Para su nombramiento, la Cámara de Senadores, previo procedimiento de elección, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros, nombrará a los comisionados que deban cubrir la vacante, siguiendo el proceso establecido a continuación:
a) La Cámara de Senadores emitirá el acuerdo para la elección del comisionado Presidente y el resto de los comisionados, según sea el caso, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Senadores, dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y dos por el Instituto Nacional Electoral.
b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, entrevistará y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, para determinar su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Senadores;
c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del Comisionado Presidente y los comisionados, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara de Senadores, la propuesta con las designaciones correspondientes.
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El nombramiento del comisionado presidente, deberá recaer en aquella persona que se haya distinguido por su honorabilidad, imparcialidad, competencia técnica y antecedentes profesionales en la materia de la función que se pretende ocupar.
El órgano garante tendrá un Consejo Consultivo, integrado por diez consejeros, que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Cámara de Senadores. La ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas por la propia Cámara. Anualmente serán sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo periodo.
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Artículo 26. A....
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B. El Estado contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica cuyos datos serán considerados oficiales. Para la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, los datos contenidos en el Sistema serán de uso obligatorio en los términos que establezca la ley.
La responsabilidad de normar y coordinar dicho Sistema estará a cargo de un órgano con autonomía, técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, con las facultades necesarias para regular la captación, procesamiento y publicación de la información que se genere y proveer a su observancia.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano autónomo, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.27 por ciento del equivalente total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
El órgano tendrá una Junta de Gobierno integrada por cinco miembros, uno de los cuales fungirá como Presidente de ésta y del propio organismo; serán designados por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de los miembros , bajo el siguiente procedimiento:
a) La Cámara de Senadores emitirá el acuerdo para la elección del Presidente y el resto de los integrantes, según sea el caso, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Senadores, dos por el Banco de México y dos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, entrevistará y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Senadores;
c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del Comisionado Presidente y los comisionados, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara de Senadores, la propuesta con las designaciones correspondientes.
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C. El Estado contará con un Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, a cargo de la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, así como de emitir recomendaciones en los términos que disponga la ley, la cual establecerá las formas de coordinación del órgano con las autoridades federales, locales y municipales para el ejercicio de sus funciones.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano autónomo, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.01 por ciento del equivalente total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social estará integrado por un Presidente y seis Consejeros que deberán ser ciudadanos mexicanos de reconocido prestigio en los sectores privado y social, así como en los ámbitos académico y profesional; tener experiencia mínima de diez años en materia de desarrollo social, y no pertenecer a algún partido político o haber sido candidato a ocupar un cargo público de elección popular. Serán nombrados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, bajo el procedimiento siguiente:
a) La Cámara de Diputados emitirá el acuerdo para la elección del Presidente y los consejeros, según sea el caso, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, dos por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y dos por el Banco de México.
b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, entrevistará y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Diputados;
c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del Presidente y los consejeros, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara de Diputados la propuesta con las designaciones correspondientes.
Cada cuatro años serán sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo período.
El Presidente del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social durará en su encargo cinco años, podrá ser reelecto por una sola vez y sólo podrá ser removido de sus funciones en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.
El nombramiento del Presidente del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, deberá recaer en aquella persona que se haya distinguido por su honorabilidad, imparcialidad, competencia técnica y antecedentes profesionales en la materia de la función que se pretende ocupar.
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Artículo 28. ...
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El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración, con autonomía presupuestaria, técnica, de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propio. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento. El Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano autónomo, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.15 por ciento del equivalente total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia. La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de los miembros; bajo el siguiente procedimiento:
a) La Cámara de Senadores emitirá el acuerdo para la elección del gobernador y el resto de los miembros, según sea el caso, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Senadores, dos por la Comisión Federal de Competencia Económica y dos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, entrevistará y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Senadores;
c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del Comisionado Presidente y los comisionados, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara de Senadores, la propuesta con las designaciones correspondientes.
Las personas designadas, desempeñarán su encargo por períodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus funciones; sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos que actúen en representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficiencia (sic DOF 20- 08-1993). Las personas encargadas de la conducción del banco central, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución.
El nombramiento del gobernador del Banco Central, deberá recaer en aquella persona que se haya distinguido por su honorabilidad, imparcialidad, competencia técnica y antecedentes profesionales en la materia de la función que se pretende ocupar.
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El Estado contará con una Comisión Federal de Competencia Económica, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, que tendrá por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen esta Constitución y las leyes. La Comisión contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas las de ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.
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La Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, profesionales en su desempeño e imparciales en sus actuaciones, y se regirán conforme a lo siguiente:
I. Dictarán sus resoluciones con plena independencia;
II. Ejercerán su presupuesto de forma autónoma. La Cámara de Diputados garantizará la suficiencia presupuestal a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias;
En ningún caso, los presupuestos que se les asignen a la Comisión Federal de Competencia Económica y al Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán menores al 0.01 y 0.04 por ciento respectivamente, del total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
III. a X. ...
XI. Los comisionados de los órganos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros del Senado de la República, por falta grave en el ejercicio de sus funciones, en los términos que disponga la ley, y
XII. ...
Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete Comisionados, incluyendo el Comisionado Presidente, designados en forma escalonada . Para su nombramiento, la Cámara de Senadores, previa realización de una amplia consulta a la sociedad, a propuesta de los grupos parlamentarios, con el voto de las dos terceras partes de los miembros, nombrará a los comisionados.
El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por la Cámara de Senadores de entre los comisionados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros, por un periodo de cuatro años, renovable por una sola ocasión. Cuando la designación recaiga en un comisionado que concluya su encargo antes de dicho periodo, desempeñará la presidencia sólo por el tiempo que falte para concluir su encargo como comisionado.
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I. a VIII. ...
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Los aspirantes a ser designados como Comisionados acreditarán el cumplimiento de los requisitos señalados en los numerales anteriores, ante un Comité de Evaluación integrado por los titulares del Banco de México, el Instituto de Energías Renovables de la UNAM y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Para tales efectos, el Comité de Evaluación instalará sus sesiones cada que tenga lugar una vacante de comisionado, decidirá por mayoría de votos y será presidido por el titular de la entidad con mayor antigüedad en el cargo, quien tendrá voto de calidad.
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El Comité de Evaluación, por cada vacante, enviará al órgano de dirección política del Senado de la República una lista con un mínimo de tres y un máximo de cinco aspirantes, que hubieran obtenido las calificaciones aprobatorias más altas. En el caso de no completarse el número mínimo de aspirantes se emitirá una nueva convocatoria. El órgano de dirección política del Senado de la República seleccionará de entre esos aspirantes . al candidato que propondrá para su designación.
La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta; en los recesos, la Comisión Permanente convocará desde luego al Senado.
Artículo 41. ...
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I. a V. ...
El Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano autónomo, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.39 por ciento del equivalente total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda, excluyendo de este conteo lo correspondiente a la ministración financiera de los partidos políticos durante los procesos ordinarios y electorales.
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Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:
I. a III. ...
IV. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, podrá autorizar en dicho Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes Presupuestos de Egresos.
La Cámara de Diputados garantizará la suficiencia en la gestión presupuestal de los órganos constitucionales autónomos, a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias.
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V. a IX. ...
Artículo 102.
A. El Ministerio Público de la Federación se organizará en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano autónomo, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.36 por ciento del total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
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El Fiscal General durará en su encargo nueve años, y será designado y removido conforme a lo siguiente:
I. El Senado de la República emitirá un acuerdo para la elección del Fiscal General, que contendrá la convocatoria pública con los requisitos y etapas para concursar como candidato al cargo, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Senadores, dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y dos por el órgano garante establecido en el artículo 6o. de esta Constitución.
II. El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, entrevistará y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad y expertiz en la materia para desempeñar el cargo; seleccionará a los cinco mejor evaluados para el cargo vacante y remitirá la relación correspondiente al Senado de la República;
III. El Senado, con base en la quinteta y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros dentro del plazo de diez días.
El nombramiento del Fiscal General deberá recaer en aquella persona que se haya distinguido por su honorabilidad, imparcialidad, competencia técnica y antecedentes profesionales en la materia de la función que se pretende ocupar.
IV. El Fiscal General podrá ser removido por las causas graves que establezca la ley. Estará sujeto a lo dispuesto por el Título Cuarto de esta Constitución.
V. Las ausencias del Fiscal General serán suplidas en los términos que determine la ley.
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B. ...
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El organismo que establezca el Congreso de la Unión se denominará Comisión Nacional de los Derechos Humanos; contará con autonomía técnica, de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios.
Para garantizar la suficiencia en la gestión presupuestal de este órgano autónomo, en ningún caso, el presupuesto que se le asigne será menor al 0.03 por ciento del total del Presupuesto de Egresos de la Federación que corresponda.
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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tendrá un Consejo Consultivo integrado por diez consejeros que serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, bajo el siguiente procedimiento:
a ) La Cámara de Senadores emitirá el acuerdo para la elección del Presidente y los consejeros, según sea el caso, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Senadores, dos por el Instituto Nacional Electoral, y dos por el órgano garante establecido en el artículo 6o. de esta Constitución.
b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, entrevistará y evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Senadores;
c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del Presidente y los consejeros, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara de Senadores, la propuesta con las designaciones correspondientes.
Anualmente serán sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo período.
El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quien lo será también del Consejo Consultivo, durará en su encargo cinco años, podrá ser reelecto por una sola vez y sólo podrá ser removido de sus funciones en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.
El nombramiento del titular de la presidencia, deberá recaer en aquella persona que se haya distinguido por su honorabilidad, imparcialidad, competencia técnica y antecedentes profesionales en la materia de la función que se pretende ocupar.
La elección del titular de la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como de los integrantes del Consejo Consultivo, y de titulares de los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, se ajustarán a un procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente, en los términos y condiciones que determine la ley.
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Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión cuenta con un plazo de ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar los ajustes correspondientes en las legislaciones secundarias.
Notas
1 Pedroza de la Llave, Susana Thalía, Los órganos constitucionales autónomos, p. 216, disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6169/13.pdf
2 https://www.reporteindigo.com/reporte/amlo-organismos-autono-mos-son-tapaderas- y-alcahuetes-que-no-benefician-al-pueblo/
3 Pedroza de la Llave, Susana Thalía, Ob. Cit., p. 217.
4 López Olvera, Miguel Alejandro (Coord.), Poderes Tradicionales y órganos Constitucionales Autónomos, 2020, IIJ-UNAM, p.89, disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6169/16.pdf
5 López Olvera, Miguel Alejandro (Coord.), Poderes Tradicionales y órganos Constitucionales Autónomos, 2020, IIJ-UNAM, p.3, disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6169/16.pdf
6 López Olvera, Miguel Alejandro (Coord.), Poderes Tradicionales y órganos Constitucionales Autónomos, 2020, IIJ-UNAM, p.3, disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6169/16.pdf
7 Seminario Internacional: poderes tradicionales y órganos constitucionales autónomos, (5/6) disponible en:
https://www.youtube.com/watch?v=Ss-_9NIcPIk&ab_ channel=IIJUNAM
8 Seminario Internacional: poderes tradicionales y órganos constitucionales autónomos, (5/6) disponible en:
https://www.youtube.com/watch?v=Ss-_9NIcPIk&ab_ channel=IIJUNAM
9 Registro digital: 172456, Tesis: P./J. 20/2007, Tipo: Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXV, Mayo de 2007, página 1647, Materia(s): Constitucional.
10 Seminario: la autonomía de los órganos constitucionales autónomos y su función de control, Instituto de Investigaciones Jurídicas, disponible en:
https://www.facebook.com/164165583607662/videos/3612674618771071 /
11 El experto realiza este análisis durante su participación en el Seminario: la autonomía de los órganos constitucionales autónomos y su función de control.
12 [1]
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2090038&fecha=24/0 8/2005
13 Registro digital: 170238, Tesis: P./J. 12/2008, Tipo: Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXVII, Febrero de 2008, página 1871, Materia(s): Constitucional
14 El estatus del Tribunal Constitucional Federal en Alemania Leibholz Gerhard, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, p. 694, consulta en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3166/62.pdf
15 Página electrónica de la Junta de la Reserva Federal, consultable en:
https://www.usa.gov/espanol/agencias-federales/junta-de-la-reser va-federal
16 [1] Disponible en:
https://repositorioinstitucional.buap.mx/bitstream/handle/20.500 .12371/6906/421919T.pdf?sequence=1
17 Radiografía de los Organismos Autónomos en América Latina y el Mundo Ackerman John, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, pag. 49-75, consultable en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4139/4.pdf
18 Su cargó finalizó el 31 de diciembre de 2020.
19 https://www.redalyc.org/pdf/3221/322128810012.pdf
20 Sin embargo, el Coneval informa que sigue siendo un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía técnica y de gestión hasta culminar el proceso legislativo que le brinde la autonomía presupuestal y sectorial, información disponible en:
https://www.coneval.org.mx/quienessomos/Conocenos/Paginas/Creaci on-del-Coneval.aspx
21 https://www.animalpolitico.com/evaluacion-y-decisiones/la-rele-vancia-de-coneva l-y-su-liderazgo/
22 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 28, párrafo 14ª.
23 [1]https://portalanterior.ine.mx/archivos3/portal/historico/conteni-domenuitem. cdd858023b32d5b7787e6910d08600a0/
24 Idea tomada de la obra de los autores: López Olvera, Miguel Alejandro, Enrique Meza Márquez, et. al., Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6169/7.pdf
25 Libro La Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Esfuerzo Creador de Jorge Carpizo. Valencia Carmona, Salvador, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, pág. 503-516.
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3977/24.pdf
26 De conformidad con el contenido de la iniciativa suscrita por la diputada Dulce María Sauri Riancho, que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la integración del Comité Técnico de Evaluación para la designación de Comisionados del Ifetel y la Cofece, presentada el 14 de agosto de 2019 en la sesión de la Comisión Permanente.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputadas: Claudia Pastor Badilla, Dulce María Sauri Riancho, Mariana Rodríguez Mier y Terán y diputado René Juárez Cisneros (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, Geraldina Isabel Herrera Vega, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de pensamiento computacional, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
La era del conocimiento digital nos ha llevado a remplazar el trabajo manual por el trabajo intelectual, mismo que genera valor al convertirse en información. Los productos e iniciativas tecnológicas que se emplean en prácticamente todas las tareas cotidianas y áreas de estudio han sido desarrolladas por individuos creativos que han perfeccionado las habilidades de su pensamiento abstracto, pensamiento crítico, la creativa solución de problemas y la toma asertiva de decisiones.
La sociedad y el mundo se han ido transformando con la adopción de la computación y la tecnología en las actividades diarias, ya sea para solucionar problemas científicos o llevar a cabo actividades de entretenimiento de manera individual o grupa y diariamente se desarrollan modernos instrumentos tecnológicos que dan solución a los problemas sociales o simplemente dan comodidad a las actividades cotidianas, debido a estos cambios, es indispensable contar con los conocimientos necesarios para plantear los asuntos en conflicto de manera racional y secuencial en términos computacionales.
En el país, el alcance del contenido curricular sobre la comprensión, aplicación y uso responsable de la tecnología resulta insuficiente si no se complementa con el desarrollo del pensamiento computacional, mismo que fortalece un cúmulo de habilidades indispensables para solucionar problemas interdisciplinarios de manera creativa, impulsando a los individuos a adoptar un papel activo en el reconocimiento de conflictos personales o públicos y en la formulación de soluciones innovadoras usando medios tecnológicos, computacionales o humanos.
Aún con la reciente reforma en materia educativa, el contenido referente al uso y aplicación de las herramientas digitales y tecnológicas tiene un alcance limitado en la preparación de los estudiantes para su futura incorporación al mercado laboral, económico e incluso social en la era digital y del conocimiento. Simplemente a escala internacional, diversos países en Asia, América y Europa están incluyendo en la formación de sus estudiantes desde la educación inicial hasta la educación superior el pensamiento computacional como una estrategia para aumentar las competencias educativas y laborales; por ejemplo, en países como Gales y Austria, consideran que el pensamiento computacional y sus conceptos relacionados forman parte del plan de estudios de competencia digital. Éste también es el caso del Marco Europeo de Competencia Digital para Ciudadanos, asimismo, algunas universidades de Estados Unidos han actualizado los programas de estudio de cursos introductorios a ciencias de la computación, incorporando conceptos fundamentales de la computación, así como del pensamiento computacional. 1
Por tales motivos es que se requiere complementar el contenido de las disposiciones educativas de nuestro país a fin de cumplir con los estándares internacionales que el mercado educativo y laboral requieren, poniendo a la vanguardia el contenido relacionado con el uso y aplicación de las TIC y el desarrollo de habilidades individuales relacionados con el mismo, tal y como es el pensamiento computacional.
Exposición de Motivos
El 15 de mayo de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. Con dicha reforma se incorporó una visión humanista con enfoque en la calidad pedagógica, reconociendo a las niñas, niños y jóvenes como actores de su propio aprendizaje; fomentando su creatividad y curiosidad basados en el respeto a la dignidad humana, a los derechos humanos y libertades fundamentales.
Además, de otros puntos relevantes, la reforma establece el derecho a una educación cimentada en una visión de derechos con igualdad sustantiva e incluye el derecho a acceder a los beneficios de la innovación tecnológica y la ciencia, la inclusión de la educación pluricultural y plurilingüe. Al respecto, el párrafo doceavo del artículo 3o. constitucional establece: Los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lecto-escritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filosofía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras.
En cumplimiento de la citada reforma constitucional en materia educativa, el 30 de septiembre de 2019 fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Educación y se abroga la Ley General de Infraestructura Física Educativa; el decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mejora continua de la educación y el decreto por el que se expide la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros; quedando pendiente para el Congreso de la Unión el cumplimiento del mandato constitucional de expedir las leyes generales en materia de educación superior y de ciencia, tecnología e innovación. 2
Tomando como base el contenido del artículo 3o. constitucional, la Ley General de Educación asigna como prioridad el cumplir el interés superior de niñas, niños y jóvenes en el ejercicio de su derecho a una educación de excelencia con servicios educativos equitativos y de calidad; para lo cual la Nueva Escuela Mexicana debe impartir educación integral y humanista, con un modelo de mejora continua. Además, los servicios educativos deben contribuir a la formación del pensamiento crítico, la transformación y el crecimiento de la sociedad en general; la justa distribución del ingreso, el combate a la violencia y a la discriminación y al fortalecimiento del tejido social, inculcando valores como la honestidad y la integridad para combatir la corrupción.
Se incluyen también como fines de la educación en nuestro país el fomentar como valor fundamental el respeto a la dignidad humana, promover la cultura de la paz, la tolerancia, solidaridad y los valores democráticos; promoviendo en todo momento el mejoramiento de la convivencia humana sin distinción de raza, sexo, religión o cualquier otra condición personal.
Es de resaltar que el texto legal establece que para lograr una orientación integral en el sistema educativo, se debe considerar el pensamiento lógico matemático y alfabetización numérica; comprensión lectora, expresión oral y escrita; conocimiento tecnológico y aprendizaje digital; conocimiento científico; pensamiento filosófico, histórico y humanístico; habilidades socioemocionales; respeto por los otros; la colaboración y el trabajo en equipo; capacidad de iniciativa, resiliencia, responsabilidad; habilidades motrices y creativas, a través de la activación física; apreciación y creación artística, y valores para la responsabilidad ciudadana y social, como respeto, solidaridad, justicia, libertad, igualdad, honradez, gratitud y participación democrática. 3
Siguiendo tales directrices, la Secretaría de Educación Pública debe establecer el contenido de los planes y programas de estudio a fin de lograr el aprendizaje de historia, geografía, matemáticas, filosofía, civismo, lenguas extranjeras, educación para la salud, música y artes entre otros; destacando para los fines que persigue esta iniciativa el aprendizaje relacionado con el fomento de la investigación, la ciencia, la tecnología y la innovación, así como su comprensión, aplicación y uso responsable. 4
No podemos omitir que la inclusión del aprendizaje sobre la comprensión, aplicación y uso responsable de la tecnología y la innovación en el texto constitucional y derivadamente su regulación en la ley de la materia, representan un logro significativo y cimientan las bases para mejorar la formación de los educandos en esta nueva era, preparándolos para un mercado laboral cada vez más competitivo, pero sobre todo tecnologizado. Sin embargo, dicho contenido resulta insuficiente pues para la eficiente comprensión y aplicación de la tecnología y la información se requiere desarrollar el denominado pensamiento computacional, definido como el proceso de reconocimiento de aspectos de la informática en el mundo que nos rodea, y aplicar herramientas y técnicas de la informática para comprender y razonar sobre los sistemas y procesos tanto naturales como artificiales 5 o como el proceso de pensamiento envuelto en formular un problema y sus soluciones de manera que esas son representadas de una forma en que pueden ser llevadas a un agente de procesamiento de información; 6 es decir, se refiere a los procesos mentales que de manera ordenada y sistemática un individuo realiza al plantearse un problema cotidiano, empleando como posible solución la aplicación de una serie de instrucciones que pueden ser ejecutadas por un ser humano, una computadora o ambos.
En este sentido, se debe considerar al pensamiento computacional como una habilidad indispensable para identificar y entender problemas, discernir y definir soluciones, establecer y aplicar una metodología, aplicarla y en caso de que no se encuentre la solución esperada modificar y aplicar nuevamente la metodología; así, el desarrollo del pensamiento computacional mejora las competencias laborales no sólo de quienes deseen desarrollarse en los campos tecnológicos y computacionales, sino que permite a cualquier individuo asumir un rol activo en la identificación de problemas y la identificación de soluciones mediante la creación de secuencias de pasos o empleando un pensamiento algorítmico. Asimismo, contribuye a reconocer qué particularidades de un problema pueden ser resueltos mediante el uso novedoso de la tecnología y la computación, por ello es indispensable que todas personas adquieran las habilidades antes mencionadas con la finalidad de que sean capaces de solventar un sin número de problemáticas empleando diversas estrategias para obtener soluciones más confiables, rápidas y precisas.
De esta manera, el pensamiento computacional se ayuda de las tecnologías de la información y la computación (TIC) para resolver los problemas cotidianos, al respecto, cabe destacar que las TIC no se refieren exclusivamente a la programación de ordenadores, sino al uso de herramientas especializadas o al desarrollo de nuevas herramientas; además, apoyarse en las TIC también se refiere a la posibilidad de usar y encontrar información que sin ellas no podríamos tener a nuestra disposición; es decir, el desarrollo de este tipo de pensamiento nos lleva a la posibilidad de resolver problemas usando eficazmente las herramientas tecnológicas existentes, a desarrollar nuevas e incluso a aprender a discernir y racionalizar la gran cantidad de información que tenemos a nuestra disposición para arribar a la mejor solución, tomar una decisión informada o llevar a cabo procesos de invención y creación que mejoren nuestra calidad de vida.
Considerando los elementos mencionados, el pensamiento computacional es una habilidad propia de la era digital que si bien es cierto se encuentra al alcance de todos los seres humanos; requiere ser desarrollada a la par de otras habilidades como el pensamiento crítico, la creatividad, la comunicación asertiva o el pensamiento matemático. Es importante destacar que para una educación integral los estudiantes no sólo necesitan conocer las herramientas digitales y tecnológicas, sino que requieren entender el funcionamiento de las mismas y sus aplicaciones en la vida cotidiana, desarrollando al mismo tiempo una capacidad para aplicar las habilidades inherentes a la computación y al pensamiento crítico; convirtiéndose no sólo en consumidores, sino también en productores de bienes y servicios en la era digital. 7
Por las consideraciones expuestas y fundadas presento ante esta soberanía el siguiente
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación
Único. Se reforman las fracciones IX del artículo 16 y III del artículo 18, el artículo 24, y las fracciones I del artículo 85 y XXIV y se adiciona la fracción XXV, con lo que se recorren y modifican las subsecuentes, del artículo 30 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 16. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia, sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, debiendo implementar políticas públicas orientadas a garantizar la transversalidad de estos criterios en los tres órdenes de gobierno.
Además, responderá a los siguientes criterios:
I. a VIII. ...
IX. Será integral porque educará para la vida y estará enfocada a las capacidades y desarrollo de las habilidades cognitivas, socioemocionales, físicas y tecnológicas de las personas que les permitan alcanzar su bienestar, insertarse en el mercado laboral de acuerdo con las exigencias de la economía mundial y contribuir al desarrollo social; y
X. ...
Artículo 18. La orientación integral, en la formación de la mexicana y el mexicano dentro del sistema educativo nacional, considerará lo siguiente:
I. y II. ...
III. El conocimiento tecnológico, con el empleo de tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, manejo de diferentes lenguajes y herramientas de sistemas informáticos, y de comunicación; así como el pensamiento computacional, el cual se entiende como la capacidad para formular y resolver problemas cotidianos a través de la aplicación razonada de técnicas y herramientas de la informática como secuencias de instrucciones, sistemas y procesos;
IV. a XI....
Artículo 24. Los planes y programas de estudio en educación media superior promoverán el desarrollo integral de los educandos, sus conocimientos, habilidades, aptitudes, actitudes y competencias profesionales, a través de aprendizajes significativos en áreas disciplinares de las ciencias naturales y experimentales, las ciencias sociales y las humanidades; así como en áreas de conocimientos transversales integradas por el pensamiento matemático, la historia, la comunicación, la cultura, las artes, la educación física , el pensamiento computacional y el aprendizaje digital.
...
...
Artículo 30. Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:
I. a XXIII. ...
XXIV. El fomento de los principios básicos de seguridad y educación vial;
XXV. El aprendizaje y desarrollo del pensamiento computacional; y
XXVI. Los demás necesarios para el cumplimiento de los fines y criterios de la educación establecidos en los artículos 15 y 16 de la presente ley.
Artículo 85. La Secretaría establecerá una Agenda Digital Educativa, de manera progresiva, la cual dirigirá los modelos, planes, programas, iniciativas, acciones y proyectos pedagógicos y educativos, que permitan el aprovechamiento de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, en la cual se incluirá, entre otras:
I. El aprendizaje y el conocimiento que impulsen las competencias formativas,habilidades digitales y el pensamiento computacional de los educandos y docentes;
II. a VI. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Educación Pública realizará las modificaciones a los planes y programas de estudio para incluir en sus contenidos el aprendizaje del pensamiento computacional, para el inicio del ciclo escolar de 2022-2023, asimismo proveerá los recursos y materiales necesarios para que las maestras y maestros estén preparados para impartir dichos conocimientos.
Tercero. Dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, las legislaturas de los estados, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico de conformidad con la presente ley.
Notas
1 Zapotécatl L. Jorge Luis. Introducción al pensamiento computacional: conceptos básicos para todos.Academia Mexicana de Computación, AC. Consultado en
http://amexcomp.mx/files/libro/LibroPC.pdf
2 Artículo sexto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa.
3 Ley General de Educación vigente, publicada en el DOF el 30 de septiembre de 2019, artículo 18.
4 Ibídem, artículo 30.
5 Royal Society, citado en ¿Qué es el pensamiento computacional? Programamos. Consultado en:
https://programamos.es/que-es-el-pensamiento-computacional/
6 Jeannette M. Wing. Computational thinking(marzo de 2006). Consultado en
https://www.cs.cmu.edu/~CompThink/papers/Wing06.pdf
7 Los denominados prosumidores son los usuarios que consumen un producto o servicio y, además aportan ideas, toman decisiones y participan en los procesos de concepción y confección de éstos.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Geraldina Isabel Herrera Vega (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
«Iniciativa que reforma los artículos 225 y 325 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del PRD
La que suscribe, diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 225, fracción XXVIII, y 325 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El término de feminicidio fue escuchado por primera vez en México gracias a la doctora Marcela Lagarde, quien lo empleo para referirse a los crímenes contra mujeres y niñas de Ciudad Juárez ocurridos en la década de 1990, hechos que resultaron fundamentales para que este tipo de violencia se considerara como un problema social de importantes dimensiones que se reproduce y se extiende en todo el País.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém do Pará, define la violencia contra las mujeres como: cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.
Asimismo, de acuerdo con el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género, el feminicidio se entiende como la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión. 1
En los últimos años los feminicidios no han parado, por el contrario, han ido en aumento con cifras alarmantes que no sólo impactan a las familias de las víctimas directas. De manera indirecta estos hechos de violencia extrema han traído consigo graves consecuencias para la sociedad en general, en virtud de ser una manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder entre hombres y mujeres.
De acuerdo con la información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en 2019 se registraron en México 941 presuntas víctimas de feminicidio y 2,868 presuntas víctimas mujeres de homicidios dolosos. Asimismo, se muestra que de enero a diciembre de 2020, 940 mujeres fueron víctimas de feminicidio y 2,783 presuntas víctimas mujeres de homicidios dolosos. 2
Es necesario mencionar que la variación entre las cifras de víctimas de feminicidios y las víctimas mujeres de homicidios dolosos se puede deber a que en la mayoría de las ocasiones las muertes por razones de género son calificados y juzgados como homicidios intencionales o dolosos por las autoridades judiciales, esto debido a la falta de capacitación, dificultades probatorias e inconsistencias en las carpetas de investigación, incompetencia o inactividad e indiferencia de las autoridades responsables de proteger a las mujeres para llevar a cabo sus diligencias con perspectiva de género y tipificar la conducta de forma adecuada.
A lo largo del país existen miles de casos de mujeres que han muerto de manera violenta que destacan por la gran impunidad en la administración y procuración de justicia, lo que ha provocado la indignación y conmoción de la sociedad en general.
En 2019, la Asociación Civil Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad publicó unainvestigación que reveló las causas por las que se libera a presuntosfeminicidas, entre sus hallazgos destaca que De enero de 2012 a diciembre de 2018 fueron asesinadas de manera extremadamente violenta más de 12 mil mujeres en México. Al analizar las causas de muerte de cada uno de esos crímenes fue posible comprobar que al menos 2,600 de esos asesinatos violentos debieron ser contabilizados como feminicidios. Asimismo, encontró que en los 18 expedientes de sentencias absolutorias que fueron transparentados se narra cómo la fiscalía no logró acreditar el feminicidio por razones como haber tomado declaraciones sin presencia de abogados o porque no se tomaron suficientes evidencias en la escena del crimen o del cuerpo de la víctima. Entre las sentencias absolutorias quedó registrada la historia de un Estado negligente. Los tenían y los soltaron. Por errores obvios de la policía; porque no cuidaron la evidencia o ni siquiera la buscaron.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que corresponde a las entidades federativas especializar a las y los agentes del Ministerio Público, peritos, personal que atiende a víctimas a través de programas y cursos permanentes en Derechos humanos y género; perspectiva de género para la debida diligencia en la conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia y feminicidio; e Incorporación de la perspectiva de género en los servicios periciales; eliminación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres, entre otros. 3
Sin embargo, es posible advertir que dicho precepto no se materializa en la realidad, pues constantemente las mujeres son revictimizadas por las propias instituciones encargadas de procurar e impartir justicia.
Marcela Lagarde menciona en su artículo El derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia que la impunidad y la corrupción están asentadas en las instituciones mismas en un trato autoritario y discriminatorio y en muchas ocasiones violentos de funcionarias y funcionarios, así como de las autoridades, contra la ciudadanía... El trato a las mujeres en infinidad de casos es doblemente discriminatorio y además violento, al grado de constituir violencia institucional.
La ausencia de protocolos de actuación con perspectiva de género actualizados para los casos de muerte violentas de mujeres, así como su debida implementación, han provocado que los funcionarios públicos encargados de la procuración de justicia actúen sin perspectiva de derechos humanos y de género, lo que ha contribuido a la realización de prácticas de revictimización de las y los familiares de las víctimas, incluyendo fenómenos de revictimización hacía la propia víctima de feminicidio.
Es innegable que los avances tecnológicos han favorecido la actuación de las autoridades encargadas de las investigaciones criminales en la recolección, identificación, estudio y análisis de los indicios que son encontrados en la escena del crimen. Sin embrago, también han jugado un papel importante en la violencia de género contra las mujeres.
Existen múltiples casos donde las propias personas servidoras públicas han filtrado, de manera amarillista, las imágenes, documentos, videos o audios relacionados con hechos constitutivos de delitos, que transgreden la dignidad de las mujeres y las revictimizan al exponer y difundir en medios de comunicación imágenes explícitas de sus cuerpos violentados.
Un caso representativo de violencia contra las mujeres que causó indignación a nivel nacional, fue el de una joven de 25 años residente de la Ciudad de México, que fue descuartizada por su pareja cuyas imágenes fueron filtradas por personas servidoras públicas a los medios de comunicación.
Ante este hecho atroz diversas agencias de la ONU, a través de un comunicado, hicieron un llamado para que el acceso a la justicia y el ejercicio del periodismo cuenten con perspectiva de género. Las Agencias firmantes exhortaron a las autoridades a investigar ese feminicidio con perspectiva de derechos humanos y de género, con un entendimiento amplio de la dignidad de la víctima, así como a investigar quién filtró las imágenes e información del caso y sancionar a quienes resulten responsables. Adicionalmente, mencionaron que la difusión cotidiana de información sin perspectiva de derechos humanos y de género contribuye a la perpetuación de los estereotipos de género y la normalización y justificación de las diversas formas de violencia que se ejercen contra millones de mujeres, niñas y adolescentes en México.
De acuerdo con la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), los Estados parte tienen la obligación de adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra las mujeres; establecer la protección jurídica para garantizar la protección efectiva de la mujer contra todo acto discriminatorio y abstenerse a incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer.
En ese sentido, en virtud de que las muertes por razones de género no siempre son calificadas y juzgadas como feminicidios, se propone modificar la fracción XXVIII del artículo 225 del Código Penal Federal, para considerar como delito contra la administración de justicia, a las personas servidoras públicas que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión filtren o difundan con fines de exhibición o espectacularización información, documentos, imágenes explicitas, audios o videos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos relacionados con un hecho delictivo, ya que transgreden de manera grave la dignidad de las víctimas y de sus familiares y ponen en riesgo el debido proceso.
Asimismo, se propone reformar el artículo 325 del Código Penal Federal para sancionar la degradación de la dignidad de la mujer que conlleva la exhibición, difusión o publicación de información, documentos, imágenes explicitas, audios o videos que tengan que ver con la muerte de una mujer por razones de género, proponiendo que en este caso se incrementen las penas hasta en una mitad, con el propósito de desincentivar esas conductas abusivas que se traducen en impunidad e injusticia para las víctimas de feminicidio.
Para mayor claridad, se exponen las particularidades de la propuesta en el cuadro siguiente:
Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 225 fracción XXVIII y 325 del Código Penal Federal
Artículo Único. Se reforman los artículos 225 fracción XXVIII y 325 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Código Penal Federal
Artículo 225. Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes:
I a XXVII...
XXVIII. Dar a conocer, entregar, revelar, transmitir, exponer, remitir, distribuir, intercambiar o compartir a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos, documentos, constancias o información, del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos que obren en una carpeta de investigación o estén relacionados con un proceso penal o bien la víctima sea mujer y concurran razones de género en la comisión del delito; y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales;
XXIX a XXXVII...
Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
...
Al servidor público que retarde, entorpezca u obstruya maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia o difunda, publique o exhiba a través de cualquier medio imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal, se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres o las circunstancias de muerte de mujeres, niñas o adolescentes, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género, disponible en:
https://www.unwomen.org/-/media/headquarters/attachments/ sections/library/publications/2014/modelo%20de%20protocolo.ash x
2 SESNSP, disponible en:
https://drive.google.com/file/d/1RHUjF-foAgeft_iaAGgXIiPvvg RfPT9b/view
3 LGAMVLV, artículo 49 fracción XXII.
Dado a los 16 días del mes de febrero de 2021. Diputada Frida Alejandra Esparza Márquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
«Iniciativa que adiciona el artículo 24 Bis de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, suscrita el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
En nuestro país es común ver en los principales lugares de concentración social a personas de todas las edades pidiendo caridad, apoyo o limosna, especialmente en las zonas de alta urbanización.
Esta práctica, aparentemente inofensiva, provoca en la mayoría de los ciudadanos reacciones de solidaridad o en algunos casos de indiferencia, no obstante, la realidad es que tras esta actividad, que a simple vista pudiera parecer un medio de subsistencia ante la adversidad y la precariedad económica, se oculta una de las peores formas de explotación del ser humano al convertirse en un disfraz que utilizan las redes de trata para obtener elevadas remuneraciones económicas, generalmente, vinculadas a la codicia y a un poder notable.
A esto se le conoce como mendicidad forzada o mendicidad ajena y desde el año 2012 es una modalidad del delito de trata de personas tipificada en el artículo 24 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, el cual la define de la siguiente manera:
Se entiende por explotación de la mendicidad ajena, obtener un beneficio al obligar a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza de daño grave, un daño grave o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, o el engaño.
A través de esta conducta se encamina a obligar a una persona a pedir dinero en diversos escenarios, denigrándolos con la intención de generar en ellos un aspecto que provoque pena y con ello se generen mayores ganancias.
Las principales víctimas de este delito son niños, personas con discapacidades y adultos mayores, o bien, mujeres con bebés que siempre duermen mientras piden limosna. Lo más preocupante es que muchos de estos infantes son víctimas de sus propios padres, con lo cual se compromete su seguridad y bienestar para utilizarlos como un medio de subsistencia.
El reconocimiento del fenómeno de mendicidad infantil es algo que ha enfatizado como indispensable el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) para comenzar a prevenir la trata de personas a escala global, toda vez que vulnera el derecho a la vida, la libertad, la dignidad, la igualdad, la seguridad personal y, en especial en los niños, niñas y adolescentes atenta contra su derecho a un desarrollo integral. 1
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha manifestado que la trata de personas es una de las peores formas de explotación, la cual exige los mejores esfuerzos de los Estados para ser eliminada. Se han detectado como tales la esclavitud, la venta y la trata de niños, entre otras. 2
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, algunas de las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia son las siguientes: 3
-Garantizar sus derechos alimentarios, el libre desarrollo de su personalidad y el ejercicio de sus derechos, para tales efectos los derechos alimentarios comprenden esencialmente la satisfacción de las necesidades de alimentación y nutrición, habitación, educación, vestido, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médica y recreación.
-Asegurar que cursen la educación obligatoria, participar en su proceso educativo y proporcionarles las condiciones para su continuidad y permanencia en el sistema educativo.
-Asegurar un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia para el pleno, armonioso y libre desarrollo de su personalidad.
-Fomentar el respeto a todas las personas, así como el cuidado de los bienes propios, de la familia y de la comunidad, y el aprovechamiento de los recursos que se dispongan para su desarrollo integral.
-Protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación.
-Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral.
-Evitar conductas que puedan vulnerar el ambiente de respeto y generar violencia o rechazo en las relaciones entre niñas, niños y adolescentes, y de éstos con quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como con los demás miembros de su familia.
Nuestra legislación actual protege ampliamente a la niñez, por ello no debemos ignorar la explotación que surge de la miseria y provoca un problema grave, la repulsión a las personas inmersas en procesos de exclusión evita que la ciudadanía esté consciente de que se trata de un fenómeno que demanda acciones responsables tanto de los gobiernos como de la sociedad, por lo cual es un tema al que urge prestarle atención.
La mendicidad infantil, ya sea producto de la trata de personas o de alguna otra modalidad como la subsistencia familiar, se plantea como un problema en aumento y, mientras una niña, niño o adolescente viva en esa situación, el resto de la comunidad no puede ser indiferente
De tal suerte que, si bien la mendicidad forzada ya se encuentra tipificada como delito, la realidad es que no se puede obviar que cuando existen elementos para iniciar la investigación de esta práctica ilícita en los casos en donde los menores son las víctimas es porque también existen elementos para suponer que se están realizando actos que van en contra del interés superior del menor.
En otras palabras, para garantizar la tutela de los derechos de la niñez el Estado debe llevar a cabo acciones puntuales ante los casos de mendicidad infantil, ya sea producto de la trata de personas o de alguna otra modalidad como la subsistencia familiar. Cabe mencionar que cuando son los propios padres quienes explotan a sus hijos con estos fines, es común que los niños sean sometidos a castigos aberrantes y los mantengan sucios, desnutridos y en algunos casos les fomenten adicción a determinadas sustancias para poder controlarlos mejor, incumpliendo claramente con las obligaciones que la Ley les impone al ostentar la patria potestad.
En este orden de ideas, se resalta que las causas por las que se puede perder la patria potestad son diversas, si bien entre ellas está el hecho de que quien la ejerce sea condenado por la comisión de un delito doloso en el que la víctima sea el menor, también es causal de pérdida cuando por las costumbres depravadas de los padres, malos tratamientos o abandono de sus deberes, pudiere comprometerse la salud, la seguridad o la moralidad de los hijos, aun cuando esos hechos no cayeren bajo la sanción de la ley en el ámbito penal.
Por lo tanto, esta iniciativa busca adicionar un artículo 24 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, con el propósito de lograr que de manera paralela a la apertura de una carpeta de investigación por el delito de trata en su modalidad de mendicidad ajena en el que la víctima sea menor de edad, si el imputado es alguno de los padres o el tutor legal, exista una coordinación entre las autoridades correspondientes para que se inicie de oficio el procedimiento respectivo que permita determinar si es viable iniciar un juicio con el objetivo de decretar la pérdida de la patria potestad.
Lo anterior a cargo de las procuradurías de Protección, es decir, la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes de la entidad federativa correspondiente según sea el caso, bajo las facultades y atribuciones que para tales efectos les otorga la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
La modificación propuesta se vuelve necesaria en virtud de que actualmente el artículo 42 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en su fracción primera establece que la pena prevista para el delito de mendicidad ajena aumentará hasta en una mitad únicamente en los casos en que:
Exista una relación familiar o tenga parentesco por consanguinidad o civil hasta el tercer grado o hasta el segundo grado por afinidad, o habite en el mismo domicilio, o tenga o haya tenido relación sentimental o de hecho con la víctima la sentencia impondrá la pérdida de los derechos que el sujeto activo tenga respecto de la víctima y sus bienes, incluidos los de carácter sucesorio, patria potestad, tutela, guarda y custodia.
Lo anterior quiere decir que sólo hasta que exista una sentencia por el delito es posible que se castigue con la pérdida de patria potestad, esto incluso cuando en la investigación se logre acreditar que los derechos de la o el menor involucrado se encuentran vulnerados aun cuando no representen prácticas constitutivas de delitos.
Por lo tanto, con la reforma propuesta por la presente iniciativa se garantiza una verdadera tutela estatal de la niñez, pues independiente del resultado que arroje la investigación penal ante la configuración o no del delito de trata de personas, se deben tomar las medidas pertinentes para asegurar el bienestar de los menores involucrados y determinar si se está ejerciendo una paternidad responsable donde la o el menor esté libre de conductas violentas que impidan su sano desarrollo.
La precariedad económica no debe ser nunca motivo para incitar a los menores a la mendicidad, independientemente de si se configura un delito o no, pues es obligación de quien ejerce la patria potestad asegurarle a las niñas y niñas bajo su tutela un entorno de seguridad, por lo que en todos los casos en donde existan elementos para presumir que esto no se está cumpliendo se debe investigar y resolver conforme a lo más benéfico para la o el menor involucrado.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona artículo 24 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Único. Se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, para quedar como a continuación se presenta:
Artículo 24. (...)
Artículo 24 Bis. Independientemente de lo dispuesto en la fracción I del artículo 42 de esta Ley, siempre que se abra una averiguación previa por el delito de mendicidad ajena, el Ministerio Público deberá notificar, de acuerdo a la competencia, a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o a la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes de la entidad federativa correspondiente, para que, en uso de las facultades y atribuciones que le confiere la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, realice una investigación del caso y, de encontrar elementos, sin importar la existencia de una sentencia condenatoria por el delito señalado, promueva el procedimiento jurídico familiar para la pérdida de la patria potestad en los términos de la fracción III del artículo 444 del Código Civil Federal.
Artículo 25. (...)
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase, Cinthya Boyzo García, La mendicidad como un medio para ejercer la trata de personas, en DH Magazine, año 9 número 93, Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, enero de 2016. Disponible en:
https://www.codhem.org.mx/LocalUser/codhem.org/infantil/dhs/dh93 .pdf
2 Véase, Organización Internacional del Trabajo (s. f.), Trata infantil. Consultado el 15 de febrero de 2021. Disponible en:
https://www.ilo.org/ipec/areas/Traffickingofchildren/langes/ index.htm
3 Véase, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014. Disponible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_110121.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Esponoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlo Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado federal a la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 73 de la Ley General de Salud, con el propósito de incluir a los adultos mayores en la lista preferente de los grupos poblacionales en riesgo de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, de suerte que su atención esté considerada así en los programas de promoción de la salud mental, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos preceptúa entre otras disposiciones que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, al establecer asimismo que la ley definirá un sistema de salud para el bienestar, a fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
En tanto, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores determina que este grupo de población debe tener acceso preferente a los servicios de salud, de manera tal que entre otros beneficios, gocen cabalmente del derecho a su sexualidad, bienestar físico, mental y psicoemocional, además de preceptuar que corresponde a las instituciones públicas del sector salud, garantizar a las personas adultas mayores entre otros el derecho a la prestación de servicios públicos de salud integrales y de calidad, en todas las actividades de atención médica, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud.
A partir de los cambios asociados al proceso de envejecimiento, las personas adultas mayores se ubican en el riesgo de sufrir enfermedades que vengan a deteriorar su salud. Esta situación demanda para este grupo poblacional, la instrumentación de medidas que les lleven, de acuerdo con la legislación en la materia, a alcanzar y mantener altos niveles de calidad de vida física y mental a fin de que puedan ejercer plenamente sus capacidades en el seno de la familia y de la sociedad, incrementando su autoestima y preservando su dignidad.
En este propósito, la sanidad juega un papel fundamental, toda vez que determina precisamente el conjunto de acciones destinadas a la promoción, protección y restauración de la salud de la población en general y de manera específica la de que aquellos grupos de población en riesgo.
En cuanto a la materia de la presente iniciativa, el sector público de México, a través del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores sostiene que la salud mental es un fenómeno complejo determinado por múltiples factores sociales, ambientales, biológicos y psicológicos, e incluye el tratamiento de padecimientos como la depresión, la ansiedad, la epilepsia, las demencias, la esquizofrenia y los trastornos del desarrollo en la infancia, algunos de los cuales se han agravado en los últimos y tiempos. Enfatiza al respecto que lograr que la población conserve la salud mental, además de la salud física, depende, en gran parte, de la realización exitosa de acciones de salud pública, para prevenir, tratar y rehabilitar.
El Inapam anota además que la salud mental y el bienestar son fundamentales para nuestra capacidad colectiva e individual de pensar, manifestar sentimientos, interactuar con los demás, ganar el sustento y disfrutar de la vida, sobre cuya base, indica, se puede considerar que la promoción, la protección y el restablecimiento de la salud mental son preocupaciones vitales de las personas, las comunidades y las sociedades de todo el mundo.
Al abundar en sus consideraciones, el organismo público expone que una amenaza significativa para la calidad de vida y la autonomía de nuestros mayores es la discapacidad que genera la demencia. Cita a la desventaja social y el analfabetismo como factores de riesgo sociodemográficos en la aparición de este padecimiento. Aún más, agrega que el acceso limitado a los sistemas de salud y la calidad de atención médica heterogénea a este respecto, propician un diagnóstico tardío; y la ausencia de un sistema de cuidados a largo plazo hace que la carga de los cuidados recaiga totalmente sobre las familias.
En el mismo sentido, la Organización Mundial de la Salud enfatiza que aunque la mayoría de las personas adultas mayores tienen una buena salud mental, muchas corren el riesgo de presentar trastornos mentales, enfermedades neurológicas o problemas de consumo de sustancias, además de otras afecciones, cuando precisa que a medida que envejecemos aumentan las probabilidades de que padezcamos varias afecciones al mismo tiempo.
El organismo revela que a lo largo de la vida son muchos los factores sociales, psíquicos y biológicos que determinan la salud mental de las personas y cita que además de las causas generales de tensión con que se enfrenta todo el mundo, muchos adultos mayores se ven privados de la capacidad de vivir independientemente por dificultades de movilidad, dolor crónico, fragilidad u otros problemas mentales o físicos, a partir de lo cual expone la necesidad de asistencia a largo plazo.
Precisa asimismo que la salud mental influye en la salud del cuerpo, y la inversa y ejemplifica que los adultos mayores con enfermedades como las cardiopatías presentan más tasas elevadas de depresión que quienes no padecen problemas médicos, cuando advierte que la coexistencia de depresión no tratada y cardiopatía en una persona mayor puede empeorar esta última.
La OMS precisa que la proporción de personas mayores está aumentando rápidamente en todo el mundo al revelar el cálculo de que entre el 2015 y el 2050 en números absolutos, el aumento previsto es de 900 millones a 2 mil millones de personas mayores de 60 años. Se trata de un sector poblacional que puede sufrir problemas físicos y mentales que es preciso reconocer, según alerta el organismo.
Detalla asimismo que más de un 20 por ciento de las personas que pasan de los 60 años de edad sufren algún trastorno mental o neural al señalar que el 6.6 por ciento de la discapacidad en ese grupo etario se atribuye a trastornos mentales y del sistema nervioso e indicar que la demencia y la depresión son los trastornos neuropsiquiátricos más comunes en ese grupo de edad.
Ampliamente ilustrativo, el apartado denominado los factores de riesgo de los trastornos mentales en adultos mayores, contenido en el artículo titulado la salud mental y los adultos mayores publicado por la OMS, abunda que este grupo de población son también vulnerables al maltrato, sea físico, sexual, psicológico, emocional, económico o material; al abandono; a la falta de atención y a graves pérdidas de dignidad y respeto. En datos estadísticos, éstos nos indican que una de cada 10 personas mayores sufre maltrato.
Refiere al respecto que el maltrato de las personas mayores no su limita a causar lesiones físicas sino también graves problemas psíquicos de carácter crónico, como la depresión y ansiedad.
En relación con ello, alerta que la demencia lleva aparejados problemas sociales y económicos de envergadura por lo que toca a los costos de la asistencia médica, social e informal que impone y abunda que las presiones físicas, emocionales y económicas pueden agobiar a las familias cuando puntualiza que tanto las personas aquejadas de demencia como quienes las asisten necesitan apoyo sanitario, social, económico y legal.
En cuanto a la depresión, el artículo en referencia dice que este padecimiento puede causar grandes sufrimientos y trastorna la vida cotidiana y argumenta que en los establecimientos de atención primaria de salud la depresión no se diagnostica ni se trata como debiera. Señala además como hecho frecuente que los síntomas de este trastorno en los adultos mayores se pasen por alto y no se traten porque coinciden con otros problemas que experimentan este grupo de personas.
El informe abunda que los adultos mayores con depresión tienen un desempeño más deficiente en comparación con los que padecen enfermedades crónicas como las enfermedades pulmonares, la hipertensión arterial o la diabetes sacarina e incluso anota que este trastorno también aumenta la percepción de tener mala salud, la utilización de los servicios médicos y los costos de la asistencia sanitaria.
La presente propuesta ocurre a partir y coincide así con la consideración de la OMS, de que una buena asistencia sanitaria y social en general es importante para mejorar la salud, prevenir enfermedades y tratar los padecimientos crónicos de las personas mayores, para lo cual expone como imprescindible proporcionar este grupo de población una atención de salud mental eficaz en el nivel comunitario.
Importancia igual tiene poner de relieve la asistencia prolongada de los adultos mayores aquejados de trastornos mentales, así como dar formación, capacitación y apoyo a quienes los atienden.
Dada la condición de vulnerabilidad de los adultos mayores, que las ubica como un grupo de edad en riesgo de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, es que requiere de ser atendido de manera prioritaria y ser considerado así desde el propio marco legal, que les garantice y procure a estas personas servicios de calidad en materia preventiva y curativa de los diversos padecimientos.
Es de estimarse que incluir a los adultos mayores entre los grupos de población preferentes en riesgo de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, determinará para estas personas condiciones mayores de diagnóstico temprano para promover el tratamiento oportuno y óptimo, así como la optimización dela salud física y psíquica y el bienestar, además de la identificación y el tratamiento de las enfermedades físicas y conexas y la detección y el tratamiento de síntomas comportamentales y psíquicos difíciles, donde esté presente también el suministro de información y apoyo prolongado a los cuidadores.
Ello permitirá una buena asistencia sanitaria y social que indudablemente será factor de importancia para mejorar la salud, prevenir enfermedades y tratar los padecimientos crónicos de las personas mayores; máxime qué de acuerdo con lo establecido en la legislación en favor de los derechos de las y los adultos mayores, el Inapam lleva a cabo ya acciones en beneficio de este importante grupo de población.
Aunado a ello, la OMS también lleva a cabo lo propio en esta materia, al haber incluido en el Programa de Acción Mundial en Salud Mental, a la demencia, la depresión y otros padecimientos mentales, a partir de lo cual se pretende mejorar la asistencia de los trastornos mentales, neurales y por abuso de sustancias psicotrópicas mediante la aportación de orientaciones e instrumentos para el desarrollo de los servicios de salud en las zonas pobres.
En razón de los argumentos expuestos que hablan por sí mismos, dada la seriedad e importancia de las instituciones que los respaldan, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifica la Ley General de Salud
Artículo Único. Se reforma la fracción VIII del artículo 73 de la Ley General de Salud, para quedar como como sigue:
Artículo 73 . . .
I. a VII. . .
VIII. La detección de los grupos poblacionales en riesgo de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, preferentemente niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, y
IX...
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuentes de consulta:
https://www.who.int/.../detail/la-salud-mental-y-los-adultos-may ores
https://www.gob.mx/inapam/articulos/salud-mental-en-personas-may ores
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Jesús Fernando García Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
«Iniciativa que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el embarazo es el periodo comprendido entre la fecundación de un ovulo y el nacimiento del recién nacido, lo que conlleva un periodo de nueve meses o en su caso 40 semanas. 1
Las fases del embarazo se dividen en tres trimestres, los cuales equivalen a nueve meses.
El primer trimestre: los tres primeros meses o contando en semanas desde la concepción hasta la semana 13-14, es el que más riesgo tiene de pérdidas de embarazo, abortos espontáneos que son frecuentes en este trimestre pues son embarazos fruto de embriones con algún defecto cromosómico o anatómico que no le permite seguir desarrollándose con normalidad más allá de las primeras semanas. Es el periodo en que se formarán todos los órganos fetales, que estarán completos al finalizar este trimestre. También asociamos esta franja del embarazo con la más incómoda para la gestante, pues es durante estas primeras etapas en las que se manifiestan las náuseas y vómitos del embarazo.
El segundo trimestre: Es el periodo central, de transición, desde la semana 13-14 hasta la 26-28, durante el cual el feto básicamente crece y gana peso, la formación de todos sus órganos se ha completado durante el primer trimestre, la madre se encuentra mejor de la sintomatología inicial y todavía no acusa las molestias del final de embarazo.
El tercer trimestre: Son las últimas semanas, en las que el feto ya ha adquirido un considerable peso y volumen responsable de las molestias que refieren las gestantes por el hecho de acarrear ese peso con ellas. Durante este periodo el feto madura sus órganos para que se puedan adaptar a la vida exterior, dejará de alimentarse y respirar por el cordón umbilical para hacerlo directamente por vía oral y respiratoria. Es el periodo a partir del cual el feto es viable en el exterior, por lo que se aconseja no hacer grandes viajes ni actividad física intensa.
En la actualidad, un sinnúmero de mujeres lleva su proceso de embarazo solas, porque el padre biológico decidió abandonarla deslindándose de sus obligaciones adquiridas que le corresponden desde la fecundación del embrión, adquiriendo toda la responsabilidad de sacar adelante a su hijo.
Si bien es cierto cuando la mujer y el hombre comienzan a tener relaciones sexuales, existe el riesgo de procrear, aun cuando se cuiden con cualquier método anticonceptivo, ya que investigaciones han demostrado que ningún método anticonceptivo es cien por ciento confiable, excepto la abstinencia, el cual si te garantiza que no exista un embarazo no deseado.
En el momento que se concibe y fecunda el embrión, automáticamente se convierte una obligación tanto del hombre como la mujer, ya que sin ninguno de ellos no sería posible la concepción, para que ocurra un embarazo, el esperma del hombre necesita encontrarse con un óvulo fértil de la mujer.
Lamentablemente no siempre la concepción de un bebé llega en el mejor de los casos, ya que no todos los hombres se hacen responsables de sus actos y prefieren abandonar a la mujer embarazada para deslindarse de cualquier obligación.
Debido a esta problemática que se ha presentado a lo largo de muchos años y décadas, muchas mujeres han tomado la decisión y responsabilidad de afrontar su embarazo solas debido a que el hombre no se hace responsable, provocando en la mayoría de los casos la estigmatización sobre las madres solteras, por ello el estado de Nuevo León decidió poner fin a estos tipos de casos y proteger a la mujer embarazada, garantizándole que la obligación sea compartida entre la mamá y el papá independientemente si están casados, en concubinato o solteros.
El Congreso de Nuevo León el 09 de diciembre del año 2020 aprobó la reforma que permite sancionar a quien abandone a una mujer embarazada o vulnerable, sin garantizar su alimentación y bienestar.
La reforma al Código Penal permitirá sancionar el abandono de hombres a mujeres embarazadas con hasta 6 años de prisión, sin duda, es un avance histórico que busca garantizar los derechos y el bienestar del bebé además de dar un respaldo y acompañamiento de la madre. 2
La modificación del Código Penal quedó de la siguiente manera:
Artículo 280. Al que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, personas con discapacidad, adultos mayores o los sujetos de interdicción, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de ciento ochenta a trescientas sesenta cuotas; pérdida de los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios o de alimentos que pudiere tener sobre el acreedor alimentario; y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado. 3
Con base en esta iniciativa creo conveniente que haya una reforma federal sobre el mismo tema, para que se garantice al embrión aun no nacido el derecho a tener una familia y en el supuesto que los padres decidan no estar juntos, se le garantice el derecho a una manutención de ambos padres, el cuidado y el derecho a una identidad completa que le permita en un futuro tener o en su caso pelear los derechos que le correspondan.
Por lo expuesto someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforma el artículo 335 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 335. Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo, a una persona enferma, o mujer embarazada, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Organización Mundial de la Salud,
http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0138 -600X2012000300006
2 WRadio, Sociedad. Hombres pudieran ir a la cárcel por abandono de mujer embarazada,
https://wradio.com.mx/radio/2020/12/11/sociedad/1607719610_68541 2.html
3 Ibídem.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
«Iniciativa que adiciona los artículos 23 y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Grupo Parlamentario del PES
Nancy Claudia Reséndiz Hernández, diputada integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 23 y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es un organismo descentralizado de servicio social y tiene funciones de autoridad administrativa, está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
Conforme al artículo 8 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco verificará que se respeten los precios máximos establecidos en términos de la Ley Federal de Competencia Económica, así como los precios y tarifas que conforme a lo dispuesto por otras disposiciones sean determinados por las autoridades competentes; además de esta importante función la Procuraduría cuenta con múltiples facultades en beneficio de los derechos del consumidor y la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
Cuando se incumplen las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco impone diversas sanciones, es así que para el desempeño de las funciones que le atribuye la ley, podrá aplicar previo apercibimiento las siguientes medidas de apremio:
I. Multa de $290.34 a $29,034.20;
II. El auxilio de la fuerza pública;
III. Ordenar arresto administrativo hasta por 36 horas, y
IV. En caso de que persista la infracción podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo, hasta por $11,613.68, por un período no mayor a 180 días.
En el artículo 25, fracción XXVI, de la Ley Federal de Protección al Consumidor se faculta a la Procuraduría para aplicar el procedimiento administrativo de ejecución, en términos del Código Fiscal de la Federación, para el cobro de las multas que no hubiesen sido cubiertas oportunamente.
De igual forma, el artículo 134 Bis del mismo ordenamiento legal dispone que las multas que imponga la Procuraduría serán consideradas créditos fiscales y se ejecutarán por ésta en su carácter de autoridad fiscal bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
Cabe señalar que la Profeco, en el desarrollo del proce-dimiento administrativo de ejecución (PAE), seguirá, según el caso concreto, todas o algunas de las siguientes etapas: 1
-Mandamiento de Ejecución. Documento emitido por Profeco que deberá contener:
-El nombre del documento.
-La autoridad que lo emite.
-Fecha y lugar de emisión.
-Fundamentación y motivación.
-Objeto y propósito.
-Nombre completo del ejecutor designado, número de credencial con firma y fotografía, vigencia y fecha de designación.
-Nombre y cargo del funcionario competente que emite la identificación del deudor.
-Fundamento jurídico que acredite al ejecutor llevar a cabo cualquier tipo de diligencia.
-Nombre del depositario.
-Requerimiento de pago.
-Acta de embargo.
El PAE constituye un medio coactivo a través del cual la Profeco puede exigir el pago de las multas que no hubieren sido cubiertas o garantizadas.
El 12 de julio de 2019 entró en vigor el Decreto por el que se adicionó el artículo 134 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Es importante precisar que si bien las multas impuestas por Profeco serán consideradas créditos fiscales, es importante señalar que esta connotación corresponde a su cobro coactivo, ya que el origen de éstas sigue correspondiendo al de una multa administrativa.
La finalidad de que se les reconozca a las multas que imponga la Profeco la naturaleza de créditos fiscales fue para que puedan ser efectivamente cobradas mediante el PAE, por tal motivo se le dio el carácter de autoridad fiscal con facultades para aplicar el PAE que le permita hacer efectivas las mismas.
Lo anterior, implica que la Profeco en su carácter de autoridad fiscal sólo lo será para hacer efectivo el cobro de las multas mediante el PAE previsto en el artículo 145 del Código Fiscal de la Federación, sin que para ello necesite el apoyo, como acontecía con anterioridad, de las autoridades fiscales -SAT y Secretarías de Finanzas Estatales mediante los Convenios de Colaboración Administrativa- para exigir el cobro coactivo de los mismas. 2
Es importante destacar que el artículo 134 Bis se adicionó el 11 de enero de 2018 mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor. 3 Sin embargo, no se especificó el destino de los recursos obtenidos a través del cobro de multas, lo que implica que los recursos generados por dicho concepto son concentrados a través de la Tesorería de la Federación, sin que exista participación alguna a favor de la Procuraduría, lo cual resulta inequitativo por las funciones que desempeña este organismo descentralizado de la Secretaría de Economía.
Es de resaltarse que otro organismo descentralizado de la Secretaría de Economía que también tiene funciones de autoridad fiscal es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
El 1 de julio de 2020 se publicó la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y en su artículo 393 establece que: las multas que imponga el Instituto serán consideradas créditos fiscales y se recaudarán o, en su caso, ejecutarán por éste, en su carácter de autoridad fiscal, bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
A diferencia de lo regulado para la Profeco en el caso del IMPI, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial si prevé el destino de los ingresos por concepto de multas en su artículo 389 y dispone:
Artículo 389.- Los ingresos por concepto de las multas impuestas por el Instituto se destinarán a cubrir sus gastos de operación.
Tanto el IMPI como la Profeco son órganos descentralizados de la Secretaría de Economía y ambos desempeñan funciones relevantes, por lo que con el propósito de que la Procuraduría pueda disponer de los ingresos por concepto de multas que impone para dar cumplimiento a su objeto se propone reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor, en los términos siguientes:
Cabe precisar que para poder llevar a cabo sus facultades fiscalizadoras, se reformó el Estatuto Orgánico de la Profeco, mediante el cual se creó la Dirección General de Procedimiento Administrativo de Ejecución, quien a su vez cuenta con las siguientes Subdirecciones: Control y Cobro Persuasivo de Créditos Fiscales y Cobro Coactivo de Créditos Fiscales. Dentro de sus funciones está instaurar el Procedimiento Administrativo de Ejecución a proveedores, responsables solidarios y demás obligados.
Es necesario que la Procuraduría cuente con recursos suficientes para cumplir sus funciones pues este organismo descentralizado atiende a los consumidores de todo el país a través de 38 oficinas de Defensa del Consumidor en las entidades federativas.
Entre las funciones principales que realiza la Procuraduría para la protección de los derechos de los consumidores, se encuentra el desahogo del procedimiento de conciliación que establece el Capítulo XIII, Sección Segunda, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en el que se procura avenir los intereses de consumidores y proveedores en una audiencia de conciliación, con la intervención de un conciliador designado por la Procuraduría.
Fundamentación
Artículos 1, 28 y 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, fracción VIII; 6, fracción I, numeral 1; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Denominación del Proyecto
Decreto por el que se adicionan una fracción V al artículo 23 y un párrafo último al artículo 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Artículo Único. Se adicionan una fracción V al artículo 23, recorriéndose la subsecuente, y un párrafo último al artículo 134 Bis de la Ley Federal de Protección del Consumidor, para quedar como sigue:
Artículo 23....
I. a III. ...
IV. Los ingresos que perciba por los servicios que proporcione en los términos que señale la ley de la materia ;
V. Los ingresos que perciba por concepto de las multas impuestas por la propia Procuraduría; y
VI. Los demás bienes que adquiera por cualquier otro título legal.
Artículo 134 Bis....
..
...
Los ingresos por concepto de las multas impuestas por la Procuraduría se destinarán a cubrir sus gastos de operación.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://pae.profeco.gob.mx/pae.php
2 http://www.prodecon.gob.mx/Documentos/BoletinesPrensa/2019/ Nacional/BoletinPrensa-01-Oficinas%20centrales%20CDMX-2019/2019_07_01_boletin_0 01.pdf
3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpc/LFPC_ref29_11e- ne18.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA
«Iniciativa que reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, Norma Azucena Rodríguez Zamora, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica.
Exposición de Motivos
Tiempos difíciles como los que atravesamos obligan a observar en retrospectiva las consecuencias de la acción u omisión por parte de la administración en turno. Teniendo en cuenta las decisiones, acertadas y erróneas, que se han tomado para aminorar el impacto de esta emergencia, hoy en día podemos observar los efectos de algunas de ellas, donde lo más importante es plantearnos qué se puede mejorar.
Dentro de estos problemas, la cuestión de la reactivación económica ha sido central en las discusiones. Derivado del paro total o parcial de las actividades y la aparición de indicadores negativos para la economía, la reapertura se ha dado de forma diferenciada en las regiones del país, tanto en las medidas de salud adoptadas como en los tiempos en los cuales se ha ido realizando.
Por desgracia, ciertas demandas no han estado a la par de la excepcional situación, específicamente en caso de los pagos de servicios, sean públicos o privados. Cuestiones como el agua, luz, gas e Internet, siguen siendo igual o más relevantes que en tiempos previos a la pandemia, sin embargo, sus cobros han seguido sobre una suposición de normalidad.
En los datos, la situación económica es preocupante. Según información del Banco de México obtenida a partir de su Encuesta sobre las Expectativas de los Especialistas en Economía del Sector Privado: Diciembre de 2020 1 y la información oficial del Instituto Nacional de Geografía y Estadística, 2 durante 2020 se contrajo el Producto Interno Bruto del país en un 8.5%, en tanto que la inflación rebasó la meta anual del banco central y se ubicó en 3.8%. Sumado a ello, ante el potencial cierre de 500 mil negocios, según estimaciones de la Comisión Económica para América Latina 3 y la pérdida de 12 millones de empleos, de los cuales 3.72 millones fueron trabajos formales y 8.46 millones fueron trabajos del sector informal, según señaló el propio Banco de México, 4 la situación será difícil y fluctuante según dicte la evolución de la pandemia.
Por otro lado, la espera de la aplicación de una vacuna contra la covid-19 a toda la población, misma que concluirá hacia finales del año, según el Plan Nacional de Vacunación anunciado por el gobierno federal, 5 es urgente que esta situación deje en claro ciertos factores que deben tomarse en cuenta, como la necesidad de promover el gasto público o condonar el gasto familiar en tiempos de baja o nula actividad económica, ya sea a través de programas o estímulos, ante una realidad que demanda seguridad alimentaria, habitacional y médica en tiempos de crisis.
Es por ello que las medidas relacionadas con la provisión del servicio de energía eléctrica han quedado a deber en tiempos como estos. Al continuar cobrando las mismas tarifas en gran parte del país, con la excepción de los usuarios en resistencia civil de Tabasco, y a la vista de que no habrá ningún cambio significativo en la materia, es indispensable que el Legislativo intervenga para dotar al Ejecutivo de atribuciones en la determinación de las tarifas, específicamente en tiempos de emergencia como los actuales.
La Ley de la Industria Eléctrica vigente limita al Ejecutivo a poder acordar la tarifa a determinados grupos de Usuarios del Suministro Básico, lo que excluye la capacidad de incidir en tiempos de emergencia en relación con el sector de Usuarios Calificados, quienes de todas formas deben seguir operando durante los tiempos de dificultad social o económica.
En consecuencia, es pertinente proponer una reforma al artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica que amplíe la capacidad de acción que el Ejecutivo debe tener en esta materia y amplíe también los sectores de usuarios que puedan ser beneficiados por dichos acuerdos.
A la luz de la experiencia reciente, resulta indispensable que esta clase de medidas se adopten en las primeras etapas del periodo de crisis y en forma generalizada, por lo que la reforma propuesta en esta iniciativa pretende abonar al establecimiento de mecanismos que permitan beneficiar a sectores heterogéneos mediante una aplicación pertinente de estos por parte de las autoridades en turno.
Sin importar el tipo de consumo, las demandas comunes en tiempos en los cuales la electricidad es trascendental para cualquier actividad cotidiana, requieren del apoyo del Estado en todos los rubros. A la espera de que en un futuro se presenten menos escenarios que requieran de este tipo de medidas, las acciones preventivas siempre nos darán como sociedad un poco de ventaja para poder contener los embates de las crisis y sus nocivos efectos.
Sobre este escenario, a continuación explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica
Único. Se reforma el artículo 139 de la Ley de la Industria Eléctrica para quedar de la siguiente manera:
Artículo 139. La CRE aplicará las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas Reguladas, las tarifas máximas de los Suministradores de Último Recurso y las tarifas finales del Suministro Básico. La CRE ´publicará las memorias de cálculo usadas para determinar dichas tarifas y precios.
El Ejecutivo Federal podrá determinar, mediante Acuerdo, o deberá determinar, en tiempos de emergencia nacional, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales a que se refiere el párrafo anterior para determinados grupos de Usuarios Finales, en cuyo caso el cobro final hará transparente la tarifa final que hubiere determinado la CRE.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Banco de México (17/12/2020). Consultado en:
https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/encuestas-sobr e-las-expectativas-de-los-especialis/%7B8F5AA6A4-93B1-26CE-2589-67E70DAA1878%7D .pdf
2 Forbes (29/01/2021). Consultado en:
https://www.forbes.com.mx/economia-pib-mexico-cae-8-5-en-2020-da to-preliminar-inegi/
3 El Economista (03/07/2020). Consultado en:
https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Cepal-no-sobreviviran-5 00000-empresas-formales-por-causa-del-covid-19-en-Mexico-20200703-0063.html
4 El Financiero (09/07/2020). Consultado en:
https://www.elfinanciero.com.mx/economia/se-perdieron-en-mexico- mas-de-12-millones-de-empleos-en-dos-meses-segun-datos-de-banxico
5 Gobierno de México (11/01/2021). Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-Cov-2 para Prevención de la covid-19 en México. Documento Rector, Versión 4.0, consultado en:
https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/01/ PolVx_COVID_-11Ene2021.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
«Iniciativa que reforma los artículos 8o. y 25 de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, María Sara Rocha Medina, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que modifica los artículos 8 y 25 de la Ley General de Desarrollo Social, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La pandemia que azota al mundo desde hace más de un año causada por el virus por el virus SARS-Cov-2 (covid-19) ha impactado de todas las maneras imaginables a la población mundial. Las repercusiones sociales, económicas, educativas y de salud mental son previsiblemente insuperables a corto plazo.
A partir de la resolución del 31 de marzo del 2020, en sesión plenaria del Consejo de Salubridad General encabezado por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en donde se reconoció como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-Cov-2 (covid-19). Diversos y aislados han sido los esfuerzos para contenerla. Sin embargo, el Consejo acordó medidas extraordinarias en todo el territorio nacional.
Entre las medidas en comento, destaca la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-Cov-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por covid-19 en la población residente en el territorio nacional. Suspensión que ha sido ampliada en subsecuentes acuerdos hasta abril de 2021.
Las consecuencias económicas se han dejado ver en nuestro país, principalmente en la pérdida de empleo, tanto formal como informal y en una lenta recuperación de empleos en personas que antes pertenecieron al sector formal ahora en el sector informal.
Dentro de las personas que se han visto más afectadas por el desempleo, son las mujeres, debido a diversas causas sociales, familiares, económicas, culturales y educativas, considerando que se les ha asignado de manera unilateral el cuidado de los hijos, adultos mayores y personas enfermas.
Unas 3.2 millones de mujeres trabajadoras perdieron sus puestos de trabajo en el periodo de seis meses hasta agosto, del año pasado, es decir, el 64 por ciento del total. Dado no solo al desempleo por el cierre de sus centros de trabajo, sino también por la determinación social de cuidar a los menores que no asisten a la escuela
El día 10 de febrero del presente año, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), publicó su informe La autonomía económica de las mujeres en la recuperación sostenible y con igualdad, 1 en el que hace una revisión de los efectos de la pandemia sobre las mujeres y de las políticas publicas para la reactivación económica de las mismas.
En dicho estudio, se proyecta que cerrarían casi 2,7 millones de microempresas formales en la región (Cepal, 2020c), por tratarse de un segmento con menores márgenes de ganancia y respaldos de capital. Con estos antecedentes, el escenario para las mujeres comerciantes y productoras es aún más complejo. En primer lugar, porque se concentran en el segmento de empresas más expuestas a la crisis como las empresas pequeñas y medianas; en segundo lugar, porque están sobrerrepresentadas en los sectores en mayor riesgo, por ejemplo el turismo y el comercio minorista y finalmente, porque enfrentan barreras estructurales de acceso al crédito.
Las desigualdades estructurales afectan la participación de las mujeres en el trabajo remunerado y se manifiestan a través de mayor presencia en micro, pequeñas y medianas empresas, mayores barreras para acceder a financiamiento, emprender y exportar, concentración en sectores y ocupaciones de menor productividad, sobrerrepresentación en el empleo informal, menores niveles de ingresos, menor acceso a la seguridad y la protección social, sobrecarga de trabajo no remunerado y de cuidados.
Cada unas de las brechas que históricamente juegan en contra de las mujeres y niñas, han venido a agudizarse en esta pandemia. Una pandemia larga y contundente a la que no se le ve dar tregua. Desigualdad socioeconómica y pobreza, la división sexual del trabajo, los patrones culturales patriarcales y la concentración del poder, sus consecuencias.
Incluso en sectores de la economía del cuidado, como la salud y la enseñanza, donde no se prevé un alto riesgo de contracción del empleo, las mujeres empleadas en estos sectores forman parte de la primera línea de respuesta al covid-19. La presión sobre los sistemas de salud y las nuevas dinámicas en los servicios de enseñanza tienen ya fuertes efectos en las cargas de trabajo y las condiciones laborales de estas mujeres.
Honorable Asamblea:
Concretamente, la pandemia ha provocado una reducción de los niveles de ocupación de las mujeres y esto representa un retroceso de al menos diez años. Es urgente movilizar recursos públicos suficientes a fin de implementar medidas para hacer frente al covid-19 desde una perspectiva de género.
Todo ello, nos lleva a proponer que, a efecto de contrarrestar cada parte de este círculo de desigualdad en el que nuestras mujeres mexicanas viven, se les proporcione un ingreso económico minino que les permita afrontar las grandes cargas que solo por ser mujer y jefas de familia tienen.
Como resultado del análisis, Proponemos la siguiente modificación:
Ley General de Desarrollo Social.
En razón de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifica los artículos 8 y 25 de Ley General de Desarrollo Social
Único. Se modifica los artículos 8 y 25 de la Ley de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Artículo 8. Toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad tiene derecho a recibir en todo momento acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja.
En casos de emergencia social emanada de catástrofe natural o sanitaria o bélico, las jefas de familia y los grupos sociales más vulnerables, tendrán atención prioritaria.
Artículo 25. El Ejecutivo federal debe establecer y administrar un Fondo de Contingencia Social como respuesta a fenómenos económicos, presupuestales imprevistos y catástrofes naturales, sanitaria o bélica.
En el Presupuesto de Egresos de la Federación se determinará el monto y las reglas mínimas a las que quedará sujeta su distribución y aplicación, incluyendo las previsiones correspondientes para garantizar que los recursos del fondo sean utilizados en el ejercicio fiscal.
En los casos de catástrofe natural, sanitaria o bélica cuyos efectos deterioren la calidad de vida de los grupos sociales señalados en el segundo párrafo del artículo 8, durante más de 2 meses, se garantizará un ingreso económico mínimo que cubra sus necesidades básicas.
Esta cobertura para las necesidades básicas, deberá activarse conforme a la emisión de las Reglas de Operación que publique la Secretaría del Bienestar a mas tardar 30 días después de que la emergencia sea declarada.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaria del Bienestar debe emitir la declaratoria a que hace señalamiento el presente decreto, en un plazo de 28 días, a partir de la publicación oficial.
Nota
1 ONU, Cepal, La Autonomía económica de las mujeres en la recuperación sostenible y con igualdad. Disponible para su consulta en la dirección electrónica:
https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/46633/3/S20 00740_es.pdf
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el 16 de febrero de 2021. Diputada María Sara Rocha Medina (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
«Iniciativa que reforma el artículo 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a cargo de la diputada María Teresa Marú Mejía, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, diputada María Teresa Marú Mejía, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 12 de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en materia de simplificación de trámites y permisos para Mipymes .
Exposición de Motivos
La prosperidad económica de un país depende en buena medida de sus empresas y de sus emprendedores, de la existencia de un ambiente propicio para los negocios. Pero el camino del emprendimiento no es nada fácil y a la hora de crear una empresa, hay muchas barreras burocráticas, requisitos y trámites que hacen más difícil y complejo a quienes desean emprender.
Facilitar la entrada al mercado de nuevas empresas fomenta la competitividad y el crecimiento. Si bien es necesaria la regulación para abrir nuevas empresas, en ocasiones su implementación puede volverse un proceso difícil y costoso, lo cual desalienta la actividad empresarial.
Nos debe de importar bastante que la empresa sea un elemento fundamental a la hora de generar riqueza en la economía, y por ello, a los emprendedores arriesgan tiempo, dinero y esfuerzo, es pertinente facilitárseles la creación de empresas y necesario que los trámites administrativos sean rápidos y sencillos.
La pandemia ha cambiado la forma en la que nos comunicamos y en la que trabajamos, por ello, ahora más que nunca se requiere que los trámites para formar una empresa sean simplificados, se realicen a distancia y los tiempos de respuesta se reduzcan. Que la federación, los gobiernos de los Estados y los municipios colaboren y realicen esfuerzos conjuntos. No podemos seguir poniendo obstáculos y frenos a los emprendedores que son en realidad el motor de la economía de este país.
Nos encontramos ante una grave crisis sanitaria que ha golpeado a la economía mexicana, las empresas fueron afectadas severamente. El 93.2 por ciento de las empresas de los sectores de la industria, comercio y servicios sufrieron afectaciones por la pandemia de covid-19, pero solo 7.8 por ciento de ellas obtuvo algún tipo de apoyo, el resto no recibió ninguna ayuda.
Las mayores pérdidas de ingresos las tuvieron las microempresas (92 por ciento), seguidas de las medianas y pequeñas (87.8 por ciento) y por las grandes (35.9 por ciento).
De acuerdo con la Encuesta sobre el Impacto Económico Generado por covid-19 (E Covid-IE), elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la mayor afectación fue la disminución de los ingresos (91.3 por ciento), seguida por la baja demanda (72.6 por ciento). Las mayores pérdidas de ingresos las tuvieron las microempresas (92 por ciento), seguidas de las medianas y pequeñas (87.8 por ciento) y por las grandes (35.9 por ciento). 1
En México existen poco más de 4 millones de unidades económicas, de las cuales el 99.8 por ciento son consideradas Pymes. Este segmento empresarial es probablemente el más importante del país en términos económicos, pues aportan el 42 por ciento del Producto Interno Bruto y generan el 78 por ciento de los empleos remunerados en México.
Sin embargo, los pequeños negocios se enfrentan a una serie de dificultades y obstáculos que frenan su crecimiento, impidiendo que este sector se fortalezca de forma adecuada. De forma adicional, existen errores internos que los pequeños empresarios cometen al dirigir sus empresas que, al combinarse con factores externos del entorno, resultan en una gran carga para su desarrollo. 2
La experiencia de otros países demuestra que, para que iniciativas sean exitosas, se debe contar con el compromiso de reformas de ley, así como con la continuidad y la coherencia en la estrategia. Es esencial que haya una voluntad política de continuar con el proceso de reforma para acompañar a las Mipymes y que exista el compromiso en los tres órdenes de gobierno, para facilitar y apoyar a quienes generan empleo.
También se requieren medidas complementarias de apoyo, en particular, una simplificación adicional de los trámites, aplicadas primero para la creación de nuevas empresas y después para incluir una serie más amplia de procedimientos que se puedan realizar utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.
Otro reto y condición para el éxito de la reducción de trámites es incluir los notarios públicos, quienes serán de los principales usuarios. Con el tiempo el portal se reflejará como una herramienta de valor agregado para sus funciones y las ventajas serán claras, como resultado de la creación de nuevas empresas y del aumento de éstas en el sector formal. Permitir el cumplimiento de forma simplificada e integral de los trámites que inciden en la actividad empresarial a nivel estatal y municipal.
Para ello se requerirá de un trabajo y un esfuerzo compartido entre la federación, los estados y los municipios. Avanzar de esta manera en la implementación de páginas web para trámites contribuirá al fortalecimiento de la competitividad en México. Lo anterior ayudará a estimular la inversión en el futuro por parte de empresas tanto nacionales como extranjeras, fomentando un crecimiento más rápido de la productividad y una mejora en los niveles de vida.
Para abrir una empresa en muchos Estados del país los emprendedores pareciera que tienen que pasar un aserie de pruebas burocráticas. Son una forma de que el emprendedor demuestre resistencia para aguantar todo ese tiempo; vueltas, papeles, sellos, permisos, multas, mordidas entre otros. Al final, los negocios que sí abren, son los que pasan las pruebas burocráticas, que se convierten en la realidad en un freno para el emprendimiento.
También puede ser que en México hay una terrible sobrerregulación en casi todo, especialmente en lo que compete a los emprendedores. Aproximadamente 35 trámites son necesario realizar para poder abrir un negocio en México, lo que te llevará cerca de 1.6 años en completar. Con estos datos ya te das una idea, de qué tanto te quitan las ganas de emprender. 3
Si lo que se requiere en permiso para crear sociedades en caso de que quieras operar como figura de una persona moral, deberás prepararte para la caminata ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). Pero mi negocio no necesita capital extranjero, dices tú. Eso no importa, trámites son trámites y deben conseguir tu permiso de la SRE. Además, tendrás que revisar si otra empresa no ha reservado la razón social que deseas utilizar para que te den el permiso y puedas empezar con los trámites.
Recuerda ser puntual cada año para poder renovarlo. Estos son los pasos fáciles para tramitarlo: Completar la solicitud, en su defecto, regresar a los ensayos escolares y realizar un escrito en la misma dirección. Otra opción es acudir a las oficinas centrales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE y cubrir el pago de derechos en cualquier banco o bien mediante una transferencia electrónica a través de tu celular.
Si presentas tu solicitud en las oficinas centrales entre las 9: 00 y las 11: 00 y te haces amigo de la secretaria, resolverás el trámite ese mismo día. No podía faltar el SAT, el Servicio de Administración Tributaria tenía que aparecer en una lista de trámites engorrosos. La inscripción al Registro Federal del Contribuyente ante el SAT, las trabas y los pretextos para poder abrir tu negocio son algunos de los problemas.
Un ejemplo de ello: unos inversionistas ingleses querían incursionar en México como empresarios, así que, para visualizar el mercado mexicano contrataron una crowdworking (renta de espacios para ofrecer un lugar que pueda hacer crecer tu proyecto o madurar tu startup). Lo que no le gustó al SAT fue que en estos espacios existen muchos contribuyentes que de igual manera ocupan el domicilio fiscal.
Fueron necesarios más de 3 meses para poder tramitar los papeles legalmente y los inversionistas, al no ver nada claro, decidieron mejor hacer negocios en otro lado. Otra cosa es que cuando los representantes acuden a tu empresa, es casi necesario que duermas en la empresa porque en cualquier momento pueden aparecer y si no estás, te cancelan la solicitud. 3
Según el Banco Mundial las reglamentaciones existen para brindar protección, a los trabajadores, la seguridad pública, las empresas y las inversiones. No obstante, cuando son ineficientes o inadecuadas pueden obstaculizar la actividad empresarial y el crecimiento de las empresas.
Las normas onerosas pueden llevar a las empresas a alejarse de la supervisión de los organismos reguladores y recaudadores de impuestos, para comenzar a operar en las sombras del sector informal o fuera del país en busca de un entorno más propicio para los negocios. Los inversionistas extranjeros suelen evitar las economías en las que las normas impiden a la actividad económica para prosperar.
Los trámites burocráticos engorrosos, además de representar obstáculos para las empresas individuales o los inversionistas, también limitan la capacidad de la economía para crecer de manera sostenible. La libertad económica para hacer negocios está vinculada con el desarrollo económico y un sector privado pujante, los que, a su vez, apoyan la reducción de la pobreza y la promoción de la prosperidad compartida.
El informe Doing Business 2020 abarca las reglamentaciones que se aplican en 190 economías en 12 áreas normativas de la actividad empresarial, con el objeto de evaluar el entorno para los negocios en cada economía. El presente año, se utilizaron 10 de estos indicadores para clasificar las economías según la facilidad para hacer negocios. Esta es la 17.a edición de un estudio que ha impulsado a Gobiernos de todo el mundo a emprender reformas del entorno empresarial a fin de estimular el crecimiento económico sostenible.
En el estudio, se analizan las normas que afectan a las empresas desde su inicio y durante sus actividades hasta el cierre de sus operaciones, a saber: apertura de un negocio, manejo de permisos de construcción, obtención de electricidad, registro de propiedades, obtención de crédito, protección de los inversionistas minoritarios, pago de impuestos, comercio transfronterizo, cumplimiento de contratos y resolución de la insolvencia.
Según el informe, las 10 economías que obtuvieron el mejor puntaje en las clasificaciones sobre la facilidad para hacer negocios fueron Nueva Zelandia (86,8 de 100), Singapur (86,2), Hong Kong (Región Administrativa Especial de China) (85,3), Dinamarca (85,3), República de Corea (84), Estados Unidos (84), Georgia (83,7), Reino Unido (83,5), Noruega (82,6) y Suecia (82). 4
Estas 10 economías tienen varias características en común, entre ellas el uso generalizado de sistemas electrónicos. Las 20 economías con el mejor desempeño tienen procesos en línea para la constitución de empresas, plataformas electrónicas para la declaración de impuestos y procedimientos en línea para la transferencia de propiedades. Además, 11 economías cuentan con procedimientos electrónicos para la concesión de permisos de construcción.
En general, las 20 economías que obtuvieron los mejores puntajes disponen de normativas sólidas y altamente transparentes para las empresas.
Doing Business también investiga qué economías han mostrado más mejoras. En el estudio del 2020, se estableció que las 10 economías que más han avanzado en términos de la facilidad para hacer negocios fueron Arabia Saudita, Jordania, Togo, Bahrein, Tayikistán, Pakistán, Kuwait, China, India y Nigeria.
Por mencionar algunos ejemplos: En Arabia Saudita, las autoridades establecieron una ventanilla única para la constitución de empresas y eliminaron el requisito que establecía que las mujeres casadas debían presentar documentación adicional cuando solicitaban un documento nacional de identidad. El país también simplificó y unificó los procedimientos previos y posteriores del registro de empresas.
En China facilitó el pago de impuestos al disponer, entre otras medidas, que las tasas del impuesto sobre la renta de las empresas estarían sujetas a un tratamiento tributario preferencial en el caso de las pequeñas empresas y las empresas con escaso margen de ganancias.
América Latina está retrasada en relación con otras regiones del mundo en lo referente a allanar el camino para que las pequeñas y medianas empresas nacionales hagan negocios. Ninguna de las economías de la región se ubicó entre las 10 que han mostrado más mejoras durante los últimos dos años y ninguna de ellas se ha clasificado entre los 50 mejores lugares del mundo para hacer negocios.
No obstante, los incentivos son claros. Las economías que obtienen buenos puntajes en los indicadores de Doing Business se benefician con un nivel más alto de actividad empresarial. Esto, a su vez, genera mejores empleos, mayores ingresos públicos e ingresos más altos. Además, cuando existen procesos normativos onerosos y prolongados, la tentación de recurrir a la corrupción para lograr resultados puede ser mayor.
Los resultados del estudio Doing Business 2020 demuestran que, en casi todas las economías del mundo, hay un cierto margen para simplificar o agilizar las reglas a fin de aumentar la facilidad de hacer negocios, permitir que la actividad empresarial prospere y posibilitar que la actividad económica alcance su pleno potencial.
Nuestro país se ubicó en la posición 60 entre 190 países evaluados, en la edición anterior del reporte.
De esto se desprende que México cayó seis posiciones en el reporte de Doing Business 2020 que publicó el Banco Mundial, y que mide la facilidad de hacer negocios en 190 países.
El país se ubicó en la posición 60, luego de que un año antes se colocara en 54. La Secretaría de Economía resaltó, a través de un comunicado, que México obtuvo una calificación sobre facilidad para hacer negocios de 72.4 puntos, superior a los 72.3 puntos que registró el año pasado.
Con la caída, el país también perdió el primer lugar de América Latina, ahora en manos de Chile, que se posicionó en el puesto 59. En la clasificación de la región le siguen: Puerto Rico (65), Colombia (67), Jamaica (71), Costa Rica (74), Perú (76), Panamá (86). Brasil se ubicó en el sitio 124 y Argentina quedó en el 126.
En esta edición del reporte, México quedó por delante de otras economías de grandes mercados emergentes como India (63), Vietnam (70) y Sudáfrica (84).
De los 10 pilares, México estuvo en el sitio 120 en pago de impuestos, el lugar 107 en apertura para un negocio y el lugar 106 en obtención de electricidad. En contraste, en obtención de crédito se ubicó en la posición número 11 dentro de las 190 economías analizadas.
Entre los aspectos que lo hicieron retroceder en la tabla global se encuentra la dificultad para otorgar permisos de construcción en la Ciudad de México donde el proceso tarda 135 días, comparado con las economías más eficientes como Finlandia y Corea que es solo tres semanas.
También retrocedió 0.2 puntos en el registro de propiedades con una calificación de 60.2 y bajó 0.5 puntos en el tema de la resolución de la insolvencia para ubicarse en el lugar 33. 5
El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi), dio a conocer su primer Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en las Empresas, la que por primera vez nos permite contar con información referente a las experiencias y sensibilidades del sector privado al realizar trámites y solicitar servicios públicos; así como la percepción de los marcos regulatorios bajo los cuales operan las empresas establecidas y aquellas que pretenden situarse en México.
Los datos son reveladores: las empresas pequeñas, así como las del sector industrial observaron al marco regulatorio como un obstáculo creciente; poco más la mitad de los consultados, el 50.9 por ciento, aseguraron que las cargas administrativas para cumplir con el marco regulatorio fueron mayores que en el pasado, o bien, siguieron igual de pesadas y complejas.
Otro dato refleja la gravedad del problema: El 64.6 por ciento, es decir casi 7 de cada 10 empresas, considera que los actos de corrupción frecuentemente tienen por objeto realizar trámites gubernamentales, reconociendo el 5.6 por ciento haber sido víctimas de un acto de corrupción en su realización. 6
Otro ejemplo es la encuesta de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas de la Ciudad de México, publicado por el Inegi en el mes de julio del 2020.
EL 46.2 por ciento de las unidades económicas en la ciudad de México consideran que durante el 2019 las cargas administrativas para cumplir con el marco regulatorio fueron mayores o bien siguieron igual de pesadas con relación al 2018.
Las empresas medianas, así como las del sector industrial consideraron en mayor medida que las cargas administrativas empeoraron o siguieron igual de pesadas durante 2019.
En la Ciudad de México del total de trámites pagos o solicitudes de servicios realizados por unidades económicas durante 2019 en 22.1 por ciento de ellos se presentó algún tipo de problema para realizarlos. De estos problemas el más frecuente fue el de barreras al trámite con 75.7 porciento.
74.9 por ciento de la unidades económicas en la Ciudad de México, considera que los actos de corrupción se producen para agilizar trámites. Por otro lado, 38.5 por ciento señala que dichos actos se generan para evitar multas o sanciones. 7
Por otra parte La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) Recomienda a los países miembros algunos puntos:
Comprometerse al más alto nivel político con una política expresa de gobierno completo para la calidad regulatoria. La política debe tener objetivos y marcos claros para la implementación a fin de asegurar que, si la regulación se emplea, los beneficios económicos, sociales y medioambientales justifiquen los costos, se consideren los efectos distributivos y se maximicen los beneficios netos.
Adherirse a los principios de gobierno abierto, considerando la transparencia y la participación en el proceso regulatorio a fin de asegurar que la regulación se encuentre al servicio del interés público y esté informada de las necesidades legítimas de aquellos a quienes concierne y afecta. Esto conlleva ofrecer oportunidades significativas (incluso en línea) para que el público contribuya al proceso de preparar borradores de propuestas regulatorias y a la calidad del análisis de apoyo. Los gobiernos deben asegurarse de que las regulaciones sean comprensibles y claras y de que las partes puedan entender fácilmente sus derechos y obligaciones.
Asegurar la efectividad de los sistemas para revisar la legalidad y la justicia procesal de las regulaciones y decisiones que toman los órganos facultados para emitir sanciones en el ámbito regulatorio. Asegurar que las personas y las empresas tengan acceso a estos sistemas de revisión a un costo razonable y conozcan las decisiones oportunamente.
Promover, cuando sea adecuado, la coherencia regulatoria a través de mecanismos de coordinación entre los niveles de gobierno supranacional, nacional y subnacional. Identificar los problemas transversales en materia de regulación en todos los órdenes de gobierno, con el objeto de promover la coherencia entre los enfoques regulatorios y evitar la duplicidad o conflicto de regulaciones.
Recomienda a los países miembros dar los pasos necesarios para implementar estándares elevados y mejorar los procesos regulatorios, así como hacer uso de las regulaciones de manera sensata en la búsqueda de políticas económicas, sociales y medioambientales, y tener en cuenta los principios expresados en la presente Recomendación, que se citan y describen en el Anexo que forma parte integral de ésta. 8
A finales de mayo pasado, el IMD Business School dio a conocer la más reciente edición de su Índice Mundial de Competitividad, en el cual, nuestro país registró un nivel de competitividad similar al que tenía en 1997.
México ocupó la posición número 51 de 63 países evaluados, un lugar que representa una caída de tres posiciones respecto al año anterior, y el lugar más bajo en el que ha estado desde 1997, año en el que se le incluyó en el ranking.
El descenso que México experimentó este año se explica por diversas razones. Según la IMD Business School, es el resultado del deterioro que nuestro país experimentó en su desempeño económico, eficiencia gubernamental y en la facilidad para hacer negocios.
De manera más específica, las áreas en las que México fue peor evaluado son comercio internacional, legislación comercial, marco institucional, contexto social, infraestructura básica y tecnológica, salud y medio ambiente, y educación.
El panorama no es muy alentador, sin embargo, y tomando en consideración todos estos elementos, ¿existe alguna forma en la que México pueda mejorar su competitividad? Según la IMD Business School. 9
Hablamos de una circunstancia en la que las entidades generadoras de empleo y detonantes del desarrollo económico, que son las empresas, deben realizar trámites deliberadamente complejos y engorrosos, advertencias de retrasos injustificados, y sugerencias implícitas de no emitir las autorizaciones para la apertura de negocios; es decir, enfrentan amenazas sutiles y en ocasiones explícitas de ser objeto de prácticas de corrupción y de extorsión.
Estos han sido temas que los empresarios han señalado puntualmente ante instancias de gobierno como lo son la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria y la Secretaría de Economía para poder replicar en México las mejores prácticas regulatorias del ámbito internacional.
Ante la emergencia sanitaria que estamos presenciando tenemos que echar mano de todas las herramientas posibles a nuestra disposición para aminorar riesgos, tanto económicos como sociales. En estos tiempos aciagos, con el covid-19 en expansión, la política de competencia y mejora regulatoria pueden aportar a nuestro país un mayor crecimiento económico.
Una primera evidencia: se vuelve más necesario que nunca eliminar regulación innecesaria que hace difícil poder responder con prontitud y a menores costos (económicos y humanos). Así lo ha interpretado Richard Thaler, Nobel de Economía, quien ha sugerido suspender diferentes regulaciones en Estados Unidos que están ralentizando la respuesta sanitaria a la pandemia.
Para tal fin presentamos el siguiente cuadro comparativo sobre la reforma planteada en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
En virtud de lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 12 de Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en materia simplificación de trámites y permiso para Mipymes
Artículo Único. Se reforma la fracción IX del artículo 12 de ley para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa en materia simplificación de trámites y permiso para MIPYMES, para quedar como sigue:
Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Artículo 12.- ...
I al VIII...
IX. La Secretaría deberá coordinar y contar con planes, programas de mejora, simplificación y reducción de tiempo de respuesta a trámites y permisos para la apertura de empresas en materia de desarrollo y apoyo a las Mipymes, en colaboración con las dependencias Federales, Estatales, Municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
X...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuentes:
1.- https://www.animalpolitico.com/2020/07/empresas-mexico-afecta-das-pandemia/
2.- https://www.elfinanciero.com.mx/pyme/10-errores-que-frenan-el-crecimiento-de-la s-pymes-en-mexico
3.- https://www.ccpm.org.mx/avisos/2018-2020/tramites-molestos-abrir-empresa.pdf
4.- https://www.bancomundial.org/es/news/feature/2019/10/24/doing-bu-siness-2020-su staining-the-pace-of-reforms
5.- https://www.elfinanciero.com.mx/economia/mexico-cae-6-lugares-en-ranking-doing- business-del-banco-mundial-y-pierde-el-primer-lugar-de-al
6.- https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/encrige/2016/doc/ presentacion.pdf
7.- https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/encrige/2019/doc/ presentacion_ejecutiva_ecrige_cdmx2019.pdf
8.- https://www.oecd.org/gov/regulatory-policy/Recommendation%20 with%20cover%20SP.pdf
9.- https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Este-es-el-nivel-de-competitividad-de- Mexico-segun-el-IMD-Business-School-20180830-0088.html
Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 16 de febrero de 2021. Diputada María Teresa Marú Mejía (rúbrica)
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que adiciona el artículo 6o. de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un sexto párrafo al artículo 6o. de la Ley General de Educación, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El derecho a la educación gratuita en México, está consagrado en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Es fundamental contar con mecanismos que aseguren el pleno reconocimiento y respeto al derecho a la educación gratuita en México, consagrado en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por ello es menester adecuar las sanciones para quienes en las escuelas públicas pretendan condicionar mediante dadivas económicas o cuotas voluntarias con carácter de obligatorias el acceso a los servicios educativos.
Es necesario que se convierta en delito estas prácticas y conductas que laceran en todo momento los derechos fundamentales y que atentan contra la dignidad de quienes lamentablemente no cuentan con los recursos necesarios para que sus hijos puedan acceder a la educación.
No sólo la Carta Magna, sino la misma Ley General de Educación prohíbe estas conductas a las cuales se ven afectados miles de padres de familia por parte de quienes están obligados a prestar el servicio de la educación:
Artículo 6o. La educación que el Estado imparta será gratuita. Las donaciones o cuotas voluntarias destinadas a dicha educación en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo. Las autoridades educativas en el ámbito de su competencia, establecerán los mecanismos para la regulación, destino, aplicación, transparencia y vigilancia de las donaciones o cuotas voluntarias.
Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos.
En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna.
Para garantizar el principio de gratuidad de la educación pública y evitar prácticas que violen este derecho, es necesario adecuar como delito estas conductas que dolosamente cometen algunos servidores públicos.
El Código Penal Federal establece en el artículo 215, fracción III, que comete el delito de abuso de autoridad quien indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud.
De esta manera podemos identificar el cobro de cuotas voluntarias y cualquier otra práctica que condicione el acceso a la educación como un abuso de autoridad.
Mediante la presente iniciativa, buscamos que se dé cumplimiento cabal al acceso gratuito a la educación, y se sancione a quienes impidan este derecho.
Por lo expuesto someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se adiciona un sexto párrafo al artículo 6o. de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 6o. Todas las personas habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.
Es obligación de las mexicanas y los mexicanos hacer que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años asistan a las escuelas, para recibir educación obligatoria, en los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo.
La educación inicial es un derecho de la niñez; es responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia y garantizarla conforme a lo dispuesto en la presente ley.
La obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado en los términos dispuestos por la fracción X del artículo 3o. constitucional y las leyes en la materia.
Además de impartir educación en los términos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.
El servidor público que incurra en la prohibición del derecho al que se refiere el presente artículo cometerá el delito de abuso de autoridad, contemplado en el artículo 215 del Código Penal Federal, le sarán aplicadas las sanciones previstas en dicho ordenamiento.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que reforma el artículo 348 y adiciona el 462 Bis 2 a la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina del Grupo Parlamentario del PES
Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, diputada rederal del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; fracción I del numeral 1 del artículo 6 y 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa que modifica y adiciona los artículos 348 y 462 Bis 2 de la Ley General de Salud, considerando la siguiente:
Exposición de Motivos
Se entiende por cremación o incineración a la práctica de deshacer un cuerpo humano muerto, quemándolo, lo que frecuentemente se lleva a cabo en un lugar denominado crematorio. 1
La cremación es una alternativa cada vez más común que se realiza en un crematorio por medio de un horno industrial que alcanza temperaturas de aproximadamente 870 980 grados C, lo que garantiza la desintegración total e inmediata del cuerpo.
La práctica de esta alternativa, resulta más económica y es por ello que actualmente la mayoría de los familiares de un difunto toman esta opción, sin embargo, se corre el riesgo que la práctica de esto se utilice para cometer ilícitos aprovechándose de los vacíos legales que existen.
Lo anterior, toda vez que no existe una ley o norma que regule el correcto procedimiento para llevarlo a cabo, es decir, no se obliga a que exista una manifestación por escrito de familiar directo, entendiendo como tal a esposa, esposo, cónyuge, padres, hijos o en su caso, algún familiar directo en línea ascendiente o descendente hasta el cuarto grado, según sea el caso, de que se autoriza a realizar una cremación o incineración por medio de las instancias autorizadas.
Lo que de continuar así permite el desamparo de las personas o víctimas de algún delito para que se pueda llegar al esclarecimiento de su muerte, pues la falta de esta manifestación deja al libre albedrío de las instancias de la materia a practicar la cremación.
Pues la Ley General de Salud contempla que con el simple hecho de que exista una autorización por parte del Registro Civil y la presentación del certificado de defunción se podrá llevar a cabo la cremación, lo que representa un gran riesgo, pues no se sabe si la familia estaba de acuerdo para dicha realización y con ello se corre el riesgo de que se pudiera cometer un acto ilícito.
Tal es el caso de la desaparición de evidencias de un homicidio, un feminicidio o por el tráfico de órganos, pues como ya se ha referido, la cremación se realiza a altas temperaturas, lo que posterior a su acto imposibilita que se pueda contar con algún elemento de prueba que ayude a esclarecer una investigación.
Asimismo, debe tenerse en cuenta que ninguna autoridad está facultada para solicitar u ordenar la cremación del cuerpo de una víctima y menos aun cuando se trata de una investigación que aún no se concluye y que se presume que se puede actualizar el delito de feminicidio.
Como se puede ver con el caso reciente de Mariana, la pasante de medicina acosada meses atrás y muerta recientemente en el municipio de Ocosingo, Chiapas, sin que hasta el momento exista un posible responsable, y de quien se incineró sin autorización de su mamá, 2 lo que vicia la investigación y de lo cual se puede ver a todas luces que se actuó así con la finalidad de borrar pruebas, o para ocultar la participación de quien o quienes cometieron el ilícito, así como el posible encubrimiento de algún servidor público por alguna negligencia cometida en el caso.
Por ello, es necesario reformar las leyes para evitar que estos casos sigan sucediendo, que no queden impunes y que se castiguen las conductas ilícitas de quien sea responsable.
Por eso, es necesario reformar la Ley General de Salud, así como incorporar penas para quien o quienes realicen una cremación o incineración sin previa autorización por escrito de la esposa, esposo, cónyuge, padres, hijos o en su caso, algún familiar directo en línea ascendiente o descendente hasta el cuarto grado.
Por lo anteriormente expuesto, las reformas antes mencionadas son de suma importancia para evitar la realización de actos ilícitos, así como la protección de quien o quienes hayan participado en la desviación de una investigación con el propósito de que con esa conducta se pueda beneficiar alguien, por lo que se presentan el siguiente cuadro en el que se puede observar las reformas que se propone realizar:
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente:
Decreto por el que se modifican y adicionan los artículos 348 y 462 Bis 2 de la Ley General de Salud
Primero. Se modifica y adiciona el artículo 348 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 348. La inhumación, cremación o desintegración de cadáveres sólo podrá realizarse con la autorización del oficial del Registro Civil que corresponda, quien exigirá la presentación del certificado de defunción.
Tratándose de cadáveres de personas identificadas, se requerirá de consentimiento por escrito de la esposa, esposo, cónyuge, padres, hijos o en su caso, algún familiar directo en línea ascendiente o descendente hasta el cuarto grado.
La autoridad está obligada a verificar la autenticidad del consentimiento que se refiere el párrafo anterior, y en su caso de alguna irregularidad dar parte a la autoridad sanitaria y judicial.
....
Segundo. Se adiciona el artículo 462 Bis 2 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 462 Bis 2. Se aplicará de uno a nueve años de prisión y una multa de cien a mil veces la Unidad de Medida y Actualización, al que por sí o por interpósita persona lleve a cabo un proceso de incineración o cremación o tenga algún tipo de participación en ella, sin previamente contar con la autorización por escrito de la esposa, esposo, cónyuge, padres, hijos o en su caso, algún familiar directo en línea ascendiente o descendente hasta el cuarto grado.
Transitorio
Ùnico. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://es.wikipedia.org/wiki/Cremaci%C3%B3n
2 https://www.animalpolitico.com/2021/02/cremaron-sin-autorizacion-cuerpo-mariana -pasante-medicina/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal Hortensia María Luisa Noroña Quezada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 9, 43, 44 y 49 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En todo nuestro país, las afectaciones por el SARS-Cov-2, o covid-19, han sido sumamente devastadoras, no solo en la salud de la población, o respecto a saturación de servicios médicos o lamentablemente, en cuanto a pérdida de vidas; también lo han sido, en materia de economía, tanto nacional como desafortunadamente, familiar.
El golpe a nuestra población por la pandemia, ha sido muy duro, tanto en contagios como también por las muertes que ha dejado.
Por un lado derivado de la elevada capacidad de contagio de este nuevo virus, la ausencia de una tratamiento, cura y vacuna; pero también, por la incompetencia de los gobiernos de todos los niveles para tomar medidas determinantes tendientes a evitar el contagio; compaginadas a la vez, con apoyos reales tanto a personas como a negocios y empresas, para hacerle frente al impacto en sus finanzas como consecuencia de las medidas sanitarias y de contingencia requeridas.
Basta señalar que de acuerdo a cifras oficiales, a principios de febrero de 2021, llegamos al registro de 1 millón 869 mil 708 personas contagiadas confirmadas y tristemente 159 mil 100 fallecimientos. 1
Un número de muertes, creciente y muy alejado de la supuesta cifra catastrófica proyectada por el gobierno federal, de 60 mil muertes.
Lo que nos da un ejemplo muy claro de lo mal que desde un inicio, se asumió desde el gobierno federal ésta pandemia.
Dado lo anterior, la realidad y las cifras anteriores, somos ya el 3 país a nivel mundial, con más fallecimientos por covid-19, es decir, superamos a la India que tiene una población mucho mayor que nosotros y estamos, solo por debajo de Estados Unidos y Brasil. 2
Nos ubicamos en el top 3 de los países con más muertes en todo el mundo; en el caso de nuestro país no se debe como consecuencia al número de habitantes, como India nos lo demostró, sino íntegramente a la incompetencia e irresponsabilidad de éste gobierno federal.
Como se puede apreciar, en materia de salud pública, nos ha salido muy cara la irresponsabilidad de los gobiernos sobre el tema, su mala proyección, el desentendimiento de las autoridades encomendadas a la contención de la pandemia, la desatinada conducción de las medidas destinadas al control y combate de contagios; y, la subordinación de los razonamientos científicos, médicos y hasta hospitalarios, a los juicios político-electorales, que desde el Ejecutivo federal se han impuesto absurdamente.
Tan es así, que es necesario señalar, terminamos el primer mes de este año, con metas incumplidas en materia de aplicación de la vacuna anti-covid, que contrastan con las promesas y cuentas alegres que el ejecutivo federal hizo en diciembre pasado al respecto.
Por si lo anterior no fuera suficiente para configurar una histórica pesadilla; en lo que respecta a temas económicos, las severas y graves afectaciones de la pandemia multiplicadas al máximo por las erróneas o nulas medidas gubernamentales, también perjudicaron devastadoramente a nuestra economía nacional.
Economía nacional que es necesario remarcar, ya venía maltrecha por las desatinadas, equivocadas, imprecisas, improvisadas y quizás hasta caprichosas, decisiones que la autoridad a nivel federal, aplicó y llevó a cabo desde el inicio del presente sexenio.
Basta recordar, que desde 2019, por responsabilidad directa del actual gobierno, la economía nacional cayó en recesión técnica, motivando que para el primer trimestre del año 2020 es decir los meses de enero, febrero y marzo, el producto interno bruto registrara una caída confirmada de -1.4 por ciento. 3
Por ello el Coneval, afirmó que en nuestro país -y nuevamente remarco, gracias a este gobierno federal-, la pobreza alimentaria registrada aumentó drásticamente, ya que paso de cubrir a 35.7 por ciento de toda la población, a cubrir 54.9 por ciento de la población total. 4
Es decir, tuvimos un 2019 y un 2020 en donde, 6 de cada 10 familias en nuestro territorio, no tuvieron los mil 165 o mil 633 pesos, que costaban los productos básicos de alimentación. 5
Como resumen en cuanto a materia económica podemos decir, que llegamos a enfrentar la pandemia del covid-19 y sus consecuencias altamente negativas; tanto económica y financieramente, enfermos ya de gravedad.
El gobierno federal ha asumido la peor pandemia de nuestra historia reciente, con disimulo, mentiras, engaños, minimizándola, sin atención preferente, sin destino y disposición de recursos económicos extraordinarios y urgentes para hacerle frente, para comprar medicamentos, adecuar hospitales, actualizar instalaciones o mínimamente, dotar del equipo exiguo e indispensable de trabajo y protección para nuestro maltratado pero siempre heroico, personal médico.
Tristemente por eso y las sistemáticas mentiras del Ejecutivo federal, de su maratónica costumbre de justificar y culpar de todos sus errores al pasado y su infructuosa intención de proclamar mentirosamente cada día a la pandemia como domada; se ha declarado a nuestro país, como el primer lugar a nivel mundial, en muertes de personal médico por causa directa del covid-19. 6
A la vez, se recetó la misma indolencia a la desproporcionada caída de ingresos por la parálisis económica que estamos atravesando en ramas imprescindibles y estratégicas tanto económicas, como también comerciales e industriales; o bien, en materia de desempleo. Se ha dejado en el desamparo total, a pesar de las graves consecuencia en el corto, mediano y largo plazo, a las creadoras de al menos 80 por ciento de todo el empleo en este país, las poco más de 4 millones de micro, pequeñas y medianas empresas que se han visto afectadas directamente por la pandemia y las medidas sanitarias asumidas. 7
Lo mismo penosamente ha pasado con el sector inmobiliario, el de autotransporte, el automotriz, turístico, restaurantero o comercial, por mencionar algunos que se han visto seriamente dañados.
De ahí que, para el cierre del tormentoso año 2020, se estima que las cifras oficiales finales que nos darán respecto al desempleo, se dará cuenta de al menos 15 millones de empleos perdidos. 8
15 millones de personas sin trabajo y por ende familias sin sustento; de las cuales es necesario resaltar, poco más de nueve millones, son mujeres jefas de familia 9, que tienen que remar además contracorriente, con un gobierno abiertamente antifeminista.
Por eso y gracias al desentendimiento del gobierno federal, somos uno de los países a nivel mundial, con la peor caída registrada de su economía como consecuencia del covid-19.
Basta señalar que se estima, una caída del producto interno bruto (PIB) para 2020 de -9.8 por ciento, un decrecimiento histórico, así como también una depreciación de nuestra moneda de al menos 10 por ciento respecto al dólar.
En materia de empleo, somos nuevamente ejemplo mundial de lo peor, ya que conforme a lo reportado por el Inegi en su encuesta telefónica sobre covid-19 y el Mercado Laboral (ECOVID-ML) realizada a 68.2 millones de personas en nuestro país, se reporta que también se perdieron temporalmente 5 millones de trabajos adicionales, que no han podido ser reactivados. 10
Asimismo se reporta, que 81 por ciento de los trabajadores independientes fueron gravemente afectados por la contingencia, 30.4 por ciento perdieron definitivamente sus ingresos no fijos y al menos 65.1 por ciento vieron disminuidos considerablemente sus ingresos. 11
A la vez, se reportó que 82 por ciento de la población no económicamente activa, se encontraba sin posibilidad de buscar trabajo. 12
En lo que respecta a la población económicamente activa, se reporta que 82 por ciento estaba en suspensión laboral con afectación a su ingreso, a 39.8 por ciento se le disminuyo su jornada laboral y en muchos casos por ende su ingreso, y solo 45 por ciento mantuvieron su acceso a los servicios de salud correspondientes. 13
Finalmente y lo peor de todo, es que esto todavía no termina, estamos muy lejos de la luz al final del túnel en materia de recuperación económica, para igualar los niveles de crecimiento y estabilidad financiera, que el sexenio pasado le dejó al actual gobierno.
Basta señalar un ejemplo, para 2021 las noticias no son nada alentadoras ya que se pronostica en el mejor de los casos pero irremediablemente y profundamente insuficiente, un crecimiento económico de 3.4 por ciento. 14
Es decir, se queda mucho a deber todavía a la economía nacional, ya que estas proyecciones son suficientes para concluir que, lo que resta del sexenio de continuar con la misma ideología, las mismas malas decisiones, las mismas imposiciones, ocurrencias y arrebatos presidenciales; el balance final de este gobierno, será de un enorme retroceso económico.
Pero más allá de estas catastróficas y abultadas cifras de malos resultados, peores decisiones y equivocadas estrategias, no podemos omitir que, lo que tenemos en realidad, son personas, familias, sueños, futuros inciertos de hijas e hijos, de cada integrante de una sociedad que tienen, nombre y apellido.
Este gobierno no ha entendido ni mucho menos asumido, que no son cifras solamente, que no se trata únicamente de estadísticas o números, que no son errores que con excusas, risas o burlas mañaneras se van a borrar o recomponer; se trata de personas, de vidas humanas con presente y futuro truncado, quizás hasta por generaciones.
Vidas, ante las cuales, quienes conformamos esta soberanía, tenemos la obligación en corresponsabilidad con las demás autoridades de todos los niveles; de cuidar, velar por su presente y su futuro y, proveerles de mejores condiciones de desarrollo, vida y crecimiento.
Estamos hablando de muchas familias que la están pasando mal y la ven peor en el mañana, por haber perdido su trabajo, carecer de su sustento y ver amenazado su patrimonio familiar.
Pero, de todo este enorme universo de familias y futuros amenazados, hay un sector de nuestra población que no es menor, ni tampoco invisible, aunque parece, que ha sido olvidado; me refiero a todas nuestras mexicanas y mexicanos que han recurrido al crédito para comprar su casa, adquirir un préstamo o comprar un bien, un electrodoméstico, un automóvil, una pantalla, un teléfono o hasta, medicamentos, un tanque de oxígeno, un oximetro, un termómetro o pagar la cuenta estratosférica de algún hospital.
Son millones de mexicanas y mexicanos que hasta el sexenio pasado e incluso a principios del actual, recurrieron a los bancos o a las tiendas departamentales, gracias a la expectativa de estabilidad y trabajo fijo que tenían antes de la pandemia, para adquirir sus bienes y productos mediante el crédito, mediante pagos a plazos, a través de préstamos, pero a fin de cuentas, todos sujetos a tasas de interés tanto de costo como también, moratorio.
Es decir, el interés a pagar por el dinero prestado, o bien, el dinero a pagar por la moratoria, en el pago correspondiente.
Por esta sana tendencia creciente de consumo interno, el problema actual de imposibilidad de pago en que se encuentran muchas familias mexicanas por la crisis actual, no es menor; estamos refiriéndonos a millones de familias que necesitan de nuestra ayuda, que requieren ser sacados del abandono en el que, el gobierno federal los tiene y mantiene, a pesar de verse amenazado su futuro y también su patrimonio.
Familias que la pandemia les redujo su ingreso, les quitó su trabajo y las mantiene en el desempleo; pero que tienen que seguir pagando sus créditos, hacer sus pagos semanales o mensuales por sus bienes o productos previamente adquiridos y que sin deberla, sin tener la culpa por el mal manejo gubernamental de la pandemia; hoy se ven imposibilitados para hacerle frente a esos compromisos; pero eso sí, solo ellos y sus familias enfrenten las consecuencias financieras y hasta legales, por la imposibilidad del pago.
Tenemos que aclarar algo; no es que se nieguen a pagar, lo que sucede, es que no pueden hacerlo, no tienen con qué hacerlo.
Y si lo anterior no fuera suficiente para el menoscabado ingreso y economía familiar, nos enfrentamos a millones de casos en los cuales, las familias llegan a esas tiendas tan recurridas por la población para adquirir electrodomésticos o productos, a pagos chiquitos y largos plazos, de ofertas irrepetibles o relámpago a pagos semanales, que únicamente te solicitan tu número de celular y credencial de elector vigente para acceder según ellos a innumerables beneficios, descuentos y productos con plazos y montos de nuestra elección; familias que acuden a realizar su pago después de la fecha indicada y son sujetos a cobros autoritarios, verdaderos robos por intereses moratorios arbitrarios, que cambian de la noche a la mañana y al antojo del prestamista, sin más opción que el pago irrenunciable o en consecuencia, el incremento desproporcionado e impagable de la deuda por parte de las familias.
Además, todo lo anterior acompañado con la amenaza de mandarles a los del departamento de cobranza, al jurídico de la empresa y también, enviarlos al buró de crédito, con la consigna de que no saldrán jamás de ahí.
Desafortunadamente, estas familias son las de más bajos ingresos, las que con inimaginables esfuerzos se tratan de hacer de sus cosas, de mejorar, de progresar, de brindar a sus hijas e hijos lo que ellos no tuvieron, de hacer su vida más llevadera, más cómoda quizás.
Son millones de familias mexicanas que de entrada se enfrentan a tasas de interés por el préstamo o el crédito, desproporcionadamente elevadas, injustificadas y abusivas.
Y, posteriormente, si las cosas cambian para mal y aunque no sea su culpa como es el caso actualmente en nuestro país, se enfrentan a tasas de interés moratorias arbitrarias, infundadas, desmedidas y muy probablemente hasta ilegales; pero tristemente aplicables y siempre procedentes en contra de la economía y bolsillo familiar.
Nos referimos a una lucha que vamos siempre a perder, contra empresas que ante estos casos terminan mostrándose abusivas y arbitrarias, valiéndose de mecanismos en materia de interés moratorio que les ha permitido amasar fortunas inmensas valiéndose del esfuerzo de las trabajadoras y trabajadores mexicanos, de sus deseos de mejorar y adquirir productos nuevos.
Productos que hay que señalar, son nuevos, pero tramposamente por parte de las tiendas, son también pasados, de años posteriores y con tecnología antigua, pero eso sí, a precios carísimos; empresas y dueños ante las cuales, las familias no tienen protección efectiva.
Como dije anteriormente, el asunto no es menor; de acuerdo a cifras oficiales el crédito al menudeo se disparó en nuestro país por la pandemia. 15
Pero, es preciso señalar que de acuerdo a reportes oficiales, el crédito al menudeo en nuestro país, ya traía, significativas tasas de crecimiento con promedios anuales de entre 10 y 15 por ciento desde antes de la pandemia. 16
Es decir, son cada vez más las familias de todos los estratos sociales y capacidad adquisitiva que válidamente recurren a esta forma y opción de compra; pero son las familias de menos recursos y las que más batallan en la vida, quienes más recurrieron a esta modalidad y por ende, quienes más difícil la están pasando hoy en día.
Ante lo grande del problema, las instituciones bancarias han reaccionado tímidamente, pero suficiente para darnos una idea de la magnitud real de lo que debe de ser el problema.
Han actuado no por consideración a las personas, ni por preocupación ante el patrimonio o porvenir familiar; sino por interés propio, su viabilidad financiera y el rescate de su cartera vencida.
Basta mencionar que para noviembre del año 2020 de acuerdo a la Asociación de Bancos de México, se había restructurado cerca de 110 mil millones de pesos correspondientes a créditos, bajo un esquema nuevo de pago de deuda por los problemas y afectaciones derivadas del covid-19, es decir, 728 mil clientes de bancos en nuestro país, reestructuraron su crédito o deuda. 17
Se sabe además, que durante la pandemia, al menos, 80 por ciento de las personas en nuestro país no alcanzaron a completar sus ingresos habituales y por consecuencia, recurrieron al crédito al consumo al menudeo, esto de acuerdo a información proporcionada por la Asociación Nacional de Pequeños Comercios. 18
Como se puede apreciar, hay un enorme sector de nuestra población, la más desfavorecida; que necesita de nuestra ayuda, porque en realidad e históricamente, la hemos dejado sola.
Requieren nuestro apoyo para hacer frente a sus compromisos crediticios, que se vieron afectados por malas decisiones no de ellos, sino de las autoridades federales, por equivocaciones, berrinches u ocurrencias del Ejecutivo Federal, que han empañado y empeñado su futuro, su economía familiar y con ello su estabilidad en todos los aspectos.
Un sector de nuestra población vulnerable que requiere que actuemos, que necesita también de la recuperación económica, de la reactivación del crédito, de la luz al final del túnel; pero a la vez, de ayuda urgente en el hoy y ahora sobre los intereses moratorios que nos los dejan salir adelante, que los re-victimizan y que les siguen robando el dinero de sus bolsillos.
Es urgente, altamente necesario y sumamente imprescindible que ésta Soberanía haga algo al respecto.
Todos anhelamos la recuperación económica nacional ante esta pandemia por el covid-19, pero tenemos un gobierno federal que nada hace por proteger verdaderamente a nuestras empresas y peor aún, a nuestras familias mexicanas, a quienes menos tienen.
Ello exige, a quienes integramos esta Soberanía, proteger, cuidar y hacer valer el ingreso familiar y su poder adquisitivo, de una manera más decidida y sin omitir cualquier, situación o escenario.
Por eso, considero urgente y necesario que modifiquemos la ley para erradicar, prohibir y sancionar esas prácticas abusivas en contra de la población, que en materia de intereses moratorios, se da por parte de bancos y empresas.
Requerimos atender ese pendiente, porque nuestra población no debe ni puede seguir siendo presa y rehén de esa práctica, que de la noche a la mañana y cuando así lo desean las empresas o bancos supuestamente familiares y populares, elevan hasta niveles desproporcionados, el monto a pagar por concepto de intereses moratorios.
No podemos dejar que se siga robando descaradamente a nuestras familias mexicanas bajo éste, ni bajo ningún otro concepto. Debemos parar ese hurto al ingreso y bolsillo familiar, en nuestro país.
Por todo ello, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifican los artículos 9, 43, 44 y 49 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
Artículo Primero. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 9 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:
Artículo 9. Las tasas de interés ordinarias y moratorias que aparezcan en los documentos que instrumenten los créditos, préstamos y financiamientos que otorguen las entidades, así como las que se mencionen en los estados de cuenta, deberán expresarse en términos anuales, así como resaltarse en caracteres distintivos de manera clara, notoria e indubitable.
Cuando las entidades pacten una tasa de referencia en sus operaciones de crédito, préstamo o financiamiento, deberán pactar una o más tasas de referencia sustitutivas, para el evento de que deje de existir la tasa de referencia originalmente pactada, debiendo convenir el orden en que, en su caso, dichas tasas de referencia sustituirían a la originalmente pactada.
Las tasas de interés moratorias, no podrán ser sujetas a tasas de referencia, tasas sustitutivas o términos, condicio-nes o mecanismos, que permitan durante la vigencia del contrato, modificar las disposiciones, la tasa de interés o aumentar el cobro aplicable, a lo originalmente pactado.
Artículo Segundo. Se adiciona una fracción XIII al artículo 43 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:
Artículo 43. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros sancionará con multa de cuatro mil a ciento cincuenta mil Unidades de Medida y Actualización, a las entidades financieras que:
I. a XII. ...
XIII. Contravengan lo establecido en el párrafo tercero del artículo 9, de la presente ley.
Artículo Tercero. Se adiciona un inciso o) a la fracción II del artículo 44 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:
Artículo 44. La Procuraduría Federal del Consumidor sancionará con multa de doscientos a dos mil días de salario, a las entidades comerciales que infrinjan cualquier disposición de esta Ley cuya conducta no competa sancionar a otra de las autoridades y que no correspondan a las conductas infractoras señaladas en el párrafo siguiente, así como cuando infrinjan las disposiciones de carácter general que la propia Procuraduría expida en términos de esta ley.
Asimismo, la Procuraduría Federal del Consumidor sancionará, en el ámbito de su competencia, con multa de:
I. Dos mil a cinco mil días de salario, a las entidades comerciales que:
a) a h)...
II. Cuatro mil a ciento cincuenta mil Unidades de Medida y Actualización, a las entidades comerciales que:
a).... a n)...
o) Incumplan lo establecido en el párrafo tercero del artículo 9, de la presente ley.
Artículo Cuarto. Se modifica la fracción III del artículo 49 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue:
Artículo 49. El Banco de México sancionará con multa de cuatro mil a veinte mil días de salario, a las entidades financieras que:
I.... a II....
III. Cobren intereses en términos distintos a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 9 o lo establecido en el artículo 10, de la presente ley.
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Reporte Secretaría de Salud. 1 de febrero del 2021.
2 Universidad Johns Hopkins. Reporte 29 de enero 2021.
3 Inegi. Reporte primer semestre del año 2020.
4 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, CONEVAL. Reporte 2020.
5 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, CONEVAL. Reporte 2020.
6 Amnistía Internacional. Reporte 2020.
7 Banco de México. Actividad empresarial.
8 Inegi. 2020
9 Inegi. 2020
10 Inegi. ECOVID-ML 2020.
11 Inegi. ECOVID-ML 2020.
12 Inegi. ECOVID-ML 2020.
13 Inegi. ECOVID-ML 2020.
14 SHCP.
15 Banco de México. Reporte 2020.
16 Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
17 Asociación de Bancos de México.
18 Asociación Nacional de Pequeños Comercios.
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 16 de febrero de 2021.
Diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que adiciona el artículo 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Margarita García García, diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un numeral 2 al artículo 127º, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de motivos
México se encuentra dividido en tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los cuales son contra peso entre ellos para que ninguno este sobre el otro y no podrá reunirse dos o más poderes en una misma persona, en el caso del Poder Legislativo se encuentra constituido por el Senado de la República y la Cámara de Diputados que unidos forman el Congreso de la Unión, cada una de las cámaras tienen establecidas sus funciones y las principales se encuentran establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el Titulo Tercero, Capitulo II donde se especifica su conformación así como sus facultades.
Además de contar con leyes secundarias que ayudan a llevar cuestiones administrativas y organizativas al interior de cada una de las Cámaras como es el caso de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Reglamento de la Cámara de Diputados, del Senado de la República, el del Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de Transparencia, acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y debido a la situación presentada en la actualidad se aprobó un Reglamento para la Contingencia Sanitaria que la Cámara de Diputados aplicará en las sesiones ordinarias y extraordinarias durante el tercer año legislativo de la LXIV Legislatura.
Las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados son aprobar el Presupuesto de Egresos Anual, revisar la Cuenta Pública, declarar si hay lugar o no hay lugar a proceder penalmente en contra de los servidores públicos y el nombramiento de los consejeros electorales federal.
El año legislativo comprende del primero de septiembre, al treinta y uno de agosto del año siguiente, se maneja tres diferentes periodos de sesiones: los periodos ordinarios, extraordinarios, permanentes, y solemnes.
El primer periodo ordinario abarca del 1 de septiembre al 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el presidente inicie su encargo ese mismo año el periodo podrá extenderse hasta el 31 de diciembre, el segundo periodo ordinario comenzará el primero de febrero y no se prolongará más allá del 30 de abril, que con la nueva reforma a partir de la LXV Legislatura será hasta el 31 de mayo.
Los periodos extraordinarios son convocados durante los periodos de receso del Congreso de la Unión por la Comisión Permanente, la cual a pesar de la sesión extraordinaria no suspenden sus trabajos.
Los periodos permanentes son los recesos que tiene el Congreso de la Unión, el primer periodo de la Comisión Permanente se instala la última sesión de la comisión ordinaria y hasta el 30 de enero del siguiente año, en el caso del segundo periodo a partir de la LXV Legislatura abarcará los meses de junio, julio y agosto, actualmente son los meses de mayo, junio, julio y agosto.
Las sesiones solemnes serán aquellas que acordadas celebren un suceso histórico, efemérides, para reconocer públicamente los méritos de personajes, reciba visitantes distinguidos, delegaciones parlamentarias, invitados especiales, o que realicen un acto protocolario o diplomático,
Considerandos
Como ya expuse los periodos permanentes del honorable Congreso de la Unión son cuando sesiona una parte representativa del Senado y una de la Cámara de Diputados, el primer periodo es muy corto, ya que abarca prácticamente lo que es el mes de enero, que divido en sesiones, se habla de un total de cuatro sesiones en este primer periodo de la Comisión Permanente, lo que hace complicado el poder tratar todos los temas que llegan de ambas Cámaras, principalmente los puntos de acuerdo que deben de ser resueltos por la Permanente, ya que las iniciativas son turnadas a la Comisión que corresponde de cada una de las Cámaras que conforman el Congreso de la Unión.
En este sentido lo que la iniciativa propone es que los puntos de acuerdo que no fueron resueltos durante este primer periodo de la Comisión Permanente que es muy corto, puedan ser turnados al segundo periodo de la Comisión Permanente que abarcarían 3 meses, para su resolución ya que cuentan con más tiempo para poder analizar y resolverlos, y así no se aplique lo correspondiente al artículo 184 numeral 2 que establece que los asuntos que no se resuelvan en el periodo correspondiente se tomaran como concluidos y desechados.
Esto aumentara la productividad de las tres comisiones encargadas de analizar las propuestas de los legisladores de ambas cámaras durante los periodos de la Comisión Permanente ya que los asuntos que no se resuelvan por falta de tiempo tendrán un periodo más para ser analizados.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que adiciona el numeral 2 al artículo 127o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Único. - Se adiciona un numeral 2 al artículo 127o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 127o.- 1. ...
2. En el caso del primer receso de la Comisión Permanente de cada año legislativo, por ser un periodo breve las proposiciones no resueltas se turnarán al segundo receso de la Comisión Permanente para su resolución.
Transitorios
Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Bibliografía
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Reglamento de Cámara de Diputados
- Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
- Pitalúa Torres, Víctor. Funcionamiento de la Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos, Centro
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Margarita García García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Juan Martín Espinoza Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VIII Bis del artículo 7o. de la Ley General de Salud, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
La Organización Mundial de la Salud define salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades. 1
La salud es un derecho fundamental de máxima prioridad, sin embargo, este derecho se condiciona con algunos otros derechos humanos fundamentales para que se pueda garantizar como: el derecho al agua potable y saneamiento, el derecho a alimentos nutritivos, el derecho a una vivienda digna, derecho a la educación y el derecho a condiciones de trabajo seguras.
De acuerdo con la OMS, el derecho a la salud va dirigido a todas las personas sin importar el sexo, raza, religión, creencias religiosas, etcétera, todo el mundo debe contar con acceso a los servicios de salud que necesita, cuando y donde los necesite, sin tener que hacer frente a dificultades económicas.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud; si las personas hacen uso de los servicios de salud tienen el derecho de obtener prestaciones oportunas, profesionales, idóneas y responsables, y el Estado está obligado a otorgar los servicios de salud a través de la federación, los estados y los municipios de acuerdo con lo establecido en la ley.
El derecho humano a la salud está consagrado en el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que las leyes definirán las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. 2
Asimismo, diversos ordenamientos internacionales regulan el derecho a la salud, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo artículo 25, numeral 1, establece: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 3
Y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 12 numeral 1 que dice que: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 4
De acuerdo con el Informe sobre la salud de los mexicanos, realizado por la Secretaría de Salud en 2016, las consultas médicas se pueden definir como el conjunto de servicios que se les proporciona a las personas con el objetivo de proteger y restaurar su salud, el contacto con el médico general, además de ser la vía de entrada del paciente al Sistema Nacional de Salud y la vía de referencia hacia los médicos especialistas, es donde se ponen en práctica las acciones preventivas más frecuentes y se da una atención médica integral. 5
En 2014 se otorgaron poco más de 231 millones de consultas a nivel nacional, de las cuales casi 84 millones fueron de primera vez y 147 millones correspondieron a las subsecuentes. Respecto a lo reportado en 2005, el crecimiento en consultas fue de 21 por ciento, lo que representó 39 millones más de consultas. Sin embargo, el número de consultas ha sido muy variable a lo largo de los años.
El promedio de consultas otorgadas por día por médico general, tanto de primera vez como subsecuentes, fue de poco más de 9 en 2005, mientras que en 2014 esta cifra disminuyó a casi 8 consultas por día, lo que significó una caída de 15 por ciento en el número de consultas otorgadas, tomando en cuenta 252 días hábiles. De 2007 a 2013, las consultas otorgadas fueron alrededor de 8 por día. A lo largo del periodo, el indicador fue disminuyendo hasta llegar a su cifra más baja en 2014.
Conforme a las gráficas anteriores, el número de consultas y de médicos generales aumentó de 2005 a 2014; sin embargo, el número de médicos también aumentó, lo que da como resultado que el promedio de consultas por médico haya disminuido.
Respecto a las entidades federativas, en 2014 las entidades con mayor promedio de consultas por médico por día fueron, el Estado de México y Aguascalientes con alrededor de 11 consultas, mientras tanto en el otro extremo se encontraron Jalisco y Ciudad de México con cerca de 6 y casi 5 consultas respectivamente, de todas las entidades, solo Aguascalientes mostró un incremento, de cerca de dos consultas más diariamente entre 2005 y 2014, mientras que en la Ciudad de México y Tlaxcala se mantuvieron casi sin cambio. El resto de las entidades mostró un descenso en el promedio, destacando Yucatán, Chiapas, Zacatecas y Tabasco, donde hubo una disminución de poco más de 3 consultas diarias. 6
México es uno de los países con mayor gasto de bolsillo en salud, debido a que, en promedio, los mexicanos gastan 41 por ciento de sus ingresos personales en salud, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. 7
Asimismo, las Heras Demotecnia realizaron un estudio donde señala que 18 por ciento de los mexicanos considera que su estado de salud actual es muy bueno, 54 dijo que su salud es buena, 19 cree que es regular, 6 malo y sólo 1 por ciento reconoce que su estado de salud es muy malo.
Sólo 35 por ciento de los encuestados se realiza 1 revisión médica por lo menos una vez al año, mientras que 19 se hace una revisión 2 veces por año, 30 acude al médico 3s o más veces y 13 por ciento reconoce que nunca se realiza estudios médicos.
Las principales razones por las que los mexicanos no se realizan una revisión médica, de acuerdo con De las Heras Demotecnia, son falta de tiempo y de dinero. con 26 por ciento; mientras, 5 por ciento dijo que no tiene ánimo o lo evita por miedo.
De las personas encuestadas, 78 por ciento dijo que sí tiene algún tipo de seguro médico, mientras 21 no cuenta con este tipo de asistencia y el resto no sabe si está registrado en algún seguro.
De las personas que sí tienen algún seguro médico, 80 por ciento está registrado en sector público, sólo15 está en sector privado, y 5 tiene ambos. 8
El virus del covid-19 ha provocado una crisis sanitaria en el país, por lo que ha impedido otorgar plenamente el derecho y acceso a la salud, anteriormente los derechohabientes que cuentan con seguridad social pública acudían a su clínica médica familiar que le correspondía para atender cualquier padecimiento no grave y que se pudiera tratar con medicamento.
Sin embargo a lo largo de un año que ya ha durado la pandemia y que no se ha logrado vencer y erradicar, las instituciones de salud se encuentran colapsadas por la alta demanda de personas contagiadas del virus, como consecuencia no se ha podido regularizar las consultas médicas a personas que llevaban algún control o tratamiento, por lo que ha impulsado a todas las instituciones de salud a fomentar la agenda de consultas vía telefónicas o por internet para poder atender a las personas con diferentes padecimientos, para evitar aglomeraciones, aunque lamentablemente las consultas siguen siendo presenciales.
Pero la pandemia por el covid-19 ha demostrado que seguir otorgando citas médicas presenciales ante un médico general es sumamente riesgoso por la alta peligrosidad de transmisión del virus e incluso poniendo en riesgo la salud del personal médico y derechohabientes.
Asimismo, derivado de la pandemia por covid-19 que ha repercutido y dañado internacionalmente, Ecuador ha implementado estrategias para poder salvaguardar a toda su población; así como a todo su personal de salud, poniendo en marcha las teleconsultas el cual consisten en otorgar y brindar el servicio de Salud, mediante cualquier dispositivo electrónico que cuente con internet para poder valorar y en su caso tratar a los pacientes que cuentan con algún otro padecimiento o tratamiento ajeno al covid-19, a fin de salvaguardar su salud y su vida, evitando aglomeraciones en las instituciones de salud e ir poco a poco disminuyendo los contagios.
La compañía ecuatoriana Doctorisy impulsó soluciones tecnológicas que supieron aprovecharse durante la pandemia, realizaron una plataforma web, donde ofrece el agendamiento de citas médicas y conecta a usuarios con doctores, mediante este sistema se encuentra a especialistas según su ubicación, precio, métodos de pago y horarios de disponibilidad, luego se agenda una cita médica, que periódicamente emite un recordatorio a ambas partes para no olvidarla, siendo el acercamiento virtual.9
En 8 meses se han realizado más de 120 mil teleconsultas, teniendo como promedio mensual de 25 mil, dijo a El Telégrafo el gerente de mercadotecnia, Felipe Terán, la empresa tecnológica nació a mediados de 2019 y para el primer trimestre de 2021 planea internacionalizarse a dos países vecinos.
Definitivamente tenemos una nueva oportunidad y se tiene como aliado a la tecnología para la atención médica, el sistema de atención telemático y el manejo digital de revisiones médicas son formas de no exponer a las personas.
Los ecuatorianos adoptaron a la tecnología, fue una apuesta que hicieron y en estos meses ha dado sus frutos. Al principio había una base de 800 doctores, mientras que en la actualidad son 2,700 doctores dispuestas a prestar sus servicios vía digital o virtual para que las personas no se expongan y disminuir los contagios y el número de muertes por covid-19, por lo que considero que México pudiera adoptar esta iniciativa para poder salvaguardar a su población.
La Organización Mundial de la Salud define telemedicina como la prestación de servicios de salud (en los que la distancia es un factor determinante) por parte de profesionales sanitarios a través de la utilización de tecnologías de la información y la comunicación para el intercambio de información válida para el diagnóstico, el tratamiento, la prevención de enfermedades, la investigación y la evaluación y para la formación continuada de profesionales sanitarios, todo ello con el objetivo final de mejorar la salud de la población y de las comunidades. 10
Ante la actual situación por la que está pasando a nivel internacional y en particular en México, considero importante esta iniciativa, que tiene como finalidad proponer a nivel nacional las consultas digitales o virtuales con la finalidad seguir otorgando atención médica a las personas sin exponerlos a contagiarse y seguir con las medidas sanitarias recomendadas por las autoridades, así como disminuir los contagios que pongan en riesgo la vida y salud de las familias mexicanas y todo el personal de salud.
Por lo expuesto someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforma y adiciona la fracción VIII Bis del artículo 7o. de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 7o. La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta
I. a VIII. (...)
VIII Bis. Promover la incorporación, uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en los servicios de Salud, otorgando consultas generales digitales mediante cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet, con la finalidad de agilizar el servicio de salud y evitar grandes aglomeraciones de personas en las instalaciones de salud;
IX. a XV. (...)
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En las entidades federativas contarán con un lapso de 120 días a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial de la Federación para adecuar sus leyes estatales y demás reglamentaciones, para no contradecir el presente decreto.
Notas
1 Organización Mundial de la Salud,
https://www.who.int/mediacentre/news/statements/fundamental-huma n-right/es/
2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados,
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_241220.pdf
3 Declaración Universal de los Derechos Humanos,
https://www.unidosporlosderechoshumanos.mx/course/lesson/article s-19-25/read-article-25.html#:~: text=Toda%20persona%20tiene%20 derecho%20a,de%20desempleo%2C%20enfermedad%2C%20invalidez%2C
4 Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cescr.aspx
5 Secretaría de Salud. Informe de salud de los mexicanos,
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/239410/ISSM_2016. pdf
6 Ibídem.
7 México Forbes,
https://www.forbes.com.mx/mexicanos-gastan-41-de-sus-ingresos-en -salud-ocde/
8 Ibídem.
9 El Telégrafo. Ecuador. Lunes 8 de febrero de 2021,
https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/tecnologia/1/doctorisy-c oronavirus-teleconsulta-tecnologia?__cf_chl_jschl_tk__=20b220 b4f54f9de817962d2959872156e2b4d3e6-1612843297-0-ASlpRQ_y-GERn6q9j-ocBhJu_g1g-WJ BhRW56WyqtfR9bBubMjTfQ Fd9SB2OvgYZPN1xdlnRYKx_XTUyNX65bsj6av5SxN_BtMl4d6Ukec_V6WA1fVPqvvrSB_J77OI72VBH muTrI39z6Qv9ZY7gmpyZBwt1svU1g5O-l6zrm9GL9uXOnoA-sznI4SHit5yOzh68EH ssM_qFVCbRC_jHXC_RNEFHUqdnVdxq4n4SM9OgIwMUZp14DvYu1ggU7Hn44TRvwJhGmjtHMTzVf99sx I8ijuFhMW-5c5VjkmAKlkec-R73pS77K3aGhZDKYLaDYYC3Pn6QJwPbr R7llUDUBke9uSldCZbmE_LH4Lxx3fVQh4cAUEUT0fxEvibzSI2XbucY0midBhAi1Yizf-WTHDPT6sZR USNY9AnJLKRxxeAI-Gv0Cc1yAWUzwcUU14xwf1019mwpwfZSEJX7MksmahU
10 Telemedicina,
http://www.atryshealth.com/es/-qu%C3%A9-es-la-telemedici-na-_158 0
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD
«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del PRD
Planteamiento del problema
Actualmente en nuestro país hay más de 33 millones de personas que tienen entre 12 y 29 años y de acuerdo con diversos estudios y encuestas estos jóvenes tienen muy poca información y conocimiento sobre el sistema financiero, lo que genera que muchos de ellos tomen decisiones sin el conocimiento mínimo indispensable sobre los servicios, beneficios y riesgos financieros, por lo cual pueden terminar afectando su propio bienestar.
Con el fin de contribuir a generar conocimientos y habilidades que permitan a los jóvenes tomar las mejores decisiones financieras se presenta la siguiente iniciativa que tiene como objetivo impulsar la educación financiera en la juventud para así contribuir a mejorar su bienestar financiero y, en consecuencia, el bienestar del país.
Argumentos
La educación financiera se puede definir como el conjunto de acciones para que la población adquiera aptitudes, habilidades y conocimientos para manejo y planeación de sus finanzas, evaluar la oferta de productos y servicios financieros, y tomar decisiones. 1 Por su parte, la OCDE la define como el proceso por el cual los consumidores/inversores financieros mejoran su entendimiento de los productos, conceptos y riesgos financieros y, mediante información, instrucción y/o asesoramiento objetivos, desarrollan las habilidades y la confianza para llegar a ser más conscientes de los riesgos y oportunidades financieras, para realizar elecciones informadas, saber dónde dirigirse en caso de requerir ayuda y adoptar otras acciones efectivas para mejorar su bienestar financiero. 2
Con base en estas definiciones podemos decir que la educación financiera es un medio que nos permite conocer sobre los servicios y productos financieros, nos enseña la importancia de crear hábitos de ahorro, de planear y de utilizar nuestros recursos de forma que podamos obtener el mayor beneficio de ellos. En este sentido podemos decir que la educación financiera se constituye en un puente que nos sirve para alcanzar una mejor forma de vida y bienestar.
Pero además, como señala la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), gracias a la educación financiera se promueve la inclusión financiera con lo que se contribuye al crecimiento económico del país, así como también a la competitividad entre las diversas instituciones financieras. Esto último porque ante usuarios más informados y demandantes de servicios de calidad las instituciones tendrán que profesionalizarse cada vez más para poder satisfacer mejor las necesidades de la población, lo que llevará a mejorar los servicios brindados lo cual redituará en un beneficio directo a los usuarios. 3
Con la intención de fomentar la educación financiera la Condusef ha establecido como parte de sus objetivos Promover y difundir la educación y la transparencia financiera para que los usuarios tomen decisiones informadas sobre los beneficios, costos y riesgos de los productos y servicios ofertados en el sistema financiero mexicano. 4 Esta tarea la realiza mediante diversas actividades como son cursos, talleres, platicas, firma de convenios de colaboración con diversas instituciones y todo para buscar orientar, informar y promover la educación financiera para que las personas conozcan sobre los derechos y obligaciones que tienen como usuarios de servicios financieros y así ayudarlos a tomar mejores decisiones en este sentido.
Con el mismo de fomentar la educación financiera en la Ley General de Educación se ha establecido en su artículo 30 que como parte de los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares deberán promover el emprendimiento, el fomento de la cultura del ahorro y la educación financiera.
De igual forma en la Política Nacional de Inclusión Financiera 2020-2024 se ha reconocido que para lograr generar un mayor acceso y uso de servicios financieros formales por parte de la población la educación financiera se observa como uno de los medios para lograrlo, por esta razón entre las líneas de acción prioritarias que establece esta política se encuentra el incorporar contenido económico-financiero en los niveles de educación obligatoria, incluyendo la educación media superior e incorporar educación económico-financiera y digital entre los beneficiarios de programas sociales. 5
Además de lo anterior, con el fin de conocer los avances en materia de educación financiera en nuestro país desde 2009 se ha publicado el Reporte de Inclusión Financiera realizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); sin embargo, este reporte sólo captaba la perspectiva de la oferta de servicios financieros y no la de la población usuaria. Por su parte el Inegi, desde 2012, ha realizado la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) con el fin de conocer los hábitos y recopilar información sobre gasto, ahorro, retiro, remesas, entre otros temas financieros en México.
Como se observa existen diversas acciones que buscan fomentar la impartición de educación financiera sobre la base de que es una vía adecuada para que las personas puedan alcanzar su bienestar financiero así como para desarrollar el sistema financiero del país, no obstante lo anterior, según datos de la ENIF de 2018 el 32% de los adultos cuentan con educación financiera, mientras que en otros países como Noruega y Suecia este porcentaje se eleva hasta el 71%. 6
De acuerdo a la ENIF son los jóvenes los que tienen una mayor falta de educación financiera, lo cual representa un grave problema si consideramos que los jóvenes, por diversas razones se integran pronto al sistema financiero o ya forman parte de él, y el no contar con educación financiera significa que tienen que convivir con instituciones, productos y servicios que, en términos generales, no saben cómo funcionan, ni conocen los derechos y obligaciones que tienen al respecto. En nuestro país, según datos del Censo de Población y Vivienda 2020 la población en el país entre 12 y 29 años es de 33.17 millones de personas, 7 esto significa que un gran porcentaje de estos jóvenes no saben cómo funcionan los servicios financieros.
Sobre el estado de la educación financiera de los jóvenes en nuestro país el dato más actual que se tiene es la encuesta Cultura financiera de los jóvenes en México realizado por la UNAM y Banamex en 2014. Esta encuesta señala que el 20% de los jóvenes entre 15 y 29 años encuentra mayor satisfacción en gastar el dinero hoy que ahorrarlo para el futuro; el 18% dijo sentir el impulso de comprar productos aunque no los necesite y el 54% manifestó realizar compras que salen de su presupuesto. Un dato importante sobre el uso de los recursos económicos es que el 56% de los jóvenes encuestados señaló que a fin de mes no le queda dinero y el 9% se endeuda para cubrir sus gastos. Finalmente, sobre prácticas de consumo responsable únicamente el 20% de los jóvenes dijo que compara precios de distintos bienes y servicio y el 26% refiere que casi nunca o nunca compara. 8
Si a este panorama que presentan las encuestas sobre la mala administración que hacen de sus recursos los jóvenes, resultado de la poca educación financiera existente, sumamos el actual contexto de facilidad en el consumo que brindan las tecnologías de la información, de las cuales los jóvenes son los mayores usuarios sin tener una clara conciencia de todo lo que implica gastar, observaremos que estamos ante un problema que es necesario atender.
La importancia de brindar educación financiera a los jóvenes ha sido reconocida por instituciones y foros internacionales como la OCDE, el Banco Mundial, el G-20 y el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés) entre otras, las cuales han planteado la necesidad de generar programas que promuevan la educación financiera entre la juventud ya que ayudarán a su empoderamiento como usuarios y a tener los conocimientos necesarios que les permitan saber cómo administrar de mejor manera sus recursos. 9
Con el fin de promover la educación financiera entre los jóvenes es que se presenta la siguiente iniciativa que tiene como objetivo establecer entre los objetivos del Instituto Mexicano de la Juventud el fomentar la educación financiera. Para ello se propone reformar diversas fracciones del artículo cuarto de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud con el fin de hacer a la institución coparticipe en la generación de una educación financiera de la juventud de nuestro país.
Como se ha dicho una decisión de índole económico que se toma sin tener la información necesaria puede derivar en graves problemas para las personas, en cambio, tomar dicha decisión con un mínimo de conocimiento puede significar una oportunidad para obtener mayores beneficios personales, de ahí la importancia de contar con educación financiera, especialmente para los jóvenes quienes gracias a la adquisición de esta educación podrán familiarizarse con conceptos y herramientas que estarán presentes a lo largo de su vida y que incidirán en su búsqueda de bienestar.
La educación financiera en este sentido es un medio necesario para que los jóvenes conozcan sus derechos y puedan obtener herramientas que les permitan conocer sus obligaciones y oportunidades que tienen con respecto al sistema financiero, todo lo cual les permitirá tomar las mejores decisiones en este sentido, desarrollar sus competencias económicas-financieras y empoderarse como usuarios. Finalmente, es necesario mencionar que gracias a los cambios que se proponen se logrará contribuir al cumplimiento de los objetivos marcados dentro de la Política Nacional de Inclusión Financiera 2020-2024.
Fundamento legal
La suscrita, Claudia Reyes Montiel, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pongo a consideración de esta soberanía el presente proyecto de decreto
Denominación del proyecto de ley o decreto
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones XII, XIII y XIV del el artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud
Único Se reforman las fracciones XII, XIII y XIV del artículo 4 de la Ley General del Instituto Mexicano de la Juventud para quedar como sigue:
Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XI. ...
XII. Diseñar, implementar y ejecutar, con una perspectiva de transversalidad, programas destinados al aprovechamiento de las capacidades y potencialidades de los jóvenes: en su desarrollo económico y productivo, a través de la incorporación laboral, la enseñanza y fomento de la educación financiera, de la asignación de fondos destinados a la generación y fortalecimiento del autoempleo donde los jóvenes tengan participación directa ya sea en su creación, desarrollo o inclusión laboral; en su desarrollo social, a través del conocimiento, aprecio y creación de la cultura en los ámbitos de expresión de las artes y del humanismo, la organización juvenil, el liderazgo social y la participación ciudadana; y en general en todas aquellas actividades que, de acuerdo a su capacidad presupuestal, estén orientadas al desarrollo integral de la juventud;
XIII. Elaborar, en coordinación con las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual y sobre salud reproductiva, derechos humanos, cultura de la no violencia y no discriminación, equidad de género, medio ambiente, apoyo a jóvenes en situación de exclusión y vivienda y educación financiera;
XIV. Proponer a la Secretaría de Educación Pública la operación de programas especiales de becas para fortalecer la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva, la educación media superior y superior y la educación financiera de los estudiantes indígenas;
XV. a XVI. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 CNBV-Inegi, Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2018. Documento disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enif/2018/doc/enif _2018_resultados.pdf
2 OCDE, «Improving Financial Literacy: Analysis of Issues and Policies», 2005.
3 Condusef, ABC de la educación financiera, México, 2001.
4 Condusef, misión. Disponible en:
https://www.condusef.gob.mx/?p=que_hacemos#mision
5 Política Nacional de Inclusión Financiera 2020-2024. Disponible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/545792/Cuadriptic o_PNIF.pdf
6 https://www.inegi.org.mx/programas/enif/2018/
7 https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/tableros/panorama/
8 https://www.banamex.com/es/conoce_banamex/quienes_somos/prensa/ pdf/book_brujula_digital_2014.pdf
9 Banco de Desarrollo de América Latina, La educación financiera en América Latina y el Caribe Situación actual y perspectivas, Serie Políticas Públicas y Transformación Productiva, Corporación Andina de Fomento, 2013, p.15.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Claudia Reyes Montiel (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen.
INSCRIBIR EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES EL NOMBRE DE IGNACIO RAMÍREZ EL NIGROMANTE
«Iniciativa de decreto, para inscribir en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado federal Brasil Alberto Acosta Peña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y 82, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez El Nigromante, con la petición de que se consulte al pleno la dispensa del trámite de dictamen y se proceda a su discusión inmediata, al tenor de las siguientes
Consideraciones
No hay Dios; los seres de la naturaleza se sostienen por sí mismos
Ignacio Ramírez, en su discurso de ingreso a la Academia de Letrán.
En 1818, en San Miguel El Grande, actualmente San Miguel de Allende, Guanajuato, en el seno de una familia medianamente acomodada con carácter liberal y sobre todo con una gran vena revolucionaria, pues incluso participaron en la gesta independentista, nació Juan Ignacio Ramírez Calzada. Al paso de los años Juan Ignacio se convirtió en escritor, abogado, político, orador, poeta, polígrafo, conferencista, académico, secretario de Estado, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y sobre todo, llegó a ser un ciudadano mexicano distinguido que aportó muchísimo a la sociedad en la que vivió y que ha logrado que, aún en hoy, sus disertaciones se mantienen actuales.
Desde joven se apasionó con la lectura, varios de sus contemporáneos lo recuerdan como un muchacho encerrado en la biblioteca, siempre con esa avidez de saber nuevas cosas, se dice, incluso, que a los 16 años ya dominaba varios idiomas.
Impulsado por el gusto por la lectura no sólo se dedicó a estudiar derecho, también al estudio de otras ciencias como matemáticas, física, química, astronomía, geografía, anatomía, fisiología, historia natural, jurisprudencia, economía política, historia de México, historia general, filología, teología escolástica, y demás, por lo que con la suma de todo este conocimiento comenzaron a llamarlo el Voltaire de México.
Estudió en México, en el Colegio de Abogados de la Universidad Pontificia, del que se graduó para luego ser admitido en la prestigiosa Academia de San Juan de Letrán. En su presentación de admisión causó conmoción cuando comenzó a dar grandes muestras de una brillantez y elocuencia capaz de llamar la atención, pero sobre todo, de escandalizar opiniones de los conservadores. Al respecto, dice su primer biógrafo, que en su discurso pronunció ante el público una tesis cual sentencia para todos: No hay dios; los seres de la naturaleza se sostienen por sí mismos. Idea relevante, revolucionaria, incendiaria y si se quiere, subversiva para aquella y para todas las épocas, de este talante eran todas sus ideas y críticas.
Su nombre, como dije antes, fue Juan Ignacio Ramírez Calzada, pero se le conoció de distintas formas tales como, El sublime destructor del pasado y el obrero de la revolución, por Justo Sierra; Boris Rosen lo declaró Humanista de altos vuelos y; Liliana Weimberg lo equipara a un Prometeo inquieto y genial. Sin embargo su mote más popular y por el que muchos de nosotros lo conocemos es el de: El Nigromante, sobrenombre que comenzó cuando firmaba sus primeros artículos tomando fuerza debido sus ideas, y que aparentemente le causaba mucha diversión, pues pese a que la nigromancia se encuentra definida como una práctica diabólica, y se aleja mucho de las actividades de Ignacio Ramírez, lo cierto es que en aquel tiempo, sus ideas bien podían ser consideradas ideas tan libres y liberales que rozaran con lo diabólico.
Sus primeros escritos se plasmaron en el periódico Don Simplicio, el cual fundó con Guillermo Prieto y Vicente Segura, medio de difusión en que comenzó a propagar sus ideas liberales junto con otros jóvenes, a través de la idea de dar a conocer el punto de vista de los simples, es decir, de los trabajadores. El periódico estuvo vigente hasta abril de 1846, y sirvió como estandarte de lo que serían las reformas políticas, religiosas y económicas que buscaban un cambio en la realidad mexicana. Dichos escritos siempre caracterizados por su aguda e irónica crítica en contra de los gobiernos conservadores, derivaron, al paso del tiempo, en el encarcelamiento de sus colaboradores, no obstante, Ignacio Ramírez procuró, desde cualquier tribuna, expresar todas sus ideas revolucionarias.
Colaboró también en un sinnúmero de diarios, de los que conviene mencionar El Siglo XIX, El Mensajero, El Monitor Republicano, El Precursor, El Correo de México, La Insurrección, La Sombra de Robespierre, Las Cosquillas, La Estrella de Occidente, en los que publicó abundantemente. Afortunadamente para nosotros una gran parte de sus colaboraciones ha sido rescatada y puede consultarse fácilmente en las colecciones depositadas en la Hemeroteca Nacional.
También fue periodista durante casi todo el siglo XIX cuando la publicación de libros era muy escasa en México por la carestía de papel y el alto grado de analfabetismo; el arte literario, los comentarios y el análisis político se difundían a través de la prensa; en los diarios se conocían y discutían los acontecimientos del momento, a través de ellos se divulgaron las ideologías y las expresiones de la cultura popular. En ellos El Nigromante plasmó su tinta.
Se comprometió tanto con el ejercicio periodístico que fue encarcelado por verter sus ideas políticas y económicas.
Constantemente El Nigromante sometía al juicio de su pluma temas relevantes a la sociedad, como la igualdad del trabajador urbano y rural, señalando así que no debían existir diferencias abismales entre el desarrollo y en consecuencia los beneficios que gozaban unos y otros; el esfuerzo laboral como medio de perfeccionamiento y justificación de la propiedad, manifestando la idea de que aquel que no trabajaba cultivando el terreno no podía llamarlo suyo, es decir, no se podía aprovechar del trabajo ajeno aunque mediaran las escrituras de los escribanos, enfrentó pues, los derechos de la clase proletaria contra las opulencias de la clase ociosa, contra el despilfarro, contra la obscenidad del que se enriquece explotando a otros.
En otras áreas, escribió de distintos temas como: las razas primitivas de México, su estudios sobre la tradición tolteca de Quetzalcóatl, el discurso del 16 de septiembre de 1861, la Desespañolización; diversos artículos que contienen iniciativas en el ramo de la economía política; ensayo sobre las sensaciones en el campo de la fisiología; sus lecciones que eran un curso de literatura; sus estudios sobre la Baja California en el ramo de la geología y paleontología; sus discursos sobre la lluvia de azogue en química; su Proyecto de enseñanza primaria,en psicología; entre otros.
En el ámbito de la educación, fue reconocido como uno de los precursores de la educación laica y gratuita, luchador social en favor de las mujeres, niños e indígenas. Además como enemigo del oscurantismo, definido por la Real Academia Española, como la oposición sistemática a la difusión de la cultura, 1 fue pionero para lograr el adelanto científico en el país.
Dentro del terreno político, fue nombrado a los veintiocho años, como Secretario de Guerra y Hacienda por el líder liberal Francisco Olaguíbel, gobernador del Estado de México. Una de las primeras actividades a las que se dedicó, sería a reformar leyes a través del Consejo de Gobierno que él creó, además de emitir algunas como lo son: la abolición de las alcabalas, clausura de las corridas de toros, libertad de los municipios, formación de la guardia nacional, reorganización del Instituto Literario donde colaboró además como distinguido catedrático; fue dentro de este periodo cuando, a su iniciativa, el secretario Olaguíbel dictó una ley a cuyo tenor cada municipio del estado escogería y becaría al alumno pobre mejor capacitado, sin importar que fuera indígena, para cursar sus estudios en el Instituto Literario; entre los jóvenes que tuvieron ese beneficio estuvo Ignacio Manuel Altamirano, que llegaría a ser el más brillante y fiel discípulo de las ideas de El Nigromante.
Dedicó especial atención a la educación, y con el fin de asegurar los fondos indispensables para renovar el plan de estudios y su óptima eficiencia, dispuso la venta de varios edificios y propiedades del clero y del Estado. Además ordenó que parte de los impuestos federales se destinaran al ramo de la enseñanza; por sugerencia suya se estableció una lotería nacional con objeto de completar los gastos de este ramo y redactó leyes significativas que establecían la responsabilidad del gobierno general en el adecuado financiamiento de la instrucción pública, definiendo a su vez a la moderna estructura y los programas educativos con los que pretendió romper las enseñanzas medievales que por un periodo de trescientos sesenta años habían sumido a la Nación en la más densa ignorancia y el estancamiento económico, político y social. Además de luchar por el sector educativo también promulgó el decreto para la construcción de un camino interoceánico, impulsó la modificación inmediata del Código Civil y el Código Criminal exponiendo que para lograr una auténtica libertad política no podría existir otro apoyo y fundamento, que el ejercicio expedito de los derechos civiles. Para el fomento del desarrollo económico, suspendió los impuestos a la industria pesquera, prestó ayuda pecuniaria a la agricultura y a la minería y emprendió de nueva cuenta una amplia política de colonización de inmigrantes extranjeros otorgándoles ciertas ventajas, siempre y cuando cultivaran las tierras y permanecieran en ellas.
Participó también en el plano legislativo de diferentes maneras, entre las cuales, redactó la Ley de Educación del Estado de México en 1847, cuyos principios sirvieron para plasmar los logros de la educación laica y gratuita en la Constitución de 1857 y posteriormente, sus ideas fueron las bases para implementar los libros de texto gratuito, con los que se ha logrado beneficiar a millones de mexicanos de diversas generaciones y adentrado en el mundo del saber.
Durante ese tiempo, siempre estuvo convencido que era necesaria una reforma, por lo que más tarde a sus demás sobrenombres se le sumaría el de El apóstol de la reforma. Y en colaboración con Valentín Gómez Farías y José María Iglesias, fueron creadores de las Leyes de Reforma; por otro lado también fungió como Diputado del Congreso Constituyente en el período de 1856-1857; formando parte de los 155 legisladores que crearon la Carta Magna de 1857, indudablemente una de las Asambleas más prodigiosas en la historia del constitucionalismo mexicano, ya que de ella, emano la Constitución de 1857 como un logro resultado de esa brillante generación.
Nombrado ministro de Justicia, Instrucción Pública y Fomento, reformó la Ley de Hipotecas y Juzgados; hizo prácticas las leyes sobre la independencia del Estado y la Iglesia, acordó que la Iglesia del estado de Puebla se convirtiese en biblioteca y se fundaran los observatorios astronómico y meteorológico, además, ordenó la formación de la gran biblioteca nacional con la reunión de libros de los antiguos conventos y la adquisición de algunos nuevos.
A mediados de 1867 El Nigromante se había convertido en una de las más prominentes figuras de la oposición a Juárez y junto con Ignacio Manuel Altamirano, Guillermo Prieto, Alfredo Chavero y otros, fundó el Correo de México, en septiembre de ese año, diario cuyo propósito fundamental sería respaldar la candidatura de Díaz a la presidencia de la República, y el ataque implacable a la política juarista.
Durante este periodo, pese a la convulsión política desfavorable, perfiló como candidato para ser parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y el Congreso se decidió en su favor, formando parte del máximo Tribunal por doce años (1868-1879).
Una vez dado el cambio de régimen, volvería a ocupar el cargo de secretario de Estado con Porfirio Díaz, teniendo bajo su responsabilidad la cartera de Justicia e Instrucción Pública, aunque fue un tiempo corto, dictó medidas importantes, como la abolición del internado en las escuelas nacionales, la creación de pensiones para alumnos pobres, entre otras, hasta que renunció al referido Ministerio para, reincorporarse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la cual fue presidente en el período de 1877 a 1879. Este sería su último cargo, pues, si bien fue un hombre con todos los reconocimientos y elogios, desde que perdió a su esposa la vida se oscureció para él, y dentro de sus peticiones al morir, dispuso que su funeral fuese costeado por el Estado.
El Nigromante siempre asumió el compromiso de lograr el establecimiento definitivo del sistema de gobierno republicano y federal, la división de poderes, elecciones populares libres, amplia y total libertad de prensa, libertad de comercio en todo el país, libertad religiosa, abolición de los fueros eclesiásticos, reorganización del Ejército, reglamentación de los derechos políticos del pueblo, destrucción del secular monopolio de la educación pública indebidamente detentado por el clero, completa libertad de enseñanza, laicismo integral, nacionalización de los bienes de manos muertas, reparto de esas tierras a los campesinos, subordinación indisputable de la iglesia al Estado y respeto absoluto a las garantías individuales. Además de dejar como legado sus obras, en que como he señalado de manera reiterada, se tratan distintas materias dejando ver su gran capacidad mental e inteligencia para tratar con cada una de ellas, y poder compartir tal conocimiento a la sociedad.
Por lo anterior y con base en lo establecido en los criterios para las inscripciones de honor en la Cámara de Diputados, en su artículo segundo, las inscripciones tienen como objetivo el rendir homenaje a personajes de gran trascendencia para el país.
Ignacio Ramírez El Nigromante, fue sin duda un agente fundamental para la visión política y jurídica que hoy tenemos de México, que, con su gran legado, generó un cambio de paradigma en la manera de entender y ejercer el derecho y al libertad en esta nación.
Desafortunadamente la petición de esta inscripción ha sido rechazada en varias ocasiones, por lo que nos sumamos a la siguiente lista de promoventes, a quienes de igual forma hay que hacer un reconocimiento:
1. El 18 de septiembre de 2019, el diputado Gerardo Fernández Noroña, presentó la iniciativa para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Juan Ignacio Paulino Ramírez Calzada, El Nigromante, entre otros.
2. El 13 de marzo de 2012, los diputados Omar Fayad Meneses y Gerardo Fernández Noroña e integrantes de la LXI Legislatura del Grupo Parlamentario del PRI, presentaron la iniciativa para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo el nombre de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante.
3. El 13 de julio de 2005, el diputado Miguel Ángel García Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario del PRD, presentó la iniciativa para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante.
4. El 13 de diciembre de 2018, los senadores Ricardo Monreal Ávila y Laura María de Jesús Rodríguez Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentaron la iniciativa para inscribir con letras de oro en el muro de honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputado el nombre de, Ignacio Ramírez, El Nigromante.
5. El 30 de mayo de 2018, la senadora María del Carmen Ojesto Martínez Porcayo, del Grupo Parlamentario del PT, presentó la iniciativa para inscribir con letras de oro en el recinto del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Ignacio Ramírez Calzada.
Confío que esta honorable legislatura tendrá a bien enaltecer el nombre de este notable ciudadano mexicano.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez El Nigromante
Artículo Único. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez El Nigromante.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Facúltese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados para la realización y organización de la ceremonia respectiva.
Nota
1 https://dle.rae.es/oscurantismo
Referencias
http://www.elem.mx/autor/obra/directa/3182
http://www.cervantesvirtual.com/descargaPdf/obras-de-ignacio-ram irez-tomo-1-poesias-discursos-articulos-historicos-y-literarios/
https://archivo.eluniversal.com.mx/sociedad/3084.html
http://www.elem.mx/autor/datos/3182
Iniciativas
http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/59/2005/jul/20050718.html# Ini20050718Nigromante
http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/61/2012/mar/20120315-VI.ht ml#Iniciativa17
http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2019/09/asun_3 910844_20190919_1568995670.pdf
http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2018/dic/20181217-I.htm l#IniciativaSenadores3
http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2018/jun/20180604.html# Iniciativa1
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 16 de febrero de 2021. Diputado Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
«Iniciativa que reforma el artículo 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Ana Ruth Garcia Grande, diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en materia de género, por cuanto a igualdad sustantiva en la integración de los órganos que lo constituyen, bajo la siguiente:
Planteamiento del tema
La presente iniciativa tiene como propósito único contribuir a generar más disposiciones en las que se constate que la LXIV legislatura de la Cámara de Diputados, acorde a la realidad que impera nacional e internacionalmente, por cuanto a la ponderación de acciones afirmativas que fortalezcan en rol de la mujer en todos los ámbitos de nuestra sociedad, realmente enfocó sus esfuerzos en legislar con perspectiva de género, no sólo en las leyes generales y federales que tienen que ver, propiamente dicho, con temas de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres, sino, como en el caso específico, con diversas disposiciones donde, por armonización con la premisa mayor antes aludida, se requiere generar a literalidad disposiciones que aseguren la participación de las mujeres en igualdad de oportunidades, cualitativas y cuantitativas.
Es interés de la propuesta que nos ocupa, contribuir a fortalecer el andamiaje reglamentario interior del Poder Legislativo Federal en materia de igualdad sustantiva, lo que concomitantemente coadyuvará a combatir la desigualdad de oportunidades de las mujeres en este ámbito competencial, a través del establecimiento de medidas directas y expresas para representar, en el caso específico, a los grupos parlamentarios, trasversalizando la tan aludida igualdad.
En ese contexto, no debe ser objeto de soslayo que, por lo que hace a la presente integración de la LXIV Legislatura, considerada el primer congreso mexicano en que la izquierda es mayoría, que también se ha destacado porque en su integración, de manera histórica, hay condiciones de igualdad de género, pues según los propios registros oficiales se encuentra integrada por un porcentaje de 48% de mujeres, que se traduce en 241 de las 500 curules que la integran, motivo por el cual la soberanía legislativa ha decidido llamar a esta La Legislatura de la Paridad.
Dentro de esta perspectiva paritaria de la actual integración de la Cámara de Diputados y del Senado de la República, se conformaron de inicio un total de 16 coordinaciones de bancadas políticas, las que quedaron representadas por las siguientes personas:
Si observamos estos datos, nos encontramos con que, de 16 coordinaciones de grupo político, sólo uno de ellos quedó registrado baja la titularidad de una mujer, el trazo de igualdad, por tanto, se encuentra abismalmente desproporcionado en ese nivel de representación.
A la fecha de presentación de la propuesta que nos ocupa, habiendo trascurrido más de la mitad del periodo de ejercicio constitucional de la XLIV legislatura, con algunas sustituciones propias del quehacer político y legislativo, las coordinaciones en la Cámara de Diputados en la que se enfoca el proyecto- se encuentran integradas todavía en una advertible desproporción, tal como se observa en el siguiente:
Adicionalmente, si echamos un vistazo al siguiente nivel de representación de los grupos políticos en línea descendente, nos encontramos que, a nivel de las vicecoordinaciones, el fenómeno permea.
Información que ofrece el portal del Centro de Investigación en Política Pública (por sus siglas IMCO), señala que nuestro país ocupa el primer lugar con el mayor porcentaje de mujeres en los congresos de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el desarrollo económicos (OCDE), y ocupamos la posición 81 de 144 países en el índice global de brecha de género, y reafirma que la paridad de género es el principio constitucional que tiene como finalidad la igualdad la igualdad entre hombres y mujeres.
El artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo al hablar de la igualdad sustantiva establece que es la que se logra eliminando la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres.
Si bien en los hechos -en la relación entre pares en la Cámara de diputados al Congreso de la Unión- no nos encontramos propiamente dicho ante relaciones de trabajo, la cita normativa previa sirve de base para partir de un marco de referencia solido respecto a lo que implica realmente el término igualdad sustantiva, cuyo punto medular se traduce en una efectiva igualdad entre géneros.
A su vez, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 5, expresamente señala en la fracción V que, la igualdad sustantiva, es el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Ahora bien, el Reglamento de la Cámara de Diputados establece, en su artículo 5, que los diputados y las diputadas tendrán los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, sin importar su filiación política o sistema de elección.
A su vez, el artículo 6 de la norma reglamentaria en cita establece como derechos de los diputados y las diputadas, entre otros:
Fracción VII.- Ser electo y elegir a los legisladores que integraran los órganos constituidos de acuerdo a la ley.
En el capítulo V, el citado reglamento al referirse a los grupos, señala que éstos se organizarán de conformidad con los lineamientos que para tal efecto aprueben, en su reglamento interno; y de forma especial destaco el contenido del numeral 21 de la norma de la interior, por ser el objeto de la propuesta, el cual textualmente señala:
Artículo 21.
1.- Los grupos promoverán la equidad de género en los órganos que constituyan en su interior, así como en la integración de las comisiones y comités.
Al respecto de este último parágrafo habrá que conceder que, en alguna época determinada del devenir histórico en materia político-electoral en nuestro país, la frase equidad de género era de uso políticamente correcto, sin embargo, de forma afortunada, la evolución y consolidación de la participación de las mujeres en los diversos ámbitos de representación del poder y toma de decisiones en nuestro país no ha cesado, al contrario, sostenemos que el grado alcanzado de evolución actual, que sustituyó la equidad de género por el término de igualdad de género llegó para quedarse, por lo que seguir sosteniendo el primero de los términos aludidos se asume contrario al espíritu democrático de la vida institucional de nuestro México, por lo que la sustitución de éste en la literalidad reglamentaria a nuestro juicio no resulta una propuesta menor. En ese mismo sentido cabe llamar la atención a que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos ni siquiera cuenta con alguna disposición que obligue a la conformación paritaria de los órganos al interior de los grupos parlamentarios ni de las Comisiones que integra.
Se debe asumir, sin rubor, que existen prácticas humanas en todos los órdenes de la estructura orgánica de la representación de los poderes del estado que muestran reticencia a los nuevos paradigmas en materia de igualdad sustantiva, tan es así que, a guisa de prevención de ausencia de imperatividad normativa, y atendiendo a su integración inédita, la actual integración de la Cámara de diputados se ha ocupado de la confección de reformas que afectan a distintas leyes a efecto de garantizar la tan anhelada igualdad sustantiva con la finalidad de asegurar el cumplimiento de este principio, lo cual es compatible con los postulados de la Ley General para la Igualdad de Mujeres y Hombres por cuanto hace al establecimiento de la política nacional en la materia, al igual que es compatible con las obligaciones del Estado mexicano respecto de los acuerdos y tratados internacionales en materia de igualdad, acciones afirmativas, derechos humanos y empoderamiento de las mujeres. Baste como ejemplo la mención a disposiciones constitucionales que obligan a la integración paritaria de los gabinetes del Ejecutivo federal, gabinetes de gobiernos de los estados y municipios, o el caso de la integración de los órganos superiores de dirección de las entidades constitucionales autónomas.
Con base en los parágrafos aludidos y en las consideraciones que se expresan, se propone que en una franca acción de armonización normativa, por adecuación textual y actualización en el ámbito del reconocimiento y garantía de respeto a derechos humanos fundamentales, el punto 1 del artículo 21 precitado integre no solo el concepto de igualdad de género suprimiendo el de equidad de género, sino que además, que este último se establezca como una acción afirmativa que sea garantizada materialmente bajo características manifiestas de obligatoriedad, evitando con ello que se preserve como actualmente y que siga teniendo el grado imperativo de menor peso cuando se refiere a promover esta circunstancias, ya que el verbo promover se entiende como impulsar o estimular, pues la palabra, como tal, proviene del latín - promovere- que significa mover, o empujar hacia adelante y la acepción del verbo que se propone, garantizar, que es un verbo transitivo, se traduce en dar garantía o seguridad de que determinada cosa va a suceder o realizarse.
En mérito de lo expuesto, el texto que se propone quedaría de la siguiente forma:
De conformidad con los argumentos anteriormente expuestos, se somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el presente
Decreto por el que se reforma el artículo 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Artículo Único. Se reforma el artículo 21 del Reglamento de la Cámara de Diputados para quedar como sigue:
Artículo21.
1.- Los grupos garantizarán la igualdad de géneroen los órganos que constituyan en su interior, así como en la integración de las comisiones y comités.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Ana Ruth García Grande (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL Y LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, y Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de fomento del emprendimiento, a cargo por la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 7o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, y 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de fomento del emprendimiento, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El mundo en general y nuestro país en particular atravesamos por una de las etapas económicas más difíciles en los últimos cien años. En los últimos meses la caída de nuestra economía ha sufrido varios impactos que han llevado a equiparar el contexto actual con crisis como la de 1995, 1982 o 1929, 1 y las perspectivas de la normalización de las actividades comerciales e industriales no parecen mejorar en los próximos meses.
Aunado a las perspectivas descritas, en diciembre de 2020 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) adelantaba una caída del PIB de 8 por ciento en 2020 con un repunte de 4.6 en 2021, después de que durante el 2019 ya hubo una contracción económica de menos de 1 por ciento en el primer año en el poder del presidente Andrés Manuel López Obrador. 2 Asimismo, el ingreso laboral real decayó de mil 794 pesos en 2019 a mil 675 pesos en el primer semestre de 2020, 3 pero las reacciones del gobierno para aminorar los impactos económicos de la pandemia parecieran insuficientes o inexistentes. 4
Aunado a todo lo anterior, siguen creciendo las dificultades para mejorar los prospectos de recuperación económica cuando se observa la inmensa devastación que se ha generado durante la pandemia, misma que se ha traducido. Por ejemplo, en el cierre de más de 4.9 millones de micros, pequeñas y medianas empresas del país durante 2020. 5
Consecuentemente, las alternativas para que la propia economía reacciones por sí sola, en función de sus mecanismos teóricos de autorregulación parecen reducirse, y las acciones surgidas del propio Ejecutivo federal no parecen mejorar conforme a las desplegadas durante 2020. Sin embargo, diversas voces desde el empresariado han observado que toda vez que no se ha podido evitar la devastación de empresas, la respuesta más viable por lo pronto se encuentra en incentivar la generación de nuevas empresas, ya sea facilitando o abreviando trámites y pago de impuestos, y aprovechando las tecnologías, es decir, apostando a generar mejores condiciones de competitividad. 6
En este sentido, una de las mejores opciones que tiene nuestra nación es generar condiciones para que sea más fácil abrir un negocio, pagar impuestos y hacer empresa, en cualquier nivel, pero específicamente en cuanto a las micro, pequeñas y medianas empresas. 7
Consecuentemente, la presente iniciativa plantea brindar facultades a la Secretaría de Economía del gobierno de la república para que se coordine con otras instancias del gobierno federal y con autoridades de los tres ámbitos de gobierno en materia de evaluar, y en su caso unificar, facilitar o reducir los trámites vinculados a la apertura de empresas microindustriales en particular, y micros, pequeñas y medianas empresas en general, impulsando programas dedicados a reducir los procesos, métodos y trámites relacionados con el pago de sus responsabilidades fiscales. Asimismo, busca que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, también se coordine con autoridades de los tres niveles de gobierno para implementar programas orientados a reducir tiempos y trámites relacionados con la apertura de las micros, pequeñas y medianas empresas en el cobro de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Por lo expuesto y fundado me sirvo someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 7o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, y 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de fomento al emprendimiento
Primero. Se reforman las fracciones IV y V, adicionando una fracción VI, al artículo 7o. de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, para quedar como sigue:
Artículo 7o. La secretaría, con la participación, en su caso, de las demás dependencias y entidades competentes de la administración pública federal, así como de los gobiernos de los estados y municipios, procurará la aplicación y vigilará el cumplimiento de esta ley y, en particular, realizará lo siguiente:
I. a III....
IV. Impulsar las tareas de investigación y de aplicación de técnicas de mejoramiento para el fomento y desarrollo de la producción artesanal;
V. Promoverá la participación del sector turístico en el desarrollo de acciones que permitan a las microindustrias en regiones turísticas mejorar su desempeño en la producción artesanal; y
VI. Coordinarse con las autoridades de los tres ámbitos de gobierno para evaluar, y en su caso unificar, facilitar o reducir los trámites vinculados a la apertura de empresas microindustriales y, el desarrollo de programas dedicados a reducir los procesos, métodos y trámites relacionados con el pago de sus responsabilidades fiscales.
Segundo. Se reforma la fracción XXXI y se adiciona la XXXII, con lo que se modifica el orden de las subsecuentes, al artículo 31, y se reforma la fracción XXXII y se adiciona la XXXIII, con lo que se modifica el orden de las subsecuentes, al artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 31. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. a XXX....
XXXI. Reivindicar los bienes propiedad de la Nación, en los términos de las disposiciones aplicables;
XXXII. Coordinarse con la Secretaría de Economía y las autoridades de los tres órdenes de gobierno para implementar programas orientados a reducir tiempos y trámites relacionados con la apertura de las micros, pequeñas y medianas empresas en el cobro de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales a las que hace alusión en la fracción XI del presente artículo; y
XXXIII. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos .
Artículo 34. A la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. a XXXI. ...
XXXII. Establecer, junto con la Secretaría de Energía, la política nacional de fomento a las compras de proveedores nacionales en los sectores de hidrocarburos y electricidad,
XXXIII. Revisar periódicamente y coordinarse con las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal y con las autoridades municipales y estatales, para promover cambios administrativos o el desarrollo de programas orientados a facilitar, disminuir los tiempos y reducir las etapas de trámites para la apertura de microindustrias, micro, pequeñas y medianas empresas; y
XXXIV. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo federal tendrá hasta 90 días hábiles para realizar las modificaciones correspondientes en sus manuales y reglamentos.
Notas
1 Ejemplo de ello lo podemos encontrar en que Se estima que en 2020 la economía global tendrá un crecimiento negativo de 3 puntos, una recesión comparable solo a la Gran Depresión que estalló con la caída más brutal de la bolsa de Wall Street en octubre de 1929 disponible en Ana María Roura, Coronavirus y economía: cómo fue la Gran Depresión con la que comparan el impacto económico de la pandemia, BBC News-Mundo, 4 de mayo de 2020, disponible en
https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-52504810 Otro ejemplo está en la perspectiva de Arturo Herrera, Secretario de Hacienda quien afirmó que Esta caída, no importa dónde pongamos el número cuando lo refinemos, cuando lo tengamos preciso, será superior al de la crisis financiera global y superior a la de 1995, declaración registrada en Roberto Garduño, En 2021, México vivirá la crisis más fuerte desde 1932: Arturo Herrera, La Jornada, 29 de agosto de 2020, disponible en
https://www.jornada.com.mx/ultimas/politica/2020/08/29/en-2021-m exico-vivira-la-crisis-mas-fuerte-desde-1932-arturo-herrera-1376.html , un ejemplo más lo plantean las estimaciones de Gabriela Siller, Directora de Análisis Financiero de Banco Base, registradas en Editorial, La pobreza laboral rompe récord en México por la crisis económica derivada de la pandemia, Infobae, 22 de noviembre de 2020, disponible en
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/11/22/la-pobreza-lab oral-rompe-record-en-mexico-por-la-crisis-economica-derivada-de-la-pandemia/
2 EFE, México termina 2020 con la crisis económica más severa en 100 años, Expansión, 28 de diciembre de 2020, disponible en
https://expansion.mx/economia/2020/12/28/mexico-termina-2020-cri sis-economica-mas-severa-100-anos
3 Editorial, La pobreza laboral rompe récord en México por la crisis económica derivada de la pandemia, Infobae, 22 de noviembre de 2020, disponible en
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/11/22/la-pobreza-lab oral-rompe-record-en-mexico-por-la-crisis-economica-derivada-de-la-pandemia/
4 Este tipo de apreciaciones cada vez se multiplican más tanto en el plano nacional como en los planos regionales o el plano estatal, por ejemplo en el plano nacional puede considerarse a Yolanda Morales, PIB seguirá en picada hasta 2022 por estímulo fiscal insuficiente; provocará pobreza alimentaria: CEMPE, en El Economista, 4 de mayo de 2020, disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/economia/PIB-seguira-en-picada-h asta-2022-por-estimulo-fiscal-insuficiente-provocara-pobreza-alimentaria-CEMPE- 20200504-0061.html ; asimismo, en el plano regional, puede observarse la información difundida por Belén Saldívar, Estímulos fiscales a zona sur tendrían impacto marginal en ingresos del gobierno, El Economista, disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/economia/Estimulos-fiscales-a-zo na-sur-tendrian-impacto-marginal-en-ingresos-del-gobierno-20201129-0067.html , o a nivel estatal el caso de Puebla, Verónica López, Insuficiente, plan de estímulos fiscales del gobierno de Puebla: Canirac, Milenio, 15 de enero de 2021, disponible en
https://www.milenio.com/negocios/puebla-insuficiente-plan-estimu los-fiscales-gobierno-canirac
5 Cristian Téllez, La otra tragedia: Por pandemia cierran 1 millón de Mipyme en México, en El Financiero, 3 de diciembre de 2020, disponible en
https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/mas-de-un-millon-de-pym es-bajaron-las-cortinas-de-manera-definitiva-por-el-covid-inegi
6 Coparmex, Coparmex punta de lanza en estrategias digitales para impulsar la reactivación económica y la creación de empresas, 8 de febrero de 2021, disponible en
https://coparmex.org.mx/es-coparmex-punta-de-lanza-en-estrategia s-digitales-para-impulsar-la-reactivacion-economica-y-la-creacion-de-empresas/
7 Para empresarios como Arturo Elías Ayub, debería haber políticas públicas que hagan que sea muy sencillo abrir un negocio propiciando que la tramitología sea fácil, que el pago de impuestos sea fácil. Véase a Arely Sánchez, Agilicemos abrir empresas, Mural, 9 de febrero de 2021, disponible en
https://www.mural.com.mx/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/de fault.aspx?__rval=1&urlredirect=https://www.mural.com.mx/agilicemos-abrir-e mpresas/ar2121539?utm_source=twitter&utm_medium= social&utm_campaign=robotgr&utm_content=@muralcom
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz (rúbrica).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Economía, Comercio y Competitividad, y de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Mónica Bautista Rodríguez e integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
La que suscribe, Mónica Bautista Rodríguez, diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIV Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 16 de la Ley General de Educación, al tenor de lo siguiente:
Exposición de Motivos
La educación es un derecho básico de las niñas, niños y adolescentes, que les proporciona habilidades y conocimientos necesarios para desarrollarse como adultos y además les da herramientas para conocer y ejercer sus otros derechos. 1
En México, más 4 millones de niñas, niños y adolescentes no asisten a la escuela, 2 mientras que 600 mil más están en riesgo de dejarla por diversos factores como la falta de recursos, la lejanía de las escuelas y la violencia. Además, las niñas y niños que sí van a la escuela tienen un aprovechamiento bajo de los contenidos impartidos en la educación básica obligatoria.
Hasta hace pocos años, el bullying 3 o acoso escolar era un comportamiento que se consideraba como algo normal o tolerado y esto ocurría por el desconocimiento de las graves consecuencias que genera.
El problema de la agresión y la violencia en las escuelas mexicanas se ha estudiado bajo distintas denominaciones: bullying, maltrato escolar, intimidación entre iguales y acoso escolar. Cuando la agresión se expresa como abuso de la fuerza o del poder se convierte en un acto de violencia. Se identifican varios estudios aislados que trabajan el tema en distintas universidades y asociaciones nacionales y desde diversas disciplinas: la salud, la administración y la educación.
Actualmente, el acoso escolar 4 es definido como un fenómeno de conducta donde existe la exposición de un estudiante a acciones o situaciones nocivas y dañinas, de forma reiterada, llevadas a cabo por otro u otros estudiantes a lo largo de un tiempo determinado.
En ese sentido, el bullying se presenta entre alumnos donde la víctima es atacada por un acosador o un grupo de acosadores, existiendo un desequilibrio de poder o de fuerzas entre ellos, que lleva al acosado a un estado de indefensión ante acciones agresivas que se producen de forma reiterada y constante, incluso más allá del espacio escolar o de la institución educativa.
Existen diversos tipos de acoso escolar, las cuales pueden presentarse de manera única o en conjunto en un mismo momento, de acuerdo con el comportamiento demostrado; de ahí la importancia de identificarlos para atender cada caso: 5
Acoso verbal: Cuando el generador se expresa hacia la víctima, con motes e insultos, llamadas telefónicas ofensivas o la propagación de rumores falsos.
Acoso no verbal: Incluye desde gestos agresivos y groseros hasta otras estrategias para ignorar, excluir y aislar a la víctima.
Acoso físico: Existe la presencia de empujones, patadas, zancadillas, golpes, etc., que producen daño en la victima a través de lesiones o heridas.
Danos materiales: Consiste en romper o robar las pertenencias o el dinero de la víctima, su ropa, sus libros, sus aparatos tecnológicos, etcétera.
Ciberacoso: Cuando a través de las tecnologías de la información como mensajes de texto, correos electrónicos, chats, redes sociales, mensajería instantánea o páginas web, se exhiben imágenes, fotografías, videos o difunden rumores con la finalidad de exponer la intimidad de la persona y provocar daño para disminuir su seguridad y autoestima.
Acoso sexual: Cuando se lesiona el libre desarrollo psicosexual del estudiante, a través de la denigración, el hostigamiento, acoso y prácticas sexuales no voluntarias.
De acuerdo con diversos estudios realizados, las consecuencias son terribles para nuestras niñas, niños y adolescentes, siendo los siguientes casos los más frecuentes:
Baja autoestima.
Sentimiento de desprotección y humillación.
Imágenes negativas de sí mismos.
Actitud de aislamiento.
Altos estados de ansiedad.
Aparición de neurosis e histeria.
Cuadros depresivos.
Fobias al colegio y al entorno escolar.
Fracaso escolar.
Reacciones agresivas, que pueden adoptar la forma de intentos de suicidio.
Autolesiones o suicidio.
Lo anterior motivó a los gobiernos de diferentes órdenes, legisladores, autoridades escolares y padres de familia a conformar un marco legal que definiera, atendiera y erradicara este fenómeno de las aulas.
Sin embargo, aún existe mucho por hacer. Apenas en 2018, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos calificó a nuestro país como el primer lugar internacional de casos de bullying en educación básica, afectando en ese entonces a casi 19 millones de alumnos de primaria y secundaria. 6
Por ese y muchos motivos más, el acoso escolar es un reto social en el que ningún esfuerzo será en vano para combatirlo; más aún, cuando las estadísticas indican que el número de suicidios relacionados con este fenómeno va en aumento.
Las acciones para consolidar una niñez sana, libre de violencia y situaciones nocivas como el bullying, han generado un marco legal que coadyuva con esos objetivos: en 2014 la publicación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración del pleno de este órgano legislativo la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 16 de la Ley General de Educación
Único. Se reforma, el artículo 16 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 16. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia, sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación , el acoso escolar y la violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, debiendo implementar políticas públicas orientadas a garantizar la transversalidad de estos criterios en los tres órdenes de gobierno.
...
I. a III. ...
IV. Promoverá el respeto al interés general de la sociedad, por encima de intereses particulares o de grupo, así como el respeto a las familias, a efecto de que se reconozca su importancia como los núcleos básicos de la sociedad y constituirse como espacios libres de acoso escolar y de cualquier tipo de violencia;
V. a X. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.unicef.org/mexico/educación-y-aprendizaje
2 SEP (2017). Principales Cifras del Sistema Educativo Nacional 2016-2017.
3 http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-6 6662013000300008
4 https://www.redalyc.org/pdf/2810/281021722009.pdf
5 https://www.redalyc.org/pdf/802/80247939002.pdf
6 https://www.inee.edu.mx/portalweb/suplemento12/abandono-escolar-en-ems-yo-no-ab andono.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 16 de febrero de 2021. Diputados: Mónica Bautista Rodríguez, Verónica Beatriz Juárez Piña, José Guadalupe Aguilera Rojas, Abril Alcalá Padilla, Guadalupe Almaguer Pardo, Mónica Almeida López, Frida Alejandra Esparza Márquez, Antonio Ortega Martínez, Jorge Casarrubias Vázquez, Claudia Reyes Montiel, Norma Azucena Rodríguez Zamora, Jesús de los Ángeles Pool Moo. (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de educación para la paz, a cargo de la diputada Martha Huerta Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Martha Huerta Hernández, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 79 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa en materia de incorporación de la educación para la paz y sus herramientas, tanto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, como al entorno escolar, conforme al proyecto de decreto por el cual se reforma la fracción IX del artículo 58; se adicionan una fracción XXI al artículo 13, un párrafo al artículo 47, una fracción XI al artículo 57 y una fracción III al artículo 59 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de Educación para la pa z, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Desde que los primeros homínidos existen, el conflicto ha sido parte presente en la historia humana. Pelear, primero, por los recursos escasos; después, por el dominio de territorios; más adelante por la prevalencia de una religión, una ideología o una cosmovisión.
¿Por qué parece que los grupos humanos tienen estar en conflicto, hacia dentro de ellos o hacia fuera? Muchas veces, la incorporación de un enemigo común hace que los grupos humanos se unan en torno a un líder fuerte, que procura unir esfuerzos y coordinarlos para atacar al otro, al diferente.
Podemos observar que buena parte de la historia humana es la historia de las guerras, conflictos, discusiones y peleas, que suelen acabar con la subyugación de un pueblo a manos de otro o incluso su aniquilación completa. Así, los grandes logros de los conquistadores generan un interés colectivo en la memoria global.
Aquellos que hacen de la paz el camino son personajes que han fundado religiones, enfatizando el amor al prójimo, tienen un importante lugar en la historia de la humanidad. Muchas personas siguen sus enseñanzas y les llaman maestros. Pero buena parte de sus seguidores han hecho del conflicto y la persecución del otro un elemento constante a lo largo de su expansión y crecimiento.
Sun Tzu, el estratega chino del siglo V antes de la era común, escribió en su libro El arte de la guerra: El que quiera paz, prepárese para la guerra, aduciendo que tener un gran ejército defensivo era la mejor manera para evitar ser atacado, ser más hábil y capaz que el oponente podía dar la victoria. Estar listo para la guerra era una garantía de que se podía vivir con relativa tranquilidad.
Diversas sociedades en el mundo se dedicaron a prepararse en las ciencias y las artes. De manera destacada, la Atenas clásica. Pero otras enfatizaban en el rol de la preparación de sus soldados en la base de su crecimiento. Ahí tenemos Esparta, donde se practicaba el culto a la guerra de una manera extraordinaria. Ser guerrero y soldado profesional en Esparta era todo una profesión y una vocación de vida. Al final, ambos modelos fracasan y sus naciones-estado desaparecieron ante imperios más poderosos que los conquistan más adelante. Sin embargo, encargan ambas visiones del mundo muy disímbolas y que siguen vigentes hoy día.
También en Mesoamérica hay memorias de sociedades constructoras desde el conocimiento y la paz, que logran expandirse por la fuerza de sus ideas y otras que logran crecer gracias a su fuerza militar. Se observa que, si bien quienes optan por la fuerza pueden lograr un crecimiento y una expansión más grande y rápida, son los otros los que dejan legados que permanecen tiempo y quedan vigentes incluso por más duración que las sociedades que los crearon.
En tiempos relativamente modernos, líderes como Mahatma Gandhi o Martin Luther King enseñaron, mediante la desobediencia civil pacífica, que era posible cambiar su realidad. Es así que la independencia de la India o la lucha por los derechos de las minorías raciales en Estados Unidos tuvieron un reconocimiento gracias a un enfoque de firmeza en la verdad o Satyagraha con lo cual se decía que uno tiene razón y que está dispuesto a mostrarse valeroso en su defensa, aunque tengas que padecer por ello. La fuerza de la verdad y su defensa a todo costo hace que tus ideas prevalezcan.
Roger Fisher y William Ury, autores del célebre libro Getting to Yes: Negotiating Agreement Without Giving in 1 proponen que la negociación para la resolución de los conflictos parte del hecho de reconocer que es posible generar ganancias mutuas para todos los participantes, siempre y cuando se reconozca: uno, que tienen una dignidad humana propia intrínseca y que no debe ser alterada. Y dos, que es posible expresar los beneficios esperados de un acuerdo de manera que se aclare que puede resolverse sin necesidad de un conflicto. Su modelo de negociación funciona lo mismo para resolver pequeñas disputas familiares, qué acuerdos entre empresas e incluso lograr la paz entre naciones enfrascadas en conflictos de largo aliento. Sus técnicas proponen que, antes de un conflicto, se puede encontrar una salida negociada, en particular si se cuenta con un mediador adecuado.
La negociación es una mejor herramienta para evitar conflictos y encontrar soluciones menos costosas para todas las partes. El modelo que obliga a que uno gane y otro pierda, destruye bienestar y riqueza y dificulta los acuerdos. Es posible encontrar una solución que sea aceptable para ambas partes si se plantean los requerimientos, deseos, necesidades y alternativas de solución de controversias desde este enfoque.
Como parte de la reforma hacia el sistema penal acusatorio aprobada en nuestro país, se recomendó utilizar mecanismos de justicia alternativa como parte un modelo adversarial, que parte de la inocencia del acusado y que busca que se encuentre, además de una posible sanción, una reparación del daño a favor de la víctima. Esto, si se lleva adecuadamente, puede hacer que no sea necesario un castigo o una sanción para una persona por considerarlo infractor o incluso delincuente. El perdón, el resarcimiento del daño y el reconocimiento de culpa son parte del modelo que permite una resolución alterna a los conflictos.
A nivel global, cada vez cobran más fuerza los tribunales de arbitraje. En ellos, dos partes se someten a un tercero, un árbitro o mediador, quién podrá interpretar contratos, acuerdos o documentos firmados y decir quién tiene la razón en una controversia. Ambas partes se someten a la opinión de este mediador y aceptan su fallo de antemano. La ventaja del modelo es que es mucho más rápido y menos costoso, con mejores soluciones ante un modelo tradicional que recurre a tribunales o jueces, típicamente más tardado, costoso y de resultados variables.
Sin embargo, tanto el modelo adversarial como los arbitrajes encuentran como gran dificultad para su implementación la naturaleza: el hombre tiende a preferir el conflicto, a usar el modelo competitivo. Prefiere ser un ganador que derrote a otros.
Por ejemplo, de acuerdo con cifras del estudio PISA de la OCDE, 2 un 20 por ciento de los estudiantes en México declaró sufrir acoso escolar al menos unas pocas veces al mes, dato ligeramente superior a la media de la OCDE. El 13 por ciento que otros se burlaban de ellos (media OCDE: 11 por ciento). Pero no sólo eso: Los estudiantes en el decil inferior de rendimiento en ciencias son casi dos veces más propensos que los estudiantes en el decil superior a declarar que son frecuentemente golpeados o empujados, y casi tres veces más propensos a ser objeto de rumores desagradables.
En México, como ocurre en la media de los países de la OCDE, las escuelas con altos niveles de acoso escolar obtienen un promedio menor en la puntuación en ciencias de sus estudiantes que las escuelas con bajos niveles, incluso controlando por el estatus socioeconómico de los alumnos. Pero por la magnitud de la matrícula el fenómeno es grande: el acoso escolar ha afectado alguna vez de manera directa a casi 18 millones de estudiantes, el 70 por ciento de la población.
De acuerdo a la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia del Inegi, 3 1.36 millones de jóvenes padecieron acoso escolar durante el año previo al levantamiento, siendo un problema que afecta al 32.2 por ciento del total de los jóvenes.
Por ello, es necesario buscar un enfoque que permita que la negociación. el acuerdo y la búsqueda del beneficio mutuo sea la base con la cual se negocian las soluciones a los conflictos.
De hecho, la Agenda 2030 de Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas 4 incluyen la educación para la paz. El objetivo 4.7 a la letra dice: De aquí a 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible. (énfasis añadido).
Señala la propia ONU: Los países tienen la responsabilidad primordial del seguimiento y examen a nivel nacional, regional y mundial de los progresos conseguidos en el cumplimiento de los objetivos y las metas para 2030. En ese sentido, tenemos que enfatizar la educación para la paz, y el mecanismo que se propone en esta iniciativa es una buena manera de lograrlo.
Para que eso se pueda aplicar, es necesario empezar educando a niños y jóvenes. Muchos hemos visto que los conflictos en los patios escolares se resuelven de dos formas: negociando o peleando. Si reforzamos la búsqueda de acuerdos con respeto y amabilidad en vez de mediante la violencia, podemos lograr que el niño que golpea a otro para obtener lo que quiere sea algo cada vez más frecuente. Y si bien ambas tendencias (al bien y al mal) son innatas al ser humano, dónde decidamos poner el énfasis es el tipo de soluciones que debemos privilegiar.
Según la Unesco: La paz no sólo se define por la ausencia de guerra y de conflicto, es también un concepto dinámico que necesita ser aprendido en términos positivos. Lo mismo sucede con los derechos humanos, los que deben afirmarse con presencia de justicia y solidaridad social, garantizando a todos los seres humanos el derecho a vivir con dignidad a lo largo de toda la vida. Su promoción y enseñanza es fundamental. 5
En años recientes se ha desarrollado la teoría de la educación para la paz. En su enfoque moderno es desarrollada por el profesor noruego Johan Galtung. 6 Él propone que la paz no es un proceso acabado, sino que se construye paso a paso y que constantemente debe procurarse. La paz no es la ausencia de la guerra, sino un estado interno que implica una alerta constante sobre lo que pensamos y sentimos. Señala que uno de los problemas es que no se nos educa para resolver conflictos de manera pacífica. La resolución pacífica de los conflictos requiere una escucha activa, empatía y que las partes en conflicto -los propios niños y niñas- puedan encontrar las razones de por qué empezó una discusión y qué puede hacerse para resolverla.
Cuando un adulto llega e impone una solución -del tipo vete al rincón y no hables- deja al menor sin entender las causas del castigo y los efectos de su conducta; y la imposición de soluciones hace que éstas no sean duraderas. Por el contrario, un proceso de reflexión y búsqueda de acuerdos en que el adulto participa como mediador, hace que se entienda por qué hay una discrepancia y cómo puede resolverse.
En el modelo de educación para la paz se privilegia que, ante una situación de conflicto, se busquen maneras en que haya ganancias para ambas partes, que se resuelvan las discusiones de manera sencilla y empática, que se fortalezca la resiliencia, entendida como la capacidad de superar situaciones difíciles o traumáticas.
En este enfoque, el mediador busca una solución ganar-ganar. En ella, se procura que todas las partes participen cediendo un poco y recibiendo un beneficio a cambio, fruto de la cesión de su contraparte. Se recomienda para aplicarla crear comités de mediación escolar, que involucren a los educandos, profesores, paterfamilias y a todos los actores del entorno escolar, capacitándolos para la escucha activa, la empatía y la resolución de conflictos emanada de un acuerdo entre las partes.
Se puede aplicar la educación para la paz mediante juegos cooperativos, capacitación a niñas, niños y adolescentes, en particular para que entiendan sus emociones y sus conflictos, en la formación de mediadores y mediante una educación que nos ayude a entender que podemos dejar de lado el enfoque de ganadores y perdedores y generar, con ello, un ambiente sano y adecuado para el desarrollo individual y social.
Considerandos
Que la mayoría de los mexicanos consideran natural resolver los conflictos mediante la violencia y no mediante la negociación; al grado que de acuerdo con cifras del Inegi 6 de cada 10 mexicanas sufren violencia constante y 46 por ciento de los educandos han padecido acoso escolar y violencia.
Que en el país las muertes violentas son el caso extremo de un conflicto no resuelto.
Que la paz no es ausencia de guerra, sino un estado interno en constante desarrollo.
Que la educación para la paz es parte de un esfuerzo de la Unesco y una corriente de educación que pide que niñas, niños y adolescentes puedan reflexionar sobre sus conductas y ayudar a entender a los demás con empatía, resiliencia y armonía.
Que el Estado puede ayudar a resolver conflictos de todo tipo, si incorpora en los procesos educativos que imparte una educación para la paz y permite la creación de comités de mediación en las escuelas.
Que adecuar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para incorporar el derecho de ser educados para la paz y las herramientas para ejercer ese derecho, ayudarán a reducir la violencia intrafamiliar, el bullying, la violencia comunitaria y la violencia en general en todo el país.
Que se trata de una medida sin impacto presupuestario, ya que utilizaría recursos ya existentes y que únicamente requerirá capacitación adicional en el tema y la disponibilidad de cambiar el enfoque para la resolución de conflictos.
Que lo que se haga hoy en esta materia podrá modificar las conductas y el bienestar de las siguientes generaciones de mexicanos, por lo que es urgente adecuar la ley para incorporar este esfuerzo.
Cuadro Comparativo
El siguiente cuadro comparativo resume los alcances de la iniciativa de reforma:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el
Decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 58; se adicionan una fracción XXI al artículo 13, un párrafo al artículo 47, una fracción XI al artículo 57 y una fracción III al artículo 59 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de Educación para la Paz
Único. Se reforma la fracción IX del artículo 58; se adicionan una fracción XXI al artículo 13, un párrafo al artículo 47, una fracción XI al artículo 57 y una fracción III al artículo 59 a la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 13. Para efectos de la presente Ley son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
I. a XVIII. ...
XIX. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes ;
XX. Derecho de acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación; y
XXI. Derecho de recibir educación para la paz y prevención de las violencias, para la resolución pacífica de conflictos y para el desarrollo de la resiliencia.
Artículo 47. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por:
I. ... a VIII. ...
(...)
Las leyes generales, federales y de las entidades federativas deberán establecer las disposiciones que orientarán las políticas de prevención, protección, atención, sanción y erradicación de los supuestos a que se refieren las fracciones anteriores.
Se procurará, cada vez que sea posible, utilizar mecanismos de mediación escolar, resolución pacífica de conflictos, resiliencia y educación para la paz como elementos para la atención y solución de los problemas antes señalados.
(...)
Artículo 57. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.
I. a IX. ...
X. Fomentar la convivencia escolar armónica y la generación de mecanismos para la discusión, debate y resolución pacífica de conflictos ;
XI. Capacitar a niños, niñas, adolescentes, docentes, familias y a todos los actores escolares en general para el uso de la resolución pacífica de conflictos, mediación escolar, educación para la paz y prevención de la violencia escolar, e instarlos a crear Comités de Mediación Escolar.
XII. Conformar una instancia multidisciplinaria responsable que establezca mecanismos para la prevención, atención y canalización de los casos de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso o cualquier otra forma de violencia en contra de niñas, niños y adolescentes que se suscite en los centros educativos;
XIII. a XXII. ...
(...)
Artículo 58. La educación, además de lo dispuesto en las disposiciones aplicables, tendrá los siguientes fines:
I. a VIII. ...
IX. Promover el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de las personas ante ésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, la resiliencia y la mediación escolar, así como el conocimiento de los derechos humanos y el respeto a los mismos, y
X. ...
Artículo 59. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras disposiciones aplicables, las autoridades competentes llevarán a cabo las acciones necesarias para propiciar las condiciones idóneas para crear un ambiente libre de violencia en las instituciones educativas, en el que se fomente la convivencia armónica y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, incluyendo la creación de mecanismos de mediación permanentes donde participen quienes ejerzan la patria potestad o tutela.
Para efectos del párrafo anterior, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, y las instituciones académicas se coordinarán para:
I. a II. ...
III. Plantear modelos de intervención temprana en casos de situación de acoso o violencia escolar, que procuren la distensión, la resolución pacífica de conflictos y la resiliencia, basados en modelos de mediación escolar y educación para la paz.
IV. Establecer mecanismos gratuitos de atención, asesoría, orientación y protección de niñas, niños y adolescentes involucrados en una situación de acoso o violencia escolar, y
V. Establecer y aplicar las sanciones que correspondan a las personas, responsables de centros de asistencia social, personal docente o servidores públicos que realicen, promuevan, propicien, toleren o no denuncien actos de acoso o violencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las autoridades señaladas en el artículo 47 deberán tomar las provisiones necesarias para la capacitación del personal que participe en la mediación escolar, dentro de los 180 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
Tercero. Los Comités de Mediación Escolar deberán empezar a operar dentro de los primeros sesenta días naturales a partir del inicio del ciclo escolar 2021-2022.
Notas
1 Fisher, Roger; Ury, William, Getting to Yes: Negotiating Agreement Without Giving in, Penguin Books, Mayo 2011.
2 [1] Bienestar de los estudiantes, PISA 2015. Nota informativa por país: México, OCDE, 2015
https://www.oecd.org/pisa/PISA2015-Students-Well-being-Country-n ote-Mexico.pdf
3 Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia, INEGI, 2014
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ecopred/2014/doc/e copred14_presentacion_ejecutiva.pdf
4 [1] Objetivos de Desarrollo Sostenible, Agenda 2030. ONU, 2015,
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/development-agenda/
5 [1] Reunión Consultiva del Programa Cultura de Paz Unesco, Dic. 1994
6 Educación para la paz: una construcción de la memoria, la verdad y la justicia. Desafío pedagógico de nuestro tiempo en América Latina.
https://www.redalyc.org/pdf/938/93823715009.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Martha Huerta Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que reforma el artículo 74 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
La depresión y la ansiedad tienen un alto impacto en la calidad de vida de las personas que padecen estos trastornos mentales.
De acuerdo con datos de la OMS (Organización Mundial de la Salud) 1 más de 300 millones de personas en todo el mundo sufren de depresión y más de 260 millones de trastornos de ansiedad. Los trastornos mentales representan una gran proporción de los años de vida potencialmente perdidos por discapacidad y se considera que esta carga aumentará significativamente en el futuro, 2 ello es así, principalmente por el exceso de estrés generado en la actualidad en la vida cotidiana de las personas y, lamentablemente, también por la presencia de casi un año de la pandemia causada por el virus SARS-Cov-2 (covid-19) que ha obligado a las personas a modificar sus actividades de manera tan prolongada. Se aplicó y extendió la disposición de confinamiento en el hogar y muchas personas han padecido depresión y ansiedad.
La necesidad de modificar y actualizar la legislación en materia de salud mental surge de la creciente comprensión de la carga personal, social y económica que significan los trastornos mentales para la población mexicana.
Por ello, para garantizar su atención oportuna, esta iniciativa propone incluir de manera enunciativa en la Ley General de Salud a la ansiedad y la depresión como trastornos mentales y del comportamiento por la alta presencia de estos padecimientos en grupos de todas las edades y por el significativo aumento que en los últimos años se ha registrado en la población mexicana.
Argumentación
El derecho a la salud es un derecho humano porque permite la realización de la vida digna y plena de los individuos; también es un derecho social, porque promueve la plenitud y dignidad del ser humano en sociedad al incluir el acceso a una atención sanitaria oportuna, aceptable, asequible y de calidad satisfactoria para mejorar la vida de las personas y, además, es un derecho fundamental porque en la Constitución general de la República se reconoce el compromiso y la obligación del Estado mexicano de que: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es decir, toda persona tiene derecho al goce del grado máximo de salud.
La salud mental es parte integral de la salud. La salud mental representa la base para el bienestar y funcionamiento efectivo de una persona y su comunidad. Es un estado positivo y no la mera ausencia de enfermedad. Es el estado de equilibrio que debe existir entre las personas y el entorno socio-cultural que los rodea, incluye el bienestar emocional, psíquico y social e influye en cómo piensa, siente, actúa y reacciona una persona ante momentos de estrés. 3
Existen dos trastornos mentales que están teniendo una alta prevalencia en la población mexicana: la depresión y los trastornos de ansiedad.
Actualmente, la depresión es un problema de salud pública. Este padecimiento tiene un impacto significativo en la calidad de vida y en el funcionamiento cotidiano de la población. En el mundo, representa la cuarta causa de discapacidad en cuanto a la pérdida de años de vida saludables. En México ocupa el primer lugar de discapacidad para las mujeres y el noveno para los hombres. La depresión tiene una alta co-ocurrencia con otros trastornos como la ansiedad, el consumo de sustancias, la diabetes y las enfermedades cardiacas. 4
Los trastornos depresivos se caracterizan por la presencia de desánimo, desinterés e incapacidad para disfrutar de las actividades placenteras. Las personas tienen dificultad en las relaciones interpersonales y en su rendimiento global. 5
Por su parte, los trastornos de ansiedad son un problema creciente de salud pública que necesita la atención de personal especializado y capacitado. México presenta una prevalencia que oscila entre el 8.4 y 29.8 por ciento. 6
Son 11 los trastornos de ansiedad clasificados en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los trastornos Mentales (DSM-V por sus siglas en inglés), todos con algunas características clínicas similares como angustia y miedo. A continuación se describen brevemente 7:
1) Trastorno de ansiedad por separación: se caracteriza por la presencia de miedo excesivo y poco adecuado para la etapa del desarrollo en relación con la separación de las figuras de apego.
2) Mutismo selectivo: se presenta en individuos, principalmente niños, que no hablan en ciertas situaciones. Se relaciona con ansiedad social y excesiva timidez.
3) Fobia específica (a los animales, entorno natural, sangre, etcétera): miedo excesivo a objetos o situaciones.
4) Trastorno de ansiedad social: conocido también como fobia social, se caracteriza por presentar temor en situaciones sociales, miedo a fallar y ser juzgado.
5) Trastorno de pánico: son episodios repentinos de miedo e incomodidad intensa, que alcanzan un pico en pocos minutos y se asocia a síntomas somáticos como sudoración, temblor, falta de aliento, sensación de ahogo, palpitaciones.
6) Agorafobia: se asocia con el trastorno de pánico, se da principalmente en lugares abiertos como cines, mercados, transporte público.
7) Trastorno de ansiedad generalizada: es el desorden de ansiedad más común en adultos. Se diagnóstica en casos de excesiva preocupación en la actividad cotidiana, este desorden se da alrededor de los 30 años.
8) Trastorno de ansiedad por sustancias/ medicamentos: ansiedad o ataques de pánico durante o después de consumo de sustancias, medicamentos.
9) Trastorno de ansiedad debido a otra afección médica: es una consecuencia fisiopatológica directa a causa de otra condición médica, como por ejemplo patologías del sistema endocrino (hipertiroidismo) y metabólico (deficiencia de vitamina B12).
10) Trastorno de ansiedad especificados: periodos de ansiedad o angustia que no son persistentes en la persona, pero no se cumple con los criterios diagnósticos, se especifica el motivo por el que no cumple con los criterios.
11) Trastorno de ansiedad no especificado: se presentan síntomas significativos, pero no se cumple con todos los criterios diagnósticos, no se especifica el motivo por el que no cumple con los criterios.
Es muy importante que los pacientes reciban atención porque la ansiedad es una condición médica manejable y controlable, siempre y cuando el paciente colabore estrechamente con su médico tratante. 8 El tratamiento debe ser individualizado, es decir, tomando en cuenta el cuadro clínico, costumbres, respuesta a tratamientos anteriores, intolerancia a ciertos medicamentos, edad y otros padecimientos. La psicoterapia cognitivo-conductual reduce la ansiedad en la mayoría de los pacientes que padecen ansiedad. Es importante concientizar al paciente sobre su pensamiento irracional que lo lleva a ciertas preocupaciones también infundadas.
Además del evidente sufrimiento debido a los trastornos mentales, existe una carga escondida de estigma y discriminación. Por esta razón, y porque al ser frecuente la depresión y la ansiedad entre la población, se han minimizado sus efectos, así como los esfuerzos para brindar atención en los primeros niveles de atención de salud o a nivel psiquiátrico ambulatorio.
Los pacientes que padecen depresión o trastornos de ansiedad tienen derecho a recibir tratamiento y medicación para superar esa condición. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la tesis aislada identificada con el rubro Derecho a la salud mental. Debe protegerse de manera integral y ello incluye, cuando menos, el suministro de medicamentos básicos para su tratamiento, 9 estableció que el Estado está obligado a prestar los servicios de salud mental de manera integral y, específicamente, a suministrar los medicamentos básicos necesarios para su tratamiento.
Por otra parte, es de resaltar que debido a la pandemia ocasionada por el virus SARS-Cov-2 (covid-19) han aumentado los niveles de estrés, depresión y ansiedad entre la población, lo cual puede provocar problemas de salud mental a corto y mediano plazo. 10 Esto es así tanto para las personas que se han infectado por el virus como para el resto de la población que se encuentra en aislamiento social prolongado, con movilidad restringida y pobre contacto con los demás.
En esta época de aislamiento donde los planes inmediatos y a mediano plazo se vieron modificados de forma drástica, las personas son vulnerables a presentar complicaciones psiquiátricas que van desde síntomas aislados hasta el desarrollo de trastornos mentales específicos como insomnio, ansiedad, angustia, depresión, deterioro en el funcionamiento social y ocupacional o trastorno por estrés postraumático. 11 Infectarse del virus de covid-19, tener familiares o amigos que lo padecen o la amenaza contante de contagio, genera sentimientos de desmoralización y desamparo, llegando a configurar un estado similar al del duelo por la angustia con que se vive esta situación especial para la humanidad. Estas situaciones pueden requerir apoyo menor o, incluso, una intervención psicológica o psiquiátrica consistente en diversas sesiones de soporte.
Es de resaltar que los médicos generales, de primer contacto o de atención primaria, cada vez más encuentran y diagnostican estos padecimientos en sus estadios tempranos, mismos que se asocian con afectaciones mentales o sociales. Este dato es relevante porque significa que la detección y atención de cuadros de depresión y ansiedad pueden darse desde los primeros niveles de intervención en los sistemas de salud, en comparación con que hasta hace pocos años la atención de un padecimiento mental tenía que suceder hasta el tercer nivel por especialistas en psiquiatría.
Es necesario reconocer que tanto la depresión como los trastornos de ansiedad afectan cada vez más a las y los mexicanos, por lo que es ineludible e impostergable ejecutar acciones legislativas especiales para garantizar el acceso a los servicios de salud mental.
La depresión y la ansiedad son trastornos mentales que se han minimizado y a los cuales no se les ha dado la debida importancia. El Estado mexicano se encuentra obligado a crear las condiciones que aseguren a todas las personas la asistencia médica, servicios y acceso a medicamentos tendientes a tratar y superar estas enfermedades que limitan la calidad de vida de las personas.
La depresión y la ansiedad se deben incorporar al sistema de garantías explícitas de salud para permitir una cobertura más amplia y propiciar un adecuado nivel de atención, cuidado, rehabilitación y medicación de las personas que presentan estos padecimientos para que puedan lograr un adecuado nivel de vida.
A continuación, se muestran los cambios que propone la reforma:
En marzo de 2017, se adicionó la fracción III al artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, estableciendo como elemento indispensable de las iniciativas que presentan las y los diputados, el análisis de la problemática desde la perspectiva de género.
En ese sentido, la iniciativa que se propone es importante porque en materia de salud mental, entre las mujeres, los trastornos depresivos ocupan el segundo lugar, los trastornos de ansiedad el tercero y las agresiones llegan al cuarto, 12 esto abona a la necesidad de expresar y visibilizar estos dos trastornos mentales en la Ley General de Salud, lo cual será de manera implícita, una estrategia para promover y garantizar el derecho a la salud mental de mujeres y hombres.
Asimismo, la depresión ataca a todos los grupos poblacionales, sin embargo, entre las problemáticas que afectan a las personas jóvenes, la depresión y el suicidio han cobrado relevancia en el contexto mundial y nacional debido a que presentan tendencias al alza.
Durante la vejez la depresión es una enfermedad que probablemente sea la principal causa de sufrimiento en la persona adulta mayor, relacionándose de manera directa a la disminución de su calidad de vida.
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) 13 señala que la depresión y los trastornos de ansiedad pueden afectar a cualquier individuo y dañar las relaciones, interferir con la capacidad de las personas para obtener su sustento y reducir su sentido de autoestima; sin embargo, una noticia alentadora es que incluso el trastorno de ansiedad más complejo y la depresión más grave se pueden superar con intervención oportuna y tratamiento adecuado, por ello, es fundamental visibilizar y resaltar la depresión y la ansiedad en el cuadro de enfermedades mentales, no deben ser normalizadas como estados de tristeza, desánimo, preocupación o angustia, ya que pueden derivar, incluso, en el suicidio.
El artículo 74, fracción I, contiene una lista de sujetos con trastornos mentales o del comportamiento, a saber: enfermos mentales crónicos, deficientes mentales, alcohólicos y personas que usen habitualmente estupefacientes o substancias psicotrópicas. Resulta fundamental agregar a dicho catálogo a las personas con depresión o trastornos de ansiedad para asegurar su atención, diagnóstico y tratamiento, primero, por la alta prevalencia que presentan estos padecimientos en particular y también para exponer estos trastornos del comportamiento que impactan en la salud mental de la población mexicana, como en su momento se incluyeron de manera enunciativa en el artículo 74, fracción I, a las personas con alcoholismo y a aquellas que usan estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
La ley debe ser una herramienta para mejorar las condiciones de vida de la sociedad. Tanto la depresión como la ansiedad son padecimientos que tienen una alta prevalencia. En nuestro país, 50 por ciento de los trastornos mentales inicia antes de los 21 años de edad, lo que significa que la afectación de la calidad de vida por problemas mentales empieza desde la juventud. 14 Es por lo que se debe reformar el texto del artículo 74 de la Ley General de Salud como una medida para que las políticas públicas focalicen esfuerzos e incorporen acciones de prevención, promoción, tratamiento y rehabilitación de la depresión y de los trastornos de ansiedad que afectan a un alto porcentaje de la población, disminuyen la calidad de vida de quien los padece y lamentablemente van en aumento.
Para el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano la legislación progresista debe ser una herramienta efectiva para promover el acceso a la atención en salud mental, así como también promover y proteger los derechos de las personas con trastornos mentales. Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto
Artículo Único. Se reforma el artículo 74, fracción I, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 74. La atención de los trastornos mentales y del comportamiento comprende:
I. La atención de personas con depresión, ansiedad, con trastornos mentales y del comportamiento, la evaluación diagnóstica integral y tratamientos integrales, y la rehabilitación psiquiátrica de enfermos mentales crónicos, deficientes mentales, alcohólicos y personas que usen habitualmente estupefacientes o substancias psicotrópicas;
II. y III....
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Organización Mundial de la Salud. Visto en:
https://www.who.int/mental_health/es/
2 Manual de Recursos de la OMS sobre salud mental, derechos humanos y legislación, Organización Mundial de la Salud, 2006.
3 Visto en:
http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/salud-mental
4 Revista Salud pública de México. Volumen 55, no. 1, enero-febrero de 2013. Visto en:
file:///C:/Users/Usuario/Downloads/MENTAL.pdf
5 Ahued Ortega, José Armando. Políticas públicas y atención integral de la depresión y suicidio en adolescentes y jóvenes en la CDMX. Dfensor, Revista de Derechos Humanos, septiembre de 2017.
6 Ídem.
7 Macías Carballo, Moncerrat, Trastornos de Ansiedad, Revisión bibliográfica de la perspectiva actual, Eneurobiología Revista Electrónica, volumen 8, Centro de Investigaciones Cerebrales, Universidad Veracruzana, 2017. Visto en:
https://www.uv.mx/eneurobiologia/vols/2019/24/Mac%C3%ADas/HTML.h tml
8 El trastorno de ansiedad generalizada, Boletín de Información Clínica terapéutica de la Academia Nacional de Medicina de México, volumen 56, número 4, julio agosto 2013.
9 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Tesis: 2ª LVIII72019, 2020589, tesis publicada el 13 de septiembre de 2019.
10 Scielo, Consecuencias de la pandemia Covid 19 en la salud mental asociada al aislamiento, Ramíez Ortiz, Jairo, septiembre 2020.
11 Ídem.
12 Vicente Benjamín y Saldivia Sandra, Prevalencias y Brechas hoy, Salud Mental Mañana. Revista Acta Bioethica, volumen 22. Chile, 2016.g
13 Castellanos Lemus, Víctor Hugo. El derecho humano a la salud mental, la prevención y atención de la depresión y el suicidio de personas jóvenes en la Ciudad de México. Dfensor, Revista de Derechos Humanos, septiembre de 2017.
14 Ahued Ortega, José Armando. Políticas públicas y atención integral de la depresión y suicidio en adolescentes y jóvenes en la Ciudad de México. Dfensor, Revista de Derechos Humanos, septiembre de 2017.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 febrero de 2021. Diputada Dulce María Méndez de la Luz Dauzón (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Olga Juliana Elizondo Guerra, diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fomento al mercado interno y sus cadenas de producción, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El mercado interno es el conjunto de transacciones de bienes y servicios que se demandan y ofrecen en el territorio nacional; 1 entre los beneficios que se obtienen con su fortalecimiento se encuentra la generación de nuevas oportunidades de negocio, crecimiento de colaboraciones comerciales y proyección de los negocios a mayores niveles. 2
El fortalecimiento del mercado interno permite adquirir mecanismos que coadyuven a mejorar el entorno de los negocios, a fin de establecer un estímulo para la inversión y convertirse en la principal fuente de generación de empleos, fomentando de esta manera el desarrollo y el crecimiento de la oferta nacional, el encadenamiento y la modernización del aparato productivo en beneficio del empleo y la economía. Cabe destacar que el mercado local cuenta con un gran dinamismo y por lo tanto incide mayormente en el crecimiento de la economía.
La transformación económica que ha emprendido la presente administración, encabezada por el licenciado Andrés Manuel López Obrador, ha centrado sus esfuerzos para que la economía del bienestar impulse la reactivación económica, el mercado interno y el empleo, a fin de combatir el resentimiento económico por el peso de la corrupción y la extorsión institucionalizada, por el estancamiento del mercado interno y, desde hace unos años, por la inseguridad generalizada.
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, establece entre sus objetivos, la implementación de una recuperación salarial y una estrategia de creación masiva de empleos productivos, permanentes y bien remunerados. Estas políticas públicas, tienen como pilar fundamental la reactivación económica, para lograr que la economía vuelva a crecer a tasas aceptables.
Por su parte, el Programa Sectorial de Economía 2020-2024 se alinea con los principios rectores plasmados en el PND; entre los cuales se propone lograr que la política económica genere bienestar para la población; alentar la inversión privada; impulsar la reactivación económica del mercado interno, a través de la incorporación de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) al sector formal de la economía; el empleo; y la promoción de la investigación científica y tecnológica. 3
Para que nuestro país se conduzca hacia el tan anhelado bienestar social, es menester incentivar la creación de empresas y fortalecer las ya existentes. Comercios que logren crear empleos e ingresos para aumentar la producción y el consumo. Cabe destacar que, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Productividad y Competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (Enaproce) 2018, se registraron poco más de 4.1 millones de Mipymes, de las cuales 97.3 por ciento eran microempresas y 2.7 por ciento eran pequeñas y mediana empresas clasificadas en los sectores de manufacturas, comercio y servicios privados no financieros. 4 Actualmente existen mercados con grandes perspectivas de crecimiento, como por ejemplo el mercado aeroespacial que ha tenido un aumento exponencial, así como la manufactura automotriz, dentro de la cual las pequeñas empresas mexicanas se deben incorporar como fuertes proveedores.
Por otro lado, datos desalentadores proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía demuestran que durante el año 2020, 1 de cada 5 empresas cerró sus puertas. La disminución de los ingresos fue el principal tipo de afectación que reportaron 79.2 por ciento de estos comercios.
Sin caer en el proteccionismo, hay que proteger lo nuestro. Es verdad que tenemos una economía abierta a las exportaciones e importaciones, y que invariablemente la producción externa en algunos casos puede resultar de mayor calidad y menor costo; sin embargo, hay que blindar los productos y servicios mexicanos, así como sus cadenas de valor, particularmente en las áreas estratégicas, para lograr así, el bienestar social y el progreso económico de la población.
No obstante, las reformas llevadas a cabo en 2013 en materia de actividades económicas del sector social, hicieron que durante los gobiernos neoliberales se desatendiera el mercado interno y sus cadenas de producción, teniendo graves consecuencias para la economía nacional; de ahí que es imperante establecer en la ley fundamental la obligación del Estado a fomentarlo, a efecto de no dejarlo como una facultad discrecional de los gobiernos en turno.
La reforma que se presenta es congruente, ya que la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, reglamentaria del artículo 25 constitucional, tiene como objetivo fortalecer el mercado interno (fracción X del artículo 3). Esta legislación no contiene ni un solo elemento más al respecto que permita hacer de su mandato una obligación sine qua none, lo que ha dado pie a la discrecionalidad de su fomento conforme a los intereses del gobierno en turno, o los modelos económicos, los cuales, dicho sea de paso, han estado sujetos a ensayo-error durante décadas.
En consecuencia, una vez realizada la adición constitucional, se estaría en condiciones de reformar la norma secundaria a efecto de hacer del fomento al mercado interno y de sus cadenas de producción, una política nacional de planeación para el desarrollo nacional.
En suma, la necesidad de fortalecer el mercado interno y establecer el consecuente mandato en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cobra mayor relevancia a partir de los siguientes datos:
-El mercado interno del país se ha visto relegado en las últimas décadas frente al sector externo, desde 1994 con la apertura comercial se les otorgó mayor impulso a aquellos sectores ligados en mayor medida con la demanda externa. Entre el año 2000 y 2018 el consumo privado creció a una tasa promedio anual de 2.21 por ciento; en tanto que las exportaciones lo hicieron en 4.42 por ciento.
-De acuerdo con las expectativas del sector privado, encuestado en enero de 2021 por el Banco de México, el principal factor que podría obstaculizar el crecimiento de la actividad económica en México es, precisamente, la debilidad del mercado interno. Así, los analistas consultados anticipan una recuperación del producto interno bruto (PIB) de 3.74 por ciento para 2021 y que éste se desacelere a 2.61 por ciento en 2022, si bien dicho incremento es superior a la tasa media crecimiento anual (tmca) de 1.9 por ciento (con cifras originales) observada entre 1993 y 2020, es insuficiente para resarcir el daño propiciado por la pandemia del coronavirus y de la contracción del mercado externo.
-Recientemente y vinculado a los efectos de la pandemia, el indicador mensual del consumo privado en el mercado interior mostró un deterioro, al registrar una caída anual de 11.48 por ciento en el periodo enero-noviembre de 2020. No obstante, estos indicadores ya presentaban debilidad, toda vez que la tmca entre 2000 y 2019 fue 1.93 por ciento, y entre 2006 y 2012, fue aún más bajo, de 0.99 por ciento.
-La marcada debilidad de la demanda interna, en particular, en el consumo privado se confirma con la baja que han presentado los ingresos de las empresas comerciales al por mayor que tuvieron una caída anual de 9.72 por ciento, en tanto los ingresos en comercios al menudeo bajaron 9.68 por ciento; mientras que la tmca fue de 0.64 y 1.46 por ciento, respectivamente, entre 2008 y 2019.
-La debilidad en la generación de empleo formal ha sido un factor que influye en el menor crecimiento del mercado interno: 5 entre 2000 y 2020, la tmca fue de 2.39 por ciento. En 2020, el promedio del número total de trabajadores asegurados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fue de 19 millones 926 mil 017 personas, lo que significó una disminución de 2.51 por ciento con relación a 2019, afectado por el confinamiento para reducir los contagios de la pandemia. 6
-En años pasados, el salario mínimo sólo aumentaba de acuerdo con el nivel de inflación, con lo que únicamente mantenía su nivel. En 2020, el salario mínimo real tuvo un aumento de 16.07 por ciento, cifra mayor a la tmca de 3.30 por ciento que se registró entre 2000 y 2020; en tanto que, la tmca entre 2006 y 2012 registró una caída de 0.52 por ciento. Mayores incrementos salariales y de generación de empleo permitirán aumentar la masa salarial y reforzar el poder de compra de la clase trabajadora, lo que fortalecería la demanda interna y, con ello, el mercado interno.
-La inversión, como motor de crecimiento interno, ha venido deteriorándose. Un bajo nivel de inversión productiva implica la falta de reposición del capital requerido para la producción de bienes y servicios, lo que limita las posibilidades de crecimiento de la economía nacional. La tmca de la inversión total fue de 1.99 por ciento entre 1993 y 2019 y de 0.78 por ciento entre 2012 y 2018; mientras que, entre enero y noviembre de 2020, tuvo una reducción anual de 18.84 por ciento (cifras originales); caída más profunda de la registrada en el mismo periodo de 2019 (-4.79 por ciento). La reducción de las tasas de interés, que ha disminuido desde 7.12 por ciento en enero de 2020 a 4.0 por ciento en febrero de 2021, 7 no garantiza un crecimiento robusto de la inversión en el corto plazo, toda vez que se suman factores de incertidumbre en la toma de decisiones de los inversionistas, tales como la debilidad de la demanda interna, la situación económica y política interna del país y los problemas de inseguridad, principalmente, según se expresa en la Encuesta del sector privado levantada por el Banco de México en el mes de enero del presente año. 8
-Con relación al aparato productivo, la tmca de la actividad industrial, para el periodo 2000-2020, ha sido del 0.1 por ciento; si bien reducida por el año atípico de 2020 en el que cayó la producción por los efectos adversos ante las medidas de confinamiento y la suspensión de actividades no esencial para mitigar la propagación de la pandemia de covid-19, ya venía observando una desaceleración.
-Por sector de actividad, la industria manufacturera ha sido la de mejor desempeño y dinamismo gracias a las ramas orientadas hacia el mercado externo. De ese modo, entre 2000 y 2020 tuvo una tmca de 0.5 por ciento; en tanto que la industria de la construcción, vinculada más al mercado interno, prácticamente registró un nulo crecimiento en el mismo periodo. Cabe destacar que de los 21 subsectores que integran a la industria manufacturera del país, solo ocho mostraron tmca positivas, mientras que el resto tuvo caídas que fluctuaron entre -0.1 y -3.7 por ciento a tasa media anual en el periodo citado. Estos sectores son los que enfrentan mayores obstáculos para su desarrollo, tanto por su baja vinculación con el sector externo, como por su limitado componente tecnológico y debilitada cadena de valor al interior del país. Lo que las convierte en un nicho de oportunidad para fomentar su participación en el mercado interno, a través de perfeccionar sus cadenas de valor; optimizar sus flujos de producción y sustentabilidad, entre otros aspectos.
-El bajo nivel de financiamiento a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) es otro factor limitante al fortalecimiento del mercado interno. Las altas tasas de interés de la banca comercial inhiben la demanda de crédito; por lo que, las Mipymes recurren a otras fuentes de financiamiento como son los proveedores, que para el trimestre julio-septiembre de 2020, 9 contribuían con más de 77 por ciento del financiamiento a las pequeñas empresas. Asimismo, el crédito otorgado a las empresas ha mantenido una tendencia importante a la baja, ya que después de alcanzar su crecimiento más alto a principios de 2015 con una tasa de 14.4 por ciento anual, en 2020 cayó a -4.5 por ciento. En este sentido, se requiere facilitar el acceso y las condiciones de crédito a las pequeñas y medianas empresas, que constituyen el 93 por ciento de los establecimientos productivos en el país y que generan la mayor parte de los empleos. 10
Por lo anteriormente sustentado, la presente iniciativa tiene por objeto fomentar el mercado interno e impulsar sus cadenas de producción a fin de fortalecer la economía nacional de nuestro país, lo que nos permitirá convertirnos en una nación competitiva y de crecimiento exponencial.
La aprobación de esta reforma resultaría de la mayor envergadura para el país, ya que apuntalaría el Plan de Nación de la 4T y vendría a llenar un vacío normativo en materia económica que debe subsanarse a la luz del contexto político actual y de la realidad nacional.
Como legisladores, es crucial la intervención normativa a través de la generación de políticas públicas que permitan reducir las desigualdades, elevar la competitividad y privilegiar el desarrollo. México no debe olvidar que fortalecer el mercado interno es el camino que han seguido los países desarrollados y las economías emergentes más exitosas.
Para tener mayor claridad de la reforma propuesta, se ofrece el siguiente cuadro comparativo:
Por lo antes expuesto y fundado, se somete a consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma el articulo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fomento al mercado interno y sus cadenas de producción
Único. Se reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 25. ...
...
...
...
...
...
...
...
La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, promoviendo la competitividad, fomentando el mercado interno y sus cadenas de producción e implementando una política nacional para el desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales, en los términos que establece esta Constitución.
...
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.eco-finanzas.com/diccionario/M/MERCADO_INTERNO. htm
2 http://www.2006-2012.economia.gob.mx/mexico-emprende/productos-servicios/gestio n/19-mexico-emprende
3 https://www.gob.mx/se/es/articulos/el-programa-sectorial-de-economia-2020-2024- fomentara-el-desarrollo-economico-y-contribuira-al-bienestar-de-la-sociedad-mex icana?idiom=es
4 https://www.gob.mx/se/articulos/inegi-presenta-resultados-de-la-en-cuesta-nacio nal-sobre-productividad-y-competitividad-de-las-mipymes-enaproce-2018
5 http://www.inegi.org.mx
6 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/414831/Cuadr_ptico_ 2 018_verimpresa.pdf
7 Banxico, banco central, Banco de México
8 https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/miscelaneos/ %7B1085E51C-BD30-19ED-38A6-AB84CBE57506%7D.pdf
9 [1] Evolución del financiamiento a las empresas abril - junio 2019 (banxico.org.mx)
10 DOF - Diario Oficial de la Federación
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Olga Juliana Elizondo Guerra (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
«Iniciativa que adiciona el artículo 336 Ter al Código Penal Federal, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Higinio del Toro Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de los siguientes
Antecedentes
El Congreso de Nuevo León aprobó, el 9 de diciembre de 2020, una iniciativa de reforma en relación con el abandono de la mujer en el estado de embarazo. El dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad expone que:
... la familia representa una de las piezas más sustanciales e importantes de la sociedad y, por ende, los hijos que forman parte de esta y se debe reconocer que son la base fundamental, por ello se contempla legislar en todas las direcciones, a efecto de garantizar por todas las formas posibles el sano desarrollo del menor, aún y cuando el bebé esté en el vientre materno, toda vez que un ser humano en estado de gestación es más vulnerable, y esta vulnerabilidad se agrava cuando hay abandono del progenitor.
Esta soberanía debe determinar urgentemente sancionar la conducta de abandono por parte del hombre que embarace y sin motivo justificado incumpla con sus obligaciones a la madre de su hijo, precisando que dicho abandono coadyuva a la carencia de la asistencia debida, sin los recursos para atender sus necesidades de subsistencia. 1
Posteriormente se publicó el 28 de diciembre de 2020 en la gaceta de la entidad, la reforma al artículo 280 del Código Penal para el Estado de Nuevo León para su validez y sanción:
Incumplimiento de obligaciones alimentarias
Artículo 280. al que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, personas con discapacidad, adultos mayores o los sujetos de interdicción, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de ciento ochenta a trescientas sesenta cuotas; pérdida de los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios o de alimentos que pudiere tener sobre el acreedor alimentario; y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado. 2
Asimismo, existe en la legislación penal del Estado Plurinacional de Bolivia un precepto similar sobre sancionar punitivamente el abandono a mujeres embarazadas. El decreto de ley número 10426 en su Código Penal establece:
Artículo 250. (Abandono de mujer embarazada). El que fuera de matrimonio hubiere embarazado a una mujer y la abandonare sin prestarle la asistencia necesaria, será sancionado con reclusión de seis meses a tres años. 3
En la actualidad se trata de impulsar reformas de ley y políticas públicas en favor de las mujeres por la gran desigualdad, inseguridad e injusticia en la que se encuentran convirtiéndolas en un grupo vulnerable.
Exposición de Motivos
La familia es la institución formada por personas unidas por vínculos de sangre y los relacionados con ellos en virtud de intereses económicos, religiosos o de ayuda. Desde un punto de vista jurídico es el grupo formado por la pareja, sus ascendientes y sus descendientes, imponiéndoseles derechos y obligaciones. 4
La profesora María de Monserrat Pérez Contreras menciona que ... la familia está constituida por dos o más personas que comparten una vida materia y afectiva, en la que se dividen las tareas y las obligaciones, por cuanto hace a la satisfacción de aquellas actividades que permiten su subsistencia, desarrollo y calidad de vida integral; así como la convivencia solidaria, de la ayuda mutua y el apoyo moral y afectivo, dirigido todo ello a lograr y procurar el desarrollo personal e integral para todos los miembros del grupo familiar. 5
En el ámbito internacional existen preceptos sobre la importancia de la familia, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 16, numeral 3:
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. 6
De la misma manera, pero en un sentido más amplio el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 10, numeral 1:
Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo. 7
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos también establece lo esencial que es la familia para la sociedad en su artículo 4:
La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. 8
Asimismo en la legislación local menciona lo referente a la familia como Código Civil para el Distrito Federal en su Título Cuarto Bis, De la Familia, Capítulo Único, artículo 138 Ter:
Las disposiciones que se refieran a la familia son de orden público e interés social y tienen por objeto proteger su organización y el desarrollo integral de sus miembros, basados en el respeto a su dignidad. 9
En nuestro país las mujeres son un grupo vulnerable, pero se encuentran en un estado de más vulnerabilidad cuando están embarazadas o de gestación y más si lo padecen en la adolescencia.
Según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) 2019, aproximadamente 36.2 millones (73%) de las mujeres de 15 años y más, han tenido al menos un hijo o hija, de las que el 9.9% son madres solteras (las mujeres encuestadas declararon que nunca han contraído matrimonio o vivido en unión libre). 10
Del total de madres solteras:
El 74.2% de ellas tenían hasta dos hijas o hijos nacidos vivos, 23.2% entre tres y cinco, y 2.6% más de seis.
En las localidades de más de 2 500 habitantes representan el 7.8% del total de población femenina de 15 años y más; proporción que en las localidades con menos de 2 500 habitantes disminuye a 5.2%.
El 26.1% no cuenta con instrucción básica completa, 38.7% concluyó la secundaria y 35.0% tiene instrucción media superior o superior.
La tasa de participación económica de las madres solteras es de 70.6%. Para el total de mujeres de 15 años y más es de 44.9%.
El 26.1% de las madres solteras ocupadas en el mercado laboral tiene de 15 a 29 años de edad; más de la mitad (52.0%) son de 30 a 49 años y 21.9% tienen 50 o más años. Entre el total de mujeres sin hijos, los porcentajes son: 67.6%, 26.0% y 6.3%, respectivamente. 11
Gran parte de las madres solteras sufren de rezago educativo, pobreza y falta de oportunidades laborales por no tener el apoyo -que es por derecho obligación- también del padre al menos en la etapa de embarazo.
La Ley Federal del Trabajo vela por las mujeres trabajadoras respecto a la protección de la maternidad en su artículo 170 fracción I:
Artículo 170.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:
I. Durante el período del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos, que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo o que actúen o puedan alterar su estado psíquico y nervioso. 12
Asimismo, la misma ley establece en su fracción IV del artículo 170 menciona la temporalidad que se puede otorgar durante período de lactancia:
IV. En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado. 13
El embarazo y la lactancia son etapas esenciales y de mayor cuidado para el sano crecimiento del embrión que después será un bebé, tanto la madre como el menor se encuentran en un estado de vulnerabilidad y se agrava cuando el progenitor los abandona.
Es obligación de ambos progenitores, es decir, tanto la madre como el padre del debido cuidado durante el embarazo, por razones biológicas solamente la mujer puede embarazarse, pero sin el hombre no puede ocurrir la gestación, por lo que no solamente en ella cae la responsabilidad del bienestar del embrión sino también de él.
Independientemente si contraen matrimonio o se conviertan en concubinos, es obligación sustancial del debido cuidado durante el embarazo para que cuando sea el momento de la concepción nazca sin problemas de salud. Por ello será acreedor de una sanción punible a quién se acredite como progenitor y abandone a la mujer embarazada.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se adiciona un artículo 336 Ter del Código Penal Federal para quedar como sigue:
Capítulo VII Abandono de personas
Artículo 336 Ter. Al que se acredite legalmente la paternidad y que sin motivo justificado abandone a la mujer embarazada en cualquier etapa de la gestación y de lactancia, se le impondrá pena de prisión de dos a seis años y de cien a trescientos días multa.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública. LXXV Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León.
http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/pdf/lxxv/Pre%20Dictam en_13186-anexo%20Y%2013815%20ABANDONO%20DE %20PERSONA%20-MUJER%20EMBARAZADA%2 C%20ADULTO%20MAYOR%2C%20PERSONAS%20CON%20INTERDICCION-%2030.11.2020.pdf
2 Código Penal para el Estado de Nuevo León, 2020.
http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_ penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/
3 Sistema de Información Legal del Estado Plurinacional de Bolivia. Decreto de Ley No 10426, Código Penal.
http://www.silep.gob.bo/norma/4368/ley_actualizada
4 Pérez, María. Derecho de familia y sucesiones. 1a. ed., México, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2010, pp. 22-23.
5 Ídem.
6 Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948.
7 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966.
8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2021
9 Código Civil para el Distrito Federal, 2020.
10 Instituto Nacional de las Mujeres, 2019.
http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/tarjetas/Madres_solte ras.pdf
11 Ídem
12 Ley Federal del Trabajo, 2021.
13 Ley Federal del Trabajo, 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero del 2021. Diputado Higinio del Toro Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Higinio del Toro Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El Supremo Poder de la Federación se encuentra dividido en el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona cómo se constituye el Poder Legislativo:
Artículo 50. El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores. 1
La elección para la Cámara de Diputados lo establece el artículo 52 de la misma disposición jurídica:
Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputadas y diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, así como por 200 diputadas y diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales. 2
El principio de mayoría relativa es: un tipo de votación que tiene por principio elegir a quien tenga el mayor número de votos emitidos. Consiste en que el candidato o asunto sometido a votación obtiene el triunfo o aprobación con el mayor número de votos. Así, se reúne una mayoría relativa cuando un grupo o candidato tiene un número de votos mayor a los elementos que contiene cualquier otro grupo, considerados separadamente. 3
El principio de representación proporcional es: un principio de elección basado en la asignación de cargos de representación popular tomando como base el porcentaje de votos obtenidos por un partido político en una región geográfica. El objetivo de este principio es proteger la expresión electoral cuantitativa de las minorías políticas y garantizar su participación en la integración del órgano legislativo, según su representatividad. 4
El artículo 6 numeral 1 fracciones I, II y III del Reglamento de la Cámara de Diputados establecen:
Artículo 6.
1.
Serán derechos de los diputados y diputadas:
I. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones ante la Cámara;
II. Asistir con voz y voto a las sesiones del pleno;
III. Integrar las comisiones y los comités, participar en sus trabajos, así como en la formulación de sus dictámenes y recomendaciones. 5
Las y los diputados que integran esta Cámara tienen el derecho de la función legislativa, es decir, es el ejercicio de la potestad soberana de aprobar las normas jurídicas que regirán al Estado; en otras palabras, es la voluntad soberana del pueblo que es representado por ciudadanos elegidos a través de la democracia.
Si bien los legisladores específicamente las y los diputados son quienes representan al pueblo a diferencia de la Cámara del Senado que representa a las entidades federativas, deben actuar con debida cabalidad sus funciones legislativas y no lucrar al ostentar este cargo público.
Pero existen casos de legisladores que presentan un trabajo legislativo escaso o nulo y/o peor aún no asisten a las sesiones de pleno o reuniones de comisiones de las que forman parte.
Según el Análisis del primer año de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados por Buró Parlamentario, uno de los grupos parlamentarios con mayor asistencia efectiva a sesiones es Movimiento Ciudadano, por el contrario con menor número de asistencia fue el Partido Verde Ecologista de México. 6
De igual manera, el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en proporción a sus integrantes, es la que más ha presentado iniciativas y más proposiciones con punto de acuerdo y la bancada con menor, en ambos es igualmente el Partido Verde Ecologista de México. 7
De acuerdo con una encuesta de Consulta Mitofsky ubicó que las instituciones que generan mayor confianza son el ejército, las universidades, la guardia nacional, la iglesia, entre otros; y las que otorgan mayor desconfianza son los partidos políticos, los diputados y los sindicatos. 8
La baja productividad y eficacia de las y los diputados debe ser sancionada, y de esta forma demostrar a la ciudadanía que no podemos permitir irresponsabilidad y mal desempeño de legisladores, que al no presentar trabajo legislativo, al no acudir a sesiones y al no participar en sus comisiones, es decir, no cumplir con su deber en el servicio público, deben ser reemplazados por sus suplentes.
Así como lo establece la Ley Federal del Trabajo que a las tres ausencias injustificadas por parte del trabajador será causa de rescisión de la relación laboral, específicamente en el artículo 47 fracción X:
Artículo 47. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
I. a IX. (...)
X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada. 10
Las y los diputados debemos ser un ejemplo positivo para la sociedad, lo mínimo que la ciudadanía espera es el cumplimiento de nuestras responsabilidades, actividad esencial para el funcionamiento del Estado.
Por lo anteriormente expuesto, se presenta ante esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Primero. Se reforma el artículo 63 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 63. (...)
Se entiende también que los diputados o senadores que falten tres días de sesiones consecutivos, sin causa justificada o sin previa licencia del presidente de su respectiva Cámara, con la cual se dará conocimiento a ésta, renuncian a concurrir hasta el período inmediato, llamándose desde luego a los suplentes.
Segundo. Se reforman las fracciones XX y XXI, numeral 1, del artículo 8; la fracción III, numeral 1 del artículo 9; y se adicionan las fracciones XXII, XXIII y XIV, numeral 1 del artículo 8 todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
Artículo 8.
1.
Serán obligaciones de los diputados y diputadas:
I. a XIX. (...)
XX. Acatar las disposiciones y procedimientos del Código de Ética de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión ;
XXI. Iniciar, adicionar, reformar, derogar leyes y decretos para una armonización legislativa y presentar proposiciones ante la Cámara;
XXII. Asistir con voz y voto a las sesiones del Pleno;
XXIII. Integrar las comisiones y los comités, participar en sus trabajos, así como en la formulación de sus dictámenes y recomendaciones, y
XXIV. Las demás previstas en este Reglamento.
Artículo 9.
1....
La suplencia procede cuando la diputada o el diputado propietario:
I. a II. (...)
III. No se presente tres días de sesiones consecutivos, sin causa justificada;
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión contará con un lapso de 45 días a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial de la Federación para adecuar sus reglamentos respectivos, para no contradecir el presente decreto.
Notas
1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2020.
2 Ídem.
3 Sistema de Información Legislativa, Mayoría Relativa.
http://www.sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID= 153
4 Sistema de Información Legislativa, Representación Proporcional.
http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=210
5 Reglamento de la Cámara de Diputados, 2020
6 Buró Parlamentario. La Cámara de Diputados y el (Nuevo) Gobierno Unificado: Análisis del primer año de la LXIV Legislatura (2018-2019). 2019.
https://buroparlamentario.org/reports/BUROREPORTECompleto.pdf
7 Ibídem.
8 Mitofsky Reiventing Research. Ranking Confianza en Instituciones (México 2020). 10/12/20
http://www.consulta.mx/index.php/encuestas-e-investigaciones/ item/1407-confianza-2020
9 Ídem.
10 Ley Federal del Trabajo, 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Higinio del Toro Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, la parte que le corresponde, para dictamen y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el fragmento respectivo, corresponde, para dictamen.
SE DECLARA EL 20 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO COMO DÍA DE LA SOLIDARIDAD NACIONAL
«Iniciativa de decreto, por el que se declara el 20 de diciembre como Día de la Solidaridad Nacional, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Higinio del Toro Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que declara el 20 de diciembre de cada año como el Día de la Solidaridad Nacional, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado en los últimos años la importancia de la solidaridad humana, destacando el valor de la solidaridad como aquel que puede sostener las relaciones humanas dentro de nuestra sociedad, para ayudarnos y beneficiarnos unos de otros.
Una de las frases más contundentes que ha emitido la ONU, dentro del programa de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, es que Nuestro futuro se basa en nuestra solidaridad. Esta declaración nos permite observar la importancia que tiene el valor humano de la solidaridad para conformar una agenda que tenga como objetivo satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos naturales. 1
Entre los antecedentes que reconoce la ONU para considerar a la solidaridad como el valor fundamental de la agenda del desarrollo sostenible destaca:
La solidaridad ha definido el trabajo de las Naciones Unidas desde el nacimiento de la Organización que, desde su creación, atrajeron a los pueblos del mundo para promover la paz, los derechos humanos y el desarrollo económico y social.
La organización fue fundada en la premisa básica de la unidad y la armonía entre sus miembros, expresada en el concepto de seguridad colectiva que se basa en la solidaridad de sus miembros a unirse para mantener la paz y la seguridad internacionales. 2
De esta argumentación surge la declaración del Día Internacional de la Solidaridad Humana por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidad en 2005. Con la promulgación de este día internacional se pretende que la solidaridad sea considerada como el fundamento ideológico para que la sociedad coopere unos con otros para la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, político, cultural o humano.
Con este objetivo, la ONU señala que el propósito central del Día Internacional de la Solidaridad Humana es fomentar el valor humano de la solidaridad en una comunidad social, y a partir de esto se establecen las acciones que deben realizarse para destacar a la solidaridad como valor central de las relaciones humanas.
Un día para celebrar nuestra unidad en la diversidad;
Un día para recordar a los gobiernos que deben respetar sus compromisos con los acuerdos internacionales;
Un día para sensibilizar al público sobre la importancia de la solidaridad;
Un día para fomentar el debate sobre las maneras de promover la solidaridad para el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otros, el objetivo de poner fin a la pobreza;
Un día para actuar y buscar nuevas iniciativas para la erradicación de la pobreza. 3
Los argumentos de la ONU establecen un precedente para los países que han sufrido problemas humanos, económicos, políticos y sociales debido a eventos naturales que sobrepasan la capacidad de cada persona y que por tanto requiere del apoyo y ayuda de las personas que están a su alrededor.
La solidaridad entendida como ese valor que posee cada persona para entender la vida en comunidad y la capacidad de apoyar a otros con lo que cada uno tiene, ha sido fundamental en distintos momentos de la historia de México, especialmente en desastres naturales como los terremotos del 19 de septiembre de 1985 y 2017, y recientemente, ante los efectos de la pandemia por el SARS-Cov-2 (covid-19).
Ante un hecho de la magnitud de la actual pandemia que se vive, los habitantes de México han mostrado su solidaridad con los que han sufrido el impacto de la enfermedad, por lo que, de acuerdo con los mismos planteamientos de la ONU, se considera necesario que por un lado se reconozca a aquellos mexicanos que se han solidarizado y se promueva el valor de la solidaridad en las nuevas generaciones del país.
En concordancia con el Día Internacional de la Solidaridad Humana, promulgado por la ONU, y considerando la solidaridad de los mexicanos en los últimos meses debido a las condiciones económicas y sociales derivadas de la pandemia por el virus covid-19, se propone declarar el 20 de diciembre de cada año como el Día de la Solidaridad Nacional a fin de que se desarrollen actividades en favor de la unidad nacional para enfrentar situaciones como la que se vive actualmente.
Asimismo, se propone que el objetivo del Día de la Solidaridad Nacional sea sensibilizar a los mexicanos sobre la importancia de la solidaridad a través de actividades públicas y culturales que muestren la historia de solidaridad entre los mexicanos y el impacto positivo que han tenido los actos de solidaridad en momentos de crisis social de nuestro país.
Por lo anteriormente expuesto, se presenta ante esta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto que declara el 20 de diciembre de cada año como el Día de la Solidaridad Nacional
Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara el 20 de diciembre de cada año como el Día de la Solidaridad Nacional.
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Organización de las Naciones Unidas, Human Solidarity Day, disponible en
https://www.un.org/es/observances/human-solidarity-day, consultado en febrero 2021.
2 Ibídem
3 Ibídem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Higinio del Toro Pérez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
REVISAR Y RECONSIDERAR LA DECISIÓN TOMADA SOBRE EL AUMENTO A LA TARIFA EN EL PEAJE DE LA AUTOPISTA PEÑÓN-TEXCOCO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno mexiquense, la SCT y Pinfra a revisar y reconsiderar el aumento del peaje de la autopista Peñón-Texcoco, a cargo de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Karla Yuritzi Almazán Burgos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes
Antecedentes
El aumento a la tarifa en el peaje de la autopista Peñón-Texcoco pone en desventaja a los pobladores que habitan esta demarcación, quienes en un tramo de poco más de 16 kilómetros se quejan de aumentos constantes, quienes consideran tener una autopista con características deficientes en su infraestructura, condicionamiento y pavimentación.
La nueva tarifa de 50 pesos no garantiza la disminución de accidentes por las condiciones en que se encuentra la autopista, aunado que en el tiempo de lluvias aumenta el número de percances, así como retrasos de varias horas para llegar al principal destino que es la Ciudad de México. El inadecuado mantenimiento de la autopista Peñón-Texcoco, aun con los reiterados aumentos en diferentes años de la tarifa del peaje, pone en escrutinio la interrogante sobre las causas de las malas condiciones en diversos tramos, concluyendo algunos aspectos negativos como el deterioro en el asfalto, desniveles, hundimientos, inseguridad, falta de una adecuada conservación de la misma y falta de alumbrado público, lo que tiene por consecuencia un gran número de accidentes y muertes en distintas etapas del año. La autopista Peñón-Texcoco debe garantizar seguridad, movilidad, prevención de delitos y salvaguardar la vida e integridad de cada persona que transita por ella.
Por ello trabajar en conjunto con las autoridades del gobierno del estado de México, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y con Promotora y Operadora de Infraestructura (Pinfra), permitirá establecer una menor tasa de cobro por el uso de esta autopista, logrando, por otra parte, establecer un mecanismo de colaboración para mejorar las condiciones de estos tramos en términos de la concesión otorgada.
El aumento del peaje de esta autopista ha causado molestia e indignación entre los usuarios particulares y del transporte público, incluyendo a familias, estudiantes, trabajadores, comerciantes, entre otros, debido a la compleja realidad que estamos viviendo derivada por la pandemia de covid-19, lo que genera un impacto considerable en la economía de quienes transitan por esta autopista, afectando principalmente a los habitantes de Texcoco, Nezahualcóyotl, Atenco, Papalotla, San Martín de las Pirámides, Tezoyuca, Chiconcuac, Chiautla, Tepetlaoxtoc, Teotihuacán, Acolman y Chicoloapan, entre otros municipios.
Siguiendo esta secuencia, podemos considerar que un número importante de peregrinos toman dicha vialidad año tras año, sufriendo los estragos de estos deterioros, es por ello necesario generar la infraestructura adecuada para salvaguardar la integridad y vida de todos los usuarios, generando herramientas como las ciclovías, puentes y pasos peatonales, alumbrado público y un constante mantenimiento.
De 2011 a 2017, el peaje aumentó 15 pesos; es decir, pasó de 29 a 44 pesos (en automóviles); en 2020, su costo era de 48 pesos, pero pasó a 50 desde el 3 de febrero de 2021, convirtiéndose en uno de los tramos más caros del estado de México, lo que equivale a 3.22 pesos por kilómetro. En términos porcentuales, en 10 años (2011-2021) el aumento fue de 72 por ciento, mientras que en un año (2020-2021) fue de 4.1.
Si traducimos el pago de cuotas por el uso del tramo carretero a costos semanales o mensuales, genera un gasto oneroso para miles de familias que a diario viajan a la Ciudad de México y que en aumento a la tarifa, esta autopista no ha reflejado un correcto funcionamiento; si hacemos la comparación con otro tramo, por ejemplo, la autopista Gutiérrez Zamora-Tihuatlán, Veracruz, tiene por longitud 37.2 km, con un costo en su peaje de 48 pesos, concluimos que su costo es menor, su longitud es mayor, su operación, mantenimiento, conservación y condiciones son mejores, aunque el tráfico promedio diario anual es menor, con 6 mil 264 vehículos (2019).
Algunos aspectos relevantes en cuanto a tránsito, movilidad y seguridad que sustentan la necesidad de mejorar las actuales condiciones de esta vialidad son
1. La autopista Peñón-Texcoco inició su operación el 26 de marzo de 1993, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorga la concesión al gobierno del estado de México, la cual se la cede a la empresa privada Pinfra; se localiza entre los municipios de Texcoco y Nezahualcóyotl, en el estado de México; actualmente tiene una longitud de 16.5 kilómetros.
2. Fundamentando una de las principales problemáticas en esta autopista, se agregan datos estadísticos relevantes. De acuerdo con el Anuario estadístico de accidentes en carreteras federales de 2019, elaborado por el Instituto Mexicano del Transporte y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en ese año hubo 22 colisiones, de las cuales 12 tuvieron víctimas; 2 muertes en el sitio; 15 lesionados; 112.7 miles de dólares en daños materiales; un índice de accidentabilidad de 9.9; un índice de mortalidad de 0.9; un índice de morbilidad de 6.8, por cada 100 millones de vehículos-kilómetro; y un tráfico promedio diario anual de 37 mil 523 vehículos.
3. La intensidad de la carga vehicular es resultado de que esta vía es la salida hacia diversos municipios de la zona oriente del Estado de México, según la estadística Tráfico promedio diario de vehículos de Pinfra,es de 35 602 mil automóviles por día, ocupando el tercer lugar de afluencia de vehicular (https://www.monex.com.mx/portal/download/reportes/PINFRA%20COVERAGE%202019%20V BRO.pdf).
4. Se requiere poner énfasis en la solución de las tarifas excesivas y las condiciones idóneas del tramo carretero, hoy requerimos soluciones a la principal demanda de la ciudadanía, por lo que es necesario del apoyo en conjunto de las autoridades en las problemáticas que enfrentan actualmente, así como la urgente toma de medidas adicionales para la atención de la problemática delincuencial y de movilidad, por parte del Gobierno del Estado de México.
En tal virtud es necesario mayor presencia de elementos de seguridad pública y de movilidad de la Ciudad de México y del estado de México en el tramo de la autopista Peñón-Texcoco, así como policía de vialidad fija en los puntos de mayor incidencia de accidentes por atropellamientos, volcamientos y choques vehiculares; es necesaria la atención de las condiciones de las vías de la autopista, en el reencarpetamiento asfáltico en las zonas de mayor desgaste, derivada de los hundimientos.
Por lo expuesto solicito a esta soberanía que se aprueben de urgente u obvia resolución los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados del Estado de México, para que revisen la normatividad correspondiente, con la intención de que realice las modificaciones pertinentes que permitan evitar los aumentos discrecionales a las tarifas de vías de comunicación concesionadas al Estado, con la intención de que sólo existan actualizaciones conforme a la inflación anual.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador constitucional del estado de México, licenciado Alfredo del Mazo Maza, a hacer pública la metodología utilizada que justifique y explique el aumento del peaje de la autopista Peñón-Texcoco recién anunciada y ya implantada y en su caso reconsidere el incremento. En un momento no solo de emergencia sanitaria sino además, en una crisis económica nacional inducida por la crisis sanitaria, así como a implantar los mecanismos necesarios para mejorar el tránsito vehicular y la seguridad peatonal, así como la prevención del delito en el tramo carretero, en el ámbito de su competencia.
Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de Promotora y Operadora de Infraestructura a hacer pública la metodología utilizada que justifique y explique el aumento de la tarifa de peaje de la autopista Peñón-Texcoco recién anunciada y ya implementada y en su caso reconsidere el incremento. En un momento no solo de emergencia sanitaria, sino además, en una crisis económica nacional inducida por la crisis sanitaria. Así como a implementar los mecanismos necesarios para mejorar el tránsito vehicular y la seguridad peatonal, en el ámbito de su competencia.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
COMUNICADO PÚBLICO SOBRE LAS CONCLUSIONES DE LAS INVESTIGACIONES RESPECTO DEL APAGÓN DE ENERGÍA SUSCITADO EL 28 DE DICIEMBRE DE 2020
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE a emitir un comunicado público sobre las conclusiones de las investigaciones del apagón suscitado el 28 de diciembre de 2020, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita diputada María de los Angeles Gutiérrez Valdez, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en las fracciones IV y V del numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:
Consideraciones
Durante el pasado 28 de diciembre de 2020 en diversos estados de la República Mexicana, del centro y sur del territorio nacional, como la Ciudad de México, Estado de México, Nuevo León, Hidalgo, Jalisco, Sinaloa, Yucatán, Tamaulipas, Coahuila y Veracruz, tuvieron un fallo en el suministro del sistema de energía eléctrico, generando lo que comúnmente se denomina como apagón, alrededor de las catorce horas centro de México.
Las autoridades responsables de la energía eléctrica y del suministro de la luz, como Comisión Federal de Electricidad, hizo del conocimiento público que dicha situación se originó por la presencia del Frente Frio número 23 e incendios en zonas de pastizales, en el norte del país, generando que diversas líneas de transmisión entre Nuevo León y Tamaulipas, sufrieran un desbalance de energía en estas entidades del país.
Por lo que, el desbalance en el Sistema Interconectado Nacional obedeció a la carga y la generación de energía, ocasionando una pérdida de aproximadamente 7500 MW, no obstante se indicó que se estaba trabajando en la recuperación del suministro eléctrico. i
Asimismo, manifestó que las centrales de energías renovables o centrales verdes, denominadas también, centrales eólicas, tuvieron responsabilidad en dicho incidente. Aunado a su reporte público, se hizo del conocimiento que Debido al número excesivo de permisos otorgados de generación renovable intermitente, una falla que pudo ser aislada por la red aérea de transmisión, lo que generó una condición de inestabilidad, a causa de la alta penetración del 28.13% de generación renovable intermitente, en demanda mínima por el invierno, explicó el presidente de la Comisión Directiva de Planeación Estratégica de la CFE, Mario Morales Vielmas. ii
Especialistas en energía eléctrica, han manifestado que la unidad encargada de administrar el sistema eléctrico nacional es el Centro Nacional de Control de Energía, órgano descentralizado que ejerce el control del sistema eléctrico nacional, así como, la operación del mercado eléctrico mayorista que garantiza la imparcialidad en el acceso a la Red Nacional de Transmisión a las Redes Generales de Distribución.
Asimismo, mencionan que esta unidad cuenta con protectores, personal altamente calificado que actúa ante la previsión de daños mayores en el incremento del flujo de energía, que pueden actuar ante un desbalance energético. iii
Dentro de la página de internet que regula la presentación de este organismo, establece como visión operacional, trabajar bajo los principios de eficiencia, transparencia, objetividad, cumpliendo los principios de calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en la operación y control del sistema eléctrico nacional, con el fin de que esta sea proporcionada a los usuarios y participantes de la industria eléctrica.
El jefe del Ejecutivo, ante la ya cotidiana conferencia de prensa de todos los días, anuncio públicamente que el apagón del 28 de diciembre que afecto a varios estados que dejo sin suministrar el servicio de energía eléctrica, no volverá a suceder, en virtud de que se está fortaleciendo el Sistema de Energía Eléctrica en el país.
Al respecto, cabe destacar que ante estos sucesos se requirió por parte de los diputados y senadores de oposición; y aun así, del partido de gobierno, Movimiento de Regeneración Nacional que integran el Congreso de la Unión, que se iniciara una investigación a fondo de los sucesos antes descritos, en virtud de que es necesario aclarar a la ciudadanía las razones técnicas de lo que sucedió en el apagón del 28 de diciembre de 2020.
Un apagón de esa magnitud, que dejó a más 10 millones de mexicanos sin luz, pone en el escrutinio público los servicios y la responsabilidad en el desempeño de las autoridades responsables del suministro de la energía eléctrica, debido a que la fecha no se ha aclarado a la población el inició de la misma investigación ni los avances o conclusiones a la misma, sobre si el mismo fue una falla técnica o un problema que sobre paso un sistema técnico humano.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. - La Cámara de Diputados exhorta la Comisión Federal de Electricidad para que emita un comunicado público sobre las conclusiones de las investigaciones realizadas respecto del apagón de energía suscitado el 28 de diciembre de 2020.
Notas:
i Infobae, México.
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/12/28/la-verdad-detr as-del-apagon-masivo-en-mexico-cfe-y-cenace-explicaron-por-que-ocurrio/
ii Infobae, México.
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/12/30/estos-son-los- detalles-detras-de-la-verdadera-falla-en-el-apagon-de-la-cfe/
iii Animal Político.
https://www.animalpolitico.com/elsabueso/apagon-mexico-energia-r enovable-cfe-sistema-electrico/
Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero de 2021. Diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
CONDENA LA INTERVENCIÓN ARBITRARIA DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERAL Y ESTATAL EN ORIZABA EL PASADO 13 DE FEBRERO
«Proposición con punto de acuerdo, por el que se condena la intervención arbitraria de las fuerzas de seguridad federales y estatales en Orizaba, Veracruz, el sábado 13 de febrero del presente año; y se exhorta al gobierno de esa entidad a actuar con estricta sujeción a derecho y en un marco de absoluta transparencia para no poner en riesgo la paz y seguridad de la población, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Quienes suscriben, Héctor Yunes Landa, Anilú Ingram Vallines, Juan Ortiz Guarneros, Manuel Hernández Limón, Enrique Ochoa Reza, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Fernando Galindo Favela, María Lucero Saldaña Pérez, Claudia Pastor Badilla, Benito Medina Herrera, Ximena Puente de la Mora y Eduardo Zarzosa Sánchez, diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La seguridad pública constituye un derecho humano fundamental; es un reclamo legítimo de los habitantes en todos los Estados democráticos, aunque la respuesta de los gobiernos no está a la altura de sus responsabilidades en todas las demarcaciones. En el caso del estado de Veracruz, el gobierno actual se comprometió a implementar las estrategias y acciones específicas para garantizar el respeto de los derechos humanos, la justicia social, la transparencia y rendición de cuentas, la erradicación de la corrupción, la seguridad y el bienestar, entre otros, como lo establece el Plan Veracruzano de Desarrollo 2019-2024. 1
Dentro de los ejes transversales establecidos en dicho Plan, se encuentra el de Cultura de Paz y Derechos Humanos que permiten de forma interrelacionada la paz social y el orden público entre las y los veracruzanos y sus instituciones, con la finalidad de que prevalezca un ambiente de tranquilidad social a partir del ejercicio del estado de derecho. 2
Pese a las buenas intenciones, es evidente que a poco más de dos años de iniciado el actual gobierno estatal, las acciones en materia de seguridad pública no son alentadoras, peor aún, parece ser que las decisiones se toman con tintes electorales, lo que constriñe el acceso a los derechos fundamentales de la población.
Para muestra un botón. El pasado 13 de febrero de este mismo año, oficiales de las fuerzas de seguridad federal, Policía Estatal y Fuerza Civil desarmaron a todos los agentes de la policía municipal de Orizaba y se informó que serían trasladados a la Academia de Policía El Lencero, en la ciudad de Xalapa, donde se les realizará una evaluación de control y confianza.
En punto de las 11: 15 horas de este mismo sábado, decenas de uniformados estatales y federales arribaron en a la Inspección de la Policía Municipal, a donde ingresaron y resguardaron a todos los elementos de la corporación local que se encontraban en servicio, ya que previamente habían sido notificados que todos deberían concentrarse en la Comisaría para la realización de unos trámites de rutina.
Tras ser desarmados, los oficiales que aún recorrían la ciudad inmediatamente se resguardaron en el interior del Palacio Municipal, en donde cerraron las puertas con cadenas ante el temor de ser desarmados y detenidos.
Alrededor de las 11: 45 horas a las instalaciones de la inspección de la Policía Municipal, ubicada en la avenida Circunvalación Norte entre Oriente 5 y 7, arribó el alcalde Igor Rojí López, a quien en un principio no lo dejaban ingresar, pero tras recibir la autorización del subsecretario de Seguridad Pública del gobierno del estado de Veracruz, Guillermo Zúñiga Bonilla, el edil pudo ingresar a las instalaciones.
Tras el diálogo sostenido de parte de autoridades municipales de Orizaba, encabezadas por el alcalde Igor Rojí López, con los policías municipales y personal de la Secretaría de Seguridad Pública del estado, pudieron llegar a un acuerdo. A las 17: 30 horas ingresaron seis elementos de las fuerzas de seguridad federal para que los policías de Orizaba entregaran sus armas, con el compromiso que después podrían ir a sus casas y se les notificaría los procedimientos que continuarán para la revisión de licencias.
Estos hechos ocurrieron a partir de los eventos suscitados el pasado jueves 11 de febrero, donde presuntos integrantes del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) emboscaron a elementos de la Policía Estatal y acribillaron a tres de sus integrantes en la misma localidad. 3 Al respecto, el gobierno de Orizaba destacó que siete oficiales de la policía municipal y dos funcionarios de la administración local habían sido detenidos para ser investigados. 4
Posterior a la captura institucional por parte de la Secretaría de Seguridad Pública del estado, el alcalde de Orizaba, Igor Rojí López, informó que los 233 elementos que componen la policía municipal serían trasladados a la ciudad de Xalapa, Veracruz, para presentar exámenes de control y confianza.
Es importante señalar que la Policía Municipal se integra de una plantilla total de 233 policías. Todos con el examen de control y confianza vigente. A 76 integrantes se les vence este año, 157 lo tienen vigente hasta unos hasta el 2022 y otros hasta el 2023. Asimismo, su armamento consta de 171 armas cortas, 117 armas largas. Además, se tiene personal que monitorea el C5, a 36 administrativos y 14 jueces calificadores.
Se prevé que gradualmente la organización municipal pueda recuperar las 288 armas que le fueron confiscadas el 13 de febrero. 5
No obstante, el traslado creó conflictos internos después de que se diera a conocer que la requisición no estaba formalizada a través de oficio. Agentes de la policía municipal señalaron que este hecho condujo a expresiones de inconformidad y desconfianza por parte de los policías municipales, mismos que también fueron privados de sus teléfonos celulares por un par de horas.
Medios locales han informado que estos movimientos generaron tensión en el municipio y en los familiares del cuerpo policiaco de Orizaba. De acuerdo con el sitio web de Proceso, durante la requisa, al menos 50 elementos se atrincheraron al interior de las instalaciones del Palacio Municipal para evitar ser trasladados. Con ello, alrededor del Ayuntamiento se dieron protestas de quienes consideraron las acciones de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal un acto de arbitrariedad por ser violatorio de los derechos humanos de los elementos de seguridad local. 6
Al respecto, otras voces también se han manifestado en contra del proceso y los acontecimientos. Destaca la carta abierta presentada este lunes 15 de febrero por las cámaras empresariales y de comercio de la ciudad de Orizaba, quienes condenan enérgicamente la toma de las instalaciones de nuestra Policía Municipal, y le solicitamos que rectifique de inmediato ordenando el retiro de la Policía Estatal y de la Guardia Nacional.
La empresa y el comercio organizado, agrega el desplegado, dejamos claro nuestro total apoyo y respaldo al alcalde Igor Rojí López, ante el innecesario desarme de nuestra policía, que es la que brinda atención inmediata a toda la ciudadanía orizabeña en situaciones que no son competencia de la Estatal ni de la Guardia Nacional, considerando que el despliegue del sábado fue totalmente innecesario.
Así también, el señalamiento de Helkyn Enríquez Báez, vocero de la Diócesis de Orizaba, quien aseguró que los ciudadanos queremos asumir la demanda de nuestra comunidad: queremos paz, pero una paz verdadera, que sea fruto de la justicia no de la revancha, no de una estrategia intimidatoria, no de una arbitrariedad o violaciones a los derechos humanos. 7
A través de su Twitter, la activista de derechos humanos, María Elena Morera quien del 2003 al 2009 presidió la asociación México Unido contra la Delincuencia y es integrante del Comité de Evaluación de la Coordinación Nacional Antisecuestro y promotora de la Red Nacional por la Seguridad Pública, Ciudadanos + Policías-, señaló que se trató de Un operativo arbitrario al @Orizaba_PuebloM, por la acción irracional de @CuitláhuacGJ. Este municipio es uno de los más seguros y mejor administrados en el país. Mi solidaridad con los habitantes y @iroji. 8
Asimismo, actores de la sociedad civil y del sector empresarial como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Orizaba demandaron claridad al gobierno estatal en la intervención que se realiza en la policía local. A través de un comunicado señalaron su respaldo a las acciones, mientras no se comprometa la estabilidad de la región y se cumpla cabalmente con las formalidades del procedimiento, así como los criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad de las medidas. 9
Por último, el exdirector del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), Jorge Tello Peón, había aseverado que la Policía Municipal de Orizaba es la mejor que hay en el país. Además, el municipio rebasa los estándares de policías por cada mil habitantes que marca la Federación, y está cerca de alcanzar la meta planteada por la Organización de las Naciones Unidas. Tello Peón estuvo de visita en las instalaciones de la Inspección de Policía, donde conoció las instalaciones, el equipo, la capacitación, al personal y el Centro de Control y Vigilancia de las videocámaras de la ciudad.
Orizaba es el único municipio que conozco en todo México que se puede dar el lujo de tener a sus patrullas vigilando la ciudad, y otras en resguardo durante cada turno, comentó respecto a los dos turnos que operan las unidades de vigilancia. 10
No podemos perder de vista la estabilidad del sistema de seguridad pública del municipio de Orizaba. En el año 2016, el Índice de Paz México, elaborado por el Instituto de Economía y Paz, el municipio veracruzano figuró dentro de las 76 zonas metropolitanas de México con menor tasa de delitos con violencia y de homicidios. En esta clasificación, Orizaba resultó ser el municipio más seguro de los evaluados. Según la metodología, estos resultados están basados en la incidencia delictiva por zona y la presencia de autoridades de seguridad pública. 11
De igual forma, en 2018 la Policía Municipal de Orizaba destacó como la mejor del país, de acuerdo con los estándares de policías por cada mil habitantes que marca la Federación, a la vez que estaba cercana a alcanzar los estándares por habitante que recomienda la Organización de las Naciones Unidas (ONU) quien sugiere que deben existir 3 agentes por cada mil habitantes. Orizaba tiene 2.4 por cada mil. 12
Sobresale que Orizaba fue el único municipio del país que participó activamente en el Encuentro Nacional de la Red de Mesas Ciudadanas de Seguridad y Justicia de la Fundación México SOS durante el mes de noviembre de 2019. En este evento, con la participación de autoridades y sociedad civil, se expuso el modelo de seguridad del municipio siendo reconocido como un modelo a seguir y una muestra tangible de que la voluntad conjunta de autoridades y ciudadanos puede transformar la realidad de una ciudad para bien. 13
El estado de derecho es una garantía vinculante a la aplicación de leyes bajo criterios claros y transparentes de rendición de cuentas. Asimismo, es un vehículo que permite a la ciudadanía conocer y exigir sus derechos a través de una relación horizontal con el gobierno, sus órganos y organizaciones.
Estamos convencidos que la transparencia, la participación de la ciudadanía y la apertura del gobierno son imprescindibles para evitar estas intervenciones de corte político. La cultura de la legalidad exige que dichas situaciones estén legitimadas y briden mecanismos para la protección de derechos.
La Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave establece en su artículo 49, fracción IV, que el gobernador del estado tiene entre sus atribuciones: Velar por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, disponiendo al efecto de las corporaciones policiales estatales, y de las municipales en aquellos casos que juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público; así como impedir los abusos de la fuerza pública a su cargo en contra de los ciudadanos, haciendo efectiva la responsabilidad en que aquélla incurra. 14
La Secretaría de Seguridad Pública estatal tiene como misión conservar la paz y el orden, con la finalidad de que prevalezca un ambiente de tranquilidad, procurando siempre la protección de la integridad física, patrimonial de las personas y el fortalecimiento del estado de derecho dentro del territorio veracruzano. 15
Resulta fundamental transparentar los hechos ocurridos en la ciudad de Orizaba, con el propósito de garantizar la paz y legalidad, y que no se utilice como pretexto para sacar ventaja político-electoral. El gobernador y el secretario de Seguridad Pública de Veracruz deben responder por estos lamentables hechos. Asimismo, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz debe garantizar los derechos humanos de los integrantes de la Policía Municipal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos debe pronunciarse al respecto.
Por lo anteriormente fundado y motivado, sometemos a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión condena la intervención arbitraria de las fuerzas de seguridad federal y estatal en el municipio de Orizaba, Veracruz, ocurrida el pasado sábado 13 de febrero del presenta año y exhorta al gobierno del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para que actúe en estricto apego a derecho y en un marco de absoluta transparencia para que no ponga en riesgo la paz y la seguridad de la población.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Veracruz para que, en el marco de sus atribuciones, garantice los derechos humanos y garantías constitucionales de los miembros del cuerpo de seguridad pública del municipio de Orizaba y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que se pronuncie sobre las acciones realizadas por la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en el municipio de Orizaba.
Notas
1 http://repositorio.veracruz.gob.mx/wp-content/uploads/sites/4/files/ transp/pvd_2019_2024/Gac2019-224_Miercoles_05_TOMO_II_ Ext_(PLAN_VERACRUZANO_2019_2024).pdf
2 Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Tomo CXCIX, 5 de junio de 2019, Núm. Ext. 224, Pág. 24. Consultado en:
http://www.veracruz.gob.mx/proteccioncivil/wp-content/ uploads/sites/5/2019/06/Plan-Veracruzano-Desarrollo-2019-2024.pdf
3 Caos en desarme a policías de Orizaba; arrestaron a dos por cargos de narcotráfico. Disponible en:
https://www.infobae.com/america/mexico/2021/02/14/caos-en-desarm e-a-policias-de-orizaba-arrestaron-a-dos-por-cargos-de-narcotrafico/
4 Inspector de policía, director de gobernación y 7 policías de Orizaba son investigados. Disponible en:
https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/ 312036/inspector-de-policia-director-de-gobernacion-y-7-policias-de-orizaba-son -investigados.html
5 Policías de Orizaba sí irán a Xalapa a presentar exámenes de control y confianza. Disponible en:
https://www.alcalorpolitico.com/informacion/policias-de-orizaba -si-iran-a-xalapa-a-presentar-examenes-de-control-y-confianza-337244.html#.YCl0 9i9h0Wo
6 Tras emboscada de sicarios, SSP desarma y detiene a dos policías municipales de Orizaba. Disponible en:
https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2021/2/13/tras-embos cada-de-sicarios-ssp-desarma-detiene-dos-policias-municipales-de-orizaba-258242 .html
7 Diócesis de Orizaba pide respeto al Estado de Derecho tras operativo del sábado. Disponible en:
https://www.alcalorpolitico.com/informacion/diocesis-de-orizaba- pide-respeto-al-estado-de-derecho-tras-operativo-del-sabado-337247.html#.YCmuRC 9h0Wo
8 Critican actuación de la Guardia Nacional y del Ejército, tras atentado en Orizaba. Disponible en:
https://www.alcalorpolitico.com/informacion/critican-actuacion-d e-la-guardia-nacional-y-del-ejercito-tras-atentado-en-orizaba-337278.html#.YCn0 IUSjnIV.
9 Coparmex Orizaba demanda transparencia en investigación a Policía Municipal. Disponible en:
https://www.alcalorpolitico.com/informacion/coparmex-orizaba-dem anda-transparencia-en-investigacion-a-policia-municipal-337224.html#.YCmvti9h0W o
10 Cuenta Orizaba con la mejor policía: Tello Peón. Disponible en:
https://www.diarioelmundo.com.mx/index.php/2018/05/30/cuenta-ori zaba-con-lamejor-policia-tello-peon/
11 Orizaba, la ciudad más tranquila de México. Disponible en:
https://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/01/03/1066580
12 Orizaba tiene la mejor policía: Tello. Disponible en:
https://www.diarioelmundo.com.mx/index.php/2018/05/30/orizaba-ti ene-la-mejor-policia-tello/
13 3 Encuentro de la Red Nacional de Mesas de Seguridad y Justicia. Disponible en:
http://www.mexicosos.org/sala-de-prensa/1179-3-encuentro-rnmsj
14 https://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/CONSTITUCION0310 19.pdf
15 http://www.veracruz.gob.mx/seguridad/mision-y-vision-ssp/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Suscribe en representación del Grupo Parlamentario del PRI, el diputado Ismael Alfredo Hernández Deras (rúbrica), vicecoordinador, en representación del coordinador René Juárez Cisneros.»
Se turna a la Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.
ATENCIÓN A LOS NIÑOS MIGRANTES QUE FUERON SEPARADOS DE SU FAMILIA EN LA PASADA ADMINISTRACIÓN ESTADUNIDENSE
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SRE, la SEP y la Ssa a implantar acciones coordinadas para atender a los niños migrantes separados de la familia en la pasada administración de EUA, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito diputado federal Santiago González Soto, de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
Durante la administración del gobierno norteamericano encabezada por el presidente Donald Trump, se implemento la denominada política Cero Tolerancia con los migrantes, estas acciones del gobierno norteamericano buscaban desalentar el que la Unión Americana, fuese el objetivo de miles de personas provenientes de diversas partes del orbe en la búsqueda de mejores condiciones de vida para ellos y sus familiares, de tal suerte que se redoblo la vigilancia de la frontera con nuestro país, y se exigió al gobierno mexicano tomar medidas de mayor restricción para ingresar al país; sin embargo, el flujo de migrantes lejos de disminuir aumento como es por todo conocido.
Entre las acciones emprendidas por la administración Trump para evitar la llegada de migrantes, se llevo a cabo la inhumana e ilegal separación de padres e hijos al ser detenidos por las autoridades migratorias de aquel país, a la fecha las consecuencias han sido desastrosas para los migrantes, con las consecuentes afectaciones psicológicas para padres e hijos. Muchas voces se elevaron en protesta por la acción carente de cualquier aspecto humanitario, violatoria además de los más elementales derechos del ser humano; el interés económico y sobretodo el electoral hicieron que el discurso que se hacía llegar al electorado fuese a todas luces xenófobo y racista, bajo la premisa de que al considerarse al entonces presidente estadounidense como el salvador ante la amenaza migratoria la reelección estaba garantizada, lo que no ocurrió en los hechos.
Sin embargo, el daño a los migrantes que lograron pisar suelo norteamericano estaba hecho, la segregación de la que fueron objeto ocasiono la desintegración de cientos de familias, realidad de la que nuestros connacionales no fueron la excepción quedando en el desamparo decenas de infantes.
En su comunicado 180 de fecha 19 de junio de 2018, la Secretaria de Relaciones Exteriores reconoce que:
De los 1,995 niños migrantes que de abril a la fecha han sido separados de sus familias tras cruzar la frontera, menos del 1% de los casos corresponde a menores de nacionalidad mexicana.
Esta cifra es consistente con los casos que ha identificado nuestra Red Consular, con un total de 21 niños mexicanos que fueron separados de sus padres. De ellos, la mayoría ya han sido repatriados a México y solamente siete permanecen en albergues 1i
Transcurridos más de dos años y medio, del reconocimiento por parte de la Cancillería de este hecho, es oportuno exhortar a la autoridad encargada de la política exterior para que indague sobre el tema, a fin de determinar el número real de niños mexicanos que fueron separados de sus padres y en caso de ser detectados infantes en esta situación se realicen las acciones pertinentes para lograr restablecer el vinculo y acercamiento con sus padres o familiares más cercanos en caso de fallecimiento de los primeros, lo anterior atendiendo el derecho superior de la niñez establecido en la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que en su artículo 13, fracciones I, IV, VIII, IX, XI y XIX señala:
Artículo 13. Para efectos de la presente Ley son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
I. Derecho a la vida, a la paz, a la supervivencia y al desarrollo;
II a III
V a VII
VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal;
IX. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social;
X.......
XI. Derecho a la educación;
XII a XVIII
XIX. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes, ii
Asimismo y con el propósito de garantizar la tutela plena e igualitaria de sus derechos referidos en el párrafo anterior, se exhorta para que las Secretarias de Relaciones Exteriores y la de Educación Pública se coordinen a fin de proporcionar becas que otorga la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, para que los niños mexicanos que se encontraban separados de sus padres o familiares reciban el estimulo correspondiente para que lleven a cabo su formación educativa, derecho garantizado por nuestra carta magna.
Por último, y atendiendo a la necesidad que tienen estos infantes de un desarrollo psíquico y emocional sano, se exhorta de igual manera para que la Secretaria de Salud apoye mediante atención médica y psicológica a este pequeño sector de la población que sufrió el menoscabo de sus derechos en el vecino país del Norte.
Por lo anteriormente expuesto presento ante esta asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Secretaria de Relaciones Exteriores para que, mediante la investigación correspondiente, determine el número real y ubicación de niños mexicanos que fueron separados de sus padres y en caso de ser detectados infantes en esta situación se realicen las acciones pertinentes para lograr restablecer el vinculo y acercamiento con sus padres o familiares más cercanos.
Segundo. Se exhorta a las Secretarías de Relaciones Exteriores así como a la de Educación Pública, para que se coordinen a fin de proporcionar becas a través la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, a efecto de que los niños mexicanos que se encontraban separados de sus padres o familiares reciban el estímulo correspondiente para que lleven a cabo su formación educativa.
Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Salud para que apoye mediante atención médica y psicológica a este pequeño sector de la población que sufrió el menoscabo de sus derechos en el vecino país del norte, tan luego como la Secretaria de Relaciones Exteriores defina y ubique su situación.
Notas
I Comunicado SRE 180 - Condena el gobierno de México la política de separación de familias migrantes en Estados Unidos, consultado el 8 de febrero de 2021 en:
https://consulmex.sre.gob.mx/sacramento/index.phpcomunicados-de- prensa/193-comunicado-sre-183-condena-el-gobierno-de-mexico-la-politica-de-sepa racion-de-familias-migrantes-en-estados-unidos
II Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, consultado en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_110121.pdf. O9 de febrero de 2021.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, A 16 de febrero de 2021. Diputado Santiago González Soto (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
CAMPAÑA MEDIÁTICA SOBRE EL MANEJO DE RESIDUOS DE PERSONAS QUE PADECEN EL VIRUS DEL COVID-19
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal, la Ssa y la Sedema a implantar una campaña mediática sobre el manejo de residuos de personas con covid-19 para informar, crear conciencia y prevenir contagios, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Juan Martín Espinoza Cárdenas, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud, a implementar una campaña mediática sobre el manejo de residuos de personas que padecen el virus del covid-19, con la finalidad de informar, concientizar y prevenir más contagios, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El primer caso de covid-19 se detectó en México el 27 de febrero de 2020, el 30 de abril, 64 días después de este primer diagnóstico el número de casos aumento exponencialmente, alcanzando un total de 19 mil 224 casos confirmados y mil 859 fallecidos. 1
Actualmente la Secretaría de Salud ha reportado 3 mil 868 nuevos contagios en México, las últimas 24 horas, para un total de un 1,936,013 contagios confirmados.
Además, se han informado un total de 166 mil 731 muertes, con estas cifras México ocupa el decimotercer lugar mundial en número de contagios y el tercer lugar con más decesos por la pandemia, detrás de Estados Unidos de América (EUA) y Brasil, según la Universidad Estadounidense de Johns Hopkins. 2
Lamentablemente aún falta un largo camino por recorrer y a pesar de que en el país ya llegaron las vacunas aún no se radica este virus, encontrándonos en semáforo rojo.
De acuerdo a Óscar Clavellina, Académico de la UNAM y Joselyn Amaya, Fundadora de Sin Desperdicios, México genera cada día 102 mil 895 toneladas de residuos, unos 53.1 millones al año, de las cuales sólo se recolecta 84 por ciento. 3
Derivado a esto, y motivo de este punto de acuerdo, es la recolección de toda la basura y los residuos de todos los mexicanos y mexicanas, los recolectores de basura corren riesgos ante la presencia del covid-19 por el inadecuado manejo de desechos y la irresponsabilidad a la que pudieran recurrir la población. De ahí la importancia de que éstos tomen medidas para protegerse y disminuir los riesgos de que se generen nuevas cadenas de contagio, afirmó la doctora Raquel González Baltazar, secretaria de la Junta Académica del doctorado en Ciencias de la Salud Ocupacional, del Centro Universitario de Ciencias de la Salud (CUCS), de la Universidad de Guadalajara. 4
La población genera basura que podría representar un riesgo biológico. Por ejemplo, los desechos como papel sanitario con el que limpian su nariz o con el que se protegen al momento de toser; éstos suelen juntarse con la demás basura y no suele haber separación de desechos, ni señalamiento para indicar a los trabajadores de la recolección que algunos pudieran constituir riesgo. Esto es preocupante en el caso de los generados por personas con covid-19, ya sea asintomático o sintomático, o que cumplen una cuarentena en su casa.
Es recomendable que la sociedad en general separe los cubrebocas y los guantes que se utilizaron para protegerse; pañuelos desechables, cepillos dentales y aún desechos de cigarrillos, así como demás material que estuvo en contacto con la saliva y mucosas (que recubren la boca, la nariz, globo de los ojos y la parte interna de los párpados), colocarlos en bolsa doble, previo rozamiento con una solución clorada por dentro y por fuera.
La doctora Adelaida Sara Minia Zepeda Morales, representante del Centro Universitario de Ciencias Exactas e Ingenierías (CUCEI) especificó que el cloro comercial tiene concentraciones que oscilan de 4 a 6.5 por ciento; por lo general, se trata de hipoclorito de sodio, que se usa como blanqueador y desinfectante.
Detalló que el cloro es un agente corrosivo, que debe de tenerse en un contenedor de plástico que no sea transparente, y la preparación clorada no puede guardarse más de siete días, ya que podría perder efectividad y potencia, de ahí la importancia de preparar pequeñas cantidades. 5
La bolsa ya desinfectada con solución clorada y con los desechos sanitarios como los ya mencionados, debe introducirse en un contenedor cerrado como botes de basura de pedal, en el que debe guardarse 72 horas antes de su recolección.
Se recomiendan 72 horas, porque en caso de estar infectada se considera que es el tiempo en el que podría inactivarse el virus, y disminuir el riesgo para los recolectores de contaminarse y estar expuestos al contagio.
En caso de que la persona no pueda guardar durante el tiempo mencionado los desechos sanitarios, es recomendable que desinfecte las bolsas con solución clorada, además que las bolsas deben rociarse con cloro, no empaparse en el mismo.
La doctora González Baltazar sugirió a la población sanitizar las bolsas de la basura por dentro y por fuera, así como las que contienen mandado e ingresan a casa. Esta acción es en ambos sentidos, cuando recibo las bolsas y antes de entregarlas a los recogedores. Hay que desinfectar bolsas, cajas, todo tipo de envases si queremos proteger realmente a los recolectores de la basura.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría del Medio Ambiente, a implementar una campaña mediática sobre el manejo de residuos de personas que padecen el virus del covid-19, con la finalidad de informar, concientizar y prevenir más contagios.
Notas
1 Epidemiología covid-19.
https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC7250750/
2 Coronavirus.
https://www.telemundo20.com/noticias/mexico/coronavirus-en-mexic o-casos-confirmados-sospechosos-estrategia-prevencion/1995026/
3 WRadio. México uno de los Países que genera más basura.
https://wradio.com.mx/programa/2019/05/11/en_fin/1557533762_0965 77.html#:~: text=En%20M%C3%A9xico%20se%20generan%20cada,se%20recolecta%2084%20por%20ciento.
4 Universidad de Guadalajara. Centro Universitario de Ciencias de la Salud.
https://www.cucs.udg.mx/noticias/archivos-de-noticias/poblacion- debe-cuidar-recolectores-de-basura-en-tiempos-de-pandemia
5 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
FORTALECER LAS MEDIDAS Y PROTOCOLOS DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, ASÍ COMO EN EL MANEJO DE LOS DATOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNBV a promover y supervisar acciones conducentes a fortalecer las medidas y los protocolos de seguridad en los servicios de las instituciones financieras y en el manejo de los datos, a cargo del diputado Francisco Javier Saldívar Camacho, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, diputado Francisco Javier Saldívar Camacho, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con facultades en materia de autorización, regulación, supervisión y sanción sobre los diversos sectores y entidades que integran el sistema financiero en México, así como sobre aquellas personas físicas y morales que realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero. La Comisión se rige por la Ley de la CNBV.
La misión de la CNBV es supervisar y regular a las entidades integrantes del sistema financiero en México, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público. 1
Segunda. La creciente demanda de servicios financieros impulsa a las entidades de este sector a mantenerse en la vanguardia de los avances tecnológicos que propician la inclusión, movilidad, accesibilidad y reducción de costos a los usuarios. Esto genera muchos beneficios para la población y para el sistema financiero, pero también conlleva la exposición a nuevos riesgos, entre ellos el cibernético.
En términos generales, la materialización de riesgos cibernéticos puede causar a las instituciones financieras daños de tres tipos: i) disrupciones de las tecnologías de la información que utilizan y la consecuente indisponibilidad de sus servicios; ii) afectación a la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información que gestiona la institución, incluida la de sus clientes; iii) pérdidas económicas a las propias instituciones o a sus clientes.
El impacto de los ciberataques puede extenderse a la reputación de las instituciones afectadas, causando daños difíciles de cuantificar con exactitud, incluida una posible disminución de confianza en el sistema financiero. En particular, un ciberataque a una institución de relevancia sistémica, un banco central o una infraestructura de los mercados financieros, podría afectar de manera importante la estabilidad financiera. Independiente de la relevancia sistémica de una institución, el impacto de un ciberataque a ésta tiene el potencial de volverse sistémico por el grado de interconexión y dependencias que hay entre los participantes en el sistema, y con terceros.
En años recientes se ha observado a nivel mundial un incremento sostenido de ciberataques al sector financiero, en especial en contra de instituciones bancarias, bancos centrales y sistemas de pagos para operaciones internacionales. Dichas entidades están particularmente expuestas al riesgo cibernético debido a su alto grado de automatización, complejidad de procesos y la cantidad de recursos financieros que gestionan.
Se requiere fortalecer las medidas de seguridad de la automatización de servicios financieros, que brindan al público accesibilidad, movilidad y menores costos, cuidando siempre y de cerca que los desarrollos de dichos servicios sea seguro y se proteja la información y recursos de los clientes. 2
Tercera. México se encuentra entre los primeros 10 países del mundo que sufre de fraudes cibernéticos relacionados con la banca, en relación con el año pasado, en lo que va del 2020, este tipo de delitos han incrementado en un 120 por ciento, reconoció la Asociación de Bancos de México.
Los delincuentes cibernéticos utilizan las llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes de texto para robar dinero, datos, contraseñas y la información confidencial de los usuarios de la banca. 3
En algunos casos, los propios trabajadores de las instituciones financieras que tienen a su alcance la información personal de los usuarios o cuentahabientes, utilizan su posición para extraer la información y darle un uso indebido.
Cuarta. El aumento en el uso de banca digital, a consecuencia de la pandemia del covid-19 y el confinamiento, también incrementó los ciberataques al sistema bancario y fraudes a los clientes, algo que seguirá aumentando a escala mundial, afirmó el presidente de la Asociación de Bancos de México, Luis Niño de Rivera, durante su participación en el Congreso Internacional de Investigación Financiera. 4
Quinta. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef) informó que por posible fraude en operaciones bancarias, los clientes reclamaron 14 mil 633 millones de pesos, de enero a septiembre de 2020, con un total de 3 millones 443 mil reclamaciones. En su actualización del buró de entidades financieras, al cierre de septiembre del año pasado, el organismo detalló que las cifras no son comparables con ejercicios anteriores, principalmente por el impacto en la operación normal de la Condusef a causa de la pandemia. Del total reclamado por los clientes por posible fraude, los bancos han abonado a los afectados poco más de 5 mil millones de pesos, equivalente a 34.2 por ciento. 5
Sexta.- Por todo lo anterior resulta necesario que las instituciones financieras vigoricen sus protocolos de seguridad en la prestación de sus servicios, fortalezcan sus campañas informativas hacia la ciudadanía sobre las medidas de seguridad para evitar ilícitos, atiendan lo señalado en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se dé el debido tratamiento a la información personal y confidencial de sus usuarios, a fin de evitar la comisión de delitos.
Por lo expuesto, quien suscribe somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que en el ámbito de sus atribuciones impulse, promueva y supervise las acciones pertinentes para fortalecer las medidas y protocolos de seguridad en los servicios que prestan las instituciones financieras, así como en el manejo de los datos personales de sus usuarios, a fin evitar la comisión de delitos.
Notas
1 https://www.gob.mx/cnbv/que-hacemos
2 https://www.banxico.org.mx/sistema-financiero/seguridad-informa-cion-banco.html
3 https://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/mexico-dentro-de-los-10-paises -con-mas-fraudes-en-banca-electronica/
4 https://www.milenio.com/negocios/ciberataques-fraudes-clientes-bancos-aumentan- covid-19
5 https://www.eluniversal.com.mx/cartera/finanzas/en-9-meses-clien-tes-de-bancos- perdieron-mas-de-14-mil-mdp-por-posible-fraude
Dado en el Cámara de Diputados, a 16 de febrero de 2021. Diputado Francisco Javier Saldívar Camacho (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
EXHORTO AL CONGRESO DE VERACRUZ, A LEGISLAR EL DERECHO AL MATRIMONIO IGUALITARIO CON BASE EN LA JURISPRUDENCIA DE LA SCJN
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Veracruz a legislar sobre el derecho al matrimonio igualitario con base en la jurisprudencia de la SCJN que ha definido la legalidad de éste en todo el país como parte del reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTTTI, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, Norma Azucena Rodríguez Zamora, diputada del Grupo Parlamentario del PRD en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo relativo a que el Congreso del estado de Veracruz legisle de inmediato el derecho al matrimonio igualitario con base en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha definido la legalidad del matrimonio igualitario en todo el país, como parte del reconocimiento de los derechos de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual (LGBTTTI) del estado de Veracruz, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 1o. , 6o. y 7o. establecen que toda persona gozará de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como las garantías para su protección y que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, pero lo más importante es que la Constitución Política contempla los principios pro persona cuya finalidad es proteger de manera más amplia y progresiva los derechos de todas las personas, sin distinción alguna (Cámara de Diputados, 2020) (Altamirano, 2017)
México se adhirió a la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 5 de mayo de 1948 siendo estado miembro durante 72 años, de los cuales 42 años ha formado parte del órgano consultivo creado por la OEA para la defensa de los derechos humanos denominada Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en 2018 dicha Comisión hizo un llamado en su informe Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas, a todos los estados miembros de la OEA para que respeten y apliquen los estándares contenidos en la opinión consultiva número 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, referidos al derecho de las personas a tener su identidad de género auto percibida reconocida y al derechos de las personas LGBTTTI al matrimonio igualitario, en este mismo informe externó su preocupación con el avance de sectores anti-derechos LGBTTTI, en la región inclusive en el seno de los poderes del Estado, que se traduce en la adopción de leyes y otras medidas estatales contrarias a los derechos de las personas LGBTTTI, como la omisión de legislar sobre el tema (CIDH, 2019) (García & Toro, 2008).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha definido la legalidad del matrimonio igualitario en todo el país, a través de sus criterios de interpretación, ha determinado que al no ser el matrimonio un concepto inmutable, puede también comprender las uniones de personas del mismo sexo, y que, por tal motivo, el establecimiento legal de este requisito vulnera los principios de igualdad y no discriminación, al excluir injustificadamente a las parejas homosexuales de la institución del matrimonio, lo anterior al no ser un derecho constitucional ocasiona que las personas interesadas promueven juicios de amparos para contraer matrimonio e incluso se desplazan a otros lugares como la Ciudad de México para poder casarse (Gamboa, Valdez, & Gutiérrez, 2016).
La SCJN determinó que prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo es discriminatorio, no obstante, la legislación de los estados no está armonizada automáticamente con este fallo que refuerza el precepto de que la discriminación sustentada en la orientación y preferencia sexual está vinculada al ámbito de la universalidad de los derechos humanos (Altamirano, 2017).
Las principales jurisprudencias al respecto publicadas en el Diario Oficial de la Federación de la primera sala, pleno y tribunales colegiados donde se reconoce el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo visibilizan un avance hacia una sociedad de derechos y libertades para todos:
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no se refiere o limita a un tipo específico de familia como podría ser la nuclear conformada por padre, madre e hijos con base en la cual se pudiera afirmar que ésta se constituye exclusivamente por el matrimonio entre un hombre y una mujer y, mucho menos, que sólo se proteja a la familia que surge de dicha institución, toda vez que en un estado democrático de derecho, en el que el respeto a la pluralidad es parte de su esencia, debe entenderse protegida constitucionalmente la familia como realidad social, a efecto de cubrir todas sus formas y manifestaciones en cuanto realidad existente, alcanzando a dar cobertura a aquellas familias que se constituyan con el matrimonio; con uniones de hecho; con un padre o una madre e hijos; o bien, por cualquier otra forma que denote un vínculo similar. (Suprema Corte de Justicia de la Nación y su Gaceta; XXXIV, 2011).
2. La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional (Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2009407, 2015).
3. La definición legal del matrimonio que contenga la procreación como finalidad de éste, vulnera los principios de igualdad y no discriminación (Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010675, 2015).
4. Las normas civiles que definen la institución del matrimonio como la que se celebra entre un solo hombre y una sola mujer, contienen una distinción con base en una categoría sospechosa, entre las parejas conformadas por personas heterosexuales y las conformadas por personas homosexuales, pues mientras a las primeras se les permite el acceso al matrimonio, a las segundas se les niega esa posibilidad (Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010676, 2015).
5. Matrimonio entre personas del mismo sexo. Las normas civiles que impiden esta posibilidad provocan una doble discriminación, al privar a las parejas homosexuales de los beneficios materiales y expresivos que se obtienen con dicha institución. (Gáceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010677, 2015)
6. Matrimonio entre personas del mismo sexo. no existe razón de índole constitucional para no reconocerlo. Las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. (Gáceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2009922, 2015).
7. Matrimonio entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal. Tiene validez en otras entidades federativas conforme al artículo 121 de la Constitución General de la República (artículo 146 del código civil para el Distrito Federal, reformado mediante decreto publicado en la gaceta oficial de la entidad el 29 de diciembre de 2009) ( S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, 2011).
8. Exclusión de las parejas del mismo sexo del matrimonio. El hecho de que exista un régimen similar pero distinto al matrimonio y que por ello se les impida el acceso a las parejas del mismo sexo es discriminatorio (Gáceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010263, 2015).
Estas y otras tesis jurisprudenciales se encuentran contenidas en la sección de funciones estereotipadas y prejuicios de la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero en la realidad del país sólo 13 estados; Ciudad de México, Campeche, Chihuahua, Colima, Coahuila, Michoacán, Morelos, Nayarit, Hidalgo, Baja California Sur, Oaxaca, San Luis Potosí y Tlaxcala han realizado las modificaciones legislativas necesarias para lograr el matrimonio igualitario y Quintana Roo permite el matrimonio dado que su código civil no establece que el matrimonio es la unión entre hombre y mujer, y otros Estados como Chiapas, Puebla, Jalisco, Nuevo León, Baja California y Aguascalientes aceptan el matrimonio igualitario por orden de la corte, en los demás estados incluido Veracruz las personas que deseen contraer matrimonio deben interponer un amparo y dado que es constitucional (Jurisprudencia SCJN 43/2015) el resultado debe tener una resolución favorable, lo que conlleva tiempo, dinero y esfuerzo por un trámite que debería ser de libre y fácil acceso para la comunidad LGBTTTI del estado de Veracruz (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2021) (CIDH, 2019) (Milenio , 2020).
Como legisladores nuestra función es hacer, establecer o dar las leyes para la ordenación de la sociedad y eso implica la neutralidad de nuestro trabajo, así como dejar de lado prejuicios y estereotipos que afecten a las minorías, y es un trabajo legislativo eficiente según la esfera de competencia lo que las personas esperan de un congreso estatal que legisle a favor de todas las personas en el estado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de este pleno, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de Veracruz legisle el derecho al matrimonio igualitario con base en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha definido la legalidad del matrimonio igualitario en todo el país, como parte del reconocimiento de los derechos de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual del estado de Veracruz.
Referencias
S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, 161270 (Pleno agosto de 2011).
Altamirano, G. (2017). El matrimonio igualitario Una lucha jurídico-política. México: CESOP Cámara de Diputados.
Cámara de Diputados. (2020). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
CIDH. (2019). Reconocimiento de Derechos de Personas LGBTI. Organización de Estados Americanos.
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010676, Tesis: 1a./J.84/2015 (10a.) (Primera Sala 11 de diciembre de 2015).
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010677, Tesis: 1a./J. 86/2015 (10a.) (Primera Sala 11 de diciembre de 2015).
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2009407, Tesis: 1a./J.43/2015 (10a.) (Primera Sala 30 de junio de 2015).
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2009922, Tesis: 1a./J.46/2015 (10a.) (Primera Sala 30 de junio de 2015).
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010263, 1a./J. 67/2015 (10a.) (Primera Sala 10 de 2015).
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 2010675, Tesis: 1a./J.85/2015 (10a.) (Primera Sala 25 de diciembre de 2015).
Gamboa, C., Valdez, S., & Gutiérrez, M. (2016). Matrimonios Igualitarios Regulación a nivel estatal y federal. México: Cámara de Diputados LXIII Legislatura.
García, S., & Toro, M. D. (2008). México y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Veinticinco años de jurisprudencia. En S. García, La Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Volumen III (págs. XIII-LXXXIV). México: Instituto de
Milenio . (8 de 12 de 2020). Milenio. Obtenido de
https://www.milenio.com/estados/que-estados-de-mexico-permiten-e l-matrimonio-igualitario
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (10 de febrero de 2021). Suprema Corte de Justicia de la Nación. Obtenido de
https://www.scjn.gob.mx/igualdad-de-genero/conceptos-relevantes/ criterios/5-Funciones_esteriotipadas
Suprema Corte de Justicia de la Nación y su Gaceta; XXXIV, Tesis: P. XXI/2011 (Pleno 1 de agosto de 2011).
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, para dictamen.
GARANTIZAR LA ENTREGA, EN TIEMPO Y FORMA, DE BECAS DEPORTIVAS A ATLETAS DE ALTO RENDIMIENTO DE LAS MODALIDADES CONVENCIONAL Y ADAPTADO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conade, la SEP y la SHCP a garantizar en tiempo y forma la entrega de becas deportivas a atletas de alto rendimiento de las modalidades convencional y adaptado, y a los integrantes de sus equipos multidisciplinarios que participarán en competencias deportivas internacionales clasificatorias y preparatorias, así como de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, del ciclo olímpico y paralímpico 2024, entre otras competencias nacionales e internacionales, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 65 y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
En las últimas décadas los gobiernos a nivel internacional han buscado diseñar e implementar mecanismos de gestión pública que les permita disminuir sus costos de operación, así como eficientar y transparentar el ejercicio del gasto público con la finalidad de lograr que ante recursos escasos o limitados se logre hacer más y mejores cosas a favor de la ciudadanía.
La búsqueda en los gobiernos por garantizar la eficiencia, eficacia y calidad de la gestión pública ha originado que se implemente un importante número de reformas jurídicas y administrativas para lograr estos objetivos; algunas de las acciones que se han realizado a nivel internacional a partir de la década de los años 90 del siglo pasado es el proceso de adelgazamiento del Estado y la implementación de elementos de la nueva gestión pública para contar con estructuras administrativas más pequeñas y eficientes, para que las acciones que se realicen sean transparentes y para que se rindan cuentas. Estas medidas buscan que las actividades realizadas tengan elementos puntuales para conocer la forma en la que se trabaja y la manera en la que se ejercen los recursos públicos a su cargo, con la finalidad de erradicar los actos de discrecionalidad o corrupción que se puedan llevar a cabo.
Combatir la opacidad y los actos de corrupción dentro del ejercicio de las esferas administrativas es parte de las acciones que se han llevado a cabo a favor de la rendición de cuentas, es un derecho de la ciudadanía conocer la forma en la que trabaja la administración pública y la manera en la que se gastan sus impuestos.
Nuestro país no ha sido omiso en este proceso de reformas administrativas y legales a favor de la transparencia, rendición de cuentas, eficiencia en el ejercicio del gasto público y la lucha contra la corrupción; toda vez que en los últimos años se han emprendido grandes esfuerzos en la materia a favor de las y los mexicanos.
El gobierno de México no ha sido ajeno a este proceso modernizador del Estado y la esfera gubernamental, desde el inicio de esta administración se manifestó de forma clara y decidida que se emprenderían acciones específicas para combatir los actos de corrupción, gastos excesivos en el gobierno y garantizar la eficiencia y eficacia en el ejercicio del gasto público.
Como parte de estas acciones, a inicios de 2020 se anunció que se desaparecerían 109 fideicomisos públicos en nuestro país, con el argumento de ser poco eficientes y transparentes en el ejercicio de los recursos a su cargo, y porque la falta de mecanismos para vigilar su gestión y el ejercicio de los recursos públicos se prestaba a actos de corrupción.
El 6 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Hidrocarburos; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley General de Protección Civil; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Aduanera; de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley Federal de Cinematografía; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Víctimas y se abroga la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos; mediante el cual se desaparecen 109 fideicomisos públicos de diferentes materias y ámbitos de desarrollo.
Uno de los fideicomisos que desaparecieron con la reforma en comento es el Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento (Fodepar), a través del cual se brindaban los apoyos económicos y materiales a los deportistas de alto rendimiento con posibilidades de participar en Juegos Olímpicos y Paralímpicos.
Con las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 6 de noviembre de 2020, mediante las cuales se desaparece el Fodepar, también se reformaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, sin alterar la responsabilidad del gobierno de ser responsable de otorgar, promover o, en su caso, brindar recursos económicos y materiales a los atletas de alto rendimiento en las modalidades convencional y adaptado para el desempeño de sus actividades, por lo que se señala su redacción vigente, resaltando los elementos que se acaban de aprobar recientemente.
Artículo 30. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) tiene las siguientes atribuciones:
I. al XXV. ...
XXVI. Se deroga.
Fracción derogada DOF 06-11-2020
XXVII. al XXX. ...
Artículo 110. Corresponde a la Conade y a los organismos de los sectores públicos otorgar y promover en el ámbito de sus respectivas competencias, ayudas, subvenciones y reconocimientos a los deportistas, técnicos y organismos de cultura física y deporte ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y en su caso, en la convocatoria correspondiente.
Reforma DOF 06-11-2020: Derogó del artículo los entonces párrafos segundo y tercero
La Conade gestionará y establecerá los mecanismos necesarios para que los deportistas con discapacidad, sin discriminación alguna, gocen de los mismos reconocimientos y estímulos que otorgue el gobierno federal a los deportistas convencionales.
Artículo 116. Para efecto del cumplimiento de lo dispuesto por el presente Capítulo, la Conade con cargo a su presupuesto autorizado, brindará los apoyos económicos y materiales para la práctica y desarrollo del deporte de alto rendimiento con posibilidad de participar en Juegos Olímpicos y Paralímpicos.
Se deroga.
El procedimiento para el otorgamiento de los apoyos quedará establecido en el Reglamento correspondiente de la presente ley y deberá considerar, entre otros criterios, la opinión de expertos en las respectivas disciplinas y el rendimiento de deportistas en competencias oficiales.
Artículo reformado DOF 06-11-2020 1
Con estas reformas se estableció que, a pesar de la desaparición del Fodepar, el Estado deberá seguir respaldando el deporte de alto rendimiento en nuestro país en sus modalidades convencional y adaptada, así como dotarlos de los medios económicos materiales necesarios para su desempeño.
En adición a lo anterior es pertinente destacar que, dentro de los artículos décimo y decimoprimero transitorio de la reforma del 6 de noviembre de 2020, se estableció de forma particular lo siguiente:
Décimo. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte realizará las acciones conducentes para el otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos, con cargo a su presupuesto autorizado, para lo cual el Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte establecerá los criterios y bases para el otorgamiento de dicho reconocimiento.
Decimoprimero. Dentro de un plazo de ciento ochenta días naturales, el Ejecutivo federal deberá reformar los reglamentos de las leyes que se reforman por virtud de la entrada en vigor del presente decreto, en lo que resulte conducente. 2
Como podemos darnos cuenta, se establecen acciones concretas en materia de becas vitalicias, con el fin de seguir garantizando su otorgamiento, toda vez que, si bien con la reforma del 6 de noviembre de 2020 se derogó el segundo párrafo del artículo 110 que hablaba en torno a dicho apoyo, el régimen transitorio aquí citado asegura su continuidad.
En referencia al artículo decimoprimero transitorio, se fija de forma clara el plazo al que deberá ajustarse el Ejecutivo federal para reformar los reglamentos de las leyes modificadas con la entrada en vigor del multicitado decreto, con lo que se garantizará que las reformas implementadas serán cumplidas a cabalidad al reformarse de forma específica el Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte para tales efectos.
A pesar de que las reformas aprobadas a la Ley General de Cultura Física y Deporte, se señalan también las adecuaciones que deberán hacerse dentro de su reglamento para cumplir con los objetivos de las mismas y garantizar la entrega de apoyos económicos y recursos materiales a deportistas de las modalidades convencional y adaptado, así como al personal técnico o de los equipos multidisciplinarios, ante los cambios repentinos y toda vez que no han sido realizadas las adecuaciones a los reglamentos de las leyes reformadas de acuerdo al artículo decimoprimero transitorio, existe incertidumbre por parte de este gremio en conocer los mecanismos a través de los cuales se asegurará la entrega puntual y eficiente a los que se hace referencia dentro del capítulo IV Estímulo a la Cultura Física y al Deporte principalmente en lo establecido por los artículos 110, 117 y decimoprimero transitorio del decreto del 6 de noviembre de 2020, con la finalidad de tener certeza de que los recursos económicos y materiales que se mencionan se entregarán en tiempo y forma a los deportistas de las dos modalidades y a sus equipos multidisciplinarios para poder participar en competencias nacionales e internacionales como los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2021, del ciclo olímpico y paralímpico 2024, entre otras.
En otro orden de ideas y dadas las circunstancias en las que nos encontramos en la actualidad, en relación al deporte nacional y al panorama que enfrenta a consecuencia de la pandemia provocada por el covid-19 es importante que destaquemos el gran reto que enfrentan nuestros deportistas para el desarrollo de sus actividades y su participación en competencias nacionales e internacionales. En torno a esta problemática es pertinente que señalemos lo siguiente.
El deporte, al igual que otras muchas actividades humanas, enfrenta importantes afectaciones en su desarrollo toda vez que su práctica se ha visto detenida a consecuencia de la pandemia, en razón a que se tuvieron que implementar medidas ordinarias y extraordinarias para contener la propagación de la enfermedad, limitándolo en todos los niveles.
El deporte de alto rendimiento, tanto en su modalidad convencional como adaptado, no ha sido la excepción, en virtud de que a nivel internacional tuvieron que ser suspendidas o pospuestas un importante número de competencias deportivas, entre ellas los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio, para evitar la propagación del covid-19 y con ello el incrementar en el mundo las muertes y los contagios provocados por el mismo.
Estas medidas generaron que los deportistas de alto rendimiento en nuestro país y a nivel internacional vieran afectadas sus carreras, al detener o retrasar sus entrenamientos, al impedir la realización de actividades deportivas para evitar los contagios entre los atletas de las diferentes disciplinas, generando incertidumbre, estrés y ansiedad.
Los Juegos Olímpicos de Tokio y las competencias clasificatorias o de práctica para los deportistas ya clasificados que estaban programados para el año 2020 tuvieron que ser reprogramados para garantizar la seguridad tanto de los deportistas como de los asistentes que acudirán a los mismos, estableciendo como fecha para su realización el primer semestre de 2021.
El hecho de que se hayan pospuesto los Juegos Olímpicos y Paralímpicos y las justas deportivas previas a los mismos ha generado inestabilidad y estrés en los atletas de alto rendimiento y en sus equipos multidisciplinarios, quienes en los últimos meses han enfrentado, a consecuencia de la pandemia y de factores administrativos derivados de la reforma a la Ley General de Cultura Física y Deporte del 6 de noviembre de 2020, incertidumbre respecto a los instrumentos a través de los cuales se garantizará la entrega en tiempo y forma de los apoyos económicos y materiales que establece la ley para contar con recursos ordinarios y extraordinarios para su manutención y participación en las competencias deportivas próximas a realizarse a nivel nacional e internacional. Del mismo modo, no existe certeza alguna de si serán apoyados con la aplicación de una vacuna contra el covid-19 y seguros de gastos médicos que cubran esta enfermedad durante el desarrollo de dichas competencias, toda vez que el seguro médico actual no tiene cobertura para atender casos de contagio por la enfermedad señalada.
No debemos perder de vista que la gran mayoría de los deportistas de alto rendimiento en nuestro país y los integrantes de sus equipos multidisciplinarios dependen de estos ingresos para solventar los gastos de su manutención, para la compra de medicamentos o insumos personales para la práctica de sus disciplinas, por lo que se debe atender de forma inmediata este problema al dar a conocer los criterios para el otorgamiento de becas y la entrega de insumos materiales.
La urgencia por atender este tema radica en que al ser el 2021 el año en el que se realizarán diferentes competencias deportivas nacionales e internacionales como los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio, se necesita garantizar que los deportistas y los integrantes de sus equipos multidisciplinarios contarán con los medios económicos para subsistir y poder continuar con su preparación física.
Otro aspecto que es pertinente señalar en torno a la realización de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos es la necesidad de garantizar que todos los deportistas e integrantes de los equipos multidisciplinarios sean vacunados contra el covid-19, para garantizar su salud y evitar que se siga propagando la enfermedad.
Si bien es cierto que el Comité Olímpico Internacional y el Comité Organizador han manifestado que se siguen diseñando los protocolos para garantizar la salud de los deportistas y de los asistentes a los juegos, es fundamental que nuestro país tome cartas en el asunto e implemente acciones urgentes y efectivas para garantizar la salud de las y los integrantes de la delegación que representará a nuestro país en las competencias clasificatorias, de práctica y de los Juegos Olímpicos de Tokio.
Al respecto, diferentes medios informativos y de comunicación han retomado la siguiente información de parte del Comité Organizador:
Los responsables del comité organizador reafirmaron su determinación de organizar el evento deportivo el próximo verano en cualquier situación, lo que incluye también las posibilidades de que no haya vacunas efectivas o que no se pueda vacunar a un elevado número de gente, dijo en rueda de prensa el CEO de Tokio 2020, Toshiro Muto.
...
Los organizadores nipones recalcaron que barajan un amplio elenco de planes para diferentes posibilidades de evolución de la pandemia, que afectarán a las medidas de prevención de contagios entre atletas y a la presencia de público en las gradas, asuntos que deberán ser definidos en los próximos meses.
...
Una de las claves en este sentido será la inoculación de vacunas entre los atletas extranjeros, una medida sanitaria que el Comité Olímpico Internacional (COI) promoverá aunque no se espera que sea obligatoria, así como la vacunación a gran escala en Japón, un proceso que no comenzará hasta finales de febrero y que se alargará durante meses.
...
El comité organizador espera que la vacuna se inyecte a tanta gente como sea posible tanto en Japón como a los atletas extranjeros y a los potenciales visitantes foráneos, según Muto, quien destacó no obstante que eso no es una condición indispensable para la celebración de los Juegos.
... 3
En relación a lo anterior, si bien es cierto que el comité organizador ha señalado que posiblemente no sea obligatorio que los deportistas que participarán en los Juegos Olímpicos de Tokio demuestren haber sido vacunados, es necesario garantizar que a los atletas de alto rendimiento y la delegación que representará a nuestro país les sea suministrada la vacuna para preservar su salud. Asimismo, se debe asegurar que contarán con los recursos materiales y económicos ordinarios y extraordinarios para su participación y obtención de buenos resultados en los mismos.
Derivado de lo aquí expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus funciones y facultades, garanticen en tiempo y forma la entrega de becas deportivas a atletas de alto rendimiento y a los integrantes de sus equipos multidisciplinarios de las modalidades convencional y adaptado que participarán en competencias deportivas internacionales clasificatorias y preparatorias, así como de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020, del ciclo olímpico y paralímpico 2024, entre otras competencias nacionales e internacionales y, en su caso, se les entregue un apoyo económico extraordinario para solventar sus gastos en las mismas.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus funciones y facultades, den a conocer los criterios para la solicitud, otorgamiento, conservación, suspensión, pago y, en su caso, comprobación de becas deportivas, apoyos para competencias nacionales e internacionales, seguro médico, equipamiento deportivo y apoyo de equipos multidisciplinarios, becas vitalicias a medallistas olímpicos y recursos ahorrados por los deportistas previstos de manera general o particular dentro del capítulo IV de la Ley General de Cultura Física y Deporte, con la finalidad de brindar certeza a los deportistas e integrantes de los grupos multidisciplinarios que dependen de los mismos.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a considerar a las y los deportistas de alto rendimiento de las modalidades convencional y adaptado y a los integrantes de sus equipos multidisciplinarios e integrantes de la delegación que representará a nuestro país en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020 o en competencias clasificatorias y preparatorias, como grupos prioritarios para la aplicación de vacunas contra el virus SARS-Cov-2 covid-19.
Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para que, dentro del ámbito de sus funciones y facultades, garantice que los seguros médicos que se contraten para las y los deportistas de alto rendimiento de las modalidades convencional y adaptado, los integrantes de sus equipos multidisciplinarios y los integrantes de la delegación que representará a nuestro país en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Tokio 2020 o en las competencias clasificatorias y preparatorias, tengan cobertura por enfermedad generada por el covid-19.
Notas
1 DOF. (7 de junio de 2013). Ley General de Cultura Física y Deporte. Disponible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCFD_061120.pdf
2 Ibídem. Página 59 de 61.
3 ESPN. (28 de enero de 2021). Tokio 2020 no ve indispensable vacunación masiva en Japón para celebrar JJOO. Disponible en:
https://www.espn.com.mx/olimpicos/nota/_/id/8099047/tokio-2020-n o-ve-indispensable-vacunacion-masiva-para-olimpicos
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen.
INCLUIR EN LA PRIMERA ETAPA DE VACUNACIÓN CONTRA EL COVID-19 A TRABAJADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a incluir en la primera etapa de vacunación contra el covid-19 a trabajadores públicos y privados de los servicios funerarios, a cargo de la diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, para exhortar respespetuosamente a la Secretaría de Salud a incluir en la primera etapa de vacunación contra el covid-19 a trabajadores públicos y privados de los servicios funerarios, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El 31 de diciembre de 2019 fue notificada la Organización Mundial de la Salud (OMS) acerca del brote de enfermedad por coronavirus (covid-19) que fue registrada por primera vez en Wuhan (China), a partir de ese momento los Gobiernos y la OMS han trabajado en ampliar los conocimientos científicos sobre el nuevo virus, rastreando su propagación y virulencia.
El 30 de marzo de 2020, el gobierno de México emitió el acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de la enfermedad generada por el virus SARS-Cov-2 (covid-19) en México y pone en marcha medidas como uso de cubrebocas, sana distancia y quedarse en casa.
El reporte técnico diario que emite y da a conocer la Secretaría de Salud arroja
Al 2 de febrero, México registró 433 nuevas muertes y 4 mil 384 casos de la covid-19 en las últimas 24 horas, para un total de 159 mil 533 decesos y 1 millón 874 mil 092 contagios confirmados. 1
En cuanto a las defunciones, la Ciudad de México acumula 18.2 por ciento del total a nivel país. En este sentido, la vacuna, que suele ser una esperanza ante la letalidad del virus SARS-Cov-2, comenzó a tener piso real en el mes de diciembre cuando en conferencia de prensa, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell, informó el 8 de diciembre que los trabajadores de la Salud serían los primeros en recibir la vacuna contra el covid-19 en México, al igual que en otros países. Agregó que es muy importante que el grupo de profesionales que está protegiendo a la población sea vacunado. 2
En este sentido la etapa de vacunación se presentó de la siguiente forma:
Fuente: El Economista, 8 de diciembre de 2020.
En esa estrategia, el gobierno comenzó la compra de la vacuna y emitió el 12 de enero de 2021 la política nacional rectora de inmunización contra el virus SARS-Cov-2 para prevenir el covid-19, 3 el cual presenta la priorización de los grupos de población que se vacunarán, las etapas y logística de la estrategia, así como el plan de comunicación.
Las etapas de vacunación son las siguientes:
Etapa 1, diciembre 2020 a febrero 2021: Personal de salud de primera línea de control de la covid-19.
Etapa 2, febrero a abril de 2021: Personal de salud restante y personas de 60 y más años.
Etapa 3, abril a mayo 2021: Personas de 50 a 59 años.
Etapa 4, mayo a junio 2021: Personas de 40 a 49 años.
Etapa 5, junio 2021 a marzo 2022: Resto de la población. 4
Al 2 de febrero se había comenzado a aplicar la vacuna con una cifra de 677 mil 539 dosis entre el personal sanitario y educativo y son ya 45 mil 748 quienes han recibido ambas dosis. 5
Sin embargo, la presente proposición considera que el personal de primera línea de control del covid-19 es por supuesto el personal de salud, pero también el personal de funerarias que realiza manejo de cadáveres de covid-19 y que se encuentra expuesto por cuerpos afectados y por el incremento exponencial de casos de fallecimientos.
En el país se han confirmado 1 millón 874 mil 92 de casos y 159 mil 533 defunciones por covid-19. 6 En cuanto a los casos acumulados por entidad de residencia, son 10 las entidades que acumulan el mayor número de casos: Ciudad de México, estado de México, Guanajuato, Nuevo León, Jalisco, Sonora, Puebla, Coahuila, Tabasco y Veracruz, que en conjunto representan el 67% de todos los casos acumulados en el país.
Sin embargo, la Ciudad de México registra la mayor parte de los casos acumulados del país y representa por 26 por ciento de todos los casos registrados por entidad de residencia.
En concordancia con los contagios, la información sobre defunciones totales es alarmante: al 2 de febrero de 2021 se registraban 159 mil 533 defunciones por covid-19, en las que se destaca el predominio de muerte en hombres (63 por ciento), la mediana de edad en los decesos es de 64 años.
Otro dato importante es que las defunciones por covid-19 se registran en mayor número en Ciudad de México (29 mil 190), estado de México (18 mil 375), Jalisco (8 mil 520), Guanajuato (7 mil 406), Puebla (7 mil 150), Veracruz (7 mil 58), Nuevo León (6 mil 791), Baja California (6 mil 770), Sonora (5 mil 341) y Coahuila (5 mil 275). Cabe destacar que la Ciudad de México acumula 18.3 por ciento de las defunciones a escala nacional.
Pese a que en los Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por covid-19 (SARS-Cov-2) en México 7 se establece:
[Los ]cadáveres de personas fallecidas por covid-19, [...] puede considerarse que [...] podrían suponer un riesgo de infección para las personas que entren en contacto directo con ellos, por lo que deben ser manejados según lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos y las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas, además de considerar el respeto por la dignidad humana en el tratamiento de los cadáveres y la relación con los familiares del fallecido, y se deberá verificar que se sigan las precauciones recomendadas en esta Guía en todo momento.
Resultará necesario explicar a la familia en términos sencillos la necesidad de no tocar ni besar el cuerpo bajo los conceptos de los mecanismos de transmisión de la enfermedad (contacto y gotas). A la entrega del cadáver por parte del personal capacitado para ello de la institución, la familia debe contar ya con un plan de disposición del cuerpo y con los servicios funerarios contratados. 8
El manejo y la exposición latente con un cadáver que padeció covid-19 pone en riesgo a quienes trabajan por que los cuerpos lleguen a su destino final.
El incremento de fallecimientos por covid-19 en las 10 entidades antes mencionadas, incrementa la solicitud de servicios funerarios, colocando a los trabajadores de funerarias en riesgo. En el caso de la Ciudad de México los trabajadores de los 117 panteones 9 y 17 crematorios 10 están en línea directa con cuerpos infectados por covid-19.
El 17 de enero, un reportaje en un medio de circulación nacional, da cuenta que: Si la situación por fallecimientos por covid-19 continúa al alza, es probable que se llegue a la saturación y a un punto de colapso, no sólo por la cantidad de servicios solicitados por los clientes, sino también por el agotamiento, contagio y muerte del personal funerario. Así lo advirtió el vicepresidente de la Asociación Nacional de Directores de Funerarias, Roberto García, quien señaló que entre 40 y 50 por ciento de los empleados del ramo ya se han infectado. 11
También alerta, que el trabajo que hace el personal funerario no muchas personas lo hacen y si este personal empieza a enfermar y fallecer será muy complicado de donde echar mano.
Pese a que el personal de la funeraria debe utilizar un overol completo, guantes, gogles y cubre calzado, además de que en las carrozas aplica líquidos sanitizantes hechos con cloro y agua, o con alcohol, el riesgo es latente.
Por lo expuesto someto el presente instrumento parlamentario, de urgente resolución, a consideración del pleno de la Cámara de Diputados:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud a incluir en la primera etapa de vacunación contra el covid-19 a trabajadores públicos y privados de los servicios funerarios.
Notas
1 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/mexico-suma-159-mil-533-muertes-por-covid -19
2 https://www.eleconomista.com.mx/politica/Primera-etapa-de-vacuna-cion-en-Mexico -iniciara-en-la-CDMX-y-Coahuila-Lopez-Gatell-20201208-0039.html
3 https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/01/PolVx_covid_ 11Ene2021.pdf
4 https://www.eleconomista.com.mx/politica/Primera-etapa-de-vacuna-cion-en-Mexico -iniciara-en-la-CDMX-y-Coahuila-Lopez-Gatell-20201208-0039.html
5 Ibídem.
6 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/613697/Comunica-do_Tecnico_Diari o_COVID-19_2021.02.02.pdf
7 http://www.pudh.unam.mx/perseo/lineamientos-de-manejo-general-y-masivo-de-cadav eres-por-covid-19-sars-cov-2-en-mexico/
8 https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2020/04/Guia_Manejo_ Cadaveres_COVID-19.pdf
9 https://www.jornada.com.mx/ultimas/capital/2020/10/16/panteones-de-cdmx-cerrara n-el-1o-y-2-de-noviembre-6061.html
10 https://lucesdelsiglo.com/2021/01/10/desborda-covid-los-crematorios-en-cdmx/
11 https://www.jornada.com.mx/notas/2021/01/17/politica/probable-colapso-de-funera rias-si-muertes-continuan-un-par-de-meses/
Palacio legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Adriana María Guadalupe Espinosa de los Monteros García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
SE INFORME DE LA EJECUCIÓN Y EL PROGRESO DE LAS METAS PRIORITARIAS PARA EL BIENESTAR, EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL HÍDRICO 2020-2024
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Conagua a realizar en la implantación del Programa Nacional Hídrico 2020-2024 una campaña de difusión e informar a la opinión pública sobre la ejecución y el progreso de las metas prioritarias para el bienestar, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en las fracciones IV y V del numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:
Consideraciones
La Comisión Nacional del Agua es el órgano administrativo encargado de la gestión del agua en México, cuyo ámbito de competencia son las regiones hidrológico-administrativas (RHA), las cuales están formadas por agrupaciones de cuencas, consideradas unidades básicas para la gestión de los recursos hídricos.
Su gestión consiste en el desarrollo de políticas, actos, recursos, derechos y responsabilidades, en el que se promueven de manera sustentable el control y manejo del uso del agua, para beneficio de la sociedad tanto económico como ambiental.
En virtud de ello y para hacer énfasis a lo anterior, el Artículo 4o., Párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a la letra señala que:
. i
Actualmente nos encontramos en una situación en la que existe poco acceso al abastecimiento de agua, en el que 35 millones de ciudadanos cuentan con una baja disponibilidad de este recurso.
A nivel nacional, solo el 58% de la población del país cuenta con el servicio del agua diariamente en su domicilio. El estado de Guerrero solo cuenta con el 10%, a diferencia del estado de Nuevo León, con un 95%. En las zonas urbanas solo se cuenta con un valor de 64%, mientras que en las rurales hay una gran diferencia en la que se cuenta con solo el 39% de dicho servicio.
México se encuentra con una baja administración del agua, sólo el 69% de los hogares recibe agua potable diariamente ii, siendo el restante en su mayoría comunidades de bajos recursos, afectando así las actividades económicas de los mismos, ya que no se cuenta con el manejo de un sistema hidráulico sustentable por parte de la Comisión Nacional del Agua, lo cual genera un costo muy elevado desde el punto de vista social, económico, ambiental y político, es decir, nos encontramos en situaciones de sobreexplotación, sobre-concesión y contaminación de dicho recurso.
La sobreexplotación de los acuíferos en México cada año es más alarmante. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dio a conocer que, en 1975, 35 acuíferos eran sobreexplotados. Para 2017 aumentó a 105. Cabe mencionar que actualmente se extrae agua de 653 acuíferos y de los sobreexplotados se obtiene 58% del agua subterránea abarcando todos los tipos de usos. iii
Lo que conlleva a una distribución irregular de dicho recurso, propiciando una baja estabilidad y seguridad en la conservación del derecho al uso y consumo del agua, derecho fundamental e inalienable, individual y colectivo de los habitantes de las comunidades y municipios rurales de nuestro país.
En México, la Comisión Nacional del Agua, en el Informe Estadísticas del Agua en México publicado en 2018, respecto de los usos de este vital líquido determinó como consuntivos a la diferencia entre el volumen extraído y el descargado al llevar a cabo una actividad y los no consuntivos como aquella actividad que no modifica el volumen. Respecto del primer uso, establece que existe un 61% dedicado a este en aguas superficiales, y un 39% de uso no consuntivo en un 39%. Dentro de los consuntivos se encuentran clasificados por sectores: agrícola 76.0%, energía eléctrica 4.7%, abastecimiento público 14.4 %, industria autoabastecida 4.9%. Asimismo, establece que México es importador de agua virtual en 37,357 hm3. iv
De igual manera, esté informe estadístico determina que hasta 2017 se tenía registrado 270,917 hm3 de concesiones en el todo territorio nacional, donde el 90.4% de estas están destinadas al uso agrícola y abastecimiento público a nivel nacional.
Por ello, al publicarse el Programa Nacional Hídrico 2020-2024, el 30 de diciembre de 2020, donde se pretende revisar y regular las concesiones e investigar posibles hechos de corrupción en las plantas de tratamiento de aguas, conviene que la Comisión vigile y ejecute las metas de bienestar e indicadores para la distribución del agua a los diversos sectores en la república mexicana.
Al ser la Comisión Nacional del Agua en conjunto con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quienes intervendrán en la ejecución del mismo, es necesario que se den a conocer los avances y trabajos de la operación del Programa Nacional Hídrico 2020-2024, a esta Cámara de Diputados.
Lo anterior, permitirá que la población mexicana que se encuentra continuamente afectada por el suministro del agua en los diversos sectores ya mencionados, sobre todo en los estados del norte de México, tengan certeza del suministro de agua y de la capacidad con la que podrán contar durante los periodos de tiempo sugeridos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Punto de acuerdo por el que el honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para que en la implementación del Programa Nacional Hídrico 2020-2024 publicado el 30 de diciembre de 2020, de a conocer cada seis meses a esta Cámara de Diputados la ejecución y el progreso de las metas prioritarias para el bienestar anunciadas en el mismo.
Notas:
i http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf
ii https://www.ethos.org.mx/ethos-publications/corrupcion-en-el-sector-agua-quien- es-responsabledelacrisis/#:~: text=Hoy %20en%20d%C3%ADa%2C%20s%C3%B3lo%20el,causas%20detr%C3%A1s%20de%20esta%20situaci %C3%B3n.
iii https://www.gob.mx/semarnat/archivo/documentos
iv http://sina.conagua.gob.mx/publicaciones/EAM_2018.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero de 2021. Diputada María de los Angeles Gutiérrez Valdez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
EXHORTO AL GOBIERNO DE TAMAULIPAS Y AL MUNICIPIO DE CIUDAD VICTORIA, A GARANTIZAR EL DERECHO AL ACCESO AL AGUA POTABLE DURANTE LA PRÓXIMA TEMPORADA DE SEQUÍA Y ESTIAJE
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos de Tamaulipas y Ciudad Victoria a implantar acciones encaminadas a garantizar el derecho al acceso al agua potable y presentar un plan para prevenir el desabasto en la próxima temporada de sequía y estiaje, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El acceso al agua constituye un derecho humano fundamental, toda vez que es esencial para la vida diaria en el desarrollo de actividades, principalmente, para el consumo humano. Su acceso y disponibilidad adquieren mayor importancia en entidades federativas donde se presentan altas temperaturas, tal es el caso del estado de Tamaulipas y, en particular, del municipio de Victoria.
El Foro Económico Mundial, en su Reporte Global de Riesgos 2020, consideró la crisis del agua como uno de los cinco riesgos de mayor impacto en el mundo, y el octavo en términos de probabilidades. Sin embargo, en Tamaulipas ya se vive, no solo en términos de la sequía que duramente ha afectado al campo en los últimos años, sino en el día a día de la ciudad capital. En Ciudad Victoria ya se vive y se viene agudizando en los últimos cinco años.
Año con año, los habitantes de Ciudad Victoria sufrimos por la escasez de agua, la cual se agudiza en las épocas de calor, afectando el desarrollo de las actividades cotidianas de las familias victorenses, las actividades agrícolas y diversas actividades productivas y económicas.
Resulta lamentable que los cortes de agua y el desabasto en las colonias se vuelva cada vez más recurrente, como ocurrió la semana del 8 al 12 de febrero del presente año cuando el desabasto de agua afectó al 70 por ciento de los habitantes de Ciudad Victoria. La falta del vital líquido impacta en la calidad de vida de las familias victorenses.
El grave desabasto de agua provocó que colonos de diversos sectores salieran a las calles a manifestarse reclamando a la Comisión Municipal de Agua Potable (Comapa) la solución inmediata y definitiva a esta problemática ya recurrente, o la renuncia de los funcionarios responsables que no han sido capaces de resolver los problemas de mantenimiento e implementar las acciones necesarias para su solución. 1
La falta del vital líquido se vuelve más grave durante la contingencia sanitaria provocada por el virus covid-19, toda vez que, entre otras medidas, deben fortalecerse los hábitos de higiene personal y en los espacios públicos.
Los cortes en el suministro de agua no sólo han generado impactos negativos a negocios y empresas, sino además, daños a la economía del municipio y la preocupación e inquietud entre los habitantes de la demarcación. Asimismo, las ineficiencias de las autoridades municipales han fomentado abusos y pagos indebidos, ya que particulares han aprovechado la coyuntura para cobrar hasta mil 500 pesos a familias de bajos recursos por una pipa de agua.
Frente a estos acontecimientos, organizaciones de la sociedad civil han exigido mayor atención e involucramiento por parte de las autoridades municipales, así como del gobernador del estado, para resolver en definitiva los problemas de escasez y falta de agua en el estado y, de manera específica en la capital del estado, Ciudad Victoria.
La escasez de agua ha evidenciado problemas de mantenimiento de las redes hidráulicas, tuberías y la sobreexplotación de acuíferos como el del Victoria-Güémez y Victoria-Casas
De no atenderse de manera oportuna y correcta este contexto, aunado a las altas temperaturas, se favorecerá la proliferación de enfermedades, principalmente gastrointestinales, y la aparición de cuadros de deshidratación y golpes de calor, es decir, la salud de la población está en inminente riesgo.
Cabe señalar que, en agosto de 2019, la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión aprobó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y al del estado de Tamaulipas, para que destinen los recursos necesarios al municipio de Ciudad Victoria, a fin de garantizar el abasto de agua potable entre la población. 2
Los resolutivos correspondientes fueron comunicados tanto al gobierno federal como al gobierno del estado de Tamaulipas, quienes han sido omisos para garantizar el acceso al agua, derecho humano fundamental.
Si las instancias competentes de los tres ámbitos de gobierno hubieren atendido con responsabilidad y oportunidad los resolutivos del punto de acuerdo antes citado, se hubiese avanzado para garantizar el abasto de agua en Ciudad Victoria y situaciones como las vividas la semana del 9 al 12 de febrero que afectaron al 70 por ciento de los habitantes de la ciudad no hubieren ocurrido.
Bajo estas consideraciones, los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI consideramos fundamental que el gobierno municipal de Ciudad Victoria, con el apoyo del gobierno del estado implementen acciones concretas para evitar el desabasto de agua.
Tenemos la oportunidad de evitar que el desabasto del agua se siga agudizando y pueda convertirse en un problema de mayores dimensiones y provoque conflictos sociales que la sociedad victorense no merece.
En el Grupo Parlamentario del PRI seguiremos impulsando las acciones legislativas e institucionales que permitan avanzar en la solución de los problemas que afectan a los habitantes del estado, así como a los empresarios e inversionistas que mantienen la confianza en Tamaulipas y contribuyen a su desarrollo.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Tamaulipas, así como al alcalde de Ciudad Victoria, a implementar acciones inmediatas encaminadas a garantizar el derecho al acceso al agua potable a los habitantes de Ciudad Victoria y sus sectores productivos y económicos.
Segundo. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al gobernador del estado, así como al alcalde de Ciudad Victoria, presenten un plan para prevenir el desabasto de agua durante la próxima temporada de sequía y estiaje en Ciudad Victoria.
Notas
1 [1]Diario El Mercurio de Tamaulipas. Domingo 14 de febrero de 2021.
2 [1] https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/1/2019-08-07-1/assets/documentos/D ict_Tercera_Abasot_Agua_Ciudad_Victoria.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
PROTOCOLO OFICIAL DE ATENCIÓN A LA PRENSA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN, SIN TRATO DISCRIMINATORIO, EN OAXACA
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno de Oaxaca a implantar en sus dependencias un protocolo oficial sobre la actuación de las autoridades para atender sin discriminar a la prensa y los medios de comunicación, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Margarita García García, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta Soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorte a la Fiscalía General de Estado de Oaxaca implemente un protocolo oficial contra agresiones a periodistas , al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La libertad de expresión es uno de los derechos fundamentales que defiende la Organización de las Naciones Unidas, por medio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, protegido en su artículo 19 debido a que es un derecho el ser informado y el obtener información para poder crearnos nuestros propios criterios.
La libertad de expresión permite la disidencia promocionando la libertad de opinión y de expresión cuidando que estas opiniones no se vuelvan un discurso de odio en contra de algo o alguien, el proteger a los periodistas es importante debido a que no sean censurados, criminalizados, incluso asesinados cuando su búsqueda de información conlleva enfrentarse a gobiernos o empresas criminales, ya que se amenaza que las personas puedan crearse un opinión propia de lo que sucede.
México a su vez también apoya la protección a la libertad de expresión y de los periodistas, por medio de la Comisión nacional de los Derechos humanos y la Quinta Visitaduría General en donde cuenta con la Dirección General de del Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos y por medio de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que fue promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2012, cuyo objetivo es la cooperación entre Estados y la Federación para implementar medidas de Prevención y Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de promoción o defensa de los derechos humanos, lo que incluyen a los periodistas.
En México ser periodista es un trabajo peligroso ya que como podemos observar en las siguientes cifras en los últimos cuatro sexenios se tuvo un gran número de asesinatos a periodistas, a saber:
Presidente Asesinatos*
Vicente Fox Quezada 22
Felipe Calderón 48
Enrique Peña 47
Andrés Manuel 17
* Datos obtenidos de la página, articulo 19.org
Del Año 2000 al año 2020 hay un total de 137 comunicadores asesinados, entre periodistas y fotógrafos, de estos 126 hombres y 11 mujeres, el mayor número de asesinatos se han dado en los Estados de Guerrero, Tamaulipas, Veracruz, Chihuahua y Oaxaca.
En caso del Estado de Oaxaca de todas las agresiones reportadas hacia periodistas el 44% fueron por servidores públicos vinculados a las fuerzas de seguridad estatal y municipales, el 5% por partidos políticos, se tiene información en donde una de cada 10 denuncias se consignan ante un juez.
Algunas de las agresiones de las que se tienen registro se han dado en el municipio de Loma Bonita a trabajadores del periódico El Piñero de la Cuenca, en donde se han dado 13 ataques en solo 3 años, también en el municipio autónomo de San Juan Copala hacia dos periodistas de la estación de radio La Voz que Rompe el Silencio, un periodista del periódico El Imparcial de Oaxaca, está también el caso del reportero de noticias CMM Informativo ene l municipio de Pinotepa Nacional quien sufrió cuatro agresiones las cuales denuncio en la Fiscalía General de Oaxaca y ante la Defensoría de los Derechos Humanos del pueblo de Oaxaca, otras agresiones registradas tenemos las siguientes:
* Tabla obtenida de articulo19.org Publicaciones
La organización de artículo 19 entre los meses de septiembre y octubre de 2013 visitó las regiones de la Mixteca, Costa, Cuenca del Papaloapan y Oaxaca para impartir talleres para la protección de periodistas y a su vez conocer las problemáticas que enfrentan en el desarrollo de su trabajo, en donde se entrevistaron con más de 60 periodistas, una de las principales quejas fue la falta de protocolos de actuación de las autoridades para atender a la prensa.
Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Oaxaca a que implemente un protocolo oficial en sus dependencias para actuación de las autoridades para brindar la atención a la prensa y medios de comunicación, sin trato discriminatorio.
Bibliografía
- artículo19.org Libertad de expresión y derecho a la información. Periodistas Asesinados. Página
https://articulo19.org/periodistasasesinados/
- artículo 19. Org Libertad de Expresión y derecho a la información. Agresiones a la prensa en Oaxaca entre la impunidad y la falta de protocolos oficiales. Página
https://articulo19.org/agresiones-a-la-prensa-en-oaxaca-entre-la -impunidad-y-la-falta-de-protocoles-oficiales/
- Itsmo Press. Reportero de Oaxaca exige protección por agresiones que ha recibido en su contra. Página:
http://www.istmopress.com.mx/oaxaca/reportero-de-oaxaca-exige-pr oteccion-por-agresiones-que-ha-recibido-en-su-contra/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de febrero de 2021. Diputada Margarita García García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.
SE DICTAMINE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY GENERAL DE SALUD Y LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL, A FIN DE PROHIBIR Y SANCIONAR PRUEBAS COSMÉTICAS EN ANIMALES
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Comisión de Salud de esta soberanía a dictaminar la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, y Federal de Sanidad Animal para prohibir y sancionar pruebas cosméticas en animales, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 19 de marzo de 2020, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de las Comisiones Unidad de Salud; y de Estudios Legislativos Segunda, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de bienestar animal, en el que se establece la prohibición del uso de animales en pruebas para productos cosméticos.
Sin embargo, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al coronavirus covid-19 oficialmente como una pandemia mundial, convocando a todos los países a adoptar las medidas necesarias para combatir el virus.
Así, en la sesión del 12 de marzo la Mesa Directiva ante la declaratoria referida, presentó a la asamblea la implementación de acciones para evitar la propagación del virus y proteger a las y los integrantes de esta soberanía, así como al personal que labora en este recinto legislativo, mismo que fue a probado el 18 de marzo de 2020.
Posteriormente en la sesión del 2 de septiembre de 2020, se recibieron y dieron turno a las minutas enviadas por la colegisladora, siendo una de ellas la que motiva la presente proposición: con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Salud y la Ley Federal de Sanidad Animal, turnada a la Comisión de Salud para dictamen y a la Comisión de Ganadería, para opinión.
Es menester comentar que como legisladora he construido puentes con diversos colectivos y organizaciones de la sociedad civil para impulsar temas de interés y beneficio para la ciudadanía, en ese tenor he tenido la gran oportunidad de visibilizar la falta u omisiones que persisten en nuestro marco jurídico y que condenan a los animales a una vida de maltrato y crueldad.
En México los estudios que se realizan para probar la seguridad y eficacia de los cosméticos todavía utilizan un gran número de animales siguiendo procedimientos que no se han actualizado desde hace más de 50 años, pero que se exigen en nuestra normatividad. Por ejemplo, el artículo 270 de la Ley General de Salud obliga a los fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos a contar con estudios de ese tipo. Para tal fin, el artículo 190 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios establece que, para comprobar que los productos de perfumería y belleza no causan daño a la salud, deberán llevarse a cabo pruebas de irritación en la piel de diversos animales, así como del índice de sensibilidad e índice de irritación ocular, que son pruebas lesivas y obsoletas que pueden reemplazarse con múltiples alternativas.
Adicionalmente, las pruebas per se generan una situación de tortura ya que la técnica requiere maniobras invasivas y continuas como sucede con las repeticiones y redesafíos que se realizan sin suficiente manejo del dolor (sin uso de analgésicos), a pesar de que intencionalmente se están causando lesiones en los ojos o la piel que pueden producir desde irritación leve hasta dolorosas úlceras o heridas profundas, dependiendo de lo corrosivo que sea el producto que se está probando. Además, los animales se matan de manera arbitraria al culminar las pruebas debido a protocolos establecidos.
Desde 1993 se reconocen otras alternativas como factibles, ¿por qué eliminarlas? Con base en el principio de progresividad según el cual se debe avanzar en normatividad para asegurar la no reversibilidad, al haber cancelado la NOM-039-SSA1-1993 se genera un retroceso en los métodos de análisis, pues la FEUM no establece el uso de alternativas éticas que reemplacen el uso de animales en los análisis de irritabilidad en piel y ojos.
Nuestra normatividad debe actualizarse y homologarse con las del resto del mundo reconociendo que este tipo de procedimientos no son éticamente aceptables y que deberían prohibirse todas aquellas pruebas innecesarias en las que la balanza se inclina a favor de un interés secundario del ser humano (como es el uso de cosméticos), en detrimento del interés vital de los animales sometidos a dolor y sufrimiento injustificado , especialmente si ya existen marcas que ofrecen productos desarrollados sin provocar crueldad en los animales. 1
Dado lo anterior y en plena coincidencia con lo dicho por Mahatma Gandhi quien señaló que La grandeza de una nación y su progreso moral puede ser juzgado por la forma en que sus animales son tratados; resulta incuestionable que el grado de desarrollo de una sociedad, entendido éste en el sentido más amplio, puede medirse entre otros aspectos, por el respeto, valoración y cuidados que tiene hacia los seres vivos; en aras de fomentar una vida de respeto y libre de sufrimiento mediante la prohibición y erradicación de la crueldad y maltrato que sufren los animales en cautiverio a la espera de ser usados en pruebas para productos cosméticos, me permito someter a esta soberanía, la proposición con el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión de Salud de este recinto legislativo a comenzar el proceso de dictamen de la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de prohibir y sancionar pruebas cosméticas en animales, recibida el 2 de septiembre de 2020.
Nota
1 Reyes, Poleth & Téllez, Elizabeth. La bancarrota de la Industria Cosmética. Animal Político [en línea]. Ciudad de México, 28 de noviembre de 2018. Disponible en:
https://www.animalpolitico.com/una-vida-examinada-reflexiones-bi oeticas/la-bancarrota-moral-de-la-industria-cosmetica-en-mexico/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Martha Tagle Martínez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO A LAS FISCALÍAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A REFORZAR LAS ACCIONES E INVESTIGACIÓN EN LOS CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las 32 fiscalías locales a reforzar las acciones e investigación en los casos de violencia de género, a cargo de la diputada Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, diputada federal Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En México, las mujeres representan el 51 por ciento de la población que equivale a 65.2 millones en 2020 (Conapo, 2016). Se estima que dos terceras partes (66 por ciento) de las mujeres de 15 años y más han experimentado violencia alguna vez en su vida y 44 por ciento ha vivido violencia por parte de su pareja (Inegi, 2016). Aunado a lo anterior, se estima que en promedio 10 mujeres son asesinadas diariamente solo por el hecho de ser mujer.
La violencia de género es un grave problema social que daña la vida y la integridad de las mujeres y aunque sus orígenes son multifactoriales, la sociedad mexicana en conjunto, posee una serie de valores arraigados a los diferentes ámbitos de la sociedad como son l a cultura, la educación, la religión, las leyes, incluso el propio lenguaje, en los cuales a lo largo del tiempo, se ha tratado de erradicar la idea de que por el simple hecho de ser mujer, se tiene una condición de inferioridad.
Las Organización de las Naciones Unidas ONU define la violencia contra la mujer como todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada. 1
Se trata de un problema que en los últimos años ha adquirido la mayor relevancia por parte de las autoridades, incluso a nivel internacional, y aunque se han impulsado programas y políticas públicas en materia de prevención y erradicación de la violencia hacia las mujeres, es evidente que queda mucho por hacer.
La crisis de violencia hacia las mujeres no solo se equipara a los feminicidios que ocurren en el país, sino al conjunto de agresiones a las que se encuentran expuestas las mujeres, que van desde, agresiones en el hogar, intento de homicidio, feminicidios y ataques de tipo sexual. La violencia hacia las mujeres ha aumentado a causa de la pandemia
Las medidas de confinamiento como estrategia para contener la propagación del virus de covid-19, han colocado a diversos países a nivel mundial, ante una situación que intensificó de manera exponencial la violencia contra las mujeres, y México no fue la excepción, los llamados de auxilio por parte de las autoridades reflejaron el grado de riesgo al que se han encontrado expuestas las mujeres en la pandemia, tal como lo muestran los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
Como se puede apreciar en el gráfico anterior, durante el año 2020 las autoridades reportaron 260 mil 67 llamadas de emergencia relacionados con incidentes de violencia hacia la mujer, alcanzando su cifra récord desde 2016 al reportar en los primeros meses de la pandemia 26 mil 171 llamadas; el mismo informe reporta que entidades como Chihuahua, la Cuidad de México, estado de México, Jalisco y Puebla fueron las cinco entidades con el mayor número de llamadas de emergencia.
En México la violencia en contra de las mujeres es un problema social de importantes dimensiones y graves consecuencias que se extiende a todas las regiones del país.
Fuente: SESNSP-CNI con información reportada por las procuradurías o fiscalías de las 32 entidades federativas
Como lo representa la anterior gráfica, durante el año 2020 un total de 97 mil 778 mujeres fueron víctimas de algún delito, siendo las lesiones dolosas, las lesiones culposas, los delitos que atentan contra la libertad personal y los delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal, las agresiones más recurrentes hacia las mujeres en nuestro país.
Aunado a los índices de violencia que se han generado en el país, las mujeres se enfrentan a un alto grado de impunidad que existe al interponer una denuncia, tal como lo reflejó el diario El Universal, a través de una revisión a las últimas cuatro Envipe publicadas por el Inegi, las cuales en conjunto revelan que entre 2015 y 2018 sólo 7 por ciento de los ilícitos contra mujeres fueron investigados y, posteriormente, sólo entre 5 por ciento y 7 por ciento de los presuntos delincuentes fueron llevados ante un juez para comparecer por sus delitos. 2
El año 2020 ha encendido las alarmas parte de las autoridades de procuración de justicia en el país, así como para las organizaciones de la sociedad civil ya que tan solo en el primer cuatrimestre de 2020 las muertes violentas de mujeres tuvieron un incremento en un 11.7 por ciento.
Y aunque es de reconocer que el Estado mexicano en conjunto con los tres niveles de gobierno han redoblado esfuerzos en atención a la violencia de género, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que a la letra menciona que:
La federación, las entidades federativas, la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales y tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, ratificados por el Estado mexicano. 3
Lo anterior se ha materializado a través de acciones como la Estrategia Integral de Prevención de la Violencia de Género, que tiene como objetivo brindar atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes en situaciones de violencia en donde tras haber habilitado se servicio de atención en el 911 que busca brindar ayuda psicológica, para después canalizarlas a los múltiples servicios de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres, se han visibilizado las principales emergencias por las que llaman las víctimas.
Las mujeres merecen el pleno acceso a la justicia a través de sistema judicial efectivo, en el que no existan trabas ni impunidades. Es importante que el gobierno mexicano siga trabajando en la búsqueda de soluciones para erradicar cualquier acto de violencia hacia todas las mujeres de nuestro país en donde además de brindar servicios de prevención y atención, se garantice la justicia a través de un puntual seguimiento a los casos en los que las agresiones han sido denunciadas.
En importante sensibilización por parte de los servidores públicos, que bridan atenciones a las mujeres en caso de alguna emergencia.
Para Encuentro Social, erradicar la impunidad en los casos violencia hacia las mujeres resulta fundamental para avanzar hacia la garantía de los derechos fundamentales de este sector de la sociedad, es por lo anteriormente expuesto que pongo a su consideración la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto a la autonomía y la división de poderes, a los titulares de las fiscalías de las 32 entidades federativas, para que refuercen las acciones de investigación en los casos de violencia de género.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto a la división de poderes, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que en coordinación con sus homólogas de las 32 entidades federativas, adopten las medidas preventivas que sean necesarias para garantizar la seguridad de las mujeres y niñas, ante los altos índices de violencia en razón de género que prevalecen en el país.
Notas
1 https://www.paho.org/es/temas/violencia-contra-mujer#:~: text=Las%2 0Naciones%20Unidas%20definen%20la,producen%20en%20la%20vida%20p%C3%BAblica
2 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/impunidad-delitos-contra-mu-jeres-quedan- sin-castigo
3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_110121.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
PROTOCOLO DE MONITOREO SANITARIO PARA LAS PERSONAS PROVENIENTES DE PAÍSES DONDE SE HAN DETECTADO VARIANTES DEL COVID-19
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al CSG y la Ssa a tomar medidas urgentes para establecer un protocolo de monitoreo sanitario de personas provenientes de países donde se han detectado variantes del covid-19 e implantar acciones precautorias sobre el uso de la vacuna de AstraZeneca, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, Frida Alejandra Esparza Márquez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 2, fracción I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este órgano legislativo proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El día de hoy, lunes 8 de febrero de 2021, en rueda de prensa sobre covid-19, el director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, se refirió al anunció que hizo el gobierno sudafricano de suspender temporalmente la aplicación de la vacuna Oxford-AstraZeneca.
Al respecto, el gobierno de Sudáfrica anunció oficialmente el día de ayer, domingo 7 de enero, que estudios iniciales indicaban que la vacuna AstraZeneca poseía mínima protección contra la nueva variante del coronavirus.
Los resultados señalan que la vacuna AstraZeneca sólo tenía 22 por ciento de efectividad para prevenir la enfermedad de leve a moderada; y que no se contaba con información para las formas graves, ya que el grupo de estudio eran personas jóvenes y saludables. Con esta decisión, Sudáfrica pospuso el arribo de 1 millón de vacunas de la farmacéutica y, por ende, su plan de vacunación.
De acuerdo con lo dicho hoy por el director general de la Organización Mundial de la Salud, en próximos días se reunirá el Grupo Asesor Estratégico de Expertos en Inmunización de la OMS para estudiar este caso y emitir recomendaciones sobre la eficacia de la vacuna Oxford-AstraZeneca.
Al respecto, en México se ha decidido no emitir medidas de restricción ni protocolos especiales para evitar la propagación de las nuevas variantes. No se tomaron medidas cuando se confirmó la variante del Reino Unido, que poco a poco se han ido propagando por el mundo. Tampoco se hizo nada, hace unas semanas cuando distintos países comenzaron a imponer medidas de restricción para viajeros mexicanos.
De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud son las instancias que deben tomar acciones extraordinarias para controlar los efectos de la pandemia en el país.
Con los resultados publicados de Sudáfrica, y ante la confirmación de una nueva variante brasileña, que ha comenzado a detectarse en la región latinoamericana, el gobierno debe tomar acciones especiales considerando la rápida evolución del virus y las experiencias de otros países para tomar acciones preventivas de urgencia.
De acuerdo con el documento Política Nacional de Vacunación contra el Virus SARS-Cov-2, para la prevención de la covid-19 en México, la vacuna de AstraZeneca es considerada como uno de los pilares para garantizar la estrategia de vacunación universal prevista (página 14). Sin embargo, si México no establece protocolos de prevención, filtros de control sanitario en los aeropuertos o medidas especiales para viajeros, es posible que al igual que en Sudáfrica y las nuevas variantes hagan que dicha vacuna sea poco eficiente para la protección del virus.
No se trata de tomar decisiones con criterios políticos, sino con base en estudios científicos que nos permiten comprender las variantes y sus efectos en la enfermedad, los tratamientos y las vacunas. En el Reino Unido se estudió la forma como los viajeros internacionales alimentaban la cadena de contagio (https://science.sciencemag.org/ content/early/2021/01/07/science.abf2946) y ahora, Sudá-frica presente este estudio sobre la efectividad de la vacuna AstraZeneca con el apoyo de las Universidades de Oxford y de Witwatersrand en Johannesburgo (https://www.wits. ac.za/covid-19/covid-19-news/latest/oxford-covid-19-vaccine-trial-results.html) .
Legisladoras y legisladores, no podemos permitirnos cometer el mismo error dos veces y no pedir al gobierno que establezca protocolos especiales para detectar y monitorear las nuevas variantes del covid-19, que parecen ser más contagiosa y afectar a los más jóvenes.
Por lo anterior expuesto y fundado ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se solicita respetuosamente al Consejo de Salubridad General y de manera especial a la Secretaría de Salud, a tomar medidas urgentes para establecer un protocolo de monitoreo sanitario para las personas provenientes de países donde se han detectado variantes del covid-19, así como implementar acciones precautorias para el uso de la vacuna de AstraZeneca.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Frida Alejandra Esparza Márquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO A LA SEDENA, A CONTINUAR USANDO EL NOMBRE OFICIAL DE LA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN MILITAR EN NIVEL SUPERIOR ESCUELA MÉDICO MILITAR
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sedena a continuar usando el nombre oficial de la Escuela Médico Militar que le corresponde por reglamento, legal y constitucionalmente, a cargo del diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses, del Grupo Parlamentario de Morena
Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracciones II y III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La presente proposición surge con motivo del acuerdo emitido con fecha 15 de agosto de 2017, por el entonces secretario de la Defensa Nacional, general Salvador Cienfuegos Zepeda (6416991), mediante el cual se ordena que, a partir del 1 de septiembre de ese año se cambie el nombre de la Escuela Médico Militar por Escuela Militar de Medicina.
Como bien se observa el contenido del citado acuerdo, en ninguna parte del texto cita o refiere disposición constitucional o legal que pretenda fundamentar el mencionado acto, a fin de demostrar la competencia de su emisor que pudiera tener validez, para hacer efectivas las consecuencias que ahí se ordenan.
En este sentido, es importante mencionar que las facultades para modificar el nombre de la Escuela Médico Militar deben corresponder al siguiente escalonamiento normativo:
1. El artículo 89, fracción l de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
2. Los artículos 3o, 17, 122 y 124 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;
3. El artículo 1o. de la Ley que crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea;
4. El artículo 29 fracciones I y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y
5. El artículo 1o. del Reglamento de la Escuela Médico Militar.
El desarrollo de las facultades conferidas al titular del Poder Ejecutivo Federal, deberán apegarse indiscutiblemente a los principios de constitucionalidad legalidad y reglamenta-riamente, lo que significa necesariamente que la aplicación de cualquier disposición al respecto, habrá de apegarse con la norma que le dio origen. En consecuencia, corresponde al Ejecutivo Federal, la modificación del Reglamento de la Escuela Médico Militar, para que al reformar su artículo 1o. se le pueda consignar una nueva designación.
Lo anterior, en uso de las facultades que le confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Como ya se mencionó en el documento que contiene la indicación para la modificación de la citada denominación, no se ubica disposición legal alguna que funde el actuar del ex secretario de la Defensa Nacional, general Salvador Cienfuegos Zepeda.
Por lo anterior, al carecer de competencia para su actuación del entonces General Secretario, resulta imposible invocar norma jurídica alguna para sustentar la acción mencionada.
De esta manera se llega a la conclusión irrefutable de que, ajustados a los principios de constitucionalidad y legalidad que deben cumplir todas las autoridades, el cambio de designación que se instruyó el 15 de agosto de 2017, de Escuela Médico Militar a Escuela Militar de Medicina, es un acto nulo, sin fundamento, por lo que jurídicamente no puede producir efecto alguno.
Debo hacer mención que, con el triunfo de la Revolución Mexicana el primero de enero de 1917, en la ciudad de Querétaro se firmó el decreto expedido por el jefe del Ejército Constitucionalista y encargado del Poder Ejecutivo de la nación Venustiano Carranza, por el que se creó la primera institución de educación de nivel superior del Ejército Mexicano, la Escuela Médico Militar.
Por tanto, lo conducente será que la Escuela Médico Militar que tiene como única misión el formar médicos cirujanos militares, para satisfacer las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea en materia de salud, así como realizar actividades de investigación técnica y científica en el área de la ciencia médica; creada en respuesta a las escasez de asistencia médico-social y con un prestigio de más de 100 años, deberá mantener su nombre original, considerándose en forma absoluta la restitución del acuerdo indicado, de fecha agosto de 2017.
Así, en todos los casos en que se use la denominación de esta Institución, debe cuidarse estrictamente el uso del nombre que constitucional, legal y reglamentariamente le corresponde.
Por los argumentos expuestos se pone a consideración, con carácter de urgente y obvia resolución, de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Secretaría de la Defensa Nacional para que, en toda actuación de esta institución de medicina se continúe utilizando la denominación que constitucional, legal y reglamentariamente le corresponde: Escuela Médico Militar, nombre oficial de la institución médica de educación militar de nivel superior.
Lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo primero del Reglamento de la Escuela Médico Militar vigente, de fecha 13 de abril de 1993 y su última reforma del 19 de agosto de 2011, publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.
SE DÉ A CONOCER, EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EL CALENDARIO DE LOS CURSOS Y DIPLOMADOS DE EDUCACIÓN Y CULTURA FINANCIERA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE y la Condusef a diseñar e implantar una campaña de difusión en las 32 entidades federativas y dar a conocer el calendario de los cursos y diplomados de educación y cultura financieras, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en las fracciones IV y V del numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:
Consideraciones
La educación financiera se ha definido como el proceso por el que los consumidores o usuarios de los productos financieros adquieren un conocimiento de los conceptos y los riesgos de la actividad financiera para un bienestar económico, misma que se obtiene a través de información, instrucción y asesoramiento especifico. En el profundo conocimiento de este aprendizaje se logran alcanzar las habilidades y la confianza para discernir sobre los riesgos y las oportunidades sobre el uso de su dinero.
Por otro lado, la adquisición de estos conocimientos permite a los usuarios y a la población en general profundizar en la utilidad de los productos financieros, tener presupuestos de gastos, el ahorro, la inversión, el crédito y los seguros, saber a dónde dirigirse y obtener asistencia, así como, ejercer las acciones legales que convengan para su desarrollo económico. i
La ausencia de conocimiento de una educación financiera tiene como resultados la falta de una comparación de los productos o servicios financieros para tomar una decisión responsable, no se tiene el balance del presupuesto mensual personal, se desconocen las fuentes tradicionales de crédito con condiciones favorables; generando que en la mayoría de los casos quienes hacen uso de estos productos financieros sin el asesoramiento adecuado terminen con endeudamientos, pagando productos y servicios con altas tasas de interés.
En conclusión, la falta de información sobre el uso de los productos financieros, trae como consecuencia que no exista una administración responsable en el uso del dinero.
En México, la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2018 realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, determinó las capacidades financieras y el uso de medios de pago por parte de algunos sectores de la población a diferencia del año 2012, donde el número de personas adultas con cuentas, créditos, seguros y afores se incrementó en un 37%; el uso y disposición de los activos como venta, renta y préstamo en zonas rurales el 27% las mujeres han decidido el uso de estos instrumentos financieros. ii
Asimismo, dicho estudio establece que el 25% de la población conoce de los ahorros en bancos e instituciones financieras y que están protegidas por un seguro; el 95% entiende los principales conceptos financieros como interés, inflación, riesgo, diversificación.
Por otro lado, con respecto al emprendimiento, se destaca que la mayoría considera que si puede gastar y una menor proporción de la población prefiere ahorrar que gastar.
Sin embargo, contrario a esta propuesta el 42% de la población adulta reportó que durante el 2018, su ingreso no fue suficiente para cubrir sus gastos, lo que los llevo a una reducción de sus gastos, recurrió a préstamos de familiares, venta y empeño de bienes, solicitó un adelanto salarial, hubo un atraso en el pago de créditos o adquirió tarjetas de crédito. iii
En 2018, se promovió por parte del gobierno federal la Estrategia Nacional de Educación Financiera, cuyos ejes de acción tenían como fin contribuir a mejorar las capacidades financieras en la población, que abarcara los diversos sectores poblacionales enfocando el conocimiento de la educación financiera en los niveles básicos de estudio.
Destaca que dentro de los ejes de acción se pretende desarrollar con la iniciativa privada y no gubernamental programas de educación financiera que atiendan las necesidades específicas de cada segmento de la población.
Ante esta situación, es de destacar que la Comisión Nacional para Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, ha preservado el curso y diplomado en Educación Financiera, por considerar que este tema es necesario en la vida de las personas.
En su página de internet, promueve que los conocimientos en Educación Financiera permitirá contar con conocimientos en la materia que ayudará a los interesados a cuidar y hacer rendir su dinero; utilizar adecuada y responsablemente los productos y servicios financieros; lograr que la familia tenga mayor oportunidad de generar los recursos necesarios para tener estabilidad, mejor desarrollo y, por ende, un patrimonio; asimismo genera usuarios más informados y exigentes promoviendo la competitividad entre las instituciones financieras.
Ante esta situación conviene que intervenga la Secretaría de Economía en coordinación con la Comisión Nacional para Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros amplíen este programa a las 32 entidades que integran la república mexicana, con la finalidad de acercar y abrir estos espacios de conocimiento a la población en general interesada en la educación financiera. Lo anterior, contribuirá al desarrollo y bienestar de la población en México.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. - La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Economía y a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para que de forma coordinada diseñen e implementen una campaña de difusión en los treinta y dos estados de la República Mexicana, y den a conocer el calendario de los cursos y diplomados de Educación y Cultura Financiera, a fin de promover el emprendimiento y consolidación empresarial a través de Programas de Capacitación y Desarrollo Financiero.
Notas:
i Educación e Inclusión financieras en América Latina y el Caribe. https://www.cemla.org/PDF/otros/2014-10-Educacion-Inclusion-Financieras-ALC.pdf
ii https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/414831/Cuadr_ ptico_2018_verimpresa.pdf
iii https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/414831/Cuadr_ ptico_2018_verimpresa.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero de 2021. Diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
ACELERAR LOS PROCESOS INTERNOS DEL PROGRAMA ATENCIÓN A LA SALUD Y MEDICAMENTOS GRATUITOS PARA LA POBLACIÓN SIN SEGURIDAD SOCIAL LABORAL
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a acelerar los procesos internos establecidos en los criterios de operación del programa Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral de 2021, en cumplimiento de los criterios de distribución y asignación del recurso a efecto de que las entidades federativas estén en posibilidad de recontratar al personal médico asignado al programa y se les paguen los días laborados este año, a cargo de la diputada María Ester Alonzo Morales, del Grupo Parlamentario del PRI
La diputada María Ester Alonzo Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El programa Prospera formaba parte de una estrategia transexenal que buscaba otorgar educación, salud y alimentación a personas en situación de pobreza; en términos del artículo 9 transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, Prospera fue sustituido por el programa U013 Atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral y, los recursos que originalmente estaban destinados a Prospera se transfirieron a la Secretaría de Salud, para ser ejecutados bajo el nuevo programa.
Teniendo en consideración que este programa sustituye a Prospera, la Secretaría de Salud incorpora al personal que había laborado durante años en comunidades de difícil acceso al nuevo programa, contratándolos bajo el régimen de honorarios asimilados a salario; de acuerdo a las Políticas para la contratación del personal temporal del programa publicadas en 2019. 1 Esto significa que los médicos, paramédicos y afín que fueron recontratados para incorporarlos a la plantilla del personal asignado a este programa, no cuentan con derecho a seguridad social, antigüedad, ni prestaciones, tampoco llegaran a tener derecho a un finiquito, indemnización o cualquier otro concepto similar a cargo de los recursos de la Federación.
Por otra parte, anualmente se publican los Criterios de operación del programa de atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral, 2 los cuales fijan los criterios de asignación, transferencia, destino y supervisión de los recursos, así como los lineamientos que las entidades federativas deberán seguir para la recontratación anual del personal médico.
En estos criterios se establece el modo de transferencia de recursos a los gobiernos de las entidades federativas, también señala que las modalidades y calendario de entrega de dichos recursos, será pactado en los anexos respectivos de los acuerdos de coordinación que se tengan celebrados con las entidades federativas.
Para este año, la Secretaría de Salud publicó los criterios de operación hasta el día 26 de enero, generando un retraso en los procesos administrativos y por ende en la transferencia de los recursos a las entidades federativas, imposibilitando que estas puedan aplicarlos; esto se debe a que, con base en la publicación de este documento, se establecen los convenios de colaboración con los gobiernos de las entidades federativas y, hasta entonces empieza la trasferencia de recursos así como las recontrataciones del personal médico y la continuidad general del programa.
Hasta el año pasado, los médicos firmaban su recontratación en el mes de enero, pero es al día de hoy, que a cientos de ellos se les ha informado que serán incorporados a la plantilla del personal hasta el mes de marzo de este año.
Como se observa, la asignación y trasferencia de estos recursos para dar continuidad al programa no es eficaz y, debido a los retrasos por parte de la Secretaría de Salud, las recontrataciones al personal médico no se han llevado a cabo; afectando a cientos de médicos generales, especialistas, terapeuta de rehabilitación física, terapeuta de lenguaje, oficial o despachador de farmacia, psicólogo, nutriólogo, enfermera general y auxiliar de enfermería que han formado parte de la plantilla laboral de este programa.
Lo anterior, afecta de igual manera a miles de mexicanos en condiciones de alta o muy alta marginación y sin seguridad social laboral, los cuales son atendidos por este programa a través de los establecimientos de salud fijos y móviles, ya que la asignación y transferencia del recurso para dar continuidad y operación al mismo, depende del cumplimiento de los criterios.
El retraso en los procesos y aplicación de este programa por parte de la Secretaría de Salud genera consecuencias que perjudican la vida y salud de miles de mexicanos, el incumplimiento en tiempo y forma de su labor es negligente en estos tiempos de pandemia, donde lo que debe priorizarse es la salud.
Es inconcebible que en discurso el gobierno federal les llame héroes a los médicos de país, pero en los hechos no se les otorgue ni siquiera seguridad en el ámbito laboral. Es inadmisible el actuar de la Secretaría de Salud con el personal médico, quienes a pesar de la incertidumbre de ser recontratados y de la falta de pago en estos meses de pandemia, han continuado con su labor en primera línea de atención medica en zonas de alta y muy alta marginación.
Por ello, solicito a la Secretaría de Salud, en su carácter de ejecutora de gasto de dicho programa, realizar las acciones necesarias para apresurar los procesos administrativos y, con ello, las entidades federativas puedan recontratar al personal médico incorpora a la plantilla laboral del programa.
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter al pleno de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud para que acelere los procesos internos que establecen los criterios de operación del programa atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral para el ejercicio fiscal 2021, a fin de dar cumplimiento a los criterios de distribución y asignación del recurso para que las entidades federativas estén en posibilidad de recontratar al personal médico asignado al programa y por ende se les pague los días que han laborado durante este año.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud a modificar las Políticas para la contratación del personal temporal del programa atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral, a fin de que el personal médico pueda contar con seguridad social y con las prestaciones laborales establecidas en la ley.
Notas
1 Políticas de contratación del personal temporal que participa en la ejecución del programa U013 | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)
2 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/608829/Anexo_ OAG-AG-525-2021.PDF
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada María Ester Alonzo Morales (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS FRONTERIZOS CON LOS ESTADOS UNIDOS A ATENDER EL IMPACTO DEL FRENTE FRÍO 35 EN LA POBLACIÓN
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de los estados limítrofes con EUA a atender el efecto en la población del frente frío 35 y las tormentas invernales, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT
Ana Laura Bernal Camarena, diputada federal e integrante del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I; así como el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y el artículo 10, numeral 2, del Reglamento para la Contingencia Sanitaria, somete a su consideración la proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Los estados de la zona norte del país, recientemente fueron afectados con la novena tormenta invernal, que provocó daños materiales importantes e incuantificables; incluso a la red de la CFE que otorga el suministro básico de energía eléctrica en varias entidades federativas.
Lo anterior es de preocupación, ya que la caída de agua nieve en varias regiones, oleaje alto, rachas de viento entre 50 y 120 kilómetros por hora, aunado a las temperaturas entre 0 y -15º centígrados, provocan efectos dañinos en la población que deben ser atendidos con urgencia.
Hoy, el Frente Frío Número 35 se extenderá desde el noreste del Golfo de México hasta el sureste del país, y en interacción con un canal de baja presión ubicado en la Península de Yucatán, propiciará lluvias puntuales muy fuertes (de 50 a 75 milímetros [mm]) en Chiapas, Tabasco y Veracruz, y fuertes (de 25 a 50 mm) en localidades de Campeche, Oaxaca, Puebla y Yucatán.
Asimismo, se prevén intervalos de chubascos (de 5.1 a 25 mm) en Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí y Tamaulipas, y lluvias aisladas (de 0.1 a 5 mm) en Baja California, Chihuahua, Coahuila, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit y Sonora.
Las precipitaciones podrían acompañarse de descargas eléctricas, fuertes vientos y caída de granizo.
La masa de aire asociada al frente originará ambiente frío, nieblas y lloviznas en el noreste, oriente y sureste de la República Mexicana, además de evento de Norte con rachas de 60 a 70 kilómetros por hora (km/h) y oleaje de 1 a 3 metros (m) en las costas de Tamaulipas y Veracruz.
También se estiman vientos con rachas de 50 a 60 km/h en Baja California, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Puebla, Quintana Roo, Querétaro, Sonora, Tlaxcala y Yucatán, así como en el Golfo de California.
Al amanecer, se pronostican temperaturas mínimas de -10 a -5 grados Celsius con heladas en sierras de Chihuahua y Durango; de -5 a 0 grados Celsius y heladas en montañas de Coahuila, Estado de México, Sonora y Zacatecas, y de 0 a 5 grados Celsius con posibles heladas en regiones altas de Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Guanajuato, Hidalgo, el norte de Jalisco, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tlaxcala y Veracruz.
En tanto, otro sistema frontal se aproximará al noroeste del país, y en combinación con la corriente en chorro polar, incrementará la probabilidad de lluvia en Baja California, Chihuahua y Sonora. 1
Recordemos que los cambios bruscos de temperatura constituyen un factor de riesgo importante; por lo que, estar expuestos a las bajas temperaturas o aire frio hace menos eficiente el sistema inmunológico y predispone al desarrollo de una enfermedad de origen viral.
Entre las enfermedades más recurrentes tenemos:
Influenza
Amigdalitis
Neumonía
Amigdalitis
Bronquitis
A esto se le debe sumar el virus SARS-Cov-2; por lo que extremar las precauciones y cuidados que mandata la Secretaría de Salud Federal, deben atenderse por todos los sectores de gobierno y de la población.
La Comisión Nacional del Agua (Conagua) pronostica lluvias puntuales fuertes en Chihuahua, Coahuila y Sonora; intervalos de chubascos en Durango, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas y Veracruz, y lluvias aisladas en Chiapas, Nuevo León y San Luis Potosí.
Las precipitaciones podrían estar acompañadas de descargas eléctricas, fuertes vientos y posible caída de granizo. 2
Los Gobiernos Estatales deberán atender por medio de protección civil a los ciudadanos que viven en extrema pobreza para llevar brigadas que suministren cobijas, suéter o ropa que brinde calor y en la medida de lo posible llevar alimento caliente; y a las secretarías de salud de dichas entidades federativas para que suministren medicamento suficiente a los hospitales y centros de salud para atender personas con enfermedades propias de la temporada invernal.
En la suma de esfuerzos se logrará proteger a la población y a la infraestructura pública en las entidades federativas que están expuestas a los frentes fríos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a los gobiernos estatales del norte del país que limitan con Estados Unidos de Norteamérica para atender el impacto en la población del frente frío 35 y las tormentas invernales.
Notas
1 Tomado de
https://www.gob.mx/smn/prensa/el-frente-frio-no-35-y-un-canal-de -baja-presion-ocasionaran-lluvias-puntuales-muy-fuertes-en-chiapas-tabasco-y-ve racruz-263636 el 15 de febrero del 2021.
2 Tomado de
https://www.elimparcial.com/sonora/sonora/Norte-se-congela-por-o la-de-frio-polar-20210215-0006.html el 15 de febrero del 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de febrero del 2021. Diputada Ana Laura Bernal Camarena (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
INVESTIGAR Y SANCIONAR A LOS RESPONSABLES DE LOS POSIBLES ACTOS DE VIOLENCIA HACIA PERSONAS MENORES DE EDAD ALBERGADAS EN EL DIF DE TEMIXCO, MORELOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades e instituciones a investigar y sancionar a los responsables de los posibles actos de violencia, tortura, trato denigrante y abusos hacia menores albergados en el DIF de Temixco, Morelos, a cargo de diputadas de los Grupos Parlamentarios de Movimiento Ciudadano, PRD, Morena, PAN y PVEM
La suscritas, diputadas Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; Verónica Juárez Piña, coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD; Lorena Villavicencio Ayala, del Grupo Parlamentario de Morena; Laura Rojas Hernández, Verónica Sobrado Rodríguez, Pilar Ortega Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN y Nayeli Fernández Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; numeral 1, fracción II, del artículo 79 y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 1 de septiembre (2020) ocurrieron posibles actos de violencia, tortura, tratos denigrantes y abusos de policías estatales hacia niños y adolescentes que se albergan en el Centro de Asistencia Social para Adolescentes (CASA), dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF estatal Morelos, que se localiza en el municipio de Temixco.
Los primeros indicios señalan que en CASA (DIF) se registró un incidente donde se señaló que un grupo de jóvenes ocasionaron disturbios dentro de la institución misma que fue reportada a las autoridades y en consiguiente ingresaron elementos de la policía estatal a atender y controlar el asunto.
Sin embargo, consta en videos y en fotografías que se difundieron en diversos medios de comunicación, que la policía estatal no respetó los protocolos de actuación y violó de manera grave los derechos humanos de las personas que ahí se encontraban, debido a que los jóvenes posiblemente fueron víctimas de abuso, tortura y maltrato.
En este sentido, es necesario precisar que la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes declara en su artículo primero lo siguiente:
Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en los términos que establece el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por otra parte, los protocolos de toda actuación policial se basan en el pleno respeto a los derechos humanos, los niños y/o adolescentes que están en cualquier DIF no son delincuentes, sino personas que requieren diversas atenciones y quienes por su condición física, mental o social enfrentan una situación de vulnerabilidad y la finalidad es lograr la incorporación de estas personas a una vida plena y productiva.
Acorde a la evidencia que existe sobre el incidente, la institución emitió un comunicado en el que negó que los jóvenes hayan sido sometidos con violencia, pese a que causaron daño en bienes materiales. Además, se dijo que en todo momento se respetó el interés superior de la niñez.
Posteriormente, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) atrajo el caso y solicitó a la Fiscalía estatal pronunciarse al respecto sobre estos hechos, sin embargo, la respuesta fue similar a las que habían declarado en días anteriores. Sin ahondar, sin informar y deslindándose de toda responsabilidad, además de que estas respuestas han sido vía telefónica y/o verbal, más no por escrito de forma institucional.
Sumado a lo anterior, la CDHM realizó una inspección visual en el CASA (DIF, Temixco) donde se pudo verificar que las fotografías difundidas en los medios de comunicación habían sido tomadas dentro de las instalaciones de dicha institución por lo que solicitó a las autoridades poder identificar a las personas que han sido víctimas de posibles actos de tortura, sin embargo, la respuesta que se ofreció fue en sentido negativo.
De acuerdo a la Ley de Asistencia Social en su artículo 4 tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, económicas o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar.
Con base en lo anterior, son sujetos de la asistencia social, preferentemente:
I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentren en situación de riesgo o afectados por:
a) Desnutrición;
b) Deficiencias en su desarrollo físico o mental, o cuando éste sea afectado por condiciones familiares adversas;
c) Maltrato o abuso;
d) Abandono, ausencia o irresponsabilidad de pro-genitores en el cumplimiento y garantía de sus derechos;
e) Ser víctimas de cualquier tipo de explotación;
f) Vivir en la calle;
g) Ser víctimas del tráfico de personas, la pornografía y el comercio sexual;
h) Trabajar en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental;
i) Infractores y víctimas del delito;
j) Ser hijos de padres que padezcan enfermedades terminales o en condiciones de extrema pobreza;
k) Ser migrantes y repatriados;
l) Ser víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa, y
m) Ser huérfanos.
En concordancia con lo anterior el sitio web del Centro de Asistencia Social para Adolescentes (CASA) de Morelos (https://dif.morelos.gob.mx/albergues/centro-de-asistencia-social-para-los-adol escentes-casa) dice que es un albergue que salvaguarda a menores de 14 a 17 años 11 meses relacionados en una carpeta investigación por ser víctimas de maltrato o algún delito cometido en su contra, en este sitio se les da alojamiento, atención psicológica, educación por medio de la escuela Nueva Visión, además de vestimenta y alimentación, creando un ambiente familiar para que el menor pueda desarrollarse armónicamente revalorando su autoestima.
Servicio que brinda:
Albergue temporal para menores de 14 a 17 años 11 meses, con atención alimentaria, médica, psicológica, pedagógica, jurídica, de trabajo social, actividades deportivas, culturales y recreativas.
Es inaceptable que en un espacio que fue diseñado para brindar albergue y protección a los adolescentes, se presenten hechos de violencia, la CDHM ha dado puntual seguimiento a este caso y ha detectado diversas irregularidades, la autoridad del CASA les ha negado de manera verbal y por escrito el acceso para entrevistarse con las y los menores, manteniéndolos en un estado de incomunicación, así como negando la aplicación de los protocolos y periciales solicitadas.
La Procuraduría de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia, que es la autoridad competente para vigilar que este tipo de situaciones de violencia no ocurran al interior de los albergues y pese a la evidencia fotográfica publicada en medios informativos nacionales, señaló que derivado de los hechos suscitados el 1 de septiembre de 2020, se realizó acta circunstanciada número 007/2020 en la cual no se advirtió la existencia de vulneración a los derechos humanos de los adolescentes.
Por lo anterior consideramos que el propio Sistema Nacional de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y el Sistema Local de Protección del Estado de Morelos como instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y en el marco del artículo 125 de la Ley de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que establece las atribuciones de dicho sistema para asegurar una adecuada protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes debe tomar las medidas necesarias para vigilar que se investigue, sancione y realice la restitución integral de los derechos restringidos o vulnerados de las personas menores de edad involucradas.
Sobre estos hechos la Comisión Nacional de los Derechos Humanos inició la investigación de oficio CNDH/DEMPT/0974/2020 y el 14 de enero de 2021 le solicitó a la CDHM vía oficio de la directora ejecutiva del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Vilma Ramírez Santiago, datos de identificación del expediente iniciado por esta CDHM, señalando que tiene conocimiento del caso y que dará puntual seguimiento al desarrollo de esta investigación.
Acorde a un análisis elaborado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República señala que en el periodo 2000-2018, la CNDH registró un total de 130 mil 318 expedientes de queja por la presunta violación de derechos humanos y emitió mil 285 instrumentos recomendatorios a distintas autoridades. Asimismo, asegura que estas violaciones son una práctica recurrente, sistemática y generalizada, en la que participan servidores públicos de los tres niveles de gobierno.
El 14 de enero de 2021 la CDHM solicitó la intervención del señor Nils Melzer, relator especial sobre la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de la ONU para que, en el ejercicio de sus facultades, investigara los posibles actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes en perjuicio de los niños y jóvenes que viven en el Centro de Asistencia Social para Adolescentes.
La CDHM ha realizado las labores que le competen, no obstante, el caso sigue sin ser investigado los adolescentes involucrados siguen incomunicados, ante este panorama de falta de respuesta y omisión, es indispensable que la Fiscalía General de la República tome conocimiento del caso e intervenga en el incidente toda vez que refleja una situación de violación grave a los derechos humanos y un uso de la fuerza policial desmedida que solo vulnera y debilita a las instituciones del Estado.
El artículo 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República establece que
...
La Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos tendrá a su cargo las Fiscalías de protección de los derechos humanos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes; de trata de personas; de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares; de periodistas y personas defensoras de derechos humanos; de migrantes; de investigación de tortura, y todas aquellas Fiscalías, órganos o unidades que determine la persona titular de la Fiscalía General de la República.
Aunado a lo anterior el artículo 7 de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el delito de tortura se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial.
La misma ley en su artículo 22 señala que la investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en esta Ley estará a cargo de las autoridades federales, cuando:
IV. El Ministerio Público de la Federación solicite a la Fiscalía Especial de la Entidad Federativa, le remita la investigación correspondiente, atendiendo a las características propias del hecho, así como a las circunstancias de ejecución o la relevancia social del mismo.
Dada la relevancia de estos hechos consideramos que se actualiza la fracción IV. Del artículo 22 de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La Fiscalía General del Estado de Morelos 1 ha realizado todas las diligencias necesarias para avanzar en la investigación del caso pero se ha topado con obstáculos de la autoridad del CASA lo que ha entorpecido las investigaciones; incluso es preciso mencionar que la Comisión Estatal de Seguridad Pública ha puesto denuncia ante la Fiscalía del Estado porque en el supuesto motín los niños fueron quienes agredieron al personal de dicha Comisión. Sin duda, es necesario que la Fiscalía General de la República atraiga el caso, pues no existe certeza en que las autoridades de Morelos faciliten la investigación.
Es inadmisible que en México niñas, niños y adolescentes sigan siendo víctimas de violencia en centros de asistencia social, es urgente que se castigue a los responsables y que las autoridades dejen de ser cómplices de estas situaciones que sólo evidencian impunidad.
Es muy preocupante la situación de riesgo en la que viven las y los adolescentes adscritos al Centro de Asistencia Social para Adolescentes, debido a que las autoridades de dicha institución no permiten realizar la investigación de los hechos. Las y los adolescentes se encuentran expuestos a violaciones flagrantes a sus derechos, y lo más grave es que continúan bajo la custodia del perpetrador y supeditados a vivir bajo las reglas que sus victimarios dispongan.
Es necesario fortalecer nuestro estado de derecho y garantizar los mismos derechos a todas las personas en aras de reducir la desigualdad y optimizar el acceso a una justicia pronta y expedita.
Este tipo de situaciones no pueden seguir sucediendo en nuestro país y es necesario que la Junta de Gobierno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia se pronuncie al respecto y tome las medidas necesarias para que estos hechos se investiguen y sancionen.
Por lo anteriormente expuesto se someten a consideración los siguientes:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un serio extrañamiento al Ejecutivo del estado de Morelos por la falta de respuesta ante los hechos sucedidos el pasado 1 de septiembre en el Centro de Asistencia Social para Adolescentes (CASA), dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF Estatal Morelos.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, para que en su calidad de presidente de la Junta de Gobierno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia tome las medidas necesarias para atender e investigar los hechos sucedidos el pasado 1 de septiembre en el Centro de Asistencia Social para Adolescentes (CASA), dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF Estatal Morelos.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al o la titular del Sistema Nacional de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y al o la titular Sistema Local de Protección del Estado de Morelos para que en el marco de sus facultades y atribuciones tomen las medidas necesarias a efecto investigar, sancionar y realizar la restitución integral de los derechos restringidos o vulnerados de las personas menores de edad involucradas en los hechos sucedidos el pasado 1 de septiembre en el Centro de Asistencia Social para Adolescentes (CASA), dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF Estatal Morelos.
Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de República y a los órganos de procuración de justicia del estado de Morelos a investigar y sancionar a quienes resulten responsables de los posibles actos de violencia, tortura, trato denigrante y abusos hacia personas menores de edad albergadas en el Centro de Asistencia Social para Adolescentes (CASA), dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF Estatal Morelos.
Nota
1 Con fecha de 21 de enero de 2021, la CDHM solicitó a la Fiscalía General del Estado de Morelos, copias certificadas de todas las actuaciones que obran en la Carpeta de Investigación SC01/9662/2020, se requirió: I. Entrevista con los adolescentes para poder identificar a las personas menores de edad que fueron sometidos el día de los hechos y que se pueden apreciar en las fotografías de la nota periodística ya citada, así como de las vistas dadas a esa autoridad.
II. Se aplique el Protocolo de Estambul a los adolescentes involucrados, para tal efecto este Organismo estaría solicitando el apoyo de instancias federales para su aplicación.
Cabe precisar que la Comisión Estatal de Seguridad Pública también presentó denuncia por las agresiones de que fue objeto su personal en la actuación para controlar el supuesto motín del 1 de septiembre, no obstante, las autoridades del CASA se han negado a permitir el acceso para poder entrevistar a quienes vivenciaron la situación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputadas: Martha Tagle Martínez, Verónica Juárez Piña, Lorena Villavicencio Ayala, Laura Rojas Hernández, Verónica Sobrado Rodríguez, Nayeli Fernández Cruz, Pilar Ortega Martínez (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
TOMAR LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA REGULAR EL COSTO DEL GAS LP (DOMÉSTICO)
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sener, la CRE y la Profeco a tomar las medidas pertinentes para regular el costo del gas LP doméstico, a cargo de la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, María del Carmen Cabrera Lagunas, diputada de la LXIV Legislatura por el Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en lo establecido en la fracción III del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea, la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El gas licuado de petróleo, también conocido como gas LP, ha existido desde los inicios del siglo XX, fue descubierto como un subproducto del petróleo a principios de siglo y comenzó a ser utilizado como sustituto de leña para calefacción y cocción. Sin embargo, fue hasta la década de los 40 cuando comenzó a tener más uso, principalmente en el continente europeo.
Su desarrollo se vio frenado durante la Segunda Guerra Mundial y, posteriormente y con el posicionamiento del petróleo como combustible dominante sobre el carbón, se empezó a desarrollar el uso de cilindros de gas para uso doméstico. 1 El uso de motores a base de gas comenzó a desarrollarse a finales del siglo antepasado. Primeramente, fue utilizado en las industrias, pero luego, se empezó a implementar también en vehículos. La utilización generalizada en equipos de transporte fue consecuencia de la mayor disponibilidad de este combustible en los años 50.
En nuestro país, de acuerdo con datos de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), alrededor del 80 por ciento de los hogares lo usan como principal combustible para la cocción de alimentos, situación que lo hace un producto básico en el día a día de las y los mexicanos.
Como parte de la reforma energética, a partir del primero de enero de 2016, se permitió la importación de gas LP a cualquier agente económico. Situación que ha provocado un aumento significativo de las mismas, así como una participación más relevante de los particulares frente al ex monopolio estatal.
Posteriormente, en enero de 2017 se liberalizaron los precios de venta al público de gas LP, cambiando por completo su forma de venta, pues durante 11 años los precios estuvieron determinados por una segmentación geográfica del país en 145 regiones de precios máximos. En estos años, los precios estuvieron regulados, y el precio de venta al público se determinaba mediante decreto del presidente, y desde su liberación a la fecha, esto se hace bajo el nuevo esquema, donde los precios de venta final se fijan por los permisionarios de las actividades de comercialización, distribución, y expendio al público de acuerdo con las condiciones de mercado, permitiendo que estas empresas puedan competir en precios, calidad y otros factores que les permitan ganar consumidores. 2
Con esta liberación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha asegurado que se tiene una estabilidad en los precios del gas LP y que se está cuidando con mucho detenimiento su variación, sobre todo en el norte del país, donde con la entrada de frentes fríos algunos proveedores tienden a subir el precio con el aumento de la demanda.
Es importante mencionar que el precio del gas doméstico LP aumentó 6.91 por ciento en junio de 2020 respecto al mismo mes de 2019, muy por encima del 3.33 por ciento, promedio nacional. Con este resultado, el precio del gas doméstico LP interrumpió a la baja consecutiva de 12 meses y se perfiló una clara tendencia al alza.
Por otro lado, el precio del gas natural registró una disminución de 1.97 por ciento interanual, pero se perfila hacia la zona de aumento de precio, con un incremento de entre 50 y 60 pesos en el inicio de este 2021 en comparación con los precios registrados en el mes de diciembre pasado, situación que representa el primer golpe a la economía familiar.
Por dar algunos ejemplos, el precio por kilo anunciado en el portal de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para la región de Tulancingo es de 20.93 hasta 21.43 pesos, en cuanto a la venta por litro se refiere el costo puede variar desde los 9.50 y hasta los 13.60 pesos, esto dependiendo de la planta distribuidora. Para muestra, basta un botón, pues el incremento del gas LP era esperado como cada inicio de año, pero tomó por sorpresa a muchas familias, y más aún con la crisis económica derivada de la pandemia causada por el SARS-Cov-2, que ha afectado de manera importante el bolsillo de las familias de México.
Vale la pena resaltar que, el precio registrado en diciembre para un cilindro de 20 kilogramos fue de 368 pesos en promedio y para este inicio de año el costo de un tanque de la misma capacidad oscila entre los 418 y 428 pesos. Razón por la cual, la mayoría de los habitantes han preferido realizar la recarga del contenedor de manera directa en las plantas distribuidoras ya que de esta forma solo pagan la cantidad con la que cuentan para gastar. Es decir, que, un tanque de 30 kilos puede llegar a costar entre los 625 y 642 pesos mientras que hace un par de semanas aún estaba en 560 pesos en promedio.
Por otra parte, la gasera Satélite Gas, en la alcaldía de Azcapotzalco, Ciudad de México, ofrece el precio más alto del gas LP estacionario, al alcanzar los 12.79 pesos por litro con un margen de 5.48 pesos, de acuerdo con la Profeco. Y el precio más bajo fue de 8.67 pesos por litro y un margen de 1.95, en Gas Modelo de Jilotepec, en Coroneo, Guanajuato.
A su vez, también según los datos que nos ofrece la Profeco, el precio más alto de gas LP en cilindro fue de 23.27 pesos por kilo y un margen de 9.18, por parte de la empresa Servigas del Valle, en Cuajimalpa, Ciudad de México, y el más bajo lo tuvo Gas del Valle Tollocan, de Ultra Gas, en Acapulco, Guerrero, con 17.50 pesos por kilo y margen de 3.40.
En ese sentido, y en aras de cuidar la economía de las familias de nuestro país, resultaría necesario que las autoridades competentes consideren vigilar el precio de la venta del gas LP, a fin de que este se venda a precios accesibles de acuerdo al costo de la canasta básica.
Es inadmisible que tan solo en un año, el precio al público del gas licuado de petróleo (LP), el combustible de mayor utilización en los hogares registré un incremento de 9.5 por ciento, de acuerdo con estadísticas preliminares de Petróleos Mexicanos (Pemex), más aún en un momento de crisis como el que estamos sufriendo en México y en el mundo, por la pandemia de covid-19.
Podemos ahondar más en el tema del aumento de precios y mencionar que, entre noviembre de 2019 y noviembre de 2020, las cifras oficiales más recientes, nos muestran que el gas LP subió de 18.26 pesos por litro a 20.01 pesos, en promedio. Y, en lo que va de 2021 los precios del gas LP, utilizado por 80 por ciento de los hogares en México, se ha mantenido estable con ligeras fluctuaciones dependiendo de la región y compañía distribuidora.
Según datos de la propia Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) precisan que en semanas pasadas el precio más alto se registró, fue en la alcaldía de Azcapotzalco, por la empresa CG Gas, la cuál ofrecía un precio de 24.72 pesos, en contraste con la empresa Servigas del Valle, en la misma demarcación, la cual ofreció el energético a un precio de 13.54 pesos por litro. Finalmente, en Calera, Zacatecas, se observó un precio al público a 18 pesos con 46 centavos por kilo.
En lo que va de 2021, el precio del gas LP al mayoreo y en su medición por kilo, que es como Petróleos Mexicanos (Pemex) vende a los distribuidores, se cotiza dependiendo la zona. Entre el primero y el 21 de enero de 2021, en el caso de la refinería de Tula su precio pasó de 9.63 pesos por kilogramo a 12.35 pesos, cifra que representa un aumento del 28 por ciento. Mientras que, en Cadereyta bajó de 12.76 a 10.89 pesos, y, en Topolobampo el aumento fue de 12.4 por ciento, al pasar de 16.11 pesos a principios de año a 18.12 pesos por kilo.
Según cifras de la Comisión Reguladora de Energía, hasta el 15 de diciembre, el kilo de gas tenía un costo promedio de $21.84 en la CDMX, el costo mínimo era de $19 por kilo y el máximo $23.55. Es decir que, si consideramos el precio promedio, un tanque de gas de 20 kilogramos tenía un costo de $436.80 aproximadamente. En caso de tomar el precio máximo, entonces el costo era de $471.
La Profeco detalló que en la semana del 28 de diciembre al 3 de enero el precio más alto de gas LP lo tenía la empresa Flama Gas, en Azcapotzalco. Donde el kilo tenía un costo de $24.17, mientras que para la semana del 11 al 17 de enero el costo máximo registrado fue de $25.10. Tomando en cuenta ese último costo, un tanque de 20 kilos actualmente tiene un costo aproximado de $502.
Una gráfica presentada por Profeco, en diciembre de 2020, mostraba que el kilo de gas costaba $19.71 en promedio a nivel nacional. Mientras que para el 1 de enero de 2021 el costo promedio ya era de $20.43; mientras que el 20 de enero el precio a nivel nacional era de $22.13 por kilo en promedio.
Cabe señalar, que debido a su considerable poder calorífico (2.5 veces mayor que el gas natural), alta portabilidad y relativa eficiencia ambiental (emisiones bajas comparadas con otros combustibles fósiles), muchos países del mundo, en especial las economías en desarrollo como México, la ciudadanía ha optado por el uso masivo de gas LP en lugar de otros combustibles.
En este sentido, y por la importancia del uso de este combustible en nuestro país, la Secretaría de Economía (SE) emitió un acuerdo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se detalla que el precio más alto del energético en el país será de 16.56 pesos por kilogramo en las zonas 9 y 145, que prevé incluye algunos municipios de Baja California Sur y Quintana Roo, respectivamente, en tanto, el menor costo del gas, de 14.34 pesos, se ubica en la región 44, que incluye algunas localidades de Tamaulipas.
La Secretaria de Energía (Sener), a fin para satisfacer una necesidad colectiva, tiene la facultad de moderar el efecto de la volatilidad del precio del referido producto en la economía de las familias mexicanas, razón por la cual, su intervención y vigilancia en el alza de los precios de este combustible, resulta fundamental para evitar abusos a la población que lo consume. Pues hoy en día el costo del gas se está viendo reflejado en la economía de los mexicanos y más con la contingencia del covid-19, en donde hubo despidos, recorte de personal y la economía del país sufrió un quebranto financiero. Por ello, sería conveniente establecer precios máximos de venta del gas Licuado de Petróleo que resulten en un precio promedio simple nacional al público.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía a que, en coordinación con la Comisión Reguladora de Energía, y dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones, considere revisar los precios y tarifas que ofrecen las gaseras de gas LP, a fin de que estas no sigan incrementando el costo en perjuicio de las y los consumidores.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor a que, en el ámbito de sus atribuciones, considere revisar los precios de venta de las gaseras de gas LP doméstico, a fin de evitar costos excesivos que vayan en contra de los derechos de los consumidores.
Notas
1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/94616/gasLP.pdf
2 https://www.cofece.mx/wp-content/uploads/2018/06/Libro-GasLP_ web.pdf
Dado en la honorable Cámara de Diputados, a 16 de febrero de 2021. Diputada María del Carmen Cabrera Lagunas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
PROTOCOLO DE TRATAMIENTO PARA LOS PACIENTES QUE ESTÁN CURSANDO UN CUADRO INFECCIOSO DE COVID-19
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a implantar un protocolo de tratamiento para pacientes con covid-19 en el territorio nacional, a cargo del diputado Juan Martínez Flores, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Juan Martínez Flores, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al secretario de Salud a implantar un protocolo de tratamiento para los pacientes con cuadro infeccioso de covid-19 en el territorio nacional, al tenor de los siguientes
Antecedentes
El 31 de diciembre de 2019 se reportaron en Wuhan, China los primeros casos de neumonía de origen desconocido, más tarde identificado como nuevo coronavirus. La pandemia de covid-19 se suscitó a fines de febrero de 2020 en el país. A partir de entonces, el Gobierno de México y en coordinación con la Secretaria de Salud, ha implementado una serie de medidas entre las cuales se incluyen la no asistencia a los planteles escolares, la Jornada Nacional de Sana Distancia y el Plan DN-III-E, cuyos objetivos son prevenir y controlar los contagios.
Con fecha 11 de marzo de 2020, fue declarada por la Organización Mundial de la Salud, como una emergencia de salud pública de importancia internacional la aparición y propagación del SARS-Cov-2 (covid-19), ya considerado pandemia, por lo que los gobiernos en todo el mundo implementaron medidas urgentes de diversa naturaleza para contrarrestar el contagio de dicho virus.
El efecto económico a escala mundial de este nuevo virus es enorme, y el país no queda exento; se han interrumpido las cadenas de producción, caídas en los mercados accionarios y del precio del petróleo, replanteamiento de la reasignación del gasto público y en el peor de los escenarios, el cierre de muchas empresas y la perdida de millones de empleos.
Consideraciones
Mantener la sana distancia de 1.5 metros, lavarse las manos con agua y jabón durante 40 segundos, utilizar gel con base de alcohol al 70 por ciento varias veces al día y usar cubrebocas, son las principales recomendaciones para prevenir contagios de covid-19 ante el retorno a las actividades.
Como es del conocimiento, hoy en día, la infección que causa el covid-19 no tiene tratamiento específico, pero existe un protocolo que se realiza de manera adicional a los cuidados que se brindan en las áreas de hospitalización y unidades de cuidados intensivos en las unidades médicas a nivel mundial, que consiste en utilizar el plasma de que una persona ya recuperada de covid-19.
El plasma convaleciente es aquel que se obtiene de personas que tuvieron la enfermedad y que ya sanaron. En términos sencillos, es la parte líquida de la sangre que se recolecta de los pacientes que se han recuperado. Estas personas que tuvieron covid-19 desarrollan en la sangre anticuerpos que combaten el virus. Los anticuerpos son proteínas que pueden ayudar a combatir la infección; la cual es una alternativa de tratamiento para infectados de covid-19 que están en condiciones graves y que buscan disminuir sus complicaciones o la mortalidad de éstos.
Por desgracia, esta práctica es poco realizada en los hospitales ya sean públicos o privados y aun cuando por el momento se considera imposible detener la propagación de este virus pandémico, es necesario minimizar las consecuencias; es primordial que las autoridades sanitarias lleven a cabo acciones permanentes que contribuyan a limitar los daños a la salud de la población y evitar que se supere la capacidad de respuesta.
Con el surgimiento de la pandemia por covid-19 se han registrado propuestas farmacológicas que han generado evidencia sobre su uso, dentro de las que se encuentran corticoesteroides, antivirales y antirreumáticos; de igual manera el personal que labora en las unidades de cuidados intensivos de México debe estar familiarizado con los puntos clave del manejo médico, ventilatorio y farmacológico, tomando como base los lineamientos internacionales con suficiente evidencia para reproducirlo en la práctica diaria y tener impacto en la supervivencia de este tipo de pacientes.
Por otro lado, en muchos casos se están llevando pro-cedimientos o tratamientos clínicamente no comprobados, tales como vacunas contra la neumonía, soluciones salinas para enjuague nasal, aplicación de antibióticos, el uso de la plata coloidal y el dióxido de cloro, entre otros medicamentos para combatir dicho virus.
Ante estas prácticas, la misma Organización Mundial de la Salud ha desmentido la utilidad de estos procedimientos.
A principios de febrero de 2021 y según los datos oficiales, nuestro país ha rebasado las 165 mil defunciones y casi 2 millones de casos confirmados y con un estimado de 20 mil camas ocupadas en promedio por día; es decir 20 mil pacientes que están siendo tratados bajo diferentes criterios, de ahí la importancia de homologar los tratamientos a través de protocolos emitidos por la Secretaria de Salud que permitan disminuir la cifra en los decesos y una mejor recuperación de la población hospitalizada.
Por lo descrito pongo a consideración de esta soberanía el presente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al secretario de Salud a implantar un protocolo de tratamiento para los pacientes con cuadro infeccioso de covid-19 en el territorio nacional.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Juan Martínez Flores (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
PAQUETE DE BENEFICIOS Y APOYOS FISCALES A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, ASÍ COMO CONDONACIÓN DE SERVICIOS Y APOYOS ECONÓMICOS A LAS FAMILIAS MEXICANAS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a presentar un paquete de beneficios y apoyos fiscales a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como condonar servicios y apoyos económicos a las familias mexicanas durante 2021, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del PAN
Quienes suscriben, Janet Melanie Murillo Chávez, diputada federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El golpe fuerte que México ha recibido como consecuencia de la pandemia por el virus SARS-Cov-2 ha sido terrible para todas y todos los mexicanos no solo en la materia de salud sino también en la económica.
Durante el 2020 desaparecieron 646,890 empleos formales, además, de acuerdo con una encuesta realizada por el Financiero, el 38% de las personas reportaron una pérdida de empleo o, de su fuente de ingresos directamente o entre alguien familiar.
De la cifra antes mencionada, el 25% reportó la pérdida de empleo de algún familiar. 1
Por su parte, la organización Internacional del Trabajo realizo fuertes estimaciones donde analizo que para el cierre del 2020 la tasa de desempleo podría llegar a ser del 11,7% de la población económicamente activa, además, de visualizar que en solo cinco meses se destruyeron más empleos formales que los que fueron creados en todo el 2019.
Tristemente, se visualizo que el impacto de desempleo fue desproporcionado afectando más a mujeres que a hombres, representando casi dos de cada tres empleos perdidos en el país. 2
De acuerdo con el estudio sobre la Demografía de los Negocios (EDN) 2020 publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), de las 4.9 millones de empresas micro, pequeñas y medianas que había en el 2019, sobrevivieron 3.85 millones, es decir, un millón 10 mil 857 establecimientos o 20.81 por ciento cerraron definitivamente, agravando la crisis económica que estamos enfrentando. 3
Esta situación, además, trae consigo tristes consecuencias como fueron los suicidios reportados por la depresión que causo el desempleo. 4
Todo este contexto está afectando severamente a las familias mexicanas e indudablemente necesitan del Estado protector para impulsar su economía y bienestar.
Millones de mexicanas y mexicanos necesitan de apoyos urgentes, si bien la vacuna es indudablemente una gran esperanza para todos de retomar una vida normal esta no ayudara en la recuperación de empleos y actividad económica por lo que resulta necesario actuar de manera inmediata ante las necesidades de los ciudadanos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta Asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal a generar un paquete de beneficios y apoyos fiscales a micro, pequeñas y medianas empresas.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal a condonar el pago de agua, luz y gas a las familias mexicanas durante tres meses.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal a otorgar un apoyo económico mensual a las familias mexicanas, con especial atención a las madres trabajadoras desempleadas.
Notas:
1 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/4-de-cada-10-mexica-nos-y-mexicanas-re portan-una-perdida-de-empleo-personal-o-en-su-familia
2 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/las-mujeres-en-mexico-son-las-mas-afec tadas-por-desempleo-ante-pandemia-de-covid-19
3 https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/mas-de-un-millon-de-pymes-bajaron-las- cortinas-de-manera-definitiva-por-el-covid-inegi
4 https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/se-suicidan-16-personas-en-fin-de-ano- y-1-de-enero-reporta-fiscalia-capitalina
Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero del 2021. Diputada Janet Melanie Murillo Chávez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
GARANTIZAR EL ABASTO DE MEDICAMENTOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y la Ssa a garantizar el abasto de medicamentos, a cargo de la diputada Ivonne Liliana Álvarez García, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Ivonne Liliana Álvarez García, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
En México, el derecho a la protección de la salud tiene rango constitucional desde 1983. En los debates para reconocerlo se mencionaron temas que siguen siendo de relevancia actual, como la responsabilidad del Estado en el tema de la salud, la prestación a través de servicios y atención igualitaria y la urgente necesidad de proporcionar a la población otro tipo de servicios relativos a los determinantes básicos de la salud o determinantes sociales. 1
El artículo 4o. constitucional delimita el derecho a la protección de la salud como la obligación que contrae el Estado mexicano frente a la población, la salud es responsabilidad del Estado y los servicios a proporcionar en materia de salud deberán ser homogéneos e igualitarios. 2
Este derecho es ejercido de manera individual cuando se trata de la atención, información y recepción de medicamentos; como garantía de igualdad de acuerdo al artículo 1o. constitucional al corresponder a toda persona gozar del mismo, y como derecho social dirigido a la colectividad en razón de las políticas de salud, asistencia social, e infraestructura, entre otros servicios que se desprenden de la Ley General de Salud. 3
A pesar de que la salud es un derecho constitucional, en México el gasto en público en salud es de alrededor de 2.5 por ciento del producto interno bruto (PIB), muy por debajo de las recomendaciones internacionales y de las estimaciones con bases epidemiológicas y demográficas. 4
México es el segundo país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos con mayor gasto de bolsillo, es decir, los recursos que tiene que aportar el paciente para tratar su propia enfermedad.
Además, dicha organización señala que los pagos directos excesivos restringen el acceso de las personas a los servicios y pueden generar dificultades financieras. El 5,5 por ciento de los hogares en México experimenta un gasto catastrófico en salud, y los hogares pobres se ven afectados de manera desproporcionada.
Asimismo, una gran parte de la población no cuenta con la protección de la salud, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, actualmente hay casi 92.6 millones de afiliados y afiliadas a alguna institución de salud, de éstas, 51.0 por ciento están afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, 35.5 por ciento al Instituto de Salud para el Bienestar, 7.7 por ciento al Issste y el resto al Issste estatal, Pemex, Defensa o Marina, IMSS Bienestar, Instituciones privadas y otras instituciones; 5 lo anterior significa que 32 millones de mexicanos no tienen acceso a servicios de salud.
A pesar de la situación que guarda el sector salud por la pandemia de covid-19, se hicieron recortes presupuestales en 2020. 6 Por ejemplo, el Programa de Vigilancia Epidemiológica tenía programado recibir 249.4 millones, pero se pagaron sólo 152.5 millones. Es decir, el recorte para el programa fue de 96.9 millones de pesos. La subsecretaría de Prevención y Control de Enfermedades también tuvo un recorte de 47 millones de pesos. 7
Sin embargo, no solo el gasto ha sido insuficiente, sino que se gasta menos de lo que le aprueba la Cámara de Diputados. Tan solo en 2019 no se gastaron poco más de 16 mil millones de pesos, que equivalen al 3 por ciento del presupuesto total asignado a la función Salud para ese año. 8
Hoy, ante la mayor crisis sanitaria del país, la capacidad de nuestro sistema de salud se encuentra saturado. En el reporte denominado Mapeando el desabasto en México, se observa que el número de reportes de no surtimiento de medicamentos se mantuvo al alza en el 2020, aun cuando las atenciones de salud para pacientes no covid disminuyó de manera considerable. 9
Es alarmante la tendencia al alza de los reportes de desabasto. La organización civil Cero de Desabasto informa que en los primeros ocho meses del 2020 hubo un incremento sostenido en el número de reportes emitidos por la falta de surtimiento de algún medicamento. Esto concuerda con los meses más álgidos de la pandemia y la restructura administrativa en los procesos de compra consolidada de medicamentos.
En el primer cuatrimestre de 2020 se observó un aumento notable en el número de reportes registrados en el IMSS, mientras que en el segundo cuatrimestre el aumento fue más marcado en el Issste e Insabi. 10 las instituciones estatales de salud, los hospitales regionales de alta especialidad, los institutos nacionales de salud, entre otros servicios del Estado, reportan desabasto, resaltando los casos referentes a enfermedades oncológicas.
En las últimas semanas, se han denunciado a través de redes sociales la escasez de diversos medicamentos en las clínicas y hospitales del sector salud. Las enfermedades más afectadas a causa del desabasto de medicamentos son: cáncer, diabetes, hipertensión, VIH, epilepsia, insuficiencia renal, artritis reumatoide, Parkinson, lupus eritematoso sistémico, y esclerosis múltiple. 11
La Organización Mundial de la Salud considera que el acceso equitativo a medicamentos seguros y asequibles es de gran trascendencia para alcanzar el goce del máximo grado de salud. En este contexto, nos preocupa la serie de manifestaciones encabezadas por padres de hijos con enfermedades terminales señalando la falta de medicamentos. No se puede vulnerar el principio constitucional del interés superior de niñas, niños y adolescentes, mucho menos el derecho constitucional de acceso a la salud.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a garantizar el abasto de medicamentos de calidad y suficientes en todas las en todas las clínicas y hospitales a cargo del gobierno federal de la red del Sistema Nacional de Salud.
Notas
1 [1]María Elena Lugo Garfias El derecho a la salud en México Problemas de su fundamentación.
2 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_ Politica.pdf
3 Ibidem
4 https://ciep.mx/la-contraccion-del-gasto-per-capita-en-salud-2010-2020/
5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ResultCenso2020_Nal.pdf
6 https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/temas-de-primera-plana-220720/
7 Ibidem
8 https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF2019/docs/ex-posicion/EM_Docum ento_Completo.pdf
9 https://nosotrxs.org/wp-content/uploads/Informe-%E2%80%9CMa-peando-el-desabasto -en-Me%CC%81xico.-Reporte-de-la-plataforma-Cero-Desabasto-baja.pdf
10 Ibidem
11 Ibidem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero del 2021. Diputada Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
ANALIZAR LA VIABILIDAD DE ELIMINAR LOS CRITERIOS DE LA ELEGIBILIDAD PARA SER BENEFICIARIO DEL PROGRAMA PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PERMANENTE
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Bienestar y la SHCP a analizar la viabilidad de eliminar los criterios de elegibilidad como beneficiario del programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente relativos a la edad, a cargo del diputado José Luis Montalvo Luna, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado José Luis Montalvo Luna, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 1, fracción I, del artículo 6, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Bienestar y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones analicen la viabilidad de eliminar de los criterios de la elegibilidad para ser beneficiario del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente las restricciones correspondientes a la edad, bajo las siguientes:
Consideraciones
Desde el inicio de la actual administración, ha quedado de manifiesto que el sello distintivo de la Cuarta Transformación es el sentido social y el humanismo. Primero los pobres es el principio fundamental en el que se sustenta la política social de nuestro presidente y de la Coalición Juntos Haremos Historia.
Con las reformas publicadas el 8 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el acceso a una pensión universal, a los servicios de salud para todos, apoyos económicos para personas con discapacidad y las becas para estudiantes ya son derechos constitucionales.
Saldando una deuda histórica con los grupos vulnerables que durante décadas fueron abandonados y excluidos por los gobiernos neoliberales, actualmente se dan oportunidades a aquellos jóvenes que de manera discriminatoria se les denominaba ninis; se creó un ambicioso programa de becas para que los estudiantes terminen sus estudios y no sean reclutados por el crimen organizado; y se otorgan apoyos para adultos mayores, madres solteras, personas con discapacidad e indígenas.
Datos del Censo de Población y Vivienda 2020, señalan que, en nuestro país, casi 5% de nuestra población presenta algún tipo de discapacidad, el 11.1% de la población tiene alguna limitación para realizar alguna actividad cotidiana, y el 1.3% tiene algún problema o condición mental. Asimismo, es importante resaltar que e l 20.4% porcentaje de población con algún tipo de discapacidad tiene 60 años y más, siendo este el grupo con mayor porcentaje dentro de los distintos rangos de edad.
Lamentable, las personas con discapacidad se enfrentan diariamente a diversos estigmas que consideran que por su condición no pueden integrarse plenamente a la sociedad. En este sentido, el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad busca fomentar ...la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las niñas, niños, jóvenes e indígenas con discapacidad permanente.
El programa en comento otorga un apoyo de 2 mil 550 pesos a:
Todas las personas con discapacidad que pertenezcan a grupos indígenas del país de 0 a 64 años de edad.
Niñas, niños y jóvenes con discapacidad permanente de 0 a 29 años que vivan en municipios y zonas urbanas de alta y muy alta marginación.
El apoyo es entregado de forma bimestral y de manera directa, sin intermediarios y mediante el uso de una tarjeta bancaria.
La importancia del presente Punto de Acuerdo radica en que tiene como objetivo que en el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente se eliminen las restricciones correspondientes a la edad y de esta manera se pueda dar mayor cobertura a este sector de la población.
En primer lugar, porque como el propio nombre del programa lo indica este apoyo es para personas con una discapacidad permanente, por lo que poner una restricción con respecto a la edad resulta un despropósito; en segundo lugar, porque como lo señalan los datos más recientes del INEGI, el mayor porcentaje de la población con alguna discapacidad es mayor de 29 años y con las restricciones de la edad quedan fuera de este beneficio que les permite ejercer plenamente sus derechos.
Como lo señala el acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2021: ... las dependencias son responsables de emitir las Reglas de Operación de los Programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Los legisladores del Partido del Trabajo, reafirmamos nuestro compromiso con las personas con discapacidad para eliminar las barreras que obstruyan su pleno desarrollo personal y profesional.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Bienestar y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones analicen la viabilidad de eliminar de los criterios de la elegibilidad para ser beneficiario del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente las restricciones correspondientes a la edad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado José Luis Montalvo Luna (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.
GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS AL MEDIO AMBIENTE SANO Y AL AGUA, EN EL PROCESO DE EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la CNH y Pemex a garantizar los derechos humanos al ambiente sano y al agua en la exploración y extracción de hidrocarburos y considerar no asignar proyectos para la extracción de hidrocarburos por fracking con base en el principio precautorio, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, diputado Ricardo de la Peña Marshall, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Los hidrocarburos de lutitas o shale son petróleo y gas natural que se encuentran atrapados en los poros de formaciones rocosas poco permeables denominadas lutitas bituminosas situadas en el subsuelo. Suelen encontrase a profundidades de entre mil y cinco mil metros. 1
Debido a la baja permeabilidad de las lutitas, la extracción de los hidrocarburos requiere la utilización de la fracturación hidráulica o fracking. Esta técnica parte de la perforación de un pozo vertical hasta alcanzar la formación que contiene gas o petróleo. Seguidamente, se realizan una serie de perforaciones horizontales en la lutita, que pueden extenderse por varios kilómetros en diversas direcciones. A través de estos pozos horizontales se fractura la roca con la inyección de una mezcla de agua, arena y sustancias químicas a elevada presión que fuerza el flujo y salida de los hidrocarburos de los poros. Pero este flujo disminuye muy pronto, por lo cual es necesario perforar nuevos pozos para mantener la producción de los yacimientos. Por este motivo, la fracturación hidráulica conlleva la ocupación de vastas extensiones de territorio. 2
En países como Francia, Alemania, Bulgaria e Irlanda se ha prohibido esta técnica para extraer gas shale por sus implicaciones en la formación de sismos, la detección de cancerígenos en la mezcla que se aplica para quebrar las capas del suelo, y la contaminación del agua circundante. 3
Entre los impactos ambientales de la fractura hidráulica se encuentran los siguientes: 4
Contaminación de agua: al fracturar el subsuelo, existe la posibilidad de que una de las fracturas inducidas alcance un acuífero, contaminando el agua con los fluidos de fracturación y con el propio gas de la formación.
Riesgo químico de los aditivos: en cada perforación es necesario emplear unas 400 toneladas de productos químico, en la vida útil del pozo, la mayoría de ellos altamente contaminantes.
Contaminación del aire: se utiliza una gran cantidad de aditivos, muchos de los cuales son volátiles y contaminan la atmósfera.
Efecto invernadero: el gas no convencional, por las condiciones en las que se encuentra, suele estar formado casi en su totalidad por metano. Este es un gas de efecto invernadero mucho más potente que el propio dióxido de carbono, en concreto, 23 veces más potente.
Es innegable que el proceso de fractura hidráulica genera empleos, gas natural, petróleo y ganancias, por lo cual es defendido por las empresas y apoyado por algunos gobiernos, pero los peligros ambientales, de salud y de seguridad están presentes. Según información disponible a agosto de 2019, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) informó que de los 19 mil 563 pozos perforados en nuestro país con los que se cuenta información histórica, en 8 mil 457 se ha utilizado la técnica de fracturación hidráulica, lo que representa 43 por ciento del total de pozos terrestres. Sólo 27 de estos pozos han sido perforados con objetivos no convencionales. El 80 por ciento de los pozos perforados con esta técnica se concentran en los estados de Tamaulipas, Veracruz y Nuevo León, siendo el primero el de mayor numero con 2 mil 734. 5
En diciembre de 2020, la CNH aprobó de forma unánime cambios al plan de Pemex Exploración y Producción (PEP) para la asignación Tampico-Misantla, que considera que en caso de que se modifique la política energética actual se pueda utilizar la técnica de fracking. 6
El gasto implementado por Petróleos Mexicanos (Pemex) para esta actividad se disparó 115 por ciento, durante los primeros dos años de su administración.
Según datos de la empresa, en 2019 y 2020, Pemex asignó 17 mil 400 millones de pesos a los dos proyectos más importantes que utilizan la técnica de fracking: Aceite Terciario del Golfo, y Aceite y Gas en Lutitas.
Los recursos son 115 por ciento superiores al gasto de 8 mil 100 millones de pesos que destinó el entonces presidente Enrique Peña Nieto, en sus dos últimos años de gestión, de acuerdo con datos de los Presupuestos de Egresos de la Federación de 2017 y 2018. 7
Es imprescindible que en el proceso de exploración y extracción de hidrocarburos el Estado garantice los derechos humanos al medio ambiente sano y al agua, tal como lo consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 4o., párrafos quinto y sexto que disponen:
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
En consecuencia, por los daños ambientales que produce se debe eliminar en el país, la extracción de hidrocarburos por fracturación hidráulica con base en el principio precautorio, el cual hace referencia al conjunto de medidas de protección que se adoptan ante una situación en la que existe un riesgo, científicamente posible pero incierto, de infligir un daño a la salud pública o al medio ambiente. 8
En la implementación de la política energética, el gobierno debe asegurar el respeto de los derechos humanos, por ello, el 1 de diciembre de 2018, durante su toma de protesta, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que no se permitirá el fracking y lo reiteró al publicar sus 100 compromisos, en el número 75 se estableció: No usaremos métodos de extracción de materias primas que afecten la naturaleza y agoten las vertientes de agua, como el fracking.
Siendo congruentes con la protección del medio ambiente y el derecho humano al agua, es necesario que la Comisión Nacional de Hidrocarburos y Pemex consideren la importancia de no utilizar la técnica de la fractura hidráulica o fracking en el país.
Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Hidrocarburos y a Petróleos Mexicanos para que en el proceso de exploración y extracción de hidrocarburos se garanticen los derechos humanos al medio ambiente sano y al agua y consideren no asignar proyectos para la extracción de hidrocarburos por fracturación hidráulica o fracking con base en el principio precautorio.
Notas
1 [En línea], disponible en página web:
https://www.nofrackingmexico.org/que-es-el-fracking/
2 [En línea], disponible en página web:
https://www.nofrackingmexico.org/que-es-el-fracking/
3 [En línea], disponible en página web:
https://ecoosfera.com/2015/06/cuantos-pozos-de-fracking-hay-en-m exico-y-en-donde-estan/
4 [En línea] disponible en página web:
http://www.mdzol.com/nota/476216-que-es-el-fracking-y-cuales-son -los-impactos-ambientales/
5 [En línea], disponible en página web:
https://www.onexpo.com.mx/NOTICIAS/EN-MEXICO-SE-HAN-PERFORADO-MA S-DE-8-MIL-POZOS-CON-/
6 https://www.animalpolitico.com/2020/12/pemex-fracking explora-cion-cambios-cnh/
7 https://heraldodemexico.com.mx/economia/2020/10/28/gastan-115-mas-en-fracking-2 19477.html
8 [En línea], disponible en página web:
https://www.lifeder.com/principio-precautorio/
Dado en la sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 16 de febrero de 2021. Diputado Ricardo de la Peña Marshall (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
IMPLEMENTAR POLÍTICAS PÚBLICAS QUE TENGAN COMO OBJETIVO PREVENIR Y SANCIONAR EL MALTRATO INFANTIL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y el Sipinna a implantar políticas públicas y reforzar las existentes destinadas a prevenir y sancionar el maltrato infantil, especialmente en el contexto de emergencia sanitaria, cuando se ha incrementado, a cargo del diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Evaristo Lenin Pérez Rivera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes a implantar políticas públicas, y reforzar las existentes, que tengan como objetivo prevenir y sancionar el maltrato infantil, especialmente en este contexto de emergencia sanitaria en el que se ha incrementado su comisión.
Consideraciones
Desde hace ya casi un año en nuestro país se han tenido que implementar una serie de medidas para afrontar la pandemia por covid-19, lo que ha cambiado la dinámica de vida de toda la sociedad. Esto ha tenido como resultado la solución, en cierto grado, de algunos problemas que nos aquejaban como comunidad, pero también ha agudizado otros. Lamentablemente, durante este periodo de confinamiento, uno de los grandes problemas que se han intensificado es el abuso infantil.
Mucho se ha hablado sobre las afectaciones que la pandemia ha provocado en la población económicamente activa, en los adultos mayores y en ciertos sectores de la sociedad, pero, casi nadie habla sobre los efectos que ha traído para nuestros niños, niñas y adolescentes. Las cifras señalan que existe un alarmante incremento en los casos de maltrato infantil desde que comenzó el confinamiento, expertos señalan que esto tiene relación con el hecho de que ahora las familias pasan más tiempo en sus hogares.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el maltrato infantil se refiere a los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. 1
Lamentablemente, en el país contamos con un grave problema al respecto, ya que desde antes de la emergencia sanitaria por covid-19, México ocupaba el primer lugar en abuso sexual infantil dentro de los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, con la terrible cifra de 5.4 millones de casos cada año. 2 A esta alarmante situación hay que añadirle que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) asegura que la violencia contra los infantes, las nuevas formas de explotación y el abuso sexual están aumentando durante el confinamiento.
Especialistas señalan el hecho de que las personas permanezcan más tiempo en sus casas ha incrementado las ya preocupantes cifras de maltrato infantil, esto debido a que la mayoría de casos son cometidos dentro del hogar y los victimarios son familiares cercanos. Aseguran: Las posibilidades de ser maltratados, acosados y abusados también aumentan a medida que los padres y los cuidadores experimentan un mayor estrés económico y emocional por la pérdida de ingresos o trabajo, y muchos lo descargan con los niños. 3
Janet Cupidon Quallo, especialista en protección infantil de UNICEF Jamaica, coincide que en este contexto de pandemia los niños y niñas se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad, debido a que quienes sufren algún tipo de abuso, no pueden acceder tan fácilmente a solicitar la ayuda que, en circunstancias normales, los pudiera mantener a salvo. Diana Thorburn, directora de investigación del Instituto Caribeño de Investigación Política, asegura que pasar más tiempo en casa pone a los niños en mayor riesgo de ser abusados, y resalta que las escuelas son un espacio seguro para los niños vulnerables, además de que suelen ser estas instituciones una fuente de información sobre el cuidado personal. 4
La directora adjunta de la Organización Panamericana de la Salud, Mary Lou Valdez, señaló que la situación que se vive derivada de la pandemia, intensifica el problema de abuso infantil debido a que aumenta los factores desencadenantes de la violencia doméstica. Además, advirtió que la violencia contra niños y niñas tiene consecuencias devastadoras y de por vida para ellos, por lo que es necesario que los países atiendan este grave problema que aqueja a los infantes, sobre todo en estos momentos de mayor tensión, por lo que resulta urgente implementar las estrategias pertinentes. 5
El incremento de la violencia en los hogares mexicanos durante este periodo de confinamiento es muy preocupante, de acuerdo con la Red Nacional de Refugios, las llamadas a estos centros reportando violencia han registrado un incremento de 60 a 80 por ciento, y las solicitudes de asilo en ellos han incrementado en 30 por ciento. 6
Christian Skoog, representante de UNICEF en nuestro país, afirma que Las consecuencias del covid-19 en la infancia y adolescencia en México no serán causadas mayormente por la enfermedad en sí; serán más bien secuelas de las medidas necesarias para prevenir el contagio, como la restricción de movimiento, el estrés, la situación económica de las familias, factores que amenazan la protección ante la violencia y el abuso contra la niñez y adolescencia. 7
Este lamentable fenómeno no es exclusivo de nuestro país y la ONU ya se ha pronunciado al respecto y ha propuesto medidas muy puntuales para frenar esta situación, entre ellas, destacan; garantizar el acceso a los servicios de atención y apoyo para la infancia y adolescencia afectada por la violencia, mediante el fortalecimiento de las capacidades de las y los operadores de las líneas de emergencia y ayuda, y; asegurar el funcionamiento de las Procuradurías de Protección de la Niñez para la salvaguarda inmediata de niñas, niños y adolescentes, incluyendo intervenciones remotas. 8
Ante esta falta de servicios y recursos a los que los infantes puedan acceder en caso de ser víctimas de abuso, se han visto obligados a soportar el maltrato que se ejerce en su contra y se mantienen en un estado de indefensión. Por ello nos corresponde actuar con urgencia para frenar esta terrible situación que aqueja a los niños.
Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal y al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes a implementar políticas públicas, y a reforzar las ya existentes, que tengan como objetivo prevenir y sancionar el abuso infantil, especialmente en este contexto de emergencia sanitaria en el que se ha incrementado su comisión.
Notas
1 OMS, Maltrato de menores, consultado el 20 de enero de 2021, disponible en
https://www.who.int/topics/child_abuse/es/
2 Senado de la República, México, primer lugar en abuso sexual infantil, 24 de agosto de 2019, recuperado el 20 de enero de 2021, disponible en
http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletine s/45796-mexico-primer-lugar-en-abuso-sexual-infantil.html
3 IPS, Pandemia incrementa los riesgos de abusos para los niños de Jamaica, 18 de diciembre 2020, consultada el 20 de enero de 2021, disponible en
http://www.ipsnoticias.net/2020/12/pandemia-incrementa-los-riesg os-abusos-los-ninos-jamaica/
4 IPS, Pandemia incrementa los riesgos de abusos para los niños de Jamaica, 18 de diciembre 2020, consultada el 20 de enero de 2021, disponible en
http://www.ipsnoticias.net/2020/12/pandemia-incrementa-los-riesg os-abusos-los-ninos-jamaica/
5 ONU, Durante la pandemia aumenta violencia contra niña y niños, es urgente implementar más medidas para prevenirla y atenderla: OPS, 24 de noviembre de 2020, consultada el 20 de enero de 2021, disponible en
https://coronavirus.onu.org.mx/durante-la-pandemia-aumenta-viole ncia-contra-nina-y-ninos-es-urgente-implementar-mas-medidas-para-prevenirla-y-a tenderla-ops
6 UNICEF, UNICEF: Urge reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes en México ante el incremento de la violencia contra la infancia, 18 de mayo de 2020, recuperado el 20 de enero de 2020, disponible en
https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/unicef-urge-ref orzar-la-protecci%C3%B3n-de-ni%C3%B1as-ni%C3%B1os-y-adolescentes-en-m%C3%A9xico -ante
7 ONU México, UNICEF urge reforzar la protección infantil en México ante el incremento de la violencia contra la infancia, 18 de mayo de 2020, recuperado el 20 de enero de 2021, disponible en
https://www.onu.org.mx/unicef-urge-reforzar-la-proteccion-infant il-en-mexico-ante-el-incremento-de-la-violencia-contra-la-infancia/#:~: text=%E2%80%9CLas%20consecuencias%20del%20COVID%2D19,familias%2C%20factores%20q ue%20amenazan%20la
8 ONU, UNICEF urge reforzar la protección infantil en México ante el incremento de la violencia contra la infancia, 18 de mayo de 2020, recuperado el 20 de enero de 2021, disponible en
https://www.onu.org.mx/unicef-urge-reforzar-la-proteccion-infant il-en-mexico-ante-el-incremento-de-la-violencia-contra-la-infancia/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES EMANADAS DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a cumplir las obligaciones emanadas de la Convención de los Derechos de la Niñez, mantener respeto al Sipinna y garantizar el interés superior de la niñez y adolescencia, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Janet Melanie Murillo Chávez, diputada federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes,
Consideraciones
Con la creación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) se formalizo por primera vez una articulación de las políticas públicas destinadas a niñas, niños y adolescentes como garantes de derechos respondiendo, además, a compromisos internacionales que tiene el estado mexicano.
Las niñas, niños y adolescentes son un tercio de la población en México, por lo cual, el Sipinna ha logrado generar un gran e importante espacio de análisis, diálogo y generación de soluciones y coordinación para su protección y garantía de derechos.
Desafortunadamente y a pesar de los grandes avances y esfuerzos, el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, a anunciado su dolosa intención de atentar contra este sistema suponiendo que sus funciones son semejantes al Desarrollo Integral de las Familias (DIF).
Al respecto, es importante resaltar que, si bien el DIF como el Sipinna buscan centrar esfuerzos en la protección de los derechos de la niñez y adolescencia, tanto el objetivo como sus atribuciones no son las mismas.
En virtud de lo anterior debe entenderse que el Sipinna responde a una obligación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes distribuyendo obligaciones en los tres órdenes de gobierno a través de generación de políticas públicas que soluciones los conflictos y vulneración a derechos de niños y jóvenes.
Por otra parte, el DIF es considerado dentro del grupo de asistencia social operativo para otorgar servicios y apoyos que si bien busca la garantía de sus derechos no contempla asuntos de vital importancia como lo es el abuso sexual infantil, trabajo infantil, acciones de primera infancia, justicia penal adolescente, entre otros.
Pretender eliminar este sistema nacional es ir en contra de nuestro mandato constitucional consideración que el artículo cuarto establece claramente la obligación del estado de tomar decisiones priorizando el interés superior de la niñez y de esta forma se esta buscando invisibilizar a la niñez y adolescencia en México.
La creación del Sipinna responde también a las observaciones realizadas por el Comité de los Derechos del Niño en el cual, México forma parte y tan solo pretender eliminarlo resulta un terrible atentado contra el cumplimiento que debemos considerar como estado parte.
Por último, no existe un argumento claro para su eliminación ya que la misma Secretaría de Gobernación ha destacado en múltiples discursos que la deuda con más de 40 millones de niñas, niños y adolescentes es histórica, por lo que resultan necesarias las acciones que realiza el Sipinna.
Es importante que como autoridades mantengamos el respeto a nuestras Instituciones y, sobre todo, de los mexicanos, priorizando en todo momento el bienestar de las familias mexicanas.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta Asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a cumplir con las obligaciones emanadas de la Convención de los Derechos de la Niñez, así como, mantener respeto al Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y garantizar el interés superior de la niñez y adolescencia.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 16 de febrero del 2021. Diputada Janet Melanie Murillo Chávez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
PROGRAMA ESPECIAL PARA IMPULSAR LA REACTIVACIÓN DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Bienestar y la SE a ejecutar un programa especial con estímulos económicos y de innovación para impulsar la reactivación de la industria del calzado, a efecto de lograr el bienestar de quienes dependen de esta actividad económica en San Mateo Atenco, México, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada federal Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y a la Secretaría de Economía, para que se puedan llevar a cabo la ejecución de un programa especial, que contemple estímulos económicos y de innovación, que busquen impulsar la reactivación de la industria del calzado, con la finalidad de lograr el bienestar de las personas y familias dependen de esta actividad económica en el municipio de San Mateo Atenco, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El municipio de San Mateo Atenco, conocido popularmente como La tierra del calzado, es considerado como uno de los principales lugares con mayor producción de calzado a nivel nacional esto debido a la transformación y evolución de su principal actividad económica en los últimos años.
A través del tiempo, se le ha atribuido al municipio la fama de un pueblo zapatero, su tradición data del año 1900 a partir de instrumentos hechos por las y los trabajadores para la elaboración del calzado. 1 En 1913 se registraría la utilización de diversas herramientas para la elaboración del calzado, tal como la máquina de coser corte y la máquina de coser suela y en 1915 2 se consideraba la existencia de talleres manufactureros formales, los más grandes contaban con hasta 10 trabajadores y casi todos se integraban principalmente por familiares de la zona.
Fue hasta 1932 que se registró una mayor utilización de maquinaria que permitió la elaboración del calzado a mayor escala y en un menor tiempo, con este efecto los talleres del municipio lograron convertirse en fábricas de zapatos y los empleados manufactureros, en obreros calificados especialistas en la elaboración del calzado. 3
La principal razón por la que el municipio de San Mateo Atenco se le conoce como La Tierra del Calzado es porque el 80 por ciento de su población se dedica a la fabricación y comercialización del calzado, 4 siendo este el motor principal de la economía en el municipio y la fuente más importante de trabajo, que ha logrado generar cerca de 15 mil empleos directos y 10 mil empleos indirectos. 5
El trabajo de los artesanos que se funda en la familia, quienes han logrado evolucionar manteniendo la tradición generacional sin sacrificar la innovación del producto, utilizando materiales naturales, pieles y suelas de cuero, entre otros, 6 diversificando su producto enfocándolo en diversos usos como el calzado tipo escolar, enfermería, industrial y ortopédico. 7
En cuanto a la fabricación de calzado a nivel nacional, el Estado de México ocupa el sexto lugar 8 y el municipio de San Mateo Atenco se encuentra como el segundo municipio con mayor producción de calzado, solo por debajo de Toluca, por lo cual a nivel nacional es considerado el octavo municipio con mayor producción de calzado. 9
Como en muchos sectores y en todas las familias mexicanas la presente crisis sanitaria derivada del virus covid-19 acrecentó y evidenció las carencias actuales en materia de salud, seguridad y economía, tal fue el caso de la producción de calzado, su venta y distribución. Tan solo el junio de 2020 se reportaba que la industria estimaba una caída del 87 por ciento a nivel nacional, con una pérdida de 12 mil empleos formales, en ese mes al menos 25 empresas anunciaron su cierre definitivo.
De acuerdo con datos de Prospecta Centro de Innovación y Competitividad de León, Guanajuato, se identificaron como los principales factores que son perjudiciales para el sector los siguientes: 10
a. Falta de pedidos
b. Falta de liquidez
c. Incremento en los precios de los insumos y servicios
d. Falta de apoyos federales, estatales y municipales
e. Escasez de insumos
Estos factores han permeado en la industria pero también en las familias que viven de ella, mexicanas y mexicanos de trabajo que cada día enfrentan grandes retos para continuar con su labor, intentando sostener a sus familias y sostener su actividad económica.
En el mismo sentido, en el mes de junio del 2020 el presidente de los Productores de Calzado de San Mateo Atenco, AC (Procasma) estimaba que el 40 por ciento de los productores de calzado de la localidad dejarían esta industria por la falta de liquidez y su obligación en el pago recurre de servicios que estos deben absorber, cantidad que ascendía a $120 mil pesos mensuales tanto en la Plaza Azul, como en la Plaza Naranja, mismas que son reconocidas como las plazas más importantes para la actividad del calzado en el municipio. 11
El 20 de julio de 2020 (a cuatro meses del primer cierre de actividades), el municipio de San Mateo Atenco, con un semáforo epidemiológico que lo permitía, autorizó la reapertura de los negocios de calzado, sin embargo a pesar de esto, en el mes de octubre de 2020 se registró que el 30 por ciento de los productores y distribuidores de calzado del municipio no continuaron con la apertura de sus negocios, debido a las pérdidas económicas que enfrentaron en la primera mitad del 2020. 12
En este sentido, el presidente municipal de San Mateo Atenco, con intenciones de establecer una reactivación económica, informó que otorgará un apoyo económico de 1 millón 600 mil pesos a los distintos productores de zapato, ubicados en Plaza Azul, en la cual se fabrican 4 mil 500 pares de zapatos, y otro apoyo económico por la misma cantidad a los productores de calzado ubicados en Plaza Naranja, para la elaboración de 4 mil 500 zapatos destinados a jóvenes estudiantes de nivel secundaria.
Asimismo, se anunció la donación de zapatos a los distintos alumnos de los niveles preescolar y primaria, con la finalidad de generar un apoyo a la economía familiar de los habitantes de la localidad, 13 Si bien estas acciones que se realizan desde las entidades federativas y de sus municipios benefician a las y los ciudadanos, se necesita con urgencia el impulso de un poder federal que debe reconocer que la actividad económica viene desde el municipio y es necesario fortalecerlo.
En esta LXIV Legislatura tenemos la oportunidad, una vez más de reivindicar las acciones a favor del pacto federal y de la economía de las y los mexicanos, no solo mediante becas o apoyos únicos, sino a través de opciones y apoyo que permitan reactivar a corto y largo plazo la economía a través de su trabajo y proyecto de vida.
En materia de atribuciones y de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tanto a la Secretaría de Bienestar como a la Secretaría de Economía les corresponden los siguientes asuntos:
Secretaría de Bienestar
Artículo 32. A la Secretaría de Bienestar corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
VI. Coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado;
Secretaría de Economía
Artículo 34. A la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XXIV. Promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa y la microindustria y actividad artesanal, así como regular la organización de productores industriales;
Frente a este fundamento legal y en aras de complementar el trabajo realizado por el gobierno municipal de San Mateo Atenco, se exhorta a la Secretaría de Bienestar como la Secretaría de Economía a implementar estímulos y la ejecución de un programa especial que permitan el rescate y la reactivación de la industria del calzado ubicada en el municipio de San Mateo Atenco, la cual aporta la mayor cantidad de empleos y es la principal actividad económica de la localidad.
Los artesanos y productores de calzado del municipio de San Mateo Atenco son un orgullo para el estado de México y para todos los mexicanos; quienes a pesar de las diversas dificultades que se han hecho evidentes ante la presente crisis sanitaria aunado a las que ya enfrentaban las familias del municipio, han continuado con la lucha para seguir desarrollando su principal actividad económica sin rendirse, demostrando el verdadero significado de superación, coraje, valentía, honestidad, perseverancia y amor que caracteriza a cada uno de las y los productores de la industria que realizan esta importante labor, logrando con el paso de los años, diversificar un mercado del cual son expertos y alcanzando grandes logros como lo es la exportación al resto de las entidades en la república y al extranjero.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con los siguientes:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Bienestar para que, de conformidad con lo establecido por el artículo 32, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, pueda llevar a cabo la ejecución de un programa especial, que busque impulsar la reactivación de la industria del calzado, con la finalidad de lograr el bienestar de las personas y familias dependen de esta actividad económica en el municipio de San Mateo Atenco.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía para que, de conformidad con lo establecido por el artículo 34, fracción XXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, pueda estimular la industria del calzado en el municipio de San Mateo Atenco, a través de un programa que logre establecer incentivos económicos y de innovación, para las y los productores, así como un programa que permita la reactivación de la industria y otorgue mecanismos de desarrollo para la venta a través de plataformas digitales así como su importación y exportación.
Notas
1 [1] Historia de San Mateo Atenco y su calzado, Disponible en:
http://sanmateoatencoysucalzado.blogspot.com/
2 Idem
3 Idem
4 El Gráfico. Competencia pega a zapateros en San Mateo Atenco, Disponible en:
https://www.elgrafico.mx/al-dia/27-12-2016/competencia-pega-zapa teros-de-san-mateo-atenco
5 El Pulso del Estado de México. Industria del calzado, motor de la economía de San Mateo Atenco: Julio César Serrano, Disponible en:
https://elpulsoedomex.com.mx/industria-del-calzado-motor-de-la-e conomia-de-san-mateo-atenco-julio-cesar-serrano/
6 Idem
7 Alvarado, Rafael, Megalópolis Se reinventa la producción de calzado en San Mateo Atenco. Disponible en:
https://megalopolismx.com/noticia/355/se-reinventa-la-produccion -decalzado-en-san-mateo-atenco
8 [1] Agencia Quadratín, Inauguran Feria del Calzado en San Mateo Atenco. Disponible en:
https://edomex.quadratin.com.mx/inauguran-feria-del-calzado-en-s an-mateo-atenco/
9 Alvarado, Rafael, Megalópolis. Se reinventa la producción de calzado en San Mateo Atenco. Disponible en:
https://megalopolismx.com/noticia/355/se-reinventa-la-produccion -decalzado-en-san-mateo-atenco
10 Caída del 87% en la producción de calzado en Guanajuato, México. Disponible en:
https://serma.net/noticias/informes/mexico/caida-del-87-en-la-pr oduccion-de-calzado-en-guanajuato-mexico , página consultada el 9 de febrero de 2021.
11 El sol de Toluca. Zapateros en crisis tras cierre de negocios por covid-19, Disponible en:
https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/zapateros-en-crisis-tras- cierre-de-negocios-por-covid-19-5375515.html
12 El sol de Toluca. Continúan sin abrir el 100% de los negocios zapateros de San Mateo Atenco, Disponible en:
https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/continuan-sin-abrir-el-10 0-de-los-negocios-zapateros-de-san-mateo-atenco-5865351.html
13 [1] ContraRéplica. Fabricantes de zapatos escolares en San Mateo Atenco reinician labores, Disponible en:
https://www.contrareplica.mx/nota-Fabricantes-de-zapatos-escolar es-en-San-Mateo-Atenco-reinician-labores202115118
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Fomento y Competitividad, para dictamen.
IMPLEMENTAR APOYOS PARA QUE LAS MUJERES EN ESTADO DE VULNERABILIDAD ENCUENTREN ALTERNATIVAS AL OFICIO DE TRABAJO SEXUAL
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos federal y locales a implantar apoyos y mecanismos para que las mujeres vulnerables encuentren opciones distintas del trabajo sexual ante la crisis generada por la pandemia de SARS-Cov-2, a cargo de la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Claudia Angélica Domínguez Vázquez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, así como 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
La Ley de Cultura del Distrito Federal del 2004 que posteriormente se reformó por la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 29 de diciembre de 2017 establecía en su artículo 24 fracción VII lo siguiente:
Artículo 24. Son infracciones contra la tranquilidad de las personas:
I. a VI. (...)
VII. Invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio. En todo caso solo procederá la presentación probable infractor cuando exista queja vecinal
(...) 1
Esta antigua disposición que actualmente se encuentra derogada por que se abrogó la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México de 2017 por la actual Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México que entró en vigor el 07 de junio de 2019; fue motivo de controversia principalmente por las trabajadoras sexuales, ya que enfatizaron que atentaba contra sus derechos humanos.
Las trabajadoras sexuales pertenecientes a diversas organizaciones promovieron un Juicio de Amparo con número 112/2013 contra el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, al Secretario del Trabajo y Fomento al Empleo del Distrito Federal y al Subdirector de Trabajo no asalariado de la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo. Principalmente por declarar inconstitucional la disposición referida con anterioridad, ya que consideraban que se les privaba el derecho a dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que les acomoda, esto es, a ser trabajadoras sexuales; y además de que se les negó la emisión de la credencial como trabajadoras no asalariadas. 2
El Juicio de Amparo promovido por las trabajadoras sexuales salió a su favor declarando inconstitucional el artículo 24 fracción VII de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal y a su vez se les otorgó el reconocimiento como trabajadoras no asalariadas. 3
Las trabajadoras sexuales o sexoservidoras se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad ya que cuando ingresaron a este oficio lo hicieron siendo menores de edad, con engaños, tráfico de personas, falta de oportunidades por un fracaso por parte del Estado al otorgar una educación de calidad entre otros.
Si bien las mujeres son consideradas un grupo vulnerable, al convertirse en trabajadoras sexuales se encuentran en una situación mucho más vulnerable al no recibir o reconocer plenamente sus derechos humanos, especialmente los de la salud sexual y reproductiva por el tipo de actividad que realizan.
La falta de conocimiento sobre sus derechos, de oportunidades y de otras alternativas para lograr mantenerse a sí mismas y a sus familias, hace que no puedan salir de esta actividad que incluso puede ser en contra de su voluntad.
La pandemia por Sars-Cov-2 trajo consigo la afectación en diversos sectores de la población como el económico, laboral, turístico, salud, entre otros; pero se ha olvidado de que existen otros más que deben ser atendidos como este trabajo reconocido como no asalariado.
Según la Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer Elisa Martínez se duplicó durante la pandemia el número de trabajadoras sexuales, con anterioridad a la pandemia se tenía un registro de al menos unas 7,700 sexoservidoras y que aumentó a 15,200 aproximadamente. Debido a la crisis que está provocando la pandemia por el virus del covid-19. Se enfatizó que el 40% de mujeres habían dejado este oficio pero que estuvieron en la necesidad de volver a laborar, el otro 40% son mujeres que iniciaron a raíz de la crisis; y el otro 20% busca clientes en cualquier vía pública. 4
La Secretaría de Economía y la Secretaría del Bienestar han otorgado préstamos para solventar a las personas que perdieron sus trabajos y puedan emprender un negocio propio para solventar los gastos de ellos y sus familias. Pero estos préstamos son limitados por lo que se debe de apoyar a los grupos más vulnerables como a las mujeres evitando lo más posible a que se dediquen a este oficio, buscar alternativas para que puedan sostenerse y las personas que dependan de ellas económicamente.
A su vez las trabajadoras sexuales que ya se dedicaban a este oficio de igual manera ofrecerles un apoyo que además de ser monetario, que este dirigido principalmente a su salud sexual y reproductiva, ya que se ha demostrado que este virus se puede transmitir también por contacto sexual.
Es responsabilidad del Estado garantizar los derechos humanos de toda la población y más cuando se trate de grupos vulnerables que vean imposibilitados en ejercer plenamente sus propios derechos.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno federal y a los gobiernos locales, a implementar apoyos y mecanismos para que las mujeres en estado de vulnerabilidad encuentren alternativas al oficio de trabajo sexual por la crisis generada por la pandemia del virus SARS-Cov-2.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los gobiernos locales, a incluirlas en la entrega de los programas sociales otorgándoles apoyos económicos y en especie, además de brindar alojamientos temporales para trabajadoras sexuales por la crisis generada por la pandemia del virus SARS-COV-2.
Notas
1 Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, 2017.
http://aldf.gob.mx/archivo-134ac5313546f58401435 e1870d7ada7.pdf
2 Sentencia Juicio de Amparo número 112/2013, Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal.
https://www.amij.org.mx/micrositios/reconocimientos2014/sentenci as/eg/Folio_6/112-2013.pdf
3 Ibídem.
4 Forbes México. Número de trabajadoras sexuales en CDMX se duplica por pandemia. 10/febrero/2021.
https://www.forbes.com.mx/noticias-numero-trabajadoras-sexuales- cdmx-se-duplica-tras-estragos-pandemia/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de Febrero de 2021. Diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
IMPLEMENTAR UN PROGRAMA DE VIGILANCIA EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS A FIN DE SALVAGUARDAR LAS INSTALACIONES, MATERIAL Y MOBILIARIO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP, la SSP y sus 32 homólogas locales a implantar un programa de vigilancia en las escuelas públicas para salvaguardar instalaciones, material y mobiliario, a cargo de la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. La situación sanitaria derivada de la pandemia por covid-19, que detonó en los primeros días de marzo de 2020, llevó a las autoridades mexicanas educativas, en una primera etapa, a suspender las clases a fin de proteger la salud de las y los estudiantes.
En México existen más de 220 mil escuelas de educación básica, 1 mismas que al día de hoy se encuentran prácticamente en desuso. La Secretaría de Educación Pública en el uso de sus atribuciones constitucionales determinó la suspensión de las clases para 33 millones de estudiantes, decisión que al día de hoy se encuentra vigente.
Segunda. Además de seguir todas las medidas de salud ante el incremento de casos producto de las reuniones de diciembre, la pandemia también ha traído diversas problemáticas en el ámbito de seguridad pública. Lo anterior, en razón de que grupos ajenos a los intereses educativos han aprovechado la ausencia de las y los alumnos en los planteles educativos para ingresar y robar el mobiliario y material escolar.
Tercera. Durante la pandemia, los planteles educativos han sido blanco reiterado de los delincuentes, tan solo de marzo a septiembre de 2020, 24 estados de la república sumaban un total de dos mil 338 reportes de robo, cifra que con el paso del tiempo y debido a que el regreso a clases se ha pospuesto. Cifra que se puede quedar corta en razón de los casos que no han sido denunciados. 2
Para ejemplo referimos algunos casos; en Ciudad de México robaron en 61 planteles educativos, en el periodo del 3 de abril al 31 de julio 3 estos delitos se conocieron a través de la aplicación móvil Mi Policía en mi Escuela. En San Juan del Río, 4 donde han robado tuberías, llaves de lavabo, cables y otros bienes de la escuela. En Quintana Roo ocurrieron 83 robos o vandalizaciones en las escuelas. 5 Tamaulipas y Tampico no están exentos, en el municipio del sur de la entidad se han registrado cinco robos a escuelas 6 ocasionando un daño al patrimonio de las niñas, niños y adolescentes de educación básica.
Esta circunstancia se ha generado debido que en la mayoría de los planteles directivos y docentes no han acudido a sus planteles.
Aunado a lo anterior, el vandalismo a las instalaciones también ha sido una circunstancia recurrente, y en estos casos no se presentan denuncias, los daños aún no están cuantificados pero representa una situación adversa con la cual debe lidiar la Secretaría de Educación Pública.
Cuarta. La entidad con más robos en instalaciones escolares ha sido Jalisco, con 465 casos, seguido de Sonora con 446, Coahuila con 350, Chihuahua con 254 y Puebla con 112. En algunos casos un solo plantel ha sido robado en varias ocasiones, como en Gómez Palacio, Durango, donde la primaria Libertad Universal ha sido saqueada hasta en seis ocasiones, mientras que en un Jardín de Niños que lleva el nombre del estado, hasta la cisterna se llevaron. 7
La problemática ha aumentado tanto que en algunas entidades como en Nayarit, se han organizado y los padres de familia aportan cierta cantidad para poder contratar vigilancia.
Quinta. Otro ejemplo claro es el que sucede en Veracruz en donde se han dado más de 80 robos a escuelas en la capital. 8
En Durango 50 escuelas han sido objeto de robo, y el promedio del daño es de entre 20 y 22 mil pesos por institución.
En Tlaxcala de marzo a octubre de 2020 sumaron 57 carpetas de investigación por robo a escuelas.
De igual manera durante la época de la pandemia diversos planteles educativos han sido vandalizados, tan solo en el estado de Querétaro se han registrado 39 reportes y denuncias por robo y vandalismo en instalaciones educativas. 9
Otro ejemplo es el de Baja california, que debido a la pandemia y, a que las clases se realizan en la modalidad a distancia, cerca de 100 planteles educativos han sido vandalizados de distintas maneras, pintas entre otras conductas.
Sexta. Entre lo robado se encuentra: material pedagógico, mobiliario escolar y de baño, archiveros, cableado y tubería de cobre, bocinas, proyectores, instrumentos musicales, cámaras fotográficas y de vigilancia, aires acondicionados, ventiladores, micrófonos, impresoras, televisiones y laptop, entre otros, en un caso hasta la cisterna se llevaron, entre otras cosas esenciales para el correcto funcionamiento de los planteles.
Séptima. En ese contexto, resulta necesario que la Secretaría de Educación Pública en coordinación con sus homólogas locales, y las autoridades de seguridad pública en las entidades federativas lleven a cabo e implementen un programa de vigilancia a fin de evitar que los planteles educativos sean robados y el mobiliario se vea afectado de manera considerable.
Por lo expuesto, quien suscribe somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, a sus homólogas en los estados y a las Secretarías de Seguridad Pública de las 32 entidades federativas para que en coordinación y en el ámbito de sus competencias implementen un programa de vigilancia en las escuelas públicas a fin de salvaguardar las instalaciones, material y mobiliario.
Notas
1 https://www.inee.edu.mx/wp-content/uploads/2019/01/P2M110.pdf
2 https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2020/9/29/sufren-robo-338-escuelas-en-e l-pais-210360.html
3 https://www.elsoldemexico.com.mx/metropoli/cdmx/aprovechan-covid-19-para-robar- en-escuelas-5842991.html
4 https://www.elsoldesanjuandelrio.com.mx/local/roban-escuelas-durante-la-pandemi a-5620621.html
5 https://www.educacionfutura.org/que-sociedad-roba-a-sus-escuelas/
6 https://www.milenio.com/politica/comunidad/tamaulipas-robo-es-cuelas-vandalismo -aumento-pandemia
7 https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2020/9/29/sufren-robo-338-escuelas-en-e l-pais-210360.html
8 https://www.elsoldecordoba.com.mx/local/no-paran-robos-a-escue-las-van-80-en-el -puerto-de-veracruz-inseguridad-escuelas-delincuentes-secretaria-de-seguridad-p ublica-sev-6293769.html
9 https://www.codigoqro.mx/2020/12/01/contabilizan-39-denuncias-por-robo-y-vandal ismo-en-escuelas-durante-pandemia/
Dado en el Cámara de Diputados, a 16 de febrero de 2021. Diputada Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
GARANTIZAR QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FACILITEN LA ENTREGA DE LOS RECURSOS ACUMULADOS A LOS BENEFICIARIOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Consar y el IMSS a garantizar que las Afore faciliten la entrega a los trabajadores o beneficiarios de los recursos acumulados en la cuenta individual, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Alejandro Carvajal Hidalgo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 65, numeral 4, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por los cuales la Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y del Instituto Mexicano del Seguro Social a garantizar en el ámbito de sus respectivas competencias que las administradoras de fondos para el retiro faciliten la entrega a los trabajadores o, en su caso, a los beneficiarios de los recursos acumulados en su cuenta individual de manera rápida y sencilla, con base en las siguientes
Consideraciones
El 1 de julio de 1997, México reformó profundamente su sistema público de pensiones, administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, institución de seguridad social que contempla a los trabajadores que laboran formalmente del sector privado. Esa reforma abandonó el antiguo sistema de reparto, en el que las contribuciones de los asegurados activos financiaban el pago de los beneficios de los pensionados, sustituyéndolos por uno basado en cuentas individuales, las cuales están administrados por empresas privadas que se especializan en la gestión de fondos de retiro, mejor conocidas como Afore.
Por ello, al adoptar un nuevo modelo pensionario, se separó a los trabajadores en dos grandes grupos; los que se encontraban cotizando, que al final de su vida laboral podrían decidir si se pensionaban conforme a la ley derogada o la actual ley y los demás trabajadores que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, los cuales entrarían en el nuevo esquema de las administradoras de fondo para el retiro.
Este nuevo modelo generó que los trabajadores obtuvieran una pensión con el dinero que tengan ahorrado en una cuenta individual a su nombre, gestionada por una administradora de fondos para el retiro. Esos recursos son obtenidos de las contribuciones tripartitas, el asegurado, el patrón y el Estado, como establece el artículo 159, fracción I, de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995 (LSS de 97):
Artículo 159. Para efectos de esta Ley, se entenderá por
I. Cuenta individual, aquella que se abrirá para cada asegurado en las cuotas obrero-patronales y estatal por concepto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los rendimientos. La cuenta individual se integrara? por las subcuentas: de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; de vivienda y de aportaciones voluntarias. 1
Recursos que son propiedad del trabajador conforme a lo establecido en el artículo 169 de la Ley del Seguro Social:
Artículo 169. Los recursos depositados en la cuenta individual de cada trabajador son propiedad de éste con las modalidades que se establecen en esta Ley y demás disposiciones aplicables. 2
Lo anterior implica que los trabajadores pueden disponer de los montos acumulados en el caso de que cumplan los requisitos que señala el marco normativo.
En la actualidad, miles de mexicanos pasan por una situación complicada al intentar recuperar los recursos que han acumulado a lo largo de su vida laboral, al recibir evasivas, largas o la negativa por parte de las Administradoras de Fondos para el Retiro, y por consecuencia los beneficiarios que tienen el derecho a recibir los fondos acumulados en las cuentas individuales de los trabajadores que han fallecido, como establece el artículo 193 de la Ley del Seguro Social:
Artículo 193. Los beneficiarios del trabajador titular de una cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez serán los que establecen las fracciones III al IX del artículo 84, en relación con los artículos 129 al 137 de esta ley.
En caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual que en términos de las disposiciones legales puedan entregarse en una sola exhibición por no tener otro fin específico, a los beneficiarios designados expresamente en los contratos de administración de fondos para el retiro que las administradoras de fondos para el retiro celebren con los trabajadores, en la proporción estipulada para cada uno de ellos. 3
Cuando la problemática anterior se suscita, los trabajadores o en su caso los beneficiarios tiene que realizar largos trámites administrativos ante la administradora de fondos para el retiro y el Instituto Mexicano del Seguro Social para poder solicitar lo que por derecho les corresponde, incluso, en ocasiones, tienen que iniciar actos en contra de las administradoras, como la reclamación ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o iniciar con un procedimiento de demanda ante la autoridad judicial competente, implicándoles perdida de recursos y tiempo.
Por ello, con la presente proposición se pretende garantizar que los trabajadores y en su caso los beneficiarios puedan acceder de manera sencilla, sin largos trámites administrativos o sin que medie un juicio, a los recursos acumulados en su cuenta individual, los cuales han acumulado a lo largo de su vida laboral y que son propiedad de los trabajadores o de los beneficiarios.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con estricto respeto del principio federalista de división de poderes, extiende un respetuoso exhorto al titular de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro para garanticen que las Administradoras de Fondos para el Retiro faciliten la entrega a los trabajadores o en su caso a los beneficiarios de los recursos acumulados en su cuenta individual, de manera rápida y sencilla.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en estricto respeto al principio federalista de división de poderes, extiende un respetuoso exhorto al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social para que coadyuve en los trámites administrativos para la entrega de los recursos acumulados en la cuenta individual de los trabajadores o en su caso los beneficiarios que lo soliciten.
Notas
1 Recuperado de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92_161220.pdf Consultado el 10 de febrero de 2021.
2 Ibídem.
3 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Alejandro Carvajal Hidalgo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
IMPLEMENTAR PROGRAMAS DE APOYO PARA TITULACIÓN A JÓVENES EGRESADOS DE ESCUELAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a implantar programas de apoyo para titulación a egresados de escuelas públicas y privadas, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del PAN
Quienes suscriben, Janet Melanie Murillo Chávez, diputada federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En México hay 37.5 millones de jóvenes, 14 millones de jóvenes quienes con optimismo y energía buscan ser un motor para el desarrollo y bienestar en nuestro País.
Desafortunadamente las cifras se vuelven desalentadoras cuando hacemos referencia al ámbito profesional dado que, de cien, solo 21 jóvenes son los que logran concluir una carrera universitaria, agravando aún más la situación el hecho de que solo el 21% poseen un título universitario. 1
Datos otorgados por la Asociación Nacional de Universidades e instituciones de Educación Superior (ANUIES), destacó que durante el ciclo escolar 2017-2018 se registraron 40 mil 344 egresos de licenciatura, pero solo el 69% obtuvo su título. 2
Esta problemática sin duda es necesaria que el estado mexicano voltee a mirarla ya que con este documento no solo podemos impulsar a los jóvenes a obtener mejores empleos, mejores ingresos o estatus profesional, sino que también, se contribuye a la mejoría de un nivel de desarrollo económico y cultural de nuestro país.
Aunque las cifras son alentadoras en cuanto al aumento de matricula universitaria de acuerdo con datos otorgados por la Secretaría de Educación Pública en el 2018, las cantidades de titulados, no lo es, reconociendo que los gastos de titulación son muy costosos, desde el cobro del pergamino hasta la cedula, aún más tratándose de universidades privadas.
Relación egreso-titulación:
2013-2014: 631 mil egresados/ 457 mil titulados
2014-2015: 604 mil egresados/ 439 mil titulados
2015-2016: 570 mil egresados/ 413 mil titulados
2016-2017: 541 mil egresados/ 394 mil titulados 3
Es importante destacar que la gran mayoría de los jóvenes que han buscado concluir, con mucho esfuerzo, su licenciatura en alguna universidad privada, la han realizado con grandes sacrificios pues no por optar por esta opción quiere decir que el dinero les sea suficiente.
La gran ocupación escolar en las universidades país deja sin posibilidad a nuestros jóvenes, pero, a pesar del gran compromiso no les es suficiente para cubrir los altos costos que se originan para la obtención de su titulación y cedula profesional.
Sabemos que la actual administración ha reiterado en distintas ocasiones el compromiso con los jóvenes de nuestro país, por ello, es que ponemos a su consideración la creación de un programa de apoyo que no consta en otorgar apoyos económicos, sino, en generar un programa que permita otorgar las facilidades necesarias a aquellos jóvenes que concluyeron sus estudios satisfactoriamente, pero por cuestiones económicas no han podido acceder a su titulación.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta Asamblea, la siguiente:
Proposición con Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública a generar un programa de apoyo de titulación para jóvenes egresados de universidades públicas y privadas, facilitando los costos para su obtención.
Notas:
1 https://www.publimetro.com.mx/mx/economia/2016/10/10/mexico-lugar-poblacion-est udios-licenciatura.html
2 https://www.informador.mx/Sin-concluir-su-titulacion-tres-de-cada-10-egresados- en-Jalisco-l201809180001.html
3 https://www.publimetro.com.mx/mx/nacional/2019/08/19/matricula-universitaria-se -duplico-20-anos-se-titulan.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero del 2021. Diputada Janet Melanie Murillo Chávez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
FISCALIZAR LOS CONTRATOS SIGNADOS DURANTE LOS EJERCICIOS FISCALES 2019-2020 RELACIONADOS CON LA MODERNIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LAS LÍNEAS DE SERVICIO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de la Ciudad de México a fiscalizar por la Auditoría Superior local los contratos signados en los ejercicios fiscales de 2019 y 2020 sobre mantenimiento, modernización y ampliación de las líneas del Metro, ante lo suscitado en los últimos meses, que ha puesto en riesgo la seguridad de usuarios y trabajadores, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos, diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El Sistema de Transporte Colectivo Metro en la Ciudad de México presenta una de sus crisis más severas, producto de la falta de programas de mantenimiento en su infraestructura, particularmente rieles, trenes, estaciones y sistemas de comunicación. Dicha situación ha derivado en los últimos días, en el incremento de accidentes en los cuales, lamentablemente personas han perdido la vida.
Usuarios de la red del Metro han denunciado públicamente fallas estructurales en las líneas que ponen constantemente en riesgo su integridad y vida, así como falta de luminarias, pocas condiciones de higiene y escasos accesos para las personas con discapacidad que posicionan a las instalaciones como inseguras. Se lo atribuyen al poco interés de las autoridades por asegurar un servicio seguro y de calidad.
Para contar con un panorama general, basta señalar los accidentes que se han suscitado en lo que va del año, entre ellos se encuentran los siguientes:
1. El pasado 12 de enero se dio un conato de incendio en la Línea 7 con dirección a Barranca del Muerto. En particular en la estación Auditorio, elementos de la Policía Bancaria e Industrial identificaron llamas y humo en los últimos vagones del convoy, por lo que desalojaron a los usuarios y suspendieron el servicio. 1
2. El mismo 12 de enero se descarriló un tren de la Línea A cuando realizaba maniobras en la estación La Paz, esto cuando trataba de estacionarse en el área de maniobras. 2
Los sucesos son cada vez más seguidos, por el ello, el dirigente del Sindicato Mexicano de Trabajadores del Metro ha informado a la titular de la Dirección General sobre la inestabilidad del suelo, la falta de mantenimiento a trenes y las malas condiciones en las vías, sin tener una respuesta satisfactoria. 3
3. El 14 de enero, al menos tres vagones de la Línea 6 fueron objeto de grafitis. A decir de las propias autoridades, los acontecimientos se llevaron a cabo durante la madrugada cuando la unidad se encontraba detenida dentro de la estación Martín Carrera.
4. El 16 de enero se dio un cortocircuito dentro de la estación del Cerro de la Estrella correspondiente de la Línea 8 que recorre de Garibaldi a Constitución de 1917. Durante el incidente, los usuarios escucharon un estruendo, además de humo que se expandió por los demás vagones, causando pánico entre las personas que se encontraban dentro. 4
5. El mismo 16 de enero, pero en la estación Tepalcates, policías y usuarios advirtieron humo debajo de uno de los trenes. En relación a los hechos las autoridades del Metro dieron a conocer de que se trató de una zapata que al quedarse pegada generó el fuego, sin embargo, para su valoración la unidad fue trasladada al área de talleres.
6. El 21 de enero, trabajadores del Metro dieron a conocer que la estación Balbuena de la Línea 1 se encontraba inundada, a pesar de que las autoridades conocían que a falta de energía eléctrica el sistema de cárcamos no funcionaría y, por lo tanto, no se enviarían las aguas negras al sistema de drenaje de la capital del país. 5
7. El 2 de febrero, medios de comunicación informaron sobre la presencia de humo en uno de los trenes de la Línea 3, el incendio aconteció en la estación Miguel Ángel de Quevedo a causa de una zapata que se quedó pegada. El evento se dio solo un día después de que entrara nuevamente en funcionamiento tras el incendio del Puesto Central de Control el 9 de enero de 2021.
8. El 4 de febrero existieron fallas en diversos puntos de la Línea 1 y 3 por lo que fue necesario suspender el servicio, la avería más significativa se localizó en el trayecto de Pantitlán a Observatorio, situación que provocó conglomeraciones y retrasos en los trayectos.
9. El 10 de febrero, se produjo lo que denominan un arco eléctrico en la Línea 3, específicamente en la estación de Indios Verdes, afortunadamente, el fuego fue controlado por el personal de seguridad.
10. El mismo 10 de febrero hubo un corto circuito provocado por un objeto que fue lanzado a las vías en la intersección de las estaciones de Hidalgo y el metro Guerrero, en el incidente no se registraron lesionados, pero quedó clara la falta de actualización en los protocolos de actuación.
Ante este escenario poco alentador, es fundamental que a la brevedad se lleven a cabo las acciones necesarias para garantizar la seguridad, integridad y la vida de millones de usuarios que todos los días hacen uso de este servicio, para ello se requiere partidas presupuestales específicas, transparencia en el uso de recursos públicos y la ejecución de planes de mantenimiento prácticamente a toda la infraestructura.
El Metro se encuentra en total abandono, como consecuencia de la falta de visión, experiencia y capacidad de las administraciones que han gobernado la capital del país, por si esto no fuera poco, por el incremento de accidentes y fallas se ha convertido en un foco de infección y contagio del virus SARS-Cov-2, ya que son permanentes los retrasos y concentraciones masivas de individuos.
Reiteramos nuestra postura sobre la relevancia de que se emprenda un plan de inversión que tenga como objeto la dignificación del servicio y dotarlo de seguridad, por medio de diferentes acciones de mantenimiento, adquisición de trenes, sistemas de comunicación y ampliación de estaciones.
Las autoridades del Sistema de Transporte Colectivo Metro y de la Ciudad de México no pueden ser omisas ante el conjunto de denuncias públicas que manifiestan problemas en el Metro, su actuación debe darse en un marco de oportunidad, eficiencia y rapidez, para asegurar el servicio que merecemos, uno que se distinga por su seguridad y calidad.
Los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI consideramos fundamental que se desarrolle una fiscalización integral, pronta y expedida con el objeto de conocer el monto total aprobado para acciones de mantenimiento, los contratos pactados, las empresas beneficiarias y los motivos por los cuales no se han llevado a cabo, asimismo, los servidores públicos sancionados por estas omisiones.
Debido a los diversos incidentes que se han presentado en lo que va del año, se hace ineludible actualizar los protocolos de actuación, hacer una revisión a las instalaciones y programas de seguridad en estaciones a efecto de salvaguardar a las personas.
La importancia de este punto de acuerdo radica en que con él se visibiliza la problemática del Metro y se impulsa su atención por las autoridades, por lo que se espera que en el corto tiempo se preste un servicio eficiente, seguro y accesible a la ciudadanía.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Congreso de Ciudad de México para que, a través de la Auditoría Superior de la entidad, fiscalice los contratos signados durante los ejercicios fiscales 2019-2020 relacionados con acciones de mantenimiento, modernización y ampliación de las líneas de servicio del Sistema de Transporte Colectivo Metro, esto ante los eventos suscitados en los últimos meses que han puesto en riesgo la seguridad de los usuarios y trabajadores.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno de Ciudad de México y al Sistema de Transporte Colectivo a reconducir la estrategia de manteamiento y modernización del Metro ante las diversas fallas que se han presentado en los últimos días y emprenda acciones urgentes para garantizar su calidad y seguridad en favor de los trabajadores y usuarios.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con el gobierno de Ciudad de México, diseñen un plan de inversión con recursos suficientes para llevar a cabo un programa integral de mantenimiento y modernización.
Notas
1 [1]El Universal. (2021). Desalojan a usuarios por conato de incendio en tres de la Línea 7 del Metro. 15/02/2021. Sitio web:
https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/cdmx-desalojan-usuarios -por-conato-de-incendio-en-tren-de-la-linea-7-del-metro
2 Sistema de Transporte Colectivo Metro. (2021). Tarjeta Informativa: Incidente en vías de estación La Paz, Línea A. 14/02/2021, de Metro CDMX Sitio web:
https://www.metro.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/tarjeta-informat iva-incidente-en-vias-de-estacion-la-paz-linea
3 Alejandro Cruz Flores. (2021). Descarrila convoy del Metro en la estación terminal La Paz. 15/02/2021, de La Jornada Sitio web:
https://www.jornada.com.mx/2021/01/13/capital/028n3cap
4 Sistema del Transporte Colectivo Metro. (2021). Tarjeta informativa Retiran objeto en vías de Línea 8. 15/02/2021, de Metro CDMX Sitio web:
https://www.metro.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/tarjeta-informat iva-retiran-objeto-en-vias-de-linea-8
5 [1] Sistema del Transporte Colectivo Metro. (2021). Trabajadores del STC realizan labores de desazolve. 15/02/2021, de Metro CDMX Sitio web:
https://www.metro.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/trabajadores-del -stc-realizan-labores-de-desazolve
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero del 2021. Rúbrica.»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
APLICAR LA VACUNA CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2 A LAS Y LOS MÉDICOS QUE COMPRUEBEN ESTAR EN ACTIVO EN CONSULTORIOS PARTICULARES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal y la Ssa a aplicar la vacuna contra el virus SARS-Cov-2 a los médicos que comprueben estar en activo en consultorios particulares, pues reciben de primera instancia a pacientes con posibles síntomas del virus, a cargo de la diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Claudia Angélica Domínguez Vázquez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, así como 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Política Nacional de Vacunación contra el virus Sars-Cov-2, para la prevención de la covid-19 en México, implementada por el gobierno federal se estableció una estrategia que abarca cinco etapas de vacunación para la población mexicana.
Etapa 1: Personal de salud de primera línea de la covid-19 (1.1 millones)
Etapa 2: Personal de salud restante y personas de 60 y más años (14.4 millones)
Etapa 3: Personas de 50 a 59 años (12.7 millones)
Etapa 4: Personas de 40 a 49 años (16.2 millones)
Etapa 5: Resto de población (49.2 millones). 1
Como prioridad se vacunará a todo el personal médico que se encuentre combatiendo en primera línea de la covid-19, es decir, todo el personal médico de las instituciones públicas.
La primera vacuna que se adquirió por parte de las negociaciones del gobierno federal con las farmacéuticas que alcanzaron a ser las primeras en promocionar una vacuna fue la de Pfizer-BioNTech, esta vacuna requiere de cuidados especiales, necesita de ultracongeladores a -70ºC, para ser descongelada antes de ser aplicada y que por sus condiciones debe aplicarse una segunda dosis en un periodo máximo de 27 días para elevar su eficacia contra el virus. 2
Una segunda vacuna AstraZeneca que igual fue adquirida por nuestro país, esta basa en un vector viral no replicante que requiere condiciones de almacenamiento de entre 2ºC a 8ºC, facilitando su manejo y distribución.
Hasta la fecha solo se ha aplicado la vacuna Pfizer-BioNTech al personal médico del sector público y aunque esa estrategia excluyó en primera instancia al personal médico de hospitales privados, el presidente Andrés Manuel López Obrador dio la instrucción que también se aplicara la vacuna a este sector. 3
Si bien el gobierno federal a impulsado en todo momento la adquisición de vacunas que han sido aplicadas en varios países, la demanda sigue creciendo para que más países puedan adquirirla lo que provocó que los embarques ya acordados se atrasarían algunas semanas de lo previsto en la estrategia nacional de vacunación.
Existe una situación que es una realidad en todo el país es en cuanto a los consultorios médicos privados que no pertenecen a un hospital particular, sino simplemente cuentan con un consultorio para atender a gran parte de la población que no cuentan con un seguro médico. Se ha demostrado que los médicos que atienden estos consultorios son los que dan consulta de primera instancia a las personas que llegan con síntomas que se presumen son de covid-19. Estos médicos que en promedio cobran una consulta alrededor de los $25 a $200 son también muy proclives a contagiarse ya que su labor es atender a cualquier persona que presente malestares de cualquier enfermedad.
Son los que diagnostican en primera instancia cuando un paciente no necesita de hospitalización o presente síntomas leves, lo que provoca que san sumamente proclives a contagiarse y transmitir esta enfermedad a otros pacientes que acudan por síntomas diversos al virus Sars-Cov-2.
Por lo que exhorto al gobierno federal y a la Secretaría de Salud a que considere vacunar también a este personal médico que también realizó el juramento hipocrático y cumple con su deber de proteger la vida y la salud de las personas.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Por el que se solicita respetuosamente al gobierno federal y a la Secretaría de Salud, a aplicar la vacuna contra el virus del Sars-Cov-2 a las y los médicos que comprueben estar en activo en sus consultorios particulares, ya que reciben de primera instancia a pacientes con posibles síntomas del virus.
Notas
1 Gobierno Federal. Política Nacional de Vacunación contra el virus Sars-Cov-2, para la prevención de la covid-19 en México, versión 4.0, 11/enero/2021.
https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/01/ PolVx_COVID_-11Ene2021.pdf
2 Cfr. Gobierno Federal. Política Nacional de Vacunación contra el virus Sars-Cov-2, para la prevención de la covid-19 en México, versión 4.0, 11/enero/2021, pp. 10-13.
https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/01/ PolVx_COVID_11Ene2021.pdf 3 Ídem.
3 Animal Político. Censo de médicos particulares apenas terminó, empezarán a vacunarlos esta semana. 19/enero/2021.
https://www.animalpolitico.com/2021/01/censo-medicos-particulare s-iniciara-vacunacion-semana/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de Febrero de 2021. Diputada Claudia Angélica Domínguez Vázquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE LA PRESENCIA DE NUEVAS MUTACIONES Y VARIANTES DEL VIRUS SARS-COV-2
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a informar a la opinión pública sobre la presencia de nuevas variantes del SARS-Cov-2 e implantar una estrategia urgente para detectar y contener la propagación, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario del PES
El que suscribe, Fernando Luis Manzanilla Prieto, diputado federal del Grupo Parlamentario de Encuentro Social a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
A finales de año, cuando en el mundo se celebraba uno de los logros más grandes de la ciencia (la creación de una vacuna eficiente en tiempo récord), un golpe de realidad azotó a Reino Unido: una mutación del virus SARS-Cov-2, que provoca la enfermedad del covid-19, obligó a los ingleses a recurrir a un nuevo confinamiento, aumentaron las hospitalizaciones, cambió la sintomatología, la gente se volvió a infectar y el grupo de edad infectado con gravedad, dejó de ser exclusivo para los adultos mayores.
Los virus en general son partículas infecciosas que pueden reproducirse apoderándose de las células huésped y utilizando sus mecanismos para producir más virus. Los virus se componen de genomas de ADN o ARN dentro de una capa de proteína llamada cápside; algunos virus tienen una envoltura exterior. 1
En ese sentido, al cambiar una letra de su constitución, se considera que el virus ha mutado; sin embargo, cuando existen varias mutaciones que se acumulan dentro del virus, se afirma que existe una variante. A partir de esos cambios estructurales del virus, se inician a estudiar los comportamientos de los mismos, y de ser diferentes reflejándose en la sintomatología de la enfermedad o niveles de contagio se puede afirmar que existe una nueva cepa. 2
Esto resulta preocupante, pues al haber vacunas desarrolladas, una nueva cepa puede significar un retroceso en el proceso de inmunización; y en caso de que una persona se haya recuperado de una enfermedad viral y pudiese haber desarrollado anticuerpos, con la nueva cepa se expone a volverse a contagiar con igual o mayor dificultad de recuperación.
La doctora Ana Paula Fernandes, investigadora del Centro de Tecnología en Vacunas y Diagnóstico de la Universidad Federal de Minas Gerais (Brasil), afirmó que el contagio masivo de esta enfermedad es un escenario propicio para que un virus mute de la manera como lo está haciendo en la actualidad. 3 Al 11 de febrero de 2021, se conocen decenas de variantes en todo el mundo, dentro de las cuales destacan la británica, la sudafricana y la brasileña.
La primera mutación se descubrió el 14 de diciembre de 2020. Las autoridades británicas notificaron a la Organización Mundial de la Salud (OMS) que se había identificado una nueva cepa variante del SARS-Cov-2 mediante la secuenciación del genoma viral. Esta variable se denominó SARS-Cov-2 VUI 202012/01. El análisis preliminar muestra que esta variante se puede transmitir más fácilmente de persona a persona. Se están realizando investigaciones para determinar si esta variante está relacionada con la gravedad de los síntomas, la respuesta de anticuerpos o cualquier cambio en la eficacia de la vacuna. 4
Esta variante se define por la presencia de un conjunto de 14 mutaciones que conducen a varios cambios de aminoácidos y tres supresiones. Algunas de estas mutaciones afectan la capacidad del virus para propagarse en humanos: 5
Una de las mutaciones identificadas (N501Y) está alterando un aminoácido en los seis residuos clave del dominio receptor-obligatorio (RBD). De acuerdo con la base de datos de la iniciativa mundial para intercambiar datos sobre la gripe aviar (GISAID), esa misma mutación del RBD (N501Y) se ha notificado de manera independiente en varios países, entre ellos Sudáfrica (n=45) y Australia (n=37). El análisis de las secuencias reveló que la mutación N501Y del virus notificada en el Reino Unido y la notificada en Sudáfrica se originaron por separado.
Se ha encontrado otra mutación de importancia biológica en el RBD, la P681H.
Por último, se ha descubierto que la supresión en la posición 69/70 afecta a la eficacia de algunas pruebas diagnósticas de PCR que utilizan un gen S como diana. La mayoría de las pruebas de PCR que se llevan a cabo en todo el mundo utilizan múltiples dianas y, por lo tanto, no se prevé que la variante tenga un gran impacto en el diagnóstico. 6
Se calcula que esta nueva variante crece entre un 50 y un 70 por ciento más rápido que las variantes principales anteriores; 7 así, la infección por semana aumentó en un 60%, en comparación con los momentos más álgidos de la primera ola de la pandemia. Lo anterior, provoca que el virus se haga más difícil de contener, haciendo que la inmunidad colectiva sea una meta cada vez más lejana. 8
Tomas Pueyo, analista de Silicon Valley que sirve de referente en los pronósticos de la pandemia, afirma que esta cepa británica es más mortal que el virus original, debido a que:
Cuando un virus penetra mejor en las células (como esta variante), significa que probablemente infecta a muchas más células, se reproduce más rápido y se propaga por el cuerpo más rápido, lo que significa que es más difícil de detener, lo que significa que mata más. Entonces, las variantes más letales son las que ganan. 9
Ante esta variante, el Reino Unido está llevando a cabo una investigación epidemiológica y virológica para evaluar más a fondo la transmisión, la gravedad de la infección, el riesgo de reinfección y los cambios en la respuesta de anticuerpos provocados por la nueva variante. Dado que una de las mutaciones (N501Y) está en el dominio de unión al receptor, las autoridades están investigando urgentemente la actividad neutralizante del suero del paciente recuperado y vacunado contra la variante para determinar si tiene un impacto en la eficacia de la vacuna del virus. 10
En dichas evaluaciones, la OMS ha participado activamente a través de un grupo de trabajo especializado. Se pretenden formalizar más estudios epidemiológicos y de laboratorio, tan pronto como sea posible, para comprender las manifestaciones clínicas, el diagnóstico y el tratamiento de estos virus y el desarrollo de la vacuna del SARS-Cov-2 más efectiva. 11
En ese tenor, esta organización hizo las siguientes recomendaciones:
Realizar nuevos estudios epidemiológicos y virológicos para comprender las mutaciones específicas descritas por el Reino Unido y otros países, a fin de investigar más a fondo cualquier cambio en la infecciosidad y patogenicidad del virus.
Aumentar en la medida de lo posible las actividades sistemáticas de secuenciación de los virus SARS-Cov-2 y que compartan los datos sobre las secuencias a nivel internacional, en particular, para informar si se observan las mismas mutaciones de interés. 12
La OMS urgió sobre la pérdida de eficacia en la prueba de PCR para los diferentes genes de este virus. Con la finalidad de limitar el impacto en las capacidades de prueba nacionales, también se recomienda adoptar métodos de gestión basados ??en diferentes pruebas en pruebas de PCR en paralelo o multiplex para diferentes genes virales para detectar posibles mutaciones. 13
Las distintas naciones alrededor del mundo deben evaluar sus niveles de transmisión local y llevar a cabo actividades de prevención y control adecuadas, incluido el ajuste de las medidas sociales y de salud pública de acuerdo con las directrices de la Organización Mundial de la Salud. 14
B117 se está desarrollando continuamente en más de 80 países / regiones. Es difícil saber exactamente el porcentaje que hay en cada país, porque pocas naciones fuera del Reino Unido y Dinamarca tienen un sistema de clasificación adecuado. Lo que se sabe es que esta variante casi se duplica cada semana; finales de febrero, representará la mayoría de los casos en Suecia, Francia, Bélgica, Alemania, España, Países Bajos, Italia, Irlanda, Luxemburgo, Portugal, Suiza y Dinamarca. En estos países, la tasa de transmisión aumentará hasta en un 50 por ciento este mes. En Estados Unidos será a mediados de marzo. 15
La anterior hipótesis se confirma cuando un informa de MedRxiv proporciona el primer lote de datos confiables para respaldar los pronósticos publicados por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. El mes marzo, indica el informe, esta variante se convertirá en dominante en los Estados Unidos. 16
Los investigadores examinaron análisis genómicos de muestras de virus de 10 estados, incluidas 212 infecciones que involucran la variante. El informe concluyó que la transmisibilidad de esta variante es entre un 35 y un 45 por ciento mayor que la de otras cepas de virus en Estados Unidos. 17
Sin embargo, no es la única variable que preocupa en el mundo; poco después del descubrimiento de esta variante, la doctora responsable de enfermedades emergentes y zoonosis de la OMS, Maria Van Kerkhove confirmó que en Sudáfrica existía una similar, pero diferente del virus SARS-Cov-2, ella misma afirmó en diciembre que ya se estaba trabajando con el ministro de Salud de ese país para aplicar las recomendaciones hechas por la OMS, manteniendo activos los estudios y análisis de los diferentes brotes de contagio. 18
Casi un mes después del descubrimiento de las dos cepas mencionadas, la OMS catalogó como preocupante una nueva variante detectada en Japón, la cual provenía de Brasil, y se presumía más contagiosa que las anteriores, pudiendo impactar la respuesta inmunitaria que se había logrado con las vacunas desarrolladas. 19
Más preocupante es la evidencia preliminar del ensayo clínico realizado por Novavax en Sudáfrica. El ensayo mostró que las personas que habían sido previamente infectadas con el coronavirus y recibieron un placebo, están siendo re-infectadas por la nueva variante británica. No hay evidencia de que estas infecciones posteriores sean graves o fatales, pero las autoridades creen que esta variante en Sudáfrica y otra variante que apareció por primera vez en Brasil tienen un alto riesgo de reinfección. 20
Fuentes recientes presumen que las variantes en México pudieron haber llegado, e incluso se cree que existen al menos dos variantes nuevas en nuestro país. De ser cierto lo anterior, se hace urgente tomar acciones para prevenir mayores muertes debido a la covid-19, pues aunque se esté desarrollando un plan de vacunación masivo, se deben observar las recomendaciones hechas por la OMS respecto a este problema.
Con relación a las variantes que ya están confirmadas por la OMS mencionadas anteriormente, es casi un hecho que van a ingresar en determinado momento al país, no solo por su potencial contagio, sino porque somos de las pocas naciones que no ha tomado medidas restrictivas respecto a la movilidad internacional.
En ese sentido, el esfuerzo del Estado mexicano deberá enfocarse en dos grandes rubros: el primero de ellos es establecer actividades sistemáticas de secuenciación, a fin de monitorear e informar la presencia de las diferentes mutaciones ya registradas; en segundo lugar, se deben adoptar métodos de gestión basados ??en diferentes pruebas en pruebas de PCR en paralelo o multiplex para diferentes genes virales para detectar posibles mutaciones.
Hasta el momento, en nuestro país se han detectado mutaciones en los estados de Jalisco y San Luis Potosí. Respecto de la variante jalisciense, también llamada E484K, el doctor Ravi Gupta, profesor de Microbiología de la Universidad de Cambridge, afirmó que a diferencia de las mutaciones del virus de covid-19 que han sido detectadas en Gran Bretaña, Brasil y Sudáfrica, la variante de Jalisco puede volver menos eficaces las vacunas que hay actualmente. 21
Gupta explicó que las cepas de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil comparten una mutación llamada N501Y, que se encuentra en la proteína spike del coronavirus, lo que explica por qué ha aumentado su propagación. Dijo que incluso con el mismo covid-19, se propaga más rápido que el virus original. Pero la variante E484K está relacionada con la respuesta inmune, es decir, evita que las personas obtengan protección a través de vacunas o infecciones. En este caso, la infección se propagaría de manera más severa. 22
Tanto la Secretaría de Salud del gobierno federal, como las secretarías de salud de las entidades federativas, deben adoptar las recomendaciones de la OMS. Por dicha razón, el objetivo de este punto de acuerdo es, exhortar a esas autoridades a que sumen esfuerzos para hacer los estudios necesarios que detecten estas mutaciones.
Lo anterior bajo los argumentos legales que establecen los artículos 17 bis, fracción XII, y 141 de la Ley General de Salud,
Artículo 17 Bis. La Secretaría de Salud ejercerá las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios que conforme a la presente ley...
I. a XI. [...]
XII. Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Salud, en la instrumentación de las acciones de prevención y control de enfermedades, así como de vigilancia epidemiológica, especialmente cuando éstas se relacionen con los riesgos sanitarios derivados de los productos, actividades o establecimientos materia de su competencia.
Artículo 141.- La Secretaría de Salud coordinará sus actividades con otras dependencias y entidades públicas y con los gobiernos de las entidades federativas, para la investigación, prevención y control de las enfermedades transmisibles. 23
Finalmente, será importante que dichos avances se comuniquen a la OMS, pues con ello se obtendrá mayor cooperación internacional benéfica para el país y se avanzará con mayor rapidez en la investigación de estas mutaciones. Lo anterior, con fundamento a lo establecido en la meta 3.d, del objetivo 3 de la Agenda 2030 y el artículo 359 de la Ley General de Salud:
Objetivo 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades.
...
3.d Reforzar la capacidad de todos los países, en particular los países en desarrollo, en materia de alerta temprana, reducción de riesgos y gestión de los riesgos para la salud nacional y mundial. 24
Artículo 359. La Secretaría de Salud notificará a la Organización Mundial de la Salud de todas medidas que haya adoptado, de modo temporal o permanente, en materia de sanidad internacional. Asimismo, informará a esta misma organización y con la oportunidad debida, sobre cualquier caso que sea de interés en la vigilancia epidemiológica de las enfermedades que se citan en el Reglamento Sanitario Internacional, las que puedan originar epidemias o cualesquiera otras que considere de importancia notificar. 25
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un atento y respetuoso exhorto a la Secretaría de Salud del gobierno federal para que, en el ámbito de sus facultades, informe a la opinión pública sobre la presencia de nuevas mutaciones y variantes del virus SARS-Cov-2, y evalúe sus niveles de transmisión para implementar actividades de prevención y control adecuados.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un atento y respetuoso exhorto a la Secretaría de Salud del gobierno de México para que en el ámbito de sus atribuciones, diseñe una estrategia urgente para detectar y contener la propagación el territorio nacional, de las mutaciones originadas en otros países y, en su caso, sobre las nuevas variantes originadas en México, a fin de conocer la gravedad de la infección, el riesgo de reinfección y los cambios en la respuesta de anticuerpos para cada variante.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un atento y respetuoso exhorto a la Secretaría de Salud, para que notifique cotidianamente las labores de vigilancia y estudios epidemiológicos que se están realizando en el país con el objetivo comprender las mutaciones específicas del virus en nuestro territorio.
Notas
1 Khan Academy. Introducción a los Virus. Fecha de publicación: S/D. Disponible en:
https://es.khanacademy.org/science/high-school-biology/hs-human- body-systems/hs-the-immune-system/a/intro-to-viruses#:~: text=Un%20virus%20es%20un%20part%C3%ADcula,una%20envoltura%20de%20membrana%20ex terna. [Fecha de consulta: 11 de febrero de 2020].
2 Mariza Azaret. ¿Diferencias entre variante, mutación y cepa de un virus? Un experto te lo explica. CNN. Fecha de publicación: 9 de febrero de 2021. Disponible en:
https://cnnespanol.cnn.com/video/diferencias-variante-mutacion-c epa-pandemia-coronavirus-covid-19-dra-azaret-vls-cnne/ [Fecha de consulta: 11 de febrero de 2021].
3 Nathalia Passarinho. Coronavirus: las 4 señales de alerta que indican el surgimiento de variantes peligrosas. Fecha de publicación: 11 de febrero de 2021. Disponible en:
https://www.bbc.com/mundo/noticias-56010414 [Fecha de consulta: 11 de febrero de 2021].
4 OMS. Cepa variante del SARS-Cov-2 Reino Unido. Fecha de publicación: 21 de diciembre 2020. Disponible en:
https://www.who.int/csr/don/21-december-2020-sars-cov2-variant-u nited-kingdom/es/ [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
5 Ibídem.
6 Ibídem.
7 Tomás Pueyo. Variants v. Vaccines. The Race between the Tortoise and the Hare. Fecha de publicación: 7 de febrero de 2021. Disponible en:
https://tomaspueyo.substack.com/p/variants-v-vaccines?r= 9fl5a&utm_campaign=post&utm_medium=email&utm_source=copy [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
8 Ibídem.
9 Ibídem.
10 OMS. Cepa variante del SARS-Cov-2 Reino Unido. Fecha de publicación: 21 de diciembre 2020. Disponible en:
https://www.who.int/csr/don/21-december-2020-sars-cov2-variant-u nited-kingdom/es/ [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
11 Ibídem.
12 Ibídem.
13 Ibídem.
14 Ibídem.
15 Tomás Pueyo. Variants v. Vaccines. The Race between the Tortoise and the Hare. Fecha de publicación: 7 de febrero de 2021. Disponible en:
https://tomaspueyo.substack.com/p/variants-v-vaccines?r= 9fl5a&utm_campaign=post&utm_medium=email&utm_source=copy [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
16 Joel Achenbach. U.K. coronavirus variant spreading rapidly through United States, study finds. The Washington Post. Fecha de publicación: 7 de febrero de 2021. Disponible en:
https://www.washingtonpost.com/health/ukvariant-coronavirus-us-s pread/2021/02/07/a197dbc2-680a-11eb-8468-21bc48f07fe5_ story.html [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
17 Ibídem.
18 Animal Político. OMS confirma segunda cepa de Covid, ahora en Sudáfrica. Fecha de publicación: 21 de diciembre 2020. Disponible en:
https://www.animalpolitico.com/2020/12/oms-confirma-segunda-cepa -de-covid-ahora-en-sudafrica/ [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
19 Infobae. La OMS describió a la nueva cepa del SARS-Cov-2 hallada en Brasil como una variante preocupante. Fecha de publicación: 18 de enero de 2021. Disponible en:
https://www.infobae.com/america/tendencias-america/2021/01/18/ la-oms-describio-a-la-nueva-cepa-del-sars-cov-2-hallada-en-brasil-como-una-vari ante-preocupante/ [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
20 Joel Achenbach. U.K. coronavirus variant spreading rapidly through United States, study finds. The Washington Post. Fecha de publicación: 7 de febrero de 2021. Disponible en:
https://www.washingtonpost.com/health/ukvariant-coronavirus-us-s pread/2021/02/07/a197dbc2-680a-11eb-8468-21bc48f07fe5_ story.html [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
21 Milenio. Mutación mexicana del virus de covid-19, la más preocupante. Fecha de publicación: 8 de febrero de 2021. Disponible en:
https://www.milenio.com/politica/mutacion-mexicana-del-virus-de- covid-19-preocupante [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
22 Ibídem.
23 Ley General de Salud. Disponible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_de_S alud.pdf [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
24 PNUD. Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. Fecha de publicación: 2015. Disponible en:
https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/health/ [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
25 Ley General de Salud. Disponible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_de_S alud.pdf [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2021].
Dado en la sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 16 de febrero de 2021. Diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
SE ATIENDA EL PROBLEMA DE CONTAMINACIÓN QUE AFECTA A LA PLAYA DE LA BOQUITA EN MANZANILLO, COLIMA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Colima a realizar las gestiones conducentes a atender la grave contaminación de la Playa de la Boquita, en Manzanillo, y garantizar así la salud de turistas y habitantes de las zonas aledañas, a cargo de la diputada Rosa María Bayardo Cabrera, del Grupo Parlamentario de Morena
Con fundamento en la facultad conferida en la fracción I del artículo 6 y el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe, Rosa María Bayardo Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, pone a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo que tiene por objeto formular un atento exhorto al gobernador de Colima, José Ignacio Peralta Sánchez, a efecto de que en el ámbito de su respectiva competencia y, de manera coordinada con las autoridades municipales realice las gestiones para atender el grave problema de contaminación que afecta a la Playa de la Boquita, en Manzanillo, y con ello garantizar la salud de los turistas y habitantes de las zonas aledañas, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. Importancia turística
La Playa de la Boquita representa uno de los sitios que cuenta con afluencia turística en el conjunto de playas de Manzanillo, por lo cual es una de las principales fuentes de ingresos para los habitantes de la zona, así como de prestadores de bienes y servicios turísticos ubicados en esta playa.
2. Problemática
La contaminación de la Playa de la Boquita consiste en una gran cantidad de desechos sólidos que se encuentran ubicados en toda el área, desechos que también son vertidos al mar originando un grave problema de salud para los bañistas y una amenaza ambiental para las especies marinas.
En la misma playa se encuentran aguas anegadas que necesitan ser dragadas inmediatamente, toda vez que constituyen un terrible foco de contaminación y de infecciones para los habitantes y asistentes a la playa, sin contar la polución de insectos y moscos que transmiten enfermedades graves para la salud humana.
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador de Colima, José Ignacio Peralta Sánchez, para que de inmediato y en el ámbito de su respectiva competencia, establezca de manera coordinada con las autoridades municipales de Manzanillo las gestiones para atender el grave problema de contaminación que afecta a la Playa de la Boquita, y con ello garantizar la salud de los habitantes y visitantes a dicha playa, además de eliminar los residuos sólidos que se encuentran depositados en toda la playa y que contaminan las aguas de la misma. Así mismo desazolvar las aguas anegadas que se han esparcido por la playa en su conjunto y que son foco de insectos que pueden transmitir enfermedades e infecciones de alto riesgo a la salud humana.
Ciudad de México, a 16 de febrero de 2021. Diputada Rosa María Bayardo Cabrera (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A QUE, MEDIANTE DECRETO DETERMINE EL PRECIO MÁXIMO DE RENTA Y/O VENTA DE TANQUES DE OXÍGENO MEDICINAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a determinar mediante decreto el precio máximo de renta o venta de tanques de oxígeno medicinal en el país durante la declaratoria de emergencia, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe Jorge Arturo Espadas Galván, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que mediante decreto, determine el precio máximo de renta y/o venta de tanques de oxígeno medicinal en todo el país durante el tiempo que tenga vigencia la Declaratoria de emergencia; y se exhorta al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para que en el ámbito de sus atribuciones vigile el cumplimiento del Decreto emitido por el Ejecutivo federal por parte de los particulares, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Nuestra Carta Magna establece que toda persona tiene derecho a la salud y que la ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
Sin embargo, el sistema nacional de salud se encuentra en crisis y a la fecha no está operando el sistema de salud para el bienestar para garantizar el adecuado abasto de medicamentos e insumos para la salud, como tampoco existe una estrategia integral para enfrentar la pandemia del virus del SARS-Cov-2, lo que ha derivado en casi dos millones de contagios y más de 173 mil lamentables fallecimientos.
Existe saturación hospitalaria, y miles de familias han optado por atender a sus familiares con covid-19 en casa con asistencia de tanques de oxígeno y concentradores de oxígeno, toda vez que son indispensables para apoyar el sistema respiratorio y disminuir la sobrecarga cardiaca, para evitar la depresión del sistema nervioso central, cianosis y acidosis metabólica.
En está búsqueda por conseguir tanques de oxígenos suplementarios, las familias han tenido que incurrir en gastos exagerados, debido a prácticas desleales, acaparamiento y sobreprecios.
El Ejecutivo federal tiene en sus atribuciones proteger la salud de la población en situaciones de emergencia nacional a través de acciones que establezca el Consejo de Salubridad General como de otras medidas que lleven a disminuir los efectos económicos y sociales que está provocando la pandemia.
Ante la situación que se vive en el país respecto al abastecimiento del oxígeno medicinal y la fluctuación de su precio apoyado por la gran cantidad de publicidad engañosa y métodos coercitivos y abusivos, se considera prioritario proteger al consumidor y a la población en general, mediante un Decreto que determine el precio máximo de este vital gas, apoyándose de las atribuciones que tiene la Secretaría de Economía y la Comisión Federal de Competencia Económica para garantizar condiciones de competencia efectiva.
La competencia efectiva es una circunstancia en la que ningún operador o grupo de éstos tiene un poder sustancial de mercado. Es decir, que ninguno puede fijar los precios o las condiciones de mercado unilateralmente, restringiendo el funcionamiento eficiente del mercado en perjuicio de los usuarios.
El exhorto se sustenta en lo establecido en el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica, el cual a la letra señala lo siguiente:
Artículo 9. Para la imposición, en los términos del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de precios máximos a los bienes y servicios que sean necesarios para la economía nacional o el consumo popular, se estará a lo siguiente:
I. Corresponde exclusivamente al Ejecutivo federal determinar mediante decreto los bienes y servicios que podrán sujetarse a precios máximos, siempre y cuando no haya condiciones de competencia efectiva en el mercado relevante de que se trate. La Comisión Federal de Competencia Económica determinará mediante declaratoria si no hay condiciones de competencia efectiva.
II. La Secretaría de Economía, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias o entidades y previa opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica, fijará los precios que correspondan a los bienes y servicios determinados conforme a la fracción anterior, con base en criterios que eviten la insuficiencia en el abasto.
La Procuraduría Federal del Consumidor, bajo la coordinación de la Secretaría de Economía, será responsable de la inspección, vigilancia y sanción, respecto de los precios que se determinen conforme a este artículo, de acuerdo con lo que dispone la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la proposición con:
Punto de acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, mediante Decreto y en el ámbito de sus atribuciones, determine el precio máximo de renta y/o venta de tanques de oxígeno medicinal en todo el país durante el tiempo que tenga vigencia la Declaratoria de emergencia y se proteja al consumidor y a la población en general de los abusos y prácticas irregulares de sobreprecios por parte de particulares.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para que, en el ámbito de sus atribuciones, vigile el cumplimiento del Decreto emitido por el Ejecutivo federal para prevenir las prácticas de sobreprecios en la renta y/o venta de tanques de oxígenos medicinal y en su caso, sancione conforme a la ley a los particulares que incurran en prácticas de sobreprecios y que contravengan dicho Decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN SOBRE LOS FACTORES DE RIESGO, EL DIAGNÓSTICO OPORTUNO Y LA ORIENTACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE CURA DE LA HEPATITIS C
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos locales a promover campañas de difusión y comunicación entre los ciudadanos sobre los factores de riesgo, el diagnóstico oportuno y la orientación para curar la hepatitis C, suscrita por las diputadas María Marivel Solís Barrera y Alejandra Pani Barragán, del Grupo Parlamentario de Morena; y Geraldina Isabel Herrera Vega, de Movimiento Ciudadano
Las que suscriben, María Marivel Solís Barrera y Alejandra Pani Barragán, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, así como Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El cuarto Objetivo del Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 considera fundamental garantizar una vida saludable y promover el bienestar para todos a cualquier edad. Es por ello, que el objetivo Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades planeta buscar que de aquí a 2030, poner fin a las epidemias del sida, la tuberculosis, la malaria y las enfermedades tropicales desatendidas y combatir la hepatitis, las enfermedades transmitidas por el agua y entre otras enfermedades. Es de destacar, que se considera de tener una incidencia inmediata ante la hepatitis y lograr la eliminación en un 90%.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la hepatitis C es una enfermedad del hígado causada por el virus de la hepatitis C (VHC), que se transmite a través de la sangre y genera infección aguda y crónica. Dado que la enfermedad es asintomática, pocos son los casos diagnosticados en la fase aguda y a menudo, la infección crónica también queda sin diagnosticar porque se mantiene asintomática, décadas después, aparecen síntomas secundarios al daño hepático como cirrosis o cáncer. 1
La cirrosis hepática es una enfermedad crónica que tiene un gran impacto en la carga económica de los servicios de salud, debido a costos médicos directos e indirectos relacionados con la reducción en la calidad de vida y pérdida de productividad laboral. Dichos costos se incrementan con la progresión de la enfermedad. 2
En 2017, 71 millones de personas en el mundo vivían con hepatitis C, pero se estima que 80 por ciento de ellas no tienen acceso a las pruebas de detección ni al tratamiento. Además, cada año mueren 399 mil personas por Hepatitis C, principalmente por el desarrollo de cirrosis o carcinoma hepatocelular. 3
Ante tal situación, la Estrategia Mundial del Sector Salud contra las Hepatitis Víricas 2016-2021, de la Organización Mundial de la Salud, establece que el diagnóstico de las infecciones de hepatitis es necesario para el tratamiento y atención eficaces, para lo cual se considera importante implementar campañas de concienciación, y dotar a las instituciones de salud de medios de diagnóstico fiables, además de vincular los resultados de los análisis con los servicios de tratamiento y atención.
Entre los grupos de población con alto riesgo de padecer la enfermedad se encuentran
Consumidores de drogas inyectables e inhaladas;
Personas que hayan recibido trasfusión sanguínea o trasplante de órganos;
Personas en tratamiento de diálisis;
Personas en tratamiento dental;
Personas con tatuajes y perforaciones corporales;
Personas que tienen relaciones sexuales con múltiples parejas y sin protección;
Personas que hayan tenido contacto con la sangre de una persona infectada; y
Madres con hepatitis C.
En julio del año pasado la Secretaria de Salud afirmó que 600 mil personas en México viven con infección por el virus de la hepatitis C, entre ellas, sólo 1 por ciento recibe tratamiento. Y, subrayando que menos del 25 por ciento conoce su diagnóstico. 4
En tal sentido que, en México, debido a que la infección por el virus de hepatitis C, más del 70 por ciento de los casos puede desarrollo de cirrosis o carcinoma hepatocelular. Por consiguiente, la Secretaria de Salud reconoció el compromiso internacional fomentar el diagnóstico de las infecciones de hepatitis, siendo crucial promover el acceso a pruebas de detección y tratamientos.
México, Estado comprometido con los tratados internacionales, cuenta con un Programa Nacional de Eliminación de la Hepatitis C, para prevenir, detectar, diagnosticar y curar a la población que padece esta enfermedad y con ello disminuir la incidencia de cirrosis y cáncer hepático. Dicho programa tiene el ambicioso objetivo de reducir la incidencia de nuevos casos en 90 por ciento y la mortalidad en 65 para 2030.
Este programa aborda
Concientización para población general y profesionales de la salud sobre las hepatitis virales, medidas de prevención y control.
Acceso a pruebas de detección y diagnóstico confirmatorio, así como exámenes de laboratorio de las personas detectadas.
Esquemas de tratamiento de vanguardia, con medicamentos de acción directa que ofrecen curación de la infección por VHC en más de 95 por ciento de los casos con tratamientos de entre 8 y 12 semanas, con un enfoque de atención primaria a la salud.
Pruebas para corroborar la eliminación del VHC.
Finalmente, es de considerar que se requiere del apoyo de las Secretarías de Salud estatales para lograr dicho objetivo e implementar actividades de comunicación para difundir el diagnóstico, ya que, a partir de éste, se podrá determinar la existencia de hepatopatías y orientar las decisiones terapéuticas. Con ello, al mismo tiempo se estaría coadyuvando con el cumplimiento de los ODS, logrando la eliminación de una infección viral crónica para la que ya existe cura.
Por lo expuesto proponemos el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de su competencia, promuevan campañas de difusión y comunicación entre la población sobre los factores de riesgo, diagnóstico oportuno, tratamiento y atención de la hepatitis C.
Notas
1 OMS (2020) Hepatitis C. Disponible en siguiente sitio web:
http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs164/es/
2 Doctor David Kershenobich, director general del INCMNSZ, Conferencia de prensa Petición de la inclusión del Programa Integral de Eliminación de la Hepatitis C crónica, 7 de noviembre de 2018.
3 OMS (2017). Los datos más recientes ponen de relieve la necesidad de actuar urgentemente a nivel mundial contra las hepatitis. Disponible en el siguiente sitio web:
https://www.who.int/es/news/item/21-04-2017-new-hepatitis-data-h ighlight-need-for-urgent-global-response
4 Ssa (2019) Informe Epidemiológico Anual de Vigilancia Epidemiológica de Hepatitis Virales, México 2019. Disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/574743/Informe_ep idemiologico_hepatitis_virales_2019.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2021. Diputadas: María Marivel Solís Barrera, Alejandra Pani Barragán, Geraldina Isabel Herrera Vega. (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
GENERAR UN ACUERDO PARA AJUSTAR LA CANTIDAD O VOLUMEN MÍNIMO DE ÁCIDO SULFÚRICO APLICABLE A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE PRECURSORES QUÍMICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS ESENCIALES Y MÁQUINAS PARA ELABORAR CÁPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al CSG a analizar y generar un acuerdo encaminado a ajustar la cantidad o el volumen mínimo de ácido sulfúrico aplicable a las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos en lo relativo a su comercio, operación doméstica, importación y exportación, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del PAN
El diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6 numeral 1 fracción I, y 79 numeral 1 fracción 2, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados, la siguiente Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo de Salubridad General para que dentro del ámbito de sus atribuciones, analice y genere un Acuerdo para ajustar la cantidad o volumen mínimo de ácido sulfúrico aplicable a las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en lo relativo al comercio, operación doméstica, importación y exportación del mismo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
El ácido sulfúrico (H2SO4) es un compuesto químico corrosivo, utilizado en la obtención de fertilizantes, sintetización de ácidos, sulfatos y en la industria petroquímica. Sin embargo, considerando las características propias de los ácidos, representa un compuesto potencialmente peligroso para la salud de las personas, ya que puede producir quemaduras en piel, ojos, irritación en la nariz, garganta y dificultad para respirar.
Sumado a lo anterior, este ácido es utilizado para la producción ilícita de narcóticos, por lo que forma parte de los productos químicos esenciales para evitar su desvío ilegal, enlistados en la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos.
Dado su uso para actividades fuera de la legalidad, es un compuesto de riesgo, por lo que es sujeto de una regulación especial en cantidades determinadas por el Consejo de Salubridad General, de conformidad con la Ley citada.
Debido a las condiciones de inseguridad en México, el asesinato de personas, la actividad del narcotráfico y la violencia de los grupos delictivos son un peligro inminente que se incrementa en algunas regiones del país. En los últimos años se ha hecho público a través de los medios de comunicación, la detención de cargamentos en transportes terrestres con grandes cantidades de ácido sulfúrico, presuntamente utilizado para disolver cuerpos sin vida de personas asesinadas por parte de grupos criminales, con la intención de eliminar cualquier rastro relacionado a los homicidios cometidos.
La facilidad para conseguir este compuesto es la principal causa para su utilización ilícita, sumado a la producción de narcóticos o drogas perjudiciales para la salud, por lo que se hace evidente la necesaria regulación y registro de las actividades relacionadas con la compra, venta, distribución y utilización de este ácido.
De la misma forma, en años recientes, se han reportado ataques con ácido, principalmente hacia mujeres, debido a la facilidad de conseguir este compuesto; en algunas Entidades del país, las legislaturas locales han logrado tipificar y agravar las penas aplicables a ataques perpetrados con sustancias corrosivas, conscientes del peligro para la salud e integridad de las personas víctimas de dichos ataques.
En México, la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas y Tabletas y/o Comprimidos, es la única legislación en la que se menciona el uso del ácido sulfúrico, y que reconoce a la sustancia con ciertas características sujeta a un tratamiento especial por su alto nivel de peligro. Dicho ordenamiento estipula que es el Consejo de Salubridad General cuenta con las facultades para emitir acuerdos que deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, con las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de dicha Ley, entre las cuales se encuentran registros, bases de datos, reportes e informes, para mantener un control y seguimiento de la comercialización y uso de este compuesto.
Derivado de lo estipulado en la Ley, el Consejo de Salubridad General tuvo a bien emitir un Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha de 27 de abril de 1998, en el que se determinan las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales, a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de la Ley mencionada.
En el acuerdo mencionado, se enlistan diversos Productos Químicos Esenciales, entre los cuales se encuentra el ácido sulfúrico, sin embargo, para el Comercio (operación doméstica) no se encuentra regulado, y solamente se establece la obligatoriedad de llevar un registro, para lo correspondiente a la importación y exportación del mismo, se establece la cantidad de 1500 kg.
Aunque este ácido es utilizado de manera doméstica y en algunas industrias, es necesario que el Consejo de Salubridad General ajuste las cantidades o volúmenes mínimos sujetos de la Ley mencionada en respuesta a las condiciones y fenómenos actuales, ya que esta sustancia representa un gran riesgo al estar exenta de cualquier regulación para el comercio; incluso menores de edad pueden comprar este ácido en tlapalerías, comercios locales o redes sociales sin ningún registro, requisito o regulación. Por lo que resulta imperativo que se legisle y se actualice el marco normativo para regular la comercialización de este producto.
Considerandos
1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XVI, base primera de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.
2. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 15 y 16 de la Ley General de Salud, la organización y funcionamiento del Consejo de Salubridad General se regirá por su reglamento interior.
3. Que el artículo 17 de la Ley General de Salud, establece las competencias del Consejo de Salubridad General.
4. Que la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos tiene por objeto controlar la producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y/o comprimidos, a fin de evitar su desvío para la producción ilícita de narcóticos. Además de establecer que las disposiciones de dicha Ley son de observancia general en todo el territorio nacional.
5. Que la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, define las Actividades reguladas como:
La producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas.
6. Que la aplicación de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos corresponde al Consejo de Salubridad General, la Secretaría de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Economía, de Comunicaciones y Transportes, así como a la Secretaría de Salud, de conformidad con el artículo 3 de dicha Ley.
7. Que en el artículo 4 de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, se enlistan las sustancias controladas por esta normatividad, incluyendo en la fracción II los Productos Químicos Esenciales, cuyo inciso e) señala al ácido sulfúrico.
8. Que de acuerdo con el artículo 5 de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, el Consejo de Salubridad General determinará mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, la adición o supresión de precursores o productos químicos esenciales que se sujetarán o excluirán de la aplicación de la ley citada en este mismo considerando.
9. Que, de conformidad con el artículo 6 de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas y Tabletas y/o Comprimidos establece que:
El Consejo, previa opinión favorable de las dependencias, determinará mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de esta Ley a las personas que realicen las actividades reguladas, así como respecto de los terceros con quienes las realicen. Para lo anterior el Consejo tomará en cuenta:
I. Las características y propiedades de las substancias;
II. Los procesos industriales y comerciales en los que se apliquen, así como el cambio en el costo de los mismos, y
III. Las actividades y usos a que se destinen. No se podrá separar o reducir la cantidad o volumen de cada operación que se realice con productos químicos esenciales, con el propósito de eludir la aplicación de esta Ley.
10. Que la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, establece mecanismos de control sobre precursores químicos o productos químicos esenciales, como informes anuales, aviso de transporte, registros, autorizaciones sanitarias, reportes de desaparición inusual; sumado a lo anterior, se establece la integración de una base de datos sobre los sujetos, establecimientos y actividades reguladas, cuya operación corresponderá al Consejo de Salubridad General, todo esto fundamentado en los artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de dicho ordenamiento.
11. Que el Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General establece en el artículo 9, fracción III que el Consejo tiene la función de aprobar los acuerdos necesarios y demás disposiciones generales de observancia obligatoria en el país en materia de salubridad general.
12. Que el día 27 de abril de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinan las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales, a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de la ley. de conformidad con lo establecido por la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos.
13. Que en el Acuerdo referido en el considerando anterior se establece la cantidad o volumen de productos químicos esenciales a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, incluyendo al ácido Sulfúrico cuyo comercio se establece como No Regulado. Obligatoriedad de llevar registro. Su importación o exportación se encuentra sujeta a lo establecido por la Ley a partir de 1500 kg.
14. Que el ácido sulfúrico representa un riesgo para la salud, ya que es utilizado para la producción de drogas, además de que, al ser una sustancia corrosiva, es potencialmente peligrosa para las personas.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado someto a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión LXIV Legislatura, la siguiente:
Proposición con Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al Consejo de Salubridad General para que, dentro del ámbito de sus atribuciones, analice y genere un Acuerdo para ajustar la cantidad o volumen mínimo de ácido sulfúrico aplicable a las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en lo relativo al comercio, operación doméstica, importación y exportación del mismo.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXIV Legislatura a los 16 días del mes de febrero del 2021. Diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
PUBLICAR EN EL DOF, LA DECLARATORIA DE USO OBLIGATORIO DEL CUBREBOCAS EN ESPACIOS Y EDIFICIOS PÚBLICOS DEL TERRITORIO NACIONAL COMO MEDIDA COMPLEMENTARIA PARA EVITAR EL CONTAGIO DEL COVID-19
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al CSG a aprobar y publicar en el DOF la declaratoria de uso obligatorio de cubrebocas en espacios y edificios públicos del territorio nacional como medida complementaria para evitar la propagación del covid-19, a cargo del diputado Ricardo Flores Suárez, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Ricardo Flores Suárez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral I, fracción I, y 79 numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable Asamblea la presente Proposición con punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. El uso obligatorio de cubrebocas o tapabocas en nuestro país desafortunadamente forma parte de los encabezados noticiosos, debido a la negativa reiterada del presidente de la República para decretar su uso. Lo anterior, como respuesta a la solicitud de 400 especialistas de la comunidad médica, científica y académica en México.
2. El presidente aseguró en la conferencia mañanera del lunes 8 de febrero de 2021, que no va a usar tapabocas ni tampoco va a decretar su uso obligatorio en el país, en los términos siguientes:
En México no hay autoritarismo. Está prohibido prohibir, todo es voluntario, lo más importante es la libertad y cada quien debe de asumir su responsabilidad. En México no ha habido, con la pandemia, toque de queda como en otras partes ni se ha obligado a nada. Es una decisión de cada persona,
3. Con independencia de la postura del presidente de la República sobre el uso de tapabocas en dependencias federales y estatales, la página del Consulado General de México en San Francisco da cuenta de la postura de la actual administración Federal respecto el uso de cubrebocas, en los términos siguientes:
AVISO IMPORTANTE A LA COMUNIDAD SOBRE USO OBLIGATORIO DE CUBREBOCAS.
A partir del 17 de abril de 2020 entró en vigor en la Ciudad y Condado de San Francisco la orden de portar cubrebocas al estar fuera de casa y estar cerca de otras personas en la calle, el transporte, negocios esenciales (como farmacias o consultorios) y edificios públicos (como los de servicios gubernamentales), a fin de evitar el contagio por covid-19.
Dicha orden se hará cumplir por medio de agentes de ley a partir del 22 de abril. Quien no cumpla con dicha orden puede ser sujeto a multa, prisión o ambos.
La orden de usar cubrebocas no sustituye la orden vigente de permanecer en casa y solo salir por razones esenciales o de emergencia. También continua la orden de mantenerse a 6 pies de distancia (1.8 metros) de otras personas y de lavarse las manos con agua y jabón frecuentemente.
Los cubrebocas NO necesitan ser de tipo médico o N95. Bastará con usar un pañuelo, mascada, bandana u otro cubrebocas de tela que pueda lavarse con agua y jabón.
Tienen la obligación de portar cubrebocas las personas mayores de 13 años de edad. Los niños entre 2 y 12 años, si usan cubrebocas, DEBEN ser supervisados por adultos. Los menores de 2 años, NO deben usar cubrebocas para evitar ahogamientos.
EL CONSULADO GENERAL DE MÉXICO EN SAN FRANCISCO ES UN EDIFICIO PÚBLICO, POR LO QUE TODAS LAS PERSONAS MAYORES DE 13 AÑOS DEBERÁN PORTAR CUBREBOCAS PARA ENTRAR. A QUIEN NO CUMPLA CON ESTA ORDEN LE SERÁ NEGADA LA ENTRADA.
Agradecemos su comprensión y apoyo a esta medida en bien de toda la comunidad.
https://consulmex.sre.gob.mx/sanfrancisco/index.php/avisos2016/ 238-aviso-sobre-obligacion-de-cubrebocas
Última actualización: 05 Enero (sic) 2021
4. Ante la inminente cifra de contagios por covid-19 que asciende a 76,732 y 166,200 defunciones y, la ausencia de una política de coordinación estratégica de los tres órdenes de gobierno, en la que se garantice la atención multidisciplinaria de los pacientes sobrevivientes y a la población afectada por la crisis económica derivada de esta enfermedad mundial; es urgente intensificar las medidas de prevención dentro de las que se encuentra el uso obligatorio del cubrebocas en espacios públicos.
5. El 5 de junio de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS), actualizó sus guías para recomendar que los gobiernos pidan que todos utilicen cubrebocas en áreas públicas donde hay riesgos de transmisión de covid-19, y así ayudar a reducir la propagación de la pandemia. En sus nuevas orientaciones, impulsadas por la evidencia de estudios realizados en las últimas semanas, la OMS resaltó que los cubrebocas o mascarillas son sólo una de un rango de herramientas que pueden reducir el riesgo de transmisión viral.
Estamos aconsejando a los gobiernos alentar que el público en general use una mascarilla. Y especificamos una mascarilla de tela, es decir, una mascarilla no médica, dijo en una entrevista con Reuters la experta técnica principal de la OMS sobre covid-19, Maria Van Kerkhove.
Tenemos nuevos hallazgos de investigación, agregó. Tenemos evidencia ahora de que, si esto se hace apropiadamente, puede proporcionar una barrera... para las gotitas potencialmente infecciosas. https://www.forbes.com.mx/noticias-oms-cubrebocas-sitios-publicos-covid-19/
6. La recomendación de la OMS sobre el uso de cubrebocas, caretas, mascarillas o goggles, se tradujo en que 44 países que implementaron de manera obligatoria el uso de cubrebocas en espacios públicos presentan menores índices de letalidad e incidencia del SARS-Cov-2 comparado con países que no han implementado dicha medida, entre los que destaca México.
7. A nivel nacional, solamente 12 de las 32 entidades federativas han decretado el uso obligatorio del cubrebocas, dentro de las que se encuentra la Ciudad de México, Coahuila, Colima, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Puebla, Sinaloa, Tabasco, Oaxaca y Yucatán.
8. En este marco, resulta indispensable la intervención del Consejo de Salubridad General (CSG), -en su carácter de autoridad sanitaria nacional, con funciones consultivas y con atribuciones para la emisión de disposiciones generales y obligatorias en todo el país-, respecto del uso obligatorio del cubrebocas en espacios públicos, como parte de las medidas auxiliares para prevenir la propagación del covid-19.
Por lo expuesto, se propone el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General, para que en el marco de sus atribuciones apruebe y publique en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de uso obligatorio del cubrebocas en espacios y edificios públicos del territorio nacional, como medida complementaria para evitar el contagio y la propagación del covid-19.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, 16 de febrero de 2021. Diputado Ricardo Flores Suárez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO PARA QUE SE COORDINE A DIVERSOS SECTORES A ESTABLECER DURANTE LA PANDEMIA Y POSTERIOR A ESTA, EL ESCALONAMIENTO DE HORARIOS DE ENTRADA Y SALIDA DE LOS TRABAJADORES
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SE y la STPS a coordinar los sectores gubernamental, empresarial, académico y de servicios y establecer durante la pandemia y tras ella el escalonamiento de horarios de entrada y salida de los trabajadores para favorecer la movilidad en las zonas urbanas, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe Silvia Guadalupe Garza Galván, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta Soberanía la proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para coordinar al sector Gubernamental, Empresarial, Académico y de Servicios y establecer durante la pandemia y posterior a esta, el Escalonamiento de Horarios de entrada y salida de los trabajadores, para favorecer la movilidad de las zonas urbanas, al tenor de la siguiente:
Exposición de motivos
La movilidad es un tema que se ha desarrollado jurídicamente en el seno de las legislaturas locales. Existen algunas iniciativas y esfuerzos para contar con una Ley General de Movilidad, que aplique a nivel nacional y funde las bases de los derechos y obligaciones de cada uno de los órdenes de gobierno y de los ciudadanos.
En tanto ello sucede, ya existen leyes estatales que regulan la movilidad sobre todo a las grandes urbes, ya que es precisamente ahí donde el ciudadano padece la falta de infraestructura para tener acceso a su ciudad.
Por ejemplo, la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, establece como uno de sus objetivos que ...se garantizará el poder de elección que permita el efectivo desplazamiento de las personas en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad, igualdad y sustentabilidad, que satisfaga las necesidades de las personas y el desarrollo de la sociedad en su conjunto. Esta disposición se asemeja a los objetivos que tienen otros Estados de la República en sus respectivas leyes de movilidad.
En una entrevista a Onésimo Flores, Doctor en Planificación Urbana por el Massachusetts Institute of Technology, se menciona que las herramientas para lograr una mejor convivencia urbana en la capital del país son la tecnología, la innovación y el impulso a medios alternativos de transporte. Para el caso de la CDMX, que tiene una de las tarifas de transporte público más bajas del mundo, es de mencionarse que su uso eficiente y asequible solo funciona cuando se vive en una zona céntrica de la ciudad, y para las personas que se trasladan a sus lugares de trabajo, y viven en las periferias del Valle de México, en zonas populares con menores recursos económicos, para acercarse a las fuentes de trabajo tienen que tomar más de un medio de transporte y la mayoría de ellos comienzan tomando uno o dos camiones o combis o peseras locales de la colonia, que operan en condiciones tremendamente precarias, inseguras y sin controles de conducción; posteriormente un transporte masivo (tren suburbano, metro); para finalmente caminar por kilómetros o volver a subir a un transporte urbano como el trolebús eléctrico, metrobús o la red de RTP.
Lo anterior, se refleja en dinero y tiempo que debe invertir el ciudadano para sus actividades diarias, lo cual va en detrimento de su calidad de vida.
El Dr. Flores añade que ...donde más importa la inversión, la imaginación y la innovación es en el transporte público concesionado. El Metro, Metrobus, RTP y Transportes Eléctricos combinados hacen aproximadamente 5 millones y medio de viajes al día en el Valle de México; mientras que el transporte colectivo sitiados en las periferias de la ciudad que no recibe subsidio y necesita una reinvención tecnológica, mueven 12 millones de viajes.
Tomando en cuenta esta ideología, la imaginación no debe de dejarse atrás. Un problema a resolver de todos los ciudadanos es el tiempo que vive dentro del transporte. El Universal, reveló un estudio donde se refleja el tiempo que los capitalinos pasan en un vehículo que a diario se estanca en el tráfico de la zona: en promedio un habitante de la CDMX pasa 45 días al año en el tránsito. A la gente que hace tres horas de camino se le tiene que ayudar y más estando en una ciudad de 23 millones de habitantes que se ha convertido en una ciudad densa, que registrará menor tiempo y efectividad en el trabajo... menciona Ricardo Marinni, director del despacho de urbanismo Gehl Arquitects, quien pone énfasis en la calidad de vida que llevan estas personas víctimas de la mala movilidad.
Según la ONU, México es el quinto país más habitado del mundo, y la Ciudad de México la urbe con más tráfico vehicular del planeta. Por ello es necesario que el país comience a mediar sus tiempos con el propósito de mejorar la eficiencia de la ciudadanía en sus trabajos. El dinero no compra la felicidad, pero es un medio importante para lograr mejores niveles de vida; México registra un aproximado de 1,200 a 2,000 pesos mensuales destinados a la movilidad, siendo el país que más gasta en transporte, reduciendo el rendimiento al trabajar hilando así la cadena que lleva a la baja calidad de vida al no poder recuperar esta inversión por el desgaste de vivir un mínimo aproximado de tres horas diarias dentro de un vehículo.
Cada día se realizan 6,600 millones de viajes en automóvil en la zona metropolitana, que son más de 20millones de personas que van y vienen (para entender su dimensión: si la población entera de Chile pudiera movilizarse en una sola ciudad, todavía no llegaría a las cifras de la megalópolis mexicana). Menciona The New York Times. Estos millones de habitantes pueden ser distribuidos en diferentes horarios con el fin de no saturar las vías de transporte y así ahorrar su tiempo para actividades productivas dentro y fuera del trabajo.
Existe un Plan Estratégico de Movilidad de la Ciudad de México 2019, que resume los problemas de movilidad no tan solo de esta ciudad, sino de cualquier urbe en México:
No existe una visión integrada del problema de la movilidad en la Ciudad de México; más bien predomina un esquema fragmentado en que cada subsistema de transporte (Metro, Metrobús, Sistema Transportes Eléctricos, Red de Transporte de Pasajeros, transporte concesionado, bicicletas) se planea y gestiona de manera separada, lo que se traduce en altas ineficiencias operacionales y elevados costos en tiempo y dinero para las personas usuarias.
Las políticas de movilidad de la ciudad están desvinculadas de las políticas y programas de ocupa- ción territorial y usos de suelo. Esto, sumado a la inexistencia de una visión metropolitana del tema de la movilidad y el desarrollo urbano, se traduce en mayores distancias de viaje, en la saturación de sistemas de transporte masivo, y en un aumento del uso de modos motorizados privados, con la consiguiente congestión de vialidades.
No existe una gestión integral de tráfico orientada a dar fluidez al desplazamiento de los distintos modos, particularmente los servicios de transporte público de superficie en los cuales se realiza la mayor parte de los desplazamientos de la ciudad.
Aunque se han producido avances en los últimos años, la infraestructura ciclista de la ciudad sigue siendo escasa, desconectada y concentrada en las zonas céntricas, lo que disminuye el potencial de uso de la bicicleta en distancias medias y cortas.
La ciudad no cuenta con una política integral de transporte de carga, orientada a hacer más eficiente la logística urbana, a disminuir congestión causada por este sector, a reducir emisiones y a disminuir situaciones de conflicto con otros modos.
Los anteriores problemas tienen efectos directos en la calidad y seguridad de los viajes de las personas, así como sobre el medio ambiente, la desigualdad económica y el desarrollo de la misma ciudad.
México carece de una planeación de tiempo y espacio dentro de su movilidad, la gente está acostumbrada a una ciudad llena de obstáculos y su capacidad de adaptación la ha llevado a la costumbre, peligrosa por la necesidad de subsistir y poner en riesgo otras medidas que poco a poco bajan la calidad de vida del ciudadano, obteniendo con ello un mexicano si ambición por los obstáculos que su mismo país le impone.
Actualmente, en época de pandemia por covid-19 las autoridades capitalinas recomiendan a capitalinos evitar transportarse en las llamadas horas pico que son entre las 6 y 9 de la mañana y por la tarde entre las 18 horas y las 20 horas, a fin de evitar el contagio y propagación del virus.
Esta medida es imposible de realizar, ya que el sector empresarial no ha modificado sus horarios de salida o entrada para evitar esta aglomeración, si los ciudadanos requieren cumplir con un horario establecido no tienen más opción que la de arriesgarse al contagio por no poner en riesgo su trabajo.
Sería deseable que no tan solo en pandemia se logren implementar horarios escalonados de entradas y salidas laborales, sino que también se logre permanecer con esta tendencia, la cual únicamente requiere de coordinación y voluntad.
Sin sacrificar horas laborales, el hecho de contar con horarios escalonados, será sin duda de gran ayuda en tiempo y dinero para las personas con menores recursos y menor acceso a oportunidades de transporte eficiente y barato.
Ante esta situación, se espera que la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social una sus esfuerzos para iniciar un trabajo consensado con las empresas, la academia y la sociedad organizada y se genere una política pública encaminada a escalonar los horarios de trabajo y con ello evitar mayores contagios por covid-19, disminuir los tiempos de traslado de las personas desde sus hogares a sus lugares de trabajo, y elevar su calidad de vida.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, faculta a estas dos secretarías para llevar a cabo este acuerdo, pues en sus artículos 34 y 40 se establece que a la Secretaría de Economía le corresponde: ...Coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación; de aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines; así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para ese propósito, previa calificación, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado...; y a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponde...Estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales, para la protección de los trabajadores, y vigilar su cumplimiento...;.
El esfuerzo institucional es de bajo impacto y el beneficio puede ser de alto impacto, por lo que una vez expuesto el presente tema, someto a consideración de esta soberanía la proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para coordinar al sector Gubernamental, Empresarial, Académico y de Servicios y establecer durante la pandemia y posterior a esta, el Escalonamiento de Horarios de entrada y salida de los trabajadores, para favorecer la movilidad de las zonas urbanas.
Dado en el salón de sesiones a 16 de febrero de 2021. Diputada Silvia Guadalupe Garza Galván (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.