SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 23 de marzo del 2021, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
Del diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o. - A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
Del diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 1o. y 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología.Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión
Del diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. y 3o. de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana.Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Postal Mexicano.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
De la diputada Saraí Núñez Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
De la diputada Saraí Núñez Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 110, 111 y 116 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión
De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
Del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Educación Naval.Se turna a la Comisión de Marina, para dictamen
De la diputada Violeta Mariana Parra García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 9o. de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión
Del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
De la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco.Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
Del diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
De la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. y 25 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de canasta básica digital. Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen
De la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.Se turna a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía y de Educación, para dictamen
De la diputada Frinné Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 27 de febrero de cada año, como el Día Nacional de la Lucha contra la covid-19.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16o. de la Ley de Vivienda.Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o. y 133 de la Ley Federal del Trabajo.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión
De la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para opinión
Del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión
De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27 y 34 la Ley del Impuesto Sobre la Renta.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para opinión
De la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
De la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, a implementar las recomendaciones de la OCDE en materia de seguimiento a las observaciones y recomendaciones que emite la auditoría a los entes auditados.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
Del diputado Juan Martín García Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a través de la Conafor, a destinar mayores recursos materiales y financieros en el control del incendio forestal que afecta a los estados de Nuevo León y de Coahuila.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso del estado de Baja California, a incluir en su presupuesto la partida correspondiente al Seguro de Desempleo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Oaxaca, a nombrar a funcionarios que tengan preparación y conocimiento de las áreas que van a dirigir.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
Del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a adoptar las medidas necesarias para controlar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales; a la Sader, a fortalecer los programas de apoyo a las y los productores del campo afectados, así como a la SSPC, a emitir la declaratoria de emergencia por la sequía extraordinaria que ha azotado al estado de Guanajuato.Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
Del diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, a la SE, así como a sus homólogas en las entidades federativas, a impulsar las acciones y políticas necesarias para la generación de empleos y apoyos para las mujeres que debido a la pandemia perdieron su empleo, fuentes de trabajo y de ingresos. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Karem Zobeida Vargas Pelayo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud, a incluir como población prioritaria en la política nacional de vacunación contra el virus SARS-Cov-2, a las ciudadanas y ciudadanos que participarán en la jornada electoral realizando la función de capacitador asistente electoral, supervisor electoral, o funcionario de mesa directiva de casilla, en el proceso electoral federal y concurrente 2020-2021.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada María Elizabeth Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos del estado de Tlaxcala, del municipio de Tenancingo y a la PGJ de dicha entidad, a realizar las investigaciones pertinentes a fin de sancionar efectivamente el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, así como a erradicar este delito de dicha entidad federativa.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
De diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a respetar la independencia del Poder Judicial en atención a la división de Poderes y expresa su solidaridad con éste, frente a diversos pronunciamientos.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
Del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a explicar el destino, partida y concepto de los recursos ejercidos del Ramo 12, Salud, y del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar durante el ejercicio fiscal 2020.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
De la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a incluir al estado de Baja California Sur, en el Decreto Presidencial de Estímulos Fiscales de la Región Fronteriza Norte.Se turna a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, para dictamen
De la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía, Comercio y Competitividad de esta soberanía, a dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley General de Sociedades Cooperativas, del Mercado de Valores, y de la Ley de Inversión Extranjera, en materia de competitividad y diversidad de género en los consejos de administración.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNPC, a la Conafor, a la Semarnat, así como a sus homólogos en las entidades federativas, a implementar las acciones necesarias para la prevención, contención y mitigación de incendios forestales en la temporada de sequía del presente año.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Laura Mónica Guerra Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Pemex, a la Conagua y a la ASEA, a transparentar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales; así como a las comisiones dictaminadoras de esta Cámara de Diputados, a continuar con el análisis y discusión de las iniciativas de ley para prohibir la práctica del fracking en México.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
De la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a instruir a la SRE, a hacer del conocimiento público la situación laboral que enfrentan al menos 80 trabajadores, que a finales de diciembre se les anunció su despido de los distintos consulados en los que prestaban sus servicios. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen
De la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS, a apoyar el acceso al subsidio para la creación de los Tribunales Laborales Locales en el estado de Baja California.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
De la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno federal y estatales, a dirimir el conflicto respecto a los terrenos del albergue de Oasis de San Juan de Dios en Conkal, en Yucatán, con el fin de garantizar la seguridad y los derechos humanos de las personas que viven con VIH.Se turna a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen
De la diputada Alba Silvia García Paredes, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Sader y de la Profeco, a establecer los mecanismos de coordinación, vigilancia y seguimiento de los productos que integran la canasta básica, con especial énfasis en el precio de la tortilla.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la diputada Socorro López Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades competentes a atender la problemática derivada de los cortes de suministro de agua potable por la escasez de agua en la presa Calderón en Jalisco. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen
De la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al FGR, a través del INACIPE, a impulsar las acciones necesarias para su fortalecimiento como centro público de investigación en el ámbito de la criminalística, criminología, derecho penal, política criminal y victimología.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
Del diputado José Francisco Esquitin Alonso, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a transparentar los términos y condiciones en que fueron otorgadas en concesión cinco plantas generadoras de energía eléctrica a la empresa Generadora Fénix; asimismo, para que, bajo los nuevos términos de soberanía energética emprendida por el gobierno federal, los municipios de Huachinango, Juan Galindo y Zihuateutla de Puebla, puedan beneficiarse de la riqueza generada por los recursos naturales de los municipios aprovechados por dicha empresa. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen
Del diputado Rodrigo Calderón Salas, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la SE, a realizar las gestiones necesarias para que el IMPI inicie el procedimiento para que se emita declaratoria de protección como denominación de origen al limón persa.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen
De la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Segob, de la SSPC y de la SHCP, a garantizar el financiamiento e instrumentación de programas destinados a la identificación, atención y prevención de la violencia contra las mujeres.Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen
De la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Estado de México y a los gobiernos de todos los municipios, a suspender los programas sociales establecidos en sus acciones de gobierno, durante las campañas electorales. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la diputada María Marivel Solís Barrera, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, para que en coordinación con la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de Psiquiatría "Ramón de la Fuente Muñiz", implemente campañas virtuales de sensibilización e información sobre el trastorno por déficit de atención con hiperactividad durante la actual pandemia por covid-19.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a fortalecer las acciones que ayuden a prevenir y atender las enfermedades renales crónicas que son ocasionadas en su gran mayoría por padecimientos como la diabetes y la hipertensión.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a considerar como un grupo de atención prioritaria a los policías de los tres órdenes de gobierno y dirija una campaña de vacunación contra covid-19 para ellos.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, a realizar las auditorías forenses a los recursos ejercidos por la Universidad Juárez del estado de Durango en el ejercicio fiscal 2020.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, en coordinación con las secretarías e institutos de educación de los gobiernos estatales, a implementar una estrategia orientada a revertir el deterioro de la infraestructura educativa, derivado de la falta de mantenimiento desde el 17 de marzo de 2020.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 23 de marzo de 2021 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica), presidenta.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que adiciona el artículo 2o. - A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
2. Que adiciona los artículos 1o. y 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología, suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
3. Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
4. Que reforma los artículos 1o. y 3o. de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Energía, para dictamen.
5. Que reforma el artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
6. Que reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
7. Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Saraí Núñez Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
8. Que reforma los artículos 110, 111 y 116 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por la diputada Saraí Núñez Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Deporte, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
9. Que reforma los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
10. Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Educación Naval, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Marina, para dictamen.
11. Que adiciona el artículo 9o. de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, a cargo de la diputada Violeta Mariana Parra García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
12. Que adiciona el artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
13. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
14. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y de Morena.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
15. Que reforma los artículos 2o., 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
16. Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 25 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
17. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de canasta básica digital, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
18. Que expide la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
19. Que reforma el artículo 4o. de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía y de Educación, para dictamen.
20. De decreto por el que se declara el 27 de febrero de cada año, como el Día Nacional de la Lucha contra la covid-19, a cargo de la diputada Frinné Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
21. Que reforma el artículo 16o. de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Vivienda, para dictamen.
22. Que reforma los artículos 5o. y 133 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.
23. Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para opinión.
24. Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión.
25. Que reforma los artículos 27 y 34 la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera An-zaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para opinión.
26. Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF, a implementar las recomendaciones de la OCDE en materia de seguimiento a las observaciones y recomendaciones que emite la auditoría a los entes auditados, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a través de la Conafor, a destinar mayores recursos materiales y financieros en el control del incendio forestal que afecta a los estados de Nuevo León y de Coahuila, a cargo del diputado Juan Martín García Márquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del Estado de Baja California, a incluir en su presupuesto la partida correspondiente al Seguro de Desempleo, a cargo de la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Oaxaca, a nombrar a funcionarios que tengan preparación y conocimiento de las áreas que van a dirigir, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a adoptar las medidas necesarias para controlar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales; a la Sader, a fortalecer los programas de apoyo a las y los productores del campo afectados, así como a la SSPC, a emitir la declaratoria de emergencia por la sequía extraordinaria que ha azotado al estado de Guanajuato, a cargo del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, a la SE, así como a sus homólogas en las entidades federativas, a impulsar las acciones y políticas necesarias para la generación de empleos y apoyos para las mujeres que debido a la pandemia perdieron su empleo, fuentes de trabajo y de ingresos, a cargo del diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud, a incluir como población prioritaria en la política nacional de vacunación contra el virus SARS-Cov-2, a las ciudadanas y ciudadanos que participarán en la jornada electoral realizando la función de capacitador asistente electoral, supervisor electoral, o funcionario de mesa directiva de casilla, en el proceso electoral federal y concurrente 2020-2021, a cargo de la diputada Karem Zobeida Vargas Pelayo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos del estado de Tlaxcala, del municipio de Tenancingo y a la PGJ de dicha entidad, a realizar las investigaciones pertinentes a fin de sancionar efectivamente el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, así como a erradicar este delito de dicha entidad federativa, a cargo de la diputada María Elizabeth Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a respetar la independencia del Poder Judicial en atención a la división de poderes y expresa su solidaridad con éste, frente a diversos pronunciamientos, suscrito por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido de la Revolución Democrática.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a explicar el destino, partida y concepto de los recursos ejercidos del Ramo 12, Salud, y del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar durante el ejercicio fiscal 2020, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a incluir al estado de Baja California Sur, en el Decreto Presidencial de Estímulos Fiscales de la Región Fronteriza Norte, a cargo de la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Turno: Comisión de Asuntos Frontera Norte, para dictamen.
12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía, Comercio y Competitividad de esta soberanía, a dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles; de la Ley General de Sociedades Cooperativas, del Mercado de Valores; y de la Ley de Inversión Extranjera; en materia de competitividad y diversidad de género en los consejos de administración, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNPC, a la Conafor, a la Semarnat, así como a sus homólogos en las entidades federativas, a implementar las acciones necesarias para la prevención, contención y mitigación de incendios forestales en la temporada de sequía del presente año, a cargo de la diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Pemex, a la Conagua y a la ASEA, a transparentar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales; así como a las comisiones dictaminadoras de esta Cámara de Diputados, a continuar con el análisis y discusión de las iniciativas de ley para prohibir la práctica del fracking en México, a cargo de la diputada Laura Mónica Guerra Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Energía, para dictamen.
15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a instruir a la SRE, a hacer del conocimiento público la situación laboral que enfrentan al menos 80 trabajadores, que a finales de diciembre se les anunció su despido de los distintos consulados en los que prestaban sus servicios, a cargo de la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la STPS, a apoyar el acceso al subsidio para la creación de los Tribunales Laborales Locales en el estado de Baja California, a cargo de la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades del gobierno federal y estatales, a dirimir el conflicto respecto a los terrenos del albergue de Oasis de San Juan de Dios en Conkal, en Yucatán, con el fin de garantizar la seguridad y los derechos humanos de las personas que viven con VIH, a cargo de la diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen.
18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Sader y de la Profeco, a establecer los mecanismos de coordinación, vigilancia y seguimiento de los productos que integran la canasta básica, con especial énfasis en el precio de la tortilla, a cargo de la diputada Alba Silvia García Paredes, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades competentes a atender la problemática derivada de los cortes de suministro de agua potable por la escasez de agua en la presa Calderón en Jalisco, a cargo de la diputada Socorro López Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al FGR, a través del INACIPE, a impulsar las acciones necesarias para su fortalecimiento como centro público de investigación en el ámbito de la criminalística, criminología, derecho penal, política criminal y victimología, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.
21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a transparentar los términos y condiciones en que fueron otorgadas en concesión cinco plantas generadoras de energía eléctrica a la empresa Generadora Fénix; asimismo, para que, bajo los nuevos términos de soberanía energética emprendida por el gobierno federal, los municipios de Huachinango, Juan Galindo y Zihuateutla de Puebla, puedan beneficiarse de la riqueza generada por los recursos naturales de los municipios aprovechados por dicha empresa, a cargo del diputado José Francisco Esquitin Alonso, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Energía, para dictamen.
22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la SE, a realizar las gestiones necesarias para que el IMPI inicie el procedimiento para que se emita declaratoria de protección como denominación de origen al limón persa, a cargo del diputado Rodrigo Calderón Salas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a través de la Segob, de la SSPC y de la SHCP, a garantizar el financiamiento e instrumentación de programas destinados a la identificación, atención y prevención de la violencia contra las mujeres, a cargo de la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al estado de México y a los gobiernos de todos los municipios, a suspender los programas sociales establecidos en sus acciones de gobierno, durante las campañas electorales, a cargo de la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
25. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, para que en coordinación con la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de Psiquiatría "Ramón de la Fuente Muñiz", implemente campañas virtuales de sensibilización e información sobre el trastorno por déficit de atención con hiperactividad durante la actual pandemia por covid-19, a cargo de la diputada María Marivel Solís Barrera, del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a fortalecer las acciones que ayuden a prevenir y atender las enfermedades renales crónicas que son ocasionadas en su gran mayoría por padecimientos como la diabetes y la hipertensión, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a considerar como un grupo de atención prioritaria a los policías de los tres órdenes de gobierno y dirija una campaña de vacunación contra covid-19 para ellos, a cargo de la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF, a realizar las auditorias forenses a los recursos ejercidos por la Universidad Juárez del estado de Durango en el ejercicio fiscal 2020, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.
Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, en coordinación con las secretarías e institutos de educación de los gobiernos estatales, a implementar una estrategia orientada a revertir el deterioro de la infraestructura educativa, derivado de la falta de mantenimiento desde el 17 de marzo de 2020, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
«Iniciativa que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputado Adolfo Torres Ramírez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso j) del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Declaración Universal de los Derechos Humanos: en su artículo 13. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado, asimismo, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) Habitad menciona que la movilidad es una dinámica clave de la urbanización. La infraestructura asociada a ésta determina el modelo urbano de las ciudades la impresión espacial definida por calles, sistemas del transporte, espacios y edificios.
Para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 son una pieza fundamental en la agenda de las Naciones Unidas, la movilidad sostenible es una herramienta transversal para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible, su relevancia destaca especialmente en el Objetivo Número 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles.
En sus apartados menciona lo siguiente ODS:
Transporte sostenible
132. Observamos que el transporte y la movilidad son esenciales para el desarrollo sostenible. El transporte sostenible puede intensificar el crecimiento económico y mejorar el acceso. Con el transporte sostenible se logra una mejor integración de la economía a la vez que se respeta el medio ambiente. Reconocemos la importancia de la circulación eficiente de personas y mercancías y del acceso a sistemas de transporte ambientalmente racionales, seguros y asequibles como medios de mejorar la equidad social, la salud, la resiliencia de las ciudades, los vínculos entre las zonas urbanas y las rurales y la productividad de las zonas rurales. Así pues, tenemos en cuenta que la seguridad vial forma parte de nuestros esfuerzos por lograr el desarrollo sostenible.
133. Apoyamos el desarrollo de sistemas de transporte sostenibles, entre ellos los sistemas de transporte multimodal que sean eficientes desde el punto de vista energético, en particular sistemas de transporte público, combustibles y vehículos no contaminantes, así como sistemas de transporte mejorados en las zonas rurales. Reconocemos que con miras a promover el desarrollo sostenible es necesario impulsar un enfoque integrado de la formulación de políticas sobre los servicios y sistemas de transporte en los planos nacional, regional y local. Reconocemos también que al establecer sistemas de transporte de tránsito sostenibles se deben tener en cuenta las necesidades especiales de desarrollo de los países en desarrollo. 1
Por ende, el transporte proporciona un entorno crítico que permite apoyar el desarrollo económico y social necesario para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Tener una perspectiva a largo plazo que se centre en la sostenibilidad es un factor decisivo en el futuro de la movilidad, por ello, la Organización de las Naciones Unidas ha venido recomendado a nivel internacional desde hace unos años, una agenda para el desarrollo sostenible e impulsando el cambio de paradigma en la planificación urbana hacia un concepto de movilidad sustentable.
La movilidad y el cambio climático ha generado la necesidad de operar con otras alternativas sustentables de transporte como la bicicleta, escúter, patines, deslizadores entre otras tecnologías de movilidad con propulsión 100 por ciento humana; la relación entre el transporte y las emisiones de gases de efecto invernadero está sólidamente documentada. El último Inventario Nacional de Emisiones (INECC, 2018) estableció que el transporte aporta 24.5 por ciento de las emisiones del país, equivalentes a 171 megatoneladas anuales de CO2. El subsector, autotransporte representó la mayor aportación con casi 94 por ciento de las emisiones del sector (159.94 Mt/año de CO2e).
Es decir, 22.9 por ciento de las emisiones del país lo generan vehículos automotores, derivado de la combustión de gasolinas (65.4 por ciento) y de diésel (28.5 por ciento) en los motores. Por sí sola es la mayor fuente de emisiones del país, incluso por encima de la generación de electricidad (20.1 por ciento). En 1990, las emisiones totales (sin considerar absorciones) alcanzaron 444.751.91 Gg de CO2e, y en 2015, 682,959.10 Gg de CO2e, un incremento de 54 por ciento, a una tasa de crecimiento media anual (TCMA) de 1.7 por ciento. Si bien es un hecho que hay un progresivo proceso de eficiencia en los motores de los vehículos estimada entre 3 por ciento y 4 por ciento anual este beneficio se elimina al considerar el crecimiento del parque vehicular estimado en 5 por ciento anual: únicamente entre 2010 y 2018 el parque vehicular en el país aumentó de 31.6 a 47.8 millones de vehículos. 2
La tendencia de introducción de mejores motores, entre ellos los eléctricos, no parece compensar el que cada vez haya más automóviles circulando, en especial cuando tenemos en México casi 400 vehículos por cada mil habitantes, todavía por debajo de lo que otros países tienen. Es decir, el escenario tendencial es de muchos automóviles más. De acuerdo con la cifra oficial se estima que para 2030 emitiremos como país 266 Mt anuales en el sector transporte si se mantiene la tendencia hasta 2013. Cualquier esfuerzo de reducción de emisiones requiere una reducción sustancial en la compra y uso de automóviles, independientemente del esfuerzo de electrificación de motores.
En México la contaminación ambiental representa un riesgo importante para la salud que puede provocar una carga de morbilidad en las ciudades, lo cual puede conllevar a generar graves enfermedades como accidentes cerebrovasculares, cáncer de pulmón y neumopatías crónicas y agudas, así como graves problemas de asma.
Datos proporcionados por la Organización Mundial de Salud, 91 por ciento de la población vive en lugares donde no se respetan las normas emitidas sobre la calidad del aire, lo que provoca que cada año existan en promedio 4.2 millones de defunciones prematuras relacionadas con su mala calidad, sobre todo en países de bajos y medianos ingresos, siendo las regiones de Asia sudoriental y el Pacífico occidental las más afectadas. El calentamiento global es un grave problema en el mundo debido a diversos factores, entre los cuales se encuentran los gases generados por los vehículos automotores, aunque existen otros contribuyentes más grandes emisores de CO2.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), hasta diciembre de 2018 existían registrados 49.4 millones de vehículos automotores en circulación, la información incluye automóviles, camiones y camionetas para pasajeros, camiones para carga y motocicletas, así como el tipo de servicio oficial, público y particular, siendo 31 millones 458 mil 389 automóviles particulares.
Ventajas de los transportes propulsados por el hombre
Las bicicletas son un ejemplo de medio de transporte energéticamente eficiente.
La bicicleta sólo consume energía metabólica, es decir, energía del propio cuerpo humano, lo que nos ofrece las siguientes ventajas desde el punto de vista energético:
• Independencia.
• Autonomía energética.
• No necesita instalaciones de suministro de combustible como gasolineras
• Recurso energético no agotable y gratuito.
• Accesible a casi todo el mundo desde el punto de vista energético.
Las bicicletas son el transporte más sostenible, debido a que:
• Autonomía energética.
• No necesita instalaciones de suministro de combustible como gasolineras.
• Recurso energético no agotable y gratuito.
• Accesible a casi todo el mundo desde el punto de vista energético.
Y en general, presenta las siguientes virtudes:
• Es fácil de utilizar.
• Mejora la salud física y mental.
• Evita la congestión del tráfico.
• Ahorro económico para el usuario.
Es por lo anterior que se deben incentivar los vehículos con propulsión humana con la finalidad de eliminar las brechas de desigualdad y que todos tengan acceso a estos sistemas de transporte con implementar la tasa 0 por ciento a productos como las bicicletas, deslizadores, patinetas, monopatines, entre otros.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que se adiciona el inciso j) del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Único. Se adiciona el inciso j) del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0 por ciento a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
I. La enajenación de:
a). al i). ...
j) Vehículo de propulsión humana.
...
II. a IV. ...
...
Transitorio
Único. La reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y dejará sin efectos el decreto vigente que otorga el estímulo fiscal por el concepto de vehículo de propulsión humana.
Notas
1 https://www.gob.mx/comisionambiental/es/articulos/el-contexto-inter-nacional-de -la-movilidad-urbana-sustentable?idiom=es#:~: text= 132.,se%20respeta%20el%20medio%20ambiente.
2 http://comisiones.senado.gob.mx/desarrollo_urbano/docs/climatico/ p2_5_131119.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
«Iniciativa que adiciona los artículos 1o. y 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología, suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputado Adolfo Torres Ramírez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y así como en los artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción X al artículo 1o. y se adiciona una fracción I Bis del artículo 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional siempre está a favor de la mujer y del respeto de los derechos humanos, es por lo anterior que nuestra doctrina menciona lo siguiente:
La equidad de género significa que mujeres y hombres deben de desarrollar plena, libre y responsablemente (página1.). 1
En este orden de ideas, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) conmemora el Día Internacional de la Mujer y las Niñas en la Ciencia.
La celebración, el 11 de febrero de 2021, del sexto Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Asamblea Científica lleva a cabo en la sede de las Naciones Unidas. Con el objetivo e interés de impulsar el progreso en la consecución de la Agenda de Desarrollo 2030 y sus 17 Objetivos Mundiales, el tema de la Asamblea del Sexto Día Internacional de las Mujeres y las Niñas en la Ciencia es Más allá de las fronteras: igualdad en la ciencia para la sociedad, con un enfoque especial en el valor de los aspectos sociales y las dimensiones culturales en la ciencia, la tecnología y la innovación para mejorar los programas de desarrollo sostenible. 2
Es por lo anterior que la ciencia y la igualdad de género son necesarios para alcanzar Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
La propia UNESCO menciona que: en los últimos 15 años, la comunidad internacional ha hecho un gran esfuerzo para inspirar y promover la participación de las mujeres y las niñas en la ciencia. Sin embargo, las mujeres siguen encontrando obstáculos para desenvolverse en el campo de la ciencia. 3
La desigualdad en la ciencia y la tecnología es persistente en los últimos años a nivel mundial, es increíble que el crecimiento de la mujer en este ramo no está tan desarrollado, según datos de la propia UNESCO menciona que 30 por ciento de los investigadores en todo el mundo son mujeres, sólo alrededor de 30 por ciento de todas las estudiantes escogen estudios superiores dentro del campo de las ciencias, la tecnología, la ingeniería y matemáticas. En todo el mundo, la matrícula de estudiantes femeninas es particularmente baja en el campo de la tecnología de la información y las comunicaciones (TIC), con un tres por ciento; ciencias naturales, matemáticas y estadísticas, con un cinco por ciento, y en ingeniería, manufactura y construcción, con un ocho por ciento.
Es indudablemente la diversidad, tanto en la innovación como en la investigación, implica más talento, nuevas perspectivas y mayor creatividad en un sector que es determinante para el desarrollo sostenible.
En esta tesitura lo mencionó Audrey Azoulay, directora general de la UNESCO: “Para hacer frente a los inmensos desafíos del siglo XXI —desde el cambio climático hasta los trastornos tecnológicos— nos hace falta la ciencia y toda la energía necesaria y, por ello, el mundo no puede privarse del potencial, la inteligencia y la creatividad de los miles de mujeres que son víctimas de desigualdades o prejuicios tan arraigados.
En México, de acuerdo con el Foro Económico Mundial (WEF por sus siglas en inglés), en su reporte Global Gender Gap Report 2020:
México se encuentra entre el top 5 de países que avanzaron en el cierre de su brecha de género. El WEF destaca que esto se ha debido en gran parte a la incursión de mujeres mexicanas en puestos de administración pública, legislativos, entre otros. Respecto a la conclusión exitosa de carreras relacionadas con ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM por sus siglas en inglés), el WEF registra que únicamente 14.46 por ciento de estudiantes son mujeres.
Como mujer profesionista, estoy convencida de que el talento y el potencial de cada ser humano es totalmente independiente al género y quiero sentir, en cualquier foro que me toque participar, que estoy ahí por mis logros, por mi talento y por mis credenciales y no para cumplir con una cuota. En Softtek, más allá de la aplicación de cuotas de género, hemos apoyado programas de inclusión de mujeres en programas de formación científica y tecnológica.
Uno de estos programas lo denominamos Codellege, que está orientado a lograr la inclusión laboral en Tecnologías de la Información para jóvenes con talento, quienes, por situaciones externas, no han tenido la oportunidad de acceder a esta educación. Tenemos un enfoque integral que les permite adquirir habilidades de programación, conceptos básicos de inglés, desarrollo humano y emprendimiento.
Estoy convencida de que, como sociedad, no podemos darnos el lujo de dejar al margen a más del 50 por ciento de la población del país y, sobre todo, no podemos dejar a un lado la capacidad creativa, de gestión y habilidad empática que tenemos como mujeres. 4
En este contexto, de Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través de la coordinación para la igualdad de género y la startup Epic Queen realizó el primer festival de chicas en la ciencia y tecnología para inspirar y contribuir a reducir la brecha de genero de acuerdo con datos de la Coordinación para la Igualdad de Género de la máxima casa de estudios, la participación de mujeres en programas de licenciatura, maestría y doctorado, así como en la planta académica de las entidades de nivel superior en áreas relacionadas con ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas es menor a 40 por ciento.
Por ejemplo, en la licenciatura en Ingeniería Mecánica sólo 9.1 por ciento del total de alumnos son mujeres, en Ingeniería Eléctrica y Electrónica la cifra es de 11.2 por ciento; a nivel posgrado, en doctorado y maestría en Ciencias (Física) sólo hay 10.1 por ciento y 11.8 por ciento de estudiantes mujeres respectivamente.
En el caso de los centros de estudios también hay una baja representación femenina, en el Instituto de Ciencias Físicas sólo 11.5 por ciento de la comunidad científica son mujeres, mientras que en el Centro de Ciencias Matemáticas sube apenas a 12.9 por ciento; de ahí la importancia de promover estas disciplinas entre las jóvenes, para cerrar la brecha de género en los espacios científicos de la universidad.
En esta tesitura, hay que resaltar también la gran participación de las mujeres mexicanas en la lucha contra el Covi-19 en materia científica como:
Susana Vázquez Torres, quien trabaja en una súper vacuna contra el coronavirus a base de proteínas sintéticas. Laura Alicia Palomares Aguilera, líder del proyecto de desarrollo de la vacuna contra el covid-19 que se lleva a cabo en el Instituto de Biotecnología de la UNAM.
Mónica Olvera de la Cruz, quien por medio de investigaciones a nivel computacional identificó las interacciones electrostáticas del virus del covid-19 que lo unen a las células humanas.
Carol Perelman, autora del cuento infantil Coronesio, Covidín y los secretos de lo invisible, una ficción basada en evidencia científica sobre el covid-19.
Susana López Charretón, centrada en investigaciones en la genómica funcional de la interacción virus-célula huésped, así como en epidemiología, diagnóstico y metagenómica viral.
Norma Alma Fierro González, doctora en ciencias bioquímicas por la UNAM. Investiga la variabilidad genética de los virus y la inmunopatogénesis asociada a infecciones virales.
Maricela Morales, descubridora de la existencia de neuronas combinatorias que explicarían conductas adictivas. Por sus investigaciones fue premiada por el National Institute of Health y el National Institute on Drug Abuse en Estados Unidos de América (EUA).
Y Paty Rodil, fundadora de Científicas Mexicanas, red que busca visibilizar el trabajo y los logros de las mujeres mexicanas en la ciencia y la tecnología. 5
Es por lo antes mencionado que la necesidad de impulsar el desarrollo de la mujer ante la ciencia y la tecnología es imperante ya que tenemos que poner piso parejo para las mujeres y los hombres en nuestra legislación, las necesidades de la sociedad hoy en día las mujeres están dando pasos acelerados en cubrir más áreas de oportunidad que aún la legislación no cubre esas necesidades por lo que tenemos que apurarnos a cubrir esas lagunas jurídicas de desigualdad.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que se adiciona una fracción al artículo 1o. y se adiciona una fracción I Bis del artículo 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología
Artículo Único. Se adiciona una fracción X al artículo 1o. y se adiciona una fracción I Bis del artículo 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:
Artículo 1o. La presente Ley es Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y tiene por objeto:
I. a IX. ...
X. Fortalecer los mecanismos institucionales para promover la difusión de los trabajos de alto impacto científico de las mujeres en las diferentes ramas de la ciencia, tecnológica e innovación, orientado a dar visibilidad a su conocimiento, que incremente la cultura y la aportación científica de las mujeres, y acelere su mayor acceso y participación en forma sostenida.
Artículo 13. ...
I. ...
I Bis. Fortalecer los mecanismos institucionales para promover la difusión de los trabajos de alto impacto científico de manera equilibrada y sin discriminación entre mujeres y hombres.
II. a VIII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Proyecto de principios de doctrina del Partido Acción Nacional 2002, 1. Persona y libertad, pág. 1, extraído el 22 de febrero de 2021, de la página Web:
https://almacenamientopan.blob.core.windows.net/pdfs/documentos/ toqfeHtQI8xfmvAAiJNc5U6xqTHiSO.pdf.
2 Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia 11 de febrero, extraído el 22 de febrero de 2021, de la página Web:
https://www.un.org/es/observances/women-and-girls-in-science-day .
3 https://www.un.org/es/observances/women-and-girls-in-science-day
4 Más de una vida por delante: 100 años para alcanzar la paridad de género en el mundo, extraído el 22de febrero de 2021 de la página Web:
https://es.weforum.org/press/2019/12/gggr20-33b4437b58/
5 Periódico La Jornada, Científicas mexicanas ponen en alto el nombre de México: SER, extraído el 22 de febrero de 2021 de la página Web:
https://www.jornada.com.mx/notas/2021/02/12/sociedad/cientificas -mexicanas-ponen-en-alto-el-nombre-de-mexico-sre/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
«Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputado Adolfo Torres Ramírez y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El medio ambiente también sufre el impacto de los desastres, cuando sequías o incendios forestales causan degradación ambiental o cuando un accidente industrial provoca una contaminación ambiental peligrosa.
“La Carta de las Naciones Unidas no hace mención específica sobre cuestiones del medio ambiente o del desarrollo sostenible, sin embargo, con el paso de los años las actividades relacionadas con estos temas se han incrementado considerablemente.
Tanto en la Asamblea General como en el Consejo Económico y Social se examinan ampliamente las cuestiones ambientales, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) es el —fundamental— programa que considera el tema y la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible siendo el principal foro donde los estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) pueden discutir cuestiones relacionadas con el medio ambiente”. 1
En esta tesitura, cito brevemente una de las acciones del PNUMA, que a la letra dice: “Las emergencias ambientales pueden causar graves daños al medio ambiente, así como la pérdida de vidas humanas y bienes. Son el resultado de factores naturales, tecnológicos o provocados por el ser humano, o una combinación de éstos. Los ejemplos incluyen accidentes industriales que corren el riesgo de causar una contaminación importante.
Estos accidentes pueden ser causados por error humano o por el impacto de otro peligro en una instalación industrial o en el transporte de materiales peligrosos. Los conflictos armados pueden causar explosiones, incendios y la liberación de materiales tóxicos que requieren atención y evaluación inmediata. Las emergencias ambientales pueden también ser consecuencia de terrorismo, como el bombardeo intencional o sabotaje de oleoductos”. 2
Por ende surge el Derecho Ecológico o Derecho Ambiental, esta rama del derecho en México no tarda en alcanzar su autonomía plena, si tomamos en cuenta que constituye la expresión jurídico formal moderna de un hecho tan antiguo como la propia aparición del hombre sobre la tierra, las relaciones hombre-sociedad-naturaleza, entre las que no es posible concebir una existencia humana al margen de la naturaleza, o en eterno conflicto con ella.
En la actualidad el derecho ecológico cae sustancialmente dentro del derecho administrativo que al mismo tiempo es rama del derecho público, este derecho ecológico, integrado por un conjunto de disposiciones de distinto rango y eficacia constituyen una nueva rama jurídica que ha tenido un significado muy especial: la consagración de las normas jurídicas, reglas e instituciones para la conservación del medio natural y el establecimiento de nuevas relaciones sociedad naturaleza.
Dentro de este contexto los componentes principales de la gestión ambiental deben ser: “la política, el derecho y la administración ambiental, y en consecuencia no sólo comprenden acciones materiales para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, sino también una adecuada planeación, regulación y organización de toda la materia ambiental, esto es, la gestión ambiental supone un conjunto de actos normativos y materiales que buscan una ordenación del ambiente que van desde la formulación de la política ambiental hasta la realización de acciones materiales que garanticen el propósito general.
En cuanto a la política internacional es conveniente destacar la congruencia que México ha observado con los principios de derecho internacional y los compromisos adquiridos en materia ambiental, siempre dentro de un marco de respeto a la soberanía nacional y en beneficio de los recursos naturales y del medio ambiente”.
Es por lo anterior que en esta tesitura, nuestra Carta Magna establece lo siguiente:
“ Artículo 4o., párrafo quinto: toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”. 3
Por lo antes expuesto, se necesitan implementar leyes más rigurosas, en aras de que permitan asegurar el ecosistema, garantizando la vida tanto del hombre como la flora y fauna y la conservación que la rodea, así como la tierra, los mantos acuíferos y los ríos y mares.
Por lo antes expuesto, esta iniciativa pretende abordar una problemática relevante dentro del campo del derecho ambiental, endureciendo las sanciones económicas del responsable o responsables de causar daño al medio ambiente y la propuesta llega a garantizar una gestión ambiental eficaz en pro de una protección amplia de los ecosistemas nacionales.
De tal suerte que México debe cumplir con una agenda pactada ante la ONU denominada Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible aprobada por los dirigentes mundiales en septiembre de 2015 en una cumbre histórica de las Naciones Unidas entraron en vigor oficialmente el 1 de enero de 2016. Con estos nuevos Objetivos de aplicación universal, en los próximos 15 años los países intensificarán los esfuerzos para poner fin a la pobreza en todas sus formas, reducir la desigualdad y luchar contra el cambio climático garantizando, al mismo tiempo, que nadie se quede atrás.
Es por lo anterior que tenemos que armonizar nuestras leyes a los objetivos de la agenda de desarrollo 20230.
En este estricto sentido tenemos que cumplir con el Objetivo 13: Acción por el Clima el cual menciona que:
El cambio climático afecta a todos los países en todos los continentes. Tiene un impacto negativo en la economía nacional y en la vida de las personas, de las comunidades y de los países. En un futuro las consecuencias serán todavía peores.
Las personas viven en su propia piel las consecuencias del cambio climático, que incluyen cambios en los patrones climáticos, el aumento del nivel del mar y los fenómenos meteorológicos más extremos. Las emisiones de gases de efecto invernadero causadas por las actividades humanas hacen que esta amenaza aumente. De hecho, las emisiones nunca habían sido tan altas. Si no actuamos, la temperatura media de la superficie del mundo podría aumentar unos tres grados centígrados este siglo y en algunas zonas del planeta podría ser todavía peor. Las personas más pobres y vulnerables serán los más perjudicados.
Tenemos a nuestro alcance soluciones viables para que los países puedan tener una actividad económica más sostenible y más respetuosa con el medio ambiente.
El cambio de actitudes se acelera a medida que más personas están recurriendo a la energía renovable y a otras soluciones para reducir las emisiones. Pero el cambio climático es un reto global que no respeta las fronteras nacionales. Las emisiones en un punto del planeta afectan a otros lugares lejanos. Es un problema que requiere que la comunidad internacional trabaje de forma coordinada y precisa de la cooperación internacional para que los países en desarrollo avancen hacia una economía baja en carbono. Los países están trabajando para adoptar un acuerdo global en París este mes de diciembre con el objetivo de luchar contra el cambio climático. 4
Esta propuesta surge a través de las demandas de distintas voces de la ciudadanía que son afectados directa o indirectamente por los impactos ambientales o bien que les interesa el medio ambiente y están preocupados por éste.
Es por lo antes mencionado que no sólo el gobierno en sus tres niveles es el único participante en la protección del medio ambiente, sino que es una acción de mutua responsabilidad en el cual las personas físicas y morales deben participar y si se realiza un daño o impacto ecológico deberán de subsanar y reparar el daño.
En este orden de ideas, existen personas físicas o morales que no cumplen con las leyes y normas mexicanas, asimismo no les importa el medio ambiente ya que el poder económico está sobre la protección del medio ambiente y la salud de la población, un claro ejemplo está en los últimos seis desastres ambientales, cuyos impactos en los ecosistemas y en las comunidades aún son inciertos, y pongo sobre la mesa los siguientes casos en la historia de los desastres ecológicos que ha sufrido nuestro país en los últimos años:
• En Durango, la mina Proyecto Magistral, que derramó dos mil metros cúbicos de agua cianurada al arroyo de la Cruz en el municipio del Oro;
• En Jalisco, 3 millones de peces muertos en la laguna de Cajatitla, por descargas de agua residuales municipales y el mal funcionamiento de las plantas de tratamiento;
• En Veracruz, se derramaron más de 300 mil litros de gasolina en el arroyo hondo por una supuesta toma de gasolina clandestina; en Nuevo León, se derramaron hidrocarburos en el río San Juan, en la presa El Cuchillo, la cual provee una parte importante de agua potable que se consume en Monterrey, la causa fue una supuesta toma clandestina;
• En Sinaloa, amanecieron miles de peces muertos en Mazatlán, la causa son las descargas de aguas residuales del municipio y el mal funcionamiento de la planta tratadora de agua;
• El caso de Sonora, mismo que se considera el peor desastre ecológico minero en la historia de nuestro país, al menos 40 mil metros cúbicos de cobre y ácido sulfúrico derramados en los ríos Sonora y Bacanuchi (hay fuentes que aseguran que fueron hasta 240 mil), consecuencia de la mala operación de la minera Buenavista del Cobre, propiedad de Grupo México. La pobre respuesta de las autoridades y las insignificantes sanciones previstas para Grupo México son una muestra evidente del desprecio que tienen no sólo al medio ambiente sino también a la población, a los productores y a la flora y fauna de la región.
Como muestra de lo que estamos diciendo, lo ocurrido en Cancún, Quintana Roo, un ecocidio acaba de cometerse con el apoyo y la conformidad de las autoridades, en una rápida operación en la madrugada del 16 de enero de 2016, enormes excavadoras y equipos de movimiento de tierra comenzaron destruir la vibrante y llena de vida ciénaga de manglares de Tajamar, un oasis en medio de un mar de cemento y cristal.
Hoy en día se viven catástrofes ambientales que se suman a los mil 124 casos de daño ambiental, ocurridos en el transcurso de este actual gobierno que duerme el sueño de los justos o bien no le interesa el medio ambiente y sólo le interesa el poder económico que estas empresas generan.
De tal suerte, Greenpeace es uno de los activistas más reconocidos y comprometidos en la protección del medio ambiente y ha señalado por años la mala calidad del agua en México por lo que ha exigido su protección.
En vez de eso “tenemos más agua tóxica cortesía de la industria y de la laxitud de las leyes. En nuestro país, la contaminación y el cambio climático han disminuido la disponibilidad del líquido per cápita de 11 mil 500 metros cúbicos (m3) en 1955 a 4 mil 263 m3 en 2011. De acuerdo con cifras de 2011 de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), 70 por ciento de los ríos nacionales presentan algún grado de contaminación, pero poco o nada se está haciendo para revertirlo y mucho menos para prevenirlo”. 5
Con esta propuesta de iniciativa se prende incrementar las sanciones económicas a las personas físicas o morales, empresas públicas y privadas que por acción u omisión provoquen desastres graves al medio ambiente, con esta mejora a la ley se fortalecerá y será más firme. Asimismo hago referencia al decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, hago mención ya que la propuesta contempla lo que establece el decreto referente a la Unidad de Medida y Actualización.
En esta tesitura, expondré los métodos que utilizan en los países de América Latina, una de las primeras formas de enfrentar la responsabilidad por los daños ambientales ha sido mediante la aplicación de sanciones administrativas. Mediante este sistema los estados establecen determinadas responsabilidades ante el evento de que se presenten hechos que puedan ser sancionados sin la necesidad de la intervención judicial. En este sentido, “Ecuador y Perú a través de sus Ministerios del Ambiente; y Bolivia, a través del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, establecen determinadas sanciones por el incumplimiento a la normativa ambiental. El principio de responsabilidad administrativa, tiene como fundamento la prevención, de modo que en los países en estudio se establecen mecanismos administrativos para prevenir los impactos, así, la responsa-bilidad es establecida de forma precautoria y remediadora. Esto es que, dentro del sistema de responsabilidad administrativa se pueden imponer sanciones como multas, clausuras, y disponer también de la reparación del daño ambiental en tanto haya supuesto el incumplimiento de un deber.
Así pues, ante el evento de presentarse una trasgresión a las normas legales o técnicas, los estados han establecido un régimen de sanciones que van desde la amonestación, clausura parcial o total del local o establecimiento y/o la terminación del contrato, etcétera. Uno de los mecanismos de sanción administrativa por excelencia utilizados por los países ha sido el de imponer sanciones pecuniarias para los casos de incumplimiento de la norma, sin que necesariamente los recursos recaudados por dichas sanciones sean empleadas en la reparación del daño. Sin embargo, en algunos países, como el Ecuador, se empiezan a verificar unos rasgos innovadores de la aplicación del derecho administrativo, en el cual se ha comenzado a incorporar elementos de restauración del daño ambiental.
De tal suerte que la regulación del daño ambiental y al establecimiento de jueces, procedimientos especiales y fondos para la reparación ambiental que permitan tratar adecuadamente la reparación del daño ambiental colectivo que escapa de las reglas del Código Civil. La Directiva Europea sobre Responsabilidad Ambiental es un buen ejemplo de una regulación que establece reglas y procedimientos de valoración del daño ambiental entre otros aspectos.
En Ecuador, la constitución elimina la responsabilidad subjetiva y establece la responsabilidad objetiva o de riesgo en todos los casos de daño ambiental, obliga a la reparación integral del ambiente o in naturay dispone la obligación subsidiaria del estado cuando existan daños ambientales además de la imprescriptibilidad de las acciones por daño ambiental, todos estos aspectos conforman los elementos para un régimen de responsabilidad ambiental que deberá ser materia de ley”. 6
Por lo anteriormente expuesto fundado y motivado, es por ello que es necesario fortalecer las sanciones en materia ambiental que hasta ahora no han cumplido con el objetivo de cambiar conductas que incidan en la mejor protección de los intereses ambientales y con el propósito de cumplir un acuerdo que es la agenda 2030.
De tal suerte, hay que trabajar mucho en la aplicación de instrumentos económicos a las personas físicas y morales con el fin de prevenir futuros desastres ecológicos.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental
Único. Se reforma el artículo 19, fracciones I y II de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, para quedar en los términos siguientes:
Artículo 19. La sanción económica prevista en la presente ley, será accesoria a la reparación o compensación del daño ocasionado al ambiente y consistirá en el pago por un monto equivalente de:
I. De quinientos a cien mil días de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de imponer la sanción, cuando el responsable sea una persona física, y
II. De cinco mil a novecientos mil días de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de imponer la sanción, cuando la responsable sea una persona moral.
Dicho monto se determinará en función de daño producido.
Transitorio
Único. La reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y dejará sin efectos el decreto vigente que otorga el estímulo fiscal por el concepto de colegiaturas.
Notas
1 http://www.pnuma.org/
2 http://www.pnuma.org/desastresyconflictos/preparacion_emergencias. php
3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_190221.pdf
4 https://academicimpact.un.org/es/content/objetivos-de-desarrollo-sostenible
5 http://www.greenpeace.org/
6 http://www.inredh.org/archivos/libros/estudio_comparado_derecho_ ambient al.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARES
«Iniciativa que reforma los artículos 1o. y 3o. de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 1 y 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.
Considerando
En la actualidad la energía producida en centrales nucleares, así como su estudio científico y su desarrollo técnico aplicable en otros campos de la vida como el de la medicina nuclear, representan una alternativa para dos problemas de suma importancia en México y la comunidad internacional, y que influyen directamente sobre el cambio climático y el medio ambiente, así como en la salud pública. Es en este sentido que, el refinamiento en materia legislativa de los protocolos de residuos nucleares debe ser revisado. En tanto que los beneficios de la energía nuclear son muchos, siempre y cuando la aplicación y control de los riesgos y los costos del peligro de su producción puedan minimizarse, tomando en consideración que la posibilidad de un accidente es muy baja.
Contrario a la creencia popular, el reactor nuclear de una planta no puede explotar, por el simple hecho de que las condiciones para que este explote como una bomba no se cumplen, esto porque “una explosión en una bomba es el resultado de una reacción en cadena sin control y se produce con Uranio altamente enriquecido en un porcentaje superior al 95 por ciento, el Uranio del reactor contiene solo el 4 por ciento de dicho material.” 1 Lo que representaría en todo caso un peligro para la población, sería la exposición a la radiación de los residuos nucleares de alguna fuga o mal tratamiento de los residuos radioactivos producto de combustibles nucleares, que en gran medida son causa de su mal manejo y mal tratamiento por parte de los responsables.
Es por ello, que el peligro que representa la producción de energía nuclear tiene que ver en gran medida con el componente humano. Frente a esta situación, existen diferentes leyes y normativas mexicanas encargadas de los protocolos de acción y tratamiento de los residuos radioactivos, así como lo respectivo a la producción de energía y combustibles nucleares, tales como 1) El articulo 27 Constitucional en conjunto con la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 2) la Ley Orgánica de la Administración Pública federal; 3) el Reglamento General de Seguridad Radiológica; 4) Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 5) La NOM-028-nucl-2009, de manejo de desechos radiactivos en instalaciones radiactivas que utilizan fuentes abiertas; 6) La NOM-035-NUCL-2000 de limites para considerar un residuo solido como desecho radiactivo; 7) así como la presente Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.
En comparación a las emisiones de CO2 de las industrias productoras de energía eléctrica y combustibles, responsables en gran medida del cambio climático de las ultimas décadas, las emisiones por CO2 de las plantas nucleares son prácticamente nulas por ser vapor de agua lo que sale de las chimeneas. 2 Otro beneficio es el que representa el estudio de las propiedades radiactivas en los tratamientos de salud de la medicina nuclear, cuyas aplicaciones abarcan prácticamente todas las ramas de la medicina, al poder ser utilizados en la prevención, investigación, diagnóstico y tratamiento de enfermedades. 3 Es por ello que el monitoreo de los residuos empleados en su producción tanto como en la utilización de componentes radioactivos y que pueden ser considerados como residuos médicos radiactivos 4 y que califican como peligrosos, debe ser puntual y muy específico.
Hay que considerar por tanto, el tipo de residuo radiactivo del que estamos hablando, puesto que los residuos radiactivos no pueden ser destruidos por ningún procedimiento, en todo caso son susceptibles de ser neutralizados a través del tiempo, debido al decaimiento radiactivo, “en consecuencia, la gestión de desechos radiactivos consiste en controlar las descargas radiactivas y reducirlas a límites tolerables, eliminando de efluentes y desechos los radionucleidos que interese, concentrándolos de forma que puedan ser almacenados o evacuados de modo que posteriormente no aparezcan en concentración peligrosa en la biosfera.” 5
Dicho lo anterior, existen solo dos maneras de un tratamiento correcto de este tipo de desechos, uno es la liberación o descargue en el medio ambiente garantizando que “el residuo sea de muy baja actividad, además es necesario disponer de un medio dispersor adecuado que garantice una homogeneidad rápida en la dispersión.”, 6 o mediante su aislamiento en contenedores especiales en jaulas subterráneas de hormigón y acero. La gestión de dichos residuos deberá considerarse según el nivel de actividad radiactiva del desecho, el cual puede ser sólido, líquido o gaseoso y que determinara el tiempo que es necesario para su descarga. En este sentido, aquellos residuos de muy baja actividad tardarán de 50 a 300 años en su dispersión, mientras que los de muy alta podrán tardar más de mil años. 7
Si bien, el riesgo de exposición a radiación por parte los residuos producto de la medicina nuclear no se asemejan a los residuos producto de la elaboración de combustibles nucleares, es importante tomar en cuenta que la exposición y liberación al medio ambiente de dicho contenido debe estar igualmente vigilada, porque de todos modos implica un riesgo en la salud de aquel o aquellos que queden expuestos y que, por tanto, dichos residuos requieren un tratamiento especializado de almacenamiento. En este sentido, los servicios que preste México a otros países para almacenamiento de desechos radiactivos deben estar igualmente supervisado y regulado. El pasado 27 de julio del 2020 la empresa “Energy Solutions Services Inc. solicitó a la Comisión Reguladora Nuclear de Estados Unidos una licencia para exportar residuos radiactivos a México...” 8 Dicha licencia está aún en proceso de ser aprobada, pero de ser así la solicitud permite enviar a México “material o desechos contaminados radiactivamente... en forma de metales, desechos activos secos o materiales, como madera, papel y plástico, y resinas y líquidos de intercambio iónico gastados, en forma de fluidos de base acuosa y orgánica.” 9
En la siguiente propuesta de reforma, se pretende establecer un refinamiento en la definición de los desechos por los cuales se pretende regular la responsabilidad civil que pueda causarse por las consecuencias a corto, mediano y largo plazo de los residuos radioactivos que derivan de la producción de combustibles nucleares y en el proceso de creación de energía nuclear, teniendo en cuenta el tiempo el cual los residuos radiactivos deben estar almacenados para su correcta gestión. Esto es importante por cuanto que el problema del tratamiento y distribución de estos residuos se convierte en un tema de salud publica, y que pone de manifiesto que el correcto manejo de estos puede y debe ser seguro, tratando de evitar, mediante un proceso de gestión correcto, las consecuencias dañinas de su mal almacenamiento y distribución en el ambiente.
Sobre este escenario, a continuación explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma los artículos 1 y 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares
Único. Se reforman los artículos 1 y 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares para quedar de la siguiente manera:
Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular la responsabilidad civil por daños que puedan causarse por el empleo de reactores nucleares y la utilización de substancias y combustibles nucleares , así como los desechos radiactivos que deriven de estos.
...
Artículo 3.- Para los efectos de la presente ley se entiende:
a)...
b)...
c) Daño nuclear. La pérdida de vidas humanas, las lesiones corporales y los daños y perjuicios materiales que se produzcan como resultado directo o indirecto, a corto, mediano y largo plazo de las propiedades radioactivas o de su combinación con las propiedades toxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de los combustibles nucleares o de los productos o desechos radioactivos que se encuentren en una instalación nuclear, o de las substancias nucleares peligrosas que se produzcan en ella, emanen de ella, o sea consignadas a ella;
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 http://www.veracruz.gob.mx/proteccioncivil/pere/
2 https://www.foronuclear.org/descubre-la-energia-nuclear/preguntas-y-respuestas/ sobre-energia-nuclear-y-medio-ambiente/la-energia-nuclear-y-el-cambio-climatico /
3 https://www.iaea.org/sites/default/files/28205880410_es.pdf
4 http://portalconstructores.com/mercado-de-residuos-medicos-radiac-tivos-2021/
5 https://www.iaea.org/sites/default/files/185_604644047_es.pdf
6 http://www.catedraenresauco.com/gestion-de-residuos-radiactivos/
7 http://www.catedraenresauco.com/gestion-de-residuos-radiactivos/
8 https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/mandaran-basura-ra-diactiva-a-mexico- estados-unidos-licencia-exportacion-desechos-empresa-sector-energetico-6056862. html
9 https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/mandaran-basura-ra-diactiva-a-mexico- estados-unidos-licencia-exportacion-desechos-empresa-sector-energetico-6056862. html
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA
«Iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana.
Considerando
Uno de los objetivos primordiales de toda administración pública se encuentra en la capacidad de mantener un gobierno eficaz y eficiente en la obtención de objetivos. Derivado de la basta cantidad de problemáticas que se presentan en las diferentes comunidades de nuestro país, esto sólo es posible de ser afrontado si existe el capital humano y económico suficiente para poder realizar las labores necesarias de cada una de las instituciones del Estado.
Sean estas labores de seguridad, salud, educación o ciencia, cada uno de estos rubros demanda una constante variación de sus métodos, herramientas y personal de trabajo, el cual debe de actualizarse en favor del cumplimiento de dichos objetivos. De igual forma, las dinámicas externas que las instituciones sostienen con el resto de la población —como la realización de eventos, reuniones, conferencias o el otorgamiento de programas—, en muchos casos demandan medidas u objetos de uso temporal, lo que exige una administración pública que cuente con los mecanismos necesarios para dar un ordenamiento adecuado de insumos variables y pueda acordar de forma adecuada estas nuevas exigencias.
Por desgracia, los problemas de corrupción que atraviesa nuestro país afectan de forma directa esta administración de recursos, donde es bien sabido que el destino de algunos de estos bienes termina siendo almacenados en el olvido o la simple “desaparición” de estos de cualquier inventario, sin importar si su origen es de carácter lícito o ilícito. Sin importar el caso, cualquier escenario tiene como consecuencia una pérdida en términos económicos para nuestro país.
Por ende, resulta indispensable que se le empiece a dar la relevancia necesaria al manejo de bienes que realizan las instituciones públicas de cualquier nivel. Ante un escenario de precariedad como el que se avecina por motivos de la crisis económica originada por la pandemia del covid-19, las medidas de austeridad que han orientado las decisiones gubernamentales deben de primar el manejo eficiente de recursos, no solamente en el plano de las adquisiciones, sino también de las ventas.
En el caso específico de ciertos bienes, su reúso por parte de la ciudadanía puede tener mucho más valor que su existencia como simple activo en una bodega o como objeto de tentación de funcionarios corruptos, donde los beneficios económicos que muestran prácticas como las subastas generan beneficios en un doble sentido: un desahogo espacial de los almacenes y menor uso de tiempo de trabajo en labores administrativas de activos estáticos.
Esto ha quedado demostrado durante los últimos años, donde esto puede ejemplificarse con ejemplos concretos, como la subasta vehículos realizada a finales de febrero de 2019 1 —la cual generó cerca de 62 millones de pesos en ingresos para las arcas del Estado— 2 o la venta de 351 lotes de bienes muebles e inmuebles en Guadalajara en septiembre de 2019 —la cual generó 61 millones de pesos de ganancia—, 3 lo que deja en claro la valía de esta clase de prácticas con múltiples beneficios para todas las partes.
Por lo tanto, considerar las subastas como una práctica congruente con las ideas de la austeridad republicana no es algo descabellado. Sin importar origen, monto o utilidad que tengan los diversos bienes incautados o adquiridos por los gobiernos de cualquier nivel y almacenados en bodegas de las múltiples dependencias gubernamentales, la falta de utilidad de estos debe ser considerada más un estorbo para nuestros objetivos.
Es en este sentido que es adecuado promover éstas como prácticas en favor de reducir costos y recuperar parte de la inversión realizada por administraciones previas y actuales de cualquier nivel. Para ello, adicionar la fracción IX al artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana es pertinente, con lo que se pretende establecer de forma enunciativa la realización de subastas de bienes incautados, material de oficina obsoleto, innecesario o de lujo, y demás insumos que no sean indispensables, para el mantenimiento de los programas sociales y el funcionamiento del gobierno en todos sus niveles.
Ante un panorama de incertidumbre en todas las dimensiones de la vida diaria, erradicar gastos innecesarios debe ser el pilar central de toda administración futura, todo ello en favor de afrontar un panorama que requerirá la labor constante de todos los sectores de la ciudadanía, donde el compromiso y responsabilidad recaerán en el uso adecuado de los insumos limitados con los que se contarán en el futuro.
Sobre este escenario, a continuación explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción IX al artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana
Único. Se adiciona la fracción IX al artículo 16 de la Ley Federal de Austeridad Republicana para quedar de la siguiente manera:
Artículo 16. Son medidas de austeridad republicana...
I. a VIII. ...
IX. La realización de subastas de material de oficina obsoleto, innecesario o de lujo, y demás insumos que no sean indispensables, para el mantenimiento de los programas sociales y el funcionamiento del gobierno en todos sus niveles.
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Ariadna Ortega. (2019) ¡Vendidos! 196 vehículos fifís de la presidencia en subasta de AMLO, 20 de diciembre de 2020. Sitio web:
https://adnpolitico.com/mexico/2019/02/24/vendidos-196-vehiculos -fifis-de-la-presidencia-en-subasta-de-amlo
2 Redacción Nación 321. (2019) ¡Se rayó! Esto es lo que ganó el gobierno de AMLO en la primera subasta de autos, 20 de diciembre de 2020. Sitio web:
https://www.nacion321.com/gobierno/se-rayo-esto-es-lo-que-gano-e l-gobierno-de-amlo-en-la-primera-subasta-de-autos
3 Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. (2019). Se obtienen 61 mdp en subastas en Guadalajara. 20 de diciembre de 2020, de Servicio de Administración y Enajenación de Bienes Sitio web:
https://www.gob.mx/sae/prensa/se-obtienen-61-mdp-en-subastas-en- guadalajara-218340
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.
LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO
«Iniciativa que reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Postal Mexicano.
Considerando
El peso que adquirirán los servicios de paquetería y mensajería en el futuro cercano 1 es un tema que debe ser puesto en el centro de la discusión con urgencia. Para el 2018, el número de piezas manejadas por los servicios postales de todo el mundo alcanzó una cifra de 294 mil millones de unidades, donde el dato más significativo es el del crecimiento del servicio de paquetería, el cual aumentó en un 138 por ciento durante un periodo de cuatro años, 2 lo que se ha visto reflejado en un aumento del 41 por ciento en el ingreso por este concepto y continuará en una tendencia a la alza con el incremento del comercio digital.
Es sobre este escenario que la precaria situación del Servicio Postal Mexicano debe ser atendida desde todos los frentes. Con el incremento en la demanda, estos requerirán de una mejora constante de sus servicios y un replanteamiento del manejo en sus presupuestos —como previamente he insistido a través de diversos exhortos e iniciativas a lo largo de la presente Legislatura.
En este sentido, resulta preocupante que las exigencias del presente no hayan generado una respuesta igual por parte de nuestro gobierno en últimos tiempos y, ante el temor de que esta tendencia siga, se suscite un fracaso en el Programa Institucional del Servicio Postal Mexicano 2020-2024 y sus sucesores.
Sobre esto, y por motivos de la pandemia, el trabajo remoto y el comercio en línea masificado se han demostrado como posibles, donde la falta de elementos regulatorios sigue obviando las consecuencias de los cambios que se han suscitado en el sector del trabajo y el comercio. Con la posibilidad que las tecnologías de la información han puesto a nuestras manos, esto no puede seguir operando de la misma forma.
A la espera de una contracción económica y la necesidad de mejorar en este rubro, el actual Servicio Postal no puede sostener grandes operaciones y gastos innecesarios en tiempo de austeridad. La competencia generada por el sector privado —el cual sigue siendo dependiente de la infraestructura de las comunicaciones sostenida por el Estado— demanda que nuestro Servicio Postal sea eficiente, por lo que erradicar prácticas con costos acumulativos debe de ser una prioridad para la presente administración.
Por lo tanto, proponer una reforma al artículo 25 de la Ley del Servicio Postal Mexicano para disminuir el tiempo tolerable en el rezago de paquetes es una medida mínima, pero necesaria para un servicio que gradualmente se ha visto superado por una demanda que excede sus capacidades. A pesar de la existencia de una vasta red en todo el país, la falta de interés de anteriores administraciones para sostener a un Servicio Postal en decadencia ha generado consecuencias como atrasos insostenibles, la incapacidad de las oficinas por almacenar todo tipo de unidad y la sobreexplotación de sus trabajadores, lo que requiere medidas que busquen desahogar la saturación de estos espacios.
A la espera de que esta propuesta sea considerada como una pequeña contribución en el rubro, el verdadero problema recaerá en el compromiso que se tenga para garantizar una operación adecuada del Servicio Postal Mexicano. Mientras no exista un presupuesto y capital adecuado para dicha demanda, la cantidad de reformas sobre la Ley del Servicio Postal Mexicano tendrá un impacto mínimo.
Ante la apatía sobre el tema en casi todos los niveles y áreas del gobierno, mi labor como legislador demanda contribuir aunque sea de forma discreta para el bienestar de grupos explotados en condiciones precarias, como lo son los trabajadores de correos. Ese es el sentido último de la presente iniciativa, es decir, contribuir a que un servicio tan relevante opere de la mejor manera a pesar de sus actuales carencias y siempre tomando en cuenta el gran potencial que el sector tiene, donde la única forma de aspirar a llevarlo a su mejor forma es la de trabajar desde todos los frentes para garantizar un servicio realista para el cumplimiento de sus objetivo: llevar el preciado paquete a su destinatario en los tiempos acordados.
Sobre este escenario, a continuación explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio postal Mexicano
Único. Se reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio Postal Mexicano para quedar de la siguiente manera:
Artículo 25. La correspondencia y envíos en rezago permanecerán a disposición de los remitentes o destinatarios 4 meses contados a partir de la fecha de su depósito.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5603313&fecha=22/10/ 2020
2 Idem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Saraí Núñez Cerón e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputada federal Saraí Núñez Cerón y las y los diputados, pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Hoy en día hemos atravesado por una crisis sanitaria sin precedentes y aunado a ello se esta generado una crisis económica y de alimentación ocasionada por la covid-19, a esto se le suma la pérdida de “El esfuerzo de dos décadas para eliminar la pobreza extrema puede perderse en cuestión de meses y millones de personas más pasarán hambre debido a la crisis de la covid-19”, advierte un nuevo informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe y la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO).
De acuerdo con las agencias, América Latina necesita medidas urgentes para evitar que la actual crisis de salud causada por el coronavirus se transforme en una crisis alimentaria.
Con la mayor caída del PIB regional en un siglo, estimada en un -5.3 por ciento, aproximadamente 16 millones de latinoamericanos caerán en la pobreza extrema hasta un total de 83,4 millones de personas, lo que hará que muchos de ellos tengan dificultades para acceder a comida. Entre 2016 y 2018 ya había 53,7 millones de personas en inseguridad alimentaria severa en América Latina.
En este contexto, influye el aumento del desempleo y la caída en los ingresos, millones de personas no pueden comprar suficientes alimentos, y muchas otras están teniendo que optar por alimentos más baratos y de menor calidad nutricional.
“Vemos que hay un aumento en la posibilidad de una crisis alimentaria. Nuestra región acumula siete años de muy bajo crecimiento. A partir del 2014 ha aumentado la pobreza. Con esta crisis que será la más grande en la historia de la región, sin duda va a haber un aumento de la pobreza extrema y el hambre” 1
Es por lo antes mencionado que es preocupante el tema de la desnutrición y pobreza alimentaria ya que los mismos 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible estamos en retroceso.
“Es imperante alcanzar y hacer realidad los derechos humanos de todas las personas y alcanzar la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas. Los Objetivos y las metas son de carácter integrado e indivisible y conjugan las tres dimensiones del desarrollo sostenible: económica, social y ambiental”. 2
El papel de México en los anteriores sexenios ha sido un actor activo en la definición de la nueva Agenda de Desarrollo, participando en 2013 y 2014 en las consultas y negociaciones realizadas en el Grupo de Trabajo Abierto de la Asamblea General sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (GTA-ODS), el cual generó un informe final que contiene la propuesta de ODS y que por acuerdo de la Asamblea General de Naciones Unidas será la base principal para integrar la nueva Agenda de Desarrollo.
Por lo antes mencionado, el responsable de la actividad de la agenda 2030 es la Oficina de la Presidencia de la República, para así lograr un compromiso de Estado que permee en todos los niveles de gobierno. Respecto a los gobiernos estatales y municipales, se ha identificado dos espacios de deliberación de acuerdos para impulsar el desarrollo local y promover transformaciones institucionales, estas son: la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago) y la Conferencia Nacional de Municipios de México (Conamm). Por su parte, el Poder Legislativo creó un mecanismo parlamentario para el fortalecimiento del cumplimiento de la Agenda 2030.
En esta tesitura, uno de los objetivos de la agenda coincide con los ejes mencionado por la Cepal y la FAO, que es poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible.
La crisis alimentaria se controlará si el gobierno de México acata las recomendaciones que emiten los altos órganos internacionales que e la ONU con la agenda 2030, la Cepal y la FAO como es el Bono contra el Hambre. El espíritu de esta iniciativa es retomar esta recomendación y plasmarla en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el Estado garantice la entrega de un bono contra el hambre, esta medida puede ejecutarse a través de transferencias monetarias, canastas de alimentos, cupones de alimentos o programas de alimentación como lo menciona la Cepal y la FAO.
Datos del documento política social de la Cepal 3 menciona que los países con altos índices de pobreza extrema también presentan una mayor proporción de población con inseguridad alimentaria, pero ello explicaría algo menos del 40 por ciento de los casos, con una relación que crece a tasa decreciente en niveles altos de indigencia. Así, países como Uruguay, Chile y Costa Rica, con niveles de indigencia y subnutrición bajo 6 por ciento, contrastan con México y Argentina que presentan niveles de subnutrición similares, pero con una pobreza extrema cercana a 20 por ciento, y más aún con Ecuador que supera el 40 por ciento en este indicador (uno de los más altos de la región). Por otro lado, junto con Argentina y México, Perú, El Salvador, la República Bolivariana de Venezuela, Panamá y República Dominicana presentan niveles similares de indigencia, en tanto la subnutrición varía entre 2 por ciento y 26 por ciento”.
En el país, cinco de cada diez menores de 18 años están en pobreza. En total hay 19.5 millones de niños y adolescentes en esa condición, señaló el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) en el contexto de la celebración del Día del niño.
En medio de la actual de crisis sanitaria provocada por la covid-19, en 2018, el 14.3 por ciento de esta población no contaba con servicios de salud y el 61.1 por ciento no tenía acceso a la seguridad social, “esto podría aumentar la vulnerabilidad de las niñas, niños y adolescentes en caso de contraer dicha enfermedad”.
El Coneval agregó que la carencia por acceso a la alimentación pasó de 25.7 por ciento a 23.9 por ciento entre 2008 y 2018 en este grupo de población, es decir, hace dos años más de 9 millones de menores de edad vivían en hogares que presentaban un grado de inseguridad alimentaria moderado o severo.
En relación con la seguridad social, el mayor rezago fue en Chiapas, con el 11.8 por ciento de acceso de los niños a ella, Oaxaca el 16 por ciento y Guerrero 18.2 por ciento. En relación con la educación, el rezago afectó al 7.3 por ciento. En este punto el Coneval planteó que además de garantizar el acceso a niveles superiores de educación, es necesario fortalecer la calidad de la enseñanza que se recibe en niveles previos.
De acuerdo con información del SIDS, el porcentaje de estudiantes de sexto grado de primaria con nivel satisfactorio o sobresaliente en el dominio de Lenguaje y Comunicación fue de apenas 17.9 porciento en 2018; mientras que, para el dominio de las matemáticas alcanzó un 23 por ciento.
Es por lo antes expuesto, es imperante la necesidad de esta propuesta de implementar el bono escolar alimentario, ya que con este bono ayudara a las y los niños de nivel básico aun que las clases en este tiempo se están realizando en línea hay menores de edad que no tienen que comer en sus hogares es por ello por lo que se estaría aplicando este bono con una alimentación balanceada en los estudiantes darán un mayor rendimiento académico. Ya que La nutrición infantil tiene un impacto en la vida de los niños y en su desarrollo. De hecho, todos los niños tienen derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, tal como regula la Convención sobre los derechos del niño.
La agencia de la ONU para los refugiados Acnur menciona que la nutrición infantil y el rendimiento de los niños en la escuela son conceptos estrechamente vinculados. De hecho, la desnutrición infantil tiene graves consecuencias en los niños:
-Reducción de la atención.
-Falta de concentración a la hora de realizar tareas.
-Consecuencias de la conducta del niño.
-Dificultades para aprender, comunicarse o socializar con otros niños.
-Enfermedades que afectan al crecimiento.
-Retraso en el crecimiento físico y motor.
Es por lo antes mencionado que es necesario nutrir a nuestra comunidad estudiantil este bono escolar alimentario no está fuera de la realidad, tal y como se realizó el pasado 8 de mayo de 2020, en el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación que los programas sociales impulsados por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador estarán incluidos en la Constitución, es decir los programas lo subió a rango constitucional pensiones para adultos mayores, las becas para estudiantes y los apoyos para personas con discapacidad serán una obligación del Estado.
Con esta reforma publicada el 8 de mayo del presente año, se garantiza que cada año se deberá incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) el financiamiento para estos programas.
Aunque el gobierno federal ha implementado políticas publicas para medio cubrir este problema alimentario en los estudiantes el “Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en su nota informativa con fecha 26 de febrero de 2020 menciona que el Coneval identificó 33 programas y acciones federales y 3 estrategias relacionadas con el derecho a la alimentación en el ejercicio fiscal 2018. En el cual existe falta de coordinación entre las instancias que diseñan e implementan los programas y políticas que atienden el derecho.
La política nacional en torno al derecho a la alimentación se encuentra fragmentada en diversas estrategia e iniciativas desarrolladas de manera independiente una de otra y poco coordinadas entre sí. Para avanzar en garantizar el derecho de todas las personas a una alimentación nutritiva y de calidad, es necesario plantear estrategias de coordinación que articulen los diferentes programas y acciones que se llevan a cabo para este propósito”. 4
Es por lo anterior que surge la necesidad de robustecer el andamiaje jurídico en el cual se implemente de manera permanente el bono escolar alimentario y que esta emane de la constitución y que siempre tenga un techo presupuestal suficiente cada año para su ejecución.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto que se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o....
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El Estado garantizará en aquellas escuelas de educación básica que lo necesiten conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria, la entrega de un bono escolar alimentario a las y los estudiantes, a fin de que se les asegure el acceso a alimentos nutritivos y de calidad.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del presente Decreto en un plazo que no excederá de 365 días a partir de la entrada en vigor de este, debiendo incluir disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para garantizar los derechos derivados del presente Decreto.
Tercero. El monto de los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en el presupuesto de las entidades federativas del ejercicio fiscal que corresponda, para la entrega del bono escolar alimentario a las y los estudiantes en aquellas escuelas de educación básica que lo necesiten conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria, no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Para el cálculo de monto del bono, se tomará como referencia el valor promedio de la canasta alimentaria rural y urbana que es la línea de bienestar mínimo y que realiza el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Notas
1 https://news.un.org/es/story/2020/06/1476072
2 http://www.agenda2030.mx/docs/doctos/A_RES_70_1_es.pdf
3 Hambre y desigualdad en los países andinos La desnutrición y la vulnerabilidad alimentaria en Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/6116/1/S05788_es.pdf
4 https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Docu-ments/2020/NOTA_IN FORMATIVA_EVALUACION_INTEGRAL_ALIMENTACION.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
«Iniciativa que reforma los artículos 110, 111 y 116 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, suscrita por la diputada Saraí Núñez Cerón e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputada federal Saraí Núñez Cerón y las y los diputados, pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 110, se adiciona una fracción XI al artículo 111 y se reforma el segundo párrafo del artículo 116 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Igualdad de Género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar. 1
El deporte para el ser humano es de gran importancia tanto para hombres como para mujeres, no es simplemente vanidad la practica del deporte en las mujeres, representa una competencia justa y de equilibrio también como lo es para los hombres.
En la historia, La historia señala que unos 3 mil años antes de Cristo los egipcios practicaban ejercicios muy parecidos a las disciplinas atléticas actuales; el deporte vacíamente era dirigido por hombres, practicado por hombres y para el hombre, asimismo en la primeras olimpiadas tuvieron como base fomentar la habilidad guerrera y atlética del hombre, con deportes concebidos por ellos y para ellos, en los cuales era necesaria una elevada masa muscular como boxeo, lucha, lanzamiento de jabalina, bala y disco, así como las carreras pedestres.
En 1922 los Juegos Olímpicos Femeninos, realizados en París y basados en el atletismo, con subsecuentes ediciones en Gotemburgo 1926 y en Praga 1930, luego de lo cual su organismo se integró a la Federación Internacional de Atletismo para dar cabida a las mujeres de manera oficial, y hasta nuestros tiempos las competiciones y tanto nivel olímpico hasta nivel local la desigualdad de género es marcada, claramente se ve en los premios o recompensan o salarios que gana un hombre y una mujer en el deporte, estos no son los mismos.
Tal como lo manifiesta Antúnez (2001), el deporte competitivo debe ser considerado como una actividad, entre las demás, donde la mujer pueda desarrollarse al igual que los hombres, como en política, ciencias o cualquier otra actividad, con igualdad de oportunidades para obtener los mejores resultados. 2
En este orden de idea manifiesta Dosal R. (2017): La equidad de género implica que las necesidades, preferencias e intereses de las mujeres y hombres sean tomados en cuenta por igual.
La equidad de género es un concepto integrado por múltiples factores, de ahí la posibilidad de utilizar el deporte como herramienta para combatir los rezagos y las dificultades que la inequidad genera para el desarrollo de los países.
En esta tesitura, es habitual que el deporte, como otras actividades sociales, refleje los problemas que afectan a toda la sociedad. 3
De tal suerte que el deporte puede ser una vía de igualación de condiciones de aprendizaje sociales y formación de nexos saludables, a tal punto que incluso las Naciones Unidas reconoce (septiembre de 2015) su importancia para el desarrollo global al hacer énfasis en aumentar el poder decisorio a las mujeres.
En el mundo, Estados Unidos fue uno de los primeros países en impulsar la participación de las mujeres en el deporte, cuando en la década de los 70, el entonces presidente estadounidense Richard Nixon firmó el Título IX, histórico cambio de legislación que garantizó iguales derechos a niñas y mujeres en todos los aspectos de la educación, incluido el atletismo.
Una vez que se abrió el mundo al atletismo aficionado a las mujeres, también se abrió la puerta a las empresas de Estados Unidos, lo cual condujo a más patrocinio a los deportes practicados por mujeres. Sus becas, conseguidas a través de universidades, se incrementaron y aumentó la oportunidad de practicar deportes de manera igualitaria. 4
Como un paso hacia los derechos de la mujer, el 18 de diciembre de 1979, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw). En 1980, México firmó la Cedaw, ratificándola el 23 de marzo de 1981. Ese mismo año el Decreto de Promulgación de la Convención fue publicado por el Diario Oficial de la Federación por lo que la fecha de entrada en vigor, conforme al artículo 27 (I) del propio instrumento, fue el 3 de septiembre de 1981.
Un año antes, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) estableció en la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte, aprobada por su Conferencia General en su reunión número 20, que: Todo ser humano tiene el derecho fundamental de acceder a la educación física y al deporte, que son indispensables para el pleno desarrollo de su personalidad.
La Declaración estableció los principios que regirían las medidas orientadas a incrementar la participación de la mujer en todos los niveles, funciones y papeles del ámbito deportivo. Sus objetivos principales fueron que cada gobierno y organización deportiva asegure que todas las mujeres y niñas tengan la oportunidad de participar en el deporte en un ambiente sano y seguro que preserve los derechos, la dignidad y el respeto del individuo.
En México, en años anteriores, la entonces Comisión Nacional del Deporte y el COM promovieron la participación de las mujeres principalmente como deportistas. A partir de la administración actual se estableció como política pública la perspectiva de género, donde la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte realiza acciones específicas para obtener la equidad de participación en los programas y proyectos del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte.
Desde 2004, la Conade lleva a cabo un Programa Nacional de Equidad de Género en la Cultura Física y el Deporte, que integra conferencias, talleres, reuniones de información y difusión, estadísticas y presupuestos con perspectiva de género, reconocimientos a mujeres destacadas e investigaciones para conocer la situación de las mujeres en el deporte y proponer soluciones a los rezagos sobre equidad de género deportivo, como acciones afirmativas.
El desarrollo de las mujeres en el deporte se ve influenciado por diversos factores de tipo institucional, social y escolar, los cuales se han conjugado en contra de la equidad de género en el deporte mexicano, aunque es justo reconocer que los obstáculos presentados en cada uno de ellos han disminuido con el paso de los años. 5
De tal suerte que el deporte en mexicano ha tenido algunos logros pese a todo, las deportistas mexicanas han avanzado. Las representaciones femeninas han mejorado de manera significativa incompetencias internacionales. Luego de estar ausentes de las dos primeras participaciones de nuestro país en Juegos Olímpicos, París 1924 y Ámsterdam 1928, sólo dos asistieron a Los Ángeles 1932, de un total de 73 deportistas. Para Moscú 1980, el 20 por ciento de la delegación mexicana eran mujeres, en Sydney 2000 representaban el 34.6 por ciento y en Atenas 2004, el 45.6 por ciento.
Está el claro ejemplo de mujeres deportivistas de alto rendimiento como n Atenas, Ana Gabriela Guevara, Belem Guerrero e Iridia Salazar hicieron historia en sus disciplinas, al ser las primeras en su género en obtener una medalla para el atletismo de velocidad (plata), el ciclismo (plata) y el taekwondo (bronce), respectivamente, además de obtener tres de las cuatro medallas para México. Mónica Torres (2) y Dolores Knolle, en taekwondo, así como Miriam Muñoz y Rosa María Flores, en frontón, obtuvieron medallas cuando sus especialidades estaban consideradas como exhibición en Juegos Olímpicos.
Actualmente el Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (Mopradef), en noviembre de 2020, permite conocer las características de la práctica físico-deportiva de la población de 18 y más años de edad y las principales razones por las cuales la población en este rango de edad no la realiza.
Vale la pena mencionar que la situación de emergencia sanitaria por covid-19, ha promovido que la población se mantenga en aislamiento respetando las medidas de distanciamiento social, además, durante algunos meses se han dado restricciones a la apertura de parques con espacios deportivos y centros deportivos públicos y privados; durante el mes de noviembre, fecha del levantamiento del Mopradef 2020, esta actividad pudo verse afectada entre la población al estar relacionada con dichas restricciones. Lo anterior expongo las siguientes graficas de los resultados que exponen la actividad física de hombre y mujeres en el 2013 al 2020.
Es por lo antes mencionado la participación de las mujeres y los reconocimientos que pueden llegar a ganar en la practica de cualquier disciplina no son iguales son mas destacados los premios de los hombres que de las mujeres esto manteniendo la desigualdad de género, es por ello que mujeres y hombres deportistas, entrenadores, árbitros o jueces, directivos, funcionarios y especialistas del deporte de diferentes federaciones, así como de organismos estatales y escolares de deporte convencional y adaptado, y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.
Se manifiestan respecto a los factores institucionales que condicionan de alguna manera la participación de la mujer en el deporte, ellas creen que el apoyo que reciben por parte de las instituciones deportivas es, en general, muy bajo.
La queja principal es la falta de incentivos económicos que reciben, lo que se refleja también en la dificultad que tienen al tratar de construir una carrera sólida debido a la falta de apoyos para la formación deportiva. Sin embargo, se percibe un cambio, pues los menores de 20 años, tanto hombres como mujeres, están más satisfechos con los apoyos obtenidos, que quienes son mayores y no tuvieron, quizá, la oportunidad de obtener becas u otros incentivos económicos.
Al analizar el problema de desigualdad, se nota una falta de equidad en el tipo de estímulos y becas que reciben hombres y mujeres, en especial cuando se opina que al hombre se le trata mejor de que a la mujer en cuestión de becas deportivas, y el nivel de acuerdo es muy bajo cuando se habla de que la mujer deportista recibe los incentivos económicos que merece.
Es por lo anterior que el espíritu de esta iniciativa es que se reconozca el apoyo de las instituciones el cual debe de incluirse un enfoque de igualdad de género, de manera que aumente la participación de la mujer en el deporte y las la que están en el deporte sean estimuladas con los premios y pagos con la certeza de que están valoradas en igualdad de género.
Con esta iniciativa se reconozca a las mujeres deportistas en México y se reconocerán y valorara su trabajo de las mujeres en las competencias.
Con esta pieza legislativa se dará cumplimiento con la aportación a la Agenda 2030, reconoce que las mujeres y las niñas son sujetos de discriminación y violencia en todos los lugares del mundo. La igualdad entre los géneros no es solo un derecho humano fundamental, sino la base para conseguir un mundo próspero y sostenible.
El cual el Objetivo 5 pretende poner fin a toda forma de discriminación o violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluyendo prácticas como la trata y la explotación sexual. De igual forma busca erradicar todas las prácticas nocivas tales como: el matrimonio infantil, precoz y forzado, y la mutilación genital femenina.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en nuestro carácter de integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto que se reforma el primer párrafo del artículo 110, se adiciona una fracción XI al artículo 111 y se reforma el segundo párrafo del artículo 116 de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 110, se adiciona una fracción XI al artículo 111 y se reforma el segundo párrafo del artículo 116 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:
Artículo 110. Corresponde a la Conade y a los organismos de los sectores públicos otorgar y promover en el ámbito de sus respectivas competencias, ayudas, subvenciones y reconocimientos a los deportistas, técnicos y organismos de cultura física y deporte ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y en su caso, en la convocatoria correspondiente, fortaleciendo y garantizando los mecanismos institucionales para promover la Igualdad de género.
...
Artículo 111. ...
I. a X. ...
XI. Deberá garantizarse en todo momento la igualdad sustantiva en los estímulos y apoyos a que se refiere este Capítulo.
Artículo 116....
El procedimiento para el otorgamiento de los apoyos quedará establecido en el Reglamento correspondiente de la presente Ley, garantizará la Igualdad de género y deberá considerar, entre otros criterios, la opinión de expertos en las respectivas disciplinas y el rendimiento de deportistas en competencias oficiales
Notas
1 Ley general para la igualdad entre mujeres y hombres, Última reforma publicada DOF 14-06 2018, Artículo 5, fraccion IV, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Extraido el 1 de marzo de 2021 d el apagina Web:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH_140618.pdf
2 Antúnez, M. (2000). Participación de la mujer en la elaboración y concreción de políticas deportivas. Efdeportes.com, 5, 26, Extraído el 1 marzo de 2021 de la página web:
https://www.efdeportes.com/efd133/politicas-deportivas-con-persp ectiva-de-genero.htm
3 Dosl R. (2017), Deporte y equidad de género, Economía UNAM editorial Cielo, extraído el 1 de marzo de 2021, de la página Web
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 1665-952X2017000100121
4 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100559.pdf
5 Lop. Cit.
6 Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (Mopradef), Resultados noviembre 2020, Inegi, Extraido el 1 de marzo de 2021, de la página Web:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/mopradef/doc/resul tados_mopradef_nov_2020.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2021.– Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Deporte, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Iniciativa que reforma los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo; con el siguiente
Planteamiento y argumentación
El 12 de enero entró en vigor la reforma de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, reforma pendiente y necesaria. En la intención de salvaguardar los derechos de las y los trabajadores y establecer las reglas generales del teletrabajo, sobre todo ante el escenario de emergencia sanitaria que vive el país, quedaron pendientes elementos normativos que coadyuvarían a la correcta aplicación y certidumbre de la ley.
El sector empresarial, ha celebrado la reforma y con ello también ha señalado las necesidades legislativas en la regulación vigente para cumplir con la protección de los trabajadores y la industria.
En el Congreso de la Unión, los diputados debemos ser la voz de todas y todos, estamos obligados a encontrar los espacios y oportunidades para generar un marco jurídico justo. La reforma que hoy se propone, lleva consigo las voces y experiencia de empresarios, industriales, académicos y emprendedores del Estado de México, agrupados en el Consejo Coordinador Empresarial estatal, todas con un fin en el cual coincidimos, proponer una legislación justa para la construcción de un mejor México.
En conjunto se presenta ante esta Soberanía, una propuesta para dotar de certidumbre legislativa y cubrir los vacíos legales para el cumplimiento de las obligaciones establecidas para el Teletrabajo, sí durante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia por el covid-19, pero también como una forma permanente de relación laboral.
En cuanto a la certeza legislativa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha analizado la obligación de la claridad de las normas jurídicas, la cual “representa una condición esencial e imprescindible para dar certidumbre jurídica a los particulares, y busca evitar cualquier tipo de oscuridad, ambigüedad o imprecisión del texto legal”. 1
Por ello, las modificaciones y adiciones normativas corresponden a tres artículos del capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, las cuales tienen como propósito general establecer la certidumbre jurídica en
a) el desarrollo de la actividad laboral bajo la modalidad de teletrabajo;
b) la seguridad de la información y protección de datos;
c) el cómputo y eficiencia del teletrabajo tanto para patrones como trabajadores;
d) la base legal para el cálculo del pago del patrón de los servicios, electricidad, datos móviles o insumos que se usen bajo la modalidad del teletrabajo para ello se establece:
1. la obligación de establecer una norma oficial mexicana para el cálculo del pago que deberá efectuar el patrón al trabajador, con la prohibición expresa de que dichos pagos no formarán parte del salario; y
2. la obligación de expedir una norma oficial mexicana en materia de seguridad de la información, protección de datos, seguridad industrial, propiedad intelectual, uso de tecnologías de la información y comunicación.
Las propuestas surgen a interrogantes y determinantes que han quedado pendientes en el desarrollo del Teletrabajo, que hoy vivimos como “obligatoria” y que se ha convertido en una necesidad la cual se hizo vigente a partir de la pandemia, obligándonos al confinamiento y acelerando la conversión al trabajo en casa: todo un reto para las empresas y los gobiernos, pero también para las familias de las y los trabajadores de la iniciativa privada y del Estado que tuvieron que adaptar espacios físicos, comprar dispositivos electrónicos, destinar dinero extra para el pago de electricidad y ampliar o contratar el servicio de internet y telecomunicaciones. 2
A escala internacional, de acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, el trabajo en casa también “puede acrecentar la brecha de desigualdades y vulnerabilidad en la fuerza laboral, tanto para los trabajadores como para los empleadores”, por lo que es una obligación del gobierno y de nosotros como legisladores, escuchar a todos los sectores interesados para encontrar las mejores normas e incentivos que nos permitan tener condiciones laborales justas, competitivas, seguras y sobre todo en igualdad para todas y todos. 3
De acuerdo con la encuesta Work from Home Experience, de Global Workplace Analytics, 77 por ciento de la fuerza laboral, tiene la esperanza de continuar sus actividades laborales al menos una vez a la semana bajo la modalidad de teletrabajo. 4 Ante este panorama, las microempresas mexicanas, las cuales representan 78.7 por ciento de las unidades productivas en el país, sólo 17 por ciento contaba con acceso a internet antes de la pandemia, y de acuerdo con estimaciones del Egade Business School, más de la mitad de ellas y de las Pyme están en riesgo de quiebra ante los cambios entre trabajo con presencia física y a distancia. 5
Frente a esto en la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2021 se establecieron derechos y obligaciones. En específico para los patrones se generó la obligación de proporcionar un reembolso dirigido a la persona trabajadora por el pago de los servicios que sean utilizados para el desempeño de sus funciones en su domicilio, el pago proporcional de servicios de telecomunicaciones y de electricidad que se generen como consecuencia de la modalidad de teletrabajo, así como la obligación de proporcionar a la persona trabajadora, todo el equipo necesario para poder desempeñar correctamente sus funciones laborales.
Sin embargo, no se estableció la normativa adicional ni las previsiones bases para que el empleador cumpliera con su función de patrón frente a las obligaciones fiscales, de seguridad y de la propia relación laboral del teletrabajo sin un escenario de pandemia, por lo que algunos aspectos de estas obligaciones quedaron a una libre interpretación o en un vacío legal.
El futuro del trabajo, para muchas ramas de la industria, del servicio y comercio se marcará en el teletrabajo y quizás esta forma de relación laboral se convierta en la forma habitual de organización del mercado laboral, es por ello la necesidad de normarlo y fortalecerlo en este sentido se propone:
En el artículo 330-A, adicionar la posibilidad de ejercer el teletrabajo en uno o varios lugares distintos a la unidad económica; se establece que la condición de teletrabajo es compatible cuando la actividad laboral no requiere la presencia física de la persona trabajadora en el centro de trabajo y se abre la posibilidad de entender al teletrabajo aquel que utiliza para el contacto y mando entre el patrón y la persona trabajadora los medios tecnológicos y de comunicación que se establezcan por el patrón.
Se adiciona el término Unidad económica entendiéndola como “la entidad (institución, empresa, negocio o persona) que se dedica a la producción de bienes, compra-venta de mercancías o prestación de servicios públicos y privados.” 6
Se fortalece la condición de desarrollo del 40 por ciento para relación laboral que se entenderá para el teletrabajo, estableciendo el computo mensual y la condición de que establezca en conjunto con las actividades a realizar en el contrato de trabajo entre las partes.
Se incorpora un párrafo cuarto dirigido al tema de la seguridad de la información protección de datos personales, propiedad intelectual o seguridad industrial y uso de firma electrónica, elementos y acciones que son inherentes al teletrabajo, las cuales deben ser protegidas, así como reguladas para seguridad de las y los trabajadores y los patrones. Para ello se propone que el patrón establezca la reglamentación interna y la política de uso de tecnologías de la información y comunicación, así como la obligación de las autoridades a expedir una norma oficial mexicana en la materia.
Gustavo Núñez explica que las funciones de las tecnologías de la información y comunicación dentro de la Ley Federal del Trabajo deben ofrecer una visión que integre el marco jurídico y los estándares tecnológicos a fin de dar certeza, trazabilidad, eficiencia y confianza a las actividades que se desarrollen en el esquema del trabajo a distancia, unificando los criterios comunes en el uso de la tecnología.
La seguridad de la información se concibe como la confidencialidad, integridad y disponibilidad de esta, por ello la información se convierte en un activo relevante para las personas y organizaciones, pues procesan, almacenan, transfieren y transforman información para desempeñar sus roles y funciones. Adicional resulta necesario regular, en armonización con la legislación en la materia el uso y protección de datos personales, de propiedad intelectual, patrimoniales, entre otros, estableciendo la base para la seguridad de la información a través de la expedición de una norma oficial en la materia que permita transitar al Teletrabajo de una forma segura, transparente y en beneficio de trabajadores, colaboradores, empresas y partes interesadas
En el artículo 330- E se establece que aquellos insumos necesarios para la realización del teletrabajo señalados en el texto vigente como “entre otros”, serán definidos en el contrato y serán considerados como esenciales para la realización de la actividad laboral.
Se adicionan dos párrafos con la finalidad de establecer la expedición de la norma oficial para generar las bases para la forma y monto a cubrir al trabajador por concepto de gastos por la modalidad de teletrabajo, especificando claramente que el pago de estos rubros no será considerado como parte del salario.
Se vincula la expedición de la norma oficial mexicana en materia de estandarización, acreditación, seguridad y evaluación en materia de teletrabajo, con el texto legal vigente dispuesto en la fracción V referente a la obligación de los patrones a implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras en la modalidad del teletrabajo.
Se incluye la participación de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y del Comité Nacional de Concertación y Productividad para establecer el acuerdo para el cálculo y motos a cubrir para que el patrón asuma los costos derivados del trabajo en la modalidad del teletrabajo, incluyendo el pago de servicios de telecomunicaciones y la parte proporcional de electricidad. El primer propósito es que las partes en la relación laboral cuenten con los elementos necesarios para el pago de dichos servicios y que el patrón tenga la certeza de cómo realizar el cálculo.
Se incluye la participación del Comité Nacional, al ser un órgano consultivo en el que participan el poder Ejecutivo, los patrones, sindicatos, trabajadores e instituciones académicas el cual se encuentra normado en los artículos 153-K, 153-L, 153-M, 153-N, 153-Q, 153-S y153-T de la Ley Federal del Trabajo y que entre sus funciones se encuentran
Realizar el diagnóstico nacional e internacional de los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad en cada sector y rama de la producción, impulsar la capacitación y el adiestramiento, así como la inversión en el equipo y la forma de organización que se requiera para aumentar la productividad, proponiendo planes por rama, y vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas, así como a la evolución de la productividad de la empresa en función de las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad tomando en cuenta su grado de desarrollo actual;
Colaborar en la elaboración y actualización permanente del Catálogo Nacional de Ocupaciones y en los estudios sobre las características de la tecnología, maquinaria y equipo en existencia y uso, así como de las competencias laborales requeridas en las actividades correspondientes a las ramas industriales o de servicios;
Sugerir alternativas tecnológicas y de organización del trabajo para elevar la productividad en función de las mejores prácticas y en correspondencia con el nivel de desarrollo de las empresas;
Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios y, en general el ingreso de los trabajadores, a los beneficios de la productividad;
Proponer a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la expedición de normas técnicas de competencia laboral y, en su caso, los procedimientos para su evaluación, acreditación y certificación, respecto de aquellas actividades productivas en las que no exista una norma determinada;
En el artículo 330-G, se propone adicionar la posibilidad del cambio en la modalidad presencial al teletrabajo cuando exista una emergencia sanitaria declarada que mandate el confinamiento y que la actividad laboral no se encuentre entre las actividades consideradas esenciales. Asimismo, se señala que esta obligación respecto del patrón será por un tiempo determinado hasta en tanto se restablezcan las condiciones y se dé por terminada la declaratoria de emergencia.
Es menester de esta propuesta señalar que las modificaciones que se someten a consideración van acompañadas de la iniciativa por la que se adiciona un tercer párrafo a la fracción V del artículo 27 y se reforman las fracciones III y VII del artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con la finalidad de establecer los incentivos fiscales necesarios para que las y los patrones puedan transitar a la modalidad del teletrabajo. Iniciativa que se presenta en conjunto con este proyecto de decreto.
El compromiso es con las y los trabajadores para que tengan certeza de su pago íntegro, para que puedan acceder con prontitud a los insumos que requiere el teletrabajo así como la seguridad de la información y sus datos, pero también implica la responsabilidad legislativa y la certeza para las empresas, para la micro, pequeña y mediana empresa que tienen que invertir para el cumplimiento de estas nuevas disposiciones, personas que disponen su trabajo y capital para el crecimiento conjunto, que cumplen con sus obligaciones y sí que requieren un estímulo sobre todo en tiempos de crisis como las que vivimos, las leyes, los derechos y obligaciones son para todas y todos.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo
Único. Se reforman los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 330-A. El teletrabajo es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en uno o varios lugares distintos a la unidad económica o establecimientos del patrón y cuya actividad laboral, no requiere la presencia física de la persona trabajadora en el centro de trabajo. Las actividades comprendidas en el teletrabajo son aquellas que utilizan primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, o bien aquellas actividades que de acuerdo con la industria, empresa o actividad pueden generarse en un domicilio distinto al centro de trabajo. Para el contacto y mando entre el patrón y la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo se utilizarán los medios tecnológicos y de comunicación que se establezcan por el patrón.
La persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo será quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en lugar distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo del patrón y utilice las tecnologías de la información y la comunicación.
Para efectos de la modalidad de teletrabajo, se entenderá por activos de información, tecnologías de la información y comunicación, al conjunto de servicios, infraestructura, redes, software, aplicaciones informáticas y dispositivos que tienen como propósito facilitar las tareas y funciones en los centros de trabajo, así como las que se necesitan para la gestión y transformación de la información, en particular los componentes tecnológicos que permiten crear, modificar, almacenar, proteger y recuperar esa información.
En materia de seguridad de la información, protección de datos personales, propiedad intelectual o seguridad industrial, uso de firma electrónica, el patrón establecerá la reglamentación interna o política de uso de tecnologías de la información y comunicación propiedad de los activos de información y propiedad de la información con el fin de proteger y mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información. Para su cumplimiento se estará a lo dispuesto en la norma oficial mexicana en materia de estandarización, acreditación, seguridad y evaluación en materia de teletrabajo.
Se regirán por las disposiciones del presente Capítulo las relaciones laborales que se desarrollen más del cuarenta por ciento del tiempo computada semanal o mensualmente, con la finalidad de obtener mejores resultados de eficiencia de las partes, así como las actividades que se establezcan en el contrato y que sean realizadas en el domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, o en el domicilio elegido por ésta.
No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica.
Artículo 330-E. ...
I. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros que sean definidos dentro del contrato como esenciales para la realización de su actividad laboral;
II. ...
III. Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación, datos móviles y la parte proporcional de electricidad;
IV. a VIII. ...
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción III el patrón establecerá con acuerdo al trabajador la forma y monto a cubrir que se derive de los gastos por la modalidad de teletrabajo y jornada laboral establecida, en ningún caso los gastos derivados de estos insumos para el teletrabajo serán consideradas como parte del salario. El supuesto del pago proporcional por los costos derivados del teletrabajo deberá calcularse de acuerdo con el tiempo y con los usuarios dentro del domicilio del trabajador. Para efecto del cálculo y montos a cubrir se estará a lo dispuesto en el acuerdo que se expida en la materia a través de la Secretaría y en coordinación con Comité Nacional de Concertación y Productividad.
Lo dispuesto en la fracción V estará sujeto a lo establecido en la norma oficial mexicana en materia de estandarización, acreditación, seguridad y evaluación en materia de teletrabajo.
Artículo 330-G. El cambio en la modalidad de presencial a teletrabajo, deberá ser voluntario y establecido por escrito conforme al presente Capítulo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditad os, emergencia sanitaria declarada por las autoridades competentes y que la actividad dentro del decreto o acuerdo que se emita, no sea considerada como esencial. La obligación del patrón respecto del teletrabajo será hasta que se restablezcan las condiciones y se dé por terminada la declaratoria de emergencia.
En todo caso, cuando se dé un cambio a la modalidad de teletrabajo las partes tendrán el derecho de reversibilidad a la modalidad presencial, para lo cual podrán pactar los mecanismos, procesos y tiempos necesarios para hacer válida su voluntad de retorno a dicha modalidad.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Poder Ejecutivo federal expedirá en un término de 90 días naturales a la entrada en vigor del presente decreto, la norma oficial mexicana en materia de estandarización, acreditación y evaluación en materia de teletrabajo a la que se refiere el artículo 330-A.
Tercero. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social y el Comité Nacional de Concertación y Productividad en un plazo máximo de 60 días naturales establecerán el acuerdo para el efecto del cálculo, montos y costos a cubrir por parte del patrón de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo primero fracción III y párrafo segundo del artículo 330-E.
Notas
1 SCJN. Amparo en revisión número 1041/2018. Disponible en
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos /2019-10/AR-1041-2018-191022.pdf
2 Ana Lilia Herrera Anzaldo. “Teletrabajo”, en El Sol de Toluca. Disponible en
https://www.elsoldetoluca.com.mx/analisis/teletrabajo-6230735.ht ml Página consultada el 3 de febrero de 2021.
3 Cepal. “Brechas, ejes y desafíos en el vínculo entre lo social y lo productivo”. Disponible en
https://www.cepal.org/sites/default/files/events/files/brechas_e jes_ y_desafios_en_el_vinculo_entre_lo_social_y_lo_productivo.pdf
4 Milenio. “Teletrabajo: 90 por ciento de las empresas en México ha migrado a este esquema”. Disponible en
https://www.milenio.com/especiales/teletrabajo-90-empresas-mexic o-migrado-esquema
5 Ídem.
6 Secretaría de Trabajo. Glosario de términos laborales. Disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/401527/Glosario_d e_terminos_Laborales.pdf
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY DE EDUCACIÓN NAVAL
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Educación Naval, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado federal a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Educación Naval, con el propósito de dar sustento legal a la educación naval militar y náutica mercante en México, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
Antecedentes
En sesión del 29 de abril de 2019, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó para análisis y dictamen a la Comisión de Educación, con opinión de las Comisiones de Comunicaciones y Transportes, de Marina y de Presupuesto y Cuenta Pública, la iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley que crea la Universidad Nacional Náutica Mercante, publicada en Gaceta Parlamentaria el día 02 de abril del mismo año.
La propuesta legislativa en comento, expone entre otros fundamentos que “especialistas proponen como necesario impulsar medidas tendientes a fortalecer la educación náutica mercante de México, con la creación de una institución cuyo objetivo sea potenciar la formación técnica y práctica en esta actividad”.
Propone así expedir un ordenamiento legal tendiente a instrumentar un nuevo sistema educativo que “lleve a México a posiciones de liderazgo en la materia náutica mercante, con planes y programas de estudio actualizados y basados en innovaciones científicas y tecnológicas”.
La iniciativa expone que un nuevo sistema de educación en esta materia, debe distinguirse por ofertar “educación a nivel licenciatura y posgrado en disciplinas diversas y complementarias como arquitectura naval, administración portuaria, políticas públicas marítimas, investigación y desarrollo marítimo, economía marítima y derecho marítimo, entre otras”.
Hay en ello un objetivo claro, el cual consiste en “mejorar la educación en la materia para ubicar a México como nación referente en la esfera de la actividad náutica mercante”, según se precisa en los fundamentos de la iniciativa.
En tanto, el 03 de octubre de 2019 se publicó en Gaceta Parlamentaria la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, y de Puertos, suscrita por Diputadas y Diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA.
En sesión ordinaria del 16 de octubre de 2019 se dio cuenta al pleno de esta iniciativa, la cual con fecha 21 de octubre del mismo año se turnó para análisis y dictamen a la Comisión de Gobernación y Población y para opinión, a las Comisiones de Marina, de Comunicaciones y Transportes y de Presupuesto y Cuenta Pública.
Posteriormente, en sesión ordinaria del 08 de septiembre de 2020, la Diputada Juanita Guerra Mena, presentó la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos y de Puertos, misma que fue turnada para análisis y dictamen a la Comisión de Gobernación y Población y, para opinión, a las Comisiones de Marina y de Comunicaciones y Transportes.
Entre otros argumentos que la fundamentan, la iniciativa expone que “el traslado de facultades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a la Secretaría de Marina obedece al propósito de que esta última dependencia ejerza la Autoridad Marítima Nacional, debido a que cuenta con los elementos intrínsecos y materiales para atender las necesidades y objetivos en la materia”.
Una de las materias tendientes precisamente a un ejercicio eficiente de la Autoridad Marítima Nacional que al respecto señala la iniciativa en comento, es aquella referente a la educación náutica mercante que se imparte en nuestro país y para lo cual se ha reformado la fracción VI del artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al quedar preceptuado que a la Secretaría de Marina corresponderá dirigir, entre otros asuntos, la educación naval militar y la educación náutica mercante, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados en sesión del día 01 de octubre de 2020 y turnado para sus efectos a la Cámara de Senadores.
Fundamento
Con referencia al dictamen aprobado, por el cual han quedado reformadas, adicionadas y derogadas diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, y de Puertos, éste contó con opinión en sentido positivo, en razón de que se fortalece la confianza que el pueblo de México ha depositado en la Secretaría de Marina a lo largo de la historia de la institución, en la que existe constancia de que las atribuciones y funciones que por virtud del decreto se le otorgarán, ya han sido ejercidas por dicha dependencia con anterioridad.
A saber, un entorno cada vez más globalizado confiere al comercio internacional una importancia indiscutible para el desarrollo económico de las naciones, donde nuestro país está llamado a ser actor relevante, gracias a una ubicación geográfica que le brinda enormes ventajas en materia de conectividad marítima con el planeta, al estar flanqueado por los dos océanos más grandes del mundo.
Este contexto ofrece a México oportunidades de crecimiento en actividades económicas diversas como la pesca, la acuacultura, la exploración y producción de hidrocarburos, la investigación oceanográfica, el turismo, la construcción y desde luego el comercio marítimo, entre otras.
En todo ello, la educación forma un papel fundamental y en particular la referente a las actividades de carácter naval militar y náutico mercante, cuyo proceso se signifique precisamente por garantizar a la gente del mar una formación integral, de suerte tal que esté debidamente preparada para incorporarse al mercado laboral en mejores condiciones de competencia.
Es así que, de cara a este reto, resultan trascendentes las iniciativas presentadas en octubre de 2019 y septiembre de 2020, por las cuales se propone entre otros asuntos, que la educación náutica mercante que se oferta en México corresponda a la Secretaría de Marina, al ser una institución sólida que; a través de la Universidad Naval es formadora de profesionistas altamente competentes en educación superior y posgrado.
De entrada, le medida implica garantizar un presupuesto mayor a la educación náutica mercante. Ello, representa una oportunidad para mejorar en principio las condiciones inmediatas de financiamiento, así como aquellas inversiones que a futuro se requieran para ampliar la oferta y cobertura educativa.
Más ahora que un diagnóstico reciente, revela que las escuelas náuticas de México carecen de la infraestructura para cumplir con una educación de calidad y consecuentemente con los requerimientos de los estándares internacionales; a causa de factores tales, como la falta de buques escuela para la realización de prácticas profesionales y a que los simuladores operan al 50 por ciento de sus capacidades por falta de pago para el mantenimiento; además de que los planteles no cuentan con albercas, laboratorios y alojamientos adecuados, entre otras condiciones de infraestructura necesaria.
Promover la educación náutica mercante a grado universitario representa para México un paso determinante, en beneficio de una mejora en la oferta educativa para nuevos discentes; lo cual permitirá a nuestra nación contar con profesionistas más preparados, que respondan así a los requerimientos propios de un mercado de esta actividad en franco desarrollo.
Con una experiencia probada y una tradición cercana a los 200 años en la formación de oficiales de la marina mercante, con la creación de la primera escuela náutica, al haberse consumado el movimiento de independencia; México ha sido y es reconocido como un país que ha egresado profesionistas calificados y con alto desempeño en el ámbito marítimo nacional e internacional.
En el propósito de continuar sobre el cauce de esta línea y atender así los retos que supone la formación de oficiales de la marina mercante, México debe apostar a impulsar la educación náutica a través de una constante actualización de habilidades y conocimientos entre sus docentes y discentes; como una medida fundamentalmente necesaria que permita a nuestra nación enfrentar de mejor forma las oportunidades que ofrece el comercio marítimo mundial que está en desarrollo.
Una medida todavía más necesaria, si tomamos como punto de partida inmediato lo publicado en octubre de 2016, respecto a un informe de la Organización Marítima Internacional; referente al último reporte quinquenal de trabajo marítimo de BIMCO/ICS (Baltic and International Maritime Council y la International Chamber of Shipping), por el cual se anunció “una posible escasez de marinos en 10 años más”.
Habla el reporte de “un déficit actual de alrededor de 16,500 oficiales” frente a “la necesidad de unos 147,500 oficiales adicionales para el año 2025” que permitan “mantener en servicio a la flota mercante mundial”. Si bien el panorama prevé “que la cantidad de oficiales va a aumentar de manera constante”, advierte no obstante “que será superada por la creciente demanda”.
El reporte añade que “algunas categorías en particular escasean, como ser oficiales maquinistas a nivel Gestión y oficiales certificados para buques quimiqueros o gaseros (LNG y LPG)”, aún y cuando “en los últimos cinco años, la industria ha hecho un buen progreso con el aumento de la contratación, formación y políticas de retención de oficiales”.
Advierte sin embargo que “a menos que los niveles de formación se incrementen significativamente, el crecimiento de la demanda de la gente de mar podría generar una grave escasez en el suministro total de oficiales”.
En su oportunidad, el Secretariado General de la Organización Marítima Internacional, en lo que fueron los trabajos del 79º periodo de sesiones del Comité de Seguridad Marítima, realizados del 1 al 10 de diciembre de 2004, refería ya “la escasez generalizada y preocupante de gente de mar”, ponderando así “la necesidad de hacer frente a este problema antes de que tenga repercusiones negativas para la seguridad, la protección y la eficacia del sector del transporte marítimo en su conjunto”, haciendo hincapié “en que indudablemente sería ventajoso hacer atractiva la carrera marítima de cara a la gente joven e inculcar un sentimiento de orgullo respecto de dicha profesión”.
Es de preverse que determinar la educación náutica mercante a cargo de la Secretaría de Marina y dada la gestión de éxito que ha tenido la Universidad Naval, la iniciativa llevará a incrementar el nivel práctico y académico de los discentes, que como oficiales estarán mejor preparados profesionalmente en el ámbito de la materia náutica mercante.
La presente propuesta plantea por ello modificar la Ley de Educación Naval para incluir el precepto referente a la de carácter náutico mercante, buscando así dar mayor solidez a lo que se determina a partir de la aprobación de la iniciativa sobre esta materia, presentada en septiembre de 2020.
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Educación Naval y la denominación de la Ley de Educación Naval para quedar como Ley de Educación Naval Militar y Náutica Mercante
Artículo Único. Se reforman los artículos 1, párrafo primero; 2, párrafo primero; 3, fracciones III, V, VI, VII, VIII, IX, X y XIV; 5; 7, fracción I; 8; 10, fracciones II, III, IV, VI y VII; 11, fracciones V y VI; 12 en su párrafo; 16, fracción I; 17 en su párrafo y la fracción II; 20; 21, fracción III; 22; 23 y 24 de la Ley de Educación Naval, para quedar como sigue:
Ley de Educación Naval Militar y Náutica Mercante
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto normar la educación pública que imparte la Secretaría de Marina a través de la Universidad Naval, en sus diversos niveles educativos, la cual está orientada al conocimiento, difusión, aplicación de la ciencia, la doctrina y Culturas Naval Militar y Náutica Mercante, a fin de contribuir con el desarrollo marítimo nacional.
...
Artículo 2. El Secretario de Marina, tiene la facultad y responsabilidad de establecer o modificar las políticas y normas del Sistema Educativo Naval Militar y Náutico Mercante, así como de ordenar mediante acuerdos la creación de nuevos establecimientos educativos navales militares y náuticos mercantes o dejarlos en receso con base en las necesidades de la Institución, garantizando los derechos del Discente.
...
Artículo 3. . .
I. y II. . .
III. Director: El titular de cada Establecimiento Educativo Naval Militar y Náutico Mercante;
IV. . .
V. Docente: Personal naval, militar o civil, nacional o extranjero, encargado de aplicar los procesos enseñanza-aprendizaje en sus diferentes niveles y modalidades en los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes;
VI. Establecimiento Educativo Naval Militar y Náutico Mercante: Lugar de enseñanza-aprendizaje pertene-ciente a la Universidad Naval;
VII. Ley: La Ley de Educación Naval Militar y Náutica Mercante;
VIII. Modelo Educativo: El Modelo Educativo Naval Militar y Náutico Mercante;
IX. Niveles Educativos: Los Niveles Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes;
X. Plan General: El Plan General de Educación Naval Militar y Náutica Mercante vigente;
XI. a XIII...
XIV. Sistema Educativo: Sistema Educativo Naval Militar y Náutico, Mercante y
XV. . .
Artículo 5. Las faltas en contra de la disciplina naval militar y náutica mercante, cometidas por los Discentes serán procesadas conforme a los reglamentos correspon-dientes de cada Establecimiento Educativo Naval Militar y Náutico Mercante.
Artículo 7. . .
I. Supervisar la educación pública naval militar y náutica mercante, al adiestrar, capacitar, formar y especializar al recurso humano de la Secretaría, garantizando el desarrollo armónico e integral de sus capacidades y potencialidades, a efecto de ser más eficiente y competitivo en sus funciones y con ello coadyuvar al logro de los objetivos institucionales y nacionales;
II. a V. . .
Artículo 8. El Sistema Educativo es el conjunto de recursos humanos, financieros, de infraestructura y procesos educativos a través de los cuales, la Secretaría de Marina, ofrece una educación naval militar y náutica mercante integral de calidad, mediante el desarrollo de competencias y valores.
Artículo 10. . .
I...
II. Vincular permanentemente la educación del personal naval militar y náutico mercante;
III. Preparar profesionistas competitivos con una formación naval militar, náutica mercante, científica, tecnológica, incluyente, humanista y de calidad ciudadana;
IV. Fortalecer la educación naval militar y náutica mercante, implementando en el proceso educativo estrategias educativas innovadoras de acuerdo a los avances tecnológicos vigentes, con el propósito de realizar eficaz y eficientemente las actividades educativas;
V. . .
VI. Adecuar permanentemente el Modelo Educativo a las nuevas tecnologías y doctrinas naval militar y náutica mercante de la Secretaría de Marina, y
VII. Fomentar las doctrinas y Culturas Naval Militar y Náutica Mercante de México en los civiles y militares nacionales o extranjeros.
Artículo 11. . .
I a IV. . .
V. Planes y programas de estudio de los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes, y
VI. Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes.
Artículo 12. Los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes se clasifican en:
I. a VI...
Artículo 16. . .
I. Las normas que garanticen la formación de los Discentes en los ámbitos académico, de doctrina naval militar, náutica mercante y cultural, de acuerdo a los niveles y modalidades educativas;
II. y III. . .
Artículo 17. Los Directores de los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes supervisarán que la currícula sea analizada y evaluada anualmente y del resultado propondrán al Rector las modificaciones que procedan con el sustento que avale la propuesta y deberán considerar, además:
I...
II. Las actualizaciones a las doctrinas naval militar y náutica mercante, y
III...
Artículo 20. Los Directores de los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes, serán los responsables de aplicar el desarrollo del Modelo Educativo de acuerdo al nivel y modalidad correspondiente.
Artículo 21...
I. y II. . .
III. La difusión de las Culturas Naval Militar y Náutica Mercante.
Artículo 22. Los convenios académicos realizados por la Universidad Naval con Instituciones de educación pública y privada, nacional o extranjera para la mejor prestación de los servicios educativos a su cargo, estarán orientados a contribuir con los valores, competencias, objetivos y desarrollo de la Secretaría en las áreas educativas, científicas, tecnológicas, humanista, naval militar, náutica mercante y marítima, considerando los avances científicos y tecnológicos.
Artículo 23. La Secretaría por conducto del Estado Mayor General de la Armada y en coordinación con la Autoridad Educativa de carácter Naval Militar y Náutica Mercante, ofrecerá a nivel nacional e internacional los estudios previstos en el Sistema Educativo, para que realicen los intercambios académicos en los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes, de conformidad con los convenios suscritos.
Los estudios que realice el personal naval militar y náutico mercante, en el extranjero, serán validados por las Autoridades Educativas competentes, a fin de determinar el grado académico que corresponda.
Artículo 24. La difusión de las Culturas Naval Militar y Náutica Mercante de la Secretaría estará a cargo de la Universidad Naval, las cuales serán promovidas a través de los Establecimientos Educativos Navales Militares y Náuticos Mercantes, orientadas al fortalecimiento de la filosofía institucional que contribuya al desarrollo académico y profesional de los Discentes.
Transitorios
Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Para los efectos del presente decreto, la Universidad Naval creará la Vicerrectoría de Educación Náutica Mercante, en cuya titularidad estará un Capitán de Altura, el cual deberá contar con al menos dos posgrados o equivalentes.
Artículo Tercero. El titular del Poder Ejecutivo Federal instruirá el traspaso de personal, recursos financieros materiales, bienes inmuebles, archivos y expedientes del Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de la Marina Mercante Nacional que por virtud de esta reforma correspondan a la Universidad Naval, en un plazo que correrá a partir de la entrada en vigor del presente decreto y hasta que inicie el ciclo escolar 2021-2022.
Artículo Cuarto. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado a la Secretaría de Marina en cada ejercicio fiscal, por lo que no se requerirán recursos adicionales para el ejercicio fiscal de que se trate.
Fuentes de consulta:
www.oceancms.net/en/novedades/2016/10/23/bimco-ics-manpower-ha-p resentado-un-informe-que-predice-posible-escasez-de-casi-150-000-oficiales-para -el-ano-2025/
www.amp.gob.pa/newsite/spanish/mercante/cc/msc/MSC.169(79).pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado Jesús Fernando García Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Marina, para dictamen.
LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES
«Iniciativa que adiciona el artículo 9o. de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, a cargo de la diputada Violeta Mariana Parra García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, Violeta Mariana Parra García, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 9 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
La lucha por el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres ha registrado importantes avances en las últimas décadas en México. En el terreno legislativo, se ha expedido una serie de legislaciones específicas, tales como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; en el ámbito institucional, se creó el Instituto Nacional de las Mujeres. De igual forma, se han impulsado múltiples políticas públicas con la finalidad de disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, y erradicar las desventajas de las mujeres en prácticamente todos los ámbitos de la vida pública y social.
Sin embargo, esas desventajas son persistentes y, por su naturaleza estructural, requieren de una profundización en las acciones legislativas, institucionales y políticas encaminadas a garantizar los derechos de las mujeres. Son numerosos los estudios e investigaciones que demuestran el hecho de que las mujeres experimentan mayores niveles de pobreza, marginación, discriminación, menores salarios, menos acceso a la salud y a la seguridad social, menos oportunidades de empleo y profesionalización, entre otras adversidades.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), ha documentado sistemáticamente esta realidad, por ello, es pertinente hacer referencia a la información que al respecto ha dado a conocer dicho Consejo Nacional. En el documento Pobreza y género en México: hacia un sistema de indicadores, con información del período 2008-2018, el Coneval registra que alrededor de la tercera parte del ingreso corriente monetario de los hogares correspondió a aportaciones de mujeres. La menor participación de los ingresos de las mujeres respecto de los hombres es reflejo de las menores percepciones laborales, la menor participación económica y en general, de la menor autonomía económica que presentan las mujeres respecto de los hombres. En cuanto a remuneraciones, cifras de 2018 indican que la brecha salarial persiste. En la población sin pobreza, las mujeres recibieron 90 pesos por su trabajo por cada 100 pesos que percibieron los hombres. En contextos de pobreza, la brecha crece, ya que las mujeres obtuvieron 73 pesos por cada 100 pesos respecto de los hombres. i
El mismo documento del Coneval, indica que, en materia de educación, el rezago educativo es mayor en contextos de pobreza, y asciende a 40 por ciento en los jefes de hogar y a 50 por ciento en las jefas; es decir, las mujeres presentan mayor rezago educativo que los hombres. En cuanto al acceso a la seguridad social, las condiciones de precariedad laboral no son exclusivas de las mujeres, sin embargo, la población adulta mayor que nunca ha cotizado en alguna institución de seguridad social se ubicó en 79 por ciento para las mujeres y en 54 por ciento para los hombres en 2018. En cuanto al acceso a la alimentación, en contextos de pobreza esta carencia se ubicó en 38 por ciento en los hogares jefaturados por mujeres, y en alrededor del 30 por ciento en los jefaturados por hombres; mientras que la inseguridad alimentaria severa se presenta en mayor medida en los hogares jefaturados por mujeres en situación de pobreza, de manera que, 2 de cada 10 de estos hogares la presentan.
En lo que se refiere al trabajo remunerado, la brecha en la participación económica entre mujeres y hombres descendió 8 puntos porcentuales de 2008 a 2018, sin embargo, la brecha entre ambos sexos aún es amplia, toda vez que, en este último año, solo 52 por ciento de las mujeres fueron económicamente activas, cifra que asciende a 83 por ciento en los hombres. El Coneval señala que la brecha de género en el ámbito del trabajo es un indicio de las dificultades que aún tienen las mujeres para incorporarse, mantenerse o reintegrarse a los mercados laborales a lo largo del curso de vida. Este fenómeno está relacionado con las responsabilidades del trabajo doméstico que son asignadas en mayor medida a las mujeres. De igual forma, la mayoría de los hombres se desempeña en ocupaciones tipificadas como masculinizadas, en cambio, las mujeres se concentran ya sea en actividades mixtas, o en ocupaciones feminizadas. El Coneval ha documentado que las ocupaciones feminizadas tienden a presentar salarios relativamente más bajos. ii
Los factores que explican las desigualdades basadas en el género son estructurales, diversos y complejos. La desigualdad no solo se expresa en los ámbitos económicos y sociales, sino que también se manifiesta en el terreno político y en general en el acceso al poder, factor éste último que tiene gran incidencia en la persistencia de las desigualdades, puesto que, si se lograra la paridad en las instancias de poder político, gubernamental y empresarial, seguramente se incrementarían las posibilidades de avanzar a mayor ritmo en la realización de la agenda de la igualdad de género.
La presente Iniciativa plantea que uno de los problemas fundamentales que impiden avanzar en el objetivo de lograr la igualdad de género, la democracia paritaria y la igualdad sustantiva, es el tema de los roles y los estereotipos culturales que se asignan a cada uno de los géneros. Estos estereotipos tienen el efecto de normalizar, legitimar y reproducir las prácticas de discriminación, marginación y violencia contra mujeres, niñas y adolescentes.
El Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ACNUDH) ha abordado en distintos ámbitos y momentos, la cuestión de los estereotipos de género, señalando que su utilización afecta derechos humanos y libertades fundamentales. El ACNUDH considera que un estereotipo de género es un prejuicio generalizado acerca de atributos o características que hombres y mujeres poseen o deberían poseer o de las funciones sociales que ambos desempeñan o deberían desempeñar. Los estereotipos de género son nocivos cuando limitan la capacidad de hombres y mujeres “para desarrollar sus facultades personales, realizar una carrera profesional y tomar decisiones acerca de sus vidas y sus proyectos vitales. Los estereotipos nocivos pueden ser hostiles o negativos (por ejemplo, las mujeres son irracionales) o aparentemente benignos (por ejemplo, las mujeres son protectoras). Por ejemplo, sobre la base de este último estereotipo de que las mujeres son más protectoras, las responsabilidades del cuidado de los hijos suelen recaer sobre ellas de manera casi exclusiva.” iii
Los estereotipos de género, cuando se utilizan de forma sistemática se convierten en factores determinantes en los procesos sociales, económicos y políticos que derivan en graves violaciones de los derechos y las libertades fundamentales. Podemos encontrar innumerables ejemplos de lo anterior, como la tolerancia a la violación marital, que se basa en el estereotipo de que la mujer es la propiedad sexual del hombre. Existen estereotipos de género más complejos, mismos que provocan daños delicados a los derechos y libertades de grupos de mujeres en condiciones de mayor vulnerabilidad, tales como las que están en prisión y han transgredido la ley, las mujeres de grupos minoritarios o indígenas, las que viven con discapacidad, las inmigrantes o las que están en situación de pobreza y marginación extremas.
Puede establecerse que el concepto sexo se refiere a las diferencias y características biológicas, anatómicas, fisiológicas y cromosómicas de los seres humanos que los definen como hombres o mujeres; son características con las que se nace. Por su parte, el concepto géneroes una construcción social, las sociedades se estructuran y conforman su cultura a partir de la diferencia sexual de los individuos. En gran medida, el sexo de los miembros de la sociedad determina no solo los roles que se le asignarán, sino también su destino, ya que, con base en esa diferenciación sexual, se les atribuyen ciertas características y significados a las acciones que unas y otros deberán desempeñar o se espera que desempeñen. En este sentido, la cultura juega un papel relevante, tanto en la visión y la representación del mundo y de la vida, como en la asignación de los roles de género.
El Instituto Nacional de las Mujeres, ha realizado diversos estudios entorno a este asunto, identificando que los roles de género son conductas estereotipadas por la cultura; tradicionalmente se ha asignado a los hombres roles de políticos, mecánicos, jefes, es decir, el rol productivo; y a las mujeres, el rol de amas de casa, maestras, enfermeras, o sea un rol reproductivo. A partir de la diferenciación sexual, y con base en los estereotipos de género culturalmente determinados, se legitima y persiste “la dicotomía masculino-femenino, misma que, con sus variantes, establece estereotipos, las más de las veces rígidos, que condicionan los papeles y limitan las potencialidades humanas de las personas al estimular o reprimir los comportamientos en función de su adecuación al género. De este modo, el hecho de que mujeres y hombres sean diferentes anatómicamente los induce a creer que sus valores, cualidades intelectuales, aptitudes y actitudes también lo son. Las sociedades determinan las actividades de las mujeres y los hombres basadas en los estereotipos, estableciendo así una división sexual del trabajo.” iv
Con base en estas reflexiones, es posible afirmar que la desigualdad existente entre mujeres y hombres, tiene un fuerte componente cultural, que actúa históricamente a través de estereotipos de género culturalmente construidos. Dichos estereotipos legitiman y justifican una asignación de funciones, cargas y beneficios marcada por la desigualdad y la inequidad, donde son las mujeres las que, con base en su género, obtienen las mayores cargas y los menores beneficios, situación que vulnera gravemente sus derechos humanos.
Los estereotipos culturales de género, por lo tanto, constituyen un gran obstáculo para la realización de la agenda de la igualdad de género. En el ámbito doméstico puede apreciarse con mayor nitidez el efecto nocivo de esos estereotipos, al interior del hogar la división de tareas entre mujeres y hombres es altamente diferenciada; aquí se vislumbran claramente los roles o estereotipos de género construidos por nuestra cultura a lo largo de la historia, y que se reproducen socialmente día con día. Algunos de estos estereotipos confinan a la mujer en el papel de ama de casa y al hombre, en el de proveedor. Esta división reduce a la mujer al ámbito privado y deja al hombre el dominio del ámbito público, lo cual explica la escasa participación política y social de las mujeres, así como la reproducción incesante de las desigualdades. v
Los estereotipos de género siguen vigentes, debido, en gran medida a que las mujeres y los hombres, al carecer en general de elementos o condiciones para identificar esos estereotipos, mantienen latentes los atributos asignados a cada sexo. La cultura, las instituciones, la sociedad y la familia, tienen un peso avasallante en la interiorización y aceptación de ideas y patrones de conducta, y dan significado y justificación a la relación de desigualdad entre los géneros. Los estereotipos culturales han permitido, a lo largo de la historia, como fuentes de legitimidad para inhibir que las mujeres sean tratadas de manera digna y equitativa, y como limitantes de sus derechos a la igualdad de oportunidades en la educación, el trabajo, la familia, la educación, el acceso a la justicia, la política, entre muchos otros espacios.
La presente Iniciativa plantea la necesidad de llevar a cabo acciones legislativas específicas, con la finalidad de que el Estado y la sociedad asuman la tarea de identificar y desarticular los estereotipos culturales de género que normalizan las desigualdades entre mujeres y hombres. Es pertinente proponer una reforma con ese propósito, en la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, puesto que en este ordenamiento legal se establecen las bases de lo que debe ser la política cultural del Estado.
Argumentación
La agenda de la igualdad de género se ha convertido en el programa que articula a los diversos movimientos feministas en México y el mundo. El reclamo de las mujeres, cada vez con mayor respaldo social, de erradicar todas las formas de discriminación y violencia basadas en el género, debe ser asumido por el Estado bajo el compromiso de llevar a cabo las acciones legislativas e institucionales necesarias para lograr la igualdad de género, la democracia paritaria y la igualdad sustantiva.
Avanzar en la realización de este objetivo, exige una estrategia transversal e interseccional. En ese contexto, es indispensable desmontar los estereotipos de género, porque son construcciones culturales que legitiman y reproducen las prácticas, las ideas y las convicciones que reafirman las desigualdades de género, y suelen derivar en situaciones de violencia familiar, inequidad, discriminación y desigualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, problemática que se extiende de los hogares hacia las instituciones públicas o privadas, las escuelas, las empresas y a la sociedad en su conjunto.
La presente Iniciativa propone contribuir a este propósito, a través de una reforma a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, con la finalidad de establecer disposiciones para que la política cultural del Estado mexicano contemple acciones dirigidas a combatir los estereotipos culturales que legitiman y propician la reproducción de las desigualdades entre mujeres y hombres. La propuesta de reforma legislativa, se inscribe en el espíritu y la letra de los Instrumentos Internacionales y del sistema jurídico mexicano, que reconocen los derechos humanos de las mujeres y prescriben mandatos a los Estados a fin de garantizar esos derechos.
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), establece en su artículo 5 que los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Del mismo modo, establece que los Estados Partes deben garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos. vi
En el artículo 10, la CEDAW dispone mandatos en materia educativa que fortalecen las disposiciones relativas a los estereotipos de género. En este artículo se establece que los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para la eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo.
El Comité de La CEDAW ha emitido recomendaciones específicas a México con el objetivo de combatir la discriminación y la violencia contra las mujeres. Para los efectos de la presente Iniciativa, es pertinente hacer referencia a las recomendaciones contenidas en el Informe periódico sobre México de 2018. Las preocupaciones y recomendaciones del Comité de la CEDAW se agrupan en 25 rubros que tocan cuestiones legislativas y de política pública, de las cuales destacamos las siguientes:
Estereotipos
Adoptar una estrategia general para superar la cultura machista y los estereotipos discriminatorios sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad, y elimine las formas interseccional de discriminación contra las mujeres.
Elaborar una estrategia de formación para profesionales de los medios de comunicación que comprenda directrices y mecanismos de control para eliminar los estereotipos discriminatorios contra las mujeres.
Alentar una cobertura informativa que tenga en cuenta las cuestiones de género, sobre todo en las campañas electorales.
Adoptar medidas para promover la igualdad de representación de mujeres y hombres en los medios de comunicación.
Aplicar el Convenio para la Igualdad de Género y el Combate a la Violencia contra las Mujeres en los Medios de Comunicación, a fin de garantizar la imposición de sanciones adecuadas y el recurso a facultades coactivas para luchar contra los estereotipos de género discriminatorios.
Adoptar medidas para alentar la difusión de imágenes positivas de las mujeres indígenas, afromexicanas, las migrantes y las refugiadas y solicitantes de asilo en los medios de comunicación.
Luchar contra los estereotipos y las barreras estructurales que impidan que las niñas continúen con sus estudios después de la secundaria.” vii
Es pertinente también referirse a la Estrategia de Montevideo, que es un compromiso político regional que tiene por objeto guiar la plena implementación de los acuerdos de la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe (la Agenda Regional de Género) y asegurar que sean la hoja de ruta para alcanzar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible a nivel regional desde la perspectiva de la igualdad de género, la autonomía y los derechos humanos de las mujeres. La Estrategia de Montevideo establece que los países de la región deben tener presente la persistencia de patrones socioculturales discriminatorios, sexistas y racistas que siguen reproduciendo la desigualdad y la violencia en América Latina y el Caribe. Se afirma que en los últimos años se constata un resurgimiento de prácticas, discursos y patrones culturales patriarcales, discriminatorios y violentos basados en la cultura del privilegio, que limitan el pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y el reconocimiento de las distintas formas de familia, la diversidad sexual y la identidad de género. viii
La Estrategia de Montevideo es un mecanismo de vanguardia en el tema, por lo tanto, identifica cuatro pilares interrelacionados, cuatro carreteras sustantivas para alcanzar la igualdad de género y transitar hacia patrones de desarrollo basados en los derechos humanos, la autonomía de las mujeres y la sostenibilidad. Esos cuatro ejes son la transformación de los patrones culturales patriarcales discriminatorios, la superación de los patrones culturales violentos, la superación de la división sexual del trabajo, y la consolidación de la democracia paritaria.
En resumen, los estereotipos culturales constituyen un factor que reproduce y legitima las desigualdades estructurales entre mujeres y hombres. Por esa razón, existen mandatos y recomendaciones provenientes de Instrumentos y Mecanismos Internacionales orientados a que se identifiquen y desarticulen esas pautas y patrones culturales que derivan en la justificación de las distintas formas de discriminación y violencia contra mujeres, niñas y adolescentes. En ese contexto, la presente Iniciativa propone reformar la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, a fin de establecer disposiciones al respecto.
Este ordenamiento legal es el adecuado para combatir los estereotipos culturales de género, toda vez que tiene por objeto, de conformidad con lo establecido en su artículo 2, lo siguiente:
I. Reconocer los derechos culturales de las personas que habitan el territorio de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Establecer los mecanismos de acceso y participación de las personas y comunidades a las manifestaciones culturales;
III. Promover y respetar la continuidad y el conocimiento de la cultura del país en todas sus manifestaciones y expresiones;
IV. Garantizar el disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural;
V. Promover, respetar, proteger y asegurar el ejercicio de los derechos culturales;
VI. Establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México en materia de política cultural;
VII. Establecer mecanismos de participación de los sectores social y privado.
Además, la Ley General de Cultura y Derechos Culturales establece bases para la integración de la política cultural del Estado, promoviendo criterios de solidaridad, inclusión, integralidad y diversidad. En el artículo 9, se establece que toda persona ejercerá sus derechos culturales a título individual o colectivo sin menoscabo de su origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro y, por lo tanto, tendrán las mismas oportunidades de acceso.
La presente Iniciativa propone adicionar un párrafo a dicho artículo 9, para establecer que la política cultural del Estado contemplará el combate a los estereotipos culturales de género. Esta adición complementa y amplía los alcances del primer párrafo, pues el ejercicio libre y sin discriminaciones los derechos culturales, es compatible con la prevención de los estereotipos culturales que menoscaban derechos fundamentales como los de mujeres, niñas y adolescentes. El siguiente cuadro ilustra el sentido de la reformo propuesta:
Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Con base en todo lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona un párrafo al artículo 9 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Único. Se adiciona un párrafo al artículo 9 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para quedar como sigue:
Artículo 9.- Toda persona ejercerá sus derechos culturales a título individual o colectivo sin menoscabo de su origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro y, por lo tanto, tendrán las mismas oportunidades de acceso.
La política cultural del Estado a la que se refiere el artículo 5 de la presente Ley, contemplará la identificación y erradicación de los estereotipos culturales de género que justifican y reproducen las distintas formas de discriminación y violencia contra las mujeres. A tal efecto, la Secretaría de Cultura coordinará las acciones necesarias con instituciones educativas y medios de comunicación.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los Congresos de las entidades federativas, dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, deberán reformar las legislaciones correspondientes, a efecto de armonizarlas con dicho decreto.
Notas
i Pobreza y género en México: hacia un sistema de indicadores, consultado el 3 de marzo de 2021, recuperado de:
https://www.Coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza-y-genero- en-Mexico-2008-2018.aspx
ii Ibíd.
iii Los estereotipos de género y su utilización, consultado el 2 de marzo de 2021, recuperado de
https://www.ohchr.org/sp/issues/women/wrgs/pages/genderstereotyp es.aspx
iv El impacto de los estereotipos y los roles de género en México, consultado el 1 de marzo de 2021, recuperado de
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100893.pdf
v Ibíd.
vi Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, consultado el 5 de marzo de 2021, recuperado de
https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx
vii Giles Navarro, César Alejandro, “La agenda legislativa pendiente de la igualdad de género ¿Qué sigue después de la paridad?”, consultado el 3 de marzo de 2021, recuperado de
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789 /4563/CuadernoDeInvestigación_3.pdf?sequence=1&isAllowed=y
viii Estrategia de Montevideo, consultado el 7 de marzo de 2021, recuperado de
https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2016/10898.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Violeta Mariana Parra García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
«Iniciativa que adiciona el artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES
El que suscribe, diputado federal Ricardo de la Peña Marshall, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
La familia es un pilar importante de nuestra sociedad, ya que de ella depende el sano desarrollo de las niñas, niños y adolescentes, de quienes depende el futuro de México, por ello lo importante que sean personas autónomas, con valores e integras.
Sin embargo, actualmente el concepto de familia ha ido cambiando e incluso es común que durante el divorcio se desintegren. En el caso de México hay una clara tendencia creciente del número de disoluciones.
De acuerdo con datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en los últimos años, el número de divorcios en México se incrementó considerablemente. Al 2013 se registraron 108 mil 727 divorcios, en 2012 fueron 99 mil 509 y en 2011 la cifra se ubicó en 91 mil 285. 1 Es así que en México ha ido en aumento el número de divorcios por cada 100 matrimonios. 2
Las disoluciones matrimoniales traen consigo diferentes problemas que enfrentar como el impacto psicológico que niñas, niños y adolescentes deben enfrentar al ver a su familia desintegrada, así como en el caso de los padres que usan diferentes estrategias para conseguir la custodia de los menores.
Lamentablemente durante la disolución matrimonial o la separación de los progenitores, niñas, niños y adolescentes, a veces son influidos o incitados por uno de los progenitores a tomar decisiones diferentes a su criterio.
Si bien las disoluciones entre las parejas la mayoría de las veces son realizadas por mutuo acuerdo, la realidad es que la separación de bienes y la custodia de los menores se vuelven un campo de batalla, ya que comúnmente los menores son utilizados como parte de la negociación lesionando sus derechos humanos e integridad.
Alguno de esos derechos, por ejemplo, se encuentran plasmados en la Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes, siendo uno de ellos el derecho al “libre desarrollo de la personalidad” establecido en el artículo 46, que a la letra dice:
“Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.”
El derecho de los menores al libre desarrollo de la personalidad se refiere a la libertad que tienen de elegir o tomar sus decisiones autónomamente, sin que otra persona interfiera o vicie su voluntad, sin embargo, esto no siempre es así, y lo podemos ver muy a menudo en las peleas por su custodia.
Si bien el artículo 46 nos plantea que los menores tendrán derecho a tomar sus decisiones libremente, esto se queda en letra muerta si el gobierno no puede lograr proteger las decisiones de las niñas, niños y adolescentes.
Por ejemplo, la llamada “ley de etiquetado”, que fue apro-bada en marzo del 2020 y que entró en vigor en octubre del mismo año, propuso quitar del etiquetado figuras, personajes y dibujos animados de los alimentos que contengan sellos de advertencias por no ser saludables, ya que persuaden a los niños de comprarlos y estos afectan su salud.
Si bien niñas, niños y adolescentes tienen la libertad de elegir libremente y tomar sus decisiones, de nada sirve esto si existen agentes externos intentando persuadirlos, por lo cual el estado debe establecer políticas públicas que generen el espacio adecuado para que los menores ejerzan efectivamente este derecho.
Por ello es por lo que propongo que se adicione un párrafo al artículo 46 en donde se promuevan políticas públicas en todos los niveles de gobierno para evitar que los progenitores interfieran en las libres elecciones de los menores durante la separación o disolución del matrimonio, con el objetivo de fortalecer aún más a las familias.
Ya que este problema va al alza y se deben buscar estrategias de prevención, por ejemplo, dentro de las conductas negativas que toman los padres al divorciarse, que afecta directamente a los niños, “que obstaculiza e impide el ejercicio del derecho humano a las visitas y convivencia es la alienación parental pues el alienante busca evitar ante todo la convivencia y cualquier tipo de contacto con el otro progenitor”. 3
El primero en estudiar este tema, fue Richard Gardner quien en 1985 lo denominó Síndrome de Alienación Parental (SAP) que consiste en “una perturbación psiquiátrica que aflora en el contexto de disputas litigiosas de custodia de niños, en especial cuando la disputa es prolongada y agria”. 4
Como lo menciona el ministro Arturo Zaldívar: “es indudable que la alienación parental es una realidad que en ciertos casos puede poner en riesgo la integridad emocional de los menores, lo que obliga a los jueces, en el marco de los diversos tipos de juicio familiares, a adoptar todas las medidas que sean necesarias para preservar su bienestar psicológico, incluyendo, en los casos más extremos, la suspensión o pérdida de la custodia o de la patria potestad, pero en el entendido de que debe privilegiarse el mantenimiento de las relaciones con ambos, si así conviene a los intereses del niño o niña”. 5 También aseveró: “Otra cuestión fundamental es que, al enfrentarse con situaciones de alienación parental, es imprescindible hacerlo con perspectiva de género, a fin de evitar que la aplicación de normas aparentemente neutrales impacte desproporcio-nadamente a las mujeres. Los operadores deben ser conscientes de los estereotipos que se manifiestan en forma sutil en este tipo de casos, así como de sus propios sesgos a la hora de evaluarlos, pues de lo contrario se corre el riesgo de que la invocación de la alienación parental se convierta en una herramienta para despojar a las madres de sus hijos, sin justificación”. 6
Actualmente legislar para la protección integral de los niños es un tema de importante carga social, y de gran interés para el Estado, que siempre está en busca de la protección integral del menor.
En este sentido, es indudable que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) es una realidad, pero el concepto tal y como lo definía Richard Gardner, tiene problemas en el ámbito científico, “pues se considera que aún sin ser un síndrome, la alienación sí deja secuelas en los menores alienados. 7
Es el argumento de Enrique Echeburúa, que señala que “a lo mejor no es un síndrome clínico, pero es un hecho que esto sucede y hay que prestarle atención”. 8 Es decir, se reconoce que las niñas, niños y adolescentes, tienen la capacidad de formar su propio criterio, acerca de su entorno y sus relaciones interpersonales y afectivas, empero, eso no los exime al igual que los adultos, que este criterio pueda estar viciado, por factores externos a ellos, tal y como el error o dolo, que al ser infringido por sus padres, familiares o demás personas que los rodeen, vulneran sus derechos y los ponen en una situación de violencia psicológica y familiar.
Es necesario que el derecho al libre desarrollo de la personalidad se cumpla en todos los aspectos, ya que en todo tiempo se debe evitar que los menores sufran de daños colaterales durante una separación, ya que quienes se separan son los padres, no los hijos de sus padres.
Es por ello, que es importante tomar las medidas adecuadas para proteger la libertad de los niños a poder crearse un juicio propio acerca de las situaciones y vivencias que tienen día con día, así como de sus relaciones interpersonales y afectivas, y que no sean sujetos de manipulación u objeto, en una separación conyugal. Se deben evitar los daños colaterales hacia los menores, por consecuencia del divorcio.
Y principalmente el estado tiene la obligación de generar un espacio adecuado y armonioso en el que niñas, niños y adolescentes se puedan desarrollar libremente y tomar sus decisiones basadas en su propio criterio.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del Pleno de esta Soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Único. Se adiciona un párrafo quinto al artículo 22 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 22. ...
...
...
...
Las autoridades mencionadas en el párrafo anterior, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán políticas de fortalecimiento familiar con el objetivo de evitar que los progenitores interfieran en las decisiones que tomen niñas, niños y adolescentes sobre quien prefieren que tenga su guarda y custodia.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/myd.aspx?tema=P
2 INEGI/Estadística/Población, Hogares y Vivienda/ Nupcialidad/ Divorcios/ Relación divorcios-matrimonios, 1980 a 2013.
3 https://poderjudicialyucatan.gob.mx/publicaciones/micrositio/pdf/ revistas/revista46/pdf/art1.pdf
4 Ídem
5 Ídem
6 Ídem
7 https://poderjudicialyucatan.gob.mx/publicaciones/micrositio/pdf/ revistas/revista46/pdf/art1.pdf
8 Ricardo Ruiz Carbonell, Op. Cit. nota 4, p. 130.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo del 2021.– Diputado Ricardo de la Peña Marshall (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO
«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del PRD
La presente, diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El tabaquismo es uno de los problemas de salud pública con mayor importancia a nivel internacional y nacional, ya que es la causa de mortalidad más prevenible en el mundo y que mata hasta la mitad de quienes lo consumen. El crecimiento constante de la población y las campañas de comercia-lización agresiva de la industria tabacalera han llevado a que el consumo de tabaco siga aumentando en los países en desarrollo. Si las tendencias actuales siguen su curso, para 2030 el tabaco matará a más de ocho millones de personas cada año. 1
En México, como en muchas partes del mundo existe una tendencia a comenzar a fumar tabaco cada vez a edades más tempranas tanto en mujeres como varones, lo cual implica la urgente necesidad de establecer acciones preventivas destinadas a la población vulnerable.
Los esfuerzos internacionales dirigidos por la Organización Munida de Salud (OMS) condujeron a la rápida entrada en vigor del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT), el cual establece los principios y el contexto para la formulación de políticas, la planificación de intervenciones y la movilización de recursos políticos y financieros para el control del tabaco. 2
El 28 de mayo de 2004, México se convirtió en el primer país de las Américas en ratificar el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud. Este documento ofrece un análisis integral del mercado de tabaco en México y de la viabilidad de usar los impuestos como una estrategia para limitar el tabaquismo, salvar vidas y aumentar los ingresos fiscales.
Bajo este contexto, México aprobó la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) en 2008, que incluía pictogramas en todo el empaquetado de productos del tabaco; creación de una oficina dentro de la Secretaría de Salud dedicada al control del tabaco; y una línea telefónica para ayudar a los usuarios de tabaco a dejar de fumar. Aunque México ha logrado un importante progreso en el control del tabaco, el tabaquismo sigue siendo considerado como uno de los principales problemas de salud pública. Cerca del 18.5 por ciento de la población son fumadores, es decir, casi 14 millones de mexicanos entre los 12 y los 65 años de edad. 3
La carga por consumo de tabaco sigue siendo un problema crítico de salud pública en el país, donde el 17.6 por ciento de los mexicanos entre 12 y 65 años todavía fuma; la edad de inicio de fumar es a los 16.5 años; y casi un tercio (27.5 por ciento) de los estudiantes mexicanos entre 13 y 15 años que nunca fumaron tienen una alta posibilidad de comenzar a hacerlo en el próximo año. Convirtiéndose en una de las principales causas de muerte prevenibles, matando 8 millones de personas en todo el mundo, no solo poniendo en riesgo la salud de los fumadores, sino también la de los fumadores pasivos. 4
Un factor importante que se relaciona con la salud futura de la población de México son las altas prevalencias de tabaquismo en los adolescentes. El consumo de tabaco comienza a edad temprana en México, en general antes de los 15 años. La Encuesta Mundial sobre Tabaquismo en Jóvenes ( Global Youth Tobacco Survey, GYTS) revela que entre el 8 por ciento y el 15 por ciento de los estudiantes han probado el cigarrillo antes de los 13 años. El tabaquismo prematuro tiene una fuerte relación con el uso de drogas ilegales; los mexicanos que empiezan a fumar antes de los 15 años también presentan una mayor experimentación con drogas ilegales. 5
Las estimaciones de mortalidad prematura atribuible al tabaquismo indican que el consumo de tabaco es responsable de entre 25 mil y 60 mil muertes al año en México. Además, casi 11 millones de mexicanos que nunca han fumado (25.5 por ciento de los hombres y 22 por ciento de las mujeres) están expuestos al humo de tabaco ajeno. El gasto total en atención médica asociado con el tabaquismo en México se calcula en 75 mil 200 millones de pesos en 2008.Si bien no existe un solo remedio para poner fin a la epidemia del tabaco, hay intervenciones disponibles basadas en la evidencia que han probado ser efectivas. 6
La ciencia ha demostrado de forma inequívoca que la exposición al humo de tabaco causa muerte, enfermedad y discapacidad y esto ha sido reconocido por las Partes en Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco en su artículo 8. Esto es suficiente para justificar la aplicación de medidas jurídicas de protección contra la exposición al humo de tabaco en lugares de trabajo interiores, lugares públicos cerrados y medios de transportes públicos. La adopción de estas medidas es la única forma eficaz de protección contra la exposición al humo de tabaco. Además, las leyes integrales de ambientes libres de humo han demostrado también su eficacia para disminuir el consumo en general.
Con el fin de ayudar a los países a cumplir la promesa del CMCT de la OMS y convertir ese consenso mundial en una realidad a escala planetaria se presentó la estrategia Mpower. 7
-(M) Monitor, vigilar el consumo de tabaco
-(P) Protect, proteger a la población del humo de tabaco
(O) Ofter, ofrecer ayuda para el abandono del tabaco
(W) Warn, advertir de los peligros del tabaco
-(E) Enforce, hacer cumplir las prohibiciones sobre publicidad, promoción y patrocinio
-(R) Raise, aumentar los impuestos al tabaco
Asimismo, la evidencia disponible hasta la fecha muestra que los fumadores experimentan una gravedad más severa de la enfermedad por coronavirus que los no fumadores. Por lo tanto, teniendo en cuenta la actual pandemia mundial de covid-19, su asociación con el consumo de tabaco, y su carga para el sistema de salud, estas intervenciones políticas son aún más urgentes para proteger la salud de los mexicanos.
Fumar tabaco es un factor de riesgo conocido en muchas infecciones respiratorias que aumenta la gravedad de este tipo de enfermedades. Tras revisar diversos estudios, un grupo de expertos en salud pública reunido por la OMS el 29 de abril de 2020 estableció que los fumadores tienen más probabilidades de desarrollar síntomas graves en caso de padecer covid-19, en comparación con los no fumadores.
La covid-19 es una enfermedad infecciosa que ataca principalmente los pulmones. El tabaquismo deteriora la función pulmonar, lo que dificulta que el cuerpo luche contra esta y otras enfermedades. El consumo del tabaco es además un factor de riesgo importante de enfermedades no transmisibles, como las enfermedades cardiovasculares, el cáncer, algunas enfermedades respiratorias y la diabetes, y las personas que padecen esas enfermedades tienen un mayor riesgo de desarrollar síntomas graves en caso de verse afectadas por la covid-19. Los datos de investigación disponibles hasta la fecha parecen indicar que los fumadores tienen un mayor riesgo de desarrollar síntomas graves y de fallecer a causa de la covid-19.
Sin embargo, a pesar del avance que en términos de política pública representa la LGCT, aún existen tareas pendientes y áreas de oportunidad para reforzar nuestra legislación en materia de control de tabaco.
Es por eso que teniendo en cuenta la letalidad del humo de tabaco y la amplia exposición al mismo, es necesario fortalecer y actualizar nuestra legislación en la protección a la salud de los no fumadores.
Con esta iniciativa se busca restringir el consumo de tabaco en los lugares de trabajo y otros lugares públicos con el objetivo de proteger la salud del no fumador frente a un riesgo que no ha elegido.
La exposición en el hogar y en el lugar de trabajo son las más importantes. El CMC de la OMS estableció las bases para favorecer un cambio en la percepción engañosa del tabaquismo como costumbre social, y dejan patente que se trata de una adicción con graves perjuicios para los fumadores y para los que conviven con ellos.
Por otra parte, se plantea eliminar de la posibilidad de implementar áreas interiores para fumar, a través de la derogación de la fracción II del artículo 27 de la LGCT, lo cual redundaría en una disminución de la morbimortalidad asociada a la exposición al humo de tabaco en los no fumadores.
Los efectos positivos de esta medida no solo impactarían en la salud de los mexicanos, sino que también evitarían la pérdida de años productivos ocasionados por mortalidad y morbilidad temprana y reducirían los costos asociados al tratamiento de enfermedades asociadas a la exposición del humo de tabaco.
Esto permitirá contar con una legislación eficaz que cumpla con los mandatos del CMCT OMS e incorpore las recomendaciones de sus directrices.
Si bien es cierto que la ley general vigente desde 2008 prevé acciones preventivas por parte del Estado mexicano, las mismas se han limitado a los efectos inmediatos de la ley, como lo fueron el aumento de precio, el cambio en el etiquetado y la restricción de lugares donde se permite fumar.
La presente iniciativa pretende además responder a una pregunta: ¿qué es lo que puede hacer aquella persona que ha decido o piensa dejar de fumar? ¿cuál es el mecanismo con el que cuenta el Estado mexicano para hacer esto posible? En este sentido, la presente iniciativa pretende visibilizar el mecanismo que establezca el Estado mexicano en sus tres órdenes de gobierno tanto para la atención preventiva de todas aquellas personas que viendo los productos de tabaco a su alcance, decida comenzar a consumirlos, así como de todas aquellas personas que consumiendo ya los productos y deseando dejar el hábito, tenga al alcance, de manera inmediata y a la par de los productos tabacaleros, la puerta de salida de su hábito de consumo.
Si en teoría la Ley mandató al Estado de contar con dichos mecanismos desde 2008, la verdad es que sus esfuerzos han sido esporádicos o son poco conocidos. El hecho de plasmar el mecanismo con el que cuente el Estado mexicano para dejar de fumar tanto en los paquetes como en los establecimientos de venta de los productos tabacaleros garantiza que todos aquellos consumidores de tabaco conozcan dichos mecanismos, llevando con ello, el fin supremo de la ley, el cual es reducir los efectos nocivos del consumo de tabaco en la salud de las y los mexicanos.
En tal virtud, se propone la siguiente reforma:
Fundamento Legal
La iniciativa en comento se presenta con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Por tanto y en atención a lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco
Único. Se reforman los artículos 5, fracción VI; 6, fracción X; 15, fracción I; 16, fracción II; 19, 23, primer párrafo; 26, primer párrafo y 27 primer párrafo; se adicionan la fracción IX del artículo 5; las fracciones X Bis, X Ter y X Quáter del artículo 6; y la fracción IV del articulo 17; se derogan los párrafos segundo y tercero del artículo 23 y la fracción II del articulo 27 para quedar como sigue:
Artículo 5. La presente Ley tiene las siguientes finalidades:
I. a V. ...
VI. Fomentar programas y campañas de difusión educativa respecto a los riesgos atribuibles al consumo y exposición al humo del tabaco;
VII. ...
VIII. ...
IX. Prevenir la iniciación en el tabaquismo, especialmente en la población de niñas, niños y adolescentes; y
XI. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 6. Para efectos de esta Ley, se entiende por:
I. a IX. ...
X. Espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco: Aquélla área física cerrada con acceso al público, o todo lugar de trabajo interior o de transporte público, en los que queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco;
X. Bis. Lugar de trabajo cerrado: Toda área o sector dentro de un edificio o establecimiento, fijo o móvil, en donde se desempeñan o desarrollan actividades laborales.
X. Ter. Lugar cerrado de acceso público: Todo espacio destinado al acceso público, tanto del ámbito público como privado, cubierto por un techo y confinado por paredes, independientemente de que la estructura sea permanente o temporal;
X. Quater. Medios de transporte público de pasajeros: Todo tipo de vehículo que circule por tierra, aire o agua utilizado para transportar pasajeros, con fines comerciales;
XI. a XXVI. ...
Artículo 15. Quien comercie, venda, distribuya o suministre productos del tabaco tendrá las siguientes obligaciones:
I. Mantener un anuncio visible y claro, situado al interior del establecimiento con las leyendas sobre la prohibición de comercio, venta, distribución o suministro a menores, así como del mecanismo de prevención y control que establezcan las autoridades competentes para dejar de fumar.
II. a IV. ...
...
Artículo 16. Se prohíbe:
I. ...
II. Colocar los productos del tabaco en sitios que le permitan al consumidor verlos y tomarlos directamente;
III. a VI.
Artículo 17. Se prohíben las siguientes actividades:
I. a III. ...
IV. Vender productos diseñados para el consumo o uso de menores de edad con apariencia similar o igual al empaquetado de un producto de tabaco y que puedan resultar atractivos para los menores.
Artículo 19. Además de lo establecido en el artículo anterior, todos los paquetes de productos del tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, deberán contener información sobre sus contenidos, emisiones y riesgos, así como del mecanismo de prevención y control que establezcan las autoridades competentes para dejar de fumar. Las autoridades competentes deberán coordinarse para tales efectos.
Artículo 23. Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación.
Derogado.
Derogado.
Artículo 26. Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, en los espacios cerrados de acceso público, en los lugares de trabajo cerrados, en los establecimientos de atención a la salud y medios de transporte públicos, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica, media superior y superior.
...
Artículo 27. En lugares con acceso al público en forma libre o restringida, o en áreas interiores de trabajo sin atención al público, públicas o privadas, incluidas las universidades e instituciones de educación superior, podrán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán de conformidad con las disposiciones reglamentarias:
I. ...
II. Derogado
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.paho.org/mex/index.php?option=com_content&view= article&id=311: prevencion-control-tabaquismo&Itemid=387
2 https://www.who.int/fctc/text_download/es/
3 https://www.paho.org/mex/index.php?option=com_content&view= article&id=311: prevencion-control-tabaquismo&Itemid=387 #:~: text=En%20M%C3%A9xico%2C%20el%20tabaquismo%20es,asocian%20al%20consumo%20del%20 tabaco.
4 https://www.paho.org/mex/index.php?option=com_content&view= article&id=96: situacion-tabaco-mexico&Itemid=387
5 La Ensanut 2006 definió que un adolescente de 10 a 19 años es fumador si ha fumado al menos 100 cigarrillos en su vida. Áreas urbanas eran aquellas con 2500 habitantes o más.
6 https://www.who.int/fctc/reporting/party_reports/mexico_annex2_ economy_of_tobacco_and_taxes_in_mexico.pdf
7 https://www.paho.org/mex/index.php?option=com_content&view= article&id=311: prevencion-control-tabaquismo&Itemid= 387#:~: text=En%20M%C3%A9xico%2C%20el%20tabaquismo%20es,asocian%20al%20consumo%20del%20 tabaco.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Frida Alejandra Esparza Márquez (rúbrica).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Vida Silvestre, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Vida Silvestre es un término técnico utilizado para referirse a las especies que habitan de forma libre en las distintas regiones del país 1; en nuestra legislación se tiene contemplada como los organismos que subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se desarrollan libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones menores e individuos que se encuentran bajo el control del hombre, así como los ferales. 2
La importancia de dichas especies radica en que somos un país cuya privilegiada ubicación geográfica nos posiciona como una de las superficies más ricas en recursos naturales, donde la fauna juega un papel fundamental en el equilibrio ecológico de nuestro planeta; no en vano el reconocimiento como país megadiverso.
México se ubica dentro del selecto grupo de naciones poseedoras de la mayor diversidad de animales y plantas, casi 70 por ciento de la diversidad mundial de especies. Esta categoría trae consigo la responsabilidad de garantizar la permanencia de estas especies y de sus hábitats; así lo afirma el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC).
Además, el INECC refiere que México ocupa uno de los primeros cinco lugares con mayor biodiversidad en el mundo por su alto grado de riqueza y, en particular, por su alto índice de endemismos. Generalmente, esta diversidad se asocia con los ecosistemas tropicales del país. Sin embargo, otros tipos de vegetación contribuyen también de manera importante, tal es el caso de los bosques templados, siendo los bosques de pino y encino de México los más diversos del planeta. 3
Por lo que hace a la fauna, nuestro país ocupa el primer lugar en el mundo en diversidad de reptiles, con más de 700 especies catalogadas. También están clasificadas 300 especies de anfibios (cuarto país en el mundo) y 450 mamíferos (ocupando el segundo lugar mundial). Entre su fauna característica se destaca el tapir, el quetzal, el jaguar, el águila real y el oso negro, entre otros. 4
En el Mar Cortés y el Golfo de México se encuentran 82 por ciento de los mamíferos marinos de todo el mundo y 35 por ciento de las especies de ballenas; sin demeritar la gran variedad de insectos y mariposas, destacando el caso de la mariposa monarca.
Gracias a dicha diversidad y, aparentemente, a la alta dispo-nibilidad de estas especies, muchas acciones del hombre se han tergiversado, poniendo en peligro su subsistencia. El INECC 5 señala que el manejo de la fauna silvestre se puede definir como “la ciencia y el arte de tomar decisiones y emprender acciones para manipular la estructura, dinámica y relaciones de las poblaciones, hábitats y personas, para alcanzar objetivos humanos específicos por medio de los recursos faunísticos”, y está integrado por los siguientes elementos:
1. Estudio y manejo de las especies;
2. Estudio y manejo del hábitat;
3. Legislación (leyes, normas, reglamentos, etcétera);
4. Divulgación a todos los niveles, y
5. Entrenamiento del personal.
En este sentido, si se define brevemente al manejo de la fauna silvestre como “el manejo de las poblaciones animales”, tenemos que la gestión de la fauna solamente puede realizarse a través de las siguientes formas:
1. Hacerla aumentar;
2. Hacerla disminuir;
3. Cosecharla en forma sostenible, y
4. Dejarla en paz, pero mantenerla vigilada (monitoreo).
A pesar de ello, durante muchas décadas se consideró a la fauna como un recurso natural inagotable, la cual era explotada irracionalmente al grado de extinción de miles de especies, así como en estatus de amenaza a o en peligro de extinción de muchas otras más.
Las razones de lo anterior son muchas: el acelerado crecimiento poblacional y con ello la reducción de la cobertura vegetal y hábitats de las especies, hasta la intervención negativa del hombre, las cuales han llevado a una disminución alarmante del porcentaje de especies de fauna silvestre en nuestro país.
En coincidencia, especialistas señalan que debido a la intensa persecución que el hombre les ha dado con fines diversos -para comida, como fuente de comercio y, de manera notable, por la destrucción de sus hábitats-, la fauna silvestre de nuestro país cada día se enfrenta a un mayor peligro de desaparecer y, aún cuando la creencia de que se trata de un recurso natural inagotable ha cambiado, la realidad nos muestra que estamos lejos de lograr su correcta conservación.
En el caso que nos ocupa, queremos hacer énfasis en la tenencia de fauna silvestre como mascota; nuestro marco regulatorio vigente señala que se entiende por mascota o animal de compañía a los ejemplares de especies de fauna silvestre que por su comportamiento o conducta natural, derivados o población microbiológica natural pueden convivir con el hombre en un ambiente doméstico bajo manejo y no representan riesgos físicos, sanitarios ni de seguridad para sus propietarios, poseedores o cualquier persona u otros animales, excluyendo de esta definición a las especies exóticas invasoras. 6
Para su tenencia, la Secretaría expedirá la autorización una vez que los interesados presenten una solicitud con los siguientes requisitos:
I. Datos de identificación: nombre, domicilio donde se encuentra el ejemplar y, en su caso, domicilio para oír y recibir notificaciones, teléfono, fax o correo electrónico, en su caso;
II. Datos del ejemplar: nombre común, edad aproximada y sexo;
III. Información relativa al lugar en donde se encuentra el ejemplar: superficie en donde se alberga, describiendo las características de iluminación, ventilación y espacio para su movilidad, e
IV. Información relativa a los cuidados que se brindan al ejemplar: alimentación, disponibilidad de agua y de sombra, limpieza, rutinas de ejercicio, vacunas, métodos de control de reproducción y calendario de supervisión médica, la que como mínimo será de una vez al año.
Lo anterior, acompañado de documentación diversa consistente en:
I. Copia de identificación oficial del interesado;
II. Copia del comprobante del domicilio donde se encuentre el ejemplar;
III. Copia de la documentación con la que se demuestre la legal procedencia, en su caso;
IV. Copia de las cartillas o demás documentación médica del ejemplar, y
V. Carta compromiso en la que el interesado asuma la responsabilidad en el cuidado del ejemplar, así como la obligación de informar a la Secretaría sobre la defunción del mismo y sus causas.
Una vez cumplidos los requisitos, la secretaría debe emitir la resolución con carácter de indefinida, personal e intrans-ferible y no excluyente del cumplimiento de las dispo-siciones jurídicas estatales o municipales aplicables a las mascotas o animales de compañía.
Con lo anterior, se busca que las personas que cuenten con un ejemplar de fauna silvestre cumplan con los requisitos que garanticen la legal procedencia y el trato digno y respeutoso de la especie; no obstante, existe mucha evidencia de que contar con una autorización no asegura el bienestar de las especies.
Ejemplo de ello son las constantes notas emitidas por diferentes medios de comunicación y redes sociales de actos de maltrato por parte de poseedores de animales silvestres como mascotas. Como evidencia de lo anterior se encuentra lo siguiente:
“ La presencia de una mujer llevando como mascota a un cachorro de tigre de Bengala en un centro comercial causó sorpresa e indignación para muchos en México este lunes”. 7
Imágenes compartidas en redes sociales muestran a la mujer sujetando con una correa al animal en los pasillos del centro comercial Antara, en la exclusiva zona de Polanco de Ciudad de México.
El caso se difundió en los medios de comunicación del país a partir de una serie de mensajes en twitter de una usuaria de la red social, quien expresó su preocupación por la presencia del animal: “Claramente no está midiendo los riesgos que esto implica”, escribió.
“La mujer encontró mi publicación y tuvo la audacia de decir que ‘no era ilegal’. Cuando le respondí, eliminó su comentario y me bloqueó. Sin embargo, encontré más fotos del cachorro”, escribió Zaira M el domingo.
“ Belinda se despide de su mascota más exótica: ¡un león!”. 8
De acuerdo con medios nacionales, ..., luego de que sus vecinos mostraran su inconformidad por vivir cerca de un animal salvaje. Además, de acuerdo con personas cercanas, el león ya había crecido demasiado.
Te presentamos un video que ella misma publicó (pero después eliminó) hace tiempo en su cuenta de Instagram, donde se observa a la feroz mascota. Esperamos que con esto, ... haya entendido que los animales exóticos no son para vivir encerrados en una casa, sino libres en su hábitat natural.
“ Paseaba su hermoso pitón en el estadio”. 9
Un joven originario de Zacatecas y vecino de la colonia Agua Azul, decidió esta mañana salir a pasear a su mascota y junto con un amigo salieron caminando hacia la unidad deportiva Agustin Flores Contreras.
Ello provocó que llegaran los reportes al 911, por lo que elementos de la Policía acudieron al sitio donde se entrevistaron con el joven a quien le pidieron el permiso para poder tenerla ya que se trata de un animal exótico.
El joven les dijo que sí lo tenía, pero en su casa, asimismo señaló que cada mes le da de comer conejos de entre dos y cuatro kilos para saciar su hambre.
Finalmente se dijo que el animal se quedó en el domicilio del propietario quien acreditó la procedencia de la misma, además de que estos se venden en tiendas de mascotas.
Las anteriores son sólo algunas de las notas que se ubican de manera cotidiana en los distintos portales de noticias de nuestro país y que, si bien en su mayoría demuestran contar con autorización que acredite su legal procedencia y tenencia, ello no resulta suficiente para lograr entender y respaldar dicha situación.
Históricamente, en el Partido Verde hemos sido consistentes en la dirección de nuestros trabajos legislativos para lograr erradicar cualquier acto que atente contra la dignidad, integridad física e, incluso, la pérdida de vida de un animal como consecuencia de la convivencia humana.
Hemos tenido logros importantes en la protección de primates, psitácidos, distintas especies de tiburones, tortugas marinas y mamíferos marinos; en todos estos avances legislativos fuimos enfáticos en que no existe razón alguna que justifique la extracción de un animal de su medio sivestre para uso, explotación y aprovechamiento humano.
Junto con las diferentes fuerzas políticas hemos logrado encontrar consensos, pues insistimos en que no existe persona alguna que pueda defender el maltrato animal bajo ninguna circunstancia.
En este caso particular la tenencia de fauna silvestre como mascota nos lleva a cuestionarnos si debe persistir la posibilidad de que una persona pueda poseer un ejemplar silvestre, cuyo valor ambiental está por demás demostrado, por el simple hecho de cumplir con un gusto personal o una aspiración social.
En este sentido, científicos señalan que el ser humano domesticó a algunas especies y las convirtió en animales de compañía. Desafortunadamente, ha crecido el interés por tener animales silvestres como mascotas, pero al extraerlos de su hábitat se daña la naturaleza, se altera el ecosistema y se pueden transmitir enfermedades a otros animales, incluido el propio ser humano. 10
Los científicos aseguran que tenerlos como mascotas implica graves problemas para la salud tanto humana como animal; además, se debe exaltar que la mayor parte de las especies de fauna silvestre que se comercian, aun en tiendas reconocidas, proviene del comercio ilegal; los animales son extraídos de su ambiente y se venden sin permiso.
Refieren que entre las especies más traficadas se encuentran: loros, guacamayas, pericos, jaguares, ocelotes, tarántulas, reptiles, anfibios, tigres y leones —estos últimos no son originarios de México—; estimando que por cada loro, perico o guacamaya extraído de su ambiente mueren entre cinco y diez ejemplares; por cada mono que es vendido, otros tres mueren durante su captura, acopio o distribución.
Por lo anterior, aseguran que al comprar un animal silvestre, su extracción por sí misma atenta contra la biodiversidad y sus consecuencias ocasionan daños irreversibles, en función de ello, para Perla María del Carmen Acevedo Ramírez, investigadora en parasitología, las especies silvestres están mejor si se encuentran en su hábitat natural. Sólo ahí cumplen su función dentro del ecosistema: las aves lucen mejor sus plumajes y cantos en libertad; los depredadores ayudan a mantener el balance; los felinos, primates y reptiles pueden desplazarse en su territorio natural. Por todo lo anterior, tener un animal silvestre como mascota no es la mejor opción. El costo es bastante alto (no sólo económico), así que habrá que pensarlo varias veces.
Dado lo anterior y considerando la situación por la que atraviesa nuestro país con un aumento acelerado de desaparición de especies de fauna silvestre, los que suscribimos consideramos oportuna una modificación a la Ley General de la Vida Silvestre para eliminar la posibilidad de que ejemplares de fauna silvestre puedan ser consideradas mascotas o animales de compañía.
Estamos convencidos de que se trata de una reforma necesaria para poner un alto a la desaparición de millones de especies que son sustraídas de su medio natural para ser reproducidas y vendidas sin observar que ello representa la vía acelerada para su extinción.
Insistimos en que ningún animal debe ser sometido a situaciones antinaturales y menos aún cuando se trata de especies cuyo valor ambiental se mide por los servicios ambientales que presta no sólo para su propia especie, sino para la propia humanidad.
Por lo anterior, se propone eliminar la autorización emitida por la autoridad ambiental federal, así como todas las disposiciones reglamentarias que de ello derivan, con la finalidad de no permitir nunca más la tenencia de un ejemplar de fauna silvestre para esparcimiento y gusto de las personas.
Para mayor entendimiento, se presenta el cuadro comparativo con las propuestas planteadas:
Estamos convencidos que con la aprobación de estas reformas lograremos una efectiva protección de la fauna silvestre, abonando a la conservación de sus poblaciones y al equilibrio ecológico de nuestro planeta.
Por lo expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre
Único. Se reforma la fracción IX del artículo 10 y el inciso a) del artículo 52 de la Ley General de Vida Silvestre. Asimismo, se deroga el artículo transitorio Noveno de la Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2000, para quedar como sigue:
Artículo 10. Corresponde a las entidades federativas, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y en las demás disposiciones aplicables, ejercer las siguientes facultades:
I. a VIII. ...
IX. La creación y administración del padrón de la entidad federativa de aves de presa.
X. a XI. ...
Artículo 52. Las personas que trasladen ejemplares vivos de especies silvestres, deberán contar con la autorización correspondiente otorgada por la secretaría de conformidad con lo establecido en el reglamento.
Asimismo, deberán dar cumplimiento a las normas oficiales mexicanas correspondientes. No será necesario contar con la autorización de traslado a que se refiere el párrafo anterior cuando se trate de:
a) Aves de presa, acompañadas de la marca y la documentación que demuestre su legal procedencia, o en su caso la marca correspondiente.
b) a d)...
Transitorios
Primero. a Octavo. ...
Noveno. Se deroga
Décimo. ...
Régimen Transitorio
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En un plazo de 365 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá adecuar el Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre; así como todas aquellas disposiciones normativas y reglamentarias de conformidad al presente decreto.
Tercero. Las autorizaciones que se encuentren vigentes al momento de la entrada en vigor del presente decreto continuarán siendo válidas y legales, por lo que la tenencia de los ejemplares de vida silvestres autorizados para su tenencia continuará vigente; lo anterior, sin limitar las atribuciones de la autoridad ambiental para verificar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los poseedores, garantizando en todo momento el trato digno y respetuoso de las especies de fauna silvestre utilizadas como mascota.
Notas
1 Véase, “Manejo de Vida Silvestre”, Semarnat, 2009. Disponible en:
https://www.conafor.gob.mx/biblioteca/manejo-de-vida-silvestre.p df
2 Véase, “Ley General de Vida Silvestre”, artículo 3o., fracción XLIX. Disponible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/146_190118.pdf
3 Véase, “Biodiversidad: uso, amenazas y conservación”, Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Disponible en:
http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/395/benitez_bello t.html
4 Véase, “Flora y Fauna de México”, La Rerserva.com, noviembre de 2016. Disponible en:
https://www.lareserva.com/flora_fauna_de_mexico
5 Véase, “Fauna silvestre de México: uso, manejo y legislación”, INECC. Disponible en:
http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/717/cap1.pdf
6 Véase, “Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre”, artículo 2 fracción XIII Bis. Disponible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LGVS.pdf
7 Véase, “El tigre en Antara: la polémica por la mujer que pasea con un cachorro de tigre en un centro comercial en México”, BBC News Mundo, 8 de septiembre de 2020. Disponible en:
https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-54066719
8 Véase, “Belinda se despide de su mascota más exótica: ¡un león!”. Estilo DF, 11 de mayo de 2017. Disponible en:
https://www.estilodf.tv/noticias/belinda-se-despide-de-su-mascot a-mas-exotica-un-leon/
9 Véase, “Paseaba su hermoso pitón en el estadio”, Tribuna de la Bahía, 3 de marzo de 2021. Disponible en:
https://tribunadelabahia.com.mx/noticias/seguridad/paseaba-su-he rmoso-piton-en-el-estadio-43717
10 Véase, “De animales silvestres a mascotas”, Ciencia por Perla María del Carmen Acevedo Ramírez. Disponible en:
https://www.revistaciencia.amc.edu.mx/images/revista/69_1/PDF/An imalesSilvestres.pdf
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputados y diputadas: Arturo Escobar y Vega, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que reforma los artículos 2o., 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Claudia Pastor Badilla, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Claudia Pastor Badilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con funda-mento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, promueve la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 2o., 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de ambiente y energías renovables, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
I. Antecedentes
a) Contexto
Cambio climático
El cambio climático es la mayor amenaza que enfrenta el mundo en la actualidad, pues afecta a todas las regiones del planeta con efectos devastadores en la naturaleza y, en consecuencia, en la humanidad. Los fenómenos meteoro-lógicos extremos, cada vez más impredecibles y diversos, los cambios en los hábitats y pérdidas de especies animales y flora, así como el incremento de las temperaturas, el aumento del nivel de mar, ponen en peligro la vida en el planeta.
La pandemia por el covid-19 ha sido un claro efecto de la falta de atención del cambio climático y su fatal avance en agravio de la humanidad. “El cambio climático ya está afectando la vida de las personas, el ejercicio de sus derechos y los ecosistemas de los que dependen”. 1
El cambio climático constituye una amenaza para nuestra supervivencia, pues sus efectos están poniendo en peligro los derechos humanos, como los derechos a la salud, a la alimentación, al agua, a la vivienda, a la educación y a una vida cultural hasta los derechos al desarrollo y a la propia vida. 2
El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) concluyó en su informe especial sobre los efectos del calentamiento global de 2018 que las actividades humanas han causado un calentamiento global de aproxi-madamente 1 grados Celsius con respecto a los niveles preindustriales y es probable que hacia 2030 rebase 1.5 grados, con lo cual los riesgos relacionados con el clima son mayores que los que existen actualmente. Esos riesgos dependen de la magnitud y el ritmo del calentamiento, la ubicación geográfica y los niveles de desarrollo y vulnerabilidad, así como de las opciones de adaptación y mitigación que se implementen en cada Estado y a nivel mundial. 3
El aumento del calentamiento global comprende el aumento de la temperatura media en la mayoría de las regiones terrestres y oceánicas, de los episodios de calor extremo en la mayoría de las regiones habitadas, de las precipitaciones intensas en varias regiones y de la probabilidad de sequía en algunas regiones, así como otros múltiples efectos negativos.
Para asegurar que el calentamiento global no sobrepase los 1.5 grados Celsius es necesario que las emisiones globales netas de CO2 disminuyan hasta 2030 en 45 por ciento y con ello los gases efecto invernadero (GEI). Esas reducciones requieren diversas medidas de mitigación para lograr la reducción de la intensidad energética y de los recursos, la tasa de descarbonización y la dependencia respecto a la remoción del dióxido de carbono. 4
Según el informe de 2020 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), en 2019 las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero volvieron a aumentar y se situaron en un máximo histórico, ubicándonos ante un aumento catastrófico de temperatura superior a 3 grados Celsius próximamente. El incremento de 2019 representa 2.6 por ciento más de emisiones de gases que ocasionan el calentamiento global, lo cual a su vez fue originado por el aumento de incendios forestales. Previo a 2019, las emisiones de gases habían registrado un crecimiento promedio anual de 1.3 por ciento, pero las concentraciones atmosféricas de CO2 y otros gases siguen aumentando. 5
De acuerdo con la Organización de Naciones Unidas (ONU), a pesar de que la pandemia por el covid-19 retardó temporalmente la emisión de dióxido de carbono a la atmósfera, ello no supondrá un cambio significativo en la reducción de emisiones para 2030, “a menos que los países aspiren a una recuperación económica que incluya una descarbonización energética”. 6
Por el contrario, la quema de combustibles fósiles continúa siendo la fuente predominante para el suministro energético y, por ende, la principal causa del rápido aumento de las emisiones de GEI. Según la investigación Energizing Finance: Understanding the Landscape 2018 de la organización Sustainable Energy for All, de los veinte países con el déficit de acceso a electricidad más amplio en el mundo, solo dos de ellos dieron financiamiento a soluciones energéticas descentralizadas, mientras que las inversiones en plantas de combustibles de carbón se triplicaron. 7
Para que el calentamiento global se estabilice es necesario reducir las emisiones de dióxido de carbono de manera gradual con la meta de neutralizarlas a cero. México todavía es altamente dependiente de los combustibles fósiles, a pesar de que tiene el compromiso de reducir en 50 por ciento la emisión de GEI para 2050. 8 De continuar con la tendencia actual de crecimiento en los sectores como la generación eléctrica y el transporte, en lugar de disminuir, se generarían mayores emisiones.
La calidad del aire es un elemento relevante en la mitigación del cambio climático, además de guardar estrecha relación con las afectaciones a los derechos de las personas, como al ambiente sano y a la salud. En 2015 se estimó que alrededor de 29 mil muertes en México serían atribuibles a la mala calidad del aire. 9
A inicios de 2021, el secretario general de la ONU destacó que “las medidas que los países individualmente están tomando para reducir sus gases de efecto invernadero establecidas en las Contribuciones Nacionales Determinadas con base en el Acuerdo de París, 10 muestran que no están ni cerca de un nivel de ambición necesario para limitar el cambio climático”. 11
De acuerdo con la ONU, la región de Latinoamérica es altamente vulnerable a los efectos del cambio climático. 12 Estos efectos se acentúan de manera desproporcionada en los países y segmentos de la población que ya se encuentran en desventaja, pues debido a desigualdades e inequidades preexistentes, los grupos marginados y en vulnerabilidad se ven todavía más afectados y carecen de las condiciones o capacidades necesarias para adaptarse y mitigar las consecuencias del cambio climático. 13 Entre ellos pueblos indígenas, comunidades ribereñas y grupos de bajos ingresos, cuyas condiciones como su localización geográfica, la pobreza, la condición de indígena o de minoría, el origen nacional o social o cualquier otra situación social pueden agravar todavía más las consecuencias del cambio climático. 14
El PNUMA destacó en el informe de 2020 que los pueblos indígenas son particularmente vulnerables a las crisis generalizadas y a menudo “se encuentran a la vanguardia del cambio climático soportando condiciones meteorológicas extremas como el aumento del nivel del mar y la contaminación”. 15
En México, 15 por ciento del territorio nacional es vulnerable al cambio climático y 68 por ciento de la población está altamente expuesta a importantes riesgos asociados al aumento en la frecuencia y la intensidad de los fenómenos meteorológicos, cuyos impactos serán más graves en las comunidades rurales e indígenas más pobres. 16
Es por ello que, además de los compromisos y responsabilidades necesarias para combatir el cambio climático y evitar sus efectos devastadores, es necesario actuar de manera urgente y eficiente, con especial atención a los grupos minoritarios y en posiciones de desigualdad, que se ven mayormente afectados por los efectos del cambio climático.
Sobre el cambio climático y las comunidades indígenas en situación de pobreza
Debido a que los efectos del cambio climático afectan en mayor medida a las poblaciones y grupos en vulnerabilidad y desigualdad, su avance acelerado reduce las perspectivas de crecimiento de los países en desarrollo y compromete los objetivos de reducción de la pobreza y el progreso en la lucha por la igualdad.
Desde esa perspectiva, el Acuerdo de París estableció que al atender el cambio climático los Estados deben respetar, promover y considerar sus obligaciones respectivas sobre derechos humanos, como los derechos de los pueblos indígenas. 17
Así como el cambio climático pone en riesgo la supervivencia de todas las personas, también pone en peligro la existencia de los pueblos indígenas. De hecho, por los efectos claros en su entorno y comunidad, los pueblos indígenas son cada vez más conscientes de que el cambio climático no es solo un problema ambiental, sino que tiene consecuencias sociales y económicas graves directamente en sus comunidades.
Los pueblos indígenas, aunque constituyen una minoría, representan la mayor parte de la diversidad cultural en el mundo; son aproximadamente 476 millones de personas indígenas que ocupan un cuarto de la superficie terrestre y que representan 6 por ciento de la población mundial, alrededor de 5 mil culturas indígenas y protegen 80 por ciento de la biodiversidad en el planeta. 18 En México, aproximadamente 3 por ciento de la población es indígena, extendida por todo el país. 19
Debido a que los pueblos indígenas han sido históricamente víctimas de la desigualdad, es todavía una realidad que estas personas mayormente enfrentan situaciones de pobreza y de pobreza extrema De acuerdo con el Banco Mundial, la población indígena en el planeta representa alrededor de 15 por ciento de las personas que viven en pobreza extrema. 20 En México, según el estudio realizado por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Pública en Desarrollo Social (Coneval) sobre Medición de la Pobreza de 2018, 69.5 por ciento de la población indígena se encuentra en situación de pobreza, lo que equivale a alrededor de 8.4 millones de personas; 27.9 de la población indígena vive en pobreza extrema, siendo aproximadamente 3.4 millones de personas. El panorama es menos alentador, al observar que de ese 69.5 de personas indígenas en pobreza, 71.9 tiene ingresos inferiores a la línea de pobreza, y que de 27 por ciento en pobreza extrema, 40 por ciento se encuentra por debajo de la línea de ingresos de pobreza extrema. 21 Es decir, que la gran mayoría de población indígena pobre ni siquiera alcanza la línea de ingresos de calificación de pobreza.
En esta medición, el Coneval también ha mostrado los indicadores de carencia social en la población indígena, concluyendo que en 2018 sólo 57.5 por ciento de las personas indígenas tiene acceso a los servicios básicos en una vivienda, 22 lo que muestra una clara necesidad y urgencia de mejorar la calidad de vida de las comunidades indígenas.
Según el Consejo Mundial de Energía, muchos indicadores de pobreza se relacionan con la falta de energía. El uso de la energía como servicio es una consecuencia del aumento del ingreso de las personas. 23
Aunado a esas dificultades de sobrevivencia que enfrentan las poblaciones indígenas por cuestiones históricas de pobreza, el Banco Mundial ha resaltado que el cambio climático podría impedir el logro de los objetivos de erradicación de la pobreza a nivel mundial. 24
En síntesis, el cambio climático es una amenaza potencial para los pueblos indígenas, no solo porque pone en peligro su existencia misma, sino porque afecta gravemente el ejercicio de sus derechos humanos. Particularmente en cuanto a su acceso a la igualdad, el cambio climático les ha orillado a buscar fuentes alternativas de agua o fuego, a cambiar sus actividades productivas o a percibir aún menos ingresos. Sobre todo las mujeres indígenas se han visto afectadas en la expectativa por alcanzar la igualdad porque sus tareas se han sobrecargado y dificultado, impidiéndoles la diversificación de sus actividades y dirigiéndolas otra vez a la dependencia. 25
Para combatir el cambio climático y sus efectos devastadores en la naturaleza y la humanidad, sobre todo de los pueblos indígenas, quienes han sufrido la desigualdad y discriminación por generaciones, a pesar de ser quienes mayormente contribuyen al cuidado del ambiente y la biodiversidad, es necesario que se tomen medidas efectivas, contundentes e inmediatas para reducir el calentamiento global ocasionado por el uso y las emisiones de carbono.
En palabras de la secretaria ejecutiva de Cambio Climático de la ONU, “2021 es un año decisivo para enfrentar la emergencia climática global y debe ser el momento en el que nos encaminemos hacia un mundo verde, limpio, saludable y próspero”. 26 Asimismo, el secretario general de la ONU ha indicado que “para 2021 el objetivo es construir una coalición para las emisiones netas cero, pero se necesita que los compromisos [de los Estados] se traduzcan en planes concretos respaldados por medidas reales e inversiones”. 27
II. Desarrollo sostenible y energías renovables
La pandemia por el covid-19 ha dejado claro que la desmedida y abusiva intervención de las personas en el ambiente tiene como consecuencia directa la existencia de crisis sanitarias que afectan a todo el planeta, que son cada vez más difíciles de controlar y que ponen en jaque el desarrollo social y económico de la población mundial.
A su vez, las medidas de confinamiento por la pandemia han mostrado que al restar la presencia humana invasora del ambiente, pueden verse efectos positivos, contundentes y tangibles en la naturaleza, como la reaparición de especies, la armonía ambiental y el aire limpio. Claramente el confinamiento no es la medida adecuada ni muchos menos única para mitigar el cambio climático, pero sí ha servido de prueba fiel de que la huella humana puede ser negativa para el ambiente y —sobre todo— de la posibilidad de su revés.
De acuerdo con la ONU, una recuperación sostenible de la pandemia por el covid-19 podría reducir hasta 25 por ciento las emisiones de GEI previstas para el 2030 y acercar al mundo al logro del objetivo del Acuerdo de París de limitar el calentamiento global a 2 grados Celsius. Los planes de recuperación ofrecen la oportunidad de reconstruir de forma más ecológica y limpia, reduciendo las emisiones de dióxido de carbono de manera inmediata. Para una recuperación verde y limpia deben incluirse medidas como el apoyo directo a las tecnologías e infraestructuras de cero emisiones, la reducción de los subsidios a los combustibles fósiles, la eliminación de nuevas plantas de carbón y el impulso de las soluciones basadas en la naturaleza. 28
Los impactos del cambio climático y su respuesta adecuada están estrechamente vinculados al desarrollo sostenible, el cual equilibra el bienestar social, la prosperidad económica y la protección ambiental. 29 Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), adoptados en 2015 por la ONU con miras al 2030, brindan un marco para evaluar los vínculos entre el calentamiento global y los objetivos de desarrollo mundial, que incluyen la erradicación de la pobreza (ODS1), la reducción de las desigualdades (ODS10), la acción climática (ODS13), las ciudades y comunidades sostenibles (ODS11) y la energía asequible y no contaminante (ODS7). 30
Esta Agenda 2030 es un llamado a adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos. Para ello, se establecen como metas el fortalecimiento de la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países, así como la incorporación de medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales. 31
Los cambios en el clima, la pérdida de biodersidad y la contaminación dificultan aún más la consecución de los ODS y están socavando los logros de desarrollo que tanto ha constado conseguir en aras de la erradicación de la pobreza y desigualdades y la promoción de un crecimiento económico sostenible. Los gobiernos deben abandonar las subvenciones perjudiciales para el ambiente, invertir en soluciones y tecnologías de bajas emisiones de carbono y respetuosas con la naturaleza, e internalizar sistemática-mente los costos ambientales y sociales. 32
El ODS7 sobre energía asequible y no contaminante requiere una transición en la producción, oferta y consumo de la energía. Debido a que actualmente la producción y consumo de energía es la causa principal del calentamiento global, todas las naciones en el mundo están comprometidas a reducir el uso y subsidio de combustibles fósiles y a invertir en tecnologías de bajas emisiones y energías renovables.
Las energías limpias, a pesar de no ser contaminantes, incluyen energías de ciclo combinado, energía nuclear y eléctrica con tecnología de captura y secuestro de carbono, por lo cual deben priorizarse las energías renovables sobre las energías limpias. 33
Gran parte de la población mundial todavía depende de combustibles sucios como el carbón y desperdicio animal para la preparación de alimentos, así como para la calefacción doméstica. En ese sentido, el reto actual es reducir esa dependencia en combustibles fósiles y producir electricidad, calor y la energía de los sistemas de transporte a través de medios limpios y asequibles, disponibles para todas las personas. La energía es motor de las economías y sustento de las sociedades.
La sostenibilidad en el sector energético es el desarrollo de la industria con loables consideraciones para el ambiente. 34 La energía sustentable es una oportunidad de transformar vidas y las dinámicas económicas a la vez que se protege el ambiente; por ello, las autoridades deben mejorar e incrementar su acceso a energías renovables. En los últimos años, el desarrollo de las energías renovables ha aumentado y el sector eléctrico ha sido el mayoritariamente beneficiado, habiéndose elevado las capacidades de generar energía con fuentes renovables en 50 por ciento, a nivel global, por lo cual su costo ha reducido drásticamente. La industria que promueve modelos de servicios de energía innovadores como la energía solar, eólica, de biomasa e hidroeléctrica ha logrado competitividad relativa frente a los servicios de electricidad de combustibles fósiles. 35
Los proyectos de energías renovables resultan indispen-sables para avanzar hacia un desarrollo bajo en carbono. Además de su gran potencial para mitigar el cambio climático, las energías renovables pueden aportar otros beneficios, pues contribuyen al desarrollo socioeconómico, favorecen el acceso a la energía y la seguridad en su suministro. México es un país que, a pesar de tener condiciones naturales de riqueza —lo que representa un inmenso potencial para generar energía por fuentes renovables—, es dependiente de combustibles fósiles. 36
La provisión de energías renovables debería asignarse donde mejor es apreciada como insumo de la actividad económica y de desarrollo humano. Por ejemplo, las energías renovables como la eólica y la solar son un elemento clave para alcanzar las cero emisiones de GEI, cuyo potencial puede ser ampliamente explotado. Actualmente la energía solar se usa más para la iluminación y calefacción en el ambiente doméstico, pero no se ha aprovechado todo su potencial para el desarrollo económico, como en la productividad agrícola. También, los sistemas de energía solar podrían mejorar considerablemente la atención médica y la infraestructura de escuelas para el suministro de agua, así como para su consumo humano y doméstico, para la preparación de alimentos y su refrigeración. En comparación con la energía que se obtiene de los combustibles fósiles, los sistemas de energía solar son flexibles, requieren poco mantenimiento y son compatibles con el ambiente.
El uso de energías renovables es una medida básica para enfrentar el cambio climático y cumplir los compromisos de México en materia de reducción de GEI. Sin embargo, de acuerdo con el seguimiento de 2020 a la implantación del ODS7, México solamente cuenta con 10 por ciento de energía de fuente renovable, a pesar de haberse comprometido a alcanzar 34 por ciento hacia 2024. 37
Muchos de los beneficios al optar por energías renovables se relacionan con disminuir los costos de producción y distribución de electricidad en zonas rurales o aisladas, reducir la mala calidad del aire y los impactos en la salud de poblaciones vulnerables, aminorar riesgos de accidentes, muertes y víctimas en los proyectos de extracción de hidrocarburos, aumentar el acceso a energía y garantizar la seguridad en su suministro y neutralizar la especulación de los mercados por el agotamiento de los recursos fósiles. 38
Lograr un desarrollo sustentable con bajos niveles de emisiones de GEI requiere de una eficiente y eficaz expansión de energía renovable, por lo cual es necesario promover mejores prácticas para proteger el ambiente; al tiempo que se respeten y protejan los derechos humanos de las comunidades, deben incorporar en su planeación e implementación el respeto a los derechos humanos como un elemento clave para transitar hacia un futuro justo y limpio.
III. Energías renovables en comunidades rurales e indígenas
Los servicios de energía en comunidades indígenas dependen principalmente de su nivel de ingreso, que en México está mayoritariamente por debajo de la línea de calificación de pobreza y pobreza extrema La expansión de la cobertura de servicios de energía a zonas rurales y con poca accesibilidad debe basarse en el mejoramiento de la calidad de vida, cuyos indicadores en México según el Coneval son actualmente bajos, y el fomento de la actividad económica local.
Al respecto, el coordinador principal de Energía de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) ha señalado que incluso “pequeñas cantidades de energía pueden representar una gran diferencia para mejorar la vida rural, incrementar la productividad agrícola y crear nuevas oportunidades de ganar ingresos”. 39
A fin de incrementar la productividad agrícola y mejorar la calidad de vida de las comunidades rurales es fundamental echar mano de otras fuentes de energía que no sean las basadas en combustibles fósiles, pero que a la vez sean económicas e inofensivas para el ambiente. 40
El papel de las energías renovables dentro de las comunidades rurales o aisladas —a esas que generalmente pertenecen los pueblos indígenas— “trasciende la expansión de los servicios de energía y se relaciona directamente con la promoción de un desarrollo sostenible basado en el alivio de la pobreza y la preservación de los recursos naturales”. 41
El uso de energías renovables en comunidades rurales debe atender al respeto de las culturas étnicas sobre la naturaleza y sus recursos, la preservación de su entorno y su pertenencia cultural, el fomento de sus actividades económicas como la actividad agrícola, el camino para la igualdad y no discriminación de las personas integrantes de pueblos indígenas y su involucramiento en la mitigación y adaptabilidad al cambio climático.
La adopción de soluciones basadas en energías renovables supone consideraciones rigurosas sobre desarrollo sostenible, como los beneficios por la mitigación de emisiones de GEI y de los atractivos económicos debido a la naturaleza única basada en el ambiente.
Dada la inviabilidad económica de llevar servicios de energía a zonas inaccesibles, lejanas y rurales, las energías renovables son alternativas ciertas y apropiadas para comunidades indígenas, además de tener un gran potencial por las condiciones óptimas de naturaleza en las que pueden implementarse, tales como el brillo solar, el viento y las precipitaciones constantes por la producción natural de biomasa. 42
Los sistemas de energía renovable a veces pueden ser la única solución técnicamente viable para suministrar la energía necesaria en las comunidades rurales aisladas. Los sistemas de energía solar en los programas de electrificación de zonas rurales son particularmente adecuados en las poblaciones distantes y dispersas, cuya demanda de energía es poca. 43
En la experiencia mundial, ya se cuenta con diversos casos de éxito en los que países en desarrollo con problemas de acceso a energía han integrado modelos que ofrecen energía de fuentes renovables y que no solo han resuelto la falta de disponibilidad de electricidad, sino que en general han mejorado la calidad de vida de las comunidades, tanto por su acceso a servicios básicos, pero también por mejoras en su salud, desarrollo socioeconómico y actividades económicas. 44
Incluso México ha sido caso de estudio en cuanto al acceso de energías modernas, en el que se recomendó que se ampliara el espectro del Fondo de Servicio Universal Eléctrico para apoyar el acceso a tecnologías limpias de preparación de alimentos para las comunidades más pobres y vulnerables, a efecto de reducir el uso de combustibles sólidos y contaminantes como leña, diésel y carbón. 45
Es indispensable que los proyectos de energía renovable sean ejecutados de forma sustentable y equitativa, no deben violentar el disfrute de los derechos humanos sobre todo en áreas rurales o aisladas donde viven comunidades indígenas o campesinas. De acuerdo con las malas experiencias en el país respecto a megaproyectos y la violación de derechos humanos de comunidades indígenas, así como los daños al ambiente, los proyectos de energías renovables deben implementarse con los menores impactos posibles en el ambiente y en la sociedad aprovechando el amplio potencial de México para generar energía por medio de fuentes renovables, al mismo tiempo que se protejan y respeten los derechos humanos de las personas posiblemente afectadas, procurándoles el reparto de beneficios para su comunidad, la creación de empleos, el acceso preferente energía. 46
Para contrarrestar cualquier efecto negativo, estos proyectos preferiblemente deben realizarse como planes comunitarios, que fomenten el mercado de energías renovables compe-titivo e incluyente promoviendo proyectos de generación de energía a pequeña escala y con figuras como la generación distribuida para democratizar el acceso a la energía y reducir los impactos negativos en el ambiente y en la sociedad. 47
En conclusión, en México deben implantarse medidas para incentivar la adaptación y mitigación del cambio climático, basadas en la reducción de las emisiones de GEI con la transición hacia las energías renovables, las cuales deben ser facilitadas en las comunidades rurales e indígenas, siendo estas las mayormente afectadas por los efectos del cambio climático, lo que además trascenderá a mejorar su desarrollo humano, económico, acceso a la igualdad y la erradicación de la pobreza.
IV. Ambiente sano
Un entorno sano es una condición fundamental para el desarrollo de múltiples derechos humanos. El deterioro del ambiente pone en riesgo la vida de las personas y el desarrollo humano. Por ello, el medio sano ha sido reconocido como un derecho humano de relevancia colectiva y global que abarca una amplia gama de prerrogativas a favor de las personas y su entorno, así como obligaciones de parte de los Estados.
El ambiente sano implica la protección efectiva de la naturaleza más allá de los objetivos más inmediatos de cada ser humano, pues entraña el concepto de colectividad, así como la interacción de las personas y la naturaleza. 49 Un ambiente sano es un elemento indispensable para la conservación de la especie humana y constituye un bien público, cuyo disfrute o daños no sólo afectan a una persona, sino a la población en general. 50
Los efectos negativos en el ambiente traen consigo consecuencias en diversos derechos de las personas, como la salud, la integridad personal o la vida. 50 En ese sentido, deben implantarse medidas suficientes para prevenir y mitigar la degradación ambiental, las cuales deben cumplir con estándares constitucionales y convencionales a fin de proteger la salud, entendida como un estado completo de bienestar físico, mental y social. 51
Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha explicado que existe una incorporación intrínseca de la sustentabilidad en el contexto del derecho humano a un medio sano, sobre un marco económico y social del desarrollo. Así, el principio constitucional de protección del ambiente sano y la obligación de garantizar su pleno ejercicio, conllevan incorporar un entendimiento central del concepto de sustentabilidad ecológica con trascendencia jurídica, a fin de garantizar la utilización de los recursos naturales para las generaciones presentes y futuras, en la inteligencia de que su importancia vital radica en evitar su deterioro, como una condición necesaria para el disfrute de otros derechos fundamentales. En consecuencia, la obligación del Estado de proteger dicha prerrogativa y disponer que sus agentes garanticen su respeto, implica compaginar metas fundamentales entre el desarrollo económico y la preservación de los recursos, mediante el desarrollo sustentable, que persigue el logro de los objetivos esenciales siguientes: (i) la eficiencia en la utilización de los recursos y el crecimiento cuantitativo; (ii) la limitación de la pobreza, el mantenimiento de los diversos sistemas sociales y culturales y la equidad social; y, (iii) la preservación de los sistemas físicos y biológicos —recursos naturales, en sentido amplio— que sirven de soporte a la vida de los seres humanos, con lo cual se tutelan diversos derechos inherentes a las personas, como los relativos a la vida, la salud, la alimentación y al agua, entre otros. 52
En el mismo sentido, el Comité de Derechos Humanos de la ONU dispuso en su Observación General número 36 53 que la degradación ambiental, el cambio climático y el desarrollo no sostenible representan algunas de las amenazas más acuciantes y serias al ejercicio del derecho a la vida de las generaciones presentes y futuras. Por ello, cumplir con la obligación de respetar y garantizar la vida, y en particular una vida con dignidad, depende de las medidas tomadas por los Estados para preservar el ambiente y protegerlo de cualquier daño, contaminación o cambio climático causado por actores públicos o privados. Por ende, los Estados deben asegurar el uso sostenible de los recursos naturales, entre otras obligaciones al respecto.
En este contexto, en una decisión histórica a nivel mundial, el Tribunal Supremo de los Países Bajos señaló que de acuerdo con el Convenio Europeo de Derechos Humanos, como parte del derecho a un ambiente sano, las autoridades deben tomar medidas para reducir las emisiones de carbono y limitar el calentamiento global. 54
Por ello, las obligaciones que entraña el derecho a un ambiente sano van más allá de aplicar medidas regulares y ordinarias para el cuidado de la naturaleza, pues ante la emergencia climática, las naciones tienen el deber de afrontar la crisis con medidas decisivas para mitigar el calentamiento global, causado por las emisiones de GEI, que mayoritariamente provienen del uso de energías basadas en combustibles fósiles, cambiando en su lugar hacia las energías no contaminantes y renovables.
V. Marco jurídico
Normatividad nacional e internacional
El párrafo quinto del artículo 4º Constitucional establece el derecho de toda persona a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar, que el Estado garantizará el respeto a este derecho y el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto en la ley.
El artículo 110 de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la calidad del aire es un elemento necesario del derecho a un medio sano, que se debe garantizar con la conservación de varios elementos como la protección a la atmósfera.
El artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, que incluye el mejoramiento en todos sus aspectos del ambiente.
El artículo 24 de la Convención de los Derechos de la Niñez reconoce el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del ambiente.
A escala regional, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conocido como “Protocolo de San Salvador”, reconoce en el artículo 11 el derecho de toda persona a vivir en un ambiente sano. Además, establece la obligación de los Estados de promover la protección, preservación y mejoramiento del ambiente.
Respecto al cambio climático y desarrollo sostenible, en México se cuenta con la Ley General de Cambio Climático, la cual establece el marco jurídico especializado para regular las políticas públicas de adaptación al cambio climático y mitigación de sus efectos.
En el artículo 2, la misma ley nacional señala como entre sus objetivos, garantizar el derecho a un ambiente sano y regular las emisiones de GEI para lograr la estabilización de sus concentraciones en la atmósfera y combatir el cambio climático.
En su artículo 33, fracción III, dicha ley establece que los objetivos de las políticas para la mitigación del cambio climático son “ promover de manera gradual la sustitución del uso y consumo de los combustibles fósiles por fuentes renovables de energía, así como la generación de electricidad a través del uso de fuentes renovables de energía; y promover prácticas de eficiencia energética, el desarrollo y uso de fuentes renovables de energía y la transferencia y desarrollo de tecnologías bajas en carbono”.
El artículo 34, fracción I, señala que para reducir las emisiones de GEI, se promoverán acciones para promover el uso de fuentes renovables de energía, así como fomentar la utilización de energías renovables para la generación de electricidad.
De igual manera, en México se cuenta con la Ley de Transición Energética que tiene por objeto regular el aprovechamiento sustentable de la energía, así como las obligaciones en materia de energías limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica. En su artículo 2, fracción IX, establece que para dicho objeto se promoverá el aprovechamiento energético de recursos renovables.
En el sistema universal, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, 55 de la que México es parte, establece en su artículo 4.1 c), que uno de los compromisos de los Estados es promover el desarrollo, la aplicación y la difusión de tecnologías, prácticas y procesos que controlen, reduzcan o prevengan las emisiones antropógenas de GEI en diversos sectores, entre ellos la energía, el transporte, la industria, la agricultura, la silvicultura y la gestión de desechos.
Además de la Convención Marco, México es parte del Protocolo de Kyoto 56 y del Acuerdo de París, 57 acuerdos adicionales a la Convención, que establecen medidas concretas para el cambio climático. Este último como resultado del esfuerzo internacional de tomar medidas eficaces para la reducción de emisiones de GEI, promover el desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza.
La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de las Naciones Unidas 58 es igualmente aplicable al cambio climático. Según su artículo 1, el derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él. El derecho al desarrollo salvaguardado por la Declaración es esencial para alcanzar el desarrollo sostenible y un crecimiento bajo en carbono en un contexto de cambio climático.
Sobre la protección de los derechos de grupos vulnerables en relación con el cambio climático, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 59 constituye un referente de especial importancia sobre la relación entre derechos humanos y cambio climático. En el artículo 29.1 de la Declaración se reconoce el derecho a la conservación y protección del ambiente de los pueblos indígenas y al mismo tiempo, se señala en el artículo 24.2 que las personas indígenas tienen igual derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental y que los Estados deben tomar las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente que este derecho se haga plenamente efectivo.
VI. Justificación de la iniciativa
Debido a que el cambio climático ha sido reconocido como la mayor amenaza ambiental de la humanidad, pues pone en peligro la vida y el bienestar y los derechos de las personas, en lo individual y en lo colectivo, es indispensable tomar acciones definitivas y efectivas para reducir sus efectos.
En este momento de emergencia climática es imperante tomar decisiones de mitigación ciertas y determinadas, que detengan y reduzcan las emisiones de GEI. La energía basada en combustibles fósiles es la mayor contribuyente a dichas emisiones, por lo cual es obligado reemplazarla por energías no contaminantes y renovables. De no hacerlo, la comunidad mexicana, sobre todo los pueblos indígenas, quienes históricamente han sufrido de la desigualdad y discriminación, se verán severamente afectados, incluso su existencia misma se podría poner en peligro.
Por otro lado, México debe asegurar el cumplimiento de sus compromisos encaminados a alcanzar 35 por ciento de la generación de energía a través de fuentes no contaminantes para 2024, priorizando las energías renovables por encima de las tecnologías de generación limpia a fin de contribuir realmente al combate del cambio climático como misión mundial.
De acuerdo con el IPCC y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, el enfoque de derechos en toda medida contra el cambio climático contribuye a una acción más efectiva. Es por ello que mediante esta propuesta de reforma se pretende incorporar la implementación plena y efectiva de acciones de mitigación al cambio climático.
En ese sentido, esta iniciativa tiene como objeto promover los derechos de las personas que se verá desproporcio-nadamente afectadas por el cambio climático, como lo son los pueblos indígenas, dándoles una consideración adicional a sus derechos al ambiente sano y al desarrollo.
VII. Contenido de la iniciativa
La presente iniciativa propone reformar el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de que se promueva el uso de las energías renovables como parte de las acciones afirmativas para el desarrollo de los pueblos indígenas; el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de incorporar el uso de energías renovables en el derecho a un ambiente sano; y el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de que se promueva el uso de energías renovables como parte de las medidas para preservar y restaurar el equilibrio ecológico, de acuerdo con la potestad de la nación de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales.
Para mayor comprensión de la iniciativa que se propone, se presenta la siguiente tabla comparativa en la que se aprecia en la primera columna el texto vigente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la segunda columna la propuesta de adición resaltada en negritas:
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma los artículos 2o., 4o. y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de medio y energías renovables
Único. Se reforman las fracciones IV y VII, Apartado B, del artículo 2o., el párrafo quinto del artículo 4o. y el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 2....
...
A. ...
B. La federación, las entidades federativas y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.
Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de
I. a III. ...
IV. Mejorar las condiciones de las comunidades indígenas y de sus espacios para la convivencia y recreación, mediante acciones que faciliten el acceso al financiamiento público y privado para la construcción y mejoramiento de vivienda, así como ampliar la cobertura de los servicios sociales básicos, promoviendo su acceso a las energías renovables.
V. y VI. ...
VII. Apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia de sus ingresos económicos, la aplicación de estímulos para las inversiones públicas y privadas que propicien la creación de empleos, la incorporación de tecnologías para incrementar su propia capacidad productiva, como las energías renovables, así como para asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización.
...
...
Artículo 4....
...
Toda persona tiene derecho a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho y promoverá el uso de energías renovables. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto en la ley.
...
Artículo 27....
...
La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico, promoviendo el uso de energías renovables; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión contará con un plazo de ciento ochenta días para realizar las adecuaciones necesarias al marco jurídico conforme al presente Decreto.
Notas
1 Comisión Económica para América Latina y el Caribe/Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Cambio climático y derechos humanos: contribuciones desde y para América Latina y el Caribe, LC/TS.2019/94/Corr.1, Chile, 2019. página 11.
2 Ibídem, página 7.
3 Informe especial sobre los efectos del calentamiento global de 2018 del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático. Disponible en
https://www.ipcc.ch/site/assets/uploads/sites/2/2019/09/IPCC-Spe cial-Report-1.5-SPM_es.pdf
4 Ídem.
5 Noticias ONU, Las emisiones de CO2 rompen otro récord: un calentamiento global catastrófico amenaza el planeta, 9/12/2020. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2020/12/1485312
6 Ídem.
7 Sustainable Energy for All, Energizing Finance: Understanding the Landscape 2018. Disponible en
https://www.seforall.org/data-and-evidence/energizing-finance-se ries/energizing-finance-2018
8 Transitorio segundo, del Decreto por el cual se expidió la Ley General de Cambio Climático, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012.
9 NECC-Semarnat, Estimación de impactos en la salud por con-taminación atmosférica en la región centro del país y alternativas de gestión. Disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/208105/INECC_CAME _Final_14022017.pdf
10 El Acuerdo de París es un tratado internacional en materia de cambio climático, ratificado por México. Disponible en
https://unfccc.int/es/process-and-meetings/the-paris-agreement/q ue-es-el-acuerdo-de-paris
11 Noticias ONU, Cambio Climático sin freno: los países están muy lejos de cumplir el Acuerdo de Paris. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2021/02/1488722
12 Comisión Económica para América Latina y el Caribe/Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (CEPAL/ACNUDH), Cambio climático y derechos humanos: contribuciones desde y para América Latina y el Caribe, LC/TS.2019/94/Corr.1, Chile, 2019. página 7.
13 Ibídem, página 11.
14 Ídem.
15 Noticias ONU, Las emisiones de CO2 rompen otro récord: un calentamiento global catastrófico amenaza el planeta. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2020/12/1485312
16 Evaluación de la OCDE sobre el desempeño ambiental. Disponible en
http://www.oecd.org/env/countryreviews/evaluaciondelaocdesobreel desempeoambientalmexico2013.htm
17 Acuerdo de París. Disponible en
https://unfccc.int/es/process-and-meetings/the-paris-agreement/q ue-es-el-acuerdo-de-paris
18 Banco Mundial, Pueblos Indígenas. Disponible en
https://www.bancomundial.org/es/topic/indigenouspeoples
19 Inegi, disponible en
http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/lindigena.aspx?tema=*P
20 Banco Mundial, Pueblos Indígenas. Disponible en
https://www.bancomundial.org/es/topic/indigenouspeoples
21 Inegi, Medición de Pobreza 2018. Disponible en
https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza_Indigena. aspx
22 Inegi, Medición de Pobreza 2018. Disponible en
https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza_Indigena. aspx
23 World Energy Council, 1995, página 35.
24 ONU Medio Ambiente, Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, Pueblos Indígenas. Disponible en
https://www.un.org/development/desa/indigenous-peoples-es/areas- de-trabajo/medio-ambiente.html
25 Ídem.
26 Noticias ONU, Cambio Climático sin freno: los países están muy lejos de cumplir el Acuerdo de Paris. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2021/02/1488722
27 Noticias ONU, Las emisiones de CO2 rompen otro récord: un calentamiento global catastrófico amenaza el planeta, 9/12/2020. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2020/12/1485312
28 Ídem.
29 Informe especial sobre los efectos del calentamiento global de 2018 del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático. Disponible en
https://www.ipcc.ch/site/assets/uploads/sites/2/2019/09/IPCC-Spe cial-Report-1.5-SPM_es.pdf
30 Obejtivos de Desarrollo Sostenible. Disponible en
https://www.undp.org/content/undp/es/home/sustainable-developmen t-goals.html
31 Comisión Económica para América Latina y el Caribe/Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Cepal/ACNUDH), Cambio climático y derechos humanos: contribuciones desde y para América Latina y el Caribe, LC/TS.2019/94/Corr.1, Chile, 2019. página 13
32 PNUMA, Hacer las paces con la naturaleza, 2021, págs. 10-12. Disponible en
https://www.unep.org/es/resources/making-peace-nature
33 CEMDA, Aire, energía y cambio climático. Disponible en
https://www.cemda.org.mx/aire-energia-y-cambio-climatico/#_ftn5
34 Pinto Siabato Flavio, Energías renovables y desarrollo sostenible en zonas rurales de Colombia, 2004, página 122.
35 ONU Cambio Climático, NDC Synthesis Report, 2021. Disponible en
https://unfccc.int/process-and-meetings/the-paris-agreement/ nationally-determined-contributions-ndcs/nationally-determined-contributions-nd cs/ndc-synthesis-report
36 2CEMDA, Proyectos de energía renovable y protección de derechos humanos. Disponible en
https://www.cemda.org.mx/proyectos-de-energia-renovable-y-protec cion-de-derechos-humanos/
37 Tracking SDG7 México, Reporte 2020. Disponible en
https://trackingsdg7.esmap.org/country/mexico
38 CEMDA, Proyectos de energía renovable y protección de derechos humanos. Disponible en
https://www.cemda.org.mx/proyectos-de-energia-renovable-y-protec cion-de-derechos-humanos/
39 Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Energía solar para el desarrollo rural.
40 Ídem.
41 Pinto Siabato Flavio, Energías renovables y desarrollo sostenible en zonas rurales de Colombia, 2004, página 121.
42 Íbidem, página 105.
43 Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Energía solar para el desarrollo rural.
44 Social Impacts of Solar Systems in Rural Areas: Case of Study in Bangladesh
45 Sustainable Energy for All, Energy Safety Nets: Mexico Case of Study, Policy Brief. Disponible en
https://www.seforall.org/system/files/2020-06/ESN_Mexico_ Policy_SEforALL.pdf
46 CEMDA, Proyectos de energía renovable y protección de derechos humanos. Disponible en
https://www.cemda.org.mx/proyectos-de-energia-renovable-y-protec cion-de-derechos-humanos/
47 Ídem.
48 Tesis Aislada, Primera Sala de la SCJN, Derecho humano a un medio ambiente sano. Su núcleo esencial, diciembre de 2018.
49 Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, Derechos hu-manos a la salud y a un medio ambiente sano. La eficacia en el goce de su nivel más alto, implica obligaciones para el estado y deberes para todos los miembros de la comunidad, julio de 2016.
50 Tesis Aislada, Primera Sala de la SCJN, Derecho humano a un medio ambiente sano. Su dimensión colectiva y tutela efectiva, Diciembre de 2018.
51 Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, Derechos humanos a la salud y a un medio ambiente sano. La eficacia en el goce de su nivel más alto, implica obligaciones para el estado y deberes para todos los miembros de la comunidad, Julio de 2016.
52 Tesis aislada, tribunales colegiados de circuito, Medio ambiente sano. Su relación con el desarrollo sustentable y otros derechos fundamentales que intervienen en su protección, Junio de 2018.
53 Disponible en
https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/CCPR/GCArticle6/GCArtic le6_SP.pdf
54 Noticias ONU, Cambio Climático sin freno: los países están muy lejos de cumplir el Acuerdo de Paris. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2021/02/1488722
55 Disponible en
https://unfccc.int/resource/docs/convkp/convsp.pdf
56 Disponible en
https://unfccc.int/es/kyoto_protocol
57 Disponible en
https://unfccc.int/es/process-and-meetings/the-paris-agreement/q ue-es-el-acuerdo-de-paris
58 Disponible en
https://www.ohchr.org/sp/ProfessionalInterest/Pages/RightToDevel opment.aspx
59 Disponible en
https://daccess-ods.un.org/access.nsf/Get?OpenAgent&DS=A/ RES/61/295&Lang=S
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Claudia Pastor Badilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 3o. y 25 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo de la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe, Ana Ruth García Grande, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a su pleno somete la presente iniciativa, al tenor de las siguientes
Consideraciones y Exposición de Motivos
En el afán de armonización, precisión y/o actualización de las normas que integran el sistema jurídico mexicano, a través del ejercicio de las atribuciones conferidas a los legisladores, no hay tarea menor; conscientes de ello y con base en el escenario de oportunidad que ofrece la propia evolución de la sociedad, y sus requerimientos, por cuanto todas las normas vigentes se traducen en disposiciones inacabadamente perfectibles, se gesta la pertinencia de la presente propuesta.
El sistema normativo mexicano, integrado por numerosas leyes, códigos y otras disposiciones normativas, de forma permanente ha venido sufriendo modificaciones dentro del círculo virtuoso que entraña la necesidad de su adecuación constante, o incluso aderezado con la creación de nuevas formas de reglamentación que dan vigor a la aludida tarea de actualización y armonización frente a las realidades que van surgiendo en el infinito espectro de las relaciones humanas en sociedad, y de las relaciones entre autoridad y gobernado, lo que por necesidad debe traducirse en una realidad jurídica acorde a la realidad social del estado mexicano que, como se ha dicho, deviene incesante.
Sustentados en esa naturaleza dinámica, tan propia del sistema jurídico, se presenta ineludible contribuir en su edificación, fortaleciendo el principio de certeza jurídica que le es propio, amén de la legalidad y la vigencia, como garantías expresas para nuestra sociedad humana, como elemento integrador sine qua non del estado en su acepción más dogmática.
Bajo los argumentos previos, en el caso específico de la vigente Ley Nacional de Ejecución Penal, encontramos en una primera oportunidad de actualización, específicamente en su artículo 3 que señala:
Artículo 3. Glosario
Para los efectos de esta Ley, según corresponda, debe entenderse por:
[I al XX]
XXI. Procuraduría: A la Procuraduría General de la República, o Procuradurías Generales de Justicia o Fiscalías Generales en las entidades federativas, según corresponda;
Así, vemos que la fracción XXI del citado numeral admite actualización y armonización por cuanto a la mención de la instancia “Procuraduría General de la República”, esto a virtud de que, por el cambio derivado del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República -publicado el 14 de diciembre de 2018-, y de la propia declaratoria de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República -publicado 20 de diciembre de 2018- en el que la ahora Fiscalía adquiere este nomen, da lugar a la actualización que se propone, pues debe decirse que nuestro orden normativo, dirigido a la colectividad, debe contener las referencias correctas como eje de certeza jurídica de las disposiciones vigentes, muchas veces, como en el caso, con la redacción apropiada, que es lo que se propone en una primer idea.
Aun a riesgo de sobre abundar, para efectos simples de ilustración, creemos que no resulta ocioso consignar en este apartado que, en la propia Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, en su artículo 1, indica dicho cuerpo normativo tiene por objeto reglamentar la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de ésta, como órgano autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, a cargo de las funciones otorgadas al ministerio público de la federación, de conformidad con las disposiciones de supremacía (constitución política y tratados internacionales), y si bien el Sexto Transitorio del decreto previamente aludido precisa que “todas las referencias normativas a la Procuraduría General de la República o del procurador titular se entenderán referidas a la Fiscalía General de la República o a su titular respectivamente, en los términos de sus funciones constitucionales vigentes”, se estima que no resulta intrascendente la propuesta de armonización en la vigente Ley Nacional de Ejecución Penal, atendiendo esta nueva realidad institucional, corrigiendo por consecuencia el texto normativo de su artículo 3.
Ahora bien, cuando la Ley Nacional de Ejecución Penal se hace cargo de establecer las competencias del juez de ejecución en su artículo 25, señala:
Artículo 25. Competencias del Juez de Ejecución
En las competencias a que se refiere el artículo anterior, el Juez de Ejecución deberá observar lo siguiente:
[I al VII]
VIII. Rehabilitar los derechos de la persona sentenciada una vez que se cumpla con el término de suspensión señalado en la sentencia, así como en los casos de indulto o en los casos de reconocimiento de inocencia;
[...]
De la lectura del parágrafo en cuestión advertimos que no se incluye la hipótesis de la “amnistía” como aquella mediante la cual una persona sentenciada obtiene su liberación y, por ende, no se cobija en el imperativo de que sus derechos sean rehabilitados por un juez de ejecución en ejercicio de sus competencias.
Adquiere relevancia como argumento de sustento de esta afirmación, el somero análisis de la Ley de Amnistía publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2020, cuyo artículo 1 señala:
Artículo 1. Se decreta amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales del orden federal, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, en los siguientes supuestos:
I. Por el delito de aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal Federal, cuando:
a) Se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido;
b) Se impute a las y los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, u otro personal autorizado de servicios de la salud, que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo, siempre que la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la madre del producto del embarazo interrumpido;
c) Se impute a los familiares de la madre del producto que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo;
II. Por el delito de homicidio por razón de parentesco, cuando el sujeto pasivo sea el producto de la concepción en cualquier momento de la preñez, en los supuestos previstos en la fracción I de este artículo;
III. Por los delitos contra la salud a que se refieren los artículos 194, fracciones I y II, 195, 195 Bis y 198 del Código Penal Federal, siempre que sean de competencia federal, en términos del artículo 474 de la Ley General de Salud, cuando:
a) Quien los haya cometido se encuentre en situación de pobreza, o de extrema vulnerabilidad por su condición de exclusión y discriminación, por tener una discapacidad permanente, o cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad sin limitación de grado, o por temor fundado, así como quien haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada a cometer el delito;
b) Quien pertenezca a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, en términos del artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se encuentre en alguna de las hipótesis mencionadas en el inciso anterior;
c) Las personas consumidoras que hayan poseído narcóticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis máxima de consumo personal e inmediato, a que se refiere el artículo 479 de la Ley General de Salud, siempre que no haya sido con fines de distribución o venta;
IV. Por cualquier delito, a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura;
V. Por el delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años, y
VI. Por el delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados por razones políticas con el propósito de alterar la vida institucional, siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado o utilizado armas de fuego.
El mismo cuerpo normativo establece en su artículo 3 que la persona interesada, o su representante legal, podrán solicitar a la comisión que coordinará los actos para dar cumplimiento a la Ley de Amnistía, la aplicación de esta ley. Dicha Comisión determinará la procedencia del beneficio y someterá su decisión a la calificación de un juez federal para que éste, en su caso, lo confirme, para lo cual, tratándose de personas con sentencia firme, se realizarán las actuaciones conducentes para, en su caso, ordenar su liberación y, adicionalmente, en su artículo 7 contempla que “las autoridades ejecutoras de la pena pondrán en inmediata libertad a las personas inculpadas, procesadas o sentenciadas, beneficiarias de la presente ley, preservado la confidencialidad de los datos personales”.
En este orden de ideas, resulta indiscutible que la hipótesis de Amnistía debe integrarse al parágrafo 25 de la citada Ley de Ejecución, pues huelga decir que, a diferencia del indulto, que extingue la responsabilidad penal actuando sobre la pena derivada de un delito (la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena), la amnistía actúa sobre el delito mismo. Por ello, la amnistía suele tener efectos retroactivos y, entre otros, extingue toda responsabilidad penal o civil y anula los antecedentes penales. Por el mismo motivo, es general, dado que actúa sobre todos los que cometieron ese delito, y no sobre individuos concretos, sin embargo, para obtenerla, la propia ley de amnistía citada establece un procedimiento, primero ante una comisión especial y posteriormente ante el juez federal, procedimiento que claramente debe impulsar el propio interesado o su representante legal y, por ende, sus efectos si resultan individualizados, aun cuando para ella se requiera una ley, a diferencia de un indulto que se traduce en un acto administrativo, amén de que para este último se requiere sentencia firme y para la amnistía no propiamente.
La amnistía suele suponer un nuevo juicio de valor sobre la conveniencia de prohibir o sancionar una conducta. Por esa razón, las leyes o actos de amnistía son más frecuentes en momentos de cambios sociales o de regímenes políticos, por lo que comúnmente se asocia al perdón de presos políticos.
Bajo esta argumentación, la propuesta de reformas a los numerales 3 y 25 de la Ley Nacional de Ejecución Penal queda de relieve en el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 3 y 25 de la Ley Nacional de Ejecución Penal
Artículo único. Se reforman los artículos 3 y 25 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para quedar como sigue:
Artículo 3. Glosario
Para los efectos de esta Ley, según corresponda, debe entenderse por:
[I al XX]
XXI. Fiscalía: A la Fiscalía General de la República, o Procuradurías Generales de Justicia o Fiscalías Generales en las entidades federativas, según corresponda;
[ ... ]
Artículo 25. Competencias del Juez de Ejecución
En las competencias a que se refiere el artículo anterior, el Juez de Ejecución deberá observar lo siguiente:
[I al VII]
VIII. Rehabilitar los derechos de la persona sentenciada una vez que se cumpla con el termino de suspensión señalado en la sentencia, así como en los casos de indulto, amnistía o en los casos de reconocimiento de inocencia;
[...]
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a la 23 de marzo del 2021. – Diputada Ana Ruth García Grande (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de canasta básica digital, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de canasta básica digital, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
I. Las necesidades básicas que se requieren para un pleno desarrollo social actualmente están esencialmente vinculadas a los avances tecnológicos, por lo que los gobiernos tienen que implementar políticas públicas que vayan encauzadas a garantizar el pleno goce de este derecho y el acceso de bienes y servicios para toda la población, y se revierta la desigualdad tecnológica que afecta a los más vulnerables por causas de pobreza o falta de infraestructura, por lo que se tienen que crear las condiciones necesarias para un desarrollo integral del país.
Los servicios de acceso a internet pasaron a ser considerados esenciales para la garantía del bienestar de los ciudadanos, y es cierto que la inclusión digital pasa también a ser un elemento crucial para el enfrentamiento de las desigualdades socioeconómicas en la región (CGI.br, 2016). 1
II. La pandemia de la covid-19 que afecta a todo el orbe hizo más evidente la necesidad de garantizar el acceso pleno a las tecnologías, la llamada “nueva normalidad” requiere replantear las políticas en materia de ciencia y tecnología, para que las comunidades más apartadas, que de por sí presentan un rezago social y económico generacional, ahora se requiere insertarlas en el mundo de la tecnología, que antes no era una prioridad para sus aspiraciones de sobrevivencia, pero que en la actualidad se ha convertido en un producto básico para tratar de no acrecentar la brecha económica y social prevaleciente entre estos grupos poblacionales.
Estas nuevas necesidades tecnológicas, llevaron a la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) 2 a proponer que se tiene que garantizar y universalizar la conectividad y asequibilidad a las tecnologías digitales para enfrentar los impactos provocados por la pandemia del coronavirus (covid-19) en la región. Para ello, propuso cinco líneas de acción que incluyen construir una sociedad digital inclusiva, impulsar la transformación productiva, promover la confianza y seguridad digital, fortalecer la cooperación digital regional, y avanzar hacia un nuevo modelo de gobernanza para asegurar un ‘Estado de bienestar digital’ que promueva la igualdad, proteja los derechos económicos, sociales y laborales de la población, garantice el uso seguro de datos, y genere el cambio estructural progresivo.
III. La secretaria ejecutiva de la Cepal, Alicia Bárcena, dio a conocer en conferencia de prensa el Informe especial covid-19 número 7 de la institución, 3 titulado “Universalizar el acceso a las tecnologías digitales para enfrentar los efectos de la covid-19”, el cual propone a los países de la región garantizar una canasta básica de tecnologías de la información y las comunicaciones integrada por un computador portátil, un teléfono inteligente, una tableta y un plan de conexión para los hogares no conectados, con un costo anual inferior al 1 por ciento del PIB.
IV. Según Iberdrola (2020) 4 la brecha digital se atribuyó en un primer momento al subdesarrollo y se percibió como algo que con el paso del tiempo se solucionaría y desaparecería al popularizarse y abaratarse la tecnología. Sin embargo, la comercialización masiva de dispositivos electrónicos con acceso a internet no ha podido erradicar la brecha digital. Se han identificado tres tipos de brechas digitales:
Brecha de acceso. Se refiere a las posibilidades que tienen las personas de acceder a este recurso. Aquí entran en juego, entre otras, las diferencias socioeconómicas entre las personas y entre los países, ya que la digitalización requiere de inversiones e infraestructuras muy costosas para las regiones menos desarrolladas y para las zonas rurales.
Brecha de uso. Hace referencia a la falta de competencias digitales que impide el manejo de la tecnología. En este sentido, y por poner un ejemplo, la UIT señala que hay 40 países en los que más de la mitad de sus habitantes no saben adjuntar un archivo a un correo electrónico.
Brecha de calidad de uso. En ocasiones, se poseen las competencias digitales para manejarse en internet, pero no los conocimientos para hacer un buen uso de la red y sacarle el mayor partido posible. Por ejemplo, en lo relativo al acceso a información de calidad.
V. Si bien es cierto que en todos los países de América Latina se ha adoptado medidas para impulsar el uso de soluciones tecnológicas y cautelar la continuidad de los servicios de telecomunicaciones, logrando que el 66,7 por ciento de la población tenga acceso a internet, aún los alcances de esas acciones son limitados por las brechas en el acceso y uso de esas tecnologías, así como por las velocidades de conexión, y sobre todo cuando se realiza un comparativo del uso y acceso en zonas urbanas y rurales, se evidencian las diferencias, ya que en promedio las zonas urbanas el 67 por ciento de los hogares está conectado a internet, en tanto que en las zonas rurales solo lo está el 23 por ciento de ellos.
De acuerdo con datos recientes, el acceso a redes a través de banda ancha en los países desarrollados registra una media que oscila entre el 70 por ciento y 98 por ciento, mientras que los países en desarrollo, se identifican niveles entre el 40 por ciento y 42 por ciento. 5, 6 Aunque se advierte que a nivel mundial la mitad de la población mundial tiene acceso a internet al menos desde un dispositivo, está pronosticado que, en las próximas dos décadas, esta cifra podría llegar a aumentar hasta el 80 por ciento de la población mundial.
Sin embargo, desde el año 2000, la brecha entre países desarrollados y en desarrollo en el acceso físico se ha profundizado un 11 por ciento. Los datos evidencian el abismo tecnológico que separa a unos países de otros, a pesar de que las redes 3G y 4G, a la espera de la expansión masiva del 5G, llegan ya a casi todos los rincones del planeta.
La desigualdad en el acceso a internet y las TIC se conoce como brecha digital y tiene consecuencias diferenciadas por género, afectando al 52 por ciento de las mujeres y al 42 por ciento de los hombres del mundo. De igual forma, en todo el mundo, “aproximadamente 327 millones de mujeres menos que hombres tienen un teléfono inteligente y pueden acceder a internet móvil. En promedio, las mujeres tienen un 26 por ciento menos de probabilidades que los hombres de tener un teléfono inteligente.”
VI. En el caso México, factores históricos y ahora con la pandemia, hicieron más evidentes las brechas para el acceso a las tecnologías de la información, de acuerdo a datos del Inegi, el 65.5 por ciento de los hogares localizados en asentamientos urbanos está conectado a internet, pero contrariamente solo el 23.4 por ciento de los hogares rurales tiene acceso.
Continuando con datos del Inegi, en lo referente a factor de ingresos, se estima que el 45 por ciento de la población que se encuentra en el estrato económico “bajo”, es usuaria de internet, esto contrasta con el de la población que se encuentra en el estrato económico “alto”, ya que el 92 por ciento de este estrato es usuario de internet. 7
En el plano internacional, México cuenta con uno de los niveles más bajos de cobertura de internet de banda ancha, tanto en tecnología fija como móvil, de todos los países de la OCDE. En términos de acceso a internet, de banda ancha fijo, nuestro país cuenta con 13.9 líneas por cada 100 habitantes, que representan menos de la mitad del promedio por cada 100 habitantes de los países de la OCDE, el cual es de 30.4., en lo referente a la banda ancha móvil, la cobertura en México es del 37 por ciento, mientras que en los otros países miembros de la OCDE es del 86 por ciento. 8
VII. La brecha digital tiene consecuencias que han sido ya identificadas (Iberdrola, 2020). 9 La discriminación tecnológica es reconocida por Naciones Unidas como una forma de pobreza y exclusión social, al privar a una parte de la ciudadanía de recursos esenciales para desarrollarse y generar riqueza. Entre las principales consecuencias que se han identificado, están:
a) La incomunicación y aislamiento, que padecen principalmente los habitantes de áreas remotas a las que no llega internet, o incluso les ocurre a los residentes de zonas urbanas que viven desconectados, lo que les provoca aislamiento social.
b) Barrera al estudio y al conocimiento, la crisis del coronavirus ha mostrado que profesores y alumnos quedan rezagados por carecer de la tecnología y las competencias digitales suficientes.
c) Acentúa las diferencias sociales, pues las personas que no saben ocupar la tecnología ven restringidas, por ejemplo, sus opciones de encontrar trabajo o de acceder a un empleo de calidad, lo que repercute negativamente en la economía de los trabajadores.
VIII. Según un informe reciente del Fondo de la ONU para la Infancia y la Unión Internacional de Telecomunicaciones, mil 300 millones de menores de entre tres y 17 años no tienen acceso a internet; mientras que, en los jóvenes de 15 a 24 años, 759 millones de ellos no disponen de conexión en el hogar. En América Latina, el 46 por ciento de los niños y niñas de entre 5 y 12 años vive en hogares sin conexión. De igual forma, entre el 70 por ciento y el 80 por ciento de los estudiantes en los niveles socioeconómicos más altos tiene computadoras en sus hogares, solo entre el 10 por ciento y el 20 por ciento de los estudiantes pertenecientes a los grupos de menores ingresos cuentan con estos dispositivos.
IX: Datos de la Cepal hacen evidente que el acceso a servicios de conectividad, y a bienes que sirvan para estos efectos, varía mucho dependiendo del ingreso familiar, por lo que se aumentan las desigualdades de manera concreta, a continuación de muestra una tabla con la asequibilidad a internet fija y móvil dependiendo el quintil de ingreso:
X. En lo referente a México, El Inegi, en colaboración con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), publica la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih) 2019, 10 destacando lo siguiente:
Internet: están conectados 74.3 millones de usuarios de internet de seis años o más, que representan el 65.8 por ciento de la población en ese rango de edad. El 51.5 por ciento de los internautas son mujeres y 48.5 por ciento son hombres.
El análisis geográfico señala que el uso del internet es un fenómeno urbano, puesto que el 73.1 por ciento del total de la población urbana son usuarios de este servicio. Lo que contrasta con el 40.6 por ciento de la población conectada en zonas rurales.
En México hay 18.3 millones de hogares que disponen de internet mediante conexión fija o móvil, 52.9 por ciento del total nacional, lo que significa un incremento de 2 puntos porcentuales respecto del año 2017, cuando el número de hogares conectados fue de 50.9 por ciento
Telefonía Celular: 73.5 por ciento de la población de seis años o más utilizó el teléfono celular. De éstos, ocho de cada diez usuarios, contaban con un celular inteligente (Smartphone), que les permitía conectarse a internet.
El número total de usuarios que disponen de celular inteligente (smartphone) creció de 64.7 millones de personas en 2017 a 69.6 millones en 2018. Además, en 2018 hay un aumento de los usuarios que se conectan a internet desde un celular inteligente (smartphone).
La conexión móvil a internet (conexión de datos) es la más utilizada por el 89.0 por ciento de los usuarios, mientras que el restante 11.0 por ciento se conecta a internet desde un celular inteligente (smartphone) mediante WiFi.
Computadora: Los usuarios de computadora de seis años o más alcanzaron en 2018 los 50.8 millones, equivalentes al 45.0 por ciento del total de la población en este rango de edad. Esta estimación es menor en 0.3 puntos porcentuales respecto del registrado en 2017, cuando fue de 45.3 por ciento.
La proporción estimada de hogares que disponen de una computadora registró un descenso de 0.5 puntos porcentuales, al pasar de 45.4 por ciento en 2017 a 44.9 por ciento en 2018.
Estas desigualdades señaladas por el Inegi, en tiempos de pandemia, donde el trabajo y las actividades escolares se trasladaron a los hogares, acentúan los rezagos de la población que no tienen una computadora, de los que no tienen acceso al internet, es decir si en promedio como ya vimos sólo el 65 por ciento de la población si tienen esa disponibilidad, un 35 por ciento de mayores de 6 años, está fuera de la posibilidad de poder trabajar o estudiar desde sus casas, ni hablar de la diferencia entre lo urbano y lo rural, donde también se acrecientan las diferencias, por lo que desgraciadamente el Estado Mexicano, no estaba preparado para hacer frente a las necesidades de la “nueva normalidad”, ya que la infraestructura para llevar el internet principalmente en zonas alegadas de las ciudades, es precaria, y esto los deja sin oportunidades de continuar en sus labores de trabajo y estudiantiles desde sus lugares de origen, por lo que estarán destinados a continuar acrecentando las brechas en todos los ámbitos de su vida.
Hogares que no disponen de computadora, según principales razones (2016-2019)
Fuente: Elaboración propia con datos del Inegi. Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih), 2019.
Hogares que disponen de computadora que no cuentan con conexión a internet, según principales razones (2016-2019)
Fuente: Elaboración propia con datos del Inegi. Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih), 2019.
Como es posible apreciar en los datos uso de dispositivos electrónicos y del acceso a internet, prevalece una diferencia entre lo urbano y lo rural, siendo esta última la más desfavorecida, tanto por la falta de infraestructura, como por las posibilidades de adquirir equipos tecnológicos, por lo que la brecha digital sigue siendo un factor negativo para el desarrollo e inserción de las comunidades más pobres del país.
Además, como es de observase en la tabla previa, una de las principales razones por las que no se cuenta con una computadora para acceder a internet, es la falta de recursos económicos.
Por lo tanto, es indispensable que se implementen políticas públicas encaminadas a dotar de un mínimo indispensable de esta canasta básica digital como lo propone la Cepal, a aquellos sectores de la población que por diferentes razones no cuentan con ellos, para tratar de equilibrar las oportunidades de desarrollo que exigen los nuevos tiempos, donde las computadoras y los teléfonos inteligentes son elementos indispensables en la vida cotidiana de cualquier persona, ya sea en el ámbito laboral o escolar.
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social
Único. Se reforman el artículo 6, el artículo 14, fracciones I y IV, y se adiciona una fracción V al mismo; se adiciona un artículo 19 Bis; se reforma el artículo 34 y se adiciona una fracción VII al artículo 36, recorriéndose las subsecuentes de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:
Artículo 6. Son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda digna y decorosa, el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación, todos en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 14. La Política Nacional de Desarrollo Social debe incluir, cuando menos, las siguientes vertientes:
I. Superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación aprovechando el uso de las tecnologías de la información y comunicación;
II. Seguridad social y programas asistenciales;
III. Desarrollo Regional;
IV. Infraestructura social básica, así como aquella que garantice el acceso a internet;
V. Fomento del sector social de la economía.
VI. La conectividad a internet a través de dispositivos personales
Artículo 19 Bis.
Además de los mencionados en el artículo anterior, serán de interés público:
I. Los programas y obras de infraestructura que garanticen el aprovechamiento de sistemas de suministro de energía eléctrica, así como aquellos destinados a proveer de internet.
II. Los programas que faciliten el acceso a dispositivos personales de acceso a internet.
III. Los programas de abasto de paquetes de datos a través de una conexión fija o móvil.
IV. Las campañas y programas de promoción de la educación digital.
Artículo 34. Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el gobierno federal estimularán la organización de personas, familias y grupos sociales, destinando recursos públicos para promover proyectos productivos; identificar oportunidades de inversión, y brindar capacitación, asistencia técnica y asesoría para la organización y el diseño de proyectos y apoyo legal para la realización de estas actividades, haciendo uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación para tales fines.
Artículo 36. Los lineamientos y criterios que establezca el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para la definición, identificación y medición de la pobreza son de aplicación obligatoria para las entidades y dependencias públicas que participen en la ejecución de los programas de desarrollo social, y deberá utilizar la información que genere el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, independientemente de otros datos que se estime conveniente, al menos sobre los siguientes indicadores:
I. Ingreso corriente per cápita;
II. Rezago educativo promedio en el hogar;
III. Acceso a los servicios de salud;
IV. Acceso a la seguridad social;
V. Calidad y espacios de la vivienda digna y decorosa;
VI. Acceso a los servicios básicos en la vivienda digna y decorosa;
VII. Acceso a bienes y servicios básicos de conectividad a internet;
VIII. Acceso a la alimentación nutritiva y de calidad;
IX. Grado de cohesión social, y
X. Grado de Accesibilidad a carretera pavimentada.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Galperin, H. (2016). How to Connect the Other Half: Evidence and Policy Insights from Household Surveys in Latin America. Global Commission on Internet Governance Paper Series No. 34. Disponible en:
https://www.cigionline.org/sites/default/files/gcig_no34_web.pdf .
2 Cepal (2020) “Universalizar el acceso a las tecnologías digitales para enfrentar los efectos del covid-19” en Informe Especial covid-19, agosto 2020, disponible en:
https://www.cepal.org/es/comunicados/cepal-propone-garantizar-un iversalizar-la-conectividad-asequibilidad-tecnologias, consultado el 8 de febrero de 2021.
3 Ibíd
4 Iberdrola (2020) La brecha digital en el mundo y por qué provoca desigualdad, disponible en:
https://www.iberdrola.com/compromiso-social/queesbrechadigital, consultado el 8 de febrero de 2021.
5 Según datos extraídos del portal Internet World Stats a mayo de 2020, en África solo el 39,3 por ciento de sus habitantes viven conectados, frente al 87,2 por ciento de los europeos y el 94,6 por ciento de los norteamericanos.
6 OCDE (2020), Broadband Statics, disponible en:
http://www.oecd.org/sti/broadband/broadband-statistics/ , consultado el 8 de febrero de 2021.
7 Inegi (2019) Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares, disponible en:
https://www.gob.mx/sct/prensa/en-mexico-hay-74-3-millones-de-usu arios-de-internet-y-18-3-millones-de-hogares-con-conexion-a-este-servicio-endut ih-2019-196013?idiom=es, consultado el 8 de febrero de 2021.
8 https://rde.inegi.org.mx/index.php/2018/11/07/la-brecha-digital-la-importancia- las-tecnologias-la-informacion-la-comunicacion-en-las-economias-regionales-mexi co/ consultado el 8 de febrero de 2021.
9 Iberdrola (2020) La brecha digital en el mundo y por qué provoca desigualdad, disponible en:
https://www.iberdrola.com/compromiso-social/queesbrechadigital consultado el 8 de febrero de 2021.
10 Inegi (2019) Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tec-nologías de la Información en los Hogares, disponible en:
https://www.gob.mx/sct/prensa/en-mexico-hay-74-3-millones-de-usu arios-de-internet-y-18-3-millones-de-hogares-con-conexion-a-este-servicio-endut ih-2019-196013?idiom=es, consultado el 8 de febrero de 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica)
Se turna a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen.
EXPIDE LA LEY DEL INGRESO MÍNIMO VITAL DE EMERGENCIA Y MODIFICA LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
«Iniciativa que expide la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia; y reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federales del Trabajo, y de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, Verónica Beatriz Juárez Piña, diputada federal a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Asamblea la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con base en lo siguiente.
Planteamiento del Problema
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado a favor del ingreso mínimo vital, cuya definición ha encontrado consenso en el conjunto de condiciones esenciales que posibilitan no sólo la subsistencia de las personas, sino su desarrollo pleno y la expansión de su libertad para poder disfrutar de una vida digna. Estas condiciones son fundamentales y comunes para toda persona, por lo que son en sí mismas derechos humanos que deben garantizarse y deben ser adoptadas en el marco normativo de la sociedad.
Adicionalmente, el avance del debate positivo hacia la exigibilidad y justiciabilidad de los derechos sociales se ha producido también en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), evolucionando hacia una cada vez más amplia protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESC o DESCA), en particular respecto de la protección del derecho a una vida digna.
La importancia de garantizar los derechos humanos es indiscutible. Al pertenecer a una sociedad, ésta debe contar con las condiciones necesarias para que cada integrante se desarrolle de manera óptima, y para ello es fundamental que sean respetados los derechos de todas las personas respecto a su acceso a bienes públicos. El contenido del ingreso mínimo vital, lejos de ser un derecho aislado, sirve para garantizar aquellos derechos que son más indispensables para lograr garantizar una realización plena de las personas, es decir, es un derecho omnigarante. No obstante, la situación en la cual vivimos en la actualidad nos presenta retos en materia económica sin precedentes. Sin lugar a dudas, ante la crisis causada por la pandemia de la covid-19, países de todo el mundo están sufriendo sus estragos, lo que se agrava en perspectiva ya que no se cuenta con una vacuna que pueda prevenirla.
Esta situación ya ha alterado el orden económico y social en el mundo entero y seguramente, muchas premisas hasta ahora aceptadas tendrán que revisarse y replantearse. Nuestro país no ha sido ajeno a esta situación, sin embargo, la crisis de la covid-19 vino a acrecentar una serie de problemas que ya se asomaban desde el año pasado cuándo nuestro país perdió el impulso de crecimiento. El proceso de aprendizaje de la nueva administración, la contracción indiscriminada del gasto público (corriente y de inversión), el cambio en el proceso de toma de decisiones en materia de políticas públicas y de prioridades y la falta de planeación y previsión de los ingresos necesarios para llevarlas a cabo, así como la falta de claridad y certidumbre hacia la inversión privada nacional y extranjera provocaron que la gran mayoría de los indicadores económicos mostraran importantes deterioros respecto al año previo.
Para finales del año pasado, la recesión mostró todos sus efectos en diversos sectores económicos y productivos. Los malos resultados alcanzados mostraban la necesidad de hacer cambios y/o ajustes en materia de política económica, para reactivar la inversión (pública y privada), generar confianza y dar viabilidad a las finanzas públicas. Desde antes de que el entorno económico, político y social se complicara aún más por la crisis de la covid-19, diversas agencias y especialistas ya proyectaban un año igualmente complicado al año anterior. De esta manera, la pandemia ha creado las condiciones para la tormenta perfecta. A la debilidad de las finanzas públicas, se suma el deterioro de las calificaciones del país y de sus principales apuestas, Pemex y los grandes proyectos de infraestructura, así como las complicaciones en el entorno de los negocios y de las inversiones, debido a la percepción misma del gobierno por parte de los inversionistas.
Diversas estimaciones señalan que durante los meses de marzo, abril y mayo se perdieron un millón de empleos y de acuerdo con el Banco de México se podrían llegar a perder 400 mil empleos más, es decir, que a pesar de que se “levante la cuarentena” los empleos que existían ya no estarán ahí cuando se regrese paulatinamente a las actividades. Sin embargo, durante el pasado mes de abril, 12 millones de personas dejaron de trabajar o de buscar empleo por efectos de la pandemia, tal y como reveló la primera Encuesta Telefónica de Ocupación y Empleo (ETOE) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). La Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin), cuyas empresas integrantes ocupan el 50 por ciento de los 20 millones de trabajadores afiliados al IMSS, ha advertido que 5 de cada 10 empresas cerrarán definitivamente; 6 de cada 10 han registrado un fuerte deterioro en sus ventas; 52 por ciento redujo su personal; en el sector comercio se estiman pérdidas por 100 mil millones de pesos y más de 30 mil restaurantes cerrarán, y para aquellos que retornen, las medidas sanitarias de la “nueva normalidad” operarán al 30 por ciento de su capacidad.
La Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero) señala que el 90 por ciento de la flota aérea estuvo en tierra por más de 2 meses y calculó pérdidas por 130 mil millones de pesos; por su parte, la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción ya advirtió que 3 mil constructoras pequeñas y medianas dejarán de trabajar. Adicionalmente, Inegi señaló también que la contracción económica del primer trimestre del 2020 y los primeros efectos negativos de la crisis del covid 19, sobre la actividad productiva ya provocaron una caída de 5.3 por ciento en el producto interno bruto (PIB) por persona. Más aún, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), encargado de medir la pobreza en México, ha advertido que el número de pobres por ingreso podría aumentar entre 8.9 y 9.8 millones de personas, debido a los efectos económicos de la crisis sanitaria por la que atravesamos.
De acuerdo con la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (Consar), al primer trimestre del presente año los trabajadores que tienen una cuenta individual para el retiro, retiraron una cifra histórica de 3 mil 537.7 millones de pesos de su afore por situaciones de desempleo, este monto que retiraron de su afore superó en 36.2 por ciento lo registrado en el primer trimestre de 2019, cuando se dispusieron dos mil 597 millones de pesos. Estimaciones conservadoras de la Consar revelan que sólo en el mes de abril del presente año, más de 267 mil trabajadores hicieron retiros por desempleo de su Afore, y casi un millón lo han hecho en los primeros cuatro meses del año y todavía falta lo más duro de la crisis, en virtud de que para solicitar el retiro por desempleo se requiere acreditar al menos 46 días desempleado, por lo que las estadísticas de la Consar, apenas muestran el desempleo de hace mes y medio. El comportamiento observado durante el primer cuatrimestre del año, mantiene su tendencia a lo largo del año anterior, cuando los retiros por desempleo ascendieron a 12,152.7 millones de pesos, que resultaron de 1.4 millones de trabajadores que utilizaron este mecanismo.
Ante las severas consecuencias infringidas a la actividad económica por la pandemia de la covid-19, en todo el orbe, y de la que México no es la excepción, pero sobre todo por las medidas de confinamiento social para evitar su propagación, las economías de las naciones, en todas las latitudes y continentes: sea en Europa, en Norteamérica, Asía, América Latina y Australia; sin importar su grado de desarrollo o subdesarrollo, se han visto arrolladas y engullidas hacia la parálisis económica. El Fondo Monetario Internacional (FMI), en su reporte sobre las Perspectivas de la Economía Mundial de abril de 2020, describe un panorama por demás desolador sobre el desempeño económico tras el inicio de las cuarentenas y cierres de negocios en todo el mundo como resultado de la covid-19-19. A nivel global, prevé una contracción del 3 por ciento para 2020. 1
En el mismo sentido, el FMI prevé que el PIB de México retrocederá 6.6 por ciento, lo cual nos sitúa como uno de los países con mayores secuelas entre las grandes economías latinoamericanas, arrinconado por el derrumbe de los precios del petróleo y las consecuencias de la recesión esperada en su principal socio comercial, Estados Unidos. Peor aún resultó el último pronóstico del Banco de México, que apunta que uno de los escenarios es que la economía nacional podría contraerse hasta 8.8 por ciento. En este contexto, no es ocioso llamar la atención en que mientras un nutrido grupo de países en el mundo y particularmente en Latinoamérica, han instrumentado planes contracíclicos para incentivar la economía, el empleo, la demanda y la actividad productiva, en México, el gobierno sigue empeñado en continuar con los mismos programas sociales y las obras emblemáticas de su administración, la ruta que nos llevó a decrecer, un año antes, cuando no había pandemia.
Así, ante la ausencia de planes contra cíclicos y sin apoyos a las empresas, amplias voces —tanto de organismos nacionales como internacionales- anticipan un ciclo económico con escaso vigor y prolongada parálisis del ciclo económico. Bajo esta perspectiva, las y los diputados del Grupo Parlamentario del PRD consideramos que el Ejecutivo federal debe dejar atrás esa errática estrategia que llevó a la economía nacional a decrecer en 2019, después de haber mantenido un ritmo de crecimiento de 2.4 por ciento un año antes. La evidencia empírica muestra que no es la vía, pues, en marzo de 2020, acumulábamos el cuarto trimestre consecutivo a la baja: -1.6 ciento —según lo avalan las cifras del Inegi—, véase la gráfica:
En cuanto a la entrada en vigor del T-MEC, el Fondo Monetario Internacional estima que la crisis económica derivada por la pandemia de la covid-19 impactará negativamente en una caída para Estados Unidos de -6.1 por ciento, así como un decrecimiento global de -3 por ciento, lo cual debilitará la demanda de nuestro principal socio comercial, pero también el comercio mundial, aún más que la crisis de 2008-2009. Sin embargo, este país, ya ha anunciado ingentes planes de reactivación económica: el secretario del Tesoro, Steven Mnuchin —desde marzo— , trabaja con el Senado y la Cámara de Representantes en un programa de ayuda, revelado por la prensa estadounidense de alrededor de 850 mil millones de dólares. Asimismo, el funcionario mencionó algunas de las medidas que pretende promover la Casa Blanca: “Tenemos la intención de enviar cheques inmediatamente a los norteamericanos”.
Mnuchin insistió en la importancia de inyectar dinero al mercado para ayudar a familias y pequeñas empresas que ven afectados sus negocios por la caída de demanda. “También podemos garantizar préstamos a industrias cruciales como el transporte aéreo y la hostelería”. En esa tesitura, según las previsiones del FMI, el endeudamiento de Estados Unidos pasará del 109 por ciento de 2019 al 131,1 por ciento y 131,9 por ciento previstos para 2020 y 2021, respectivamente. 2 Sin embargo, existen estudios que sustentan que por cada punto porcentual que deja de crecer la economía nacional, se pierden 200 mil empleos productivos, es decir, que añaden valor a las mercancías o servicios producidos a la venta del consumidor.
Con base en estas cifras y tomando en consideración que tanto la Cepal como el FMI, entre otros organismos, anticipan una caída de la economía mexicana, al menos de 6.6 por ciento, entonces, se espera, al menos, una pérdida aproximada de empleos de un millón 400 mil empleos, a lo largo de todo el territorio nacional, en los distintos sectores económicos. No podemos dejar de señalar, en este punto, que “empleos” generados a través de los programas: Jóvenes Construyendo el futuro, Mejoramiento Urbano, Sembrando Vida, no son empleos formales, pues representan programas sociales del presidente, en la medida, en que carecen de seguridad social, no pueden afiliar a sus familiares al IMSS o Issste, no cotizan para el ahorro voluntario en las afores, entre otras cosas.
Debemos recordar que el precio de la mezcla mexicana de petróleo, cerró en 29.87 dólares por barril de petróleo (29-05-2020), todavía 19.13 dólares por debajo de lo aprobado por el Congreso de la Unión en la Ley de Ingresos, y el dólar se cotizó, el pasado 29 de mayo, en 22.18 pesos por dólar, lo que equivale a una depreciación aproximada de 16 por ciento del peso, y en esa medida se incrementó la deuda externa.
En este sentido, vale señalar que la deuda de Pemex, al cierre del primer trimestre de este año, se incrementó 24.2 por ciento derivado de la apreciación del dólar, para ubicarse en 2 billones 464 mil millones de pesos. 3 Lo cual, nos debiera hacer más precavidos al apostar la totalidad del crecimiento a Pemex, pues pese a las cuantiosas transferencias de recursos por parte del gobierno federal —provenientes de los subejercicios aplicados a las Secretarias de la Administración Pública federal de, al menos, 162 mil millones de pesos, en los últimos seis meses—, sus pérdidas ascendieron a 562 mil millones de pesos al primer trimestre de 2020. La recaudación de impuestos en abril de este año, con respecto a 2019, se advierte fehacientemente que ya resintió la desaceleración económica provocada por el confinamiento social:
Prácticamente la mayoría de los ingresos del sector presupuestario retroceden, excepto el impuesto al valor agregado (8.3 por ciento), el impuesto especial sobre productos y servicios a las gasolinas y el diésel (4.7 por ciento) y los aprovechamientos (260 por ciento), véase el siguiente cuadro:
Lo anterior, refleja la urgencia de que el gobierno cambie de estrategia, pues enfrentar esta situación es inaplazable, dado que ya se sienten sus impactos en la población que menores recursos.
El pasado 22 de mayo, el gobierno federal anunció que ha entregado 740 mil apoyos por diversos programas, que equivalen a 44 mil 721 millones de pesos. 4 Sin embargo, de éstos, sólo los Créditos a la Palabra y los Créditos Solidarios IMSS son los que apoyan a las empresas frente a la emergencia sanitaria.
Los primeros son créditos de 25 mil pesos dirigidos a empresas familiares registradas por militantes de Morena (convertidos en “siervos de la nación”) en el “Censo de Bienestar” (de 900 mil beneficiarios, al 7 de mayo, iban 21 mil entregados).
Por su parte, los Créditos Solidarios IMSS van a entregar 25 mil pesos a los empresarios con registro patronal en el régimen obligatorio que no despidieron trabajadores durante la emergencia sanitaria. De los 645 mil 102 “empresarios solidarios” sólo 27 mil 574 (4.3 por ciento del total) habían pedido su registro al 30 de abril. Por eso, se abrió el registro a 23,300 trabajadoras del hogar y 23 mil 717 trabajadores por cuenta propia. A ver si así salen.
El esfuerzo del gobierno se ve claramente insuficiente. México es el penúltimo lugar en apoyos fiscales dentro del G20 para enfrentar la pandemia por covid-19, pues el gobierno federal sólo ha aplicado el 0.7 por ciento del PIB. 5 Naciones como el Reino Unido, Francia y Estados Unidos han destinado el equivalente a 17.7, 15.2 y 10.5 por ciento respectivamente.
En América Latina, encontramos que Brasil y Argentina, han destinado 3.9 y 3.7 por ciento de sus economías locales para combatir los efectos económicos de la pandemia.
Argumentación
Así, en aras de contribuir en la búsqueda de alternativas viables para solventar las consecuencias más lesivas de millones de mexicanos y mexicanas, las y los legisladores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática proponemos que el Ejecutivo federal apoye a las y los trabajadores, y con ello, contribuya a sostener el nivel de consumo y las fuentes de empleo, a través de un apoyo económico directo, mediante el ingreso mínimo vital de emergencia. El ingreso mínimo vital de emergencia propuesto tendría la equivalencia monetaria que resulta mayor entre el salario mínimo mensual vigente o la línea de bienestar, que el Coneval define como la suma de la canasta alimentaria y la no alimentaria.
Proponemos la expedición de una Ley de Ingreso Mínimo Vital de Emergencia para mitigar los efectos del desempleo y la falta de ingresos como consecuencia de las emergencias sanitarias o las contingencias económicas. Los beneficiarios de estas transferencias serán todos los trabajadores formales e informales que hayan perdido su fuente de ingresos por la causa señalada. El monto será el equivalente a cantidad que resulte mayor entre el monto determinado para un salario mínimo general vigente en la Ciudad de México o el monto determinado por el Coneval para la canasta alimentaria y canasta no alimentaria urbana por persona, en su última medición y se entregará por tres meses consecutivos, pudiendo prorrogarse durante otros tres, conforme a los lineamientos que, al efecto se expidan. La solicitud será de buena fe y su otorgamiento estará limitado únicamente por la disposición presupuestal. El manejo del padrón se encontrará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que levantarlo, hacerlo público y actualizarlo de manera mensual.
Adicionalmente, se modifican la Ley Federal del Trabajo para atribuir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la obligación de que, al ser declarada una emergencia sanitaria o una contingencia económica, se implementen inmedia-tamente los mecanismos para dar cumplimiento a la ley que se expide y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para establecer las condiciones en las cuáles la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá declarar que nos encontramos en una contingencia económica y, consecuentemente, implementar las acciones correspondien-tes para dar cumplimiento a esta Ley.
La presente propuesta legislativa de las y los legisladores del Grupo Parlamentario del PRD de la Cámara de Diputados, se enmarca y cobra sentido en situaciones de emergencia económica o por razones sanitarias como la que actualmente estamos padeciendo por la pandemia por la covid-19, lo que ha imposibilitado que las empresas, comercios, personas físicas que laboren en los sectores formal e informal puedan desarrollar su actividad sin riesgos de contagio.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, plenamente comprometida con los derechos humanos de las personas, particularmente con el del acceso a una vida digna, pongo a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se expide la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo Primero. Se expide la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia, para quedar como sigue:
Artículo 1. La presente ley es de observancia general en toda la república y se aplicará cuando el Consejo de Salubridad General declare una emergencia sanitaria en términos de lo previsto en el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o cuando se declare una contingencia económica en términos de lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Artículo 2. El objeto de esta ley es el de mitigar los efectos del desempleo y la falta de ingresos, como consecuencia de las emergencias sanitarias o las contingencias económicas.
Artículo 3. Para efectos de esta ley se entiende;
a) Emergencia Sanitaria: Aquella que declara el Consejo de Salubridad General en los términos previstos por el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes en la materia.
b) Contingencia económica: Aquella que declara la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a lo establecido en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
c) Beneficiario: Aquella persona que por motivo de la emergencia sanitaria o la contingencia económica haya sido dada de baja del régimen obligatorio comprendido en la Ley del Seguro Social, o aquella persona, cuya fuente de ingresos, siendo trabajador sin estar afiliado al mismo, o siendo trabajador por cuenta propia, haya sido afectada sustancialmente por la emergencia sanitaria o la contingencia económica, de acuerdo a los lineamientos que al efecto se expidan.
d) Ingreso Mínimo Vital de Emergencia: La transferencia monetaria que el Gobierno federal realizará a favor de las personas que, habiéndolo solicitado, cumplan con los requisitos establecidos en la presente Ley.
Artículo 4. En el momento en que el Consejo de Salubridad General declare la emergencia sanitaria, conforme a lo establecido en el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público declare una contingencia económica, en términos de lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tomarán las medidas conducentes para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley.
Artículo 5. El monto del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia será el equivalente a cantidad que resulte mayor entre el monto determinado para un salario mínimo general vigente en la Ciudad de México o el monto determinado por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social para la canasta alimentaria y canasta no alimentaria urbana por persona, en su última medición y se entregará por tres meses consecutivos, pudiendo prorrogarse durante otros tres, conforme a los lineamientos que, al efecto se expidan.
Artículo 6. Cuando la autoridad declare una emergencia sanitaria o una contingencia económica, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de manera inmediata, emitirá los lineamientos para que los beneficiarios puedan acceder al otorgamiento del ingreso mínimo vital de emergencia.
Artículo 7. La solicitud para el otorgamiento del ingreso mínimo vital de emergencia se hará de buena fe y únicamente estará limitada por la disposición presupuestal.
La solicitud deberá contener, al menos, los siguientes datos:
a) Nombre del solicitante
b) Edad
c) Dirección
d) Fuente de trabajo o ingresos
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá levantar y hacer público, el padrón de los beneficiarios, mismo que deberá actualizarse de manera mensual.
Artículo 8. El Ingreso Mínimo Vital de Emergencia será independiente de cualquier otro programa de transferencias monetarias implementado por el gobierno federal o los gobiernos de las entidades federativas.
Artículo 9. Una vez declarado el final de la emergencia sanitaria o la contingencia económica, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público así como la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberán entregar un informe a la Cámara de Diputados, el que deberá aprobarlo.
Artículo Segundo. Se adiciona un artículo 526 Bis a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 526 Bis. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en cuanto se declare una emergencia sanitaria o una contingencia económica, deberá implementar, de manera inmediata, los mecanismos para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia.
Artículo Tercero. Se adicionan la fracción II Bis y un inciso d) a la fracción III del artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 21. En caso de que durante el ejercicio fiscal disminuyan los ingresos previstos en la Ley de Ingresos, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, podrá aplicar las siguientes normas de disciplina presupuestaria:
I. ...
II. ...
II Bis. La disminución de los ingresos del gobierno federal, asociada a menores ingresos petroleros, así como a una menor recaudación de impuestos, derechos, productos y aprovechamientos derivada de una contingencia económica o una emergencia sanitaria verificada durante el ejercicio fiscal, por debajo de los estimados para la Ley de Ingresos, se procederá conforme la fracción III, inciso d) de este artículo.
...
I. ...
a) a c) ...
d) En el caso de que se verifique una reducción equivalente o superior al 6 por ciento de los ingresos mencionada en la fracción II Bis de este artículo, que se refiera en el calendario de la Ley de Ingresos; o se presente una contracción del producto interno bruto igual o superior a 4 por ciento, cuantificada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estará obligada a declarar una contingencia económica y deberá implementar, de manera inmediata, los mecanismos para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley del Ingreso Mínimo Vital de Emergencia.
...
...
...
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.imf.org/es/Publications/WEO/Issues/2020/04/14/weo- april-2020
2 https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/04/16/economia/15870 63841_124262.html
3 Pemex: Estados Financieros Preliminares al 31 de marzo de 2020.
4 https://www.dineroenimagen.com/economia/gobierno-ha-entregado-mas-de-44-mil-mdp -en-creditos-los-mexicanos-mas-necesita-dos/123075
5 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/mexico-penultimo-lugar-en-apoyos-fisca les-dentro-del-g20-para-enfrentar-pandemia-por-covid-19
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO
«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción IX el artículo 4o. de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.
Exposición de Motivos
Es un hecho que la tasa de analfabetismo en México ha disminuido abruptamente desde hace 30 años aproximadamente. Sin embargo, aún sigue siendo alarmante que existan poblaciones que se encuentre en desventaja. Así mismo, a pesar de que los índices de analfabetismo son más bajos, la brecha es latente, en ese sentido es necesario garantizar el acceso a la lectura todos los individuos y, en especial, a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
De acuerdo con cifras del Inegi (Instituto Nacional de Estadística y Geografía). En el decil I, donde se encuentran los más pobres, 16 de cada 100 son analfabetas y 30 de cada 100 no tienen estudios básicos obligatorios. En contraparte, los mexicanos más ricos, ubicados en el decil X, tienen una razón de analfabetismo de sólo 1 por cada 100 y la cifra de quienes no terminaron la educación primaria se reduce a 4 por cada 100,
Las estadísticas globales sobre analfabetismo apuntan a que México se encuentra en una situación media en la alfabetización, sin embargo, esto no significa que esto sea equivalente al acceso a la educación. México 1 se ubica como uno de los tres países con mayor deserción escolar en los niveles básicos en América Latina, por lo que, si bien, las tasas de alfabetismo han aumentado, esto no representa un avance significativo en términos de educación, por la brecha que se mencionaba en párrafos anteriores.
Es importante recalcar la correlación entre las variables pobreza y educación, puesto que se observa que poblaciones en situación de vulnerabilidad son proclives al rezago educativo. Las cifras de este indicador oscilan entre el 30 por ciento 2, por lo que las políticas públicas orientadas al combate del analfabetismo se ven incompletas sin una parte que fomente y estimule la educación en este tipo poblaciones.
Así mismo, como menciona Edgar Vielma Orozco, director general de Estadísticas Sociodemográficas del Inegi, identifica un mayor rezago en las siguientes comunidades: “En Cochoapa (Guerrero), el 56 por ciento de sus 10.000 habitantes son analfabetos; en Sitalá (Chiapas), el 42 por ciento de 7.900 personas; en Xochistlahuaca (Guerrero), el 41 por ciento de sus 18.500 vecinos; en Tehuipango (Veracruz), el 46 por ciento de 15.700 personas...” 3
Teniendo en cuenta que el acceso y ejercicio efectivo del derecho a la educación no es igual para todos los mexicanos, de acuerdo con el Coneval (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social), algunos grupos poblacionales presentan mayores dificultades para el desarrollo académico. En ese sentido, no podemos ignorar la intraseccionalidad latente en las brechas sociales, ya que se presentan por regiones, género, edad, condición social, condición económica o discapacidad e imposibilitan el desarrollo académico de la población mexicana en conjunto.
La propuesta de enfoque de programas sociales que promuevan el interés a la educación en comunidades en situación de pobreza ayudaría a disminuir los índices de abandono escolar, por lo cual debe considerarse la orientación de la presente Ley de Fomento para la Lectura y el Libro bajo estas consideraciones. A este punto deben sumarse las estadísticas de lectura en el territorio Nacional, en los cuales encontramos aproximadamente un promedio de 3.4 libros al año por persona, según datos del Inegi.
La orientación social para la atención a las comunidades en situación de pobreza permitiría combatir más de un factor en la medida que puedan generarse oportunidades de acceso a la cultura mediante material literario. Por lo tanto, al no existir cobertura suficiente por parte de los programas ya existentes en materia de fomento a la educación, la presente ley puede ser una herramienta que permita el acceso a estos derechos fundamentales.
Evidentemente abrir la ventana de oportunidad a través de la vía legislativa tendrá un impacto en la cantidad y calidad de los programas enfocados en resolver tal problema y permitirá el acceso de una mayor cantidad de personas a ello, beneficiando la calidad educativa y ampliando el espectro de posibilidades.
Sobre este escenario, a continuación, explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción IX el artículo 4 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.
Único. Se adiciona la fracción IX del artículo 4 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro para quedar de la siguiente manera:
Artículo 4 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro para los efectos de esta Ley se entiende por:
Artículo 4. La presente Ley tiene por objeto:
I. a VIII. ...
IX. Será de especial atención para esta Ley las poblaciones en situación de vulnerabilidad, y en mayor medida aquellas que se encuentren en situación de pobreza.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas:
1 https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-45453102#:~: text=El por ciento20mundo por ciento20en por ciento20general por ciento20est por cientoC3 por cientoA1,de por ciento20la por ciento20Unesco por ciento20de por ciento202016.
2 https://www.excelsior.com.mx/nacional/disminuye-analfabetismo-en-mexico/1388776
3 https://elpais.com/mexico/2020-07-12/mexico-aun-no-vence-el-analfabetismo.html
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía y de Educación, para dictamen.
SE DECLARA EL 27 DE FEBRERO DE CADA AÑO, COMO EL DÍA NACIONAL DE LA LUCHA CONTRA LA COVID-19
«Iniciativa de decreto, por el que se declara el 27 de febrero como Día Nacional de la Lucha contra el covid-19, a cargo de la diputada Frinné Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del PRI
Frinné Azuara Yarzábal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en relación con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se declara el 27 de febrero como Día Nacional de la Lucha contra el covid-19, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El país y el mundo entero viven una de las peores crisis de salud de su historia, la pandemia del SARS-Cov-2, causante de la enfermedad covid-19.
El primer caso de infección en el mundo data del 1 de noviembre de 2019. Ese paciente cero era un hombre de 55 años, de la provincia de Hubei, epicentro de la pandemia de covid-19. 1 Pero sólo hasta finales de diciembre se supo que se trataba de una nueva enfermedad y sólo hasta enero de 2020 se informó oficialmente del brote del virus en la ciudad de Wuhan.
La llegada de este coronavirus movilizo a la OMS, desplegando diversas acciones desde el establecimiento de un Equipo de Apoyo a la Gestión de Incidentes que puso a la Organización en estado de Emergencia para abordar el brote, hasta la declaratoria de emergencia de salud pública de importancia internacional y posteriormente de pandemia, no sin antes emitir una serie de documentos como publicaciones técnicas de referencia para la comunidad mundial de investigación y salud pública y los medios de comunicación; orientaciones técnicas con recomendaciones para los países y un plan estratégico de preparación y respuesta. 2
Tomando como base la experiencia con el SARS y el MERS, así como las vías de transmisión conocidas de los virus respiratorios, la OMS publicó orientaciones sobre la prevención y el control de infecciones destinadas a proteger a los profesionales sanitarios, en las que se recomienda adoptar precauciones contra la transmisión por gotículas y por contacto al atender a los pacientes, así como precauciones contra la transmisión aérea en las intervenciones asociadas a la generación de aerosoles. 3
La pandemia movilizó no sólo a la OMS sino al mundo entero. Por ello el 12 de enero de 2020 China hace pública la secuencia genética del virus causante del covid-19. Un gran logro para la ciencia médica que marca el inicio para el desarrollo de las vacunas que a la postre habrían de desarrollarse. 2
El 13 de enero de 2020 , se confirma oficialmente un caso de covid-19 en Tailandia, el primero registrado fuera de China. 2
A partir de entonces se empieza a diseminar por todo el mundo alcanzando a 222 países, llegando a la cifra de casi 121 millones de contagios y 2.6 millones de defunciones al 18 de marzo de 2021, con una tasa de letalidad global de 2.2 por ciento. 3
En México el primer caso de contagio fue un hombre de 35 años, residente de la Ciudad de México, detectado el 27 de febrero de 2020. Se contagió en Italia, donde estuvo del 14 al 22 de febrero. 1
No obstante los esfuerzos del gobierno y de la sociedad para mitigar y contener la pandemia, destacando acciones como la suspensión de clases en todos los niveles; implantación de la jornada nacional de sana distancia; suspensión de actividades no esenciales; cierre parcial de fronteras con los Estados Unidos; reconversión y ampliación de hospitales; y la declaración de emergencia sanitaria, entre otras, llegamos a las catastróficas cifras al 18 de marzo de 2021 de 2.1 millones de contagios y 196.6 mil defunciones. Por fortuna se han recuperado 1.7 millones de personas. De los contagiados, 18.71 por ciento requirió hospitalización y 81.29 se atendió de manera ambulatoria, presentando 17.30 hipertensión, 14.44 obesidad, 13.34 diabetes y 7.35 tabaquismo. 4
La contingencia sanitaria derivada de esta pandemia ha puesto en riesgo a toda la población y es particularmente peligrosa para las personas con afecciones subyacentes, como enfermedades cardiacas, pulmonares y aquellas con factores de riesgo como la obesidad y la hipertensión.
Los efectos de esta pandemia han sido devastadores en diversos ámbitos de la salud y la economía en todo el mundo, particularmente en los países en vías de desarrollo con sistemas de salud deficientes y economías precarias.
La mayoría de las personas que contraen covid-19 presentan síntomas leves y se recuperan fácilmente. Sin embargo, hay personas que experimentan síntomas más graves y necesitan tratamientos específicos farmacológicos o terminan siendo ingresados o derivados a la unidad de cuidados intensivos. Algunos pacientes, incluso necesitan ir a rehabilitación tras superar la enfermedad. 5
En cuanto al grado de secuelas físicas, está muy relacionado con el grado de afectación por la enfermedad, dejando las secuelas físicas más graves y evidentes en aquellos que han estado en la UCI, sobre todo los que han estado semanas o meses. 5
Entre las secuelas más frecuentes están las pulmonares, neurológicas, musculares y mentales.
Según datos analizados, el impacto en la salud física y mental de la infección implicó que el tiempo medio para la reincorporación laboral de los pacientes hospitalizados fue de 35 meses para casos similares a los provocados por el coronavirus. 5
En cuanto al tema de la Economía, particularmente para el caso de México, el desempleo y crisis fue lo que caracterizó la vida de los mexicanos en 2020. La pandemia del covid-19 profundizó la debilidad que ya mostraba la actividad económica desde dos años antes, generando la crisis más profunda desde la Gran Depresión. Aunque el impacto más fuerte lo resintieron las empresas y los trabajadores del sector terciario de la economía, es decir aquel que está dedicado al comercio y la prestación de servicios como el turismo o los restaurantes, la pérdida del empleo y la reducción de los ingresos fue resentida por millones de mexicanos, quienes encontraron en su ahorro para el retiro un refugio para solventar la crisis. 6
El producto interno bruto (PIB) de México, es decir la suma de los bienes y servicios producidos en el país, registró una caída de 8.3 por ciento en 2020, la caída más profunda desde la Gran Depresión, y la magnitud de la contracción fue superior a la registrada en la crisis de 2008-2009, cuando el PIB cayó 5.3 por ciento. Se estima que la recuperación en 2021 será alrededor de 4 por ciento, insuficiente para regresar a los niveles pre pandemia. Ante la magnitud de la crisis económica, el empleo formal fue el más afectado al registrarse una destrucción de 647 mil 710 puestos de trabajo, muy por arriba de los puestos perdidos en 2008 (29 mil 589) y en 2009 (171 mil 713). 6
Analistas económicos prevén que el ritmo de recuperación del mercado laboral dependerá del avance de la vacunación, aunque también preocupa que las personas que regresan a la fuerza laboral lo estén haciendo con menores salarios, lo que impacta la masa salarial y representa así un reto adicional para la fortaleza de la demanda doméstica. 6
Como consecuencia del desempleo, las personas recurrieron a su ahorro para el retiro para solventar sus gastos inmediatos. Los retiros por desempleo, un derecho que tienen los trabajadores con una cuenta de Afore, habían mantenido una tendencia al alza desde que se tiene registro en 2005; sin embargo, en 2020 acumuló un máximo histórico de 19 mil 960 millones de pesos, un aumento de 65.9 por ciento en comparación con los 12 mil 030 millones que se retiraron en 2019. De acuerdo con cifras de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, el año pasado un millón 700 mil trabajadores accedieron a sus recursos ahorrados en las Afore para hacer frente al desempleo. El monto promedio que recibieron los trabajadores fue de 11 mil 735 pesos. 6
Una de las actividades económicas con mayor afectación fue el turismo, la cual además es pilar para el crecimiento del país. Esta actividad, que da empleo en su mayoría a mujeres y jóvenes, se desplomó debido al cierre de fronteras y a las restricciones de movilidad. 6
Del lado de las divisas generadas por los viajeros de otros países, el descenso fue de 55 por ciento, el mayor de su historia. 6
La amenaza de estos efectos devastadores sigue, no obstante el desarrollo de las vacunas que ya se tienen autorizadas pero cuya disponibilidad aun es escasa.
Como nunca antes en la historia de la humanidad, la presencia de una enfermedad tan contagiosa y letal, ha impulsado la solidaridad y la cooperación de múltiples países en el mundo en una carrera desenfrenada por desarrollar las vacunas contra el coronavirus.
Las vacunas salvan cada año millones de vidas. Su función es entrenar y preparar a las defensas naturales del organismo —el sistema inmunológico— para detectar y combatir los virus y las bacterias seleccionados. Si el cuerpo se ve posteriormente expuesto a estos gérmenes patógenos, estará listo para destruirlos de inmediato, previniendo así la enfermedad. 7
Al 18 de febrero de 2021, hay al menos siete vacunas distintas que los países han empezado a administrar en tres plataformas, concediendo prioridad en todos los casos a las personas vulnerables. 7
Hay más de 200 vacunas experimentales en desarrollo, de las cuales más de 60 están en fase clínica. La finalidad es detener la fase aguda de la pandemia de covid-19. 7
México busca una salida a la crisis económica y sanitaria provocada por la pandemia a un año de su llegada oficial. La vacuna acapara miradas. El gobierno ha acordado la compra de más de 234 millones de dosis de cinco prototipos diferentes: AstraZeneca, Pfizer, Sputnik V, Sinovac y CanSino. Las autoridades han entablado contacto con al menos una decena de laboratorios más para diversificar sus opciones. La escasez y los problemas de suministro a principios de año han diluido el optimismo, pero el inicio de la vacunación masiva a adultos mayores le ha dado un nuevo impulso. A las puertas de la campaña de inmunización más ambiciosa de su historia, el país avanza con lentitud y rezagos, frente al reto de vacunar a 117 millones de personas de forma gratuita. 8
México ha administrado más de 4.7 millones de vacunas, a unos 4.1 millones de habitantes. Más de 832 mil trabajadores sanitarios han recibido la primera vía Pfizer, y unos 592 mil de ellos han recibido ya la segunda dosis. También han sido inmunizados 17.463 miembros del sector educativo y 17 mil 429 ya tuvieron su segunda aplicación. Más de 3.2 millones de adultos mayores ya han recibido al menos una dosis. 8
México espera millones de dosis provenientes de un esfuerzo científico sin precedentes, pero mientras tanto las mutaciones del virus que mejoran su potencia de contagio ya han empezado a circular, dibujando en el horizonte del país, del continente y del mundo entero una carrera contrarreloj para construir la primera muralla eficaz contra el virus. 8
Esta terrible crisis que estamos viviendo nos debe recordar que seguiremos siendo muy vulnerables ante futuras epidemias y pandemias, si no fortalecemos nuestro sistema de salud y reforzamos las acciones preventivas para mejorar nuestra salud y evitar enfermedades como las que hoy en día están provocando la mayor mortalidad de los pacientes que desafortunadamente se contagiaron y muchos de ellos fallecieron.
Asimismo, nos debe concientizar sobre la importancia de mantener buenos hábitos alimenticios, higiénicos y de activación física para fortalecer nuestro sistema inmunológico y estar preparados ante la llegada de nuevas pandemias, porque no estamos exentos de que esto no vuelva a suceder.
La experiencia que vivimos, y que lejos está de terminar, también nos debe llamar a la reflexión constante acerca de la imperiosa necesidad de cuidar aún más el ambiente, pues se cree que esta pandemia tuvo su origen en la transmisión del virus por especies animales estresadas ante el daño ecológico de su hábitat por parte de los seres humanos.
De ahí la importancia de proponer un día cada año para honrar la memoria de todas las personas que desafortunadamente fallecieron a causa del covid-19 y, por otro lado, que nos sirva como recordatorio de que debemos estar preparados para enfrentar futuras crisis sanitarias con acciones puntuales tanto del Gobierno como de la Sociedad, pues falta mucho por hacer.
Por lo expuesto y en aras de proteger la salud de los mexicanos, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se declara el día 27 de febrero como el Día Nacional de la Lucha contra el covid-19
Único. Se declara el 27 de febrero como Día Nacional de la Lucha contra el covid-19.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Referencias
1 UNAM. Covid 19: A un año del paciente cero en México. Febrero 2021.
2 https://www.who.int/docs/default-source/coronaviruse/who-china-joint-mission-on -covid-19-final-report.pdf
3 Comunicado_Tecnico_Diario_Covid-19_2021.03.18.pdf
(www.gob.mx)
4 Covid-19 Tablero México-Conacyt-CentroGeo-GeoInt-DataLab
5 Salud MAPFRE. Secuelas poscovid-19.
6 https://www.milenio.com/negocios/impacto-economico-covid-19-mexico-7-graficas
7 OMS. Vacunas contra el Covid-19.
8 El País, “Así avanza la vacunación contra el Covid-19 en México”, marzo de 2021.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Frinné Azuara Yarzábal (rubrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY DE VIVIENDA
«Iniciativa que reforma el artículo 16 de la Ley de Vivienda, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 16 de la Ley de Vivienda.
Exposición de Motivos
La situación que actualmente vivimos a causa de la pandemia ha tenido varias repercusiones en la vida de las y los mexicanos. El confinamiento fue una medida que ya de por sí tuvo fuertes implicaciones en la economía de las familias, no obstante, poco se ha discutido que para estar en confinamiento, se necesita en primer lugar, una vivienda digna, característica que, lamentablemente, no es cubierta por todas y todos los mexicanos.
Para 2018, “Casi la mitad (45 por ciento) de los hogares en el país presentan rezagos en los materiales o la construcción de sus viviendas. Esta característica que implica un riesgo para el desarrollo social y económico de las personas afecta principalmente a la población más pobre de México.” 1 En ese sentido, el mejoramiento de la vivienda es uno de los puntos centrales que deben ser atendidos por el gobierno para aumentar la calidad de vida de las y los habitantes.
A este punto, se le debe agregar el persistente problema del hacinamiento. Para 2010, se contemplaba un promedio de 3.9 de personas por vivienda. Desde entonces, la cifra ha bajado 0.3 puntos, siendo para 2020 un aproximado de 3.6 personas por vivienda. Aunque la cifra ha disminuido, sigue siendo un problema que, en ciertos puntos del país, afecta más de acuerdo a la densidad de población (como en las ciudades capitales y zonas metropolitanas).
La erradicación del hacinamiento como parte de la vivienda digna constituye una de las tareas más importantes para el Estado dada la crisis sanitaria actual. El hacinamiento dentro de este contexto es uno de los riesgos más grandes que pueden correr las familias mexicanas, ya que “vivir en condición de hacinamiento aumenta en 6.8 puntos la probabilidad de morir en caso de tener una infección confirmada”, 2 lo cual representa un factor de riesgo más alto que una enfermedad crónico-degenerativa.
En este sentido, si se tiene en cuenta que “las condiciones de habitación son un factor determinante en la probabilidad de muerte ante una infección”, 3 es necesario que el gobierno dé prioridad de atención a este tema, debido a que, si bien, el confinamiento intenta prevenir los contagios en las calles, es inevitable que las y los individuos se ven en la necesidad de salir, por lo que contraer el virus en situación de hacinamiento resulta más peligroso que romper con el confinamiento.
Por otro lado, otros factores de riesgo que disminuyen la calidad de vida de las y los individuos, son las condiciones de marginación en la que muchas veces se encuentran sus viviendas. Tan solo un recurso tan importante como el agua, es escaso para buena parte de la población: “en las comunidades urbanas la cobertura de agua alcanza al 97.2 por ciento mientras que en las rurales sólo es del 85 por ciento”.
El agua es uno de los recursos más importantes en estas condiciones. El lavado frecuente de manos, así como la sanitización con agua y jabón de los productos que consumamos, es uno de los requisitos indispensables para reducir el riesgo de contagio por SARS-Cov-2, por lo tanto, el acceso al agua potable debe ser una de las características más importantes cuando se estipula en la norma el acceso a la vivienda digna.
En ese sentido, el acceso a la vivienda digna debe ser uno de los nuevos retos planteados por la actual y futuras administraciones para mejorar la calidad de vida de las y los mexicanos. Es un aspecto tan fundamental, que, como he argumentado hasta ahora, puede ayudar a evitar los riesgos a los que se expone la población en situaciones extraordinarias como la actual.
La garantía de una vivienda digna no es una prerrogativa de la que deba disponer el Estado, por lo que, contrario a lo que se ha normalizado hasta ahora, se deben atender prioritariamente a este tipo de viviendas que cuentan con rezagos para el acceso a servicios, de modo que pueda generarse las condiciones óptimas de desarrollo para los habitantes de la vivienda, especialmente si se toma en cuenta la crisis sanitaria actual.
Sobre este escenario, a continuación, explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción XII del artículo 16 de la Ley de Vivienda.
Único. Se reforma la fracción XII del artículo 16 de la Ley de Vivienda
Artículo 16 de la Ley de Vivienda para los efectos de esta Ley se entiende por:
Artículo 16. Corresponde al gobierno federal, por conducto de la Secretaría:
I. a XI. ...
XII. Fomentar, apoyar y garantizar medidas que promuevan la calidad de la vivienda;
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Ana Karen García, “14 millones de viviendas en México no son dignas,” El Economista, 19 de diciembre de 2018, consultado en:
https://www.eleconomista.com.mx/politica/14-millones-de-vivienda s-en-Mexico-no-son-dignas-20181219-0081.html
2 Redacción Infobae, “El hacinamiento es el factor socioeconómico más importante en la letalidad del covid-19: Hábitat para la Humanidad,” Infobae, 8 de enero de 2021, consultado en:
https://www.infobae.com/america/mexico/2021/01/08/el-hacinamient o-es-el-factor-socioeconomico-mas-importante-en-la-letalidad-del-covid-19-habit at-para-la-humanidad/
3 Ibid.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
«Iniciativa que reforma los artículos 5o. y 133 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 5 y 133 de la Ley Federal del Trabajo.
Exposición de Motivos
Los esfuerzos que ha jugado México en materia legislativa para aminorar las consecuencias de la discriminación a personas con discapacidad han logrado un cambio de paradigma en la concepción de esta. Con la creación de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, se ha marcado una diferencia de conceptualización que garantiza un enfoque social y de derechos humanos, en sintonía con los fundamentos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD por sus siglas en inglés) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En este sentido, la discapacidad es entendida como “la consecuencia de la presencia de una deficiencia o limitación en una persona, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás” 1. Esta perspectiva otorga la posibilidad de eliminar los prejuicios que se le pueden imputar a la discapacidad en el modelo individual-medico, que considera a la discapacidad como un problema devenido de la anormalidad física o sensorial de la persona que la sufre, cuyo objetivo principal es la corrección y la exigencia de adaptación de las personas con discapacidad y que permite la violación de sus derechos y discriminación por sus capacidades 2. En este sentido, la ley mexicana promueve la concientización de que no solo es el trabajo de las personas con discapacidad el adaptarse, sino una actividad en conjunto con la comunidad y obligación de la sociedad mexicana a promover la eliminación de las barreras en el entorno que dificulten el goce pleno de los derechos de personas con discapacidad.
Sin embargo, en México existe dato de más de siete millones de personas discapacitadas 3. Desde 2017 sólo 40 personas de cada 100 con discapacidad participan en alguna actividad económica, aunque solo el 40 por ciento del ingreso que perciben por su trabajo es el mínimo indispensable para su subsistencia 4, el otro 60 por ciento lo obtienen de otras fuentes, como familiares o programas gubernamentales. Lo que quiere decir que, las personas con alguna discapacidad son mucho más susceptibles de no contar con empleo y en dado caso de que lo tengan, su salario es menor al de una persona sin limitaciones. En este sentido, según la Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS 2017) las principales problemáticas a las que se enfrenta la población con discapacidad son calles, transportes e instalaciones inadecuadas ——31.1 por ciento lo experimenta—— así como un 30 por ciento enfrenta una falta de oportunidades para encontrar empleo.
En este sentido podemos percatarnos como esta nueva concepción de discapacidad concuerda con el tipo de problemáticas a las que las personas con discapacidad se enfrentan, cuyos problemas fundamentales no nada más atañen a los de su entorno, puesto que el 86. 4 por ciento de las personas que conforman este grupo “se enfrentó con alguna barrera de accesibilidad cuando buscó información sobre algún trámite, servicio o programa gubernamental” 5, lo cual es sumamente relevante cuando reconocemos que “de cada 100 pesos que ingresan las personas con alguna discapacidad 39 son producto de algún programa de gobierno” 6.
Frente a este panorama, según el artículo 11 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad “La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades y equidad, que les otorgue certeza en su desarrollo personal, social y laboral.” 7 Sin embargo, podemos evidenciar que las reformas realizadas en la Ley Federal del trabajo no han sido las suficientes. Dado que la fuente de ingresos, así como de acceso a trabajos en condiciones dignas de respeto a sus derechos como trabajadores y como personas con discapacidad son constantemente vulnerados.
En consideración con lo anterior, es importante mencionar el hecho de que la estructura poblacional de las personas con discapacidad esta estrechamente relacionada con el proceso de envejecimiento demográfico, por lo que la mayoría de las personas que sufren alguna discapacidad a su vez también son adultos mayores 8. En donde las mujeres adultas mayores con discapacidad, las personas con discapacidad múltiple y las personas indígenas con alguna discapacidad 9, tienen una mayor probabilidad de no participar económicamente, no contar con contrato escrito, o prestaciones básicas tales como vacaciones pagadas y seguro médico 10.
Las reformas efectuadas en la Ley Federal del Trabajo en 2012 en los artículos 3, 51, 132, de acorde con este nuevo enfoque social y de conformidad con una perspectiva en derechos humanos sobre la discapacidad, así como otros artículos de dicha ley, como el 2 y el 86 garantizan, en parte, algunos de sus derechos básicos como trabajadores. Como la obligación que tienen los centros de trabajo con más de 50 trabajadores a contar con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad 11. Sin embargo, no se encuentra aún explicitada la prohibición de otorgar un salario inferior a la de un trabajador de igual condición en la misma empresa por consideración de discapacidad, ni tampoco la prohibición de la promoción y realización de actos discriminatorios o de exclusión, así como tampoco una garantía contra despido motivado por dicha condición en dicha ley.
Por lo cual, una propuesta en concordancia con la perspectiva que defienda el derecho al salario conforme a la no discriminación por un trabajo de la misma calidad y eficiencia, así como medidas necesarias para la no vulneración laboral de los trabajadores con discapacidad marcada por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, así como la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación, se presenta como urgente y necesaria.
Sobre este escenario, a continuación explico los cambios que se proponen en el siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 5 y 133 de la Ley Federal del Trabajo.
Único. Se reforman los artículos 5 y 133 de la Ley Federal del Trabajo para quedar de la siguiente manera:
Artículo 5. Las disposiciones de esta Ley ...
I. a X. ...
XI. Un salario menor que el que se pague a otro trabajador en la misma empresa o establecimiento por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual jornada, por consideración de edad, sexo, discapacidad o nacionalidad;
...
...
Artículo 133. Queda prohibido a los patrones o a sus representantes:
I. a XVI. ...
XVII. Realizar, permitir o promover actos de discriminación o exclusión contra cualquier persona con discapacidad en el lugar del trabajo.
XVIII. Despedir a un trabajador por su discapacidad o coaccionarlo directa o indirectamente para que renuncie.
XIX. ...
XX. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Artículo 2º (2018). Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. En línea:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD_120718. pdf
2 http://www.impunidadcero.org/articulo.php?id=56&t=el-derecho-al-trabajo-de- las-personas-con-discapacidad
3 INEGI (2017). La discapacidad en México, datos al 2014. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. México, pp. 22.
4 García, Ana Karen (2019). Personas con discapacidad, el grupo más discriminado en México. El economista. En línea:
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Personas-con-discapacid ad-el-grupo-mas-discriminado-en-Mexico–20190107-0049.html
5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadis/2017/doc/ enadis2017_resultados.pdf
6 García, Ana Karen (2019). Personas con discapacidad, el grupo más discriminado en México. El economista. En línea:
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Personas-con-discapacid ad-el-grupo-mas-discriminado-en-Mexico–20190107-0049.html
7 Artículo 11 (2018). Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. En línea:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD_120718. pdf
8 INEGI (2017). La discapacidad en México, datos al 2014. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. México
9 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadis/2017/doc/ enadis2017_resultados.pdf
10 García, Ana Karen (2019). Personas con discapacidad, el grupo más discriminado en México. El economista. En línea:
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Personas-con-discapacid ad-el-grupo-mas-discriminado-en-Mexico–20190107-0049.html
11 Artículo 132, XVI Bis. (2020). Ley Federal del Trabajo. En línea:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, María Sara Rocha Medina, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolu-cionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que modifica el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Con base a luchas de trabajadores en el contexto internacional, se logró en 1933 durante la Conferencia de Estados miembros de la Organización Internacional del Trabajo aprobarse el Convenio número 35 relativo al seguro obligatorio de vejez de los asalariados, estableciendo lo siguiente: “se dispuso que a la vejez del trabajador, una vez que quedara inhabilitado para el trabajo se compensara con una pensión jubilatoria, estableciéndose desde entonces el derecho a la jubilación”, aún que entró en vigencia hasta 1955, año en el que se establecen las normas mínimas de la seguridad social, que incluyen las prestaciones por vejez. Y en 1967 entra en vigor el acuerdo 128 sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, el cual es el instrumento más reciente de la OIT en materia de pensiones y jubilaciones.
En nuestro país, el reconocimiento de este derecho está plasmado en el artículo 123 constitucional, específicamente en la fracción XXIX, en donde se considera la utilidad social el establecimiento de cajas de seguros populares, de invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de accidentes y de otros fines análogos, por lo cual, por ello el gobierno central como los locales deben fomentar la organización de instituciones de esta índole para infundir e inculcar la previsión social.
En 1962, se fijaron los salarios mínimos por zona económica, creándose el 31 de diciembre la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y 111 comisiones regionales para salvaguardar el derecho. Desde 1976 el salario mínimo se ha fijado cada año, pero puede ser revisado y modificado en cualquier momento, previa justificación.
El 27 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo con el objeto de desvincular al salario mínimo del pago de diversas obligaciones tales como multas, impuestos y créditos hipotecarios, entre otros.
La reforma creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las 32 entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
De igual forma, se estableció que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) será la institución encargada de calcular el valor de la UMA. Por su parte, en el artículo 123 se precisó que, el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza
En ese sentido, el actual artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos regula al salario mínimo mediante las fracciones VI, VII y VIII del apartado A de dicho artículo, que disponen que debe ser general o profesional, por lo que no puede ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza; además deben ser suficientes y se fijan considerando las condiciones de las actividades económicas.
Asimismo, dispone que el salario mínimo debe ser fijado por una comisión nacional integrada tanto por representantes de trabajadores, patrones y gobierno. Por otra parte, la Ley Federal del Trabajo en el capítulo V del título tercero, regula el salario como retribución que debe pagar el patrón por su trabajo, la cual puede fijarse por unidad de tiempo, de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier manera.
En nuestro país, el salario mínimo se convirtió en un parámetro económico, es decir se establecieron normasen donde la unidad de medida fue el salario mínimo para tasar multas, el pago de derechos, créditos del Infonavit, incluso los recursos asignados a los partidos políticos; lo que provocaba el incremento de pagos y costos a la población, siendo utilizado como un pretexto para no incrementar dicho monto, bajo el argumento que podría provocar inflación de productos.
El objetivo principal de la reforma constitucional en arriba señalada fue la de recuperar el poder adquisitivo del salario mínimo al desvincularlo de la referencia para la fijación de fines distintos a su naturaleza jurídica, como es el caso de multas y pago de impuestos.
No obstante, el artículo tercero transitorio del decreto de la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo derivó en una afectación a los trabajadores en la fijación de sus pensiones, en virtud de que, de manera indistinta, establece sustituir todas las menciones de salario mínimo por UMA.
La desindexación del salario mínimo llevó a que miles de trabajadores pensionados y jubilados, vieran disminuidos sus ingresos; ya que reciben desde 2017 entre 10 por ciento y 15 por ciento menos del valor real de su pensión, debido a que cotizan en UMA.
Asegurar una vejez digna es un tema en el que todos debemos involucrarnos, trabajadores con sus aportaciones, administradores con su eficiencia y legisladores con el correcto diseño de las reglas, siempre en el marco de una justicia social que garantice la estabilidad económica de los trabajadores.
Para generar el derecho a una pensión, los trabajadores aportan mediante descuentos de sus salarios de manera directa los recursos que en un futuro habrán de recibir, por lo que el salario que perciben se fragmenta a fin de brindar mayores beneficios para dichos trabajadores; de ellos, una parte se destina para el retiro o pensión, la cual se calcula con base al salario y la antigüedad de cotizaciones del trabajador, por lo que, con la reforma de desindexación del salario mínimo las pensiones dejaron de ser calculadas con base en el salario mínimo por hacerlo sobre la base del valor de la unidad de medida de actualización.
Tan solo en el mes de marzo de este año 2021, el valor de la UMA es de 89.62 pesos diarios (2 mil 724.45 pesos mensuales), mientras que el del salario mínimo general es de 141.70 pesos (4 mil 307.68 pesos mensuales, este cálculo ha ido en detrimento de jubilados y pensionados debido a que el costo de los productos y servicios básicos es siempre al alza.
Por todo lo anterior, propongo en la presente iniciativa, que las jubilaciones y pensiones sean calculadas con base en el valor vigente del salario mínimo, estableciendo la reforma al párrafo primero de la fracción VI del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, considero oportuno que la armonización de las leyes secundarias se dé en un plazo no mayor a 180 días de la entrada en vigor de la reforma debiéndose actualizar todas las pensiones a calculo en Salarios Mínimo.
Proponiendo la siguiente modificación en la redacción.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En razón de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifica el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Único. Se modifica el artículo 123, Apartado A, fracción VI, de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:
A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:
I. ...
...
VI. Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, excepto en el cálculo de pensiones o jubilaciones.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá adecuar las leyes secundarias en la materia en un plazo no mayor de 180 días a partir del día siguiente de la entrada en vigor del presente decreto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada María Sara Rocha Medina (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para opinión.
LEY DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO AGROPECUARIO Y RURAL
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, a cargo del diputado José Salvador Rosas Quintanilla, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Salvador Rosas Quintanilla, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 2, 6, 37, 41, 52 y 95 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural.
Exposición de motivos
En el contexto de la actual administración, donde el sector agropecuario se ha visto vulnerado debido a la reducción y desaparición de muchos de los subsidios para la contratación de seguros en dicho sector, y en donde el adelgazamiento de las intuiciones encargadas de la regulación y aplicación de estos fondos, representan la posibilidad de la perdida parcial o total de los cultivos, la pérdida de ingresos y hasta la puesta en duda de la seguridad alimentaria de los mexicanos, la actualización de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, representa una necesidad. Esto por dos cuestiones, la primera por una necesidad de claridad 1 y coherencia legislativa, la segunda, como una medida de prevención de efectos no deseados que pudieran derivarse del estado la normativa actual.
En este sentido, dicha ley fue promulgada desde 2005 en el Diario Oficial de la Federación en un contexto donde la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros estaba aún vigente. Sin embargo, desde el 2013 dicha ley que fundamenta a su vez, la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural fue abrogada, lo que ha generado un vacío en muchos de los artículos que constituyen la totalidad de la ley y que vulneran su eficacia en tanto que “una norma sólo es aplicable en la medida en que es eficaz. Si la norma no dispone de todos los requisitos para su aplicación a los casos concretos, le falta eficacia, no dispone de aplicabilidad.” 2
Aunado a ello, la confusión generada a partir de este vacío afecta directamente al principio de claridad legislativo, el cual engendra normas en blanco, “las cuales son susceptibles de remisión a otro tipo de normas o conceptos jurídicos, cuya interpretación que da a la autoridad judicial, pueda ser en veleidosos criterios”, 3 aunado a que este mismo motivo dificulta su lectura y acceso a aquellas personas no especializadas, pero con la necesidad de su consulta y protección.
Sin embargo, aquellas normas en blanco engendradas por este vacío jurídico pueden ser retocadas a partir de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aprobada el mismo año en que fue abrogada la anterior y que funge como su remplazo. Es importante realizar este trabajo de actualización legislativa en tanto que muchos de los artículos en los que se fundamentan los artículos 2, 37, 41 y 95 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural se encuentran en la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas, pero localizados en diferentes capítulos y nuevos artículos, además de que los artículos 2 y 6 de Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural son artículos que contienen las definiciones a partir de las cuales la ley funciona y se fundamenta.
Es por ello que la siguiente propuesta hace posible “que los presupuestos reflejados en el texto normativo encuentren un reflejo en la realidad sobre la que se pretende actuar” 4 en un momento donde “el gobierno federal busca concentrar a los diferentes organismos enfocados a la atención del crédito agropecuario en una sola entidad” 5 y bajo la política de austeridad republicana, donde “para 2021, el Presupuesto de Egresos de la Federación no incluye el subsidio para la prima del seguro agropecuario, operada por Agroasemex, y que es utilizado para la contratación de la póliza con em-presas privadas, así como con fondos de aseguramiento.” 6
Además, se planea controlar dicho organismo mediante la iniciativa de la Ley Finagro 7 que pretende fusionar la Financiera Nacional para el desarrollo, el Fideicomiso de Riesgo compartido y Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural, que promueve un modelo de Banca de Desarrollo centralizada y estandarizada, y que no tiene capacidad de atender a todos los productores, y menos a los muy diversos contextos de desarrollo. 8 Y cuyo proyecto, y en las presentes condiciones, ha dejado desde el 2019, sin presupuesto para el aseguramiento de la producción en el sector rural.
En consecuencia, durante el 2020 “la superficie asegurada, respecto del mismo periodo de 2019, disminuyó 88.5 por ciento, los fondos de aseguramiento 87.3 por ciento y las aseguradoras privadas 93.3 por ciento”, 9 dejando vulnerables a miles de hectáreas de cultivo de productos básicos como el maíz debido a las inundaciones y el paso de huracanes y frentes fríos, mismas que en años pasados contaban con el respaldo de los susidios hoy ausentes. 10 Es por ello, que la actualización de esta ley es pertinente, en tanto que hasta el momento regula y supervisa la operatividad de organismos encargados de los seguros y reaseguros del sector rural y agropecuario.
Es por ello que un contexto de desatención política, en donde desde de abril de 2018 al mismo mes de 2020 se ha dejado de sembrar en 67 mil hectáreas, 11 que este tema toma relevancia, y la actualización se vuelve urgente, en lo que se decide el destino de las instituciones encargadas del aseguramiento del sector agropecuario y rural. Esta propuesta pretende resolver, por tanto, dicha problemática, considerando los efectos indeseados que pueda causar la confusión en un momento de coyuntura para la protección del campo mexicano, que en gran medida se enfoca en la prevención de riesgos y siniestros.
Por último, “cuando nos referimos a la calidad de las normas, estamos haciendo alusión al grado de racionalidad de los diferentes aspectos que resultan relevantes desde la parcela normativa”, 12 en este sentido nos referimos a diferentes niveles de racionalidad normativa, que se ven afectados debido a las condiciones en las que se encuentra la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural y que desde su creación no ha sido reformada ni una sola vez.
Sobre este escenario, a continuación, expongo los cambios que se proponen en l siguiente cuadro:
Con esto, se ejemplifica de manera explícita el argumento para proponer la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 2, 6, 37, 41, 52 y 95 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Único. Se reforman los artículos 2, 6, 37, 41, 52 y 95 de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 2o.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I. a III. ...
IV. Fondo de Aseguramiento, en singular o plural, son las sociedades constituidas como Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural, en los términos de esta Ley y de lo previsto en el artículo 31 de la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas;
V. a X. ...
XI. Líneas de Operación, a las operaciones y ramos de seguros que los Fondos de Aseguramiento podrán practicar al amparo del registro ante la Secretaría, de conformidad con esta Ley, la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas y con las Reglas Generales que emita la Secretaría;
...
Artículo 6o.- ...
I. La Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas;
II. La legislación Mercantil;
III...
IV...
...
Artículo 37.- ...
...
...
Los Fondos de Aseguramiento podrán contratar reaseguro exclusivamente con instituciones de seguro o reaseguro del país autorizadas para realizar la operación o ramo de que se trate, así como con los reaseguradores extranjeros inscritos en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras a cargo de la Secretaría, previsto en los artículos 106, 107 y 108 de la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas.
...
Artículo 41. A los Fondos de Aseguramiento les son aplicables las prohibiciones contenidas en el artículo 361 de la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas.
Artículo 52.- ...
Para efecto de lo anterior, la Comisión tendrá en lo que no se oponga a esta Ley, todas las facultades que le confiere la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas.
Artículo 95.- ...
I. a V. ...
VI. ...
...
...
...
...
La violación a las disposiciones a que se refiere este artículo será sancionada por la Comisión conforme al procedimiento previsto en la sección dos del capítulo tercero de las Infracciones y delitos de la Ley de Instituciones de Seguros y Finanzas, con multa de 200 hasta 100,000 días de salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://ebuah.uah.es/dspace/bitstream/handle/10017/6448/racionali-dad_centenera _AFDUA_2009.pdf?sequence=1&isAllowed=y
2 https://www.senado.gob.mx/BMO/pdfs/biblioteca_digital/ensayos/ ensayos4.pdf
3 https://www.senado.gob.mx/BMO/pdfs/biblioteca_digital/ensayos/ ensayos4.pdf
4 https://ebuah.uah.es/dspace/bitstream/handle/10017/6448/racionali-dad_centenera _AFDUA_2009.pdf?sequence=1&isAllowed=y
5 https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Mas-de-70-orga-nizaciones-pide n-mejorar-iniciativa-de-ley-que-daria-paso-a-Finagro-20200721-0084.html
6 https://www.eluniversal.com.mx/cartera/austeridad-de-la-4t-deja-sin-seguros-sec tor-agropecuario
7 http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Bo-le-tines/2020/Junio/ 08/3799-El-reto-de-Finagro-es-desarrollar-un-mercado-financiero-y-construir-nue vos-instrumentos-de-apoyo-al-campo
8 https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/isabel-cruz/ley-finagro-y-el-parlamento -abierto-en-diputados-credito-para-quienes
9 https://www.eluniversal.com.mx/cartera/austeridad-de-la-4t-deja-sin-seguros-sec tor-agropecuario
10 https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Los-fantasmas-de-Agroa-semex-20200616-0 124.html
11 http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boleti-nes/2020/Junio/0 8/3799-El-reto-de-Finagro-es-desarrollar-un-mercado-financiero-y-construir-nuev os-instrumentos-de-apoyo-al-campo
12 https://ebuah.uah.es/dspace/bitstream/handle/10017/6448/racionali-dad_centenera _AFDUA_2009.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado José Salvador Rosas Quintanilla (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para opinión.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que reforma los artículos 27 y 34 la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revo-lucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 27 y 34 la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de teletrabajo, con el siguiente
Planteamiento y argumentación
El 12 de enero entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, reforma pendiente y necesaria. En la intención de salvaguardar los derechos de las y los trabajadores y establecer las reglas generales del teletrabajo, sobre todo ante el escenario de emergencia sanitaria que vive el país, quedaron pendientes elementos normativos que coadyuvarían a la correcta aplicación y certidumbre de la ley.
El sector empresarial ha celebrado la reforma y con ello también ha señalado las necesidades legislativas en la regulación vigente para cumplir con la protección de las y los trabajadores así como de la industria.
En el Congreso de la Unión, las y los diputados debemos ser la voz de todas y todos, estamos obligados a encontrar los espacios y oportunidades para generar un marco jurídico justo. La reforma que hoy se propone, lleva consigo las voces y experiencia de empresarios, industriales, académicos y emprendedores del estado de México, agrupados en el Consejo Coordinador Empresarial estatal, todas con un fin en el cual coincidimos, proponer una legislación justa para la construcción de un mejor México.
En conjunto, se presenta ante esta soberanía, una propuesta para dotar de certidumbre legislativa y cubrir los vacíos legales para el cumplimiento de las obligaciones establecidas para el teletrabajo, sí durante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia por covid-19, pero también como una forma permanente de relación laboral que implicará una inversión del sector productivo en favor de las y los trabajadores.
En este sentido se destaca la preocupación y el reto del sector productivo para la logística, instalación, manejo, mantenimiento de los equipos e insumos para el teletrabajo, así como aquellos equipos que son necesarios e indispensables para la salud de las y los trabajadores.
La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2021 estableció, entre otras, las siguientes obligaciones especiales a los patrones enmarcadas en el artículo 330-E:
(Fracción) I. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros;
(Fracción) III. Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad;
En términos de lo señalado, el maestro Javier Eli Domínguez Hernández nos explica que las obligaciones antes señaladas implican que los patrones deberán destinar recursos para cumplir con dichas obligaciones; por lo anterior las erogaciones que el contribuyente, en su carácter de patrón, tenga la obligación de asumir, tanto en la vía de gastos como de inversiones, son estrictamente indispensables y se encuentran vinculadas con el objeto social o, en su caso la obtención de ingreso del contribuyente, esto es así porque en caso de no realizarlo inicialmente se ubicaría en un incumplimiento a la legislación laboral y en segundo término que las actividades podrían verse disminuidas o suspendidas.
Lo anterior tiene sustento en el contenido de criterios jurisdiccionales referente a la estricta indispensabilidad tal como lo refiere la tesis 2a. CIII/2004 de rubro “Renta. Interpretación del término “estrictamente indispensables” a que se refiere el artículo 31, fracción I, de la Ley del Impuesto Relativo (legislación vigente en 2002).”
Como se puede advertir en la reforma laboral el patrón deberá adquirir inversiones en el caso específico de activos fijos, “entendiéndose por estos el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones”. Lo anterior de conformidad con el segundo párrafo del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Actualmente el mobiliario y equipo de oficina se deduce en por cientos máximos autorizados en la LISR a razón de un 10 por ciento anual, y en el caso de computadoras de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo el porcentaje anual permitida es del 30 por ciento; es decir, la deducción del 100 por ciento se lograría en un plazo de diez años y de 3 años 4 meses respectivamente.
En este orden de ideas se propone incrementar el porcentaje de deducción máxima permitida de un 10 por ciento a un 30 por ciento respecto del mobiliario y equipo de oficina, así como de un 30 por ciento a un 40 por ciento tratándose de computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo; lo anterior solamente para efectos las adquisiciones que por legislación laboral los patrones tienen las obligaciones de proporcionar a los trabajadores contratados en la modalidad de teletrabajo, por lo que en los demás supuestos se seguiría en los porcientos máximos establecidos actualmente.
Asimismo se propone establecer dentro de los requisitos que deberán reunir las deducciones autorizadas de conformidad con el artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) la regulación respecto de los pagos que se efectúen por asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad. Lo anterior es así ya que esa erogación que se entrega al trabajador no es parte del salario ni es una retribución, sino por el contrario es proporcionar al trabajador los elementos necesarios para el desarrollo de su trabajo.
Actualmente los retenedores tienen la obligación de emitir comprobantes fiscales de conformidad con el articulo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, en específico en el CFDI de nómina, independientemente de si esas percepciones son gravadas, exentas o que no se consideren ingresos para efectos del Impuesto sobre la Renta. Por lo anterior el retenedor al momento de asumir los costos multicitados y efectuar las erogaciones que por disposición laboral debe cubrir, deberá entregar al trabajador las cantidades correspondientes registrando en el CFDI de nómina correspondiente como una cantidad que no debe considerarse como ingreso por sueldos, salarios o asimilados.
Con esta adición al artículo 27, se logrará definir la naturaleza que tiene la erogación que realiza el patrón. Para efectos del impuesto sobre la renta es importante precisar las características del pago, identificándolo como un ingreso ya sea exento, gravado o no objeto. La ley vigente ya se encuentra algo similar por ejemplo lo establecido en el artículo 94 de la LISR penúltimo párrafo:
“ No se considerarán ingresos en bienes, los servicios de comedor y de comida proporcionados a los trabajadores ni el uso de bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de las actividades propias de éstos siempre que, en este último caso, los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado.”
De lo anterior resulta importante incluir en la reforma la precisión de que estas erogaciones que realizan los patrones no serían ingresos para los trabajadores y ofrecer la posibilidad e incentivos para que los patrones bajo la modalidad del teletrabajo puedan adquirir los bienes y servicios pagarlos.
Estas medidas son parte de la reforma a la Ley Federal del Trabajo que también se presenta en conjunto con este proyecto de decreto, las cuales además responden a la necesidad de garantizar la certeza legislativa; la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha analizado la obligación de la claridad de las normas jurídicas, la cual “representa una condición esencial e imprescindible para dar certidumbre jurídica a los particulares, y busca evitar cualquier tipo de oscuridad, ambigüedad o imprecisión del texto legal” 1 y frente a ello garantizar el derecho al teletrabajo en las condiciones óptimas y necesarias para el sector industrial, empresarial, las y los trabajadores así como el sector gubernamental.
La aplicación de la reforma necesita esta certeza y empezar con la aplicación de reglas claras, precisas y transparentes. En este sentido, es necesario resaltar que al día de la presentación de esta propuesta legislativa ya existe el primer pronunciamiento por parte del a autoridad fiscal al respecto, derivado del siguiente planteamiento a la autoridad formulado en la reunión bimestral del 2021 por los Coordinadores Nacionales de Síndicos del Contribuyente:
La respuesta de la autoridad versó en lo siguiente:
Fuente: documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria de fecha 11 de febrero de 2021, respecto de la primera reunión bimestral 2021 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente.
Como se ha mencionado el paso al teletrabajo se dio en un entorno obligado y en el cual celebramos la voluntad de legislar a favor del desarrollo, la seguridad y certeza legal. Generar la legislación en la materia será un reto permanente, pues las leyes, las normas y los sujetos obligados, tendrán de actualizarse y modificarse de acuerdo con los retos que la propia implementación de esta regulación presente.
En esta propuesta se han identificado dos de ellos ambos buscan generar mecanismos de protección y también establecer incentivos para uno de los sectores que genera empleo y cumple con las disposiciones tributarias.
Es menester de esta propuesta señalar que las modifica-ciones que se someten a consideración van acompañadas de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 330-A, 330-E y 330-G de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo, con la finalidad de establecer la normativa adicional y la base legal para que el empleador cumpla con su función de patrón frente a las obligaciones laborales, protección del salario y de seguridad, mismas que quedaron pendientes en la reforma en materia de teletrabajo. Iniciativa que se presenta en conjunto con este proyecto de decreto.
El compromiso es con las y los trabajadores para que tengan certeza de su pago íntegro, para que puedan acceder con prontitud a los insumos que requiere el teletrabajo, pero también implica la responsabilidad legislativa y la certeza a las empresas, la micro, pequeña y mediana empresa, que tienen que invertir para el cumplimiento de estas nuevas disposiciones, personas que disponen su trabajo y capital para el crecimiento conjunto, que cumplen con sus obligaciones y sí que requieren un estímulo sobre todo en tiempos de crisis como las que vivimos, las leyes, los derechos y obligaciones son para todas y todos.
Conforme a lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma los artículos 27 y 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Único.- Se adiciona un tercer párrafo a la fracción V del artículo 27 y se reforman las fracciones III y VII del artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Artículo 27. ...
I. a IV. ...
V. ...
... .
Los pagos correspondientes por servicios de telecomunicaciones y la parte proporcional del pago por servicios de electricidad que se realicen por concepto de teletrabajo para efectos de la legislación Laboral a que se refiere el artículo 330-E fracción III de la Ley Federal del Trabajo, se podrán deducir siempre que las erogaciones sean efectivamente entregadas a los trabajadores y consten en comprobantes fiscales emitidos en términos del Código Fiscal de la Federación. Para estos efectos los pagos que asume el patrón no se consideraran ingresos para los trabajadores siempre que los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado y conste por escrito en el contrato laboral respectivo.
VI. a la XXII. ...
Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
I. ...
II. ...
III. Tratándose de mobiliario y equipo de oficina :
a) 30 por ciento para los dedicados al uso en teletrabajo
b)10 por ciento para los demás
IV. a VI. ...
VII. Tratándose de computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo:
a) 40 por ciento para los dedicados al uso en teletrabajo
b) 30 por ciento para los demás
VIII. a XIV. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 SCJN. Amparo en revisión 1041/2018. Disponible en:
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos /2019-10/AR-1041-2018-191022.pdf
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para opinión.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscribimos, diputada federal Saraí Núñez Cerón y las y los diputados, pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Tras décadas existe uno de los mayores problemas en el mundo que es la alimentación, la crisis alimentaria en el mundo ha ido aumentado lentamente. En 2018 se estimaba que 821 millones de personas pasaba al menos un día con el estómago vacío. Al mismo tiempo, el sobrepeso y la obesidad continúan aumentando en todas las regiones del mundo, tal y como refleja un importante informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en 2019
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) menciona que el año 2020:
“Los países han hecho posible estimar el hambre en el mundo con mayor precisión el año 2020. No obstante, la revisión confirma la tendencia sobre la que se ha informado en ediciones anteriores: el número de personas afectadas por el hambre a nivel mundial ha ido aumentando lentamente desde 2014.
La carga en la malnutricion en todas sus formas sigue construyendo un desafio. Se han realizado algunos progresos en relación con el retraso del crecimiento infantil, la insuficiencia ponderal y la lactancia materna exclusiva, aunque a un ritmo demasiado lento todavía. En relación con el sobrepeso infantil no se han logrado mejoras y la obesidad en adultos está aumentando en todas las regiones”. 1
La evaluación habitual de la seguridad alimentaria y la nutrición con previsiones sobre cómo podría ser el mundo en 2030 si continúan las tendencias del último decenio. Las previsiones muestran que el mundo no está en vías de acabar con el hambre para 2030 y, pese a que se han realizado ciertos progresos, tampoco lleva camino de lograr las metas mundiales sobre nutrición, de acuerdo con la mayoría de los indicadores.
En esta tesitura, es probable que la seguridad alimentaria y el estado nutricional de los grupos de población más vulnerables se deterioren aún más debido a las repercusiones socioeconómicas y sanitarias de la pandemia de la enfermedad por coronavirus (covid-19), esta es una amenaza para la seguridad alimentaria.
Las evaluaciones preliminares basadas en las últimas previsiones económicas mundiales disponibles sugieren que la pandemia del covid-19 puede añadir entre 83 y 132 millones al número total de personas subalimentadas en el mundo en 2020, en función de la hipótesis de crecimiento económico (pérdidas que van de los 4,9 a los 10 puntos porcentuales en el crecimiento del producto interno bruto (PIB) mundial. Existe la esperanza de la recuperación prevista en 2021 reduciría el número de personas subalimentadas, pero este seguiría por encima de lo previstos.
Lo anterior, la FAO menciona que países de ingresos medianos altos examinados como México y Samoa, las personas con inseguridad alimentaria moderada consumen un mayor número de alimentos que suelen ser más baratos en relación con las calorías que proporcionan los cereales, raíces, tubérculos y plátanos y consumen cantidades menores de alimentos costosos como son la carne y productos lácteos, en comparación con las personas que gozan de seguridad alimentaria. México en particular muestra un descenso del consumo de frutas y productos lácteos a medida que aumenta la gravedad de la inseguridad alimentaria.
Es por lo antes expuesto, que es lamentable la crisis alimentaria en especial en México, es tambien lamentable que a pesar de tener esta crisis se tiren y desperdicien miles de tonelads de alimentos en todo el mundo y México, tal y como lo menciona un articulo que publico ONU el cual quiero citar textualmente ya que contienen datos de relevancia:
“931 millones de toneladas de alimentos, o 17 por ciento del total de alimentos disponibles para los consumidores en 2019, terminaron en los basureros de hogares, minoristas, restaurantes y otros servicios alimentarios, revela el informe sobre el Índice de desperdicio de alimentos 2021, publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma) y la organización Wrap.
El peso de esos alimentos equivale aproximadamente a 23 millones de camiones de 40 toneladas completamente cargados, que puestos en fila darían siete vueltas a la Tierra.
A nivel mundial, per cápita, cada año se desperdician 121 kilogramos de alimentos por consumidor.
Una de las conclusiones más llamativas del estudio es que no se observan grandes diferencias entre países ricos y en desarrollo. Nigeria es uno de los países del mundo donde más comida se tira en los hogares con 189 kilogramos per cápita al año, comparados con los 59 de Estados Unidos.
En México se desperdician 94 kilogramos, en España, 77; y en Colombia, 70.
La investigación revela que la mayor parte del desperdicio, un 11 por ciento, se produce en los hogares, frente a los servicios de alimentación y los establecimientos minoristas que tiran un 5 por ciento y 2 por ciento, respectivamente.
Es evidente que, con 690 millones de personas afectadas por el hambre en 2019, un número que se espera aumente drásticamente con la covid-19, y 3 mil millones de personas que no pueden pagar una dieta saludable, los consumidores necesitan apoyo para reducir el desperdicio de alimentos en el hogar”. 2
En esta tesitura la FAO y Messe Düsseldorf lanzaron la Iniciativa Save Food en la feria internacional de la industria del envasado Interpack 2011, que se celebró en Düsseldorf (Alemania). El programa global reposa en cuatro pilares principales:
“Colaboración y coordinación de iniciativas mundiales para reducir las pérdidas y los desperdicios de alimentos. Save Food ha establecido una alianza global con organizaciones públicas y privadas y compañías activas en la lucha contra las pérdidas y los desperdicios de alimentos. Para desarrollar, planificar e implementar intervenciones y recursos de forma eficiente es imprescindible que todas las iniciativas estén bien coordinadas de manera que todos los participantes sepan qué está ocurriendo en el mundo; se compartan información, problemas y soluciones; y se armonicen metodologías, estrategias y enfoques.
Aumentar la sensibilización sobre el impacto y las soluciones de las pérdidas y los desperdicios de alimentos. Esto es posible mediante la realización de campañas de comunicación y publicidad, la divulgación de los hallazgos y resultados de la Iniciativa Save Food y la organización de congresos regionales Save Food. Investigación en políticas, estrategias y programas para reducir las pérdidas y los desperdicios de alimentos. Esto incluye la realización de una serie de estudios nacionales y regionales para analizar las causas de las pérdidas de alimentos y soluciones viables. La Iniciativa Save Food también dirige estudios sobre los impactos socioeconómicos de las pérdidas y los desperdicios de alimentos y sobre los marcos políticos y normativos que les afectan.
Apoyo a proyectos para que los sectores público y privado piloten e implementen estrategias de reducción de pérdidas de alimentos.
Asimismo, tienen participacion los actores de la cadena alimentaria deben emprender acciones para reducir las pérdidas y los desperdicios de alimentos.
Las principales áreas de acción son:
-mejora de la planificación de la producción adaptada a los mercados;
-promoción de prácticas de producción y de procesamiento eficientes en el uso de recursos;
-mejora de las tecnologías de conservación y envasado;
-mejora del transporte y la gestión logística;
-aumento de la sensibilización en los hábitos de compra y consumo;
-garantizar que todos los actores de la cadena, incluidas las mujeres y los pequeños productores, reciban una parte justa de los beneficios.
Por lo general, estas acciones requieren inversión por parte del sector privado.
La acción pública es necesaria para apoyar las intervenciones de la cadena de suministro:
-creación de un entorno político e institucional favorables;
-creación de un clima de inversión favorable;
-sensibilización y promoción;
-desarrollo de asociaciones y alianzas;
-apoyo a los productos y procesos innovadores;
-desarrollo de capacidades en la cadena de suministro y a nivel institucional. 3
La Iniciativa Save Food de la FAO cuenta con el apoyo de otras organizaciones de las Naciones Unidas, especialmente del Programa Mundial de Alimentos (PMA), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma).
De tal suerte que el desperdicio de alimentos en el mundo y México es una imperante necesidad que se ponga atención en este problema, ya que por un lado se tiran estos alimentos los cuales se podrán procesar y distribuir a centros de alimentacion o centros de acopio para alimentar a personas de bajos recursos que no tienen acceso a ellos y viven en una crisis alimentaria, asimismo, es un foco de contaminaion hacia el medio abiente impactando al cambio climático.
En esta orden de ideas el propio documento antes mencionado expuso la ONU lo siguiente:
“Disminuir el desperdicio de alimentos reduciría las emisiones de gases de efecto invernadero y la velocidad de la destrucción de la naturaleza que resulta de la conversión de la tierra y la contaminación. Al mismo tiempo, mejoraría la disponibilidad de alimentos y, por lo tanto, reduciría el hambre y ahorraría dinero en un momento de recesión mundial”, dijo Inger Andersen, directora ejecutiva del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.
Por eso aseguró que, “si queremos tomarnos en serio la lucha contra el cambio climático, la pérdida de la biodiversidad, la contaminación y los residuos, entonces las empresas, los gobiernos y los ciudadanos de todo el mundo deben hacer su parte para reducir el desperdicio de alimentos”.
La Cumbre sobre los Sistemas Alimentarios de la ONU de este año brindará la oportunidad de lanzar nuevas acciones audaces para abordar el desperdicio de alimentos a nivel mundial.
Por ejemplo, los países pueden aumentar su contribución para frenar el calentamiento global de acuerdo con los objetivos del Acuerdo de París incluyendo medidas para reducir el desperdicio de alimentos, al tiempo que fortalecen la seguridad alimentaria y reducen los costos para los hogares.
En ese sentido, la prevención del desperdicio de alimentos es también un área crucial para su inclusión en las estrategias de recuperación de la covid-19”. 4
Es por lo antes mencionado, es imperante que se realicen los andamiajes de políticas públicas necesarias para poder erradicar o al menos detener el creciente impacto de la crisis alimentaria en nuestro país y en consecuencia evitar tirar la comida para ello se tendrán que reforzar esfuerzos compartidos entre gobierno y sociedad para que en conjunto se realice a conciencia los planes de rescatar esos alimentos y poderlos colocar con las personas más vulnerables.
En este orden de ideas, el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria (Cedrssa) de la Cámara de Diputados advirtió que el desperdicio de alimentos en “México alcanza el 34.7 por ciento de lo que se produce en el país; por ello, planteó establecer una política de Estado donde se alerte a la población de estas mermas. La necesidad de tener un mecanismo para propiciar que los desperdicios, en lugar de desecharse, contribuyan a la alimentación, pues uno de los objetivos principales del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 es la autosuficiencia alimentaria.
La magnitud del problema en el país alcanza el 2.5 por ciento del valor de toda la producción o del producto interno bruto (PIB), “un porcentaje realmente preocupante ante el hambre que padecen amplios sectores de la sociedad’.
Asimismo el propio Cedrssa menciona que en México se han instrumentado diversos programas contra el hambre; sin embargo, esa situación de desnutrición o de hábitos de consumo han repercutido y repercuten en la salud de las y los mexicanos. 5
Es necesario generar acuerdos con los sectores clave, pues en México hay cifras alarmantes de desperdicio: de la carne de cerdo asciende al 40 por ciento; pescado, 37 por ciento; res, 35 por ciento; pollo, 29 por ciento, y tortilla, 28 por ciento.
Mencionó que estas cifras impactan en lo económico como en lo social y representan impacto ambiental. Además del desgaste de agua y suelo; casi 37 toneladas de dióxido de carbono (CO2); un costo económico equivalente a 16 millones de vehículos.
El propio centro de estudios menciona que: el desperdicio de alimentos y establecer una política de Estado, donde la ciudadanía vea qué implica un costo en todos los sectores: social, económico y ambiental.
Asimismo, el Banco Mundial en México señaló que en el país se desaprovechan 20.4 millones de toneladas de alimentos al año, lo cual es alarmante, ya que existen cerca de 7.5 millones de personas en situación de hambre crónica. El 52.4 por ciento de los residuos sólidos se componen de restos de alimentos, que generan 36 millones de toneladas de dióxido de carbono, lo cual equivale a las emisiones anuales de 15.7 millones de vehículos, además se pierden 40 billones de metros cúbicos de agua, es decir, que el costo asociado al desperdicio de alimentos en México es de 26 billones de dólares anuales, lo cual representa el 2.5 por ciento del PIB.
En esta tesitura, “se menciona que el Reino Unido ha reducido en 30 por ciento lo que se desperdiciaba. La asociación Waste and Resources Action Programme (WRAP) del Reino Unido explicó que su nación fue el primer país en medir el volumen del desperdicio de alimentos y desde hace cerca de 15 años emprendieron un mecanismo para evitar su desaprovechamiento.
Añadió que para tal fin se desarrolló un esquema de acuerdos voluntarios entre el gobierno y el sector privado, además de la difusión de una campaña dirigida al consumidor para informar sobre la importancia de evitar el desperdicio de alimentos.
Destacó que desde que opera este programa en el Reino Unido se ha logrado disminuir en un 30 por ciento los residuos alimentarios. “Ante este éxito, el propósito de esta asociación es lograr que este modelo se replique en otros países y con ello promover el uso eficiente de los productos de ingesta”. 6
En este orden de ideas, la Comisión Europea cuantificó en 2010 que el 42 por ciento de las pérdidas y desperdicio de alimentos en la UE se producen en los hogares, un 39 por ciento en el procesado, un 14 por ciento en la restauración y un 5 por ciento en la distribución, asimismo, han generado iniciativas en las que se está trabajando en la UE, desde agosto de 2012, es el proyecto Fusions ( Food Use for Social Innovation by Optimising Waste Prevention Strategies), con el objetivo de reducir significativamente el desperdicio de alimentos a través de la innovación social y de estrategias de prevencióncomo:
-Aplicaciones móviles destinadas a reducir los desperdicios alimentarios: Por ejemplo, en gran Bretaña, Nummums es una aplicación para móviles destinada principalmente a la reducción de desperdicios alimentarios y en segundo lugar, a la redistribución de alimentos que de otra manera se perderían.
-Eventos y talleres para disminuir el desperdicio alimentario: Se están desarrollando numerosas iniciativas relacionadas con eventos y talleres con el objetivo de disminuir el desperdicio alimentario en hogares, comedores escolares y de empresas y en hoteles y restaurantes.
-Aprovechamiento de excedentes de producción para la creación de nuevos productos de alimentación: Otra forma de reducir desperdicios alimentarios es aprovechar los alimentos que han sido retirados del mercado pero que todavía se encuentran en condiciones óptimas para ser consumidos. Este es el caso de una empresa de Reino Unido que elabora y comercializa mermeladas de las frutas y verduras procedentes de excedentes. En este enlace puedes conocer su modelo de negocio.
-Ayuda en la localización y entrega de excedentes de producción a organizaciones benéficas: Mediante el uso de una aplicación o a través de la página web, las empresas que se han registrado con Foodcloud, pueden subir los detalles de sus excedentse de alimentos y el período de tiempo en el que la comida puede ser recogida.
El espíritu de esta iniciativa es que todos unidos podamos trabajar el problema del desperdicio masivo de alimentos, mediante la coordinación entre el Estado que promoverá en conjunto con los gobiernos de las 32 entidades federativas establecer bancos de alimentos para las personas que se encuentren en condición de pobreza, para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, desarrollen los mecanismos necesarios que permitan reducir la pérdida y desperdicio de alimentos en los mercados públicos y centros de abasto de todo el país.
De tal suerte, podemos dar cumplimiento a la agenda 2030 en su numeral “12.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el cual busca reducir a la mitad el desperdicio mundial de alimentos per cápita a nivel de los minoristas y los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro. Uno de los dos indicadores de la meta es el índice de desperdicio de alimentos. 7
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente:
Decreto que se reforma el tercer párrafo del articulo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma el tercer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
....
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará y definirá los mecanismos necesarios para atender en prioridad a las personas en pobreza y pobreza alimentaria.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del presente Decreto en un plazo que no excederá de 365 días a partir de la entrada en vigor del mismo, debiendo incluir disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para garantizar los derechos derivados del presente Decreto.
Tercero. Para dar cumplimiento al presente decreto, en la normatividad, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como en los presupuestos de las entidades federativas se incluirán las características y un monto anual para establecer la infraestructura y operatividad de bancos de alimentos para las personas que se encuentren en condición de pobreza y pobreza alimentaria. El monto destinado cada ejercicio fiscal, no podrá ser disminuido en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Para el cálculo de monto se tomará como referencia el valor promedio de la canasta alimentaria rural y urbana que es la línea de bienestar mínimo y que realiza el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Notas
1 El estado de la seguridad alimentaria y la nurticion en el mundo, última version SOF 2020, Transformación de los sistemas alimentarios para que promuevan dietas asequibles y saludables, estraido el 8 de marzo de 2020, de la página Web:
http://www.fao.org/publications/sofi/es/.
2 Noticias ONU, El desperdicio masivo de alimentos, un problema no solo de los países ricos, 4 de marzo de 2021, extraido el 8 de marzo de 2021, de la página Web:
https://news.un.org/es/story/2021/03/1489102?fbclid=IwAR0yXVbsGN aMdieSm3nWsNyY5M1GbwySDM7iTA1sFeZcZ8AQ-gkSko9LtQA.
3 FAO, 2015, Iniciativa mundial sobre la reducción de la pérdida y el desperdicio de alimentos extraido el 8 de marzo de 2021 de la página Web:
http://www.fao.org/3/i4068s/i4068s.pdf pág. 5 a la 6.
4 Lop. Cit.
5 El desperdicio de alimentos en México alcanza el 34.7 por ciento de lo que se produce: Cedrssa, 30 de abril de 2019, extraido el 8 de marzo de 2021 de la página Web:
http://www.cedrssa.gob.mx/post_el_-n-desperdicio-n-_de_-n-alimen tos-n-_en_-n-mn-xico-n-_alcanza_el_34_7_por_ciento_ de_lo_que_se_produce-_-n-cedrssa-n.htm
6 Lop. Cit.
7 Agenda 2030 América Latina y el Caribe Parlamento Regional de Conocimiento, extraído el 8 de marzo de 2021, de la página web:
https://agenda2030lac.org/es/metas/123.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
EXHORTO A LA ASF, A IMPLEMENTAR LAS RECOMENDACIONES DE LA OCDE EN MATERIA DE SEGUIMIENTO A LOS ENTES AUDITADOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la ASF a instaurar los planteamientos de la OCDE de seguimiento de las observaciones y recomendaciones derivadas de la revisión de los entes auditados, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Lidia García Anaya, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En el mes de enero del presente año, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), propuso a México instaurar una auditoría especial que dé seguimiento a las observaciones y recomendaciones que emite la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a los entes públicos que fiscaliza. El organismo internacional señaló que es perfectible la forma de medir el impacto de la fiscalización superior en México.
Con base en el y al, la OCDE destacó la importancia de fiscalizar el uso de los recursos públicos, señalando que es perfectible el seguimiento de las recomendaciones y observaciones formuladas a los entes auditados a través del establecimiento de una auditoría especial que sea específica para esta labor. 1
De la misma forma, el secretario general de la OCDE destacó la importancia de la ASF en la rendición de cuentas y en el combate a la corrupción, siendo la revisión del desempeño de dicha institución una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados.
Al interior de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, se ha trabajado en reformas legales que coadyuven con la modernización de los procesos, como el caso de la puesta en marcha del buzón digital.
Sin embargo, y derivado de la tercera entrega de informes individuales de auditoría, 2 derivados de la fiscalización superior de la Cuenta Pública de 2019, en la que se realizaron 982 auditorías; de éstas, 761 correspondieron al gasto federalizado programable, 132 a las participaciones federales o gasto federalizado no programable y 89 al cumplimiento de las disposiciones de la LDFEFM, se puede observar que en la fiscalización del gasto federalizado de la Cuenta Pública de 2019 se determinó un monto observado de 55,038.3 millones de pesos (mdp); de este importe, 36,748.9 mdp, 66.8 por ciento, correspondió al gasto federalizado programable; 24 12,235.4 mdp, 22.2 por ciento, a las participaciones federales, y 6,054.0 mdp, 11.0 por ciento, a las auditorías realizadas al cumplimiento de la LDFEFM.
De los 55,038.3 mdp observados, 1,297.6 mdp, 2.4 por ciento, fueron recuperaciones operadas y 53,740.6 mdp, 97.6 por ciento, es importe por aclarar, siendo un porcentaje realmente alto pendiente de aclaraciones de los entes auditados a la ASF.
Es por ello que resulta urgente que la ASF implemente las recomendaciones de la OCDE, con las cuales fomente el perfeccionamiento de las recomendaciones y observaciones a los entes auditados, a través de una Auditoría Específica a cargo de esta tarea, con lo cual se promueva la transparencia, la rendición de cuentas, y el adecuado uso de los recursos públicos.
Lo anterior, debido a que la ASF debe fiscalizar de manera integral, facilitando estrategias e implementado mecanismos que permitan que nuestro país no sólo observe y recomiende, si no resuelva de raíz las problemáticas que presentan los entes auditados, y los recursos públicos mal administrados retornen a la Tesorería de la Federación o, en su defecto, se puedan utilizar de manera lícita y productiva en beneficio de la ciudadanía.
Es por ello, que resulta de fundamental importancia que la ASF dé cumplimiento al mandato constitucional por el que fue creada, y fomente la mejora continua en los procesos de fiscalización.
Expuesto lo anterior, me permito someter a consideración la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a implementar las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos en materia de seguimiento a las observaciones y recomendaciones que emite la ASF a los entes auditados.
Notas
1 Contralinea.com.mx7archivo-revista72021
2 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior dela Cuenta Pública 2019. Entrega de Informes Individuales. Febrero 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Lidia García Anaya (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorru-pción, para dictamen.
SE DESTINEN MAYORES RECURSOS PARA EL CONTROL DEL INCENDIO FORESTAL QUE AFECTA A NUEVO LEÓN Y COAHUILA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a destinar por la Conafor mayores recursos materiales y financieros en el control del incendio forestal que afecta a NL y Coahuila, a cargo del diputado Juan Martín García Márquez, del Grupo Parlamentario del PAN
Juan Martín García Márquez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del artículo 6 y en las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo por el que se exhorta, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la Comisión Nacional Forestal a coordinar para que se destinen mayores recursos materiales y financieros en el control del incendio forestal que afecta a los estados de Nuevo León y Coahuila; además para otorgar recursos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021, en la restauración forestal de los terrenos afectados en la Sierra de Santiago en Nuevo León y la Sierra de Arteaga en Coahuila; asimismo a los gobiernos de los estados libres y soberanos de Nuevo León y Coahuila a implementar estrategias y campañas informativas, para prevenir y controlar los incendios forestales y evitar la incidencia del uso de fuego no controlado en las actividades agropecuarias, así como reforzar sus programas forestales en las zonas afectadas por los incendios, con base en las siguientes
Consideraciones
A poco más de dos años de inicio de la actual administración -apenas el pasado 23 de febrero- la Comisión Nacional Forestal (Conafor) llevó a cabo su primera sesión del Comité Interinstitucional del Manejo del Fuego, para el tema de atención a incendios forestales 2021. Lo anterior es muestra clara de la poca importancia que da el gobierno federal a la prevención y control de los incendios forestales.
En dicha reunión, se presentó el Programa de Manejo del Fuego (PMF) 2020 — 2024 y las estrategias que se implementaran para 2021. El PMF tiene como base trabajar en seis estrategias para reducir el deterioro de los ecosistemas forestales por el mal uso y manejo del fuego, mismas que se especifican en la siguiente ilustración:
Hace menos de un mes de la presentación del PMF, en dicha reunión también se mostró la perspectiva meteorológica 2021 del Servicio Meteorológico Nacional para incendios forestales, en dicho estudio ya se pronosticaban graves afectaciones por las sequías ocasionadas por el fenómeno meteorológico denominado ENOS-La Niña; se advertía de un elevando riesgo de incendios forestales por pastizales secos, vientos fuertes, temperaturas altas y malas prácticas en el uso del fuego.
Como se aprecia en el cuadro anterior, el Sistema Meteorológico Nacional ya pronosticaba importantes riesgos de incendios en la mayor parte del país, particularmente en la zona norte del territorio nacional. En este sentido, no debió resultar inesperado, para la Conafor, el grave incendio que afecta la sierra de Coahuila y Nuevo León.
Los incendios forestales afectan a pobladores de las zonas serranas de ambas entidades, quienes han visto perder todo su patrimonio; es importante señalar que, los incendios están lejos de ser controlados, autoridades de protección civil de Nuevo León estiman que el control de los incendios podría llevar hasta un mes.
Las afectaciones económicas y ambientales son considerables, el incendio de los bosques no solo dejará enormes zonas devastadas en su flora y fauna, las afectaciones ya alcanzan la zona metropolitana de Monterrey donde se reporta mala calidad del aire como consecuencia de los incendios forestales.
Debido a la gravedad de los incendios, los gobiernos de ambas entidades estatales han manifestado la necesidad de contar con un mayor apoyo de las autoridades federales, para poder hacer frente a los enormes incendios que superan sus capacidades humanas, materiales y financieras de sus gobiernos.
Según datos del gobierno de Nuevo León, hasta el pasado 17 de marzo solo se había logrado controlar un 20 por ciento del área incendiada; indicaban que los cuerpos de bomberos, protección civil y brigadas ciudadanas habían tenido que suspender las labores para apagar el incendio, debido a los fuertes vientos que se presentaban en la zona siniestrada.
Las autoridades de Nuevo León informaron que se encontraban afectadas las comunidades de San José de las Boquillas, Chupadero, la Mesa del Nopal, la Jacinta, las Adjuntas y Maranata, e indicaron que se habían evacuado a sus pobladores para llevarlos a los refugios temporales.
Aunado a los incendios forestales, debido a las elevadas temperaturas y vientos fuertes, en Nuevo León se han presentado numerosos incendios en baldíos en los municipios de Juárez y Apodaca.
Estos momentos nos hacen reflexionar sobre la desatinada decisión de esta administración federal de eliminar los Fideicomisos, sobre todo los que tienen que ver con la prevención y atención de los desastres naturales, como el Fonden.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes resolutivos:
Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la Comisión Nacional Forestal a coordinar los trabajos del Grupo Técnico Operativo Nacional para que se destinar mayores recursos materiales y financieros en el control del incendio forestal que afecta a los estados de Nuevo León y Coahuila.
Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional Forestal a destinar recursos extraordinarios del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2021, en la restauración forestal de los terrenos afectados por los incendios que afectan las Sierras de Santiago en Nuevo León y la Arteaga en Coahuila.
Tercero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los gobiernos de los estados libres y soberanos de Nuevo León y Coahuila a implementar estrategias y campañas informativas, para prevenir y controlar los incendios forestales y evitar la incidencia del uso de fuego no controlado en las actividades agropecuarias, así como reforzar sus programas forestales en las zonas afectadas por los incendios.
Referencias:
https://www.gob.mx/conafor/prensa/sesiona-comite-interinstitucio nal-del-manejo-del-fuego-para-hacer-frente-a-temporada-de-incendios-forestales- 2021
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo 2021.– Diputado Juan Martín García Márquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustenta-bilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
EXHORTO AL CONGRESO DE BAJA CALIFORNIA, A INCLUIR EN SU PRESUPUESTO LA PARTIDA CORRESPONDIENTE AL SEGURO DE DESEMPLEO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de BC a incluir en su Presupuesto la partida correspondiente al seguro de desempleo, a cargo de la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Miriam del Sol Merino Cuevas, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración la presente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:
Consideraciones
El empleo es de las principales fuentes de ingresos de las familias en todo el mundo, siendo el Estado el encargado de vigilar que sea digno, remunerado y suficiente para las necesidades básicas.
En este sentido, el desempleo es uno de los principales problemas que tienen las sociedades, como fenómeno social que afecta a las familias en la atención de sus necesidades básicas.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), al cuarto trimestre de 2020, el Estado de Baja California tiene una tasa de desocupación de 2.90%.
El 23 de diciembre de 2011 fue publicado en el Periódico Oficial del estado de Baja California, la Ley de Protección al Empleo para el Estado de Baja California. Al respecto, el 31 de diciembre de 2019, se aprueba en el presupuesto de egresos del estado una partida por $35,672,886.27 para atender el desempleo en el ejercicio fiscal 2020.
La aplicación y reglamentación de esta Ley compete al Poder Ejecutivo del estado por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado.
El seguro de desempleo es un sistema de protección social para las personas en desempleo, residentes en el estado de Baja California, instituido para crear condiciones subsidiarias de protección en tanto se logra su incorporación al mercado de trabajo y al goce del derecho constitucional de empleo digno y socialmente útil.
Los beneficiarios solo podrán acceder al Seguro durante un plazo no mayor a tres meses, y en el caso de los beneficiarios en estado de necesidad solo podrán acceder por un plazo no mayor a seis meses.
El monto del Seguro es de 30 días de Salario Mínimo General Vigente en el estado, el cual se entregará mensualmente al beneficiario.
Los artículos transitorios de esta Ley establecen la integración del Consejo del Sistema Estatal de Protección al Empleo, el cual deberá ser dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigor de esta Ley.
El reglamento de esta Ley deberá ser expedido dentro de los 90 días por el Ejecutivo del estado, así como la inclusión del Seguro de Desempleo en el presupuesto de egresos del estado.
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo del Estado de Baja California para que instruya a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para emitir la convocatoria y se constituya el Consejo del Sistema Estatal de Protección al Empleo para el Estado de Baja California, así como para que emitan el Reglamento correspondiente.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Congreso de Estado de Baja California para que incorpore en su presupuesto de egresos la partida correspondiente al Seguro de Desempleo para el Estado de Baja California.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Estado de Baja California para que emita la convocatoria correspondiente para el Seguro de Desempleo para los ciudadanos bajacalifornianos que se encuentren en estos supuestos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Miriam del Sol Merino Cuevas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
EXHORTO AL GOBIERNO DE OAXACA, A NOMBRAR A FUNCIONARIOS QUE TENGAN PREPARACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LAS ÁREAS QUE VAN A DIRIGIR
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Oaxaca a nombrar a funcionarios con preparación y conocimiento de las áreas por dirigir, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Margarita García García, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del estado de Oaxaca a nombrar a funcionarios que tengan preparación y conocimiento de las áreas que van a dirigir, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
México es un país democrático que elige a sus representantes por voto directo, en el caso del presidente se elige cada 6 años, igual que los senadores, y cada 3 años los diputados federales, además de que las elecciones estatales dependen de los años que asignen para el gobernador, presidentes municipales y el congresos estatales.
Para este año se renovará la Cámara de Diputados en su totalidad, 300 diputados por mayoría relativa y 200 por representación proporcional, por lo que desde septiembre de 2020 inició el proceso electoral que se llevará a cabo el 6 de junio de 2021, coordinadas por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Del mismo modo, el INE, en coordinación con los institutos electorales locales, se coordinará para llevar a cabo la elección de gobernadores, jefe de Gobierno en la Ciudad de México, congresos locales, ayuntamientos, juntas municipales y alcaldías, ya que las elecciones se llevarán a cabo en los 32 entidades del país.
En el caso de Oaxaca, los representantes a elegir son:
-Datos obtenidos del INE, Elecciones 2021
Como podemos observar en la tabla anterior, solo en el estado de Oaxaca, los puestos a elegir para este 2021 son mil 427; en el caso de regidores y presidentes municipales, deben pedir permiso, en algunos casos los suplentes quedan como responsables del puesto.
Sin embargo, existen funcionarios públicos encargados de secretarías, direcciones o puestos de alto nivel que buscan un puesto de elección popular, por lo que tiene que solicitar separarse de sus funciones para poder participar como candidatos, en el caso de ellos no tienen un suplente que se quede encargado de sus funciones, así que su jefe directo, normalmente el presidente, gobernadores o presidentes municipales, debe nombrar a un encargado de las funciones para que no queden acéfalas mientras pasan las elecciones.
El problema surge cuando nombran a personas que no tiene preparación y a veces ni una educación especializada o universitaria en el área que van a cubrir, como en los siguientes casos:
En Oaxaca, funcionarios que presentaron su permiso fue en la Secretaría de Desarrollo Social y Humano, en la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, en el Instituto Estatal de Educación para Adultos y en la Coordinación Estatal de Protección Civil, en donde algunos de los designados por el gobernador no cuentan con preparación en el área de designación y otros ni siquiera tienen preparación académica.
Es importante que las personas nombradas para cubrir áreas tan importantes tengan conocimientos mínimos de las funciones que van a desempeñar, así como una carrera afín, ya que de no ser así pueden mostrarse incompetentes ante situaciones críticas que puedan enfrentar, además de que también deberán cumplir con lo establecido en al artículo 7 de la Ley General del Responsabilidades Administrativas, a saber:
“ Artículo 7. Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios, los Servidores Públicos observarán las siguientes directrices:
I. Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones;
II. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización;
III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población;
IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva;
V. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades;
VI. Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados;
VII. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución;
VIII. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general;
IX. Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones;
X. Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad;
XI. Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público y que constituyan conflicto de intereses, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión;
XII. Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, y
XIII. Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano.
La separación de activos o intereses económicos a que se refiere la fracción XI de este artículo, deberá comprobarse mediante la exhibición de los instrumentos legales conducentes, mismos que deberán incluir una cláusula que garantice la vigencia de la separación durante el tiempo de ejercicio del cargo y hasta por un año posterior a haberse retirado del empleo, cargo o comisión.”
Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Oaxaca para que nombre a funcionarios responsables, con conocimiento de las áreas a las que se están designando y con carreras afines a ellas, además que cumplan con los principios enumerados en el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
B ibliografía
-Página Oficial del INE Elecciones 2021. https://www.ine.mx/voto-y-elecciones/elecciones-2021/
-Hernández, Carlos Alberto (24 de enero 2021) Sin preparación ni título llegan nuevos funcionarios. El imparcial
-Ley General de Responsabilidades Administrativas
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Margarita García García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
RELATIVO AL APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS NACIONALES, Y EL APOYO A LOS PRODUCTORES DEL CAMPO AFECTADOS POR LA SEQUÍA EN GUANAJUATO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Conagua a adoptar medidas para controlar la explotación, el uso o el aprovechamiento de las aguas nacionales; a la Sader, a fortalecer los programas de apoyo de los productores del campo afectados; y a la SSPC, a emitir la declaratoria de emergencia por la sequía extraordinaria en Guanajuato, a cargo del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Ariel Rodríguez Vázquez, diputado del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
Los ex delegados federales de la Comisión Nacional del Agua y Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural en Guanajuato, Humberto Navarro de Alva y Victor Hugo Pineda Martínez, refirieron que la situación de sequía en el estado de Guanajuato se está agravando. Asimismo, apuntaron que es urgente que se realice la declaratoria de emergencia puesto que las presas del estado “tienen poco nivel de almacenamiento y eso pone en riesgo tanto la producción de alimentos y los empleos que genera el sector agroindustrial.” 1 Por su parte, el gobernador de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, apuntó que 2020 fue uno de los años más secos en los últimos 20 años del país. 2
Asimismo, es de señalar que la Organización Editorial Mexicana refirió que en virtud de la falta de riego del ciclo otoño-invierno causada por la falta de agua en el estado de Guanajuato, los módulos de riego se quedaron sin los ingresos que son adquiridos por la administración del agua. Esta situación generó importantes problemas financieros, mismos que se vieron reflejados en el pago de sus trabajadores. 3
De la misma manera, es de resaltar que el Sistema Nacional de Información del Agua, el sistema que monitorea los niveles de las principales presas de México refirió que:
“las nueve presas de Guanajuato que son vigiladas con este sistema están a 46 por ciento de almacenamiento, pero hay casos graves como las presas de Peñuelitas o la Ignacio Allende que están a punto de secarse, pues están a 8 y 16 por ciento respectivamente. ” 4
Crisis climática, una realidad
En un primer momento, es importante mencionar que la Organización de las Naciones Unidas refiere que: “la desertificación se debe a la vulnerabilidad de los ecosistemas de zonas secas, que cubren un tercio de la superficie del planeta, a la sobreexplotación y el uso inadecuado de la tierra.” 3
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, en el periodo de 2006 a 2016, 83 por ciento de los daños y pérdidas en la agricultura como proporción de los daños totales en todos los sectores por tipo de peligro, fueron ocasionados por las sequías. 6 A continuación se cita una gráfica que expone lo señalado:
Marco Jurídico
Respecto al marco jurídico, es preciso apuntar que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales establece que la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos le corresponde al Poder Ejecutivo federal. A la letra este artículo establece lo siguiente:
“ Artículo 4. La autoridad y administración en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes corresponde al Ejecutivo Federal, quien la ejercerá directamente o a través de la Comisión.” 7
De igual modo, la Ley de Aguas Nacionales establece en su artículo 39 la obligación del Poder Ejecutivo federal de emitir el decreto correspondiente en caso de sequías, sobreexplotación grave de los acuíferos entre otras causas más. Textualmente, el artículo 39 de la Ley de Aguas Nacionales establece lo siguiente:
“Artículo 39. En el decreto que establezca la zona reglamentada a que se refiere el artículo anterior, el Ejecutivo federal fijará los volúmenes de extracción, uso y descarga que se podrán autorizar, las modalidades o límites a los derechos de los concesionarios y asignatarios, así como las demás disposiciones especiales que se requieran por causa de interés público.
En los casos de sequías extraordinarias, sobreexplotación grave de acuíferos o condiciones de necesidad o urgencia por causa de fuerza mayor, el Ejecutivo federal adoptará medidas necesarias para controlar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, mismas que se establecerán al emitir el decreto correspondiente para el establecimiento de zonas reglamentadas.”
Asimismo, es de notar que el acuerdo de carácter general de inicio de emergencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2020, establece en su artículo 6 que la Comisión Nacional del Agua debe dar seguimiento a las acciones preventivas y de mitigación así como de los apoyos de la emergencia por sequía severa, extrema o excepcional. Textualmente dicho artículo establece lo siguiente:
“Artículo 6. La Comisión Nacional del Agua, a través de sus organismos de cuenca y direcciones locales y con la participación de los consejos de cuenca, dará seguimiento a las acciones preventivas y de mitigación, así como de los apoyos de la emergencia por sequía severa, extrema o excepcional, cuya conclusión será realizada en el momento en que las condiciones hidrometeorológicas así lo permitan, de conformidad con los criterios técnicos señalados en los “Lineamientos que establecen los criterios y mecanismos para emitir acuerdos de carácter general en situaciones de emergencia por la ocurrencia de sequía, así como las medidas preventivas y de mitigación, que podrán implementar los usuarios de las aguas nacionales para lograr un uso eficiente del agua durante sequía”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2012, principalmente en el capítulo II.” 8
Por lo anteriormente expuesto, y considerando que las presas del estado de Guanajuato están al 46 por ciento de almacenamiento; que hay presas como Peñuelitas o Ignacio Allende, apunto de secarse puesto que, respectivamente, tienen 8 y 16 por ciento de almacenamiento de agua, y que las y los productores del campo de Guanajuato se han visto sumamente afectados por la sequía que ha azotado al estado, es que someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal para que a través de la Comisión Nacional del Agua adopte las medidas necesarias para controlar la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales en virtud de la existencia de un caso de sequía extraordinaria en el estado de Guanajuato, lo anterior en términos del artículo 39 de la Ley de Aguas Nacionales.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, fortalezca los programas de apoyo a las y los productores del campo del estado de Guanajuato que se han visto afectados debido a este caso de sequía extraordinaria.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a lo establecido en el artículo 30, fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, emita la declaratoria de emergencia por la sequía extraordinaria que ha azotado al estado de Guanajuato.
Referencias
- Reyes, O. (2021). Pide Gobernador de Guanajuato declaratoria de emergencia por sequía. El Sol de México. Recuperado de:
<https://www.elsoldeirapuato.com.mx/local/pide-gobernador-de- guanajuato-declaratoria-de-emergencia-por-sequia-6429878.html>
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (1992). Ley de Aguas Nacionales. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperado de:
<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_060120.pdf>
- Comisión Nacional del Agua. (2020). Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2020. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de:
<https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591407&f echa=09/04/2020>
- Organización de las Naciones Unidas. (2020). Día Mundial de Lucha contra la Desertificación y la Sequía 17 de Junio. Organización de las Naciones Unidas. Recuperado de:
<https://www.un.org/es/observances/desertification-day>
Notas
1 Reyes, O. (2021). Pide Gobernador de Guanajuato declaratoria de emergencia por sequía. El Sol de México. Recuperado de:
<https://www.elsoldeirapuato.com.mx/local/pide-gobernador-de- guanajuato-declaratoria-de-emergencia-por-sequia-6429878.html>
2 Ídem.
3 Ídem.
4 Ídem.
5 Organización de las Naciones Unidas. (2020). Día Mundial de Lucha contra la Desertificación y la Sequía 17 de Junio. Organización de las Naciones Unidas. Recuperado de:
<https://www.un.org/es/observances/desertification-day>
6 “Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), El estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo [En línea]. Fecha de consulta: 04/02/20. Disponible en:
http://www.fao.org/3/i9553es/i9553es.pdf”
7 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (1992). Ley de Aguas Nacionales. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperado de:
<http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_060120.pdf>
8 Comisión Nacional del Agua. (2020). Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2020. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de:
<https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591407&f echa=09/04/2020>
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado Ariel Rodríguez Vázquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
SE IMPULSE LA GENERACIÓN DE EMPLEOS Y APOYOS A MUJERES QUE DEBIDO A LA PANDEMIA PERDIERON SU EMPLEO Y FUENTES DE INGRESOS
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la STPS, la SE y sus homólogas locales a impulsar acciones y políticas destinadas a generar empleos y apoyos para las mujeres que por la pandemia perdieron su empleo e ingresos, a cargo del diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, coordinador del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, pone a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. A raíz de la enfermedad que se descubrió y se propagó en China denominada covid-19, la Organización Mundial de la Salud declaró la transmisión del virus SARS-Cov-2 como una Pandemia Global, lo que conllevo a implementar una serie de medidas a nivel mundial con el fin de reducir el número de contagios que se propagaban sin control, generando como medida principal el aislamiento físicos y el cierre de establecimientos comerciales.
Segunda. Las implicaciones en diversos ámbitos y planteamientos de problemas que ha ocasionado el covid-19 son inéditos y deben evaluarse bajo un contexto social, histórico y de reflexibilidad humana.
El covid-19 ha generado una crisis social, sanitaria, ha generado dramatismo el número de decesos de personas de diferentes edades y ha ocasionado una desestabilización económica que se resintió en diversos grupos poblacionales, así como por micro y pequeños empresarios que han reducido sus ventas y en el peor de los casos, han tenido que bajar las cortinas y cerrar sus establecimientos.
Adicionalmente, el mercado laboral, que fue uno de los sectores más sacudidos por la pandemia, y debido a la desaceleración de actividades como medida de contención del virus, millones de trabajadores y trabajadoras en el país perdieron su fuente de ingreso, dejando a las familias en situaciones muy difíciles, el fenómeno descrito no es exclusivo de trabajadores formales, impactó también en el empleo informal, ambos bases del consumo y la economía familiar.
Tercera. La pandemia de covid-19 en México no sólo ha dejado sin empleo a millones de trabajadoras y trabajadores, sino que les ha quitado la esperanza de encontrar uno. El 50% de la población trabajadora afectada por la crisis se resignó a buscar una nueva oportunidad laboral, según la Organización Internacional del Trabajo. El impacto de la pandemia en el mercado laboral mexicano había dejado hasta julio de 2020, a 12 millones de trabajadores sin recibir un salario, a 1.9 millones de personas entrando a las filas de la economía informal y a 2 millones de empleados con necesidad de trabajar más horas. 1
Cuarta. Aunado a lo anterior el cisma que abrió la pandemia de covid-19 en el mercado laboral mexicano abultó las desigualdades para las mujeres, así lo señaló el director general de Estadísticas Sociodemográficas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Con base en las estadísticas de julio pasado había 3 millones de mujeres ocupadas menos que en el mismo mes de 2019. Las desempleadas pasaron de 800 mil a un millón 200 mil y las no ocupadas de 27 millones 300 mil a 30 millones 500 mil en el mismo lapso de un año, reportó en el XXI Encuentro Internacional de Estadísticas de Género (EIEG). 2
Quinta. En ese sentido el sector laboral femenino ha sido el más golpeado, tan es así que la tasa de participación de las mujeres en la fuerza laboral en México perdió 5.8 puntos porcentuales entre julio de 2019 y julio de 2020, una caída mayor con respecto a la baja en la tasa masculina que fue de 5.4 puntos, revelan datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
A detalle, la participación femenina en el mercado de trabajo pasó de 44.96% en julio del año pasado a 39.17% en el mismo periodo de este año. En contraste, la participación masculina fue de 77.6% a 72.2%, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo Nueva Edición, correspondiente al mes de referencia. Además, la tasa de desocupación de las mujeres en ese mismo lapso pasó de 3.99% a 6.34%, mientras que la de los hombres se movió de 3.54% a 4.82 por ciento. Nuevamente se puede revisar, la población femenina es la más afectada.
Sexta. A casi un año del estallido de la crisis laboral por el covid-19 en México, la participación de las mujeres mexicanas en el mundo del trabajo, se ha recuperado más lentamente que la de los hombres, al tiempo que se enfrentan a un desempleo de mayor duración, de acuerdo con los últimos datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, que realiza el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).
En enero la proporción de mujeres que trabajan o se encuentran activamente buscando un empleo con relación a la población femenina de 15 años o más fue de 40.5% (tasa de participación), cifra 4.3 puntos porcentuales inferior a la observada en enero del 2020, mientras que la tasa de participación de los hombres fue de 73.3%, nivel 2.8 puntos modificada al de 12 meses antes. Esta recuperación más lenta de la participación laboral femenina no solo ha ampliado la brecha laboral de género, sino que también refleja que las mujeres tienen episodios de desempleo más prolongados, pues enfrentan mayores obstáculos para emplearse o reincorporarse a un empleo. 3
Séptima. Es por lo expuesto, que resulta necesario que, a fin de apoyar a la mujeres que perdieron su empleo, o su fuente de ingreso que la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, y sus homólogas en la entidades federativas impulsen las acciones y políticas necesarias para la generación de empleos y apoyos que ayuden a este sector.
Por lo expuesto, quien suscribe somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Secretaria de Economía, así como a sus homólogas en las entidades federativas para que en el ámbito de sus facultades impulsen las acciones y políticas necesarias para la generación de empleos y apoyos para las mujeres que debido a la pandemia perdieron su empleo, fuentes de trabajo y de ingresos.
Notas
1 https://factorcapitalhumano.com/leyes-y-gobierno/covid-19-en-mexi-co-50-de-dese mpleados-perdio-su-plaza-y-la-esperanza/2020/07/
2 https://www.jornada.com.mx/ultimas/politica/2020/09/10/covid-19-aumento-desigua ldades-laborales-para-las-mujeres-inegi-6534.html
3 https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Mujeres-se-enfrentan-a-una-lenta-reins ercion-laboral-20210309-0027.html
Dado en el Cámara de Diputados a 23 de marzo de 2021.– Diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
SE INCLUYA COMO POBLACIÓN PRIORITARIA EN LA POLÍTICA NACIONAL DE VACUNACIÓN CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2, A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS QUE PARTICIPARÁN EN LA JORNADA ELECTORAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y la Ssa a incluir como población prioritaria en la política nacional de vacunación contra el SARS-Cov-2 a quienes participarán en la jornada federal y concurrente de 2020-2021 como capacitadores asistentes electorales, supervisores o funcionarios de mesa directiva de casilla, a cargo de la diputada Karem Zobeida Vargas Pelayo, del Grupo Parlamentario del PRD
Con fundamento en la facultad que otorga la fracción I del artículo 6, así como el artículo 79 numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe, diputada Karem Zobeida Vargas Pelayo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pone a consideración de esta asamblea legislativa la siguiente proposición con punto de acuerdo que tiene por objeto girar atento y respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo federal y al titular de la Secretaría de Salud para que incluyan como población prioritaria en la política nacional de vacunación contra el virus SARS-Cov-2, a las ciudadanas y ciudadanos que participarán en la jornada electoral realizando la función de capacitador asistente electoral, supervisor electoral, o funcionario de mesa directiva de casilla, en el proceso electoral federal y concurrente 2020-2021; en virtud de la importancia de sus funciones para la vida democrática del país y la posibilidad inminente de contagio, al tenor de los siguientes razonamientos de hecho y de derecho que se señalan en las siguientes:
Consideraciones
I. Que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los coronavirus (CoV) son una amplia familia de virus que pueden causar diversas afecciones, desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como ocurre con el coronavirus causante del síndrome respiratorio agudo severo (SRA-CoV). Un nuevo coronavirus el covid-19, es una nueva cepa de coronavirus que no se había encontrado antes en el ser humano, produce infecciones que suelen acompañarse de fiebre y síntomas respiratorios tales como tos y disnea o dificultad para respirar. En los casos más graves, pueden causar neumonía, síndrome respiratorio agudo severo, insuficiencia renal e, incluso, la muerte.
II. Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ”acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-Cov-2 (covid-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia”.
III. Que el lunes 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en acuerdo del Consejo de Salubridad General, por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-Cov-2 (covid-19), en razón al aumento en el número de casos, por lo que se ha recomendado que los habitantes del país permanezcan en sus casas, para contener la enfermedad causada por el covid-19.
IV. Que el informe emitido por la Secretaría de Salud del gobierno federal, sobre el avance que ha tenido el coronavirus covid-19 en nuestro país hasta el día 19 de marzo de 2021, menciona 197 mil 219 de mexicanos y mexicanas muertas, de un estimado de 2 millones 187 mil 910 de casos positivos con covid-19, en el país.
Ante la calificación del brote de coronavirus covid-19 como una pandemia por la OMS, y la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor de esta enfermedad declarada por el Consejo de Salubridad General de nuestro país, se han emprendido diferentes políticas públicas encaminadas a resguardar la salud y la integridad de la población, en un inicio buscando el resguardo domiciliario, la sana distancia y más recientemente poniendo a disposición una vacuna para frenar el avance de esta pandemia.
V. De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud, se han documentado que existen más de 200 vacunas candidatas contra el covid-19 en desarrollo en el mundo, sin embargo, únicamente trece han llegado a iniciar ensayos clínicos fase 3. Las vacunas que están en desarrollo son catalogadas como de emergencia y su evidencia sobre su eficacia clínica, así como su inmunogenicidad y seguridad es limitada.
VI. Los diferentes avances científicos en busca de una vacuna que pueda auxiliar en el combate de la pandemia, se encuentra la desarrollada por la farmacéutica Pfizer, los cuales obtuvieron de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), autorización para el uso de emergencia, de su vacuna bajo la plataforma ARN mensajero, misma que se desarrolló en conjunto con la alemana BioNTech y la China Fosun pharma. Asimismo, AstraZeneca ingresó expediente para la vacuna desarrollada por la farmacéutica y la Universidad Oxford, y el 4 de enero de 2021, Cofepris otorgó la autorización para uso de emergencia en México de esta vacuna.
VII. Que el pasado 24 de diciembre de 2020, después de una larga espera inicio el proceso de vacunación a nivel nacional de dos mil novecientos veinticuatro, dosis de la vacuna de Pfizer-BioNTech. Estas primeras vacunas se aplicaron a personal médico que se encuentra en la primera línea de atención de pacientes que padecen la covid-19.
VIII. Que el gobierno de la República, a través de la Secretaría de Salud, estableció una política nacional de vacunación contra el virus SARS-Cov-2, para la prevención de la covid-19 en México, en la que de manera general estableció la política rectora para la vacunación contra el covid-19, donde se destaca los siguientes grupos de priorización de la inmunización en México:
1. Personal sanitario que enfrenta covid-19 (estimado en un millón de personas).
2. Personas adultas mayores.
3. Personas con comorbilidad o comorbilidades.
4. Personal docente de las entidades federativas en semáforo epidemiológico verde.
5. Resto de la población (mayor a 16 años).
En el primer grupo, referente al personal sanitario que enfrenta covid-19, se contemplaron en el documento rector (versión 4.0 del documento del 11 de enero de 2021), once subgrupos de personal que labora en el sector salud y que tienen una exposición a personal, pacientes o material potencialmente contaminado con el virus SARS-Cov-2.
IX. Sin embargo, en esta política nacional no se consideró que nuestro país enfrentaría un proceso electoral, que llamará a 92.4 millones de ciudadanas y ciudadanos a ejercer su derecho al voto, con la finalidad de elegir más de 21 mil cargos de elección popular que se renovarán en todo el país. De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), la elección del próximo 6 de junio, se elegirán a nivel federal 300 diputaciones de mayoría relativa y 200 de representación proporcional, así como 15 gubernaturas, 30 congresos estatales, además de ayuntamientos, regidurías, sindicaturas y juntas municipales.
Para lograr efectuar con éxito el presente proceso electoral federal y concurrente, se requiere del compromiso, capacidad y atención de miles de ciudadanos para poder instalar en todo el territorio nacional las más de 163 mil casillas, asimismo quienes sean designados como integrantes de una mesa directiva de casilla tienen que pasar por un proceso de capacitación para cumplir a cabalidad su encomienda, por lo que es necesario la intervención de capacitadores y supervisores electorales. Es importante destacar que los capacitadores asistentes electorales (CAE) son quienes visitan, notifican y capacitan personalmente a las y los ciudadanos sorteados para integrar las mesas directivas de casillas el día de la elección, de tal forma que estarán en contacto directo con miles de ciudadanos, sobre los que descansara el desarrollo de la vida democrática de México.
X. Ahora bien, por su parte el INE ha implementado una serie de protocolos de atención con la finalidad de prevenir los contagios por covid-19, asimismo estableció para el desarrollo del Proceso Electoral 2020-2021 un modelo de casilla única, que operará bajo un protocolo de atención sanitaria y protección a la salud, el día de la jornada electoral. En dicho protocolo se establecen entre otras las siguientes medidas y recomendaciones generales, para que toda persona que acuda a la casilla el día de la elección y quienes permanezcan en ella:
• Uso obligatorio de cubrebocas, de manera adecuada cubriendo nariz y boca, en todo momento; esto incluye también al electorado.
• Los representantes de partidos políticos y observadores electorales deberán acudir a la casilla portando ya el cubrebocas.
• Mantener la sana distancia, respetando el 1.5 metros de espacio entre personas.
• Desinfección frecuente de manos, limpieza de superficies comunes.
• Llevar su propio bolígrafo o marcador para evitar compartir objetos. Cada elector/a podrá llevar su propio bolígrafo para marcar sus boletas.
Como es de apreciarse la autoridad electoral ha establecido medidas buscando prevenir los contagios por coronavirus durante el desarrollo de la jornada electoral, sin embargo, es necesario complementar estas acciones dotando de un insumo preventivo que pueda aumentar la inmunidad de los responsables directos para realizar la próxima jornada electoral; por lo cual el presente punto de acuerdo pretende exhortar al titular del Poder Ejecutivo, para que se incluyan específicamente como población prioritaria en la primera etapa de la política nacional de vacunación contra el virus SARS-Cov-2, para la prevención de la covid-19, a los ciudadanos y ciudadanas que participarán en la jornada electoral realizando la función de capacitador asistente electoral, supervisor electoral, o funcionario de mesa directiva de casilla, en el Proceso Electoral Federal y Concurrente 2020-2021; en virtud de la importancia de sus funciones para la vida democrática del país y la posibilidad inminente de contagio.
XI. De acuerdo con datos del INE, se requieren aproximadamente 48 mil personas para fungir como supervisor electoral (SE) y capacitador asistente electoral (CAE), mismos que colaborarán con el árbitro electoral para bridar las herramientas necesarias a los más de un millón 469 mil ciudadanos y ciudadanas que fungirán como funcionarios de Mesas Directivas de Casilla. De tal forma, que la labor de los CAE y los SE, es indispensable para la capacitación de los ciudadanos y ciudadanas para el desarrollo de la jornada electoral, asimismo aquellos mexicanos y mexicanas que cumplen con su obligación constitucional de participar en la vida democrática electoral de nuestro país el próximo 6 de junio, resulta ser vital para la instalación de las más de 163 mil casillas electorales que se requieren a lo largo y ancho del país para que se pueda efectuar el proceso electoral federal y concurrente 2020-2021. Ante este reto, resulta necesario que previo a los comicios del próximo 6 de junio, quienes fungirán como funcionarios de casillas cuenten con una inmunización ante un posible contagio, con lo que se pueda evitar su ausencia a causa de la enfermedad que permea en todo el mundo.
Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXIV Legislatura exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal y al titular de la Secretaría de Salud para que incluyan como población prioritaria de la política nacional de vacunación contra el virus SARS-Cov-2, para la prevención de la covid-19, en México, a los ciudadanos y ciudadanas que participarán en la jornada electoral realizando la función de supervisor electoral capacitador asistente electoral o funcionario de mesa directiva de casilla, en el Proceso Electoral Federal y Concurrente 2020-2021; en virtud de la importancia de sus funciones para la vida democrática del país y la posibilidad inminente de contagio.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Karem Zobeida Vargas Pelayo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
SE INVESTIGUE, SANCIONE Y ERRADIQUE EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL, EN TLAXCALA
«Proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta al gobierno de Tlaxcala, el ayuntamiento de Tenancingo y la PGJ local a realizar investigaciones para sancionar efectivamente la trata de personas con fines de explotación sexual y erradicarla de la entidad, a cargo de la diputada María Elizabeth Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada María Elizabeth Díaz García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o.; artículo 65, numeral 4, y el artículo 79, numeral 1, fracción II y artículo 100, numeral 1, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
La trata de personas es considerada uno de los delitos con mayor repercusión en la vida de las personas que son víctimas de él, puesto que no sólo se les priva de un derecho fundamental como es la libertad, sino que se vulnera la esencia misma de los derechos humanos, a saber, la dignidad de la persona.
Aunque es difícil determinar una cifra exacta respecto del número de personas que podrían estar en situación de trata, fenómeno reconocido hoy en día como una modalidad de esclavitud moderna, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estimó que para 2017, por lo menos 40 millones de personas podrían estar sujetas a alguna forma de esclavitud. De ese total, 25 millones de personas estarían realizando trabajos forzosos, dentro de los cuales encontramos la explotación sexual, con 4.8 millones de víctimas, y 15 millones de personas obligadas a contraer matrimonio forzosamente. 1
Desafortunadamente, el fenómeno de la trata de personas no podría entenderse sin el género como un elemento determinante de desigualdad que permite engrosar las filas de víctimas, así como las ganancias multimillonarias que aseguran impunidad para los explotadores. Por ser el género un factor de vulnerabilidad, la OIT ha determinado que las mujeres y las niñas constituyen 71 por ciento de las víctimas de esclavitud moderna, lo cual es un indicador claro del impacto que tienen los roles de género en la perpetuación de la explotación de personas en actividades y situaciones como la prostitución, el trabajo doméstico o el matrimonio forzoso. 2
De acuerdo con la OIT, a nivel mundial, las mujeres y niñas son sometidas a explotación sexual forzosa con fines de lucro en 99 por ciento. Adicionalmente, se ha determinado que del total de personas que son explotadas sexualmente, 21 por ciento de ellas son niñas y niños (más de una quinta parte del total). 3 Finalmente, destaca que las personas sometidas a este tipo de explotación fueron captadas a las redes de trata de manera involuntaria, o bien, habiendo ingresado voluntariamente, no pudieron abandonar la actividad durante un periodo prolongado de tiempo (2 años, en promedio), hasta que pudieron escapar o ser liberadas. 4
En el contexto nacional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió un diagnóstico en 2019 sobre la situación de la trata de personas que muestra un panorama sumamente preocupante. De acuerdo con datos de las procuradurías y fiscalías del ámbito federal y local, de 2012 a 2017 se identificaron 5 mil 245 personas víctimas del delito de trata de personas, de las cuales 3 mil 308 son mujeres y mil 86 son niñas, mientras que en el caso de niños y de hombres, se registraron 289 y 492 víctimas, respectivamente. 5 Esta cifra revela que la incidencia de este delito afecta a las mujeres y niñas en una mayor proporción, al constituir 85 por ciento de las víctimas.
Respecto de la edad, las cifras nacionales no distan demasiado de aquellas que ofrecen los estudios de la OIT, pues de acuerdo con el informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) antes citado, la mayor concentración de víctimas son mujeres adultas (64 por ciento), seguidas de niñas (21 por ciento), luego de hombres adultos (9 por ciento) y finalmente de niños (6 por ciento), lo cual representa un universo conformado por 73 por ciento de personas adultas explotadas sexualmente, y de 27 por ciento de niñas y niños en esta misma situación. 6
Tlaxcala constituye una de las 9 entidades federativas con mayor incidencia delictiva de trata de personas. De acuerdo con la CNDH, la fiscalía de este estado, junto con las de la Ciudad de México, Chiapas, Puebla, Estado de México, Coahuila, Baja California, Chihuahua y Oaxaca, la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra) y la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido), concentran 90 por ciento de los casos reportados en nuestro país, lo que significa que 9 de cada 10 víctimas fueron identificadas por dichas autoridades. 7
De acuerdo con lo establecido en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, existen once tipos (o finalidades) de trata de personas, a saber, la esclavitud, la condición de siervo, la explotación laboral, los trabajos o servicios forzados, la mendicidad forzada, la utilización de personas menores de edad en actividades delictivas, la adopción ilegal de personas menores de dieciocho años, el matrimonio forzoso o servil, el tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, la experimentación biomédica ilícita y la prostitución u otras formas de explotación sexual.
Precisamente, respecto de la prostitución u otras formas de explotación sexual, Tlaxcala constituye una de las entidades federativas donde prolifera mayormente esta modalidad de trata de personas, con una estadística de .14 por cada 100 mujeres víctimas de este delito.
De acuerdo con el Índice Global de Esclavitudelaborado por The Walk Free Foundationen 2015, el municipio de Tenancingo, en Tlaxcala, es un botón de muestra de las dinámicas de poder que suelen confluir en el delito de trata de personas, en su modalidad de explotación sexual con fines comerciales, especialmente en contra de niñas y mujeres.
El estudio —citado por la CNDH— califica a Tenancingo como “el epicentro de explotación sexual comercial con muchas redes arraigadas en esa área”, entre las cuales se han identificado a poderosos grupos del crimen organizado e incluso a cárteles del narcotráfico que facilitan el tráfico de mujeres y niñas a Estados Unidos de América (EUA), donde la demanda de servicios sexuales baratos proviene de trabajadores de granjas y del sector agrícola. A lo anterior se suma un elemento cultural consistente en la educaciónde niños para convertirlos en explotadores o padrotes, cuyas primeras tareas consisten en el enamoramiento de víctimas para su posterior captación y sometimiento a las redes de explotación sexual. 8
De acuerdo con distintos reportes periodísticos, Tenancingo es la cuna de la trata de personas con fines de explotación sexual. Ahí, las mujeres y las niñas han sido intimidadas, amenazadas y obligadas a prostituirse en burdeles —y mediante otras modalidades, incluso por internet— por décadas, perfeccionando esta actividad en un negocio que deja ganancias por miles de millones a los poderosos grupos del crimen organizado que lo operan. 9
Otros reportes señalan que en Tenancingo existen familias enteras dedicadas a la trata de personas, algunas de estas se encuentran cumpliendo sentencias en EUA por la explotación de mujeres y comerciarlas en el país vecino. Asimismo, señalan que, de acuerdo con investigaciones realizadas por la Fevimtra, de los delitos de trata cometidos entre 2007 y 2017, en 53 por ciento de los casos se identificó la participación de uno o dos tratantes, mientras que en 28 por ciento actuaron de tres a cinco tratantes y en 19 por ciento restante, intervinieron de seis a más personas. 10
De acuerdo con organizaciones de apoyo a mujeres en situación de prostitución, hasta 10 por ciento de la población de Tenancingo se dedica al reclutamiento, explotación sexual y venta de mujeres. Aún más, de acuerdo con reportes que citan a fuentes del gobierno de EUA, ese municipio es el mayor foco de trata de personas en Norteamérica y es un punto crítico para la lucha contra la esclavitud sexual en todo el continente, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU). 11
La persecución del delito de trata de personas tiene aparejadas distintas problemáticas. La primera de ellas radica en su naturaleza compleja, pues generalmente se comete junto con otros delitos como lesiones, amenazas, privación ilegal de la libertad, prostitución y otros tipos de explotación, sin considerar que pueden culminar en el feminicidio u homicidio de las víctimas. Esta situación suele llevar a que las autoridades jurisdiccionales califiquen este delito como las otras conductas con él relacionadas. 12 Aunado a lo anterior, el delito de trata de personas suele presentar un bajo índice de denuncias pues las víctimas son, por lo general, privadas de su libertad y muy pocas logran escapar con vida de las redes de tratantes.
En efecto, como se desprende de los informes de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, del periodo de 2014 a 2017, se atendieron únicamente a 790 víctimas directas de este delito, así como 273 víctimas indirectas. Respecto de las Comisiones Estatales de Atención a Víctimas, se tienen registradas 139 víctimas directas, así como 55 víctimas indirectas del delito de trata de personas.
De la información anterior, puede apreciarse que son muy pocas personas las atendidas por alguna Comisión de Atención a Víctimas, ya sea estatal o federal, en comparación con el universo de víctimas que se tienen identificadas por las procuradurías o fiscalías y, de manera aún más preocupante, por las organizaciones dedicadas a investigar y combatir el fenómeno de la trata de personas, y cuyas cifras no oficiales son mucho mayores.
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas (Comité CEDAW) señaló, en su documento de Observaciones finales sobre el noveno informe periódico de Méxicoque, aun cuando reconocía los avances legislativos realizados por nuestro país para combatir el delito de trata de personas y particularmente la explotación ilegal de la prostitución, le preocupaban, entre otras, las siguientes problemáticas 13:
1. La falta de mecanismos armonizados y coordinados en los planos estatal y municipal para la aplicación efectiva de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de esos Delitos;
2. Las bajas tasas de enjuiciamiento y condena de casos de trata de personas;
3. La revictimización de mujeres y niñas que en algunos casos son procesadas penalmente, en vez de ser atendidas como víctimas;
4. La presunta complicidad entre agentes del Estado y bandas internacionales de la delincuencia organizada, con los efectos que ello conlleva (corrupción e impunidad);
5. La coordinación insuficiente de las autoridades mexicanas con países vecinos para la prevención de la trata de personas, el apoyo a las víctimas y el enjuiciamiento de los responsables.
A partir del análisis de dichas problemáticas, el Comité CEDAW recomendó a México lo siguiente 14:
1. Asignar recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para la aplicación eficaz y armonizada de la Ley General en la materia;
2. Investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables del delito de trata de personas, específicamente en casos que afecten a niñas y mujeres;
3. Reforzar el apoyo a mujeres víctimas de trata, en particular las mujeres migrantes y que pertenecen a grupos y comunidades indígenas;
4. Destaca su recomendación de fortalecer los meca-nismos institucionales para el combate de este delito, especialmente a nivel local, con el objetivo de terminar con la corrupción;
5. Investigar sistemática y debidamente los casos de complicidad entre agentes del Estado y grupos de la delincuencia organizada, así como procesar efectivamente a los responsables e imponer medidas disciplinarias y condenas adecuadas.
No menos importantes resultan las recomendaciones realizadas por el Comité CEDAW, en el sentido de reparar el daño e indemnizar a las víctimas de trata de personas, en cuya comisión hayan participado agentes estatales, así como la medida de generar estudios sobre las causas fundamentales que originan la explotación sexual forzada, con el objetivo de diseñar e implementar programas y prestaciones sociales para proteger e impulsar la salida de las mujeres en situación de prostitución de dichas redes. 15
En la opinión de numerosas organizaciones no guberna-mentales y estudiosos del tema, la trata de personas es “... indudablemente la actividad criminal de mayor crecimiento a nivel mundial entre todas las formas de delincuencia organizada transnacional, regional y nacional”, cuyas ganancias ascienden a miles de millones de dólares. 16
El fenómeno que vive el municipio de Tenancingo, Tlaxcala, requiere de la mayor atención por parte de las autoridades de procuración de justicia e investigación de los delitos de los tres niveles de gobierno. Como lo recomienda el Comité CEDAW, resulta indispensable la creación de mecanismos institucionales que coordinen efectivamente las acciones de dichas autoridades, así como el combate a las situaciones de complicidad y corrupción entre agentes estatales y grupos de la delincuencia organizada dedicados a la explotación sexual de personas (principalmente mujeres y niñas), con la finalidad de investigar, procesar y sancionar a los responsables de la perpetuación de este delito que, de acuerdo con el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena —del cual México es parte—, es considerado una violación de la dignidad de las personas, así como un peligro para el bienestar del individuo, la familia y la comunidad.
Además del Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, nuestro país ratificó en 2002 el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños, el cual complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Estos instrumentos internacionales, en su conjunto, establecen obligaciones a cargo de los estados, y de todas sus autoridades y niveles de gobierno, para combatir efectivamente estos fenómenos delictivos a través de la investigación, enjuiciamiento y sanción de los mismos y de sus responsables.
La omisión de las autoridades de investigar y sancionar los delitos inherentes a la trata de personas, destacando en particular el de la explotación sexual forzada con fines comerciales, perpetúa lo que ha sido calificado no sólo como una violación grave de los derechos humanos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sino incluso como un delito de lesa humanidad que atenta contra los derechos que constituyen la esfera del jus cogens(Caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil).
Si consideramos lo que señalan algunas personas estudiosas del tema, respecto a la definición que aporta el Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional sobre lo que constituye un crimen de lesa humanidad, encontraremos que —como lo establece el inciso g) del artículo 7 de dicho Estatuto— la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gra-vedad comparable, atentan gravemente contra los derechos fundamentales de personalidad jurídica, integridad personal, libertad personal y dignidad del ser humano, entre otros. 17
La prostitución forzada reúne los elementos para considerarla una situación de esclavitud, de acuerdo con los criterios sentados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos 18:
1) Implica el ejercicio de poder o control del esclavizador sobre la persona esclavizada, al punto de anular la personalidad de la víctima;
2) Implica la restricción o control de la autonomía individual, la libertad de elección o la libertad de movimiento de la persona;
3) Existe ausencia de consentimiento o de libre albedrío de la víctima;
4) Se presentan amenazas de uso de la violencia u otras formas de coerción, el miedo, el engaño, las falsas promesas o el abuso de poder;
5) Existe una posición de vulnerabilidad de la víctima;
6) Hay explotación; y
7) Existe exacción de trabajo o servicios forzosos u obligatorios.
Frente a este panorama es indispensable que las autoridades encargadas de la procuración de justicia e investigación de los delitos, así como del gobierno municipal de Tenancingo y el estatal de Tlaxcala, realicen las acciones pertinentes para la investigación, persecución y sanción del fenómeno delictivo generalizado de trata de personas palpable en esa población, por lo que su pronta atención debe ser prioridad para todos los órganos de gobierno del estado de Tlaxcala.
Esta proposición con punto de acuerdo es un esfuerzo adicional a los ya intentados por quien suscribe, al no haberse analizado y dictaminado esta propuesta por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, durante el segundo receso del segundo año legislativo de esta legislatura.
Por lo anteriormente expuesto, se proponen los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al gobierno del estado de Tlaxcala, al municipio de Tenancingo y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, a fin de realizar una estrategia conjunta para erradicar del territorio de ese estado, principalmente del municipio de Tenancingo, el delito de trata de personas en su modalidad de prostitución ajena u otras formas de explotación sexual.
Segundo. Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala a fin de realizar las investigaciones pertinentes que conduzcan a la detención de aquellas personas que resulten responsables del delito de trata de personas, en su modalidad de prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, así como a dar seguimiento a las denuncias presentadas.
Tercero. Se exhorta al gobierno del estado de Tlaxcala, al municipio de Tenancingo y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala a fin de brindar atención, asistencia y protección prioritaria a las víctimas del delito de trata de personas, en su modalidad de prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, de conformidad con Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, y la Ley General de Víctimas.
Notas
1 Organización Internacional del Trabajo, Walk Free Foundation y Organización Internacional para las Migraciones, Estimaciones mundiales sobre la esclavitud moderna: Trabajo forzoso y matrimonio forzoso, Ginebra, 2017, p. 5.
2 Ídem.
3 https://www.alliance87.org/2017ge/modernslavery#!section=2
4 Organización Internacional del Trabajo, Walk Free Foundation y Organización Internacional para las Migraciones, op. cit., p. 41.
5 Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Diagnóstico sobre la situación de la trata de personas en México 2019, México, 2019, pp. 28, 29.
6 Ibídem, p. 29.
7 Ídem.
8 Ibídem, p. 159.
9 CNN, “The town where boys are ‘groomed to become pimps’”, 2 de diciembre de 2015. Disponible en:
https://edition.cnn.com/2015/12/01/opinions/sex-trafficking-tena ncingo-polaris/index.html. Consultado el 25 de marzo de 2020.
10 Melissa Amezcua y Humberto Padgett, “Tráfico sexual, negocio familiar que se hereda en Tlaxcala”, El Universal, 5 de febrero de 2020. Disponible en:
https://www.eluniversal.com.mx/nacion/trafico-sexual-negocio-fam iliar-que-se-hereda-en-tlaxcala. Consultado el 25 de marzo de 2020.
11 Ignacio de los Reyes, “Viaje a Tenancingo, la capital de la esclavitud en México”, Animal Político, 23 de mayo de 2012, disponible en:
https://www.animalpolitico.com/2012/05/viaje-a-tenancingo-la-cap ital-de-la-esclavitud-sexual-en-mexico/. Consultado el 25 de marzo de 2020.
12 Carrasco González, Gonzalo, “Tipo penal del delito de trata de personas”, Revista Alegatos, número 86, enero-abril de 2014, Universidad Autónoma Metropolitana — Azcapotzalco, pp. 86, 87.
13 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Observaciones finales sobre el noveno informe periódico de México, CEDAW/C/MEX/CO/9, 25 de julio de 2018. Disponible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/398069/Observacio nes_finales_9o_Informe_M_xico_ante_la_CEDAW.pdf. Consultado: 6 de abril de 2020.
14 Ibídem, p. 11.
15 Ídem.
16 Carrasco González, Gonzalo, op. cit. p. 72.
17 García, María Fernanda, “El delito de trata de personas, crimen de lesa humanidad: análisis desde la óptica de la reciente jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, Revista Derechos en Acción, año 3, número 8, invierno 2018. p. 470.
18 Ibídem, pp. 470, 471.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada María Elizabeth Díaz García (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A RESPETAR LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a respetar la independencia del Judicial en atención de la división de poderes y expresar su solidaridad con éste frente a diversos pronunciamientos, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRI y PRD
Las y los suscritos, diputados Juan Carlos Romero Hicks, René Juárez Cisneros, Verónica Juárez Piña, María del Pilar Ortega Martínez, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Enrique Ochoa Reza, integrantes de la Cámara de Diputados en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten ante esta soberanía para su análisis, discusión y aprobación en su caso la presente “proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a respetar la independencia judicial con atención a la división de poderes y expresa su solidaridad con el Poder Judicial de la Federación frente a los pronunciamientos de otros poderes”, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera. Aprobación de la reforma a la LIE
El 3 de febrero de 2021, el titular del Poder Ejecutivo federal remitió al Congreso de la Unión —teniendo a esta Cámara de Diputados como Cámara de origen— con trámite de iniciativa preferente la “iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica”. Dicha iniciativa fue aprobada en sus términos el 23 de febrero del presente en esta Cámara de Diputados; aprobada en sus términos el 2 de marzo en el Senado de la República como Cámara revisora y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del presente. 1
Dicha reforma buscaba modificar el marco normativo vigente que regula el mercado para la generación y aprovechamiento de energía eléctrica, para darle preponderancia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). De acuerdo con la firma Deloitte, es posible comprender los alcances de dicha reforma a partir de cuatro puntos fundamentales: 2
1. La reforma pretende terminar con el modelo vigente de despacho de energía de las centrales eléctricas que opera a través del Cenace (Centro Nacional de Control de Energía), para dar prioridad a la energía producida por centrales generadoras de la CFE. Actualmente, Cenace tiene la obligación de priorizar el despacho de la energía más barata; a partir de ahora, el orden de prelación será: 1. Hidroeléctricas, 2. Otras centrales de CFE, 3. Energía eólica y solar, y 4. Centrales de ciclo combinado. Dado que las centrales hidroeléctricas no tienen capacidad para satisfacer la demanda, las mayores beneficiadas serán las otras centrales de CFE que producen energía eléctrica a partir de combustóleo y carbón —más caras y contaminantes que el resto—.
2. La reforma eliminará el modelo de compra de energía a través de subasta —para elegir el precio más barato—. CFE no estará obligada a adquirir energía mediante este modelo y podrá adquirir electricidad de cualquier planta o fuente, lo cual se traducirá en un posible incremento en el costo de la energía para el usuario final.
3. Los Certificados de Energía Limpia (CEL) se otorgarán a cualquier productor de energía, sin importar la antigüedad de las plantas. Esto eliminará los incentivos para la construcción de nuevas plantas de generación de energía.
4. Finalmente, se abre la posibilidad de que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) pueda revocar permisos otorgados previamente a pequeños generadores de autoabastecimiento o cogeneración, que han funcionado como alternativa para cubrir las necesidades propias de generación de energía.
Aspectos como el relativo a la relativización del otorgamiento de los CEL, impactan directamente en la posibilidad de tener un mejor cuidado del medio ambiente. Con ello, se atenta directamente contra los compromisos ambientales adoptados por nuestro país con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, así como con el Acuerdo de París 3 y se ponen en riesgo el desarrollo sostenible y el futuro de las siguientes generaciones, las cuales sufrirán los efectos del uso prioritario de energías contaminantes y más caras.
Además, la nueva regulación otorga ventajas competitivas a la CFE frente a cualquier otra empresa de generación de energía eléctrica, lo cual rompe con los principios constitucionales de libre competencia y competitividad en el sector eléctrico. Al vulnerar estos principios constitucionales, también se afectan otros principios como la no retroactividad, y la seguridad jurídica, motivos por los cuales es posible afirmar que esta reforma atenta contra el Estado de derecho.
Por otra parte, las modificaciones aprobadas resultan contrarias a lo dispuesto en tratados multilaterales como el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT). Dichos tratatos establecen cláusulas relativas a la competencia económica y a la priorización de energías renovables, los cuales se verían vulnerados con la entrada en vigor de esta reforma, con lo cual México incumpliría con sus compromisos internacionales y estaría a merced de diversos y costosos arbitrajes impulsados por las empresas afectadas por la reforma.
De acuerdo con las estimaciones de José Luis de la Cruz, presidente de Estudios Económicos de la Concamin, el gobierno federal deberá compensar a las empresas afectadas por arriba del 80 por ciento de su inversión. Es decir, aproximadamente 70 mil millones de dólares o, en términos generales, el 7 por ciento del PIB. 4 Como se puede ver, los costos de este nuevo capricho presidencial se sumarían a los de la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAIM), con lo cual estaríamos hablando de una nueva afectación severa a la economía nacional como resultado de decisiones disparatadas y sin fundamento técnico.
En conclusión, esta reforma es motivo de gran preocupación tanto por su contenido como por el proceso parlamentario bajo el cual fue aprobada. Más allá de la celeridad con que se le dio trámite —propia de los plazos fijados para el desahogo de una iniciativa preferente—, el ejercicio de parlamento abierto que se realizó a propósito de la materia no se tradujo en ninguna modificación sustantiva al proyecto.
Por otra parte, el nulo cuestionamiento por parte de la Comisión dictaminadora respecto a la constitucionalidad de la materia legislada ha comprometido el actuar de esta Cámara de Diputados, la cual ahora es autoridad responsable en diversos juicios de amparo. Estas razones nos llevan a afirmar que esta decisión fue imprudente, inconstitucional e irresponsable con el futuro de las siguientes generaciones.
Segunda. Impugnaciones contra la reforma
Luego de la publicación del “decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica” en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo del presente, los particulares afectados interpusieron demandas de amparo para obtener la protección de la justicia federal frente a esta reforma inconstitucional. 5 Fue el caso del incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 118/2021 y su acumulado 120/2021.
En el incidente en comento, el juez segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, Juan Pablo Gómez Fierro, con fundamento en el artículo 138, fracción I, de la Ley de Amparo, el Juez concedió la suspensión provisional solicitada para el efecto de todas las consecuencias derivadas de la reforma, y estimó que: “[...] las normas cuestionadas modifican la manera en la que operaba el sector eléctrico, por lo que sus efectos son susceptibles de suspenderse material y jurídicamente”. 6
Además, sostuvo que del análisis de las normas generales reclamadas, se advierte que “[...] las modificaciones que se realizan a la Ley de la Industria Eléctrica podrían llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia en el sector eléctrico”. 7 Por ello, estimó que al decretar la medida cautelar se podría “proteger y garantizar los derechos a la competencia y libre concurrencia en una dimensión individual y colectiva”. 8
Con respecto a la afectación al medio ambiente puntualizó que “las normas reclamadas también podrían producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente, toda vez que fomentan la producción y el uso de energías convencionales y que desincentivan la producción de energías limpias”. Agregó que “la participación de empresas de fuentes renovables y limpias dentro del sector eléctrico abona al aumento de producción de energías limpias en el país y que esta circunstancia permite que el Estado Mexicano puede responder a los compromisos internacionales que ha asumido para el cuidado del medio ambiente y el combate al cambio climático”. 9
Por otra parte precisó que las consideraciones sobre la posible inconstitucionalidad de las normas reclamadas son de índole jurídico y no se basan en apreciaciones ideológicas o subjetivas, y tienen como único sustento el contenido de la Constitución que establece el parámetro de regularidad conforme al cual todas las autoridades en el ámbito de sus competencias deben ajustar sus actos. Por tanto, no necesariamente influyen en el análisis de constitucionalidad que se realice, en su momento, al dictarse una sentencia definitiva.
En cuanto a los alcances de la suspensión especificó que, a pesar de ser solicitada solamente por dos empresas que realizan actividades en materia de energía eléctrica, la medida cautelar debe tener efectos generales ya que en caso de considerar solo efectos particulares, se le otorgaría una ventaja competitiva a las quejosas frente a las demás participantes de la industria eléctrica y se ocasionaría un efecto adverso al que precisamente se busca proteger.
Por tanto, los efectos de esta medida cautelar comprenden a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y demás particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector eléctrico o que se encuentra en trámite para ingresar al mismo, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente hasta antes de la emisión del Decreto cuestionado. Sin embargo, esto no implica la insubsistencia de las normas reclamadas, sino la postergacion de la plena entrada en vigor sus efectos para preservar intacta la materia del juicio y deben continuarse aplicando los artículos 3o., 4o., 12, 26, 35, 54, 101, 108 y 126, así como régimen transitorio previstos en el texto vigente de la Ley de la Industria Eléctrica.
Derivado de esta suspensión, la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía, el Centro Nacional de Control de Energía y la Comisión Federal de Electricidad, deberán abstenerse de ejecutar los preceptos reclamados, incluyendo los artículos transitorios del decreto cuestionado. De lo contrario, se harán acreedoras a las sanciones establecidas en el artículo 262, fracción III de la Ley de Amparo.
Tercera. Importancia de la preservación del estado de derecho y la división de poderes
El jurista español Elías Díaz afirma que la división de poderes es un carácter general del Estado de derecho y establece explícitamente que:
“La existencia de un régimen de división o separación de poderes es también, en segundo lugar, exigencia ineludible para un Estado de derecho. [...]; que los titulares de los Poderes Legislativo y Ejecutivo no podrán juzgar, ni inmiscuirse indebidamente en la función judicial; y que los encargados de la función ejecutiva no suplantarán a los órganos legislativos ni a los judiciales.” 10
Esta premisa pone en relieve que, para preservar el Estado de derecho, es indispensable que el Poder Ejecutivo no se inmiscuya indebidamente en la función judicial de ninguna forma —es decir, que no intente cooptarlo o incidir en el criterio que adopten finalmente los jueces en sus resoluciones—. Esta importancia se explica, desde la óptica de Hans Kelsen, en que “el significado histórico del principio de la separación de poderes reside precisamente en el hecho de que dicho principio, más que una separación de poderes, lo que pretende es evitar la concentración de los mismos”. 11
En ese orden de ideas, evitar la injerencia del Poder Ejecutivo en la actuación del Poder Judicial y —aún más— en la propia independencia judicial, encuentra fundamento en los diversos casos en los que históricamente se han concentrado las funciones del Estado en la figura del presidente. Pero también tiene una relevancia especial para una lógica constitucional de derechos: la independencia judicial tiene como fin el respeto a los derechos y libertades de la ciudadanía que, en la especie, encuentran su representación en el Poder Legislativo. 12
Por ello, las y los suscritos consideramos que resulta intolerable, en un verdadero Estado Constitucional de Derecho, que el Poder Ejecutivo intente influir de forma alguna en el criterio que se forman las y los jueces o —dicho de otra forma— rompa la independencia judicial. Cuando se trata de proteger este modelo, no es exagerado reaccionar ante las interpelaciones —aún las que son meramente discursivas— que se hagan a través del discurso, pues como está demostrado, en política el discurso es la antesala del emprendimiento de acciones. En el caso concreto, se emprenden medidas concretas como la solicitud de procedimientos de investigación contra juzgadores que contravienen su voluntad, en protección de los preceptos constitucionales.
Cuarta. Reacción del presidente de la República y del gobierno federal
El titular del Ejecutivo federal anunció que acudirá a la Suprema Corte de Justiia de la Nación por suspensión provisional de ley eléctrica. De acuerdo con lo manifestado, en su conferencia matutina del 12 de marzo el presidente expresó: “Estos jueces se crearon, surgen, cuando se lleva a cabo la reforma energética, para proteger a las empresas particulares y extranjeras, no para proteger y defender el interés nacional. Apenas se está publicando la reforma, ahí va el amparo. Pues nosotros vamos a acudir a la Suprema Corte y queremos que la Judicatura del Poder Judicial haga una revisión del proceder de estos jueces”.
Sin embargo, esta reacción no fue la única proveniente del gobierno federal, pues en entrevista con Aristegui Noticias, la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle, indicó que solicitarán una revisión al Consejo de la Judicatura Federal sobre el actuar del juez. Asimismo, señaló que aunque “pueden ser respetuosos con el Poder Judicial, se muestra con un claro servicio a algún interés, esa es la palabra, otorga la suspensión nada más como si fuera una ventanilla de recepción”. 13
De igual manera, cuestionó la decisión del juez, pues aseguró que “No tiene ni idea, esa es la palabra, no tiene ni idea el señor. No tiene idea el juez”, y añadió que “no es venganza, es un derecho”. A su vez, expresó que “Por supuesto que las empresas tienen todo el derecho de hacer lo conducente, aquí lo lamentable es que un juez que se ha estado prestando, el mismo juez, pareciera que es la ventanilla única de este tipo de tema, el mismo juez sin un estado previo, sin tiempo de análisis otorga de facto esta resolución” 14
El lunes 15 de marzo, el titular del Poder Ejecutivo federal dio a conocer en su conferencia de prensa matutina que envió una carta al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, señalando: “De manera respetuosa, en observancia al principio de separación de poderes, le solicito que el Consejo que usted preside determine si a la autoridad judicial mencionada le corresponde, o no, aplicar de manera oficiosa a quienes no lo solicitaron y si es de su competencia, o no, resolver sobre el caso”. Al respecto, el ministro Arturo Zaldívar respondió al jefe del Ejecutivo que su petición sería turnada al Consejo de la Judicatura Federal y, en caso de existir elementos, se procederá a la revisión.
Las manifestaciones tanto del titular del Poder Ejecutivo federal como de la titular de la Secretaría de Energía, ponen en grave peligro la independencia judicial y la división de poderes. En un Estado Constitucional de Derecho no puede haber espacio para las intimidaciones contra cualquier funcionario, máxime cuando se trata de un integrante de un poder distinto; consentir lo anterior sería dar entrada al autoritarismo y la concentración de poderes en una sola persona y, a su vez, esto pondría en riesgo nuestra democracia.
Finalmente, es importante señalar que para emprender cualquier procedimiento de responsabilidades o disciplinario, el Consejo de la Judicatura Federal debe cumplir con el principio de legalidad y, para ello, fundar y motivar las causas detrás de una posible investigación. Es evidente que el enojo presidencial por haber visto truncada su voluntad, no puede ni debe ser razón suficiente para iniciar cualquier procedimiento. Por ello y, con base en lo anteriormente expuesto, proponemos al pleno de esta soberanía la aprobación de los siguientes
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a respetar la independencia judicial y, en atención al principio de división de poderes, abstenerse de aprovechar la investidura que reviste su cargo para denostar y amenazar a otros Poderes de la Unión y a sus integrantes.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la titular de la Secretaría de Energía a respetar la independencia judicial, en atención al principio de división de poderes.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión expresa su solidaridad con las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación y, con pleno respeto a la división de poderes, hace un atento llamado al Consejo de la Judicatura Federal para que en sus determinaciones refrende su independencia y la de sus integrantes, por encima de cualquier presión o amenaza a las mismas.
Notas
1 Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. México: Secretaría de Gobernación, 9 de marzo de 2021. Disponible en línea en:
https://bit.ly/3rPwYVp
2 Valeria Vázquez, “Reforma eléctrica. El análisis”. Deloitte Legal, publicado el 22 de febrero de 2021. Disponible en línea en:
https://bit.ly/30GpOHn
3 Lilia González, “Reforma a Ley de la Industria Eléctrica abre un nuevo frente contra la inversión: CCE”, El Economista, 2 de marzo de 2021. Disponible en línea en:
https://bit.ly/3bO3O3w
4 Yeshua Ordaz y Eduardo de la Rosa, “Hasta 7% del PIB costará pleito por la ley eléctrica: IP”, Milenio, publicado el 11 de marzo de 2021. Disponible en:
https://bit.ly/30IPbIt
5 Esther Herrera, “Empresas regias alistan primeros amparos contra Ley de la Industria Eléctrica”, Milenio. Publicado el 11 de marzo de 2021. Disponible en línea en:
https://bit.ly/3bLbkw0
6 Poder Judicial de la Federación, “Incidente de suspensión 118/2021”. Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, 11 de marzo de 2021. Disponible en línea en:
https://bit.ly/3eUqKAg Consultado el 17 de marzo de 2021.
7 Íbid. Página 19.
8 Íbid. Página 29.
9 Íbid. Página 24.
10 Elías Díaz, Estado de Derecho y sociedad democrática. Madrid: Editorial Taurus, 2011. Páginas 54-55. Énfasis añadido.
11 Íbid. Página 55. Énfasis añadido.
12 Íbid.
13 Índigo Staff, “No tiene ni idea el señor”, Rocío Nahle va contra juez que frenó reforma eléctrica de AMLO”, Reporte Índigo, publicado el 12 de marzo de 2021. Disponible en:
https://bit.ly/3rUbM0A
14 Íbid.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputados y diputadas: Juan Carlos Romero Hicks, René Juárez Cisneros, Verónica Juárez Piña, Maria del Pilar Ortega Martínez, Mariana Rodríguez Mier y Terán, Enrique Ochoa Reza (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
SE EXPLIQUE EL DESTINO, PARTIDA Y CONCEPTO DE LOS RECURSOS EJERCIDOS DEL RAMO 12, SALUD, Y DEL FIDEICOMISO FONDO DE SALUD PARA EL BIENESTAR DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2020
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a explicar el destino, la partida y el concepto de los recursos ejercidos del ramo 12, “Salud”, y el Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar en 2020, a cargo del diputado Fernando Galindo Favela, del PRI, e integrantes de diversos grupos parlamentarios
Los que suscriben, diputados federales integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que exhorta a la Secretaría de Salud a que explique a detalle el destino, partida y concepto de los recursos ejercidos del Ramo 12, Salud, y del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar durante el ejercicio fiscal 2020, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El Informe sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública correspondiente al Cuatro Informe Trimestral de 2020 señaló que la Secretaría de Salud gastó 154 mil millones de pesos en 2020, lo que representó un incremento del 21.5 por ciento con respecto al año anterior. Es importante señalar que el 30 por ciento del gasto de la Secretaría de Salud en el año 2020 fueron transferencias financieras de la Tesorería de la Federación a un Fideicomiso del INSABI.
El Informe destaca que la Secretaría de Salud gastó 45 mil millones de pesos durante el mes de diciembre, es decir, pasó de gastar 108 mil millones de pesos en noviembre a 154 mil millones de pesos en diciembre de 2020.
Solo para tener una referencia, estos 45 mil millones de pesos representan el 34.9 por ciento del presupuesto (128,826.4 millones de pesos) aprobado por la Cámara de Diputados para 2020. Esto generó sorpresa ya que en el informe mensual de enero-noviembre de 2020 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Salud reportaba recursos no ejercidos por casi 12 mil millones de pesos.
Para todos los mexicanos, este nivel de gasto en un mes representaría una buena noticia, en un contexto en el que se está viviendo la peor crisis sanitaria de los últimos 100 años.
Al analizar a detalle del Informe Trimestral y conocer los movimientos de recursos realizados por la Secretaría de Salud, se identifica que el 30 por ciento del gasto de esta Secretaría se destinó al Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar, esto es 46 mil millones de pesos, es decir, solo fue una transferencia financiera sin materialidad.
Es como si un ciudadano pasara sus ingresos de su cuenta en un Banco “A” a otra de sus cuentas en un Banco “B” exclusivamente. Llama aún más la atención cuando la política del Gobierno Federal ha sido la de desaparecer los fideicomisos.
Sin considerar esa transferencia de recursos que la Secretaría de Salud realizó al Fideicomiso, se observa que su gasto fue 2.5 por ciento menor, en términos reales, que en 2019 y respecto a 2018, este gasto representaría una disminución de 8 por ciento aproximadamente.
De manera histórica y considerando el ajuste explicado anteriormente, hoy sabemos que la Secretaría de Salud gastó menos recursos que en 2019. No solo eso, en 2020 se contrajo el gasto en salud de tal forma que si lo comparamos contra los recursos que la Secretaría tenía en 2009, cuando se vivió la contingencia sanitaria ocasionada por el virus de la Influenza tipo A H1N1 se descubre que se gastó menos en 2019 que hace 11 años.
En los dos primeros años de esta administración, se han invertido significativamente menos recursos que los primeros años de la administración anterior, años que no hubo pandemia.
El Secretario de Hacienda, a mediados de enero de 2021, mencionó que se destinaron más de 50 mil millones de pesos en fortalecer al sector salud, lo que realmente quiso decir, es que se destinaron al Fideicomiso Fondo Salud para el Bienestar, es decir se fortaleció un instrumento jurídico a expensas de la salud endeble de los mexicanos.
El Gobierno actual decidió que, ante la peor crisis sanitaria y económica, en muchos años, se restringiera el gasto en salud a las familias mexicanas, he ahí la razón por la que faltan: medicamentos oncológicos, vacunas contra la tuberculosis o el sarampión, equipamiento para los médicos que afrontan día a día a personas con COVID19.
Este nivel de gasto representaría una buena noticia en el contexto de pandemia por covid-19, pero se trata de recursos transferidos al Fondo de Salud para el Bienestar; es decir no son recursos gastados en acciones concretas para el control de la pandemia, sino que fueron recursos que se depositaron al Fondo de Salud para el Bienestar.
De acuerdo con el Informe, al cierre del cuarto trimestre de 2020, el Fondo de Salud para el Bienestar tuvo ingresos por un total de más de 46 mil 305 millones de pesos.
• Al tercer trimestre el fideicomiso registró ingresos por 13,876.2 mdp, para el 4to trimestre reportó ingresos por 46,306 mdp; por lo que se identifican ingresos en tres meses por 32.4 mil mdp. Lo anterior, sin considerar los rendimientos.
• Por el lado de los egresos al tercer trimestre el fideicomiso registró gastos por 26,287 mil mdp, al 4to trimestre reportó gasto por 56,472; entre ambos registros se muestra una diferencia de gasto de 30 mil mdp.
Por lo tanto, se simuló el gasto de 46 mil millones de pesos para mandar un mensaje de mayor inversión en el sector salud, sin que esto se reflejara en la compra de vacunas, medicinas, tratamientos contra el cáncer, entre otros.
Los diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, de la LXIV Legislatura, estamos a favor de la transparencia y la rendición de cuentas; por lo tanto, es prioritario exigirle a la Secretaría de Salud a que explique a detalle el destino, partida y concepto de los recursos ejercidos del Ramo 12, Salud, y del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar durante el ejercicio fiscal 2020.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprueba el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a que explique a detalle el destino, partida y concepto de los recursos ejercidos del Ramo 12, Salud, y del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar durante el ejercicio fiscal 2020.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 23 de marzo de 2021.– Diputados y diputada: Fernando Galindo Favela, Enrique Ochoa Reza, Éctor Jaime Ramírez Barba, Claudia Pastor Badilla, Antonio Ortega Martínez, Sergio Ascencio Barba (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrup-ción, para dictamen.
SE INCLUYA A BAJA CALIFORNIA SUR, EN EL DECRETO PRESIDENCIAL DE ESTÍMULOS FISCALES DE LA REGIÓN FRONTERIZA NORTE
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a incluir BCS en el decreto presidencial de estímulos fiscales de la región fronteriza norte, a cargo de la diputada Ana Ruth García Grande, del Grupo Parlamentario del PT
La que suscribe, Ana Ruth García Grande, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Los estados fronterizos del norte de México tienen una dinámica muy diferente al resto del país dada su cercanía con el Estados Unidos, lo cual deriva en fenómenos demográficos y económicos de características muy particulares, dado que la vida en estos se ve directamente afectada por la posibilidad de sus habitantes y empresas de consumir productos y servicios del otro lado de la frontera, así como por la dinámica laboral e industrial donde las relaciones laborales y comerciales entre partes ubicadas en ambos lados de la frontera son mucho más altas que en cualquier otra región de la nación, lo que deriva pues en una competencia económica directa con la desventaja de que en la zona sur de Estados Unidos colindante con México existe una tasa impositiva de entre un 6 por ciento y 8 por ciento, mientras que en el lado mexicano se mantiene en un 16 por ciento.
Resulta muy relevante que esta situación ya era reconocida en el decreto publicado el 29 de diciembre de 1978 en el que se incluía una franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional del norte del país y en las zonas libres de Baja California, norte de Sonora y de Baja California Sur y nuevamente en 1995, después de que el 21 de noviembre de 1991 se homologara el impuesto en todo el país, el gobierno federal dispuso como medida para reactivar el consumo de la producción nacional en las zonas fronterizas, retornar la tasa especial del impuesto al valor agregado, resaltando que además de la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, el municipio de Cananea, Sonora, así como la región parcial del estado de Sonora, incluyéndose ambas fronteras en el artículo segundo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. y se incluyó al municipio de Caborca el 30 de diciembre de 2002. Finalmente, en 2013, se homologó el impuesto al valor agregado en todo el territorio nacional.
En la actualidad, derivado de un decreto presidencial de 2018, que ha sido extendido para su aplicación hasta 2024, se aplica una tasa especial al impuesto al valor agregado del 8 por ciento, y un 20 por ciento de ISR que consiste en un crédito fiscal de 50 por ciento del impuesto al valor agregado, el cual se aplica de forma directa sobre la tasa de 16 por ciento, a fin de que la tasa disminuida que resulte sea de 8 por ciento para quienes tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento dentro de la región fronteriza norte.
Sin embargo, el estado de Baja California Sur no se encuentra incluido entre los estados beneficiados por la tasa especial, aunque sí se le reconozca como región fronteriza, tal y como se puede observar en la lista del propio Servicio de Administración Tributaria, que en su descripción de estados y municipios que componen la región fronteriza a la letra dice:
“ Región fronteriza
Los estados de Baja California, Baja California Sur, Quintana Roo y la región parcial de Sonora; la franja fronteriza sur colindante con Guatemala y los municipios de Caborca, Sonora, Comitán de Domínguez, Chiapas, y Salina Cruz, Oaxaca. 1
Cabe decir, tal y como se reconoció desde el primer decreto de 1978, que Baja California Sur, dada sus condiciones geográficas tiene una economía con una estructura dependiente del sector terciario, estimulada por el sector comercial, con una alta dependencia en las importaciones, lo que genera una alta vinculación con el norte del país y hace todo lo contrario con respecto al resto del país y que requiere que la mayoría de las rutas comerciales de y hacia el continente se realicen por mar o por aire, lo cual eleva considerablemente los costos del comercio de mercancías de consumo, afectando a sus habitantes de manera directa en su capacidad de adquisición, lo que origina que la economía sea más vulnerable a las devaluaciones y a las crisis económicas.
Baste para ilustrar la situación con los datos reportados por Inegi para el comportamiento inflacionario de 2019, donde, por ejemplo, para agosto, el Estado reportó 4.0 de inflación, superando la cifra de 3.29 del promedio nacional, con un incremento anual de 3.99 por ciento, comportamiento que se mantiene de manera constante a través de los años derivado de las condiciones descritas en párrafos anteriores.
Aunado a lo anterior, se tiene a la crisis sanitaria por covid, que definitivamente ha derivado en una contracción económica que afecta de manera severa al estado dada la restricción de la actividad comercial y la reducción del turismo, que al ser los principales motores económicos de la entidad su desempeño afecta de manera directa al resto de los sectores, que, al no tener núcleos económicos circundantes que permitan la búsqueda de alternativas reales para la población y el comercio, dada la condición aislada del Estado, nuestra economía y población queda en una situación vulnerable respecto del resto del país, razón por la cual, al reconocerse su integración en la Región Fronteriza Norte, resulta pues necesario atender la necesidad de apoyar a la economía con los mismos estímulos fiscales que al resto de la entidades fronterizas de esta región.
En ese contexto, se puede fundamentar perfectamente la tasa especial para Baja California Sur en el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su fracción IV establece la obligación de todos los mexicanos para contribuir para los gastos públicos y que dicha contribución tendrá que ser de la forma proporcional y equitativa que dispongan las leyes. En este caso resulta proporcional el ajuste al 8 por ciento en el IVA, dada la reconocida integración del Estado de Baja California Sur a la región fronteriza norte y también resulta proporcionado y equitativo dada las condiciones aisladas de la geografía, pues tasa especial puede generar un aumento en la base contributiva, permitir la creación y desarrollo de las empresas y permitir el impulso para la recuperación económica del estado, y sobre todo abonar a la disminución del impacto inflacionario, mejorar el poder adquisitivo de los sudcalifornianos y equilibrar el índice de precios al consumidor a niveles mas cercanos a la media nacional, lo cual es, además, idóneo en términos de bienestar de la población.
Con base en los planteamientos expuestos en el cuerpo de esta proposición, someto a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, licenciado Andrés Manuel López Obrador, para que incluya al estado de Baja California Sur en el Decreto de Estímulos Fiscales de la Frontera Norte, con el propósito de impulsar la competitividad económica, el desarrollo y el bienestar de los sudcalifornianos en los términos generales que plantea ese decreto para la región fronteriza norte de México, buscando con ello el crecimiento económico, la productividad de las actividades empresariales y el capital disponible para invertir en éstas y así promover su economía como integrante de esa región.
Nota
1 http://omawww.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Franja_region_ fronteriza.aspx
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo del 2021.– Diputada Ana Ruth García Grande (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Asuntos Frontera Norte, para dictamen.
SE DICTAMINE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS NORMAS, EN MATERIA DE COMPETITIVIDAD Y DIVERSIDAD DE GÉNERO EN LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, Comercio y Competitividad de esta soberanía a dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes General de Sociedades Mercantiles, General de Sociedades Cooperativas, del Mercado de Valores, y de Inversión Extranjera, en materia de competitividad y diversidad de género en los consejos de administración, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El estudio Mejorando las oportunidades de las mujeres en México (2016), de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) afirma que la tasa de participación de las mujeres en la fuerza laboral entre 25 y 54 años aumentó de 38 por ciento en la década de 1990 a 55 por ciento en 2015. Sin embargo, este aumento no es suficiente para alcanzar la participación de los hombres (94 por ciento), ni para alcanzar el promedio de la OCDE (72 por ciento).
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), para el segundo trimestre de 2019, la tasa de participación económica de la población de 15 años o más fue de 45 por ciento para las mujeres, mientras que para los hombres fue de 77 por ciento. 1 La participación de las mujeres mexicanas en la fuerza laboral es menor al promedio mundial, que es de 53 por ciento, conforme a la estimación modelada por la Organización Internacional del Trabajo en 2019. 2 Estas diferencias de género se reflejan igualmente en los salarios, donde existe una brecha por género prevaleciente en México de 16.7 por ciento, que es más alta que el promedio de los países de la OCDE (15 por ciento).
Esta realidad se extiende a los cargos dentro de los consejos directivos de las empresas. De acuerdo con el informe de Deloitte Mujeres en los consejos de administración: Una perspectiva global (2017), la participación de las mujeres en consejos directivos en México es de 5.7 por ciento y se encuentra en uno de los niveles más bajos en comparación con otros países de la OCDE. A nivel global este porcentaje es de 15 por ciento, y mientras que en algunos países como Nueva Zelanda, Bélgica y Suecia se experimentó un aumento de mujeres en los consejos de sus organizaciones en los últimos años, pero en México no se refleja un cambio significativo.
El informe Global Gender Gap Report 2020 del Foro Económico Mundial presenta que México es uno de los países con mayor avance en la participación de mujeres en puestos políticos, alcanzando la posición 14 del ranking global (con 149 países participantes). Sin embargo, en el ámbito económico las mujeres todavía están en una desventaja, donde México ocupa el puesto 124 en este ranking, y entre otros factores presenta que solo 7.5 por ciento de miembros en Consejos de Administración son mujeres (con un incremento de 1.8 puntos porcentuales a los reportado en 2017), lo cual contrasta con los países de mayor proporción de mujeres en Consejos que son Francia (43.4 por ciento), Islandia (43 por ciento) y Noruega (42.1 por ciento).
Como se puede constatar de la información disponible, la brecha de desigualdad entre mujeres y hombres en los consejos de administración de las empresas existe en todos los países en diferentes medidas, pero México está entre los países con los porcentajes más bajos de participación y representación, por lo que resulta necesario legislar en el marco de las obligaciones del Estado de garantizar los derechos humanos.
Por otro lado, la inclusión de las mujeres en el consejo es esencial para diseñar una estrategia que determine los factores críticos de éxito considerando la diversidad de género que también existe en el mercado. Esto, por consiguiente, favorece en la penetración en el mercado como resultado de una mayor comprensión de la amplia gama de clientes y empleados.
Al respecto, la investigación Mujeres directivas de Grant Thornton (2019), destaca la importancia de la diversidad de género en los equipos de alto nivel, ya que conduce a un mayor rendimiento, a una cultura más inclusiva y a decisiones más equilibradas, así como a un aumento significativo en materia de innovación e ingresos cuando más de 20 por ciento de los cargos directivos están ocupados por mujeres.
De igual manera, las mujeres aportan diferentes experiencias profesionales y perspectivas contribuyendo al conjunto de información y debate sobre la toma de decisiones, por lo que la presencia de mujeres en los consejos de administración dirige a acciones más informadas y estratégicas para identificar mejores oportunidades de inversión para la empresa y de esta manera aprobar la gestión óptima y la innovación a la cultura y forma de pensar de la sociedad.
En septiembre 2018, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), por medio del Comité de Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo, integró la Mejor Práctica 15 en la que “se recomienda la incorporación de la mujer en la integración del consejo de administración”, como un esfuerzo deliberado para combatir la falta de diversidad en las sociedades y reconociendo la importancia de sumar a las mujeres como un impulsor en la efectividad del consejo de administración. Esta contribución indica que la diversidad de género no es una mera cuestión ético-política o de “responsabilidad social corporativa”, sino también un objetivo de eficiencia y eficacia en el funcionamiento de las sociedades.
Dado lo anterior, legisladoras y legisladores de diversos grupos parlamentarios suscribieron una iniciativa que busca avanzar en la incorporación de la perspectiva de género en consejos de administración, entendiendo ésta como una estrategia o un proceso mediante el cual se logra la igualdad entre mujeres y hombres en ese ámbito específico, dicho proyecto de decreto reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles; de la Ley General de Sociedades Cooperativas, del Mercado de Valores; y de la Ley de Inversión Extranjera, mismo que fue inscrito en la sesión del 27 de marzo y publicado el 18 de marzo de 2020 en la Gaceta Parlamentaria.
Las personas suscritas argumentaron que no se puede pretender que el conjunto de acciones afirmativas establecidas por medio de recomendaciones y buenas prácticas es suficiente, sino que, paralelamente, deben llevarse procesos sistemáticos legales e institucionales para interiorizar los principios de igualdad y de no discriminación en el seno corporativo. No hay duda de que establecer acciones afirmativas ofrece resultados rápidos. Como ejemplo esta Noruega, que introdujo acciones afirmativas en 2007, exigiendo que los consejos de administración de las empresas que cotizan en bolsa tuvieran un equilibrio de género de al menos 40/60. El resultado fue un aumento en las mujeres miembros del consejo que fue de 6 por ciento en 2002 a 42 por ciento en 2016.
En México, fue hasta 2019 que se presentó y aprobó una iniciativa para reformar la Ley Federal de Entidades Paraestatales, que establece un porcentaje mínimo del treinta por ciento de participación de las mujeres en sus consejos de administración, así como otra iniciativa para reformar la Ley del Mercado de Valores con el mismo fin y aplicable a las 145 empresas que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores.
Con la finalidad de promover la igualdad de género a través del sector privado y considerando la importancia de la participación de la mujer en la fuerza laboral, ONU Mujeres, la Organización Internacional del Trabajo y el Instrumento de Asociación de la Unión Europea están implementando a nivel internacional el programa Ganar-Ganar: La igualdad de género es un buen negocio (ONU Mujeres, 2019). Esta iniciativa se lleva a cabo en seis países de América Latina y el Caribe (ALC) —Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Jamaica y Uruguay— y en los países de la Unión Europea (UE) con la finalidad de promover vínculos comerciales e innovación entre mujeres de las diferentes regiones y fomentar el intercambio de buenas prácticas en el sector privado.
No obstante, pese a la evidencia empírica y científica de la importancia de la participación las mujeres en la fuerza laboral y al rezago de su misma participación en los espacios de toma de decisiones de las empresas, siguen existiendo fuertes resistencias para la incorporación de más mujeres en los consejos de administración, por lo que es urgente impulsar medidas legislativas, de política pública y del sector privado que generen las condiciones para incrementar tal presencia, especialmente considerando el aspecto cultural de la región donde las oportunidades de las mujeres para el acceso a posiciones de liderazgo son más limitadas.
Por lo anterior, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Economía, Comercio y Competitividad de la honorable Cámara de Diputados a emitir el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles; de la Ley General de Sociedades Cooperativas, del Mercado de Valores; y de la Ley de Inversión Extranjera en materia de competitividad y diversidad de género en los consejos de administración, presentada por diputadas y diputados de diversos grupos parlamentarios en febrero de 2020.
Notas
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2019). “Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) población de 15 años y más de edad”. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/default.html#Tabu lados
2 Banco Mundial (2019). “Tasa de participación en la fuerza laboral, mujeres (% de la población femenina entre 15-64 años) (estimación modelado OIT)”. Disponible en:
https://datos.bancomundial.org/indicador/SL.TLF.ACTI.FE.ZS
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y MITIGACIÓN DE INCENDIOS FORESTALES EN LA TEMPORADA DE SEQUÍA DEL PRESENTE AÑO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la CNPC, la Conafor, la Semarnat y sus homólogas locales a implantar acciones para prevenir, contener y mitigar incendios forestales en la temporada de sequía de 2021, a cargo de la diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, Diputado Nancy Claudia Reséndiz Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, pone a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. De acuerdo con datos publicados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional Forestal del 01 de enero al 04 de marzo del 2021, se han registrado 1,223 incendios forestales en 26 entidades federativas, afectando una superficie de 23,333 hectáreas.
De esta superficie, el 94% correspondió a vegetación en los estratos herbáceo y arbustivo y el 6% a arbóreo. Las entidades federativas con mayor número de Incendios fueron: México, Ciudad de México, Puebla, Tlaxcala, Michoacán, Morelos, Chiapas, Oaxaca, Hidalgo y Jalisco, que representan el 88% del total nacional.
Las entidades federativas con mayor superficie afectada fueron: México, Baja California, Oaxaca, Chiapas, Puebla, Michoacán, Morelos, Guanajuato, Zacatecas y Chihuahua, que representan el 83% del total nacional.
Del total de incendios forestales, 115 (9%) correspondió a ecosistemas sensibles al fuego, afectando una superficie de 1,636 ha (7%) del total nacional.
Segunda. La magnitud y frecuencia de los incendios en México aumenta año con año, cada vez son menores los intervalos entre los años críticos.
En el año 2019 fuimos testigos de la magnitud de los incendios que azotaron nuestro país, arrasando miles de hectáreas de superficie boscosa, principalmente en la zona centro y sur del país y causando problemas de contaminación de aire que dejaron a la Ciudad de México en una contingencia por mala calidad de aire durante varias semanas. En el 2020 se observó un aumento en el numero de incendios semana a semana. 1
Existen diversas causas que originan un incendio forestal las cuales pueden ser por actividades ilícitas o causas accidentales, agrícolas, negligencias, por casos fortuitos y desconocidos.
El mal manejo del fuego en el sector agrícola y los fuegos ocasionados para el cambio de uso de suelo para la ganadería o la urbanización, aunado a las condiciones climáticas de aumento de la temperatura y sequías -efectos del cambio climático- han provocado que los incendios forestales sean cada vez más frecuentes poniéndonos en una situación sumamente grave, y no tenemos las capacidades suficientes para atenderlos, pues desde 2012 la Comisión Nacional Forestal ha visto una reducción en su presupuesto del 43%. 2
Tercera. La mayor frecuencia de incendios se presenta a finales de la estación más seca, es decir, a finales del invierno y principios de la primavera, por lo que desde enero pueden comenzar a presentarse debido a que hay menos precipitación y por lo tanto también hay menos humedad en las comunidades vegetales.
Entonces, la temporada de incendios se establece desde enero hasta junio en la mayor parte del territorio nacional, alcanzando su mayor actividad en abril y mayo; no obstante, hay una parte del noroeste del país, cerca de Baja California, en donde los incendios pueden presentarse entre mayo y septiembre, ya que la temporada de lluvias es distinta a la del resto de México. 3
Cuarta. La Comisión Nacional Forestal, adelantó que se espera una temporada crítica de incendios forestales 2021, “debido a que nos encontramos bajo las condiciones del fenómeno meteorológico ENOS-La Niña, que se prevé continúe hasta la primavera”.
Este fenómeno climático, ha provocado bajas temperaturas y pocas precipitaciones en la mayor parte del país, disminuyendo la humedad en las zonas forestales, una situación similar al año 2011.
Esta sequía atípica incrementa la presencia y expansión de los incendios forestales en el territorio mexicano”, señalo. 4
Quinta. Los incendios forestales son un gran problema ambiental en México y el mundo, y aumentan cuando disminuye la precipitación y aumenta la temperatura.
Para evitarlos es necesario eliminar las quemas agrícolas (como la agricultura de roza, tumba y quema), así como diseñar y aplicar políticas públicas de prevención. 5
Es en ese sentido que resulta necesario que la Coordinación Nacional de Protección Civil, la Comisión Nacional Forestal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como sus homólogos en las entidades federativas de manera coordinada impulsen campañas informativas para incentivar en las personas la cultura de prevención de incendios y cuidado del ecosistema, así como políticas de prevención, contención y mitigación de los incendios forestales.
Por lo expuesto, quien suscribe somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Coordinación Nacional de Protección Civil, a la Comisión Nacional Forestal, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a sus homólogos en las entidades federativas para que en el ámbito de sus facultades y de manera coordinada implementen las acciones necesarias para la prevención, contención y mitigación de incendios forestales en la temporada de sequía del presente año.
Notas
1 https://www.greenpeace.org/mexico/blog/8341/incendios-forestales-en-mexico-efec tos-del-cambio-climatico/
2 https://www.greenpeace.org/mexico/blog/8341/incendios-forestales-en-mexico-efec tos-del-cambio-climatico/
3 http://ciencia.unam.mx/leer/935/los-incendios-forestales-que-afectan-a-mexico
4 https://www.excelsior.com.mx/nacional/pronostican-temporada-criti-ca-de-incendi os-forestales-en-mexico/1433862
5 https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2020_038.html
Dado en el Cámara de Diputados a 23 de marzo de 2021.– Diputada Nancy Claudia Reséndiz Hernández (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para dictamen.
TRANSPARENTAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS EN YACIMIENTOS NO CONVENCIONALES; ASÍ COMO CONTINUAR CON EL ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LAS INICIATIVAS PARA PROHIBIR LA PRÁCTICA DEL FRACKING
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a Pemex, la Conagua y la ASEA a transparentar el cumplimiento de la normativa en materia de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales; y a las comisiones dictaminadoras de esta soberanía, a continuar el análisis y la discusión de las iniciativas de ley para prohibir el fracking en México, a cargo de la diputada Laura Mónica Guerra Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Laura Mónica Guerra Navarro, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o, artículo 65, numeral 4, y el artículo 79, numeral 1, fracción II y artículo 100 numeral 1, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
El 1 de diciembre de 2018, día de la toma de posesión de su cargo, el Presidente Andrés Manuel López Obrador anunció 100 compromisos para su gobierno. Entre ellos destaca el compromiso número 75, consistente en “no [usar] métodos de extracción de materias primas que afecten la naturaleza y agoten las vertientes de agua como el fracking”. 1
El 1 de julio de 2019, para dar cuenta del estado de cumplimiento de dichos compromisos, se informó que, hasta esa fecha, no se habían empleado métodos extractivos como la fracturación hidráulica. 2 En su conferencia matutina del 20 de mayo de 2020, el Presidente respondió, a pregunta expresa de un reportero, que su gobierno no utilizaba ni pretendía utilizar esta práctica para la exploración y extracción de hidrocarburos. 3
Adicionalmente, con base en un informe entregado por el director de Petróleos Mexicanos (Pemex), se señaló —entre otros datos— que las asignaciones exploratorias otorgadas durante la “Ronda Cero”, en agosto de 2014, terminaron su vigencia el 27 de agosto de 2019 y que las 64 asignaciones nuevas que entraron en vigor al día siguiente, tenían objetivos convencionales. Asimismo, se informó que entre los planes de exploración presentados y aprobados por la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), no se contemplaban actividades en yacimientos no convencionales, por lo que los 233 pozos programados serían convencionales. 4
Si bien el Presidente ha manifestado contundentemente su compromiso de no autorizar ni llevar a cabo proyectos de fracturación hidráulica, Pemex podría no estar acatando la orden presidencial de no llevar a cabo dicha práctica. De acuerdo con documentos obtenidos a través de solicitudes de acceso a la información pública promovidas por organizaciones civiles que integran la Alianza Mexicana contra el Fracking (AMCF), como CartoCrítica y Fundar, Pemex habría fracturado tres pozos en yacimientos no convencionales durante enero, febrero y marzo de 2019, en Puebla y Veracruz. Estos pozos serían los siguientes: Maxochitl-1Exp; Kaneni-1Exp; y Pankiwi-1Exp, fracturados a partir del 3 de enero de 2019; el 16 de febrero de 2019; y el 17 de marzo de 2019, respectivamente. 5
Respecto de estos y otros dos pozos, 6 las organizaciones civiles preguntaron a Pemex Exploración y Producción, entre otras cuestiones, lo siguiente:
1. ¿Se perforaron y fracturaron hidráulicamente cada uno de estos pozos?
2. ¿En qué fecha se perforó cada pozo?
3. ¿En qué fecha o fechas se ha fracturado cada pozo?
4. ¿Qué volumen de agua se ha utilizado en cada fracturamiento en cada pozo?
5. ¿De dónde proviene el agua utilizada en cada fracturamiento en cada pozo?
6. ¿Se cuenta con concesiones de agua por parte de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para cada uno de estos pozos?
7. ¿Cuáles son los números de títulos de concesión de agua con los que se cuenta para cada uno de estos pozos?
8. ¿Se ha cumplido con los “Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales” emitidos por la Conagua para la perforación y fracturamiento hidráulico de cada uno de estos pozos?
En su respuesta, Pemex refiere que suspendió la fracturación en el pozo Chaxán-1Exp, en acato a la disposición del Ejecutivo federal; sin embargo, también confirma que los trabajos de fracturamiento en los tres pozos previamente señalados efectivamente se llevaron a cabo durante enero, febrero y marzo de 2019.
Asimismo, responde que el agua utilizada para el fracturamiento de cada pozo provino de concesiones privadas otorgadas por Conagua a prestadores de servicios, y que el Activo de Exploración Terrestre Norte dependiente de la Subdirección de Exploración de Pemex Exploración y Producción (PEP) sí ha dado cumplimiento a los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales(en adelante, los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales). 7
Respecto del cumplimiento de esta regulación por parte de PEP en los 3 pozos fracturados en 2019, la Conagua respondió, por su parte, que “no se han recibido ni emitido opiniones técnicas al respecto”, por lo que no se contaba con la información solicitada. 8 De la anterior respuesta, pueden desprenderse al menos tres reflexiones: 1) Que Conagua no ha llevado a cabo actividades de inspección y vigilancia respecto de las concesiones de agua utilizadas para la fracturación de los pozos señalados; 2) Que Pemex no ha realizado solicitud alguna o informado sobre la verificación del cumplimiento de los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales; y 3) Que, contrariamente a lo que refiere PEP, no se cuentan con elementos para confirmar que haya cumplido con dichos Lineamientos.
Los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales,emitidos por Conagua durante el sexenio pasado, y vigentes desde el 30 de agosto de 2017, han sido calificados por las organizaciones agrupadas en la AMCF como insuficientes 9 por no salvaguardar efectivamente tres intereses fundamentales: el derecho humano a un medio ambiente sano, el derecho humano al agua y el derecho humano a la salud.
La anterior consideración es sumamente preocupante no solo porque —de acuerdo con las voces experimentadas— tenemos una regulación laxa e insuficiente en materia de protección y conservación de las aguas nacionales destinadas a la extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, sino también porque se observa que no contamos con mecanismos efectivos para verificar que los concesionarios cumplan con la ley.
Más allá del compromiso presidencial de no realizar fracking, se hace necesaria una regulación que prohíba este método no convencional de extracción de hidrocarburos. Cada vez existen más estudios que detallan la evidencia de los daños que causan las operaciones asociadas con las perforaciones, la fracturación hidráulica y con la construcción de la infraestructura para el gas obtenido a través de este método. De acuerdo con la sexta edición del Compendio de hallazgos científicos, médicos y de medios de comunicación que demuestran los riesgos y daños del fracking (extracción no convencional de gas y petróleo)(2019) —en adelante, el Compendio— 10 existen más de mil 700 estudios disponibles que hacen referencia al desarrollo de esta actividad, sus riesgos asociados, los impactos a la salud pública y al ambiente, y de los cuales sobresalen los siguientes datos 11:
• 69 por ciento de los estudios de investigación originales sobre calidad del agua encontraron evidencias claras o potenciales de contaminación del agua asociada con el fracking;
• 87 por ciento de los estudios de investigación originales sobre calidad del aire descubrieron emisiones significativas de contaminantes en el aire; y
• 84 por ciento de los estudios de investigación originales sobre riesgos a la salud humana encontraron evidencias de daños o indicadores de daños potenciales. De acuerdo con Ferrar y colaboradores (2019), 90.3 por ciento de todos los estudios de investigación originales publicados entre 2016 y 2018 sobre los impactos que tiene el fracking en la salud, revelaron una asociación positiva con algún daño o daño potencial. 12
A continuación, se enlistan los principales riesgos socio-ambientales relacionados con el fracking 13:
1. Contaminación del agua
La contaminación puede ocurrir a través de tres vías: migración subterránea de químicos, incluyendo el gas, hacia el agua subterránea, descarga de desechos de fracking en aguas superficiales y derrames.
El metano y los contaminantes relacionados con el fracking pueden llegar al agua subterránea a través de grietas en el revestimiento de los pozos, de espacios entre el revestimiento y el pozo y de fracturas y fisuras naturales que conectan las capas de lutitas con los acuíferos y a través de pozos abandonados. La migración del metano a los acuíferos puede cambiar la química del agua en formas que movilizan los metales o liberan sulfuro de hidrógeno.
En Texas encontraron 19 contaminantes diferentes relacionados con el fracking, incluyendo el benceno —que es un causante de cáncer—, en cientos de muestras de agua potable recolectadas del acuífero que cubre la zona de la Cuenca de Lutitas de Barnett, la cual ha sido perforada recurrentemente. En Pensilvania, se encontró un solvente que se usa en el fluido de fracking en pozos de agua potable cercanos a las operaciones que se sabe que tienen problemas con el revestimiento de sus pozos.
Por otro lado, la descarga de desechos de fracking en aguas superficiales pone en riesgo la salud de las personas que dependen de estos cuerpos de agua para cubrir sus necesidades básicas, incluido el acceso del agua para consumo personal y doméstico. Además de los problemas de contaminación, se debe tomar en cuenta que el agua utilizada para el fracking amenaza el suministro de agua potable debido al agotamiento de los recursos, especialmente en las regiones áridas.
En 2018 se reportó que el agua utilizada para las operaciones de fracking en Estados Unidos de América (EUA) aumentó en 770 por ciento por pozo, entre 2011 y 2016, mientras que la cantidad de aguas residuales generada aumentó mil 440 por ciento.
2. Contaminación del aire y liberación de metano a la atmósfera
Se tienen registros de niveles muy elevados de contaminantes tóxicos, incluido el benceno, así como otros precursores químicos del ozono en operaciones de perforaciones de fracking y su infraestructura auxiliar.
Se han detectado más de 200 contaminantes químicos en el aire cerca de los sitios de perforación y fracking, de los cuales 61 están clasificados como contaminantes peligrosos para el aire, incluyendo los carcinógenos; 26 son compuestos que alteran el sistema endócrino que se han relacionado con daños reproductivos, del desarrollo y neurológicos. Las operaciones de perforación y fracking emiten partículas finas y vapores que se combinan para crear ozono; se sabe que la exposición a estos contaminantes causa muerte prematura, exacerba el asma y contribuye a complicaciones en los partos, al aumento en las tasas de hospitalización y visitas a la sala de emergencias.
A nivel regional se tienen evidencias importantes en relación a la mala calidad del aire, principalmente en Estados Unidos, a causa del fracking:
• El estado de California determinó que el fracking puede tener impactos “significativos e inevitables” en la calidad del aire, como el aumento de los niveles de contaminantes en circulación por encima de los estándares de calidad;
• En Front Range, Colorado, una zona altamente perforada para el fracking, los compuestos orgánicos volátiles (COV) de las operaciones realizadas con motivo de esta práctica, junto con los óxidos de nitrógeno, son los responsables de 17 por ciento del ozono de producción local. Colorado ha excedido los límites de ozono a nivel federal durante la última década, un período que corresponde al auge en la perforación para extraer petróleo y gas;
• En la Cuenca de Lutitas de Barnett, en un yacimiento fuertemente perforado al noreste de Texas, las emisiones de metano eran 50 por ciento superiores a lo estimado por la Agencia de Protección del Medio Ambiente de EUA (EPA, por sus siglas en inglés). Las operaciones de fracking y su infraestructura asociada contribuyeron a 71 por ciento-85 por ciento de las emisiones de metano en la región.
3. Afectaciones a la salud
Las afectaciones a la salud asociadas al fracking han sido fuertemente documentadas y abarcan una importante diversidad de padecimientos. Entre estos se destacan diferentes tipos de cáncer, asma, riesgo de parto prematuro y salud infantil deficiente, así como el doble de riesgo de sufrir migraña, síntomas nasales y de senos paranasales crónicos y fatiga severa.
En algunas comunidades de Colorado, la contaminación del aire cerca de las operaciones de perforación y fracking es lo suficientemente alta como para elevar los riesgos de cáncer. También en Colorado se detectaron índices más altos de leucemia entre niños y adultos jóvenes que viven en áreas con alta densidad de pozos de petróleo y gas.
Un equipo de investigación de la Universidad de Yale reportó que los carcinógenos involucrados en operaciones de fracking tenían el potencial de contaminar tanto el aire como el agua en las comunidades cercanas en formas que podrían aumentar el riesgo de leucemia infantil. El equipo de Yale identificó 55 carcinógenos conocidos, o posibles carcinógenos, que se sabe son utilizados en operaciones de fracking y que pueden ser liberados en el aire y el agua, y de los cuales 20 están relacionados con la leucemia o el linfoma.
Respecto del riesgo de padecer asma, en Pensilvania, las personas que viven cerca de pozos activos de gas tienen de 1.5 a cuatro veces más probabilidades de sufrir ataques de asma que las que viven más lejos, siendo el grupo más cercano el que presenta el mayor riesgo
Un estudio realizado en Pensilvania en 2015, encontró un aumento de 40 por ciento en el riesgo de parto prematuro entre los bebés nacidos de madres que vivían cerca de un centro de perforación activa y emplazamientos de fracking; mientras que un estudio realizado en Colorado en 2014 descubrió una incidencia elevada de defectos en los tubos neurales y de condiciones cardíacas congénitas. Asimismo, nuevos estudios en Texas y Colorado descubrieron una asociación con la muerte infantil, embarazos de alto riesgo y bajo peso en el recién nacido. Un estudio piloto realizado en 2017 en British Columbia descubrió niveles elevados de ácido mucónico —un marcador de la exposición al benceno— en la orina de mujeres embarazadas que viven cerca de las zonas de fracking.
4. Sismicidad inducida
Cada vez existe más evidencia sobre la mecánica que causa los terremotos a partir del fracking.A esto, hay que sumar que ningún modelo puede predecir cuándo o cómo ocurrirán los sismos o qué tan potentes serán. Nuevas investigaciones demuestran que los terremotos inducidos pueden ocurrir a varios kilómetros de los sitios de fracking.
Se sabe que la inyección de aguas residuales de fracking en pozos de eliminación subterráneos desencadena enjambres sísmicos en varios lugares, como han demostrado varios estudios importantes que emplearon distintas metodologías. Una nueva investigación en Canadá, Oklahoma (EUA) y China relaciona la práctica del fracking con los terremotos, incluyendo algunos que pueden desencadenarse a varios kilómetros de distancia de los pozos, e incluso varios años después, lo que sugiere que los riesgos sísmicos han sido subestimados, pues las áreas en riesgo son mucho mayores y éste perdura por períodos más prolongados de tiempo.
El número de terremotos de tres grados o superiores aumentó en Oklahoma, EUA a raíz del inicio del auge del fracking; antes de 2009 se registraban menos de dos al año y para 2015, más de 900. El terremoto de 5.8 grados que azotó cerca de Pawnee el 3 de septiembre de 2016 fue el más severo en la historia de Oklahoma y dio lugar a que los reguladores estatales promulgaran una orden para cerrar 67 pozos de evacuación de aguas residuales en la zona. En octubre de 2016, la EPA recomendó una suspensión a la inyección subterránea de aguas residuales de fracking en algunas partes de Oklahoma que son propensas a los terremotos, pues las regulaciones no habían resuelto el problema. La frecuencia de los terremotos comenzó a disminuir en el estado en 2017. En febrero de 2018, después de una nueva serie de terremotos, el estado restringió aún más las actividades de fracking.
5. Liberación de materiales radiactivos naturales
Los materiales radiactivos naturales que se encuentran en las capas de lutita que contienen petróleo y gas natural, son llevados a la superficie en los residuos sólidos eliminados durante la perforación (esquirlas de perforación) y en las aguas residuales de fracking. Los radionúclidos también pueden acumularse en tuberías y equipos, y el fracking puede abrir vías para la migración de materiales radiactivos.
Varias sustancias radioactivas, incluyendo radio, torio y uranio, han sido detectadas en las aguas residuales de fracking. Un estudio realizado en 2018 en la región de la Cuenca de Lutitas de Marcellus demostró que la salinidad extrema, así como la composición química del fluido de fracking, interactúa con la lutita durante el proceso de fracturación, de manera que moviliza el radio, y provoca que las aguas residuales de esa actividad sean radiactivas.
Por otra parte, un estudio simultáneo del radio-226 en aguas residuales de fracking en la Cuenca de Lutitas de Bakken de Dakota del Norte, encontró riesgos potenciales a la salud humana debido a derrames de aguas residuales en el agua superficial.
Pocos países son los que han promovido alguna regulación para prevenir y atender los riesgos asociados con el fracking,entre los que encontramos a Canadá, Reino Unido, algunos estados de los Estados Unidos y Alemania. Sin embargo, es importante destacar que ningún marco reglamentario conocido a nivel internacional mitiga adecuadamente los múltiples riesgos de este método de extracción.
En nuestro país, los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales —emitidos por Conagua— y las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales en tierra —emitidas el 16 de marzo de 2017 por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA)—, constituyen dos instrumentos regulatorios del fracking que, de acuerdo con distintos especialistas, también son insuficientes.
En efecto, del análisis de los Lineamientos para la protección y conservación de las aguas nacionales,observamos que esta regulación carece de medidas de prevención de la sobreexplotación y la contaminación del agua, además de que no contribuye a garantizar la disponibilidad del recurso para dar cumplimiento los derechos humanos asociados al agua, como a continuación se explica:
1. Los Lineamientospermiten que, en caso de no existir disponibilidad de agua en la cuenca o acuífero donde se localice el área de exploración y extracción de hidrocarburos (área contractual), la persona o empresa autorizada podrá gestionar la transmisión de títulos de concesión para acceder a las aguas nacionales.
De acuerdo con la Ley de Aguas Nacionales (LAN), la Conagua debe valorar el otorgamiento o negativa de la transmisión, cuando con ello se afecten derechos de terceros, o se alteren o modifiquen las condiciones hidrológicas o ambientales en la cuenca o acuífero. Aun cuando, en principio, parecería que la Conagua realiza una evaluación sobre la pertinencia de autorizar el cambio en la titularidad de derechos, los criterios para conceder lo anterior no están claramente definidos a nivel legal ni reglamentario, ni se garantiza que ellos tengan un enfoque de sustentabilidad. La flexibilidad e ineficacia de las disposiciones que regulan la transmisión de derechos ha sido criticada ampliamente, incluso al punto de señalarse que únicamente favorecen el surgimiento de mercados negros del agua.
2. A lo anterior, hay que sumar que una gran cantidad de cuencas ya se encuentran en extremo estrés hídrico, por lo que, contrariamente a otorgar o transmitir concesiones que requieren grandes volúmenes de agua, la Conagua debería estar evaluando la restricción de los volúmenes ya concesionados en la cuenca. Asimismo, antes de autorizar nuevas concesiones debería evaluar, primeramente, si la distribución del agua en la cuenca ya garantiza el derecho humano al agua, es decir, el agua para uso personal y doméstico.
La ausencia de garantías para dar cumplimiento al derecho humano al agua que se observa en la LAN, se reitera en los Lineamientospor ser estos una norma inferior que depende de la Ley, como resulta obvio. Y es que, de acuerdo con el artículo 6 de los Lineamientos,la solicitud de concesión de aguas para la extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, se sigue conforme al procedimiento establecido en la LAN, por lo que el criterio para su otorgamiento dependerá del orden en el que se hagan las solicitudes, y no del impacto ambiental o en la disponibilidad del agua que pudieran tener las actividades para las cuales se requiere el uso del agua.
3. Además de los problemas que para la disponibilidad del agua significa el modelo de otorgamiento de concesiones vigente, el artículo 5 de los Lineamientospermite que las empresas interesadas soliciten títulos para la extracción de aguas marinas interiores o del mar territorial, de manera que puedan desalinizarlas y ocuparlas posteriormente para la extracción de hidrocarburos. Esta disposición resulta problemática para la protección del medio ambiente, considerando que el frackingrequiere grandes volúmenes de agua y la desalinización genera grandes cantidades de salmuera que terminan contaminando los cuerpos de agua.
4. La ausencia de medidas de prevención de la contaminación del agua en los Lineamientosse observan, por ejemplo, en el artículo 8, inciso i), que requiere a las empresas interesadas el listado de los aditivos a emplear para la preparación de los fluidos fracturantes. Aunque este requisito exige el señalamiento del nombre comercial, formulación química, identificación numérica para compuestos químicos, volumen a utilizar y hojas de datos de seguridad, no existe restricción alguna por parte de las autoridades respecto de cuáles aditivos pueden ser empleados y cuáles no.
5. Adicionalmente, el artículo 11 de los multicitados Lineamientosestablece que la Conagua podrá monitorear los pozos para la extracción de aguas que construyan las empresas interesadas, previo aviso a las mismas. La primera deficiencia de esta disposición es que no se especifican los parámetros que se medirán para conocer la calidad del agua. En segundo lugar, dar aviso a los concesionarios del monitoreo de los pozos, puede provocar la modificación de las condiciones de la calidad para obtener resultados favorables y, en tercer lugar, no se advierte la finalidad de dicho monitoreo, lo cual es necesario para determinar qué está evaluado o qué consecuencias se impondrían a las empresas como resultado de una evaluación desfavorable.
6. Ahora bien, como antes se ha señalado, las sustancias utilizadas para el fracking, son altamente tóxicas y contaminantes, por lo que su disposición final debe estar estrictamente regulada para evitar daños al medio ambiente y a la salud humana. En el artículo 15 de los Lineamientosse establece que, para la disposición final de las aguas residuales del área contractual para la extracción de hidrocarburos, las empresas deberán seguir los procedimientos establecidos en la LAN, así como dar cumplimiento a las condiciones particulares que se establezcan en su permiso de descarga.
Una regulación tan laxa como la establecida en la LAN para la disposición final de aguas residuales altamente contaminantes no garantiza el cumplimiento de los derechos humanos a la salud y a un medio ambiente sano. En México ha habido una discusión importante respecto a las limitantes de la regulación sobre el tratamiento y disposición de aguas residuales, ya que los parámetros aquí establecidos no son acordes con las recomendaciones internacionales, además de no contemplar condiciones de descarga según los usos del agua. En este sentido, una regulación que ya es deficiente para la descarga de aguas utilizadas para el uso doméstico, agrícola o industrial, no puede considerarse idónea para la disposición de aguas que contienen sustancias químicas contaminantes, incluidas algunas reportadas como cancerígenas.
7. El artículo 16 establece que, en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, las empresas tienen obligación de prevenir la infiltración de sustancias contaminantes al subsuelo y los acuíferos, para lo cual deben instalar capas impermeables que aíslen el terreno de perforación, y las áreas de depósito de fluidos y aditivos.
Estas medidas son insuficientes para prevenir filtraciones y contaminación de los acuíferos. El metano y los contaminantes relacionados con el fracking pueden llegar al agua subterránea a través de grietas en el revestimiento de los pozos, de espacios entre el revestimiento y el pozo y de fracturas y fisuras naturales que conectan las capas de lutitas con los acuíferos, y a través de pozos abandonados. La migración del metano a los acuíferos puede cambiar la química del agua en formas que movilizan los metales o liberan sulfuro de hidrógeno.
Ahora bien, respecto de los Lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales en tierra,emitidos por la ASEA, encontramos lo siguiente:
1. Estos disponen que las medidas de prevención de riesgos para la salud y la integridad humana y de protección al medio ambiente, se implementarán hasta en tanto su implementación no genere costos significativos o un grado de dificultad importante para el desarrollo de las actividades de fracking. Esta disposición establece, en su fracción II, que:
Artículo 7. Los Regulados deberán llevar a cabo las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales, conforme a los siguientes principios:
I. ...
II. La adopción de medidas o Barreras de control técnicas, operativas y/u organizacionales, asociadas a la fracción anterior, se deberá realizar hasta que se alcance un punto en el que el beneficio marginal de la adopción de medidas o Barreras adicionales sea superado por otras cuestiones, tales como el costo o grado de dificultad en la implementación.
De lo anterior puede desprenderse que los Lineamientosen materia de protección ambiental, anteponen criterios económicos a aquellos que deberían interesar a la sustentabilidad y la protección del medio ambiente.
2. Los Lineamientosde la ASEA tampoco consideran la liberación de contaminantes altamente tóxicos a la atmósfera como un peligro a considerar en las actividades de explotación y extracción en yacimientos no convencionales. Esto, porque su artículo 12 establece que las empresas reguladas deberán identificar, por sí mismas, los peligros asociados a las actividades antes mencionadas. Entre esos peligros considera el ruido, el manejo de materiales y residuos peligrosos, los impactos ambientales, los fluidos en contenedores de presión, las emisiones de metano, las explosiones, choques o colisiones y las instalaciones eléctricas, pero no contemplan la obligación de informar sobre la potencial emisión de materiales radioactivos que, como hemos mencionado antes, tienen un impacto en la salud de las personas de las poblaciones cercanas a los pozos donde se lleva a cabo el fracking.
3. Además de la insuficiencia en la regulación de la prevención de riesgos y daños al medio ambiente, el artículo 13 de estos Lineamientospermite a las empresas reguladas hacer su propia evaluación sobre la frecuencia, probabilidad e impacto de posibles situaciones de riesgo o emergencia; es decir, que no se exige de las autoridades una evaluación imparcial que pueda imponer controles y supervisión a las empresas que lleven a cabo fracking.
4. Como antes se estableció, se ha encontrado evidencia respecto al aumento en la actividad sísmica en zonas donde se realizan operaciones de fracking,a causa de las perforaciones que las empresas llevan a cabo para la construcción de pozos .A razón de esto, por ejemplo, el Reino Unido suspendió este método de extracción de hidrocarburos desde 2019, por temor a que pueda inducir a una mayor actividad sísmica.
A este respecto, observamos que los Lineamientosde la ASEA exigen a las empresas reguladas informar y conservar los documentos que den cuenta de la actividad sísmica en las áreas autorizadas para la extracción en yacimientos no convencionales ,pero no contemplan de forma alguna el monitoreo de la actividad sísmica que puede generarse como consecuencia de dichas actividades.
5. Otros problemas de regulación ambiental detectados son:
• Los lineamientos para reducir los riesgos e impactos ambientales establecidos en el artículo 41 no especifican procedimientos de mitigación del riesgo en la preparación, acondicionamiento, uso, manejo y disposición final de los fluidos y materiales utilizados;
• Las empresas reguladas no están obligadas a realizar el tratamiento del fluido de retorno para disminuir con ello el volumen de aguas de primer uso en los trabajos de fracturación, sino que podrán realizarlo “cuando sea posible”;
• Las empresas reguladas definen por ellas mismas las características de peligrosidad del fluido de retorno, además que no están obligados a entregar esa información a menos que la autoridad la requiera;
• Existe ambigüedad respecto a “las mejores prácticas” con las cuales deben construirse los pozos de disposición para el fluido de retorno, mismo que, en caso de permanecer en el subsuelo, puede tener implicaciones para la calidad del agua subterránea. Si además consideramos que los Lineamientosde Conagua no exigen una disposición específica para las aguas residuales que se producen con las actividades de extracción aquí estudiadas, los riesgos aumentan; y
• Únicamente se prevén disposiciones para prevenir fugas de gas metano, sin embargo, existe evidencia sobre una gran cantidad de otros contaminantes a la atmósfera que tienen repercusiones importantes para la salud, y que no están siendo tomados en cuenta para evitar los riesgos asociados a ellos.
6. Tanto los lineamientos emitidos por Conagua, como los emitidos por la ASEA, adolecen de problemas de ambigüedad, imprecisión e insuficiencia en la regulación del impacto ambiental.
Adicionalmente, como adelantamos en el punto 5, en los Lineamientosse observan disposiciones diversas que permiten una autorregulación por parte de las empresas interesadas, lo que consecuentemente genera una ausencia por parte de la autoridad para hacer valer ciertos controles que eviten la ocurrencia de emergencias o daños al medio ambiente. Ejemplo de ello es el artíuclo 23, que reconoce la figura de los terceros autorizados para evaluar y dictaminar técnicamente el cumplimiento de la normatividad aplicable por parte de las empresas que presentan proyectos de exploración o extracción, situación que no garantiza imparcialidad ni confiabilidad en la evaluación que de las empresas se haga.
Otro ejemplo se encuentra en el artículo 27 ,que exige a las empresas reguladas la no afectación de áreas ambientales sensibles, corrientes perennes, cuerpos de agua y núcleos poblacionales, lo cual se determina a partir de los resultados derivados de un Análisis de Riesgos elaborado por la propia empresa, de conformidad con el artículo 10 de los Lineamientos.
Una vez expuesto el análisis sobre la insuficiencia regulatoria en materia de prevención de daños a la salud humana, el medio ambiente y la calidad del agua de los Lineamientos emitidos por la Conagua y la ASEA para las actividades de explotación y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, conviene recordar que en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se encuentran pendientes de dictamen dos iniciativas presentadas durante esta LXIV Legislatura.
Las iniciativas, turnadas a la Comisión de Energía, plantean reformar la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos para prohibir la práctica del fracking,entre otras cuestiones:
Por las razones antes expuestas, consideramos de interés público conocer si durante el actual gobierno se han llevado a cabo actividades de extracción de hidrocarburos en yaci-mientos no convencionales por parte de Pemex o alguna de sus empresas productivas; así como si se ha dado cumpli-miento a la normatividad emitida por Conagua y la ASEA en esta materia, misma que —como hemos explicado reiterada-mente a lo largo de este documento— es insuficiente para prevenir efectivamente los daños a la salud humana, el medio ambiente y la calidad del agua, asociados a la práctica del fracking.
Por lo anteriormente expuesto, se proponen los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al director de Petróleos Mexicanos a transparentar si esta empresa productiva del Estado ha realizado actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, particularmente en los pozos Maxochitl-1Exp; Kaneni-1Exp; y Pankiwi-1Exp, ubicados en Puebla y Veracruz.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al director de Petróleos Mexicanos a que, en caso de haber realizado actividades de extracción de hidrocarburos en los pozos señalados en el primer punto, transparente los documentos que den cuenta del cumplimiento de la normatividad vigente emitida por la Comisión Nacional del Agua en materia de protección y conservación de las aguas nacionales en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales; así como de la normatividad vigente en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales en tierra, emitida por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua y a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a transparentar los dictámenes técnicos presentados por Petróleos Mexicanos para informar del cumplimiento de la normatividad emitida por dichas dependencias en materia de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, particularmente, respecto de los pozos señalados en el primer punto.
Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Energía de esta honorable Cámara de Diputados, a continuar con el análisis y discusión de las iniciativas con proyecto de decreto presentadas por legisladores de esta LXIV Legislatura, en las cuales se propone la prohibición de la práctica del frackingen nuestro país, a fin de evitar los daños a la salud humana y al medio ambiente asociados a este método de extracción de hidrocarburos, en atención al principio precautorio en materia ambiental.
Notas
1 Presidencia de la República (2019). 100 compromisos del presidente Andrés Manuel López Obrador a un año del triunfo. Disponible en:
https://presidente.gob.mx/100-compromisos-del-presidente-andres- manuel-lopez-obrador-a-un-ano-del-triunfo/. (Consultado el 2 de febrero de 2021)
2 Ídem.
3 Conferencia del miércoles, 20 de mayo de 2020. Disponible en:
https://www.youtube.com/watch?v=DSvP8UT9yWI&feature=youtu.be . (Consultada el 29 de enero de 2021)
4 Ídem.
5 Información obtenida mediante la solicitud de acceso a la información pública con folio 1857500073120, presentada por las organizaciones de la Alianza Mexicana contra el Fracking a Pemex Exploración y Producción el 6 de octubre de 2020. Enlace disponible en su boletín de prensa de fecha 2 de diciembre de 2020:
https://nofrackingmexico.org/pemex-le-miente-al-presidente-hace- fracking-y-usa-agua-de-forma-ilegal/ (Consultado el 4 de febrero de 2021)
6 Los nombres de estos pozos son Chaxán-1Exp y Semillal-1Exp.
7 Respuesta otorgada por Pemex Exploración y Producción a la solicitud de información promovida por organizaciones de la AMCF, disponible en:
https://www.dropbox.com/s/y6ccm7lg79mtnu5/Pemex%20-%201857500073 120.pdf?dl=0. (Consultada el 10 de febrero de 2021)
8 Respuesta otorgada por Conagua a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 1610217620, promovida por organizaciones de la AMCF, disponible en:
https://www.dropbox.com/s/qb9dzf0n744dpjy/Conagua%20-%2016101002 17620.pdf?dl=0 (Consultada el 10 de febrero de 2021)
9 Alianza Mexicana contra el Fracking. “Pemex le miente al Presidente: hace fracking y usa agua de forma ilegal”. 2 de diciembre de 2020. Disponible en:
https://nofrackingmexico.org/pemex-le-miente-al-presidente-hace- fracking-y-usa-agua-de-forma-ilegal/. (Consultado el 4 de febrero de 2021)
10 Disponible en: https://concernedhealthny.org/
11 Hays, J., & Shonkoff, S. B. C. (2016). Toward an understanding of the environmental and public health impacts of shale gas development: An analysis of the peer-reviewed scientific literature, 2009-2015. PLOS One, 11(4), e0154164. doi: 10.1371/journal. pone.0154164
12 Ferrar, K., Jackson, E., & Malone, S. (2019). Categorical review of health reports on unconventional oil and gas development: Impacts in Pennsylvania. FracTracker Alliance Issue Paper. Disponible en
https://www.delawareriverkeeper.org/sites/default/files/FracTrac kerAlliance_DRKHealthReview_Final_4.25.19_0.pdf)
13 La información aquí presentada es una síntesis del Compendio de hallazgos científicos, médicos y de medios de comunicación que demuestran los riesgos y daños del fracking (extracción no convencional de gas y petróleo), op. cit.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Laura Mónica Guerra Navarro (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
SE INFORME DE LA SITUACIÓN LABORAL DE LOS 80 TRABAJADORES A QUIENES SE LES ANUNCIÓ SU DESPIDO DE LOS DISTINTOS CONSULADOS EN LOS QUE PRESTABAN SUS SERVICIOS
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la SRE para que haga del conocimiento público la situación laboral de al menos 80 trabajadores de consulados a quienes a finales de diciembre se anunció su despido, a cargo de la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Saraí Núñez y las y los diputados pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que haga del conocimiento público, la situación laboral que enfrentan al menos 80 trabajadores que a finales de diciembre se les anunció su despido de los distintos consulados en los que prestaban sus servicios, bajo el argumento que el Departamento de Estado no renovaría sus visas A2, al tenor de la siguiente
Exposición de motivos
El Comité de Empleados Consulares mexicanos en Estados Unidos envió una carta al secretario de Relaciones Exteriores (SRE), Marcelo Ebrard, en la que le piden resolver la situación que enfrentan al menos 80 trabajadores que a finales de diciembre se les anunció su despido de los distintos consulados en los que prestaban sus servicios, bajo al argumento que el Departamento de Estado no renovaría sus visas A2 en los meses próximos.
Nos extraña esta decisión en esta época tan difícil donde hay una crisis laboral, económica y de salud en el país y en donde los esfuerzos del gobierno federal deben de ser humanitarios y solidarios no lo contrario con los trabajadores, el presidente Andrés Manuel López Obrador en su conferencia del pasado 8 de enero se comprometió a no eliminar el derecho de trabajo de los empleados consulares, pero este solo es letra muerta, ya que fueron despedidos más de 80 trabajadores. Es un hecho sin precedentes que comenzó a ocurrir el 23 de diciembre pasado, justo al día siguiente en donde declaró en medios: “Nos encontramos en negociaciones para resolver su situación laboral que es incierta y no es justa”. 1
Este acto unilateral e inesperada de los despidos dejó a docenas de empleados con más de 20 años de servicio y a nuestras familias en el limbo laboral, económico, sin un estatus migratorio en Estados Unidos y sin tiempo ni recursos suficientes para realizar preparativos básicos para un regreso digno y ordenado a nuestro país, en contexto inusualmente complicado determinado por la emergencia sanitaria del covid-19.
Es por lo anterior que es imperante se le dé contestación a este punto de acuerdo y se le dé respuesta a los empleados locales consulares que solicitan la reinstalación inmediata de los trabajadores despedidos o en su defecto, indemnización o compensación acorde sus años de servicio y que se resuelva su situación consular dando una moratoria en todos los despidos hasta que el Departamento de Estado emita una decisión sobre las visas A2. Así como el reconocimiento oficial de empleados como trabajadores de la Secretaría, con todos los derechos y obligaciones que la ley laboral indica.
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que haga del conocimiento público, la situación laboral que enfrentan al menos 80 trabajadores que a finales de diciembre se les anunció su despido de los distintos consulados en los que prestaban sus servicios, bajo el argumento que el Departamento de Estado no renovaría sus visas A2.
Nota
1 https://conexionmigrante.com/2021-/01-/14/despiden-a-80-trabajado-res-de-consul ados-de-mexico-en-eeuu-exigen-reinstalacion-o-pago/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.
APOYAR EL ACCESO AL SUBSIDIO PARA LA CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES LABORALES LOCALES EN BAJA CALIFORNIA
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la STPS a apoyar el acceso al subsidio para crear los tribunales laborales locales en BC, a cargo de la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Miriam del Sol Merino Cuevas, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración la presente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
El 24 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones a los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de justicia laboral.
El 1º de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva.
El 29 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos por los que se establecen las bases y requisitos que deberán cumplir las Entidades Federativas para acceder al subsidio destinado a la Segunda Etapa de Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral.
La reforma en materia de Justicia Laboral tiene como objetivo que la impartición de justicia sea de una manera más ágil, expedita e imparcial.
En las entidades federativas se crearán tribunales laborales dependientes del Poder Judicial que sustituirán a las juntas laborales de conciliación y arbitraje locales.
El estado de Baja California se encuentra en la segunda etapa de la implementación de la reforma laboral en materia de justicia laboral, iniciando operaciones en octubre de 2021.
En el Presupuesto de Egresos para el estado de Baja California en el ejercicio 2021 no se contempla una partida destinada específicamente a la creación de los tribunales laborales locales.
Existe preocupación por diversos sectores de la sociedad y autoridades por el cumplimiento en tiempo de la instalación e implementación de los tribunales laborales en el estado de Baja California para octubre de 2021.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó los lineamientos para acceder al subsidio destinado a la Segunda Etapa de Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, específicamente para la creación de los Centros de Conciliación y Tribunales Laborales Locales.
El 15 de marzo de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Baja California (TSJBC) documentó todos los requisitos para solicitar los fondos federales para la creación de los Tribunales Laborales Locales.
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el apoyo para acceder al subsidio para la creación de los Tribunales Laborales Locales en el Estado de Baja California.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de Baja California para que incorpore en su presupuesto de egresos la partida correspondiente a la creación de los tribunales laborales locales para el Estado de Baja California.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Miriam del Sol Merino Cuevas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
DIRIMIR EL CONFLICTO RESPECTO A LOS TERRENOS DEL ALBERGUE DE OASIS DE SAN JUAN DE DIOS EN CONKAL, EN YUCATÁN
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a autoridades federales y estatales a dirimir el conflicto respecto a los terrenos del albergue Oasis de San Juan de Dios, en Conkal, Yucatán, a fin de garantizar la seguridad y los derechos humanos de quienes viven con VIH, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Martha Tagle Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; numeral 1, fracción II del artículo 79 y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 2 de marzo se suscitaron hechos violentos en el albergue Oasis de San Juan de Dios, ubicado en Conkal, Yucatán. De acuerdo con las versiones periodísticas se informó que diversas personas que portaban machetes y algunos otros objetos punzocortantes, acompañadas por la Policía municipal y la jueza de paz, ingresaron por la fuerza al albergue, lanzando amenazas y amedrentando al personal que trabaja en él con la finalidad de que desalojaran el inmueble. 1
Lo anterior es una violación grave a los derechos humanos de las personas que habitan el albergue, ya que en éste se atiende a personas que viven con VIH o que ya tienen el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, su labor es sin fines de lucro, por lo que parte de estos terrenos es utilizada como granja de cerdos, que es uno de los medios de subsistencia del albergue.
Quienes laboran en el albergue han señalado y confirmado que los terrenos que por años ha utilizado el albergue Oasis de San Juan de Dios fueron donados por un grupo de personas de la comunidad de Conkal. 2
En ese sentido, han reiterado que el Oasis de San Juan de Dios es una organización sin fines de lucro que inició sus trabajos en 1996, a través de un grupo de personas que fueron directa o indirectamente afectados por la pandemia del VIH y SIDA.
Hasta el día de hoy, su trabajo es totalmente gratuito y se enfoca a brindar atención a las personas que viven con VIH, en su mayoría indígenas. Entre otros servicios ofrece atención integral en aspectos como vivienda, rehabilitación, defensa de los derechos humanos, la prevención y capacitación, incidencia política, la promoción, y servicios funerarios. Las personas beneficiarias son la gente de escasos recursos y sin seguridad social, de todas las edades, con prioridad al campo rural e indígenas que viven con VIH/SIDA.
Es necesario subrayar que el albergue cumple una función social muy relevante pues cubre necesidades básicas de las personas que viven VIH ante la ausencia de políticas públicas integrales de atención por parte del Estado.
Este problema sobre el desalojo inició desde 1996, ya que en el municipio se ha documentado la celebración de asambleas ilícitas entre ejidatarios de Conkal para disputar las tierras que le fueron donadas al albergue en 1986. En ese sentido, señalan que en aquellos años, el Tribunal Unitario Agrario emitió una sentencia favorable al albergue Oasis y le otorgó la posesión del terreno en disputa. 3 Es preciso señalar que, el Oasis de San Juan de Dios, que alberga y defiende derechos de personas que viven con VIH, tiene la posesión de esos terrenos desde 1986.
Pese a la existencia de la sentencia, un comisario ejidal de la localidad les empezó a comprar los títulos a otros ejidatarios y se los vendió a las constructoras. En 2011, se presentó una persona que aseguró ser agente ministerial quien pidió el desalojo del predio porque había otros dueños. El 18 de septiembre de 2013, empresarios de la industria inmobiliaria reclamaron la posesión de los terrenos del Oasis e invadieron la mitad del área correspondiente a la granja bajo con argumento de que nadie la utilizaba. Fueron acompañados por elementos de las Policías estatal y municipal, además de maquinaria para tomar posesión del predio, acompañados de un notario de la entidad.
Ese mismo día, el señor Carlos Renán Méndez Benavides, presidente y director del albergue, presentó denuncia en la Agencia Trigésimo Quinta del Ministerio Público del Fuero Común misma que quedó registrada con el número de averiguación previa 35/2399/2013, pese a que ya han transcurrido casi 8 años, el fiscal investigador no se ha pronunciado sobre el destino de la referida indagatoria, en el sentido de decretar el ejercicio o no de la acción penal, lo anterior acarrea responsabilidad al Agente del Ministerio Publico, puesto que, es su obligación tomar todas las medidas necesarias para la investigación e integración de las averiguaciones previas, a partir de que tienen conocimiento de un hecho que reviste características de un delito, dictando la resolución que concluya con dicha averiguación y que en derecho proceda, esto es, el no ejercicio de la acción, la formulación de la imputación, o bien la reserva de diligencias, con motivo de alguno de los supuestos que prevé la ley.
Ante el intento de desalojo que volvió a presentarse el pasado 2 de marzo la Red Mexicana de Organizaciones en contra de la Criminalización del VIH, acompañada de más de treinta organizaciones de la sociedad civil nacionales y con trabajo local en diversos estados de la República Mexicana, emitieron un pronunciamiento en el que manifiestan su solidaridad con el albergue de Oasis de San Juan de Dios, por la importante actividad que desarrollan en Conkal, Yucatán, al tiempo que exigen el cese al hostigamiento en contra de la agrupación y de su presidente, Carlos Renán Méndez Benavides.
Cabe señalar que al caso del albergue se suman más de 500 asuntos acorde al Programa Estratégico del Registro Agrario Nacional 2021-2024 de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), que ha documentado que en el país se tienen identificados más de 500 conflictos agrarios, 80 por ciento de ellos de gran relevancia, por su impacto social y medio ambiental.
También se advierte que la corrupción se identificó tanto en servidores públicos representantes de ejidos y comunidades, como litigantes y gestores. “En muchos casos se trataba de funcionarios del sector, quienes ejercían presión y hasta violencia y despojo, en complicidad con agentes inmobiliarios para lograr la enajenación de tierras ejidales”. 4
Nuestra Constitución política señala expresamente en su artículo 27 que “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana”.
En ese sentido el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el despacho de los siguientes asuntos:
“I. Elaborar y conducir las políticas de vivienda, ordenamiento territorial, desarrollo agrario y urbano, así como promover y coordinar con las entidades federativas, municipios y, en su caso, las alcaldías de la Ciudad de México, la elaboración de lineamientos para regular:
b) La regularización de la propiedad agraria y sus diversas figuras que la ley respectiva reconoce en los ejidos, las parcelas, las tierras ejidales y comunales, la pequeña propiedad agrícola, ganadera y forestal, los terrenos baldíos y nacionales, y los terrenos que sean propiedad de asociaciones de usuarios y de otras figuras asociativas con fines productivos.”
Por lo anterior, consideramos que es urgente que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano atraiga el asunto para que, con base en sus facultades y atribuciones, dirima el problema ejidal que existe en el terreno donde se encuentra el albergue Oasis de San Juan de Dios.
En el mismo sentido, resulta necesario que el titular del Ejecutivo del estado de Yucatán, Mauricio Vila Dosal y la presidenta municipal de Conkal, Hiselle del Carmen Díaz del Castillo Canché, reconozcan las sentencias del Tribunal Unitario Agrario y otros tribunales en reiteradas ocasiones han sido otorgadas en favor del albergue Oasis San Juan de Dios, toda vez que este conflicto ha derivado, como ya ha sido documentado, en violaciones graves a los derechos humanos de las personas que viven ahí, por parte las Policías estatal y municipal de la entidad, lo cual debilita a las instituciones y en consiguiente el estado de derecho, por lo que estos hechos deben ser investigados para sancionar al funcionariado público que resulte responsable.
Asimismo, es necesario exhortar al fiscal general del estado de Yucatán para que ordene al fiscal adscrito a la Agencia Investigadora Especial Número Trigésimo Quinta del Ministerio Público del Fuero Común de la Fiscalía General del Estado, se pronuncie sobre el ejercicio o no de la acción penal, tomando en consideración que la indagatoria se inició en el mes de septiembre de dos mil trece y proceda a acordar lo conducente, y resuelva sobre la averiguación previa 35/2399/2013 iniciada con los hechos denunciados por el señor Carlos Renán Méndez Benavides.
Por otra parte, es indispensable que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán investigue las posibles violaciones a los derechos humanos respecto de los hechos ocurridos el 2 de marzo de este año en el municipio de Conkal, en los que están involucradas autoridades estatales y del nivel municipal.
Finalmente, desde el Legislativo se hace un llamado para que el albergue denominado Oasis de San Juan de Dios quede protegido por la ley y para que las instituciones involucradas diriman el conflicto existente entre los ejidatarios y la organización de la sociedad civil a la que fueron donados los terrenos, con el fin de velar por el bien común y proteger los derechos humanos de las personas que viven en el albergue Oasis San Juan de Dios.
Por lo anteriormente expuesto se someten a consideración los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Yucatán y a la presidenta municipal de Conkal, a resolver de manera definitiva el conflicto respecto los terrenos del albergue Oasis de San Juan de Dios, ubicado en Conkal, Yucatán, a fin de garantizar la seguridad y protección de los derechos humanos de las personas que habitan dicho albergue.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que en el marco de sus atribuciones, tome las medidas necesarias para dirimir el conflicto respecto a los terrenos del albergue Oasis de San Juan de Dios, ubicado en el municipio de Conkal, Yucatán.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán a investigar las posibles violaciones a los derechos humanos de las personas que viven con VIH y son beneficiarias de los servicios que brinda el albergue Oasis de San Juan de Dios, ubicado en Conkal, Yucatán.
Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al fiscal general del estado de Yucatán a realizar las investigaciones pertinentes a fin de esclarecer los hechos denunciados en la averiguación previa 35/2399/2013 del índice de la Agencia Investigadora Especial Número Trigésimo Quinta del Ministerio Público del Fuero Común, con motivo de los hechos denunciados por el señor Carlos Renán Méndez Benavides en septiembre de 2013.
Notas
1 Con machetes y amenazas, invaden terreno de Oasis San Juan de Dios, 3 de marzo de 2021, Haz Ruido MX, disponible en:
https://www.hazruido.mx/reportes/con-machetes-y-amenazas-invaden -terreno-de-oasis-san-juan-de-dios/ Última consulta: 19 de marzo de 2021.
2 Este grupo de personas forman parte de una fundación llamada Retiro de Ancianos San Juan de Dios A.C. y desde el año de 1986 construyen un asilo para ancianos.
3 La insoportable discriminación por VIH, La Silla Rota, 06 de marzo de 2021, Disponible en:
https://lasillarota.com/opinion/columnas/la-insoportable-discrim inacion-por-vih/493149 Última consulta: 19 de marzo de 2021.
4 México tiene 500 conflictos agrarios; 80% de “gran relevancia”: Sedatu. La Jornada. Fecha de consulta: 17 de marzo del 2021. Disponible en:
https://www.jornada.com.mx/notas/2021/02/24/sociedad/mexico-tien e-500-conflictos-agrarios-80-de-gran-relevancia-sedatu/ Última consulta: 19 de marzo de 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, para dictamen.
MECANISMOS DE COORDINACIÓN, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DE LOS PRODUCTOS QUE INTEGRAN LA CANASTA BÁSICA, CON ESPECIAL ÉNFASIS EN EL PRECIO DE LA TORTILLA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a establecer por la Sader y la Profeco mecanismos de coordinación, vigilancia y seguimiento de los productos de la canasta básica, con especial énfasis en el precio de la tortilla, a cargo de la diputada Alba Silvia García Paredes, del Grupo Parlamentario del PES
La que suscribe, Alba Silvia García Paredes, Diputado Federal e integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El sector agropecuario mexicano ha sido vulnerado por años y ante los desafíos que enfrenta actualmente México y el mundo, es necesario contar con precios justos y estables de los productos de la canasta básica alimenticia; sobre todo porque cerca del 6% de la Población Ocupada no recibe un ingreso; el 20%, de esta misma población vive con un salario mínimo y sólo el 13% ganan de 3 a 5 salarios mínimos. Adicionalmente cerca de 31.3 millones de personas trabajan en el sector informal; 1 familias que hoy se ven afectadas y que no han podido estabilizar su economía familiar.
A partir del maíz se obtiene un alimento básico en la dieta de los mexicanos, las tortillas, por ello las variaciones que tenga el maíz y la producción de tortillas, afectan en la alimentación básica de la población vulnerable que vive al día y que enfrentan varias dificultades para poder alimentarse.
Si bien las que autoridades federales y productores de Aguascalientes, Hidalgo, Jalisco, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Morelos, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas aseguraron una buena cosecha de maíz para el ciclo agrícola 2019-2020, esto no justifica que el costo de las tortillas suba entre 25 y 35 por ciento, por otro lado, para el ciclo de otoño — invierno 2020 — 2021 los productores de maíz no cuentan con insumos ni financiamiento, lo cual complica la estabilización en el precio de las tortillas.
Sin embargo, las comercializadoras y distribuidoras justifican el alza del precio de la tonelada de maíz, por el costo de la harina de maíz, gas y electricidad, dado que debido al impacto negativo que ha ocasionado la contingencia sanitaria del covid-19 en la economía nacional, adicionalmente la incertidumbre a nivel internacional y el mercado bursátil.
Indudablemente el encarecimiento del maíz afecta a los productores de tortilla ocasionando variaciones e incremento en el precio. En distintos puntos del país la Procuraduría Federal del Consumidor Profeco, ha reportado que el precio de la tortilla ha tenido variaciones hasta alcanzar los 20 pesos el kilo.
Si consideramos que, de acuerdo con datos del Coneval, en las comunidades rurales una canasta alimenticia tiene un valor de $1,149.18 mientras que en las ciudades su valor es de $1,623.19, no toda la población tiene las posibilidades para adquirir una canasta básica alimenticia integral.
Gráfica 1
Precio de Tortilla en tortillerías 2010-2021
Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional de Información e Integración de Mercados (SNIIM). Secretaría de Economía y el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera
Como podemos observar en 11 años, se ha elevado el precio de ésta al doble, pero el problema no es solo el incremento del precio también lo es, la pérdida del poder adquisitivo, lo cual afecta principalmente al bolsillo de la población mexicana.
De acuerdo con datos de la Profeco en algunas ciudades que son pilares de desarrollo y referentes, como son: Cancún en Quintana Roo, Tampico en Tamaulipas, Monterrey en Nuevo León y diversas alcaldías de la Ciudad de México, el precio del kilo de tortilla se ha elevado registrando precios de hasta 20 pesos por kilo, en un periodo corto de tiempo, que rondan las dos semanas.
Gráfica 2
Precio mínimo y máximo que alcanza el kilo de tortilla en algunas Ciudades de la Republica Mexicana
Fuente: Elaboración propia con datos de la Profeco y nota Aumenta precio de tortilla en México; alcanza hasta $20 por kilo en algunas ciudades
El precio del kilogramo de tortilla en diferentes puntos de la república fluctúa entre los 10 pesos y alcanza hasta los 24 pesos debido al incremento en el precio de los insumos para su elaboración: luz, gas y harina.
Si bien el precio del kilogramo de tortilla es libre y se establece con base en la ley de la oferta y la demanda, lo cierto es que un incremento a los productos básicos afecta la alimentación diaria de la población más vulnerable.
Por otro lado, el ciudadano Vicente Álvarez Delgado, presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Sistema Producto Maíz alertó que para marzo se verá reflejado en México la caída de al menos 30 por ciento en los inventarios del grano. 2
De no controlarse, provocará que el maíz blanco para tortilla eleve el precio por encima del precio de referencia establecido por Seguridad Alimentaria Mexicana SELGAMEX.
Gráfica 3
Kilos de Tortillas que se pueden comprar con el salario mínimo al precio de 1982, 2000, 2010, 2015, 2020, 2021
Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional de Información e Integración de Mercados (SNIIM). Secretaría de Economía y el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera.
Durante 1982 se podían adquirir 57.83 kilos de tortilla con un salario mínimo, y actualmente solo 7.09 kilos. Si bien del 2010 a la fecha, se observa un ligero incremento del poder adquisitivo en relación con el precio de la tortilla, es necesario garantizar la producción de maíz para poder cubrir con esta necesidad básica.
Es importante tener presente que desde 1982, que fue el pico más elevado del poder adquisitivo, las crisis y cambios sexenales han provocado una pérdida en el poder adquisitivo de la población, mismo que a raíz del incremento del salario mínimo y otras modificaciones a las leyes, se ha logrado incrementar.
Por la seguridad alimentaria de México, es necesario fortalecer a los productores de maíz, tortillas y a los consumidores nacionales, de esa manera ganan los productores y se garantiza la alimentación de la población en nuestro país.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, es necesario exhortar a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que a través de su actuación se logre estabilizar el precio de la tortilla. De tal manera que presento a esta soberanía la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Gobierno Federal, para que a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y a la Procuraduría Federal del Consumidor a establecer los mecanismos de coordinación, vigilancia y seguimiento de los productos que integran la canasta básica, con especial énfasis en el precio de la tortilla.
Notas
1 Datos del Inegi 2020.
2 Milenio, Aumenta precio de tortilla en México; alcanza hasta $20 por kilo en algunas ciudades,
https://amp.milenio.com/negocios/precio-de-la-tortilla-2021-sube -en-mexico
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo 2021.– Diputada Alba Silvia García Paredes (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
ATENDER LA PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LOS CORTES DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE POR LA ESCASEZ DE AGUA EN LA PRESA CALDERÓN, EN JALISCO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades competentes a atender los cortes de suministro de agua potable por la escasez en la presa Calderón, en Jalisco, a cargo de la diputada Socorro López Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Socorro López Martínez, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a las autoridades competentes a atender la problemática derivada de los cortes de suministro de agua potable por la escasez de agua en la Presa Calderón en Jalisco.
Consideraciones
En 2010, durante la Asamblea General de las Naciones Unidas, el organismo internacional con sede en Ginebra hizo constatar que el derecho al agua y su respectivo saneamiento es un elemento imprescindible e inalienable para una vida humana digna.
En nuestro país, según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), reporta que del total de hogares solo 68 por ciento del total cuenta con una dotación diaria de agua, mientras que 7 por ciento no reciben agua por tubería o la consiguen de otros lugares, siendo, 22 millones 428 mil 142 y 2 millones 085 mil 208 respectivamente. A pesar de que 93 por ciento del total, es decir, 30 millones 840 mil 62, cuentan con una infraestructura para tener acceso a esta 1, tal y como se aprecia en el siguiente cuadro.
Considerando la composición de personas por hogar en el país, con base en el comunicado de prensa núm. 24/21 del Inegi 2 (3.6 personas por vivienda), da como resultado que, 37 millones 789 mil 600 personas no cuentan con un servicio diario de agua, mientras que 7 millones 506 mil 748 personas no reciben este servicio.
Garantizar el acceso de agua potable como derecho humano básico inalienable para el desarrollo integral de todo individuo dentro del territorio, está integrado en los artículos 1o., 4o. y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
El artículo 1o. se establece que “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías de su protección.” 3 Por su parte, en el artículo 4o., en el párrafo sexto, queda expresado de manifiesto que “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible” 4. Mientras que en la fracc. III, inciso a) del artículo 115, queda definido que será responsabilidad y obligación de los municipios las funciones correspondientes a “agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.” 5 Actualmente, en la zona metropolitana de Guadalajara 6, población de más de 5 millones de habitantes, se encuentra en una gran problemática ante la severa escasez de agua potable. Los municipios afectados son los de Zapopán, Tlaquepaque, Tonalá 7, 8 y Guadalajara, conformando más de 213 colonias afectadas según lo declarado en el comunicado del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua (SIAPA). 9 El municipio de Zapopan, es el que más concentra colonias afectada pues engloba 64.32 por ciento del total, con 137 10; Guadalajara con 34 11 colonias (15.96 por ciento), Tlaquepaque con 22 12 (10.33 por ciento) y Tonalá con 20 13 (9.39 por ciento).
Número de colonias sin acceso a agua por municipio en la ZMG
Las causas explicadas por el gobierno de Jalisco y SIAPA es que las pocas lluvias presentadas durante el año pasado “no fue lo suficientemente vasto para mantener el volumen necesario de la presa de Calderón en Jalisco que es una de las principales fuentes que abastece agua en bloque para el proceso de potabilización y distribución en una zona del área metropolitana de Guadalajara. Por tal razón, no se podrá extraer líquido para su distribución, aunado a otras circunstancias como el inicio del estiaje y las altas temperaturas que se han presentado en los últimos días.” 14
A pesar de las condiciones naturales que originaron la escasez, es responsabilidad de los municipios y las instituciones correspondientes, garantizar este importante recurso de manera total y establecer alternativas eficientes para que no sufran de la carencia de agua. Por otra parte, la mala planeación e incapacidad técnica del SIAPA, ha contribuido a que esta situación empeore aún más 15.
Diversos pobladores de las colonias provenientes de los municipios antes mencionados han demandado que se reestablezca el servicio, a razón de que el abasto de pipas es insuficiente, medida que el gobernador de Jalisco ha impulsado para cubrir esta problemática y que ha resultado ineficiente 16.
Ante tal panorama violatorio de los derechos humanos, la misma Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) ha exhortado al “sistema intermunicipal de agua potable y alcantarillado y a los ayuntamientos del área metropolitana de Guadalajara, ...informen con toda claridad el origen de la escasez de agua potable para que, conscientes de su alta responsabilidad en la toma de decisiones, ante la insuficiencia en el abastecimiento, se lleven a cabo las acciones de coordinación y de todas las que resulten accesorias a fin de atender las deficiencias técnicas y se garantice el acceso en condiciones de calidad, accesibilidad, asequibilidad, no discriminación y participación ciudadana.” 17
Es necesario definir nuevas líneas de acción para emitir estrategias más eficientes para que se le proporcione el acceso al agua y garantizar que todos los residentes de las zonas más afectadas puedan dejar de afrentarse a esta problemática. Tales como un acceso más intensivo de pipas de agua a la población, para que no deban adquirirla con privados, y se garantice en condiciones de calidad, accesibilidad, asequibilidad y no discriminación.
Es por lo expuesto que someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno de Jalisco, al Sistema intermunicipal de los servicios de agua potable y alcantarillado y a los gobiernos municipales de Guadalajara, Tonalá, Tlaquepaque y Zapopan, para que dentro del ámbito de sus atribuciones garanticen el acceso de agua potable a la población afectada por los cortes de suministro derivado de la escasez de agua de la Presa Calderón.
Notas
1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/ agua2018_Nal.pdf
2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ResultCenso2020_Nal.pdf
3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_ Politica.pdf
4 Ídem.
5 Ídem.
6 Conformada por los municipios de Guadalajara, Zapopan, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, El Salto y Tlajomulco de Zúñiga, Juanacatlán, Ixtlahuacán de los Membrillos, Acatlán de Juárez y Zapotlanejo en los Altos de Jalisco.
7 Alberos, Artesanos, Altus Tlaquepaque, Arrayanes, Balcones Santa María, Campesino, Cantera Colorada, Colorines, El Jagüey, El Vergel, Fovissste Miravalle, Jardines de San Martín, La Floresta, Las Lomas Residencial, Lomas del Cuatro, Miravalle, Nueva España, Nueva Santa María, Órgano, Santa Cruz de Las Huertas, Vergelito y Villas del Tapatío
8 Alamedas de Zalatitán, Ciudad Aztlán, Fidel Velázquez, La Jalisco segunda sección, La Mesa, Las Lomas, Loma Dorada, Los Pocitos, Mirador I y II, Pinar de Las Palomas, Privada de La Reyna, Rey Xólotl, Tonantzín, Valenciana, Vistas del Rey, Xocoxóchilt y Zalatitán
9 https://www.siapa.gob.mx/prensa/siapa-inicia-estrategia-para-garan-tizar-el-aba sto-de-agua-en-el-amg
10 Agraria, Agua Fría, Alamedas de Tesistan, Alcázar Oriente, Altamira, Arroyo Hondo, Arboledas, Atlas Colomos, Auditorio, Balcones de La Cantera, Belenes Norte, Benito Juárez, Bosque Escondido, Cabañitas, Cantera Morada, Canteros, Colinas de Tabachines, Conjunto Patria, Constitución, Constituyentes, Crucero de La Mesa, Crucero de La Azalea, Crucero de Los Novelistas, Crucero de División del Norte, Ecológica, Seattle, El Capullo, El Paraíso, El Prado, El Vigía, Emiliano Zapata, Fovissste, Guadalajarita, Gusa, Hacienda de Las Lomas, Indígena de Mezquitán, Industrial Los Belenes, Jacarandas, Jardines de La Esperanza, Jardines de La Patria, Jardines de Los Belenes, Jardines de Tabachines, Jardines del Auditorio, Jardines del Porvenir, Jardines del Vigía, Jardines Seattle, Jardines Universidad, Jardines Vallarta, Juan Manuel Vallarta, Junta de Los Ocotes, La Aurora, La Coronilla, La Experiencia, La Higuera, La Martinica, Lagos del Country, Las Palmas, Laureles, Lindavista, Loma Blanca, Loma Real, Lomas de Tabachines, Lomas del Bosque, Lomas del Pedregal, Lomas del Refugio, Lomas del Valle, Lomas del Vergel, Los Frailes, Los Maestros, Los Naranjos, Mesa Colorada Poniente, Mesa de Los Ocotes, Miguel Hidalgo, Mirador Escondido, Molino del Salvador, Nueva España, Nuevo Vergel, Patria Universidad, Pino Suárez, Pontevedra, Puerta Aqua, Puerta de Plata, Puerta de Hierro, Puerta del Bosque, Puerta del Roble, Quintas del Federalismo, Rinconada del Auditorio, Real del Bosque, República, Royal Country, San Bernardo, San Francisco,San Isidro Ejidal, San José del Bajío, San Miguel De La Colina, Santa Fe, Santa Isabel, Santa Margarita 1ra. Sección, Seattle, Tabachines, Tepeyac, UAG, Unidad José Luis López Portillo, Vallarta Universidad, Valle de Atemajac, Víctor Hugo, Vigusa, Villa Coral, Villa de Guadalupe, Villa Magna, Villa Universitaria, Villas Belenes, Villas del Márquez, Villas San Ignacio, Vista Hermosa, Zapopan Centro, Zoquipan y Zoto Grande Residencial
11 Alcalde Barranquitas, Autocinema, Balcones de Huentitán, Centro, Centro Barranquitas, Colinas de Huentitán, Colinas de San Javier, Colinas Residencial, Colomos, Colomos Providencia, Country Club, División del Norte, El Jagüey, El Retiro, Fovissste Estadio, Huentitán El Bajo, Independencia, Infonavit Estadio, Infonavit Independencia, La Normal, Lomas de Independencia, Lomas del Paraíso I, Lomas del Paraíso II, Lomas del Paraíso III, Mezquitán, Panorámica de Huentitán, Popular N. 9, Rancho Nuevo, Ricardo Flores Magón, San Elías, San Patricio y Santa Elena de La Cruz.
12 Alberos, Artesanos, Altus Tlaquepaque, Arrayanes, Balcones Santa María, Campesino, Cantera Colorada, Colorines, El Jagüey, El Vergel, Fovissste Miravalle, Jardines de San Martín, La Floresta, Las Lomas Residencial, Lomas del Cuatro, Miravalle, Nueva España, Nueva Santa María, Órgano, Santa Cruz de Las Huertas, Vergelito y Villas del Tapatío
13 Alberos, Artesanos, Altus Tlaquepaque, Arrayanes, Balcones Santa María, Campesino, Cantera Colorada, Colorines, El Jagüey, El Vergel, Fovissste Miravalle, Jardines de San Martín, La Floresta, Las Lomas Residencial, Lomas del Cuatro, Miravalle, Nueva España, Nueva Santa María, Órgano, Santa Cruz de Las Huertas, Vergelito, Villas del Tapatío, Jalisco III Sección, Jalisco IV Sección y Lomas del Laurel I
14 https://www.siapa.gob.mx/prensa/siapa-inicia-estrategia-para-garanti-zar-el-aba sto-de-agua-en-el-amg
15 https://www.jornada.com.mx/notas/2021/03/10/estados/escasez-de-agua-afecta-a-mi les-en-guadalajara/
16 https://www.informador.mx/jalisco/Ciudadanos-se-manifiestan-en-demanda-de-agua- en-la-ZMG-20210312-0113.html
17 http://cedhj.org.mx/recomendaciones/pronunciamientos/2021/Pro-nunciamiento%20de sabasto%20del%20agua.pdf
Referencias
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• Inegi. (Marzo, 2018). Estadísticas a propósito del día mundial del agua (22 de marzo). Marzo, 2021, de Inegi Sitio web:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018 /agua2018_Nal.pdf
• Inegi. (Enero, 2021). En México somos 126 014 024 habitantes: censo de población y vivienda 2020. Marzo, 2021, de Inegi Sitio web:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ResultCenso2020_Nal.pdf
• Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. (Marzo, 2021). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Marzo, 2021, de Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Sitio web:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_Pol itica.pdf
• SIAPA. (Marzo, 2021). SIAPA inicia estrategia para garantizar el abasto de agua en el AMG. Marzo, 2021, de SIAPA Sitio web:
https://www.siapa.gob.mx/prensa/siapa-inicia-estrategia-para-gar antizar-el-abasto-de-agua-en-el-amg
• G. Partida, J. . (Marzo, 2021). Escasez de agua afecta a miles en Guadalajara. Marzo, 2021, de La Jornada Sitio web:
https://www.jornada.com.mx/notas/2021/03/10/estados/escasez-de-a gua-afecta-a-miles-en-guadalajara/
• Blanco, S. . (Marzo, 2021). Ciudadanos se manifiestan en demanda de agua en la ZMG. Marzo, 2021, de Informador.mx Sitio web: https://www.informador.mx/jalisco/Ciudadanos-se-manifiestan-en-demanda-de-agua- en-la-ZMG-20210312-0113.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 marzo de 2021.– Diputada Socorro López Martínez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.
FORTALECIMIENTO DEL INACIPE COMO CENTRO PÚBLICO DE INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CRIMINALÍSTICA, CRIMINOLOGÍA, DERECHO PENAL, POLÍTICA CRIMINAL Y VICTIMOLOGÍA
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la FGR a impulsar por el Inacipe acciones para fortalecerlo como centro público de investigación en criminalística, criminología, derecho penal, política criminal y victimología, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI
Mariana Rodríguez Mier y Terán, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 6, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En 1976, con el impulso de un grupo de penalistas interesados en mejorar las situaciones del país, impulsaron la creación del Instituto Mexicano de Criminología, antecedente del Instituto Nacional de Ciencias Penales, siendo su primer director el tratadista Celestino Porte Petit.
“Durante el primer lustro de vida del instituto se fomentó la realización de congresos, conferencias y seminarios en los que participaron los más destacados profesores e investigadores mexicanos y extranjeros. Estas medidas contribuyeron a que el Inacipe se posicionara en nuestro país y a nivel internacional como uno de los centros más importantes dedicados al estudio de las ciencias penales en América Latina” 1
El 11 de abril de 1996 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reconoce y formaliza la creación del Instituto Nacional de Ciencias Penales, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho. Una de las estrategias para lograr dicho objetivo fue la profesionalización y actualización de los servidores públicos de las instituciones responsables de la procuración de justicia, para que su actuación se rija por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Para consolidar dicho objetivo, se estimó necesario contar con una institución con investigadores y profesores especializados y con las capacidades suficientes para formar especialistas, técnicos y demás funcionarios públicos que intervienen en las áreas de procuración de justicia, seguridad pública, política criminal y criminalística, entre otras áreas vinculadas, así como para difundir conocimientos, innovaciones, avances y nuevas técnicas que sobre las materias citadas se desarrollen.
Durante su proceso de creación y formalización, la entonces Procuraduría General de la República opinó favorablemente sobre la viabilidad y conveniencia de crear el Instituto Nacional de Ciencias Penales, como un organismo descentralizado, toda vez que la autonomía técnica y administrativa le permitiría concentrar sus capacidades y recursos para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones.
Para el cumplimiento de sus objetivos, desarrolla sus actividades a partir de las siguientes líneas de acción generales:
1. Fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones de Procuración de Justicia.
1.3 Implementar en todos los ámbitos de la procuración de justicia, la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos.
1.4 Garantizar la atención y protección a las víctimas del delito.
2. Asegurar la implementación en tiempo y forma del Sistema Penal Acusatorio.
2.2 Preparar y ejecutar el plan de transición.
3. Lograr una procuración de justicia eficaz y eficiente.
3.4 Mejorar la calidad técnico-jurídica de las opiniones emitidas.
3.5 Fomentar el estudio y el crecimiento profesional en el personal.
3.6 Fortalecer el uso de métodos y técnicas científicas en la investigación.
4. Reducir la impunidad.
4.4 Combatir los excesos del uso de la fuerza por parte del personal sustantivo.
De acuerdo con el artículo 5º del Estatuto Orgánico del Inacipe, este será administrado por una Junta de Gobierno, la cual, de acuerdo con el artículo 6º del mismo ordenamiento se integrará por:
El Fiscal General de la República, quien la presidirá, los titulares de las Secretarías de Gobernación, de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público; el titular del órgano a cargo de la función fiscal que el Fiscal General de la República designe; el titular de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México; los rectores de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Universidad Autónoma Metropolitana; el Presidente de la Academia Mexicana de Ciencias Penales; el Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; así como por un Comisario Público Propietario, designado por la Secretaría de la Función Pública con derecho a voz y sin voto, quien tendrá las atribuciones a que se refiere el artículo 60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. 2
La conformación de la Junta de Gobierno y el compromiso asumido por cada uno de sus miembros en sus más de cuarenta años de trayectoria ha sido un factor que ha permitido la consolidación del Instituto como un Centro Público de Investigación altamente especializado y reconocido en el ámbito nacional e internacional.
El Inacipe se ha consolidado como esa institución especializada que ha contribuido a mejorar las capacidades de los funcionarios que intervienen en las áreas antes citadas.
Sus diversas actividades académicas que han implicado colaboración e intercambio con otras instituciones de investigación de Latinoamérica la han ubicado, a lo largo de cuarenta años, como una de las instituciones con mayor experiencia y prestigio en la región. El Inacipe se ha consolidado como un centro de estudios dinámico y vanguardista por la oferta de sus múltiples programas académicos en diferentes modalidades, Congresos internacionales, Diplomados, Mesas redondas, Ferias y exposiciones universitarias, Foros de análisis, Cursos de Actualización y múltiples actividades de extensión académica, actividades que contribuyen a relacionar al Inacipe con otros centros de estudio nacional o extranjero y con instituciones públicas y privadas que presentan necesidades específicas de capacitación.
Por otra parte, el Inacipe fortalece sus capacidades con el uso de la tecnología, destacando las actividades de EDUCACIÓN A DISTANCIA, en materia de medios electrónicos, audiovisuales e informáticos, por ello se proporcionan cursos en modalidad e-learning, lo cual permite que las actividades se lleven a cabo conforme al calendario y ubicación de los interesados, aprovechando todas sus capacidades.
En materia de difusión y publicaciones se ha desarrollado una política editorial dirigida a fortalecer la cultura de la legalidad, respeto a los derechos humanos y comprensión de la tarea de la procuración de justicia y seguridad pública, mediante la difusión permanente de temas especializados en Ciencias Penales, como serían los relativos a la implementación del sistema penal acusatorio a nivel federal, el Derecho Penal y Procesal Penal, Criminología y Criminalística y la Victimología.
Cabe destacar que todas las publicaciones del Inacipe se caracterizan tanto por su pluralidad – los autores pertenecen a los más diversas escuelas del pensamiento jurídico-penal –; su afán de vincular las Ciencias Penales al desarrollo de México; y su alta calidad editorial, el cual tiene como base un riguroso trabajo editorial que comprende desde la corrección de estilo y el análisis de la obra, hasta el diseño de novedosas y atractivas portadas para nuestros libros. 3
Mediante resolución conjunta de la entonces Procuraduría General de la República y la Dirección General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2012, se otorgó al Instituto Nacional de Ciencias Penales, el reconocimiento como Centro Público de Investigación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología; 2, fracciones XIV, XXVII y XXVIII, 9, fracciones I, VIII y XVII de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; 1, 5, fracción XVI y 6, fracción X de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 5, fracciones XI y XXIII y 19, fracciones IV, VIII, tercer párrafo y XX del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; 1, 2, 4, 6 y 7, fracciones I y VI del Decreto por el que se crea el Instituto Nacional de Ciencias Penales; y 1, 5, 6 y 7, fracción XIV del Estatuto Orgánico del Instituto.
El Instituto Nacional de Ciencias Penales, es un centro de docencia e investigación con el más alto nivel académico, destacados profesores e investigadores imparten posgrados y cursos de capacitación, actualización y profesionalización, que contribuyen al perfeccionamiento de las actuaciones de funcionarios que intervienen en los ámbitos de procuración y administración de justicia en materia penal y ejecución de sanciones, así como de las diligencias a cargo de los defensores y los asesores jurídicos
Las áreas de estudio y la participación del Inacipe en el diseño y fortalecimiento del nuevo sistema de justicia penal, en etapa de consolidación, justifican su fortalecimiento, de manera relevante en el marco de la implementación de las reformas al apartado A del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establecen dotar de autonomía a la Fiscalía General proceso en etapa de consolidación.
No obstante sus aportaciones en el estudio de las ciencias penales, así como sus contribuciones en la estructuración de un marco jurídico e institucional que ha fortalecido la procuración y administración de justicia en los ámbitos federal y estatales, recientemente el Instituto ha sido objeto de críticas sin sustento, por lo que se estima necesario impulsar acciones concretas que fortalezcan sus capacidades en el momento actual que vive el país.
México merece instituciones de investigación sólidas con personal altamente comprometido. México necesita de la suma de esfuerzos, experiencias y capacidades. México no necesita más divisionismo.
Por lo antes expuesto y fundado, se sometemos a consideración de esta Soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al Fiscal General de la República, en su carácter de Presidente de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) impulse las acciones necesarias para su fortalecimiento como Centro Público de Investigación en el ámbito de la criminalística, criminología, derecho penal, política criminal y victimología.
Notas
[1]. https://indicepolitico.com/el-inacipe-una-historia-de-esfuerzo-por-el-ejercicio -penal-en-mexico/#:~: text=La%20historia%20comenz%C 3%B3%20en%20los,los%20intr%C3%A9pidos%20visionarios%20fundaron%20las
2. Artículo 6 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ciencias Penales.
3. INACIPE. Cuenta Pública 2014.
Palacio Legislativo en San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.
SE TRANSPARENTEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EN QUE FUERON OTORGADAS EN CONCESIÓN CINCO PLANTAS GENERADORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LA EMPRESA GENERADORA FÉNIX
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a transparentar los términos y las condiciones de la concesión de cinco plantas de electricidad a Generadora Fénix; y beneficiar, en los términos de soberanía energética emprendida por el gobierno federal, a Huachinango, Juan Galindo y Zihuateutla, Puebla, de la riqueza generada por los recursos naturales aprovechados por la empresa, a cargo del diputado José Francisco Esquitin Alonso, del Grupo Parlamentario del PES
José Francisco Esquitin Alonso, Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo por el que se exhorta, al Ejecutivo federal a fin de que se transparente los términos y condiciones en que fueron otorgadas en concesión cinco plantas generadoras de energía eléctrica a la empresa Generadora Fénix; asimismo, para que, bajo los nuevos términos de soberanía energética emprendida por el gobierno federal, los municipios de Huachinango, Juan Galindo y Zihuateutla del estado de Puebla, puedan beneficiarse de la riqueza generada por los recursos naturales de los municipios aprovechados por Generadora Fénix, con base en lo siguiente:
Consideraciones
Los orígenes de Luz y Fuerza del Centro se remontan a 1898, en Canadá donde se fundó la empresa The Mexican Light & Power Company, Ltd., dicha empresa obtuvo concesión del presidente Porfirio Díaz para generar, transmitir, distribuir y comercializar energía eléctrica en el Valle de México. Durante las primeras décadas del siglo XX la Mexican Light & Power abasteció de electricidad a la industria capitalina y al sistema de tranvías eléctricos de la ciudad de México.
La electricidad sobrante producida por dicha empresa, fue distribuida en las zonas residenciales o en núcleos altamente urbanizados de la ciudad. Para cumplir con la creciente demanda eléctrica, en 1903, Mexlight obtuvo las concesiones para explotar las caídas de agua de los ríos Tenango, Necaxa y Xaltepuxtla. Para 1906, nuevas concesiones de los gobiernos federal y locales, le permitieron a Mexlight extender sus operaciones a los estados de México, Puebla, Hidalgo y Michoacán.
En sus inicios Mexlight operaba en su gran mayoría con trabajadores extranjeros, con el paso de los años la mano de obra nacional se hizo cada vez más presente en la empresa. A inicios de la Revolución Mexicana, trabajadores extranjeros y mexicanos realizaban funciones similares, pero con sueldos diferenciados, así los trabajadores mexicanos tenían salarios muy inferiores a los de sus pares extranjeros. Dicha situación, contribuyo para que en 1911 se fundara la Liga Mexicana de Electricistas y tres años después, en 1914, se constituyera el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).
En 1937 el presidente Lázaro Cárdenas publicó una ley que establecía la potestad del estado sobre la industria eléctrica del país; misma que vio postergada su aplicación, debido a que la expropiación petrolera era la prioridad para la administración cardenista.
Fue hasta el sexenio del presidente Manuel Ávila Camacho, entre 1940 y 1941, que inició el proceso de nacionalización de la industria eléctrica, la causa principal de la intervención del Estado se debió a que las empresas de electricidad no deseaban invertir para llevar el servicio de energía eléctrica a las comunidades rurales del país por el alto costo de inversión requerido y las ganancias mínimas que representaba el atender dicho mercado.
En 1949, el presidente Miguel Alemán, decretaría la creación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), estableciendo que sería un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios que se encargaría de electrificar a todo el país.
Durante una década, el esquema mixto de empresas privadas en las urbes y zonas industriales del país junto con la CFE en el resto del país funcionó de manera adecuada; sin embargo, en 1960, el presidente López Mateos decidió nacionalizar la totalidad de la industria eléctrica del país. Con lo cual, el gobierno de México adquirió en 52 millones de dólares, el 90 por ciento de las acciones de The Mexican Light and Power Co., comprometiéndose a pagar los pasivos de dicha empresa, mismos que ascendían a 78 millones de dólares.
Asimismo, con el pago de 70 millones de dólares compró las acciones de la American and Foreign Power Co. Ambas empresas se comprometieron a invertir en México, la totalidad del pago que habían recibido por la compra de sus acciones.
Las empresas contaban con 19 plantas generadoras que abastecían a la Ciudad de México y los estados de Puebla, México, Michoacán, Morelos e Hidalgo; 16 eran hidráulicas y 3 térmicas; con la nacionalización de la industria eléctrica Mexlight cambio de denominación social, adoptando la de Compañía Mexicana de Luz y Fuerza.
Ese mismo año, el presidente López Mateos envió al senado el proyecto de reforma al Artículo 27 constitucional, el cual fue aprobado y publicado en el Diario Oficial el 23 de diciembre de 1960, quedando a partir de ese momento, consumada jurídica y financieramente la nacionalización de la industria eléctrica.
La primera liquidación llegaría en 1974, en la administración del presidente Luis Echeverría Álvarez, quien con el fin de crear un solo organismo nacional encargado de la industria eléctrica autorizo la disolución de la “Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A.”, para fusionarla a la Comisión Federal de Electricidad; el SME se opuso radicalmente a tal medida. El conflicto —entre gobierno y SME- generado por esta primera liquidación causo que se alargara el proceso de liquidación de la empresa se alargó iniciándose un periodo de estancamiento en el desarrollo y modernización de la empresa.
Así, en 1985 el presidente De la Madrid suscribió un Decreto para delimitación de zonas, con dicho instrumento jurídico la Compañías de Luz y Fuerza perdió el 50% de su extensión de servicio, principalmente en los estados de Michoacán y Guerrero, en favor de la CFE.
Para 1989, en la administración del presidente Carlos Salinas se aprobó una reforma a la Ley del Servicio Público de Energía, para facultar al Ejecutivo Federal disponer de la estructura y funcionamiento del servicio que venía proporcionando la “Compañía de Luz y Fuerza del Centro en liquidación”. Finalmente, el 9 de febrero de 1994 mediante decreto presidencial se crea “Luz y Fuerza del Centro” como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Como consecuencia de la imposibilidad de Luz y Fuerza del Centro, para aliviar su difícil situación financiera generada por su primer proceso de liquidación, aunado a la compra de energía en bloque a la CFE, y a un deficiente sistema de cobro a grandes usuarios -industrias, bancos, municipios, universidades y dependencias oficiales- a quienes se les mantenía el servicio aun teniendo deudas millonarias con la empresa.
Finalmente, el 10 de octubre de 2009, el presidente Felipe Calderón Hinojosa, decretó la extinción y liquidación de Luz y Fuerza del Centro, bajo el argumento de los buenos resultados obtenidos por la Comisión Federal de Electricidad, y que la operación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro resultaba altamente onerosa y la mala calidad de los servicios que prestaba.
La autoridad liquidadora nombró a la CFE para garantizar la operación del suministro de energía eléctrica en todo el país. El costo de la liquidación alcanzo los 20 mil millones de pesos, debido a que se ofreció a sus trabajadores un bono adicional a lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo y a lo que establecía el Contrato Colectivo de Trabajo con el SME.
El 13 de octubre de 2009, la Secretaría de Energía confirmó que la CFE se haría cargo de las operaciones de generar, suministrar y comercializar la energía eléctrica que hasta entonces prestaba la Compañía de Luz en los estados de Hidalgo, Puebla, Morelos, Estado de México y la Ciudad de México.
El 5 de julio de 2010la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la constitucionalidad del decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro, al reconocer y respaldar las facultades del presidente para emitir el acto administrativo que desapareció a la Luz y Fuerza del Centro.
Producto de la reforma energética, la empresa portuguesa de energía Mota-Engil y el SME, este último, a través de su cooperativa LF del Centro, conformaron la empresa Generadora Fénix, para operar cinco plantas hidroeléctricas para vender energía en el mercado spot a partir de 2016.
El SME recibió del gobierno federal las plantas generadoras de energía de Necaxa, Tepexic, Patla y Tezcapa en Puebla y de Lerma en Michoacán, con una capacidad instalada de 288 MW, con opción a escalar hasta 400 MW.
El acuerdo entre las autoridades federales y el SME, le permitirá operar a Generadora Fénix las cinco plantas durante un periodo de 30 años.
Asimismo, el SME recibió las hidroeléctricas Juandho y Cañada en Hidalgo, Alameda en Morelos y siete en el Estado de México que son Temascaltepec, Tlilan, Fernández Leal, Villada, San Simón, Zapayautla y Zictepec.
El 23 de septiembre de 2015, se constituyo la Sociedad Generadora Fénix S.A. y el 5 de octubre del mismo año, suscribieron el contrato colectivo de trabajo el SME y Operadora Fénix.
El 7 de octubre de 2015, la Comisión Negociadora del SME y Mota-Engil suscribieron el convenio de transferencia de 40 predios de fábricas y talleres del SME con las secretarías de la Función Pública y Energía, así como con el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; mediante acta de entrega-recepción se dio posesión de las 14 plantas hidroeléctricas de Luz y Fuerza del Centro y la Central Termoeléctrica Jorge Luque a Generadora Fénix.
Asimismo, el SME anuncio que junto con el Instituto Politécnico Nacional (IPN) elaboró el Plan Estratégico de Reinserción Laboral para garantizar la recontratación de sus agremiados en la nueva empresa.
En el sitio web de Operadora Fénix se señala:
Generadora Fénix surge en 2015 producto de una asociación estratégica entre la compañía portuguesa Mota-Engil y el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) para constituirse orgullosamente como la primera empresa privada en participar en la apertura del mercado eléctrico en México.
Esta alianza surge para hacerle frente a la nueva configuración del mercado eléctrico mexicano con la implementación de la Reforma Energética. Mota-Engil aporta su experiencia global, capacidad tecnológica y financiera, solidez, visión social y un fuerte enfoque latinoamericano, mientras que el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) es un socio cuyo capital humano cuenta con un amplio conocimiento y capacidad técnica.
Contamos con 5 plantas hidroeléctricas en operación con una amplia capacidad de producción.
Nuestras plantas se ubican estratégicamente en la zona centro del país, específicamente en la Ciudad de México, Estado de México, Michoacán y Puebla, lo que nos permite tener una posición muy competitiva.
En vista del poco o nulo beneficio que los municipios o estados reciben por la explotación de sus bienes naturales es que diversas autoridades estatales y municipales han manifestado su agravio por el despojo de que son objeto por parte de empresas que extraen la riqueza del suelo o se aprovechan de la energía que producen sus ríos, presas y lagos.
En este sentido, el gobernador de Puebla, ha reconocido y denunciado el trato ominoso que algunas industrias tienen con las autoridades municipales donde operan; sobre la relación de Generadora Fénix y la autoridad de Huauchinango, se ha manifestado a favor de que la empresa otorgue alguna contraprestación en beneficio de los pobladores de dicho municipio.
Asimismo, el mandatario estatal, apoyo la acción de inconstitucionalidad que el Ayuntamiento de Huauchinango presentó para solicitar que los municipios con incidencia en la zona del complejo hidroeléctrico Necaxa reciban una contribución por parte de Generadora Fénix.
El presidente municipal de Huauchinango, ha señalado que la empresa Generadora Fénix, no realiza ningún pago por predial o uso de suelo a ninguno de los cuatro municipios donde incide directamente la operación de la hidroeléctrica.
Para expertos, el esquema de concesión de Generadora Fénix vulnera el artículo 115 constitucional, que establece la soberanía hacendaria de los municipios, mediante la libre administración de recursos, el derecho de los municipios a percibir contribuciones, y la facultad de establecer cuotas y tarifas a derechos, valores unitarios de suelo y construcciones. Esta situación limita el crecimiento y desarrollo regional y el bienestar de sus pobladores, dicho artículo constitucional establece a la letra:
Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacerlos (sic DOF 03-02-1983) alegatos que a su juicio convengan.
Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley.
En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos; estos Concejos estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores;
II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
El objeto de las leyes a que se refiere el párrafo anterior será establecer:
a) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad;
b) Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;
c) Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren tanto las fracciones III y IV de este artículo, como el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 116 de esta Constitución;
d) El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, la legislatura estatal considere que el municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes; y
e) Las disposiciones aplicables en aquellos municipios que no cuenten con los bandos o reglamentos correspondientes.
Las legislaturas estatales emitirán las normas que establezcan los procedimientos mediante los cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los municipios y el gobierno del estado, o entre aquéllos, con motivo de los actos derivados de los incisos c) y d) anteriores;
III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
b) Alumbrado público.
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d) Mercados y centrales de abasto.
e) Panteones.
f) Rastro.
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e
i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.
Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.
Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la asociación de municipios de dos o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los Estados respectivas. Así mismo cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio municipio;
Las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la ley.
IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de las entidades federativas o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines adminis-trativos o propósitos distintos a los de su objeto público.
Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
Las legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, y deberán incluir en los mismos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos municipales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución.
Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen, conforme a la ley;
V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:
a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios;
d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;
e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;
g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios. Los bienes inmuebles de la Federación ubicados en los Municipios estarán exclusivamente bajo la jurisdicción de los poderes federales, sin perjuicio de los convenios que puedan celebrar en términos del inciso i) de esta fracción;
VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia.
VII. La policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado. Aquélla acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.
El Ejecutivo federal tendrá el mando de la fuerza pública en los lugares donde resida habitual o transitoriamente;
VIII. Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios.
Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias.
IX. Derogada.
X. Derogada.
El presidente López Obrador ha defendido en diversas ocasiones, el derecho del pueblo para aprovechar con sustentabilidad sus recursos naturales, esto no ocurre con Generadora Fénix que aprovecha los recursos naturales de la región sin contribuir al desarrollo de los municipios donde opera y no favorece el bienestar de los pobladores.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Al tenor de los siguientes resolutivos
Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, al Ejecutivo Federal a fin de que se transparente los términos y condiciones en que fueron otorgadas en concesión cinco plantas generadoras de energía eléctrica a la empresa Generadora Fénix.
Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, al Ejecutivo Federal para que, bajo los nuevos términos de soberanía energética emprendida por el Gobierno Federal, los municipios de Huachinango, Juan Galindo y Zihuateutla del Estado de Puebla, puedan beneficiarse de la riqueza generada por los recursos naturales de los municipios aprovechados por Generadora Fénix.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo 2021.– Diputado José Francisco Esquitin Alonso (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.
GESTIONES PARA QUE EL IMPI INICIE EL PROCEDIMIENTO PARA QUE SE EMITA DECLARATORIA DE PROTECCIÓN COMO DENOMINACIÓN DE ORIGEN AL LIMÓN PERSA
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a realizar por la SE gestiones conducentes a que el IMPI inicie el procedimiento para emitir declaratoria de protección como denominación de origen del limón persa, a cargo del diputado Rodrigo Calderón Salas, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Rodrigo Calderón Salas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en esta LXIV Legislatura, con fundamento en lo que establecen los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de este recinto legislativo, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Economía, para realizar las gestiones necesarias para que, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial inicie el procedimiento para que se emita declaratoria de protección como denominación de origen al limón persa con base en la siguientes
Consideraciones
Las denominaciones de origen constituyen el sistema utilizado en nuestro país para el reconocimiento de una calidad diferenciada, de características propias debidas al medio geográfico en el que se producen las materias primas, se elaboran los productos y a la influencia del factor humano que participa en la producción y en la elaboración.
Por lo tanto, el reconocimiento de una calidad superior conlleva a la necesidad de protección de tales productos además de la exigencia del mercado y de los consumidores, quienes requieren una mayor y mejor información acerca de los productos, a la vez que confieren mayor importancia a la calidad que a la cantidad de la alimentación. De hecho, en los últimos años se ha podido identificar una mayor demanda de productos específicos y, en concreto se verifica una creciente demanda de productos agrícolas y alimenticios de un origen geográfico determinado.
La regulación jurídica de la denominación de origen tiene triple finalidad. En primer lugar, tiende a fomentar la diversificación de la producción agrícola para conseguir un mayor equilibrio en el mercado entre la oferta y la demanda, pues la promoción de los productos que presenten determinadas características resulta beneficiosa para las zonas cuya economía es fundamentalmente agrícola, se obtiene un grado de reconocimiento a nivel local, nacional e internacional, el tener un producto alimenticio con denominación de origen, da prestigio y hace que a nivel global exista un reconocimiento y conocimiento del mismo.
En segundo lugar, se pretende informar al consumidor, ofreciendo una mayor y mejor información; y finalmente, la regulación de las denominaciones es una medida de protección del mercado y de la competencia, impidiendo fundamentalmente que ésta sea engañosa y falsa: es la protección legal de las denominaciones de origen contra productores de otros lugares que intentan aprovechar el nombre que han creado los originales, en un largo tiempo de fabricación o cultivo.
En nuestro país el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es la autoridad administrativa y competente para emitir las declaratorias de protección de denominaciones de origen y autorizar su uso, así como tramitar y en su caso otorgar registros de marca; entre otras atribuciones. A la fecha, el IMPI ha declarado la protección de 14 denominaciones de origen: ámbar de Chiapas, arroz de Morelos, Bacanora, café Chiapas, café Veracruz, charanda, chile habanero de la península de Yucatán, mango ataulfo del Soconusco de Chiapas, mezcal, olinalá, sotol, talavera, tequila y vainilla de Papantla.
Cabe señalar que en nuestro país otro producto a destacar de gran relevancia social, económica es el limón persa (Citrus latifolia Tanaka) también conocido como limón Tahití, limón pérsico o limón sin semilla, un cultivo ícono de México. El árbol del limón persa es moderadamente vigoroso, de mediano a grande donde puede alcanzar alturas de 4.5 a 6 metros, de ramas con pocas espinas cortas y puntiagudas. Las hojas son anchas-lanceoladas y con pecíolos alados; los brotes jóvenes son de color purpura que después cambian a verde. Posee flores blancas y pequeñas. El fruto es ovalado y generalmente redondeado en la base. La cáscara es verde, con tonalidades intensas o claras, delgada, se rompe fácilmente y tiene sabor amargo, pesan en promedio, 76 gramos. El árbol necesita temperaturas entre 22 y 28ºC para su buen desarrollo. Requiere lluvias de mil doscientos a dos mil milímetros al año, y si se riega con frecuencia, crecerá y dará flores constantemente. Crece en terrenos con una altitud de doscientos a novecientos metros sobre el nivel del mar, su vida de anaquel bajo condiciones ambientales es de 10 a 15 días. 1
En su informe del año comercial 2018/19 el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA por sus siglas en inglés) menciona que México ocupa el primer lugar a nivel mundial en la producción de limón, siendo un cultivo de gran importancia nacional, se ubica como el primer exportador mundial. En la última década, la producción nacional de limón creció a una tasa promedio anual de 1.4 por ciento y la superficie cultivada de limón, presentó un crecimiento de 2.9 por ciento, en la última década .
Veracruz es el principal estado productor de limón persa en el país, con un volumen de producción de 644 mil 599 mil toneladas, es decir 30 por ciento del total nacional. Le siguen en importancia Michoacán, Colima y Oaxaca. Esto significa que estos cuatro estados concentran 79 por ciento del valor de la producción nacional de limón y 77 por ciento del volumen de producción.
En el estado de Veracruz, esta actividad cuenta con más de 250 mil hectáreas sembradas, de las cuales, 50 mil están dedicadas al limón persa, éste estado cuenta con alrededor de 15 mil productores de limón persa, de un total de 25 mil que hay en el padrón nacional.2 Es una actividad que genera bienestar a las familias veracruzanas, aproximadamente un millón 400 mil jornales que se consumen en la cosecha, poscosecha y en toda la cadena de este producto. Integra a cortadores, prestadores de servicios y empacadores.
En la región de Martínez de la Torre es donde se concentra la principal producción de limón persa en el estado, con alrededor de 30 mil hectáreas sembradas, seguido por la región de Cuitláhuac, con cerca de 17 mil hectáreas. Cuitláhuac cuenta con 11 mil 730 habitantes, de los cuales más de 50 por ciento se dedican a la agricultura. 2
Cuitláhuac cuenta con 15 empacadoras de limón persa, las cuales compran el limón producido en el municipio y otros municipios vecinos, como Yanga, Omealca, Atoyac, Paso del Macho y Carrillo Puerto.
México dispone de limón durante todo el año, acentuando sus meses de mayor producción de julio a noviembre, en los cuales se genera 35 por ciento de la producción, el consumo anual per cápita es de 14.5 kilogramos. El 91 por ciento del limón exportado corresponde a limón persa con destino principalmente a Estados Unidos, Países Bajos y Reino Unido. En los últimos 5 años las exportaciones mostraron una tasa media de crecimiento anual de 8.7 por ciento.
SADER menciona que para 2030 el consumo y la producción tendrá un aumento de la demanda mundial de 4.82 a 5.98 mil millones de toneladas (un incremento acumulado de 24 por ciento), mientras que la producción nacional de limón tiene la capacidad de incrementarse de 2.42 a 2.98 mil millones de toneladas, lo cual representa un crecimiento acumulado de 23.37 por ciento, ante este escenario, es factible destinar 2.07 mil millones de toneladas, al consumo nacional y 1.07 mil millones de toneladas, a las exportaciones.
Aunado a eso, el sector tiene dos formas principales de comercialización de sus productos. Por un lado, existe un mercado que está basado en la comercialización de los productos frescos y, por otro lado, existe un mercado para aquellos bienes que son producto de la transformación industrial de la fruta y del aprovechamiento de residuos que ha tomado gran importancia y utilidad entre la comunidad científica.
Por lo que se ha convertido en una buena alternativa para aquellas cosechas que no pueden comercializarse por determinadas circunstancias, esta actividad intensiva en donde participan empresas dedicadas a toda la cadena productiva (productores, procesadoras, centros de distribución y exportadores), produciendo jugos, pulpas, concentrados y frutas en fresco, su aprovechamiento ha trascendido en el ámbito agroalimentario y van desde las aplicaciones convencionales en alimentos, farmacia y agricultura, hasta usos ambientales y en energía.
La producción de cítricos tiene un lugar importante en la actividad agrícola mundial, por resultar rentable para muchos de los países que consideran la citricultura como actividad prioritaria dentro de su economía. Este sector beneficia a la mayor parte de las familias de Veracruz.
El limón persa ha llegado a tener precios muy favorables para los productores, beneficiando con esto a toda la cadena del limón y dando mejores ingresos a las familias de los jornaleros y productores. Por último, el sector cuenta con potencial para aumentar su competitividad, su valor agregado y la rentabilidad de los agentes económicos de la cadena.
Por lo expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realice las gestiones necesarias para que, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial inicie procedimiento para emitir declaratoria de protección como denominación de origen al limón persa.
Notas
1 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, SIAP, (2020) Plagas reglamentadas de los cítricos, enero de 2021. Sitio web:
https://www.gob.mx/senasica/documentos/plagas-reglamentadas-de-l os citricos-110863
2 González C.F, 2015.Compilacion bibliográfica del limón persa. Universidad Veracruzana. Orizaba Ver, paginas 33-37.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputado Rodrigo Calderón Salas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.
SE GARANTICE EL FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTACIÓN DE PROGRAMAS DESTINADOS A LA IDENTIFICACIÓN, ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a garantizar por la Segob, la SSPC y la SHCP el financiamiento y la instauración de programas destinados a identificar, atender y prevenir la violencia contra las mujeres, a cargo de la diputada Miriam del Sol Merino Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, Miriam del Sol Merino Cuevas, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable Asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
México vive una de las crisis de violencia de género y feminicidios más graves de su vida moderna, dicha situación exige coordinación entre las autoridades, la profesionalización de las instituciones de procuración e impartición de justicia, pero, sobre todo, recursos y programas que atiendan de manera integral esta problemática que afecta a uno de los sectores más relevantes como lo son las niñas, adolescentes, jóvenes y adultas más mayores.
Todos los días, diversas mujeres son agredidas, violadas, asesinadas y revictimizadas; para contar con un panorama, basta señalar que según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) en nuestro país, al menos 10 mujeres son asesinadas diariamente. 1
En su información sobre violencia contra las mujeres 2, el Sesnsp destaca que durante el pasado mes de enero se cometieron de manera general un total de 147 mil 642 delitos, de los cuales, en su mayoría con el 46.6% fueron al patrimonio, 7% lesiones dolosas, 4.2% a la integridad corporal, 1.5% homicidios dolosos y 0.05% feminicidios.
Durante el mes de enero de las 7 mil 178 víctimas fueron mujeres, teniendo una mayor presencia las lesiones dolosas con el 56.52% seguido de lesiones culposas con el 16.38%, 9.35% de los delitos fueron contra la libertad personal y 3.64% por homicidio culposo, asimismo, 3.3% por homicidio doloso, 2.69% extorsión y 0.93% por feminicidio.
Durante el mismo periodo, se recibieron en los teléfonos de emergencia un millón 361 mil 410 llamadas totales de las cuales, 35.62% fueron por incidentes de seguridad, 16.20% problemas médicos, 3.87% violencia familiar, 0.04% acoso y/o hostigamiento sexual, 0.03% abuso sexual y 0.02% violación.
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 3, identificó que las mujeres con una mayor propensión a la violencia son las que residen en áreas urbanas con el 69% y de edades que oscilan entre los 25 y 34 años con el 70.1% de los casos registrados.
Por su parte, los resultados del Grupo Interinstitucional de Estrategia contra Violencias (Giev), en donde participa la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), recientemente dio a conocer que los feminicidios se concentraron en 18% de los municipios del país durante el 2020. 4
El hartazgo de la sociedad y las protestas actuales de mujeres tienen su origen en el alto nivel de impunidad que prevalece en el país, debido a que casi 9 de cada 10 asesinatos no han sido sancionados, y el 51.4% de feminicidios, así como el 89.6% en homicidios dolosos carecen de resolución. 5 Entre las entidades federativas con mayor incidencia se encuentran Veracruz, la Ciudad de México y el estado de Nuevo León.
A pesar de la relevancia del tema, las cifras oficiales no corresponden con las denuncias y los análisis que realizan las organizaciones de la sociedad civil, quienes documentan un mayor número de casos.
Tan sólo para 2019, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reportó 890 feminicidios, mientras que el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios (Ocnf) identificó más de tres mil. Las razones para estas diferencias son varias: se tienen distintas fuentes que cuantifican de manera diferenciada, no todos los estados cuentan con el tipo penal de feminicidio en sus códigos penales, solo algunas autoridades inician las carpetas de investigación tipificando el delito como feminicidio o logran acreditarlo adecuadamente.
La austeridad mal entendida que está siendo impulsada por la presente administración federal está impidiendo la protección de las mujeres, solo durante el periodo 2019 a 2020, se ha dado una reducción superior al 69% de los presupuestos aprobados a por lo menos 20 programas gubernamentales enfocados al apoyo de niñas, adolescentes y mujeres para asegurar la equidad de género, en la operación de la red nacional de estancias infantiles y el fomento de derechos humanos.
La cancelación de proyectos o la reducción de fondos públicos está limitando la prevención de la discriminación a mujeres indígenas y mermando esquemas de autoempleo, financiamiento y emprendimiento en zonas rurales y urbanas, impactando negativamente la economía familiar y dando lugar a episodios de violencia y maltrato físico, emocional o económico.
Destaca la eliminación de los programas de estancias infantiles para apoyaban a madres trabajadoras y el apoyo a refugios para mujeres víctimas de violencia que han sido dos de las acciones canceladas sin justificación válidas. 6 Si bien, los programas sociales del Gobierno federal se centran en la entrega de apoyos económicos, no combaten los problemas de origen, ni mitigan los delitos, lo que implica una regresión en el acceso a los derechos de las mujeres, por ello es necesario, replantear una estrategia integral.
La falta de políticas públicas del actual Gobierno federal para atender la problemática es evidente, ya que presuntamente ni siquiera se ha publicado el Programa Nacional por una Vida sin Violencia que constitucionalmente está obligado a crear, de acuerdo con lo establecido por el Plan Nacional de Desarrollo.
Lamentablemente, estos delitos se acentuaron durante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-Cov-2. En este sentido, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sostiene que la violencia contra las niñas y mujeres representa otra pandemia que no que no se ha logrado erradicar, ya que, a ellas afecta de manera desproporcional a través de las consecuencias sociales y de violencia de género. 7
Por estas consideraciones, dicho organismo internacional ha realizado múltiples llamados para instaurar políticas públicas concretas respecto la violencia de género y con ello, dar prioridad al financiamiento de servicios esenciales que incluyan la prevención de violencia, dar especial atención a las víctimas y sobrevivientes, así como impulsar una política nacional de “cero tolerancia” hacia la violencia contra las mujeres.
Los hechos señalados son una clara trasgresión a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia, quien en su artículo 41 establece que la Federación garantizará el ejercicio pleno del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y ejecutará medidas específicas, que sirvan para la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos, en un marco de integralidad y promoción de los derechos humanos.
Para la debida protección de las mujeres y propiciar un clima de desarrollo libre de violencia se requiere que la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de manera conjunta concreticen un mecanismo de participación y asignación de fondos enfocados a la rápida identificación, atención y prevención de estos delitos que vulneran la integridad y vida de las mujeres.
Aunado a ello, las instituciones de procuración e impartición de justicia de los órdenes de gobierno deben disponer de mayores mecanismos de denuncia, acceso a la justicia, protección de víctimas y reparación integral del daño.
Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta
Punto de Acuerdo
Primero. - La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta al Gobierno Federal para que, a través de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, garantice el financiamiento e instrumentación de programas destinados a la identificación, atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
Segundo. - La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta al Gobierno Federal para que difunda y explique los fondos, partidas presupuestales y recursos disponibles para la implementación de programas orientados a la protección de las mujeres y la sanción de cualquier manifestación de violencia que vulnere sus derechos humanos y ponga en riesgo su integridad y vida, ante la comisión de delitos como feminicidios y homicidios.
Tercero. - La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Gobernación para que, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, fortalezca las medidas, programas y estrategias que tengan como objeto la protección, denuncia y el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia.
Notas
1. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. (2021). Incidencia Delictiva del Fuero Común 2021. 02/03/2021, de Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Sitio web:
https://drive.google.com/file/d/1WZBp61qEB-Pcz0Hc8hHa1tmP-J3um2H m/view
2. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. (2021). Información sobre violencia contra las mujeres. 02/03/2021, de Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Sitio web:
https://drive.google.com/file/d/1sXSQU6yy7r502TAFM_fW7mIVhGZIeVs m/view
3. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2020). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. 02/03/2021, de INEGI Sitio web:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2020 /Violencia2020_Nal.pdf?fbclid=IwAR2hD5mR1ZesgmWv1zCf6Ww1ms_ohgA2ubrA9whsw1jFfMc I-iHKuUyOHbA#:~: text=De%20acuerdo%20con%20el%20tipo,que%20en%20hombres%20de%204.0%25.
4. Instituto Nacional de las Mujeres. (2021). Trabajamos con el objetivo único de erradicar las violencias contra las niñas y las mujeres, resalta secretaria Olga Sánchez Cordero. 02/03/2021, de Gobierno de México Sitio web:
https://www.gob.mx/inmujeres/articulos/trabajamos-con-el-objetiv o-unico-de-erradicar-las-violencias-contra-las-ninas-y-las-mujeres-resalta-secr etaria-olga-sanchez-cordero-265050
5. Impunidad Cero. (2020). Impunidad en homicidio doloso y feminicidio: Reporte 2020. 02/03/2021. Sitio web:
https://www.impunidadcero.org/articulo.php?id=142&t=impunida d-en-homicidio-doloso-y-feminicidio-reporte-2020
6. México: La gobernabilidad en tiempos de la Cuarta Transformación”, elaborado por la encuestadora GEA-ISA.
7. Organización de las Naciones Unidas. (2020). ONU México: poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas no está en pausa. 02/03/2021, de ONU Sitio web:
https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/onu-m%C3%A9xico -poner-fin-la-violencia-contra-las-mujeres-y-las-ni%C3%B1as-no-est%C3%A1-en
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Miriam del Sol Merino Cuevas (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.
SUSPENSIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DURANTE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN EL ESTADO DE MÉXICO
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno y los ayuntamientos mexiquenses a suspender los programas sociales durante las campañas electorales, a cargo de la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario del PES
La que suscribe, Carolina García Aguilar, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a el gobierno de estado de México y sus municipios, a no participar, influir o intervenir de ninguna forma en las elecciones para elegir diputados federales, diputados locales y presidentes municipales, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El próximo 6 de junio se llevaran a cabo elecciones para elegir diputados federales, en algunos estados gubernaturas, presidencias municipales y diputaciones locales, un ejercicio democrático donde participara la población para elegir a los que serán sus gobernantes.
Las elecciones del 6 de junio del 2021 serán las más grandes de la historia, según el Instituto Nacional Electoral, quien dio a conocer que este año se elegirán 500 cargos federales y 19 mil 915 de carácter local. Éstas se llevarán a cabo el domingo 6 de junio. En el padrón electoral hay 94 millones 407 mil 240 personas, de las cuales 48 millones 670 mil 373 son mujeres y 45 millones 455 mil 705 son hombres. Mientras que en la lista nominal hay 92 millones 684 mil 134 personas, a los que las estadísticas agrupan en 47 millones 835 mil 095 de mujeres y 44 millones 568 mil 559 de hombres. 1
En el caso del Estado de México, se realizaran elecciones para elegir diputados federales, diputados locales y presidencias municipales, por lo que la efervescencia política se encuentra en su punto más álgido.
Aunque a nivel federal el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador, ha insistido una y otra vez en mandar un mensaje claro de no injerencia en el proceso electoral de los gobiernos en todos sus niveles, en el caso del Estado de México, gobernantes y actores políticos aprovechan cualquier coyuntura, ya sea para desacreditar el trabajo de los gobiernos o bien para hacer uso político de las acciones y programas sociales de los gobiernos federal, estatal o municipal.
La no injerencia del gobierno del estado y de los ayuntamientos es la próxima elección del 6 de junio, será una responsabilidad que todos los gobernantes y sus autoridades deben adoptar, para tener unas elecciones limpias y transparentes que sean el resultado de la voluntad popular.
Es necesario, llevar a cabo una serie de acciones que cohíban la presentación de hechos fraudulentos en las próximas elecciones, ya que de ello dependerá la participación de la ciudadanía en elegir a sus gobernantes y que a través de una elección transparente dichos gobernantes contaran con el apoyo de los ciudadanos en sus obligaciones que adquieren al ganar las respectivas elecciones.
De acuerdo a un reporte del World Justice Project El Estado de México es el peor calificado en elecciones transparentes.
El Estado de México resultó el peor calificado del país en el subfactor de transparencia, encaminado a valorar si se garantizan elecciones libres, limpias y transparentes, de acuerdo con el reporte del World Justice Project (WJP) sobre el Índice de Estado de Derecho en México.
La medición, en ese rubro, contempla la integridad del proceso electoral, incluyendo el acceso al voto, la ausencia de intimidación y el escrutinio público de los resultados electorales, donde el Estado de México fue el peor calificado entre las 32 entidades.
El tema genera controversia: por un lado el exconsejero electoral, Juan Carlos Villarreal, cuestionó el método del estudio y consideró que la entidad no es la peor, pues no hay pruebas científicas de fraudes.
La consejera del INE en el Estado de México, Karina Vaquera, difirió de esa visión y aseguró que la entidad tiene consejeros que aún benefician al partido en el poder, pues hay una influencia importante del partido gobernante, como se ha observado en la toma de decisiones. El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), opinó, históricamente ha estado subordinado al partido político gobernante en la entidad.
Para Villarreal la reforma político electoral de 2014, que le quitó al Congreso local la facultad de nombrar a los consejeros para dársela al INE, a través de exámenes y entrevistas, ha permitido evitar sesgos y cuotas.
No obstante, Vaquera consideró que todavía existen vínculos de los consejeros con el partido que gobierna la entidad, pues tienen apego a él.
En 2018, durante la renovación de integrantes de municipios, de la Legislatura mexiquense, del Congreso de la Unión y de la presidencia de la República, también hubo señalamientos de dádivas y guerra sucia.
La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) refirió que la entidad mexiquense fue una de las tres donde se recibieron más denuncias por posibles delitos electorales en 2018 y estuvo a la cabeza en 2017, durante las elecciones a gobernador.
En varios factores el Estado de México se ubicó en los últimos lugares; por ejemplo: en orden y seguridad se fue hasta el lugar 30, en ausencia de corrupción al 29, en justicia penal llegó al 28.
En el primer factor relativo a los límites al poder gubernamental se ubicó en el lugar 25, en derechos fundamentales ocupó el lugar 24, en cumplimiento regulatorio se ubicó en el 19, y en justicia civil en el 15.
Por su lado, la consejera del INE, Karina Vaquera, señaló que el índice del Estado de Derecho es muy completo y el subfactor de transparencias elecciones limpias y transparentes, que ubicó a la entidad en el último lugar del país, tiene sustento, pues hay todavía hay vínculos de los consejeros con el partido en el poder y en los comicios pasados no tomaron acciones claras para evitar la coacción del voto.
“Existen una serie de elementos que nos llevan a tener como conclusión que sigue permeando una influencia por parte del partido gobernante en la conformación de los órganos electorales.
“Y esto lo podemos ver de manera clara en la actuación y toma de decisiones que se dieron en las elecciones del 2017 y 2018 en el Instituto Electoral del Estado de México, órgano electoral que históricamente ha estado subordinado al partido político que ha gobernado la entidad”.
Esto, afirmó, se constata con datos reales como el que los consejeros electorales muestran un claro apego al partido en el poder, algunos en su momento formaron parte del Tribunal Electoral del Estado de México y la mayoría son egresados de la UAEM.
Si se revisa su actuación en las últimas elecciones, advirtió, sus participaciones dejaron mucho que desear al momento de atender denuncias ciudadanas.
“Existe presión e injerencia directa de quien gobierna la entidad tanto para el IEEM, como para algunos servidores electorales del INE, con quien se comparte la organización de las elecciones; se puede decir que tal injerencia llega al grado de premiar o castigar a quienes se alinean, como es el caso de consejeros, que una vez concluido su encargo tuvieron un lugar específico en otra institución del estado”, comentó. 2
De acuerdo a esta información, podemos adelantar que en este proceso electoral que ya dio inicio, también habrá una serie de violaciones a la propia ley electoral, a través del uso indebido de recursos y fuera del tiempo permitido de programas sociales, principalmente del gobierno estatal, además de una serie de acciones de actores políticos para verse favorecidos por sus respectivos partidos políticos y en la jornada electoral por los ciudadanos que acudirán a las urnas.
Así mismo, es muy importante hacer conciencia en los ciudadanos a denunciar o participar en cualquier acción que se considere una violación a la ley electoral, solo así se po-drán realizar unas elecciones libres, limpias y transparentes.
Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
Ahora bien, es necesario mencionar que el bien jurídico tutelado por estos delitos es la libre organización y realización de los procesos electorales para elegir a un ciudadano que ocupará un cargo público, lo que se traduce en tutelar, el sufragio efectivo y sus características de universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible, sin olvidar que también se protege el adecuado funcionamiento de los órganos electorales.
Cualquier persona, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religioso, pueden cometer delitos electorales.
Estas conductas están contenidas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, y contemplan sanciones para el caso de ser cometidos.
En el ámbito Federal, la FEPADE es la autoridad encargada de investigar y perseguir los delitos electorales para garantizar los derechos de los ciudadanos.
La ley General en materia de Delitos Electorales establece:
Artículo 7. ...
I. ...
II. ...
III. ...
IV. ...
V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos;
VI. ...
VII. Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
Si la conducta especificada en el párrafo anterior es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en el presente artículo. De igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición;
VIII. al XII. ...
XVIII. Por sí o interpósita persona, proporcione fondos provenientes del extranjero a un partido político, coalición, agrupación política o candidato para apoyar actos proselitistas dentro de una campaña electoral;
XIX. Expida o utilice facturas o documentos compro-batorios de gasto de partido político o candidato, alterando el costo real de los bienes o servicios prestados;
XX. ...
XXI. Provea bienes y servicios a las campañas electorales sin formar parte del padrón de proveedores autorizado por el órgano electoral administrativo.
Artículo 7 Bis. Se impondrá de trescientos a seiscientos días multa y prisión de cuatro a nueve años a quien, utilizando bienes, fondos, servicios o beneficios relacionados con programas sociales, ejerza cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por una o un candidato, partido político o coalición, o bien para participar o abstenerse de participar en eventos proselitistas, o para votar o abstenerse de votar por alguna opción durante el procedimiento de consulta popular. 3
De otra manera también se pueden describir los delitos electorales por la función que desempeñan las personas:
Cualquier persona puede cometer un delito electoral cuando:
• Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
• Mediante presión o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
• Amenace con suspender los beneficios de los programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio a favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho al voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición.
• Solicite u ordene evidencia del sentido del voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto.
• Se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos públicos electorales.
• Se apodere, destruya, altere, posea, adquiera, comer-cialice o suministre de manera ilegal, equipos o insumos necesarios para la elaboración de credenciales para votar.
• Sin causa justificada por la ley, abra los paquetes electorales o retire los sellos o abra los lugares donde se resguarden.
Puede cometer un delito electoral el servidor público cuando:
• Coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
• Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.
• Si el condicionamiento del programa gubernamental se realiza utilizando programas de naturaleza social, se au-mentará hasta un tercio de la pena prevista en este artículo.
• Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado.
Un funcionario electoral puede cometer un delito electoral cuando:
• Altere en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores.
• Se abstenga de cumplir, sin causa justificada, con las obligaciones propias de su cargo, en perjuicio del proceso electoral.
• Obstruya el desarrollo normal de la votación sin mediar causa justificada.
• Altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales electorales.
• No entregue o impida la entrega oportuna de docu-mentos o materiales electorales, sin mediar causa justificada.
• Induzca o ejerza presión, en ejercicio de sus funciones, sobre los electores para votar o abstenerse de votar por un partido político, coalición o candidato.
• Ejerza presión o induzca a los electores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma.
• Realice o distribuya propaganda electoral durante la jornada electoral.
• Sustraiga, destruya, altere o haga uso indebido de documentos o materiales electorales.
• Obstaculice el desarrollo normal de la votación o de los actos posteriores a la misma sin mediar causa justificada, o con ese fin ejerza violencia sobre los funcionarios electorales.
• Divulgue, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados.
• Impida la instalación, apertura o clausura de una casilla, así como el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales.
El ministro religioso puede cometer un delito electoral cuando:
• Presione o induce el sentido del voto o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, en ejercicio del culto religioso o en desarrollo de actos propios de su ministerio.
Cualquier Fedatario Público puede cometer un delito electoral cuando:
• Estando obligado se niegue injustificadamente a dar fe de hechos o certificar documentos concernientes a la elección. 4
Es importante resaltar la reforma y adición del artículo 7 Bis, que fortalece la ley en la materia y permite dejar en claro que no habrá ningún tipo de en la aplicación de la ley.
La participación de la ciudadanía y de los funcionarios electorales será de vital importancia para impedir que se cometan delitos electorales previos o en la jornada electoral, y que los gobiernos no tengan injerencia o participen de manera dolosa en la violación de la ley en la materia.
Los funcionarios electorales tanto del INE como del IEMM, tienen la obligación de dar certeza tanto en la preparación, jornada electoral y resultados electorales para que estas elecciones sean libres, limpias, transparentes, tienen la oportunidad de consolidarse como instituciones que protegen la libre decisión de los electores para elegir a sus gobernantes.
Finalmente es importante hacer mención del papel de los funcionarios electorales y los gobiernos en abonar a que se realicen elecciones libres, confiables y transparentes, para así tener unas instituciones fortalecidas y que quien llegue a gobernar tenga el apoyo de la ciudadanía.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía los presentes:
Puntos de Acuerdo
Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del Estado de México y a los gobiernos de todos los municipios a suspender los programas sociales establecidos en sus acciones de gobierno, durante las campañas electorales.
Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del Estado de México y a los gobiernos de todos los municipios a no participar, no influir y no intervenir en las elecciones del 6 de junio, para elegir a los diputados federales, diputados locales e integrantes de los ayuntamientos.
Tercero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al INE y al IEEM, a vigilar y denunciar cualquier acto de violación de los preceptos legales, por parte de los candidatos para ofrecer dadivas, despensas, dinero o cualquier otro acto de coacción del voto.
Notas
1 Milenio
https://www.milenio.com/politica/elecciones-2021/elecciones-2021 -mexico-cargos-renovarse-casillas-presupuesto. consulta 18/03/2021
2 El Heraldo De Mexico, Sofía Sandra San Juan, (Visible en:
https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/edomex-el-peor-calificado -en-elecciones-transparentes-5123322.html), consulta 19/03/2021
3 Ley General en Materia de Delitos Electorales, Última Reforma DOF 19-02-2021, (Visible en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDE_190221.pdf), consulta 20/03/2021
4 Delitos Electorales: investigación, Prevención y Persecución en México, FORO JURIDICO, DR, Antonio Solera Castillo, 2018, (Visible en:
https://forojuridico.mx/delitos-electorales-investigacion-preven cion-persecucion-mexico/), consulta 19/03/2021
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada Carolina García Aguilar (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
CAMPAÑAS VIRTUALES DE SENSIBILIZACIÓN E INFORMACIÓN SOBRE EL TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN CON HIPERACTIVIDAD DURANTE LA ACTUAL PANDEMIA POR COVID-19
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a implantar con la Ssa y el Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz campañas virtuales de sensibilización e información sobre el trastorno por déficit de atención con hiperactividad durante la pandemia por covid-19, a cargo de la diputada María Marivel Solís Barrera, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada María Marivel Solís Barrera, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El tercer Objetivo del Desarrollo Sostenible (ODS), de la Agenda 2030 de la ONU, denominado “Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades”, considera fundamental garantizar una vida saludable y promover el bienestar para todos a cualquier edad. Por lo considerado el tercer ODS plantea buscar que de aquí a 2030, reducir en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante su prevención y tratamiento, y promover la salud mental y el bienestar 1.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha reconocido que durante la pandemia de covid-19 se ha paralizado 93 por ciento de atención de salud mental y aumenta la demanda. En el mismo orden de ideas, la OMS, reconoce al trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) en su clasificación de los trastornos mentales y del comportamiento, ubicándolo dentro de los trastornos emocionales y del comportamiento que aparecen habitualmente en la niñez y en la adolescencia 2. Así mismo, estudios epidemiológicos estiman que del tres por ciento al cinco por ciento de niñas y niños en el mundo pueden presentar un diagnóstico de TDAH.Y, en México se estima que hay aproximadamente 33 millones de niños y adolescentes, de los cuales 1.5 millones podrían ser diagnosticados con TDAH.
En el cuarto párrafo del artículo 4o. constitucional se reconoce que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley General de Salud en las disposiciones del artículo 73 establece que la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán difusión de las orientaciones para la promoción de la salud mental, así como el conocimiento y prevención de los trastornos mentales y del comportamiento.
Y, la misma Ley General de Educación, en el artículo 7, establece que corresponde al Estado la rectoría de la educación, además añade la obligatoriedad de eliminar toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, para ello establecerá la educación especial disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, la cual se proporcionará en condiciones necesarias, a partir de la decisión y previa valoración por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, personal docente y, en su caso, por una condición de salud.
Es importante mencionar que el Instituto Nacional Psiquiatría “Ramón de la Fuente Muñiz”, dentro de sus atribuciones tiene la obligatoriedad de contribuir al cumplimiento del derecho a la protección de la salud, en la especialidad de psiquiatría y la salud mental, siendo parte del Sistema Nacional de Salud. El Instituto tiene el objetivo de realizar estudios e investigaciones clínicas, epidemiológicas, experimentales, de desarrollo tecnológico y básicas, en las áreas biomédicas y sociomédicas en el campo de la psiquiatría y la salud mental, para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, y rehabilitación de los afectados, así como para promover medidas de salud. Añadiendo, dentro de sus funciones asesorar y formular opiniones a la Secretaría de Salud cuando sea requerido para ello 3.
En el caso específico el TDAH es un padecimiento que se caracteriza por alteraciones cognoscitivas, conductuales, emocionales y sociales que repercuten en el comportamiento global de la persona. Para quienes padecen TDAH, es frecuente que durante la infancia les cueste trabajo concentrarse y comportarse funcionalmente, pero cuando crecen y persisten dichas conductas, puede sospecharse de dicho trastorno. Algunas conductas características de esta condición consisten en fantasear en exceso, olvidar o perder cosas con frecuencia, moverse nerviosamente, hablar mucho, cometer errores por descuido o correr riesgos de más, poca resistencia a la tentación, no respetar turnos y dificultad para llevarse bien con los demás.
Se identifican tres tipos de TDAH: en uno predomina la falta de atención, que dificulta a la persona organizarse o acabar una tarea, prestar atención a detalles, seguir instrucciones o conversaciones, distraerse con facilidad u olvidar detalles de la rutina diaria. En otro tipo de TDAH resaltan la hiperactividad e impulsividad, la persona se mueve mucho y habla mucho; se le dificulta permanecer sentada al comer o hacer la tarea; los niños más pequeños corren, saltan o trepan constantemente. La persona inquieta e impulsiva puede interrumpir a otros, tomar cosas que no le pertenecen o hablar en momentos inapropiados; se le dificulta esperar su turno o seguir instrucciones. La persona con impulsividad puede sufrir más accidentes y lesiones que los demás. Y, también pueden presentarse los síntomas de los dos tipos anteriores combinados en la persona, en el tercer tipo de TDAH.
Se desconocen las causas y los factores de riesgo del TDAH, pero las investigaciones indican que la genética juega papel importante. Asimismo, el desarrollo de este padecimiento puede estar influido por una lesión cerebral, la exposición ambiental a sustancias tóxicas (plomo, alcohol o tabaco), el parto prematuro o un bajo peso al nacer.
El diagnóstico no es sencillo, este padecimiento suele confundirse con ansiedad, depresión y trastornos del aprendizaje que presentan una sintomatología similar. Por ello, los especialistas recomiendan realizar un examen médico, con pruebas auditivas y de la visión, además de que, para realizar un diagnóstico adecuado, se deben recolectar antecedentes del niño por parte de los padres, los maestros y del propio niño.
El trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) es un problema de salud pública que afecta el desarrollo y calidad de vida de las personas. Inicia antes de los seis años, con incidencia del cinco al siete por ciento en niños y un poco más bajo en niñas; en la adolescencia prevalecen los síntomas y en la adultez persiste hasta en un 50 por ciento.
De 19 a 37 por ciento de quienes lo padecen presentan algún tipo de trastorno en el estado de ánimo como depresión, disturbio bipolar o temperatura más alto de lo normal y prolongada. Aproximadamente la mitad de los infantes con este trastorno continúa presentando los síntomas en la edad adulta, y tiene problemas en las relaciones emocionales y de pareja.
Es determinante el diagnóstico oportuno de la enfermedad, pues su tratamiento permite disminuir los riesgos que conlleva, como sufrir maltrato infantil, rechazo escolar, aislamiento social, y en los adolescentes, el consumo de sustancias nocivas para su salud.
En el prolongado confinamiento al que nos ha obligado la pandemia por covid-19, las niñas y los niños que viven con este padecimiento afrontan mayores dificultades que los demás miembros de las familias. Muchas familias pueden no estar manejando de la mejor manera situaciones críticas cuando algún miembro de ellos padece TDAH, sobre todo, por falta de conocimiento o capacitación.
El desarrollo de la tecnología permite aprovechar medios de comunicación tradicionales, así como las llamadas redes sociales, que pueden aprovecharse para llevar mensajes de sensibilización e información de fuentes confiables sobre TDAH a todos los miembros de las familias.
Por lo anterior, se busca exhortar a la Secretaría de Educación Pública para que en coordinación con la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de Psiquiatría “Ramón de la Fuente Muñiz” contar con una campaña de sensibilización por parte de las instituciones educativas con base en el apoyo técnico de profesionales de la salud, se pueden elaborar materiales gráficos y audiovisuales en formatos sencillos y comunicables que apoyen la identificación del TDAH y su mejor manejo en los hogares durante el confinamiento.
La campaña virtual de información y sensibilización sobre TDAH podrá enlazar a familias, docentes y especialistas en salud mental para que éstos ayuden a identificar síntomas y conductas, pero también para brindar apoyos especializados y posibilidades de acompañamiento comunitario ante el problema.
Por lo expuesto, propongo el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de su competencia, y en coordinación con la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de Psiquiatría “Ramón de la Fuente Muñiz”, implemente una campaña virtual de sensibilización e información sobre trastorno por déficit de atención con hiperactividad durante la actual de la pandemia por covid 19.
Notas
1 Naciones Unidas (2018), La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible: una oportunidad para América Latina y el Caribe (LC/G.2681-P/Rev.3), Santiago.
2 OMS (1994) Guía de bolsillo de la clasificación CIE-1O Disponible en el siguiente sitio web:
https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/42326/847903492 0_spa.pdf;jsessionid=7A6FB64B80F91289EE44ABBA7BEC0712?sequence=1
3 INPRFM (2018). ESTATUTO ORGÁNICO. Disponible en el siguiente sitio web:
http://inprf.gob.mx/normateca/archivos/estatuto_organico_2018. pdf
Fuentes consultadas:
https://www.who.int/topics/mental_health/es/
https://www.cdc.gov/ncbddd/spanish/adhd/index.html
https://cuidateplus.marca.com/enfermedades/neurologicas/trastorn o-deficit-atencion-hiperactividad.html
http://www.scielo.org.mx/pdf/sm/v34n2/v34n2a8.pdf
https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2017_867.html
https://www.gaceta.unam.mx/hiperactividad-y-deficit-de-atencion- problema-de-salud/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2021.– Diputada María Marivel Solís Barrera (rúbri ca).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
PREVENIR Y ATENDER LAS ENFERMEDADES RENALES CRÓNICAS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a fortalecer las acciones destinadas a prevenir y atender las enfermedades renales crónicas ocasionadas en su mayoría por padecimientos como la diabetes y la hipertensión, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable Asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La enfermedad renal crónica (ERC), también llamada insuficiencia renal crónica es aquella perdida gradual de la función renal (riñones), son aquellos órganos encargados de filtrar los desechos y el exceso de líquidos de la sangre, que luego son expulsados a través de la orina. 1
La Organización Mundial de la Salud señala que los signos y síntomas de la enfermedad renal crónica se desarrollan con el paso del tiempo y el daño renal suele avanzar lentamente, y puede incluir, náuseas, vómitos, pérdida de apetito, fatiga y debilidad, problemas de sueño, cambios en la producción de orina, disminución de la agudeza mental, espasmos musculares y calambres, hinchazón de pies y el tobillo y presión arterial alta.
Algunos de los factores que pueden aumentar el riesgo de enfermedad renal crónica son la diabetes, la presión arterial alta, enfermedades del corazón, el envejecimiento, el tabaquismo y la obesidad, asimismo, representa un alto riesgo pues no tiene cura, pero existen tratamientos que ayudar a controlar los síntomas, reducir las complicaciones y retrasar la progresión de la enfermedad.
Especialistas regionales en Prevención y Control de Enfermedades Crónicas de la OMS señalan que realizar actividad física, no fumar, llevar una dieta saludable, comer con poca sal y poca azúcar y monitorear regularmente la presión arterial, pueden prevenir la hipertensión y la diabetes tipo 2, y con ello, se podría evitar generar daños en los riñones. 2
La enfermedad renal es padecimiento no transmisible y actualmente afecta a alrededor de 850 millones de personas en todo el mundo, por lo que uno de cada diez adultos padece esta enfermedad. La carga global está aumentando y se prevé que se convierta en la quinta causa más común de años de vida perdidos en todo el mundo para 2040, convirtiéndose en una causa importante de gastos catastróficos para la salud. 3
Datos de la encuesta sobre Salud, Bienestar y Envejecimiento (SABE) elaborada por la OMS y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) señalan que en América Latina y el Caribe, dos de cada tres personas mayores reportaron tener una de seis enfermedades crónicas frecuentes a esa edad (hipertensión, diabetes, cardiopatía, enfermedad cerebrovascular, artropatías o enfermedad pulmonar crónica) y dos de cada tres al menos tienen el hábito de fumar, sobrepeso o la falta de actividad física rigurosa.
Para detectar la enfermedad renal crónica, los especialistas recomiendan realizarse un examen de sangre y de orina, y medirse la presión arterial, en especial entre la población en riesgo, como diabéticos, hipertensos, mayores de 65 años, quienes hayan tenido algún episodio cardiovascular, familiares de pacientes que ya sufren alguna dolencia renal, fumadores y personas sedentarias.
En las Américas, las enfermedades no transmisibles (cáncer, diabetes, enfermedades cardiovasculares, respiratorias crónicas, entre otras) causan tres de cada cuatro defunciones, es decir, que unos 4.45 millones de personas mueren al año por causa de alguna de ellas.
Es importante señalar que los costos de diálisis y trasplante de riñón consumen del 2 al 3% del presupuesto anual de atención médica en países de altos ingresos; gastado en menos del 0.03% de la población total de estos países. En los países de bajos y medianos ingresos, la mayoría de las personas con falla renal tienen acceso insuficiente a diálisis y trasplante de riñón, por lo que corren mayor riesgo de muerte.
Ante un panorama complicado en el cuidado de los riñones, se estableció que el segundo jueves de cada año se lleve a cabo la conmemoración del Dia Mundial del Riñón, siendo una campaña de concientización global sobre comportamientos preventivos, consciencia sobre los factores de riesgo y consciencia sobre cómo vivir con una enfermedad renal.
México no es ajeno a este problema, basta señalar que en 2017 se reportó una prevalencia de enfermedades renales crónicas del 12.2% y 51.4 muertes por cada 100 mil habitantes en el país. 4
Además, las enfermedades renales tienen un gran impacto en las finanzas de las instituciones y en la economía de las familias, pues el gasto en salud anual medio por persona para esta patología se estimó en 8,966 dólares estadounidenses (USD) en la Secretaría de Salud, y de 9,091 USD en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En la actualidad hay alrededor de 6.2 millones de mexicanos con diabetes que tienen insuficiencia renal en sus distintas etapas, sin que necesariamente todos ellos tengan conocimiento que la padecen, un 98% de las personas se encuentra en etapas tempranas, cuando aún es todavía controlable y reversible.
No obstante, el Instituto Nacional de Salud Pública señala que en estos datos no se incluye a los enfermos por hipertensión arterial sistémica, enfermedades autoinmunes, infecciones, antecedentes congénitos, problemas obstructivos y daño por fármacos, que se desarrollan en forma progresiva hasta llegar a las etapas tardías y que, en la mayoría de los casos, lo hace de manera silenciosa.
Asimismo, indica que a pesar de la reducción de los factores de riesgo como las dietas poco saludables, la inactividad física y el consumo de tabaco, la pobreza puede contribuir a la dificultad de reducir estos factores de riesgo porque se ha demostrado que está fuertemente asociada con el desarrollo de la obesidad, que a su vez es un factor de riesgo para la diabetes y la hipertensión.
Los riñones son una parte fundamental en el funcionamiento del cuerpo humano, por lo que su cuidado es esencial para tener una calidad de vida aceptable, sin embargo, los malos hábitos, la escaza atención y la falta campañas de concientización para evitar enfermedades crónicas en los mexicanos, han incrementado el número de pacientes que llegan a los hospitales con problemas graves de salud.
En razón de lo anterior, es que solicitamos a la Secretaria de Salud que fortalezca las acciones y los programas para que contribuyan a causar un impacto positivo en la prevención y el control de las enfermedades renales crónicas, pues al ser una enfermedad silenciosa, aumenta el número de mortandad en la población de todo el país.
Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Salud para que fortalezca las acciones que ayuden a prevenir y atender las enfermedades renales crónicas que son ocasionadas en su gran mayoría por padecimientos crónicos como la diabetes y la hipertensión.
Notas
1. https://www.paho.org/es/temas/enfermedad-cronica-rinon
2. https://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view= arti-cle&id=9379: 2014-kidney-disease-rising-among-seniors-diabetes-hypertension&Itemid=1926&lang=es#:~: text=La%20enfermedad%20renal%20cr%C3%B3nica%20es,hasta%20un%20trasplante%20de%2 0ri%C3%B1%C3%B3n.
3. https://www.worldkidneyday.org/ckd-2020-spanish/
4. https://www.insp.mx/avisos/5296-enfermedad-renal-cronica-mexi-co.html
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 23 días del mes de marzo de 2021.– (Rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
SE CONSIDERE COMO UN GRUPO DE ATENCIÓN PRIORITARIA A LOS POLICÍAS DE LOS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO EN LA CAMPAÑA DE VACUNACIÓN CONTRA COVID-19
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a considerar como grupo de atención prioritaria a los policías de los tres órdenes de gobierno y dirigir una campaña de vacunación contra el covid-19 para ellos, a cargo de la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, del Grupo Parlamentario del PES
Quien suscribe, diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La covid-19 es una enfermedad infecciosa causada por el nuevo coronavirus que emergió a finales de 2019 (SARS-Cov-2).
La pandemia de covid-19 fue declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo del 2020, la primera pandemia no debida a influenza que afecta a más de 200 países, y con más de 60 millones de casos.
Según la OMS alrededor de 1 de cada 5 personas que contraen la covid-19 acaba presentando un cuadro grave y experimenta dificultades para respirar.
Las personas mayores y las que padecen afecciones médicas previas como hipertensión arterial, problemas cardiacos o pulmonares, diabetes o cáncer tienen más probabilidades de presentar cuadros graves. Sin embargo, cualquier persona puede contraer la covid-19 y caer gravemente enferma. 1
Al 15 de marzo de este año hay 2.167.729 personas confirmadas de coronavirus y 194.944 personas fallecidas por coronavirus en México. 2
Ante el alto contagio de la enfermedad, el Gobierno de México determinó implementar la Política Nacional de Vacunación cuyo objetivo general es disminuir la carga de enfermedad y defunciones ocasionada por la covid-19.
Los objetivos específicos del Plan Nacional de Vacunación son inmunizar como mínimo al 70%, de la población en México para lograr la inmunidad de rebaño contra el virus SARS-Cov-2.
- 100% del personal de salud que trabaja en la atención de la covid-19.
- 95% de la población a partir de los 16 años cumplidos.
De acuerdo con el grupo técnico asesor para la vacuna (GTAV) covid-19 en México, se han tomado en cuenta cuatro ejes de priorización para la vacunación contra el virus SARS-Cov-2 en México:
1. Edad de las personas;
2. Comorbilidades personales;
3. Grupos de atención prioritaria, y;
4. Comportamiento de la epidemia.
Como lo recomienda el GTAV, la edad es el primero de los ejes de priorización con los que se van a reducir el número de personas fallecidas por la covid-19 en México. 3
Conforme a lo expuesto, a mediados de diciembre de 2020 el Gobierno de México determinó que los profesionales de la salud que están al frente de la respuesta a la pandemia de covid-19 serían los primeros en recibir la vacuna contra el covid-19.
Se ha determinado que entre las personas más propensas a contraer el covid-19 son las personas de 60 años o más, razón por la cual actualmente en México se está llevando a cabo una campaña de vacunación contra la covid-19 en todo el país dirigida a los adultos mayores.
Por ello, durante la conferencia de prensa mañanera del 08 de diciembre de 2020, se informó sobre el orden de los grupos de población que tendrán prioridad en la aplicación de la vacuna contra covid-19. 4
Las fechas de aplicación de la vacuna contra covid-19 en México se dividirán en cinco etapas:
• Primera etapa: diciembre 2020 — febrero 2021, para personal de salud de primera línea de control de covid-19
• Segunda Etapa: febrero — abril 2021, dedicada a vacunar a personal de salud restante y personas de 60 años y más.
• Tercera Etapa: abril — mayo 2021, enfocada a personas de 50 a 59 años
• Cuarta Etapa: mayo — junio 2021, destinada a vacunar contra coronavirus a personas de 40 a 49 años
• Quinta Etapa: junio — marzo 2022, asignada para el resto de la población
La importancia de contar con la vacuna es que la vacunación es una forma sencilla, inocua y eficaz de protegernos contra enfermedades dañinas antes de entrar en contacto con ellas. Las vacunas activan las defensas naturales del organismo para que aprendan a resistir a infecciones específicas, y fortalecen el sistema inmunitario.
Tras vacunarnos, nuestro sistema inmunitario produce anticuerpos, como ocurre cuando nos exponemos a una enfermedad, con la diferencia de que las vacunas contienen solamente microbios (como virus o bacterias) muertos o debilitados y no causan enfermedades ni complicaciones. 5
Durante la pandemia de covid-19 la vacunación es de importancia crucial pues cuando nos vacunamos, no solo nos protegemos a nosotros mismos, sino también a quienes nos rodean.
Por eso estoy convencida que es necesario que también se considere como un grupo prioritario para recibir la vacuna contra la covid-19 a los policías.
Un policía es un servidor público que personifica la facultad coercitiva que tiene el Estado para hacer uso del monopolio de la fuerza legítima.
La esencia de la policía es de carácter preventivo y disuasivo para tratar de evitar las conductas antisociales y la comisión de delitos, pero al mismo tiempo está facultada para hacer uso de la violencia justificada con el fin de lograr el restablecimiento del orden infringido.
La función policial es de suma importancia en el país, pues su trabajo diario reviste grandes riesgos y desafíos; y más allá, también porque la función pública policial representa un componente vital en la consolidación de una democracia.
Por ello, es imprescindible proporcionarles los elementos que sean necesarios para el cumplimiento de su función como es la vacuna contra el coronavirus.
Esta enfermedad es altamente contagiosa, una persona puede contraer la covid-19 por contacto con otra que esté infectada por el virus. La enfermedad se propaga principalmente de persona a persona a través de las gotículas que salen despedidas de la nariz o la boca de una persona infectada al toser, estornudar o hablar.
Tan solo en la Ciudad de México, al menos 216 elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México murieron en 2020 a causa de la pandemia de covid-19, mientras que cerca de 2 mil 400 policías capitalinos contrajeron el virus. En promedio, nueve policías se contagian todos los días. 6
A nivel nacional, en 2020 más de 4 mil 800 policías de todos los niveles y corporaciones se contagiaron de covid-19 en México, y poco más de 700 fallecieron. En promedio, 1 de cada 7 policías que contraen dicha enfermedad pierden la vida, proporción seis veces mayor que la registrada en los trabajadores de la salud. 7
La función que desempeñan los policías es fundamental para el país, pues la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
La función pública atribuida a los policías tiene como principales objetivos vigilar y cuidar el orden público en el territorio del Estado para proteger la integridad, patrimonio y derechos de sus habitantes
La policía debe garantizar, mantener y restablecer el orden, prestar ayuda a las personas y a la comunidad, garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio, prevenir, y combatir a la delincuencia, para permitir el pleno desarrollo de la sociedad.
Por ser la función policial fundamental para el mantenimiento del orden social en un Estado de Derecho se propone exhortar a la Secretaría de Salud de la Federación para que considere la posibilidad de dirigir una campaña de vacunación contra la covid-19 a los policías de los tres órdenes de gobierno, por tener a su cargo la alta función de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
Debemos proteger a nuestros policías que enfrentan día con día un altísimo riesgo de ser asesinados por el crimen, y desde 2020 de contraer el virus del covid-19.
Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al principio de división de poderes, a la Secretaría de Salud de la Federación para que considere como un grupo de atención prioritaria a los policías de los tres órdenes de gobierno y dirija una campaña de vacunación contra la covid-19 para ellos, por tener a su cargo la alta función de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social y porque en promedio, 1 de cada 7 policías que contraen covid-19 pierden la vida, proporción seis veces mayor que la registrada entre los trabajadores de la salud.
Notas
1 https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/ advice-for-public/q-a-coronaviruses?gclid=Cj0KCQjw2PP1BRCi ARIsAEqv-pQvl6yLWmOhEohJO5wJ7ma3bmaIACwzM6UDbM3n BvJhAH3-QE6BUa4aAh1EEALw_wcB
2 https://datosmacro.expansion.com/otros/coronavirus/mexico
3 https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2021/01/PolVx_ Co-vid_-11Ene2021.pdf
4 https://www.unotv.com/nacional/mexico-presenta-plan-de-vacuna-cion-contra-el-co vid-19/
5 https://www.who.int/es/news-room/q-a-detail/vaccines-and-immu-nization-what-is- vaccination?adgroupsurvey={ adgroupsurvey} &gclid=EAIaIQobChMIpYyInLa17wIVsP_jBx2HlAWIEAAYASAAEgIjefD_BwE
6 https://www.animalpolitico.com/2021/01/covid-mueren-200-ele-men-tos-policia-fis calia-cdmx-bajas-superan-federales/
7 https://www.animalpolitico.com/2021/01/deja-covid-mas-700-poli-cias-muertos-202 0-1-de-cada-7-fallecen/
Dado en la sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 17 días del mes de marzo de 2021.– Diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO A LA ASF, A REALIZAR LAS AUDITORÍAS FORENSES A LOS RECURSOS EJERCIDOS POR LA UNIVERSIDAD JUÁREZ, DE DURANGO, EN EL EJERCICIO FISCAL 2020
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la ASF a practicar las auditorías forenses a los recursos ejercidos por la Universidad Juárez de Durango en 2020, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena
Los que suscriben, diputadas y diputados Marco Antonio Andrade Zavala, Maribel Aguilera Chairez, Martha Olivia García Vidaña, María de Lourdes Montes Hernández y Hilda Patricia Ortega Nájera integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, en la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, para que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, numeral 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición, con punto de acuerdo, de urgente resolución, por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, solicita a la Auditoría Superior de la Federación, se realicen auditorias forenses a los recursos ejercidos por la Universidad Juárez del estado de Durango en el ejercicio fiscal de 2020, lo anterior con base a las siguientes
Consideraciones
La Universidad Juárez del estado de Durango (UJED) enfrenta una situación difícil en sus finanzas con un déficit de 350 millones de pesos; año con año el rector en turno debe tocar cuantas puertas son necesarias, para poder cumplir con el pago de las prestaciones de fin de año para sus académicos y administrativos, también enfrenta la falta de recursos para mejorar y ampliar sus programas académicos 1.
Por ello y en aras de lograr que se esclarezca el destino que se les ha dado a los recursos federales que se han ejercido en esa casa de estudios durante 2020, solicito que se realicen auditorias forenses y se determine si existen daños al erario.
Refiero para fundamentar lo anterior que la Auditoría Superior de la Federación, (ASF) en la revisión de la Cuenta Pública 2016, hizo observaciones a la Universidad Juárez del estado de Durango, en cuanto a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de los Convenios de Apoyo Financiero del Programa U006 de la Secretaria de Educación Pública; que generaron un probable daño a la Hacienda Pública en ese año por más de 21 millones de pesos.
El documento elaborado por la Auditoría Superior de la Federación establece 14 observaciones, de las cuales 8 fueron solventadas, dos generaron recomendaciones, una genero la promoción de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias y tres Pliegos de Observaciones 2.
La Universidad Juárez del estado de Durango en el Ejercicio Fiscal de 2017, generó un daño a la Hacienda Pública por más de 17 millones de pesos, a los cuales deben sumarse los intereses generados a la fecha; por pagos realizados a servidores públicos que carecieron de la documentación que acredite la profesión académica por la cual cobraron durante el ejercicio fiscal en 2017. Es de mencionar que en 2017 la Auditoría Superior de la Federación, determinó que se incumplieron las obligaciones de transparencia, ya que la Universidad no público los informes previstos en la normatividad sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos 3.
Respecto a la Cuenta Pública de 2018 la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno de estado de Durango abrió una cuenta bancaria productiva y específica para la recepción de los recursos del U006 2018, recursos que debían ser transferidos a la Universidad Juárez del Estado de Durango. Sin embargo, conforme el Informe de la Auditoría Superior de la Federación, la cuenta aperturada por la Universidad Juárez del estado de Durango, no sólo recibió recursos de la U006, con lo cual se cae en inobservancias de la ley. Cabe mencionar que el informe de la Auditoría Superior de la Federación no especifica montos, ni responsabilidades fincadas por la situación mencionada; aun y cuando señala que la propia Contraloría Interna de la Universidad Juárez del Estado de Durango, ya inició investigaciones para determinar las posibles responsabilidades con el expediente número 1-04-171 DS-18/2019.
Asimismo, en el informe de la Cuenta Pública 2018, la Auditoría Superior de la Federación, señala que en la cuenta aperturada por la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno de estado de Durango para la recepción de los recursos del U006 2018, existe un saldo pendiente por ejercer que no coincide con el saldo en la cuenta bancaria, sin que la Auditoría Superior de la Federación, señale los montos de dichos saldos, información de suma importancia para determinar posibles inconsistencias, daños y el alcance de dichos daños a la hacienda pública; e igualmente fincar las responsabilidades correspondientes. En el mismo informe se menciona que la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno de estado de Durango no transfirió a la Universidad Juárez del estado de Durango más de 47 millones de pesos, causando inobservancias a la ley y al presupuesto de dicha institución educativa.
En 2018 también se acreditó que de una muestra de 355 trabajadores más de 13 por ciento de ellos no habían acreditado los requisitos mínimos de escolaridad para desempeñar los puestos asignados, lo cual significa la erogación de pagos violentando diversos ordenamientos legales, entre ellos la Ley para el ejercicio de las Profesiones del estado de Durango en su artículo 59; y generando la suspicacia de cuantos pagos hizo la institución violentando dichos ordenamientos legales 4.
El órgano fiscalizador mencionado también realizó observaciones a la Universidad Juárez del estado de Durango, en la Cuenta Pública 2019, donde se hallaron inconsistencias por mil 78 millones de pesos, pendientes por aclarar por recursos transferidos a las cuentas de nómina, pero que no coinciden con la nómina presentada, ni con lo registrado como pagado por servicios personales. Asimismo, existen otros 47 millones de pesos devengados en pagos injustificados, que implican un posible daño a la hacienda pública. Aunque cabe anotar que esta última auditoria aún se encuentra en fase de solventación 5.
La Universidad Juárez del estado de Durango, conforme a la información que es pública de la Estafa Maestra contribuyó con más de 10 millones de pesos, en afectaciones al erario público, debido a un convenio que firmó con la Sagarpa; recursos que deben ser identificados y fincar las responsabilidades correspondientes 6.
Es necesario que ante todas las situaciones antes descritas se tomen acciones que den certeza a la comunidad universitaria, al gobierno y a la ciudadanía; del uso de los recursos públicos por parte de la Universidad Juárez del estado de Durango.
Por lo mencionado, someto a la consideración de la asamblea, de urgente resolución, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión respetuosamente solicita a la Auditoría Superior de la Federación realizar auditorías forenses a los recursos federales ejercidos por la Universidad Juárez del estado de Durango en el ejercicio fiscal de 2020 y presente los resultados de dichas auditorías a la honorable Cámara de Diputados.
Notas
1 https://hemeroteca.elsiglodedurango.com.mx/noticia/1251262.de-ficit-de-la-ujed- es-de-350-millones.html
2 https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2016ii/Documentos/ Audi-torias/2016_0858_a.pdf
3 https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2017c/Documentos/ Au-ditorias/2017_0211_a.pdf
4 https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2018c/Documentos/ Audi-torias/2018_0171_a.pdf
5 https://informe.asf.gob.mx/Documentos/Auditorias/2019_0159_a. pdf
6 https://www.elsiglodedurango.com.mx/noticia/1065412.ujed-des-vio-mas-de-10-mdp- con-estafa-maestra.html
7 https://lavozdgo.com/2019/08/15/la-ujed-si-acepto-dinero-en-la-estafa-maestra/
Dado en el salón de sesiones, el 23 de marzo del 2021.– Diputado y diputadas: Marco Antonio Andrade Zavala, Maribel Aguilera Chairez, Martha Olivia García Vidaña, María de Lourdes Montes Hernández, Hilda Patricia Ortega Nájera (rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.
>ESTRATEGIA ORIENTADA A REVERTIR EL DETERIORO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, DERIVADO DE LA FALTA DE MANTENIMIENTO
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a implantar con las secretarías y los institutos de educación locales una estrategia para revertir el deterioro de la infraestructura educativa por la falta de mantenimiento desde el 17 de marzo de 2020, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Quienes suscriben, diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguientes
Consideraciones
La educación es una herramienta trascendental para que los individuos y colectividades aspiren a alcanzar un futuro mejor, es fuente de superación y un igualador social por excelencia. Sin embargo, el impacto de la crisis causada por la pandemia del coronavirus covid-19 en este ámbito clave para la sociedad no tiene precedente. De acuerdo con los especialistas, ha retrasado el logro de los objetivos internacionales en la educación, afectando de manera desproporcionada a los sectores más pobres y vulnerables de la población.
Existe consenso entre los especialistas en que la pandemia ha provocado la mayor interrupción de la historia en la educación y tiene un efecto prácticamente universal en los alumnos y docentes desde escuelas preescolares a secundarias, instituciones de enseñanza y formación técnica y profesional, universidades, centros de educación de adultos y centros de desarrollo de aptitudes.
En suma, la pandemia es una amenaza real para el avance de la educación, toda vez que tiene dos impactos sustanciales, a saber: 1. El cierre prácticamente universal de las escuelas de todos los niveles y 2. La recesión económica generada por las medidas de control de la pandemia.
El Banco Mundial (BM) ha advertido que, si no se realizan esfuerzos considerables para contrarrestar tales efectos, el cierre de escuelas provocará pérdidas de aprendizajes, aumento de la deserción escolar y mayor desigualdad, y la crisis económica —que afectará a los hogares— agravará el daño debido a la reducción de la oferta y demanda educativa. Estos dos impactos tendrán, en conjunto, un costo a largo plazo sobre el capital humano y el bienestar. 1
Para poner en su justa dimensión el tema, basta señalar que según la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), casi 1,600 millones de alumnos de más de 190 países —el 94% de la población estudiantil del mundo—se vieron afectados por el cierre de las instituciones educativas en el momento más álgido de la crisis. 2
También, destaca que 24 millones de estudiantes, desde el nivel de preescolar hasta el superior, podrían no volver a la escuela como resultado de los cierres provocados por la covid-19. Pero, es previsible que el número total de niños que no retornen a la educación sea mayor. Entre otros impactos, los cierres de las escuelas ocasionan que las niñas y las mujeres jóvenes sean más vulnerables al matrimonio infantil, al embarazo precoz y la violencia de género, situaciones que reducen sus probabilidades de continuar con los estudios.
En el caso de América Latina, la pandemia provocó el cierre temporal de miles de colegios, afectando a 160 millones de estudiantes, según estimaciones de la Unesco. 3
México no es ajeno a este grave fenómeno. A parir de la llegada de la pandemia al país y el subsecuente cierre de las escuelas por el confinamiento sanitario, el sistema educativo se ha visto seriamente afectado.
Recordemos que a partir del 20 de marzo del año pasado, la Secretaría de Educación Pública (SEP) anunció del cierre de las escuelas en el país y, por tanto, la suspensión de clases presenciales, medida orientada a controlar el número de contagios entre la población escolar.
El confinamiento sanitario ha ocasionado que cerca de 37 millones de niñas, niños, adolescentes y jóvenes deban continuar sus clases desde casa. Pero, es indudable que con el cierre de los centros educativos, los grupos más vulnerables se han visto mayormente afectados, con el riesgo no solo de quedar aun más rezagados, sino inclusive, de abandonar la escuela para siempre, con el correspondiente impacto en su desarrollo y oportunidades a lo largo de su vida.
Otra de las problemáticas que deberán enfrentar las escuelas es el deterioro de la infraestructura escolar, el cual, es un componente crítico que contribuye a la calidad de la educación. Como sabemos, las escuelas, además de ser el lugar donde niños y jóvenes aprenden, también es el sitio donde pasan la mayor parte de su tiempo después de su hogar, por lo que es primordial contar con una cada vez mejor infraestructura con la que operan los centros educativos. Tradicionalmente, la infraestructura se ha analizado como un factor asociado ante todo con la cobertura escolar, pero en años recientes ha aumentado el número de estudios que han encontrado vínculos positivos con las condiciones físicas de las escuelas y el aprendizaje de los alumnos.
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) advierte que la calidad de la infraestructura escolar podría ser una de las causas del nivel de aprendizaje de los estudiantes. En su estudio “Infraestructura Escolar y Aprendizajes en la Educación Básica Latinoamericana” plantea que existe una relación entre la infraestructura educativa y el aprendizaje y rendimiento de niños y jóvenes. Los alumnos que estudian en establecimientos educativos con mejores condiciones de infraestructura se sienten más interesados por asistir a clase que aquellos que lo hacen en instalaciones que no disponen de servicios básicos y atractivos adicionales. 4
Por otro lado, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), señala que los espacios escolares son también lugares de convivencia, donde se expresan y desarrollan las relaciones entre los distintos miembros de la comunidad escolar. 5
El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (Inee), subraya que la infraestructura educativa es un componente clave del Sistema Educativo Nacional y factor fundamental para el desarrollo de las comunidades escolares: directores, docentes, estudiantes y padres de familia.
La evidencia disponible señala que la infraestructura escolar influye positivamente en la motivación de los estudiantes, en la mejora de sus prácticas de higiene y su salud, incrementa su sensación de seguridad y sus niveles de asistencia, lo que en conjunto repercute en su logro académico. Asimismo, las buenas condiciones escolares fortalecen la satisfacción laboral de maestros y directores y propician el desarrollo de mejores procesos de enseñanza-aprendizaje. 6
Po lo que recomienda diseñar políticas que atiendan el problema de la infraestructura educativa. Resalta la existencia de casos importantes donde la seguridad de las comunidades escolares está en posible riesgo debido al deterioro de la infraestructura, y expresa la importancia de implementar acciones para salvaguardar la integridad de los alumnos y personal educativo. Sin duda, estas problemáticas se han agudizado con el cierre de las escuelas, como resultado del cierre de las escuelas por la pandemia de la covid-19.
Según diversos medios periodísticos, la mayoría de las escuelas del país, sobre todo, de educación básica, han sufrido daños y están en malas condiciones, además de ser objeto de vandalismo o robo, por el abandono a raíz del cierre a consecuencia de la pandemia del coronavirus covid-19.
Para muestra, basta un botón. En la Ciudad de México, un integrante de los equipos gubernamentales que se encargaron de buscar las escuelas idóneas para ser utilizadas en la campaña de vacunación contra el covid en Cuajimalpa, Magdalena Contreras y Milpa Alta explicó que, tras visitar al menos una veintena de planteles, encontraron problemas como maleza crecida, vidrios rotos, deterioro en pintura y fachadas y falta retretes, grifos, cableado eléctrico y lámparas. En los peores casos, incluso, se habían robado equipos de televisión y cómputo. 7
En Tamaulipas 675 escuelas, de las 4 mil 500 que existen, requieren rehabilitación, es decir, en el 15 por ciento; mientras que el 10 por ciento de los casos necesitan limpieza por falta de usos, en 5 por ciento algo más a fondo como pintura, impermeabilización, entre otras cosas más. 8
Esta grave problemática que perjudica a millones de alumnos y maestros en todo el país, demanda de la coordinación de los tres órdenes de gobierno para invertir en el mantenimiento de las escuelas ante el próximo retorno a clases presenciales.
Resulta necesario y urgente mejorar las condiciones de las escuelas para que el regreso a clases sea seguro. Durante el ciclo escolar 2019-2020, se tenían registradas un total de 262,805 escuelas en todo el país, de las cuales, 230,130 corresponden a educación básica, cifra que equivale a casi 88% del total. 9
En el estado de Guanajuato, el 98 por ciento de los planteles educativos han sido objeto de vandalismo o robo, siendo el municipio de León uno de los más afectados. Respecto al pago de servicios, se destaca que desde que comenzó la pandemia y se cerraron las instituciones educativas se sigue pagando el agua a los organismos reguladores del vital líquido, pese a que no se tienen clases. 10
Estas son solo algunos ejemplos de entidades federativas en el país cuyas escuelas se enfrentan a diversos problemas de infraestructura que es necesario y urgente atender.
En este sentido, es indispensable contar con información sobre la situación del problema. ¿Cuál es el estado real de la infraestructura escolar del país? ¿qué proporción de las escuelas están en condiciones de arrancar las clases presenciales? ¿qué acciones se tienen contempladas para el mejoramiento de los planteles educativos? ¿cuánto tiempo llevarán? y ¿cuál será el presupuesto requerido? Son preguntas claves que la sociedad mexicana necesita saber.
Hoy, no se cuenta con información pública que permita tener un diagnóstico objetivo sobre la infraestructura educativa en el país, la cual, está severamente afectada por el cierre de planteles educativos por la pandemia. No hay datos, ni una estrategia para la atención de este problema sustancial que impacta negativamente a millones de alumnos y maestros del Sistema Educativo Nacional.
En conclusión, debido a los potenciales costos educativos de la pandemia, resulta de la mayor relevancia colocar a la educación en el centro de la agenda gubernamental de recuperación post-covid-19, para que siga siendo el motor para retomar el camino del desarrollo y la prosperidad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que, en coordinación con las secretarías e institutos de educación de los gobiernos estatales, implementen una estrategia orientada a revertir el deterioro de la infraestructura educativa, derivado de la falta de mantenimiento desde el 17 de marzo de 2020, cuando las escuelas cerraron por la pandemia del coronavirus covid-19.
Notas:
1. https://www.bancomundial.org/es/topic/education/publication/the-covid19-pandemic-shocks-to-education-and-policy-responses#:~:text=Si%20no%20se%20realizan%20esfuerzos,la%20oferta%20y%20demanda%20educativa.
2. https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/policy_brief_-_education_during_covid-19_and_beyond_spanish.pdf
3. https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-54097136
4. https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Infraes-tructura_escolar_y_aprendizajes_en_la_educaci%C3%B3n_b%C3%A1sica_latinoamericana_Un_an%C3% A1lisis_a_partir_del_SERCE. pdf
5. https://www.uniradioinforma.com/noticias/mexico/366071/como-la-infraestructura-escolar-influye-en-la-calidad-educativa.html
6. https://www.inee.edu.mx/wp-content/uploads/2018/12/documento5-infraestructura.pdf
7. https://diario.mx/nacional/ninos-y-papas-listos-escuelas-reproba-das-20210321-1774988.html
8. https://www.milenio.com/politica/comunidad/tamaulipas-pande-mia-deja-600-escuelas-en-mal-estado
9. https://www.planeacion.sep.gob.mx/Doc/estadistica_e_indicadores/principales_cifras/principales_cifras_2019_2020_bolsillo.pdf
10. https://www.elsoldesalamanca.com.mx/local/se-enfrentan-escue-las-del-estado-a-v andalismo-y-altos-pagos-en-servicios-vandalismo-escuelas-robos-danos-instalacio nes-6503319.html
Dado en el salón de sesiones del Palacio de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, a los 23 días de marzo de 2021.– (Rúbricas).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.