SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del lunes 18 de octubre del 2021, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.Se turna a las Comisiones Unidas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Energía, para opinión
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión
Del diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a fin de otorgar incentivos fiscales a empresas que contraten a jóvenes. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
De la diputada Patricia Terrazas Baca, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
Del diputado Alan Castellanos Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedatu y a la SCT, a que potencialicen la inversión en infraestructura de transporte urbano, en materia de movilidad.Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen
De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a implementar un plan de impulso al cacao y el chocolate fortaleciendo la producción nacional e industrial.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen
De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNPC, a declarar estado de emergencia a diversos municipios de Nayarit afectados por el huracán Pamela.Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen
De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener y la SSPC, a esclarecer los lamentables hechos en la refinería de Dos Bocas el 13 de octubre del presente año.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados; y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 18 de octubre de 2021 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2021.– Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (rúbrica), Presidente.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisiones Unidas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Energía, para opinión.
2. Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
3. Que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
4. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a fin de otorgar incentivos fiscales a empresas que contraten a jóvenes, suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por la diputada Patricia Terrazas Baca y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedatu y a la SCT, a que potencialicen la inversión en infraestructura de transporte urbano, en materia de movilidad, a cargo del diputado Alan Castellanos Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a implementar un plan de impulso al cacao y el chocolate fortaleciendo la producción nacional e industrial, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNPC, a declarar estado de emergencia a diversos municipios de Nayarit afectados por el huracán Pamela, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener y la SSPC, a esclarecer los lamentables hechos en la refinería de Dos Bocas el 13 de octubre del presente año, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y LEY DEL FONDO MEXICANO DEL PETRÓLEO PARA LA ESTABILIZACIÓN Y EL DESARROLLO
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Ciencia y Tecnología, Orgánica de la Administración Pública Federal, y del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el 6, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
I. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México existen 126 millones 14 mil 24 habitantes, de los cuales el grupo más grande resultó ser el de los adolescentes y jóvenes de 10 a 19 años con 21 millones 750 mil, seguida de la población de 20 a 29 años con 20 millones 415 mil 96 millones. 1
Asimismo, en materia laboral, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo Nueva Edición del Inegi, en México, para el cuarto trimestre de 2020 la población económicamente activa era de 55.9 millones 2, de los cuales 16.3 millones de mexicanas y mexicanos tenían entre 20 y 29 años, esto sin contar a los jóvenes de entre 15 y 19 años. 3
Con lo anterior, se refleja que las juventudes representan una de las mayores fuerzas laborales con las que contamos en México, sin embargo, la actual pandemia por Covid-19 ha generado efectos negativos en los jóvenes, pues muchos de ellos han tenido que abandonar sus estudios y en muchos casos se han unido a las filas de desempleados del país.
En el caso de México, de acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en 2020, los jóvenes de 25 a 34 años de edad con un nivel menor que la educación media superior, tuvieron una tasa de desempleo de 4.2 por ciento, mientras que en 2019, esta se encontraba por debajo con 3.2 por ciento. Por su parte, la tasa promedio de desempleo entre jóvenes se incrementó de 2019 a 2020, pasando de 15.1 a 17.1 por ciento 4.
Asimismo, en la mayoría de los países de la OCDE, el número de jóvenes que se encuentran desempleados y que además no se encuentran estudiando tuvo un aumento, pasando de 14.4 por ciento en 2019 a 16.1 por ciento en 2020; y en el caso de México dicho porcentaje creció en 2 puntos porcentuales pasando de 21.5 por ciento en 2019 a 23.3 por ciento en 2020 5.
II. En la actualidad, los jóvenes tienen grandes retos en el papel que desarrollan en la sociedad, ya que estos tendrán que ser los nuevos conductores del desarrollo económico y social, pues son un factor fundamental para la reducción de las desigualdades en nuestro país, serán ellos quienes promoverán un crecimiento económico sustentable y competitivo a largo plazo a nivel nacional.
Lo anterior, no es una tarea fácil de lograr, ya que, para que dicha responsabilidad tenga un impacto social real, los jóvenes requieren ir más allá de tan solo estudiar una carrera u obtener un trabajo, sin embargo, tienen a favor diversos factores como nuevas tecnologías, así cómo la experimentación de grandes cambios, los cuales han logrado que sean más resilientes y capaces de enfrentar las transformaciones venideras de una manera más rápida y flexible.
Asimismo, un obstáculo muy frecuente al que se enfrentan las juventudes, aun cuando escuchamos decir que estos son el futuro de México, es que muy pocas veces sus ideas, proyectos o propuestas son escuchados o son tomados en cuenta, ello debido a que llegan a ser considerados como inmaduros o irresponsables, por lo que estos se reducen a ser solamente espectadores de una realidad presente, algo que también ha generado la apatía en este rubro por parte de esta población.
Pese a lo anterior, en México los jóvenes siguen estando considerados como uno de los pilares más fuertes dentro de la economía, pues de acuerdo Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2018, de los 30.7 millones de jóvenes de entre 15 y 19 años; 17.4 millones forman parte de la población económicamente activa (PEA), y de estos 16.7 millones tenían algún empleo. Así mismo, dicha encuesta menciona que, 68.8 por ciento son empleados, 14 por ciento trabajan por cuenta propia y 7.4 por ciento laboran como jornaleros o peones 6.
Con base a lo anterior, es que podemos observar la relevancia de las juventudes para el sector laboral, por lo que es imperante que los jóvenes comiencen a llevar el rumbo del desarrollo económico y social del país, sin embargo, no podemos dejar esta lucha solo en las manos de los jóvenes, el desarrollo de este país es responsabilidad de todos, por lo que tanto las autoridades gubernamentales como las instituciones bancarias deben otorgar herramientas para que estos tengan la facilidad de generar los beneficios esperados para la sociedad.
III. El uso de la tecnología se ha ligado intrínsecamente en la vida diaria de las personas, sobre todo en la de los jóvenes, algo que se ha convertido en uno de los mecanismos más utilizados para el desarrollo de cienca y tecnología, cuya importancia radica en que, estas se han convertido en una actividad fundamental para el progreso de la sociedad, pues la evolución nos obliga a transformarnos y adaptarnos a las nuevas formas de vida, la finalidad de ambas es la búsqueda y el desarrollo de productos, medicamentos, servicios, medios, herramientas, entre otros que tienen como fin la satisfacción de las necesidades humanas y de la vida en general.
Uno de los elementos esenciales en cualquier país es el Desarrollo Sostenible a través de de la creación de proyectos que prioricen un mejor futuro para la humanidad y que además, contribuyan con el progreso económico por medio de sociedades que tengan un acceso igualitario y aprovechando al máximo los recursos naturales, esto con la finalidad de fomentar las capacidades de aprendizaje generacional de las y los jóvenes. Para este efecto la Organización de la Naciones Unidas define al Desarrollo Sostenible como la satisfacción de necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las próximas generaciones con políticas públicas que cuiden el medio ambiente 7.
Se ha demostrado que durante las últimas décadas es importante generar las condiciones de políticas públicas para implementar a la sociedad la resiliencia hacia los cambios tecnológicos relacionados a la salud, educación digital, medio ambiente, combate al cambio climático, la desigualdad, la seguridad pública o mejorar la productividad y producción del campo que permita dignificar la vida de las personas en nuestro país, a través de proyectos sustentables que la propia juventud pueda compartir con el resto de la población.
A nivel Internacional conforme a datos del Informe de 2021 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), señala que los efectos negativos que ha generado la pandemia ocasionada por Covid-19, ocasionó que muchos sectores mostraran un grado de resiliencia positiva, especialmente los países que han dedicado recursos para el impulso de proyectos relacionados a la ciencia, tecnología e innovación. Sobre todo quienes invirtieron en la digitalización de diversas áreas de oportunidad como fue la educación a distancia 8.
De lo anterior, es importante destacar algunos resultados de los países que pudieron hacer frente a la pandemia derivado del fortalecimientos del desarrollo sostenible de algunos países:
• La publicación de artículos científicos ascendió en 7.2 por ciento tan sólo en un año.
• Los presupuestos públicos y privados tuvieron un aumento para la ciencia y tecnología cuando constataron que el contar con información y disposición de datos de productos farmacéuticos y la biotecnología.
• Las empresas cuyas innovaciones estuvieron en el centro de las medidas de contención de la pandemia y sus secuelas, en particular las de:
- Servicios de software y tecnologías de la información y la comunicación.
- Hardware y equipos eléctricos de tecnologías de la información y comunicación (TIC) y
- Productos farmacéuticos y biotecnología amplificaron sus inversiones en innovación.
Asimismo, la OMPI destaca que el impulso de la innovación de la ciencia y tecnología generó el desarrollo de las vacunas para Covid-19 y que es un gran avance para este rubro, por lo que hace un llamado a que de la misma forma se eleven los recursos para los proyectos de la investigación en materia de energías limpias, a la salud y educación 9.
En este tenor, es importante que nuestro país pueda implementar políticas a corto, mediano y largo plazo, las cuales permiten que las niñas, niños y jóvenes, desde una edad temprana, se interesen en esta materia ante la evidente digitalización, robotización e innovación en ciencia y tecnología, pues esto es un factor determinante en el impulso de proyectos para la innovación sustentable para jóvenes.
En los últimos años en nuestro país se han paralizado las ventajas competitivas que pudieran lograr transitar a una economía de Desarrollo Sustentable, a fin de competir a la par con otras naciones, es decir, con la creación de proyectos que permitan innovar las condiciones hacia una mayor rentabilidad sustentable en bienes, productos y servicios que influyan directamente a los ingresos de la juventud.
Los procesos educativos actuales deben estar más enfocados al desarrollo de procesos tecnológicos que puedan incrementar la competitividad de todos los sectores de la sociedad, de este modo el gasto público debe ir orientado al fortalecimiento en conducción del desarrollo de una política de alfabetización del conocimiento científico.
Ante la eliminación de los fideicomisos decretada en abril de 2020 por medio de Fondos Mixtos y Sectoriales del Conacyt y de los Centros Públicos de Investigación (91 instrumentos) donde se ubicaban 24 mil millones de pesos que fueron suprimidos bajo el argumento de que existían actos de corrupción y que hasta la fecha no se ha demostrado alguna evidencia de la justificación. El supuesto incremento a Ciencia y Tecnología en el Presupuesto 2022 no corresponde a la mitad de los recursos que se le retiraron tras la eliminación de dichos fondos 10, asimismo se desconoce en que se ha ejercido o gastado dichos recursos.
El titular del gobierno federal se ha jactado en diversas ocasiones de apoyar e impulsar los temas relacionados a la ciencia y tecnología, sin embargo, durante los últimos 3 años han caído en un 56 por ciento 11 los apoyos que se otorgaban en esta materia, lo que se traduce en limitar el acceso a becas en el extranjero, pérdida de personal capacitado o el fortalecimiento de nuevas generaciones que puedan incursionar en esta materia.
IV. En la bancada naranja, estamos comprometidos con el desarrollo económico y social de México y creemos que las y los jóvenes son quienes llevarán a nuestro país a salir adelante de esta crisis. Por lo que el objeto de esta iniciativa es impulsar el financiamiento de proyectos creados por las y los jóvenes de nuestro país, a través de apoyos directos de aquellos que promuevan la innovación, sustentabilidad y la inclusión social para desarrollar sus capacidades para un mejor futuro de las próximas generaciones.
Para lograr lo anterior esta iniciativa pretende lo siguiente:
• Se crea el Fondo de Inclusión Social, Desarrollo e Innovación Sustentable para Jóvenes;
• Se establece como un principio del gobierno federal el fomentar e impulsar el financiamiento de proyectos ideados por las juventudes priorizando aquellos que promuevan la innovación, la sustentabilidad y la inclusión social, asimismo se deberán establecer mecanismos de asesorías y de vinculación con los diferentes sectores productivos para el desarrollo de estos proyectos.
• Se establece que el fondo será operado por el Conacyt y la finalidad que tiene el otorgamiento de este, asimismo, se define la integración de los recursos de éste.
• Que dicho Fondo una vez que inicie su operación y gestión de apoyos deberá ser evaluado y a su vez deberá realizar informes de los resultados en aras de fortalecer los principios de transparencia y rendición de cuentas.
Por lo expuesto sometemos a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente Iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Ciencia y Tecnología; Orgánica de la Administración Pública Federal y del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo
Primero. Se adiciona una fracción V, recorriéndose y modificándose las subsecuentes, al artículo 4; se reforma la fracción XIX y se adiciona una XIX Bis al artículo 12; se reforma el artículo 23; y se adiciona una fracción V al artículo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:
Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. a IV. ...
V. Fondo: al Fondo de Inclusión Social, Desarrollo e Innovación Sustentable para las Juventudes;
VI. a XV. ...
Artículo 12. Los principios que regirán el apoyo que el Gobierno Federal está obligado a otorgar para fomentar, desarrollar y fortalecer en general la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, así como en particular las actividades de investigación que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, serán los siguientes:
I. a XVIII. ...
XIX. Se fomentarán las vocaciones científicas y tecnológicas desde los primeros ciclos educativos para favorecer su vinculación con la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación ;
XIX Bis. Se fomentará e impulsará el financiamiento de proyectos ideados por las juventudes, poniendo especial énfasis en los provenientes de las juventudes rurales, priorizando aquellos que promuevan la innovación, la sustentabilidad y la inclusión social, asimismo, se deberán establecer mecanismos de asesorías y de vinculación con los diferentes sectores productivos para el desarrollo de estos proyectos; y
XX....
...
Artículo 23. Podrá construirse un Fondo de Inclusión Social, Desarrollo e Innovación Sustentable para las Juventudes, el cual será operado por el CONACyT, y tendrá como fin el otorgamiento de recursos financieros para proyectos ideados por los jóvenes, poniendo especial énfasis los provenientes de las juventudes rurales, donde se promuevan la innovación, la sustentabilidad y la inclusión social.
El Fondo se integrará por los recursos destinados al Conacyt, así como de aquellos recursos provenientes del Fondo Mexicano del Petróleo, de acuerdo a lo establecido en el inciso e) fracción II del artículo 8 de La Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.
El Fondo de Inclusión Social, Desarrollo e Innovación Sustentable para las Juventudes una vez que inicie su operación y gestión de apoyos a lo que se refiere la presente Ley, deberá evaluarse y realizarse los informes de resultados conforme a lo que se establece el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Segundo. Se adiciona una fracción XVII Bis al Artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Artículo 32 Bis. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. a XVII....
XVII Bis. Establecer mecanismos para impulsar el financiamiento de proyectos sustentables elaborados por las juventudes, poniendo especial énfasis en los provenientes de las juventudes rurales, con la participación que corresponda a otras dependencias o las entidades federativas.
XVIII. a XLII. ...
Tercero. Se reforma el inciso e) de la fracción II del artículo 8 de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, para quedar como sigue:
Artículo 8. El contrato constitutivo del Fondo Mexicano del Petróleo deberá prever, al menos, lo siguiente:
I. ...
II. Que su Comité tendrá las siguientes atribuciones:
a) a d)...
e) Recomendar a la Cámara de Diputados, cuando la Reserva del Fondo sea mayor a 3 por ciento del producto interno bruto del año previo, por conducto de su presidente, la asignación de recursos a los siguientes rubros: al fondo para el sistema de pensión universal; a financiar proyectos de inversión en ciencia, tecnología e innovación, y en energías renovables, al Fondo de Inclusión Social, Desarrollo e Innovación Sustentable para las Juventudes; fondear un vehículo de inversión especializado en proyectos petroleros, coordinado por la Secretaría de Energía y, en su caso, en inversiones en infraestructura para el desarrollo nacional; y a becas para la formación de capital humano en universidades y posgrados; en proyectos de mejora a la conectividad; así como para el desarrollo regional de la industria, en términos del artículo 94 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
f) a h)...
III. a IX. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A la entrada en vigor del presente decreto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá contemplar una partida presupuestaria para el Fondo de Inclusión Social, Desarrollo e Innovación Sustentable para las Juventudes, dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal inmediato siguiente.
Notas
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), “Censo de Población y Vivienda 2020”, recuperado de:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/Cens o2020_Principales_resultados_ejecutiva_EUM.pdf
2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, “Resultados de la encuesta nacional de ocupación y empleo (nueva edición)”, 3 de septiembre de 2020, recuperado de:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ enoe_ie/enoe_ie2021_02.pdf
3 El Economista, “La de los jóvenes, la crisis laboral más aguda que ha dejado lapandemia”, 12 de agosto de 2021, recuperado de:
https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/La-de-los-jovenes- la-crisis-laboral-mas-aguda-que-ha-dejado-la-pandemia-20210811-0135.html
4 “Education at a Glance 2021 OECD Indicators”, Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, 2021 Recuperado de:
https://www.oecd-ilibrary.org/docserver/b35a14e5-en.pdf?expires= 1634078476&id=id&accname=guest&checksum=2E66D47808ED62E4D521A3B5BC8 9539E
5 Ibidem.
6 “96.3% de los jóvenes económicamente activos tienen algún empleo en México” Forbes, 2019, recuperado de: https://www.forbes.com.mx/mas-del-50-de-los-jovenes-15-a-29-anos-en-mexico-son- economicamente-activos/
7 De los objetivos del Milenio al Desarrollo Sostenible, Organización de las Naciones Unidas, año 2015, recuperado de:
https://scholar.google.com.mx/scholar?q=related: PXCoNwcomZsJ: scholar.google.com/&scioq=Desarrollo+Sostenible+ONU&hl=es&as_sdt=0, 5&as_vis=1
8 Índice Mundial de Innovación 2021, “Organización Mundial de la Propiedad Industrial”, marzo de 2021, recuperado:
https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/wipo_pub_gii_2021_exec. pdf
9 Ibídem.
10 El proyecto de Presupuesto para ciencia 2022,” Revista Nexos” Javier Flores, septiembre de 2021, recuperado de:
https://redaccion.nexos.com.mx/el-proyecto-de-presupuesto-para-c iencia-en-2022/
11 Caen 56 por ciento los apoyos de Conacyt para investigación y becas en el extranjero con gobierno de AMLO, Animal Político, 12 de septiembre de 2021, recuperado de:
https://www.animalpolitico.com/2021/09/gobierno-amlo-conacyt-dis minuye-apoyo-investigaciones-becas/
Dado en el Salón de Sesiones del honorable Congreso de la Unión a 14 de octubre de 2021.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»
Se turna a las Comisiones Unidas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Energía, para opinión.
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
«Iniciativa que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Las y los suscritos, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa, con base en:
Exposición de Motivos
I. El derecho de las mujeres a votar y ser votadas es resultado de una lucha histórica para la reivindicación de este derecho en México y en el mundo, lo que hoy vivimos es resultado de ese largo camino recorrido por muchas mujeres. El primer país que consagró este derecho para las mujeres fue Nueva Zelanda en 1893 y décadas más tarde fue en el Reino Unido en 1918, lugar que se volvió emblemático gracias a la ardua labor de las sufragistas para el logro del voto femenino. Este movimiento encontró muchas barreras y logró vencerlas para convertirse en el impulso para los cambios en otras naciones al sentar las bases para el reconocimiento pleno de los derechos políticos de las mujeres: votar y ser votadas para los cargos de elección popular. En América Latina el primer país que reconoció este derecho fue Ecuador, en 1929. 1
En México, hay antecedentes de mujeres sufragistas en la época de la Revolución Mexicana, lucha en la que también participaron mujeres, quienes al concluir esta gesta y ante el inicio de una nueva etapa en nuestro país, solicitaron que se les reconociera el derecho a votar y ser votadas en la Constitución de 1917, lo que les fue negado, entre ellas Hermila Galindo. 2 Otra mujer que abrió el camino para el voto femenino fue Elvia Carrillo Puerto, la primera mujer electa como diputada en Yucatán luego de haberse aprobado el voto femenino, derecho que luego le fue arrebatado y fue víctima de amenazas en 1924. 3
Décadas más tarde, en 1947 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que estableció que las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, podían votar y ser votadas en elecciones municipales por lo que fueron electas ese año como alcaldesas del país María del Carmen Martín del Campo, en Aguascalientes, 4 y en el Distrito Federal, Aurora Fernández como Delegada de Milpa Alta y Guadalupe I. Ramírez de Xochimilco. 5
Sin embargo, fue hasta el 17 de octubre de 1953 cuando se promulgaron las reformas constitucionales para otorgar la ciudadanía plena a las mexicanas, consagrando el mismo derecho a nivel federal, lo que se consolidó en 1955 cuando acudieron por primera vez a las urnas a votar en las elecciones para diputaciones federales.
El camino para el reconocimiento pleno de los derechos políticos de las mujeres no ha sido fácil, como tampoco lo ha sido el ejercicio de estos, pues pese a estar consagrados en la Constitución las mujeres se han encontrado en desventaja frente a los hombres en los partidos políticos y por ende, en las candidaturas a los cargos de elección popular.
Por esto, desde 1996 comenzaron acciones afirmativas para impulsar la participación política de las mujeres en México y en 2002 se incorporó en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) la obligatoriedad de que los partidos políticos otorgaran al menos el 30 por ciento de las candidaturas a cargos de elección popular a mujeres, cuotas que avanzaron hasta un 40 por ciento en la reforma electoral de 2007. 6
Lamentablemente, estas acciones afirmativas fueron utilizadas para seguir colocando a hombres en las posiciones más importantes, ejemplo de esto es la elección del 2009 que registró un hecho que por fortuna no pasó desapercibido: 9 diputadas federales pidieron licencia para separarse del cargo de forma definitiva justo después de tomar posesión para dejar el cargo a sus suplentes que eran hombres. 7
Esto originó la obligatoriedad de que las candidaturas propietarias de mujeres tuvieran como suplente también a una mujer, igual en las fórmulas de hombres, según lo marca la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales el artículo 232. 8
A este tipo de medidas para proteger los derechos políticos de las mujeres se suma un hecho histórico que se aprobó como parte de la Reforma Electoral de 2014 año en el que se consagró en la CPEUM el principio de paridad de género en las candidaturas para Congresos Estatales y el Congreso de la Unión, es decir, 50 por ciento para hombres y 50 por ciento para mujeres.
Pese a esto, es de destacar que a las mujeres se les seguía relegando al postularlas en los espacios menos competitivos electoralmente, por lo que como parte de las acciones afirmativas el Instituto Nacional Electoral (INE) emitió lineamientos de competitividad para evitar que los partidos postulen a mujeres en los distritos “perdedores” a nivel federal, lo que también se ha regulado en algunos estados. 9
Uno de los avances más trascendentes en México fue la reforma constitucional de paridad de género publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2019, mediante la cual se establece que este prinicipio se debe aplicar en los tres poderes del Estado, en los tres órdenes de gobierno, en los organismos autónomos y en todas las candidaturas de los partidos políticos a cargos de elección popular así como ayuntamientos con población índigena, es decir: Paridad en Todo. 10
Después de haberse establecido esto, en 2020 el INE aprobó criterios de paridad aplicables para las elecciones a las gubernaturas en 2021, es decir, que la mitad de las candidaturas postuladas por los partidos políticos para esas posiciones debían ser mujeres por lo que de 15 gubernaturas competidas, en 6 resultaron electas gobernadoras: María Eugenia Campos, en Chihuahua; Evelyn Salgado, en Guerrero; Indira Vizcaíno, en Colima; Lorena Cuéllar, en Tlaxcala; Layda Sansores, en Campeche; y Marina del Pilar Ávila, en Baja California. 11
Cabe mencionar que la primera mujer electa gobernadora en nuestro país fue Griselda Álvarez Ponce de León, en Colima, en 1979 y hasta antes de las reformas de 2021 apenas 8 mujeres más habían sido gobernadoras en la historia de nuestra democracia.
De esta forma, observamos que gracias a las medidas afirmativas y al principio de paridad se ha avanzado en los últimos años y comienza a reflejarse la labor de décadas de lucha por los derechos de las mujeres; sin embargo, se requieren garantías para su cumplimiento con el objetivo de llegar a la igualdad sustantiva.
Como señalan Flavia Freidenberg y Raymundo Alva Huitrón en el capítulo “¡Las reglas importan! Impulsando la representación política de las mujeres desde las leyes electorales en perspectiva multinivel” en la publicación “La representación política de las mujeres en México” realizado por el INE y la UNAM, la eliminación de las brechas de género y la construcción de condiciones para la participación política de las mujeres ha topado con grandes obastáculos para lo cual se ha necesitado la implementación de diferentes acciones para transformar esta situación. 12
Sugieren además que la ausencia de reglas o la falta de voluntad política para implementarlas disminuye las oportunidades de las mujeres en la vida política y en las instituciones públicas.
Actualmente, pese a que el artículo 41 constitucional señala que los gabinetes federal y estatales deben estar conformados bajo el principio de paridad, según las reformas hechas en 2019 y mencionadas anteriormente, este principio no se refleja en los nombramientos de las y los secretarios del actual gabinete del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Aun cuando al inicio de la actual administración la mitad de las titularidades de las Secretarías de Estado eran ocupadas por mujeres, este porcentaje se redujo con los últimos cambios, incumplimiento que ya ha sido abordado por diversos medios de comunicación, destacando que hay 12 hombres al frente de Secretarías y 7 mujeres, lo cual representa un 63.15 por ciento y un 36.84 por ciento respectivamente. 13
II. México es uno de los Estados parte que han ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Cedaw) cuyo artículo 1 señala:
“A los efectos de la presente Convención, la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. 14
Es por esto que nuestro país debe seguir impulsando acciones afirmativas para la eliminación de las brechas de desigualdad y las desventajas que siguen enfrentando las mujeres en el ámbito político, así como medidas que permitan que sus derechos ya consagrados en tratados internacionales y en la propia Constitución sean respetados y se logre avanzar efectivamente hacia la igualdad de género en todos los ámbitos.
Como anteriormente se ha expuesto, a las mujeres primero se les negó el reconocimiento de sus derechos políticos en las leyes debido a la discriminación que han enfrentado en razón de género de forma histórica y cuando por fin fueron consagrados en marcos normativos, se encontraron con otros obstáculos para el ejercicio pleno de estos derechos.
Todo esto se debe a los roles y los estereotipos de género que se han impuesto a hombres y mujeres y que han dejado a las mujeres en una situación de desigualdad en todos los ámbitos. En el caso de la participación política les ha sido negada pues a ellas se les asignó una labor de cuidadoras de la familia y de labores del hogar, limitando el acceso a los espacios de toma de decisiones políticas. Como señala Joan Scott (1999) el género es un elemento de las relaciones sociales que están basadas en las diferencias entre los sexos y el género está presente en las relaciones de poder. 15
Por ello, en las últimas décadas se han presentado importantes cambios en las legislaciones de nuestro país, entre ellos a los que se refieren a los contextos políticos, culturales y sociales de igualdad de género hacia las mujeres donde predominaba la complejidad de asignar candidaturas o en el nombramiento en puestos claves de los tres Poderes de la Unión, órganos autónomos o funciones que dignifican la vida pública de las mujeres.
De esta manera, ante las diversas actividades que realiza el Poder Legislativo federal encontrándose reguladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las legislaciones ha permitido la solución a los diversos problemas que aquejan a nuestro país, por ello, ante la deliberación como pleno deben de ejecutarse diversas funciones de vigilancia que propicien una estricta aplicación de nuestras normas.
En este sentido, es preciso destacar que no podemos dejar un tema tan importante y un logro de muchas mujeres en el transcurso de nuestra historia, donde nosotros tenemos la obligación de propiciar y garantizar los derechos políticos de las mujeres de cara a la reforma constitucional en materia de Paridad de Género publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de junio de 2019, donde señala el reconocimiento pleno de las mujeres en esta materia. 16
De lo anterior, como Poder Legislativo debemos inferir con acciones de continuidad a lo que se refiera la práctica parlamentaria de este Recinto Legislativo, cuyo fin es subsanar las deficiencias que se presenten dada a la inquietud o irregularidades que se continúan presentando en materia de paridad de género. Por lo tanto, como nuestra función constitucional y legal debemos instaurar una Comisión de Monitoreo de la Paridad de Género sustentada bajo la reforma constitucional en esta materia como órgano auxiliar de vigilancia de cargos que requieran legalmente la paridad de género.
La creación de esta Comisión en el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos como tarea específica de esta Cámara de Diputados a fin de que se pueda dar puntual seguimiento de vigilancia a los preceptos constitucionales presentes y a los posibles cambios a futuro, tanto a nivel federal como local como función elemental que agilice cualquier acto o hecho tendiente a no dar cumplimiento o simulación con el principio rector constitucional de la Paridad de Género en todo.
Por lo tanto, la presente iniciativa tiene como objeto:
-Crear una Comisión de Monitoreo de la Paridad de Género para legitimar la estricta aplicación Constitucional y legal de la Paridad de Género Institucional que puedan contribuir a regular los procesos y prácticas mediante su vigilancia y seguimiento.
-Configurar la pluralidad política de las mujeres conforme a las normas jurídicas que así lo establezcan, así como el estudio de mejora de la práctica diaria de los cargos de la vida pública.
-Proponer a la Cámara de Diputados la formulación de políticas públicas en aras de contribuir el fortalecimiento de la paridad de género y no discriminación de sus derechos políticos.
-Crear una agenda de los trabajos legislativos para el reconocimiento ante las exigencias políticas en la conducción de la paridad de género con base a los lineamientos, normas o disposiciones que emitan las autoridades electorales para su estricta vigilancia en los procesos electorales.
-Dar seguimiento acerca del desarrollo y cumplimiento del fortalecimiento institucional de las diversas áreas de gobierno tanto a nivel federal como local.
-Proponer en su caso la celebración de parlamento abierto cuando así lo requiera la comisión en esta materia.
-Auxiliar a los órganos de gobierno de esta Cámara de Diputados para cumplir con los preceptos legales en esta materia.
-Establecer el ajedrez político de la paridad de género eficaz conforme a las legislaciones que así correspondan en aras de fortalecer el desarrollo constitucional.
Como ya se ha mencionado, la Cámara de Diputados, durante las últimas legislaturas, ha emprendido una serie de regulaciones jurídicas a fin de concretar la paridad de género, y que, mediante la práctica parlamentaria se han forjado un sin fin de acuerdos legislativos para cumplir con sus funciones constitucionales en cada Legislatura a través de la creación de comisiones para el apoyo de sus actividades, y a lo que establece el artículo 77 fracción I de la Carta Magna mismas que han logrado concretar y profesionalizar sus labores de acuerdo con la materia que así determine su normativa.
Por ello, es necesario que esta Comisión quede como encargada de tareas específicas para que se logre incidir en esta materia referente a las disposiciones normativas que así emita este Congreso de la Unión, asimismo para enriquecer las actividades en virtud de nuestras atribuciones constitucionales para cumplir cabalmente con los principios rectores de la paridad de género.
Por lo anteriormente expuesto sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto que reforma y adiciona un numeral 6 del artículo 40 de la Ley orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se adiciona el numeral 6 al artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 40.[...]
1. a 5. [...]
6. La Comisión de Monitoreo de la Paridad de Género vigilará y dará seguimiento al cumplimiento y aplicación del principio de paridad de género de forma real y efectiva en el ejercicio constitucional y legal, que garantice los derechos políticos de las mujeres para el acceso efectivo a cargos de elección popular; igualmente, realizará una labor de monitoreo para vigilar que se cumpla el principio de paridad en los nombramientos en los cargos de toma de decisiones en los Poderes de la Unión en todos los órdenes de gobierno, así como en los organismos autónomos, municipios con población indígena y a los demás que así establezcan los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin contravenir a las facultades o atribuciones legales de la materia que así corresponda.
La Comisión de Monitoreo de la Paridad de Género promoverá la elaboración de elementos que sean necesarios para generar condiciones para la consolidación de la paridad de género de la vida pública institucional.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Cámara de Diputados, dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación del presente Decreto, hará las modificaciones correspondientes a fin de formalizar la Comisión de Monitoreo de la Paridad de Género, así como el número de integrantes que así determine, respetando la pluralidad de los grupos parlamentarios.
Notas
1 Historia, National Geographic (2020) Fechas clave en la historia para el logro del voto femenino. Recuperado de:
https://historia.nationalgeographic.com.es/a/fechas-clave-histor ia-para-conseguir-voto-femenino_12300
2 Tuñón E. y Martínez, J. (2017) La propuesta político-feminista de Hermila Galindo: Tensiones, oposiciones y estrategias. Revista interdisciplinaria de estudios de género del Colegio de México. Recuperado de:
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 2395-91852017000200001
3 Gobierno de México, (2019). Elvia Carrillo Puerto: La sufragista incansable. Recuperado de:
https://www.gob.mx/cultura/es/articulos/elvia-carrillo-puerto-la -sufragista-incansable?idiom=es
4 Instituto Nacional Electoral (INE) (s.f) Breve cronología sobre las cuotas y paridad de género en México. Recuperado de:
https://igualdad.ine.mx/paridad/evolucion-normativa-de-la-parida d-de-genero/
5 Secretaría de Gobierno de Veracruz, (s.f) Historia de la Ciudadanía de las mujeres en México. Recuperado de:
https://www.segobver.gob.mx/genero/docs/Biblioteca/Historia_de%2 0la%20ciudadania%20de%20las%20mujeres.pdf
6 Instituto Nacional Electoral (INE) (s.f) Breve cronología sobre las cuotas y paridad de género en México. Recuperado de:
https://igualdad.ine.mx/paridad/evolucion-normativa-de-la-parida d-de-genero
7 “El suceso se colocó en el imaginario colectivo como el caso de las Juanitas, en alusión clara a Rafael Acosta Naranjo, alias Juanito, quien fue postulado como candidato a jefe delegacional de Iztapalapa, en el Distrito Federal, por el Partido del Trabajo (PT), con la condición de que renunciara al cargo en caso de ganar, a fin de cederlo a Clara Brugada, a quien se le impidió ser candidata del Partido de la Revolución Democrática (PRD) debido a una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en torno al proceso de selección interno, que presentó serias irregularidades” Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2012. Barquet, Mercedes. Comentarios a las sentencias SUP-JDC-3049/2009 Y SUP-JDC-3048/2009 ACUMULADO Mercedes Barquet Montané. Recuperado de:
https://www.te.gob.mx/publicaciones/sites/default/files//archivo s_libros/Comentarios%20a%20las%20Sentencas%20No.46%20.pdf
8 Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPE_130420.pdf
9 Instituto Nacional Electoral (2020) Criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por ambos principios que presenten los partidos políticos nacionales y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el proceso electoral federal 2020-2021. Recuperado de:
https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/1234 56789/118027/Criterios-Registro-Candidaturas-Acuerdo-INE-CG160-2021.pdf
10 Decreto por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Paridad de Género, “Diario Oficial de la Federación”, 06-06-2019, recuperado de:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5562178&fecha =06/06/2019
11 El Financiero, 2021. Histórico: Habrá 7 mujeres gobernadoras en México. Recuperado de:
https://www.elfinanciero.com.mx/elecciones-2021/2021/06/13/histo rico-habra-7-mujeres-gobernadoras-y-hasta-91-diputaciones-para-indigenas-afrome xicanos-y-lgbt/
12 nstituto Nacional Electoral (INE), (2017). La representación política de las mujeres en México. Recuperado de:
https://igualdad.ine.mx/wp-content/uploads/2018/12/la_ representacion_politica_de_las_mujeres_en_mex.pdf
13 Arista, Lidia (2021). Expansión. “El gabinete de AMLO incumple con la paridad constitucional” Recuperado de:
https://politica.expansion.mx/presidencia/2021/09/03/el-gabinete -de-amlo-incumple-en-paridad-constitucional
14 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) Recuperado de:
https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx
15 Scott, Joan W., 2008 [1999]. “El género: una categoría útil para el análisis histórico”, en Joan W. Scott, Género e Historia, México: FCE.
16 Decreto por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Paridad de Género, “Diario Oficial de la Federación”, 06-06-2019, recuperado de:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5562178&fecha =06/06/2019
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2021.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
«Iniciativa que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, Iván Arturo Rodríguez Rivera y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, ponen a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 44, tercer párrafo, y 45, fracción VI, de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
De conformidad con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el delito de feminicidio ha tenido un incremento constante de 2015 a la fecha. En 2015 se reportaron 411 presuntos delitos de feminicidio; para 2016, 604; para 2017, 741; para 2018, 892; para 2019, 980; y para 2020, 977.
Durante el primer semestre de 2021 se registraron en el país 508 víctimas de este delito. No obstante, es reconocido que en México más de 10 mujeres son asesinadas todos los días.
Uno de los grandes retos a que se enfrentan los cuerpos de investigación es el protocolo para la investigación y clasificación del delito de feminicidio. Para tal efecto, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, mediante el Instrumento para el Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas CNSP/38/15, establece los criterios para el registro de los presuntos delitos de feminicidio para fines estadísticos.
En dicho registro se le considera la conducta ilícita consistente en:
Privar de la vida a una mujer, por razones de género”, entendiendo que existen razones de género cuando en la privación de la vida de la mujer se presente alguna (o algunas) de las siguientes circunstancias:
I. Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad de la que se haya valido;
II. Exista, o haya existido, entre el agresor y la víctima una relación sentimental, laboral, escolar o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad y exista antecedente documentado de violencia;
III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
IV. A la víctima se hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o presente marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, necrofilia, o éste sea mutilado;
V. Hayan existido amenazas, acoso o lesiones del agresor en contra de la víctima, o misoginia;
VI. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público;
VII. La víctima haya sido incomunicada previo a la privación de la vida;
VIII. La víctima se encuentre en estado de gravidez y ese haya sido el motivo del hecho; y
IX. Todas las circunstancias que no hayan sido descritas pero que sean consideradas en las legislaciones penales federales y estatales. Si faltaren las razones de género, la investigación correspondiente se registrará, para fines estadísticos, bajo la categoría de homicidio (Lineamientos del Registro de Feminicidio, CNPJ, página 2).
El acuerdo del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobado en la Cuadragésima Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el 21 de diciembre de 2017, dispone que la Procuraduría General de la República y las procuradurías y fiscalías generales de Justicia de las 32 entidades, deben iniciar la investigación de toda muerte violenta de mujeres de carácter doloso bajo protocolos de feminicidio, sin que esto condicione la clasificación como delito de feminicidio.
El 6 de noviembre de 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos publicó la recomendación general número 40/2019, “Sobre la violencia feminicida y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en México”. Entre las conclusiones destaca que no existe un mecanismo que registre de manera homogénea el número de feminicidios en México. No obstante, la discrepancia en las metodologías es consistente con el incremento en el número de asesinatos de mujeres.
Desde 2010, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres puso en marcha los centros de justicia para las mujeres en las entidades federativas. Los centros operan con la suma de esfuerzos y recursos por la federación, estados y organizaciones de la sociedad civil. En ellos se proporcionan servicios de atención psicológica, jurídica y médica; albergue temporal y talleres de empoderamiento social y económico; estos espacios permiten que las mujeres víctimas de violencia puedan contar con los apoyos necesarios para salir del círculo de la violencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la federación, las entidades federativas, la Ciudad de México y los municipios, en el ámbito de sus competencias, tomarán las medidas presupuestales y administrativas para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Por ello, resulta fundamental que las entidades federativas del país cuenten con los recursos suficientes.
La citada recomendación general número 40/2019, “Sobre la violencia feminicida y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en México”, destaca la poca inversión que los países de América Latina y del Caribe han destinado a prevenir, atender y erradicar la violencia contra las mujeres. De conformidad con cifras del Banco Interamericano de Desarrollo, los países de la región invierten entre 0.01 y 1 por ciento del producto interno bruto.
Los recursos considerados en el anexo 13, “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”, del Presupuesto de Egresos de la Federación han tenido un crecimiento constante de 2006 a la fecha. Para 2021, el presupuesto asignado en el anexo 13 ascendió a 128 mil millones de pesos. Para el Presupuesto de 2022, el proyecto enviado considera más de 230 mil millones de pesos, un aumento de casi el doble respecto del presente ejercicio.
Sin embargo, uno de los retos que debemos atender es capacitar a los cuerpos de investigación ministerial, policial y pericial con perspectiva de género para el delito de feminicidio en las fiscalías estatales. Por ello se requiere incrementar el monto de los recursos para tal efecto.
La Ley de Coordinación Fiscal enumera en el artículo 25 los fondos de aportaciones federales que la federación transfiere a las haciendas públicas de los estados, Ciudad de México y, en su caso, a los municipios, condicionando el gasto al cumplimiento de los objetivos descritos. En el artículo 45 se establece el destino de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), entre los cuales se encuentran el fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública, la profesionalización del personal de las fiscalías, los policías de vigilancia y custodia de los centros penitenciarios, el fortalecimiento de las bases de datos criminalísticas y la ampliación de las instalaciones para la procuración e impartición de justicia, de los cuerpos de seguridad pública y de los centros de evaluación y control de confianza.
La presente iniciativa plantea la reforma del artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal, a efecto de que se adicione como criterio para la distribución del FASP, los recursos destinados a atender la prevención y atención del delito de feminicidio en los estados, por lo que las entidades que mayor presupuesto destinen para prevenir y atender el delito de feminicidio serán más susceptibles a recibir mayores recursos por concepto de dicho fondo.
Asimismo, se plantea la reforma de la fracción VI del artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a efecto de que uno de los destinos del FASP sea la capacitación de los cuerpos de investigación ministerial, policial y pericial con perspectiva de género para el delito de feminicidio en las fiscalías estatales y la de la Ciudad de México, así como la inversión en los centros de justicia para las mujeres en las entidades federativas y la Ciudad de México.
La modificación de los artículos 44, tercer párrafo, y 45, fracción VI, de la Ley de Coordinación Fiscal garantizará que los estados destinen mayores recursos a prevenir y erradicar el feminicidio.
En virtud de lo expuesto, los que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, ponen a consideración de esta soberanía iniciativa que reforma los artículos 44, tercer párrafo, y 45, fracción VI, de la Ley de Coordinación Fiscal. Por ello proponemos el siguiente proyecto de
Decreto que reforma los artículos 44, tercer párrafo, y 45 fracción VI, de la Ley de Coordinación Fiscal.
Único. Se reforman los artículos 44, tercer párrafo, y 45 fracción VI, de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Artículo 44....
...
El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entregará a las entidades el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, con base en los criterios que el Consejo Nacional de Seguridad Pública determine, a propuesta de la Secretaría de Gobernación, por medio del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, utilizando para la distribución de los recursos, criterios que incorporen el número de habitantes de los Estados y del Distrito Federal; el índice de ocupación penitenciaria; la implementación de programas de prevención del delito; los recursos destinados a apoyar las acciones que en materia de seguridad pública desarrollen los municipios , los recursos destinados a atender la prevención y atención del delito de feminicidio en los estados, y el avance en la aplicación del Programa Nacional de Seguridad Pública en materia de profesionalización, equipamiento, modernización tecnológica e infraestructura. La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución y el resultado de su aplicación que corresponderá a la asignación por cada Estado y el Distrito Federal, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar a los 30 días naturales siguientes a la publicación en dicho Diario del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal de que se trate. Los convenios y anexos técnicos celebrados entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y las entidades, deberán firmarse en un término no mayor a sesenta días, contados a partir de la publicación del resultado de la aplicación de las fórmulas y variables mencionadas con anterioridad.
...
...
...
...
Artículo 45. ...
I. a V. ...
VI. La capacitación de los cuerpos de investigación ministerial, policial y pericial con perspectiva de género para el delito de feminicidio en las fiscalías estatales y de la Ciudad de México, así como a la inversión en los centros de justicia para las mujeres en las entidades federativas y de la Ciudad de México.
VII. ...
...
...
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
Segundo. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 18 de octubre de 2021.– Diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Krishna Karina Romero Velázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio y con arreglo a las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica la denominación del capítulo II del título VII y se reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en atención de la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, las y los jóvenes tienen la creatividad, el potencial y la capacidad necesarios para desencadenar cambios para ellos, para sus comunidades, y para el resto del mundo. 1
Hoy, las y los jóvenes se han convertido en un factor fundamental para el desarrollo de cualquier país, su participación dentro de la sociedad es indispensable, ya que actúan como agentes de cambio social, político, desarrollo económico y progreso.
Datos del Censo de Población y Vivienda de 2020, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 2 señalan que en México habitan 31.2 millones de jóvenes de entre 15 y 29 años de edad, 25 por ciento de la población del país.
El Estado de México, la Ciudad de México, Jalisco, Veracruz y Puebla, son las entidades federativas donde más jóvenes habitan en el país, al concentrar en su conjunto cerca de 40 por ciento del total de jóvenes.
Si bien los jóvenes son un sector fundamental para el desarrollo de la sociedad, lamentablemente muchos de ellos, carecen de oportunidades para poderse desarrollar y explotar sus aptitudes y capacidades en los ámbitos educativos y laboral.
De acuerdo con datos de la Organización Internacional del Trabajo, en América Latina y el Caribe 23.8 por ciento de las y los jóvenes de 18 a 24 años de la región, se encontraban sin empleo durante el segundo trimestre del presente año, porcentaje más alto que se tenga registro desde 2006 y lo cual significa que unos 11 millones de jóvenes buscan un empleo sin conseguirlo. 3
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos señala en su reporte Panorama de la educación 2021, señala que en México 23 por ciento de los jóvenes de entre 18 y 24 años de edad no estudia ni trabaja; es decir, 1 de cada 4 jóvenes mexicanos se encuentra en esta condición, contexto que ubica al país en el cuarto lugar entre los integrantes de dicha organización con más jóvenes que no estudian ni trabajan. 4
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del segundo trimestre de 2021 llevada a cabo por el Inegi, indica que 1.2 millones de personas de 15 a 29 años se encuentran sin empleo.
Una de las principales causas de que los jóvenes no encuentren trabajo es la falta de experiencia: La escasez de oportunidades laborales para los jóvenes, estudio elaborado por la empresa Manpower Group, precisa que 79 por ciento de los jóvenes mexicanos de entre 18 y 29 años de edad tiene dificultad para encontrar un empleo, principalmente debido a dicha falta de experiencia. 5
Dicho estudio afirma también, que el terminar una carrera profesional, no garantiza el poder obtener un empleo, pues entre mayor escolaridad tienen los jóvenes en México, mayor dificultad padecen para poder encontrar un trabajo bien remunerado y con las prestaciones adecuadas, ya que los jóvenes con licenciatura tienen 83 por ciento de dificultad para emplearse, mientras que los jóvenes con maestría o posgrado tienen 79 por ciento de dificultad para emplearse, y a su vez los jóvenes con bachillerato o carrera técnica tienen 76 por ciento de dificultad para encontrar un trabajo. 6
Lamentablemente la falta de oportunidades para poder acceder a un empleo formal, se ha convertido, en una de las problemáticas que más sufren los jóvenes en la actualidad en nuestro país y con ello se orilla a los jóvenes a optar por trabajos en el sector informal, el cual, actualmente emplea a 8.9 millones de jóvenes mexicanos de entre 15 a 29 años, sin embargo, dichos empleos en su mayoría son carentes de prestaciones y seguridad social.
Ante este contexto, resulta importante establecer acciones que fomenten la integración de los jóvenes al mundo laboral, tanto del sector privado como del sector público y con ello, mejorar su desarrollo personal y de su familia.
La OIT refiere que el trabajo decente para los jóvenes tiene efectos multiplicadores en toda la economía puesto que impulsa la demanda de los consumidores y aumenta los ingresos tributarios. Además, señala que la demanda de servicios sociales disminuye significativamente cuando los jóvenes tienen empleos decentes, ya que dedican su tiempo a algo productivo, saludable y que fortalece la autoestima. 7
En virtud de lo anterior, la presente iniciativa que se pone a consideración, busca implementar estímulos fiscales para aquellas empresas que contraten a jóvenes de entre 18 a 29 años de edad, y con ello ayudar a los jóvenes a contar con un empleo digno y formal.
Un desarrollo laboral y profesional temprano para las y los jóvenes trae consigo que éstos cambien de dirección, pasen de la dependencia social a la autosuficiencia, eludan la pobreza y contribuyan activamente en la sociedad. 8
En el Grupo Parlamentario del PAN estamos seguros de que proporcionar a los jóvenes la posibilidad de acceder a un empleo formal, con seguridad social, prestaciones adecuadas y con un salario digno, ayudará también a combatir la pobreza, pues tristemente casi la mitad de los jóvenes en nuestro país viven en esta condición.
En México ser joven no debe representar una desventaja sino una oportunidad para hacer de nuestro país, un mejor lugar para todos. La juventud, es la fuerza del presente que necesitamos para construir el futuro.
Por lo expuesto se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifica la denominación del capítulo II del título VII y se reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Único. Se modifica la denominación del capítulo II del título VII y se reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Capítulo II De los Patrones que contraten a Personas que padezcan Discapacidad, Adultos Mayores y Jóvenes de 18 a 29 Años
Artículo 186. ...
...
...
También, se otorgará un estímulo fiscal a quien contrate jóvenes de entre 18 a 29 años, consistente en deducir de sus ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal correspondiente, el equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a estos jóvenes. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta ley.
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Por los jóvenes, con los jóvenes, para los jóvenes, UNESCO. Disponible en
https://es.unesco.org/youth Consultado el 8 de octubre de 2021.
2 Censo de Población y Vivienda de 2020, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Disponible en
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ResultCenso2020_Nal.pdf Consultado el 25de septiembre de 2021.
3 Crisis del empleo juvenil: desarmando la bomba de tiempo activada por la pandemia, Organización Internacional del Trabajo. Disponible en
https://www.ilo.org/americas/sala-de-prensa/WCMS_816632/lang–es/ index.htm Consultado el 25 de septiembre de 2021.
4 Panorama de la educación 2021, OCDE. Disponible en
https://www.oecd-ilibrary.org/education/education-at-a-glance-20 21_b35a14e5-en Consultado el 25 de septiembre de 2021.
5 Escasez de oportunidades laborales para los jóvenes, Manpower Group. Disponible en
https://www.manpowergroup.com.mx/wps/wcm/connect/manpowergroup/9 154148c-1ae2-4a67-b988-d163c1307298/Reporte_Completo_ de_M%C3%A9xico_en_Espa%C3%B1ol.pdf?MOD=AJPERES&CONVERT_TO=url&CACHEID=R OOTWORKSPACE.Z18_2802IK01OORA70QUFIPQ192H31-9154148c-1ae2-4a67-b988-d163c130729 8-nld6MkP Consultado el25 de septiembre de 2021.
6 Ibídem.
7 OIT destaca importancia de promover empleo de jóvenes, OIT. Disponible en
https://news.un.org/es/story/2005/06/1057451 Consultado el 8 de octubre de 2021.
8 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2021.– Diputada Krishna Karina Romero Velázquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por la diputada Patricia Terrazas Baca e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Patricia Terrazas Baca e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 74 Bis, 74 Ter, 74 Quater y 74 Quinquies al capítulo VIII del Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
I. Antecedentes
El 8 de septiembre de 2021 fue presentado el paquete económico para el ejercicio fiscal de 2022, como parte de las propuestas que incluye el Paquete Económico en materia tributaria se pretende eliminar del Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras, contenido en el capítulo VIII del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta a las personas físicas que se dedican exclusivamente a éstas.
En la exposición de motivos se precisa que al incorporarse el Régimen Simplificado de Confianza para las personas físicas, los ciudadanos que se dedican a las actividades primarias deberán tributar en dicho Régimen, por lo que el Ejecutivo federal impone eliminar a los ciudadanos del régimen de actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas.
Por otro lado, la reforma propone que las personas morales de derecho agrario cuando sólo estén integrados por personas físicas que estén reconocidos como ejidatarios o comuneros en los términos de la Ley Agraria, como pueden ser ejidos o comunidades, también deben ser expulsados del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
Es importante resaltar que el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras incluye como una medida paliativa, considerando las particularidades del sector primario, la posibilidad de que una parte de los ingresos que reciben por estas actividades estén libres de impuestos, en el caso de personas físicas, hasta 40 salarios mínimos, en el caso de personas morales, como lo son los ejidos, hasta 20 salarios mínimos por cada integrante, en ambos casos, elevados al año, cuando los ingresos son mayores y hasta 423 salarios mínimos elevados al año, las personas físicas y personas morales tienen una reducción del 40 por ciento y del 30 por ciento en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) respectivamente.
Estos “beneficios” en realidad pretenden reconocer que en el desarrollo de las actividades primarias los cambios climáticos impredecibles afectan la continuidad de éstas, como lo son periodos de sequías, inundaciones, contaminación, tormentas, plagas, entre otros.
En el año de 2020, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural difundió el documento denominado Panorama Agroalimentario 2020, documento por medio del cual dio a conocer la información a través del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, el citado documento identificó que en el año de 2019, 11.9 por ciento de la población ocupada laboraba en el sector
Este porcentaje representaba para el citado año, considerando que la población económicamente activa era de 55.4 millones de mexicanos, que 5.4 millones de mexicanos realizaban actividades agrícolas, 881 mil participaban en la cría y explotación de actividades ganaderas y 146 mil en la pesca y la acuacultura.
De acuerdo con el citado estudio, el perfil de los trabajadores agropecuarios y pesqueros 12 por ciento cuenta con estudios medio y superior, 59.9 por ciento estudios de primaria y 28.4 por ciento con secundaria completa.
Al cierre del año de 2020, en México existen 29 mil 793 ejidos inscritos en el Registro Nacional Agrario, sobresalen los estados de Chiapas y Veracruz con 3 mil 168 y 3 mil 686 ejidos respectivamente.
Fuente: Registro Nacional Agrario, 2020
En estos núcleos ejidales, de acuerdo con datos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano al mes de noviembre de 2020 existían 5 millones 88 mil 625 mexicanos, que tenían la calidad de ejidatario, posesionario, comunero o avecindado con lo por lo menos un certificado parcelario o de uso común, 26.53 por ciento son mujeres.
Se estima que 23 por ciento de los mexicanos que participan en el sector agropecuario son integrantes de núcleos ejidales o comunidades.
En 2019, existían 24.6 millones de hectáreas destinadas a zonas agrícolas, en 24.5 por ciento se sembró maíz grano, 5.4 por ciento, sorgo; 4.0 por ciento, frijol; 2.0 por ciento, trigo y 0.1 por ciento de arroz, no obstante que México ocupó en 2019 el doceavo lugar en producción mundial de alimentos, el onceavo lugar en tanto en cultivos agrícolas como en ganadería primaria y el quinceavo lugar en producción pesquera y acuícola, el sector agrícola tiene grandes retos ante sí, entre ellos, se encuentra el abandono de terrenos agrícolas, el cambio climático y, ahora, para 2022, los cambios en materia tributaria.
II. Problemática
Superficies Agrícolas
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), México es uno de los países con mayor diversidad biológica y cultural del mundo, que ha sufrido la pérdida de 50 por ciento de sus ecosistemas naturales, cada año, de 2010 a 2015, en el país se desforestaron 92 mil hectáreas en promedio. 44 por ciento de los suelos presentan algún grado de degradación, durante 2019 y 2020 se presentó una sequía atípica consecutiva.
En 2017, 74 por ciento de las Unidades Económicas Rurales Agrícolas reportaron pérdidas económicas por causas climáticas que afectaron total o parcialmente las cosechas o a sus animales.
Esta situación es preocupante, toda vez que la producción alimentaria en su mayor parte se produce en el suelo, el cual se ve amenazado por factores demográficos, de cambio climático y de un uso intensivo.
El suelo agrícola es un factor estratégico para la seguridad alimentaria de las naciones, la fertilidad o tecnología empleada regulan su producción.
México, de ser un país autosuficiente, a partir de la década de los 80 empezó a perder esa condición, pasando de ser exportador a importador, en parte por falta de crecimiento en la frontera agrícola, el deterioro natural de las tierras agrícolas y su menor rendimiento.
La FAO señala que el “suelo es un recurso esencial para la reproducción de la vida en el planeta, pues proporciona nutrientes, agua y minerales para el desarrollo de plantas y árboles, almacena carbono y es hogar de miles de animales; más aún, es el asiento natural para la producción de alimentos y materias primas de los cuales depende la sociedad y el espacio donde se desarrollan actividades socioeconómicas (FAO, 2009b, 2010; Porta et al., 2015).
Al suelo se le considera un recurso finito y renovable, las actividades humanas pueden afectar su calidad y fertilidad.
En el sector agrícola la producción agrícola puede intensificarse por medio de la tecnología o restauración.
De acuerdo con el estudio Suelo agrícola en México: retrospección y prospectiva para la seguridad alimentaria, elaborado por Agustín Rojas Martínez y Felipe Torres Torres, investigadores del Instituto de Investigaciones Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, consideran que la seguridad alimentaria en México tiene ante sí dos elementos estratégicos, los alimentos deben producirse internamente para alcanzar la autosuficiencia y debe estar dispuesto a pagar el costo de producirlos internamente, cualquiera que ésta sea, en su opinión, la frontera agrícola en México esta casi agotada, sin que produzcan los alimentos que demanda el crecimiento poblacional.
Por otro lado, destacan que existen países como China, India y los países árabes que adquieren superficies en otras naciones para salvaguardar su seguridad alimentaria, lo cual se convierte en una amenaza para las soberanías nacionales e incrementan la vulnerabilidad alimentaria.
Destacan que 63 por ciento del suelo en el país presentan algún grado de deterioro, que el porcentaje restante no padece degradación aparente y en ellos se desarrollan actividades sustentables. La degradación del suelo, de acuerdo con los autores, representa una amenaza para la seguridad alimentaria del país. En el año de 2018, la FAO estimó que 12.3 por ciento del territorio nacional conformaba la superficie cultivable (23.98 millones de hectáreas).
No obstante que la seguridad alimentaria es una preocupación global, en México, los magros apoyos al campo, de acuerdo con la Confederación de Productores Agrícolas de Maíz de México, en los últimos tres ciclos productivos en la región norte del país la actividad agrícola se ha abandona en 5 por ciento.
En otras entidades, como Oaxaca, en 2019 se sembraron 497 mil 687 hectáreas de maíz, siendo este año el menor en un periodo de 16, lo que implicó para la entidad adquirir más de 150 mil toneladas de maíz provenientes de otros estados.
Por ello, es necesario que dentro de las políticas públicas se incorporen diferentes instrumentos que promuevan el desarrollo de las actividades agrícolas en México para lograr la autosuficiencia alimentaria, paliar los efectos del cambio climático, y la restauración de los suelos agrícolas.
Régimen fiscal de las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras
Los cambios al régimen fiscal propuesto para el ejercicio de 2022, de ser aprobados en sus términos, representan una amenaza para los pequeños productores, comuneros, agricultores y ejidatarios dedicados a actividades del sector primario, toda vez que a pesar de que la exposición de motivos expresamente señala que las personas físicas dedicadas a estas actividades pasaran al Régimen Simplificado de Confianza, la exposición de motivos de la reforma propuesta no va acorde al texto de los artículos propuestos por el Ejecutivo federal, en adición que presenta las siguientes limitantes:
Afectación a ejidos y comunidades
Aun y cuando en la exposición de motivos del Presidente se hace mención expresa que las personas físicas que se dediquen a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras tributaran en el Régimen Simplificado de Confianza, el texto de los artículos propuestos por el Ejecutivo, como ya se ha mencionado no guardan congruencia con la exposición de motivos, la cual se acompaña a la presente para una mejor ilustración.
“12. Eliminación de personas físicas del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras En virtud de que las personas físicas que realicen actividades agrícolas ganaderas, silvícolas o pesqueras, migrarán al nuevo Régimen Simplificado de Confianza, se propone reformar el artículo 74 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para eliminar a las personas físicas que aplicarán el nuevo régimen. Asimismo, se plantea derogar el artículo 74-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, ya que su contenido resultará inaplicable, toda vez que las personas físicas que realicen las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, deberán pagar el impuesto sobre la renta en los términos del nuevo esquema de tributación.
13. Tributación de las personas morales de derecho agrario El artículo 74-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta prevé un esquema de tributación para las personas morales de derecho agrario que obtengan ingresos por la industrialización y comercialización de productos derivados de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuando se encuentren constituidas únicamente por socios o asociados personas físicas que estén reconocidos como ejidatarios o comuneros de acuerdo con la Ley Agraria, o por ejidos o comunidades constituidos en términos de la referida ley.
Toda vez que dichos contribuyentes accederán a los nuevos regímenes simplificados que se plantea incorporar a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, acogiéndose a los beneficios que establecen dichos esquemas de tributación, se plantea derogar el referido artículo.
Por lo anterior, los mexicanos integrantes de ejidos y comunidades que realizan actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y/o pesqueras, serán afectados gravemente, toda vez que de acuerdo con la propuesta de adición de un artículo 113-E a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en la fracción I de su octavo párrafo, expresamente señala que las personas que sean integrantes como socios, accionistas o integrantes de personas morales no podrán tributar en este nuevo régimen.
“Sección IV Del Régimen Simplificado de Confianza
Artículo 113-E. Los contribuyentes, personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
...
No podrán aplicar lo previsto en esta Sección las personas físicas a que se refiere el primer párrafo de este artículo en los supuestos siguientes:
I. Sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de esta Ley.
...” (Énfasis añadido).
Al efecto, es de precisar que de acuerdo con los artículos noveno, 98 y 99 los ejidos y comunidades tienen personalidad jurídica propia, por lo que en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta son consideradas como personas morales.
Ley Agraria
“Artículo 9o. Los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por cualquier otro título.
Artículo 12. Son ejidatarios los hombres y las mujeres titulares de derechos ejidales.
Artículo 98. El reconocimiento como comunidad a los núcleos agrarios deriva de los siguientes procedimientos:
I. Una acción agraria de restitución para las comunidades despojadas de su propiedad;
II. Un acto de jurisdicción voluntaria promovido por quienes guardan el estado comunal cuando no exista litigio en materia de posesión y propiedad comunal;
III. La resolución de un juicio promovido por quienes conserven el estado comunal cuando exista litigio u oposición de parte interesada respecto a la solicitud del núcleo; o
IV. El procedimiento de conversión de ejido a comunidad.
De estos procedimientos se derivará el registro correspondiente en los registros Públicos de la Propiedad y Agrario Nacional.
Artículo 99. Los efectos jurídicos del reconocimiento de la comunidad son:
I. La personalidad jurídica del núcleo de población y su propiedad sobre la tierra;
II. La existencia del Comisariado de Bienes Comunales como órgano de representación y gestión administrativa de la asamblea de comuneros en los términos que establezca el estatuto comunal y la costumbre;
III. La protección especial a las tierras comunales que las hace inalienables, imprescriptibles e inembargables, salvo que se aporten a una sociedad en los términos del artículo 100 de esta ley; y
IV. Los derechos y las obligaciones de los comuneros conforme a la ley y el estatuto comunal.”
Lo anterior, implica que, de acuerdo con el artículo Séptimo y artículo 74 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los Ejidos y comunidades son personas morales.
“Artículo 7. Cuando en esta Ley se haga mención a persona moral, se entienden comprendidas, entre otras, las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito, las sociedades y asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.
...”
“Capítulo VIII Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
Artículo 74. Deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente Capítulo, los siguientes contribuyentes:
I. Las personas morales de derecho agrario que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas o silvícolas, las sociedades cooperativas de producción y las demás personas morales, que se dediquen exclusivamente a dichas actividades.
...”
En consecuencia, de aprobarse la Iniciativa presidencial en sus términos, afectaría gravemente al sector primario de la economía, y contradice el discurso oficial de apoyar a los sectores más desprotegidos, pero sobre todo, pierde de vista que el sector primario es un sector estratégico para lograr la suficiencia alimentaria del país.
III. Propuestas
Por lo anterior, los diputados y diputadas del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ponemos a consideración de esta soberanía diversas modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta en beneficio del sector primario de la economía para las persona físicas y morales, entre los cuales se encuentran los agricultores, pequeños propietarios, ejidatarios comuneros, integrantes de sociedades cooperativas, ganaderos para quedar como sigue:
Ingresos exentos por actividades realizadas por sector primario
Adición de un artículo 74 Bis al capítulo VIII Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para proteger los derechos y beneficios que las leyes fiscales han contemplado para el sector primario, considerando que este sector es estratégico para salvaguardar la seguridad alimentaria de la población, preservando las siguientes prerrogativas:
1. Exentar del pago del Impuesto Sobre la Renta a los ingresos que reciban por las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras hasta por 40 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización.
2. Por los ingresos que no sean mayores a 423 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización tendrán una reducción en el Impuesto Sobre la Renta equivalente al 40 por ciento, teniendo derecho a los ingresos exentos a que se refiere el numeral 1 anterior.
Ingresos parciales por actividades realizadas en el sector primario
Se propone a esta soberanía la incorporación de un artículo 74 Ter al capítulo VIII Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta aplicable a aquellos contribuyentes que realizan parcialmente actividades agrícolas y cuyos ingresos no sean mayores a 8 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, con esta propuesta se reconoce el derecho a participar en el gasto público de una manera proporcional y equitativa.
Personas morales de derecho agrario
Se propone a esta soberanía la incorporación de un artículo 74-Quater al capítulo VIII Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para otorgar certidumbre y seguridad jurídica al régimen aplicable mediante el cual tributaras las personas morales de derecho agrario
Seguridad alimentaria
Deducción de terrenos agrícolas
Adición de un artículo 74 Quinquies al capítulo VIII Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para establecer la deducción de terrenos agrícolas en el ejercicio que se adquieran.
La seguridad alimentaria debe ser una prioridad de cualquier gobierno, México, por ello, para incentivar las inversiones en el sector agrícola, y ampliar el aprovechamiento de las tierras cultivables en México, incentivando su recuperación y un mejor aprovechamiento, es que se propone la deducción al cien por ciento de las compras de terrenos destinados exclusivamente a actividades agrícolas y ganaderas.
Esta propuesta tiene un fin extra-fiscal que pretende incentivar la inversión en el sector primario, que si bien, durante 2020 y en los últimos años ha tenido una recuperación, la misma aún no se ve reflejada en la producción de granos como el maíz, cifras recientes estiman que México durante 2020 importó 17 millones de toneladas de maíz, principalmente de Estados Unidos de América (EUA).
Por lo anterior, se propone a esta soberanía establecer la posibilidad de deducir al cien por ciento la adquisición de terrenos destinados a actividades agrícolas y ganaderas con el objetivo de avanzar en lograr la soberanía alimentaria de México mediante la adición de un artículo 74 Quinquies como sigue:
Es importante destacar que la deducción de terrenos que se propone incorporar sólo será de terrenos que hubieren sido destinados a actividades agrícolas y ganaderas, toda vez que la propuesta pretende incentivar la producción en las áreas incluidas dentro de la Frontera Agrícola que estén abandonados, o que por medio de inversiones en su recuperación, pudieren volver a ser productivos en beneficio de todos los mexicanos.
Mediante estas propuestas los diputados y diputadas del Partido Acción Nacional pretendemos reconocer la importancia que ha tenido el sector primario en el desarrollo económico del país, y sobre todo, beneficiar a uno de los sectores que en los últimos tres años ha sido desdeñado por parte del gobierno federal al recortar año con año el presupuesto a los programas destinados al sector rural.
Por lo anteriormente expuesto, con la facultad que nos confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adicionan los artículos 74 Bis, 74. Ter, 74 Quater y 74 Quinquies al capítulo VIII del Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras Del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Único. Se adicionan los artículos 74 Bis, 74 Ter, 74 Quater y 74 Quinquies al capítulo VIII del Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Artículo 74 Bis. Deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente capítulo las personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Cuando las personas físicas realicen actividades en copropiedad y opten por tributar por conducto de personas morales en los términos del capítulo VIII de esta ley, dichas personas morales serán quienes cumplan con las obligaciones fiscales de la copropiedad y se considerarán como representantes comunes de la misma.
Se consideran contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, aquéllos cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando menos 80 por ciento de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos, ingresos por el uso o goce de tierras ejidales o comunales y terreno, de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad.
Las personas físicas a que se refiere el primero y segundo párrafo de este artículo, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, de 40 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización.
Tratándose de personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio excedan de 40 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, pero sean inferiores de 423 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, les será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, por el excedente se pagará el impuesto en los términos del séptimo párrafo del artículo 74, reduciéndose el impuesto determinado conforme a la fracción II de dicho párrafo, en un 40 por ciento tratándose de personas físicas
Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio rebasen los montos señalados en el párrafo anterior, les será aplicable la exención prevista en el cuarto párrafo de este artículo, por el excedente, se pagará el impuesto en los términos del séptimo párrafo del artículo 74 y será aplicable la reducción a que se refiere el quinto párrafo de este artículo hasta por los montos en él establecidos.
Artículo 74 Ter. Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, y que dichos ingresos representen cuando menos el 25 por ciento de sus ingresos totales en el ejercicio, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que hubiesen estado afectos a las citadas actividades, y que además sus ingresos totales en el ejercicio no rebasen 8 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de las citadas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, del valor anual de la Unidad de Medida y Actualización.
Artículo 74 Quater. Las personas morales de derecho agrario que obtengan al menos el 70 por ciento de sus ingresos totales por la industrialización y comercialización de productos derivados de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, constituidas únicamente por socios o asociados personas físicas que estén reconocidos como ejidatarios o comuneros de acuerdo con la Ley Agraria, o por ejidos o comunidades constituidos en términos de la referida Ley, que hubieran tenido ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad, que no hubieran excedido de la cantidad de cinco millones de pesos, cumplirán con las obligaciones establecidas en esta Ley conforme a lo dispuesto en la Sección I del Capítulo II del Título IV de la misma y determinarán el impuesto sobre la renta que corresponda aplicando la tasa establecida en el artículo 9 de esta Ley. El impuesto determinado se reducirá en un 30 por ciento.
Las personas morales a que refiere este artículo que inicien actividades, podrán optar por aplicar lo dispuesto en el presente artículo, cuando estimen que sus ingresos totales del ejercicio, en los que al menos un 80 por ciento sean obtenidos por la industrialización y comercialización de productos derivados de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, no excederán de la cantidad de cinco millones de pesos. Cuando en el ejercicio citado realicen operaciones por un periodo menor de doce meses, para determinar el citado monto, dividirán los ingresos manifestados entre el número de días que comprende el periodo y el resultado se multiplicará por 365 días.
Los contribuyentes que opten por aplicar lo dispuesto en el presente artículo deberán presentar en enero del año de que se trate, un aviso ante las autoridades fiscales en los términos que para tales efectos establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, en el que manifiesten que aplicarán lo dispuesto en este artículo.
Cuando los contribuyentes dejen de cumplir con los requisitos a que se refiere este artículo o cuando sus ingresos en el periodo transcurrido desde el inicio del ejercicio y hasta el mes de que se trate, excedan de la cantidad señalada en el primer párrafo de este artículo, dejarán de aplicar lo dispuesto en este artículo y deberán pagar el impuesto sobre la renta en los términos de la presente Ley en el régimen correspondiente, a partir del ejercicio siguiente a aquél en que ocurra el incumplimiento de dichos requisitos. En el caso de que los contribuyentes obtengan ingresos que excedan de la cantidad de cinco millones de pesos, dicho excedente no tendrá el beneficio de la reducción del impuesto a que se refiere este artículo. Cuando los contribuyentes dejen de aplicar lo dispuesto en este artículo, en ningún caso podrán volver a aplicarlo en los términos del mismo.
Las declaraciones de pagos provisionales y del ejercicio, así como el registro de operaciones se podrán realizar a través de los medios y formatos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
Artículo 74 Quinquies. Las personas físicas y morales dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas o ganaderas, que adquieran terrenos cuyo uso hubiese sido para actividades agrícolas o ganaderas, y que los utilicen únicamente para estos fines, podrán deducir el monto original de la inversión de los mismos, de la utilidad fiscal que se genere por dichas actividades en el ejercicio en que se adquieran y en los tres ejercicios inmediatos siguientes hasta agotarlo, siempre que dichos terrenos se utilicen exclusivamente para las labores agrícolas o ganaderas. Esta deducción deberá de considerarse en la determinación del impuesto a que hacen referencia el séptimo párrafo del artículo 74 de esta Ley y el primer párrafo del artículo 74 Quater.
Para los efectos de este artículo, se considera que los terrenos se destinan exclusivamente a labores agrícolas o ganaderas cuando los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por estos conceptos representan el 90 por ciento.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las personas físicas y morales podrán aplicar lo dispuesto en el artículo 74 Quinquies por los terrenos destinados exclusivamente a actividades agrícolas y ganaderas adquiridos durante los ejercicios fiscales de 2020 y 2021.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2021.– Diputada Patricia Terrazas Baca (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
SE POTENCIALICE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE URBANO, EN MATERIA DE MOVILIDAD
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sedatu y la SCT a potencializar la inversión en infraestructura de transporte urbano, en materia de movilidad, a cargo del diputado Alan Castellanos Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado federal Alan Castellanos Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Actualmente garantizar la movilidad urbana se encuentra entre los retos de las sociedades modernas. El crecimiento urbano y económico tiene un gran impacto en el desarrollo de las grandes ciudades han estado acompañados por sistemas de transporte que han asumido un rol social y funcional.
En nuestro país, las decisiones de política pública aparentemente han priorizado las condiciones de movilidad de los sectores de la población que cuentan con mayores privilegios construyendo nuevas carreteras de cuota que al final en lugar de solucionar el problema lo agravan relegando las necesidades de la población más vulnerable.
Por otro lado, la creciente dificultad de movernos en las ciudades se ha concentrado en el evidente incremento de vehículos particulares, aumentando tiempos de traslado por supuesto tenemos como consecuencia de la falta de alternativas seguras desde los servicios de transporte público.
En México, la movilidad es un indicador en el que se refleja la desigualdad en el país. Las decisiones de política pública han priorizado las condiciones de movilidad de los sectores de la población que cuentan con mayores privilegios y que tiene la oportunidad de elegir entre distintos medios para movilizarse. En este contexto, la gestión pública confina las necesidades de la población más vulnerable, la cual progresivamente ha normalizado la falta de acceso a derechos básicos, aumentando las condiciones de marginación y desigualdad.
En el caso de la Ciudad de México, el alto número de vehículos en circulación “ha provocado que la velocidad de desplazamiento en la ciudad en general se haya reducido drásticamente, en efectos concéntricos, hasta llegar a los 15 km. por hora en promedio, sin considerar que en horario pico la velocidad disminuye hasta en 6 km. por hora”; 1 por lo que las principales vías primarias de la ciudad han tenido una gran saturación, lo que a su vez significa efectos a la salud, mayor consumo de combustible y emisiones contaminantes.
Este problema no es particular de la Ciudad de México, de acuerdo con el Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo (ITDP) y la organización Movilidad Urbana Sustentable:
“durante las dos últimas décadas ha habido en México una tendencia alarmante en el incremento del uso del automóvil: el aumento en los vehículos registrados de 6.5 millones en 1990 a 20.8 en 2010 ha ido de la mano de los kilómetros-vehículo recorridos (KVR) que se han triplicado al pasar de 106 millones en 1990 a 339 millones en 2010, a una tasa de crecimiento increíble de 5.3% anual”. 2
De acuerdo con dicho estudio las mayores tasas de crecimiento en la población fueron en las zonas metropolitanas de Tijuana (4%), Tuxtla Gutiérrez (3.2%) y Querétaro (3.2%). En tanto, los promedios de incremento en motorización mayores se registraron en Monterrey (5.9%), Veracruz (5%) y Chihuahua (4.6%). Finalmente, las mayores tasas de kilometro/vehículo recorrido las tienen Querétaro (9.4%), Aguascalientes (8.8%), Monterrey (8.8%) y León (8.7%) principalmente. 3
Los problemas de movilidad para la población han generado la reflexión que pueden afectar los derechos humanos de quienes transitan por las ciudades. En ese sentido la Comisión de Derechos Humanos del entonces Distrito Federal (CDHDF) define al derecho a la movilidad como: “el derecho de toda persona y de la colectividad a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad y aceptable, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el efectivo desplazamiento de todas las personas en un territorio para la satisfacción de sus necesidades y pleno desarrollo”. 4 Por tanto, el no lograr avances efectivos en materia de movilidad puede ser una amenaza a las actividades fundamentales como asistencia a escuelas, actividades laborales, obstáculos para los servicios de emergencia, entre otros.
Un ejemplo de ello es la zona metropolitana del Valle de México, la cual concentra 34.5 millones de viajes diarios, 5 con una oferta de servicios de transporte que va de medios masivos como Metro, Metrobús, Mexibús, trolebús; medios de mediana y baja capacidad como microbuses, combis y hasta mototaxis; medios no motorizados, como el sistema de bicicleta pública o los servicios de bicicletas privadas sin anclaje, y los servicios privados como automóvil, motocicletas, transporte escolar, transporte de personal, las bicicletas privadas y caminando. Con estos servicios, que cada día van creciendo en diversidad, la movilidad principal del Valle de México sigue siendo dominada por los traslados en servicios de baja capacidad o colectivos con el 51% 6 y el 32% caminando, dejando al automóvil como la tercera alternativa con sólo el 21% de los viajes diarios.
Aunado a esta situación, la inseguridad nos expulsa de los medios de transporte más sustentables, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre la Seguridad Pública (Envipe) 2020, del Inegi, que mide la afectación directa a las personas y a los hogares en los delitos. Aquéllos asociados al robo o asalto en calle o transporte público se encuentran en primer lugar de la tasa de incidencia delictiva, ya que a nivel nacional se estimó una tasa de 33,659 delitos por cada cien mil habitantes durante 2019. Los estados donde es más frecuente el robo o asalto en la calle o el transporte público son Morelos, Estado de México, Ciudad de México, Puebla, Oaxaca, entre otros. 7
Por otro lado, hoy la comunidad internacional voltea a ver con creciente interés la transformación de México, sin embargo, el Gobierno actual de nuestro país ha limitado el crecimiento en estas áreas de grandes competencias.
Prueba de ello, son los limitados proyectos de infraestructura que abandera la actual administración, mismos que recibirán en conjunto 129 mil 392 millones de pesos en 2022, de acuerdo con el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el próximo año. 8
Para el Tren Maya se proponen 62 mil 942 millones de pesos, esto con el objetivo de que Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) continúe el desarrollo de un transporte que, se supone, conectará más 190 sitios de interés turísticos en la Península de Yucatán. Los documentos del Paquete Económico estiman que la obra, durante su etapa de ejecución, creará 379 mil empleos directos y 113 mil empleos indirectos.
Para la refinería que la Secretaría de Energía construye en Dos Bocas, Paraíso, Tabasco, se perfilan 45 mil millones de pesos vía una aportación patrimonial de la dependencia a Petróleos Mexicano (Pemex).
Además, en los proyectos aeroportuarios que están a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional, particularmente el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, se contempla un gasto de 11 mil 450 millones de pesos. La base aérea en Santa Lucía tiene previsto abrir en marzo de ese año, pero también los militares se han hecho de la construcción del aeropuerto de Tulum.
Por último, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, que tendrá 10 mil millones de pesos si la propuesta del Ejecutivo es aprobada en los mismos términos por esta H. Cámara de Diputados. Los recursos prevén continuar con la modernización tanto del puerto de Coatzacoalcos como el de Salina Cruz, para hacer más eficiente el manejo de petrolíferos, y con la modernización del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec. 9
En este sentido el Gobierno Federal ha dado mayor atención a un puñado de megaproyectos y a la continuación de construcciones iniciadas en administraciones anteriores. De estas, la única de grandes magnitudes relacionada con el sector carretero, es la autopista de Oaxaca, que inició hace 12 años.
Para el 2022, el panorama continuará similar. Como ya se mencionó, la SCT recibirá 17.2% más de lo aprobado el año en curso. El gasto estará apretado y muy concentrado en los programas sociales y proyectos emblemáticos, el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas y el aeropuerto Felipe Ángeles, pero con poco margen de acción para otras grandes obras de infraestructura y para revertir la declinación en la inversión pública.
Ante tal impacto nacional, el Estado de México continúa impulsando la infraestructura de comunicaciones, debido a su calidad, trazo, amplitud y alcance, al día de hoy, se han ejecutado 430 obras de construcción, rehabilitación, modernización y conservación de infraestructura vial y carretera.
El Edoméx se considera como la entidad mejor conectada del país, para consolidar este liderazgo el Gobierno Mexiquense continúa uniendo esfuerzos con el Gobierno Federal para seguir transformando la movilidad, comunicaciones y transportes, llevando a cabo tres de los proyectos más importantes: el Aeropuerto Internacional “Felipe Ángeles” y la ampliación del Tren Suburbano hasta esta terminal aérea, que detonarán un polo de desarrollo en el norte del Valle de México, así como el Tren Interurbano México-Toluca.
En materia de movilidad quedan diversos retos que debemos enfrentar como la ampliación de la Línea I del Mexibús para que llegue hasta el Aeropuerto Internacional “Felipe Ángeles”, y está por iniciarse la construcción del Sistema de Transporte Eléctrico Chalco-Santa Marta, que conectará con la Línea A del Metro.
Por otro lado, y de manera particular, en el municipio de La Paz se encuentra un distribuidor vial en el cual se conecta a las carreteras federales de México-Puebla y México-Texcoco, mismas que pasan por los municipios de Ixtapaluca, Chalco, Valle de Chalco, La Paz, Chicoloapan, Chimalhuacán, Texcoco, etc. y que no es suficiente porque se concentra un gran número de vehículos generando retrasos de hasta diez kilómetros sobre la calzada Zaragoza en la Ciudad de México.
Cabe señalar que el Estado de México y la Ciudad de México son de las economías locales más importantes y por esta situación es necesario que su población cuente con sistemas de transporte óptimo y mejore carreteras viales que de manera favorable impacten en un deseable desarrollo metropolitano.
Por ello, se considera que para la entrada de la zona oriente del Estado de México es necesario acrecentar las redes de transporte gubernamentales como lo es el trolebús del municipio de La Paz hasta el municipio de Chalco.
La ampliación del metro de la línea A el cual finaliza en la estación La Paz y que esta se pueda continuar hasta Chalco pasando por Ixtapaluca, reduciendo así el número considerable de vehículos en tránsito.
Así también es necesario atender a la rehabilitación del Centro de transferencia Modal, (Paradero de La Paz) ya que este concentra un gran número de empresas de prestación de servicios del transporte público y se encuentra en deplorables condiciones para brindar un servicio de calidad.
Ante estas problemáticas se debe tener más inversiones, fortalecer las condiciones de apertura de negocios, en este sentido, la puesta en marcha de la Evaluación de Impacto Estatal, el cual es dirigido a proyectos de alto impacto como desarrollos inmobiliarios, parques industriales y centros comerciales, acción que está a cargo de la Comisión de Impacto Estatal.
Estas inversiones y el desarrollo de nuestra infraestructura, impulsan la consolidación del Estado de México como el principal nodo de conectividad logística del país.
En este sentido, la movilidad ocupa un papel central en la sociedad, en tanto que permite la comunicación, la actividad económica e integra los espacios y las actividades; es una necesidad de todas las personas para poder acceder a los bienes y servicios básicos que hacen posible una vida digna. Al reconocerla como un derecho humano autónomo, genera compromisos y obligaciones del Estado, por lo que las políticas de movilidad bajo un enfoque de derechos humanos deben ir dirigidas a cumplir con estas obligaciones. Disponibilidad, accesibilidad y calidad como los componentes del derecho, engloba los contenidos e indicadores necesarios para este cumplimiento. Es imprescindible ajustar los criterios de evaluación de políticas a estas obligaciones públicas.
Las implicaciones de estas obligaciones son clave en el planteamiento sobre qué modelo de transporte necesitamos. El cumplimiento conjunto de estos tres componentes garantizaría la equidad en el acceso, la eficiencia en la disponibilidad, la sustentabilidad y la calidad en la infraestructura y la operación.
Ahora bien, para ampliar y mejorar la calidad de la movilidad urbana sustentable en México se debe realizar un análisis sobre el impacto de las políticas impulsadas por la Administración Pública Federal en la última década y diversificar el destino del presupuesto, los fondos fiduciarios y el financiamiento de la cooperación internacional y los organismos multilaterales, hacia el desarrollo de la infraestructura y operación para la movilidad no motorizada y el espacio público de las ciudades en dónde se impulsan los proyectos de transporte masivo. Así como para la generación de capacidades de gestión e implementación de los gobiernos locales.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y de Comunicaciones y Transportes a fin de que potencialicen la inversión en infraestructura de transporte urbano, con una estrategia sólida de densificación en corredores y estaciones de transporte masivo, integrando asociaciones público privadas para generar beneficios sociales en vivienda, equipamiento, infraestructura y espacio público.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de las Secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y de Comunicaciones y Transportes, impulsen el uso eficiente del suelo intraurbano en las zonas metropolitanas con la finalidad de que reduzca las distancias de viajes, a través del financiamiento y gestión de desarrollos densos, conectados y compactos, con uso del suelo mixto con plantas bajas activas, espacios públicos de alta calidad y accesibilidad a transporte sustentable.
Notas
1 Gobierno de la Ciudad de México. Fideicomiso para el Mejoramiento de las vías de Comunicación. Diagnóstico de la movilidad en la Ciudad de México. Disponible en:
http://www.fimevic.df.gob.mx/problemas/1diagnostico.htm
2 Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo (ITDP) y Movilidad Urbana Sustentable. Hacia una estrategia nacional integral de movilidad urbana. Disponible en:
http://mexico.itdp.org/wp-content/uploads/Movilidad-Urbana-Suste ntable-MUS_.pdf
3 Ibíd.
4 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF). Informe especial sobre el derecho a la movilidad en el Distrito Federal 2011-2012. México, 2013. Disponible en:
http://cdhdfbeta.cdhdf.org.mx/wp-content/uploads/2014/06/informe -movilidad.pdf.
5 Inegi, Encuesta Origen-destino en hogares de la Zona Metropolitana del Valle de México (EOD) 2017. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/programas/eod/2017/.
6 De acuerdo con la Encuesta Origen-destino en hogares de la ZonaMetropolitana del Valle de México (EOD) 2017, de los viajes en transporte público, mientras los servicios de baja capacidad tienen 11.54 millones de viajes diarios, el metro tiene sólo 4.7 millones.
7 Inegi. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre la Seguridad Pública (Envipe) 2020. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/2020/doc/en vipe2020_presentacion_nacional.pdf
8 La Jornada, disponible en:
https://www.jornada.com.mx/notas/2021/09/08/economia/considera-p ef-2022-mas-de-129-mil-mdp-para-obras-emblema-del-gobierno/
9 Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, disponible en:
https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/bzPX2qB5/PPEF2022/q gp8v2PM/docs/09/r09_pir.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2021.– Diputado Alan Castellanos Ramírez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.
PLAN DE IMPULSO DEL CACAO Y EL CHOCOLATE, QUE FORTALEZCA LA PRODUCCIÓN NACIONAL E INDUSTRIAL
«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sader a instaurar un plan de impulso del cacao y el chocolate para fortalecer la producción nacional e industrial, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tener de las siguientes:
Exposición de Motivos
El cacao es un cultivo representativo y originario de nuestro país, cultivado por los pueblos olmecas, mayas, aztecas y mokayas, quienes fueron sus primeros productores. Posteriormente este cultivo se extendió a España lo que permitió después que llegará a otros países europeos.
En la antigüedad una actividad que realizaban los mayas era el cultivo del cacao, la palabra está integrada por dos partes: “cac” que significa cascara del fruto y “cao” esto es fuerza y fuego, este trabajo tiene una antigüedad de más de 2500 años.
Grande fue el cultivo del caco por parte de los mayas, que las estrategias que utilizaron para cultivar esta semilla que paso a manos de los aztecas, introduciendo los conocimientos y técnicas para su cultivo.
Por la importancia de sus raíces históricas y culturales de los pueblos mesoamericanos se consideró como un regalo de los dioses prehispánicos, quienes lo usaban simbólicamente para ceremonias y celebraciones, a su vez se utilizó para la creación de productos comestibles y bebidas y como unidad monetaria aún después de la colonización de los españoles.
Estudios realizados por el Centro de Estudios de Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria (CEDRSSA) arrojan que el cacao se encuentra dentro de la lista de los principales productos consumidos a nivel mundial, con una producción realizada en países en desarrollo y comprado en países industrializados. 1
De acuerdo al seminario El Cacao, Historia y Relevancia para América Latina y el Caribe, la producción del cacao en el mundo alcanza 4.84 millones de toneladas por año, así como 5.5 millones de pequeños productores en una superficie aproximada de 0.2 a 1.5 hectáreas por productor. 2
México se encuentra situado en el lugar no. 11 de la escala de producción mundial con el 0.8%, seguido de Colombia que representa el 2% en comparación con Costa de Marfil que produce el 45% situandose en primer lugar, Ghana con 18% en el segundo puesto, Ecuador con el 7% se coloca en el tercer espacio mientras, Camerún con el 6% y Nigeria el 5% en el cuarto y quinto lugar. 3
Los datos más actuales del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, señalan que en México se producen 29,457 toneladas por año de Cacao, en una superficie de 59,655 hectáreas; los tres Estados principales que concentran la producción total del país son Tabasco, Chiapas y Guerrero, quienes en conjunto suman una producción de 28,452 toneladas. 4
Por otra parte, el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agricolas y Pecuarias refiere más del 60% de las plantaciones nacionales representan una edad mayor de 25 años y más del 65% de los productores presentan una edad mayor de 50 años. 5 Ambos datos nos reflejan que se requiere de una serie de medidas focalizadas que atiendan el tipo de plantaciones con las que actualmente nuestro inventario cuenta y se prioricen las políticas para los productores que desarrollan esta actividad de manera competitiva en donde se fortalezca el mercado nacional y se diseñen estrategias para posicionar al cacao y chocolate mexicano en el exterior.
El mercado del cacao en México actualmente atraviesa una situación grave, presentando un mercado débil, para poder solucionar esta problemática es necesario incrementar el apoyo a la producción comercial e incorporando productos artesanales de excelente calidad.
El Programa de Producción para el Bienestar que actualmente se entrega por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de manera directa a quienes producen miel, maíz, café y cacao para la autosuficiencia alimentaria solo apoya el ingreso de los productores sin enfocarse en la productividad y en el desarrollo de la actividad, por lo que ante la crisis económica que ha generado la pandemia es indispensable impulsar estrategias que permitan la atención de un producto como lo es el cacao y el chocolate.
Con base a la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural, el consumo actual per cápita del cacao es de .750 kg del gasto total y del que dependen más de 40 mil familias de productores a nivel nacional, por lo que su desarrollo permitiría mejorar la calidad de vida de sus productores, generar beneficios asociados a la salud de los consumidores, ya que a partir de diversas investigaciones se señala que posee propiedades antiinflamatorias para regular los lípidos, triglicéridos y el colesterol por el valor nutrimental que se aporta.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana 186-SSA1/SCFI-2013 6 otro de los beneficios para la salud es el aumento de los niveles de serotonina y de endorfina en el cerebro mejorando el humor, es rico en magnesio que ayuda a prevenir el envejecimiento reduciendo el colesterol, además de fortalecer al sector mediante esquemas que incentiven la actividad a nivel nacional y la comercialización de manera rentable y sostenible en el extranjero.
Por otra parte la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) menciona que México alberga entre el 60% y 70% de la biodiversidad mundial total, por lo que el aprovechamiento sustentable de esta extensión permitirá que la agricultura y el desarrollo rural avancen en el cumplimiento de la Agenda 2030 si se toma en consideración la tierra, la semilla, el conocimiento milenario de los productores y el valor del cacao para posicionarlo en un mayor nivel de producción mundial con la suma de acciones y la implementación de una estrategia específica por parte de las autoridades del sector agroalimentario.
En otra perspectiva, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) considera que el cacao fino puede ser considerado como patrimonio cultural inmaterial de los países productores. Es decir, que todo lo relacionado con el cultivo, el consumo, transporte y comercialización es considerado como un proceso histórico y cultural.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura entrego un informe sobre la 2da reunión de especialistas del proyecto “La ruta del Cacao en América Latina y el Caribe, donde se abordó: (Vecino, 2021)
• Fomentar el interés y la solidaridad en torno al patrimonio compartido por distintos pueblos y naciones del territorio americano.
• Retomar el valor del cacao y la trascendencia del producto como es el chocolate y en otras esferas populares y académicos: la culinaria, la oralidad, la literatura, la música, las artes plásticas, las artes escénicas y otras expresiones de un valor patrimonial.
Por lo tanto, es necesario diseñar e implementar un plan de impulso al Cacao y Chocolate que permita su reactivación tomando en consideración los niveles de producción anual actuales y el establecimiento de nuevas metas lo que beneficiará económicamente a las zonas y familias productoras de nuestro país.
En la Bancada Naranja consideramos que la promoción de acciones para un producto que genera beneficios en la salud, desarrolla esta actividad en el campo y fomenta la cultura permitirá consolidar las capacidades técnicas, directivas, comerciales de los actores que intervienen en la producción y transformación de esta cadena productiva y permitirá agregar el valor agregado que merece.
Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración del pleno el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para que, con base en sus atribuciones, diseñe e implemente un Plan de Impulso al Cacao y el Chocolate, mediante acciones para la reactivación económica y el fortalecimiento de la producción nacional e industrial, además de actualizar los estudios técnicos sobre su valor nutrimental e incluir en el Programa Operativo Anual 2022 la realización de ferias nacionales y exposiciones internacionales para el fortalecimiento comercial de la cadena productiva.
Notas
1 CEDRSSA, 2020, disponible en:
http://www.cedrssa.gob.mx/post_industria_del_-n-cacao_en_mn-xico -n.htm
2 Seminario: El Cacao, Historia y Relevancia para América Latina y el Caribe,2021,disponible en:
http://comisiones.senado.gob.mx/relext_alyc/docs/cacao/8.pdf
3 Datos ICCO, Elaboración Carvajal (2020)
4 Seminario: El Cacao, Historia y Relevancia para América Latina y el Caribe,2021,disponible en:
http://comisiones.senado.gob.mx/relext_alyc/docs/cacao/8.pdf
5 Seminario: El Cacao, Historia y Relevancia para América Latina y el Caribe,2021,disponible en:
http://comisiones.senado.gob.mx/relext_alyc/docs/cacao/8.pdf
6 NORMA Oficial Mexicana NOM-186-SSA1/SCFI-2013, Cacao, chocolate y productos similares, y derivados del cacao. Especificaciones sanitarias. Denominación comercial. Métodos de prueba. Disponible:
http://www.salud.gob.mx/unidades/transparencia/normatividad/NOM- 186-SSA1-SCFI-2013_17-02-14_1.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de octubre del año 2021.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
SE DECLARE ESTADO DE EMERGENCIA A DIVERSOS MUNICIPIOS DE NAYARIT AFECTADOS POR EL HURACÁN PAMELA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNPC a declarar estado de emergencia en municipios nayaritas afectados por el huracán Pamela, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Las y los suscritos, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
La tormenta tropical Pamela provocó lluvias torrenciales en los estados de Durango, Sinaloa y Nayarit. En Durango se desbordó un canal dentro del municipio de Pueblo Nuevo y obligó al desalojo de más de 25 personas. En Sinaloa se dejó sin servicio eléctrico a pobladores de cuatro municipios así como la caída de árboles, techos, casas de madera, se paralizó el tránsito aéreo y se inundaron decenas de calles y avenidas. 1
Sin embargo, la entidad federativa más afectada fue Nayarit, toda vez que se registraron inundaciones considerables en los municipios Acaponeta, Tecuala, Huajicori, Tuxpan, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla y San Blas, en Nayarit, por el desbordamiento del río Acaponeta. 2 Durante la noche del 13 de octubre del presente año, elementos de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) rescataron a más de 50 personas que quedaron atrapadas en cuerpos de agua de la carretera de Acaponeta mientras trataban de llegar a refugios. 3
Sin embargo, a raíz de las fuertes lluvias, el gobierno de Nayarit confirmó que desaparecieron tres servidores públicos y un civil que participaban en labores de rescate y evacuación de familias que se encontraban en riesgo.
Asimismo, el gobierno de Nayarit informó a la ciudadanía que la circulación de múltiples autopistas se encuentra inhabilitada en virtud de las inundaciones que se suscitaron:
“Se informa a la población en general que la circulación de la carretera Tecuala-Acaponeta a la altura del poblado Los Sandovales se encuentra inhabilitada, esto derivado por el desborde del río Acaponeta. De igual forma, por la autopista Tepic-Mazatlán a la misma altura.” 4
En virtud de lo anteriormente expuesto, resulta preciso que la Coordinación Nacional de Protección Civil emita la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Acaponeta, Tecuala, Huajicori, Tuxpan, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla y San Blas, en Nayarit, a fin de que se pueda acceder a los recursos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales. Asimismo, es de vital importancia que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejecute las acciones pertinentes a fin de que se puedan ejercer los recursos necesarios a fin de implementar los programas y proyectos requeridos para atender los daños y pérdidas materiales ocasionadas por la tormenta tropical Pamela.
Por todo lo anteriormente expuesto sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que, a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil, emita la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Acaponeta, Tecuala, Huajicori, Tuxpan, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla y San Blas, en Nayarit, por la presencia de graves inundaciones generadas por la tormenta tropical Pamela, para que puedan acceder a los recursos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, ejecute las acciones pertinentes a fin de que se permita ejercer los recursos para implementar programas y proyectos para atender los daños y pérdidas materiales ocasionadas por la tormenta tropical Pamela en los municipios de Acaponeta, Tecuala, Huajicori, Tuxpan, Ruiz, Rosamorada, Santiago Ixcuintla y San Blas, en Nayarit.
Notas
1 CPS Noticias. (2021). Deja Pamela graves inundaciones en el norte de Nayarit. Tribuna de la Bahía. Recuperado de:
<https://tribunadelabahia.com.mx/deja-pamela-graves-inundacio nes-50247>
2 Idem
3 Navarro y Santos. (2021). ‘Pamela’ desborda río San Pedro en Nayarit; cientos de afectados. La Jornada. Recuperado de:
<https://www.jornada.com.mx/notas/2021/10/14/estados/2018pame la-desborda-rio-san-pedro-en-nayarit-cientos-de-afectados/>
4 Cancino, K. (2021). Huracán “Pamela”: desaparecen 3 servidores públicos y 1 civil durante labores de rescate en Nayarit. El Financiero. Recuperado de:
<https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2021/10/13/huracan-p amela-desaparecen-3-servidores-publicos-y-1-civil-durante-labores-de-rescate-en -nayarit/>
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2021.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
SE ESCLAREZCAN LOS LAMENTABLES HECHOS DEL PASADO 13 DE OCTUBRE EN LA REFINERÍA DE DOS BOCAS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sener y la SSPC a esclarecer los lamentables hechos ocurridos en la refinería de Dos Bocas el 13 de octubre del presente año, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Las y los suscritos, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
La refinería de Dos Bocas, en Tabasco, es uno de los proyectos prioritarios de la actual administración. Según el propio gobierno federal, la construcción de esta obra generó 23 mil empleos directos y 100 mil indirectos. 1 Sin embargo, recientemente se han expuesto múltiples denuncias e inconformidades por el constante incumplimiento a lo establecido dentro de la legislación laboral.
El pasado martes 12 de octubre, cerca de cinco mil trabajadores inconformes comenzaron un paro de labores a fin de reclamar por el acoso laboral que reciben, así como exigir el pago de horas extra pues, denuncian, que las jornadas de trabajo constantemente rebasan las 8 horas establecidas en la legislación laboral. 2 De igual forma, los inconformes denunciaron descuentos exagerados a sus sueldos en las cuotas sindicales. 3
Incluso, en febrero de este mismo año, también se realizó un paro de trabajadores, mismos que afirmaban que debían acudir a laborar los sábados y domingos; asimismo reclamaban no recibir pago por ese tiempo o los días feriados y diversas quejas respecto a las condiciones inseguras en las que trabajan y porque se permitió la entrada de “líderes” que les cobraban cuotas por presuntamente conseguirles los contratos. 4
ICA Fluor, una de las empresas encargadas de la construcción de este proyecto, rechazó las acusaciones de los trabajadores señalando que “elementos de seguridad de la Guardia Nacional y la Secretaría de Marina resguardan las instalaciones federales para proteger a los trabajadores ante las protestas y provocaciones que se han presentado, organizadas por algunas personas no identificadas no reconocidas por el contrato colectivo trabajo que se tiene con la empresa.” 5
Sin embargo, contrario a lo que refiere la compañía, en múltiples videos circulados en redes sociales se puede observar que las personas que protestaron portaban uniformes y cascos de la empresa ICA Fluor 6 (Empresa que representa el 17 por cientode la fuerza laboral dentro del proyecto en la refinería Dos Bocas). 7
Asimismo, en dicho material videográfico es posible observar cómo centenas de trabajadores uniformados de la refinería Dos Bocas huyeron al ser dispersados con gases lacrimógenos y disparos de armas de fuego emitidos por elementos antimotines. 8 También, se puede advertir cómo algunos trabajadores gritan de dolor al haber recibido impactos de bala en los ojos así como en el torso. Incluso, uno de ellos lamentaba con profundo dolor “¡Voy a perder mi ojo!”. 9 De manera preliminar se informa que al menos tres trabajadores de la refinería de Dos Bocas recibieron impactos de bala. 10
Las y los diputados integrantes de la bancada naranja hacemos un firme llamado para que el gobierno federal, a través de la Secretaría de Energía y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, esclarezca los lamentables hechos sucedidos en la refinería de Dos Bocas el 13 de octubre del presente año en los que fueron brutalmente reprimidos con gases lacrimógenos, uso excesivo de la fuerza e incluso disparos con arma de fuego los trabajadores de la empresa ICA Fluor quienes exigían el cumplimiento de sus derechos laborales.
Por todo lo anteriormente expuesto sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo federal a que, por conducto de la Secretaría de Energía y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, esclarezca los lamentables hechos sucedidos en la refinería de Dos Bocas el 13 de octubre del presente año en los que fueron brutalmente reprimidas y agredidas las personas trabajadoras de la empresa ICA Fluor, por exigir el cumplimiento de sus derechos laborales.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Energía, esclarezca la situación laboral de las personas trabajadoras de la empresa ICA Fluor y, en su caso, se restituyan y se garanticen sus derechos laborales.
Notas
1 Secretaría de Energía. (2019). La Nueva Refinería de Dos Bocas generará 23 mil empleos directos y 100 mil indirectos. Secretaría de Energía. Recuperado de:
<https://www.gob.mx/sener/prensa/la-nueva-refineria-de-dos-bo cas-generara-23-mil-empleos-directos-y-100-mil-indirectos?idiom=es>
2 Álvarez, M. (2021). ICA se deslinda de manifestación en Dos Bocas. El Sol de México. Recuperado de:
<https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/ica-se-deslinda-de -manifestacion-en-dos-bocas-7335818.html>
3 Grupo VX. (2021). Arrecia conflicto laboral en la refinería de “Dos Bocas” en Paraíso, personal de la compañía fue golpeado. Grupo VX. Recuperado de:
<https://www.grupovx.com/2021/10/arrecia-conflicto-laboral-en -la-refineria-de-dos-bocas-en-paraiso-personal-de-la-compania-fue-golpeado/>
4 Hernandéz, Alberto. (2021). Trabajadores y antimotines se enfrentan en refinería de Dos Bocas. El Financiero. Recuperado de:
https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2021/10/13/trabajadores -y-antimotines-se-enfrentan-en-refineria-de-dos-bocas/
5 Grupo VX. (2021). Arrecia conflicto laboral en la refinería de “Dos Bocas” en Paraíso, personal de la compañía fue golpeado. Grupo VX. Recuperado de:
<https://www.grupovx.com/2021/10/arrecia-conflicto-laboral-en -la-refineria-de-dos-bocas-en-paraiso-personal-de-la-compania-fue-golpeado/>
6 Expansión Política. (2021). ICA Fuor niega que inconformes sean trabajadores de la refinería Dos Bocas. Expansión Política. Recuperado de:
<https://politica.expansion.mx/mexico/trabajadores-dos-bocas- ataque-al-menos-3-heridos>
7 Hernandéz, Alberto. (2021). Trabajadores y antimotines se enfrentan en refinería de Dos Bocas. El Financiero. Recuperado de:
https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2021/10/13/trabajadores -y-antimotines-se-enfrentan-en-refineria-de-dos-bocas/
8 XHVX-XEVX Grupo VX. (2021). Trabajadores de ICA fluor que mantienen paro de labores en la refinería de “Dos Bocas” son reprimidos con gas lacrimógeno. Reportan a 3 trabajadores heridos. Twitter. Recuperado de:
<https://twitter.com/XHVXTabasco/status/1448281139018301442?s =20>
9 El Universal. “¡Voy a perder mi ojo!”; video muestra a herido en protesta de Dos Bocas. El Universal. Recuperado de:
<https://www.eluniversal.com.mx/estados/video-voy-perder-mi-o jo-video-muestra-herido-en-protesta-de-dos-bocas>
10 Grupo VX. (2021). Antimotines y trabajadores de la refinería de Dos Bocas se enfrentan, reportan varios lesionados. Grupo VX. Recuperado de:
<https://www.grupovx.com/2021/10/antimotines-y-trabajadores-d e-la-refineria-de-dos-bocas-se-enfrentan-reportan-varios-lesionados/>
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2021.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.