Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputado Santiago Creel Miranda
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, viernes 4 de noviembre de 2022
Sesión 23 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del viernes 4 de noviembre del 2022, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del voto migrante. Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Población, para dictamen

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS, LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES, LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO Y DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, y de la Ley General de Población, en materia de derechos políticos de mexicanos en el exterior.Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Relaciones Exteriores, para opinión

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

De la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

De la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

Del diputado Fausto Gallardo García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático.Se turna a la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

SE DECLARE COMO ÁREA NATURAL PROTEGIDA A LA SIERRA DE PAPAGAYOS, UBICADA EN NUEVO LEÓN

Del diputado Mauricio Cantú González, del Grupo Parlamentario de Morena, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a declarar área natural protegida a la sierra de Papagayos, ubicada en los municipios de Doctor González y Los Ramones, Nuevo León.Se turna la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA CNDH, A RESPETAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA AUTONOMÍA DEL INE

De la diputada Ana María Esquivel Arrona, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CNDH, a respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la autonomía del INE.Se turna la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

SE CONTINÚE CON LAS INSPECCIONES Y DIAGNÓSTICOS PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE LA GRIPE AVIAR DE ALTA PATOGENICIDAD, H5N1

De la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Senasica y a las 32 representaciones fitozoosanitarias y de inocuidad agropecuaria y acuícola de las entidades federativas, a fortalecer y continuar realizando las inspecciones, vigilancias y diagnósticos correspondientes para prevenir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad, H5N1.Se turna la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

SE TRANSFIERAN LOS RECURSOS DESTINADOS AL CONAVIM PARA LOS PROGRAMAS DE APOYO PARA REFUGIOS ESPECIALIZADOS Y APOYO A INSTANCIAS DE MUJERES

De la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a transferir los recursos destinados al Conavim para los programas de apoyo para refugios especializados y apoyo a instancias de mujeres de las entidades federativas.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A LA SEP A SUPERVISAR EL ENVÍO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN FORMATOS ACCESIBLES DE LOS LIBROS DE TEXTO GRATUITOS Y DEMÁS MATERIALES EDUCATIVOS

De diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a través de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, a supervisar el envío a las entidades federativas en formatos accesibles de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SE, A RETOMAR LOS AVANCES NORMATIVOS DE LA NOM-236-SE-202,1

Del diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a retomar los avances normativos de la NOM-236-SE-202,1 respecto a las revisiones físico-mecánicas de vehículos ligeros en favor de la seguridad vial.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA SICT, A GARANTIZAR LOS SERVICIOS DE CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LOS TRAMOS CARRETEROS FEDERALES

De la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a garantizar los servicios de conservación y rehabilitación de los tramos carreteros federales de toda la República Mexicana.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

SE GARANTICEN LAS ACCIONES DE CONTROL DE RIESGOS SANITARIOS QUE REALIZAN LA COFEPRIS Y SENASICA EN MATERIA DE ALIMENTOS Y PRODUCTOS

Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a garantizar las acciones de control de riesgos sanitarios que realizan la Cofepris y Senasica en materia de alimentos y productos, el cual garantiza que sean aptos para su consumo.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

SOLUCIÓN A LA PROBLEMÁTICA QUE VIVE EL ISSSTE EN ZACATECAS CON RELACIÓN A LOS PAGOS A PENSIONADOS Y JUBILADOS

De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno de Zacatecas, a dar solución a la problemática que vive el ISSSTE de dicha entidad con relación a los pagos a pensionados y jubilados.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 4 de noviembre de 2022 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica), presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del voto migrante, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Población, para dictamen.

2. Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y de la Ley General de Población, en materia de derechos políticos de mexicanos en el exterior, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Reforma Política Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Relaciones Exteriores, para opinión.

3. Que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

4. Que reforma y adiciona el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

5. Que reforma los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Fausto Gallardo García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a declarar área natural protegida a la sierra de Papagayos, ubicada en los municipios de Doctor González y Los Ramones, Nuevo León, a cargo del diputado Mauricio Cantú González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNDH, a respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la autonomía del INE, a cargo de la diputada Ana María Esquivel Arrona, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Senasica y a las 32 representaciones fitozoosanitarias y de inocuidad agropecuaria y acuícola de las entidades federativas, a fortalecer y continuar realizando la inspecciones, vigilancias y diagnósticos correspondientes para prevenir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad, H5N1, a cargo de la diputada Maria del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a transferir los recursos destinados al Conavim para los programas de apoyo para refugios especializados y apoyo a instancias de mujeres de las entidades federativas, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a través de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, a supervisar el envío a las entidades federativas en formatos accesibles de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, suscrito por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a retomar los avances normativos de la NOM-236-SE-202,1 respecto a las revisiones físico-mecánicas de vehículos ligeros en favor de la seguridad vial, a cargo del diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, a garantizar los servicios de conservación y rehabilitación de los tramos carreteros federales de toda la República Mexicana, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, y suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a garantizar las acciones de control de riesgos sanitarios que realizan la Cofepris y Senasica en materia de alimentos y productos, el cual garantiza que sean aptos para su consumo, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno de Zacatecas, a dar solución a la problemática que vive el ISSSTE de dicha entidad con relación a los pagos a pensionados y jubilados, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del voto migrante, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben Blanca Alcalá Ruíz, Alejandro Moreno Cárdenas, María Elena Serrano Maldonado y Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El fenómeno de la Migración

El fenómeno de la migración en todo el mundo y, particularmente, en México es uno de los aspectos que ocupan la agenda pública, por las repercusiones económicas, sociales y políticas que se están presentando en diferentes latitudes.

Los fenómenos migratorios son resultado de las economías globalizadas en las que los seres humanos, al igual que los productos, traspasan las fronteras borrándolas y modificando, no sólo las economías sino las culturas. La población que migra busca mejorar su calidad de vida, sin embargo, se encuentra sujeta a intereses geopolíticos.

En las últimas 5 décadas la migración internacional creció significativamente al pasar de 80.8 millones de personas en 1965 —2.4 por ciento de la población mundial— a 243.7 millones en 2015 —3.3 por ciento de la población mundial—, como consecuencia de múltiples factores de índole económico, político y social.

México se ha visto involucrado directamente en migraciones masivas que necesariamente modifican las correlaciones de fuerza, gastos extraordinarios, estabilidad y gobierno.

Tradicionalmente el flujo migratorio de los mexicanos tiene como destino Estados Unidos y, en las últimas cinco décadas, este fenómeno se ha intensificado de tal manera que adquiere proporciones masivas; por lo que algunos autores se refieren ya a la existencia de una diáspora mexicana con un mosaico importante de repercusiones económicas, políticas, sociales y humanitarias.

Bastan algunas cifras para dimensionar el fenómeno de la migración. La Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación de México confirma que el principal corredor migratorio en el mundo es el conformado por México-Estados Unidos, con 12.1 millones de migrantes mexicanos, los cuales representaban 97.7 por ciento del total de mexicanos residentes en el exterior (año 2015), cifra que lo ubica en el tercer lugar de los países con el mayor número de emigrantes en el mundo: India (15.6 millones), México (12.3 millones) y Rusia (10.6 millones); y en la primera posición tanto entre países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) como en América Latina.

La actividad económica que desarrollan las personas mexicanas residentes en el extranjero es un tópico a considerar, ya que resulta indudable que las remesas que envían a nuestro país solventan los gastos de sus familiares, ante la falta de empleo o empleos con escasa remuneración.

Uno de los grandes desafíos y por ende tarea pendiente del Estado mexicano ante esta movilidad trasfronteriza consiste en garantizar los derechos humanos de los migrantes mexicanos en todas sus vertientes y protegerlos, entre otros aspectos, de la denegación de derechos civiles y políticos, como el derecho a la identidad y el ejercicio pleno de los derechos político-electorales.

El ejercicio efectivo y pleno de los derechos humanos de los migrantes requiere examinar con detalle la manera como se aplican y respetan las normas que regulan los contenidos de derechos fundamentales a partir del reconocimiento de los mismos en las convenciones y tratados internacionales suscritos por nuestro país, así como a los estándares internacionales y criterios de tribunales regionales como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El sistema electoral y la migración

En toda democracia las elecciones tienen una gran trascendencia política, dan a esta una impronta particular al suponer el reconocimiento de la voluntad popular en el quehacer político y abren el acceso en libertad al poder institucional y a su ejercicio.

Dieter Nohlen considera que las elecciones generan grandes efectos en un sistema político al generar participación, producir representación, producir gobierno y producir legitimación.

Si bien es cierto que generar participación democrática no se restringe al sufragio que se emite en la jornada electoral, también es cierto que la contienda electoral es un momento decisivo para ejercer influencia política en la que los candidatos intentan recabar el apoyo de los electores para llevar a cabo su actuación política ofreciendo una elección entre programas políticos distintos.

Es decir, el proceso electoral influye en el establecimiento de la agenda de temas que forman parte del debate político sean por la inserción de nuevos temas en esta o por la consolidación, eliminación o jerarquización de los electores que pueden transmitir sus demandas a quienes ostentarán el poder de decisión política.

Por cuanto hace a producir representación, hay que reconocer que en las democracias la titularidad del poder corresponde a los individuos que conforman la sociedad; sin embargo, cabe distinguir entre la titularidad y el ejercicio del poder. Esta disyunción nos lleva al concepto de representación en los sistemas políticos actuales, cuya organización es compleja, por lo que es ineludible la existencia de una democracia representativa a través de la elección de un cuerpo de representantes que actúen en nombre de la colectividad y nos lleven a una representación que refleje los intereses sociales heterogéneos y conflictivos.

El pluralismo político de la sociedad debe estar presente en el seno de las instituciones del Estado.

Por otro lado, en una democracia los aspirantes al gobierno requieren obtener el apoyo que surge en unas elecciones en las que los ciudadanos expresan sus opciones individuales. El proporcionar gobierno es otra función que viene condicionada por las elecciones y permite la orientación general de las políticas públicas que se llevarán a término, por lo que las elecciones pueden tener consecuencias importantes en su desarrollo derivados de los resultados electorales que configurarán un gobierno de uno u otro signo.

Finalmente, la función de ofrecer legitimación es la guía del acceso al poder mediante las elecciones, porque la única forma de representación legítima en una democracia es la elección de los representantes por parte de los ciudadanos que legitiman, en primer término, el sistema político, pero también legitiman a los distintos partidos políticos que representan sus intereses concretos y, al final legitiman la designación de un gobierno.

Todo sistema electoral para cumplir con estas funciones debe contar con los elementos mínimos que garanticen su operación, por lo que no se debe perder de vista al sufragio como instrumento sine quan nonen este cometido.

El voto es el acto jurídico por virtud del cual el elector en ejercicio del derecho al sufragio activo expresa su voluntad a favor de una determinada oferta política para efecto de que determinado candidato ocupe un puesto de elección popular.

Existen diferentes tipos de voto de conformidad con su expresión material, según sus efectos y su forma, o de acuerdo al lugar de su emisión, en este último supuesto podemos hablar de voto territorial o voto desde el exterior.

El voto en el extranjero ha sido definido como el ejercicio del sufragio fuera de las fronteras nacionales por parte de ciudadanos de un país donde se realiza una elección cuando el ordenamiento jurídico les reconoce dicho derecho y los autoriza a ejercer de esta manera.

Diversos fenómenos a escala mundial han influido en el desarrollo legislativo del voto en el extranjero entre ellos la internacionalización y universalización de los derechos fundamentales, el proceso de globalización mundial y la rápida expansión y extensión del fenómeno migratorio.

Asimismo, el principio fundamental de no discriminación explica y justifica la adopción de modelos que hacen posible el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero.

Si bien es cierto que, el debate en torno a la reglamentación del derecho a votar en el extranjero no es la demanda principal relativa a los derechos políticos de los migrantes, no hay duda que en muchos países con democracias consolidadas y en proceso de transición democrática, el reconocimiento del derecho al voto de las personas residentes en el extranjero busca no sólo contribuir con la universalización del sufragio, sino también con la eliminación de las diferencias en el ejercicio de los derechos políticos, el reconocimiento de los derechos civiles que contribuyan a reducir el desarraigo y amplíen el concepto de ciudadanía.

Hay que reconocer que la complejidad de voto en el extranjero se manifiesta no solamente en aspectos conceptuales o normativos, sino también en el plano técnico-operativo y del diseño institucional, lo que ha llevado a considerar que su valoración integral bien podría llevar al punto de revisar y reformular las concepciones convencionales sobre ciudadanía, titularidad y ejercicio de los derechos políticos o los criterios de pertenencia a la comunidad política nacional.

En este sentido, y dada la magnitud de la migración mexicana, especialmente hacia Estados Unidos, cualquier estudio de los procesos políticos que la involucren tiene como condicionante imprescindible el llevar a cabo un análisis profundo del fenómeno migratorio para poder determinar las motivaciones respecto al voto de la población de origen mexicano residente en el exterior.

Las características demográficas, geográficas y migratorias de esta población así como la distribución geográfica de los migrantes mexicanos en territorio estadounidense y en otros países es necesaria en el diseño de las políticas públicas orientadas a incorporarlas en los procesos electorales del país.

Sufragio transnacional en México

El concepto de sufragio transnacional describe esencialmente la circunstancia de radicar en una nación y votar en otra; asimismo es un concepto relacionado con la acción de votar y la posibilidad de ser votado.

En el caso mexicano la implementación del sufragio transnacional ha resultado particularmente desafiante dada la complejidad y la magnitud del fenómeno migratorio. Ninguna nación tiene una población migrante en edad para votar tan cuantiosa como México, sin dejar de observar la diversidad de los perfiles sociodemográficos y laborales que ofrece nuestro país.

No obstante lo anterior, México se ha comprometido activamente con la tendencia mundial que asume la universalidad de los derechos de los ciudadanos, rasgo característico de las democracias contemporáneas, por lo que en 1996 permitió a los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero participar en las elecciones federales.

Con la reforma político electoral de 2014 se amplió la posibilidad de elegir más cargos ya que se habilitó la elección de senadores, gobernadores en algunas entidades federativas y jefe de gobierno de la Ciudad de México; adicionalmente a la posibilidad de votar por quien ocuparía la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos.

De hecho, se incluyó un apartado especial en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales destinada a regular el derecho político-electoral de votar para los mexicanos residentes en el extranjero.

A la luz de la implantación de esta reforma, cuando se analizan los últimos procesos electorales federales 2006, 2012 y 2018 se puede observar un crecimiento sostenido en los niveles de inscripción en la lista nominal de electores residentes en el extranjero en cada proceso electoral.

Retos para el ejercicio del sufragio transnacional

El avance del sufragio transnacional en México en su vertiente activa (votar) es innegable; sin embargo, en el aspecto pasivo (ser votado) sigue siendo un importante reto.

En el proceso electoral del 2021, en cumplimiento a la sentencia SUP-RAP-21/2021 y acumulados, dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral mediante el Acuerdo INE/CG160/2021, mediante la implementación de una acción afirmativa, ordenó a los partidos políticos incluir en sus listas regionales de candidatos a diputados de representación proporcional fórmulas de candidatos integradas por ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.

Al respecto, cabe señalar que toda acción afirmativa, de naturaleza transitoria, debe evaluarse tras su implementación y así poder determinar si se consiguió el fin para el cual fue concebida.

En este sentido, podemos establecer que en la actualidad, en la integración de la Cámara de Diputados se cuenta con once diputaciones de las diversas fuerzas políticas cuyo origen corresponde a la comunidad mexicana migrante; es decir, se cumple con la función de representación que debe tener todo sistema electoral.

No obstante, en el proceso electoral federal del 2021, las personas mexicanas residentes en el extranjero no tuvieron derecho a votar para elegir a los diputados que hoy integran la Cámara de Diputados; es decir, las funciones de generar participación y producir legitimación del sistema electoral mexicano no se desarrollaron. Ante esta situación resulta indispensable llevar a cabo una reforma constitucional y legal en materia político-electoral con la finalidad de corregir el desequilibrio que esta acción afirmativa generó en el sistema electoral mexicano; sin dejar de observar los principios de igualdad y no discriminación, progresividad, interdependencia e indivisibilidad.

Esta reforma político-electoral debe incidir en los tópicos siguientes:

a) Voto activo. Poder participar en la elección de todos los cargos de elección popular a nivel federal, local y municipal.

b) Voto activo. Simplificación de los procedimientos para ejercer el derecho al voto activo (Credencialización, voto electrónico, registro en el Listado nominal de personas mexicanas residentes en el extranjero).

c) Voto pasivo. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular a nivel federal, local y municipal (Facilitar requisitos de elegibilidad).

d) Voto pasivo. Candidaturas a ocupar cargos de Senadurías y Diputaciones federales mediante la representación proporcional pura listas diferenciadas para garantizar el acceso al cargo público.

e) Nuevas obligaciones para el Instituto Nacional Electoral, los partidos políticos y la Secretaría de Relaciones Exteriores.

f) Modificaciones en el modelo de comunicación política.

g) Modificaciones al financiamiento privado que reciben los partidos políticos.

A partir de estas reflexiones, se busca no solo incentivar la participación de los ciudadanos mexicanos en el extranjero en nuestra vida democrática, sino corregir equilibrios de la representación política en el Congreso de la Unión.

Ahora bien, la reforma constitucional que se propone a continuación pretende hacer efectivo el principio de igualdad sustantiva que se refleje, en el ámbito político, en el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de todas las personas mexicanas dentro y fuera del territorio nacional, ya que es la calidad de ciudadano mexicano el único requisito de forma y fondo que la Carta Magna establece para tal efecto.

Sin embargo, el principio de igualdad en una población como la mexicana presenta retos importantes que el Estado mexicano está obligado a atender para que, de manera efectiva, las personas mexicanas podamos gozar de una verdadera igualdad sin desconocer nuestras profundas diferencias que, en lugar de dividirnos, nos enriquezcan como una nación pluricultural plena en el ejercicio de sus derechos humanos.

El principio de igualdad y no discriminación en los grupos vulnerables: migrantes mexicanos

El reconocimiento de los derechos político electorales de los migrantes mexicanos implica hacer un análisis no sólo fáctico del problema sino también jurídico. ¿Cómo lograr que el principio de igualdad se refleje en esta situación?

En principio hay que reconocer a los migrantes mexicanos como integrantes de un grupo vulnerable, entendida la vulnerabilidad como el concepto que se aplica a aquellos sectores o grupos de la población que se encuentran en condición de riesgo, limitando su incorporación al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar.

Los grupos en situación de vulnerabilidad son aquellos que debido a alguna condición específica que comparten o por una situación histórica de opresión o injusticia, se ven afectados sistemáticamente en el disfrute y ejercicio de sus derechos fundamentales.

Tal es el caso de los migrantes mexicanos que como hemos expuesto ya constituyen grupos que por diversas necesidades emigran fuera del territorio nacional con los riesgos que esto implica.

Así, el reto del Estado mexicano va más allá de reconocer su existencia y su vinculación con el acontecer público y privado de nuestro país, se trata entonces de proteger su dignidad humana y procurar entonces la igualdad en los derechos fundamentales abatiendo la discriminación.

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte (...) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

La no discriminación de los individuos y por lo tanto su inclusión debe ser una tarea preponderante para los poderes del Estado, especialmente para este Poder Legislativo, por lo que elaborar normas que sean aparentemente neutras, pero el resultado de su contenido y aplicación genere un impacto desproporcionado en personas o grupos en situación de desventaja histórica, sin que exista para ello una justificación objetiva y razonable; debe evitarse a toda costa.

Conscientes de la alta responsabilidad que implica abatir la discriminación en todas sus vertientes, y en específico para el caso de este grupo vulnerable, la discriminación indirecta o no explícita, ha sido necesario este ejercicio metodológico que nos lleve a una reforma a la Carta Magna sin desatender la revisión de la situación en la que viven y sobreviven los migrantes mexicanos, comparar sus circunstancias con los mexicanos que residen en el territorio nacional y de esta confrontación proponer el tratamiento diferenciado para hacer efectivo sus derechos político-electorales.

Objetivos de la reforma

La sección I del capítulo II del Título Tercero de la Carta Magna en la que se sustenta el sistema electoral mexicano mixto con las fórmulas de mayoría relativa y representación proporcional que han sido adoptadas desde la segunda mitad del siglo XX para procurar la representación del pueblo mexicano en la toma de decisiones relacionadas con los asuntos públicos del estado.

En esta reforma cuyo objetivo es procurar la inclusión y no discriminación de las personas mexicanas residentes en el extranjero, por las razones fácticas y sustantivas ya expuestas, se considera necesario mantener el sistema electoral mixto por lo que para hacer efectivos los derechos político-electorales de estas personas se propone que las cinco listas regionales para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, contengan cuando menos tres fórmulas de personas mexicanas residentes en el extranjero.

Así, la acción afirmativa implementada en el proceso electoral 2020-2022 por el Instituto Nacional Electoral, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se convierte en ley.

Sin embargo, convertir en ley la acción afirmativa implementada en el proceso electoral 2020-2021 no es suficiente para hacer efectivo el derecho humano de votar y ser votados para los mexicanos residentes en el extranjero ya que el que se hayan asignado once diputaciones para migrantes, esto no implica que tengan garantizada su participación al no haber podido votar en la elección de diputados federales en dicho proceso.

De hecho el sistema electoral mexicano se encuentra desequilibrado al haber implementado acciones exclusivas para lograr la función de representación, que todo sistema electoral requiere, sin que la función de participación haya sido impulsada en forma alguna.

Así la necesidad de que las personas mexicanas residentes en el extranjero voten y sean votados para hacer efectivos en forma plena sus derechos político-electorales es el máximo objetivo de esta reforma.

Por lo anterior, se propone también en esta reforma que se consideren dos circunscripciones electorales, una nacional y otra extraterritorial, para la asignación de senadurías en función del principio de representación proporcional.

Este es un método utilizado en múltiples estados nación en el que para atender a sus diásporas han implementado circunscripciones electorales extraterritoriales.

Por lo anterior, se considera indispensable que existan no sólo dos listas sino también que cada partido político que pretenda competir para la elección de senadurías registre en su lista, cuando menos dos fórmulas integradas por personas mexicanas residentes en el extranjero.

Finalmente, y no menos importante es el establecer, en los artículo 115 y 116 de la Carta Magna, la obligación de las legislaturas locales de procurar contemplar en sus Constituciones Políticas y leyes reglamentarias para la integración de los ayuntamientos y Poderes legislativos locales la inclusión de los grupos vulnerables para que así, se privilegie la participación y representación de las personas mexicanas residentes en el extranjero en estos órganos colegiados de gobierno.

Será en la Ley reglamentaria de los artículos 35, 53, 54, 55, 56, 115 y 116 de la Constitución Política, esto es en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la que habrán de contemplarse los procesos y procedimientos atinentes para que el derecho a votar y ser votados de todos los grupos vulnerables, en especial las personas mexicanas residentes en el extranjero, puedan hacerse efectivos.

Para identificar con mayor precisión las modificaciones objeto de la presente iniciativa se presente el siguiente cuadro comparativo

En razón de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de que reforma de ley:

Decreto

Único. Se reforman los artículos, 53, segundo párrafo; 54, fracción II; 55, fracción III; 56, segundo párrafo; 115, fracción I, y 116, párrafo tercero de la fracción II. Se adicionan el artículos 53, con un tercer párrafo, recorriendo el subsecuente, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 53. ...

Para la elección de 200 diputados y diputadas según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país y una más extraterritorial.

Todas las listas regionales estarán conformadas de acuerdo con el principio de paridad, encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada periodo electivo.

La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. ...

I. ...

II. Todo partido político que alcance por lo menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados y diputadas según el principio de representación proporcional;

III. a VI. ...

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

I. y II. ...

III. Ser originario de la entidad federativa en que se haga la elección o vecino de esta con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.

Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre, salvo que se trate de personas mexicanas residentes en el extranjero, quienes estarán sujetos a los requisitos establecidos por la ley de la materia

La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular.

Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadoras y senadores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidaturas que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.

Las treinta y dos senadurías restantes serán elegidas según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en dos circunscripciones plurinominales, una nacional y otra extraterritorial, conformadas de acuerdo con el principio de paridad, encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada periodo electivo y deberán incluir cuando menos dos fórmulas de candidatura de personas mexicanas residentes en el extranjero.

La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos.

La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.

Artículo 115. ...

I. Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad .

Las legislaturas locales y los partidos políticos procurarán incentivar la participación de todas las personas pertenecientes a grupos vulnerables para promover su acceso a cargos de elección popular.

La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del estado.

...

...

...

...

II. a X. ...

Artículo 116. ...

...

I. ...

II. El número de representantes en las legislaturas de los estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los Estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a 800 mil habitantes, y de 11 en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra.

...

Las legislaturas de los estados se integrarán con diputados y diputadas electos, según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, en los términos que señalen sus leyes, de conformidad con el principio de paridad y procurando la inclusión de grupos vulnerables en su conformación.

En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la legislatura que exceda en ocho puntos su porcentaje de votación emitida. Esta base no se aplicará al partido político que por sus triunfos en distritos uninominales obtenga un porcentaje de curules del total de la legislatura, superior a la suma del porcentaje de su votación emitida más el ocho por ciento. Asimismo, en la integración de la legislatura, el porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor al porcentaje de votación que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales.

...

...

...

...

...

...

III. a IX. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se otorgará un plazo no mayor a 180 días naturales para llevar a cabo las modificaciones a las leyes generales reglamentarias de los artículos constitucionales materia de esta reforma.

1 Bibliografía y fuentes consultadas

Alarcón Olguín Víctor. “Sufragio Transnacional y Extraterritorial. Experiencias comparadas” Universidad Autónoma Metropolitana. Unidad Iztapalapa. México. 2016 Álvarez Hernández, M. D., y Álvarez Texocotitla, M. (2019). “La migración y el sufragio transnacional: el caso de México”. Apuntes Electorales, 18(60), 127-179. Recuperado a partir de

https://aelectorales.ieem.org.mx/index.php/ae/article/view/108.

Caminal Badía Miguel. Xavier Torrens. “Manuel de Ciencia Política” Los Sistemas Electorales. Editorial Tecnos. España. 2008 López Espinoza Mario. “Remesas de mexicanos en el exterior y su vinculación con el desarrollo económico, social y cultural de sus comunidades”. Programa de Migraciones Internacionales . Oficina Internacional del Trabajo. Ginebra. 2002. Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

https://www.inegi.org.mx/Unidad de Política Migratoria, Segob.

http://www.politicamigratoria.gob.mx. Hyperlink

http://www.politicamigratoria.gob.mx/

2 Acuerdo INE/CG160/2021

3 SUP-RAP-21/2021 y acumulados,

4 Conjunto de comunidades de un mismo origen o una misma condición establecidas en distintos países.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2022.– Diputadas: Blanca Alcalá Ruiz, María Elena Serrano Maldonado (rúbricas).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS, LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES, LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO Y DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN

Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y de la Ley General de Población, en materia de derechos políticos de mexicanos en el exterior, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política- Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Relaciones Exteriores, para opinión.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXIX Ter al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día la salud es un tema fundamental no sólo para los hogares, sino también para los gobiernos de todos los ámbitos, incluso en el caso de nuestras autoridades no sólo lo es como un propósito primordial en el ejercicio de la responsabilidad, sino también como un reflejo del éxito logrado.

De hecho, el cuidado y la procuración de la salud en nuestro país es un derecho por mandato constitucional establecido en el artículo cuarto de nuestra Carta Magna, el cual señala lo siguiente:

“Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

(...)

(...)

Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social”.

Sin embargo, en esta tarea, a pesar de que sabemos y conocemos de los beneficios que traería consigo el tener una cobertura adecuada de servicios de salud de calidad para nuestra población en general con un acceso plenamente garantizado, debemos reconocer que tenemos serios pendientes por los cuales no hemos logrado darle cumplimiento cabal al mandato constitucional.

Tenemos históricos rezagos en materia de cobertura de servicios médicos, en materia de infraestructura médica, clínica y hospitalaria, en el número de personal de la salud, en la calidad y equipamiento de clínicas, hospitales y consultorios, en abasto y disposición de medicamentos, en insumos para la atención, entre muchos otros aspectos más para el cuidado de la salud de toda la población, pero no nada más en eso tenemos rezagos. Junto a la atención de la salud, por igual nos hemos quedado cortos y rezagados en un aspecto que es también fundamental, me refiero a la prevención.

Tristemente, no somos una sociedad que nos distingamos particularmente por el cuidado y la procuración de la salud y tampoco nos distinguimos por tener medidas adecuadas y suficientes en materia de prevención de enfermedades y la detección oportuna de las mismas.

Como ejemplo basta mencionar los serios problemas que tenemos entre nuestra población de todas las edades en cuanto respecta a la obesidad y el sobrepeso, la alimentación deficiente, la inactividad y sedentarismo, la diabetes y la hipertensión.

Todas estas enfermedades y padecimientos muchas veces o en la mayoría de los casos son prevenibles y controlables si se lleva a cabo una adecuada disciplina, cuidado y equilibrio entre la alimentación sana, la actividad física y los chequeos médicos de rutina.

Lamentablemente, somos una nación que ocupa los primeros lugares en la prevalencia de las enfermedades anteriormente mencionadas entre la población, incluso la infantil, y, a la vez, somos de las naciones que ocupan los últimos lugares en cuanto a la realización de estudios de prevención oportuna de enfermedades o padecimientos se trata.

Ello a pesar de que en la Ley General de Salud se encuentra establecido que el derecho a la protección de la salud incluye la promoción de la misma y la prevención de las enfermedades, como se puede ver a continuación:

“Artículo 2o.- El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:

I. a VII. ...

VIII. La promoción de la salud y la prevención de las enfermedades”.

Junto a lo anterior, el artículo 27 del ordenamiento referido señala que para el derecho a la protección de la salud se consideran servicios básicos la atención medica integral de carácter preventivo, como puede verse a continuación:

“Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:

I. a II. (...)

III. La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.

Para efectos del párrafo anterior, la atención médica integrada de carácter preventivo consiste en realizar todas las acciones de prevención y promoción para la protección de la salud, de acuerdo con la edad, sexo y los determinantes físicos, psíquicos y sociales de las personas, realizadas preferentemente en una sola consulta.

En el caso de las personas sin seguridad social, deberá garantizarse la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados”.

Desafortunadamente y a pesar de lo claro que resulta lo anterior, hemos visto que no asumir, entender y, sobre todo, atender cabalmente lo señalado nos ha salido muy caro como sociedad en materia de nuestra salud pública.

Lo más triste es que estamos conscientes de esa deficiencia en nuestra cultura en materia de salud y procuración de la misma y, a pesar de ello, no hacemos mucho por remediarlo. El desdén social e institucional está fuertemente arraigado y se ha instalado en todo lo referente a la prevención de la salud.

Como sociedad y como gobierno no hemos sido capaces de generar un cambio de mentalidad y conducta que nos permita darle el peso y la dimensión que le corresponde a las medidas de prevención en materia de salud.

Nuestros esfuerzos para encauzar a toda la población a una cultura de prevención y detección oportuna de enfermedades han ido infructuosos, lo cual es grave, pues la desatención en este tema ha derivado no sólo en un incremento desmesurado del abanico de padecimientos prevenibles, sino también en severos déficits en materia de salud pública.

No sólo hemos dejado de actuar sobre la detección oportuna o la prevención de padecimientos, sino también hemos desatendido el incidir favorablemente en los detonantes y los factores de riesgo que crean, motivan, o bien, favorecen estos padecimientos.

Haciendo a un lado las cuestiones genético-hereditarias, tenemos detonantes como los hábitos de alimentación, cuidados y procuración de la salud, la falta de actividad y ejercicio físico, todos estos son factores en los cuales debemos poner mucha atención, pero no lo hacemos.

También hay otros que omitimos atender como los efectos de la contaminación ambiental y hasta los niveles de estrés al que estamos cotidianamente sometidos.

Como podemos darnos cuenta, algunos detonantes de las enfermedades que hoy afectan a las y los mexicanos los podemos controlar, evitar y quizás hasta erradicar, pero no lo hacemos. En otros que, desafortunadamente, están fuera de todo nuestro control también tenemos una ventana de oportunidad y mucho por hacer.

Ya sea por factores prevenibles o hereditarios, el diagnóstico oportuno, la identificación temprana, la prevención, o bien, el adecuado tratamiento, así como la incidencia en los factores de riesgo o detonantes nos va a redituar en mejores condiciones de salud pública para toda la población, pero lo anterior no lo hemos logrado ni mucho menos establecido, situación que nos ha complicado aún más el panorama porque, además, no hemos podido desarrollar, consolidar y contar con una infraestructura médica y hospitalaria adecuada para coadyuvar en esta tarea y gran reto.

En lo anterior también tenemos un pendiente en el cual estamos sumamente rezagados, porque lo que se ha hecho, aunque es sumamente valioso, ha resultado también insuficiente.

Con todo esto, nuestros problemas en materia de salud pública son muchos y de urgente atención.

Como muestra de la complejidad que se vive en materia de salud en el país podemos citar varios ejemplos.

En primer lugar, la situación que estamos padeciendo respecto al cáncer, una enfermedad que hasta hace poco tiempo la referíamos como poco frecuente y propia de la población de edad adulta o adulta mayor, pero que hoy ha cambiado radicalmente pues su prevalencia es cada vez mayor y, a pesar de ello y de todo el avance tecnológico en materia médica, no hemos podido ni curar ni prevenir efectivamente.

Su diagnóstico preciso muchas veces es complicado y en la mayoría de las ocasiones por la falta de la prevención es tardío, derivado de que los síntomas que nos alertan sobre su padecimiento aparecen cuando la enfermedad ya ha avanzado notoriamente en nuestro organismo, pero también es tardío el diagnóstico por el desdén de revisarse periódicamente.

Está comprobado que los chequeos habituales del estado general de salud con una periodicidad anual nos alertarían de la probable presencia o desarrollo temprano de una condición así, pero somos un país en el cual como sociedad no tenemos la cultura y muy probablemente tampoco los medios ni los recursos para realizarnos esos chequeos médicos y de prevención de la salud como se requiere.

De hecho, desde hace tiempo se ha mencionado que 7 de cada 10 mexicanos no se realizan estudios preventivos ni de chequeo de su condición y estado que guarda su salud, lo cual complica o impide no sólo el diagnóstico oportuno, sino también incide en la eficiencia del tratamiento correcto.

Entre enero y agosto de 2020 se registraron 683 mil 823 defunciones, de las cuales 9 por ciento se debieron a tumores malignos (60 mil 421). Un año antes, en 2019, se registraron 747 mil 784 defunciones, de las cuales 12 por ciento se debieron a tumores malignos (88 mil 683). La distribución porcentual por sexo indica que hay más fallecimientos en mujeres (51 por ciento) que en los hombres (49 por ciento) por esta causa. Las tasas de defunción por tumores malignos indican que en los primeros grupos de edad (antes de los 30 años) no se superan las 12 defunciones por cada cien mil habitantes en cada grupo etario, mientras que en los hombres las tasas son más altas que en las mujeres, aspecto que se revierte a partir de los 30 años y hasta los 59 años.

Asimismo, se da cuenta de que el cáncer de mama constituye la principal causa de morbilidad hospitalaria por tumores malignos entre la población de 20 años y más, con 24 de cada 100 egresos hospitalarios para este grupo de edad; en las mujeres, estos tumores malignos representan 37 de cada 100 egresos y en los hombres, 1 de cada 100 egresos. El cáncer de órganos genitales es la segunda causa de morbilidad hospitalaria (21 por ciento) en la población de 20 años y más. Por otra parte, el cáncer de órganos digestivos es la principal causa de morbilidad hospitalaria por tumores malignos entre los varones (23 por ciento), mientras en las mujeres ocupa el tercer lugar (12 por ciento).

Tristemente, muchas de estas lamentables muertes se pudieron haber evitado si nuestra sociedad tuviera el hábito de tomar medidas en materia de prevención de la salud.

El cáncer no es el único padecimiento ante el cual tenemos serios problemas y también deficiencias.

Tenemos también a la diabetes como ejemplo de lo que nos está pasando en materia salud pública por nuestra falta de cultura de prevención.

En nuestro país, en el año 2020, 151 mil 19 personas fallecieron a causa de la diabetes mellitus, lo cual equivale a 14 por ciento del total de defunciones (un millón 86 mil 743) ocurridas; 78 mil 922 defunciones en hombres (52 por ciento) y 72 mil 94 en mujeres (48 por ciento).

Asimismo, se reporta que, lamentablemente, la tasa de mortalidad por diabetes para 2020 fue de 11.95 personas por cada 10 mil habitantes, la cifra más alta en los últimos 10 años.

Igualmente, en nuestro país durante 2018, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición, había 82 millones 767 mil 605 personas de 20 años y más, de las cuales 10.32 por ciento (8 millones 542 mil 718) reportaron contar con un diagnóstico médico previo de diabetes mellitus. Por sexo, 13.22 por ciento (5.1 millones) de las mujeres de 20 años y más disponían de este diagnóstico y 7.75 por ciento (3.4 millones) en los hombres de 20 años y más. Es decir, la enfermedad está más presente en las mujeres que en los hombres.

Por último, se advierte un incremento del diagnóstico de la enfermedad conforme aumenta la edad de las personas; a nivel nacional, poco más de una cuarta parte de la población de 60 a 69 años (25.8 por ciento) declaró contar con un diagnóstico previo de diabetes, lo cual representa 2.3 millones de personas. En el caso de las mujeres, en este grupo de edad se presenta la prevalencia más alta con 35.6 por ciento (1.4 millones de personas). Es en los hombres del grupo de 70 años y más donde se concentra la prevalencia más alta, con 18.4 por ciento de diagnósticos previos de diabetes (714 mil personas).

En este tema nuevamente podemos afirmar que el escenario descrito se pudo haber atenuado si como sociedad tuviéramos el hábito de llevar a cabo acciones de prevención en materia de salud.

Finalmente, tenemos como ejemplo lo que está sucediendo en nuestro país respecto a la hipertensión que hoy padecen muchos mexicanos y mexicanas.

Se estima que en México más de 30 millones de personas viven con hipertensión arterial, es decir, una de cada cuatro personas en nuestro país tiene este padecimiento y 46 por ciento lo desconoce.

Ese desconocimiento se debe precisamente a no tener el hábito de realizarse chequeos para monitorear su salud, ya que la prevención, diagnóstico y tratamiento de este padecimiento es muy sencillo, aunque al no realizar o llevar a cabo ninguna de estas acciones la hipertensión se convierte en un asesino silencioso.

De acuerdo a datos de 2020, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 24.9 por ciento de los hombres y 26.1 por ciento de las mujeres padece esta enfermedad, que cada año ocasiona cerca de 50 mil fallecimientos.

En este tema otra vez podemos señalar lo mismo respecto al cáncer y la diabetes, es decir, que el escenario que hoy enfrentamos pudo ser diferente si tuviéramos arraigada la cultura de la prevención.

Por todo lo anterior, tenemos que reconocer que hay mucho por hacer respecto a las acciones, esfuerzos y medidas encaminadas a la prevención de la salud y la detección temprana de enfermedades, porque no solo se trata de salvar vidas, también de mejorar la calidad de vida y de salud de nuestra población.

En este propósito hay muchas medidas que asumir y considerar para darle viabilidad y una de estas es la incompatibilidad que tenemos entre llevar a cabo en lo personal medidas de prevención de nuestra salud y los horarios laborales.

Desafortunadamente, a pesar de que este tipo de estudios respecto a la prevención de la salud y la detección oportuna de enfermedades son sencillos, rápidos y en una sola consulta se pueden realizar, estos se llevan a cabo normalmente en días hábiles, precisamente, días laborales.

Actualmente, como sociedad no hemos puesto atención a este detalle, el cual, sin duda alguna, tiene una gran injerencia en nuestra capacidad de desarrollar una cultura efectiva en materia de prevención de la salud.

A pesar de ser temas de salud, acudir a realizarnos algún tipo de estudios clínicos o médicos preventivos para darle seguimiento al estado que guarda nuestra salud puede tener consecuencias laborales, ello porque la medicina preventiva no está adecuadamente contemplada en nuestra normatividad en materia laboral Corregir esta situación es, precisamente, el objeto a atender por la presente iniciativa.

Tenemos que visibilizar a la prevención en la salud dentro de nuestras leyes laborales para que no haya esa incompatibilidad hoy existente entre la necesidad de disponer de un día para revisar nuestra salud y la necesidad de acudir a trabajar.

Como no está previsto en la Ley Federal del Trabajo el derecho de disponer de un día especial y específico para realizarnos estudios en materia de salud preventiva no le damos la importancia ni el valor que realmente tienen el seguimiento y monitoreo de nuestro estado salud.

Lo anterior nos ha dejado un sinnúmero de enfermedades y padecimientos prevenibles y un sinfín de licencias por enfermedad que terminan perjudicando no sólo las finanzas de las empresas, sino también a la economía familiar de las y los trabajadores. Esta situación debemos corregirla y encauzarla en la prevención y no dejarla en el ámbito de la reacción tardía.

Por lo anterior propongo adicionar una fracción al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo para establecer la obligación de los patrones de otorgar a los trabajadores permiso con goce de sueldo y sin perjuicio en sus prestaciones y derechos, de un día hábil al año para la realización de estudios clínicos de prevención y promoción para la protección de la salud, de acuerdo con la edad, sexo y los determinantes físicos, psíquicos y sociales.

Debemos apostarle al mejoramiento y fortalecimiento de la salud pública y en este propósito no puede quedar fuera, menospreciada o relegada la medicina preventiva.

Como podemos ver, no es un esfuerzo menor, ni mucho menos una modificación de forma, se trata de una reforma de fondo que visibiliza y pone sobre la mesa un tema de vital importancia para el presente y futuro de nuestra sociedad.

No apostar por la prevención nos ha salido muy caro en términos de vidas perdidas que pudimos haber salvado y en términos del deterioro de nuestro sistema de salud que hoy tiene que hacer frente a padecimientos cuyos tratamientos en etapas tardías representan costos elevadísimos.

Ante esto no podemos darnos el lujo ni permitirnos no hacer nada. Quienes conformamos la presente soberanía no estamos exentos de los anterior, por ende, no podemos mantenernos ajenos ni tampoco excluidos de la obligación de tomar cartas en el asunto y hacer algo al respecto.

No sigamos desoyendo y echando en saco roto ese lema tan recurrido de muchos de nuestros doctores: la medicina preventiva es la mejor alternativa.

Por todo lo aquí expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción XXIX Ter al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo

Artículo Único. Se adiciona una fracción XXIX Ter al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:

I. a XXIX Bis. (...)

XXIX Ter. Otorgar a los trabajadores permiso, con goce de sueldo y sin perjuicio en sus prestaciones y derechos, de un día hábil al año para la realización de estudios clínicos de prevención y promoción para la protección de la salud, de acuerdo con la edad, sexo y los determinantes físicos, psíquicos y sociales.

XXX. a XXXIII. (...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

4 https://www.facebook.com/ADN40mx/videos/siete-de-cada-10-mexicanos-no-verifican -su-salud/491779382145392/

5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/ cancer2021_Nal.pdf

6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/ cancer2021_Nal.pdf

7 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/ EAP_Diabetes2021.pdf

8 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/ EAP_Diabetes2021.pdf

9 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/ EAP_Diabetes2021.pdf

10 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/ EAP_Diabetes2021.pdf

11 https://www.gob.mx/salud/articulos/en-mexico-mas-de-30-millones-de-personas-pad ecen-hipertension-arterial-secretaria-de-salud

12 https://www.gob.mx/salud/articulos/en-mexico-mas-de-30-millones-de-personas-pad ecen-hipertension-arterial-secretaria-de-salud

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Tristemente y sin lugar a dudas, podemos afirmar que no hemos logrado como sociedad atender todos nuestros pendientes en materia de igualdad, equidad y no discriminación.

Estas deudas, tanto históricas como coyunturales, lo aceptemos o no, se siguen acumulando peligrosamente, ya que sus consecuencias y repercusiones, como lo hemos podido ver a lo largo del tiempo, nos afectan no sólo a nosotras las mujeres mexicanas y nuestro pleno desarrollo, sino que también afectan invariablemente a la sociedad en su conjunto.

Desafortunadamente, no hemos entendido como nación que en este tema o todos ganamos por igual, o bien, todos perdemos directa o indirectamente. Es preocupante darnos cuenta cómo la indiferencia social se ha instalado sistemáticamente en nuestro comportamiento y actuar cuando se trata de hacer frente a las graves y desfavorables condiciones que padecemos en nuestro país las niñas, adolescentes y mujeres.

Lo anterior es sumamente delicado porque nos ha dejado no sólo profundas cicatrices en el tejido social que se traducen en diferencias casi irreconciliables entre hombres y mujeres, sino también nos ha dejado a las mujeres mexicanas expuestas a entornos de violencia, vulnerabilidad, inseguridad, rezago y marginación cada vez más difíciles, cada vez más amenazantes y peligrosos.

Las mujeres no hemos dejado de estar en lucha por conseguir esa igualdad sustantiva, el respeto que nos merecemos y la libertad a la que tenemos derecho.

Asimismo, clamamos al unísono por el cese a la violencia y por poner un alto a la impunidad que tanto nos ha hecho daño y que, a la vez, nos ha arrebatado un sinnúmero de vidas.

No descansaremos hasta dejar de ser un país en donde impunemente se cometen entre 10.5 y 11 feminicidios diarios, en donde cada año se rompen récords históricos en materia de feminicidios, como sucedió el pasado año 2021 cuando, según cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad pública (SESNSP), nos arrebataron las vidas de mil 6 mujeres, además de las 2 mil 747 muertes que, convenientemente, fueron catalogadas como “homicidios dolosos”.

No pararemos hasta que cada rincón de nuestro territorio sea verdaderamente seguro para nosotras y deje de haber casos como el del Estado de México donde, de acuerdo a ONU Mujeres, el Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, se registraron al menos 151 feminicidios en 2021, lo cual lo convierte en la entidad más violenta del país para nosotras.

Seguiremos saliendo a las calles hasta que dejemos de ser una sociedad que permite, tolera y solapa que además de matarnos, también nos secuestren, nos sometan a la trata o nos violen.

Se sabe que entre el año 2020 y 2021, al menos 416 mujeres fueron víctimas de secuestro, 957 más fueron víctimas del delito de trata y tan solo durante el año 2021 se acumularon 21 mil 188 denuncias por el delito de violación en contra de una mujer. Este último es un delito que creció de 2020 a 2021 en 28 por ciento.

Continuaremos en pie de lucha, hasta que dejemos de ser un país en donde al menos 86 por ciento de nuestro territorio esté en alerta por la violencia feminicida y por la desaparición de mujeres y niñas; hasta que dejemos de registrar a una mujer que cada hora pide ayuda o apoyo a los refugios implementados para su protección en contra de situaciones de violencia; hasta que dejemos de tener más de 3 mil mujeres víctimas del delito de corrupción de menores; y hasta que los hospitales dejen de estar llenos de pacientes que necesitan atención por violencia familiar, tan sólo el año pasado la cifra alcanzó 12 mil 918 menores, de los cuales 88.3 por ciento fueron niñas y adolescentes.

Seguiremos tomando las calles y alzando la voz con el puño cerrado y el brazo levantado mientras las mujeres sigamos siendo las principales víctimas de delitos sexuales en el país; ocho casos de mujeres atacadas por cada uno en hombres, para un total de 3 mil 140 delitos registrados hacia nosotras las mujeres el pasado año 2021.

Con estos contundentes ejemplos de la situación actual que afecta a nuestro país y a la que nos enfrentamos día a día las mujeres, niñas y adolescentes en materia de desigualdad, inequidad, discriminación e inseguridad nos damos cuenta de la necesidad de asumir el reto urgente e impostergable de su atención efectiva.

Atención y solución que no puede seguir versando entre la simulación y la superficialidad, porque haberlo hecho así hoy nos tiene a nosotras las mujeres en un riesgo real y latente de perder no sólo nuestros derechos más elementales, sino la vida misma.

Esta situación no puede seguir así, debemos reaccionar, componer, enmendar, rectificar, sustituir lo que sea necesario para detener este proceso de descomposición en donde impera la desigualdad, la discriminación y la violencia en todas sus formas hacia niñas, adolescentes y mujeres.

La atención de lo anterior obligadamente debe de ser integral y no aislada, debe considerar todos los aspectos posibles y permear en todos los rincones y escenarios de nuestro país para forjar y consolidar esa cultura de efectiva igualdad entre hombres y mujeres que tanto nos hace falta.

Una parte de esta solución radica en nuestro acceso garantizado, efectivo, seguro y firme a los lugares de toma de decisiones en este país y, por igual, en la erradicación de todas las formas de violencia en contra de nosotras. Se trata de una situación que no hemos logrado alcanzar de manera real a causa de la simulación y el engaño.

Como muestra de lo anterior basta señalar lo que en el pasado proceso electoral vimos con impotencia, respecto a las medidas que se emprendieron y aplicaron para combatir, prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género y consolidar así —al menos en el papel con la convicción de que en la práctica así fuese también— una paridad realmente efectiva y no sólo de forma o de apariencia.

Al respecto, el 13 de abril del año 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto por el cual se agregó un inciso g) al artículo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para establecer como un requisito más para quien quiera postularse a contender por el cargo de diputada, diputado, senadora o senador en nuestro país el “no estar condenada o condenado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género”.

En el mismo orden de ideas, el 10 de noviembre del mismo 2020, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación unos lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género, mismos que establecían una 3 de 3 para el efecto.

Estos lineamientos que establecían la 3 de 3 en el marco de su artículo 32, constituían lo siguiente:

“Capítulo VIIIDel 3 de 3 contra la violencia

Artículo 32. En concordancia y corresponsabilidad con la obligación señalada en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de promover, respetar, proteger, y garantizar los derechos humanos de las mujeres, y como garantía de protección, las y los sujetos obligados por los presentes Lineamientos, deberán solicitar a las y los aspirantes a una candidatura firmar un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde se establezca que no se encuentran bajo ninguno de los siguientes supuestos:

I. No haber sido persona condenada, o sancionada mediante Resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

II. No haber sido persona condenada, o sancionada mediante Resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

III. No haber sido persona condenada o sancionada mediante Resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios”.

Sin embargo y, a pesar de que las y los candidatos, como está señalado, tenían que firmar unos formatos, expresando y reconociendo que no se encontraban en los supuestos señalados en la 3 de 3 y que estas prácticas representaban un adelanto formidable en el marco de lo deseable en la lucha contra la violencia física y la violencia política ejercida contra nosotras las mujeres, la realidad es que antes, durante y después del ejercicio electoral de 2021 ese esfuerzo generoso y distinguido de la 3 de 3 resultó vulnerado.

Este valioso esfuerzo terminó en letra muerta, ya que se vio cómo, a través de un simple procedimiento de impugnación y dadas las lagunas legales existentes en cuanto a las facultades de la autoridad administrativa del órgano electoral, se evadían con total cinismo e impunidad estos requerimientos.

Gracias a ello tuvimos candidatos y hoy algunos de ellos representantes populares que, mediante artimañas legales, evadieron estos requisitos en materia de combate a la violencia hacia las mujeres, porque seguramente se encontraban en los supuestos que tanto necesitamos erradicar. Eso es inaceptable.

Estos lineamientos, también llamados 3 de 3 en contra de la violencia hacia nosotras las mujeres, no pueden ser letra muerta u obstáculo esquivable.

Deben ser un requisito ineludible y sin posibilidades de evadirlo, o bien, disimularlo porque conlleva no sólo años de lucha de las mujeres de este país, sino también el reconocimiento y admisión de nuestras omisiones como sociedad respecto al pleno disfrute y acceso a nuestros derechos y la redignificación de todas las niñas, adolescentes y mujeres en este país.

Por ello debemos insistir no sólo en su reconocimiento, sino también en su aplicación, vigencia y cumplimiento en todos los espacios de toma de decisiones de este país e igualmente en todos los espacios de representación, cualquiera que sea su ámbito.

En este orden de ideas, nuestros espacios de representación diplomática no pueden quedar exentos, ajenos o al margen de atender y garantizar la observancia obligada de estos lineamientos.

En el Servicio Exterior Mexicano la 3 de 3 en contra de la violencia hacia las mujeres no puede ser omitida.

Nuestro Servicio Exterior ha sido no sólo fuente inagotable de diplomáticos con reconocimiento a nivel internacional, sino que también es fuente inagotable, permanente y vigente de orgullo nacional.

Por eso, nos hemos empeñado en cuidar y procurar nuestro Servicio Exterior que, de acuerdo al artículo 1o. de la Ley del Servicio Exterior se define de la siguiente manera:

“Artículo 1. El Servicio Exterior Mexicano es el cuerpo permanente de servidores públicos, miembros del personal diplomático del Estado, encargado específicamente de representarlo en el extranjero, responsable de ejecutar la política exterior de México, de conformidad con los principios normativos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Además, nuestro Servicio Exterior tiene una importancia tan grande para nuestro país como también lo es su formidable tarea, la cual se encuentra descrita en el artículo 2o. de la Ley referida, tal como se muestra a continuación:

“Artículo 2. Corresponde al Servicio Exterior:

I. Promover y salvaguardar los intereses nacionales ante los Estados extranjeros y en los organismos y reuniones internacionales en los que participe México, actuando de manera oportuna y eficaz;

II. Proteger, de conformidad con los principios y normas del derecho internacional, la dignidad y los derechos de los mexicanos en el extranjero y ejercer las acciones encaminadas a satisfacer sus legítimas reclamaciones;

III. Mantener y fomentar las relaciones entre México y los miembros de la comunidad internacional e intervenir en todos los aspectos de esos vínculos que sean competencia del Estado;

IV. Intervenir en la celebración de tratados;

V. Cuidar el cumplimiento de los tratados de los que México sea parte y de las obligaciones internacionales que correspondan;

VI. Velar y fortalecer el prestigio del país en el exterior, a través del ejercicio de las Actividades Diplomáticas;

VII. Participar en todo esfuerzo regional o mundial que tienda al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, al mejoramiento de las relaciones entre los Estados y a promover y preservar un orden internacional justo y equitativo. En todo caso, atenderá en primer término los intereses nacionales;

VIII. Promover el conocimiento de la cultura nacional en el exterior y ampliar la presencia de México en el mundo;

IX. Recabar en el extranjero la información que pueda ser de interés para México y procurar la difusión en el exterior de información que contribuya a un mejor conocimiento de la realidad nacional;

X. Coadyuvar a la mejor inserción económica de México en el mundo;

XI. Destinar los ingresos recibidos por los servicios establecidos en la Ley Federal de Derechos, prestados por cualquier representación consular en el extranjero, con el objeto de cubrir, previa autorización de la Secretaría, los gastos relativos a las actividades y programas de la misma, en términos del Reglamento.

XII. Los gastos a sufragar de conformidad con el párrafo anterior se realizarán de acuerdo con las reglas generales de operación que al efecto establezca la Secretaría, contando con la aprobación de la Secretaría de la Función Pública;

XIII. Contribuir al mejor desarrollo de las Actividades Diplomáticas del Estado mediante la coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con cualquier otra instancia del sector público que intervenga en dichas actividades, así como a través de mecanismos de concertación de acciones o consultivos con otros grupos y actores, sociales y privados, y

XIV. Las demás funciones que señalen al Servicio Exterior ésta y otras leyes y reglamentos, así como los tratados de los que México sea parte”.

Como podemos darnos cuenta, nos estamos refiriendo a un espacio de representación a nivel internacional de nuestro país y nuestros intereses en donde también se toman importantes decisiones para las mexicanas y mexicanos radicados en el extranjero, por lo cual la perspectiva de género no puede ser omitida ni excluida si de verdad queremos que nuestro Servicio Exterior siga siendo ese referente internacional en materia diplomática.

Afortunadamente, aunque de manera tímida, hemos procurado que así sea, en este punto es preciso enunciar que la perspectiva de género si bien no se encuentra de una manera verdaderamente efectiva en la Ley, al menos, no es totalmente ajena a nuestro Servicio Exterior.

Basta señalar lo establecido en el quinto párrafo del artículo 1o. de la Ley del Servicio Exterior donde se remarca y señala lo siguiente:

“Artículo 1. (...)

(...)

(...)

(...)

Los servidores públicos, grupos y actores, sociales y privados que colaboren de alguna forma, en actividades diplomáticas, operarán bajo los principios de transversalidad, coordinación, coherencia y profesionalización de la función diplomática del Estado mexicano. Asimismo, observarán los principios de transparencia y rendición de cuentas, respeto y promoción de los derechos humanos, fortalecimiento de la igualdad de género, así como neutralidad política y lealtad al Estado mexicano y apego a los principios normativos de la política exterior mexicana.

De igual manera, no podemos omitir señalar lo que hace poco se agregó en la materia mediante un artículo 1-Ter al ordenamiento referido mediante una reforma llevada a cabo en el año 2018, la cual establece lo siguiente:

“Artículo 1-Ter. El lenguaje empleado en la presente Ley no busca generar ninguna clase de discriminación, ni marcar diferencias entre mujeres y hombres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un sexo representan a ambos.

La Secretaría promoverá la participación en condiciones de igualdad sustantiva en cualesquiera de los procedimientos establecidos en la presente Ley y su Reglamento.

Asimismo, la Secretaría promoverá y observará todas las normas de carácter incluyente y no discriminatorio para el debido respeto de los derechos humanos”.

Nuestro Servicio Exterior se encuentra integrado por al menos 80 embajadas, 68 consulados, 7 misiones permanentes ante organismos internacionales en el mundo y 3 oficinas de enlace. Gracias a lo anterior nuestro país tiene una significativa presencia global con más de 150 representaciones diplomáticas.

De estas 150 representaciones diplomáticas que tenemos en todo el mundo se destaca nuestra presencia con 50 consulados en los Estados Unidos de América (EUA).

Gracias a nuestro Servicio Exterior tenemos y mantenemos relaciones diplomáticas con 193 países de todo el mundo.

En una institución de tal relevancia la perspectiva de género no puede estar relegada y menos aun reconociendo que el buen juez por su casa empieza, por ello, resulta fundamental que en tan importantes cargos de representación diplomática ante todo el mundo garanticemos que quienes los ocupen sean mujeres u hombres que atiendan obligadamente su 3 de 3 en materia de violencia en contra de las mujeres.

Sin duda alguna, esto sería no solo una gran muestra de congruencia, sino también de reconocimiento a nivel internacional de que en nuestro país nos preocupa y nos ocupa la simulación existente en materia de igualdad, no discriminación y violencia en contra de las niñas, adolescentes y mujeres en todo nuestro territorio. Con esta acción ese será también nuestro mensaje ante el mundo.

En este sentido, propongo reformar el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano para agregar como requisitos para quien sea designada o designado como embajador o cónsul general de nuestro país en otra nación lo siguiente:

I. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

II. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

III. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.

Como podemos darnos cuenta, esta propuesta no es un esfuerzo que podemos asumir menor o insignificante, por el contrario, se trata de una modificación que no sólo es de forma, sino también de fondo.

Es un esfuerzo que va de la mano con los actuales esfuerzos de transformación que, sin duda alguna, requerimos para lograr ese país que tanto anhelamos.

Quienes integramos la presente soberanía, precisamente llamada de la “Paridad, la Inclusión y la Diversidad”, no podemos renunciar a la oportunidad y la responsabilidad de hacer de nuestro México ese país de igualdades, libertades, justicia, seguridad y paz para las mujeres que tanto demandamos. Y tenemos la oportunidad de no sólo lograrlo al interior de nuestro país para bien de nuestra sociedad y de nuestras niñas, adolescentes y mujeres, sino también dar constancia de ello y reflejarlo así ante el mundo a través de nuestras representaciones diplomáticas.

La 3 de 3 en materia de violencia en contra de las mujeres en este país debe ser de observancia obligatoria para quienes van a representarnos en el exterior.

Nuestro Servicio Exterior debe de ser caja de resonancia, tanto al interior del país como también ante todo el mundo, de los esfuerzos que como sociedad realicemos para ser un país más incluyente y más respetuoso con las mujeres.

Debemos tener la madurez y valentía de asumir este reto, el cual abonará a favor y en aras de forjar ese proyecto de nación que merecemos las presentes y futuras generaciones tanto de mujeres, niñas y adolescentes, como la sociedad en su conjunto.

Por todo lo aquí expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y se adicionan las fracciones I, II y III, para quedar como sigue:

Artículo 20. Para ser designado embajador o cónsul general se requiere: ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, ser mayor de 30 años de edad y reunir los méritos suficientes para el eficaz desempeño de su cargo. Además de lo anterior, deberán cumplir lo siguiente:

I. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

II. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

III. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.

Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana y el documento de renuncia de la otra nacionalidad.

El Instituto Matías Romero ofrecerá cursos en materia de política exterior y Actividades Diplomáticas, a aquellas personas que sean designadas para ser embajadores o cónsules generales y no pertenezcan al Servicio Exterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

2 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

3 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

4 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

5 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

6 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

7 https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-violencia-contra -las-mujeres-mexico

8 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_General_ de_Instituciones_y_Procedimientos_Electorales.pdf

9 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5604597&fecha=10/ 11/2020

10 https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/1234 56789/115101/CGor202010-28-ap-9-a.pdf

11 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/96_190418.pdf

12 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/96_190418.pdf

13 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/96_190418.pdf

14 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/96_190418.pdf

15 https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo: Misiones_diplom%C3%A1ticas_de_M%C3%A9xico

16 https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo: Misiones_diplom%C3%A1ticas_de_M%C3%A9xico

17 https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo: Misiones_diplom%C3%A1ticas_de_M%C3%A9xico

18 https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo: Misiones_diplom%C3%A1ticas_de_M%C3%A9xico

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

«Iniciativa que reforma los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Fausto Gallardo García, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputado Fausto Gallardo García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La contaminación ha sido una problemática silenciosa que a lo largo de los últimos años se ha incrementado exponencialmente, situación en la cual la destrucción y degradación por ella provocada avanza a un ritmo alarmante.

México, como la mayoría de las naciones, ha sido omiso ante los reiterados llamados a generar acciones contundentes ante una problemática que está al filo de no poder ser contenida ni combatida; a este respecto se han suscitado acuerdos internacionales como son los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o el Acuerdo de París, instrumentos en los que se fundamenta la urgente necesidad de realizar acciones para mitigar y combatir el cambio climático y en favor de la estabilidad de los ecosistemas.

El mundo comienza a dar signos alarmantes respecto a las consecuencias de las acciones humanas y su injerencia negativa en el entorno, muestra de ello son, entre otras, las variaciones en las precipitaciones, el aumento de la temperatura, el agotamiento del agua subterránea y las sequías.

En cuanto a las sequías, no son pocas las advertencias que especialistas y científicos han realizado sobre su aumento, frecuencia y duración, hechos que convergen en cuanto a su severidad y al impacto en el entorno que termina por afectar la vida humana.

Al respecto, la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a través de su Monitor de Sequía, ha revelado que más de 70 por ciento del territorio mexicano presenta algún tipo de sequía, siendo el norte del país la región más afectada, donde este fenómeno ha pasado a impactar de 571 a 764 municipios, siendo los estados de Aguascalientes, Baja California, Querétaro y Nuevo León los más afectados, no obstante, el caso que más preocupa es el de Baja California, pues 99.7 por ciento de su territorio se encuentra bajo estas condiciones.

Es importante señalar que, aparejada con la sequía, está la reducción de los niveles de almacenamiento de agua en presas, hecho que trastorna su aprovechamiento en actividades como el riego, la generación de energía eléctrica y, lo más preocupante, la disminución en la cantidad de este recurso destinada para el consumo humano.

El cambio climático representa la afectación de uno o varios aspectos de nuestro ecosistema y con ello se afecta a todas las partes, pues además de la falta de agua, también es consecuencia de éste el aumento en las temperaturas, las cuales propician otro tipo de perturbaciones ecológicas como son los incendios forestales.

Al respecto, la Comisión Nacional Forestal (Conafor) ha señalado que “los incendios forman parte de la dinámica de los ecosistemas y pueden ser una herramienta de manejo, y también un factor de deterioro ambiental, según las condiciones en las que se presenten”.

De igual forma, esta problemática se ha visto reconocida por nuestras propias autoridades, quienes advierten que “los incendios forestales son una fuente importante de emisión de carbono que contribuye al calentamiento global, y que la pérdida de bosques reduce la capacidad de captura del carbono e incrementa la absorción de calor terrestre, aumentando el problema del cambio climático”.

Con esos datos, es necesario mencionar cómo esta problemática afecta la calidad del aire y causa estragos a nuestra atmósfera como se detalla en un informe de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

“El crecimiento constante de la población en las zonas urbanas ha traído consigo la concentración de las actividades económicas y productivas, que bajo ciertas circunstancias agudizan problemáticas como las relacionadas con la mala calidad del aire. En particular, la exposición al aire contaminado tiene implicaciones sociales y económicas importantes, siendo quizá una de las más relevantes la de ser la principal causa ambiental de muertes prematuras a nivel mundial. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS; WHO por sus siglas en inglés), en 2012 la contaminación del aire fue responsable de 3.7 millones de muertes en el planeta (11 por ciento por enfermedad pulmonar obstructiva crónica, 6 por ciento por cáncer de pulmón; 40 por ciento por enfermedad isquémica del corazón, 40 por ciento por accidente cerebrovascular y alrededor de 3 por ciento por infección respiratoria aguda). La mayor parte de estos decesos, cerca del 70 por ciento, ocurrió en los países de la región Pacífico occidental y el sureste de Asia (1.67 millones y 936 000 muertes, respectivamente), sin embargo, en el continente americano se registraron cerca de 58 000 decesos (WHO, 2014a).

La mala calidad del aire también tiene impactos en el ámbito económico, debido a que los problemas de salud de la población generan tanto la disminución de la productividad como un incremento del presupuesto que debe destinarse a los gastos en salud, afectando finalmente la competitividad de los países. El Banco Mundial ha estimado que el impacto al Producto Interno Bruto (PIB) en los países de América Latina como consecuencia de las afectaciones a la salud por la emisión de contaminantes a la atmósfera es de alrededor del 2 por ciento (Clean Air Institute, 2013).

En México, en 2010 el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC, 2014a) evaluó el impacto económico y sobre la salud de la calidad del aire en las zonas metropolitanas del Valle de México (ZMVM), Guadalajara (ZMG) y Monterrey (AMM), encontrando que si se cumplieran los límites recomendados por la Organización Mundial de la Salud2 para la concentración de partículas PM2 se evitarían pérdidas económicas por 45 000 millones de pesos y 2 170 muertes prematuras. Considerando lo establecido en la normatividad mexicana para este mismo tipo de partículas,3 si su concentración se mantuviera por debajo del límite determinado, se evitaría un gasto de 27 000 millones de pesos y alrededor de 1 317 muertes prematuras (para mayor información sobre salud ambiental se recomienda ver el capítulo sobre Población y medio ambiente).

Además de los efectos sobre la salud de las personas, la contaminación atmosférica también afecta a los bosques y ecosistemas acuáticos, debido a la presencia de contaminantes como los óxidos de nitrógeno y de azufre, los cuales se producen por la quema de combustibles fósiles y que, al combinarse con el agua presente en la atmósfera, provocan el fenómeno conocido como lluvia o deposición ácida.

Los impactos ambientales, sociales y económicos de la contaminación atmosférica hacen necesario conocer no solo las concentraciones de los principales contaminantes, sino también sus fuentes de origen y sus volúmenes de emisión. Esta información apoya el diseño y la implementación de acciones de política pública orientadas a reducir la presencia de los contaminantes en la atmósfera y minimizar así sus impactos sobre la salud de la población y los ecosistemas”.

Esta problemática era esperable y también era necesario tomar acciones contundentes, lo cual, lamentablemente, no se hizo en tiempo y forma, por lo tanto, tomar la iniciativa en una situación crítica como la que estamos viviendo es la representación de la máxima responsabilidad y necesidad para salvaguardar nuestro ecosistema y, a su vez, nuestra propia vida.

Esta iniciativa tiene fundamento también en los acuerdos internacionales de los que nuestro país es parte. Debido a ello es menester fundamentar este proyecto en lo siguiente:

“El 2019 fue el segundo año más caluroso de todos los tiempos y marcó el final de la década más calurosa (2010-2019) que se haya registrado jamás.

Los niveles de dióxido de carbono (CO ) y de otros gases de efecto invernadero en la atmósfera aumentaron hasta niveles récord en 2019.

El cambio climático está afectando a todos los países de todos los continentes. Está alterando las economías nacionales y afectando a distintas vidas. Los sistemas meteorológicos están cambiando, los niveles del mar están subiendo y los fenómenos meteorológicos son cada vez más extremos.

A pesar de que se estima que las emisiones de gases de efecto invernadero caigan alrededor de un 6 por ciento en 2020 debido a las restricciones de movimiento y las recesiones económicas derivadas de la pandemia de la Covid-19, esta mejora es solo temporal. El cambio climático no se va a pausar. Una vez que la economía mundial comience a recuperarse de la pandemia, se espera que las emisiones vuelvan a niveles mayores.

Es necesario tomar medidas urgentes para abordar tanto la pandemia como la emergencia climática con el fin de salvar vidas y medios de subsistencia.

El Acuerdo de París, aprobado en 2015, aspira a reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático manteniendo el aumento global de la temperatura durante este siglo muy por debajo de 2 grados Celsius con respecto a los niveles preindustriales. El acuerdo también aspira a reforzar la capacidad de los países para lidiar con los efectos del cambio climático mediante flujos financieros apropiados, un nuevo marco tecnológico y un marco de desarrollo de la capacidad mejorado.

A medida que los países se centran en reconstruir sus economías tras la COVID-19, los planes de recuperación pueden dar forma a la economía del siglo XXI para que sea limpia, verde, sana, segura y más resiliente. La crisis actual es una oportunidad para llevar a cabo un cambio profundo y sistémico hacia una economía más sostenible que funcione tanto para las personas como para el planeta.

El secretario general de las Naciones Unidas ha propuesto seis medidas favorables para el clima que los Gobiernos pueden adoptar una vez que se dediquen a reconstruir sus economías y sociedades:

• Transición verde: las inversiones deben acelerar la descarbonización de todos los aspectos de nuestra economía.

• Empleos verdes y crecimiento sostenible e inclusivo.

• Economía verde: hacer que las sociedades y los pueblos sean más resilientes mediante una transición justa para todos y que no deje a nadie atrás.

• Invertir en soluciones sostenibles: los subsidios a los combustibles fósiles deben desaparecer y los contaminadores deben pagar por su contaminación.

• Afrontar todos los riesgos climáticos.

• Cooperación: ningún país puede triunfar por sí solo.

• Para abordar la emergencia climática, los planes de recuperación posteriores a la pandemia deben propiciar cambios sistémicos a largo plazo que cambien la trayectoria de los niveles de CO2 en la atmósfera.

Los gobiernos de todo el mundo han dedicado tiempo y esfuerzos considerables en los últimos años para desa-rrollar planes destinados a trazar un futuro más seguro y sostenible para sus ciudadanos. Tener en cuenta dichos planes ahora, como parte del plan de recuperación, puede servir de ayuda para que el mundo se reconstruya mejor de la crisis actual”.

Esta última propuesta ya ha sido considerada en una resolución de nuestro máximo tribunal, es decir, la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

“Impuestos ecológicos o costo eficientes. Su diseño de cálculo incluye un deber público de protección ambiental, que los distingue de otras contribuciones con fines ambientales extrafiscales.

Hechos: Personas morales promovieron juicio de amparo indirecto contra, entre otros, los artículos 8 a 34 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, con motivo de su entrada en vigor, aduciendo que los tributos que se imponen son meramente recaudatorios.

Criterio jurídico : La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve que en los impuestos ecológicos o costo eficientes previstos en las disposiciones reclamadas, el cuidado del medio ambiente está inmerso en su propia mecánica de cálculo y no como una finalidad extrafiscal o añadida a la gravación de otra fuente de riqueza.

Justificación: La base de los impuestos ecológicos se encuentra íntimamente relacionada con la emisión de sustancias, la extracción de materiales o con cualquiera que sea el elemento o circunstancia que genere o sea susceptible de ocasionar un impacto ecológico negativo, lo cual, además de pretender el reconocimiento de los costos originados por las externalidades negativas, busca generar un incentivo para mejorar los procesos productivos contaminantes.

Lo anterior, en virtud de que en la medida en que los productores inviertan en el desarrollo de tecnología que reduzca, minimice o incluso elimine los impactos que ocasionan en el medioambiente, disminuirá también la base del impuesto y, en consecuencia, los propios costos de producción. Por ende , la doctrina económica y tributaria ha denominado como impuestos ecológicos en estricto sentido a aquellos que incluyen en la configuración de su base el deber público de protección ambiental, los cuales pueden distinguirse de otras contribuciones ambientales en general (como los derechos o las sobre cuotas) ya que no incorporan las finalidades ambientales en forma extra a la gravación de una manifestación de riqueza que nada tiene que ver con la protección al equilibrio ecológico, es decir, su naturaleza ambiental no se fija sólo a través de una intención añadida al fin recaudatorio. Tampoco tienen fines disuasorios en el consumo de un producto o servicio (como sucede con las sobre tasas que se emplean, por ejemplo, en los impuestos especiales sobre combustibles fósiles o sobre fertilizantes ) sino que buscan que la base del tributo motive que el productor invierta en el desarrollo de tecnología que reduzca la degradación de bienes ambientales y, con ello, disminuyan los costos de producción.

Segunda Sala:

Amparo en revisión 1071/2018. Exploradora de Sombrerete, S.A. de C.V. y otras. 6 de febrero de 2020. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek; mayoría de cuatro votos en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.

Amparo en revisión 140/2019. Plata Panamericana, S.A. de C.V. 22 de abril de 2020. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek; mayoría de cuatro votos en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.

Amparo en revisión 963/2018. Envases y Tapas Modelo, S. de R.L. de C.V. 22 de abril de 2020. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek; mayoría de cuatro votos en relación con el criterio contenido en esta tesis; votó en contra de algunas consideraciones el Ministro José Fernando Franco González Salas. Disidente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Gabriela Guadalupe Flores de Quevedo.

Amparo en revisión 27/2019. Capstone Mining, S.A. de C.V. y otras. 13 de mayo de 2020. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek; los Ministros Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek manifestaron que formularían voto concurrente. Disidente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.

Amparo en revisión 1051/2018. Minera Real de Ángeles, S.A. de C.V. 20 de mayo de 2020. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek; emitió su voto con reservas Alberto Pérez Dayán. Disidente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.

Tesis de jurisprudencia 54/2020 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de septiembre de dos mil veinte”.

Existen razones ambientales, de salud, de sobrevivencia, de política internacional y de necesidad ciudadana que nos urge a tomar medidas en favor del medio ambiente y en contra del cambio climático. Todo lo antes mencionado es necesario ante la crisis que no hemos decidido afrontar debido a la complejidad y delicadeza que representa el tema para el sector productivo.

Es más que necesario realizar un esfuerzo que vaya más allá de lo económico y que empresariado, ciudadanía y gobierno, en conjunto, generemos un común acuerdo para obtener y aplicar las herramientas para subsanar y combatir de forma real esta problemática mundial.

En ese sentido, es necesario mencionar que la Ley General de Cambio Climático es una herramienta que establece facultades y propuestas que no llegan a concretarse, en virtud de la falta presupuesto. También debe mencionarse que se basa en incentivos más no en responsabilidades u obligaciones que realmente estén enfocadas en garantizar acciones que tengan real seguimiento y trazabilidad.

Esta propuesta se centra en generar la certeza jurídica necesaria para que los poderes ejecutivos, tanto federal como estatales, en sus respectivas competencias, puedan generar incentivos destinadas a la disminución y combate a la contaminación que hoy mismo vivimos de manera muy notable.

Se requiere además una reforma que permita que los poderes ejecutivos, en sus respectivas competencias, puedan realizar acciones que estén enfocadas en la creación de programas con base presupuestal real que represente una oportunidad de auténtico combate al cambio climático.

Con la finalidad de dar mayor facilidad en la visualización del planteamiento expresado se realiza una comparación entre el texto vigente con la propuesta de modificación:

Por lo aquí expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático

Artículo Único. Se reforman los artículos 91 y 92 de la Ley General de Cambio Climático, para quedar como sigue:

Artículo 91. La Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán, de-sarrollarán y aplicarán instrumentos económicos que garanticen el cumplimiento de los objetivos de la política nacional en materia de cambio climático.

Artículo 92. Se consideran instrumentos económicos los mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las personas físicas y morales asumen los beneficios y costos relacionados con la mitigación y adaptación del cambio climático, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el cumplimiento de los objetivos de la política nacional en la materia.

Se consideran instrumentos económicos de carácter fiscal, los estímulos fiscales que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política nacional sobre el cambio climático. En su caso, estos instrumentos se podrán establecer con fines recaudatorios.

(...)

(...)

(...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Comisión Nacional Forestal. Programa de Manejo del Fuego, 2020. Consultado el 21 de agosto de 2022. Disponible en:

https://snif.cnf.gob.mx/incendios/

2 Secretaría de Medio Ambiente Y Recursos Naturales. Informe de Medio Ambiente, Capítulo 5. Consultado el 08 de septiembre de 2022. Disponible en:

https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/informe18/tema/cap5.html

3 Poder Judicial de Chiapas. Jurisprudencia constitucional, administrativa 23 octubre 2020, "impuestos ecológicos o costo eficientes. Su diseño de cálculo incluye un deber público de protección ambiental, que los distingue de otras contribuciones con fines ambientales extrafiscales.” Consultado el 16 de septiembre de 2022. Disponible en:

https://www.poderjudicialchiapas.gob.mx/archivos/manager/0E890C5 F-EC7E-430F-A9F8-EF486155955B.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputado Fausto Gallardo García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



SE DECLARE COMO ÁREA NATURAL PROTEGIDA A LA SIERRA DE PAPAGAYOS, UBICADA EN NUEVO LEÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a declarar Área Natural Protegida a la “Sierra de Papagayos”, ubicada en los municipios de Doctor González y Los Ramones, en Nuevo León, a cargo del diputado Mauricio Cantú González, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Mauricio Cantú González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal a declarar al área de protección de flora y fauna “Sierra de Papagayos” un Área Natural Protegida, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde inicios del siglo XX los gobiernos de todo el mundo y la opinión pública internacional comenzaron a hacer énfasis en la degradación medioambiental y climática, así como en las consecuencias negativas que estaban teniendo lugar como resultado de los nuevos modelos económicos de producción y consumo, preponderantemente basados en la industrialización y la producción en serie.

Particularmente, en México la crisis ambiental, desde entonces, representa un tema urgente; debido a las consecuencias ocasionadas por estos factores, la crisis climática ha devenido en el exterminio de los bosques, la erosión de los suelos, la contaminación de las aguas y el exterminio de la fauna, entre muchos otros problemas que han propiciado el deterioro y daño general de los recursos naturales, la contaminación y la degradación ambiental.

Estos perjuicios al patrimonio ambiental de la Nación, acompañados del Derecho Humano a un Medio Ambiente sano y para todas las personas, han detonado un incremento importante en el énfasis que los gobiernos, a lo largo y ancho del mundo, le ponen a la consideración de la responsabilidad que éstos tienen de la protección de los recursos naturales y el Medio Ambiente en general. Así, en el ordenamiento jurídico constitucional mexicano, el párrafo quinto del artículo cuarto constitucional establece que “ toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

En ese contexto, tanto nacional como internacional, es que nace el concepto de las ‘Áreas Naturales Protegidas’, para convertirse en un componente de la legislación relativa al Medio Ambiente, pues se ven comprendidas en el marco jurídico ambiental mexicano como un medio de protección de espacios ecológicos. Las Áreas Naturales Protegidas, según la Comisión Mundial de Áreas Protegidas son “ un espacio geográfico claramente definido, reconocido, dedicado y administrado, a través de medios legales u otros similarmente efectivos, para lograr la conservación de la naturaleza con sus servicios ecosistémicos asociados y valores culturales”.

Las ANP terminaron por ser una estrategia -o herramienta- eficaz en todo el mundo para hacerle frente a la crisis medioambiental. Surgen como un medio de restricción en la explotación de recursos y de detención del deterioro ambiental dentro de ciertos espacios territoriales ricos en biodiversidad. En México, existen seis tipos de áreas protegidas: federales, estatales, municipales, comunitarias, ejidales y privadas.

En México, las áreas naturales protegidas se encuentran bajo la administración de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conannp). La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en su artículo 46, considera ‘Áreas Naturales Protegidas’ a las siguientes: “ Reservas de la biosfera; Parques nacionales; Monumentos naturales; Áreas de protección de recursos naturales; Áreas de protección de flora y fauna; Santuarios; Parques y Reservas Estatales; así como, las demás categorías que establezcan las legislaciones locales; Zonas de conservación ecológica municipales; así como, las demás categorías que establezcan las legislaciones locales; Áreas destinadas voluntariamente a la conservación.”.

Es precisamente por el marco jurídico de la existencia de las ANP, por lo que considero que el espacio ecológico al que hacemos referencia en el presente ser considerado como ‘Área Natural Protegida’. La Sierra de Papagayos es una montaña en los municipios de Doctor González y Los Ramones, en el Estado de Nuevo León, México. En algunas fuentes antiguas, como los diarios del científico-explorador Louis Berlandier y los mapas de la zona de la era porfirista, se le encuentra con el nombre “Cerro El Capadero”.

La cima está a 740 metros sobre el nivel del mar, la cresta tiene aproximadamente 31 kilómetros de largo con orientación noroeste - sureste. Está delimitado por el flanco sur - oeste de un anticlinal con dirección NE-SO denominado “Sierra de Papagayos”.

La Sierra de Papagayos está representada en el escudo municipal de Los Ramones. En la porción noroeste limita con el acuífero China-General Bravo y al sureste con El Carmen-Salinas Victoria. Cuenta con una cantidad inmensa de cuencas a proteger, en las cuales coexisten una enorme cantidad de recursos hídricos con el resto de los recursos naturales del área.

La Sierra de Papagayos se encuentra en los límites de la provincia fisiográfica Sierra Madre Oriental con las provincias de las Grandes Llanuras de Norteamérica y la Llanura Costera del Golfo Norte, subprovincia “Sierras y Llanuras Coahuilenses” límites con “Llanuras de Coahuila y Nuevo León” y “Llanuras y Lomeríos”.

Este espacio biogeográfico alberga una relevante diversidad biológica en estatus de conservación por el gobierno mexicano, con específico énfasis y atención en sus especies de fauna que habitan éste: como el ‘ Ursus americanus’ (Oso negro) o el ‘ Leopardus pardalis’ (Ocelote), ambos en peligro de extinción; de la misma manera, se encuentran en peligro de amenaza la ‘ Aquila chrysaetos’ (Águila real) y la ‘ Cophosaurus texanus’ (Lagartija sorda mayor); y, también, las especies sujetas a protección especial, la ‘ Danaus plexippus’ (Mariposa monarca) y el ‘ Falco peregrinus’ (Halcón peregrino),

En la sierra se han encontrado varias pinturas rupestres, lo que nos habla de la importancia histórica y cultural de este espacio biogeográfico. En los últimos años, toda esta biodiversidad se ha puesto en riesgo por la explotación medioambiental de una pedrera ubicada a, aproximadamente, dos kilómetros de las faldas de la “Sierra de Papagayos”. La existencia del estatus de ‘Área Natural Protegida’ tendría como última consecuencia la protección amplia y cabal de todos y cada uno de los recursos ambientales que en la sierra coexisten.

En consideración de dichas características, es importante mencionar que las ‘ Áreas de Protección de Flora y Fauna’ son lugares que contienen el hábitat de cuyo equilibrio y preservación dependen la existencia, transformación y desarrollo de las especies de flora y fauna silvestres. Se pueden realizar actividades de preservación, repoblación, propagación, aclimatación, refugio, investigación y aprovechamiento sustentable de las especies, así como educación y difusión en la materia. En ese sentido, las comunidades pueden aprovechar los recursos naturales de acuerdo con las normas oficiales mexicanas y usos del suelo que estén establecidos en la declaratoria del Área.

La fracción “VI” del artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece a las “Áreas de Protección de Flora y Fauna” como un tipo de ‘Área Natural Protegida’, definiéndolas como “... lugares que contienen los hábitat de cuyo equilibrio y preservación dependen la existencia, transformación y desarrollo de las especies de flora y fauna silvestre.” según el artículo 54 de la misma ley. En consideración de las características antes descritas del área natural de “Sierra de Papagayos”, y bajo el supuesto referido en la legislación, consideramos que dicha área natural encuadra en este supuesto, cumpliendo, así, los requisitos legales y formales para ser considerada ‘Área Natural Protegida’.

El artículo 56 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, refiere que “Las autoridades de las entidades federativas podrán promover, ante el Gobierno federal, el reconocimiento de las áreas naturales protegidas que conforme a su legislación establezcan, con el propósito de compatibilizar los regímenes de protección correspondientes.”.

En ese tenor, el artículo 80 de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León menciona que: “ las autoridades estatales podrán promover ante las autoridades federales competentes, el reconocimiento de las áreas naturales protegidas que conforme a lo dispuesto en esta Ley se establezcan, con la finalidad de compatibilizar los regímenes de protección correspondientes. A estos efectos, las autoridades municipales también podrán promover ante la Secretaría, el reconocimiento de las áreas naturales protegidas que conforme a la presente Ley establezcan en el ámbito de su competencia”, lo que claramente termina vinculando la responsabilidad del gobierno estatal de Nuevo León en la consideración del área natural “Sierra de Papagayos” como ‘Área Natural Protegida’.

Así, existe la posibilidad de que tanto a nivel federal como estatal exista concurrencia en el establecimiento de áreas naturales protegidas, bajo el sustento de los artículos 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y ante el diverso artículo 77 de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.

Como establece el artículo 57 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, “... las Áreas Naturales Protegidas señaladas en las fracciones I a VIII del artículo 46 de esta Ley, se establecerán mediante declaratoria que expida el titular del Ejecutivo Federal conforme a ésta y las demás leyes aplicables. “. Este dispositivo faculta al Ejecutivo Federal a declarar el establecimiento de las ‘Áreas Naturales Protegidas’ en los términos aquí planteados.

De la mano de lo anterior, el artículo 58 de la misma ley establece que, previo a la expedición de las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas a que se refiere el artículo anterior, se deberán realizar los estudios que lo justifiquen, en los términos de dicho capítulo, los cuales deberán ser puestos a disposición pública. Asimismo, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá solicitar la opinión de: Gobiernos locales en cuyas circunscripciones territoriales se localice la ANP; Dependencias de la Administración Pública Federal pertinentes; Organizaciones sociales públicas o privadas, pueblos indígenas, personas físicas y morales interesadas; y Universidades y centros de investigación.

Adicionalmente a lo contenido en los artículos mencionados, las declaratorias para el establecimiento de dichas áreas deben contener, por lo menos, los siguientes aspectos:

I. La delimitación precisa del área, señalando la superficie, ubicación, deslinde y en su caso, la zonificación correspondiente;

II. Las modalidades a que se sujetará dentro del área, el uso o aprovechamiento de los recursos naturales en general o específicamente de aquellos sujetos a protección;

III. La descripción de actividades que podrán llevarse a cabo en el área correspondiente, y las modalidades y limitaciones a que se sujetarán;

IV. La causa de utilidad pública que en su caso fundamente la expropiación de terrenos, para que la nación adquiera su dominio, cuando al establecerse un área natural protegida se requiera dicha resolución; en estos casos, deberán observarse las previsiones de las leyes de expropiación, agraria y los demás ordenamientos aplicables;

V. Los lineamientos generales para la administración, el establecimiento de órganos colegiados representativos, la creación de fondos o fideicomisos y la elaboración del programa de manejo del área, y

VI. Los lineamientos para la realización de las acciones de preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de las áreas naturales protegidas, para su administración y vigilancia, así como para la elaboración de las reglas administrativas a que se sujetarán las actividades dentro del área respectiva, conforme a lo dispuesto en ésta y otras leyes aplicables.

Posterior a la declaratoria, la reglamentación jurídica y de operación de cualquier área natural protegida correrá a cargo de su respectivo “ Programa de manejo”. Éste es el documento que contiene y da sustento a la normatividad del área. Es el documento legal en el que se encuentran claramente señalados los derechos y obligaciones que se deben de cumplir para respetar el área natural protegida, así como los aspectos técnicos de gestión de los ecosistemas y recursos naturales, además de la organización de las comunidades locales y la articulación programada de los intereses relevantes en favor del desarrollo sustentable.

Para su gestión a nivel federal, el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para 2022, aprobado por la Cámara de Diputados, en el Ramo 16, Medio Ambientes y Recursos Naturales, en la Actividad Institucional 07, Conservación y Manejo Sustentable de los Ecosistemas y su Biodiversidad, se le asignaron 465.4 millones de pesos, destinados a la conservación de las 182 áreas naturales protegidas en todo el país, recursos económicos que a todas luces beneficiarán a la protección de este tan relevante lugar.

Es por todo lo anterior que someto al pleno de esta H. asamblea el presente punto de acuerdo relativo a la consideración del área natural “Sierra de Papagayos” como Área Nacional Protegida de tipo ‘Área de protección de flora y fauna’, garantizando, así, su protección y conservación; a su vez, entendemos que dicha determinación debe ser analizada por el Gobierno Federal en el marco de sus facultades jurídicas y con base en los estudios y análisis que, conforme al Plan Nacional de Desarrollo y a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como toda legislación correspondiente, considere necesarios.

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta H. asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno federal a que, en el tenor de sus atribuciones jurídicas, realicen las gestiones correspondientes y en su caso, declare ‘Área Natural Protegida’ de tipo ‘Área de protección de flora y fauna’ al área natural “Sierra de Papagayos”, ubicada en los municipios de doctor González y Los Ramones, Nuevo León.

Notas

1. Rincón, J. C. (2006). Las Áreas Naturales Protegidas de México; de su origen precoz a su consolidación tardía. Scripta Nova. Revista electrónica de geografía y ciencias sociales, 10.

2. Gallegos, C.M. (2002). Áreas Naturales Protegidas de México en el siglo XX. Ciudad de México: Instituto de Geografía, UNAM.

3. INEGI. Síntesis Geográfica del Estado de Nuevo León. 1986

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre del 2022.– Diputado Mauricio Cantú González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA CNDH, A RESPETAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA AUTONOMÍA DEL INE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CNDH a respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la autonomía del INE, a cargo de la diputada Ana María Esquivel Arrona, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Ana María Esquivel Arrona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado 30 de octubre del 2022, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió un pronunciamiento mediante el cual “recomienda a la transformación del INE y reivindica el derecho del pueblo a la democracia”. En este mismo, refiere que, dadas las reformas al reglamento interno, la comisión se faculta para enviar exhortos a diversas autoridades, en los que permitan documentar el cumplimiento de la Recomendación General 46/2022 que incluye una recomendación específica al honorable Congreso de la Unión:

“Llevar a cabo las acciones legislativas necesarias para efectuar las modificaciones que garanticen el derecho pleno a la democracia del pueblo mexicano, en el sentido de fortalecer nuestra democracia formal, pero también las iniciativas de democracia participativa; así como para garantizar un órgano realmente autónomo de cualquier poder, constituido o fáctico, legal o supralegal, que asegure la transparencia del proceso electoral y el recuento efectivo de votos, con plena certeza para la ciudadanía, que elimine por completo el control gubernamental y la prevalencia de los intereses partidistas, tal cual era la demanda de las víctimas de represión y violencia política por parte del Estado en el período 1951-1965”.

Este “llamado público” de la CNDH, es contradictorio y viola lo establecido en la Constitución y en la propia Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pues el artículo 102, apartado B, párrafo tercero, de la Constitución, advierte que los organismos de protección de los derechos humanos no son competentes tratándose de asuntos electorales, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene prohibición constitucional expresa para intervenir en temas de índole electoral. A su vez, viola en toda concepción, el artículo 7, fracción I de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos, establece que la Comisión no podrá conocer de los asuntos relativos a los actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales.

En virtud de lo anterior, el organismo “protector” de los derechos humanos, se ocupa de atender cuestiones políticas y del Ejecutivo, perdiendo de vista que su autonomía parte de conocer quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público que violen derechos, a excepción de los del Poder Judicial de la Federación y asuntos electorales.

La comisión es un órgano con autonomía y gestión presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, tal como lo es el INE desde sus atribuciones; y cada uno de ellos cuenta con una clara responsabilidad ante la ciudadanía, la primera es proteger los derechos humanos y la segunda velar por el derecho a la democracia de México.

Es lamentable y preocupante que un órgano autónomo como la CNDH, no sepa distinguir entre reglas y principios, pues los enunciados jurídicos descritos en su pronunciamiento, solo visibilizan el desconocimiento sobre el derecho y la Constitución; dado que, su “análisis” solo se reduce a una opinión vaga, sin sentido, desinformada y con una falta de comprensión que afecta y desarticula la verdadera razón y naturaleza de la propia Comisión.

Las opiniones provenientes de la comisión deben sujetarse y apoyarse de concepciones racionales y objetivas de la ética, con apego estricto al artículo primero Constitucional y a los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. Partiendo de esa premisa, la comisión y su autonomía, deben sujetarse a los principios de universalidad, interdependencia y progresividad de los derechos humanos.

De esta forma, los juicios morales que pronuncia la CNDH no son más que fines políticos, ajenos a las prácticas jurídicas propias del órgano autónomo. El nivel de análisis de la comisión debe situarse desde el apego al artículo 102 constitucional, en total respeto de los Poderes de la Unión y de los órganos autónomos y, sobre todo, con total respeto a las y los ciudadanos en sus derechos político-electorales.

Cabe destacar que, el Instituto Nacional Electoral, cumple desde su creación con las responsabilidades que le han sido asignadas para garantizar la democracia, y así lo dejó de manifiesto en la respuesta que emitió, desde junio pasado, a la recomendación general 46/2022 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la cual se señalan violaciones a derechos humanos, a los derechos de la democracia, protesta social, a la reunión y a la asociación cometidas por el Estado entre 1951 y 1965.

El INE, antes IFE, obtuvo plena autonomía en 1996, y desde entonces cumple de manera cabal los compromisos que le mandatan la Constitución y la ley para fomentar la vida democrática, fortalecer el régimen de partidos políticos y asegurar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos político-electorales. De la misma manera, se espera que otros órganos autónomos también atiendan a cabalidad sus funciones.

El INE, desde su creación a la fecha, ha organizado exitosamente 330 elecciones en todo el país, de tipo federal, local, partidistas, de Asamblea Constituyente de la CDMX y procesos de participación ciudadana, en plenas condiciones de equidad y garantizando cabalmente el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, sin improvisaciones y con profesionales que, proceso tras proceso, cumplen su función de organizar elecciones y garantizar el respeto al voto. En este proceso, la ciudadanía acompaña al Instituto contando los votos de sus vecinas y vecinos, y ha podido atestiguar que no existe fraude y que se cumple con las reglas.

Sobre el costo de las elecciones, que también se señala en la recomendación de la CNDH, el INE aclara que éste se debe a las responsabilidades y atribuciones que se han ido sumando a la autoridad electoral por parte de las y los legisladores, y el Instituto sólo cumple con las funciones que se le han encomendado dentro del sistema electoral. E incluso, el Artículo 41, párrafo tercero, base V, Apartado A, de la misma Constitución detalla que sólo corresponde al INE, en su calidad de organismo constitucional autónomo, la función estatal de organización de las elecciones, así como a los organismos públicos locales.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, debe atender, a sus responsabilidades protectoras de los derechos humanos, poniendo siempre en el centro a las personas como sujetos de derechos y no como objeto de política e ideología; y en ese tenor, el Instituto atiende los derechos político-electorales cabalmente y la ciudadanía será quien se lo reclame.

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la autonomía del Instituto Nacional Electoral.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a emitir pronunciamientos apegados a la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, con total respeto a lo establecido en el artículo 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a los 31 días de octubre de 2022.– Diputada Ana María Esquivel Arrona (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



SE CONTINÚE CON LAS INSPECCIONES Y DIAGNÓSTICOS PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE LA GRIPE AVIAR DE ALTA PATOGENICIDAD, H5N1

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Senasica y a las 32 representaciones fitozoosanitarias y de inocuidad agropecuaria y acuícola de las entidades federativas a fortalecer y continuar realizando las inspecciones, vigilancias y diagnósticos correspondientes para prevenir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad, H5N1, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Senasica, y a las 32 Representaciones Fitozoosanitarias y de Inocuidad Agropecuaria y Acuícola de las entidades federativas, para que coordinadamente y en el ámbitos de sus atribuciones, fortalezcan y continúen realizando las inspecciones, vigilancias y diagnósticos correspondientes para prevenir y no permitir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad, H5N1, a las granjas avícolas de México, asimismo para que se garantice las medidas Fitozoosanitarias, de Bioseguridad y de Inocuidad en las importaciones de carne de pollo y huevo, para que cumplan con la calidad, sanidad e inocuidad alimentaria, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. La Organización de las Naciones Unidas, ONU, indica que la gripe aviar H5N1, al ser una enfermedad animal, no ha registrado una transmisión sostenida entre seres humanos, pero no se puede descartar. Por ello, los científicos del mundo están preocupados ante la posibilidad de que el virus infecte a los seres humanos y se propague fácilmente de una persona a otra. Cabe mencionar, que la transmisión extendida del virus de la gripe aviar en los animales aumenta el riesgo que pueda transmitirse a seres humanos.

Cabe señalar, que en 1996, se detectó por primera vez el virus de la influenza aviar H5N1 altamente patógeno en aves acuáticas domésticas en el sur de China. En 1997, ocurrieron brotes del virus H5N1 en aves de corral en China y Hong Kong con 18 casos asociados en humanos (6 muertes) en Hong Kong. Este virus causaría más de 860 infecciones en humanos con una tasa de mortalidad superior al 50%.

Durante varios años, no se detectaron virus H5N1 de forma generalizada; no obstante, en el 2003 reaparece el virus H5N1 en China y en otros países y causó brotes generalizados en aves de corral en toda Asia, Oriente Medio, Europa y África, causando la muerte de 200 millones de pollos de corral en poblaciones. El sacrificio de las aves para detener la propagación del virus afectó a productores avícolas que tuvieron pérdidas que ascendieron a miles de millones de dólares. En el 2005, aves silvestres propagaron el virus H5N1 a aves de corral en África, Oriente Medio y Europa.

El gen del contagio llamado hemaglutinina (HA) diversifica en varios grupos genéticos (clados). Se detectaros varios linajes genéticos (genotipos). En 2021 y 2022, aparece un nuevo virus H5N1 en Canadá y en los Estados Unidos, que pertenece al clado 2.3.4.4b con un gen N1 NA adaptado a las aves silvestres. El virus H5N1 clado 2.3.4.4b predomina en Asia, África, Europa y Oriente Medio. En febrero del 2022, el virus comienza a causar brotes en aves de corral comerciales y domésticas de los Estados Unidos, donde se notificaron dos casos en seres humanos de infección por virus de la influenza aviar H5N1.

Segundo. La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, FAO, señala que el virus de la gripe aviar H5N1, ha afectado la producción de aves de corral y ha tenido graves consecuencias negativas en el consumo de estas aves, afectando en el empleo de las y los avicultores en el mundo, así como en las empresas que procesan y comercializan las y los productores avícolas. Por ejemplo, el impacto regional ha sido irregular; algunas áreas han perdido más del 50% de sus aves de corral, por lo que se han brindado varios niveles de asistencia en forma de compensaciones, créditos y fondos de aseguramiento.

La misma Organización Internacional, refiere que el control del virus de la gripe aviar H5N1 es una tarea compleja por lo que, insta a los países a reducir la cantidad del virus que circulan en las aves de corral y en el medio agrícola, señalando que la vigilancia, diagnóstico y la denuncia temprana, especialmente ante los Ministerios de Agricultura de los países y la Organización Mundial de Sanidad Animal, OIE, son clave.

Se indica que las medidas de bioseguridad son variadas, en consecuencia, deben usarse múltiples estrategias, como el control del virus con base en la matanza selectiva, la erradicación y la vacunación. Por lo que, las medidas de control deben basarse en principios científicos sólidos y buenos principios de manejo de enfermedades, y deben adaptarse a la situación local.

Al respecto, la Organización Mundial de Sanidad Animal, OIE, señala que las principales medidas disponibles para prevenir, controlar y erradicar el virus de la gripe aviar H5N1, son:

• La vigilancia eficaz de la enfermedad para la detección y denuncia tempranas de brotes;

• La mejora de la bioseguridad en las granjas de aves de corral y en las instalaciones asociadas;

• El control del traslado de las aves y los productos que pueden contener virus, incluido el control en la zona de contacto entre áreas infectadas y no infectadas;

• Cambios en prácticas de la industria para reducir riesgos;

• La destrucción rápida y compasiva de las aves de corral infectadas y de las que presenten un alto riesgo de infección;

La disposición de los restos y de material potencialmente infeccioso de una manera biosegura y aceptable para el medio ambiente y el uso adecuado de vacunas.

En este sentido, las medidas de control enunciadas reducen el riesgo, pero ninguna por sí misma es suficiente. Organización Mundial de Sanidad Animal, OIE, resalta que todas las medidas disponibles deben ser analizadas por los gobiernos de los países, con sus respectivos sectores privados y otros interesados como las y los productores avícolas, para determinar, cual o cuales son las mejores combinaciones de estrategias de control fitozoosanitarias, de bioseguridad e inocuidad.

Tercera. En México, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, señaló que la industria avícola creció más del 26% en los últimos 10 años y produce 6.67 millones de toneladas al año, por lo cual se encuentra entre las principales proveedoras de proteína animal en México. Se refiere, que en el plano internacional, México es el sexto lugar en producción de pollo a nivel mundial, detrás de países como: Estados Unidos, Brasil, China, India y Rusia.

Se estima que para el 2022, habrá una producción de carne de pollo de 3.79 millones de toneladas y de huevo se pronostica una producción de 3.1 millones de toneladas, acumulando un crecimiento en la última década de 26.1%. Se considera que la parvada nacional está conformada por 226 millones de aves para producción de huevo y por 330 millones destinados a la producción de pollo.

Mencionar, que en 2021, México importó carne de ave un por volumen de 1, 027, 770 toneladas, de las cuales 88% se importaron de E.U., 9.22% de Brasil, 2.72% de Chile; en tanto, de enero a agosto de 2022 se ha importado un volumen de 625,293 toneladas de las cuales 82.4% se importaron de E.U., 14.3% de Brasil, 3.3% de Chile, agregó el empresario.

Además, las importaciones de huevo para plato que provienen en su totalidad de los Estados Unidos, en 2021 se fueron de 43,405 toneladas, en tanto de enero a agosto de 2022, se han importado 3,331 toneladas. Se resalta que la actividad avícola coadyuva en el desarrollo del campo, ya que cada año, la avicultura consume 17 millones de toneladas de insumos agrícolas como granos forrajeros y pastas oleaginosas, por lo que se crea un círculo virtuoso entre ganaderos y agricultores.

Cuarta. Como se puede observar, la avicultura es fundamental en la alimentación de las y los mexicanos y también contribuye y abastece de pollo y huevo, a través de las exportaciones a otros países. Por lo que, es fundamental garantizar las medidas fitozoosanitaria, de bioseguridad e inocuidad en casos de presentarse el virus de la gripe aviar H5N1 en aves nacionales, así como garantizar las mismas medidas en las importaciones de carne de pollo y huevo, para que cumplan con la calidad, sanidad e inocuidad alimentaria en beneficio de las y los mexicanos.

Al respecto, en las últimas semanas, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Senasica, ha detectado seis casos de gripe aviar H5N1, en territorio mexicano:

1. 14 de octubre, se confirmó el primer caso en un ave de cetrería, en Lerma, estado de México;

2. 20 de octubre, se reportó en una cerceta de alas azules, en Pegueros, Tepatitlán, Jalisco;

3. 24 de octubre, se reportó el caso en Aguascalientes afectando a 27 aves silvestres;

4. 30 de octubre, se ha reportado un caso en ave silvestre en Tijuana, Baja California;

5. 30 de octubre, un caso en una granja de postura familiar en Juárez, Chiapas con una población de 186 aves; y

6. 30 de octubre, se presentó un brote y, el primer caso en una Unidad de Producción Avícola Nacional, con una población de 60 mil aves en Montemorelos, Nuevo León.

Quinta. Para el Grupo Parlamentario del PRI, es fundamental garantizar que la actividad de las y los avicultores de México, tenga las mejores prácticas y mecanismos fitozoosanitarios, de Bioseguridad y de Inocuidad, a través de inspecciones, vigilancias y diagnósticos oportunos que permitan prevenir y no permitir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad, H5N1, a las granjas avícolas de México, ni en las importaciones de pollo y huevo, debido a que el tema de sanidad e inocuidad alimentaria es de seguridad nacional.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado se propone ante esta Honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de Unión exhorta respetuosamente al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, SENASICA, y a las 32 Representaciones Fitozoosanitarias y de Inocuidad Agropecuaria y Acuícola de las entidades federativas, para que coordinadamente y en el ámbitos de sus atribuciones, fortalezcan y continúen realizando las inspecciones, vigilancias y diagnósticos correspondientes para prevenir y no permitir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad, H5N1, a las granjas avícolas de México.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, SENASICA, para que garantice las medidas Fitozoosanitarias, de Bioseguridad y de Inocuidad en las importaciones de carne de pollo y huevo, para que cumplan con la calidad, sanidad e inocuidad alimentaria.

Notas

1. Con datos de

https://www.gob.mx/agricultura y https://una.org.mx/

2. https://www.gob.mx/senasica/articulos/detecta-senasica-circulacion-de-influenza -aviar-h5n1-en-montemorelos-nuevo-leon

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 días de noviembre de 2022.– Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



SE TRANSFIERAN LOS RECURSOS DESTINADOS AL CONAVIM PARA LOS PROGRAMAS DE APOYO PARA REFUGIOS ESPECIALIZADOS Y APOYO A INSTANCIAS DE MUJERES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a transferir los recursos destinados al Conavim para los programas de apoyo para refugios especializados y a instancias de mujeres de las entidades federativas, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Amalia Dolores García Medina diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La violencia contra las mujeres en México es un hecho que desafortunadamente lejos de disminuir, se ha incrementado llegando a contabilizarse hasta 10 mujeres y niñas asesinadas cada día; y más de 10 mujeres son víctimas de violencia de género.

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), cada día se realizan 590 denuncias por violencia familiar.

Los Refugios son esenciales para garantizar y priorizar la vida, dignidad y seguridad de las mujeres, niñas y niños víctimas de violencia familiar, son el espacio por excelencia para prevenir que la violencia escale y se convierta en algo irreversible. Lamentable e incomprensiblemente, sobre todo ante el altísimo número de feminicidios que pudieron evitarse de acuerdo con la Red Nacional de Refugios, los Centros de Atención Externa y los Refugios han estado operando de manera precaria económicamente durante lo que va del año, ya que los recursos que se les asignó dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 han llegado con meses de retraso, y en algunos casos, todavía no se habían entregado en septiembre. No obstante las carencias económicas, dentro del primer trimestre de lo que va del año se han atendido 10,031 personas, otorgándoles acompañamiento integral y resguardo a 6,948 mujeres, niñas y niños, que requerían atención y protección dentro de los 75 espacios destinados para este fin; al mismo tiempo, se ha proporcionado atención especializada a 3,083 personas por medio de las líneas de atención telefónica y de redes sociales. El trabajo ha sido constante, sin embargo, con el pasar de los meses el mantenimiento se vuelve insostenible, por lo que, de no recibir lo antes posible el recurso se estaría dejando en la indefensión a miles de personas que se benefician con estos apoyos.

El recurso destinado para los Refugios, está contemplado dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 etiquetado en la partida presupuestal del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus hijas e hijos por $420,203,440 en la Secretaría de Bienestar. Sin embargo, para finales de marzo de este año, la Secretaría de Gobernación buscó el traslado de este programa a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), retrasando la liberación de recursos y generando una gran preocupación por la incertidumbre en la que se encuentra actualmente el programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus hijas e hijos.

Cabe mencionar que en 2020 el gobierno señaló que los Refugios son servicios esenciales, lo que implica garantizar su presupuesto todo el año, y priorizar la vida, dignidad y seguridad ante cualquier proceso administrativo e interés institucional. Por lo que, se pide se atienda esta necesidad y se cumpla con la garantía y los derechos humanos de las mujeres y los infantes liberando el presupuesto para Refugios y Centros Externos.

Estamos en el mes de noviembre discutiendo en el Congreso el presupuesto para el siguiente año, y resulta insultante saber que la Secretaría de Hacienda aún no termina de liberar el recurso destinado a la CONAVIM, para ser entregado para el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y para el Programa de Apoyo a Instancias de Mujeres de las Entidades Federativas (Paimef). Aún existen refugios que siguen trabajando mediante préstamos de proveedores, los cuales no quieren seguir otorgándolos, ya que no reciben el pago de lo que ya se les debe; y los refugios siguen funcionando por la necesidad de las usuarias de mantenerse a salvo, lejos de los entornos de violencia donde su vida e integridad, así como las de sus hijas e hijos corren peligro. Esto lo comentó Wendy Figueroa Morales, directora de la Red Nacional de Refugios, durante el Foro por el debido financiamiento a la igualdad y no violencia contra las mujeres en México.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados emite un exhorto, al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Ramírez de la O, para que transfiera de forma inmediata los recursos destinados al CONAVIM, para el Programa de Apoyo para Refugios Especializados y el Programa de Apoyo a Instancias de Mujeres de las Entidades Federativas. Y al mismo tiempo, se agilice los procesos convenientes para que el presupuesto sea entregado de manera inmediata a los Refugios y sus Centros de Atención Externa.

Notas

i. Expansión Política. (2022). #8M | 20 datos sobre la violencia contra las mujeres en México. Revisado en:

https://politica.expansion.mx/mexico/2022/03/07/datos-sobre-la-v iolencia-contra-las-mujeres-mexico

ii. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2022) Información sobre violencia contra las mujeres (Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1). Revisado en:

https://www.gob.mx/sesnsp/articulos/informacion-sobre-violencia- contra-las-mujeres-incidencia-delictiva-y-llamadas-de-emergencia-9-1-1-febrero- 2019

iii. Red Nacional de Refugios. (2022). Pronunciamiento urgente. Revisado en:

https://rednacionalderefugios.org.mx/comunicados/pronunciamiento -y-solicitud-urgente/

iv. Ídem.

v. DOF. (2020). ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. Revisado en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha =31/03/2020

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputada Amalia Dolores García Medina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP A SUPERVISAR EL ENVÍO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN FORMATOS ACCESIBLES DE LOS LIBROS DE TEXTO GRATUITOS Y DEMÁS MATERIALES EDUCATIVOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP, a través de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, a supervisar el envío a las entidades federativas en formatos accesibles de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios del PAN y del PRD

Los suscritos diputados, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Esther Mandujano Tinajero, Juan Carlos Romero Hicks y Noemí Berenice Luna Ayala, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y la diputada Olga Luz Espinosa Morales del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, todos, de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79 numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los libros de texto en el sector educativo, son una herramienta fundamental para el proceso de enseñanza-aprendizaje de alumnas y alumnos, ya que los mismos son autorizados por la Secretaría de Educación y son utilizados para cumplir con los planes y programas de estudio.

Los actores involucrados en el proceso educativo como lo son educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, utilizan los libros de texto como base para el desarrollo del aprendizaje, para el uso en el aula y en casa para la realización de las tareas, por lo que su uso resulta una necesidad para garantizar el derecho a la educación.

Es así que en este año se celebró el aniversario 63 de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, creada el 12 de febrero de 1959, por decreto presidencial del entonces presidente Adolfo López Mateos. La importancia de los libros de texto gratuitos ha sido vislumbrada desde hace muchos años, por lo que en la actualidad es una parte fundamental del acceso a la educación.

En este contexto, la página electrónica de la misma comisión ofrece la consulta digital de estos en todos los grados de nivel preescolar, primaria, secundaria, telesecundaria, educación indígena y educación especial. Sin embargo, el material solo es para consulta, pues se prohíbe la descarga, reproducción, distribución, venta, edición o transmisión de los libros sin previa autorización por escrito de la casa editorial que cuente con los derechos de autor.

La Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua informó que en el mes de agosto se tenía un avance del 85.85 por ciento en la recepción de los libros de texto gratuitos de educación básica para el ciclo escolar 2022-2023.

Para inicios del mes de septiembre la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos reportó que ya había distribuido los 152 millones de libros de texto gratuitos de la SEP para las clases de ciclo escolar 2022 a 2023, es decir, que ya había sido repartido el 100 por ciento de estos materiales en todos los estados de la República Mexicana.

En Tlaxcala, en el mes de septiembre se presentó el problema en instituciones públicas de nivel primaria, donde los alumnos seguían sin recibir el paquete de libros, revelaron padres de familia. Externaron su preocupación por que desde inicio del periodo escolar que no contaban con este material que sería entregado desde el primer día de clases, además de que los docentes no mencionaban el motivo real de la problemática.

Es importante señalar que los alumnos pueden consultar los libros de texto en línea mediante un enlace, sin embargo, el material disponible es únicamente para su consulta, por lo que, queda está prohibida su descarga, reproducción, distribución, venta, edición, transmisión total o parcial y cualquier otro uso, por lo que la consulta no es suficiente para que los estudiantes tengan el acceso efectivo al contenido de los libros.

En el artículo 9, fracción XII de la Ley General de Educación, establece la obligación de las autoridades educativas a garantizar la distribución de los libros de texto gratuitos y materiales educativos, y a su vez el artículo 114, fracción XII determina que esta distribución deberá ser oportuna, completa, amplia y eficiente, como a continuación se señala:

Artículo 9. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia, realizarán entre otras, las siguientes acciones:

(...)

XII. Proporcionar a los educandos los libros de texto gratuitos y materiales educativos impresos o en formatos digitales para la educación básica, garantizando su distribución (...)

Artículo 114. Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas de los estados y Ciudad de México, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes:

(...)

XII. Garantizar la distribución oportuna, completa, amplia y eficiente, de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos complementarios que la Secretaría les proporcione;

(...)

Derivado de lo anterior, es que resulta de atención inmediata que los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos complementarios sean entregados a cada uno de los alumnas y alumnos que habitan el territorio nacional, con la finalidad de que cuenten con esa herramienta fundamental para su formación académica al inicio de cada ciclo escolar, lo que hace necesario el presente punto de acuerdo.

Por lo antes fundado y expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública, para que, a través de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, supervise que haya sido oportuno, completo y eficiente el envío a las entidades federativas, en formatos accesibles, los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las autoridades educativas de los estados y Ciudad de México, para que en todos los niveles escolares se supervise y garantice la distribución oportuna, completa, amplia y eficiente, los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos complementarios que la Secretaría de Educación Pública les proporcione, al inicio de cada ciclo escolar.

Notas

1 Consultado en:

https://www.gob.mx/conaliteg/prensa/celebracion-del-aniversario- 62-de-la-comision-nacional-de-libros-de-texto-gratuitos, fecha de consulta 05 de octubre de 2022.

2 Consultado en:

https://chihuahua.gob.mx/prensa/registra-chihuahua-avance-del-85 -en-la-recepcion-de-libros-de-texto, fecha de consulta 05 de octubre de 2022.

3 Consultado en:

https://www.terra.com.mx/nacionales/2022/9/9/sep-en-estos-estado s-entregan-libros-de-texto-gratuitos-para-clases-de-ciclo-escolar-2022-2023-324 12.html, fecha de consulta 05 de octubre de 2022.

4 Consultado en:

https://www.elsoldetlaxcala.com.mx/local/lenta-la-entrega-de-lib ros-de-texto-principalmente-en-primarias-8859232.html#!, fecha de consulta 05 de octubre de 2022.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2022– Diputadas: María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Esther Mandujano Tinajero, Olga Luz Espinosa Morales (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SE, A RETOMAR LOS AVANCES NORMATIVOS DE LA NOM-236-SE-202,1

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a retomar los avances normativos de la NOM-236-SE-2021 respecto a las revisiones físico-mecánicas de vehículos ligeros en favor de la seguridad vial, a cargo del diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Salomón Chertorivski Woldenberg, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía a retomar los avances normativos de la NOM-236-SE-2021 respecto a las revisiones físico-mecánicas de vehículos ligeros en favor de la seguridad vial.

Consideraciones

El pasado 21 de octubre del año en turno la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia, de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía definió la cancelación de la aún no vigente NOM-236-SE-2021Vehículos automotores - Condiciones fisicomecánicas de los vehículos con con peso bruto vehicular que no exceda 3,857 kg”. El objetivo legítimo de interés público de dicha NOM, publicada en el Diario Oficial de la Federación apenas el pasado 3 de mayo y cuyo transitorio único señala que la norma entraría en vigor 180 días naturales contados a partir del día siguiente de su publicación, hace referencia a las bondades de la verificación periódica de las condiciones físico-mecánicas de los vehículos ligeros en favor de la seguridad vial.

Es el interés del signante hacer hincapié en que la seguridad vial es una crisis de salud pública cuya atención no puede, ni debe, ser postergada ya que en promedio 44 personas fallecen diariamente como resultado de siniestros viales, además de ser la segunda causa de muerte en personas de 20 a 39 años.

A su vez, el Estado Mexicano el 6 de junio de 2011 suscribió la primera Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011 - 2020 en respuesta al primer Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011- 2020 iniciativa de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Posteriormente, el 20 de febrero de 2020 México se adhirió a la Declaración de Estocolmo, misma en la cual se acordó alcanzar los objetivos mundiales en materia de seguridad vial para el año 2030. Al ratificar dicha declaración México se comprometió a reducir las muertes por siniestros viales en al menos un 50%.

El pasado 11 de octubre del año en turno la Secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano instaló junto con autoridades de los tres niveles de gobierno y presencia del poder legislativo, el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, mismo que según lo dicta la Ley General estará a cargo de diseñar la Estrategia Nacional de Movilidad, el instrumento rector para la conducción de la Política Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, que incluye el conjunto de acciones encaminadas a promover la movilidad y la seguridad vial, para implementarlas a través de la coordinación de los tres órdenes de gobierno.

La adecuada revisión de los estándares que deben de tener los vehículos que circulen en nuestro país es una acción preventiva en favor de la seguridad vial. Ésta inspección tiene por objetivo asegurar que todos los vehículos en circulación cuenten con las condiciones y elementos de seguridad mínima para ayudar a reducir la ocurrencia de accidentes viales fatales. Esto hace eco a las prácticas similares de países como España (Inspección Técnica de Vehículos), Argentina (Verificación Técnica Vehicular), Chile (aplicada por la Planta de Revisión Técnica), Colombia (Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes) y Costa Rica (Revisión Técnica Vehicular). A su vez es parte de las recomendaciones para alcanzar el ODS 3.6 Reducir muertes y trauma causado por accidentes de tránsito. En la Ciudad de México la Inspección físico mecánica que existe de forma voluntaria como parte del Programa de Verificación Vehicular.

Los argumentos otorgados por la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia para emitir la cancelación de la NOM-236-SE-2021 en síntesis fueron:

• El impacto monetario que tendrían las inspecciones en los poseedores de vehículos ligeros, aproximadamente 900 pesos por año según señaló el propio Presidente en la conferencia matutina del 19 de mayo de 2022.

• La falta de infraestructura para realizar las inspecciones y la capacitación técnica de personal para emitir las verificaciones.

• La indicación de que en la NMX-D-228-SCFI-2015 existen los requisitos técnicos para que las autoridades locales puedan adherirse voluntariamente a efectuar las inspecciones a forma de autorregulación.

La seguridad vial no puede seguir siendo optativa y voluntaria. El artículo 4o Constitucional garantiza a los mexicanos y las mexicanas el derecho a una movilidad en condiciones de seguridad vial.

Además, la cancelación de dicha norma, como bien señala la Alianza Nacional por la Seguridad Vial (Anasevi), deja en incertidumbre la forma en que las autoridades federales, estatales y municipales cumplirán con el artículo 54 de la recién publicada Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, tomando en cuenta que en su último párrafo el artículo los mandata a verificar la seguridad de los vehículos nuevos y en circulación, además de las atribuciones indicadas a los diferentes niveles de gobierno en los artículos 67, 68 y 69. También actúa de forma contraria a lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad, tomando en cuenta que la Seguridad Vial es un objetivo legítimo de interés público de acuerdo con la fracción XII del artículo 10 de esa ley.

En relación al impacto económico, según datos de la Asociación Mexicana de Seguros (AMIS) en México ocurren alrededor de 2.8 millones de choques al año, uno de cada tres genera lesionados, situación que se traduce en un costo de 150 mil millones de pesos, lo que equivale al 1.7% del PIB (2019). Incluso más desolador es el panorama del propio Instituto Mexicano de Transporte que en 2018 reportaba que el costo económico de los accidentes viales reportados en México fue el equivalente al 2.63% del PIB nacional, es decir el equivalente a 27.5 mil millones de dólares (540.5 mil millones de pesos, considerando el tipo de cambio de 19.6512 pesos por cada dólar). Se debe de considerar que la seguridad vial afecta de manera global nuestra economía, favorecerla es favorecer la estabilidad de los y las mexicanas, no únicamente de quienes tienen acceso a un vehículo privado.

Es importante que una cancelación de esta naturaleza se planteara y discutiera previamente con el órgano ahora asignado para definir la Política Nacional en la materia, el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. Ya que no es menor que la decisión de la cancelación de la NOM se ha determinado sin haber sido siquiera inspeccionada una vez observada su aplicación en el territorio nacional, con la colaboración del Sistema y las entidades federativas.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaria de Economía a retomar los avances normativos de la NOM-236-SE-2021 respecto a las revisiones físico-mecánicas de vehículos ligeros en favor de la seguridad vial.

Segundo: La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaria de Economía a formar una mesa de trabajo con el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial para la implementación obligatoria a nivel nacional de las revisiones físico-mecánicas de vehículos ligeros.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022– Diputado Salomón Chertorivski Woldenberg (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA SICT, A GARANTIZAR LOS SERVICIOS DE CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LOS TRAMOS CARRETEROS FEDERALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT a garantizar los servicios de conservación y rehabilitación de los tramos carreteros federales de la República Mexicana, suscrita por la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez y diputados del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, las diputados y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79 numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 17 de mayo de 2022 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en la misma se establece el derecho a la movilidad, entendiéndose como el derecho de toda persona a trasladarse y a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, suficiente y accesible que permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías, como lo establece el artículo 9, que a la letra dice:

Artículo 9. La movilidad es el derecho de toda persona a trasladarse y a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el desplazamiento de personas, bienes y mercancías, el cual deberá contribuir al ejercicio y garantía de los demás derechos humanos, por lo que las personas serán el centro del diseño y del desarrollo de los planes, programas, estrategias y acciones en la materia.

Entre las múltiples finalidades que se buscan alcanzar a través del derecho a la movilidad, de conformidad con las fracciones III y V son: (i) La movilidad eficiente de personas, bienes y mercancías, y (ii) la calidad de los servicios de transporte y de la infraestructura vial.

El acceso a la infraestructura vial de conformidad con la fracción XIII, del artículo 35 de la Ley General de Viabilidad y Seguridad Vial, las vías deben contar con un diseño adecuado a las necesidades de las personas, materiales de larga duración, diseño universal y acabados, así como mantenimiento adecuado para ser funcional, atractiva estéticamente y permanecer en el tiempo.

Es por ello, que las carreteras son esenciales para garantizar el derecho a la movilidad de las personas que transitan por los Estados Unidos Mexicanos, por lo que a través de esta proposición con punto de acuerdo se pretende que los ciudadanos que hacen uso de las vías y tramos carreteros federales en toda la república mexicana gocen de este este derecho, pero en especial los ciudadanos del estado de Chihuahua al usar las de las carreteras que se encuentran dentro de la entidad.

De acuerdo con la Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, la carretera Hidalgo del Parral- Guadalupe y Calvo, es la más dañada del estado de Chihuahua, ya que tiene más de 15 años sin tener un mantenimiento adecuado, a pesar de que es una vía de comunicación importante.

En el Atlas Estatal de Peligros del estado de Chihuahua, las carreteras que comunican a todas los poblados, tienden por lo general a ser de un peligro alto, ya que los tajos y las curvas que se hacen en las carreteras ayudan a la inestabilidad de laderas. Las carreteras con índice de riesgo de medio a alto son las siguientes:

Asimismo, se menciona que las carreteras federales y vías de acceso en torno al estado de Chihuahua, por falta de mantenimiento y construcción adecuada se han hecho inseguras para su tránsito, dentro de estas destacan Valle de Allende a Chihuahua, la alterna de Zapata a Jiménez, Valsequillo a Parral, Ejido San Pedro hacia Parral, Villa Matamoros, Valsequillo y Ciénegas de Ceniceros.

Derivado de los riesgos que se deben atender como prioridad al ser carreteras de ramo federal, durante el año 2020 se hizo del conocimiento a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la necesidad de dar mantenimiento a diversos tramos carreteros dentro del estado de Chihuahua, por lo que a la fecha no se ha atendido dicha petición por parte del Gobierno federal.

Aunado a lo anterior, dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación no se destinó presupuesto a este sector federal, por tal motivo se solicita que en las adecuaciones que se realicen a los componentes del presupuesto para el 2023, una vez aprobado se considere realizar las ampliaciones correspondientes para atender las necesidades de los diversos tramos carreteros que corresponden a la federación, pero principalmente los que se encuentran en el estado de Chihuahua.

Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, para que, en el ámbito de sus atribuciones, garantice los servicios de conservación y rehabilitación de los tramos carreteros federales de toda la República Mexicana, en especial las que se encuentran comprendidas en el estado de Chihuahua .

Nota

1 Consultado en:

http://www.congresochihuahua.gob.mx/detalleNota.php?id=3520, fecha de consulta 14 de octubre de 2022.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022. – Diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



SE GARANTICEN LAS ACCIONES DE CONTROL DE RIESGOS SANITARIOS QUE REALIZAN LA COFEPRIS Y SENASICA EN MATERIA DE ALIMENTOS Y PRODUCTOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a garantizar las acciones de control de riesgos sanitarios que realizan la Cofepris y el Senasica en materia de alimentos y productos, el cual garantiza que sean aptos para su consumo, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

El día 3 de octubre de 2022, durante su conferencia de prensa, el presidente Andrés Manuel López Obrador y el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Ramírez de la O, anunciaron un “Acuerdo de apertura contra la inflación y la carestía”. Argumentando que, por aumento de inflación mundial, México ha recibido un impacto, entre otros, en los costos de materias primas, agrícolas y energéticas.

En particular, se mencionó que, el encarecimiento de los productos agrícolas ha sido fuertemente resentido, esto explica que la contribución de energéticos a la inflación anual de 8.8 por ciento en la primera quincena de septiembre sea 0.62 puntos porcentuales y la de alimentos sea de 4.2 puntos porcentuales.

En ese sentido, enlistaron una serie de acciones, entre las que destaca el punto número 1:

“Uno. Basado en la confianza, el gobierno federal otorga a las empresas firmantes de este acuerdo una licencia única universal que, por lo que hace a las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para el envase de alimentos de dichas empresas, las exime de todo trámite o permiso, incluyendo aquellos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad, Senasica, y de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, Cofepris, así como del impuesto general de importación. Así, se les confía la responsabilidad de asegurar que las mercancías que comercian cumplen con las normas sanitarias de inocuidad y calidad.

Durante la vigencia de este acuerdo y en el marco de la licencia, la autoridad suspenderá la revisión de toda regulación que se considere impide o encarece la importación e internación de alimentos y su movilidad dentro del país. Esto incluye aranceles, barreras al comercio exterior no arancelarias y otros requisitos para su ingreso y circulación nacional.

Con esta licencia, las empresas se comprometen a llevar a cabo la verificación necesaria que asegure que los alimentos e insumos que se importen y distribuyen sean de calidad y se encuentren libres de contingencias, tanto sanitarias como de cualquier otra índole.

El “Acuerdo de apertura contra la inflación y la carestía” viola la ley en materia de control sanitario de los alimentos, al implementar mediante un instrumento de carácter administrativo, acciones que son contrarias a la legislación nacional vigente y pondrán en riesgo a la población:

El artículo 194 de la Ley General de Salud establece que, el ejercicio del control sanitario será aplicable al proceso, importación y exportación de alimentos, así como de las materias primas, que intervengan en su elaboración. Entiendo por control sanitario, el conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores, en base a lo que establecen las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables.

Para tal efecto, el artículo 17 bis, de la Ley General de Salud, establece que, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitario (Cofepris) tiene la facultad de ejercer el control y vigilancia sanitarios, por lo que, le corresponde efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; y en específico, proponer al Secretario de Salud la política nacional de protección contra riesgos sanitarios para la salud alimentos y bebidas, así como de materias primas que intervengan en su elaboración

Tan importante es el control sanitario de los alimentos que, el Artículo 464-Bis de la Ley General de Salud, establece sanciones al que, por sí o por interpósita persona, teniendo conocimiento o a sabiendas de ello, autorice u ordene, por razón de su cargo en las instituciones alimentarias la distribución de alimentos en descomposición o mal estado que ponga en peligro la salud de otro, imponiéndose una pena de seis meses a dos años de prisión o pena pecuniaria de 500 a 5 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal o la zona económica de que se trate.

Además de que se viola la normatividad en materia fitozoosanitaria, por ejemplo, la Ley Federal de Sanidad Animal, en su Artículo 92, establece que, la Sader determinará aquellos productos para uso o consumo animal que por sus condiciones de inocuidad, eficacia y riesgo requieran de registro o autorización. Además, dicha dependencia determinará, en disposiciones de salud animal y de inocuidad de bienes de origen animal, aquellas buenas prácticas pecuarias, buenas prácticas de manufactura y actividades de sanidad y bienestar animal, que deberán observar los establecimientos de sacrificios de animales y de procesamiento de bienes de origen animal.

Por su parte, la Ley de Sanidad Vegetal, en su artículo 2, establece que, la sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los vegetales, [...]. La regulación en materia de sistemas de reducción de riesgos de contaminación, tiene como finalidad, promover, verificar y certificar las actividades efectuadas en la producción primaria de vegetales encaminadas a evitar su contaminación por agentes físicos, químicos o microbiológicos, a través de la aplicación de buenas prácticas agrícolas y el uso y manejo adecuados de insumos utilizados en el control de plagas.” Para que entren vegetales y productos derivados al país, el artículo 23 de la misma ley, establece que se requiere certificado fitosanitario cuando sean susceptibles de ser portadoras de plagas.

En ese sentido, la ley obliga de manera estricta a implementar mecanismos de control sanitario de los alimentos en todo el territorio nacional, puesto que, la salud de millones correría peligro si llegan al país alimentos en mal estado o contaminados; se requiere de un proceso técnico a cargo de las instituciones sanitarias, Cofepris y Senasica, para garantizar que los alimentos que consumen los mexicanos son aptos para consumo humano.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), los sistemas nacionales de control alimentario velan por que los alimentos disponibles en un país sean inocuos, sanos y aptos para el consumo humano y por un etiquetado honesto y preciso de conformidad con lo establecido en la ley.

Por lo tanto, estos sistemas protegen la salud y seguridad de los consumidores, tanto nacionales como extranjeros, y por ello, los principales objetivos de los sistemas nacionales de control de los alimentos son los siguientes:

• Proteger la salud pública reduciendo el riesgo de enfermedades transmitidas por los alimentos;

• Proteger a los consumidores de alimentos insalubres, malsanos, indebidamente etiquetados o adulterados;

• Contribuir al desarrollo económico manteniendo la confianza de los consumidores en el sistema alimentario y estableciendo una base normativa sólida para el comercio nacional e internacional de alimentos.

En ese contexto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) menciona que, las enfermedades transmitidas por los alimentos son generalmente de carácter infeccioso o tóxico y son causadas por bacterias, virus, parásitos o sustancias químicas que penetran en el organismo a través del agua o los alimentos contaminados.

Siendo que, los alimentos contaminados pueden causar desde diarrea grave o infecciones debilitantes, como la meningitis, pasando por intoxicaciones agudas o hasta enfermedades de larga duración, como el cáncer.

El control sanitario de los alimentos y productos para su obtención es indispensable para la población, por ejemplo, en el caso de la “gripe aviar”, cuando se produce un brote, la verificación de las autoridades sanitarias puede llevar a sacrificar a todas las aves de corral, tanto infectadas como sanas, con el fin de contener la propagación de esta enfermedad. Con el acuerdo que pretende implementar el gobierno federal, no habría garantía de que los productores por su cuenta van a tener la capacidad o la voluntad de proteger la salud de la población a costa de sus intereses económicos.

Se requieren de instituciones técnicas, autónomas, con capacidad de gestión y supervisión, que puedan proteger nuestra salud; pero, por el contrario, el Presidente se empeña en destruir instituciones como Cofepris o Senasica, para ahorrarse costos y poder utilizar esos recursos en sus proyectos faraónicos.

Mientras en el mundo el control de los peligros derivados de los alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria ha pasado a desempeñar un papel esencial, el gobierno federal ha demostrado que, por ahorrarse dinero, no le importa el tipo de alimentos que llegan a las mesas de las familias, ni poner en riesgo la salud de los mexicanos.

Ahora, con la suspensión de las normas que rigen la supervisión de la seguridad y calidad de los alimentos, habrá riesgo de que lleguen al país productos contaminados, caducados, no aptos para su consumo, que representan un riesgo sanitario y que pueden poner en riesgo millones de vidas, propagar enfermedades y hasta generar desconfianza en el mundo, por lo que nuestros productos serían rechazados en el mercado internacional.

El Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C, ha adviertido que, tratar de abatir un periodo inflacionario abriendo la puerta a todo tipo de problemas sanitarios abriría también un problema comercial.

Investigadores del CUCEI, CUCBA y Cualtos advirtieron de los riesgos tras propuesta del Gobierno federal de desaparecer procesos del Senasica y Cofepris en importación de alimentos, durante una mesa de análisis en la Universidad de Guadalajara:

El maestro Torres Ruiz, profesor del Departamento de Desarrollo Rural Sustentable, del Centro Universitario de Ciencias Biológicas y Agropecuarias (CUCBA), declaró que, “Es un acuerdo que se ha tomado muy a la ligera, ya que el costo-beneficio para México no es positivo. Primordialmente, la salud pública se verá más afectada. No creo que esos 90 pesos de reducción a la canasta básica nos puedan solventar una enfermedad derivada de estos alimentos”. “Se corre un riesgo de contraer plagas y enfermedades que no son endémicas de nuestro país. Con esto se visualiza un mayor desabasto de alimento y aumento a los mismos, así como problemas de nuestros productos que exportamos, ya que carecen de credibilidad respecto a llevar a cabo las buenas prácticas de inocuidad agroalimentaria”. “Sin ningún certificado, permiso o licencia que sustente que dichos productos han sido tratados bajo un esquema en inocuidad y sanidad, con la licencia de confianza que pretende el gobierno federal no basta”.

La doctora Refugio Torres Vitela, profesora investigadora del Departamento de Farmacobiología del Centro Universitario de Ciencias Exactas e Ingenierías (CUCEI), recalcó que no se puede ser juez y parte, pues el acuerdo menciona que serán las mismas empresas las que se examinarán a sí mismas. “Eso no es seguridad para nadie. Aún tenemos un rezago grande en el cumplimiento de las normas oficiales existentes; esto es un retroceso, un problema que resulta un verdadero insulto para la Senasica, la Cofepris e instituciones que participan en procesos de certificación.

Esa política de relajación de las medidas de regulación sanitaria ya lo experimentamos hace meses en el abasto de medicamentos; la Secretaría de Salud y Cofepris dejaron de hacer su trabajo y de inmediato llegaron a México medicamentos de dudosa procedencia, empaquetados en idiomas extranjeros como el lituano y con la fechas de caducidad vencidas, que llegaron a poner en riesgo la vida de personas que los consumieron.

Si se deja de ejercer el control sanitario de los alimentos el gobierno federal estará incurriendo en una grave violación a la ley, que deberá ser castigada y tener consecuencias para los servidores públicos que incumplan en su deber de proteger la salud de la población.

Exigimos al Gobierno federal que cumpla con la ley, más cuando se trata de garantizar la salud de la población, ningún acuerdo de carácter administrativo puede eliminar el control sanitario de los alimentos, sería catastrófico para la salud de millones y podría generar consecuencias para el país en materia económica, que lejos de resolver el problema de la inflación, generarían más costos sociales.

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal a garantizar las medidas de control de riesgos sanitarios y fitosanitarios que realizan la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) en materia de alimentos y productos, las cuales garantizan que sean aptos para su consumo; para lo que, se solicita dejar sin efectos el Acuerdo de Apertura Contra la Inflación y la Carestía (APECIC) en aquellas disposiciones que representan riesgos sanitarios y fitosanitarios para el país.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita de manera urgente a los titulares de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) a que, informen a la opinión pública como se garantizará la seguridad de los alimentos y productos que se importan al país.

Notas

1 FAO:

https://www.fao.org/food-safety/food-control-systems/es/ #:~: text=Los%20sistemas%20nacionales%20de%20control,de%20conformidad%20con%20lo%20e stablecido

2 OMS:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/food-safety

3 Organización Mundial de Sanidad Animal:

https://www.woah.org/es/enfermedad/influenza-aviar/

4 https://imco.org.mx/y-ahora-senasica/

5 https://www.udg.mx/es/noticia/enfermedades-y-plagas-llegaran-mexico-tras-suspen sion-de-vigilancia-fitosanitaria-e

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



SOLUCIÓN A LA PROBLEMÁTICA QUE VIVE EL ISSSTE EN ZACATECAS CON RELACIÓN A LOS PAGOS A PENSIONADOS Y JUBILADOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y al gobierno de Zacatecas a dar solución a la problemática que vive el ISSSTE local con relación a los pagos a pensionados y jubilados, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Noemí Berenice Luna Ayala e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Consideraciones

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) tiene como misión garantizar las prestaciones sociales y económicas de los derechohabientes y consolidar la seguridad social.

Sin embargo, el Issstezac está al borde del colapso financiero, los trabajadores pensionados y jubilados del Gobierno del Estado no reciben sus pagos. A más de un año de la problemática, las y los jubilados y pensionados siguen tomando las calles y manifestando su justa inconformidad puesto que son derechos adquiridos.

Incluso, a más de un año de las exigencias de pago por parte de las y los ex trabajadores que dedicaron su vida y por derecho, deben recibir lo que les corresponde, a partir de la llegada del nuevo gobierno en septiembre de 2021 encabezado por David Monreal el problema se ha agudizado y va en aumento.

En una nota publicada por el Sol de Zacatecas del 17 de octubre de este año, señalan que: “Es inminente el colapso del sistema de pago de pensiones para los trabajadores del Gobierno del Estado debido a los malos manejos financieros y el aumento de jubilaciones, coincidieron diputados locales y el director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores de Zacatecas (Issstezac), Ignacio Sánchez González.

Durante la glosa del primer informe de David Monreal Ávila, informó que las cuotas de los 19 mil 850 trabajadores en activo apenas alcanzan para cubrir la pensión mensual de cuatro mil 907 ex trabajadores.

El frágil equilibrio actual se rompería en el corto plazo porque hay dos mil 300 burócratas que ya cumplen los requisitos para retirarse, lo que elevaría de golpe en un 46.8 por ciento el número de pensionados”.

La misma nota advierte las declaraciones del titular del organismo que señala lo síguete: “A decir de su director, el Instituto experimenta todas las causas de descapitalización: el incremento de la esperanza de vida, la insuficiencia de ingresos, el otorgamiento de prestaciones sin financiamiento, la ausencia de normatividad actualizada y el pago de algunas pensiones muy elevadas que casi alcanzan los 80 mil pesos”.

Continúa la nota aseverando que: “A la fecha sólo 941 de los casi cinco mil jubilados han obtenido un amparo en contra de la retención de su prestación, lo que representaría una erogación de 47.7 millones de pesos; sin embargo, a la fecha el Instituto sólo ha pagado 6.4 millones a raíz de órdenes de pago directas emitidas por los tribunales.

Ante la exigencia de dar a conocer los avances en el proceso en contra de los culpables de la quiebra del Instituto —funcionarios de pasadas administraciones— el director respondió que él no es Ministerio Público, sino que tal responsabilidad recae en otras instancias como la Auditoría Superior del Estado”.

Actualmente se encuentran registrados 19 mil 850 trabajadores en activo, cuyas cuotas solo pueden cubrir alrededor de 4 mil 900 pensiones mensualmente y a lo anterior habrá que sumarle los cerca de 2 mil 300 trabajadores que ya cumplen o están por cumplir los requisitos de jubilación.

Por lo anterior, es necesario tomar las acciones necesarias porque de no hacerlo las protestas pueden repetirse pues no hay fondos para dicha prestación.

Por su parte, hay voces que con justa razón señalan que dentro de las funciones del Issstezac no deben ser propietarios de empresas comerciales, puesto que la administración de bienes no forma parte de las funciones para lo que fue creado el instituto. Está comprobado que lejos de generar ganancias reportan pérdidas.

El número de pensionados actualizado al tercer trimestre de 2022 publicado en la página de Issstezac que es de 4 mil 915 pensionados que representan una erogación mensual promedio de más de 81 millones de pesos.

En cuanto al pago del aguinaldo que aún no se ha realizado, se menciona en la misma nota periodística que el 53 por ciento de los pensionados recurrieron a la vía legal para exigir el pago del aguinaldo. Sin embargo, el proceso está en la etapa de agotar el recurso de revisión que se interpuso, por lo cual aún no es cosa juzgada.

No obstante, en ese escenario en que los pensionados ganaran el juicio de amparo, se presentará otro problema; que es la falta de recursos para pagar el aguinaldo a los jubilados y pensionados.

En este sentido, tenemos que recordar que el aguinaldo para pensionados es un derecho establecido en el artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal para que, a través de sus dependencias, coadyuven con el Gobierno del Estado de Zacatecas para dar solución a la problemática adeudo y pagos a los trabajadores pensionados y jubilados del Gobierno del Estado.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Auditoría Superior de la Federación y la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas para que investigue y haga pública la información referente al manejo de las finanzas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Gobernador del Estado de Zacatecas para que abra el diálogo con autoridades federales y afectados a fin construir acuerdos para dar solución a la problemática de pago de pensiones y aguinaldos de los trabajadores del Estado.

Notas

1 https://www.elsoldezacatecas.com.mx/finanzas/colapso-inminente-de-las-pensiones -del-issstezac-9051992.html

2 http://issstezac.gob.mx/download/listado-de-jubilados-y-pensionados-el-monto-qu e-recibe-3er-trimestre-2022/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2022.– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.