Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputado Santiago Creel Miranda
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, miércoles 23 de noviembre de 2022
Sesión 28 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 23 de noviembre del 2022, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y LEY GENERAL DE SALUD

De la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud, con el propósito de garantizar la gratuidad de productos de higiene para atender la menstruación a niñas adolescentes y mujeres.Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

Del diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para acelerar la transición a una economía circular.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado Reynel Rodríguez Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 25 y deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

De la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Del diputado Eduardo Enrique Mural Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Población, para dictamen

SE DECLARA EL 19 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO, COMO EL DÍA NACIONAL DE LA MUJER EMPRENDEDORA

De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 19 de noviembre de cada año, como el Día Nacional de la Mujer Emprendedora.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de coordinación interinstitucional para atender la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

De la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

De la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Del diputado José Luis Báez Guerrero y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 470 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO A LA CONAGUA, A DETERMINAR LOS VOLÚMENES A TRASVASAR DE LA PRESA EL CUCHILLO A LA PRESA MARTE R. GÓMEZ

De la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena y del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a determinar los volúmenes a trasvasar de la presa El Cuchillo a la presa Marte R. Gómez, a fin de asegurar el abastecimiento de agua en el Distrito de Riego 026 Bajo Rio San Juan, Tamaulipas.Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

SE APLIQUEN DIVERSAS ACCIONES EN MATERIA DE INDICADORES DE CALIDAD, ENFOCADOS A DOLOR CRÓNICO Y CUIDADOS PALIATIVOS

Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a las instituciones de salud pública a diseñar y aplicar diversas acciones en materia de indicadores de calidad, enfocados a dolor crónico y cuidados paliativos.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE INFORME DE LOS ACUERDOS SOSTENIDOS EN LA REUNIÓN CON LA REPRESENTANTE COMERCIAL DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, RELATIVO A LAS CONSULTAS EN MATERIA ENERGÉTICA BAJO EL MARCO DEL T-MEC

Del diputado Pedro Armentía López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a hacer del dominio público el estatus y los acuerdos sostenidos en la reunión del 03 de noviembre con la representante comercial de Estados Unidos de América, relativo a las consultas en materia energética bajo el marco del T-MEC. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

SE PROMUEVA LA IMPLEMENTACIÓN DE PRÁCTICAS SUSTENTABLES PARA LA SIEMBRA DE PALMA DE ACEITE, A FIN DE SALVAGUARDAR LA RESERVA DE LA BIOSFERA LA ENCRUCIJADA, EN CHIAPAS

Del diputado Luis Armando Melgar Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a promover la implementación de prácticas sustentables para la siembra de palma de aceite, a fin de salvaguardar la reserva de la Biosfera La Encrucijada, en Chiapas.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA FGR Y A LA SFP, A INVESTIGAR EL ACTUAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROCESOS PENALES FEDERALES, POR ACOSO LABORAL

De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR y a la SFP, a investigar el actuar de la Dirección General de Procesos Penales Federales, por acoso laboral.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A INSTRUIR AL CONAFE Y AL INEA, IMPLEMENTAR PROGRAMAS ENFOCADOS A LA POBLACIÓN INFANTIL Y ADOLESCENTE EN SITUACIÓN DE RETORNO-MIGRANTE

De la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a que instruya al CONAFE y al Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, implementar nuevos programas enfocados a la población infantil y adolescente en situación de retorno- migrante.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SADER, A IMPLEMENTAR CAPACITACIONES EN MATERIA DE EXPORTACIONES

Del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a implementar capacitaciones en materia de exportaciones, para impulsar productos competitivos, garantizando la inclusión de micro, pequeños y medianos productores.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A HOMOLOGAR LA TIPIFICACIÓN DE VIOLACIÓN CONFORME LAS RECOMENDACIONES DE LA ONU

Del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales de las 32 entidades federativas, a homologar la tipificación de violación conforme las recomendaciones de la ONU.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE IMPLEMENTEN MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y SE MODIFIQUEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LAS BECAS JÓVENES ESCRIBIENDO EL FUTURO

De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a implementar mecanismos de supervisión y modificar las reglas de operación de las becas Jóvenes Escribiendo el Futuro, para evitar que continúen las irregularidades detectadas por la ASF.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

SE MANTENGA VIGENTE EN EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA CIRCULACIÓN DE MOTOCICLETAS DE 250 CENTÍMETROS CÚBICOS POR LOS CARRILES CENTRALES DE LAS VÍAS DE ACCESO CONTROLADO

De la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de la Ciudad de México, a través de la Semovi, a no aumentar y mantener vigente en el Reglamento de Tránsito de dicha entidad el cilindraje mínimo permitido de 250 centímetros cúbicos, para que las motocicletas puedan circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO AL CONGRESO DE NUEVO LEÓN, A ERRADICAR LAS EXPRESIONES QUE FOMENTEN LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

Del diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Nuevo León, a erradicar las expresiones o acciones que fomenten la violencia política de género en contra de cualquiera de sus integrantes de la LXXVI Legislatura.Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

EXHORTO AL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN SALVADOR ZUBIRÁN, A REINSTALAR A DOS TRABAJADORAS YLA PRESIDENTA DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE DICHO INSTITUTO

De la diputada Susana Prieto Terrazas, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, a la reinstalación de las trabajadoras Narda Gabriela Luna Ramírez y Ana María Pérez Ramírez en sus puestos de trabajo y a la C. María Eva Sánchez Reséndiz, presidenta del Sindicato Único de Trabajadores de dicho instituto, y a respetarlas como trabajadoras y frenar el acoso y hostigamiento laboral en su contra.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

PLAN EMERGENTE PARA GARANTIZAR LA PRODUCCIÓN DE GRANOS Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA EN MÉXICO

De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Sader y de la SE, a establecer un plan emergente para garantizar la producción de granos y la soberanía alimentaria en México.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LA SRE Y AL RENAPO, A COORDINAR EL PROGRAMA SOY MÉXICO

De la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE y al Renapo, a coordinar el programa Soy México, a fin de poner al alcance de los mexicanos residentes en el exterior, el derecho a la identidad y a la nacionalidad.Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

POR EL QUE SE CONDENA CUALQUIER MANIFESTACIÓN DE ODIO, SUPREMACISMO RACIAL E INTOLERANCIA

De la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se condena cualquier manifestación de odio, supremacismo racial e intolerancia, así como toda forma de incitación a la violencia y la discriminación.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A LA CONDUSEF, A DESPLEGAR UNA CAMPAÑA INFORMATIVA PARA PREVENIR FRAUDES FINANCIEROS

De los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa y Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Condusef, a desplegar una campaña informativa para prevenir fraudes financieros.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

SE FORTALEZCAN LAS POLÍTICAS AMBIENTALES Y FOMENTEN ALTERNATIVAS AL PLÁSTICO QUE SEAN AMIGABLES CON EL MEDIO AMBIENTE

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, las entidades federativas y municipales, a fortalecer las políticas ambientales, además de investigar y fomentar alternativas al plástico que sean amigables con el medio ambiente.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SHCP Y A LA CONAGUA, A CONSIDERAR ESTRATEGIAS E INCENTIVOS PARA LAS INVERSIONES EN LA TECNIFICACIÓN Y REUTILIZACIÓN DEL AGUA

De los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa y Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, en coordinación con la Conagua, a considerar estrategias e incentivos para las inversiones en la tecnificación y reutilización del agua.Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LA CONAPRED, A PROMOVER MECANISMOS PARA QUE LAS EMPRESAS IMPLEMENTEN ACCIONES AFIRMATIVAS EN MATERIA DE INCLUSIÓN DE PERSONAS QUE REQUIEREN PERROS DE ASISTENCIA

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conapred, a promover mecanismos de sensibilización y capacitación para que las empresas implementen acciones afirmativas en materia de inclusión de personas que requieren perros de asistencia. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

EXHORTO A FIN DE QUE LOS CÁNCERES HEMATOLÓGICOS SEAN CONSIDERADOS DENTRO DEL LISTADO DE LOS PADECIMIENTOS CUBIERTOS POR EL FONSABI

De los diputados Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Martha Estela Romo Cuéllar y Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al Insabi y al CSG, a fin de que los cánceres hematológicos sean considerados dentro del listado de los padecimientos cubiertos por el Fonsabi. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO AL CONACYT, A GARANTIZAR EL RESPETO Y PROTECCIÓN AL DERECHO DE LA LIBERTAD ACADÉMICA

Del diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conacyt, a garantizar el respeto y protección al derecho de la libertad académica en las instituciones y de toda la comunidad científica y académica en México.Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 23 de noviembre de 2022 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica), presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud, con el propósito de garantizar la gratuidad de productos de higiene para atender la menstruación a niñas adolescentes y mujeres, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión.

2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para acelerar la transición a una economía circular, a cargo del diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

3. Que reforma el artículo 25 y deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Reynel Rodríguez Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

4. Que reforma el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos, a cargo del diputado Eduardo Enrique Mural Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

6. Que reforma los artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Población, para dictamen.

7. De Decreto por el que se declara el 19 de noviembre de cada año, como el Día Nacional de la Mujer Emprendedora, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

8. Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de coordinación interinstitucional para atender la violencia contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.

9. Que reforma el artículo 8o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Juventud, para dictamen.

10. Que reforma el artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

11. Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.

12. Que reforma el artículo 470 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por el diputado José Luis Báez Guerrero y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a determinar los volúmenes a trasvasar de la presa El Cuchillo a la presa Marte R. Gómez, a fin de asegurar el abastecimiento de agua en el Distrito de Riego 026 Bajo Rio San Juan, Tamaulipas, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena y del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a las instituciones de salud pública a diseñar y aplicar diversas acciones en materia de indicadores de calidad, enfocados a dolor crónico y cuidados paliativos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a hacer del dominio público el estatus y los acuerdos sostenidos en la reunión del 03 de noviembre con la representante comercial de Estados Unidos de América, relativo a las consultas en materia energética bajo el marco del T-MEC, a cargo del diputado Pedro Armentía López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a promover la implementación de prácticas sustentables para la siembra de palma de aceite, a fin de salvaguardar la reserva de la Biosfera La Encrucijada, en Chiapas, a cargo del diputado Luis Armando Melgar Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR y a la SFP, a investigar el actuar de la Dirección General de Procesos Penales Federales por acoso laboral, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a que instruya al Conafe y al Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, implementar nuevos programas enfocados a la población infantil y adolescente en situación de retorno- migrante, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a implementar capacitaciones en materia de exportaciones, para impulsar productos competitivos, garantizando la inclusión de micro, pequeños y medianos productores, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales de las 32 entidades federativas, a homologar la tipificación de violación conforme las recomendaciones de la ONU, a cargo del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a implementar mecanismos de supervisión y modificar las reglas de operación de las becas Jóvenes Escribiendo el Futuro, para evitar que continúen las irregularidades detectadas por la ASF, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de la Ciudad de México, a través de la Semovi, a no aumentar y mantener vigente en el Reglamento de Tránsito de dicha entidad el cilindraje mínimo permitido de 250 centímetros cúbicos, para que las motocicletas puedan circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Nuevo León, a erradicar las expresiones o acciones que fomenten la violencia política de género en contra de cualquiera de sus integrantes de la LXXVI Legislatura, a cargo del diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, a la reinstalación de las trabajadoras Narda Gabriela Luna Ramírez y Ana María Pérez Ramírez en sus puestos de trabajo y a la C. María Eva Sánchez Reséndiz, Presidenta del Sindicato Único de Trabajadores de dicho instituto, y a respetarlas como trabajadoras y frenar el acoso y hostigamiento laboral en su contra, a cargo de la diputada Susana Prieto Terrazas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Sader y de la SE, a establecer un plan emergente para garantizar la producción de granos y la soberanía alimentaria en México, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE y al Renapo, a coordinar el programa Soy México a fin de poner al alcance de los mexicanos residentes en el exterior, el derecho a la identidad y a la nacionalidad, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se condena cualquier manifestación de odio, supremacismo racial e intolerancia, así como toda forma de incitación a la violencia y la discriminación, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Condusef, a desplegar una campaña informativa para prevenir fraudes financieros, suscrito por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa y Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, las entidades federativas y municipales, a fortalecer las políticas ambientales, además de investigar y fomentar alternativas al plástico que sean amigables con el medio ambiente, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, en coordinación con la Conagua, a considerar estrategias e incentivos para las inversiones en la tecnificación y reutilización del agua, suscrito por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa y Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conapred, a promover mecanismos de sensibilización y capacitación para que las empresas implementen acciones afirmativas en materia de inclusión de personas que requieren perros de asistencia, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al Insabi y al CSG, a fin de que los cánceres hematológicos sean considerados dentro del listado de los padecimientos cubiertos por el Fonsabi, suscrito por los diputados Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Martha Estela Romo Cuéllar y Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conacyt, a garantizar el respeto y protección al derecho de la libertad académica en las instituciones y de toda la comunidad científica y académica en México, a cargo del diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y LEY GENERAL DE SALUD

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud, con el propósito de garantizar la gratuidad de productos de higiene para atender la menstruación a niñas adolescentes y mujeres, a cargo de la diputada Lorena Piñón Rivera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y Adolescencia, y de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Leyes de los Impuestos al Valor Agregado; sobre la Renta, y Especial sobre Producción y Servicios, para acelerar la transición a una economía circular, a cargo del diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa, del Grupo Parlamentario del PRI

Eduardo Enrique Murat Hinojosa, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 4, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversos artículos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para acelerar la transición a una economía circular, al tenor de la siguiente

I. Exposición de Motivos

La economía circular es un nuevo paradigma de producción y consumo que se ha planteado recientemente como una respuesta al sistema económico actual que no sólo ha tenido como consecuencia la depredación de nuestros recursos naturales sino el daño y contaminación al medio ambiente y a la salud de los habitantes del planeta.

Dicho modelo económico es contrario al actual de: extraer-producir-desechar (economía lineal) que está llegando ya al límite de su capacidad física y que no es sustentable ni económica, ni social o ambientalmente. La economía circular implica disociar la actividad económica del consumo de recursos finitos y eliminar los residuos del sistema desde el diseño. Dicho sistema en tres principios:

i. Eliminar residuos y contaminación desde el diseño

ii. Mantener productos y materiales en uso

iii. Regenerar sistemas naturales

Con base en lo anterior, la presente iniciativa tiene como principal objetivo atender los primeros dos principios (eliminación de residuos y valoración de los mismos) y, como se explicará más adelante, contribuir a la aceleración de la transición de la economía circular en nuestro país.

La transición a la economía circular es un camino que no puede esperar: nuestro sistema lineal no es sostenible y, cada vez más, los gobiernos están obligados a garantizar no sólo los derechos humanos de sus ciudadanos sino de las generaciones futuras. Así, “la transición hacia la economía circular puede ser el desafío, y a su vez, la oportunidad más grande [...] para organizar la producción y el consumo en la economía global”

Por ello, desde la Asamblea General de las Naciones Unidas, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (OSD) están relacionados con la economía circular, principalmente los ODS 12, 13, 14 y 15. A continuación se enlistan los ODS directamente relacionados con la economía ambiental y su justificación:

Cuadro 1. Relación entre los ODS y la economía circular

Fuente: con base en El camino hacia la Economía Circular y los ODS. Ver: https://pactoglobal.org.ar/wp-content/uploads/2020/09/Hoja_de_ ruta_EC_FINAL.pdf

Además, a nivel internacional, en diversos países han adoptado y desarrollado instrumentos legales y normativos para integrar la economía circular a su sistema de producción y servicio, entre los que destacan los Planes de Acción de la Unión Europea; la Ley de Reducción de Plástico y Economía Circular de 2021 de Nueva Gales del Sur; la Política de Economía Circular de Reino Unido; la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular de España, entre otros.

En México, tanto el gobierno federal como el Congreso de la Unión han impulsado diferentes acciones para transitar a la economía circular, dentro de las que destacan las siguientes (por orden cronológico):

i. Publicación de la Visión Nacional hacia una Gestión Sustentable, cero residuos o “Visión Basura Cero” en enero de 2019.

ii. Presentación de la iniciativa de Ley General de Economía Circular en noviembre de 2019.

iii. Celebración del Acuerdo Nacional para la Nueva Economía del Plástico en México por el Senado de la República e integrantes de la industria el 5 de diciembre de 2019.

iv. Elaboración los siguientes documentos de trabajo para el Instituto Nacional de Economía y Cambio Climático (INECC) en 2020:

• Análisis de los beneficios percibidos de la Economía Circular en México, 2020

• Evaluación de la situación actual de la economía circular para el desarrollo de una hoja de ruta para Brasil, Chile, México y Uruguay, 2020

• Orientaciones para la elaboración de una Hoja de Ruta Nacional hacia la Economía Circular, 2021.

v. Publicación del Plan Operativo de la Comisión Ambiental de América del Norte en donde contempla acciones de reciclaje y manejo de residuos a un manejo de ciclo cerrado, noviembre 2021.

vi. Aprobación del dictamen y turno de la minuta de Ley General de Economía Circular a la Cámara de Diputados de la Ley General de Economía Circular en noviembre de 2021.

Empero, estas acciones todavía no consolidan un marco jurídico completo y sólido para transitar a una economía circular, es más quedan pendientes temas que han sido visibilizado por las organizaciones de la sociedad civil y la academia como el manejo de los plásticos y la valorización de los productos y residuos a través del reciclaje, reutilización o revalorización.

A nivel local, debido a que actualmente varios temas esenciales de la economía circular tienen que ver con el manejo y la gestión integral de los residuos de manejo especial, que son competencia de las entidades federativas en términos de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), varios estados tienen regulaciones específicas de economía circular, dentro de las que destacan las siguientes:

Cuadro 2. Entidades federativas con leyes de economía circular.

Cabe mencionar que, al igual que en el Congreso General, en el Congreso de la Ciudad de México sigue en discusión la iniciativa de Ley de Economía Circular de la Ciudad de México que se presentó en mayo de este año.

Convencido de que la transición a la economía circular no puede esperar, las soluciones para implementarla, tampoco. Con el compromiso que me caracteriza en los temas ambientales y de protección de la salud de los y las mexicanas, presenté la legislatura pasada una iniciativa que reforma la LGPGIR con el objetivo de prevenir, controlar y eliminar la contaminación por el uso de plásticos de un solo uso. Estoy convencido de que todas las acciones suman y la necesidad de ir implementando acciones hacia la economía circular en lo que el país cuente con un marco legal completo de economía circular.

Por ello, y tomando como base lo antes expuesto y el estado del conocimiento actual, es necesario que la política de transición a la economía circular incluya instrumentos económicos que tanto incentiven actividades a favor de la recuperación del valor de los productos y su inclusión en el ciclo económico, como que desincentiven productos que, por su naturaleza, no agregan valor al ciclo económico y provienen de materia virgen como son los plásticos.

A continuación, se expondrá el problema que generan los plásticos en México, principalmente en los ecosistemas marinos y los datos sobre la recuperación, reciclaje y reutilización de productos en México por los que considero necesario invitar a que, desde el poder legislativo, las personas legisladoras tomen en cuenta la presente iniciativa y voten por los primeros mecanismos económicos para acelerar la economía circular.

II. Planteamiento del problema

Los problemas ambientales y sociales más graves de nuestra época están directamente relacionados con el modelo económico lineal que predomina a nivel global y en nuestro país. El cambio climático, la acidificación de los océanos, la pérdida de la biodiversidad, la contaminación ambiental, entre otros, son las externalidades negativas más obvias de dicho sistema. La desigualdad y la pobreza son los retos sociales más apremiantes para todos los gobiernos, especialmente en países como el nuestro en donde el 10% de los mexicanos concentra el 79% de la riqueza del país, mientras el 50% de los mexicanos continúa en su lucha cotidiana contra la pobreza.

Por ello, la presente iniciativa tiene como objetivo acelerar la transición a la economía circular mediante cuatro instrumentos económicos fiscales que:

i. Incentivarán las actividades y venta de materiales reciclados, reutilizados o revalorados.

ii. Incentivarán la reutilización y la captura de aguas residuales.

iii. Incentivarán la transferencia de tecnología mediante la adquisición de maquinaria y equipo de reciclaje, reutilización o revalorización de envases, productos o residuos.

iv. Internalizarán las externalidades que generan los envases, empaques y embalajes que tengan como materia prima plástico virgen.

Con base en datos del Inegi, en promedio, se recolectan 865 g de residuos por persona cada día en los municipios y demarcaciones territoriales donde se presta el servicio de recolección domiciliaria. Al recoger los materiales, sólo 12.1% de los residuos sólidos urbanos fue separado o clasificado desde las viviendas. Asimismo, 65.1% de los materiales de desecho generados por las unidades económicas se destinó al relleno sanitario; 29.4% se entregó a empresas de servicio de manejo y transporte de residuos y sólo un 1.9% se recicló en el proceso de producción.

Asimismo, el destino de las aguas residuales derivadas de la producción en unidades económicas grandes, el 63.6% se descargó a la red pública, 16.3% se empleó en sistemas de enfriamiento, 13.6% se reutilizó para jardinería y limpieza y 5.8% se recicló en el proceso productivo.

Esto es relevante porque, como muchos expertos lo han mencionado , la transición a la economía circular no se reduce al manejo de los residuos, sino a la valoración de las materias primas secundarias y al uso eficiente del agua y energía. Por lo tanto, podemos concluir que, en nuestro país, no se ha logrado ninguno de esos objetivos.

Respecto a la generación y manejo de plásticos, es indudable que el problema que generan es grave. México produce cerca de 8 millones de toneladas de plásticos al año, de los cuales el 50% son de un solo uso y sólo un 6.7% se recicla.

No sólo los plásticos de un solo uso son materiales que no son deseables bajo el paradigma de la economía circular, sino también los plásticos que tengan 100% de materia prima virgen, ya que se debe de incentivar la reutilización, reciclaje y reutilización de las materias primas, en especial de un material que se encuentra en todas las etapas de la cadena de producción de diversos productos.

Con base en la evidencia sobre el problema de gestión de los plásticos, el manejo de las aguas residuales y el poco reciclaje que se realiza en México, la presente iniciativa propone promover incentivos fiscales y un impuesto ambiental con el objetivo de complementar las acciones que se están haciendo desde el gobierno y la Cámara de Senadores, con base en los siguientes argumentos:

III. Argumentos que sustentan la presente iniciativa

Como parte del proceso legislativo de análisis de la propuesta de Ley General de Economía Circular, se han escuchado a expertos, representantes de diferentes industrias, de la sociedad civil y academia. Así en abril de este año, en la Cámara de Diputados se llevaron a cabo las audiencias sobre las minutas en materia de economía circular y regulación de plásticos de un solo uso.

De mi asistencia y participación de dichas audiencias y como integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, existe un consenso sobre la necesidad de ir más allá tanto de la LGPGIR como de la iniciativa de Ley General de Economía Circular y proponer instrumentos económicos que se encuentran en las leyes fiscales con el objetivo de acelerar la transición a la economía circular.

Esto no es nuevo, en diversos países la legislación, normativas y políticas de economía circular incluyen instrumentos financieros, es más, dichas acciones son vistas como buenas prácticas por organizaciones como el PNUD, WRI México, Changing Markets, como se explicará en el siguiente apartado.

III.1. Instrumentos financieros para la transición de la economía circular en otros países

Una parte fundamental para la transición a la economía circular es el rediseño de los incentivos económicos a diferentes productos y servicios. Conjuntamente con la promoción de leyes o regulaciones, en otros países se han implementando políticas para incentivar ciertas actividades como el reciclaje y el reúso; así como impuestos verdes que gravan envases de plástico.

Cuadro 3. Análisis comparado de instrumentos económicos para transitar a la economía circular.

Fuente: elaboración propia.

III.2. Incentivos positivos e internalización del daño ambiental de los envases plásticos propuestos.

En México, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en su artículo 22 define a los instrumentos económicos ambientales como “los mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus actividades económicas, incentivándolas a realizar acciones que favorezcan el ambiente”. Asimismo, define a los instrumentos económicos de carácter fiscal como “estímulos fiscales que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental. En ningún caso, estos instrumentos se establecerán con fines exclusivamente recaudatorios”.

Así, a nivel federal, existen diversos instrumentos económicos que incentivan mediante beneficios como IVA cero o deducciones ciertas actividades; mientras que internalizan externalidades ambientales mediante impuestos verdes. A continuación, se desarrollará el contenido de la presente iniciativa que propone adiciones en las siguientes leyes de carácter fiscal:

i. Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)

ii. Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

iii. Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS)

La propuesta de adición al artículo 2o.-A de la LIVA tiene como objetivo otorgar el beneficio tasa del 0% al IVA a la enajenación de envases y productos cuya materia prima provenga de mínimo un 60% de materiales reciclados, reutilizados, rediseñados, reparados o remanufacturados; y a la prestación de servicios de reciclaje, reutilización o revalorización de envases, productos o residuos; así como la reutilización y captura de aguas residuales.

Con estas reformas se incentivará el reciclaje, la reutilización, el rediseño, la reparación y manufactura de envases, productos y residuos, así como la reutilización y captura de agua.

La propuesta de adición al artículo 34 de la LISR, tiene como objetivo que se pueda deducir al 100% la maquinaria y equipo para el reciclaje, reutilización o revalorización de envases, productos o residuos.

Ambas propuestas tienen como objetivo incentivar actividades de valor dentro de la economía circular para que se puedan incorporar materias primas secundarias y se llegue a una tasa cero de generación de residuos. Esto también apoyará a las microempresas y las pequeñas y medianas empresas que actualmente realizan dichas actividades.

Finalmente , la propuesta de adición al artículo 2o. del LIEPS, tiene como objetivo gravar con dicho impuesto los envases, empaques y embalajes elaborados con 30% o más de plástico virgen, ya que como se ha mencionado, dicho material no debería de seguirse produciendo en una economía circular, sino que debería de usarse en su mayoría material reciclado, reusado o reparado.

A continuación, se presenta el comparativo de las propuestas de reforma:

IV. Comparativo de la propuesta de reformas

A continuación, se muestra el cuadro comparativo con las propuestas mencionadas:

IV.1. Ley del Impuesto al Valor Agregado

IV.2. Ley del Impuesto sobre la Renta

IV.3. Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Finalmente, invito a mis compañeros y compañeras legisladoras a que aprueben esta iniciativa en el marco del paquete fiscal 2023, ya que con esta acción legislativa que podrían tener grandes impactos no sólo en el medio ambiente sino en la aceleración de la transición a la economía circular en México y, a largo plazo, en el cambio de paradigma económico para mejorar la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras. Invito a mis compañeros y compañeras legisladores a que sean idealistas pragmáticos, que mediante acciones le demostremos al pueblo de México que sí podemos llegar a acuerdos mediante acciones de impacto social.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta y la Ley del impuesto Especial Sobre Producción y Servicios para acelerar la transición a la economía circular.

Primero. Se adiciona la fracción j) a la fracción II del artículo 2o.A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o.A. ...

I. ...

II. ...

j). Los productos cuya materia prima provenga del reciclaje, reutilización o revalorización de envases, productos o residuos; así como la reutilización y captura de aguas residuales.

III. a IV. ...

...

Segundo. Se adiciona una fracción XVI al artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 34. ...

I. a XV. ...

XVI. 100% para maquinaria y equipo para el reciclaje, reutilización o revalorización de envases, productos o residuos.

Tercero. Se adiciona el inciso J) del artículo 2o de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 2o. ...

I. ...

A) a I) ...

J) 7% a envases, empaques y embalajes elaborados con 50% o más de plástico virgen.

Artículos Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Ellen MacArthur Fundation. Economía Circular. Ver:

https://archive.ellenmacarthurfoundation.org/es/economia-circula r/concepto

2 Lacy, P. & Rutqvist, J. (2016). Waste to wealth: The circular economy advantage.

3 Red Argentina del Pacto Global. El camino hacia la Economía Circular y los ODS. Ver:

https://pactoglobal.org.ar/wp-content/uploads/2020/09/ Hoja_de_ruta_EC_FINAL.pdf

4 Ver: Four legislative proposals on waste.

https://www.europarl.europa.eu/EPRS/EPRS-Briefing-573936-Circula r-economy-package-FINAL.pdf

5 Ver: Plastic Reduction and Circular Economy Act 2021.

https://legislation.nsw.gov.au/view/html/inforce/current/act-202 1-031

6 Ver: Circular Economy Package Policy Statement.

https://www.gov.uk/government/publications/circular-economy-pack age-policy-statement/circular-economy-package-policy-statement

7 Ver: Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Ver:

https://www.boe.es/eli/es/l/2022/04/08/7

8 Ver:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/435917/Vision_Nac ional_Cero_Residuos_6_FEB_2019.pdf

9 Ver:

https://cespedes.org.mx/wp-content/uploads/2021/02/Acuerdo-Nacio nal-de-la-Nueva-Economia-del-Plastico-en-Mexico-version-final-Senado.pdf

10 Ver:

https://www.ctc-n.org/system/files/dossier/3b/D3.1_Mexico_Benefi cios_Percibidos_CE_FINAL_ESP_CTCN.pdf

11 Ver:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/641380/VF_version _ejecutiva_Economia_Circular_2.pdf

12 Ver:

https://www.ctc-n.org/system/files/dossier/3b/210426%20 D.6.2._MEX_Hoja%20de%20Ruta%20EC_VFinal.pdf

13 Ver:

http://www.cec.org/es/transformacion-del-reciclaje-y-el-manejo-d e-residuos-solidos-en-america-del-norte/

14 Ver:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/senclave/65/CS-LXV-I-1P -038/01_minuta_038_17nov21.pdf

15 Ver:

https://www.queretaro.gob.mx/sedesu/contenido.aspx?q=0P7NpIeTMwz tMUlqYErxVwYWzoohLEMQ9XELhKrGbe4=

16 Ver:

https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Le yes/TOMO_VII/20210326_LEYRESIDUOS.PDF

17 Ver:

http://documentos.congresoqroo.gob.mx/leyes/L199-XV-20190618-L15 20190618337.pdf

18 Ver:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Librerias/pp_ContenidoAsuntos.php? SID=4db9706a48b4be3c047f2ba5e99233d3&Clave=3778500

19 PNUD. Reporte Mundial de la Desigualdad 2022. Ver:

https://wir2022.wid.world/www-site/uploads/2021/12/Summary_World InequalityReport2022_Spanish.pdf

20 Inegi. Estadísticas a propósito del día mundial del medio ambiente, 2021. Ver:

https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s& source=web&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwjD-LT-4N76AhV4oWo FHRuaDiwQFnoECA8QAQ&url=

https%3A%2F%2Fcuentame.inegi.org.mx%2Fterritorio%2Fambiente%2Fba sura.aspx%3Ftema%3DT&usg=AOvVaw2jr_XEk9QdwwqDfcta48Iq

21 Forbes. De la basura a tu plato: los plásticos invaden los supermercados y llegan a tus alimentos. https://www.forbes.com.mx/noticias-basura-plato-plasticos-invaden-supermercados -alimentos/

22 Ver:

https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/ inician-audiencias-publicas-sobre-minutas-en-materia-de-economia-circular-y-reg ulacion-de-plasticos-de-un-solo-uso

23 PNUD. Plastics and the Circular Economy: Community Solutions.

https://sgp.undp.org//innovation-library/item/download/1784_1c10 cd6fb14cdb59312acd3dec6a80ab.html

24 Ver:

https://wrimexico.org/sites/default/files/Factsheets_Single-Use_ Plastic_Waste_WRI_Mexico_2020%20digital.pdf

25 Changing Markets. Más residuos, más beneficios.

http://changingmarkets.org/wp-content/uploads/2021/03/MasResiduo sMasBeneficio.pdf

26 Ver:

https://www.boe.es/eli/es/l/2022/04/08/7

27 Ver:

https://www.gov.uk/government/publications/introduction-of-plast ic-packaging-tax-from-april-2022/introduction-of-plastic-packaging-tax-2021

28 Ver:

https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29303_A/GacetaNo_29303a _20210608.pdf

29 Ver:

https://ec.europa.eu/transparency/documents-register/detail? ref=COM(2018)29&lang=es

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2022.– Diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que reforma el artículo 25 y deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Reynel Rodríguez Muñoz, del Grupo Parlamentario del PRI

Diputado Reynel Rodríguez Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de está honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Con la expedición de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), vigente a partir del 1o. de enero de 2014, entraron en vigor diversas disposiciones, entre las que se encuentran los artículos 25, fracción X, y 28 fracción XXX, las cuales se encuentran limitando la deducibilidad de pagos realizados por los patrones a sus trabajadores, por concepto de prestaciones laborales y de previsión social y de aportaciones a planes de pensiones privados.

Mediante las disposiciones anteriores se incorporó a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) un límite para efectuar la deducción parcial de prestaciones laborales, correspondientes a aquellos pagos que a su vez fueran ingresos exentos para los trabajadores, por ejemplo: los vales despensa, becas para educación, becas deportivas, fondos de ahorro, útiles escolares, reembolso de gastos de funeral, entre otros.

Incluso el límite resulta aplicable también a aquéllas prestaciones que se otorgan por mandato de Ley conforme a la Ley Federal del Trabajo, como son el aguinaldo, primas dominicales, vacacionales, horas extras, entre otras; además de las aportaciones a planes de pensiones privados. Con ello, estas prestaciones, en la parte que sea exenta para el trabajador, no son deducibles en un 47% o 53%.

Esta situación se justificó como un mecanismo supletorio ante la eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), en la comparación de sus tasas impositivas con el propósito de recuperar la base gravable. La pretensión de justificar la incorporación de este límite con la eliminación del IETU, resulta insustentable, pues se puede demostrar que sólo el 5% de la recaudación del sistema renta en el año 2013 provenía del IETU, mientras que el restante 95% del ISR, siendo que el porcentaje de deducción parcial está calculado considerando que el 100% de los contribuyentes hubieran aportado a la recaudación del IETU.

Por otra parte, se replicó ese mismo límite a la deducción de las aportaciones a planes privados de pensiones complementarios a los públicos, sustentando ese hecho en que las empresas anticipan la deducción de un pago futuro a los trabajadores y, en consecuencia, se difiere el pago del impuesto.

De acuerdo a estudios de la Asociación Mexicana de Actuarios Consultores, A.C. (AMAC), publicados en 2014, la deducción parcial incrementó el costo laboral en la economía formal entre un 3% y un 8%. El aumento del costo laboral por esta deducción parcial se dio en todas las empresas, sin importar si eran pequeñas, medianas o grandes.

Derivado de este mismo estudio se tiene identificado que el incremento en el costo laboral afecta principalmente a trabajadores operativos o sindicalizados, ya que, de acuerdo con las estadísticas de AMAC, se puede identificar que el costo incremental es del 5% en ese rubro, mientras que dicho costo se incrementa en un 4% en niveles gerenciales y 3% en directivos.

Según dichas estadísticas, el costo puede llegar a incrementales de hasta un 8% en aquellas empresas que proveen a sus empleados paquetes de compensaciones con mayores niveles de prestaciones.

Es evidente que una forma de revertir la economía informal sería facilitando y reduciendo el costo del empleo formal. La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), arrojó que, al segundo trimestre de 2022, la Población Económicamente Activa ocupada fue de 57.4 millones; de los cuales, 32 millones operan en la informalidad.

La limitación de la deducción de las aportaciones para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones complementarias a las del Seguro Social, tiene una fórmula idéntica a la prevista para las prestaciones laborales exentas. Esto se ha traducido en poner en riesgo el futuro de los trabajadores, pues ante la falta de la deducción integral de dichas aportaciones, las empresas han dejado de fondear los planes privados de pensiones, ya que con base en la información de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), en 2014 el 63.90% de los planes tenía un nivel de financiamiento menor o igual al 70%, mientras que en 2015 este porcentaje representó el 65.50% de los planes, agudizándose la insuficiencia de recursos que eventualmente se podría ver reflejada en la imposibilidad para las empresas de hacer frente al pago de las pensiones de los trabajadores. Adicionalmente, en el reporte de 2021 de la Consar se establece que únicamente el 51.6% de los planes está fondeado en un rango de entre 50 al 75 de su pasivo. Existe un 21.4% que no está fondeado ni siquiera al 50 del nivel de su pasivo, esto es que 1,203 de los planes ocupacionales se encuentran fondeados por debajo del 50%.

Por otra parte, de acuerdo a estudios de AMAC, del total de empresas que pretendían establecer un Plan de Pensiones antes del 1o. de enero de 2014, sólo el 20% de las empresas crearon el plan de pensiones a pesar de la Reforma, 50% de las empresas decidieron no hacerlo y el 30% restante suspendieron la creación del Plan hasta que se diera a conocer una posible restitución del incentivo fiscal.

En conclusión, las aportaciones para fondear el retiro de los empleados, se ve inhibida por esta regla que limita su deducción, aun cuando se trata de un instrumento que complementa las obligaciones a las que tendrán que hacer frente las instituciones públicas (IMSS & ISSSTE), e incluso el propio Estado, por las personas que no tienen derecho a pensiones.

Debido al alto impacto económico que les representaron tales limitantes a los contribuyentes, a partir del mes de febrero de 2014, un número importante de contribuyentes interpuso juicios de amparo en contra de las citadas disposiciones, mismos que, según datos de la Procuraduría Fiscal de la Federación, sumaron más de 7,000 juicios promovidos.

El 21 de septiembre de 2016 en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se resolvió el primer amparo promovido contra la deducibilidad parcial de las prestaciones laborales y de previsión social. La SCJN declaró la constitucionalidad de la deducción parcial de prestaciones laborales (por lo que avala que es constitucional que no sean deducibles el 47% o 53% de las prestaciones laborales de los trabajadores).

El límite a la deducción de erogaciones que a su vez constituyen ingresos exentos para los trabajadores se ha traducido en una afectación directa para los trabajadores, ya que, con la resolución de la SCJN y el aumento en el costo de dichas prestaciones, se desalienta el otorgamiento de las mismas, como es el caso de las aportaciones a planes privados de pensiones que han dejado de ser fondeados.

La deducción parcial de las prestaciones laborales no ayuda a elevar la calidad de vida de los trabajadores que laboran en la economía formal. Debido en gran parte a los altos costos del empleo formal, el 55.7% de la población ocupada en México es informal. (INEGI, 2022). La informalidad es poco productiva, en promedio un empleo formal produce cuatro veces más que un empleo informal. (INEGI, 2013). Prueba de ello es que, por cada 100 pesos que se generan del PIB del país, 78 pesos los generan el 44% de la población formal ocupada y 22 pesos el 56% de la población ocupada en informalidad (INEGI, 2021).

Por ello es que la propuesta se centra en considerar que la naturaleza de la política económica estatal siempre es extrafiscal “tomando en cuenta que la recaudación en sí no constituye un fin, sino que es un medio para obtener ingresos encaminados a satisfacer las necesidades sociales, dentro del trazo establecido en el texto constitucional, tal como se desprende del artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, que conmina a contribuir a los gastos públicos, y no a la acumulación de recursos fiscales” (Tesis de jurisprudencia).

En ese sentido, conforme al artículo 1º Constitucional, uno de los principios que rige el Estado Constitucional de Derecho es el principio pro persona, que implica aplicar la disposición o regla más favorable a un particular, resolver y/o legislar, siempre a

favor de la persona. En ese sentido, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis 1a. XXVI/2012 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro V, febrero de 2012, Tomo 1, cuyo rubro es “ Principio pro persona. El contenido y alcance de los derechos humanos deben analizarse a partir de aquél”, ha sostenido lo siguiente:

El segundo párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, exige que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la propia Constitución y con los tratados internacionales de los que México es parte, de forma que favorezca ampliamente a las personas, lo que se traduce en la obligación de analizar el contenido y alcance de tales derechos a partir del principio pro persona que es un criterio hermenéutico que informa todo el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en virtud del cual debe acudirse a la norma más amplia, o a la interpretación más extensiva cuando se trata de reconocer derechos protegidos, e inversamente, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones permanentes al ejercicio de los derechos o de su suspensión extraordinaria, es decir, dicho principio permite, por un lado, definir la plataforma de interpretación de los derechos humanos y, por otro, otorga un sentido protector a favor de la persona humana, pues ante la existencia de varias posibilidades de solución a un mismo problema, obliga a optar por la que protege en términos más amplios. Esto implica acudir a la norma jurídica que consagre el derecho más extenso y, por el contrario, al precepto legal más restrictivo si se trata de conocer las limitaciones legítimas que pueden establecerse a su ejercicio. Por tanto, la aplicación del principio pro persona en el análisis de los derechos humanos es un componente esencial que debe utilizarse imperiosamente en el establecimiento e interpretación de normas relacionadas con la protección de la persona, a efecto de lograr su adecuada protección y el desarrollo de la jurisprudencia emitida en la materia, de manera que represente el estándar mínimo a partir del cual deben entenderse las obligaciones estatales en este rubro.

Como se estableció más arriba, en 2014 la Ley del ISR actualmente vigente estableció limites parciales a las deducciones de prestaciones laborales, como son los vales despensa, becas educacionales, becas deportivas, fondos de ahorro, útiles escolares, reembolso de gastos de funeral, entre otros más, lo que afecta directamente la base gravable del impuesto que tienen que pagar los empleadores que las otorgan.

Sin embrago lo que no se ha considerado es que dicha situación provoca una afectación en el orden constitucional mexicano, ya que los empleadores, a quienes un porcentaje de esas prestaciones adicionales se les está convirtiendo en un verdadero “gasto”, dejarán de contribuir al cumplimiento de determinadas aspiraciones constitucionales, como lo son la alimentación, el deporte, la educación, etcétera, pues se les está incrementando el costo al no ver atractivo dar vales de despensa, becas al deporte, becas a la educación; es decir, la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2014, al establecer el límite en las deducciones de prestaciones laborales se convirtió en una reforma regresiva en materia de derechos humanos, pues se apartó de la naturaleza extrafiscal de la política económica nacional, estableciendo solamente una política fiscal recaudatoria, ciega a las necesidades sociales.

Por ello es que nos corresponde restablecer el orden constitucional, aplicando el principio pro personay autorizar las deducciones, sin ningún límite a las prestaciones que a su vez sean ingresos exentos para los trabajadores, como son las ya mencionadas más arriba, que contribuyen al cumplimiento de fines constitucionalmente válidos de que toda persona tiene derecho a la alimentación, a la salud, a practicar algún deporte, a la educación, contemplados esencialmente en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Carta Magna.

Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

I-III. ...

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Del mismo modo, para garantizar una vida digna al momento del retiro, debe a los contribuyentes permitirse la deducción de las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en términos de la Ley.

A fin de apreciar de manera analítica la propuesta, se presenta el siguiente cuadro comparativo:

Por lo anteriormente expuesto y a fin de trabajar en beneficio de los derechos de las personas, es que se presenta la siguiente iniciativa de

Decreto que reforma el artículo 25, fracción X, primer párrafo y se deroga la fracción XXX del artículo 28

Para quedar como sigue:

Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes: (...)

X. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en los términos de esta Ley.

(...)

Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles: (...)

XXX.- Se deroga. (...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en;

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf.

Ley del Impuesto sobre la Renta, disponible en;

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf.

Ibarra Olivo, Eduardo, Estimación de la informalidad en México a nivel subnacional, 2013, CEPAL, disponible en;

https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/46789/1/S20 00736_es.pdf

Inegi, Actualización de la medición de la economía informal 203-2020, disponible en;

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ pibmed/pibmed2020.pdf INEGI, Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), disponible en;

https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/.

Tesis de jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, identificada como 1ª. J.107/2011, cuyo rubro es “Fines fiscales y extrafiscales”.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2022.– Diputado Reynel Rodríguez Muñoz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

«Iniciativa que reforma el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Karla Ayala Villalobos, integrante del Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor agregado, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El objetivo de la presente iniciativa es fomentar el turismo e inversión en nuestro país, y con esto, el incremento y mejora de la economía mexicana.

La exoneración del Impuesto al Valor Agregado para personas físicas extranjeras por un periodo corto, en ciertos servicios y productos, como lo son alimentación, hospedaje y paquetes de actividades turísticas, que sin duda, impulsarán nuestro sector turístico y económico, ya que México se encuentra ante una situación donde es necesario encontrar alternativas para que las familias mexicanas que viven del turismo cuenten con un incentivo para que su economía, y por ende su calidad de vida mejore para el 2023.

Pues bien, el impuesto al valor agregado (IVA) es una tarifa que, como su nombre lo indica, representa el valor agregado de un servicio o producto.

Este impuesto es indirecto, contrario a impuestos como el ISR. Esto se debe a que las empresas son quienes pagan el monto correspondiente directamente a las autoridades, para posteriormente cobrarlo a los usuarios o consumidores a través de sus compras.

Al año 2022, el IVA en México esta tasado en 16 por ciento del valor del producto o servicio. Solo en la franja fronteriza con los Estados Unidos la tasa se mantiene en 8 por ciento desde 2019.

Este ejercicio no es una ocurrencia, sin bases con las cuales podamos apoyarnos. Su servidora asistió en el mes de junio del 2022 al Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino) que tuvo su sede en la República de Chile, donde atestigüe el proceso mediante el cual los turistas somos exentos del pago del IVA durante nuestra estancia y en ciertos productos.

Esto debido a que el Ministerio de Economía, en conjunto con la Subsecretaria de Turismo de la República de Chile, decidieron exención del IVA, a todos los tipos de hospedaje turístico del país, argumentando que esta medida apunta a promover y fomentar el turismo y las exportaciones.

Pero así, tenemos más ejemplos en Latinoamérica, como en Nicaragua, donde en 2021 publicaron sobre la exoneración temporal del IVA para el turismo durante su festejo del aniversario 200 de su independencia, sobre ventas en establecimientos de alimentos, bebidas y hospedajes para promover más encuentros de celebración turística y por ende una mejora económica.

Otro ejemplo, en conmemoración del día Mundial del Turismo, una conferencia y cena que tuvo lugar en la Cámara Uruguaya de Turismo se comunicaron nuevas medidas de apoyo, donde la eliminación del IVA para turistas no residentes en consumos turísticos, como gastronómicos y arrendamientos de inmuebles turísticos.

Colombia, por su parte, estableció la exención del IVA en la prestación de servicios de hotelería y turismo a residentes en Colombia, incluidos el turismo de reuniones, congresos, convenciones, exhibiciones y entretenimiento, para quienes cuenten con inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo y presten sus servicios en el ejercicio de las funciones o actividades que según su ley correspondan a los prestadores de servicios turísticos. Exentos de IVA y con derecho a devolución bimestral.

Igualmente, están exentos de IVA los paquetes turísticos vendidos por hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo a las agencias operadoras, siempre que los servicios turísticos sean utilizados en el territorio nacional por residentes en el exterior.

En el Continente europeo, tenemos el Ejemplo de España, donde los extranjeros que visitan el país, que no pertenezcan a la Unión Europea, pueden solicitar la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido, que paguen en determinadas compras.

Por regla general, si un turista no residente en la Unión Europea compra un bien, puede solicitar el reintegro del IVA que se le cargue en factura.

Conocido popularmente como “Tax Free”, donde el visitante extranjero se podrá ahorrar el IVA en determinadas compras.

El turista o visitante en España tiene que pagar el IVA en la tienda, no puede hacer las compras sin pagar el IVA correspondiente. Posteriormente podrá solicitar la devolución de la cantidad pagada en la Agencia de Aduanas ubicadas en los aeropuertos al salir de España.

Solicitando al comercio o establecimiento, que le entregue el formulario DIVA Tax Free o, en caso de que el establecimiento no lo tenga, el visitante deberá solicitar factura completa.

En Francia el mismo asunto, viajeros de un Estado no miembro de la Unión Europea tiene la posibilidad de beneficiarse de la exoneración del IVA sobre mercancía comprada en Francia. Para que esto sea posible el viajero debe tener como mínimo 16 años y quedarse en Francia menos de 6 meses.

Para solicitar la devolución del IVA requieren presentar el formulario de devolución en el servicio de aduanas a la salida del territorio. Para poder solicitar el reembolso inmediato del IVA, debe presentar todos los documentos en la oficina de desgravación del aeropuerto, puerto o estación del que va a salir. De no poder hacerlo, tendrá que enviar los documentos por correo a la oficina de desgravación.

Como se puede observar en lo anteriormente expuesto, la exoneración del IVA resulta una medida por la que los gobiernos han optado para apoyar su economía, incentivando el turismo extranjero y atrayendo inversión a México.

Los países mencionados, cuentan con un sistema similar, donde son ciertos productos y servicios los que están sujetos a la devolución del IVA para visitantes extranjeros.

Este sistema, establece que es obligatorio el pago del impuesto para todos, pero los visitantes extranjeros al salir del territorio del país que visitan, pueden pasar a la oficina de aduanas, misma que solicita el llenado de un formulario, así como ciertos papeles que avalen sus compras y el pago del impuesto que posteriormente será devuelto.

México es un país con un fuerte potencial turístico, el cual recibió a cerca de 10.26 millones de visitantes en el primer semestre de este 2022.

Con lo cual, ha representado la recuperación gradual de nuestro sector turístico, lo que refleja un incremento importante en el gasto promedio por turista, el cual en 2021 promedió 357.9 dólares y 215.1 dólares en 2020, tendencia que se mantiene hasta mayo de 2022 con 449.1 dólares . Lo que genera un ingreso de 25 mil 370 millones de dólares, 5 mil 574 millones de dólares más que lo estimado en 2021, con crecimiento de 28.2 por ciento.

El primer trimestre de 2022 confirma esta tendencia al arrojar incrementos superiores a 50 por ciento en los viajes internacionales respecto al primer trimestre de 2021.

Durante la pandemia, la Organización Mundial del Turismo clasificó a México como uno de los países más vulnerables y que podrían verse afectados, ya que el peso que el turismo tiene en la economía es de 8.5 por ciento.

En comparativa respecto a 2019, 2020 y 2021, podemos comparar nuestro último año fuerte y los 2 últimos años de recuperación que ha tenido México en el sector turístico.

• Al cierre de 2021, se presentó un arribo de 31 millones de turistas internacionales, 28.1 por ciento más que en 2020 y 46.1 por ciento menos que en 2019; y 18 mil 428 millones de dólares de derrama económica, 67.6 por ciento superior a 2020 y 55.3 por ciento menos que en 2019.

• La ocupación hotelera promedio anual fue del 45.9 por ciento, 19.9 puntos porcentuales por arriba del 2020 y 34.2 puntos por debajo del 2019.

• El consumo por hospedaje se calcula sea del orden de los 12 mil 266 millones de dólares, esto es 12.1 por ciento más que lo alcanzado en 2020 y 33.8 por ciento inferior a lo registrado en 2019.

• En tanto que el consumo turístico fue de 127 mil 142 millones de dólares en 2021, es decir, 9.4 por ciento superior a lo registrado en 2020 y 33.8 por ciento por debajo de lo obtenido en 2019.

• En cuanto a la participación del Producto Interno Bruto (PIB) turístico en la economía nacional, dijo que se prevé sea del 7.1 por ciento, cuando en 2020 fue del 6.7 por ciento y en 2019 del 8.6 por ciento. Para este año 2022 la previsión es que llegue al 8.3 por ciento, poco menos que en 2019.

La actividad turística en México, de septiembre de 2021 a mayo de 2022 comparada con el mismo periodo previo 2020-2021, arroja los siguientes resultados:

• La llegada al país de 26.4 millones de turistas internacionales, cifra que representó un aumento de 36.6 por ciento.

• El ingreso de divisas por visitante internacional que muestra un crecimiento de 107.9 por ciento anual, al totalizar 19 mil 370 millones de dólares.

• El monitoreo hotelero de 70 destinos arrojó una ocupación promedio de 51.9 por ciento de septiembre 2021 a mayo de 2022, esto es 21.8 puntos porcentuales por encima de lo observado en el periodo 2020-2021

• El consumo turístico presentó un incremento de 13.2 por ciento respecto de 2021, para alcanzar la cifra de 151 mil 69 millones de dólares. El consumo de hospedaje se estima en 13 mil 755 millones de dólares, con incremento del 17.5 por ciento.

• La llegada de turistas internacionales a México prevé la llegada de 42.1 millones de turistas internacionales, 10.2 millones más que lo registrado en 2021, con un incremento de 32.1 por ciento.

Como podemos observar, el paso de recuperación que hemos tenido posterior a 2020, que fue el año que la pandemia ocasionó fuertes golpes a nuestra economía, ha sido creciente, mas no suficiente, para recuperar los ingresos y empleo que generaba el sector turístico respecto al 2019 que el último año que se vivió con “normalidad”.

Como nos muestra el Informe de la Secretaria de Turismo que presento este 2022, la población empleada en el sector turístico durante el primer trimestre de 2022 ascendió a 4.4 millones de personas, lo que representó 8.6 por ciento del empleo nacional en el periodo de enero a marzo de 2022, lo que nos muestra el gran ingreso que presenta el turismo para nuestras familias mexicanas.

Esta medida propuesta, así como puede ser un incentivo para el turismo extranjero, bien será un apoyo para todas las familias mexicanas que viven de las actividades que nuestras diversas zonas turísticas ofrecen.

Ya que, al fomentar y atraer más turismo extranjero a nuestro país, así como el turismo nacional que es muy constante, ocasionaremos una mejora economía en nuestras diversas y vastas zonas turísticas con las que cuenta nuestro país.

México, cuenta con un Registro Nacional de Turismo, con el cual, al igual que los países que llevan a cabo este ejercicio, ya que es un instrumento, en donde es posible encontrar a los prestadores de servicios turísticos para poder operar en el país de acuerdo a la ley.

El Registro Nacional de Turismo, es el catálogo público de prestadores de servicios turísticos en el país, el cual constituye el mecanismo por el que el Ejecutivo federal, los estados y municipios, podrán contar con información sobre los prestadores de servicios turísticos a nivel nacional, con objeto de conocer mejor el mercado turístico y establecer comunicación con las empresas cuando se requiera. Los cuales cuentan con ciertos requisitos establecidos en su convocatoria para ser legalmente registrados.

Siendo así, un mecanismo con el que México cuenta actualmente, y con el cual se hará uso para cumplir con este ejercicio, ya que se encuentra en funcionamiento y con la capacidad de adecuar el sistema esta nueva alternativa para el bienestar de México.

Ejemplificando así, que solo en la Ciudad de México actualmente el Registro Nacional de Turismo cuenta con mil 402 agencias de viaje registradas y reguladas debidamente como la ley lo establece.

El llevar a cabo esta alternativa en pro del sector turístico mexicano, las oficinas que se requieren para el funcionamiento ya se encuentran establecidas, por lo que no requiere de la creación de alguna dirección o área, sino de adecuar las actualmente existentes para la atención de quien solicite esta excepción.

La exención del IVA en alimentos, hospedajes y paquetes turísticos para personas físicas con residencia en otro país.

La forma en la que se puede hacer la exención, bien puede ser igual al de los países que actualmente lo ejercen, mediante la presentación de una identificación como el pasaporte, que verifique su residencia fuera del país o su corta estancia en el país, un formulario para proporcionar los datos necesarios, así, como los tickets y/o facturas para corroborar el pago del impuesto que posteriormente será debidamente devuelto. Hay que recalcar, que es necesario el pago del IVA, y a su salida del país, es donde se hará el proceso para la devolución del impuesto.

En el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, continuamos en búsqueda de alternativas para que las familias mexicanas incrementen su calidad de vida, fomentamos el incentivo turístico en pro de la economía de las y los mexicanos que viven de este sector, pues resulta fundamental generar alternativas para mejorar la economía.

Como se ha mencionado, la exoneración del IVA ha sido y sigue siendo, una opción para la atracción de inversión, ingresos y turismo a los países que ejercen esta alternativa, ya que es limitado en tiempo, así como en productos y servicios.

Los países que lo han llevado a cabo nos han dado un ejemplo y alternativa para seguir tomando cartas en el asunto y ejercer acciones por el bien de las y los mexicanos, por el bien de nuestra economía y por un sector turístico que presente para nuestro sector turístico, y a quienes viven de él, las oportunidades de trabajo, comercio y emprendimiento que generaba para garantizar ingresos en miles de familias mexicanas a lo largo y ancho de nuestro país.

Por lo expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente:

Propuesta

Proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Primero. Se modifica el artículo 1o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para quedar como sigue:

Artículo 1o.-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

I. a IV. ...

...

No efectuarán la retención a que se refiere este artículo las personas físicas extranjeras que residan temporalmente en el país, en hospedaje, alimentación y paquetes de actividades turísticas, por un periodo vacacional o de trabajo que no rebase 30 días naturales.

...

...

...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará 160 días naturales posterior a la entrada en vigor del presente decreto, el formulario y el debido proceso en el que se llevará a cabo el presente ejercicio de manera física y digital en todo el territorio nacional.

Referencias

http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=74

https://drive.google.com/file/d/1nil9mYi7azYbJ1Av73IWn1tJSGK4z8E G/view

https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/reportes-sobre -las-economias-regionales/recuadros/%7BD4778592-D181-F82B-DF53-958D1E9A32D6%7D. pdf

https://www.gob.mx/sectur/prensa/en-mexico-la-industria-del-turi smo-se-mantiene-en-franca-recuperacion?idiom=es

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2022.– Diputada Karla Ayala Villalobos (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos, a cargo del diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa, del Grupo Parlamentario del PRI

Eduardo Enrique Murat Hinojosa, diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Institucional, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, numerales 1 y 4, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Congreso de la Unión, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos, al tenor de la siguiente:

1. Exposición de Motivos

La Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CNULD) se creóen 1994 como fruto de los esfuerzos por detener la degradación de la tierra. Su objetivo consiste en “luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía en los países afectados por sequía grave o desertificación”. La CNULD constituye el único acuerdo internacional legalmente vinculante que relaciona el medio ambiente y el desarrollo con la gestión sostenible de la tierra. Su rango de acción cubre las zonas áridas, semiáridas, secas y subhúmedas, donde se encuentran algunos de los ecosistemas y poblaciones más vulnerables.

En 1995, México ratificó la CNULD y, desde entonces, ha implementado diferentes acciones de política de conservación de suelos, tanto a nivel nacional como en sus estados. Sin embargo, es necesario que el actual marco legal se actualice y fortalezca para hacer frente a los problemas que genera la acelerada degradación de suelo que enfrentamos, no sólo como país, sino como humanidad.

Desde el inicio de mi labor como legislador, he impulsado acciones integrales y sistémicas con el objetivo de cuidar y proteger el medio ambiente. En este contexto, el manejo sustentable de las tierras es uno de los subsistemas del planeta, como los océanos y la atmósfera, que tiene gran impacto no sólo en la salud del planeta, sino en la salud y calidad de vida de las generaciones presentes y futuras. Por ello, a unos meses de la celebración de la COP-15 de la CNULD, que se llevó a cabo en la ciudad de Abiyán, Costa de Marfil, del 9 al 20 de mayo de 2022, considero necesario presentar esta iniciativa e invitar a mis compañeras y compañeros legisladores a que la analicen y voten a favor, ya que, como se discutió en dicha COP, es más que urgente implementar acciones conjuntas y transversales en los temas de cambio, biodiversidad y manejo sustentable de los suelos. Así, con el tema “Tierra. Vida. Legado: De la escasez a la prosperidad”, la COP-15, fue un llamado a la acción para garantizar que la tierra, que es el sustento de este planeta, siga beneficiando a las generaciones presentes y futuras.

En dicha COP, entre otras decisiones, se acordó integrar el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 15 y la meta conexa 15.3 en la aplicación de la CNULD y la neutralidad de la degradación de la tierra, los que señalan lo siguiente:

Esto es importante porque, a pesar de que el marco jurídico e institucional mexicano cuenta con diversas disposiciones para prevenir, conservar y proteger los suelos, como se explicará más adelante, definiciones técnico-legales como el de neutralidad de la degradación de las tierras (NDT) y manejo sustentable de la tierra, son necesarios para alinear las políticas públicas de conservación de suelo a las de biodiversidad y cambio climático. Así, la presente iniciativa que tiene como como principales objetivos:

i Actualizar el marco legal nacional para incluir las disposiciones de política pública subnacionales a las que México se ha comprometido en el marco de la CNULD.

ii. Fortalecer y dar continuidad a la política de manejo sustentable de las tierras.

iii. Inclusión de definiciones de política de suelos tanto de los instrumentos de planeación nacional (Estrategia Nacional de Manejo Sustentable de Tierras) como de experiencias a nivel local (Ley para la Conservación y Restauración de Tierras del estado de Michoacán de Ocampo).

iv. Incluir disposiciones de política pública de suelos que se puedan vincular a la de cambio climático con base en lo acordado en la COP-15 de la CNULD del 9 al 20 de mayo de 2022, tales como el concepto de Neutralidad de la Degradación de las Tierras.

Dichas acciones son necesarias ya que la degradación de los suelos, también llamada desertificación, es uno de los grandes problemas ambientales a los que nos enfrentamos como humanidad. Empero, también es de los problemas que la mayoría de la población, y peor aún, las autoridades y tomadores de decisiones, nunca han oído hablar de esta cuestión o desconoce la dimensión del problema.

Al igual que otros problemas ambientales como la pérdida de la biodiversidad y el cambio climático, la desertificación es un proceso complejo y su magnitud depende tanto de los factores ambientales como de las actividades humanas. Las principales causas de la desertificación se deben al cambio de uso de suelo por las prácticas no sustentables en el sector agrícola, pecuario, hídrico, entre otros. Asimismo, La desertificación tiene graves consecuencias financieras y sociales que incluyen pérdidas económicas directas, mayores riesgos para la salud y la seguridad y una menor productividad agrícola, como se explicará a continuación:

II. Planteamiento del problema

De acuerdo con los informes nacionales presentados por la CNULD se estima que en promedio 20 por ciento del suelo mundial está degradado en cierta medida. Esta estimación representa casi 30 millones de kilómetros cuadrados, un área similar al tamaño del continente africano.

A nivel mundial, el número y la duración de las sequías ha aumentado en 29 por ciento desde 2000, en comparación con las dos décadas anteriores. Se calcula que de seguir esta tendencia, para 2040, uno de cada cuatro niños del orbe podría vivir en áreas con escasez extrema de agua, lo que indicaría que estamos amenazando su futuro.

La sequía es mortal, ya que desde 1970 y hasta 2019, este fenómeno ha provocado pérdidas humanas por un total de aproximadamente 650 mil personas. De las que, 9 de cada 10 se produjeron en los países en desarrollo. En los últimos 40 años, alrededor de 12 millones de hectáreas de tierra se perdieron cada año, debido a la sequía y la desertificación.

Un tercio de las emisiones globales de dióxido de carbono, se compensa con la absorción de carbono por parte de los ecosistemas terrestres, sin embargo, esta capacidad es muy sensible a las sequías.

Lamentablemente, la situación en México no es distinta: de acuerdo a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de (Semarnat), 26 por ciento del territorio nacional está en proceso de desertificación, en tanto que un poco más de 58 por ciento de la población total vive en zonas áridas. Asimismo, se proyecta que la degradación del suelo afectará aproximadamente a 43.56 millones de hectáreas, es decir, 43 por ciento de las tierras secas, lo que equivale a 22.17 por ciento del territorio nacional, como se puede observar en la Figura 1.

Del total de tierras secas que presentan degradación del suelo, 5 por ciento son áridas, 61.2 por ciento son semiáridas y 33.8 por ciento son subhúmedas secas. Sin embargo, cuando se examina la proporción afectada con respecto a la superficie que ocupa cada uno de esos tipos de tierras secas, las subhúmedas secas son las más afectadas (55 por ciento), seguidas de las semiáridas (45.3 por ciento) y al final las áridas (13.8 por ciento).

Es imperativo que, desde el Poder Legislativo, se actualice e incluyan disposiciones de la CNULD para aplicar estrategias integradas a corto, mediano y largo plazo, no tenemos tiempo que perder. Lamentablemente el problema de degradación de suelos y su impacto ambiental e hídrico ya es un hecho en nuestro país, así con fecha de 12 de julio de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022, en el que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) señala que:

Con base en los resultados de los análisis y dictámenes realizados... a través del Monitor de Sequía de México..., se emite el presente Acuerdo de Carácter General de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía, en virtud de que a la fecha se ha determinado en diversas cuencas del país, la condición de este fenómeno natural en sus modalidades de severa, extrema o excepcional...

Y por lo tanto, señala como medidas transitorias, la “...limitación temporal a los derechos de agua existentes, a través de la reducción provisional de volúmenes a los usuarios de las cuencas que se encuentren en condición de sequía severa, extrema o excepcional, a fin de abastecer agua para uso doméstico y público urbano a las poblaciones que se encuentren sin este recurso natural por efecto de dicho fenómeno...”.

Por lo anterior, considero fundamental que se reformen y adicionen disposiciones en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS), como se explicará más adelante, ya que dicha ley actualmente contiene disposiciones expresas en materia de la conservación de suelos y crea, dentro de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable (CIDRS), el Sistema Nacional de Lucha contra la Desertificación de los Recursos Naturales (Sinades).

III. Argumentos que sustentan la presente iniciativa

III.1. Marco legal internacional y nacional

Como se mencionó, México ratificó su adhesión el 3 de abril de 1995, con lo que este instrumento internacional jurídicamente vinculante pasó a formar parte del marco legislativo nacional. Por lo tanto, también ha sido parte de las COP que se han llevado a cabo. Sin embargo, cabe mencionar que nuestro país es pionero en el tema y desde 1970 se creó la Comisión Nacional de las Zonas Áridas (Conaza), la cual ha tenido diferentes transformaciones con el objetivo de implementar diferentes políticas de conservación de suelos.

Esto es importante porque, desde su nombre, la Conaza responde a los problemas y estado del conocimiento de dicha época, ya que en ese momento se hablaba de “promoción del desarrollo en las zonas áridas”, después de “lucha contra la desertificación”, así como la “degradación de las tierras” y, actualmente, de “manejo sustentable de las tierras”.

Además, cuando México asumió la responsabilidad de aplicar los mandatos de la CNULD, contaba ya con un diagnóstico global sobre la desertificación en el país y había elaborado su “Plan de Acción de Combate a la Desertificación” que involucró a diferentes actores de la sociedad, reflejando la alta prioridad que para el país tiene este tema.

Por lo tanto, esta iniciativa reconoce los esfuerzos nacionales y estatales de política pública y legislativas con el objetivo de fortalecer la LDRS, dentro de las que destacan las siguientes:

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución)

Los artículos 25 y 27 de la Constitución conceptualizan la manera en la que el Estado, es el propietario original de la tierra (artículo 27) y la rectoría del Estado en el desarrollo nacional para que sea “integral y sustentable”, mediante “la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales” (artículo 25).

• LDRS

Dicha ley es reglamentaria del artículo 27 constitucional y tiene como objetivo “la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, y de los demás bienes y servicios, y todas aquellas acciones tendientes a la elevación de la calidad de vida de la población rural...” (artículo 1o).

Asimismo, como se mencionó, dicha ley crea el Sinades que es el órgano de coordinación para la suma de esfuerzos contra la desertificación y con ello se presentan renovadas oportunidades para extender y profundizar la comprensión y medidas respecto a la degradación de tierras.

• Estrategia Nacional de Manejo Sustentable de Tierras (Estrategia)

Elaborada por el Sinades, con el objetivo de “Fomentar el manejo sustentable de tierras, en todos los ecosistemas del país, mediante la coordinación y concurrencia ordenada de acciones, programas y recursos de los tres órdenes de gobierno, y la participación de diversos sectores de la sociedad.

• Programa Nacional Manejo Sustentable de Tierras (PNMST)

Elaborado por el Sinades, cuyos objetivos generales son; “1. Coordinar acciones de atención directa a tierras agrícolas, pecuarias y forestales; 2. Facilitar la rehabilitación de tierras degradadas; 3. Fomentar la conservación de tierras de uso agrícola, ganadero y forestal; 4. Facilitar la interacción con estrategias nacionales contra el cambio climático y la protección a la biodiversidad; y 5. Articular esfuerzos de los tres órdenes de gobierno en proyectos estratégicos regionales”.

A pesar de que el PNMST se quedó como un documento de trabajo, se debe de reconocer el gran trabajo que se hizo desde el Poder Ejecutivo en miras de elaborar un documento que facilite que México cumpla con sus responsabilidades de en el marco de la CNULD y con un enfoque transversal que incluye biodiversidad y cambio climático. Por ello, considero que las reformas que se proponen en la presente iniciativa, ayudarán al trabajo del Sinades y de las autoridades encargadas de la política de conservación de suelos. https://www.gob.mx/semarnat/documentos/programa-nacional-manejo-sustentable-de- tierras

• Inventario Nacional Forestal y de Suelos (INFS)

Regulado en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, tiene como objetivo “realizar el monitoreo y caracterización de los recursos forestales, así como proporcionar información basada en datos de campo, que se registran mediante un muestreo sistemático abarcando todos los ecosistemas presentes en el país”.

• Ley para la Conservación y Restauración de Tierras del Estado de Michoacán de Ocampo (LCRTEMO)

Con base en el análisis exhaustivo que se realizó del marco jurídico nacional y estatal, se identificó la LCRTEMO que, en ejercicio de sus atribuciones y competencias, el estado de Michoacán tiene una ley única cuyo objetivo es implementar las acciones de la CNULD. Así, esta iniciativa retoma principalmente definiciones que se consideran clave para la aplicación de la CNULD y que deberían de ser homogéneas a nivel nacional.

Finalmente, como se puede apreciar, existen diversas disposiciones en el marco legal y de política pública que permiten que nuestro país realice acciones a favor de la conservación de los suelos. A pesar de que las acciones de política pública tienen potencial de coordinarse con la política de cambio climático e incluir, dentro de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) metas voluntarias de neutralidad de la conservación de las tierras (NDS) para cumplir con los compromisos de mitigación a las que México se comprometió.

III.2. Propuesta de reformas y adiciones

Las propuestas de adición y reforma a LGDFS de la presente iniciativa, tienen como eje rector fortalecer y actualizar el marco legal para facilitar a las autoridades competentes, la realización de acciones de planeación, prevención, conservación y restauración de las tierras degradadas. Como se ha mencionado, en materia de desertificación, nuestro país no se ha quedado atrás. Sin embargo, es necesario que se incluyan principalmente las definiciones de manejo sustentables de las tierras y neutralidad de la degradación de las tierras, ya que la degradación del suelo está reduciendo todo tipo de recursos disponibles, haciéndonos menos resistentes y más vulnerables a los impactos del cambio climático, lo que lamentablemente va a afectar a la población más vulnerable.

i. Ampliación expresa del objeto de la LDRS

Aunque la LDRS ya contiene disposiciones sobre desertificación, se incluye CNULD, siguiendo como ejemplo lo señalado en la Ley General de Cambio Climático (LGCC) respecto al Acuerdo de París y tomando como ejemplo la LCRTEMO.

IV. Inclusión de definiciones clave para el fortalecimiento y actualización de la LDFS y de la LGDFS

Se propone añadir diversas definiciones (art. 3 de la LDRS) que se retoman de la LCRTEMO, de la Estrategia y de la CNULD como las de: degradación de las tierras, erosión, restauración de las tierras, suelo y tierra.

Respecto a la LGDFS (artículo 7), se propone añadir la definición de neutralidad de la degradación de la tierras y señalar que el INFyS, como actualmente lo hace, también incluirá la política de conservación de suelos. Esto último es importante porque se espera que sirva de línea base para medición de la neutralidad de la degradación de las tierras.

Particularmente destacan dos definiciones que a lo largo de la iniciativa se incluyen en diversos artículos y que son las que actualizan y fortalecen las leyes de desarrollo rural y forestal: el manejo sustentable de las tierras y la Neutralidad de la degradación de la tierra (NDT). Respecto al primero, se retoma la definición de la Estrategia, la cual lo considera como:

Manejo sustentable de tierras al sistema de prácticas de gestión de los recursos naturales terrestres para aprovechar, conservar, restaurar y mejorar su estructura, funcionalidad y productividad ecosistémica y económica, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Dicho sistema comprende la implementación de técnicas y las condiciones necesarias que hacen posible su aplicación y tiene lugar en territorios donde confluyen determinaciones sociales, culturales y económicas, rurales y urbanas.

Como se puede ver, esta definición tiene una visión más sustentable respecto al manejo de los suelos y su relación con el medio ambiente y la productividad económica, por lo que da más campo de acción al momento de que se instrumentalice como una estrategia o un programa (como está actualmente). Así, se incluye en los artículos 4, 5, 32, 37 y 55 de la LDRS.

Neutralidad en la degradación de la tierras (NDT)

Este concepto legal-técnico es la base de la presente iniciativa y se remonta a a la Convención de Río+20 como “degradación neta cero de las tierras”, la cual fue evolucionando y convirtiéndose en una meta u objetivo de los países y a nivel global. Se define como “una situación en que la cantidad y la calidad de los recursos de tierras necesarios para sustentar las funciones y los servicios de los ecosistemas e incrementar la seguridad alimentaria, se mantienen estables o aumentan en los ecosistemas y las escalas temporales y espaciales de que se trate”.

Su importancia radica en que, a diferencia de los enfoques anteriores, plantea un nuevo paradigma en donde se contrapesa las pérdidas esperadas de tierra productiva con la restauración de áreas degradadas. Alienta la restauración de tierras degradadas en el mismo lugar físico donde se espera que ocurra una nueva degradación. Dicho de otra manera, pone las medidas para conservar, restaurar y rehabilitar la tierra en el contexto de la planificación del uso de la tierra. El objetivo es que las pérdidas se equilibren con ganancias, a fin de lograr una posición de no pérdida neta de tierras sanas y productivas.

Esta meta u objetivo se alcanzaría de la siguiente manera: (a) gestionando la tierra de manera más sostenible, lo que reduciría la tasa de degradación; y (b) incrementando la tasa de restauración de tierra degradada, de manera que se redujera a cero la degradación neta de la tierra. La NDT se considera un concepto científico-legal híbrido que ahora se redefine en procesos paralelos, de manera que los análisis científicos llevan a descubrimientos que ayudan a los legisladores.

Como se mencionó, la NDT está integrada también en los ODS, específicamente en la meta 15.3. Los objetivos de las NDT son:

• Mantener o mejorar los servicios de los ecosistemas;

• Mantener o mejorar la productividad, a fin de mejorar la seguridad alimentaria;

• Aumentar la resiliencia de la tierra y las poblaciones dependientes de la tierra;

• Buscar sinergias con otros objetivos medioambientales;

• Reforzar la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra.

Es importante señalar que, para poder medir las NDT, es necesario una línea base que, por lo menos considere los siguientes indicadores:

• tendencias en la cubierta de la tierra (cubierta vegetal de la tierra);

• tendencias en la productividad o el funcionamiento de la tierra (dinámicas de la productividad de la tierra); y

• tendencias de las reservas de carbono en la superficie y en el suelo (reserva de carbono orgánico del suelo).

Esta iniciativa propone la reformar de la LGDFS con el objetivo de que en el INFyS se consideren dichos indicadores y se pueda vincular las NDT a las NDC. Otro punto de convergencia entre cambio climático y desertificación, es el almacenamiento de carbono en los suelos forestales, de pastoreo y agrícolas, producto del manejo de esas tierras; además algunas prácticas de manejo de residuos y de fertilidad inciden sustancialmente en el balance de carbono atmosférico y podrían significar cantidades iguales o mayores que las reconocidas actualmente.

En octubre de 2015, se invitó a los países Partes de la CNULD a “formular metas voluntarias para lograr la NDT de acuerdo con sus circunstancias nacionales específicas y prioridades de desarrollo, teniendo en cuenta la lista de opciones para hacer operativa la NDT a nivel nacional”. Al respecto, a continuación, se enlistan los países que ya incluyeron en sus NDC la neutralidad de la degradación de la tierra:

• Chile:

https://redd.unfccc.int/uploads/4833_6_reporte_ldn__282ene2018_ 29_-_vfpc.pdf

• República de Guinea Ecuatorial:

https://www.unccd.int/sites/default/files/ldn_targets/Equatoria l%20Guinea%20LDN%20Country%20Commitments.pdf

• Paraguay:

https://www.unccd.int/sites/default/files/ldn_targets/2020-12/P araguay_LDN%20TSP%20Final%20Report%20%28Spanish%29.pdf

• Cuba:

https://periodismodebarrio.org/2021/12/metas-de-cuba-para-la-ne utralidad-en-la-degradacion-de-las-tierras-explicadas/

México es uno de los países que no ha elaborado sus NDT voluntarias, a pesar de que tiene la infraestructura institucional y de política pública para hacerlo, por eso, desde el Poder Legislativo debemos asumir nuestra responsabilidad y contribuir a la conservación de los suelos, así con esta iniciativa se busca lograr eliminar loso vacíos y barreras legales para apoyar las acciones que se han llevado a cabo desde la administración pública federal y de los estados.

Proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos

Único. Se añaden las fracciones XII Bis, XIV Bis, XVII Bis, XIX Bis 1, XIX Bis 2, XXVI Bis, XXXIII Bis y XXXIII Bis 1 del artículo 3o; y la fracción VI del artículo 5o; y se reforman el segundo párrafo del artículo 1o; el artículo 4o, las fracciones IV y V del artículo 5o; el artículo 11, la fracción IX del artículo 15, la fracción XIII del artículo 32, las fracciones XVI y XVII del artículo 37, y las fracciones III y V del artículo 55 de la Ley de Desarrollo Rural Sostenible, para quedar como sigue:

Artículo 1o. ...

Sus disposiciones son de orden público y están dirigidas a: promover el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado, en los términos del párrafo 4o. del artículo 4o.; y garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción de la equidad, en los términos del artículo 25 de la Constitución; así como aplicar las disposiciones establecidas en la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación y la Degradación de las Tierras.

...

Artículo 3o. ...

I. a XII. ...

XIII. a XIV. ...

XIV Bis. Degradación de tierras: Procesos que disminuyen la capacidad presente o futura para producir bienes y sustentar la vida, en los términos que establezca el Inventario Nacional de las Tierras;

XV. a XVII. ...

XVII Bis. Erosión: Proceso que se refiere al empobrecimiento de las tierras debido al desprendimiento y arrastre de partículas;

XVIII. a XIX Bis. ...

XIX Bis 1. Manejo sustentable de las tierras: Sistema de prácticas de gestión de los recursos naturales terrestres para aprovechar, conservar, restaurar y mejorar su estructura, funcionalidad y productividad ecosistémica y económica, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. Dicho sistema comprende la implementación de técnicas y las condiciones necesarias que hacen posible su aplicación y tiene lugar en territorios donde confluyen determinaciones sociales, culturales y económicas, rurales y urbanas.

XIX Bis 2. Neutralidad de la degradación de las tierras o NDT: situación en que la cantidad y la calidad de los recursos de tierras necesarios para sustentar las funciones y los servicios de los ecosistemas e incrementar la seguridad alimentaria se mantienen estables o aumentan en los ecosistemas y las escalas temporales y espaciales de que se trate.

XX. a XXVI. ...

XXVI Bis. Restauración de las tierras: Las actividades tendientes a la recuperación y el restablecimiento de la capacidad productiva y de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales de las tierras degradadas, hasta niveles que impiden o limitan severamente su uso productivo;

XXVII. a XXXIII. ...

XXXIII Bis. Suelo: Conjunto sistémico y dinámico de elementos físicos, químicos y bióticos capaces de sostener a las plantas y soportar la producción vegetal;

XXXIII Bis 1. Tierra: El sistema bioproductivo terrestre que comprende el suelo, la vegetación, otros componentes de la biosfera y los procesos ecológicos e hidrológicos que se desarrollan dentro del sistema; así como los acondicionamientos de los terrenos, la cubierta forestal y la infraestructura desarrollada en los terrenos rurales;

Artículo 4o. Para lograr el desarrollo rural sustentable el Estado, con el concurso de los diversos agentes organizados, impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales y orientándose a la diversificación de la actividad productiva en el campo, incluida la no agrícola, a elevar la productividad, la rentabilidad, la competitividad, el ingreso y el empleo de la población rural ; así como el manejo sustentable de las tierras.

Artículo 5o. En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, municipales y los distritos territoriales de la Ciudad de México, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos:

I. a III. ...

IV. Fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable ;

V. Valorar las diversas funciones económicas, ambientales, sociales y culturales de las diferentes manifestaciones de la agricultura nacional ; y

VI. Promover las acciones de manejo sustentable de las tierras.

Artículo 11. Las acciones para el desarrollo rural sustentable mediante obras de infraestructura y de fomento de las actividades económicas y de generación de bienes y servicios dentro de todas las cadenas productivas en el medio rural, se realizarán conforme a criterios de preservación, restauración, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la biodiversidad; manejo sustentable de las tierras; mitigación y adaptación al cambio climático; así como prevención y mitigación del impacto ambiental.

Artículo 15. ...

I. a VIII. ...

IX. Cuidado al medio ambiente rural, la sustentabilidad de las actividades socioeconómicas en el campo y a la producción de servicios ambientales para la sociedad; así como las acciones y metas de la neutralidad de la degradación de las tierras;

X. a XIX. ...

Artículo 32. ...

...

...

I. a XII. ...

XIII. El manejo sustentable de las tierras y demás recursos naturales; y

XIV. ...

Artículo 37. ...

I. a XV. ...

XVI. Desarrollar formas de manejo sustentable de las tierras, que incrementen los servicios ambientales y la productividad de manera sustentable;

XVII. Propiciar información y criterios confiables sobre el estado de los recursos naturales y los procesos que lo determinan, así como las bases para la construcción de los indicadores correspondientes para lograr la neutralidad de la degradación de las tierras; y

XVIII. ...

Artículo 55. ...

I. a II. ...

III. Fomentar manejo sustentable de las tierras de acuerdo con las condiciones agroambientales, y disponibilidad de agua y otros elementos para la producción;

IV. ...

V. Reorientar el uso del suelo con base en la neutralidad de la degradación de las tierras;

VI. a IX. ...

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural deberá incluir en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable 2025-2030 las acciones y metas de la neutralidad de la degradación de las tierras.

Tercero. El Ejecutivo federal, dentro de un plazo no mayor a 180 días naturales, deberá armonizar el Reglamento de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en materia de Organismos, Instancias de Representacion, Sistemas y Servicios Especializados para incluir las disposiciones necesarias para la implementación de la neutralidad de la degradación de la tierra.

Notas

1 Naciones Unidas. Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación, ver:

https://observatoriop10.cepal.org/sites/default/files/documents/ treaties/unccd_sp.pdf

2 CNULD. Report of the Conference of the Parties on its fifteenth session, held in Abidjan, Côte d’Ivoire, from 9 to 20 May 2022. Conference of the Parties. Ver:

https://www.unccd.int/sites/default/files/2022-06/cop23add1-adva nce.pdf

3 Ghrefat, Habes. Causes, impacts, extent, and control of desertification. Sand Dunes: Conservation, Types and Desertification. Ver:

https://www.researchgate.net/publication/287849029_Causes_impact s_extent_and_control_of_desertification

4 CNULD. COP decisions. Ver:

https://www.unccd.int/convention/cop-decisions

5 Semarnat. Algunos datos que debemos conocer sobre la desertificación y sequía. Ver:

https://www.gob.mx/siap/articulos/algunos-datos-que-debemos-cono cer-sobre-la-desertificacion-y-sequia

6 Semarnat. Ibídem.

7 Semarnat. Ibídem.

8 Semarnat. Ibídem.

9 Semarnat. Ibídem.

10 DOF. Ver:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5657697&fecha=12/ 07/2022#gsc.tab=0

11 DOF. Ibidem.

12 Semarnat. Estrategia Nacional de Manejo Sustentable de Tierras. Ver:

https://www.ccmss.org.mx/wp-content/uploads/2014/10/Estrategia_N acional_de_Manejo_Sustentable_de_Tierras.pdf

13 Semarnat. Estrategia Nacional de Manejo Sustentable de Tierras. Ver:

https://www.ccmss.org.mx/wp-content/uploads/2014/10/Estrategia_N acional_de_Manejo_Sustentable_de_Tierras.pdf

14 Semarnat. Programa Nacional Manejo Sustentable de Tierras (documento de trabajo). Ver:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/31167/pnacdd.pdf

15 Conafor. Inventario Nacional Forestal y de Suelos. Ver:

https://snmf.cnf.gob.mx/infys/

16 Semarnat. Estrategia Nacional de Manejo Sustentable de Tierras. Obra citada.

17 Decisión 3/COP.12, CNULD, 20154; CNULD, 2016.

18 Unidad de Cambio Climático y Servicios Ambientales (UCCSA), Gerencia de Desarrollo y Fomento Forestal (GEDEFF), Corporación Nacional Forestal (CONAF). Reporte de Neutralidad en la Degradación de las Tierras (NDT) ante la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación (CNULD). Estrategia Nacional de Cambio Climático y Recursos Vegetacionales (2017-2025) de Chile. Ver:

https://redd.unfccc.int/uploads/4833_6_reporte_ldn__282ene2018_2 9_-_vfpc.pdf

19 Grainger, A. 2014. Is Land Degradation Neutrality feasible in dry areas?. Ver:

http://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S01401963140012 93

20 Grainger, A. 2010. Reducing uncertainty about hybrid lay-scientific concepts. Ver:

http://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S18773435100009 77

21 CNULD. Land in Balance. The Scientific Conceptual Framework for Land Degradation Neutrality. Ver:

http://www2.unccd.int/sites/default/files/relevant-links/2017-01 /18102016_Spi_pb_multipage_ENG_1.pdf

22 Víctor Castillo. La aplicación del concepto de neutralidad en la degradación de la tierra. Ver:

https://www.youtube.com/watch?v=qIT6OdImCQo

23 Global Mechanism of the UNCCD. 2019. Land Degradation Neutrality Target Setting: Initial findings and lessons learned. Ver:

https://catalogue.unccd.int/1217_newLDN_TSP_Initial_Findings_191 108.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 15 de noviembre de 2022.– Diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma los artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Karla Ayala Villalobos, integrante del Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Como nos menciona nuestra Carta Magna en el artículo 34, fracción primera, son ciudadanos y ciudadanas de la República, teniendo la calidad de mexicanos/as, al haber cumplido 18 años.

De tal forma que, el artículo 35 constitucional, fracción segunda, nos menciona nuestro derecho como ciudadanía para ser votado para los cargos de elección popular, ya sea mediante un partido o por la vía independiente.

“II. Poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;”

Aquí es donde podemos observar una circunstancia que limita nuestro derecho como ciudadanía, puesto que podemos ejercer nuestro derecho al voto a partir de los 18 años, como nos marca la constitución, sin embargo, las y los jóvenes de 18, 19 y 20 años, se ven envueltos en una limitante, puesto que, su derecho a ser votadas y votados en mismas circunstancias que el resto de mexicanas y mexicanos queda fuera de sus posibilidades.

El que la edad de mínima para ser diputado o diputada es de 21 años, para senador o senadora de 25 años, los convierte en ciudadanos que son ocupados meramente para votar, ya que la Constitución les niega el derecho para asumir una responsabilidad pública.

Este grupo de la población mexicana, se ve en una situación donde únicamente cuentan con la capacidad de goce, pero sin la capacidad de ejercicio.

Esto, resulta contradictorio y discriminatorio, ante la misma ley, puesto que a sus 18 años es considerado mayor de edad y consciente para tomar sus propias decisiones, entendiéndose así, que es consciente para ejercer su voto, más no para representar e incidir en las decisiones públicas responsablemente.

Los rangos mínimos de edad, entendidos como “madurez”, exponen o generan una imagen de inexperiencia para las juventudes mexicanas, misma imagen, con la que millones de mexicanas y mexicanos tienen para expresar referencias de las personas jóvenes.

Los derechos políticos deben ser ejercidos de igual manera para todas y todos, sin distinción alguna, lugar de nacimiento, sexo, origen étnico, color, religión, lengua o cualquier condición que exista entre la persona y su derecho a ser elegida o elegido.

Estos derechos, son reconocidos comúnmente como “civiles y políticos”, mismos que se encuentran contemplados en diversos instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, señala en su artículo 21 que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos, así como el el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos que entró en vigor el 18 de julio de 1978, establece que todos los ciudadanos deben de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; deben de votar y ser elegido en elecciones periódica; y tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas del país.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que entró en vigor en marzo de 1976, establece, que todos los ciudadanos gozarán de diversos derechos entre los cuales se encuentra el participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; votar y ser elegidos en elecciones periódicas, y tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

Como observamos, establecen condiciones necesarias para un pleno goce de los derechos y civiles por las personas, sin importad edad o alguna otra condición, que quieran hacer valer su derecho de ser elegidos.

En pleno 2022, ser ciudadana o ciudadano, miembro de una comunidad, significa contar con los mismos derechos que los todas y todos, así como las mismas oportunidades para influir en el destino de nuestra sociedad.

Es difícil de asimilar, que en México la sociedad joven representa la tercera parte de la población total de mexicanas y mexicanos, y a pesar de eso, nuestra representación en la toma de decisiones es muy baja.

En la Cámara de Diputados somos muy pocos jóvenes para el trabajo y movilización que representamos en sociedad, en cada campaña electoral, los jóvenes son los primeros en asistir, participar e involucrarse, sin embargo, la imagen de inexperiencia que se nos ha dado, juega en nuestra contra para poder aspirar como cualquier otra ciudadana o ciudadano a una candidatura de un cargo de elección.

Sumado a esto, cada vez son más los jóvenes que de igual manera desertan de la actividad política, por el poco apoyo y confianza que se nos ha dado para representar y tomar decisiones importantes que influyan en la sociedad.

Para este 2021, sólo 20 de los 500 diputados son jóvenes, representando un 4 por ciento de candidaturas para nuestro sector poblacional, llevándonos una mayor sorpresa para la fecha en que se presenta esta iniciativa, ya que, con el paso del primer año, el número se redujo a sólo 17 diputadas y diputados jóvenes a nivel federal.

Si basamos este análisis en el rango de edad que establece el Partido Revolucionario Institucional en sus estatutos, las y los legisladores que tenían 35 años o menos, representaban 15 por ciento, para este segundo año de ejercicio se redujo a 12 por ciento, sigue siendo un número muy inferior a lo que representamos los jóvenes como sociedad, comenzando por la premisa de que somos una tercera parte de la población mexicana.

Es así, que la presente iniciativa tiene el fin de disminuir la edad mínima para ser diputado federal, pasando de los 21 años a los 18 años, cumplidos el día de la elección.

Esto con el importante objetivo, de que las personas jóvenes podamos representar dignamente a la ciudadanía en el Congreso de la Unión, así, aumentando la participación política de las y los jóvenes en el país.

Bajo esta premisa, alrededor del país se harán adecuaciones legislativas para que cada entidad federativa disminuya la edad mínima para los cargos de elección local y municipal.

México es un país joven, con un gran futuro de la mano de nosotros, siendo el presente y el futuro del rumbo que México ha tomado para una mejor sociedad y para nuestro desarrollo y crecimiento como nación.

Jóvenes comprometidos, responsables, con ideas innovadoras, diferentes perspectivas y con mucho amor por su país que dignamente pueden y van a representar a las y los mexicanos que voten por ellas y ellos.

El Partido Revolucionario Institucional, es un fiel aliado de las juventudes, al ceder, desde sus estatutos, una de cada 3 candidaturas para una persona joven, razón por la cual el PRI ha tenido una nueva imagen en los últimos años, de la mano de los jóvenes y con el apoyo de nuestros dirigentes.

Esta propuesta, generará una oportunidades y democracia para todas y todos los mexicanos, hacer valer nuestro derecho de poder ser elegidos por la ciudadanía, ya que será su voto lo que nos indique si nuestro perfil es con el que más se sienten representados, si nuestras ideas les parecen el mejor rumbo para México.

Dejemos de lado estereotipos del pasado y dejemos que nuestro perfil sea juzgado por las y los ciudadanos, que nuestros derechos se ejerzan y que no los decida quien no está por encima de la Constitución.

Por lo expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente:

Propuesta

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Texto Vigente

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

I. ...

II. Tener veintiún años cumplidos el día de la elección;

III. a VI. ...

Artículo 58. Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 25 años cumplidos el día de la elección.

Texto Propuesto

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

I. ...

II. Tener dieciocho años cumplidos el día de la elección;

III. a VI. ...

Artículo 58. Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 21 años cumplidos el día de la elección.

Proyecto de decreto por el que se modifican los articulos 55 y 58 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se modifican los artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

I. ...

II. Tener dieciocho años cumplidos el día de la elección;

III. a VI ...

Artículo 58. Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 21 años cumplidos el día de la elección.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de noviembre de 2022.– Diputada Karla Ayala Villalobos (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Población, para dictamen.



SE DECLARA EL 19 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO, COMO EL DÍA NACIONAL DE LA MUJER EMPRENDEDORA

«Iniciativa de decreto por el que se declara el 19 de noviembre de cada año “Día Nacional de la Mujer Emprendedora”, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa, con la siguiente

Exposición de Motivos

En 2014, impulsado por la organización Women’s Entrepreneurship Day Organization (WEDO), en más de 140 países, el Consejo de las Naciones Unidas estableció el 19 de noviembre de cada año como el Día Internacional de la Mujer Emprendedora con la finalidad de reconocer el esfuerzo y el valor de las mujeres emprendedoras y sensibilizar a la sociedad sobre los obstáculos y las dificultades cotidianas a los que se enfrentan las mujeres que deciden emprender.

Dicho reconocimiento es fundamental ya que a través de las luchas que juntas hemos realizado, hoy las mujeres logramos tener un papel protagónico desde cualquier trinchera ya sea política, social, económica, cultural, deportiva; ahí estamos las mujeres abriendo brecha, luchando por tener cada vez más espacios y cambiando desde lo estructural, las dinámicas que generan desigualdad entre las mujeres y hombres.

Para dimensionar lo anterior, el censo económico del 2018 estimó que las mujeres emprendedoras eran propietarias de un tercio (36.6 por ciento) de los establecimientos micro, pequeños y medianos de manufacturas, comercio y servicios privados no financieros (Mipymes). Además de que se identificó que las mujeres propietarias contratan más mujeres para trabajar, aproximadamente dos mujeres remuneradas por cada hombre. Y de igual forma, el 86.1 por ciento del personal en empresas con una mujer como propietaria, permanece empleado todo el año.

En este sentido, hace cuatro años, en mi calidad de senadora, presenté una iniciativa para declarar el 19 de noviembre como Día Nacional de la Mujer Emprendedora, con la finalidad continuar generando esfuerzos para visibilizar esta fecha y hacer protagónico el papel de las mujeres en la vida productiva de un país. Como lo afirme en ese entonces, y hoy se mantiene vigente, conmemorar este día no radica en fijar únicamente una fecha en el calendario, sino en reconocer a quienes construyen un mejor país a través de la innovación, a quienes vienen de la cultura del esfuerzo; en construir políticas para las emprendedoras, la verdadera esencia de conmemorar un día es hacer conciencia e impulsar, en este caso, el desarrollo de las mujeres en cualquier sector y en cualquier lugar del país.

Dicha iniciativa fue presentada en 2018 y dictaminada en ese mismo año por las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Primera. Desafortunadamente este dictamen quedó en primera lectura y hasta la fecha no ha logrado ser dictaminado en el Senado. En este sentido es necesario retomar este asunto y presentarlo en la Cámara de Diputados, considero que los argumentos vertidos en el dictamen hoy han quedado completamente rebasados por el giro radical de las políticas públicas en estos 4 años y las consecuencias de la pandemia.

Preocupa muchísimo que las políticas enfocadas en el emprendimiento en general durante esta administración han desaparecido. Impulsar la cultura emprendedora, apoyar a quienes buscan iniciar un negocio y fortalecer a las Pymes no son una prioridad en este sexenio. Lo anterior quedó claro cuando la mayoría en el Congreso decidió eliminar el Instituto Nacional del Emprendedor y el Fondo Nacional Emprendedor, así como el financiamiento para proyectos productivos, el acceso a crédito, asesoría, capacitación, y vinculación a programas públicos, y la gestión de la Semana Nacional del Emprendedor o eventos para el fomento de la cultura emprendedora. Lo anterior, sin contar con un diagnóstico claro de cómo se impactaría en la creación de empleo y acompañamiento de las Pymes.

La eliminación de una política de Estado relacionada con el impulso del emprendimiento impactó en programas enfocados en impulsar a las mujeres emprendedoras como el programa Mujeres Moviendo México enfocado en dotar a las emprendedoras y empresarias participantes de herramientas y conocimientos empresariales que les facilitan el crear, crecer y consolidar sus iniciativas. Dicho programa que de 2014 a 2017 atendió a más de 31 mil mujeres que fueron capacitadas en Desarrollo de Habilidades Empresariales, Iniciativa Personal y Herramientas Digitales, a través de los Centros ubicados en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Querétaro y Yucatán.

De igual forma la desarticulación de una dependencia encarga del fortalecimiento de la cultura emprendedora y el impulso a las Pymes generó la perdida de la transversalidad en programas de igualdad entre mujeres y hombres, por ejemplo, se perdieron los siguientes apoyos transversales:

• De 2014 al 2017 la Red de Apoyo al Emprendedor atendió a más de 785 mil mujeres con asesoría y/o capacitación y/o diagnósticos y/o vinculación a programas de apoyo públicos y/o privados que operan para su beneficio.

• Mediante el programa Crédito Joven facilitó el acceso a financiamiento a mil 461 proyectos de hombres y mujeres menores de 35 años.

• Del Programa de Incubación en Línea se atendió a más de 191 mil mujeres emprendedoras. De ese total, más de 8 mil mujeres emprendedoras recibieron recursos del Fondo Nacional Emprendedor por casi 460 millones de pesos para la puesta en marcha de su negocio.

• De 2014 a 2017, se apoyaron 42 mil 331 proyectos de mujeres por un monto de mil 297 millones de pesos.

• De 2015 a 2017, el programa Mujeres Pyme facilitó el acceso a crédito a 2,951 mujeres empresarias, con una derrama crediticia por 16.3 miles de pesos

Adicionalmente, debemos considerar el duro golpe económico generado por la pandemia en donde se registró en el ámbito del emprendimiento que en México 4.8 millones de pequeñas empresas que funcionaban en 2019, se estimó que sobrevivieron solamente 3.8 millones en 2020, esto significa que 1.1 millones de pymes cerraron definitivamente (20.8 por ciento).

En este sentido, la falta de una política pública de Estado en materia de emprendimiento genera condiciones adversas para las mujeres que además deben luchar también contra estructuras de desigualdad laboral y problemáticas relacionadas con el funcionamiento de los hogares en donde las mujeres asumen roles de mayor responsabilidad que muchas veces van en detrimento de sus oportunidades laborales y profesionales.

De acuerdo con el análisis del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), en nuestro país, 8 de cada 10 emprendedoras operan en la informalidad. Teniendo tres principales retos para formalizar su negocio: el alto costo de trámites administrativos (en tiempo y dinero), la falta de acceso a financiamiento y la falta de capacitación en temas como finanzas, contabilidad o desarrollo de negocios.

Y si esto fuera poco, la desaparición de programas como Estancias Infantiles y Escuela de Tiempo Completo con sus componentes de alimentación y horario extendido amplían la brecha de desigualdad, pues dichos centros no solo buscaban atender a niñas y niños en estado de vulnerabilidad, sino también brindaban la oportunidad a miles de mujeres de accesar a empleos de tiempo completo o de continuar sus estudios.

De igual forma, la trasferencia directa de recursos, con reglas de operación pocotrasparentes que dejan la responsabilidad total a las madres y padres de familia, sumado al desmantelamiento de la infraestructura construida para apoyar a las mujeres, da como resultado un retroceso importante en las políticas enfocadas en el empoderamiento de las mujeres.

Por todo lo anterior, hoy más que nunca se debe visibilizar a las mujeres emprendedoras y el papel tan importante que juegan en la económica mexicana. De acuerdo con el Observatorio Internacional de Salarios Dignos, el trabajo de las mujeres vale cerca de $60,000 millones de pesos diariamente, y el 70 por ciento de estas labores son empleos informales.

Estoy segura que no podemos dejar de insistir en el apoyo de las mujeres, que hoy más que nunca nos corresponde exigir políticas que nos impulsen y empoderen, políticas diseñadas con perspectiva de género que realmente disminuyan las brechas de desigualdad.

La lucha sigue y el Presupuesto de Egresos para el 2023 no fue la excepción. En tribuna denuncie la opacidad y la poca seriedad de las dependencias para construir el Anexo 13 respecto de los recursos destinados para nosotras las mujeres. Alerté el nulo apoyo a mujeres emprendedoras y madres trabajadoras y sobre todo alcé la voz para visibilizar la inclusión de programas en nuestro anexo que nada tienen que ver con impulsar acciones afirmativas que nos brinden seguridad e igualdad.

Si bien, hoy no es posible cambiar las prioridades de la administración actual las cuales están centradas en sus obras prioritarias como el Tren Maya, Dos Bocas y sus programas estrella, los cuales carecen de resultados y están completamente alejados de la realidad en la que viven miles de mujeres mexicanas, considero necesario insistir en el reconocimiento institucional del 19 de noviembre de cada año como el “Día Nacional de la Mujer Emprendedora”, con la finalidad de sensibilizar a este gobierno y la mayoría en el Congreso, de la importancia de retomar y diseñar políticas públicas enfocadas en el empoderamiento de la mujer y sobre todo en destinar presupuesto para apoyar a las miles de mujeres emprendedoras que fortalecen la economía de nuestro país y que juntas movemos a México.

De igual forma, es importante resaltar que la presente iniciativa retoma y se inspira en el impulso que ha realizado Women´s Entrepreneurship Day Organization (WEDO) y en el trabajo de muchas mujeres emprendedoras, empresarias y filántropas, como mi paisana Rosario Velasco Lino, Embajadora de WEDO en el Estado de México y las mujeres que integran dicho movimiento, quienes están trabajando duro para visualizar la importancia del papel de las mujeres emprendedoras en nuestro país y de cómo sin nosotras no es posible hablar de crecimiento económico y de un México próspero y productivo, remarcando que las libertades de las mujeres se fortalecen con su libertad económica.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se declara el 19 de noviembre de cada año, como “Día Nacional de la Mujer Emprendedora”

Único. - Se declara el 19 de noviembre de cada año, como “Día Nacional de la Mujer Emprendedora.

Artículos Transitorios

Único. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación .

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Mujer (8 de marzo), Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /mujer2021_nal.pdf

2 Instituto Nacional del Emprendedor. Informe de rendición de cuentas de conclusión de la administración 2012-2018, Disponible en:

https://www.inadem.gob.mx/wp-content/uploads/2018/12/Informe-Ren dici%C3%B3n-de-Cuentas-2013-2018-Firmado.pdf

3 Sánchez, María. El impacto del Covid-19 en el emprendimiento en México, Chile, Colombia y Brasil, Disponible en:

https://investigacion.fca.unam.mx/docs/memorias/2021/7.04.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 16 de noviembre de 2022.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de coordinación interinstitucional para atender la violencia contra niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un Título Séptimo a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de coordinación interinstitucional para atender la violencia contra niñas, niños y adolescentes, con la siguiente

Exposición de Motivos

La violencia en contra de las niñas, niños y adolescentes en nuestro país, es una de las problemáticas permanentes, las cuales se agravan con el acecho del crimen organizado y la negación de las autoridades que, lejos de asumir su responsabilidad, reparten culpas y recortan presupuestos impidiendo garantizar los derechos más básicos de la niñez y adolescencia.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo), el 31.4% de la población mexicana son niñas, niños y adolescentes con un rango de edad de 0 a 17 años, y como sabemos la niñez y adolescencia son una de las poblaciones más vulnerables, ya que necesitan de los cuidados de las madres, padres o tutores, así como de la protección de la sociedad en general y de las autoridades, toda vez que esta población representa el presente y futuro de nuestra nación.

Y es que esta etapa de vida, es la más vulnerable a violencia, toda vez que los agresores aprovechan la edad y el desconocimiento de las víctimas menores de edad, para ejercer diversos tipos de violencia, sin que esta pueda repercutir en su contra y generando un gran porcentaje de impunidad, por lo cual organismos como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), ha dado a conocer las alarmantes cifras registradas tan solo en América Latina y el Caribe, las cuales dan a conocer que 2 de cada 3 niños, niñas y adolescentes, sufren de violencia en sus hogares.

Lo anterior, se convierte en un gran llamado de atención que debe ocupar a quienes tenemos la responsabilidad como servidores públicos de proteger a los más los vulnerables; En ese sentido, la UNICEF insta a las autoridades a poner fin a todas las formas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes, a través de la implementación de medidas como las siguientes:

1. Adoptar leyes que prohíban totalmente el castigo corporal en todos los ámbitos.

2. Invertir en programas para prevenir la violencia, incluyendo programas de crianza positiva que proporcionen a los cuidadores el apoyo y los recursos que necesitan.

3. Poner en marcha intervenciones de cambio social y de comportamiento para abordar la normalización de la violencia contra los niños, niñas y adolescentes.

4. Reforzar la capacidad del personal de los servicios sociales para prevenir, reconocer y responder a la violencia contra los niños, niñas y adolescentes.

5. Fortalecer la recopilación de datos sobre la violencia contra los niños, niñas y adolescentes, utilizando medidas estándar, para llenar los vacíos de datos sobre diferentes cuestiones, como la violencia sexual en la infancia.

En nuestro país, los derechos de las niñas, niños y adolescentes se encuentran consagrados en diversas disposiciones normativas, así como en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los Tratados Internacionales de los cuales México forma parte, siendo disposiciones jurídicas que buscan erradicar la violencia que se pueda ejercer en contra de la niñez y adolescencia.

En ese sentido, el artículo 4 de nuestro máximo ordenamiento jurídico, es decir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que, en toda decisión y actuación llevada a cabo por el Estado Mexicano, se deberá velar por el cumplimiento del “principio del interés superior de la niñez”, a través del cual se garantizarán sus derechos, de conformidad con lo siguiente:

Artículo 4o. ...

...

...

...

...

...

...

...

E n todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”

Por su parte dentro de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se establece el derecho de la niñez y la adolescencia a gozar de una vida que sea libre de cualquier tipo de violencia, de acuerdo con lo establecido por el artículo 13 del ordenamiento jurídico anteriormente señalado:

Artículo 13. Para efectos de la presente Ley son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:

I. a VII. ...

VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal;

IX. a XX. ...

Asimismo, los artículos 14, 15 y 16 de este ordenamiento, establecen la concurrencia de las autoridades de los 3 niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), con la finalidad de llevar a cabo acciones que garanticen el desarrollo para la prevención de conductas que atenten contra la supervivencia de las niñas, niños y adolescentes:

Artículo 14. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les preserve la vida, a la supervivencia y al desarrollo.

L as autoridades de la Federación, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar el desarrollo y prevenir cualquier conducta que atente contra su supervivencia, así como para investigar y sancionar efectivamente los actos de privación de la vida.

Artículo 15. Niñas, niños y adolescentes deberán disfrutar de una vida plena en condiciones acordes a su dignidad y en condiciones que garanticen su desarrollo integral.

Artículo 16. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a no ser privados de la vida en ninguna circunstancia, ni ser utilizados en conflictos armados o violentos.”

El artículo 6 de la Convención de los Derechos del Niño, establece la obligación de los Estados que forman parte de esta, para reconocer el derecho de las niñas, niños y adolescentes a la vida, así como a su supervivencia y desarrollo:

Artículo 6.

1. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.

2. Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.”

Sin embargo, a pesar de contar con los anteriores ordenamientos jurídicos, es preciso mencionar que el actuar de nuestras autoridades repercute en la preocupante realidad que se vive en nuestro país, permitiendo la realización de actos delictivos que atentan contra la vida, dignidad e integridad de las niñas, niños y adolescentes, como el caso del recién nacido encontrado sin vida en un penal de Puebla; Siendo casos que se minimizan y son calificados desde el discurso presidencial como “hechos lamentables que tienen que ver con el pasado reciente, con lo que nos dejó la política neoliberal”.

No es admisible que la Mtra. Rosario Piedra Ibarra, Titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ante un caso tan grave como el antes señalado sostenga que “Decidimos no atraer el caso, nunca lo hicimos, y por tanto tampoco hicimos investigaciones por nuestra cuenta. En este caso hay que decirlo claramente: hasta la fecha no ha habido queja al respecto, si la hubiera actuaríamos como corresponde”. Es decir, como no existe queja, entonces dicha dependencia decide simplemente hacer caso omiso e invisibilizar esta y otras problemáticas que atentan contra los derechos de la niñez y adolescencia en nuestro país.

Asimismo, no es admisible que, ante la gran problemática de la venta de niñas en Guerrero, la respuesta desde la presidencia sea establecer que “Esta idea, de que en las comunidades indígenas suceden estas cosas y usos y costumbres y que se cometen hechos de barbarie no debe de prevalecer, porque además no corresponde a la corresponden con la realidad que conoce”

La respuesta de las autoridades que tienen la obligación de velar por el derecho de nuestras niñas, niños y adolescentes, es mediocre y carecen de razón lógica, pareciendo que se excusan ante su obligación y pretenden justificar dichos hechos para no aceptar su falta de compromiso a esta y otras problemáticas que afectan a las y los menores de edad. Y es que cuando son nuestras niñas y niños se ven afectados, se espera de las autoridades una respuesta contundente y coordinada, se esperando acciones y no discursos, esperando el castigo de los responsables y no el deslinde de las autoridades para hacer su trabajo, se espera un trabajo coordinado entre todos los órdenes de gobierno, sin importar colores, todo con la de dar resultados y evitar la repetición de estos hechos.

Por lo anterior, mediante esta iniciativa propongo la creación de una solicitud de coordinación interinstitucional, la cual serviría como un mecanismo que permita a las autoridades federales, estatales y municipales generar acciones claras y contundentes cuando en un determinado territorio exista un incremento de hechos o delitos que involucren violaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes o cuando existan omisiones documentadas y reiteradas por parte de las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención, atención, sanción y acceso a la justicia.

Dicha solicitud, tendrá como objetivo garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las niñas, niños y adolescentes, estableciendo un conjunto de acciones gubernamentales, coordinadas, integrales, de emergencia y temporales entre las autoridades de todos los ámbitos de gobierno para enfrentar y erradicar la violencia contra la niñez y adolescencia en un territorio determinado.

¿Cuáles son las razones para llevar a cabo la coordinación interinstitucional que ponga fin a la violencia en contra de NNA?, la respuesta es simple, y es que de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), nuestro país se encuentra en el primer lugar en consumo y en distribución de contenidos de pornografía infantil. Tan solo en el año 2013 se detectaron al menos 12 mil 300 cuentas personales de internet en las que se difundían fotografías o videos en los que se exhibe la explotación sexual a menores de edad, por lo que se estima que actualmente existen 270 mil niñas, niños y adolescentes que son víctimas de este delito y de abusos sexuales; Asimismo, en el 2020 hubo un aumento del 73% en el consumo de pornografía de menores de edad. Por su parte, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) ha señalado que el 60% de los materiales de consumo mundial con contenido sexual que se exponen en la red, son de niñas, niños y adolescentes que se genera en nuestro país, por tal motivo México lleva más de 10 años en el primer lugar a nivel mundial como el país con mayor contenido de pornografía infantil.

Aunado a lo anterior, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) dio a conocer que en el año 2020 se registraron 24 mil 808 casos de víctimas de delitos con una edad de entre 0 a 17 años, y en el año 2019 se registraron 28 mil 147 casos, considerándose el año con más delitos registrados en contra de las niñas, niños y los adolescentes desde hace más de 5 años. Delitos como corrupción de menores, lesiones, extorsión, rapto y trata de personas.

Resulta inquietante, pues si bien es cierto que la cifra registrada en el año 2019 fue mayor que la registrada en el 2020, expertos afirman que se debe a las medidas de confinamiento como el resguardo domiciliario, que ocasionó que el número de delitos en contra de la niñez y adolescencia tuviese que disminuir.

La (SESNSP) informó que en el 2021 se registraron 27, 772 víctimas de 0 a 17 años de algún delito, siendo una cifra de casi 3 mil víctimas menores de edad más, la segunda más alta desde hace más de 5 años, solo por debajo de la registrada en el 2019.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha expresado en diversas ocasiones, su rechazo al reclutamiento y la utilización de niñas, niños y adolescentes en grupos armados, lo cual origina que se atente contra sus derechos humanos, Asimismo, a nivel mundial se ha buscado proteger a los menores de edad que se enlistan en el ejército de un determinado país, por tal motivo el artículo 1 “ Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados” establece que los diversos estados que forman parte de la convención deberán realizar las medidas para que ningún menor de 18 años participe en hostilidades, y el artículo 3 establece que contarán con una protección especial:

“Artículo 1

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de sus fuerzas armadas menor de 18 años participe directamente en hostilidades.”

“Artículo 3

1. Los Estados Partes elevarán la edad mínima, contada en años, para el reclutamiento voluntario de personas en sus fuerzas armadas nacionales por encima de la fijada en el párrafo 3 del artículo 38 de la Convención sobre los Derechos del Niño1, teniendo en cuenta los principios formulados en dicho artículo, y reconociendo que en virtud de esa Convención los menores de 18 años tienen derecho a una protección especial.”

Por lo anterior, la Cámara de Diputados en el año 2021 aprobó una reforma a la Ley del Servicio Militar, con la finalidad de suprimir la posibilidad de incorporar a menores de 18 años al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Sin embargo la problemática radica en el reclutamiento ilícito de menores de edad, dentro del crimen organizado, por lo que de acuerdo con la Organización “Reinserta”, se estima que entre 35 mil y 45 mil menores de edad actualmente se encuentran reclutados contra su voluntad para trabajar con el crimen organizado, vulnerando sus derechos humanos a la libertad, seguridad y poniendo en riesgo su salud y vida, así como afectando negativamente en su desarrollo emocional. Por tal motivo la convención número 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el reclutamiento forzoso de menores de edad con fines de crimen organizado, como una de las peores formas de trabajo infantil.

Se estima que un menor de edad gana $30 mil pesos en promedio si deciden trabajar en grupos del crimen organizado, por lo que sin lugar a duda esto es alarmante, ya que las autoridades no han sabido contrarrestar esta problemática, originada principalmente por la falta de oportunidades.

Con la finalidad de brindar atención a estas problemáticas, en septiembre del 2021 el Instituto Nacional de Desarrollo Social llevó a cabo la Mesa de Diálogo para presentar el “ Protocolo Nacional de Coordinación Interinstitucional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Violencia”, mismo que será implementado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar la protección de los menores de edad ante situaciones de violencia, a través de un trabajo de coordinación interinstitucional con los niveles de gobierno federales, estatales y municipales, estando apegado a los derechos humanos, sin embargo hasta el momento no se ha generado algún avance en el tema.

Por todo lo anterior, es necesario establecer la implementación de un mecanismo de coordinación interinstitucional, que permita a las autoridades de los tres órdenes de gobierno actuar de manera pronta, urgente y con acciones concretas cuando en algún determinado territorio se presente un incremente de actos delictivos en contra de este sector de la población, no podemos permitir que las autoridades se mantengan al margen de su responsabilidad. Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta H. Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un Título Séptimo a la Ley General de los Derechos se Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de coordinación interinstitucional para atender la violencia contra niñas, niños y adolescentes

Único. Se adiciona un Título Séptimo a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue

Título Séptimo

Capítulo ÚnicoDe la Coordinación de las Autoridades para Atender los Casos de Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 155: Las autoridades de todos los ámbitos de gobierno para enfrentar y erradicar la violencia contra la niñez y adolescencia en un territorio determinado, deberán realizar un conjunto de acciones gubernamentales, coordinadas, integrales, de emergencia y temporales que tendrán como objetivo garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las niñas, niños y adolescentes.

Artículo 157: Cuando en determinado territorio exista un incremento de hechos o delitos que involucren violaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes o cuando existan omisiones documentadas y reiteradas por parte de las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención, atención, sanción y acceso a la justicia, las autoridades locales, tendrán que llevar a cabo la coordinación interinstitucional con las diversas autoridades en materia de niñez y adolescencia, a través de un procedimiento de solicitud que de manera pronta y expedita salvaguarde el interés superior de la niñez y atienda la situación de urgencia de los hechos documentados que motiven la solicitud.

La solicitud para trabajar de manera coordinada podrá ser solicitada por organismos públicos autónomos de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidos. Y colectivos o grupos de familiares de víctimas, a través de una persona representante. Dicha solicitud deberá realizarse ante la Procuraduría Federal de Defensa de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 158: Admitida la solicitud por parte de la Procuraduría Federal de Defensa de Niñas, Niños y Adolescentes, ésta deberá crear un Grupo Interinstitucional integrado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de las Familia Nacional y El Sistema Estatal correspondiente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales, las solicitantes de la alerta y aquellas instituciones y especialistas que se consideren necesarios para analizar la solicitud. El Grupo Interinstitucional tendrá un plazo de 15 días para realizar un análisis de la solicitud para determinar su procedencia.

Artículo 159: Corresponderá al gobierno federal a través de la Procuraduría Federal de Defensa de Niñas, Niños y Adolescentes, declarar y notificar la solicitud al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, quien deberá implementar de manera inmediata las acciones establecidas en la misma.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Secretaría de Gobernación, 31.4 por ciento de la población en México son niñas, niños y adolescentes, de 0 a 17 años: Conapo, Disponible en:

https://www.gob.mx/segob/prensa/31-4-por-ciento-de-la-poblacion- en-mexico-son-ninas-ninos-y-adolescentes-de-0-a-17-anos-conapo

2 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). 2 de cada 3 niños, niñas y adolescentes de América Latina y el Caribe sufren violencia en el hogar, Disponible en:

https://www.unicef.org/lac/comunicados-prensa/2-de-cada-3-ninos- ninas-y-adolescentes-de-america-latina-y-el-caribe-sufren-violencia-en-el-hogar

3 Ídem.

4 Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

5 Cámara de Diputados, Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA_110121.pdf

6 Organización de las Naciones Unidas (ONU), Convención de los Derechos del Niño, Disponible en:

https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

7 Reforma. Minimiza AMLO la venta de niñas, Disponible en:

https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/wp-content/plugins/galerias/in cludes/archivos/pdf/2205212.pdf

8 W Radio, México 1er lugar en contenidos de pornografía infantil y 2o en abuso sexual, Disponible en:

https://wradio.com.mx/radio/2021/04/04/sociedad/1617561500_09328 0.html

9 Senado de la República, Comunicación, Disponible en:

http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/bo letines/8434-boletin-035-mexico-primer-lugar-en-pornografia-infantil-exhortan-a l-gobierno-a-fortalecer-estrategias-para-contrarrestarlo

10 Zeta Tijuana, México produce 60% de pornografía infantil Disponible en:

https://zetatijuana.com/2021/02/mexico-produce-60-de-pornografia -infantil/

11 Ídem.

12 Organización de las Naciones Unidas (ONU), Convención de los Derechos del Niño, Op. Cit.

13 Cámara de Diputados, La Cámara de Diputados elimina de la ley la posibilidad de reclutar a menores de 18 años para el servicio militar. Disponible en:

http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletine s/2021/Febrero/03/5805-La-Camara-de-Diputados-elimina-de-la-ley-la-posibilidad- de-reclutar-a-menores-de-18-anos-para-el-servicio-militar

14 Plumas Atómicas, México: Entre 35 mil y 45 mil menores reclutados por el crimen organizado. Disponible en:

https://plumasatomicas.com/noticias/mexico-entre-35-mil-y-45-mil -menores-reclutados-por-el-crimen-organizado/

15 Organización Internacional del Trabajo (OIT), La eliminación efectiva del trabajo infantil. Disponible en:

https://www.ilo.org/legacy/spanish/dialogue/ifpdial/llg/noframes /ch8.htm

16 Publimetro, 30 mil menores han sido reclutados por el narco; reciben hasta 35 mil pesos al mes. Disponible en:

https://www.publimetro.com.mx/noticias/2021/10/13/300-mil-infant es-han-sido-reclutados-por-el-narco-reciben-hasta-35-mil-pesos-al-mes/

17 Instituto Nacional de Desarrollo Social, Presentan el Protocolo Nacional de Coordinación Interinstitucional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Violencia. Disponible en:

https://www.gob.mx/indesol/prensa/presentan-el-protocolo-naciona l-de-coordinacion-interinstitucional-para-la-proteccion-de-ninas-ninos-y-adoles centes-victimas-de-violencia#:~: text=%E2% 80%9CEl%20Protocolo%20tiene%20como%20objetivo,los%20est%C3%A1ndares%20de%20dere chos%20humanos%E2%80%9D.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el 23 de noviembre de 2022.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

«Iniciativa que reforma el artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Araceli Celestino Rosas, diputada federal en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I, inciso i), del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El propósito de esta iniciativa que hoy someto a su consideración es el de armonizar las disposiciones legislativas de nuestro ordenamiento jurídico para que este opere como un sistema congruente.

En el caso del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, propongo actualizar la denominación que aparece en la fracción I, inciso i), de secretario de Comunicaciones y Transportes por el que corresponde en la actualidad de secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

Todo ello porque el 20 de octubre 2021 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el decreto de reformas a los artículos 26 y 36 la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, adicionando la denominación de infraestructura para la dependencia en comento.

Los legisladores federales estamos obligados a respetar la jerarquía normativa que deriva de nuestra Constitución, los Tratados Internacionales y las leyes federales y para ello es importante realizar la homologación de las normas jurídicas para que el sistema legal sea uniforme, en razón de lo anterior es por lo que someto a este Honorable pleno la presente iniciativa.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía la iniciativa con

Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I, inciso i), del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Artículo Único. Se reforma la fracción I, inciso i), del artículo 8 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Artículo 8. La junta directiva se integrará por diecisiete miembros, de los cuales serán:

I. Diez Miembros Propietarios:

a) a h) ...

i) El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y

j) ...

...

II. ...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro; a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.– Diputada Araceli Celestino Rosas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Juventud, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

«Iniciativa que reforma el artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Araceli Celestino Rosas, diputada federal en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, define al instituto como un organismo público descentralizado y forma parte de la Administración Pública Federal paraestatal.

Como todo organismo descentralizado debe contar con un órgano de gobierno que para este caso particular es su junta directiva.

En el artículo 210, fracción II, materia de la presente reforma se establece quienes más, a parte del director general y los representantes de las organizaciones de trabajadores forman parte de dicha junta.

Sin embargo, el contenido de la fracción II está desfasado respecto de cambios legislativos que el Congreso de la Unión ha efectuado, en particular a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Este ordenamiento fue modificado mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018 y, para el caso que nos ocupa, destaca la reforma a los Artículo 26 y 32, para crear a la Secretaría de Bienestar y que sustituye a la Secretaría de Desarrollo Social.

En razón de lo anterior considero que como órgano legislativo nuestra responsabilidad es mantener un orden jurídico congruente en todas las normas jurídicas que lo integran.

Por esta razón someto a la consideración de este pleno la presente iniciativa de reformas a la Fracción II del Artículo 210 de la Ley del ISSSTE para actualizarla a las nuevas disposiciones legales.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 71 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable soberanía la iniciativa con

Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Artículo Único. Se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 210. La Junta Directiva se compondrá de diecinueve miembros como a continuación se indica:

I. ...

II. El titular y dos subsecretarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el titular de las Secretarías de Salud, de Bienestar, del Trabajo y Previsión Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Función Pública y el Director General del IMSS, y

III. ...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro; a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.– Diputada Araceli Celestino Rosas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa, con la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa rescata la propuesta presentada en la LXIV Legislatura por las diputadas Mariana Rodríguez Mier y Terán, Dulce María Sauri Riancho y el diputado René Juárez Cisneros, propuesta que hoy continua vigente y que a la luz de la nueva discusión en materia de las constitucionalidad y convencionalidad que se está realizando en la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de la figura de la prisión preventiva oficiosa, resulta fundamental volverla a presentar para que sea turnada a las Comisión de Puntos Constitucionales y pueda ser considerada en la discusión que estoy segura este Poder Legislativo deberá realizar para avanzar en la progresividad y defensa de los derechos humanos de nuestro país.

En 2019 se realizaron varias reformas al artículo 19 constitucional con la finalidad de ampliar el catálogo de delitos sujetos a la prisión preventiva oficiosa. Si bien el planteamiento de dicha reforma era incorporar únicamente los delitos de uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, durante la discusión en el Senado y posteriormente en la Cámara de Diputados se incorporaron más delitos a dicha lista. Así, desde la reforma del 2008 hasta la nueva redacción aprobada en 2019 los delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa han ido en aumento como se puede apreciar en el siguiente cuadro:

Recientemente la revisión de una acción de inconstitucionalidad respecto de las reformas para sancionar los delitos de defraudación fiscal y compraventa de facturas como delincuencia organizada haciéndolos susceptibles de prisión preventiva oficiosa generó que el ministro Luis María Aguilar presentará ante el Pleno de la (SCJN) un proyecto que busca establecer la inaplicabilidad de dicha figura y determinar que ésta es contraria de derechos humanos y atenta contra el principio de presunción de inocencia.

Esta discusión se da en un contexto en donde en nuestro país 4 de cada 10 presos están en prisión preventiva, es decir, más de 92.000 personas están en prisión a la espera de recibir una sentencia. Diversas organizaciones señalan que el uso de la prisión preventiva oficiosa se ha convertido en una regla en nuestro país abriendo la puerta a la impunidad y a la violación reiterada de los derechos humanos de las personas acusadas.

Ante los tiempos violentos y de inseguridad en los que vivimos por el fracaso de la política de seguridad pública y en donde el crimen organizado avanza cada vez más, esta medida cautelar ha sido defendida por el propio Poder Ejecutivo el cual incluso desde la conferencia mañanera amago con señalar a los ministros que voten a favor de la inaplicabilidad de esta figura. Así, la SCJN se debate en lo que será un intento de corregir el rumbo del país en materia de derechos humanos y que sin bien es muy probable que no se logre el objetivo, la semilla ha sido sembrada y corresponde dar la batalla ahora desde el Poder Legislativo para expulsar esta medida del texto constitucional y transitar a la prisión preventiva justificada.

Es por ello por lo que considero fundamental rescatar los argumentos vertidos en la iniciativa presentada por mis compañeras las diputadas Mariana Mier y Terán, la diputada Dulce María Sauri y mi coordinador Rene Juárez integrantes de la legislatura pasada los cuales están más vigentes que nunca y que estoy segura servirán para impulsar y abonar en el debate ineludible que tendremos que tener próximamente en el Congreso en torno a la revisión de la prisión preventiva oficiosa.

Argumentos vertidos en la iniciativa presentada en la LXIV Legislatura en materia de prisión preventiva justificada.

El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos señala que la prisión preventiva oficiosa es una medida claramente violatoria de los tratados internacionales sobre derechos humanos de los cuales el Estado mexicano es parte y, de igual forma, dicha medida tiene un carácter punitivo que agudizaría la trasgresión al bloque de constitucionalidad que nos rige, toda vez que la prisión preventiva oficiosa no solamente viola y vulnera derechos, sino que además afecta el buen funcionamiento de los sistemas de justicia penal y de seguridad pública.

En el contexto de una crisis de seguridad, como la que afecta diversas entidades federativas, resulta ingente para el Estado garantizar el libre ejercicio de los derechos humanos. En este sentido es que el derecho de acceso a la justicia cobra una importancia mayúscula dado que, en sí mismo, constituye un derecho multigarante, es decir, un derecho que garantiza otros derechos.

Este fue el espíritu que albergó las modificaciones constitucionales que dieron origen al sistema de justicia penal acusatorio que, entre otras cosas y por vez primera en nuestro texto fundamental, consignó el principio de presunción de inocencia como uno de los pilares elementales de los derechos humanos. No obstante, el recrudecimiento de la violencia en el territorio nacional obligó a los legisladores a establecer un régimen de excepción para determinados delitos, principalmente relacionados con la delincuencia organizada, que le permitieran al Estado y a las instituciones de procuración e impartición de justicia actuar de manera inmediata para evitar mayores daños a la sociedad.

Este régimen de excepción contempló, entre otras cosas, el establecimiento de un catálogo de delitos que pudieran ser investigados y procesados teniendo bajo prisión preventiva a quien el Ministerio Público considerara como probable imputado, para lo cual, desde el texto constitucional se ordenó a la autoridad judicial que la dictase de manera oficiosa. Señala el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara a esta reforma que:

...por cuanto hace a las medidas cautelares, la más drástica, es decir la prisión preventiva, suele ser empleada como regla, el mismo muestreo arroja una cifra alarmante: 82 por ciento de los procesados lo está por delitos patrimoniales y por montos menores de 5 mil pesos. Ello, además de la evidente afectación que genera al imputado, también se traduce en la afectación de su entorno social más cercano y a la inevitable vulneración de otras importantes garantías...

En cuanto a la prisión preventiva, se pretende que sólo pueda aplicarse cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, o cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. Para los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, en contra del libre desarrollo de la personalidad y en contra de la salud, la prisión preventiva se sugiere que se aplique en todos los casos...

Es decir, el legislador, aun reconociendo que la prisión preventiva vulnera diversos derechos humanos decidió incluir este catálogo. Como consecuencia, nuestro país ha sido objeto de diversas recomendaciones y observaciones por parte de organismos, nacionales e internacionales, de derechos humanos para limitar, o incluso desaparecer esta figura. Estas observaciones han presentado una constante: la prisión preventiva oficiosa constituye, en los hechos, una pena sin juicio que vulnera:

a) “El derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal, dado que “al ser una medida de aplicación automática por el tipo de delito por el que se procesa a la persona y sin atender a las circunstancias concretas, trastoca la naturaleza de la prisión preventiva, transformándola de una media cautelar de naturaleza procesal a una medida punitiva. La prisión preventiva oficiosa, al anticipar la barrera de punición del derecho penal en función del delito motivo del proceso, de facto convierte a la prisión preventiva en una pena anticipada, tal y como lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Materialmente hablando, no hay una distinción entre la privación de la libertad por motivo de la prisión preventiva y la privación por motivo de una sentencia condenatoria; por lo tanto, la imposición mecánica de la prisión preventiva atendiendo al tipo de delito es violatoria del principio de presunción de inocencia y del derecho a la libertad personal”.

b) La independencia judicial, así lo ha sostenido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dado que “cuando la aplicación de la prisión preventiva se hace con base en criterios como el tipo de delito por el que se procesa a la persona, y por lo tanto se vuelve obligatoria por imperio de la ley, la situación es aún más grave, porque se está ‘codificando’ por vía legislativa el debate judicial; y por tanto, limitándose la posibilidad de los jueces de valorar su necesidad y procedencia de acuerdo con las características del caso específico”.

c) El derecho a la integridad personal, dado que la prisión preventiva oficiosa provoca un incremento en el número de personas que se encuentran en prisión, provocando hacinamiento y vulnerando sus derechos a la salud, al agua, a una buena alimentación entre otros, situación que, en nuestro país, es por demás alarmante.

d) El principio de igualdad ante la ley, “que redunda en el menoscabo del ejercicio de derechos en el marco del procedimiento penal... ya que la distinción que la genera no encuentra fundamento en el derecho internacional de los derechos humanos, por lo que puede considerarse que, desde un criterio estricto de convencionalidad, la prisión preventiva oficiosa constituye una práctica discriminatoria”.

La vulneración de estos derechos conlleva, en términos de la arquitectura institucional que México ha diseñado en términos de seguridad pública y ciudadana, una desviación de los principios fundamentales de la elaboración de políticas públicas al establecer salidas falsas que no permiten la elaboración de un diagnóstico acertado y la construcción de políticas que, de manera eficiente, realmente coadyuven en la resolución de los problemas de seguridad y, consecuentemente, de procuración de justicia.

La prisión preventiva oficiosa promueve desviaciones dentro de la dinámica interna de las instituciones de procuración e impartición de justicia, al establecer incentivos negativos hacia la actuación profesional de sus integrantes. Esta situación habría sido ya advertida por el grupo de trabajo sobre la detención arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuando señaló:

“El grupo de trabajo nota que el artículo 19 de la constitución actual requiere que los jueces impongan prisión preventiva automática en aquellos casos de “delitos graves que determine la ley, en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”. El grupo de trabajo considera que este requisito es demasiado amplio, contrario al requisito del artículo 9, párr. 3 [del pacto internacional], al que el Comité de Derechos Humanos ha hecho referencia, donde indicó que los factores relevantes para determinar si es razonable y necesario imponer una prisión preventiva no deben incluir expresiones vagas ni estándares indeterminados como la “seguridad pública”.

Lo anterior nos lleva a confirmar que, si con anterioridad ya se afirmaba que las disposiciones constitucionales relativas a la prisión preventiva oficiosa resultaban inconvencionales, una ampliación del catálogo contenido en este artículo únicamente contribuirá al agravamiento de la situación.

Como lo ha sostenido el ministro Arturo Zaldívar, “en un verdadero estado de derecho no se adelantan las penas, no se sanciona antes de condenar. En una democracia, por regla general, los juicios se enfrentan en libertad. No podemos dar marcha hacia una realidad en la que la prisión preventiva sea utilizada como una forma de justicia sumaria”.

La libertad personal es uno de los derechos humanos más valiosos pues entraña la posibilidad de que las personas organicen, con arreglo a la ley, su vida individual y social conforme a sus opciones y convicciones.

En razón de lo anterior, históricamente se ha considerado que su restricción es una medida razonable de reacción estatal para prevenir o castigar la lesión de otros bienes jurídicos, en el entendido de que esa simple amenaza podría incidir en la decisión de las personas frente a la posibilidad de cometer algún ilícito. Sin embargo, el modelo descrito ha demostrado ser ineficaz para cumplir con ese objetivo, por lo que un nuevo paradigma, fundamentado en los derechos humanos, ha impulsado, con poco éxito, minimizar las restricciones a la libertad para privilegiar la reinserción frente a la restricción.

En efecto, respecto al tema de prisión preventiva el Estado mexicano recibió una primera recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (COIDH) desde 1998, en la cual se estableció que dicha medida cautelar, como regla de aplicación general en los procesos penales, es contraria a las normas de la Convención Americana, porque viola el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia.

Por ello se consideró que el texto constitucional, vigente en ese momento y hasta el día de hoy —que restringe la prisión preventiva a los casos de delitos sancionados con pena corporal—, no era un régimen alentador ni protector.

El órgano internacional recomendó que la prisión preventiva debía restringirse a los casos particulares donde así lo aconsejen las condiciones individualizadas, junto con la amenaza fundada contra la sociedad y el orden público. Pero que, en todo caso, mencionó, debe tenderse a la agilización de los procesos penales, al mejoramiento de las condiciones de los centros de detención y a una revisión periódica de la detención.

Esa recomendación se encuentra reforzada con los criterios interpretativos brindados por diversos órganos internacionales. Así, el Comité de Derechos Humanos ha expresado que en ciertas circunstancias la detención preventiva puede ser incongruente con la presunción de inocencia, por ejemplo, cuando se aplica automáticamente o cuando su duración es excesiva.

Como sociedad, nos encontramos preocupados por la situación actual de violencia, inseguridad e impunidad que enfrenta el país, así como por la latente restricción de derechos a la que equivocadamente —pero de manera frecuente— se recurre con la finalidad de brindar seguridad, desarrollando la presente iniciativa en aras de atender ambos reclamos sociales.

La crítica situación de violencia e impunidad que vive el país requiere acciones urgentes. En ese sentido, si bien desde hace más de una década en México se ha trabajado en la construcción de un sistema de justicia penal más efectivo, justo y transparente, todavía estamos frente a un sistema en proceso de maduración que ha empezado a reflejarse en beneficios para la ciudadanía.

A más de 11 años de reforma constitucional en materias de seguridad y justicia penal (2008) y, a más de tres años de la entrada en vigor en todo el país del sistema acusatorio (2016), la sensación generalizada de la ciudadanía es que el sistema no ha cumplido con las expectativas ciudadanas y no ha arrojado los resultados esperados.

Sin duda, el sistema de justicia penal aún es incipiente y es necesario fortalecerlo, para lo cual, se han desplegado soluciones desde diferentes ámbitos: capacitación a operadores; innovaciones de la gestión institucional; difusión de derechos de la ciudadanía y conocimiento del sistema de justicia o, incluso, ajustes complementarios al marco normativo. Para cada área de oportunidad que aún tiene el sistema de justicia penal acusatorio es necesario evaluar objetivamente la problemática para estar en condiciones de realizar los ajustes que sean necesarios.

No obstante los esfuerzos realizados, sigue vigente la preocupación respecto a la llamada “puerta giratoria”, que se refiere a que quienes delinquen son detenidos pero salen libres por violaciones al debido proceso o a sus derechos humanos; a que la víctima es a quien se le deja la carga de la prueba al momento de enjuiciar al delincuente; que el sistema es demasiado laxo y, en general, diversas autoridades han justificado los brotes de violencia e inseguridad por motivo de las fallas y mal funcionamiento del sistema acusatorio.

Sin duda, la “puerta giratoria” ha sido la idea que más ha permeado en la ciudadanía, en los medios de comunicación y en el discurso de las autoridades de los distintos órdenes de gobierno y de los tres poderes con el fin de ilustrar estas deficiencias. La “puerta giratoria” desafortunadamente ha sido una interpretación simplista —a problemáticas más complejas— que construye, cada vez más, la idea de ineficiencia del sistema, siendo este el escenario más propicio para proponer medidas de corte populista penal, por ejemplo, el incremento a las penas, la tipificación de nuevos delitos, abrir las posibilidades a las hipótesis de flagrancia así como proponer la incorporación de nuevos tipos penales en el catálogo del artículo 19 constitucional, es decir, imponer a más delitos prisión preventiva oficiosa o prisión en automático.

Desafortunadamente, ninguna de las medidas punitivas es ni será una ruta viable para combatir la impunidad, reducir la criminalidad, asegurar que quienes cometan delitos cumplan con una condena, ni mucho menos para garantizar seguridad a la ciudadanía.

Durante los últimos años, en ambas Cámaras del Congreso de la Unión se han presentado iniciativas para incorporar más tipos penales al catálogo del artículo 19 constitucional, tales como: delitos en materia de hidrocarburos, delitos electorales, hechos de corrupción, en materia de armas de fuego y explosivos, feminicidio, violencia intrafamiliar, robo a casa habitación, entre otros.

Es también desafortunado el hecho que a esta reforma se le ha identificado como la reforma de los “delitos graves”; en ello también es fundamental señalar que el artículo 19 constitucional tiene como propósito establecer los delitos de prisión preventiva oficiosa y no la categoría de “delitos graves”, lo cual, también ha creado una idea equivocada de la reforma y falsas expectativas en la ciudadanía sobre el combate a estos fenómenos delincuenciales. Otra cuestión que también ha sido tergiversada respecto a la medida cautelar de prisión preventiva es que solo se puede imponer en los delitos del catálogo del artículo 19 constitucional, pero la realidad es que la prisión preventiva puede imponerse en todos los delitos que tengan como pena la prisión lo cual tiene fundamento en el propio artículo 19 y en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Si bien el sistema de justicia penal —en su fase de investigación inicial— tiene un problema de “puerta giratoria”, éste no corresponde al problema que atañe a las medidas cautelares, como la prisión preventiva. El problema de ingreso y egreso inmediato de las personas que son detenidas, no debería atenderse por la vía de las medidas cautelares —que deben ser decisiones judiciales— sino por la vía de las decisiones que toma el Ministerio Público desde el momento en que el primer respondiente pone a un detenido a su disposición.

En pocas palabras, el problema de la “puerta giratoria” se encuentra en las decisiones que toma el Ministerio Público, no en las resoluciones que hace el juez en audiencia respecto a las medidas cautelares.

El problema de la detención y puesta a disposición: la puerta giratoria

La percepción de impunidad en la ciudadanía, así como el problema de entrada y salida inmediata de las personas que ingresan en el sistema, es en efecto la puerta giratoria. Esta expresión se ha utilizado para describir la situación que prevalece en varias fiscalías del fuero local, debido a que cuando una persona es detenida en flagrancia y la policía pone a dicha persona a disposición del Ministerio Público, sucede que el Ministerio Público discrecionalmente decide a cuáles personas retiene y presenta en audiencia inicial y a cuáles libera por el supuesto de que posteriormente serán citadas para comparecer a la audiencia.

La decisión del Ministerio Público de presentar ante el juez o liberar a las personas detenidas tiene como parámetro el ejercicio de los derechos humanos de las mismas, sin embargo, la autoridad ministerial cuenta también con un alto grado de discrecionalidad, carece de criterios normativos o institucionales, al igual que de controles y contrapesos. No existe disposición alguna o mecanismo que, por un lado, provea al Ministerio Público de una guía para orientar la toma de decisiones sobre liberar o llevar ante el juez a los detenidos.

Por otro lado, tampoco hay mecanismos o lineamientos específicos que puedan evaluar estas decisiones. En algunos estados, la liberación de imputados en sede ministerial ha llegado a ser incluso de 86 por ciento. Un hecho aún más grave, es que, en la mayoría de estos casos la persona detenida y después liberada no es llamada por el Ministerio Público para comparecer a audiencia, no se inicia proceso penal alguno, el asunto queda archivado y peor aún, se obstaculiza en su totalidad el acceso a la justicia y la reparación del daño de las víctimas. Sin duda se reconoce el clamor de la ciudadanía y el descontento ante el sistema de justicia existiendo esta problemática.

En otras palabras, una vez que el detenido es puesto a disposición del Ministerio Público, deberá decidir en un plazo de retención no mayor a cuarenta y ocho horas de acuerdo con la Constitución, si libera a la persona o la lleva ante el juez de control y hace ejercicio de la acción penal. Se insiste, más allá del plazo establecido en la Constitución, no existen parámetros específicos que orienten la decisión del Ministerio Público dando, en efecto, lugar a la citada problemática de la puerta giratoria.

La interpretación que se ha dado a esta disposición de plazo constitucional con relación al artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos Penales consiste en que si el Ministerio Público o fiscal imputará por un delito de los no previstos en el artículo 19 constitucional, o solicitará una medida cautelar distinta a la prisión preventiva, invariablemente dejará en libertad al imputado y lo citará para que después se presente ante el juez, aun cuando la detención haya sido en flagrancia, en vez de que la detención de inmediato sea objeto de control judicial.

Esta interpretación ha propiciado que personas detenidas al momento de cometer un delito sean liberadas como consecuencia de esta potestad del Ministerio Público, que consiste en poder imputar (judicializar) o no un delito del catálogo del artículo 19 constitucional y para el resto de los delitos igualmente decidir por sí mismo, sin control judicial, si va a pedir o no medida cautelar de prisión preventiva. En el fuero federal el porcentaje de judicialización es de 10.7 por ciento.

La prisión preventiva oficiosa: una falsa salida

El sistema de justicia penal, de acuerdo con los instrumentos internacionales de derechos humanos, debe garantizar la libertad personal contenida en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas que se refiere a los “derechos a la libertad y seguridad de la persona y la inmunidad frente al arresto o detención arbitraria”, así como el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), que se refiere a las “garantías judiciales”, donde se establece el derecho a la presunción de inocencia en tanto no se establezca la culpabilidad del imputado mediante una sentencia condenatoria.

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas claramente ha señalado que “la prisión preventiva es una medida cautelar aceptada en el derecho internacional y que puede imponerse en el marco del procedimiento penal, a fin de evitar ciertos riesgos procesales”; esto es, el peligro de fuga, el riesgo para la víctima u obstaculización para el desarrollo del proceso. Así pues, como medida cautelar, es dable que la prisión preventiva se imponga bajo los principios de proporcionalidad y necesidad, en tanto el juez de control evalúe las condiciones socio ambientales del imputado y así decida cuál sería la medida cautelar más adecuada para el caso concreto.

El 13 de febrero de 2019, en Sucre, Bolivia, durante el 171 periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Estado mexicano fue llamado a comparecer ante dicha comisión para tratar el tema de prisión preventiva oficiosa y la preocupación nacional e internacional que se suscitó respecto a las iniciativas presentadas en la LXIV Legislatura, que lejos de eliminar dicha medida amplían el catálogo de delitos objeto de la misma y compromete al Estado mexicano por incumplimiento de estándares internacionales y observaciones en la materia ante instancias internacionales.

En la sesión citada, se expuso que la prisión preventiva oficiosa viola la presunción de inocencia; el derecho a audiencia; la contradicción; la progresividad; la inmediación y la independencia judicial, por mencionar algunos.

Además, el abuso de la utilización de la prisión preventiva tiene un alto costo por varios de sus efectos perniciosos, tales como

• Criminaliza la pobreza: casi 40 por ciento de la población privada de libertad se encuentra en espera de un juicio y 73 por ciento de ella son personas de escasos recursos.

• Agrava la sobrepoblación penitenciaria, actualmente la saturación se halla en 124 por ciento de su capacidad y se agudiza en 5 por ciento por cada delito de prisión automática que se adicione.

• Obstaculiza la justicia, entorpece la investigación criminal.

• Implica un elevado impacto presupuestal: 2 mil millones de pesos anuales por cada delito que se adiciona como susceptible de prisión preventiva oficiosa.

El artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece, entre otras, como posibles medidas cautelares, además de la prisión preventiva: la inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero; la prohibición de salir sin autorización del país, de una localidad o del ámbito territorial que fije el juez; el sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada; la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares; la prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa; la separación inmediata del domicilio; la suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos; la suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral; la colocación de localizadores electrónicos; y el resguardo en el domicilio del imputado.

Una figura que ha sido por demás novedosa en el marco de la implementación de la reforma procesal penal ha sido la correspondiente a las Unidades de Medidas Cautelares federal y locales que además de evaluar el riesgo que representa la libertad de un imputado durante el proceso, también tienen entre sus responsabilidades el seguimiento a las medidas que no impliquen prisión preventiva. Debemos recordar que el sistema de justicia penal acusatorio ofrece una amplia gama de medidas que permiten monitorear al imputado para que no altere pruebas o dañe a las víctimas y se asegure su presencia en la continuación del proceso.

La creación de las unidades de medidas cautelares permite cumplir el principio de presunción de inocencia (ya que un imputado puede estar en libertad hasta que no se demuestre lo contrario en juicio bajo una medida cautelar diversa a la prisión), y nos garantiza que el imputado estará presente llegado el momento en que se le juzgue públicamente o, en su caso, contar con elementos que justifiquen la aplicación de la prisión preventiva para cualquier delito.

A efectos de ofrecer un marco general del estado actual del funcionamiento del sistema de medidas cautelares vale la pena realizar los siguientes señalamientos:

a) Cumplimiento de las medidas cautelares no privativas de la libertad

En los estados donde se ha tomado con mayor compromiso el cumplimiento de la disposición legal que obliga a la creación de las unidades de medidas cautelares y el derecho a la presunción de inocencia, los niveles de cumplimiento de medidas cautelares distintas de la prisión oscilan entre el 82 y el 97 por ciento. Ello nos hace constatar que una vez vinculados a proceso, estando en libertad, las personas imputadas tienen un alto nivel de cumplimiento de las medidas cautelares y no es en esta instancia donde ocurre la “puerta giratoria”.

La misma Organización de los Estados Americanos ha señalado que las “medidas alternativas” a la prisión preventiva constituyen opciones procesales que permiten que la persona se encuentre en libertad mientras afronta el proceso penal y son herramientas fundamentales para reducir el hacinamiento carcelario, la desintegración comunitaria, social o personal; hacen utilizar de manera más eficiente los recursos públicos.

La utilización de la prisión preventiva tiene un efecto pernicioso de más amplio espectro. Por ejemplo, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad de 2016, 70.3 por ciento de la población privada de la libertad en ese año tenía dependientes económicos cuando fue detenida y 64.1 tenía hijos dependientes. Quizás un porcentaje importante de estas personas podrían haber afrontado su proceso en libertad o bajo una medida cautelar no privativa de la libertad si hubiesen sido escuchadas por el juez de control, pues se debe reconocer que cuando se priva de la libertad a una persona también se afecta su entorno social y familiar.

b) Imposición de la medida de prisión preventiva justificada

Se identifica como “prisión preventiva justificada” a la medida cautelar de prisión preventiva que se impone de acuerdo con los estándares de los instrumentos internacionales de derechos humanos y el debido proceso penal, es decir, aquella medida de prisión preventiva que se resuelve e impone caso por casobajo los principios de razonabilidad y necesidad.

Así pues, contrariamente a la percepción y a los dichos respecto a que “los jueces no imponen prisión preventiva justificada” o que “los jueces liberan a los imputados”, las estadísticas del Poder Judicial de la Federación dan cuenta de lo contrario. En su cuarto informe respecto al funcionamiento del sistema acusatorio, presentado en junio de 2018, se reportó respecto a la imposición de prisión preventiva justificada que en delitos de armas fue impuesta en 70.66 por ciento, en delitos contra la salud en 88.05 y en robo de hidrocarburos en 41.46. Esto es, en los casos en los que el Ministerio Público pidió la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, ésta fue otorgada e impuesta por los jueces de control federales.

De acuerdo con estas cifras, a pesar de que la prisión preventiva oficiosa sólo contempla actualmente a los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud; los jueces en pleno uso de las facultades que actualmente les concede el Código Nacional de Procedimientos Penales terminan imponiendo dicha medida cautelar en la gran mayoría de los casos.

En resumen, la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada y el cumplimiento a las medidas cautelares no privativas de la libertad no representan un problema significativo para el sistema de justicia penal. Como se ha mencionado, el problema no se encuentra en sede judicial sino en sede ministerial y es ahí donde se hacen necesarios los ajustes normativos. Por lo anterior, es fundamental reconocer que ampliar el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa o automática en la Constitución, abrió un falso debate contra el Poder Judicial a quien se acusaba de “dejar a los delincuentes” en libertad al no aplicar la medida cautelar de prisión preventiva en casos “graves”.

Se debe recordar que este catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa o automática del artículo 19 constitucional fue una concesión a la implementación del sistema acusatorio que debía ser eliminada después del periodo de transición de la reforma, el cual culminó en 2016, sin embargo, la figura permanece y es una reminiscencia del sistema inquisitivo.

La tentación de algunos sectores para que se consideraran dentro del catálogo de prisión preventiva oficiosa o automática otros delitos como el de portación de armas, o los relacionados con robo de hidrocarburos ha estado latente. No obstante, en el debate informado se termina por reconocer que esta medida legislativa es equívoca y anticipada considerando que la implementación en todo el país recién cumplió 3 años y no se habían creado las unidades de medidas cautelares a lo que estados, la Ciudad de México y la federación están obligados constitucionalmente desde junio de 2016, y que fue hasta un año después, en julio de 2017, que finalmente se cumplió con el mandato y se establecieron en su totalidad, siendo la más reciente la del ámbito federal. A partir de entonces, el Gobierno Federal cuenta con una oficina que evalúa el riesgo que representa la libertad de una persona durante su proceso. Actualmente es necesario revisar la calidad de los servicios que presta dicha oficina federal para potenciar sus funciones.

Lamentablemente, en los últimos años, se ha apoyado en la incorporación de más tipos penales al catálogo de delitos del 19 constitucional, desconociendo el origen de esta disposición y bajo la creencia que eliminarán la puerta giratoria, combatirán la delincuencia o por lo menos “enviarán un mensaje a la ciudadanía” en atención a sus preocupaciones de seguridad. Sin embargo, el gran problema de la prisión preventiva oficiosa es que priva de la libertad a las personas en automático, sin importar sus condiciones de vida, por ejemplo, si tienen trabajo, arraigo en el lugar, dependientes económicos y no garantiza el combate a la delincuencia.

Como se ha visto, esta medida no es eficiente para combatir la delincuencia ni los problemas de seguridad, medidas como esta, violan el principio de progresividad de los derechos humanos pues genera retrocesos y restringe la presunción de inocencia y el debido proceso penal. Por ejemplo, el homicidio doloso desde la reforma de 2008 ha estado en el catálogo del artículo 19 constitucional y lejos de haber disminuido la incidencia de dicho delito esta ha aumentado considerablemente en los últimos 10 años. En 2017 la tasa fue de 20.27 homicidios por cada 100 mil habitantes mientras que 2018 cerró con 23.1, esto es un total de 34 mil 202 homicidios dolosos.

Antes que reformar la Constitución para aumentar el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa, lo cual además ha sido observado por diversas instancias internacionales, la solución que puede hacer más efectivo el procedimiento penal en estos y otros delitos es eliminar la facultad discrecional del Ministerio Público de decisión sobre si solicita o no medida cautelar de prisión preventiva y sustituirla por la obligación de hacerlo.

Particularmente, el uso de esta facultad por parte del Ministerio Público preocupa para ciertas conductas delictivas tales como uso de programas sociales con fines electorales; de corrupción, tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; y de delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, desaparición forzada de personas, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

Finalmente, a efecto de que el Ministerio Público se encuentre en posibilidades de solicitar la audiencia inicial en la que se habrá de pedir la vinculación a proceso del imputado, así como la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada será necesario que dicho órgano investigador realice los actos necesarios para darle suficiencia a la solicitud ante el órgano jurisdiccional. Lo anterior implica igualmente la eficaz concurrencia de los cuerpos de policía de investigación que intervengan, de los peritos que aporten los datos de prueba mínimos para la satisfacción de los requisitos señalados en la Constitución, así como de las unidades de supervisión de medidas cautelares y de suspensión condicional del proceso.

Estas últimas tienen la responsabilidad de proveer los estudios de riesgo necesarios para que se sustenten las hipótesis que deben ser acreditadas ante el órgano jurisdiccional de la audiencia correspondiente en relación a la insuficiencia de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva justificada para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.

Por lo anterior, se plantea la reforma al artículo 19 constitucional para que delitos que lesionan gravemente a la sociedad y al estado de derecho, puedan ser judicializados de manera ineludible. La propuesta va dirigida a establecer la obligación del Ministerio Público de solicitar la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva a las personas que son vinculadas a proceso por los tipos penales referidos en el segundo enunciado del párrafo dos del artículo en mención.

Con esta modificación se evitaría la imposición automática de la prisión preventiva, estableciendo medidas legales para que, en el proceso penal, tratándose de los delitos previstos en la disposición constitucional, se deba solicitar obligatoriamente de manera fundada y motivada la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva por el Ministerio Público, solicitud a la cual el órgano jurisdiccional deberá dar respuesta, mediante un análisis individualizado.

Al tiempo, se atendería por un lado la preocupación del Ejecutivo federal por contar con herramientas que le permitan atender la emergencia ante la grave crisis de seguridad y de procuración de justicia y el llamado de diversos organismos internacionales y nacionales, respecto a la necesidad de implantar procesos de persecución e investigación de delitos, más garantistas y respetuosos de los derechos humanos.

Asimismo, se establece en los artículos transitorios de esta reforma la obligación a las autoridades correspondientes para garantizar el funcionamiento cabal de todas las dependencias que habrán de ministrar la información necesaria para que deba ser allegada al órgano jurisdiccional para que éste pueda emitir la resolución que corresponda al pedido de la medida cautelar de prisión preventiva justificada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con

Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se Reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 19. ...

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El Ministerio Público deberá solicitar al juez la prisión preventiva, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud. En estos casos, el juez, caso por caso, en un análisis individualizado y con base en los elementos aportados por el Ministerio Público, de manera fundada y motivada, resolverá sobre la procedencia o no de la medida cautelar de prisión preventiva justificada.

...

...

...

...

...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. La obligación a cargo del Ministerio Público consistente en solicitar al juez la medida cautelar de prisión preventiva justificada iniciará su vigencia en un plazo de treinta días. En dicho plazo las fiscalías, procuradurías e instancias policiacas y periciales tomarán las providencias necesarias para que las investigaciones correspondientes contengan la información suficiente para la procedencia de la vinculación a proceso y la medida cautelar que se trate.

Segundo. Los Poderes Ejecutivos o Legislativos, federal o de las entidades federativas, según corresponda, dispondrán lo necesario para que las unidades de supervisión de medidas cautelares y suspensión condicional del proceso que tengan adscritas se encuentren en plenitud de funcionamiento para proveer de la información a las partes en los procedimientos de investigación a más tardar dentro de los treinta días posteriores al inicio de la vigencia del presente decreto.

Tercero. Derivado de la entrada en vigor del presente decreto, las personas que estén enfrentando su proceso en prisión preventiva tendrán el derecho a solicitar su revisión ante la autoridad jurisdiccional correspondiente, la cual deberá dar vista al Ministerio Público.

Cuarto. El Congreso de la Unión dispondrá de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las reformas legales conducentes.

Quinto. La legislación secundaria contemplará el procedimiento de responsabilidad y las sanciones correspondientes por el incumplimiento de la obligación de solicitar la prisión preventiva o su solicitud de manera deficiente.

Notas

1 https://elpais.com/mexico/2022-09-05/claves-de-una-sesion-historica-puede-la-su prema-corte-eliminar-la-prision-preventiva-oficiosa.html#:~: text=La%20prisi%C3%B3n%20preventiva%20oficiosa%20es,vaya%20directo%20a%20la%20c %C3%A1rcel.

2 Los principales tratados que se contravienen con esta medida como lo es, por un lado, el artículo 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y por otro, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que lo dispone en el artículo 9.3. Asimismo, lo establecido en el Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión de las Naciones Unidas, en el principio trigésimo sexto.

3 Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2401-VIII, martes 11 de diciembre de 2007.

4 Observaciones de la ONU-DH sobre la regulación de la prisión preventiva oficiosa, páginas 3-4.

5 Caso J. vs. Perú. Excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas. Sentencia del 27 de noviembre de 2013, párrafo 137.

6 Observaciones de la ONU-DH sobre la regulación de la prisión preventiva oficiosa, página 8.

7 Organización de los Estados Americanos (OEA). Los Principios y Buenas Prácticas para las Personas Privadas de Libertad en las Américas, Disponible en:

http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/PrincipiosPPL.asp Párrafo 64.

8 Corte IDH. Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 21 de noviembre de 2007. Serie C, número 170, párrafo 52.

9 CIDH, Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en México, 24 de septiembre de 1998, párrafos 233 a 235.

10 Comité de Derechos Humanos (2000), Observaciones finales: Argentina, CCPR/CO/70/ARG, párrafo 10; Comité de Derechos Humanos (2006), Observaciones finales: Italia, CCPR/C/ITA/CO/5, párrafo 14.

11 http://www.hchr.org.mx/images/Prisi por cientoC3 por ciento B3nPreventivaOficiosa.pdf

12 Nuevo León, Baja California Sur, San Luis Potosí y Chihuahua.

13 Organización de los Estados Americanos, Guía práctica para reducir la prisión preventiva, página 22.

14 Observaciones del alto comisionado de las Naciones Unidas, Observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la sentencia Corte Interamericana de Derechos Humanos en caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco vs. México, párrafos 250, 251 y 252 (10 mujeres víctimas de violencia sexual por agentes del Estado estuvieron en prisión preventiva oficiosa por los delitos de ataques a las vías de comunicación, secuestro equiparado y delincuencia organizada).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 22 de noviembre del 2022.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

«Iniciativa que reforma el artículo 470 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por el diputado José Luis Báez Guerrero y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado José Luis Báez Guerrero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6 numeral 1, fracción I; 77, numeral 1; 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, someto a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 2 del artículo 470 de Ley General de Instituciones u Procedimientos Electorales, al tenor de lo siguiente:

Exposición de Motivos

La Organización de las Naciones Unidas ha señalado que la democracia es uno de los valores y principios universales fundamentales de las Naciones Unidas. El respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y el principio de celebrar elecciones periódicas y genuinas mediante sufragio universal son elementos esenciales de la democracia. Estos valores están consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y fueron desarrollados posteriormente en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que consagra el conjunto de derechos políticos y libertades civiles que sirven de cimiento a las democracias auténticas.

En el artículo 21, numeral 3, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Por su parte, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos protegen la democracia como derecho humano.

Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 35, 40, 41, 99, 115 y 116, protege la democracia en nuestro país.

Ahora bien, mediante el ejercicio jurisdiccional, interpretativo, sistemático y funcional efectuado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, surgió como mecanismo de protección a la democracia, el Procedimiento Especial Sancionador, para que las autoridades administrativas electorales vigilen las actividades de los partidos políticos y coaliciones, así como de los candidatos y sus simpatizantes, para que tales actividades se desarrollen con apego a la ley, con la finalidad de preservar la voluntad popular cuando se requiera la reorientación o reencauzamiento de las actividades de los actores políticos, a través del ejercicio de atribuciones correctivas e inhibitorias de la autoridad y no exclusivamente de aquellas que sean sancionadoras o anulatorias.

Criterio que fue adoptado por el legislador, en la reforma electoral constitucional y legal de los años dos mil siete y dos mil ocho, mediante la cual incorporó el procedimiento especial sancionador.

Asimismo, ante la necesidad de perfeccionar los mecanismos de protección al principio democrático, en la reforma constitucional, en materia político-electoral del año dos mil catorce, se reconfiguró el diseño del Procedimiento Especial Sancionador, y se estableció un procedimiento mixto y de competencia dual, en la que la autoridad administrativa electoral se encargara de sustanciar los procedimientos especiales sancionadores y la autoridad jurisdiccional de resolverlos.

El Procedimiento Especial Sancionador es un instrumento de tutela efectiva, que tiene como objetivo primordial salvaguardar los principios tutelados constitucional y legalmente que conforman el orden público electoral, y cuya observancia procura el principio democrático, como método de selección de la integración de los órganos de representación y de gobierno.

Hoy en día, dicho procedimiento está regulado en los artículos 14, 16, 35, 41, 116, fracción IV, 130 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales protegen los principios democráticos, de tutela judicial efectiva, debido proceso, equidad, separación del Estado y la iglesia, interés superior del menor, certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad.

Este Procedimiento, tienen como finalidad primordial preservar la equidad y la democracia durante las contiendas electorales, así como proteger los derechos fundamentales de los actores políticos y de la ciudadanía.

En este sentido, las determinaciones en fase jurisdiccional han tenido una evolución garantista, más allá de la protección de los principios que rigen una contienda electoral, ello al resolver temas relacionados con la promoción y salvaguarda de derechos fundamentales de grupos vulnerables como la niñez y violencia política de género, uso de símbolos, imágenes y frases religiosas, actos anticipados de precampaña y campaña; y, respecto a la adecuada utilización de los medios de comunicación social, en relación con la difusión de propaganda político-electoral y gubernamental, con la finalidad de preservar la competencia equitativa entre los partidos políticos y candidatos, con lo que se busca no solo sancionar las conductas infractoras o decretar garantías de no repetición, sino, en la medida de lo posible, garantizar el derecho humano a una reparación integral del daño.

Por tanto, el Procedimiento Especial Sancionador es, como ya se reiteró, un instrumento de tutela efectiva, que tiene como objetivo primordial salvaguardar los principios constitucionales y legales que conforman el orden público electoral, y cuya observancia procura el principio democrático, como método de selección de la integración de los órganos de representación y de gobierno, con el objetivo de preservar la equidad durante las contiendas electorales, así como proteger los derechos fundamentales de los actores políticos y de la ciudadanía.

Es el instrumento que tienen las autoridades electorales y los actores políticos para vigilar las actividades de los partidos políticos y coaliciones, así como de los candidatos y sus simpatizantes, para que tales actividades se desarrollen con apego a la ley, con la finalidad de asegurar la legalidad del voto universal, libre, secreto y directo, preservando la voluntad popular cuando se requiera la reorientación o reencauzamiento de las actividades de los actores políticos, a través del ejercicio de atribuciones correctivas e inhibitorias de la autoridad y no exclusivamente de aquellas que sean sancionadoras o anulatorias.

En ese contexto, el deber de vigilancia tiene como finalidad proteger la democracia, la equidad y la neutralidad de la contienda electoral, por lo que no solo afecta a los partidos políticos sino a toda la ciudadanía, la cual tiene un derecho humano de protección a sus derechos políticos y democráticos y a una contienda electoral justa y equitativa.

Ahora bien, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha considerado que en los principios que rigen la materia de la prueba en el procedimiento sancionador, existe una mayor separación del principio dispositivo y un mayor acercamiento al principio inquisitivo, lo cual es explicable porque se está en el terreno donde se desenvuelven actividades de orden público, como es la función electoral.

Ergo, el principio dispositivo, es un principio procesal de la rama del derecho privado, por virtud del cual, la tarea de iniciación e impulso del procedimiento está en manos de los contendientes y no en el juzgador.

En razón de este principio, se considera que es en “las partes” en quienes recae no sólo la obligación de iniciar el procedimiento, sino también la determinación de su contenido e impulso para el esclarecimiento de la verdad en la resolución de la controversia.

Así, este principio limita al juzgador y no puede sustituirse al actor y ejercer de manera oficiosa una acción, ni tampoco puede hacerlo con relación al demandado a efecto de dar una contestación a la demanda y fijar la litis, pues, salvo algunas excepciones, a nadie se puede constreñir u obligar a solicitar su tutela jurisdiccional o ejercer su defensa ante los tribunales; del mismo modo, el juzgador no puede tomar la iniciativa de recabar las pruebas que estime conducentes para el esclarecimiento de la verdad en la resolución de la controversia, pues es en las partes en quienes recae esa carga, en tanto que ello redunda en su propio beneficio.

La razón de ser de ese principio descansa en el hecho de que, por regla general, los derechos e intereses jurídicos que se discuten en el proceso son del dominio absoluto de los particulares y, por ende, es en ellos en quienes recae la obligación de iniciar e impulsar el procedimiento; no obstante, en razón de que el artículo 17 constitucional exige prontitud en la justicia, la obligación de iniciación e impulso del procedimiento que se deriva del principio que se analiza, se rige por el diverso de oportunidad que se deriva de los plazos y términos que fijen las leyes correspondientes.

Ahora bien, el Procedimiento Especial Sancionador no es del dominio de los particulares, sino que pertenece al derecho público, por tanto, al ser de interés público y que los mismos afectan a los intereses democráticos del país, se debe otorgar una facultad oficiosa al juzgador para llegar al conocimiento de la verdad controvertida, la cual autoriza a recabar por iniciativa propia las pruebas que estime conducentes para ese efecto.

En tal sentido, al ventilarse en los procedimientos especiales sancionadores cuestiones que interesan y afectan a toda la sociedad, debe prevalecer el principio inquisitivo en el procedimiento, en términos del cual, el juzgador tiene la facultad y la función de llegar a la verdad de los hechos mediante el empleo de todos los medios a su alcance.

Por tanto, el procedimiento administrativo sancionador electoral participa de las características de interés público, y las resoluciones que en él se dicten, por las mismas razones, afectarán el referido interés, por tanto, al denunciarse violaciones al proceso electoral, no se defienden únicamente un interés singular, sino que también, se protege un interés público, al protegerse la democracia.

En tal sentido, el procedimiento especial sancionador, al ser un instrumento de origen constitucional y protección a los principios democráticos, debe iniciarse de manera oficiosa y/o solo debe bastar con la denuncia para su trámite, investigación, sustanciación y resolución, y no establecer cargas probatorias a los entes que tienen el deber de vigilar los procesos electorales, por tanto, las autoridades electorales deben de tener la obligación oficiosa, de recabar por iniciativa propia las pruebas que se estime conducentes para llegar al conocimiento de la verdad y en su caso sancionar.

En consecuencia, en el deber de proteger y garantizar la democracia como derecho humano, reconocido en la Constitución Federal y los Tratados Internacionales, de conformidad con los artículos 1o. y 133 de la Constitución Federal, se propone reformar el numeral 2, del artículo 470, de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, conforme se presenta en el siguiente cuadro comparativo:

En atención a lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

Decreto

Único. Se reforma el numeral 2 del artículo 470 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 470....

1....

2. La Secretaría Ejecutiva por conducto de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, instruirá, tramitará, investigará y sustanciará, de oficio, el procedimiento especial establecido en este capítulo, en cualquier momento,o cuando se presenten denuncias, o por hechos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.ohchr.org/es/democracy/rule-law-democracy-and-human-rights

2 https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-huma-rights

3 “Artículo 2.- La Organización de los Estados Americanos, para realizar los principios en que se funda y cumplir sus obligaciones regionales de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, establece los siguientes propósitos esenciales: b) Promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención...”

4 “Artículo 25.- Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:

a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores;

c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país”.

5 “Artículo 23. Derechos Políticos

 1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:

 a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

 b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y

c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

5. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal”.

6 Así se estableció en la Jurisprudencia histórica de rubro: “Procedimiento sumario preventivo. facultad de la autoridad electoral para instaurarlo”. Ver Acuerdo General 2/2018, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en donde se declaró jurisprudencia histórica.

(https://mexico.justia.com/federales/jurisprudencias-tesis/tribu nal-electoral/jurisprudencia-12-2007/)

7 Citation Fer21/12058

8 Idem

9 Artículos 4, 41, 116, 130, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10 Así se estableció en la Jurisprudencia histórica 12/2007, de rubro: “Procedimiento sumario preventivo. facultad de la autoridad electoral para instaurarlo”,

11 Tiene aplicación al caso la Jurisprudencia 16/2004, del rubro: “Procedimiento administrativo sancionador electoral. la junta general ejecutiva del ife tiene facultades investigadoras y debe ejercerlas cuando existan indicios de posibles faltas.”

(https://www.te.gob.mx/IUSEapp/tesisjur.aspx?idtesis=16%2f2004&tpoBusqueda=S&sWord=16%2f2004)

12 Criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis 1a. CLVII/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, septiembre de 2009, página 438, de rubro: “Cargas procesales relacionadas con el impulso procesal. atento al principio dispositivo, el legislador puede establecerlas con fundamento en el artículo 17 de la Constitución General de la República”.

(https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/166488)

13 Criterio establecido en la Jurisprudencia 3/2007, de rubro: “Procedimiento administrativo sancionador electoral. los partidos políticos tienen interés jurídico para impugnar la resolución emitida”

(https://www.te.gob.mx/IUSEapp/tesisjur.aspx?idtesis=3/2007& tpoBusqueda=S&sWord=PROCEDIMIENTO,ADMINISTRATIVO,SANCIONADOR,ELECTORAL,LOS, PARTIDOS,POL%c3%8dTICOS,TIENEN,INTER%c3%89S,JUR%c3%8dDICO,PARA,IMPUGNAR,LA,RESO LUCI%c3%93N,EMITIDA)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado José Luis Báez Guerrero (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO A LA CONAGUA, A DETERMINAR LOS VOLÚMENES A TRASVASAR DE LA PRESA EL CUCHILLO A LA PRESA MARTE R. GÓMEZ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a determinar los volúmenes a trasvasar de la presa El Cuchillo a la presa Marte R. Gómez, a fin de asegurar el abastecimiento de agua en el Distrito de Riego 026 Bajo Río San Juan, Tamaulipas, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra y diputados de los Grupos Parlamentarios de Morena y del PVEM

Los suscritos, diputados federales por el estado de Tamaulipas, integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena y Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Exposición de Motivos

La cuenca del Río San Juan ha sido compartida por los Estados de Tamaulipas y Nuevo León a través de la historia, lo que nos ha hermanado a partir de respetar el Acuerdo que otorga el volumen que corresponde a cada entidad federativa.

Cabe mencionar que el 2 de julio de 1952 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) “Acuerdo que establece la Veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones de agua del Río San Juan, en el Estado de Tamaulipas y toda su cuenca tributaria, aguas arriba de la Presa “Marte R. Gómez”.

En el párrafo segundo del apartado de Considerando del Acuerdo citado se establece:

Que de acuerdo con los estudios hidrológicos hechos sobre el funcionamiento de la Presa Marte R. Gómez, es necesario disponer de todos los escurrimientos del Río San Juan, hasta dicha presa para el riego de las 69,748 hectáreas, dominadas por las obras hidráulicas construidas”.

No obstante lo anterior, se inició la construcción de la Presa “El Cuchillo” en el municipio de China, Nuevo León, misma que entró en operación en 1994, cortando el flujo de agua del río San Juan, que depositaba su caudal en la Presa “Marte R. Gómez” para beneficio del Distrito de Riego 026 Bajo Río San Juan.

Fue tal la tensión que se generó entre los usuarios y gobiernos de ambos estados, que después de arduas negociaciones y estudios hidrológicos de la Cuenca, se firmó un Acuerdo el 13 de noviembre de 1996, que suscriben los estados de Nuevo León, Tamaulipas y CONAGUA, que consta de 12 puntos sobresaliendo por su importancia el PRIMERO, SEXTO Y OCTAVO, de los cuales se describe los más sobresaliente:

: El Gobierno del Estado de Nuevo León y la CNA, iniciarán en 1997 la construcción del emisor necesario para conducir las aguas residuales tratadas, provenientes de la ciudad de Monterrey y su zona metropolitana, a la Presa Marte R. Gómez en el Estado de Tamaulipas, programándose su conclusión en 1998.”

Cabe destacar que a 25 años de lo acordado, este punto aún no se ha materializado.

Las partes que suscriben este Acuerdo, convienen que el segundo acueducto de la “Presa El Cuchillo — Solidaridad” para la ciudad de Monterrey y su zona metropolitana se construirá con recursos del Estado de Nuevo León, una vez que se concluyan y operen las obras que se mencionan en el presente instrumento”.

La CNA, de conformidad con lo que establece el reglamento ya mencionado, analizará durante el mes de noviembre de cada año con base en la información al 31 de octubre, la disponibilidad total de las aguas, y determinará en el mes de noviembre, los volúmenes a usar de la Presa El Cuchillo para asegurar el abastecimiento de la ciudad de Monterrey y su zona metropolitana y para el uso de riego en el Distrito de Riego 026 Bajo Río San Juan, entre otros usuarios”.

En virtud de lo acordado y aun cuando no se cumplió a Tamaulipas con la construcción del emisor, que garantizaría un volumen mínimo de 189 millones de metros cúbicos (mm3) de agua residual tratada, retornada de Monterrey y la zona metropolitana a la Presa “Marte R. Gómez”, y que debió estar concluido desde 1998, hemos transitado en un clima de concordia en materia de trasvaso entre ambas presas para beneficio de las y los usuarios de los dos estados.

Es así que desde 1996 que se firmaron los acuerdos, a la par se iniciaron los trasvasos, acumulando a la fecha 35, sin que se hayan presentado conflictos, dado que el acuerdo es bastante claro: “Cuando la Presa Marte R. Gómez tenga un almacenamiento menor a 700 mm3 y El Cuchillo cuente con un volumen superior a 315 mm3, el volumen que esté por arriba se trasvasará a la Presa “Marte R. Gómez”.

Con datos al 9 de noviembre de 2022, la Presa “El Cuchillo” cuenta con un volumen almacenado de 762 mm3 y “Marte R Gómez”, con 384 mm3. De acuerdo a estos datos, y tomando en cuenta lo acordado y firmado entre las partes, se cuenta con las condiciones para realizar el trasvase en beneficio de las y los usuarios del Distrito de Riego 026 Bajo Río San Juan.

Por lo anteriormente expuesto, la presente acción legislativa tiene el propósito de hacer un respetuoso exhorto al Director General de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), con el fin de que antes del 30 de noviembre de 2022, defina fecha y volumen de agua que deberá ser trasvasado de la Presa “El Cuchillo” en Nuevo León a la Presa “Marte R. Gómez” en Tamaulipas, de tal manera que se garantice el abasto de agua en Monterrey, Nuevo León, así como a su zona metropolitana, y se autorice un plan de riego sin restricciones al Distrito de Riego 026 Bajo Río San Juan.

En virtud de lo anterior y tomando en consideración que las y los diputados contamos con la facultad de exhortar a las autoridades para que acaten las disposiciones o acciones de carácter gubernamental; máxime que en la firma del acuerdo citado participaron los órdenes de gobierno, federal y estatal, así como los organismos representantes de los usuarios de las aguas nacionales del Río San Juan: el Distrito de Riego 026 y Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey.

Por lo expuesto, se propone el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Director General la Comisión Nacional del Agua a que, conforme a sus atribuciones, determine antes del 30 de noviembre de 2022 los volúmenes a trasvasar de la presa “El Cuchillo” a la presa “Marte R. Gómez”, a fin de asegurar el abastecimiento de agua en el distrito de riego 026 Bajo río San Juan, Tamaulipas, con estricto cumplimiento al Acuerdo de 13 de noviembre de 1996, suscrito por los Estados de Nuevo León, Tamaulipas y la Comisión Nacional del Agua.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.–Diputadas y diputados: Ana Laura Huerta Valdovinos, Olga Juliana Elizondo Guerra, Juan González Lima, Elva Agustina Vigil Hernández, Erasmo González Robledo, Claudia Alejandra Hernández Saenz, Blanca Araceli Narro Panameño (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



SE APLIQUEN DIVERSAS ACCIONES EN MATERIA DE INDICADORES DE CALIDAD, ENFOCADOS A DOLOR CRÓNICO Y CUIDADOS PALIATIVOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a las instituciones de salud pública a diseñar y aplicar diversas acciones en materia de indicadores de calidad, enfocadas a dolor crónico y cuidados paliativos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez barba, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV, “Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad” del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 y 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 1, 6 fracción I, 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados; someto a consideración de esta honorable soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputadas y Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud del gobierno federal, de las 32 entidades federativas, las instituciones de salud pública y sus respectivos sistemas de salud para que diseñen y apliquen diversas acciones en materia de indicadores de calidad enfocados a dolor crónico y cuidados paliativos. Asimismo, para que la Secretaría de Salud y al Centro de Investigaciones en Evaluación y Encuestas del Instituto Nacional de Salud Pública para que realicen modificaciones a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) para el 2023, tomando como base el sistema descriptivo del cuestionario de salud del EuroQol-5D-5L, respecto de las preguntas cuyas respuestas permitan generar una base sólida de Indicadores de Calidad en nuestro país, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

Indicadores de Calidad

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha definido a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, por lo tanto, implica que los individuos deben tener calidad de vida cuyo concepto amplio se ve afectado de forma compleja entre otras cosas por la salud de la persona, por lo cual es importante medir su estado de salud, haciendo uso de herramientas cuantitativas, tales como los Indicadores de Calidad.

En este sentido, un indicador es “una medición que refleja, evalúa y monitorea una situación determinada en contextos temporales y culturales específicos, al hablar de indicadores de salud se debe contemplar que la medición de la salud y los efectos de la [atención médica] deben incluir no sólo una indicación de los cambios de la frecuencia y de la gravedad de las enfermedades [cambios físicos], sino también una estimación del bienestar y este puede ser evaluado midiendo la mejoría de calidad de vida relacionada con la [atención médica].

Ahora bien, existen diversos usos de los indicadores de salud, entre los que destacan la evaluación, la gestión de sistemas y el mejoramiento de la calidad, estos usos permiten conocer los resultados y las repercusiones de las políticas, programas, servicios y acciones de salud adoptadas por un país, y en su caso, permiten la retroalimentación con el objeto de mejorar la toma de decisiones en diferentes sistemas y sectores.

Asimismo, el uso de indicadores [de salud] tiene como objetivo alimentar la toma de decisiones, [...] mejorar la salud de la población y reducir las desigualdades injustas y evitables, para lograrlo se requiere de una medición de la percepción de la calidad de vida relacionada con la salud de cada persona, por ello la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha publicado anualmente el texto “Situación de Salud en las Américas: Indicadores Básicos” el cual representa el conjunto mínimo de información necesario para la caracterización de la situación de salud en la región [Panamericana].

Por otra parte, en México aún no se cuenta con un sistema de salud que permita, por sí mismo o por conducto de terceros, obtener periódicamente datos específicos sobre la percepción de calidad de vida que tienen las personas usuarias como resultado, entre otras cosas, de los servicios de salud, para así, con el uso de esos datos se pueda verificar, o en su caso, modificar la atención médica brindada, como ocurre en Brasil con la Red Interinstitucional de Información de Salud (RIPSA).

No obstante, en México se han hecho algunos esfuerzos por obtener Indicadores de Calidad actualizados, tal es el caso que en 2018 la Asociación Mexicana de Industrias de Investigación Farmacéutica, A.C. (AMIIF) brindó apoyo financiero y en especie así como capacitación a investigadores mexicanos para la aplicación del Cuestionario de Salud EuroQol-5D-5L, el cual es un sistema descriptivo que contiene cinco dimensiones de salud (movilidad, cuidado personal, actividades cotidianas, dolor/malestar y ansiedad/depresión) y cada una de ellas tiene cinco niveles de gravedad (sin problemas, problemas leves, moderados, severos, extremos). El cuestionario fue aplicado entre julio y agosto de 2019 por la empresa De Las Heras Demotecnia (Demotecnia), mientras que los datos se analizaron entre octubre de 2019 y mayo de 2020. El objetivo principal de dicho cuestionario fue la inclusión de nuevos tratamientos en las instituciones públicas de salud, el cual es uno de los beneficios de la inclusión de indicadores de calidad en el sistema de salud.

Aunado a lo anterior, incluir específicamente indicadores para tener datos sólidos, actualizados y ciertos sobre la percepción de calidad de la población mexicana adulta ayudará significativamente a que esta pueda acceder a diagnósticos oportunos y atención y tratamientos adecuados, lo cual generará mejor calidad de vida para la población que viva con algún padecimiento, más aún si este trae como consecuencia dolor crónico y/o necesidad de cuidados paliativos.

Contexto actual sobre dolor crónico y cuidados paliativos en México

Comúnmente el dolor crónico y los cuidados paliativos son pensados por la población en general como síntomas y necesidades de personas con enfermedades incurables o en fase terminal, sin embargo, no son las únicas que lo padecen. Es así como los indicadores de calidad permitirán tener datos ciertos y actualizados respecto a la situación en la que se encuentran las personas con algún padecimiento, lo que ayudará a canalizar y brindar atención oportuna en caso de presentar dolor crónico y/o requerimiento de cuidados paliativos, para así tener una mejor calidad de vida en su día a día sin que esta se vea mermada por una atención suficiente para la enfermedad que padezca, pero insuficiente para su calidad de vida.

Bajo esta tesitura la Asociación Internacional en el Estudio de Dolor (International Association for the Study of Pain o “IASP”) define al dolor como: “Una experiencia [personal] sensorial y emocional desagradable que puede ser asociada o similar con el daño tisular real o potencial, siendo influenciada en diferentes grados por factores biológicos, psicológicos y sociales. Por ello, si una persona manifiesta una experiencia dolorosa, ésta debe ser respetada y aunque el dolor usualmente cumple una función adaptativa, puede tener efectos adversos sobre la funcionalidad y el bienestar social y psicológico”.

Respecto al dolor crónico, hay que señalar que la tolerancia al dolor es muy variable, algunas personas toleran dolor moderado o severo sin requerir el uso de medicamentos. El dolor puede ser agudo o crónico. El dolor agudo aparece de repente y no dura mucho, mientras que el dolor crónico es duradero y persiste más de tres meses.

En este sentido es importante destacar que, se ha determinado que la mayoría de las personas alguna vez en su vida han sentido dolor, ya sea por una caída, por una cirugía o por alguna enfermedad. Asimismo, existen algunas enfermedades que están relacionadas con la presencia de dolor, tales como: la artritis, el dolor lumbar, la fibromialgia, el cáncer, las neuropatías y las fracturas.

Por ello, el dolor crónico es uno de los problemas de salud pública más subestimados en el mundo que afecta al 10 por ciento de la población mundial. Mientras que en América latina se estima que entre el 27 por ciento y el 42 por ciento de la población padece esta condición, en México carecemos de información estadística que permita conocer el impacto del dolor crónico en la población, sin embargo, se contempla la existencia de al menos 28 millones de personas que lo padecen, las cuales tienen poco o nulo acceso a los tratamientos adecuados.

Además, es importante destacar que el dolor crónico conlleva a serias consecuencias en la salud de las personas que lo padecen, tal es el caso que una de cada tres personas que tienen dolencias graves no pueden tener una vida normal (hacer ejercicio, asistir al trabajo, dormir normalmente o participar en actividades sociales), esto implica que un manejo inadecuado trae como consecuencia severas repercusiones físicas, afectivas y socioeconómicas, para la persona, la familia y los servicios públicos de salud.

Por lo anterior, es inminente la necesidad que existe de encontrar, a través de la creación de políticas públicas y mejoras regulatorias, un mejor alivio para el sufrimiento físico de las personas que padecen dolor crónico, debido a que el alivio del dolor es un derecho universal de los seres humanos estipulado en la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unida desde el 2000.

Por otro lado, los cuidados paliativos “constituyen un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes (particularmente de las personas de la tercera edad y de la niñez) y sus allegados cuando afrontan problemas inherentes a una enfermedad potencialmente mortal. Estos previenen y alivian el sufrimiento a través de la identificación temprana, la evaluación y el tratamiento correcto del dolor, permitiendo también la atención de otros problemas, sean estos de orden físico, psicosocial o espiritual”. Se estima que anualmente 40 millones de personas necesitan cuidados paliativos y el 78 por ciento de ellas viven en países de ingreso bajo e ingreso mediano.

Por todo lo anteriormente mencionado, atender los temas de dolor crónico y cuidados paliativos es esencial para aumentar la calidad de vida de los pacientes y la población en general. Para que estos puedan ser visualizados y posteriormente atendidos, se requiere, como ya se mencionó, tener estadísticas e información precisa de cómo la población está viviendo y cuál es su situación respecto del dolor, para así determinar si en su caso, requieren de cuidados paliativos; esta información sería resultado de la incorporación de Indicadores de Calidad en las encuestas sobre salud que ya se han realizado en México.

Regulación y política pública en la materia

Es así como, en México, existe la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) realizada en conjunto por la Secretaría de Salud y el Centro de Investigaciones en Evaluación y Encuestas del Instituto Nacional de Salud Pública, la cual tiene como objetivo principal, actualizar el panorama sobre la frecuencia, distribución y tendencias de indicadores relevantes sobre condiciones de salud y nutrición y sus determinantes sociales en el país. Así como estudiar la cobertura, focalización, calidad percibida y satisfacción de los usuarios con los programas y servicios de salud y nutrición.

La Ensanut consiste en una serie de cuestionarios en atención a diversos rubros a saber:

A) Componente de salud.

a. Cuestionario de hogar.

b. Cuestionario de salud de adultos (20 años o más).

c. Cuestionario de salud de adolescentes (10 a 19 años).

d. Cuestionario de menores de 0 a 9 años.

e. Cuestionarios de actividad física.

f. Cuestionario de programas de ayuda alimentaria.

g. Cuestionario de seguridad alimentaria.

h. Cuestionario de utilizadores de servicios de salud.

i. Cuestionario de etiquetado frontal de alimentos.

B) Componente de nutrición.

a. Cuestionario de antropometría y tensión arterial.

b. Cuestionarios de frecuencia de consumo de alimentos.

c. Cuestionario de estudio de niveles de plomo en niños y mujeres embarazadas.

d. Cuestionario de desarrollo infantil temprano en niños(as) menores de 5 años.

e. Cuestionario de desarrollo infantil temprano preguntas generales.

f. Cuestionario de desarrollo infantil temprano evaluación del lenguaje.

g. Cuestionario de lactancia materna y prácticas de alimentación complementaria (0 a 36 meses).

h. Cuestionario formato de muestras sanguíneas.

Sin embargo, de todos los cuestionarios anteriores, ninguno en específico realiza preguntas directamente relacionadas con captar la percepción de la calidad de vida que tiene la persona a la que se le aplica.

Aunado a ello de la redacción de los reactivos se puede observar la diferencia de enfoques y resultados que se obtendrían de la aplicación de los cuestionarios de la Ensanut y de la de un cuestionario enfocado a generar indicadores de calidad, como lo es el basado en el EuroQol-5D-5L, tal como se muestra a continuación:

Concluyendo que el objetivo de este punto de acuerdo es que: Se realicen modificaciones a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) para el 2023, la cual es realizada en conjunto por la Secretaría de Salud y el Centro de Investigaciones en Evaluación y Encuestas del Instituto Nacional de Salud Pública para que con base en el sistema descriptivo del cuestionario de salud del EuroQol-5D-5L para la correcta incorporación de preguntas cuyas respuestas permitan generar una base sólida de indicadores de calidad en nuestro país.

De igual manera que estos resultados se conviertan en la base de las instituciones para verificar, o en su caso, modificar la calidad de la atención médica brindada al paciente. Aunado a esto consideren esta información como útil y necesaria en el estudio, discusión y toma de decisión hasta para la inclusión de nuevos tratamientos a favor de la salud de los pacientes y sus familias en general.

Finalmente solicitar a la Secretaría de Salud del gobierno federal, las instituciones de salud pública y sus respectivos sistemas de salud para que: i) Hagan uso de los indicadores de calidad en cada institución del sistema de salud para verificar, o en su caso, modificar la calidad de la atención médica que se brinda al paciente; II) Consideren a los indicadores de calidad como información necesaria para el estudio, discusión y toma de decisión para el caso de la inclusión de nuevos tratamientos, principalmente tratándose de dolor crónico y cuidados paliativos; iii) Brinden la capacitación necesaria al personal competente para realizar correctamente el levantamiento de datos relacionados con los indicadores de calidad, siempre respetando la metodología, el proceso, tratando con empatía y calidez a las personas que serán encuestadas; y iv) y Realicen y presenten informes semestrales públicos con la finalidad de conocer las acciones implementadas en materia de indicadores de calidad en México.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputadas y Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud del gobierno federal, a las Secretarías de Salud de las 32 entidades federativas y a las demás instituciones del Sistema Nacional de Salud, para que:

I. Hagan uso de los indicadores de calidad en cada institución del sistema nacional de salud para verificar, o en su caso, modificar la calidad de la atención médica que se brinda al paciente.

II. Consideren a los indicadores de calidad como información necesaria para el estudio, discusión y toma de decisión, para el caso de la inclusión de nuevos tratamientos, principalmente tratándose de dolor crónico y cuidados paliativos.

III. Brinden la capacitación necesaria al personal competente para realizar correctamente el levantamiento de datos relacionados con los indicadores de calidad, siempre respetando la metodología, el proceso, tratando con empatía y calidez a las personas que serán encuestadas.

IV. Realicen y presenten informes semestrales públicos con la finalidad de conocer las acciones implementadas en materia de indicadores de calidad en México.

Segundo.- La Cámara de Diputadas y Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud y al Centro de Investigaciones en Evaluación y Encuestas del Instituto Nacional de Salud Pública para que, realicen modificaciones a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) para el 2023, tomando como base el sistema descriptivo del cuestionario de salud del EuroQol-5D-5L, respecto de las preguntas cuyas respuestas permitan generar una base sólida de indicadores de calidad en nuestro país.

Notas

1 Consultado en

https://www.who.int/es/about/frequently-asked-questions#:~: text=%C2%ABLa%20salud%20es%20un%20estado,ausencia%20de%20afecciones%20o%20enfer medades%C2%BB.

2 Organización Mundial de la Salud. Medición de la Calidad de Vida, Suiza, 2002, pp. 1. Puede consultarse en

http://envejecimiento.csic.es/documentos/documentos/oms-calidad- 01.pdf

3 Organización Panamericana de la Salud. Indicadores de salud. Aspectos conceptuales y operativos. Washington, D.C., OPS, 2018, pp. 6. Puede consultarse en

http://iris.paho.org

4 Op. Cit., OMS, pp. 1.

5 Op. Cit., OPS, pp. 7.

6 Op. Cit., OMS, pp. 1.

7 Ibidem, pp. 9.

8 Idem.

9 Op. Cit., OPS, pp. 8.

10 Organización Panamericana de la Salud y Organización Mundial de la Salud. Oficina Regional para las Américas. Indicadores Básicos. Situación de Salud en las Américas, 2016, pp. 1.

11 Badia, X., Berra, S. y Herdman, M. El EuroQol-5D: una alternativa sencilla para la medición de la calidad de vida relacionada con la salud en atención primaria, 2001, Elsevier España, S.L., pp. 139. Consultado en

https://core.ac.uk/download/pdf/82225711.pdf

12 Asociación Mexicana de Industrias de Investigación Farmacéutica, A.C.. El papel de la calidad de vida de la población mexicana en la inclusión de nuevos tratamientos en las instituciones públicas de salud. Memorias del proyecto “Ponderadores Sociales de Salud de México”, 2019, pp. 3.

13 Idem.

14 Consultado en:

https://www.dolor.com/es-es/para-sus-pacientes/tipos-de-dolor/nu eva-definicion-dolor

15 Día Mundial Contra el Dolor: El alivio es un derecho universal, Consultado en:

https://www.insp.mx/avisos/5097-dia-mundial-dolor-cronico.html#: ~: text=La%20tolerancia%20al%20dolor%20es,persiste%20m%C3%A1s%20de%20tres%20meses.

16 Día Mundial Contra el Dolor: El alivio es un derecho universal, Consultado en:

https://www.insp.mx/avisos/5097-dia-mundial-dolor-cronico.html

17 Consultado en:

https://www.insp.mx/avisos/5097-dia-mundial-dolor-cronico.html#: ~: text=El%20dolor%20cr%C3%B3nico%20tiene%20serias,ni%20participar%20en%20activida des%20sociales.

18 Idem.

19 Día Mundial Contra el Dolor: El alivio es un derecho universal, Consultado en:

https://www.insp.mx/avisos/5097-dia-mundial-dolor-cronico.html

20 Consultado en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/palliative-c are#:~: text=Los%20cuidados%20paliativos%20mejoran%20la,de%20los%20cuidadores%20tambi%C 3%A9n%20mejora.

21 Idem.

22 — Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021 Sobre COVID-19. Resultados Nacionales. Consultado en:

https://www.insp.mx/resources/images/stories/2022/docs/220801_En sa21_digital_29julio.pdf

Dado en la Ciudad de México, a los 23 días del mes de noviembre de 2022. – Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE INFORME DE LOS ACUERDOS SOSTENIDOS EN LA REUNIÓN CON LA REPRESENTANTE COMERCIAL DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, RELATIVO A LAS CONSULTAS EN MATERIA ENERGÉTICA BAJO EL MARCO DEL T-MEC

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a hacer del dominio público el estatus y los acuerdos sostenidos en la reunión del 3 de noviembre con la representante comercial de Estados Unidos de América, relativos a las consultas en materia energética bajo el marco del T-MEC, a cargo del diputado Pedro Armentía López, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Pedro Armentía López, diputado de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones III y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Antecedentes

T-MEC son las siglas del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, que también es conocido como USMCA. Este acuerdo surgió para sustituir el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN o NAFTA) que tenía como objetivo facilitar el comercio exterior entre México, Estados Unidos y Canadá. Como antecedente al T-MEC, en 1994, Estados Unidos, México y Canadá, crearon la región más grande de libre comercio a través del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que condujo al crecimiento económico y contribuyó a elevar el nivel de vida de la población de los tres países miembros.

Las principales diferencias entre el T-MEC y el TLCAN:

I. Temas: la principal diferencia es el número de capítulos. El TLCAN cuenta con 22 capítulos, mientras el T-MEC se compone por 34 capítulos. Se prevé que con esa actualización, se impulse el comercio para que sea beneficioso para todas las partes y posibilite mayor libertad en los mercados, un comercio más justo y un sólido crecimiento en América del Norte.

II. Industria Automotriz: Estados Unidos puso sobre la mesa que el 45 por ciento de la fabricación de automóviles debe ser producto de los obreros que ganen por lo menos 16 dólares la hora, lo que implica menor movilidad de fábricas por menor mano de obra en México.

III. Revisión Periódica: el acuerdo será sometido a revisión cada 6 años y tendrá una vigencia de 16 años.

Tras meses de negociaciones, el T-MEC se firmó el 30 de noviembre de 2018 en la Cumbre de Líderes del G20 en Buenos Aires, Argentina. El T-MEC, tras esa fecha, México, Estados Unidos y Canadá aplicaron los procesos legislativos correspondientes para proceder con su ratificación. El primer país en ratificar el acuerdo fue México en junio de 2019, el 24 de abril del mismo año, Estados Unidos fue el último de los tres países en notificar que había completado los procedimientos para que el acuerdo entrara en vigencia. Se determinó que el T-MEC entraría en vigor el 1o de julio de 2020.

El 31 de marzo del 2022, mientras se analizaba en comisiones de ésta H. asamblea la iniciativa de reforma eléctrica enviada por el Ejecutivo Federal, Katherine Tai, envió una misiva a Gobierno Federal para expresar la preocupación del gobierno estadounidense y de los empresarios ante los cambios regulatorios del sector energético que impulsaba el titular del Ejecutivo. En el documento, Tai enfatizó:

Desde hace mucho tiempo, el gobierno de Estados Unidos, ha expresado serias preocupaciones sobre una serie de cambios administrativos, regulatorios y legislativos en las políticas energéticas de México que violan estas obligaciones fundamentales, incluidos los cambios del 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica”.

Además insistió en el riesgo latente de que se violaran aspectos del Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

A pesar de ello, el titular del Ejecutivo Federal reiteró que no haría modificaciones a la iniciativa de reforma constitucional en materia eléctrica, que planteaba excluir la inversión privada del mercado de comercialización eléctrica y priorizaría el despacho de electricidad producida por la Comisión Federal de Electricidad.

El 11 de abril de 2022, se discutió en el pleno de la Cámara de Diputados el dictamen de la reforma eléctrica enviada por el Ejecutivo Federal. Al no alcanzar los votos necesarios por tratarse de una reforma constitucional, la reforma eléctrica no fue aprobada en este H. Congreso. La mayoría de los legisladores en la LXV Legislatura determinamos que la reforma eléctrica era una reforma que contravenía la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al promover prácticas monopólicas y violaba varios capítulos del T-MEC.

Sin embargo, el pasado 14 de julio de 2022, el titular de Gobierno Federal nuevamente condicionó la participación de empresas extranjeras en plantas solares a que las instalaciones operen bajo el control de la Secretaría de Energía y con la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como socia mayoritaria. Esto sin tomar en cuenta que la Comisión Reguladora de Energía (CRE), es el organismo encargado de administrar el sector energético y el que ha retrasado los permisos para la entrada de plantas eólicas y solares.

Como consecuencia, el 20 de julio de 2022, Estados Unidos solicitó consultas de resolución de disputas a México bajo el mecanismo del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) con el fin de discutir la política energética mexicana. De acuerdo con el gobierno estadounidense, la política energética desplegada a partir de 2019, viola las disciplinas a las que el Estado mexicano se comprometió en el T-MEC.

Los motivos de la solicitud a destacar son:

1) El cambio en el orden de despacho eléctrico para beneficiar a las centrales de la CFE sobre los generadores privados, establecido en la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica de marzo de 2021.

2) La revocación y el rechazo de nuevos permisos de generación eléctrica y almacenamiento de petrolíferos

3) Restricciones a la operación de estaciones de servicio e importación de combustibles por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y a la Secretaría de Energía (SENER).

4) Cuestiona la regulación de diciembre de 2019 que extiende el plazo únicamente a Petróleos Mexicanos (PEMEX), para cumplir con la Norma Oficial (NOM-016-CRE-2016).

5) Cuestiona el exhorto de junio de 2022 de la SENER al Centro Nacional de Control de Gas y a la Comisión Reguladora de Energía para obligar a los usuarios del servicio de transporte de gas natural a comprarle el hidrocarburo a las filiales de la CFE.

Nuevamente, el 20 de julio de 2022, la representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai expresó en su cuenta oficial de Twitter:

1) “ Tenemos serias preocupaciones sobre las políticas energéticas de México y su congruencia con los compromisos del T-MEC. Hemos intentado trabajar con el gobierno de México para atender estas preocupaciones-desafortunadamente las compañías estadounidenses continúan enfrentando un trato injusto en México...

2) ...Estas consultas representan una oportunidad para los Estados Unidos de trabajar de forma constructiva con el gobierno de México y avanzar hacia un futuro con energías limpias y competitividad para América del Norte, que beneficie a trabajadores y ciudadanos en ambos países”.

El 21 de julio de 2022, Canadá señaló que se suma a la solicitud de consultas de resolución de disputas a México del T-MEC.

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR por sus siglas en inglés), citó violaciones a Cuatro Capítulos del T-MEC:

1. Capítulo 2. Acceso al Mercado

Artículos 2.3 y 2.11

Relativos al trato nacional y a restricción de importaciones

2. Capítulo 14. Inversión

Artículo 14.4

Veta cambios a la regulación de magnitud suficiente para interferir con las expectativas originalmente proporcionadas a inversionistas

3. Capítulo 22. Empresas propiedad del Estado

Artículo 22.5.2

Decreta que las empresas propiedad del Estado deberán otorgar un trato no menos favorable a empresas privadas nacionales o extranjeras

4. Capítulo 29. Publicación y administración

Artículo 29.3

Establece que las partes deberán implementar su legislación nacional de manera uniforme, imparcial y razonable.

Exposición de motivos

México es un país con gran potencial para el comercio internacional. Los principales socios comerciales de México son: Estados Unidos, Canadá y China.

Una nación que se destaca por encima de todas y es Estados Unidos, sin ella sería bastante diferente la economía de México.

De acuerdo con la Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana, alrededor del 80 por ciento de las exportaciones mexicanas son destinadas a Estados Unidos, mientras que aproximadamente, un 45 por ciento de las importaciones que México realiza, provienen del mismo país.

Para México, Canadá es otro de los eslabones esenciales en su comercio internacional. En cuestión de exportaciones de productos mexicanos, alrededor del 3 por ciento son destinados a Canadá.

En los primeros meses de 2022, Canadá se ha mantenido dentro de los socios comerciales más importantes de México.

En 2021, la principal venta de México a Estados Unidos fue Maquinas y Unidades de Procesamiento de Datos, no Especificados o no Incluidos en otro lugar. Los principales orígenes de las ventas hacia Estados Unidos, fueron de Ciudad de México, Chihuahua y Baja California. En el mismo año, la principal compra de México a Estados Unidos fue de Aceites de Petróleo o Minerales Bituminosos. Los principales destinos de las realizadas a Estados Unidos fueron Ciudad de México, Nuevo León y Baja California.

En lo que va del 2022, el 81.3 por ciento de las exportaciones de México corresponden a Estados Unidos. Mientras que el 43 por ciento de las importaciones a México provienen de Estados Unidos.

Entre las principales exportaciones dirigidas de México al mercado de Canadá se encuentran los productos de la industria automotriz, como son automóviles y sus motores, así como materiales para el ensamble de aeronaves, equipos electrónicos que contribuyeron a un 17.3 por ciento del Producto Interno Bruto del país en 2019.

En 2020, Canadá recibió de México, el 2.7 por ciento de sus exportaciones, 18.1 por ciento fueron automóviles, 3.3 por ciento fabricación de aeronaves y 4 por ciento fueron máquinas de pantalla plana.

En marzo de 2022, las exportaciones de México a Estados Unidos totalizaron 40 mil 450 millones de dólares, monto que reflejó un incremento interanual de 21.1 por ciento.

Las ventas externas mexicanas fueron impulsadas en marzo por mayores precios en productos petroleros, de la siderurgia, alimenticios y automotrices. Sin embargo y a pesar de romper récord, México se desplazó de la primera posición como socio comercial de Estados Unidos que alcanzó en febrero de 2022, a la segunda en marzo pasado superado por Canadá.

La Inversión Extranjera Directa acumulada de TLCAN y T-MEC de 1999 a marzo de 2022, sumó 355 mil 198.7 millones de dólares, lo que equivale al 53.9 por ciento de la Inversión Extranjera Directa total recibida en México.

De 2019 a 2021, México captó 19 mil 982 millones de dólares de flujo de Inversión Extranjera Directa (IED) en la rama productiva de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, de los cuales, 2 mil 441 millones de dólares correspondieron a inversionistas estadounidenses.

En México hay 36 mil 058 empresas con inversión de T-MEC.

Actualmente nuestro país cuenta con 13 Tratados de Libre Comercio firmados con 46 países; 32 Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones con 33 países, 9 Acuerdos de Alcance Limitado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y es miembro del Tratado de Asociación Transpacífico.

En el segundo trimestre del 2020, las exportaciones tuvieron una caída de casi el 30 por ciento, pero gracias al T-MEC que proporcionó un impulso a la economía mexicana, las exportaciones de México lograron recuperarse en el tercer trimestre del 2020 con un aumento del 39 por ciento trimestral.

La relación comercial de México con los miembros del T-MEC ha permitido una recuperación de la economía, es decir, las exportaciones a Estados Unidos y Canadá han crecido 44 por ciento entre enero de 2020 y abril de 2022, lo anterior a un mayor ritmo que las exportaciones al resto del mundo. Por ejemplo, durante el mismo periodo, las exportaciones de México dirigidas a otros países, fueron del 28 por ciento.

El impulso del T-MEC también ha permitido que sectores económicos relacionados con el comercio y el sector externo tengan una recuperación más dinámica: al cierre del 1er trimestre de 2022, la industria manufacturera ya muestra un nivel 4.6 por ciento superior al que tenía en el primer trimestre de 2020, mientras que el comercio al por mayor ha crecido 10.4 por ciento respecto al mismo periodo. Esos sectores —que en conjunto aportan más de la cuarta parte del PIB del país— son dos de cuatro sectores económicos que no solo muestran una recuperación respecto a lo observado antes de la crisis, sino que superan el nivel que tendrían de haber continuado con la tendencia económica mostrada en los años previos a la pandemia.

Sin embargo, el panorama de la economía mundial y por tanto, la economía en México se vislumbra compleja por diversos factores:

-La guerra entre Rusia y Ucrania.

- La inflación se ha convertido en una preocupación central. Economías avanzadas, incluidos Estados Unidos y algunos países europeos, han alcanzado su nivel más alto en más de 40 años en el contexto de mercados ajustados.

- La tasa de inflación en México ha alcanzado niveles no vistos en dos décadas, durante la primera quincena de julio de 2022 llegó hasta 8.16 por ciento.

-En México, los alimentos y los energéticos son los rubros que presionan con mayor fuerza el Índice Nacional de Precios al Consumidor, en una sola quincena, aumentó 0.43 por ciento de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). En su interior, el componente no subyacente-que contiene a los productos agropecuarios, los energéticos y las tarifas autorizadas por el gobierno-registró una tasa de inflación interanual de 9.96 por ciento. Por su parte, la electricidad registró un encarecimiento de 1.38 por ciento solo de la última quincena de junio a la primera de julio.

-El Fondo Monetario Internacional había proyectado un crecimiento para 2022 del 3.7 del PIB de Estados Unidos, pero el pronóstico se bajó en enero debido a gran medida a la no aprobación del paquete fiscal Build Back Better y las continuas interrupciones en las cadenas de suministro.

-Analistas e instituciones proyectan una tendencia acelerada en las tasas de inflación en México y el resto del mundo que seguirá presionando la economía hasta 2023.

De acuerdo con el Capítulo 31 del T-MEC, la petición de consultas es un proceso que tiene una duración máxima de 75 días para solucionar el asunto. A partir de la fecha de solicitud, México y Estados Unidos deben celebrar sus consultas a más tardar en 30 días. A pesar de que Canadá se sumó a las consultas, el país determinó que lanzaría sus propias consultas. Si en la celebración de estas consultas no se llega a un acuerdo, se podrá solicitar un panel de controversias, se deberán definir 3 o 5 panelistas a partir de una lista pre-aprobada de los países miembros del Tratado.

Ya definidos los integrantes, el panel tendrá un plazo de 150 días para emitir un reporte inicial y después de 30 días, se debe presentar un reporte final, dependiendo del cual los países acordarán una solución a la controversia. La Secretaría de Economía será la encargada de coordinar la defensa del Estado mexicano.

A causa de los argumentos expuestos, es de suma importancia analizar los riesgos de perder los beneficios que tiene México como miembro en el T-MEC, las relaciones comerciales que sostenemos con Estados Unidos y Canadá son fundamentales para el crecimiento económico del país, la comercialización de bienes o productos mexicanos, continuar con la competitividad en el mercado, la atracción de inversiones, la generación de empleos, la oferta de bienes y/o productos que por su naturaleza no se producen en el país entre otros.

El Estado Mexicano ésta en tiempo de reevaluar la política energética implementada desde 2019.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentada, presento ante esta soberanía, la siguiente proposición, de obvia y urgente resolución, con

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía, para que de manera urgente, haga del dominio público el estatus y los acuerdos sostenidos en la reunión del 3 de noviembre con la Representante Comercial de Estados Unidos de América, Katherine Tai, relativo a las consultas en materia energética bajo el marco del T-MEC.

Segundo.- Se constituya una mesa de trabajo plural a fin de analizar los avances y riesgos que se tienen respecto a las consultas del T-MEC.

Notas

1. Forbes, M. (Ed.). (2020). ¿Qué es el T-MEC y por qué es importante para México? El T-MEC es el nuevo acuerdo comercial entre México, Canadá y Estados Unidos que sustituye al TLCAN; entra en vigor el 1 de julio. Forbes México.

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3. Economista, E. (Ed.). (05 de abril de 2022). Estados Unidos advierte que reforma eléctrica de AMLO “pone en mayor riesgo” inversiones por 10,000 millones de dólares. El Economista.

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4. Guerrero, C. (Ed.). (15 de julio de 2022). ¿Inversión en energía solar? Solo con CFE, dice AMLO.

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5. IMCO, Staff. (20 de julio de 2022). Estados Unidos solicita consultas a México para dialogar sobre su política energética en el marco del T-MEC. IMCO, Instituto Mexicano de la Competitividad.

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6. Tai, K. (20 de julio de 2022). Tenemos serias preocupaciones sobre las políticas energéticas de México y su congruencia con los compromisos bajo el TMEC. Twitter.

https://twitter.com/AmbassadorTai/status/1549784138802135040

7. Anierm, E. F. (2022, mayo 24). Los 3 principales socios de México en 2022. SafeLink. Agente de Seguros.

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8. Estados Unidos. (s/f). Data México. Recuperado el 23 de julio de 2022, de

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9. Imco, I. M. P. la C. (18 de noviembre de 2021). Relación de México, EUA y Canadá en datos. IMCO.

https://imco.org.mx/relacion-de-mexico-eua-y-canada-en-datos/

10. Morales, R. (04 de mayo de 2022). Exportaciones mexicanas a Estados Unidos rompen récord en marzo.

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11. Morales, R. (Ed.). (19 de julio de 2022). Estados Unidos inicia panel contra México en sector energético. El Economista.

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12. IMCO Staff. (01 de julio de 2022). A dos años, el T-MEC ha impulsado la recuperación económica, aunque hay retos energéticos, medioambientales y laborales para su aprovechamiento. IMCO.

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13. García, A. K. (22 de julio de 2022). Inflación galopante, rompe la barrera del 8% en la primera quincena de julio.

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Tai, K. (20 de julio de 2022). Tenemos serias preocupaciones sobre las políticas energéticas de México y su congruencia con los compromisos bajo el TMEC. Twitter.

https://twitter.com/AmbassadorTai/status/1549784138802135040

T-MEC: Los beneficios del nuevo tratado para México. (s/f). Thomsonreutersmexico.com. Recuperado el 23 de julio de 2022, de

https://www.thomsonreutersmexico.com/es-mx/soluciones-de-comerci o-exterior/blog-comercio-exterior/los-beneficios-nuevo-tratado-mexico

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022– Diputado Pedro Armentía López (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



SE PROMUEVA LA IMPLEMENTACIÓN DE PRÁCTICAS SUSTENTABLES PARA LA SIEMBRA DE PALMA DE ACEITE, A FIN DE SALVAGUARDAR LA RESERVA DE LA BIOSFERA LA ENCRUCIJADA, EN CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a promover la implementación de prácticas sustentables para la siembra de palma de aceite, a fin de salvaguardar la reserva de la biosfera La Encrucijada, en Chiapas, a cargo del diputado Luis Armando Melgar Bravo, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Luis Armando Melgar Bravo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Encrucijada, en el estado de Chiapas, fue declarada como área natural protegida con carácter de reserva de la biosfera el 6 de junio de 1995 con el propósito de proteger el patrimonio natural de la nación y promover la conservación de los ecosistemas que en esa zona se localizan, cuya fragilidad los hace susceptibles de alteración por las actividades humanas.

La Encrucijada tiene una superficie de 144 mil 868 hectáreas, incluyendo tanto la superficie terrestre y las aguas continentales como la marítima, distribuida en los municipios de Pijijiapan, Mapastepec, Acapetahua, Villa Comaltitlán, Huixtla, Mazatán y Huehuetán. La reserva de la biosfera comprende diversos tipos de vegetación como manglares, zapotonales, tulares, popales, vegetación de dunas costeras, vegetación hidrófila, así como selva mediana y baja.

La Encrucijada es de relevancia para la población que vive en los municipios chiapanecos donde se ubica por el rol que juegan los manglares para la protección contra los huracanes, además de que sirve como refugio de aves, reptiles y peces, muchos de ellos únicos. Se estima que en La Encrucijada vive un total de 544 especies de flora y fauna, entre especies amenazadas, en peligro de extinción o endémicas, es decir, que no es posible encontrar en ningún otro lugar.

Aunado a ello, La Encrucijada es uno de los puntos de la ruta migratoria de las aves acuáticas originarias de Canadá y del norte de los Estados Unidos de América, las cuales pasan por esta reserva de la biosfera cuando se dirigen de regreso hacia la costa del Atlántico.

Uno de los principales problemas que enfrenta La Encrucijada, además de la transformación de selvas, palmares, manglares y tulares para el establecimiento de terrenos ganaderos y agrícolas; la tala de árboles para la obtención de madera y los incendios forestales provocados para la extracción de fauna silvestre o para abrir áreas de cultivo y/o potreros, es la invasión de la palma de aceite.

Ante esta situación, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ha puesto en marcha el Plan de Control de la Palma de Aceite Dispersa en Ecosistemas Naturales de la Reserva de la Biosfera La Encrucijada (2022-2023), a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), con la finalidad de erradicar la población de palma de aceite que ha invadido la zona núcleo del área natural protegida.

Dicho plan tiene como objetivo eliminar, controlar y monitorear la población de palma de aceite en la reserva de la biosfera de La Encrucijada para mitigar y prevenir los posibles impactos negativos que ésta pueda llegar a ocasionar al ecosistema.

Cabe precisar que el plan referido ha sido apoyado por la Unión de Palmeros del Soconusco, Aceites de Palma y la Federación Mexicana de Palmicultores y Extractores de Palma de Aceite, así como por diversas empresas que colaboran aportando recursos económicos para retirar la palma de las diversas zonas donde se ha identificado su presencia en el ecosistema.

Es importante resaltar que, bajo la coordinación de la CONANP, se garantiza el correcto uso de los recursos designados, además de asegurar que no se dejen semillas en los lugares identificados o en nuevos lugares.

La situación que afronta la reserva de la biosfera de La Encrucijada con respecto a la palma de aceite no debe minimizarse, ya que estas plantaciones cerca de ríos y arroyos podrían deteriorar el ecosistema, dado que requieren grandes cantidades de agua y podrían también afectar de manera negativa la calidad del recurso hídrico.

Cabe precisar que, aunque la plantación de aceite de palma se vincula con la creación de recursos económicos para las poblaciones dedicadas a esta actividad, ya que ésta se utiliza para la producción de galletas, margarinas, crema de avellana, jabón, maquillaje, cremas, etcétera, también origina degradación ambiental, principalmente deforestación, ya que estos cultivos requieren grandes cantidades de agua, fertilizantes y pesticidas para ser productivos, lo cual contamina el agua y erosiona los suelos.

Por lo aquí expuesto y en atención a que las especies invasoras son la primera causa de pérdida de biodiversidad, resulta importante que se continúe con la campaña de erradicación de la palma de aceite dispersa, en razón de que todavía no llega a sustituir de manera significativa los ecosistemas.

Al respecto, se considera que tanto la autoridad federal como estatal, así como el sector empresarial deben implementar, en conjunto, una estrategia eficaz y eficiente para el cultivo de la palma de aceite de manera sustentable, que permita reducir el impacto de la producción de este cultivo sobre la selva y las comunidades.

En tal sentido, la presente proposición con punto de acuerdo plantea exhortar a la SEMARNAT a implementar medidas que prioricen la conservación de los ecosistemas, sin afectar la economía de los pequeños productores, mediante el fomento de prácticas sostenibles, en coordinación con todos los agentes involucrados, garantizando que las plantaciones de palma de aceite no impliquen un riesgo para el medio ambiente.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que, con base en el Plan de Control de la Palma de Aceite Dispersa en Ecosistemas Naturales de la Reserva de la Biosfera (2022-2023), promueva la implementación de medidas que prioricen la conservación de los ecosistemas, sin afectar la economía de los pequeños productores, mediante el fomento de prácticas sostenibles, garantizando que las plantaciones de palma de aceite no impliquen un impacto negativo para la Reserva de la Biosfera La Encrucijada, en el estado de Chiapas.

Notas

1 Decreto por el que se declara área natural protegida con el carácter de reserva de la biosfera, la zona conocida como La Encrucijada, ubicada en los municipios de Mazatlán, Huixtla, Villa Comaltitlán, Acapetahua, Mapastepec y Pijijiapan, Chis., con una superficie de 144,868-15-87.5 hectáreas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 1995. Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4875031&fecha=06/ 06/1995#gsc.tab=0

2 Véase La Encrucijada, Ficha SIMEC. Consultado el 19 de noviembre de 2022. Disponible en:

http://simec.conanp.gob.mx/ficha.php?anp=163&reg=8

3 bidem

4  Véase. "Coordinan Semarnat y Conanp la erradicación de   palma de aceite en la zona núcleo de la Reserva de la Biósfera La Encrucijada", Semarnat, comunicado de prensa 104/22, 3 de noviembre de 2022.  Disponible en:

http://seguridad.sspc.gob.mx/uploads/noticiasmexico/boletin03112 2  erradicacio-cc-81n/palma-de aceite-la-encrucijada.pdf-

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Luis Armando Melgar Bravo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA FGR Y A LA SFP, A INVESTIGAR EL ACTUAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROCESOS PENALES FEDERALES, POR ACOSO LABORAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR y a la SFP a investigar el actuar de la Dirección General de Procesos Penales Federales por acoso laboral, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Margarita García García, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General de la República y a la Secretaría de la Función Pública investiguen el actuar de la Dirección General de Procesos Penales Federales por acoso laboral, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El acoso laboral se ha definido como una amenaza para la salud y el bienestar, ya que ocasiona problemas psicológicos, físicos y hasta sociales, ya que es un hostigamiento y abuso de poder, dentro de las conductas menos obvias de acoso incluyen retener información o recursos que necesiten para cumplir con sus labores, establecer horarios no razonables de trabajo, observar o controlar al empleado con una mala intención, negar derechos laborales como vacaciones o permisos, cambios de puesto sin previo aviso, constante invitación a desarrollar otra actividad en otro centro de trabajo y hasta crear evidencia de incompetencia o quejas sobre el empleado, estas acciones no solo afectan al empleado que está siendo víctima de acoso, sino que también afecta a la institución o área que permite esta situación.

Crea un mal ambiente laboral, baja productividad, mucho movimiento del personal, suspensiones, despidos, quejas y un amento de prácticas laborales que dañan la salud, tal es el impacto del acoso laboral que la misma Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha emitido Convenios sobre este tema, como el C190 Convenio sobre la violencia y el acoso de Ginebra de 2019, en donde se reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo puede constituir una violación y abuso de los derechos humanos, y que este tipo de violencia y acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades, lo que es inaceptable e incompatible con el trabajo decente.

Este convenio también reconoce que la violencia y el acoso en el trabajo afecta además de la salud psicológica, física y social, a la dignidad de las personas, su entorno familiar, afectando la calidad del servicio que se presta ya sea en el ámbito privado o público, afectando negativamente a la organización del trabajo como bien mencione anteriormente, las relaciones en el lugar de trabajo, el compromiso de los trabajadores, la reputación de la institución en que laboran.

Por lo que el Convenio 190 establece que protege a todos los trabajadores del sector público y privado para que se respeten, promuevan y aseguren el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.

México al ser parte de la OIT debe cumplir con las disposiciones mencionadas en este convenio, que ratificó el pasado mes de julio del año en curso, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), adopta la definición de la OIT del acoso laboral como:

“Acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta”

Clasifica los tipos de acoso laboral como:

“a) Horizontal, cuando se realiza entre compañeros del ambiente de trabajo, los sujetos activo y pasivo tienen la misma jerarquía ocupacional.

b) Vertical descendente, cuando ocurre por un superior jerárquico de la víctima.

c) Vertical ascendente, éste ocurre con menor frecuencia y se refiere al hostigamiento laboral que se realiza entre quienes ocupan puestos subalternos respecto del jefe victimizado.”

Del mismo modo la CNDH hace mención que los derechos humanos que se violentan con el acoso laboral son el derecho a la vida, a la integridad física, psicológica y moral, el libre desarrollo de la personalidad, el acceso a una vida libre de violencia, prohibición de la discriminación, derecho a un trato digno, a la honra, al trabajo, a un medio ambiente laboral sano, condiciones justas de trabajo, igualdad ante ley y un nivel de vida adecuada.

En el artículo 5, párrafo 8 de la CPEUM se establece que:

“...

El contrato de trabajo sólo obligará a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, sin poder exceder de un año en perjuicio del trabajador, y no podrá extenderse, en ningún caso, a la renuncia, pérdida o menoscabo de cualquiera de los derechos políticos o civiles.

...”

Así como en la Ley Federal del Trabajo se hace referencia en varios artículos hacia el hostigamiento laboral en donde pueden ser acreedores hasta la rescisión de la relación de trabajo, así como queda prohibido a los patrones o sus representantes permitir o tolerar actos de hostigamiento en donde se le castiga de 250 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización por cometer actos de esta índole.

Como bien sabemos los trabajadores que laboran dentro de la Fiscalía General de la República se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, por lo que cumplir con las obligaciones y derechos enmarcados en el Título Segundo de los Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Titulares de esta ley se debe respetar.

A pesar de lo anterior, se han presentado denuncias por hostigamiento laboral dentro de la Fiscalía General de la República, por el titular de la Dirección General de Procesos Penales Federales, Javier Davalo Molina, ya que a los trabajadores de esa área no les dan sus días económicos cuando los solicitan, les dicen que eso ahí no existe, no les dan los días de vacaciones completos, hay favoritismo entre el personal, si piden un día económico se los descuentan, pero están obligados a ir a trabajar fines de semana y días festivos.

Por estas acciones dentro de la Dirección General de Procesos Penales Federales se han presentado varias quejas tanto al Órgano Interno de Control como a la Dirección de Recursos Humanos sin que se haya hecho nada al respecto por el respeto a los derechos de los trabajadores.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de la Función Pública a que revise las quejas presentadas por los trabajadores contra la Dirección General de Procesos Penales Federales dentro del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República.

Segundo.- La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Fiscal General de la República, revise el actuar de su directivos en especial del titular de la Dirección General de Procesos Penales Federales para que se hagan respetar los derechos laborales de los trabajadores que prestan su servicio a esta importante institución.

Bibliografía

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https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB: 12100: 0:: NO:: P12100_ILO_CODE: C190

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3 Lugo Garfias, María Elena (2017) Acoso Laboral “Mobbing”. CNDH. Disponible en:

http://appweb.cndh.org.mx/biblioteca/archivos/pdfs/Acoso-Laboral -Mobbing.pdf

4 DOF (1917) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputada Margarita García García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A INSTRUIR AL CONAFE Y AL INEA, IMPLEMENTAR PROGRAMAS ENFOCADOS A LA POBLACIÓN INFANTIL Y ADOLESCENTE EN SITUACIÓN DE RETORNO-MIGRANTE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a instruir al Conafe y al INEA a implementar nuevos programas enfocados a la población infantil y adolescente en situación de retorno-migrante, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Elvia Yolanda Martínez Cosío, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La educación es un derecho y un medio indispensable para el pleno desarrollo de la personalidad, pues mediante ella se abren horizontes, se adquieren conocimientos, habilidades, se reciben valores, conductas para la vida se desarrollan competencias y caminos para lograr mejores circunstancias personales que redunden en beneficio propio, de la sociedad, de la comunidad en la que se habita y de la nación en general.

En el presente punto de acuerdo se mencionan los desafíos y las posibilidades que se presentan en el país para que la niñez y la juventud en situación de retorno reciban la educación que cumpla a cabalidad la formación a que tiene derecho esa población.

No se omiten en este sentido los retos, las inercias y las inconsistencias que enfrentan estos menores y sus padres o tutores en el sistema educativo nacional; sin embargo, resaltan las oportunidades que se abren para ellos y los esfuerzos que en su beneficio se han puesto en marcha a nivel institucional.

De inicio, para una mejor asimilación de este tema debemos conocer cómo opera el sistema educativo en Estados Unidos de América (EUA), de donde proviene la mayoría de los denominados coloquialmente como “retornados “o “población de retorno”.

El sistema estadounidense se sintetiza de la siguiente manera:

No hay en EUA un sistema nacional de educación. El gobierno federal no administra escuelas. Cada uno de los 50 estados tiene su Departamento de Educación, el cual establece las reglas para los colegios de dicho estado. Los colegios públicos y las universidades reciben fondos del estado donde se ubican. La legislatura de cada estado decide el financiamiento que otorgará a los colegios y a las universidades.

Mayoritariamente, el control de las escuelas americanas recae en cada uno de los distritos escolares. El consejo directivo escolar, un pequeño comité de personas elegidas por miembros de la comunidad, establece las políticas generales para cada escuela del distrito correspondiente. Los estudiantes que asisten a escuelas públicas no pagan aranceles desde el primero hasta el duodécimo grados.

De la siguiente manera se clasifican los tipos de escuelas:

Escuelas públicas, desde primarias, secundarias, y preparatorias con un curricular fijado por las normas estatales para estudiantes de diversas raíces y antecedentes socioeconómicos.

Charter schools, son autónomas, responsables de la formación de sus alumnos e independientes de las reglas de sus distritos.

•Privadas, representan 24 por ciento. Son independientes del gobierno; 79por ciento es religioso.

Homeschooling, o estudio en casa por los padres de familia, es una opción que 2 por ciento de los estudiantes usa.

En Estados Unidos la educación es obligatoria para todos los estudiantes hasta la edad de 16 años. Un estudiante se gradúa después de haber aprobado todos los cursos requeridos. Los estudiantes reciben las calificaciones de cada uno de los cursos al final de cada semestre o periodo, éste es el panorama para los mexicanos estudiando en EUA, es de notar que el gobierno de EUA no tiene restricciones educativas para los hijos de indocumentados, por lo menos en teoría.

Un escenario no planeado por el gobierno y sociedad mexicanos es recibir a los mexicanos en situación de retorno ya sea por deportación o voluntad propia, se entiende que estos “retornados” son en el cuadro familiar. Es la familia con uno o los dos progenitores o tutores más los hijos o pupilos.

La situación es compleja por ser un escenario no planeado que ha logrado ser sostenido mediante acuerdos, porque la legislación estaba por arriba de los derechos, una contradicción sí, pero que no estaba contemplada en la mente del legislador, y solo con los golpes de realidad se ha transformado, haciendo uso de las facultades del ejecutivo federal con aportaciones desde el Congreso.

En la última década se han planteado nuevos retos para el sistema educativo mexicano en el contexto de la migración internacional, al recibir a una población migrante que retorna de Estados Unidos en un entorno económico y político desfavorable. Uno de los obstáculos más importantes para superar y garantizar el desarrollo humano de esta población retornada es lo que concierne a la incorporación a la educación.

El actual éxodo en retorno de EUA a México está integrado por una importante cantidad de niños mexicanos que se encuentran en edad para ser educados. Sin embargo, aunque portadores de nuevas y diferentes necesidades educativas, éstos son sometidos a fuertes procesos de invisibilidad y exclusión en el sistema educativo del país al que retornan.

De acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Cámara de Diputados, 2014), la niñez está integrada por personas de entre cero y doce años y la adolescencia por personas de entre 12 y 18. “Por lo anterior, definimos la niñez y la adolescencia migrante como aquella integrada por personas menores de doce y dieciocho años, respectivamente, que participan en procesos de movilidad nacional o internacional”.

Los menores que han experimentado un proceso de socialización en Estados Unidos, determinado por un universo simbólico, cultural y lingüístico muy distinto del que encuentran en México. Ello conduce al choque cultural, dificulta su adecuada (re)inserción escolar y favorecer la exclusión.

Con anterioridad a 2015, la Secretaría de Educación Pública (SEP) exigía un acta de nacimiento apostillada y traducida al español por perito oficial para la inscripción en las escuelas mexicanas del alumnado nacido en EUA. Sin embargo, este requisito fue eliminado en 2015, justamente para facilitar su acceso (SEP 2015, 20-21), pudiendo presentarse en su lugar cualquier documento con igual validez sin necesidad de apostilla —carta de naturalización, acta de reconocimiento, pasaporte, documento migratorio, documento nacional de identidad o algún otro reconocido por la autoridad federal competente.

Pese a lo anterior, se ha evidenciado que el acta de nacimiento se sigue exigiendo a los estudiantes inmigrados en los términos anteriores a 2015 para su inscripción escolar, lo que les impide tener acceso pleno a los servicios educativos. Por ejemplo, en las escuelas de ciertas zonas del sureste, en especial, se han registrado casos de directores que solicitaron a los alumnos recién inmigrados desde EUA, la documentación referida para permitirles su inscripción. Evidentemente, estos niños no consiguieron el acta de nacimiento estadounidense apostillada y traducida al español por perito oficial, por lo cual se vislumbra la necesidad de una reforma legal del Código Civil Federal para eliminar el requisito del apostille en el acta de nacimiento y pueda registrarse al hijo como mexicano. Estos niños y adolescentes acuden a la escuela en calidad de “oyente”, figura jamás aceptada por la legislación escolar.

Aunque el acta de nacimiento apostillada no es necesaria para el ingreso al sistema educativo, esta sí se requiere para la obtención de una clave única de Registro de Población (CURP). La CURP es un instrumento de registro asignado a todas las personas que viven en el territorio nacional y “a los mexicanos residentes en el extranjero” (Secretaría de Gobernación, 2015).

No obstante, casos en los que las barreras impuestas por el sistema burocrático han sido suavizadas por los propios directores de escuela, quienes han tratado de facilitar a los menores de edad inmigrados sin CURP el acceso al centro a petición de que la presenten para su registro en cuanto dispongan de ella. Sin embargo, la demora exacerbada del acta de nacimiento ha impedido obtener la CURP, de manera que los alumnos han seguido el curso lógico de las etapas educativas hasta concluir el nivel medio superior, pero a su término no consta en ningún lugar y no pueden obtener el certificado de estudios cursados ni acceder al nivel de Educación Superior, ya que no disponen de este documento., por lo cual han optado por hacer el examen que proporciona el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, Centros de Educación Extraescolar y en caso de preparatoria el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior, con el riesgo de que un buen número deje truncos sus estudios o simplemente deserten.

Las barreras para la educación se pueden clasificar en estructurales, culturales y sociales.

Las barreras estructurales son principalmente administrativas y económicas. Entre ellas, se pueden enumerar las siguientes: falta de acceso a escuelas, supeditar la matriculación del estudiante transnacional a la disponibilidad de cupo o a la posesión de documentos de identidad o a los antecedentes escolares del aspirante.

Hay barreras culturales entre las que sobresalen las dificultades en el manejo del español de los estudiantes transnacionales y el casi nulo bilingüismo del personal educativo, igualmente las diferencias socioculturales en los contextos escolares y los contenidos curriculares entre los sistemas estadounidenses y el mexicano.

Entre las barreras sociales resaltan la separación familiar y la falta de redes sociales en las escuelas, así como la dispersión escolar de estos estudiantes.

Se deben dejar atrás las políticas y los procedimientos basados en la desconfianza para, en su lugar, anclarlos en el enfoque de derechos humanos, y así asegurar el acceso y permanencia en el sistema educativo para niños, niñas y adolescentes migrantes en México.

El idioma:

Ésta es una barrera y carencia, recordemos que “la enseñanza del segundo idioma” no existe en los niveles de preescolar y primaria: hasta el primero de secundaria no se imparte, en las escuelas oficiales.

En los planteles particulares, el nivel es dispar según la administración de cada centro escolar. Pese a la cercanía con EUA, México es uno de los países con mayores rezagos en enseñanza del idioma inglés.

Los niños de padres mexicanos nacidos en EUA. En muchos casos, estos alumnos han sido escolarizados en escuelas estadounidenses, usan el inglés como lengua de instrucción, están familiarizados con modelos pedagógicos basados en trabajo colaborativo, y saben contenidos curriculares distintos a los utilizados en las escuelas en México. Para este grupo, la experiencia educativa en México es algo nuevo, una integración a una cultura escolar que desconocían, los referentes históricos y de historia patria son complemente diferentes, la disciplina simple como usar uniforme, la cooperativa escolar, las ceremonias cívicas, es para ellos un mundo complemente diferente.

El idioma de compresión es el inglés, por lo cual el español les resulta “bajo”, “menos que coloquial”. Una vez iniciada la escolarización en EUA, estas lenguas fueron desplazadas por el inglés, que terminó entrando también en el hogar como lengua de comunicación preferida entre hermanos. Es un tema de aún incipiente investigación pues el “boom” es relativamente reciente, y las autoridades preferían tenerlo como invisible.

Puede ser que el “segundo idioma” sea un tema de carencia mundial, en su impartición en el sistema escolarizado, pero en México las circunstancias son diferentes porque se trata de nacionales que han perdido el uso cotidiano de su lengua madre.

En lo relativo al proceso de enseñanza-aprendizaje, el desconocimiento del español es una importante limitación. Muchos de los estudiantes confesaron tener que “aprender el español a la fuerza”, a través del transcurso de las clases y sin una enseñanza previa de éste, debido a la falta de programas y docentes disponibles. Hoy, muchos de ellos no dominan aún el español —principalmente escrito— y arrastran graves problemas de lectoescritura. El desconocimiento del español ha redundado en problemas de aprendizaje, bajas calificaciones y baja autoestima.

En cuanto al idioma, la inexistencia de programas de enseñanza del español tiene consecuencias determinantes sobre el progreso educativo de estos estudiantes, así como sobre sus posibilidades de construcción de capital social y de comunicación con sus docentes y pares. La lengua se presenta como una herramienta esencial en el proceso de (re)inserción escolar, no sólo en términos estrictamente académicos sino también en la cultura y relaciones sociales.

Las prácticas culturales actúan como medidores de mexicanidad a partir de los que se generan procesos de inclusión o exclusión, los registros evidencian la capacidad de los estudiantes procedentes de Estados Unidos en el nuevo universo social y cultural al que llegan, donde activamente deciden qué practicas incorporar y cuáles no a su mundo de vida. Con esto desdibujan los límites del concepto de mexicanidad vigente y evidencian la necesidad de repensarlo, a fin de ser incorporados como ciudadanos mexicanos con características diferenciales, debido a su experiencia de vida en otro país.

Como es de observarse no es solo una categoría de menores en retorno es una serie de factores no tan fácilmente identificables, porque a eso se le debe sumar los factores de edad, aprovechamiento, discapacidad, retraso, o capacidades superiores. Tener un menor de retorno en el aula se convierte en un reto para la escuela, el profesor y sus propios compañeros.

La elaboración de los conceptos en español resulta incomprensible para el educado íntegramente en EUA, el que tiene estudios binacionales luchará por una nueva reintegración muy diferente de los educados y retornados que en algún lugar de la frontera tienen sus propias familias.

A nivel preparatorio, el panorama es complicado porque la brecha de comprensión se ha hecho más onda y los alumnos lo manifiestan con abulia, frustración y deserción.

Pensando en la sociedad civil, esta es la que debe afrontar estos retos, porque no existirá fuerza capaz de controlar un arribo masivo de migrantes adultos con su respectiva cuota de menores...

 Un factor no calculado por el sistema legal y el educativo, si bien no representan una constante, sí es una variable que crece y decrece, eso no es lo importante pues finalmente es estadística, lo importante es lo que representan al interior del ciclo y salón escolar.

Además de ser el lugar donde se da el proceso de enseñanza-aprendizaje, las escuelas son el espacio donde los estudiantes pasan la mayor parte del día, después de su hogar. Por tanto, es necesario estudiar lo que sucede en las escuelas donde estos crecen y aprenden de su entorno. Las experiencias escolares que viven los jóvenes retornados desde que ingresan al sistema educativo mexicano están atravesadas por disonancias socioculturales; esto es, los conflictos entre los referentes culturales que la población juvenil posee de la escuela estadounidense y los códigos culturales del nuevo contexto escolar.

Algunos ejemplos de incomprensión:

Algunos jóvenes experimentaron confusión en la materia de formación cívica y ética por el contenido enseñado, destinado a fomentar la convivencia entre sus pares. A pesar de que los compañeros de clase afirmaban que es una materia muy sencilla, los retornados la reprobaron. Algo similar sucede con las materias de historia y español, áreas sobre las que manifestaron su impotencia, al sentirse en desventaja respecto de sus compañeros de clase.

En los temas relacionados con los valores patrios, las y los jóvenes retornados desconocían las fechas conmemorativas, como el Día de la Independencia (16 de septiembre) y el 5 de mayo (Batalla de Puebla), “debido a que en EUA suelen festejar el 5 de mayo como fecha de la Independencia de México. También mencionaron su desconocimiento del significado de las efemérides y los días festivos estipulados en el calendario escolar mexicano. Un ejemplo significativo es el 2 de noviembre, Día de los Muertos, y las múltiples actividades que se realizan, como la elaboración de altares y ofrendas a los difuntos.

Otra inconformidad de la población de jóvenes retornados: la inasistencia de docentes (horas libres, maestros sustitutos). Estos actores son conscientes de que los docentes pueden faltar un par de días o semanas; sin embargo, en los colegios a los que asisten no llega un docente sustituto para dar continuidad a las clases, como ocurre en EUA. Algunos jóvenes comentaron que, a un mes de empezar el ciclo escolar 2017-201 no tenían profesores de remplazo en algunas materias. Una situación paralela es el caso de las “horas libres”: perciben estas licencias de forma negativa, pues consideran que es tiempo perdido durante el cual no aprenden nada.

Otro conflicto sociocultural es que los docentes dejan muchas tareas para después de clases. Si la escuela es difícil para ellos, las tareas para hacer en casa lo son aún más. Así, estas actividades se vuelven un problema para el desarrollo educativo de dicha población, porque la mayoría de estos estudiantes no tienen el apoyo de sus padres, ya sea por su condición laboral o debido a que sus estudios son mínimos (secundaria promedio), o simplemente por desconocimiento de otras modalidades.

Jóvenes retornados no comprenden los criterios subjetivos con que algunos docentes evalúan el desempeño escolar, puesto que en ocasiones sobresale el favoritismo, los consentidos por algunos compañeros de clase. Estos estudiantes aseguraron estar preocupados en los exámenes finales porque no dominaban el idioma español. A veces reprobaban los exámenes por escribir mal o confundir palabras o enunciados. En opinión de estos alumnos, en México la educación no es incluyente en el momento de evaluar.

Este análisis en jóvenes se manifiesta con los niños, que, aunque suelen ser más dispersos en sus respuestas por la facilidad en que se puede conducir una entrevista, pero es evidente la confusión generalizada.

Podemos concluir que La infancia en retorno procedente de Estados Unidos atraviesa múltiples fracturas devenidas del proceso de movilidad internacional. Estas fracturas tienen que ver no solo con el cambio de ubicación geográfica, sino también con el cambio de universo de vida. El mismo es experimentado en gran medida a través de la llegada a un nuevo sistema educativo en México, sustentado sobre patrones sociales, culturales y lingüísticos completamente diferentes.

Los niños retornados habitan en la linealidad escolar: se encuentran en un estado de suspensión en el que ya no pertenecen al mundo escolar que han dejado en EUA, pero tampoco al que han encontrado en México. Esto pone de manifiesto la retórica del discurso de la universalidad del derecho a la educación.

La infancia retornada tiene entrada al sistema educativo, pero no al derecho a la educación, ya que se encuentra excluido de este.

Estimar el número de personas que han retornado es una tarea complicada, ambigua, sinuosa, puesto que no existe un acuerdo en cuanto a en qué momento una persona deja de clasificarse como retornada: si esto corresponde a mantener residencia en el lugar de retorno un número determinado de años o a otros parámetros de orden cualitativo que señalen que la persona ha sido plenamente integrada. Un indicador para hacer una aproximación para esta población son los datos de retorno reciente, tanto voluntario como forzado, del Censo de Población y Vivienda de 2020. Este conteo indica que en el quinquenio 2015-2020 retornaron 319 mil 183 personas. De ellas, 286 37 residían en EUA y 33 146 en el resto del mundo. De estas personas se estima que 15 mil 418 tienen 19 años o menos.

Múltiples instrumentos vinculantes de derechos humanos imponen a México la obligación legal de proteger el derecho a la educación, el cual incluye en su alcance el derecho a la educación en el hogar, como ha dejado claro el relator especial de la ONU sobre el derecho a la educación.

En el país hay dos instituciones que, debido a su naturaleza flexible, serían el mejor camino para ayudar en el proceso de reincorporación de los “retornados”: el Consejo Nacional de Fomento Educativo y el Instituto Nacional de Educación de los Adultos.

El marco legal y reglamentario del Consejo Nacional de Fomento Educativo se encuentra considerado en la fracción VI del artículo 16 de la Ley General de Educación, pues uno de los criterios de la educación impartida por el Estado consiste en ser

...equitativa, al favorecer el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas, para lo cual combatirá las desigualdades socioeconómicas, regionales, de capacidades y de género, respaldará a estudiantes en condiciones de vulnerabilidad social y ofrecerá a todos los educandos una educación pertinente que asegure su acceso, tránsito, permanencia y en su caso, egreso oportuno en los servicios educativos;

En el artículo 36 se señala que la “educación responderá a la diversidad lingüística, regional y sociocultural del país, así como de la población rural dispersa y grupos migratorios, además de sus características y necesidades de los distintos sectores de la población”. Adicionalmente, en el artículo 76 de esta ley se dispone que el Estado generará condiciones para las poblaciones indígenas, afromexicanas y comunidades rurales en condiciones de marginación, así como las personas con discapacidad, ejerzan el derecho a la educación apegándose a criterios de asequibilidad y adaptabilidad.

El Conafe sigue un modelo de educación comunitaria, reconocido en el artículo 37 de la Ley General de Educación como un tipo de educación en los niveles preescolar, primaria y secundaria.

En el artículo 38, por su parte, señala que la educación inicial podrá ser impartida a partir de las opciones educativas desarrolladas a nivel comunitario.

Como para el INEA, también resulta aplicable para Conafe la fracción XXII del artículo 113 de la Ley General de Educación, según la cual corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones

[...]necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la media superior, la educación indígena, inclusiva para personas adultas, la normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, así como aquellas que con tal ca5racyer establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

El Conafe lleva a cabo programas compensatorios, que tiene su sustento legal en los artículos 124 y 125 de la Ley General de Educación, que a la letra dicen:

Artículo 124. Además de las actividades enumeradas en el artículo anterior, el Ejecutivo Federal llevará cabo los programas compensatorios por virtud de los cuales apoye con recursos específicos a los gobiernos de aquellas entidades federativas con mayores rezagos educativos, previa celebración de convenios en los que se concierten las proporciones de financiamiento y las acciones específicas que las autoridades educativas locales deberán realizar y superar dichos rezagos.

Artículo 125. En el ejercicio de sus fracciones compensatorias, y solo tratándose de actividades que permitan mayor equidad educativa, la secretaria podrá, en forma temporal, impartir de manera concurrente educación básica y normal en las entidades federativas.

Los servicios educativos del Conafe están dirigidos de manera explícita a la población migrante, entre otras, puesto que el decreto por el que se reorganiza define la educación comunitaria como aquella con “un modelo pedagógico pertinente que responde a las necesidades y características de la población rural y migrante que habita en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación o rezago social”.

En su estructura orgánica, el Conafe cuenta la Dirección de Educación Comunitaria e Inclusión que, de conformidad con la fracción V del artículo18 de su Estatuto Orgánico, tiene sus funciones:

Establecer criterios, orientaciones y directrices para la atención educativa de población que enfrenta barreras para el aprendizaje, bajo un enfoque educativo para la diversidad; así como los correspondientes a la población indígena y migrante, con un enfoque educativo intercultural.

Por su parte, entre las funciones que en el artículo 19 del mismo estatuto se confieren a la Dirección de Educación Inicial está:

Definir lineamientos y criterios de intervención pedagógica para educación inicial bajo el modelo de educación comunitaria, destinada a la población rural y migrante que habita en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación y/o rezago social, intervención pedagógica para la educación inicial bajo el modelos de educación comunitaria, destinada a la población rural, indígena y de zonas urbano-marginadas, así como lo criterios de organización, gestión y funcionamiento de los servicios educativos.

Los servicios que prestan tanto el Conafe como el INEA, respecto a la educación destinada a la población en situación de retorno, se encuentran subutilizados, es el momento de aplicar su vasta práctica de quehacer educativo en áreas a las que la Secretaría de Educación Pública le es muy complicado atender.

Por lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al secretario de Educación Pública a instruir a los titulares del Consejo Nacional de Fomento Educativo y el Instituto Nacional de Educación para los Adultos a fin implantar nuevos programas centrados en la atención de la población infantil y adolescente en situación de retorno-migrante, con objeto de lograr una integración educativa exitosa.

Notas

1 Sistema Educativo de Estados Unidos,

https://iicana.org/asesoria-educativa/sistema-educativo-de-estad os-unidos/#:~: text=En%20Estados%20Unidos%20la%20educación,de%20cada%20semestre%20o%20período.

2 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf

3 Un antecedente histórico de educación binacional lo encontramos en la obra de José Vasconcelos Ulises criollo, donde relata: “Mi padre fue agente aduanal, por lo que desde los tres años de edad viví en la frontera de Estados Unidos: primero en Sásabe y luego en Piedras Negras, desde donde cruzaba la frontera para asistir a la escuela de Eagle Pass, Texas. Cuando tenía trece años viajé con la familia a la capital del país para continuar estudios, primero nos detuvimos en Toluca en 1896, donde asistí al Instituto Científico y Literario; en 1897 continuamos el peregrinar. Ahora nos vamos a Campeche, donde asimilé abundante literatura francesa. Posteriormente regresamos a México, donde me inscribí en la Escuela Nacional Preparatoria, que era baluarte principal del positivismo; y más tarde en la Escuela Nacional de Jurisprudencia, donde me gradué de abogado en 1905”.

4 Toda persona que asiste a una clase de cierta materia sin estar matriculado como alumno, aunque propiamente esta figura era usada en el ámbito de la educación preparatoria o superior.

5 Entre 2005 y 2015 llegaron alrededor de 430 mil niños y jóvenes de 6 a 24 años provenientes de Estados Unidos, quienes entre esas edades son propensos a abandonar la escuela y a tener trayectorias educativas discontinuas por la repetición de grados o la pérdida de años escolares, debido a diversas barreras en el acceso al sistema educativo.

6 El principal objetivo de los Cedex es ofrecer educación básica de calidad para jóvenes y adultos, en una modalidad semiescolarizada, a través de un modelo educativo propio, flexible y pertinente, que considere los conocimientos adquiridos por el alumno en el transcurso de la vida y que les permita desarrollar competencias y habilidades para la vida y el trabajo. Los Cedex ofrecen un servicio educativo a personas jóvenes y adultas en situación de vulnerabilidad y de desventaja que no han concluido su educación básica.

7 Son los que, sin importar su origen o nacionalidad, tienen trayectorias escolares en dos o más sistemas educativos.

8 https://migracionderetorno.colmex.mx/wp-content/uploads/2019/ 02/PB_3_educacion.pdf

9 Tiene México importante rezago en dominio del inglés,

https://blog.maestriasydiplomados.tec.mx/tiene-méxico-important e-rezago-en-dominio-del-inglés

10 El modelo colaborativo es un grupo de estrategias de enseñanza que compromete a los alumnos a trabajar en colaboración para alcanzar metas comunes. Promueve el liderazgo, la discusión, el conflicto cognoscitivo, la evaluación grupal y el proceso de toma de decisiones.

11 https://www.gob.mx/segob/prensa/estima-upmrip-que-en-mexico-residen-mas-de-480- mil-ninas-ninos-y-adolescentes-que-nacieron-en-el-extranjero

12 https://www.gob.mx/segob/prensa/estima-upmrip-que-en-mexico-residen-mas-de-480- mil-ninas-ninos-y-adolescentes-que-nacieron-en-el-extranjero

https://www.gob.mx/segob/prensa/estima-upmrip-que-en-mexico-resi den-mas-de-480-mil-ninas-ninos-y-adolescentes-que-nacieron-en-el-extranjero

13 Experiencias escolares de jóvenes retornados de EUA a secundarias fronterizas de México,

https://www.redalyc.org/journal/773/77365213001/html/

14 Dato completamente distorsionado: en realidad, el 5 de mayo se festeja en EUA porque el triunfo de las armas mexicanas impidió que el Ejército de Napoleón III pudiese enlazar con los Ejércitos Confederados, lo que habría significado un cambio radical en la historia de Norteamérica y del continente.

15 Experiencias escolares de jóvenes retornados de EUA a secundarias fronterizas de México,

https://www.redalyc.org/journal/773/77365213001/html/

16 Los “otros” retornados. Invisibilidad y exclusión en el sistema educativo mexicano,

https://www.researchgate.net/publication/343584417_Los_otros_ret ornados_Invisibilidad_y_exclusion_en_el_sistema_educativo_mexicano_aportes_etno graficos_desde_Oaxaca

17 Fuente: Martínez, Gijón y Delgadillo 2021, con base en el Censo de 2021, puede verse en

http://www.upt.edu.mx/img/Banners/pdf_movilidades10.pdf

18 Definidos en la fracción IX del artículo 2 del decreto por el que se reorganiza el Consejo Nacional de Fomento educativo como los que buscan reducir el rezago educativo mediante el apoyo de recursos específicos a los estados de la república, previa celebración de convenios en los que se concierten las proporciones de financiamiento y las acciones específicas que las autoridades educativas locales deban realizar para reducir y superar dichos rezagos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SADER, A IMPLEMENTAR CAPA-CITACIONES EN MATERIA DE EXPORTACIONES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a implementar capacitaciones en materia de exportaciones para impulsar productos competitivos, garantizando la inclusión de micro, pequeños y medianos productores, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Mario Alberto Torres Escudero, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo, por el cual la H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural con la finalidad de implementar capacitaciones en materia de exportaciones, para impulsar productos competitivos, garantizando la inclusión de micro, pequeños y medianos productores, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con datos de la Organización Mundial de Comercio (OMC), tan sólo en el 2018 las exportaciones mexicanas en el ramo agroalimentario sumaron un valor de aduana de 35 mil millones de dólares, para el 2021 la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), contempló un total de 44 mil 442 millones de dólares de exportaciones agroalimentarias, siendo la cifra más alta reportada en 29 años.

Los principales grupos de exportación en el 2021 fueron las bebidas, las frutas y hortalizas, siendo más del 62% de las ventas totales de México. Los productos que presentaron el mayor ingreso fueron:

• Cerveza con 5 mil 618 millones de dólares.

• Tequila y mezcal con 3 mil 317 millones de dólares.

• Aguacate con 3 mil 085 millones de dólares.

Para el primer trimestre del 2022 según cifras del INEGI y del Banco de México los principales productos agroalimentarios exportados fueron:

• Cerveza con 3 mil 194 millones de dólares.

• Aguacate con 842 millones de dólares.

• Tequila y mezcal con 696 millones de dólares.

• Tomate con 647 millones de dólares.

• Chiles con 504 millones de dólares.

Si bien es cierto, que dentro del sistema agroalimentario se encuentran contempladas las actividades relacionadas con la producción y distribución de productos alimentarios, resulta esencial establecer un enfoque particular sobre parte de los productos agroalimentarios exportados, con el objetivo de visualizar la falta de oportunidad para aquellos pequeños productores agrícolas.

De manera específica, la agricultura representa un sector importante en la economía del país, su exportación resulta ser un ramo con amplia proyección a partir de los indicadores macroeconómicos.

México actualmente se encuentra en la posición décimo tercera en exportación agrícola, debido a la diversidad geográfica y de climas, lo que permite tener una enorme variedad de especies; pese a que se cuenta con las posibilidades para pasar a los principales lugares en exportación agrícola, no se ha logrado esta postura a raíz de que la riqueza que ofrece el país no se exporta en primera instancia por la demanda existente en el mercado internacional, y segundo por la falta de mecanismos enfocados en la apertura de nuevas exportaciones, aunado a la falta de conocimiento, capacitaciones y oportunidades para pequeños y medianos productos quienes resultan ser tan solo un receptor de los costos que se producen sin contemplar la ganancia directa para ellos.

Las acciones que implemente el estado, deben dirigirse a eliminar las barreras de la comercialización de los productos agrícolas. Existen un aproximado de 200 productos, destacándose algunos que son canalizados al mercado exterior, como el maíz, frijol, caña de azúcar, sorgo, trigo, arroz, oleaginosas, café, jitomate, algodón, frutas, entre otros productos.

La riqueza que hoy día tiene México es resultado del esfuerzo y la dedicación de los pequeños y medianos productores. Sin embargo, la retribución económica no se ha visto reflejada en el día a día de las poblaciones dedicadas a la agricultura, por ello es que resulta fundamental una visualización por parte del gobierno para incentivar una mayor inclusión de los sectores más vulnerables, logrando una constante participación en el mercado que contribuya a la derrama económica de las localidades productoras.

Parte de ese crecimiento económico debe enfocarse en expandir sus oportunidades de competencia a través de capacitaciones que brinden herramientas de reconocimiento para su mercado y que cuenten con los conocimientos para lograr exportar sus productos. Las áreas de estrategia que deben señalarse a cada pequeño productor, contribuirán al reconocimiento de su gran labor y de su constante dedicación al campo, permitiendo diversificar los destinos de comercialización.

Si bien es cierto, que hoy día la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural mantiene constantes seminarios virtuales como la “Estrategia de Cooperación con Organismos Internacionales y Diversificación de las Exportaciones Agroalimentarias”, entre otros, resulta menester que estos contemplen la participación de pequeños productores y que establezcan estrategias que contribuyan al desarrollo de localidades vulnerables a través de la comercialización de sus productos.

El objetivo de brindar las capacitaciones a los pequeños productores es lograr que aprovechen las oportunidades y los mercados especializados en beneficio de las comunidades rurales, protegiendo los productos originarios de las regiones y permitiendo su comercialización, respondiendo también a las necesidades del mercado de nostalgia de mexicanos residentes en el exterior, quienes buscan preservar su cultura, costumbres y hábitos de consumo, entre los que podemos destacar los consumos de los productos originarios de sus localidades, lo que permitirá generar una puerta para la exportación a través de los propios trabajadores agrícolas y garantizar un mercado constante de consumo.

Dicha estrategia de capacitación y promoción permitirá responder a las necesidades de los pequeños productores, desde la amplitud del mercado, donde se den a conocer la calidad de los productos agrícolas, hasta la estrategia de rutas que contribuyan a la derrama económica para las comunidades, permitiendo inversiones que generen la mejora de procesos de cultivo, de distribución y propiciando la entrada a la consideración de productos con alto valor económico y social.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural con la finalidad de implementar capacitaciones en materia de exportaciones, para impulsar productos competitivos, garantizando la inclusión de micro, pequeños y medianos productores

Nota

1. México ingresa al Top 10 de exportaciones agroalimentarios;

https://konfio.mx/tips/noticias/mexico-ingresa-al-top-10-de-expo rtadores-agroalimentarios/

Bibliografía:

KONFÍO, México ingresa al Top 10 de exportadores agroalimentarios,

https://konfio.mx/tips/noticias/mexico-ingresa-al-top-10-de-expo rtadores-agroalimentarios/

https://www.dripcapital.com/es-mx/recursos/blog/productos-agroal imentarios-que-exporta-mexico

Martínez, C., DRIP CAPITAL, Agosto 2022, Principales productos agroalimentarios que exporta México,

https://www.google.com/search?q=prinipales+productos+agr%C3%ADco las+2022&ei=PgURY9qIMtGdkPIP7p61-Ag&ved=0ahUKEwjan6eyp_T5AhXRDkQIHW5PDY 8Q4dUDCA4&uact=5&oq=prinipales+productos+agr%C3%ADcolas+2022&gs_lcp =Cgdnd3Mtd2l6EAMyBwghEKABEAoyCAghEB4QFhAdOgoIABBHENYEELADOgQIABANOgYIABAeEBY6CA gAEB4QDxAWSgQIQRgASgUIQBIBMUoECEYYAFDLAljTB2CKCWgBcAF4AIABjAGIAf0DkgEDMy4ymAEAo AEByAEIwAEB&sclient=gws-wiz

Franquesa, M., Agroptima, Agricultura de exportación,

https://www.agroptima.com/es/blog/agricultura-de-exportacion/#:~ : text=En%20la%20actualidad%2C%20la%20agricultura,acumulaci%C3%B3n%20de%20riqueza %20y%20producci%C3%B3n

SAGARPA, México líder productor agroalimentario,

http://infosiap.siap.gob.mx/opt/publicaciones/mexico_web.pdf

SADER, Inicia Agricultura capacitación a productores para ampliar su desarrollo en mercados de exportación de bebidas destiladas,

https://www.gob.mx/agricultura/prensa/inicia-agricultura-capacit acion-a-productores-para-ampliar-su-desarrollo-en-mercados-de-exportacion-de-be bidas-destiladas?idiom=es

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Mario Alberto Torres Escudero (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A HOMOLOGAR LA TIPIFICACIÓN DE VIOLACIÓN CONFORME LAS RECOMENDACIONES DE LA ONU

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de las 32 entidades federativas a homologar la tipificación de violación conforme las recomendaciones de la ONU, a cargo del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 79 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Exposición de Motivos

Todas las mujeres y las niñas están expuestas al riesgo de ser víctimas de violencia sexual, estadística que aumenta a expensas de diferentes características o factores contextuales como la pobreza, etnia, discapacidad, estatus migratorio, situación de desplazamiento, entre otros que aumentan su vulnerabilidad y las condiciona a enfrentar barreras adicionales para acceder a la justicia o a servicios de apoyo.

La violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos en el mundo que tiene graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas sobre las mujeres y las niñas, tanto a corto como a largo plazo, al impedirles participar plenamente y en pie de igualdad en la sociedad.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que la violencia de género se refiere a los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género. Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas. El término se utiliza principalmente para subrayar el hecho de que las diferencias estructurales de poder basadas en el género colocan a las mujeres y niñas en situación de riesgo frente a múltiples formas de violencia.

Asimismo, ha definido los diferentes tipos de agresiones en materia sexual, en primer término se entiende por violencia sexual cualquier acto de naturaleza sexual cometido contra la voluntad de otra persona, ya sea que esta no haya otorgado su consentimiento o que no lo pueda otorgar por ser menor de edad, sufrir una discapacidad mental o encontrarse gravemente intoxicada o inconsciente por efecto del alcohol o las drogas.

La violencia sexual puede incluir:

• Acoso sexual que abarca el contacto físico no consensuado, por ejemplo, cuando una persona agarra, pellizca, propina bofetadas o realiza tocamientos de índole sexual a otra persona. Incluye también otros tipos de violencia no física, como abucheos, comentarios sexuales sobre el cuerpo o el aspecto de una persona, la solicitud de favores sexuales, miradas sexualmente sugerentes, acecho o exhibición de órganos sexuales.

• Violación que es cualquier penetración vaginal, anal u oral no consentida por parte de otra persona utilizando cualquier parte del cuerpo o un objeto. Puede ser una persona conocida o no por la sobreviviente, ocurrir dentro del matrimonio y de una relación de pareja, así como durante un conflicto armado.

• Violación correctiva, forma de violación perpetrada contra una persona por su orientación sexual o su identidad de género. Su finalidad es obligar a la víctima a comportarse de manera heterosexual o acorde con una determinada visión normativa de la identidad de género.

• Cultura de la violación, entendido como el entorno social que permite normalizar y justificar la violencia sexual. Tiene su origen en el patriarcado y se alimenta de unas desigualdades y sesgos persistentes en lo que concierne al género y la sexualidad.

Esta situación es una de las violaciones más graves de los derechos humanos, extendida, arraigada y tolerada en el mundo, consecuencia de la desigualdad y de la discriminación de género. A nivel global, una de cada tres mujeres ha sufrido violencia física y/o sexual y en algunos países esta proporción aumenta a siete de cada diez. En tanto que a nivel nacional 19.2 millones de mujeres han sido sometidas en algún momento de su vida a algún tipo de intimidación, hostigamiento, acoso o abuso sexual; por cada nueve delitos sexuales cometidos contra mujeres, hay un delito sexual cometido contra hombres. Asimismo, en 2018, 711,226 mujeres fueron víctimas de delitos sexuales en México, 40,303 sufrieron una violación sexual y 682 mil 342 mujeres fueron víctimas de hostigamiento, manoseo, exhibicionismo o intento de violación.

Según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), México es el primer país del mundo en abuso sexual de menores, de las cuales el 90 por ciento perpetrado contra niñas se produce al interior de su familiar y/o su hogar. El escenario se oscurece al saber que, de cada mil casos de abuso sexual cometidos contra menores en el país, solo cien se denuncian y únicamente el 10 por ciento llega ante un juez y solo el 1 por ciento recibe una sentencia condenatoria.

Dentro de las limitantes que tienen que confrontar las victimas mexicanas es que el delito de violación prescribe entre los cinco y los diez años en muchos de los códigos penales del país, privando de justicia sobre todo a quienes fueron agredidos en su menoría de edad.

Entre 2014 y 2018 casi 145 mil víctimas de presuntas violaciones y abusos sexuales, en su mayoría mujeres, presentaron una denuncia formal en contra de sus agresores ante una agencia del Ministerio Público. Lamentablemente, tan solo el 5 por ciento avanzaron lo suficiente para llegar a una sentencia, es decir que la impunidad es preponderante, asimismo, más del 94 por ciento de las agresiones ni siquiera son denunciadas por las víctimas.

Las agresiones denunciadas ante un Ministerio Público y que inician las carpetas de investigación correspondientes tampoco garantiza resultados. De hecho, el promedio de casos que no llegan a una sentencia judicial es similar al de los casos que no se denuncian.

Igualmente, en el lapso de 2014 a 2018, los poderes judiciales del país reportaron la emisión de 6 mil 898 sentencias por delitos de violación y abuso sexual en todas sus modalidades, sin embargo, el registro no desglosa cuantas de esas sentencias serían condenatorias o absolutorias. En cuanto a los casos de abuso sexual, se resuelven en promedio menos que los delitos de violaciones, aunque unos ni otros alcanzan el 10 por ciento de sentencias dictadas respecto a las denuncias presentadas. Ambos se denuncian con una frecuencia similar, entre 2014 y 2018 las fiscalías reportaron al Inegi un total de 72 mil 744 probables delitos de abuso sexual reportados, a los que se suman 71 mil 842 casos de presunta violación. Respecto a los abusos sexuales, se registraron 12 mil 875 casos procesados ante un juez, que equivalen a solo 17.69 por ciento de las denuncias, mientras que las sentencias sumaron 2 mil 576, apenas un 3.54 por ciento en comparación con los casos iniciados.

Las denuncias por abuso sexual reportadas en el país entre 2013 y 2018 se concentran en Jalisco con 9 mil 861, Ciudad de México con 9 mil 461, Estado de México con 7 mil 612, Chihuahua con 5 mil 721 y Baja California con 5 mil 364. En conjunto estas entidades acumularon 38,019 denuncias que representan el 52 por ciento de los casos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente la siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los congresos locales de las 32 entidades federativas a homologar la tipificación de violación conforme las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas.

Notas

1 Unicef México (2019). ONU México hace un llamado a eliminar todas las formas de violencia sexual contra las mujeres y las niñas. 1 de octubre de 2022. Unicef Sitio web:

https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/onu-m%C3%A9xico -hace-un-llamado-eliminar-todas-las-formas-de-violencia-sexual-contra#_ftn5

2 ONU Mujeres (X). Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas. 1 de octubre de 2022. ONU Sitio web:

https://cutt.ly/NBuUX4O

3 Unicef México (2019). ONU México hace un llamado a eliminar todas las formas de violencia sexual contra las mujeres y las niñas. 1 de octubre de 2022. Unicef Sitio web:

https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/onu-m%C3%A9xico -hace-un-llamado-eliminar-todas-las-formas-de-violencia-sexual-contra#_ftn5

4 Barragán, Almudena (2021). El 90% de las violaciones contra niñas en México sucede en el entorno familiar. 2 de octubre de 2022. El País Sitio we:

https://elpais.com/mexico/2021-11-03/el-90-de-las-violaciones-co ntra-ninas-en-mexico-sucede-en-el-entorno-familiar.html

5 Angel, Arturo (2021). En cinco años, solo 5 de cada 100 denuncias por abuso sexual y violación terminaron en sentencia. 4 de octubre de 2022. Animal Político Sitio web:

https://www.animalpolitico.com/2021/02/5-cada-100-denuncias-abus o-sexual-violacion-sentencia/

Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Gerardo Peña Flores (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE IMPLEMENTEN MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y SE MODIFIQUEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LAS BECAS JÓVENES ESCRIBIENDO EL FUTURO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a implementar mecanismos de supervisión y modificar las reglas de operación de las becas Jóvenes Escribiendo el Futuro, para evitar que continúen las irregularidades detectadas por la ASF, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

La diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las becas del programa “Los Jóvenes Escribiendo el Futuro” son un instrumento de apoyo económico, cuyo objetivo es fomentar que los/as alumnos/as inscritos en una Institución Pública de Educación Superior puedan permanecer y concluir sus estudios de licenciatura o técnico superior universitario, a fin de poder garantizar la igualdad de oportunidades y el derecho universal a la educación. Así como la operación la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) con el fin de poyar a la juventud, de entre 18 y 29 años, a vincularse con el campo laboral mediante prácticas profesionales Sin embargo, dichos objetivos no se pueden llevar a cabo cuando la opacidad y poca transparencia administrativa permea contra los fines establecidos y, sobre todo, atentan contra las garantías educacionales.

De acuerdo con datos de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), se entregaron apoyos por 1 millón 144 mil pesos a 146 beneficiarios que simultáneamente recibieron apoyos del programa “Jóvenes Escribiendo el Futuro”, y del programa “Becas Eliza Acuña”, lo cual según Reglas de Operación del Programa “Jóvenes Construyendo el Futuro” no debería ocurrir, ya que se especifica que no se puede ser Beneficiaria o Beneficiario de otro programa social que otorgue becas educativas.

En este mismo sentido, de acuerdo a la segunda entrega de las auditorías a la Cuenta Pública 2021, se observó que se realizaron pagos por 86 mil pesos a 23 becarios entre uno y seis meses después de la fecha de su fallecimiento. Lamentablemente, de igual forma la ASF observó que la aplicación del programa se hizo sin rigor, sin datos precisos y con tal desorden que ni siquiera se explicó por qué de 40 millones de pesos presupuestados, los recursos se ajustaron a sólo 23.9 millones de pesos. Además, de que no se definieron ni el área responsable ni las medidas para supervisar la ejecución del programa, sus lineamientos cumplieron apenas con la mitad de lo requerido por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y no se pudo comprobar que los beneficiarios recibieran los 12 pagos que les correspondían ese año. Especificando la ASF textualmente que:

la STPS no acreditó el mecanismo para evaluar y asegurar que los egresados del programa adquirieron o fortalecieron las habilidades técnicas y socioemocionales señaladas en las constancias de capacitación entregadas a los becarios que concluyeron con la capacitación”.

Además de no “contar con métricas, metodologías, indicadores ni metas para determinar en qué medida se incrementó empleabilidad y la inclusión en el mercado laboral.”

Desafortunadamente, situación similar se detectó en el programa “Becas para el Bienestar” pues la Secretaría de Educación Pública (SEP) no logró esclarecer el paradero de 27 millones 155 mil pesos de presupuesto público que supuestamente se transfirieron a 8 mil 515 familias y que la ASF corroboró que no fueron cobrados por los beneficiarios de dichos apoyos. En este marco, las acciones y omisiones llevadas a cabo, han demostrado la falta de compromiso y la constante falta de transparencia en los programas implementados.

Preocupando especialmente, por las posibles consecuencias que puedan surgir de la mala administración y que sobre todo, afecte a las niñas, niños y adolescentes mexicanos, pues al no declarar el paradero oportuno de los recursos destinados, se atenta directamente contra el derecho constitucional a la educación establecido en el artículo 3 y por consecuente atenta contra el principio de desarrollo integral de la niñez.

Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.

Además, viendo las afectaciones de fondo, dichas acciones y omisiones van en contra del desarrollo y progreso social en general, toda vez que se comprende que la educación es un proceso que presupone avance y progreso social, buscando el perfeccionamiento del individuo a lo largo de la vida, siendo por lo tanto una función que le permite a la sociedad capacitar a las personas para comprender su realidad y transformarla. Es decir, esta falta de claridad es un arremete contra la sociedad y contra los objetivos previstos difundidos previamente, limitando la preparación de profesionales que se puedan incorporar de manera efectiva en el mercado laboral, o que en el caso de las niñas y niños del programa “Becas para el Bienestar” son acciones que van en contra del principio del interés superior de la niñez. Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaria de Educación Pública para que implemente de manera urgente mecanismos de supervisión e impulse modificaciones a las Reglas de Operación de las Becas Jóvenes Escribiendo el Futuro para evitar que continúen las irregularidades detectadas por la Auditoria Superior de la Federación en dicho programa como la entrega de apoyos duplicados, entrega de apoyo a personas fallecidas o cobros realizados por personas que no son los beneficiarios de dicho programa.

Notas

1. Secretaría de Educación Pública (SEP). Proceso de registro de solicitudes para estudiantes jóvenes escribiendo el futuro 2022-2, Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/756914/COMUNICADO _JEF_2022_B_ANEXO_1.pdf

2. Milenio. Hallan desvíos por 35 mdp en STPS en apoyo a jóvenes y empleo, Disponible en:

https://www.milenio.com/politica/asf-stps-sumo-35-millones-pesos -inconsistencias-anos

3. Diario Oficial de la Federación (DOF). Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639633&fecha=29/ 12/2021#gsc.tab=0

4. Auditoría Superior de la Federación (ASF). Segunda Entrega, Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 202, Disponible en:

https://www.asf.gob.mx/Section/58_Informes_de_auditoria

5. Milenio. Hallan desvíos por 35 mdp en STPS en apoyo a jóvenes y empleo, Op. Cit.

6. Ídem.

7. Animal Político. La SEP ‘pierde’ 27 mdp de becas de educación básica; en media superior, ASF halla apoyos duplicados y a personas fallecidas, Disponible en:

https://www.animalpolitico.com/2022/11/sep-pierde-dinero-becas-b enito-juarez/

8. Redalyc. La educación como factor de desarrollo Education as a Development Factor, Disponible en:

https://www.redalyc.org/pdf/1942/194220391006.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el día 23 de noviembre de 2022.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



SE MANTENGA VIGENTE EN EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA CIRCULACIÓN DE MOTOCICLETAS DE 250 CENTÍMETROS CÚBICOS POR LOS CARRILES CENTRALES DE LAS VÍAS DE ACCESO CONTROLADO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de la Ciudad de México, a través de la Semovi, a no aumentar y mantener vigente, en el Reglamento de Tránsito, el cilindraje mínimo permitido de 250 centímetros cúbicos, para que las motocicletas puedan circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Dionicia Vázquez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y los demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la jefa de gobierno de la Ciudad de México para que, a través de la Secretaría de Movilidad, no se aumente y se mantenga vigente en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México el cilindraje mínimo permitido de 250 centímetros cúbicos para que las motocicletas puedan circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado de la Ciudad de México con la finalidad de no afectar la salud, la seguridad y la economía de la ciudadanía usuaria de este medio de transporte; así mismo, para no elevar los niveles de contaminación ambiental al exigirse mayores cilindradas para circular en este tipo de vialidades, bajo las siguientes:

Consideraciones

En México también existe el motociclismo responsable por lo que resulta necesario que se reconozca no sólo los aspectos negativos y los peligros en el uso de este medio de transporte sino también sus beneficios en la economía, la salud, la seguridad y el medio ambiente.

Las motocicletas son un medio de transporte que llegó para quedarse, hace apenas algunas décadas, las y los motociclistas eran prácticamente “invisibles”, incluso era normal ver en las calles de las ciudades a conductores sin casco de protección. Hoy en día es la alternativa no sólo para que hombres se desplacen sino cada vez más tenemos también a más mujeres que utilizan este medio no sólo por placer sino por necesidad de transportarse a sus actividades cotidianas. No obstante los gobiernos han carecido hasta nuestros días, de un plan que atienda el fenómeno en toda su complejidad.

Esta ausencia de plan, más el aumento del parque vehicular de motocicletas y una falta de una cultura vial, ha traído como consecuencia la multiplicación de accidentes de tránsito.

En esta tesitura, el 18 de noviembre de 2022 se dio a conocer en diferentes medios de comunicación que la jefa de gobierno de la Ciudad de México señaló que se llevarán a cabo modificaciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, con el objetivo de proteger y evitar el incremento de accidentes con motocicletas en la Ciudad de México. Al respecto, la Secretaría de Seguridad Ciudadana en conjunto con la Secretaría de Movilidad publicaron un comunicado conjunto para anunciar la estrategia “Salvar Vidas” en materia de seguridad vial. Entre las acciones anunciadas se encuentra:

“[...] En materia de uso de motocicleta en la ciudad, el titular de la Semovi destacó que se reformará el reglamento de tránsito para que este tipo de vehículos no puedan circular en los carriles centrales de vías de acceso controlado en caso de tener un cilindraje menor a los 600 centímetros cúbicos. [...]”

Al respecto, la fracción V del artículo 21 del reglamento de la Ciudad de México vigente prohíbe a los conductores de motocicletas:

“[...] V. Circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen vehículos menores a 250 centímetros cúbicos; [...]”

Las medidas anunciadas por las autoridades del gobierno de la Ciudad de México, con motivo del programa “Salvar Vidas” son en su mayoría urgentes y necesarias, al contemplar acciones para la seguridad vial de todos y evitar más accidentes de tránsito. Por ejemplo, obligar a aquellos motociclistas que infrinjan el reglamento de tránsito a realizar cursos como condicionante a que sus vehículos de dos ruedas les sean regresados, a cambio de ello, y de pagar las multas correspondientes u obligar a que los usuarios de motocicletas repartidoras cuenten con un seguro.

Sin embargo, existen áreas de oportunidad que no están siendo contempladas y que son urgentes para disminuir los accidentes de tránsito en la Ciudad de México, por ejemplo, el realizar acciones para hacer eficiente la detección de quienes realicen llamadas sin manos libres o envíen mensajes de texto con el teléfono celular mientras conducen un vehículo motorizado. Y esto aplica a todos los conductores de cualquier vehículo, no sólo a los motociclistas.

Para poner de relieve la importancia de fortalecer los mecanismos para inhibir el uso de celular mientras se conduce un vehículo motorizado, de acuerdo con una encuesta realizada por la Alianza Nacional por la Seguridad Vial (Anasevi), casi cuatro de cada 10 personas confirman que han tenido un accidente relacionado con el uso de celulares al volante. De estos, más del 70 por ciento señala que fue por mandar mensajes de texto y quitar la mirada del camino. Esto equivale a que en México mueren al día 45 personas por accidentes vehiculares. Para 2020, el panorama no mejoró. La principal causa de fallecimientos no intencionales entre la población de 5 a 44 años son los siniestros de tránsito. De acuerdo con la proyección realizada en este estudio, de 2020 a 2024 se podrían esperar 86 mil 988 víctimas fatales relacionadas con accidentes por conducción distraída.

Así mismo, no se está contemplando por parte de las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México que, al exigirse un cilindraje mínimo de 600 centímetros cúbicos (cc) para circular en los carriles centrales de vías de acceso controlado, se está afectando a miles de ciudadanos que utilizan una motocicleta menor a 600 cc para acudir a la escuela, a sus empleos o para cumplir con su trabajo. Por si esto no fuera suficiente, no se les está dando más alternativa a la ciudadanía usuaria de este tipo de transporte que utiliza los carriles centrales por seguridad y eficiencia y se les está orillando a que tengan que contemplar el realizar gastos adicionales para adquirir una motocicleta nueva o seminueva que cumpla el cilindraje mínimo exigido de 600 cc (en dado caso de que se lleve a cabo la modificación) afectando con ello, su economía familiar.

Una motocicleta con 100 cc puede fácilmente llegar a los 80 kilómetros por hora que son el límite de velocidad en los carriles centrales y vías primarias de la Ciudad de México, incluso, diversas corporaciones policiacas del gobierno de la Ciudad de México y de las Alcaldías utilizan motocicletas con una cilindrada de 310 centímetros cúbicos por lo que estas también estarían infringiendo el reglamento de tránsito en la entidad cuando requieran circular en estas vialidades para atender los llamados de auxilio por parte de la ciudadanía. Por otra parte, fomentar el uso de motocicletas más grandes no sólo implica una mayor generación de contaminantes, sino el aumento de velocidades a las que estas motocicletas pueden llegar.

Es importante destacar que las motocicletas emiten un 50 por ciento menos de dióxido de carbono (CO2), en comparación con otros vehículos motorizados, así mismo se reducen los tiempos de desplazamientos entre un 50 y un 70 por ciento, por lo que están menos tiempo emitiendo partículas contaminantes a la atmósfera, y por si esto no fuera suficiente, consumen menos combustible por kilómetro recorrido.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) apunta que en algunas zonas metropolitanas como en el Valle de México las emisiones generadas por vehículos, representan hasta un 60 por ciento de la contaminación total por partículas suspendidas gruesas (PM-10) y, por si esto no fuera suficiente, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año mueren en nuestro país más de 14 mil personas a causa de enfermedades asociadas a la contaminación del aire. De acuerdo con la evidencia científica, entre mayor es el cilindraje mayor es la contaminación producida.

Por si esto no fuese suficiente, algunas vías secundarias de la metrópoli son muy inseguras para los conductores que prefieren evitarlas y más aún ante el incremento de robo de motocicletas con violencia, igualmente, al reducir los tiempos de traslado gracias a la utilización de motocicletas como medio de transporte y que estas puedan circular por las mismas vías que un vehículo de cuatro ruedas tiene implicaciones en la salud mental de los ciudadanos usuarios de este medio de transporte que no se tienen que exponer tanto tiempo al estrés que implica el tráfico de la ciudad.

Como legisladora federal conozco la problemática que enfrentan los motociclistas pues en diferentes ocasiones he realizado audiencias con motociclistas, como lo es el caso con la Unión de Motociclistas Zona Norte Nacional y nos han dado a conocer no sólo las trayectorias de quienes han dedicado su vida al motociclismo responsable sino la importancia del uso de la motocicleta para la salud, la economía y el medio ambiente.

En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo celebramos que el gobierno de la Ciudad de México tengan un plan que contribuya de manera prioritaria a reducir los accidentes de tránsito pero consideramos relevante y estratégico apoyar a quienes cumplen con la normatividad de tránsito local y no cuentan con los medios económicos para adquirir una motocicleta más grande, así mismo que en en la estrategia “Salvar Vidas” se reconozca contribución positiva de la motocicleta a la movilidad sostenible, tan urgente en nuestras urbes.

Por las consideraciones expuestas, se somete a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente, a la jefa de gobierno de la Ciudad de México para que, a través de la Secretaría de Movilidad, no se aumente y se mantenga vigente en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México el cilindraje mínimo permitido de 250 centímetros cúbicos para que las motocicletas puedan circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado de la Ciudad de México con la finalidad de no afectar la salud, la seguridad y la economía de la ciudadanía usuaria de este medio de transporte; asimismo, para no elevar los niveles de contaminación ambiental al exigirse mayores cilindradas para circular en este tipo de vialidades.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente, a la jefa de gobierno de la Ciudad de México para que, a través de la Subsecretaría de Control de Tránsito, se haga uso de tecnologías y otros mecanismos para hacer eficiente la detección de quienes realicen llamadas sin manos libres o envíen mensajes de texto con el teléfono celular mientras conducen un vehículo motorizado. Lo anterior, con el objetivo de la correcta aplicación de las sanciones y disminuir los accidentes de tránsito.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente, al Congreso de la Ciudad de México para que se aumenten las sanciones penales a quienes, por realizar llamadas sin manos libres o enviar mensajes de texto con el teléfono celular mientras conducen un vehículo motorizado, ocasionen un accidente de tránsito y causen la muerte o lesiones en contra de alguna persona.

Notas

1 La Prensa. “Nuevo reglamento de tránsito CDMX: Qué cambia para los motociclistas”. Disponible en:

https://cutt.ly/jM0dHsg. Consultado el 22 de noviembre de 2022.

2 Secretaría de Seguridad Ciudadana. Comunicado conjunto: “Presentan Secretaría de Seguridad Ciudadana y de Movilidad estrategia para salvar vidas en materia de seguridad vial”. Disponible en:

https://cutt.ly/YM0hdNS. Consultado el 21 de noviembre de 2022.

3 Consejería CDMX. Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México. Disponible en:

https://cutt.ly/hM00hzv. Consultado el 22 de noviembre de 2022.

4 El Universal. “Según estudio, en México mueren 45 personas al día por accidentes vehiculares”. Disponible en:

https://cutt.ly/4M0UJ0W. Consultado el 21 de noviembre de 2022.

5 anesdor. “El impacto de la moto sobre el medio ambiente”. Disponible en:

http://bit.ly/30EMVjV, consultado el 21 de noviembre de 2022

6 ONU HABITAT. “Contaminación, automóviles y calidad del aire”. Disponible en:

https://cutt.ly/zM0Otus. Consultado el 21 de noviembre de 2022.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de noviembre de 2022.– Diputada Dionicia Vázquez García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO AL CONGRESO DE NUEVO LEÓN, A ERRADICAR LAS EXPRESIONES QUE FOMENTEN LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Nuevo León a erradicar las expresiones o acciones que fomenten la violencia política de género en contra de cualquiera de sus integrantes de la LXXVI Legislatura, a cargo del diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado federal Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al honorable Congreso del estado de Nuevo León para que, en el ámbito de sus atribuciones, erradique las expresiones o acciones que fomenten la violencia política de género en contra de cualquiera de sus integrantes de la LXXVI Legislatura, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En México como en el mundo las mujeres han ido adquiriendo mayor representación en los órganos de toma de decisión, este tipo de acciones afirmativas nos llevan a construir lugares mejores donde las posiciones políticas se obtienen con base en la capacidad y no por género, no obstante, este incremento ha generado reacciones negativas en quienes históricamente han sido los protagonistas.

Por lo que, la violencia política contra las mujeres en razón de género es uno de los principales lastres que impiden el ejercicio pleno de los derechos políticos y electorales de las mujeres y en nuestro país todavía nos encontramos lejos de lograr erradicar por completo las actitudes machistas a pesar de los grandes avances en la materia.

La realidad es que aún es común encontrar actores de todos los partidos los cuales descalifican o menosprecian a las mujeres únicamente por su género, asignándoles roles, sin importar la trayectoria o méritos para ocupar cualquier cargo político.

Ejemplo de ello es que hace unos días volvió a suceder una situación reprobable, diputados de las fracciones parlamentarias del PRI, PAN y Morena se unieron en contra de la diputada local de Nuevo León Norma Benítez, para removerla como presidenta de la Comisión de Presupuesto de ese órgano legislativo, coartando sus derechos políticos electorales, escenario lamentable que no podemos seguir tolerando independientemente del Grupo Parlamentario al que pertenece.

Hoy nuestro país atraviesa una situación en extremo complicada para las mujeres y desde los órganos de representación tenemos la obligación de poner el ejemplo de que acciones deben ser sancionadas y erradicadas, pues de acuerdo con el cuadernillo elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos titulado “Violencia política contra las mujeres en razón de género” podemos encontrar que nuestra compañera ha sido víctima de violencia política.

En específico ha sufrido de sanciones injustificadas y/o abusivas, por parte de sus pares, impidiendo o restringiendo el ejercicio de sus derechos políticos en condiciones de igualdad.

Asimismo, el mismo congreso estatal aprobó recientemente una reforma al artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, para hacer frente a la violencia política en contra de las mujeres, apoyado por la mayoría de los legisladores, por lo que es increíble la situación que se está presentando.

Adicional a esta reforma existen otras leyes federales que protegen a la legisladora, y que la misma ONU Mujeres ha reconocido a México, entre ellas destacan por supuesto nuestra Constitución Política, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia etc. siendo inadmisible que esta actuación quede impune.

Pues esta violencia que se está ejerciendo en contra de la Diputada, constituye una grave violación a sus derechos político-electorales y representa un antecedente negativo en contra de todas las mujeres en forma de discriminación y concierne al estado mexicano protegerla.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al Congreso del Estado de Nuevo León, para que en el ámbito de sus atribuciones erradiquen cualquier tipo de expresión o acción que genere violencia política de género en contra de las legisladoras integrantes de este órgano en su LXXVI Legislatura.

Notas

1 Congreso de Nuevo León, Interpondrá Norma demanda en defensa de sus derechos político-electorales, disponible en:

https://www.hcnl.gob.mx/glpmc/2022/11/interpondra-norma-demanda- en-defensa-de-sus-derechos-politico-electorales.php

2 CNDH, Violencia política contra las mujeres en razón de género, disponible en:

https://igualdad.ine.mx/wp-content/uploads/2018/06/Violencia-pol %C3%ADtica-contra-las-mujeres-en-raz%C3%B3n-de-g%C3%A9nero.pdf

México, Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Andrés Pintos Caballero (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



EXHORTO AL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN SALVADOR ZUBIRÁN, A REINSTALAR A DOS TRABAJADORAS Y LA PRESIDENTA DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE DICHO INSTITUTO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán a reinstalar a las trabajadoras Narda Gabriela Luna Ramírez y Ana María Pérez Ramírez en sus puestos de trabajo y a la ciudadana María Eva Sánchez Reséndiz, presidenta del Sindicato Único de Trabajadores de dicho instituto, y a respetarlas como trabajadoras y frenar el acoso y hostigamiento laboral en su contra, a cargo de la diputada Susana Prieto Terrazas, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Susana Prieto Terrazas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento legal en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo primero que todas y todos los mexicanos gozamos de derechos humanos y que estos son reconocidos por el Estado Mexicano, donde además existen garantías para su protección y su ejercicio no puede restringirse ni suspenderse.

En el párrafo tercero establece para todas las autoridades en el ámbito de sus competencias que “tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

Como consecuencia de lo anterior en el párrafo quinto se prohíbe “toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

Estos son los parámetros legales en materia de derechos desde los cuales podemos continuar nuestra vida, salvo que algunos servidores públicos de dependencias gubernamentales y de sindicatos al servicio del Estado desconozcan o nieguen la existencia de este cuerpo de derechos, en especial en contextos laborales desde los cuales se violentan a las y los trabajadores.

Este es el caso de dos trabajadoras del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (Instituto), Narda Gabriela Luna Ramírez y Ana María Ramírez Pérez quienes han sufrido distintos tipos de violencia en sus personas por personal del Instituto y del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (Sindicato).

Narda Gabriela es enfermera Auxiliar con 2 años y 3 meses de servicio y plaza eventual, con horario de 7 a 15 horas. Narda manifiesta haber sufrido acoso sexual, acoso laboral y discriminación por su preferencia sexual por parte de autoridades del Instituto y del Sindicato, que además se extendió en amenazas a la estabilidad en el empleo de su pareja sentimental.

En noviembre de 2021, refiere que la comenzó a acosar sexualmente el C. Cristian Jesús Cabrera Pineda, quien de acuerdo a Narda se ostenta como Secretario de Escalafón y Ajustes del Sindicato, quien de forma verbal y de manera constante le solicitaba que fuera al departamento de éste diciéndole lo siguiente, “tú no te preocupes, tú ya estás adentro pero vamos a mi departamento y armemos algo”. Invitación que ella rechazó y le respondió que la forma que Narda concibe para ascender en el escalafón es por su propio mérito y no a través de buscar favores sexuales de alguien en particular. Derivado de esta situación se distanció de su acosador y este a su vez le retiró el habla.

Dice, que posteriormente, el 26 de septiembre de 2022 a las 14: 50 horas aproximadamente el Licenciado Gustavo González Galicia, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales del Instituto le llamó por teléfono a su área de servicio y le informó que le iban a rescindir su contrato y le expresó que desconocía los motivos de su despido, e incluso le preguntó si alguna de sus jefas le había dicho algo al respecto, a lo que ella le dijo que no. Minutos más tarde Narda se dirigió a su jefa inmediata la Licenciada Leonor Arias Reza, quien le manifestó su desconcierto y desconocimiento del asunto.

Posteriormente el 27 de septiembre de 2022 Narda buscó a la Jefa de Enfermeras Licenciada María Paula Nájera Ortíz para consultarle sobre su situación y ella le respondió que sí tenía conocimiento de su rescisión de contrato pero no tenía ningún motivo para su despido, sino que solo ya no la iban a contratar. Narda aclara que hasta ese momento ninguna autoridad le había entregado documento alguno que justificase su despido, o de su renuncia.

En junio de 2022 Narda refiere que sostuvo una plática con Nelly Tirado Cárdenas, delegada del Sindicato quien le informó que derivado de una reunión con autoridades del Instituto se abrirían unas plazas de base, y que Narda fue propuesta como candidata a ocupar una de ellas por la valoración de su trabajo y desempeño que la ubicaban como buena trabajadora. Sin embargo, las autoridades del Instituto desaprobaron la propuesta de Nelly argumentando que Narda tiene otra preferencia sexual y su pareja era una trabajadora que pertenecía a otro sindicato al interior del Instituto.

En agosto de 2022, Narda manifiesta que Nelly le lanzó un ultimátum, advirtiéndole que las consecuencias derivadas de su preferencia sexual y que su pareja fuera integrante de otro sindicato, serían su despido del Instituto, situación que ocurrió en septiembre de 2022. Narda sufrió amenazas, humillaciones, autoritarismo, coacción, discriminación, burla, fue excluida del crecimiento laboral y despido injustificado.

Narda fue violentada en sus derechos humanos de distintas formas por distintas autoridades del Instituto y del Sindicato. En principio fue violentado su derecho al trabajo establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual al respecto dice lo siguiente: “Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.”

El artículo 133 en su fracción XII hace referencia a la prohibición del acoso sexual para los patrones y sus representantes:

Artículo 133.- Queda prohibido a los patrones o a sus representantes:

XII. Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo;”

Por su parte la fracción IV del artículo 378 establece lo propio para los sindicatos: “ Artículo 378.- Queda prohibido a los sindicatos:

IV. Ejercer actos de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual en contra de sus miembros, el patrón, sus representantes o sus bienes, o en contra de terceros;”

También la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene varias disposiciones legales que hacen referencia a la violencia laboral y sexual en los centros de trabajo, como son los artículos 10, 11 y 13 que a la letra dicen:

• “ Artículo 10.- Violencia Laboral y Docente: Se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.

Puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño. También incluye el acoso o el hostigamiento sexual.

Artículo 11.- Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género.

Artículo 13.- El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.

El acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.”

Por su parte Ana María Ramírez Pérez es también trabajadora del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán con doce años de servicio con la categoría de Afanadora y pertenece al Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (Sindicato).

Ana María refiere haber sido de víctima de falsas acusaciones por parte de autoridades del instituto y del Sindicato quienes le han imputado delitos no cometidos con el fin de despedirla. Fue acusada de vendimia de productos al interior de las instalaciones del Instituto, de haber dejado su vehículo en el estacionamiento así como permanecer más tiempo en el Instituto después de su horario laboral. El primer acto de discriminación lo recibió en 2015 por parte de la Licenciada María Paula Nájera Ortíz, Jefa del Departamento de Enfermería quien le solicitó abandonara la Escuela de Enfermería en la que Ana María estudiaba. El motivo fue porque la funcionaria no la consideraba de suficiente nivel. Ante la negativa de su petición la funcionaria la amenazó con negarle apoyo, por lo que Ana María no ha sido propuesta para participar en la promoción de escalafón.

En marzo de 2020 Ana María escribió un documento para desafiliarse del Sindicato por así convenir sus intereses, mismo que no le fue recibido por la Licenciada Hilda Isabel Martínez Padilla, funcionaria del Instituto con el argumento que lo debía entregar a su Sindicato. En mayo Ana María es interceptada por la C. María Eva Sánchez Reséndiz, lideresa del Sindicato, quien le respondió con amenazas sobre su poder y respaldo político en la institución.

En agosto de 2022 Ana María dice haber sufrido hostigamiento por parte del personal de vigilancia interna del Instituto el cual la trasladó al área de recursos humanos, a la oficina de la Licenciada Hilda Isabel Martínez Padilla, Coordinadora de Normatividad y Asuntos Laborales del Departamento de Relaciones Laborales del Instituto. En esa oficina fue obligada por la fuerza a abrir y mostrar su bolsa personal para ser registrada por el personal de vigilancia, a lo que la trabajadora se negó, motivo por el cual fue trasladada a la puerta de salida por órdenes de la funcionaria donde finalmente sí fue registrada en su persona y sus posesiones. La funcionaría tenía sospecha que Ana María estuviese robando algo propiedad del Instituto.

En septiembre de 2022 manifiesta haber sido tratada de forma violenta para entregarle un citatorio para levantarle un acta administrativa por las sospechas antes mencionadas por parte del personal de Recursos Humanos como la Licenciada Hilda Isabel Martínez Padilla y el Licenciado Gustavo González Galicia, Jefe del Departamento de Relaciones Laborales. Ana María dice haber sido tratada de forma indigna en la sesión de presentación de pruebas de acusación y de descargo, fue intimidada por cerca de 20 asistentes entre personal administrativo, del sindicato y personal de vigilancia, donde ninguno aportó evidencias de las acusaciones por parte del Instituto.

El 24 de septiembre Ana Cristina se presentó a laborar y fue notificada para presentarse en la oficina de Recursos Humanos con la Licenciada Hilda Isabel quien ya la esperaba junto con el Gustavo González Galicia y el Licenciado Juan Manuel Pineda, quien se presentó como Licenciado externo al Instituto quien fue reconocido como autoridad facultada para despedirla. Las autoridades del Instituto le cedieron la palabra al Licenciado Pineda quien de manera agresiva e intimidante le informó que estaba formalmente despedida, por lo que Ana María solicitó conocer los motivos de su despido, a lo que el Licenciado Pineda de nueva cuenta en forma intimidante le dijo que por “GRILLA”, por lo que le ordenó firmara su renuncia y entregase su gafete de identificación oficial. Ana María se negó a firmar su carta de renuncia por lo que solicitó el acta de resolución por escrito donde se establecieran las razones del despido, y además entregaría su gafete a alguna autoridad legal del Instituto que ella reconociera. Ante la negativa el Licenciado Pineda le ordenó con voz enérgica a la Licenciada Hilda que la llevaran por sus cosas personales y le quitaran el gafete. Acto seguido varios elementos de seguridad la trasladaron por sus pertenencias y sacarla de las instalaciones del Instituto. Al día siguiente Ana María ingresó a su centro de trabajo toda vez que no existía ningún documento legal que le informara sobre su despido, por lo que fue retenida en la entrada 2 de empleados y al día siguiente al intentar firmar la bitácora de asistencia a la salida, se le impidió por personal de vigilancia y derivado de eso tuvo tocamientos deliberados en su cuerpo por parte de ese personal. Un familiar de Ana María que se encontraban afuera de las instalaciones del Instituto se encontraba grabando con su celular la agresión y también fue agredido por personal de vigilancia apoyado por una persona que lava los autos de los empleados y que no es trabajador del Instituto, y a decir de Ana María es frecuente el uso de esta persona como golpeador a quien conoce como C. Juan N, por parte de autoridades del Instituto. Desde ese día Ana María se encuentra sin empleo por un despido injustificado, producto de haber sufrido amenazas, maltrato, humillaciones, autoritarismo, coacción, discriminación, burla, fue excluida del crecimiento laboral.

Los casos de Narda y de Ana María exhiben de manera clara como las autoridades del Instituto y del Sindicato han violado varias normas legales en términos de derechos humanos, laborales, y han sido víctimas de violencia de género en distintas formas.

Las autoridades del Instituto y del Sindicato incumplen lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como es el artículo 6 en materia de violencia sexual, hostigamiento y acoso sexual que “atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto,”, y es claro que ambas trabajadoras fueron objetualizadas.

También violentan disposiciones legales de la Ley Federal del Trabajo, como son los artículos 51 y 133. El artículo 51 establece las causas de rescisión de contrato sin responsabilidad para el trabajador. La fracción II menciona que habrá rescisión de contrato al “ II. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos;” y la fracción IX al “ IX. Exigir la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra la dignidad del trabajador;”. Por su parte el artículo 133 establece límites a los patrones y sus representantes, por lo que en la fracción XII les prohíbe “ XII. Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo;”.

La misma Ley Federal del Trabajo establece límites a los sindicatos en materia de violencia sexual en el artículo 388 fracción IV les prohíbe “ IV. Ejercer actos de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual en contra de sus miembros, el patrón, sus representantes o sus bienes, o en contra de terceros;”.

Las autoridades del Instituto han sido omisas en relación a la prevención del hostigamiento y acoso sexual de acuerdo a lo que establecen diversos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El artículo 15 establece varios deberes para los tres órdenes de gobierno como son “ I. Reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida; II. Establecer mecanismos que favorezcan su erradicación en escuelas y centros laborales privados o públicos, mediante acuerdos y convenios con instituciones escolares, empresas y sindicatos; IV. En ningún caso se hará público el nombre de la víctima para evitar algún tipo de sobrevictimización o que sea boletinada o presionada para abandonar la escuela o trabajo; VII. Implementar sanciones administrativas para los superiores jerárquicos del hostigador o acosador cuando sean omisos en recibir y/o dar curso a una queja.”

El artículo 18 hace referencia a la violencia institucional ejercida por servidores públicos, la cual define como “los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.”. Las autoridades del Instituto incumplen los artículos 19 y 20 de la misma ley que establecen más medidas institucionales de prevención de violencia, así el artículo 19 refiere que “Los tres órdenes de gobierno, a través de los cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, tienen la obligación de organizar el aparato gubernamental de manera tal que sean capaces de asegurar, en el ejercicio de sus funciones, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.”, y por su parte el 20 precisa que “Para cumplir con su obligación de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, los tres órdenes de gobierno deben prevenir, atender, investigar, sancionar y reparar el daño que les inflige.”

También las autoridades del Instituto incumplen la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación como se lee en el siguiente artículo: “ Artículo 4.- Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades en términos del artículo 1o. constitucional y el artículo 1, párrafo segundo, fracción III de esta Ley.”.

Por último las autoridades del Instituto violan el artículo 48 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado al impedirles participar para ascender en el escalafón, “ Artículo 48.- Tienen derecho a participar en los concursos para ser ascendidos, todos los trabajadores de base con un mínimo de seis meses en la plaza del grado inmediato inferior.”

Por lo anteriormente expuesto propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Director General del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, Dr. José Sifuentes Osornio a la reinstalación de las trabajadoras Narda Gabriela Luna Ramírez y Ana María Pérez Ramírez en sus puestos de trabajo y a la C. María Eva Sánchez Reséndiz, Presidenta del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán a respetarlas como trabajadoras y frenar el acoso y hostigamiento laboral en su contra.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022– Diputada Susana Prieto Terrazas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



PLAN EMERGENTE PARA GARANTIZAR LA PRODUCCIÓN DE GRANOS Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA EN MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la Sader y de la SE, a establecer un plan emergente para garantizar la producción de granos y la soberanía alimentaria en México, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Noemí Berenice Luna Ayala e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Consideraciones

Ante la crisis que vive el mundo por la intervención rusa en Ucrania y producto de la separación de Rusia en su participación en la aplicación del acuerdo sobre las exportaciones de productos agrícolas desde puertos ucranianos se vislumbra una inminente alza en los precios internaciones de los granos por la presión que ejerce Rusia al mundo con dicho impedimento de la salida de la producción ucraniana y que permitía a Ucrania a exportar sus cereales. Dicho acuerdo ayudó a que los productos alimenticios llegaran a distintas partes del mundo y evitando que las de 100 millones de personas padecieran o alcanzaran la pobreza extrema.

Esta decisión aumenta la incertidumbre en los mercados y prende focos rojos a los países importadores y a los países productores, entre ellos México.

Según una publicación del 1 de noviembre de 2022, “México es el principal importador de granos básicos del mundo, desplazando a los productores y afecta a los más vulnerables”. “Es claro que en México la seguridad alimentaria implica la importación de alimentos para aprovechar los precios bajos que provienen del mercado norteamericano; el maíz blanco para consumo humano es un ejemplo claro”.

“No tendríamos por qué importar el grano, ya que todas las entidades federativas tienen características para producir alguna de las 55 especies, pero a través de los tratados y acuerdos de libre comercio se ha obligado al país a ser dependiente”.

La misma nota señala que según un la Universidad Nacional Autónoma de México, “México enfrenta inseguridad alimentaria debido a que se ha constituido en el principal importador de granos básicos del mundo. Para enfrentar esta crisis, el camino es alcanzar y defender la soberanía en la materia”.

Aunado a lo anterior, el futuro no considera un contexto mejor para las familias mexicanas, ahora nuestro país enfrenta problemas de inflación que han tratado de ser mitigados con las reservas petroleras y otros mecanismos que han dado pocos resultados.

En gran parte, esta problemática se deriva de los trastornos agroalimentarios ya mencionados aunado a otros factores climatológicos como las sequías, inundaciones o deslaves, entre otros por mencionar algunos.

Según el mismo comunicado, la investigadora de la UNAM “Argelia Salinas Ontiveros, profesora de la Facultad de Economía (FE), recalcó que en el ámbito gubernamental o de la empresa privada prevalece la idea de que el sector agropecuario está bien, porque el país exporta de manera importante ciertos productos”. Pero “como sistema agroalimentario, conformado por varios segmentos que van de la producción al consumo, es otra la realidad”.

“Cada vez más, a partir del comercio, se desplaza a los productores. “Nos hemos convertido en una especie de agro maquiladores porque importamos materias primas, maquinaria, el esquema productivo sustentado en agroquímicos, y todo ello ha conducido a la devastación del campo mexicano”. De esta manera, la industria alimentaria, la de las grandes empresas, crece de manera significativa, pero no el sector agropecuario”.

“Se requiere defender la soberanía alimentaria nacional para ejercerla y determinar lo que producimos, lo que consumimos o cuánto exportamos”. “La malnutrición y desnutrición incidieron en enfermedades que con la pandemia se agravaron, y tuvimos una alta morbilidad y mortalidad; hay que hacer algo”, afirmó Salinas Ontiveros.

Sin duda, la crisis alimentaria y el alza en los precios que aqueja al mundo también tiene otros grandes problemas como es la especulación, en donde las empresas acumulan la producción y encarecen los mercados afectando a los más vulnerables.

Por su parte, el gobierno mexicano ha puesto en marcha el Acuerdo de Apertura Contra la Inflación y la Carestía, un acuerdo con 15 empresas (Apecic). No obstante, se considera que el apoyo a la política de “autosuficiencia alimentaria” creada por el Ejecutivo federal y establecida concretamente en el capítulo III, página 55, de su Plan Nacional de Desarrollo, resulta dañina para la economía en general y perjudica a los sectores más vulnerables de nuestro país. La autosuficiencia alimentaria olvida las bases en materia de comercio internacional.

El mundo es interdependiente, y esa interdependencia es de celebrarse: nos ayuda y facilita a asignar tareas a quien las puede realizar a menor costo y con mayor especialidad, y eso, nos ayuda a promover una mayor producción de bienes y servicios.

Sin embargo, lo que sí se observa es que el sector primario de la economía, particularmente los que tienen que ver con el campo están en total abandono, y sumado ello, las altas tasas de inflación y la eliminación de programas prioritarios al campo han incentivado un panorama desalentador para el aumento de la pobreza multidimensional en el medio rural deteriorando los ingresos en el mismo sector.

Según una publicación de La Silla Rota del 29 de octubre de 2022; Este acuerdo reforzaría las acciones del anterior Paquete contra la Inflación y la Carestía (PACIC) que no logró su objetivo de estabilizar los precios de una canasta de 24 productos clave de la alimentación popular.

Se planteó como objetivo del Apecic reducir el costo de la misma canasta básica de mil 129 a mil 39 pesos, un ocho por ciento menos, en tiendas departamentales y hasta el 28 de febrero de 2023.

La estrategia sería otorgar a 15 empresas comercializadoras, en particular de artículos de importación, encabezadas por Wal Mart, una Licencia Única Universal que las exime de todo trámite o permiso incluyendo los del servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) y de la Comisión Fe deral para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), así como del Impuesto General de Importación. Además, el gobierno se compromete a suspender la revisión de toda regulación que encarezca la importación de alimentos y la movilidad de estos dentro del país.

Es decir, que la responsabilidad de asegurar que las mercancías cumplen las normas sanitarias y de calidad recae en las propias empresas importadoras. El gobierno simplemente se hace a un lado.

Las cúpulas empresariales reaccionaron rechazando el Apecic. Sus principales críticas fueron que solo participaban 15 empresas y eso propiciaría una competencia desleal que perjudicaría a muchas otras que son también importadoras de alimentos. Una de las mayores preocupaciones fue que al abandonar el gobierno la responsabilidad de garantizar la inocuidad de las importaciones, establecida en tratados internacionales, otros países podrían desconfiar de la inocuidad de nuestras exportaciones agroalimentarias.

El caso es que el Apecic fue, de inicio, rechazado y la Secretaría de Hacienda entró en una renegociación con el Consejo Coordinador Empresarial, la Confederación de Cámaras de Comercio y el Consejo Nacional Agropecuario, entre otros.

A dos semanas de la firma del acuerdo, el 17 de octubre, la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales declaró que no serían irresponsables ni pondrían en riesgo al consumidor mexicano con sus importaciones. También señalaron que las reglas del acuerdo no habían sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El 19 de octubre se publicó en el DOF un decreto que exenta el pago de aranceles y facilita las importaciones de alimentos para un padrón de importadores que debe registrarse ante el SAT. Es claro que no cualquier empresa podrá obtener el registro, pero, ya sin llamarlo por su nombre original se decretó esencialmente lo mismo. Sin que se renovaran las protestas de las cúpulas empresariales.

Combatir la inflación es fundamental para el bienestar de la población y, en la perspectiva política, para evitar en lo posible movimientos y protestas sociales, como ya ocurren en muchos otros países.

Sin embargo, no cualquier combate a la inflación es positivo, sobre todo si pone en riesgo la construcción de soluciones de fondo. El presente no debe actuar en contra del futuro.

Liberalizar el mercado alimentario puede traer algún alivio inmediato a costa de una aún mayor concentración de los canales de comercialización que operaria en contra de la comercialización convencional, e incluso posiblemente en contra de la producción nacional. Estos posibles impactos deb en ser vigilados muy de cerca.

Sobre todo, porque es inevitable pensar que esta liberalización substituye la promesa de autosuficiencia alimentaria planteada al principio de la actual administración. Un camino sobre el cual no solo no se avanzó, sino que se retrocedió fuertemente. Basta decir Segalmex, para recordar como los programas clave de impulso a la producción y al bienestar alimentario quedaro n en malas manos, a pesar de las oportunas protestas de las organizaciones de base.

No solo se destruyó a Segalmex y Diconsa, sino que se rompieron acuerdos y se persiguió a la representación campesina dentro de estas entidades.

Liberalizar el comercio sin un planteamiento de rescate del campo, de las instituciones del Estado, y de las organizaciones de productores, profundizará la dependencia alimentaria del país y avanzará en la destrucción del campo y de las cadenas de producción, distribución y consumo populares.

Hoy en día, la realidad es preocupante, tanto así que poco menos de la mitad de los habitantes del país no cuentan con un salario que les permita tener acceso a la canasta alimentaria básica, ahora podemos observar que aún con dos salarios no alcanza para la alimentación de cuatro integrantes de una familia.

Todo lo anterior sumado a zonas rurales devastadas por los cambios climáticos, la erosión de los suelos, la falta de apoyos económicos y tecnológicos, la migración a zonas urbanas y al extranjero, así como a las importaciones, la comercialización, la industrialización y la modernización de los mercados. Ahora, es necesario plantear escenarios, estrategias y esquemas de desarrollo que nos impulsen a tomar acciones que mejoren las condiciones del campo, de los trabajadores y de los productores.

Para el mundo entero son indispensables las y los agricultores para tener alimento en nuestras mesas, por ello, es necesario reivindicarlos; darles la importancia que se merecen y que tengan una buena calidad de vida. Es un sector de vital importancia para los seres humanos.

La misma Sader reconoce que: “Los granos básicos en México: maíz, frijol, trigo y arroz están considerados como alimentos imprescindibles en la dieta diaria por su alta aportación de nutrientes”.

“La importancia, especialmente del maíz y el frijol en México, va más allá del aspecto económico, se entrelaza con siglos de cultura con los que se ha enriquecido la diversidad genética en nuestro país, cabe agregar que, actualmente, los granos básicos son considerados alimentos indispensables para garantizar la seguridad alimentaria”.

“Por otro lado, el desarrollo industrial del país demanda materias primas más diversificadas y en cantidades crecientes, en este aspecto resalta la importancia del cultivo de estos granos ya sea para fabricar alimentos o transformarlos en una larga lista de productos no alimenticios, o bien como commodities (productos básicos) agrícolas en el mercado de valores”.

Es por ello que este punto de acuerdo tiene como finalidad garantizar la seguridad alimentaria a través de las siguientes acciones: promover estrategias y campañas que fortalezcan el campo y a las familias que dependen de ella en los mercados primarios y secundarios. Pretende que se apoye a las y los productores del campo y jornaleros a alcanzar créditos accesibles, revisar los precios de garantía, diseñar programas de actualización, capacitación e innovación tecnológica, así como lanzar una campaña nacional que promueva los beneficios del consumo de los granos básicos que se traduzca en el fortalecimiento de la economía de las familias rurales mexicanas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y la Secretaría de Economía, realicen un estudio sobre el impacto presupuestario en las finanzas públicas y en su caso, los beneficios económicos y sociales que ha generado el Programa de Precios de Garantía en los productores de granos básicos, asimismo a que se informe a la opinión pública en sus medios electrónicos oficiales sobre los resultados obtenidos.

Segundo.— La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y la Secretaría de Economía, para que conjuntamente diseñen programas de actualización, capacitación y mejores prácticas para el campo utilizando las herramientas tecnológicas para impulsar el aumento de su productividad y generar las condiciones para elevar los salarios reales de los agricultores.

Tercero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y la Secretaría de Economía, con el fin de construir programas de financiamiento para el campo que permita acceder a créditos con intereses bajos dirigidos a la compra de materias primas, nuevas tecnologías y equipo de distribución.

Cuarto. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y la Secretaría de Economía, lanzar campañas permanentes que promuevan el consumo de alimentos que provienen del campo mexicano.

Notas

1 https://aristeguinoticias.com/0111/mexico/importacion-de-granos-amenaza-segurid ad-alimentaria-en-mexico-unam/

2 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha= 12/07/2019#gsc.tab=0

3 https://lasillarota.com/opinion/columnas/2022/10/29/combate-la-inflacion-el-pre sente-deteriorando-el-futuro-399560.html

4 https://www.gob.mx/agricultura/es/articulos/granos-basicos-alimentacion-agricul tura-y-comercio

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022– Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LA SRE Y AL RENAPO, A COORDINAR EL PROGRAMA SOY MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y al Renapo a coordinar el programa Soy México, a fin de poner al alcance de los mexicanos residentes en el exterior el derecho a la identidad y a la nacionalidad, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada federal Elvia Yolanda Martínez Cosío, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La migración de los mexicanos principalmente hacia Estados Unidos es provocada porque en la mayoría de los casos no encuentran las condiciones necesarias para llevar una vida digna o de calidad en sus lugares de origen, ya sea por la falta de seguridad, por la búsqueda de mejores ofertas laborales y educativas, en otros aspectos.

En ese sentido, “en 2021 aumentó en 400 mil el número de migrantes mexicanos en EE. UU. Tras el relajamiento del confinamiento creció la migración mexicana no documentada hacia EE. UU.: se promediaron 59 mil encuentros mensuales en 2021 con la autoridad migratoria y 72 mil encuentros mensuales en lo que va del año 2022” (México I Anuario de Migración y Remesas 2022. BBVA).

Mexicanos que al migrar a Estados Unidos hacen de ese país, no sólo su nueva, sino definitiva residencia, por lo que, en muchos casos ahí forman a su familia, tienen hijos que nacen fuera de México, pero que al ser sus padres mexicanos tienen el derecho a la nacionalidad mexicana, de acuerdo con el artículo 30, inciso A), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece:

Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.

A) Son mexicanos por nacimiento:

I. [...]

II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano;

III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y

IV. [...]

Mexicanos residentes en el exterior, que requieren y demandan del Estado Mexicano, contar con las herramientas y los medios accesibles para la realización de sus trámites que les permitan obtener su identidad, sí que puedan adquirir su nacionalidad mexicana.

En ese tenor, el Gobierno de México, creó el Programa “Soy México”, programa binacional entre el Gobierno de Estados Unidos y nuestro gobierno, que tiene como propósito otorgar la nacionalidad mexicana a personas nacidas en los Estados Unidos de América, que son hijos de padres mexicanos, sin perder la nacionalidad estadounidense. Programa que, es importante señalar es totalmente gratuito.

El procedimiento para el trámite es el siguiente: a través del Registro Nacional de Población (Renapo), la Dirección General de Registro Civil obtiene las claves de acceso a la plataforma National Association for Public Healt Stadistic Statics and Infromation (Naphsis), clave que administra el área de Soy México, para certificar el acta estadounidense y obtener el apostille alternativa. Posteriormente, se cita a los ciudadanos para el levantamiento de la inscripción de nacimiento y se les entrega la primera acta gratuita y la clave CURP, para tener todos los derechos de la ciudadanía mexicana.

Lo anterior, porque la “condición ciudadana le otorga a las personas derechos políticos y sociales; les aporta un estatus de pertenencia y participación en un Estado de Derecho” (Díaz-Perdomo y Rojas-Suárez, 2017).

No obstante, la relevancia de dicho programa en la vida de millones de mexicanos residentes en el exterior para que puedan ejercer su derecho a la identidad, a través del Programa “Soy México”, es imperativo destacar que la apertura del sistema de dicho programa en el año de 2019 y 2020 comenzó en el mes de abril, para el 2021 inició junio, sin embargo, para el año 2022, la apertura se dio en el mes de julio, por lo que el presente punto de acuerdo tiene como objetivo que para el próximo 2023, el inicio de dicho programa sea a partir del mes de enero, para que todos los mexicanos residentes en el exterior (en Estados Unidos), cuenten todos los meses del próximo año con la posibilidad de tramitar su nacionalidad mexicana.

Así que, esto es un llamado a la sensibilidad, para que los millones de mexicanos que demandan contar con un documento probatorio de su identidad esté al alcance de ellos, los problemas documentales de los migrantes no esperan.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al Registro Nacional de Población a que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, se coordinen para que el Programa “Soy México” se abra, en el próximo ejercicio fiscal 2023, desde el mes de enero, a fin de poner al alcance de los mexicanos residentes en el exterior el derecho a la identidad y a la nacionalidad.

Notas

1 BBVA. (5 septiembre 2022). “México I Anuario de Migración y Remesas 2022”. Disponible en

https://www.bbvaresearch.com

2 Díaz-Perdomo y Rojas-Suárez. 2017. “Ciudadanía, una vida posible en sociedad”, SCIELO, Vol. 9. No.2 Bogotá. Disponible en

http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid= S2145-03662017000200114

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2022.– Diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



POR EL QUE SE CONDENA CUALQUIER MANIFESTACIÓN DE ODIO, SUPREMACISMO RACIAL E INTOLERANCIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se condena cualquier manifestación de odio, supremacismo racial e intolerancia, así como toda forma de incitación a la violencia y la discriminación, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena

Lidia Pérez Bárcenas, en mi calidad de diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena ante la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero. El 29 de octubre de 2022, se realizó un concierto clandestino neonazi llamado “El imperio contrataca” en la colonia Santa María la Ribera, alcaldía Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, en el que se presentaron bandas, españolas y mexicanas, del género punk y hardcore, que ellos mismos definen como “ rock duro nacionalista”, y reunió a más de 300 personas ultras que, rapadas y ataviadas con suásticas y tatuajes nazis, en una noche donde se corearon consignas de odio y se hizo apología del nazismo.

El diario el País, señala que no es la primera ocasión en la que colectivos de extrema derecha organizan una cita así en el país, sin embargo, es probablemente la que ha congregado un mayor número de asistentes.

La fecha elegida para este concierto no fue una casualidad. El 29 de octubre, los fascistas conmemoran la culminación de la Marcha sobre Roma, que en 1922 marcó el inicio del régimen de Benito Mussolini en Italia. Además, en este día se rememora la fundación, en 1933, de la Falange española, el partido fascista de José Antonio Primo de Rivera, sustento ideológico de la dictadura franquista.

Todo lo relativo a este concierto se difundió con hermetismo entre grupos y páginas en redes sociales pertenecientes a colectivos de extrema derecha. No hubo información en medios ni en sitios web especializados en eventos musicales. El cartel se compartió de tal manera que únicamente llegara a los ojos de aquellos con afinidad al neonazismo. Las entradas solo se podían adquirir a través de la página en internet de la Editorial Heidelberg, una librería independiente con sede en Monterrey que se dedica a publicar y distribuir títulos que ellos denominan como de “difícil acceso” y de “autores perseguidos, malditos o prohibidos”. En su catálogo se pueden encontrar obras como el Manifiesto para un renacimiento europeo, del filósofo francés y fundador de la nouvelle droit, Alain de Benoist, un diario del primer ministro japonés durante la II Guerra Mundial, Hideki Töjö, y una recopilación de discursos de Adolf Hitler, entre muchos otros.

La empresa “ Desperados División” fue la encargada de la organización del concierto. Sus colaboradores se dedicaron a contactar por WhatsApp a cada una de las personas que pagaron 1.580 pesos (80 dólares) por entrada para registrarlos en una lista de acceso, y enviar la ubicación y un código QR un día antes de la cita. Inicialmente, habían previsto recibir a 150 personas. Sin embargo, ante la alta demanda y una petición expresa de Eduardo Clavero, líder de la banda que encabezó el cartel, “ Batallón de Castigo”, la mencionada empresa “ Desperados División” buscó un espacio para duplicar el número de asistentes.

En el escenario estuvieron agrupaciones del movimiento Rock Contra el Comunismo o RAC (Rock Against Communism), que tiene sus orígenes en la década de los setenta y en realidad es un eufemismo para referirse a varios tipos de música de odio, como el hatecore, que se centra en el racismo y el antisemitismo.

Un músico mexicano señalo que estos conciertos “ no son hechos aislados, pues en redes sociales los grupos de ultraderecha y organizadores han hecho varias invitaciones, entre las que se incluyen conferencias con miras a la formación de cuadros”.

Segundo. El 9 de noviembre de 2022 el Salón Pentatlón, ubicado en la alcaldía Cuauhtémoc, fue clausurado por el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (Invea), el cual colocó sellos de suspensión de actividades en sus instalaciones. El secretario de Gobierno capitalino lo informó en su cuenta de Twitter:

El Salón Pentatlón, en la colonia Santa María la Ribera, donde en días pasados se celebró un concierto fascista y nazi fue cerrado la tarde de ayer por autoridades del @inveacdmx”.

El Invea explicó a la revista Proceso que la visita de verificación se originó por una denuncia ciudadana, mientras que la medida cautelar de suspensión de actividades se aplicó porque, al momento de la visita de los verificadores, sus representantes “ no presentaron la documentación para el aprovechamiento que se le da a ese espacio; en este caso, salón de fiestas”.

Ese mismo día 9 de noviembre, la jefa de gobierno, la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, condenó el hecho, aseguró que los organizadores no solicitaron ningún permiso a su administración y pidió que se revise si el evento tendría alguna implicación según el Código Penal capitalino y agregó:

Condenable. El fascismo, el nazismo, hay que condenarlo; representa el racismo, el clasismo llevado a su máxima expresión. La ultraderecha es el odio llevado a niveles extremos. Esta ciudad es una ciudad progresista. Entonces, yo hoy pedí que se revisará qué significa esto en términos del Código Penal”.

Tercero. A manera de reacción diversas autoridades y sectores de la sociedad mexicana han manifestado su condena y rechazo al concierto clandestino neonazi realizado en la Ciudad de México, así como de cualquier actividad que promueva el odio y la intolerancia en México.

El 9 de noviembre de 2022, el Secretario de Gobierno de la Ciudad de México, entre otros puntos, expreso:

Hoy es el Día Internacional de Lucha contra el Fascismo y el Nazismo. En este contexto expresé la condena absoluta del @GobCDMX a los eventos realizados recientemente por grupos nazis y fascistas en la ciudad. No vamos a permitir que se reproduzcan conductas de odio y violencia.”

Es mismo día, 9 de noviembre del año en curso, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), en el marco del Día internacional contra el fascismo y el antisemitismo, se pronunció sobre el concierto neonazi y través de redes sociales, subrayó que expresiones como estas son inaceptables por lo que manifestó:

Estas ideologías basadas en el odio y los prejuicios son contrarias a los derechos humanos”.

El 10 de noviembre de 2022, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, mediante un comunicado difundido a través de Twitter señalo:

 “ Ante las noticias recientes acerca de actividades de grupos neonazis y neofacistas en México, la ONU-DH rechaza categóricamente toda manifestación de odio, supremacismo y formas conexas de intolerancia, así como de incitación a la violencia, la discriminación y la hostilidad.”

Cuarto. Además de la reunión en el Salón Pentatlón, en la Colonia Santa María La Ribera, se han ubicado otras similares en un sitio llamado Pizarro, en la Alcaldía Cuauhtémoc, y en una filial en Coyoacán.

Al respecto el Secretario de Gobierno de la Ciudad de México, informo que la capital del país ha sido sede de al menos tres fiestas de simpatizantes de ideología fascista y nazi recientemente.

Aunque se realizan investigaciones y se ordenan clausuras para evitar estos conciertos, los organizadores han recurrido a recursos legales para mantenerlos abiertos. Las convocatorias recientes han sido más cerradas, por lo que a veces no hay registro de que ocurrieron sólo hasta después de haberse efectuado.

Ante ello el funcionario aseguró que:

“... estos grupos antes actuaban de forma subterránea. Pero recientemente, un poco lo que disparó su accionar fue la llegada de estos personajes de la organización Vox de España, ¿se acuerdan que firmaron una carta con legisladores del PAN?

“Y luego, a partir de eso, empezaron a ponerse en contacto, incluso a venir algunos de estos militantes fascistas y neonazis españoles a México, están involucrados con este tipo de conciertos”.

Quinto. Cabe señalar que la Ciudad de México los delitos de homicidio y lesiones motivados por el odio, así como la discriminación son actos punibles y se encuentran tipificaos en los artículos 138 fracción VIII y 206 fracción I del Código Penal para el Distrito Federal, mismos que a la letra rezan:

ventaja, traición, alevosía, retribución, por el medio empleado, saña, en estado de alteración voluntaria u odio.

I... VII...

“TÍTULO DÉCIMODELITOS CONTRA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS

CAPÍTULO ÚNICODISCRIMINACIÓN

Artículo 206. Se impondrán de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días al que, por razón de edad, sexo, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad o estado de salud o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas:

Sexto. Una parte fundamental de la sociedad es la democracia, entendida como un gran proyecto que postula valores como la igualdad , las libertades y el pluralismo para el ejercicio del poder colectivo.

Para el caso que nos ocupada, la libertad de reunión y el derecho de asociación esta garantizado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 9o señala:

No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.”

La libertad de asociación política se reitera en el artículo 35 fracciones II y III de la misma Constitución y señala:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos y candidatas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

El ejercicio de los derechos de libertad de reunión y asociación se encuentra estrechamente vinculado con el artículo 41 Constitucional que establece que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales, y, entre otros puntos, señala que:

la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. En la postulación de sus candidaturas, se observará el principio de paridad de género.

, fomentar el principio de paridad de género, contribuir a la integración de los órganos de representación política, y como organizaciones ciudadanas, hacer posible su acceso al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como con las reglas que marque la ley electoral para garantizar la paridad de género, en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular. Sólo los ciudadanos y ciudadanas podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.

II... IV...

y de los organismos públicos locales, en los términos que establece esta Constitución.

Apartado A. El Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.”

Por su parte, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, entre otros puntos, establece:

1. El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

a) Para los procesos electorales federales y locales:

I... IV...

y egresos de los partidos políticos y candidatos.”

.”

Séptimo. En México, la democracia reposa en una serie de valores socialmente compartidos como la primacía de las soluciones pacíficas, la tolerancia y el respeto a la legalidad y se concreta mediante elecciones periódicas y pacíficas para elegir gobiernos por el principio de mayoría. La democracia supone la existencia de una pluralidad de formas de vida y opiniones en la sociedad, la cual no sólo debe ser mantenida, sino fortalecida como el signo más evidente de la salud política de una sociedad.

En una sociedad democrática, los ciudadanos encuentran a su disposición los canales de expresión de sus diferencias y discusiones, aunque para esto tienen que aceptar su sometimiento a la ley y a las instituciones que ellos mismos han avalado. Por ello, la democracia debe estar institucionalmente preparada no sólo para tolerar la disidencia, sino para considerar sus razones y argumentos como vías de reforma y cambio social.

En contra partida, es necesario señalar que las organizaciones neonazis y fascistas persiguen objetivos anticonstitucionales, con un ideario político que desprecia la dignidad humana y es incompatible con los principios de la democracia. Su objetivo, es eliminar el orden democrático establecido y sustituirlo por un estado autoritario con inclinación a someter, mediante la fuerza, la amenaza o el chantaje, a los disidentes.

Por las consideraciones y fundamentos arriba expresados, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión condena enérgicamente cualquier manifestación de odio, supremacismo racial e intolerancia, así como toda forma de incitación a la violencia y la discriminación.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, para que, en uso de sus atribuciones y facultades, inicie, de oficio, una carpeta de investigación por la serie de conciertos clandestinos de orientación neonazi y racistas que se han llevado a cabo en la Ciudad de México.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta al Instituto Nacional Electoral para que en uso de sus atribuciones y facultades investigue el origen y utilización de los recursos destinados a la realización de los conciertos y actividades de corte extremista efectuados en la Ciudad de México por grupos neonazis y partidos de extrema derecha.

Notas:

1. El País, 7 de noviembre de 2022. Cientos de neonazis celebran un salvaje concierto clandestino en la capital mexicana.

https://elpais.com/mexico/2022-11-08/cientos-de-neonazis-celebra n-un-salvaje-concierto-clandestino-en-la-capital-mexicana.html

2. Ibid.

3. Con acceso restringido, el concierto neonazi realizado en la CDMX.

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/11/09/politica/con-acceso- restringido-el-concierto-neonazi-realizado-en-la-cdmx/?from=homeonline&bloc k=ultimasnoticias

4. @martibatres Tweet 5: 25 p. m. · 10 nov. 2022.

https://twitter.com/martibatres/status/1590848036103925760?ref_s rc=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1590848036103925760%7Ctwgr%5Ecb 40b841bb340495cfcc2f7ecb7166780376c0a6%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2F www.proceso.com.mx%2Fnacional%2Fcdmx%2F2022%2F11%2F10%2Ftras-concierto-fascista -neonazi-clausuran-el-salon-pentathlon-en-la-alcaldia-cuauhtemoc-296770.html

5. @martibatres 4: 09 p. m. · 9 nov. 2022 ·Twitter.

https://twitter.com/martibatres/status/1590466511650840576?ref_s rc=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1590466511650840576%7Ctwgr%5Ead 4544f3f945e415fc6f9ead64316215bb264f01%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2F www.diariodemexico.com%2Fmi-ciudad%2Fgcdmx-y-onu-condenan-concierto-neonazi-cla ndestino

6. Msn.com 9 de noviembre de 2022. Centro Prodh se pronuncia contra concierto neonazi en CDMX.

https://www.msn.com/es-mx/noticias/mexico/centro-prodh-se-pronun cia-contra-concierto-neonazi-en-cdmx/ar-AA13WjCC

7. @ONUDHméxico. 8: 58 a. m. · 10 nov. 2022·Twitter.

https://twitter.com/ONUDHmexico/status/15907204507030 28225?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1590720450703028225% 7Ctwgr%5Ead4544f3f945e415fc6f9ead64316215bb264f01%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=htt ps%3A%2F%2Fwww.diariodemexico.com%2Fmi-ciudad%2Fgcdmx-y-onu-condenan-concierto- neonazi-clandestino

8. Reforma, 16 noviembre 2022. Organizan simpatizantes neonazis 3 fiestas en la CDMX.

https://www.reforma.com/organizan-simpatizantes-neonazis-3-fiest as-en-la-cdmx/gr/ar2504898?md5=3118f0a8a04bf85f2c57 5629bcc84d16&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe&utm_source=elemento_we b&utm_medium=email&utm_campaign=promocion_suscriptor c

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputada Lidia Pérez Bárcenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A LA CONDUSEF, A DESPLEGAR UNA CAMPAÑA INFORMATIVA PARA PREVENIR FRAUDES FINANCIEROS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Condusef a desplegar una campaña informativa para prevenir fraudes financieros, suscrita por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa y Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos diputados, Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa, Gerardo Peña Flores, y suscrita por las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 79 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Exposición de Motivos

El fraude bancario es una de las principales actividades delictivas en el mundo, junto con el lavado de dinero es una de las principales preocupaciones de las autoridades financieras en el mundo. Miles de personas son víctimas de este tipo de actividades y se generan millones de euros como sus ganancias ilegales.

El fraude bancario es un delito para estafar a sus víctimas se realiza mediante prácticas ilegales por parte de funcionarios internos de bancos o grupos externos para obtener información y datos privados de terceros, con la capacidad de usurpar identidades o directamente robar dinero de usuarios de una entidad bancaria.

Este tipo de prácticas fraudulentas han evolucionado rápidamente aprovechando las tecnologías de la información obligando a los bancos e instituciones responsables en la materia a crear instancias y estructuras tecnológicas más robustas.

El pasado 23 de marzo de 2021, entró en vigor la obligación de los bancos para aplicar la geolocalización en las operaciones y deben de usarla para atender las reclamaciones de los usuarios afectados. Por su parte, el presidente de la AMB, Daniel Becker, indicó que los cuentahabientes, tienen la responsabilidad de ser cautelosos con su información.

Las tecnologías de la información permean cada vez más las transacciones de los consumidores, pues tan sólo de enero a marzo de 2022, fueron realizadas alrededor de 1,019 millones de pagos con tarjetas en comercios tradicionales y en comercios electrónicos, representando los pagos en comercios electrónicos, un 21.3 por ciento del total de pagos.

En 2021, la inseguridad no solo se tradujo en delitos y víctimas, también en pérdidas económicas. La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2022 reveló que el costo total de la inseguridad y el delito fue de 278,000 millones de pesos, que representa el 1.5 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB). Muy cara la inseguridad para los mexicanos.

Los delitos financieros, incluyendo el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, fraude, corrupción y cibercrimen, son una constante amenaza para las empresas. En México, 67 por ciento de las empresas consideran que los controles implementados actualmente para mitigar los riesgos de los delitos financieros que pudieran presentarse son inadecuados o necesitan reajustarse, y únicamente 33 por ciento considera que son adecuados.

El costo promedio del fraude alcanza 1,400,000 pesos por evento, sin embargo, 8 por ciento de las empresas no pueden cuantificar la pérdida y 72 por ciento considera que la corrupción en nuestro país representa costos para su negocio, el 90 por ciento estima que el daño se encuentra entre 5 por ciento y 35 por ciento de las utilidades netas, y 7 por ciento considera que los costos ascienden a 50 por ciento o más de dichas utilidades, de acuerdo con el estudio “El impacto de los delitos financieros. Prevención, detección y respuesta, realizado por KPMG en México, firma multidisciplinaria que provee servicios de auditoría, impuestos y legal y asesoría.”

Los costos en las empresas son preocupantes, pero cuando la víctima es un ahorrador que pierde los ahorros de su vida y su primer o segundo activo más importante de su patrimonio, es una cuestión alarmante.

Compañeras y compañeros legisladores, es importante que el fraude reciba refuerzos en la etapa de la prevención.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), ha venido emprendiendo labores informativas para que los usuarios del sector bancario no sean presas del fraude. Explica acciones básicas para evitarlo, como las recomendaciones para nunca entregar los datos por correo electrónico.

La Condusef recuerda frecuentemente que las empresas y bancos nunca solicitan los datos financieros o números de tarjetas de crédito por teléfono o internet, entre otros consejos.

En las vísperas de eventos comerciales como el buen fin, y antes de que se presente el fin de año en el que miles de trabajadores reciben un aguinaldo es importante que se refuercen tales medidas preventivas.

Por lo anteriormente expuesto, un servidor junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente la siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, para que en términos de lo que establece la fracción XVI del artículo 22 y la fracción IV del artículo 35 de la Ley de Protección y Defensa del Usuario de Servicios Financieros, despliegue una campaña informativa encaminada a proteger y defender a los usuarios de los fraudes financieros, y que incluya el proceso de denuncia que deben seguir las víctimas de ese delito, ante las autoridades competentes.

Notas

1 V. Fraude Bancario | Que es el fraude bancario y cómo evitarlo (grapheverywhere.com)

2 Ibid

3 V. Condusef estadisticas

4 V. Inseguridad costó 278.9 mil millones de pesos a mexicanos en 2021 (expansion.mx)

5 V. El impacto de los delitos financieros en México - KPMG México (home.kpmg)

6 Ibid

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 23 de noviembre de 2022.– Diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



SE FORTALEZCAN LAS POLÍTICAS AMBIENTALES Y FOMENTEN ALTERNATIVAS AL PLÁSTICO QUE SEAN AMIGABLES CON EL MEDIO AMBIENTE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat y las entidades federativas y municipales a fortalecer las políticas ambientales, además de investigar y fomentar alternativas al plástico que sean amigables con el medio ambiente, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día atravesamos una crisis ambiental, no solo en México, sino a nivel mundial, y diferentes factores como el deshielo de los polos, calentamiento global, cambio climático, islas de pet, sargazo en las playas, entre muchos otros, son solo el comienzo de la infinidad de problemáticas que trae el hecho de no contar con medidas de preservación efectivas.

Si bien se han implementado medidas en apoyo al cuidado del medio ambiente, como la adopción de diversos tratados internacionales, o la creación de leyes y reglamentos sobre la materia, parece ser que no ha sido suficiente, pues día con día el planeta se deteriora más con las acciones humanas, ya que hacemos uso inconsciente de los servicios ambientales para nuestro beneficio, sin pensar en los daños irreversibles que ocasionamos a nuestro planeta.

Entiéndase por servicios ambientales, según la fracción XXXVI del artículo 3° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), a “los beneficios tangibles e intangibles, generados por los ecosistemas, necesarios para la supervivencia del sistema natural y biológico en su conjunto, y para que proporcionen beneficios al ser humano”.

En cuanto a uno de los planes de acción más importantes que México ha adoptado, se encuentra la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, también conocida como Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que contiene 17 objetivos para poner fin a la pobreza en todas sus formas, reducir la desigualdad y luchar contra el cambio climático, así como promover la protección del medio ambiente.

Dicha agenda, contempla por lo menos 7 objetivos relacionados con el medio ambiente, como el 6, referente a agua limpia y saneamiento, el 7, enfocado en energía asequible y no contaminante, además se encuentran los objetivos 11, relacionado con ciudades y comunidades sostenibles, así como el 12, para la producción y consumo responsable, igualmente, el objetivo 13, denominado “acción por el clima”, o el 14, referente a vida submarina y 15, que ve por la vida de ecosistemas terrestres.

La inversión en el cuidado del medio ambiente y recursos naturales, es esencial para cumplir con los demás objetivos contemplados en la agenda 2030, pues si no cuidamos el planeta donde nos desarrollamos día con día, y lo seguimos contaminando y destruyendo como hasta ahora, llegará un momento donde agotemos los recursos naturales que son vitales para los seres humanos, además de convertir al planeta en un lugar completamente tóxico para vivir, lo que estaría interfiriendo directamente con el derecho humano a un medio ambiente sano, que consagra nuestra Constitución Política en su artículo 4o.

Sabemos que existen diferentes tipos de contaminación, una de las que más afectan a los seres humanos es la del aire, también conocida como contaminación atmosférica, que se produce cuando las concentraciones de las especies químicas en el aire se encuentran en niveles que afectan o pueden afectar a la salud de las personas, la vegetación, los animales, el patrimonio cultural, entre otros.

De acuerdo con la doctora en Ciencias de la Atmósfera, Andrea Pineda Rojas, investigadora del Centro de Investigaciones del Mar y la Atmósfera (CIMA), en una entrevista realizada por National Geographic, afirma que “todas las actividades humanas emiten contaminantes al aire; algunas de esas actividades que más liberan contaminantes son: el transporte vehicular, el consumo de gas en los hogares, ya sea para calefacción, como para cocinar, la actividad comercial e industrial, la generación de energía, el uso de solventes, los aviones y las actividades agropecuarias”.

Actualmente existen vastos estudios que nos permiten saber la importancia que tiene la atmósfera para el desarrollo y preservación de la vida en la tierra, pues, por ejemplo, el Sistema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales, refiere que “la atmósfera cumple funciones esenciales, tales como filtrar la radiación ultravioleta (UV) proveniente del sol y regular el clima, tanto por el movimiento de las masas de aire frío y caliente sobre los océanos y las masas continentales, como por su efecto en las corrientes oceánicas y en el transporte del vapor de agua que cae luego como precipitación en los continentes”.

Sin embargo, no son las únicas funciones que desempeña nuestra atmósfera, informa la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), sino que actúa también como reservorio de elementos químicos que circulan en la biosfera, en los llamados “ciclos biogeoquímicos”, y que necesariamente pasan por una fase gaseosa, como son los casos del carbono y el nitrógeno.

Igualmente, la Semarnat explica que muchos de los residuos que genera la actividad humana, se liberan a la atmósfera en forma de gases y pueden permanecer ahí suspendidos días, décadas o siglos, dependiendo el gas de que se trate, además afirma que, “aunque algunos de esos contaminantes pueden degradarse en la misma atmósfera, depositarse en el suelo o en los océanos, o integrarse en los ciclos biogeoquímicos, sus emisiones crecientes han sido la causa de algunos de los problemas ambientales más importantes que enfrentamos en la actualidad: la degradación de la capa de ozono estratosférico, el cambio climático y el deterioro de la calidad del aire en las zonas urbanas”.

La contaminación de la atmósfera trae consigo diferentes problemáticas, entre las más preocupantes se encuentran el daño a la salud humana y el empeoramiento del cambio climático, pues afectan directamente la calidad de vida de la población en general, sobre todo, la de grupos vulnerables.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, informa que la magnitud de los efectos de la contaminación del aire va a depender de diferentes factores como:

• Las concentraciones que se encuentran en el aire ambiente

• Sus propiedades físicas y químicas

• La dosis que se inhala.

• El tiempo y la frecuencia de exposición

• Características de la población expuesta (como nivel socioeconómico, estado nutricional y susceptibilidad genética).

Por su parte, la ONU refiere en el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), que la contaminación del aire es la crisis de salud ambiental más seria de nuestro tiempo, pues se le han atribuido más de 7 millones de muertes prematuras cada año, ya que “el 99% de las personas en todo el mundo respira aire insalubre, lo que aumenta el riesgo de asma, enfermedades cardíacas y cáncer de pulmón”.

Si bien, la contaminación atmosférica repercute directamente en la salud humana y el cambio climático, que a su vez éste afecta nuestros ecosistemas y es provocado por las mismas acciones del ser humano, no olvidemos la contaminación por plástico, que día con día crece, afectando mares y océanos, que se estima, según datos publicados por la Procuraduría Federal del Consumidor, “para el año 2050 habrá más plásticos que peces en el mar”.

En el libro “Los plásticos y el tratamiento de sus residuos”, se define al plástico como “un producto no natural que se obtiene en la industria a través de reacciones químicas. Es por tanto un producto de síntesis de laboratorio o un producto sintético”.

Y bien, el plástico al no ser un producto natural, no es biodegradable, pues ésta palabra significa que, al descomponerse, se desintegra por los mismos procesos naturales, por consiguiente no causa ningún daño su degradación, lo que no es el caso del plástico, pues éste se descompone en partes muy pequeñas, denominadas microplásticos y nanoplásticos, pero tardan siglos para desaparecer por completo del planeta, causando daños al mismo, a su fauna e incluso a la salud humana, pues ya se han descubierto nanoplásticos presentes en diferentes partes del cuerpo humano.

El PNUMA realizó una evaluación exhaustiva sobre la contaminación por plásticos llamada “De la contaminación a la solución: una evaluación global de la basura marina y la contaminación plástica”. Tal documento asegura que “una reducción drástica del plástico innecesario, evitable y problemático es crucial para enfrentar la crisis global de contaminación”.

Si bien, los plásticos pueden brindar beneficios importantes como dispositivos médicos que salvan vidas, existen también plásticos completamente innecesarios y evitables de un solo uso, que están contaminando nuestro planeta a un nivel realmente alarmante, pues la dependencia cada vez mayor de los plásticos desechables, han dado lugar a “un torrente de desechos no gestionados que se vierten en lagos, ríos, entornos costeros y, finalmente, en el mar, lo que desencadena una serie de problemas”, informa la ONU.

La misma evaluación publicada por la ONU, advierte los problemas que conlleva el hecho de no contar con políticas públicas efectivas y sostenibles contra la contaminación, así como el hecho de no accionar inmediatamente en contra de ella. Uno de los mayores problemas, advierte la evaluación, es que “sin una acción urgente, los 11 millones de toneladas métricas estimadas de plástico que ingresan anualmente al océano se triplicarán en los próximos veinte años”, dato muy preocupante, pues ello significa más problemas para las naciones, que se exponen a continuación.

La contaminación por plásticos en el mar, además de atentar contra la fauna que habita en él, ser un peligro para la salud humana, causar degradación ambiental, también constituye pérdidas económicas para las comunidades e industrias que viven de los recursos que brinda la vida marina.

Algunas de las consecuencias negativas más notables y preocupantes que provoca el exceso de plásticos en el mar hacia su fauna, son:

• Las tortugas marinas confunden las bolsas de plástico flotantes con medusas, muriendo de hambre lentamente mientras sus estómagos se llenan de basura indigerible.

• Las aves marinas picotean los plásticos porque huelen y parecen comida; por lo tanto, lo ingieren y es imposible que digieran tal material.

• Los mamíferos marinos, las tortugas marinas y otros animales a menudo se ahogan después de quedar atrapados en plásticos perdidos o desechados, incluidos envases o artes de pesca.

• Una de las principales causas de muerte de las ballenas francas del Atlántico norte, una de las ballenas más amenazadas del mundo, es quedar atrapada en artes de pesca fantasma.

La organización no gubernamental “Greenpeace” afirma que “cada año, cien mil mamíferos marinos y un millón de aves marinas mueren por la ingesta de plástico; otros mueren por enredos, asfixia, estrangulación o desnutrición por estos desechos”.

Lo anterior solo es por mencionar algunas de las especies que a simple vista han sido las más afectadas, pero hay que recordar que el 80% de toda la vida en la tierra, se encuentra bajo las aguas de los océanos, mismos que pulsan en torno a nuestro mundo conduciendo las fuerzas naturales que mantienen la vida en nuestro planeta, afirma Greenpeace.

Y como se ha mencionado con antelación, los efectos negativos del consumo masivo de plásticos de un solo uso, comienza a dañar también la salud humana, pues el mismo PNUMA señala que, “estudios recientes comprueban que las personas inhalan microplásticos a través del aire, los consumen a través de los alimentos y el agua, e incluso los absorben a través de la piel. Además, se han encontrado microplásticos dentro de nuestros pulmones, hígados, bazos y riñones, y hasta en las placentas de los bebés recién nacidos”.

Si bien, aun no existen los estudios suficientes para determinar con exactitud qué daños provoca el tener microplásticos en nuestro cuerpo, se ha asociado con trastornos endocrinos, trastornos del desarrollo, anomalías reproductivas y cáncer, razón suficiente para adoptar un enfoque de precaución.

Por otra parte, el plástico atenta también contra los servicios ambientales de los que el ser humano hace uso para su beneficio, como agua limpia, acuicultura y pesca productivas, control de plagas y enfermedades, regulación climática, patrimonio y recreación.

Igualmente, la evaluación realizada por la ONU afirma que la contaminación plástica reduce el valor de los servicios que nos brinda el ecosistema marino, pues señala pérdidas de al menos 500 mil millones de dólares estadounidenses a 2500 mil millones de dólares estadounidenses cada año, eso sin incluir otras pérdidas sociales y económicas como el turismo y el transporte marítimo.

Además, el plástico es producido con petróleo y gas, lo que intensifica la crisis climática, pues se generan emisiones de gases de efecto invernadero durante todo su ciclo de vida, lo que, en consecuencia, retiene y aumenta el calor en la atmósfera, contribuyendo así al derretimiento de polos y calentamiento global, afectando nuevamente el bienestar de todos los seres vivos que habitamos el planeta.

Al respecto, el informe de la ONU advierte que: “Si no se toman medidas, las emisiones de gases de efecto invernadero de la producción, el reciclaje y la incineración de plásticos podrían representar el 19 por ciento del total de emisiones permitidas del Acuerdo de París en 2040 para limitar el calentamiento a 1,5 grados centígrados”.

Con los datos antes expuestos, podemos saber lo peligroso que es la producción masiva de plásticos de un solo uso, así como las terribles consecuencias, por ende, debemos prestar mayor atención a las empresas que más contaminan con este material, pues un estudio llevado a cabo por la organización Break Free From Plastic, en el año 2020, afirma que el 63% de los deshechos recabados para el estudio, son de una marca en particular, y las más contaminantes fueron: The Coca-Cola Company, PepsiCo, Nestlé, Unilever, Mondeléz International (dueña de marcas como Oreo, Tang y otras).

Según datos publicados por Greenpeace, The Coca Cola Company “produjo en 2021 a nivel mundial 125 mil millones de botellas plásticas, la mayoría de las cuales fue de un solo uso”. Lo más preocupante es que, la marca reportó que recicla 4 mil millones de botellas anualmente, lo que apenas representa el 13% del total de basura que la empresa generó durante 2019-2020.

Greenpeace, es una organización Internacional sin fines de lucro, que desde hace 29 años ha luchado por la protección al medio ambiente, a través de manifestaciones pacíficas, difundiendo información para fomentar la educación ambiental, investigando, recabando firmas de la sociedad civil para presentarlas ante el poder legislativo y así exigir políticas en favor del medio ambiente, entre otras actividades en beneficio para el planeta.

El pasado 18 de octubre en la H. Cámara de Diputados, se manifestaron pacíficamente miembros de diversas organizaciones no gubernamentales, como Greenpeace, México sin plásticos y libérate del plástico México, para entregar más de 350 mil firmas de ciudadanos que exigen que se legisle en favor del medio ambiente, considerando las demandas de la ciudadanía, algunas de ellas son: reformar diversas leyes para prohibir los plásticos de un solo uso, exhortar a los productores del mismo a tener responsabilidad extendida, además de otorgar a las entidades federativas la facultad para prohibir la no incineración de residuos, entre otras peticiones.

Por otra parte, la empresa PepsiCo, en su propio portal publicó como uno de sus objetivos para 2025, utilizar un 25% de contenido reciclado en sus empaques de plástico, lo que, evidentemente no es de mucha ayuda, pues el estado en el que se encuentra nuestro planeta es crítico, y lo ideal es dejar de usar por completo materiales tan dañinos, y comenzar a ver por alternativas amigables con el medio ambiente.

Al ser las empresas las mayores productoras de basura plástica, son ellas las responsables del deterioro del mar, por consiguiente, de todas las problemáticas que ocasiona la producción masiva de plásticos, y, pese a que nuestra ley contempla sanciones para los responsables de la destrucción al medio ambiente, hasta ahora no se sabe de alguna denuncia presentada por la Semarnat en contra de alguna de estas empresas.

Algunas de las disposiciones que contempla la LGEEPA, otorgan ciertas facultades a la Semarnat para sancionar el deterioro y destrucción al medio ambiente, como las siguientes:

“Artículo 170. Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, la Secretaría, fundada y motivadamente, podrá ordenar alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad...

Artículo 171. Las violaciones a los preceptos de esta Ley, sus reglamentos y las disposiciones que de ella emanen serán sancionadas administrativamente por la Secretaría, con una o más de las siguientes sanciones...

Artículo 172. Cuando la gravedad de la infracción lo amerite, la autoridad, solicitará a quien los hubiere otorgado, la suspensión, revocación o cancelación de la concesión, permiso, licencia y en general de toda autorización otorgada para la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios, o para el aprovechamiento de recursos naturales que haya dado lugar a la infracción.

Artículo 175. La Secretaría podrá promover ante las autoridades federales o locales competentes, con base en los estudios que haga para ese efecto, la limitación o suspensión de la instalación o funcionamiento de industrias, comercios, servicios, desarrollos urbanos, turísticos o cualquier actividad que afecte o pueda afectar el ambiente, los recursos naturales, o causar desequilibrio ecológico o pérdida de la biodiversidad.

• Artículo 182. En aquellos casos en que, como resultado del ejercicio de sus atribuciones, la Secretaría tenga conocimiento de actos u omisiones que pudieran constituir delitos conforme a lo previsto en la legislación aplicable, formulará ante el Ministerio Público Federal la denuncia correspondiente.

Sin embargo, aunque existan tales disposiciones, además de tratados Internacionales, Normas Oficiales y Programas Federales, también se encuentran deficiencias en la aplicación de estos, pues lo muestran diferentes indicadores, por ejemplo, el de la Agenda 2030, que se actualiza continuamente en la página oficial de la misma, y los resultados en la mayoría de los objetivos planteados, demuestra rezago.

Por otra parte, la misma ONU publicó un reporte en el año 2019, donde señala que, pese al aumento de leyes ambientales en las últimas cuatro décadas, no ha sido de mucha ayuda, pues “ni el multilateralismo, ni la asignación de fondos han dado lugar a la creación de organismos ambientales sólidos capaces de hacer cumplir las leyes y los reglamentos con efectividad”.

Asimismo, la ONU señaló algunos de los factores más importantes por los que no se están aplicando correctamente las leyes, lastimosamente son los siguientes: la escasa coordinación entre organismos gubernamentales, una capacidad institucional debilitada, la falta de acceso a la información, la corrupción y una participación cívica reducida.

Actualmente existen alternativas al plástico, y hoy más que nunca es necesario que las grandes industrias comiencen a hacer uso de ellas, pues nuestro planeta se deteriora cada día más, y es muy probable que las generaciones futuras no puedan gozar de su derecho a un medio ambiente sano, entre muchos otros derechos humanos que se violentan al no contar con un medio ambiente saludable, o en caso extremo, pero no muy lejano, ni siquiera contar con un planeta habitable.

Expertos de “Breaking the Plastic Wave”, afirman que “podemos reducir los flujos anuales de plástico hacia el océano en aproximadamente un 80 % en los próximos 20 años mediante la aplicación de soluciones y tecnologías existentes. Ninguna solución única puede lograr este objetivo; más bien, rompemos la ola plástica solo tomando acciones inmediatas, ambiciosas y concertadas”.

Las cifras de contaminación plástica son realmente alarmantes, debido a las repercusiones económicas, sociales y sanitarias que conlleva, por ello es necesario reforzar las acciones que se están llevando a cabo, legislar en favor del medio ambiente, castigar actos de corrupción, así como sancionar a las empresas que se empeñan en producir materiales tan nocivos para nuestro planeta y por supuesto, informar a la sociedad sobre la necesidad de ya no usar tal material y sus alternativas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como con las entidades federativas y municipales a fortalecer la aplicación de las políticas ambientales, además de investigar y fomentar alternativas al plástico, que sean amigables con el medio ambiente.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a investigar, sancionar y en su caso, denunciar ante Ministerio Público Federal los delitos cometidos en materia ambiental por parte de grandes empresas productoras de plásticos de un solo uso, además de crear campañas masivas que adviertan y hagan consciente a la población sobre las consecuencias catastróficas que genera el uso de plásticos de un solo uso.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales de la honorable Cámara de Diputados a considerar las peticiones de Greenpeace sobre la aprobación de políticas en pro del medio ambiente, tomando en cuenta la voz de los ciudadanos.

Notas

1 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, artículo 3o., fracción XXXVI.

2 ONU. Objetivos de Desarrollo Sostenible. Disponible en:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarr ollo-sostenible/

3 Ibídem.

4 Redacción National Geographic. ¿Cuáles son los principales tipos de contaminación ambiental? 2022. Disponible en:

https://www.nationalgeographicla.com/medio-ambiente/ 2022/08/cuales-son-los-principales-tipos-de-contaminacion-ambiental

5 Ibídem.

6 Sermarnat. Sistema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales, Informe del Medio Ambiente. Disponible en:

https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/informe18/tema/cap5.html

7 Ibídem.

8 Ter.

9 Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Efectos a la salud por la contaminación del aire ambiente. 2017. Disponible en:

https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/3-efectos-a-la- salud-por-la-contaminacion-del-aire-ambiente

10 ONU, Programa para el Medio Ambiente. “Cinco ciudades ejemplo en la lucha contra la contaminación del aire”. 2022. Disponible en:

https://www.unep.org/es/noticias-y-reportajes/reportajes/cinco-c iudades-ejemplo-en-la-lucha-contra-la-contaminacion-del

11 Gobierno de México, Procuraduría Federal del Consumidor. Contaminación por plástico. 2021. Disponible en:

https://www.gob.mx/profeco/es/articulos/contaminacion-por-plasti co?idiom=es#:~: text=Pl%C3%A1stico%20en%20n%C3%BAmeros,desechan%20tras%20un%20solo%20uso.

12 Gómez Anton, Rosa. Los plásticos y el tratamiento de sus residuos. Universidad Nacional de Educación a Distancia. 1997. Pp. 352.

13 United Nations Environment Programme. De la contaminación a la solución. 2021. Disponible en:

https://www.unep.org/interactive/pollution-to-solution/

14 Ibídem.

15 Ter.

16 United Nations Environment Programme. De la contaminación a la solución. 2021. Disponible en:

https://www.unep.org/interactive/pollution-to-solution/

17 Greenpeace. “4 animales que sufren por la contaminación plástica”. 2019. Disponible en:

https://www.greenpeace.org/mexico/blog/2588/4-animales-que-sufre n-por-la-contaminacion-plastica/#:~: text=Cada%20a%C3% B1o%2C%20cien%20mil%20mam%C3%ADferos,o%20desnutrici%C3%B3n%20por%20estos%20dese chos.

18 Greenpeace. “Biodiversidad, océanos”. Disponible en:

https://www.greenpeace.org/mexico/tag/oceanos/

19 United Nations Environment Programme. De la contaminación a la solución. 2021. Disponible en:

https://www.unep.org/interactive/pollution-to-solution/

20 Ibídem.

21 Ter.

22 Quáter.

23 United Nations Environment Programme. De la contaminación a la solución. 2021. Disponible en:

https://www.unep.org/interactive/pollution-to-solution/

24 Infogate. “Organización Break free from plastic ha lanzado su lista de las marcas más contaminantes de 2020. Disponible en:

https://infogate.cl/2020/12/09/organizacion-break-free-from-plas tic-ha-lanzado-su-lista-de-las-marcas-mas-contaminantes-de-2020/

25 Greenpeace. “Greenpeace y El Poder del Consumidor protestan contra Coca-Cola para exigir que deje de vender productos contaminantes y dañinos para la salud y denuncian su cabildeo para seguir contaminando”. Septiembre 2022. Disponible en:

https://www.greenpeace.org/mexico/noticia/51315/greenpeace-y-el- poder-del-consumidor-protestan-contra-coca-cola-para-exigir-que-deje-de-vender- productos-contaminantes-y-daninos-para-la-salud-y-denuncian-su-cabildeo-para-se guir-contaminando/#:~: text=Por%20ejemplo%2C%20en%202021%2C%20la,IMER%20y%20PetStar%20en%20M%C3%A9xico .

26 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGEEPA.pdf

27 ONU. Objetivos de Desarrollo Sostenible Indicadores. Disponible en:

https://agenda2030.mx/ODSopc.html?ti=T&goal=0&lang=es#/i nd

28 ONU, Programa para el Medio Ambiente. “Se registra gran aumento de leyes ambientales en los últimos 40 años, pero hace falta mejorar su aplicación, según nuevo reporte”. 2019. Disponible en:

https://www.unep.org/es/noticias-y-reportajes/comunicado-de-pren sa/se-registra-gran-aumento-de-leyes-ambientales-en-los#:~: text=El%20informe%20titulado%20Estado%20de,el%20cambio%20clim%C3%A1tico%2C%20re ducir%20la

29 Ibídem.

30 Break Free From Plastic. “Contra los plásticos tóxicos en México”. 2022. Disponible en:

https://www.breakfreefromplastic.org/2022/05/04/against-toxic-pl astics-in-mexico/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SHCP Y A LA CONAGUA, A CONSIDERAR ESTRATEGIAS E INCENTIVOS PARA LAS INVERSIONES EN LA TECNIFICACIÓN Y REUTILIZACIÓN DEL AGUA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, en coordinación con la Conagua, a considerar estrategias e incentivos para las inversiones en la tecnificación y reutilización del agua, suscrita por los diputados Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa y Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del PAN

Los diputados , Oscar de Jesús Almaraz Smer, Mariela López Sosa, Gerardo Peña Flores, y suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 79 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

México, en gran parte de su territorio atraviesa una profunda sequía, obligando en muchos casos a hacer fila durante horas para las entregas de agua del gobierno. La gravedad de la sequía al norte del país impactó a la población en 2022. Nuevo León hasta ahora perfila como la entidad más afectada por la escasez de lluvias aunado a los mínimos niveles de la presa Cierro Prieto conforme a imágenes difundidas por la NASA.

Para julio 2022, la Comisión Nacional del Agua decretó el inicio de emergencia por sequía severa en el territorio nacional en el tenor de la grave afectación que padecen diversas zonas del territorio nacional.

Los problemas de sequía que padece el país son una advertencia más de que el Estado debe atender y desplegar todos los recursos a su alcance para coadyuvar reducir sus efectos.

Para sumar a la crisis hídrica que se presenta en el país se encuentra el fenómeno de La Niña, el cual modifica la temperatura del Océano Pacífico, afectando vientos y las lluvias, con su contraparte denominada El Niño, que altera la temperatura global y causa efectos atmosféricos extremos.

Al igual que la falta de lluvias, olas calurosas, figura también la débil cultura del cuidado del agua, que haga práctico un uso responsable del vital líquido. Paralelo a las inversiones en infraestructura hídrica los hábitos de las personas pueden abonar mucho a reducir los efectos adversos de impacto colectivo.

La cultura del agua es un conjunto de valores, actitudes, costumbres y hábitos que son transmitidos a un individuo o una sociedad para crear una consciencia responsable sobre el uso racional, la importancia del agua para el desarrollo de todo ser vivo, la disponibilidad del recurso en su entorno y las acciones necesarias para obtenerla, distribuirla, desalojarla, limpiarla y reutilizarla.

En México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), registró en 2019, que el país hay presenta grandes diferencias en cuanto a la disponibilidad de agua. Las zonas centro y norte son principalmente áridas o semiáridas: con los estados norteños, (Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas) que reciben apenas el 9 por ciento del agua renovable al año.

Las entidades del sur-sureste (Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Veracruz de Ignacio de la Llave y Tabasco) reciben más de la mitad del agua renovable al año (67.2 por ciento), sin embargo, sus habitantes tienen menor acceso al vital líquido, pues no cuentan con la infraestructura para el suministro a los hogares.

En México, al 2015, el porcentaje de viviendas con disponibilidad de agua entubada fue de casi 95 por ciento, el resto se abastecía de agua por acarreo fuera de la vivienda, por ejemplo: de la llave comunitaria, otra vivienda, una pipa, de pozo, de un río, entre otros.

El agua está en el epicentro del desarrollo sostenible y es fundamental para el desarrollo socioeconómico, la energía, la producción de alimentos, los ecosistemas y para la supervivencia de los seres humanos. El agua también forma parte crucial de la adaptación al cambio climático, y es un decisivo vínculo entre la sociedad y el medioambiente.

Por otro lado, la reutilización del agua es una alternativa para aminorar el volumen de agua consumida, se trata de un proceso que permite volver a utilizar el agua que ha tenido anteriormente industrial, con el cual se aplica un tratamiento adicional al tratamiento convencional de depuración. Las aguas tratadas para su reutilización se denominan aguas regeneradas.

El último informe de 2015 del Programa Mundial de los Recursos Hídricos de la coordina la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), advierte de que, si no se toman medidas, el planeta tendrá que afrontar un déficit mundial de agua del 40 por ciento en los próximos 15 años, hasta 2030. En este sentido, el presidente de ONU-Agua, Michel Jarraud, insiste en que el agua y el saneamiento son “esenciales” para alcanzar muchos de los objetivos de desarrollo sostenible.

En cifras globales se estima que entre la agricultura (70 por ciento) y la Industria (20 por ciento) copan el 90 por ciento del recurso, dejando el 10 por ciento al abastecimiento humano al tiempo que se espera un crecimiento de la población mundial que también requerirá agua.

Compañeras y compañeros legisladores, existen importantes pendientes en inversiones en la infraestructura hídrica en regiones del país, las cuales no van armonizadas con el uso doméstico ni industrial para su aprovechamiento tanto óptimo, como consciente de utilizar el volumen escrupuloso. Limitar o impedir el acceso al agua a la industria o a la producción de alimentos es resolver un problema con otro problema.

El sector que más agua consume es la agricultura, del cual se espera deba producir un 60 por ciento más de alimentos en todo el mundo y, en el caso de los países en desarrollo, duplicar su producción. De forma paralela crece la demanda de bienes manufacturados, por lo que, en conjunto, las previsiones apuntan a que las necesidades de agua de la industria subirán un 400 por ciento.

En ese sentido, como política de Estado, existen recursos para provocar o inhibir determinados comportamientos de los particulares, uno de esos recursos es el incentivo fiscal, que constituye un estímulo por parte del Estado, que se manifiesta como reducción en el pago de determinado tributo. El incentivo fiscal puede ser aplicado en forma de un porcentaje o monto fijo sobre el total de impuesto a pagar, el mismo, puede ser un crédito fiscal, para ser deducible en futuros pagos.

Compañeras y compañeros, se busca con el presente exhorto que, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en coordinación con la Conagua, consideren estrategias e incentivos a los particulares en la tecnificación e inversiones realizadas en el reaprovechamiento del agua para otros fines, incluyendo el agua de lluvia, su almacenamiento y aprovechamiento en diferentes actividades.

Por lo anteriormente expuesto, un servidor junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente la siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Nacional del Agua para que, en al ámbito de sus atribuciones, establezcan y consideren incentivos para las personas físicas y morales que realicen inversiones enfocadas en la tecnificación del uso y reutilización del agua, incluyendo el agua de lluvia, su almacenamiento y aprovechamiento en diferentes actividades.

Notas

1 V. Sequía en México: Estos son los 4 factores principales que la ocasionan — El Financiero

2 V. Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022. DOF - Diario Oficial de la Federación

3 V. Cultura del Agua. Educación ambiental y Cultura del Agua | Educación Ambiental | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)

4 V. Agua. Cuéntame de México (inegi.org.mx)

5 Ibid.

6 V. Agua | Naciones Unidas

7 V. ¿Qué es la reutilización de agua? - Aedyr

8 Ibid.

9 V. Incentivo fiscal - Qué es, definición y concepto | 2022 | Economipedia

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LA CONAPRED, A PROMOVER MECANISMOS PARA QUE LAS EMPRESAS IMPLEMENTEN ACCIONES AFIRMATIVAS EN MATERIA DE INCLUSIÓN DE PERSONAS QUE REQUIEREN PERROS DE ASISTENCIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conapred a promover mecanismos de sensibilización y capacitación para que las empresas implementen acciones afirmativas en materia de inclusión de personas que requieren perros de asistencia, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Los perros de asistencia son de gran importancia para personas que padecen diferentes discapacidades, ya sean físicas, mentales y/o sensoriales; ayudan a mejorar la vida de personas con alguna discapacidad mediante tareas concretas. Al ser animales adiestrados por instituciones especializadas, se encuentran certificados; por lo tanto, son identificables y rastreables.

La Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México (LPACDMX), en su artículo 34, indica que: “ los perros de asistencia tienen el libre acceso a los espacios públicos, establecimientos mercantiles, instalaciones individuales o colectivos a las instalaciones públicas; esto aplica siempre y cuando vayan acompañados de las personas que asisten o de sus entrenadores” .

A pesar de existir un marco legal que ampara la estancia y tránsito de perros de asistencia; la falta de difusión de estas medidas, aunado a la falta de capacitación de personal en materia de inclusión, hace que se presenten situaciones, donde no se cumple con lo establecido en la LPACDMX en lo relativo a los perros de asistencia en lugares públicos, pudiendo originarse actos de discriminación.

Tal es el caso ocurrido el día 6 de noviembre de 2022, donde Alejandra Ortega Legaspi, denunció en redes sociales que ella y su hija, Sofía, quien padece síndrome de West, epilepsia, trastorno generalizado del desarrollo y del espectro autista fueron expulsadas junto con sus familiares del centro comercial “Portal San Ángel”, debido a que acudió con su perro de asistencia.

El periódico Excelsior se encargó de reportar la situación, tomando en cuenta el testimonio de la madre, quien señaló lo siguiente: “Veníamos saliendo del cine y a la altura del Sears se nos acerca un guardia de seguridad para decirnos que el perro no podía estar en la plaza y que lo teníamos que cargar, pero Timón es un perro de 35 kilos”. Seguido de eso, Alejandra Ortega explicó al guardia la función del animal y que por ley tenía derecho a que el perro permaneciera ahí, sin embargo, el personal afirmó no tener conocimiento sobre lo que ella argumentaba, por lo que la madre optó por salir del establecimiento con sus tres hijos y su perro, siendo seguida por un guardia para corroborar que abandonara el lugar.

Dicho caso es solo un ejemplo de situaciones que ocurren todos los días en México, debido a la falta de capacitación y sensibilización por parte del personal de las empresas, por ello es de suma importancia tomar acción al respecto, de lo contrario se vulneran los derechos humanos de personas discapacitadas.

Por su parte, la Ley Federal para Prevenir la Discriminación (LFPED), señala en su artículo 4º que se considera discriminación: la exclusión, distinción y restricción de personas con discapacidades y en el artículo 13 menciona las medidas que los organismos públicos deberán tomar para fomentar un ambiente de igualdad, entre las que se encuentra promover niveles de ayuda técnica para las diferentes discapacidades, dentro de las cuales están los programas para entrenar a los perros de asistencia.

La misma LFPED faculta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), para ser la institución rectora de promover políticas y medidas tendientes a contribuir al desarrollo cultural y social, de esta manera, avanzar en la inclusión social y garantizar el derecho a la igualdad.

En virtud de que el Conapred es la institución que se encarga de recibir y resolver quejas por presuntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales, es necesario que el organismo refuerce las acciones de inclusión en el ejercicio de los derechos de ciudadanos para evitar futuros actos de discriminación hacia las personas que requieren de perros de asistencia.

Cuando hablamos de inclusión, se hace referencia a asegurar que todas las personas, sin distinción alguna, puedan ejercer sus derechos y garantías, aprovechar sus habilidades y beneficiarse de las oportunidades que se encuentran en su entorno.

Por lo anteriormente expuesto se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La H. Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, para que en el marco de sus facultades y atribuciones promueva mecanismos de sensibilización y capacitación para que las empresas públicas, privadas y mixtas implementen acciones afirmativas en materia de inclusión de personas que requieren perros de asistencia, así como investigar y sancionar a los responsables de los actos de discriminación cometidos el pasado 6 de noviembre del presente año.

Notas

1 Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México. Disponible en:

https://paot.org.mx/centro/leyes/df/pdf/2021/LEY_PROTEC_ANIMALES _27_05_2021.pdf

2 Revista Proceso.(8 de noviembre 2022) Denuncian discriminación contra una niña y su perro de asistencia en Portal San Ángel. Disponible en linea:

https://www.proceso.com.mx/nacional/cdmx/2022/11/8/denuncian-dis criminacion-contra-una-nina-su-perro-de-asistencia-en-portal-san-angel-296617.h tml

3 Excelsior. “Querían que lo cargara”: Madre denuncia que discriminaron a su hija por llevar perro de asistencia. Noviembre 2022. Disponible en:

https://www.excelsior.com.mx/comunidad/portal-san-angel-hija-per ro-asistencia-cdmx/1551457

4 Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (2003). Ley Federal para prevenir la discriminación,

https://www.conapred.org.mx/userfiles/files/ley%20Federal%20para %20Prevenir%20la%20Discriminaci%F3n%281%29.pdf

5 Conapred. ¿Quiénes somos? Disponible en:

https://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=38 &id_opcion=15&op=15

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2022.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



EXHORTO A FIN DE QUE LOS CÁNCERES HEMATOLÓGICOS SEAN CONSIDERADOS DENTRO DEL LISTADO DE LOS PADECIMIENTOS CUBIERTOS POR EL FONSABI

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa, al Insabi y al CSG, a fin de que los cánceres hematológicos sean considerados dentro del listado de los padecimientos cubiertos por el Fonsabi, suscrita por los diputados Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Martha Estela Romo Cuéllar y Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, las diputadas Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Martha Estela Romo Cuéllar y el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los cánceres hematológicos son un grupo de neoplasias malignas que afectan a la sangre y al sistema linfático, los cuales comprenden un amplio rango de distintos cánceres, que se catalogan en tres categorías principales:

· Leucemias

· Linfomas

· Mieloma

En México, los cánceres hematológicos representan un problema de salud pública, por el importante aumento de casos en personas de mediana edad, factor que afecta su economía y la calidad de vida, aunado a la falta de medicamentos innovadores en el sector salud.

De acuerdo con cifras del Global Cancer Observatory (Globocan) de 2020, en México, se registran en promedio más de 18 mil nuevos casos de cánceres hematológicos. Y, de acuerdo con la Academia Nacional de Medicina de México, una de las principales limitantes para el control de los cánceres hematológicos es la falta de datos consistentes sobre su incidencia, prevalencia y las complicaciones de estas enfermedades. Además, el sistema de salud está fragmentado con notables barreras de acceso y diferencias en cuanto a la calidad en la prestación otorgada de los servicios de salud por institución.

Cuando las personas no están cubiertas por un sistema de seguridad social o no cuenta con un seguro de gastos médicos mayores, acuden al Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi). No obstante, desde marzo del presente año, nuestro país se encuentra en un proceso de transición hacia el modelo llamado IMSS-Bienestar, mismo que solo cubre el primer y segundo nivel de atención, dejando fuera las enfermedades de alta especialidad, que, en su mayoría son los padecimientos que causan gastos catastróficos, como en este caso, los cánceres hematológicos.

Uno de los objetivos del Insabi es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del sistema nacional de salud.

En este sentido, en 2019 hubo una importante reforma a la Ley General de Salud, con la cual se creó el Fondo de Salud para el Bienestar (Fonsabi). El Fonsabi opera en una modalidad de fideicomiso y sustituyó al anterior Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos (FPCGC). Su finalidad es atender los padecimientos que causan gastos catastróficos, y desde sus inicios atiende 66 padecimientos, los mismos que el fondo anterior; no obstante, de manera reciente hubo otra importante reforma y ahora atiende 64 enfermedades por haberse fusionado don padecimientos similares.

Una de las metas del Fonsabi es la de incrementar de manera gradual del número de padecimientos, hasta llegar a 100. Desafortunadamente, este escenario se percibe muy lejano, teniendo como realidad que cada vez más personas en México se encuentren desprotegidas en sus derechos inalienables, como los consagrados en el artículo 4o constitucional.

Dentro de las facultades conferidas al Consejo de Salubridad General (CSG) está la de catalogar a un padecimiento como aquel que, por su costo e impacto económico para el paciente y su familia, es catastrófico y les implica una situación de pobreza, si por cuenta propia buscan cubrir los gastos de una atención integral.

El 26 de junio de 2018 el CSG publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Modificación de la Lista Actualizada de las Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos con el fin de definir tratamientos y medicamentos asociados a enfermedades que ocasionan este tipo de erogaciones, sin que necesariamente implique que estén cubiertos por el Fonsabi.

Los cánceres hematológicos catalogados por el CSG que ocasionan gastos catastróficos, en virtud de su alto costo, grado de complejidad o especialidad y el nivel de frecuencia con que ocurren son:

· Leucemia Linfoblástica Aguda

· Leucemia Mieloide Crónica

· Leucemia Linfocítica Crónica

· Síndromes Mielodisplásicos (anemia refractaria)

· Linfoma de Hodgkin

· Linfoma No Hodgkin en su variante de Linfoma Burkitt

Por otro lado, la Subcuenta de Abasto y Distribución de los Medicamentos y Demás Insumos (SADMI), forma parte de las subcuentas del Fonsabi y que tiene como fin complementar los recursos destinados al abasto y distribución de medicamentos y demás Insumos, así como el acceso a exámenes clínicos, asociados a personas sin seguridad social.

En este sentido, de conformidad a lo establecido en la Regla 74 de las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar, las disposiciones comunes para la SADMI son las siguientes:

I. La adquisición y distribución de medicamentos y demás insumos asociados para la prestación de servicios gratuitos de salud, que permitan apoyar la atención de enfermedades de alta especialidad distintas a las intervenciones apoyadas con cargo a los recursos de la Subcuenta de Atención de Enfermedades que Provocan Gastos Catastróficos (SAEPGC);

II. La realización de exámenes clínicos relacionados con intervenciones cubiertas por la SAEPGC, cuyo costo no esté apoyado por los recursos de esta última;

III. Hacer frente a la demanda de medicamentos y demás insumos asociados a la prestación gratuita de servicios de salud, así como la realización de los exámenes clínicos vinculados

a dichos servicios, que deriven de los eventos contingentes a que se refiere la sección III del presente capítulo, que requieran su contención, atención y mitigación, con el fin de prevenir y combatir daños a la salud, y

IV. Cualquier otra actividad necesaria para complementar el abasto y distribución de medicamentos y demás insumos asociados a la prestación gratuita de servicios de salud, así como para realizar exámenes médicos para atender a personas sin seguridad social, la cual, deberá contar con la justificación que permita al Comité Técnico, conocer las causas que sustentan la solicitud, la base de cálculo utilizada y la forma como se aplicarán los recursos.

Bajo este escenario, en agosto del presente año se autorizó la atención integral, sin límite de edad de los siguientes cánceres hematológicos:

· Mieloma Múltiple

· Linfoma Hodgkin

· Leucemia Linfoblástica Aguda

· Leucemia Mieloide Aguda

Para los pacientes con cánceres hematológicos y sus familias es muy importante, así como un gran logro, que la SADMI contemple la atención integral de los padecimientos mencionados; sin embargo, no se cuenta con la certeza jurídica ni presupuestaria para la continuidad de dicha prestación.

Es muy importante destacar que una persona con algún tipo de cáncer hematológico presenta una expectativa de vida de unos cuantos meses si no recibe la atención médica necesaria de manera oportuna. Por lo que el acceso a servicios de salud de este tipo de padecimientos no puede ser interrumpido durante esta transformación del sistema nacional de salud.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto de Salud para el Bienestar y del Consejo de Salubridad General, a fin de que los siguientes cánceres hematológicos se consideren dentro del listado de las enfermedades que ocasionan gastos catastróficos y que son cubiertas por el Fondo de Salud para el Bienestar sin menoscabo de la edad: Mieloma Múltiple, Linfoma Hodgkin, Leucemia Linfoblástica Aguda y Leucemia Mieloide Aguda.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de noviembre de 2022.– Diputadas y diputado: Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Éctor Jaime Ramírez Barba, Martha Estela Romo Cuéllar (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO AL CONACYT, A GARANTIZAR EL RESPETO Y PROTECCIÓN AL DERECHO DE LA LIBERTAD ACADÉMICA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Conacyt a garantizar el respeto y protección al derecho de la libertad académica en las instituciones y de toda la comunidad científica y académica en México, a cargo del diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II y III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza el derecho de las personas a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica. Asimismo, establece la obligación del Estado para apoyar la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y garantizar el acceso abierto a la información que derive de ella, para lo cual deberá proveer recursos y estímulos suficientes, conforme a las bases de coordinación, vinculación y participación que establezcan las leyes en la materia; además alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 dispone que “el gobierno federal promoverá la investigación científica y tecnológica; apoyará a estudiantes y académicos con becas y otros estímulos en bien del conocimiento. El Conacyt coordinará el Plan Nacional para la Innovación en beneficio de la sociedad y del desarrollo nacional con la participación de universidades, pueblos, científicos y empresas”.

Aunado a ello, el actual presidente de la República anunció el 1 de diciembre de 2018 los 100 compromisos de gobierno, entre ellos se encuentra compromiso número 9 en materia de ciencia, tecnología e innovación, el cual señala a la letra:

“Se promoverá la investigación científica y tecnológica; se apoyará a estudiantes y académicos con becas y otros estímulos en bien del conocimiento. El Conacyt coordinará el Plan Nacional para la Innovación en beneficio de la sociedad y del desarrollo nacional con la participación de universidades, pueblos, científicos y empresas”.

No obstante las obligaciones antes mencionadas y el compromiso establecido por el actual titular del Poder Ejecutivo, la ciencia, la tecnología y la innovación (CTI) en México se encuentran en una situación crítica, ya que no se han realizado las acciones necesarias, ni se han implementado los mecanismos a través de los cuales se promueva y alcance su pleno desarrollo, por el contrario, la realidad que se presenta es la de un sector debilitado y con mínimos recursos para la consecución de sus fines.

Uno de los golpes que más han afectado a la CTI fue la eliminación de los fideicomisos de ciencia y tecnología en 2020, a través del cual se perdió el rastro de 42 mil millones de pesos asentados en 90 fideicomisos gestionados por el Conacyt.

La eliminación de dichos fideicomisos, con el argumento del combate a la corrupción, produjo graves daños en el desarrollo de la CTI en nuestro país. La propia directora del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), María Elena Álvarez- Buyllá, reconoció, en una reunión de trabajo ante los integrantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados, que parte de esos recursos se entregó a la Tesorería de la Federación para los “proyectos prioritarios” de este gobierno.

El Conacyt no solo no defendió los recursos destinados a la investigación científica y al desarrollo tecnológico e innovación del país, sino que ha sido observado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en los resultados de la Cuenta Pública de 2020, respecto al ejercicio de los recursos de varios de los fondos desaparecidos, tales como el Fondo Institucional de Fomento Regional para el Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación (Fordecyt-Pronaces) y en fondos sectoriales, en donde se detectaron anomalías por un monto de mil 335 millones 489 mil 600 pesos.

Pero las irregularidades no terminan en el tema presupuestal, el Conacyt ha modificado, ya en cinco ocasiones durante tres años, el Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores, generando gran incertidumbre e insatisfacción entre la comunidad académica, quienes han señalado que estos cambios se han realizado sin tomarlos en consideración, afectando los criterios y mecanismos de ingreso y renovación en el sistema para los investigadores.

El colectivo ProCienciaMX ha externado sus preocupaciones en el tema, resaltando que la nueva forma de integración de las comisiones dictaminadoras cuyos miembros, en lugar de ser electos mediante votación por los investigadores integrantes del sistema, ahora serán “insaculados”: es decir, designados mediante un procedimiento interno de dudosa transparencia.

Este colectivo ha señalado también su inconformidad sobre los criterios de evaluación, donde se imponen “restricciones preocupantes y aun discriminatorias”, ya que, para acceder al nivel de candidato, se considera únicamente la labor docente y de formación de recursos humanos realizada en México y limita el estímulo económico asociado a la distinción, exclusivamente a investigadores de instituciones públicas, estableciendo una discriminación contra aquellos de instituciones privadas.

Una más de sus preocupaciones respecto al nuevo Reglamento del SNI, reside en la eliminación que se hace de la obligación incluida en los reglamentos anteriores de publicar los criterios de evaluación, con lo que se genera incertidumbre sobre el proceso.

Los desencuentros de la comunidad científica no se limitan a los problemas anteriores, pues la actual administración del Conacyt ha sostenido una confrontación directa con la comunidad científica, a la cual ha estigmatizado y señalado como “privilegiadas” y “neoliberales”, poniendo en grave riesgo la producción del conocimiento en México y la libertad académica.

La máxima autoridad en la materia ha realizado diversas acciones para poder ejercer un control absoluto sobre los Centros de Investigación, al designar a directores afines omitiendo los procesos legales de cambio, como en el caso del Centro de Investigación en Óptica (CIO), el de Investigación Científica de Yucatán (CICY), el Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE) y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), en lo que pareciera ser un intento de control ideológico de los Centros.

Aunado a lo anterior, otra forma en que se ha restringido la libertad académica de la comunidad científica es la utilización que se ha hecho de la Fiscalía General de la República, donde se iniciaron procesos de investigación en contra de 31 científicos, acusados de crimen organizado.

El Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE), ha presentado también una serie de diferencias con el Conacyt, no solo financieramente sino también en el ámbito administrativo, pues según las declaraciones de los integrantes de este Centro de Investigación a diversos medios de comunicación, el nombramiento de José Antonio Romero Tellaeche como director no fue transparente ni unánime, asimismo lanzaron acusaciones en contra suya por tener diversas denuncias por plagio y por haber destituido de manera arbitraria a integrantes y a académicos del Centro, además de cancelar la sesión reglamentaria de los comités de evaluación, esenciales para la carrera de los académicos.

Aunado a lo anterior, en mayo de 2022, académicos e investigadores del CIDE hicieron público que han trabajado durante 18 meses sin recibir su salario ni las prestaciones y estímulos a que tienen derecho conforme a su contrato colectivo de trabajo. Denunciaron también que, a raíz de la desaparición de los fideicomisos, no pueden acceder a nuevos proyectos y el Centro no puede generar recursos propios.

Un problema más radica en los retrasos en la entrega de estímulos de posgrados, misma que fue denunciada por investigadores adscritos al Sistema Nacional de Investigadores (SNI), de la cual se argumentó que fue debido a un problema administrativo, pero que en realidad fue un intento por privar a los investigadores de dicho estímulo.

Todos estos acontecimientos no han sido ajenos a la comunidad internacional. El Informe del Proyecto de Monitoreo de la Libertad Académica de Scholars at Risk señala que “los ataques a la libertad académica y la educación superior son frecuentes, generalizados y tienen consecuencias de gran alcance, a veces mortales, para los académicos, los estudiantes y la sociedad en general”.

Dicho informe evalúa los datos recopilados desde septiembre de 2021 hasta agosto de 2022, e incluye 391 ataques derivados de 318 incidentes en 65 países y territorios, donde se vieron violentadas la libertad académica, la autonomía institucional y otros derechos de las comunidades educativas.

En el caso de México, el informe señala que “el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, con un historial de desacreditar públicamente a la comunidad académica y recortar y restringir el financiamiento de la investigación, tomó acciones que representan amenazas significativas a la libertad académica y la autonomía institucional”.

Al respecto, hace referencia a la acusación que hizo la Fiscalía General de la República en septiembre de 2021, cuando buscó acusar y arrestar a 31 científicos, académicos e investigadores por lavado de dinero, crimen organizado y malversación de fondos.

Respecto de dicho tema, a “ Scholars at Risk le preocupa el uso y la amenaza de enjuiciamiento contra académicos en un aparente esfuerzo por restringir su libertad académica y el derecho a la libertad de expresión y opinión, conducta que está expresamente protegida por el derecho internacional de los derechos humanos, incluida la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual México es parte. Las autoridades estatales tienen la obligación de abstenerse de tomar acciones para restringir o tomar represalias contra tal conducta, siempre que sea no violenta y responsable. Además del daño a las víctimas inmediatas, el enjuiciamiento arbitrario destinado a restringir o disuadir de otro modo la actividad expresiva no violenta de los académicos socava la libertad académica y la sociedad democrática en general”.

Asimismo, el informe en cuestión menciona que “los cambios de liderazgo en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), de renombre internacional, también generaron serias preocupaciones sobre el estado de la libertad académica y la autonomía universitaria en México. En agosto de 2021, el director del Conacyt, Álvarez-Buylla, nombró a José Antonio Romero Tellaeche como director interino del CIDE, supuestamente eludiendo las elecciones habituales para el cargo”.

Además de dicho informe, en marzo de 2022, investigadores de la Universidad de Gotemburgo y FAU Erlangen-Nüremberg publicaron el Índice de Libertad Académica 2022 el cual ofrece un panorama del estado en que se encuentra la libertad académica en el mundo. Este Informe contempla a 177 países y territorios, entre ellos México.

El nuevo Índice de Libertad Académica consta de cinco indicadores sobre la libertad académica, cada uno de los cuales está codificado por expertos del país en una escala predefinida de 0 a 4 y en una base año-país:

— libertad para investigar y enseñar

— libertad de intercambio académico y difusión

— autonomía institucional de las universidades

— integridad del campus

— libertad de expresión académica y cultural

La Actualización obtuvo resultados negativos, pues según se informa, la libertad académica disminuyó de manera considerable y provocó afectaciones en el 37 por ciento de la población en el mundo. México destaca entre los países que sufrieron disminuciones en su calificación durante 2021, ya que, de manera histórica, había mantenido un “nivel comparativamente alto de libertad académica”.

Según este índice, en 2022 México bajó su calificación a 0.76, cuando en el año 2011 se ubicó en una categoría superior, con una calificación de 0.92, esto es tuvo una caída de 0.16 puntos.

Conforme a lo anterior, México, junto con otros 18 países, presenta “una disminución sustancial y estadísticamente significativa de al menos 0.1 puntos en el Índice de Libertas Académica entre 2011 y 2021”, tal como se observa en la siguiente gráfica:

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha reconocido que la libertad académica “es un derecho humano independiente e interdependiente, que cumple con una función habilitante para el ejercicio de una serie de derechos que incluyen la protección del derecho a la libertad de expresión, el derecho a la educación, el derecho de reunión, la libertad de asociación, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia y de religión, el derecho a los beneficios de la cultura y el progreso científico, así como los derechos laborales y sindicales...”

De igual forma, la CIDH ha expresado la necesidad de proteger la libertad académica, reconociéndola como un motor de impulso para la consolidación de la democracia, del pluralismo de las ideas, el desarrollo humano y de la sociedad.

A la par, la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), reunida en París del 21 de octubre al 12 de noviembre en su 29 reunión, aprobó la Recomendación relativa a la Condición del Personal Docente de la Enseñanza Superior, según la cual:

“... 26. Al igual que todos los demás grupos e individuos, el personal docente de la enseñanza superior debe gozar de los derechos civiles, políticos, sociales y culturales reconocidos internacionalmente y aplicables a todos los ciudadanos. En consecuencia, todo el personal docente de la enseñanza superior debe disfrutar de la libertad de pensamiento, conciencia, religión, expresión, reunión y asociación, así como del derecho a la libertad y seguridad de la persona y la libertad de movimiento. No se les obstaculizará o impedirá en forma alguna el ejercicio de sus derechos civiles como ciudadanos, entre ellos el de contribuir al cambio social expresando libremente su opinión acerca de las políticas públicas y de las que afectan a la enseñanza superior. No deberían ser sancionados por el mero hecho de ejercer tales derechos. El personal docente de la enseñanza superior no debe ser objeto de detención o prisión arbitrarias ni torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes...”.

Los resultados arrojados por el Informe del Proyecto de Monitoreo de la Libertad Académica y por el Índice de Libertad Académica son en extremo preocupantes y dan muestra de cómo las instituciones y los miembros de la comunidad académica en México han perdido un derecho tan importante como es la libertad académica, que debiera ser preservado como uno de los valores más preciados por el Estado.

Ante esta pérdida, es preciso externar nuestra preocupación por la situación actual y por la realización de acciones tendientes a coartar la libertad académica de la comunidad científica y académica en general.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, para que en el ejercicio de sus atribuciones garantice el pleno respeto, promoción y protección del derecho a la libertad académica de las instituciones profesores, investigadores, estudiantes y de toda la comunidad científica y académica en México, en beneficio de la sociedad y del desarrollo nacional.

Notas

1 Artículo 3o., fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Diario Oficial de la Federación. Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha =12/07/2019#gsc.tab=0

3 100 compromisos de gobierno. Disponible en

https://presidente.gob.mx/100-compromisos-de-gobierno/

4 Exigen que Conacyt justifique 42 mil mdp. El Sol de México. Disponible en:

https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/politica/exigen-que-cona cyt-justifique-42-mil-mdp-8333409.html

5 Auditoría Superior de la Federación. Segunda Entrega de la Cuenta Pública de 2020. Páginas 78-89. Disponible en

https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2020b/Documentos/Informe s_simplificados/2020_ficha_DE_a.pdf

6 Consideraciones sobre la propuesta de Reglamento del SNI. Disponible en:

https://www.comecso.com/noticias/consideraciones-propuesta-regla mento-sni-2022

7 Crónica. La designación de Romero Tellaeche no fue transparente ni unánime. Disponible en:

https://www.cronica.com.mx/academia/designacion-romero-tellaeche no-transparente-unanime.html

8 El Economista. Conflicto en el CIDE: El rugido del ratón. Disponible en:

https://www.eleconomista.com.mx/politica/Conflicto-en-el-CIDE-El -rugido-del-raton-20211210-0068.html

9 Ibídem 8.

10 Informe del Proyecto de Monitoreo de la Libertad Académica de Scholars at Risk. Disponible en:

https://www.scholarsatrisk.org/resources/free-to-think-2022/

11 Informe del Proyecto de Monitoreo de la Libertad Académica de Scholars at Risk Disponible en:

https://www.scholarsatrisk.org/report/2021-09-22-various/

12 La libertad académica en declive. Friedrich- Alexander- Universität Erlangen-Núremberg. Disponible en:

https://www.fau.eu/2022/03/03/news/research/academic-freedom-on- the-decline/#:~: text=The%20AFI%20provides%20data%20 on,the%20country%20that%20they%20assess).

13 Índice de Libertad Académica. V. Dem Global Satandards local Knowledge. Disponible en:

https://link.springer.com/content/pdf/10.1007/s11135-022-01544-0 .pdf

14 Ibídem 9.

15 Eje Central. Disponible en: https://www.ejecentral.com.mx/mexico-se-desploma-en-libertad-academica/

16 Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, página 5. Disponible en:

https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Principios_Libertad_Ac ademica.pdf

17 Recomendación relativa a la Condición del Personal Docente de la Enseñanza Superior. Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Disponible en:

https://www.unesco.org/es/legal-affairs/recommendation-concernin g-status-higher-education-teaching-personnel

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 23 de noviembre de 2022.– Diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen.