Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputado Santiago Creel Miranda
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, martes 18 de octubre de 2022
Sesión 18 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 18 de octubre del 2022, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

De la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o., 5o. y 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

De la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Civiles, en materia de justicia digital. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY GENERAL DE TURISMO

De la diputada Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4o. y 5o. de la Ley General de Turismo.Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de requisitos para ocupar distintos cargos públicos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o., 99 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de comunidades y pueblos indígenas.Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión

LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN ALCONSUMIDOR

Del diputado Armando Reyes Ledesma, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.Se turna a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

Del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social.Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

Del diputado José Luis Garza Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

De los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y María Guadalupe Alcántara Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o.-A y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

INSCRIBIR CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES LOS NOMBRES DE IGNACIO RAMÍREZ Y LEANDRO VALLE

Del diputado Gerardo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados los nombres de Ignacio Ramírez y Leandro Valle.Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Y LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

De la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad.Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Vivienda, para opinión

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

De la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL, LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES Y LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN

De la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en materia de exportación de Totoaba Mcdonaldi. Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Pesca, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

De la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY FEDERAL DE DERECHOS

De los diputados Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, relativa a tarifas especiales de conservación a visitantes no nacionales.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

De la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o.-A y 18.-D de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

Del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1368 y 1635 del Código Civil Federal.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

De la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

Del diputado José Luis Báez Guerrero y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO AL INE, EN RELACIÓN CON LOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA DEL C. SILVANO AUREOLES CONEJO

De la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al INE, a iniciar un procedimiento por los actos anticipados de campaña en que ha incurrido el C. Silvano Aureoles Conejo y proceda a emitir las sanciones correspondientes. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES, A REALIZAR POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA A TRAVÉS DE LA ESCRITURACIÓN

De la diputada Genoveva Huerta Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los 32 congresos de las entidades federativas, a realizar políticas públicas o programas permanentes para la regularización de la tenencia de la tierra, a través de los procedimientos de escrituración.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO PARA QUE EL PROGRAMA PABELLONES DE ASISTENCIA A FAMILIARES, TENGA VOCACIÓN MUNICIPALISTA Y SEA COORDINADO POR LOS GOBIERNOS MUNICIPALES

Del diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en los estados, para que el programa Pabellones de Asistencia a Familiares, tenga vocación municipalista y los gobiernos municipales sean los coordinadores del mismo.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A MODIFICAR LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA A FIN DE REDUCIR EL NÚMERO DE HECTÁREAS REQUERIDAS

De la diputada Itzel Alelí Domínguez Zopiyactle, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a modificar las reglas de operación del Programa Sembrando Vida a fin de reducir el número de hectáreas requeridas para que más familias puedan ser beneficiarias del mismo. Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen

EXHORTO A LA COLEGISLADORA, A DICTAMINAR LA MINUTA POR LA QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE CONSULTA DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS

Del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la colegisladora, a dictaminar la minuta por la que se expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen

EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A FORTALECER LAS ESTRATEGIAS QUE PERMITAN EL CUMPLIMIENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE CON EL FIN DE GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS

De la diputada Ma. Teresa Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fortalecer las estrategias que permitan el cumplimiento del desarrollo sostenible con el fin de garantizar a las y los mexicanos sus derechos humanos más importantes.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A LA SADER, A INCLUIR A SINALOA EN EL PROGRAMA: FERTILIZANTES PARA EL BIENESTAR

De la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a incluir a Sinaloa en el Programa: Fertilizantes para el Bienestar.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

SE INFORME A LA OPINIÓN PÚBLICA, SOBRE LA JUSTIFICACIÓN PARA SOLICITAR FONDOS EN EXCESO PARA LA TERMINACIÓN DE LA REFINERÍA OLMECA (DOS BOCAS)

Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener, a la SHCP y la SE, a informar a la opinión pública, sobre la justificación para solicitar fondos en exceso para la terminación de la Refinería Olmeca (Dos Bocas). Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO RELATIVO A LA INTOXICACIÓN DE ESTUDIANTES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS EN LOS MUNICIPIOS DE BOCHIL Y TAPACHULA, CHIAPAS

De los diputados Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, con motivo de los hechos ocurridos en los centros educativos de Chiapas en los municipios de Bochil y Tapachula, donde fueron intoxicados varios educandos.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A LA PROFECO, A APEGARSE A SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y NO INVADIR LAS ATRIBUCIONES DEL SENASICA

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, a apegarse a la realización de las atribuciones que le han sido conferidas dentro de la Ley Federal de Protección al Consumidor, asimismo, a no invadir las atribuciones del Senasica.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO AL INEGI, A INTEGRAR A LAS MUJERES AFROMEXICANAS EN EL PRÓXIMO EJERCICIO PARA LA ELABORACIÓN DE LA ENDIREH

Del diputado Pedro Sergio Peñaloza Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Inegi, a integrar a las mujeres afromexicanas en el próximo ejercicio para la elaboración de la ENDIREH.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A PEMEX, A LA ASEA Y DE LA SENER, A INFORMAR DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE SUS INSTALACIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLES EN TABASCO

Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a Pemex, a la ASEA y de la Sener, a informar a la opinión pública, sobre el estado de conservación que guardan los ductos, tuberías, baterías y demás instalaciones destinadas al transporte y almacenamiento de combustibles de dicha dependencia en Tabasco.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LOS 18 CONGRESOS LOCALES QUE NO HAN ARMONIZADO SUS CONSTITUCIONES EN MATERIA DE REVOCACIÓN DE MANDATO, A REALIZAR LAS REFORMAS LEGISLATIVAS CORRESPONDIENTES

Del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los 18 congresos locales del país que no han armonizado sus respectivas constituciones en materia de revocación de mandato, a realizar las reformas legislativas correspondientes.Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

EXHORTO A LA SEDENA, A HACER PÚBLICO UN INFORME SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN LAS INVESTIGACIONES RELATIVAS AL CIBERATAQUE QUE RECIBIÓ

Del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedena, a hacer público un informe sobre el estado que guardan las investigaciones relativas al ciberataque que recibió dicha dependencia.Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

RELATIVO A LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL GOBIERNO DE MÉXICO EN CONTRA DE LAS EMPRESAS ESTADOUNIDENSES QUE FABRICAN ARMAS DE FUEGO Y FACILITAN SU TRÁFICO ILÍCITO HACIA EL PAÍS

Del diputado Ismael Brito Mazariegos, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a la demanda interpuesta por el Gobierno de México en contra de la negligencia de empresas estadounidenses que fabrican, distribuyen y venden armas de fuego y facilitan su tráfico ilícito hacia el país.Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE UN NUEVO PLAN DE ESTUDIOS 2022 DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA

Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a informar a la opinión pública sobre un nuevo Plan de Estudios 2022 de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria, y sobre una prueba piloto en 30 escuelas por entidad federativa durante el ciclo escolar 2022-2023. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA JUCOPO Y A LA MESA DIRECTIVA, A ACORDAR LA CELEBRACIÓN DE UNA SESIÓN SOLEMNE PARA CONMEMORAR EL 22 ANIVERSARIO DE LA MUERTE DE DIGNA OCHOA Y PLÁCIDO, DEFENSORA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo y a la Mesa Directiva, ambas de esta soberanía, a acordar la celebración de una sesión solemne para conmemorar el 22 aniversario de la muerte de la Defensora de los Derechos Humanos, licenciada Digna Ochoa y Plácido.Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

SE HAGA PÚBLICO UN INFORME SOBRE EL GASTO, DESTINO Y USO DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS PRESUPUESTARIOS, Y DE LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, ENTRE 2018 Y 2022

Del diputado José Mauro Garza Marín, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a hacer público un informe sobre el gasto, destino y uso de los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas entre 2018 y 2022. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A LA SE, A REALIZAR DIVERSAS ACCIONES PARA FORTALECER A LOS PRODUCTORES NACIONALES DE CACAHUATE

De la diputada Martha Alicia Arreola Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a realizar diversas acciones para fortalecer a los productores nacionales de cacahuate. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA APF, A REMITIR A LA COMISIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD, LAS PROPUESTAS DE NOMS QUE NO FUERON ACTUALIZADAS EN EL PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD 2022

Del diputado José Luis Báez Guerrero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la APF, a remitir a la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad antes del 31 de octubre las propuestas de NOMs que no fueron actualizadas en el actual Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, relacionadas con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

SE ATIENDAN LAS DENUNCIAS EXPRESADAS POR PARTE DE ENTRENADORES DE PERROS DE ASISTENCIA DISCRIMINADOS POR LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL EN LA LÍNEA 7 DEL STC

De la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a través del COPRED, a atender las denuncias expresadas por parte de entrenadores de perros de asistencia, quienes sufrieron discriminación el 13 de octubre de 2022 por parte de miembros de la Policía Bancaria e Industrial en la línea 7 del STC.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE CULTURA, A INSTALAR EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO PARA EL LIBRO Y LA LECTURA

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura, a instalar el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura.Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

SE INCLUYA EL PUENTE VEHICULAR DE TLATEPUSCO, SAN FELIPE USILA, TUXTEPEC, OAXACA, EN LA CARTERA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA SICT

Del diputado Ángel Domínguez Escobar, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a incluir el puente vehicular de Tlatepusco, San Felipe Usila, Tuxtepec, Oaxaca, en la cartera de programas y proyectos de inversión.Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen

CAMPAÑA NACIONAL DE SALUD EN FAVOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SEP, a instaurar una campaña nacional de salud en favor de niñas, niños y adolescentes.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTA A LA JUCOPO A IMPLEMENTAR MECANISMOS DE DEMOCRACIA DELIBERATIVA PARA FORTALECER LAS REFORMAS DE SEGURIDAD NACIONAL 2022

De la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de esta soberanía a implementar mecanismos de democracia deliberativa que generen estudios, opiniones y propuestas, para fortalecer la aplicación eficiente y eficaz de las reformas de Seguridad Nacional 2022.Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

EXHORTO A LA SEP Y A SUS HOMÓLOGAS ESTATALES, A REFORZAR LAS ACCIONES PARA QUE SE EVITE EL USO DE MATERIALES NO BIODEGRADABLES PARA FORRAR ÚTILES ESCOLARES

De la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas en las entidades federativas, a reforzar las acciones al cuidado del medio ambiente, para que la comunidad escolar evite el uso de materiales no biodegradables para forrar útiles escolares.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS, A QUE EL SEMBRAR UN ÁRBOL SEA UN REQUISITO DE TITULACIÓN

De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las universidades públicas y privadas, a que el sembrar un árbol sea un requisito de titulación.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR PARA INCORPORAR EL PROGRAMA DE SEMBRANDO VIDA EN EL ESTADO DE MÉXICO

Del diputado Javier Huerta Jurado y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar para incorporar el Programa de Sembrando Vida en el Estado de México. Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen

SE ACTUALICEN LA NORMATIVIDAD Y GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA VIGENTES EN MATERIA DE DIABETES MELLITUS TIPO 2

Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a actualizar la normatividad y guías de práctica clínica vigentes en materia de diabetes mellitus tipo 2. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE EMITA EL DICTAMEN DE REMOCIÓN Y DEMOLICIÓN DEL MONUMENTO DEL EXMANDATARIO GUSTAVO DÍAZ ORDAZ, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE LINARES, NUEVO LEÓN

De la diputada Karla Estrella Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Comité Técnico de Protección de Estatuas y Monumentos del Gobierno de Nuevo León, a emitir el dictamen de remoción y demolición del monumento del exmandatario Gustavo Díaz Ordaz, ubicado en el municipio de Linares.Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

EXHORTO A LOS GOBIERNOS ESTATALES, A PROMOVER E IMPLEMENTAR LA APLICACIÓN MI TAXI A NIVEL NACIONAL

De la diputada Mónica Becerra Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales, a promover e implementar la aplicación Mi Taxi a nivel nacional.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

SE DÉ CONTINUIDAD AL PROCESO DE REVISIÓN DE LA NOM-041-SSA2-2011, PARA LA PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CÁNCER DE MAMA

Del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a dar continuidad al proceso de revisión de la NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SADER, A AJUSTAR LOS PRECIOS DE GARANTÍA EN CONCORDANCIA CON EL INCREMENTO DE LA INFLACIÓN Y EL COSTO DE PRODUCCIÓN, ESPECIALMENTE EN EL CASO DEL FRIJOL

De la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a ajustar los precios de garantía en concordancia con el incremento de la inflación y el costo de producción, especialmente en el caso del frijol.Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

POR EL QUE ESTA SOBERANÍA, FELICITA AL SAT POR SU LABOR EN EL COMBATE AL MERCADO ILÍCITO

Del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía, felicita al SAT por su labor en el combate al mercado ilícito y se le exhorta a continuar con estas acciones a fin de proteger al consumidor y asegurar que todos paguen los impuestos que corresponde.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SE ACTUALICE LA REGLAMENTACIÓN RELATIVA AL EXPENDIO Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS PREPARADOS Y PROCESADOS, EN LAS ESCUELAS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de diversos Grupos Parlamentarios, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a actualizar en todas las disposiciones reglamentarias relativas al expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados, en las escuelas del Sistema Educativo Nacional.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SRE, A INTERVENIR A FAVOR DE LOS INMIGRANTES INDÍGENAS MEXICANOS EN LOS ÁNGELES, CALIFORNIA

De la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a intervenir a favor de los inmigrantes indígenas mexicanos en Los Ángeles, California.Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A IMPLEMENTAR COMO PARTE DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA, LA INSTRUCCIÓN DE LENGUA DE SEÑAS MEXICANA

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de diversos Grupos Parlamentarios, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a implementar como parte de los planes y programas de estudio de la educación básica, la instrucción de Lengua de Señas Mexicana.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA SECRETARÍA DE SALUD Y AL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN MATERIA DE LA REMOCIÓN Y SUSTITUCIÓN DEL ASBESTO

De la diputada Evangelina Moreno Guerra e integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena, Verde Ecologista de México y del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la Secretaría de Salud y al Poder Judicial de la Federación, en materia de la remoción y sustitución del asbesto.Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

SE FORTALEZCA EL FINANCIAMIENTO PARA EL MANEJO DE LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES

De los diputados Mónica Becerra Moreno, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a coadyuvar con la Secretaría de Salud, a realizar acciones, programas y fortalecer el financiamiento para el manejo de las enfermedades crónicas no transmisibles.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SSPC, EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES PRESAS EN EL CEFERESO NO. 16 DE MORELOS

De la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, en materia de derechos humanos de las mujeres presas en el CEFERESO No. 16 de Morelos.Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

EXHORTO AL INSABI, A PUBLICAR EN SU PÁGINA DE INTERNET LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS RECURSOS ENTREGADOS A LA UNOPS Y A LOS CONTRATOS FIRMADOS CON ESTE ORGANISMO INTERNACIONAL

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Insabi, a realizar las acciones correspondientes y necesarias a efecto de que se publique en su página de internet toda la información relacionada a los recursos entregados a la UNOPS y a los contratos firmados con este organismo internacional.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 18 de octubre de 2022 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica), presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.

2. Que reforma y adiciona los artículos 4o., 5o. y 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

3. Que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Civiles, en materia de justicia digital, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

4. Que reforma los artículos 4o. y 5o. de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Turismo, para dictamen.

5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de requisitos para ocupar distintos cargos públicos, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

6. Que reforma y adiciona los artículos 2o., 99 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.

7. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de comunidades y pueblos indígenas, a cargo del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.

8. Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Armando Reyes Ledesma, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

9. Que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Bienestar, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.

10. Que reforma el artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

11. Que adiciona el artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado José Luis Garza Ochoa, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

12. Que reforma los artículos 2o..-A y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdéz y María Guadalupe Alcántara Rojas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

13. De Decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados los nombres de Ignacio Ramírez y Leandro Valle, a cargo del diputado Gerardo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

14. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de inclusión laboral de las personas cons discapacidad, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión.

15. Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Vivienda, para opinión.

16. Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

17. Que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

18. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en materia de exportación de Totoaba Mcdonaldi, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Justicia, y de Pesca, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión.

19. Que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

20. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, relativa a tarifas especiales de conservación a visitantes no nacionales, suscrita por los diputados Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

21. Que reforma y adiciona los artículos 2o.-A y 18.-D de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

22. Que reforma los artículos 1368 y 1635 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

23. Que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

24. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, suscrita por el diputado José Luis Báez Guerrero y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE, a iniciar un procedimiento por los actos anticipados de campaña en que ha incurrido el C. Silvano Aureoles Conejo y proceda a emitir las sanciones correspondientes, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 32 congresos de las entidades federativas, a realizar políticas públicas o programas permanentes para la regularización de la tenencia de la tierra, a través de los procedimientos de escrituración, a cargo de la diputada Genoveva Huerta Villegas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en los estados, para que el programa Pabellones de Asistencia a Familiares, tenga vocación municipalista y los gobiernos municipales sean los coordinadores del mismo, a cargo del diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a modificar las reglas de operación del Programa Sembrando Vida a fin de reducir el número de hectáreas requeridas para que más familias puedan ser beneficiarias del mismo, a cargo de la diputada Itzel Alelí Domínguez Zopiyactle, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Bienestar, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Colegisladora, a dictaminar la minuta por la que se expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a fortalecer las estrategias que permitan el cumplimiento del desarrollo sostenible con el fin de garantizar a las y los mexicanos sus derechos humanos más importantes, a cargo de la diputada Ma. Teresa Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a incluir a Sinaloa en el Programa: ¨Fertilizantes para el Bienestar¨, a cargo de la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a la SHCP y la SE, a informar a la opinión pública, sobre la justificación para solicitar fondos en exceso para la terminación de la Refinería Olmeca (Dos Bocas), a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, con motivo de los hechos ocurridos en los centros educativos de Chiapas en los municipios de Bochil y Tapachula, donde fueron intoxicados varios educandos, suscrita por los diputados Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a apegarse a la realización de las atribuciones que le han sido conferidas dentro de la Ley Federal de Protección al Consumidor, asimismo, a no invadir las atribuciones del Senasica, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inegi, a integrar a las mujeres afromexicanas en el próximo ejercicio para la elaboración de la ENDIREH, a cargo del diputado Pedro Sergio Peñaloza Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a Pemex, a la ASEA y de la Sener, a informar a la opinión pública, sobre el estado de conservación que guardan los ductos, tuberías, baterías y demás instalaciones destinadas al transporte y almacenamiento de combustibles de dicha depedencia en Tabasco, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los 18 congresos locales del país que no han armonizado sus respectivas constituciones en materia de revocación de mandato, a realizar las reformas legislativas correspondientes, a cargo del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a hacer público un informe sobre el estado que guardan las investigaciones relativas al ciberataque que recibió dicha dependencia, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, relativo a la demanda interpuesta por el Gobierno de México en contra de la negligencia de empresas estadounidenses que fabrican, distribuyen y venden armas de fuego y facilitan su tráfico ilícito hacia el país, a cargo del diputado Ismael Brito Mazariegos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a informar a la opinión pública sobre un nuevo Plan de Estudios 2022 de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria, y sobre una prueba piloto en 30 escuelas por entidad federativa durante el ciclo escolar 2022-2023, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Jucopo y a la Mesa Directiva, ambas de esta soberanía, a acordar la celebración de una sesión solemne para conmemorar el 22 aniversario de la muerte de la Defensora de los Derechos Humanos, licenciado Digna Ochoa y Plácido, a cargo del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a hacer público un informe sobre el gasto, destino y uso de los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las entidades federativas entre 2018 y 2022, a cargo del diputado José Mauro Garza Marín, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a realizar diversas acciones para fortalecer a los productores nacionales de cacahuate, a cargo de la diputada Martha Alicia Arreola Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la APF, a remitir a la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad antes del 31 de octubre las propuestas de NOMs que no fueron actualizadas en el actual Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, relacionadas con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje, a cargo del diputado José Luis Báez Guerrero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a través del COPRED, a atender las denuncias expresadas por parte de entrenadores de perros de asistencia, quienes sufrieron discriminación el 13 de octubre de 2022 por parte de miembros de la Policía Bancaria e Industrial en la línea 7 del STC, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura, a instalar el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, a incluir el puente vehicular de Tlatepusco, San Felipe Usila, Tuxtepec, Oaxaca, en la cartera de programas y proyectos de inversión, a cargo del diputado Ángel Domínguez Escobar, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Infraestructura, para dictamen.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SEP, a instaurar una campaña nacional de salud en favor de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

25. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Jucopo de esta soberanía a implementar mecanismos de democracia deliberativa que generen estudios, opiniones y propuestas, para fortalecer la aplicación eficiente y eficaz de las reformas de Seguridad Nacional 2022, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas en las entidades federativas, a reforzar las acciones al cuidado del medio ambiente, para que la comunidad escolar evite el uso de materiales no biodegradables para forrar útiles escolares, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las universidades públicas y privadas, a que el sembrar un árbol sea un requisito de titulación, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar para incorporar el Programa de Sembrando Vida en el estado de México, suscrito por el diputado Javier Huerta Jurado y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Bienestar, para dictamen.

29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a actualizar la normatividad y guías de práctica clínica vigentes en materia de diabetes mellitus tipo 2, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

30. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Comité Técnico de Protección de Estatuas y Monumentos del Gobierno de Nuevo León, a emitir el dictamen de remoción y demolición del monumento del exmandatario Gustavo Díaz Ordaz ubicado en el municipio de Linares, a cargo de la diputada Karla Estrella Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

31. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos estatales, a promover e implementar la aplicación Mi Taxi a nivel nacional, a cargo de la diputada Mónica Becerra Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

32. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a dar continuidad al proceso de revisión de la NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

33. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, a ajustar los precios de garantía en concordancia con el incremento de la inflación y el costo de producción, especialmente en el caso del frijol, a cargo de la diputadaNoemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

34. Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía, felicita al SAT por su labor en el combate al mercado ilícito y se le exhorta a continuar con estas acciones a fin de proteger al consumidor y asegurar que todos paguen los impuestos que corresponde, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

35. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a actualizar en todas las disposiciones reglamentarias relativas al expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados, en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de diversos grupos parlamentarios.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

36. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a intervenir a favor de los inmigrantes indígenas mexicanos en Los Ángeles, California, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

37. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a implementar como parte de los planes y programas de estudio de la educación básica, la instrucción de Lengua de Señas Mexicana, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y de diversos Grupos Parlamentarios.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

38. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la Secretaría de Salud y al Poder Judicial de la Federación, en materia de la remoción y sustitución del asbesto, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra e integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena, Verde Ecologista de México y del Trabajo.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

39. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a coadyuvar con la Secretaría de Salud, a realizar acciones, programas y fortalecer el financiamiento para el manejo de las enfermedades crónicas no transmisibles, suscrito por los diputados Mónica Becerra Moreno, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

40. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC, en materia de derechos humanos de las mujeres presas en el CEFERESO No. 16 de Morelos, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.

41. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Insabi, a realizar las acciones correspondientes y necesarias a efecto de que se publique en su página de internet toda la información relacionada a los recursos entregados a la UNOPS y a los contratos firmados con este organismo internacional, suscrito por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 4o., 5o. y 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Raquel Bonilla Herrera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción I del numeral 1 del artículo 6, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículo 60-A, 60-B y un segundo párrafo al artículo 70, al Código Federal de Procedimientos Civiles, en materia de justicia digital, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Las tecnologías de la información y comunicación, conocidas por sus siglas TIC, dentro de la globalización en que estamos inmersos, son claves para mantener interconectados a la sociedad en el rubro de la información. En lo que respecta a las instituciones jurídicas su objetivo es fortalecer el sistema de impartición de justicia a través del uso de medios electrónicos garantizando la seguridad jurídica. A través de estas tecnologías, en la impartición de justicia y trámites administrativos han demostrado mejorar la gestión y desempeño del sistema judicial mejorando el acceso a la justicia de manera pronta y expedita.

En nuestro país y en América Latina existen juicios en línea, así como la utilización de medios electrónicos e internet para generar certidumbre jurídica en distintos procesos, garantizando información sobe los diferentes procesos judiciales transparentando la rendición de cuentas con el objetivo de eficientar la impartición de justicia.

Para la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), la sociedad de la información está produciendo profundos cambios a nivel global impulsada por los medios disponibles para crear y divulgar información mediante tecnologías digitales. Los flujos de información, las comunicaciones y los mecanismos de coordinación se están digitalizando en muchos sectores de la sociedad, proceso que se traduce en la aparición progresiva de nuevas formas de organización social y productiva.

Es oportuno recordar que, en el año de 2005, se celebró la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, auspiciada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones, organismo adscrito a la Organización de las Naciones Unidas, el objetivo de dicha cumbre es permitir el crecimiento y desarrollo sostenible de las redes de telecomunicaciones y de información para facilitar su acceso universal para beneficiarse de ellas. Dentro de sus resoluciones se propuso crear mayor conciencia acerca de las ventajas que las tecnologías de la información y la comunicación pueden aportar y la forma en que pueden transformar las actividades y la vida de las personas, así como su interacción, así como potencializar su utilización para diseñar sistemas públicos de información sobre leyes y reglamentos, desarrollar acceso públicos para obtener una amplia disponibilidad de la información en las actividades gubernamentales y de impartición de justicia.

En este sentido, la justicia digital es un medio para efectuar los procesos jurídicos, la cual, con la utilización de los mejores mecanismos y reglas, se convierte en un potencial transformador del sistema de impartición de justicia. El uso de las diferentes herramientas de las tecnologías de la información y comunicación ofrecen soluciones para acercar la justicia y la cultura de la legalidad a los diferentes sectores de la población.

A raíz de la pandemia decretada por SARS-CoV-2 (covid-19), se cerraron los diversos juzgados situación que acrecentó el debate acerca de realizar procesos jurídicos de forma digital con la finalidad de continuar con la impartición de justicia, en su momento durante el confinamiento, el ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, doctor Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, expresó que “modernizar la justicia federal tiene un renovado sentido de urgencia en este momento por la pandemia. Es necesario, que la población tenga acceso a una justicia moderna, de mejor calidad, cercana, con mayor sensibilidad social y humana, así como eficiente y eficaz.

Actualmente los diferentes poderes judiciales de los países están recurriendo a la justicia digital, debido a las ventajas de su aplicación en la impartición de justicia, entre las que se encuentran procesos más rápidos, la implementación de audiencias en línea reducen el volumen y costo de archivos y documentos, entre otros, brindando seguridad a los interesados, al contener mecanismos de acceso restringido para las partes en los litigios, con ello, se garantiza la protección de sus datos personales.

Canadá en 2016, implementó el primer tribunal civil completamente en línea, a través de su utilización se dinamizan todas las fases de un proceso en materia civil, acercando a la sociedad a una pronta administración de la justicia, así como fomentando el conocimiento de los derechos de los ciudadanos.

Perú implementa el Expediente Judicial Electrónico, su utilización coadyuva a un mejor control y disponibilidad de la información, agiliza el proceso y, fortalece la cultura de transparencia acercando la administración de justicia a la ciudadanía. En Ecuador, la justicia digital ha sido implementada con la finalidad de otorgar una solución a la saturación de los juzgados, ofreciendo mayor rapidez a los diferentes procesos judiciales, en este contexto, con la ejecución de los juicios orales se redujo un 25 por ciento el tiempo de duración promedio de los procesos, asimismo se ha introducido la figura del expediente digital con eficiencia y mayor acceso remoto a la justicia.

En España, se utiliza Lexnet, portal electrónico operado por el Ministerio de Justicia, el cual genera información de los órganos judiciales, con el objetivo de que las y los abogados se beneficien en el intercambio seguro de información; uso de firma electrónica reconocida; acceso vía web; funcionamiento 24x7; ahorro de papel; e inmediatez en las comunicaciones; entre otros beneficios.

Con respecto a nuestro país, la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (Firel), la cual es, el instrumento a través del cual se ingresa al Sistema Electrónico para presentar medios de impugnación, enviar promociones y/o documentos, recibir comunicaciones, notificaciones y/o documentos oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos competencia de la Suprema Corte, del Tribunal Electoral, de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados, la cual producirá los mismos efectos que la firma autógrafa.

Con la utilización de la Firel, se han digitalizado diferentes acciones para la impartición de la justicia, se han agilizado los trámites las 24 horas y 365 días del año, la consulta de expedientes, la promoción de amparos, la recepción de notificaciones, entre otros servicios.

El Código Nacional de Procedimientos Penales establece la participación de testigos mediante las tecnologías digitales como parte de las características de los testimonios especiales. En materia administrativa, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa admite el juicio en línea.

En el Código Civil Federal, encontramos una relación directa entre la función judicial y la utilización de los medios electrónicos. En el Libro Cuarto relativo al tema de las Obligaciones, en su artículo 1803, primer párrafo establece que el consentimiento puede ser expreso o tácito, para ello se estará a lo siguiente: “I. Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos”.

En tanto, el artículo 1811 señala que la propuesta y aceptación hechas por telégrafo producen efectos si los contratantes con anterioridad habían estipulado por escrito esta manera de contratar, y si los originales de los respectivos telegramas contienen las firmas de los contratantes y los signos convencionales establecidos entre ellos. Tratándose de la propuesta y aceptación hechas a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología no se requerirá de estipulación previa entre los contratantes para que produzca efectos.

El artículo 1834 establece que cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos deben ser firmados por todas las personas a las cuales se imponga esa obligación. Si alguna de ellas no puede o no sabe firmar, lo hará otra a su ruego y en el documento se imprimirá la huella digital del interesado que no firmó. Y el artículo 1834 Bis, de acuerdo a los supuestos previstos por el artículo anterior se tendrán por cumplidos mediante la utilización de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, siempre que la información generada o comunicada en forma íntegra, a través de dichos medios sea atribuible a las personas obligadas y accesible para su ulterior consulta.

Asimismo, el artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología.

En el ámbito de las entidades federativas se han emprendido acciones encaminadas a la digitalización de diferentes tramites, en este sentido 16 poderes judiciales permiten la presentación de demandas o solicitudes vía remota, mientras que 9 permiten el seguimiento completo de sus casos a través de juicio en línea. Las entidades federativas que permiten la presentación de demandas o solicitudes en línea son: Baja California, Ciudad de México, Coahuila, estado de México, Guerrero, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Veracruz, Yucatán y el Poder Judicial Federal. En tanto, las entidades federativas que pueden efectuarse juicios en línea son: Baja California, Baja California Sur, Coahuila, estado de México, Guerrero, Nuevo León, Puebla, Tamaulipas, Veracruz y el federal.

En 2019 se observaba que 18 poderes judiciales contaban con un expediente electrónico; en junio de 2021 eran 25 los que tenían uno. En 2019 ocho poderes judiciales tenían una plataforma para la presentación de demandas y/o promociones en línea, para 2021, ya eran 16. Con la utilización de las herramientas digitales en México se ha observado una reducción del uso de papel, reducción de gastos, el trabajo a distancia y una mayor eficiencia en los procesos.

Fuente: México evalúa, Diagnostico de Implementación de herramientas Tecnologías en los poderes judiciales de México, disponible https://www.mexicoevalua.org/mexicoevalua/wp-content/uploads/2022/02/diagnostic o-3feb-ok.pdf

El uso de medios electrónicos ha servido en México y América Latina para consolidar la seguridad jurídica en la impartición de justicia y en los trámites jurídicos o solicitudes de información. Con su implementación los sistemas judiciales se han modernizado para alcanzar juicios más económicos y expeditos convirtiéndose en un medio para facilitar las tareas judiciales. En este sentido, con la digitalización de expedientes se consiguen significantes ahorros tanto para los tribunales y juzgados como para el usuario quienes pueden consultar los expedientes sin necesidad de trasladarse al juzgado. Hoy en día resulta trascendental que se digitalicen los servicios que se prestan en los diferentes poderes judiciales tanto federal como de las entidades federativas a fin de acercar la impartición de justicia y acceso a la información a las y los ciudadanos inmersos en una situación de carácter legal.

Fuente: Cuatro Cero, La ruta de la justicia digital en México, 01 de junio de 2022, disponible en https://cuatro-cero.mx/noticias/la-ruta-de-la-justicia-digital-en-mexico/

Ante tal situación, la presente iniciativa tiene por objeto otorgar mecanismos que garanticen el uso de las tecnologías de la información y comunicación en la impartición de justicia con miras del fortalecimiento de una justicia digital en nuestro país. Con ello, se estará ofreciendo mecanismos para un eficaz funcionamiento de las instituciones del sistema de justicia, así como el acceso a la información y a diversos servicios judiciales. Así mismo, se promoverá la utilización de la tecnología en el sistema de justicia, sector que representa una oportunidad para consolidar la eficacia y eficiencia en los procesos judiciales.

Con el fortalecimiento de la administración de justicia digital se brindarán servicios jurídicos de calidad, se garantizará la protección de los datos personales y la privacidad de los usuarios otorgando certeza y seguridad jurídica en el proceso. El Poder Judicial debe enfrentar un proceso de transformación y modernización de sus procesos, por tal motivo, la propuesta está enfocada a la implementación de plataformas, sistemas y herramientas electrónicas en los procesos judiciales en materia civil.

Es preciso, hacer mención que la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo establece en su artículo 1o., que el derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él. En tanto, el párrafo tercero de su artículo 2o. señala que los estados tienen el derecho y el deber de formular políticas de desarrollo nacional adecuadas con el fin de mejorar constantemente el bienestar de la población entera y de todos los individuos sobre la base de su participación activa, libre y significativa en el desarrollo y en la equitativa distribución de los beneficios resultantes de éste. En este sentido, es obligación del Estado mexicano garantizar una administración de justicia sustentada en la utilización de las nuevas tecnologías para alcanzar una sociedad más inclusiva.

La materia jurídica no es ajena a los medios electrónicos, por ello, este camino de fortalecimiento para consolidar al estado de derecho en nuestro país nos conducirá a la vanguardia en la infraestructura tecnológica, con recursos materiales y recursos humanos capacitados. La aplicación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación aún es una asignatura que ha quedado pendiente de atender, en el cumplimiento de los derechos humanos en materia de justicia pronta y expedita.

Las tecnologías de la información y las comunicaciones, dentro de un proceso judicial, se convierten en un instrumento de apoyo, tales como la identificación plena de los sujetos procesales, el reconocimiento de los documentos electrónicos y la seguridad sobre las actuaciones procesales, entre otras. La utilización de tecnologías puede auxiliar al juez a obtener información de la mayor calidad posible, a preparar, redactar, y en general, la toma de decisiones.

Por todo lo anteriormente expresado, presento ante el pleno de esta Asamblea, el presente proyecto de:

Decreto por el que se adicionan los artículos 60-A, 60-B y un segundo párrafo al artículo 70, al Código Federal de Procedimientos Civiles en materia de justicia digital

Artículo Único. Se adicionan los artículos 60-A, 60-B, y un segundo párrafo al artículo 70, al Código Federal de Procedimientos Civiles, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 60-A. Los tribunales podrán emplear medios electrónicos, conforme a las disposiciones y lineamientos que se expidan para tal efecto, debiendo establecer los medios de seguridad que permitan garantizar la integridad, confiabilidad, conservación, autenticidad y confidencialidad de la información, registros y datos personales de los usuarios.

Los tribunales serán los responsables de vigilar la digitalización de todas las promociones y documentos que presenten las partes, así como los acuerdos, resoluciones o sentencias y toda información relacionada con los expedientes en el sistema, así como aquellas que se presenten de manera electrónica. Para tal efecto, juezas, jueces, magistradas, magistrados, ministras, ministros, secretarias y secretarios deberán contar con Firma Electrónica, misma que servirá para certificar los actos que el presente Código determine.

Artículo 60-B. Para la implementación de las plataformas, sistemas y herramientas tecnológicas necesarias para la modernización y adecuado funcionamiento, los tribunales atenderán las siguientes características, las cuales son enunciativas mas no limitativas:

I. Habilitación del uso indistinto de la firma electrónica certificada por parte juezas, jueces, magistradas, magistrados, ministros, ministras, secretarias y secretarios;

II. Uso de sello y documentos electrónicos en la elaboración de promociones, resoluciones, exhortos, oficios, diligencias y demás actuaciones judiciales;

IV. Instauración de un Sistema de Recepción Electrónico ante Oficialía de Partes del tribunal, facilitando la presentación de demandas, escritos iniciales o cualquier tipo de promociones;

V. Integración del expediente electrónico;

VI. Creación de la firma electrónica para uso en la suscripción de solicitudes, promociones, resoluciones y actuaciones judiciales;

VII. Los instrumentos y mecanismos que garanticen la protección de datos personales, así como de aquellos que faciliten la implementación de una justicia digital.

VIII. Las demás que dispongan los tribunales para la eficiente implementación de las plataformas, sistemas y herramientas tecnológicas.

Artículo 70. Puede ser propuesta, al tribunal, una demanda, tanto para la resolución de todas, como para la resolución de algunas de las cuestiones que puedan surgir para la decisión de una controversia.

Las partes podrán presentar solicitudes ante los Tribunales empleando los medios electrónicos, para tal efecto en sustitución de la firma autógrafa utilizarán la Firma Electrónica Certificada, conforme a los lineamientos emitidos por los Tribunales. El uso de dichos medios electrónicos será optativo para las partes, y podrá hacerse uso de ellos cuando así lo haya aceptado expresamente el promovente y siempre que pueda comprobarse fehacientemente su recepción mediante acuse de recibo electrónico.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Por sociedad de la información, debe entenderse como una sociedad caracterizada por un modo de ser comunicacional que atraviesa todas las actividades repercutiendo en todos los sectores sociales, convergiendo en los sectores de las telecomunicaciones, informática y audiovisual o mediático (redes sociales). Crovi, Delia, “Sociedad de la información y el conocimiento”, en Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales, núm.185, mayo-agosto 2002, México, p. 14.

2  Comisión Económica para América Latina y el Caribe, La sociedad de la información en América Latina: desarrollo de las tecnología y tecnologías para el desarrollo, División de Desarrollo Productivo y Empresarial, Programa Sociedad de la Información, Chile, 2008, p. 341

3  Jiménez Illescas, Juan Manuel, El Juicio en Línea. La impartición de justicia contenciosa administrativa federal a través de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, México, 2011, p.23.

4  Poder Judicial de la Federación, 2° Informe Ministro Presidente Arturo Zaldívar, Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2020, pp. 11-18, disponible en

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/version-interactiva/ Informe_Interactivo_PJF2020_MP_Arturo_Zaldivar.pdf

5  Cabezas, Víctor, Justicia digital para un mundo digital, Banco Mundial, 2020, disponible en

http://bit.ly/3rqdtST

6  Quispe, Angulo, Carlos Alberto, El expediente digital y su incidencia en la administración de justicia en el Perú, Universidad Señor de Sipán, disponible en

http://bit.ly/3oS7Dbd

7  García Mejía, Mauricio, Justicia y Coid-19: 3 formas de impartir justicia durante una pandemia, Banco Interamericano de Desarrollo, disponible en

http://bit.ly/3az1QlY

8  Ministerio de Justicia de España, Transformación digital de la justicia, disponible en

http://bit.ly/3ormBog

9  Poder Judicial de la Federación, E-Justicia o Justicia Digital. Firma electrónica FIREL, Suprema Corte de Justicia de la Nación, disponible en

https://www.scjn.gob.mx/justicia-digital/

10  El artículo 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales señala que las personas que no puedan concurrir a la sede judicial, por estar físicamente impedidas, serán examinadas en el lugar donde se encuentren y su testimonio será transmitido por sistemas de reproducción a distancia.

11  Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Juicio en línea, disponible en

https://www.tfja.gob.mx/juicio_linea/juicio_linea/

12  Cámara de Diputados, Código Civil Federal, disponible en

www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccf.htm

13  Cámara de Diputados, Código Federal de Procedimientos Civiles, disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFPC.pdf

14  Orduña, Arley, “El Poder Judicial en la era digital post-Covid”, en Hechos y Derechos, Instituto de Investigaciones Jurídicas-Universidad Nacional Autónoma de México, septiembre-octubre 2020, disponible en

https://bit.ly/3nYudhO

15  Pantin, Laurence y Escamilla, Laurence, “La justicia digital en México: el saldo a un año del inicio de la pandemia”, en México evalúa, disponible en

https://www.mexicoevalua.org/la-justicia-digital-en-mexico-el-sa ldo-a-un-ano-del-inicio-de-la-pandemia/

16  García, Nayeli, Juicio en línea, disponible en

http://www.ordenjuridico.gob.mx/Publicaciones/Tesis2012/NayeliGa rcia.pdf

17  Organización de las Naciones Unidas, Declaración sobre el derecho al desarrollo, disponible en

http://www.un.org/es/events/righttodevelopment/declaration.shtml

18  Mayoral Murillo, Javier, “La función jurisdiccional y los medios electrónicos en materia civil y mercantil”, en Instituto de la Judicatura-Poder Judicial del Estado de Baja California, disponible en

http://www.pjbc.gob.mx/instituto/LA%20FUNCI%C3%93N%20JURISDICCIO NAL%20Y%20LOS%20MEDIOS%20ELECTRONICOS%20 EN%20MATERIA%20CIVIL%20Y%20MERCANTIL.pdf

19  Londoño Sepúlveda, Néstor Raúl, “El uso de las TIC en el proceso judicial: una propuesta de justicia en línea”, en Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 2010, p.128.

20  Lillo Lobos, Ricardo, El Uso de Nuevas Tecnologías en el Sistema Judicial: experiencias y precauciones, disponible en:

http://www.iijusticia.org/docs/LOBOS.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de septiembre de 2022.– Diputada Raquel Bonilla Herrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY GENERAL DE TURISMO

«Iniciativa que reforma los artículos 4o. y 5o. de la Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe diputada Alma Anahí González Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II y 72, inciso H) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

México es un destino turístico atractivo que cuenta con una gran diversidad de recursos naturales, enorme riqueza cultural e histórica, reconocidas a nivel mundial, privilegiada ubicación geográfica y clima excepcional.

Con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), nuestro país mantiene un posicionamiento de primer lugar (compartido con Colombia) en el continente americano y el sexto a nivel mundial en número de sitios declarados Patrimonio de la Humanidad en las categorías de, patrimonio cultural, patrimonio natural y patrimonio mixto.

Destaca la gastronomía mexicana, por su gran diversidad de platillos y la charrería, el arte ecuestre mexicano¹, que han sido distinguidas por la UNESCO como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad.

Por lo anterior descrito, México es una potencia en desarrollo dentro del sector turístico global, y así lo confirman datos de la Organización Internacional de Turismo (OIT), misma que lo registró como el tercer país más visitado del 2020 (durante la pandemia) con 24.3 millones de turistas recibidos y el segundo en 2021 con un total de 31.9 millones de visitantes, solo por detrás de Francia.

De acuerdo con los resultados de la Encuesta de Viajeros Internacionales publicados por el INEGI, entre enero y mayo de 2022, 14 millones 629 mil turistas internacionales ingresaron al país, lo que representa 35.7% más respecto a lo captado en el mismo periodo de 2021; estando a 19.4% de alcanzar los 18 millones 160 mil de turistas internacionales del mismo periodo de 2019, de acuerdo con información del titular de la Secretaría de Turismo.

Los importantes resultados obtenidos por el sector turístico en el país reflejan el gran trabajo que ha realizado el gobierno, pues por el confinamiento ocasionado por la pandemia de COVID-19, el turismo fue una de las economías más afectadas con el cierre de los viajes y el comercio mundial.

Pese a las adversidades que, incluso hasta nuestros días, han representado las restricciones a causa de la contingencia sanitaria mundial, la actividad turística se fortalece, pues refleja un importante impacto en la economía nacional, pues tanto sólo en el 2021, registró un aumento de 9.2% en los niveles de nuevos puestos de trabajo en comparación con el 2020, contribuyendo con 6 millones de empleos, ¡casi el 11% del total del país!

Se prevé que para este año en curso, el alza será de 7% más que el año pasado, con más de 419 mil nuevos puestos. Además, se prevé una contribución de 190.71 ciento noventa, punto setenta y un billones de dólares al Producto Interno Bruto (PIB) nacional. Es decir, un crecimiento de más del 13% respecto a 2021.

El titular de la Secretaría de Turismo informó “al cierre de 2022, que se prevé la llegada de 42 millones 301 mil turistas internacionales, 10 millones 425 mil más que lo registrado en 2021, esto es un aumento de 32.7%, y a solo 6% para alcanzar el nivel observado en 2019.”

México, es reconocido a nivel internacional como destino preponderante de “Sol y playa”; ahora, la cuarta transformación toma en cuenta que existen además el turismo cultural, el histórico, el de congresos y convenciones, de negocios, de aventura, ecoturismo, deportivo, de salud, entre otros, por lo que es imprescindible promocionar las nuevas alternativas turísticas en las que, se haga visible para el turismo mundial la riqueza natural, social, rural, inmobiliaria, de comunicaciones y transportes con lo que cuenta este importante generador de economías para beneficio del pueblo.

Nuestro país tiene lo necesario para ofrecer una inolvidable experiencia turística. Playas, desiertos, montañas, y selvas; sitios arqueológicos, ciudades virreinales, arquitectura moderna y postmoderna; museos, pueblos pintorescos y manifestaciones culturales vivas, como arte popular o gastronomía.

Por ejemplo, Quintana Roo, única puerta de México hacia el Gran Caribe, tiene a Cancún, el destino turístico de playa que más divisas aporta a la República, desde ahí, todo se desarrolló en los linderos de las playas. Hoy debemos prepararnos para la revolución económica que con en el turismo generará el tren maya, cambiará la realidad de millones de personas que viven en el sur México, facilitará que el espíritu de bienestar cosmopolita del turismo mundial, con su tendencia de libertad, la elección social, el bienestar económico y el desarrollo humano, vayan tierra adentro, hacia el turismo de coinversión rural en los poblados y comunidades mayas tradicionales, sus talleres de artesanías, gastronomía, mercados locales y zonas arqueológicas.

Diecisiete estados en el país colindan con zona marítima como atractivo principal y todos tienen diversidad de opciones turísticas que ofrecer, de ahí la importancia de generar condiciones para consolidar los destinos tradicionales y posicionar nuevas propuestas, lo anterior, debido a que la política turística del pasado, se caracterizó por la concentración de infraestructura y servicios turísticos en pocos destinos y regiones, debilitando el pacto social con las mexicanas y los mexicanos, provocando el desequilibrio del desarrollo económico y social entre regiones, y la convivencia de paraísos turísticos con zonas de alta de marginación.

Este “giro” de visión y misión que caracteriza a la cuarta transformación, hace necesario fortalecer la Ley General de Turismo para que el Poder Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Turismo, tenga la obligación expresa desde sus tres niveles de gobierno, de fomentar y desarrollar acciones para diversificar el potencial turístico con que cuentan las distintas regiones, pero con un significado distinto, en el que prevalecerán los intereses de la sociedad en cada rincón del país, por lo que se proponen diversas reformas a la Ley General de Turismo, atendiendo a lo previsto en su artículo 2, fracción XV, que dispone:

Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto:

XV. Fomentar y desarrollar accionespara diversificar la actividad turística, todas las modalidades turísticas se considerarán como un factor de desarrollo local integrado, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades.

La reforma propuesta atiende a que estimo que “diversificar es la clave”, pues como lo informó el titular de la Secretaría de Turismo en 2019, en el país 92.5% del turismo internacional se concentra en sólo 6 destinos turísticos que son: Cancún, Ciudad de México, Los Cabos, Puerto Vallarta, Guadalajara y Monterrey.

Ante tal realidad informó en mayo de este año que la Secretaría de Turismo trabaja actualmente para reposicionar a México como potencia turística mundial en la diversificación de la oferta hacia las 254 plazas de vocación turística del país.

Por lo que en concordancia con la política turística del actual gobierno, se propone reformar los artículos 4 y 5 de la Ley General de Turismo, para establecer expresamente dentro de las facultades del Ejecutivo Federal, que ejerce por conducto de la Secretaría de Turismo, “la diversificación de la actividad turística de México”.

Para mayor claridad, las reformas que propongo se exponen en el siguiente cuadro comparativo:

LEY GENERAL DE TURISMO

Se considera que las reformas propuestas no contravienen la Ley General de Turismo, de lo contrario la fortalecen, pues actualmente, la fracción XV del artículo 2 de la Ley General de Turismo, prevé como objeto de dicha Ley, lo siguiente: “ fomentar y desarrollar accionespara diversificar la actividad turística, todas las modalidades turísticas se considerarán como un factor de desarrollo local integrado, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades”.

Además debe precisarse, que a pesar de lo previsto en dicha fracción en ningún otro artículo de la Ley General de Turismo se menciona “la diversificación de la actividad turística”, por lo que estimo que las reformas propuestas son necesarias y acordes con Objetivo Prioritario número 3 del Programa Sectorial de Turismo 2020-2024, dicho Objetivo Prioritario consiste en “Fortalecer la diversificación de mercados turísticos en los ámbitos nacional e internacional”.

De acuerdo con el Programa Sectorial de Turismo 2020-2024, el nuevo propósito de la política turística es eliminar la concentración de la infraestructura y los servicios en pocos destinos, particularmente de sol y playa, incluyendo más localidades y fomentando el desarrollo equilibrado de regiones poco atendidas, donde paradójicamente se encuentra la mayor riqueza cultural y natural.

De modo que, lograr lo anterior, en el Programa Sectorial se prevé implementar un Modelo de Regionalización Turística el cual está enfocado a estructurar las bases para el desarrollo turístico equilibrado entre regiones con una visión de largo plazo; asimismo, el Programa Sectorial propone fomentar los “Productos Turísticos Ancla” para fortalecer el enfoque regional, en coordinación con los gobiernos locales y la iniciativa privada, a fin de desarrollar productos “ancla” por entidad federativa y destino, los cuales consisten en identificar y desarrollar un producto turístico único y diferenciado en el destino.

Por lo aquí expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman las fracciones II, III, V, VIII y IX del artículo 4 y III del artículo 5 de la Ley General de Turismo.

Artículo Único. Se reforman las fracciones II, III, V, VIII y IX del artículo 4 y III del artículo 5 de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. ...

II. Promover y coordinar la diversificación de la actividad turística de México a nivel nacional e internacional;

III. Coordinar las acciones que lleven a cabo el Ejecutivo Federal, los Estados, Municipios y la Ciudad de México, en su caso; en el ámbito de sus respectivas competencias, para el desarrollo y diversificación de la oferta turística del país, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

IV. ...

V. Regular las acciones para la planeación, programación, diversificación, fomento y desarrollo de la actividad turística en el país;

VI. ...

VII. ...

VIII. Promover la infraestructura y equipamiento, que contribuyan al fomento, desarrollo y diversificación de la actividad turística, en coordinación con los Estados, Municipios y la Ciudad de México, y con la participación de los sectores social y privado, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

IX. Promover acuerdos de cooperación y coordinación con el sector privado y social para para el impulso, fomento, desarrollo y diversificación de la actividad turística;

X. a XV. ...

Artículo 5. ...

I. ...

II. ...

III. Fomentar y desarrollar acciones para diversificar la actividad turística con que cuentan las distintas regiones del país.

...

...

...”

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://consulmex.sre.gob.mx/sacramento/index.php/promocion-economica-turistica -y-cultural/por-que-visitar-mexico-visiting-mexico#:~: text=M%C3%A9xico%20es%20un%20destino%20tur%C3%ADstico,posici%C3%B3n%20como%20un %20destino%20atractivo. &

https://www.entornoturistico.com/la-charreria-es-declarada-por-l a-unesco-patrimonio-cultural-inmaterial-de-la-humanidad/

2 https://www.gob.mx/sectur/prensa/ingresan-a-mexico-mas-de-10-mil-777-millones-d e-dolares-por-turistas-internacionales-de-enero-a-mayo-de 2022#:~: text=El%20titular%20de%20Sectur%20puntualiz%C3%B3,el%20mismo%20periodo%20de%202 019

3 https://realestatemarket.com.mx/noticias/turismo/37849-turismo-en-mexico-genera ra-mas-de-2-7-millones-de-nuevos-em-pleos#:~: text=Para%20este%202022%2C%20el%20alza,Interno%20Bruto%20(PIB)%20nacional.

4 https://www.gob.mx/sectur/prensa/ingreso-de-divisas-por-turismo-podria-superar- los-26-mil-millones-de-dolares-al-cierre-de-2022

5 https://www.cultura.gob.mx/turismocultural/cuadernos/pdf19/articulo9.pdf

6 V. Programa Sectorial de Turismo 2020-2024.

7 https://www.milenio.com/especiales/haremos-de-mexico-una-potencia-turistica-sec tur

8 Disponible en:

http://sistemas.sectur.gob.mx/SECTUR/PROSECTUR_2020-2024.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de septiembre de 2022.– Diputada Alma Anahí González Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de requisitos para ocupar distintos cargos públicos, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe diputada Raquel Bonilla Herrera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción I del numeral 1 del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo tercero de la fracción III del artículo 116, el párrafo segundo de la fracción IV del apartado A del artículo 122, y se adicionan la fracción VIII al artículo 55, la fracción VII al artículo 82, y la fracción VII al artículo 95, todos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Históricamente las mujeres han sido objeto de diferentes formas de violencia y discriminación en lo concerniente a sus derechos políticos-electorales,  en este contexto han sido trascendentales los avances que se han logrado a través de los años, implementando diversos mecanismos institucionales encaminados a incrementar la representación de las mujeres en los espacios de decisión pública, así como contener el aumento exacerbado de la violencia política contra las mujeres  a través de estrategias que garanticen el pleno ejercicio de su ciudadanía en un ambiente libre de violencia.

Dentro de los diversos estudios que se han realizado en esta materia, es importante destacar la distinción entre violencia hacia las mujeres y violencia de género, ya que son nociones diferentes. La violencia hacia las mujeres, se concibe por el sólo hecho de ser mujer y se reproduce en ámbitos como la familia, la sociedad o el Estado, en lo que respecta a la violencia de género, esta se refiere a una construcción social basada en estereotipos que se asocian a un sexo determinado, permitiendo la inclusión de categorías sociales como raza, origen étnico, clase, condición social, religión, así como otras interseccionalidades como las minorías, las identidades y las orientaciones sexuales e incluso involucrar la violencia contra los hombres, niñas y niños por lo que resulta un término más amplio e incluyente.

En cuanto a México, en este devenir de lucha constante, es importante recordar que uno de los documentos bases enfocado a atender la violencia política contra las mujeres es, el Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres de 2016, el cual tuvo como objetivo plasmar el concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género, convirtiéndose en un referente de actuación interinstitucional para atender el problema en sus distintos ámbitos de competencias.

Posteriormente, el 13 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de prevenir, atender, sancionar y erradicar el delito, así como para otorgar medidas de protección y reparación del daño a las víctimas de violencia política en razón de género.

Del decreto se desprende que, en materia penal-electoral, el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, señala con respecto a los sujetos activos y pasivos permite considerar que los servidores públicos, funcionarios públicos, dirigentes partidistas, candidatos o precandidatos, entre otros, pueden cometer el delito en contra de las mujeres por violencia política por razón de género y, por tanto, la pena se impondrá en base a la función que cada uno de ellos desempeña.

En lo tocante a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se conceptualiza el término violencia política contra las mujeres previsto en el artículo 3° de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así mismo establece en el artículo 10 que, entre los requisitos para ser diputada o diputado federal, senadora o senador se encuentra no estar condenado o condenada por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género. Señala en el artículo 44 que, entre las atribuciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, estará vigilar que las actividades de los partidos nacionales se desarrollen con apego a los lineamientos que emita para que dichas organizaciones prevengan, atiendan y erradiquen la violencia política contra las mujeres, en el artículo 42, precisa que la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Nacional Electoral, funcionará permanentemente, y el artículo 42 Bis, enumera las conductas que constituyen violencia política contra las mujeres dentro y fuera del proceso electoral entre las cuales se encuentran: Obstaculizar los derechos de asociación o afiliación política a las mujeres; Ocultar información a las mujeres con el objetivo de impedir la toma de decisiones y el desarrollo de sus funciones y actividades; Proporcionar información falsa, incompleta o imprecisa para impedir el registro a las mujeres que aspiran a ocupar un cargo de elección popular; Cualesquiera otras acciones que lesionen o dañen la dignidad, integridad o libertad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.

En la Ley General de Partidos, en el artículo 25, se plasmó en las obligaciones de los partidos políticos, entre otras, garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos político-electorales libres de violencia política; sancionar todo acto relacionado con violencia política contra las mujeres a través de los procedimientos internos disponibles; promover, proteger y respetar los derechos políticos y electorales de las mujeres establecidos en la Constitución Federal y los tratados internacionales firmados y ratificados por México. En los artículos 37 y 39, se menciona que en la declaración de principios y estatutos de los partidos políticos se deberán establecer los mecanismos que garanticen la prevención, atención y sanción de la violencia política contra las mujeres en razón de género.

A la par surge la propuesta de grupos feministas, denominada “3 de 3 contra la violencia de género” o “3 de 3”, con el objetivo de establecer mecanismos para impedir que aquellas personas generadoras de violencia familiar o doméstica, violencia sexual o que incumplan con sus obligaciones alimentarias, se registren a una candidatura de elección popular.

Asimismo, en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación bajo el expediente SUP-REC-91/2020 y acumulado, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el 4 de septiembre de 2020, aprobó los Lineamientos para la Integración, Funcionamiento, Actualización y Conservación del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, en donde se precisan las particularidades de su aplicación en las entidades federativas del país.

De igual manera, el 28 de octubre de 2020, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, aprobó el Acuerdo INE/CG517/2020 que contiene los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Es relevante destacar que los hombres son quienes ejercen en mayor proporción el acoso, hostigamiento, agresiones y violación, pero también es preciso expresar que no son los únicos ya que existen casos en que las mujeres cometen este tipo de conductas. Por tal motivo, la reglamentación emitida por la autoridad electoral, estableció que, quienes aspiren a alguna candidatura de elección popular deberán firmar un formato denominado “3 de 3 contra la violencia”, en donde aquellos que aspiren a ser candidata o candidato deberán declarar de buena fe y bajo protesta de decir verdad que no cuentan con condena o sanción mediante resolución firme por: violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito público o privado; delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; y tener deudas alimentarias o incurrir en mora en el cumplimiento de estas obligaciones, salvo que la persona acredite estar al corriente del pago de las mismas o las cancele en su totalidad y no tenga registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.

Los lineamientos también señalan que los partidos políticos deben presentar ante la Comisión de igualdad y no discriminación del Instituto Nacional Electoral, un informe anual en donde incluirán un registro estadístico de los casos presentados en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género; sobre las acciones y omisiones de vulneraciones a los derechos políticos y electorales de las mujeres y de las resoluciones que, en su caso, se hayan adoptado.

En este escenario, es preciso remarcar que se logró un gran avance en establecer en la legislación electoral como requisito para ser candidato no estar condenado o condenada por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, y en reglamentación por parte de la autoridad electoral expresar de buena fe y bajo protesta que no han sido condenados o sancionados por violencia familiar y/o doméstica, por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; y por incumplimiento de sus obligaciones surgidas por procedimiento de carácter de pensión alimentaria.

Sin embargo, en ambos casos solo refiere a candidaturas a diputaciones federales y senadurías, quedando para otros cargos de elección popular a interpretación por parte de las autoridades correspondientes, con respecto a la locución “modo honesto de vivir” como requisito de elegibilidad, situación que ocurrido en diversas resoluciones emitidas por los Tribunal Electorales Locales y del Poder Judicial de la Federación.

En el mismo sentido, los lineamientos no establecen que el formato “3 de 3” sea un requisito de elegibilidad para las y los candidatos que aspiran a participar en un proceso electoral, así mismo no se especifica la temporalidad para aquellas o aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el formato “3 de 3”, solo tiene el carácter de documentación que debe presentarse. De igual manera, no se establece la consecuencia que ocurrirá cuando una candidata o candidato manifiesta bajo protesta de decir verdad que no tiene antecedentes, pero en realidad sí los tiene, tampoco se señala los mecanismos mediante los cuales los partidos políticos podrán o deberán verificar su cumplimiento.

Han sido trascendentales los lineamientos, ya que con ellos, se han creado las bases hacia la consolidación de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el acceso a los cargos públicos libres de violencia y discriminación, es imperante que el Poder Legislativo de la experiencia de su ejecución los lleve a un rango de carácter legal, ya que su implementación conlleva grandes retos en su interpretación y aplicación por parte de los partidos políticos y aspirantes a una candidatura, así como para las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales, en razón a su contenido y alcances señalando cuestiones que no están expresamente previstas en los reglamentos.

Con dicha acción, se robustecerá el andamiaje legal que inicio con las reformas publicadas en abril de 2020 a diversas leyes en materia de violencia política en razón de género, las cuales permiten sancionar a los partidos políticos que la cometan hasta con el retiro de su registro; a las y los candidatos con hasta la cancelación de su registro y de obtener el triunfo con la nulidad de la elección.

En nuestro México de hoy, es imperante la institucionalización de la perspectiva de género como un proceso sistémico de integración mediante el cual las exigencias de las mujeres por una igualdad sustantiva dentro de las normas institucionales, en donde se establezcan prácticas, reglas y sanciones encaminadas a combatir la violencia contra las mujeres y niñas, contrarrestando las desventajas sociales asociadas a la condición de sexo genérica. Resultará importante lograr que las estructuras de los partidos políticos no simulen erradicar la violencia contra las mujeres, en este ámbito estos institutos políticos deben comprender que es violencia de género y en forma contribuyen a su perpetuación.

Por ello, fomentar la cultura de la denuncia será de suma importancia para la protección y ayuda a las víctimas de violencia de género, así mismo su divulgación mediática de los daños e injusticias que ocasiona este tipo de violencia. Será un reto posicionar a la violencia hacia las mujeres como una estrategia de “cero tolerancia” al interior de las estructuras como hacia afuera, señalando que no existe la neutralidad ante una víctima de violencia.

Resulta importante mencionar que, según el Instituto Nacional Electoral, durante el proceso electoral 2020-2021, se presentaron diversos asuntos a nivel local en donde los partidos políticos solicitaron la negativa del registro de candidaturas postuladas por otro partido, debido a la omisión en la presentación del formato o por irregularidad en el mismo. En este sentido los tribunales locales en materia electoral resolvieron que al no tener carácter de requisito de elegibilidad el formato “3 de 3 contra la violencia” a nivel constitucional y en la legislación secundaria en materia electoral, y al ser sólo una garantía de protección prevista en los lineamientos su incumplimiento se subsanara o sancionara conforme al procedimiento establecido en dicho lineamiento, el cual, consiste en que la secretaría ejecutiva del órgano electoral, debía requerir tanto al partido como a las candidaturas que estuvieran en este supuesto a que subsanaran esta deficiencia y/o incumplimiento.

En lo concerniente a su implementación por el Instituto Nacional Electoral, en el proceso electoral 2020-2021, se inscribieron 89 personas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres, de las cuales, 81 aparecen en el mismo como sancionadas, de ese universo 23 personas fueron registradas como violentadoras. Las entidades federativas de Veracruz y Oaxaca fueron las que tuvieron un mayor número de registros, 22 y 20 respectivamente. Con respecto al porcentaje por género, destaca que los hombres sancionados representan el 85 % y el 13.81 % para las mujeres sancionadas, es decir, 12 mujeres y 69 hombres fueron inscritas y sancionadas.

Fuente: Instituto Nacional Electoral, Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres, disponible en https://portal.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionad as/

Actualmente, en dicho registro se encuentran inscritas 277, de las cuales se han sancionado a 249 personas, siendo hombres 207 y mujeres 42, de ellos, el 72.92%, que representan 202 personas a nivel municipal, el 14.08% representan 39 personal a nivel estatal y el 13 %, representan 36 % a nivel federal.

Fuente: Instituto Nacional Electoral, Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres, disponible en https://portal.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionad as/

Fuente: Instituto Nacional Electoral, Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres, disponible en https://portal.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-personas-sancionad as/

Estas cifras demuestran la urgencia de enfocarse a nivel municipal, en lo concerniente a los mecanismos e instrumentos que se están implementado para difundir los conceptos relacionados con la violencia política contra las mujeres, así como las políticas públicas dirigidas por las diversas instituciones municipales a su personal, a sus estructuras de gobierno y a la población en general.

Por tal motivo, la propuesta contenida en la presente iniciativa está encaminada a elevar a rango constitucional como requisitos de elegibilidad para cualquier cargo de elección popular a nivel federal y local, así como requisito para ser electos ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y las y los magistrados integrantes de los Poderes Judiciales Locales y las y los magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, los supuestos contenidos en el formato “3 de 3 contra la violencia”, con el objetivo de garantizar su debido cumplimiento e imposición de sanción por su incumplimiento, así como por falsear u omitir información, con ello, se garantizará la postulación de candidatas y candidatos que no estén estigmatizadas, ni consideradas como violentadoras.

Con estas reformas posicionaremos a nuestro país en la vanguardia en la adopción de mecanismos de carácter legal y no reglamentario para garantizar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres en contextos sin violencia y en igualdad de condiciones con los hombres. Es preciso recordar que, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, nuestro país, es considerado el segundo país en América Latina en tipificar el delito después de Bolivia y el primero en adoptar medidas de protección y reparación del daño a las víctimas acordes al contexto político-electoral en que se desarrollan.

Es trascendental no olvidar el avance que existe sin embargo aún quedan temas pendientes como establecer en la Carta Magna y posteriormente en la ley general en materia electoral y en la legislación de las entidades federativas, que los postulados que conlleva el formato 3 de 3 contra la violencia se conviertan en un requisito de elegibilidad para las candidaturas, así como señalar con total precisión la temporalidad mínima que deben tener las personas que fueron sancionadas por alguna de las conductas que previstas en la constitución para que puedan participar a un cargo de elección popular.

Por tanto, la agenda legislativa y las políticas públicas con enfoque de género deben estar enfocadas a continuar combatiendo la desigualdad estructural que se reproduce de igual manera en el ámbito privado como en el público, con el objetivo de construir y consolidar una democracia cimentada sobre la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, así como implementar programas que no solo atiendan o sancionen el delito de violencia política contra las mujeres, sino también que prevengan las conductas delictivas, con ello, cimentaremos en la sociedad un papel proactivo y no solo reactivo ante dicho fenómeno.

En México se han dado pasos significativos para asegurar la igualdad de derechos, desde las reformas constitucionales en materia de derechos humanos de 2011, las cuales modificaron las formas de proteger los derechos humanos de todas las personas, pasando por la reforma constitucional en materia político-electoral de 2014, que plasmo en la Carta Magna los principios de equidad y paridad en los procesos político-electorales, hasta la reciente reforma a diversas legislaciones de 2020, que incluyó un capítulo especial destinado a definir y tipificar la violencia política.

Resulta importante continuar con la visión de avanzar y evolucionar respecto a la protección de las personas que han sido violentadas en su persona y/o derechos consagrados en el marco jurídico de nuestro país por aquellas personas que pretenden aspirar a ser candidatas o candidatos a cargos de elección popular, ya que la violencia no se circunscribe solamente a la agresión individual, sino se abre hacia las acciones que limitan la libertad y las posibilidades de ser como una afectación social y colectiva. No olvidemos que la conceptualización de la violencia contra las mujeres basada en elementos de género en el contexto del ejercicio de sus derechos político-electorales son una nueva modalidad que impacta de manera directa en la definición de las políticas y programas para prevenirla, atenderla, sancionarla y resarcir el daño a las víctimas.

Por todo lo anteriormente expresado, presento ante el pleno de esta Asamblea, el presente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de requisito de elegibilidad.

Artículo Único: Se reforman el párrafo tercero de la fracción III del artículo 116, el párrafo segundo de la fracción IV del apartado A del artículo 122; y se adicionan la fracción VIII al artículo 55, la fracción VII al artículo 82, y la fracción VII al artículo 95, todos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 55. Para ser diputado se requiere:

I. a la VII. ...

VIII. No haber sido condenada o condenado, y/o sancionada o sancionado mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, por delitos sexuales, contra libertad sexual o la intimidad corporal, así como se encuentre registrada o registrado en la lista de deudores alimenticios, y/o en proceso de juicio de pensión alimentaria, o sancionado como deudor alimentario moroso.

Artículo 82. Para ser Presidente se requiere:

I. a la VII. ...         

VIII. No haber sido condenada o condenado, y/o sancionada o sancionado mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, por delitos sexuales, contra libertad sexual o la intimidad corporal, así como se encuentre registrada o registrado en la lista de deudores alimenticios, y/o en proceso de juicio de pensión alimentaria, o sancionado como deudor alimentario moroso.

Artículo 95. Para ser electo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se necesita:

I. a la VI. ...

VII. No haber sido condenada o condenado, y/o sancionada o sancionado mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, por delitos sexuales, contra libertad sexual o la intimidad corporal, así como se encuentre registrada o registrado en la lista de deudores alimenticios, y/o en proceso de juicio de pensión alimentaria, o sancionado como deudor alimentario moroso.

...

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo.

...

I. a la II. ...

III. El Poder Judicial de los Estados se ejercerá por los tribunales que establezcan las Constituciones respectivas.

...

Los Magistrados integrantes de los Poderes Judiciales Locales, deberán reunir los requisitos señalados por las fracciones I a V , VII del artículo 95 de esta Constitución. No podrán ser Magistrados las personas que hayan ocupado el cargo de Secretario o su equivalente, Fiscal General de Justicia o su equivalente, o Diputado Local, en sus respectivos Estados, durante el año previo al día de la designación.

...

...

...

IV. a la IX....

Artículo 122. La Ciudad de México es una entidad federativa que goza de autonomía en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa.

A. ...

I. a la III. ...

IV. El ejercicio del Poder Judicial se deposita en el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de la Judicatura y los juzgados y tribunales que establezca la Constitución Política de la Ciudad de México, la que garantizará la independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones. Las leyes locales establecerán las condiciones para el ingreso, formación, permanencia y especialización de quienes integren el poder Judicial.

Los magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México deberán reunir como mínimo los requisitos establecidos en las fracciones I a V , VII del artículo 95 de esta Constitución. No podrán ser magistrados las personas que hayan ocupado en el Gobierno de la Ciudad de México el cargo de Secretario o equivalente o de Fiscal General de Justicia o de integrante del Poder Legislativo local, durante el año previo al día de la designación.

....

V. a la VII. a la XI...

B. a la D. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión deberá, en un plazo de un año a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, realizar las adecuaciones normativas correspondientes a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

Tercero. Las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, deberán realizar las reformas correspondientes en su legislación, para armonizar su marco jurídico con lo dispuesto en el presente decreto.

Notas

1 Piscopo, Jennifer, “Capacidad estatal, justicia criminal y derechos políticos. Nueva mirada al debate sobre la violencia contra las mujeres en política”, en Política y Gobierno - 23, 2016, pp. 437-458.

2 El concepto de violencia contra las mujeres en política surge en Bolivia en 1999, con la denuncia que realizó un grupo de concejalas bolivianas, al dar a conocer el acoso y la violencia que sufrían las mujeres en municipalidades rurales. Krook, Mona Lena, “Empowerment versus backlash: gender quotas and critical mass theory”, en Politics, Groups and Identities, 2015, disponible en

https://www.tandfonline.com/doi/abs/10.1080/21565503.2014.999806 y en doi: 10.1080/21565503.2014.999806

3 Albaine, Laura, “Paridad de género y violencia política. Nuevos derechos, viejas prácticas”, en VIII Jornadas de Jóvenes Investigadores, Instituto de Investigaciones Gino Germani, Universidad de Buenos Aires, 2013.

4 Straka, Úrsula, Violencia de género, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela, 2015.

5 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, “Protocolo para la atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género, 2017”, disponible en

https://www.te.gob.mx/publicaciones/sites/default/files//archivo s_libros/Protocolo_Atenci%C3%B3n_Violencia_.pdf

6 Rodríguez-Calva, María Fernanda, Violencia contra las mujeres en política: Una mirada interseccional a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, Tesis de Maestría en Estudios Políticos y Sociales, Universidad Nacional Autónoma de México, 2019.

7 Secretaría de Gobernación, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Diario Oficial de la Federación, 13 de abril de 2020, disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha =13/04/2020#gsc.tab=0

8 Secretaría de Gobernación, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Diario Oficial de la Federación, 13 de abril de 2020, disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha =13/04/2020#gsc.tab=0

9 Secretaría de Gobernación, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Diario Oficial de la Federación, 13 de abril de 2020, disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha =13/04/2020#gsc.tab=0

10 Secretaría de Gobernación, Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Diario Oficial de la Federación, 13 de abril de 2020, disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha =13/04/2020#gsc.tab=0

11 Instituto Nacional Electoral, “Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género”, disponible en

https://www.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-person assancionadas/

12 Instituto Nacional Electoral, “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueban los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género”, INE/CG517/2020, disponible en

https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/1234 56789/115101

13 La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió dejar sin efectos el registro de Juan García Arias como candidato a Presidente Municipal de San Juan Colorado, Oaxaca, por incumplir con el requisito de tener un modo honesto de vivir, al ser responsables de cometer violencia política de género durante el ejercicio de su función como integrante del ayuntamiento. Alanís, María del Carmen, “Análisis de las Reformas relacionadas con la Violencia Política contra las mujeres en razón de género”, en Diálogos por la paridad, Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, 30 de abril de 2020.

14 Freidenberg, Flavia y Del Valle, Gabriela, (eds.), “Cuando hacer política te cuesta la vida. Estrategias contra la violencia política hacia las mujeres en América Latina”, en Serie Doctrina Jurídica, núm. 822, Universidad Nacional Autónoma de México, 2017.

15 Instituto Nacional de las Mujeres, “Glosario para la Igualdad”, disponible en

https://campusgenero.inmujeres.gob.mx/glosario/

16 Inmaculada, R., “Intervención en Violencia de Género: Consideraciones en Torno al Tratamiento”, en Psychosocial Intervention, 19, Madrid, 2010, pp. 191-199

17 Instituto Nacional Electoral, “Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres”, disponible en

https://portal.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-per sonas-sancionadas/

18 Instituto Nacional Electoral, Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres, disponible en

https://portal.ine.mx/actores-politicos/registro-nacional-de-per sonas-sancionadas/

19 Guadarrama Sánchez, Gloria Jovita, y Aguilar Pinto, Emma del Carmen. Las diversas lecturas del concepto de violencia política en razón de género en México (2010-2020), en Convergencia Revista de Ciencias Sociales, v. 28, abril 2021, pp. 1-45, disponible en:

https://convergencia.uaemex.mx/article/view/14538, y en doi:

https://doi.org/10.29101/crcs.v28i0.14538

20 Espejel, Alberto y Díaz, Mariela (2019), “Violencia contra las mujeres en política en México: una propuesta de análisis desde las caras partidistas”, en Apuntes Electorales, núm. 60, Instituto Electoral del Estado de México, 2019

21 Guadarrama Sánchez, Gloria Jovita, y Aguilar Pinto, Emma del Carmen. Las diversas lecturas del concepto de violencia política en razón de género en México (2010-2020), en Convergencia Revista de Ciencias Sociales, v. 28, abril 2021, pp. 1-45, disponible en:

https://convergencia.uaemex.mx/article/view/14538, y en doi:

https://doi.org/10.29101/crcs.v28i0.14538

22 Krook, Mona Lena y Restrepo Sanín, Juliana, “Género y violencia política en América Latina. Conceptos, debates y soluciones”, Política y gobierno, 23, 2016, pp. 127-162.

Ciudad de México, a 29 de septiembre de 2022.– Diputada Raquel Bonilla Herrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2o., 99 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.  

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de comunidades y pueblos indígenas, a cargo del diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.  

Se turna a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.



LEY DE AVIACIÓN CIVIL Y LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del diputado Armando Reyes Ledesma, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.  

Se turna a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

«Iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Desarrollo Social, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Victoriano Wences Real, diputado federal a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como resultado de décadas de lucha por el reconocimiento de sus derechos, los pueblos indígenas de México lograron que se realizara la reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena en el año 2001. Tuvo que ocurrir el levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional en 1994, por medio del cual los indígenas de Chiapas hicieron visibles las demandas históricas de los pueblos originarios. El movimiento del EZLN derivó en la firma de los Acuerdos de San Andrés, donde se especificaron los derechos que el Estado se comprometía a reconocer y garantizar su pleno ejercicio. La mencionada reforma constitucional de 2001 recogió parte de los Acuerdos de San Andrés, pero fu insuficiente en diversos temas.

La reforma de 2001 reconoció diversos derechos de los pueblos indígenas, estructurados alrededor del reconocimiento de sus derechos a la autonomía y la libre determinación, al uso de sus sistemas normativos internos, a la validez y conservación de sus lenguas y culturas, al desarrollo integral bajo modelos donde los pueblos definan prioridades y participen en su diseño y ejecución, entre otros.

La presente Iniciativa plantea la necesidad de que la Política Nacional de Desarrollo Social, cuyos parámetros y principios están regulados en la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), incorpore elementos normativos para garantizar que los pueblos y comunidades indígenas puedan ejercer sus derechos sociales sin menoscabo de su derecho a la libre determinación y autonomía en materia de desarrollo integral.

Actualmente, la LGDS establece en el artículo 3, lo siguiente:

Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

I. a VII. ...

VIII. Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades: Reconocimiento en el marco constitucional a las formas internas de convivencia y de organización; ámbito de aplicación de sus propios sistemas normativos; elección de sus autoridades o representantes; medios para preservar y enriquecer sus lenguas y cultura; medios para conservar y mejorar su hábitat; acceso preferente a sus recursos naturales; elección de representantes ante los ayuntamientos y acceso pleno a la jurisdicción del Estado;”

Como se puede observar, este artículo de la LGDS establece cuáles son los principios a los cuales debe sujetarse la Política de Desarrollo Social, y ya incluye en la fracción VIII el principio de la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades. En el desarrollo de este principio, dicha fracción VIII incluye diversos temas en los que se expresa la libre determinación y la autonomía de los pueblos originarios, tales como “reconocimiento en el marco constitucional a las formas internas de convivencia y de organización; ámbito de aplicación de sus propios sistemas normativos; elección de sus autoridades o representantes; medios para preservar y enriquecer sus lenguas y cultura; medios para conservar y mejorar su hábitat; acceso preferente a sus recursos naturales; elección de representantes ante los ayuntamientos y acceso pleno a la jurisdicción del Estado.”

Lo que propone la presente Iniciativa es fortalecer lo establecido en la fracción VIII del artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, de tal forma que incluya la disposición de que los pueblos y comunidades indígenas definirán sus prioridades y modalidades de desarrollo y que participarán en el diseño, ejecución y evaluación de los programas respectivos, toda vez que ello es un derecho fundamental que otorga sustancia al derecho a la libre determinación y se encuentra reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y en diversos instrumentos internacionales.

Antes de abundar en esta idea, es pertinente hacer un breve esbozo de la situación ancestral de marginación y pobreza que experimentan los pueblos y comunidades indígenas de México. De acuerdo con mediciones realizadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), entre 2018 y 2020, el porcentaje de la población hablante de lengua indígena en situación de pobreza aumentó de 75.8 a 76.8 por ciento, mientras que la población no hablante de lengua indígena en situación de pobreza cambió de 39.3 a 41.5 por ciento. Respecto al porcentaje de la población en situación de pobreza extrema, entre 2018 y 2020, se observa un incremento en este indicador para ambos grupos al pasar de 35.1 a 35.7 por ciento para la población hablante de lengua indígena y de 5.2 a 6.8 por ciento para la población no hablante de lengua indígena.

Es evidente que la población indígena presenta altos índices de pobreza, pues prácticamente ocho de cada diez personas hablantes de lengua indígena son pobres, y cuatro de cada diez están en pobre extrema. Esto es de suyo inaceptable, pero lo es aún más si observamos la profunda desigualdad existente entre la población indígena y la población no indígena: mientras que el 76.8 por ciento de los indígenas es pobre, solo el 41.5 por ciento de la población no indígena está en la pobreza; es decir, los indígenas padecen el doble de pobreza. En el caso de la pobreza extrema la desigualdad es aún mayor, pues el 35.7 por ciento de los indígenas la padecen, mientras que solo el 6.8 de la población no indígena está en esta indignante condición: estos, los indígenas padecen seis veces más la pobreza extrema que el resto de la población.

Cabe mencionar también la situación de las mujeres indígenas. El Coneval determina que este indicador pasó de 85.7 a 83.5 por ciento, entre 2018 y 2020, mientras que las mujeres no hablantes de lengua indígena en zonas urbanas en situación de pobreza pasaron de 36.4 a 39.2 por ciento, durante este periodo. Se puede observar con claridad que se presenta la misma desigualdad entre las mujeres indígenas y las no indígenas. Pero, además, es notable que la desigualdad entre los géneros se expresa de forma fehaciente en la realidad indígena, ya que la población indígena en su conjunto padece pobreza en un 76.8 por ciento, mientras que las mujeres indígenas son más pobres, con un 83.5%. Aquí se materializa la máxima de que las mujeres indígenas padecen una triple marginación: por ser mujeres, por ser indígenas y por ser las más pobres.

La Ley General de Desarrollo Social es el instrumento jurídico idóneo para establecer disposiciones que contribuyan a combatir la pobreza, la marginación y la profunda desigualdad que padecen los pueblos y comunidades indígenas, toda vez que tiene el objetivo de garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la CPEUM, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social, y señalar las obligaciones del gobierno, establecer las instituciones responsables del desarrollo social y definir los principios y lineamientos generales a los que debe sujetarse la Política Nacional de Desarrollo Social.

La CPEUM abona a esta idea, ya que el mencionado artículo 2o. constitucional, establece lo siguiente:

B. La federación, las entidades federativas y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de:

I. Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades. Las autoridades municipales determinarán equitativamente las asignaciones presupuestales que las comunidades administrarán directamente para fines específicos.”

Para efectos del planteamiento de la presente Iniciativa, es importante resaltar respecto a la cita constitucional anterior, el tema de que los tres órdenes de gobierno deben promover el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, el cual debe ser diseñado y operado conjuntamente con ellos. De igual modo, que artículo 2o., apartado B, fracción I, establece que el desarrollo de los pueblos indígenas debe ser impulsado por los tres órdenes de gobierno, pero con la participación de las comunidades.

Por su parte, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, establece en el tema que nos ocupa, lo siguiente: si los pueblos indígenas controlan los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos podrán mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades. Es fundamental del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual éstos determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. Los indígenas tienen sin discriminación todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos.

De forma concreta, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas establece disposiciones sobre autonomía y desarrollo en los siguientes artículos:

“Artículo 3

Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Artículo 20

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a disfrutar de forma segura de sus propios medios de subsistencia y desarrollo, y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo.

Artículo 23

Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.

Artículo 32

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.”

Si bien la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas no tiene un efecto vinculante, es un referente fundamental para el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios. Además, en lo esencial, la CPEUM reconoce los derechos que la Declaración proclama en materia de desarrollo y autonomía.

Es pertinente revisar algunas consideraciones que diversos conocedores e investigadores de la realidad indígena han señalado en esta materia. El investigador indígena Francisco López-Bárcenas, afirma que: “los programas de desarrollo que se impulsan desde el gobierno no fracasan únicamente porque no cuentan con los recursos necesarios para salir adelante, sino fundamentalmente porque al planearlos no se toma en cuenta la situación específica de los destinatarios, no se les incorpora en su diseño y ejecución y no se elaboran a partir de la condición particular de los indígenas como pueblo, con su cultura propia, su organización particular, su concepción de la vida, lo mismo que sus aspiraciones. Dicho de otra manera, la concepción de desarrollo surgida de las instituciones gubernamentales equipara éste a progreso económico y capacidad de consumo y no se enfoca a la necesidad de que los sujetos destinatarios de los programas alcancen una vida digna.”

Lo anterior desarrolla la idea de que la expresión más adecuada del derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y la autonomía consiste en garantizar que puedan diseñar y aplicar sus propias formas de desarrollo, a partir de sus prioridades, cosmovisiones y aspiraciones como pueblos. Por ello, es indispensable que los pueblos indígenas “diseñen, a partir de su realidad concreta, herramientas que les permitan controlar los procesos de mejoramiento de sus condiciones de vida. Esto lleva a pensar otra manera de arribar al bienestar de la gente, fundada en los derechos y en el caso de los pueblos indígenas, de su derecho a la autonomía, privilegiando la satisfacción de sus necesidades, entre ellas la alimentación, el vestido y el esparcimiento de las familias y del pueblo, incluyendo su derecho a producir lo que consumen y hacen con sus propias tecnologías, conocimientos y saberes.”

Por otra parte, es conveniente hacer referencia al informe de la relatora especial sobre los derechos de los pueblos indígenas sobre su visita a México en 2017. En este documento, la Relatora consigna que los pueblos indígenas mexicanos le expresaron, entre una multiplicad de temas, que: “Los pueblos indígenas expresaron su deseo de definir y perseguir, conforme a los estándares internacionales, su propio desarrollo económico, social y cultural, como expresión fundamental de su libre determinación. Sin embargo, denuncian la limitación de este derecho debido a los modelos de desarrollo impuestos en sus territorios. Con respecto a los programas indígenas gubernamentales, representantes indígenas manifestaron que la mayoría son elaborados sin una participación significativa, que no son culturalmente adecuados y que tienen un enfoque asistencialista, lo cual limita su impacto.”

A partir de estos encuentros, la Relatora emitió las siguientes recomendaciones: “se requieren medidas eficaces y coordinadas entre instituciones de toda la estructura federal, estatal y municipal para abordar los graves problemas expuestos, incluidas reformas del marco jurídico, político e institucional encaminadas a aplicar los derechos de los pueblos indígenas en temas clave como sus propias prioridades de desarrollo.  Los programas y las políticas de desarrollo deben sustituir un enfoque asistencialista por un enfoque de derechos humanos que promueva el empoderamiento y libre determinación de los pueblos indígenas, y que respete sus propias propuestas y prioridades, asegurando la plena participación de los pueblos indígenas en la elaboración y desarrollo de dichos programas. Se recomiendan diálogos en condiciones de igualdad entre los pueblos indígenas y autoridades de gobierno sobre el concepto de desarrollo que conduzcan a la adopción de decisiones conjuntas sobre el desarrollo en territorios indígenas. Las propuestas de desarrollo de los pueblos indígenas deben tener prioridad en sus territorios.”

A partir de las ideas antes expuestas, es evidente que se requiere una reforma a la fracción VIII del artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, con el objeto de complementar la definición del principio de “Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades”, incorporando el tema de la definición de sus prioridades de desarrollo, y participación en su diseño e implementación. El siguiente cuadro ilustra el propósito de la reforma propuesta:

Por lo anteriormente fundado y expuesto, someto a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción VIII del artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social

Artículo Único. Se reforma la fracción VIII del artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

I. a VII. ...

VIII. Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades: Reconocimiento en el marco constitucional a las formas internas de convivencia y de organización; ámbito de aplicación de sus propios sistemas normativos; elección de sus autoridades o representantes; medios para preservar y enriquecer sus lenguas y cultura; medios para conservar y mejorar su hábitat; acceso preferente a sus recursos naturales; definición de sus prioridades de desarrollo y participación en su diseño e implementación; elección de representantes ante los ayuntamientos y acceso pleno a la jurisdicción del Estado;

IX. a XI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

i Ley General de Desarrollo Social, consultado el 1 de septiembre de 2022, disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDS.pdf

ii Coneval presenta las estimaciones de pobreza multidimensional 2018 y 2020, consultado el 2 de septiembre de 2022, disponible en

https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Document s/2021/COMUNICADO_009_MEDICION_POBREZA_2020.pdf

iii Ibid.

iv Ley General de Desarrollo Social, Op. cit.

v Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consultado el 31 de agosto de 2022, disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

vi Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, consultado el 30 de agosto de 2022, disponible en

https://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdf

vii ¿Qué hacemos con los indios? Pueblos indígenas y desarrollo: entre las políticas gubernamentales y el “buen vivir”, consultado el 29 de agosto de 2022, disponible en

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid= S1405-74252013000300010

viii Ibid.

ix Informe de la relatora especial sobre los derechos de los pueblos indígenas sobre su visita a México en 2017, consultado el 28 de agosto de 2022, disponible en

https://hchr.org.mx/wp/wpcontent/themes/hchr/images/doc_pub/2018 -mexico-a-hrc-39-17-add2-sp.pdf

x Ibid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de octubre de 2022.– Diputado Victoriano Wences Real (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que reforma el artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado a la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo noveno del artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 12 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos para de acuerdo con el único artículo transitorio, entraría en vigor el 1 de enero de 2022.

Con la entrada en vigor de este decreto disminuyeron los ingresos exentos para las personas físicas del sector primario, ya que hasta antes de la entrada en vigor de dicho decreto, las personas físicas que obtuvieran sus ingresos por llevar a cabo actividades económicas primarias (agricultura, ganadería, pesca y silvicultura), tenían la opción de tributar bajo el capítulo VIII del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), teniendo la posibilidad de que sus ingresos se consideraran exentos hasta por 40 unidades de medida y actualización (UMAS) anuales, que actualmente equivalen a $1,307,736.00 (un millón trescientos siete mil setecientos treinta y seis pesos 00/M.N), sin embargo, a partir del año 2022, la cantidad de ingresos que se considerarán exentos para dichas personas, disminuirá hasta por la cantidad $900,000.00 (novecientos mil pesos 00/M.N).

Con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones para 2022, se eliminan las disposiciones en donde se manifestaba que las personas físicas que obtengan ingresos por actividades primarias, tengan como ingresos exentos hasta 40 UMAS elevadas al año, no obstante, con la finalidad de que dichos contribuyentes no se vieran afectados, a través del mismo decreto manifestado, se adiciona la sección IV, del capítulo II del título IV de la LISR, para el nacimiento del Régimen Simplificado de Confianza (para personas físicas), en el que el artículo 113-E, párrafo noveno que se adiciona a la LISR, y el cual a su letra manifiesta lo siguiente:

“Artículo 113-E.

...

Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de novecientos mil pesos efectivamente cobrados, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades. En caso de que los referidos ingresos excedan dicho monto, a partir de la declaración mensual correspondiente se deberá pagar el impuesto conforme al Título IV, Capítulo II, Sección IV de esta Ley, en los términos que se determine mediante reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.”

(...)

Cabe destacar que es necesario que las personas físicas tributen bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para que se puedan pegar a que sus ingresos sean considerados como ingresos exentos hasta por la cantidad manifestada, de otra forma, si tributan en el régimen de actividad empresarial y profesional (Título IV, capítulo II, sección I de la LISR), todos sus ingresos obtenidos por sus actividades primarias, serían considerados como ingresos acumulativos, salvo disposición expresa en la legislación fiscal.

A partir del 2022, las personas físicas que obtengan sus ingresos únicamente (100%) de alguna actividad primaria, solo podrán considerar como ingresos exentos hasta por la cantidad de $900,000.00 (novecientos mil pesos 00/M.N), y una vez que rebase dicha cantidad, se verá en la obligación de pagar su ISR en el RESICO, de acuerdo con la forma en cómo se manifieste en la Resolución Miscelánea Fiscal 2022”.

Como es de conocimiento general, el sector agropecuario de nuestro país fue uno de los sectores que más contribuyeron a los indicadores nacionales por su producción y ventas nacionales e internacionales y por mantener el empleo y el ingreso estable en dicho sector en los años anteriores en el contexto de la pandemia del Covid-19. La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural informó que, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el sector primario de nuestro país registró un crecimiento positivo, al presentar un alza de 2.7 por ciento anual al cierre de 2021.

Asimismo, resaltó que, “en 2020, el peor año de la pandemia, el sector finalizó con un crecimiento de 2.0 por ciento y fue el único que observó un comportamiento positivo, mientras que en 2019 las actividades primarias (agricultura, ganadería, pesca y acuacultura) tuvieron el mejor desempeño al aumentar 2.0 por ciento, en comparación con otros rubros económicos”.

Como se desprende de lo anteriormente expuesto, el sector agropecuario de nuestro país ha sido uno de los pilares que han contribuido a registrar mejores indicadores en nuestra economía en el contexto de la pandemia del Covid-19, pero también de estabilidad social en el campo mexicano.

Sin embargo, este amplio sector de nuestro país no siempre ha contado con los mejores apoyos por parte del gobierno federal, como lo demuestra el cambio en las disposiciones impositivas, que reducen los montos de exención de impuestos de este importante sector.

Por otra parte, es de destacar que, ante la escala de alzas de la inflación en nuestro país, que para la primera quincena de abril de 2022 se ubicó general en un promedio anual de 7.72 por ciento, el pasado 4 de mayo, el Presidente anunció el acuerdo con sectores productivos para garantizar precios justos en canasta básica, señalando que la carestía afecta más a la gente de escasos recursos, dicho acuerdo se denominó “Paquete contra la Inflación y la Carestía (Pacic)” para garantizar precios justos en 24 productos de la canasta básica. Se subrayó que el objetivo de la alianza es que no se disparen los precios de alimentos básicos.

El Presidente informó que una de las principales acciones del plan es aumentar la producción de alimentos, porque al existir más oferta podrá controlarse el aumento de precios y se fortalece el autoconsumo para alcanzar autosuficiencia.

A pesar de este esfuerzo para contener el avance de la inflación, el 22 de septiembre de 2022 el Inegi informó que durante en la primera quincena de septiembre de 2022, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) aumentó 0.41 por ciento respecto a la quincena anterior. Con este resultado, la inflación general anual se ubicó en 8.76 por ciento.

Como se desprende de los anteriores datos, el Pacic para garantizar precios justos en 24 productos de la canasta básica tuvo poco o nulo efecto en la inflación registrada durante los meses posteriores a su puesta en marcha.

Ante ello, el Gobierno federal anunció un nuevo acuerdo para mitigar dicho fenómeno, denominado Acuerdo de apertura contra la inflación y la carestía (Apecic), dicho acuerdo entre el Gobierno de México e iniciativa privada, productores y distribuidores y empresas de alimentos, busca reducir el costo de la canasta básica, con el objetivo de proteger la economía popular, los ingresos de quienes menos tienen.

En conferencia de prensa matutina, el secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Ramírez de la O, detalló que el acuerdo de apertura contra la inflación y la carestía contribuirá a contrarrestar el encarecimiento de productos agrícolas y reducir los costos regulatorios y logísticos para fortalecer la oferta.

Basado en la confianza, el Gobierno federal otorga a las empresas firmantes del acuerdo una licencia única, universal, por lo que hace a las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para el envase de alimentos de las empresas, las exime de todo trámite o permiso, incluyendo aquellos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) y de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), así como del Impuesto General de Importación al Comercio Exterior.

Durante la vigencia de este acuerdo y a partir de la licencia, la autoridad suspenderá la revisión de toda regulación que se considere impide o encarece la importación e internación de alimentos y su movilidad dentro del país; esto incluye aranceles, barreras al comercio exterior no arancelarias y otros requisitos para su ingreso y circulación nacional.

Por su parte, el gobierno mantendrá su política de contención al precio de los combustibles y electricidad establecida desde diciembre de 2018, adicionalmente congelará las tarifas de las autopistas concesionadas al Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin) y Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe) hasta el 28 de febrero de 2023.

Asimismo, el gobierno hará énfasis adicional en el programa de fortalecimiento de la producción nacional de aquellos granos deficitarios y cancelará por el periodo de este acuerdo la exportación de maíz blanco, frijol, sardina y chatarra de aluminio y acero utilizado en los envases de alimentos. Se examinará conjuntamente las necesidades de extender esta limitación a otros productos.

Con el acuerdo previo, no se logró detener el alza inflacionaria, por lo que coincidimos con el gobierno federal en que hacen falta medidas más amplias para lograr ese objetivo, sin embargo, creemos que liberar de revisión y otro tipo de trámites a los productos alimenticios de importación puede generar graves problemas a la salud de los mexicanos, así como problemas fito zoosanitarios que a la larga pueden representar graves problemas para la producción y las exportaciones del sector agropecuario de nuestro país.

Consideramos que es oportuno que en el marco de este acuerdo se aumente el monto de exención del impuesto sobre la renta de las Personas Físicas del Sector Primario en el Régimen Simplificado de Confianza de 900 mil pesos a un millón 300 mil pesos, con lo que estos productores estarán en posibilidad de considerar también una disminución en los precios de los productos que ellos ofrecen al consumidor, contribuyendo con ello a la contención de la inflación de productos silvoagropecuarios.

En virtud de lo anterior, y con la finalidad de coadyuvar a la contención de la inflación de los productos silvoagropecuarios, así como la obtención de mayores ingresos y competitividad para los para las Personas Físicas del Sector Primario, acudo a esta tribuna para someter a su consideración de este pleno, así como solicitar su respaldo a la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el párrafo noveno del artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Artículo Único. Se reforma el párrafo noveno del artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 113-E. ...

(...)

Las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de un millón trescientos mil pesos efectivamente cobrados, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades. En caso de que los referidos ingresos excedan dicho monto, a partir de la declaración mensual correspondiente se deberá pagar el impuesto conforme al título IV, capítulo II, sección IV de esta Ley, en los términos que se determine mediante reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.

(...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5635286&fecha=12/11/2021#gsc .tab=0

2 https://casiacreaciones.com.mx/2021/11/29/disminuyen-los-ingresos-exentos-para- las-personas-fisicas-del-sector-primario-a-partir-del-2022/

3 https://www.gob.mx/agricultura/prensa/crece-2-7-sector-primario-de-mexico-en-20 21-agricultura?idiom=es

4 https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presidente-anuncia-acuerdo-con-sectores-p roductivos-para-garantizar-precios-justos-en-canasta-basica

5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ inpc_1q/inpc_1q2022_09.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de octubre de 2022.– Diputados y diutada: Yerico Abramo Masso, Ildefonso Guajardo Villarreal, José Francisco Yunes Zorrilla, María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

«Iniciativa que adiciona el artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado José Luis Garza Ochoa, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado José Luis Garza Ochoa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 76 numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un cuarto párrafo de la fracción primera del artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La alerta Amber es una herramienta que establece la búsqueda y recuperación de niñas, niños y adolescentes, que se encuentran en riesgo de sufrir un daño grave por motivo de la no localización. La activación de una alerta consta de que: i. sea menor de 18 años; ii. se encuentre en riesgo de sufrir daño a su integridad personal; y que iii. Cuente con las características personales como nombre, edad, sexo, señas particulares, vestimenta en el momento de la ausencia, así como la descripción de los hechos.

Dicha herramienta funciona a través de la difusión y promoción masiva e inmediata en los medios de comunicación disponible para la pronta ubicación de niñas, niños y adolescentes que se encuentre en situación de desaparecido, con un único formato que los datos personales y fotografía, de los cuales son medulares para su localización y posible rescate.

Cabe destacar que la alerta Amber se activa a través de la coordinación con las entidades estatales y municipales, y la participación de la sociedad civil, medios de comunicación y empresas privadas a fin de sumar esfuerzo y tener respuesta inmediata ante la búsqueda.

Para dimensionar la magnitud de esta situación, la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) indica que, desde que se tiene registro —a partir del año 1964—, 82 mil 328 niñas, niños y adolescentes han sido registrados como desaparecidos en México, hasta el 25 de octubre de 2021. De este total, 16 mil 378 (19.9 por ciento) continúan desaparecidas a la fecha. Siendo 8 mil 518 de ellas mujeres y 6 mil 952 hombres. Las mujeres representan 55.2 por ciento de estos casos. Las restantes 65 mil 950 personas de 0 a 17 años fueron localizadas, aunque 1 por ciento de estas desapariciones (710 casos) fueron halladas sin vida.

Sin embargo, pareciera que no resulta suficiente promoverse en dichos sectores antes mencionados; sino que, la búsqueda deberá ser en toda la población mexicana para su localización y rescate de las niñas niños y adolescentes.

De allí la trascendencia del tema, se deberá impulsar que las concesiones de telecomunicaciones de telefonía móvil envíen mensajes de textos masivos a toda la población mexicana para que se difundan información de las personas extraviadas para su búsqueda en todo el territorio nacional.

Esto ayudará a que millones de mexicanos concienticen, sensibilicen y visibilicen sobre la importancia de la localización, búsqueda y rescate de las personas extraviadas.

Esta reforma ayudará crear mecanismos de rescate de manera inmediata entre la sociedad mexicana, creando una cultura de prevención, atención y sobre todo, rescate de las personas extraviadas, el cual les llegarán mensajes de textos sin tener saldo en sus teléfonos celulares.

El objetivo central de dicha iniciativa es que las concesiones de telecomunicaciones de telefonía móvil promuevan a través de mensajes de textos masivos la difusión de búsqueda, localización y rescate de las niñas, niños y adolescentes, de las alertas Amber.

Por ello, se propone adicionar un cuarto párrafo de la fracción primera del artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto

Único. — Se adiciona un cuarto párrafo de la fracción primera del artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:

Artículo 190. Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados deberán:

...

...

Cuando la Alerta Amber declare la desaparición o extravío de personas las empresas concesionadas de telefonía móvil deberá hacer el envío masivo de mensajes de textos, para su búsqueda y rescate.

Transitorio

Único. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Alerta Amber. Qué es Alerta Amber México. Consultado en el siguiente link:

http://www.alertaamber.gob.mx/swb/alertaamber/PreguntasFrecuente s

2 Red por los Derechos de la Infancia en México REDIM hace público datos de #NiñezDesaparecida reconocidos por Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU. Consultado en el siguiente link:

https://derechosinfancia.org.mx/v1/redim-hace-publico-datos-de-n inezdesaparecida-reconocidos-por-comite-contra-la-desaparicion-forzada-de-la-on u%EF%BF%BC/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado José Luis Garza Ochoa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

«Iniciativa que reforma los artículos 2o.-A y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado,  suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez y María Guadalupe Alcántara Rojas, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, Rubén Ignacio Moreira Valdez y María Guadalupe Alcántara Rojas, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Al igual que los alimentos y las medicinas que están incluidas en la tasa 0, el transporte público urbano y suburbano es una necesidad básica de la población. De acuerdo a diferentes estudios, el 78 por ciento de la población se traslada en transporte público urbano y suburbano y las familias que utilizan este transporte gastan de un 19 a un 23 por ciento de su ingreso, en este rubro en diferentes zonas metropolitanas del país pueden pasar hasta 4 horas diarias en transporte urbano y suburbana.

Debido a estas características, el derecho al transporte ha sido catalogado como un derecho humano y un derecho social a nivel internacional y en los diferentes estados de México; por lo que a nivel federal necesita estar incluido como un componente más de las necesidades prontas y necesarias para las familias.

A diferencia, los bienes básicos, como la vivienda, que tienen tasa exenta, tienen sus precios liberados, mientras que el precio del transporte urbano y suburbano está controlado por el Gobierno, por lo que cualquier incremento en los insumos no se puede transferir al precio del servicio. Por ejemplo, de enero 2010 a mayo 2022, la tarifa se ha incrementado un 63 por ciento promedio a nivel nacional, mientras que el costo del diésel se ha incrementado un 309 por ciento, el costo de las llantas se ha incrementado un 253 por ciento y el de los autobuses un 108 por ciento, estas condiciones sumadas al costo del IVA para las empresas en el sector han contribuido a la lentitud de la transformación y la deficiencia en los servicios de transporte.

Este control en los precios del servicio y la importancia de éste dentro del presupuesto de las familias hace que el transporte urbano sea diferente a los bienes y servicios que se encuentran dentro de la tasa exenta y se asemeje a la agricultura, alimentos y medicinas que tienen tasa 0.

Adicionalmente, el transporte urbano es un derecho individual pero también es un bien colectivo, un buen transporte, reduce los tiempos de traslado, los niveles de contaminación y tráfico y mejora la salud de los habitantes, productividad, calidad de vida y posibilita la obtención de ingresos adicionales en las familias.

Ahora bien, al no invertir en el transporte el gasto del gobierno y la población en sanidad, se incrementa exponencialmente pues se pasa de medidas preventivas a medidas correctivas para curar diferentes enfermedades, especialmente respiratorias.

Incluir el transporte urbano y suburbano en la tasa 0 es una manera en la que el gobierno federal puede actuar directamente para mejorar el transporte urbano y suburbano, un bien de necesidad básica para las familias, y por consiguiente mejorar la calidad del aire en las diferentes zonas metropolitanas del país.  Mejorar la calidad del aire se ha vuelto uno de los temas de mayor importancia para todos los habitantes de las ciudades de México, no solo los que utilizan el transporte urbano y suburbano.

De esta manera, con la inclusión del transporte urbano y suburbano en la tasa 0 el gobierno federal consigue actuar de una manera fundamental y unilateral en mejoras sustanciales (mejor calidad del aire, disminución en tráfico, disminución en tiempos de traslado) y sobre todo, ayudar al bolsillo de las familias mexicanas que hacen uso de esta necesidad en México.

En virtud de lo anterior, se propone realizar las siguientes modificaciones:

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Por las razones expuestas someto a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Único. Se reforman los artículos 2o.-A.- y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para quedar como sigue:

Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0 por ciento a los valores a que se refiere esta ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I a IV.

V. El transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas, incluyendo el transporte público que se contrata mediante plataformas de servicios digitales de intermediación entre terceros que sean oferentes de servicios de transporte y los demandantes de los mismos, cuando los vehículos con los que se proporcione el servicio sean de uso particular.

...

Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

I a IV.

V. Se deroga

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día primero de enero de 2023.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2022.– Diputado y diputada: Rubén Ignacio Moreira Valdez, María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



INSCRIBIR CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES LOS NOMBRES DE IGNACIO RAMÍREZ Y LEANDRO VALLE

«Iniciativa de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados los nombres de Ignacio Ramírez y Leandro Valle, a cargo del diputado Gerardo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, integrante de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados los nombres de Juan Ignacio Paulino Ramírez Calzada, El Nigromante, y Leandro Valle Martínez, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Una vez más presento ante esta Cámara de Diputados una petición para saldar por una de las mayores deudas que tiene este Congreso de la Unión, petición que ha ido y venido por este pleno en constantes ocasiones. Me refiero a la adquirida sin duda con Juan Ignacio Paulino Ramírez Calzada, mejor conocido como El Nigromante. Un déficit que por lo menos ya tiene un retraso de 62 años; en 1957 fue aprobada la inscripción de su nombre con letras de oro, en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados como parte de los festejos por el centenario de la Constitución de 1857 (Aguilar Sosa, 2009).

El Nigromante es quizá quien tiene el registro del mayor número de iniciativas donde se propone, por lo menos siete veces en las últimas dos legislaturas, la inscripción de su nombre con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados y por representantes de diferentes fracciones políticas; esto, sin contar todas las propuestas de legislaturas anteriores que pertinentemente se citan en dichas iniciativas, sin embargo, ninguna ha logrado su objetivo.

Personalmente, en mi primera oportunidad de representar a los ciudadanos de Iztapalapa durante la LXI legislatura, propuse junto a un grupo de compañeros de casi todas las fracciones representadas en ese momento, incluso del PAN, establecer ese reconocimiento a un hombre brillante y excepcional. Además en 2018 llegó a esta Cámara, una minuta de los compañeros senadores Ricardo Monreal Ávila y Laura María de Jesús Rodríguez Ramírez, que tampoco fue dictaminada.

Recientemente, en 2019, presenté de nuevo una iniciativa en este tenor, sin duda es de llamar la atención que este propósito después de tantas propuestas no se haya ya concretado. Una vez más resulta necesario proponer tan merecido homenaje a un personaje visionario, que como bien lo dice su título de Nigromante, su labor, enseñanza y propuestas siguen tan vigentes como antaño.

A los trabajos anteriormente citados, se suman las más recientes propuestas presentadas por diputadas y diputados en las dos últimas legislaturas:

–LXIV:

-16 de febrero de 2021: Decreto, para inscribir en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI.

-25 de marzo de 2021: Decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Pleno de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante, a cargo del diputado Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena.

–LXV:

-12 de octubre de 2021: Decreto, para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI.

-10 de febrero de 2022: Decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante, a cargo del diputado Martín Sandoval Soto, del Grupo Parlamentario de Morena.

Como principal exposición de motivos, y como reconocimiento al trabajo previo de todos los que hemos impulsado este objetivo, me permitiré citar algunos fragmentos de propuestas anteriores:

“Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante, es un gigante, quizás el hombre más brillante y consecuente de la Reforma, que es mucho decir entre hombres que parecían gigantes” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

“En 1845 se graduó de abogado en la Universidad de México y un año después se inició en el periodismo combativo al fundar, en compañía de Manuel Payno y Guillermo Prieto, el semanario satírico Don Simplicio.” (Jáuregui Montes de Oca, 2021).

“A temprana edad, Ignacio Ramírez reunía todo: integridad personal, sabiduría, valor cívico, indiferencia ante los peligros que entraña la libertad de expresión, envidiable cultura que le permitió llegar a ser polemista temible, poeta de indudables méritos, ensayista, educador, dramaturgo, orador inspirado y convincente, periodista sagaz, certero e indomable, escritor satírico, legislador, juez, varias veces secretario de Estado, y destacado ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que presidió de 1877 a 1879” (García- Domínguez, 2005).

“Con ese impresionante bagaje se presentó a la liza decimonónica quien habría de ser considerado por sus contemporáneos como el más lúcido y perspicaz hombre de la Reforma” (García-Domínguez, 2005).

“Tras la caída de la Ciudad de México en la guerra de 1847 contra Estados Unidos, participó como voluntario en la batalla de Padierna. Después se dedicó a defender a los indios que vivían en condiciones miserables, defendiendo el derecho a ser educados porque sólo así podían participar como ciudadanos e insistiendo en promulgar leyes que mejoraran su situación” (Ojesto Martínez Porcayo, 2018).

“Ganada la Guerra de Reforma por el partido liberal, Benito Juárez lo nombró ministro de Justicia, Instrucción Pública y Fomento. Desde ese cargo realizó diversas acciones para aplicar los principios del liberalismo en la educación; dictó leyes sobre instrucción pública para que el Estado se hiciera cargo de la educación; elaboró planes de estudio; supervisó la labor educativa en las escuelas públicas y privadas y se dedicó personalmente a la preparación de los maestros; creó la Biblioteca Nacional y unificó la educación primaria en el Distrito Federal y territorios federales” (Ojesto Martínez Porcayo, 2018).

“Como educador, fundó el Instituto Científico y Literario en Toluca, dónde tuvo discípulos a grandes mexicanos influenciados por su pensamiento como Ignacio Altamirano y Gabino Barreda, y a gente de escasos recursos que pudo estudiar gracias a las becas que les otorgaba” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

“Redactó la Ley de Educación del estado de México en el año de 1847, cuyos principios sirvieron para plasmar los logros de la educación laica y gratuita en la Constitución de 1857 y posteriormente, sus ideas fueron las bases para implementar los libros de texto gratuito, con los que se ha logrado beneficiar a millones de mexicanos de diversas generaciones y adentrado en el mundo del saber” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

“Empujó, además [...] una de las políticas públicas más brillantes de su época: por la cual los municipios financiaron estudios de alumnos de escasos recursos. “ (Sandoval Soto, 2022).

“De hecho, elaboró literalmente el primer libro de texto gratuito, realizado desde el costo del papel hasta su impresión con una imprenta manual comprada de su propio peculio, en los que, obvio decirlo, su contenido fue también de su autoría” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

“Su discurso de ingreso a la Academia de Letrán cimbró a sus oyentes y a su generación: ‘No hay Dios; los seres de la naturaleza se sostienen por sí mismos’, adelantándose al propio Charles Darwin en los fundamentos de la teoría de la evolución” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

“Siendo un liberal puro por su espíritu aguerrido, se le reconoce como uno de los precursores de la educación laica y gratuita, pero sin dejar de mencionar que pugnó por los derechos de las mujeres y de los niños, la separación de la Iglesia y del Estado y sobre todo la defensa de los pobres y los indígenas entre otras causas, lo que le valió ser perseguido por los conservadores, sin que lograrán que claudicara en su postura ideológica” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

“Desde Guillermo Prieto hasta Carlos Monsiváis, los elogios a El Nigromante han sido abundantes: Altamirano lo nombró ‘El apóstol de la democracia’; Justo Sierra, ‘El sublime destructor del pasado y el obrero de la Revolución’; Boris Rosen lo declara ‘Humanista de altos vuelos’; Liliana Weimberg lo equipara a un ‘Prometeo inquieto y genial’ y el propio Altamirano recurre a Ayax, el héroe griego, para describir las flechas verbales que lanzaba el gran reformador a los enemigos de la patria [...] “Monsiváis lo reconoce como el más radical de los liberales y Elena Poniatowska lo define como ‘la mente más brillante que ha dado México’. No terminaríamos nunca de reunir las expresiones de admiración y respeto que se han vertido a lo largo de estos 200 años sobre este genio iconoclasta, sátira, el padre intelectual de la patria mexicana” (Monreal Ávila & Rodríguez Ramírez, 2018).

“[...] enfrentó pues, los derechos de la clase proletaria contra las opulencias de la clase ociosa, contra el despilfarro, contra la obscenidad del que se enriquece explotando a otros.” (Acosta Peña, 2021).

“En el ámbito de la educación, fue reconocido como uno de los precursores de la educación laica y gratuita, luchador social en favor de las mujeres, niños e indígenas.” (Acosta Peña, 2021).

El Nigromante siempre asumió el compromiso de lograr el establecimiento definitivo del sistema de gobierno republicano y federal, la división de poderes, elecciones populares libres, amplia y total libertad de prensa, libertad de comercio en todo el país, libertad religiosa, abolición de los fueros eclesiásticos, reorganización del Ejército, reglamentación de los derechos políticos del pueblo, destrucción del secular monopolio de la educación pública indebidamente detentado por el clero, completa libertad de enseñanza, laicismo integral, nacionalización de los bienes de manos muertas, reparto de esas tierras a los campesinos, subordinación indisputable de la iglesia al Estado y respeto absoluto a las garantías individuales.” (Acosta Peña, 2021).

“Colaboró también en un sinnúmero de diarios, de los que conviene mencionar El Siglo XIX , El Mensajero , El Monitor Republicano , El Precursor , El Correo de México , La Insurrección , La Sombra de Robespierre , Las Cosquillas , La Estrella de Occidente , en los que publicó abundantemente.” (Acosta Peña, 2021).

En consecuencia, “sufrió cárcel, persecución, exilio, escarnio público, pobrezas y ataques, excomuniones y anatemas a lo largo de su azarosa existencia. Salvó la vida del pelotón de fusilamiento y recibió excomunión hasta del mismísimo Papa en turno” (Fayad Meneses, Fernández Noroña, Benítez Lucho, Cinta Martínez, & Martínez y Hernández, 2012).

A mi parecer, esa persecución a Ignacio Ramírez aún no termina, pues se le ha seguido aplicando hasta ahora una especie de “excomunión legislativa”, que sigue vigente ¡Ya basta!

Por su trayectoria, aportes a la educación, el Estado laico, los derechos de las minorías y de los más pobres, su visión de un México en constante crecimiento y su loable labor periodística, además de la deuda que el Poder Legislativo tiene con El Nigromante, consideró vital hacer el debido reconocimiento al plasmar su nombre en letras de oro en este recinto, que es la casa del Pueblo.

General Leandro Valle Martínez

Otra injusticia legislativa se ha cometido por más treinta años con el general Leandro Valle Martínez, pues a pesar de que desde el 29 de febrero de 1988 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se “inscribe con letras de oro el nombre del general Leandro Valle en el recinto de la honorable Cámara de Diputados”, dicho decreto no se le ha dado cumplimiento de manera inexplicable. Lo anterior tampoco puede seguir ocurriendo (Secretaría de Gobernación, 1988).

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto

Primero. Inscríbase con Letras de Oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez.

Segundo. Inscríbase con Letras de Oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre del General Leandro Valle, tal y como se estableció en el decreto publicado en el Diario Oficial del 29 de febrero de 1988.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La inscripción se realizará el día 18 de octubre del año 2022, en conmemoración del ingreso de Juan Ignacio Paulino Ramírez Calzada, El Nigromante, a la Academia de Letrán en 1836, fecha en la que pronunció uno de sus más emblemáticos discursos.

Fuentes

-Acosta Peña, B. (16 de febrero de 2021). “Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de “Ignacio Ramírez””.

-Acosta Peña, B. (12 de octubre de 2021). “Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de “Ignacio Ramírez””.

-Aguilar Sosa, Y. (26 de mayo de 2009). “El Nigromante” aún espera su nombre en letras de oro. Obtenido de El Universal: archivo.

http://www.eluniversal.com.mx/sociedad/3084.html

-Fayad Meneses, O., Fernández Noroña, J. G., Benítez Lucho, A., Cinta Martínez, A. E., & Martínez y Hernández, I. M. (13 de marzo de 2012). “Iniciativa con proyecto de decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Ignacio Ramírez.

-Ramírez Calzada, El Nigromante”. Obtenido de Cámara de Diputados:

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/61/2012/mar/20120315-VI.ht ml#Iniciativa17

-García-Domínguez, M. Á. (18 de julio de 2005). “Iniciativa para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro”. Obtenido de Cámara de Diputados:

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/59/2005/jul/20050718.html# Ini20050718Nigromante

-Jáuregui Montes de Oca, M. (25 de marzo de 2021). “Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del pleno la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante”.

-Monreal Ávila, R., & Rodríguez Ramírez, L. M. (11 de diciembre de 2018). “Iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba con Letras de Oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez, El Nigromante”. Obtenido de Cámara de Diputados:

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2018/dic/20181217-I.htm l#IniciativaSenadores3

-Ojesto Martínez Porcayo, C. (30 de mayo de 2018). “Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el recinto del Palacio Legislativo de San Lázaro los nombres de los próceres liberales Guillermo Prieto Pradillo e Ignacio Ramírez Calzada en el bicentenario de su nacimiento”. Obtenido de Cámara de Diputados:

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2018/jun/20180604.html# Iniciativa1

-Sandoval Soto, M. (10 de febreri de 2022). “Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Ignacio Ramírez “El Nigromante””.

-Secretaría de Gobernación. (29 de febrero de 1988). “Decreto por el que se inscribe con letras de oro el nombre del general Leandro Valle en el recinto de la honorable Cámara de Diputados”. Diario Oficial de la Federación. México, México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, Y LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; Federal del Trabajo, y del Impuesto Sobre la Renta, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Ivonne Díaz Tejeda, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, Ley General del Impuesto Sobre la Renta y Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización Mundial de la Salud (OMS) refiere que, en el mundo en 2010, mil millones de personas vivían con algún tipo de discapacidad. Es decir, alrededor del 15% de la población global total. De acuerdo con la Encuesta Mundial de Salud, alrededor de 785 millones (15,6%) de personas mayores de 15 años viven con alguna discapacidad, mientras que, conforme al estudio Carga Mundial de Morbilidad, esa cifra ascendería a aproximadamente a 975 millones (19,4%), de los cuales cerca de 94 millones son menores de 14 años. Alrededor del 80 por ciento están en edad de trabajar. Sin embargo, su derecho a un trabajo decente es con frecuencia denegado. La integración de la discapacidad, en combinación con medidas específicas, constituye una estrategia clave para lograr la inclusión y el empoderamiento de las personas con discapacidad y sus derechos humanos.

Se estima, que casi todas las personas vivirán una discapacidad en algún momento de sus vidas; ya sea transitoria o permanente. Así también, en la referida encuesta de la OMS, se refleja que el porcentaje del número de las personas con discapacidad para el 2030, se verá rebasado a causa del aumento de las enfermedades degenerativas, psiquiátricas, de la disminución de la natalidad en gran parte del mundo, por citar algunas causas.

Estas cifras nos ayudan a entender que la actual indiferencia hacia la falta de inclusión laboral y las carencias en el sistema jurídico no solo afectan a algunas personas, si no que tienen el potencial de afectar a todos en algún punto de sus vidas.

Las personas con discapacidad siguen figurando entre las más excluidas, en particular en lo que respecta al acceso a la educación, los servicios de salud y el empleo y a la participación en la adopción de decisiones políticas. Algunos grupos están aún más marginados, por ejemplo, las mujeres, los niños y las personas de edad con discapacidad, tienen más probabilidades de ser excluidos de los servicios, de ser internados en instituciones y de verse expuestas a tasas más elevadas de violencia, abandono y abuso, como la violencia sexual y de género.

Al aprobar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, los Estados Miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a no dejar a nadie atrás. En este sentido la ONU implementa la Estrategia para la Inclusión de la Discapacidad, la cual es un compromiso de apoyo a los Estados Miembros en aras de lograr la completa implementación de los objetivos de Desarrollo Sostenible y la plena vigencia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Debido a la pandemia causada por el COVID-19 el progreso logrado gracias a la innovación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ha dado un paso para atrás, causando un gran riesgo de que se agraven las deficiencias en materia de igualdad que existían antes de la pandemia. Por eso, los marcos como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, las normas internacionales del trabajo como el Convenio C159 sobre la readaptación profesional y el empleo y el Convenio sobre la Discriminación de la OIT así como sus recomendaciones sobre los mismos y el principio de «No dejar a nadie atrás» de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible deben desempeñar un papel fundamental en la eliminación de los obstáculos a los que se enfrentan las personas con discapacidad para lograr un trabajo decente.

Al respecto, México fue el primer país en incluir en su Constitución el derecho al trabajo, codificado en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Sin embargo, a través de la historia podemos ver una falta de inclusión hacia las personas con discapacidad, con una situación social y de poder adquisitivo notablemente desventajoso en comparación con aquellos que no presentan discapacidad alguna.

Las personas con discapacidad se encuentran en la necesidad de exigir el reconocimiento de sus derechos humanos. Esto se vuelve más complicado, si tomamos en cuenta la gran cantidad de obstáculos que existen para que muchos de ellos puedan acceder a una posición económica que les brinde la libertad y autonomía suficiente para gozar de un nivel de independencia, y libertad que les permita participar en diferentes espacios económicos, políticos y sociales. Empezando desde una falta de educación inclusiva, que atienda sus necesidades y les permita crecer con la máxima posibilidad de oportunidades, culminando en la falta de inclusión laboral que en muchas ocasiones lleva a las personas con discapacidades a depender de otros y los deja en un estado perpetuo de vulnerabilidad.

Actualmente, de acuerdo con los datos arrojados por el Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi, del total de la población en el país, 20 millones 838 mil 108 personas tienen alguna discapacidad, limitación en la actividad cotidiana o algún problema o condición mental, esta cifra representa el 16.5% de la población de México. Resulta de la suma de los 6 millones 179 mil 890 (4.9%) que fueron identificadas como personas con discapacidad, sumados con los 13 millones 934 mil 448 (11.1%) que dijeron tener alguna limitación para realizar actividades de la vida diaria, y los 723,770 (0.6%) con algún “problema o condición mental”.

Expertos en la materia como Edgar Vielma, director general de Estadísticas Sociodemográficas del Inegi, han explicado las dificultades para recopilar la información sobre discapacidad señalando que los registros administrativos son más útiles para ello y así se comprueba en países que cuentan con sistemas de registro de las personas con discapacidad durante toda su trayectoria de vida: “Las encuestas y censos son aproximaciones. En tanto no tengamos un certificado en nuestro país donde se involucren las recomendaciones de Naciones Unidas que tiene que ser multidimensional, es decir, médico, psicológico, social, no podemos decir que una persona tiene discapacidad.”.

Incluso voces autorizadas como Silvia Quan, integrante de la Alianza Internacional de la Discapacidad y ex vicepresidenta del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, ha señalado los obstáculos para asegurar el derecho a la educación específicamente para las niñas y mujeres con discapacidad y la importancia que tiene que los países recolecten datos fiables sobre la situación de las personas con discapacidad destacando que “si no recolectamos estos datos, nunca vamos a saber cuál es la situación de las personas, nunca vamos a tomarlas en cuenta en las políticas y de esa manera no se puede avanzar con los derechos de las personas con discapacidad”.

En este contexto, México atraviesa, desde hace años, una lucha sistemática en contra de la exclusión, la marginación, y por tanto de la pobreza y la falta de oportunidades que afecta desproporcionadamente la vida de millones de mexicanos, se les ha privado de una u otra manera el acceso a la educación, al trabajo, a la seguridad social, a la cultura, al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la recreación, a la información, entre otros, derechos humanos reconocidos en Tratados Internacionales y la Constitución.

La falta de mecanismos, políticas, instrumentos, figuras o técnicas que faciliten y tomen en cuenta las necesidades específicas de las personas con discapacidades inhabilitan su posibilidad de gozar de sus derechos fundamentales de manera efectiva. Ejemplo de ello, es lo proyectado por la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017, llevada a cabo por la Conapred y el Inegi, donde se especifica que, de cada 100 personas con discapacidad, 20 son analfabetas y de cada 10 solo 3 cuentan con un empleo. La falta de educación inclusiva es mayor en la población joven con discapacidad de 15 a los 24 años; ya que, de 6 a los 14 años, cuentan con mayores instrumentos de inclusión educativa.

Adicionalmente, se ha registrado que el 46.9% de los estudiantes con discapacidad desertan por falta de infraestructura accesible, nula disponibilidad de materiales adaptados, poca presencia de docentes capacitados y el rechazo por parte de instituciones educativas de incluirlos. Esto obstaculiza el desarrollo personal dentro del campo laboral y, por ende, las oportunidades se reducen a tal punto que los orilla al mercado informal, mencionando también la discriminación y falta de inclusión que estas personas sufren por parte de la población, con una de cada cuatro personas de 18 años y más considerando que son de poca ayuda en el trabajo.

Con ello en mente, México ha intentado trabajar en construir un escenario favorable como por ejemplo la inclusión de beneficios fiscales en la Ley del Impuesto Sobre la Renta del artículo 186 que señala en su párrafo segundo:

“Artículo 186. ...

El estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley.

...”

Si bien, estas políticas son positivas, no han generado un mecanismo eficiente para impulsar la contratación de personas con discapacidad.

A nivel local algunas entidades como la Ciudad de México han intentado avanzar con empleos temporales administrados por instituciones locales como el Indiscapacidad, DIF y financiados por la Secretaría de Trabajo local. Ello representa una sustentabilidad momentánea, pero no resuelve de fondo las demandas laborales.

Lo anterior, fue posible con la entrada en vigor de su más reciente normativa local laboral local, donde se especifica que el 5% de las nuevas plazas y vacantes deben ser destinadas a personas con discapacidad, que establece lo siguiente:

“Artículo 24. Es obligación de todas las autoridades de la Administración Pública del Distrito Federal destinar el cinco por ciento de las plazas de creación reciente y de las vacantes, a la contratación de personas con discapacidad.

El jefe del gobierno del Distrito Federal propondrá a las autoridades competentes, los estímulos fiscales y reconocimientos que beneficien a las empresas, industrias y comercios que cumplan con el presente capítulo, así como las multas y las sanciones para el caso de incumplimiento.”

No obstante, estos intentos no son suficientes para sanar las carencias actuales en cuanto a contratación y discriminación, ya que no se han tomado las medidas necesarias para implementar programas eficientes de inclusión laboral. Hacen falta programas de concientización sobre la discriminación hacia las personas discapacitadas para cambiar la manera de pensar de la población sobre el desempeño de estas personas.

Los estereotipos y la discriminación actual son atribuibles a la idea preconcebida de que el desempleo y el subempleo de personas con discapacidad resulta de sus limitaciones físicas, sensoriales o intelectuales, cosa que es fácilmente refutable, al apreciar el número de personas que, gracias a los ajustes razonables adecuados, se desempeñan activamente en los diversos rubros de la actividad económica formal.

A nivel internacional el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establece que los Estados Partes deben adoptar normas y técnicas para garantizar un desarrollo económico, social y cultural constante y la ocupación plena y productiva, en condiciones que garanticen las libertades políticas y económicas fundamentales de la persona humana, también garantizando condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo e igualdad de oportunidades.

El derecho al trabajo garantiza el cumplimiento de otros derechos humanos como lo son, el derecho a la seguridad social y al seguro social, el derecho a un nivel de vida adecuado comprendiendo el acceso a alimentos, derecho al nivel más alto posible de salud, entre otros. La falta de oportunidades de trabajo para las personas discapacitadas directamente afecta la habilidad de estos a tener acceso a estos derechos fundamentales y los deja en un estado de vulnerabilidad.

En este sentido, la política nacional debe abarcar todas las ramas de la actividad económica, incluidos los sectores formales e informales, y todas las categorías de trabajadores, incluidos los trabajadores en condiciones atípicas de empleo y los pasantes. Asimismo, tener en cuenta los riesgos específicos para la seguridad y la salud de los trabajadores con discapacidad, sin discriminar por ningún motivo a esos trabajadores.

Los trabajadores tienen el derecho a vigilar y exigir las condiciones de trabajo adecuadas sin temer represalias, así como tener acceso a medidas específicas para disfrutar del derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias en igualdad de condiciones con los demás. Específicamente, los trabajadores con discapacidad no deberían estar segregados en talleres protegidos pues tienen el derecho de beneficiarse de un entorno laboral accesible y no se les deben negar ajustes razonables, como ajustes en el lugar de trabajo o modalidades de trabajo flexibles. También deberían disfrutar de igual remuneración por trabajo de igual valor y no ser víctimas de discriminación salarial debido a una supuesta menor capacidad de trabajo.

En México, diversas investigaciones certifican que más de un millón de personas con discapacidad y con facultades para trabajar y ser plenamente productivos no cuentan con un empleo estable, lo que tiene como resultado que menos del 30% están empleados. Al respecto, la Red Nacional de Ciegos de México afirma que las personas con discapacidad pueden ser tan productivas como el contexto se los permita. Este es el caso para una gran cantidad de discapacidades o limitaciones donde el contexto social, educativo y laboral actual en México no toma en consideración las necesidades de las personas con discapacidades, si se lograra un esfuerzo por cambiar las condiciones actuales, implementar los instrumentos necesarios y concientizar a la población, las personas con discapacidades podrían disfrutar de oportunidades equitativas y de una mejor calidad de vida.

Es por ello por lo que se requiere un cambio positivo significativo, en el ejercicio libre y sin restricciones de los derechos de las personas con discapacidad que necesariamente transita por una mayor inclusión laboral como elemento central de la dignidad humana.

Frente a ello, existen diversas evidencias en naciones latinoamericanas que validan y hacen valer el derecho al trabajo de todos sus ciudadanos incluyendo a las personas con discapacidad; tal es el caso de Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela, en las cuales se establecen cuotas que van del 2 al 7%. En Argentina también se considera la exención del 50% en aportes patronales en el primer año de contratación, al igual que 70% de descuento en ganancias.

En Europa, la contratación de personas con discapacidad es priorizada en la creación de políticas públicas. En 2010, la Comisión Europea adoptó la Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020 que se basa en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), donde también se recoge la experiencia del Plan de Acción en Materia de Discapacidad (2004-2010). La Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020: un compromiso renovado para una Europa sin barreras tiene como fin capacitar a las personas con discapacidad para que puedan disfrutar de todos sus derechos y beneficiarse de una participación en la economía y en la sociedad europeas.

Gracias a esto se ha logrado la implementación de varios sistemas, instrumentos y programas de capacitación en diversos países europeos que se dedican a lograr la inclusión de las personas con discapacidades efectivamente, brindándoles no solo oportunidades laborales sino también seguridad laboral y mecanismos de defensa en contra de actos de discriminación.

estos mecanismos pasan forzosamente por el aumento al presupuesto destinado a la educación inclusiva y educación especial para garantizar la igualdad de oportunidades.

La inclusión en la educación consiste en que los sistemas educativos estén preparados para ofrecer una enseñanza de calidad, independientemente de que existan diferentes necesidades entre el alumnado, basándose en la igualdad de oportunidades y de acceso. Para la UNESCO la educación inclusiva es la mejor solución para un sistema escolar que debe responder a las necesidades de todos sus alumnos.

En 1990 la Declaración Mundial de la Educación para todos de la UNESCO, con el fin de buscar la universalización de la educación reconoció la necesidad de suprimir la disparidad educativa particularmente en grupos vulnerables a la discriminación y la exclusión (incluyó niñas, los pobres, niños/as trabajadores y de la calle, población rural, minorías étnicas, población con discapacidad y otros grupos). A partir de esta declaración se ha manejado el concepto de Educación para Todos (EFA Education for All) tanto desde la UNESCO y otras agencias de cooperación internacional como el ideal de un mundo en el que todos los niño/as tienen acceso y se les garantiza que reciben una educación de calidad.

La educación en este contexto es un concepto amplio que busca posibilitar que todos los alumnos adquieran conocimientos y desarrollen habilidades, actitudes y hábitos que contribuyan a su bienestar mental y social. La educación se define como el crecimiento de un individuo al pasar de un estado de dependencia relativa a uno de relativa independencia mental, física, emocional y social.

El concepto de educación inclusiva se reconoce universalmente como un derecho para todas las personas indistintamente de sus características, su edad, etc. En este sentido, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas adoptó, en septiembre del 2016, la Observación General número 4 sobre la Convención, donde se reconoce la educación inclusiva como un derecho del cual todas las personas son titulares y, en esta circunstancia particular, se enfoca el derecho a la educación de las personas con discapacidad. Necesariamente el impulso a la educación de personas con discapacidad es un elemento sin el cual la inclusión laboral dista de ser una realidad para este grupo poblacional, misma que pasa más allá de una cuestión matriculada y requiere de educación continua y permanente, que incluye la capacitación dentro de los centros laborales.

Tanto la Constitución Política como la legislación reglamentaria y la propia Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de la mano con lo señalado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y distintos cuerpos normativos internacionales, contemplan el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, sin que su materialización sea plenamente efectiva a nivel nacional.

Si bien, México es uno de los pocos países que cuentan con figuras jurídicas representativas en la protección, promoción y cultura de los derechos humanos a nivel Latinoamérica, cuando se hace mención del contexto vivido por los grupos menos favorables, nos remitimos a una cantidad considerable de derechos violados.

En este aspecto, el artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que:

“...1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados Partes salvaguardan y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes, incluida la promulgación de legislación, entre ellas:

1. Prohibir la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables;

2. ...

3. Asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos laborales y sindicales, en igualdad de condiciones con las demás;

4. Permitir que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación profesional y continua;

5. Alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional de las personas con discapacidad en el mercado laboral, y apoyarlas para la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno al mismo;

6. Promover oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de constitución de cooperativas y de inicio de empresas propias;

7. Emplear a personas con discapacidad en el sector público;

8. Promover el empleo de personas con discapacidad en el sector privado mediante políticas y medidas pertinentes, que pueden incluir programas de acción afirmativa, incentivos y otras medidas.”

Tomando en consideración la legislación nacional y los tratados suscritos, podemos decir que México tiene bases sólidas para ratificar la cuota de contratación para las personas con discapacidad.

La OIT por su parte, ha emitido una Política y Estrategia para la Inclusión de las personas con Discapacidad 2020-2023, incluyendo dentro de sus principios rectores la importancia del empleo y no discriminación:

“i. Velar por que no se tolere la discriminación, la estigmatización, la violencia y el acoso por razón de discapacidad, incluyendo las formas múltiples e interseccionales de discriminación por razón de raza, color, sexo, género, religión, opinión política o de otra índole, ascendencia nacional, origen social o étnico, idioma, edad, orientación sexual y la discriminación por asociación.

ii. Atraer y contratar a funcionarios con discapacidad y retenerlos, y promover su progresión profesional, lo que incluye facilitarles ajustes razonables ya sea para trabajar en la oficina o para teletrabajar.

...

v. Promover la accesibilidad física y digital, tanto en la sede como en las oficinas exteriores, mediante la aplicación de principios de diseño universal, y mediante la identificación proactiva y la eliminación de las barreras y la adopción de medidas para prevenirlas.

...

vii. Promover una perspectiva de inclusión de la discapacidad en la adquisición de bienes y servicios, inclusive entre los contratistas externos que emplean a personas que trabajan en los locales de la OIT.

viii. Cooperar en el marco del sistema de las Naciones Unidas, a nivel de la sede y a través de los equipos de las Naciones Unidas en los países, para asegurar la efectividad y la coherencia en la aplicación de la inclusión de la discapacidad en todo el sistema, teniendo en cuenta a la vez las necesidades y las características específicas de cada organización.

ix. Generalizar la inclusión de las personas con discapacidad en los programas, proyectos y actividades de la OIT, focalizando las intervenciones en estas personas, y dar una participación significativa a los mandantes tripartitos y a las organizaciones de personas con discapacidad en los procesos de diseño y aplicación.

...

xii. Recopilar datos desglosados en función de la discapacidad, preservando el carácter confidencial de estos datos, a fin de configurar el diseño, la aplicación y el seguimiento de las políticas, los programas, los proyectos y las actividades.”

De igual manera la ONU ha emitido una estrategia para la inclusión de la discapacidad que facilita la aplicación de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros instrumentos en materia de derechos humanos, así como la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Agenda para la Humanidad (EN) y el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres, lo que evidencia el empuje que desde los organismos internacionales existe para esta agenda.

Para alcanzar la inclusión de las personas con discapacidad, la estrategia se basa en tres enfoques globales:

“Enfoque de doble vía: La integración de las personas con discapacidad es una cuestión de carácter transversal que debe estar presente en toda acción, por un lado, y la inclusión requiere medidas e instrumentos específicos.

Interseccionalidad: Tomar en cuenta que otros factores como el género, la edad, la ubicación, etcétera, determinan también las vidas de las personas con discapacidad.

Coordinación: Un enfoque coordinado y coherente es esencial para acelerar el progreso, aprender de experiencias previas y lograr el objetivo de la inclusión.”

Recordando en todo momento mantener un enfoque basado en derechos humanos que consiste en un marco conceptual para el proceso de desarrollo humano que se basa normativamente en estándares internacionales de derechos humanos y está operacionalmente dirigido a promover y proteger los derechos humanos. Su objetivo es analizar las desigualdades que se encuentran en el corazón de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias y las distribuciones injustas de poder que impiden el progreso del desarrollo y que a menudo resultan en grupos de personas que se quedan atrás.

De igual manera, mantener estos enfoques con perspectiva de género a través de un conjunto de enfoques específicos y estratégicos, así como procesos técnicos e institucionales que se adoptan para alcanzar este objetivo. Frente a ello, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece esta perspectiva como una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.

Con lo anterior en mente se presentan las siguientes modificaciones al texto vigente

Por lo anteriormente señalado se presenta el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforman el artículo 4, las fracciones XI y XII, y se adiciona una fracción XIII al artículo 5; se reforma la fracción I del artículo 11 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

...

...

Para efectos del párrafo anterior, la Administración Pública, de conformidad con su ámbito de competencia, impulsará el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, el pleno desarrollo, adelanto y empoderamiento de las mujeres, a través del establecimiento de medidas contra la discriminación y acciones afirmativas positivas que permitan la inclusión social de las personas con discapacidad mediante un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género que incluya la interseccionalidad de las personas beneficiarias. Será prioridad de la Administración Pública adoptar medidas de acción afirmativa positiva para aquellas personas con discapacidad que sufren un grado mayor de discriminación, como son las mujeres, las personas con discapacidad con grado severo, las que viven en el área rural, o bien, no pueden representarse a sí mismas.

Artículo 5. Los principios que deberán observar las políticas públicas son:

I. a la X. ...

XI. La transversalidad ;

XII. Progresividad y prohibición de regresividad, y

XIII. Las demás que resulten aplicables.

Artículo 11. ...

I. Prohibir cualquier tipo de discriminación por motivo de discapacidad o adquisición de alguna discapacidad en la selección, contratación, remuneración, tipo de empleo, reinserción, continuidad, capacitación, liquidación laboral, promoción profesional y asegurar condiciones de trabajo accesibles, seguras y saludables;

II. a la VIII. ...

Segundo. Se reforma el artículo 3 y se adicionan un Título Quinto Ter, “Trabajo de Personas con Discapacidad” y los artículos 180 A, 180 B, 180 C y 180 D a la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 3o. El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, así como el reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener su igualdad ante la ley. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes. Tomando en cuenta la perspectiva de género y la interseccionalidad de los trabajadores, mediante un enfoque de derechos humanos.

...

No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada. Mientras que estas tengan una justificación razonable, proporcional y objetiva, respetando en todo momento los derechos humanos y la dignidad de las personas.

...

Título Quinto TerTrabajo de personas con discapacidad

Artículo 180 A. El trabajo que realicen las personas con discapacidad queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo tanto federales como locales.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con las autoridades del trabajo en las entidades federativas, desarrollarán programas que permitan garantizar los derechos de las personas con discapacidad y promover su inclusión laboral, los cuales deberán contener los siguientes temas:

I. Estrategias para asegurar que las personas con discapacidades gozan de igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo;

II. Normatividad interna para mejorar las perspectivas de empleo para las personas con discapacidades facilitando su contratación, reintegración profesional, conservación en el puesto de trabajo y oportunidades de promoción;

III. Acciones para promover un lugar de trabajo seguro, accesible y saludable; 

IV. Estrategias para garantizar que los gastos que deben sufragar los empleadores en relación con la discapacidad de los asalariados se reduzcan al mínimo;

V. Condiciones para maximizar las contribuciones que los trabajadores con discapacidad pueden realizar a la empresa.

Artículo 180 B. En toda empresa o establecimiento se deberá constituir una cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad.

La Secretaría del Trabajo sancionará a los patrones que incumplan tal obligación, conforme al Reglamento que para tales efectos se expida.

Artículo 180 C. La cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad se regirá por las siguientes:

I. Toda empresa que emplee a más de cien trabajadores, con independencia del régimen contractual de estos últimos, se estará obligada a constituir una cuota de reserva para personas con discapacidad en un porcentaje del dos por ciento de toda la planilla de la empresa, considerando para tales efectos la totalidad de los centros de trabajo de esta;

II. Las personas contratadas conforme a lo dispuesto en el presente artículo no podrán ser, únicamente, personas con discapacidad física;

III. Las sanciones que se establezcan conforme al reglamento que para tales efectos se expida, tendrán por destino la creación y mantenimiento de centros de capacitación para personas con discapacidad, y

IV. Ningún contrato colectivo, con independencia de su naturaleza, podrá establecer condiciones menos favorables para los empleados con discapacidad contratados conforme a este artículo, ni podrá exentar de la obligación aquí establecida a los patrones.

180 D. Los empleadores deberán adoptar una estrategia de gestión de las discapacidades que forme parte integral de su política general de empleo, y que sea un elemento específico de la estrategia de desarrollo de los recursos humanos en el centro de trabajo, la cual deberá incluir:

a) La contratación de personas discapacitadas en busca de empleo, incluidas las que no han trabajado nunca y las que desean reintegrarse al trabajo después de un período sin empleo;

b) La igualdad de oportunidades para los trabajadores con discapacidades;

c) La conservación en el empleo de los trabajadores que contraen una discapacidad.

La estrategia de gestión deberá estar vinculada a una política empresarial que promueva un lugar de trabajo seguro y sano, y que prevea medidas de seguridad y salud en el trabajo, análisis de riesgo de cualquier adaptación o ajuste, una temprana intervención y orientación a servicios de tratamiento y readaptación profesional de las personas que contraen una discapacidad durante su vida activa, así como un sistema de tutoría que garantice el apoyo a la integración de los nuevos trabajadores.

Tercero. Se reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

...

El estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables del contribuyente para los efectos del impuesto sobre la renta por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto equivalente al 50% del salario efectivamente pagado a las personas antes señaladas. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley.

...

...

...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial de la Federación salvo las disposiciones fiscales, las cuales entrarán en vigor el 1 de enero de 2023.

Segundo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto para diseñar los programas contemplados en el artículo 180 A.

Tercero. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto para publicar el Reglamento que señala el artículo 180 B.

Notas

1 OMS. Informe mundial sobre la discapacidad, recuperado el 10 de septiembre de 2022 en:

https://www.afro.who.int/sites/default/files/2017-06/97892406882 30_spa.pdf

2 OIT. Discapacidad y Trabajo, recuperado de:

https://www.ilo.org/santiago/temas/discapacidad-y-trabajo/lang–e s/index.htm

3 ONU. Estrategia de las Naciones Unidas para la Inclusión de la Discapacidad, recuperado de

https://www.un.org/es/content/disabilitystrategy/assets/document ation/UN_Disability_Inclusion_Strategy_spanish.pdf

4 ONU. Informe del Secretario General, Inclusión de la Discapacidad en el Sistema de las Naciones Unidas, recuperado de:

https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/sp-un_disability_inclu sion_strategy_report_01.pdf,

5 ONU. Estrategia de las Naciones Unidas para la Inclusión de la Discapacidad, recuperado de

https://www.un.org/es/content/disabilitystrategy/assets/document ation/UN_Disability_Inclusion_Strategy_spanish.pdf

6 Ídem

7 ONU. Informe del Secretario General, Inclusión de la Discapacidad en el Sistema de las Naciones Unidas, recuperado de:

https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/sp-un_disability_inclu sion_strategy_report_01.pdf, OIT. C111 - Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), Recuperado de:

https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000: 12100: 0:: NO:: P12100_ILO_CODE: C111, OIT. C159 - Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), Recuperado de:

https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB: 12 100: 0:: NO:: P12100_INSTRUMENT_ID: 312304

8 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2020, Recuperado el 5 de septiembre de 2022 en:

https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/default.html#Result ados_generales

9 Ídem.

10 Dis-Capacidad. Censo 2020: 16.5% de la población en México son personas con discapacidad, recuperado el 7 de septiembre de 2022 en:

https://dis-capacidad.com/2021/01/30/censo-2020-16-5-de-la-pobla cion-en-mexico-son-personas-con-discapacidad/

11 La educación inclusiva tiene como propósito derribar el mito de que las personas con discapacidad no aprenden como las demás, recuperado en:

https://redclade.org/noticias/la-educacion-inclusiva-tiene-como- proposito-derribar-el-mito-de-que-las-personas-con-discapacidad-no-aprenden-com o-las-demas/

12 Inegi. Encuesta Nacional sobre Discriminación, Recuperado el 7 de septiembre de 2022 en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadis/2017/doc/en adis2017_resultados.pdf

13 Ídem

14 OHCHR. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, recuperado el 5 de septiembre de 2022 en:

https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/inte rnational-covenant-economic-social-and-cultural-rights

15 OHCHR. Observación general núm. 23 (2016) sobre el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) Recuperado el 10 de septiembre de 2022 en:

https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G16/087/54/ PDF/G1608754.pdf?OpenElement

16 OEA. Equidad e Inclusión Social: Superando desigualdades hacía sociedades más inclusivas, recuperado de:

http://www.oas.org/docs/inclusion_social/equidad-e-inclusion-soc ial-entrega-web.pdf

17 Ley 24.013 art. 87, recuperado de:

https://cdh.defensoria.org.ar/normativa/ley-24-013-ley-de-empleo /#:~: text=La%20presente%20norma%20establece%20que,como%20situaci%C3%B3n%20social%20j ur%C3%ADdicamente%20configurada, Ley Nacional 22.431 art.23, recuperado de

http://www.msaludjujuy.gov.ar/ILaboral/Archi_2013%5CBenfparaEmpr esas.pdf

18 Eurosocial. Promoción, del empleo de personas con discapacidad Recopilación de normativas y buenas prácticas en algunos países de Europa y de América, recuperado de: Latina

https://eurosocial.eu/wp-content/uploads/2020/03/32_PROMOCION_DE L_EMPLEO-1.pdf

19 https://famma.org/la-importancia-de-la-educacion-inclusiva/

20 La educación inclusiva como un modelo para la Educación para Todos Recuperado en:

http://www.inclusioneducativa.org/ise.php?id=5

21 Ídem, La educación inclusiva tiene como propósito derribar el mito de que las personas con discapacidad no aprenden como las demás, recuperado en:

https://redclade.org/noticias/la-educacion-inclusiva-tiene-como- proposito-derribar-el-mito-de-que-las-personas-con-discapacidad-no-aprenden-com o-las-demas/

22 Ídem, OHCHR. Observación General 4, recuperado de:

http://www.convenciondiscapacidad.es/observaciones/

23 OIT. Estrategia para la Inclusión de las Personas con Discapacidad 2020-2023, Recuperado de

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/–-ed_emp/–-ifp_skills/d ocuments/publication/wcms_830414.pdf

24 ONU. Estrategia de las Naciones Unidas para la Inclusión de la Discapacidad, recuperado de:

https://www.un.org/es/content/disabilitystrategy/

25 ONU. Enfoque para la programación basado en los derechos humanos, recuperado de:

https://unsdg.un.org/es/2030-agenda/universal-values/human-right s-based-approach

26 ONU Mujeres. Incorporación de la perspectiva de género, recuperado de:

https://www.unwomen.org/es/how-we-work/un-system-coordination/ge nder-mainstreaming#:~: text=Es%20una%20estrategia%20 destinada%20a,fin%20de%20que%20las%20mujeres

27 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, recuperado de:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/669252/LGAMVLV_01 0621.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 13 de octubre de 2022.– Diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para opinión.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del PT

Suscribe, diputado Alfredo Femat Bañuelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (PT) en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, conforme a lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 78 y 79, fracción II; 80, 82, punto 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa de reforma a la Ley del  I nstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) , para cambiar el esquema de otorgamiento de créditos hipotecarios del Fovissste, toda vez que los actuales han impactado en detrimento de los trabajadores del Estado, tanto activos como jubilados, que han contratado créditos hipotecarios.

Antecedentes

Hablar de seguridad social en México implica abordar un tema que se debe analizar, de manera inicial, desde una perspectiva histórica, y cuya evolución ha dado cuenta de los grandes acontecimientos registrados en nuestra nación y que han influido en su fisonomía.

Como es conocido, una pretensión de toda sociedad lo ha sido el construir en su entorno, un escenario de bienestar con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, cohesión comunitaria e integración social, en el cual puedan ser garantizados los derechos plenos al amplio sector de ciudadanos que históricamente han sido excluidos del desarrollo.

En este contexto es que se debe tener en perspectiva lo referente a la seguridad social en nuestro país, toda vez que ésta se ha hecho presente de diferentes maneras, en el transcurso de la historia de nuestra nación, condensándose fundamentalmente en la actualidad, en lo que conocemos como Issste e IMSS.

Para el caso que nos ocupa, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), tiene como antecedente a la antigua dirección de pensiones, decretada desde 1925. Sin embargo, al entrar en vigor la Ley Federal del Issste, en 1960, éste se crea como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal.

Es importante señalar que la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, desde el año 1972, con la modificación de la fracción XI del apartado B del artículo 123 constitucional, que marca la creación del Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), y cuya última reforma se difundió en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021, considera en su Sección II, titulada Del Crédito para Vivienda, en su artículo 167 que, el Instituto administrará el Fondo de la Vivienda que se integre con las Aportaciones que las Dependencias y Entidades realicen a favor de los Trabajadores.

Señala además que el Fondo de la Vivienda tiene por objeto establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente, mediante préstamos con garantía hipotecaria en los casos que expresamente determine la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, así como recibir directamente y sin intermediarios el crédito mencionado. Estos préstamos se harán hasta por dos ocasiones, una vez que el primer crédito se encuentre totalmente liquidado.

Este fondo ha mantenido como misión el operar un sistema de financiamiento que permita otorgar créditos baratos, accesibles y suficientes a los trabajadores del Estado para que adquieran una vivienda digna y decorosa en legítima posesión, así como apoyarlos para generar un retiro sustentable, a través de una eficiente administración de sus aportaciones.

Sosteniendo como visión el ser la institución financiera líder en el mercado de vivienda, que brinda y opera esquemas de financiamiento acordes a las necesidades de sus derechohabientes, y que permiten incrementar su bienestar y seguridad patrimonial.

I) Planteamiento del problema que la iniciativa pretenda resolver

Actualmente, la presencia que ha adquirido el Fovissste en el contexto nacional, ha permitido se le considere como una instancia consolidada que se ha esmerado en implementar acciones gubernamentales orientadas a fortalecer el bienestar de las y los trabajadores, en materia de vivienda y manejo adecuado de sus aportaciones.

Sin embrago, en los hechos se ha constatado que la pretensión de este fondo no se ha expresado en lo deseable, convirtiéndose en un verdadero calvario para quienes han acudido a él, toda vez que de manera recurrente se han aplicado medidas, que no han representado beneficio alguno para los deudores del fondo, permitiéndome hacer alusión a algunas de ellas, a manera de ejemplo:

1. Según el Decreto Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de enero de 2016 en materia de de-sindexación del salario mínimo, a partir del 2017 los créditos otorgados en dicha unidad de medida, se habrán de actualizar de acuerdo al incremento que resulte menor entre el aumento del Salario Mínimo (22 por ciento) y la UMA (7.36 por ciento), que son los incrementos registrados en porcentaje para el año 2022, y cada que se modifiquen éstos.

2. El pasado 14 de enero del año en curso, Fovissste informó la denominada actualización UMA, la cual entraría en vigor a partir del 1 de febrero de 2022, cuyo valor diario sería de 96.22 pesos, mensual de 2,925.09 pesos y anual 35,101.08 pesos; es decir, tendrá un incremento de 7.36 por ciento con respecto al año anterior.

3. A partir de lo anterior, se debe considerar que los montos en los esquemas de créditos hipotecarios Fovissste (Tradicional, Conyugal e Individual Fovissste — Infonavit y Pensionados), también se incrementarán en esta misma proporción.

Ante este escenario, se abona de manera por demás significativa a la pauperización de los deudores, dado que es fácilmente perceptible el impacto negativo en el monto del adeudo contraído ante el Fovissste, el cual se incrementa,  situación ante la cual, lo único que recomienda este fondo  es el pago anticipado antes de que entre en vigor la actualización, sin penalización alguna, lo que impactaría de manera favorable en el saldo insoluto del crédito contraído, incrementándose en menor medida y que el plazo del crédito se reduzca, lo que sin duda beneficia más al fondo que al propio deudor, pues éste tendrá que ajustar aún más su consumo, para atender la convocatoria mencionada.

Además, a inicios del mes de mayo del presente año se anunció, por parte del Fovissste, el programa de liquidación anticipada de hipotecas, el cual pretende beneficiar a más de 10 mil personas por año, con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2024,  con el objetivo de que el Fovissste condone al trabajador el restante del saldo insoluto de su financiamiento para quienes tengan un préstamo vigente con 90 por ciento de su adeudo pagado, que dispongan sólo de un crédito, sin ningún proceso de reestructuración ni tampoco en estatus de emproblemado o mancomunado, y sobre todo, que el préstamo sea mayor al importe de la obligación de pago mensual, multiplicada por dos.

Esta acción es sumamente selectiva, pues incluye sólo a aquellos que reúnen los requisitos planteados, dejando a la gran mayoría de los deudores en un escenario de creciente complejidad económica.

Considerando que este fondo de vivienda está encargado de brindar créditos de fácil acceso, barato y eficiente a trabajadores al servicio del Estado, para la obtención de una vivienda digna e íntegra, y contrastando este propósito con la realidad que viven miles de deudores, se llega a la conclusión de que los créditos Fovissste son impagables, y de lograrlo, es a partir de reducir la calidad de vida de los trabajadores que accedieron a sus créditos.

No se debe desconocer el efecto negativo de la inflación sobre el costo de los créditos hipotecarios, dado que ésta impacta en la actualización de la unidad de medida y actualización (UMA), modificando la deuda original.

El mayor impacto es en los créditos hipotecarios de trabajadores al servicio del Estado, de mayor antigüedad. Actualmente el Fovissste tiene 915 mil 984 préstamos vigentes, de los cuales el 15.7 por ciento, que corresponde a 143 mil 528, corresponde a jubilados, representando el 70.7 por ciento (647 mil 375) a trabajadores activos, agregando que la mayoría de los créditos están sustentados en UMAS.

Es a partir de lo anterior que, con el objetivo de modificar el actual esquema del fondo, surgió en el mes de enero de 2019 el denominado Movimiento Nacional de Afectados por los Créditos Hipotecarios del Fovissste, enarbolando el argumento referente al carácter fraudulento e impagable de los créditos hipotecarios que otorga este organismo, que esclavizan al trabajador deudor durante su vida laboral, a partir de la contratación del crédito y aún más, siendo jubilado.

Existen antecedentes en esta soberanía, respecto a este movimiento, toda vez que en febrero de 2019, el entonces diputado federal Rubén Cayetano García presentó una iniciativa para reformar la Ley del Issste, en materia de financiamiento de los créditos hipotecarios del Fovissste, la cual no fue aprobada en la Comisión de Trabajo, así como en la de Seguridad Social, con el argumento de que ello tendría un fuerte impacto presupuestal para el Issste y Fovissste, llevándolo a la quiebra financiera, argumento que en su momento fue y ahora es sumamente cuestionable.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas diposiciones a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Artículo Único. Se reforma el artículo 20; el párrafo primero, fracciones I y III, artículo 169; párrafos tercero, cuarto, quinto y octavo, artículo 176; párrafo primero, fracción I, artículo 180; párrafo primero, artículo 183; el párrafo primero, segundo y quinto, artículo 185; Se adiciona una nueva fracción III, pasando a ser la actual III, IV del artículo 168; un nuevo párrafo segundo, pasando a ser el actual segundo, tercero ya sí subsecuentemente al artículo 176; un párrafo segundo e incisos a) y b) al artículo 181; un nuevo párrafo tercero, pasando a ser el actual tercero, cuarto y así subsecuentemente al artículo 183; un nuevo párrafo cuarto pasando a ser el actual cuarto, quinto al artículo 185, todos estos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 20. Cuando no se hubieren hecho a los Trabajadores o Pensionados los Descuentos procedentes conforme a esta Ley, el Instituto mandará descontar hasta un treinta por ciento del sueldo o hasta un veinte por ciento de la Pensión mientras el adeudo no esté cubierto. En caso de que la omisión sea atribuible al Trabajador o Pensionado, se mandará descontar los mismos montos del sueldo o pensión.

Artículo 168. Los recursos para la operación del Fondo de la Vivienda se integran con:

I. Las Aportaciones que las Dependencias y Entidades enteren al Instituto a favor de los Trabajadores;

II. Los bienes y derechos adquiridos por cualquier título;

III. Los intereses pagados por los créditos otorgados; y

IV. Los rendimientos que se obtengan de las inversiones de los recursos a que se refieren las anteriores fracciones.

Artículo 169. Los recursos afectos al Fondo de la Vivienda se destinarán:

I. Al otorgamiento de créditos a los trabajadores, los cuales serán en pesos y con  tasa de interés fija anual de 4 al 6 % durante el tiempo que dure el crédito, así también se otorgarán en plazos de 15, 20 y 25 años a libre elección  del trabajador, dependiendo de su capacidad de pago, siendo dichos créditos solo para los Trabajadores  que sean titulares de las Subcuentas del Fondo de la Vivienda, de las Cuentas Individuales y que tengan depósitos constituidos a su favor por más de dieciocho meses en el Instituto.

El importe de estos créditos deberá aplicarse a los siguientes fines:

a) A la adquisición o construcción de vivienda;

b) A la reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones,

c) A los pasivos contraídos por cualquiera de los conceptos anteriores; y

d) A la adquisición de suelo destinado a la construcción de su vivienda.

Asimismo, el Instituto podrá descontar con las entidades financieras que cuenten con la respectiva autorización emitida para tal efecto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los créditos que hayan otorgado para aplicarse a los conceptos señalados en los incisos anteriores;

II. Al pago de capital de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda de los Trabajadores en los términos de ley;

III. A cubrir los gastos de administración, operación y vigilancia del Fondo de la Vivienda conforme a esta Ley;

IV. A la inversión de inmuebles destinados a sus oficinas y de muebles estrictamente necesarios para el cumplimiento de sus fines, y

V. A las demás erogaciones relacionadas con su objeto.

Artículo 176. Al momento en que el Trabajador reciba crédito para vivienda, el saldo de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda de su Cuenta Individual se aplicará como pago inicial de alguno de los conceptos a que se refiere la fracción I y II del artículo 169 de esta Ley.

Cuando se jubile o pensione esta aportación patronal dejara de aplicársele en automático por parte del Fondo de Vivienda.

Durante la vigencia del crédito concedido al Trabajador, las Aportaciones a que se refiere esta Sección a su favor se aplicarán a reducir siempre el capital a cargo del patrón.

El Trabajador que obtenga un crédito de alguna entidad financiera para aplicarlo al pago de la construcción o adquisición de su habitación o de suelo destinado para vivienda, podrá utilizar como pago inicial para la construcción o adquisición, el saldo de su Subcuenta del Fondo de la Vivienda. Asimismo, las Aportaciones que se efectúen a la Subcuenta citada con posterioridad al otorgamiento del crédito se aplicarán a cubrir siempre la deuda principal del crédito.

El Fondo de la Vivienda podrá otorgar créditos a los Trabajadores en cofinanciamiento con entidades financieras o con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en cuyo caso, el Trabajador también podrá utilizar los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda como pago inicial. Las Aportaciones que se efectúen a la Subcuenta citada con posterioridad al otorgamiento del crédito se aplicarán a cubrir la deuda principal del crédito que haya otorgado el Fondo de la Vivienda.

En el supuesto de cofinanciamiento a que se refiere el párrafo inmediato anterior, el Fondo de la Vivienda deberá otorgar crédito al Trabajador cuando el crédito que reciba de la entidad financiera de que se trate, se otorgue en base a fondos de ahorro establecidos en planes de previsión social que reúnan los requisitos de deducibilidad que se establezcan en las disposiciones fiscales correspondientes.

En el caso de que el Trabajador obtenga crédito de alguna entidad financiera en términos de lo dispuesto en el párrafo inmediato anterior o de que el Trabajador obtenga crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y el Fondo de la Vivienda no pueda otorgar crédito, el Trabajador tendrá derecho a que durante la vigencia de dicho crédito, las subsecuentes Aportaciones a su favor se apliquen a reducir el saldo insoluto a cargo del propio Trabajador y a favor de la entidad financiera de que se trate o del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Previo convenio con la entidad financiera participante o el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda elaborara una cuenta especial para el cobro de esta aportación a cada dependencia, misma que se abonara al crédito reduciendo el capital y para efectos de que las aportaciones no realizadas del 5% en tiempo y forma por el Patrón, no le generen intereses a los acreditados en los términos del presente artículo.

Artículo 180. La Junta Directiva del Instituto, mediante disposiciones de carácter general que al efecto expida, determinará:

I. Los montos máximos de los créditos que otorgue el Fondo de la Vivienda, los cuales serán en pesos y tasa de interés fija anual, será en función de, entre otros factores, la capacidad de pago de los Trabajadores, la elección de años del crédito que haga el trabador, y

II. Los métodos para la asignación aleatoria en grupos de Trabajadores que reúnan iguales condiciones de elegibilidad, con objeto de dar transparencia, equidad y suficiencia, al otorgamiento de créditos.

Artículo 181. Los créditos que se otorguen con cargo al Fondo de la Vivienda deberán darse por vencidos anticipadamente a favor del Fondo de Vivienda, si los deudores, sin el consentimiento del Instituto, enajenan las viviendas o suelos, en los que no se edifiquen viviendas habitacionales en los suelos adquiridos, gravan los inmuebles que garanticen el pago de los créditos concedidos o incurren en las causas de rescisión consignadas en los contratos respectivos.

Los créditos también se darán por vencidos anticipadamente procediendo a la liberación de la hipoteca a favor del trabajador y al momento el Fondo de Vivienda hará el pago de las Primas, seguros y devolución de los pagos realizados por el acreditado; cuando se den los siguientes casos:

a). Cuando por fenómenos naturales, el bien inmueble adquirido se declare por autoridad competente como inhabitable o totalmente inservible.

b). Cuando por causas no atribuibles al acreditado o por hechos naturales al acreditado, el inmueble desaparezca, se destruya o no se tenga la posesión, previas pruebas, dictamen o sentencia de autoridad competente.

Artículo 183. Cuando un Trabajador deje de prestar sus servicios a las Dependencias o Entidades sujetas al régimen de beneficios que otorga esta Ley y hubiere recibido un préstamo a cargo del Fondo de la Vivienda, se le otorgará una prórroga en los pagos de amortización e intereses, por no tener ingresos económicos. La prórroga tendrá un plazo máximo de doce meses y terminará anticipadamente cuando el Trabajador vuelva a prestar servicios a alguna de las Dependencias o Entidades o ingrese a laborar bajo un régimen con el que el Instituto tenga celebrado convenio de incorporación.

Para los efectos del párrafo anterior, también se entenderá que un Trabajador ha dejado de prestar servicios cuando transcurra un periodo mínimo de doce meses sin laborar en ninguna de las Dependencias o Entidades por suspensión temporal de los efectos del nombramiento o cese, a menos que exista litigio pendiente sobre la subsistencia de su designación o nombramiento.

En estos casos, se reestructura el monto del crédito y de los pagos de amortización e intereses a beneficio del trabajador, para que pueda realizarlo de manera directa al crédito quedando congelados.

Las Dependencias y Entidades a que se refiere esta Ley seguirán haciendo los depósitos para el Fondo de la Vivienda, sobre los sueldos de los Trabajadores que disfruten licencia por enfermedad en los términos del artículo 111 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional y 37 de la presente Ley, así como de los que sufran suspensión temporal de los efectos de su nombramiento conforme a las fracciones I y II del artículo 45 de la citada Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, debiendo suspenderse dicho depósito a partir de la fecha en que cese la relación de trabajo.

La existencia del supuesto a que se refiere este artículo deberá comprobarse ante el Instituto.

Artículo 185. El pago de los intereses de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción I del artículo 169 de esta Ley, será del 4 al 6% dependiendo del monto del crédito y se pactarán al momento de adquirirlo, haciendo el plan de amortización al plazo elegido.

Las formas de pago podrán ser descuento vía nómina o pago directo en ventanillas a cuentas del Fondo, el acreditado elegirá la que más le convenga.

Las cantidades que se descuenten a los Trabajadores con motivo de los créditos a que alude el presente artículo, no podrán exceder del treinta por ciento de su Sueldo Básico.

Los pagos anticipados o adelantados al crédito que realice el trabajador podrá destinarse para:

a) Pago directo a reducción de capital;

b) Pago para reducción de plazo

c) Pago para reducción de intereses.

El trabajador que adquiera un crédito estando activo y en cualquier momento de su vida se jubile o pensione, su crédito se reestructurara cobrándosele de manera mensual solo el 20% de su pensión, quitando también la aportación del 5% patronal.

Los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de veinticinco años.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Todos los créditos vigentes se reestructurarán a pesos y a una tasa de interés anual fija, eliminando la actualización.

Si en la reestructuración del crédito resultara que el acreditado ya pago el saldo total de su crédito en la sumatoria de todos sus descuentos realizados con la tasa que tenga del 4 al 6%, el crédito se dará por terminado y totalmente finiquitado en favor del Trabajador, procediendo a la liberación de la hipoteca. Si hubiere saldo a favor se le devolverá al acreditado.

Tercero. Para aquellos trabajadores que sacaron su crédito estando activo laboralmente y que actualmente estén jubilados o pensionados, sus créditos se reestructuran a pesos con una tasa fija anual y solo se les cobrara el 20 por ciento de su pensión, el pago también se establecerá de manera mensual.

Cuarto. Para las y los acreditados que tengan una demasía crediticia se reestructurará su crédito estableciéndose quitas de hasta un 50% de su deuda, si resultara que ya terminaron de pagar con sus aportaciones y el cobro del interés del 4 al 6% la hipoteca se liberara a favor del trabajador.

Quinto. A efecto de cumplir con la reforma establecida en este decreto Se dan 100 días naturales  a la Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a partir de la entrada en vigor de la presente para realizar las adecuaciones a su reglamento, a su esquema de otorgamiento de créditos, a eliminar de cláusulas en el contrato de mutuo que se contrapongan y a los demás cambios administrativos pertinentes.

Sexto. Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores que se opongan al presente decreto.

Nota

1 https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web& cd=&ved=2ahUKEwj9-vXooP33AhUlKkQIHSJ3CC4QFnoECAIQAQ&url=

https%3A%2F%2Fwww.senado.gob.mx%2Fcomisiones%2Fseguridad_social% 2Fdocs%2FLEY_ISSSTE.pdf&usg=AOvVaw3tQUUxsFV4I4f_iOhIjJZy

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 días de octubre del 2022.– Diputado Alfredo Femat Bañuelos (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a la Comisión de Vivienda, para opinión.



LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

«Iniciativa que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El Paquete Económico de 2022 enviado por el Ejecutivo federal a la Cámara de Diputados el pasado 8 de septiembre de 2022, propuso una reforma al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) estableciendo dentro del límite de las deducciones personales los donativos a organizaciones sin fines de lucro, deducción que antes podía realizarse por separado.

Dicha propuesta fue aprobada por la mayoría oficialista del Congreso, sin prueba alguna, sin datos y sin contar con un diagnóstico real de las consecuencias de esta modificación y lo más delicado, sin escuchar siquiera a las organizaciones de las sociedad social. Así para 2022 una persona física solo puede deducir hasta 15 por ciento del total de su ingreso o hasta o cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por concepto de gastos hospitalarios, gastos médicos, gastos funerarios, ahorro para el retiro y ahora donativos a organizaciones sin fines de lucro.

Esta reforma significó un duro golpe a las organizaciones de la sociedad civil bajo el argumento de una mejor recaudación, pasaron por encima de quienes con su trabajo y esfuerzo ayudan a brindar apoyos que incluso el propio a veces no alcanza a brindar; Mariana Campos y Jorge Cano de México Evalúa al respecto refieren que “Las deducciones por donativos han representado entre 8 y 9 por ciento del total de deducciones de las personas físicas y morales entre 2010 y 2022. Es decir, no tienen un papel preponderante en términos de pérdidas recaudatorias o gastos fiscales. Además, no hay proporcionalidad entre la afectación a las OSC y el supuesto impulso al potencial recaudatorio que esta medida representará —tal impulso es ínfimo: 1.1 mmdp o 1.8% del total de deducciones”.

Así con estas modificaciones se desincentivó a las personas físicas, de realizar donativos a las organizaciones donatarias, las cuales son fundamentales para mantener el funcionamiento y desarrollo de nuestra sociedad, estimando una afectación de $8 mil, 221 millones de pesos, que impacta negativamente en más de 5 mil organizaciones de la sociedad civil, desprotegiendo a la población que atiende cada una de ellas, principalmente a los grupos vulnerables como la niñez y adolescencia.

De acuerdo con la población vulnerable que atienden estas organizaciones, tan sólo 29.6 por ciento se enfoca en la protección de niñas, niños y adolescentes, y es lógico ya que la niñez y adolescencia, representan 30 por ciento de nuestra población nacional, por lo que es inhumano que sean quienes viven en los mayores índices de pobreza.

El Coneval ha señalado que 40.3 por ciento de la niñez en México se encuentran en pobreza moderada, y 9.3 por ciento se encuentra en extrema pobreza, cifra que aumenta a 11.3 por ciento si se habla exclusivamente de niñas en extrema pobreza.

Recientemente el (Inegi), reportó que casi 3 millones de hogares mexicanos, recibieron donaciones provenientes de Organizaciones sin fines de lucro, beneficiando a 39 por ciento de la totalidad de hogares que recibieron apoyos, por lo cual, sin el apoyo de estas organizaciones, se dejará de beneficiar a las millones de familias, quienes cuentan con menores de edad, repercutiendo acciones realizadas por organizaciones donatarias para la atención a procesos educativos, tratamientos médicos y hospitalarios, y apoyo en albergues y casas hogares.

Cabe señalar que las donaciones a organizaciones de la sociedad civil en 2012 representaron un total de 26 mil 368 millones de pesos, las cuales para 2018 aumentaron a 45 mil 282 millones de pesos y en 2020 continuaron su aumento con un total de 47 mil 659 millones de pesos.

Asimismo, de acuerdo con “Fondos a la Vista, AC”, en 2015, 3 de cada 10 pesos donados provenía de donativos de personas físicas, y en el caso de la organización de la sociedad civil “Médicos sin Fronteras, Fondo para la Paz y Amnistía Internacional”, en 2020 las donaciones individuales representaron un 18 por ciento del total de recursos recaudados.

Las Organizaciones de la Sociedad Civil, surgen debido a la falta de capacidad del Estado para atender demandas de la ciudadanía y resolver múltiples problemas sociales, las cuales desde su creación fortalecen los desafíos que enfrenta cada día nuestra sociedad. Por tal razón de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), estas suman un total de 66 mil en nuestro país, aunque de acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) solamente 9 mil 601 están autorizadas para expedir recibos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Por su parte, el Directorio de Instituciones Filantrópicas de Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi) registra más de 45 mil asociaciones.

De acuerdo con Lisa Sánchez, Directora de México Unido Contra la Delincuencia, las Organizaciones de la Sociedad Civil son una “ plataforma de participación ciudadana para personas interesadas en problemas públicos y que junta a los actores de distintos ámbitos para participar en la solución de problemas de la sociedad”. Por su parte, Edna Jaime, Directora General de México Evalúa, compartió que una sociedad civil es un actor importante en la rendición de cuentas, siendo la clave para evitar abusos de poder.

Históricamente, las organizaciones de la sociedad civil han apoyado a los distritos grupos vulnerables en nuestro país, por lo cual es fundamental que el Estado cumpla con su función de apoyo a estas organizaciones, y debe abstenerse de condicionarlas o perjudicarlas, generando barreras como la aprobada en la miscelánea fiscal pasada e incluso condenarlas a su extinción.

Por ello, nos corresponde insistir en que se regrese al esquema de donaciones anterior, que permitía realizar estas donaciones por separado, pero sobre todo es importante la reconstrucción de la relación de este gobierno con las organizaciones de la sociedad civil, hacer equipo con ellas en vez de verlas como agentes externos, la meta común es el apoyo que reciben los grupos vulnerables. La sociedad civil organizada debe ser nuestro gran aliado, con su trabajo se salvan vidas y dan nuevas oportunidades.

Por todo lo anterior, me permito presentar el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforma el último párrafo del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Único. Se Reforma el último párrafo del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 151. ...

I. a VIII. ...

...

...

...

El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, o de 15 por ciento del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de las fracciones III y V de este artículo.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Alternativas y Capacidades, AC. Posibles afectaciones del cambio de la LISR a las OSC, Disponible en:

https://alternativasycapacidades.org/noticias/posibles-afectacio nes-del-cambio-lisr/

2 https://www.mexicoevalua.org/el-limite-a-las-deducciones-por-donativos-poca-rec audacion-mucha-afectacion/

3 El Economista. Organizaciones de la sociedad civil, un entramado de más de 39 mil agrupaciones dedicadas a ayudar, obra citada.

4 Alternativas y Capacidades, AC. Posibles afectaciones del cambio de la LISR a las OSC, obra citada.

5 El Economista. Organizaciones de la sociedad civil, un entramado de más de 39 mil agrupaciones dedicadas a ayudar, disponible en:

https://www.eleconomista.com.mx/politica/Organizaciones-de-la-so ciedad-civil-un-entramado-de-mas-de-39000-agrupaciones-dedicadas-a-ayudar-20201 108-0003.html

6 Consejo Cívico de Instituciones de Coahuila, AC. La importancia de una sociedad civil, Disponible en:

https://ccic.org.mx/la-importancia-de-una-sociedad-civil/#:~: text=La%20falta%20de%20capacidad%20del,reportaje%20la%20revista%20Letras%20Libr es.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

«Iniciativa que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada Elizabeth Pérez Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 73, fracciones II, y XXIX-P, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 2o-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

En 2013 México se convirtió en el primer país en elevar a rango constitucional el derecho al acceso a internet, obligando al gobierno a proporcionar acceso a quienes no puedan pagarlo mediante infraestructura para el acceso público; esto incluso anterior al reconocimiento de las Naciones Unidas al derecho de acceso a internet como un derecho humano básico.

El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó en 2016 una resolución que data de 2011 para la “Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en internet”, El documento afirma que los derechos de las personas deben ser garantizados en internet y exhorta a los Estados a que promuevan y faciliten el libre acceso a internet.

Este documento si bien, no es obligatorio para los países, establece un precedente histórico para el reconocimiento del derecho de acceso al internet, por lo que al menos deben de observarse los principios generales de accesibilidad, pluralismo, no discriminación y privacidad.

En México fuimos de los primeros países en cobrar impuestos especiales sobre telecomunicaciones, ya que hasta hace unos años se consideraba un servicio de lujo, así surgió el impuesto especial sobre producción y servicios. Sin embargo, al considerar al internet como un servicio mínimo requerido, en 2009 se publicó una reforma al artículo 8 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en la cual se exenta de pago de IEPS a los servicios de acceso a internet.

Aún con la eliminación del impuesto especial al servicio de internet en 2009, se observan grandes diferencias en la calidad y el acceso entre los deciles poblacionales y también entre la población rural y la urbana. Según el anuario estadístico 2020 que publica el Instituto Federal de Telecomunicaciones, a 2019 se elevó el número de acceso a internet a 19.4 millones de conexiones, siendo la Ciudad de México el lugar donde mayor incremento de accesos hubo.

También el aumento de velocidades de conexión es una realidad que se ha dado por la competencia en el sector, actualmente el mayor número de accesos, con más del 80% son en conexiones con velocidades mayores a los 10 MB y menores a los 100MB; cuando en 2016 más del 90% de las conexiones eran de una velocidad menor a los 5MB.

Pero esta mejora en los servicios de acceso a internet no ha garantizado el derecho, ya que el diferencial entre zonas urbanas y rurales sigue siendo por encima de 20 puntos porcentuales. Además, el gasto de los hogares del primer decil al contratar un servicio básico de internet representa en promedio el 3.6 por ciento de los ingresos del hogar, mientras que en el decil 10 la contratación de un servicio de internet de banda ancha y conexión 10 veces mayor, representa solamente el 1.5 por ciento del ingreso del hogar; aumentando considerablemente la brecha de acceso y calidad del servicio de conexión a internet.

Al menos el 31 por ciento de los hogares en México no cuentan con acceso a cuando menos un servicio de telecomunicación y solo el 56 por ciento de los hogares en todo el país cuentan con acceso al servicio de internet.

Se calcula que, para finales del 2022, la cantidad de usuarios se incremente por encima del 3.8 por ciento, llegando el número de la población que hace uso de internet a más o menos 3.6 millones de personas más.

Para avanzar en la garantía del acceso a internet como derecho de las y los mexicanos es necesario tomar modelos tributarios como los establecidos en medicamentos, con ello se hará más accesible el acceso a la conexión a un costo menor, disminuyendo el porcentaje de gasto en este servicio con referencia a los ingresos de los hogares mexicanos.

Esta iniciativa se sustenta en el derecho al acceso a internet, tomando en cuenta el posible impacto presupuestal que según cálculos propios no sería mayor a los 15 mil millones de pesos anuales, teniendo un impacto social de gran calado, dando un paso adelante en el avance a la garantía de este derecho.

Basados en la información de costos de servicios de internet y el número de conexiones contratadas de acuerdo con las velocidades de conexión, se establece en una regla directa que el impacto presupuestal de esta iniciativa es el siguiente:

La iniciativa propone incluir al servicio de acceso a internet en los servicios con tasa 0 por ciento en el Impuesto al Valor Agregado, estableciendo que de ser contratado en paquetes como el doble o el triple play, este sea reportado de manera individual para hacer aplicable la disposición.

Por lo expuesto someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Único. - Se adiciona una fracción V al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 2o-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0 por ciento a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I. a IV. ...

V. Servicio de acceso a internet, a través de una red fija o móvil, consistente en todos los servicios, aplicaciones y contenidos que mediante dicho acceso a internet se presten a través de una red de telecomunicaciones.

Cuando los servicios a que se refiere el párrafo anterior se ofrezcan de manera conjunta con otros servicios que se presten a través de una red pública de telecomunicaciones, la tasa cero a que se refiere este inciso será procedente siempre que en el comprobante fiscal respectivo, se determine la contraprestación correspondiente al servicio de acceso a Internet de manera separada a los demás servicios de telecomunicaciones que se presten a través de una red pública, no pudiendo ser diferente el costo del servicio en contratación conjunta y unitaria.

...

Artículos Transitorios

Único. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023 a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://ap.ohchr.org/documents/S/HRC/d_res_dec/A_HRC_20_L13. pdf

2 Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Diario Oficial de la Federación, 27 de noviembre de 2009.

3 http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/estadisticas/anuario estadistico2020_0.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Elizabeth Pérez Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL, LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES Y LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, y de las Leyes General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en materia de exportación de Totoaba Mcdonaldi, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación en materia de exportación de totoaba mcdonaldi, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La proteína acuática y los mariscos son uno de los sectores alimentarios de más rápido crecimiento y más comercializados en el mundo. Este sector proporciona una importante fuente de proteínas para miles de millones de personas a nivel internacional y nacional. Sin embargo, nuestros recursos pesqueros están siendo rápidamente explotados y agotados.

Según las Naciones Unidas, los productos del mar proporcionan nutrición esencial a más de tres mil millones de personas en todo el mundo. A la par de ello, la demanda ha crecido de manera sostenida desde hace varios años. Tomando en cuenta que nuestra población alcanzará los nueve mil millones de personas para 2050, esto se traduce que con una población en aumento y que envejece viene una demanda creciente de alimentos y recursos, así como cambios en los tipos de alimentos necesarios.

Los ríos y los océanos seguirán proporcionando importantes fuentes de alimentos, sin embargo, los entornos acuáticos ya están bajo una presión considerable pues para satisfacer la enorme demanda global, cosechamos más de 179 millones de toneladas de pescados y mariscos silvestres y de acuacultura cada año.

La sobrepesca, la falta de una gestión eficaz de los recursos, un clima cambiante y nuestros propios hábitos de consumo son solo algunos de los factores que contribuyen a la disminución de las poblaciones de peces silvestres. Esta disminución amenaza la supervivencia económica y la seguridad alimentaria de miles de millones de personas. Por ello, una gestión pesquera mejorada en muchas áreas y prácticas pesqueras sostenibles en otras, permitirán ampliar la cantidad de pescados y mariscos que podemos obtener.

Los instrumentos de pesca modernos nos permiten capturar grandes cantidades de pescado rápidamente, y la tecnología ha revolucionado las prácticas pesqueras actuales. Por ejemplo, la navegación por satélite facilita la búsqueda de pescado, y los equipos de procesamiento y refrigeración a bordo permiten que los barcos más grandes permanezcan en el mar más tiempo, incluso meses seguidos. Esto ha traído como consecuencia que las poblaciones de pescados y mariscos colapsen generando daños en los ecosistemas y en la productividad del sector al sobreexplotar los ecosistemas y no permitir una regeneración adecuada.

En este aspecto, los pescadores y acuicultores de todo el mundo están haciendo la transición a prácticas más sostenibles desde el punto de vista ambiental para satisfacer la creciente demanda de pescados y mariscos, al mismo tiempo que preservan nuestros recursos oceánicos para el mañana. Ante esta realidad la acuicultura de productos del mar está llenando cada vez más el vacío que la pesca no puede satisfacer, al punto en el que la acuicultura de ríos, lagos y mares aportan la mitad del suministro mundial de productos del mar.

La acuacultura o acuicultura implica el cultivo y la recolección de mariscos, crustáceos, peces y algas marinas de manera controlada que incluso, si se hace de manera sostenible, podría reducir el impacto de nuestra demanda de productos del mar en el medio ambiente.

Además, estas prácticas y su permanente innovación pueden incluir nuevas formas de producir proteínas a partir de la acuacultura, lo que podrían reducir significativamente la cantidad de espacio oceánico necesario para producir nuestros productos del mar. Esta menor necesidad de espacio podría beneficiar objetivos más amplios de conservación marina y mejorar en las condiciones bajo las cuales opera la acuacultura, haciéndola más sostenible.

Sólo en México la acuacultura ha alcanzado un crecimiento a tasa media anual de 15 por ciento y una producción de 337 mil 18 toneladas en la cual participan alrededor de 56 mil acuicultores que operan las 9 mil 230 granjas registradas, lo que representan 22 por ciento de la actividad pesquera del país. Además, esta actividad se realiza en los 32 estados, dividida en dos grandes vertientes, la producción de peces para el consumo humano y la producción de peces de ornato, siendo los principales productores los estados de Morelos, Nayarit, Jalisco, Veracruz y Yucatán.

Para el caso específico de la producción para consumo humano, las principales especies de acuacultura en México son el camarón; mojarra tilapia; ostión, carpa y trucha, y los principales estados productores son Sonora, Sinaloa, Jalisco y Veracruz.

Paradójicamente, a pesar de que en México existen las condiciones ambientales, económicas y sociales para mantener o superar las tendencias internacionales, cifras oficiales muestran un crecimiento limitado de esta industria por lo que desde el Estado mexicano se requieren de acciones y políticas orientadas a fomentarla y ampliarla.

La acuacultura tiene larga tradición en nuestro país, específicamente el desarrollo de la acuacultura comercial da inicio en México a principios de los años 70 con la producción de tilapia, carpa y trucha arcoíris y derivado de la política económica impulsada por el presidente Echeverría como “desarrollo compartido”.

La actividad progresó rápidamente a finales de los años 80 con avances en el cultivo de camarón. Para 1990 la producción era relativamente grande, 5 mil toneladas de tilapia, 780 toneladas de trucha arcoíris, 7 mil 600 toneladas de carpa común, 600 toneladas de bagre y 4 mil 371 toneladas de camarón blanco del Pacífico, pero este avance se vio acompañado por diversas reformas legislativas que habilitaron entre otras cosas la inversión privada en sectores productivos, así como disposiciones específicas que lo promovieron y reglamentaron como la Ley Federal de Pesca, y la posterior Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables de 2007.

A nivel programático y orgánico se creó la Dirección General de Acuacultura en 1994 con la desintegración de la Secretaría de Pesca y su integración a la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y en consecuencia se le dio un mayor impulso a este sector. No obstante, durante este periodo también surgió la necesidad de desarrollar políticas enfocadas en regular y gestionar los impactos negativos al medio ambiente y la salud de las especies.

En consecuencia, en 2000 se decide cambiar la estructura institucional del sector acuícola y pesquero, lo que consistió en la creación de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), así como el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) como órganos desconcentrados de la “Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación” (Sagarpa), cuyas principales atribuciones serían proponer y coordinar la política nacional para fomentar, asesorar, promover proyectos de inversión; determinar las zonas de captura y cultivo para la pesca y la acuacultura, mientras que el segundo está encargado del aprovechamiento racional y sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas; así como de la investigación tecnológica de flora y fauna marina.

Con la legislación general de 2007 se acompaña una serie de programas para reducir el rezago en la infraestructura por lo que se promovieron 3 líneas de acción: Modernización y competitividad, apoyos energéticos y sustentabilidad de los recursos pesqueros y acuícolas.

Además de las disposiciones normativas y programáticas, los enfoques de la acuacultura aún se están desarrollando y la industria por sí misma enfrenta algunos desafíos, una de las principales barreras para la acuacultura sostenible es que las enfermedades tienen el potencial de propagarse rápidamente, causando pérdidas económicas y dañando las cadenas de suministro. Minimizar el impacto de la enfermedad nos acerca a lograr una producción sostenible de este sector, no obstante, debido a la falta de datos e investigación se cree que la escala actual de los impactos de la enfermedad en la acuacultura mundial es grande, pero se desconoce.

La industria pesquera también enfrenta desafíos para limitar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y garantizar condiciones de trabajo justas y seguras para las personas que producen nuestros productos del mar, lo que requiere de una especial atención por parte del Estado mexicano al degradar nuestros ecosistemas e inhibirnos de participar en ciertos mercados.

Una cuestión que mandata la atención del legislativo son las tensiones entre la productividad y la bioconservación de especies y hábitats naturales. Ahora, la prohibición de ciertos mercados ha generado que se fomenten los mercados negros, en la pesca un caso emblemático por su relevancia y consecuencias ha sido el de la pesca ilegal de la totoaba y el fenómeno del narcobuchero.

La totoaba es una especie endémica de México, esto quiere decir que sólo nace y crece en nuestro territorio nacional, en específico en el Golfo de California. Esta especie se encuentra catalogada como en peligro de extinción y es altamente valuada debido a su vejiga natatoria, también conocida como buche, la cual ronda entre 8 y 16 mil dólares en el mercado negro.

Desde 1977, esta especie fue incluida en el apéndice I de la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, la cual prohibió todo el comercio internacional de la totoaba. A nivel nacional fue en 1994 cuando se incluyó en la lista de especies en peligro de extinción.

Al tratarse de una especie en peligro de extinción de conformidad con la NOM-059-SEMARNAT-2010 se ha declarado un veda permanente y regulada. Capturar un ejemplar vivo, sacrificarlo, poseerlo, trasportarlo, transformarlo, extraerlo del país o comercializarlo constituye conductas consideradas como delitos contra el ambiente en su modalidad de delitos contra la biodiversidad, que pueden llegar a considerarse como graves y se sancionan con 1 a 9 años de prisión de conformidad con el artículo 420 del Código Penal Federal.

Además, mediante las reformas de febrero de 2021, se incorporó el siguiente párrafo al artículo 420 del Código Penal Federal:

“En los casos previstos en la fracción IV del presente artículo y la fracción X del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se impondrá la pena de cinco a quince años de prisión y el equivalente de tres mil a seis mil días multa cuando se trate de algún ejemplar, partes, derivados, productos o subproductos de la especie totoaba macdonaldi.”

De forma paralela en la construcción de la legislación y su subsecuente aprobación de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación de 2022 se estableció en la legislación la prohibición de exportación de totoaba, pero permitiendo la importación de esta.

La norma aprobada por el Congreso no tomó en consideración que la totoaba es una especie endémica de México por lo que no existe ningún otro país en la que se de-sarrolle. Por lo tanto, no cabe regular su importación en este momento.

En segundo lugar, la prohibición impuesta para la exportación, aunque sostenida en la intención de prevenir la pesca ilegal y la sobreexplotación de nuestros recursos naturales -particularmente de la totoaba macdonaldi y la vaquita marina- que habitan en nuestros mares generó consecuencias negativas en la preservación y recuperación ambiental toda vez que México (en votación histórica) obtuvo el día 10 de Marzo de 2022 la aprobación del Comité Permanente de CITES (la Convención de las Naciones Unidas para Conservación de Especies en Peligro de Extinción) para el registro de la primera granja de totoaba de exportación. Con esta medida cualquier oportunidad de regenerar el volumen de totoaba en los mares mexicanos se ve reducida, pues parte de los acuerdos con la granja era la de poner en libertad un alto porcentaje de las totoabas producidas.

Imponer una prohibición además de inhibir la producción e inhibir el crecimiento de un sector productivo, es contrario a los compromisos internacionales que el país ha asumido y promovido con la comunidad internacional derivado de las expectativas generadas a nivel multilateral.

Lo anterior se refuerza con la intención que tiene el Estado mexicano por impulsar la industria de acuacultura de conservación que se desarrolla en toda la zona del Golfo de California. La prohibición impuesta evita la exportación de totoaba de cultivo impactando de forma negativa a la economía regional de los estados del Noroeste y entorpeciendo el desarrollo productivo y ambiental creados a partir de la operación de las ocho Unidades de Manejo Ambiental que contribuyen al cultivo del pez y que tendrían la capacidad de registrar sus operaciones para acceder a mercados de exportación.

La inminente extinción de la vaquita marina resulta una tragedia ambiental y como humanidad nos debe invitar a reflexionar sobre nuestro impacto en el medioambiente y la sustentabilidad de nuestro modelo económico, así como las consecuencias de políticas y legislación mal ejecutada.

Entre 2011 y 2015, la población de vaquitas marinas disminuyó casi 80 por ciento como resultado de ser capturadas por las redes agalleras que se usan de forma ilegal para pescar clandestinamente a la totoaba. En 1997 se registraban 567 vaquitas marinas, las estimaciones en 2012 se redujeron a cerca de 200 ejemplares. Actualmente se calculan cerca de 10 vaquitas vivas.

Perpetuar la prohibición como mecanismo de control ha fomentado los mercados negros que se alimentan de la pesca ilegal como medio para obtener la vejiga natatoria que presenta alta demanda en los mercados asiáticos.

Hoy contamos con la posibilidad de reducir al mínimo la pesca ilegal y sobrexplotación de la totoaba al poder crecerla en espacios controlados y alejados de los hábitats donde habitan las vaquitas marinas existentes, posibilitando así su existencia y posible sobrevivencia.

Con esto en mente se presenta la siguiente tabla con las modificaciones que permitirán la existencia de granjas de totoaba y una opción para la preservación de la vaquita marina:

Dentro del sector pesquero, la acuacultura es el futuro de la producción de productos del mar ahora debemos trabajar en colaboración para apoyar una producción sostenible mejorada de la industria los beneficios para las personas y el medio ambiente podrían ser grandes.

Además, la acuacultura ofrece hoy a los productores mexicanos amplias oportunidades de desarrollo y de inversión con diferentes países y asociaciones, al amparo de 12 tratados de libre comercio con 46 naciones; 32 acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones con 33 países y nueve acuerdos de alcance limitado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi). Esta situación resulta fundamental tanto para la prosperidad nacional como para alimentar al mundo.

Frente a los retos actuales, es imperativo que la industria gubernamental y la academia trabajen en colaboración para determinar el alcance de estos impactos y permitan mitigarlos y en ello, la legislación juega un papel relevante.

Por lo expuesto se presenta el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforma el artículo 420 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 420. ...

...

...

...

...

...

...

...

En los casos previstos en la fracción IV del presente artículo y la fracción X del artículo 2o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, se impondrá la pena de cinco a quince años de prisión y el equivalente de tres mil a seis mil días multa cuando se trate de algún ejemplar, partes, derivados, productos o subproductos de la especie totoaba macdonaldi que no cuente con la autorización que corresponda.

Segundo. Se reforma la fracción XIV y XV y se adiciona una fracción XVI al artículo 2, se reforma la fracción VI del artículo 20, el inciso e de la fracción III del artículo 24, se reforman las fracciones VI y VII y se adiciona una fracción VIII al artículo 28 y se reforma la fracción XI del artículo 29 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables para quedar como sigue:

Artículo 2o. Son objetivos de esta ley:

I. a XIII. ...

XIV. Establecer las infracciones y sanciones correspondientes por incumplimiento o violación a las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que deriven de la misma ;

XV. Proponer mecanismos para garantizar que la pesca y la acuacultura se orienten a la producción de alimentos , y

XVI. Establecer las bases para fomentar la investigación científica y tecnológica en la pesca y acuacultura.

Artículo 20. ...

I. a V. ...

VI. Investigación científica y tecnológica orientada a incrementar la capacidad de producción pesquera y la protección de especies endémicas;

VII. a la XV. ...

Artículo 24. ...

I. y II. ...

III. ...

a. a d. ...

e. La investigación científica y tecnológica en pesca y acuacultura mediante convenios de colaboración con instituciones académicas que permitan incrementar la capacidad de producción pesquera y la protección de especies endémicas;

f. a l. ...

IV. a V. ...

Artículo 28. ...

I. a V. ...

VI. Desarrollar investigación en materia de sanidad e inocuidad acuícola y pesquera ;

VII. Brindar elementos para el establecimiento de medidas encaminadas a protección de especies pesqueras sobreexplotadas y,

VIII. Proteger y fomentar la conservación de especies endémicas.

Artículo 29. ...

...

I. a X. ...

XI. Promover los estudios técnicos y el desarrollo de la acuacultura de especies nativas y endémicas en conjunto con las instituciones educativas y académicas, de investigación, universidades, y organizaciones de productores;

XII. a XVIII. ...

...

Tercero. Se modifican los códigos 0302.89.01, 0302.99.03, 0303.89.01, 0303.99.03 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para quedar como sigue:

Capítulo 03

Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Medioambiente y Recursos Naturales deberá actualizar la NOM–059-SEMARNAT-2010 en plazo no mayor a 180 días para hacer efectivas las disposiciones del presente decreto.

Tercero. La Secretaría de Medioambiente y Recursos Naturales en coordinación con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural deberán facilitar el otorgamiento de permisos para las personas interesadas en establecer granjas de totoaba mcdonaldien territorio nacional.

Notas

1 FAO. The State of Fisheries and Aquaculture: Towards Blue Transformation 2022. Roma, FAO.

https://doi.org/10.4060/cc0461

2 ONU. World Population Prospects: The 2017 Revision. Cita: “World population projected to reach 9.8 billion in 2050, and 11.2 billion in 2100” disponible en:

https://www.un.org/en/desa/world-population-projected-reach-98-b illion-2050-and-112-billion-2100

3 Gobierno de México. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Avanza México como una potencia en producción acuícola. 15 de abril de 2017. Disponible en:

https://www.gob.mx/agricultura/prensa/avanza-mexico-como-una-po tencia-en-produccion-acuicola

4 Gobierno de México. Instituto Nacional de la Economía Social. Acuicultura, Historia y Actualidad en México. 4 de mayo 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/inaes/articulos/acuicultura-historia-y-actual idad-en-mexico

5 Gobierno de México. Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. Produce acuacultura mexicana más de 400 mil toneladas de pescados y mariscos. 27 de agosto de 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/conapesca/prensa/produce-acuacultura-mexicana -mas-de-400-mil-toneladas-de-pescados-y-mariscos-172466

6 Cuellar-Lugo, Martha B. entre otros. Evolución normativa e institucional de la acuacultura en México. agric. soc. desarro, Texcoco, volumen 15, n. 4, página 541-564, diciembre de 2018. Disponible en

<http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&p id=S1870-54722018000400541&lng=es&nrm=iso>. accedido el 24 septiembre 2022.

7 Monserrat-Huerta, H., y Chávez-Presa, M. F. 2003. Tres modelos de política económica en México durante los últimos sesenta años. Análisis Económico. UAM. México. XVIII (37): 55-80.

8 Gobierno de México. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Acuasesor: Historia. Disponible en:

https://acuasesor.conapesca.gob.mx/historia.php

9 Espinosa-Plascencia, A. y Bermúdez-Almada, M. del C. 2011. La acuicultura y su impacto al medio ambiente. Estudios Sociales. Segundo número especial: 219-232

10 Cifuentes-Lemus, J.L., y F. Cupul-Magaña. 2002. Un vistazo a la historia de la pesca en México: administración, legislación y esfuerzos para su investigación. Ciencia Ergo-Sum. UAEM. México. 9(1): 112-118.

11 Gobierno de México. Norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2010.

12 Publicado mediante decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022.

13 Gobierno de México. Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. Produce acuacultura mexicana más de 400 mil toneladas de pescados y mariscos. 27 de agosto de 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/conapesca/prensa/produce-acuacultura-mexicana -mas-de-400-mil-toneladas-de-pescados-y-mariscos-172466

Dado en la Cámara de Diputados, el 18 de octubre de 2022.– Diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Pesca, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión.



LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Elizabeth Pérez Valdez, a la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de iniciativa que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

En la estructura del costo de las gasolinas, la cuota fija del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que equivale a más del 40 por ciento del precio venta al consumidor, mismos que, a lo largo de este sexenio se ha modificado de manera discrecional, mediante acuerdos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emite en el Diario Oficial de la Federación.

La Iniciativa en el marco de las mejores prácticas internacionales y especialmente, en el marco del fortalecimiento institucional, la transparencia y la rendición de cuentas, pretende que la Secretaría de Hacienda presente un informe pormenorizado de las razones de la aplicación indistinta de los estímulos fiscales, ya que nunca se justificó las razones de la modificaciones del estímulo fiscal que aplica, pero que si reduce sensiblemente la captación del tributaria por concepto de impuesto a las gasolinas y diésel.

En 2017, se decidió adelantar la apertura al libre mercado el expendio de las gasolinas prevista en la Reforma Energética. Con esta medida se inauguró, en enero de 2017, el arranque de las protestas de descontento social, que muy pronto fue irradiándose por todo el país, como consecuencia del alza de las gasolinas, que pasaron de costar: 13.98, 14.81 y 14.63, la Magna, la Premium y el Diésel, en ese orden, en 2016, a 15.98, 17.79 y 17.05, respectivamente, en 2017. De lo anterior, se desprende que el promedio del alza en el costo por litro fue de $2.46.0 por litro.

La estructura de precios de la gasolina, 2 se conforma, principalmente, de los siguientes componentes:

1. Costo -en dólares-, dependiendo de lugar de referencia (frontera) de importación.

2. Los gastos de transporte y de logística.

3. El margen de comercialización.

4. La cuota fija del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que es el componente de mayor peso, el representar poco más del 40 por ciento del total.

La inflación en lo que va del año ha alcanzado niveles preocupantes una tasa general de 8,15 por ciento anual en julio, su nivel más alto en dos décadas. Y las medidas que han tomado han sido insuficientes, si consideramos que la gasolina, el diésel y, también el gas LP, son combustibles que son utilizados además de insumos, como factores de la producción, por ejemplo, en el transporte, indistintamente sea público o privado.

Por otra parte, en la estructura del costo de las gasolinas, el impuesto especial sobre producción y servicios a gasolinas y diésel, en promedio, equivale a más del 40 por ciento del precio venta final al consumidor.

De acuerdo con fracción I, incisos D), subincisos a), b) y c), del artículo 2o., de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicio (y reafirmada en la fracción II, numeral 1 del artículo 16 de la Ley de Ingresos 2018), la cuota fija que regirá, para 2018, es la siguiente:

Haciendo un recuento de la aplicación de los estímulos fiscales que la Secretaría de Hacienda ha venido decretando, encontramos que su promedio es de poco más de 20 por ciento. De manera que, si descontamos un promedio de 20 por ciento a las cuotas fijas, podríamos mitigar el impacto en la inflación, descontar la caída de la captación de la recaudación IEPS a gasolinas.

Esta propuesta busca evitar la discrecionalidad de Hacienda y la vuelve más transparente, además de buscar Mitigar el efecto inflacionario en la economía en general y, por ende, a los consumidores. Los recursos que deja de percibir el erario público, por los discrecionales estímulos fiscales, son opacos y son carentes de rendición de cuentas, además de que no ha servido como mecanismo de redistribución.

De lo anteriormente expuesto, aplicamos una reducción de 20 por ciento a las cuotas fijas estipuladas en la fracción I, incisos D), subincisos a), b) y c), del artículo 2o., de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicio, para quedar como siguen:

Por lo antes expuesto someto a consideración de esta honorable Camara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de:

DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIO. 

Único. - Se reforma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:

I...

D) Combustibles automotrices:

1. Combustibles fósiles / Cuota / Unidad de medida

a. Gasolina menor a 92 octanos / 4.3933 / pesos por litro.

b. Gasolina mayor o igual a 91 octanos / 3.71 / pesos por litro.

c. Diésel / 3.71 / pesos por litro.

2...

...

...

E) a  J) ...

II...

III...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al 1 de enero de 2023 en su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Elizabeth Pérez Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY FEDERAL DE DERECHOS

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, relativa a tarifas especiales de conservación a visitantes no nacionales, suscrita por los diputados Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputada y diputado de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 288-A-2, 288-A-3, 288-D-1, 288-E, y se adicionan dos párrafos al artículo 288-G, de la Ley Federal de Derechos, en los términos siguientes.

Exposición de Motivos

De acuerdo con diversos antropólogos, sociólogos y especialistas, la cultura representa un conjunto de características y manifestaciones compartidas por un grupo social, que comprende, entre otros elementos, el lenguaje, las costumbres, utensilios, creencias, arquitectura, conocimientos. La cultura se enriquece con el tiempo, en razón de lo cual resulta necesario fortalecer la investigación, difusión y conservación de nuestro patrimonio cultural, elemento de identidad como nación.

De acuerdo con un reporte de la Secretaría de Relaciones Exteriores, México es un país con un patrimonio cultural vasto y diverso, donde el legado de los pueblos prehispánicos, así como del México Colonial se ha conservado enriqueciendo las manifestaciones populares y artísticas actuales.

México cuenta con una variada gama de sitios para todo tipo de intereses con casi 2 mil monumentos históricos, mil 321 museos, mil 976 centros culturales, 111 pueblos mágicos, 10 ciudades declaradas Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, entre muchos otros atractivos lugares.

En el país se encuentran 189 sitios arqueológicos en todos los estados de la República, entre otros lo de Teotihuacán, Monte Albán, Tulum, Tajín, Palenque, Chichen Itzá, esta última considerada una las 7 maravillas del mundo moderno.

Nuestro país cuenta con 35 sitios inscritos como Patrimonio Mundial de la Humanidad en la lista de la UNESCO, de los cuales 27 son bienes culturales, 6 son bienes naturales y 1 bien mixto: la antigua ciudad maya de Calakmul, Campeche, por representar un testimonio de la civilización Maya y su convivencia armónica con su entorno natural megadiverso.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) México recibió en agosto de 2022, 11.5 por ciento más de turistas internacionales que en el mismo mes de 2021, acompañado de un incremento de más del 22.7 por ciento en el ingreso de divisas.

La cifra también equivale a casi dos veces y medio más de los 1.34 millones de turistas de agosto de 2020, en uno de los puntos más álgidos de la pandemia de covid-19 en México.

En agosto de 2022, el gasto total de los turistas se incrementó en 22.7 por ciento interanual, al pasar de 1 mil 694.4 millones de dólares, a 2 mil 79.2 millones de dólares.

El producto interior bruto (PIB) turístico de México, que antes de la crisis sanitaria representaba un 8.6 por ciento de la economía nacional en 2019, cerró 2021 en 7.1 por ciento y en 2022 lo hará en 8.3 por ciento, según estimaciones gubernamentales.

Aún así, México fue el tercer país más visitado en el mundo en 2020, un fenómeno coyuntural que se atribuye a las medidas sanitarias flexibles en las zonas turísticas del país.

Antes de la pandemia, México se consolidó en 2019 como uno de los 10 países más visitados del mundo, con más de 45 millones de turistas internacionales que dejaron 24 mil 563 millones de dólares, un crecimiento de 9 por ciento anual.

La actividad turística constituye una fuente importante de recursos económicos en municipios y localidades en los cuales se ubican las zonas arqueológicas, artísticas, históricas, culturales, incluyendo las naturales, generando miles de empleos directos e indirectos, a través de diversas actividades económicas.

El acceso a la cultura es un derecho humano que tiene como objetivo garantizar la participación de todas y todos en la vida cultural de las comunidades, velan por el acceso, disfrute a la cultura, a las artes y a todas las manifestaciones de la diversidad cultural para todas las personas, en condiciones de igualdad y no discriminación.

El derecho a la cultura está consagrado en diversos instrumentos nacionales e internacionales y aunque muchas veces no se le da la prioridad que tiene, en realidad se trata de un derecho humano transversal.

La cultura como derecho ha sido declarada tanto a nivel universal como regional. A nivel universal, está consignado en el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que a letra expresa:

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Por otra parte, en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el artículo dispone dos obligaciones  a cargo de los Estados parte, en los términos siguientes:

a) el deber de adoptar, a fin de asegurar el pleno ejercicio de tales derechos, las medidas gubernamentales necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y la cultura; y

b) el compromiso de respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.

En el caso del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 27 establece la obligación de los Estados de respetar la vida cultural de las minorías étnicas, religiosas y lingüísticas.

En el ámbito internacional, en 1976 fue aprobada por la UNESCO la Recomendación relativa a la participación y la contribución del pueblo en la vida cultural. Allí se destaca que “la cultura no se limita al acceso a las obras de arte y a las humanidades sino que es a la vez adquisición de conocimientos, exigencia de un modo de vida, necesidad de comunicación”.

De acuerdo con Enrique de la Madrid, ex secretario de Turismo, la cultura ha redefinido su papel como un factor relevante que tiene el potencial de fomentar el crecimiento económico y el desarrollo social en las ciudades.

Existe un amplio consenso entre los estudiosos del tema sobre la importancia que tiene la cultura como inductora de desarrollo y factor de cohesión social, sobretodo ante el incremento de la desigualdad entre las diversas regiones de las ciudades y de las tensiones de convivencia que eso conlleva.

Asimismo, expresó: Tradicionalmente se percibía al desarrollo cultural como una consecuencia del desarrollo económico, así como una obligación del Estado que debía de subsidiar y no como un elemento que contribuye al crecimiento económico de una ciudad. No obstante, diversos estudios han demostrado que algunas ciudades han generado una revolución en la política cultural para aprovecharla como un detonador de prosperidad. El capital cultural interactúa con los demás factores de producción y termina siendo un determinante importante del desempeño económico de las ciudades.

En este contexto, cabe tener presente que los museos juegan un papel trascendental en la conservación y difusión del patrimonio cultural, siendo visitados por millones de personas, constituyen además una fuente de conocimientos y un elemento esencial en la formación de estudiantes de todos los niveles escolares.

No obstante la importante función de los museos, en la conservación y difusión del patrimonio cultural, así como en su papel como detonador de diversas actividades económicas, no se identifica una correspondencia por parte del gobierno federal, así como de diversas entidades federativas quienes progresivamente han reducidos sus aportaciones presupuestales.

La Pandemia provocada por el Covid-19, impacto prácticamente a todos los sectores de la sociedad, afortunadamente varios de éstos se encuentran en una etapa de recuperación,  con dinámicas diferenciadas, pero recuperando sus actividades de manera progresiva, recuperando inversiones y empleos, no obstante la insuficiencia de los apoyos gubernamentales.

En este marco cabe tener presente que la contingencia ha exigido la asignación de recursos extraordinarios en algunos sectores, desafortunadamente marginando a otros que también contribuyen al desarrollo nacional y, de manera importante, al impulso económico en diversas regiones, estados y municipios, como el cultural.

Cabe señalar que la crisis del sector cultura se ha venido agudizando en los últimos años, por visiones que permean las políticas públicas que no valoran en su justa dimensión los múltiples beneficios que la cultura y sus manifestaciones y expresiones llevan a las sociedades, la cultura, como lo han expresado diversos autores, es el alma de una sociedad vibrante que contribuye a mejorar la calidad de vida y a su vez ayuda a aumentar el bienestar general tanto de las personas como de las comunidades, además de proporcionar importantes beneficios sociales y económicos.

La insuficiencia presupuestal en el sector cultura ha impactado en la caída del empleo y de la producción culturales, además la falta de inversión de entidades federativas y municipios, han provocado un largo proceso en la recuperación de empleos, de espacios, de servicios y de proyectos productivos. Compartimos esta preocupación con el Poder Ejecutivo, quien ha considerado como prioritario revertir dichos efectos con la orientación de inversión presupuestal en los años fiscales 2022 y 2023. Sin embargo, no ha sido suficiente, y cómo ya lo había adelantado la titular de la Secretaría de Cultura, y diferentes analistas, la recuperación del sector cultura es uno de los sectores de más lenta recuperación en la economía de nuestro país.

De acuerdo con el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, hasta el cierre de 2021, la pérdida del empleo en el sector cultura se había incrementado a 18.5 por ciento del total de empleos registrados al inicio de la pandemia, mientras que el PIB con el que participa la cultura cayó de 3.1 por ciento a 1.6 por ciento. Esto se debe a que en gran medida las actividades culturales y el consumo cultural depende de producciones y actos presenciales. Para revertir estos efectos es necesario que la política económica considere algunas vías alternas, como las que proponemos en la presentee iniciativa.

Durante los últimos años hemos visto como la inseguridad ha afectado diversas regiones y entidades federativas de nuestro país, no obstante los esfuerzos de las autoridades competentes que han fortaleciendo las estrategias reactivas y de combate, marginando las importantes tareas preventivas, en donde, estamos seguros la difusión y acercamiento de la cultura puede contribuir de manera cualitativa, a mejorar las relaciones sociales y contribuir a mejorar la seguridad.

Como ejemplo, cabe recordar el programa de recuperación de espacios públicos, que se enmarca en las acciones de seguridad pública, a través del cual, entre otras acciones, terrenos abandonados fueron convertidos en parques y gimnasios públicos o centros comunitarios, dando opciones para una mejor convivencia social que ha implicado la disminución de actividades delictivas en diversas colonias y barrios.

En el Grupo Parlamentario del PRI tenemos la certeza de que la cultura puede contribuir de manera más importante, respecto de lo cual ya lo hace, al mejoramiento de la calidad de vida de todos los mexicanos, incluyendo el fortalecimiento de la economía nacional.

Cabe señalar que la gran riqueza patrimonial de nuestro país, así como sus riquezas naturales han contribuido de manera importante al desarrollo del sector turístico de nuestro país, fuente importante de ingresos.

Muchos de nuestros museos están atravesando una situación crítica, en razón de lo cual la presente iniciativa tiene como objetivo la implementación de acciones encaminadas a su recuperación y más aún a su impulso como un elemento importante para mejorar nuestras relaciones sociales, nuestro entorno, la cultura y educación de la sociedad mexicana, así como la economía nacional y local.

Por lo ya expuesto, proponemos la adición de dos párrafos al artículo 288-G, a efecto de autorizar a las instituciones y dependencias adscritas a la Secretaría de Cultura para disponer de los derechos recaudados, también identificados como autogenerados, sin tener que enviarlos a la Tesorería de la Federación, con la obligación irrenunciable a atender prioridades institucionales como el pasivo laboral, el respeto a los derechos laborales del personal adscrito a dichas instituciones, dependientes del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y las instituciones adscritas a la Secretaría de Cultura.

La presente reforma, incorpora el principio de isonomía jurídica, por la que se considere aligerar el procedimiento por el cual se han regresado los recursos recuperados por la vía de derechos, de una serie de servicios que son prioritarios para las instituciones de cultura, porque cada catálogo, cada libro, cada entrada a un museo o a una zona arqueológica, representa la posibilidad para financiar nuevos productos, nuevos servicios, para garantizar el ejercicio de los derechos culturales de trabajadores y especialistas de la cultura, así como el derecho al acceso a la cultura, que tienen todos los mexicanos.

Los recursos del sector cultura, producto del cobro de derechos, contenidos en el artículo 288 de la Ley Federal de Derechos, son necesarios para poder complementar su presupuesto. El presupuesto del sector cultura se ha venido reduciendo, producto de la política de austeridad y de recortes anuales, que limitan las funciones, programas y facultades que se ejercen con dichos recursos, que ya han provocado el cierre de museos, salas de conciertos, zonas y sitios arqueológicos en ciertas épocas del año, o han reducido sus días de servicios durante la semana.

Los recursos producto del cobro de derechos es cada vez más determinante para los institutos federales y dependencias de la Secretaría de Cultura. El problema es que en cuanto reciben dichos recursos tienen que enviarlos a la Tesorería de la Federación, dependencia en que se toma tiempo en regresarlos y en algunas ocasiones no regresan el monto original enviado por las dependencias de cultura, o toman mucho tiempo, o de plano ya no se recuperan. Por tal motivo, en vista que el artículo 288 G, faculta el uso de las instituciones de cultura, se plantea una adición para permitir a las instituciones competentes y los museos, disponer a corto y mediando plazo, de acuerdo sus necesidades, de los recursos autogenerados y de una capitalización por los servicios culturales prestados.

Cabe destacar que los recursos autogenerados, producto del cobro de derechos, aprovechamientos, venta de productos y servicios, importantes para las labores de conservaciòn, mantenimiento e investigaciòn, tiene un impacto mínimo. Así por ejemplo para el INAH, —que es la institución que más autogenerados logra en el sector cultura—, fue de apenas 342 millones pesos en 2021 y alcanzó los 376 millones pesos, a junio de 2022.

Adicionalmente, se propone el establecimiento de una tarifa especial de conservación aplicable en los periodos de mayor afluencia para los visitantes no nacionales, a consideración de las instancias responsables de los museos propiedad de la Federación y administrados por la Secretaría de Cultura, la cual no podrá exceder 25 por ciento de las cuotas establecidas.

Por otra parte, y con el objetivo de incentivar y promover el acercamiento de los jóvenes a los museos, se propone aumentar de 13 a 15 años el rango de edad para la excención del pago de derechos de las 9: 00 a las 17: 00 horas.

Las reformas y adiciones propuestas mantienen y aún amplian el derecho de los mexicanos al acceso a la cultura.

Finalmente, se realiza la armonización derivada de la creación de la Secretaría de Cultura, en lugar del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.

A efecto de identificar con mayor precisión las reformas planteadas se presenta el siguiente cuadro comparativo:

Por lo expuesto y fundado, sometemos a consideración del pleno de esta soberanía, el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman los artículos 288-A-2, 288-A-3, 288-D-1, 288-E, y se adicionan un párrafo al artículo 288-A-2, así como dos párrafos al artículo 288-G, de la Ley Federal de Derechos

Artículo Único. Se reforman los artículos 288-A-2, 288-A-3, 288-D-1, 288-E. Se adicionan un párrafo al artículo 288-A-2, así como dos párrafos  al artículo 288-G, de la Ley Federal de Derechos, para queda como sigue:

Capítulo XVIDe los bienes culturales propiedad de la nación

Artículo 288-A-2. Están obligadas al pago del derecho por el acceso a los museos propiedad de la Federación y administrados por la Secretaría de Cultura, las personas que tengan acceso a los mismos, conforme a las siguientes cuotas:

I. y II ....

El pago del derecho a que se refiere este precepto deberá hacerse previo al ingreso a los recintos correspondientes.

De las 9: 00 horas a las 17: 00 horas, no pagarán el derecho a que se refiere este artículo las personas mayores de 60 años, menores de 15 años, jubilados, pensionados, discapacitados, profesores y estudiantes en activo, así como los pasantes o investigadores que cuenten con permiso de la Secretaría de Cultura para realizar estudios afines a los museos a que se refiere este artículo. Asimismo, estarán exentos del pago de este derecho quienes accedan a los museos los domingos.

Durante los periodos de mayor afluencia los museos podrán establecer una tarifa especial de conservación a visitantes no nacionales, la cual no podrá exceder 25 por ciento de las cuotas establecidas.

Artículo 288-A-3 . Están obligadas a pagar el derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y morales que usen o aprovechen bienes sujetos al régimen del dominio público de la Federación en los museos, bibliotecas, recintos culturales y artísticos y demás inmuebles administrados por la Secretaría de Cultura, conforme a lo que a continuación se señala:

I. a V. ...

El pago de los derechos a que se refieren las fracciones III, IV y V de este artículo se efectuará previamente a la realización del evento. Las cuotas a que se refieren las fracciones III, IV y V de este artículo se incrementarán proporcionalmente a partir de la terminación de la cuarta hora de acuerdo con la duración total del evento. Para los efectos de este artículo, no estarán obligados al pago de los derechos al que el mismo se refiere las instituciones públicas que realicen conjuntamente con la Secretaría de Cultura, eventos culturales, educativos, cívicos o de asistencia social, así como las que realicen actividades de promoción, difusión y comercialización culturales, educativas, cívicas o de asistencia social, previa celebración de un convenio.

Artículo 288-D-1 . Por el uso, goce o aprovechamiento, con fines comerciales para filmación, videograbación y tomas fotográficas de museos, bibliotecas, recintos culturales y artísticos y demás inmuebles administrados por la Secretaría de Cultura se pagará el derecho de filmación y tomas fotográficas conforme a las siguientes cuotas:

A. Filmaciones o videograbaciones:

I. Por día: $12,552.11

II . Por día, cuando se trata de locaciones: $81,136.61

El cobro de este derecho es independiente a los que se causen por el uso o aprovechamiento de los inmuebles.

B. Tratándose de tomas fotográficas: $6,275.97 por día.

No pagarán los derechos establecidos en este artículo las instituciones públicas que realicen juntamente con la Secretaría de Cultura, eventos culturales, educativos, cívicos o de asistencia social, así como las que realicen actividades de promoción, difusión y comercialización culturales, educativas, cívicas o de asistencia social, previa celebración de un convenio.

Artículo 288-E. Por el uso, goce o aprovechamiento, para uso o reproducción por fotografía impresa o en soporte digital, de fotografías a cargo del Instituto Nacional de Antropología e Historia y de la Secretaría de Cultura, para fines sancionados por las autoridades competentes del mismo Instituto, así como del citado Consejo, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. y II. ...

Artículo 288-G . Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos a que se refiere el presente capítulo, se destinarán al Instituto Nacional de Antropología e Historia, al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y a la Secretaría de Cultura, según corresponda, para la investigación, restauración, conservación, mantenimiento, administración y vigilancia de las unidades generadoras de los mismos y, en un 5%, respecto de los ingresos generados por los derechos a que se refiere el artículo 288 de esta Ley, a los municipios en donde se genere el derecho, a fin de ser aplicados en obras de infraestructura y seguridad de las zonas, con base en los convenios que al efecto se celebren con las entidades federativas y los municipios respectivos.

Los institutos y las dependencias adscritas a la Secretaría de Cultura podrán disponer de los recursos obtenidos por el cobro de derechos para el desarrollo de acciones y programas prioritarios, de conformidad con sus atribuciones legales y con pleno respeto a los derechos culturales de los mexicanos.

El monto de los recursos generados por cada institución y su aplicación será informado con toda oportunidad a la Tesorería de la Federación con base en las disposiciones aplicables.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada y diputado: Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 2o.-A y 18.-D de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 66, 68, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, con la siguiente:

Exposición de Motivos

El uso del internet ha cambiado la forma de vida de la sociedad, redefiniendo el comercio, la educación, la salud, el gobierno, las relaciones sociales, y en general, brindando herramientas que simplifican las tareas comunes de las personas, lo cual ha sido que sea considerado de los instrumentos principales de cambios sociales en la actualidad.

Por tal motivo es que nuestro país ha transitado a esta transformación global, y de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el 2020, 60.6 por ciento de los hogares en México cuentan con acceso a internet, que se traduce en 21.8 millones de hogares y 84.1 millones de personas, es decir 72 por ciento de la población mexicana, utilizó internet, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares.

Lo anterior, nos hace visibilizar que aún falta que 39.4 por ciento de los hogares en nuestro país cuenten con acceso a internet, ante la necesidad de transitar a el de,sarrollo tecnológico, garantizando el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación entre las que se incluye el internet, derecho que desde 2013 se encuentra contemplado en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos:

Artículo 6o. ...

...

El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.”

Asimismo, en el año 2019, con la finalidad de reconocer la importancia en el acceso a internet, los organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Organización de Estados Americanos (OEA), realizaron una declaración conjunta, exhortando a sus Estados miembros para “reconocer el acceso y uso de internet como un derecho humano y una condición esencial para el ejercicio de la libertad de expresión”.

Ahora bien, desde el 2019 se comenzó con la regulación y fiscalización de los servicios digitales prestados a personas que se encuentran en territorio nacional; En ese sentido, las y los consumidores de plataformas digitales de transporte de pasajeros como uber, beat o didi, así como los usuarios de envío de comida como rappi, didi food, uber eats, entre otros, se les cobra el impuesto al valor agregado (IVA), por la utilización de estos servicios, toda vez que es una de las obligaciones que deben cumplir los prestadores de estos servicios.

Cabe señalar que de acuerdo con el Reporte sobre el Impacto del Covid-19 en Venta Online, elaborado por la Asociación Mexicana de Venta Online (AMVO) 5 de cada 10 empresas en México están duplicando su crecimiento en internet, y 2 de cada 10 registran crecimientos mayores a 300 por ciento por las ventas en línea, siendo una alternativa ante crisis sanitarias como la que se vivió desde el inicio de las medidas para contrarrestar el Covid-19 en 2020, ya que durante los 3 primeros meses de la implementación de estas medidas, los servicios digitales fueron la única alternativa para continuar el desarrollo económico de la población mexicana, registrando un incremento del 90% en el uso de estas aplicaciones.

Recordemos que durante la pandemia mundial, nuestro país registró una caída de 8.5 por ciento durante 2020, ocasionando una pérdida de empleos que sufrieron casi 13 millones de personas, y que poco a poco se han ido recuperando; Sin embargo, lamentablemente 81 por ciento de estos empleos (10 millones), se han recuperado en la informalidad, generando una problemática debido a la ausencia de prestaciones laborales, certidumbre laboral, y salarios dignos que permitan a los trabajadores aspirar a una mejor calidad de vida.

Actualmente de acuerdo con el Inegi, la tasa de desempleo en México en agosto de 2022 se ubicó en 3.5 por ciento de la población económicamente activa (PEA), por lo que se estima que la población desocupada es de 2.1 millones de personas, y que casi 32 millones de personas trabajan en la informalidad.

En ese sentido y en virtud de garantizar el derecho constitucional referente al acceso de las personas a la banda ancha e internet, es que el Estado debe garantizar que en los hogares mexicanos se aumente el porcentaje de acceso a dicho servicio, para lo cual se propone aplicar una tasa 0 por ciento del IVA, para que más personas sean beneficiarios de este servicio al que está transitando la educación, la economía, y la sociedad en general, aligerando el pago del impuesto al servicio de internet que actualmente es de 16 por ciento del valor del servicio.

Por otro lado, se propone disminuir el cobro realizado por concepto de utilización de servicios digitales como plataformas de entrega de comida, transporte de pasajeros, compraventa de productos, y más, pasando de 16 por ciento a 10 por ciento del cobro de IVA, y en ese sentido beneficiar a los consumidores.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente:

Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 2.-A, y se reforma la fracción IV del artículo 18-D, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Único. Se Adiciona una fracción V al artículo 2o.-A, y se reforma la fracción IV del artículo 18-D, ambos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando la tasa de 0 por ciento a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I. a IV. ...

V. Cualquier pago para el uso de servicios de internet.

...

Artículo 18-D. Los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional, para los efectos de esta Ley, únicamente deberán cumplir con las obligaciones siguientes:

I. a III. ...

IV. Calcular en cada mes de calendario el impuesto al valor agregado correspondiente, aplicando la tasa de 10% a las contraprestaciones efectivamente cobradas en dicho mes y efectuar su pago mediante declaración electrónica que presentarán a más tardar el día 17 del mes siguiente de que se trate.

V. a VII. ...

...

...

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 BBVA. El impacto de internet en la vida diaria, disponible en:

https://www.bbvaopenmind.com/articulos/el-impacto-de-internet-en -la-vida-diaria/#:~: text=Internet%20ha%20cambiado%20el%20 comercio,a%20la%20propia%20comunicaci%C3%B3n%20social.

2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Estadísticas a propósito del Día Mundial del Internet (17 de mayo): datos nacionales, disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_Internet22.pdf

3 Cámara de Diputados. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_280521.pdf

4 Página 12, Cuáles son los países que consideran a Internet un servicio público, disponible en

https://www.pagina12.com.ar/286877-cuales-son-los-paises-que-con sideran-a-internet-un-servicio-

5 Forbes, En tres meses aumentó 90 por ciento el uso de aplicaciones de compras en México, disponible en

https://www.forbes.com.mx/tecnologia-3-meses-aumento-90-uso-apps -de-compras-mexico/

6 El Financiero, “Empleo, aún sin revertir caída de 2020”, disponible en

https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2021/07/26/mexico-esta- a-nada-de-recuperar-la-poblacion-ocupada-que-tenia-antes-de-la-pandemia/

7 Infobae, Tasa de desempleo en México se ubicó en 3.5 por ciento; casi 32 millones trabajan en la informalidad, disponible en

https://www.infobae.com/america/mexico/2022/09/27/tasa-de-desemp leo-en-mexico-se-ubico-en-35-casi-32-millones-trabajan-en-la-informalidad/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



CÓDIGO CIVIL FEDERAL

«Iniciativa que reforma los artículos 1368 y 1635 del Código Civil Federal, a cargo del diputado Arturo Roberto Hernández Tapia, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Arturo Roberto Hernández Tapia, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1368, fracción V, y 1635, párrafo primero, del Código Civil Federal.

Exposición de Motivos

Las normas jurídicas son dinámicas y constantemente se transforman. Nuestros órganos jurisdiccionales y constitucionales como la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emiten criterios de la interpretación de las mismas y buscan el respeto a la jerarquía de la norma constitucional, para que su contenido se mantenga acorde a la realidad que le corresponda regular.

Planteamiento del problema

El dos de marzo de dos mil quince, una ciudadana mexicana promovió juicio de controversia familiar por propio derecho, la cual demandó “el pago de una pensión alimenticia definitiva, bastante y suficiente y como hechos de su acción relató que desde el seis de enero de dos mil dos, se unió en concubinato con el demandado, y a partir de septiembre de dos mil catorce comenzaron los problemas, presentó pruebas documentales y diversos medios de prueba para acreditar doce años de concubinato.”

De esta demanda de primera instancia, conoció el juez primero civil en materia familiar y de sucesiones de primera instancia del Noveno Distrito Judicial del Estado de Morelos.

Después de sustanciarse el proceso respectivo “el veinte de enero de dos mil diecisiete, la juez natural dictó la sentencia correspondiente, en la que, al ser procedentes las excepciones opuestas, determinó declarar procedente la falta de legitimación de la parte actora”, es decir no se le reconoció como concubina.

En termino de ley, “la actora interpuso recurso de apelación, del cual correspondió conocer a la Tercera Sala del Primer Circuito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, quien por resolución de trece de julio de dos mil diecisiete, determinó confirmar la sentencia recurrida, que en suma concluyó en que no se demostraron los extremos del artículo 65 del Código Familiar para el Estado de Morelos, necesarios para demostrar la existencia del concubinato, en tanto el demandado está unido en matrimonio civil con diversa persona, y por ende la actora no se encuentra facultada para demandar alimentos con el carácter de concubina del demandado, toda vez que en términos del artículo 35 de la ley sustantiva familiar en vigor, el origen de dar alimentos se deriva del matrimonio, del concubinato, del parentesco o por disposición de la ley, hipótesis que en el caso no se actualizan, lo que lleva implícita la falta de legitimación de la actora como acreedora alimentaria y legitimación pasiva del demandado como deudor alimentista.”

Ante esta resolución de segunda instancia, “... la actora solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, en contra de la ejecutoria de fecha trece de julio de dos mil diecisiete emitida en el toca civil, pronunciada por la Tercera Sala del Primer Circuito del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos.”

El turno respectivo de la demanda de amparo se le turnó “al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Octavo Circuito, cuya presidencia lo admitió... Y seguido el procedimiento legal dictó sentencia el dieciséis de abril de dos mil dieciocho, en el sentido de negar el amparo solicitado.”

La parte actora, inconforme con la negativa del amparo, “por su propio derecho y en su carácter de quejosa interpuso recurso de revisión mediante... en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Común del Décimo Octavo Circuito.”

Así se dio trámite del recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “recibidos los autos en este Alto Tribunal, por acuerdo de Presidencia de once de julio de dos mil dieciocho, se admitió el recurso de revisión y se registró con el número 3727/2018. Asimismo, se ordenó su turno al Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz mena (sic) y, por ende, su radicación a la Primera Sala del propio órgano, dado que la materia del asunto corresponde a su especialidad.”

En fecha cuatro de septiembre de dos mil dieciocho, por acuerdo “la Primera Sala se avocó al conocimiento del asunto y ordenó el envío de los autos a la ponencia designada para elaborar el proyecto de resolución correspondiente,” a lo que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acordó que era competente para conocer del recurso de revisión.

Agravios expuestos por la quejosa:

La quejosa, alega que “el Colegiado transgrede el artículo 75 de la Ley de Amparo, porque no estudió el acto reclamado tal y como aparece probado ante la responsable, en tanto omitió el estudio exhaustivo del modo en que le fue planteado, esto es no analizó que la figura del concubinato del modo en que se define en el artículo impugnado es discriminatorio, atenta contra la protección de la familia, contra la dignidad de la persona y en sí (sic), el Colegiado omitió en dar respuesta a todos los planteamientos expuestos en la demanda de amparo, en tanto que el Colegiado sólo analizó 3 de los argumentos planteados como son el referente a la igualdad, y protección a la mujer y protección a la familia, pero omitió los argumentos respecto del derecho al honor, y la dignidad de la mujer, esto es lo relativo a que el precepto reclamado denigra a la mujer al considerar a la mujer concubina como de segunda clase.”

El precepto reclamado es del tenor siguiente:

“Artículo 65. Concubinato. Es la unión de hecho de un hombre y una mujer, ambos libres de matrimonio y sin impedimento para contraerlo, que viven de forma constante y permanente, generando derechos y obligaciones al procrear hijos o manteniendo la convivencia.”

En el segundo agravio, alega que la sentencia recurrida “se violan los artículos 1 y 4 Constitucional Federal, también de los numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 10 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 5, 16, 17 del Pacto de Derecho Políticos y Civiles, así como 4 y 14 de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, y se soslaya la evolución del derecho familiar que ha evolucionado gracias a la progresividad de los derechos humanos de acuerdo al numeral 1 de la Constitución Federal, especialmente cuando los últimos criterios del máximo Tribunal del país, han introducido figuras jurídicas como la paridad de género, no discriminación, igualdad, mínimo vital, así como principio como el pro persona, tutela judicial, y progresividad de los derechos humanos.”

Estudio de fondo

Conforme a lo establecido en el apartado anterior la materia del presente recurso consiste en analizar la constitucionalidad del artículo 65 del Código Familiar para el Estado de Morelos, y con ello verificar si resulta o no en contravención de los artículos 1 y 4 Constitucional Federal, también de los numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 10 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 5, 16, 17 del Pacto de Derecho Políticos y Civiles, así como 4 y 14 de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer

Aunado a que contrario a lo que afirma el Colegiado “la recurrente alega que el artículo 65 del Código Familiar para el Estado de Morelos vulnera los derechos humanos y discrimina a la mujer por considerarla indigna por tener una relación de concubinato frente a una relación matrimonial, porque al exigir que en los elementos del concubinato se sostenía que el hombre y la mujer estén libre de matrimonio y no tengan impedimento para contraerlo, discrimina totalmente a la mujer solo por una cuestión de estatus civil, lo que también considera discrimina a las mujeres que no optaron por casarse y que decidieron libremente conservar una unión de pareja sin documento alguno.

Así como que resulta inconstitucional que el precepto exija que se cumpla con un periodo de cinco años, cuando uno de los concubinos tenga impedimento para casarse o bien que se encuentre casado, lo cual también atenta contra la dignidad, honor, igualdad y derecho de la mujer en específico a contar con un estado civil de concubinato y reconocimiento por la sociedad la ley y el Estado, de una relación extramarital, solo por una supuesta moral colectiva, desatendiendo que la relación de hecho del concubinato, genera derechos, por mal mujer concubina, negando y limitando el derecho alimentario una vez concluido el concubinato.”

La Primera Sala de la SCJN encuentra fundados los agravios antes señalados, “en atención que se advierte que efectivamente el exigir un estado civil de la pareja en cuestión para el reconocimiento de un concubinato y con ello garantizar los derechos derivados de su extinción sí representa una distinción basada en categoría sospechosa que obstaculiza ejercicio de derechos y por ende resulta inconstitucional y contraria a los principios de igualdad y no discriminación, sobre lo cual efectivamente debido a la desigualdad estructural por razones de género, es la mujer quien generalmente es víctima de esa discriminación, lo que regularmente ocurre por estereotipos de género, en los que culturalmente es normalizado y aceptado culturalmente, esto es se tolera que el hombre tenga dos casas u hogares, el marital y el extramarital.”

Cabe señalar que esta Primera Sala al resolver el amparo directo en revisión 597/2014, reconoció “que el concubinato y el matrimonio son figuras con muchas similitudes, a las cuales nuestro sistema jurídico reconoce como fundadoras de la familia. Pero, además, desde la perspectiva del derecho al libre desarrollo a la personalidad, debe reconocerse que dichas instituciones son equiparables, pues ambas son el resultado de la decisión autónoma de entrar en una relación personal permanente con otra persona, como una proyección específica del proyecto de vida de cada una de ellas.”

Por tanto, debe reconocerse “que la decisión de comenzar un concubinato, permanecer en él o darlo por terminado -al igual que sucede con el matrimonio- forma parte de un plan de vida elegido de manera autónoma, de suerte que esta decisión entra dentro del ámbito de tutela del derecho al libre desarrollo de la personalidad, donde la voluntad de las partes se constituye como el elemento esencial.

El concubinato no se encuentra sujeta a formalidades, por lo que la voluntad de las partes juega un papel mayormente determinante que, en el propio matrimonio, máxime si se toma en cuenta que precisamente esta falta de formalidades juega -al menos presumiblemente- un papel fundamental en la decisión del individuo de optar por este modelo de familia como una determinación específica de su proyecto de vida.”

Al respecto es orientadora la jurisprudencia 1a./J. 45/2015 (10a.), la cual lleva por rubro: “Libertad configurativa del legislador. está limitada por los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación que operan de manera transversal.” Así, a fin de efectuar el estudio de referencia, debe decirse que una distinción se basa en una categoría sospechosa cuando utiliza alguno de los criterios enunciados en el último párrafo del artículo 1° constitucional, a saber: “origen étnico, nacionalidad, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. La utilización de estas categorías debe analizarse con mayor rigor, porque sobre ellas pesa la sospecha de ser inconstitucionales, ello es así, porque si bien la Constitución no prohíbe su uso, sí prohíbe su utilización en forma injustificada.”

Máxime que el punto de partida que ha adoptado la Suprema Corte es que, en cuanto a que el trato igualitario constituye un principio complejo que no sólo otorga a las personas la garantía de que serán iguales ante la ley en su condición de destinatarios de las normas y de usuarios del sistema de administración de justicia, sino también en la ley y que el principio de igualdad debe entenderse como la exigencia constitucional de tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales, guardan congruencia con lo que ha dicho la Corte Interamericana de Derechos Humanos en torno a esos derechos, pues dicho tribunal internacional ha señalado que la noción de igualdad se desprende directamente de la unidad de naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad esencial de la persona, frente a la cual es incompatible toda situación que, por considerar superior a un determinado grupo, conduzca a tratarlo con privilegio; o que, a la inversa, por considerarlo inferior, lo trate con hostilidad o de cualquier forma lo discrimine del goce de derechos que sí se reconocen a quienes no se consideran incursos en tal situación.

Asimismo, la SCJN en su resolución expone que se verifica una transgresión en tanto esa Primera Sala ya ha reconocido la posibilidad de que en una relación de matrimonio se establezca a su vez una relación extramarital, que bien puede concluir en la configuración de un concubinato, por lo que los derechos reconocidos a partir de una y/o otra figura no debe implicar un trato distinto

En el tema de la discriminación, con el que el principio de igualdad guarda íntima relación, el Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ha definido la discriminación como: “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la propiedad, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas.”

La resolución es estudio precisa que negar el reconocimiento a una relación de concubinato, por el hecho que uno de los concubinos está unido con otra persona en matrimonio civil, implica la negación de reconocimiento jurídico a la relación voluntaria de concubina que dos personas sostuvieron en ejercicio de su derecho y libertad de desarrollo de vida personal, máxime que de la figura de concubinato jurídicamente derivan obligaciones y derechos en caso de su disolución, muchos de índole fundamental como lo es el derecho alimentario, por ende el requisito relativo no se justifica ni siquiera en razón de protección a la familia o procuración de la estabilidad de la pareja, porque dicha percepción por el contrario confirma que se deja en total desprotección a la familia que originó o fue formada precisamente con motivo del concubinato, que si bien no es el caso de la recurrente en tanto no procreó hijos con el tercero interesado, no puede ser tampoco motivo para concluir en otra determinación, en tanto el simple hecho de negar la posibilidad de que un órgano jurisdiccional verifique si la recurrente le asiste o no el derecho de alimentos, por el hecho de desestimar la existencia de concubinato bajo dicho requisito, se ocasiona una grave afectación a los derechos humanos reconocidos en el numeral 4 de la Constitución Federal.

No es obstáculo a lo anterior, “el que el concubinato en sí mismo sea una figura que se entienda equiparada al matrimonio, en tanto que esta Primera Sala ha considerado que de ambas surgen mismos derechos y obligaciones en caso de su disolución, y por ello concluir que entonces no pueden subsistir en una misma persona, esto es, estar en un concubinato con determinada persona y a la vez casado legalmente con otra persona, en tanto que la realidad indica que sí es posible la coexistencia de ambas figuras, especialmente porque las relaciones familiares no se construyen de una convivencia ininterrumpida, esto es, si bien es frecuente no implica que no exista posibilidad de convivir y establecer una relación de concubinato con una persona distinta al cónyuge, por ello es pertinente reconocer dichas realidades, y precisamente ante la coexistencia de ellas, la ley no puede privilegiar solo un modo de convivencia en pareja, y decantarse por otorgar consecuencias jurídicas solo al matrimonio, como sucede en el caso del artículo que se analiza.”

El estudio realizado en la resolución de la SCJN pone especial énfasis en garantizar los derechos humanos conferidos en los tratados internacionales y en la posible violación de los preceptos constitucionales en materia de igualdad de género, por ello debe garantizarse la constitucionalidad de dicho principio.

Porque de no reparar el vicio de inconstitucionalidad de la norma, “se niega la realidad antes apuntada, aunado a que se obstaculizan sin justificación o racionalidad alguna los derechos de quien esté en el concubinato con la persona que a su vez celebró matrimonio con diversa persona, y que incluso puede ser un hecho oculto para su concubino, y a afectar no solo a ésta sino a la familia originada del concubinato, por lo que es fundado lo que alega la recurrente en el sentido que dicha distinción establece personas de primera y segunda clase, lo que es inadmisible bajo los principios del artículo 1 y 4 de la Constitución Federal.”

En esas condiciones, la Primera Sala de la SCJN encuentra que es inconstitucional la porción normativa del artículo 65 del Código Familiar para el Estado de Morelos, por lo que respecta a la porción normativa “ambos libres de matrimonio y sin impedimento para contraerlo, de ahí que el precepto debe leerse en los siguientes términos:

Artículo 65. Concubinato. Es la unión de hecho de un hombre y una mujer, que viven de forma constante y permanente, generando derechos y obligaciones al procrear hijos o manteniendo la convivencia.”

Decisión

La Primera Sala de la SCJN, al resultar fundados los agravios, materia de la referida revisión, determinó procedente revocar la sentencia recurrida y devolver los autos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, para que nuevamente analizara la litis de amparo, partiendo de la inconstitucionalidad de la porción normativa del artículo 65 del Código Familiar para el Estado de Morelos, y al resolver la controversia se apegue al método de impartición de justicia con perspectiva de género.

Con la finalidad de armonizar nuestros ordenamientos federales, al tiempo que se deben establecer normas que respeten la justicia con perspectiva de género, y una de estas normas es el Código Civil Federal en sus artículos 1368 fracción V y 1635 párrafo primero, del cual hacemos el comparativo del texto vigente y la propuesta de esta iniciativa:

Código Civil Federal

Por ello y ante la imperiosa necesidad de poseer normas vigentes y adecuadas a las circunstancias sociales, es que proponemos el siguiente

Decreto por el que se reforman los artículos 1368, fracción V, y 1635 párrafo primero del Código Civil Federal, en materia de concubinato

Artículo Único. Se reforman los artículos 1368, fracción V, y 1635, párrafo primero, del Código Civil Federal, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 1368. [...]

I. [...]

II. [...]

III. [...]

IV. [...]

V. A la persona con quien el testador vivió como si fuera su cónyuge durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien tuvo hijos y que el superviviente esté impedido de trabajar y no tenga bienes suficientes. Este derecho sólo subsistirá mientras la persona de que se trate no contraiga nupcias y observe buena conducta. Si fueren varias las personas con quien el testador vivió como si fueran su cónyuge, ninguna de ellas tendrá derecho a alimentos;

VI. [...]”

Artículo 1635. La concubina y el concubinario tienen derecho a heredarse recíprocamente, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge, siempre que hayan vivido juntos como si fueran cónyuges durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o cuando hayan tenido hijos en común.

[...]”

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_ dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

2 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

3 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

4 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

5 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

6 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

7 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

8 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

9 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

10 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

11 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

12 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

13 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

14 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

15 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

16 https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2009405

17 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

18 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

19 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

20 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

21 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/ 2020-07/ADR-3727-2018-200714.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil veintidós.– Diputado Arturo Roberto Hernández Tapia (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

«Iniciativa que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, suscrita por la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, en su carácter de diputada federal de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo prescrito en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona u inciso k), al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Con fecha 12 de noviembre de 2021 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma por la cual se adicionó un inciso j) al artículo 2o.- A, a la Ley del Impuesto al Valor Agregado y por la cual se estableció una tasa 0 de IVA a las “Toallas sanitarias, tampones y copas, para la gestión menstrual.”, iniciativa presentada por las diputadas de la LXIV Legislatura Martha Tagle Martínez, Dulce María Sauri Riancho, Lourdes Érika Sánchez Martínez, María del Pilar Ortega Martínez, Laura Rojas Hernández, Verónica Sobrado Rodríguez y Verónica Juárez Piña, de diversos grupos parlamentarios.

Conforme su exposición de motivos, que hoy forma parte de la historia de este precepto legal, “la política fiscal debe ser revisada para incorporar la perspectiva de género, de manera tal que se comprenda que pese a ser artículos de primera necesidad, los productos de gestión menstrual están sujetos a la tasa del 16 por ciento del impuesto al valor agregado (IVA). Este tratamiento fiscal, visto desde una perspectiva de derechos humanos e igualdad de género, resulta discriminatorio y atenta contra el acceso a la salud, el mínimo vital, la vida digna, el trabajo y la educación de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes. La presente iniciativa propone establecer una tasa del 0 por ciento de IVA a la enajenación de toallas sanitarias, compresas, tampones, pantiprotectores, copas menstruales y cualquier otro insumo destinado a la gestión menstrual”.

En este mismo orden de ideas, es necesario destacar la existencia de otro tipo de productos de consumo básico que no se encuentra incluido, al igual que las toallas sanitarias, en la canasta básica considerada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, en su documento Índice de precios al consumidor de la canasta de consumo mínimo, documento metodológico, de 2020, y en el cual se le sitúa en el lugar 169, en la división de “bienes y servicios diversos”, “canasta no alimentaria”, y que corresponde al de los pañales.

Los pañales, al igual que las toallas sanitarias, que se ubican en el lugar 172 de dicho listado, integran parte de los bienes y servicios diversos, canasta no alimentaria, con un índice nacional de precio al consumidor que varió, al 2020, en un 0.57 y 0.33, respectivamente.

De esta suerte la variación del INPC de los pañales es casi el doble que la de las toallas sanitarias para el período del 2020.

Esto quiere decir que, en promedio, el precio de los pañales aumentó casi el doble que lo que aumentaron las toallas sanitarias en el año 2020.

Ahora bien, ni el Inegi, en el estudio precitado, ni la Procuraduría Federal del Consumidor, Profeco, en estudios que se detallarán más adelantes, conceptualiza qué debe entenderse por “pañales” o clasificación de estos, dando por supuesto que, cuando se habla de ellos, se está refiriendo a “pañales desechables”, independientemente que se trate de pañales de bebés, niños o adultos.

La discusión legislativa acerca del tratamiento fiscal de los pañales se ha apoderado de las agendas de varios países en Europa. Así, los promotores de este tipo de iniciativas indican que “un bebé utiliza pañales durante al menos los dos primeros años de su vida y, de media, según datos de Federación Española de Familias Numerosas, esto supone un gasto mensual de 150 euros por niño a las familias. En todo el viejo continente hay 20 millones de niños menores de 3 años, de acuerdo con Eurostat. España no es la única aquejada por este problema. De hecho, las asociaciones de familias numerosas de 21 países se han unido con el propósito de convencer al Ecofin (Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea) de aplicar sobre los pañales el mismo criterio que ya aceptaron a propósito de productos de higiene femenina.

“¿Cómo puede ser que los pañales para adultos tengan un IVA reducido y los de los bebés no?”, se queja Raúl Sánchez, director de FEFN. Insiste en que su lucha no está motivada solo por una cuestión económica, de alivio de los bolsillos de las familias, sino que tiene un trasfondo cultural. España tiene una población muy envejecida, una tasa de natalidad bajísima. Vive lo que se denomina un ‘invierno demográfico’. Y, aun así, no hay ningún incentivo para quienes desean tener hijos. “En Francia, cuando nace tu tercer hijo, recibes una carta de felicitación, ayudas y dispones de un asesor que te facilita la conciliación laboral. Aquí, hay mujeres que me llaman llorando, después de que todos las tilden de locas”, se lamenta Sánchez. “Hay países como Malta, Portugal o Polonia que, motu proprio, han rebajado el IVA a los pañales; Reino Unido ha ido más allá y le ha otorgado la exención de impuestos. Todos han sido expedientados por la UE”, agrega.”

En Latinoamérica, la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal de la República del Ecuador, y su reglamento, eliminaron el IVA a los llamados pañales populares, siendo aquellos que “destinados al mercado infantil; deben tener una cubierta externa impermeable de 100 por ciento de polietileno; capacidad de absorción mínima, es decir, son “pañales de corta duración” conforme la normativa técnica ecuatoriana vigente; y un mecanismo de cierre o sujeción con cintas adhesivas. Además, deberá constar la leyenda “pañal popular” claramente declarado en el respectivo empaque.”

México tampoco ha estado ajeno a esta problemática y es por ello que ya en la LXIV legislatura, el diputado federal Héctor Israel Castillo Olivares, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó, con fecha 18 de octubre de 2021, una reserva de Ley para reformar el inciso j), fracción I del artículo 2.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, contenido en el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con el fin de establecer una tasa 0 de IVA “j) Toallas sanitarias, tampones, copas para la gestión menstrual y pañales desechables para adulto.”, misma que fue rechazada.

En la presente legislatura, la senadora del Grupo Parlamentario de Morena, Lilia Margarita Valdez Martínez, también propuso que los que los pañales desechables sean eliminados de IVA, pero sólo tratándose de pañales para adultos mayores de 60 años, en apoyo a la economía familiar. La principal justificación de esta iniciativa se basa en el aumento exponencial del número de adultos mayores de 60 años los que, para 2020, representaron el 11.85 por ciento de la población nacional.

Tal es la importancia del uso de pañales desechables que, en el año 2016, la Profeco se dio la tarea de realizar un estudio respecto de los pañales desechables de bebés, concluyendo que “Más de la mitad del valor de venta de los pañales en el mundo provienen principalmente de América del Norte y Europa en conjunto, contribuyendo con el 34 y 17 por ciento, respectivamente, según el estudio “Tendencias en el mercado de alimentos para bebés y pañales en el mundo”, elaborado por la empresa Nielsen, dedicada a la investigación de mercados.

Aunque en valor de ventas América del Norte lleva la batuta, el crecimiento más alto en volumen se observa en América Latina, de los cuales México ha mostrado un importante incremento en el consumo de este producto, ocupando el segundo lugar por debajo de Venezuela, con una Tasa de Crecimiento Anual Compuesta (TCAC) de 7.8 por ciento.

Asimismo, la encuesta demostró que, de todos los países encuestados, Brasil es la región donde se observó el mayor número de hogares consumidores de pañales (26 por ciento) y el menor Estados Unidos (6.2 por ciento).”

Llegados a este punto, es necesario advertir que los pañales desechables, cualquiera que sea su tamaño o persona a la que su uso se destina, no solamente forman parte de la canasta básica de cualquier país del mundo, sino que, además, han dejado de ser percibidos como un producto de lujo y se han transformado en un bien de primera necesidad, tanto para personas en infancia en sus primeros 3 años de vida, como para las personas adultas que los necesitan, personas en su mayoría de tercera edad, y también personas que, por una condición degenerativa, de nacimiento o adquirida, se encuentran en la imposibilidad de poder controlar sus esfínteres.

La adquisición de este tipo de bienes constituye, actualmente, para las familias con bebés, niños, adultos dependientes y adultos de tercera edad dependientes un importante porcentaje del ingreso familiar.

Conforme a un estudio llevado a cabo por la Profeco, en el año 2006, ya para esa época y considerando los precios no reajustados “un bebé gasta alrededor de 6 pañales diarios, es decir, 2 mil 190 piezas al año, con un costo promedio de $2.80 por unidad. De esta forma el gasto anual es de $6,132 cifra que puede variar dependiendo del precio del pañal... En nuestro país el volumen de ventas en 2007 se calculó en 4 mil 900 millones de pañales, según datos del investigador Carlos Richer. Esta cifra coloca a México en décimo lugar dentro de los países de mayor consumo de pañales”. Lo que quiere decir que, para 2007, a las familias mexicanas les fueron retenidos 784 millones de pesos en IVA por la compra de los pañales desechables para sus bebés. En perspectiva, el costo promedio anual, reajustado con el IPC acumulado desde el 2008 al 2021, equivalente a 30.43 por ciento, considerando el mismo volumen de venta del año 2007, esto es, los 4 mil 900 millones de pañales anuales, nos arroja un costo total de pañales vendidos por 14 mil 910 millones 700 mil pesos, lo que querría decir que el Estado mexicano retuvo 2 mil 385 millones 712 mil pesos en los últimos 14 años por concepto de IVA en la venta de pañales desechables para bebés.

Ahora bien, la propuesta de iniciativa que hoy se presenta tiene por objeto establecer una tasa de 0 de IVA a todos los pañales desechables. Ello, por cuanto hacer alguna distinción respecto de su uso no corresponde a parámetros racionales, en opinión de esta  proponente, puesto que se trata de dar un trato digno e igualitario tanto a personas en infancia como adultas que, por su edad o alguna condición médica o de otra especie, requieren del uso de este tipo de productos, teniendo una incidencia directa en el respeto de sus derechos humanos, a través de una legislación fiscal responsable y comprometida con la perspectiva de la niñez e intergeneracional, con una verdadera inclusión social respecto a personas que, por hechos propios de la vida, son dependientes de estos productos.

No se desconoce el impacto presupuestal en el erario que la aprobación de esta iniciativa pudiera ocasionar, sin perjuicio de lo cual se considera que el análisis costo beneficio/costo oportunidad del mismo puede ser efectivamente compensado por la mejora en la calidad de vidas de muchas niñas, niños, adolescentes, adultas y adultos mayores en el territorio nacional que, en el día a día, se ven en la imposibilidad de acceder a este tipo de productos sin comprometer y arriesgar fuertemente su economía familiar.

Asimismo, las implicaciones medioambientales que ello pudiera aparejar, puesto que los pañales desechables cuentan, en la actualidad, con el desarrollo de tecnologías de punta que los hace, en su mayoría, biodegradables, y con el consiguiente e importante ahorro de agua, en un país que atraviesa por una de las más notables crisis de suministro de este vital elemento. A este respecto, hay que considerar que, en promedio, una lavadora de 7 kg de carga gasta desde 42 a 62 litros de agua ciclo de lavado.

Por todo lo anteriormente expuesto, haciéndonos cargo de una problemática nacional de índole social, cultural, de salud, ecológica y económica; aplicando el mismo criterio que tuvo en cuenta el legislador en la reforma fiscal publicada en 12 de noviembre de 2021 y por la cual se decretó una tasa 0 de IVA a la enajenación de productos sanitarios femeninos, en aplicación del principio general del derecho de analogía por el cual “donde hay una misma razón, debe existir una misma disposición”, y en aplicación al principio de igualdad ante la ley y el respeto, garantía y promoción irrestricta a los derechos humanos de todas las personas, es que se propone a esta soberanía aplicar una tasa 0 de IVA a los pañales desechables para bebés, niños, adultos y adultos mayores.

Se deja constancia que la presente iniciativa se reingresa a proceso legislativo, de conformidad a lo prescrito en el artículo 72, Fracción G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por haber sido desechada en el 2º período, del primer año legislativo, por falta de dictamen y la no autorización de prórroga para dicho fin.

El cuadro que a continuación se presenta, sintetiza en qué consiste la adición de un inciso k) al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado propuesta:

Por lo anteriormente expuesto y de conformidad a lo prescrito en el párrafo primero, del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Decreto por el que se adiciona un inciso k) al artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo Único. Se adiciona un inciso k) al artículo 2o.- A de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I.- La enajenación de:

a) a j) ...

k) Pañales desechables para bebés y adultos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veintidós.

Notas

1 Iniciativa que reforma el artículo 2.- A de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, suscrita por diputadas de los Grupos Parlamentarios de MC, PRI, PAN y PRD, disponible en:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2021/03/asun_4 149717_20210309_1615320542.pdf

2 Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenid os/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825196929.pdf

3 INPC: “Es un indicador económico global cuya finalidad es la de medir, a través del tiempo, la variación de los precios de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo de los hogares del país.El INPC se ha consolidado como uno de los principales indicadores del desempeño económico del país; sus aplicaciones son numerosas y de gran importancia en los ámbitos económico, jurídico y social. La estimación de su evolución en el tiempo permite contar con una medida de la inflación general en el país, la cual es confiable y oportuna gracias a la aplicación de una metodología basada en las recomendaciones de buenas prácticas internacionales y la sistematización y mejora continua de los procesos facilitadas por el Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001: 2015 y la política de calidad institucional.” Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/programas/inpc/2018/PreguntasF/

4 Procuraduría Federal del Consumidor, documentos, comparativo de pañales, 9 de septiembre de 2011, disponible en:

https://www.gob.mx/profeco/documentos/comparativo-de-panales

5 Procuraduría Federal del Consumidor, documentos, pañales desechables para bebé, 29 de abril de 2016, disponible en:

https://www.gob.mx/profeco/documentos/panales-desechables-para-b ebe?state=published

6 El País, de Papás & Mamás Blog, Pañales para niños, disponible en:

https://elpais.com/elpais/2016/07/27/mamas_papas/146963 0317_390894.html

7 El Universo, noticias, economía, 9 de enero de 2022, Eliminación del IVA a pañales no se refleja en los precios al consumidor, aseguran madres de familia, disponible en:

https://www.eluniverso.com/noticias/economia/eliminacion-del-iva -a-panales-no-se-refleja-en-los-precios-al-consumidor-aseguran-madres-de-famili a-nota/

8 Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Año XXIV, Palacio Legislativo de San Lázaro, lunes 18 de octubre de 2021, Número 5888-V, disponible en:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2021/10/asun_4 238628_20211018_1634612498.pdf

9 Procuraduría Federal del Consumidor, documentos, pañales desechables para bebes, 29 de abril de 2016, disponible en:

https://www.gob.mx/profeco/documentos/panales-desechables-para-b ebe?state=published

10 Procuraduría Federal del Consumidor, documentos, comparativos de pañales, 9 de septiembre de 2011, disponible en

https://www.gob.mx/profeco/documentos/comparativo-de-panales

11 Sumatoria del IPC acumulado desde enero de 2008 a diciembre de 2021, con base a datos obtenidos en

https://www.proyectosmexico.gob.mx/por-que-invertir-en-mexico/ec onomia-solida/politica-monetaria/sd_tasas-de-inflacion-historicas/

12 https://es.calcuworld.com/cuantos/cuantos-litros-de-agua-consume-una-lavadora/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, suscrita por el diputado José Luis Báez Guerrero y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado José Luis Báez Guerrero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I; 77 numeral 1; 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, someto a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre , al tenor del siguiente

Exposición de Motivos

“La cetrería es el arte que ha llevado al hombre a la más profunda y libre alianza con el animal”

El detrimento de los recursos naturales aumenta día con día y las afectaciones sobre los ecosistemas se manifiestan en la perdida de especies como las aves rapaces por causas como la desaparición, fragmentación, degradación de los hábitats, paisajes y ecosistemas naturales.

Por tal motivo a finales de 1988, se creó el Subprograma Nacional de Centros de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, a cargo de la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, que derivó del diverso Programa Nacional de Inspección y Vigilancia de los Recursos Naturales de 1986, y de la necesidad de contar con Centros de Acopio de Fauna Silvestre que alberguen a todos aquellos especímenes decomisados o entregados por particulares para su rehabilitación, canalización o liberación a su lugar de origen.

Posteriormente, cuando nuestro país se adhirió a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Convenio Internacional CITES) en 1991, adquirió el compromiso internacional de contar con Centros de Rescate, a través de una autoridad administrativa especializada para cuidar del bienestar de los especímenes vivos sin distinguir entre ellos, solo se pedía que fueran para todas las especies de la vida silvestre en general, especialmente para aquella fauna confiscada.

Además, en 1997 se crearon los Centros para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre (Actualmente conocidos como CIVS), que reciben, rehabilitan, protegen, recuperan, reintroducen, canalizan y contribuyen a la conservación de ejemplares producto de rescate, entregas voluntarias o aseguramientos por parte de la Procuraduría General de la República. También difunden, capacitan, monitorean, evalúan, manejan, dan seguimiento permanente y cualquiera otras que contribuyan al desarrollo del conocimiento de la vida silvestre y su hábitat, así como la integración de éstos a los procesos de desarrollo sostenible.

Por su parte, en el año de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Vida Silvestre, reglamentaria del párrafo tercero del artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73 constitucionales. Cuyo objeto es establecer la concurrencia de los distintos ámbitos de Gobierno para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en las zonas en donde la nación ejerce su jurisdicción. Y Fue hasta el 2006 cuando se publicó el Reglamento de la ley en cita.

Así también, como ya se refirió en párrafos precedentes, a efecto de mitigar el deterioro ambiental a causa del avance de la mancha urbana, el desarrollo inmobiliario desmedido e industrial, lo que de suyo generaría la extinción de las especies que conforman la avifauna rapaz de México; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) tuvo a bien publicar en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

Sin embargo, a pesar a las regulaciones citadas, las diferentes poblaciones silvestres de aves de presa se encuentran sometidas a múltiples presiones como el uso de pesticidas y la destrucción de sus hábitats naturales, entre otras, colocando algunas de ellas al borde de la extinción; tal situación se ha mantenido sin cambios favorables a la fecha.

Gracias a la pasión del sector cetrero y de sus aficionados, la reproducción de aves rapaces en México es una realidad; los cetreros, es decir las personas que poseen aves rapaces conforme a las regulaciones que la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento establecen, han logrado resultados relevantes en la conservación de la avifauna rapaz en México, avances en las técnicas del cuidado y bienestar animal, la reproducción, incubación, geolocalización siendo tales logros reconocidos por países extranjeros y estrechando lazos con países donde se practica la cetrería, a saber, Estados Unidos de América, Alemania, Emiratos Árabes Unidos y España, entre muchos más.

El sector cetrero ha incursionado en el desarrollo de esta actividad, es el “arte-deporte” que consiste en entrenar, domesticar, volar, reproducir, cuidar, curar, investigar científicamente a las aves de presa y realizar actividades cinegéticas con dichas aves; e incluso la multicitada actividad es ya un oficio que ha evolucionado en una fuente de empleo para los mexicanos.

La cetrería es un arte milenario. Los antecedentes más remotos nos remontan a vestigios arqueológicos en China y Japón, Los restos iconográficos que han sobrevivido nos trasladan a la Turquía asiática del siglo XIII antes de Cristo.

También las investigaciones arqueológicas demostraron que los asirios dejaron pruebas gráficas de la existencia de la cetrería, de igual manera que los países árabes desde su antigüedad hasta la fecha es que siguen practicando este arte-deporte considerándolo incluso una práctica sagrada.

En la época medieval la cetrería fue exportada de medio oriente a Europa occidental donde la realeza adopto dicha actividad, siendo esa época en la cual se desarrolló literatura especializada en el tema del adiestramiento de la aves rapaces, posicionándolos como  precursores de las técnicas de cuidado animal y medicina veterinaria, consecutivamente con la migración de los pueblos de oriente como las comunidades árabes musulmanes a España, es que dicho país se vuelve uno de los más grandes precursores de la cetrería en tanto que exporta las técnicas hacia América, siendo México el primer país americano en tener acercamiento con las técnicas de cetrería en la época novohispana.

Posteriormente en México la cetrería fue introducida en la época de la conquista y practicada en la época colonial, llegándose a considerar al emperador Moctezuma como el primer cetrero del nuevo mundo. Posteriormente, durante la colonia destacan don Luis de Velasco y su hijo quien también la practicó y posteriormente fue enviado a gobernar Perú donde también ejerció dicha actividad.

En la historia moderna, en el año de 1950 surge la “ Asociación Mexicana de Cetrería” en la ciudad de México, siendo el primer intento de libre de asociación mediante el cual los cetreros mexicanos pioneros para la época moderna se reúnen en pro del benéfico de las aves rapaces.

Se tiene registros de innumerables cetreros y congresos que han venido conformando la historia ambiental y cetrera del país.  En 1973 se fundó el “ Centro de Investigación y conservación de las Aves de Presa en México”.

Entre las décadas de los años 80 y 90 se crearon más de 15 asociaciones cetreras dentro de las más importantes en México están la Federación Mexicana de Halconería de 1990, el Grupo Cetrero de Atizapán de 1991 y Grupo de Cetreros del Valle de México de 1993.

En 2010, la UNESCO reconoce que, en un principio, el ser humano se sirvió de esta “actividad” para procurarse alimentos, pero después adquirió un valor social, recreativo o un medio de estrechar el vínculo del hombre con la naturaleza. Dicha organización reitera que esta actividad es considerada, en muchos países, como un símbolo cultural importante y la transmiten de generación en generación.

Además, la cetrería moderna, se focaliza en la salvaguarda de los halcones, así como de sus presas y hábitats. Por ello consideró a la cetrería como un Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Máxime que es uno de los métodos de caza respetuosos con el medio ambiente.

Dicho término (patrimonio cultural inmaterial de la humanidad) no se limita a objetos, sino que comprende también tradiciones o expresiones vivas heredadas de nuestros antepasados y transmitidas a nuestros descendientes, como tradiciones orales , artes del espectáculo, usos sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, y saberes y técnicas vinculados a la artesanía tradicional.  Es un importante factor del mantenimiento de la diversidad cultural frente a la creciente globalización. Contribuye al diálogo entre culturas y promueve el respeto hacia otros modos de vida. Ya que no estriba en la manifestación cultural en sí, sino en el acervo de conocimientos y técnicas que se transmiten de generación en generación.

Lo anterior, pone de manifiesto la importancia que tiene esta actividad a nivel internacional y en nuestro país. No puede haber una equivocación mundial en cuanto a la aceptación de dicha actividad.

La cetrería es considerada por algunos como la “ madre de la ornitología moderna” ya que gracias a esta actividad se han estudiado los movimientos migratorios, la adaptación de las aves al medio natural. Los cetreros han sido pioneros en la reproducción de aves de presa y han evitado la desaparición de numerosos especímenes como el halcón peregrino.

La cetrería es una actividad consistente en la utilización de aves rapaces adiestradas para el acoso, persecución y captura de especies cinegéticas. Es sostenible, al no producir impacto sobre las poblaciones-presa y selectiva, ya que el ave adiestrada generalmente captura a los individuos más mermados. No genera contaminación acústica ni contaminación por plomo.

Ha contribuido y sigue contribuyendo a establecer y mejorar las técnicas y los conocimientos necesarios que han permitido el restablecimiento de especies en el medio natural y la rehabilitación de ejemplares de los centros de recuperación para su reincorporación al ecosistema.

Además, la actividad cetrera cumple con las 5 libertades del bienestar de los animales y que son responsabilidad del hombre, lo anterior a efecto de procurar el bienestar del ave:

1. libre de hambre, de sed y de desnutrición;

2. libre de temor y de angustia;

3. libre de molestias físicas y térmicas;

4. libre de dolor, de lesión y de enfermedad;

5. libre de manifestar un comportamiento natural.

Lo anterior, ya que la comunidad cetrera permite a las aves realizar su comportamiento natural, a saber, volar libremente, acechar, cazar.

Si bien es cierto han existido esfuerzos para unificar la actividad y algunas propuestas para reglamentarla, nada se ha concretado a la fecha. Por ello es importante dar cauce legar a la actividad.

La importancia de la cetrería hoy en día radica no solo en que puede ser considerada o no como actividad deportiva, sino que es una actividad que permite el control de otras especies de forma natural en aeropuertos, hoteles, naves industriales, cultivos, invernaderos, contribuye a la gestión y control de poblaciones de conejos en campos de golf, evita interferencias en estaciones de seguimiento espacial y también las aves son empleadas para realizar fotografías y documentales para cine y TV.

Es una modalidad donde el ave rapaz caza de forma sostenible y selectiva, como se precisó en párrafos precedentes. Ya que permite ver la naturaleza desde el punto de vista del ave. Es una actividad que permite al “ave” cazar animales que viven libres en su medio natural.

Es una caza silenciosa, sin residuos ni animales heridos.

Gracias a esta actividad se consiguió que las “rapaces” pasaran de alimañas a ser animales protegidos y además, permite la rehabilitación de aves procedentes del tráfico ilegal o rescate de fauna para ser liberados o destinados a proyectos de reproducción.

Ahora bien, en 1972 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en ella se regula el control, posesión y portación de dichos instrumentos dentro del territorio del país. Dicha ley considera como deporte el tiro o cacería y enumera el tipo de arma permitida para practicar dicha actividad; además, precisa que la Secretaría de la Defensa Nacional determinará qué tipo de armas para tiro o cacería, pueden poseerse y las dotaciones de municiones correspondientes. Indica que, respecto a las armas de cacería, se requerirá previamente la opinión de las secretarías de Estado u organismos que tengan injerencia.

Finalmente, refiere que las solicitudes de autorización para dichas actividades se harán directamente o por conducto del Club o Asociación de tiro o cacería, correspondientes y señala los casos de suspensión de la licencia de portación de armas destinadas al deporte de tiro o cacería.

Por su parte, el Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos precisa que las autorizaciones para que los miembros de clubes o asociaciones deportivas de caza y tiro, posean armas, así como para colecciones o museos, serán expedidas si los interesados aceptan expresamente que permitirán inspecciones. Enuncia de forma explícita los documentos que deberán presentar ante la Secretaría, los clubes y asociaciones de deportistas de tiro y cacería.  Obliga a que en caso de que la Secretaría lo estime necesario, se presenten las armas poseídas en el domicilio para la seguridad y legítima defensa de sus moradores y para deporte de tiro o cacería, o de charros, únicamente con el propósito de cerciorarse que sus características son las mismas que contiene el Registro Federal de Armas.

De lo anterior se colige que dicha ley y su reglamento regulan la posesión y portación de armas de fuego y la práctica del deporte de tiro y caza con el uso y portación de dichas armas de fuego.

Por su parte, en el año de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Vida Silvestre (LGVS). En su transitorio segundo abrogó la diversa Ley Federal de Caza publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de enero de 1952 y se derogó cualquier otra disposición legal que se oponga a la presente ley.

La citada LGVS es reglamentaria del diverso párrafo tercero del artículo 27 constitucional que impone a la nación preservar y restaurar el equilibrio ecológico y evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad; y de la fracción XXIX inciso G del art 73 constitucional que impone la facultad para expedir leyes concurrentes en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.

En esta ley se regula lo referente a la caza y caza deportiva.

Por ello se precisa conveniente reformar y adicionar diversos artículos de la ley citada en párrafos precedentes a fin de integrar de forma clara y precisa la actividad de la cetrería, establecer diversos conceptos, requisitos para su ejercicio, entre otras cuestiones; lo anterior, a efecto de dar cauce legal a la actividad cetrera, como una modalidad de caza con ciertas precisiones.

Para mayor claridad se presenta el siguiente cuadro comparativo:

En atención a lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

Decreto

Único. - Se reforman las fracciones XII y XIV del artículo 9o.; la fracción IX del artículo 11o.; último párrafo del artículo 21; último párrafo del artículo 72; párrafo primero y el inciso a) del párrafo segundo ambos del articulo 94; artículo 95 y párrafo segundo del artículo 96 y se adicionan las fracciones II bis, VI bis, VI ter, XXIV bis del artículo 3o. todos de la Ley General de Vida Silvestre, para quedar como sigue: 

Artículo 3o.- ...

II Bis. Ave rapaz: Ejemplar de cualquier especie perteneciente a los órdenes Falconiformes o Estrigiformes.

VI Bis. Cetrería: Cetrería: Actividad que consiste en dispersar, controlar, perseguir, capturar y/o en algunos casos liberar las presas utilizando un ave rapaz adiestrada.

VI Ter. Cetrero: Persona autorizada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a capturar, poseer, adiestrar, criar y cazar con aves rapaces

XXIV Bis. Licencia de cetrería: Documento otorgado por la Secretaría de Medio ambiente y Recursos Naturales y que acredita que la persona está calificada tanto por sus conocimientos sobre los instrumentos y medios de la actividad de la cetrería, así como de las regulaciones en la materia, en el territorio nacional; comprende las actividades para el control de ejemplares o poblaciones que se tornen perjudiciales

Artículo 9o.- ...

I a XI...

XII. El otorgamiento, suspensión y revocación de registros, autorizaciones, certificaciones y demás actos administrativos vinculados al aprovechamiento y liberación de ejemplares de las especies y poblaciones silvestres y el otorgamiento, suspensión y revocación de licencias para el ejercicio de la cetrería, caza deportiva y para la prestación de servicios de aprovechamiento en cetrería y caza deportiva.

XIII...

XIV. La atención de los asuntos relativos al manejo, control y remediación de problemas asociados a ejemplares y poblaciones que se tornen perjudiciales. Para este efecto, se puede solicitar el apoyo de la actividad cetrera a efecto de realizar el control de dichos ejemplares y poblaciones perjudiciales.

Artículo 11.- ...

I al VIII...

IX. Otorgar, suspender, modificar y revocar las autorizaciones, certificaciones, registros y demás actos administrativos vinculados al aprovechamiento y liberación de ejemplares de las especies y poblaciones silvestres, al ejercicio de la cetrería, caza deportiva y para la prestación de servicios de este tipo de aprovechamiento, así como para la colecta científica, de conformidad con las normas y demás disposiciones legales aplicables; o

Artículo 21.- ....

...

...

...

La Secretaría otorgará reconocimientos a las instituciones de educación e investigación, asociaciones, federaciones u organizaciones no gubernamentales y autoridades, que se destaquen por su participación en el desarrollo de los programas, proyectos y acciones mencionados en este Artículo.

Artículo 72.- ....

...

Se evaluará primero la posibilidad de aplicar medidas de control como captura o colecta para el desarrollo de proyectos de recuperación, actividades de repoblación y reintroducción o de investigación y educación ambiental ; en caso de que sea procedente se podrá pedir la intervención de los cetreros a efecto de evaluar su posible participación.

Artículo 94.- La cetrería y caza deportiva se regularán por las disposiciones aplicables a los demás aprovechamientos extractivos.

...

a) Determinar los medios y métodos para realizar la cetrería y caza deportiva y su temporalidad, así como las áreas en las que se pueda realizar; al evaluar los planes de manejo y en su caso al otorgar las autorizaciones correspondientes.

Artículo 95.- Queda prohibido el ejercicio de la cetrería y caza deportiva:

Artículo 96.- ....

Las personas que realicen cetrería o caza deportiva sin contratar a un prestador de servicios de aprovechamiento deberán portar una licencia otorgada previo cumplimiento de las disposiciones vigentes.

Transitorios

Primero. - El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. — En un plazo de 365 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá adecuar el reglamento de la Ley General de Vida Silvestre; así como aquellas disposiciones normativas y reglamentarias de conformidad al presente decreto.

Notas

1 Félix Rodríguez de la Fuente 1986.

2 https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/cd_compendio08/compendio_2008/compendio2008/10.100.8.236_8080/ibi_ap ps/WFServlet4653.html#:~: text=SEMARNAT&text=A%20finales%20de%201988%2C%20se,Urbano%20y%20Ecolog%C3%A Da%20(SEDUE).

3 Ídem.

4 https://www.gob.mx/semarnat/documentos/tramite-semarnat-08-039

5 Artículo 2 de la Ley General de Vida Silvestre.

6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LGVS.pdf

7 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/134778/35._NOR-MA_OFICIAL_MEXICA NA_NOM-059-SEMARNAT-2010.pdf

8 https://artfalcons.com/Espanol/historia.htm

9 https://www.trofeocaza.com/cetreria/reportajes-cetreria/el-al-andalus-y-el-orig en-de-la-cetreria/

10 https://www.sycl.net/file_link/00090/Breve_historia_de_la_cetreri%CC%81a_de_Me% CC%81xico_Juan_Carlos_Rojo-compressed_637242902480382000.pdf

11 Presidida por Guillermo José Tapia.

12 https://ich.unesco.org/es/RL/la-cetrera-un-patrimonio-humano-vivo-01708?RL=0170 8

13 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/59/4#:~: text=A%20los %20efectos%20de%20la,la%20pr%C3%A1ctica%20de%20la%20cetrer%C3%ADa.

14 https://ich.unesco.org/es/que-es-el-patrimonio-inmaterial-00003

15 Es el Patrimonio Cultural Inmaterial más internacional en la historia de la UNESCO. En 2010 así se reconoció en España, Emiratos Árabes, República de Corea, Mongolia, República Checa, Bélgica, Francia, Marruecos, Qatar, Siria y Arabia Saudita. En 2012 se unieron Austria y Hungría. En 2016 Portugal, Italia, Alemania, Kazajistán y Paquistán. En un futuro próximo Eslovaquia, Holanda. Se practica en más de setenta países.

(https://arbor.revistas.csic.es/index.php/arbor/article/view/223 1/ 3097)

16 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/59/4

17 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/59/4#:~: text=A%20los %20efectos%20de%20la,la%20pr%C3%A1ctica%20de%20la%20cetrer%C3%ADa.

18 https://www.woah.org/es/que-hacemos/sanidad-y-bienestar-animal/bienestar-animal /

19 https://www.sycl.net/file_link/00095/Manual_Basico_Etico_CetreriaV17_book_pdf_s can_637110467370124000.pdf

20 https://arbor.revistas.csic.es/index.php/arbor/article/view/2231/3097

21 https://falcon-la.sycl.net/2/paises-de-latinoamerica-y-sus-leyes-con-respecto-a -la-cetreria

22 Artículo 1o. de la Ley General de Vida Silvestre.

Dado en el salón de sesiones, a 18 de octubre de 2022.– Diputado José Luis Báez Guerrero (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

APÉNDICE II

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO AL INE, EN RELACIÓN CON LOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA DEL C. SILVANO AUREOLES CONEJO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al INE a iniciar un procedimiento por los actos anticipados de campaña en que ha incurrido el ciudadano Silvano Aureoles Conejo, y proceda a emitir las sanciones correspondientes, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado 5 de octubre de 2022 el C. Silvano Aureoles Conejo realizó un evento de promoción personalizada donde anunció su aspiración para ser candidato a la Presidencia de la República en 2024, por lo que hará una gira por todo el país, pidiendo participar a las personas en un “ dialogo y construcción de una propuesta” con el objeto de promocionar su aspiración.

Es evidente que a esta fecha aún no comienza el proceso electoral de 2024, ni siquiera estamos en la etapa de precampaña, no obstante, el mensaje que difundió el presunto infractor electoral, claramente promociona su nombre, imagen y hacen un llamado al Pueblo de México para identificarlo como candidato, lo que constituye un acto anticipado de campaña.

A continuación, una imagen que acredita la promoción personalizada de su nombre e imagen:

Lo anterior es un hecho notorio y público que se pueden encontrar no sólo en las redes sociales del infractor de las disposiciones electorales, sino que también se encuentra en diversos noticiarios y fuentes de información de alcance nacional a continuación algunos ejemplos:

https://www.proceso.com.mx/nacional/2022/10/6/silvano-aureoles- se-destapa-para-la-presidencia-en-2024-busca-encabezar-la-alianza-opositora-294 686.html

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/silvano-aureoles-anuncia- gira-por-mexico-rumbo-la-presidencia-de-2024

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/10/05/ silvano-aureoles-se-destapa-como-aspirante-presidencial/

Ahora bien, de acuerdo al artículo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se definen los actos anticipados como:

Artículo 3.

1. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

a) Actos Anticipados de Campaña: Los actos de expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido;

b) Actos Anticipados de Precampaña: Las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura;

Es claro que el infractor electoral emitió actos de expresión en una conferencia de prensa, así como en diversas estaciones de radio y televisión, pidiendo a las personas que dialoguen y construyan juntos una propuesta para contender en el proceso electoral para la Presidencia de la República en 2024.

Por ejemplo, en la entrevista dada al medio MVS Noticias con Luis Cárdenas, el conductor hace la introducción de que el C. Silvano Aureoles Conejo quiere ser candidato a la Presidencia de la República, el infractor al responder, no niega lo afirmado por el periodista y refiere que “ y ahora muchos se sorprenden cuando digo voy a ser presidente de la república, y lo digo porque es una determinación que he tomado y lo digo lo voy a lograr porque va a ser el esfuerzo de muchas y muchos”, lo anterior se puede apreciar en el siguiente vinculo:

https://mvsnoticias.com/video/2022/10/6/silvano-aureoles-exgobe rnador-de-michoacan-busca-la-presidencia-de-mexico-567643.html

Hay que señalar que el transgresor electoral, hace el claro pronunciamiento de que quiere ser candidato, que recorrerá el país, y llama a los ciudadanos a construir una propuesta que él encabece, posteriormente señala algunas necesidades y problemas del país, al respecto, son claras expresiones solicitando el apoyo y participación de los ciudadanos para construir una propuesta para contender en un proceso electoral (Presidencia de la República) lo hace esencialmente expresando lo siguiente:

“... queridas amigas y amigos, pueblo de México, quiero anunciar el inicio de un recorrido por mi país, un recorrido por México, estaré visitando las 32 entidades de la República en la búsqueda de un diálogo abierto constructivo y además con toda la franqueza, que nos permita escucharnos y que nos permita diseñar la propuesta que nos ayude a visualizar el México que soñamos, el México que queremos...

... por eso quiero convocarlas y convocarlos en que nos encontremos en el camino, que juntos cambiemos a México, para hacer de este un mejor país...

También resulta relevante lo previsto en el artículo 372 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que se cita a continuación:

Artículo 372.

Los aspirantes no podrán realizar actos anticipados de campaña por ningún medio. La violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como Candidato Independiente.

Queda prohibido a los aspirantes, en todo tiempo, la contratación de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión. La violación a esta norma se sancionará con la negativa de registro como Candidato Independiente o, en su caso, con la cancelación de dicho registro.

Es claro que la Ley prohíbe los actos anticipados de campaña, y si en este caso el infractor lo está haciendo, genera un profundo desequilibrio e inequidad electoral frente a aquellas personas que, respetando la ley, no están haciendo campaña electoral alguna. Es evidente que se está promocionando políticamente para un cargo público, sería absurdo llegar a una interpretación distinta, y no cabría hacer interpretaciones sobre el “cuidado” del lenguaje utilizado para hacerlo, ya que ello llevaría a generar una interpretación elusiva de la prohibición legal.

Aún más, si se revisa el citado el numeral 2 del Artículo 372 se prohíbe la promoción personal en radio y televisión, no obstante, el transgresor electoral realizó diversas entrevistas en diversas estaciones de radiodifusión reiterando su promoción como candidato para un proceso electoral que aún no comienza, esto lo realizó en los noticiarios de Luis Cárdenas de MVS noticias y en Milenio Televisión, veamos:

https://twitter.com/Silvano_A/status/1578075716087959555?s=20&t=ru5PzJqsfyuEg6mzddVOdw

La exposición mediática del infractor electoral es de alcance nacional, y se dirigió a todo el Pueblo de México a través de la cobertura de los noticiarios de radio y televisión aludidos (tanto Milenio TV como Imagen Radio tienen presencia nacional), lo que aunado a la cobertura informativa que se le ha dado, tiene como consecuencia una sobreexposición a la aspiración para construir una plataforma electoral y posicionarse con el fin de obtener una candidatura, luego entonces ha tenido trascendencia y relevancia en la ciudadanía el mensaje que difundió el transgresor electoral, sirve de apoyo el siguiente criterio del Tribunal Electoral:

Partido de la Revolución Democrática

vs.

Tribunal Electoral del Estado de Tabasco

Tesis XXX/2018

.- De acuerdo con el criterio contenido en la jurisprudencia 4/2018 de rubro ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA. PARA ACREDITAR EL ELEMENTO SUBJETIVO SE REQUIERE QUE EL MENSAJE SEA EXPLÍCITO O INEQUÍVOCO RESPECTO A SU FINALIDAD ELECTORAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y SIMILARES), al estudiar la actualización de actos anticipados de precampaña o campaña, las autoridades electorales deben considerar, entre otros aspectos, si los actos o manifestaciones objeto de la denuncia trascendieron al conocimiento de la ciudadanía y que, valoradas en su contexto, provocaron una afectación a los principios de legalidad y de equidad en la contienda electoral, a fin de sancionar únicamente aquellos actos que tienen un impacto real en tales principios. Para ello, es necesario valorar las siguientes variables del contexto en el que se emiten los actos o expresiones objeto de denuncia: 1. El tipo de audiencia al que se dirige el mensaje, ciudadanía en general o militancia, y el número de receptores para definir si se emitió hacia un público relevante en una proporción trascendente; 2. El tipo de lugar o recinto, por ejemplo, si es público o privado; de acceso libre o restringido, y 3. Las modalidades de difusión de los mensajes, como podría ser un discurso en un centro de reunión, en un mitin, un promocional en radio o televisión, una publicación o en otro medio masivo de información.

Ahora bien, las expresiones del C. Silvano Aureoles Conejo son manifestaciones explícitas o inequívocas respecto a su finalidad electoral: ser candidato presidencial esto es, y hace un llamado a la ciudadanía para tales efectos, al respecto sirve de apoyo la siguiente jurisprudencia:

Partido Revolucionario Institucional y otros

vs.

Tribunal Electoral del Estado de México

Jurisprudencia 4/2018

Una interpretación teleológica y funcional de los artículos 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 245, del Código Electoral del Estado de México, permite concluir que el elemento subjetivo de los actos anticipados de precampaña y campaña se actualiza, en principio, solo a partir de manifestaciones explícitas o inequívocas respecto a su finalidad electoral, esto es, que se llame a votar a favor o en contra de una candidatura o partido político, se publicite una plataforma electoral o se posicione a alguien con el fin de obtener una candidatura. Por tanto, la autoridad electoral debe verificar: 1. Si el contenido analizado incluye alguna palabra o expresión que de forma objetiva, manifiesta, abierta y sin ambigüedad denote alguno de esos propósitos, o que posea un significado equivalente de apoyo o rechazo hacia una opción electoral de una forma inequívoca; y 2. Que esas manifestaciones trasciendan al conocimiento de la ciudadanía y que, valoradas en su contexto, puedan afectar la equidad en la contienda. Lo anterior permite, de manera más objetiva, llegar a conclusiones sobre la intencionalidad y finalidad de un mensaje, así como generar mayor certeza y predictibilidad respecto a qué tipo de actos configuran una irregularidad en materia de actos anticipados de precampaña y campaña, acotando, a su vez, la discrecionalidad de las decisiones de la autoridad y maximizando el debate público, al evitar, de forma innecesaria, la restricción al discurso político y a la estrategia electoral de los partidos políticos y de quienes aspiran u ostentan una candidatura.

En este caso, el Instituto Nacional Electoral tiene una oportunidad histórica para sancionar las corruptas prácticas de adelantarse a los tiempos electorales, de actuar en contrario, se acreditará que lejos de fomentar la equidad e imparcialidad electoral, las aniquila, ante interpretaciones que den pie a que el infractor que se denuncia, vaya a resultar indemne de responsabilidades. Se trata de recuperar el Estado de Derecho y evitar las trampas electorales como sería adelantarse a los tiempos que marca la ley. Es inaudito que alguien que no respeta la Ley aspire a la Presidencia de la República.

El interés de una persona (el infractor denunciado) no puede estar por encima del interés público, es claro que los actos anticipados en que ha incurrido sólo buscan la adulteración de la voluntad popular, y que Morena está decidido a combatir.

Por las razones anteriormente vertidas, se somete al Pleno, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Instituto Nacional Electoral a que inicie un procedimiento por los actos anticipados de campaña en que ha incurrido el C. Silvano Aureoles Conejo y proceda a emitir las sanciones correspondientes.

Nota

1. https://twitter.com/Silvano_A/status/1577683850100342785?s=20 &t=ru5PzJqsfyuEg6mzddVOdw

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022– Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES, A REALIZAR POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA A TRAVÉS DE LA ESCRITURACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los 32 congresos de las entidades federativas a realizar políticas públicas o programas permanentes para la regularización de la tenencia de la tierra, a través de los procedimientos de escrituración, a cargo de la diputada Genoveva Huerta Villegas, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Genoveva Huerta Villegas, y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía, el presente exhorto a las y los titulares de cada entidad federativa, así como a los 32 congresos de las entidades federativas, para que realicen políticas públicas o programas permanentes para la regularización de la tenencia de la tierra a través de los procedimientos de escrituración. En su caso, para que realicen las adecuaciones legales para los efectos señalados.

Exposición de Motivos

El patrimonio familiar es producto del esfuerzo conjunto de sus integrantes; su materialización concentra la legítima aspiración de tener una mejor calidad de vida, por eso, debemos promover a través de las leyes, programas de gobierno y políticas públicas la certeza jurídica de los bienes inmuebles o tierras que lo componen a través de la escritura de propiedad. La escritura de propiedad es un documento realizado por un notario público que establece las obligaciones y los derechos del individuo que compra, vende, hereda, o lega una vivienda o un terreno, y es necesario para múltiples actos, por ejemplo:

1. En los poderes, las donaciones, los contratos, o

2. Cualquier otra forma de transmisión y/o afectación al derecho de propiedad.

Este documento también permite conocer los antecedentes de la propiedad, hecho que genera certeza para el comprador al momento de evaluar la adquisición de una vivienda o un terreno, pues previene que sea víctima de fraude o abuso de confianza por parte del vendedor.

La escrituración iniciada ante el notario público se perfecciona cuando se presenta ante el registro público de la propiedad para su inscripción; momento en el que nace un auténtico derecho de propiedad, oponible a terceros, mismo que es conocido en la doctrina como derecho real.

Desde el año 2000 se realizan en la Ciudad de México, —antes llamado Distrito Federal— campañas de jornadas notariales, cuyo propósito es aproximar y otorgar descuentos de servicios notariales a la ciudadanía en trámites relacionados con la escrituración de la propiedad o el testamento; dicha acción fue replicada a nivel federal en el año 2003, con el inicio del mes del testamento en el mes de septiembre.

El mes del testamento es un esfuerzo interinstitucional encabezado por el gobierno federal año con año, y tiene como propósito:

“El objetivo de la Secretaría de Gobernación es promover en favor de las y los mexicanos el otorgamiento del testamento y contribuir a una cultura de previsión, de certeza y seguridad jurídica en el derecho a heredar.”

Dicha iniciativa abona también a la cultura de la previsión, a fin de no heredar problemas; a pesar de que el derecho a la propiedad es ininterrumpido (salvo casos de utilidad pública) y de que las notarías públicas ofrecen todo el año el mismo servicio, es dable destacar que en el mes del testamento las notarías públicas ofrecen facilidades adicionales que no se ofrecen el resto del año, por ejemplo:

- Los notarios y notarias de todo el país extienden sus horarios de atención.

- Brindan asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria a las personas y

- Reducen los costos del testamento para facilitar y fomentar su otorgamiento.

Huelga decir que el Código Civil Federal, ya establece los programas de regularización de la tenencia de la tierra sobre inmuebles de propiedad privada desde 2012, al respecto:

Artículo 2317.-

(...)

En los programas de regularización de la tenencia de la tierra que realice el Gobierno del Distrito Federal sobre inmuebles de propiedad particular, cuyo valor no rebase el que señala el artículo 730 de este Código, los contratos que se celebren entre las partes, podrán otorgarse en las mismas condiciones a que se refiere el párrafo anterior.

Los contratos a que se refiere el párrafo segundo, así como los que se otorguen con motivo de los programas de regularización de la tenencia de la tierra que realice el Gobierno del Distrito Federal sobre inmuebles de propiedad particular, podrán también otorgarse en el protocolo abierto especial a cargo de los notarios del Distrito Federal, quienes en esos casos reducirán en un cincuenta por ciento las cuotas que correspondan conforme al arancel respectivo.”

(Énfasis añadido)

Los antecedentes referidos son pasos importantes en la formalización de los derechos de propiedad, en ese sentido, el presente exhorto tiene por objeto que los congresos y los gobiernos de las entidades federativas generen las condiciones legales necesarias para que más familias cuenten con escrituras públicas de sus bienes inmuebles o tierras.

Pues, resulta un hecho inconcuso que la falta de disposiciones normativas en las Constituciones, programas de gobierno y políticas públicas de los estados impactan de forma diferenciada en los costos que los notarios públicos imponen por sus servicios de escrituración.

Circunstancia confirmada por la Encuesta de Servicios Notariales 2016 en la Ciudad de México, que recoge las siguientes razones para no escriturar la propiedad:

Primera. El costo, 26 por ciento de los encuestados afirmaron que escriturar la propiedad es muy caro.

Segunda. Un 25 por ciento considera que no hay necesidad de hacerlo, y

Tercera. El 21 por ciento afirma que resulta un proceso difícil.

En la ciudad de México, por ejemplo, de las personas que son propietarias, sólo 44 por ciento tiene escrituras de dicho bien inmueble, mientras que 46 por ciento no tiene y en el caso del 10 por ciento restante las escrituras están a nombre de otra persona. Es decir, más de la mitad de los propietarios, se allanan a las consecuencias de la incertidumbre jurídica.

Lo expuesto hasta aquí coincide plenamente con la prescripción para fortalecer la familia de los principios de doctrina del Partido Acción Nacional del año 2002, al respecto:

“(...) Para fortalecerla se requiere adaptar el marco institucional con el objeto de que la proteja, y promover en el hogar los lazos esenciales de la solidaridad humana. (...)”

Y con mi vocación como integrante del Grupo Parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, como madre y ciudadana mexicana orgullosa de la cultura del esfuerzo.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar al pleno de esta Comisión Permanente la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a las y los titulares de cada entidad federativa, así como a los 32 congresos de las entidades federativas, para que realicen políticas públicas o programas permanentes para la regularización de la tenencia de la tierra a través de los procedimientos de escrituración. En su caso, para que realicen las adecuaciones legales para los efectos señalados.

Notas

1 Secretaria de Gobernación, (22 de agosto de 2022) septiembre mes del testamento

https://www.gob.mx/testamento/articulos/septiembre-mes-del-testa mento-122213#:~: text=Septiembre%20mes%20del%20Testamento%20%7C%20Mes,Testamento%20%7C%20Gobiern o%20%7C%20gob.mx

2 La importancia de la escrituración, Cervantes Liz, el CEO, Ciudad de México, disponible en

https://elceo.com/bienes-raices/escrituracion-el-paso-olvidado-t ras-la-adquisicion-de-vivienda/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de junio de 2022.– Diputada Genoveva Huerta Villegas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO PARA QUE EL PROGRAMA PABELLONES DE ASISTENCIA A FAMILIARES, TENGA VOCACIÓN MUNICIPALISTA Y SEA COORDINADO POR LOS GOBIERNOS MUNICIPALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a sus homólogas en los estados, para que el programa Pabellones de Asistencia a Familiares tenga vocación municipalista y los gobiernos municipales sean los coordinadores del mismo, a cargo del diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Ricardo Aguilar Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) mandata que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, nuestra Carta Magna en su origen señala que nuestro país tiene una vocación aspiracional a una sociedad de derechos.

¿Qué significa esto?, significa consolidar los cimientos y desplegar todas las acciones necesarias, para lograr un país donde los derechos establecidos en la Constitución, sean una realidad en la vida diaria de las familias mexicanas.

Derecho y salud son palabras hermanas, no siempre juntas en la realidad. “Para que un país funcione, ambas deben emparejarse en sus leyes fundacionales”.

No obstante lo anterior, la (CPEUM) va más allá:

“La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, ...definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.”

Como diputado, y consecuente con este compromiso, estamos decididos a llevar a la práctica el artículo cuarto de nuestra Carta Magna. La salud es la base del bienestar social, prevenirla resulta el mejor instrumento para el fortalecimiento del sistema de salud.

Un sistema de salud de calidad es la base de un estado de bienestar social. Es de todos conocido, que el México del siglo XXI, enfrenta grandes retos, resulta fundamental darle certeza a cada individuo de que su esfera mínima de derechos, consagrados en la Constitución, esté cubierta.

La gran interrogante es, cómo lo vamos a lograr si tenemos un panorama adverso y poco favorable para el desarrollo de México. Por poner algunas cifras sobre el tema:

• La expectativa de vida en el país, sigue siendo la cuarta más baja entre los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

• México destina en salud el 5.9 por ciento como proporción de su Producto Interno Bruto, mientras que Francia destina el 11 por ciento y Estado Unidos el 16 por ciento.

• A diferencia de la mayoría de los países a nivel mundial, el sistema de salud mexicano se compone de un sector privado extenso y prácticamente no regulado y de un sector público profundamente fragmentado.

Existe un debate amplio sobre dar un rumbo distinto a la política en materia de salud, procurando que sea la prevención de enfermedades y padecimientos, el elemento fundamental sobre el que verse dicha política.

Existen datos aún más alarmantes de como las familias y hogares mexicanos destinan recursos que muchas veces no tienen o que van en definitiva en detrimento de sus presupuestos, por ejemplo:

1. El gasto de bienes y servicios de salud representa el 4.5 por ciento del consumo final de los hogares mexicanos, 50 por ciento más del promedio de la OCDE.

2. México gasta 600 dólares anuales por persona en asistencia médica.

3. En México hay 2 médicos por cada mil personas, la tasa más baja de la OCDE.

4. Los gastos en salud que los mexicanos pagan de su bolsa incrementaron 40 por ciento, del 2018 al 2020.

5. Mientras en el 2018 el gasto promedio de las familias mexicanas en salud fue de $2,358 pesos al año, para el 2020 subió $3,300 pesos.

Finalmente, la pandemia de coronavirus SARS-CoV-2 (covid-19) ocurrida a nivel mundial desde marzo de 2020, nos dejó lecciones importantes que aprender en el terreno de la salud.

Importantes economistas como Joseph Stiglitiz y Jeffrey D. Sachs, han desarrollado una novedosa corriente de teorías económicas, donde han evidenciado que, al mejorar el sistema de salud de una economía (cobertura, calidad e infraestructura), ésta tiende a incrementar su nivel de desarrollo.

No todo es malo. Es verdad que se han presentado avances considerables, pero no suficientes para dotar a la población de los servicios necesarios.

Es momento de dejar atrás prácticas obsoletas, políticas que sólo son paliativos de un problema mayor. El compromiso que se tiene de impulsar es mejorar la coordinación entre todos los ámbitos de gobierno, generar una política transversal de atención a temas de salud entre los tres poderes y lograr la aplicación precisa de políticas públicas bien diseñadas y con objetivos claros.

México se comprometió a cumplir los Objetivos del Milenio en temas urgentes como la erradicación de la pobreza y el hambre y reducir la mortalidad infantil y materna.

Sin embargo, seguiremos quedamos muy lejos de esas metas, mientras no exista una vinculación efectiva entre la federación, los estados y municipios.

Es vital que se fortalezca el Sistema de Salud y la equitativa distribución de recursos para que la acción de los estados y municipios sea de mayor impacto; pues el ciudadano que enfrenta una emergencia, no conoce de órdenes gubernamentales, sólo quiere y merece ser atendido.

En virtud de todo lo anterior, y entrando en materia, el presente documento es un esfuerzo para atender un tema que en muchas ocasiones pasa desapercibido, que son las condiciones que deben manejar los familiares de los enfermos en hospitales, específicamente en los espacios de visita y aledaños al mismo.

Este es un fenómeno que ocurre para cada caso y para cada hospital en México, el número de familiares, comerciantes y personas diversas que concurren alrededor del espacio físico de la instalación hospitalaria cuenta ya con un modus operandi natural.

Su dinámica es diversa, pero a la vez muy común. El familiar enfermo accede al hospital, y los familiares quedan vigilantes y a la espera de noticias en los espacios que le marca el propio hospital.

Estos espacios en la mayoría de los casos no son dignos, carecen de limpieza básica, condiciones para la estancia y de difícil acceso en sus horarios. De hecho, en su parte más compleja los familiares en muchas ocasiones deben pasar la noche acostados en banquetas y calle.

Lo anterior hace que el acompañamiento de los familiares a sus enfermos sea un proceso difícil, complejo e incluso en algunos casos casi imposible de sortear.

No obstante, lo anterior, ha habido un conjunto de esfuerzos, de parte de algunas autoridades de salud, estatales y municipales, para ofrecer un digno espacio de acompañamiento a los familiares.

Entre los que podemos rescatar se encuentran, extender los horarios de visita, dotar de limpieza matutina y vespertina a los mismos, ofrecer un espacio con lonas de plástico al exterior de la instalación hospitalaria y hacer préstamo de mobiliario como sillas y mesas a los familiares.

Además, se debe resaltar la buena voluntad de la sociedad que, en muchos de los casos, asisten a entregar comida, víveres en general, cobijas y apoyo de material y económico a los familiares. Asimismo, en algunos casos, incluso comerciantes de la zona asisten en horarios pico para ofrecer sus productos.

Es decir, todo lo anterior dibuja una dinámica que ya ocurre y que puede ser un área de oportunidad que bien encauzada y potenciada, pudiese hacer del acompañamiento de los familiares un momento más digno y decoroso a lo que ya están viviendo.

Por ello, resultaría muy importante unir esfuerzos, desde los diferentes órdenes de gobierno, a fin de que, de manera coordinada, se unan los mismos a través de un hilo conductor que amalgame la instauración de un programa sólido para este sector.

La presente propuesta aquí planteada busca exhortar a las autoridades involucradas a establecer un programa que bien podría denominarse Paasfa (Pabellones de asistencia a familiares), que no significa más que dotar de un espacio digno, decoroso, con certeza jurídica, de vocación municipalista y coordinada por una autoridad local, a todas esas dinámicas que ya ocurren en estos espacios, y que de manera individual, sin un esfuerzo colectivo, en mucha ocasiones no cumple cabalmente su objetivo o solo a medias.

Pretende exhortar en primera instancia a la Secretaría de Salud federal a reconocer la importancia del acompañamiento a familiares en los espacios hospitalarios donde estos asisten, y coadyuvar a dotarlos para ser espacios más dignos y decorosos.

Asimismo, de impulsar la recomendación a las Secretarías de Salud estatales a establecer como diseño de política la instauración del programa Paasfa (Pabellones de Asistencia a Familiares), a fin de que sean implementados en los hospitales de sus ciudades capitales, como modelo de ciudades capitales de la salud.

Y finalmente, dotar a este programa de una vocación municipalista, para que sea el gobierno municipal el coordinador del mismo, siendo este la autoridad más cercana a la población y que más conoce y sabe del pulso de sus pobladores en esas dinámicas.

Con lo anterior, se podrá dar desahogo a una dinámica muy sensible para la población de este sector, misma que ocurre día a día en los hospitales de nuestro país. Seguir indiferentes a este hecho es no hacer pasar los derechos en el papel a la práctica, que mandata nuestra Carta Magna.

En atención a lo anteriormente expuesto, el diputado que suscribe pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud federal a reconocer la importancia del acompañamiento a familiares en los espacios hospitalarios donde estos asisten, y a coadyuvar para dotarlos a ser espacios más dignos y decorosos.

Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Salud estatales a establecer un diseño de política pública la instauración del programa Paasfa (Pabellones de Asistencia a Familiares), a fin de que sean implementados en los hospitales de sus ciudades capitales, como modelo de ciudades capitales de la salud.

Tercero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y las Secretarías de Salud estatales, para que el programa Paasfa (Pabellones de Asistencia a Familiares), sea un programa con vocación municipalista, y que sean los gobiernos municipales los coordinadores del mismo.

Notas

1 http://programadesaludpublica.itam.mx/es/noticia/derecho-y-salud-en-mexico-se-c umple-el-articulo-4deg-constitucional

2 Premio Nobel de Economía 2001.

3 Director del Proyecto “Metas del Milenio” de la ONU, Director del Instituto de la Tierra, y Profesor de la Universidad de Columbia, EUA.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Ricardo Aguilar Castillo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A MODIFICAR LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA A FIN DE REDUCIR EL NÚMERO DE HECTÁREAS REQUERIDAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Bienestar a modificar las reglas de operación del programa Sembrando Vida, a fin de reducir el número de hectáreas requeridas para que más familias puedan ser beneficiarias del mismo, a cargo de la diputada Itzel Alelí Domínguez Zopiyactle, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada Itzel Alelí Domínguez Zopiyactle, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Las condiciones para el desarrollo rural integral, así como fomentar la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra son aspectos fundamentales para generar empleo y garantizar a la población que vive en el campo el bienestar y su inclusión en el desarrollo nacional.

México es un país rico en recursos naturales, su riqueza se encuentra principalmente en las zonas rurales, ahí se concentra la mayor cantidad de recursos bióticos del país y residen gran parte de los pueblos originarios y comunidades afromexicanas, los cuales, mediante sus conocimientos y prácticas tradicionales, han conservado los recursos que posee su entorno y que son parte de su patrimonio biocultural. Estas zonas presentan los mayores índices de pobreza y atraso social, ya que, por muchos años, no se establecieron políticas y programas institucionales para atenderlas y tampoco le dieron mayor valor a la actividad agrícola que ahí se desarrolla, por lo cual no se logró aumentar el nivel de bienestar de los hogares rurales y satisfacer sus necesidades básicas de alimentación.

Las regiones rurales del país cuentan con alto potencial agroalimentario, pero han sufrido en las últimas décadas un importante proceso de deforestación y sobreexplotación de sus recursos, causando la degradación de los suelos y la modificación negativa de sus microclimas, afectando así el potencial productivo que poseen y generando insuficiencias alimentarias en las propias comunidades, empeorando las condiciones socioeconómicas de sus pobladores, quienes se han visto forzados a abandonar sus lugares de origen.

Es importante destacar que las zonas rurales de México pueden convertirse en un sector estratégico para el desarrollo nacional si se continúa trabajando para incrementar su productividad, bajo un enfoque de sustentabilidad y con una visión de desarrollo regional a largo plazo que contribuya a reducir la condición de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas que las habitan.

El programa Sembrando Vida actualmente es prioridad para el Gobierno federal, porque permite mejorar las condiciones de vida de la población en los ejidos y comunidades que se encuentren en situación de pobreza, impulsando el fortalecimiento de la participación social, la inclusión productiva y el desarrollo comunitario, a través del establecimiento de Sistemas de Producción Agroforestales.

El programa Sembrando Vida se presenta como una forma para convertir las comunidades y los ejidos en sectores estratégicos que sirvan como palanca para el desarrollo del campo mexicano a fin de incrementar la productividad en el mismo bajo una orientación de sustentabilidad y desarrollo regional a corto, mediano y largo plazo para reducir la vulnerabilidad en la que viven las y los campesinos.

Su objetivo principal es erradicar el deterioro ambiental y la pobreza de los habitantes a través de la inclusión productiva, el cuidado del medio ambiente, el fomento de la cultura del ahorro y la reconstrucción del tejido social.

El artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde a la Secretaría de Bienestar fortalecer el bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos, de las políticas de combate efectivo a la pobreza.

Las reglas de operación del programa Sembrando Vida establecen que para ser beneficiario del mismo se requiere que “los interesados deban vivir en comunidades rurales, que se encuentran en rezago social y que sean poseedores de 2.5 hectáreas disponibles para ser trabajadas en proyectos agroforestales”.

Dicho programa está diseñado para atender a la población rural que se encuentra en las regiones de más alta biodiversidad del país, que vive en localidades marginadas y cuyos municipios se encuentran con niveles de medio a muy alto grado de rezago social, con ingresos inferiores a la línea de pobreza. De acuerdo al diagnóstico del programa, del total de la población objetivo con estas características el 5 por ciento son mujeres.

Es importante destacar que las dependencias federales son responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inician su operación en el próximo ejercicio fiscal o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

El programa Sembrando Vida ha resultado exitoso para reducir la pobreza en las zonas rurales y para fomentar el aprovechamiento sustentable de los recursos, sin embargo, se requiere que el objetivo general de las vigentes reglas de operación sea modificado, ya que existen campesinos que no cuentan con el número de hectáreas que marca el presente ordenamiento, aunque sí cuentan con tierras de menor extensión territorial. Lo anterior servirá para reducir la tala de árboles que actualmente se registra con la finalidad de cumplir con el requerimiento establecido.

En este contexto, propongo a la Secretaría de Bienestar realizar una modificación al punto 2.1 Objetivo General de las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida para quedar como sigue:

Dice:

2.1 Objetivo General

Las/los sujetos de derecho que se encuentran en municipios con Rezago Social cuentan con 2.5 hectáreas sembradas con Sistemas Agro Forestales y Milpa Intercalada entre árboles Frutales produciendo, con necesidades alimenticias básicas cubiertas.”

Debe decir:

2.1 Objetivo General

Las/los sujetos de derecho que se encuentran en municipios con Rezago Social cuentan hasta 2.5 hectáreas sembradas con Sistemas Agro Forestales y Milpa Intercalada entre árboles Frutales produciendo, con necesidades alimenticias básicas cubiertas.”

Por lo anteriormente expuesto pongo a consideración de esta asamblea la presente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Bienestar a considerar una modificación a las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida a fin de que se reduzca el número de hectáreas requeridas para que más familias puedan ser beneficiarias del mismo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Itzel Alelí Domínguez Zopiyactle (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen.



EXHORTO A LA COLEGISLADORA, A DICTAMINAR LA MINUTA POR LA QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE CONSULTA DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la colegisladora a dictaminar la minuta por la que se expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, diputado federal Victoriano Wences Real, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción I; y 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Cámara de Senadores, a que se dictamine la minuta por la que se expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, misma que le fue remitida el 20 de abril de 2021 por esta Cámara de Diputados, y fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación; de Asuntos Indígenas; de Minería y Desarrollo Regional; y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Colegisladora, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. La reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígenas del año 2001, dejó fuera diversos temas cruciales largamente exigidos por los pueblos y comunidades indígenas de México. Si bien se reconocieron los derechos a la autonomía, la libre determinación, el uso de sus sistemas normativos, al desarrollo sustentable, entre otros, lo cierto es que quedaron pendientes derechos fundamentales como el derecho a ser consultados cuando se prevean acciones legales y administrativas que les afectan directamente.

El derecho a la consulta de los pueblos y comunidades indígenas, está reconocido en el Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo, del cual el Estado Mexicano es parte.

El artículo 6 de dicho convenio establece lo siguiente:

Artículo 6.

1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:

a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;

b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;

c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.

2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Por su parte, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, también proclama el derecho a la consulta, de la siguiente forma:

Artículo 19. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.

Segunda. El 20 de abril de 2021, se aprobó en la Cámara de Diputados la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, con una votación de 466 votos a favor y 3 abstenciones.

El dictamen correspondiente se basó en siete iniciativas presentadas por diputados de diversos Grupos Parlamentarios en la LXIV Legislatura, aunque es pertinente señalar que, desde la reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígena de 2001, se han presentado iniciativas para expedir la legislación en materia de consulta a pueblos y comunidades indígenas. El suscrito presentó una iniciativa en la materia en la LXIII Legislatura.

La Cámara de Senadores recibió la minuta correspondiente el 22 de abril de 2021, y fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación; de Asuntos Indígenas; de Minería y Desarrollo Regional; y de Estudios Legislativos, Segunda.

El estatus que guarda a la fecha es el de pendiente.

Tercera. La Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que está pendiente en el Senado de la República, tiene por objeto establecer el mecanismo de consultas a los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Propone regular el derecho de consulta, en lo particular de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, por lo que establece expresamente los principios, normas, instituciones y procedimientos para garantizar este derecho; así mismo se reconoce a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica, con capacidad de emitir actos de autoridad y tomar decisiones plenamente válidas.

Se establece de igual manera que no podrán ser objeto de consulta: la restricción de los derechos humanos y fundamentales reconocidos por la Constitución y los instrumentos internacionales, las acciones emergentes de combate a epidemias, acciones emergentes de auxilio en desastres, las facultades y obligaciones del Titular del Poder Ejecutivo Federal y, por último, la Seguridad Nacional y su estrategia. Se propone, además, que podrá fungir como Autoridad u órgano responsable para llevar a cabo el proceso de consulta, cualquier institución del Estado mexicano de los diferentes órdenes de gobierno, incluyendo los organismos públicos autónomos, que de conformidad con sus atribuciones sea responsable de emitir un acto administrativo o legislativo susceptible de afectar a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicana.

También se atribuye al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas la facultad de ser un órgano Técnico en los procesos de consulta en el ámbito federal y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y otras instituciones que correspondan, como el órgano garante en los procesos de consulta del ámbito Federal, por lo que cada inicio de un proceso de consulta, la Autoridad Responsable, con la coadyuvancia del Órgano Técnico y las instituciones competentes, deberán de otorgar intérpretes y traductores a fin de que los sujetos consultados puedan comunicarse y hacerse comprender en sus lenguas y culturas. En caso de que se incumpla esta obligación, será causa de invalidez del proceso de consulta.

Cuarta. Dada la trascendencia de este derecho fundamental de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, es indispensable que el Senado de la República dictamine a la brevedad la minuta enviada por la Cámara de Diputados, por la cual se expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.

Esto, porque el derecho a ser consultados de forma previa, libre, culturalmente adecuada, de buena fe y para obtener su consentimiento previo, constituye para los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, la forma de participación más democrática y más apropiada para hacer un ejercicio efectivo de otros derechos cruciales, como la libre determinación, la autonomía, la conservación de su hábitat y la definición de su propio desarrollo.

Con base en lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Cámara de Senadores a que se dictamine la minuta por la que se expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, misma que le fue remitida el 20 de abril de 2021 por esta Cámara de Diputados, y fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación; de Asuntos Indígenas; de Minería y Desarrollo Regional; y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Colegisladora.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Victoriano Wences Real (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen.



EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, A FORTALECER LAS ESTRATEGIAS QUE PERMITAN EL CUMPLIMIENTO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE CON EL FIN DE GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a fortalecer las estrategias que permitan el cumplimiento del desarrollo sostenible a fin de garantizar a las y los mexicanos sus derechos humanos más importantes, a cargo de la diputada Ma. Teresa Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es un plan de acción para que la comunidad internacional y los gobiernos nacionales promuevan la prosperidad y el bienestar común, se establece como principal objetivo, la mitigación y la adaptación al cambio climático a nivel mundial. Este compromiso fue adoptado, tanto por países desarrollados como en desarrollo, además, se buscó la participación de gobiernos y actores diversos; como la sociedad civil, el sector privado y la academia.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible busca continuar promoviendo los Objetivos del Milenio (ODM), los cuales fueron suscritos en el año 2000 y buscaban hacer frente a problemas internacionales como la pobreza, el hambre, la igualdad de género, el VIH/Sida, y la sostenibilidad ambiental. Con el fin de obtener mayores progresos para alcanzar el desarrollo mundial, se complementaron estos objetivos, estableciendo un total de 169 metas, agrupadas en 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible divididos en las siguientes categorías:

1. Fin de la pobreza

2. Hambre cero

3. Salud y bienestar

4. Educación de calidad

5. Igualdad de género

6. Agua limpia y saneamiento

7. Energía asequible y no contaminante

8. Trabajo decente y crecimiento económico

9. Industria, innovación e infraestructura

10. Reducción de las desigualdades

11. Ciudades y comunidades sostenibles

12. Producción y consumo responsable

13. Acción por el clima

14. Vida submarina

15. Vida de ecosistemas terrestres

16. Paz, justicia e instituciones sólidas

17. Alianzas para lograr los objetivos

El gobierno de México ha mostrado interés por implementar acciones encaminadas a alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, mediante acciones conjuntas de diferentes órganos gubernamentales como el Senado de la República, la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Amexcid) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). En el ámbito local, se considera a los gobiernos estatales y municipales como primera instancia para velar por la mejoría en el nivel de vida de su población. En este mismo sentido, se estableció el desarrollo sostenible como un elemento clave para alcanzar el desarrollo y el bienestar de la población en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

Asimismo, el Poder Legislativo ha tenido un papel fundamental para coadyuvar a la implementación de acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible a través de la creación de normativas sostenibles y grupos encargados de dar seguimiento a dicho tema.

Para garantizar y dar seguimiento al cumplimiento en el ámbito legislativo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en la LXIV Legislatura, el Senado de la República instaló el grupo de trabajo sobre la Agenda 2030, mientras que la Cámara de Diputados creó el grupo de trabajo de la Agenda 2030. Cabe destacar que ambos proyectos fueron vistos como un ejemplo para que los demás países involucraran a sus parlamentos en el seguimiento e implementación de dichos objetivos, pues sólo el 57 por ciento de los parlamentos del mundo estaban involucrados.

Si bien ha habido un avance en la consecución de algunos objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, seguimos afrontando grandes desafíos que requieren atención urgente para combatir el cambio climático y acortar las brechas de desigualdad social.

Es urgente tomar acciones para poner fin a la pobreza. De acuerdo con datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), para 2020, 10.8 millones de mexicanos tenían un ingreso inferior a la línea de pobreza extrema.

También falta mejorar las condiciones de salud y bienestar en la población; la esperanza de vida de la población en México permanece aproximadamente cinco años por debajo del promedio de la OCDE (80.7 años), además, el gasto sanitario representa el 5,5 por ciento del PIB, que se encuentra entre los más bajos de los países OCDE.

En México, el rezago educativo es el principal impedimento para lograr implementar una educación de calidad, éste es definido como la condición de atraso en la que se encuentran las personas que, teniendo 15 años o más de edad, no han alcanzado el nivel educativo que se considera básico; en México afecta a 24.4 millones de personas.

En 2022 la población ocupada de México sufrió un retroceso al perder más de medio millón de trabajadores y trabajadoras; es de primordial importancia impulsar el desarrollo económico y mejorar las condiciones del mercado laboral, además de incentivar una mayor participación femenina en la economía.

En lo que respecta al cuidado del medio ambiente, actualmente en nuestro país, 25 por ciento de las cuencas están sobreexplotadas, el acceso al agua es un problema grave de sustentabilidad que va a afectar en gran medida a próximas generaciones.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible marca varias pautas que inciden transversalmente en los problemas que más aquejan a millones de mexicanos y mexicanas. De acuerdo con datos del Inegi a octubre del presente año, se han llevado acciones gubernamentales para atender 92 de las 169 metas planteadas en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Es apremiante la necesidad de redoblar esfuerzos para alcanzar el cumplimiento de los acuerdos y compromisos adquiridos, así como impulsar políticas públicas y acciones coordinadas en beneficio de México y de futuras generaciones.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de acuerdo

Primero.— La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo federal, para que en el marco de sus atribuciones fortalezca las estrategias que permitan el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible con el fin de garantizar a las y los mexicanos; así como a generaciones futuras, algunos de sus derechos humanos más importantes, como educación, salud, libertad, igualdad, trabajo digno y un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Bienestar Secretaría de Salud; y en particular a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación y la Dirección de Promoción de la Salud de Servicios de Salud Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y facultades, a reforzar las acciones de monitoreo enfocadas en reducir la proporción de hombres, mujeres y niños de todas las edades que viven en la pobreza en todas sus dimensiones y para asegurar el acceso la cobertura universal de salud garantizando una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades

Tercero.- La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública y al titular de la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia educativa en el ámbito de sus respectivas atribuciones y facultades, a garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos.

Cuarto.- La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Energía, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Comisión Nacional del Agua en el ámbito de sus respectivas atribuciones y facultades, a incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes enfocados a ampliar la infraestructura y mejorar la tecnología para prestar servicios energéticos modernos y sostenibles, y lograr el acceso universal y equitativo al agua potable, asegurando la sostenibilidad de la extracción y el abastecimiento de agua dulce.

Quinto.- La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Economía, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el ámbito de sus respectivas atribuciones y facultades, a promover políticas, especialmente fiscales, salariales y de protección social, para lograr progresivamente una industrialización inclusiva y sostenible, así como adoptar medidas que faciliten el acceso a servicios financieros asequibles y promover la inclusión social y económica de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, raza, etnia, origen, religión u otra condición.

Notas

1 Gobierno de México. (2015). Cumbre sobre el Desarrollo Sostenible 2015. Consultado: 2022, agosto 19, de Gobierno de México. Sitio web:

https://www.gob.mx/epn/es/articulos/cumbre-sobre-el-desarrollo-s ostenible-2015” https://www.gob.mx/epn/es/articulos/cumbre-sobre-el-desarrollo-sostenible-2015

2 Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). (s.a). Acerca de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Consultado: 2022, agosto 19, de Naciones Unidas. Sitio web:

https://www.cepal.org/es/temas/agenda-2030-desarrollo-sostenible /acerca-la-agenda-2030-desarrollo-sostenible

3 Naciones Unidas México. (s.a). Acerca de nuestro trabajo para los Objetivos de Desarrollo Sostenible en México. Consultado: 2022, agosto 19, de Naciones Unidas México. Sitio web:

https://mexico.un.org/es/sdgs

4 Gobierno de México. (2021). Informe Nacional Voluntario 2021, Agenda 2030 en México. Consultado: 2022, agosto 19, de Gobierno de México. Sitio web: Informe Nacional Voluntario 2021, Agenda 2030 en México | Agenda 2030 | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)

5 Presidencia de la República. (2019). Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Consultado: 2022, agosto 19, de Gobierno de México. Sitio web:

https://lopezobrador.org.mx/wp-content/uploads/2019/05/ PLAN-NACIONAL-DE-DESARROLLO-2019-2024.pdf

6 Comisión Especial para el Seguimiento a la Implementación de la Agenda 2030 En México. (2021). Comisión Especial para el Seguimiento a la Implementación de la Agenda 2030 En México. Consultado: 2022, agosto 19, de Gobierno de México. Sitio web:

https://eacnur.org/es/actualidad/noticias/emergencias/agenda-203 0-no-dejar-nadie-atras

7 Ibidem.

8 Ibidem.

9 CONEVAL. Medición de la pobreza. Consultado 2022 octubre 11, de Gobierno de México. Sitio Web:

https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/PobrezaInicio.aspx

10 OCDE. Salud en un vistazo. Consultado 2022 octubre 11, de Organización para la Cooperación y Desarrollo Economico, Sitio Web:

https://www.oecd.org/mexico/health-at-a-glance-mexico-ES.pdf

11 Ibidem

12 IMCO. EL DESEMPEÑO DEL MERCADO LABORAL MEXICANO: POTENCIAL SIN APROVECHAR Centro de Investigación en Política Publica.Consultado 2022 octubre 11, de Instituto Mexicano para la Competitividad. Sitio Web:

https://imco.org.mx/el-desempeno-del-mercado-laboral-mexicano-po tencial-sin-aprovechar/

13 UNAM. Nos aproximamos a niveles irreversibles por la crisis ambiental global. Consultado 2022 octubre 11, de Universidad Nacional Autónoma de México. Sitio Web:

https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2022_458.html

14 INEGI. Sistema de Información de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Consultado 2022 octubre 11, de Gobierno de México. Sitio Web:

https://agenda2030.mx/ODSopc.html?ti=T&goal=0&lang=es#/i nd

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A LA SADER, A INCLUIR A SINALOA EN EL PROGRAMA: FERTILIZANTES PARA EL BIENESTAR

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a incluir a Sinaloa en el programa Fertilizantes para el Bienestar, a cargo de la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, del Grupo Parlamentario de Morena

Suscribe, Ana Elizabeth Ayala Leyva, diputada en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Sinaloa, se encuentra dentro de los cinco estados de la República mexicana que concentran la mayor producción agrícola, destacando por la diversidad de suelos y climas que determinan su vocación de cultivo. El lugar y las aportaciones que se hacen, es el resultado del trabajo y entrega de productores que día a día suman sus esfuerzos para mantener la soberanía alimentaria en el país y elevar los estándares de calidad de los productos que consumimos y exportamos.

El último informe del Indicador Trimestral de la Actividad Económica Estatal de Sinaloa, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, señala a la actividad agrícola dentro de las actividades primarias para los Sinaloenses. La entidad federativa históricamente ha sido reconocida como el granero de México , y ha mantenido su jerarquía dentro de los índices de mejor productividad a nivel nacional.

De acuerdo a datos de la Confederación de Asociaciones Agrícolas del Estado de Sinaloa, (Caades), la superficie agrícola total es de 800,000 hectáreas de riego y 700,000 hectáreas de temporal, en las que se producen anualmente 10 millones de toneladas de alimentos con un valor estimado de 40 mmp.

Las hectáreas de temporal y de zonas de transición requieren del estado mexicano para su desarrollo y potenciar las bondades con las que se cuentan, evitando con ello condenar a la marginación a la población objeto, toda vez que nos referimos a zonas indígenas o de alta dificultad de acceso en consideración a las condiciones geográficas particulares.

En este orden de ideas, se requiere que Sinaloa sea incluido en la lista de entidades beneficiadas por el programa Fertilizantes para el Bienestar , que administra y gestiona la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) del gobierno federal, destinando el beneficio para los productores descritos con anterioridad.

El objetivo del programa de Fertilizantes para el Bienestar es contribuir a la producción de los cultivos prioritarios (maíz, frijol o arroz) de los pequeños productores. En Sinaloa, los pequeños productores cumplen los criterios de elegibilidad y priorización del programa. Además, se estaría contribuyendo a evitar la dependencia de fertilizantes importados; tomando como referencia las condiciones actuales del mercado internacional los hacen prácticamente inaccesibles.

En el contenido de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, en el segundo objetivo HAMBRE CERO , se estable el poner fin al hambre, logrando la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición promoviendo la agricultura sostenible. Puntualiza en su meta 2.3 el propósito de duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los productores de alimentos en pequeña escala, en particular, las mujeres y los pueblos indígenas, por medio del acceso a insumos que les permitan incrementar la producción de alimentos en las comunidades rurales.

El enfoque de la soberanía alimentaria tiene como objeto democratizar y transformar el derecho de los pueblos a definir sus propias políticas agrícolas, sin dejar de lado la protección y regulación de la producción agropecuaria nacional. Para garantizar la autosuficiencia, el estado debe propiciar los incentivos necesarios que conlleven al desarrollo sustentable.

Tenemos a una entidad federativa con un gran potencial y resultados en materia comprobables, pero requiere de los estímulos e impulsos de la federación a través del programa: Fertilizantes para el Bienestar , para contribuir al mejoramiento de la productividad, permitiendo hacer frente a la demanda de alimentos, forrajes, fibras y energéticos.

Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en el ámbito de sus atribuciones incluya al estado de Sinaloa como beneficiario del programa: Fertilizantes para el Bienestar .

Referencias

1. Cinco estados con cinco estrellas en producción agrícola, Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, 11 de julio de 2021. Disponible en

https://www.gob.mx/agricultura/articulos/cinco-estados-con-cinco -estrellas-en-produccion-agricola

2. Soberanía y Seguridad Alimentaria: propuestas políticas al problema alimentario. Disponible en

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid= S2395-91772017000100009

3. Anuario Estadístico de la Producción Agrícola. Disponible en

https://nube.siap.gob.mx/cierreagricola/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2022. – Diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



SE INFORME A LA OPINIÓN PÚBLICA, SOBRE LA JUSTIFICACIÓN PARA SOLICITAR FONDOS EN EXCESO PARA LA TERMINACIÓN DE LA REFINERÍA OLMECA (DOS BOCAS)

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sener, a la SHCP y la SE a informar a la opinión pública sobre la justificación para solicitar fondos en exceso para la terminación de la Refinería Olmeca (Dos Bocas), a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jorge Arturo Espadas Galván, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Energía, el Secretario de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Economía a que informen a la opinión pública, sobre la justificación para solicitar fondos en exceso para la terminación de la Refinería Olmeca (Dos Bocas) en agravio de la hacienda pública, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Secretaría de Energía (Sener), encabezada por Rocío Nahle, gastó 578 por ciento más del presupuesto que tenía aprobado por el Congreso de la Unión para el ejercicio fiscal 2021. Y 2022 no será la excepción. Esta dependencia es la que mayor exceso de gasto genera en el gobierno federal y esto se debe en gran medida al exceso de presupuesto para terminar la Refinería Olmeca (Dos Bocas) cuya construcción está a cargo de Nahle.

La refinería de Dos Bocas, construida en Paraíso, Tabasco, es considerada como una de las 3 obras prioritarias del gobierno actual con el supuesto propósito de lograr la “soberanía energética”. El costo original de Dos Bocas era de seis a ocho mil millones de dólares, pero año con año el presupuesto se ha ido incrementando, hasta alcanzar un gasto estimado de 18 mil millones de dólares, es decir, más de 120 por ciento de sobrecosto.

Al respecto sobresalen algunas cifras:

De acuerdo con el Inegi, la inversión fija bruta actual es 12 por ciento inferior, en promedio, a la registrada cuando inició el gobierno actual. Esto significa que el capital productivo del país se ha erosionado.

Esto se refleja en la tendencia que ha seguido la construcción en el país en este sexenio en comparación con los anteriores:

Si el valor del capital en el país se ha deteriorado por falta de inversión pública y privada, el incremento en el gasto de inversión que el gobierno federal hace en la refinería Olmeca representa una concentración significativa de recursos públicos en un solo proyecto. Esto además de que el avance del gasto en la refinería se mantiene en la opacidad, porque la Secretaría de Hacienda (SHCP) no transparenta dicha información en el apartado de “proyectos de inversión” en sus cuentas públicas.

El Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) realizó conocido estudio sobre la rentabilidad de Dos Bocas, en el que concluye que tiene una probabilidad inferior al 3 por ciento de ser rentable, a partir de ejercicios técnicos de simulación de la rentabilidad (Monte Carlo para obtener la Tasa Interna de Retorno (TIR) y de Valor Presente Neto (VPN) del proyecto). Esta pobre rentabilidad derivada de su operación y de un mercado internacional altamente volátil crea una enorme incertidumbre respecto a la viabilidad del proyecto.

Piénsese en la siguiente coyuntura alrededor del proyecto Dos Bocas:

Primero, los recursos que Pemex y el proyecto requieren para su conclusión ocurren en momentos en que la paraestatal enfrentará en los siguientes años vencimientos de deuda que habrá de renegociar en condiciones financieras muy adversas, lo que significa que el costo financiero de la empresa será un factor determinante en la disponibilidad de recursos propios de inversión.

Segundo, el actual gobierno ha incumplido la promesa de aumentar la producción petrolera en el país: la erosión de la inversión provoca los menores volúmenes de producción de los últimos 15 años, sin recursos para revertir la tendencia:

Y tercero, lo único que mantiene elevados los ingresos petroleros es el factor de precios, que es extraordinariamente alto por factores exógenos y no estructurales: la guerra en Ucrania, la menor capacidad de refinación en Estados Unidos y el repunte de la demanda post pandemia. Para el caso de analizar la viabilidad de Dos Bocas, estos factores no son permanentes, de modo que el flujo futuro de ingresos de la refinería Olmeca se relaciona con la capacidad de producción local que está por debajo de lo prometido. Desde un punto de vista estratégico la valoración de Dos Bocas está sujeta a factores coyunturales y de excepción para garantizar cierta rentabilidad, lo cual imputa al proyecto un alto riesgo para el país.

El proyecto Dos Bocas no ha seguido un protocolo de proyecto ejecutivo que permita dar seguimiento puntual a la ruta de los gastos de inversión, pues la falta de transparencia y rendición de cuentas profesional ha provocado un sobrecosto que se justifica de manera irresponsable: “No se contemplaron originalmente equipos que se necesitan y se amplió el presupuesto, pero tienen que estar tranquilos (...) nadie hizo negocio para provecho personal en la construcción de la refinería, que no hay corrupción, que ya no es el tiempo de antes” ¿Cómo es posible que un proyecto de este tamaño no haya “contemplado” equipos necesarios? El sobrecosto es a costa precisamente de reducciones en el gasto público en sectores tan sensibles y prioritarios como educación, salud y seguridad. Considerando un sobrecosto mínimo de 6 mil millones de dólares y uno máximo estimado de 12 mil, el gasto adicional, no el total, para una refinería con 97 por ciento de probabilidad de tener pérdidas es equivalente a más de 277 por ciento el gasto anual en seguridad, 29 por ciento en salud y 27 por ciento en educación:

Tres temas ahondan el elevado riesgo de la irresponsabilidad del proyecto Dos Bocas:

i. Pemex va a enfrentar un escenario financiero adverso por su onerosa carga de deuda y alta probabilidad de menor calificación crediticia. En este escenario, su capacidad de financiamiento de inversiones será sustancialmente menor, lo que significa una creciente dependencia de fondos federales para su operación y gastos.

ii. La construcción de Dos Bocas tiene visos de no cambiar su ruta actual de desorganización, opacidad y falta de estrategia. Para un proyecto que, sin sobrecostos, ya auguraba un 97 por ciento de probabilidad de fracaso, cada dólar adicional de sobrecosto imputa una mayor probabilidad de pérdida para el país.

iii. Las inversiones en refinerías en Europa y Estados Unidos están centradas en proyectos de biocombustibles y descarbonización. Si bien técnicamente el mercado no va a desaparecer, el entorno donde la movilidad eléctrica adquirirá un mayor peso, implica para las refinerías enfocarse en petroquímica, plásticos, fármacos, bitumen para asfalto, entre otros. El éxito de los refinadores en los años por venir dependerá de su estrategia de mercado, de su disciplina financiera, del manejo de la cadena de suministro, de la transformación digital y la gestión de talento. En ninguna de esas áreas ni Pemex ni el gobierno actual han demostrado la menor capacidad. La habilidad para adaptarse a un entorno global con avances tecnológicos y menor demanda de combustibles fósiles es la norma y claramente Dos Bocas no está siquiera diseñada considerando estos factores. El riesgo de no alcanzar nunca el punto de equilibrio es muy elevado.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, someto a esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Economía a que informen a la opinión pública y en sus medios electrónicos oficiales de difusión, sobre la justificación para solicitar fondos en exceso para la terminación de la Refinería Olmeca (Dos Bocas) en agravio de la hacienda pública.

Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Economía a que rindan a la opinión pública y en sus medios electrónicos oficiales de difusión, un informe pormenorizado de la ruta de terminación y entrega del proyecto a la nación.

Notas

1 López Obrador, Andrés Manuel; “Conferencia de Prensa”, 30 de Agosto del año 2022.

Dado en el salón de sesiones, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO RELATIVO A LA INTOXICACIÓN DE ESTUDIANTES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS EN LOS MUNICIPIOS DE BOCHIL Y TAPACHULA, CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades con motivo de los hechos ocurridos en los centros educativos de Chiapas, en los municipios de Bochil y Tapachula, donde fueron intoxicados varios educandos, suscrita por los diputados Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, diputados Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes y Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, párrafo 1, fracción I, y 79, párrafo 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde hace varias semanas, en el estado de Chiapas han ocurrido una serie de hechos que preocupan seriamente a las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Diversos centros educativos en el estado de Chiapas han estado involucrados en hechos lamentables, donde cientos de educandos han presentado signos de intoxicación, desatando pánico entre los padres de familia y alerta en autoridades escolares. Y aunque se desconoce, hasta el momento, cómo es que los jóvenes estudiantes se han intoxicado, ya son varios los centros educativos que presentan situaciones similares.

Hasta el momento, se han presentado 154 casos, donde estos niños y adolescentes han sido hospitalizados por ingerir sustancias tóxicas dentro de los centros escolares, los cuales se han presentado en el siguiente orden:

• El 23 de septiembre, 21 estudiantes de Tapachula

• El 6 de octubre, 5 estudiantes de Tapachula

• El 7 de octubre, 110 estudiantes de Bochil

• El 11 de octubre, 18 estudiantes de Tapachula

La intoxicación ha despertado la indignación en prácticamente todo el país, pues estos hechos ya han sido nota en los principales medios de comunicación y en las redes sociales.

Tras estos lamentables hechos, las familias de las víctimas han decidido organizarse para exigir explicaciones. Hasta el momento, se han presentado 30 denuncias por el delito de daños a la salud en la Fiscalía. Esperan a que los niños que siguen ingresados se recuperen para seguir protestando. De momento han conseguido que la Fiscalía Estatal se traslade a Bochil a tomar muestras y declaraciones a los menores.

Bochil es una cabecera municipal situada en la región de los Altos de Chiapas, a dos horas de la capital del estado, con cerca de 30 mil habitantes, tranquilo y ajeno a los problemas de violencia y crimen organizado del resto del país. Sin embargo, en los últimos meses se ha disparado el número de denuncias por narcomenudeo en la región y esta misma semana 300 militares tuvieron que ser desplazados de urgencia al estado por un estallido de violencia.

Lo lamentable del caso es que, a la fecha, no existe una línea de investigación oficial, tampoco pistas de qué intoxicó a las y los niños afectados. El Ministerio Público ha realizado 61 pruebas toxicológicas con muestras de orina. Todas han salido negativas a cocaína, opiáceos, cannabis, metanfetamina y anfetamina. También han resultado negativos los análisis de 35 botes de agua que se llevaron del colegio.

Sin embargo, en uno de los casos más recientes, padres de los menores intoxicados en la secundaria de Bochil, Chiapas, viajarán a Tuxtla Gutiérrez para realizarles nuevas pruebas toxicológicas a los estudiantes, luego de otro estudio realizado en laboratorios particulares, habría dado positivo a cocaína y marihuana.

Los padres de los menores afectados aseguran no estar conformes con los resultados arrojados por la Fiscalía General del estado, por lo que exigen que se diga la verdad y, como forma de presión, analizan bloquear de manera total la entrada a Bochil.

Aunque la mayoría de los jóvenes fueron dados de alta el miércoles, 20 estudiantes de la secundaria de Bochil, Chiapas, reingresaron al hospital tras presentar, nuevamente, malestares. En Tapachula, padres y familiares de cuatro de los 18 niños intoxicados en la Secundaria Federal Número 1 también exigieron a las autoridades que el caso no quede impune.

Tanto grupos de padres como de maestros creen que fueron los propios alumnos de la escuela quienes introdujeron droga en el recinto. El director de una escuela reconoció que tenía identificados a cuatro menores como posibles responsables. Ya no ha vuelto a señalarlo: “La investigación está en manos de la Fiscalía”. “Son los mismos compañeritos de la escuela quienes lo hicieron, pero hay que saber quiénes les están distribuyendo eso a ellos”, apunta Antonio Hernández, que afirma que la situación de narcotráfico se ha recrudecido en la zona.

El Fiscal Estatal ha negado una y otra vez que los adolescentes fueran intoxicados con “sustancias psicoactivas”: Mientras que el titular de Salud de Chiapas, José Manuel Cruz Castellanos, ha dicho que los “cultivos” llevan unos días y ha pasado la responsabilidad al representante del IMSS, quien no ha podido explicar de qué test se esperan resultados.

Para las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional nos resulta por demás preocupante que estas acciones hayan sido dirigidas a niñas, niños y adolescentes dentro de los planteles educativos, donde originalmente deben estar en un ambiente sano y seguro, estando en actividades de aprendizaje y enseñanza para su sano desarrollo.

Ante estos alarmantes hechos, exigimos a las autoridades correspondientes, el esclarecimiento de los hechos, consistente en rendir ante esta soberanía, un informe detallado y fehaciente sobre estos hechos, así como la atención sanitaria urgente para estos niños y que se finquen las responsabilidades conducentes.

Como integrantes del Estado mexicano nos es imperante hacer un urgente llamado a las autoridades federales para que, en el marco del respeto al Pacto Federal, se tomen las medidas correspondientes en los graves hechos que tienen a cientos de estudiantes del nivel básico con daños a su salud a causa de intoxicaciones en los centros educativos en el estado de Chiapas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las Secretaría de Educación Pública del gobierno federal y del gobierno del estado de Chiapas, para que las providencias necesarias para que coadyuven con las autoridades competentes a fin de esclarecer los hechos ocurridos en los centros educativos del estado de Chiapas, donde se intoxicaron diversos educandos, así como para implementen las medidas y acciones preventivas que sean necesarias para evitar que estos hechos ocurran en otros centros educativos.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno federal y del estado de Chiapas para la debida atención y seguimiento médico de las y los niños intoxicados en los centros educativos en el estado de Chiapas; y para que en colaboración con las autoridades educativas lleven a cabo las medidas sanitarias pertinentes para cuidar la salud de los educandos del estado de Chiapas.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República para que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, atraiga las investigaciones del caso de las y los niños que han sido intoxicados en los centros educativos en el Estado de Chiapas a efecto de investigar los hechos, y llegar a la verdad de los mismos y castigar a los responsables.

Notas

1 https://www.unotv.com/estados/chiapas/ninos-intoxicados-en-chiapas-continua-el- misterio-suman-154-afectados-padres-exigen-respuestas/

2 https://elpais.com/mexico/2022-10-13/el-misterio-de-las-intoxicaciones-en-una-e scuela-de-chiapas-72-ninos-hospitalizados-y-una-droga-que-no-aparece.html

3 https://elpais.com/mexico/2022-10-13/el-misterio-de-las-intoxicaciones-en-una-e scuela-de-chiapas-72-ninos-hospitalizados-y-una-droga-que-no-aparece.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada y diputado: Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A LA PROFECO, A APEGARSE A SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y NO INVADIR LAS ATRIBUCIONES DEL SENASICA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco a apegarse a la realización de las atribuciones que le han sido conferidas dentro de la Ley Federal de Protección al Consumidor, asimismo a no invadir las atribuciones del Senasica, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. El pasado 3 de octubre el titular del Poder Ejecutivo federal llevó a cabo la firma del Acuerdo de Apertura Contra la Inflación y la Carestía (Apecic) (en lo sucesivo “el Acuerdo”), asegurando que este sería una medida contra la inflación y la carestía, con la cual se pretende contribuir a contrarrestar el encarecimiento de productos agrícolas y reducir los costos regulatorios y logísticos para fortalecer la oferta en conjunto con la iniciativa privada; pero no solo eso, sino que traerá consigo una baja en el costo de la canasta básica lo cual ayudará a la economía de los mexicanos.

En cuanto a la canasta básica el Acuerdo marca que actualmente el precio máximo promedio de la canasta básica acordada es de $1,129.00 por 24 productos. La acción coordinada de gobierno, productores y tiendas de autoservicio tiene el objetivo de reducir su costo a $1,039.00 pesos promedio, es decir un 8%, hasta el 28 de febrero de 2023.

Para lograr lo anterior, sin fundamento legal alguno y excusándose en la confianza, el Gobierno Federal otorgará a las empresas firmantes del Acuerdo una “licencia única y universal”, que por lo que hace a las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para el envase de alimentos de las empresas, las exime de todo trámite o permiso, incluyendo aquellos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) y de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), así como del Impuesto General de Importación al Comercio Exterior.

Lo anterior puede traducirse en que se confiará a los mismos productores y distribuidores el control sanitario y la responsabilidad de asegurar que las mercancías que se comercian y transitan en nuestro país puedan llegar a los hogares de las familias mexicanas con la calidad que se requieren y cumpliendo con las normas sanitarias de inocuidad y calidad que dicho de otro modo son para evitar la introducción de enfermedades que pueden poner en riesgo la salud de quienes habitamos en este país.

Si bien es cierto que la intención es contener o neutralizar los costos derivado de la inflación en el precio de la canasta básica, también es cierto que se omitirán importantes filtros de revisión bajo una “licencia de confianza”, por lo que se podría ocasionar la introducción de enfermedades o plagas que afectarían aún más las finanzas de las familias mexicanas y con un efecto negativo hacia las finanzas públicas en caso de no prevenir las buenas prácticas de la inocuidad agroalimentaria.

Dicho de otro modo, las y los mexicanos no tendremos la certeza de que el alimento que consumimos esté plenamente certificado en materia de salubridad por las instituciones de la Senasica, la Cofepris y hasta los participantes que están autorizados para dichos trámites, perdiendo toda trazabilidad de lo está transitando en el país y que será posteriormente un problema grave de salud pública, ya que por experiencia mundial y lo que señalan los expertos se han derivado enfermedades como la tuberculosis, brucelosis, fiebre aftosa en ganado o plagas en plantas en el campo.

Tal es la importancia de dichas actividades y filtros que el 14 de octubre de 2022 el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) confirmó en el estudio de sus laboratorios el primer caso de influenza aviar de alta patogenicidad AH5N1, de un halcón gerifalte (Falco rusticolus) que se alimentaba de aves silvestres en la cuenca del río Lerma, en el estado de México, muriendo a causa de la enfermedad. La cepa de ese virus ha provocado graves brotes y problemas de salud pública en Europa, Estados Unidos y Canadá considerada como una enfermedad exótica.

Tampoco podemos omitir lo ocurrido en Comitán, Chiapas el pasado 14 de octubre del presente año, donde una adulta mayor falleció y 19 personas más se encuentran hospitalizadas por comer carne intoxicada con clembuterol que llegó de Panamá.

Otro grave problema al que puede enfrentarse nuestro país a parte del de salud pública, es la pérdida de confianza, ya que, tanto la Senasica como su antecesor habían logrado tejer una red nacional de vigilancia epidemiológica, tanto en los productos vegetales como en los productos animales, por lo que México es considerado como un país que se toma en serio ese tema, y que por tanto puede ser interlocutor en el mundo al respecto.

De hecho, México es considerado el quinto productor pecuario del mundo, lo anterior se logró por el establecimiento de parámetros sanitarios que mal que bien en distintas entidades se cumplen. Por lo que, de seguir con el acuerdo se podrían tener eventuales pérdidas por exportación y en el plano doméstico habría una baja en la producción.

Inclusive, la Asociación de Productores y Empacadores Exportadores de Aguacate de México, el pasado 5 de febrero del presente año, publicó un comunicado dirigido al secretario de Hacienda y Crédito Público pronunciándose sobre el acuerdo del Ejecutivo federal en dónde solicitan: “que el acuerdo del APECIE garantice ante todo la inocuidad y fitosanidad en las importaciones de productos agrícolas que provengan de otros países, asegurando, por el bien de todos, que la industria agroalimentaria de México sigo manteniendo su excelencia sanitaria dentro y fuera de nuestro país”. También mencionan que es primordial mantener la reputación sanitaria del país, ya que, de no hacerlo, se pondrían en riesgo muchos programas de exportación de productos del campo de nuestro país, incluyendo el aguacate mexicano.

II. Ahora bien, el Acuerdo ya mencionado trae consigo irregularidades que incumplen con el propio TMEC y las normas de salubridad mexicanas, y es que partir de que entre en vigencia este acuerdo y a partir de la licencia que se les otorgue a las empresas, la autoridad suspenderá la revisión de toda regulación que se considere impide o encarece la importación e internación de alimentos y su movilidad dentro del país; esto incluye aranceles, barreras al comercio exterior no arancelarias y otros requisitos para su ingreso y circulación nacional.

En relación con el TMEC nos situamos en el Capítulo 9 denominado “Medidas Sanitarias y Fitosanitarias”, donde el Acuerdo promulgado por el titular del Ejecutivo viola es mismo, ya que el propio capítulo 9 establece que:

“Se deberá asegurar que las medidas sanitarias o fitosanitarias aplicadas por cada Parte no creen obstáculos innecesarios al comercio”.

“Asegurar que las medidas sanitarias o fitosanitarias aplicadas por cada Parte no creen obstáculos innecesarios al comercio”

“Las medidas sanitarias o fitosanitarias que estén en conformidad con normas, directrices y recomendaciones internacionales relevantes se consideran necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y de los animales o para preservar los vegetales, y se presumen compatibles con las disposiciones pertinentes...”

“Si una Parte adopta o mantiene una medida sanitaria o fitosanitaria provisional si la evidencia científica pertinente es insuficiente, la Parte, dentro de un periodo de tiempo razonable: (a) buscará obtener la información adicional necesaria para una evaluación más objetiva del riesgo; (b) completará la evaluación del riesgo después de obtener la información necesaria; y (c) revisará y, de ser apropiado, modificará la medida provisional a la luz de la evaluación del riesgo”.

En el derecho mexicano encontramos el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios la cual establece la regulación, control y fomento sanitario del proceso, importación y exportación, así como de las actividades, servicios y establecimientos, relacionados con los productos siguientes:

“ARTÍCULO 113. Los procedimientos que se empleen para obtener los productos comprendidos en este título, deberán llevarse a cabo bajo condiciones de higiene, que garanticen su calidad sanitaria y que se encuentran dentro de las especificaciones establecidas en las normas correspondientes”.

III. El artículo 4 en su tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará”. De acuerdo con una encuesta realizada por Data Praxis y You Gov y patrocinada por la Open Society de George Soros, 8 de cada 10 mexicanos tienen miedo a tener hambre, muy por encima de países como Nigeria y Senegal, donde refleja que dicho temor va en crecimiento como en Estados Unidos.

La política social es uno de los ejes rectores para combatir y resarcir las desigualdades y la pobreza. La implementación de esta política pone a prueba las capacidades institucionales de los programas que deben tener como finalidad subsanar las carencias y vulnerabilidades para eventualmente potenciar el desarrollo de las personas, sobre todo cuando existen altos índices de pobreza y hambre en nuestro país, ante ello debemos fortalecer las capacidades del Estado en conjunto con la Federación para consolidar mejores condiciones para la sociedad mexicana.

Ante los estragos que ha dejado la pandemia de covid-19 a nivel mundial muchas personas han padecido los estragos por la pérdida de empleos o la disminución de sus ingresos familiares, ante ello la política social a través de sus entes públicos para evitar más el desperdicio de alimentos, que pueden ser en beneficio de las personas que carecen de alimentación, así como fomentar la reutilización de sus derivados en aras de disminuir las desigualdades sociales prevalentes en nuestro país.

Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos da cuenta básicamente de los preceptos que deben de regirse en el sistema económico y social con las políticas públicas a través de sus servidores públicos frente al sector social y que se especifica como Economía Social y Solidaria, conforme a lo siguiente:

Artículo 26.

A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.”

Además de lo anterior, el Estado mexicano a través de sus tres órdenes de gobierno está obligado a cumplir con los preceptos de desarrollo social en sus diferentes formas y así lo establece la Ley General de Desarrollo Social en su artículo 6 lo siguiente:

“Artículo 6. Son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la vivienda digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”

Asimismo, debemos señalar que en el rubro de políticas públicas sociales es donde se ubica un mayor rezago en materia de desperdicio de comida en nuestro país, pues de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), los alimentos que nunca se consumen representan un desperdicio de recursos, como tierra, agua, energía, suelo, semillas y otros insumos utilizados en su producción. Asimismo calcula que entre el 8 y el 10 por ciento de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero están asociadas a alimentos que nunca se consumieron.

En este sentido vale la pena destacar que conforme a datos del Banco de Alimentos de México (BAMX), organización de la sociedad civil sin fines de lucro, un tercio del alimento producido se desperdicia, lo que equivale a 38 toneladas por minuto, que bien podrían alimentar a 25.5 millones de personas con carencia alimentaria:

• La pérdida: Una disminución en la cantidad o calidad de los alimentos como resultado de las decisiones y acciones de los proveedores en la cadena alimentaria, excluyendo a los minoristas, proveedores de servicios de alimentos y consumidores, en las fases de producción, post-cosecha, almacenamiento y transporte.

• El desperdicio: La disminución en la cantidad o calidad de los alimentos como resultado de las decisiones y acciones de los minoristas, proveedores de servicios alimentarios y consumidores, incluye la comida a medio comer que queda en el plato en un restaurante y los restos de la comida preparada en casa.

Ante dicha situación debemos señalar que nuestro jurídico ya establece un piso mínimo de cómo deben de realizarse las donaciones de alimentos conforme a lo señalado en la Ley General de Salud:

Artículo 199-Bis. Las instituciones que tengan por objeto recibir la donación de alimentos y el suministro o distribución de los mismos con la finalidad de satisfacer las necesidades de nutrición y alimentación de los sectores más desprotegidos del país, quedan sujetas a control sanitario y, además de cumplir con lo establecido en esta Ley y demás disposiciones aplicables, deberán:

I. Tener establecimientos que reúnan las condiciones sanitarias adecuadas para el manejo de alimentos;

II. Contar con personal capacitado y equipo para la conservación, análisis bacteriológico, manejo y transporte higiénico de alimentos;

III. Realizar la distribución de los alimentos oportunamente, a fin de evitar su contaminación, alteración o descomposición, y

IV. Adoptar las medidas de control sanitario, que en su caso, les señale la autoridad.

Se considerará responsable exclusivo del suministro de alimentos que por alguna circunstancia se encuentren en estado de descomposición y que por esta razón causen un daño a la salud, a la persona o institución que hubiere efectuado su distribución”.

IV. El 17 de octubre de 1987 más de cien mil personas se juntaron en la plaza del Trocadero en París para proclamar que la pobreza es una violación de los derechos humanos y afirmaron la necesidad de sumar esfuerzos para garantizar su cumplimiento, dichos principios se inscribieron en una losa conmemorativa de la cual se han hecho réplicas en otras partes del mundo, como en el jardín de la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Desde entonces, las personas se reúnen cada año ante estas placas para renovar su compromiso y mostrar su solidaridad con las personas de escasos recursos.

Con ello, se ha generado el compromiso de poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas de todo el mundo disfruten de paz y prosperidad, por lo que la Agenda 2030 retomó la promesa establecida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sin embargo, la realidad actual muestra que 1300 millones de personas siguen viviendo en la pobreza multidimensional, y casi la mitad de ellas son niños y jóvenes.

Sin embargo, tanto en México como en todo el mundo, las naciones atraviesan por dos problemas cruciales: el hambre y el cambio climático, frente a esto los países han tomado acciones frente a estos problemas, como en Seúl, donde automáticamente los botes de basura pesan la cantidad de comida que se tira a la basura. A su vez, en Londres, los tenderos han dejado de poner etiquetas de fecha en frutas y verduras para evitar la confusión sobre los productos que aún pueden ser comestibles. En California se estableció que los supermercados regalen los alimentos que no se vendieron pero que se encuentran en buen estado para ser consumidos.

El informe sobre el Índice de desperdicio de alimentos 2021, publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la organización asociada WRAP revela que a nivel mundial, per cápita, cada año se desperdician 121 kilogramos de alimentos a nivel del consumidor, de los cuales 74 kilogramos se desperdician en los hogares.

Según la FAO la pérdida y el desperdicio de alimentos (PDA) constituye un desafío apremiante en el diseño de sistemas alimentarios sostenibles, lo anterior repercute de manera negativa en la seguridad alimentaria y la nutrición, contribuyendo de manera significativa a las emisiones de gases de efecto invernadero, la contaminación del medio ambiente, la degradación de los ecosistemas naturales y la pérdida de biodiversidad.

Atacar la pérdida y el desperdicio de alimentos es un objetivo definido en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (meta ODS 12.3) acordados internacionalmente, los organismos responsables de esta meta, son la FAO y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) que miden y monitorean los progresos en la reducción de la PDA basándose en el índice mundial de pérdida y desperdicio de alimentos, por ello hacen las siguiente recomendaciones sobre políticas públicas a realizar:

• La pérdida y el desperdicio de alimentos se pueden y se deben prevenir y reducir drásticamente. Invertir en la producción, la cosecha, la manipulación y la distribución de alimentos inocuos, nutritivos y de buena calidad para el consumo humano contribuirá a reducir la PDA. Reducir la pérdida de alimentos puede producir beneficios generalizados en todas las dimensiones de las metas relativas al hambre mejorando la disponibilidad de alimentos, el acceso a estos y los ingresos de los pequeños productores (ODS 2) y favoreciendo la acción climática, la vida submarina y la vida de ecosistemas terrestres (ODS 13, 14 y 15, respectivamente).

• La recuperación y la redistribución pueden ayudar a hacer un buen uso de los excedentes de alimentos y a reducir la inseguridad alimentaria. Además, son beneficiosas para el medio ambiente.

• La PDA supone pérdidas económicas para todas las partes interesadas de las cadenas de suministro alimentario, consumidores finales incluidos. También representa un uso extremadamente ineficiente de los recursos (p. ej. la mano de obra, el agua, la energía y las tierras), influye en el cambio climático y contribuye a otros impactos sociales negativos que son evitables. La colaboración y las asociaciones de todas las partes interesadas de la cadena de suministro alimentario son esenciales para reducir la pérdida y el desperdicio de alimentos. Para hacer realidad y maximizar los impactos positivos de la reducción de la PDA, son necesarias unas estructuras de gobernanza y el desarrollo del capital humano, así como inversiones en infraestructuras, tecnología e innovación.

• Los factores clave para el cambio son la sensibilización pública y políticas a medida que faciliten la identificación de incentivos específicos y marcos reglamentarios adaptados al contexto. Una mejor disponibilidad de datos acerca de dónde se produce la PDA, y sobre las causas y los factores subyacentes de esta, favorecerá el diseño y la elaboración de políticas, estrategias e intervenciones para reducir la pérdida y el desperdicio de alimentos.

• Los procesos de sensibilización del sector público y del privado, así como de la sociedad civil, facilitarán la fijación de objetivos en el nivel local, nacional, regional y mundial, aumentarán la sensibilización, concentrarán los esfuerzos, movilizarán recursos y garantizarán la implementación de una acción eficaz para cumplir la Agenda 2030.

Por lo anteriormente expuesto someto consideración de esta cámara la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor a apegarse a la realización de las atribuciones que le han sido conferidas dentro de la Ley Federal de Protección al Consumidor así como a no invadir las atribuciones del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a adoptar medidas de carácter urgente a fin de combatir la inflación sin que se comprometa la salud y la vida de las y los mexicanos, así como a respetar las atribuciones del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal a abstenerse de implementar medidas de carácter administrativo que se encuentren al margen de la ley o que pudieran poner en riesgo la salud y la vida de las y los mexicanos; y a respetar las atribuciones del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria así como a fortalecer las labores de dicha institución.

Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria a continuar llevando a cabo los procesos de verificación e inspección correspondientes a fin de evitar la eventual presentación en el país de alguna enfermedad o plaga exótica así como a propiciar y consolidar los avances sanitarios.

Notas

1 Acuerdo de Apertura Contra la Inflación y la Carestía (Apecic). Gobierno de México. Recuperado de:

https://www.gob.mx/presidencia/documentos/acuerdo-de-apertura-co ntra-la-inflacion-y-la-carestia-apecic

2 ídem

3 Advierten riesgos al desaparecer procesos de importación de alimentos, Gaceta de la UDG, Iván Serrano, 13 de octubre de 2022,

http://www.gaceta.udg.mx/advierten-riesgos-al-desaparecen-proces os-en-importacion-de-alimentos/

4 Confirman primer caso de influenza aviar de alta patogenicidad en halcón, La Jornada, 14 de octubre de 2022, recuperado.

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/10/14/sociedad/confirma-se nasica-primer-caso-de-influencia-aviar-de-alta-patogenicidad-en-halcon/

5 Bidem

6 Twitter, Denise Maerker, 14 de octubre, recuperado de:

https://twitter.com/DeniseMaerker/status/1581010948722069504?t=2 D2LlqxILtvIjm1L86Rhsg&s=19

7 El Financiero, “Senasica: ¿apretón de manos o de pescuezo?”, 11 de octubre de 2022, recuperado de:

https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/salvador-camarena/2022/1 0/11/senasica-apreton-de-manos-o-de-pescuezo/

8 Twitter, APEAM, A.C. recuperado de:

https://twitter.com/apeamac/status/1577793052499910658?s=46& t=vOwj51L2TxhDziv-efmtQw

9 T-MEC. Gobierno de México. Recuperado de:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/708697/T.MEC_TOMO _I_CAP_TULO_1_AL_13.pdf

10 ídem

11 ídem

12 ídem

13 El Economista,”El miedo al hambre ¿por qué es tan alto en México?, 7 de septiembre de 2022, recuperado de:

https://www.eleconomista.com.mx/opinion/El-miedo-al-hambre-por-q ue-es-tan-alto-en-Mexico-20220907-0018.html

14 Procuraduría Federal del Consumidor, “Evita el desperdicio de alimentos”, 16 de junio de 2022, recuperado de:

https://www.gob.mx/profeco/documentos/evita-el-desperdicio-de-al imentos?state=published

15 Bidem

16 Dentro del esfuerzo global para mantener los alimentos perfectamente buenos fuera del vertedero. The New York times. Recuperado de:

http://www.periodicosanjuan.com/2022/10/13/dentro-del-esfuerzo-g lobal-para-mantener-los-alimentos-perfectamente-buenos-fuera-del-vertedero/

17 ONU: se desperdicia 17% de todos los alimentos disponibles a nivel del consumidor. ONU. Recuperado de:

https://www.unep.org/es/noticias-y-reportajes/comunicado-de-pren sa/onu-se-desperdicia-17-de-todos-los-alimentos-disponibles#:~: text=A%20nivel%20mundial%2C%20per%20c%C3%A1pita,per%20c%C3%A1pita%20regionales% 20y%20nacionales.

18 FAO, “Portal de apoyo a las políticas y la gobernanza”, recuperado de:

https://www.fao.org/policy-support/policy-themes/food-loss-food- waste/es/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO AL INEGI, A INTEGRAR A LAS MUJERES AFROMEXICANAS EN EL PRÓXIMO EJERCICIO PARA LA ELABORACIÓN DE LA ENDIREH

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Inegi a integrar a las mujeres afromexicanas en el próximo ejercicio para la elaboración de la Endireh, a cargo del diputado Pedro Sergio Peñaloza Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Pedro Sergio Peñaloza Pérez, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6 y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) a integrar a las mujeres afromexicanas en el próximo ejercicio para la elaboración de la ENDIREH al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Por medio de la estadística es posible colectar y clasificar datos cuantitativos que nos permiten entender el comportamiento de un fenómeno e inclusive hacer proyecciones sobre su futuro comportamiento. La estadística constituye una fuente de información indispensable en todo quehacer estatal en la medida en la que permite tomar decisiones sobre problemas públicos con base en evidencia.

En México, es a través del INEGI que distintos sectores (tomadores de decisión, academia, organizaciones de la sociedad civil, ciudadanía en general) pueden tener acceso a ese conjunto de información de interés nacional producida a través de los censos y encuestas que realiza.

Específicamente al respecto de la violencia contra las mujeres, es en 2003 cuando el INEGI realizó por primera vez la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh). En los años 2006, 2011 y 2016 también se llevó a cabo y su última edición —es decir, la Endireh 2021- fue recientemente publicada.

Esta encuesta ha sido fundamental para conocer la prevalencia, la gravedad, el tipo y ámbito de ocurrencia de la violencia que han enfrentado las mujeres mayores de 15 años en México y por eso mismo, desde su primera edición hasta el día de hoy, los hallazgos de la Endireh se han constituido en una referencia fundamental para el diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas y la instrumentación de programas para avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres.

Es afortunado observar que en cada edición de la Endireh se han ido añadiendo categorías y temáticas nuevas, por ejemplo, la que permitió en 2016 visibilizar la violencia obstétrica, un fenómeno cuya prevalencia desafortunadamente sigue siendo alta en todo el país, o en esta última edición, la que permite una mejor visibilización de las violencias en el entorno digital. Celebramos también que en esta última Endireh se hayan incorporado grupos como las mujeres que viven con alguna discapacidad.

En el tenor de que cada edición de esta fundamental encuesta sea más incluyente, hacemos un respetuoso llamado al INEGI para asegurar que las mujeres afromexicanas no queden afuera de la próxima edición de la Endireh.

En general, las personas afromexicanas han tenido que enfrentar el silenciamiento de su presencia desde la colonia y la invisibilización de su aportación para el nacimiento de nuestra Nación. Desde que en el siglo XIX se consideró que la idea del mestizo (entendida como la mezcla entre la herencia indígena y la europea) era funcional para promover la unidad demográfica y cultural del país, se dejó afuera a la población afrodescendiente, pero además de ello, se difundieron y arraigaron prejuicios racistas que crearon un entorno de discriminación que hasta hoy persiste.

Ante este panorama, el movimiento afromexicano se ha movilizado y paulatinamente se han obtenido logros significativos: uno de ellos es el reconocimiento de los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de la composición pluricultural del país en el artículo 2° constitucional en 2019; otro, particularmente importante, fue la inclusión de una pregunta en la Encuesta Intercensal de 2015 para identificarles y más tarde, en el Censo 2020, también se incluyó esta pregunta, es decir, las y los afromexicanos empezamos a ser contabilizados; por vez primera se tiene una noción a nivel nacional de cuántos somos, en qué lugares del país estamos mayormente distribuidos y algunos otros datos fundamentales. Sabemos ahora que, por lo menos hasta el año 2020, somos 2,576,213 personas que nos reconocemos como afromexicanas y que representamos el 2% de la población total del país.

Dados estos avances en materia de visibilización estadística de la población afromexicana, consideramos desafortunado que en la última edición de la Endireh se haya omitido identificar cuántas de las mujeres que fueron entrevistadas se auto adscriben como parte de dicho grupo poblacional, desaprovechando, de esta manera, la valiosa oportunidad de arrojar luz sobre la situación de violencia que las afecta.

De manera sostenida, activistas y colectivas de mujeres afromexicanas han alzado la voz y expresado preocupación por el aumento que observan en los casos de violencia en mujeres y niñas afromexicanas, sin embargo, también han manifestado que se desconoce la magnitud del problema debido a la falta de producción de información oficial desa-gregada que dé cuenta de la prevalencia de violencia en este grupo poblacional.Esto sólo viene a reforzar lo expresado líneas arriba con respecto a la invisibilización general frente a la cual las personas afromexicanas han tenido que luchar.

Por citar un doloroso ejemplo, en abril de este año, Frida Alondra, adolescente de 14 años y originaria de Cuajinicuilapa, Guerrero, fue encontrada sin vida y presuntamente con disparos en el cuerpo tres días después de haber sido reportada como desaparecida. De acuerdo con el colectivo Mujeres Afromexicanas en Movimiento (Muafro), este lamentable hecho de violencia extrema se da en un contexto de impunidad y violencia generalizada en los lugares en donde mayormente se asienta población afromexicana, pero señalan que además existe una invisibilización sistemática de las violencias que viven las niñas, adolescentes y mujeres afromexicanas. Se menciona también la ausencia de programas, estrategias y política pública culturalmente diferenciada mediante la cual se aborde de manera frontal esta violencia hacia ellas.

Precisamente la falta de datos oficiales específicos dificulta que se pueda avanzar en la elaboración de política pública focalizada para atender el problema.

Es indispensable entender que la violencia no afecta de la misma manera a todas las mujeres. Las experiencias de vida son distintas si, por ejemplo, se vive con alguna discapacidad, si se es una mujer indígena, si es habitante de un entorno urbano o uno rural; si se es una mujer cisgénero o una mujer trans.

Justo en este tenor, las experiencias de violencia que viven las mujeres afromexicanas tienen notas y características distintas: históricamente, sobre sus cuerpos se han construido representaciones, valorizaciones e ideas a partir de su diferencia étnica y fenotípica; se ha hipersexualizado sus cuerpos y el estereotipo (existente desde la época colonial) de que son “sexualmente disponibles” son parte de las causas de la violencia que se ejerce hacia ellas. Es fundamental, en otras palabras, entender el componente del racismo en dicha violencia.

De esta forma, “[...] es imperativo reconocer que existen tipos de violencia que se ejercen contra las mujeres negras, por el hecho de ser mujeres negras,” el Estado mexicano tiene la obligación de generar información desagregada mediante la cual pueda conocerse la magnitud de este problema.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta H. soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que incorpore a las mujeres afromexicanas como grupo específico en la próxima edición de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH).

Notas

1. INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016. Manual de la entrevistadora, pág. 19. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/endireh/2016/doc/e ndireh2016_manual_entrevistadora.pdf

2. Ibíd, pág. 20.

3. INEGI, Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021. Principales Resultados, pág. 4. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/programas/endireh/2021/

4. Velázquez, María Elisa y Gabriela Iturralde, Afrodescendientes en México. Una historia de silencio y discriminación, CONAPRED/INAH, 2016, pág. 95.

5. INEGI, Cuéntame de México, disponible en:

https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/afromexicanos.aspx?tema= P#:~: text=En%202020%2C%20en%20M%C3%A9xico%20viven,son%20mujeres%20y%2050%20%25%20hom bres.

6. Castañeda, María Julia, “Celeste Sánchez, la primera senadora afromexicana: “La mayoría de las víctimas de feminicidio son mujeres racializadas”, en El País, 19 de noviembre de 2021. Disponible en:

https://elpais.com/mexico/2021-11-19/celeste-sanchez-la-primera- senadora-afromexicana-la-mayoria-de-las-victimas-de-feminicidio-son-mujeres-rac ializadas.html

7. https://elpais.com/mexico/2022-04-14/el-feminicidio-de-una-joven-afromexicana-e n-oaxaca-expone-el-olvido-y-la-violencia-contra-las-mujeres-en-mexico.html

8. Cisgénero es una palabra que define a las personas cuya identidad de género y sexo asignado al nacer coinciden, mientras que en las mujeres trans, el sexo que se les asignó al nacer fue considerado social y biológicamente como hombre o masculino, mientras que su identidad de género es de mujer o femenina. CNDH, Los derechos humanos de las personas transgénero, transexuales y travestis, 2016, pág 7. Disponible en:

https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/cartillas/2015-2016/31-DH- Transgenero.pdf

9. Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir en: Alcocer Perulero, Marisol, “¿Feminicidio de afrodescendientes de México? Lo que no se nombra no existe”, en Abya-Yala, Revista sobre acceso á justica e direitos nas Américas, Vol. 4, Nº. 1, 2020, pág 186-187. Disponible en:

https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7785522

10 Ibíd, pág. 179.

11 Ibíd, pág. 189.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2022.– Diputado Pedro Sergio Peñaloza Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A PEMEX, A LA ASEA Y DE LA SENER, A INFORMAR DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE SUS INSTALACIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLES EN TABASCO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a Pemex, a la ASEA y de la Sener a informar a la opinión pública sobre el estado de conservación que guardan los ductos, tuberías, baterías y demás instalaciones destinadas al transporte y almacenamiento de combustibles de dicha dependencia en Tabasco, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Jorge Arturo Espadas Galván, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a los titulares de Petróleos Mexicanos, de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente; y de la Secretaría de Energía, a que informen a la opinión pública, sobre el estado de conservación que guardan los ductos, tuberías, baterías y demás instalaciones destinadas al transporte y almacenamiento de combustibles de Petróleos Mexicanos en el estado de Tabasco , al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La tarde del martes 20 de septiembre se registró en la Estación Paredón de Petróleos Mexicanos, en localidad de Huimanguillo, Tabasco, una explosión en una tubería de gas etano, obligando a la evacuación del personal que ahí labora y a la implementación de los protocolos de seguridad para percances de esta naturaleza.

Es deseable señalar que no hubo muertos ni lesionados, en este sentido, los daños han sido únicamente materiales y el incidente se considera como aislado y de bajo riesgo, toda vez que el asentamiento humano más cercano se encuentra a dos kilómetros de distancia de la estación.

De esta manera; “Roberto Barahona, titular de Protección Civil de Huimanguillo, informó que entrada la tarde se mantenía un radio de seguridad y que el cierre de las válvulas de las líneas de conducción, fue para que se consuma el producto que está dentro del tubo.”

“Agregó que elementos del instituto de ese ayuntamiento auxiliaron a los cuerpos de emergencia, y a las unidades contraincendio de Pemex, así como Protección Civil del Estado, a fin de controlar la fuga de gas etano que se ocasionó por la ruptura de un gasoducto en un derecho de vía, enfrente del complejo Paredón.”

Se toman en cuenta las declaraciones oficiales del servidor público municipal de protección civil, sin embargo en las redes sociales se han hecho virales las narraciones de trabajadores, que en plena carrera hacia una zona segura, manifiestan que las rutas de evacuación no funcionan por estar llenas de lodo y agua, debiendo evacuar por rutas aledañas, situación que no debe ocurrir, siendo un verdadero tiro de buena suerte que no haya habido pérdidas humanas o afectaciones directas a la integridad física de los trabajadores de Pemex.

No obstante lo anterior, la cantidad de incidentes de esta naturaleza ha incrementado en años recientes, exponiendo a la población a siniestros potencialmente peligrosos y vulnerando el patrimonio natural de la nación que frecuentemente es diezmado en eventos relacionados con el transporte y almacenamiento de combustibles.

Sobre este siniestro, se reporta que: “ Las llamas de la conflagración alcanzaron más de 50 metros, según vecinos de comunidades de la zona rural de Huimanguillo (y que) en el lugar de los hechos bomberos de Protección Civil de Huimanguillo, lo mismo que del Centro Regional de Prevención, Atención de Emergencia y Capacitación y Protección Civil Sabana apoyaron en la atención al percance (...)

De haberse desarrollado un evento con estas características en un asentamiento humano, en donde discurren miles de kilómetros de ductos, o en un área de valor ambiental, estaríamos frente una auténtica catástrofe, este no ha sido el caso, por fortuna.

Así pues, es fundamental que toda la infraestructura de Petróleos Mexicanos en el estado de Tabasco se sujete a una revisión rigurosa de su estado de conservación y se informe a la opinión pública sobre estos resultados, todo con el objetivo de asegurar que las instalaciones de Pemex se encuentren en condiciones perfectas, el volumen y peligrosidad de lo que transporta y almacena la empresa, lo exige.

En México existen más de 11 mil kilómetros de gasoductos haciendo que la vulnerabilidad de la población aumente de manera exponencial a medida que la infraestructura envejece y que el presupuesto de esta empresa productiva del Estado se destina, en su mayoría, a la terminación y operatividad de la Refinería Olmeca (Dos Bocas) en el mismo estado de Tabasco.

Vale la pena recordar que la refinería Olmeca ó Dos Bocas, también se ubica en el estado de Tabasco, Municipio de Paraíso y es considerada como una de las 3 obras prioritarias del gobierno actual con el supuesto propósito de lograr la “soberanía energética”. El costo original de Dos Bocas era de seis a ocho mil millones de dólares, pero año con año el presupuesto se ha ido incrementando, hasta alcanzar un gasto estimado de 18 mil millones de dólares, es decir, más de 120 por ciento de sobrecosto que inminentemente afecta el mantenimiento preventivo y correctivo de las demás instalaciones de Pemex.

Finalmente, “Angel Carrizales, director general de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) indicó a través de su cuenta de Twitter que la agencia se encuentra recabando información sobre lo sucedido. El funcionario sólo se limitó a señalar que la ASEA seguirá atenta a los datos que surjan.”

Esta lamentable declaración del máximo responsable de la seguridad energética da cuenta de la poca diligencia con que se atienden estos siniestros y que es preciso que se informe detalladamente del estado de conservación que guardan los ductos, baterías, tuberías y demás infraestructuras relacionadas de Pemex.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la proposición con:

Punto de acuerdo

Único: La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a los titulares de Petróleos Mexicanos, de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente; y de la Secretaría de Energía, a que informen a la opinión pública sobre el estado de conservación que guardan los ductos, tuberías baterías y demás instalaciones destinadas al transporte y almacenamiento de combustibles de Petróleos Mexicanos en el estado de Tabasco.

Notas

1 Consultado en:

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/09/20/estados/se-registra- explosion-en-bateria-de-pemex-en-huimanguillo-tabasco/ 20/09/2022

2 Consultado en:

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/09/20/estados/se-registra- explosion-en-bateria-de-pemex-en-huimanguillo-tabasco/ 20/09/2022

3 Consultado en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/314344/Estatus_de _gasoductos_abril_2018.pdf 20/09/2022

4 Consultado en:

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/09/20/estados/se-registra- explosion-en-bateria-de-pemex-en-huimanguillo-tabasco/ 20/09/2022

Dado en el Salón de Sesiones a 18 de octubre del año 2022.– Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LOS 18 CONGRESOS LOCALES QUE NO HAN ARMONIZADO SUS CONSTITUCIONES EN MATERIA DE REVOCACIÓN DE MANDATO, A REALIZAR LAS REFORMAS LEGISLATIVAS CORRESPONDIENTES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los 18 congresos locales del país, que no han armonizado sus respectivas constituciones en materia de revocación de mandato, a realizar las reformas legislativas correspondientes, a cargo del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, Jaime Baltierra García, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos locales del país que no han armonizado sus respectivas constituciones locales en materia de revocación de mandato, realicen las reformas legislativas correspondientes a fin de reconocer este mecanismo democrático de participación ciudadana en su máximo precepto constitucional, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La revocación de mandato es el procedimiento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño de la persona titular del ejecutivo federal o local, teniendo como causal la pérdida de la confianza.

Entre sus rasgos más distintivos se pueden señalar los siguientes; refuerza el control popular sobre el gobierno; reduce la alienación de los votantes; educa al electorado; estimula a los funcionarios públicos electos a ser más responsables con sus electores; estimula a los votantes a jugar un rol de supervisión más activo en relación a los funcionarios electos, por mencionar los más relevantes.

Cabe apuntar que el pasado 10 de abril del presente año, conforme a lo dispuesto en la Constitución, el Instituto Nacional Electoral (INE) llevó a cabo el Proceso de revocación de mandato del Presidente de la República, electo para el período constitucional 2018-2024.

Este ejercicio, sin precedente en el país, fue la oportunidad para que la ciudadanía determinara, con base en el desempeño observado, si el Presidente de la República, Lic. Andrés Manuel López Obrador, debería o no continuar en el cargo.

La Revocación de Mandato actualmente existe en varios países del mundo por lo que es aceptada una definición acorde al derecho público electoral “La revocación de mandato es el mecanismo de democracia participativa por medio del cual los ciudadanos ejercen su soberanía para revocar o retirar de un cargo de elección popular a una autoridad que fue elegida”.

En México tiene su fundamento en el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dispone:

Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

El 20 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Federación la reforma constitucional en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato, con la cual se reconoce el derecho político de la ciudadanía a la revocación de mandato.

Mediante el artículo 35 constitucional se estableció que, como parte de los derechos políticos de las y los ciudadanos mexicanos, se encuentra participar en los procesos de revocación de mandato, definido como “...el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo a partir de la pérdida de la confianza” (artículo tercero transitorio).

Con la reforma constitucional, no sólo se permite revocar de su cargo al presidente de la República, sino también a las y los gobernadores estatales, y a la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México (artículo 116, fracción I; artículo 122, Apartado A, fracción III, de la Carta Magna).

Para garantizar este derecho político a nivel local, el artículo sexto transitorio de la reforma establece “Las constituciones de las entidades federativas, dentro de los dieciocho meses siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local. La solicitud deberá plantearse durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, por un número equivalente, al menos, al diez por ciento de la lista nominal de electores de la entidad federativa, en la mitad más uno de los municipios o alcaldías de la entidad; podrá llevarse a cabo en una sola ocasión durante el periodo constitucional, mediante votación libre, directa y secreta; será vinculante cuando la participación corresponda como mínimo al cuarenta por ciento de dicha lista y la votación sea por mayoría absoluta. La jornada de votación se efectuará en fecha posterior y no coincidente con procesos electorales o de participación ciudadana locales o federales y quien asuma el mandato del ejecutivo revocado concluirá el periodo constitucional”.

A este respecto, el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República en un estudio fechado en febrero de 2022 titulado “ Implementación de la revocación de mandato en México”, subraya “A poco más de doce meses de haber entrado en vigor la reforma, catorce entidades federativas ya reconocen en sus constituciones locales la revocación de mandato como un mecanismo democrático de participación directa, faltando aún dieciocho estados por cumplir con su armonización legal”.

Si bien la investigación del Instituto del Senado de la República no menciona qué entidades federativas consideran en sus constituciones la figura de revocación de mandato y cuáles no, de una investigación al respecto se pudo concluir que las entidades federativas que armonizaron o ya tenían en sus legislaciones el mecanismo de revocación de mandato en sus constituciones son; Baja California, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Sinaloa, Zacatecas, Ciudad de México, Jalisco, Aguascalientes, Yucatán, Durango, Hidalgo, Querétaro y Chihuahua.

Mientras que las 18 faltantes son; Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila de Zaragoza, Colima, Guanajuato, Estado de México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.

Es importante señalar que algunas de esas 18 entidades federativas restantes que el estudio señala como faltantes de armonizar su legislación, si bien no lo han concluido el proceso, si está en comisiones la revisión y análisis de las iniciativas correspondientes. Tal es el caso de Nuevo León o Puebla, por mencionar algunos. No obstante, el proceso legislativo no está concluido.

Por lo todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los Congresos locales de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila de Zaragoza, Colima, Guanajuato, Estado de México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz a realizar las reformas legislativas correspondientes a sus Constituciones locales, a fin de reconocer en ellas el mecanismo de revocación de mandato, como un instrumento democrático de participación ciudadana.

Dado en la Cámara de Diputados, a los 18 días del mes de octubre de 2022.– Diputado Jaime Baltierra García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



EXHORTO A LA SEDENA, A HACER PÚBLICO UN INFORME SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN LAS INVESTIGACIONES RELATIVAS AL CIBERATAQUE QUE RECIBIÓ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sedena a hacer público un informe sobre el estado que guardan las investigaciones relativas al ciberataque que recibió dicha dependencia, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputado Jorge Álvarez Máynez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente:

Exposición de Motivos

I. El pasado 8 de agosto de 2022 en conferencia matutina se originaron las primeras declaraciones del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador respecto a la presentación de la iniciativa para cambiar la adscripción de la GN:

“Presidente Andrés Manuel López Obrador: Lo voy a analizar en el ámbito, en la esfera de mis atribuciones. Puedo modificar, si es necesario, el reglamento interno en el gobierno, puede ser por decreto, puede ser una reforma a la Ley de la Administración Pública, independientemente de lo que resulte sobre la reforma constitucional, pero sí hacen falta estos cambios.”

Para el día 26 de agosto de 2022, en la conferencia matutina, el Presidente declaró:

“Entonces, para que se incorpore la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa –que lo que queremos es que sea una rama de la Secretaría de la Defensa, con la idea de que perdure y que sea la institución por excelencia para garantizar la seguridad pública– bueno, esa propuesta requiere de una reforma constitucional.”

“Entonces, sin reforma constitucional, voy a enviar el día 1º una iniciativa de ley integral para que en los márgenes legales se pueda lograr este propósito.”

El pasado 29 de septiembre de 2022 conforme a datos del reportaje del sitio de noticias Latinus, que dirige el periodista Carlos Loret, el grupo Guacamaya hackeó sistemas de la Sedena y obtuvo seis terabytes de información con comunicaciones y documentos sobre temas como seguridad, contratos de obra pública y la salud del propio presidente. La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) sufrió un ciberataque que expuso presuntos correos y documentos sobre operativos de seguridad, así como contratos del Ejército.

Con esta filtración, se expusieron miles de documentos e informes de inteligencia sobre líderes criminales y personajes de la política, así como transcripciones de intervenciones telefónicas, fotografías, directorios y seguimiento a personajes como el embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar. También se filtraron bases de datos sobre el estado de fuerza de militares desplegados en el país, el uso de aeronaves y contratos al Tren Maya y al aeropuerto de Tulum, en Quintana Roo.

En la primera entrega sobre información filtrada se hicieron públicos documentos sobre la salud del presidente López Obrador; las medidas tomadas por el Ejército en octubre de 2019, durante el llamado ‘Culiacanazo’, cuando se dio un enfrentamiento entre militares y narcotraficantes en Sinaloa para obligar la liberación de Ovidio Guzmán, hijo de El Chapo; y una carta entre el secretario de la Marina y el secretario de la Defensa Nacional, en donde se muestran diferencias en torno a sus criterios de seguridad sobre el aeropuerto internacional de la Ciudad de México. Asimismo se difundió que en la información obtenida, que equivale a 36 millones de documentos PDF y 1.5 millones de fotos o 3 mil horas de video, se tienen informes de inteligencia sobre líderes criminales y políticos, transcripciones de intervenciones telefónicas, informes extraoficiales sobre víctimas mortales en operativos militares y datos sobre presencia militar en diversas actividades a lo largo del país.

De acuerdo a especialistas en ciberseguridad de Seekurity, el grupo Guacamaya tardó alrededor de un mes para extraer la información de los servidores de Sedena, además de que, de acuerdo a declaraciones de dicho grupo, ya se tenían códigos infiltrados para hackear a la Secretaría desde el 5 de julio, los cuales se utilizaron para estar descargando información. Además, esta vulneración ante ataques cibernéticos creen que está ligada con la reducción presupuestal que sufrieron las áreas de tecnología de la información cuando comenzó la presente administración.

Esta intromisión a los sistemas de cómputo de la Sedena da muestra de la vulneración y expone la seguridad de millones de personas que vivimos en el territorio nacional, así como las causas que nos han llevado a la militarización del país y del mando que tiene el Ejército en la actual administración. El hackeo a la Sedena revela uno de los riesgos de confiarle un número creciente de responsabilidades a dicha institución: crea un punto focal de vulnerabilidad para todo el Gobierno federal.

En la mañana del 30 de septiembre de 2022, el Presidente Andrés Manuel López Obrador aceptó que el grupo de hackers denominado Guacamaya evidenció los documentos y la información antes descrita, y que esta fue obtenida por un ataque cibernético hacia la Sedena.

II. La Secretaría de la Defensa Nacional es una dependencia del Poder Ejecutivo federal, con la misión de organizar, administrar y preparar al Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos, con objeto de defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación; garantizar la seguridad interior y coadyuvar con el desarrollo nacional.

De 2013 a 2019 la propia Auditoría Superior de la Federación señaló deficiencias o vulnerabilidades relativas a la seguridad digital hacia la Sedena, así como en el área de tecnologías de información. Además, se encontró que 18 de 20 controles tenían deficiencias y vulnerabilidades en materia de seguridad nacional, entre ellas:

• Deficiencias en los controles de ciberdefensa para la infraestructura de hardware y software de la Secretaría, relacionadas con las directrices, infraestructura y herramientas informáticas en esta materia, que podrían afectar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información, poniendo en riesgo la operación de la Sedena.

• Entre otras irregularidades graves, la Auditoría Superior de la Federación detectó falta de control en la configuración segura para hardware y software en dispositivos móviles, computadoras portátiles, estaciones de trabajo y servidores, evaluación contínua de la vulnerabilidad y solución, así como protección de correo electrónico y navegador web.

• No se cuenta con evidencia documental acerca de las actividades realizadas por la Sedena para verificar que los minutos que reportaba el proveedor fueran los utilizados por la secretaría.

• Los dictámenes técnicos carecen de documentación soporte que garantice que las cifras reportadas corresponden a lo efectivamente prestado por el proveedor.

• El administrador del contrato no elaboró, revisó o aprobó los dictámenes y oficios de aceptación parcial para ninguna de las partidas del contrato.

Además de la Sedena, conforme a datos del portal Emeequis, se encontró que en la violación de seguridad cibernética hay cuatro empresas responsables de la ciber vulnerabilidad: “ Decsef sistemas”, “Computadoras, Accesorios y Sistemas”, “Debug experts” y “M&F Rservices”. Al respecto el portal referido señala que “En una revisión rápida encontramos a tres de las cuatro empresas mencionadas en los contratos públicos que la Plataforma Nacional de Transparencia tiene disponibles”.

En este sentido cabe mencionar que entre lo que encontró Emeequis, se tiene que “Decsef sistemas” cuenta con 11 contratos: 9 para la Sedena, uno para la Junta de Caminos del estado de México y otro para el Instituto de Planeación Integral del municipio de Chihuahua. Por otro lado, “Computadoras, Accesorios y Sistemas” tiene 63 contratos para diversas dependencias e instituciones como Sedena, IPN, Banxico, Marina, UAM y Universidades Tecnológicas. “Debug Experts” no se queda atrás pues tiene 15 contratos con el Senado, el Consejo de la Judicatura Federal, el Tribunal Electoral del Poder Judicial y Coneval, todos ellos celebrados entre 2019 y 2022. Lo anterior, se traduce en una amenaza continua a la seguridad cibernética, económica y a la estabilidad democrática de nuestras instituciones.

Lo anteriormente descrito resulta preocupante no sólo por la afectación a las instituciones en materia de seguridad nacional, sino porque como ha quedado expuesto, las empresas involucradas en las omisiones a recomendaciones en materia de ciberseguridad prestan servicios a otras dependencias y entidades de la administración pública, lo que expone a millones de mexicanas y mexicanos que entregan sus datos personales a dichas entidades y que se encuentran vulnerables a ataques cibernéticos.

Por otro lado, cabe apuntar que el 16 de diciembre de 2019, la secretaría de la Defensa Nacional negó la realización de todo tipo de contratos con la empresa Antsua o personas morales vinculadas a los proveedores del equipo de vigilancia y espionaje Pegasus. Esto pues, la Secretaría de la Defensa Nacional respondió dentro de la solicitud de información pública con folio 0000700340519 que “después de realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de esta Secretaría no se encontró evidencia documental que permita atender su requerimiento resultando aplicable el criterio 07/17, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.” Sin embargo, la información revelada por el grupo Guacamaya evidenció que en ese mismo año se compró equipo de vigilancia a una empresa proveedora de Pegasus. Es decir, la Secretaría de la Defensa Nacional faltó a la verdad.

Al respecto, el 4 de octubre de 2022, al ser cuestionado el presidente sobre las actividades de espionaje realizadas por las Fuerzas Armadas con el sistema Pegasus, si bien negó formalmente que el ejército espíe a periodistas, defensores de derechos humanos y opositores, reconoció expresamente que las Fuerzas Armadas intervienen comunicaciones en labores de inteligencia.

Lo anterior resulta ilegal puesto que, conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, no existe fundamento legal alguno que permita que las Fuerzas Armadas realicen trabajos de inteligencia e intervención de comunicaciones. Por el contrario, con fundamento en el artículo 30 bis, fracción XVII, es facultad exclusiva de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana “organizar, dirigir y supervisar bajo su adscripción al Centro Nacional de Inteligencia, el cual fungirá como un sistema de investigación e información, que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, así como contribuir, en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno.”

En este sentido, con base en las declaraciones del presidente, la Sedena estaría actuando ilegalmente y violando derechos humanos de las personas cuyas comunicaciones han sido intervenidas. Lo anterior además implica que se desconoce si es que existen autorizaciones judiciales que hayan permitido la intervención de comunicaciones, conforme al marco jurídico vigente. Por tanto es necesario que se informe si algún juez de control ha autorizado dichas intervenciones y bajo cuál marco jurídico; y, en caso contrario, deben informar si lo han hecho por cuenta propia, sin autorización y sin marco legal alguno.

De acuerdo con el National Cyber Security Index 2022, México está en el lugar 84 de 160 de los países y sus medidas de seguridad implementadas por sus gobiernos centrales. Un reporte de la compañía de ciberseguridad Fortinet reveló que, en el primer semestre del año, la región de América Latina y el Caribe sufrió 137 mil millones de intentos de ciberataques. De estos, México fue el país más atacado de la región con 85 mil millones.

III. El pasado 5 de octubre, la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados acordó —a propuesta del diputado Sergio Barrera Sepúlveda— una reunión con el secretario de la Defensa Nacional, Luis Crescencio Sandoval González, a fin de atender el tema de ciberseguridad, y las recientes revelaciones sobre el ciberataque que sufrió la dependencia.

Al respecto, el 6 de octubre la referida Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados informó a las y los diputados integrantes de la misma que, derivado de la petición realizada, la reunión de trabajo con el secretario de la Defensa Nacional se llevaría a cabo el martes 18 de octubre de 2022, a las 10: 30 horas en las instalaciones de dicha Secretaría, ubicadas en Lomas de Sotelo, de esta Ciudad de México; de igual manera, el 12 de octubre, se informó el secretario de la Defensa Nacional no asistiría a la reunión en el recinto legislativo.

No obstante lo anterior, la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados informó a sus integrantes que la reunión, programada para el próximo 18 de octubre, fue postergada “hasta nuevo aviso”, lo cual, cancela la posibilidad de revisar la situación por la que atraviesa dicha dependencia, así como la necesidad de establecer mecanismos institucionales que permitan resolver la crisis en materia de ciberseguridad que ha sido expuesta.

Derivado de lo anterior, el 11 de octubre, el diputado Sergio Barrera Sepúlveda, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, remitió al secretario de la Defensa Nacional una carta en la cual, respetuosamente, se manifestó la preocupación respecto a que la reunión solicitada se fuera a realizar de forma privada y no como un ejercicio abierto de rendición de cuentas, considerando la coyuntura que el hackeo a la Secretaría a la Defensa Nacional ha implicado para la seguridad nacional.

Sin embargo, a pesar del carácter institucional y respetuoso de la misiva referida, el 17 de octubre de 2022 trascendieron, en medios de comunicación, las declaraciones del secretario de Gobernación en las cuales refirió que la cancelación de la reunión entre legisladores y el titular de la Secretaría de la Defensa Nacional obedeció a que “hay una carta del secretario de la comisión, que es un diputado de Movimiento Ciudadano, donde en términos, por demás irrespetuosos, se dirige al secretario de la Defensa, diciéndole que bajo ningún motivo aceptan ir a las instalaciones de la Secretaría de la Defensa”.

Las declaraciones realizadas por el secretario de Gobernación son incorrectas, toda vez que como consta en la carta referida —la cual se ha hecho pública— el diputado Barrera señala que acudirá a la reunión en las instalaciones de la Secretaría de la Defensa Nacional, aunque manifiesta la preocupación de que ésta no se realice como un ejercicio abierto de rendición de cuentas. Asimismo, de la simple lectura de la misiva se puede desprender que no hay manifestaciones irrespetuosas en la misma, y por el contrario, se trata de una solicitud respetuosa y cuidada, a fin de fortalecer el trabajo institucional entre Poderes, ante un tema tan sensible y de preocupación para el país.

Ante ello, las y los legisladores que integramos la Bancada Naranja insistimos—respetuosamente—en la necesidad de sostener reuniones de trabajo entre legisladores y el titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, a fin de encontrar soluciones a dicho ciberataque ocurrido el pasado 29 de septiembre de 2022, así como mecanismos para prevenir a futuro riesgos similares.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional a que haga público un informe detallado sobre el estado que guardan las investigaciones relativas al ciberataque que recibió la Secretaría de la Defensa Nacional el pasado 29 de septiembre de 2022, así como sobre supuestas labores de inteligencia conforme a lo expresado por el titular del Poder Ejecutivo, indicando el sustento legal de las mismas, así como las autorizaciones judiciales que se han obtenido para tales fines.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional a que tome las medidas de infraestructura y financieras necesarias para asegurar que el ciberataque no vuelva a suceder.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para que, con base a sus respectivas competencias legales, cite al secretario de la Defensa Nacional a sostener una reunión de trabajo con integrantes de los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados a fin de que dé cuenta sobre el ciberataque que recibió la Secretaría de la Defensa Nacional durante los meses pasados.

Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados para que, con base a sus respectivas competencias legales, realice las gestiones necesarias para citar al secretario de la Defensa Nacional a sostener una reunión de trabajo con integrantes de los grupos parlamentarios, a fin de que dé cuenta sobre el ciberataque que recibió la Secretaría de la Defensa Nacional durante los meses pasados.

Quinto. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de la Defensa Nacional a que cumpla con las recomendaciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación en cuanto a la ciberseguridad de la citada Secretaría y garantice los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para evitar nuevas amenazas.

Notas

1 Hackean al Ejército: Latinus revela documentos sobre seguridad, contratos y salud de AMLO, Animal Político, 29 de septiembre de 2022, recuperado de:

https://www.animalpolitico.com/2022/09/hackean-ejercito-latinus- documentos/

2 bidem

3 Loret Capítulo 96, Latinus, 29 de septiembre de 2022, recuperado de:

https://latinus.us/2022/09/29/loret-capitulo-96/

4 https://m-x.com.mx/al-dia/que-es-el-grupo-guacamaya-y-que-datos-sensibles-filtr o-de-la-sedena

5 “Varios hackers ya habían infectado a la Sedena antes de Guacamaya”, El Economista, 2022

https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/Varios-hackers-ya-hab ian-infectado-a-la-Sedena-antes-de-Guacamaya-20221003-0070.html

6 Ibidem

7 Hackeo: desde 2021 ASF reprobó a Sedena por deficiencias graves en ciberseguridad, EMEEQUIS, 30 de septiembre de 2022, recuperado:

https://m-x.com.mx/al-dia/hackeo-desde-2021-asf-reprobo-a-sedena -por-deficiencias-graves-en-ciberseguridad

8 Ibidem

9 @padaguan. (2022). Publicación de la red social Twitter. Twitter. Recuperado de:

<https://twitter.com/padaguan/status/1577057428528824320/phot o/1>

10 Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina del Presidente Andrés Manuel López Obrador, 4 de octubre de 2022, disponible en

https://lopezobrador.org.mx/2022/10/04/version-estenografica-de- la-conferencia-de-prensa-matutina-del-presidente-andres-manuel-lopez-obrador-82 6/

11 National Cyber Security, Inbox, Octubre de 2022, recuperado de:

https://ncsi.ega.ee/country/mx/

12 Vid.,

https://www.canaldelcongreso.gob.mx/noticias/15936/ComisiondeTur ismosolicitaracomparecenciadelsecretariodelramo

13 “Piden comparecer a titular de la Sedena por Guacamaya Leaks”, WRadio, recuperado de:

https://wradio.com.mx/radio/2022/10/06/nacional/1665018976_99387 3.html

14 “Cresencio Sandoval pospone comparecencia con diputados para explicar hackeo a la Sedena”, El Financiero, recuperado de:

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/10/15/cresencio-sa ndoval-pospone-comparecencia-con-diputados-para-explicar-hackeo-a-la-sedena/

15 Ibid.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



RELATIVO A LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL GOBIERNO DE MÉXICO EN CONTRA DE LAS EMPRESAS ESTADOUNIDENSES QUE FABRICAN ARMAS DE FUEGO Y FACILITAN SU TRÁFICO ILÍCITO HACIA EL PAÍS

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la demanda interpuesta por el gobierno de México en contra de la negligencia de empresas estadounidenses que fabrican, distribuyen y venden armas de fuego y facilitan su tráfico ilícito hacia el país, a cargo del diputado Ismael Brito Mazariegos, del Grupo Parlamentario de Morena

Ismael Brito Mazariegos, en mi calidad de diputado del Grupo Parlamentario de Morena ante la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero. El 4 de agosto de 2011 el gobierno del Presidente Licenciado Andrés Manuel López Obrador presento una demanda civil en contra de 11 empresas de producción y distribución de armas en Estados Unidos a quienes acusa de emprender prácticas comerciales, negligentes e ilícitas, que facilitan el tráfico ilegal de armas a México.

Mediante un comunicado oficial, la Secretaria de Relaciones Exteriores expuso, entre otros puntos, que:

Respetuoso de su legislación y asuntos domésticos, el Gobierno de México recurre a las cortes de EE. UU. para señalar que ha sufrido daños derivados de prácticas de comercialización negligente de fabricantes y distribuidores de armas en ese país

La demanda es un componente más de la amplia estrategia del Gobierno de México contra el crimen organizado y la violencia armada en el país y busca promover medidas de comercio responsable que prevengan el tráfico ilícito de armas hacia México y su uso en actividades ilícitas

....

Por lo anterior, resulta indispensable para el Gobierno federal iniciar una acción legal factible en los Estados Unidos en contra de quienes producen las armas que están íntimamente vinculadas a la violencia que se vive en nuestro país.

El Gobierno de México es respetuoso de las libertades y derechos que otorgan las legislaciones de otros países. En ese sentido, la demanda no pretende cuestionar el derecho a comerciar armas en otro país, sino denunciar que determinadas prácticas negligentes en ese comercio generan un daño en México.

En el marco de estas acciones, ... el día de hoy se presentó una demanda civil de daños “para que las empresas demandadas compensen al Gobierno de México por los daños causados por sus prácticas negligentes”... el monto de esta exigencia será determinado en el juicio.

... es necesario que las empresas “desarrollen e implementen estándares razonables verificables para monitorear y, en su caso, disciplinar a sus distribuidores”... (es) esencial que también incorporen mecanismos de seguridad en sus armas para prevenir que sean usadas por personas no autorizadas o vinculadas a la delincuencia; que paguen los estudios, los programas, las campañas en medios y otros eventos enfocados a combatir el tráfico ilícito; que las empresas cesen de inmediato las prácticas negligentes que ocasionan daño y muertes en nuestro país.

...

... esta demanda no es en contra del Gobierno de los Estados Unidos, “a quien le reconocemos el esfuerzo y el ánimo de tratar de detener el tráfico ilícito y su convicción de establecer regulaciones”, sin embargo, ... estas acciones no han sido suficientes para evitar el trasiego de armas de alto poder a nuestro país.

... el tráfico de armas “es el antagonismo sistémico que está generando afectaciones multidimensionales en la región”, pues la violencia que genera el aumento de poder de fuego de los delincuentes genera movimientos migratorios en Centroamérica; a su vez, el poder armamentista es usado para proteger mercancía ilícita, como los precursores químicos y opioides sintéticos, dentro de los cuales el fentanilo es el de más gravedad. En este sentido, ... “el tráfico de armas debe ser visto como el catalizador de amenazas más preocupante de este siglo”.

... este es un litigio estratégico para dar cuenta de lo que no se ha hecho en materia de tráfico de armas, por lo que vale pena destacar las áreas de oportunidad, como la responsabilidad de los productores y distribuidores de armas, toda vez que ellos “cuentan con información y datos en tiempo real respecto a quiénes están comprando las armas y en dónde”.

Con esta acción sin precedentes en la historia de nuestra política exterior, el Gobierno de México hace frente a los retos y complejidades que plantea el siglo XXI, reforzando la consideración de todas las opciones y oportunidades que le otorga su pertenencia al sistema internacional.”

Segundo. La Secretaría de Relaciones Exteriores señalo que la acción legal FUE presentada ante una corte federal en Boston, Massachusetts, con el objetivo de detener el flujo de armamento ilegal que llega al país desde Estados Unidos.

El Gobierno mexicano afirma que la venta ilegal de estos fabricantes y distribuidores estuvo detrás de al menos 17.000 asesinatos en 2019 y que del 70% al 90% de las armas decomisadas en su territorio vienen de Estados Unidos.

El primer reto para el Gobierno mexicano fue demostrar ante la Corte que tiene derecho a demandar a los fabricantes de armas, como afectado directo. El segundo fue superar el blindaje político y legal que tiene la industria armamentista en Estados Unidos. La propia Administración de Joe Biden ha puesto en la mira a principios de este año la llamada ley de inmunidad que protege los intereses de las principales empresas, para impulsar una legislación más sensata y que restrinja la presencia generalizada de armas en territorio estadounidense.

Las compañías demandadas incluyen a algunos de los fabricantes de armas más poderosos e influyentes en los Estados Unidos de América, tales como: Smith & Wesson; Barrett Firearms Manufacturing; Beretta; Century International Arms; Colt’s Manufacturing Company; Glock; Sturm, Ruger & Co y Witmer Public Safety Group, entre otros.

Las ventas anuales de estas firmas a clientes en México, según el Gobierno mexicano, rebasan las 340.000 armas al año. Fue justamente en octubre de 2019, durante el operativo fallido en Culiacán para capturar a Ovidio Guzmán, hijo de El Chapo, que pudieron verse fusiles como el Barrett calibre .50, capaz de derribar helicópteros y de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, en manos de miembros del Cartel de Sinaloa. Dos años antes, la periodista Miroslava Breach fue asesinada tras recibir disparos de una Colt .38 Súper, una edición especial con un grabado inspirado imagen de Emiliano Zapata, un símbolo de la Revolución mexicana. Los ejemplos abundan.

El gobierno mexicano ha dicho que está dispuestos a llegar hasta la Suprema Corte estadounidense de ser necesario.

Tercero. El 30 de septiembre de 2022, un tribunal de Massachusetts desestimó la demanda que interpuso México contra los principales fabricantes de armas estadounidenses, a los que acusa de “comercio negligente e ilícito” que alienta el narcotráfico y la violencia en su territorio. El juez Dennis Saylor, ante quien se lleva el litigio, en un largo documento, entre otros puntos, señaló: que ese tribunal

“Desgraciadamente para el gobierno de México, todas sus demandas están prohibidas por la ley federal o fracasan por otras razones”, que ese tribunal “no tiene autoridad para ignorar una ley del Congreso”.

En su escrito, el juez señala que “ aunque el Tribunal siente una considerable simpatía por el pueblo de México, y ninguna por quienes trafican con armas a las organizaciones criminales mexicanas, tiene el deber de cumplir la ley”.

Eso lo llevo a afirmar que “ se concederán las mociones de desestimación” que habían presentado los acusados.

Según la cancillería mexicana, de 342,000 a 597,000 armas fabricadas por esas firmas llegan anualmente a su territorio de contrabando procedentes de Estados Unidos; armas que terminan siendo halladas en 70 a 90% de las escenas del crimen a nivel nacional.

México ocupa la tercera posición de la lista de naciones con más muertes relacionadas con armas, causadas principalmente por el narcotráfico en este país de 126 millones de habitantes, azotado por una vorágine de violencia desde 2006, cuando el gobierno del entonces presidente Felipe Calderón (2006-2012) lanzó un operativo militar antidrogas.

El quid de la demanda consiste en determinar si fuera de México los fabricantes están protegidos por la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas (PLCAA, por sus siglas en inglés), aprobada con el objetivo de proteger a la industria armamentística de toda responsabilidad civil por el mal uso penal de sus productos.

Los fabricantes alegaban que México carece de “jurisdicción personal” para sentarlos en el banquillo. En una contrarréplica fechada el 14 de marzo de 2022, los fabricantes sostenían que la denuncia no mencionaba “a un solo acusado que haya cometido ningún acto dañino en México”.

Además, acusaban al gobierno mexicano de tratar de responsabilizarlos “por algo que ocurrió exclusivamente en Estados Unidos, en la teoría de que algunos de sus productos fueron introducidos de contrabando en México por criminales y utilizados en otros actos criminales” en ese país.

La demanda de México recibió el apoyo como amicus curiae (amigos de la corte) de 26 fiscales de distrito estadounidenses, además de Belice y Barbuda, y otros catorce estados federales, alegando que las armas que se trafican en México acaban en las calles de Estados Unidos junto con ingentes cantidades de drogas ilegales.

Con su demanda ante una corte del estado de Massachusetts, donde se encuentra la sede de la mayoría de fabricantes de armas, México busca poner el tráfico ilegal en el centro de la conversación bilateral y compartir responsabilidades con su vecino por la violencia ligada al narcotráfico.

Cuarto. El 30 de septiembre de 2022, la Secretaria de Relaciones Exteriores emitió un comunicado oficial en la que, entre otros puntos, señalo que:

El Gobierno de México apelará esta decisión en primera instancia

Esta acción ha sido reconocida como innovadora y valerosa

La decisión del juez no opaca los avances logrados por el Gobierno de México para combatir el tráfico ilícito de armas

El día de hoy, el juez federal de la Corte de Distrito en Boston, Massachusetts, emitió su decisión en el caso presentado por el Gobierno de México en contra de la negligencia de empresas estadounidenses que fabrican, distribuyen y venden armas de fuego, que facilita su tráfico ilícito hacia México.

Después de señalar los argumentos del Gobierno de México, el juez decidió que las empresas demandadas gozan de la protección de la ley estadounidense y que está impedido para cuestionar la voluntad del Congreso de ese país, “aun cuando los señalamientos de la demanda pueden evocar una respuesta empática”.

El juez también dice que “aun cuando la Corte tiene considerable empatía por las personas de México, y ninguna por quienes trafican armas a organizaciones criminales, debe ceñirse por lo dispuesto en la ley”.

. El Gobierno de México apelará la decisión del juez federal y seguirá insistiendo en que el comercio de armas debe ser responsable, transparente y con rendición de cuentas, y que la forma negligente como se venden en los Estados Unidos facilita que los criminales accedan a ellas.

Esta acción del Gobierno de México ha recibido reconocimiento mundial y ha sido considerada como un parteaguas en la discusión sobre la responsabilidad de la industria de las armas en la violencia que se vive en México y en la región. Procuradores estatales y fiscales estadounidenses, académicos, organizaciones de la sociedad civil y gobiernos de otros países apoyan al Gobierno de México en esta acción.

. La demanda civil por daños en contra de quienes lucran con la violencia que sufren las y los mexicanos pasa a una segunda etapa, en la cual la Cancillería seguirá insistiendo en que la negligencia de esas empresas afecta gravemente a nuestro país.

Quinto. El día 5 de octubre de 2022, durante la comparecencia del Secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrad Casaubon, ante el Senado de la República, señalo que:

en las próximas semanas habrá una reunión entre funcionarios de ambas naciones para abordar el tema del trasiego de armas que provienen de Estados Unidos y se infiltran en territorio nacional y que es tema de prioridad y de seguridad nacional para el país frente a los intereses de las empresas armamentistas que tiene un mercado vivo e ilegal en territorio mexicano.”

Es decir, se busca poner el tráfico ilegal en el centro de la conversación bilateral y compartir responsabilidades con su vecino por la violencia ligada al narcotráfico.

El propósito es combatir un problema regional de grandes magnitudes que cobra muchas vidas humanas, y que se suma a los distintos esfuerzos que realiza nuestro país para combatir al tráfico ilícito de armas.

Por las consideraciones y fundamentos arriba expresados, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respalda y acompaña la demanda interpuesta por el Gobierno de México en contra de la negligencia de empresas estadounidenses que fabrican, distribuyen y venden armas de fuego, que facilita su tráfico ilícito hacia México.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que, en uso de sus atribuciones y facultades, prosiga las acciones legales interpuestas por el Gobierno de México en contra de la negligencia de empresas estadounidenses que fabrican, distribuyen y venden armas de fuego, que facilita su tráfico ilícito hacia México, y en su caso la lleve hasta la Suprema Corte de los Estados Unidos de América.

Notas

 1. Secretaria de Relaciones Exteriores. 4 de agosto de 2021. Gobierno de México demanda por daños a fabricantes y distribuidores de armas en Estados Unidos. Comunicado No. 349.

https://www.gob.mx/sre/prensa/gobierno-de-mexico-demanda-por-dan os-a-fabricantes-y-distribuidores-de-armas-en-estados-unidos

2. El País. 4 de agosto de 2021. México demanda a 11 compañías en Estados Unidos por facilitar el tráfico ilegal de armas.

https://elpais.com/mexico/2021-08-04/mexico-demanda-a-11-compani as-en-ee-uu-por-facilitar-el-trafico-ilegal-de-armas.html

3. France 24. 1º de octubre de 2022. Un juez de EEUU desestima demanda de México contra fabricantes de armas.

https://www.france24.com/es/minuto-a-minuto/20221001-un-juez-de- eeuu-desestima-demanda-de-m%C3%A9xico-contra-fabricantes-de-armas

4. Ibid.

5. Secretaria de Relaciones Exteriores. Comunicado No. 362. 30 de septiembre de 2022. Juez federal decide sobre demanda presentada por el Gobierno de México contra la negligencia de empresas de armas.

https://www.gob.mx/sre/prensa/juez-federal-decide-sobre-demanda- presentada-por-el-gobierno-de-mexico-contra-la-negligencia-de-empresas-de-armas ?tab=

6. Sistema de Información Legislativa. Sesión de la Cámara de Senadores. Minuto a minuto. Miércoles 05 de octubre de 2022.

http://sil.gobernacion.gob.mx/portal

Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2022.– Diputado Ismael Brito Mazariegos (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE UN NUEVO PLAN DE ESTUDIOS 2022 DE EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a informar a la opinión pública sobre un nuevo “Plan de Estudios 2022 de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria” y sobre una prueba piloto en 30 escuelas por entidad federativa durante el ciclo escolar 2022-2023, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jorge Arturo Espadas Galván, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Educación Pública a que informen a la opinión pública sobre un nuevo “plan de Estudios 2022 de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria” y sobre una prueba piloto en 30 escuelas por entidad federativa durante el Ciclo Escolar 2022-2023, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los malos sistemas educativos del pasado han dado como resultado los pésimos gobernantes que tenemos. Estos malos funcionarios no pueden engendrar más que aberrantes políticas públicas que crean un círculo vicioso que reproduce y agrava todos los males añejos del país: ineptitud, ausencia de libertad, pobreza material y social, malos estándares de vida. En una palabra: un pésimo sistema educativo agranda los graves problemas de una nación, produce malos gobiernos, malas empresas y destruye el capital social de una nación a la que condena al fracaso de manera irreductible.

El aspecto esencial de la educación es que dota al ciudadano de libertad. Decía Octavio Paz que “sin libertad la democracia es despotismo y sin democracia la libertad es una quimera”. Precisamente los regímenes despóticos convocan a los ineptos para prodigar la ignorancia, ya que ésta garantiza la ausencia de las libertades y la democracia. Muy por el contrario, cuando un gobierno está para servir a los ciudadanos, la fuerza del Estado emana de ciudadanos empoderados, no al revés. Por ello, los regímenes despóticos y tiránicos prodigan malos sistemas educativos, la lucha de clases, la división y una visión ideológica del mundo.

La educación es un pilar de la democracia y una garantía de la libertad individual y colectiva. Por ello el ataque frontal y su progresiva erosión a lo largo del actual gobierno. La libertad empodera a la ciudadanía y fortalece el estado de derecho, su destrucción lleva precisamente a lo opuesto. Por ello son prudentes las palabras de Friedman respecto a la libertad: “Una sociedad que pone la igualdad –en el sentido de igualdad de resultados– por delante de la libertad terminará sin igualdad y sin libertad. El uso de la fuerza para lograr la igualdad destruirá la libertad, y la fuerza, introducida con buenos fines, terminará en manos de personas que la utilicen para promover sus propios intereses. Por otro lado, una sociedad que pone la libertad en primer lugar, como un subproducto feliz, terminará con una mayor libertad e igualdad. Aunque es un subproducto de la libertad, una mayor igualdad no es un accidente. Una sociedad libre libera las energías y habilidades de las personas para perseguir sus propios objetivos. Evita que algunas personas repriman arbitrariamente a otras. No impide que algunas personas alcancen posiciones de privilegio, pero mientras se mantenga la libertad, impide que esas posiciones de privilegio se institucionalicen o estén sujetos al ataque continuo de otras personas capaces y ambiciosas. Libertad significa diversidad, pero también movilidad. Preserva la oportunidad para que los desfavorecidos de hoy se conviertan en los privilegiados del mañana y, en el proceso, permite que casi todos, de arriba a abajo, disfruten de una vida más rica y plena”.

La ignorancia repudia la educación y repele todo lo que significa cooperación y esfuerzo. Esto es relevante por lo siguiente: la educación pública está siempre íntima e irremediablemente unida a la visión y proyecto de una nación. Decía Meyer que “Un país cuyas élites dirigentes no sean capaces de formular un gran proyecto colectivo de cara al futuro, aceptado como legítimo por la mayoría de sus ciudadanos y que sirva de elemento guía en la toma de las grandes decisiones políticas, corre el peligro de convertirse en una comunidad sin derrotero y, con el correr del tiempo, en derrotada desde adentro. Obviamente, la formulación de esa aspiración –el proyecto nacional– y el acuerdo en lo fundamental que implica no son garantía de éxito, en cambio su ausencia sí es un claro indicador de problemas de fondo respecto del porqué y para qué de una nación”.

En los países donde la educación de alta calidad ha demostrado su eficacia para mejorar los estándares de vida de la población y su libertad, el enfoque se basa en desarrollar el conocimiento, las habilidades, actitudes y valores que favorezcan proyectos de nación orientados a empoderar a los ciudadanos, no al Estado. Se basan en sociedades que buscan forjar la cohesión social y preparar a los niños y jóvenes para que se conviertan en dueños de su libertad en un sistema positivo donde la creación de riqueza, el emprendimiento, la innovación y la creatividad son aspectos favorables para crear sociedades de bienestar. Pensemos en el enfoque holístico de una visión positiva de la educación que define el conocimiento, las habilidades, las actitudes y los valores que los alumnos necesitan para desarrollar su potencial y contribuir al bienestar de sus comunidades y del mundo como pilares de la libertad individual.

De esta manera, los sistemas educativos en países con sociedades exitosas en lo económico y social basan su educación en modelos de competencias (transversales), que pueden clasificarse en tres campos generales: las competencias para el desarrollo técnico-profesional, que potencian las habilidades laborales y de desempeño productivo; las competencias socioculturales, que promueven el desarrollo de habilidades formativas como son los valores cívicos, sociales, éticos, culturales, artísticos, deportivos, etc.; y las competencias creativas, que potencian el emprendimiento, la innovación, la eficiencia, el uso y desarrollo de tecnologías, etc.

Una educación basada en estos criterios, requiere la formación de conocimientos en múltiples disciplinas, habilidades, actitudes y valores, “todos positivos” con el propósito de crear sociedades sanas y emprendedoras, creativas que potencien las fortalezas de sus ciudadanos. Esto requiere de valores fundamentales en un ambiente que promueva la creación de valor, las competencias transformacionales en una sociedad que sea responsable de sí misma (no codependiente del Estado), y que reconcilie las divergencias culturales y sociales con fines positivos comunes (no la división, el sectarismo ni el odio). Esto requiere un conocimiento profundo de las mega tendencias actuales para anticipar los trabajos y oportunidades del futuro y preparar a los niños y jóvenes para ser exitosos. Requiere también de un set de valores positivos, donde se promueva un mundo de oportunidades y abundancia, no de limitaciones y falsa “pobreza franciscana”.

Todo esto implica una transformación de la visión de país y del mundo que debe reflejarse en sistemas educativos modernos, flexibles y adaptables, basados en valores ancla fundamentales como la democracia, el respeto a la ley ya los derechos individuales y colectivos, al orden público, la cooperación y la construcción del país desde una visión de responsabilidad individual y colectiva.

En contraste con esta visión, el pasado 17 de agosto la Secretaría de Educación Pública y la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria informaron a la sociedad acerca de un “Plan de Estudios de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria”, que iniciará su implementación con una prueba piloto en al menos 30 escuelas por entidad federativa, durante el ciclo escolar 2022-2023. Este “plan” es la culminación de una estrategia planteada inicialmente como “Marco Curricular y Plan de Estudios 2022 de la educación básica mexicana” publicado por la SEP, y otros documentos más que siguieron a este, en donde se plantea una reorientación de la educación pública en México con base en un proyecto de nación que puede llevar al fracaso a las futuras generaciones.

Destaca en la exposición de motivos de ambos comunicados un manifiesto sesgo ideológico relacionado con una visión del mundo y del futuro que está muy lejos de la realidad, y que puede causar un daño de muy largo plazo en la niñez mexicana y al país. La “visión” de este “plan” plantea una propuesta maniquea, ideológica y totalmente ajena a los retos que enfrenta la educación. Tan solo considérese que la innovación y los cambios tecnológicos de los últimos 50 años propician un futuro de transformaciones sustanciales que hacen muy difícil plantear programas educativos monolíticos y basados en realidades subjetivas. Los verdaderos profesionales de la educación saben el enorme reto que dignifica diseñar programas de educación para un futuro incierto donde no sabemos la demanda de trabajos y conocimiento en muchas áreas que están por descubrirse. Plantear un “plan de estudios” para la niñez mexicana basado en una visión retrógrada y caduca no tiene otro propósito que fines políticos muy lejanos del genuino interés de la educación que es el niño y la escuela. Tan solo algunos ejemplos del grave daño que se avecina con este “plan de estudios”, en un muy breve análisis de algunos de sus enunciados y principios conceptuales:

- Se plantea una supuesta “colonización” de la educación por parte naciones occidentales, particularmente europeas, que de acuerdo con el gobierno hay que erradicar. Según el texto se busca una “perspectiva decolonial” de la educación que se refiere al desprendimiento de las bases eurocentristas del poder y de la lógica de la modernidad. Dice el texto ““Esta lógica colonial funciona en por lo menos cuatro dominios que hemos aprendido en todas las experiencias educativas formales, no formales e informales, y comprenden: el dominio económico como la apropiación de la tierra y la explotación humana; el dominio político, que comprende el control de las autoridades; el dominio social, representado por el control del género, la clase social, la sexualidad, la condición étnica; el dominio epistémico, dedicado al control del conocimiento y las subjetividades”. Este enunciado busca sembrar en la niñez mexicana una visión política de la educación con base en la división de clases y el “choque” a nivel de ideologías. El postulado se basa en la teoría sociológica del comunista Antonio Gramsci y su lucha de clases en el “nuevo orden”.

- El modelo pretende desarraigar un supuesto modelo educativo neoliberal, sobre una premisa falsa de que la educación está diseñada para responder a ciertos modelos económicos que la actual administración etiqueta como “neoliberales” dando una falsa interpretación al éxito profesional y a la innovación. Dice el texto “”En México, por lo menos en los últimos 30 años, ha predominado un enfoque instrumental, conductista y eficientista en el diseño y operación de los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria y secundaria que se ha ido ajustando con cada reforma, pero que ha definido la experiencia formativa expresada en conceptos, sistemas explicativos, habilidades, saberes, normas, valores, establecidos en los contenidos y objetivos del currículo, su planeación y evaluación”. Este enfoque es altamente dañino al considerar negativa la búsqueda de la eficiencia, peor aún, a relacionar la innovación y el esfuerzo con conductas negativas, lo que mutila el emprendimiento, el esfuerzo individual y la iniciativa privada.

- El enfoque del “plan de estudios” es de índole “comunitario”, lo cual tiene una fuerte carga ideológica que se basa en un sectarismo comunista que ha demostrado su fracaso en diferentes experimentos latinoamericanos: indigenismo, regionalización y exclusión del mundo global que promovería en la niñez mexicana una visión basada en el odio que resulta de un supuesto racismo y clasismo y derivará en un aislamiento del estudiante del mundo real. Basar la educación pública con estas premisas es sembrar la división y cosechar el odio de clases. El concepto reiterado de educación comunitaria tiene claras connotaciones políticas e ideológicas, divide a la sociedad y plantea una visión ajena a las megatendencias que definen hoy el futuro de los niños y niñas: la ciencia, la tecnología, la innovación, es decir, una sociedad basada en el conocimiento.

- La visión del indigenismo socialista está presente en la propuesta pues dice: “Pensar una educación inclusiva desde la decolonialidad requiere que las niñas y niños aprendan a reconocer el valor de la cultura universal junto con el conocimiento y saberes ancestrales como parte de un mismo patrimonio intangible de la humanidad que contribuye en la construcción de su identidad como ciudadanos con conocimientos sólidos, capaces de establecer diálogos de saberes con otros sujetos, pueblos y naciones, y a entender y defender las ideas, tecnologías y culturas que se han generado y preservado por las comunidades indígenas y evitar que sean transformadas en propiedad privada”. El plan está basado en las ideas de Catherine Walsh, conocida comunista latinoamericana que ha dedicado años al llamado interculturalismo, que no es otra cosa que indigenismo comunista. Sorprende el interés de basar la educación en el pasado, sin considerar el futuro, en fundar un “plan de estudios” defendiendo “tecnologías de las comunidades indígenas”, las cuales, con todo respeto, son totalmente inexistentes.

- La filosofía del “plan” tiene una fuerte carga de lucha de clases: “En el plan de estudios de la educación básica, el eje articulador de la interculturalidad crítica reconoce que las relaciones de género, etnia, clase, sexo, territorio, cultura, lengua, capacidad que se presentan en los espacios escolares, se expresan en relaciones de poder que se entrelazan y determinan de manera desigual y asimétrica a favor de unas niñas, niños, adolescentes, maestras y maestros, y en detrimento de otras y otros”, según se lee en el “Marco Curricular y Plan de Estudios 2022 de la educación básica mexicana”. Un auténtico régimen democrático se basa en el Estado de derecho y en las libertades individuales, los cuales garantizan la igualdad de oportunidades y premian en justicia a las partes.

- Se inserta una clara noción populista de ataque a la democracia representativa: va en contra de las instituciones, para hacer de la educación una herramienta que eduque a la niñez y a los jóvenes en un sistema político de participación directa, que es el estado más rudimentario y primitivo de la política y la democracia. Este sistema elimina las instancias intermedias o de representación democrática, como el INE y los partidos políticos, y los sustituye por referéndums, encuestas, sondeos, consultas, etc. es decir, todo aquello que beneficia a grupos autoritarios desde el poder. La insistencia a que haya una democracia directa y no representativa es uno de los signos característicos del populismo actual. Según los textos de la SEP: el “plan”.. “Pone atención en que las niñas y los niños sean capaces de explicar con sus propias palabras cuáles son las características del gobierno democrático en México. Valora su interés por conocer cómo se organizan y gobiernan algunas comunidades y pueblos originarios, cómo ejercen los cargos públicos, qué implica gobernar sirviendo”. La organización política de los denominados “pueblos originarios” se basa en sistemas de democracia directa porque el alcance y sofisticación de esos “pueblos” es muy pobre y primitivo. Precisamente se debe buscar lo contrario: que estos “pueblos” logren finalmente incorporarse a sistemas políticos robustos y exitosos. Buscar que el resto de la sociedad migre a los sistemas primitivos y rudimentarios de los “pueblos originarios” es destruir la democracia representativa por una directa, primitiva y en manos de unos cuantos.

Lo que prevalece en el Ejecutivo, en la SEP y en la Conamer respecto a la educación pública es el interés político, no la escuela. Mucho menos al alumno. Es promover la ideologización de los niños, no su libertad de pensamiento. Y como la educación es función directa del proyecto de nación, el daño que se puede hacer a México no se restringe sólo a los niños y jóvenes en cuanto a su educación: crea un marco que promueve una cultura política, social y económica que replica sociedades que la experiencia demuestra como proyectos de nación fallidos.

Como sabemos, la educación es una palanca para dotar de libertad a las personas, tanto en el ámbito personal como profesional, y esa libertad no se refiere solamente a una democracia representativa, se refiere a una sociedad basada en un régimen democrático, es decir, una sociedad donde la educación pública promueve el empoderamiento de la sociedad civil y restringe las atribuciones del Estado que está para servir a la sociedad, no al revés.

La gran educadora norteamericana Marva Collins dijo: “Lo que todos los buenos maestros tienen en común es que establecen estándares altos para sus alumnos y no se conforman con nada menos”. Su experiencia es enriquecedora pues demostró que la educación sí transforma una sociedad, para bien, pero también para mal. Gran parte de su éxito como educadora fue demostrar que los viejos esquemas de la educación se pueden sustituir por sistemas que ponen al alumno en el centro, no al sistema. Es empoderando al alumno en cuanto a sus libertades, como se acaba con la división de clases, con el rezago y con el subdesarrollo. Y esto se basa en una visión “positiva e incluyente”, no en una visión negativa y sectaria.

La propuesta que se ha presentado y su marco conceptual, requiere una seria discusión y análisis de toda la sociedad, ya que en su diseño se excluyeron innumerables voces que no participaron en este “plan”: las escuelas privadas, las asociaciones de padres de familia, asociaciones sin fines de lucro, organizaciones y voces de expertos nacionales e internacionales ajenos a la política y las voces de aquellos países que ya han sufrido de políticas públicas basadas en ideologías divisivas y sectarias.

La presentación de este “plan” educativo requiere aclarar puntos sustanciales de su contenido y verdaderos propósitos, así como el fin del denominado “piloto” en las 32 entidades federativas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Soberanía la proposición con:

Punto de acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Educación Pública a que informen a la opinión pública, los objetivos y justificación para la implementación de un nuevo “Plan de Estudios 2022 de Educación Preescolar, Primaria y Secundaria” así como los objetivos del plan piloto que acompaña al citado plan.

Notas

1 Friedman, Milton; “Free to choose”, Harcout Brace Jovanovich, 1980.

2 Meyer, Lorenzo; “Los grandes problemas de México”, el Colegio de México, 2010.

Dado en el Salón de Sesiones, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA JUCOPO Y A LA MESA DIRECTIVA, A ACORDAR LA CELEBRACIÓN DE UNA SESIÓN SOLEMNE PARA CONMEMORAR EL 22 ANIVERSARIO DE LA MUERTE DE DIGNA OCHOA Y PLÁCIDO, DEFENSORA DE LOS DERECHOS HUMANOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo y a la Mesa Directiva a acordar la celebración de una sesión solemne para conmemorar el 22 aniversario de la muerte de la defensora de los derechos humanos, licenciada Digna Ochoa y Plácido, a cargo del diputado Jaime Baltierra García, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, Jaime Baltierra García, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva, ambas de la Cámara de Diputados, acordar la celebración de una sesión solemne para conmemorar el 22 aniversario de la muerte de la defensora de los derechos humanos licenciada Digna Ochoa y Placido, acaecida el 19 de octubre de 2001, así como un reconocimiento a las víctimas y personas defensoras de derechos fundamentales, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El próximo 19 de octubre del presente año se cumplen 22 años de la muerte de Digna Ochoa y Plácido.

Es fundamental recuperar su memoria a partir de las causas que defendió, comprometida en la defensa legal de las y los desposeídos de nuestro país como defensora de los derechos humanos.

Digna Ochoa y Plácido, originaria en la localidad de Misantla, Veracruz, nació el 15 de mayo de 1964. Fue la quinta hija de Irene Alicia Palacios Evangelista y Eusebio Ochoa López. Su origen era humilde, gracias esfuerzo de sus padres logró estudiar en el Bachilleres “Alfonso Reyes” en su natal Veracruz.

Posteriormente su padre fue injustamente detenido acusado de homicidio. A consecuencia de esta frustrante y dolorosa situación decide estudiar la Licenciatura en Derecho en la Universidad Veracruzana en la Ciudad de Xalapa.

Durante sus estudios profesionales invirtió sus tiempos asesorando a personas de escasos recursos y desarrollando labores como defensora de Derechos Humanos.

Realizó su servicio social en la Procuraduría General de Justicia de Veracruz, también colaboró como Oficial “D”, en la agencia del Ministerio Público y como Secretaria “A” de la Dirección General de Averiguación Previa, posteriormente se desempeñó como Secretaria “A” en la agencia del Ministerio Público en su Estado natal.

Tiempo después se traslada a la Ciudad de México, donde ingresa al convento de las Dominicas, en donde permanece durante 10 años. En la búsqueda de la defensa de los derechos humanos ingresa al Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro-Juárez” donde, como resultado de su entrega y compromiso, es nombrada asesora jurídica.

Por su labor, empezó a vivir situaciones que pusieron en riesgo su vida por lo que decide mudarse a los Estados Unidos para salvaguardar su integridad.

Digna Ochoa se destacó por su entrega, pasión y brillante desempeño como defensora de los Derechos Humanos haciéndola merecedora de la Medalla Roque Dalton y posteriormente de la Medalla Espíritu Perdurable en Washington, D. C. de manos del expresidente de Estados Unidos Bill Clinton.

Cuando regresa a la Ciudad de México en 2001 es cuando, el 19 de octubre del mismo año, es lamentablemente asesinada. Fue encontrada en el despacho donde colaboraba con su amiga Pilar Noriega en la colonia Roma, presentaba dos impactos de bala, uno en la pierna y otro en la cabeza.

Después de intrincadas y contradictorias investigaciones en el país, familiares de Digna y diferentes asociaciones de defensa de los derechos humanos, mostraron su desacuerdo e indignación y llevaron el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que, tras recabar suficiente información, decidió elevar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El 25 noviembre de 2021 la Corte Interamericana emitió sentencia con la que concluye un procedimiento por la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa y Plácido. Misma que fue notificada oficialmente al Gobierno de México el 19 de enero de este año de 2022.

Al respecto, la Cancillería mexicana, a través de un comunicado, señaló que “El Estado mexicano estudiará con atención las disposiciones del Tribunal Interamericano en su resolución definitiva sobre el presente caso, a fin de cumplir con sus términos de conformidad con sus obligaciones a la luz de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Por su parte, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, luego de ser notificada oficialmente de la sentencia de la Corte Interamericana el 21 de enero de este año, anunció que se reabrirá la investigación en el caso de la defensora de los derechos humanos.

En un comunicado de la dependencia se anunció “La Fiscal, Ernestina Godoy Ramos, instruyó la reapertura de la investigación de la muerte de Digna Ochoa adoptando las mejores prácticas nacionales e internacionales; poniendo al centro a las víctimas con objetividad, imparcialidad y rigor científico”.

En lo que respecta a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, doctora Claudia Sheinbaum Pardo, ésta afirmó que su administración hará lo que le corresponda para atender la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la activista Digna Ochoa.

Como corresponde al derecho internacional, Estado mexicano analizará las disposiciones del Tribunal Interamericano en su resolución definitiva sobre el caso Digna Ochoa, a fin de dar cumplimiento en sus términos con sus obligaciones de conformidad a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Con la disposición expresada, el Estado mexicano refrenda los compromisos y acuerdos alcanzados con la familia de la defensora Digna Ochoa en materia de reparación del daño y garantías de no repetición, así como su voluntad de atender lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su resolución.

Con estas acciones México refrenda su compromiso con la protección de los derechos humanos y su respaldo a la labor de las y los defensores de derechos humanos.

En el Gobierno de la Cuarta Transformación se reconoce la labor de la defensora Digna Ochoa y reitera su compromiso de honrar su memoria y legado.

Su trabajo y dedicación ha merecido el reconocimiento y homenaje de diversas instituciones y organizaciones. Sin duda ha sido un ejemplo y fuente de inspiración para los defensores de Derechos Humanos por su gran esfuerzo, tenacidad y entrega total.

Por lo todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva a fin de que emitan un acuerdo para que el pleno de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, celebre una sesión solemne para conmemorar el 22 aniversario de la muerte de la Defensora de Derechos Humanos, Digna Ochoa y Placido, sucedida el 19 de octubre de 2001, así como un reconocimiento a las víctimas y personas defensoras de derechos fundamentales.

Dado en la Cámara de Diputados, a los 18 días del mes de octubre de 2022.– Diputado Jaime Baltierra García (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



SE HAGA PÚBLICO UN INFORME SOBRE EL GASTO, DESTINO Y USO DE LOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE ESTABILIZACIÓN DE LOS INGRESOS PRESUPUESTARIOS, Y DE LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, ENTRE 2018 Y 2022

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a hacer público un informe sobre el gasto, destino y uso de los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas entre 2018 y 2022, a cargo del diputado José Mauro Garza Marín, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, José Mauro Garza Marín, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El 31 de octubre de 2014 se publicó el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. En este decreto se incluyó que, dentro de los 90 días naturales siguientes a su entrada en vigor, la Secretaría de Hacienda debería realizar las acciones necesarias para que el fideicomiso público denominado Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, cambiara su denominación a Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP) y ajustar sus reglas de operación, con la finalidad de poder utilizar los recursos del FEIP, no sólo ante contingencias en la recaudación de ingresos petroleros, sino por la reducción de los ingresos tributarios del Gobierno Federal en general, en atención a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Al año siguiente, se publicó el acuerdo por el que se establecen las reglas de operación del FEIP, en las cuales se establecía como finalidad, “...aminorar el efecto sobre las finanzas públicas y la economía nacional cuando ocurran disminuciones de los ingresos del Gobierno Federal, con respecto a los estimados en la LIF del ejercicio fiscal de que se trate, para propiciar condiciones que permitan cubrir el gasto previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente”.

Así el Fondo de Estabilización de Ingresos Presupuestarios (FEIP) se convirtió en un instrumento de previsión y estabilización fiscal del estado mexicano, para operar como un mecanismo contracíclico y con ello compensar las posibles disminuciones en la captación de ingresos respecto a la meta establecida en la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio respectivo.

De acuerdo con el cuarto informe trimestral del ejercicio 2018 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el FEIP contaba con 246 mil 690 millones de pesos. Tres años después, al cierre de 2021, del FEIP tan sólo quedaban 9 mil 907 millones, es decir 236 mil millones de pesos menos.

El segundo fondo, indispensable para el funcionamiento de las finanzas públicas, es el Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas (FIEF), este se encuentra regulado por el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y tiene por objetivo compensar la disminución en la Recaudación Federal Participable con respecto a lo estimado en la Ley de Ingresos del ejercicio que se trate.

Este fondo al cierre de 2018 tenía 76 mil 348 millones de pesos. Para el cierre del 2021 sólo quedaron 21 mil 236 millones de pesos. Es importante mencionar que la suma del FIEP y el FIEF fondos al inicio de este gobierno sumaba 322 millones de pesos. Sin embargo, después de cuatro años de gobierno solo quedan 44 mil millones de pesos, según la última cifra reportada.

A esta administración no solo le bastó terminar con los ingresos acumulados en los fideicomisos con los que se destinaron más de 68 mil millones de pesos, así como los 130 mil millones del Fondo Nacional de Salud, ni los ahorros forzados a costa del austericidio, que sepultó la calidad de los servicios públicos (educación, salud, seguridad pública, principalmente.) Ahora están decididos a liquidar los activos de estos mecanismos para compensar la debilidad de los ingresos federales ante el aumento en el gasto de programas sociales, transferencias a Pemex, proyectos de infraestructura que exceden su presupuesto, mismos que han sido cuestionables por su falta de planeación y rentabilidad.

Este gobierno, sigue tomando malas decisiones, vemos como se han quedado sin certeza varios fideicomisos y con ellos numerosos proyectos, programas públicos y objetivos de política pública, como la inversión en ciencia e innovación a través del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), la reparación del daño ocasionado a víctimas del Estado. Hoy México ya no cuenta con los recursos del FEIP y FEIF que permitían tener un respaldo para enfrentar alguna situación de crisis de las finanzas públicas, esto no solo es preocupante, sino que desconocemos en que se han gastado los mismos.

De ahí que presentemos esta proposición con el fin de conocer en donde se han gastado estos recursos. Por lo anteriormente expuesto someto a consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, con base en sus atribuciones legales, haga público un informe detallado sobre el gasto, destino y uso de los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FIEP) y del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas (FIEF), utilizados entre 2018 y 2022.

Notas

1 DOF (2014). Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. disponible en:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5366651&fecha=31/1 0/2014

2 DOF (2015). Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Fondo de Estabilización de Ingresos Presupuestarios. Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5387549&fecha =01/04/2015&print=true

3 SHCP (2018). Cuarto informe trimestral de sobre la situación económica, las finanzas públicas y la Deuda Pública. Disponible en:

https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finanza s_Publicas/docs/congreso/infotrim/2018/ivt/04afp/itanfp15_201804.pdf

4 SHCP (2021). Cuarto informe trimestral de sobre la situación económica, las finanzas públicas y la Deuda Pública. Disponible en:

https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finanza s_Publicas/docs/congreso/infotrim/2021/ivt/04afp/itanfp14_202104.pdf

5 https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finan-zas_Publicas/doc s/congreso/infotrim/2018/ivt/04afp/itanfp15_201804.pdf

6 https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models/Finan-zas_Publicas/doc s/congreso/infotrim/2021/ivt/04afp/itanfp14_202104.pdf

7 México Evalúa. No tapemos el pozo: el destino de los fideicomisos en proceso de extinción. Disponible en:

https://www.mexicoevalua.org/no-tapemos-el-pozo-el-destino-de-lo s-fideicomisos-en-proceso-de-extincion/

8 México Evalúa (2021). Fideicomisos públicos y la huella del daño. Disponible en:

https://numerosdeerario.mexicoevalua.org/2021/08/10/numeros-de-e rario-junio-de-2021/

Dado en el Palacio Legislativo, a 18 de octubre de 2022.– Diputado José Mauro Garza Marín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A LA SE, A REALIZAR DIVERSAS ACCIONES PARA FORTALECER A LOS PRODUCTORES NACIONALES DE CACAHUATE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a realizar diversas acciones para fortalecer a los productores nacionales de cacahuate, a cargo de la diputada Martha Alicia Arreola Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Martha Alicia Arreola Martínez del Grupo Parlamentario de Morena; del Estado de Durango, de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables, someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cacahuate es un fruto de la identidad nacional, una oleaginosa originaria de América del Sur y cultivada en México desde la época prehispánica. Tras su llegada al continente, los españoles llevaron el cacahuate a Europa y África, lo que contribuyó a que su cultivo y consumo se expandiera por todo el mundo.

Hoy en día los principales estados productores son: Chihuahua, Sinaloa, Chiapas, y Puebla, sin embargo, la producción que se da en otros estados también es el medio de sustento en varios municipios del país, ese es el caso de Rodeo en mi querido Durango, o muchos de los municipios de Oaxaca, Nayarit, o Morelos, Guanajuato y Guerrero. En total son 25 las entidades del país que producen este producto y en las cuales hay que reconocer la labor de sus productores sobre todo en un día como hoy 13 de octubre fecha en que se celebra el día mundial del cacahuate.

De acuerdo con el Servicio de Información agroalimentaria y Pesquera (SIAP), en promedio en los últimos cinco años, en México se cultivan más de 56 mil hectáreas de cacahuate, con un rendimiento de 1.7 toneladas por hectárea, lo que significa una producción de 96 mil 536 toneladas, y una aportación económica de más de mil 138 millones de pesos.

Al cierre de 2021 la producción nacional de este producto rebaso las 100 mil toneladas, con valor de más de mil 261 millones de pesos.

Pero estamos hablando de un cultivo que más allá de las cifras y los números que son importantes y que indican una gran producción en México de este cultivo, debemos procurar su reivindicación por su gran valor histórico, cultural, alimentario y genético; y a su vez la reivindicación de la comercialización nacional de dicho producto.

El uso que tiene el cacahuate para diversas actividades productivas, es muy variado y va desde los usos en la gastronomía, en la elaboración de moles, pipián, salsas, cremas, atole, galletas, pan, dulces, cereales, palanquetas, ensaladas, dulces, mazapanes, botanas; así como su utilización para fabricar mantequilla, aceite, harina, tinta, cremas humectantes y labiales.

Pero sumado a todos los usos que tiene este producto tan bondadoso se encuentran todas las propiedades que tiene como son el hecho de que representan una gran fuente de energía y de proteínas de origen vegetal, ofreciendo compuestos antioxidantes y grasas saludables.

Son ricos en minerales como el calcio, hierro, magnesio, potasio y vitaminas, ayudando a mantener un sistema cardiovascular saludable y su consumo cotidiano se asocia a la disminución de colesterol.

Ahora bien, en materia de exportaciones Estados Unidos es el principal destino de nuestras exportaciones de cacahuate mexicano, prácticamente yendo 100% de nuestras exportaciones a dicho país. Pero aún y cuando tenemos exportaciones el nivel de importaciones que tenemos de acuerdo con el Banco de México ha generado en promedio en los últimos 10 años, un mercado de casi 170 millones de dólares anuales, con cacahuates provenientes sobre todo de Estados Unidos y China.

Como bien sabemos México tiene firmados acuerdos comerciales en los que se incluyen aranceles preferenciales para este producto, con Estados Unidos y Nicaragua, países de donde provienen una parte significativa de las importaciones de cacahuate, por lo que cualquier acción al respecto, en materia arancelaria, tendría un efecto muy limitado. Además, los cupos de importación de este producto no operan, debido a que, hasta el momento, ningún particular lo ha solicitado. Pero en sentido opuesto los Estados Unidos de Norteamérica ya han logrado para sus productores el establecimiento de cupos de importación a su país desde el año 2002.

Lo que es peor aún y cuando contamos con altos niveles de producción, en nuestro país la comercialización de este producto es complicada, en el mercado interno e impide a los productores tener beneficios que se equiparen al gran esfuerzo que implica su producción.

Existen otros problemas como la falta de tecnificación que sería de mucha ayuda para los productores. Y además existe una alta volatilidad del precio de este producto a nivel nacional, yendo de los 22 pesos hasta casi los 70 pesos por kilo.

Todo lo anterior afecta sobre todo a los productores de municipios con una producción no muy elevada de cacahuate, pero con cacahuates de una gran calidad que incluso llega a ser muy superior a la del producido en otros países.

Estos productores se ven obligados a bajar sus precios para poder competir con los precios de cacahuates de mucho menor calidad. Ese es el caso del municipio de Rodeo, en mi querido Durango, cuya producción de cacahuate, tiene una calidad tan alta que tiene reconocimiento internacional, así como el de cadenas productivas con una importante cuota de género como el de la Cooperativa de Mujeres Productoras de Mazapán del mismo Municipio de Rodeo.

Sin embargo, al no existir esquemas de comercialización del producto se ocasiona que los llamados coyotes aprovechen para tener una comercialización en desventaja con el productor, implicándole perdidas muy altas.

Es necesario generar cadenas productivas para este producto que den al productor condiciones de igualdad para la comercialización de su producto.

Por ese motivo le pido a todos ustedes diputados apoyar de forma decidida con su voto este punto de acuerdo que lo único que pretende además de reivindicar a los productores de cacahuate, es beneficiarlos mediantes esquemas de comercialización más justos.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión con pleno respeto a la división de poderes, respetuosamente exhorta al ejecutivo Federal para que por medio de la Secretaria de Economía asesore a nuestros productores nacionales de cacahuate a fin de velar por sus intereses y defender sus derechos en el marco de los acuerdos internacionales firmados entre México y otros países; lo anterior de conformidad a la Ley de Comercio Exterior. Asimismo, la exhorta a analizar la conveniencia de buscar el establecimiento de cupos de importación, salvaguardas o alguna otra estrategia para limitar las importaciones de cacahuate provenientes de otros países, particularmente de los Estados Unidos de Norteamérica, y difundir dicho análisis entre los productores de cacahuate nacionales.

Segundo.- La Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión con pleno respeto a la división de poderes, respetuosamente exhorta al Ejecutivo Federal, para que por medio de la Secretaria de Economía estudie y difunda entre los productores de cacahuate esquemas de comercialización más justos para su producción.

Tercero.- La Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión con pleno respeto a la división de poderes, respetuosamente exhorta al Ejecutivo Federal para que por medio de la Secretaria de Economía busque la reivindicación del papel de los productores de cacahuate en todo el país, como un producto con amplias raíces prehispánicas y de alto valor nutricional.

Notas

1. https://www.diariomarca.com.mx/2021/04/reconoce-gobierno-de-mexico-a-productore s-y-productoras-de-cacahuate/

2. https://www.gob.mx/inifap/articulos/el-cacahuate-una-opcion-de-cultivo-en-tierr as-de-temporal#:~: text=En%20M%C3%A9xico%20el %20cultivo%20del,es%20bajo%20condiciones%20de%20temporal.

3. https://tlcmagazinemexico.com.mx/index.php/2021/12/28/al-cierre-de-2021-la-prod uccion-nacional-de-cacahuate-superara-las-100-mil-toneladas/

4. SIAP SAGARPA

5. Sistema de Información Económica, del Banco de México.

6. https://smattcom.com/blog/consulta-precios-y-comercializa-cacahuate-en-smattcom

7. https://durangopress.com/boletin/coyotes-se-aprovechan-productores-cacahuate-47 535

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2022.– Diputada Martha Alicia Arreola Martínez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA APF, A REMITIR A LA COMISIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD, LAS PROPUESTAS DE NOMS QUE NO FUERON ACTUALIZADAS EN EL PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD 2022

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la APF a remitir a la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, antes del 31 de octubre, las propuestas de NOM que no fueron actualizadas en el actual Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, relacionadas con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje, a cargo del diputado José Luis Báez Guerrero, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado José Luis Báez Guerrero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

La Cámara de Diputados debe vigilar que, la preservación y restauración del equilibrio ecológico así como a la protección al ambiente en el territorio nacional y las zonas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, se cumpla ya que es obligación del Estado garantizar el derecho a un medio ambiente sano. Este deber obliga a realizar las acciones necesarias a fin de cumplir con dicho mandato constitucional, por ello debemos tener en cuenta lo siguiente:

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente reglamenta toda disposición Constitucional referente a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente. Tiene por objeto garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar; define los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación; previene y controla la contaminación del aire, agua y suelo; garantiza la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, entre otras.

En el capítulo IV denominado “ Prevención y Control de la Contaminación del Suelo” obliga a considerar que corresponde al Estado y la sociedad prevenir la contaminación del suelo; que se deben controlar los residuos al constituir la principal fuente de contaminación de los suelos; que es necesario prevenir y reducir la generación de residuos sólidos, municipales e industriales; se deben incorporar técnicas y procedimientos para su reuso y reciclaje, así como regular su manejo y disposición final eficientes; entre otros.

Precisa, en el diverso artículo 141 que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con las Secretarías de Economía y de Salud, expedirán las Normas Oficiales Mexicanas para la fabricación y utilización de empaques y envases para todo tipo de productos, cuyos materiales permitan reducir la generación de residuos sólidos.

Sin embargo, para mayor precisión la Ley de Infraestructura de Calidad que abrogó la diversa Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), establece que corresponde a la Secretaría de Economía, encabezar las acciones de política pública para fortalecer el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, conducir la integración del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad a través del Secretariado Ejecutivo de la Comisión con los temas y propuestas de Proyectos de Normas Oficiales Mexicanas, Estándares, Normas Mexicanas, Patrones Nacionales de Medida y Materiales de Referencia que se pretendan elaborar anualmente. Así, en términos de lo dispuesto en el artículo 29 de dicha ley, el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad es un instrumento de planeación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional, que debe alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo, así como con los programas sectoriales de las autoridades normalizadoras. El actual Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019, es el documento en el que el Gobierno de México explica cuáles son sus objetivos prioritarios durante el sexenio. Es un instrumento de planificación estratégica, de alcance nacional, que tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la Administración deberán regir la acción del gobierno, con la visión de hacer de México un país más próspero, justo e incluyente para todas y todos. Por su parte, el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad y su Suplemento coadyuvan a la consecución de los fines institucionales al ser los instrumentos idóneos para planificar, informar y coordinar las actividades de normalización nacional, por lo que se busca que el mismo sea un verdadero instrumento de información y difusión al público en materia de Infraestructura de la Calidad. Que la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad es el órgano colegiado que tiene la atribución de revisar, analizar y aprobar anualmente el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad y su Suplemento, vigilar su cumplimiento, y coadyuvar en la política de normalización y coordinación de las actividades que en esta materia corresponde realizar a las autoridades normalizadoras.

Por lo que todo aquello que no esté contemplado dentro del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad deberá continuar en seguimiento de las autoridades normalizadoras, quienes contribuyen a la integración y ejecución del programa nacional con las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas y Estándares en el ámbito de su competencia, constituyen y presiden los Comités Consultivos Nacionales de Normalización, así como instauran y coordinan los subcomités y grupos de trabajo; elaboran las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas y las someten al conocimiento de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización; expiden las Normas Oficiales Mexicanas en las materias relacionadas con sus atribuciones, determinan su fecha de entrada en vigor y verifican su cumplimiento; entre otras.

Al respecto, se precisa que mediante diversa proposición con punto de acuerdo se hizo la solicitud correspondiente a la Secretaría de Economía para que publicara los proyectos de las Normas Oficiales Mexicanas y/o normas mexicanas, así como los proyectos para consulta pública contenidos en el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2021, relacionados con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje y se exhortó a las Autoridades Normalizadoras de la Administración Pública Federal, a elaborar y actualizar las Normas Oficiales Mexicanas que no estén contenidas en el programa nacional de infraestructura de la calidad 2021, relacionados con el tema antes mencionado.

Se precisa que el diverso Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Febrero de 2022 y, a la fecha, los proyectos de NOMS, normas mexicanas o proyectos para consulta pública relacionados con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje, no han sido publicadas, ni actualizadas.

Por ello, y a efecto de insistir en la importancia de la actualización de dichos proyectos, se emite la siguiente proposición con punto de acuerdo a efecto de que, los proyectos de NOMS y normas mexicanas pendientes de actualizar en el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, sean remitidos al secretariado ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad para que dichas propuestas sean incluidas en el programa de trabajo para el año inmediato siguiente.

Es decir, en términos de los establecido en el artículo 29 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, las autoridades normalizadoras deberán remitir al secretariado ejecutivo a más tardar al 31 de octubre de cada año su programa de trabajo para el año inmediato siguiente. Este programa será integrado anualmente por el Secretariado Ejecutivo a más tardar el 15 de noviembre de cada año, para ser sometido al pleno de la comisión para su revisión, análisis y aprobación, a más tardar el 15 de diciembre de cada año. Una vez aprobado, el programa deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación durante el primer bimestre del año inmediato siguiente al de su aprobación.

Por ello la importancia de exhortar a las autoridades normalizadoras a efecto de que remitan los proyectos de Normas Oficiales Mexicanas, normas mexicanas o proyectos para Consulta Pública relacionados con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje pendientes de actualizar y, que estos sean incluidos en el programa de trabajo para el año 2023.

Por lo anterior, se propone el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las autoridades normalizadoras de la administración pública federal, a remitir al secretariado ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la calidad antes del 31 de octubre de la presente anualidad las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas que no fueron actualizadas en el actual Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022, relacionadas con el uso de materiales utilizados para el empaque y embalaje, el reciclaje y el compostaje, para que estas Normas Oficiales Mexicanas sean incluidas en el programa de trabajo para el año inmediato siguiente. Lo anterior, a efecto de cumplir con lo establecido en las leyes vigentes en materia de cuidado al medio ambiente.

Notas

1 Art. 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Al Ambiente

2 Artículo 2º de la Ley General Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

3 Artículo 4 fracción XVI de la Ley de Infraestructura de la Calidad que define a la Norma Oficial Mexicana como la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las Autoridades Normalizadoras competentes cuyo fin esencial es el fomento de la calidad para el desarrollo económico y la protección de los objetivos legítimos de interés público previstos en este ordenamiento, mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información. Las Normas Oficiales Mexicanas se considerarán como Reglamentos Técnicos o Medidas Sanitarias o Fitosanitarias, según encuadren en las definiciones correspondientes previstas en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte.

4 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01/07/2020 y vigente hasta el 31/08/2020.

5 Artículo 2 fracción VIII de la Ley de Infraestructura de la Calidad.

6 https://www.dof.gob.mx/2021/SEECO/ECONOMIA_250221.pdf

7 https://www.gob.mx/cenace/acciones-y-programas/plan-nacional-de-desarrollo-2019 -2024-195029

8 https://www.fao.org/faolex/results/details/es/c/LEX-FAOC188915/

9 https://www.dof.gob.mx/2021/SEECO/ECONOMIA_250221.pdf

10 Art. 3 fracción VI y Articulo 24, ambos de la Ley de Infraestructura de la calidad.

11 Ibidem, fracción VII

12 Ibidem fracción VIII

13 Ibidem fracción IX

14 PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2021 fojas 285 y 454 propuesta: (1) Temas Nuevos a ser iniciados como Normas Mexicanas: Requisitos generales para el uso de Normas en el campo de empaque y embalaje plástico y el ambiente, entre otros. (2) Modificación a la Norma Mexicana NMX-E-273-NYCE-2019 Industria del plástico-Plásticos compostables-Especificaciones y métodos de prueba.

Dado en el salón de sesiones el día 18 de octubre de 2022.– Diputado José Luis Báez Guerrero (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



SE ATIENDAN LAS DENUNCIAS EXPRESADAS POR PARTE DE ENTRENADORES DE PERROS DE ASISTENCIA DISCRIMINADOS POR LA POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL EN LA LÍNEA 7 DEL STC

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de la Ciudad de México, a través del Copred, a atender las denuncias expresadas por parte de entrenadores de perros de asistencia, quienes sufrieron discriminación el 13 de octubre de 2022 por parte de miembros de la Policía Bancaria e Industrial en la línea 7 del STC, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Dionicia Vázquez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y los demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México para que, a través del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, se atiendan de inmediato las denuncias expresadas por parte de entrenadores de perros de asistencia, a quienes se les violó a ellos y a los perros de servicio sus derechos y sufrieron discriminación el 13 de octubre de 2022 por parte de miembros de la Policía Bancaria e Industrial en la línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo (STC-Metro), bajo las siguientes:

Consideraciones

Hace más de 14 años México se convirtió en parte de los Estados comprometidos en proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, al firmar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; sin embargo, hoy en día se siguen presentando sistemáticamente acciones de discriminación por motivos de discapacidad.

El pasado 13 de octubre, entrenadores de perros guía de la Fundación Owen denunciaron en diversas plataformas digitales que fueron “desalojados como criminales” por parte de miembros de la Policía Bancaria e Industrial de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México.

La especialista en perros de asistencia Márgara Bravo y representante de la Fundación Owen aseguró que en 13 años de entrenamiento para perros guía nunca los habían sacado del Metro CDMX “como rateros”, aunque reconoció que sí les han negado la entrada en otras ocasiones.

Al respecto, la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México publicó en su página web la siguiente tarjeta informativa:

“Respecto a la información publicada en redes sociales sobre el desalojo por oficiales de la Policía Bancaria e Industrial (PBI) de personas con tres perros guía de asistencia en la estación del Metro San Antonio, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México informa:

Efectivos que brindan servicio a la línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo (STC-Metro) se percataron del ingreso de tres personas con tres caninos, quienes al ser cuestionados si contaban con algún permiso para ingresar a las instalaciones indicaron que no.

Conforme a los protocolos del STC Metro los policías solicitaron autorización al Jefe de Estación, quien explicó que no podían acceder toda vez que los cánidos solo pueden ingresar con personas con discapacidad visual, y no para llevar a cabo funciones de adiestramiento al interior del Sistema, retirándose de las instalaciones, hecho que provocó molestia a los usuarios referidos.

El área de Atención al Usuario del Metro da seguimiento a la situación e hizo contacto directo con una de las usuarias que trasladaban a los canes, con la finalidad de generar un canal de interlocución adecuado y atender su queja. Al respecto se fijó fecha para una reunión presencial.

En el Metro está permitida la entrada con animales de asistencia o de servicio (perros guía) (Art. 230, numeral XII del Reglamento de la Ley de Movilidad); sin embargo, cuando están en proceso de entrenamiento se solicita establecer la comunicación adecuada con las áreas de operación y seguridad, ello para garantizar la integridad de las personas usuarias y que la actividad de entrenamiento se realice en seguimiento a los protocolos de seguridad del organismo.

De este evento, la Dirección de Supervisión y Evaluación Corporativa de la Policía Bancaria e Industrial tomó conocimiento para realizar las investigaciones correspondientes y mandar llamar a los efectivos involucrados.”

Lo manifestado en esta Tarjeta Informativa no hace sino reflejar la falta de perspectiva de derechos humanos de la discapacidad por parte de las autoridades de seguridad pública en la Ciudad de México, desde la punta hasta la base de esta pirámide organizacional. La postura es discriminatoria y no solo es contraria a lo estipulado en el Artículo 34 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, puesto que en ningún ordenamiento se señala que para el proceso de entrenamiento del perro de asistencia se tenga que avisar con antelación a ninguna autoridad y mucho menos pedir permiso, que es lo que se infiere entre líneas. Las personas con discapacidad y los perros de asistencia tienen el mismo derecho de acceso a los servicios de transporte público de pasajeros en igualdad de condiciones con los demás.

No hay forma de defender lo indefendible. Los elementos de la policía Bancaria e Industrial que cometieron estos actos violatorios de los derechos humanos y discriminación deberán ser sancionados por parte de las autoridades correspondientes para que hechos como este no se vuelvan a repetir.

Lo expuesto anteriormente no es un hecho aislado de discriminación a personas con discapacidad usuarias de perros guía. Érika Bernal, actriz ciega, y su perro guía Dozer, fueron maltratadas por empleados de Aeroméxico en la terminal 2 de la Ciudad de México, el pasado 10 de marzo de 2022.

Lucero Márquez sufrió discriminación en octubre de 2021 en un establecimiento de comida en la Colonia Roma de la Ciudad de México, emitió una denuncia ante el Consejo para Prevenir la Discriminación en la Ciudad de México. Asimismo, la víctima expresó que luchará para erradicar acciones discriminatorias de estas grandes empresas de comida.

Para poner de relieve la importancia del tema, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México hay 12 millones 727 mil 653 personas que son débiles visuales.

En este contexto, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, aprobada en México por el Senado de la República en septiembre de 2007, establece en el Artículo 13: “A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público...”.

Aunado a ello, en materia de accesibilidad, en el inciso e) del Artículo 9 del mismo instrumento jurídico se establece que los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para: “ofrecer formas de asistencia humana o animal e intermediarios, incluidos guías, lectores e intérpretes profesionales de la lengua de señas, para facilitar el acceso a edificios y otras instalaciones abiertas al público”.

Por su parte, en el párrafo quinto del Artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece:

“[...]Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

En el Artículo 4 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad se señala:

Artículo 4. Las personas con discapacidad gozarán de todos los derechos que establece el orden jurídico mexicano, sin distinción de origen étnico, nacional, género, edad, o un trastorno de talla, condición social, económica o de salud, religión, opiniones, estado civil, preferencias sexuales, embarazo, identidad política, lengua, situación migratoria o cualquier otro motivo u otra característica propia de la condición humana o que atente contra su dignidad. Las medidas contra la discriminación tienen como finalidad prevenir o corregir que una persona con discapacidad sea tratada de una manera directa o indirecta menos favorable que otra que no lo sea, en una situación comparable.

Las medidas contra la discriminación consisten en la prohibición de conductas que tengan como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de una persona, crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante u ofensivo, debido a la discapacidad que ésta posee. [...]”

Con base en el ordenamiento jurídico de la Ciudad de México, en el artículo 11, apartado A, de la Constitución Política de la Ciudad de México se estipulan las acciones para garantizar una Ciudad Incluyente a los grupos de atención prioritaria:

“[...] La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. [...]”

Con base en la fracción III del Artículo 22 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México se establecen medidas específicas a favor de la igualdad de oportunidades:

“[...]. III. Sensibilización y capacitación en materia de no discriminación, igualdad de género, igualdad de oportunidades y respeto a la diversidad, incluyendo la diversidad cultural y sexual, la identidad y expresión de género, y la inclusión de personas con discapacidad; dirigidas a todas las personas servidoras públicas y autoridades, así como a particulares que intervengan en cualquier etapa de su instrumentación; [...]”

Con base en la fracción VI del Artículo 35 y IX del Artículo 37 del mismo ordenamiento jurídico, es el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México la dependencia de la Administración Pública en la entidad, la que tiene entre sus objetos y atribuciones, los siguientes:

Artículo 35.

“[...] VI. Conocer e investigar los presuntos casos de discriminación cometidos por personas servidoras públicas, así como velar por que los entes públicos den cumplimiento a las resoluciones del Consejo; [...]”

Artículo 37.

“[...] IX. Proceder de oficio, cuando se detecte o tenga conocimiento de casos en los que se viole el derecho a la igualdad y no discriminación y sin que medie una solicitud para tal efecto; [...]”

Por su parte, artículo 34 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México se estipula que:

“[...] Todo Perro de Asistencia tiene acceso libre e irrestricto al Espacio Público, establecimientos mercantiles, instalaciones, o transportes, individuales o colectivos, sean de carácter público o privado, siempre que vaya acompañado de la persona a la que asiste. Esta disposición aplica igualmente al Perro de Asistencia en proceso de entrenamiento. [...]

Mientras que en el Artículo 230, numeral XII del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México no se incluye a los perros guía en las prohibitivas de acceso a los usuarios del transporte público masivo de pasajeros:

Artículo 230.- Se prohíbe a los usuarios del servicio público de transporte masivo de pasajeros:

“[...] XII. Transportar animales, excepto animales de asistencia o de servicio (perros guía); [...]”

En concordancia con lo establecido en el marco normativo, corresponde a las autoridades del sector público promover las condiciones para que la libertad e igualdad de las personas sean reales y efectivas, así como impedir cualquier tipo de discriminación.

No cabe duda de la importancia de los perros de asistencia en el ejercicio de la autonomía, así como en el aumento de la independencia y dignidad de las personas que padecen ceguera o incluso otras discapacidades; por ello, la pertinencia de la presente proposición con puntos de acuerdo para seguir avanzando en la operatividad de los derechos de las personas con discapacidad. Las y los legisladores de la Cámara de Diputados no podemos ser omisos e indiferentes ante un tema como éste; todo lo contrario, debemos contribuir a la erradicación de cualquier tipo de discriminación hacia las personas con discapacidad y a los perros de asistencia, para que los hechos como los que se denuncian no vuelvan a repetirse.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México para que, a través del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, se atiendan de inmediato las denuncias expresadas por parte de entrenadores de perros de asistencia, a quienes se les violó a ellos y a los perros de servicio sus derechos y sufrieron discriminación el 13 de octubre de 2022 por parte de miembros de la Policía Bancaria e Industrial en la línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo (STC-Metro).

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México a realizar una campaña de promoción de los derechos humanos de las personas usuarias de perros de asistencia, a implementar capacitación y protocolos de actuación, en la materia, para el personal de las dependencias de la administración pública de la Ciudad de México, así mismo, para que se brinden las facilidades en el proceso de entrenamiento de los perros de servicio en las instalaciones de las mismas.

Notas

1 Infobae. Entrenadores de perros guía fueron desalojados “como criminales” del Metro CDMX y las redes no perdonaron. Disponible en:

https://cutt.ly/TBU2Rk3 Consultado el 14 de octubre de 2022.

2 SSC CDMX. Tarjeta Informativa. Disponible en:

https://cutt.ly/NBU72jA. Consultado el 14 de octubre de 2022.

3 Dis-capacidad. Aeroméxico le debe una disculpa a Erika Bernal y su perro guía. Disponible en:

https://cutt.ly/gBUtHg0 Consultado el 14 de octubre de 2022.

4 Sumédico. A mujer le niegan la entrada a churrería con su perro guía. Disponible en:

https://cutt.ly/RSYVrUz. Consultado el 14 de octubre de 2022.

5 Instituto Mexicano de Oftalmología, IAP. Limitación visual: la discapacidad más frecuente y menos atendida en México en la última década. Disponible en:

https://cutt.ly/QSYN6fI. Consultado el 14 de octubre de 2022

6 “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad” ONU, disponible en:

<https://cutt.ly/wSYyiEN>, Consultado el 14 de octubre de 2022

7 Lara Espinosa, Diana, “La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, en:

https://cutt.ly/KSYyzn4, Consultado el 14 de octubre de 2022

8 https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ConventionRightsPersonsWith Disabilities.aspx Consultado el 14 de octubre de 2022

9 Ibíd.

10 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en:

https://cutt.ly/8SYulba. Consultado el 14 de octubre de 2022.

11 Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Disponible en:

https://cutt.ly/lSYu1EW. Consultado el 14 de octubre de 2022.

12 Consejería Jurídica y de Servicios Legales CDMX. Constitución Política de la Ciudad de México. Disponible en:

https://cutt.ly/MBUJR0m Consultado el 14 de octubre de 2022

13 Consejería Jurídica y de Servicios Legales CDMX. Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México. Disponible en: https://cutt.ly/gBUZT2C Consultado el 14 de octubre de 2022.

14 Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México. Disponible en:

https://cutt.ly/dBUCDZo Consultado el 14 de octubre de 2022.

15 Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México. Disponible en:

https://cutt.ly/mBUBxv6 Consultado el 14 de octubre de 2022.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 18 de octubre de 2022.– Diputada Dionicia Vázquez García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE CULTURA, A INSTALAR EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO PARA EL LIBRO Y LA LECTURA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Cultura a instalar el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Cultura, Alejandra Frausto Guerrero, a que proceda a instalar el Consejo Nacional de Fomento a la Cultura, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Toda vez que el presente punto de acuerdo fue presentado el pasado 26 de abril de 2022 con turno a la Comisión de Cultura y Cinematografía y desechado con base en el artículo 184, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, hacen pertinente que este asunto sea puesto de nueva cuenta, en la mesa del análisis y el diálogo.

Si bien el legislador cuenta con las facultades para legislar en materia de bibliotecas conforme a lo dispuesto en el Artículo 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es una realidad que el -fomento a la lectura- no es una tarea sino un compromiso permanente, que convoca a todos los sectores de la sociedad.

Por otra parte, referirnos al hábito de la lectura, es referirnos a un concepto de mayor alcance que la práctica repetida de una acción con la que se forja una buena costumbre, se trata de un proceso integral a favor del desarrollo humano, con mejores condiciones y aptitudes para la realización de los individuos, lo que por supuesto podemos constatar en el México del siglo XXI.

Hubo días en este país, en los que constituía una prioridad la alfabetización de la población, se requirió altura de miras y un decidido compromiso político y social en la primera mitad del siglo XX, para encarar los enormes desafíos que imponía la imperante necesidad de alfabetización y al mismo tiempo la construcción del sistema educativo nacional, desde la instrucción básica hasta la enseñanza a nivel superior.

Así que se impulsó la creación de instituciones fundamentales como la Secretaría de Educación Pública en 1921, junto con otras instituciones educativas como la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional, que se constituyen como pilares de la educación profesional, por otra parte, se implementaron intensas campañas de alfabetización y en otro eje de acción, de no menor importancia fue la creación de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, brillando por su tradición e importancia la Biblioteca México, que abrió sus puertas con un acervo inicial de 40 mil volúmenes y dicho sea de paso, fue dirigida por el maestro José Vasconcelos.

Al mismo tiempo, en esa primera mitad del siglo XX, cabe reconocer que el Congreso Mexicano no fue ajeno a las urgentes necesidades de dotar a la población de las herramientas que contribuyeran a su educación y formación, sumándose a este esfuerzo la Biblioteca del Congreso de la Unión en la calle de Tacuba, que abrió sus puertas en 1936, pensada como una biblioteca parlamentaria al servicio del pueblo de México, es decir fue concebida para brindar atención al personal parlamentario y a la comunidad estudiantil universitaria y público en general, asentada en el corazón de la Ciudad de México, consolidando un punto de convergencia en el que convivían las Cámaras del Congreso y las diferentes escuelas de la Universidad Nacional Autónoma de México, a unas calles de la Hemeroteca Nacional y la propia Biblioteca Nacional del México.

El resultado, un país que ha logrado revertir los rezagos en materia de alfabetización, lo que significa que actualmente, el porcentaje de analfabetización en México es del 4.7 por ciento, lo que equivale a 4 millones 456 mil 431 personas que no saben leer ni escribir, según el censo de población 2020, llevado a cabo por el Inegi.

Por otra parte, es de señalar que el legislador, ha buscado dotar de certeza jurídica a la figura de la Biblioteca como institución, garantizando al pueblo de México su derecho al acceso a la información y el conocimiento, formalizando la Red de Bibliotecas Públicas y reconociendo la existencia de un Sistema Nacional de Bibliotecas a través de la Ley General de Bibliotecas, recientemente abrogada y publicada en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Bibliotecas de 2021, asimismo se contaba con el Decreto de Depósito Legal de 1991, también abrogado recientemente, incluyéndose esta disposición en la nueva Ley General de Bibliotecas.

Finalmente, uno de los últimos esfuerzos en materia legislativa a favor de fomento de la lectura, lo constituye la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, en el espíritu de garantizar que la labor a favor de la lectura en nuestro país, no quedara determinada en planes o programas sexenales, sino por disposición de ley se velara por el esfuerzo de las autoridades de los diferentes órganos de gobierno y la participación de la sociedad, en un instrumento normativo en el cual se garantizara su concurrencia, así como los objetivos mínimos para el fomento de la lectura y el libro.

De tal manera que, la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro vigente, en su artículo 4 dispone que tiene por objeto:

I. Propiciar la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura;

II. Fomentar y estimular la edición, distribución y comercialización del libro y las publicaciones periódicas;

III. Fomentar y apoyar el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas y otros espacios públicos y privados para la lectura y difusión del libro;

IV. Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional con los distintos órdenes de gobierno y la vinculación con los sectores social y privado, para impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y cultural del fomento a la lectura y el libro;

V. Hacer accesible el libro en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional para aumentar su disponibilidad y acercarlo al lector;

VI. Fortalecer la cadena del libro con el fin de promover la producción editorial mexicana para cumplir los requerimientos culturales y educativos del país;

VII. Estimular la competitividad del libro mexicano y de las publicaciones periódicas en el terreno internacional, y

VIII. Estimular la capacitación y formación profesional de los diferentes actores de la cadena del libro y promotores de la lectura.

Por otra parte, en su artículo 5 establece que son autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley en el ámbito de sus respectivas competencias:

A. La Secretaría de Cultura;

B. La Secretaría de Educación Pública;

C. El Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, y

D. Los Gobiernos de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Asimismo, en el artículo 6 se establece que corresponderá a la Secretaría de Cultura y a la Secretaría de Educación Pública, la elaboración del Programa de Fomento para el Libro y la Lectura.

El artículo 10, fracción VI) dispone de manera específica, que, corresponde a la Secretaría de Educación Pública, promover la realización periódica de estudios sobre las prácticas lectoras en el Sistema Educativo Nacional y sobre el impacto de la inversión pública en programas de fomento a la lectura en este sistema, así como la difusión de sus resultados en los medios de comunicación, entre otras disposiciones.

Y para alcanzar los objetivos y las acciones dispuestas por la Ley, en el artículo 12 se dispone la creación del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, como un órgano consultivo de la Secretaría de Cultura, constituyéndose como un espacio de concertación y asesoría entre las diferentes instancias públicas, sociales y privadas, que participan en los procesos del libro y la lectura, dicho consejo quedará integrado por:

I. Un presidente, que será el titular de la Secretaría de Cultura. En su ausencia será suplido por quien éste designe;

II. Un secretario ejecutivo que designe el presidente del Consejo. En ausencia del secretario ejecutivo será suplido por quien éste designe;

II Bis. Un represente de la Secretaría de Educación Pública que designe su titular;

III. El titular del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas;

IV. El presidente de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana;

V. El presidente de la Asociación de Libreros de México;

VI. El presidente de la Asociación Nacional de Bibliotecarios;

VII. El presidente de la Sociedad General de Escritores de México;

VIII. El Director General de Materiales Educativos de la Secretaría de Educación Pública;

IX. El Director General de Publicaciones de la Secretaría de Cultura;

X. El Director General de Bibliotecas de la Secretaría de Cultura;

XI. El Director General del Fondo de Cultura Económica;

XII. El Director General del Instituto Nacional del Derecho de Autor;

XIII. El Director General de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos;

XIV. El Presidente de la Comisión de Biblioteca y Asuntos Editoriales de la Cámara de Senadores, y

XV. El Presidente de la Comisión Bicamaral del Sistemas de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

Por acuerdo del Consejo se podrá convocar para participar con carácter de invitado no permanente a los titulares de las Secretarías, Consejos e Institutos de Cultura de las entidades federativas o a cualquier persona o institución pública o privada que se considere necesario para el cumplimiento pleno de sus funciones.

La pertenencia y participación en este Consejo, es a título honorario.

Lo que ilustra la intención del legislador, no sólo de garantizar la continuidad de los esfuerzos a favor del fomento de la lectura y el libro, sino el sentido de participación e inclusión de todos los actores vinculados a la materia, para diseñar y sobre todo ejecutar acciones concretas, con fines y metas claramente establecidos.

Habiendo hecho esta breve reflexión sobre los esfuerzos y las acciones que se han llevado a cabo, a lo largo de décadas por los diferentes actores sociales o de gobierno, para integrar todos los aspectos que conlleva la conformación del sistema educativo y en nuestro país, nos conduce inequívocamente a la conclusión, de que toda iniciativa o voluntad a favor del fomento a la lectura, no puede recaer en la mente de una sola persona, sino que requiere ser conformada en una acción integral y colegiada, como lo dispone la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

Por lo que refrendamos la visión del legislador que previó la necesidad de una estrategia común, conformada con las aportaciones de cada una de las instancias involucradas en el quehacer educativo, cultural, de la lectura y el libro, así como del poder legislativo a través de las Comisiones involucradas en la materia, para alcanzar los objetivos para la formación de lectores, favorecer el acceso de la población a los libros, revisar el estatus de la infraestructura bibliotecaria, lo que incluye los criterios para facilitar y promover el acceso a la información a las poblaciones con discapacidad visual y otras discapacidades, la atención a las necesidades de información y difusión con base en los criterios de inclusión y respeto a la diversidad, para gestionar una cultura de convivencia y la cultura de paz.

Por supuesto, bajo esta misma óptica, deberá velarse por las acciones que puedan encaminarse para la atención de las comunidades indígenas y afromexicanas, con base a su derecho a la lectura y la escritura para favorecer el desarrollo de sus lenguas, por otra parte, sigue siendo urgente, impulsar el desarrollo de la industria editorial mexicana, así como la revisión de la oferta digital en medios, lo que todo en su conjunto, deberá contribuir al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

El desafío no es menor, ni puede quedar sujeto a la propuesta de una sola persona o de grupos, instituciones o ideologías, en todo caso así lo dispone la ley.

Las leyes son preceptos o conjunto de preceptos dictados por la autoridad, mediante el cual se manda o prohíbe algo acordado por los órganos legislativos competentes, Eduardo Antinori, se refiere a esto con sencillez, las leyes son generales, abstractas y obligatorias, que a la luz de la doctrina jurídica, son preceptos que se dictan para el hombre en cuanto a su pertenencia a la sociedad, regulando las relaciones “interindividuales”, su obligatoriedad responde al mandato de una voluntad superior que se conjuga con su carácter público, es decir, emana de la autoridad pública y su arbitrio no queda sujeto a la voluntad de las personas, por ello en caso del supuesto de un incumplimiento, deviene una sanción.

Por lo que es el caso que, a la fecha, no se ha convocado a la instalación del Consejo Nacional de Fomento a la Lectura, siendo el gobierno federal el que ha impulsado una “campaña” para la “Estrategia Nacional de lectura” planteando como objetivos el que México sea un país de lectores; y el Fondo de Cultura Económica en su Programa Institucional 2021-2024 establece como objetivo prioritario —el contribuir— a la Estrategia Nacional de Fomento a la Lectura.

Podemos o no estar de acuerdo con los esfuerzos, lo cierto, es que tenemos un marco jurídico que establece el mecanismo bajo el que se deben generar las estrategias a favor del fomento a la lectura, instancias públicas, sociales y privadas, que participan en los procesos del libro y la lectura y que por disposición de ley deben concurrir en el Consejo Nacional de Fomento a la Lectura.

Por lo que, respetuosamente se conmina a la titular de la Secretaría de Cultura, proceda a la Instalación del Consejo Nacional de Fomento a la Lectura —conforme a lo dispuesto por la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Cultura, Alejandra Frausto Guerrero, a que proceda a instalar el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

Notas

1 Inciso reformado DOF 17-12-2015

2 Inciso reformado DOF 17-12-2015

3 Fracción reformada DOF 17-12-2015

4 Fracción reformada DOF 17-12-2015

5 Fracción adicionada DOF 17-12-2015

6 Fracción reformada DOF 02-04-2015, 17-12-2015

7 Fracción reformada DOF 02-04-2015, 17-12-2015

8 Fracción adicionada DOF 02-04-2015

9 Fracción adicionada DOF 02-04-2015

10 Fracción adicionada DOF 02-04-2015

11 Fracción adicionada DOF 02-04-2015

12 Fracción adicionada DOF 02-04-2015

13 Párrafo reformado DOF 19-01-2018

14 Sistema de Información Legislativa. (2022). Ley. 19/04/2022, de SIL Sitio web:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=145

15 Antinori, E. (2006). Conceptos Básicos del Derecho. Argentina: Editorial de la Universidad de Aconcagua

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



SE INCLUYA EL PUENTE VEHICULAR DE TLATEPUSCO, SAN FELIPE USILA, TUXTEPEC,OAXACA, EN LA CARTERA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA SICT

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT a incluir el puente vehicular de Tlatepusco, San Felipe Usila, Tuxtepec, Oaxaca, en la cartera de programas y proyectos de inversión, a cargo del diputado Ángel Domínguez Escobar, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Ángel Domínguez Escobar, diputado integrante del grupo parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes del Gobierno federal, para que se incluya en la cartera de programas y proyectos de inversión Oaxaca; el puente vehicular de Tlatepusco, San Felipe Usila, Tuxtepec, Oaxaca.

Consideraciones

El Gobierno de México ha establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND), que su propósito es el mejoramiento de las condiciones de vida del pueblo de México, a través de un estado de bienestar general, sin dejar a nadie atrás, ni dejar a nadie fuera. La Cuarta Transformación (4T) de la vida pública de la Nación al inicio de la presente administración, se dispuso a reordenar las labores de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), para que los beneficios que conllevan las vías de comunicación terrestres, aéreas y férreas, así como las telecomunicaciones y el Internet puedan llegar a todas y todos los mexicanos, en especial a los menos favorecidos.

Como lo señalan en el informe de labores de esta secretaria, uno de los objetivos actuales del sector carretero es apoyar a reducir las brechas sociales y la marginación por medio de la ampliación, conservación y construcción de vías de conectividad terrestre que den acceso a bienes y servicios a la población, sin dejar a nadie atrás. Las acciones del sector se enfocaron en apoyar a los municipios y localidades con mayor rezago y marginación por medio de intervenciones como el Programa de Construcción y Modernización de Carreteras. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/755965/4to_Informe_de_Labores_SI CT.pdf

Es en este sentido expongo la importancia que representa la construcción del puente vehicular de Tlatepusco, San Felipe Usila, Tuxtepec, Oaxaca; donde en su mayoría se verían beneficiados nuestros pueblos y comunidades indígenas. La principal problemática que presentan las 3 localidades del municipio de San Felipe Usila, Oaxaca, es la irregularidad y fallas en el servicio del transporte, lo que limita el acceso a bienes y servicios básicos, esto debido a la carencia de un puente vehicular, donde en periodo de lluvias se pone en peligro la vida de las y los habitantes, debido al riego que representa cruzar, por lo niveles tan altos que alcanza.

Lo cual también representa un alto costo en los productos de la canasta básica, ya que llegan a escasearse al no haber la forma para trasladarlos.

En términos generales el puente “Tlatepusco” se ubicaría sobre el río Usila, en el camino San Felipe Usila -Santiago Tlatepusco- San Pedro Tlatepusco, en el municipio de San Felipe Usila perteneciente al distrito de Tuxtepec, región del Papaloapan, en el estado de Oaxaca.

Con esta obra no solo se reduce la gran brecha de desigualdad que viven nuestras comunidades indígenas, lograremos impulsar la economía de nuestra generando mejores condiciones de vida, y el acercamiento con otros municipios.

Es importante hacer mención que este proyecto fue considerado en el presupuesto de egresos de la federación 2022- cartera de programas y proyectos de inversión Oaxaca, contando con todos los permisos y autorizaciones de las dependencias federales, como lo son SICT, Semarnat y Conagua.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal para que se incluya en la cartera de programas y proyectos de inversión Oaxaca; el puente vehicular de Tlatepusco, San Felipe Usila, Tuxtepec, Oaxaca.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Ángel Domínguez Escobar (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.



CAMPAÑA NACIONAL DE SALUD EN FAVOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a instaurar una campaña nacional de salud en favor de niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de está soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Salud Pública del Gobierno federal, a efecto de instaurar una Campaña Nacional de Salud en favor de niñas, niños y adolescentes, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El Censo de Población y Vivienda del 2020 indica que en México residen 31.8 millones de niñas y niños de 0 a 14 años, que en términos relativos representan 25.3 por ciento de la población total (Inegi, 2021).

En el 2021, el gobierno federal informó que la Encuesta Nacional de Salud (Ensanut) reveló que, durante 2020, mil 150 niñas, niños o adolescentes en México decidieron suicidarse, es decir, un promedio de tres casos por día, casi el triple que los registrados por covid-19, que ascendieron a 392 casos durante el mismo periodo (Gobierno federal, 2021).

La UNICEF destaca que la inversión en salud mental es clave. Cada año casi 46.000 adolescentes se suicidan, una de las cinco principales causas de muerte para este grupo de edad.

Pese a ello, los gobiernos están invirtiendo muy poco para atender estas necesidades esenciales de los niños y adolescentes. No se está dando suficiente importancia a la relación entre la salud mental y las consecuencias que se producen más adelante en la vida.

En su informe Estado Mundial de la Infancia concluye que tan solo alrededor del 2 por ciento de los presupuestos de salud de los gobiernos se destinan a la salud mental en todo el mundo.

Asimismo, menciona que, a largo plazo, esto tiene un coste para la sociedad. Los problemas mentales diagnosticados, como el trastorno por déficit de atención e hiperactividad, ansiedad, autismo, trastorno bipolar, trastorno de la conducta, depresión, trastornos alimentarios, discapacidad intelectual y esquizofrenia, pueden perjudicar considerablemente la salud, la educación, las condiciones de vida y la capacidad para obtener ingresos de los niños y los jóvenes.

Uno de cada siete adolescentes tiene un problema de salud mental diagnosticado. (UNICEF, 2021).

Sin embargo, la existencia de legislación de salud mental no garantiza por sí misma el respeto y la protección de los derechos humanos. Irónicamente, en algunos países, en particular cuando la legislación no ha sido actualizada por muchos años, la legislación de salud mental ha resultado en la violación —en lugar de en la promoción— de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales. Esto se debe a que mucha de la legislación de salud mental adoptada originalmente tenía el propósito de proteger a la sociedad en general de pacientes considerados “peligrosos”, y de aislarlos, más que el de promover los derechos de las personas con trastornos mentales como personas y como ciudadanos.

La legislación que protege los derechos humanos de niños y adolescentes debe tomar en consideración las particularidades de su vulnerabilidad. Específicamente, debería estar orientada a respetar, proteger y satisfacer sus derechos, en línea con la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1990) y otros instrumentos relevantes.

En muchos países no existen servicios de salud mental especializados para niños y niñas, y por ello la legislación puede jugar un papel importante en la promoción del establecimiento de estos servicios y el acceso a ellos (OMS, 2006).

Hace casi 10 años; en el 2013, la Dra. Margaret Chan, directora general de la Organización Mundial de la Salud, en el Plan de Acción sobre Salud Mental 2013-2020, hablaba sobre la problemática de la salud mental: “El bienestar mental es un componente fundamental de la definición de salud según la OMS. La buena salud mental hace posible que las personas materialicen su potencial, superen el estrés normal de vida, trabajen de forma productiva y hagan aportaciones a su comunidad. La salud mental es importante, pero queda un largo camino por recorrer hasta que se consiga. Quedan muchos aspectos por resolver, como el descuido de los servicios y la atención a la salud mental o las violaciones de los derechos humanos y la discriminación de las personas con trastornos mentales y discapacidades psicosociales”.

Y qué razón tenía: ¡Aún nos queda mucho camino por recorrer! En México, no hay avances significativos.

En nuestro país, la ley se está incumpliendo. El artículo 73, fracción VIII de la Ley General de Salud mandata que “Para la promoción de la salud mental y la atención de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán: VIII. La detección de los grupos poblacionales en riesgo de sufrir trastornos mentales y del comportamiento, preferentemente niñas, niños y adolescentes...”, conforme a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de noviembre de 2015.

Claramente podemos constatar que no se está cumpliendo. Sin embargo, tenemos aliados para proteger a nuestra niñez. En el país, 307 mil 592 psicólogas y psicólogos ejercen su profesión, de los cuales 69.7 por ciento son mujeres y 30.3 por ciento hombres, según información del Observatorio Laboral de la STPS (Azteca Noticias, 2021).

Pero... Para el Presidente de México, la atención psicológica y psiquiátrica de los niños, niñas y adolescentes que así lo requieren, previa autorización de sus papás, mamás y tutores, no es una prioridad.

El pasado 5 de febrero de 2020, en conferencia matutina el mandatario federal detalló que “la contratación de psicólogos no sería posible porque “presupuestalmente no es viable”, ya que en educación básica hay cerca de 200 mil escuelas y eso significaría el mismo número de especialistas (Milenio, 2020).

Es una burla. Han pasado casi 20 años de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) abordó el tema de la Ley de Salud Mental en Niños y Adolescentes, y en México, aún no hemos hecho nada.

“Según el informe de Legislación sobre Salud Mental y Derechos Humanos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicado el 2003, el 25 por ciento de los países no presenta una legislación sobre Salud Mental (SM); y en los países en los que podría existir una, no son lo suficientemente claras e inclusivas.

Una Ley de Salud Mental es altamente necesaria debido a que, principalmente, la persona afectada se encuentra vulnerable y enormemente expuesta a los estigmas sociales, discriminación y marginación de la sociedad; en consecuencia, de la escaza educación que existe acerca del tema de salud mental.

En distintos países existen Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que se dedican a ayudar y tratar a personas que puedan o efectivamente presenten trastornos mentales, además de también brindar ayuda a amigos y familia y a educar acerca de la salud mental. Ejemplos son la Suicide Action Montreal en Canadá, la Depression and Bipolar Support Alliance en Estados Unidos, y la Mental Health Foundation en el Reino Unido, todas con resultados efectivos” (OMS, 2006).

En México existen algunos avances en el orden legislativo que, pese a sus buenas intenciones, no han logrado llegar a buen puerto. Tal es el caso del proyecto de Ley General de Salud Mental, cuyo dictamen fue aprobado por la comisión de Salud, del Senado de la República, en marzo del 2020, cuyo objetivo plantea “garantizar el derecho a la población a recibir servicios de calidad en esta rama de la medicina y establecer mecanismos para promoción, prevención, evaluación, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y fomento de la salud mental.

La legislación faculta al Ejecutivo federal para que, por conducto de la Secretaría de Salud, organice y opere las atenciones en esta materia, así como vigilar su funcionamiento en coordinación con dependencias y entidades del sector.

Además, señala que el Consejo Nacional de Salud Mental tendrá como objetivo planear, programar y evaluar los servicios de salud mental que brinda el Gobierno Federal, dentro de los cuales se encuentra el Plan Nacional de Salud Mental.”

Del mismo modo, la iniciativa por la que se expide la Ley Nacional de Salud Mental, presentada en la LXIII Legislatura por nuestra compañera panista, la diputada Leticia Amparo Gámez, de abril de 2017; o la iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley General de Salud Mental, suscrita por la propia diputada Leticia Amparo Gámez y el diputado del PVEM, José Antonio Arévalo Gonzáles, mismas que descansan en la congeladora legislativa.

Si ya en el transcurso de las anteriores legislaturas el tema era apremiante, ahora lo es aún más. El acaecimiento de la Pandemia por covid-19 ha venido a revelar la imperiosa necesidad que nuestro Estado se haga cargo, de forma inmediata, de los problemas de salud mental, particularmente respecto de nuestras niñas, niños y adolescentes quiénes, con el cierre sostenido y prolongado de los centros educativos a los largo y ancho de nuestro país, y de la modalidad online, se han visto especialmente afectados en su salud mental.

Todas y todos tenemos la obligación de trabajar para que nuestras niñas, niños y adolescentes tengan una mejor salud mental y, consecuentemente, una mejor calidad de vida.

Diputados y diputadas, en atención a las consideraciones manifestadas precedentemente, es que hoy vengo a presentar a esta honorable Cámara de Diputados, esta proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Salud del gobierno federal, con el fin que instaure una Campaña Nacional en materia de Salud Mental a favor de niñas, niños y adolescentes, que se realice año con año, sin importar quién ocupe la Presidencia de la República, sin importar colores partidistas, porque nuestros niños, niñas y adolescentes no saben de partidos. El dolor no tiene color partidista. Es nuestro trabajo legislar a favor de la niñez.

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud, a las instituciones de salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, a efecto de diseñar y promover con especialistas en salud mental, tales como psicólogos y psiquiatras, anualmente una Campaña Nacional de Salud Mental a favor de la niñez y adolescencia, a fin de que existan acciones de prevención, detección y atención oportuna, psicológica y psiquiátrica necesarias, con el acompañamiento de los padres de familia o tutores de los niños, niñas y adolescentes.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Salud que, por orden práctico, se promueva la Campaña Nacional de Atención a la Salud Mental para niñas, niños y adolescentes los días 20 de mayo, en el Día del Psicólogo, y el día 10 de octubre, en el Día Mundial de la Salud Mental.

Nota

1 http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/47939-ley-gen eral-de-salud-mental-garantizara-servicios-de-calidad-y-protegera-derechos-huma nos.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTA A LA JUCOPO A IMPLEMENTAR MECANISMOS DE DEMOCRACIA DELIBERATIVA PARA FORTALECER LAS REFORMAS DE SEGURIDAD NACIONAL 2022

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo a implementar mecanismos de democracia deliberativa que generen estudios, opiniones y propuestas, para fortalecer la aplicación eficiente y eficaz de las reformas de seguridad nacional 2022, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Susana Cano González del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1 fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, a implementar mecanismos de Democracia Deliberativa, que generen estudios, opiniones y propuestas, para fortalecer la aplicación eficiente y eficaz de las Reformas de Seguridad Nacional 2022, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera.- Durante la LXIV Legislatura de la H. Cámara de Diputados, se han aprobado más de treinta nuevas Leyes de nivel federal, modificando con amplia exactitud la Carta Magna hasta la LXV Legislatura en materia de bienestar social para generar un Estado de Derecho Mexicano, dónde la vertiente de la Seguridad Nacional es de gran importancia para garantizar el devenir cotidiano de las y los ciudadanos.

Segunda.- Conforme a los registros de los años 2021-2022 en las actividades parlamentarias de la Cámara de Diputados, se han llevado a cabo parlamentos abiertos, en materia de análisis del paquete económico, sistema de bienestar (seguridad social), reformas que inciden a la Comisión Federal de Electricidad y contemporáneamente en relación a la Reforma Electoral, dichos antecedentes han dado muestra e indicadores de la eficiencia de utilizar dichos mecanismos dando evidencia de la construcción de “herramientas pragmáticas y democráticos”, que suman y forman opiniones constructivas para el mejor desempeño de la proyección, creación y aplicación de reformas.

Es por ello que hago un llamado a la Junta de Coordinación Política de la H. Cámara de Diputados, para que autorice los conducentes procesos para celebrar los mecanismos de democracia deliberativa, que servirán para generar estudios, opiniones y propuestas, para fortalecer la aplicación eficiente y eficaz de las reformas de Seguridad Nacional 2022.

Tercera.- Conforme a las recientes reformas aprobadas en materia de Seguridad Nacional, es necesario dar un puntual estudio y análisis en base a la generación de espacios para la ciudadanía, dónde con ayuda de las y los legisladores podrán lograr un acercamiento material al sistema del órgano revisor constitucional de México.

Cómo lo ha expresado el tratadista Jon Elster, la democracia deliberativa no puede tener una acepción objetiva, pero si descriptiva y analítica, la cual expresa de la siguiente forma; una “Toma de decisiones colectiva con la participación de todos aquellos que serán afectados por la decisión, o de sus representantes: éste es el aspecto democrático. A su vez, todos coinciden en que esta decisión debe ser tomada mediante argumentos ofrecidos a y por los participantes, que están comprometidos con los valores de racionalidad e imparcialidad: y éste es el aspecto deliberativo.”

Bajo este conjunto de ideas, el paradigma de la construcción de una democracia participativa es uno de los grandes retos para las instituciones mexicanas. Históricamente, el inicio de la democracia en México parece enfrentarse a dificultades conceptuales y de temporalidad. Aunque debatible, la consolidación de la democracia aún es una tarea que está en proceso, sin embargo, es en este mismo tenor bajo el que podemos visualizar nuevas políticas y acciones que están encaminadas a dicho fortalecimiento. Una de ellas, es el modelo de Parlamento Abierto de reciente concepción. Este concepto hace referencia a una nueva forma de participación de la ciudadanía en las labores parlamentarias.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, a implementar mecanismos de Democracia Deliberativa, que generen estudios, opiniones y propuestas, para fortalecer la aplicación eficiente y eficaz de las Reformas de Seguridad Nacional 2022.

Notas

1. Información Obtenida en;

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/legis.htm

2. Información Obtenida en;

https://www.senado.gob.mx/64/seguimiento_a_reformas_constitucion ales

3. Introduction, en ELSTER (1998a), pág. 8.

4. Parlamento Abierto en México, ¿Cómo vamos?, Bertha Alicia Caraveo Camarena, Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República, México, 2022.

Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Susana Cano González (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



EXHORTO A LA SEP Y A SUS HOMÓLOGAS ESTATALES, A REFORZAR LAS ACCIONES PARA QUE SE EVITE EL USO DE MATERIALES NO BIODEGRADABLES PARA FORRAR ÚTILES ESCOLARES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a sus homólogas en las entidades federativas a reforzar las acciones al cuidado del medio ambiente, para que la comunidad escolar evite el uso de materiales no biodegradables para forrar útiles escolares, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de está soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública del gobierno federal y a sus homólogas en las entidades federativas, a efecto de que, en uso de sus atribuciones, refuercen las acciones tendientes al cuidado del medio ambiente, haciendo un llamado a la comunidad escolar para evitar el uso de materiales no biodegradables para forrar libretas, libros y cuadernos y cualquier útil escolar, en instituciones educativas, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Para el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el principio de doctrina referente al medio ambiente menciona que un medio ambiente sano es una aspiración de la humanidad, ya que es fundamental en el desarrollo integral y en calidad de vida de las personas.

En este orden de ideas el medio ambiente es un derecho universal que incluso es protegido por tratados tal es el caso en la actualidad por la agenda 20230 tal y como lo propone el objetivo 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, es decir consisten en hacer más y mejor con menos. También se trata de desvincular el crecimiento económico de la degradación medioambiental, aumentar la eficiencia de recursos y promover estilos de vida sostenibles. El consumo y la producción sostenibles también pueden contribuir de manera sustancial a la mitigación de la pobreza y a la transición hacia economías verdes y con bajas emisiones de carbono.

En esta tesitura, es fundamental que México como estado miembro y participante activo en la elaboración de esta agenda 2030, es imperante que exista congruencia y que las políticas públicas, así como usos y costumbres que aplican las secretarías del Estado mexicano se homologuen al paralelo de la agenda 2030.

Es por lo anterior y me quiero referir en este punto de acuerdo a la problemática que ha existido, existe y existirá si no se pone especial atención en este problema en medio ambiente y por supuesto económico, es referente a los lineamientos internos de las escuelas públicas y privadas donde solicitan a los padres de familia que forren todos y cada uno de los libros y cuadernos que utilizaran en el periodo escolar en turno, el cual si estos no son forrados son causa se le llama la atención a los padres de familia o incluso a los menores de edad que son los alumnos por no llevar forrados los útiles escolares tal y como lo solicita la institución educativa.

Violando varios principios rectores en materia de derechos humanos que son los siguientes:

Tal y como lo menciona el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado-federación, estados, Ciudad de México y municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.

Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.

De acuerdo al artículo tres los principios que se vulneran son:

- Toda persona tiene derecho a la educación.

- Será inclusiva.

- Se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.

Es decir, cuando las instituciones educativas exigen que los útiles sean forrados esto va en contra del espíritu del artículo 3o del CPEUM.

Ahora bien, en materia de medio ambiente el artículo 4º de la constitución en su quinto párrafo menciona: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Asimismo, el forrado de libros y el uso excesivo de plásticos causan daños a la salud en este caso a los pequeños que están en constante manipulación de sus útiles escolares, de acuerdo a datos una revista ecología menciona que: La consecuencia es material escolar (y de oficina) tóxico que expone a disruptores endocrinos, sustancias sintéticas a las que los estudios relacionan con tumores en órganos relacionados con las hormonas como tiroides, cáncer de mama o de próstata, daños al desarrollo neurológico y problemas de embarazo, entre otros muchos.

Y por lo anterior también esta acción de forrar libros con materiales como forros no biodegradables, plásticos, papel contact, obligando la autoridad educativa a esta práctica vulnera la agenda 2030, esta acción debe de ser eliminada ya que estamos enseñanando a nuestra juventud a que esto es normal y fomentamos en las generaciones futuras estas malas prácticas.

Un claro ejemplo que si se puede eliminar esta práctica es Ecuador. Ecuador ha sido reconocido por las acciones emprendidas para regular el uso de plástico en la lista de útiles y en las actividades escolares. El pasado 19 de octubre del 2018, la Presidencia de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) resaltó y difundió al mundo, como un ejemplo, la iniciativa emprendida por el Ministerio de Educación ecuatoriano.

El Ministerio de Educación informó que el acuerdo ministerial N° 97, al que ha hecho referencia la Presidenta de la ONU, señala que los establecimientos educativos fiscales, particulares, municipales y distintas ofertas de educación del Sistema Educativo ecuatoriano no podrán solicitar materiales plásticos de un solo uso, desechables no reciclables en la lista de útiles, y para cualquier actividad escolar, por ser considerados altamente contaminantes.

Es por lo anterior que la cooperación de autoridades y sociedad civil se pueden realizar grandes acciones en beneficio de nuestra salud, economía y medio ambiente.

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados, con pleno respeto a la división de poderes y a la soberanía de las entidades federativas, exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a sus homólogas en las 32 entidades federativas para que, en uso de sus atribuciones, refuercen las acciones tendientes al cuidado del medio ambiente, haciendo un llamado a la comunidad escolar para evitar el uso de materiales no biodegradables para forrar libretas, libros y cuadernos y cualquier útil escolar, en instituciones educativas.

Notas

1 Doctrina 2002 del Partido acción nacional, 9 medio ambiente, pág. 11, recuperado el 9 de noviembre de 2021, de la página web:

https://almacenamientopan.blob.core.windows.net/pdfs/documentos/ toqfeHtQI8xfmvAAiJNc5U6xqTHiSO.pdf.

2 Objetivos de desarrollo sostenible, agenda 2030 objetivo 12: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles, recuperado el 9 de diciembre de 2021, de la página web:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/sustainable-consump tion-production/

3 Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, Última Reforma DOF 28-05-2021, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

4 Ídem.

5 Ecologistas Palencia Palencia, medio ambiente, ecología, noticias 2017, Tóxicos a evitar en el material escolar: el PVC, recuperado el 9 de noviembre de 2021, de la página Web:

https://ecologistaspalencia.wordpress.com/2017/09/05/toxicos-a-e vitar-en-el-material-escolar-el-pvc/

6 Periódico el Comercio 2018, ONU resalta la regulación del uso de plásticos en escuelas de Ecuador, Redacción Elcomercio.com, recuperado el 9 de diciembre de 2021 de la página Web:

https://www.elcomercio.com/tendencias/sociedad/onu-regulacion-pl asticos-escuelas-ecuador.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS, A QUE EL SEMBRAR UN ÁRBOL SEA UN REQUISITO DE TITULACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las universidades públicas y privadas a que el sembrar un árbol sea un requisito de titulación, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Margarita García García, diputada del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las universidades públicas y privadas para que sembrar un árbol sea un requisito de titulación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

México como parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), aprobó en septiembre de 2015 los 17 Objetivos del Desarrollos Sostenible (ODS) en donde se incluye los siguientes objetivos:

13 Acción por el clima, el cual se refiere a que se deben de tomar medidas urgentes para abordar la emergencia climática, reforzando la capacidad de los países para lidiar con los efectos del cambio climático y enuncia las siguientes metas:

“13.1 Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países.

13.2 Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.

13.3 Mejorar la educación, la sensibilización y la capacidad humana e institucional respecto de la mitigación del cambio climático, la adaptación a él, la reducción de sus efectos y la alerta temprana.

13.a Cumplir el compromiso de los países desarrollados que son partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de lograr para el año 2020 el objetivo de movilizar conjuntamente 100.000 millones de dólares anuales procedentes de todas las fuentes a fin de atender las necesidades de los países en desarrollo respecto de la adopción de medidas concretas de mitigación y la transparencia de su aplicación, y poner en pleno funcionamiento el Fondo Verde para el Clima capitalizándolo lo antes posible.

13.b Promover mecanismos para aumentar la capacidad para la planificación y gestión eficaces en relación con el cambio climático en los países menos adelantados y los pequeños estados insulares en desarrollo, haciendo particular hincapié en las mujeres, los jóvenes y las comunidades locales y marginadas”.

15 vida de ecosistemas terrestres en donde se considera el prevenir, detener y revertir la degradación de los ecosistemas de todo el mundo:

“15.1 Para 2020, velar por la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los servicios que proporcionan, en particular los bosques, los humedales, las montañas y las zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en virtud de acuerdos internacionales.

15.2 Para 2020, promover la gestión sostenible de todos los tipos de bosques, poner fin a la deforestación, recuperar los bosques degradados e incrementar la forestación y la reforestación a nivel mundial.

15.3 Para 2030, luchar contra la desertificación, rehabilitar las tierras y los suelos degradados, incluidas las tierras afectadas por la desertificación, la sequía y las inundaciones, y procurar lograr un mundo con una degradación neutra del suelo.

15.4 Para 2030, velar por la conservación de los ecosistemas montañosos, incluida su diversidad biológica, a fin de mejorar su capacidad de proporcionar beneficios esenciales para el desarrollo sostenible.

15.5 Adoptar medidas urgentes y significativas para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de la diversidad biológica y, para 2020, proteger las especies amenazadas y evitar su extinción.

15.6 Promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos y promover el acceso adecuado a esos recursos, como se ha convenido internacionalmente.

15.7 Adoptar medidas urgentes para poner fin a la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas de flora y fauna y abordar la demanda y la oferta ilegales de productos silvestres.

15.8 Para 2020, adoptar medidas para prevenir la introducción de especies exóticas invasoras y reducir de forma significativa sus efectos en los ecosistemas terrestres y acuáticos y controlar o erradicar las especies prioritarias.

15.9 Para 2020, integrar los valores de los ecosistemas y la diversidad biológica en la planificación nacional y local, los procesos de desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad.

15.a Movilizar y aumentar de manera significativa los recursos financieros procedentes de todas las fuentes para conservar y utilizar de forma sostenible la diversidad biológica y los ecosistemas.

15.b Movilizar un volumen apreciable de recursos procedentes de todas las fuentes y a todos los niveles para financiar la gestión forestal sostenible y proporcionar incentivos adecuados a los países en desarrollo para que promuevan dicha gestión, en particular con miras a la conservación y la reforestación.

15.c Aumentar el apoyo mundial a la lucha contra la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas, en particular aumentando la capacidad de las comunidades locales para promover oportunidades de subsistencia sostenibles”.

México está considerado dentro de los primeros cinco países del mundo por su amplia biodiversidad y riqueza en especies forestales, desgraciadamente en la última década el país enfrenta una creciente deforestación y degradación de ecosistemas, debido a la demanda de terreno para la agricultura, ganadería, desarrollos urbanos y turísticos.

Esto implica una degradación ambiental, modificación del clima local y la pérdida de servicios ambientales, la pérdida de zonas forestales implica la merma de los beneficios directos provistos por la cubierta vegetal que incluyen: sombra, madera, leña y productos alimenticios, debido al aumento de población y la falta de cultura del reciclaje, lo que ha provocado el consumo de cada vez más árboles, acelerando el calentamiento global, debido a que los gases crean el efecto invernadero reteniendo el calor, lo que provoca cambios climáticos extremos.

Como bien se sabe quiénes ayudar a mitigar el efecto invernadero son los árboles, al absorber el dióxido de carbono que producimos por combustibles o simplemente al respirar, y expulsan oxígeno, pero si cada vez hay menos árboles los gases de efecto invernadero van acumulándose.

Por lo anterior es importante reforestar nuestro planeta, ya que se considera como una actividad que se basa en la plantación de árboles, la cual puede ser con fines estéticos, de investigación, experimental o demostrativa, sea para la actividad que sea es importarte reforestar para que nuestro ecosistema no siga degradándose y el país pueda cumplir con los objetivos 13 y 15 de los ODS.

2016-2017: 541 mil egresados/ 394 mil titulados, se gradúan cumpliendo con ciertos requisitos además de cumplir sus créditos, como lo son cursar un idioma, presentar una tesis o tesina, realizar un diplomado, presentar un examen profesional, etcétera, por lo que este exhorto quiere concientizar a los estudiantes y a las universidades para que incluyan dentro de sus requisitos para que se gradúen sus alumnos a sembrar un árbol, ya sea individualmente, por generación o carrera, que sea un legado que dejen para sanar nuestro medio ambiente.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a todas la universidades públicas y privadas a que incluyan dentro de sus requisitos para graduarse que los alumnos siembren un árbol con la finalidad de reforestar y disminuir el cambio climático.

Bibliografía

- Página oficial de la ONU, Objetivos de Desarrollo Sostenible.

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/

- Todo para el alumnado, artículos para estudiantes.

https://unate.org/instituciones-educativas/cuantos-estudiantes-t erminan-la-universidad-en-mexico.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Margarita García García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR PARA INCORPORAR EL PROGRAMA DE SEMBRANDO VIDA EN EL ESTADO DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Bienestar a incorporar el programa de Sembrando Vida en el Estado de México, suscrita por el diputado Javier Huerta Jurado y diputados del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscribimos, diputados federales integrantes de la LXV Legislatura por el Estado de México, pertenecientes al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 6, numeral 1, Fracción I, Artículo 79, numeral 2, Fracción II, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tener de la siguiente

Exposición de Motivos

Toda vez que tenemos conocimiento que el Programa Sembrando Vida busca rescatar al campo, regenerar a las comunidades y reactivar la economía local, mediante cuatro componentes: inclusión productiva, cuidado del medio ambiente, fomento a la cultura del ahorro y la reconstrucción del tejido social, operando hoy día en veinte entidades de la República Mexicana (Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán), mismas que están agrupadas en cinco Regiones: 1) Región Veracruz-Huastecas: Acayucan, Papantla, Córdoba, Tantoyuca, Hidalgo, Tamaulipas y San Luis Potosí; 2) Región Oaxaca-Chiapas: Palenque, Ocosingo, Pichucalco, Tapachula, Oaxaca-Istmo y Mixteca-Sierra Norte; 3) Región Tabasco-Península: Comalcalco, Teapa, Balancán, Xpujil y Othón P. Blanco; 4) Región Altiplano-Pacifico: Sinaloa, Colima, Chihuahua, Nayarit. Guerrero y Durango; y 5) Región Centro: Puebla, Tlaxcala, Morelos y Michoacán, así como en 23,760 localidades, 983 municipios y 8,995 ejidos, resultando beneficiados, en el 2021, a 450 mil 099 sembradores, toda vez que dicho programa tiene como fin erradicar la pobreza rural y la degradación ambiental y, con ello, generar el bienestar con respecto a la naturaleza, convirtiendo los ejidos y comunidades en un sector estratégico para el desarrollo del campo mexicano, incrementando la productividad de zonas rurales, bajo un enfoque de sustentabilidad y desarrollo regional a corto, mediano y largo plazo, contribuyendo a reducir la vulnerabilidad en la que viven los campesinos, a través de la atención de dos problemáticas: la pobreza rural y la degradación ambiental.

Asimismo, considerando que dicho programa esta enlistado como un programa social prioritario del actual gobierno, en materia de política social, ya que se basa en garantizar el bienestar de la población con el acceso efectivo a los derechos sociales; como diputados federales del Estado de México del Grupo Parlamentario de Morena, exhortamos a la Titular de la Secretaría de Bienestar para que se incorpore al Programa Sembrando Vida en el Estado de México ya que, de acuerdo con la metodología aplicada para la determinación de las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) 2022 en donde se utilizaron ciertas consideraciones, en tanto a las zonas rurales, como los más altos índices de marginación, rezago social en el país, y que presentan gran concentración de población indígena, afromexicana o en pobreza extrema, en éste se ubican treinta y dos municipios que cumplen con dichas características como se muestra en la Tabla 1.

Adicionalmente referir que, de acuerdo con el censo 2020 de Población y Vivienda proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), el Estado de México es de las entidades más pobladas con 16,992,418 habitantes y, de acuerdo con los registros de la evolución de pobreza en México que realizó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) 2016-2018-2020, esta entidad se encuentra en los diez primeros lugares de acuerdo con la Tabla 2 y Gráfica 1.

Por ello, considerando el Acuerdo por el que se emitieron las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida, para el ejercicio fiscal 2022, se hace la presente petición con la finalidad de apoyar y contribuir con el bienestar social de la población mediante ingresos suficientes, impulsando la autosuficiencia alimentaria, la reconstrucción del tejido social y generando la inclusión productiva de los campesinos en localidades rurales para hacer productiva la tierra, reflejando el objetivo mismo del programa.

En el presente ejercicio fiscal 2022, el programa tuvo un incremento de 3.4 por ciento, en términos reales, derivado del aumento registrado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para los Ramos Administrativos, entre éstos el Ramo 20 “Bienestar” con un 49.3 por ciento, en términos reales, al aprobado en el 2021, resultado del fortalecimiento de los programas sociales prioritarios para el gobierno actual. (Tabla 3) No obstante, considerando las cifras preliminares del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, para el Ramo de Bienestar, se propone un gasto de 408,290.2 millones de pesos, lo que representa un incremento de 30% real respecto al aprobado para 2022, contemplando que el Programa Sembrando Vida tiene un presupuesto asignado de 37,136.5 millones de pesos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La H. Cámara de Diputados exhorta a la Titular de la Secretaría de Bienestar incorpore el Programa Sembrando Vida en el Estado de México con el fin de impulsar el bienestar social de la población a través del rescate y desarrollo del campo mexicano.

Notas

1. Gaceta Parlamentaria, Número 5864-F, San Lázaro, 8 de septiembre de 2021.

2. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Sembrando Vida, para el ejercicio fiscal 2022, publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de diciembre de 2021, última reforma 17 de junio de 2022.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputados y diputadas: Javier Huerta Jurado, Arturo Hernández Tapia, Noemí Salazar López, Martha Robles Ortíz, Graciela Sánchez Ortiz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Gustavo Contreras Montes, Olimpia Tamara Girón Hernández, María Guadalupe Román Ávila, Martha Azucena Camacho Reynoso, Susana Cano González, Celestina Castillo Secundino, Veronica Collado Crisolia, Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, Carlos López Guadarrama, Alma Delia Navarrete Rivera, (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen.



SE ACTUALICEN LA NORMATIVIDAD Y GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA VIGENTES EN MATERIA DE DIABETES MELLITUS TIPO 2

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a actualizar la normatividad y guías de práctica clínica vigentes en materia de diabetes mellitus tipo 2, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrantes de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

En México, más de 8 millones de personas viven con diabetes. Se estima que es una condición que año con año incrementa las estadísticas y, de continuar con las tendencias actuales, para 2045 más de 21 millones de mexicanos desarrollarán la enfermedad. El reto más grande que tenemos es lograr un abordaje integral de la diabetes en el país, ya que se ha observado una disminución en la detección oportuna, tratamiento y control de la misma y, como consecuencia de la pandemia, el deterioro de la atención primaria.

De acuerdo con datos de la Federación Internacional de Diabetes (IDF, International Diabetes Federation), México ocupa el séptimo lugar en el mundo y el segundo en América Latina con la mayor cantidad de casos de pacientes que viven con diabetes. De igual forma, México es el segundo lugar en el mundo con el mayor aumento de casos de diabetes, sólo por debajo de Estados Unidos. No obstante, la IDF ha indicado que México es uno de los países con mayor sub-diagnóstico, estimando que 6.7 millones de personas en el país pueden estar viviendo con diabetes sin saberlo.

La Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021 sobre covid-19, Ensanut, reveló que en México en 2021, 15.8 por ciento de los adultos tenía diabetes tipo 2, una prevalencia similar a la del 2020 (15.6 por ciento). Sin embargo, se observó un aumento de la proporción de personas que desconoce su condición, de 30 por ciento en 2020 a 36 por ciento en 2021. Asimismo, se observa una mayor prevalencia de diabetes en las mujeres con respecto a los hombres. De igual forma, la prevalencia de este padecimiento aumenta con la edad, siendo el rango etario de adultos de 60 o más años de edad, el que concentra el mayor número de casos (Tabla 1).

Por otra parte, destaca que 31.1 por ciento de los encuestados respondieron que al menos uno de sus padres tiene o tuvo diabetes y 6.9 por ciento mencionó que ambos, reflejando una prevalencia significativa de antecedentes familiares de diabetes.

Igualmente, se observó una disminución importante durante el 2021 con relación al uso de pruebas diagnósticas de diabetes, disminuyendo de 23.7 por ciento en 2012 a 15.3 por ciento en 2018 y 9.6 por ciento en 2021, lo que sugiere un aumento de la población que desconoce su enfermedad (Gráfica 1).

En días pasados, la Comisión de Salud celebró el foro “Hacia un abordaje integral de la Diabetes en México”, en el que diversos expertos a nivel nacional hicieron un llamado para replantear las estrategias y lograr que la diabetes se atienda con la prioridad que requiere a través de políticas públicas. Esto ya que, tras la pandemia, la atención para la diabetes se vio impactada en múltiples formas, afectando en gran medida tanto a personas diagnosticadas como no diagnosticadas.

La diabetes es una enfermedad metabólica crónica que, de no controlarse, puede generar complicaciones como insuficiencia cardíaca y enfermedad renal crónica (ERC). En México, entre el 20 por ciento y 44 por ciento de las personas con diabetes desarrollaron ERC, condición que, de no recibir seguimiento, puede culminar en desenlaces trágicos como defunciones. Esta es una de las razones por las que en 2021 se enlistó a la diabetes como la tercera causa de muerte, sólo detrás de las enfermedades cardiovasculares y la covid-19.

Además, estas complicaciones tienen efectos económicos significativos para la sociedad y la economía del país. Más allá de implicar costos en términos de mortalidad prematura, la diabetes conlleva diversos costos directos e indirectos que impactan en el uso de recursos del sector público, privado y de las familias, así como afectar a la productividad del país.

Se estima que en 2019 los costos directos de la enfermedad ascendieron al 1.09 por ciento del PIB, equivalente a 306 mil millones de pesos, la mayor parte (87.5 por ciento) para cubrir la atención médica de las complicaciones de la diabetes. Por su parte, se estima que, en ese mismo año, los costos indirectos fueron de 326 mil millones de pesos, lo equivalente al 1.17 por ciento del PIB.

El próximo 14 de noviembre se conmemora el Día Mundial de la Diabetes, por lo que es importante reforzar la concientización sobre dicho padecimiento pero, sobre todo, proponer nuevas formas de accionar que ayuden a fomentar, estimular y mejorar la calidad de la atención primaria, enfocando los esfuerzos en lograr el control de la enfermedad para prevenir el desarrollo de complicaciones, a través de la identificación temprana y el aseguramiento en la provisión de medicamentos óptimos para el autocuidado.

Para lograr que las estrategias en curso permitan priorizar una atención integral y oportuna de la diabetes a fin de reducir sus complicaciones cardio-renales, mortalidad prematura y revertir la tendencia epidemiológica observada en los últimos años es necesario:

- Comprender la experiencia del paciente para la toma de decisiones e implementación de política pública.

- Impulsar acciones para mejorar la detección oportuna de complicaciones y atención primaria temprana de pacientes que viven con diabetes

- Fortalecer esquemas de referencia oportuna.

- Mejorar los sistemas de vigilancia epidemiológica.

- Promover la actualización recurrente del marco legal y normativo para la prevención, detección y atención de la diabetes.

Dentro de este último elemento, hacemos un llamado al Poder Ejecutivo para actualizar el marco legal y normativo aplicables a la prevención y tratamiento de la diabetes tipo 2 para incorporar lineamientos para la atención integral de del padecimiento, fortaleciendo la capacidad nacional de afrontar la diabetes a través de la adopción de mejores prácticas en línea con las recomendaciones del Comité de Práctica Profesional de la Asociación Americana de Diabetes.

Algunas de las acciones recomendadas para contemplar en Normas Oficiales Mexicanas y Guía de Práctica clínica son: incorporar medidas enfocadas en la atención temprana de pacientes con prediabetes y adultos con sobrepeso u obesidad con alto riesgo de diabetes tipo 2; promover la conformación de equipos multidisciplinarios que trabajen de manera coordinada para la atención de pacientes que viven con diabetes tipo 2; dotar a todos los subsistemas de salud de los recursos necesarios para garantizar el uso de tecnología en el monitoreo y autocuidado de los pacientes.

Derivado de lo anterior, se propone ante esta honorable soberanía el siguiente:

Punto de acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud a que, en su carácter de presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, ordene la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus, con el fin de adecuarla a la realidad nacional y a la necesidad del cumplimiento de sus objetivos, considerando, al menos lo siguiente:

1. Desarrollar medidas enfocadas en la atención temprana de pacientes con prediabetes y adultos con sobrepeso u obesidad con alto riesgo de diabetes tipo 2.

2. Promover la conformación de equipos multidisciplinarios que trabajen de manera coordinada para la atención de pacientes que viven con diabetes tipo 2.

3. Dotar a todos los subsistemas de salud de los recursos necesarios para garantizar el uso de tecnología en el monitoreo y autocuidado de los pacientes.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud, Cenetec, de la Secretaría de Salud, así como al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad Social para Trabajadores del Estado, para que actualicen las correspondientes guías de práctica clínica de cada institución, a fin de homologar el tratamiento y control que se brinda a las personas que viven con DMT2.

Notas

1 Secretaría de Salud, Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2021 sobre covid-19, pág. 234.

https://www.insp.mx/resources/images/stories/2022/docs/220804_En sa21_digital_4ago.pdf

2 Sistema de Información de la Secretaría de Salud.

3 CDC, La diabetes y la enfermedad crónica de los riñones,2021.

https://www.cdc.gov/diabetes/spanish/living/diabetes-kidney-dise ase.html#:~: text=La%20enfermedad%20cr%C3%B3nica%20de%20los%20ri%C3%B1ones%20es%20com%C3%BAn %20entre%20las,causar%20enfermedad%20de%20los%20ri%C3%B1ones

4 INEGI, Estadísticas a propósito del Día Mundial de la Diabetes, 2021.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /EAP_Diabetes2021.pdf

5 Pharmamanagment EAS de RL de CV, Magnitud y costo de la Diabetes Mellitus en México, 2019.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE EMITA EL DICTAMEN DE REMOCIÓN Y DEMOLICIÓN DEL MONUMENTO DEL EXMANDATARIO GUSTAVO DÍAZ ORDAZ, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE LINARES, NUEVO LEÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Comité Técnico de Protección de Estatuas y Monumentos del Gobierno de Nuevo León a emitir el dictamen de remoción y demolición del monumento del exmandatario Gustavo Díaz Ordaz, ubicado en el municipio de Linares, a cargo de la diputada Karla Estrella Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Karla Estrella Díaz García, integrante del Grupo Parlamentario Morena en LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta presidencia de la Mesa Directiva con carácter de pronta resolución, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente, al Comité Técnico de Protección de Estatuas y Monumentos del Gobierno del Estado de Nuevo León, para que a la brevedad emita el Dictamen de Remoción y Demolición del Monumento que honra inmerecidamente la figura del “ex mandatario, Gustavo Díaz Ordaz” ubicado en el municipio de Linares, en el Estado de Nuevo León; al tenor de los siguientes

Consideraciones

Se dice que el patrimonio está intrínsecamente ligado a los desafíos más urgentes a los que se enfrenta toda la humanidad, pues a través suyo se busca una representación colectiva, lo que obliga a cuestionarse cuáles son los cánones de esa representatividad, quiénes son aquellos que la promueven y delimitan, qué es patrimonio y qué no y cómo se puede hacer uso del mismo. El patrimonio cultural es un recurso de cohesión social, que puede ser aprovechado en algunas sociedades como herramienta política, de reivindicación social y como elemento de lucha, y que es utilizado para construir y resignificar identidades. Pero, ¿qué pasa cuando esa memoria deja de ser importante, cuando cae en el desinterés y así el artefacto memorable deja de ser un recurso de identidad, un signo de pertenencia?

Los monumentos son fundamentalmente elementos que resguardan el pasado para trasladar un mensaje al presente, sirven para que ese ayer no se pulverice con el paso del tiempo, sino que se conserve un sentido vigente en el ahora, con adición de una estética inherente, haciendo que las piedras y metales transmitan la idea de belleza y aleccionen a la sociedad sobre el pasado. Sin embargo, llega el momento en que esas cualidades propias del monumento cambian su significado para la sociedad y surgen cuestionamientos sobre su relación con esta herencia. Aquello para lo que ese “ahora monumento” fue creado, en otro tiempo y otra sociedad, necesita replantearse constantemente ante los escenarios sociales actuales y sus problemas, para validar su significado y sentido identitario o convertirse en objeto y sujeto de la manifestación de los descontentos.

Esta metamorfosis en la vinculación sociedad-patrimonio está manifiesta en muchos de los monumentos que forman parte del contexto urbano, en el espacio público que desde un punto de vista de la filosofía política se asocia con la esfera pública o reunión de personas que fiscalizan el ejercicio del poder y se pronuncian sobre asuntos concernientes a la vida en común

Durante el sexenio de Gustavo Díaz Ordaz, tuvo que enfrentar una serie de conflictos sociales que estallaron bajo su administración, entre ellos; Movimiento médico (1964-1965); Movimiento estudiantil en Morelia (1966); Guerrilla guerrerense (1967) y el Movimiento estudiantil nacional (1968) que culminó con la indignante matanza del 2 de octubre.

La represión de los diferentes movimientos no solo mostró que Gustavo Díaz Ordaz no atendería las necesidades de los diferentes grupos que componían la sociedad mexicana, sino que demostró que este personaje no temería en usar a la Fuerza Pública para destruir cualquier conato de lo que él calificaría como “insurrección comunista”.

El 2 de octubre de 1968 fue el punto álgido de una de las décadas más convulsionadas de México y el mundo, Gustavo Díaz Ordaz, incapaz de entender lo que pasaba con el movimiento estudiantil que desde el 22 de julio había ido evolucionando, lo calificaría como “un sabotaje del comunismo internacional hacia los Juegos Olímpicos próximos a celebrarse”, y, por lo tanto, hizo uso del Ejército y la Policía para organizar una de las masacres de estudiantes más atroces en la historia de México.

Al año siguiente, durante su penúltimo informe de gobierno, Gustavo Díaz Ordaz, asumió la responsabilidad de lo sucedido en octubre de 1968, pero sin remordimiento ni culpa alguna, todo lo contrario, le llenaría de satisfacción haber terminado de esa manera con las vidas de los estudiantes mexicanos.

A partir de entonces, su administración quedaría marcada por la forma en la que abordó las inquietudes de un sector de la sociedad que exigía un cambio, uno muy sencillo y muy básico: la democratización de la vida política mexicana y la liberación de los presos políticos perseguidos tan fieramente por un gobierno que prefería reprimir a atender las necesidades del pueblo de México.

Así como sería impropio denominar a calles o avenidas con los nombres de Victoriano Huerta, Maximiliano de Habsburgo o Antonio López de Santa Ana, lo es que lleven el nombre de Gustavo Díaz Ordaz ofendiendo a la memoria de la nación y convirtiendo en cómplices ideológicos a las autoridades que acordaron mantener ese inmerecido honor al represor del movimiento estudiantil y quien asesino a niños, mujeres y estudiantes el 2 de octubre de 1968.

El monumento a Díaz Ordaz ubicada en una rotonda vehicular en el municipio de Linares, llegó en el año de 1969 y se instaló en este espacio para rendir homenaje al ex mandatario, donde se invirtieron 2 millones de pesos aproximadamente, en la construcción de estas obras. El monumento a Díaz Ordaz, es uno de los pocos que existen en el país, para homenajear al ex presidente que se responsabiliza por la masacre de Tlatelolco. La mini plaza de Tlatelolco, como le llaman algunos en Linares, tiene años siendo una obra muerta pues no es visitada por las familias y sus alrededores.

Tenemos una estatua en Linares que mandó a hacer Alfonso Martínez Domínguez al final de su sexenio, y no tiene un valor artístico, no es agradable a la vista, lo mismo que el personaje, es un adefesio.

Al considerar a este Mandatario culpable de estos asesinatos, estudiantes y ciudadanos de Nuevo León, han presentado protestas para retirar esta estatua, pero las peticiones no han procedido.

No cabe duda de que Gustavo Díaz Ordaz fue responsable de la represión contra el movimiento estudiantil y, específicamente, de la matanza de Tlatelolco, pero hay que evitar la demagógica criminalización del pasado, que puede conducir a una reescritura de la historia oficial. Donde quiera que ha habido transiciones democráticas, junto con la necesidad de una verdadera política de memoria, justicia y verdad, se han producido esos brotes de demagogia. Tan dañino para una democracia es un pacto de olvido e impunidad como una ola de revisionismo simbólico que amenace el espacio público.

Además, esto debe servir como antecedente para que en un futuro no se les pongan nombres a las avenidas de políticos transitorios, sino solo de aquellos que con el paso del tiempo hayan superado el balance de la historia.

Hay algunos monumentos que habré defendido, pero no podemos purificar el pasado. Y lo que quiero decir con eso es que no puedes volver atrás y simplemente hacer del pasado algo que sea más aceptable y que se ajuste mejor a nuestros deseos de hoy.

Ni siquiera puedes purificar la memoria pública de eso. Y nuestra historia, como la historia de todos los demás, está llena de tragedia y buenos finales. Ya sea aquí o en cualquier otro lugar del mundo, tenemos derecho a debatir cómo queremos que nos represente nuestro paisaje conmemorativo público.

Esas decisiones siempre se toman en un tiempo presente, a menudo relacionado con la política. Lo que quiero decir es que a veces tenemos que tener cuidado con nuestras creencias, nuestras actitudes y nuestros sentimientos de hoy sobre el pasado.

Yo no estoy a favor de preservar los monumentos que han trasgredido los derechos de las y los estudiantes de nuestro país. Es por ello que, derivado de lo anterior someto a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto de la división de poderes, exhorta respetuosamente, al Comité Técnico de Protección de Estatuas y Monumentos del Gobierno del Estado de Nuevo León, para que a la brevedad emita el dictamen de remoción y demolición del monumento que honra inmerecidamente la figura del “ex mandatario, Gustavo Díaz Ordaz” ubicado en el municipio de Linares, en el estado de Nuevo León.

Notas

1. Gaceta Médica de México, Historia y Filosofía de la Medicina. 2016; 152: 124-34 El Movimiento Médico en México (1964-1965). ¿Qué pasa medio siglo después?.

https://www.anmm.org.mx/GMM/2016/n1/GMM_152_2016_1_124-134.pdf

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2742/7.pdf

2. El Movimiento Estudiantil y La Violencia Institucional; La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 1956-1966. RMIE, OCTUBRE-DICIEMBRE 2007, VOL. 12, NÚM. 35, PP. 1179-1208

http://frph.org.mx/libros/EL_68.pdf http://www.comie.org.mx/documentos/rmie/v12/n035/pdf/N35D.pdf

3. La Guerra Sucia en Guerrero, Entrevista con los señores Nicolás Manrique Reyes y José Téllez Sánchez de Atoyac en noviembre de 1988 en Radilla, 2002b, 42.

http://www.centrodememoriahistorica.gov.co/descargas/informes201 3/farc/guerrilla-poblacion-civil.pdf

https://nsarchive2.gwu.edu/NSAEBB/NSAEBB180/060_Guerra%20Sucia.p df

4. Chávez Mancilla, Ángel. (2017). De la Nicolaíta al 68. Eli de Gortari y la protesta universitaria. Signos históricos, 19(37), 126-155. Recuperado en 01 de marzo de 2022, de

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 1665-44202017000100126&lng=es&tlng=es.

http://www.scielo.org.mx/pdf/soc/v23n68/v23n68a4.pdf

Palacio Legislativo, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Karla Estrella Díaz García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



EXHORTO A LOS GOBIERNOS ESTATALES, A PROMOVER E IMPLEMENTAR LA APLICACIÓN MI TAXI A NIVEL NACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos estatales a promover e implementar la aplicación “Mi Taxi” a nivel nacional, a cargo de la diputada Mónica Becerra Moreno, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Monica Becerra Moreno, y las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales para que, en conjunto con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, promuevan e implementen la aplicación “MI TAXI” a nivel nacional, al tenor de lo siguiente:

Consideraciones

En septiembre de 2019, en la Ciudad de México, se llevó a cabo el lanzamiento de una aplicación denominada “MI TAXI” la cual tiene como finalidad brindar seguridad y confianza a los ciudadanos que utilizan el transporte público de taxis, además de equilibrar la competencia que se generó con las plataformas electrónicas como UBER y DiDi, las cuales disminuyeron los ingresos de los taxistas y puso en riesgo su economía.

En marzo del presente año había un total de 12 mil 119 operadores, 76 mil 152 unidades de taxis registradas, 78 mil 810 operadores registrados y un total de 1,908,350 descargas de la aplicación.

“MI TAXI” es una herramienta desarrollada por la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México para poder acceder a ella es necesario descargar la aplicación “Alameda Central”. Actualmente se encuentra de manera gratuita y para el registro solamente se necesita un correo electrónico.

Además de contar con un servicio similar a otras aplicaciones que se encuentran en el mercado uno de los principales diferenciadores es la vinculación directa al C5 para monitorear la ubicación del vehículo y tener una mayor seguridad en el trayecto.

Lo anterior es por medio de un “botón de pánico”, mismo que le avisaría a las autoridades y policías competentes de manera inmediata y el vehículo será ubicado por las cámaras para un seguimiento.

El servicio se puede solicitar desde cualquier punto de la ciudad, los usuarios pueden ver los datos de los conductores y del vehículo, con ello se evitaría cualquier riesgo de sufrir algún delito. En relación con el tema de datos personales, el gobierno de la Ciudad de México ha mencionado que la información que se encuentre en dicha aplicación será usada de conformidad con las leyes competentes, sin que exista un riesgo de información filtrada.

Al igual que otras aplicaciones se puede dar seguimiento al viaje, podrá ser compartido y además que se podrá calificar el trayecto que realices y con eso se mejoraría el servicio de la aplicación, así como el de los choferes, ofreciendo un mejor servicio a toda la ciudadanía.

Una de las principales diferencias que marcan un gran distintivo con las demás plataformas es que “MI TAXI” no tiene comisiones, el pasajero y el conductor pagan lo justo y lo relacionado solamente con su viaje, no se pretende lucrar con el trabajo honesto de los taxistas, la única finalidad es brindar mayor seguridad a ambos usuarios de la aplicación e igualar las oportunidades de los taxistas con las otras plataformas. Además, en tema de costos, se tiene establecido el precio del banderazo el cual será de 13.10 pesos y por cada 250 metros o 45 segundos se cobrará 1.30 pesos, el precio antes mencionado podría tener modificaciones dependiendo de los Estados donde la aplicación sea utilizada, sin embargo, ya se tendría una cantidad fija que no aumentaría por cambios climáticos, evitando costos engañosos.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) tiene un registro de 698 mil 595 vehículos que son usados como transporte de pasajeros, lamentablemente muchos no cuentan con la documentación en orden, lo que provoca una inseguridad para los pasajeros.

En Aguascalientes existe un aproximado de 3 mil 500 taxis que trabajan en aplicaciones como UBER y DiDi, sin embargo, el aumento de taxis piratas se ha incrementado, por lo que es necesario una regulación adecuada sobre el control de los mismos. Una aplicación que permita regular y mantener un control adecuado sobre los viajes ayudará a incrementar el trabajo de los taxistas y que sea mejor remunerado, dando sobre todo unas mayores oportunidades de crecimiento ante las demás aplicaciones.

Las autoridades competentes deben de realizar diversas gestiones para que en el ámbito de sus facultades puedan otorgar beneficios a los taxistas para que se inscriban a dichas aplicaciones y además hacer la publicidad adecuada para que los usuarios conozcan sobre la misma y con ello tener un aumento en los usuarios.

Con el crecimiento de la aplicación en estos meses, consideramos importante que la aplicación se pueda llevar a nivel nacional, que cada vez sean más los estados con los que cuentan con esa aplicación y los taxistas tengan mayores oportunidades de empleo.

Por lo anteriormente descrito, y con fundamento en las disposiciones señaladas, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los gobiernos de las entidades federativas para que en coadyuvancia con el gobierno de la Ciudad de México, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, realicen diversas reuniones con la finalidad de que la aplicación “MI TAXI” pueda ser a nivel nacional, brindando oportunidades laborales a los taxistas y mayor seguridad a los ciudadanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Mónica Becerra Moreno (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



SE DÉ CONTINUIDAD AL PROCESO DE REVISIÓN DE LA NOM-041-SSA2-2011, PARA LA PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO, CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CÁNCER DE MAMA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a dar continuidad al proceso de revisión de la NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

1. El cáncer de mama es el tumor maligno más frecuente en mujeres a nivel mundial y la primera causa de muerte por cáncer entre hombres y mujeres de todas las edades. Es por ello que contar con una normatividad actualizada se vuelve muy importante pues puede cambiar el destino de millones de mexicanas, esto porque les permitiría acceder a diagnósticos oportunos, tratamientos adecuados y atención integral de este padecimiento.

2. La Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la Prevención, Diagnóstico, Tratamiento, Control y Vigilancia Epidemiológica del Cáncer de Mama (NOM CaMa) fue publicada el 9 de junio de 2011, con la finalidad de:

“... establecer las bases para que las diferentes instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud organicen y alineen sus recursos tendientes a favorecer estilos de vida saludables en las mujeres mexicanas para disminuir los riesgos de esta patología, así como vigilancia permanente de los factores de riesgo, a fin de prevenir o detectar tempranamente esta patología y contribuir de ese modo a la disminución de la morbilidad y mortalidad por esta causa.”.

3. El artículo 32 de la Ley de Infraestructura de la Calidad señala que las Normas Oficiales Mexicanas deben ser revisadas al menos cada cinco años posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), plazo que para la NOM CaMa se cumplió en 2016. Lo anterior es de suma relevancia ya que en los últimos años la incidencia de cáncer de mama en México ha aumentado de manera exponencial lo que, de acuerdo con los expertos, responde al aumento en la esperanza de vida de las mujeres mexicanas, así como la “occidentalización” de nuestro estilo de vida, por lo que se requieren esfuerzos gubernamentales para contar con recursos financieros y humanos especializados para su tratamiento.

4. En nuestro país toma relevancia tener claros los mecanismos y normas de atención a este padecimiento debido a su efecto social, ya que es diagnosticado mayormente en mujeres de 52.5 años de edad en promedio. Lo anterior, aunado a que en nuestro país el cáncer de mama en mujeres menores de 40 años es más frecuente (13.3%) que en la población norteamericana o europea, y en muchos de los casos se trata de mujeres que son madres o están por serlo, por lo que afecta a la familia en su conjunto.

5. Para que una Norma Oficial Mexicana pueda ser revisada debe estar incluida en el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad (PNIC) del año en curso. El PNIC 2022 fue publicado el pasado 24 de febrero de 2022 en el DOF, el cual no incluye la NOM CaMa como parte de alguno de los apartados considerados, ya sea para ser expedida, modificada o cancelada. Lo anterior genera incertidumbre a los sectores interesados, médicos y pacientes, ya que el 25 de febrero de 2021 en el PNIC 2021, publicado en el DOF, determinó incluir la NOM CaMa bajo la siguiente argumentación:

Actualizar los lineamientos para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, basados en la evidencia científica disponible en la actualidad. El cáncer de mama se encuentra en los primeros lugares de causas de muerte por cáncer, siendo característico que la tasa se eleve a mayores edades, aunado a esto, las proyecciones de población de México tiene una tendencia al envejecimiento, por lo que existe la necesidad de actualizar dicha norma, reforzando los aspectos relacionados a las acciones de prevención y tamizaje, debido a que tienen una alta costo-efectividad, así como la integración de evidencia científica reciente y recomendaciones internacionales para mejorar los procesos de atención.

Programa Nacional de Normalización 2018.

50 %.

enero a diciembre de 2021.

6. Es importante destacar que durante el año 2021 se atendió lo publicado en el PNIC 2021, y por ello se llevaron a cabo sesiones en grupos de trabajo multidisciplinarios donde han participado las instituciones públicas y privadas que conforman el Sistema Nacional de Salud (SNS), y organizaciones de la sociedad civil (OSC) involucradas en el tema, presentando la argumentación y elementos necesarios para contar con una NOM CaMa que atienda las necesidades de la población mexicana y permita mejorar los indicadores de diagnóstico y supervivencia a este padecimiento.

7. Actualmente se cuenta con Protocolos de Atención y Guías de Práctica Clínica actualizadas que son aplicadas en las principales instituciones del SNS, como el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), el Instituto Mexicano del Seguro Social (Imss) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) donde se aplican las técnicas más innovadoras y efectivas en materia de atención y tratamiento, las cuales deben ser incluidas en la NOM CaMa que es de aplicación obligatoria en el sector público y privado.

8. El Gobierno de México ha manifestado en sus documentos de planeación nacional, como el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, como prioridad la atención a enfermedades crónicas no transmisibles, como es el cáncer, siendo éste el principal reto para el SNS tanto por su magnitud como por el gran impacto en mortalidad prematura y deterioro de la calidad de vida y los costos de atención de sus complicaciones.

9. Por su parte, el proceso de revisión de la NOM CaMa permite dar cumplimiento a los objetivos del Gobierno de México para lograr la universalización de los servicios de calidad sin importar la derechohabiencia de las personas, en este caso en materia de salud sexual y reproductiva pues al lograr diagnósticos oportunos y tratamientos adecuados se disminuye la tasa de mortalidad por enfermedades prevenibles.

10. En el año 2020 fallecieron 7,880 personas por cáncer de mama, lo que ha impactado en igual número de familias y sin duda afectó su economía al no tener acceso adecuado a una atención integral. Es por ello que la NOM CaMa actualizada permite a los más vulnerables, acceder a servicios de calidad que logre menor afectación a su salud y economía, así como un proceso menos invasivo y traumático para quienes padecen cáncer de mama.

El presente exhorto pretende dar seguimiento a las acciones implementadas por la Secretaría de Salud para atender este problema de salud pública que afecta a miles de familias mexicanas, y así fortalecer los instrumentos para el cumplimiento de la labor de las instituciones pertenecientes al SNS.

Existen en nuestro país expertos médicos, organizaciones de la sociedad civil y público en general, comprometidos con la salud y que trabajan de la mano de las instituciones para mejorar la calidad de vidas de las personas que reciben un diagnóstico por cáncer de mama. Por ello, es necesario no perder el paso y continuar con dichas acciones para lograr incorporar las técnicas, intervenciones, terapias y acciones más innovadoras disponibles en el SNS en la NOM CaMa y garantizar su acceso a mexicanos y mexicanas.

Consolidar la actualización de la NOM CaMa garantiza que las personas diagnosticadas con cáncer de mama tengan la oportunidad de transitar el camino de la enfermedad de manera más certera y sin representar un desafío para ellas y sus familias en el aspecto social y económico, lo que les permite afrontar este reto con una mejor expectativa de vida, lo que apoya su apego al tratamiento y el desenlace favorable de la enfermedad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud se dé continuidad a los trabajos de revisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva para que a la brevedad posible hagan de conocimiento público el estado que guarda el proceso de revisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.

Notas

1. Consenso Mexicano sobre diagnóstico y tratamiento el cáncer mamario. Novena Revisión. México 2021.

http://consensocancermamario.com/documentos/FOLLETO_CONSENSO_DE_ CANCER_DE_MAMA_9aRev2021a.PDF

2. DOF, NORMA Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. 2011.

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5194157&fecha=09/ 06/2011#gsc.tab=0

3. Consenso Mexicano sobre diagnóstico y tratamiento el cáncer mamario. Novena Revisión. México 2021.

http://consensocancermamario.com/documentos/FOLLETO_CONSENSO_DE_ CANCER_DE_MAMA_9aRev2021a.PDF

4. Consenso Mexicano sobre diagnóstico y tratamiento el cáncer mamario. Novena Revisión. México 2021.

http://consensocancermamario.com/documentos/FOLLETO_CONSENSO_DE_ CANCER_DE_MAMA_9aRev2021a.PDF

5. Breast carcinoma presents a decade earlier in Mexican women than in the United States or European countries. Cancer

https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/11241256/

6. Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022. Fuente:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5643672&fecha =24/02/2022 Consultado el 24 de febrero de 2022.

7. Programa Sectorial de Salud 2019-2024, Secretaría de Salud. México 17 de agosto 2020. Fuente:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598474&fecha=17/0 8/2020 Consultado 28 de febrero 2022.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022 – Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SADER, A AJUSTAR LOS PRECIOS DE GARANTÍA EN CONCORDANCIA CON EL INCREMENTO DE LA INFLACIÓN Y EL COSTO DE PRODUCCIÓN, ESPECIALMENTE EN EL CASO DEL FRIJOL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader a ajustar los precios de garantía en concordancia con el incremento de la inflación y el costo de producción, especialmente en el caso del frijol, a cargo de la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Noemí Berenice Luna Ayala, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Consideraciones

Según la publicación de las Naciones Unidas del 6 de julio de 2022, se destaca que “el mundo está retrocediendo en sus esfuerzos por acabar con el hambre, la inseguridad alimentaria y la desnutrición para 2030, un objetivo establecido por las Naciones Unidas en 2015, afirma la edición correspondiente a 2022 del Estado de la Seguridad Alimentaria y la Nutrición en el Mundo, publicada este miércoles por cinco organismos de la ONU.

Elaborado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Programa Mundial de Alimentos (PMA), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de la ONU para la Infancia (UNICEF), el estudio destaca también el avance de la pobreza extrema y la creciente desnutrición crónica.

El informe indica que el número de personas afectadas por el hambre en el mundo llegó a 828 millones en 2021 -el 9,8 por ciento de la población mundial-, un aumento de 46 millones desde 2020 y de 150 millones desde el comienzo de la pandemia de covid-19.

El texto lamenta las proyecciones para 2030, que apuntan a casi 670 millones de personas -el 8 por ciento de la población mundial- todavía con hambre, incluso calculando una recuperación económica global. El número no está lejos al de las personas hambrientas en 2015, cuando se fijó la meta de poner fin al hambre, la inseguridad alimentaria y la malnutrición para fines de esta década en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”.

Por lo anterior, una de las prioridades de todas las naciones del mundo debe ser erradicar el hambre, en este sentido, es sumamente preocupante que en los últimos tiempos la falta de producción de alimentos amenaza al planeta, millones de personas podrían estar en peligro de no tener alimentos en el futuro siendo las más afectadas las nuevas generaciones, niñas, niños y adolescentes.

Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), El mundo no está bien encaminado para alcanzar el segundo para 2030. Todo lo anterior debido principalmente a los conflictos causados por los seres humanos, el cambio climático y las recesiones económicas.

El mismo documento señala que la Organización para la Alimentación y la Agricultura insta a los países a que realicen lo siguiente:

• Satisfacer las necesidades alimentarias inmediatas de sus poblaciones vulnerables.

• Estimular los programas de protección social.

• Mantener el comercio mundial de alimentos.

• Mantener en funcionamiento los engranajes de las cadenas de suministro nacionales.

• Apoyar la capacidad de los pequeños productores para aumentar la producción de alimentos.

Por su parte, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en su Agenda 2030 en América latina y el Caribe, que por cierto México es parte, en su objetivo segundo señala: Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible.

El informe indica que, es necesario actuar rápidamente para proporcionar alimentos y ayuda humanitaria a las regiones que corren más riesgos.

El aumento de la productividad agrícola y la producción alimentaria sostenible son cruciales para ayudar a aliviar los riesgos del hambre.

En el caso particular de nuestro país, En este sentido, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en su capítulo XVII en materia de Seguridad y Soberanía Alimentaria, señala los siguientes artículos:

Artículo 178.- El Estado establecerá las medidas para procurar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional.

Artículo 179.- Se considerarán productos básicos y estratégicos, con las salvedades, adiciones y modalidades que determine año con año o de manera extraordinaria, la Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano y los comités de los sistemas-producto correspondientes, los siguientes: I. maíz; II. caña de azúcar; III. frijol; IV. trigo; V. arroz; VI. sorgo; VII. café; VIII. huevo; IX. leche; X. carne de bovinos, porcinos, aves; y XI. pescado.

Artículo 180.- El Gobierno Federal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 de esta Ley, deberá conducir su política agropecuaria a fin de que los programas y acciones para el fomento productivo y el desarrollo rural sustentable, así como los acuerdos y tratados internacionales propicien la inocuidad, seguridad y soberanía alimentaria, mediante la producción y abasto de los productos señalados en el artículo anterior.

Como se puede observar, en el artículo 179 se considera al frijol como producto básico estratégico a la población.

En este tenor, le corresponde a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) la ejecución de cinco de los 30 programas y proyectos prioritarios del gobierno de México para apoyar a los grupos poblacionales en mayor situación de vulnerabilidad y reactivar la economía nacional desde abajo y para todas.

Estos programas son:

1) Programa de Producción para el Bienestar;

2) Programa de Fertilizantes;

3) Programa de Precios de Garantía;

4) Programa de Crédito Ganadero a la Palabra; y

5) Canasta Básica (Programa de Abasto Social a cargo de Diconsa y Programa Social de Leche a cargo de Liconsa) en sinergia con los programas sustantivos de Bienpesca y Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria.

En el mismo orden de ideas, el “Programa Precios de Garantía” indica que los precios atenderán prioritariamente a casi 2 millones de pequeños y medianos productores a través de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), su objetivo principal es que se incremente el ingreso de los trabajadores del campo a fin de contribuir a mejorar su nivel de vida, que los productores más pobres reciban un pago justo por sus cosechas y tengan la confianza de que comercializarán sus productos a un precio justo, así como reducir las importaciones y buscar la autosuficiencia alimentaria.

En relación al frijol, podemos destacar su importancia en el mercado nacional:

En términos del valor de la producción primaria, y de acuerdo a las cifras de cierre de producción pecuaria de 2019 del SIAP, este grano ocupa la posición número 20, considerando cultivos cíclicos y perennes. La leguminosa se cultiva prácticamente en todo el país, debido a la adaptabilidad y el número de variedades que existen para su cultivo.

En México la producción de frijol alcanzará un millón 198 mil 919 toneladas este 2021, lo que significa un aumento de 7.7 por ciento respecto al millón 113 mil 396 toneladas cosechadas el año pasado, estimó la Sader.

Si bien es cierto, el 31 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación hubo un incremento pasando de 14.50 a 16.00 pesos por kilogramo, no es suficiente. Pese a este anuncio, la situación de la producción del frijol está en crisis puesto que, aún con el aumento en el precio de garantía, los costos de producción han aumentado por circunstancias colaterales, no se incluye en los costos los imprevistos ni costos de unidad familiar, maquinaria, y si tiene maquinaria, no incluye depreciación de la misma, así como el tiempo de producción con una duración estimada de 120 días (4 meses).

En un comunicado del Inegi del 22 de septiembre de 2022, señala que, en la primera quincena de septiembre de 2022, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) aumentó 0.41 por ciento respecto a la quincena anterior.

Con este resultado, la inflación general anual se ubicó en 8.76 por ciento. En la misma quincena de 2021, la inflación quincenal fue de 0.42 por ciento y la anual, de 5.87 por ciento. El índice de precios subyacente 1 creció 0.44 por ciento a tasa quincenal y anual, 8.27 por ciento.

En el mismo periodo, el índice de precios no subyacente subió 0.32 por ciento a tasa quincenal y 10.22 por ciento, anual. Al interior del índice subyacente, a tasa quincenal, los precios de las mercancías incrementaron 0.50 por ciento y los de servicios, 0.36 por ciento.

Dentro del índice no subyacente, a tasa quincenal, los precios de los productos agropecuarios crecieron 0.86 por ciento y los de energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno retrocedieron 0.14 por ciento.

Cabe mencionar que tristemente México pasó de ser séptimo lugar en el 2017 al noveno en el 2019 como productor mundial de frijol. De acuerdo a datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO por su sigla en inglés) en 2019 México fue el noveno productor mundial de frijol con un total de 879,404 toneladas al año. Esto representa alrededor del 3 por ciento de la producción mundial.

Por su parte, el gobierno federal anunció una segunda versión del Paquete Contra la Inflación y la Carestía que pretende:

Como la inflación se ve reflejada en la oferta de alimentos, el gobierno decidió responder con medidas para aumentar la producción y reducir los costos regulatorios y logísticos de la siguiente manera:

El gobierno otorga a las empresas incluidas en el acuerdo una licencia única universal para puedan estar exentas de trámites o permisos en el envase de sus productos, incluyendo aquellos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) y de la Comisión Federal contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) así como del impuesto general de importación. Se confiará en que las mercancías que comercian cumplan con las normas sanitarias de inocuidad y calidad.

• Mientras el acuerdo esté vigente, la autoridad suspenderá toda regulación que impida o encarezca la importación e internación de alimentos y su movilidad en el país, esto incluye aranceles, barreras al comercio exterior no arancelarias y otros requisitos para su ingreso y regulación nacional.

• Las empresas se comprometen a llevar a cabo la verificación necesaria que asegure que los alimentos e insumos que se importen y distribuyan sean de calidad y se encuentren libres de contingencias tanto sanitarias como de cualquier otra índole.

• Se mantendrá la política de contención al precio de los combustibles y electricidad establecida desde diciembre de 2018.

• Se congelarán las tarifas de las autopistas concesionadas al Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin) y a Caminos y Puentes Federales (Capufe) hasta el 28 de febrero de 2023.

• La autoridad atenderá los casos de productos alimenticios que requieran de soluciones particulares para sobreponerse a situaciones de competencia desleal, ciclos de consumo, restricciones al comercio o alguna otra que no sea factible de superar por la propia empresa y que afecte la oferta de alimentos.

• Se cancelará por el periodo de este acuerdo la exportación de maíz blanco, frijol, sardina y chatarra de aluminio y acero utilizada en el envase de alimentos. Se analizará la necesidad de extender esta limitación a otros productos.

• El precio de la canasta básica de 24 productos se reducirá 8 por ciento, de mil 129 pesos a mil 39 pesos promedio hasta el 28 de febrero del 2023.

• Empresas productoras de harina de maíz se comprometen a no subir los precios durante la vigencia del acuerdo. Se pretende que la harina básica extra premium sin conservadores alcancé un precio 3 por ciento menor al máximo promedio actual.

• La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tendrá suficiente autoridad y facultad de fiscalización y sanción ante abusos.

En lo particular y de acuerdo a FAO, el frijol es la leguminosa alimenticia más importante para el consumo humano en el mundo. En el caso de México, el cultivo de frijol se realiza prácticamente en casi todo el país. No obstante que, la principal limitante para su producción, la constituye la escasa disponibilidad de agua, fenómeno que se agudiza ciclo en ciclo en regiones con bajo régimen pluvial como Zacatecas, Durango y Chihuahua.

Desafortunadamente México, a pesar de su vocación como productor primario carece de competitividad por factores como tecnología, financiamiento, capital humano, altos precios en paquete tecnológico, políticas públicas, migración, baja rentabilidad entre otros (Ver Ilustración 1 ), lo que hace. que no haya un desarrollo rural efectivo ni tampoco una seguridad alimentaria en nuestra población. Por otra parte, el impacto económico por tendencia alta a la inflación es desbastador para las unidades familiares del sector agrícola, los alimentos se encarecieron en 13.72 por ciento, mientras que las frutas y verduras 15.84 por ciento en su variación anual, el panorama para el 2023 en el primer trimestre según el Banco de México es del 7.9 por ciento.

Ilustración 1 Principales problemáticas del sector agropecuario

En ese sentido, se presenta propuesta para apoyo a los agricultores, dichos aumentos a los precios de garantía tampoco contemplan los costos de financiamiento y las tasas de interés en caso de créditos. También impacta en el costo el pronóstico de demanda, esto es, si hay mucha oferta, baja el precio del producto, por lo tanto, habría que encontrar un punto de equilibrio, y a su vez, el control de precios para fertilizantes, herbicidas, entre otros.

En línea con lo anterior, no se contempla la inflación

En cuanto a la producción, no se está considerando el aumento poblacional que pasó de 119,938,473 en 2015 a 126,014,024 habitantes en el 2020, que representa poco más del 5% de la población, según el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).

A continuación, presentamos unas tablas sobre los costos de producción, realizada por productores Zacatecanos y Desarrollo rural del H ayuntamiento Sombrerete.

La propuesta por parte de los productores del municipio de Sombrerete, Zacatecas, que, por cierto, es uno de los municipios con mayor superficie sembrada, también es el mayor productor de frijol grano y trigo grano; ocupa segundo lugar estatal como productor de maíz grano y durazno; tercer productor de avena forrajera entre otros cultivos.

En producción pecuaria ocupa primer lugar estatal en producción de ganado ovino y guajolotes; tercer productor estatal de abejas y cuarto productor de ganado equino.

Sin embargo, los cultivos más representativos en cuanto a superficie son el frijol, maíz y trigo por lo que en el siguiente mapa se observa la distribución geográfica de estos 3 importantes cultivares para el municipio; el frijol tiene una ocupación del 83 por ciento en las áreas de uso agrícola; el trigo un 6 por ciento y el maíz un 11 por ciento, tal y como se observa en el mapa.

Por lo anterior, la propuesta presentada por el Municipio de Sombrerete consiste en lo siguiente:

• Ajustar el precio de garantía considerando el incrementó de los costos de producción. (Debe de haber una relación justa entre lo que incremento el costo de producción y el precio de garantía).

• No hay margen de presupuesto en los productores para generar valor agregado al producto.

• Capacitación al productor y transferencia de tecnología para garantizar el cumplimiento de la norma de calidad y que la entrega en el centro de acopio sea en su totalidad efectiva.

• Subsidio para paquete tecnológico.

• Establecer un programa de extensionismo para garantizar la comunicación efectiva entre el productor y las entidades gubernamentales.

Las propuestas que han sugerido a la Secretaría para contar con un precio de garantía que realmente sea rentable respecto a los ejercicios de 2021 y 2022 fueron:

Como se puede observar en las tablas, inclusive con el nuevo precio de garantía establecido por la Secretaría para el Ejercicio Fiscal 2022, los productores tienen utilidades mínimas y no se alcanzarán los objetivos del programa de complementar el ingreso de los pequeños y medianos productores de granos básicos.

Con estas cifras queda claro que las ganancias serán reducidas, los pocos ingresos que se generan por hectárea no incentivan a los productores ni les permite tener una mejora en producción, adquisición de equipos y de nuevas tecnologías, en capacitación y mano de obra calificada, mucho menos en su bolsillo, en el valor agregado a su esfuerzo y en la calidad de vida de sus familias.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que se ajusten los precios de garantía en concordancia con el incremento de la inflación y el costo de producción, especialmente en el caso del frijol.

Segundo- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, a la brevedad posible, otorgue una audiencia a los productores nacionales de frijol para que sus voces sean escuchadas y consideren sus argumentos para determinar los precios de garantía para el ejercicio 2023.

Notas

1 Artículo Unos 828 millones de personas sufren hambre, se revierten los avances hacia el hambre cero para 2030. Noticias ONU. Disponible en:

https://news.un.org/es/story/2022/07/1511372

2 Objetivos de Desarrollo Sostenible - Objetivo 2: Poner fin al hambre. Disponible en:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/hunger/

3 Objetivo 2: Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible - Agenda 2030 en América Latina y el Caribe. Disponible en:

https://biblioguias.cepal.org/agenda2030/ODS2

4 Objetivos de Desarrollo Sostenible - Objetivo 2: Poner fin al hambre. Disponible en:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/hunger/

5 Ley de desarrollo rural sustentable. 7 de diciembre de 2001 Disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/235_030621.pdf

6 Informe Nacional Voluntario 2021. PDF - Pág. 38. / Agenda 2030 en México. Disponible en:

https://sustainabledevelopment.un.org/content/documents/288 982021_VNR_Report_Mexico.pdf

7 Precios de Garantía para granos básicos - Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | 21 de octubre de 2019. Disponible en:

https://www.gob.mx/agricultura/es/articulos/precios-de-garantia- para-granos-basicos?idiom=es

8 Panorama de la producción y precio del frijol a nivel nacional e internacional — SMATTCOM 23 de junio del 2021. Disponible en:

https://smattcom.com/blog/panorama-produccion-precio-frijol-nive l-nacional-internacional#:~: text=De%20acuerdo%20a%20datos%20de,3%25%20de%20la%20producci%C3%B3n%20mundial.

9 ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos, a cargo de Seguridad Alimentaria Mexicana, SEGALMEX, sectorizada en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio fiscal 2022. DOF: 31/12/2021 Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639906&fecha =31/12/2021#gsc.tab=0

10 índice nacional de precios al consumidor primera quincena de septiembre de 2022 - Comunicado de prensa núm. 553/22 22 de septiembre de 2022 INEGI. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ inpc_1q/inpc_1q2022_09.pdf

11 Artículo: Gobierno presenta Acuerdo de Apertura contra Inflación y Carestía: se eliminará exportación de maíz — El Financiero octubre 03, 2022 | 7: 43 am hrs. Disponible en:

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/10/03/gobierno-pre senta-acuerdo-de-apertura-contra-inflacion-y-carestia-se-eliminara-exportacion- de-maiz/

12 Investigación- Mercado del Frijol, situación y prospectiva / Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México — Febrero 2020. PDF. Disponible en:

http://www.cedrssa.gob.mx/files/b/13/53Mercado%20del%20frijol.pd f

13 Inflación 2022-2023: necesitamos un plan — México Cómo Vamos. 2 mayo, 2022 Disponible en:

https://mexicocomovamos.mx/publicaciones/2022/05/inflacion-2022- 2023-necesitamos-un-plan/

14 https://www.inegi.org.mx/temas/estructura/

15 Fuente: Municipio de Sombrerete, Zacatecas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputadas y diputados: Noemí Berenice Luna Ayala, Amalia Dolores García Medina, Carolina Dávila Ramírez, Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, Miguel Ángel Torres Rosales, Miguel Ángel Varela Pinedo (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



POR EL QUE ESTA SOBERANÍA, FELICITA AL SAT POR SU LABOR EN EL COMBATE AL MERCADO ILÍCITO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía felicita al SAT por su labor en el combate al mercado ilícito y se le exhorta a continuar con estas acciones a fin de proteger al consumidor y asegurar que todos paguen los impuestos que corresponde, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandro Carvajal Hidalgo, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se congratula al SAT por su labor en el combate al mercado ilícito y se le exhorta a continuar con estas acciones a fin de proteger al consumidor y asegurar que todos paguen los impuestos que corresponde, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 1 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara el 11 de octubre de cada año, como el “Día Nacional de Combate al Contrabando y Delitos en Materia de Derechos de Autor”

Los sectores de la industria que son más afectados por la piratería y el contrabando son: ropa, calzado, bebidas alcohólicas y tabaco.

Tabaco: en datos de la Organización Mundial de la Salud, se movilizan anualmente entre 600,000 y 650,0 00 millones de cigarros. Es el producto más traficado internacionalmente, cerca del 10-12% del total del mercado a nivel mundial. Representa pérdidas a los gobiernos en recaudación impositiva por aproximadamente 40,000 a 50,000 millones de dólares cada año.

De acuerdo con el estudio “Consumo Ilegal de Cigarros en México” elaborado por Oxford Economics, en septiembre de 2021, el 18.8% de los cigarros consumidos en México son ilegales, esto es considerando los cigarros de contrabando puro y aquéllos que no cumplen con las obligaciones fiscales establecidas en la Ley del IEPS. Del total de cigarros ilegales consumidos en México, un 36% corresponde a cigarros de contrabando puro introducidos ilegalmente al país, y el 56% restante corresponde a cigarros producidos en México sin pagar impuestos ni llevar el código de seguridad que establece el SAT.

Los cigarros de contrabando no cumplen con los requisitos sanitarios ni fiscales establecidos en la legislación mexicana (por ejemplo, no tienen impresas los pictogramas que establece la Secretaría de Salud y los códigos de seguridad del SAT). Se estima que más de 3 mil millones de cigarros son introducidos bajo esta modalidad al país. La última alerta sanitaria de COFEPRIS (junio 2018) menciona a más de 260 marcas de cigarros ilegales que se venden en México. El 49.5% de los puntos de venta venden cigarros de contrabando.

Las marcas producidas en México sí cumplen con los requisitos de la Secretaría de Salud, como las leyendas precautorias, pero no cumplen con los requerimientos fiscales obligatorios -código de seguridad- y dado el bajo costo del producto se presupone válidamente la falta del pago de impuestos. El Código de seguridad es una herramienta muy importante para identificar productos ilegales y lograr decomisos.

En 2020 las autoridades fiscales, (SAT/AGAFF/AGACE) realizaron 3 operativos masivos en las fábricas y los principales centros de distribución de estas marcas que no pagan impuestos ni cumplen con las obligaciones fiscales en los Estados de México, Jalisco, Tijuana, NL, Sonora y Baja California, en donde se aseguraron casi 49 millones de cigarros sin código de seguridad, 93 toneladas de tabaco y maquinaria. Las autoridades declararon que esta mercancía tendría un valor comercial de casi 270 millones de pesos.

El estudio de Oxford Economics en 2021 antes citado, señala que en México el mercado ilegal de cigarros equivale a una pérdida recaudatoria potencial de 13 mil 500 millones de pesos.

Textil: La Cámara Nacional de la Industria Textil (Canaintex) afirmó que pese a los estragos que generó la pandemia del coronavirus, el contrabando e ilegalidad del sector textil continuó entrando y causando afectaciones al sector mexicano, donde 65 por ciento está “secuestrado” por el mercado ilícito.

El sector textil nacional genera más de 12 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) manufacturero en toda su cadena de valor, ya que alcanza un valor de 90 mil millones de pesos, el cual es un mercado que no se puede desperdiciar.

El contrabando no aumentó con el confinamiento, pero siguió entrando y se mantuvo, y los legales estuvieron en ceros. La subvaluación de productos confeccionados por debajo del costo de materia prima equivalía a 373 millones de prendas, es decir, una de cada tres que ingresan al país no pagan los impuestos.

Calzado: Alejandro Gómez Tamez, presidente Ejecutivo de la Cámara de la Industria del Calzado del Estado de Guanajuato comentó que la industria del calzado cayó 23% en 2020 y se reactivó 14% en 2021, mientras este año hay un aumento de 12% en los primeros tres meses.

Destacó que hay escasez en mano de obra, lo que limita el crecimiento, al igual que las importaciones de calzado subvaluado o con precios por debajo de lo que cuesta la materia prima. El contrabando en el sector del calzado equivale al 35% del mercado total.

Bebidas alcohólicas: Hacienda pierde 8 mil 542 millones de pesos anuales por la venta de bebidas alcohólicas ilegales, pues se intercalan copias entre las botellas legales y se comercializan en establecimientos donde no hay verificaciones sanitarias. El contrabando en el sector de las bebidas alcohólicas equivale al 38% del mercado total.

SAT: En noviembre del año pasado, la entonces jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), mencionó: “que una de cada tres mercancías vendidas en el mercado mexicano está dentro de la competencia desleal”, lo cual perjudica al empresario ordenado y al inversionista cumplido con el pago de sus obligaciones fiscales.

Según la funcionaria encargada de vigilar el pago de impuestos, 38% de las bebidas alcohólicas vendidas y consumidas entraron por la vía del contrabando al mercado mexicano. Al menos 48% de los textiles comercializados y 35% de los zapatos y tenis llegaron por contrabando a los comercios en la República Mexicana, comentó la funcionaria. “Si vamos a cualquier sector que a ustedes se les antoje, todo se mueve arriba de la tercera parte o entre 33 y 35% y no hay un sector económico salvado del contrabando”, comentó.

El comercio ilícito y la piratería atentan contra a las finanzas públicas de nuestro país por cuanto en evasión fiscal se traducen y, más grave aún, contra la salud e integridad de los consumidores tratándose de sustancias que circulan sin ningún control sanitario.

Por ello, es trascendental y de reconocer la labor de la autoridad fiscal, que ha logrado importantes golpes a estos mercados ilegales que tanto afectan la economía formal y es fundamental que se continúe con el combate a dichas actividades ilícitas en aras de un mejor entorno para los mexicanos.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión felicita al Servicio de Administración Tributaria, SAT, por los esfuerzos efectivos para combatir el mercado ilícito y lo exhorta a continuar realizando estas acciones encaminadas a proteger al consumidor y a garantizar que todos paguemos los impuestos que nos corresponden, en el marco del Día Nacional de Combate al Contrabando y Delitos en Materia de Derechos de Autor, celebrado el 11 de octubre del presente año.

Bibliografía

1. México: primer lugar en piratería y contrabando en Latinoamérica, señalan expertos (eluniversal.com.mx)

2. OMS. Fuente: Framework Convention Alliance, Ginebra.

3. Illicit Cigarette Consumption in Mexico - Oxford Economics

4. https://www.eluniversal.com.mx/cartera/bancos-una-quiebra-toca-la-puerta

5. itapfp02_202104.pdf (hacienda.gob.mx)

6. 65% del mercado está secuestrado por la ilegalidad: Canaintex — Canaintex

7. https://lopezdoriga.com/nacional/realiza-sat-el-mayor-aseguramiento-de-tabaco-d e-su-historia

8. Decomisan en Tijuana cigarros con valor de más de $20 millones julioastillero.com

9. Uno de cada 3 litros de gasolina y diésel vendidos en México son de contrabando: SAT (forbes.com.mx)

10. La Jornada - Contrabando genera grandes pérdidas a la Hacienda Pública: expertos

11. Sectores textil y de calzado denuncian más contrabando (eluniversal.com.mx)

12. La Jornada - Avanzan piratería y contrabando en México, queja de industriales

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputado Alejandro Carvajal Hidalgo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



SE ACTUALICE LA REGLAMENTACIÓN RELATIVA AL EXPENDIO Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS PREPARADOS Y PROCESADOS, EN LAS ESCUELAS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a actualizar todas las disposiciones reglamentarias relativas al expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN y de diversos grupos parlamentarios

Quien suscribe, Esther Mandujano Tinajero, Lilia Caritina Olvera Coronel, María Josefina Gamboa Torales, Yesenia Galarza Castro, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Olga Luz Espinosa Morales, Sayonara Vargas Rodríguez, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, Agustín Carlos Basave Alanís, Juan Carlos Romero Hicks, Román Cifuentes Negrete y Sergio Enrrique Chalé Cauich, diputadas y diputados de diversos Grupos Parlamentarios en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de esta Cámara, la presente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes:

Consideraciones

Ante la tendencia creciente de la obesidad y el sobrepeso infantil en México, el Gobierno federal, en coordinación con el sector privado y social, presentó en enero de 2010 el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria. En el marco del mismo, en agosto de dicho año se publicaron una serie de lineamientos con la finalidad de regular el tipo de alimentos y bebidas que se venden a los niños en las escuelas de nivel básico, los cuales entraron en vigor en enero de 2011.

A raíz de la implantación de dichos lineamientos, las autoras realizaron un estudio longitudinal acerca del impacto de estas medidas desde la perspectiva de los padres de familia, el cual fue publicado en 2015 (Paredes y Velázquez, 2015). Para tener una visión más completa de este impacto se desarrolló una investigación que incluyó a autoridades y alumnos de escuelas primarias, públicas y privadas, de la Ciudad de México, bajo el enfoque de la mercadotecnia social. Con este fin, se diseñó un estudio cualitativo dirigido a las autoridades y uno cuantitativo que involucró a los niños.

Entre los hallazgos se encontró que las autoridades escolares consideran que el acuerdo es un punto de partida, pero es necesario involucrar a los padres, ya que éstos son los directamente responsables de la alimentación de sus hijos. Se observa asimismo un nivel de conocimiento y aplicación relativamente bajo de los lineamientos tanto en las escuelas públicas como en las privadas. Entre las conclusiones destaca el que las acciones emprendidas por el gobierno federal no constituyen un programa integral de mercadotecnia social; ya que se requiere un enfoque multidisciplinario y acciones en las que se incluyan no solo a las escuelas, sino a los diversos actores involucrados, v.g. legisladores, diseñadores de políticas, ONG’s, industria alimentaria, medios de comunicación. Además de que no se ha dado un cabal seguimiento a la implantación de los lineamientos.

El sobrepeso y la obesidad infantil se han convertido en un problema de salud pública a nivel mundial, el cual demanda, por su propia naturaleza, de una solución desde un enfoque holístico por parte de los gobiernos, los organismos internacionales, la sociedad civil, la industria, la academia, los padres de familia, la comunidad, las autoridades escolares y los profesores, entre otros.

El Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF por sus siglas en inglés) en su Informe Anual 2017, señala que nuestro país ocupa el primer lugar en obesidad infantil, ya que de los 39.2 millones de niños, niñas y adolescentes, el 33 por ciento tienen obesidad o sobrepeso (UNICEF, 2018). Esta situación ha llevado al gobierno federal a implementar desde el año 2010 una serie de medidas para resolver esta situación. Entre éstas destaca el “Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica”, el cual se publicó el 10 de enero de 2011 en el Diario Oficial de la Federación, entrando en vigor el 23 de agosto del mismo año.

Dadas las consecuencias del sobrepeso y la obesidad infantil, resulta de particular importancia que se dé seguimiento y se establezcan mecanismos para evaluar las medidas puestas en práctica por el gobierno federal, como es el caso del acuerdo antes mencionado. De esta manera, las autoras han desarrollado una investigación sobre el impacto y la aplicación de los lineamientos desde la perspectiva de tres de los actores involucrados. En una primera etapa el estudio se enfocó a los padres de familia (Paredes y Velázquez, 2015) y en una segunda a autoridades escolares y alumnos de primaria.

El problema nutricional más frecuente en la población mexicana (escolar, adolescente y adulta), ha sido el aumento en la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad durante el periodo que abarca desde los años 80 hasta lo que va de la segunda década del presente siglo, es preocupante por los efectos adversos a la salud de la población, así como por los altos costos económicos que representan.

La magnitud del problema hace necesario que se realicen acciones inmediatas para controlar y disminuir su avance. Las acciones deberán ser integrales y coordinadas entre el gobierno, las organizaciones comunitarias, las escuelas, la familia, los profesionales de la salud y la industria alimentaria.

El gobierno mexicano ha atacado este grave problema, desarrollando y poniendo en marcha una política nacional de prevención de la obesidad, que reconoce su origen multicausal. Así, el gobierno federal suscribió el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria el día 25 de enero de 2010, y el 23 de agosto del mismo año publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica”, el cual entró en vigor el 10 de enero de 2011.

Dicho acuerdo fue de carácter multisectorial, en él se involucró a los diversos niveles de gobierno, a la industria alimentaria y a la academia. Consta de 10 objetivos encaminados a lograr que la población tenga una alimentación saludable y una vida activa, así como a la creación de una política pública para la regulación de la venta y distribución de alimentos en las escuelas (Ensanut MC, 2016).

En México, el sobrepeso y la obesidad (SOB) son un gran y grave problema de salud pública porque afectan a niños, adolescentes y adultos de todas las clases socioeconómicas; las prevalencias en los diferentes grupos de edad son de las más altas del mundo. En 1999, la prevalencia combinada de SOB en los niños de edad escolar fue de 18.6 por ciento, misma que con una velocidad promedio de 1.1 porcentual por año aumentó a 26 por ciento para 2006. En los adultos mayores de 20 años, la prevalencia de SOB fue 66.7 por ciento en los hombres y 71.9 por ciento en las mujeres en el 2006; se considera que si no se modifican los factores que determinan este problema, su incremento continuará con el mismo impulso.

Ante el fracaso para tratar el SOB en las unidades médicas, se ha planteado que la prevención es la mejor estrategia para su contención, promoviendo que los niños adquieran estilos saludables de alimentación y realicen actividad física, elementos que ayudarían a resolver el problema. Actualmente, todo el tiempo y en cualquier sitio se puede disponer de alimentos naturales e industrializados, así como de una gran variedad de bebidas endulzadas.

Aunado a lo anterior, la energía utilizada en el desplazamiento, en el trabajo y en las actividades de tiempo libre se ha reducido en forma considerable y la vida se ha transformado de activa en sedentaria. Como consecuencia de ingerir mayor cantidad de energía de la que se puede gastar el balance energético se ha vuelto crónicamente positivo, agregándose a la mayor disponibilidad de alimentos y a mayor sedentarismo, el beneplácito de los individuos que han comprado esta oferta de confort como un signo de bienestar.

En este contexto se considera que las escuelas de educación básica del Sistema Nacional de Educación, que tienen inscritos a más de 95 por ciento de los niños en edad escolar, son una plataforma que puede contribuir a revertir el grave problema del SOB si se reconoce que, por ahora, la escuela está más cerca de ser un ambiente obesogénico que saludable; y que parte de su misión es promover, en las diversas actividades docentes, la adquisición de estilos de alimentación y actividad física saludables.

Por lo anterior, la propia Ley General de Educación establece en su artículo 41 de que la Secretaría de Educación Pública, en coordinación con las autoridades del sector salud, así como los sectores social y privado, fomentarán programas de orientación y educación para una alimentación saludable y nutritiva que mejore la calidad de vida de las niñas y niños menores de tres años, ya que es imprescindible que desde la primera infancia se prevenga el problema del SOB.

Si bien el fomento tiene que dirigirse principalmente a los niños, también tiene que involucrar a todos los actores sociales que son factores del cambio, como los padres, en este sentido en el segundo párrafo del artículo 78 de la Ley General de Educación se establece que los progenitores o tutores son corresponsables y por ellos las autoridades deben desarrollar actividades de información y orientación relacionados con la alimentación nutritiva. Igualmente, es indispensable incluir a las familias, las instituciones educativas, las autoridades de la comunidad y, muy especialmente, la industria productora de alimentos procesados y bebidas, así como a la industria de la publicidad impresa y electrónica.

Como ya se refirió en el caso de México, el 25 enero de 2010 se publicó el Acuerdo Nacional para la salud alimentaria, Estrategia contra el sobrepeso y obesidad (Primer Acuerdo), cuya meta es revertir la epidemia de SOB en la población mexicana, en todas las etapas de vida. Como parte del cumplimiento de los compromisos de este primer acuerdo, se emitió el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica y posteriormente en al año 2014 se publicó el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional . Estos últimos lineamientos son los que rigen en la materia en la actualidad, por lo que como se puede observar no han sido actualizados por la actual administración.

Dada la trascendencia que tienen en la materia los referidos lineamientos como una política pública para la contención en nuestro país del SOB en los niños de edad escolar, es que resulta de importancia que la Secretaría de Educación Pública efectué un análisis crítico de su pertinencia y sus alcances, para que se determine su actualización pues han pasado más de 7 años de su publicación, resultando necesaria la actualización para enfrentar las problemáticas actuales y las directrices que deben considerarse para el fomento de hábitos de alimentación y actividad física saludables en los niños que acuden a las escuelas del Sistema Nacional de Educación.

No obstante a lo anterior, la Ley General de Educación, en su artículo 75 señala que la Secretaría de Educación Pública, establecerá los lineamientos a que deberán sujetarse la distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados, dentro de toda escuela, en cuya elaboración se cumplirán los criterios nutrimentales que para tal efecto determine la Secretaría de Salud, estas disposiciones de carácter general comprenderán las regulaciones que prohíban los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos y fomenten aquellos alimentos con mayor valor nutritivo.

Adicionalmente, en el transitorio quinto de la Ley General de Educación mandata que la Secretaría deberá emitir y adecuar lineamientos en un plazo no mayor a ciento ochenta días hábiles siguientes contados a partir de su entrada en vigor. Por lo cual las autoridades no han cumplido con la obligación de emitir o en su defecto adecuar los lineamientos a los que deberán sujetarse para la distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados, dentro de toda escuela.

Por lo anteriormente motivado, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de esta Cámara, la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública a que, en el ámbito de sus facultades, actualicen todas las disposiciones reglamentarias relativas al expendio y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en las escuelas del Sistema Educativo Nacional.

Notas

1 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5156173&fecha=23/ 08/2010#gsc.tab=0

2 Paredes Ana M., Velázquez M. Cristina A. (2015). Recordación y aplicación de los lineamientos para la venta de alimentos en las escuelas. Un estudio longitudinal. Memorias del XX Congreso Internacional de Contaduría, Administración e Informática. México. UNAM.

3 https://www.unicef.org/media/47871/file/UNICEF_Informe_Anual_ 2017_ES.pdf

4 Hernández, C. S. (2011). Prevención de la obesidad infantil. Gaceta Médica de México. 2011;147 Suppl 1: 46-5. Recuperado de

https://www.anmm.org.mx/bgmm/2011/Supl.

5 ENSANUT MC 2016. Encuesta Nacional de Salud Medio Camino 2016. Recuperado de https://www.insp.mx/ensanut/medio-camino-16.html

6 Rivera Dommarco J, Shamah Levy T, Villalpando Hernández S, González de Cossío T, Hernández Prado B, Sepúlveda J, eds. Encuesta Nacional de Nutrición 1999. Estado nutricio de niños y mujeres en México. Cuernavaca, Morelos, México: Instituto Nacional de Salud Pública; 2001.

7 Rojas, R., Palma, O., Quintana, I., Rivera, J., Shama, T., & Villalpando, S. (2006). Encuesta Nacional de salud y nutrición 2006. Cuernavaca, México: Instituto Nacional de Salud Pública, 65-66.

8 Flores Huerta S, Klünder Klünder M, Medina Bravo P. La escuela primaria como ámbito de oportunidad para prevenir el sobrepeso y la obesidad en niños. Bol Med Hosp Infant Mex 17. 2008;65: 626-638.[ Links ]Meléndez G. Factores asociados con el sobrepeso y la obesidad en el ambiente escolar. México: Ed. Médica Panamericana; 2008.

9 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5344984&fecha=16/05/2014#gsc .tab=0

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintidós.– Diputadas y diputados: Esther Mandujano Tinajero, Lilia Caritina Olvera Coronel, María Josefina Gamboa Torales, Yesenia Galarza Castro, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Juan Carlos Romero Hicks, Román Cifuentes Negrete, Sergio Enrrique Chalé Cauich, Olga Luz Espinosa Morales, Sayonara Vargas Rodríguez, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, Agustín Carlos Basave Alanís (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SRE, A INTERVENIR A FAVOR DE LOS INMIGRANTES INDÍGENAS MEXICANOS EN LOS ÁNGELES, CALIFORNIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a intervenir a favor de los inmigrantes indígenas mexicanos en Los Ángeles, California, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Evangelina Moreno Guerra, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Que el periódico Los Angeles Times publicó, el pasado 10 de octubre de 2022, la nota denominada “ The fall of Nury Martinez: A blunt talker undone by her words”, la cual muestra en su narrativa cómo la primera mujer de padres mexicanos que se convirtió en tener el cargo de presidenta del Concejo Municipal de Los Ángeles, sin embargo, tuvo que renunciar por sus comentarios racistas y discriminadores, de acuerdo con una grabación que fue filtrada.

En la conversación de la concejal Nury Martínez con los concejales Gil Cedillo y Kevin de León, así como con el presidente de la Federación Laboral del Condado de Los Ángeles, Ron Herrera, realizaron comentarios discriminatorios y racistas contra el hijo de tez negra del concejal Mike Bonin, que dicho sea de paso tiene tez blanca.

Y eso no paró, pues estos concejales hicieron más comentarios, pero ahora los realizaron en contra de los inmigrantes indígenas mexicanos residentes en Estados Unidos con epítetos de oaxaqueño. Narrativas con tonos despectivos y de odio. Estas acciones contra los y las mexicanos indígenas inmigrantes no son nuevas y, mucho menos, las vertidas en contra de las personas de color oscuro.

Como bien documenta el investigador Ramírez Sánchez, los inmigrantes indígenas mexicanos sufren un sinfín de atrocidades y vejaciones cuando llegan al lugar de establecimiento como los Estados Unidos, por ello, “no hay que olvidar que muchos de los obstáculos para que los inmigrantes indígenas formen parte de la vida estadounidense son la existencia de los prejuicios de racialización en las interacciones sociales que dan como resultado conductas discriminatorias y de exclusión”.

Estas relaciones asimétricas se dan todo el tiempo y en cualquier momento, ejemplificándola con diversos casos como lo sucedido en el distrito escolar de Oxnard, California, en donde los estudiantes insultaban y buleaban a las hijas e hijos de los inmigrantes indígenas en los centros escolares por los constantes epítetos de “oaxaquita e indito”. Para resolver esta situación se realizó todo un movimiento de los inmigrantes indígenas para exigirles a las autoridades educativas, respeto y sanciones para este tipo de bullying. Lo que provocó cambios en las políticas jurídicas del distrito escolar de Oxnard y el establecimiento de lineamientos para combatir la discriminación, la racialización y el bullying.

La racialización forma parte de la racionalidad de las personas estadounidenses o individuos desterritorializados con prejuicios de odio. De acuerdo con Ngai, existe toda una línea histórica de la política migratoria estadounidense, pues desde los inicios de la constitución de los Estados Unidos de América se comenzó a concebir la noción de extranjero ilegal como política de racialización, la cual fue empleada hacia las personas asiáticas y mexicanas. Y, a la par, se estableció la política jurídica de la desracialización de los inmigrantes europeos, categorizando a los “blancos” por país de origen y a las personas “no blancas” por raza.

Es muy lamentable que estas personas concejales de la ciudad de Los Ángeles realicen este tipo de comentarios intolerantes, racistas, discriminatorios, prejuiciosos y deshumanizados. Sobre todo, cuando uno de ellos propuso, en su momento, una reforma en el Senado de California denominada Ley SB-54, la cual convirtió a California en el primer Santuario para migrantes, nos referimos a Kevin de León.

Recordemos que el pasado 17 de mayo de 2021, en nuestro país se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma al artículo 30, fracción II, de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual estableció que:

“Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización

A) Son mexicanos por nacimiento:

I...

II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano;

III...

IV...

B) Son mexicanos por naturalización:

I...

II...”

Por lo tanto, la reforma aprobada por este Congreso de la Unión, donde se reconoce la nacionalidad mexicana de las personas que nazcan en el extranjero, ya sea por padres mexicanos o de madre mexicana o de padre mexicano. Esto significa que tenemos una población nacional y transnacional de más de 164 millones de mexicanas y mexicanos, lo que significa que existe una población residente en el extranjero que asciende a más de 38 millones de personas mexicanas.

Una población migrante que ha convertido a las remesas en la primera fuente de ingresos de nuestro país: Recordemos que, en el año 2021, enviaron remesas por más de 51 mil millones de dólares, de las cuales el 30% corresponde a inmigrantes indígenas mexicanos.

Por lo que, este cambio jurídico que da muestra de nuestra Cuarta Transformación que vivimos para bien de todas y todos los mexicanos, también trae consigo obligaciones que no podemos desatender. Sobre todo, en estos momentos coyunturales que nos necesitan nuestras hermanas y hermanos indígenas mexicanos inmigrantes que han sido racionalizados, discriminados y estigmatizados por los concejales Nury Martínez, Gil Cedillo y Kevin de León, y el presidente de la Federación Laboral del Condado de Los Ángeles, Ron Herrera.

Finalmente, según la fracción II del Artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Relaciones Exteriores le corresponde, entre sus diversas atribuciones:

“Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y, por conducto de los agentes del mismo servicio, velar en el extranjero por el buen nombre de México; impartir protección a los mexicanos; cobrar derechos consulares y otros impuestos; ejercer funciones notariales, de Registro Civil, de auxilio judicial y las demás funciones federales que señalan las Leyes, y adquirir, administrar y conservar las propiedades de la Nación en el extranjero”.

En este contexto y por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, con base en sus facultades y atribuciones, y con apego a la diplomacia internacional con la que se ha conducido nuestro Gobierno Mexicano, fije una postura sobre los comentarios vertidos por los concejales Nury Martínez, Gil Cedillo y Kevin de León de la ciudad de Los Ángeles, California, en contra de la comunidad oaxaqueña.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que implemente acciones de protección a las y los mexicanos residentes en el extranjero, particularmente, a las personas indígenas inmigrantes en Estados Unidos, para evitar los sistemáticos actos racistas y discriminatorios hacia dicha población, a fin de salvaguardar su dignidad y sus derechos humanos.

Notas

1. Disponible en

https://www.latimes.com/california/story/2022-10-10/la-council-n ury-martinez-leaked-audio-fall. Revisado el 10 de octubre de 2022.

2. Ramírez Sánchez, Saúl, 2022, Derecho a tener derechos: Política y cultura jurídica, una manera de comprender la integración jurídica. El caso de los inmigrantes indígenas mexicanos en San Diego California, Tesis para obtener el grado de Doctor en Derecho, Estación Noroeste de Investigación y Docencia del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

3. Ibidem, pág. 210.

4. Ngai, Mae M., 2003, Impossible subjects: Illegal aliens and the making of modern America, Princeton University Press.

5. “Senate Bill No. 54, Chapter 495. An act to amend Sections 7282 and 7282.5 of, and to add Chapter 17.25 (commencing with Section 7284) to Division 7 of Title 1 of, the Government Code, and to repeal Section 11369 of the Health and Safety Code, relating to law enforcement”

(http://leginfo.legislature.ca.gov/faces/billTextClient.xhtml?bi ll_id=201720180SB54). Revisado el día 11 de octubre de 2022.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Evangelina Moreno Guerra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A IMPLEMENTAR COMO PARTE DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA, LA INSTRUCCIÓN DE LENGUA DE SEÑAS MEXICANA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a implementar, como parte de los planes y programas de estudio de la educación básica, la instrucción de Lengua de Señas Mexicana, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN y de diversos grupos parlamentarios

Los que suscriben diputados Juan Carlos Romero Hicks, Brasil Acosta Peña, Olga Luz Espinosa Morales, Éctor Jaime Ramírez Barba, Mario Alberto Rodríguez Carrilo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Agustín Carlos Basave Alanís, María Eugenia Hernández Pérez, Roman Cifuentes Negrete, Carmen Rocío González Alonso, Jorge Luis Llaven Abarca, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, María Josefina Gamboa Torales, Lilia Caritina Olvera Coronel, Sergio Enrique Chalé Cauich, Norma Angélica Aceves García, Esther Mandujano Tinajero, Yesenia Galarza Castro, Patricia Terrazas Baca y Claudia Alejandra Hernández Sáenz de diversos grupos parlamentarios, de la LXV Legislatura, del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6 numeral 1, fracción I, 62 numeral 3; y 79 numeral 2, fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de del pleno de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que en el ámbito de sus atribuciones, implemente como parte de los planes y programas de estudio de la educación básica la instrucción de Lengua de Señas Mexicana con el fin de lograr un inclusión efectiva de la comunidad sorda, conforme a lo siguiente:

Consideraciones

En el 2017 la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 23 de septiembre como el Día Internacional de las Lenguas de Señas, con el objeto de promover la concientización sobre la importancia de la lengua de señas para la plena realización de los derechos humanos de las personas sordas.

La Federación Mundial de Sordos estima que hay cerca de 72 millones de personas sordas en todo el planeta.

Las lenguas de señas o lenguas de signos son la lengua natural de las personas sordas y son como cualquier otra lengua, sólo que estructurada de forma diferente a la lengua oral.

Tan es así que la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de Naciones Unidas (ONU) les otorga el mismo estatus que las lenguas habladas.

Las lenguas de señas se basan en la expresión y configuración gesto-espacial y la percepción visual para que las personas sordas puedan comunicarse con su entorno. Existe incluso una variante táctica para las personas con sordoceguera.

Es decir, utilizan los movimientos de manos, ojos, rostro y todo el cuerpo para comunicarse.

Así como la lengua hablada tiene diferentes tipos o idiomas, también existen varias lenguas de señas. La lengua de señas no es un lenguaje universal, ni mucho menos.

Sin embargo, según la Federación Mundial de Personas Sordas, en el mundo conviven más de 300 lenguas de señas diferentes.

En 1865 el gobierno de Benito Juárez invitó a Eduardo Huet Merlo para dirigir la enseñanza de la Escuela para sordomudos. El maestro Huet ya había incursionado en la enseñanza del lenguaje de señas en Francia y en Brasil.

En nuestro país, el 28 de noviembre de 1867 se proclamó el decreto presidencial de Benito Juárez por el que se fundó en México la Escuela Nacional de Sordomudos. La escuela Nacional también contempló la primera escuela para maestros que darían clases a los estudiantes sordos.

Smith-Stark, quien estudió la genealogía de la lengua de señas, resalta la figura de Eduardo Huet, no sólo por ser el fundador y primer director de la Escuela Nacional de Sordomudos en México, sino porque este mismo personaje, en 1857, funda la primera escuela para sordos en toda Latinoamérica, en Río de Janeiro. Estos antecedentes le permitieron situar a la Lengua de Señas Mexicana como parte de la familia de lenguas de señas francesa. Sugiere la existencia de una relación especial entre las lenguas de señas de México y de Brasil, debido a la labor educativa realizada por Huet en ambos países.

Actualmente diversas instituciones gubernamentales ofrecen cursos de lengua de señas, fomentando así una verdadera inclusión y buscando disminuir la brecha de desigualdad que existe.

Tal es el caso de Cámara de Diputados, en el que el pasado mes de mayo del presente, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, impulsó el “Curso Básico de Lengua de Señas Mexicana” impartido al personal de Cámara de Diputados, con el fin de capacitar principalmente a quienes atienden al público para brindarles un servicio de calidad y accesible.

Garantizar el aprendizaje de la Lengua de Señas Mexicana rompe con las barreras de comunicación que existen, lo que permitirá contar con una sociedad más inclusiva, en la que no solo la comunidad sorda y sus familias se puedan comunicar entre ellas, sino buscar que las brechas de desigualdad que existen, sean menos y permitan una comunicación universal, en el que la lengua no sea un impedimento o el motivo de exclusión para ninguna persona.

En este sentido, es de vital importancia contar con una educación verdaderamente inclusiva, una que garantice los derechos humanos y se ponga al centro de la misma, a las personas, en el que se trabaje en alcanzar la igualdad sustantiva y la no discriminación.

En conclusión, no sólo la comunidad sorda y su familia debería aprender la lengua de señas, de ahí la importancia de que se incluya en los planes y programas de estudio y no sólo para las personas con discapacidad auditiva.

El pasado 19 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo número 14/08/22 por el que se establece el Plan de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria, al respecto, en cuanto al campo formativo de Lenguajes, únicamente se refiere a la lengua de señas en el siguiente tenor:

“Este campo formativo vincula procesos graduales de aprendizaje del español y lenguas indígenas, así como lenguajes artísticos e inglés como lengua extranjera y, en el caso de atención de personas con discapacidad auditiva, la Lengua de Señas Mexicana, considerando las características de la edad de desarrollo de niñas, niños y adolescentes, así como la búsqueda de una integración interdisciplinaria a través de los contenidos de los lenguajes.”

Para que la educación sea realmente inclusiva, no se puede segregar la enseñanza de la lengua mexicana de señas a las personas con discapacidad o sus familiares. Por ello, “llevar a la práctica este principio de inclusión va más allá de una opción técnica. Lograr que las personas con discapacidad alcancen el máximo de desarrollo, que sean mirados en sus potencialidades y no se les encasille en sus déficit es, sobre todo, un cambio cultural. Y conseguir este cambio requiere enriquecer la visión de la sociedad que queremos.”

En México se ha reconocido que todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo cual, las Autoridades, en el ámbito de su competencia tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

En el artículo 30 numeral 4, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, las personas con discapacidad tendrán derecho, en igualdad de condiciones con las demás, al reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas y la cultura de los sordos.

En dicha Convención, artículo 24, los Estados Parte reconocen que es derecho de las personas con discapacidad la educación y para hacerlo efectivo deben asegurarse de que las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación, brindarán a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender habilidades para la vida y desarrollo social, a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de condiciones en la educación y como miembros de la comunidad.

La Asamble General de Naciones Unidas reafirmó que garantizar y promover la plena realización de todos los derechos humanos relativos a las cuestiones lingüísticas y las libertades fundamentales es un requisito previo fundamental para la plena realización de los derechos humanos de las personas sordas.

En particular, en el artículo 3o de nuestra norma fundamental, se reconoce que toda persona tiene derecho a la educación, la cual se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, además tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano.

Además, la educación será inclusiva, ya que tomará en cuenta diversas capacidades circunstancias y necesidades de los educandos. Con base en el principio de accesibilidad se realizarán los ajustes razonables y se implementarán medidas específicas con el objetivo de eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación.

En ese sentido, se debe entender que la accesibilidad debe tratarse como un derecho que por su propia naturaleza es inherente al ser humano y por lo tanto exigible ante la autoridad competente. Sin lugar a dudas, es necesario el reconocimiento de la accesibilidad para ejercer otros derechos fundamentales.

Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cita en la Tesis Aislada 1a. CLV/2015, que la accesibilidad es un derecho humano, tal como se observa a continuación:

Personas con discapacidad. núcleo esencial de su derecho humano a la accesibilidad, consagrado en la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Del artículo 9 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2008, deriva que el derecho humano a la accesibilidad desde la perspectiva de la discapacidad, se centra en aquellos aspectos externos a la persona con discapacidad, esto es, el entorno físico, en el cual un sujeto con cualquier limitación puede funcionar de forma independiente, a efecto de que participe plenamente en todos los aspectos de la vida en igualdad de condiciones con los demás. Para ello, los estados deberán identificar los obstáculos y las barreras de acceso y, en consecuencia, proceder a eliminarlos, además de ofrecer formación a todas las personas involucradas en los problemas de accesibilidad a los que se enfrentan las personas con discapacidad. Así, el entorno físico se refiere a los edificios y a las vías públicas, así como a otras instalaciones exteriores e interiores, incluidas las escuelas, las viviendas, las instalaciones médicas y los lugares de trabajo, obligando a los estados a asegurar que, cuando dichas instalaciones o servicios estén a cargo de entidades privadas, éstas tengan en cuenta los aspectos relativos a su accesibilidad.

Ahora bien, conforme al artículo 3o Constitucional, el Ejecutivo Federal determinará los principios rectores y objetivos de la educación inicial, así como los planes y programas de estudio de la educación básica y normal en toda la República. Conforme al artículo 23 de la Ley General de Educación, la Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás aplicables para la formación de maestras y maestros de educación básica.

Conforme al artículo 113 de la ley ya mencionada, le corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal los planes y programas de estudio para la educación para la educación preescolar, primaria, secundaria, la normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, para lo cual considerará la opinión de los gobiernos de los estados, de la Ciudad de México.

Por otro lado, corresponde de manera exclusiva a las autoridades educativas de los estados y la Ciudad de México, conforme al artículo 114 de la Ley General de Educación, proponer a la Secretaría los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica.

Adicionalmente, tienen la facultad corriente, conforme al artículo 115 de la ley mencionada en el párrafo anterior, de determinar y formular planes y programas de estudio, distintos de los previstos en la fracción I del artículo 113. Así como, editar libros y producir otros materiales educativos.

En México, aproximadamente 2.3 millones de personas padecen discapacidad auditiva. La lengua de señas es un puente para la inclusión, ¿pero qué tan accesible es? En México hay entre 87,000 y 100,000 señantes (quienes se comunican con lengua de señas) que la dominan y la utilizan como vía de comunicación. Lo que implica que la mayoría de las personas que tienen discapacidad auditiva, no han accedido al lenguaje de señas.

En los planes y programas nunca ha existido ni siquiera la intención de incluir a la lengua de señas mexicana como una materia, cosa que sin lugar a dudas es indispensable para garantizar el derecho humano a la educación, a la no discriminación y a la igualdad de todas las personas.

En conclusión, la implementación del lenguaje de señas mexicana como materia, permitirá generar una cultura de verdadera inclusión y visibilización de una comunidad que existe, que convive día a día con nosotros y que tienen los mismos derechos.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de acuerdo

Único.-La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, cordial y respetuosamente, a la Secretaría de Educación Pública a que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente como parte de los planes y programas de estudio de la educación básica la instrucción de Lengua de Señas Mexicana con el fin de lograr un inclusión efectiva de la comunidad sorda.

N otas

1 Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2017, consultada el 19 de septiembre de 2022,

https://acortar.link/JjUYNU

2 https://blog.aegon.es/vida/lenguas-senas/

3 Cfr.

http://www.cucsh.udg.mx/noticia/benito-juarez-el-presidente-luch o-por-los-sordos#:~: text=El%20d%C3%ADa%2028%20de%20 noviembre,los%20egresados%20de%20la%20escuela.

4 Cfr.

http://elies.rediris.es/elies28/pdfs/Capitulo_2_Tesis.pdf

5 https://www.unicef.cl/archivos_documento/200/Libro%20seminario%20internacional% 20discapacidad.pdf

6 Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2017, consultada el 19 de septiembre de 2022,

https://acortar.link/JjUYNU

7 https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-08/ IE-Accesibilidad.pdf

8 https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2009092

9 https://www.gob.mx/salud/prensa/530-con-discapacidad-auditiva-2-3-millones-de-p ersonas-instituto-nacional-de-rehabilitacion?idiom=es

10 https://www.forbes.com.mx/que-tan-acceible-es-aprender-lengua-de-senas/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 18 de octubre de 2022.– Diputados y diputadas: Juan Carlos Romero Hicks, Brasil Acosta Peña, Olga Luz Espinosa Morales, Éctor Jaime Ramírez Barba, Mario Alberto Rodríguez Carrilo, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, Agustín Carlos Basave Alanís, María Eugenia Hernández Pérez, Roman Cifuentes Negrete, Carmen Rocío González Alonso, Jorge Luis Llaven Abarca, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, María Josefina Gamboa Torales, Lilia Caritina Olvera Coronel, Sergio Enrique Chalé Cauich, Norma Angélica Aceves García, Esther Mandujano Tinajero, Yesenia Galarza Castro, Patricia Terrazas Baca y Claudia Alejandra Hernández Sáenz (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA SECRETARÍA DE SALUD Y AL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN MATERIA DE LA REMOCIÓN Y SUSTITUCIÓN DEL ASBESTO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a la Ssa y al PJF, en materia de la remoción y sustitución del asbesto, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra e integrantes de los Grupos Parlamentarios de Morena, del PVEM y del PT

La que suscribe, Evangelina Moreno Guerra e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Que la presente proposición con punto de acuerdo surge de los trabajos de investigación del proyecto denominado “Abordaje transdisciplinario de la epidemia de mesotelioma maligno pleural”, que cuenta con el número 319014, enmarcado dentro de la convocatoria de los Programas Nacionales Estratégicos FORDECYT 2020-21 “Proyectos nacionales de investigación e incidencia sobre procesos contaminantes, daño tóxico y sus impactos socioambientales asociados con fuentes de origen natural y antropogénico.

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

Que la Ley General de Salud establece en el artículo 17 Bis las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la cual tiene diversas competencias, particularmente, la que se refiere a la obligación de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia, así como identificar y evaluar los riesgos para la salud humana que generen los sitios en donde se manejen residuos peligrosos, así como proponer la política nacional de protección contra riesgos sanitarios y su instrumentación en materia de prevención y control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud de la persona, salud ocupacional y saneamiento básico. También es la encargada de elaborar y expedir las normas oficiales mexicanas relativas a los productos, actividades, servicios y establecimientos materia de su competencia. Y es la encargada de ejercer el control y vigilancia sanitarios de los productos de residuos peligrosos, de su importación y exportación, así como de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos y los establecimientos de salud.

Asimismo, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos establece en el artículo 1o que es “reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el territorio nacional”, la cual tiene como objeto “garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente sano y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación”.

Que las atribuciones que le confiere la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos a la federación serán ejercidas a través de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales como diseñar instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos.

Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en el artículo 111 establece las facultades de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera. Específicamente, en la fracción II se estipula que la Secretaría debe “Integrar y mantener actualizado el inventario de las fuentes emisoras de contaminantes a la atmósfera de jurisdicción federal, y coordinarse con los gobiernos locales para la integración del inventario nacional y los regionales correspondientes”.

Asimismo, el artículo 111 Bis establece que “para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, se requerirá autorización de la Secretaría. Para los efectos a que se refiere esta Ley, se consideran fuentes fijas de jurisdicción federal, las industrias química, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera y de tratamiento de residuos peligrosos”. Mientras que el artículo 112 de la Ley en comento estipula que es responsabilidad de los gobiernos de las entidades federativas integrar y mantener actualizado un inventario de emisiones de contaminantes criterio de su jurisdicción.

Asimismo, el artículo 26 de nuestra Constitución Federal establece que el Estado organizará el Sistema de Planeación Democrática a través de un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal, el cual considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes sectoriales y regionales.

En este tenor, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales elaboró su “Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2020-2024” (Promarnat), sustentado en los doce principios rectores del Programa Nacional de Desarrollo, donde se determinó cinco objetivos prioritarios:

1. Promover la conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad con enfoque territorial y de derechos humanos, considerando las regiones bioculturales, a fin de mantener ecosistemas funcionales que son la base del bienestar de la población.

2. Fortalecer la acción climática a fin de transitar hacia una economía baja en carbono y una población, ecosistemas, sistemas productivos e infraestructura estratégica resilientes, con el apoyo de los conocimientos científicos, tradicionales y tecnológicos disponibles.

3. Promover al agua como pilar de bienestar, manejada por instituciones transparentes, confiables, eficientes y eficaces que velen por un medio ambiente sano y donde una sociedad participativa se involucre en su gestión.

4. Promover un entorno libre de contaminación del agua, el aire y el suelo que contribuya al ejercicio pleno del derecho a un medio ambiente sano.

5. Fortalecer la gobernanza ambiental a través de la participación ciudadana libre, efectiva, significativa y corresponsable en las decisiones de política pública, asegurando el acceso a la justicia ambiental con enfoque territorial y de derechos humanos y promoviendo la educación y cultura ambiental.

De estos objetivos prioritarios se resalta el número cuatro, el cual tiene dos estrategias: la primera se refiere a la “Estrategia prioritaria 4.1. Gestionar de manera eficaz, eficiente, transparente y participativa medidas de prevención, inspección, remediación y reparación del daño para prevenir y controlar la contaminación y la degradación”; y la segunda es la “Estrategia prioritaria 4.2. Fomentar el cambio y la innovación en los métodos de producción y consumo de bienes y servicios, a fin de reducir la extracción de recursos naturales, el uso de energía y minimizar los efectos de las actividades humanas sobre el medio ambiente”. De la Estrategia prioritaria 4.1. se instauró la acción puntual de la “Gestión en materia de emisiones a la atmósfera y calidad del aire” con el propósito de contribuir en la protección de salud.

Bajo esta lógica, en el Cuarto Informe de Gobierno se señala que esta acción, particularmente, la materia relativa a la atmósfera, se entregaron diversas licencias a través de la regulación ambiental que reglamenta la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal, conocida como Licencia Ambiental Única (LAU). Comprendiendo que por fuentes fijas se entienden como “aquellas que emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o liquidas a la atmósfera, tales como la industria química, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera y de tratamiento de residuos peligrosos”.

En este sentido, en el Cuarto Informe de la Presidencia de la República se menciona que “A junio de 2022 se contó con 771 LAU vigentes, en 11 sectores industriales de la ZMVM, con la siguiente distribución: 268 tratamiento de residuos peligrosos, 215 química, 159 metalúrgica, 38 automotriz, 27 pinturas y tintas, 20 celulosa y papel, 20 generación de energía eléctrica, 11 petroquímica, siete del asbesto, cuatro del vidrio y dos correspondientes a la industria de cemento y cal. Asimismo, se han emitido 87 resoluciones en atención a trámites de Actualización de Licencia de Funcionamiento y LAU, además de 392 solicitudes en materia de emisiones a la atmósfera”.

Es preocupante que hoy en día se encuentre en la atmósfera de nuestro país un material considerado altamente cancerígeno, me refiero al asbesto. Este componente es “una fibra mineral compuesta de silicatos que se encuentra distribuida en forma natural en el ambiente, principalmente en el aire, agua y suelos, en fibras muy delgadas y microscópicas. De acuerdo con Lincura y Díaz, este mineral ha sido empleado por sus características químicas en más de “3.600 productos domésticos e industriales, formando parte de la vida cotidiana de las personas en todo el mundo (Embid, 1999; Morales, 2006; Muñoz y San Juan, 2013; Asbesto Chile, 2016). Entre ellos: productos de asbesto-cemento que se ha utilizado para elaborar tinacos, láminas onduladas para tejados y tuberías para agua potable; así como cartón, talco, papel secante, frenos de automóviles, filtros de cigarrillos y cortinas de teatro (Vogel, 2009); aislamiento térmico y acústico (Regueiro, 2008), formando parte de las industrias del área aeronáutica, automotriz, construcción, eléctrica, naval, química, siderometalúrgica y textil”.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha mencionado en reiteradas ocasiones que el Asbesto y sus dos principales variedades: las serpentinas como el crisotilo o asbesto blanco y; los anfíboles que corresponden a la crocidolita o asbesto azul, la amosita, la antofilita, la tremolita y la actinolita. Todos considerados como altamente cancerígenos, pues causan cáncer de pulmón, laringe y ovario, mesotelioma (cáncer de pleura o peritoneo) y asbestosis (fibrosis pulmonar).

De acuerdo con la OMS, en el mundo existen alrededor de 125 millones de personas expuestas al asbesto en su lugar de trabajo y se estima que, a nivel global cada año mueren como mínimo 107,000 personas por cáncer de pulmón, laringe, mesotelioma, asbestosis, ovario, faringe, estómago, colon y recto debidos a la exposición ocupacional al asbesto.

Estudios divulgados en la Revista internacional de investigación ambiental y salud pública revelan que el asbesto causa unas 255,000 muertes (243 223—260 029) al año según los últimos conocimientos, de las cuales las exposiciones relacionadas con el trabajo son responsables de 233,000 muertes (222 322—242 802). En la Unión Europea, los Estados Unidos de América y en otras economías de altos ingresos (clasificación regional de la Organización Mundial de la Salud), los costos directos por enfermedad, jubilación anticipada y muerte, incluidas las pérdidas de producción, se han estimado muy altos; en los países de Europa Occidental y la Unión Europea, y equivalente al 0,70% del Producto Interno Bruto o 114 × 109 Dólares de los Estados Unidos de América. Los costos intangibles podrían ser mucho más altos.

En México, la industria del asbesto data de principios del siglo XX y desde la década de 1960 se han realizado estudios que demuestran que los trabajadores de dicha industria han visto afectada su salud con asbestosis. El mesotelioma es una enfermedad de larga latencia, a lo cual se suma que la detección de los afectados es tardía y las opciones terapéuticas son muy restringidas.

En México, en el periodo 1979-2000 se documentaron 793 muertes por mesotelioma pleural maligno, ninguna de los cuales fue reconocida como enfermedad laboral por el Instituto Mexicano del Seguro Social, tratándose del sexo hombre principalmente (62%), el 31.9% tenían entre 40 a 59 años, la gran mayoría no tenía más que educación básica y una cuarta parte no contaba con seguridad social. Esto nos dice que el mesotelioma ha afectado a gente joven, en edad productiva, lo que tiene implicaciones económicas para el desarrollo del país por los años laborables perdidos y las familias que dejan de tener un sostén cuando el proveedor fallece; además, se trata de personas vulnerables socialmente por su bajo nivel educativo y su limitado acceso a servicios de salud.

En México se ha demostrado que el mesotelioma pleural maligno tiene una relación directa con la exposición al asbesto; sin embargo, se desconoce cuántas personas han estado expuestas a este grupo de minerales. También hay un problema de subregistro tanto de enfermos como de defunciones por esta causa, lo que impide evaluar con precisión la cantidad de personas afectadas, que se estima que ronda las 500 muertes anuales, cuyos tratamientos en el año 2005 le costaban al sistema de salud más de 45 millones de pesos (Ibid.). Es decir, se trata de una enfermedad costosa para el erario público.

De hecho, la Norma Oficial Mexicana NOM-125-SSA1-2016 “Que establece los requisitos sanitarios para el proceso y uso asbesto”, menciona que el asbesto afecta principalmente a los “pulmones y la pleura. Respirar altos niveles de fibras de asbesto por largo tiempo, puede producir lesiones que parecen cicatrices en el pulmón y en la pleura. Esta enfermedad se llama asbestosis y ocurre comúnmente en trabajadores expuestos al asbesto, pero no en el público en general. La gente con asbestosis tiene dificultad para respirar, a menudo tiene tos y en casos graves sufre dilatación del corazón. La asbestosis es una enfermedad grave que eventualmente puede producir incapacidad y la muerte. Respirar niveles de asbesto más bajos puede producir alteraciones en la pleura, llamadas placas. Las placas pleurales pueden ocurrir en trabajadores y ocasionalmente en gente que vive en áreas con altos niveles ambientales de asbesto. Los efectos de las placas pleurales sobre la respiración generalmente no son serios, pero la exposición a niveles más altos puede producir un engrosamiento de la pleura que puede restringir la respiración”.

Es una NOM que busca armonizar los artículos 3, 4, 6, 9, 11, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21 y 22 del Convenio sobre el Asbesto número 162 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado en 1986, proponiendo que el límite de “concentración de asbesto en suspensión, no debe sobrepasar los 0.1 f/cm3 en el ambiente de trabajo, así como en las áreas circundantes a la planta o en los sitios de almacenaje, incluyendo aquellos que sean temporales”.

Incluso, México cuenta con un Inventario Nacional de Emisiones de Contaminantes Criterio (INEM), el cual recolecta información sobre las emisiones que se liberan a la atmósfera, como el asbesto. De hecho, se dejaron de inventariar dichas emisiones o, al menos, en la web relativa a la documentación relacionada al Inventario Nacional de Emisiones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, solo se cuenta con datos hasta el 2016. Por lo que, es necesario que la dependencia continúe realizando este ejercicio. De acuerdo, con la información de los datos del Inventario de 2016 se aprecia que existen residuos de fuente fija de Asbesto en Chihuahua, Ciudad de México, Hidalgo, Jalisco, Estado de México y Tabasco, particularmente en los municipios de Chihuahua, Tláhuac, Acatlán, Tizayuca, Guadalajara, Ecatepec de Morelos y Centro de Tabasco. Sin embargo, esto no quiere decir que ya no existan residuos de Asbesto como fuente fija en otros estados y municipios. Por el contrario, se requiere de un plan de acción para conocer las fuentes de residuos del Asbesto en todos los municipios y en todos los estados de nuestro país, pues existen tratados y acuerdos comerciales entre países (México — Japón; México — Panamá; México — Perú; Alianza del Pacífico Colombia, Chile, México y Perú; México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; Australia, Brunéi Darussalam, Canadá, Chile, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur, Estados Unidos y Vietnam) donde se informa que este producto y sus subproductos se sigue comercializando, tanto para importación como exportación, a pesar de que ya fue declarado por la OMS que es altamente cancerígeno y que no existe ambiente seguro ni en el manejo ni el uso del asbesto.

De la misma manera, la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005 “Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos”, señala, por un lado, que el residuo del manejo de la “fibra de asbesto puro, incluyendo polvo, fibras y productos fácilmente desmenuzables con la presión de la mano (todos los residuos que contengan asbesto el cual no esté sumergido o fijo en un aglutinante natural o artificial)” es considerado con una peligrosidad que se caracteriza por su toxicidad crónica.

Por otro lado, esta NOM también menciona que “todas las bolsas que hayan tenido contacto con la fibra de asbesto, así como los materiales filtrantes provenientes de los equipos de control como son: los filtros, mangas, respiradores personales y otros, que no hayan recibido un tratamiento para atrapar la fibra en un aglutinante natural o artificial” conservan una peligrosidad de una toxicidad crónica, al igual que “todos los residuos provenientes de los procesos de manufactura cuya materia prima sea el asbesto y la fibra se encuentre en forma libre, polvo o fácilmente desmenuzable con la presión de la mano”.

En consecuencia, el asbesto está considerado como un residuo altamente peligroso porque tiene una toxicidad crónica. Esto significa que el asbesto tiene propiedades de una “sustancia o mezcla de sustancias de causar efectos dañinos a largo plazo en los organismos, generalmente a partir de exposiciones continuas o repetidas y que son capaces de producir efectos cancerígenos, teratogénicos o mutagénicos”. Material que se encuentra clasificado como residuo peligroso por fuente no específica, es decir, por actividades que generan residuos peligrosos y que por llevarse a cabo en diferentes giros o procesos se clasifican de manera general.

Sin embargo, la NOM-052-SEMARNAT-2005 hace caso omiso a millones de kilómetros cuadrados de asbesto no friable, cuya peligrosidad es exponencial al ser el tipo de asbesto que más tenemos en México. Esto es, la NOM 052 no incluye al asbesto mezclado con otros materiales, productos que son utilizados por las personas en su diario vivir, como los termos, los frenos de vehículos, las láminas de asbesto, ropa, tinacos de agua, entre otros. Por lo que, el asbesto no friable y el asbesto friable son considerados como altamente cancerígenos, y por tanto, tal como lo ha sostenido la Organización Mundial de Salud, en su resolución 58.22 de 2006 establece que “no hay nivel se seguro de exposición del asbesto, todos los tipos de asbesto causan mesotelioma maligno pulmonar, cáncer de pulmón y asbestosis”.

Cabe resaltar que este riesgo a la salud y al medio ambiente se encuentra tutelado por el derecho penal, al tipificarse en el Código Penal Federal, específicamente en el Título Vigésimo Quinto relativo a Delitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, en particular en su Capítulo Primero, De las actividades tecnológicas y peligrosas, estableciendo en su artículo 414, que “Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente”. Lo que refleja el reproche a estas conductas negligentes e incluso permisivas que dañan el medio ambiente y diversos espacios que atañen a la salud de las personas, conductas que deben ser identificadas a fin de salvaguardar este bien jurídico emanado de un derecho humano relevante para la vida digna de todas y todos.

En este escenario, para la materialización del tipo penal antes descrito es relevante que la autoridad judicial pueda identificar por un lado la ilicitud de estas conductas en el desempeño de las actividades correspondientes. Y por otro lado poder identificar la no aplicación de las medidas de prevención o seguridad, lo que hace indispensable contar con la normatividad que establezca los límites de uso seguro de dichos productos peligrosos, que en el caso del asbesto claramente lo enmarca la NOM-125-SSAI-2016, ante lo cual juega un papel relevante la vigilancia que en términos de esta NOM realice la Secretaría de Salud. Aunado a lo cual, en el marco de las atribuciones del Poder Judicial, éste deberá contar con el personal capacitado y equipo para la valoración de estas conductas consagradas por la legislación penal. Por lo que se propone que se elabore un Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en el tema de manejo, remoción y sustitución de residuos peligrosos, con principal enfoque en el asbesto.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a actualizar el Inventario Nacional de Emisiones de Contaminantes Criterio, INEM, para que realice una campaña nacional relativa a las emisiones liberadas a la atmósfera de los contaminantes clasificados producidos por las distintas fuentes naturales y antropogénicas, sobre todo, de aquellas que son altamente cancerígenas como el asbesto, a fin de garantizar el derecho a la protección de la salud y el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar..

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a que evalúe el nivel de contaminación e impacto ambiental derivado de los permisos de la Licencia Ambiental Única que ha otorgado, para que implemente estrategias y programas de manejo de reducción y prohibición del manejo de asbesto friable y no friable en el país.

Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios implemente medidas prohibitivas, acciones, estrategias y programas para el pleno cumplimiento de la NORMA Oficial Mexicana NOM-125-SSA1-2016, específicamente para los establecimientos dedicados al proceso y uso del asbesto en México, tanto en productos friables como no friables.

Cuarto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, para que a través Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios diseñe, elabore e implemente una Norma Oficial Mexicana para la remoción y sustitución del asbesto en sus dos principales variedades: las serpentinas como el crisotilo o asbesto blanco y; los anfíboles que corresponden a la crocidolita o asbesto azul, la amosita, la antofilita, la tremolita y la actinolita, así como de los productos que contengan asbesto friable y asbesto no friable, a fin de garantizar el bien jurídico de la salud y el derecho a un medio ambiente sano.

Quinto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Poder Judicial de la Federación, a la elaboración y emisión de un Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en el tema de manejo, remoción y sustitución de residuos peligrosos, con principal enfoque en el asbesto friable y asbesto no friable, a fin de establecer particularidades, principios y estándares que se deban observar cuando resuelvan casos que involucren este material altamente cancerígeno.

Notas

1. Véase el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2020-2024. Disponible en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/566832/PROMARNAT- 2020-2024.pdf.

2. Cuarto Informe de Gobierno, Medio Ambiente, Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Disponible en

https://www.gob.mx/semarnat/documentos/cuarto-informe-de-labores -2021-2022-313269?state=published.

3. Lincura Matamala, Oliver y Gonzalo Díaz Crovetto, 2021, “Reconociendo “riesgos invisibles” en una “zona de sacrificio”: el caso de la organización trabajadores unidos contra el asbesto (TUCA) de la comuna de Coronel, Chile”, Papeles de Trabajo No 41 — Julio 2021, p. 60.

4. Ibidem.

5. Véase Organización Mundial de la Salud, 2014, Eliminación de las enfermedades relacionadas con el asbesto, Disponible en

https://www.who.int/es/publications/i/item/WHO-FWC-PHE-EPE-14.01 .

6. Ibidem.

7. Organización Mundial de la Salud, 2018, Welding, Molybdenum Trioxide, and Indium Tin Oxide, IARC Monographs on the Evaluation of Carcinogenic Risks to Humans, Volume 118. Disponible en

https://publications.iarc.fr/Book-And-Report-Series/Iarc-Monogra phs-On-The-Identification-Of-Carcinogenic-Hazards-To-Humans/Welding-Molybdenum- Trioxide-And-Indium-Tin-Oxide-2018.

8. Furuya S, Chimed-Ochir O, Takahashi K, David A, Takala J. Global Asbestos Disaster. Int J Environ Res Public Health. 2018 May 16;15(5): 1000. doi: 10.3390/ijerph15051000. PMID: 29772681; PMCID: PMC5982039,

https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC5982039/

9. Gavira-Sánchez L, Marín-López M, Urtiaga-Domínguez M. 1990. El asbesto y la salud en la ciudad de México: Un caso de transferencia del riesgo y del consumo. Salud Problema, 19: 31-45.

10. Aguilar-Madrid, G., Juárez-Pérez, C. A., Markowitz, S., Hernández-Ávila, M., Román, F. R. S., & Grameix, J. H. V. (2003). Globalization and the transfer of hazardous industry: asbestos in Mexico, 1979—2000. International journal of occupational and environmental health, 9(3), 272-279.

https://doi.org/10.1179/oeh.2003.9.3.272

11. Aguilar-Madrid, G., Robles-Pérez, E., Juárez-Pérez, C. A., Alvarado-Cabrero, I., Rico-Méndez, F. G., & Javier, K. G. (2010). Case—control study of pleural mesothelioma in workers with social security in Mexico. American journal of industrial medicine, 53(3), 241-251.

12. Norma Oficial Mexicana NOM-125-SSA1-2016 “Que establece los requisitos sanitarios para el proceso y uso asbesto”, Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5473226&fecha=28/ 02/2017#gsc.tab=0.

13. Ibidem.

14. Inventario Nacional de Emisiones de Contaminantes Criterio, INEM, https://www.gob.mx/semarnat/documentos/documentos-del-inventario-nacional-de-em isiones.

15. Ibidem.

16. Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005 “Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos”. Disponible en: https://dof.gob.mx/normasOficiales/1055/SEMARNA/SEMARNA.htm.

17. Ibidem.

18. Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputadas y diputados: Evangelina Moreno Guerra, Socorro Irma Andazola Gómez, Alfredo Porras Domínguez, Dulce María Silva Hernández, Alma González Hernández, Laura Imelda Pérez Segura, Martha Barajas García, Blanca Araceli Narro Panameño, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Antolín Guerrero Márquez, María Guadalupe Román Ávila, Angélica Ivonne Cisneros Lujan, Carlos López Guadarrama, Arturo Hernández Tapia, Gustavo Contreras Montes, María Guadalupe Chavira de la Rosa, Leonel Godoy Rangel, Héctor Mares Cossío, Lidia Pérez Bárcenas, Francisco Javier Borrego Adame, Armando Contreras Castillo, Irán Santiago Manuel, Óscar Cantón Zetina, Amairany Peña Escalante, Olga Zulema Adams Pereyra, Brianda Aurora Vázquez Álvarez, Casimiro Zamora Valdez, Juan Guadalupe Torres Navarro, Saúl Hernández Hernández, Oscar E. Gutiérrez Camacho, Bennelly Jocabeth Hernández Ruedas, Olimpia Tamara Girón Hernández, Manuel Alejandro Robles Gómez, Salma Luévano Luna, Martha Robles Ortiz, Graciela Sánchez Ortiz, Celestina Castillo Secundino, María del Rosario Reyes Silva, Manuel Vázquez Arellano, Yessenia Leticia Olua González, Olga Leticia Chávez Rojas, Juan Isaías Bertín Sandoval, Angélica Peña Martínez, Ana Elizabeth Ayala Leyva, Gerardo Fernández Noroña, Martha Alicia Arreola Martínez, Adriana Bustamante Castellanos, Manuel Baldenebro Arredondo, Jaime Martínez López (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



SE FORTALEZCA EL FINANCIAMIENTO PARA EL MANEJO DE LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Gobierno federal a coadyuvar con la Ssa a realizar acciones, programas y fortalecer el financiamiento para el manejo de las enfermedades crónicas no transmisibles, suscrita por los diputados Mónica Becerra Moreno, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, los diputados Mónica Becerra Moreno, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y Éctor Jaime Ramírez Barba y las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente:

Consideraciones

Las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) se han convertido en la principal causa de muerte y discapacidad en México. Según datos de la Organización Mundial de la Salud, en nuestro país ocho de cada 10 muertes son causadas por alguna ECNT. A esto contribuyen factores genéticos, pero también factores de riesgo evitables como la obesidad, el sedentarismo y el consumo de alcohol y tabaco en la población joven.

De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud, las ECNT son “un grupo de enfermedades que no son causadas principalmente por la infección aguda, dan como resultado consecuencias para la salud a largo plazo y con frecuencia crean una necesidad de tratamiento y cuidados.”

Ahora bien, dichas enfermedades han tenido como consecuencia una carga económica significativa tanto para el Sistema Nacional de Salud como para el bolsillo de las familias mexicanas. Tan solo en 2020, según datos del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, el gasto de bolsillo de los pacientes incrementó 40 por ciento y el gasto para pagar medicamentos aumentó 60 por ciento.

El diagnóstico tardío es uno de los principales factores que aumentan los costos en los tratamientos, pues las personas tardan en promedio de cinco a ocho años en recibir el diagnóstico adecuado, cuando la enfermedad se encuentra ya en una fase avanzada.

En el caso de las enfermedades raras, por poner un ejemplo, la Asociación Mexicana de Industrias de Investigación Farmacéutica estima que en el país hay 30 mil personas que tienen diagnóstico y solo el 10 por ciento de ellas tiene acceso a un tratamiento; sin embargo, se estima que 2.5 millones de personas podrían tener una enfermedad rara sin estar diagnosticada, provocando en ellos uno más discapacidades, lo cual incrementa el gasto social en adecuaciones para enfrentar la discapacidad.

En el Comunicado de Prensa Número 378/22 publicado el 27 de julio de 2022 por el Inegi, se indica que las principales causas de defunción en 2021 fueron:

A la luz de estas cifras, que reflejan el crecimiento, los costos y la letalidad de las ECNT, resulta evidente que la prevención y control de estas enfermedades deben ser una prioridad para la política de salud. Con la implementación y el fortalecimiento de programas enfocados en la prevención y atención integral de las ECNT, se podrían establecer bases para reducir el impacto económico de las enfermedades que tienen los pacientes, así como las afectaciones a su ámbito familiar y económico, debido a que se evitarían repercusiones socioeconómicas como la pérdida del empleo y la interrupción de la educación, entre otras.

Adicional a eso, las personas podrían contar con una mejor calidad en la atención médica y, en su caso, tener los medicamentos y el tratamiento adecuados. Los recursos que sean brindados en materia de salud, al igual que las acciones y programas que realice el gobierno federal, deben tener como prioridad los puntos antes mencionados y un manejo y atención integrales en los recursos humanos, la infraestructura y los insumos médicos.

De igual manera, si se garantizara una vida sana y se promoviera el bienestar en todas las edades, se daría cabal cumplimiento al objetivo 3 del Desarrollo Sostenible 2030, bajo la perspectiva del respeto al derecho a la salud y bienestar. Los avances que se tengan en este ámbito podrían aumentar la esperanza de vida y la reducción de muertes.

Con un mayor y más eficiente financiamiento de los sistemas sanitarios, con acciones y programas pertinentes y capacitaciones al personal médico, se lograría conseguir avances significativos a la hora de ayudar a salvar las vidas de millones de personas.

Por citar tan solo unos ejemplos, en México no existe una infraestructura suficiente para atender las enfermedades respiratorias crónicas, solo hay dos clínicas integrales para el cáncer de pulmón y son el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias y el Instituto Nacional de Cancerología.

Adicional a eso existe una insuficiencia de médicos oncólogos especialistas en cáncer de pulmón, de tomógrafos y de radioterapia, pese a que el cáncer de pulmón se encuentra entre los 10 tipos de cáncer con mayor mortalidad y representa la primera causa de muerte por cáncer en México. En el 2020 se registraron tan solo en nuestro país, 7,588 nuevos casos de cáncer de pulmón de los cuales 4,503 fueron hombres y 3,085 mujeres; en ese mismo año fallecieron 6,773 personas a causa de esta enfermedad. El 98 por ciento de los casos de cáncer de pulmón se diagnostica en etapas avanzadas cuando las posibilidades de curación son nulas. El costo aproximado para diagnosticar una persona es de 254 mil 600 pesos.

Otra de las enfermedades más comunes es la atención a la diabetes mellitus; los pacientes enfrentan obstáculos como la falta de diferenciación adecuada entre diabetes mellitus tipo 1, tipo 2 y gestacional, la falta de personal e infraestructura, así como el desabasto de medicamentos

En el mundo, uno de cada 10 adultos vive con diabetes, pero el 50 por ciento no sabe que lo tiene. México ocupa el séptimo lugar a nivel mundial en cuanto a número de personas con diabetes, enfermedad que se ha convertido en la primera causa de ceguera, insuficiencia renal y amputaciones. El costo en esta enfermedad también es elevado. Un tratamiento mensual convencional es de 1,871 pesos y un tratamiento intensificado es de aproximadamente 8 mil 963 pesos.

Los ejemplos arriba expuestos muestran que un diagnóstico oportuno, más los medicamentos y las terapias adecuadas, garantizarían el derecho a la salud de todas las mexicanas y mexicanos y reducirían la carga financiera del Sistema Nacional de Salud y de las familias.

En este sentido, en septiembre de 2022 la Red para la Atención de las Enfermedades Crónicas, colectivo integrado por 16 organizaciones de la sociedad civil enfocadas en salud, hizo llegar a la Cámara de Diputados un exhorto para priorizar la atención integral de las personas con ECNT en México. En dicho documento se enfatiza que hace falta duplicar el presupuesto destinado a salud e impulsar medidas legislativas que coadyuven a mejorar la calidad de vida de los pacientes con ECNT y a reducir las muertes provocadas por estas enfermedades.

La salud es una condición fundamental para el desarrollo integral de las personas. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que su atención es un derecho consagrado para las y los mexicanos, un derecho humano al cual todo ciudadano debe acceder, mediante los mecanismos presupuestales, administrativos y legislativos conducentes.

Por lo anteriormente descrito, y con fundamento en las disposiciones señaladas, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. - La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los gobiernos de las entidades federativas para que, en coadyuvancia con la Secretaría de Salud y las autoridades competentes, diseñen, implementen y fortalezcan programas adecuados para prevenir y reducir la mortalidad por causa de alguna de las ECNT.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Salud, el doctor Jorge Alcocer Varela para que, en conjunto con el maestro Zoé Robledo, titular del Instituto Mexicano del Seguro Social; el licenciado Juan Antonio Ferrer Aguilar, titular del Instituto de Salud para el Bienestar; y el licenciado Luis Antonio Ramírez Pineda, titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, garanticen y prioricen el diagnóstico y tratamiento temprano, así como el manejo y atención integral de las ECNT, instrumentando recursos y acciones para:

a) Ampliar la cobertura, el acceso equitativo, efectivo y con calidad a los servicios de salud para las personas con enfermedades cardiovasculares; cerebrovasculares; respiratorias crónicas; renales crónicas; reumáticas; hepatopatías crónicas; enfermedades raras, también conocidas como de baja prevalencia; neurológicas crónicas de base inmune; los diferentes tipos de cáncer; del sistema endocrino, obesidad; los diferentes tipos de diabetes; los trastornos de salud mental; las demencias, así como los diferentes trastornos neurocognitivos.

b) Reducir en un tercio la mortalidad prematura por ECNT mediante la prevención y el tratamiento y promover la salud mental y el bienestar.

c) Lograr la cobertura universal, en particular la protección contra los riesgos financieros, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas seguras, eficaces, asequibles y de calidad para todos.

d) Garantizar que México realice acciones concretas para cumplir con los objetivos del Desarrollo Sostenible 2030, bajo la perspectiva del respeto a los derechos humanos

Palacio Legislativo de San Lázaro, octubre 2022.– Diputadas y diputado: Mónica Becerra Moreno, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SSPC, EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES PRESAS EN EL CEFERESO NO. 16 DE MORELOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, en materia de derechos humanos de las mujeres presas en el Cefereso número 16 de Morelos, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Evangelina Moreno Guerra, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La nación mexicana es un estado pluricultural que soberanamente ha elegido a la república como su forma de gobierno, lo cual ha quedado plasmado en el artículo 40 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y que a la letra dice:

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

México, al igual que otros estados modernos, se ha asociado en diferentes organismos internacionales para fortalecer los lazos de cooperación económica, comercial cultural, diplomática etc. Uno de los retos de los estados miembros de dichos organismos supranacionales lo representa el reto de garantizar regímenes democráticos para sus respectivas ciudadanías.

Uno de esos organismos es la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Dicho organismo internacional de carácter global ha generado una serie de convenios, tratados, así como diversos mecanismos encaminados a proteger los derechos humanos de las personas que habitan en los estados-parte que forman parte de la ONU, también conocido simplemente como Naciones Unidas.

El Estado mexicano, como miembro de las Naciones Unidas ha suscrito y ha impulsado una serie de iniciativas encaminadas a promover los derechos de los pueblos indígenas. Una de las mayores deudas que tiene el Estado mexicano es con las poblaciones indígenas, las cuales cuentan con rezagos estructurales en comparación con el resto de la sociedad mestiza. Una de las muestras más elocuentes de la discriminación y el racismo que padecen los indígenas es el difícil acceso a la justicia y la constante criminalización y estigmatización que padece el grueso de los miembros de las comunidades indígenas.

De hecho, según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en el informe Análisis Situacional de los Derechos Humanos de las Personas Indígenas en Reclusión se destaca que los indígenas: “Se encuentran en desventaja para hacer frente a las situaciones de la vida cotidiana. Esta condición se acentúa en aquellos que están privados de la libertad en un centro penitenciario, quienes frecuentemente se enfrentan a la negación de sus derechos como personas indígenas e internos.”

En este sentido, cabe aclarar que muchos indígenas están presos por no contar con traductor, pero muchos otros lo están por sus actividades que realizan como activistas políticos en defensa de su cultura, sus territorios, sus recursos naturales, sus lenguas maternas, etc.

Tal es el caso de la activista Kenia Hernández Montalván, quien se encuentra presa desde el 18 de octubre del 2020 en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) no. 16 ubicado en el estado de Morelos.

A pesar de que diversas Ongs se han pronunciado por las irregularidades en el proceso judicial de Kenia Hernández, una mujer de origen amuzgo, los atropellos no han cesado. La misma CNDH se ha pronunciado para pedir que se le garantice el derecho al debido proceso legal a la dirigente indígena.

Recientemente el Centro de Derechos Humanos “Zeferino Ladrillero”, así la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y otras Ongs especializadas en detenciones arbitrarias y presos de conciencia emitieron Acciones Urgentes y llamamientos a las autoridades del Estado Mexicano porque en el penal en el que se encuentra la defensora Hernández Montalván se desató una crisis sanitaria, dando como resultado que al menos 700 mujeres dieran positivo a una intoxicación.

En el comunicado y llamado que hace la OMCT a las autoridades mexicanas afirman que: “de acuerdo con la defensora de derechos humanos, entre 700 y 800 mujeres detenidas se encuentran en un deteriorado estado de salud, presentando síntomas que incluyen fuertes dolores de estómago, vómitos, diarrea, fiebre, mareos y dolor muscular. Por su parte, la señora Hernández reportó sufrir mareos, 39 grados de fiebre y dolor extremo de cabeza y estómago.”

Según la legislación vigente, La fracción VII del artículo 30 Bis.- de la Ley Orgánica De La Administración Pública Federal faculta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a:

a: “Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes, en términos de la política especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos.”

Ante tal situación, se vuelve necesario la intervención de las autoridades correspondientes a fin de garantizarle un trato digno, tanto a la defensora Kenia Hernández, así como al resto de las internas del CEFERESO no. 16 ubicado en el estado de Morelos.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que garantice en todo momento un trato digno y de total respeto a los derechos humanos de las mujeres internas en el Centro Federal de Reinserción Social no. 16, ubicado en el estado de Morelos.

Notas:

1. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2. https://www.cndh.org.mx/index.php/documento/cndh-llama-que-en-el-proceso-penal- contra-de-la-activista-kenia-ines-hernandez-montalvan

3. https://www.omct.org/es/recursos/llamamientos-urgentes/méxico-emergencia-sanita ria-en-cárcel-femenina-de-máxima-seguridad-en-morelos

4. Ibid.

5. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2022.– Diputada Evangelina Moreno Guerra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



EXHORTO AL INSABI, A PUBLICAR EN SU PÁGINA DE INTERNET LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS RECURSOS ENTREGADOS A LA UNOPS Y A LOS CONTRATOS FIRMADOS CON ESTE ORGANISMO INTERNACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Insabi a realizar las acciones correspondientes y necesarias a efecto de que se publique en su página de internet la información relacionada a los recursos entregados a la UNOPS y a los contratos firmados con este organismo internacional, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, diputados federales María Elena Pérez-Jaén Zermeño, Éctor Jaime Ramírez Barba, Leticia Zepeda Martínez, Martha Estela Romo Cuéllar, Gina Gerardina Campuzano González, María Teresa Castell de Oro Palacios, Mario Gerardo Riestra Piña, Héctor Saúl Téllez Hernández, Carlos Madrazo Limón, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Ignacio Loyola Vera, Gabriel Ricardo Quadri de la Torre, Sergio Enrrique Chalé Cauich, Jesús Fernando Morales Flores, Ana Teresa Aranda Orozco, Guillermo Octavio Huerta Ling, Wendy González Urrutia y Ana María Esquivel Arrona, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), Juan Antonio Ferrer Aguilar, para que realice las acciones correspondientes y necesarias a efecto de que se publique en la página de Internet (https://www.gob.mx/insabi) toda la información relacionada a los recursos entregados a la UNOPS y a los contratos firmados con este organismo internacional, (julio de 2020 hasta la fecha) bajo las siguientes:

Consideraciones

“Desde su campaña presidencial, Andrés Manuel López Obrador prometió instaurar en todo el país un programa que ofreciera de manera gratuita atención a la salud y medicamentos a las personas sin seguridad social laboral. Ya como Presidente de la República, comenzó a promover una reforma profunda en el sistema de salud que da al Gobierno federal una función más activa de la que había tenido desde que inició el proceso de descentralización en 1983”.

Sin embargo, cuatro años después de haber iniciado la presente administración, los grandes cambios que ha enfrentado el sistema de salud mexicano han impactado de manera negativa el acceso a los servicios de salud en nuestro país. En este sentido, lo establecido en el artículo cuarto de la Constitución: el derecho a la protección de la salud, no es una realidad para los mexicanos porque la promesa hecha al inicio de este sexenio: medicamentos y bienestar para todos no se ha cumplido.

A partir del diagnóstico realizado durante el presente gobierno en el que se precisó que “existía corrupción en la adquisición de medicamentos”, se inició el desmantelamiento del sistema de salud, que ha provocado consecuencias desastrosas porque generó desabasto de medicamentos, afectando a millones de mexicanos.

En 2019, se anunció el cambio del modelo de compra de medicamentos, centralizándolos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y separando el proceso de distribución.

El 14 de febrero de 2019, el gobierno de México firmó con la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos, UNOPS por sus siglas en inglés, un acuerdo marco para asesorar a la presente administración en la preparación de licitaciones de proyectos estratégicos, brindando asistencia técnica en el diagnóstico de propuestas y proceso de adquisiciones.

Ese mismo día, el titular de la Secretaría de Salud, Jorge Alcocer Varela, presentó ante la Academia Mexicana de Cirugía, el Proyecto de Salud de la Cuarta Transformación que establece como objetivo: “que todos los mexicanos, independientemente de su condición laboral o socioeconómica, tengan acceso a los servicios de salud en forma integral; médicos y medicamentos gratuitos y se concreten los cambios legales y estructurales para dar un servicio con calidad y equidad hasta alcanzar la universalización”.

El 12 de marzo de 2019, la Presidencia de la República reveló que, de acuerdo con un informe de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), 10 eran las empresas que concentraban 79.6 por ciento del gasto realizado entre 2012-2018, que rebasó los 335 mil 340 millones de pesos.

El 13 de marzo de 2019, la SHCP anunció medidas para garantizar el abasto de medicamentos, de acuerdo con la transparencia y combate a la corrupción en todos los niveles. En particular, se definió como objetivo prioritario de la actual administración mejorar y modernizar los procesos de adquisición de bienes y servicios. Para lograrlo, se estableció que las compras del gobierno se harían preferentemente de manera consolidada, mediante convocatoria, con observación ciudadana y de la oficina de transparencia de la Organización de las Naciones Unidas.

El 29 de noviembre de 2019, se publicaron, en el Diario Oficial de la Federación, las reformas a la Ley General de Salud y a la Ley de los Institutos Nacionales de Salud para fundamentar la creación del Instituto de Salud para el Bienestar, (Insabi). Con dichos cambios, también se canceló la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, encargada de operar el Seguro Popular.

Es decir, de acuerdo con un estudio del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), 15.6 millones de mexicanos quedaron sin acceso a los servicios de salud, lo que significa que el porcentaje de población con carencia en el rubro de salud creció 28.2 por ciento tan solo en 2020, que se originó por la disminución de la población que reportó estar inscrita al Seguro Popular o tener derecho a los servicios médicos del Insabi.

Según la metodología del organismo, se considera que una persona se encuentra en esta situación cuando no cuenta con adscripción o afiliación al extinto Seguro Popular, a las instituciones públicas de seguridad social (IMSS, ISSSTE, Pemex, ejército o marina), a servicios médicos privados, o bien, no reportó tener derecho a recibir los servicios que presta el recién creado Insabi.

Cabe destacar que, un aspecto importante del artículo transitorio décimo tercero del decreto de reforma, es el periodo de tres años que se otorgó al Insabi para que presentara resultados en el cumplimiento de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos, especificando la cobertura de atención a los grupos vulnerables y marginación social.

Como consecuencia de esta reforma, el 1 de enero del 2020, Insabi entró en operación como un organismo descentralizado de la Secretaría de Salud y con el objetivo de ofrecer servicios de salud a 69 millones de personas, que para entonces no contaban con seguridad social.

Entre las principales funciones de este organismo descentralizado está: a) la prestación de servicios de salud; b) asegurar el suministro de medicamentos e insumos para la atención a las personas sin seguridad social; c) proponer a la Secretaría de Salud adecuaciones a la normatividad reglamentaria necesaria en materia de prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos.

Asimismo, el Insabi cuenta con la atribución de participar en los procedimientos de contratación consolidada que instrumente la SHCP, en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que tengan por objeto la adquisición y distribución de medicamentos, así como demás insumos asociados para la salud.

Aunado a ello, el 16 de enero de 2020, en la conferencia matutina, el presidente López Obrador y el director general del Insabi, Juan Antonio Ferrer, se comprometieron a implementar para el 1 de diciembre de ese año los cuatro principales pilares de la reforma: 1) abasto y distribución de medicamentos, material de curación y equipos médicos; 2) suficiente personal médico en los establecimientos de salud; 3) construcción y mantenimiento de establecimientos de salud; 4) basificación de los trabajadores eventuales y con honorarios por contratos.

Estos cuatro pilares, hasta la fecha, desafortunadamente para las familias mexicanas no se han implementado y el sistema de salud sigue deteriorándose.

Posteriormente, el 28 de enero de 2020, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público convocó a productores de medicamentos patentados a presentar cotizaciones para la adquisición consolidada para 2020 y extendió el cierre de posturas hasta marzo de ese año, que significó un enorme atraso en perjuicio de los pacientes. En misma fecha, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto presidencial por el que se autorizó la adquisición de medicamentos por medio de “equivalencias” con pares sanitarios de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de otros lugares del mundo para facilitar la importación de medicamentos y dispositivos médicos, limitando así la actuación de la Cofepris.

El 31 de julio de 2020, el gobierno mexicano, a través del Insabi, firmó con la UNOPS un Acuerdo Específico denominado “Adquisición de medicamentos y material de curación”. Con motivo de este acuerdo, el gobierno mexicano le otorgó la facultad a la UNOPS de adquirir medicamentos y material de curación para abastecer el sistema de salud mexicano por el periodo comprendido de 2021-2024.

En el texto de dicho acuerdo, se establecen los Costos Directos del Proyecto de Implementación por un monto de seis mil cinco millones de dólares, donde se especifica que estos recursos serán ejercidos de acuerdo a los requerimientos del Insabi, y que el responsable de su utilización será la UNOPS para financiar todas las actividades relativas a la gerencia y a las operaciones del Proyecto de Implementación.

Para fundamentar dicha acción, el 11 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el objetivo de exceptuar de la aplicación de la ley la adquisición de bienes o prestación de servicios para la salud que contraten las dependencias y/o entidades con organismos intergubernamentales internacionales.

Esta modificación a la ley permitió que la UNOPS realizará, en nombre y por cuenta del gobierno mexicano, la compra de medicamentos y material de curación. En este sentido, la firma del mencionado Acuerdo Específico ha desembocado en falta de transparencia en los procesos de adquisición de medicamentos y material de curación, debido a que los contratos o adquisiciones han sido mediante adjudicación directa y no a través de licitaciones públicas.

El 27 de mayo de 2021, el Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (Imco), publicó una investigación en la que señaló: “Las compras de medicamentos y material de curación realizadas por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) son opacas: conocemos menos información sobre estas contrataciones que de las que se registran en Compranet. La información sobre los contratos carece de detalle, los documentos no están disponibles y la Gestión de Contratos UNOPS México afirma que estos no son públicos”.

En dicha investigación, se precisa información que refleja las deficiencias y la opacidad que, desde el inicio, ha caracterizado a las compras realizadas por la UNOPS. Se menciona que diez meses después del inicio de la colaboración, no solo hay atrasos en la adjudicación de más de mil 900 claves de medicamentos y material de curación, es decir, el 94 por ciento del total para el abastecimiento de 2021, también hay poca información acerca de los contratos que ya han sido adjudicados.

De acuerdo al Imco, en el portal de la UNOPS, se informa que hasta mayo de 2021 se adjudicaron 82 contratos por 18 mil millones de pesos, y encontró que estos solo incluyen el nombre del medicamento, el importe total del contrato, la fecha del contrato y el nombre del proveedor. Estos datos son menos de los que estarían disponibles en Compranet de haberse realizado las contrataciones desde las instituciones federales.

El Instituto Farmacéutico (Inefam) ha demostrado que entre 2021 y lo que va de 2022, se registraron los peores niveles de abasto observado en los últimos años apenas comparables con los de 2016 (“mapa del desabasto”, donde la pésima gestión en las compras en manos de Insabi, junto con la UNOPS, así como la ineficiente actuación de los operadores logísticos bajo el control de la paraestatal Birmex en las entregas a las instituciones, dan lugar a la proliferación de constantes demandas de pacientes que hasta hoy no cuentan con sus tratamientos, faltando así, a garantizar el derecho humano y constitucional a la salud. Todo esto agudizado por el pésimo manejo sanitario ante la pandemia por la covid-19.

El rezago en las asignaciones por parte de la UNOPS (por menos del 50 por ciento de las claves de medicamentos convocadas), así como el lento avance en las entregas por la pésima coordinación con Insabi y Birmex, impulsaron a compras paralelas no consolidadas donde se observa que por cada contrato de un medicamento con UNOPS, se ocurrieron 40 contratos adicionales, empalmando como nunca antes las compras consolidadas y no consolidadas.

Algunos medicamentos de alto volumen de consumo llegaron a reportar en compras no consolidadas, cantidades máximas que superan a las contratadas por UNOPS.

En 2021, solo se logró entregar 30 por ciento de las cantidades asignadas y bajo la responsabilidad de la triada UNOPS-Insabi-Birmex, por lo que las compras paralelas emergentes lograron cubrir en varios casos los faltantes ante tales atrasos, lo que llevó a un notable sobrecosto superior a los 4.5 mil millones de pesos.

Cabe señalar que, además de esa información, tendría que estar disponible la referente al tipo de procedimiento, precio unitario, cantidad adquirida, documento del fallo de adjudicación y presentación, así como marca del bien. Es importante considerar que, a pesar de que la UNOPS señala que no está definido el grado de aplicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, lo cierto es que sí recibió y ejerció recursos del Estado mexicano.

Resulta indispensable recordar que, a pesar de que la redacción de la legislación de transparencia y acceso a la información pública pudiera generar una apariencia de generalidad, no cabe lugar a dudas sobre el mandato legal de considerar sujetos obligados a aquéllos que reciban y ejerzan recursos públicos. En este sentido, la UNOPS debería rendir cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos recibidos, de acuerdo a los alcances del multicitado acuerdo específico.

Amparados en la mencionada modificación a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada el 11 de agosto de 2020, el Insabi y la UNOPS han sido omisos en relación con las obligaciones de transparencia y acceso a la información que deben cumplir las personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, previstas en las Leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Contrario a lo que pasaría con una institución sujeta a la legislación en la materia, no existen mecanismos claros para transparentar estas compras. Es un hecho que la colaboración con la UNOPS para gestionar las compras de medicamentos en México no ha mejorado la transparencia, ya que el nivel de detalle de la información disponible, es casi nulo.

Además de lo detallado en párrafos anteriores, se suma un evento más: el pasado 5 de octubre, casi dos años antes de lo previsto, el titular del Insabi, Juan Antonio Ferrer Aguilar, compareció ante la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y anunció el fin de esta colaboración bajo el argumento de que: “el sector salud ya está articulado y cuenta con capacidades suficientes, por lo que no se requiere de la UNOPS para las compras consolidadas de medicamentos”.

En dicha comparecencia, Juan Antonio Ferrer Aguilar reconoció, que: “Ya no vamos a requerir los servicios de la UNOPS. ¿Por qué? Porque hoy contamos con el total apoyo de la Secretaría de Hacienda, de la Secretaría de la Función Pública, de la organización del IMSS, del ISSSTE, de la Secretaría de la Defensa Nacional, de Marina (...) de las 32 entidades”.

Lo anunciado por el director general del Insabi representa otro cambio más en el modelo de contrataciones de medicamentos en nuestro país, esta situación provoca más incertidumbre sobre la efectividad de los procesos de compra consolidada realizados por el organismo internacional, y constituye un desafío de coordinación entre las instituciones federales y estatales.

Lo preocupante de esta situación es que las familias más necesitadas son las que padecen esta falta de definición porque las afectaciones las sufren directamente a su salud y economía. Lo anterior se agrava debido a que este cambio de responsabilidades ocurre en un contexto donde las capacidades del Insabi están en duda. En agosto de 2022, se anunció la creación del IMSS-Bienestar como organismo público descentralizado para proveer el acceso integral y gratuito a la salud, y en entidades federativas como Nayarit, Tlaxcala y Colima este esquema ya se encuentra en operación.

En este orden de ideas, es evidente la necesidad de una adecuada coordinación entre instituciones y esquemas de atención que componen el Sistema Nacional de Salud. Es un hecho que se desconoce cómo fueron ejercidos los recursos de los mexicanos, dado que a la UNOPS se le entregaron más de seis mil millones de dólares para adquirir medicamentos y material de curación, y la documentación que sustenten las compras que hizo dicho organismo sigue sin estar disponible.

Es urgente eliminar las fallas en el acceso a la información e ineficiencia en las contrataciones, para lo cual es fundamental garantizar la transparencia de los contratos de medicamentos incluidos en la compra consolidada 2021-2024. No debe omitirse que las consecuencias negativas en el suministro completo y de calidad de medicamentos y material de curación se debe a la falta de planeación en las compras públicas.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al titular del Instituto de Salud para el Bienestar para que realice las acciones conducentes para que se publique en la página de Internet del Instituto que dirige (https://www.gob.mx/insabi), toda la información relacionada a los recursos entregados a la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos, UNOPS por sus siglas en inglés, y a los contratos firmados con este organismo internacional.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente al titular del Instituto de Salud para el Bienestar, y a los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública para que instrumenten los procedimientos necesarios con el fin de promover la solicitud oportuna y coordinada de los medicamentos requeridos, y asegurar las mejores prácticas en materia de centralización, distribución y transparencia de las compras de salud.

Notas

1 Ramírez, Miguel Ángel y Romero, Frida (2020). Conferencia Interamericana de Seguridad Social. Luces y sombras del INSABI. Nota Técnica 2., p.1.

2 La ONU asesorará proyectos y adquisiciones del Gobierno de AMLO (expansion.mx)

3 https://www.sinembargo.mx/12-03-2019/3549310

4 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/445297/SHCP_ 019_2019.pdf

5 http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Agen-cia-de-Noticias/20 19/Noviembre/29/3808-Publica-DOF-decreto-que-crea-el-Insabi-y-desaparece-el-Seg uro-Popular

https://www.gob.mx/salud/censia/es/articulos/el-secretario-de-sa lud-jorge-alcocer-varela-presenta-el-proyecto-de-salud-en-la-cuarta-transformac ion-de-mexico?idiom=es

6 Coneval.org.mx/Medicion/MP/Documents/MMP_2018_2020/Notas_pobreza_2020/Nota_tecn ica_sobre_la_carencia_por_acceso_a_los_servicios_de_salud_2018_2020.pdf

7 #ConferenciaPresidente 16 de enero 2020 | Juan Antonio Ferrer Aguilar | Instituto de Salud para el Bienestar | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)

8 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585043&fecha=28/01/2020#gsc .tab=0

9 Acuerdo Específico entre el Instituto de Salud para el Bienestar de los Estados Unidos Mexicanos y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos, para la ejecución del Proyecto de implementación denominado “Adquisición de medicamentos y material de curación”, p. 37. Consultado en:

https://www.gob.mx/insabi/documentos/acuerdo-especifico-entre-el -insabi-y-la-unops-para-la-ejecucion-del-proyecto-de-implementacion-adquisicion -de-medicamentos-y-material-de-cu?idiom=es

10 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598205&fecha=11/ 08/2020

11 Consultado en: https://imco.org.mx/compras-publicas-hechas-con-unops-mas-opacas-y-al-margen-de -la-ley-de-transparencia/

12 https://inefam.com/Mapa-del-desabasto/

13 Corte de caja a tres años: un sistema de compras públicas de medicamentos sin rumbo (eluniversal.com.mx)

14 https://www.eluniversal.com.mx/opinion/enrique-martinez-moreno/efecto-unops-en- el-mercado-publico-de-medicamentos

15 EN VIVO / Comparecencia de la Comisión de Salud con el Lic. Juan Ferrer Aguilar, titular INSABI. - YouTube

16 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5663064&fecha=31/08/2022#gsc .tab=0

17 En hospitales de IMSS-Bienestar en Nayarit, Tlaxcala y Colima continúan acciones para mejorar la atención médica | Instituto Mexicano del Seguro Social | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 18 de octubre de 2020.– Diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.