Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputado Santiago Creel Miranda
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, miércoles 28 de septiembre de 2022
Sesión 11 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 28 de septiembre del 2022, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena. la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 184 de la Ley Federal de Derechos.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO AL TEPJF, A RESOLVER EL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL DE VALIDEZ PARA LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS

De la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al TEPJF, a resolver el juicio de revisión constitucional de validez para la elección de la gubernatura de Tamaulipas con base en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

SE HAGAN PÚBLICOS LOS AVANCES EN LAS INVESTIGACIONES SOBRE LAS MÚLTIPLES OBSERVACIONES POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN EN SEGALMEX, LICONSA Y DICONSA

Del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SFP, a hacer públicos los avances en las investigaciones sobre las múltiples observaciones por presuntos actos de corrupción en Segalmex, Liconsa y Diconsa.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A FORTALECER LAS MISIONES CULTURALES, Y A LA JUCOPO A CONTEMPLAR UNA SESIÓN SOLEMNE PARA CONMEMORAR LOS 100 AÑOS DE LAS MISIONES CULTURALES EN MÉXICO

Del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a fortalecer las misiones culturales y a la Jucopo de esta soberanía, a contemplar en el segundo año de la LXV Legislatura, una sesión solemne a fin de conmemorar los 100 años de las Misiones Culturales en México.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 28 de septiembre de 2022 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre de 2022.– Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica), presidente.»

«Iniciativa con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 184 de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al TEPJF, a resolver el juicio de revisión constitucional de validez para la elección de la gubernatura de Tamaulipas con base en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SFP, a hacer públicos los avances en las investigaciones sobre las múltiples observaciones por presuntos actos de corrupción en Segalmex, Liconsa y Diconsa, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a fortalecer las misiones culturales y a la Jucopo de esta soberanía, a contemplar en el segundo año de la LXV Legislatura, una sesión solemne a fin de conmemorar los 100 años de las Misiones Culturales en México, a cargo del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY FEDERAL DE DERECHOS

«Iniciativa que reforma el artículo 184 de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Azael Santiago Chepi, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción I, numeral 1, del artículo 6, y en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXI del artículo 184 de la Ley Federal de Derechos, en materia de derechos lingüísticos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, al tenor de lo siguiente

Argumentos

El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconocen que nuestra nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas; y que la conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas. El inciso C reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas, cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la nación, en un reconocimiento con criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico.

En el apartado A de este articulo reconoce y garantiza la libre determinación y autonomía para decidir sus formas internas de convivencia, aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sus formas de gobierno interno, así como a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.

En el apartado B del mismo artículo establece la obligación concurrente entre la federación, las entidades federativas y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y el desarrollo integral de los pueblos y comunidades; y enlista las obligaciones que tienen para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, como la de “garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior.”

Por lo que como parte de los criterios de la educación que define el artículo 3° de la Constitución, es la equidad, y se deberán implementar medidas que favorezcan el ejercicio pleno del derecho y combatan las desigualdades, para los pueblos y comunidades indígenas se deberá impartir educación plurilingüe e intercultural basada en el respeto, promoción y preservación del patrimonio histórico y cultural.

Asimismo, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (LGDLPI), en su artículo 2, define a las lenguas indígenas como aquellas que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del establecimiento del Estado mexicano, además de aquellas provenientes de otros pueblos indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado en el territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de comunicación. Y el artículo 3 las reconoce como parte integrante del patrimonio cultural y lingüístico nacional. La pluralidad de lenguas indígenas es una de las principales expresiones de la composición pluricultural de la nación mexicana. Es así que reconoce la validez de las lenguas indígenas, al igual que el español, y será obligación del Estado garantizar el ejercicio de los derechos previstos en la LGDLPI.

Será obligación de la federación y las entidades federativas tener disponibles y difundir a través de textos, medios audiovisuales e informáticos: leyes, reglamentos, programas sociales, obras y servicios dirigidos a las comunidades indígenas, en la lengua de sus correspondientes beneficiarios. Así también, garantiza el acceso a la educación bilingüe e intercultural, debiendo incluir políticas y acciones tendientes a la protección, preservación, promoción y desarrollo de las diversas lenguas indígenas nacionales.

Para avanzar en el ejercicio de los derechos lingüísticos de pueblos y comunidades indígenas, se realizan diversas publicaciones en diferentes lenguas en cuanto a educación, arte, cultura e investigaciones especializadas.

La Secretaría de Educación Pública durante el ciclo escolar 2020-2021 atendieron una matrícula de más de 1.2 millones de alumnos en 22,126 escuelas (inicial, preescolar y primaria), orientados por 59 mil 252 docentes; es relevante destacar que las enseñanzas se imparten en su lengua materna Cabe mencionar que a los servicios regulares de educación básica acudieron 524 mil 452 alumnos pertenecientes a población indígena. Para ello, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, produjo 270 mil libros de texto gratuitos en 64 lenguas indígenas y 4 millones de libros plurilingües para el ciclo escolar 20-21. Asimismo, para educación básica (inicial, preescolar, primaria y secundaria) se desarrolló el Proyecto Chamakili que promueve el ejercicio de los derechos lingüísticos de las comunidades indígenas para el mantenimiento, desarrollo y revitalización de sus lenguas maternas, favoreciendo la transmisión oral, el uso activo de la misma y la alfabetización temprana en lengua indígena, especialmente en las niñas y los niños de los primeros grados de educación básica.

Con el apoyo de estos materiales se promovió la preservación de lenguas indígenas y culturas, así como la inclusión. Se consideraron, entre libros y juegos didácticos, 53 títulos, con una producción de 267 mil 550 ejemplares. Para el ciclo escolar 2019-2020, entre libros y juegos didácticos, se consideraron 41 títulos, con una producción de 2.6 millones de ejemplares. Para ambos ciclos escolares se consideraron 20 lenguas indígenas.

Es así que con una inversión de más de 31.5 millones de pesos para el programa editorial 2020-2021, especializado en población indígena y migrante, se distribuyeron 267 mil 550 libros de texto gratuitos, beneficiando a más de 250 mil estudiantes. Se entregaron más de 1.4 millones de ejemplares y más de 2 millones de literatura infantil de los libros de Aprende en Casa.

Por otro lado, el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali), desde 2005, ha publicado más de 140 materiales dirigidos a públicos diversos, tanto de sesgo literario como educativo, para hispanohablantes, y sobre todo para los hablantes de alguna de las variantes lingüísticas identificadas en México.

La administración del Inali está a cargo del Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, y éste previa consulta a los estudios particulares de los Institutos Nacional de Antropología e Historia y Nacional de Estadística, Geografía e Informática, a propuesta conjunta de los representantes de los pueblos y comunidades indígenas, y de las instituciones académicas que formen parte del propio Consejo, hará el catálogo de las lenguas indígenas (Art. 20 LGDLPI).

En el año 2005 el Inali publicó el Catálogo de lenguas indígenas nacionales: Cartografía contemporánea de sus asentamientos históricos, donde establece la territorialidad de las agrupaciones lingüísticas de los pueblos originarios del territorio nacional, como la primera de las dos fases consideradas para cumplir con el mandato relativo a la elaboración del Catálogo de las Lenguas Indígenas; la segunda fase es el Catalogo de las Lenguas Indígenas Nacionales: Variantes Lingüísticas de México con sus autodenominaciones y referencias geoestadísticas en donde se identifican, de manera complementaria y, entre otros aspectos, las variantes lingüísticas correspondientes tanto a las agrupaciones lingüísticas, como a las agrupaciones de otros pueblos indoamericanos arraigados en territorio nacional, para ello fueron consignadas:

a) 11 familias lingüísticas indoamericanas que tienen presencia en México con al menos una de las lenguas que las integran;

b) 68 agrupaciones lingüísticas correspondientes a dichas familias; y

c) 364 variantes lingüísticas pertenecientes a este conjunto de agrupaciones.

Las 11 familias lingüísticas indoamericanas consideradas son:

I. Álgica.

II. Yuto-nahua.

III. Cochimí-yumana.

IV. Seri.

V. Oto-mangue.

VI. Maya.

VII. Totonaco-tepehua.

VIII. Tarasca.

IX. Mixe-zoque.

X. Chontal de Oaxaca.

XI. Huave.

Las 68 agrupaciones lingüísticas son:

El reconocimiento gubernamental de las lenguas indígenas, considerando para ellas un estatus oficial, está sustentado en el referido catálogo, basado en conocimientos sobre las estructuras lingüísticas y la interdependencia de éstas con el comportamiento sociolingüístico de sus usuarios; así como sobre las relaciones genealógicas, unidad y diversidad de las variantes lingüísticas en relación con su cobertura territorial histórica en los niveles estatal, municipal y de localidad.

Para el ejercicio de los derechos lingüísticos y la equidad, la publicación de materiales impresos y digitales tiene un gasto en su elaboración, edición y además debe de contar con un registro ISBN (siglas en inglés para el Número Internacional Normalizado del Libro), este es un identificador internacional que se designa a una publicación o edición monográfica de forma exclusiva, relacionado a un título, su editor, el país donde se publica y las características editoriales de la edición (artículo 53 de fracción IV de la Ley Federal del Derecho de Autor). Este trámite se debe de realizar ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Cultura.

Justo después de concluir la edición definitiva de la obra, teniendo la certeza de que no van a existir modificaciones a la misma, y 10 días antes de imprimirse (tratándose de publicaciones impresas) de maquilarse (tratándose de versión digital) o de su levantamiento en plataforma (tratándose de publicaciones en la web). Las solicitudes para registros de obra pueden ser presentadas por:

Autor-Editor: Persona física creadora o autora de una obra primigenia quien asume económicamente la edición de la obra literaria por su propia cuenta en cualquiera de los formatos o sustratos disponibles.

Editorial: Persona jurídica o moral, sea pública o privada, quien previamente ha adquirido los derechos cedidos por medio de contrato por parte del o los autores originales de la obra adquiriendo con ello la titularidad de la misma y la responsabilidad legal, editorial y posiblemente económica de la edición.

Persona moral pública: Es el editor público (universidad pública, entidad o institución de gobierno federal, estatal o municipal) legalmente constituido, que cuenta con autonomía jurídica, patrimonio propio, así como con la titularidad de los derechos de la obra por parte del o los autores que se encuentran en activo o de los cuales derivan relaciones laborales contractuales.

Persona física con actividad empresarial de edición de libros: Persona física formalmente dada de alta en Hacienda, cuya actividad en ejercicio acreditada sea la “Edición de Libros”, quien previamente ha adquirido los derechos cedidos por parte del o los autores originales de la obra.

Las publicaciones que deben llevar el registro ISBN son:

• Obras monográficas.

• Publicaciones en Braille, o sus equivalentes en nuevas tecnologías.

• Publicaciones que la editorial no tenga previsto actualizar regularmente ni continuar indefinidamente.

• Audiolibros que se encuentren en un soporte físico (CD, DVD, etcétera) o disponibles en Internet (no audiovisuales o videogramas).

• Publicaciones monográficas electrónicas, ya estén en soporte físico (como cintas legibles por máquina, discos o CD-ROM, etcétera) o disponibles en Internet. Debiendo solicitarse un ISBN para cada versión y formato.

• Publicaciones digitalizadas de publicaciones monográficas impresas.

• Publicaciones multimedia cuyo componente principal sea el texto.

• Publicaciones en microformas.

• Publicaciones multimedia cuyo componente principal sea textual.

• Publicaciones por combinación de medios.

• Libros monográficos en CD, DVD o cualquier otro medio digital.

• Publicaciones electrónicas que constituyan una obra monográfica.

• Colecciones. Considerando que cada tomo que la integre deberá llevar su ISBN independiente.

Así también, cuando una publicación se pretende poner a disposición del público en diferentes modalidades (por ejemplo, tapa dura, edición rústica, Braille, audiolibro, publicación electrónica en Internet), es preciso asignar un ISBN propio a cada formato. De igual forma, cuando las publicaciones electrónicas se editan en distintos formatos (por ejemplo, .lit, .pdf, .html, .pdb, e-pub, e-movie, etcétera), se deberá asignar un ISBN distinto a cada edición.

El artículo 184 de la Ley Federal de Derechos establece las cuotas que se pagarán por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, la fracción XXI indica que, respecto del ISBN, se pagará:

a) Por el otorgamiento del ISBN $240.28

b) Por la expedición de cada certificado o constancia $173.43

Y refiere una exención de pago cuando se trate de reproducciones en cualquier formato, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad.

La Declaración de Pátzcuaro sobre el Derecho a la Lengua, adoptada en julio de 1980, en la Declaración Universal de Derechos Lingüísticos, suscrita en Barcelona, España, en junio de 1996, así como en la Declaración de Totonicapán “Adrián Inés Chávez” sobre el Derecho de los Pueblos a la Lengua, suscrita en Totonicapán, Guatemala, en octubre de 2002, se reconoce el derecho de todas las personas a expresarse en su lengua materna, y la necesidad de incorporar las lenguas maternas en los sistemas normativos y como vehículo para la educación escolarizada.

La incorporación de las lenguas maternas, en particular las de los pueblos indígenas, requiere de un proceso de normalización lingüística de todas y cada una de ellas, para avanzar en la construcción de una sociedad igualitaria, equitativa y no discriminatoria es necesario incluir y fomentar los enfoques del multilingüismo y de la interculturalidad en las relaciones entre el Estado y la sociedad nacional, conformada ésta por la población hablante de lenguas indígenas y la población hispanohablante.

Por lo que se propone ampliar dicha exención para las publicaciones que se registren en cualquiera de las 11 familias, 68 agrupaciones y 364 variantes lingüísticas consideradas en el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales.

El siguiente cuadro comparativo describe los alcances de la propuesta:

El Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado el 27 de junio de 1989 por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en su septuagésima sexta reunión, establece que los gobiernos deben asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos indígenas interesados, una acción coordinada y sistemática para proteger los derechos de los pueblos indígenas y garantizar el respeto a su integridad; y que los gobiernos de los países que lo ratifiquen deben tomar las medidas necesarias para asegurar que los individuos de estos pueblos tengan la oportunidad de leer y escribir en su lengua materna, o la de su comunidad y la oportunidad de llegar a dominar la lengua nacional o una de las lenguas oficiales del país.

Derivado de lo anterior, esta propuesta genera un ahorro a las instituciones encargadas de preservar y fomentar las lenguas originarias, en el marco del reconocimiento Constitucional a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, como parte de la composición pluricultural de la nación.

Fundamento Legal

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción I numeral 1 del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, el presente

Decreto por el que se reforma fracción XXI del artículo 184 de la Ley Federal de Derechos, en materia de derechos lingüísticos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas

Artículo Único: Se reforma el párrafo cuarto de la fracción XXI del artículo 184 de la Ley Federal de Derechos, en materia de derechos lingüísticos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, adicionando una consideración a la exención a las cuotas que se pagarán por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, para quedar como sigue:

Artículo 184.- Por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas:

I. a la XX. ...

XXI. Respecto del Número Internacional Normalizado del Libro (ISBN):

a) ...

b) ...

No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se trate de reproducciones en cualquier formato, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad; así como, sean en lengua indígena, perteneciente a las 11 familias, 68 agrupaciones y 364 variantes lingüísticas consideradas Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, con el objeto de divulgación y preservación de las mismas.

XXII. a la XXVII. ...

...

...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

i Tercer Informe de Labores, Secretaría de Educación Pública, 2020-2021. 1 de septiembre de 2021.

ii Ibídem.

iii Organismo descentralizado de la administración pública federal, de servicio público y social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado en la Secretaría de Educación Pública, cuyo objeto es promover el fortalecimiento, preservación y desarrollo de las lenguas indígenas que se hablan en el territorio nacional, el conocimiento y disfrute de la riqueza cultural de la nación, y asesorar a los tres órdenes de gobierno para articular las políticas públicas necesarias en la materia. Artículo 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

iv Diario Oficial de la Federación, 14 de enero de 2008.

v Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, DOF, 8 de agosto de 2016.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre de 2022.– Diputado Azael Santiago Chepi (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO AL TEPJF, A RESOLVER EL JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL DE VALIDEZ PARA LA ELECCIÓN DE LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al TEPJF a resolver el Juicio de Revisión Constitucional de Validez para la Elección de la Gubernatura de Tamaulipas con base en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, a cargo de la diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Olga Juliana Elizondo Guerra, diputada por el estado de Tamaulipas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo de Urgente u Obvia Resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La democracia en nuestro país ha experimentado una serie de transformaciones a lo largo de los últimos años. En julio del año 2000 México transitó hacia una alternancia pacífica y ordenada del poder político, dando fin a una hegemonía partidista de más de siete décadas. En aquel momento la esperanza de las y los mexicanos se depositó en el partido albiazul que en apariencia representaba un cambio; desgraciadamente, las y los actores políticos de la mal llamada alternancia, fallaron.

El 2 de julio de 2006 fue un día oscuro para la democracia mexicana. El fraude electoral orquestado por el entonces presidente de la República, Vicente Fox Quesada, manchó la vida democrática de nuestro país. El proceso electoral 2005-2006 estuvo lleno de irregularidades, quejas e inconformidades por la presumible intervención de organismos privados en campañas políticas, uso de recursos públicos, violaciones a los derechos fundamentales de los gobernados y, por ende, al Estado de derecho.

A través de una serie de artimañas el Partido Acción Nacional buscó consolidar el fraude electoral en contra del entonces candidato a la presidencia, Lic. Andrés Manuel López Obrador; desde el intento por desaforarlo como Jefe de gobierno del entonces Distrito Federal –con el absurdo argumento de violentar la Ley al intentar abrir una calle para comunicar un hospital- hasta la intromisión del Ejecutivo Federal en los resultados finales. En aquella elección lograron su cometido en contra de la voluntad del pueblo de México, pero perdieron la confianza y la calidad moral para hablar de democracia.

Así como lo hicieron hace 16 años, hoy intentan manchar las elecciones democráticas que se vivieron el pasado 5 de junio, en el que más de 730 mil tamaulipecas y tamaulipecos le dieron su voto de confianza al proyecto encabezado por el Dr. Américo Villareal Anaya. El movimiento “Va por Tamaulipas” integrado por el PAN, PRI y PRD a través de un Juicio de Revisión Constitucional Electoral intentan impugnar el voto de cada una de las y los tamaulipecos. Parece ser que no les ha quedado claro que al pueblo de Tamaulipas le bastaron seis años de su gobierno para saber que no quieren que regresen nunca más. A pesar de ello, se niegan a dejar el poder político que durante los últimos casi 6 años han utilizado de manera facciosa y a su beneficio.

La frustración de Acción Nacional ha hecho que utilicen el aparato gubernamental de manera ilegal, a fin de perseguir a sus detractores políticos e incluso para inventar notas y delitos inexistentes, mismos que son usados para tratar de convencer al Tribunal Electoral. Cabe mencionar que las y los panistas solicitaron a la autoridad electoral que flexibilizara el estándar probatorio, a partir de un análisis contextual, toda vez que, el caudal probatorio que aportaron consistía en medios indirectos de prueba, que se basaban en notas periodísticas, publicaciones en redes sociales y denuncias de hechos ante diversas autoridades.

Entre las distintas pruebas, que de manera falaz se basan en indicios y suposiciones presentadas durante el juicio, destaca la columna publicada por el periódico “El Universal” del autor Héctor de Mauleón, de fecha 19 de septiembre de 2022, en donde asegura que el gobernador electo fue financiado por integrantes de la delincuencia organizada, sin embargo, días después el mismo columnista tuvo que pedir disculpas por su publicación al ser desmentido por el embajador de Estados Unidos de América en México, Ken Salazar, al asegurar que él no envió ningún tipo de documentos para investigar al Dr. Villareal.

Por lo anteriormente expuesto, las y los tamaulipecos exigimos que las autoridades competentes validen la elección de la gubernatura de Tamaulipas con fundamento en la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, así como impartan justicia electoral de manera pronta y expedita, a fin de que el próximo 1 de octubre de 2022 el pueblo de Tamaulipas vea consolidada su voluntad con la llegada de la Cuarta Transformación a la entidad fronteriza, tal y como lo establece el artículo 80 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.

Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración de esta H. asamblea, con carácter de urgente u obvia resolución el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a que resuelva el Juicio de Revisión Constitucional de Validez para la elección de la gubernatura de Tamaulipas con base en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, así como a que resuelva bajo la premisa de Justicia pronta y expedita.

Nota

1. https://www.eluniversal.com.mx/opinion/hector-de-mauleon/sobre-los-cables-clasi ficados

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre 2022.– Diputada Olga Juliana Elizondo Guerra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



SE HAGAN PÚBLICOS LOS AVANCES EN LAS INVESTIGACIONES SOBRE LAS MÚLTIPLES OBSERVACIONES POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN EN SEGALMEX, LICONSA Y DICONSA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SFP a hacer públicos los avances en las investigaciones sobre las múltiples observaciones por presuntos actos de corrupción en Segalmex, Liconsa y Diconsa, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Luis Mendoza Acevedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 fracción I y 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente: proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a hacer públicos los avances en las investigaciones sobre las múltiples observaciones por presuntos actos de corrupción en Segalmex, Liconsa y Diconsa, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Seguridad Alimentaria Mexicana es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con la Relación de Entidades Paraestatales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2022.

El 18 de agosto de 2022, en conferencia de prensa de presidente Andrés Manuel López Obrador, en conjunto con el Secretario de la Función Pública Roberto Salcedo Aquino, informó sobre la situación de Segalmex, afirmando que:

“Con base en los resultados de diversas auditorias, de denuncias presentadas por servidores públicos y del deterioro de la calidad de la rendición de cuentas de Segalmex, Liconsa y Diconsa, se creó un grupo de trabajo conformado por las secretarías de Gobernación, de Agricultura y Desarrollo Rural de la Función Pública, la Procuraduría Fiscal de la Federación y la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda.”

En dicha conferencia de prensa se dio a conocer que el propósito del grupo es investigar, dar seguimiento y corregir la problemática relacionada con presuntos actos de corrupción de algunos servidores públicos.

Por parte de la Secretaría de la Función Pública se practicaron 84 actos de fiscalización, entre los que se incluyen auditorías, visitas y verificaciones con montos observados por 6 mil millones de pesos.

Adicionalmente la Auditoría Superior de la Federación, promovió diversas acciones en Segalmex, Liconsa y Diconsa, con observaciones por 3 mil 456 millones de pesos. Hasta la fecha de la conferencia de prensa referida, se encontraban activas 38 denuncias por la presunta comisión de delitos que podrían significar daño patrimonial a las 3 entidades.

Este caso ha llamado la atención de diversos medios de comunicación, que han publicado información referente a los casos señalados de presunta corrupción.

Medios como Infobae, refieren la existencia de una compra de abril de 2020, por 25 mil toneladas de azúcar, misma que fue modificada para finalizar en 7 mil 800 toneladas. A pesar de no contar físicamente con el producto, Segalmex depositó 145 millones de pesos. Una vez concluida la relación, únicamente se habían entregado 3 mil 110 toneladas de azúcar, mientras que el pago se encontraba totalmente liquidado.

Esta información resulta fundamental, ya que, de acuerdo al marco jurídico, todos los actos de corrupción deben de sancionarse con todo el peso de la ley. En los primeros días de septiembre, se informó que por orden de un juez federal se citó a comparecer al ex titular de Segalmex, Ignacio Ovalle, como parte de las investigaciones de los presuntos actos de corrupción.

Del mismo modo se ha reportado que al menos 15 exfuncionarios y 8 socios de empresas fueron acusados por la Fiscalía General de la República por presuntos actos de delincuencia organizada en una supuesta adquisición irregular de azúcar.

Dado que se ha publicado mucha información al respecto de este hecho, se considera necesario que Segalmex, como responsable, y la Auditoría Superior de la Federación, informen sobre al avance y resultados de las acciones llevadas a cabo para investigar y sancionar los probables actos ilícitos, con el fin de contribuir a la erradicación y sanción de las malas prácticas en el servicio público.

Los actos de corrupción que se comprueben, de conformidad con los procesos legales correspondientes, deben de ser sancionados conforme a las normas que emanan del Legislativo. La pena correspondiente debe de suponer un mensaje claro: Cero tolerancia a la corrupción.

Dada la naturaleza de los organismos implicados en los presuntos actos de corrupción, se convierte en un tema sensible, toda vez que, en conferencia de prensa, el Secretario de la Función Pública, refirió que:

“Segalmex fue concebido como un organismo con visión social para rescatar al campo y apoyar directamente a los pequeños productores de granos en las zonas de mayor rezago del país. A partir de esta administración, se planteó la necesidad de un organismo adscrito a la Secretaría de Agricultura, encargado de la seguridad alimentaria, en coordinación con Diconsa y Liconsa. Por ello, en 2019 se creó Segalmex, para favorecer la producción del maíz, frijol, arroz, trigo y asegurar su adquisición a precios de garantía, en beneficio de la población más necesitada.”

Del mismo modo, en el decreto por el que se crea el organismo Seguridad Alimentaria Mexicana, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 2019, se establece que el organismo descentralizado tiene por objeto favorecer la productividad agroalimentaria y su distribución en beneficio de la población más rezagada del país.

El propio Decreto referido, establece acciones para alcanzar el objeto del organismo entre las que destacan:

a) Coordinar la adquisición de productos agroalimentarios a precios de garantía

b) Coordinar la importación de productos agroalimentarios.

c) Promover la producción, acopio, abasto, distribución, suministro, industrialización y comercialización de alimentos básicos, leche y sus derivados.

La creación y ámbito de acción de dicho organismo, responde a una necesidad social clara, sin embargo, es menester procurar que el objeto y metas de dicha entidad sean alcanzados de manera satisfactoria, previniendo en todo momento actos ilícitos o que se alejen de los principios sobre los cuales se debe de guiar el servicio público.

Por este motivo se considera fundamental que, el propio organismo, se informe sobre los avances y/o resultados de las investigaciones sobre las múltiples observaciones por presuntos actos de corrupción, así como la documentación relacionada y en caso de que sea procedente, la recuperación del probable daño al erario.

Por lo anteriormente fundado y motivado, se pone a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de la Función Pública, para que en el ámbito de sus atribuciones inicie los procedimientos de imposición de las sanciones correspondientes en el caso de los presuntos actos de corrupción en Segalmex, Liconsa y Diconsa, así como a presentar sin demora las denuncias de orden penal que correspondan ante la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Función Pública a hacer públicas las acciones realizadas en el caso de presunta corrupción en Segalmex, Liconsa y Diconsa.

Notas

1. https://www.gob.mx/presidencia/articulos/version-estenografica-conferencia-de-p rensa-del-presidente-andres-manuel-lopez-obrador-del-18-de-agosto-de-2022

2. https://www.infobae.com/america/mexico/2022/09/05/mcci-una-ama-de-casa-estaria- detras-de-empresa-fantasma-que-cobro-millones-de-pesos-en-segalmex-por-azucar-i nexistente/

3. https://www.animalpolitico.com/2022/09/juez-ordena-ignacio-ovalle-presentarse-s eido-fraude-en-segalmex/

4. https://www.razon.com.mx/mexico/fgr-acusa-15-exfuncionarios-segalmex-posible-de lincuencia-organizada-incluye-ignacio-ovalle-495705

5. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5548402&fecha=18/01/2019#gsc.tab=0

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 28 de septiembre de 2022.– Diputado Luis Mendoza Acevedo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A FORTALECER LAS MISIONES CULTURALES, Y A LA JUCOPO A CONTEMPLAR UNA SESIÓN SOLEMNE PARA CONMEMORAR LOS 100 AÑOS DE LAS MISIONES CULTURALES EN MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a fortalecer las misiones culturales y a la Jucopo a contemplar, en el segundo año de la LXV Legislatura, una sesión solemne a fin de conmemorar los 100 años de las Misiones Culturales en México, a cargo del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Azael Santiago Chepi, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como resultado de la Revolución Mexicana y de llevar la educación al pueblo, las misiones culturales se crearon en el año de 1923, estando en la presidencia el general Álvaro Obregón y como Ministro de Higiene, Educación y Cultura, hoy Secretaria de Educación Pública (SEP), José Vasconcelos, al cual se le conoce como el creador de las Misiones Culturales, siendo las forjadoras de la Escuela Rural Mexicana, así como de las Casas del Pueblo.

Las Misiones Culturales fueron un eje fundamental para el funcionamiento de la SEP, como parte de la gran “cruzada contra la ignorancia” que Vasconcelos propugnaba y buscaba incorporar a los indígenas y a los campesinos al proyecto de nación civilizada y difundir en ellos un pensamiento racional y práctico para terminar con el fanatismo religioso, los hábitos viciosos y llegar a un saneamiento corporal y doméstico. Por esto, desde 1922 se buscó establecer escuelas rurales en zonas indígenas, y en este respecto se hizo a través del Departamento de Educación y Cultura para la Raza Indígena, y es hasta octubre de 1923 que se expide el Plan de las Misiones Federales de Educación y hasta febrero de 1926 se establece la Dirección de Misiones Culturales, lo que les da forma y estructura a las labores de los misioneros.

Las primeras actividades misioneras en 1921 fueron ambulantes y llevadas a cabo por seis misioneros; 1922 iniciaba con sólo 77 misioneros y 100 maestros, cuando las necesidades del país demandaban elevar el número de misioneros a 300 y se requerían 20,000 maestros, necesario destinar para lo que en ese entonces se empezaba a considerar como un problema social prioritario: la educación.

El misionero fue un tipo de maestro cuya primera labor era visitar los centros rurales y en forma especial las comunidades indígenas, de estas visitas rendían informes a las autoridades educativas y trataba de reclutar maestros rurales para destinarlos a las poblaciones más necesitadas. Se estimó que un maestro misionero debería tener conocimientos amplios sobre las condiciones de vida de la población, dominar el idioma nativo de la región y tener conocimientos pedagógicos suficientes para capacitar y entrenar adecuadamente a los maestros que reclutaran.

En 1923 surge la llamada casa del pueblo y el 17 de octubre de ese año se expide el Plan de las Misiones Federales de Educación, como una respuesta a la necesidad de reunir los elementos dispersos que venían trabajando por mejorar las condiciones de la educación para el pueblo. En ese mismo año se reunieron 147 maestros bajo la dirección de la primera misión cultural en Zacualtipán, estado de Hidalgo. Los maestros recibieron clases de Educación Rural, Jabonería, Curtiduría, Agricultura, Canciones y Educación Física. Pero la comunidad no quiso quedar fuera de estos cursos que los misioneros impartieron, por lo que sin haberlo contemplado previamente, se le asignó a la misión la atención directa a la comunidad.

Los misioneros normaban su labor de acuerdo con una serie de sugerencias encaminadas a favorecer que se establecieran nexos con las comunidades para que la actividad social del misionero procurara allanar las diferencias que perjudicaran el interés colectivo.

Estos lineamientos también buscaban que las escuelas atendidas por las misiones fueran provistas, en lo posible, de lo necesario en cuanto a obras y equipamiento, así como del mejoramiento y cooperación pedagógica, a fin de fomentar la cultura de los maestros.

Los misioneros organizaban, en algunas ocasiones, festivales y concursos que tenían la finalidad de mostrar a las comunidades y maestros los avances en las actividades de la misión.

Labor importante que se señalaba a los miembros de la misión era la de atender también al mejoramiento de las comunidades, dando preferencia a las condiciones de salubridad y a los problemas económicos y procurando promover la solución.

Ante la urgente necesidad de cumplir con el Artículo Tercero constitucional, que tiende a democratizar la educación, dándole un carácter nacional y hacerla asequible a todos los sectores de nuestra población, se improvisaron maestros sobre la marcha de los acontecimientos se fueron capacitando para cumplir honrosamente con la misión que se les había encomendado. No era posible ni conveniente que la educación rural se siguiera improvisando indefinidamente, y fue entonces cuando se pensó en la creación de instituciones educativas de carácter superior que instruyeran a los maestros rurales en sus conocimientos de las técnicas pedagógicas y de investigación social más elementales. Para enfrentarse a este problema, la Secretaría de Educación Pública creo dos tipos de instituciones, las misiones culturales y las escuelas normales rurales de tipo rudimentario. Las primeras estaban inspiradas en la labor humanística que realizaban los misioneros del siglo XVI- Las segundas estaban planadas para dar una preparación específicamente organizada y programada para el ejercicio de la docencia.

En 1928 la Secretaría de Educación Pública hizo algunas observaciones a las Misiones Culturales con el propósito de obtener mejores resultados en el campo de la educación rural. Dichas recomendaciones se refirieron a la ampliación de los institutos de preparación de los maestros a un mes; también se recomendaba que se dieran cursos por correspondencia para que se reforzara el conocimiento; importante fue la recomendación de que se hiciera una más adecuada selección de los maestros de agricultura e industrias para que éstos fueran expertos en los cultivos e industrias nativas de la región.

En 1933, se fusionaron con las normales rurales, algunas escuelas dependientes de la secretaria de agricultura y fomento, dando con ello un nacimiento de un nuevo tipo de instrucciones educativas: Las escuelas regionales campesinas, cuyo plan de estudios, de tres años era más amplio y por lo tanto más complejo. El maestro de estas escuelas, estaría en condiciones de ser a la vez que un buen mentor de la niñez, un consejero y conductor de adultos en la realización de sus tareas agrícolas. En 1940 las escuelas regionales campesinas desaparecen por acuerdo superior y se desglosan en las normales rurales por una parte y prácticas agrícolas por la otra, pero dependiendo ambas de la Secretaría de Educación Pública. Las primeras siguieron con un plan de cuatro años, para la segunda se elaboró un plan de estudios especial.

Durante 1933 y 1934, las Misiones Culturales quedaron adscritas a las Escuelas Normales Rurales y Centrales Agrícolas, por lo que la labor misionera se concentró en los maestros y comunidades que formaban la zona de influencia de dichas instituciones. Con el surgimiento de las Normales Rurales y posteriormente del Instituto Federal de Capacitación del Magisterio, la tarea de atención de las misiones a los maestros se va relegando para dedicarse a la atención de las comunidades.

Hasta 1942 existió una relación muy estrecha, casi de unidad, entre las Misiones Culturales y la Escuela Rural Mexicana; relación que fue un impulsor fundamental para atender las enormes necesidades educativas de los indígenas y campesinos más pobres. Pero a partir de ese año, estos sistemas se separaron al restablecerse la actividad de las misiones como un programa extraescolar y de extensión.

En 1947, por Decreto Presidencial, se constituyó la Dirección General de Alfabetización y Educación Extraescolar, a la que se adscribieron las misiones culturales con función específica de agencias de educación extraescolar, ya con la finalidad exclusiva de procurar el mejoramiento integral de la comunidad, para adaptarla a normas evolutivas avanzadas e impulsar las posibilidades de superación propias.

De 1959 a 1964 se incrementa el número de misiones a 86 en el área rural, las cuales fueron dotadas de mejores equipos. Es significativo que en este tiempo se edita gran cantidad de folletos y carteles con temas de salud, civismo, agricultura, y en general temas que ayudarán a la superación del individuo y la comunidad.

De los años de 1970 a 1978 se promulga la Ley General de Educación de Adultos y se crea la Dirección General de Educación de Adultos, a donde son transferidas las Misiones Culturales, que seguirán impartiendo alfabetización y educación básica de adultos, sin desatender la capacitación para el trabajo, ni la promoción del desarrollo de las comunidades rurales.

Hasta 2019, existe registro de 298 Misiones Culturales en el país, que dependen de los sistemas estatales de educación para adultos, entre las cuales:

• 6 Baja California Sur

• 4 Colima

• 31 Oaxaca

• 7 Michoacán

• 10 Chihuahua

• 12 Veracruz

• 9 Hidalgo

• 4 Morelos

• 5 Durango

• 23 Coahuila

La educación para adultos está dirigida a personas de quince años o más, que aún no han cursado o concluido la educación primaria y secundaria. Esta se brinda a través de servicios de alfabetización, para educación primaria y secundaria; así como de formación para el trabajo, con las adecuaciones particulares para dicha población. Esta educación se apoya en la participación y la solidaridad social.

Las Misiones Culturales se definen como agencias de educación extraescolar itinerantes, integradas por equipos de trabajo multidisciplinario, que brindan capacitación para el trabajo, educación básica y que promueven el desarrollo comunitario, a través del mejoramiento económico, cultural y social en las comunidades rurales, con el propósito de fomentar e impulsar el desarrollo individual y colectivo. Son instituciones educativas ubicadas en comunidades rurales y semiurbanas, bajo el esquema denominado educación para la vida y el trabajo, que la diferencia de otros sistemas educativos y de las instituciones encargadas del desarrollo rural; y tiene como propósito alfabetizar y proporcionar los estudios básicos de primaria y secundaria a las personas mayores de 15 años.

Las especialidades que brinda una misión cultural, son:

1. Especialidades enfocadas a las Artes:

• Actividades Recreativas. Promueve la recreación, el desarrollo de destrezas y habilidades en educación artística, deportiva y valores cívicos.

• Actividades Musicales. Brinda capacitación en solfeo y ejecución de instrumentos para la integración de grupos musicales como bandas filarmónicas, conjuntos tropicales, rondallas, tríos, bandas de guerra, estudiantinas, entre otros.

2. Especialidades enfocadas a los Oficios:

• Albañilería (obras materiales)

• Actividades Agropecuarias.

• Carpintería

• Electricidad

• Corte y Confección

• Cultura de Belleza

• Cocina y Repostería

• Manualidades

• Enfermería y Primeros Auxilios

• Textilería.

• Balconería.

• Computación.

Los esfuerzos de estos maestros fueron compensándose poco a poco por su esfuerzo realizado con la aprobación de sus asignaturas una sexta parte de aumento en sus salarios, de modo que al llegar al sexto grado, quedan automáticamente con el salario de maestro normalista. Esta institución ha cumplido fielmente la misión histórica para la que fue creada; de sus aulas han salido maestros titulados que prestan sus servicios de excelencia y con visión social.

Es por ello que, este órgano legislativo debe hacer un reconocimiento al proyecto educativo que inicio hace 100 años en la Secretaria de Educación Pública y que solo a través de las Misiones Culturales pudieron avanzar, a través de una sesión solemne es que la Cámara de Diputados puede rendir honor a aquellos que creyeron en los ideales de la democratización que la Revolución traía consigo, con fundamento en la fracción primera, numeral I, artículo 38 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública a fortalecer las Misiones Culturales en cuanto a su equipamiento de la infraestructura y materiales educativos, reconocimiento, promoción y mejoras al salario de las maestras y maestros de Misiones Culturales y fortalecimiento de sus esquemas de formación y capacitación.

Segundo. Se exhorta, respetuosamente a la Junta de Coordinación Política a contemplar en el segundo año de la LXV Legislatura, una sesión solemne a fin de conmemorar los 100 años de las Misiones Culturales en México.

Notas

i. Gamboa Herrera, Jonatan Ignacio. Las Misiones Culturales entre 1922 Y 1927. Disponible en

https://www.comie.org.mx/congreso/memoriaelectronica/v09/ponenci as/at09/PRE1178909741.pdf

ii. Tinajero Barrueta, Jorge. Misiones Culturales Mexicanas 70 años de historia. Centro Regional de Educación Fundamental para la América Latina, CREFAL. UNESCO. Disponible en:

https://www.crefal.org/rieda/images/rieda-1993-2/historia1.pdf

iii. Ibidem

iv. Ramírez Guerra, Fidel. Las Misiones Culturales. Tomado del libro no publicado: Cooperativismo en México. Normatividad y Políticas Públicas. ... Cómo lograr un mayor impacto social. Disponible en:

https://kioscodelahistoria.mx/las-misiones-culturales/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de septiembre de 2022.– Diputado Azael Santiago Chepi (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.