Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputado Santiago Creel Miranda
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, jueves 20 de abril de 2023
Sesión 27 Ap&ecaute;ndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del jueves 20 de abril del 2023, de conformidad con el artículo 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

CÓDIGO PENAL FEDERAL

De la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

De la diputada Yesenia Galarza Castro y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Yesenia Galarza Castro y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 59 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

De la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 Quáter y 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS Y LEY FEDERAL DEL TRABAJO

De la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

De la diputada Karla Verónica González Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología. Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CÓDIGO DE COMERCIO

De diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 16 y 73 de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

LEY GENERAL DE SALUD, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Carolina Dávila Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y de la Ley General de Educación, en materia de salud mental. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de organismos locales de coordinación. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva para personas con discapacidad. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

De la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 126 y adiciona un artículo 15 bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de libros de texto y materiales complementarios gratuitos. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

De la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 51 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

De la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO A LA SEMARNAT, A REALIZAR UN ESTUDIO JUSTIFICATIVO DE 10 ÁREAS IMPORTANTES PARA LA BIODIVERSIDAD EN NUEVO LEÓN

De la diputada Karla Estrella Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a realizar un estudio justificativo de 10 áreas importantes para la biodiversidad en Nuevo León. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE NUEVO LEÓN, A CAPACITAR Y SANCIONAR A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE NO CUMPLAN CON LO ESTIPULADO EN LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

De la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Nuevo León, a capacitar y sancionar a los servidores públicos que no cumplan con lo estipulado en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO Y A LA FISCAL GENERAL DE GUERRERO, A INVESTIGAR EL ASESINATO DE LÍDERES ANTORCHISTAS

Del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno y a la Fiscal General de Guerrero, a realizar las investigaciones concernientes para aclarar los hechos en el infame asesinato de líderes antorchistas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A AUTORIDADES DE MORELOS A AUTORIZAR EL BONO DE RETIRO DE CONSEJEROS Y CONSEJERAS DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a autoridades diversas de Morelos en materia electoral, a autorizar el bono de retiro de consejeros y consejeras del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

EXHORTO A LA PROFEPA Y A LA FGR, A SANCIONAR A QUIEN RESULTE RESPONSABLE POR EL MALTRATO ANIMAL EN CONTRA DE DIVERSAS ESPECIES MARINAS EN HUATABAMPO, SONORA

Del diputado Javier Joaquín López Casarín, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profepa y a la FGR, a realizar las investigaciones correspondientes para sancionar a quien resulte responsable por el maltrato animal perpetrado en contra de diversas especies marinas en el municipio de Huatabampo, Sonora. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SHCP, A REALIZAR MESAS DE TRABAJO CON COMAR, PARA ACTUALIZAR LOS FONDOS DE DICHO ÓRGANO DESCONCENTRADO

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a realizar mesas de trabajo con Comar, para actualizar los fondos de dicho órgano desconcentrado ante las nuevas condiciones migratorias que se viven en nuestro país. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE NUEVO LEÓN, A PUBLICAR Y EXPLICAR A LA CIUDADANÍA LAS MEDIDAS QUE SE TOMARÁN EN ATENCIÓN A LA TEMPORADA DE SEQUÍA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA

De la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Nuevo León, a publicar y explicar a la ciudadanía las medidas que se tomarán en atención a la temporada de sequía en la entidad federativa. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE, A REALIZAR ACCIONES QUE MITIGUEN EL DAÑO A LA FAUNA ENDÉMICA QUE HABITA EN LAS ÁREAS SILVESTRES DE JALISCO

De la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades en materia de medio ambiente, a realizar acciones que mitiguen el daño a la fauna endémica que habita en las áreas silvestres de Jalisco. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

SE INVESTIGUE A LOS ELEMENTOS DE LA GUARDIA NACIONAL INVOLUCRADOS EN LOS HECHOS DONDE ATACARON A LOS INTEGRANTES DE UNA FAMILIA EN NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS

Del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a iniciar una investigación a los elementos de la Guardia Nacional, involucrados en los hechos lamentables donde atacaron a los integrantes de una familia en Nuevo Laredo, Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A LA SHCP, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PARA ADQUIRIR PLANTAS DE IBERDROLA

Del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a informar a la opinión pública sobre el financiamiento de fondo nacional de infraestructura para adquirir plantas de Iberdrola las implicaciones económicas generadas por dicha compra. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, EN RELACIÓN A LOS HECHOS OCURRIDOS EL PASADO 28 DE MARZO, EN EL CENTRO DE DETENCIÓN MIGRATORIA DE CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

De la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la CNDH y a la subsecretaria de Derechos Humanos, Población y Migración de la Segob, en relación a los hechos ocurridos el pasado 28 de marzo de 2023, en el centro de detención migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

EXHORTO A LA SENER, A UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON COMISIONES DE ESTA SOBERANÍA PARA EXPLICAR EL PROCESO DE ADQUISICIÓN DE LAS PLANTAS DE ENERGÍA DE IBERDROLA Y SU IMPACTO

De la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener, a una reunión de trabajo con las Comisiones Unidas de Cambio Climático, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Energía, de esta soberanía, a explicar el proceso de adquisición de las plantas de energía de Iberdrola y los impactos en la política ambiental y energética del país. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, A REALIZAR INSPECCIONES FRECUENTES A LAS AERONAVES Y VERIFICAR QUE CUMPLEN CON MEDIDAS DE SEGURIDAD

De la diputada Elva Agustina Vigil Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Agencia Federal de Aviación Civil, a realizar inspecciones frecuentes a las aeronaves y verificar que cumplen con medidas de seguridad. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

EXHORTO A LA UAM Y A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DE ESTA SOBERANÍA, A CREAR VÍAS DE COMUNICACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACUERDO ENTRE LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL Y LAS AUTORIDADES DE DICHA UNIVERSIDAD

De los diputados Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Jorge Triana Tena y Juan Carlos Romero Hicks, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la UAM y a la Comisión de Educación de esta soberanía, a crear vías de comunicación para reforzar las acciones que faciliten la construcción de acuerdo entre la comunidad estudiantil y las autoridades de dicha universidad. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE, A REALIZAR ACCIONES DE REMEDIACIÓN DE LOS SITIOS DE TRANSFERENCIA O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS URBANOS EN JALISCO

De la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades en materia de medio ambiente, a realizar acciones de remediación de los sitios de transferencia o disposición final de residuos y promuevan la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos en Jalisco. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, A EMITIR LOS LINEAMIENTOS PARA LA SELECCIÓN, ADQUISICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS DEL NIVEL SECUNDARIA

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a emitir los lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LA SEP Y A SUS HOMÓLOGAS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A FORTALECER LAS CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL ACOSO ESCOLAR

De la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a fortalecer las campañas de concientización sobre el acoso escolar e impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las instituciones educativas y sus equipos docentes, en materia prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO AL EJECUTIVO DE NUEVO LEÓN Y A LA CONAVIM, CON MOTIVO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN DICHA ENTIDAD

Del diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo de Nuevo León y a la Conavim, con motivo de la violencia de género que se presenta en esa entidad federativa. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA EMERGENTE QUE ATIENDA LA REDUCCIÓN DEL SUMINISTRO DE AGUA EN LOS PLANTELES ESCOLARES

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a implementar un programa emergente que atienda la reducción del suministro de agua en los planteles escolares de la zona metropolitana. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A LA AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, A FORTALECER LAS INSPECCIONES EN LOS GLOBOPUERTOS DE TEOTIHUACÁN

De la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Agencia Federal de Aviación Civil, a fortalecer las inspecciones en los Globopuertos de Teotihuacán, con el fin de detectar a las empresas que están operando irregularmente y éstas sean sancionadas. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

EXHORTO A LA FGR, A LA SEGOB Y AL INM EN RELACIÓN A LOS HECHOS DONDE PERDIERON LA VIDA 40 MIGRANTES EN UN RECINTO MIGRATORIO, EN CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

De la diputada Rosa María González Azcárraga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a la Segob y al INM en relación a los hechos que tuvieron lugar el pasado de 27 de marzo del presente, en donde perdieron la vida 40 migrantes de diversas nacionalidades en un recinto migratorio, ubicado en Ciudad Juárez, Chihuahua. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD, A CONSIDERAR LA INCLUSIÓN DE UN APARTADO SOBRE EL TRASTORNO DEL NEURODESARROLLO EN LA CARTILLA NACIONAL DE SALUD

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a considerar la inclusión de un apartado sobre el trastorno del neurodesarrollo en la Cartilla Nacional de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES, A DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL, EN MATERIA DE ARMONIZACIÓN

Del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales, a realizar los trabajos legislativos necesarios para dar cumplimiento cuanto antes al mandato legal establecido en el artículo segundo transitorio de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de armonización. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen

EXHORTO A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO A ELIMINAR LOS OBSTÁCULOS QUE IMPIDEN A LOS ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, INTEGRARSE AL ÁMBITO LABORAL

De la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Universidad Autónoma del Estado de México y a su Consejo Universitario de la Universidad Autónoma, a realizar las acciones conducentes que permitan eliminar los obstáculos que impiden a los alumnos de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos integrarse al ámbito laboral. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

SE CONSIDERE LA CELEBRACIÓN DE UNA SESIÓN SOLEMNE CON MOTIVO DE LA CONMEMORACIÓN DEL 200 ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO DE 1823

Del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de esta soberanía, a considerar la celebración de una sesión solemne con motivo de la conmemoración del 200 aniversario de la fundación del Estado Libre y Soberano de Jalisco de 1823. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

EXHORTO A LA CFE, A GARANTIZAR LA COLOCACIÓN DE INFRAESTRUCTURA QUE PERMITA LA CONECTIVIDAD AL INTERNET EN LA SIERRA OTOMÍ-TEPEHUA EN HIDALGO

De la diputada María Isabel Alfaro Morales, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a garantizar la colocación de infraestructura que permita la conectividad al internet en la sierra Otomí-Tepehua en Hidalgo. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA SEGOB, AL INM Y A LA CNDH, A TRANSPARENTAR LA INFORMACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN BIENAL CON EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE CUBA

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, al INM y a la CNDH, a tomar las medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de cooperación bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A LOS GOBIERNOS DE SINALOA Y SONORA, Y PERSONAS INVOLUCRADAS EN LOS PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, A LLEVAR A CABO MESAS DE DIÁLOGO PARA RESOLVER EL PROBLEMA PRODUCTIVO RURAL

De los diputados Gabriela Martínez Espinoza, Marina Valadez Bojórquez y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, a los gobiernos de Sinaloa y Sonora, y a asociaciones, empresas y personas involucradas en los procesos de producción agroalimentaria, a llevar a cabo de manera apremiante mesas de diálogo para resolver el problema productivo rural. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LA SEGOB, A EMITIR UN PROGRAMA TEMPORAL DE REGULARIZACIÓN MIGRATORIA

De la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a emitir un programa temporal de regularización migratoria. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

SE REALICEN LAS INVESTIGACIONES NECESARIAS PARA IDENTIFICAR, LOCALIZAR Y SANCIONAR A QUIEN RESULTE RESPONSABLE POR LOS DERRUMBES DE LOS EDIFICIOS UBICADOS EN EL FRACCIONAMIENTO LA SIERRA, EN TIJUANA

De las diputadas María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, y Olga Zulema Adams Pereyra del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de Baja California y del Ayuntamiento de Tijuana, a realizar las investigaciones necesarias y coadyuvar entre sí para identificar, localizar y sancionar a las personas que resulten responsables en el ámbito civil, administrativo y penal, por los derrumbes de los edificios ubicados en el Fraccionamiento la Sierra, así como a atender a las personas damnificadas, procurando garantizar su derecho a la vivienda, la reparación del daño y la no repetición de los hechos. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE CONVOQUE A UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON LA SHCP Y LA SADER, PARA ANALIZAR Y DISCUTIR LA INICIATIVA PRESENTADA POR EL EJECUTIVO FEDERAL QUE EXTINGUE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se convoca a una Reunión de Trabajo con la SHCP y la Sader, para analizar y discutir la iniciativa presentada por el Ejecutivo federal que extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 20 de abril de 2023 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica), presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

2. Que reforma el artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, suscrita por la diputada Yesenia Galarza Castro y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

3. Que reforma el artículo 59 de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Yesenia Galarza Castro y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

4. Que reforma los artículos 34 Quáter y 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y de la Ley Federal del Trabajo, a suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

6. Que reforma y adiciona el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada Karla Verónica González Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen.

7. Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

8. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio, suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

9. Que reforma los artículos 12, 16 y 73 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

10. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y de la Ley General de Educación, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Carolina Dávila Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión.

11. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de organismos locales de coordinación, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

12. Que reforma diversas disposiciones de Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva para personas con discapacidad, a cargo de la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisiones Unidas de Educación, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

13. Que reforma el artículo 126 y adiciona un artículo 15 bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

14. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de libros de texto y materiales complementarios gratuitos, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.

15. Que adiciona el artículo 51 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

16. Que reforma el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a realizar un estudio justificativo de 10 áreas importantes para la biodiversidad en Nuevo León, a cargo de la diputada Karla Estrella Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de Nuevo León, a capacitar y sancionar a los servidores públicos que no cumplan con lo estipulado en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno y a la Fiscal General de Guerrero, a realizar las investigaciones concernientes para aclarar los hechos en el infame asesinato de líderes antorchistas, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a autoridades diversas de Morelos en materia electoral, a autorizar el bono de retiro de consejeros y consejeras del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profepa y a la FGR, a realizar las investigaciones correspondientes para sancionar a quien resulte responsable por el maltrato animal perpetrado en contra de diversas especies marinas en el municipio de Huatabampo, Sonora, a cargo del diputado Javier Joaquín López Casarín, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a realizar mesas de trabajo con Comar, para actualizar los fondos de dicho órgano desconcentrado ante las nuevas condiciones migratorias que se viven en nuestro país, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de Nuevo León, a publicar y explicar a la ciudadanía las medidas que se tomarán en atención a la temporada de sequía en la entidad federativa, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades en materia de medio ambiente, a realizar acciones que mitiguen el daño a la fauna endémica que habita en las áreas silvestres de Jalisco, a cargo de la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a iniciar una investigación a los elementos de la Guardia Nacional, involucrados en los hechos lamentables donde atacaron a los integrantes de una familia en Nuevo Laredo, Tamaulipas, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a informar a la opinión pública sobre el financiamiento de fondo nacional de infraestructura para adquirir plantas de Iberdrola las implicaciones económicas generadas por dicha compra, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la CNDH y a la subsecretaria de Derechos Humanos, Población y Migración de la Segob, en relación a los hechos ocurridos el pasado 28 de marzo de 2023, en el centro de detención migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, a una reunión de trabajo con las Comisiones Unidas de Cambio Climático, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Energía, de esta soberanía, a explicar el proceso de adquisición de las plantas de energía de Iberdrola y los impactos en la política ambiental y energética del país, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Agencia Federal de Aviación Civil, a realizar inspecciones frecuentes a las aeronaves y verificar que cumple con medidas de seguridad, a cargo de la diputada Elva Agustina Vigil Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la UAM y a la Comisión de Educación de esta soberanía, a crear vías de comunicación para reforzar las acciones que faciliten la construcción de acuerdo entre la comunidad estudiantil y las autoridades de dicha universidad, suscrita por los diputados Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Jorge Triana Tena y Juan Carlos Romero Hicks, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades en materia de medio ambiente, a realizar acciones de remediación de los sitios de transferencia o disposición final de residuos y promuevan la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos en Jalisco, a cargo de la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, a emitir los lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a fortalecer las campañas de concientización sobre el acoso escolar e impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las instituciones educativas y sus equipos docentes, en materia prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas, a cargo de la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo de Nuevo León y a la Conavim, con motivo de la violencia de género que se presenta en esa entidad federativa, a cargo del diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México, a implementar un programa emergente que atienda la reducción del suministro de agua en los planteles escolares de la zona metropolitana, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Agencia Federal de Aviación Civil, a fortalecer las inspecciones en los Globopuertos de Teotihuacán, con el fin de detectar a las empresas que están operando irregularmente y éstas sean sancionadas, a cargo de la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR, a la Segob y al INM en relación a los hechos que tuvieron lugar el pasado de 27 de marzo del presente, en donde perdieron la vida 40 migrantes de diversas nacionalidades en un recinto migratorio, ubicado en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada Rosa María González Azcárraga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a considerar la inclusión de un apartado sobre el trastorno del neurodesarrollo en la Cartilla Nacional de Salud, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales, a realizar los trabajos legislativos necesarios para dar cumplimiento cuanto antes al mandato legal establecido en el artículo Segundo Transitorio de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de armonización, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Movilidad, para dictamen.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Universidad Autónoma del Estado de México y a su Consejo Universitario de la Universidad Autónoma, a realizar las acciones conducentes que permitan eliminar los obstáculos que impiden a los alumnos de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos integrarse al ámbito laboral, a cargo de la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

25. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Jucopo de esta soberanía, a considerar la celebración de una sesión solemne con motivo de la conmemoración del 200 aniversario de la fundación del Estado Libre y Soberano de Jalisco de 1823, a cargo del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE, a garantizar la colocación de infraestructura que permita la conectividad al internet en la sierra Otomí-Tepehua en Hidalgo, a cargo de la diputada María Isabel Alfaro Morales, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, al INM y a la CNDH, a tomar las medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de cooperación bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal, a los gobiernos de Sinaloa y Sonora, y a asociaciones, empresas y personas involucradas en los procesos de producción agroalimentaria, a llevar a cabo de manera apremiante mesas de diálogo para resolver el problema productivo rural, suscrito por los diputados Gabriela Martínez Espinoza, Marina Valadez Bojórquez y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a emitir un programa temporal de regularización migratoria, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

30. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Baja California y del Ayuntamiento de Tijuana, a realizar las investigaciones necesarias y coadyuvar entre sí para identificar, localizar y sancionar a las personas que resulten responsables en el ámbito civil, administrativo y penal, por los derrumbes de los edificios ubicados en el Fraccionamiento la Sierra, así como a atender a las personas damnificadas, procurando garantizar su derecho a la vivienda, la reparación del daño y la no repetición de los hechos, suscrito por las diputadas María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, y Olga Zulema Adams Pereyra del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

31. Con punto de acuerdo, por el que se convoca a una Reunión de Trabajo con la SHCP y la Sader, para analizar y discutir la iniciativa presentada por el Ejecutivo federal que extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma el artículo 225 del Código Penal Federal, suscrita por la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT y legisladores integrantes de diversos Grupos Parlamentarios

Los que suscriben, diputados Lilia Aguilar Gil, Leobardo Alcántara Martínez, Alberto Anaya Gutiérrez, Jaime Baltierra García, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Alfredo Femat Bañuelos, Irma Yordana Garay Loredo, Marisela Garduño Garduño, Esther Martínez Romano, Maribel Martínez Ruiz, Jorge Armando Ortiz Rodríguez , Maria de Jesús Paez Güereca, Ángel Benjamín Robles Montoya , Ana Karina Rojo Pimentel, María de Jesús Rosete Sánchez, Pedro Vázquez González, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Aleida Alavez Ruiz, Karla Yuritzi Almazán Burgos, Martha Alicia Arreola Martínez, Raymundo Atanacio Luna, Martha Barajas García, Jorge Alberto Barrera Toledo, Juan Ángel Bautista Bravo, Adriana Bustamante Castellanos, Martha Azucena Camacho Reynoso, Susana Cano González, Celestina Castillo Secundino, María Guadalupe Chavira de la Rosa, Armando Contreras Castillo, Armando Corona Arvizu, Érika Vanessa del Castillo Ibarra, Steve Esteban del Razo Montiel, Félix Durán Ruiz, Brenda Espinoza López, José Luis Flores Pacheco, María Clemente García Moreno, Antolín Guerrero Márquez, César Agustín Hernández Pérez, Arturo Roberto Hernández Tapia, Mónica Herrera Villavicencio, Javier Huerta Jurado, Salma Luévano Luna, Julio César Moreno Rivera, Alma Delia Navarrete Rivera, Rosangela Amairany Peña Escalante, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Laura Imelda Pérez Segura, Martha Robles Ortiz, Ángel Miguel Rodríguez Torres, Noemí Salazar López, Carlos Sánchez Barrios, Martín Sandoval Soto, María Sierra Damián, Paola Tenorio Adame, Julieta Kristal Vences Valencia, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, Daniela Soraya Álvarez Hernández, Joanna Alejandra Felipe Torres, Esther Mandujano Tinajero, Saraí Nuñez Cerón, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional; Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Elizabeth Pérez Valdez, Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario Partido de la Revolución Democrática; Amalia Dolores García Medina del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 225 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En México el acceso a la justicia no está garantizado: las víctimas no lo son sólo del delito, sino que deben padecer actos que constituyen verdaderos abusos de poder político o económico. Nuestro sistema penal tradicionalmente ha colocado a las víctimas en un segundo plano, dotando a las autoridades de facultades amplias para determinar el ejercicio de la acción penal, el procesamiento de los inculpados y el inicio o no de una investigación ante la denuncia de hechos probablemente constitutivos de delito.

Aunado a lo anterior, las víctimas no son reconocidas como tales pues al momento de formular la denuncia, los servidores públicos encargados ponen en duda la existencia de los hechos delictivos privándolas de la asistencia que el Estado está obligado a proporcionar y, con ello, del ejercicio de los derechos que la legislación mexicana les ha reconocido.

Más aún, debe entenderse que cuando se habla de víctimas, esa esta calidad no es exclusiva de aquellos que sufren en su esfera jurídica el daño directo consecuencia de acciones u omisiones que sancionan las leyes penales (víctima directa), sino que también lo son los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa (víctimas indirectas) y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización (víctimas potenciales). Todas ellas son también objeto de revictimización durante el proceso judicial y la investigación de los hechos delictivos.

La Comisión Ejecutiva de Atención, en la primera edición del Modelo Integral de Atención a Víctimas, definió revictimización como: “un patrón en el que la víctima de abuso y/o de la delincuencia tiene una tendencia significativamente mayor de ser víctima nuevamente. Se entiende como la experiencia que victimiza a una persona en dos o más momentos de su vida, es decir, la suma de acciones u omisiones que generan en la persona un recuerdo victimizante”.

En este escenario, conforme se añaden elementos, el acceso a la justicia es más improbable y menos igualitario. Con frecuencia se busca la causa del delito en las acciones y modo de vida de la víctima, particularmente tratándose de mujeres, justificando la actuación del perpetrador. En consecuencia, muchas mujeres no se atreven a denunciar debido a la revictimización de las que son objeto cuando las autoridades centran su interés en la calidad moral o la vida privada de la víctima y sus familiares, y no en el esclarecimiento del delito y la ubicación y castigo de los responsables.

De este modo se hace patente que la perspectiva de género en el proceso judicial es nula y las autoridades carecen de sensibilidad cuando de trato a víctimas se habla. Las denuncias de delitos contra mujeres y niñas dejan de procesarse de la manera debida o quedan impunes debido a que el sistema ha optado por minimizar la violencia contra ellas y las víctimas se encuentran con que ante la denuncia de un hecho delictivo, su persona y su estilo de vida se someten no únicamente al juicio de la autoridad sino, en muchas ocasiones, al de la opinión pública, perdiendo de vista el que debiera constituir el principal objetivo: el debido proceso e investigación para la identificación del infractor y su sanción.

Así, en México la justicia depende de características y condiciones particulares de la víctima y, a partir de ellas, se le puede o no negar su calidad. Ante esta premisa, debe colocarse a las víctimas en un primer plano. De acuerdo con Andrew Karmen, en: “La no revictimización de las mujeres en México”, poner a las víctimas al centro permite examinar cómo éstas son tratadas por la policía, la fiscalía, los abogados y los jueces (Carranco, D. 2020).

Todo lo anterior se refuerza si tomamos en cuenta los datos que arroja la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública, 2021, realizada por el INEGI, cuyo objetivo es la generación de información relevante para el diseño y la implementación de políticas públicas en materia de seguridad y victimización, a través de la estimación de delitos y número de víctimas en 2020; así como la cifra negra de los delitos y sus principales causas.

Atendiendo a esta información, durante el período de enero a diciembre de 2020, se destaca los siguiente:

• A nivel nacional, se estima una tasa de 30 601 delitos por cada 100,000 habitantes.

• Se cometieron 27.6 millones de delitos asociados a 21.2 millones de víctimas.

• En el periodo comprendido se denunció sólo 10.1 por ciento de los delitos y el Ministerio Público sólo inició una carpeta de investigación en 66.9 por ciento de los casos.

• En 93.3 por ciento de delitos no hubo denuncia o no se inició una carpeta de investigación.

• Los delitos con mayor cifra negra (no fueron denunciados o no se investigaron) son de mayor a menor: secuestro, extorsión y fraude.

• Del total de carpetas de investigación iniciadas por el Ministerio Público en 48.4 por ciento, no sucedió nada o no se continuó con la investigación.

• Entre las causas para no denunciar el delito ante las autoridades destacan el que la población considera que es una pérdida de tiempo; por pérdida de confianza en la autoridad y; porque consideran que deben realizarse trámites largos y difíciles.

Como se desprende de lo anterior, un gran porcentaje de la población ha perdido la confianza en las autoridades y consideran que el acceso a la justicia es difícil, lo que generó que muy pocos delitos fueran denunciados. Además, en poco más de la mitad de los delitos denunciados pudo abrirse una carpeta de investigación y de esas la mitad no tuvieron continuidad.

En este tenor, se considera que ante la comisión de delitos ha prevalecido la impunidad sobre las denuncias, la investigación y la detención y sanción de los delincuentes.

Debido al incremento de la inseguridad, la falta de acceso a la justicia y la prevalencia del delito, nuestro país ha modificado y modernizado el marco jurídico para erradicar los abusos de poder y fomentar medidas adecuadas para la atención de las víctimas y para el ejercicio de sus derechos.

Es así que México ha adoptado diversas disposiciones internacionales al marco jurídico nacional, retomando sus principios en materia de protección a víctimas. De acuerdo con la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder (1985), de la Organización Mundial de las Naciones Unidas, se define a la víctima como sigue:

1. Se entenderá por “víctimas” las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.

2. Podrá considerarse “víctima” a una persona, con arreglo a la presente Declaración, independientemente de que se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relación familiar entre el perpetrador y la víctima. En la expresión “víctima” se incluye, además, en su caso, a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.

Cabe resaltar que las disposiciones de la Declaración son aplicables a todas las personas sin distinción alguna; sin embargo, particularmente en cuestiones de género, en nuestro país esto ha sido difícil de concretarse. Lo anterior se refuerza si consideramos que apenas a principios de la década de los 90 se crearon agencias del Ministerio Público especializadas en delitos sexuales y violencia familiar.

Por otra parte, no fue sino hasta 1993 que se elevaron a rango constitucional los derechos de las víctimas de delitos a obtener la reparación del daño (cuando esta procede), recibir atención médica y asesoría jurídica, así como a coadyuvar con el Ministerio Público, derechos que se ampliaron con las reformas constitucionales en materia penal de 2000 y 2008 con las que se creó un apartado específico relativo a los derechos de las víctimas de delitos.

A pesar de estas adecuaciones constitucionales nuestro país continuó con un modelo de atención que no respondió a las exigencias y expectativas de las víctimas de delitos que descansaron fundamentalmente en las procuradurías de justicia de los ámbitos federal y local.

Ante tal situación, en 2011 se creó a nivel federal, la Procuraduría Social de Atención a Víctimas de Delitos; sin embargo, no pudo contener los reclamos de las víctimas por lo que derivó en su desaparición y la expedición de la Ley General de Víctimas en 2013. Además, se instaló la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) en 2014 y se configuró el Sistema Nacional de Atención a Víctimas.

La Ley General de Víctimas retomó el contenido de la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder de la ONU y clasificó a las víctimas como sigue:

Artículo 4. Se denominarán víctimas directas aquellas personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Son víctimas indirectas los familiares o aquellas personas físicas a cargo de la víctima directa que tengan una relación inmediata con ella.

Son víctimas potenciales las personas físicas cuya integridad física o derechos peligren por prestar asistencia a la víctima ya sea por impedir o detener la violación de derechos o la comisión de un delito.

...

...

Por otra parte, estableció los derechos de las víctimas (directas, indirectas o potenciales) en su Título Segundo, De los Derechos de las Víctimas, integrado por seis capítulos que incluyen los artículos 7 a 27. Entre ellos, destaca lo tocante al capítulo IV, De los Derechos de las Víctimas en el Proceso Penal, que en su artículo 12 señala a la letra:

Artículo 12. Las víctimas gozarán de los siguientes derechos:

I. A ser informadas de manera clara, precisa y accesible de sus derechos por el Ministerio Público o la primera autoridad con la que tenga contacto o que conozca del hecho delictivo, tan pronto éste ocurra. El Ministerio Público deberá comunicar a la víctima los derechos que reconocen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y esta ley a su favor, dejando constancia en la carpeta de investigación de este hecho, con total independencia de que exista o no un probable responsable de los hechos;

II. ...

III. A coadyuvar con el Ministerio Público; a que se les reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuenten, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio como partes plenas ejerciendo durante el mismo sus derechos los cuales en ningún caso podrán ser menores a los del imputado. Asimismo, tendrán derecho a que se les otorguen todas las facilidades para la presentación de denuncias o querellas;

IV. A ser asesoradas y representadas dentro de la investigación y el proceso por un Asesor Jurídico. En los casos en que no quieran o no puedan contratar un abogado, les será proporcionado por el Estado a solicitud de la víctima de acuerdo al procedimiento que determine esta Ley y su Reglamento; esto incluirá su derecho a elegir libremente a su representante legal;

V. A impugnar ante la autoridad judicial las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento, con independencia de que se haya reparado o no el daño;

VI. A comparecer en la fase de la investigación o al juicio y a que sean adoptadas medidas para minimizar las molestias causadas, proteger su intimidad, identidad y otros datos personales;

VII. a XIII. ...

...

...

Cabe destacar que esta Ley estableció en su artículo 5, la definición de victimización secundaria, en el cual se establece que las características y condiciones particulares de la víctima no podrán ser motivo para negarle esta calidad.

Aunque este marco normativo ha representado un gran avance para visibilizar a las víctimas en nuestro país, no se ha cumplido totalmente el objetivo: las leyes han probado no ser suficientes ni eficientes, y las víctimas siguen teniendo sus derechos restringidos ante las autoridades y el Ministerio Público que desde el momento de la denuncia, niega la existencia del delito, es omiso en la investigación, responsabiliza a la víctima de la comisión del delito y pone en tela de juicio la calidad moral o el modo de vida de la víctima y sus familiares.

El Estado mexicano sigue teniendo pendiente la tarea de brindar una verdadera defensa a las víctimas y hacer efectivas la protección y el ejercicio de sus derechos, que constantemente son restringidos o anulados, específicamente durante la investigación del delito, etapa en la que de acuerdo con la Ley General de Víctimas, pueden coadyuvar con el Ministerio Público y aportar pruebas o indicios que sustentan la comisión del delito y la identidad y localización del probable responsable o responsables y en la que el Ministerio Público es el único facultado para determinar la apertura de una carpeta de investigación.

La reforma que se plantea, pretende establecer como un hecho punible el que los servidores públicos omitan o se abstengan, sin causa justificada, de realizar la investigación de hechos delictuosos o que nieguen la calidad de víctima, directa, indirecta o potencial, a aquellos que han visto su esfera jurídica afectada; también se castigará que el servidor público obstaculice el ejercicio de los derechos de las víctimas durante la investigación y se actualizará una agravante cuando se acredite que el servidor público incurrió en cualquiera de los supuestos planteados motivado por discriminación en razón de género.

En este sentido, es necesario señalar el concepto de servidor público, el artículo 108 constitucional, en su párrafo primero, establece que:

“...se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones”.

Lo anterior, con el objetivo de que todas las personas que han sido víctimas de hechos delictivos vean garantizado su derecho de acceso a la justicia y se erradiquen las malas prácticas en la actuación de los servidores públicos que atentan contra la dignidad de las personas y contra la igualdad con la que deben llevarse a cabo las investigaciones relativas a delitos, constituyendo verdaderos actos de abuso de poder.

A efecto de lograr una mejor comprensión de la propuesta, se inserta el siguiente cuadro comparativo:

Además, se considera necesario que el Estado mexicano revise nuevamente la legislación y las prácticas vigentes para evitar abusos de poder y fomentar medidas y mecanismos de protección de aquellos que han sido víctimas del delito.

Con ello, se logrará un avance sustantivo para que las víctimas accedan a la justicia bajo la premisa de que ésta se concrete con el mayor respeto a su dignidad y en concordancia con los principios de igualdad, transparencia y acceso a la información y a las actuaciones, protección de la intimidad y garantías de seguridad y del ejercicio pleno de los derechos que les han sido reconocidos por la legislación mexicana en el marco del debido proceso.

Por lo expuesto, acudo a esta soberanía a presentar, iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 225 del Código Penal Federal

Único. Se reforma la fracción XXXII y se adiciona un párrafo cuarto al artículo 225 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 225. ...

I. a XXXI. ...

XXXII. Desviar, obstaculizar, omitir o abstenerse injustificadamente de realizar la investigación del hecho delictuoso de que se trate ; negar injustificadamente la calidad de víctima directa, indirecta o potencial; obstaculizar el ejercicio de los derechos de las víctimas durante la investigación o favorecer que el imputado se sustraiga a la acción de la justicia;

XXXIII. a XXXVII.

...

...

Tratándose de la fracción XXXII, las sanciones previstas se aumentarán en una mitad, en su mínimo y máximo, cuando se acredite que el servidor público actuó o fue omiso por motivos de discriminación en razón de género, condiciones personales de la víctima, o cualquier otra causa que atente contra los principios establecidos en el artículo 5 de la Ley General de Víctimas.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Modelo Integral de Atención a Víctimas. México: Comisión Ejecutiva de Atención a víctimas; consultado en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/127943/MIAVed..pd f

2 Carranco, D. La no revictimización de las mujeres en México. México: Revista Digital Universitaria UNAM, 2020. Consultada en

https://www.revista.unam.mx/2020v21n4/la_no_revictimizacion_de_l as_mujeres_en_mexico/

3 Análisis Situacional de los Derechos Humanos de las Víctimas del Delito y Violaciones a los Derechos Humanos. México: CNDH. Consultado en

http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=30081

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2023.– Diputadas y diputados: Lilia Aguilar Gil, Adriana Bustamante Castellanos, Alberto Anaya Gutiérrez, Aleida Alavez Ruiz, Alfredo Femat Bañuelos, Alma Delia Navarrete Rivera, Amalia Dolores García Medina, Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, Ana Karina Rojo Pimentel, Ángel Benjamín Robles Montoya, Ángel Miguel Rodríguez Torres, Antolín Guerrero Márquez, Armando Contreras Castillo, Armando Corona Arvizu, Arturo Roberto Hernández Tapia, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Brenda Espinoza López, Carlos Sánchez Barrios, Celestina Castillo Secundino, César Agustín Hernández Pérez, Daniela Soraya Álvarez Hernández, Elizabeth Pérez Valdez, Erika Vanessa del Castillo Ibarra, Esther Mandujano Tinajero, Esther Martínez Romano, Félix Durán Ruiz, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Irma Yordana Garay Loredo, Jaime Baltiera García, Jaime Humberto Pérez Bernabe, Javier Huerta Jurado, Johanna Alejandra Felipe Torres, Jorge Alberto Barrera Toledo, Jorge Armando Ortiz Rodríguez, José Luis Flores Pacheco, Juan Ángel Bautista Bravo, Julieta Kristal Vences Valencia, Julio César Moreno Rivera, Karla Yuritzi Almazán Burgos, Laura Imelda Pérez Segura, Leobardo Alcántara Martínez, María Clemente García Moreno, María de Jesús Páez Guereca, María Guadalupe Chavira de la Rosa, María de Jesús Rosete Sánchez, María Sierra Damián, Mariana Erandi Nassar Piñeyro, Maribel Martínez Ruiz, Marisela Garduño Garduño, Martha Alicia Arreola Martínez, Martha Azucena Camacho Reynoso, Martha Barajas García, Martha Robles Ortíz, Martín Sandoval Soto, Mónica Herrera Villavicencio, Noemí Salazar López, Paola Tenorio Adame, Pedro Vázquez González, Raymundo Atanacio Luna, Rosangela Amairany Peña Escalante, Saraí Núñez Cerón, Salma Luévano Luna, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, Steve Esteban del Razo Montiel, Susana Cano González, Victoriano Wences Real (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

«Iniciativa que reforma el artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, suscrita por la diputada Yesenia Galarza Castro y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, Yesenia Galarza Castro, diputada integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, fracción I; 65, numeral 1, fracciones I y II; 76, numeral 1, fracción II; 78, numeral 1, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Con el nacimiento del Sistema Nacional Anticorrupción, el 19 de julio de 2017, se publica la Ley General de Responsabilidades Administrativas, misma que deroga la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de conformidad con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016.

Esta ley forma parte del conjunto de ordenamientos jurídicos que tuvieron que ser creados o reformados para la conformación y funcionamiento del Sistema Nacional Anticorrupción; entre los que se encuentran: el decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal en materia de combate a la corrupción; el decreto por el que se reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de control interno del Ejecutivo federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, o el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

La legislación que integra el Sistema Nacional Anticorrupción rompe con muchos paradigmas, sobre todo con el sistema jurídico tradicional de nuestro país, los tres Poderes que integran al Estado mexicano, se establecen normas que rigen de forma distinta la competencia para cada uno de ellos, así como la forma en que habrán de actuar conjunta y coordinadamente en el mismo sistema.

Por cuanto hace a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en forma general, tiene por objetivos:

- Establecer principios y directrices en la actuación de los servidores públicos.

- Determinar la calificación faltas de administrativas como graves y no graves.

- Establecer las posibles sanciones aplicables y los criterios a tomar en cuenta.

- Determinar las autoridades que deben intervenir en los procedimientos de responsabilidad, así como las facultades con las que contarán.

- Establecer en forma clara, ordenada y precisa, el procedimiento para el fincamiento de responsabilidad administrativa, respetando los principios del debido proceso.

- Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas, y crear las bases para establecer políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.

La Ley General de Responsabilidades es una legislación novedosa e interesante en la que se establecen nuevas características, como la intervención de una autoridad investigadora, con facultades y atribuciones para calificar faltas administrativas como graves o no graves, se establece un catálogo de faltas graves, como son: el peculado, el cohecho, el abuso de funciones y el desvío de recursos públicos que, como se puede apreciar, corresponden a tipos penales, que ya contemplan las leyes de esa materia y que ahora se sancionarán además desde el ámbito administrativo, sin menoscabo de lo que se disponga en los códigos penales. Se contempla además la creación de una autoridad substanciadora y otra resolutora, y se ordena que las faltas administrativas no graves serán sancionadas por las secretarías y los órganos internos de control, y las faltas graves por la autoridad jurisdiccional que corresponda; asimismo, se establece con toda precisión que cuando el servidor público sujeto a un procedimiento de responsabilidades administrativas no cuente con abogado, le será nombrado un defensor de oficio.

Con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y toda la nueva legislación que integra el Sistema Nacional Anticorrupción se fortalece un verdadero derecho administrativo disciplinario, con ámbito de aplicación, naturaleza jurídica propia, procedimientos de investigación, de substanciación y de resolución, emplazamientos, resoluciones, ofrecimiento, recepción, admisión y desahogo de pruebas, medidas de apremio, sanciones, medios de impugnación e intervención de las autoridades jurisdiccionales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que los principios básicos del derecho penal, son aplicables a la materia administrativa sancionadora, porque de esa forma se garantizan los derechos fundamentales de la persona, puntualizando que la potestad penal forma parte de un genérico ius puniendi del Estado, por lo que ambas materias comparten principios similares.

De tal suerte que se impone al legislador la obligación de crear normas que sean claras y que no permitan la arbitrariedad en su aplicación, esto es, la autoridad legislativa no puede sustraerse al deber de consignar leyes con expresiones y conceptos claros, precisos y exactos, al describir las conductas sancionables y prever las sanciones, por lo que las leyes deben incluir todos sus elementos, características, condiciones, términos y plazos, para evitar confusiones en su aplicación o en menoscabo en la defensa a quienes va dirigida.

Por lo anterior, la Ley General de Responsabilidades Administrativas debe observar la exacta aplicación de la ley, principio aplicable a la materia administrativa, pues dicho principio implica el derecho de no ser sancionado de manera arbitraria, además de que guarde una similitud fundamental con la sanción, toda vez que, como parte de la potestad punitiva del Estado, ambas tienen lugar como reacción frente a lo antijurídico.

A efecto de vigilar que se cumpla con el debido proceso, y los principios en cada uno de los procedimientos administrativos, como lo ordenan las leyes de nuestro país, es necesario establecer normas y reglas claras y precisas, y limitar al máximo posible cualquier tipo de incertidumbre que pudiera surgir con motivo de la redacción de los artículos de una ley.

Por lo anterior, resulta necesario modificar el texto del artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en virtud de contener errores en su redacción, como se expone a continuación:

“Artículo 117. Las partes señaladas en las fracciones II, III y IV del artículo anterior podrán autorizar para oír notificaciones en su nombre, a una o varias personas con capacidad legal, quienes quedarán facultadas para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrá substituir o delegar dichas facultades en un tercero.

Las personas autorizadas conforme a la primera parte de este párrafo, deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización y mostrar la cédula profesional o carta de pasante para la práctica de la abogacía en las diligencias de prueba en que intervengan, en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad a que se refiere este artículo en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente tendrá las que se indican en el penúltimo párrafo de este artículo.

Las personas autorizadas en los términos de este artículo, serán responsables de los daños y perjuicios que causen ante el que los autorice, de acuerdo a las disposiciones aplicables del Código Civil Federal, relativas al mandato y las demás conexas. Los autorizados podrán renunciar a dicha calidad, mediante escrito presentado a la autoridad resolutora, haciendo saber las causas de la renuncia.

Las partes podrán designar personas solamente autorizadas para oír notificaciones e imponerse de los autos, a cualquiera con capacidad legal, quien no gozará de las demás facultades a que se refieren los párrafos anteriores.

Las partes deberán señalar expresamente el alcance de las autorizaciones que concedan. El acuerdo donde se resuelvan las autorizaciones se deberá expresar con toda claridad el alcance con el que se reconoce la autorización otorgada.

Tratándose de personas morales estas deberán comparecer en todo momento a través de sus representantes legales, o por las personas que estos designen, pudiendo, asimismo, designar autorizados en términos de este artículo.

De la interpretación armónica del texto del artículo 117, se pueden apreciar dos errores en su redacción, para empezar, el segundo párrafo señala lo siguiente:

“Las personas autorizadas conforme a la primera parte de este párrafo,”

Claramente, en la primera parte de ese párrafo, no se ha hablado aún de personas autorizadas, por lo que es claro que se refiere a la primera parte del artículo, o en su defecto, al párrafo que antecede; en ese mismo orden de ideas, al final del segundo párrafo, se señala:

“[...] en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad a que se refiere este artículo en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente tendrá las que se indican en el penúltimo párrafo de este artículo.[...]”.

Toda vez que el penúltimo párrafo señala:

“[...]

Las partes deberán señalar expresamente el alcance de las autorizaciones que concedan. El acuerdo donde se resuelvan las autorizaciones se deberá expresar con toda claridad el alcance con el que se reconoce la autorización otorgada.

[...]”.

Por lo que se puede determinar que, en realidad, se pretendía referirse al antepenúltimo párrafo que señala:

“[...]

Las partes podrán designar personas solamente autorizadas para oír notificaciones e imponerse de los autos, a cualquiera con capacidad legal, quien no gozará de las demás facultades a que se refieren los párrafos anteriores. [...]”.

Problemática que trata de resolver esta iniciativa

A través de la modificación del artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades, se pretende dotar de certeza jurídica a las personas sujetas a un procedimiento de responsabilidad administrativo, así como a las autoridades responsables de participar en dichos procedimientos. Ya sea en la etapa de investigación, sustanciación o incluso quien funja como autoridad sustanciadora.

Lo anterior es así, ya que, de conformidad con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ha determinado que los principios básicos del derecho penal, son aplicables a la materia administrativa sancionadora, puntualizando que la potestad penal forma parte de un genérico ius puniendi del Estado, por lo que ambas materias comparten principios similares y en atención a ello, se busca dotar de certeza jurídica a las partes en cada una de las etapas del procedimiento sancionador, y con la redacción actual del artículo 117 ya referido, dicha certeza se ve comprometida, toda vez que el artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades es en este momento, una copia mal adecuada, del artículo 1069 del Código de Comercio, como a continuación me permito exhibir:

Artículo 1069. Todos los litigantes, en el primer escrito o en la primera diligencia judicial, deben designar domicilio ubicado en el lugar del juicio para que se les hagan las notificaciones y se practiquen las diligencias que sean necesarias. Igualmente deben designar el domicilio en que ha de hacerse la primera notificación a la persona o personas contra quienes promueven. Cuando un litigante no cumpla con la primera parte de este artículo las notificaciones se harán conforme a las Reglas para las notificaciones que no deban ser personales, hasta en tanto sea señalado domicilio para los efectos referidos. Si no se designare domicilio de la contraparte, se le requerirá para que lo haga, y si lo ignoran se procederá en los términos del artículo siguiente.

Las partes podrán autorizar para oír notificaciones en su nombre, a una o varias personas con capacidad legal, quienes quedarán facultadas para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrá substituir o delegar dichas facultades en un tercero. Las personas autorizadas conforme a la primera parte de este párrafo, deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado o licenciado en Derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización y mostrar la cédula profesional o carta de pasante para la práctica de la abogacía en las diligencias de prueba en que intervengan, en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad a que se refiere este artículo en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente tendrá las que se indican en el penúltimo párrafo de este artículo.

Las personas autorizadas en los términos de este artículo, serán responsables de los daños y perjuicios que causen ante el que los autorice, de acuerdo a las disposiciones aplicables del Código Civil Federal, relativas al mandato y las demás conexas. Los autorizados podrán renunciar a dicha calidad, mediante escrito presentado al tribunal, haciendo saber las causas de la renuncia.

Los tribunales llevarán un libro de registro de cédulas profesionales de abogados, en donde podrán registrarse los profesionistas autorizados. Las partes podrán designar personas solamente autorizadas para oír notificaciones e imponerse de los autos, a cualquiera con capacidad legal, quien no gozará de las demás facultades a que se refieren los párrafos anteriores.

El juez al acordar lo relativo a la autorización a que se refiere este artículo deberá expresar con toda claridad el alcance con el que se reconoce la autorización otorgada”.

Como se puede apreciar, en este caso, no existe conflicto alguno en el uso de las palabras, toda vez que los párrafos tienen una distribución distinta, lamentablemente es una situación que no se verificó y en la que no se tuvo el cuidado de ajustar el texto del artículo conforme se movieron los párrafos que lo integran, lo que resultó en dos sinsentidos en un mismo artículo.

Contenido de la propuesta de reforma

Se reforma el artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer lo siguiente:

- Que el servidor público señalado como presunto responsable de una falta administrativa grave, no grave; el particular, sea persona física o moral, señalado como presunto responsable en la comisión de faltas de particulares y los terceros en un procedimiento de responsabilidad, podrán autorizar para oír notificaciones en su nombre, a una o varias personas con capacidad legal, quienes quedarán facultadas para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrá substituir o delegar dichas facultades en un tercero.

Dichas personas deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización y mostrar la cédula profesional o carta de pasante para la práctica de la abogacía en las diligencias de prueba en que intervengan, en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad a que se refiere este artículo en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente quedará autorizada para oír notificaciones e imponerse de los autos, y no gozará de las demás facultades a que se refieren los párrafos anteriores.

Cuadro comparativo

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Artículo Primero. Se reforma el segundo párrafo del artículo 117 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:

Artículo 117. ...

Las personas autorizadas conforme al primer párrafo de este artículo, deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización y mostrar la cédula profesional o carta de pasante para la práctica de la abogacía en las diligencias de prueba en que intervengan, en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá la facultad a que se refiere este artículo en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente quedarán facultados para oír notificaciones e imponerse de los autos del expediente.

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2023.– Diputada Yesenia Galarza Castro (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma el artículo 59 de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada Yesenia Galarza Castro y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe Yesenia Galarza Castro, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario Acción Nacional, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente i niciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 59 de la Ley General de Educación, en materia de educación asertiva, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La educación es un derecho básico de todos los niños, niñas y adolescentes, el Estado tiene el deber de otorgar y garantizar este derecho, que, entre otros fines, el principal es generar un mayor desarrollo en los individuos y por consecuencia en las sociedades.

La Declaración Universal de Derechos Humanos no solo reconoce este derecho humano, sino es al único que le otorga una finalidad, como queda expresado en el segundo punto del artículo 26.

“...

 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

...”

A diferencia de los demás derechos humanos reconocidos en esta Declaración, donde solo se reconocen con el propósito de garantizarse, en el derecho a la educación otorga una finalidad, que podríamos resumirla en propiciar el pleno desarrollo de la personalidad, muy seguramente por las implicaciones para el disfrute de los demás derechos.

El sistema educativo mexicano ha venido evolucionando durante muchos años, iniciando con José Vasconcelos, quien es considerado como el primer gran reformador de la educación y quien consolido una filosofía del nacionalismo cultural, quien además consideraba que el crecimiento y progreso del país debía estar cimentado en la revolución educativa del pueblo; hasta la actualidad, donde se han venido incorporando distintas visiones y elementos que permitan tener un desarrollo educacional de manera integral y que no se limite solo a la enseñanza del conocimiento.

La inclusión de elementos que propicien el desarrollo educacional y cultural que permitan un beneficio social son ejemplos de la evolución del sistema educativo, en donde en un primer momento se buscaba garantizar la educación y que esta fuera accesible para todos, hasta la incorporación de elementos como la investigación, la ciencia, las humanidades, la tecnología y la innovación, como lo señala el artículo 52 de la Ley de General de Educación.

Un lugar común de las personas es el reconocer que la educación es el motor de desarrollo de las sociedades, pero ¿cómo encontrar las herramientas, elementos y modelos ideales para alcanzar este desarrollo? Pues bastaría con mirar a la sociedad para encontrar en las debilidades las oportunidades, es decir, al ver los problemas más comunes a los que se enfrentan, encontraremos propuestas e ideas de integración al modelo de educación que nos permita contrarrestar debilidades sociales a través de fortalecer las habilidades personales.

Cada día es más común conocer de casos que ejemplifiquen en la sociedad una falta de tolerancia al pensamiento diferente, causado, principalmente, por una falta de asertividad en las personas.

Comúnmente escuchamos en discursos, pláticas, conferencias o hasta charlas la importancia del sano desarrollo de la personalidad de los niños y cuánto influye está en el desarrollo social. Algunos autores definen este concepto como el proceso vital por el que transcurre todo individuo donde se establecen unas bases y directrices de carácter y comportamiento determinadas a partir de las cuales se conforman los rasgos, valores y formas de funcionamiento organizados y estables en el tiempo de dicha persona. Este concepto ya ha sido integrado en la legislación en materia civil, como un derecho de los menores e inclusive muchas figuras de la materia como el matrimonio, el divorcio, la guarda y custodia, entre otros, tienen como eje principal este concepto; asimismo, en la materia penal, se han incorporado figuras jurídicas que van en contra de este principio y que penalizan las actividades que tienden a reducir o eliminar este derecho en las personas, principalmente los niños.

Es en este sentido que la educación no podría estar exenta del reconocimiento de este principio y derecho, así como de la incorporación de elementos que no solo garanticen, sino que promuevan y centren su finalidad en él.

Muchos niños y adolescentes se enfrentan en distintas etapas de su vida estudiantil a la falta de asertividad que se ve reflejada en la poca tolerancia, en la falta de elementos para saber expresar sus ideas y en defenderlas. La falta de asertividad social es la ausencia de la habilidad para saber expresar sentimientos, actitudes, deseos y opiniones de forma directa y adecuada, con un elevado costo emocional para uno mismo o para los demás.

Las causas más habituales de esta falta de asertividad se relacionan con la falta de autoestima y una pobre imagen personal, muchas veces influenciado por un entorno familiar o escolar muy exigente. Algunos de los síntomas se reflejan con miedo, angustia, ansiedad, temor a pedir algo o decir lo que piensa, frustración, ira o agresividad, tartamudeos, sentimientos de inferioridad, aislamiento, entre otros.

Todos estos reflejos de la falta de asertividad se ven reflejados socialmente y en el mejor de los casos terminan con tratamientos terapéuticos que ayuden a superarlos, pero en otros casos no es así, por lo que se reflejan en actitudes antisociales, que desde la edad escolar se van viendo reflejados.

Esta iniciativa pretende incorporar al artículo 59 de la Ley General de Educación, perteneciente al Capítulo VI de la Educación Humanista, el concepto de “asertividad” como la habilidad social que desarrollan los individuos de comunicar y defender sus propios derechos e ideas de manera adecuada y respetando las de los demás.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 59 de la Ley General de Educación

Artículo Único. Se reforma el artículo 59 de la Ley General de Educación.

Capítulo VIIDe la Educación Humanista

Artículo 59. En la educación que imparta el Estado se promoverá un enfoque humanista, el cual favorecerá en el educando sus habilidades socioemocionales que le permitan adquirir y generar conocimientos, fortalecer la capacidad para aprender a pensar, sentir, actuar y desarrollarse como persona integrante de una comunidad y en armonía con la naturaleza , a fin de desarrollar relaciones humanas asertivas.

De igual forma, para resolver situaciones problemáticas de manera autónoma y colectivamente, aplicar los conocimientos aprendidos a situaciones concretas de su realidad y desarrollar sus actitudes y habilidades para su participación en los procesos productivos, democráticos y comunitarios.

Las autoridades educativas impulsarán medidas para el cumplimiento de este artículo con la realización de acciones y prácticas basadas en las relaciones culturales, sociales y económicas de las distintas regiones, pueblos y comunidades del país para contribuir a los procesos de transformación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 Declaración Universal de los Derechos Humanos. ONU.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.– Diputada Yesenia Galarza Castro (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

«Iniciativa que reforma los artículos 34 Quáter y 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Itzel Josefina Balderas Hernández y, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y; del numeral 1, del artículo 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 34 Quáter y la fracción VIII del artículo 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ; al tenor del siguiente

Exposición de Motivos

En el marco del Día Internacional de la Mujer debemos visibilizar los frutos de una lucha histórica para garantizar los derechos de las mujeres, pero también, debemos proponer acciones que garanticen su continuidad y sumen a los retos que aún enfrentamos.

La violencia contra la mujer sigue siendo generalizada muestra de ello son los altos índices de violencia que continúan al alza en nuestro país:

“En México, 70.1 por ciento de las mujeres de 15 años y más ha experimentado, al menos, una situación de violencia a lo largo de la vida. La violencia psicológica fue la de mayor prevalencia (51.6 por ciento), seguida de la violencia sexual (49.7 por ciento). En el ámbito comunitario es donde viven mayor violencia (45.6 por ciento), seguido de la relación de pareja (39.9 por ciento).

Entre octubre de 2020 y octubre de 2021, 42.8 por ciento de las mujeres de 15 años y más experimentó, al menos, una situación de violencia. Destaca la violencia psicológica como la más alta (29.4 por ciento), seguida de la violencia sexual (23.3 por ciento). La violencia contra las mujeres se presentó en mayor porcentaje en el ámbito comunitario (22.4 por ciento), seguido del laboral (20.8 por ciento).

Alrededor de 5.2 por ciento de las mujeres de 15 años y más percibió que los conflictos en su relación de pareja iniciaron o aumentaron durante la emergencia sanitaria por la Covid-19. En el ámbito familiar, la cifra ascendió a 8.5 por ciento.

Las mujeres en el ámbito laboral, de un total de 30.5 millones que han laborado, el 27.9 % ha experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida laboral: 18.1 por ciento experimentó discriminación laboral, 7 14.4 por ciento vivió situaciones de violencia sexual, 12.2 por ciento recibió violencia psicológica y 1.9 por ciento vivió violencia física.

En el medio familiar, de un total de 5.8 millones de mujeres, 11.4 por ciento experimento violencia familiar destacando que 9.2 por ciento fue a través de la violencia psicológica, 3.1 por ciento, violencia económica y 3.0 por ciento por violencia sexual.

Pese a la creencia de que nuestro hogar es sinónimo de seguridad y protección, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, estimo que de 18.31 millón de hogares que formaron parte de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), 2.76 millones de personas viven violentadas.

El alza en feminicidios es partes del resultado de estas violencias. La Red Nacional de Refugios (RNR) dio a conocer que de enero a octubre de 2022 el incremento de mujeres a sus instalaciones por violencias machistas y feminicidios fue de 15 por ciento, atendiendo además a través de sus redes sociales y líneas telefónicas a 439 mujeres que sufrieron violencia sexual y 134 sobrevivientes a intentos de feminicidio.

Lamentablemente el feminicidio, considerado como la forma más extrema de violencia contra una mujer no parece disminuir, por el contrario, este fenómeno se ha fortalecido desde casa.

Con el confinamiento a causa de la pandemia por el covid-19, la seguridad de las mujeres fue vulnerado ya que el principal agresor resulto ser su propia pareja donde mucho de los casos una discusión termino con la muerte de una mujer.

Como parte de los avances para privilegiar la integridad y seguridad a las mexicanas la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia considera la implementación de órdenes de protección:

Artículo 27. Las órdenes de protección: Son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, son fundamentalmente precautorias y cautelares, deberán otorgarse de oficio o a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes, en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas, evitando en todo momento que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima.”

En este sentido, las órdenes de protección permiten frenar la conducta violenta hacia una mujer y aunque la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la fracción VII del artículo 34 Quater considera como parte de las medidas de prevención la desocupación del domicilio conyugal por parte del agresor la realidad de las mexicanas es otra.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía reportó que existen 29.7 millones de mujeres mayores de 15 años que no desempeñan ninguna actividad económica, de este sector, 56.9 por ciento ya está en edad de trabajar, sin embargo, les resulta imposible ya que tienen que dedicar su tiempo al cuidado del hogar, atención de las hijas e hijos, entre otras actividades no remuneradas.

Aunado a esta dependencia económica, Artemisa Montes Sylvan, académica de la Universidad La Salle y directora ejecutiva del Observatorio Mexicano de la Crisis, destacó que 24.5 por ciento de estas mujeres sufre violencia económica, es decir, viven sometidas al “gasto” entregado por su pareja.

Lo anterior ha llevado a estas mujeres a tolerar muchas de las violencias por parte de su agresor por miedo a no sentirse capaces de mantener los gastos de la casa que habitan y, las necesidades de sus hijos o hijos.

Por lo anterior se busca que, con la presente iniciativa no solo se exija la desocupación del agresor del domicilio si no que sean garantizadas las obligaciones contractuales respecto a la propiedad, además, de imposibilitar la venta o el aprovechamiento de los bienes.

Cabe citar que, como ejemplo, la Ciudad de México, ha implementado esta acción para que las ciudadanas no tengan que salir a buscar un refugio dándoles una protección especial por parte de las autoridades en su propia casa y, además, el goce de un salario mínimo, disminuyendo un 28 por ciento las muertes violentas contra las mujeres en la capital.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto

Único. Se reforma la fracción VII del artículo 34 Quáter y, la fracción VIII del artículo 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Artículo 34 Quáter. Las órdenes de naturaleza jurisdiccional, además de las previstas en otros ordenamientos, podrán consistir en una o varias de las siguientes acciones:

I. a VI. ...

VII. La desocupación por la persona agresora, del domicilio conyugal o de pareja, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, y en su caso el reingreso de la mujer en situación de violencia una vez que se resguarde su seguridad.

En el cumplimiento de la presente medida, quedará prohibida la posibilidad de enajenación o el aprovechamiento de los bienes de la sociedad conyugal de aquellos que se encuentren en el domicilio en común, para el beneficio exclusivo de la persona agresora.

En todo caso se deberá garantizar por parte del agresor el cumplimiento de las obligaciones contractuales con respecto a la propiedad o posesión del inmueble que sirva como habitación de la víctima.

VIII. a XIII. ...

Artículo 46 Ter. Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano:

I. ... a VII. ...

VIII. Fomentar y facilitar el acceso a las mujeres víctimas de violencia a programas o créditos accesibles para la adquisición o, mejoramiento de la vivienda considerando el grado de vulnerabilidad en las que se encuentren.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ endireh/Endireh2021_Nal.pdf

2 https://www.mexicosocial.org/violencia-en-los-hogares/

3 https://www.washingtonpost.com/es/post-opinion/2022/11/24/25n-dia-violencia-con tra-mujer-mexico- feminicidios/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2023.– Diputada Itzel Josefina Balderas Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS Y LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Itzel Josefina Balderas Hernández así como diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y del numeral 1, del artículo 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2, 26, 43, 66, y, adiciona la fracción XVII del artículo 8 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y; adiciona el inciso XIV del artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor del siguiente:

Exposición de Motivos

La ola de violencia que vive el estado mexicano debe ser un tema prioritario para nuestro gobierno. Noticias con encabezados de muertes alcanzan niveles exacerbados que esta administración no puede seguir tolerando.

De acuerdo con cifras otorgadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en enero del presente año, nuestro país sumo 2 mil 654 homicidios dolosos, es decir, un aumento de 5.8 por ciento respecto al mismo mes en 2022.

Parte de estos homicidios fueron cometido en contra de personas debido a su profesión, me refiero a los periodistas en la que, además de poner en riesgo su propia vida, se está atentando contra la libertad de expresión y el derecho de todas y todos a recibir información.

Durante 2022 América Latina y el Caribe fue la región más mortífera para los periodistas siendo México el primer lugar con el mayor número de homicidios, seguido por Ucrania y Haití.

Basándose en las listas de “Artículo 19” y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), México contabilizó 17 asesinatos de periodistas durante el año pasado, incluso, se posiciono como el primer lugar a nivel mundial con el mayor número de homicidios.

En tan solo el primer bimestre de 2023 la situación no ha mejorado para este gremio ya que actualmente se suman dos asesinatos más, el primero, el 14 de febrero Abisaí Pérez Romero fue encontrado muerto en Tula, Hidalgo y, el pasado 21 de febrero, Ramiro Araujo Ochoa se convirtió en el segundo periodista asesinado de 2023.

El 25 de junio del 2012, entro en vigor la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, cuerpo normativo que tiene por objeto implementar medidas de prevención y protección de los periodistas, sin embargo, a más de 10 años de su expedición los resultados son nulos.

A través del alto comisionado, Volker Turk, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) hizo un llamado al estado mexicano para garantizar la seguridad de los periodistas en nuestro país, incluso, exhorto a evitar los “ataques” de las autoridades mexicanas haciendo referencia a los señalamientos por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, recordando que Obrador tiene incluso una denuncia por pate del activista, Bryan LeBarón, por los dichos, insultos y agresiones que realiza el mandatario en sus “mañaneras” contra los periodistas.

Cabe destacar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 1º establece la obligación que tienen nuestras autoridades de promover, respetar, proteger y, garantizar los derechos humanos y, en consecuencia, prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a estos.

Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación en el apartado de Política y Gobierno, busca comprometer al gobierno a fin de articular la seguridad nacional, la seguridad pública y la paz.

Demostrada la poca efectividad en nuestro país para proteger y garantizar la seguridad de las actividades realizadas por las y los periodistas es necesario trabajar en mecanismos preventivos que les brinden certeza jurídica.

En este sentido, la presente iniciativa busca fortalecer las Medidas de Prevención a las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas a través de un registro nacional que visibilice las agresiones permitiendo a las autoridades generar acciones inmediatas para salvaguardarlos, así mismo, permite el involucramiento de Defensores de Derechos Humanos y activistas a ser parte del estudio e implementación de estas medidas.

Por último, escuchando la exigencia de asociaciones y organizaciones civiles de periodistas, se propone estipular en la ley el uso de un sistema de alerta digital a través de una línea telefónica y una aplicación que les de garantía de seguridad en caso de verse o sentirse en una situación de riesgo.

Cabe destacar que con la presente reforma también se busca garantizar la protección de los periodistas a través de un seguro de empleo extensible a sus familiares, así como, velar por los tratamientos médicos físicos y/o mentales requeridos como consecuencia de las actividades que desarrollan.

En virtud de lo antes expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Decreto

Primero. Que reforma los artículos 2, 26, 43, 66, y, adiciona la fracción XVII del artículo 8 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Artículo 2. Para los efectos de esta ley se entenderá por:

Agresiones: daño a la integridad física, psicológica, patrimonial o económica, amenaza, hostigamiento o intimidación que por el ejercicio de su actividad sufran las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Artículo 8. La Junta de Gobierno contará con las siguientes atribuciones:

I. a XVI. ...

XVII. Contar con un registro nacional de las agresiones contra los Defensores de Derechos Humanos y Periodistas el cual, deberá contener, como mínimo, datos de la víctima, agresores con sentencia firme y vigente que les imponga dicha condición, medidas de protección su cumplimiento y, sanciones determinadas por sentencia firme y vigente.

XVIII. ...

Artículo 26. En el supuesto que el peticionario declare que su vida, integridad física o la de los señalados en el artículo 24 está en peligro inminente, el caso será considerado de riesgo alto y se iniciará el procedimiento extraordinario.

...

I. Emitir, de manera inmediata sin exceder el plazo de 3 horas contadas a partir del ingreso de la solicitud, las medidas urgentes de protección;

II. Implementar de manera inmediata, una vez emitidas, y en un plazo no mayor a 4 horas, las Medidas Urgentes de Protección;

III. a V. ...

Artículo 43. Las Medidas de Prevención estarán encaminadas al diseño de sistemas de alerta temprana y planes de contingencia con la finalidad de evitar potenciales agresiones a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

Estas medidas de protección deberán ser construidas con el acompañamiento de expertos en derechos humanos, así como, con personas vinculadas a organizaciones de la sociedad civil actuando en favor de la defensa y protección de periodistas.

De manera inicial, se deberá contar con un sistema de alerta digital a través de una línea telefónica exclusiva para periodistas en caso de verse amenazados, así como, una aplicación gratuita de emergencia que permita notificar vía SMS a los contactos indicados cuando se sientan en situación de peligro.

Ambos deberán funcionar a nivel nacional y al recibir cualquier notificación canalizar la emergencia de manera inmediata para ser atendida.

A rtículo 66. Comete el delito de daño a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, el servidor público o miembro del Mecanismo que obstaculice la implementación de las medidas pertinentes de protección, así como, de forma dolosa utilice, sustraiga, oculte, altere, destruya, transfiera, divulgue, explote o aproveche por sí o por interpósita persona la información proporcionada u obtenida por la solicitud, trámite, evaluación, implementación u operación del Mecanismo y que perjudique, ponga en riesgo o cause daño a la persona defensora de derechos humanos, periodista, peticionario y beneficiario referidos en esta ley.

Artículo 67. Al servidor público que en forma dolosa altere o manipule los procedimientos del Mecanismo para perjudicar, poner en riesgo o causar daño a la Persona Defensora de Derechos Humanos, Periodista, peticionario y beneficiario, se le impondrá de dos a nueve años de prisión, y de setenta hasta cuatrocientos días multa y destitución e inhabilitación inmediata y definitiva para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos referidos en esta ley.

Segundo. Que adiciona el inciso XIV del artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 134. Son obligaciones de los trabajadores:

I. a XIII. ...

XIV. Al tratarse de trabajadores periodistas, el patrón deberá cumplir, con al menos, lo siguiente:

a) Proporcionar viáticos cuando las actividades o servicios sean lejanos a su domicilio habitual.

c) Proporcionar tratamiento médico necesario si el trabajador periodista desarrollo alguna enfermedad física o mental por la realización de sus actividades.

c) Materiales e insumos necesarios para el desarrollo de sus actividades.

d) Seguro de vida privado para el trabajador periodista y, sus familiares, cuando las actividades pongan en riesgo su vida. Dicho seguro deberá ser contratado y pagado por el patrón.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.animalpolitico.com/seguridad/mexico-homicidios-feminicidios-enero-2 023

2 https://www.milenio.com/estados/periodistas-asesinados-mexico-2022-casos-avance s

3 http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2022/04/asun_ 4360190_20220427_1651002102.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de marzo de 2023.– Diputada Itzel Josefina Balderas Hernández (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, a cargo de la diputada Karla Verónica González Cruz, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Karla Verónica González Cruz, y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77; 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 Bis y se adiciona un segundo párrafo al mismo, de la Ley de Ciencia y Tecnología, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El desarrollo científico y tecnológico es un elemento relevante como factor del desarrollo de los países. Desde el punto de vista económico, la tecnología, comprendida como la aplicación del desarrollo científico, se integra siempre como una variable determinante en las funciones de producción empleadas en la teoría del desarrollo económico, y se halla implícito en los factores claves: el trabajo y el capital.

Las opciones sociales, económicas y políticas, acerca de dónde se puede dirigir la innovación, a qué prioridades y servir a qué personas, determinan cómo cambia la tecnología y cómo las innovaciones promueven el desarrollo humano. Por ejemplo, el despliegue de vacunas durante la pandemia de Covid-19. Los avances en la ciencia y la fabricación permitieron desarrollar múltiples vacunas altamente efectivas contra el Covid-19 en un tiempo récord, en una hazaña notable de la ciencia moderna. Al respecto, cabe señalar que esto fue posible debido a años de trabajo científico.

Sin embargo, para junio de 2022, menos del 15 por ciento de las personas en países de bajos ingresos habían recibido un protocolo completo de vacunas contra el Covid-19, en comparación con casi el 75 por ciento de las personas en países de altos ingresos. El acceso desigual a las vacunas que salvan vidas ha tenido un costo trágico en las vidas humanas y el bienestar. Esta situación también es un reflejo de la disparidad que hay en la inversión en ciencia y desarrollo entre los diferentes países.

El Informe de Desarrollo Humano 2021-2022 advierte que, considerando la velocidad a la que se desarrollan los avances tecnológicos, existe el riesgo de que, sin los incentivos y la regulación adecuados, se acumulen nuevos problemas con la misma rapidez y se agraven aún más los antiguos. Se hace hincapié en que los avances tecnológicos serán vitales para los cambios estructurales necesarios en las economías y sociedades

De acuerdo con este informe, en el caso de México, aunque se mantiene dentro del grupo de países con un Índice de Desarrollo Humano (IDH) alto, el indicador se redujo de 0.779 antes de la pandemia a 0.758 en 2021 (una reducción de 2.7 por ciento), lo que implica un retroceso de 9 años, ya que este era el IDH en 2012. El retroceso más importante se observó en la dimensión de salud, en la que regresó a valores de 1990 en la esperanza de vida al nacer. En cuanto a la dimensión de ingreso, también se observaron retrocesos en el Ingreso Nacional Bruto per cápita, con una reducción de 6.3 por ciento con respecto a 2019 y regresando a los niveles de 2011.

También se advierte que las brechas en el desarrollo continúan siendo importantes, ya que el IDH ajustado por la desigualdad se calculó en 0.621 para 2021, lo que implica una pérdida de 18.1 por ciento en desarrollo humano debido a la desigualdad. Entre las recomendaciones del Informe están: aplicar políticas dirigidas a fomentar las inversiones, desde las energías renovables hasta la preparación frente a las pandemias, y el aseguramiento, como la protección social, para preparar a las sociedades ante las contingencias de un mundo incierto. Además, menciona que la innovación tecnológica, económica, cultural puede también desarrollar capacidades para responder a los desafíos que vayan surgiendo en el futuro.

En este orden de ideas, se denota la importancia de las políticas públicas en materia de ciencia y tecnología; sin embargo, en el país éstas no han sido prioritarias para el desarrollo nacional.

De acuerdo al Informe de la UNESCO sobre la ciencia 2021: La carrera contra el reloj para un desarrollo más inteligente, los países del G20 representan las nueve décimas partes de los investigadores, las publicaciones, las patentes y el gasto en investigación. Aunque el gasto en investigación aumentó en la mayoría de las regiones entre 2014 y 2018, el 80 por ciento de los países sigue invirtiendo menos del 1 por ciento del PIB en Investigación y Desarrollo. En algunos casos, el número de investigadores ha aumentado más rápido que el gasto correspondiente, lo cual reduce los fondos disponibles para cada investigador.

En esta Informe se menciona que el crecimiento del gasto mundial promedio en investigación del 2014 a 2018 aumentó 19.2 por ciento y el PIB global un 14.8 por ciento, pero México pasó de un 0.44 por ciento al 0.31 por ciento de inversión del PIB.

Por otro lado, se refiere al país como un ejemplo de políticas en retroceso, como es el caso de las tendencias en materia política que exigen una reorientación hacia el bienestar e incrementar la autonomía regional gracias a la especialización de inteligencia y políticas orientadas a la realización de misiones con fondos sectoriales, fuente fundamental de financiación pública para la investigación en sectores estratégicos, incluida la salud. En este sentido, se menciona que, en 2020, el gobierno mexicano decidió eliminar sus fondos sectoriales como parte de una reducción de los recursos destinados a promover la innovación empresarial.

Una de las conclusiones a las que llega el Informe sobre la Ciencia 2021 es que va a ser preciso que todos los países inviertan más en investigación e innovación, si quieren llevar a cabo con éxito la doble transición “verde” y digital. Desde 2014 ya son más de 30 los países que han incrementado su gasto en investigación, de conformidad con el compromiso que contrajeron para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

¿Qué está pasado en México? De acuerdo con el Centro de Análisis e Investigación, Fundar, un gasto público bien direccionado a la innovación y al desarrollo tecnológico contribuiría a reducir algunos de los problemas más apremiantes en México, como la producción de energías renovables o la investigación en salud que acelere la producción de medicamentos. Sin embargo, a pesar de algunos aumentos marginales en las asignaciones presupuestarias a la ciencia, la tecnología y la innovación, las tendencias negativas sobre este sector continúan presentes dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF) de cada ejercicio fiscal y, consecuentemente, dentro del aprobado.

Así lo muestran los autores Carlos Iván Moreno y Diego Cedillo Morales, en el análisis que hacen, mencionan que en el PPEF 2023 se propone un presupuesto para la Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) de 60,232.9 millones de pesos, un aumento en términos reales de 4.3por ciento respecto a 2022. No obstante, este presupuesto es inferior en 38 por ciento a lo aprobado en 2015. Los aumentos marginales de los dos últimos años son insuficientes para compensar el proceso de desinversión iniciado desde 2016.

En su artículo destacan que el recorte no es menor, debido a que la pérdida acumulada desde 2015 equivale a más de todo el presupuesto para Conacyt en el PPEF 2023: 36,682 millones de pesos versus 31,655 millones; es decir, casi cinco veces el presupuesto para el Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y tres veces el presupuesto para el programa de becas de posgrado y apoyos a la calidad. Esta pérdida de recursos lo muestran claramente los autores en la siguiente gráfica:

En la gráfica se puede apreciar bien que el gasto en CTI sólo representa el 0.19 por ciento del PIB para 2023, porcentaje que no ha cambiado de 2021 a la fecha. Además, se muestra que el gasto en CTI como porcentaje del PIB ha disminuido 38 por ciento de 2015 a 2023, es decir, pasó de 0.34 a 0.19 por ciento, respectivamente.

Cabe señalar tres aspectos relevantes del texto en mención: 1) el Ramo 38 Conacyt presenta un incremento para 2023 de apenas dos por ciento en comparación con 2022, lo cual resulta insuficiente, considerando que desde 2015 su presupuesto ha perdido 20,853 millones de pesos (40 por ciento en términos reales).

De esta situación, de acuerdo a los autores, preocupa que los principales programas presupuestales del Conacyt para impulsar el desarrollo y la innovación científica y tecnológica nacional, así como la formación de científicas y científicos altamente especializados, están prácticamente estancados.

2) El Programa de becas de posgrado y apoyos a la calidad, tiene un crecimiento de apenas 0.6 por ciento respecto a 2022; no obstante, las necesidades de crecimiento del posgrado y el rezago existente en este indicador (apenas 8 por ciento de la matrícula nacional está en posgrado y sólo 1 por ciento en doctorado). En este tema se destaca que la formación científica en México no corresponde ni con el tamaño ni con la relevancia de su economía: el país cuenta con apenas 315 investigadores por cada millón de habitantes; en Argentina son 1230, en Brasil 900 y en Chile 502.

3) Aunado a lo anterior, se resaltan las restricciones que recientemente se han impulsado en el ingreso y en la promoción de investigadoras e investigadores en el SNI, tales como tener que permanecer dos periodos en un mismo nivel (10 años) sin importar la producción científica y su impacto. Es precisamente el programa de Conacyt que más crece en el PPEF 2023, 6 por ciento en términos reales; lo que no se traduce en la incorporación de un mayor número de investigadoras e investigadores al sistema.

Finalmente, los autores advierten que el reducido gasto federal en CTI (0.19 por ciento del PIB) más la poca inversión privada en el sector, estimada en alrededor de 0.07 por ciento del PIB, coloca a México muy lejos del 1 por ciento del PIB establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología como inversión en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico. La realidad se impone una vez más: el país está muy lejos de una verdadera soberanía científica.

Es por todo ello, que la presente iniciativa busca reforzar la ley para contribuir a que se alcance el gasto nacional al menos del uno por ciento del producto interno bruto del país en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, incorporando, por un lado, el principio de progresividad y no regresividad, es decir, que el Estado debe hacer uso del máximo de los recursos disponibles para poder alcanzar la efectividad del derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, y una vez alcanzado que no haya retrocesos.

Al respecto, es necesario tener presente que toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, de acuerdo con lo previsto en el artículo tercero, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por otro lado, también se busca que este gasto nacional en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico se logre con la concurrencia de los sectores público, académico, privado y social, incorporando de manera expresa esta disposición en la ley. La participación de los diferentes sectores en la inversión en CTI es fundamental para el desarrollo económico y el progreso social, pero no sólo eso, de acuerdo con la UNESCO, la innovación también permite aplicar las técnicas científicas y los conocimientos tecnológicos al desarrollo de productos y servicios útiles, así como a la creación de empleo.

Cabe señalar que, si bien actualmente está en proceso la discusión y análisis de diferentes iniciativas con el objetivo de expedir una nueva ley general en la materia, la presente propuesta pone énfasis en un tema que necesariamente tiene que formar parte del texto de la nueva ley que se logre consensar, es decir, los mecanismos que faciliten alcanzar el gasto nacional al menos del 1 por ciento del producto interno bruto del país en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico.

Es evidente que el tema no puede quedar al margen de la discusión ni tampoco del texto legal que se defina, dado que desde la promulgación de la Ley de Ciencia y Tecnología vigente (5 de junio de 2002), no se ha logrado alcanzar el gasto nacional al menos del 1 por ciento del producto interno bruto del país en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, previsto en su artículo 9 Bis.

Por último, al mismo tiempo se busca actualizar dicho precepto para incluir a las alcaldías de la Ciudad de México como participantes en el financiamiento de la investigación científica y desarrollo tecnológico.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se reforma el artículo 9 Bis y se adiciona un segundo párrafo al mismo artículo, de la Ley de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:

Artículo 9 Bis. El Ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las disposiciones de ingresos y gasto público correspondientes que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de la investigación científica y desarrollo tecnológico. El monto anual que el Estado-Federación, entidades federativas , municipios y alcaldías de la Ciudad de México destinen a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, deberá ser tal que el gasto nacional en este rubro no podrá ser menor al 1 por ciento del producto interno bruto del país mediante los apoyos, mecanismos e instrumentos previstos en la presente ley.

Para alcanzar el gasto nacional al menos del 1 por ciento del producto interno bruto del país en actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, se deberá hacer con apego al principio de progresividad y no regresividad, y con la concurrencia de los sectores público, académico, privado y social.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (2020). Nota Informativa. Evolución de los Recursos Federales Aprobados para la Ciencia y el Desarrollo, 2012-2021; página 1.

2 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (2022). Informe sobre Desarrollo Humano 2021/2022. Panorama General; página 160.

3 Ídem.

4 Consultado en línea:

https://www.unesco.org/reports/science/2021/es/race4smarter-deve lopment

5 Consultado en línea:

https://fundar.org.mx/pef2022/todavia-no-es-suficiente-presupues to-a-ciencia-y-tecnologia-en-el-proyecto-de-presupuesto-de-egresos-2022/

6 Moreno, Carlos Iván y Cedillo Morales, Diego (2022). Educación superior y ciencia en el PPEF 2023: otra oportunidad perdida. Consultado en línea:

https://educacion.nexos.com.mx/educacion-superior-y-ciencia-en-e l-ppef-2023-otra-oportunidad-perdida/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2023.– Diputada Karla Verónica González Cruz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada María Elena Pérez—Jaén Zermeño y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, María Elena Pérez-Jaén Zermeño, diputada federal del Grupo Parlamentario del PAN, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Las actuales condiciones de inseguridad que prevalecen en el territorio nacional, el incremento en la incidencia delictiva de ciertos delitos en especial y la diversificación de las actividades de la delincuencia organizada, si bien son consecuencia de un conjunto de factores entre los que se cuentan un preocupante y prolongado proceso de descomposición social, el debilitamiento de las instituciones de seguridad locales, especialmente del orden municipal y el fortalecimiento de grupos de la delincuencia organizada, también son resultado de erráticas políticas de seguridad que se han implementado por los últimos gobiernos federales y locales.

En efecto, de la revisión de las cifras y estadísticas proporcionadas, tanto por instituciones públicas como privadas, se puede corroborar como la comisión de ciertos delitos, lejos de disminuir, ha ido en aumento y, en el mejor de los casos, dicho crecimiento se ha estancado; sin embargo, esta información también refleja que, en la mayoría de los casos, grupos de la delincuencia organizada han diversificado sus actividades delictivas y que, por otra parte, delincuentes “menores” actúan al cobijo de la mala fama de los grandes grupos delictivos (cárteles) asumiéndose como células de ellos para cometer delitos intentando, con ello, burlar las investigaciones de las autoridades.

Estos delitos, llamados “de alto impacto”, están dejando profundas huellas en la población, en especial en sectores o grupos que se han convertido en sus rehenes. Si bien cualquier persona ya se ve como una víctima potencial de un delito, mujeres, empresarios, comerciantes, prestadores de servicios, productores agrícolas, empresas y sus ejecutivos, se han convertido en objetivos de delitos violentos (en especial) y de ilícitos cometidos por medios remotos ( v. gr. Teléfonos fijos o móviles, internet y aplicaciones).

Respecto de los delitos cometidos contra las mujeres, lamentablemente, se trata de los casos cuyo crecimiento ha destacado, no sólo por las profundas heridas que está dejando en el tejido social a lo largo y ancho del país, sino también por la violencia con la que se cometen, ya sea que se prive de la vida a las víctimas o bien que les genere afectaciones físicas, psicológicas, familiares, sociales, e incluso, profesionales y políticas, y que hoy en día se están visibilizando. En los últimos años, se ha generado la percepción de que los delitos cometidos en contra de las mujeres han tenido un significativo ascenso en todos los aspectos; no obstante, la realidad es otra ya que la violencia contra la mujer no ha aumentado, lo que ha sucedido es que se ha hecho más visible y se da a conocer como antes no había ocurrido, a pesar de que la reglamentación actual ha pretendido su protección, esta no ha sido eficaz al carecer de una orientación inhibitoria mediante la imposición de sanciones.

Actualmente se reconoce que las mujeres son víctimas de diferentes tipos de violencia de género por parte de personas allegadas (familiares, amistades, compañeros de trabajo, escuela, jefes, profesores), de individuos con los que tienen algún tipo de contacto esporádico (personal de salud, usuarios de transporte público, servidores públicos), que son víctimas de la delincuencia organizada (trata con fines de explotación sexual, secuestro, extorsiones) y de delincuentes comunes (robo, violación), y, sumado a lo anterior, que muchos de los delitos de los que son víctimas se caracterizan por la violencia con la que son cometidos.

Lamentablemente, cada vez son más comunes las noticias que dan cuenta de la desaparición de mujeres; que la pareja o ex pareja sentimental las agredió físicamente o pagó para que otros las agredieran o privaran de la vida; que difundió información o imágenes personales; que personas del núcleo familiar o del círculo de amistades las agredió sexual o físicamente; que son víctimas de acoso en sus centros de trabajo o escolares; o que, simplemente, al transitar por la vía pública o usar el transporte público (taxis, incluyendo de aplicación, autobuses, metro, combis) son violentadas física y emocionalmente.

Así lo demuestran las cifras oficiales. De acuerdo con el documento “Información sobre violencia contra las mujeres. Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1” del Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Cnisesnsp), en enero de 2023, se dio cuenta de que 9,710 mujeres denunciaron haber sido víctimas de un delito, cifras que se expresan en el cuadro siguiente:

Por lo que hace al delito de feminicidio, el documento señala que, en enero de 2023, se contabilizaron 68, cometidos en 62 municipios del país. Asimismo, se alude a que en el 2015 se registraron, a nivel nacional, 412 feminicidios, en tanto que para el 2022 la cifra se duplicó hasta alcanzar los 948; por lo que hace a los homicidios dolosos en los que las víctimas fueron mujeres, en 2015 se contabilizaron 1 mil 734 y, en el 2022, la cifra aumentó a 2 mil 808. Otro dato preocupante es el relativo a las lesiones dolosas cometidas contra mujeres, ya que en 2015 se registraron 63 mil 723, pero para el 2022 la cifra se incrementó a 67 mil 318; respecto a las extorsiones en las que las víctimas fueron mujeres, el documento de referencia señala que en 2015 se reconocieron 2 mil 91, en tanto que en 2022 se registraron 3 mil 766.

Respecto a delitos de violencia de género en todas sus modalidades y distinta a la violencia familiar, en 2015 se registraron 1 mil 645, en tanto que en 2022 la cifra subió a 5 mil 524, destacándose que, para enero de 2022, se reportaron 306 delitos de este tipo y, para enero de 2023, se registraron 519, lo que significa un incremento de 69.6 por ciento.

En cuanto al delito de violación, el Cnisesnsp señala que en 2015 se registraron 12 mil 619 violaciones, en tanto que en 2022 se denunciaron 23 mil 102, y destaca la comparación entre enero de 2022, en el que se contabilizaron 1 mil 428 delitos de violación, y en enero de 2023, en el que se registraron 1 mil 799, esto es, un incremento de 371 que equivale a un 26 por ciento.

Estas cifras solo se refieren a los registros reportados por las procuradurías y fiscalías de las entidades federativas y por la Fiscalía General de la República, no obstante, en el propio documento del Cnisesnsp, se incluyen datos estadísticos de las llamadas al número de emergencias 9-1-1, aclarando que “ Las llamadas de emergencia al número 9-1-1 no son denuncias ante una autoridad, se trata únicamente de probables incidentes de emergencia con base en la percepción de la persona que realiza la llamada.” y aclara que el detalle de información que se incluye en dicho documento “ Se refiere al incidente “violencia contra la mujer” incluido en el Catálogo Nacional de Incidentes de Emergencia, y definido como: <Todo acto violento que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada.>”.

Considerando esta información, se tiene que, a nivel nacional, en 2016 se contaron 92 mil 604 llamadas relacionadas con incidentes de violencia contra la mujer, cantidad que se incrementó para el 2022 con un total de 339 mil 451, destacándose que en enero de 2016 se recibieron 3 mil 898 llamadas, en tanto que en enero de 2023 se tomaron 24 mil 668 reportes.

Respecto a llamadas relacionadas con incidentes de abuso sexual, en el 2016 se atendieron 3,925, en tanto que en el 2022 el número aumento a 6 mil 977; por otra parte, para reportes concernientes a incidentes de acoso u hostigamiento sexual, en 2016 se recibieron 3 mil 179 llamadas y, en 2022, estas aumentaron a 11 mil 323.

Los datos relativos a las llamadas atendidas por las líneas de emergencia 9-1-1, si bien no se refieren a denuncias recibidas en las procuradurías y fiscalías de las entidades federativas, ayudan a visibilizar la dimensión del problema de la violencia en contra de la mujer en razón de género, en especial si consideramos que no todos los delitos son denunciados.

Por su parte, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), publicó, en junio de 2022, el documento “Indicadores Básicos sobre la Violencia contra las Mujeres” en el que se señala que 2 de cada 3 mujeres de 15 años de edad o más, el 66 por ciento del total de ese rango de edad, han sufrido alguna de las distintas violencias (violencia física, emocional, sexual, económica o patrimonial); así también, el 20 por ciento de las mujeres mayores de 18 años enfrentó alguna situación de acoso personal o violencia sexual en espacios públicos en tanto que a un 5 por ciento le enviaron mensajes o publicaron comentarios sobre ella con insinuaciones sexuales, insultos u ofensas sexuales, a través de teléfono celular, correo electrónico o redes sociales (Facebook, Twitter, WhatsApp, entre otras) que les resultaron molestos u ofensivos; por lo que hace a las lesiones dolosas, el estudio refiere que en el periodo enero-mayo de 2015 se contabilizaron 25 mil 822, y para el mismo lapso de 2022 la cifra aumentó a 27 mil 555.

Estas cifras, en su conjunto, dan cuenta del lamentable incremento de los delitos cometidos en contra de las mujeres en nuestro país y de cómo, con mayor frecuencia, son víctimas de delitos cuyo grado de violencia es mayor, violencia que en casos extremos lleva a la privación de la vida (violencia feminicida) pero también, y cada vez más común, que atenta con la integridad física de las mujeres y les provoca daños irreparables como quemaduras, cicatrices y amputaciones, ello sin considerar el daño psico-emocional que afecta sus relaciones sociales y afectivas.

Por otro lado, relativo al delito de corrupción, resulta importante señalar que el 18 de noviembre de 1996 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se aprobó la Convención Interamericana contra la Corrupción, adoptada por la Conferencia Especializada sobre la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos, en la ciudad de Caracas, Venezuela; y que el 27 de mayo de 2004 se publicó en el DOF el decreto por el que se aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York; trascendentales acuerdos multilaterales con los que la comunidad internacional reconoció las afectaciones globales, regionales y locales de la corrupción, y se sentaron las bases para la cooperación internacional en contra de ese flagelo.

Acorde con esta concepción, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (DOF 27 de mayo de 2015) se incluyeron reformas, entre otros en el artículo 113, con las que se creó el Sistema Nacional Anticorrupción como la instancia que coordina a las autoridades de todos los órdenes de gobierno “...en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos...”, con el objeto de fortalecer el combate a la corrupción, en especial, relacionada con el ejercicio de recursos públicos.

Al respecto, es de reconocerse que la corrupción se trata de un ilícito que afecta no sólo a quienes lo sufren de manera directa, sino que su afectación abarca la estructura misma del Estado y a la sociedad en general. En este sentido, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, por sus siglas en inglés) refiere:

“La corrupción representa un grave impedimento para el desarrollo sostenible. El costo de la corrupción es mucho más que simplemente el desvío de recursos de su propósito legítimo: la corrupción corroe el tejido social de la comunidad, debilita el estado de derecho, socava la confianza en el gobierno, erosiona la calidad de vida de las personas y crea un entorno propicio para el incremento de la delincuencia organizada, el terrorismo y el extremismo violento.”

De tal forma, la corrupción no sólo se refiere a delitos o faltas relacionadas con el desvío o indebido ejercicio de recursos públicos, sino que también se refiere a las acciones llevadas a cabo por servidores públicos que implican el soborno y cohecho para hacerse de beneficios personales, en perjuicio de personas o empresas, e incluso, de instituciones o dependencias gubernamentales.

En este contexto, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2021, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), cuyos resultados fueron dados a conocer por el Inegi el 7 de diciembre de 2022, 57.1 por ciento de la población mayor de 18 años que habita en áreas urbanas consideró a la corrupción como uno de los problemas más importantes en su entidad federativa, lo que la ubicó como el segundo problema (sólo por debajo de la inseguridad pública); el 14.7 por ciento aceptó haber sido víctima de algún acto de corrupción al realizar trámites o solicitar servicios públicos. En tanto que, entre 2013 y 2021, se dio un aumento del porcentaje de personas que aceptaron haber sido víctimas de soborno al pasar de 12.1 por ciento a 14.7 por ciento a nivel nacional.

Por lo que respecta a los tipos de trámite o servicio donde se reconoció corrupción, la relación se presenta en la tabla siguiente:2

Estos datos explican que México ocupe el lugar 126 de 180 en el Ranking del Índice de Percepción de la Corrupción Gubernamental 2022, publicado por la Organización para la Transparencia Internacional, posición a la que cayó cuando en 2021 ocupó el lugar 124.

Ello ubica a nuestro país como el peor evaluado de los 38 países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y ocupa los últimos lugares (junto con la Federación Rusa) del G20, grupo integrado por las 20 principales economías mundiales. Por lo que respecta a América Latina, nuestro país está peor evaluado con respecto a Cuba, Colombia, Argentina, Brasil, Ecuador, Panamá, Perú, El Salvador y República Dominicana. En cambio, Uruguay, Chile y Costa Rica, son los tres mejor evaluados del subcontinente.

Por otro lado, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), a través del “Índice de Riesgos de Corrupción”, el cual se trata de un análisis y monitoreo de las prácticas de riesgo de corrupción en las compras públicas de más de 260 instituciones de la Administración Pública Federal. En los resultados del análisis dado a conocer en junio de 2022, se detectó que persisten los riesgos de corrupción en las compras públicas del gobierno federal y se acota que 4 de cada 10 pesos de compras públicas, se gastaron a través de procedimientos sin competencia; que en 2021, 41 por ciento del monto total fue adjudicado directamente y el 4 por ciento a través de invitaciones restringidas; abunda que las instituciones federales incumplieron las leyes de contrataciones pues adjudicaron más de 9 mil millones de pesos a proveedores “riesgosos” como empresas fantasma, sancionadas y de reciente creación.

En términos generales, estas cifras nos indican que el combate a la corrupción en nuestro país, tanto en su vertiente de desvío de recursos públicos como en su variante de soborno y cohecho, se trata de una lucha en la que no se están obteniendo los resultados esperados y que, lejos de ser positivos, la situación de corrupción a todos los niveles ha empeorado, generando costos económicos, sociales y políticos cada vez más altos.

En otro orden de ideas, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en enero de 2023, se reportaron 174 mil 983 presuntos delitos, siendo Yucatán la entidad federativa con menos presuntos delitos reportados con 345 y el estado de México la de mayor cantidad con 31 mil 57.

Por otra parte, comparando las cifras reportadas en el año 2015 con las que se reportaron respecto al 2022, es notorio el incremento, tan solo en el caso de homicidios dolosos y extorsiones, tanto del número de delitos como de víctimas por cada cien mil habitantes, tal y como se aprecia en los siguientes cuadros:

Por su parte, de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización de Empresas (ENVE) 2022, elaborada por el Inegi, durante el año 2021 “... ocurrieron 2.9 millones de delitos que afectaron a 1.2 millones de unidades económicas.”, siendo la “... extorsión y el robo o asalto de mercancía, dinero, insumos o bienes” los delitos de mayor incidencia. En el referido ejercicio, el Inegi señaló que los delitos más frecuentes de los que son víctimas las empresas son la extorsión y el robo, acotando que 45.9 por ciento de grandes unidades económicas, 46.9 por ciento de las medianas, 38.2 por ciento de las pequeñas y 23.7 por ciento de las microempresas fueron víctimas de algún delito. Lo anterior, tuvo un costo total que se estimó en 120.2 mil millones de pesos, equivalente a un 0.67 por ciento del PIB, representando esta cifra el costo directo por el delito y los gastos derivados de las medidas de prevención. Además, la mencionada encuesta refiere que, por sectores, de las unidades económicas dedicadas al comercio, el 27.8 por ciento reconocieron haber sido víctimas de algún delito, el 19.4 por ciento del sector industria y 22.7 por ciento del sector servicios.

Por otra parte, la encuesta señala que solamente el 11.4 por ciento de los delitos cometidos en 2021 fueron denunciados y, de esas denuncias, el 74.4 por ciento llevó al inicio de una carpeta de investigación en el ministerio público o la fiscalía estatal; estos datos son un preocupante reflejo de lo que podría ser la cifra negra, esto es, el número de delitos que no son denunciados o hechos del conocimiento de las autoridades investigadoras.

Por su parte, el colectivo de investigadores “México ¿Cómo vamos?”, refiriendo cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Inegi y la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), señaló, en agosto de 2022, que el avance del crimen organizado y su control abarcaba más porciones del territorio nacional lo que se veía reflejado en el aumento de los delitos de extorsión, despojo y robo a negocios, y acotó que “ El Estado, ya no sólo es incapaz de proteger la vida humana, lo más valioso, sino que además ya no hace valer su autoridad en el territorio, al grado que se cobra un segundo impuesto a la actividad económica de los habitantes”. En este sentido, respecto al delito de extorsión, refirió que en el periodo comprendido entre enero a abril de 2018, al mismo lapso de 2022, se dio un incremento de 55.6 por ciento, por ejemplo, se pasó de 6.7 mil extorsiones en el primer cuatrimestre de 2018 a 8.8 mil extorsiones al mismo ciclo de 2021, y remata señalando que, tan solo en mayo de 2022, se habían rebasado las mil extorsiones.

Añade que la zona centro del país es la que se está viendo más afectada por ese ilícito y en la que el incremento en 2022, ha sido mayor; en el documento difundido, el colectivo refiere que el Estado de México es la entidad que registra más extorsiones a nivel nacional (1,813 entre enero y mayo de 2022), seguido por Veracruz (339), Zacatecas (216), Guanajuato (206) y la Ciudad de México (155).

Tocante al lavado de dinero, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) lo define como:

“...el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales (siendo las más comunes, tráfico de drogas o estupefacientes, contrabando de armas, corrupción, fraude, trata de personas, prostitución, extorsión, piratería, evasión fiscal y terrorismo). El objetivo de la operación, que generalmente se realiza en varios niveles, consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en el sistema financiero.”

Este delito se encuentra contemplado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal con la denominación de “Delitos con recursos de procedencia ilícita” y su supervisión e investigación se encuentra a cargo de la propia CNBV, la Fiscalía General de la República (FGR) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de sus Unidades de Inteligencia Financiera (UIF), Banca, Valores y Ahorro (UBVA) y de Banca de Desarrollo (UBD).

En el ánimo de fortalecer la prevención de actividades y delitos relacionados con el lavado de dinero, el 28 de enero de 2004, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron y adicionaron la Ley de Instituciones de Crédito; la Ley de Ahorro y Crédito Popular; la Ley para los Sistemas de Ahorro para el Retiro; la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; la Ley del Mercado de Valores; la Ley de Sociedades de Inversión y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, por el que se pretendió “blindar” a las instituciones financieras susceptibles de ser utilizadas para el lavado de dinero y que, con las disposiciones emitidas, quedaron sujetas al régimen de detección, prevención y alerta de operaciones de lavado de dinero que se pudieran realizar en ellas.

En esta sintonía, en el año 2012, se expidió la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y resulta importante señalar que, en el dictamen respectivo que consideró una iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en el año 2010 y tres iniciativas presentadas por senadores en los años 2008, 2009 y 2010, las Comisiones dictaminadoras de la Cámara de Senadores señalaron “...la intención del Senado es la de proveer al Estado con las mejores herramientas jurídicas para prevenir en México la comisión del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, comúnmente conocido como lavado de dinero...”. Asimismo, se consideró ampliar el objeto de la Ley, a efecto de “...establecer que no sólo se trataba de establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, sino que también se requería establecer los elementos para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con éstos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento, así como proteger la integridad de la economía nacional y del sistema financiero...”.

Sin embargo, los fines pretendidos con la expedición de los referidos cuerpos normativos no se han alcanzado, tal y como fue señalado en el “II Congreso Internacional de Derecho Penal. Carlos Daza Gómez. In memoriam”, celebrado en noviembre de 2021, y en cuya mesa “Prevención del lavado de dinero” los participantes coincidieron en señalar que, de las sentencias recaídas a los procesos penales instruidos por lavado de dinero, el 97 por ciento de quienes han sido acusados han sido declarados inocentes; que una de las causas de lo anterior ha sido la falta de preparación y especialización en la investigación para acreditar la comisión del delito y lograr una debida impartición de justicia, y consideraron que el Ministerio Público y los agentes de investigación deben hacer uso de la ciencia y las diferentes especialidades para lograr acreditar la responsabilidad de los presuntos responsables.

Con un año de anticipación, la asociación civil “Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad” (MCCI) ya señalaba esta situación. En el documento “Lavar dinero en México: un delito del que se sale fácil”, difundido en septiembre de 2020, se señala que en 13 años se iniciaron 1 mil 632 averiguaciones/carpetas de investigación de las que solo se habían obtenido sentencias condenatorias en contra de 44 personas acusadas del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y, en su mayoría, las penas impuestas fueron las mínimas (5 años de prisión); el documento refiere que en el periodo analizado, se promovieron 373 juicios de amparo para protegerse de ser señalados por las autoridades por lavado de dinero, coincidiendo en que en esos expedientes encontraron irregularidades en las que incurrieron policías, autoridades de la UIF y del Ministerio Público, y resalta que en los amparos destacaron, como causas por las que “ se cayeron los casos”tres patrones: que el Ministerio Público no logró acreditar el delito; que hubo irregularidades durante la detención; y que se cometieron violaciones de derechos humanos (como tortura y detención ilegal) de las personas detenidas.

Pero, además, hay que considerar que, para poder acreditar el delito de lavado de dinero, MCCI señala, en su estudio, que es necesario acreditar la comisión de otro ilícito como la trata de personas, la extorsión, el narcotráfico o el secuestro.

Finalmente, de acuerdo con el Centro de Investigación Global Financial Integrity, en el reporte publicado en 2021 “El Crimen Financiero en América Latina y el Caribe”, se estima que en México se lavan al año 18 mil y 44 mil millones de dólares, en el documento se refiere como retos para enfrentar este delito: la debilidad de las instituciones mexicanas, la gravedad del crimen organizado, los bajos niveles de enjuiciamiento, la mala implementación de las leyes de prevención de lavado de dinero y la falta de voluntad política de instituciones involucradas en la lucha antilavado.

Respecto a los delitos cometidos a través de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a los que también se les conoce como “delitos informáticos”, son definidos como los actos ilícitos en los que se usan las TIC como computadoras, programas informáticos, medios electrónicos e Internet, entre otros, como medio o como fin para causar una afectación a personas físicas o morales, y a sus patrimonios, pueden ser cometidos por personas con conocimientos especializados, pero también por quienes no posean esa preparación, por ejemplo, cualquier persona que posea un teléfono inteligente a través del cual se pueda compartir datos, imágenes, audios o vídeos de otra persona sin su conocimiento y con el propósito de causarle daño; también puede tratarse de empleados, funcionarios y servidores públicos que, en virtud de sus labores o funciones, tengan acceso a sistemas informáticos, de tecnología o de información.

Si bien algunos delitos informáticos ya son considerados en el orden jurídico nacional (federal y de algunas entidades federativas), también es cierto que, derivado del avance vertiginoso de las TIC, estos se han diversificado y multiplicado las conductas ilícitas y cada vez es mayor la población que se ve afectada por la comisión de esas conductas.

La Gaceta UNAM, refiriendo un estudio del Buró de Crimen y Drogas de la ONU (UNODC por sus siglas en inglés), señala que se cometen hasta 14 ciberdelitos por segundo que afectan a casi un millón de usuarios, generando más de 3 billones de dólares en ganancias para los criminales, de los cuales más del 75 por ciento están ligados a la delincuencia organizada. Esta gaceta universitaria refiere que los ciberdelitos han tenido un aumento que ha superado las formas de delito convencional a grado tal que, mientras el robo simple y el de autos afectan a 2 por ciento de la población mundial, la vulneración de sistemas informáticos, conocido como hackeo, en sus modalidades de correo electrónico afecta al 14 por ciento de la población mundial adulta, 5 por ciento ha sido víctima de robo de datos personales ( phishing) y 5 por ciento de robo de identidad. En este sentido, aludiendo a la revista especializada “ Cybercrime Magazine”, señala que las pérdidas por delitos cibernéticos se estiman en 6 billones de dólares en 2021 y se prevé que para el 2025 las pérdidas llegarán a los 10 billones de dólares.

En efecto, de acuerdo con información difundida por la publicación Business Insider México, a nivel mundial nuestro país es uno de los que sufren de mayor incidencia de ciberataques, por lo que los delitos cibernéticos representan una amenaza real para empresas e individuos. Señala como algunos de los principales delitos el fraude por correo electrónico, fraude de identidad (robo y uso de información personal), robo de datos financieros, robo y venta de datos corporativos y ciberextorsión. En este sentido, aludiendo a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, se refiere que entre enero y mayo de 2021 hubo un aumento de delitos cibernéticos de 89 por ciento en comparación al mismo periodo de 2020, en tanto que en el primer trimestre de 2022 se cometieron 463 delitos cibernéticos por hora relacionados con operaciones por comercio electrónico y banca móvil. Y, en otra publicación, abunda refiriendo un análisis de la compañía de ciberseguridad Fortinet, que en el primer trimestre de 2022 se registraron 80 mil millones de intentos de ciberataques, cifra que representa más de la mitad de los intentos cometidos en 2021.

Por su parte, el periódico El Financiero refiere, en una publicación de junio de 2022, que durante el primer semestre de ese año se dio un incremento del 42 por ciento en las amenazas de delitos cibernéticos por Internet, lo que ubicó a nuestro país en el nada honroso primer lugar a nivel de América Latina, en especial de delitos de secuestro de información ( ransomware), pero el incremento también se dio en fraude cibernético y robo de identidad.

Otros ciberdelitos que han visto el incremento de sus números son el de posesión y difusión de pornografía infantil; el sexting (envío de imágenes o mensajes de texto sexualmente explícitos) que viola la privacidad e intimidad de la víctima (tanto menores como mayores de edad) al difundir o publicar contenido íntimo sin que se consienta la actividad; el acoso sexual; suplantación de identidad; engaño telefónico y la extorsión, entre otros. Resulta importante señalar que estos delitos, en especial, se cometen a través de redes sociales ( Facebook, Twitter, Instagram), aplicaciones de mensajería instantánea ( WhatsApp, Telegram), aplicaciones de difusión de materiales audiovisuales ( YouTube, TikTok, Spotify) y almacenamiento en la nube.

En suma, se estima que el incremento a nivel nacional en la incidencia de delitos violentos en contra de las mujeres, la extorsión, la corrupción, el lavado de dinero y aquellos cometidos a través de las tecnologías de la información y la comunicación, amerita que el Congreso de la Unión cuente con las facultades que le permitan legislar normas generales que, respetando la soberanía de las entidades federativas, sirvan de marco normativo que facilite la colaboración jurídica y orgánica de los tres niveles de gobierno para hacer frente a estos ilícitos y castigar, de manera efectiva y oportuna, a quienes cometen los ilícitos a los que se ha hecho referencia y afectan tanto a personas físicas como jurídicas, dañando el tejido social, el patrimonio individual y social, provocando afectaciones, en algunos casos, irreparables.

Considerandos

Visto lo anterior, resulta evidente la necesidad de adecuar el marco normativo constitucional a efecto de dotar al Congreso de la Unión de facultades para expedir leyes generales que establezcan tanto los tipos penales como las sanciones en materia de delitos violentos cometidos en contra de las mujeres, la extorsión, la corrupción, el lavado de dinero y aquellos cometidos a través de las tecnologías de la información y la comunicación; normas jurídicas que fortalezcan la actuación de la Federación y las entidades federativas, y se garantice una respuesta efectiva que dé certeza jurídica a la población que puede ser o ya es víctima de estos delitos.

Se estima que, con la reforma materia de la presente iniciativa, el Congreso de la Unión estará en condiciones de expedir las legislaciones generales que sirvan de marco de actuación y coordinación entre las autoridades federales y de las entidades federativas, para que estén en condiciones de enfrentar de manera eficaz los delitos violentos en contra de las mujeres, la extorsión, la corrupción, el lavado de dinero y aquellos cometidos a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Resulta importante señalar que otorgar al Congreso de la Unión facultades para expedir leyes generales en materia de los delitos señalados, como se refirió en el párrafo que antecede, ha resultado una política legislativa exitosa en la que concurre la voluntad de la mayoría calificada de ambas cámaras y la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas. Ejemplos de éxito en dicha política legislativa han sido la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Por lo que se refiere a las entidades federativas, estas conservan desde luego la potestad de implementación que deriva de dicha legislación general, las facultades de iniciativa de enmienda a las leyes mencionadas, pero sobre todo una de las tareas esenciales de todo cuerpo legislativo y que es urgente que se retome con vigor, relativa a la fiscalización y control de las autoridades encargadas tanto de la prevención de los delitos como de la investigación y judicialización de los mismos.

Por lo anterior es que se plantea la siguiente reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se describe en el siguiente cuadro comparativo para facilitar la comprensión de la importancia del planteamiento que nos ocupa.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I. a XX. ...

XXI. Para expedir:

a) Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, electoral, delitos violentos en contra de las mujeres, extorsión, corrupción y lavado de dinero, así como delitos cometidos a través de tecnologías de la información y comunicación.

Las leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios;

b) a c) ...

XXII. a XXXI. ...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Poder Legislativo Federal contará con 275 días naturales, siguientes a la expedición del presente decreto, para la aprobación de las leyes dispuestas en el presente decreto. En el procedimiento legislativo correspondiente se celebrarán sesiones de parlamento abierto en las diversas regiones del país, en las que concurrirán autoridades de los tres niveles de gobierno, instituciones académicas públicas y privadas, expertos nacionales y extranjeros en las materias señaladas, así como organizaciones de la sociedad civil que se dedican al estudio, análisis y propuesta en estas materias, así como cualquier persona interesada en participar.

Notas de cuadros

1 Elaboración propia con datos de la “Información sobre violencia contra las mujeres, Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1” del Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (CNISESNSP).

2 Elaboración propia con datos de la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2021

3 Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Notas

i https://drive.google.com/file/d/1c7spbo9FhekhhBKG3avPqSuzNz PM96Ur/view

ii chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www. ipn.mx/assets/files/genero/docs/difusion/Indicadores-basicos_25junio2022.pdf

iii file:///C:/Users/Hp/Downloads/consulta.pdf

iv file:///C:/Users/Hp/Downloads/consulta%20(1).pdf

v chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www. diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_223_27may15.pdf

vi chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.c deunodc.inegi.org.mx/unodc/wp-content/uploads/2019/03/Manual-Corrupcion.pdf

vii chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www. inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/EAP_DMC_22. pdf

viii https://datosmacro.expansion.com/estado/indice-percepcion-corrupcion/mexico

ix https://imco.org.mx/indice-de-riesgos-de-corrupcion-2022/

x https://drive.google.com/file/d/1X7QDvktdiHlOmWi_f4eLFNKk G4B4q6tY/view

xi https://drive.google.com/file/d/104kis-O64Tx_NbyBAdrpKchA 7XwdFrM/view c

xii Ídem

xiii chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https:// www. inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ENVE/ ENVE2022_Nal.pdf

xiv https://mexicocomovamos.mx/animal-politico/2022/08/la-otra-inseguridad-extorsio n-despojos-y-robos/

xv chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www. gob.mx/cms/uploads/attachment/file/71151/VSPP_Lavado_de_Dinero___130701.pdf

xvi https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=677042&fecha=28/ 01/2004#gsc.tab=0

xvii https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfProcesoLegislativoCompleto.a spx?q=PlOrqrSvLTzAsqvzQ7fUkz4CDgpulVHAT0x/cmnS+a4vGnW5dCrRA2Q1Uzmb2ldROwC/ppinI f/HC9A2H8tjRg==

xviii https://www.infobae.com/america/mexico/2021/11/14/97-de-acusados-por-lavado-de- dinero-en-mexico-son-declarados-inocentes/

xix https://contralacorrupcion.mx/fincen-files/lavar-dinero-en-mexico.html

xx https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/En-Mexico-se-lavan-al-ano-hast a-44000-millones-de-dolares-GFI-20211015-0028.html

xxi https://mexico.justia.com/derecho-penal/delitos-informaticos/

xxii https://www.gaceta.unam.mx/delitos-ciberneticos-en-aumento-y-con-numeros-exorbi tantes/

xxiii https://businessinsider.mx/delitos-ciberneticos-mexico-considerados-tema-seguri dad-nacional_tecnologia/#:~: text=De%20acuerdo%20con%20la%20Condusef,y%20banca%20m%C3%B3vil%20cada%20hora.

xxiv https://businessinsider.mx/mexico-sufre-80000-millones-ciberataques-q1-2022_tec nologia/

xxv https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/2022/06/09/aumentan-42-los-ciberataque s-con-85-mil-millones-de-intentos-en-mexico/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de abril de 2023.– Diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CÓDIGO DE COMERCIO

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio, suscrita por diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma los artículos 12, 16 y 73 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, María de Jesús Aguirre Maldonado, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea el presente proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 12, 16 y 73 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El bullying, sinónimo de acoso escolar, es un problema muy alarmante dentro de casi cualquier sociedad, ya que inicia desde un simple empujón o palabras ofensivas, hasta golpes y humillaciones de todo un grupo de personas, lo cual ocasiona severos daños psicológicos que pueden llegar a causar el suicidio de la víctima. Al hablar de bullying, se hace referencia literalmente del inglés bully que significa matón, acosador o agresor. En este sentido se trataría de conductas que tienen que ver con la intimidación, tiranización, aislamiento, amenaza, insultos, sobre una víctima o víctimas señaladas.

El acoso escolar es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en las escuelas con el propósito de intimidar o controlar al alumno, mediante contacto físico o manipulación psicológica.

Se consideran tres tipos de acoso: acoso verbal, social y físico.

En México, 18 millones 782 mil alumnos de primaria y secundaria son víctimas de bullying, de acuerdo con un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

De acuerdo con reportes del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, en lo que va de este año el acoso escolar se ha incrementado, pues los casos crecieron 347 por ciento en el periodo enero-febrero de 2023, en comparación con el mismo lapso de 2022 a nivel nacional.

El consejo concentra 664 reportes de bullying desde 2019 a la fecha. El 76 por ciento corresponde a la Ciudad de México debido a que trabajan de manera más directa en la capital; aun así, reciben llamadas de todo el país, lo que arroja que el 23 por ciento provenga del estado de México, Veracruz, Coahuila, Guanajuato y Sinaloa.

El 54 por ciento de los reportes corresponde a conflictos en niños de entre 12 y 15 años; 20 por ciento, de siete a 11 años; y 10 por ciento, 16 a 17 años; mientras que el 53 por ciento corresponde a niñas y 46 por ciento, niños.

Además, el 60 por ciento de los reportes son realizados por padres de familia, el 26 por estudiantes, el ocho por ciento por algún familiar y el cuatro por ciento por docentes.

La violencia que se denuncia es 31 por ciento física, 23 por ciento verbal, 16 por ciento psicológica, 11 por ciento cibernética, 11 por ciento sexual y 7 por ciento exclusión social, puntualizó el Consejo Ciudadano.

Un claro ejemplo es que en redes sociales se viralizaron imágenes del momento en que dos niñas de la secundaria 518 Anexa a la Normal de Teotihuacán Los Jaguares, peleaban en un baldío cercano y una golpea a la otra con una roca, mientras que los compañeros graban la escena con celular y azuzan el trágico encuentro.

También se presentó otro caso de bullying en Tlaxcala, en el municipio de Chiautempan, luego de que en redes sociales se difundió una grabación en donde se observó a un joven estudiante supuestamente del Cetis 132 quedar inconsciente tras recibir una fuerte golpiza por parte de sus compañeros.

En México, 69.5 por ciento del personal docente ha mencionado que en sus grupos hay intimidación o abuso verbal entre estudiantes, y 58.7 por ciento reporta agresiones físicas entre el alumnado, según un informe de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (MejorEdu).

En el nivel medio superior, el acoso escolar es la principal causa de abandono escolar en el 1 por ciento de los casos. Sin embargo, 55 por ciento de quienes dejaron la escuela y señalaron otro motivo como el principal, sufrieron esta violencia al menos una vez.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que el bullying escolar provoca depresión y ansiedad; lesiones físicas, fracaso escolar, problemas emocionales y hasta la muerte.

De acuerdo con el Informe Nacional sobre Violencia de Género en la Educación Básica en México, 90 por ciento de la población escolar ha sufrido humillaciones e insultos; 24 por ciento de los estudiantes de primaria y secundaria han sido objeto de burlas; 32 por ciento de los alumnos han enfrentado agresión física, 39 por ciento agresión verbal, 13 por ciento agresiones psicológicas, 10 por ciento violencia sexual y 5 por ciento violencia por internet.

Es por esto, que esta iniciativa propone las siguientes modificaciones:

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 12, 16 y 73 de la Ley General de Educación

Único. Se reforma el artículo 16 y se adicionan las fracciones VI y VII al artículo 12, el párrafo cuarto al artículo 73 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 12. En la prestación de los servicios educativos se impulsará el desarrollo humano integral para:

I. Contribuir a la formación del pensamiento crítico, a la transformación y al crecimiento solidario de la sociedad, enfatizando el trabajo en equipo y el aprendizaje colaborativo;

II. Propiciar un diálogo continuo entre las humanidades, las artes, la ciencia, la tecnología y la innovación como factores del bienestar y la transformación social;

III. Fortalecer el tejido social para evitar la corrupción, a través del fomento de la honestidad y la integridad, además de proteger la naturaleza, impulsar el desarrollo en lo social, ambiental, económico, así como favorecer la generación de capacidades productivas y fomentar una justa distribución del ingreso;

IV. Combatir las causas de discriminación y violencia en las diferentes regiones del país, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres ;

V. Alentar la construcción de relaciones sociales, económicas y culturales con base en el respeto de los derechos humanos ;

VI. Combatir el bullying en la educación, especialmente la que se ejerce contra menores de edad, y

VII. Fortalecer a través de estrategias y acciones la detección temprana del acoso escolar

Artículo 16. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia, sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación , bullying y la violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, debiendo implementar políticas públicas orientadas a garantizar la transversalidad de estos criterios en los tres órdenes de gobierno.

Además, responderá a los siguientes criterios:

I. ... a X. ...

Artículo 73. En la impartición de educación para menores de dieciocho años se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad y derechos, y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto se establezcan.

Los docentes y el personal que labora en los planteles de educación deberán estar capacitados para tomar las medidas que aseguren la protección, el cuidado de los educandos y la corresponsabilidad que tienen al estar encargados de su custodia, así como protegerlos contra toda forma de maltrato, violencia, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata o explotación sexual o laboral.

En caso de que los docentes, el personal que labora en los planteles educativos, así como las autoridades educativas, tengan conocimiento de la comisión de algún hecho que la ley señale como delito en agravio de los educandos, lo harán del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente.

Si hubiera omisión de los hechos que la ley señale como delito en agravio de los educandos, la secretaria de Educación Pública deberá de sancionar a quienes teniendo conocimiento no den parte a las autoridades correspondientes.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



LEY GENERAL DE SALUD, LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y de la Ley General de Educación, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Carolina Dávila Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen, y a la Comisión de Educación, para opinión.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de organismos locales de coordinación, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva para personas con discapacidad, a cargo de la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, artículos 77, numeral 1; 78 y 102, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el capítulo VIII denominado De la Educación Inclusiva, así como los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68 de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva para personas con discapacidad, bajo el siguiente

Planteamiento del problema

El objetivo de la educación inclusiva es integrar a las personas con discapacidad a la enseñanza convencional, representa una perspectiva que debe servir para analizar cómo transformar los sistemas educativos y otros entornos de aprendizaje, con el fin de responder, atender y disminuir la brecha de desigualdad a la que se enfrentan las personas de este sector poblacional dentro del sector educativo. Permitiendo con ello que los maestros y estudiantes se sientan cómodos ante la diversidad y la perciban no como un problema, sino una oportunidad para enriquecer las formas de enseñar y aprender, por ello el Poder Legislativo debe consultar a las personas de este sector poblacional, así como a los colectivos y organizaciones en favor de los derechos de las personas con discapacidad, con el propósito de conocer las necesidades y especificidades de su condición, que servirán para garantizar el pleno goce de sus derechos.

El objetivo de la educación inclusiva es integrar a las personas con discapacidad a la enseñanza convencional, representa una perspectiva que debe servir para analizar cómo transformar los sistemas educativos y otros entornos de aprendizaje, con el fin de responder, atender y disminuir la brecha de desigualdad a la que se enfrentan las personas de este sector poblacional dentro del sector educativo. Permitiendo con ello que los maestros y estudiantes se sientan cómodos ante la diversidad y la perciban no como un problema, sino una oportunidad para enriquecer las formas de enseñar y aprender, por ello el Poder Legislativo debe consultar a las personas de este sector poblacional, así como a los colectivos y organizaciones en favor de los derechos de las personas con discapacidad, con el propósito de conocer las necesidades y especificidades de su condición, que servirán para garantizar el pleno goce de sus derechos.

Exposición de Motivos

El 30 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Educación. El 30 de octubre de 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la demanda de acción de inconstitucionalidad a los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, y 68 contenidos en el diverso capítulo VIII denominado De la Educación Inclusiva, de la Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 30 de septiembre de 2019.

El organismo nacional señala que el Congreso de la Unión no llevó a cabo, por un lado, la consulta a las personas con discapacidad, pese a que los apartados normativos señalados inciden en sus derechos directamente, por tratarse de cuestiones relativas a la educación inclusiva, transgredió los derechos fundamentales de la consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe de las personas con discapacidad que permitan establecer disposiciones que regulen un sistema educativo inclusivo, a efecto de establecer sistemas progresivos dentro del orden jurídico federal en los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 de la Ley General de Educación, que regulan la educación inclusiva.

No obstante, toda vez que se implementaron medidas legislativas susceptibles de afectar a las personas con discapacidad, éstas debieron ser consultadas previo a su expedición cumpliendo con todos y cada uno de los criterios nacionales e internacionales que se han desarrollado con amplitud por la jurisprudencia interamericana y de la SCJN, con la finalidad de dar una participación efectiva a estos grupos en la adopción de las actuaciones estatales que tengan incidencia en la vida de los grupos referidos.

Asimismo, la CNDH considera que, al momento de legislar o de tomar otro tipo de decisiones políticas trascendentales que atañen a las personas con discapacidad es imperativo que el Estado busque abrir espacios y canales idóneos y culturalmente adecuados para que exista un diálogo eficaz con la finalidad de alcanzar los acuerdos necesarios con referidos sectores.

De cumplirse lo anterior, las personas con discapacidad estarían en posibilidad de manifestar su pleno consentimiento previo, libre e informado y, con ello, llegar a un convenio con las autoridades correspondientes, adoptando las medidas conjuntamente y de la mejor manera en que se adapten a su cosmovisión y prácticas tradicionales o ancestrales como necesidades.

Por su parte, la SCJN resolvió en sesión de día 29 de junio de 2021 que:

“Primero. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad.

Segundo. Se reconoce la validez de los artículos 106, párrafo último, en su porción normativa a partir del 4º grado de primaria y 109 de la Ley Gen al de Educación, expedida mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de septiembre de dos mil diecinueve, al tenor del considerando séptimo de esta decisión.

Tercero. Se declara la invalidez de los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68 del Capítulo VIII De la educación inclusiva - de la ley General de Educación, expedida mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federal el treinta de septiembre de dos mil diecinueve, en los términos del considerando sexto de esta determinación.

Cuarto. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a los dieciocho meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivo al Congreso de la Unión, en la inteligencia de que, dentro del referido plazo, previo desarrollo de la respectiva a las personas con discapacidad, dicho Congreso deberá legislar en materia de educación inclusiva, en los términos precisados en el considerando octavo de esta sentencia”.

Asimismo, determinó que, al incidir directamente en las personas con discapacidad, existía la obligación de consultar a estos grupos previo a la expedición de la ley, de conformidad con el artículo 4, numeral 3, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, lo cual no fue llevado a cabo y que señalan lo siguiente:

“Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Artículo 4

Obligaciones generales

1. y 2. ...

3. En la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Parte celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan.

4. y 5. ...

Asimismo, el artículo 24 numeral 1 del mismo ordenamiento establece que:

Artículo 24 Educación 1. Los Estados Parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Parte asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida, con miras a:

a) Desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana;

b) Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales y físicas;

c) Hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre”.

Las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (1993) reconocen en su artículo 6 el derecho de las niñas, los niños y los adultos con discapacidad a acceder en igualdad de oportunidades al sistema educativo general a todos los niveles, contando con servicios de interpretación, materiales didácticos, entre otros. Establece que excepcionalmente se podrán prestar servicios de educación especial cuando el sistema de educación general no esté en condiciones de responder a las necesidades de las personas con discapacidad. Estas normas sirvieron de base para la adopción e implementación de legislación y políticas públicas que tuvieran en cuenta en diferentes países a las personas con discapacidad.

Por su parte la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (2015) establece en su Objetivo 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todas y todos. En sus metas 4.5, y 4.a realiza un abordaje de la educación para las PCD determinando:

“Para 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y garantizar el acceso en condiciones de igualdad de las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad y los niños en situaciones de vulnerabilidad, a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional.

Construir y adecuar instalaciones educativas para que respondan a las necesidades de los niños y las personas discapacitadas, tengan en cuenta las cuestiones de género y proporcionen entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos”.

Cabe señalar que de acuerdo con información de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México aún existen más de 20 mil adolescentes de entre 15 y 17 años de edad, que padecen alguna discapacidad, pero no tienen la oportunidad de estudiar, sin embargo, en el caso de los adolescentes con discapacidad que sí tienen la oportunidad de estudiar, el porcentaje va aumentando por nivel educativo. Por ejemplo, 35.1 por ciento estudia en alguna institución de educación media superior; 23.8 por ciento tiene concluida la secundaria y 9.9 por ciento la educación primaria.

Si se amplía el sector poblacional a menores de edad, de entre 5 a 17 años con alguna discapacidad, el Inegi censó a 580.3 mil niñas, niños y adolescentes, quiénes manifestaron realizar con dificultad las siguientes actividades:

• Aprender, recordar o concentrarse (40.1 por ciento).

• Ver (aunque sea con lentes, 32.6 por ciento).

• Hablar o comunicarse (30.2 por ciento).

• Problemas emocionales o mentales (22.8 por ciento).

Es por lo anterior que la educación inclusiva debe ser concebida como un proceso que permite abordar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los educandos a través de una mayor participación en el aprendizaje, las actividades culturales y comunitarias y reducir la exclusión dentro y fuera del sistema educativo. Lo anterior implica cambios y modificaciones de contenidos, enfoques, estructuras y estrategias basados en una visión común que abarca a todas las niñas, niños y adolescentes en edad escolar y la convicción de que es responsabilidad del sistema educativo regular educar a todas las personas que así lo requieran.

Por lo anterior el Congreso de la Unión, está obligado a realizar las consultas respectivas a las personas con discapacidad con la finalidad de garantizar los derechos de las personas a la consulta estrecha y activa de este sector poblacional, a la igualdad y no discriminación, de participación, a la educación y a la obligación de promover, respetar y proteger los derechos humanos.

Por lo anterior, se presenta el siguiente cuadro en el que se puede observar la adición que se propone realizar a la Ley General de Educación:

Por lo antes expuesto, y con el propósito de garantizar los derechos de las personas con algún tipo de discapacidad, al acceso al sistema de educación priorizando el interés de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en el Sistema Educativo Nacional, así como mejorar las condiciones bajo las cuales prestan sus servicios educativos, y reconocer a la educación como un pilar fundamental para abatir la desigualdad y proporcionar, a través de la pedagogía, las herramientas necesarias para erradicar los desequilibrios que causan la marginación, lo cual debe ser una tarea prioritaria del Estado. Asimismo, a partir de esta propuesta, invitamos a las comisiones dictaminadoras para que, en ejercicio de sus facultades, realicen los foros y consultas correspondientes con la finalidad de que estas disposiciones puedan ser valoradas por la sociedad civil y las personas con discapacidad y generar el marco jurídico que responda a sus necesidades, por lo que someto a consideración la presente inactiva con proyecto de

Decreto que reforma el capítulo VIII denominado De la Educación Inclusiva, así como los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68 de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva para personas con discapacidad

Único. Se reforma el capítulo VIII denominado De la Educación Inclusiva, así como los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68 de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva, para quedar como sigue :

Artículo 61. La educación inclusiva se refiere al conjunto de acciones orientadas a identificar, prevenir y reducir las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, al eliminar prácticas de discriminación, exclusión y segregación.

La educación inclusiva se basa en la valoración de la diversidad, adaptando el sistema para responder con equidad a las características, necesidades, intereses, capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje de todos y cada uno de los educandos.

Artículo 62. El Estado asegurará la educación inclusiva en todos los tipos y niveles, con el fin de favorecer el aprendizaje de todos los estudiantes, con énfasis en los que están excluidos, marginados o en riesgo de estarlo, para lo cual buscará:

I. Favorecer el máximo logro de aprendizaje de los educandos con respeto a su dignidad, derechos humanos y libertades fundamentales, reforzando su autoestima y aprecio por la diversidad humana;

II. Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de los educandos;

III. Favorecer la plena participación de los educandos, su educación y facilitar la continuidad de sus estudios en la educación obligatoria;

IV. Instrumentar acciones para que ninguna persona quede excluida del Sistema Educativo Nacional por motivos de origen étnico o nacional, creencias religiosas, convicciones éticas o de conciencia, sexo, orientación sexual o de género, así como por sus características, necesidades, intereses, capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje, entre otras, y

V. Realizar los ajustes razonables en función de las necesidades de las personas y otorgar los apoyos necesarios para facilitar su formación.

Artículo 63. El Estado proporcionará a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender y desarrollar habilidades para la vida que favorezcan su inclusión laboral, a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de condiciones en la educación y en la sociedad.

Artículo 64. En la aplicación de esta Ley, se garantizará el derecho a la educación a los educandos con condiciones especiales o que enfrenten barreras para el aprendizaje y la participación.

Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, para atender a los educandos con capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmo de aprendizaje diversos, realizarán lo siguiente:

I. Prestar educación especial en condiciones necesarias, previa decisión y valoración por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, personal docente y, en su caso, derivados por una condición de salud, para garantizar el derecho a la educación de los educandos que enfrentan barreras para el aprendizaje y la participación;

II. Ofrecer formatos accesibles para prestar educación especial, procurando en la medida de lo posible su incorporación a todos los servicios educativos, sin que esto cancele su posibilidad de acceder al servicio escolarizado;

III. Prestar educación especial para apoyar a los educandos con alguna discapacidad o aptitudes sobresalientes en los niveles de educación obligatoria;

IV. Establecer un sistema de diagnóstico temprano y atención especializada para la eliminación de barreras para el aprendizaje y la participación;

V. Garantizar la formación de todo el personal docente para que, en el ámbito de sus competencias, contribuyan a identificar y eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación, y preste los apoyos que los educandos requieran;

VI. Garantizar la satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje de los educandos con alguna discapacidad, su bienestar y máximo desarrollo para la autónoma inclusión a la vida social y productiva, y

VII. Promover actitudes, prácticas y políticas incluyentes para la eliminación de las barreras del aprendizaje en todos los actores sociales involucrados en educación. La Secretaría emitirá lineamientos en los cuales se determinen los criterios orientadores para la prestación de los servicios de educación especial a los que se refiere el presente artículo y se cumpla con el principio de inclusión.

Artículo 65. Para garantizar la educación inclusiva, las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, ofrecerán las medidas pertinentes, entre ellas:

I. Facilitar el aprendizaje del sistema Braille, otros modos, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo necesario;

II. Facilitar la adquisición y el aprendizaje de la Lengua de Señas dependiendo de las capacidades del educando y la enseñanza del español para las personas sordas;

III. Asegurar que los educandos ciegos, sordos o sordociegos reciban educación en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados a las necesidades de cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico, productivo y social;

IV. Asegurar que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad, y

V. Proporcionar a los educandos con aptitudes sobresalientes la atención que requieran de acuerdo con sus capacidades, intereses y necesidades.

Artículo 66. La autoridad educativa federal, con base en sus facultades, establecerá los lineamientos necesarios que orienten la toma de decisiones relacionadas con los mecanismos de acreditación, promoción y certificación en los casos del personal que preste educación especial.

Artículo 67. Para la identificación y atención educativa de los estudiantes con aptitudes sobresalientes, la autoridad educativa federal, con base en sus facultades y la disponibilidad presupuestal, establecerá los lineamientos para la evaluación diagnóstica, los modelos pedagógicos y los mecanismos de acreditación y certificación necesarios en los tipos de educación básica, así como la educación media superior y superior en el ámbito de su competencia. Las instituciones que integran el Sistema Educativo Nacional se sujetarán a dichos lineamientos.

Las instituciones de educación superior autónomas por ley podrán establecer convenios con la autoridad educativa federal a fin de homologar criterios para la atención, evaluación, acreditación y certificación, dirigidos a educandos con aptitudes sobresalientes.

Artículo 68. En el Sistema Educativo Nacional, se atenderán las disposiciones en materia de accesibilidad señaladas en la presente Ley, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y en las demás normas aplicables.

Transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Educación, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

«Iniciativa que reforma el artículo 126 y adiciona un artículo 15 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena

Susana Cano González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto por el que sereforma el artículo 126 y se adiciona el 15 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de sanciones por cobro de comisión, monto, cargo adicional o equivalentes a los consumidores que paguen con tarjeta de crédito o débito, al tenor de la siguiente

1. Exposición de Motivos

En México hemos adoptado como parte de nuestro quehacer cotidiano, el pagar la mayoría de los bienes y servicios que consumimos, a través del uso de nuestras tarjetas de débito o crédito, inclusive en sus versiones digitales, o a través del uso de las famosas “billeteras virtuales”, donde podemos vincular nuestro teléfono celular, o cualquier gadget compatible con la tecnología “NFC” para poder acercarlo a las terminales de punto de venta (TPV) o más comúnmente llamadas, terminales de pago, para poder realizar el proceso de compraventa, sin necesidad de utilizar dinero en efectivo.

En todo el país, pero principalmente en las ciudades, muchos negocios que ofrecen productos o servicios, cuentan con terminales de pago, las cuales son brindadas por entidades financieras las cuales, a través de un contrato, les cobran una renta mensual por el préstamo de la terminal, no obstante, muchos de los negocios han establecido una “política abusiva contra los consumidores”, ya que cuando éstos realizan el pago con tarjeta de débito o crédito, el establecimiento les cobra una “comisión, monto o cargo adicional” por aceptar este medio de pago, es decir, los porcentajes van de 3 a 6 por ciento sobre el monto total por pagar, mismo que inclusive, ya cuenta con el IVA.

La Profeco ha mencionado que cuando los consumidores sean víctimas de esta práctica deberán

Cómo levantar una queja por el cobro de esta comisión

La Profeco señaló que, si te cobran comisión por pagar con tarjeta, puedes denunciar con el organismo.

Puedes enviar un correo a denunciasprofeco@profeco. gob.mx, o marcar al teléfono del Consumidor (Telcon) 555568 8722, para la Ciudad de México y área metropolitana, o al 800 4688722, del interior de la República, de lunes a viernes de las 9: 00 a las 18: 00 horas.

Sólo necesitas los datos que aparecen en tu ticket.

De acuerdo con información del medio El Financiero, Antonio Rodríguez, vicepresidente de Relaciones y Difusión Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León, mencionó que en este caso hay una paradoja en el sistema económico, pues mientras que, por un lado la autoridad fiscal incentiva el uso del pago electrónico, por el otro este tipo de prácticas lo desincentivan.

1.1. Consideraciones

En este sentido, los negocios al realizar estas prácticas, lo que hacen es que los consumidores piensen que es más caro pagar con tarjeta de débito o crédito, que realizar la compra en efectivo. Por ello es necesario dar herramientas legales a la Profeco, al reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor, para que los negocios que realicen este tipo de prácticas totalmente contrarias a los derechos de los consumidores, sean sancionados con una multa pecuniaria, misma que en caso de reincidencia, pueda tener repercusiones tales como el cierre del negocio.

Ya lo ha mencionado también la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), quien ha determinado que aquellos negocios que realizan estas prácticas, realizando un “cobro adicional”, estarían incumpliendo con los términos y condiciones de los contratos que tienen con la institución bancaria que les brinda la terminal de pago, ya que en ellos se señala que el pago de este servicio no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios que promueven los comercios con su clientela.

Sí bien es cierto que los negocios que implantan como parte de su modelo la aceptación de pagos con tarjeta, obtienen grandes beneficios, dado la nueva realidad económica que actualmente vivimos, en donde ya no es tan común que las personas tengamos una gran cantidad de dinero en efectivo con nosotros, cuando vamos a realizar las compras, no obstante, aquellos empresarios que decidan implementar esta forma de aceptar pagos, deben estar conscientes que deberán erogar ciertos recursos para mantener las terminales de pago, ya que brindar esta facilidad, también es una forma de negocio para las instituciones bancarias.

En nuestro país hemos enfrentado un proceso lento en la incursión de las tarjetas de crédito y débito, como forma habitual de pago, recordemos que la primera tarjeta de crédito de México y la primera en América Latina, data de 1968, y fue puesta en circulación por el Banco Nacional de México (Banamex), bajo el nombre de “Bancomático”.

El país desde entonces ha ido teniendo un crecimiento medianamente acelerado, gracias a los procesos de globalización y de facilidad y accesibilidad en el proceso del comercio electrónico, donde ponderantemente, se utilizan como medio de pago, las tarjetas de débito y crédito.

Recientemente con la llegada del Covid-19, y la aceleración desmedida en el comercio electrónico, como opción para adquirir bienes y servicios desde la comodidad de nuestro hogar, a través del uso de las tecnologías de la información, específicamente, las aplicaciones de compra y venta en internet, como Amazon, Mercado Libre, Linio, Claroshop, AliExpress entre muchas otras más, donde incluso encontramos participando activamente empresas muy familiares para las y los mexicanos, como Elektra y Coppel.

Según datos de la Asociación de Internet en la Actualidad, entre 2009 y 2014 el monto de las operaciones en comercio electrónico en México se sextuplicó: pasó de 24.5 a 162.1 miles de millones de pesos. Entre enero y marzo de 2015, las transacciones en comercio electrónico con tarjeta de débito o crédito fueron de 10.2 millones, al cierre de 2019 ya eran 12 veces más, es decir, 119.8 millones; y para 2020 se efectuaron alrededor de 3 mil 499 millones de operaciones con las tarjetas de crédito y débito; 16.6 por ciento de éstas fue a través de ecommerce.

Nuestro sistema financiero y el sistema bancario y bursátil en nuestro país, han tenido importantes evoluciones, esto a la par de los constantes cambios en los hábitos y formas de consumo de las y los mexicanos, ahora es mucho más común ver en pequeñas y micro empresas, la opción de poder pagar con tarjetas de débito o crédito, lo cual refleja también, la confianza en aumento, que hemos tenido hacía la forma de pago utilizando tarjetas de débito o de crédito, en donde las instituciones bancarias también han fortalecido sus sistemas de seguridad para ir reduciendo los problemas y vulneraciones que pudieran comprometer el patrimonio de nosotros sus clientes, reforzando las tecnologías utilizadas en las operaciones de pago con tarjeta.

Ya entrando en materias meramente jurídicas, hemos detectado que de conformidad con lo establecido en las distintas leyes federales que rigen en nuestro país, no hay una norma específica que pueda darnos cabida a una sanción particular cuando aquellos empresarios realicen un cobro extra adicional al monto pactado por los productos o servicios, por el hecho de pagar con tarjetas de débito o crédito por los consumidores. Este vacío en nuestra legislación, abre la puerta para que esta práctica que es contraria a los derechos de los consumidores, pueda irse “normalizando” al grado de que se convierta en una costumbre, aceptada tanto por los proveedores de servicios como por los consumidores.

Es necesario precisar, para los efectos de la ley, específicamente la Federal de Protección al Consumidor, quién es proveedor, y quién es consumidor, ya que serán los sujetos de estudio en quien nos centra, en esta propuesta legislativa:

Artículo 2. Para los efectos de esta ley, se entiende por

I. Consumidor: la persona física o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final bienes, productos o servicios. Se entiende también por consumidor a la persona física o moral que adquiera, almacene, utilice o consuma bienes o servicios con objeto de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación de servicios a terceros, únicamente para los casos a que se refieren los artículos 99 y 117 de esta ley.

Tratándose de personas morales que adquieran bienes o servicios para integrarlos en procesos de producción o de servicios a terceros, sólo podrán ejercer las acciones a que se refieren los referidos preceptos cuando estén acreditadas como microempresas o microindustrias en términos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, respectivamente, y conforme a los requisitos que se establezcan en el reglamento de esta ley.

II. Proveedor: la persona física o moral en términos del Código Civil Federal, que habitual o periódicamente ofrece, distribuye, vende, arrienda o concede el uso o disfrute de bienes, productos y servicios;

III. a IV. ...

La Ley Federal de Protección al Consumidor es muy clara respecto a los principios que rigen las relaciones de consumo. En específico, citaré lo correspondiente a la fracción VII del artículo 1:

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la república. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario.

...

Son principios básicos en las relaciones de consumo:

a VI. ...

VII. La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios.

VIII. a XI. ...

Con la práctica que se ha viralizado en las redes sociales de los proveedores que cobran una comisión cuando los consumidores pagan con tarjeta, al grado de que la Profeco y la CONDUSEF, se han pronunciado públicamente para denunciar ante estas instancias este tipo de prácticas, no obstante, se advierte que ni la Profeco ni la Condusef cuentan con la reglamentación en sus leyes federales, para poder hacer cara de manera efectiva, a esta práctica, que en vísperas de navidad, y año nuevo, se incrementa, debido al alza en el consumo de las y los mexicanos, durante estas fechas.

La Federal de Protección al Consumidor establece en el artículo 6 quiénes estarán obligados al cumplimiento de sus disposiciones:

Artículo 6. Estarán obligados al cumplimiento de esta ley los proveedores y los consumidores. Las entidades de las administraciones públicas federal, estatal, municipal y del gobierno del Distrito Federal, están obligadas en cuanto tengan el carácter de proveedores o consumidores.

Conforme a esta premisa, podemos encuadrar a los sujetos que sean proveedores y que, por tanto, están obligados al cumplimiento de la esta ley.

Por ello, en el análisis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se considera oportuno, adicionar el artículo 15 Bis, donde se establezca:

• Queda prohibido que los proveedores de bienes, productos o servicios, cobren una comisión, monto, cargo adicional o equivalente, a los consumidores cuando estos últimos utilicen como medio de pago, tarjeta de débito o crédito, y no dinero en efectivo, esta práctica abusiva en perjuicio de la economía de los consumidores se sancionará por la procuraduría observando lo establecido en los artículos 25, 126 y demás aplicables de este ordenamiento.

Esta redacción considera que aquellos proveedores que utilicen el concepto de “comisión, cargo, monto” o cualquier otro equivalente, estarían siendo sujetos de las sanciones mencionadas en el artículo 25 de la Ley, y de forma específica, del artículo 126 de la LFPC.

En el artículo 25, la LFPC establece que la procuraduría podrá, de acuerdo con sus facultades, aplicar previo apercibimiento las siguientes medidas de apremio:

Artículo 25. ...

I. Multa de $311.73 a $31 174.02;

II. El auxilio de la fuerza pública;

III. Ordenar arresto administrativo hasta por 36 horas; y

IV. En caso de que persista la infracción podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo, hasta por $12 469.61, por un periodo no mayor de 180 días.

Las medidas de apremio se aplicarán en función de la gravedad de la conducta u omisión en que hubiera incurrido el proveedor, sin existir alguna prelación específica en cuanto a su imposición.

En el artículo 126 realizo la propuesta de reforma para incluir dentro del catálogo de artículos que son objeto de la sanción mencionada en ese precepto, el artículo 15 Bis, que he propuesto líneas arriba.

El artículo 126 de la LFPC vigente establece lo siguiente:

Artículo 126. Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 8 BIS, 11, 15, 16 y demás disposiciones que no estén expresamente mencionadas en los artículos 127 y 128, serán sancionadas con multa de $311.73 a $997 568.98.

Y con la propuesta de adición que establezco al artículo 126 de la LFPC, las multas para aquellos establecimientos que realicen el cobro de un porcentaje adicional por el simple hecho de recibir pagos con tarjeta, ya sea de débito o de crédito, sería des $311.73 a 997 mil 568.98 pesos, de acuerdo con cada caso en concreto y criterio de la Procuraduría.

• Las infracciones de lo dispuesto en los artículos 8 Bis, 11, 15, 15 Bis, 16 y demás disposiciones que no estén expresamente mencionadas en los artículos 127 y 128 serán sancionadas con multa de 311.73 a 997 mil 568.98 pesos.

Esta iniciativa está encaminada a proteger los derechos de los consumidores, y tener piso parejo para todas y todos, los que queramos pagar con dinero en efectivo o a través de tarjetas de débito o crédito, siendo esta reforma una gran aliada para incentivar el consumo dentro de nuestra población, brindándoles herramientas que les den seguridad jurídica y que los protejan ante las prácticas abusivas de los empresarios en sus establecimientos.

Por ello, a fin de ilustrar a esta soberanía sobre la reforma planteada, presento la siguiente

2. Propuesta legislativa

3. Decreto

Por lo expuesto se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que sereforma el artículo 126 y se adiciona el 15 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de sanciones por cobro de comisión, monto, cargo adicional o equivalentes a los consumidores que paguen con tarjeta de crédito o débito

Único. Se reforma el artículo 126 y se adiciona el 15 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 15 Bis. Queda prohibido que los proveedores de bienes, productos o servicios, cobren una comisión, monto, cargo adicional o equivalente, a los consumidores cuando estos últimos utilicen como medio de pago, tarjeta de débito o crédito, y no dinero en efectivo, esta práctica abusiva en perjuicio de la economía de los consumidores se sancionará por la Procuraduría observando lo establecido en los artículos 25, 126 y demás aplicables de este ordenamiento.

Artículo 126. Las infracciones a lo dispuesto en los artículos 8 Bis, 11, 15, 15 Bis, 16 , y demás disposiciones que no estén expresamente mencionadas en los artículos 127 y 128, serán sancionadas con multa de $311.73 a $997 568.98.

Transitorios

Primero. Los proveedores que utilicen como medio de cobro terminales de pago, terminales de punto de venta o equivalentes, deberán abstenerse de cobrar comisiones, montos o cargos adicionales o equivalentes a los consumidores, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Secretaría de Economía, implementaran estrategias y acciones a fin de disminuir esta práctica que atenta contra la economía de los consumidores y que desincentiva el uso de tarjetas de débito o crédito cómo medio de pago en los distintos establecimientos.

Segundo. La Procuraduría Federal del Consumidor contará con 180 días para realizar las adecuaciones administrativas y legales internas que sean correspondientes, a efecto de cumplir con lo establecido en la presente reforma.

Tercero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 “¿Te cobran comisión por pagar tus compras con tarjetá? Esto tienes que saber”, en El Financiero, 23 de octubre de 2021. Consultado el 4 de diciembre de 2022 en

https://www.elfinanciero.com.mx/mis-finanzas/2021/10/23/te-cobra n-comision-por-pagar-tus-compras-con-tarjeta-esto-tienes-que-saber/

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 “Métodos de pago en México, ¿cómo han evolucionado a través del tiempó”?, en Forbes México, 23 de junio de 2021. Consultado el 4 de diciembre de 2022 en

https://www.forbes.com.mx/metodos-de-pago-en-mexico-como-han-evo lucionado-a-traves-del-tiempo/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Susana Cano González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de libros de texto y materiales complementarios gratuitos, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena

Susana Cano González, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de suficiencia de materiales educativos para los educandos con discapacidad en los centros escolares, al tenor de la siguiente

I. Exposición de Motivos

De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud, en 2020, más de mil millones de personas viven en todo el mundo con algún tipo de discapacidad, aproximadamente 15 por ciento de la población mundial; de ellas, casi 190 millones tienen dificultades en su funcionamiento y requieren con frecuencia de servicios de asistencia.

Por otro lado, respecto a nuestro país, de acuerdo con el Censo de Población y vivienda 2020, realizado por el Inegi, en México hay 6 millones 179 mil 890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9 por ciento de la población del país, de ellas 53 por ciento corresponde a mujeres y 47 a hombres.

El Inegi establece una clasificación de acuerdo con el tipo de actividades con dificultad, a fin de poder dar una clasificación de acuerdo a los diferentes tipos de discapacidad, en donde enumera las siguientes:

1. Caminar, subir o bajar.

2. Ver.

3. Oír.

4. Hablar o comunicarse.

5. Recordar o concentrarse.

6. Dificultad para bañarse, vestirse o comer.

Considerando que en el país, la limitación de movilidad es la de mayor frecuencia, y el segundo tipo de problemas que enfrentan es el visual, aun cuando usan lentes.

Derivado de los datos que arrojó este Censo en 2020, en nuestro país, de las personas con discapacidad o algún problema de condición mental, encontramos que 899 mil (13 por ciento) son niñas y niños, 869 mil (12 por ciento) son personas jóvenes, 2.2 millones (31 por ciento) son personas adultas, y 3.2 millones (45 por ciento) son personas adultas mayores.

Estos datos son preocupantes ya que todas y todos esos niños, niñas y adolescentes, acuden (o acudirán) a algún centro educativo, especialmente a los correspondientes a la educación pública, siendo el Sistema de Educación impartido por el Estado, el que más educandos con discapacidad recibe año con año.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ya se ha pronunciado en favor de la importancia de que los países miembros, apuesten por una política educativa inclusiva, poniendo como ejemplo el caso del analfabetismo, que representa un problema de rezago educativo y contribuye a la exclusión y falta de oportunidades, mencionando que de las personas con discapacidad y/o con algún problema o condición mental de 15 años y más (6 millones 269 mil 277) 19 por ciento (1.2 millones) no sabe leer ni escribir un recado.

Lo anterior, aterrizado a nuestro contexto actual, nos muestra que sí bien nuestro país ha tenido un aumento presupuestal en la educación especial, no es un hecho, que este represente una mejora, ya que como resultado de la aprobación del PEF de 2023 se obtuvieron 725 millones 690 mil 403 pesos, para el Programa de Fortalecimiento de los Servicios de Educación Especial, no obstante hemos ido arrastrando desde hace tiempo, la insuficiencia de los materiales educativos en las aulas en todo lo largo y ancho del país, el gobierno ha manifestado el compromiso de la creación de una estrategia nacional de inclusión educativa que no solamente fijaba la necesidad de establecer escuelas que estaban atendiendo a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, sino de invertir en la infraestructura educativa para atender a este importantísimo sector estudiantil.

No olvidemos que la educación especial en México ha sido un eje fundamental que ha permitido paulatinamente la inclusión de las niñas, niños y adolescentes con algún tipo de discapacidad y que ha contribuido a que estos, puedan culminar sus estudios universitarios de acuerdo a las condiciones particulares de la situación de cada uno de ellos.

Como legisladora de la cuarta transformación de la vida pública de nuestro país, he reconocido que tenemos áreas de oportunidad gigantescas en cuanto a la mejora de la educación en nuestro país, actualmente tenemos una deuda pendiente con todos nuestros educandos que requieren educación especial, en razón de que cuentan con algún tipo de discapacidad y que requieren un esfuerzo adicional del Estado Mexicano para poder salir adelante, en virtud de que tienen necesidades distintas, a las de los educandos que no cuentan con algún tipo de discapacidad, y que en razón de esto, nuestro país ha signado diversos tratados internacionales, para hacer realidad el derecho humano a la educación.

Retomando los datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi, debemos tener muy claro que 16.5 por ciento de la población, son personas con algún tipo de discapacidad, lo cual equivale a casi 21 millones de personas, con limitaciones para realizar alguna actividad de su vida cotidiana, y como ya lo mencioné líneas arriba, la mayor parte de las personas con discapacidad del país, se concentra en las personas adultas y adultas mayores, no obstante, de ninguna manera podemos dejar a un lado la importancia que tiene la población de niñas, niños y adolescentes, en específico, aquellos que cursan algún grado en la educación pública.

El país se ha quedado rezagado en cuánto a educación especial y educación inclusiva se refiere, por ello, es imperativo formular propuestas para enderezar el rumbo de esta política pública, y garantizarles a nuestros educandos que contarán sin excepción alguna, con todos los materiales educativos que requieran, para poder llevar a cabo procesos de aprendizaje que les permitan obtener una educación integral.

II. Planteamiento del problema

En México enfrentamos un grave problema de falta de materiales educativos para los educandos que presentan algún tipo de discapacidad, y no sólo eso, los centros escolares a pesar de que se ha hecho un gran esfuerzo por dotarlos de infraestructura educativa, siguen careciendo de señalizaciones en lenguaje braille, de rampas de acceso para las niñas, niños y adolescentes con discapacidad, y lo más grave, falta de materiales educativos especializados. Por ello es necesario establecer en la Ley General de Educación, la obligación explicita del Estado mexicano, de garantizar la suficiencia de materiales educativos especializados para todas y todos los educandos que presentan algún tipo de discapacidad, atendiendo de forma particular a sus necesidades y brindándoles las herramientas necesarias para llevar a cabo de la mejor manera, su proceso de aprendizaje.

III. Consideraciones

En septiembre de 2020, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el “Informe Especial sobre el Estado que guarda el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en México”, donde con base en el Estudio Derechos Humanos y Pobreza, realizado también por la CNDH se manifestó que la falta de opciones educativas adecuadas para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, constituye una violación al derecho a la educación, ya que nuestros educandos que requieren educación especial e inclusiva, aún encuentran obstáculos para tener una educación digna, de calidad, accesible y en igualdad de condiciones con respecto a las niñas, niños y adolescentes que no cuentan con alguna discapacidad.

Es un problema latente, que ha derivado en quejas contra violaciones al derecho humano a la educación, resultando en que entre el 1 de enero de 2010 al 15 de mayo de 2020, según datos de la CNDH, a través del Reporte General de Quejas, arrojó un total de 3192 expedientes de queja en materia de discapacidad, de los cuales 20.4 por ciento (652 expedientes) correspondía a violaciones del derecho a la educación, principalmente respecto a la prestación del servicio de educación de forma indebida.

La problemática central que se busca resolver en la presente propuesta legislativa, tiene uno de sus antecedentes, en la recomendación 56/2011 que emitió la CNDH a la Secretaría de Educación Pública, en donde se le observó lo siguiente:

... sobre la omisión de proveer libros de texto gratuitos actualizados en braille a nivel primaria para los niños con discapacidad visual

Esta iniciativa busca, entre otras cosas, que la Dirección General de Materiales Educativos de la Secretaría de Educación Pública, siempre y en todo momento, provea a los Centros Escolares de Educación Pública obligatoria, los materiales necesarios para que todas y todos los educandos que enfrenten algún tipo de discapacidad, cuenten todos los materiales adecuados para llevar a cabo sus procesos de aprendizaje, es decir, que aquellos educandos que tengan discapacidad visual, cuenten con materiales educativos en lenguaje braille y material auditivo, que les permita conocer el contenido temático de los libros de texto de acuerdo a su grado de estudios, atendiendo siempre a las capacidades particulares de cada educando, en este sentido, la Secretaría, debe contar con constantes mecanismos de comunicación institucional, que permitan conocer en qué Centros Escolares cuentan con educandos que requieran educación especial, y que en virtud de ello, se pueda abordar la discapacidad del educando en lo particular, brindándole los materiales educativos necesarios para que pueda comprender los contenidos temáticos que se enseñen de acuerdo a su grado de estudios.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad emitió diversas recomendaciones sobre el cumplimiento de lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por parte del Estado Mexicano en materia de educación:

a) La persistencia del modelo de educación especial.

b) La falta de escolarización de niñas, niños y adolescentes con discapacidad

c) La ausencia de accesibilidad de los centros educativos de todos los materiales didácticos, incluidos los libros de textos en Braille e intérpretes de lengua de señas.

La discapacidad, en sus distintas vertientes -física, intelectual, mental o sensorial (OMS)- acompaña a millones de seres humanos, restringiendo sus derechos y oportunidades para una vida plena.

Por otro lado, según datos del Coneval, 48 por ciento de la población con discapacidad se encuentra en rezago educativo, en contraposición con el 15 por ciento de la población sin discapacidad. Este dato contrasta con el dato de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares de 2016, donde se reporta que al menos 80 mil 628 personas con discapacidad en edad escolar no asistían a la escuela.

En este apartado, es preciso mencionar que hemos tocado dos conceptos que se entrelazan pero que no son lo mismo, referidos a la diferencia entre educación especial, y educación inclusiva.

Tenemos que la educación inclusiva es un concepto que hace referencia a las acciones orientadas a identificar, prevenir y reducir las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, eliminando las prácticas de discriminación, exclusión y segregación.

Aunado a lo anterior, la UNESCO ha manifestado que la educación inclusiva

... puede ser concebida como un proceso que permite abordar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los educandos a través de una mayor participación en el aprendizaje, las actividades culturales y comunitarias y reducir la exclusión dentro y fuera del sistema educativo. Lo anterior implica cambios y modificaciones de contenidos, enfoques, estructuras y estrategias basadas en una visión común que abarca a todos los niños en edad escolar y la convicción de que es responsabilidad del sistema educativo regular educar a todos los niños y niñas.

La educación especiales el servicio educativo que ofrece el Estado con atención y equidad a alumnos con discapacidad o bien con aptitudes sobresalientes y de acuerdo con sus condiciones, necesidades, intereses y potencialidades.

Al respecto, debo mencionar que actualmente nos encontramos sin un apartado de legislación específica al respecto, esto con motivo de la declaración de invalidez por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la sentencia a la acción de inconstitucionalidad 121/2019, por lo que, en la Ley General de Educación, en el “Capítulo VI de la educación indígena” y “Capítulo VIII de la educación inclusiva” se encuentran sin ser leyes vigentes en la actualidad.

En el país tenemos el Programa Sectorial de Educación 2020-2024emitido por la Secretaría de Educación Pública y que fue publicado el 6 de julio de 2020, cuyos objetivos son garantizar una educación equitativa, inclusiva, intercultural e integral, que tenga como eje principal el interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, mencionando también:

Asimismo, se avanzará en la adaptación curricular de los centros educativos comunitarios, indígenas, multigrado y biculturales, así como en la inclusión educativa de las personas con discapacidad y en el fortalecimiento de la educación especial.

El marco jurídico internacional y nacional sobre el derecho a la educación es amplio y considera diversas aristas. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), en su artículo 26 manifiesta que toda persona tiene derecho a la educación, el Pacto Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965) en el inciso e), fracción V del artículo 5 establece que es obligación del Estado garantizar el goce del derecho a la educación y la formación profesional, mencionando en su artículo 7, que es obligación de los Estados partes tomar las medidas inmediatas y eficaces, especialmente en las esferas de enseñanza, la educación, la cultura y la información, para combatir los prejuicios en el sentido de los tratados internacionales de Naciones Unidas. El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) en su artículo 13 establece el derecho a la educación y que esta debe guiarse para que sea integral y digna, entre otros preceptos. La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW 1970) establece en su artículo 10, la obligación de los Estados Partes de adoptar medidas dirigidas a eliminar la discriminación contra la mujer y asegurar la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación. La Convención de los Derechos del Niño (1989) reconoce que las niñas y niños son personas con derecho pleno al desarrollo físico, mental y social, y en el artículo 28 se les reconoce el derecho a la educación, a través de la obligatoriedad y gratuidad de la misma.

En este orden de ideas, la Declaración Mundial sobre Educación para Todos (1990) establece que la educación inclusiva, requiere asegurar la participación de niñas y niños con discapacidad como parte del sistema educativo, igualmente la Declaración de Salamanca sobre las necesidades especiales educativas, manifestó la prioridad de impartir enseñanza a todos los niños, jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales dentro del sistema común de educación.

La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó en su 76ª Sesión Plenaria, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en la resolución A/RES/61/ 106, misma que por primera vez introduce al derecho internacional de los derechos humanos, el concepto de educación inclusiva.

La legislación mexicana, referida a la Ley General de Educación (LGE) vigente, menciona en el artículo 2:

El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional

En el artículo 5 de la LGE se establece, entre otras cosas, que toda persona tiene derecho a la educación, en el sentido amplio y con todas las implicaciones.

En razón de que la materia educativa, es concurrente, primero referimos a lo establecido en el artículo 113 de la LGE, correspondiente a la “Distribución de la Función Social en la Educación”, donde se establecen las atribuciones exclusivas de la autoridad educativa federal y en cuya fracción IV se establece lo siguiente:

Elaborar, editar, mantener actualizados y enviar a las entidades federativas en formatos accesibles los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación. Al inicio de cada ciclo lectivo, la Secretaría deberá poner a disposición de la comunidad educativa y de la sociedad en general los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, a través de plataformas digitales de libre acceso

En este sentido, al ser una atribución exclusiva de la autoridad educativa federal, estimo que es necesario realizar una reforma al texto de la fracción IV, en el sentido de establecer en el orden de ideas que viene proyectado en el texto vigente, una reforma a su primer párrafo y adicionar un segundo párrafo en primer lugar, para establecer que la Secretaría garantizará el abasto de libros de texto y demás materiales educativos, y adicionando un segundo párrafo donde se hace una referencia expresa a la obligación del Estado, a través de la Secretaría de Educación Pública, de garantizar el abasto de libros de texto y demás materiales complementarios para aquellos educandos que presenten algún tipo de discapacidad y por ello, deban recibir educación especial, en este sentido, y con apoyo de un artículo transitorio que así lo mencione, podremos obligar al Estado a que siempre nuestras niñas, niños y adolescentes, y en general las personas con discapacidad, que se encuentren inscritas en los centros escolares de educación pública, reciban en tiempo y forma, los materiales adecuados para poder llevar a acabo de la mejor manera, sus procesos de aprendizaje, y que puedan tener acceso a los contenidos temáticos de las diferentes asignaturas, de acuerdo con su grado escolar.

Por ello, a fin de ilustrar a esta soberanía sobre la reforma planteada, presento la siguiente

IV. Propuesta legislativa

V. Decreto

Por lo expuesto se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de suficiencia de materiales educativos para los educandos con discapacidad en los centros escolares

Único. Se reforman el primer párrafo de la fracción IV del artículo 113 y la fracción XII del artículo 114; y se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del artículo 113 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 113. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. a III. ...

IV. Elaborar, editar, mantener actualizados , enviar a las entidades federativas en formatos accesibles los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación , la secretaría garantizará el abasto en todos los centros escolares. Al inicio de cada ciclo lectivo, la secretaría deberá poner a disposición de la comunidad educativa y de la sociedad en general los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, a través de plataformas digitales de libre acceso;

La secretaría garantizará el abasto de todos los libros de texto y demás materiales complementarios gratuitos para los educandos con algún tipo de discapacidad, que requieran educación especial, entregándoles los materiales adecuados para que puedan llevar a cabo sus procesos de aprendizaje y tengan acceso a los contenidos temáticos de las diferentes asignaturas que se impartan de acuerdo a su grado de estudios.

V. a XXII. ...

Artículo 114. Corresponden de manera exclusiva a las autoridades educativas de los estados y la Ciudad de México, en sus respectivas competencias, las atribuciones siguientes:

I. a XI. ...

XII. Garantizar la distribución oportuna, completa, amplia y eficiente, de los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos complementarios que la Secretaría proporcione para todos los niveles educativos y centros escolares de educación, dando prioridad a los libros de texto gratuitos y demás materiales complementarios gratuitos, destinados a los educandos que requieran educación especial, atendiendo a las condiciones particulares de la discapacidad de cada educando, a fin de proporcionarles materiales accesibles para que puedan llevar a cabo de la mejor manera, su proceso de aprendizaje.

XIII. a XVII. ...

Transitorios

Primero. La secretaría llevará a cabo la distribución de todos los libros de texto en formato accesible y demás materiales complementarios necesarios para que los educandos con alguna discapacidad, puedan obtener los materiales necesarios e idóneos para ellos, para tal efecto, la elaboración, edición, impresión, transporte y entrega de los materiales faltantes en los centros escolares de educación pública, se realizará con base en la disponibilidad presupuestaria de los ejercicios fiscales subsecuentes.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Discapacidad. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Consultado el 12 de enero de 2023 en

https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx#:~: text=De%20acuerdo%20con%20el%20Censo,mujeres%20y%2047%20%25%20son%20hombres.

2 Ibídem.

3 Comunicado de prensa número 713/21, del 3 de diciembre de 2021. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Consultado el 13 de enero de 2023 en

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /EAP_PersDiscap21.pdf

4 Informe especial sobre el estado que guarda el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes con discapacidad en México. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Consultado el 14 de enero en

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-09/I E-estado-educacion-ninez-discapacidad.pdf

5 Ibídem.

6 Ibídem.

7 “Discapacidad y educación”, en El Sol de Córdoba. Francisco Alonso Avilés. Consultado el 16 de enero de 2023 en

https://www.elsoldecordoba.com.mx/analisis/discapacidad-y-educac ion-9403615.html

8 La educación inclusiva: el camino hacia el futuro, Conferencia Internacional de la Educación. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Consultado el 15 de enero de 2023 en

http://www.ibe.unesco.org/fileadmin/user_upload/Policy_Dialogue/ 48th_ICE/General_Presentation-48CIE-4__Spanish_.pdf

9 Educación Especial. Secretaría de Educación del estado de México. Consultado el 14 de enero de 2023 en

 https://seduc.edomex.gob.mx/educacion-especial

10 Programa Sectorial de Educación 2020-2024 de la Secretaría de Educación Pública. Consultado el 15 de enero de 2023 en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/562380/Programa_S ectorial_de_Educaci_n_2020-2024.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Susana Cano González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.



LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

«Iniciativa que adiciona el artículo 51 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena

Susana Cano González, diputada federal del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del artículo 51 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas en materia de pensión por viudez a causa de presunción de muerte del militar, al tenor de la siguiente

I.- Exposición de Motivos

Nuestro país ha elevado a rango constitucional el derecho humano a la seguridad social, nuestra Constitución de 1917, fue pionera en el establecimiento de los derechos sociales y por supuesto, los derechos de la seguridad social, actualmente nuestro sistema jurídico ha ido cambiando y se ha ido adaptando a la nueva dinámica social, sobre todo reconociendo que en México no hay un solo modelo de familia, sino que hay muchos tipos de familia, y por ende, el derecho de seguridad social, transmitido a través de los asegurados a sus derechohabientes y a sus beneficiarios, también debe adaptarse para verdaderamente proteger el derecho humano a la seguridad social de todas y de todos los mexicanos.

La seguridad social es el derecho que tenemos todas y todos, de tener prestaciones que cubran diversas eventualidades que pudieran comprometer nuestra salud, y nuestro bienestar, y aunque normalmente se encuentran relacionados con la vinculación laboral, es cierto que también puede derivar de otras condiciones, tal como lo es ser estudiante en alguna institución de educación pública en nuestro país.

La seguridad social podría clasificar a sus derechohabientes en tres categorías principalmente, derivado de la naturaleza del trabajo que desempeñen, esto es, aquellos cuya actividad laboral, los hace derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de un régimen obligatorio, o a través de un régimen voluntario, por otro lado, tenemos aquellos trabajadores al servicio del Estado, cuya derechohabiencia se encuentra ligada al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ISSSTE, y tenemos a los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas, cuya derechohabiencia corresponde con el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, por otro lado, tenemos el caso particular de la seguridad social de los elementos de la policía, en los distintos niveles, cuyos regímenes de seguridad social, se rigen mayormente por convenios en los distintos niveles de gobierno.

Hablando en términos generales, respecto a las formas de constituir una familia, he de mencionar el matrimonio, como la fuente tradicional, al menos dentro de la realidad social de nuestro país, la seguridad social, tiene perfectamente ubicada a esta institución jurídica, a la cual le da un tratamiento muy similar, en las distintas leyes federales relacionadas, en este sentido, las leyes de seguridad social, están especialmente diseñadas para tener como finalidad, la predominante protección a los cónyuges, incluyendo, cuando alguno de estos adquiere la calidad de persona viuda.

Al respecto de lo anterior, y siendo la razón medular de la presentación de esta iniciativa, es de comentar que una mujer, viuda de un militar, solicito la pensión por viudez, en razón de que su esposo se encontraba desaparecido, y donde más tarde se inició un procedimiento de declaración de ausencia, y de presunción de muerte, por lo que después de ello, ejerció su derecho a la pensión, pero su solicitud fue denegada, por lo que interpuso un Juicio de Nulidad ante tal resolución, por esto, el asunto fue atraído por nuestro máximo tribunal constitucional del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y fue resuelto retomando parte de la argumentación de la quejosa, donde menciona que el Tribunal Colegiado de Circuito, atribuyó al artículo 51, fracción IV de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para las Fuerzas Armadas Mexicanas, que es contrario al derecho humano a la seguridad social, y cuyos resolutivos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, constataron la inconstitucionalidad, al de establecer que los derechos a percibir beneficios de retiro se pierden por dejar de percibir, haber de retiro o compensaciones ya otorgadas o sancionadas sin hacer gestiones de cobro, en un lapso de tres años, cuando la falta de dicha gestión es resultado de la desaparición de un militar, y que en este caso es el esposo de la quejosa.

II.- Planteamiento del problema

El 11 de enero de 2023 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el amparo a la esposa de un militar contra la negativa de una pensión por viudez fundada en una declaratoria de prescripción del haber de retiro de su esposo, por no haber sido reclamado durante más de tres años, dentro de la sentencia, la Corte argumentó que la esposa del militar tiene derecho a pensión por viudez cuando el militar estuvo en calidad de desaparecido y posteriormente se declaró la presunción de su muerte, por ello, y en atención al principio de imprescriptibilidad del derecho a percibir pensión, es necesario realizar la reforma correspondiente a nuestra Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, toda vez, que la ley en los términos que se encuentra actualmente, resulta discriminatoria y vulnera el derecho a la seguridad social de las personas cónyuges de militares.

III.- Consideraciones

El derecho a la pensión deriva de la cobertura que tiene el asegurado, por la realización de sus aportes orientado a procurar el bienestar de su familia, aún después del fallecimiento del propio aportante, tenemos entonces regulados en la ley, las pensiones por orfandad para los ascendientes y de manera más amplia y común para esposas, esposos, concubinas y concubinos.

La Suprema Corte en la sentencia que emitió al Amparo Directo en Revisión 4404/2018 del 10 de octubre de 2018 establece que la seguridad social, en su modalidad de pensión por viudez, tiene por objeto proteger a los familiares dependientes del trabajador que ha fallecido. En este orden de ideas, el derecho a la pensión por viudez tiene su origen en la protección de los cónyuges o concubinos frente al fallecimiento de su pareja, de esta forma se busca proporcionarles un medio de subsistencia digna.

Ahora bien, en lo que respecta a la LISSFAM, citaré diversos conceptos legales que la propia ley enuncia, a efecto de tenerlos presentes para el desarrollo de esta propuesta:

Artículo 4o. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. a III. ...

IV. Fuerzas Armadas, el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada mexicanos;

V. Militares, a los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de México; y, cuando se señalen jerarquías, las disposiciones son aplicables a los grados equivalentes en las Fuerzas Armadas;

VI. Derechohabiente, familiares en línea directa (esposa, esposo, concubina, concubinario, hijos, madre, padre y, en algunos casos hermanos) que tienen derecho a los beneficios estipulados en la ley;

VII. Beneficiario, la persona en cuyo favor se ha designado un beneficio económico por voluntad expresa del militar;

VIII. Deudos, los parientes o familiares del militar fallecido;

IX. a XVIII. ...”

En el artículo 18, la LISSFAM menciona las prestaciones que se otorgarán de acuerdo a la ley, y se establecen las siguientes:

I. Haber de retiro;

II. Pensión;

III. Compensación;

IV. Pagas de defunción;

V. Ayuda para gastos de sepelio;

VI. Fondo de trabajo;

VII. Fondo de ahorro;

VIII. Seguro de vida;

IX. Seguro colectivo de retiro;

X. Venta de casas y departamentos;

XI. Ocupación temporal de casas y departamentos, mediante cuotas de recuperación;

XII. Préstamos hipotecarios y a corto plazo;

XIII. Tiendas, granjas y centros de servicio;

XIV. Servicios turísticos;

XV. Casas hogar para retirados;

XVI. Centros de bienestar infantil;

XVII. Servicio funerario;

XVIII. Becas y créditos de capacitación científica y tecnológica;

XIX. Centros de capacitación, desarrollo y superación para derechohabientes;

XX. Centros deportivos y de recreo;

XXI. Orientación social;

XXII. Servicio médico integral;

XXIII. Farmacias económicas;

XXIV. Vivienda;

XXV. Beca de manutención;

XXVI. Beca escolar, y

XXVII. Beca especial.”

De estos conceptos, es importante destacar dos, los cuales son necesarios derivado a que corresponden a prestaciones económicas en favor de militares retirados y de sus familiares, y que son el haber de retiro y la pensión.

De conformidad con lo establecido por el tercer párrafo del artículo 21 de la LISSSFAM, el haber de retiro es la prestación económica vitalicia a que tienen derecho los militares retirados en los casos y condiciones que fija esta Ley. Una vez integrado el haber de retiro en los términos del artículo 31 de la presente Ley, será considerado como un solo concepto para todos los efectos legales.

Por otro lado, según lo establecido por el cuarto párrafo del artículo 21 de la LISSFAM, la pensión es la prestación económica vitalicia a que tienen derecho los familiares de los militares en los casos y condiciones que fije esta Ley.

Por otro lado, debo mencionar que la LISSFAM en la fracción II de su artículo 22, establece que los familiares de los militares que fallezcan en activo o estando en situación de retiro o no hayan cobrado la compensación acordada, tendrán el derecho a las prestaciones establecidas en ese capitulo de la ley, donde cómo ya se mencionó más arriba, encontramos regulado a la pensión.

La LISSFAM en su artículo 38, desarrolla a través de seis fracciones, ordenadas por orden de prelación, a quienes se les considera cómo familiares, para los efectos de la pensión y/o compensación, estableciendo lo siguiente:

Artículo 38. Se consideran familiares de los militares, para los efectos de pensión y/o compensación:

I.La viuda o el viudo solos o en concurrencia con los hijos, o estos solos si son menores de edad; si son mayores de edad, que no hayan contraído matrimonio o establecido una relación de concubinato, si comprueban cada año, mediante la presentación del certificado de estudios correspondiente, que se encuentran estudiando en instituciones oficiales o con reconocimiento de validez oficial de nivel medio superior o superior, con límite hasta de 25 años de edad, siempre que acrediten mediante información testimonial que dependían económicamente del militar.

Los hijos mayores de edad incapacitados o imposibilitados para trabajar en forma total y permanente, siempre que el padecimiento o enfermedad que lo coloque en dicha situación, sea de origen congénito o se haya contraído dentro del período de la vigencia de sus derechos;

II. La concubina o el concubinario solos o en concurrencia con los hijos, o éstos solos que reúnan las condiciones a que se refiere la fracción anterior, siempre que, por lo que hace a la concubina o concubinario, existan las siguientes circunstancias:

a) Que tanto el militar como la persona que se ostente como concubina o concubinario hayan permanecido libres de matrimonio durante su unión, y

b) Que haya habido vida marital durante los cinco años consecutivos anteriores a la muerte, o bien que durante su relación de concubinato hayan procreado hijos;

III. La madre;

IV. El padre;

V. La madre conjuntamente con el padre, y

VI. Los hermanos menores de edad que dependan económicamente del militar hasta los 25 años de edad siempre y cuando acrediten los requisitos que se establecen para los hijos en la fracción I del presente artículo; así como los hermanos incapacitados e imposibilitados para trabajar en forma total y permanente, que dependan económicamente del militar, siempre que la enfermedad o el padecimiento sea de origen congénito o se haya contraído dentro del periodo de vigencia de sus derechos.”

Pareciera que la ley es muy clara y que no habría razón para confusión al momento de dar o denegar, la pensión por viudez a la persona viuda que lo solicite, no obstante, el problema en materia jurídica y que es el causante de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con respecto al Amparo Directo en Revisión 4619/2022, es lo establecido por el artículo 51 de la LISSFAM, en específico, lo relacionado con la fracción IV, y para ello cito el artículo en comento:

Artículo 51. Los derechos a percibir beneficios de retiro se pierden por alguna de las siguientes causas:

I. Baja del Ejército, Fuerza Aérea o Armada de México;

II. Sentencia ejecutoriada que origine la pérdida del beneficio;

III. Por adquirir otra nacionalidad estando en activo, y

IV. Por dejar de percibir haber de retiro o compensación ya otorgadas o sancionadas sin hacer gestiones de cobro en un lapso de tres años.”

En este apartado, es de darle especial atención a lo establecido por la fracción IV del artículo 51, recordemos que el amparo 4619/2022 solicitado por la quejosa y que da como resultado la sentencia en la cual se establece por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que la omisión de solicitar el pago del haber de retiro se debió a que el militar se encontraba en calidad de desaparecido y cuando se tuvo por verificada judicialmente la presunción de muerte fue cuando su viuda solicitó la pensión, por lo tanto no puede considerarse que perdió su derecho a reclamar este beneficio de la seguridad social, ya que estamos hablando de hechos que salen de la hipótesis que se regula en la norma, pero que de ninguna manera podría constituir un obstáculo para acceder a la pensión por viudez, debo mencionar que respecto a la declaración de ausencia de una persona, o su presunción de muerte, los cuales sólo le obtienen a través de procesos judiciales, obteniendo una ejecutoria, que más tarde se inscribe en el Registro Civil.

Para ello tenemos regulado en el Código Civil Federal y en los Códigos Civiles de las entidades federativas, el proceso mediante el cual se establece que cuando una persona haya desaparecido y se ignore el lugar donde se halle y quien la represente, el juez, a petición de parte o de oficio, nombrará un depositario de sus bienes, la citará por edictos publicados en los principales periódicos de su último domicilio, señalándole para que se presente un término que no bajará de tres meses, ni pasará de seis, y dictará las providencias necesarias para aseguras los bienes, esto de acuerdo a lo establecido por el artículo 648 del Código Civil Federal, el artículo 669 del mismo Código, establece que pasados dos años desde el día en que se haya nombrado representante, habrá acción para pedir la declaración de ausencia, y en términos de los establecido por el artículo 705 del mismo ordenamiento, se regula la presunción de muerte del ausente, estableciéndose que cuando hayan transcurrido seis años desde la declaración de ausencia, el juez, a instancia de parte interesada, declarará la presunción de muerte.

Como podemos apreciar, el proceso para llevar a cabo la sentencia en la cual un juez establezca la presunción de muerte, puede llevar hasta 6 años, a partir de la declaración de ausencia de la persona, por ende la fracción IV del artículo 51 de la LISSFAM, en los términos que actualmente está planteado, vulnera tajantemente el derecho a la seguridad social de las y los mexicanos, generando la necesidad de adoptar una reforma, que prevea este tipo de casos, para evitar que en un futuro aquellas personas que se encuentren en esa hipótesis, deban contratar algún asesor jurídico o erogar mayores gastos para hacer cumplir sus derechos.

Por ello, a fin de ilustrar a esta soberanía sobre la reforma planteada, presento la siguiente:

IV.- Propuesta legislativa

V.- Decreto

Es por lo anteriormente expuesto que se somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto:

Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del artículo 51 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Único. — Se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del artículo 51 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para quedar como sigue:

Artículo 51. Los derechos a percibir beneficios de retiro se pierden por alguna de las siguientes causas:

I. a III. ...

IV. Por dejar de percibir haber de retiro o compensación ya otorgadas o sancionadas sin hacer gestiones de cobro en un lapso de tres años.

Cuando la omisión de solicitar el pago del haber de retiro derive del hecho de que el militar se encontrará en calidad de desaparecido, y una vez que se declare judicialmente la presunción de su muerte, la persona viuda con derecho a pensión, podrá solicitarla en los términos establecidos por esta ley.

Transitorio

Único. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Datos Principales. Expediente 4619/2022. Amparo Directo en Revisión. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Consultado de:

https://www2.scjn.gob.mx/ConsultaTematica/PaginasPub/DetallePub. aspx?AsuntoID=302088&SinBotonRegresar=1

2 Cuadernos de Jurisprudencia número 6. Derecho a la Seguridad Social Pensión por Viudez en el Matrimonio. Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Consultado de:

https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/biblioteca-virtual/derecho-la -seguridad-social-pension-por-viudez-en-el-matrimonio

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Susana Cano González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

«Iniciativa que reforma el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, suscrita por las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

I. Exposición de Motivos

La facultad exclusiva que quizás más distingue a la Cámara de Diputados de la de Senadores es la fracción IV que a la letra establece: “Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo”.

Sin embargo, el presupuesto de egresos tiene que verse a profundidad lo que significa. Es fundamental recibirlo, examinarlo y actualizarlo en su triple dimensión: ética, política y social.

Es el presupuesto la expresión del mayor bien posible, de ahí que la discusión del presupuesto de egresos nos lleva meses, porque no tenemos que ir por los males menores sino por los mayores bienes posibles para nuestro país en términos de derechos, de convivencia sana, de posibilidades para la generación de bienes públicos que permitan caminar juntos.

Tiene una dimensión política porque es la expresión clara de las políticas públicas de un gobierno; sin políticas públicas no se generan bienes y un gobierno no tiene como fin la felicidad sino el bien común y en ello va el desarrollo integral del pueblo. Las políticas públicas son el instrumento con el que se generan bienes públicos de acuerdo, sin duda, con las prioridades del propio gobierno.

Pero el presupuesto, y vale la pena desagregar la dimensión social del presupuesto por el efecto distributivo que tiene en la construcción del bien común. Las cargas, los beneficios se van repartiendo de distinta manera. Por la justicia distributiva, las cargas se reparten por ejemplo en la Ley de Ingresos y los beneficios en el presupuesto de egresos.

Miren, la Ley de Ingreso tiene una relación directa con lo que se conoce como justicia general o legal donde el Estado es el titular del derecho y los demás, los particulares, estamos obligados frente al Estado, a contribuir, a pagar los impuestos, a cumplir nuestras obligaciones de un buen ciudadano.

Pero en el presupuesto la relación directa es con la justicia distributiva, aquella cuyo titular es el particular, es la persona. Y es esta representación la que también revisa cómo distribuir esa carga.

En 2019 se reformó la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para darle una facultad al Ejecutivo que excede de las funciones de un presidente de la República y que incluso puede dar lugar a errores voluntarios —o no—. Pero sobre todo en los casos de sobrepresupuesto.

Esta reforma transgredió de manera indirecta la división de poderes, así como los contrapesos de ambos para lograr un equilibrio en facultades. Da la potestad al Poder Ejecutivo en turno decidir en qué van a destinar los ahorros generados en la administración pública. La consecuencia de esto es generar una facultad discrecional a una sola persona y se desvanece la división de poderes ya mencionada, entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo.

Después del análisis, observamos que la decisión del Poder Ejecutivo para asignar adónde se aplicará este recurso ahorrado está bajo un esquema discrecional.

Ahora bien, el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, nos dice que:

“Artículo 61. [...] Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables a los programas del ejecutor del gasto que los genere. Por cuanto hace al Poder Ejecutivo federal, dichos ahorros se destinarán a los programas previstos en el Plan Nacional de Desarrollo o al destino que por decreto determine el titular”.

Esto quiere decir que las dependencias u organismos que generen ahorro prácticamente ya no decidirán en qué destinar los recursos ahorrados, realmente es el presidente que decide. En este sentido, las facultades del Poder Legislativo están pasando a ser facultades del Ejecutivo, a través de una norma inferior a la Constitución.

Se pierde la división de los poderes que es la técnica de control de poder para defender a los ciudadanos y el equilibrio del Estado. La separación de poderes aplica a diferentes estructuras gubernamentales y principios organizacionales. Una división organizacional se ve desde diferentes partes del gobierno, se habla de un gobierno, estado o unión que mantiene a los poderes unidos, conectados. Sin embargo, cada poder debe tener su propio aparato organizacional autónomo e independiente de los demás. Los límites constitucionales no pueden ser disputados, porque eso son, límites. La cooperación entre Legislativo y Ejecutivo es concurrente y, a veces, pero sin olvidar que hay una lista de facultades para cada uno de los poderes. Esta división de poder es importante, ya que evitamos la usurpación de funciones constitucionales.

La adición que se hizo en el último punto del artículo 61 nos dice que se determinará conforme a los programas previstos en el Plan Nacional de Desarrollo o por decreto del presidente. Y es precisamente esta última adición la que le genera una facultad discrecional. Esto también se liga a posibles exigencias del titular de Poder Ejecutivo hacia las dependencias, para generar ahorro y poder gastarlo discrecionalmente en lo que decida, sin reportarle a nadie.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria es clara al señalar que los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos. Sin embargo, consideramos que el titular del Ejecutivo federal tiene a su total discrecionalidad determinar el destino de los ahorros generados como resultado de la austeridad y disciplina presupuestaria, esto ha implicado que la orientación de los recursos se destine a programas populistas, obras faraónicas y caprichos y no a satisfacer la política económica, social y de seguridad que son la verdadera prioridad para la sociedad.

Con la iniciativa que se propone se resta poder al titular del Ejecutivo federal y los ahorros generados como resultado de la aplicación de las medidas de austeridad sean determinados por los titulares de los ejecutores del gasto con base a sus propios presupuestos, hay que tomar en cuenta que el uso de los recursos del que dispongan se ejercerá con medidas de eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución.

Con el objetivo de tener claridad en las medidas de ahorro generado por las medidas austeridad y disciplina presupuestaria podemos señalar que en 2019 se generaron ahorros por 71 mil 15.1 millones de pesos, de los cuales 94.5 por ciento se obtuvo por las medidas relacionadas con el gasto en operación, 2.6 por ciento a través de gastos en servicios personales y 2.9 por ciento en gasto de inversión.

En el contexto de 2020 se generaron ahorros adicionales por 3 mil 744.2 millones de pesos, de los cuales 52.9 por ciento se obtuvo por las medidas relacionadas con el gasto de operación, 44.5 por ciento a través de gastos en servicios personales y 2.6 por ciento en gasto de inversión.

En 2021 se mantuvieron las medidas de austeridad que generaron ahorros adicionales por 3 mil 856.5 millones de pesos, en el que los Poderes y entes autónomos aportaron 65 por ciento de los ahorros y la administración pública federal 35 por ciento.

Esto sólo ha pasado en este gobierno, a partir de esta reforma que se hizo el 19 de noviembre de 2019. Con lo anterior, el gobierno, entre 2019 y 2021, ha generado ahorros por 78 mil 615.8 millones de pesos de los que ha dispuesto para privilegiar sus programas y proyectos previstos en el Plan Nacional de Desarrollo o al destino que por decreto ha determinado el titular del Ejecutivo federal.

Esta iniciativa atiende a la armonización de nuestras leyes con las sentencias emitidas por el Poder Judicial mediante la Suprema Corte de Justicia de la Nación derivado de una acción de inconstitucionalidad número 139/2019, cuya sentencia se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre de 2022, el párrafo que se busca reformar con esta iniciativa es precisamente el párrafo declarado como inconstitucional por nuestro máximo órgano constitucional.

II. Ordenamientos a modificar

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Por lo expuesto, plenamente comprometidos con un Estado democrático, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Artículo 61. Los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos.

Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO A LA SEMARNAT, A REALIZAR UN ESTUDIO JUSTIFICATIVO DE 10 ÁREAS IMPORTANTES PARA LA BIODIVERSIDAD EN NUEVO LEÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a realizar un estudio justificativo de 10 áreas importantes para la biodiversidad en Nuevo León, a cargo de la diputada Karla Estrella Díaz García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Karla Estrella Díaz García, integrante del Grupo Parlamentario Morena en LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea con carácter, de pronta resolución, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a la brevedad realice un estudio justificativo de 10 áreas importantes para la biodiversidad en el Estado de Nuevo León; al tenor de los siguientes:

Consideraciones

Si cada vez que escuchamos sobre áreas naturales protegidas nos viene a la mente un bello paisaje, probablemente con algún cuerpo de agua, árboles y animales, estamos en lo correcto. Estas extensiones representan la total pureza que aún existe en la Tierra.

En México y el mundo existen diversas áreas naturales protegidas; la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente las define como las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas al régimen previsto en la presente Ley, su establecimiento tiene por objeto:

I. Preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles, así como sus funciones, para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos.

II. Salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres de las que depende la continuidad evolutiva; así como asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional, en particular preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial.

III. Asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos, y sus funciones.

IV. Proporcionar un campo propicio para la investigación científica y el estudio de los ecosistemas y su equilibrio.

V. Generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional.

VI. Proteger poblados, vías de comunicación, instalaciones industriales y aprovechamientos agrícolas, mediante zonas forestales en montañas donde se originen torrentes; el ciclo hidrológico en cuencas, así como las demás que tiendan a la protección de elementos circundantes con los que se relacione ecológicamente el área.

VII. Proteger los entornos naturales de zonas, monumentos y vestigios arqueológicos, históricos y artísticos, así como zonas turísticas, y otras áreas de importancia para la recreación, la cultura e identidad nacionales y de los pueblos indígenas.

De lo anterior se concluye que, las áreas naturales protegidas son una herramienta de conservación que cumplen varios objetivos y proporcionan una multitud de beneficios tanto para los pobladores de zonas aledañas como para la región, el país y el planeta, ya que mantiene la fauna y flora silvestres, los paisajes naturales, los procesos ecológicos, captan grandes volúmenes de agua requerida para el sustento de las poblaciones locales, capturan y almacenan dióxido de carbono, con esto ayudan a controlar las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) que provocan el cambio climático, entre muchos otros.

De hecho, según datos de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) y el Centro de Monitoreo de la Conservación Ambiental del PNUMA, el 14.7% de todas las tierras del planeta y el 10% de las aguas territoriales están bajo algún tipo de protección, ya sea mediante parques nacionales o áreas de conservación.

Las áreas naturales protegidas se encuentran en todo el mundo y son esenciales para el desarrollo sostenible a través de actividades económicas como el ecoturismo. De tales actividades, los pobladores de comunidades indígenas obtienen ingresos para su supervivencia y la de sus familias. Los paisajes mantienen importantes valores culturales y muchos de ellos albergan formaciones únicas en el planeta o que tienen una antigüedad de cientos de años.

Se busca incrementar el espacio protegido de manera que varias áreas queden conectadas para permitir un mejor flujo de elementos naturales y seres vivos. Esto no significa que las poblaciones sean removidas, al contrario, es de mucha importancia que los habitantes de comunidades locales participen en las acciones de protección y sean “vigilantes” ante actos ilegales.

Al respecto es de resaltar que México, es uno de los países megadiversos, que mayor liderazgo ha desarrollado dentro del Convenio de Diversidad Biológica (CDB), del cual es signatario desde 1993, particularmente en los temas de áreas protegidas, y del uso y conocimiento de la biodiversidad. Ante el CBD, México tenía el compromiso de que, en el año 2020, el 17% de la parte terrestre de su territorio, así como el 10% de su superficie marina se encontraran dentro de superficies de conservación en diversas modalidades. (Meta 11 de Aichi).

En ese marco, en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 (Promarnat), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de Diciembre de 2013, se incorporó el indicador “Superficie conservada por medio de sistemas de áreas protegidas y otras modalidades de conservación” alineado al objetivo “Recuperar la funcionalidad de cuencas y paisajes a través de la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable del patrimonio natural”, estableciendo como meta a noviembre 2018, alcanzar los porcentajes de superficie protegida terrestre y marina citados, lo que implica el cumplimiento de la Meta 11 de Aichi dos años antes de lo previsto.

Por otro lado, durante la COP 15 celebrada en Montreal Canadá, se aprobó el Marco Mundial Kunming-Montreal de la Diversidad Biológica, ante uno de los retos más grandes que es detener la acelerada pérdida de biodiversidad, donde se incluyen 23 metas de conservación que deberán cumplirse para el 2030, que sustituye a las Metas de Aichi, que expiraron en 2020 y quedaron muy alejadas de su pleno cumplimiento.

Entre las metas globales que deberán cumplirse a más tardar en 2030 se encuentran el efectivo manejo y conservación de, por lo menos, el 30 % de las tierras, aguas continentales, áreas costeras y océanos, reconociendo los territorios indígenas, a mayor abundamiento la Meta 3 señala:

“Conseguir y hacer posible que, para 2030, al menos el 30 por ciento de las zonas terrestres, de aguas continentales y costeras y marinas, especialmente las zonas de particular importancia para la biodiversidad y las funciones y los servicios de los ecosistemas, se conserven y gestionen eficazmente mediante sistemas de áreas protegidas ecológicamente representativos, bien conectados y gobernados de forma equitativa, y otras medidas eficaces de conservación basadas en zonas geográficas específicas, el reconocimiento de los territorios indígenas y tradicionales, cuando proceda, integrados en paisajes terrestres, marinos y oceánicos más amplios, velando al mismo tiempo porque todo uso sostenible, cuando proceda en dichas zonas, sea plenamente coherente con los resultados de la conservación, reconociendo y respetando los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales.”

En este tenor el estado de Nuevo León cuenta con una enorme diversidad de flora y fauna, en donde se puede encontrar más de 450 especies de aves, alrededor de 160 especies de mamíferos entre los que destacan, seis especies de felinos, como lo son el jaguar ( panthera onca) puma ( puma concolor), gato montés ( felis silvestris), ocelote ( leopardus pardalis), así como oso negro ( ursus americanus) y perrito de la pradera ( cynomys mexicanus).

Alrededor de 3,000 especies de plantas vasculares, siendo representativas las cactáceas y los encinos; aproximadamente de 150 especies de anfibios y reptiles. En el grupo de insectos se puede mencionar cerca de 250 especies de mariposas, entre otros, como escarabajos, libélulas y más.

Por ello, actualmente cuenta con las siguientes Áreas Naturales Protegidas Federales:

Actualmente se han detectado 10 áreas importantes para la biodiversidad en el estado de Nuevo León susceptibles de ser declaradas como Áreas Naturales Protegidas en sus diversas categorías, mismas que a continuación se detallan:

Nuevo león al encontrarse en una región predominantemente semiárida, presenta condiciones geográficas que le permiten una vegetación altamente diversa. Los matorrales ocupan más de la mitad de la superficie del estado, mientras que los bosques de coníferas y encinos se encuentran en las zonas altas.

La cubierta de uso del suelo y Vegetación de la Serie 7 (INEGI, 2021) del estado de Nuevo León, presenta 21 tipos de vegetación primaria, de las cuales con las ANP existentes y las 10 ANP propuestas, se cubrirían 14 tipos de vegetación con más del 30 % de cobertura, 5 en omisión y 2 en la categoría de vacío. Cumpliendo con la meta 3 del Marco Mundial Kunming-Montreal de la Diversidad Biológica de México ante el CDB de las metas de CUMIN.

Es por ello que, se requiere de diversas instituciones del Gobierno Federal, incluyendo la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Comisión Nacional Forestal, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) y la Dirección General de Vida Silvestres (Dgvs), junto con el Gobierno del Estado de Nuevo León, propietarios particulares, ejidos y comunidades para que desarrollen importantes esfuerzos para lograr el cumplimiento de la Meta 3 Marco Mundial Kunming-Montreal de la Diversidad Biológica de México ante el CDB.

Por lo expuesto, y solicitando el consentimiento del pleno para que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, reciba el trámite de urgente u obvia resolución, la suscrita diputada, someto a la elevada consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto de la división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, analice y, en su caso, considere la pertinencia de realizar los estudios previos y justificativos para, en su caso, declarar al Cerro el Barbero, Lomeríos de Matorral espinoso tamaulipeco, Sierra de García , Sierra de Papagayos, Sierra del Coro y Matorrales del sur, Sierra Gomas, Sierra las Mazmorras y pastizales prístinos , Sierra Madre Oriental , Sierras de Enmedio-Minas Viejas y las Sierras Lampazos-Sabinas como áreas naturales protegidas competencia de la Federación.

Notas

1. https://www.biodiversidad.gob.mx/region/areasprot

2. https://www.gob.mx/conanp/articulos/las-areas-naturales-protegidas-y-la-salud-h umana#:~: text=Nuestras%20ANP%20capturan %20y%20almacenan,que%20nos%20ofrecen%20las%20ANP.

3. https://www.cbd.int/doc/c/2c37/244c/133052cdb1ff4d5556ffac94/ cop-15-l-25-es.pdf

4. http://sig.conanp.gob.mx/website/pagsig/listanp/

Referencias

- Reflexión de las Metas de Conservación basadas en Áreas Post 2020, Isla Cozumel, Quintana Roo México

https://redparques.com/modules/ecom/documentos/grupotrabajo/arch ivo_4e732ced3463d06de0ca9a15b6153677.pdf

- Marco Mundial de Biodiversidad Post 2020

https://www.biodiversidad.gob.mx/planeta/internacional/cbd/marco -mundial-de-biodiversidad-post-2020

- Ramírez, Manuel Oscar; Alliance México. Las metas globales de biodiversidad Post-2020: Identificando retos y oportunidades.

https://iki-alliance.mx/las-metas-globales-de-biodiversidad-post -2020-identificando-retos-y-oportunidades/

- Marco Estratégico Global Post 2020 del Convenio sobre Diversidad Biológica,

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/minuta_conadibi o_reu_marco_post2020_18jun.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Karla Estrella Díaz García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE NUEVO LEÓN, A CAPACITAR Y SANCIONAR A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE NO CUMPLAN CON LO ESTIPULADO EN LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Nuevo León a capacitar y sancionar a los servidores públicos que no cumplan con lo estipulado en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta, respetuosamente, al gobierno de Nuevo León para que capacite y sancione a los servidores públicos que no cumplan con lo estipulado en la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado de Nuevo León.

Exposición de Motivos

I.- El 7 de junio de 2022, el gobernador constitucional de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda, luego de la renuncia de Graciela Guadalupe Buchanan Ortega como magistrada del Tribunal Superior de Justicia, este la nombró como Secretaria de las Mujeres.

En dicho nombramiento, el gobernador constitucional expuso que la integración de Buchanan reafirmaría la perspectiva de género en su administración.

Sin embargo, en un reportaje realizado por Alejandra Barriguete y Alberto Pradilla para el portal N+ en el que se expone los casos de desapariciones de las mujeres en el estado así como los procesos de búsqueda que se ven dificultados por diversas aristas gubernamentales, según los familiares de las mismas, la funcionaria pública argumentó lo siguiente:

Aquí en Nuevo León, no hay una ola de mujeres desaparecidas. Hay una ola de mujeres que se salen de sus hogares, pero luego son encontradas y hay algunas mujeres, que han sido unas cuantas, que por la comisión de un delito no han sido localizadas. Y en algunos otros casos, desafortunadamente, ligadas a la delincuencia organizada.

(...)

Generalmente, las mujeres que están dentro de la trata de personas no son, necesariamente, originarias de Nuevo León. En muchos de los casos son de otros estados de la República que, desafortunadamente, pues tienen un mayor índice, nada más que lo registran mal o no lo registran porque es mucho más fácil maquillar las cifras para no aparecer en esos sentidos.

En Nuevo León somos correctos en el punto de vista de estrictamente jurídicos hacer las cosas. (Sic)

Ante estas declaraciones diputadas del Congreso Local de Nuevo León exigieron que la funcionaria se disculpara públicamente y reconociera que sí existe una ola de mujeres desaparecidas en el estado, pues no solo minimiza la desaparición de personas en Nuevo León sino que re victimiza a las víctimas de esta problemática.

Asimismo, lo anteriormente señalado se contrapone con el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres, puesto que en el título segundo se enuncia las funciones que dicho ente debe realizar.

Segundo. Que el artículo 37 del ordenamiento legal citado, establece que la Secretaría de las Mujeres es la dependencia encargada de formular, coordinar e instrumentar la política del Estado, planes y programas que garanticen el goce, promoción y difusión de los derechos de las mujeres, y de prevenir y atender las violencias de género en el Estado.

Respecto al titular de la Secretaría de las Mujeres el Reglamento Interior establece en el artículo onceavo las facultades con las que cuenta.

III.Representar legalmente a la secretaría en el ámbito de su competencia y actuar en representación del Estado en el ejercicio de las facultades en materia de derechos humanos de las mujeres; prevención, atención, sanción y erradicación de las violencias de género.

VIII. Elaborar, promover, implementar y evaluar las políticas, programas, proyectos y acciones que de manera transversal e interseccional se orienten hacia la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres, así como someterlos a la consideración de la persona titular del Poder Ejecutivo.

X. Establecer y llevar a cabo los programas y políticas públicas transversales relativos a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, sus hijas e hijos; así como el ejercicio de sus derechos.

XIX. Coadyuvar con las instancias municipales de las mujeres para implementar políticas públicas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de las mujeres y su protección integral, en concordancia con las estrategias estatales que se determinen sobre la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género.

Por las fracciones mencionadas se expone la necesidad de contar con personal que vaya en correlación con los objetivos, facultades, la visión y misión de las instituciones, y sobre todo si se trata de instituciones que busquen la atención a problemas sociales con perspectiva de género, ya que obstaculiza el proceso de atención a la ciudadanía, demerita el trabajo de las demás autoridades gubernamentales así como afectar directamente a las víctimas y familiares.

Sin embargo, la funcionaria Graciela Guadalupe Buchanan Ortega no ha sido la única funcionaria pública que se ha visto envuelta en la problemática señalada.

Dentro del mismo reportaje citado, la comisionada de búsqueda de Nuevo León, María de la Luz Balderas, comentó acerca de las desapariciones en el estado.

No existe una crisis de desapariciones. Hemos hecho un contexto y tenemos entrevistas de las mujeres que se han ido localizando y la mayor parte de ellas han sido por diferentes causas, pero no porque fueron víctimas de desaparición forzada, pudieron haber sido víctimas de violencia familiar.

(...)

No son desapariciones, nosotros las buscamos como si estuvieran desaparecidas.

Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CBL), más de 900 mujeres faltan en sus hogares desde 2018, es decir, una cada dos días. Es importante mencionar que, solamente se investiga una desaparición de cada cuatro mujeres, de acuerdo a las mismas fuentes.

II.- Siguiendo con la línea de funcionarios públicos que se han visto envueltos en la misma problemática que es la desatención al profesionalismo y su capacitación, se presenta el caso posterior.

A mediados del 2022, el gobernador constitucional actual, Samuel Alejandro García Sepúlveda —mismo que dio el nombramiento a Buchanan en la Secretaria de la Mujer-, ante la fuerte sequía y la pérdida del suministro de la energía eléctrica que se vivía en el estado, argumentó en una conferencia de prensa lo siguiente:

Ahora la mentada de madre también me llega porque no hay luz, como si yo manejo CFE. Y ahora resulta que la mentada de madre es porque no hay agua, como si a mí me toca el abasto del agua. Pues no señores, el abasto del agua le toca a Conagua, el abasto de la luz le toca a la CFE, a Agua y Drenaje le toca organizar con los alcaldes la distribución, pero qué distribuye si no hay.

Esta declaración por parte del gobernador constitucional del estado atenta contra el artículo séptimo de la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado de Nuevo León, el cual hace hincapié en el desempeño de los servidores públicos.

Artículo 7. Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, transparencia, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios, los servidores públicos observarán las siguientes directrices:

(...)

III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

(...)

V. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades.

(...)

VII. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.

El encargado del Poder Ejecutivo en el estado de Nuevo León —y de ningún otro-, debe deslindarse de las responsabilidades sobre atender y dar seguimiento a las necesidades de la población de su demarcación porque esa es precisamente su principal función que en consecuencia de evadir perdería el sentido de llamarse funcionario público.

Sin bien es cierto, el Poder Ejecutivo cuenta con la facultad de delegar tareas para poder atender las necesidades sociales de una manera más rápida y eficiente, pero no puede deslindarse de la responsabilidad de dar seguimiento y conocer las problemáticas que aquejan a la sociedad, pues es gracias a ella que se encuentra en dicho cargo público.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno de Nuevo León para que capacite y sancione a los servidores públicos que no cumplan con lo estipulado en la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado de Nuevo León.

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno de Nuevo León, a que, a través de la dependencia correspondiente, realice una campaña de capacitación y difusión entorno a las responsabilidades que todo servidor público debe cumplir conforme a la normatividad, específicamente lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado de Nuevo León, con el objeto de proteger y garantizar el ejercicio de los derechos humanos de los habitantes del estado.

Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno de Nuevo León para que, a través del órgano interno de control del Estado, inicie los procedimientos administrativos, y en su caso, se sancione a los funcionarios que no cumplan con sus obligaciones previstas en la ley, ya sea por ignorancia o mala fe.

Notas

1 INFOBAE, “Samuel García nombró a Graciela Buchanan como Secretaria de las Mujeres en Nuevo León”, 8 de Junio de 2022, disponible en

https://www.infobae.com/america/mexico/2022/06/08/samuel-garcia- nombro-a-graciela-buchanan-como-secretaria-de-las-mujeres-en-nuevo-leon/, consultado el 09 de marzo de 2023

2 Barriguete, A, Pradilla, A, “Desaparecidas Ignoradas: Peligro Ser Mujer Nuevo León”, N+, 06 de marzo de 2023, disponible en

https://www.nmas.com.mx/nacional/violencia-contra-las-mujeres-en -nuevo-leon-desaparecidas-e-ignoradas-por-la-justicia, consultado el 09 de marzo de 2023.

3 Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres, 21 de enero de 2022, disponible en

http://sistec.nl.gob.mx/Transparencia_2015/Archivos/AC_0001_0004 _0170166-0000001.pdf, consultado el 09 de marzo de 2023.

4 Ídem.

5 Espinosa, G, Como si a mí me tocara el abasto del agua”, se queja Samuel García, 09 de junio de 2022, Sopitas.com, disponible en

https://www.sopitas.com/noticias/abasto-agua-nuevo-leon-gobernad or-samuel-garcia-queja/, consultado el 13 de marzo de 2023

6 Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, disponible en

https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/LEY%20DE%2 0RESPONSABILIDADES%20ADMINISTRATIVAS%20DEL%20ESTADO%20DE%20NUEVO%20LEON.pdf?202 3-01-27, consultado el 13 de marzo de 2023

7 Este mismo la encargada de la Secretaría de la Mujer en Nuevo León, ha atentado con las declaraciones anteriormente mencionadas.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Ciudad de México, a 19 de abril de 2023.– Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO Y A LA FISCAL GENERAL DE GUERRERO, A INVESTIGAR EL ASESINATO DE LÍDERES ANTORCHISTAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno y a la Fiscal General de Guerrero a realizar las investigaciones concernientes para aclarar los hechos en el infame asesinato de líderes antorchistas, a cargo del diputado Brasil Alberto Acosta Peña, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Brasil Alberto Acosta Peña, integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta a la gobernadora del estado de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda, así como a la Fiscal General del estado de Guerrero, Sandra Luz Valdovinos Salmerón, para que, de forma oportuna, pronta y eficaz, se realicen las investigaciones concernientes para aclarar los hechos en el infame asesinato de líderes antorchistas, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El 12 de abril del presente año, alrededor de las cuatro de la tarde fue informado un accidente automovilístico cerca del poblado de Agua de Obispo, perteneciente al municipio de Chilpancingo, justo en el tramo que va de Chilpancingo-El Ocotito, según primeras noticias el automóvil salió de la carretera y se desbarrancó. A bordo iban Conrado Hernández Domínguez, su esposa Mercedes Martínez Martínez y su hijo de seis Vladimir Tlacaélel Hernández Domínguez.

No obstante, ahora sabemos, gracias a un dictamen pericial, que no se trató de un accidente, sino que al momento de desbarrancar los pasajeros ya estaban muertos. El dictamen de la autopsia indica que los compañeros Conrado y Mercedes fueron asesinados a golpes, mientras que su hijo Vladimir fue asfixiado. También consta que los tres cuerpos fueron encontrados en la parte de atrás del vehículo.

Otro aspecto a considerar es que el automóvil no mostraba volcaduras, propias a ese tipo de accidentes.

Los compañeros asesinados eran integrantes del Comité Estatal de Antorcha en el estado de Guerrero, el compañero Conrado fue líder del antorchismo en Chilpancingo de los Bravos durante 10 años mientras que su esposa Mercedes era dirigente de los antorchistas en la zona de Cañada, desde hace año y medio. En estos días estuvieron reunidos por el periodo vacacional.

Queda entonces claro que el auto desbarrancado fue una forma de despistar o de ocultar el crimen en contra de nuestros compañeros activistas.

No podemos dejar de mencionar el contexto en el que se dan estos asesinatos, las acusaciones del presidente de la República en contra de las organizaciones sociales (El Movimiento Antorchista Nacional ha sido uno de los receptores), generan un discurso de odio hacia los activistas y al mismo tiempo los pone en riesgo.

Cito las palabras de mi compañero Homero Enríquez, vocero nacional del Movimiento Antorchista:

Si los responsables son de un grupo delictivo que digan cuál y si forma parte de la política directa de persecución contra Antorcha con mayor razón se debe encontrar a los responsables. Este asunto es grave, además, porque todos sabemos el contexto en el que se están dando estos crímenes, acusaciones, mentiras directas del presidente de la República contra las organizaciones, eso es matar a la gente verbalmente. Nosotros no decimos que ellos ordenaron su muerte, pero el contexto lo están formando, claro que sí, acusar a las organizaciones o a los individuos sin que se haga en una instancia correspondiente y se abuse del poder presidencial es estar preparando el escenario para que la gente se le agreda, para que a la gente se le mate como en este caso.

Es urgente, en cualquier caso, que no haya impunidad, que los grupos delictivos o los perseguidores políticos sepan que en México existe un Estado de derecho que se hace valer.

Por tanto, solicitamos a esta soberanía que, con nosotros, exija justicia, nadie merece ser privado de la vida y que su agresor quede impune.

Por lo anteriormente expuesto y motivado, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la gobernadora del estado de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda, así como a la Fiscal General del estado de Guerrero, Sandra Luz Valdovinos Salmerón, para que, de forma oportuna, pronta y eficaz, se realicen las investigaciones concernientes para aclarar los hechos en el infame asesinato de los líderes Antorchistas, Conrado Hernández Domínguez, Mercedes Martínez Martínez y su pequeño hijo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de abril de 2023.– Diputado Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A AUTORIDADES DE MORELOS A AUTORIZAR EL BONO DE RETIRO DE CONSEJEROS Y CONSEJERAS DEL INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a autoridades diversas de Morelos en materia electoral a autorizar el bono de retiro de consejeros y consejeras del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, Jorge Álvarez Máynez, diputado federal y coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente

Exposición de Motivos

I. El pasado 8 de marzo, en una sesión extraordinaria urgente, la Secretaría Ejecutiva presentó un proyecto de modificación al reglamento interno del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) en el artículo 50 Bis, el cual plantea otorgar a las y los Consejeros tres meses de salario por cada año por el que fueron designadas y designados, en este caso por 7 años.

Dicha propuesta fue aprobada en esa misma sesión por 6 votos a favor y únicamente 1 en contra, cabe destacar que a favor de este proyecto votó Javier Arias, Enrique Pérez, Pedro Alvarado, Isabel Guadarrama, Elizabeth Martínez y Mayte Casales, mientras que el votó en contra fue de la consejera presidenta Mireya Gally Jordá.

A todo esto, la consejera presidenta declaró lo siguiente:

“Yo voté en contra porque esa acción que va contra mis principios y convicciones, el hecho de que yo haya concursado para ser consejera pues llevaba con ello toda una responsabilidad en torno a la transparencia y a actos”

Tenemos que precisar que consejeros de ese instituto se han visto envueltos en polémicas, pues el pasado 22 de agosto de 2022 fueron destituidos los consejeros Javier Arias, Enrique Pérez e Isabel Guadarrama por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, esto a causa de negligencia, dilatación e invasión de funciones, aunque esta determinación fue revocada posteriormente mediante determinación judicial.

Tras esta propuesta, ciudadanas y ciudadanos buscan evitar que avance dicho proyecto, por lo que presentaron un Juicio para la protección de los Derechos Políticos Electorales ante la autoridad jurisdiccional.

Y es que, de continuar este proyecto, las y los consejeros serían acreedores a una prestación económica de 21 meses de salario, y en su caso recibirían un aproximado de 1 millón 650 mil pesos y la presidencia 1 millón 800 mil pesos. Asimismo y conforme con datos de activistas de dicha entidad, la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos señala que cuando un consejero se separa del encargo al que fue designado, le corresponden tres meses de salario más 20 días por cada año trabajado, es decir, casi siete meses de sueldo o aproximadamente 500 mil pesos.

“Este pago sea de tres meses de salario por cada uno de los siete años por el que fueron designados, es decir, tendrán una prestación económica de 21 meses de salarios”

Los activistas señalaron que dicho Consejo Estatal Electoral del Impepac da prioridad a las transferencias de recursos económicos para este bono, toda vez que en 2024 dejarán el cargo los consejeros Alfredo Javier Arias, Isabel Guadarrama y José Enrique Pérez, aseguró Roberto Salinas, quien encabeza la organización Morelos Rinde Cuentas.

Es incongruente como el Impepac busca otorgar este tipo de bonos cuando, para otras actividades que debe de llevar a cabo esta institución, argumenta no tener recursos para poder operar con normalidad.

Además los mismos ciudadanos y activistas son los primeros denunciantes pues declaran que el Impepac no garantiza las acciones afirmativas para proteger los derechos políticos electorales de las personas que pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad, como lo son las mujeres, juventudes, personas con discapacidad e indígenas, lo que ha originado que se promuevan diferentes juicios para solicitar que las autoridades jurisdiccionales, ordenen al Impepac a cumplir con sus obligaciones que la propia constitución les establece.

II. Cabe precisar que el propio Congreso de Morelos exhortó al Impepac a cancelar este proyecto mejor conocido como “gratificaciones doradas” para los consejeros y a la Comisión de Hacienda a revisar el presupuesto aprobado al organismo local electoral para el año 2023.

Resulta relevante señalar que este proyecto que fue aprobado por mayoría en el consejo resulta inconstitucional pues el propio artículo 127 Constitucional menciona que:

Artículo 127. Los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades”.

Como bien lo menciona este artículo las remuneraciones que reciban deben ser de manera proporcional y equitativa a sus responsabilidades, por lo cual este acuerdo resulta inconstitucional, toda vez que el proyecto que ellos propusieron constituye una cantidad exorbitante de dinero.

Desde Movimiento Ciudadano reprochamos este tipo de prácticas que únicamente contribuyen a continuar en un país de corrupción donde los grandes funcionarios son quienes tienen “gratificaciones millonarias”, mientras que los demás trabajadores apenas y pueden sobrevivir con su sueldo.

Además, abona a perpetuar el discurso actual, dictado desde la Presidencia de la República, relativo al indebido uso de recursos públicos por parte de las autoridades electorales.

Sabemos que es importante frenar este tipo de acciones y garantizar un país de iguales, donde todos los mexicanos gocen de un sueldo justo acorde con sus actividades. Por ello hoy decimos no a un abuso de poder, donde aprobar para sí mismos un proyecto con prestaciones económicas altísimas es un abuso para las y los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Tribunal Estatal Electoral de Morelos para que, en el ámbito de sus facultades legales, atienda de manera urgente el auto de admisión del juicio con folio JDC-29-2023 de la reforma al reglamento interno del Impepac, y se resuelva conforme a Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Congreso del Estado de Morelos para que, en el ámbito de sus atribuciones, puedan establecerse en su legislación los topes máximos presupuestarios de retiro para las y los servidores públicos en el Estado de Morelos, con el objeto de evitar decisiones unilaterales de establecerse un retiro contrario a la Ley, y que afecte los principios que rigen la función electoral.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana para que suspenda la reforma a su reglamento interno, en donde se autorizan un retiro considerado como ilegal, al no cumplir con la función electoral y democrática del propio Instituto.

Notas

1 Morelos: Consejeros electorales aprueban para sí mismos millonario bono de retiro. Aristegui noticias. Recuperado de:

https://aristeguinoticias.com/1704/mexico/morelos-consejeros-electorales- aprueban-para-si-mismos-millonario-bono-de-retiro/

2 Ibídem

3 Ibídem

4 Los consejeros electorales de Morelos se dan bonos de más de $2 millones, Periodo La Jornada, 4 de abril de 2023, recuperado de:

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/04/04/estados/los-consejer os-electorales-de-morelos-se-dan-bonos-de-mas-de-2-millones/

5 Ibídem

6 Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



EXHORTO A LA PROFEPA Y A LA FGR, A SANCIONAR A QUIEN RESULTE RESPONSABLE POR EL MALTRATO ANIMAL EN CONTRA DE DIVERSAS ESPECIES MARINAS EN HUATABAMPO, SONORA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profepa y a la FGR a realizar las investigaciones correspondientes para sancionar a quien resulte responsable por el maltrato animal perpetrado en contra de diversas especies marinas en el municipio de Huatabampo, Sonora, a cargo del diputado Javier Joaquín López Casarín, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Javier Joaquín López Casarín, integrante de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo conforme a las siguientes:

Consideraciones

Desde el pasado siete de abril del presente año, diversos medios de información reportaron la aparición de decenas de especímenes de mantarrayas y rayas muertos sobre la orilla de las playas del municipio de Huatabambo, Sonora. Esto atrajo la atención de diversas asociaciones ambientalistas y de protección animal, quienes denunciaron que desde hace varios años en el municipio “se acostumbra” a cortar los aguijones de las rayas en esta temporada, con el pretexto de proteger a los turistas que acuden a las playas a bañarse, pues las picaduras de estas especies marinas pueden causar irritación en la piel de los seres humanos.

Ante la indignación social, el presidente municipal Juan Jesús Flores Mendoza separó de su cargo a la coordinadora municipal de Ecología, Elizabeth Guerrero Moreno, y aseguró que ella fue la responsable de dar la indicación de mutilar a más de dos mil mantarrayas y rayas, pues, según indicó, él desconocía dicha situación.

Al respecto, la coordinadora municipal de Ecología de Huatabampo, Elizabeth Guerrero Moreno, manifestó que la decisión de cortar los aguijones de las mantarrayas fue una medida de protección para las y los bañistas que acudirían en las vacaciones de Semana Santa al Municipio y porque, a su entender, “el aguijón les vuelve a crecer”.

Estos hechos reflejan claramente los delitos de maltrato animal en contra de la biodiversidad, por lo que una simple separación del cargo no basta para subsanar el daño al ambiente que se ocasionó con estos actos. Aunado a lo anterior, estos últimos días también se ha informado del hallazgo de cadáveres de otras especies marinas, como lobos de mar en comunidades de este mismo municipio, lo que refleja una grave situación de impacto ambiental en la zona, además de la falta de capacitación de los servidores públicos locales en cuanto a la conservación y protección de la fauna y del propio ecosistema.

En este sentido, solicito a esta Soberanía que se exhorte a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Fiscalía General de la República para que realicen las investigaciones correspondientes a fin de sancionar a quien resulte por el maltrato animal perpetuado en contra de diversas especies marinas en Huatabampo, Sonora.

Además, es urgente que los servidores públicos municipales de Huatabampo, Sonora, reciban capacitación sobre el cuidado de la flora y la fauna de la zona y se generen políticas públicas para la conservación de este importante ecosistema, a fin de que no se vuelvan a repetir hechos tan lamentables.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Fiscalía General de la República a realizar las investigaciones correspondientes para sancionar a quien resulte responsable por el maltrato animal perpetuado en contra de diversas especies marinas en el municipio de Huatabampo en el estado de Sonora.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al municipio de Huatabampo, en el estado de Sonora, a brindar capacitación a sus servidores públicos sobre el cuidado de la flora y la fauna de la zona, además de generar políticas públicas para la adecuada conservación del ecosistema.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Javier Joaquín López Casarín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SHCP, A REALIZAR MESAS DE TRABAJO CON COMAR, PARA ACTUALIZAR LOS FONDOS DE DICHO ÓRGANO DESCONCENTRADO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a realizar mesas de trabajo con la Comar, para actualizar los fondos de dicho órgano desconcentrado ante las nuevas condiciones migratorias que se viven en nuestro país, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) realice mesas de trabajo con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), con el fin de actualizar los fondos de dicho órgano desconcentrado ante las nuevas condiciones migratorias que se viven en nuestro país, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados es una institución de las más nobles del Estado mexicano, la cual tiene como objetivo “... conducir la política en materia de refugiados y protección complementaria, así como gestionar acciones de asistencia desde el inicio del procedimiento con pleno respeto a los derechos humanos.” ( Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, s.f.)

Segundo. Actualmente la COMAR cuenta con sus oficinas centrales situadas en la Ciudad de México y 3 representaciones sitas en Acayucan, Veracruz; Tenosique, Tabasco y Tapachula, Chiapas.

Tercero. Cabe destacar que el incremento de personas en busca de refugio ha disparado, desbordando los esfuerzos de las autoridades mexicanas. Como ejemplo, se puede mencionar que, en los últimos años se han roto récords en el número de solicitudes de asilo y refugio en México. Sólo basta citar el siguiente ejemplo para percatarnos de la gravedad de este problema.

Un récord de 58,642 personas solicitaron refugio en México durante la primera mitad de 2022, lo que significa un aumento del 14,88 % con respecto al mismo periodo de 2021, según un informe de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) disponible este lunes.

Con estos datos, México rompió el récord histórico para un periodo similar de 51.654 solicitudes de migrantes que buscaron asilo en el país en el primer semestre de 2021.” (EFE, 2022)

Cuarto. Entre las solicitudes por nacionalidad, destacan (de enero a marzo de 2023) Haití, Honduras, Cuba, Venezuela, El Salvador, Brasil, Guatemala, Chile, Nicaragua, Ecuador. (COMAR, 2023)

Las siguientes gráficas que proporciona la COMAR dan cuenta de la gravedad del problema:

Quinto. Es por ello que, ante el incremento exponencial de las personas que están solicitando refugio para permanecer en México, se debe incrementar el presupuesto de la COMAR para que pueda continuar realizando su labor humanitaria y que hoy es más necesaria que nunca pues el Estado mexicano se ha caracterizado siempre por ser fraterno.

Sexto. Es en este tenor que solicitamos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) incrementar el presupuesto para la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) realice mesas de trabajo con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), con el fin de actualizar los fondos de dicho órgano desconcentrado ante las nuevas condiciones migratorias que se viven en nuestro país.

Bibliografía:

- Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. (s.f.). ¿Qué hacemos? Obtenido de Gobierno de México:

https://www.gob.mx/comar/que-hacemos

- COMAR. (02 de abril de 2023). La COMAR en números. Obtenido de Gobierno de México:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/814283/Cierre_Mar zo-2023__1-Abril_.pdf

- EFE. (04 de julio de 2022). La cifra de solicitantes de asilo en México rompe récord y crece casi 15 %. Obtenido de Sociedad Suiza de Radiodifusión (SRG):

https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoria-m%C3%A9xico_la-ci fra-de-solicitantes-de-asilo-en-m%C3%A9xico-rompe-r%C3%A9cord-y-crece-casi-15–/ 47726580#:~: text=%2D%20Un%20r%C3%A9cord%20de%2058.642%20personas,(Comar)%20disponible%20est e%20lunes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE NUEVO LEÓN, A PUBLICAR Y EXPLICAR A LA CIUDADANÍA LAS MEDIDAS QUE SE TOMARÁN EN ATENCIÓN A LA TEMPORADA DE SEQUÍA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Nuevo León a publicar y explicar a la ciudadanía las medidas que se tomarán en atención a la temporada de sequía en la entidad federativa, a cargo de la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta, respetuosamente, al gobierno de Nuevo León para que se publique y explique a la ciudadanía las medidas que se tomarán en atención a la temporada de sequía en la entidad federativa.

Exposición de Motivos

I.- En el 2022, el estado de Nuevo León pasó a través de una de las peores crisis hídricas de los últimos treinta años, a raíz de un bajo almacenamiento en las presas La Boca y Cerro Prieto: encargadas de abastecer la zona metropolitana del estado.

De manera inicial, el gobierno del Nuevo León a principios del mes de febrero de 2022, emitió una Declaratoria de Emergencia por Sequía en la entidad, suspendiendo las actividades que implicaban un uso excesivo de agua, luego de la su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Aunque anteriormente a esta declaratoria, el gobierno del estado lanzó una alerta ante el gobierno federal para que se le diera legalidad de tener acceso a la explotación de pozos emergentes. De tal modo que, el gobierno trazó un plan de acción que consistía en la perforación de más pozos.

Ante esto, las autoridades gubernamentales estatales tomaron más acciones, tales como hacer cortes programados para lograr una distribución de los embalses, así como realizar recorridos municipales de aquellos que están fuera de la zona metropolitana con el propósito de encontrar los recintos que robaran agua.

Siguiendo con las medidas optadas en ese entonces, los servicios de agua y drenaje de Monterrey consideró pertinente el dar acceso al servicio de agua solamente durante seis horas al día. Como consecuencia se ocasionó una compra excesiva de tinacos y de agua embotellada para contar con el recurso vital.

Por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), se encargó del bombardeo de nubes con yoduro de plata en aras de lograr las precipitaciones en el estado.

Inclusive, las autoridades hablaron de dos proyectos que harían frente a la sequía y próximos fenómenos, según el gerente de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos de la Conagua.

En primer lugar, el acueducto del Cuchillo 2, el cual tendrá la capacidad de dotar 5 mil litros de agua por segundo a Monterrey. En segundo lugar, la construcción de la presa Libertad con la capacidad de proveer mil 600 litros por segundo.

Así mismo, se publicó el 29 de julio de 2022, un Plan de acción inmediata para atender la problemática, teniendo tres acciones básicas.

Primera: Por ser causa de utilidad e interés público y por seguridad nacional, se ordena aprovechar temporalmente los derechos de agua existentes, mediante la modificación o reducción provisional de volúmenes concesionados, destinados para usos distintos del doméstico y del público urbano y serán entregados a Agua y Drenaje de Monterrey, que hará la medición y pago correspondiente.

Segunda: Un plan de apoyo para el abasto de agua potable a la población mediante la utilización de carrotanques, coordinado por la Conagua y la Sedena mediante el Plan DN-III.

Tercera: El gobierno federal coordinará el financiamiento y aportará a la ejecución de la Presa Libertad, que ya se encuentra en construcción y el segundo acueducto del Cuchillo, que iniciará la construcción en septiembre de 2022.

Finalmente, se hicieron las recomendaciones básicas sobre el cuidado del agua para la población.

II.- Respecto a la causa de la sequía en el estado de Nuevo León fue por distintos elementos. Por un lado, los bajos episodios de precipitaciones, por otro, las altas temperaturas como consecuencia del cambio climático y por otro lado, el crecimiento demográfico registrado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), pues en 1995 se registraron 3.5 millones de habitantes y para el 2020, se alcanzaban los 5.7 millones de habitantes.

Es importante mencionar que, las empresas privadas también tuvieron relevancia en la ponderación de la sequía, ya que utilizaban grandes cantidades del líquido vital para el desarrollo de sus productos y actividades cotidianas.

Para el 2023, las autoridades de Nuevo León deberán de hacer públicas las medidas que se tomarán ante la misma problemática, ya que la temporada de sequía se encuentra próxima.

Tan es así que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) informó acerca de cuatro municipios de Nuevo León que ya están enfrentando una sequía, a pesar de que las principales presas estatales continúan con niveles bajos sin recuperación. Aunado a que en el estado surgió una sequía extrema, incrementando la clasificación de moderada a severa.

Respecto a los niveles de almacenamiento del líquido vital a inicios del mes de marzo, la presa El Cuchillo I, tuvo un descenso al 45.08 por ciento de su capacidad total. En contra parte, al embalse de La Boca con un 57.24 por ciento, Cerro Prieto al 13.45 por ciento.

El director de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey (SADM), Juan Ignacio Barragán Villareal, expuso que el gobierno del estado ya solicitó al gobierno federal que haga emisión de la declaratoria de emergencia.

Una de las medidas que se ha hecho pública es la emitida por los SADM, la cual consiste en colocar bombas flotantes para extraer más agua de la presa Cerro Prieto.

Ante esto, los ejidatarios y campesinos del estado se manifestaron en contra y solicitaron que las autoridades competentes les cedieran algún apoyo económico para que no se vieran afectados por la sequía.

Respecto a la perforación de pozos, se estima que se conectarán 29 a la red para incorporar de 2 mil a 3 mil litros por segundo, sin embargo, su inicio ya va en retraso con apenas 17 pozos perforados.

Para inicios del mes de enero, en los municipios de Apodaca, Guadalupe y San Nicolás, se quedaron sin agua luego de un corte del suministro por más de 12 horas de acuerdo a Agua y Drenaje, debido a un cambio de válvula.

El gobernador constitucional del estado, Samuel Alejandro García Sepúlveda, solamente ha prometido que no habrá corte, sino una modulación de la presión.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno de Nuevo León para que publique y explique a la ciudadanía las medidas que se tomarán en atención a la temporada de sequía del 2023 en la entidad federativa.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno de Nuevo León para que publique y explique a la ciudadanía las medidas que se tomarán en atención a la temporada de sequía del 2023 en la entidad federativa.

Notas

1 Milenio Digital, Esto es lo que sabemos de la actual sequía en Nuevo León, MILENIO, 17 de marzo de 2022, disponible en

https://www.milenio.com/sociedad/sequia-en-nuevo-leon-2022-esto- sabemos-de-la-crisis-del-agua, consultado el 14 de marzo de 2023.

2 Ídem

3 EFE, Vivir sin agua: la sequía marcó al estado de Nuevo León en 2022, ALTONIVEL, 27 de diciembre de 2022, disponible en

https://www.altonivel.com.mx/actualidad/mexico/vivir-sin-agua-la -sequia-marco-al-estado-de-nuevo-leon-en-2022/#:~: text=Durante%202022%2C%20el%20norte%C3%B1o%20estado,de%20cerveza%20en%20la%20re gi%C3%B3n, consultado el 13 de marzo de 2023.

4 Garza, M, Agua por “Decreto” para Nuevo León, El Financiero, 01 de agosto de 2022, disponible en

https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/marco-garza-campos/2022/ 08/01/agua-por-decreto-para-nuevo-leon/, consultado el 13 de marzo de 2023

5 Ídem.

6 Alcaldes de México, Primera declaración de “sequía extrema” en Nuevo León en 2023, 09 de marzo de 2023, disponible en

https://www.alcaldesdemexico.com/notas-principales/primera-decla racion-de-sequia-extrema-en-nuevo-leon-en-el-ano/, consultado el 13 de marzo de 2023.

7 Robledo, R, Todo Nuevo León padece sequía, alerta la CONAGUA, La Jornada, 10 de marzo de 2023, disponible en

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/03/10/estados/todo-nuevo-l eon-padece-sequia-alerta-la-conagua/, consultado el 14 de marzo de 2023.

8 Ídem.

9 Magallán, A, Prevé Conagua sequía y crisis en Nuevo León para el verano de 2023; Samuel García asegura abasto de agua, pero controlado, Vanguardia, 4 de febrero de 2023, disponible en

https://vanguardia.com.mx/noticias/preve-conagua-sequia-y-crisis -en-nuevo-leon-para-el-verano-de-2023-samuel-garcia-asegura-abasto-de-agua-pero -controlado-BJ6281047, consultado el 14 de marzo de 2023.

10 Ídem.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Ciudad de México, a 19 de abril de marzo de 2023.– Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE, A REALIZAR ACCIONES QUE MITIGUEN EL DAÑO A LA FAUNA ENDÉMICA QUE HABITA EN LAS ÁREAS SILVESTRES DE JALISCO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades en materia de medio ambiente a realizar acciones que mitiguen el daño a la fauna endémica que habita en las áreas silvestres de Jalisco, a cargo de la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Laura Lorena Haro Ramírez, diputada federal de la LXV Legislatura del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente “proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades en materia de medio ambiente de orden federal y estatal, para que realicen acciones que mitiguen el daño a la fauna endémica que habita en las áreas silvestres del estado de Jalisco”, considerando los siguientes:

Antecedentes

El estado de Jalisco cuenta con una extensión territorial de 78 mil 595.9 kilómetros cuadrados, representando el 4 por ciento de la superficie total del país.

Convirtiendo a la entidad en una de las más extensas territorialmente en el país, sumando la vasta diversidad silvestre en flora y fauna que habita en la entidad.

En lo que respecta al relieve, Jalisco forma parte de las regiones por las que corre la Sierra Madre Occidental, la Mesa del Centro y el Eje Neovolcánico.

La zona nororiental se conforma principalmente de sierras, alcanzando altitudes de 2,850 metros sobre el nivel del mar, como el caso de la Sierra Alta y lomeríos de origen volcánico. Mientras que el norte se encuentra fundamentalmente lleno de cañones con 400 metros sobre el nivel del mar.

Es bien sabido que al centro del estado se localiza el Lago de Chapala. Mientras que en la parte occidental se encuentran en su mayoría sierras de rocas ígneas que llegan hasta la orilla del mar; cabe destacar que de la erosión de estas elevaciones se ha desarrollado una llanura que se localiza hacia el suroccidente de la población de Tomatlán.

Dentro de esta vasta extensión territorial se encuentran flora y fauna diversa. En lo que respecta a la flora, predominan los bosques de coníferas y encinos, así como selvas de dos tipos principalmente, las que tiran sus hojas en época seca del año y que son bajas y se distribuyen por todo el estado, así como las selvas que casi todo el año tienen hojas, que son medianas y se encuentran en la sierra que da a la costa en el municipio de Vallarta.

Por su parte, en Los Altos de Jalisco existen matorrales y áreas cubiertas de pasto. En la costa hay palmares, manglares y tulares.

Por su parte, lo que respecta a la fauna, en los bosques de coníferas y encinos y en los matorrales: ardilla arbórea, zorra gris, gato montés, venado cola blanca, comadreja, zorrillo, jabalí, liebre torda, coyote y lobo. En el manglar: pecarí, cocodrilo, armadillo, pato y garza. En ambientes acuáticos: langosta, guachinango, mero, pargo, tiburón, pez vela, dorado, gaviota, martín pescador y tortuga verde. Y en lo que respecta a animales en peligro de extinción: mono araña, ocelote y tigrillo.

No obstante, el desarrollo económico ha implicado la invasión de espacios silvestres por actividades agrícolas y ganaderas, además de contaminación y destrucción de hábitat esencial para la reproducción y el sostenimiento de poblaciones de animales silvestres.

En sierra de Quila cazadores furtivos mataron a una pequeña manada de pecaríes, que es el jabalí autóctono de Jalisco, perjudicando a otras especies como pumas y jaguares. Hacia la costa dos ganaderos en conflicto por un lindero mataron a dos pumas adultos en el municipio de El Limón. Y las actividades productivas del valle cañero de Autlán-El Grullo cobran víctimas constantes: cuatro crías de ocelote aparecieron carbonizadas unos días antes de la Semana Santa.

Al respecto, diversas organizaciones se han pronunciado. Como fue el caso de Jesús Valle, defensor de la fauna en la sierra de Quila:

“Es un problema generalizado en la mayor parte del país; en nuestra región, dentro de nuestra área natural protegida, hay cacería furtiva durante todo el año. Los cazadores furtivos invitan a más cazadores de Guadalajara y otros lugares: en los últimos 10 años ha disminuido un 90 por ciento el número de venados y pecaríes, y los grandes felinos casi desaparecieron. En 2018 nos mataron la totalidad de jaguares de la sierra de Quila.

...

Si a la pérdida del hábitat, destrucción de bosques y selvas le agregas la cacería furtiva intensiva, la fauna no tiene ninguna posibilidad y no sólo para las áreas protegidas: todo el monte en general. Las áreas protegidas son un mínimo del territorio, la fauna entra y sale de estas áreas y no se soluciona nada con inhibir la caza solo en áreas protegidas”.

Por su parte, el académico de la Universidad de Guadalajara y activista en pro de los animales, Luis Eugenio Rivera Cervantes mencionó:

“Los felinos que tenemos en México, que son seis especies, han venido a la baja por diferentes circunstancias: la destrucción de su hábitat, pues restringimos los espacios para la fauna y, por lo tanto, los vamos arrinconando; luego metemos animales domésticos que alteran el medio y por tanto a los felinos se les consideran peligrosos o nocivos (...) en cuanto se sabe que anda un gato silvestre, habrá personas histéricas que piensan que los van a devorar en la noche. La gente no entiende lo de la invasión de hábitat y ha costado mucho trabajo en 15 años crear cultura de empatía.

...

Para los cazadores furtivos se trata de salir a matar por placer. Los ganaderos de todos los tamaños, por lo general consideran a los gastos una amenaza a su ganado y no hay poder sobre la tierra que los haga cambiar la mentalidad. Tenemos un conflicto histórico-ancestral entre ganaderos y fauna silvestre, y cualquier animal que se aparezca firma sentencia de muerte, no se diga si ataca ganado”.

Por lo que resulta imprescindible que se tomen medidas al respecto, no solo como paliativos para intentar disminuir el impacto. Las instituciones en materia de protección al medio ambiente y la fauna a nivel federal y estatal deben actuar para erradicar de raíz el problema de la depredación de especies.

Por lo anteriormente expuesto, solicito:

Punto de Acuerdo

Primero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno del estado de Jalisco, por vía de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial para que ordene, ejecute y vigile distintas acciones a fin de proteger y preservar los hábitats y espacios silvestres de la entidad, con el fin de mitigar las afectaciones a la fauna endémica de Jalisco.

Segundo. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente para que vigile y ejecute las medidas de seguridad necesarias que permitan la preservación de las especies silvestres de Jalisco, sancionando a quienes resulten responsables por afectaciones bajo cualquier esquema.

Tercero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, en el ámbito de su competencia, ordene las diligencias correspondientes para vigilar la protección a la fauna silvestre de Jalisco y colabore con la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del estado de Jalisco para proteger y preservar los hábitats y espacios silvestres de la entidad, sancionando a quienes resulten responsables.

Cuarto. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que, en el ámbito de su competencia, vigile las acciones llevadas a cabo en los hábitats y espacios silvestres de la entidad y en colaboración con su homóloga local establezca las sanciones conducentes para quienes resulten responsables por afectaciones a la fauna local.

Notas

1 https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/jal/territorio/

2 https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/jal/territorio/relieve.as px?tema=me&e=14

3 Ibid.

4 https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/jal/territorio/recursos_n aturales.aspx?tema=me&e=14

5 Ibid.

6 https://www.ntrguadalajara.com/post.php?id_nota=196373#:~: text= El%20desarrollo%20econ%C3%B3mico%20ha%20implicado,de%20poblaciones%20de%20anima les%20silvestres.

7 Ibid.

8 Ibid.

9 Ibid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2023.– Diputada Laura Lorena Haro Ramírez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



SE INVESTIGUE A LOS ELEMENTOS DE LA GUARDIA NACIONAL INVOLUCRADOS EN LOS HECHOS DONDE ATACARON A LOS INTEGRANTES DE UNA FAMILIA EN NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a iniciar una investigación a los elementos de la Guardia Nacional involucrados en los hechos lamentables donde atacaron a los integrantes de una familia en Nuevo Laredo, Tamaulipas, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, Jorge Álvarez Máynez, diputado federal y coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente

Exposición de Motivos

Antecedentes

I. El pasado 26 de febrero de 2023, en Nuevo Laredo en el Estado de Tamaulipas cuatro elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) integrado por un convoy de veinte elementos abrieron fuego a un vehículo que transportaba a siete jóvenes desarmados y que de ellos lamentablemente cinco fueron asesinados y uno está herido de gravedad y que tuvieron que pasar dos días para que la propia Sedena emitiera alguna postura respecto al caso y en el que señaló que en una calle de la colonia Manuel Cavazos, personal militar que realizaba un operativo de vigilancia escuchó disparos de armas de fuego, lo que generó alerta.

Asimismo, se menciona que el grupo de elementos militares avanzó hacia el lugar donde se escucharon los disparos, cuando encontraron un vehículo que circulaba “a exceso de velocidad, con las luces apagadas y sin placas”. Entonces el conductor de ese vehículo aceleró “de manera intempestiva y evasiva”, tras lo cual impactó con otro que estaba estacionado, “al escuchar el estruendo, el personal militar accionó sus armas de fuego”

En dicho informe policial homologado (IPH) se destaca que el capitán de Caballería Elio N indicó que una vez que cesó el fuego, personal militar procedió a inspeccionar el vehículo en el que se transportaban los jóvenes agredidos “y no se localizó nada ilícito”, es decir, no se encontraron armas o drogas. Además, el IPH colocó en la mesa un dato adicional: los cuatro elementos militares que dispararon contra los jóvenes lo hicieron sin que el capitán Elio N. les hubiera ordenado abrir fuego. Lo que tenemos ante nosotros, entonces, no es un enfrentamiento entre autoridades y criminales, sino una persecución de vehículos militares a una camioneta con civiles desarmados.

En este sentido, vale la pena destacar que los elementos de la Sedena nunca enfrentaron una situación real e inminente para el uso excesivo de la fuerza, en este caso la letal y que tampoco los civiles intentó embestir a los soldados para que reaccionar de esta manera o algún acto que se intentará disuadir o explicar los hechos que terminaron con estos jóvenes asesinados. Por lo que estaríamos hablando de un serio problema de control e instrucción por parte de los superiores jerárquicos de la propia Sedena.

Uno de los elementos esenciales del uso de la fuerza es que debe de equipararse al mantenimiento de la seguridad de las y los ciudadanos y los fines de esta por lo que genera una acción o reacción ante la inminente contingencia o hecho que debe enfrentarse conforme a los principios de la propia Ley. Es decir, debe establecer la cualidad de propósito de la norma, a efecto de estar en condiciones de, entre otras cosas, definir la clasificación de derecho que le corresponde a las y los ciudadanos como derecho constitucional o legal.

Por tal razón la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación describe que el Manual del Uso de la Fuerza, la Suprema Corte de Justicia de la Nación en Acción de Inconstitucionalidad 25/2016 y sus acumuladas 27/2016 y 28/2016, estableció lo siguiente:

“3. Principios Aplicables al Uso de la Fuerza

A. ...

B. El uso de la fuerza se realizará con estricto apego a los derechos humanos, independientemente del tipo de agresión, atendiendo a los principios de oportunidad, proporcionalidad, racionalidad y legalidad.

a. Oportunidad, cuando se utiliza en el momento en que se requiere, se debe evitar todo tipo de actuación innecesaria cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos. Esto significa que debe procurarse en el momento y en el lugar en que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de los habitantes.

c. Racionalidad, cuando su utilización es producto de una decisión en la que se valora el objetivo que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas armadas; lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza por no poder recurrir a otro medio alternativo...

De acuerdo con información de la propia Sedena que el personal militar de una Base de Operaciones desplegado en Nuevo Laredo realizaba reconocimientos en el área urbana de ese municipio, en apoyo a la estructura de seguridad pública, cuando oyeron disparos de armas de fuego, poniéndose en alerta, avanzando a la dirección donde se escucharon. La dependencia indicó que de manera preliminar se observó una persona ilesa, una herida y cinco personas sin vida; a la persona que resultó herida se le brindó la atención, solicitando el apoyo de una ambulancia para ser evacuado a una instalación sanitaria, los elementos de la Sedena dispararon en más de 60 ocasiones, es decir el uso de la fuerza letal.

Por estos hechos los elementos de la Sedena fueron vinculados a proceso por la propia Secretaría por la muerte de estos cinco jóvenes, donde hasta el día de hoy se ignora si la Fiscalía General de la República realmente esté haciendo algún tipo de investigación y por supuesto la sanción penal correspondiente por estos hechos, tan solo un informe de lo que sucedió y la opacidad de cómo se están realizando las pesquisas, ya que como podemos observar dichos elementos de la Sedena deben de ser juzgados por un tribunal civil y no militar como lo establece el Código de Justicia Militar en lo siguiente:

“Artículo 57.- Son delitos contra la disciplina militar:

I.- Los especificados en el Libro Segundo de este Código, con las excepciones previstas en el artículo 337 Bis;

II.- Los del orden común o federal, siempre y cuando no tenga la condición de civil el sujeto pasivo que resiente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva o la persona titular del bien jurídico tutelado o puesto en peligro por la acción u omisión prevista en ley penal como delito [...]”

Reiteramos que los delitos cometidos por elementos de la Sedena o hasta la Guardia Nacional deben de perseguirse en una vía civil y a cargo de la Fiscalía General de la República y ante los tribunales civiles de nuestro país.

Nuevo ataque a civiles

II. De acuerdo con información que fue revelada por el periódico El País señala que los elementos de la Guardia Nacional (GN) que atacaron a una familia que viajaba en una camioneta por el libramiento Mex II, al sur de Nuevo Laredo, Tamaulipas, el pasado 16 de abril de 2023, se habrían confundido, según una de las sobrevivientes de la agresión.

Asimismo, es preciso destacar que conforme a las entrevistas y las testimoniales que realizó el Comité de Derechos Humanos de Nuevo Laredo a tres de los sobrevivientes del ataque, que dejó un saldo de tres fallecidos, incluida una menor de edad de 15 años embarazada y su bebé no nacido de ocho meses.

En este nuevo ataque realizado por la Guardia Nacional se da dos meses después del ataque que donde fallecieron 5 jóvenes por parte de los elementos de la Sedena y que se explica en la parte de antecedentes del presente exhorto y que conforme a la información del periódico El País pone de nuevo a las instituciones de seguridad del país como un excesivo uso de la fuerza y que no se ha dado ninguna postura de la Guardia Nacional, ni la Secretaría de la Defensa (Sedena), ni la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana han informado de lo ocurrido. Tampoco la Fiscalía General de la República (FGR).

Por otro lado, es importante destacar que conforme a datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos existe una tendencia en aumento de agresiones o detenciones ilegales en las carreteras del país por parte del ejército y de la Guardia Nacional en dicha entidad sin motivo o causa aparente, incluso de que cuando algún automovilista no se detiene por temor de que sean oficiales falsos del crimen organizado, estos elementos reales comienzan a disparar.

“Nos bajamos [del vehículo], corriendo a diferentes lugares. Se escuchaba así el zumbido de las balas. Me estaban tirando a las piernas. Cuando las miré ya las tenía balaceadas. Mi pie también. Nos decían, ‘¡no se mueven pinches culeros, a la verga, porque los vamos a rematar, los vamos a matar aquí!’. Yo me fui a rastras, como pude. Quería cruzar la cerca, porque dijeron que nos iban a matar. Pero luego checaron la troca y dicen ‘guey, la cagamos, la cagamos, no tenían nada’. Y se fueron”.

Se destaca que, a diferencia del caso de febrero, cuando familiares y vecinos de los cinco muchachos asesinados increparon a militares en el lugar de los hechos, horas después de lo ocurrido, en este caso no ocurrió tal cosa. Entonces, Sedena divulgó incluso un comunicado, dando fe del ataque. Ahora, silencio. “ Tenemos pruebas que evidencian la presencia de la Guardia Nacional en el lugar de los hechos”.

Por tal razón, quienes integramos la Bancada Naranja condenamos el ataque a una familia por parte de la Guardia Nacional, en el Estado de Tamaulipas sean investigados y sancionados tal y como señalan los ordenamientos legales de nuestro país. Asimismo, exhortamos de manera respetuosa a las autoridades del Estado de Zacatecas o en su caso la Comisión Estatal de Derechos Humanos de la entidad para que brinde de manera integral la atención psicológica y legal a las víctimas de dicho ataque.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Fiscalía General de la República para que en el ámbito de sus facultades y sus respectivas competencias inicie la investigación de los elementos de la Guardia Nacional involucrados en los hechos ocurridos en Nuevo Laredo, en el Estado de Tamaulipas, que dejaron un saldo de tres fallecidos, incluida una menor de edad de 15 años embarazada y su bebé no nacido de ocho meses.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Comisario General, David Córdova Campos para que en el ámbito de sus facultades y respectivas competencias se inicie una investigación de los elementos de la Guardia Nacional por el ataque que realizaron a una familia que dejó un saldo de tres fallecidos, incluida una menor de edad de 15 años embarazada y su bebé no nacido de ocho meses, en Nuevo Laredo, en el Estado de Tamaulipas, y en su caso se presenten las sanciones correspondientes de estos lamentables hechos.

Además de emprender una capacitación a los miembros de la Guardia Nacional, conforme a lo establecido en la Ley Nacional sobre del Uso de la Fuerza, así como de adiestramiento, capacidades y procedimientos civiles de acuerdo a los protocolos de los institutos o academias de policías del territorio nacional.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos inicie la investigación y en su caso las recomendaciones necesarias por el ataque a una familia por los elementos de la Guardia Nacional que dejó un saldo de tres fallecidos, incluida una menor de edad de 15 años embarazada y su bebé no nacido de ocho meses, en Nuevo Laredo, en el Estado de Tamaulipas además de que se brinde la atención psicológica y legal hacia los familiares de las víctimas.

Notas

1 La masacre en Nuevo Laredo: el uso injustificado de la fuerza. Periódico El Financiero, 6 de marzo de 2023, recuperado de:

https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/eduardo-guerrero-gutierr ez/2023/03/06/la-masacre-en-nuevo-laredo-el-uso-injustificado-de-la-fuerza/

2 Ibídem

3 Ibídem

4 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Acción de Inconstitucionalidad 2016 y acumulados, SCJN, recuperado de:

https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/files/ sentencias-emblematicas/sentencia/2022-01/AI25-2016.pdf

5 Vinculan a proceso a 4 elementos de Sedena por desobediencia en caso de jóvenes asesinados en Nuevo Laredo. Periódico El Universal, 2 de marzo de 2023, recuperado:

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/vinculan-proceso-4-element os-de-sedena-por-desobediencia-en-caso-de-jovenes-asesinados-en-nuevo-laredo

6 Un nuevo ataque a balazos en Nuevo Laredo apunta a la Guardia Nacional: “Dijeron que nos iban a matar. Luego checaron la troca y dicen ‘güey, la cagamos”. Periódico El País, 19 de abril de 2023, recuperado de

https://elpais.com/mexico/2023-04-19/un-nuevo-ataque-a-balazos-e n-nuevo-laredo-apunta-a-la-guardia-nacional-dijeron-que-nos-iban-a-matar-luego- checaron-la-troca-y-dicen-guey-la-cagamos.html?ssm=TL_MX_CM

7 “La cagamos”. GN habría confundido a familia: testimonio revelado por El País,Redacción. Sin Embargo, 19 de abril de 2023 recuperado de:

https://www.sinembargo.mx/19-04-2023/4350922

8 Ibídem

9 Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A LA SHCP, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PARA ADQUIRIR PLANTAS DE IBERDROLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a informar a la opinión pública sobre el financiamiento del Fondo Nacional de Infraestructura para adquirir plantas de Iberdrola y las implicaciones económicas generadas por dicha compra, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Héctor Saúl Téllez Hernández, diputado federal en la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración del pleno, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que, en uso de sus facultades y atribuciones, informe a la opinión pública sobre el financiamiento del Fondo Nacional de Infraestructura para adquirir plantas de Iberdrola las implicaciones económicas generadas por dicha compra, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Uno de los puntos medulares del proyecto de nación del presidente López Obrador es el impulso al sector energético, es de todos conocido que su gobierno ha volcado todos sus esfuerzos en volver redituable tanto a Pemex, como a la Comisión Federal de Electricidad.

Su incipiente interés en dicho sector quedó más que claro al momento de rendir su discurso de toma de posesión el 1 de diciembre de 2018, en el cual expresó lo siguiente “Lo digo con realismo y sin prejuicios ideológicos: la política económica neoliberal ha sido un desastre, una calamidad para la vida pública del país. Por ejemplo, la reforma energética, que nos dijeron que vendría a salvarnos solo ha significado la caída en la producción de petróleo y el aumento desmedido en los precios de las gasolinas, el gas y la electricidad.”

El sector energético, más específicamente el de la electricidad se convirtió en una obsesión para el presidente López Obrador tan es así que en Abril del año pasado el pleno de esta Cámara de Diputados desechó una reforma constitucional que planteaba que la Comisión Federal de Electricidad fuera el único ente con capacidad de surtir de energía eléctrica a las mexicanas y los mexicanos.

El pasado día 4 de abril, por medio de su cuenta de Twitter el titular del Ejecutivo federal dio a conocer que “el gobierno de México firmó un convenio para comprar a Iberdrola 13 plantas de generación de energía eléctrica que formarán parte del patrimonio público y serán operadas por la CFE. Es una nueva nacionalización.”

Lo cúal no es más que una mentira ya que la CFE no adquirió nada debido a que la operación se realizó con participación mayoritaria del Fonadin y otras instituciones públicas mexicanas, gestionado por Mexico Infrastructure Partners (MIP), una administradora de fondos mexicana enfocada en inversiones en infraestructura y energía esta venta no representa una nacionalización de la industria, ni cambia la operación del Mercado Eléctrico Mayorista, únicamente cambia la propiedad de una canasta de centrales entre privados.

El gobierno federal argumenta que el porcentaje de generación eléctrica bajo control de la CFE se incrementará de 39.6 por ciento a 55.5 por ciento. No obstante, es necesario subrayar que la mayor parte de esta generación ya está bajo control de CFE, dado que los PIEs ya forman parte de la matriz de generación de la empresa a través de la subsidiaria CFE Generación V, encargada de administrar los contratos con estas centrales, de representarlas en el mercado y de reportar su estado de resultados ante la Cuenta Pública. En otras palabras, estas centrales operan legalmente en los términos impuestos por la empresa y forman parte jurídica, contable y económicamente de la CFE.

El anuncio que CFE operará estas centrales no cambia este hecho, aunque abre la puerta a que la empresa estatal expanda las condiciones de su contrato colectivo de trabajo a los trabajadores de las nuevas centrales, y pone en riesgo su rentabilidad en el mediano y largo plazo, dadas las condiciones establecidas desde la renegociación de 2020 que redujo en 10 años la edad de retiro.

Hasta el momento se desconoce el monto de los recursos con los que participará Fonadin y el resto de las entidades públicas, sin embargo, aunque estos no impacten la deuda pública ni la de la CFE, el costo saldrá de recursos públicos. Derivado de la falta de información se torna de suma importancia que la SCHP explique el esquema financiero y aclare su esta operación significará un cargo más a la deuda pública de nuestro país; porque en los hechos, los activos que se compran a Iberdrola es más un financiamiento a particulares que son los dueños de esas plantas generadoras, y no la nación como lo anunció el presidente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Único. — La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Secretario de Hacienda y Crédito Público Rogelio Ramírez de la O, a que informe a la opinión pública sobre el esquema financiero y su impacto en la deuda pública por la compra de las 13 centrales de generación eléctrica en México por un total de $6 mil millones de dólares a la empresa española Iberdrola. Asimismo, a que informe a la opinión publica sobre cuáles son las implicaciones económicas en México por la falta de certidumbre jurídica a la inversión privada.

Notas

1 https://www.gob.mx/cenagas/acciones-y-programas/discurso-del-lic-andres-manuel- lopez-obrador-durante-su-toma-de-posesion-como-presidente-de-los-estados-unidos -mexicanos-183910

2 https://twitter.com/lopezobrador_/status/1643332836336992256?s=20

3 https://imco.org.mx/la-compra-de-centrales-de-iberdrola-no-nacionaliza-la-indus tria-electrica/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de abril de 2023.– Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, EN RELACIÓN A LOS HECHOS OCURRIDOS EL PASADO 28 DE MARZO, EN EL CENTRO DE DETENCIÓN MIGRATORIA DE CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a la CNDH y a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Segob, en relación a los hechos ocurridos el pasado 28 de marzo de 2023, en el centro de detención migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del PRI

Las suscritas diputadas Sue Ellen Bernal Bolnik, Sofía Carvajal Isunza, Norma Angélica Aceves García, Carolina Dávila Ramírez, Ricardo Aguilar Castillo, Ana María Esquivel Arrona, Rosa María González Azcárraga, María Leticia Chávez Pérez, integrantes de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, de Acción Nacional y de Movimiento Ciudadano, respectivamente, de la LXV legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6 numeral I fracción I; y 79 numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Consideraciones

En México, como país emisor, de tránsito, destino y retorno de personas migrantes, es una realidad que durante su estancia o tránsito por México, estas personas migrantes enfrentan altos riesgos de ser víctimas de delito y de violaciones de derechos humanos. De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado debe asegurar la protección de sus derechos humanos garantizados por el sistema legal mexicano y por los tratados internacionales de los cuales México es parte.

Lo que establece nuestra carta magna en su artículo primero contempla lo siguiente:

“Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

Lamentablemente existe un antecedente sobre las omisiones que tiene el Instituto Nacional de Migración, violando los derechos de personas extranjeras como la seguridad jurídica, así como a la libertad personal y de tránsito, así como omisión de los responsables para tomar las medidas de seguridad que eran indispensables y obligatorias para prevenir más incidentes mortales en las estaciones migratorias.

El día 28 de marzo del presente año, en un centro de detención migratorio de Ciudad Juárez, se presentó un incidente que dejó 40 muertos y 26 heridos, los fallecidos fueron 19 guatemaltecos, 7 salvadoreños, 7 venezolanos, 6 hondureños y un colombiano, originado por un incendio en el cual el personal no estaba capacitado ni cumplía con los requisitos de respeto a los derechos humanos y de capacitación que constituyen graves violaciones de los derechos humanos de los migrantes.

“La Fiscalía General de la República (FGR) procedió penalmente en contra del Comisionado de Instituto Nacional de Migración (INM), el doctor Francisco Garduño Yáñez; asimismo, Antonio Molina Díaz, Director de Control y Verificación Migratoria de dicho organismo y el contralmirante retirado Salvador González Guerrero, quien fuera delegado en esa entidad, a quienes considera responsables del ejercicio ilícito del servicio público, por no tomar las medidas mínimas para prevenir el incendio en el recinto migratorio de Ciudad Juárez, Chihuahua, en donde fallecieron 40 personas y 25 más resultaron heridas.

La Fiscalía señaló que estos funcionarios incumplieron con sus obligaciones de vigilar, proteger y dar seguridad a las personas e instalaciones a su cargo, propiciando las anomalías cometidas en contra de los migrantes, lo cual está tipificado como delito en el artículo 214, fracción sexta, del Código Penal Federal, asimismo, se señaló que el pasado 31 de marzo de 2020, otro centro del INM se incendió en Tenosique, Tabasco, resultando una persona muerta y 14 heridas; de esta tragedia surgió una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.”

Para garantizar la protección de los derechos humanos de las personas migrantes, la Ley de Migración establece que, de acuerdo con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los servidores del instituto están obligados a someterse a un proceso de certificación, que consiste en la comprobación del cumplimiento sobre personalidad, valores éticos, socioeconómicos y médicos, que son necesarios para el ejercicio de sus funciones. Esa certificación es requisito indispensable para su ingreso, así como las capacitaciones para obtener la preparación y adquirir la permanencia.

Es necesario que el Ejecutivo federal, de manera inmediata, separe de su cargo al titular del Instituto Nacional de Migración e imponga las sanciones correspondientes, y que tanto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Subsecretaria de Derechos Humanos Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (Segob), a fin de implementar mecanismos de prevención para lograr los objetivos y garantizar la protección de las personas migrantes privadas de libertad contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

De acuerdo a lo establecido en los artículos 2 y 16 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que obligan a cada Estado Parte a adoptar medidas eficaces para impedir que se cometan actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes en cualquier territorio bajo su jurisdicción.

En este sentido, por las consideraciones antes expuestas, se propone a esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. — La Camara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal, a que, de manera inmediata, separe de su cargo al titular del Instituto Nacional de Migración y se impongan las sanciones correspondientes por los actos de omisión y negligencia que derivaron en los lamentables hechos del pasado 28 de marzo de 2023, en el Centro de Detención Migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua, en dónde perdieron la vida 40 personas migrantes y 25 más resultaron lesionadas.

Segundo. - La Cámara de Diputados exhorta a la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y emita las recomendaciones necesarias con el propósito de determinar responsabilidades, garantizar el acceso a la justicia de las víctimas y sus familias, y adoptar las medidas de reparación correspondientes, sobre los hechos ocurridos el pasado 28 de marzo de 2023, en el Centro de Detención Migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua, que constituyen violaciones a los derechos humanos de las personas migrantes por parte de elementos del Instituto Nacional de Migración.

Tercero. — La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación (Segob) a fin de implementar medidas de prevención y protección, así como adoptar garantías de no repetición en respeto a la dignidad y los derechos humanos de la población migrante, para que el Instituto Nacional de Migración cumpla con sus obligaciones legales y con los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por méxico en materia de derechos humanos de los migrantes.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2 https://www.jornada.com.mx/2023/04/12/politica/003n1pol

Fuentes

3 https://www.lanacion.com.py/mundo/2023/03/31/cinco-detenidos-por-incendio-que-m ato-a-39-migrantes-en-mexico/

4 https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/cartillas/2015-2016/16-DH-guia-personas.p df

5 https://www.corteidh.or.cr/tablas/r33203.pdf

6 https://hchr.org.mx/derechos-humanos/derecho-internacional-de-los-derechos-huma nos/#:~: text=La%20Declaraci%C3%B3n%20Universal%2C%20junto%20con,Carta%20Internacional%2 0de%20Derechos%20Humanos%E2%80%9D

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2023.– Diputadas y diputados: Sue Ellen Bernal Bolnik, Sofía Carvajal Isunza), Norma Angélica Aceves García, Carolina Dávila Ramírez, Ricardo Aguilar Castillo, Ana María Esquivel Arrona, Rosa María González Azcárraga, María Leticia Chávez Pérez, Gabriela Sodi (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



EXHORTO A LA SENER, A UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON COMISIONES DE ESTA SOBERANÍA PARA EXPLICAR EL PROCESO DE ADQUISICIÓN DE LAS PLANTAS DE ENERGÍA DE IBERDROLA Y SU IMPACTO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sener a una reunión de trabajo con las Comisiones Unidas de Cambio Climático, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Energía, de esta soberanía, a explicar el proceso de adquisición de las plantas de energía de Iberdrola y los impactos en la política ambiental y energética del país, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Mirza Flores Gómez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle García, para llevar a cabo una mesa de trabajo en la que, en conjunto con las y los integrantes de las Comisiones Unidas de Cambio Climático, Medio Ambiente y Recursos Naturales y Energía, se explique el proceso de adquisición de las plantas de energía de Iberdrola y los posibles impactos en la política ambiental y energética del país, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado 4 de abril del presente año el Gobierno Federal anuncio mediante un comunicado de prensa la compra de 13 plantas de generación de energía eléctrica a la empresa española Iberdrola. En dicho comunicado se informó que:

El monto de la transacción es de aproximadamente 6 mil millones de dólares por 12 plantas de ciclo combinado y una planta eólica, con capacidad total de 8,500 MW.

• La adquisición se realiza a través de un vehículo de inversión nacional con participación mayoritaria del Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin), administrado por México Infrastructure Partners (MIP), y financiamiento de la banca.

• Dicha transacción no implica aumentar la deuda pública presupuestal, al ser realizada a través del Fonadin.

Desde que se emitió dicho comunicado han surgido diferentes dudas sobre el proceso de compra de las 13 plantas para producir energía eléctrica y de su posible impacto en la política ambiental y energética del país. Por ejemplo:

1) De las 13 plantas involucradas en la transacción, 12 centrales son de ciclo combinado (gas natural y vapor) y producen 8,436 MW y solo una es eólica produciendo 103 MW. Es decir, 12 de ellas utilizan combustibles fósiles y solo una produce energía limpia. Por lo que México pareciera que no gano nada en la reducción de su huella de Carbono con la adquisición de estas plantas, ¿Qué motivo a tomar esta decisión?, acaso ¿no sería mejor invertir esos 6 mil millones de dólares en la construcción de plantas de energía limpia?

2) En cuanto a capacidad instalada, las 13 plantas seguirán produciendo 8539 MW, es decir, no se ganó ni un solo MW extra con esta operación, por lo que no se ve el beneficio en la matriz energética del País ni como ayudará esto a alcanzar las Contribuciones Nacionalmente Determinadas comprometidas en la última COP sobre cambio climático en Egipto.

3) El Gobierno Federal señala que con la compra de estas plantas la Comisión Federal de Electricidad (CFE) aumento su porcentaje de generación de electricidad del 39.6 % al 55.5 %. Sin embargo, hay opiniones que dicen lo contrario, como la del IMCO que señala que esta generación de electricidad ya formaba parte de la matriz de generación de la propia CFE.

4) México Infrastructure Partners (MIP), un fondo privado del que no conocemos el nombre de sus asociados que, con la participación de capital del Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin), del cual se desconoce su monto, serán los encargados de solventar la operación de la compra de estas 13 plantas, pero, existen diversos señalamientos que afirman que el Fonadin no cuenta con los recursos suficientes para saldar esta operación, por lo que tendría que ser a través de deuda publica emitida vía el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.

Esta situación no ha sido aclarada por el Gobierno Federal.

5) La CFE no será la propietaria de dichas plantas, por lo que solo las administrará. Lo cual genera preocupación por la alta ineficiencia que ha mostrado la propia CFE en la administración varias veces comprobada, de sus propias plantas.

6) Surge finalmente otra duda que no ha sido aclarada por el gobierno.

Todos los empleados que actualmente laboran en las 13 plantas pasaran a ser servidores públicos o cual será su situación laboral, en este caso tampoco el Gobierno Federal lo ha aclarado.

Son muchas las dudas y poca la información oficial por parte del Gobierno Federal en este tema.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaria de Energía, Rocío Nahle García para llevar a cabo una mesa de trabajo en la que, en conjunto con las y los integrantes de las Comisiones Unidas de Cambio Climático, Medio Ambiente y Recursos Naturales y Energía, se explique el proceso de adquisición de las plantas de energía de Iberdrola y los posibles impactos en la política ambiental y energética del País.

Notas

1 https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-21-el-gobierno-de-mexico-anuncia-a cuerdo-con-iberdrola-para-la-compra-de-13-plantas-de-generacion-de-electricidad

2 https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-21-el-gobierno-de-mexico-anuncia-a cuerdo-con-iberdrola-para-la-compra-de-13-plantas-de-generacion-de-electricidad

3 https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-21-el-gobierno-de-mexico-anuncia-a cuerdo-con-iberdrola-para-la-compra-de-13-plantas-de-generacion-de-electricidad

4 https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-21-el-gobierno-de-mexico-anuncia-a cuerdo-con-iberdrola-para-la-compra-de-13-plantas-de-generacion-de-electricidad

5 https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-21-el-gobierno-de-mexico-anuncia-a cuerdo-con-iberdrola-para-la-compra-de-13-plantas-de-generacion-de-electricidad

6 https://imco.org.mx/la-compra-de-centrales-de-iberdrola-no-nacionaliza-la-indus tria-electrica/#:~: text=La%20compra%20de%20centrales%20de%20Iberdrola%20no%20nacionaliza%20la%20in dustria%20el%C3%A9ctrica,-IMCO%20Staff&text=COMPARTIR%3A,%246%20mil%20millo nes%20de%20d%C3%B3lares.

7 https://www.eleconomista.com.mx/mercados/Fonadin-con-recursos-insuficientes-par a-adquirir-plantas-de-Iberdrola-20230411-0127.html

8 Ibíd.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, A REALIZAR INSPECCIONES FRECUENTES A LAS AERONAVES Y VERIFICAR QUE CUMPLEN CON MEDIDAS DE SEGURIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Agencia Federal de Aviación Civil a realizar inspecciones frecuentes a las aeronaves y verificar que cumplen con medidas de seguridad, a cargo de la diputada Elva Agustina Vigil Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Elva Agustina Vigil Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a esta soberanía, para su resolución, proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta de manera respetuosa a la Agencia Federal de Aviación Civil al tenor de las siguientes

Consideraciones

Cuando termina un vuelo, siempre se piensa que el agradecimiento se debe al piloto o comandante, pero en realidad, aunque es quien se considera el más importante existe una cadena que está encargada de la seguridad en el transporte aéreo, todo regulado por la ley Federal de Aviación Civil

Es de gran relevancia el que los pasajeros sigan las instrucciones impartidas durante el vuelo, pero es también fundamental que el avión cumpla con las normas estipuladas por la Ley Federal de Aviación Civil

Artículo 41. La responsabilidad del comandante con relación a la seguridad y operación de la aeronave comprende desde el momento en que la aeronave esté lista para moverse con el propósito de despegar hasta el momento en que se detiene por completo al finalizar el vuelo y que se apagan los motores utilizados como unidad de propulsión principal.

Son varias las etapas de preparación de la aeronave y del personal que hará parte de la tripulación

(...)

Capítulo XIX

De las sanciones

Artículo 86. Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ley cometidas por el concesionario o permisionario, según se trate, serán sancionadas por la Secretaría de acuerdo con lo siguiente:

(...)

g) Sin los instrumentos de seguridad y equipo de auxilio que corresponda, con multa de quinientos a cinco mil Unidades de Medida y Actualización;

Artículo 87. Se les impondrán a los concesionarios o permisionarios de servicio al público de transporte aéreo las siguientes sanciones por:

(...)

VIII. No efectuar la conservación y mantenimiento de sus aeronaves y demás bienes que se relacionen con la seguridad y eficiencia del servicio, multa de quinientas a cinco mil Unidades de Medida y Actualización;

Así, la ley antes mencionada, contemplado que los aviones cuenten con la seguridad para los pasajeros durante el vuelo y que si en caso fortuito e infortunado el personal de sobre cargos sepa cómo actuar y reaccionar de la manera más adecuada preservando siempre la vida

En la realidad, muchas aeronaves no cuentan con un botiquín que contenga los elementos básicos para atender una mínima eventualidad, representando esto un grave riesgo para cualquier pasajero que en un momento dado pueda presentar un percance durante el vuelo y teniéndose obligatoriamente a estar en tierra para la atención del mismo

Es verdad que volar en un avión puede ser una experiencia desagradable si los pasajeros no obedecen las normas y recomendaciones durante el vuelo, pero en caso de que un pasajero sufra por ejemplo un desmayo sabiendo que se presenta cuando el cerebro deja temporalmente de recibir suficiente sangre, lo que hace que pierdas el conocimiento. Esta pérdida del conocimiento suele ser breve y se debe actuar de manera pronta para que el afectado vuelva en conciencia, sin embargo, muchos sobrecargos no saben cómo se debe actuar porque no tienen el conocimiento al respecto, teniendo que acudir a buscar entre los pasajeros alguien que pueda cooperar frente a los hechos.

Por seguridad en el avión se contempla en la Ley Federal de Aviación Civil, pero no se está cumpliendo, las diferentes aerolíneas han dejado de lado cumplir con este tema poniendo en grave riesgo la integridad de los pasajeros o la forma asertiva de reaccionar frente a una situación que se presente en medio de un vuelo.

Por lo anteriormente expuesto me permito someter a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Agencia Federal de Aviación Civil para que realice inspecciones frecuentes a las aeronaves y verifique que cumplen con las medidas de seguridad contenidas en la Ley Federal de Aviación Civil y en caso de encontrar alguna falencia se sancione y se tomen las correcciones correspondientes

Dado en Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 abril de 2023.– Diputada Elva Agustina Vigil Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



EXHORTO A LA UAM Y A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN DE ESTA SOBERANÍA, A CREAR VÍAS DE COMUNICACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACUERDO ENTRE LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL Y LAS AUTORIDADES DE DICHA UNIVERSIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la UAM y a la Comisión de Educación de esta soberanía a crear vías de comunicación para reforzar las acciones que faciliten la construcción de acuerdos entre la comunidad estudiantil y las autoridades de dicha universidad, suscrita por los diputados Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Jorge Triana Tena y Juan Carlos Romero Hicks, del Grupo Parlamentario del PAN

Suscrita por la diputada federal Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, el diputado Jorge Triana Tena y el diputado Juan Carlos Romero Hicks, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en las fracciones I del numeral 1 del artículo 6 y III del numeral 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con base en las siguientes:

Consideraciones

I. Actualmente la UAM cuenta con cinco planteles: Azcapotzalco, Cuajimalpa, Iztapalapa, Lerma y Xochimilco; donde ofrecen 80 licenciaturas, 64 maestrías, 42 doctorados, 14 especializaciones.

II. El 10 de marzo de 2023 en la Ciudad de México, los cinco planteles de la UAM, entraron en paro indefinido como acto de reprobación y solidaridad con una alumna de la unidad Cuajimalpa, tras ser víctima de abuso sexual por parte de su ex pareja dentro de dicho plantel, la comunidad estudiantil rechaza cualquier tipo de violencia a la comunidad, en especial hacia las mujeres cuyas demandas de seguridad y respeto sean reconocidas

III. La violencia de género es uno de los mayores problemas que aquejan instituciones de educación en nuestro país, por lo que han surgido organizaciones feministas, las cuales han propuesto soluciones que en pocas ocasiones han sido tomadas en cuenta.

IV. A pesar de la implementación de protocolos para erradicar la violencia de género que se presenta dentro de los planteles, se ha permitido que estos casos queden impunes.

V. Esta omisión de parte de las autoridades universitarias no ha generado soluciones a las demandas estudiantiles que aquejan de la universidad en materia de violencia contra las mujeres, lo cual ha derivado que siga el paro de labores educativas dentro de dicha institución universitaria.

Por todo lo anterior, presento ante el pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de acuerdo

Único. Con respeto a la autonomía universitaria y a los órganos de esta Cámara de Diputados de este honorable Congreso de la Unión, se solicita a la Comisión de Educación de esta Cámara de Diputados crear vías de comunicación para reforzar las acciones que faciliten la construcción de acuerdo entre la comunidad estudiantil y las autoridades de la Universidad Autónoma Metropolitana, para que las labores académicas sean retomadas y las demandas de la comunidad estudiantil sean solucionadas buscando en todo momento la eliminación de la violencia de género que aqueja a dicha comunidad universitaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada y diputados: Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, Jorge Triana Tena, Juan Carlos Romero Hicks (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE, A REALIZAR ACCIONES DE REMEDIACIÓN DE LOS SITIOS DE TRANSFERENCIA O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS URBANOS EN JALISCO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades en materia de medio ambiente a realizar acciones de remediación de los sitios de transferencia o disposición final de residuos y promuevan la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos en Jalisco, a cargo de la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Laura Lorena Haro Ramírez, diputada federal de la LXV Legislatura del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente “proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades en materia de medio ambiente de orden federal, estatal y municipal, para que realicen acciones de remediación de los sitios de transferencia o disposición final de residuos y promuevan la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos en el estado de Jalisco”, considerando los siguientes:

Antecedentes

Jalisco enfrenta una crisis ecológica en materia de generación y manejo de residuos, específicamente en el Área Metropolitana de Guadalajara.

Este grave problema es provocado por las amplias cifras de generación de basura en el estado. De acuerdo con el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, a través del Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales 2021, diariamente se recolectan en promedio 7 millones 682 mil 397 kilogramos de residuos.

Dicho de otra forma, los residuos que se producen en Jalisco representan el equivalente a 1,920 camiones de basura que en promedio manejan una capacidad de carga de 4 toneladas.

Tan solo en lo que corresponde a la Zona Metropolitana de Guadalajara, la emisión de residuos equivale a 4 mil 667 toneladas diarias, siendo Guadalajara y Zapopan los municipios que mayor cantidad reportan. Durante 2020, la capital de la entidad produjo 1 mil 393, mientras que Zapopan produjo 1 mil 350 toneladas en el mismo año.

Por su parte, el municipio que ha reportado un incremento significativo en ros residuos sólidos recolectados fue Tlajomulco de Zúñiga, con 66.6 por ciento de aumento, al pasar de 400 toneladas en 2018 a 666.2 en 2020.

También se reportaron incrementos en San Pedro Tlaquepaque, de 500 a 534 toneladas; Tonalá, de 384.2 a 395.1 toneladas; El Salto, de 140 a 180 toneladas; Ixtlahuacán de los Membrillos, de 46.7 a 50 toneladas; Acatlán de Juárez, de 46.7 a 50 toneladas; y Juanacatlán, de 15 a 17 toneladas.

Una vez que han sido recolectados los residuos, son trasladados a alguno de los 120 sitios de disposición final o alguno de los 8 centros de acopio previo a la disposición final que existen en Jalisco.

En estos lugares los residuos pueden permanecer décadas, provocando daños al medio ambiente, así como a la calidad de vida y desarrollo productivo de cientos de familias que habitan en las comunidades aledañas.

También es importante señalar las omisiones que han dejado graves daños al medio ambiente y a las y los jaliscienses. Pues, a pesar de que la Zona Metropolitana es el lugar donde se genera el 80 por ciento de la basura de la entidad, no hay sitios de disposición final disponibles, propiciando que los residuos se acumulen en las calles.

Asimismo, se abren centros de transferencia sin considerar las condiciones y características que establecen las normas vigentes que terminan convirtiéndose en basureros.

Cabe destacar que la inexistencia de un sitio de disposición final también se debe al cierre de aquellos que trabajaron más tiempo de su vida útil, sumado a la ausencia de una planeación metropolitana de infraestructura útil a largo plazo para todos los municipios, bajo la lógica de la economía circular.

El primer caso se dio a finales de noviembre de 2021, se trata del relleno sanitario de Los Laureles operado por la empresa CAABSA, que recibió los últimos residuos de los desechos generados por los municipios de El Salto, Guadalajara, Tlajomulco y Tlaquepaque.

Este sitio operó durante 22 años recibiendo entre 3 mil y 3 mil 500 toneladas diarias, cuando su vida útil era solo de 10, lo cual generó graves daños ambientales, no solo para el río Santiago, también para las comunidades aledañas, pues los desechos eran dejados a cielo abierto y no los enterraban generando fuga de lixiviados.

Cuando se oficializó el cierre, se informó que comenzaría el proceso de remediación, para el cual invertirían 150 millones de pesos. Sin embargo, en diciembre de 2022, un año después de su cierre, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que clausuró dicho basurero, intentó realizar una inspección al predio y trabajadores del sitio lo impidió.

La Profepa argumentó que el cierre fue para evitar la contaminación del Río Santiago y, en virtud de que se impidió inspeccionar el compromiso de CAABSA sobre los trabajos de remediación ambiental, aunado a que los desechos continúan a la intemperie, hay derrames de líquidos por alimentos en descomposición y la mezcla de otros solventes residuales, causando afectaciones a habitantes aledaños y daño ecológico en el subsuelo.

Otro caso se suscitó en el pueblo de Matatlán, que desde 2007 fue autorizado a servir como central de transferencia, para captar residuos de los camiones y en menos de 48 horas trasladarlos en góndolas hasta un sitio de disposición final, en este caso Los Laureles.

Sin embargo, con el cierre de Los Laureles en noviembre de 2021, la empresa CAABSA convirtió el sitio de transferencia, en un basurero de disposición final. Situación que generó severos problemas ambientales a los asentamientos humanos que se construyeron alrededor, así como derrame de lixiviados, residuos a cielo abierto y malos olores.

Al momento de su clausura por parte de la Profepa en noviembre de 2022, se documentó que había violaciones a las normas ambientales como es el almacenamiento de más de 120 mil toneladas de basura.

Por su parte, en la Zona Metropolitana se encuentra el sitio de disposición final Picachos, ubicado en Zapopan. Inició operaciones en mayo de 2001, se encuentra sobre 70 hectáreas, y año con año ha ido aumentando sus celdas con los residuos generados en los municipios de Zapopan y parcialmente de Guadalajara.

Se calcula que en los últimos 12 años se dispusieron más de 4.8 millones de toneladas de residuos sólidos urbanos. Lo que lo convirtió en un basurero que habría llegado a su vida útil para noviembre de 2021.

En 2022 el gobierno de Zapopan planteó la ampliación del número de celdas del vertedero sanitario Picachos para apoyar con sus residuos sólidos urbanos a los municipios de la Zona Metropolitana de Guadalajara, luego del cierre de los basureros de Laureles y de Matatlán.

Ante ello, el gobierno de Jalisco y el Ayuntamiento de Guadalajara anunciaron invertir por lo menos 70 millones de pesos para construir las celdas 6 y 7, con la incorporación de 12 hectáreas más, a fin de poder recibir más desechos de los municipios de Guadalajara, Tonalá, Tlajomulco y El Salto.

De continuar con un esquema así, la disposición final de basura continuará generando crisis ambiental en Jalisco, ante la falta de un plan a corto y mediano plazo por parte de gobierno del Estado y los municipios de la Zona Metropolitana para atender los sitios de disposición final o de transferencia que fueron cerrados.

Por lo anteriormente expuesto, solicito:

Punto de Acuerdo

Primero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del gobierno de Jalisco para que, en medida de sus competencias, establezca una estrategia de coordinación con los ayuntamientos que integran la Zona Metropolitana de Guadalajara con el objeto de atender urgentemente los sitios de transferencia o disposición final de residuos conocidos como Los Laureles, Matatlán y Picachos, con el objeto de reducir los riesgos inminentes a la salud y al ambiente, así como propiciar el desarrollo sustentable; todo con base en los criterios que establece el Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Riesgos.

Segundo. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los ayuntamientos que integran la Zona Metropolitana de Guadalajara para que, en medida de sus competencias, establezcan un esquema de coordinación con los gobiernos federal y estatal para promover la creación de infraestructura para el manejo integral de residuos sólidos urbanos, de manejo especial y residuos peligrosos. Debiendo cumplir con las especificaciones y características constructivas y operativas para Sitios de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial, de conformidad con la NOM-083-SEMARNAT-2003, especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Tercero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que, en medida de sus competencias, instruya la inspección en el sitio de disposición final de Los Laureles y el sitio de transferencias Matatlán, con el objeto de verificar que estén realizando los trabajos de remediación ambiental que exige la NOM-083-SEMARNAT-2003.

Cuarto. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del gobierno de Jalisco y a la Procuraduría del Medio Ambiente del estado de Jalisco para que, en medida de sus competencias, establezca un esquema permanente de visitas de inspección a los sitios de transferencia o de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial y publique bajo el principio de transparencia los resultados de dichas visitas.

Quinto. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del gobierno federal y a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del gobierno de Jalisco para que, en medida de sus competencias, establezcan un esquema de coordinación con los ayuntamientos que integran la Zona Metropolitana de Guadalajara con el fin de convocar a la participación de todos los sectores sociales en la prevención de la generación, la valorización y gestión integral de residuos de conformidad con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Así como integrar a los órganos de consulta que establece la ley en comento, entidades y dependencias de la administración pública, instituciones académicas, organizaciones sociales y empresariales para funciones de asesoría, evaluación y seguimiento en la materia.

Notas

1 https://www.inegi.org.mx/programas/cngmd/2021/#Publicaciones

2 https://www.inegi.org.mx/programas/cngmd/2021/#Tabulados

3 Ibid.

4 Ibid.

5 https://www.publimetro.com.mx/jalisco/2022/12/01/gobierno-federal-ahora-clausur o-el-basurero-de-los-laureles/

6 https://www.milenio.com/politica/comunidad/tonala-profepa-clausura-ahora-el-ver tedero-los-laureles

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2023.– Diputada Laura Lorena Haro Ramírez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, A EMITIR LOS LINEAMIENTOS PARA LA SELECCIÓN, ADQUISICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS DEL NIVEL SECUNDARIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a emitir los lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Asamblea, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya, para que formule el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En el marco de la próxima celebración del Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor, proclamado en 1995 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) el 23 de abril de cada año, cabe mencionar que la idea de celebrar el Día del Libro encuentra su antecedente en 1926 en Cataluña, y fue propuesto a la Cámara Oficial del Libro de Barcelona en 1923 y aprobada por el rey Alfonso XIII de España en 1926 (DÍA DEL LIBRO, s.f.). La elección de esta fecha conlleva un profundo significado, por ser coincidente con el fallecimiento de William Shakespeare, Miguel de Cervantes e Inca Garcilaso de la Vega.

La UNESCO estableció así, el 23 de abril como un “día que rinde homenaje a los libros y a los autores y fomenta el acceso a la lectura para el mayor número posible de personas. Trascendiendo las fronteras físicas, el libro representa una de las invenciones más bellas para compartir ideas y encarna un instrumento eficaz para luchar contra la pobreza y construir una paz sostenible” (UNESCO, s.f.).

Asimismo, sitúa claramente el objetivo de dicha conmemoración ya que al defender el libro y el derecho de autor, se apoya la creatividad, la diversidad y la igualdad de acceso al conocimiento, la promoción de la alfabetización, el aprendizaje móvil y el libre acceso a los contenidos científicos y los recursos educativos con la participación activa de las partes interesadas —autores, editores, docentes, bibliotecarios, instituciones públicas y privadas, ONG humanitarias, medios de comunicación y cualquier otro interlocutor que se sienta implicado en esta celebración (UNESCO, s.f.).

Por lo que partiendo de estos principios, el pasado 18 de octubre presenté Punto de Acuerdo para exhorta respetuosamente, a la titular de la Secretaría de Cultura, Alejandra Frausto Guerrero, a que proceda a instalar el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, mismo que fue aprobado y del que ahora espero no sólo se dé el seguimiento, sino el cumplimiento a lo dispuesto por la ley, que contiene las bases y los mecanismos de participación de las diferentes entidades públicas y privadas, a través de las cuales deben abordarse las políticas y acciones a favor del libro y la lectura y por supuesto de la sociedad (Diputados, Proposiciones con punto de acuerdo presentadas por diputado en la LXV Legislatura turnadas a comisión, s.f.).

Sin embargo, quiero puntualizar que estas acciones a favor de la lectura no son un acto de buena voluntad, sino también un elemento vital en las acciones en materia de educación conforme a lo dispuesto por el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

“Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia. Fe de erratas al párrafo DOF 09-03-1993. Reformado DOF 12-11-2002, 09-02-2012, 29-01-2016, 15-05-2019

Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica” (de Diputados, s.f.).

De manera que, tratándose de educación, es imprescindible contar con mecanismos eficaces de evaluación tanto de la calidad como de los progresos de esta, William Thomson Kelvin, físico y matemático británico, acuñó la frase: “Lo que no se define no se puede medir. Lo que no se mide, no se puede mejorar. Lo que no se mejora, se degrada siempre” (Energía y Desarrollo Sustentable , s.f.), lo que viene muy al caso, ya que uno de los instrumentos, para llevar a cabo una medición respecto de la capacidad de los alumnos, entre ellos el de la lectura, es el Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), por lo que celebro que no se haya suspendido la participación de nuestro país en 2022 en este importante instrumento de evaluación del aprendizaje de los estudiantes de educación secundaria.

Sin embargo, es necesario abordar, otra línea de acción que no debe quedar desatendida, como lo es el caso de los libros de texto, ya que la Secretaría de Educación Pública ha omitido formular y emitir la Convocatoria en el año de 2022 y el presente, para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria, mediante la que se asegure la participación de todas y cada una de las Editoriales, en coordinación con dicha Secretaría y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito (CONALITEG) y gobiernos estatales, entre otras instancias gubernamentales.

En este sentido, cabe destacar que existen las bases y fundamentos jurídicos que facultan al titular de la Secretaría de Educación Pública, a formular el Acuerdo correspondiente para expedir los citados lineamientos tal y como había venido ocurriendo y como se incluyen en los considerandos del Acuerdo del 12 de marzo de 2021, a saber:

Que la Ley General de Educación en su artículo 22, último párrafo señala que los libros de texto que se utilicen para cumplir los planes y programas de estudio serán los autorizados por la Secretaría de Educación Pública, por lo que queda prohibida cualquier distribución, promoción, difusión o utilización de los que no cumplan con este requisito;

Que, asimismo, la citada Ley en su artículo 113, fracción IV, establece que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal, elaborar, editar, mantener actualizados y enviar a las entidades federativas en formatos accesibles los libros de texto gratuitos y demás materiales educativos, mediante procedimientos que permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación;

Que la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, desde 1997, puso en marcha el Programa de selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos para nivel secundaria (Programa), con el propósito de ofrecer a los alumnos de las escuelas públicas de ese nivel educativo materiales didácticos que apoyen su formación académica y contribuir, con esta acción, con la gratuidad mandatada en el artículo 3o. Constitucional;

Que debido a que en secundaria existe más de un libro de texto autorizado por la Secretaría de Educación Pública para cada asignatura y grado, el Programa requiere que, para el desarrollo de sus cátedras, sean los docentes frente a grupo, como agentes fundamentales del proceso educativo, quienes elijan el libro de texto más adecuado a las necesidades de sus alumnos, a fin de garantizar el máximo potencial en su aprendizaje, al ser ellos quienes conocen las circunstancias de sus alumnos y su contexto, y

Que toda vez que después de 1997 el Programa se ha expandido a toda la República Mexicana, se hace necesario contar con reglas claras y transparentes que optimicen la selección, adquisición y distribución de los libros de texto gratuitos de secundaria, garantizando que la elección de éstos por parte de los docentes sea respetada, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente: Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria (de la Federación, s.f.).

Así como lo dispuesto por el artículo 32, de la Ley General de Educación “a través del Sistema Educativo Nacional se concentrarán y coordinarán los esfuerzos del Estado, de los sectores social y privado, para el cumplimiento de los principios, fines y criterios de la educación establecidos por la Constitución y las leyes de la materia” (Diputados, s.f.).

La participación de las instituciones privadas en este caso, a través de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana, CANIEM, por sus siglas, no es nueva, históricamente las editoriales han concurrido en lo que corresponde a los libros de texto, atendiendo las disposiciones de la normatividad vigente (Industria Editorial Mexicana, s.f.), nuestra legislación lo contempla y como ya se mencionaba al principio, la celebración del Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor, reconoce el acceso al conocimiento, y el libre acceso a los contenidos científicos y los recursos educativos con la participación activa de las partes interesadas —autores, editores, docentes, bibliotecarios, instituciones públicas y privadas, ONG humanitarias, medios de comunicación y cualquier otro interlocutor que se sienta implicado en esta celebración.

Por otra parte, es de reconocer que esta sana participación de la industria especializada en la materia, es decir en la edición de libros, como se señala en el quinto considerando del Acuerdo del 12 de marzo de 2021, ha venido a sumar los esfuerzos, contribuyendo a elevar la calidad de los materiales y recursos educativos a los que tienen derecho tanto docentes como alumnos.

Por lo anteriormente expuesto, una vez más en este mes de abril, en el que se celebra el Día Mundial del Libro y el Derecho de Autor, me parece una buena forma de celebrarlo y honrarlo en el Congreso mexicano, exhortando a la titular de la Secretaría de Educación Pública, a que emita los lineamientos conducentes, mediante los que se establezcan los procesos y las bases de colaboración entre la SEP, las Autoridades Educativas Locales y la CONALITEG, para el Programa de selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos para nivel secundaria, así como para la formalización para la adquisición con las Editoriales, de manera que éstas, sean informadas sobre la incorporación de sus libros de texto en el Catálogo de libros de texto autorizados por la Secretaría para su uso en las escuelas secundarias del Sistema Educativo Nacional, debidamente publicado en el Diario Oficial de la Federación, para cada ciclo escolar, en apego a la Convocatoria que emita la Secretaría de Educación Pública.

De nueva cuenta a favor de la niñez y los adolescentes y por ende de la sociedad mexicana, les invito acompañar este exhorto, a favor de las acciones que contribuyan a elevar la calidad de nuestro sistema nacional educativo, como el espacio de concurrencia de las diferentes instancias que participan en el universo del libro y la lectura, que como todos sabemos, es la esencia de la educación y la cultura, un espacio en que cabemos y debemos estar todos.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya, para que formule el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la selección, adquisición y distribución de libros de texto gratuitos del nivel secundaria.

Referencias

Cámara de Diputados, C. (s.f.). Leyes Federales Vigentes. Obtenido de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Diario Oficial de la Federación, D. (s.f.). Obtenido de DOF: 12/03/2021:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5613532&fecha=12/ 03/2021#gsc.tab=0

Día del Libro. (s.f.). Día del Libro, 23 de abril. Obtenido de

https://www.diadellibro.eu/#:~: text=El%20Origen%20del%20D%C3%ADa%20del,Pla%20o%20Manuel%20Mej%C3%ADa%20Vallejo .

Cámara de Diputados, C. (s.f.). Leyes Federales Vigentes. Obtenido de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf

Cámara de Diputados, C. (s.f.). Proposiciones con punto de acuerdo presentadas por diputado en la LXV Legislatura turnadas a comisión. Obtenido de diputada Ma. Teresa Ochoa Mejía:

http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/65/2022/oct/20221018-III.h tml#Proposicion23

Energía y Desarrollo Sustentable, I. (s.f.). IEDS. Obtenido de Lo que no se mide no puede mejorarse.

Industria Editorial Mexicana, C. (s.f.). Comunicación Noticias. Obtenido de Carta a la opinión pública sobre los libros de texto gratuitos:

https://caniem.org/carta-a-la-opinion-publica-sobre-los-libros-d e-texto-gratuitos/

UNESCO. (s.f.). Obtenido de Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor:

https://es.unesco.org/commemorations/worldbookday

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Ma. Teresa Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP Y A SUS HOMÓLOGAS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A FORTALECER LAS CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL ACOSO ESCOLAR

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a sus homólogas en las 32 entidades federativas a fortalecer las campañas de concientización sobre el acoso escolar e impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las instituciones educativas y sus equipos docentes, en materia prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas, a cargo de la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 , fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública y a sus homologas de las 32 Entidades federativas, fortalecer las campañas de concientización sobre el acoso escolar e impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las Instituciones Educativas y sus equipos docentes, para la prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas.

Exposición de Motivos

El bullying, también conocido como acoso escolar, matoneo, maltrato u hostigamiento escolar, es el nombre con el que se denomina cualquier tipo de maltrato físico, verbal o psicológico prolongado entre estudiantes ya sea en un espacio físico, como el salón de clases o el colegio, o virtual, como las redes sociales.

Usualmente el agresor se encuentra en una posición de dominación sobre la víctima y este es legitimado ya sea por la aprobación de los demás estudiantes o por su silencio.

En tanto la víctima usualmente es de una etnia diferente, de un nivel económico más bajo que el de sus compañeros, sufre de sobrepeso, posee diversidad funcional (como el síndrome de Asperger, el síndrome de Down, el síndrome de Tourette o autismo) tiene alguna preferencia sexual o simplemente porque no es del agrado de su agresor.

Por ello la Organización No Gubernamental Bullying Sin Fronteras, promovió ante la UNESCO, para que el día 2 de mayo se conmemore el Día Mundial contra el Bullying o Acoso Escolar, un día que se recuerda en más de 40 países, con el objetivo principal de generar conciencia sobre el acoso escolar que afecta a millones de niñas y niños en el mundo y causa aproximadamente 200 muertes al año.

Pues de acuerdo a la Asociación Americana de Psicología, entre el 40% y el 80% de los estudiantes afirman haber experimentado acoso en algún momento durante su formación académica.

Y según un estudio realizado en 18 países del continente americano por la ONG Bullying Sin Fronteras, al menos 7 de cada 10 niños fueron víctimas de maltrato por parte de sus compañeros.

Que el mismo estudio demostró que, en una escala del 1 al 12, los países del continente con mayor índice de matoneo son: México, con 12 puntos; República Dominicana, con 10 puntos; Costa Rica, con 10 puntos; Estados Unidos, con 10 puntos; Chile, con 7,9 puntos; Colombia, con 7,6 puntos; y Perú, con 6,1 puntos. Por otro lado, la media de los países pertenecientes a la OCDE fue de 8,9 puntos, mientras España tuvo 6 puntos.

Que el bullying o acoso escolar, se puede presentar de diferentes formas. Habitualmente, el acoso suele comenzar con violencia psicológica y verbal, aunque con el tiempo, si no se toman medidas, es esperable que la violencia vaya en aumento y llegue a implicar agresiones físicas.

Así mismo las consecuencias del bullying o acoso escolar son las mismas que las de cualquier otro maltrato psicológico o físico, con la diferencia de que es ejercido sobre menores de edad, por lo que sus pensamientos y sus conductas se transformarán de por vida.

Que entre las consecuencias directas del bullying o acoso escolar se encuentran la tendencia a sufrir de problemas mentales como la depresión, el estrés postraumático y trastornos del estado de ánimo incluso hasta la muerte.

Como fue el caso de Norma la estudiante que sufría bullying en la Secundaria oficial No.0518 en Teotihuacán, Estado de México, y que el pasado 15 de Marzo falleció a consecuencia de que su atacante no solo golpeó con sus propias manos a Norma, sino también se apoyó en una piedra para provocarle severas lesiones que derivaron en un traumatismo cráneo encefálico.

Así mismo se ha asociado el bullying o acoso escolar con el suicidio y con episodios de venganza como los tiroteos en las escuelas estadounidenses y el terrorismo.

Por ello debemos alertarnos ya que las cifras sobre casos de bullying o acoso escolar en educación básica, van en aumento, afectando a 18 millones 781 mil 875 alumnos de primaria y secundaria tanto públicas como privadas, de acuerdo con un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Y es en ese sentido que la Secretaría de Educación Pública debe implementar las acciones necesarias a fin de salvaguardar la vida, integridad física y psicológica de las y los alumnos y trabajar de manera conjunta con los padres de familia a fin de concienciar sobre el riesgo del acoso escolar en los niños y jóvenes a nivel global, así como buscar los mecanismos para establecer un protocolo de acción frente a este problema, que representa un grave peligro para la población infantil y juvenil.

Que por lo anteriormente expuesto y fundado someto a esta Honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública y a sus homologas de las 32 Entidades federativas, fortalecer las campañas de concientización sobre el acoso escolar e impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las Instituciones Educativas y sus equipos docentes, para la prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas.

Referencias

- Bullying o acoso escolar | Qué es, Definición y Concepto. (enciclopediaonline.com)

- Día Mundial contra el Bullying o Acoso Escolar | Comisión Nacional de los Derechos Humanos - México (cndh.org.mx)

- México es el primer lugar de bullying a escala internacional - Grupo Milenio

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Martha Azucena Camacho Reynoso (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO AL EJECUTIVO DE NUEVO LEÓN Y A LA CONAVIM, CON MOTIVO DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN DICHA ENTIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo de Nuevo León y a la Conavim, con motivo de la violencia de género que se presenta en esa entidad federativa, a cargo del diputado Pedro Salgado Almaguer, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Pedro Salgado Almaguer, del grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional e integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La violencia contra las mujeres y las niñas es una forma de abuso y discriminación que no conoce de razas, clases sociales ni identidades nacionales, lamentablemente dicha violencia adopta diversas formas como física, sexual, psicológica y económica, aunque esas formas pueden estar interrelacionadas.

La ONU ha definido la violencia contra la mujer como “cualquier acto de violencia de género que tenga como resultado, o pueda tener como resultado, daño o sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer, incluidas las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o privada”.

Aunque las estadísticas mundiales de la violencia de género varían de un lugar a otro, según las estimaciones, a lo largo de su vida, una de cada tres mujeres es maltratada o forzada para que mantenga relaciones sexuales o sometida a otros tipos de abusos.

A nivel global se estima que 736 millones de mujeres, alrededor de una de cada tres, ha experimentado alguna vez en su vida violencia física o sexual por parte de una pareja íntima, o violencia sexual perpetrada por alguien que no era su pareja (el 30 por ciento de las mujeres de 15 años o más). Estos datos no incluyen el acoso sexual y algunos estudios nacionales muestran que la proporción puede llegar al 70 por ciento de las mujeres.

Las tasas de depresión, trastornos de ansiedad, embarazos no planeados, infecciones de transmisión sexual e infección por VIH son más altas en las mujeres que han experimentado este tipo de violencia en comparación con las que no la han sufrido, así como muchos otros problemas de salud que pueden durar incluso después de que la violencia haya terminado.

La mayor parte de la violencia contra las mujeres es perpetrada por sus maridos o parejas íntimas o por parte de sus ex-maridos-parejas. Más de 640 millones de mujeres de 15 años o más han sido objeto de violencia de pareja (el 26 por ciento de las mujeres de 15 años o más).

En México, según cifras oficiales de 2015 a enero de 2023, ha habido 6 mil 543 feminicidios, esto solamente son los casos clasificados como feminicidios, sin sumar los asesinatos de mujeres que se quedan como homicidios dolosos o culposos, suicidios o los que están en proceso.

De 2015 a 2023, las cifras de incidencia delictiva del fuero común que publica el SESNSP demuestran la violencia contra las mujeres de entre 0 y 17 años ha aumentado en el país durante el último año: mientras en enero de 2022 se registraron 6 incidentes de este delito contra niñas y adolescentes a nivel nacional, los feminicidios de niñas y adolescentes en México aumentaron a 7 en enero de 2023 (un incremento de 16.7 por ciento).

Lo anterior implica que mientras que en enero de 2022 se reportaba un feminicidio de mujeres de 0 a 17 años cada 5 días en el país, para enero de 2023, se registró un feminicidio de niñas y mujeres adolescentes en México cada 4 días.

Además, la violencia feminicida con armas de fuego contra niñas y adolescentes no disminuyó en el mismo periodo: cuando en enero de 2022 se vio 1 feminicidio con arma de fuego de mujeres de entre 0 y 17 años a nivel nacional, para enero de 2023 se había registrado también 1 feminicidio de niñas y adolescentes con arma de fuego en el país.

En total, de enero de 2015 a enero de 2023 se han registrado 677 feminicidios de mujeres de entre 0 y 17 años en México, de los cuales 92 fueron con arma de fuego y 104 con arma blanca.

A esto hay que agregar que en enero de 2023 se han registrado 15 homicidios dolosos de mujeres de 0 a 17 años en México, con lo cual, el reporte de asesinatos de niñas y mujeres adolescentes en el país asciende a 22 para 2023, una vez que se suman los 7 feminicidios de niñas y mujeres adolescentes.

Del mismo modo, si sumamos los 1,511 homicidios dolosos de mujeres de 0 a 17 años que han tenido lugar de enero de 2015 a enero de 2023 a los 677 feminicidios que tuvieron lugar en el mismo periodo, obtenemos que un total de 2,188 asesinatos de niñas y mujeres adolescentes han sido registrados a nivel nacional de enero de 2015 a enero de 2023.

De acuerdo con este sistema, al Día Internacional de la Mujer 2023 que se conmemoró el 8 de marzo, suman 6 mil 543 muertes violentas de mujeres clasificadas como feminicidios, esto quiere decir, que la carpeta de investigación está por el delito de feminicidio en todo México.

Aunque las fiscalías de las 32 entidades reportaron 948 feminicidios en 2022, el Secretariado reportó que 2 mil 807 mujeres fueron asesinadas de manera violenta; es decir, que solo el 33 por ciento de los casos se clasifican como feminicidios.

Al Día Internacional de la Mujer 2023, en total 3 mil 754 se mantiene el promedio de que10 mujeres son asesinadas al día en México.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que estas cifras pueden ser subestimadas debido a la falta de denuncia o la falta de registro adecuado por parte de las autoridades. Además, las cifras oficiales no reflejan el número real de mujeres que son víctimas de la violencia de género, debido a que muchos casos no son reportados ni investigados adecuadamente.

Los movimientos sociales de mujeres y las organizaciones feministas fueron quienes comenzaron a presionar a nivel mundial sobre la violencia de género. En los últimos años los colectivos de mujeres han creado redes nacionales, regionales y mundiales con la función principal de tomar conciencia y de generar un cambio positivo en las prácticas relacionadas con la violencia de género, las cuales han inspirado diversas campañas las cuales han ayudado a transformar de manera radical las normas, leyes, políticas y prácticas.

De igual manera han luchado para que el sistema de justicia penal tome más en cuenta sus necesidades, así han solicitado a los jueces y los agentes del orden público que reciban una nueva formación a fin de que atiendan con consideración a las víctimas y que se apliquen las normas internacionales y regionales de derechos humanos a los casos de violencia contra la mujer, de igual manera han solicitado se creen tribunales especiales o comisarías de policía con personal femenino y se establezcan procedimientos e instituciones de investigación dirigidos por personas cuyas actitudes sean reflejo de las de la sociedad en la que ejercen sus actividades entre otras cosas.

En consecuencia, diversos países han trabajado y promulgado leyes contra la violencia y el acoso sexual a las mujeres, de igual manera han adoptado medidas encaminadas a lograr la igualdad entre los géneros y coordinado las iniciativas nacionales a fin de asegurar la aplicación plena y efectiva de la legislación. Sin embargo, algunas leyes aprobadas no se han aplicado de manera adecuada y en muchos casos no se encuentran al alcance de quienes realmente las necesitan debido al elevado costo de las demandas judiciales. Además, de que muchas iniciativas nacionales no cuentan con recursos suficientes para su fortalecimiento, pero principalmente uno de los factores que impiden la aplicación efectiva de las leyes y políticas es la falta de voluntad política y de compromiso con la igualdad entre los géneros.

Las cifras antes mencionadas demuestran que tanto a nivel federal como estatal no se ha logrado disminuir la violencia feminicida en México.

En base a lo anterior y con la finalidad de atender el tema de violencia de género en el país, a partir de 2008 fueron creadas las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), pero no comenzaron a ser activadas sino hasta 2015, las cuales son un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres, mediante el cual el gobierno federal brinda apoyo a distintos estados en los que se ha reconocido la existencia de un problema grave de violencia de género, a fin de que puedan implementar políticas para atender este problema. Estas Alertas se encuentran establecidas en el artículo 22 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia (LGAMVLV) para que a través de acciones gubernamentales de emergencia se pueda enfrentar y erradicar la violencia feminicida, las desapariciones forzadas de niñas, adolescentes y mujeres, así como modificar el actuar de órganos gubernamentales que estén vulnerando los derechos humanos y el libre desarrollo de las mujeres en un territorio determinado.

La violencia contra las mujeres no se tiene que ver con un estatus social o región, muestra de ello es que el estado de Nuevo León, pese a que es uno de los estados de la República más desarrollados del país, cuenta con altos índices de violencia de género y de feminicidio alcanzando su máximo histórico en 2018, cuando llegó a 79 feminicidios.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública presentó el primer reporte del año 2023 sobre la incidencia delictiva en contra de las mujeres, el estado de Nuevo León destaca como tercero a nivel nacional en los delitos de corrupción de menores, extorsión, violación y violencia familiar.

En cuanto a mujeres víctimas de homicidio doloso, Nuevo León colocó en el sitio 12 en el país en el mes de enero; es decir, en el primer mes del año 9 mujeres fueron asesinadas en el estado.

De acuerdo con diversos estudios, la violencia de género tiene su origen en las relaciones desiguales entre hombres y mujeres, lo que a su vez genera estereotipos o roles que tienen a las mujeres en una posición de inferioridad y proclives a la violencia.

Un estudio realizado por Redes Quinto Poder IDEA en Nuevo León, indica que solo se han resuelto el 4.30 por ciento de las carpetas de investigación iniciadas por los principales delitos relacionados con la violencia de género entre el 2015 y 2021.

En este mismo estudio se hace referencia de algunos datos de la Fiscalía General de Justicia, y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, donde informan que entre 2015 y 2021 se abrieron en Nuevo León un total de 142 mil 946 carpetas de investigación por los 10 principales delitos relacionados con la violencia contra las mujeres.

Ante el segundo lugar a nivel nacional que ocupa el estado de Nuevo León en materia de feminicidios, diversas autoridades estatales y activistas recomendaron ampliar el número de municipios con alerta de género en la entidad, ya que la violencia ha crecido en diversos municipios, no sólo en los que ya existe la alerta.

El nulo grado de efectividad vulnera el derecho de acceso a la justicia establecido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual, según la Organización Mundial de las Naciones Unidas, es un principio básico del Estado de derecho.

El derecho a vivir una vida libre de violencia está protegido desde la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la cual estableció en su artículo 5 que nadie será sometido a torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Además, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), establece en su artículo primero que la discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y libertades fundamentales en ‘las esferas políticas, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Por otro lado, la Convención lnteramericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, (Convención Belem do Pará), reconoce que la violencia contra las mujeres de América “es una situación generalizada, sin distinción de raza, clase, religión, edad o cualquier otra condición.” Asimismo, señala que esta violencia es “una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.” (Preámbulo de la Convención de Belém Do Pará).

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo primero establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

En base a ello todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, en consecuencia, el estado deberá prevenir.

En este mismo sentido, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, señala en su artículo tercero que “Todas las medidas que se deriven de la presente ley, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida”.

Asimismo, mediante la misma ley se crea la Alerta de Violencia de Género, definida como “el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad cuyo objetivo es como lo refieren las promoventes, garantizar la seguridad de las mujeres, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos.

Es importante tener presente que de acuerdo con esta ley todas las medidas que emanan de ésta buscan garantizar la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida. Es por ello que, la Alerta de Violencia de Género es un recurso jurídico que obliga a actuar a los tres niveles de gobierno federal, estatal y municipal de manera articulada para enfrentar y erradicar desde una perspectiva de género, de forma pronta y expedita la violencia feminicida en un territorio determinado.

En Nuevo León existe la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la que se establecen los mecanismos de cooperación entre el Estado, los municipios y el sector privado para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como establecer los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar, conforme a los principios de igualdad y de no discriminación.

A partir del 18 de noviembre de 2016 se dictó la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) y se conformó el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario (GIM) para dar seguimiento y continuidad a las medidas establecidas.

Las medidas para combatir y disminuir el maltrato hacia las mujeres y niñas y evitar el feminicidio se tratan de realizar en todo el estado, pero únicamente en cinco municipios es donde se dictó la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, los cuales son Apodaca, Cadereyta Jiménez, Guadalupe, Juárez y Monterrey.

A la fecha únicamente en los 5 municipios declarados en alerta de violencia de género es donde se realizan acciones coordinadas y calendarizadas para el cumplimiento de medidas ordenadas y que integren sus incidencias de violencia contra las mujeres en el Banco de datos.

El aumento de los delitos de violencia de género en enero de 2023 no es un buen augurio para lo que resta del año, lo advirtió la coordinadora del Programa de Justicia de la organización México Evalúa, ya que afirmó que la tendencia seguirá en incremento si no se trabaja en el tema.

El 23 de febrero de 2023 La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) solicitaron a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) y al Instituto Nacional de las Mujeres (InMujeres) promover la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en los municipios de Escobedo y García.

El órgano descentralizado realizó formalmente la petición a la comisionada de la Conavim, debido al contexto de violencia que se presenta contra las niñas, adolescentes y mujeres en los dos municipios desde hace unos años.

Este tipo de acciones favorece a evitar la violencia hacia ellas muestra de ello es que en 2018 Guadalupe ocupó el séptimo lugar en feminicidio y actualmente se ubica en el lugar 90 a nivel nacional.

Atender de manera directa o indirecta todas las formas de violencia contra las mujeres implica, además de la perspectiva de género, prestar atención a las lagunas existentes. Se necesita la cooperación y la coordinación del sistema de gobierno en su conjunto para atender el problema de raíz.

Es fundamental continuar trabajando para erradicar la violencia de género en nuestro país promoviendo la educación y la conciencia sobre la igualdad de género y la eliminación de la violencia contra las mujeres, y apoyando a las víctimas de la violencia de género y sus familias.

La violencia de género es un problema público que afecta de distintas maneras a miles de mujeres, desde un comentario que afecte la autoestima, hasta una agresión directa que daña su seguridad física o patrimonial; sus manifestaciones son diversas y van desde el acoso y hostigamiento en lugares públicos hasta el feminicidio. Por la complejidad del problema, es el deber de la sociedad, en conjunto el de ofrecer soluciones.

Es necesario fortalecer e implementar acciones de atención y prevención contra la violencia de género, con el objetivo de generar políticas públicas de igualdad sustantiva y acceso a una vida libre de violencia.

Necesitamos resultados en relación a la atención de casos de violencia, prevención, acceso y procuración de justicia para las mujeres que viven y transitan en la capital del país, así como la detección temprana de casos de riesgo feminicida,

Es fundamental crear programas que manejen una adecuada estrategia de difusión, información, materiales de difusión y atención a hogares, escuelas y de capacitación a los docentes para que identifiquen y canalicen los posibles casos de violencia de mujeres.

Es necesario que debido a la situación que viven las mujeres en el estado elevando los índices de violencia en contra de las mujeres, haya una adecuada coordinación de acciones institucionales que pongan en marcha una estrategia estatal de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, es por ello que se solicita alerta de violencia de género en todo el estado.

Nuevo León se encuentra en los primeros lugares a nivel nacional en delitos relacionados con la violencia contra las mujeres, lo que confirma la existencia de una grave crisis de violencia de género. Es necesario visibilizar esta situación y enfrentarla de manera urgente.

La violencia en contra de las mujeres es uno de los principales problemas por atender en México, Nuevo León es uno de los estados con las tasas más altas reportadas de VCMN en México, incluido el feminicidio.

Nuevo León ha recorrido un largo camino en la atención y protección a mujeres víctimas de violencia en las últimas dos décadas, pero necesario ayudar convertir las palabras y planes en acciones efectivas. La Alerta de Género declarada en 2016 en el estado aún tiene que producir resultados tangibles ya que todavía existen lagunas en el diseño e implementación de protocolos y procedimientos prácticos para prevenir y atender el feminicidio. Aunque la mayoría de las instituciones gubernamentales ofrece alguna capacitación sobre género, esta capacitación a menudo se limita a lo conceptual y no a la aplicación de la teoría en casos prácticos, lo que dificulta que las y los funcionarios públicos apliquen una perspectiva de género en sus tareas diarias.

Es evidente que hay mucho trabajo por hacer para abordar el grave problema de la VCMN y el feminicidio, es por ello que se debe de trabajar adecuado diseño de soluciones más efectivas.

En virtud de lo anterior y de la importancia de atender y dar solución al problema de violencia contra las mujeres que se vive en el estado de Nuevo León, someto a consideración de esta asamblea del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en su LXV Legislatura exhorta al titular del ejecutivo del estado de Nuevo León para que informe a la opinión pública sobre el cumplimiento de las acciones y medidas decretadas con motivo de las alertas de género dictadas en los municipios de Apodaca, Cadereyta Jiménez, Guadalupe, Juárez y Monterrey.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en su LXV Legislatura exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, analice la emisión de la correspondiente alerta de género en todo el estado de Nuevo León debido al incremento persistente de hechos o delitos cometidos en contra de mujeres, adolescentes y las niñas de esa entidad federativa.

Notas

1 Naciones Unidas. Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Nueva York, Naciones Unidas, 1993.

2 OMS (Organización Mundial de la Salud), on behalf of the United Nations Inter-Agency Working Group on Violence Against Women Estimation and Data (2021).

3 https://www.sdpnoticias.com/mexico/dia-internacional-de-la-mujer-2023-cuantos-f eminicidios-ha-habido-en-mexico/

4 https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/datos-abiertos-de-incidencia-del ictiva?state=published

5 https://redesquintopoder.org.mx/2022/06/12/violencia-de-genero-en-nuevo-leon-un a-crisis-que-se-normaliza/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Pedro Salgado Almaguer (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA EMERGENTE QUE ATIENDA LA REDUCCIÓN DEL SUMINISTRO DE AGUA EN LOS PLANTELES ESCOLARES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de la Ciudad de México a implementar un programa emergente que atienda la reducción del suministro de agua en los planteles escolares de la zona metropolitana, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El agua es uno de los recursos más importantes para la vida en el planeta. Los seres humanos dependemos de su disponibilidad no sólo para el consumo doméstico, sino también para el funcionamiento y la continuidad de las actividades agrícolas, industriales, escolares, recreativas, entre muchas otras; así como también el agua es la base de la vida y tiene un papel fundamental en nuestra salud; es indispensable para todas las funciones del cuerpo humano.

Hay que mencionar su importancia como elemento clave para el funcionamiento y mantenimiento de los ecosistemas naturales y su biodiversidad. Sin el agua que garantice su función y mantenimiento, los ecosistemas naturales se degradan, pierden su biodiversidad y con ello dejan de proveer o reducen la calidad de los bienes y servicios ambientales que sostienen a las sociedades.

México es un país de grandes contrastes y carencias respecto al agua. La distribución del recurso es muy variable regionalmente, y se encuentra íntimamente ligada a la satisfacción de las necesidades sociales más básicas, puesto que la disponibilidad de agua en cantidad y calidad es una condición necesaria para hacer viable el desarrollo social, económico y ambiental de nuestro país.

La necesidad de abordar la repentina escasez de agua se convierte en el foco de atención de la opinión pública, en una prioridad a corto plazo. Sería mejor que los gobiernos planificaran e institucionalizaran respuestas competentes a la escasez, como un abastecimiento saludable a largo plazo, con una robusta gestión de la demanda, un sistema normativo convincente y una infraestructura flexible y eficiente.

Una de las soluciones rápidas que el gobierno de la Ciudad de México está dando actualmente es la reducción de flujo del Sistema Cutzamala en las diferentes alcaldías de la capital debido a que el sistema ha tenido una disminución de un 23.3% con respecto a su almacenamiento promedio histórico y un 50.6 de su capacidad total en la última semana, teniendo en cuenta que este problema se complica debido a la falta de lluvias en la Ciudad de México, ya que son estas la que, en su mayoría, abastecen dicho sistema.

Considerando que la educación es el sector con mayor índice de alarma ante esta situación y que influye a los 2,101,686 alumnos y 183,511 maestros en la zona metropolitana debido al recorte del flujo de agua, se considera en riesgo que las escuelas públicas y privadas de la Ciudad de México se vean afectadas por la falta de este importante líquido, para así evitar enfermedades sanitarias por falta de agua; violándose así según la UNICEF (s/a) el derecho humano al acceso de agua y saneamiento para poder garantizar un mínimo desarrollo de la población estudiantil.

Aunado a esto se estaría violando principalmente el artículo 102 de la Ley General de Educación (vigente) el cual establece “se garantizará la existencia de baños y de agua potable para consumo humano con suministro continuo en cada inmueble de uso escolar público conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría, así como de espacios para la activación física, la recreación, la práctica del deporte y la educación física”.

Igualmente se violaría el artículo 65, sección IV de la Ley General de Salud (vigente” el cual dicta “las autoridades sanitarias, educativas y laborales, en sus respectivos ámbitos de competencia, apoyarán y fomentarán: Acciones relacionadas con educación básica, alfabetización de adultos, accesos al agua potable y medios sanitarios de eliminación de excreta”

Es por lo anterior que se considera importante que los planteles de educación básica cuenten con un programa de captación de agua fluvial con el fin de que no se afecten las operaciones de los planteles en la zona metropolitana por el recorte de suministro de agua.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México a través del coordinador de Sacmex a diseñar e implementar un mecanismo de atención urgente para que los planteles escolares de la zona metropolitana cuenten con el suministro de agua potable y se considere la instalación de un sistema de captación de lluvias para evitar que en temporadas de sequía la población escolar se vea vulnerada; además de transparentar la información permanente sobre las estrategias que se tomarán durante el tiempo que dure.

Notas

1 S/A. (2012) Agua. Disponible en:

https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/informe_12/pdf/Cap6_agua.pdf

2 S/A. s/a. Disponible en:

https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/sistema-nacional -de-informacion-del-agua-sina

3 Stuart Orr, Anton Cartwright & Dave Tickner. (2010) Que son los riesgos hídricos: Guía sobre las consecuencias de la escasez de agua para el gobierno y las empresas. Disponible en:

http://www.agua.unam.mx/humedales/assets/materialdifusion/WWF_Qu eSonLosRiesgosHidricos.pdf

4 Ley General de Educación. (2019) Disponible en:

https://app.vlex.com/#search/jurisdiction: MX/educacion/#vid/ley-general-educacion-816722865

5 Ley General de Salud. (2023) Disponible en:

https://app.vlex.com/#search/jurisdiction: MX/educacion+agua/#vid/ley-general-salud-42602248

Bibliografía

S/A. s/a. Disponible en: https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/sistema-nacional-de-informacion -del-agua-sina

S/A. s/a. Disponible en:

https://www.gob.mx/salud/prensa/145-el-agua-esencial-para-la-vid a-y-el-cuidado-de-la-salud

S/A. s/a. Disponible en:

https://www.sacmex.cdmx.gob.mx/

S/A. (2023) El Cutzamala se seca: Reportan que la presa está en niveles críticos. El Financiero. Disponible en:

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2023/02/28/el-cutzamala -se-seca-reportan-que-la-presa-esta-en-niveles-criticos/

S/A. s/a. Disponible en:

https://www.gob.mx/cofepris/que-hacemos

UNICEF. s/a. Agua, higiene y saneamiento. Disponible en:

https://www.unicef.org/mexico/agua-higiene-y-saneamiento

Palacio Legislativo de San Lázaro a 19 de abril de 2023.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A LA AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, A FORTALECER LAS INSPECCIONES EN LOS GLOBOPUERTOS DE TEOTIHUACÁN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Agencia Federal de Aviación Civil a fortalecer las inspecciones en los globopuertos de Teotihuacán, con el fin de detectar a las empresas que están operando irregularmente y éstas sean sancionadas, a cargo de la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 , fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Agencia Federal de Aviación Civil, fortalecer las inspecciones en los Globopuertos de Teotihuacán, con el fin de detectar a las empresas que están operando irregularmente y éstas sean sancionadas.

Exposición de Motivos

Que los Globos aerostáticos en México, son una actividad turística popular en zonas como Teotihuacán, donde se pueden ver las pirámides desde el aire, así mismo existen otros destinos para volar en globo, como Huamantla, Tequisquiapan, San Miguel de Allende, y Parajes Naturales.

Estos globos aerostáticos están registrados por la Agencia Federal de Aviación Civil.

Y actualmente existen 137 empresas dedicadas a brindar los servicios de vuelo en Globos Aerostáticos Registrados por dicha agencia.

Sin embargo sólo 8 de ellas forman parte de los equipos de vuelo de los permisionarios que conforman la Federación de Globos Aerostáticos en Teotihuacán.

Por lo que hay empresas que están operando sin contar con la documentación correspondiente y algunos globos aerostáticos no tienen las condiciones para realizar dichos vuelos poniendo en riesgo la vida de las y los turistas nacionales y extranjeros que van en busca de una diversión.

Como fue el caso del accidente suscitado el pasado 1 de abril en el Estado de México, donde se incendió de un globo aerostático en Teotihuacán, que dejó dos adultos muertos y una menor herida.

En 12 meses se han registrado al menos cinco accidentes de este tipo, sin que hasta el momento autoridades hayan dado a conocer si realizan inspecciones o inicien procedimientos contra las empresas que prestan este tipo de servicios.

Ante estos hechos lamentables, es fundamental que para que un globo aerostático pueda volar, las empresas que se dedican a dar este tipo de servicio, cuenten con los permisos otorgados por la propia autoridad, así como acatar las especificaciones de operación, según lo previsto en la NOM-008- SCT3-2002, contratar y mantener vigente un seguro que cubra las responsabilidades por los daños a pasajeros o a terceros en la operación de las aeronaves, para los daños a pasajeros.

También incluye la especificación de que el vuelo en globo sólo puede ser tripulado por el personal técnico aeronáutico titular de la licencia y certificado de capacidad, así como brindar los mantenimientos correspondientes a los equipos.

Así que quien opere un artefacto de estos, deberá de contar con una licencia vigente, otorgada por la AFAC, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Aviación Civil.

Es en ese sentido la importancia de inspeccionar de manera permanente los 18 globopuertos que operan en la zona, 13 que pertenecen a San Martín de las Pirámides y 5 a San Juan Teotihuacán, a fin de brindar seguridad y garantías a las y los turistas nacionales y extranjeros que contratan dicho servicio.

Que por lo anteriormente expuesto y fundado someto a esta Honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Agencia Federal de Aviación Civil, fortalecer las inspecciones en los Globopuertos de Teotihuacán, con el fin de detectar a las empresas que están operando de manera irregular y éstas sean sancionadas.

Referencias

- Globos Aerostáticos | Agencia Federal de Aviación Civil | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)

- Incendio de un globo aerostático en Teotihuacán deja dos muertos y una menor herida (cnn.com)

- AFAC supervisa a empresas de globos aerostáticos de Teotihuacán| Telediario México

- Detienen a piloto responsable del globo incendiado en Teotihuacán — El Financiero

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Martha Azucena Camacho Reynoso (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



EXHORTO A LA FGR, A LA SEGOB Y AL INM EN RELACIÓN A LOS HECHOS DONDE PERDIERON LA VIDA 40 MIGRANTES EN UN RECINTO MIGRATORIO, EN CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR, a la Segob y al INM en relación a los hechos que tuvieron lugar el pasado de 27 de marzo del presente, en donde perdieron la vida 40 migrantes de diversas nacionalidades en un recinto migratorio, ubicado en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo de la diputada Rosa María González Azcárraga, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal Rosa María González Azcárraga, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Un incendio en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez, frontera con Estados Unidos, ha dejado al menos 40 muertos este lunes 27 de marzo del presente año, de conformidad con los datos otorgados por el propio Instituto Nacional de Migración (INM), todas las víctimas son migrantes, de diversas nacionalidades, la mayoría procedentes de Guatemala, quienes trabajaban limpiando parabrisas, vendiendo dulces y artesanías para ganar algunos pesos en calles de Ciudad Juárez, Chihuahua; sin embargo, por la noche fueron detenidos y trasladados a un recinto migratorio luego de un operativo realizado por parte de las autoridades del Instituto Nacional de Migración; al llegar a dicho recinto fueron despojados de todas sus pertenencias, incluyendo las agujetas de sus zapatos o tenis para evitar algún conflicto al interior, es por ello, que resulta inverosímil creer la versión del Instituto, en dónde manifiestan que, ellos pudieran haber provocado el incendio que dio lugar a este trágico accidente y de ser así, sigue siendo responsabilidad de las autoridades migratorias el permitir el ingreso de estos artefactos sin una previa revisión, asimismo, es mentira que fueran trasladados a un albergue, como lo señaló el propio presidente en su mañanera, la realidad es que, los remitieron a una estación migratoria, despojándoles de todas sus pertenencias, y este hasta la vida, en tan sólo un par de horas.

Horas después de la noticia, a través de redes sociales, se dio a conocer un video de lo acontecido al interior de las instalaciones de este Instituto, y claramente se aprecia que estaban hacinados en una sola celda, asimismo, durante los 32 segundos que dura dicha grabación, se observa a por lo menos dos agentes federales migratorios y a dos policías más de una empresa privada de Servicios Especializados de Investigación y Custodia (Seicsa), de quien hoy sabemos, pertenece en propiedad de Elías Gerardo Valdés Cabrera, Cónsul honorario de Nicaragua en el estado de Coahuila, quien también, se ha visto beneficiado con contratos millonarios por el actual gobierno federal; de igual forma, “Ninguno de los servidores públicos, ni los policías de seguridad privada, realizaron alguna acción para abrirles la puerta a los migrantes que se encontraban adentro con el fuego, alegó en conferencia de prensa la fiscal especial en derechos humanos de la Fiscalía General de la República, Sara Irene Herrerías”.

“Tuvieron la oportunidad de abrir la reja y no lo hicieron. Ninguno estaba detenido por robo, ni muerte, ni nada: sólo por ser migrante. Y tenían derecho a vivir”, lamenta una venezolana.”. (sic)

“Ninguno de los servidores públicos, ni los policías de seguridad privada, realizaron alguna acción para abrirles la puerta a los migrantes que se encontraban adentro con el fuego”, alegó en conferencia de prensa la fiscal especial en Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República, Sara Irene Herrerías”. (sic).

Lo cierto es que, tras meses en Ciudad Juárez, la desesperación entre muchos migrantes es más que evidente, ellos viven en una continua espera de novedades sobre sus casos tanto en la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) que es también un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación de México, y de igual forma en espera de noticias sobre una posible flexibilización de las restricciones de entrada a EE.UU. como la eliminación definitiva del Título 42 que permite las devoluciones automáticas a territorio mexicano en el marco de la pandemia.

Por otro lado, las autoridades de Guatemala confirmaron que, 28 migrantes de este país fallecieron durante el incendio registrado y aseguraron que se encuentran realizando una inspección para localizar a más personas de este país que se encuentren heridas o hayan sido trasladados a hospitales posterior al siniestro.

Es por ello, que es importante exhortar al titular del Ejecutivo a que gire instrucciones a la Secretaría de Gobernación y exija al Instituto Nacional de Migración rendir cuentas y asuma su responsabilidad, asimismo, exijo se realice una revisión exhaustiva a los recintos migratorios en México, a fin de dignificar los derechos humanos de las personas que ahí residen, y se permita el acceso a las asociaciones civiles y defensores de derechos humanos de migrantes, a fin de verificar las condiciones en las que se tienen a estas personas en condición de máxima vulnerabilidad en el país, pues no es la primera vez que violentan los derechos humanos de la comunidad migrante.

Por lo antes expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXV Legislatura, exhorta a la Fiscalía de la República, a la Secretaría de Gobernación y al Instituto Nacional de Migración a que, en el ámbito de sus facultades, lleven a cabo una investigación profunda por los hechos ocurridos el pasado 27 de marzo del presente, en donde perdieron la vida 40 migrantes de diversas nacionalidades en una estación migratoria, ubicada en Ciudad Juárez, Chihuahua, y de igual manera, que adopten las medidas necesarias para esclarecer los hechos y que casos como este no vuelvan a ocurrir.

Notas

1 Nadie les abrió la puerta frente al fuego”: las autoridades de Ciudad Juárez revelan detalles de la investigación sobre la muerte de 39 migrantes en un centro de detención.-

https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-65120227

2 Nadie les abrió la puerta frente al fuego”: las autoridades de Ciudad Juárez revelan detalles de la investigación sobre la muerte de 39 migrantes en un centro de detención.-

https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-65120227

3 Nadie les abrió la puerta frente al fuego”: las autoridades de Ciudad Juárez revelan detalles de la investigación sobre la muerte de 39 migrantes en un centro de detención.-

https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-65120227

4 Nadie les abrió la puerta frente al fuego”: las autoridades de Ciudad Juárez revelan detalles de la investigación sobre la muerte de 39 migrantes en un centro de detención.-

https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-65120227

5 Guatemala confirma muerte de 28 migrantes durante incendio en México.-

https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoria-guatemala_guatema la-confirma-muerte-de-28-migrantes-durante-incendio-en-m%C3%A9xico/48399612

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 18 de abril de 2023.– Diputada Rosa María González Azcárraga (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD, A CONSIDERAR LA INCLUSIÓN DE UN APARTADO SOBRE EL TRASTORNO DEL NEURODESARROLLO EN LA CARTILLA NACIONAL DE SALUD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a considerar la inclusión de un apartado sobre el trastorno del neurodesarrollo en la cartilla nacional de salud, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El día mundial sobre la concientización del autismo, se conmemora el 2 de abril de cada año. El Trastorno del Espectro Autista es una condición genética que afecta el funcionamiento del sistema nervioso y el desarrollo/alteración del cerebro que se forma desde que el bebé está en el útero de su madre.

Hasta el día de hoy no se ha encontrado un solo gen directamente relacionado con el autismo, sino que es el producto de varias mutaciones en interacción con factores ambientales, como lo es la exposición en el embarazo a sustancias tóxicas, así mismo se ha demostrado que hay un mayor índice de autismo en familias con antecedentes de TEA y en embarazos con padres de la edad avanzada, esto contribuye en buena cantidad a la evolución y formación de este padecimiento.

Las y los niños con este trastorno tienden a tener una vida más apartada de los demás por las alteraciones en la convivencia social y por su diferencia de comportamiento e intereses, ya que repercute en la capacidad del niño de poder interactuar, socializar y comunicarse con las demás personas y con el mundo que lo envuelve.

Lamentablemente en México el Inegi no cuenta con ningún tipo de censo o estadísticas que nos den referencia del índice de niños con autismo; sin embargo, se realizó un estudio de prevalencia del autismo, en el estado de León Guanajuato en el año 2016; por la organización Autismo Speaks donde la cifra indica que aproximadamente 1 de cada 115 niños tienen esta condición.

Es de suma importancia que existan datos cuantitativos sobre este tema, ya que con esto se puede saber si ha aumentado o disminuido el índice de autismo, la tasa de mortalidad, cuantos niños lo padecen, etc.; y con ello, el tener un cotejo sobre esta situación nos permite tener un mejor manejo de información que permita controlar y organizar esta información de manera cualitativa.

Es fundamental para el seguimiento médico de un niño con autismo que se pueda detectar lo más pronto posible, hay un esquema que se otorga desde que nacen, por la Ley General de Salud Federal, el infante cuenta con una cartilla de vacunación, el artículo 157 Bis 9, nos dice que la Cartilla Nacional de Vacunación es un escrito oficial y personal para todo habitante mexicano que se extiende de manera gratuita y es necesaria para que su sector médico lleve un historial y registro de su salud, así como padecimientos, peso, talla, prevención de enfermedades y un control de las vacunas que necesitan; de esta forma, se facilita el monitoreo de la persona, en este caso las y los niños con que tengan este padecimiento y ayuda a la detección oportuna, apoyo psicológico y de tratamientos farmacéuticos.

Si desde el momento en el que el niño nace se le hacen chequeos y estudios neurológicos donde se detecte o descarte cualquier tipo de trastorno del neurodesarrollo y se le dé una continuidad en su cartilla de salud, se empieza a generar conciencia de que el menor puede nacer con algún tipo de padecimiento neurológico, y minimizar el impacto que vive la persona con autismo brindando una atención individualizada y confiable.

Las características y el formato del esquema de la Cartilla Nacional de Vacunación, lo determina la Secretaria de Salud de acuerdo con la Ley General de Salud Federal como lo establece el artículo 157 Bis 9, segundo párrafo; por lo que si a la Cartilla Nacional de Salud se adiciona un apartado que aborde los “Trastornos del Neurodesarrollo”, permitiría brindar condiciones para la población con autismo y otras condiciones neurológicas como discapacidad intelectual, trastorno de la comunicación, déficit de atención e hiperactividad, trastorno de la coordinación motora y trastornos de aprendizaje; lo que permitirá brindar un seguimiento de manera inmediata a su padecimiento con el tratamiento o los estudios que resulten necesarios.

El índice de niños con autismo es mayormente variable y depende de varios factores, con ello la edad de detección, la gravedad de la condición, la presencia de otros trastornos médicos o psicológicos, así como la calidad de los tratamientos y que tan rápido es el apoyo, por eso es fundamental que los padres reciban un diagnóstico lo más pronto posible, ya que saber la verdad y estar conscientes de ello ayuda a la aceptación y así mismo con el diagnóstico oportuno y los tratamientos idóneo, las personas con autismo pueden llegar a un alto nivel de manejo y sobrellevar sus vidas de manera plena y elocuente.

Esta modificación en la Cartilla Nacional de Salud sería una gran diferencia en todo el proceso del menor en su padecimiento, así como de la gente que lo rodea, además de la población en general pues también se sensibilizará sobre la existencia de los trastornos del neurodesarrollo y evitaría la discriminación y el alejamiento hacia los menores con esta condición, ya que, para los padres es muy difícil asimilar que su hijo nació con el síndrome de autismo.

Esta condición se presenta generalmente durante los tres primeros años de vida, la valoración del autismo se lleva a cabo mediante un análisis multidisciplinario, que lo ejerce un especialista en trastornos del espectro autista (TEA) y que consiste en una evaluación del desarrollo y la conducta y una evaluación médica; por lo tanto, son primordiales los primeros 18 meses desde que nacen, ya que una intervención a tiempo, acertada e intensiva, mejorará las posibilidades de encontrar el mejor tratamiento que sea adecuado para cada uno de ellos.

De esta manera, la inclusión de este apartado contribuirá en proporcionar los tratamientos y en recibir la atención en la edad más temprana posible.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud a considerar la inclusión de un apartado sobre el “Trastorno del Neurodesarrollo” en la Cartilla Nacional de Salud, que abarque cualquier condición neurológica como discapacidad intelectual, trastorno de la comunicación, trastorno del espectro autista, trastorno déficit de atención e hiperactividad, trastorno de la coordinación motora y trastornos de aprendizaje, con el fin de garantizar la detección a temprana edad, dar seguimiento oportuno de este padecimiento y ofrecer oportunidades para los pacientes con esta condición de vida.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LOS CONGRESOS LOCALES, A DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL, EN MATERIA DE ARMONIZACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos locales a realizar los trabajos legislativos necesarios para dar cumplimiento cuanto antes al mandato legal establecido en el artículo segundo transitorio de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de armonización, a cargo del diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado Francisco Javier Borrego Adame, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo, por el que respetuosamente se exhorta a los Congresos locales realicen los trabajos legislativos necesarios para dar cumplimiento cuanto antes al mandato legal establecido en Artículo segundo transitorio de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial; conforme a las siguientes

Consideraciones

Después de varios trabajos legislativos por parte del Senado de la República y la Cámara de Diputados, se llegó a un consenso sobre la necesidad de aprobar una reforma para elevar a rango constitucional el derecho a la movilidad y a la seguridad vial y para establecer la concurrencia de facultades en ambas materias, permitiendo al Congreso de la Unión expedir una Ley General que las regulara.

El 18 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que ahora establece que:

Toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.”

Este fue el primer gran paso del Congreso de la Unión hacia la consolidación de la seguridad vial y de la movilidad como derechos fundamentales, reconocidos en nuestra Constitución, exigibles por todas las personas en el país.

Esta reforma constitucional tuvo, principalmente, los siguientes objetivos:

• Reconocer el derecho humano a la movilidad y a la seguridad vial (artículo 4 CPEUM).

• Establecer la concurrencia de facultades entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en materia de movilidad y seguridad vial (artículo 4o CPEUM).

• Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (artículo 73, fracción XXX-A CPEUM).

• Determinar expresamente, la obligación de los municipios para garantizar el derecho a la movilidad y a la seguridad vial (artículo 115 CPEUM).

El pasado 17 de mayo de 2022, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Ley que reunió diversas propuestas que englobaron conceptos esenciales para concretar el derecho a la movilidad de los ciudadanos y las bases para establecer la seguridad vial necesaria para protegerlos. La Ley fue construida bajo un extenso diálogo, consenso y participación de la sociedad civil, académicos, expertos y especialistas, así como diversos sectores de la ciudadanía.

Este Decreto sentó las bases para la política de movilidad y seguridad vial, bajo un enfoque general y de protección de estos derechos, ya que empezó por definir los mecanismos de coordinación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno y la sociedad en materia de movilidad y seguridad vial.

Estableció la concurrencia entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, estableció la jerarquía de la movilidad y los principios rectores a que deben sujetarse las autoridades competentes en la implementación de esta Ley, en la expedición de disposiciones reglamentarias y en la formulación y aplicación de políticas, programas y acciones en la materia.

Además, estableció las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad. Asimismo, promueve la toma de decisiones con base en evidencia científica y territorial en materia de movilidad y seguridad vial.

Esta Ley también contemplaba en su artículo segundo del apartado transitorio que:

El Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, deberán aprobar las reformas necesarias a las leyes de su competencia, a fin de armonizarlas con lo dispuesto en esta Ley.”

Esto implica que las 32 entidades federativas están obligadas a armonizar sus leyes locales de movilidad, tránsito y transporte, para alinearlas con la ley general, a más tardar el día 13 de noviembre de 2022.

Sin embargo, esta obligación legal de armonizar los marcos normativos locales con las disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, se ha desarrollado de manera lenta ya que la gran mayoría de las entidades federativas no avanzaron en esta labor.

Hasta el momento se tiene registro que los estados de Aguascalientes, Jalisco, Nayarit y Yucatán son los primeros en armonizar sus legislaciones en esta materia, hecho que reconoció el titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Román Meyer Falcón, en el marco del Tercer Foro Regional para la construcción conjunta de la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial (Enamov) 2023-2040.

Quedando pendientes 28 Estados: Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Estado de México, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz, Campeche, Coahuila, Chiapas, Guanajuato, Hidalgo, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas y Zacatecas.

Esta omisión legislativa implica que los congresos locales incumplan el precepto establecido en el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho a la movilidad como un derecho humano y complica la posibilidad de que el Estado mexicano cuente con las medidas necesarias para brindar a la ciudadanía las bases que garanticen la seguridad en la materia.

Al no armonizar su normativa los Estados, los congresos locales están faltando al derecho que tienen los ciudadanos de garantizar el derecho a la movilidad para trasladarse en sus territorios, en los términos en que se materializó la reforma Constitucional de 2020, lo cual además, implica frenar con el avance efectivo de la puesta en marcha de la Enamov 2023-2040.

Asimismo, uno de los mandatos que señala la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial en los artículos 44 y 48 para las entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de México, es la de no sobre regular ni gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su demarcación territorial, así como tampoco podrán prohibir la entrada o salida a su territorio de ninguna mercancía nacional o extranjera. Para ello, deben abstenerse de exigir permisos adicionales para la movilidad de bienes y mercancías, debiendo reconocer las autoridades de los tres órdenes de gobierno, los permisos otorgados por éstas para suministrar los servicios de transporte.

Bajo esta consideración y ante la falta de armonización de las leyes locales en materia de movilidad y seguridad vial, en la actualidad se tiene un registro de al menos 211 Municipios de 30 Estados de la República Mexicana que requieren permisos adicionales de carga, descarga y circulación de mercancías, contraviniendo el mandato de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

En ese sentido y para tener una correcta armonización a nivel local, los congresos locales deberán establecer leyes apegadas a los principios establecidos por la Ley general entre los que destacan los siguientes:

Accesibilidad, para garantizar el acceso pleno en igualdad de condiciones, con dignidad y autonomía a todas las personas al espacio público, infraestructura, servicios, vehículos, transporte público y los sistemas de movilidad tanto en zonas urbanas como rurales e insulares mediante la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, discriminación, exclusiones, restricciones físicas, culturales, económicas, así como el uso de ayudas técnicas y perros de asistencia, con especial atención a personas con discapacidad, movilidad limitada y grupos en situación de vulnerabilidad.

Diseño universal, que implica que todos los componentes de los sistemas de movilidad deben seguir los criterios de diseño universal, a fin de incluir a todas las personas independientemente de su condición y en igualdad de oportunidades, a las calles y los servicios de movilidad, de acuerdo con las condiciones de cada centro de población; así como otorgarles las condiciones mínimas de infraestructura necesarias para ejercer el derecho a la movilidad.

Inclusión e Igualdad, que determina que el Estado atenderá de forma incluyente, igualitaria y sin discriminación las necesidades de todas las personas en sus desplazamientos en el espacio público, infraestructura, servicios, vehículos, transporte público y los sistemas de movilidad.

Seguridad, como medida fundamental para proteger la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos bajo el principio de que toda muerte o lesión por siniestros de tránsito es prevenible.

Sostenibilidad, para satisfacer las necesidades de movilidad procurando los menores impactos negativos en el medio ambiente y la calidad de vida de las personas, garantizando un beneficio continúo para las generaciones actuales y futuras;

Transparencia y rendición de cuentas, para garantizar la máxima publicidad y acceso a la información relacionada con la movilidad y la seguridad vial, así como sobre el ejercicio presupuestal y cumplimiento de la normativa, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Transversalidad, como instrumento para integrar las políticas, programas y acciones en materia de movilidad y seguridad vial, desarrollados por las distintas dependencias y entidades de la administración pública, que proveen bienes y servicios a la población, poniendo especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad.

Es por todo esto que, consideramos de vital importancia realizar un atento llamado a los Congresos locales que actualmente no tiene una Armonización legislativa en materia de movilidad y seguridad vial para que a la brevedad den cumplimiento al mandato legal y den así, seguridad jurídica a los ciudadanos de sus Estados.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos locales de los Estados de Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Estado de México, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz, Campeche, Coahuila, Chiapas, Guanajuato, Hidalgo, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas y Zacatecas a homologar sus leyes en materia movilidad y seguridad vial conforme lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a fin de dar cumplimiento al mandato legal establecido en el Artículo segundo transitorio de dicha ley, el cual establece un plazo para la Armonización de las leyes locales en esta materia que feneció desde el mes de noviembre de 2022.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los 32 Congresos locales para que garanticen el irrestricto cumplimiento a los principios y mandatos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial en materia de movilidad y seguridad vial.

Notas

1. Párrafo adicionado DOF 18-12-2020

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2. Reforma publicada en el DOF 17-05-2022

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5652187&fecha =17/05/2022#gsc.tab=0

3. Nota periodística 22 de marzo 2023.

http://www.pasajero7.com/cuatro-estados-han-armonizado-legislaci on-la-ley-general-movilidad/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Francisco Javier Borrego Adame (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen.



EXHORTO A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO A ELIMINAR LOS OBSTÁCULOS QUE IMPIDEN A LOS ALUMNOS DE LA LICENCIATURA EN MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, INTEGRARSE AL ÁMBITO LABORAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Universidad Autónoma del Estado de México y a su Consejo Universitario de la Universidad Autónoma a realizar las acciones conducentes que permitan eliminar los obstáculos que impiden a los alumnos de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos integrarse al ámbito laboral, a cargo de la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputada federal María Teresa Castell de Oro Palacios, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 6, Fracción I; y 79, Numeral 1, Fracción II y Numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Universidad Autónoma del Estado de México y al Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de México a realizar las acciones conducentes que permitan eliminar los obstáculos que impiden a los alumnos de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos integrarse al ámbito laboral, en términos de las siguientes:

Consideraciones

En México, las instituciones de educación superior han impulsado carreras con enfoques vanguardistas, con el objetivo de hacer más práctica la vida cotidiana. No obstante, varias de las licenciaturas creadas recientemente tienden a ser más especializadas en determinada área, lo que impide que sus egresados encuentren puestos laborales afines a su área de aplicación.

Tal es el caso de los egresados de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos de la Universidad Autónoma del Estado de México, quienes a pesar de contar con un título que acredita que están capacitados para llevar a cabo tareas como la conciliación, mediación e incluso el arbitraje, las instituciones públicas les han pedido como requisitos certificaciones adicionales que vuelvan a probar sus conocimientos y habilidades, además de exigir una edad específica.

Como ejemplo, se tiene a la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México, que en los artículos 12 y 13, establecen que para poder ser mediadores-conciliadores y facilitadores privados se necesita estar certificado y autorizado por el Centro Estatal, y de acuerdo con el reglamento de esta norma, otro de los requisitos es tener mínimo treinta años de edad.

Por lo tanto, los alumnos que egresan de esta licenciatura no encuentran un auténtico espacio donde materializar sus conocimientos, salvo que paguen por la certificación, lo que resulta complicado para muchos de los alumnos, quienes no cuentan con recursos adicionales para destinarlos a este proceso.

Los medios alternos de solución de conflictos, mejor conocidos como MASC siempre han estado presentes, sin embargo, fueron reconocidos en la Constitución con la reforma al artículo 17 para incorporarlos al sistema judicial como otra forma de resolver una controversia sin llegar a un juicio.

Desde su integración a los procedimientos judiciales mexicanos, se ha buscado privilegiar estos mecanismos alternos para liberar la carga a los tribunales tanto locales, como federales; claro ejemplo es la reforma de 2019 a la Ley Federal del Trabajo, donde se busca que el conflicto se resuelva mediante la conciliación antes de llegar a un tribunal. Por ello es importante que cada vez se cuente con más profesionales especializados en la materia.

Existe el convencimiento de que debe ser en el Poder Judicial en donde físicamente se desarrollen las actividades de métodos alternos, por ese el lugar puede inspirar confianza a los ciudadanos y al que están acostumbrados a acudir para que se resuelvan las controversias o algún conflicto.

Es importante el fortalecimiento de centros especializados en medios alternos y que se encargue de dirigir y coordinar las mismas, difundir información acerca de los métodos, donde se puede aprovechar el conocimiento focalizado de la carrera y egresados en cuestión, para recibir las solicitudes, llevar a cabo los procesos correspondientes y ofrecer cursos de capacitación.

El tiempo ha demostrado que la mediación ha ido consolidándose en proyectos sin duda exitosos, porque los MASC siguen creciendo a lo largo y ancho del país con la convicción de que la medicación es una nueva profesión basada en la vocación de servicio hacia el prójimo y de que es un instrumento de paz.

La existencia de MASC debe cobrar especial relevancia y enseñarles a los ciudadanos su importancia dentro de sistema de impartición de justicia, que se puede resolver un conflicto con estos instrumentos y llegar a un acuerdo que los lleve a un ganar-ganar, conociendo las ventajas que estos métodos ofrecen como por ejemplo la efectividad para resolver los controversias, en menos tiempo y menos gastos que los que ocasiona el proceso jurisdiccional, reparación del daño y una real recuperación de la paz con el restablecimiento de la armonía entre las partes.

Específicamente hablando de la Universidad Autónoma del Estado de México, con el entonces rector el doctor Jorge Olvera García, en 2015 creó una licenciatura que abarcó los tres MASC, este plan de estudios de corte vanguardista incluyó nociones fundamentales de derecho, conciliación, negociación, arbitraje, así como materias relacionada a la psicología, para que los estudiantes egresados tuvieran un perfil que no solamente les sirviera para solucionar un conflicto, sino que supieran como manejar distintos escenarios ante las diversas crisis que pudieran presentarse.

Sin embargo, a pesar de estar sumamente capacitados para desempeñar sus tareas tanto en el ámbito privado como en el público, hoy en día las generaciones que han salido no encuentran trabajo que les permita ejercer sus conocimientos y habilidades, ya que los tribunales les piden experiencia de mínimo dos años, además de una certificación, para poder ser aspirante a una plaza como conciliador.

A siete años de la creación de esta carrera, han egresado tres generaciones o doscientos alumnos aproximadamente, y hay cinco generaciones en curso que están estudiándola, es decir, cerca de trescientos alumnos activos, lo que indica que, en los próximos años, más jóvenes estudiantes se encontrarán en la misma situación de desempleo.

En este sentido, es necesario destacar que las personas que terminan una licenciatura son el sector más afectado por la falta de oportunidades laborales ya que la mayoría de las vacantes requieren experiencia que evidentemente la mayoría de los egresados no tienen.

A propósito, según datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en mayo de este año, la tasa de desempleo en los jóvenes entre 15 y 24 años alcanzó el 6.5 por ciento, más del doble que la de las personas mayores de 25 años.

Por otro lado, una de las metas que ha establecido Naciones Unidas en sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y de los cuales México se ha comprometido a cumplir, es que para 2030 se creen empleos plenos y productivos para todos, así como reducir el desempleo en el sector juvenil.

Por ello, es necesario no solo crear leyes que aseguren la inclusión laboral a todas y todos, en especial a los que egresan de una licenciatura, sino también fomentar políticas públicas que coadyuven a lograr este objetivo.

En este tenor, el que la Universidad Autónoma del Estado de México y el Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de México celebre convenios con el poder judicial de la entidad y con distintas instituciones públicas, así como revisar los planes de estudios, no solo contribuirá a que los jóvenes puedan ejercer de manera correcta su licenciatura, sino que ayudará a desahogar la carga laboral de los tribunales, incluso a evitar que se generen nuevos juicios.

Por lo antes expuesto, es que se somete a consideración de esta asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la Universidad Autónoma del Estado de México a llevar a cabo las acciones conducentes, en coordinación con el Poder Judicial del Estado de México, a fin de eliminar los obstáculos que impiden a los alumnos de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos integrarse al ámbito laboral.

Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al Consejo Universitario de la Universidad Autónoma del Estado de México, a revisar el plan de estudios de la licenciatura en medios alternos de solución de conflictos, a fin de subsanar las deficiencias que hoy les impiden a sus egresados incorporarse al ámbito laboral en su especialización, así como revisar la viabilidad de la continuación de la licenciatura.

Notas

1 El Financiero, (2022), Desempleo en México alcanza 6.5% en jóvenes de 15 a 24 años: OCDE, Consultado en:

https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2022/07/13/desempleo-en -mexico-alcanza-65-en-jovenes-de-15-a-24-anos-ocde/

2 Naciones Unidas, Objetivo 8: Promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todos, Consultado en:

https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth/

Dado en Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 20 días de abril de 2023.– Diputada María Teresa Castell de Oro Palacios (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



SE CONSIDERE LA CELEBRACIÓN DE UNA SESIÓN SOLEMNE CON MOTIVO DE LA CONMEMORACIÓN DEL 200 ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO DE 1823

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo a considerar la celebración de una sesión solemne con motivo de la conmemoración del 200 Aniversario de la Fundación del Estado Libre y Soberano de Jalisco en 1823, a cargo del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Sergio Barrera Sepúlveda, en nombre de las y los integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía que considere la celebración de una sesión solemne con motivo de la conmemoración de los 200 años del aniversario de la fundación del Estado Libre y Soberano de Jalisco, en 1823, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El Estado Libre y Soberano de Jalisco es uno de los treinta y un estados constituyentes de los Estados Unidos Mexicanos; y el 16 de junio se cumplen 200 años de su creación, que tuvo como origen ser una provincia llamada Nueva Galicia entre 1575 y 1786 del Virreinato de Nueva España, siendo gobernada en ese tiempo por la Junta Provincial de Guadalajara; posteriormente, como Intendencia de Guadalajara (1786-1821) cuya superficie territorial correspondía a las actuales entidades federativas de Aguascalientes, Jalisco, Nayarit, Colima y una parte del sur del de Zacatecas; subdivisión administrativa que concluyó el 13 de junio de 1821, por la firma a la adhesión del Plan de Iguala para la Consumación de la Independencia de México.

En el transcurso de dos años después, los representantes de los miembros de la Diputación Provincial abogaron por el federalismo a través de sus delegados en la Ciudad de México, haciendo público el plan de gobierno provisional que establecía la transformación de la provincia de Guadalajara en el estado libre de Jalisco antes de la reunión del Congreso Constituyente y la aprobación de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos. El 24 de enero de 1825 se llevó a cabo la instalación de la Primera Legislatura del estado, en la que Prisciliano Sánchez y Juan N. Cumplido fueron designados como gobernador y vicegobernador, respectivamente.

Desde entonces, Jalisco mantiene una de las tradiciones más largas de autonomía estatal, siendo el primer estado en ser instituido como tal en la república federal durante el siglo XIX. Jalisco también fue testigo de una importante rebelión armada contra Plutarco Elías Calles, el movimiento cristero, durante los 10 años posteriores a la Convención, y en general, ha sido de las pocas entidades libres y soberanas que generalmente han resistido al poder central y extranjero, muestra de ello es que, aunque las tropas francesas lograron tomar el control de la Ciudad de México el 10 de junio de 1863; y a pesar de sus victorias en todo el territorio, la estructura administrativa y gubernamental del Imperio en Jalisco enfrentaba dificultades para establecerse, evidenciado por los constantes cambios de prefectos que se dieron entre 1864 y 1865.

Sin embargo, a pesar de su férrea resistencia al dominio y el control; la identidad jalisciense se ha creado a partir de diversos elementos históricos, sociales y culturales que han influido en la vida urbana y rural en conjunto con la identidad nacional, estos factores han contribuido a la formación de una identidad única y rica en la población jalisciense, que se sigue moldeando y evolucionando en la actualidad.

Con respecto al Siglo XXI, se sabe que Jalisco es la cuarta entidad federativa del país en cuanto a su aportación al Producto Interno Bruto (PIB) nacional. En el año 2017, la economía del estado generó el 6.86 por ciento del PIB del país, y se ubicó solo por debajo de la Ciudad de México (17.54 por ciento), el Estado de México (8.88 por ciento) y Nuevo León (7.36 por ciento) (García y Ruíz, 2020). Jalisco juega un papel relevante en la vida social y económica de México en la actualidad. La riqueza cultural, geográfica y demográfica de Jalisco, así como su influencia en sectores estratégicos, lo hacen una entidad con un papel destacado en la vida nacional.

La historia de Jalisco muestra claramente que su autonomía y soberanía no son meramente posturas políticas actuales, sino que están fundamentadas en su origen histórico, como una de las pocas entidades en México que ha resistido el poder central y extranjero a lo largo de su historia, Jalisco ha mantenido una tradición que la distingue como una entidad verdaderamente libre y soberana.

En este sentido, la celebración de una sesión solemne en el Congreso de la Unión para conmemorar los 200 años de la fundación de Jalisco es relevante para reconocer y destacar la importancia histórica y actual de Jalisco en la vida social y económica del país, promover la colaboración entre autoridades y reflexionar sobre los retos y oportunidades de cooperación al margen de la soberanía y autonomía de la Entidad.

La entidad jalisciense tiene una fuerte relación con la formación de la identidad mexicana. Las peculiaridades sociales, culturales, políticas y religiosas de Jalisco han influido en el sentimiento de orgullo regional, misma que ha evolucionado a lo largo del tiempo.

El país de México en su conjunto se ha apropiado de elementos de la identidad jalisciense, afectando positivamente la percepción de Jalisco como Estado emblemático de la nacionalidad mexicana. La imagen cultural de México, tanto a nivel nacional como internacional, se ha formado principalmente alrededor del mariachi, los charros y el tequila, elementos populares que tienen su origen en diferentes áreas rurales de Jalisco.

Por todo lo anterior presento ante el pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política para que sea considerada la realización de una sesión solemne el 13 de junio de 2023 con motivo de la celebración de los 200 años de la fundación del Estado libre y soberano de Jalisco.

Notas

1 Benson, N. L., A., Z. V. M., Torruco José Gamas, & Vázquez Zoraida Josefina. (2012). La diputación provincial y el Federalismo Mexicano. El Colegio de México.

2 Muría José Marina. (2011). Jalisco: Historia breve. Fondo de Cultura Económica y Colegio de México: Distrito Federal

3 Nancy, G. V., & Antonio, R. P. (2020). El federalismo fiscal en Jalisco. Universidad de Guadalajara.

4 Secretaría General de Gobierno. (2012). El tiempo Jalisco. Archivo Histórico De Jalisco Departamento De Investigación y Divulgación, 7(21), 1—14.

5 Vaca Agustín, & Alarcón Laura. (2006). Jalisco construcción de un imaginario. Universidad de Guadalajara.

Dado en el Palacio de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Sergio Barrera Sepúlveda (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



EXHORTO A LA CFE, A GARANTIZAR LA COLOCACIÓN DE INFRAESTRUCTURA QUE PERMITA LA CONECTIVIDAD AL INTERNET EN LA SIERRA OTOMÍ-TEPEHUA EN HIDALGO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE a garantizar la colocación de infraestructura que permita la conectividad a internet en la sierra Otomí-Tepehua, en Hidalgo, a cargo de la diputada María Isabel Alfaro Morales, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada María Isabel Alfaro Morales, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El papel de Internet en la promoción y protección de los derechos humanos es decisivo para facilitar el disfrute del derecho a la libertad de opinión y expresión, la circulación de información e ideas y la puesta en marcha de movimientos de la sociedad civil.

Cuando se habla de derechos humanos debemos asociarlos a conceptos como libertad, democracia, igualdad, entre otros ya que se trata de involucrar a la ciudadanía en las decisiones que le atañen directamente a ella. El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó una resolución para la “promoción, protección y el disfrute de los derechos humanos en Internet”. En el documento se establece que el acceso a Internet sea considerado un derecho básico de todos los seres humanos.

El 4 de julio de 2018 (ONU) adoptó la resolución sobre los derechos humanos en Internet; las nuevas tecnologías de la información y comunicación son elementos clave para la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet. La resolución refuerza la trascendencia de la protección y garantías para el ejercicio de los derechos humanos en línea.

El documento oficial reconoció los derechos de las personas a estar protegidos en Internet, en particular la libertad de expresión. De conformidad con el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Exhortó a los Estados a que promuevan y faciliten el acceso a Internet y el desarrollo de medios de comunicación en todos los países. Decidió seguir examinando la promoción, la protección y el disfrute de los derechos humanos, incluido el derecho a la libertad de expresión en Internet y en otras tecnologías, así como la forma en que Internet puede ser un instrumento importante para el desarrollo y para el ejercicio de los derechos humanos.

Para el organismo internacional, el acelerado crecimiento de las tecnologías debe verse como una oportunidad para reforzar el derecho humano de la libre expresión. El derecho a la información debe ser un principio del que ningún ser humano debe ser privado. Por ello, esta resolución, firmada también por México, busca una vida igualitaria en materia de información y expresión, condenando todo tipo de censura previa.

En cuanto a la protección de la confidencialidad, otro derecho humano, Naciones Unidas alienta a las empresas a que encuentren soluciones técnicas propicias para asegurar y proteger dicha confidencialidad de las comunicaciones digitales, que incluyan medidas de codificación y anonimato.

La ONU toca un tema central con esta resolución al advertir que el Internet es una herramienta importante en la promoción del derecho a la educación, sin perder de vista la necesidad de abordar la alfabetización y la brecha digital como elementos que puedan afectar el disfrute del derecho a la educación.

La resolución también alienta a los gobiernos a que adopten medidas oportunas para que el acceso a las nuevas tecnologías no deje fuera a las personas con discapacidad, por ello, considera necesario diseñar, desarrollar, producir y distribuir sistemas de información que se adapten a este grupo social.

La Organización de Naciones Unidas (ONU) estima que 3,700 millones de personas, casi la mitad de la población mundial, no tienen actualmente acceso a Internet. Los países menos adelantados, donde solo el 19 % de la población tiene acceso, son también los menos conectados. Para 2030, todas las personas deberían tener un acceso seguro y asequible a Internet, que incluya el uso efectivo de los servicios digitales, de conformidad con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce como derecho humano el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el de Internet. Asimismo, en su artículo 6o señala como obligación del Estado garantizar el acceso a dichos servicios en condiciones de competencia efectiva; reconoce a las telecomunicaciones como servicios públicos de interés general y ordena establecer las bases para que la prestación de éstos se realice en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), CFE TEIT

La estrategia de conectividad definida por el Programa de Conectividad en Sitios Públicos (PCSP 2022) se sustenta en las disposiciones del artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los conceptos de servicios públicos de interés general, cobertura universal y acceso a los derechos sociales, retomados en la Ley General de Desarrollo Social y en la LFTR.

El Programa de Conectividad en Sitios Públicos tiene como objetivo la identificación y localización de sitios públicos en todo el territorio nacional con necesidades de conectividad a Internet a fin de coadyuvar a que se proporcione conexión gratuita a la población, principalmente por la empresa productiva del Estado “CFE Telecomunicaciones e Internet para todos”.

Para lograr lo anterior, la SICT diseñó el Repositorio Único de Sitios Públicos Conectados y por Conectar (RUSP), que consiste en un sistema informático que facilitará el registro, validación, actualización y consulta de la información de los sitios públicos que requieran conectividad a Internet con la finalidad de que sea considerada por operadores de telecomunicaciones, especialmente, por la empresa productiva del Estado “CFE Telecomunicaciones e Internet para todos”, en el despliegue de la oferta de sus servicios.

La cobertura universal de servicios de telecomunicaciones es un derecho humano que el Estado Mexicano debe garantizar a través del establecimiento de políticas públicas y el desarrollo de estrategias orientadas hacia ese fin.

El objeto de CFE TEIT es prestar y proveer servicios de telecomunicaciones, sin fines de lucro, para garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, incluido el de banda ancha e internet. Asimismo, tiene la capacidad de proveer bienes y servicios tecnológicos incluyendo desarrollos de sistemas informáticos y de telecomunicaciones, así como cualquier otro bien relacionado al desarrollo y soporte de dichos sistemas. Tiene por objeto prestar y proveer servicios de telecomunicaciones, sin fines de lucro, para garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, incluido banda ancha e internet. Así como la capacidad de proveer bienes y servicios tecnológicos incluyendo desarrollos de sistemas informáticos y de telecomunicaciones, al igual que cualquier otro bien relacionado al desarrollo y soporte de dichos sistemas.

En México, en 2020, se estimó una población de 84.1 millones de usuarios de internet, que representan 72.0% de la población de seis años o más. Esta cifra revela un aumento de 1.9 puntos porcentuales respecto a la registrada en 2019 (70.1%).

Son usuarios de internet 71.3% de las mujeres y 72.7% de los hombres de 6 años o más que residen en el país.

La encuesta estima que 78.3% de la población ubicada en áreas urbanas son usuarios, mientras que en el área rural la proporción es de 50.4 por ciento. En 2019 los usuarios en zonas urbanas se estimaron en 76.6% y en zonas rurales la estimación fue de 47.7 por ciento.

Hidalgo se ubicó entre la lista de cinco entidades del país con menor porcentaje de hogares con acceso a internet con apenas 54.7 por ciento, según reveló la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih) 2021.

Es decir, en la entidad 45.3 por ciento de las viviendas no disponen de este servicio que en el contexto actual es indispensable para llevar a cabo diversas tareas cotidianas como trabajo y estudio.

Los tres principales medios para la conexión de usuarios a internet en 2020 fueron: celular inteligente (Smartphone) con 96.0%, computadora portátil con 33.7% y con televisor con acceso a internet 22.2 por ciento.

Las principales actividades que realizan los usuarios de Internet en 2020 son comunicarse (93.8%), buscar información (91.0%) y acceder a redes sociales (89.0%).

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por párrafo primero del artículo 207 del Reglamento de la Cámara de Diputados es que pongo a consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a garantizar la colocación de infraestructura que permita la conectividad al internet en la sierra Otomí-Tepehua en el estado de Hidalgo

Notas

1. https://ap.ohchr.org/documents/S/HRC/d_res_dec/A_HRC_32_L20. pdf

2. https://www.cndh.org.mx/noticia/la-onu-adopta-la-resolucion-sobre-la-promocion- proteccion-y-disfrute-de-los-derechos #:~: text=El%20derecho%20a%20Internet%20fue,nuevas%20tecnolog%C3%ADas%20de%20la%20in formaci%C3%B3n.

3. https://www.un.org/techenvoy/es/content/global-connectivity

4. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ OtrTemEcon/ENDUTIH_2020.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada María Isabel Alfaro Morales (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA SEGOB, AL INM Y A LA CNDH, A TRANSPARENTAR LA INFORMACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN BIENAL CON EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE CUBA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob, al INM y a la CNDH a tomar las medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de cooperación bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Salvador Caro Cabrera, diputado federal de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En 2020 el Ministerio de Salud Pública de Cuba firmó diferentes versiones del Acuerdo de Cooperación Bienal con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, la de Tabasco, la de Veracruz y la de Quintana Roo. Lo hicieron con el objetivo de colaborar en el tratamiento de Covid-19. Por lo cual llegaron 585 profesionistas de Cuba a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo. Sin embargo, el proceso contó con poca transparencia, desembocando en violaciones migratorias y de derechos humanos (DDHH) que han puesto en riesgo al personal médico cubano y al mexicano, así como a las y los pacientes.

En primer lugar, se explicará el problema de la falta de transparencia en el proceso, así como el proceso migratorio irregular. De igual modo, se abordará la ilegalidad del tema, al aplicarse leyes cubanas en territorio mexicano. Posteriormente, se hablará del problema de la contratación de personal no capacitado y no perteneciente al personal médico, con la llegada de personas militares, técnicos y químicos. Finalmente, se explicará por qué la solución no es traer a médicos cubanos, sino las malas condiciones laborales que afectan al personal médico en México, sin distinción de origen.

A continuación, se explicarán cada uno de los problemas y sus implicancias para México.

Falta de transparencia y migración irregular

El Gobierno Federal, así como los gobiernos de las entidades federativas, fueron omisos en transparentar la información y hacer públicos los acuerdos sostenidos con Cuba. De este modo, son desconocidos cada uno de los acuerdos que se llevaron a cabo.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” con fecha de 29 de marzo de 2022, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano. Sin embargo, no se mencionan los acuerdos bienales en comento, ni se hace alusión a las misiones médicas. Esto mismo ocurre con la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba”, del 30 de marzo al 2 de abril de 2022, la cual sí menciona las misiones médicas, pero no hace alusión a los acuerdos bienales, ni a la llegada de militares, químicos y técnicos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas.

Por otro lado, al no encontrar información específica sobre los acuerdos, se hicieron diversas peticiones de información por medio de los Servicios de Información y Análisis Especializados (SIAE) de la Cámara de Diputados, al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) y por solicitudes de acceso a la información en la Plataforma Nacional de Transparencia.

El SIAE informó el 5 de octubre del 2022, en el oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22 que no se encontró nada al respecto de dichos acuerdos:

“se hizo una búsqueda exhaustiva en diarios oficiales de las entidades federativas en comento, en los informes de gobierno, en los boletines informativos y portales institucionales de las secretarías de salud, así como boletines de comunicación de los gobiernos ejecutivos estatales.”

También se le solicito información al CEDIP de la Cámara de Diputados, el cual reporto el 7 de octubre de 2022, expediente 349/2022, dicho centro tampoco encontró información al respecto.

“El estudio no obtuvo resultados con respecto a la existencia de acuerdos de cooperación bienal entre la Secretaria de Salud del Estado de Tabasco, la Secretaria de Salud del Estado de Veracruz, y el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba”.

Por su parte, las solicitudes de acceso a la información hechas directamente a los gobiernos federal y estatales mediante la Plataforma Nacional de Transparencia fueron infructíferos, en las cuales se pidieron los acuerdos bienales. Particularmente, con respecto a las respuestas emitidas a las solicitudes con folio 331000122001526 y 330018022028649, hechas a la Presidencia de la República y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respectivamente. En ambas, dichos órganos federales resolvieron que no es su competencia proporcionar los acuerdos.

Finalmente, es relevante mencionar que, aunado a la poca transparencia del proceso, el estatus migratorio de las y los ingresantes cubanos es incierta. La asociación civil Prisoners Defenders dio a conocer que en los meses de abril y mayo de 2020 arribaron 585 médicos y enfermeros a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo. Sin embargo, entre las irregularidades que existen se encuentra que ciertos profesionales de la salud provenientes de Cuba ingresaron al país en aviones militares de las fuerzas áreas mexicanas que aterrizaron en aeropuertos militares, sin llevar a cabo ninguno de los procedimientos migratorios, como la revisión obligatoria. Incluso se les quitó el pasaporte, lo cual consta en las denuncias interpuestas en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19).

Personal no especializado y no médico, discriminación al personal mexicano

Los reportes que mencionan la llegada del personal médico cubano refieren a la recepción de personal “médico especializado” para mejorar la respuesta gubernamental ante la contingencia generada por la pandemia del Covid-19. Un ejemplo de esto lo encontramos en la Carpeta informativa, XVII Reunión Interparlamentaria México—Cuba:

“En marzo de 2020, alrededor de 124 colaboradores de la brigada médica cubana del Contingente de Médicos Especializados en Situaciones de Desastres y Graves Epidemias Henry Reeve”

Sin embargo, la asociación civil Prisoners Defenders recopiló diferentes reportes de hospitales y personal médico, así como entrevistas de gobiernos locales, en donde señalan que entre los supuestos médicos especialistas que llegaron había personas de diversas profesiones, como químicas y químicos e incluso militares de la Inteligencia Cubana, a quienes se les pidió practicar cirugías resultando en malas prácticas y muertes.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano, pero en ninguno de estos se establece que en las misiones medicas lleguen militares de la Inteligencia Cubana o G2. Por su parte, en la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México-Cuba”, tampoco se hace alusión a la llegada de militares cubanos a territorios mexicanos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas de Cuba.

Del mismo modo, la organización recopiló información mediante entrevistas a personal médico, de enfermería y técnico, en las cuales afirman que casi ninguno de los cooperantes tenía experiencia probada ni conocimientos suficientes para afrontar la pandemia en México, donde la tecnología y capacitación son diferentes a los utilizados en Cuba. Este hecho no sólo ha limitado el trabajo del personal médico, sino que ha puesto en riesgo a las y los pacientes. Agregado a la falta de transparencia que existe con respecto a los acuerdos y el intercambio de personal médico, es imposible asegurar que todas las personas que han entrado al país cuentan con la capacitación necesaria para ejercer la práctica.

Finalmente, cabe señalar que la contratación de personal médico proveniente de Cuba se hizo, según el Presidente López Obrador, por la necesidad de contar con “el apoyo de médicos especialistas que no tenemos en el país”. Esto se debe a que en mayo de 2022 se puso en marcha la Jornada Nacional de Reclutamiento de Médicos Especialistas, con la cual se licitaron 13,765 plazas de médicos especialistas,13 de los cuales se llenaron vacantes de menos del 5%, según Zoé Robledo, titular del IMSS.14 Sin embargo, los filtros por los cuales pasaron los médicos mexicanos y los cubanos difieren, ya que a los primeros se les pidió requisitos que a los segundos no

Aplicación de las leyes cubanas en México

Entre los problemas de la llegada de supuesto personal médico cubano a México se encuentran la aplicación de leyes laborales cubanas en territorio mexicano, ya que su estatus laboral está regulado por Cuba y no por México. A los colaboradores cubanos se les aplican diversos ordenamientos jurídicos, lo cuales no forman parte del ordenamiento jurídico mexicano, y son violatorios del mismo. Cabe destacar entre los ordenamientos jurídicos cubanos la “Ley de los 8 años”.

Ley de los 8 años: Es una regulación interna del Ministerio del Interior que está protegida por la Ley de Secreto de Cuba (lo que implica que no es pública, pero se ejerce), aunque diversos certificados consulares la mencionan como la Ley por la que:

El ciudadano cubano que es declarado como desertor por las autoridades competentes cubanas, pierde su residencia en Cuba de manera automática y se le deniega la entrada a Cuba por un periodo de 8 años a partir de la fecha que se declaró el Abandono de la Misión Estatal. Esta es una regulación interna del Ministerio del Interior de Cuba.”

El hecho de que a los colaboradores cubanos se les aplican leyes cubanas, es una violación a la soberanía, la cual está plasmada en la Carta Magna.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

De igual manera, se establece en la siguiente tesis:

Novena Época. Registro digital: 180240. Instancia: Primera Sala. Tipo: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XX, octubre de 2004, página 264. Materias(s): Constitucional. Tesis: 1a./J. 80/2004

Supremacía constitucional y orden jerárquico normativo, principios de. Interpretación del artículo 133 constitucional que los contiene.

(...) lo dispuesto en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Estados que constituyen la República son libres y soberanos, dicha libertad y soberanía se refiere a los asuntos concernientes a su régimen interno, en tanto no se vulnere el Pacto Federal, porque deben permanecer en unión con la Federación según los principios de la Ley Fundamental, por lo que deberán sujetar su gobierno, en el ejercicio de sus funciones, a los mandatos de la Carta Magna, de manera que si las leyes expedidas por las Legislaturas de los Estados resultan contrarias a los preceptos constitucionales, deben predominar las disposiciones del Código Supremo y no las de esas leyes ordinarias, aun cuando procedan de acuerdo con la Constitución Local correspondiente, pero sin que ello entrañe a favor de las autoridades que ejercen funciones materialmente jurisdiccionales, facultades de control constitucional que les permitan desconocer las leyes emanadas del Congreso Local correspondiente, pues el artículo 133 constitucional debe ser interpretado a la luz del régimen previsto por la propia Carta Magna para ese efecto.

Finalmente, cabe mencionar que por las restricciones que establece esta “Ley”, fue interpuesta una denuncia el 16 de junio de 2022 ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, las observaciones de dicho órgano al Gobierno Cubano fueron:

Preocupa al Comité: (...)

La prohibición de facto para los padres que terminaron un contrato civil en el extranjero de reunirse con sus hijos, a veces durante hasta ocho años, y el impacto que tienen en la salud y el bienestar de los niños los años de separación de sus padres;

(...) y recomienda al Estado parte que: (...)

(c) Ponga fin a toda separación de niños de sus padres por la decisión de estos de terminar un contrato laboral, y modifique el artículo 135, párrafo 1, del Código Penal a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la reunificación familiar”

En tales denuncias quedo asentado que uno de los lugares en los que se cometieron las violaciones es México.

• Violaciones a los DDHH

Otro de los problemas que se tiene por la llegada del personal médico de Cuba es la violación de DDHH de los cuales han sido víctimas. La Ley Fundamental establece que todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales, así como gozaran de todas las garantías.

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

A pesar de lo anterior, las y los colaboradores cubanos fueron víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos. Entre ellas, se encuentran el haber sido obligadas y obligados a participar en dichas misiones. A continuación, se recopilan algunas de las declaraciones de las víctimas de las denuncias interpuestas ante la Corte Penal Internacional:

“Las misiones médicas son un acto de coacción por muchas vías, si te niegas eres marcado y/o discriminado, obligado a asumir los peores trabajos y la peor ubicación laboral sin tener en cuenta ni tu capacidad ni tu desempeño. Básicamente puedes ser muy buen profesional, pero si no aceptas sus condiciones eres castigado tanto abiertamente como de manera solapada por las autoridades del Ministerio de salud que obviamente responden al gobierno.”

“Si no te enrolabas en misión no te dejaban salir a más ningún lado, además siempre ejercen presión y no te dejan escoger nada.”

Esto viola al derecho a elegir empleo libremente, el cual está consagrado en el artículo 5 de la Carta Magna:

Artículo 5: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

También se encuentra plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

Por otro lado, a las y los colaboradores cubanos se les negaron las condiciones mínimas de trabajo. En lugar de un trabajo digno, fueron sometidas y sometidos a condiciones denigrantes, esclavistas y obligados a falsificar información. Entre los testimonios, se encuentran los siguientes:

“Yo puse 11 horas, pero hay días que se llega a trabajar hasta 12h especialmente en puertos donde montan muchísimas personas, esas horas no son pagas. El trabajo es extremadamente agotador e inhumano porque no tienes si quiera un día de descanso. Yo viví muchísimo acoso sexual por parte de los jefes. Empiezan a ponerte el trabajo muchísimo más difícil y fuerte para que hagas todo lo que te piden.”

“La misma historia se repetía una y otra vez para mantenerse en la misión había que hacer lo establecido dentro de ellos falsificar estadísticas.”

“Mis guardias eran de 48 horas y descansaba 20 horas aproximadamente o en caso de déficit de médicos trabajaba durante 5 días seguidos y descansaba 24 horas.”

Esto viola la Ley Federal del Trabajo, ya que atenta contra el trabajo digno:

Artículo 2o. (...) Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. (...)

Artículo 3o. El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta (...). Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes.

No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

Por último, pero no menos importante, hubo casos de mujeres pertenecientes a la delegación cubana que fueron víctimas de violencia sexual:

“Tuve la mala experiencia de vivir acoso sexual por parte del jurídico de mi estado y al no ceder a lo que él quería me sancionó 2 veces, me cambio del lugar donde estaba y me hicieron un escarmiento público en presencia de todos los jefes del estado en aquel momento. Fue una experiencia horrible.”

Debido a las graves violaciones a los derechos humanos, el 8 y 10 de mayo de 2019 se interpusieron denuncias en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19), y el 24 de agosto de 2020 en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19). Dichas denuncias forman en conjunto un único cuerpo de denuncia en contra del trabajo forzado y la esclavización. Ambos constituyen crímenes de lesa humanidad, según el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

(...)

Si bien la participación en las misiones de internacionalización es oficialmente voluntaria, muchos médicos se sienten presionados para acogerse a dichas misiones y temen represalias por parte de Gobierno de Cuba si no participan; (...)

El Gobierno de Cuba recibiría una suma de dinero de los gobiernos anfitriones y pagaría a los trabajadores una parte de dichos fondos. Sin embargo, el Gobierno de Su Excelencia retendría un porcentaje significativo del salario que los países anfitriones pagan por los profesionales cubanos que hacen parte de una misión de internacionalización. En los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano, éste debe devolver al Gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que aumentaría al 75% o hasta el 90% de su salario mensual. En muchos casos, el salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente; Además, el Gobierno de Cuba estaría “congelando” una parte del salario que los médicos pueden acceder únicamente tras su regreso al país, pero, según información recibida, muchas veces no reciben de la totalidad del monto que les corresponde;

Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16 adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales, muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos en el exterior;

(...)

Si un profesional decide retirarse del trabajo en el exterior, se califica como “abandono de misión de trabajadores civiles” bajo del Código Penal de Cuba que en su artículo 135 (1) estipula que “el funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”. Las mismas sanciones son aplicadas a profesionales que después de cumplir una misión en el extranjero deciden establecerse en otro país. Como consecuencia, muchas familias están separadas lo cual tiene un fuerte impacto negativo en su bienestar. Los médicos considerados desertores no están autorizados de regresar a Cuba durante ocho años y los familiares que permanecen en Cuba estarían sujetos a señalamientos y repercusiones por parte de entidades gubernamentales. Según anunció el vicepresidente del Consejo de Estado de Ministros, Roberto Morales Ojeda en febrero de 2019, el retorno de los médicos que se quedaron en Brasil desde la descontinuación del programa Más Médicos está autorizado. Sin embargo, muchos de los profesionales afectados temen represalias si vuelven a Cuba.

Muchos profesionales reportaron recibir amenazas regulares por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y mujeres médicas han sufrido acoso sexual mientras se encontraban participando en misiones de internacionalización.

El Poder Legislativo no debe de permanecer indiferente ante las violaciones cometidas que afectan tanto al personal médico como a las y los pacientes. Asimismo, violentan la soberanía y la seguridad nacional y a las garantías constitucionales.

Por lo expuesto, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Gobernación, para que, con base a sus atribuciones, regularice el estatus migratorio de las y los cooperantes cubanos referentes al Acuerdo de Cooperación Bienal.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular del Instituto Nacional de Migración, para que, con base a sus atribuciones, haga público un informe detallado sobre la entrada de militares de Inteligencia Cubana al territorio nacional, especificando el motivo de su estancia en el país, cuáles son las actividades que realizan y su estatus migratorio.

Tercero. La Honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Gobernación y al titular del Instituto Nacional de Migración, para que, con base en sus atribuciones, trabajen conjuntamente para hacer público un informe detallado explicando el motivo de la llegada colaboradores cubanos en aviones y aeropuertos militares.

Cuarto. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente al titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que, con base a sus atribuciones, tome las medidas necesarias para asegurar que se respeten los derechos humanos de los colaboradores cubanos.

Notas

1 Acuerdo de Cooperación Bienal que celebran, por una parte, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México a la que en adelante se le denominara “SEDESA”, representada por su Titular la Dra. Olivia López Arellano, asistida por el licenciado Jesús Antonio Garrido Ortigosa, Director General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, a la que en adelante se le denominara “DGAF” y, por la otra, el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, representado por el C. Pedro Núñez Mosquera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Cuba en los Estados Unidos Mexicanos que en adelante se le denominará “LAS PARTES”, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y clausulas:

2 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

3 Secretaría de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

4 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

5 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

6 Ibíd.

7 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

8 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

9 Ibídem.

10 Secretaria de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

11 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

12 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

13 Gob.mx. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://presidente.gob.mx/presentan-jornada-nacional-de-reclutam iento-y-contratacion-de-medicos-especialistas-para-fortalecer-sistema-de-salud/

14 Robledo, Zoé [@zoerobledo] (2022). Recuperado el 7 de octubre del 2022, de

https://twitter.com/zoerobledo/status/1559560086988652547

15 Secretaría de Salud (2022). Jornada nacional de reclutamiento y contratación de médicas y médicos especialistas. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://www.gob.mx/insalud/articulos/jornada-nacional-de-recluta miento-y-contratacion-de-medicas-y-medicos-especialistas-303021

16 Embajada de la República de Cuba (2020). Certificado Consular Ampliado. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://drive.google.com/file/d/1T90Y_C44vTcbJChlx77EVB18G9GOfxk a/view

17 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

18 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 40).

19 Órganos de tratados. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Down load.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fCUB%2fCO%2f3-6&Lang=en

20 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 1)

21 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 5)

22 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 23)

23 Comunicación procedimiento especial Naciones Unidas 3.0.pdf. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://drive.google.com/file/d/12Zcf9idaIVESXZAbuJGI0Mx5SV887Ce E/view

24 ES - caso de denuncia - 622 médicos cubanos contra el gobierno cubano v5.0.pdf , de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

25 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A LOS GOBIERNOS DE SINALOA Y SONORA, Y PERSONAS INVOLUCRADAS EN LOS PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, A LLEVAR A CABO MESAS DE DIÁLOGO PARA RESOLVER EL PROBLEMA PRODUCTIVO RURAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal, a los gobiernos de Sinaloa y Sonora, y a asociaciones, empresas y personas involucradas en los procesos de producción agroalimentaria, a llevar a cabo de manera apremiante mesas de diálogo para resolver el problema productivo rural, suscrita por los diputados Gabriela Martínez Espinoza, Marina Valadez Bojórquez y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, diputados Gabriela Martínez Espinoza; Marina Valadez Bojórquez y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, integrantes del Grupo Parlamentario Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política; 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se invita al Gobierno federal a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural; de las Secretarías de los estados de Sinaloa y Sonora, a empresarios, corporaciones o agrupaciones campesinas y a todas aquellas personas involucradas en los procesos de producción agroalimentaria a llevar a cabo de manera apremiante mesas de diálogo para resolver el problema productivo rural, conforme a las siguientes

Consideraciones

Primera. Considerando un estudio realizado por el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria de esta Soberanía, el sector agropecuario mexicano integra a más de 5 millones de productores agrícolas, de los cuales sólo 10 por ciento tiene acceso al financiamiento. Menciona el referido Centro de Estudios, que el Estado mexicano ha desarrollado instrumentos e impulsado instituciones que conforman la Banca de Desarrollo, con la finalidad de ampliar la cobertura y hacer llegar recursos crediticios a aquellos productores de menor escala.

Reafirma el hecho de que el sector agropecuario mexicano es una plataforma productiva que se ha posicionado, en el año 2020, como la 11a productora de alimentos del mundo. Apunta que se debe reconocer que más del 80 por ciento de las unidades productivas son de baja escala, lo cuales presentan muchas limitaciones para el desarrollo de sus actividades, entre otras, la falta de financiamiento.

Segunda. Según se ha dicho en la opinión pública, el Gobierno federal no ha tenido una institución como la desaparecida Financiera Rural, lo cual ha propiciado la reducción en la colocación de créditos al campo, ha permitido la duplicación de la cartera vencida y ha dejado de asignar recursos para la producción agrícola. Según lo afirmado por los medios de comunicación, el Gobierno ha optado por cancelar el financiamiento al campo productivo, a cambio del fortalecimiento de un esquema de subsidios y transferencias que asegura el clientelismo, que, dicen, arriesga la autosuficiencia alimentaria. Señalan que lo anterior convirtió al desaparecido Instituto fiduciario en “un organismo atrofiado, incapaz de cumplir su objetivo de impulsar el desarrollo rural” tal y como lo calificó el mismo presidente de la República en su iniciativa de extinción, la cual se debió a una mala administración, de acuerdo con información del Grupo Consultor de Mercados Agrícolas.

La información periodística señala que, entre el arranque de operaciones de la Financiera de 2003 a 2018, la tasa de interés era de un solo dígito, la cartera de recuperación era de 93 por ciento e informan que se llegó a financiar hasta 70 mil millones de pesos anualmente. Con el actual Gobierno, la Financiera Rural elevó de 8 a 26 por ciento la cartera vencida; para el mes de noviembre del 2022 se alcanzó un financiamiento de solo 30 mil millones de pesos, y de 79 mil unidades económicas rurales en 2014, se redujo la atención a 66 mil, según datos del INEGI.

El Grupo Consultor de Mercados Agrícolas ha afirmado ante los medios de comunicación que la Financiera Rural nació ante la desaparición de Banrural y que su objetivo era ofrecer financiamiento a los productores por medio de un organismo autosustentable y vigilado para evitar la asignación de créditos incobrables y corrupción, con un modelo de banca de desarrollo para inversiones en tecnología, innovación, semillas mejoradas y otros elementos.

Tercera. Es importante señalar la existencia del organismo descentralizado del Estado Mexicano Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), la cual fue creada en enero de 2019 y se encuentra sectorizada en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), en la cual se conjuntaron las anteriores empresas de Estado Liconsa y Diconsa. Segalmex tiene a su cargo el “Programa de precios de garantía de maíz, frijol, trigo panificable, arroz y leche fresca”. Específicamente para pequeños y medianos productores que cuentan con superficie menor a 10 hectáreas; Así mismo, tiene facultades de coordinación de compra de cosechas nacionales e importaciones de productos agroalimentarios cuando no se cuente con abasto suficiente de los mismos para su distribución. Como se encarga de los llamados “precios de garantía”, el objetivo del gobierno, por medio de este organismo estatal” es que los pequeños y medianos productores mejoren sus ingresos e incrementen su productividad para lograr la seguridad alimentaria.

Cuarta. Para el presente ciclo O.I.2022-2023, el campo mexicano, atraviesa por una grave problemática entre lo que destaca, la falta de financiamiento a las actividades primarias del campo; no hay desarrollo al mantenerse el crecimiento anclado en un PIB menor al 2.0 %, así como el problema en las cosechas de trigo y maíz, de los estados de Sonora y Sinaloa, caracterizados por altos costos de producción y bajos de precios de comercialización, que no permitirán a los productores de esas entidades federativas recuperar sus inversiones realizadas además de las implicaciones sociales y económicas de la región.

Quinta. Para poder dimensionar el problema de comercialización de estos granos, pertenecientes a la familia de las gramíneas, según la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader). México produce 3.5 millones de toneladas de trigo, establecidas en 585,000 hectáreas; de las cuales Sonora aporta el 52.4 % de la producción nacional de trigo, generando ingresos por 9,220 mdp. Mientras que el maíz, se establecen 7.5 millones de hectáreas, con una producción nacional de 27.8 millones de toneladas, de los cuales Sinaloa produce el 22% con una producción de casi 7.0 millones de toneladas; Jalisco 14%; Estado de México 8%; Michoacán 7% y Guanajuato 6% entre otros.

En base al ciclo anterior, O.I. 2021-2022, los precios de comercialización por tonelada de grano, fue por el orden de $ 6,987.00 para el maíz; mientras que, para el trigo, alcanzo un precio por tonelada de $ 9,041.00. Sin embargo, paradójicamente el mercado que no tiene palabra, para el presente ciclo, O.I. 2022-2023, cotiza la tonelada de maíz en $ 5,600.00 mientras que para trigo en $ 5,730.00 la tonelada

Sexta. Al respecto, se han presentado propuestas legislativas en torno al problema de falta de recursos para el campo, una del diputado federal Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, quien propone que Segalmex garantice para el ciclo 2023 un precio de garantía no menor a 7 mil pesos por tonelada de maíz que se produzca en Sinaloa.

En su misma propuesta propone que el precio de garantía para la producción de trigo panificable sea de 8 mil pesos y que sea producido en los estados de Sinaloa, Sonora y Baja California.

Por otra parte, el diputado local en Sonora, Jorge Eugenio Russo Salido, del Grupo Parlamentario de MC en el Congreso local de Sonora, propone que el Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural en el Estado otorgue un apoyo especial a los agricultores, buscando resolver el problema de la contingencia de mercado por los bajos precios, además de que se pretende evitar caigan en moratorios por los créditos adquiridos, aumentando así la cartera vencida.

Séptima. En esa virtud y con el objeto de atender la demanda antes señalada y en estricto apego a los dispuesto en nuestra Carta Magna en su artículo 27o Constitucional, así como a lo estipulado en los artículos 111 y 133 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de desastres naturales y contingencias de mercados se presenta esta iniciativa de legisladores federales a efecto de contribuir en la solución de la problemática planteada.

Octava. Ante estas circunstancias aquí expuestas y que se hacen más comprensibles con la infografía que se inserta, la propuesta que hacemos como integrantes del H. Congreso de la Unión, es la de integrar de manera urgente, una mesa de diálogo entre los Gobiernos federal y locales de Sinaloa, de Sonora y los principales actores económicos en el campo, con la finalidad de que se solucione de tajo el problema, buscando acuerdos que sean la base para que los Gobiernos federal y los locales de ambas entidades federativas determinen lo conducente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno federal, a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural; al gobierno de los estados de Sinaloa y de Sonora, a las cámaras empresariales más representativas del país, a las federaciones, confederaciones y asociaciones campesinas del país y a toda persona involucrada en los procesos de producción agroalimentaria para que establezca de manera apremiante una mesa de diálogo para resolver el problema productivo rural en México.

Notas

1. Ver la siguiente página de internet del periódico Reforma, de fecha 14 de abril del 2023, consultada el 16 de abril del mismo año, nota de autoría de Nallely Hernández y Mayolo López:

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/def ault.aspx?__rval=1&urlredirect=/acusan-que-4t-hunde-financiamiento-rural/ar 2587029?referer=–7d616165662f3a3a6262 623b6770737a6778743b767a783a–

2. Ver la siguiente página de internet del Grupo Consultor de Mercados Agrícolas:

https://gcma.com.mx/precios-de-garantia/#:~: text=% C2%BFQu% C3%A9%20son%20los%20precios%20de,precio%20de%20garant%C3%ADa%20al%20productor

Dado en la Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril del 2023– Diputadas y diputado: Gabriela Martínez Espinoza, Marina Valadez Bojórquez, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LA SEGOB, A EMITIR UN PROGRAMA TEMPORAL DE REGULARIZACIÓN MIGRATORIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a emitir un programa temporal de regularización migratoria, a cargo de la diputada Olga Leticia Chávez Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Olga Leticia Chávez Rojas, integrante de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numerales 1, fracción II y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta H. asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de julio de 2019, en su eje número 1, denominado “Política y Gobierno”, menciona que si bien es cierto que el ingreso de extranjeros a territorio nacional requiere de un proceso de registro por razones de seguridad; también lo es que México ha retomado su tradición de país hospitalario, tierra de asilo e integrador de migraciones, por lo que el Ejecutivo federal debe aplicar las medidas necesarias para garantizar que los extranjeros puedan transitar con seguridad por el territorio nacional o afincarse en él.

Que el Programa Sectorial de Gobernación 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2020, establece en su cuarto objetivo prioritario, que el Estado mexicano debe garantizar el pleno ejercicio y goce de los Derechos Humanos de todas las personas que radiquen, ingresen, residan, transiten o retornen a nuestro país a partir del diseño, coordinación e implementación de una política integral de población y movilidad humana, cuyas estrategias están enfocadas a la población migrante, interna y externa, solicitantes de la condición de refugiado y beneficiarios de protección complementaria.

Además, el citado programa menciona que anteriormente la atención de la migración se enfocó en atender únicamente a una dimensión de la migración sin necesariamente facilitar o promover la integración o reintegración al país y se excluyeron a las personas solicitantes o en condición de refugio y protección complementaria, por lo que es necesario considerar no sólo la configuración de los flujos migratorios, también su composición, y atender a los grupos que por sus particularidades se encuentran expuestos a condiciones aún más vulnerables en los contextos migratorios.

Que a partir de la década de 1990, México comenzó a configurarse como un territorio de tránsito regular e irregular para personas migrantes provenientes, principalmente, de Guatemala, Honduras y El Salvador que buscaban ingresar a Estados Unidos.

Sin embargo, se estima que el volumen de personas migrantes centroamericanas de paso hacia Estados Unidos ha ido en aumento desde 2011 hasta registrar en el año de 2014, la histórica cifra de 394.2 mil eventos, cifra superior a los 388.7 mil eventos registrados en 2005, mientras que el promedio anual de este flujo para el periodo 2014-2017 fue de 335,000 eventos.

Tan sólo entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2021, el Instituto Nacional de Migración (en adelante el INM) de la Secretaría de Gobernación, identificó 147 mil 33 personas migrantes que transitaban en condición irregular por territorio nacional, cifra que representa el triple de lo registrado durante el mismo periodo de 2020.

Además, entre febrero de 2019 y agosto de 2022, fueron retornados a territorio mexicano 81,350 personas a través del programa estadounidense Protocolos de Protección a Migrantes.

Cabe señalar que muchos de estos migrantes, al ya no poder seguir con su curso hacia los Estados Unidos, deciden quedarse a vivir en México.

Lo anterior, se robustece con lo señalado por el Instituto Nacional de Migración, en su tarjeta migratoria número 120421, publicada en su página oficial el 11 de abril de 2021, que precisa que durante los últimos 10 años se ha incrementado el interés de migrantes centroamericanos por quedarse en México, en lugar de continuar su camino a Estados Unidos.

Las razones según el INM, son diversas: por aquí encuentran donde laborar, encuentran medios subsistir, porque contraen matrimonio, porque tienen hijos o, simplemente, porque ya no quieren asumir los riesgos que conllevan dirigirse hacia Estados Unidos.

Además, en los últimos años, el número de solicitudes de se incrementó de 3,423 en 2015 a 30,000 en 2018, 129,791 en 2021, para cerrar el 2022 con 118,470.

Que la situación irregular extranjera es un factor fundamental de vulnerabilidad por la falta de documentos migratorios o de autorización por parte del Estado para transitar o residir en su territorio, lo que vuelve a los migrantes invisibles ante la ley y muchas veces ante la opinión pública, además la falta del documento que regule su legal estancia, les impide el ejercicio de sus derechos fundamentales que deben ser garantizados y protegidos por el Estado.

Ejemplo de ello, durante la crisis de salud pública por Covid-19, si bien el gobierno de México se esforzó por asegurar el acceso a la salud de la población migrante irregular en nuestro país, en el estudio del Colegio de la Frontera Norte (2020a), se prevé que en el Estado de Tijuana, los migrantes carecieron de acceso a servicios de salud, principalmente por la saturación de las clínicas y los hospitales públicos, y por los altos costos en el servicio privado. Aunque también se detectaron obstáculos a la atención médica por falta de documentación de los migrantes irregulares.

Sumado a lo anterior, los migrantes asentados en territorio nacional que no cuentan con un documento que acredite su legal estancia, se encuentran aún más propensos a sufrir algún tipo de delito, como la privación de libertad, la tortura, la extorsión, así como la trata de personas.

En el caso de las mujeres, pueden ser explotadas como sirvientas, abusadas o violadas sexualmente, e inclusive ser explotadas en el mercado sexual por parte de organizaciones criminales.

Aparte que, derivado de su situación irregular, muchas veces los migrantes no denuncian, quedando sin acceso a la justicia, por miedo a ser retornados a su país de origen.

Que el Gobierno de México, con la finalidad de garantizar los derechos humanos de las personas extranjeras migrantes que residen en situación irregular en territorio nacional, en el año 2015 implementó un programa de regularización migratoria, con el objetivo otorgarles certeza jurídica.

Como resultado de dicha implementación los extranjeros que se encontraban en situación migratoria irregular, obtuvieron un documento migratorio de residente temporal por cuatro años, generándoles certeza jurídica, pero también fortaleciendo el control migratorio mediante acciones de identificación y registro de personas extranjeras a vías regulares de residencia.

Que de conformidad con el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Migración, la Secretaría de Gobernación podrá emitir disposiciones administrativas generales de carácter temporal, que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, para establecer los supuestos, requisitos y procedimientos aplicables para que el INM regularice la situación migratoria de las personas extranjeras que se encuentren en el territorio nacional y manifiesten su interés de residir de forma temporal o permanente en el mismo.

Es decir, de lo anterior se verifica la facultad de la Secretaría de Gobernación para emitir disposiciones administrativas, a través de las cuales se regularice la situación migratoria de las personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional.

Por lo anterior, se considera apremiante que dicha dependencia emita un Programa Temporal de Regularización Migratoria, para que a través del Instituto Nacional de Migración se regularice la situación migratoria de las personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional desde el 1 de enero de 2017 y que al 1 de enero de 2023, se encuentren residiendo en México de manera irregular.

Asimismo, la Secretaría de Gobernación deberá señalar en la disposición administrativa que emita, de manera expresa los supuestos, así como los requisitos y trámites requeridos para ser beneficiario de dicho programa.

Por todo lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Gobernación, a implementar un Programa Temporal de Regularización Migratoria, a través del cual se regularice la situación migratoria de las personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional desde el 1 de enero de 2017 y que al 1 de enero de 2023, se encuentren residiendo en México de manera irregular.

Segundo: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Gobernación, a señalar en la disposición administrativa que emita, de manera expresa los supuestos, excepciones, así como los requisitos y trámites requeridos para ser beneficiario del Programa Temporal de Regularización Migratoria.

Notas

1. “Panorama de la Migración en México”, Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas, recuperado de:

http://portales.segob.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/Panorama_de_l a_migracion_en_Mexico

2. Idem

3. Badilla Diego, “Éxodo a Estados Unidos, sin precedentes, convierte a México en sala de espera de migrantes”, El economista, enero 2023, recuperado de:

https://www.eleconomista.com.mx/politica/Exodo-a-Estados-Unidos- sin-precedentes-convierte-a-Mexico-en-sala-de-espera-de-migrantes-20230113-0069 .html

4. París Mombo María de Dolores, et al, “UN ESTUDIO TEÓRICO PARA EL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, REDUCIR LA VULNERABILIDAD DE MIGRANTES EN EMERGENCIAS”, MIGRANTES EN MÉXICO VULNERABILIDAD Y RIESGOS, recuperado de:

https://www.ecampus.iom.int/pluginfile.php/14566/block_html/cont ent/MICIC_Mexico_desk_study.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de abril de 2023.– Diputada Olga Leticia Chávez Rojas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



SE REALICEN LAS INVESTIGACIONES NECESARIAS PARA IDENTIFICAR, LOCALIZAR Y SANCIONAR A QUIEN RESULTE RESPONSABLE POR LOS DERRUMBES DE LOS EDIFICIOS UBICADOS EN EL FRACCIONAMIENTO LA SIERRA, EN TIJUANA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades de Baja California y del ayuntamiento de Tijuana a realizar las investigaciones necesarias y coadyuvar entre sí para identificar, localizar y sancionar a las personas que resulten responsables en el ámbito civil, administrativo y penal, por los derrumbes de los edificios ubicados en el fraccionamiento La Sierra, así como a atender a las personas damnificadas, procurando garantizar su derecho a la vivienda, la reparación del daño y la no repetición de los hechos, suscrita por las diputadas María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, y Olga Zulema Adams Pereyra, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Las suscritas, diputada María Clemente García Moreno, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, y diputada Olga Zulema Adams Pereyra, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, ambas de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En fechas recientes se han reportado intensas precipitaciones pluviales en el Municipio de Tijuana, Baja California, las cuales han provocado diversos deslaves que han puesto en peligro a la población. Como consecuencia, las autoridades del Ayuntamiento en comento, acordaron emitir una Declaratoria de Emergencia por los Riesgos Geológicos e Hidrometeorológicos por la inestabilidad de laderas registradas en seis puntos de la ciudad de Tijuana.

La humedad presentada por las lluvias generó el reblandecimiento de distintos terrenos, sobre todo en la zona serrana, donde algunas construcciones comenzaron a presentar derrumbes. A este respecto, y de manera particular, dos edificios de departamentos del fraccionamiento La Sierra (uno construido en 2009, mientras que el otro lo fue en 2021), captaron la atención de la ciudadanía, de los medios de comunicación y de las propias autoridades, quienes optaron por desalojar a las personas que habitaban en el lugar.

La incertidumbre sobre un posible colapso se mantuvo latente, hasta que el 1 de abril de 2023 el primero de éstos dos edificios no resistió más y fue reportada su caída; mientras que el segundo resistiría únicamente una semana más, venciéndose finalmente el día 9, sobre algunos locales comerciales que se encontraban al pie de la zona del deslave, mientras se realizaban las gestiones para proceder a derrumbarlo.

Las acciones de respuesta frente a la inminente emergencia permitieron que no hubiera pérdidas humanas que lamentar. Sin embargo, las afectaciones materiales sufridas por las personas que ahí residían, así como el detrimento sobre su patrimonio y el consecuente menoscabo en su derecho a la vivienda, aunado a los daños sufridos en los negocios sobre los que cayeron los escombros de las edificaciones, son hechos que obligan a las autoridades respectivas a dar con quienes resulten responsables de haber construido, así como de haber otorgado las autorizaciones de construcción, en zonas que podrían representar un riesgo para las personas o sin las medidas de seguridad estructural y de protección civil debidas.

De acuerdo con declaraciones concedidas por el Ingeniero Civil Jorge Alberto González Belmont al semanario Zeta y retomadas en el portal digital de Radio Fórmula, “ambos edificios fueron levantados sobre un talud —un terreno inclinado y propenso a deslizamientos—, por lo que faltaron barreras de contención o soportes que dieran una mayor estabilidad al suelo”, hipótesis respaldada por Javier Franco Casas, quien funge como asesor de geotécnica del Ayuntamiento de Tijuana, según información de los mismos medios.

La situación apunta a la existencia de “presuntas omisiones en el expediente del proyecto La Sierra, desde los planos del proyecto, hasta los estudios de mecánica de suelos, así como la resistencia del talud”. No obstante, la Dirección de Administración Urbana no ha localizado y entregado los documentos que hacen falta a los representantes legales de las personas afectadas. Además, se ha informado que aún no se definen las cantidades de apoyo que brindará el gobierno municipal, ni las condiciones de entrega.

Es importante destacar que el artículo 4o. constitucional reconoce el derecho de las familias a disfrutar de vivienda digna y decorosa, respecto del cual la Ley establece los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo, mismo que forma parte del derecho de todas las personas a tener un nivel de vida adecuado para sí mismas y para sus familias, de conformidad con el artículo 11 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Por su parte el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) de la ONU, en su Observación General No. 4, considera que el derecho a una vivienda adecuada tiene una importancia fundamental para el disfrute de todos los DESC y se refiere a la capacidad de disponer de un lugar donde poderse aislar si se desea, espacio adecuado, seguridad adecuada, iluminación y ventilación adecuadas, una infraestructura básica adecuada y una situación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- El Pleno de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las autoridades de Gobierno del Estado de Baja California que correspondan; a la Fiscalía General del Estado de Baja California; así como a las Secretarías de Gobierno; de Desarrollo Territorial, Urbano y Ambiental; de Bienestar; de Desarrollo Económico; y a la Dirección de Protección Civil, todas del H. Ayuntamiento de Tijuana, a realizar las investigaciones necesarias y coadyuvar entre sí para identificar, localizar y sancionar a las personas que resulten responsables en el ámbito civil, administrativo y penal, por los derrumbes de los edificios ubicados en el Fraccionamiento La Sierra, así como a atender a las personas damnificadas, procurando garantizar su derecho a la vivienda, la reparación del daño y la no repetición de los hechos.

Notas

1. (VIDEO) Caída de Edificios en Tijuana: Esto Sabemos sobre el Caso. Disponible en

https://www.radioformula.com.mx/nacional/2023/4/9/video-caida-de -edificios-en-tijuana-esto-sabemos-sobre-el-caso-757244.html

2. IDEM.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 20 de abril de 2023.– Diputadas: María Clemente García Moreno, Olga Zulema Adams Pereyra (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE CONVOQUE A UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON LA SHCP Y LA SADER, PARA ANALIZAR Y DISCUTIR LA INICIATIVA PRESENTADA POR EL EJECUTIVO FEDERAL QUE EXTINGUE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se convoca a una reunión de trabajo con la SHCP y la Sader para analizar y discutir la iniciativa presentada por el Ejecutivo federal que extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, Augusto Gómez Villanueva, María de Jesús Aguirre Maldonado, Ismael Alfredo Hernández Deras, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Roberto Carlos López García, María del Refugio Camarena Jáuregui, Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, Juan Francisco Espinoza Eguía, Eufrosina Cruz Mendoza, Tereso Medina Ramírez, Jazmín Jaimes Albarrán, Yerico Abramo Masso, Hiram Hernández Zetina, José Antonio Gutiérrez Jardón, José Francisco Yunes Zorrilla, diputadas y diputados federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 69, 74 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Que el pasado 13 de abril del presente año, se presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa de Decreto por el que se Extingue el Organismo Público Descentralizado Denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se Abroga su Ley Orgánica.

Segunda. Una de las causales de la extrema desigualdad de nuestro país se debe al abandono del campo. La alternancia en el arribo al poder, ha originado una ruptura programática de los objetivos básicos de la Revolución, que se sustentan no sólo en el reparto de la tierra, sino en la autosuficiencia alimentaria y su gradual modernización para lograr que la producción de los campesinos y de los pequeños propietarios rurales puedan generar un mercado interno que da origen a la comercialización de los productos del campo y su exportación, con la consecuente mejora de la calidad de vida de sus habitantes.

La banca de desarrollo para el campo, nació de la demanda histórica de los agraristas y de la necesidad de que esta, pudiera ser una palanca de desarrollo para los productores del campo, generando instituciones que se crearon con personalidad jurídica y patrimonio propios, canalizando recursos, centrados en productores de bajos ingresos, con leyes orgánicas que determinan su especialización en la promoción del sector, sus órganos de gobierno y modalidad operativa acorde con las condiciones y características específicas de los ejidatarios y pequeños propietarios que con su trabajo alimentan no solo a la ciudad, sino también a otros países.

La Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, especializado en financiamiento rural a través del otorgamiento de créditos sujetos al patrimonio de la institución, cuya vocación central es, la de atender al productor mexicano, conforme a sus circunstancias y contingencias que, individual o colectivamente no alcanzan la madurez financiera suficiente para acceder a créditos con instituciones bancarias comerciales.

La Financiera Nacional, cuenta con una particularidad en su operación pues no sólo se enfoca en ofrecer financiamiento directo a los pequeños y medianos productores (primer piso), y los acompaña con capacitación y asesoría para la mejor utilización de sus recursos crediticios, sino que, además, otorga créditos a las organizaciones de productores que maduran o evolucionan hasta convertirse en Intermediarios Financieros Rurales, que a su vez intermedian financiamiento para impulsar actividades rurales (segundo piso) que también se ven afectados al ya no contar con recursos para dispersar crédito a sus usuarios.

En 2022, el SIAP reportó que de los 130 millones de mexicanos que hay en el país, 6.37 millones llevan a cabo actividades agropecuarias, de las cuales 5.4 millones se ubicaron en la producción agrícola; 869 mil, en la producción pecuaria y 101 mil, en la explotación pesquera (Panorama Agroalimentario, 2022).

Resalta que, de los 5.4 millones de productores agropecuarios en nuestro país, sólo 10 por ciento, es decir solamente 540 mil pequeños y medianos productores cuentan con acceso a recursos de la banca de desarrollo, productores que históricamente se han caracterizados por ser agricultores familiares de subsistencia, con poca extensión de tierras y con acceso limitado al crédito resultado de su falta de garantías o en otros casos poca experiencia en el manejo técnico, moral, financiero y climático en su producción.

Por si no fuera grave, dicha cifra expone que 4.8 millones de productores no cuentan con acceso a recursos de la banca de desarrollo, por lo que, quienes están en condiciones de acceder a créditos lo hacen mediante la banca comercial, que generalmente tiene como usuarios a productores grandes en extensión, en capacidad técnica y productiva, o bien, con capitales que se transforma en garantías que respaldan el pago de los créditos otorgados. Dejando fuera no solo a millones de pequeños y medianos productores que no cuentan con las condiciones para acceder a los créditos, o que se ven en la necesidad de buscar fuentes de financiamiento con condiciones menos favorables que los ofrecidos por la banca de desarrollo.

De acuerdo con la Encuesta Nacional Agropecuaria de 2019, las fuentes de recursos a las que recurrieron con mayor frecuencia los productores de alimentos, fueron: las Cajas de ahorro con un 26%; las empresas o personas con las que se comprometió la producción con un 20.5%; la Financiera Rural de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero con el 16.9%, las empresas o personas proveedoras de insumos 15.9%, los Bancos con el 11.4%, de sus familiares el 6.8%, sin dejar de mencionar las fuentes de financiamiento de menor porcentaje entre las cuales se encuentran, los amigos, familiares que viven en el extranjero, casas de empeño o prestamistas, uniones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple o limitado y crédito ganadero a la palabra.

La misma encuesta señala cuales fueron principalmente, el destino de los créditos que se les otorgaron unidades económicas rurales, los destinaron a: materiales y materias primas; pago de sueldos y salarios; y, en un pequeño porcentaje a la compra de maquinaria y equipo.

No podemos dejar de advertir que México tiene una larga trayectoria como país dependiente de alimentos, aun así, ostenta el lugar décimo segundo a nivel mundial como productor de alimentos y hoy en día, el campo es un sector económico y estratégico para el país, como en muy pocos lugares del mundo, más de la mitad del territorio rural es propiedad social, existen más de 32,000 ejidos y comunidades; los campesinos son dueños de casi cien millones de hectáreas, incluidas campesinas líderes, a quienes hace falta impulsar más su visión, sus aportaciones y su plena inclusión en las decisiones del sector. Más de 29,000 núcleos agrarios tienen actividad agrícola, más de 25,000 tienen actividad ganadera, y más de 3,000 tienen actividad forestal. Hay también más de 1,700 núcleos con actividad pesquera, 1,700 núcleos con actividad artesanal y cerca de 1,000 núcleos agrarios con actividad turística.

Sin embargo, el escenario actual para el campo mexicano es sumamente complejo debido a la diversidad regional, climática y pluricultural de nuestro país, aunado a la incertidumbre que vive por el abandono institucional, por lo que es imperante que instituciones como la Financiera Rural, sean reconocidas como un instrumento estratégico del Estado para impulsar actividades vinculadas con el sector rural, con la finalidad de mejorar la productividad y mejorar el nivel de vida de la población y fortalecer la autosuficiencia permanente y oportuna de alimentos sanos y culturalmente apropiados para las personas, comunidades y pueblos nacionales.

Es necesario garantizar y promover el acceso a la banca de desarrollo, para atender la demanda de los productores agropecuarios, por ello es de la mayor relevancia conocer las razones por las cuales instituciones como Financiera Rural de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, mantienen suspendido el otorgamiento y dispersión de recursos crediticios a los pequeños y medianos productores y, sobre todo, cuáles son los mecanismos, mediante los cuales se atenderá a los millones de comuneros, ejidatarios y pequeños propietarios que han quedado en el abandono institucional.

Tercera. La entrada de México a la globalización nos enfrentó a grandes desafíos, sobre todo después de la suscripción del el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), con el cual, el enfoque de nuestro país se dirigió hacia una agricultura de exportación y la desaparición gradual de las instituciones de apoyo a la producción, aunado al proceso de privatización de la propiedad social, la disminución de los instrumentos que le otorgaban su fortaleza en la gradualidad programática de la homologación del proceso de reparto de tierras, la escasa planeación en apertura de distritos de riego, infraestructura y políticas enfocadas al desarrollo social de los campesinos.

Mientras que, de acuerdo con datos ofrecidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política del Desarrollo Social, señala que en 2020, de los aproximadamente 126 millones de habitantes de México, solamente 73.2 millones de personas en el país, en todo momento contaron con acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimentarias, cifra que no debe celebrarse, por que contrasta con la que indica que 53.4 millones de personas experimentaron algún grado de incertidumbre sobre su capacidad de obtener alimentos. Por ello preocupa y ocupa, el escuchar a los pequeños y medianos productores, a los que cultivar la tierra, no solamente les permite subsistir, sino al mismo tiempo, concurrir con sus excedentes al mercado nacional y permitir que las familias mexicanas de menores recursos puedan adquirir los productos tradicionales, como el maíz el frijol, el arroz, el café y algunas hortalizas o especies frutales, cuando el precio de los productos agrícolas tradicionales, permiten una mediana alimentación.

Cuarta. El derecho a la alimentación, la soberanía y la seguridad alimentaria son los nuevos paradigmas que se plantean los pequeños y medianos productores rurales, para mantener su vocación productiva frente a los embates del mercado, el cambio climático, que requiere la atención del Estado y el fortalecimiento de políticas de apoyo al campo, como el surgimiento de programas que estimulen el potencial productivo y el financiamiento a los pequeños y medianos productores del mundo rural.

En nuestro país la pequeña propiedad, representa más de 4.5 millones de unidades de producción rural y representa al grupo de productores que garantiza junto con los ejidatarios la provisión adecuada de alimentos para el mercado nacional y foráneo y para la integración de cadenas de producción a través de la agroindustria.

Quinta. Una gran parte de la población campesina se ve sometida ante el agobio del crimen organizado y la tentación de formar parte de los carteles que operan en los estados de la federación, que alcanza a las mujeres y los niños que no encuentran otra alternativa más que recibir la perversa oferta de los criminales que atentan contra la salud y la seguridad del país.

La incertidumbre y la falta de claridad en la que, desde finales de 2022 se encuentra inmersa la Financiera Nacional, ofende la soberanía alimentaria y la paz social de nuestro país, la eliminación de los apoyos a pequeños y medianos productores para la producción de sus tierras se traduce en inseguridad, desesperación y perdidas de quienes habitan en las áreas rurales del país que tradicionalmente han sido el núcleo social, que con su esfuerzo y trabajo involucra a la familia y los habitantes de los núcleos rurales para lograr un mínimo de soberanía alimentaria.

Sexta. Como legisladores, debemos ser la voz de sector social más vulnerable, que denuncia la suspensión repentina y que advierten injustificada, de crédito al campo a pequeños y medianos productores del sector social, que se han visto obligados a buscar en la banca comercial y privada, opciones de crédito, a las que difícilmente se les permite acceder como sujetos de crédito, ya sea por no contar con garantías, por la complejidad de los requisitos de la banca comercial que por su espíritu, es ajena e indolente a las características y condiciones de los pequeños y medianos productores de la economía rural, o bien, por los niveles de siniestralidad de su producción a causa de diversos factores como los naturales, tecnológicos, económicos, factores humanos en la unidad de producción o bien, en el contexto social, político e institucional, que para los intermediarios financieros, representa un incremento en los riesgos, lo que en el mejor de los casos, encarece los costos para los productores, ya que el costo de sus tasas de interés de crédito son superiores a las que les ofrece la Financiera Nacional.

Séptima. Los campesinos de México, padecen hoy las disposiciones dictadas por el poder ejecutivo federal, ineludible responsabilidad que le corresponde a través de su órgano financiero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que preside el Consejo Directivo de la Financiera, al mismo tiempo le corresponde planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país, que comprende a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas del servicio de banca y crédito; y a través de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, órgano ejecutivo encargado de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural del país, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo que, en ausencia de la Secretaría de Hacienda toma la presidencia del Consejo Directivo.

Octava. El Consejo Directivo integrado también, por dos consejeros representantes de la Confederación Nacional Campesina, un consejero representante de la Confederación Nacional de la Propietarios Rurales, un consejero del Consejo Nacional Agropecuario y un representante del Consejo Agrario Permanente, se han acercado a los diputados integrantes de la Comisión de Agricultura y otros legisladores de distintos partidos políticos, para visibilizar el grave riesgo y su fundada preocupación ante la falta de claridad sobre la situación actual de la Financiera Nacional, que se reforzó con la circulación del oficio número SCD/003/2022 dirigido a los Coordinadores Regionales y Encargados de las Coordinaciones Regionales, signado por el Secretario del H. Consejo Directivo de fecha 15 de diciembre de 2022, en el cual se comunica el acuerdo adoptado en la Centésima Sesión Ordinaria del H. Congreso Directivo de la Institución del mismo día que a la letra señala:

“Cuarto. El H. Consejo Directivo de la Financiera aprueba que, en ejecución de los acuerdos de la Vigésima Cuarta Sesión Extraordinaria del 9 de septiembre de 2022, respecto del pago anticipado, de las líneas de crédito de fondo externo con Organismos Financieros Internacionales, todos los recursos provenientes de cualquier de cualquier fuente de liquidez se concentren en la Tesorería de la Institución para destinarse, única y exclusivamente al pago anticipado de las líneas de crédito con los Organismos Financieros Internacionales hasta su total conclusión, lo anterior, bajo el entendido de que no se podrán otorgar nuevos créditos, ni se continuará la dispersión de recursos de créditos previamente contratados, excepto en aquellos casos preexistentes de carácter particular, en que los intermediarios o empresas receptoras se encuentren en cartera vigente y se justifique que la falta de recursos crediticios podría dar lugar, a que el intermediario o la empresa de que se trate no pueda mantenerse en cartera vigente, con fundamento en los artículos 33, fracción XXIX de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y 14, fracción XXIX del Estatuto Orgánico de este Organismo Descentralizado.”

El anuncio de la suspensión del otorgamiento de créditos y dispersión de recursos crediticios, deja sin opciones a miles de pequeños y medianos productores y se configura como una medida en contra de la reducción de la desigualdad, el incremento a la producción y por ende a la autosuficiencia alimentaria. En diciembre de 2022, a la fecha se han cerrado las agencias: Corporativa de la Ciudad de México; en Ciudad Serdán, estado de Puebla; en el municipio de Huajuapan en Oaxaca; y en el municipio de Martínez de la Torre en Veracruz; mientras que ya se han girado instrucciones para cerrar la agencia en el municipio de La Paz en Baja California Sur y en el municipio de Ensenada Baja California. Sin que de ello se informara a los productores en dichas entidades federativas.

Por ello, la pregunta de los pequeños y medianos productores del campo es, qué hacer frente a la carencia de instrumentos de crédito ante a los ciclos de cultivo tradicionales, en los cuales se sustenta su modesta economía y la sobrevivencia como seres humanos que gradualmente han vivido un proceso de desnutrición y ahora se les presentan escasas alternativas: enfrentar la hambruna, emigrar abandonando a la familia en proceso de desintegración o formar parte de la gran legión del crimen organizado rentando sus tierras o en su defecto, ser víctimas de la oferta de la venta de las mismas en condiciones forzadas por la necesidad económica y la desesperación de no tener como hacer llegar los recursos suficientes para su alimentación y convivencia en su pequeño medio rural.

Novena. La Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero tiene como objeto coadyuvar con a realizar la actividad prioritaria del estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad y mejorar el nivel de vida de su población, esta institución, hasta diciembre de 2022, no solo otorgaba créditos, promovía la organización y la conformación de intermediarios financieros, a través de programas de capacitación y acompañamiento, asesorías de administración de riesgos, comercialización y otros servicios a los productores.

Los efectos del Acuerdo citado, son preocupantes porque por un lado se eliminan presupuestos enfocados al campo mexicano y que hoy ante su disminución o desaparición de programas se esté preparando el cerrar la puerta de esta importante banca de desarrollo.

Los efectos intempestivos de la suspensión de créditos en todas las regiones del país no han sido analizados, ni discutidos en el seno del Consejo Directivo de dicha institución, de acuerdo a lo expresado por organizaciones de productores como el Consejo Nacional Agropecuario, la Confederación Nacional Campesina, el Consejo Agrario Permanente, la Confederación Nacional de Propietarios Rurales, no fueron convocados ni tomados en cuenta en la decisión de suspender el otorgamiento de créditos en todo el país y desconocen las razones e implicaciones de dichas acciones, por su parte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien preside el Consejo Directivo, tampoco se ha pronunciado ni ha hecho del conocimiento público, el procedimiento jurídico por el cual se incumple el objeto y la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, así como su Estatuto Orgánico o su Manual de Organización, de igual manera tampoco se han dado a conocer las alternativas o sobre la existencia de algún proceso de transición que permitiese advertir los efectos de tal determinación que ataña a los millones de pequeños y medianos productores rurales que han quedado en el abandono institucional. Al tratarse de un tema tan delicado como lo es la producción agropecuaria del país, sus efectos en la salida de capitales o transferencia de los mismos y en la seguridad alimentaria de los mexicanos, es indispensable:

1. Se Informe sobre el procedimiento con base en la legislación vigente que rige a la institución, en el que se sustenten las decisiones tomadas por la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, sobre la suspensión en el otorgamiento de crédito, el cierre de las agencias estatales y todas las demás contrarias a las contempladas en el objeto de la Ley Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; Estatuto Orgánico y Manual de Organización de la institución, textos vigentes en la legislación mexicana en la que se detalla la organización, funcionamiento y atribuciones de la institución.

2. Conocer las estrategias, los mecanismos, instrumentos y programas de apoyo que se emplearán para mantener la producción nacional que otorga trabajo y mínimo bienestar a los pequeños y medianos productores de las zonas rurales y de temporal, dedicados a la siembra de granos básicos como maíz, frijol, sorgo y otros productos de la canasta básica, así como de las diferentes unidades económicas de nuestro país.

3. Informar detalladamente, las razones por las cuales no se incluyó las expresiones de las organizaciones de productores pertenecientes al Consejo Directivo de dicha institución.

4. Conocer sobre las razones por las cuales en la se ha suspendido del otorgamiento de crédito a los pequeños y medianos productores y del sector social que difícilmente pueden acceder a crédito ya sea por carecer de garantías, por la complejidad de los requisitos de la banca comercial ajenas a las características y condiciones de los productores de la economía rural, por el costo de las tasas de interés de crédito, o bien por los niveles de siniestralidad multifactoriales.

5. Informar sobre el número de productores agropecuarios, rurales, forestales y pesqueros que se han visto afectados desde diciembre de 2022, así como de los cultivos y afectaciones a la producción en los ciclos primavera- verano y otoño invierno de 2023.

6. Hacer del conocimiento, el estado en el que se encuentran los créditos vigentes, los abonos a los créditos previamente contratados por los pequeños y medianos productores a la institución, que ante el cierre de sus instalaciones los coloca en peligro de caer obligatoriamente en cartera vencida, perjudicando su calificación crediticia y financiera o bien, el riesgo de caer en manos de intermediarios de la banca comercial que, bajo esquemas de compra, recuperación de cartera vencida y cobro de garantías afecten su situación patrimonial.

7. Dar razón sobre el estado en el que se cartera vencida, de los procesos de recuperación, rescate y esquemas de renegociación de los pequeños y medianos productores que mantienen un adeudo con la institución, así como, de la participación de otras instituciones gubernamentales dispuestas a participar en los esquemas de saneamiento.

8. Dar razón, sobre la situación laboral de los más de mil ochocientos trabajadores en activo de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, ante la situación de incertidumbre tras el anuncio del cierre de diferentes agencias estatales de la institución.

Décima. Conocedor de que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público es la dependencia del Gobierno Federal que tiene a su cargo y preside el Consejo Directivo del organismo denominado, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en términos de los artículos 1° 27 fracción I, 30 y 33 de su Ley Orgánica, y que atendiendo a lo ya expuesto, es que se propone que esta Soberanía cite al C. Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a los titulares de los órganos vinculados con el sector agropecuario, para que acudan y respondan a las inquietudes que prevalecen y afectan a los integrantes de los sectores social, pequeños y medianos productores y organizaciones rurales.

Por lo anteriormente expuesto, fundamentado y motivado someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, convoca a una reunión de trabajo a los ciudadanos titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el análisis y discusión de la iniciativa presentada por el Ejecutivo federal que extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, así como del debilitamiento de apoyos al financiamiento rural y actividades vinculadas con el sector rural ante las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria y de Ganadería.

Nota

1 Registro Agrario Nacional, Catálogo de núcleos agrarios de la propiedad social, disponible en:

https://datos.gob.mx/busca/dataset/catalogo-de-nucleos-agrarios- de-la-propiedad-social, consultado por última vez el 21 de abril de 2022.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 19 días del mes de abril del año 2023.– Diputados y diputadas: Augusto Gómez Villanueva, Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Ismael Alfredo Hernández Deras, Roberto Carlos López García, María del Refugio Camarena Jáuregui, Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, Juan Francisco Espinoza Eguía, Eufrosina Cruz Mendoza, Tereso Medina Ramírez, Jazmín Jaimes Albarrán, Yerico Abramo Masso, Hiram Hernández Zetina, José Antonio Gutiérrez Jardón, José Francisco Yunes Zorrilla (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.