Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Diputado Santiago Creel Miranda
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año II
Ciudad de México, martes 28 de febrero de 2023
Sesión 10 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 28 de febrero de 2023, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1 y 10 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

De la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

SE AUTORIZA LA EMISIÓN DE UNA MONEDA CONMEMORATIVA DEL NATALICIO DE GILBERTO BOSQUES SALDÍVAR

De los diputados Blanca Alcalá Ruiz Blanca María del Socorro y José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del natalicio de Gilberto Bosques Saldívar, para celebrarse el día 20 de julio de 2023.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

De la diputada Claudia Delgadillo González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 129 de la Ley General de Educación.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

SE DECLARA EL 15 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LOS BINOMIOS CANINOS DE RESCATE

De los diputados Antonio de Jesús Ramírez Ramos y Luis Arturo González Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de noviembre de cada año como el Día Nacional de los Binomios Caninos de Rescate.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

De la diputada Valeria Santiago Barrientos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de perspectiva de género. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS Y LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS

De la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de proyectos de asociación. Se turna a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

LEY DE PLANEACIÓN

De los diputados Gilberto Hernández Villafuerte y Kevin Ángelo Aguilar Piña, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2 de la Ley de Planeación.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO

De la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de Consejos Ciudadanos Metropolitanos.Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen

SE INSCRIBA CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES, EL NOMBRE DE JOSÉ DE JESÚS CAMARENA RUIZ

De la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el nombre de José de Jesús Camarena Ruiz.Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Paulina Rubio Fernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo.Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Del diputado Carlos Iriarte Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 390 del Código Penal Federal.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión

LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

De la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen

LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

De la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 10 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 24 y 45 de la Ley General de Educación.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD

De la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de perspectiva de género en la prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva de personas con discapacidad.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

De la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para la creación de los fondos nacionales de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, así como de accesibilidad universal.Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD Y LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

De la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 29 y 225 de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

De la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO A LA FGR, A SOMETER A EXTINCIÓN DE DOMINIO LOS BIENES PROPIEDAD DE GENARO GARCÍA LUNA RELACIONADOS CON HECHOS ILÍCITOS

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a someter a extinción de dominio los bienes propiedad de Genaro García Luna que hayan sido utilizados como instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos y sean destinados en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores víctimas de violencia.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE INCLUYA EN EL SUPLEMENTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD 2023, LA ACTUALIZACIÓN DE LA NOM-007-SSA3-2011, RESPECTO AL FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS

Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a incluir en el suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, la actualización de la NOM-007-SSA3-2011, para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA PROFECO, A INVESTIGAR PROBABLES PRÁCTICAS ABUSIVAS POR PARTE DE LAS EMPRESAS DE TELEFONÍA CELULAR ANTE LA VENTA DE EQUIPOS SIN CARGADOR ELÉCTRICO

De la diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, a iniciar un procedimiento de investigación por probables prácticas abusivas por parte de las empresas de telefonía celular, ante la venta de equipos sin cargador eléctrico.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA CFE, A REDUCIR LAS TARIFAS DE ELECTRICIDAD QUE SE APLICAN A LAS ESCUELAS PÚBLICAS

Del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a reducir las tarifas de electricidad que se aplican a las escuelas públicas del país y a establecer esquemas de colaboración con autoridades estatales y municipales.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y A LA COFEPRIS, A ELIMINAR LA VENTA DE FÁRMACOS EN PUESTOS SEMIFIJOS, MÓVILES O AMBULANTES

De la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, en coordinación con las secretarías de seguridad ciudadana de los estados, a llevar a cabo las respectivas medidas de seguridad y ejecutar los planes de acción necesarios para eliminar la venta de fármacos en puestos semifijos, móviles o ambulantes en los estados de la República.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SEGOB, A PROMOVER DIRECTRICES PARA QUE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ERRADIQUEN LA VIOLENCIA Y SE FORTALEZCA EL RESPETO HACIA LAS MUJERES

De la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres.Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

SE BRINDE PROTECCIÓN A LA PERIODISTA PAULINA MILLÁN, DEL PERIÓDICO EL POPULAR, DE PUEBLA

De la diputada Olga Luz Espinosa Morales, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y al estado de Puebla, a investigar y brindar protección a la periodista Paulina Millán, del periódico El Popular, de Puebla.Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

SE INVESTIGUEN LOS CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LAS EMPRESAS DE GENARO GARCÍA LUNA

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a investigar de manera exhaustiva y expedita los contratos celebrados entre el Gobierno de la Ciudad de México y las empresas de Genaro García Luna, durante la administración del entonces jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, CON RELACIÓN A LAS PROPUESTAS DE LAS PERSONAS QUE OCUPARÁN LAS VACANTES DE COMISIONADAS DEL IFT

De la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, con relación a las propuestas de las personas que ocuparán las vacantes de comisionadas del IFT.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE JALISCO Y DE ZACATECAS, A PRESENTAR UN PLAN DE TRABAJO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA EL CUIDADO DE SUS ZONAS LIMÍTROFES

Del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de Jalisco y de Zacatecas, a implementar estrategias y políticas de seguridad integrales y presentar un plan de trabajo para el cuidado de sus zonas limítrofes.Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE TABASCO, A INFORMAR DE LOS RECURSOS QUE RECIBIÓ POR PARTE DE LA FEDERACIÓN, ASIMISMO, A LA ASF, A INFORMAR EL USO Y DESTINO DEL GASTO FEDERALIZADO EJERCIDO EN LA ENTIDAD

Del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Tabasco, a publicar un informe que detalle los recursos que recibió por parte de la Federación, asimismo, a la ASF, a realizar una investigación para dar a conocer el uso y destino del gasto federalizado ejercido en la entidad.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A LA FISCALÍA DE JALISCO, A ATENDER LAS DENUNCIAS PRESENTADAS POR VIOLACIÓN A LA INTIMIDAD SEXUAL Y CIBERACOSO CONTRA LAS MUJERES

De la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía de Jalisco, a realizar el debido proceso para atender las denuncias presentadas en la entidad por violación a la intimidad sexual y ciberacoso contra las mujeres.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y A LA INSHAE, A REALIZAR LAS INVESTIGACIONES CORRESPONDIENTES PARA DAR TERAPIA CON CÉLULAS MADRE A PERSONAS CON LESIÓN MEDULAR

De la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la INSHAE, a realizar las investigaciones correspondientes para dar terapia con células madre a personas que presentan alguna lesión medular.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS HUMANOS E INTEGRIDAD DE LOS MIGRANTES QUE SE ENCUENTRAN TRANSITANDO EN EL TERRITORIO NACIONAL Y EN LOS CENTROS DE DETENCIÓN MIGRATORIA

De la diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a través del INM, a salvaguardar los Derechos Humanos e integridad de los migrantes que se encuentran transitando dentro del territorio nacional y en los centros de detención migratoria.Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A PREVENIR LOS ASESINATOS DE ACTIVISTAS MEDIOAMBIENTALES, CONFORME AL ACUERDO DE ESCAZÚ

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI, a tomar las medidas necesarias para prevenir los asesinatos de activistas medioambientales, conforme al acuerdo de Escazú.Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

EXHORTO A LA SE Y A LA SRE, A DAR SEGUIMIENTO A LA PROPUESTA DEL GOBIERNO DE MICHOACÁN RESPECTO A LA INSTALACIÓN DE LA PLANTA AUTOMOTRIZ DE TESLA

De la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE y a la SRE, a dar seguimiento a la propuesta del Gobierno de Michoacán de Ocampo de instalar la Planta Automotriz de Tesla, en dicha entidad.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE CHIAPAS, A FORTALECER SU ESTRATEGIA DE SEGURIDAD PÚBLICA

De la diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Chiapas, a fortalecer su estrategia de seguridad pública y la coordinación con los municipios ante la creciente inseguridad registrada en la entidad.Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

RELATIVO A CAMBIAR LA DENOMINACIÓN DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE PUERTO VALLARTA

De la diputada María Leticia Chávez Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo relativo a cambiar la denominación del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

EXHORTO AL CONSEJO GENERAL DEL INE, A INICIAR EL PROCEDI-MIENTO DE PÉRDIDA DEL REGISTRO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo General del INE, a iniciar el procedimiento de pérdida del registro del Partido Acción Nacional por su probada y plena identidad como organización criminal.Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

EXHORTO A INSTITUCIONES DE GUANAJUATO, A IMPLEMENTAR PROGRAMAS SOBRE EL OTORGAMIENTO Y PERMISOS DE LICENCIAS EN BENEFICIO DE LA CIUDADANÍA, PARTICULARMENTE DE LOS GRUPOS VULNERABLES

Del diputado Pedro David Ortega Fonseca, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a instituciones de Guanajuato, a implementar programas asequibles sobre el otorgamiento y permisos de licencias en beneficio de la ciudadanía, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

EXHORTO AL CONGRESO DE CHIHUAHUA A PROMOVER LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DESTINADO A LA OBRA PLATAFORMA CENTINELA

De la diputada Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Chihuahua, a promover la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público del presupuesto destinado a la realización de la obra Plataforma Centinela.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

SE OTORGUE PROTECCIÓN A LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PARA LA VAINILLA DE LAS MONTAÑAS Y LOMERÍOS DE LA ESCARPA NORTE DE CHIAPAS

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMPI, a considerar los elementos de mérito para el trámite de la presente solicitud para que se otorgue protección a la denominación de origen para la vainilla de las montañas y lomeríos de la escarpa norte de Chiapas.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO AL BANCO DEL BIENESTAR, A ATENDER LA PROBLEMÁTICA DEL EXTENSO TIEMPO DE ESPERA PARA EL COBRO DE PENSIONES

De la diputada Ana María Esquivel Arrona, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Banco del Bienestar, a tomar acciones para atender la problemática del extenso tiempo de espera para el cobro de pensiones.Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

EXHORTO A LA PROFEPA Y A LA CONANP, A ERRADICAR LA TALA CLANDESTINA EN LOS BOSQUES DE LA ZONA DE RESERVA DE LA MARIPOSA MONARCA

Del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profepa y a la Conanp, a llevar a cabo diversas acciones de inspección, vigilancia y promoción en los bosques de la zona de reserva de la mariposa monarca, a fin de erradicar la tala clandestina. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

SE CONDENA LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LOS ADULTOS MAYORES Y JÓVENES QUE REALIZABAN UNA MANIFESTACIÓN PACÍFICA EN LA ALAMEDA SANTA MARÍA LA RIBERA, POR PARTE DE FUNCIONARIOS DE LA ALCALDÍA CUAUHTÉMOC

De la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía condena la violencia ejercida en contra de los adultos mayores y jóvenes que realizaban una manifestación pacífica en la Alameda Santa María la Ribera, por parte de funcionarios de la Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, en el operativo del 19 de febrero de 2023.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

SE INVESTIGUEN LAS IRREGULARIDADES PRESENTADAS EN LA GESTIÓN DE EQUIPOS ADQUIRIDOS MEDIANTE CONTRATO ENTRE EL BANCO DEL BIENESTAR, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, LA INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, Y LA EMPRESA REINBON DISTRIBUCIÓN S.A DE C.V

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SFP, a investigar y de ser el caso, iniciar el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades presentadas en la gestión de equipos adquiridos mediante contrato celebrado entre el Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, la institución de Banca de Desarrollo, y la empresa Reinbon Distribución S.A de C.V.Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A LA JUCOPO, A ACORDAR QUE LAS LEGISLADORAS DE ACCIÓN NACIONAL EN POSICIONES DIRECTIVAS DE LAS COMISIONES DE JUSTICIA, Y JURISDICCIONAL, SEAN REMOVIDAS POR CONFLICTO DE INTERÉS RELACIONADO CON LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL DE GENARO GARCÍA LUNA

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de esta soberanía, a acordar y someter a consideración del Pleno que las personas legisladoras de Acción Nacional que ocupan posiciones en los órganos de dirección de las comisiones de Justicia, y Jurisdiccional, sean removidas por el abierto conflicto de interés que representa su pertenencia a dicho Grupo Parlamentario relacionado con la organización criminal de Genaro García Luna.Se turna a la Junta de Coordinación Política para su conocimiento y atención

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES A PROMOVER Y GESTIONAR ACCIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MÉDICAS CON GOCE DE SUELDO A MUJERES AFECTADAS POR DISMENORREA INCAPACITANTE

De la diputada Lizbeth Mata Lozano, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Inmujeres, al IMSS y al ISSSTE, a diseñar, promover y gestionar acciones que conlleven al otorgamiento de licencias médicas con goce de sueldo a mujeres afectadas por dismenorrea incapacitante.Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE MODIFIQUEN LOS LINEAMIENTOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL, A FIN DE QUE LA CIUDADANÍA PUEDA ELEGIR ENTRE OBRA BÁSICA Y OBRA COMPLEMENTARIA

Del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a realizar una modificación al acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, publicado en el DOF el 26 de enero de 2021, a fin de permitir a los municipios que, cuando se realicen proyectos de infraestructura, sea potestad de la ciudadanía elegir entre obra básica y obra complementaria. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen

EXHORTO AL ESTADO DE SINALOA Y AL MUNICIPIO DE MAZATLÁN, A LLEVAR A CABO ACCIONES PARA QUE DICHO MUNICIPIO SEA CONSIDERADO PARA SER SEDE DE LA NUEVA PLANTA DE TESLA

Del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al estado de Sinaloa y al municipio de Mazatlán, a llevar a cabo las acciones necesarias para que dicho municipio sea considerado para ser la sede de la nueva planta de Tesla.Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS COLABORADORES DE CUBA Y TRANSPARENTAR LA INFORMACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN BIENAL

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a la STPS, a la Sedena y a la CNDH, a tomar las medidas necesarias a fin de proteger los derechos de los colaboradores de Cuba y transparentar la información del Acuerdo de Cooperación Bienal.Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO A LA SEP, ASÍ COMO A SUS 32 HOMÓLOGAS DEL PAÍS, A FORTALECER LA POLÍTICA DE REVALORIZACIÓN DEL MAGISTERIO

Del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, así como a sus 32 homólogas del país, a fortalecer la política de revalorización del magisterio a través de la promoción de entornos de respeto a la dignidad de las personas que fomenten una convivencia basada en la cultura de la paz y de la democracia.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS ANTE EL MANEJO DE LOS RECIPIENTES PORTÁTILES PARA CONTENER GAS L.P

Del diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo relativo a la protección de los usuarios ante el manejo de los recipientes portátiles para contener gas L.P. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA SEDENA, A HACER PÚBLICA LA INFORMACIÓN RELATIVA AL INCIDENTE EN EL QUE MURIERON CINCO PERSONAS OCURRIDO ENTRE MILITARES Y JÓVENES EL PASADO 26 DE FEBRERO, EN NUEVO LAREDO TAMAULIPAS

Del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sedena, a hacer pública la información relativa al incidente en el que murieron cinco personas ocurrido entre militares y jóvenes el domingo 26 de febrero de 2023 en Nuevo Laredo Tamaulipas.Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen

SE FORTALEZCAN LAS ACCIONES QUE IMPIDAN EL ACCESO AL SERVICIO EDUCATIVO, DERIVADO DEL PAGO DE CUOTAS ESCOLARES EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA SUPERIOR

Del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas de las 32 entidades federativas, a fortalecer las acciones que impidan el acceso al servicio educativo, derivado del pago de cuotas escolares en educación básica y media superior y se vigile la correcta aplicación de los ingresos obtenidos mediante dicho concepto.Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS ANTE LA SOBREVENTA DE BOLETOS POR PARTE DE AEROLÍNEAS

Del diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo relativo a la protección de los usuarios ante la sobreventa de boletos por parte de aerolíneas.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

SE DETERMINE EL GRADO DE RESPONSABILIDAD DE VICENTE FOX, FELIPE CALDERÓN HINOJOSA, MARGARITA ZAVALA Y DEMÁS IMPLICADOS EN LOS ACTOS DELICTIVOS COMETIDOS POR GENARO GARCÍA LUNA

De la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a realizar las investigaciones para determinar el grado de responsabilidad de Vicente Fox, Felipe Calderón Hinojosa, Margarita Zavala y demás implicados en los actos delictivos cometidos por Genaro García Luna.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE GUANAJUATO Y A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD, A GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y LOS VEHÍCULOS EN LOS CRUCES DE FERROCARRIL

Del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de Guanajuato, en coordinación con los ayuntamientos de la entidad, a adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los vehículos, en los cruces de ferrocarril en la entidad y disminuir los siniestros de arrollamiento de vehículos por parte de los trenes que transitan por el estado.Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA CAME Y A PEMEX, A INFORMAR SOBRE LA CÉDULA DE OPERACIÓN ANUAL DE LA REFINERÍA EN TULA, LA ESTRATEGIA PARA EVITAR LA CONTAMINACIÓN Y LAS EMISIONES A LA ATMÓSFERA QUE GENERA

Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la CAME y a Pemex, con relación a la Refinería en Tula, a informar a la opinión pública sobre la cédula de operación anual, la estrategia para evitar la contaminación y las emisiones a la atmósfera que genera.Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO AL CJF Y A LA FGR, A REALIZAR CURSOS DE CAPACITACIÓN RESPECTO AL CONTENIDO DE LA LEGISLACIÓN MARÍTIMA

Del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al CJF y a la FGR, a realizar cursos de capacitación respecto al contenido de la legislación marítima, con la finalidad de investigar y juzgar de manera adecuada los delitos cometidos en el mar.Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO AL ISSSTE, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA PARA AUTOMATIZAR Y SISTEMATIZAR LOS SERVICIOS QUE BRINDA

De la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al ISSSTE, a implementar un programa para automatizar y sistematizar los servicios que se dan en dicho instituto.Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

EXHORTO A LA CIUDAD DE MÉXICO, A RESARCIR EL DAÑO PATRIMONIAL GENERADO POR LA AMPLIACIÓN DE 4.8 KILÓMETROS DE LA LÍNEA 12 DEL STC METRO

De los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Ciudad de México, a resarcir el daño patrimonial generado por la ampliación de 4.8 kilómetros de la línea 12 del STC Metro.Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y 12, numeral 2, del Reglamento de la Contingencia Sanitaria, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 28 de febrero de 2023 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica), presidente.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma los artículos 1o. y 10 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.

2. Que adiciona el artículo 4o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

3. De decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del natalicio de Gilberto Bosques Saldívar, por celebrarse el día 20 de julio de 2023, a cargo de los diputados Blanca Alcalá Ruiz, Blanca María del Socorro y José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

4. Que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Delgadillo González, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.

5. Que adiciona el artículo 129 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

6. De decreto por el que se declara el 15 de noviembre de cada año como el Día Nacional de los Binomios Caninos de Rescate, suscrita por los diputados Antonio de Jesús Ramírez Ramos y Luis Arturo González Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

7. Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.

8. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de perspectiva de género, a cargo de la diputada Valeria Santiago Barrientos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

9. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de proyectos de asociación, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

10. Que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley de Planeación, suscrita por los diputados Gilberto Hernández Villafuerte y Kevin Ángelo Aguilar Piña, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.

11. Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de Consejos Ciudadanos Metropolitanos, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.

12. De decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, el nombre de José de Jesús Camarena Ruiz, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

13. Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.

14. Que reforma el artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

15. Que reforma el artículo 390 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Iriarte Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

16. Que adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.

17. Que adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen.

18. Que adiciona el artículo 10 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

19. Que reforma y adiciona los artículos 24 y 45 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.

20. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de perspectiva de género en la prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

21. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva de personas con discapacidad, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.

22. Que reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

23. Que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.

24. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para la creación de los fondos nacionales de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, así como de accesibilidad universal, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

25. Que adiciona los artículos 29 y 225 de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión.

26. Que reforma y adiciona el artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR, a someter a extinción de dominio los bienes propiedad de Genaro García Luna que hayan sido utilizados como instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos y sean destinados en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores víctimas de violencia, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a incluir en el suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, la actualización de la NOM-007-SSA3-2011, para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a iniciar un procedimiento de investigación por probables prácticas abusivas por parte de las empresas de telefonía celular, ante la venta de equipos sin cargador eléctrico, a cargo de la diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE, a reducir las tarifas de electricidad que se aplican a las escuelas públicas del país y a establecer esquemas de colaboración con autoridades estatales y municipales, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Cofepris, en coordinación con las secretarías de seguridad ciudadana de los estados, a llevar a cabo las respectivas medidas de seguridad y ejecutar los planes de acción necesarios para eliminar la venta de fármacos en puestos semifijos, móviles o ambulantes en los estados de la República, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres, a cargo de la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y al estado de Puebla, a investigar y brindar protección a la periodista Paulina Millán, del periódico El Popular, de Puebla, a cargo de la diputada Olga Luz Espinosa Morales, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR, a investigar de manera exhaustiva y expedita los contratos celebrados entre el Gobierno de la Ciudad de México y las empresas de Genaro García Luna durante la administración del entonces jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, con relación a las propuestas de las personas que ocuparán las vacantes de Comisionadas del IFT, a cargo de la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de Jalisco y de Zacatecas, a implementar estrategias y políticas de seguridad integrales y presentar un plan de trabajo para el cuidado de sus zonas limítrofes, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de Tabasco, a publicar un informe que detalle los recursos que recibió por parte de la Federación, asimismo, a la ASF, a realizar una investigación para dar a conocer el uso y destino del gasto federalizado ejercido en la entidad, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía de Jalisco, a realizar el debido proceso para atender las denuncias presentadas en la entidad por violación a la intimidad sexual y ciberacoso contra las mujeres, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la INSHAE, a realizar las investigaciones correspondientes para dar terapia con células madre a personas que presentan alguna lesión medular, a cargo de la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a través del INM, a salvaguardar los Derechos Humanos e integridad de los migrantes que se encuentran transitando dentro del territorio nacional y en los centros de detención migratoria, a cargo de la diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI, a tomar las medidas necesarias para prevenir los asesinatos de activistas medioambientales, conforme al acuerdo de Escazú, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE y a la SRE, a dar seguimiento a la propuesta del Gobierno de Michoacán de Ocampo de instalar la Planta Automotriz de Tesla en dicha entidad, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de Chiapas, a fortalecer su estrategia de seguridad pública y la coordinación con los municipios ante la creciente inseguridad registrada en la entidad, a cargo de la diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, relativo a cambiar la denominación del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, a cargo de la diputada María Leticia Chávez Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo General del INE, a iniciar el procedimiento de pérdida del registro del Partido Acción Nacional por su probada y plena identidad como organización criminal, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a instituciones de Guanajuato, a implementar programas asequibles sobre el otorgamiento y permisos de licencias en beneficio de la ciudadanía, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, a cargo del diputado Pedro David Ortega Fonseca, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Chihuahua, a promover la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público del presupuesto destinado a la realización de la obra Plataforma Centinela, a cargo de la diputada Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMPI, a considerar los elementos de mérito para el trámite de la presente solicitud para que se otorgue protección a la denominación de origen para la vainilla de las montañas y lomeríos de la escarpa norte de Chiapas, suscrito por el diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Banco del Bienestar, a tomar acciones para atender la problemática del extenso tiempo de espera para el cobro de pensiones, a cargo de la diputada Ana María Esquivel Arrona, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profepa y a la Conanp, a llevar a cabo diversas acciones de inspección, vigilancia y promoción en los bosques de la zona de reserva de la mariposa monarca, a fin de erradicar la tala clandestina, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

25. Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía condena la violencia ejercida en contra de los adultos mayores y jóvenes que realizaban una manifestación pacífica en la Alameda Santa María la Ribera, por parte de funcionarios de la Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, en el operativo del 19 de febrero de 2023, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SFP, a investigar y de ser el caso, iniciar el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades presentadas en la gestión de equipos adquiridos mediante contrato celebrado entre el Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, la Institución de Banca de Desarrollo, y la empresa Reinbon Distribución S.A de C.V, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Jucopo de esta soberanía, a acordar y someter a consideración del Pleno que las personas legisladoras de Acción Nacional que ocupan posiciones en los órganos de dirección de las Comisiones de Justicia y Jurisdiccional sean removidas por el abierto conflicto de interés que representa su pertenencia a dicho Grupo Parlamentario relacionado con la organización criminal de Genaro García Luna, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Junta de Coordinación Política para su conocimiento y atención.

28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inmujeres, al IMSS y al ISSSTE, a diseñar, promover y gestionar acciones que conlleven al otorgamiento de licencias médicas con goce de sueldo a mujeres afectadas por dismenorrea incapacitante, a cargo de la diputada Lizbeth Mata Lozano, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar, a realizar una modificación al acuerdo por el que se emiten los lineamientos del fondo de aportaciones para la infraestructura social, publicado en el DOF el 26 de enero de 2021, a fin de permitir a los municipios que, cuando se realicen proyectos de infraestructura, sea potestad de la ciudadanía elegir entre obra básica y obra complementaria, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Infraestructura, para dictamen.

30. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al estado de Sinaloa y al municipio de Mazatlán, a llevar a cabo las acciones necesarias para que dicho municipio sea considerado para ser la sede de la nueva planta de Tesla, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

31. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a la STPS, a la Sedena y a la CNDH, a tomar las medidas necesarias a fin de proteger los derechos de los colaboradores de cuba y transparentar la información del Acuerdo de Cooperación Bienal, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

32. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP, así como a sus 32 homólogas del país, a fortalecer la política de revalorización del magisterio a través de la promoción de entornos de respeto a la dignidad de las personas que fomenten una convivencia basada en la cultura de la paz y de la democracia, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

33. Con punto de acuerdo, relativo a la protección de los usuarios ante el manejo de los recipientes portátiles para contener gas L.P., a cargo del diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

34. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena, a hacer pública la información relativa al incidente en el que murieron cinco personas ocurrido entre militares y jóvenes el domingo 26 de febrero de 2023 en Nuevo Laredo Tamaulipas, a cargo del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.

35. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas de las 32 entidades federativas, a fortalecer las acciones que impidan el acceso al servicio educativo, derivado del pago de cuotas escolares en educación básica y media superior y se vigile la correcta aplicación de los ingresos obtenidos mediante dicho concepto, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

36. Con punto de acuerdo, relativo a la protección de los usuarios ante la sobreventa de boletos por parte de aerolíneas, a cargo del diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

37. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR, a realizar las investigaciones para determinar el grado de responsabilidad de Vicente Fox, Felipe Calderón Hinojosa, Margarita Zavala y demás implicados en los actos delictivos cometidos por Genaro García Luna, a cargo de la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

38. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de Guanajuato, en coordinación con los ayuntamientos de la entidad, a adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los vehículos, en los cruces de ferrocarril en la entidad y disminuir los siniestros de arrollamiento de vehículos por parte de los trenes que transitan por el estado, a cargo del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

39. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la CAME y a Pemex, con relación a la Refinería en Tula, a informar a la opinión pública sobre la cédula de operación anual, la estrategia para evitar la contaminación y las emisiones a la atmosfera que genera, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

40. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al CJF y a la FGR, a realizar cursos de capacitación respecto al contenido de la legislación marítima, con la finalidad de investigar y juzgar de manera adecuada los delitos cometidos en el mar, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

41. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al ISSSTE, a implementar un programa para automatizar y sistematizar los servicios que se dan en dicho instituto, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

42. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ciudad de México, a resarcir el daño patrimonial generado por la ampliación de 4.8 kilómetros de la línea 12 del STC Metro, suscrito por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.»



INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Iniciativa que reforma los artículos 1o. y 10 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



SE AUTORIZA LA EMISIÓN DE UNA MONEDA CONMEMORATIVA DEL NATALICIO DE GILBERTO BOSQUES SALDÍVAR

«Iniciativa de decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del natalicio de Gilberto Bosques Saldívar, para celebrarse el día 20 de julio de 2023, a cargo de los diputados Blanca Alcalá Ruiz y José Francisco Yunes Zorrilla, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, diputada Blanca Alcalá Ruiz y diputado José Francisco Yunes Zorrilla, integrantes de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, de conformidad con el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan iniciativa con proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del natalicio de Gilberto Bosques Saldívar, por celebrarse el 20 de julio de 2023, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

“La oportunidad en el tiempo es muy valiosa” decía Gilberto Bosques Saldívar. Un hombre cuyo tiempo de vida lo hizo testigo y protagonista de acontecimientos que marcaron la primera parte del siglo XX, tanto en México como en el mundo.

Gilberto Bosques, nombre asociado directamente a un mensaje de paz, fraternidad y convivencia entre los hombres, nació en Chiautla de Tapia, Puebla, en 1892.

Profesor, periodista, representante popular, político y diplomático. Siendo joven se unió al movimiento de los hermanos Serdán, quienes estaban en contra de la reelección porfirista.

En ese periodo quedó clara su convicción y compromiso con los ideales nobles de la justicia y la libertad. Desde entonces estaba convencido del reparto de tierras, del fomento de la industria nacional, del salario justo para los trabajadores, de la educación obligatoria y la supresión del ejército.

En 1914 se dirige a combatir en contra de la ocupación estadounidense del puerto de Veracruz. También participó en la rebelión delahuertista, en contra del presidente Álvaro Obregón y su candidato Plutarco Elías Calles, quienes, desde su punto de vista, se habían apartado de los ideales revolucionarios.

Años más tarde, el tiempo le abre nuevas oportunidades para ampliar su huella en la historia nacional y más allá de nuestras fronteras, al colaborar con el gobierno del presidente Lázaro Cárdenas.

Al responder el primer informe de gobierno de Lázaro Cárdenas, en 1935, siendo diputado, expresó: “El arraigo, en las masas, de los hombres y de los grupos de lucha política, habían perdido paulatinamente sus valores, para convertirse en un control puramente político de los recursos adecuados para la retención del poder...”

Que vigentes resultan muchas veces sus palabras. Su vocación por la libertad era firme y determinada y la defensa de la patria, un principio de vida.

Desde el Congreso de la Unión y junto con Luis Enrique Erro, formularon la reforma constitucional al artículo tercero que sentó las bases de la educación con un sentido social, gratuito y socialista.

Esta contribución legislativa se concretó en una política de Estado que forma parte de la idiosincrasia de los mexicanos. No es posible hoy día concebir la educación si no es pública, laica y gratuita.

Gilberto Bosques vio en Lázaro Cárdenas la oportunidad de un gobierno en donde la Presidencia de la República no fuera ejercida por el interés de una persona, sino por una persona responsable de una investidura a cargo de la protección del interés público, una encomienda más allá de sus preferencias o inclinaciones.

Concluida su periodo como diputado, Bosques es nombrado Cónsul General de México en París, Francia.

Es en ese continente cuando, con motivo de la Segunda Guerra Mundial y la invasión de la Alemania nazi a Francia, que inicia ese gran capítulo de la política exterior desde el consulado de México en Marsella, en donde tuvieron una brillante y humanitaria actividad don Gilberto Bosques, junto con Narciso Bassols, Luis I. Rodríguez y Fernando Gamboa.

La diplomacia mexicana se caracterizó en ese momento por su actuación directa ante los actos de persecución del nacismo, el falangismo y el fascismo, sobre todo, en contra de los republicanos españoles y judíos con motivo de la conflagración mundial.

Su entrega al trabajo diplomático lo llevó incluso a ser objeto de reclusión junto con su familia alrededor de un año en un hotel de Bad Godesberg, no sin antes haber dejado un legado en la política exterior mexicana que implicó la negociación inteligente de 40 mil visas para México, Lisboa, Milán y Trieste.

Todas esas visas, significaron una oportunidad de vida para unas 40 mil personas de distintas nacionalidades, no sin la difícil circunstancia de tener que visitar campos de concentración y decidir, en circunstancias muy difíciles e incluso dolorosas, sobre las personas específicas a las que se podía brindar ayudar.

Para todos ellos Gilberto Bosques fue un héroe, quién, sin embargo, nunca hizo un alarde de su trabajo, pues entendía su encomienda como una investidura bajo la cual representaba al Estado mexicano ante la comunidad de naciones, dedicado a su labor de cónsul.

En sus memorias recordaba lo que le dijo a un funcionario alemán: “Le manifesté que todo el personal mexicano se sometería al reglamento que acababa de leernos, porque México estaba en guerra con Alemania y por ello éramos prisioneros de guerra. Que podía estar seguro de que no pediríamos ninguna excepción, ninguna gracia sobre esas disposiciones, pero que tampoco aceptaríamos ningún trato vejatorio, como acostumbraban ellos con los prisioneros”.

Hacer un homenaje a Gilberto Bosques es hacer al mismo tiempo un reconocimiento a la política exterior del Estado mexicano, forjada a lo largo del Siglo XX, entre las grandes conflagraciones y la Guerra Fría.

Si hoy don Gilberto Bosques estuviera sentado entre nosotros como el gran parlamentario que fue, estoy segura se estaría escribiendo una historia más fructífera, respetuosa de la Constitución y las instituciones del Estado.

La historia registra hechos de gran trascendencia relativos al desarrollo de la humanidad y en específico de países, estados y regiones. Por supuesto registra errores y aciertos, constituyéndose en una gran herramienta para la toma de decisiones asertivas.

En el contexto actual resulta muy importante el estudio de la historia, en este caso reciente, pues el país vive un periodo de persecución y descalificación institucional, entre otros problemas que ponen en riesgo el desarrollo nacional y nuestro régimen democrático.

Para los legisladores del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, es un momento para reconocer una trayectoria política impecable y ejemplar. Rendimos homenaje a un mexicano ilustre y, por supuesto retomamos su ejemplo de integridad y amor a México.

Por los razonamientos expresados, me permito presentar la presente iniciativa para recordar y hacer un merecido homenaje a un gran mexicano, poblano, quien puso en alto el nombre de México en el ámbito internacional, pero también contribuyó de manera muy importante en los principios de la educación pública de nuestro país, plasmando su imagen en una moneda conmemorativa de 20 pesos, de curso legal, en términos de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

En este contexto, es importante tener presente que los billetes y monedas de nuestro país siempre se ubican entre los más bellos, por sus diseños, de acuerdo con la Sociedad Internacional de Diseñadores de Billetes, asociación sin fines de lucro, destinada y dirigida por diseñadores de billetes que se prepara para elegir al billete más bonito anualmente.

Cabe recordar que en la edición de 2021, el billete ganador del premio fue el mexicano de 50 pesos que el Banco de México emitió en octubre de 2021.

En el Grupo Parlamentario del PRI, estamos conscientes que el conocimiento de nuestra historia permitirá orientar y, en su caso, fortalecer nuestras decisiones en el futuro.

Al conocer y tener presente nuestra historia podemos identificar las contribuciones que han tenido para nuestro tiempo hombres y mujeres que gracias a sus principios, inteligencia y compromiso han traído a nuestros días el colectivo social que somos.

Las vueltas que han dado las sociedades desde la prehistoria hasta la actualidad han profundizado en la diversidad, en la contradicción, en el uso del poder para imponer ... y conocer cuáles han sido esos caminos nos ayuda a consolidar nuestro propio criterio sobre la sociedad.

Estamos seguros que la aprobación del presente decreto y su materialización será un motivo de orgullo nacional, y de manera destacada de los habitantes del Municipio de Chiautla de Tapia, Puebla de donde este ilustre mexicano es originario.

Estamos seguros que será motivo también de celebración en varios países, donde sobreviven personas descendientes de quienes sufrieron persecución y fueron auxiliados por la Embajada de México en Francia, entonces a cargo de don Gilberto Bosques.

Calles, plazas y avenidas en España, Francia, Austria y Alemania, entre otras naciones llevan el nombre de este ilustre mexicano.

En este sentido, en junio de 2016 se inauguró la escuela pública municipal del multicultural Volkshochsule Friedrichshain-Kreuzberg “Gilberto Bosques Saldívar”. La institución berlinesa, parte de una red de escuelas de formación para adultos llamadas Volkshochschulen (VHS).

“Estoy orgullosa de que nuestra escuela en Kreuzberg lleve el nombre de un humanista de la talla de Bosques. Aquí asisten muchas personas que han tenido que dejar su hogar. Nadie lo hace voluntariamente, no importa si han emigrado por hambre o por conflictos, su presencia nos inspira a seguir el ejemplo de Bosques“, dijo la alcaldesa del distrito de Kreuzberg-Friedrichshain, Monika Hermann.

Cabe señalar que la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, contempla la emisión de monedas conmemorativas en los términos siguientes:

Artículo 2o. Las únicas monedas circulantes serán:

a) Los billetes del Banco de México, SA, con las denominaciones que fijen sus estatutos;

b) Las monedas metálicas de cincuenta, veinte, diez, cinco, dos y un pesos, y de cincuenta, veinte, diez, y cinco centavos, con los diámetros, composición metálica, cuños y demás características que señalen los decretos relativos.

Cuando los decretos relativos prevean aleaciones opcionales para la composición de las monedas metálicas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a propuesta del Banco de México, determinará su composición metálica señalando alguna de las aleaciones establecidas en el decreto respectivo o sustituyendo la así señalada por otra de ellas.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación las resoluciones en las que se determine la aleación que se utilizará en la composición metálica de las monedas de que se trata.

c) Las monedas metálicas conmemorativas de acontecimientos de importancia nacional, en platino, en oro, en plata o en metales industriales, con los diámetros, leyes o composiciones metálicas, pesos, cuños y demás características que señalen los decretos relativos.

Por los razonamientos expresados se somete a la consideración de esta Cámara de Diputados, la presente iniciativa por la que se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del natalicio de Gilberto Bosques Saldívar, por celebrarse el 20 de julio de 2023, en los términos y con las características siguientes:

Único. Se aprueba la emisión de una moneda conmemorativa del natalicio de Gilberto Bosques Saldívar, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 2 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las siguientes características:

Valor nominal: Veinte pesos.

Forma: Circular. Diámetro: Treinta y dos milímetros.

Composición: La moneda será bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y una otra para su anillo perimétrico, que serán como sigue:

1. Parte central de la moneda. Aleación de cuproníquel, que estará compuesta en los siguientes términos:

a) Contenido: 75 por ciento de cobre y 25 por ciento de níquel.

b) Tolerancia en contenido: 2 por ciento por elemento, en más o en menos.

c) Peso: 7.355 gramos.

d) Tolerancia en peso por pieza: 0.294 gramos, en más o en menos.

2. Anillo perimétrico de la moneda. Aleación de bronce-aluminio, que estará integrado como sigue:

a) Contenido: 92 por ciento de cobre, 6 por ciento de aluminio y 2 por ciento de níquel.

b) Tolerancia en contenido: 1.5 por ciento por elemento, en más o en menos.

c) Peso: 8.590 gramos.

d) Tolerancia en peso por pieza: 0.344 gramos, en más o en menos.

Peso total: Será la suma de los pesos de la parte central y del anillo perimétrico de la misma, que corresponderá con lo siguiente: 15.945 gramos y la tolerancia en peso por pieza: 0.638 gramos, en más o en menos.

Los cuños serán:

Anverso: El Escudo Nacional, con la leyenda “Estados Unidos Mexicanos”, formando el semicírculo superior.

Reverso: El motivo de esta moneda será el que, de conformidad con el artículo segundo transitorio del presente decreto, apruebe el Banco de México, a propuesta de la Secretaría de Relaciones Exteriores el cual deberá relacionarse con el trabajo diplomático realizado por Gilberto Bosques Saldívar, como embajador de México en la República de Francia en los años entre 1940 y 1942.

Canto: Estriado discontinuo.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A más tardar dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Relaciones Exteriores enviará al Banco de México la propuesta del diseño del motivo que se contendrá en el reverso de la moneda a que se refiere el presente decreto, la cual deberá incluir la leyenda “1892-1995”.

En caso de que la Secretaría no presente una propuesta del motivo indicado en este artículo dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, corresponderá al Banco de México realizar el diseño de que se trate, mismo que se contendrá en el reverso de la moneda.

Tercero. La moneda a que se refiere el presente decreto se acuñará a los 90 días naturales posteriores a la fecha límite de entrega del diseño señalado en el párrafo primero del presente artículo.

Cuarto. Corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran para que el motivo que proponga la Secretaría de Relaciones Exteriores, en los términos de este decreto, pueda ser utilizado en el reverso de la moneda conmemorativa.

En todo caso, los ajustes técnicos que se realicen en los términos de este artículo deberán ser acordes con las características esenciales del motivo propuesto.

Quinto. Corresponderá al Banco de México cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual derivado de la acuñación de las monedas.

Notas

1 https://www.milenio.com/cultura/gilberto-bosques-schindler-mexicano-desafio-naz is

2 Lado, Sandra. La importancia de aprender Historia para la sociedad. Departamento de Comunicación Isabel I. Septiembre de 2020.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2023.– Diputada y diputado: Blanca Alcalá Ruiz, José Francisco Yunes Zorrilla (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

«Iniciativa que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Claudia Delgadillo González, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputada Claudia Delgadillo González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XIX a artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El uso de las redes sociales ha venido a revolucionar la forma en que las personas interactúan, aprenden y se recrean, nunca antes se había visto un cambio tan vertiginoso en el estilo de vida de la humanidad y es necesario conocer las implicaciones de esta nueva realidad con el fin de estar preparados para los retos que puedan surgir, así como aquellos que ya se presentan.

En este sentido, de las múltiples aristas por las cuales se podría abordar el análisis de los efectos de las redes sociales, una de particular importancia es la relativa a las niñas, niños y adolescentes. La relevancia de enfocar el estudio en esta vertiente responde a varios elementos, entre ellos podemos enlistar los siguientes:

a) La responsabilidad del Estado y la defensa del interés superior de la niñez, fundamentada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b) La alta exposición de este grupo poblacional a la tecnología y en específico a las redes; de acuerdo con los resultados arrojados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) que se describen posteriormente.

c) La realidad bajo la cual se construyeron la mayoría de las plataformas, misma que se realizó con la perspectiva de llegar a un público adulto.

d) La importancia de la salud mental para el correcto desarrollo de una persona.

En cuanto al primer elemento mencionado, es pertinente retomar lo señalado por el artículo 4o. de nuestra Constitución, el cual en su párrafo noveno establece lo siguiente:

“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”

Del anterior fragmento se rescata, entonces, que al abordar una problemática o cambio social el cual exija la atención del Estado, éste debe seguir una línea lógica que incluya, en primer lugar, una perspectiva que ponga al centro a la niñez y a la adolescencia. Además, al pasar por las distintas etapas de la acción gubernamental (norma que fundamente el actuar, plan gubernamental, acción a través de la política pública) se debe velar por el interés superior de la niñez en miras de asegurar a los menores el ejercicio pleno de sus derechos.

La presente iniciativa va en concordancia con la actual política del gobierno respecto a las niñas, niños y adolescentes; ésta se alinea con las tres metas del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2019-2024, las cuales se enlistan a continuación:

-Garantizar todos los derechos de todas las niñas, niños y adolescentes, a través de mejorar los mecanismos e instrumentos para garantizar su supervivencia y desarrollo;

-Protegerles integralmente, cuando se ha violentado alguno de sus derechos o han sido víctimas de delitos; y

El cambio de paradigma, a través de un cambio cultural para su reconocimiento como sujetos de derechos”.

Derivado de la lectura de lo anterior se puede afirmar que con la aprobación de la presente iniciativa se actuaría también en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo pues “el Pronapinna se alinea a los principios rectores Nada, al margen de la ley; por encima de la ley, nadie y No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie afuera, y que fundamentan que la acción pública se desempeñará con estricto acatamiento al orden legal y en observancia a los derechos humanos de los grupos sociales que han sido excluidos y discriminados históricamente y de manera reiterada, entre ellos, niñas, niños y adolescentes”.

El segundo elemento que hace relevante la presente propuesta de reforma es lo relativo a los riesgos que enfrentan las niñas, niños y adolescentes por los posibles impactos provocados por la constante exposición a las redes sociales. En este sentido, resulta necesario hacer un análisis demográfico, primero, de la población a la cual se quiere beneficiar y, segundo, de los datos exactos sobre el uso de esta nueva forma de interacción.

El primer aspecto a considerar en cuanto a la demografía de las niñas, niños y adolescentes que pueden verse influenciados por el contenido de las redes sociales parte de la conjugación de la información estadística inherente a la población que está en el rango de edades y las características de la misma respecto a la oportunidad de acceder a esta nueva esfera de convivencia. El siguiente análisis sigue una lógica deductiva.

Comenzamos con los principales resultados de la Estadísticas a Propósito del Día Internacional de la Juventud:

-“En 2020, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda, en México había 37.8 millones de personas de 12 a 29 años, lo que representa 30 por ciento del total de habitantes del país.

-91 por ciento de las viviendas donde viven personas jóvenes (19.5 millones) contaba con un teléfono celular, 55.3 por ciento (11.8 millones) tenía acceso a internet y 40.3 por ciento (8.6 millones) disponía de computadora, laptop o tablet.

-Según la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih) 2021, 24.9 millones de jóvenes buscaron información en internet sobre educación, investigación y para sus tareas.

-3 millones de personas de 25 a 29 años ocuparon internet con el fin de capacitarse para el trabajo.

-WhatsApp, Facebook, Instagram, Messenger y YouTube fueron las redes sociales más usadas por las personas jóvenes”.

Reflexionando sobre los cinco puntos anteriores se infiere los siguiente:

-Primero, que aun cuando la población objetivo citada sale del umbral a la que la presente iniciativa hace referencia, éste sigue conformando un rango importante del 30 por ciento de la población del país.

-Segundo, que los hogares mexicanos en su mayoría tienen acceso a internet y que esto significa una ventana de oportunidad para interactuar en las redes sociales para aquellos quienes habitan en dichas casas.

-Tercero, que más del 65 por ciento de la población aceptó usar internet, lo que implica una exposición directa a los efectos del mismo, positivos o negativos.

-Cuarto, fueron las redes sociales el objeto principal del uso del internet.

A partir de los principales resultados expuestos por el documento del Inegi se comienza a vislumbrar la relevancia de actuar en la materia.

En cuanto a la distribución de la población que integró los resultados antes expuestos, ésta se puede apreciar en la siguiente tabla:

Estructura por grupo de edad y sexo de la población joven, 2020

(Distribución porcentual)

Resalta que casi el 50 por ciento de los resultados analizados en los principales hallazgos efectivamente se integra por una parte de la población objetivo a la cual se dirige la presente iniciativa, es decir, del 30 por ciento de la población del país integrada en esos resultados, 15 por ciento son niñas, niños y adolescentes. Una cifra para nada menor y a la cual se le suma un punto fundamental: aún queda esa población menor a 12 años, la cual si bien no es considerada en la encuesta de manera directa, sí entra dentro del segundo punto, el relativo a los hogares mexicanos.

En cuanto al análisis de las características del uso de internet entre la población descrita, véase la siguiente relación:

Jóvenes usuarios de internet por motivo de uso, 2021(Porcentaje)

A partir de los resultados obtenidos en cuanto al motivo por el cual la población analizada usa el internet podemos ver que alrededor de tres cuartas partes lo hicieron en búsqueda de tutoriales sobre temas de interés. Lo anterior da cuenta de cómo el desarrollo de la población a la cual se quiere beneficiar con la presente iniciativa está supeditado al contenido que pueda haber en las redes. Ahora bien, cabe la disyuntiva sobre si entender que dichas consultas fueron hechas en las redes sociales o no, sin embargo, dado el quinto punto descrito en el documento de consulta, se puede afirmar que ésta fue hecha en alguna red social.

No sobra mencionar que, con la anterior reflexión se fundamenta más la necesidad de comenzar con las acciones necesarias para entender las implicaciones que tiene el uso de las redes sociales en la vida diaria de las niñas, niños y adolescentes.

Finalmente, los resultados más útiles para demostrar la importancia de legislar en la materia referida se muestran en la gráfica de redes sociales más utilizadas por los jóvenes, la cual mostró los siguientes resultados:

Redes sociales más utilizadas por los jóvenes, 2021

En la gráfica anterior se puede ver cómo casi la totalidad de los usuarios de internet de la población se ven expuestos a las redes sociales, si bien hay varianción entre qué plataforma usan, existen por lo menos dos, Whatsapp y Facebook, que agrupan a la mayoría de quienes podrían verse beneficiados con la presente iniciativa.

El tercer elemento que fundamenta la acción del gobierno en la materia se refiere a la naturaleza de las redes sociales, al respecto, se puede citar la reflexión de Common Sense la cual esgrime una realidad potente en el análisis de la situación en la que nos encontramos como sociedad. La reflexión citada a la letra dice:“el mundo de la tecnología, de las redes sociales, de los juegos y la IA [inteligencia artifical], de la realidad virtual y aumentada, fue diseñado por adultos, para adultos. Sin embargo, los niños acceden a todas estas plataformas todos los días y tenemos muy poca idea de cómo los afectan realmente.”

Al respecto sólo se puede apreciar que efectivamente en el cúmulo de plataformas creadas a partir del boom tecnológico de los últimos años la mayoría de éstas fueron creadas para un público capaz de discernir sobre información verídica, benéfica o peligrosa, aspectos que únicamente pueden adquirirse con la experiencia y los años.

Al estar las niñas, niños y adolescentes expuestos a las redes sociales, es necesario comenzar a estudiar los riesgos que pudiesen suscitarse por la interacción de éstas con una población que aún no se encuentra plenamente desarrollada en el plano mental.

Finalmente, el cuarto elemento que fundamenta la presente iniciativa nos habla sobre las implicaciones médicas, particularmente psíquicas, que pudiesen tener las redes sociales en la infancia y adolescencia de México.

Al considerar el último elemento enlistado sobre la importancia de atender la preocupación expuesta desde la arista de la infancia y adolescencia, podemos afirmar que es una realidad que prácticamente en todos los instrumentos jurídicos internacionales de protección a los derechos humanos se reconoce el derecho de toda persona al goce y disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

Lo anterior solo demuestra la importancia y el consenso existente a nivel mundial por proteger el carácter fundamental del derecho a la salud, así como la obligación de todos los gobiernos de garantizarlo. Por su parte, la Organización Mundial de la Salud incluye entre sus principios fundamentales que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social y no únicamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

En el caso mexicano nuestra Carta Magna protege el derecho a la salud en su artículo 4o., el cual señala a la letra

“Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.”

En este orden de ideas, se puede concluir que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio adecuado de los demás derechos, es por ello que todos los Estados deben asegurar su acceso y garantizar una prestación médica de calidad y suficiente al alcance de todas y todos.

Ahora bien, si nos referimos a la niñez dichos esfuerzos se deben intensificar, ya que es durante las primeras etapas de la vida donde el ser humano se encuentra más vulnerable y por ello se requieren medidas especiales de protección.

La convención sobre los derechos del niño reconoce el derecho de los menores al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud.

La preocupación por los impactos que estas nuevas formas de interacción tienen sobre las niñas, niños y adolescentes no es un tema nuevo, pero si uno que no ha recibido la atención merecida. Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se adiciona una fracción XIX a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo Único. Se reforman las fracciones XVII y XVIII y se adiciona una fracción XIX al artículo 50 de la Ley General de los Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 50. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:

I. a XVI. ...

XVII. Establecer medidas para la detección temprana de discapacidades a efecto de prevenir y reducir al máximo la aparición de nuevas discapacidades y asegurar los mayores niveles de atención y rehabilitación ;

XVIII. Proporcionar el acceso a los bienes, servicios, ayudas técnicas y rehabilitación que requieren niñas, niños y adolescentes con discapacidad , y

XIX. Fomentar la investigación con relación a cómo la tecnología impacta en el desarrollo y la salud de niñas, niños y adolescentes.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Consultado en:

https://www.gob.mx/sipinna/documentos/programa-nacional-de-prote ccion-de-ninas-ninos-y-adolescentes-2021-2024-pronapinna-2024

2 Ibidem

3 Inegi (2022) Estadística a propósito del Día Internacional de la Juventud, consultado en el sitio web:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_Juventud22.docx#:~: text=De%20los%2035.3%20millones%20de,y%20YouTube%20(12.2%20millones)

4 Inegi (2022) Estadística a propósito del Día Internacional de la Juventud, consultado en el sitio web:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_Juventud22.docx#:~: text=De%20los%2035.3%20millones%20de,y%20YouTube%20(12.2%20millones)

5 Ibidem

6 Ibid

7 Consultado en el sitio web:

https://www.commonsensemedia.org/kids-action/articles/common-sen se-cinches-a-late-game-victory-for-kids-by-passing-camra-in-congress

8 El derecho a la salud de niñas y niños en la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/13/6407/23. pdf

9 Convención sobre los derechos del niño, Unicef. Disponible en:

https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2023.– Diputada Claudia Delgadillo González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que adiciona el artículo 129 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VII al artículo 129 de la Ley General de Educación al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La legislación en materia educativa en nuestro país ha sido desde hace décadas adecuada modernizada y actualizada, llegando a constituir un marco normativo lo suficientemente amplio que puede considerarse congruente con la mayoría de las necesidades que se presentan en este importante rubro.

Es históricamente conocido que la educación ha tenido diversos enfoques, atendiendo a las ideas de los gobiernos en turno, derivado de las propias políticas y dinámicas de quienes encabezan los ejecutivos federales o las secretarías que intervienen en lo que es un proceso integral de diseño, implementación y evaluación de estrategias, acciones y programas.

Es necesario entender que la transformación que vive nuestro país, invariablemente debe pasar por el ámbito del mejoramiento del proceso educativo. Abonar a lo anterior, sin referirme a todo un sistema que resultaría muy complejo cambiar en el corto o mediano plazo, es uno de los propósitos de la presente iniciativa a través del fortalecimiento de una arista del proceso educativo que si bien se encuentra de alguna manera contemplado en la legislación actual no está necesariamente precisado para tener el dinamismo que requiere, me refiero a la participación de los padres de familia en la formación de sus hijas e hijos.

En este contexto, resalta la necesidad de actualizar, informar y capacitar a los padres y madres de familia sobre las distintas particularidades, fortalezas, características e incluso áreas de oportunidad que representa la educación para las nuevas generaciones de niñas, niños y jóvenes, las cuales requieren ser identificadas a efecto de potencializar sus virtudes, generando con ello mejores ciudadanas y ciudadanos, bajo el entendido de que el proceso educativo en los niveles básicos está dirigido a formar seres humanos de bien, con principios y valores, que sean útiles para una sociedad inmersa en un constante proceso de transformación.

Históricamente, ha sido una aspiración del pueblo mexicano tener los mejores estándares de calidad en la educación, incluso llegando a adoptar modelos que, en efecto, han sido exitosos en otras latitudes, pero en numerosas ocasiones su aplicación a nuestra sociedad no ha sido del todo benéfica. La ampliación del espectro educativo es una de las principales y más ambiciosas metas no solo en México, sino en todo el mundo y no se puede soslayar que esto, en efecto, resulta por demás necesario, atendiendo a que la propia educación es un derecho humano imprescindible para entender no solo la evolución personal, sino además la evolución de cualquier país. A este respecto, los esfuerzos de nuestra nación han sido siempre en ese sentido, todos reconocibles, desde cualquiera que sea la óptica, sin reparar en las ideas dominantes de los gobiernos en turno: neoliberal, social demócrata o de transformación como lo vivimos actualmente.

En este sentido, la modificación que plantea el presente proyecto intentará coadyuvar en un elemento que ha sido pasado por alto en los últimos 20 años a raíz del vertiginoso avance de una era digital que no tiene forma de ser regulada, ni en sus tiempos ni en sus avances.

De una lectura de la propia Ley General de Educación encontramos que, si bien es cierto, los numerales 34, 43, 78, 98 y 128 enuncian de manera taxativa, más no limitativa, la participación de los padres y madres de familia, en los diversos episodios o momentos del proceso educativo esto resulta por supuesto una necesidad. Partiendo de la base de que en una armónica interpretación de toda nuestra legislación en materia educativa, fundada en lo dispuesto por el propio artículo 3° constitucional hasta lo que señalan cada una de las legislaciones secundarias, se prevé, en efecto, la presencia de varios elementos en el proceso de aprendizaje, como son docentes, directivos, alumnos, padres, autoridades, medios de comunicación y la sociedad en general, pero la realidad es que resulta necesario identificar que, al final de cuentas, todo gira alrededor del factor humano, el cual requiere ser perfectamente conocido en todas sus variantes.

Si bien es cierto que resulta difícil establecer con precisión en qué momento entramos en una vertiginosa era digital, lo cierto es que los especialistas en diversas materias han ido paulatinamente identificando las características de cada una de las generaciones que están siendo atendidas por nuestro sistema educativo, tal como se representa en la siguiente tabla:

En esta tesitura, cada generación, sobre todo a partir del vertiginoso avance tecnológico, ha presentado diferentes características, fortalezas e incluso áreas de oportunidad que representan una necesidad de actualización en los propios procesos educativos desde el punto de vista no solo técnico, sino también social y humano; en este marco, los padres y madres de familia forman parte del engranaje más fino de este proceso, al tener el mayor tiempo el material humano a su cuidado y verse en la necesidad de comprender cada uno de los rasgos que hacen absolutamente diferentes a las distintas generaciones que hoy se encuentran inmersas en el proceso de aprendizaje.

En este sentido, lo que plantea esta iniciativa es la necesidad y el deber de que las madres y padres de familia estén actualizados respecto de las características de los alumnos y alumnas que hoy en día estamos educando, ello con el propósito de tener una mejor perspectiva y aprovechar las fortalezas de las nuevas generaciones en la formación de personas de bien que sean útiles a una sociedad que, en ocasiones, es hasta intolerante con ellas, básicamente por la falta de conocimiento respecto de sus potencialidades, pues han nacido en una era absolutamente diferente y, por tanto, requieren la adecuación de quienes llegamos primero al mundo para que, entre todas y todos, formemos mejores seres humanos.

Cabe recordar que el artículo 3o. constitucional señala lo siguiente:

Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.

Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.”

Como puede verse, el texto constitucional en su amplísima concepción e interpretación nos permite establecer como una necesidad la actualización y capacitación de los padres y madres de familia, de modo tal que éste debe ser un elemento necesario para darle a las y los alumnos y alumnas una mejor formación, adecuada a sus necesidades.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se adiciona una fracción VII al artículo 129 de la Ley General de Educación

Artículo Único. Se reforman las fracciones V y VI y se adiciona una fracción VII al artículo 129 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 129. Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela:

I. a IV. (...)

V. Acudir a los llamados de las autoridades educativas y escolares relacionados con la revisión del progreso, desempeño y conducta de sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años ;

VI. Promover la participación de sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años en la práctica de actividades físicas, de recreación, deportivas y de educación física dentro y fuera de los planteles educativos, como un medio de cohesión familiar y comunitaria. En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones a las que se refiere este artículo por parte de madres y padres de familia o tutores, las autoridades educativas podrán dar aviso a las instancias encargadas de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes para los efectos correspondientes en términos de la legislación aplicable , y

VII. Procurar recibir la capacitación y actualización por parte de la institución educativa que le permita identificar las características de su hija, hijo o pupilo, de acuerdo a la generación a la que pertenezca y esto a su vez le permita contar con los conocimientos y las herramientas para inculcar en ellos principios y valores necesarios en el proceso educativo.

(...)

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La capacitación a padres, madres o tutores referida en la fracción VII del artículo 129 de la Ley General de Educación será impartida por la propia institución educativa a la que asistan sus hijas e hijos a través de los docentes que presenten mejor perfil para la transmisión de este tipo de conocimiento.

Nota

1 Tabla correspondiente a los habitantes residentes en México. Fuente: UNAM, 2019.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de febrero de 2023.– Diputado Armando Antonio Gómez Betancourt (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



SE DECLARA EL 15 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LOS BINOMIOS CANINOS DE RESCATE

«Iniciativa de decreto por el que se declara el 15 de noviembre de cada año “Día Nacional de los Binomios Caninos de Rescate”, suscrita por los diputados Antonio de Jesús Ramírez Ramos y Luis Arturo González Cruz, del Grupo Parlamentario del PVEM

Los que suscriben, diputados Antonio de Jesús Ramírez Ramos y Luis Arturo González Cruz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 15 de noviembre de cada año como el “Día Nacional de los Binomios Caninos de Rescate”, al tenor de las siguiente:

Exposición de Motivos

Fue en los días posteriores al terremoto del 19 de septiembre de 1985 registrado en nuestro país cuando el grupo de rescatistas franceses que participó en las labores de rescate trajo consigo los binomios caninos para contribuir en la búsqueda de personas sepultadas entre los escombros. En febrero de 1986, los binomios franceses comenzaron a entrenar a perros mexicanos para el rescate de personas en estructuras derrumbadas; a estos entrenamientos se unieron también binomios italianos y suizos.

Los perros han representado una compañía benéfica para el ser humano a lo largo de la historia, pero en los últimos años se ha escuchado con mayor frecuencia el término “Binomio Canino” que se refiere al componente humano (guía o manejador) y al semoviente (perro) que en conjunto realizan actividades de búsqueda y localización de víctimas atrapadas en estructuras colapsadas,tal como lo define la Coordinación Nacional de Protección Civil, dicho componente conlleva a una relación de confianza entre un perro y un humano; gracias a esta profunda relación emocional que se forja a través de los años es que el perro desarrolla diversas capacidades para convertirse en rescatista.

Los “binomios caninos” se encargan de localizar personas bajo los escombros de avalanchas, terremotos o derrumbes derivados de diversos fenómenos perturbadores. Debido a su extraordinaria labor, los binomios caninos se han convertido en un importante apoyo para lograr el rescate de personas en situación de riesgo y peligro, al ser prácticamente los ojos, oídos y olfato de los rescatistas.

Actualmente, es inimaginable pensar en el rescate de personas en una situación de desastre sin la presencia de un binomio canino, pues estos son imprescindibles para la búsqueda de personas desaparecidas. Los binomios caninos apoyan a los equipos de rescate, sin necesitar referencia de algún olor específico de la víctima ya que están entrenados para detectar cualquier olor humano, en cuanto lo localizan, los caninos ladra para indicar que la persona se encuentra viva, ya que en condiciones favorables pueden captar partículas a cientos de metros de distancia o de personas que no sobrevivieron, debido a que un cadáver desprende olores diferentes al de una persona viva, en ese caso el canino entierra la nariz, rasca y llama la atención de su guía de manera distinta para indicar que en ese lugar está una persona pero sin vida.

Lo anterior demuestra que también existen héroes de cuatro patas y, aunque en algunas ocasiones no son considerados los protagonistas, gracias a su habilidad y capacidad de olfatear indican a los rescatistas dónde buscar a través de marcajes claros hacia su guía para la labor de extracción que en muchas ocasiones ha logrado salvar una gran cantidad de vidas.

Los binomios caninos no solo se dedican a las labores de rescate y auxilio en ayuda de la población en casos de desastre, sino también en la guardia, protección, detección de narcóticos, explosivos, armas e incluso bombas; de igual forma, participan en labores de patrullaje e incluso detectan alimentos dañinos para la salud humana.

Por otro lado, su apoyo en el ámbito de la salud también ha resultado fundamental para las personas que padecen alguna enfermedad mental, e incluso en la detección de ciertas enfermedades características por su olor.

La labor de algunos de estos animales ha sido tan eficiente que la mafia les ha puesto precio a sus cabezas por considerarlos como sus enemigos más tenaces y por ser agentes incorruptibles. Es el caso de perrita de la Marina llamada “Max” la cual fue quien encontró a Rafel Caro Quintero entre los matorrales para detenerlo y ponerlo en manos de las autoridades o “Lucy”, una labrador que detectó explosivos en Ciudad Juárez durante los años en que la violencia más azotó a esa ciudad fronteriza.

Más allá de la compañía y su amor incondicional, los perros que conforman los binomios caninos han generado, gracias a su inteligencia, grandes beneficios a la humanidad.

En nuestro país las tareas de rescate por parte de los binomios caninos son labores muy apreciada, debido a los diferentes desafíos que hemos enfrentado ante los distintos desastres que se han registrado en los últimos años.

Los perros son seleccionados desde cachorros y su vida activa en el servicio es de 7 años aproximadamente por lo que cada uno tiene su propia función zootécnica en los trabajos que desempeña, empleando principalmente a perros de raza labrador y pastor belga.

En nuestro país, la Unidad de Rescate Canino de la UNAM fue pionera en entrenamiento de búsqueda y rescate, dicha unidad depende de la Dirección General de Protección y Prevención Civil (DGPPC); pertenece a la Organización Internacional de Perros de Búsqueda y Rescate (IRO, por sus siglas en alemán), una red mundial de más de 115 organizaciones y 40 países bajo el aval de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Igualmente, está el Centro Creador Ubicado en el Campo Militar 37-C, Fundado en 1998, el Centro de Reproducción inició con perros que se trajeron de Alemania y Bélgica.

No solo la Secretaría de Marina emplea binomios caninos, también la Unidad Canina Especializada de la Fiscalía General de la República y la Escuela Canina del Senasica.

De hecho, al día de hoy se calcula que los binomios de rescate en el país rebasan los 300, cantidad que seguirá incrementándose, de acuerdo con datos de la Secretaría de Marina, pero no solo por el esfuerzo que realizan las instituciones de gobierno, sino de también las de voluntarios.

Derivado de lo anterior consideramos pertinente proponer a esta Soberanía que se declare el 15 de noviembre de cada año como el “Día Nacional de los Binomios Caninos” por la gran labor que realizan en beneficio de la población, ya que en esa fecha falleció la perrita Frida, quien rescató a varias personas con vida en los edificios colapsados a causa de los terremotos del 19 de septiembre de 2017. A través de esta iniciativa pretendemos conmemorar también a Proteo, Athos, Tango, Eco, Evil, Eska, Eros, Acertijo, Nahual, Orly, July y Rex, entre muchos otros elementos caninos que han participado en múltiples acciones de rescate.

Lamentablemente, sólo los recordamos cuando han muerto u ocurre un desastre. Es por esto y por la labor que hacen al salvar vidas humanas a costa de la suya que debemos establecer un día para conmemorarlos y reconocer su esfuerzo, a manera de agradecimiento por su labor.

Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se declara el 15 de noviembre de cada año como el “Día Nacional de los Binomios Caninos de Rescate”

Artículo Único. El honorable Congreso de la Unión declara el 15 de noviembre de cada año como el Día Nacional de los Binomios Caninos de Rescate.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2023.– Diputados Antonio de Jesús Ramírez Ramos, Luis Arturo González Cruz (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Norma Angélica Aceves García, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Quinta Legislatura Federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se elimina la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

El 18 de junio de 2008 se publicó en el DOF la reforma que incorpora al Sistema Penal la medida cautelar de “Prisión Preventiva Oficiosa” (en lo sucesivo PPO), la cual tiene como finalidad que el imputado de ciertos tipos penales, lleve su proceso en una detención precautoria para evitar su fuga, la protección de los testigos y su intervención en el juicio; esta medida cautelar ha sido señalada como una “pena sin sentencia”, además de aplicarse de forma general y no como una medida específica, justificada por las autoridades ministeriales y concedida a su vez por las judiciales.

En el segundo párrafo del artículo en comento, se observa que el Ministerio Público puede solicitar la Prisión Preventiva, ante el juez de control, en cuanto “otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado”, estas medidas están contempladas en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, una medida cautelar debe se proporcional a la necesidad para que el juicio se lleve a cabo, no en función al delito, cuya gravedad está determinada por la pena, es decir cuando más gravedad se comete en el delito sobre el bien jurídico protegido, en la misma intensidad se aplica una pena más severa, reflejada principalmente en el tiempo de privación de la libertad. Así, las condenas por homicidio doloso o feminicidio siempre deberán ser las más altas, puesto que el bien jurídico superior que protege la ley es la vida.

Sin embargo, en la lógica de la aplicación de una medida cautelar, no debe involucrarse la gravedad de un delito, sino la necesidad de que el juicio se lleve a cabo; es por ello que el artículo en comento, señala las hipótesis sobre las cuales se debe determina la medida cautelar de prisión preventiva y siempre cumpliendo el supuesto de que “otras medidas cautelares sean insuficientes”, es decir el Ministerio Público deberá exhibir ante el Juez la evidencia que las medidas cautelares dispuestas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, no son suficientes para que el “juicio se lleve a cabo”.

Más aún de acuerdo con el engrose de la “contradicción de tesis 16/2017, que dio origen a la jurisprudencia PC.I.C. J/61 K (10a.), visible en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 19 de enero de 2018 a las 10: 20 horas y en la página 1595, Libro 50, Tomo III, enero de 2018, Décima Época de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, registro digital: 2016030, de título y subtítulo: “Suspensión provisional respecto de medidas cautelares. El hecho de que su concesión tenga efectos restitutorios no es una razón para negarla (interpretación del artículo 128 de la ley de amparo anterior a la adición publicada en el diario oficial de la federación el 17 de junio de 2016).”, el Pleno de Primer Circuito expuso los siguientes conceptos generales que definen a las medidas cautelares”, como sigue:

i. Que las medidas cautelares constituyen un proceso urgente que, sin ser autónomo, sirve para garantizar el buen fin de otro proceso; por lo que hablar de medidas cautelares se está ante una situación de urgencia; de manera que hay supuestos en que el peticionario obtiene de entrada la satisfacción de su derecho sin haberse agotado el conocimiento del Juez, porque la urgencia es más importante que la certeza. Supuestos en los que incluso corresponde atender el fondo, generando una solución semejante a la decisión final.

ii. Que la finalidad de la medida cautelar es evitar que el tiempo que implica la tramitación del juicio frustre el derecho del peticionario, asegurando así el eventual cumplimiento de la condena y disipando los temores fundados de quien la pide. De tal suerte que debe existir correspondencia entre el objeto del proceso y lo que es objeto de la medida.

iii. Que una medida cautelar es aquel instrumento empleado por la autoridad judicial con el fin de conservar la materia del litigio, evitar un grave e irreparable daño a las partes, o bien, evitar que se frustre el derecho del peticionario y asegurar así el cumplimiento de lo sentenciado.

Más aún, de la Tesis I.1o.P.119 P (10a.) titulada Medidas cautelares en el sistema de justicia penal acusatorio y oral. Para que puedan decretarse mediante resolución judicial, basta que se satisfaga única o conjuntamente cualquiera de las hipótesis previstas en el artículo 153 del código nacional de procedimientos penales, que establece las reglas generales para su imposición., se desprenden las hipótesis o supuestos que el Ministerio Público debe acreditar debidamente para la solicitud de una medida cautelar como la prisión preventiva, en función de lo expresado en el Artículo 19 Constitucional, tal como se lee:

i. Para garantizar su presencia en el proceso, porque se observa riesgo de que pueda sustraerse de la acción de la justicia;

ii. Garantizar la seguridad de las víctimas, ofendidos o testigos, porque hay datos que denotan animadversión o posible peligro contra dichos entes ante la naturaleza del ilícito imputado; y,

iii. Evitar que se obstaculice el procedimiento, ante la probabilidad de que puedan destruirse, modificarse, ocultarse o falsificarse elementos de prueba, o que el imputado pueda influir para que coimputados, testigos o peritos informen falsamente, entre otros escenarios.

A la luz de lo anterior, la prisión preventiva es una medida cautelar que debe aplicarse como una última acción donde alguna de las hipótesis se satisfaga completamente, no es necesario que se agoten los tres supuestos, basta que alguna tenga certeza suficiente, como para que el juez de control decida que es necesaria la privación de la libertad, durante el proceso penal, del imputado.

Sucede entonces que, en los delitos señalados en el artículo en comento, este proceso de comprobación de hipótesis y de valoración de los argumentos por parte del Juez, no se lleva a cabo, sino que se otorga una medida cautelar de forma automática y sin que las partes puedan ofrecer argumento alguno, ni que tampoco el juzgador tenga la posibilidad de calificar.

Se impone una medida cautelar basado únicamente en la “presunta comisión del delito”, en una etapa primigenia del proceso penal, pero más importante se otorga en función de la probable comisión del delito, no de la posibilidad que el juicio se lleve a cabo.

Retomemos esta premisa, la prisión preventiva oficiosa se otorga en función del tipo de delito que supuestamente ha cometido el imputado, mientras que otras medidas cautelares son otorgadas para que el proceso penal pueda llevarse a cabo.

Esa total contradicción que persiste en nuestra Constitución necesita una revisión adecuada, pero no existe una justificación alguna para que cierto tipo de delitos las reglas de aplicación de medidas cautelares se apliquen de forma distinta, pero además hemos estado observando un aumento de delitos o familias de delitos, a lo largo de los últimos 14 años, es decir desde su incorporación en el año de 2008, con modificaciones en 2011 y 2019; tal como se lee en la siguiente tabla:

Así las cosas, de acuerdo con el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales se cuenta con 17 tipos penales, previstos en el Código Penal Federal y sus correspondientes en los Códigos Penales de las entidades federativas, además de los previstos en las leyes generales de salud, secuestro, trata de personas, delitos electorales y desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como las leyes federales para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos, armas de fuego y explosivos, y contra la delincuencia organizada, de acuerdo a la investigación de Gómez, Ortega, Medina y Torres, titulada “Prisión preventiva: datos para la discusión” se cuentan con 140 delitos que ameritan esta medida cautelar, pero su incremento es latente dado que se siguen presentando iniciativas para adicionar delitos al catálogo, por lo cual es necesario tomar una decisión sobre esta medida cautelar y restituir los principios del proceso penal, de forma que la presunción de inocencia prevalezca.

La PPO es una pena anticipada, porque se está aplicando en base al delito, nunca a la necesidad de que el juicio se lleve a cabo; es decir la “presunta comisión” es suficiente para otorgar la privación de la libertad, incluso por dos años.

No existe evidencia alguna que la aplicación de esta medida cautelar represente una disminución en la incidencia delictiva, baste ver los índices del delito de homicidio doloso los cuales aumentan cada año, sin que la aplicación de PPO tenga efecto alguno.

En ocasiones se ha mencionado que la PPO evita la denominada “puerta giratoria”, es decir que los imputados puedan reincidir en las conductas delictivas, de forma sucesiva y reincidente, sin embargo, datos recabados en la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad de 2017, citados en el artículo “Reincidencia delictiva en México. Una aproximación a su estudio”, publicado por Ortega Sarabia y García Andrés, solo el 23 por ciento de la población privada de la libertad es reincidente, es decir el 77 por ciento de la población carcelaria, serían primeros delincuentes y en términos del artículo de Gómez, et. al. “De las 225,628 personas que en promedio han estado privadas de la libertad en el país en 2022, el 41 por ciento ha estado en prisión preventiva. Es decir, en promedio, 93,227 personas han estado en la cárcel sin haber sido condenadas”, a la luz de lo anterior podemos colegir que la PPO no es una medida que prevenga la reincidencia delictiva.

En el mismo contexto la frase “así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.”, presente en el artículo 19 constitucional, es una hipótesis que evita el análisis de argumentos y ofrece una prisión preventiva “automática”, en el mismo sentido que la PPO, dado que es evidente que esta premisa se sostiene precisamente para evitar la reincidencia.

En ese mismo sentido, el mérito para acreditar la medida cautelar no deriva de la necesidad de que el juicio se lleve a cabo, procede únicamente la “probable comisión de un delito”, lo cual conduce a la negación de dos procesos penales de carácter autónomo, empero de acuerdo al Artículo 23 de la Constitución Federal, se tiene como un derecho universal, el que una persona no pueda ser juzgado dos veces por el mismo delito; y resulta una contradicción dado que la probable comisión o sentencia firme de un hecho antecedente, basta para determinar que el juicio de un segundo hecho no puede llevarse a cabo.

Y en realidad lo que esta premisa está significando es una persecución penal subsecuente por un hecho, que sea ya ha sido juzgado y sentenciando, por lo tanto, se considera concluido, o aún en proceso, sin determinar la culpabilidad del imputado.

El 1 de mayo de 2021 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoció el “Caso Tzompaxtle Tecpile y Otros vs.México”, que durante el 2022 recibió sentencia por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este caso ejemplifica varios de los aspectos negativos que trae consigo implementar una medida cautelar de forma “no justificada”, los afectados de este caso pasaron 2 años, 9 meses y 5 días privados de su libertad producto de una detención y revisión arbitraria, durante ese transcurso de tiempo fueron acusados de diversos delitos entre los cuales destacan “secuestro” y “terrorismo”, al final de su proceso penal fueron declarados inocentes de la mayoría de acusaciones que se formularon en su contra, pero durante el tiempo que duro su proceso los tres imputados fueron víctimas de un conjunto de arbitrariedades.

Con relación al caso en comento, predominan una serie de violaciones jurídicas que también pueden presentarse durante la aplicación de la “prisión preventiva oficiosa”, ya que la fabricación de delitos es una realidad, y muchas personas pueden llegar a ser víctimas de ello, por lo que algunas personas podrían caer en PPO, producto de acusaciones y detenciones “no fundamentadas”, en las que se les acuse de haber cometido alguno de los delitos que se encuentran en la familia delitos que ameritan la aplicación de dicha medida; las posibilidades de que esto suceda han ido en aumento, ya que los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa han incrementado, hay una tendencia a adherir delitos al listado mencionado en relación con su nivel de recurrencia, pero este tipo de “sentencia anticipada” no debe de aplicarse en ningún caso, ya que lo que debe prevalecer es la presunción de inocencia de cualquier imputado, independientemente de lo que sea acusado, la familia de delitos en comento se encuentran en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue durante el 2019 cuando se llevó a cabo la última adición de delitos por los cuales un juez debe ordenar la prisión preventiva oficiosamente.

En este sentido, varias personas al final del proceso penal al que son sometidas, son declaradas inocentes, pero esto no quita el hecho de que fueron privadas de su libertad, durante el tiempo que dura su proceso penal eso trae consigo un conjunto de afectaciones irreparables, algunas veces la privación de la libertad es resultado del mal actuar de las autoridades mexicanas, las cuales llegan a realizar detenciones arbitrarias, o incluso llegan a fabricar delitos que ameritan prisión preventiva.

En la investigación de Amnistía Internacional, titulada “Falsas sospechas”, se concentran un conjunto de datos sobre casos particulares que exhiben el mal actuar de muchos miembros de las corporaciones policiacas, entre otros, uno de los casos que se abordan es el de Verónica Razo Casales, quien fue privada de su libertad por hombres armados vestidos de civil que la hicieron firmar documentación que acreditaba que ella había participado en un secuestro, al momento de ser emitida esta investigación ella llevaba más de cinco años en prisión preventiva sin recibir sentencia, pero, datos expuestos en un artículo emitido el 13 de junio de 2022 por la revista Proceso, señalan que ella siguió en prisión preventiva sin recibir sentencia más de una década, y se confirma que entre otras cosas ella fue violentada sexualmente dentro del aquel recinto policial, al que fue llevada.

Grupos vulnerables

De acuerdo a la investigación de Gómez, Ortega, Medina y Torres, titulada “Prisión preventiva: datos para la discusión”, existen determinados segmentos de la población que tienden a ser una mayoría en comparación con el total de personas que están privadas de su libertad producto de la ejecución de la prisión preventiva; en este artículo se señala que hay una sobrerrepresentación de personas pertenecientes a un nivel socioeconómico bajo, dado que “casi seis de cada 10 personas recibieron menos de $7500 pesos al mes –lo cual equivale a menos de dos salarios mínimos de 2021–, mientras que casi un cuarto recibió menos de $3000 pesos”, por lo que es razonable pensar que la prisión preventiva tiene un impacto negativo en la sociedad, ya que está privando de su libertad en mayor medida a “presuntos culpables” que no cuentan con los recursos necesarios para solventar una estadía “digna” en los centros de reclusión, y mucho menos cuentan con los recursos para pagar una defensa justa, en consecuencia se están exacerbando las condiciones de vulnerabilidad de varias personas.

Afectaciones colaterales

Al mismo tiempo se está sustrayendo de varios núcleos familiares a la persona encargada de proveer económicamente, es decir, muchas de las personas que se encuentran en prisión preventiva contaban con uno o más dependientes económicos al momento de su detención, tal como se expone en la ENPOL (2021), donde se exhibe que el 80.3 por ciento de los hombres y 68.1 por ciento de las mujeres privadas de su libertad en 2021 señalaron haber tenido dependientes económicos la semana previa a su detención, lo que trae consigo un conjunto de condiciones desfavorables que empeoran la condición de vida de muchas familias mexicanas, ya que es probable que muchos de aquellos “dependientes económicos” se vean en la necesidad de trabajar, lo que implicaría dejar de realizar otras actividades, por ejemplo “estudiar”.

Los imputados son víctimas de distintas carencias y violaciones mientras se encuentran en prisión preventiva, varias familias tienen que enfrentarse con un conjunto de tarifas que deben pagar para poder ver al imputado aproximadamente dos veces al mes, al mismo tiempo que tienen que suplir con el rol de proveedor que quedo vacío, es decir, se obliga a ciertos individuos a desempeñar tareas económicas, es evidente que esto representa un costo de oportunidad.

Dado lo anterior, se evidencia que la mayor parte de las veces no solo se priva de su libertad a un conjunto de personas, sino que al realizar la acción anterior se desestabiliza de forma negativa el estilo de vida del imputado y de su familia cercana, dicho en otros términos: el hecho de estar privado de tu libertad tiende a afectar drásticamente las condiciones de vida de más de un individuo por familia.

Es del conocimiento público que los centros penitenciarios de manera general en nuestro país no cuentan con condiciones óptimas, y que el problema de hacinamiento carcelario tampoco ayuda a generar condiciones dignas para las personas privadas de su libertad. Las personas que se encuentran en los centros de readaptación según los datos recabados por la ENPOL (2021), carecen de productos personales básicos, al mismo tiempo que están retenidos en lugares no óptimos.

La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que da una falsa “sensación de justicia”, es de conocimiento general que en México las personas prefieren muchas veces una “mentira reconfortante”, en relación a una “verdad incómoda”, lo mismo sucede con la prisión preventiva oficiosa, en concreto las personas prefieren creer que con esta medida cautelar se está metiendo a la cárcel a muchos delincuentes, pero realmente lo que está sucediendo es que muchos de los que están recluidos por dicha medida cautelar son inocentes.

A continuación, se presenta un cuadro comparativo de la reforma propuesta:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Es por lo anteriormente expuesto y de acuerdo con los artículos citados en el proemio que se presenta ante esta honorable soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. - Se reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar en los siguientes términos:

Artículo 19. ...

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad.

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión contará con 120 días posteriores a la publicación del presente decreto para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y otras legislaciones de carácter secundario que considere necesarias para garantizar el cumplimiento del decreto.

Tercero. El Poder Judicial de la Federación, a los 90 días posteriores a la publicación del presente decreto deberá solicitar a la Fiscalía General de la República lo siguiente:

i. El registro individualizado de las personas que se encuentren sujetas a la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa,

ii. La solicitud de cambio de medida cautelar individualizado por cada persona sujeta la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, y

iii. La justificación para solicitar el cambio a la medida cautelar de prisión preventiva de acuerdo con lo establecido en el Artículo 19 Constitucional.

Cuarto. - Los Poderes Judiciales de las entidades federativas durante los 180 días posteriores a la publicación del presente decreto realizarán en coordinación con la dependencia que ostente el cargo de Ministerio Público en la entidad federativa, los acuerdos necesarios para dar cumplimento al presente decreto.

Quinto. - Se derogan las disposiciones que contravengan al presente decreto.

Notas

1 Artículo 155. Tipos de medidas cautelares. A solicitud del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, el juez podrá imponer al imputado una o varias de las siguientes medidas cautelares: I. La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe; II. La exhibición de una garantía económica; III. El embargo de bienes; IV. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero; V. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez; VI. El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada; VII. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares; VIII. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa; IX. La separación inmediata del domicilio; X. La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos; XI. La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral; XII. La colocación de localizadores electrónicos; XIII. El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga, o XIV. La prisión preventiva. Las medidas cautelares no podrán ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o como sanción penal anticipada.

2 Voto particular que formulan los magistrados Luz Delfina Abitia Gutiérrez, Neófito López Ramos, Francisco Javier Sandoval López, J. Jesús Pérez Grimaldi y María Concepción Alonso Flores, en la contradicción de tesis 4/2018, suscitada entre los Tribunales Colegiados Quinto, Décimo Segundo y Décimo Tercero todos en Materia Civil del Primer Circuito.

https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSem/Paginas/Reportes/ReporteDE.aspx?i dius=43004&Tipo=3

3 Se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el Código Penal Federal, de la manera siguiente: Párrafo reformado DOF 08-11-2019 I. Homicidio doloso previsto en los artículos 302 en relación al 307, 313, 315, 315 Bis, 320 y 323; II. Genocidio, previsto en el artículo 149 Bis; III. Violación prevista en los artículos 265, 266 y 266 Bis; IV. Traición a la patria, previsto en los artículos 123, 124, 125 y 126; V. Espionaje, previsto en los artículos 127 y 128;VI.Terrorismo, previsto en los artículos 139 al 139 Ter y terrorismo internacional previsto en los artículos 148 Bis al 148 Quáter; VII. Sabotaje, previsto en el artículo 140, párrafo primero; VIII. Los previstos en los artículos 142, párrafo segundo y 145; IX. Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 201; Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 Bis; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204 y Pederastia, previsto en el artículo 209 Bis; X. Tráfico de menores, previsto en el artículo 366 Ter; XI. Contra la salud, previsto en los artículos 194, 195, 196 Ter, 197, párrafo primero y 198, parte primera del párrafo tercero; XII. Abuso o violencia sexual contra menores, previsto en los artículos 261 en relación con el 260; XIII. Feminicidio, previsto en el artículo 325; XIV. Robo a casa habitación, previsto en el artículo 381 Bis; XV. Ejercicio abusivo de funciones, previsto en las fracciones I y II del primer párrafo del artículo 220, en relación con su cuarto párrafo; XVI. Enriquecimiento ilícito previsto en el artículo 224, en relación con su séptimo párrafo, y XVII. Robo al transporte de carga, en cualquiera de sus modalidades, previsto en los artículos 376 Ter y 381, fracción XVII.

4 “Prisión preventiva: datos para la discusión”, Gómez, Ortega, Medina y Torres, México 2022

https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/prision-preventiva-oficios a-datos-para-la-discusion/

5 Ortega Sarabia y García Andrés, “La reincidencia delictiva en México. Una aproximación para su estudio”, Monterrey 2020,

6 “Prisión preventiva: datos para la discusión”, Gómez, Ortega, Medina y Torres, México 2022

https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/prision-preventiva-oficios a-datos-para-la-discusion/

7 “Caso Tzompaxtle Tecpile y Otros vs.México”, Corte Interamericana de Derechos Humanos

https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_470_esp.p df

8 Honorable Cámara de Diputados (2023) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México. Extraído de:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión. El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

9 “Falsas sospechas”, Amnistía Internacional, México 2017

https://www.amnesty.org/es/documents/amr41/5340/2017/es/

10 Ricardo Rafael. (2022). Historias de mujeres que han vivido el horror: Verónica Razo Casales y Claudia Sánchez Mayorga. Proceso. Extraído de:

https://www.proceso.com.mx/opinion/2022/6/13/historias-de-mujere s-que-han-vivido-el-horror-veronica-razo-casales-claudia-sanchez-mayorga-287604 .html

11 “Prisión preventiva: datos para la discusión”, Gómez, Ortega, Medina y Torres, México 2022

https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/prision-preventiva-oficios a-datos-para-la-discusion/

12 INEGI, Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad. Extraído de:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enpol/2021/doc/enp ol2021_presentacion_nacional.pdf

13 INEGI, Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad. Extraído de:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enpol/2021/doc/enp ol2021_presentacion_nacional.pdf

Dado en el pleno de la honorable Cámara de Diputados, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.



LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de perspectiva de género, a cargo de la diputada Valeria Santiago Barrientos, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada Valeria Santiago Barrientos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de perspectiva de género, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) indican que, al cierre de 2020, la cantidad de personal adscrito a la Guardia Nacional fue de 96,358 servidoras y servidores públicos, de los cuales, 83.2 por ciento son hombres y 16.8 por ciento mujeres. De acuerdo con el grado que presentó dicho personal, 53.4 por ciento contó con grado de guardia. Respecto a las funciones que desarrollaron, 92.2 por ciento del total se desempeñó en áreas operativas (desplegados).

De igual manera, al cierre de 2020, la cantidad de personal adscrito a las instituciones encargadas de seguridad pública en las entidades federativas fue de 225 mil 544 elementos. Del total, 75.3 por ciento fueron hombres y 24.7 por ciento mujeres. Comparado con la cifra reportada en 2019, la cantidad de personal disminuyó 2.6 por ciento en 2020. Destaca la Ciudad de México como la entidad que concentró la mayor cantidad de dicho personal (90 mil 671).

Como se puede observar, las estadísticas del Inegi demuestran que la participación de la mujer en temas de seguridad es primordial e indispensable, un gran porcentaje de mujeres intervienen en labores y tareas de protección a la sociedad.

No obstante lo anterior, las condiciones y el trato hacia las mujeres dentro de las corporaciones de seguridad pública en muchas ocasiones dista mucho del trato que deberían recibir, dado que son víctimas de violencia, son discriminadas, o bien, sufren algún tipo de acoso.

En muchas ocasiones, este tipo de conductas obedece a la falta de sensibilización y capacitación en materia de género de los compañeros varones, o bien, de los propios mandos superiores.

En este contexto, resulta indispensable impulsar medidas que inhiban conductas que violenten los derechos y libertades de las mujeres y, por el contrario, resulta fundamental implementar acciones que busquen su empoderamiento dentro de un ámbito sumamente complicado como es el de la seguridad pública.

El artículo 5, fracción IV, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define de la siguiente manera la violencia contra las mujeres:

IV. Violencia contra las Mujeres: Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.

En el mismo tenor, el mismo artículo en su fracción X establece que el empoderamiento de las mujeres se define como:

...proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia, inclusión, autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades;...

En ese sentido, resulta indispensable en primer término fortalecer la legislación en materia de seguridad pública a efecto de combatir el lastre de la violencia contra la mujer al interior de dichas corporaciones y en una segunda instancia impulsar medidas que busquen el empoderamiento de la mujer para acceder a espacios que hasta el momento parecieran estar vedados para el sexo femenino.

Datos de la organización “Causa Común” señalan que, durante su paso por la academia policial, siete de cada diez mujeres fueron víctimas de violencia de género, mientras que cuatro de cada diez dijeron haber sido víctima o presenciado algún tipo de discriminación o acoso en sus corporaciones.

En el mismo estudio se señala que las mujeres deciden ingresar a la policía por vocación y, en segundo lugar, debido la necesidad económica, sin embargo, dicha vocación por la labor policial suele disminuir en las academias debido a la violencia ejercida en su contra:

A pesar de la alta incidencia de estas conductas sólo 17 por ciento de las agraviadas denunció a su agresor. Más de la mitad de las agresiones reportadas no tuvieron ninguna consecuencia (54 por ciento); en 5 por ciento de los casos se tomó la denuncia; en 11 por ciento se inició la investigación; y en 30 por ciento se sancionó al agresor. Los principales motivos por los cuales las policías mencionaron que no denunciaron estas agresiones fueron: no creer que sancionaran a su agresor, con 28 por ciento, y sentir miedo a represalias, con 27 por ciento. Es importante resaltar que estas agresiones se encuentran normalizadas y que incluso el hecho de denunciar las puede colocar en una posición difícil en su entorno laboral: “es algo cotidiano, debe ser denunciado, pero no lo toman en cuenta y si denuncias, quedas más mal tú por chismosa”.

Es menester señalar que muchas veces este tipo de conductas, por un lado, inhiben las intenciones de las mujeres por ingresar a las filas de las corporaciones policiacas y, por otro, fomentan que no concluyan sus cursos y capacitación.

Aunado a lo anterior, aquellas que logran acceder a las corporaciones de policía ven limitadas sus aspiraciones para acceder a mandos superiores dada la discriminación que prevalece al interior de las instituciones de seguridad, además de no ser reconocida su labor.

Es en ese sentido, resulta indispensable impulsar y promover medidas afirmativas al interior de las corporaciones policiacas a fin de instaurar y fortalecer la cultura de los policías en materia de perspectiva de género y como complemento dar una capacitación constante a fin de erradicar este lastre. Dichas capacitaciones deben ser de carácter permanente en todas y cada una de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, a fin de fortalecer la perspectiva de género al interior de dichas corporaciones.

El artículo 5 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su fracción IX establece que la perspectiva de género es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.

Es necesario endurecer el régimen disciplinario a fin de sancionar severamente a quienes ejerzan cualquier tipo de violencia contra la mujer, además de brindar acompañamiento a aquellas que inicien alguna denuncia contra algún violentador, garantizando en todo momento sus derechos y, ante todo, su integridad.

También es indispensable impulsar las acciones necesarias a fin de que a las mujeres que demuestren el mejor desempeño y cumplan con los requisitos establecidos en la ley se les brinden las mismas oportunidades que a un hombre a fin de acceder a puestos de mando superior atendiendo a sus capacidades.

Ante todas estas conductas la publicación “Ser mujer policía: breve estudio de las condiciones laborales de las mujeres policías en Estado de México y Nezahualcóyotl” señala lo siguiente:

Con respecto al reclutamiento: algunas mujeres policías consideran que tienen el mismo proceso de reclutamiento que los hombres, porque las tratan igual que a ellos; otras, consideran que es diferente, ya que se enfrentan a discriminación por parte de los instructores.

• Con un instructor sí, pero no conmigo. Discriminaba a las compañeras que estaban gorditas que eran morenitas.

• En la academia, una compañera, estaba embarazada y quince días antes de terminar la academia, la dieron de baja.

• Fue igual para hombres que para mujeres.

• Yo también realicé exámenes para ver si me aceptaban en la academia y, posteriormente, fueron ocho meses de academia.

Con respecto a los ascensos, algunas mujeres policías piensan que ellas tienen menos facilidad para ascender que los hombres, porque no las consideran capaces. Otras mujeres policías creen que ellas tienen las mismas oportunidades de ascender que los hombres, porque reciben la misma información de las convocatorias.

• “Siempre les dan la facilidad a los hombres (para ascender). Es muy raro que las mujeres tengan un mando...). Son contadas las mujeres que tienen grado... .

• “Muchas veces haces tu trabajo. Yo el año pasado tuve ocho puestas [de disposición] y no me toman en cuenta [para los ascensos]”

• “Somos un poquito más marginadas en cuanto a lo laboral... porque te menosprecian, piensan que, porque eres mujer, eres el sexo débil”.

• “Cuando a mí me tocó ser jefa de turno, (...) en mi sector, éramos tres mujeres jefas de turno y los compañeros, los comandantes, le decían a mi jefe (...): ‘eres un pendejo. ¿Por qué tienes a esas pinches viejas de jefas de turno? Mejor mete cabrones. Esas pinches viejas no sirven de nada’. Y éramos el mejor sector de todo el municipio. Éramos el que tenía el índice más bajo de robo, más detenciones... de todos, nuestro sector era lo mejor (...) Entonces, desde ahí te das cuenta que hay una discriminación”.

• “Yo creo que sí son iguales (los procesos de ascensos para hombres y mujeres)”

• “Mandan la información de cuándo es la convocatoria a hombres y mujeres. Entonces, ya depende mucho de nosotros si la metemos o no la metemos [la información para participar en el concurso por ascenso]”

• “Sí nos dejan tiempo para estudiar [a las mujeres, para concursar por un ascenso], sin embargo, pues, no tenemos un beneficio..., porque es nuestra economía, es nuestro tiempo, pero tener una licenciatura más no nos ayuda para ascender”.

Con respecto al trato por mandos: Algunas mujeres policías consideran que los mandos superiores usualmente no generan un clima de respeto entre los hombres y mujeres, porque ellos las re-victimizan o apoyan conductas contra ellas. Otras mujeres policías consideran que los mandos generan un ambiente de respeto.

• “La mayoría no, algunos sí.”

• “Hay veces que te conflictúas con los compañeros y a la que le hacen bronca, es a una... porque tú tienes la culpa, porque tú te pones al pedo”.

• “Hay compañeros que, hasta incluso, en discusiones, con compañeras, les han pegado...y [los mandos] apoyan más a los hombres... (los mandos) le dan la razón al hombre”.

• “A mí me tocó ver a una compañera que le pegaron allá afuera en una ocasión. Pero una chinga bien dada (...). ¡Y (los mandos) no hicieron nada!”.

• “Simplemente, hasta cuando una persona está embarazada es, a veces, hasta discriminada [por los mandos], por los servicios a los que te mandan: ‘tú te quedas ahí’ (...) Ya después te alivias y ahí te quedas, en ese servicio (...) Y ya nada más te la manejan: ‘es para no exponerte’ (...) pero ya tu hijo tiene hasta tres años”.

• “En mi caso, con mi jefe no he tenido ningún problema”.

• “Siempre fomentan mucho el respeto [los mandos]”.

• “Donde yo estaba, no, no había respeto [por parte de los mandos]. (...) por ser mujer me discriminaban y, por estar ahí, me mandaban a otro mando (...) como castigo, me mandaban a un lugar diferente de donde vivo”.

• “Donde estoy ahorita, la verdad es que el jefe apoya mucho (...) Si tú hablas con él, le comentas la situación por la que estás pasando, te facilita las cosas. Pero también he tenido jefes que no lo son... y la verdad, te ponen el pie. Y con tal de molestarte, te mandan súper lejos, te dan horarios más extendidos, cosas así”.

• “La verdad, los hombres prefieren andar con hombres en la operatividad”.

Por todo lo aquí expuesto, es indispensable integrar a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública la perspectiva de género, a fin de erradicar la violencia que se genera hacia las mujeres y que se da al interior de las corporaciones policiacas, aunado a lo anterior, resulta fundamental promover el empoderamiento de la mujer con el fin de que acceda a cargos de mando superior y se anule cualquier tipo de discriminación por el simple hecho de ser mujer.

Para mayor claridad respecto de lo aquí planteado, se presenta a continuación el siguiente cuadro comparativo:

Es importante manifestar que la reforma propuesta en esta iniciativa no genera impacto económico en el presupuesto de la nación, ya que no necesita recursos para su ejecución.

Por los razonamientos y argumentos aquí vertidos y con el fin de fortalecer la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de perspectiva de género, someto a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de perspectiva de género

Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 14, 31, 40, 47, 51, 101 y 134 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue a continuación:

Artículo 14. El Consejo Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

I. a III. ...

IV. Promover la implementación de políticas en materia de atención a víctimas del delito, las cuales deberán considerar la perspectiva de género;

V. a XVIII. ...

XIX. Promover campañas informativas a fin de fomentar la denuncia en casos de violencia de género al interior de las corporaciones, así como establecer políticas de acompañamiento a las víctimas y de seguimiento a los procesos de investigación internos en casos de violencia de género.

XX. Las demás que se establezcan en otras disposiciones normativas y las que sean necesarias para el funcionamiento del sistema.

Artículo 31. Son funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario:

I. y II. ...

III. Proponer al Consejo Nacional, políticas, programas y acciones en materia de reinserción social y, en su caso, presentar los protocolos que garanticen el pleno respeto de los derechos de las mujeres, considerando, en todo momento, la perspectiva de género;

IV. a IX. ...

Artículo 40. Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, igualdad y respeto a los derechos humanos, los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública se sujetarán a las siguientes obligaciones:

I. a X. ...

X Bis. Fomentar la igualdad sustantiva y la perspectiva de género;

X Ter. Abstenerse de ejercer cualquier tipo de violencia hacia las mujeres;

XI. a XXVIII. ...

Artículo 47. La federación y las entidades federativas establecerán y operarán academias e institutos que serán responsables de aplicar los Programas Rectores de Profesionalización que tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

I. a XVI. ...

XVII. Impulsar programas de sensibilización en materia de perspectiva de género.

XVIII. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Artículo 51. El Servicio de Carrera se organizará de conformidad con las bases siguientes:

I. ...

II. Se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, igualdad y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tendrá como objetivos la preparación, competencia, capacidad y superación constante del personal en tareas de Procuración de Justicia;

III. a V. ...

VI. Contará con procedimientos disciplinarios, sustentados en principios de justicia, bajo una perspectiva de género y con pleno respeto a los derechos humanos;

VII. a X. ...

Artículo 101. El régimen disciplinario se ajustará a los principios establecidos en la Constitución federal, la presente Ley y los ordenamientos legales aplicables y comprenderá los deberes, las correcciones disciplinarias, las sanciones y los procedimientos para su aplicación, los cuales observarán, en todo momento, la perspectiva de género.

Artículo 134. Las legislaciones de la federación y de las entidades federativas establecerán políticas públicas de atención a la víctima, que deberán prever, al menos, los siguientes rubros:

I. a III. ...

IV. Atención con perspectiva de género, y

V. Otras, en los términos del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Véase, Censo Nacional de Seguridad Pública Federal 2021. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cnspf/2021/doc/cns pf_2021_resultados.pdf

2 Ibídem.

3 Véase, Ser mujer policía: una mejor corporación es posible. Disponible en:

https://causaencomun.org.mx/beta/ser-mujer-policia/

4 Ibídem.

5 Ibídem.

6 Ibídem.

7 Véase, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf

8 Véase: Ser mujer policía: breve estudio de las condiciones laborales de las mujeres policías en Estado de México y Nezahualcóyotl. Consultable en:

http://causaencomun.org.mx/beta/wp-content/uploads/2020/03/Ser- mujer-polic%C3%ADa-Estudio-1.pdf

9 Véase, Ser mujer policía: breve estudio de las condiciones laborales de las mujeres policías en Estado de México y Nezahualcóyotl. Disponible en:

http://causaencomun.org.mx/beta/wp-content/uploads/2020/03/Ser- mujer-polic%C3%ADa-Estudio-1.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 23 de febrero de 2023.– Diputada Valeria Santiago Barrientos (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS Y LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENA-MIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de proyectos de asociación, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



LEY DE PLANEACIÓN

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley de Planeación, suscrita por los diputados Gilberto Hernández Villafuerte y Kevin Ángelo Aguilar Piña, del Grupo Parlamentario del PVEM

Los que suscriben, diputado Gilberto Hernández Villafuerte y diputado Kevin Ángelo Aguilar Piña, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley de Planeación, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En términos generales, el derecho a un medio ambiente sano se refiere al derecho de todas las personas a vivir en un entorno saludable, con aire y agua limpios, y con acceso a la naturaleza y los recursos naturales. Este derecho se ha desarrollado a lo largo de la historia y ha evolucionado en respuesta a las necesidades y preocupaciones de las sociedades.

En muchos países, el derecho a un medio ambiente sano se ha incorporado a la constitución o a las leyes ambientales, y se reconoce como un derecho fundamental de todas las personas. Este derecho se basa en la idea de que el medio ambiente es esencial para la vida humana, y que las personas tienen la responsabilidad de proteger y preservar los recursos naturales para las generaciones presentes y futuras.

La historia del derecho a un medio ambiente sano se remonta a la década de 1960, cuando se comenzó a tomar conciencia de los impactos negativos de la actividad humana en el medio ambiente.

En la década de 1980, el derecho a un medio ambiente sano comenzó a ser reconocido como un derecho humano fundamental en varias partes del mundo. En 1987, la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo publicó el informe “Nuestro futuro común”, que estableció la idea de desarrollo sostenible y la importancia de la protección del medio ambiente para la supervivencia humana.

En México, el derecho a un medio ambiente sano se reconoció por primera vez en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1983, en el artículo 4º, que establece el derecho de toda persona a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

El 28 de junio de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma al artículo 4º de nuestra Carta Magna estableciendo el derecho a un medio ambiente adecuado: “ Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar” 2.

En esa misma fecha se publicó en el DOF la reforma al artículo 25 constitucional, para incorporar al Sistema Nacional de Planeación Democrática el principio del desarrollo integral y sustentable.

Desde entonces, se han promulgado diversas leyes y reglamentos que regulan la protección del medio ambiente y que establecen obligaciones para las autoridades, empresas y ciudadanos.

El accidente ocurrido en la planta de energía nuclear de Chernóbil, Ucrania, en 1986 puso en alerta a la comunidad internacional y llevó a México a desarrollar políticas y leyes más estrictas en materia ambiental, como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), promulgada en 1988.

La LGEEPA establece el marco legal para la protección del medio ambiente en México, define al ambiente como: “el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados” (artículo 3, fracción I).

Esta Ley ha sido complementada con una serie de leyes y reglamentos específicos en áreas como la gestión de residuos, la protección de la biodiversidad, y la prevención y control de la contaminación del aire y el agua.

Desde la promulgación de la LGEEPA, México ha avanzado en la protección del medio ambiente a través de la creación de nuevas instituciones y la implementación de políticas y programas para la gestión sostenible de los recursos naturales.

Un hecho importante en la historia ambiental de México ocurrió en 2013, cuando se promulgó la Ley General de Cambio Climático, que estableció el marco legal para la mitigación y adaptación a este fenómeno en nuestro país. Esta ley establece obligaciones para las empresas y autoridades con el propósito de reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y promover el desarrollo de tecnologías limpias.

A pesar de estos esfuerzos seguimos enfrentando importantes retos en diversas áreas como calidad del aire, combate al cambio climático, protección de la biodiversidad y adecuada gestión de los residuos.

Según datos del Sistema Nacional de Información de la Calidad del Aire (Sinaica), en 2020 se registraron 158 días en los que se excedieron los niveles máximos permitidos de partículas PM10 en la Zona Metropolitana del Valle de México, lo que representa un incremento de 11.5 por ciento respecto al año anterior. En el mismo periodo, se registraron 22 días con altos niveles de ozono, lo que representa una disminución de 59.1 por ciento respecto al año anterior.

De acuerdo con el sexto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, México es uno de los países más vulnerables a este fenómeno debido a su ubicación geográfica y a su dependencia de sectores económicos sensibles a los impactos del mismo, como la agricultura y la pesca. Además, el informe destaca que la temperatura media anual en México ha aumentado en 0.85° Celsius durante el periodo 1986-2016.

Por otra parte, según el Informe Nacional de Biodiversidad 2020, publicado por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), en México hay 27 mil especies en riesgo de desaparecer, lo que representa 42 por ciento de la biodiversidad del país. El informe destaca que la principal causa de la pérdida de biodiversidad es la transformación de los ecosistemas para la agricultura y la ganadería, seguida de la sobreexplotación de recursos naturales y el cambio climático.

Respecto a la adecuada gestión de residuos, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2020 se generaron en México 106 mil toneladas de residuos sólidos urbanos diarios, de los cuales sólo se recicló 5.2 por ciento. El resto se destinó a rellenos sanitarios o se depositó en tiraderos a cielo abierto, lo cual representa un importante problema ambiental y de salud pública.

Estas estadísticas muestran que México aún tiene importantes retos en materia ambiental y que es necesario seguir trabajando en políticas y acciones para proteger el medio ambiente y garantizar un desarrollo sostenible.

México, al ser parte del Acuerdo de París, se comprometió a limitar el aumento de la temperatura global a 2° Celsius por encima de los niveles preindustriales y limitar el aumento a 1.5° Celsius.

Para lograr este objetivo, se requieren llevar a cabo las siguientes acciones:

1. Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en 22 por ciento para 2030 y trabajar en un escenario de reducción de 40 por ciento de emisiones, sujeto a la obtención de recursos financieros, tecnológicos y de capacitación.

2. Aumentar la participación de las energías renovables en su matriz energética a 35 por ciento para 2024 y a un 50 por ciento para 2050. Así como reducir la intensidad de emisiones de carbono de la economía en un 40 por ciento para 2030.

3. Reducir las emisiones derivadas del cambio de uso de suelo y la deforestación en 25 por ciento para el año 2030 y establecer un sistema de monitoreo y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero provenientes del sector forestal.

4. Implementar medidas de adaptación al cambio climático para reducir la vulnerabilidad de las comunidades y los ecosistemas al cambio climático y a implementar un sistema de alerta temprana para los fenómenos climáticos extremos.

5. Movilizar recursos financieros y tecnológicos para cumplir con los compromisos y trabajar en la identificación de oportunidades de financiamiento climático en el país.

En este contexto, para estar en condiciones de cumplir con estos compromisos asumidos por México en el Acuerdo de París y los diversos Tratados Internacionales en materia ambiental, en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la planeación del desarrollo nacional debe integrar la problemática ambiental y proporcionar un marco de trabajo integral que facilite la toma de decisiones y la acción oportuna a fin de garantizar el desarrollo sostenible en nuestro país. Derivado de lo anterior proponemos establecer que la planeación nacional incluya principios que contribuyan a garantizar el derecho de las y los mexicanos a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.

Para mayor claridad respecto de lo aquí planteado, se presenta a continuación el siguiente cuadro comparativo:

Por lo aquí expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 2o. de la Ley de Planeación

Artículo Único. Se reforman las fracciones II, VII y VIII y se adiciona una fracción IX al artículo 2o. de la Ley de Planeación, para quedar como sigue:

Artículo 2o. La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios:

I. ...

II. La preservación y el perfeccionamiento del régimen representativo, democrático, laico y federal que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, ambiental, social y cultural del pueblo;

III. a VI. ...

VII. La perspectiva de género, para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo ;

VIII. La factibilidad cultural de las políticas públicas nacionales , y

IX. La protección del medio ambiente y la mitigación y la adaptación al cambio climático para garantizar el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de la población.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Véase Asamblea General de las Naciones Unidas, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://www.un.org/es/ga/president/65/issues/sustdev.shtml

2 Véase Diaro Oficial de la Federación, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4950695&fecha=28/ 06/1999#gsc.tab=0

3 Véase Cámara de Diputados, Leyes Federales Vigentes, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGEEPA.pdf

4 Véase Cámara de Diputados, Leyes Federales Vigentes, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCC.pdf

5 Véase Informe Nacional de la Calidad del Aire 2020, Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://sinaica.inecc.gob.mx/archivo/informes/Informe2020.pdf

6 Véase Sexto informe de evaluación del IPCC: Cambio Climático 2022, ONU programa para el medio ambiente, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://www.unep.org/es/resources/informe/sexto-informe-de-evalu acion-del-ipcc-cambio-climatico-2022

7 Véase Informe Nacional de Biodiversidad 2020, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://www.gob.mx/conabio/documentos/informe-nacional-de-biodiv ersidad-2020

8 Véase Estadísticas a propósito del Día Mundial del Medio Ambiente, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, fecha de consulta: 16 de febrero de 2023, publicado en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_MedAmb22.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 23 de febrero de 2023.– Diputados: Gilberto Hernández Villafuerte y Kevin Ángelo Aguilar Piña (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.



LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO

«Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de Consejos Ciudadanos Metropolitanos, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que me otorga el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, fracción I, 77, 78 y demás correlativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VIII Bis al artículo 3; se reforma la fracción XXV y XXVI del artículo 8; se adiciona una fracción VI Bis del artículo 10; se adiciona una fracción IV al artículo 19; y se adiciona un artículo 20 Bis con tres párrafos de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy día, la tendencia metropolitana trae como consecuencia en los diferentes países, que exista más urbanización y por lo tanto que las ciudades crezcan y se desarrollen positivamente, pero también hay ejemplos de que el crecimiento sea desordenado ocasionado problemáticas económicas, políticas, sociales y ambientales.

A lo largo de la historia y sobre todo durante el siglo XX, el mundo se caracterizó por un constante crecimiento de la población gracias a que aumento la esperanza de vida, hubo avances tecnológicos y científicos, pero también hubo fenómenos sociológicos como la migración de las áreas rurales hacia las ciudades. Este fenómeno de urbanización trajo como consecuencia mayores ciudades con alto desarrollo, así como complejas y amplias relaciones trasversales de tipo centro-periferia entre las nuevas ciudades y las colindantes.

Las definiciones de ciudades, aglomeraciones urbanas y áreas o zonas metropolitanas varían según los criterios legales, administrativos, políticos, económicos o culturales en los respectivos países y regiones; a pesar de ello, en 2022 la Comisión de Estadística de la ONU delimitó que serían áreas metropolitanas aquellas ciudades y sus zonas de desplazamiento vinculadas económica y socialmente.

Es importante destacar que, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Comisión Europea, en la actualidad, casi la mitad de la población mundial (48 por ciento) vive en ciudades, una cuarta parte (24 por ciento) en áreas rurales y el resto (28 por ciento) en pueblos y áreas de densidad intermedia. A nivel mundial, el proceso de urbanización o metropolización ha ido en aumento de manera constante y estable; crece el número de ciudades y las periferias urbanas se ven absorbidas por la expansión de estas.

En ese mismo sentido es que la Organización de las Naciones Unidas ha establecido en su Estado Global de las Metrópolis que, desde 2020 ya existen 1934 metrópolis con más de 2.600 millones habitantes que representan aproximadamente el 60 por ciento de la población urbana mundial, sumado a que 34 metrópolis del mundo ya han superado los 10 millones de habitantes, mientras que 51 tienen una población de 5 a 10 millones, 494 de 1 a 5 millones y 1355 de 300.000 a 1 millón, reflejando que el aumento de la población constante en un territorio urbano, ha originado el surgimiento de ciudades y metrópolis más grandes y densas.

De lo anterior destacan proyecciones que ha estimado la OCDE, refiriendo que para finales del siglo XXI es probable que la urbanización de nuestro planeta se complete, como resultado de que el 50 por ciento de la población mundial vive en las ciudades hoy por hoy, esperando que esta cifra alcance el 85 por ciento en 2100; caracterizando a este periodo no solo por un aumento general de zonas metropolitanas, sino también por la aparición de megaciudades, proyectando que para el 2030 existan ya 41 de estas ciudades; y para 2050, se prevé que la población de las ciudades continúe incrementándose con rapidez, con las estimaciones apuntan a que 7 de cada 10 personas habitarán en una ciudad.

Sin duda el crecimiento poblacional concentrado en las grandes áreas metropolitanas ha establecido nuevos y constantes retos de gran importancia, con un enfoque a definir y concretar mejores políticas públicas de transporte, vivienda y servicios públicos, destacando también que estas áreas metropolitanas son espacios de innovación y de generación de riqueza, de cultura y de oportunidades, generando el 60 por ciento del PIB mundial.

Centrándonos en la Región de América Latina, es importante destacar que es una de las que más Zonas Metropolitanas albergan; Brasil, México, Colombia, Argentina, Venezuela y Perú son los países con más metrópolis, todos ellos con sistemas de ciudades policéntricos.

Si bien es cierto que las y los ciudadanos que viven en ciudades o metrópolis tienen acceso a mejores condiciones de vida en general, existen excepciones significativas, en razón de que, como resultado de la urbanización, se presentan fenómenos delictivos, afectaciones medioambientales, de salubridad, desigualdad social, económica y una serie de males propios del entorno urbano, mismos que se pueden llegar a atender a través de modelos de gobernanza estructurada que integran concurrencia institucional, de los diferentes órdenes de gobierno y con intervención activa de la ciudadanía.

México, es un país con un índice importante de urbanización; la historia de nuestro país refleja paralelamente el avance metropolitano, el progreso en infraestructura, mayor innovación, mejor acceso a servicios y al desarrollo tecnológico por parte de la ciudadanía. Para tal efecto, el Gobierno de México ha definido como Zona Metropolitana a toda agrupación en una sola unidad de municipios completos que comparten una ciudad central y están altamente interrelacionados funcionalmente. Igualmente se consideran a los centros urbanos mayores a un millón de habitantes aunque no hayan rebasado su límite municipal y a los centros urbanos de las zonas metropolitanas transfronterizas mayores a 250 mil habitantes.

Asimismo, el Consejo Nacional de Población, Conapo, entiende por Zona Metropolitana al conjunto de dos o más municipios donde se localiza una ciudad de 100 mil o más habitantes, cuya área urbana, funciones y actividades rebasan los límites del Municipio, incorporando dentro de su área de influencia directa a municipios vecinos, predominantemente urbanos, con los que mantiene un alto grado de integración socioeconómica. También se incluyen aquellos municipios que por sus características particulares son relevantes para la planeación y política urbana de las zonas metropolitanas en cuestión.

Adicionalmente, se contempla en la definición de zonas metropolitanas a los municipios con una ciudad de más de 500 mil habitantes; los que cuentan con ciudades de 200 mil o más habitantes ubicados en la franja fronteriza norte, sur y en la zona costera; y aquellos donde se asienten capitales estatales, estos últimos cuando no están incluidos en una zona metropolitana.

En el Artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reconoce a las Zonas Metropolitanas, donde confluyen diversas materias que deben ser atendidas en materia de asentamientos humanos; movilidad y seguridad vial; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte; tránsito; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos, y seguridad pública.

Al respecto, la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, define en su Artículo 3, fracción XXXVII, el concepto de Zona Metropolitana, indicando que serán aquellos centros de población o conurbaciones que, por su complejidad, interacciones, relevancia social y económica, conforman una unidad territorial de influencia dominante y revisten importancia estratégica para el desarrollo nacional. Es a partir de 2018 que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en conjunto con CONAPO y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, establecieron que en México existen 77 Zonas Metropolitanas, mismas que, a su vez, se integran por 417 municipios en los 32 estados, originando concentraciones de población importantes y por lo tanto, exigencia de modelos innovadores y eficaces para una mejor gobernabilidad y viabilidad en el funcionamiento dentro de estas zonas urbanas.

En el entendido de que las Zonas Metropolitanas constituyen un enorme activo para el desarrollo nacional y representan un reto para el ordenamiento territorial, servicios públicos, servicios de salud, de desarrollo urbano, entre otros, implicando un gran desafío para entender y atender su vulnerabilidad ante pandemias, desastres naturales y antropogénicos, consideramos que, para encaminarnos a un positivo desarrollo económico, político y social, el andamiaje jurídico en la materia necesita fortalecerse en vías de permitir nuevos diseños institucionales de participación para la gobernanza metropolitana, impulsando la concurrencia de los tres órdenes de gobierno para la atención del creciente fenómeno metropolitano, bajo un canal de gestión, cooperación y coordinación.

Debemos estar conscientes que estos nuevos modelos de gobernanza metropolitana no sólo se legitimarán con base en la ley, sino también es necesario que abonen resultados a través de su capacidad de poder construir y proponer políticas públicas y dar soluciones; en este sentido, es importante delimitar e incluir mecanismos desde la Ley para que la legitimación sea un hecho a la hora de ejecutar los modelos establecidos, sin dejar de atender la representación institucional, los ejercicios democráticos y la participación ciudadana.

La OCDE reconoce que las ciudades, en especial las grandes, son las impulsoras del crecimiento económico a largo plazo. El crecimiento a largo plazo es determinado por la capacidad de un país de innovar y extender sus capacidades y determinar sus gestiones públicas en todo su territorio; así mismo, es importante mencionar que en México cada vez más población vive en metrópolis, de hecho, algunas han alcanzado grandes dimensiones, lo que recalca la existencia de grandes desafíos en términos de institucionalización, atención ciudadana, participación pública, provisión de servicios y cuidado del medio ambiente. De acuerdo con datos publicados en marzo del 2020 a través del Censo Poblacional de INEGI y con las geografías actuales, son las 10 zonas metropolitanas más pobladas del país, a saber:

1.- Valle de México con 21.8 millones;

2.- Monterrey con 5.3 millones;

3.- Guadalajara con 5.3 millones;

4.- Puebla-Tlaxcala con 3.2 millones;

5.- Toluca con 2.4 millones;

6.- Tijuana con 2.2 millones;

7.- León con 1.9 millones;

8.- Querétaro con 1.6 millones;

9.- Juárez con 1.5 millones; y

10.- La Laguna con 1.4 millones.

También, debemos atender que como resultado de esta concentración poblacional, se generan impulsos de carácter económico, ambiental, social y político dentro del país, estableciendo así que haya dentro de las metrópolis, algunas que destaquen por ser más competitivas y por tanto que aporten más al desarrollo e índices económicos de México.

De acuerdo con el Índice de Competitividad Urbana (ICU) 2022 del Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. (IMCO), la Ciudad de Monterrey ocupa el primer lugar con un nivel de competitividad muy alto, seguido de Saltillo, Guadalajara, Querétaro, y el Valle de México.

Pero hay que señalar, por ejemplo que en el caso de la Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, que la conforma los Municipios de: Guadalajara, Juanacatlán, El Salto, Ixtlahuacán de los Membrillos, San Pedro Tlaquepaque; Tlajomulco de Zúñiga; Tonalá; Zapopan y Zapotlanejo, a pesar de ser bien evaluada en competitividad, sufre cotidianamente diversas problemáticas que de acuerdo con la población de 18 años y más, son: baches en calles y avenidas con un 79.5 por ciento; alumbrado público insuficiente con un 60.5 por ciento; delincuencia con un 57.4 por ciento; embotellamientos viales con un 56.6 por ciento; basura en coladeras con un 45.6 por ciento; fugas de agua potable con un 36.6 por ciento; transporte público deficiente con un 33.8 por ciento; parques y jardines descuidados con un 33.5 por ciento; deficiencias en la red pública de drenaje con un 31.1 por ciento; ineficiencia en el servicio de limpia y recolección de basura con un 30 por ciento; hospitales saturados o con servicio deficiente con un 29 por ciento; falta de tratamiento de aguas residuales con un 20.8 por ciento; mercados y centrales de abasto en mal estado con un 13.1 por ciento; y problemas de salud derivados del manejo inadecuado de los rastros con un 5.6 por ciento.

El objetivo de la presente iniciativa es incorporar en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano la figura de los Consejos Ciudadanos Metropolitanos para que sea una instancia participativa con fundamento en la Ley, para que los Sistemas o Coordinaciones de Desarrollo Metropolitano de cada entidad federativa los reconozca, instalen y sean operativos.

Se da como atribución a la Federación, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que en la integración de la red metropolitana promueva Consejos Ciudadanos Metropolitanos; así como, se procure, promueva, respete, proteja, garantice, y tome las medidas necesarias para el pleno ejercicio de los derechos humanos en las Zonas Metropolitanas.

También se adiciona una atribución para que quede en la ley, que las entidades federativas promuevan la instalación de Consejos Ciudadanos Metropolitanos.

Asimismo, se establece que los Consejos Ciudadanos Metropolitanos estarán integrados con perspectiva de género. Las y los consejeros serán representantes de asociaciones vecinales, sociedad civil, colegios de profesionistas, sector privado y empresarial, instituciones académicas y de investigación en diversas materias, entre otros, que estén relacionados con el estudio y las políticas metropolitanas.

Se busca que su actividad consultiva se oriente a generar opiniones, cooperación, coordinación, formulación de propuestas, aplicación, evaluación, recomendaciones y vigilancia de políticas metropolitanas en las entidades federativas y municipios, teniendo sus opiniones alcance con las autoridades federales, con el objetivo de identificar problemáticas y proponer el mejoramiento, eficiencia y eficacia en el ordenamiento y reordenamiento de asentamientos humanos; movilidad y seguridad vial; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte; tránsito; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos, y seguridad pública.

La actuación de las y los consejeros ciudadanos metropolitanos en las entidades federativas, será honoríficos, no recibirán retribución o emolumento alguno y deberán contar con el apoyo técnico necesario para realizar su labor.

Para el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, estas reformas y adiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, fortalecen y dan certeza legal a la participación ciudadana en las Zonas Metropolitanas de México, porque permitirá construir evaluaciones, diagnósticos y alternativas de gobernanza metropolitanas con un enfoque plural que coadyuvará con las autoridades federales, estatales y municipales. Lo anterior, permitirá desarrollar políticas públicas en las Zonas Metropolitanas para mejorar la calidad de vida, el medio ambiente, la infraestructura, la seguridad, entre otras áreas, en las Zonas Metropolitanas.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de este honorable pleno la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción VIII Bis al artículo 3; se reforma la fracción XXV y XXVI del artículo 8; se adiciona una fracción VI Bis del artículo 10; se adiciona una fracción IV al artículo 19; y se adiciona un artículo 20 Bis con tres párrafos de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

Único. Se adiciona una fracción VIII Bis al artículo 3; se reforma la fracción XXV y XXVI del artículo 8; se adiciona una fracción VI Bis del artículo 10; se adiciona una fracción IV al artículo 19; y se adiciona un artículo 20 Bis con tres párrafos de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para quedar como sigue :

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I a VIII. (...)

VIII Bis. Consejos Ciudadanos Metropolitanos:Órganos consultivos de participación ciudadana de carácter honorífico;

IX a XLIII. (...)

Artículo 8. Corresponden a la Federación, a través de la Secretaría las atribuciones siguientes:

I a XXIV. (...)

XXV. Integrar una red metropolitana que promueva Consejos Ciudadanos Metropolitanos, la transferencia de metodologías, buenas prácticas y la profesionalización e intercambio de información, así como el desarrollo de proyectos estratégicos conjuntos con la participación de instituciones académicas y de los sectores privado y social;

XXVI. Procurar, promover, respetar, proteger, garantizar, y tomar las medidas necesarias para el pleno ejercicio de los derechos humanos relacionados con el ordenamiento territorial , el Desarrollo Urbano y Metropolitano;

XXVII a XXXII. (...)

Artículo 9. (...)

Artículo 10. Corresponde a las entidades federativas:

I a VI. (...)

VI Bis. Promover la instalación de Consejos Ciudadanos Metropolitanos;

VII a XXVII. (...)

Artículo 19. Para asegurar la consulta, opinión y deliberación de las políticas de ordenamiento territorial y planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano, conforme al sistema de planeación democrática del desarrollo nacional previsto en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, conformarán los siguientes

I a III...

IV. Los Consejos Ciudadanos Metropolitanos

(...)

Artículo 20 Bis. Los Consejos Ciudadanos Metropolitanos estarán integrados con perspectiva de género. Las y los consejeros serán representantes de asociaciones vecinales, sociedad civil, colegios de profesionistas, sector privado y empresarial, instituciones académicas y de investigación en diversas materias, entre otros, que estén relacionados con el estudio y las políticas metropolitanas.

Su actividad consultiva se orientará en la opinión, cooperación, coordinación, formulación de propuestas, aplicación, evaluación, recomendaciones y vigilancia de políticas metropolitanas en las entidades federativas y municipios, teniendo sus opiniones alcance con las autoridades federales, con el objetivo de identificar problemáticas y proponer el mejoramiento, eficiencia y eficacia en el ordenamiento y reordenamiento de asentamientos humanos; movilidad y seguridad vial; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte; tránsito; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos, y seguridad pública.

Las y los consejeros ciudadanos metropolitanos en las entidades federativas, seguirán las mismas reglas dispuestas en el Artículo 20, párrafo segundo de esta ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La integración de los Consejos Ciudadanos Metropolitanos se sujetará a la reglamentación establecida por las entidades federativas en atención a su autonomía y condiciones metropolitanas propias .

Tercera. El presente decreto no generará impacto presupuestal para la federación , en virtud que los Consejos Ciudadanos Metropolitanos de las entidades federativas son órganos consultivos de participación ciudadana de carácter honorífico.

Notas

1 ONU. (2022). “ Estado Global de las Metrópolis — Gestión Metropolitana desde la Política, Legislación, Gobernanza, Planificación, Finanzas y Economía” UN-Hábitat. Disponible en:

https://unhabitat.org/sites/default/files/2022/11/1er_egm_follet o_hallazgos_mensajesclave.pdf

2 OCDE & European Comission. (2020). “ Ciudades del Mundo. Una Nueva Perspectiva sobre la Urbanización”. OECD. Disponible en:

https://www.oecd.org/cfe/Cities-in-the-world-Highlights-SPA.pdf

3 ONU. (2022). “ Estado Global de las Metrópolis — Gestión Metropolitana desde la Política, Legislación, Gobernanza, Planificación, Finanzas y Economía” UN-Hábitat. Disponible en:

https://unhabitat.org/sites/default/files/2022/11/1er_egm_follet o_hallazgos_mensajesclave.pdf

4 OCDE. (2015). “ The Metropolitan Century”. OECD iLibrary. Disponible en:

https://www.oecd.org/cfe/regionaldevelopment/Metropolitan-Centur y-Policy-Highlights-ES.pdf

5 Observatorio Metrópolis de la Universidad de Barcelona, Asociación Mundial de las Grandes Metrópolis, & Tomas, M. (2016, noviembre). “ Tendencias Metropolitanas en el Mundo”. Metropolis Obstervatory. Disponible en:

https://www.metropolis.org/sites/default/files/metropolis-observ atory_issue-paper-1_es

6 OCDE & European Comission. (2020). “ Ciudades del Mundo. Una Nueva Perspectiva sobre la Urbanización”. OECD. Disponible en:

https://www.oecd.org/cfe/Cities-in-the-world-Highlights-SPA.pdf

7 Observatorio Metrópolis de la Universidad de Barcelona, Asociación Mundial de las Grandes Metrópolis, & Tomas, M. (2016, noviembre). “ Tendencias Metropolitanas en el Mundo”. Metropolis Obstervatory. Disponible en:

https://www.metropolis.org/sites/default/files/metropolis-observ atory_issue-paper-1_es

8 ONU. (2020). “ Estado Global de las Metrópolis 2020 — Folleto de Datos Poblacionales” UN-Hábitat. Disponible en:

https://unhabitat.org/sites/default/files/2020/08/gsm_-_folleto_ de_datos_poblacionales_2020.pdf

9 Semarnat. (2020). “ Sistema Urbano Nacional”. Gobierno de México. Disponible en:

https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/compendio_2020/dgeiawf.semarnat.gob.mx_8080/approot/dgeia_mce/html/R ECUADROS_INT_GLOS/D1_SISTEMA_URBANO/D1_R_SISCDS00_01.htm

10 Conapo (2019) “ Delimitación de Zonas Metropolitanas”. Disponible en:

http://www.conapo.gob.mx/es/CONAPO/Delimitacion_de_Zonas_Metropo litanas, 11-11-2019

11 Idem.

12 Segob, Sedatu, Conapo, & INEGI. (2018, febrero). “ Delimitación de las zonas metropolitanas de México”. Gobierno de México.

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/305634/Delimitaci on_Zonas_Metropolitanas_2015.pdf

13 El índice mide la capacidad de las ciudades mexicanas para generar, atraer y retener talento e inversión. Evalúa a las 42 zonas metropolitanas del país y 24 zonas urbanas relevantes por el tamaño de su población o economía, de forma que la muestra se compone de un total de 66 ciudades. Estas, a su vez, se conforman por 362 municipios que concentran 62% de la población nacional, 83% del Producto Interno Bruto y 88% de la inversión fija bruta. Disponible en:

file:///Users/alex/Downloads/Indice-Competitividad-Urbana-2022_R eporte.pdf

14 https://iieg.gob.mx/ns/wp-content/uploads/2022/11/Ensu_Ficha_informativa_sep202 2.pdf

Dado en el pleno de la honorable Cámara de Diputados, a 23 de febrero de 2023.– Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.



SE INSCRIBA CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL SALÓN DE SESIONES, EL NOMBRE DE JOSÉ DE JESÚS CAMARENA RUIZ

«Iniciativa de decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados el nombre de “José de Jesús Camarena Ruiz”, a cargo de la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, fracción I, 77, 78 y 262 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el nombre de “José de Jesús Camarena Ruiz”; al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Muro de Honor de la honorable Cámara de Diputados se encarga de albergar de manera permanente gran parte de la historia de nuestro país; en esta superficie estaá plasmada con letras de oro los nombres de las y los personajes e instituciones más importantes de México. Actualmente, el Muro de Honor tiene 199 años de existencia y de expresar el sentir, la historia y la mirada a un pasado de orgullo nacional, a través de 84 inscripciones en letras de oro que resaltan frases, distinciones y nombres de héroes, instituciones y actores que, con honor, defendieron, forjaron y dieron cause al México en el que hoy vivimos.

El Muro de Honor ha sido colocado en diferentes sedes de la Cámara de Diputados; el más reciente y actualizado se erige en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro que entró en funciones en 1981 y está formado por un conjunto de seis pilares de cantera blanca, distribuidos en una barra horizontal superior, cuatro verticales en los extremos y una cuadrada en el centro, de la cual penden dos Banderas Nacionales que custodian un Escudo Nacional al centro.

Debe destacarse que, desde la construcción del Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, se han anexado 24 nuevos nombres y distinciones, los últimos inscritos en la LXIV Legislatura en reconocimiento al Movimiento Estudiantil de 1968, al Exilio Republicano Español, a Hermila Galindo Acosta y a Elvia Carrillo Puerto; posteriormente durante la actual LXV Legislatura, se han inscrito los reconocimientos al año 2021 como Bicentenario de la Armada de México, a Felipe de Jesús Ángeles Ramírez, a Gilberto Bosques Saldívar y a La Transición a la Democracia en México.

Lo anterior reafirma que el Muro de Honor es un espacio referente donde se plasma la historia de México que, a través de nombres, leyendas y distinciones, remonta la conciencia de quien lo aprecia hacia un pasado de orgullo, pero también de inspiración para las actuales y futuras generaciones.

En ese mismo sentido, destacamos en el pasar histórico Mexicano existen tres hechos bélicos han marcado el rumbo social, político y económico de manera drástica y firme; estos tres sucesos dieron matiz a la nación mexicana: el primero fue la Lucha de Independencia, el segundo, la Guerra de los tres años o de Reforma y el última fue la Revolución Mexicana; sin duda cada suceso dejó su valor y dio base para el México actual, que encontró dirección y cause en los ideales planteados por el valor de la insurgencia, por los reformadores y finalmente por las y los revolucionarios.

En este orden de ideas, es menester señalar que la importancia de esta iniciativa radica principalmente en los acontecimientos y actores políticos que vivieron durante la época de la Guerra de Reforma de 1858-1861, misma que marcó un parte aguas en la biografía Mexicana, en virtud de que en esos tiempos el bando conservador tomó la capital de la república y el entonces presidente, el licenciado Benito Pablo Juárez García, se vio obligado a trasladarse con su gabinete rumbo al norte del país, con el fin de organizar al Ejército Republicano y dar frente a las fuerzas conservadoras.

Es durante ese periodo que el licenciado José de Jesús Camarena Ruiz, abogado, catedrático y político liberal destacado, fue nombrado gobernador del estado de Jalisco a la salida del general Anastasio Parodi; a dos meses de su administración, el 14 de febrero de 1858 (aniversario de la fundación de Guadalajara) recibe en la ciudad al presidente Juárez, quien, de acuerdo con el diario del representante del gobierno juarista ante Washington, Matías Romero, antes había visitado los municipios de Tepatitlán y Zapotlanejo para poder llegar e instalarse en la capital tapatía.

Es así, cuando en un acto formal, político, fraterno y patriota, el gobernador José de Jesús Camarena Ruiz, puso a su disposición el edificio de gobierno para que con plena libertad fuera usado como sede temporal del Gobierno de la República y que el presidente Juárez pudiera seguir dando forma a la reforma liberal y el camino democrático y constitucional que el esperaría a México.

Gracias a las acciones del gobernador José de Jesús Camarena Ruiz, es que se instala el presidente Juárez en Jalisco, despachando desde el Palacio de Gobierno y en ese entonces sede de los Poderes Federales, mientras que el gobierno estatal despacharía desde el Palacio Municipal.

La importancia de lo anterior radica en que, en Jalisco, el presidente Benito Pablo Juárez García es sorprendido por fuerzas reaccionarias y enemigas, comandadas por el oficial Antonio Landa quien fue el responsable de la Guardia de Honor Presidencial y que faltó al honor y la confianza del presidente Juárez al querer consumar un atentado en contra de la vida del Presidente y su gabinete, además de manifestarse a favor del Plan de Tacubaya, mismo que planeaba derogar la Constitución de 1857.

A punto del fusilamiento del presidente Benito Pablo Juárez García, interviene el licenciado José de Jesús Camarena Ruiz conjuntamente con Guillermo Prieto, para detener la ejecución del presidente Juárez y su gabinete son liberados, preponderantemente, gracias a las negociaciones del entonces gobernador de Jalisco y que se manifestaron y ordenaron en los términos siguientes:

“Considerando que el estado que guardan las fuerzas beligerantes no ha de producir más que peligros a esta numerosa población, comprometiendo la vida de sus habitantes y los intereses nacionales y extranjeros sin decidir la gran cuestión política pendiente en la República; y cediendo ambas fuerzas a lo que manda la humanidad, la civilización y de derecho de gentes representado por personas de toda clase de opiniones, han convenido en los puntos siguientes:

1 Las fuerzas que ocupan el Palacio se situarán fuera de la capital a un radio que no sea menor de diez leguas donde les convenga; y saldrán en el perentorio término que corra desde la firma de estos convenios, hasta las tres de la tarde del día martes diez y seis del presente mes. Llevarán consigo su armamento, el parque que poseen y dos piezas de artillería a su elección; entregando a orden del excelentísimo señor gobernador del estado, los fusiles y demás piezas de artillería con los útiles que tenga.

2 El excelentísimo señor gobernador del estado facilitará seis carros de la policía y ocho mulas de tiro guarnecidas: comprometiéndose los jefes de estas fuerzas a dejar los carros de la policía a disposición de las autoridades del Estado en los lugares en que los vayan desocupando. Ministrará además diez mulas de carga, cuyos fletes serán pagados por los jefes de estas mismas fuerzas.

3 Quedan bajo el cuidado del gobernador del estado y en plena libertad, los heridos y las personas que con pasaporte del jefe de las fuerzas que evacúan la plaza, dado dicho pasaporte dentro de las horas que corren hasta las tres de la tarde citada, no podrán ser detenidos en la ciudad si quieren salir de ella, ni perjudicados, si prefieren quedarse; entendiéndose exceptuados los criminales prófugos de la cárcel. Asimismo, quedan garantizadas todas las personas que directa o indirectamente hayan prestado cooperación a la causa que defienden las fuerzas que salen de la plaza, por lo que haya ocurrido hasta aquí.

4 Las fuerzas que existen hoy a las órdenes del excelentísimo señor gobernador del estado, no se moverán de los puntos que actualmente ocupan, sino hasta que las que salen hayan evacuado del todo la ciudad.

5 Como garantía solemne del cumplimiento de este convenio, el excelentísimo señor presidente de la República y sus ministros, así como el señor general Núñez, pasarán a la casa del señor cónsul francés como a territorio neutral, y allí se conservarán bajo su palabra de honor, hasta la conclusión de estos tratados, quedando libres de una y otra parte todos los detenidos por motivo político.

Fue con estas acciones ordenadas por el gobernador José de Jesús Camarena Ruiz, que el 15 de marzo de 1858, después de tres días de prisión, el presidente Benito Pablo Juárez y su gabinete quedan en libertad y el oficial Landa abandona Guadalajara, concluyendo así aquel episodio clave y crucial para la consolidación del gobierno de la República, que fue clave en la construcción de las bases del México democrático, federal, liberal y de instituciones.

En este sentido, el licenciado José de Jesús Camarena Ruiz, fue quien dirigió con pleno honor, lealtad, dignidad y valor, las acciones que salvaron al presidente Benito Juárez García de las consecuencias de una traición alevosa, desleal y definitiva; sin embargo, también destacan las virtudes e intervenciones ciudadanas de ilustres y honorables jaliscienses como Miguel Contreras Medellín, Antonio Álvarez, Antonio Molina, Miguel Cruz Ahedo.

Por lo anterior, como muestra de respeto y reconocimiento a nuestras y nuestros héroes nacionales, quienes se han encargado de enaltecer la historia y ser un ejemplo en el presente y en el futuro de México, es que presentamos este proyecto de decreto, a fin de robustecer el Muro de Honor dentro de esta soberanía.

Esta propuesta también es resultado del orgullo nacido a raíz del papel tan importante que el estado de Jalisco tuvo durante la Guerra de Reforma y en general, del rol que ha tenido para el desarrollo de nuestra historia; como diputada federal representante del estado de Jalisco, me llena de orgullo el proponer con esta iniciativa que se visibilice e inmortalice con letras de oro, el nombre de uno de los dirigentes de jalisco durante momentos que fueron decisivos y fundamentales para el curso de la república, el federalismo, el constitucionalismo y el liberalismo en México.

El estado de Jalisco fue un escenario determinante de hechos políticos y militares de relevancia y trascendencia durante la época del presidente Benito Pablo Juárez García; sin embargo, poco información hay al respecto y por ese motivo presentamos esta respetuosa propuesta para que los liderazgos jaliscienses de la época sean plenamente reconocidos y tengan un lugar de honor dentro del recinto legislativo de San Lázaro.

En el Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional estamos orgullosos de quienes con visión y amor por México nos legaron una nación libre, democrática, independiente e institucional, lista para enfrentar los desafíos y resolver las inquietudes y demandas actuales de las y los mexicanos.

Las mujeres y Hombres que sirvieron con, honor, integridad y convicción al desarrollo de nuestra patria, así como aquellas instituciones que lucharon por entregar un México más justo y democrático, por un México libre y soberano y por un México igual para todas y todos, deben seguir visibilizándose con honra y distinción por las siguientes generaciones de mexicanas y mexicanos, pues gracias a todas y todos los nombres inscritos en este Muro de Honor con letras de oro, México es ahora una nación libre y soberana.

Por todo lo anterior, es que, con el propósito de hacer un reconocimiento al papel desarrollado por el licenciado y ex gobernador de Jalisco, José de Jesús Camarena Ruiz, como un elemental e importante personaje histórico, presentamos el siguiente:

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se ordena inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el nombre de “José de Jesús Camarena Ruiz”

Único. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el nombre de “ José de Jesús Camarena Ruiz”.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nota

1 “Juárez en Jalisco”. Testimonios y Documentos, Guadalajara, México, Gobierno del Estado, 1972, páginas 277 y 279.

Fuentes de consulta

1 (2018). Archivo Histórico de Jalisco. Departamento de Investigación y Divulgación, Año XIII (38). Disponible en:

https://sgg.jalisco.gob.mx/sites/sgg.jalisco.gob.mx/files/el_tie mpo_jalisco_-_no._38.pdf

2 (1961). Biblioteca Jurídica Virtual UNAM. Recuperado 27 de enero de 2023. Disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1961/17.pdf

3 Acosta Rico F. & Romero Gómez L. (2022). Diputadas y diputados federales LXV Legislatura. PRI. México. Primera Edición.

Dado en el pleno de la honorable Cámara de Diputados, a 23 de febrero de 2023.– Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Paulina Rubio Fernández y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Paulina Rubio Fernández, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 76, numeral 1, fracción II; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Acción Nacional ha venido señalando desde hace años la necesidad de eliminar la figura del arraigo. En la LXIII Legislatura, el entonces diputado Hernán Cortés, presentó el 24 de abril de 2018, una iniciativa para derogarla de la Constitución, y que en su Exposición de Motivos refiere: “El impacto del arraigo en el ejercicio del derecho de presunción de inocencia fue de primera magnitud, ya que aun cuando no se haya construido una causa para demostrar la culpa de una persona arraigada, se le ha impuesto de antemano una pena prejudicial. Es como si la persona, inocente o no, estuviera condenada desde el momento en que se abre un expediente de investigación penal, es decir, como si nunca hubiera sido inocente.”

Efectivamente, el Arraigo es una medida precautoria dictada por el juzgador, a petición de parte, cuando hubiere temor de que se ausente u oculte la persona contra quien deba entablarse o se haya entablado una demanda. Tiene por objeto o finalidad impedir que el arraigado abandone el lugar del juicio sin dejar un apoderado que pueda contestar la demanda, seguir el proceso y responder de la sentencia que se dicte.

Sin embargo, para Juan Carlos Gutiérrez y Silvano Cantú “El arraigo es una forma de detención arbitraria constitucionalizada que permite la vigilancia permanente del Ministerio Público sobre personas sospechosas de haber cometido algún delito o que tengan información relacionada con éste; su fin es incrementar el tiempo que tiene la autoridad para reunir pruebas contra la persona arraigada.”

Porfirio Andrés Hernández, considera que “de manera preponderante, el arraigo ha sido considerado violatorio de derechos humanos, pues se estima que vulnera el debido proceso, el principio de presunción de inocencia y constituye una pena anticipada de la libertad, ya que es impuesta de forma previa a un proceso penal, por lo tanto, aún no existen pruebas que presuman la probable responsabilidad del detenido en la comisión de un delito y tampoco se ha formulado cargo alguno en su contra. Además, la característica del delito por el cual se acusa a una persona (en este caso, delitos de delincuencia organizada) no justifican su aplicación.”

El 27 de enero pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) notificó la sentencia en el Caso Tzompaxtle Tecpile y Otros Vs. México que reconoce la responsabilidad internacional de México en la violación a los derechos humanos a la libertad personal, presunción de inocencia, integridad personal y vida privada, en perjuicio de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López quienes fueron detenidos de forma ilegal y arbitraria en 2006 y que, posteriormente, fueron sujetos a arraigo y prisión preventiva oficiosa.

Además, la CoIDH estimó que dichas figuras contenidas en nuestro marco constitucional vulneran los principios de contradicción, igualdad en el proceso, inmediación y publicidad.

Como dice el maestro Jorge Lara, la eliminación del arraigo no habrá de implicar la generación de posibilidades de situaciones de peligro, siempre y cuando las autoridades encargadas de investigar los delitos de delincuencia organizada y aquellas facultadas para la evaluación de los riesgos y supervisión de medidas cautelares cumplan con sus atribuciones legales de acuerdo con los más altos estándares exigidos para tan delicadas tareas. Lo anterior debe suponer un acompañamiento de observación y exigencia de cuentas por parte del poder legislativo tanto hacia las autoridades del Ejecutivo, Guardia Nacional, Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y de Suspensión Condicional del Proceso, como respecto de la Fiscalía General de la República y sus unidades de investigación especializadas en la materia de delincuencia organizada.

La investigación de los delitos de delincuencia organizada de manera correcta y adecuada debe significar la marginación de la figura de la flagrancia como metodología para la persecución de dichas conductas. Como es sabido, el recurrir de manera preponderante a la flagrancia, que es el origen funcional de la utilización del arraigo, genera casos de baja calidad para la justicia y propicia la impunidad que persiste en el ámbito de la seguridad de nuestro país. Por tales motivos, el cambio normativo que se propone tiene finalidades ulteriores de trascendencia para el sistema de justicia para nuestro país.

Es necesario que el Congreso de la Unión asuma su responsabilidad, como una institución republicana que defiendes los derechos humanos de la ciudadanía y derogue la figura del Arraigo de nuestro sistema jurídico.

Para mayor claridad, se señala en el cuadro siguiente la propuesta de reforma:

Por las consideraciones expuestas, es que se somete a la consideración de esta Asamblea el siguiente,

Decreto por el que se reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 16. ...

...

...

...

...

...

...

Se deroga.

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de seis meses siguientes a la entrada en vigor de este decreto, el Congreso de la Unión deberá adecuar que la legislación correspondiente.

Notas

1 Gutiérrez Juan Carlos y Cantú Silvano, “El arraigo y la seguritización de la justicia penal”, 20 Revista de derechos humanos DFensor, Corte Interamericana de Derechos Humanos. s/f.

2 Véase:

https://www.sitios.scjn.gob.mx/cec/blog-cec/restricciones-consti tucionales-y-arraigo-un-tema-pendiente-para-el-estado-mexicano#:~: text=De%20manera%20preponderante%2C%20el%20arraigo,a%C3%BAn%20no%20existen%20pr uebas%20que consultado el 14 de enero de 2023.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Paulina Rubio Fernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.



LEY FEDERAL DEL TRABAJO

«Iniciativa que reforma el artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Norma Angélica Aceves García, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Quinta Legislatura Federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

1. El suicidio es un problema social que requiere ser atendido interdisciplinariamente con un alto grado de prioridad en las agendas de los Estados en el mundo. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define al suicidio como el acto deliberado de quitarse la vida, en su nota descriptiva Suicido, también señala que en el mundo:

• Por cada suicidio consumado hay muchas tentativas de suicidio. En la población general, un intento de suicidio no consumado es el factor individual de riesgo más importante.

• El suicidio es la cuarta causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 29 años.

• El 77 por ciento de los suicidios se produce en los países de ingresos bajos y medianos.

• La ingestión de plaguicidas, el ahorcamiento y el disparo con armas de fuego son algunos de los métodos más comunes de suicidio en el mundo.

Asimismo, la OMS señala que es un acto de violencia, la cual genera para los individuos, las familias, las comunidades y países, graves consecuencias, tanto a corto, como largo plazo, provocando efectos perjudiciales en los servicios de atención pública.

En tanto, la Organización Panamericana de Salud (OPS) menciona en su nota descriptiva: Prevención del suicidio, que el suicido es considerado un problema de salud rodeado de estigmas, mitos y tabúes, característica que provoca desatención a la importancia real del tema, ya que cada caso de suicidio es una tragedia que afecta gravemente no sólo a los individuos, sino también a las familias y a las comunidades. De acuerdo a datos de la OPS “(C) cada año más de 703,000 personas en el mundo se quitan la vida tras numerosos casos de suicidio, lo que corresponde a una muerte cada 40 segundos”.

El suicidio, a su vez, es un problema social que requiere ser intervenido multidisciplinariamente, debido a que la acción nace de una idea la cual, en primer término, no significa que se quiera lleva a cabo por la persona en cuestión; sin embargo, ante el tabú que rodea el tema, está opción en comento, se vuelve la más próxima y sencilla para que la persona solucione sus problemas.

En secuencia, la OPS señala que un enfoque multisectorial es fundamental para atender el problema social en cuestión, debido a que propone medidas interinstitucionales que involucran la participación de las personas a quienes van dirigidas, la cooperación y la coordinación de sectores clave e instituciones autónomos y de gobierno, la población, de las entidades y de los recursos que van orientados a objetivos específicos.

La complejidad para abordar las conductas suicidas comienza en identificar los factores calve de riesgo y de protección, quienes están presentes dentro de los procesos de la interacción humana, algunos de ellos ilustrados en la siguiente tabla:

De acuerdo con Larraín, A. y Lobos, F. en su ensayo Caracterización del suicidio en Chile: ¿Qué nos dicen nuestras estadísticas?,los factores de riesgo asociados al suicidio tienden a interactuar, combinarse y potenciarse, aumentando conjuntamente la vulnerabilidad de una persona al comportamiento suicida. La OMS, en su informe Preventing suicide en 2014, clasifica los factores de riesgo del suicidio en las siguientes dimensiones: individual, relaciones humanas, comunidad, sociedad, y sistema de salud.

Atender y disminuir las causas que reproducen los factores de riesgo para reducir los medios de suicidio y potenciar los factores de protección para fomentar la reincidencia, pueden reducir eficazmente las tasas de suicidio. Sin embargo, para ello es importante adecuar todas áreas las necesarias en manos del Estado para lograr una toma de conciencia sobre el suicidio como problema importante en materia de salud pública.

Es importante recordar, que la estigmatización al tema del suicidio y de los problemas de salud mental, suelen frecuentemente provocar actos de discriminación a las personas que buscan ayuda, empleo, derechos e incluso en simple interacción con otras personas.

2. En México, de acuerdo al comunicado de prensa número 503/22 del Instituto Nacional Estadística y Geografía (INEGI):

• En 2021 sucedieron 8 351 fallecimientos por lesiones autoinfligidas en el país, lo que representa una tasa de suicidio de 6.5 por cada 100 mil habitantes.

• Los hombres de 15 a 29 años son el grupo con más riesgo, ya que ocurren 16.2 suicidios por cada 100 mil hombres entre estas edades.

• El suicidio en personas de 15 a 29 años constituye la cuarta causa de muerte.

En esta secuencia de datos, las estadísticas de mortalidad reportaron que del total de fallecimientos en el país (1,093,210), ocho mil trescientos cincuenta y uno (8,351) fueron por lesiones autoinfligidas, lo que representa una tasa de suicidio de 6.5 por cada 100 mil habitantes.

3. De acuerdo al artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo, se entiende como riesgos de trabajo a los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores, en este orden, el artículo 474 de la ley en comento señala que un accidente de trabajo es:

Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muestre o desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo [...] Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

En tanto, a enfermedad de trabajo, la mencionada ley señala que es “todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.”

En esta secuencia de ideas, el artículo 487, de la ley en comento, señala que los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a:

I. Asistencia médica y quirúrgica;

II. Rehabilitación;

III. Hospitalización, cuando el caso lo requiera;

IV. Medicamentos y material de curación;

V. Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y

VI. La indemnización fijada en el presente Título.

Por último, en el artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo, se establece que el patrón quedará exceptuado de las obligaciones que determina el artículo 487, en caso de que la incapacidad sea resultado de un intento de suicidio.

Sin embargo, esta normativa resulta desafortunada y de-sapegada a derechos humanos, ya que parte de que una persona que vive un intento de suicidio lo hace de manera intencional, con la finalidad de obtener algún beneficio colateral material, más allá de entender que un intento de suicidio, es producto de una serie de elementos, entre ellos, la salud mental, que muchas veces se ve afectada por el ambiente laboral.

Ejemplo de ello, la Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que el estrés laboral es identificado como un grupo de reacciones emocionales, psicológicas, cognitivas y conductuales ante exigencias profesionales que sobrepasan los conocimientos y habilidades del trabajador para desempeñarse de forma óptima.

Es importante mencionar que, en el año 2019, la OMS señaló que el estrés crónico en el trabajo, afectaba a más del 40 por ciento de las personas trabajadoras en México.

Como se ha presentado anteriormente, ninguna persona está exenta a ser vulnerable ante factores de riesgo del suicidio advertidos por la Organización Mundial de la Salud, por lo que, como un mecanismo de concientización y sensibilización, desde el año 2003, la Asociación Internacional para la Prevención del Suicidio (IASP) y la OMS instruyeron los días 10 de septiembre como el “Día Mundial para Prevenir el Suicidio”, con el objetivo de que las naciones implementen y promuevan acciones para su prevención y que en todo el mundo se fomenten compromisos y medidas prácticas para prevenirlas .

Con base en la información expuesta en el presente documento y trabajar en el perfeccionamiento de nuestro marco jurídico nacional y abonar al reconocimiento del suicido como producto de una serie de factores sociales y de salud mental presentes en la sociedad; es decir, como una problemática multifactorial que debe ser atendida por el Estado mexicano desde un enfoque multidisciplinario, se propone reformar la fracción IV del artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo para suprimir de los supuestos de excepciones para considerarse como riesgo de trabajo, que la incapacidad sea resultado de un intento de suicidio.

Por lo anteriormente descrito, con fundamento en las disposiciones señaladas, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo

Único. - Se reforma la fracción IV del artículo 488 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 488. El patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el artículo anterior, en los casos y con las modalidades siguientes:

I a III...

IV. Si la incapacidad o siniestro es el resultado de alguna riña.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente Decreto.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud (17/06/2021). Suicidio. Extraído el 17/02/2023 de

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/suicide

2 Ibídem.

3 Organización Panamericana de Salud (2023). Prevención del suicidio. México. Extraído de:

https://www.paho.org/es/temas/prevencion-suicidio

4 Guajardo, J. (2017). Suicidios contemporáneos: vínculos, desigualdades y trasformaciones socioculturales. Ensayos sobre la violencia, cultura y sentido. Santiago de Chile: FLAGSO-Chile. Extraído de:

https://biblio.flacsoandes.edu.ec/shared/biblio_view.php?bibid=1 45481&tab=opac

5 El modelo multisectorial propone medidas interinstitucionales que promueven la participación de las personas a quienes van dirigidas, la cooperación interdisciplinaria e interinstitucional, la colaboración y coordinación entre los sectores clave, incluidos (aunque sin estar exclusivamente limitado a ellos) los de la salud y la ayuda psicosocial, la justicia y seguridad. Los sectores están integrados por todas las instituciones, entidades, personas y recursos que van orientados a objetivos específicos (por ejemplo, el sector de la salud lo componen el Ministerio de Sanidad, los hospitales, los centros, los prestadores y administradores de la sanitaria, las instituciones que imparten formación al personal sanitario, los suministros de salud, etcétera). ONU Mujeres (03/06/2013) El modelo multisectorial. Extraído de:

https://www.endvawnow.org/es/articles/1503-el-modelo-multisector ial.html#:~: text=El%20enfoque%20multisectorial%20tiene%20como,acci%C3%B3n%20para%20resolver %20el%20incidente.

6 Organización Panamericana de Salud (2023). Prevención del suicidio; hoja informativa. México. Extraído de:

https://www.paho.org/es/temas/prevencion-suicidio

7 Guajardo, J. (2017). Suicidios contemporáneos: vínculos, desigualdades y trasformaciones socioculturales. Ensayos sobre la violencia, cultura y sentido. Santiago de Chile: FLAGSO-Chile. Extraído de:

https://biblio.flacsoandes.edu.ec/shared/biblio_view.php?bibid=1 45481&tab=opac

8 Tabla rescatada de Larraín, A. y Lobos, F. (2017). Suicidios contemporáneos: vínculos, desigualdades y trasformaciones socioculturales. Ensayos sobre la violencia, cultura y sentido. Caracterización del suicidio en Chile ¿Qué nos dicen nuestras estadísticas? Santiago de Chile: FLAGSO-Chile. Extraído de:

https://biblio.flacsoandes.edu.ec/shared/biblio_view.php?bibid=1 45481&tab=opac

9 Organización Panamericana de Salud (2023). Prevención del suicidio; hoja informativa. México. Extraído de:

https://www.paho.org/es/temas/prevencion-suicidio

10 INEGI (2022). Comunicado de prensa número 503/22: Estadísticas a propósito del día mundial para la prevención del suicidio. México. Extraído de:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022 /EAP_SUICIDIOS22.pdf

11 Ibídem.

12 Honorable Cámara de Diputados (2023) Ley Federal del Trabajo. Ley Federal del Trabajo 1970. México. Extraído de:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

13 Ibídem.

14 Artículo 488.- El patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el artículo anterior, en los casos y con las modalidades siguientes: I. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez; II. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del patrón y le hubiese presentado la prescripción suscrita por el médico; III. Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí solo o de acuerdo con otra persona; y IV. Si la incapacidad es el resultado de alguna riña o intento de suicidio.

15 Visto en:

https://www.insp.mx/avisos/3835-riesgos-estres-laboral-salud.htm l consultado el 17 de febrero de 2023.

16 Visto en:

https://www.occ.com.mx/blog/estres-laboral-en-mexico/ consultado el 17 de febrero de 2023.

Dado en el pleno de la honorable Cámara de Diputados, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.



CÓDIGO PENAL FEDERAL

«Iniciativa que reforma el artículo 390 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Carlos Iriarte Mercado, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal Carlos Iriarte Mercado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el 390 del Código Penal Federal, en razón de la siguiente

Exposición de Motivos

El delito de extorsión es uno de los más graves y crecientes problemas en el entorno de inseguridad que enfrenta nuestro país, y lo es cada vez más, en contra de los comerciantes. Así lo demuestran los resultados más recientes de la Encuesta Nacional de Victimización de Empresas (ENVE 2022), presentada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el que se recoge información proporcionada por distintas unidades económicas víctimas de ilícitos durante el año 2021.

Los datos arrojados por esta encuesta muestran que el 27.8 por ciento de las unidades económicas del sector comercio del país fueron víctimas de algún delito, 19.4 por ciento del sector industria y 22.7 por ciento del sector servicios.

Este es un problema presente en todas las latitudes del territorio nacional, toda vez que, de acuerdo con el INEGI, las entidades con mayor incidencia delictiva contra comercios son Sonora, la Ciudad de México, Durango, Colima, Tlaxcala y San Luis Potosí, por mencionar algunos.

En números duros, 2.9 millones de delitos fueron cometidos en el año 2021 contra cerca de 1.2 millones de comercios en México. Del total de los delitos, 28.9 por ciento de ellos correspondió al delito de extorsión, siendo el delito que más se comete contra los negocios mexicanos.

La extorsión contra los negocios es el delito más cometido a nivel Nacional y particularmente en Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, es decir, en 21 de las 32 entidades de nuestro país. Y en 5 más, como es el caso de Coahuila, Colima, Guanajuato, Estado de México y Tlaxcala, es el segundo que más se comete, evidenciando la dimensión del problema que enfrenta el Estado Mexicano.

El delito de extorsión se encuentra en desenfrenado avance; mientras que en el 2019 era el delito más frecuente en 13 entidades federativas, hoy, como se ha mencionado, lo es en 21 entidades, según las métricas del ENVE 2022.

Este delito es el más habitual en contra de las micro, pequeñas y medianas unidades, por delante del robo o asalto de mercancía, insumos o bienes y otros delitos, mientras que es el tercero más frecuente en contra de Grandes unidades, de acuerdo con el INEGI.

Durante 2021, 67.6 mil delitos de extorsión fueron cometidos en la calle, en el establecimiento, cobro de piso y derivados, 44.8 por ciento de estos casos fueron pagados por las víctimas, evidenciando el miedo que reina en las y los mexicanos frente a estos ilícitos.

Con datos del ENVE 2022, las unidades económicas tienen una probabilidad del 24.6 por ciento de ser víctimas de un delito, prácticamente 1 de cada 4 terminará por ser afectado por la delincuencia, en la que la Extorsión continúa ganando terreno como ilícito predilecto.

Para atender esta problemática resulta indispensable fortalecer los instrumentos jurídicos que deriven en el castigo de estas conductas. Las cifras arrojadas demuestran que el 98.9 por ciento de los delitos de Extorsión cometidos contra empresas no se denunciaron o no se iniciaron carpetas de investigación por ellos, obligándonos como legisladores a revisar y solidificar el marco normativo que de mayor confianza la ciudadanía y herramientas de actuación a las autoridades.

Conceptualmente, el delito de Extorsión se encuentra en constante evolución. Inicialmente identificado con expresiones comunidades como el pago de “derecho de piso” o de “protección”, esta práctica delictiva ha ido creciendo hasta abarcar cada vez más espacios de las actividades comerciales y económicas, afectando con mayor intensidad las cadenas productivas.

El delito de Extorsión está impactando en la seguridad y en la tranquilidad de las familias mexicanas, y también, en su economía y bolsillo, convirtiéndolo en un problema de urgente atención por esta Cámara de Diputados y el Poder Legislativo.

Los datos expuestos en esta Exposición de Motivos que plantean el problema que enfrentamos con el delito de Extorsión y que motivan la presentación de la presente iniciativa, no representan cifras y valores lejanos, sino expresiones de una realidad cada vez más apremiante y que encuentra ejemplos en tiempos recientes. Lo ocurrido en meses pasados en Chilpancingo, Guerrero y lo expendios de carne de pollo, la venta de tortilla en Zihuatanejo en el mismo estado, los enfrentamientos en San Cristóbal de las Casas en Chiapas por el control del cobro de cuotas en los tres mercados de la ciudad, o la reciente crisis en los precios de productos como el limón y aguacate en el estado de Michoacán, dejan en evidencia que este delito está devastando ya no solamente la seguridad de las familias mexicanas, sino que representan un riesgo a la actividad económica de nuestro país y a las cadenas productivas que en él se desarrollan.

El Observatorio Nacional Ciudadano (ONC) sostiene que esta situación se está acentuando en los 500 municipios más pobres de nuestro país, donde empresarios y comerciantes son víctimas de una delincuencia que está ya apoderada del control de los mercados de productos como pollo, leche, huevos, limones, aguacate, lechuga, jitomate o espinaca, creando ‘monopolios’ de facto a manos de los delincuentes.

Estimaciones de la Coordinación del Laboratorio de Análisis de Comercio, Economía y Negocios (LACEN) de la UNAM, en voz de su titular Ignacio Martínez Cortés, estiman que estas extorsiones en origen y puntos de venta terminan por sumar entre un 25 por ciento y un 50 por ciento al precio final de los alimentos, impactando irremediablemente en la economía de las y los mexicanos.

Son muchos los impactos negativos resultantes de la extorsión a comerciantes, mismos que, desde 2019, el propio Banco de México ha alertado en sus Reportes de Extorsión y Actividad de las Empresas en las Regiones de México. Dentro de sus consideraciones, Banxico destaca la reducción de horarios de operación de los comercios, su cierre definitivo, o bien, su traslado a otras locaciones con menor incidencia delictiva. Todos estos siendo síntomas innegables de un delito que reclama de mayor atención.

En la comisión de este delito son muchos los involucrados. Es, lamentablemente, resultado de una actividad que hoy impacta la tranquilidad de la sociedad y el correcto funcionar del Estado, y con esa seriedad hemos de legislarlo.

Es responsabilidad de este Poder mantener vigente el marco normativo, de forma que esté en posibilidad de responder a una realidad cambiante y cada vez más retadora y de la que hoy son víctimas ciudadanos y servidoras y servidores públicos.

En este orden de ideas, la presentación de esta iniciativa obedece a la necesidad de atender este problema urgente y actualizar un tipo penal que no ha sido reformado hace casi 30 años (13-01-1994), cuya conducta punible ha evolucionado dolorosamente, que trastoca cada vez más la calidad de vida de las y los mexicanos y que requiere de cambios para mantenerlo vigente.

El tipo penal de Extorsión, sus conductas punibles, sujetos partícipes y modalidades en la comisión del delito, hoy se encuentran superadas y resultan insuficientes.

En consecuencia, la presente iniciativa propone cuatro modificaciones principales: 1) la ampliación del tipo penal, en razón de los argumentos expuestos

2) el aumento de las penas a quienes cometan este delito, de forma que sea castigado de forma mucho más severa, 3) la acentuación de las penas a quién sea parte de esta actividad formando parte de una asociación delictuosa o de la delincuencia organizada y 4) la severidad de las sanciones a servidores o exservidores públicos de distintos ámbitos.

Estas modificaciones propuestas se exponen en el siguiente cuadro comparativo:

Sabedores de que la actividad delictiva se encuentra en permanente evolución y, en consecuencia, los retos para el Estado y sus instituciones son cada vez mayores. En atención a lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 390 del Código Penal Federal, en materia de extorsión

Artículo Único. Se modifica el artículo 390 del Código Penal Federal, en materia de extorsión para quedar como sigue:

Capítulo III Bis Extorsión

Artículo 390. Comete el delito de extorsión y se le impondrán de dos a diez años de prisión y de quinientos a mil días de multa, con independencia de las sanciones correspondientes por formar parte de una asociación delictuosa o de la delincuencia organizada, al que:

I. Sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial.

II. Sin derecho, obligue a un comerciante a adquirir un bien o servicio de un tercero, lo requiera o no.

III. Sin derecho, obligue a un comerciante al pago, por medio de dinero, en especie o cualquier otro, a cambio de permitir el libre desarrollo de su actividad comercial.

IV. Sin derecho, obligue a servidor o servidora pública a permitir una actividad comercial.

Cuando el delito sea cometido por alguna servidora o servidor público, algún integrante o ex integrante de una institución policial, de investigación, de procuración de justicia o de las Fuerzas Armadas, la pena se incrementará hasta en una mitad. En este caso, se impondrá, además, al servidor o exservidor público y al miembro o exmiembro de alguna corporación policial, de investigación o de procuración de justicia, la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar cargo o comisión público, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de cinco a diez años para desempeñar cargos o comisión públicos.

Artículo Transitorio

Único. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Carlos Iriarte Mercado (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

«Iniciativa que adiciona el artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Norma Angélica Aceves García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Quinta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de exención para ayudas funcionales y técnicas, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

1. En México, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), hay un total de 6,179,890 (seis millones ciento setenta y nueve mil ochocientas noventa) personas con discapacidad, más 13,934,448 (trece millones novecientas treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho) personas que dijeron tener alguna limitación para realizar actividades de la vida diaria (caminar, ver, oír, autocuidado, hablar o comunicarse, recordar o concentrarse), que en suma se traducen en un segmento de más de 20 millones de personas.

De conformidad con el citado Censo poblacional, el tipo de discapacidad reportado con mayor frecuencia es la motriz (39.2 por ciento), seguida de la visual (14 por ciento), intelectual (9.5 por ciento), auditiva (5.3 por ciento) y psicosocial (4.6 por ciento). Por otra parte, 27.4 por ciento de las personas con discapacidad declaró tener dos o más discapacidades.

Por su parte, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017, las personas con discapacidad en México enfrentan las siguientes situaciones:

• Tres de cada 10 personas con discapacidad tienen dos o más condiciones que dan origen a su discapacidad.

• Una de cada 10 personas con discapacidad carece de servicios básicos en su vivienda.

• Siete de cada 10 personas con discapacidad se encuentran en los estratos socioeconómicos medio bajo y bajo.

• Una de cada dos personas con discapacidad intelectual no sabe leer ni escribir.

• Una de cada dos personas con discapacidad en edad escolar asiste a la escuela.

• Las personas con discapacidad enfrentan mayores obstáculos para incorporarse al mercado de trabajo.

• El problema declarado con mayor frecuencia por las personas con discapacidad es la falta de transporte y calles adecuadas para su condición.

• Casi nueve de cada 10 personas con discapacidad enfrentan barreras de accesibilidad cuando buscan información sobre algún trámite, servicio o programa gubernamental.

• Tres de cada 10 mujeres de 18 años o más con discapacidad no tienen libertad para decidir si pueden salir de su casa.

• Tres de cada 10 personas con discapacidad de 18 años y más consideran que se les ha negado sin justificación al menos un derecho básico en los últimos cinco años.

Estas cifras permiten ver el tamaño del reto que tiene que hacer frente nuestro país para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad en un marco de igualdad, ya que contar con un piso parejo es el primer paso sobre el cual podremos apoyarnos y construir la tan anhelada sociedad incluyente.

2. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, afirma que el derecho a ser incluido en la comunidad se refiere al principio de inclusión y participación plenas y efectivas en la sociedad, que incluye tener acceso a todos los servicios que se ofrecen al público, así como a los servicios de apoyo proporcionados a las personas con discapacidad para que puedan ser incluidas y participar plenamente en todos los ámbitos y servicios, tales como vivienda, transporte, educación, empleo, actividades recreativas y acontecimientos de la vida política y cultural de la comunidad, como reuniones públicas, eventos deportivos, festividades culturales y religiosos y cualquier otra actividad en la que la persona con discapacidad desee participar.

De conformidad con el citado Comité, la accesibilidad es una condición previa para que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en la sociedad en igualdad de condiciones, debido a que sin acceso al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información, las personas con discapacidad no tendrían iguales oportunidades de participar en sus respectivas sociedades.

En ese sentido, reconoce que la obligación de los estados de proporcionar la accesibilidad es una parte esencial del nuevo deber de respetar, proteger y hacer realidad los derechos a la igualdad, así como la obligación de que todas las infraestructuras e instalaciones nuevas deben ser diseñadas de forma que sean plenamente accesibles para las personas con discapacidad de conformidad con el principio de diseño universal, así como que en las estructuras o edificaciones ya existentes deben llevarse a cabo las adaptaciones para eliminar las barreras u obstáculos que dificultan su accesibilidad.

3. La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que las prótesis (piernas y brazos artificiales) y las ortesis (férulas y otros dispositivos ortopédicos) permiten que las personas que tienen deficiencias físicas o limitaciones funcionales lleven una vida sana, productiva, independiente y digna y participen en la educación, el mercado de trabajo y la vida social, además de que puede reducir la necesidad de atención formal de la salud, servicios de apoyo, cuidados a largo plazo y cuidadores.

Al respecto, el organismo internacional estima que, actualmente, sólo una de cada 10 personas que necesitan ayudas técnicas prioritarias, incluidas las prótesis y ortesis, tienen acceso a ellos, debido a su alto costo y a la falta de conocimiento, disponibilidad, personal capacitado, políticas y financiamiento, asimismo advierte que las personas que requieren de este tipo de apoyos y no pueden acceder a ellos suelen quedar excluidas, aisladas y encerradas en la pobreza, lo que incrementa la carga de morbilidad y discapacidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece en su artículo 20 que los estados parte adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas:

a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible.

b) Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad, incluso poniéndolos a su disposición a un costo asequible.

c) Ofrecer a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaje con estas personas capacitación en habilidades relacionadas con la movilidad.

d) Alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad.

En ese contexto, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas menciona que, sin apoyo a la movilidad personal, siguen existiendo barreras a la vida independiente en la comunidad para muchas personas con discapacidad. El suministro de formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad a precios asequibles, como se prevé, es una condición necesaria para la inclusión y participación plenas de las personas con discapacidad en sus respectivas comunidades.

En México, de conformidad con la Ley General de Salud, las prótesis, órtesis y ayudas funcionales se definen como aquellos dispositivos destinados a sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano, las cuales se encuentran comprendidas dentro de las acciones en materia de atención en materia de prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad.

Por su parte, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad señala que las ayudas técnicas son los dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las personas con discapacidad.

Sin duda alguna, los elementos señalados y descritos en las referidas legislaciones son base para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad.

4. Cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señalan que sólo una de cada 10 personas que requieren rehabilitación accede a ella y sólo 30 por ciento de las personas rehabilitadas sabe usar de forma adecuada sus aparatos y prótesis que, además, son muy caros, ya que en México pueden llegar a costar en promedio más de $100 000 (cien mil pesos).

Además de lo expuesto, con base en las problemáticas y distintas barreras a las que se enfrentan las personas con discapacidad, tenemos que para su inclusión social requieren de una serie de dispositivos, de acuerdo a su condición. Recordemos que la discapacidad es una condición heterogénea en donde cada persona puede requerir elementos particulares que propicien su inclusión.

Órtesis, prótesis, implantes cocleares, sillas de rueda, bastones, andaderas, sillas de baño y cojines especiales para silla de ruedas, son algunas de las ayudas técnicas y funcionales que las personas con discapacidad requieren para integrarse a la sociedad.

Cada una de ellas representa un instrumento a través del cual las personas con discapacidad pueden integrarse a la sociedad y tener acceso a una vida digna e independiente, no son un lujo o accesorios que se adquieran por decisión, son una necesidad y, por ende, es obligación del Estado otorgarlos, así como facilitar y posibilitar que todas las personas que lo requieran puedan acceder a ellas.

Para ello, la presente iniciativa tiene como finalidad reformar la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a fin de exentar del pago del impuesto todas aquellas ayudas funcionales y técnicas que requieran las personas con discapacidad para su inclusión social.

5. De acuerdo con el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), el Impuesto al Valor Agregado (en adelante, IVA), es un impuesto indirecto que grava el consumo de los contribuyentes y no repercute directamente sobre los ingresos; es decir, es un costo que se traslada a los consumidores, a través de los precios de los productos, bienes y servicios. Este impuesto, es el segundo más importante al aportar 29.1 por ciento de la recaudación total tributaria.

Por señalar un ejemplo práctico dentro del espíritu de la presente iniciativa, con base en la definición anterior, el IVA es un impuesto que pagan las personas con discapacidad, que asciende al 16 por ciento, cuando adquieren una andadera, bastón, prótesis, órtesis o cualquier otra ayuda técnica y funcional.

Este impuesto, está regulado en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que es un ordenamiento jurídico cuya estructura identifica los elementos esenciales del impuesto, tales como las personas que están obligadas a pagarlo, los productos, bienes y servicios por los que se debe pagar, así como los lineamientos para su cálculo.

En ese mismo sentido, el CEFP señala que el IVA tiene las características particulares siguientes:

• Es indirecto, porque grava al consumo específico de un bien o servicio y su carga fiscal recae en el consumidor final.

• Es interno porque únicamente grava los actos llevados a cabo dentro del territorio nacional.

• Es considerado como un impuesto real, ya que no se relaciona con las circunstancias personales del contribuyente, sino que se le asocia directamente al consumo de bienes o servicios.

• Es regresivo tanto porque impone mayor esfuerzo contributivo a los consumidores de menores ingresos, como porque los consumidores de mayores ingresos realizan un menor esfuerzo contributivo, en ambos casos, por el consumo de bienes iguales.

Ahora bien, tomando en cuenta los antecedentes y las características del IVA, con la finalidad de tener un análisis integral de las repercusiones de la presente iniciativa y, con ello, poder tomar la decisión que de mejor manera beneficie a las personas que requieren alguna ayuda funcional y técnica, así como en menor medida implique una carga presupuestal excesiva para el presupuesto gubernamental, se hizo la consulta a CEFP de la Cámara de Diputados, que en su análisis señala:

“[...]

Regímenes contemplados en el IVA

La LIVA establece cuatro regímenes para este impuesto: 1) Tasa del 16 por ciento; 2) Tasa del 0 por ciento; 3) Bienes y servicios exentos de IVA y, 4) Región fronteriza norte y sur y zonas libres, con una tasa de 8 por ciento. Para efectos de este análisis nos enfocaremos en los tres primeros regímenes, entre los cuales, existen diferenciaciones de productos y servicios exentos del impuesto, aquellos gravados con tasa del 0 por ciento y los que no son sujetos del Impuesto al Valor Agregado.

Como primer punto, analizaremos el régimen general, al cual se aplica la tasa del 16 por ciento, misma que se emplea en la generalidad de las actividades económicas gravadas. En cuyo rubro, toda persona física o moral se encuentra obligada a hacer el pago del 16 por ciento por concepto de IVA; esto implica: prestaciones de servicios independientes; otorgamientos de uso o goce temporal de bienes y consumo de bienes o servicios de importación.

El régimen de tasa 0 por ciento del IVA, de acuerdo con la ley, es aplicable de manera específica a los siguientes bienes y servicios:

- Venta de animales y vegetales no industrializados.

- Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación humana y animal, a excepción de los alimentos procesados para mascotas, chicles o gomas de mascar; caviar, salmón ahumado y angulas; saborizantes, microencapsulados y aditivos alimentarios; y, bebidas distintas de la leche aun cuando tengan naturaleza de alimentos, como los jugos y néctares y concentrados.

- Venta de hielo y agua no gaseosa ni compuesta, en envases menores de 10 litros.

- Ixtle, lechuguilla y palma.

- Tractores para implementos agrícolas.

- Fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y fungicidas destinados a la agricultura o ganadería.

- Invernaderos para cultivos.

- Joyería, oro, orfebrería, piezas ornamentales y artísticas.

- Libros, periódicos y revistas.

- Toallas sanitarias, tampones y copas, para la gestión menstrual.

De manera particular, esta tasa se aplica a los prestadores de servicios dedicados a la agricultura o ganadería; molienda de granos (maíz, trigo, entre otros); pasteurización de leche; invernaderos hidropónicos; despepite de algodón; sacrificio de ganado y aves de corral; y, suministro de agua para uso doméstico.

Es de resaltar que, con la aplicación de este régimen, la tasa de impuesto tiene un valor de cero. No obstante, los actos o actividades a los que se les aplica ésta tasa, producirán los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto a tasa general. Es decir, con la aplicación de este régimen el consumidor no paga el gravamen, sin embargo, al permitir que los productores recuperen el IVA generado en la cadena de producción y trasladarlo, el monto recuperado por estos recae directamente en la Autoridad Fiscal, quien asumirá dichas devoluciones.

Finalmente, el régimen relacionado con los bienes Exentos de IVA, se refiere a los actos determinados por la LIVA a los que se otorga el beneficio de la exención, por lo que los productores pierden el derecho de acreditar el impuesto trasladado en el proceso productivo.

En este régimen, la Ley del IVA establece como productos o servicios exentos, a los siguientes: venta de casa-habitación; el suelo; transporte público terrestre de personas; servicios de enseñanza; y, arrendamiento de inmuebles destinados o utilizados para casa-habitación.

En este sentido, podemos concluir que la tasa 0 por ciento y las exenciones tienen tratamientos distintos; pues, en el primer caso, la venta final no genera un impuesto a pagar, pero sí, la obligación declarar a la autoridad fiscal de forma mensual y anual, pudiendo de esta forma acreditar el IVA pagado por los contribuyentes no consumidores; mientras que, en el segundo caso, no hay obligación de informar estas actividades, por lo que el IVA lo absorbe directamente el productor o contribuyente que realiza la última venta.

Renuncias recaudatorias 2023

De manera particular, en 2023, el IVA, al ser un impuesto que grava el valor agregado en todas las etapas del proceso productivo, la comercialización y la venta al consumidor final, se aplica sobre la base más amplia posible y con una tasa uniforme, otorgando la tasa cero sólo a las exportaciones y con un número reducido de exenciones a sectores que por dificultades técnicas no pueden ser gravados, o que por tratarse de conceptos de ahorro (al ser un IVA base consumo) deben ser excluidos de este impuesto.

Para 2023, el monto de renuncias recaudatorias por IVA representará 580 mil 292 mdp. Esta renuncia contempla dos tipos de tratamientos diferenciales, por un lado, el régimen de exención, con 72 mil 97 mdp; y por otro, el de Tasas Cero que aplica a bienes y servicios diferentes de las exportaciones, siendo éste, el de mayor relevancia en el IVA, con un monto estimado de 508 mil 195 mdp.

[...]

De manera particular, en el régimen de exenciones, destaca que 86.5 por ciento del total de las exenciones derivan principalmente de 2 rubros: uno, prestación de servicios de enseñanza, el cual explica 53.4 por ciento de las renuncias recaudatorias por exenciones; y dos, enajenación de casa habitación (incluyendo arrendamiento y pago de intereses de créditos hipotecarios), con 33.1 por ciento, ambos en relación con el total de las renuncias recaudatorias por exenciones en el IVA. El 13.5 por ciento restante se distribuye en tres conceptos: los servicios profesionales de medicina (11.2 por ciento), servicios de transporte público terrestre (1.8 por ciento) y los espectáculos públicos (0.5 por ciento).

En lo que respecta a las renuncias recaudatorias asociadas con las tasas reducidas, se observa que la renuncia recaudatoria de mayor relevancia en este régimen es la relacionada con los conceptos de alimentos y medicinas que, en conjunto, consideran una pérdida recaudatoria para 2023, por 466 mil 548 mdp.

En su estructura porcentual se observa que la tasa cero a la enajenación e importación de alimentos representa 84.2 por ciento del total, seguido de las medicinas con 7.6 por ciento; mientras que el 8.2 por ciento restante lo concentran el servicio o suministro de agua potable para uso doméstico; los libros, periódicos y revistas; otros productos, y, toallas sanitarias, tampones y copas, para la gestión menstrual”.

En ese sentido, con base en el análisis realizado por el CEFP, se propone adicionar una fracción XV Bis al artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para establecer que no se pagará IVA por la enajenación o arrendamiento de prótesis, órtesis, ayudas funcionales, entendidas como aquellos dispositivos destinados a sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano, o de ayudas técnicas, que son dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las personas con discapacidad, de acuerdo a las definiciones señaladas en la Ley General de Salud y Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, respectivamente.

Por lo anteriormente descrito, con fundamento en las disposiciones señaladas, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Único. Se adiciona una fracción XV Bis al artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 15. ...

I. a XV. ...

XV Bis. La enajenación y arrendamiento de prótesis, órtesis, ayudas funcionales y ayudas técnicas, con base en la Ley General de Salud y Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

XVI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Visto en:

http://www.cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tem a=P Consultado el 24 de agosto de 2021.

2 Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Resultados sobre personas con discapacidad.

3 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 5 (2017) sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad”, CRPD/C/GC/5. 27 de octubre de 2017.

4 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 2 (2014). Artículo 9: Accesibilidad”. 11º período de sesiones. 31 de marzo a 11 de abril de 2014. 22 de mayo de 2014.

5 Ibid.

6 Normas de Ortoprotésica. Parte 1. Normas. Organización Mundial de la Salud. Visto en:

http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/259508/97892 43512488-part1-spa.pdf;jsessionid=4F41EB4B6F5C824659A47 D2F3A7D213F?sequence=1 consultado el 22 de septiembre de 2021.

7 Ibídem.

8 Artículo 20 Movilidad personal Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas: a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible; b) Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad, incluso poniéndolos a su disposición a un costo asequible;c) Ofrecer a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaje con estas personas capacitación en habilidades relacionadas con la movilidad;d) Alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad.

9 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 5 (2017) sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad”. 27 de octubre de 2017. Párrafo 84.

10 Artículo 262.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por: I... II. Prótesis, órtesis y ayudas funcionales: aquellos dispositivos destinados a sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano: III a VI...

11 Artículo 174. La atención en materia de prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad comprende: I a IV...V. La atención integral de las personas con discapacidad, incluyendo la adaptación de las prótesis, órtesis y ayudas funcionales que requieran; VI y VII...

12 Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: [...] IV. Ayudas Técnicas. Dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las personas con discapacidad;[...]

13 Eduardo Vázquez Vela Sánchez, “Los amputados y su rehabilitación un reto para el Estado”, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, 2016. p. 31.

14 Visto en:

https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2017/notacefp0132017. pdf consultado el 14 de febrero de 2023.

15 Solicitud de Información CEFP / IFO/ 099 / 2023. Asunto: Información respecto a las diversas implicaciones que tiene en la ley del IVA la tasa 0% y la exención del impuesto. Véase en:

https://drive.google.com/file/d/1ORXBs8nEX0rrnRiN7hPoG27voMDIsgu 4/view?usp=share_link

16 Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.



LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

«Iniciativa que adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, diputada de la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXV Bis al artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

México es, y siempre ha sido, un amplio abanico cultural. En nuestro país se desarrolla, a pesar de tantas dificultades, inequidades y agravios, la vida de los pueblos indígenas y afromexicanos, cada uno de ellos con formas inigualables de comprender y relacionarse con el mundo, cada uno con expresiones sorprendentes de grandes conocimientos, mismas que, a través de los siglos, han reproducido y han podido transmitir a un sinnúmero de generaciones, logrando con ello mantener su identidad y existencia.

Si bien en la actualidad un porcentaje significativo de la población mexicana se considera indígena y/o afromexicana, históricamente han sido grupos invisibilizados y vulnerados, situación que ha generado una asimetría en el reconocimiento y ejercicio de sus derechos, además de que los ha mantenido en cierta medida al margen de políticas públicas, de la actividad económica y del desarrollo, así como de la toma de decisiones que ha construido y consolidado el Estado mexicano.

Según los resultados del Cuestionario Ampliado del Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi, de los 23.2 millones de personas que se autoidentifican como indígenas, 7.1 millones (30.8 por ciento) hablan alguna lengua indígena y 16.1 millones (69.2 por ciento) no. De ellos, 51.4 por ciento (11.9 millones) son mujeres y 48.6 por ciento (11.3 millones) son hombres.

De acuerdo con el Sistema de Información Cultural del Gobierno de México, en nuestro país existen 67 pueblos indígenas -aunque hay 68 lenguas con sus respectivas variantes lingüísticas-. Hay 7 millones 364 mil 645 personas de tres años o más, hablantes de alguna lengua indígena, lo que equivale a 6.1 por ciento de la población total de ese rango de edad.

De las 7.4 millones de personas de tres años y más hablantes de alguna lengua indígena, 6.4 millones (87.2 por ciento) también hablan español, mientras que 866 mil (el 11.8 por ciento) no lo hacen.

Las entidades federativas con mayor porcentaje de población hablante de lengua indígena son: Oaxaca, con el 31.2 por ciento; Chiapas, con el 28.2 por ciento; Yucatán, con el 23.7 por ciento, y Guerrero, con el 15.5 por ciento. Estas cuatro entidades acumulan el 50.5 por ciento del total de hablantes de lengua indígena en el país.

Asimismo, los estados con menor porcentaje de población hablante de lengua indígena son: Zacatecas, con el 0.3 por ciento, Guanajuato, Aguascalientes y Coahuila, cada una con el 0.2 por ciento.

De las 68 lenguas indígenas que se hablan en México, las más habladas son el náhuatl (22.4 por ciento), el maya (10.5 por ciento) y tseltal (8 por ciento). Como se mencionó, de cada 100 personas de tres años y más que hablan alguna lengua indígena, 12 no hablan español.

De las lenguas indígenas que se hablan de forma predominante en más de una entidad federativa, destacan el náhuatl, que se habla en 15 estados, seguido por el maya, que predomina en Campeche, Quintana Roo y Yucatán; el huichol, en Jalisco y Zacatecas y el mayo, en Sinaloa y Sonora.

En 2020 se contabilizaron 2 millones 858 mil 588 hogares indígenas, lo que se traduce en 8.1 por ciento del total de hogares censados (35 millones 219 mil 141) en México. El 51.1 por ciento de la población en hogares indígenas son mujeres y 48.9 por ciento son hombres.

La composición de la población en hogares indígenas por grupos de edad en 2020 fue la siguiente: la población menor de 15 años representa 30.1 por ciento; la población adulta de 65 años y más representa 8.3 por ciento del total en hogares indígenas.

No obstante la relevancia de la población indígena y/o afromexicana, el reconocimiento de los pueblos indígenas en nuestro país ha sido dificultoso, a pesar de que este proceso ha pasado por dos grandes momentos. El primero de ellos en 1992, al establecerse en el artículo 4o. de nuestra Constitución federal que la nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada en sus pueblos indígenas, razón por la cual la ley protege sus lenguas, culturas, usos, costumbres, organización, entre otros elementos. El segundo momento es resultado de diversos acontecimientos y movimientos sociales, mismos que propiciaron en el año 2001 que se realizara la reforma constitucional sobre derechos y culturas indígenas. En esta reforma se establecieron en el artículo 2o. constitucional una serie de derechos para los pueblos indígenas y diversas obligaciones a la Federación, las entidades federativas y los municipios, lo cual debería servir para promover la igualdad de oportunidades y hacer posible la eliminación de cualquier práctica discriminatoria.

Con respecto al reconocimiento de los pueblos y comunidades afromexicanas, éste se otorga hasta el año 2019, al establecerse en la norma suprema que son parte de la composición pluricultural de la nación, por lo que tendrán los derechos señalados en el ya citado artículo 2o. constitucional.

Estas reformas, además de reconocer a los pueblos indígenas y afromexicanos, implican que el Estado mexicano dé cumplimiento a las obligaciones contraídas en el ámbito internacional y que se reconozcan plenamente sus derechos humanos, así como la obligación de las autoridades estatales de protegerlos; así mismo, hacen necesario replantear la forma y los mecanismos a través de los cuales el Estado garantiza sus derechos, entre otros aspectos.

A pesar de lo anterior, los avances no han resultado suficientes. En México, la población de 15 años y más, hablante de lengua indígena, registra un nivel de escolaridad promedio de 6.2 grados escolares, equivalente, a lo mucho, a haber cursado la primaria completa.

No obstante, la diferencia en escolaridad es notable en las mujeres hablantes de lengua indígena, en promedio, éstas mantienen 5.8 grados de escolaridad contra 9.9 grados de los no hablantes de lengua indígena. Los hombres que hablan alguna lengua indígena tienen un promedio de escolaridad de 6.7 grados.

En nuestro país, la población de 15 años y más hablante de lengua indígena registra una tasa de analfabetismo de 20.9 por ciento. Lo anterior difiere significativamente de lo que ocurre con las personas no hablantes de alguna lengua indígena. En éstas, el analfabetismo es de 3.6 por ciento, lo que representa una brecha de 17.3 puntos porcentuales.

Las comunidades originarias continúan siendo también las más vulnerables ante la situación de desigualdad pues, de acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el 69.5 por ciento de la población indígena, 8.4 millones de personas, experimenta una situación de pobreza, y el 27.9 por ciento, 3.4 millones de personas, viven en situación de pobreza extrema. Además, el 43 por ciento de los hablantes de alguna lengua indígena no concluyeron la educación primaria, mientras que el 55.2 por ciento se desempeña en trabajos manuales de baja calificación.

Como puede observarse, hay mucho camino aun por recorrer para mejorar la situación de la población indígena y afromexicana en nuestro país, es por ello necesario emprender acciones que permitan alcanzar un desarrollo pleno, armónico, con profundo respeto a la cultura y tradiciones de nuestras comunidades originarias y, principalmente, a su identidad.

Nuestros pueblos originarios, las comunidades y ciudades indígenas no forman parte únicamente de la historia de México, son también elemento indisoluble del presente del país, de nuestra actual riqueza cultural y creativa y deben entenderse como parte fundamental de nuestro futuro como nación.

Para que esta concepción sea real es preciso estimular mecanismos que contribuyan al impulso y desarrollo de las comunidades originarias, compromiso que no solo debe entenderse desde el ámbito ejecutivo, sino también desde la responsabilidad legislativa para su implementación.

Un instrumento que puede contribuir a detonar este desarrollo es el establecimiento e implementación del programa distintivo “ Pueblo Originario”.

Se trata de promover y difundir la riqueza cultural de los pueblos originarios a través del conocimiento, protección, impulso y conservación de sus territorios, barrios y costumbres. El reconocimiento de cada una de esas tradiciones y del sitio en el cual se desarrollan debiera garantizar un desarrollo armónico y pleno de la comunidad originaria, además de estimular a los gobiernos locales y al federal a apuntalar su economía local, con el debido equilibrio entre la costumbre y la modernidad.

Son innumerables los autores que refieren la relevancia e importancia de los barrios, pueblos y comunidades indígenas, mismos que las definen y les otorgan un matiz particular, único y específico. La riqueza de los diversos rituales prehispánicos, la cosmovisión indígena contemporánea, las labores colectivas que mantiene cada pueblo, así como las diferentes actividades agrícolas de las diversas culturas, en relación con los ciclos naturales de la tierra, entre muchos otros, son parte de un patrimonio invaluable.

En este sentido, el territorio que por siglos han mantenido y protegido, dota de identidad a cada pueblo, constituye y cimenta su tejido social y contribuye al fortalecimiento de los vínculos colectivos. Sus construcciones y veredas están fuertemente arraigadas en la vida cultural de los pueblos y son parte integral, hoy en día, de la historia y fuerza cultural de cada uno de ellos.

Cada uno de los pueblos indígenas mexicanos son y deben entenderse, sin duda alguna, como manifestaciones trascendentales. Lo son porque integran valores, prácticas y expresiones que tienen su origen en las más antiguas tradiciones, las cuales han logrado resistir, sobreviviendo y adecuándose a nuevas épocas, momentos y contextos, sin dejar de incorporar nuevos elementos, en un proceso continuo de adaptación.

Su permanencia, protección y desarrollo debe entenderse igualmente como el resguardo de un conglomerado de expresiones que forman parte de la riqueza cultural de nuestro país y que debieran concebirse y preservarse como lo que son: elementos fundamentales del patrimonio cultural de México.

El desarrollo económico que generaría un distintivo como el que se propone implicaría así mismo combatir la migración y abandono al que se enfrentan constantemente estas comunidades.

Las causas de la migración indígena son múltiples, pero son los factores estructurales los identificados como las principales causas que explican la continuidad del fenómeno. Además, las mujeres indígenas, que son quienes mayormente migran de sus comunidades de origen, presentan los índices más altos de analfabetismo, de deserción escolar, falta de oportunidades de empleo, violencia intrafamiliar, problemas de salud y riesgo durante el embarazo, altos niveles de fecundidad y mortalidad, entre otros factores.

En este fenómeno de migración es claro que las mujeres mayormente y los hombres indígenas se dirigen de las zonas más marginadas, ubicadas en su mayoría al sureste y centro del país, a las de mayor desarrollo económico, entre ellas algunas ciudades, áreas de desarrollo agrocomercial, zonas turísticas de diferentes lugares del país, fronteras norte y sur, e incluso, se arriesgan a incursionar en territorios extranjeros, particularmente hacia Estados Unidos y Canadá.

Según el Inegi, 20 estados del país registraron los mayores flujos migratorios de mujeres indígenas migrantes interestatales. Esta tendencia puede variar también según el grupo étnico. La presencia de mujeres indígenas en la migración tampoco es registrada en los datos por estado porque las sub enumeran. Incluso, el Inegi no las cuantifica por grupo étnico y con ello limita aún más la medición del fenómeno.

Visualicemos también que el desarrollo armónico de un pueblo o barrio originario, así como el detonante económico que pudiera generarse convoca a todos los sectores de la comunidad, pero tiene un impacto relevante y especial en las nuevas generaciones. Como espacios didácticos y lúdicos, permiten el rompimiento y la transgresión cíclica y en su desenvolvimiento involucran y atrapan a los jóvenes en la tradición de su cultura. El territorio, con todo lo que implica, aporta a las nuevas generaciones los valores esenciales de la comunidad y les permite hacerlos suyos de una manera auténtica, natural, pero con una gran dosis de respeto.

Así, el programa distintivo “Pueblo Originario” reconocería a aquellos pueblos que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, sistemas normativos propios, tradición histórica, territorialidad y cosmovisión o parte de ellas; además de aquellos que cuentan con autoridades tradicionales históricamente electas de acuerdo con sistemas normativos propios y tienen conciencia de su identidad colectiva como barrio originario.

El programa Pueblos Originarios contribuiría a revalorar a las poblaciones indígenas del país que han sobrevivido y luchan por permanecer y mantener sus atributos simbólicos, leyendas, historia, hechos trascendentes y cotidianidad.

A efecto de lograr este impulso se propone adicionar el artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para promover un programa distintivo que se denomine “Pueblo Originario”, siendo el Instituto la instancia idónea para impulsarlo y otorgarlo.

Por lo aquí expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto que adiciona una fracción XXV Bis al artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

Artículo Único. Se adiciona una fracción XXV Bis al artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para quedar como sigue:

Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones y funciones:

I. a XXIV. (...)

XXV. Instrumentar, operar, ejecutar y evaluar planes, programas, proyectos y acciones para el desarrollo integral, intercultural y sostenible de los pueblos indígenas y afromexicano;

XXV Bis. Promover el otorgamiento de un distintivo como “Pueblo Originario” que identifique como tal a aquellos pueblos representativos de la cultura indígena en sus territorios de origen y coadyuve con ello a su dignificación.

XXVI. Elaborar, gestionar, impulsar, dar seguimiento y evaluar, de manera conjunta y coordinada con los pueblos interesados, los Planes Integrales de Desarrollo Regional de los Pueblos Indígenas;

XXVII. a XLVIII. (...)

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Fátima Almendra Cruz Peláez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen.



LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

«Iniciativa que adiciona el artículo 10 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Todos coincidimos en lo imprescindible que es para todas las economías en el mundo lograr y mantener una sincronía y correcto equilibrio entre los requerimientos de infraestructura y servicios con la atención y satisfacción de las necesidades y demandas existentes de la sociedad.

Ello, porque con la satisfacción de esa condición se logra no solo una atención eficiente de las necesidades prevalecientes, sino que también se evita la acumulación de éstas y el desaprovechamiento de capacidades instaladas, la generación de retrasos en la cadena de suministros, las pérdidas económicas, el desperdicio de insumos o incluso de capital humano.

Por esto debemos estar no solo pendientes, sino también cuidadosos y vigilantes de tener, consolidar y mantener una infraestructura adecuada, desarrollada, actualizada, vigente y siempre fortalecida y provista de una inversión permanente y, si es posible, creciente.

Solo con lo anterior se pueden sentar las bases para el desarrollo y generación de toda la gama de servicios generales, complementarios o auxiliares requeridos en una infraestructura, así como el cauce y el ímpetu suficiente para generar la dinámica económica, industrial, empresarial, organizacional, o bien, de transporte y comunicación que como sociedad requerimos imprescindiblemente para mejorar y crecer.

En este reto o propósito compartido y en corresponsabilidad entre nuestros gobiernos y la sociedad en su conjunto hay un elemento que siempre ha estado presente como prioridad y ha sido motivo de un especial interés y seguimiento por todos, me refiero a nuestras carreteras.

Nuestra red de carreteras es un elemento imprescindible para nuestro país para nuestra sociedad y nuestra economía en general.

Sin el desarrollo, consolidación, crecimiento, mantenimiento y mejoramiento de nuestra red de carreteras es inconcebible explicar o entender nuestro progreso actual y futuro.

El tema no es para menos, pues nuestra red de carreteras no solo nos permite acercarnos como sociedad, sino también nos brinda la posibilidad de transportar y comercializar lo que producimos en cada rincón del país, entre muchas otras ventajas.

Nuestra red de carreteras y las condiciones en que se encuentran son vitales para el bienestar de la población.

Actualmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, los caminos y carreteras se dividen en tres categorías como puede apreciarse en la siguiente redacción:

Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Caminos o carreteras:

a) Los que entronquen con algún camino de país extranjero.

b) Los que comuniquen a dos o más estados de la Federación; y

c) Los que en su totalidad o en su mayor parte sean construidos por la Federación; con fondos federales o mediante concesión federal por particulares, estados o municipios”

Las concesiones señaladas en el inciso c), en sintonía con lo señalado en el artículo 6o. de la misma Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal se refiere a los permisos para “construir, operar, explotar, conservar y mantener los caminos y puentes federales”. Estas concesiones, de acuerdo con el ordenamiento citado, “se otorgarán a mexicanos o sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, en los términos que establezcan esta Ley y los reglamentos respectivos”.

A la vez, se establece que se “otorgarán hasta por un plazo de treinta años, las cuales podrán ser prorrogadas hasta por un plazo equivalente al señalado originalmente, en cualquier momento después del primer tercio de la vigencia de las mismas, cuando a juicio de la Secretaría se justifique la necesidad de realizar inversiones que no se hubiesen previsto en las condiciones originales de los títulos de concesión respectivos. También podrán ser prorrogadas en cualquier momento durante su vigencia, cuando se presenten causas que lo justifiquen, no atribuibles a los concesionarios, entre las que se incluyan demoras en la liberación del derecho de vía. La prórroga de las concesiones a que se refiere este párrafo se otorgará siempre que los concesionarios hayan cumplido con las condiciones y obligaciones impuestas en los títulos de concesión”.

Con lo anterior y en concordancia con lo establecido por las autoridades en la materia se da cuenta de la red nacional de caminos y carreteras con la que disponemos como nación, entendiendo a ésta como el total de la “red pavimentada y la mayor parte de los caminos no pavimentados de México, las vialidades de las localidades urbanas y rurales con las que se conectan, vías fluviales y marítimas donde se transbordan vehículos y, adicionalmente, servicios de interconexión de transporte como aeropuertos, puertos, estaciones de ferrocarril, aduanas, puentes, túneles, sitios de esparcimiento y recreativos, sitios de interés para el turismo, entre otros”.

El Instituto Mexicano del Transporte señala de manera específica que para finales del año 2021 contábamos con un total de 175 mil 526 kilómetros de carreteras pavimentadas, 50 mil 743 kilómetros de carreteras federales, 102 mil 715 kilómetros de carreteras estatales, 22 mil 067 kilómetros de carreteras municipales o particulares, 10 mil 845 kilómetros de carreteras de cuota con sus mil 298 respectivas plazas de cobro, 80 mil 301 kilómetros de vialidades urbanas e infraestructura de enlace, 529 mil 358 kilómetros de caminos no pavimentados y, finalmente, 21 mil 936 kilómetros de veredas en todo el país. Todo lo anterior nos arroja una longitud total de 807 mil 121 kilómetros disponibles a lo largo y ancho de nuestro territorio.

Como podemos ver, toda esta longitud representa y engloba muchos años de inversión y esfuerzo de cuidar, mejorar, mantener y ampliar nuestras carreteras o caminos disponibles para bien común.

De hecho, este espíritu de crecimiento y mejoramiento de nuestras carreteras y caminos a nivel nacional y local permanece vigente entre nuestras autoridades y también dentro del listado de exigencias permanentes de la población.

La actual administración ha impulsado dicho crecimiento de manera notable, tan solo entre el año 2020 y 2021 se reportan por parte de las autoridades encargadas del tema un incremento de nuestra Red Nacional de Caminos de, al menos, 4 mil 701 kilómetros, de los cuales 746 son carreteras pavimentadas y dos mil 013 kilómetros corresponden a caminos rurales.

Lo anterior da muestra de que mantener una red de caminos y carreteras funcional, actualizada y creciente es un reto permanente en nuestro país por lo imprescindible que resulta para toda intención de desarrollo y mejoramiento de nuestra población.

A la par del reto de acrecentar dicha red, se encuentra el de garantizar la seguridad que debe imperar en todas nuestras carreteras, caminos y veredas pavimentadas o no pavimentadas con las que afortunadamente contamos.

Para dar cuenta del desafío que significa lo anterior basta mencionar que, de acuerdo con la información proporcionada por un sitio referente al tema de seguridad vial, se reportaba para finales del año 2021 que nuestro país ocupaba el tercer lugar en toda América Latina en cuanto se refiere a muertes por accidentes viales.

En este punto es obligado hacer una precisión vinculada a los accidentes en nuestras carreteras, pues es en ellas donde se concentran la mayor cantidad de accidentes, además de que muestran mayores daños y pérdida de vidas humanas, a la par de superiores pérdidas económicas y materiales.

De manera más detallada se señala que las principales causas de accidentes en nuestras carreteras de todo el país son las fallas mecánicas, el conducir bajo influencia del alcohol, la fatiga o el sueño, el uso del teléfono móvil y, finalmente, el exceso de velocidad.

En este sentido, aun cuando el tema de la seguridad a la hora de circular en nuestras carreteras y de la necesidad de crecimiento y adecuado mantenimiento de nuestra red carretera nacional son prioritarios para el gobierno, no es éste el único actor a considerar en la tarea de garantizar que se alcancen los beneficios económicos y sociales que brindan esta infraestructura.

Me refiero particularmente a los concesionarios de cuando menos 10 mil 845 kilómetros de carreteras de cuota con sus mil 298 respectivas plazas de cobro quienes tienen la obligación de coadyuvar con nuestra economía, no solo de manera ordinaria como puede ser mediante el ingreso de dinero a las finanzas nacionales por conceptos de cobro de derechos por las concesiones, sino también en una lógica extraordinaria, particularmente cuando la economía nacional se encuentran mermada por condiciones excepcionales de origen interno o externo. Debe existir una corresponsabilidad nacional la cual, tristemente, se está eludiendo en prejuicio de toda la población.

Un ejemplo de esta situación extraordinaria que obliga a la corresponsabilidad fue la pasada pandemia ocasionada por la Covid-19 durante la cual el impacto por las medidas asumidas para frenar los contagios fue devastador. En dicho contexto, nuestro sistema de comunicación carretero se volvió imprescindible para repartir y hacer llegar innumerables insumos a fin de afrontar la situación como lo fueron las vacunas.

Más recientemente podemos mencionar el ejemplo de las condiciones y afectaciones extraordinarias que se están generando por las presiones inflacionarias en nuestra economía nacional, afectando directamente las finanzas familiares y afectando la cantidad de alimentos que se pueden llevar a la mesa de los hogares mexicanos.

Se trata de una situación tan extraordinaria, como ajena a las decisiones y conducción de la política económica nacional, pero que genera repercusiones sostenidas y generalizadas en nuestro país, lo que las hace no solo de nuestra competencia, sino también de nuestra responsabilidad.

En este contexto, el gobierno, responsablemente, ha asumido acciones de gran calado para hacerle frente a estas presiones inflacionarias y, a la par, contener las afectaciones en la economía nacional y familiar. En julio del año 2022 el gobierno federal, de la mano con la iniciativa privada, hizo el anuncio de un Paquete Contra la Inflación y la Carestía (Pacic), que consistía en “un acuerdo entre el Gobierno de México, productores, distribuidores y comerciantes, a través del cual se busca garantizar precios justos en los productos de la canasta básica”.

El plan es un acuerdo de reducción de costos y no de control de precios. Para lograr esa meta, traza cuatro líneas de acción:

1. Estrategia de Producción (Incremento de la oferta de alimentos)

2. Estrategia de Distribución (Medidas de Distribución)

3. Estrategia de comercio exterior (Medidas de Comercio Exterior)

4. Otras medidas

En su estrategia 1 prevé que México incremente en 2.8 millones de toneladas su producción de los principales granos básicos: maíz, frijol, trigo y arroz.

Bajo ese eje rector se orientaron los principales esfuerzos de los programas:

-Producción para el Bienestar

-Fertilizantes para el Bienestar

-Precios de Garantía.

Estos programas trabajan de manera coordinada con el programa Sembrando Vida, de la Secretaría de Bienestar.

En lo referente a la entrega de fertilizantes, se contempla la atención de nueve entidades, de las cuales ya inició la dispersión de los insumos en dos:

-Guerrero, con 335 mil hectáreas con fertilizante dispersado, 42 por ciento respecto a la meta anual a nivel nacional.

-Morelos, en donde se llevará a cabo la entrega directa de más de tres mil toneladas de Urea y DAP, en beneficio de seis mil 103 agricultores de maíz y arroz de pequeña escala.

En otras medidas, el 24 de mayo se publicó el decreto que suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio. Los resultados son la reducción del precio y el incremento en la demanda para la agricultura comercial.

Para la constitución de una reserva estratégica de maíz (medida de emergencia), Segalmex ya compró 278 mil 500 toneladas, lo que representa un 35 por ciento de la meta anual.

Además, se modificaron las Reglas de Operación del Programas de Precios de Garantía para incrementar el precio de compra de leche y maíz y se fortaleció el Programa de Abasto, lo que derivó en que la canasta básica de 19 productos de Diconsa se mantenga un 19.8 por ciento por debajo del costo de mercado”.

Después, y bajo el mismo propósito de hacerle frente a los altos niveles de inflación que se estaban registrando, en octubre del año pasado, nuevamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público anunciaba medidas adicionales, siendo estas las siguientes:

“Reducir en 8 por ciento el precio máximo promedio de la canasta básica.

El gobierno mantendrá su política de contención al precio de los combustibles y la electricidad.

El gobierno federal y diversas empresas productoras y distribuidoras suscribieron con el propósito de combatir los aumentos de precios en productos e insumos alimentarios un acuerdo complementario al Paquete Contra la Inflación y la Carestía (Pacic) anunciado en mayo de 2022.

Durante una de las conferencias matutinas del presidente López Obrador, el secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O, señaló que un esfuerzo inicial consiste en que la acción coordinada de gobierno, productores y tiendas de autoservicio reduzca en 8 por ciento el precio máximo promedio de la canasta básica de 24 productos, de 1,129 a 1,039 pesos promedio.

Puntualizó que el gobierno pondrá énfasis adicional en su programa de fortalecimiento de la producción nacional de aquellos granos en los que somos deficitarios y cancelará temporalmente la exportación de maíz blanco, frijol, sardina y chatarra de aluminio y acero utilizado en los envases de alimentos. Precisó que se examinará conjuntamente la necesidad de extender esta limitación a otros productos.

A fin de fortalecer la producción nacional, el gobierno atenderá, de manera especial, los casos de productos alimenticios que requieran de soluciones particulares para sobreponerse a situaciones de competencia desleal, ciclos de consumo, restricciones al comercio o alguna otra que no sea factible de ser superada por las propias empresas y que afecte la oferta de alimentos.

Tras analizar conjuntamente la situación del momento inflacionario, el gobierno federal otorga a las empresas firmantes de este Acuerdo una Licencia Única Universal que las exime de todo trámite o permiso para las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para su envase, incluyendo los del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) y de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), así como del impuesto general de importación. Así, se les confía la responsabilidad de asegurar que las mercancías que comercian cumplen con las normas sanitarias, de inocuidad y calidad.

Asimismo, acotó, se suspenderá la revisión de toda regulación que se considere impide o encarece la importación e internación de alimentos y su movilidad dentro del país, lo cual incluye aranceles, barreras al comercio exterior no arancelarias y otros requisitos para su ingreso y circulación nacional.

Con esta licencia, las empresas se comprometen a llevar a cabo la verificación necesaria que asegure que los alimentos e insumos que se importen y distribuyan sean de calidad y se encuentren libres de contingencias, tanto sanitarias como de cualquier otra índole.

El titular de Hacienda indicó que el acuerdo específica que las empresas relevantes asumen el compromiso de no subir los precios de la harina de maíz utilizada para la tortilla, en particular la harina básica extra premium sin conservadores. El esfuerzo se extenderá para alcanzar un precio promedio 3 por ciento menor al precio promedio máximo actual.

Resaltó que el gobierno mantendrá su política de contención al precio de los combustibles y electricidad establecida desde diciembre de 2018. Adicionalmente, congelará las tarifas de las autopistas concesionadas al Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin) y a Caminos y Puentes Federales (Capufe) hasta el 28 de febrero de 2023.

Ramírez de la O subrayó que, a diferencia de Estados Unidos, en donde la inflación es de demanda, en México es de oferta. Por esa razón, dijo, la mejor respuesta consiste en producir más alimentos y reducir costos regulatorios y logísticos por parte del gobierno y los productores, para fortalecer esta oferta de alimentos.

Finalmente, apuntó que las empresas y el gobierno aceptan la tarea de verificación de la Procuraduría Federal del Consumidor y que dicha dependencia tenga suficiente autoridad y facultad de fiscalización y sanción en aquellos casos donde se detecten abusos en todas y cualesquiera de las etapas de la cadena de intermediación y distribución de alimentos.”

Ante lo extraordinario de la situación en materia de alza generalizada de los precios en nuestro país y la imperante necesidad de reforzar su combate, en el mes de enero del presente año se anunciaba que “en continuidad con la política antinflacionaria y en razón de que permanece un contexto internacional con un alza generalizada de precios, acorde con el Paquete contra la Inflación y la Carestía y al Acuerdo de Apertura contra la Inflación y la Carestía, el gobierno de México publicará en el Diario Oficial de la Federación, un nuevo decreto para la exención temporal del pago de arancel a la importación definitiva de diversos productos alimenticios, de higiene personal, alimento para animales e insumos para la agricultura, con la finalidad de contrarrestar la escalada de precios durante 2023”.

Lo anterior da muestra de la voluntad del gobierno por hacerle frente a estas presiones inflacionarias y mantener el poder adquisitivo de los hogares, cuidando así las finanzas y el ingreso de las familias mexicanas.

Sin embargo, en el anterior ejemplo de una situación extraordinaria hay quienes eluden su compromiso y obligación por coadyuvar con la nación, particularmente los concesionarios de los 10 mil 845 kilómetros de carreteras de cuota con sus mil 298 respectivas plazas de cobro, pues estos mantienen el aumento anual estipulado de las tarifas, las cuales, irónicamente, se ajustan a la inflación; indiferentes a la circunstancia por la que atravesamos, aumentaron el costo del peaje.

El pasado 6 de enero de 2023, la Secretaría de Economía anunciaba que “desde el 7 de febrero las tarifas en la Red de Autopistas de Cuota Federal aumentan en un 7.82 por ciento, esto como ajuste a la inflación que correspondió al periodo de diciembre de 2021 a diciembre de 2022”, informó la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) a través de un comunicado.

La institución señaló que los concesionarios de esta red de autopistas federales ajustan sus montos anualmente durante los primeros meses, según lo estipulado en los títulos de concesión.

Asimismo, dijo que las tarifas correspondientes a la red de autopistas concesionadas al Fonadin y Capufe se verán modificadas a partir del 1 de marzo de 2023.

Esta actualización “tiene por objeto que los proyectos de la Red de Autopistas de Cuota Federal mantengan un equilibrio económico, ya que los ingresos son empleados en la administración, operación, conservación y mantenimiento de las autopistas”, explicó la SICT”.

Se trata de un aumento que, si bien se estipula en los títulos de las concesiones, contraviene los actuales esfuerzos extraordinarios en materia de política antinflacionaria que toda la nación está llevando a cabo. Esta medida no es más que la garantía para los concesionarios de mantener el margen de sus ganancias; paralelamente, significa también transferir las presiones inflacionarias a otros, haciendo el impacto en el costo de transporte de personas, mercancías, traslados, turismo, combustible, entre muchos factores más, inmediato y generalizado.

Es una situación que no se puede tolerar por afectar las finanzas de nuestros hogares, por eso propongo remediar esta situación mediante una reforma al artículo 10 de nuestra Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para establecer mediante un párrafo adicional que las concesiones y permisos de carreteras se ajustarán y atenderán las medidas extraordinarias tomadas en materia de política antinflacionaria, por lo que durante la vigencia de éstas se suspenderá cualquier ajuste anual a la inflación en los montos de sus tarifas.

Es preciso señalar que con esta propuesta de reforma no se actuará en contra de los concesionarios, por el contrario, se les reconoce su peso y valor en materia de comunicación, mejora social, de infraestructura y económico para nuestro crecimiento, entre muchas cosas más. Sin embargo, es imprescindible contar con su apoyo en situaciones económicas extraordinarias, como lo son hoy estas presiones inflacionarias por las que atravesamos. No pueden ser ajenos y mucho menos exentos de ajustarse a este tipo de medidas.

No hacerlo sería no sólo un error, sino también generarían un círculo negativo en el que, tarde o temprano, tanto ellos como la sociedad en su conjunto perderían.

Quienes integramos esta soberanía debemos asumir la responsabilidad de aquilatar el bien común por encima del particular. Por todo ello, se somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 10. Las concesiones y permisos a que se refiere esta Ley se ajustarán a las disposiciones en materia de competencia económica.

Las concesiones y permisos a que se refiere esta Ley se ajustarán y atenderán las medidas extraordinarias tomadas en materia de política antinflacionaria, por lo que durante la vigencia de éstas se suspenderá cualquier ajuste anual a la inflación en los montos de sus tarifas.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día posterior al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/27_011220.pdf

2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/27_011220.pdf

3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/27_011220.pdf

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/27_011220.pdf

5 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos

6 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos

7 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos

8 http://seguros-inbursa.com.mx/blog/causas-principales-de-accidentes-en-carreter as-en-mexico/

9 http://seguros-inbursa.com.mx/blog/causas-principales-de-accidentes-en-carreter as-en-mexico/

10 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos

11 https://www.gob.mx/agricultura/acciones-y-programas/paquete-contra-la-inflacion -y-la-carestia-308035

12 https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-67-gobierno-federal-y-empresas-pro ductoras-y-distribuidoras-acuerdan-diversas-medidas-contra-la-inflacion

13 https://www.gob.mx/se/prensa/el-gobierno-de-mexico-emite-nuevo-decreto-para-con trarrestar-la-inflacion-que-persiste-a-nivel-mundial

14 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos

15 https://www.gob.mx/imt/acciones-y-programas/red-nacional-de-caminos

16 https://www.eluniversal.com.mx/cartera/no-te-sorprendas-suben-tarifas-de-caseta s-en-carreteras-por-ajuste-inflacion

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 24 y 45 de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Norma Angélica Aceves García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Quinta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II; y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 24 y 45 de la Ley General de Educación, de acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

1. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que de conformidad con el artículo 24, párrafo 1, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los estados parte deben velar porque las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a la educación mediante un sistema de educación inclusiva a todos los niveles, que conlleva una transformación cultural y política.

De acuerdo con el citado Comité, la educación inclusiva debe entenderse como:

• Un derecho humano fundamental de alumnas y alumnos.

• Un principio que valora el bienestar de alumnas y alumnos, respeta su dignidad y autonomía inherentes y reconoce las necesidades de las personas y su capacidad efectiva de ser incluidas en la sociedad y contribuir a ella.

• Un medio para hacer efectivos otros derechos humanos, ya que es el principal medio para que las personas con discapacidad salgan de la pobreza y obtengan los recursos para participar plenamente en sus comunidades y protegerse de la explotación, así como para lograr sociedades inclusivas.

• El resultado de un proceso de compromiso continuo y dinámico para eliminar las barreras que impiden el derecho a la educación.

Dentro de las barreras que impiden a las personas con discapacidad acceder a la educación inclusiva, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad menciona que se debe a numerosos factores, entre ellos:

• El hecho de no entender o aplicar el modelo de derechos humanos de la discapacidad.

• La persistencia de la discriminación contra las personas con discapacidad, agravada por el aislamiento de las personas que permanecen en instituciones residenciales de larga estancia.

• El desconocimiento de la naturaleza y las ventajas de la educación inclusiva y de calidad y de la diversidad, así como la falta de respuestas adecuadas a las necesidades de apoyo y la generación de estereotipos infundados de que la inclusión provocará un deterioro en la calidad de la educación o repercutirá negativamente en los demás.

• La falta de datos desglosados y de investigación que impide la formulación de políticas eficaces y las intervenciones para promover la educación inclusiva y de calidad.

• La falta de voluntad política y de capacidad y conocimientos técnicos para hacer efectivo el derecho a la educación inclusiva, lo que incluye la capacitación insuficiente de todo el personal docente.

• Los mecanismos de financiación inadecuados e insuficientes para ofrecer los incentivos y realizar los ajustes razonables encaminados a la inclusión de alumnas y alumnos con discapacidad.

• La falta de recursos legales y de mecanismos para obtener reparación por las violaciones.

2. En México, de acuerdo al artículo 3o. de la Constitución federal, uno de los principios rectores de la educación pública es precisamente la inclusión de los grupos que enfrentan una mayor vulnerabilidad para acceder con igualdad a este derecho, pero además establece la obligatoriedad de la educación media superior, tal como se lee:

“Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado —federación, estados, Ciudad de México y municipios— impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatoria, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.

[...]”.

En materia de educación inclusiva, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece en su artículo 12 que la Secretaría de Educación Pública promoverá el derecho a la educación de las personas con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación en planteles, centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional. Para tales efectos, realizará las siguientes acciones:

• Establecer en el Sistema Educativo Nacional, el diseño, ejecución y evaluación del programa para la educación especial y del programa para la educación inclusiva de personas con discapacidad.

• Impulsar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, desarrollando y aplicando normas y reglamentos que eviten su discriminación y las condiciones de accesibilidad en instalaciones educativas, proporcionen los apoyos didácticos, materiales y técnicos y cuenten con personal docente capacitado.

• Establecer mecanismos a fin de que las niñas y los niños con discapacidad gocen del derecho a la admisión gratuita y obligatoria, así como a la atención especializada, en los centros de desarrollo infantil, guarderías públicas y en guarderías privadas mediante convenios de servicios. Las niñas y niños con discapacidad no podrán ser condicionados en su integración a la educación inicial o preescolar.

• Incorporar a los docentes y personal asignado que intervengan directamente en la integración educativa de personas con discapacidad, al Sistema Nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica.

• Establecer que los programas educativos que se transmiten por televisión pública o privada, nacional o local, incluyan tecnologías para texto, audiodescripciones, estenografía proyectada o intérpretes de Lengua de Señas Mexicana.

• Proporcionar a los estudiantes con discapacidad materiales y ayudas técnicas que apoyen su rendimiento académico, procurando equipar los planteles y centros educativos con libros en braille, materiales didácticos, apoyo de intérpretes de lengua de señas mexicana o especialistas en sistema braille, equipos computarizados con tecnología para personas ciegas y todos aquellos apoyos que se identifiquen como necesarios para brindar una educación con calidad.

• Incluir la enseñanza del Sistema de Escritura Braille y la Lengua de Señas Mexicana en la educación pública y privada, fomentando la producción y distribución de libros de texto gratuitos en Sistema de Escritura Braille, macrotipos y textos audibles que complementen los conocimientos de los alumnos con discapacidad.

• Establecer un programa nacional de becas educativas y becas de capacitación para personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional.

• Diseñar e implementar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del español y la Lengua de Señas Mexicana.

• Impulsar toda forma de comunicación escrita que facilite al sordo hablante, al sordo señante o semilingüe, el desarrollo y uso de la lengua en forma escrita.

• Impulsar programas de investigación, preservación y desarrollo de la Lengua de Señas Mexicana, de las personas con discapacidad auditiva y de las formas de comunicación de las personas con discapacidad visual.

• Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal.

• Promover que los estudiantes presten apoyo a personas con discapacidad que así lo requieran, a fin de que cumplan con el requisito del servicio social.

Por su parte, la Ley General de Educación, menciona en su artículo 7 que corresponde al Estado la rectoría de la educación, la cual además de obligatoria, será:

I. Universal, al ser un derecho humano que corresponde a todas las personas por igual, por lo que:

a) Extenderá sus beneficios sin discriminación alguna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y

b) Tendrá especial énfasis en el estudio de la realidad y las culturas nacionales;

II. Inclusiva, eliminando toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, por lo que:

a) Atenderá las capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los educandos;

b) Eliminará las distintas barreras al aprendizaje y a la participación que enfrentan cada uno de los educandos, para lo cual las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables;

c) Proveerá de los recursos técnicos-pedagógicos y materiales necesarios para los servicios educativos, y

d) Establecerá la educación especial disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, la cual se proporcionará en condiciones necesarias, a partir de la decisión y previa valoración por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, personal docente y, en su caso, por una condición de salud.

Asimismo, la citada Ley en materia de educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019, contempla un capítulo VIII, denominado De la Educación Inclusiva, correspondiente a los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68, en los cuales se define a la educación inclusiva como el conjunto de acciones orientadas a identificar, prevenir y reducir las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, al eliminar prácticas de discriminación, exclusión y segregación, y de pretenden desarrollar las acciones a partir de las que el Estado pueda adaptar el sistema para responder con equidad a las características, necesidades, intereses, capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje de todos y cada uno de los educandos.

Sin embargo, el pasado 30 de junio de 2021 se notificó a la Cámara de Diputados que dicho capítulo con sus respectivos artículos había sido declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al no haber sido sometido a consulta previa en favor de las personas con discapacidad, como mandata la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su artículo 4.3, al señalar que los estados deberán adoptar todas las medidas legislativas para hacer efectivos sus derechos humanos y libertades fundamentales, proceso durante el cual deberán ser consultadas de manera directa y a través de las organizaciones que las representan.

En ese sentido, desde el Congreso de la Unión estamos en la necesidad de legislar en la materia y consultar a las personas con discapacidad para cumplir con el requerimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con las necesidades de las personas con discapacidad.

3. Una de las estrategias que desarrolló el Estado mexicano para garantizar el acceso al derecho a la educación de las personas con discapacidad fue la creación de los centros de atención para estudiantes con discapacidad (CAED) en el año 2009, que trata de atender la inclusión educativa de las personas con discapacidad, a partir de un modelo educativo flexible que tiene como finalidad promover el desarrollo y potenciar las habilidades y fortalezas de las alumnas y los alumnos con discapacidad.

De conformidad con el tercer Informe de Gobierno de la presente administración, los CAED forman parte del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) en la modalidad no escolarizada, que ofrecen servicios de preparatoria abierta a personas con discapacidad intelectual, auditiva, visual, motriz, entre otras, reportándose los siguientes datos:

• Los CAED están ubicados en instalaciones de planteles de educación media superior, en los que hay inscritos más de 32 mil estudiantes con alguna discapacidad, con un incremento anual de 4 por ciento.

• Las personas con discapacidad intelectual conforman el porcentaje más alto de los CAED con 49 por ciento, seguido por las personas con discapacidad motriz (16 por ciento), discapacidad auditiva (13 por ciento), discapacidad visual (10 por ciento) y discapacidad psicosocial (3 por ciento). El restante 9 por ciento son acompañantes.

• Para contribuir al avance y egreso de los estudiantes de los CAED, se diseñaron lineamientos para la adecuación de reactivos con fines de acreditación para exámenes de certificación dirigidos a estudiantes con discapacidad. Se entregaron las primeras 21 versiones de exámenes del plan de estudios modular con adecuaciones para discapacidad auditiva y las primeras 21 para discapacidad intelectual, con 560 reactivos.

• En la Dirección General del Bachillerato (DGB) se diseñaron y emitieron cursos en línea dirigidos a los prestadores de servicios de asesoría educativa de los CAED a nivel nacional. De septiembre de 2020 a junio de 2021 se emitieron 729 constancias electrónicas.

• La Dirección General de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios (DGETI) funge como colaborador y apoyo en la estrategia, ya que cuenta con 157 CAED en sus planteles, con una matrícula de 8 mil 257 alumnos y 576 asesores.

Los CAED tiene su soporte presupuestal en el Programa para la Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS), cuyo objetivo general es favorecer el acceso a los planteles federales de educación media superior de las y los estudiantes con discapacidad, teniendo como objetivos específicos, los siguientes:

a. Apoyar a los planteles federales de educación media superior que cuentan con CAED, para mejorar los servicios educativos que proporcionan a los estudiantes con discapacidad, mediante proyectos institucionales.

b. Contribuir para que los planteles federales de educación media superior cuenten con las condiciones para la incorporación de estudiantes con discapacidad, a través del apoyo a proyectos institucionales.

De acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022, el Programa para la Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad (PAPFEMS) tiene un presupuesto de $26,993,220 (veintiséis millones novecientos noventa y tres mil doscientos veinte pesos 00/100 m.n.).

Sin embargo, a través de diversos medios, quienes se encargan de coordinar e impartir educación en estos Centros, han denunciado diferentes anomalías que van desde la falta de apoyo básico para la realización de sus actividades, hasta falta de pago.

Para entender la complejidad que enfrentan los CAED es importante remontarnos a su origen, en el año 2009, cuando se crearon con la finalidad de ser un mecanismo auxiliar que apoyara a los profesores de educación regular, del nivel medio superior, a incluir a alumnas y alumnos con discapacidad en sus clases.

Al ser un programa que tenía como finalidad atender las demandas en materia de educación inclusiva, pretendiendo atender la obligatoriedad del acceso a la educación a partir de un modelo en donde alumnas y alumnos con discapacidad se incorporaran a la educación regular; es decir, sin un modelo o programa educativo especial o paralelo al modelo de educación media superior, se desarrolló un modelo que a través de auxiliares de la plantilla, denominados asesores, quienes por la naturaleza y funciones delegadas no fueron incorporados a la plantilla laboral de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Posteriormente, con la demanda y necesidades específicas de alumnas y alumnos con discapacidad, los CAED fueron tomando un papel directo de instrucción y formación, tomando directamente las riendas de la enseñanza; sin embargo, la naturaleza legal de su relación laboral continúa siendo la misma, situación que les coloca en una seria desventaja y les aleja de cualquier posibilidad de acceder a derechos laborales y de seguridad social.

Sin embargo, desde hace tres años las condiciones laborales y administrativas de los más de mil 500 asesores del CAED han tenido disminuciones que impactan en sus derechos laborales, principalmente rezago o falta de pagos; negativa de contratación definitiva y ausencia de seguridad social. Situación que se agrava cuando al revisar las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) se coloca a los asesores como figuras solidarias, dejándoles la autoridad educativa, bajo ninguna justificación legal, sin posibilidad de disfrutar y ejercer los derechos laborales reconocidos en nuestro marco jurídico.

Estas condiciones afectan a la comunidad escolar en dos sentidos: el primero a la plantilla docente, dado que sus condiciones laborales no son las mismas que tienen otros prestadores de servicios educativos, quienes sí cuentan con seguridad social y un contrato formal que asegure su permanencia; esto viola los principios de igualdad y proporcionalidad del artículo 1o. constitucional.

Y en segundo término violan los derechos de las personas con discapacidad de acceso a la educación, en los términos de los artículos 1o., 3o. y 4o. de la Constitución federal, además del citado artículo 24 de la Convención, entre otros tratados internacionales de los cuales nuestro país es parte y que igualmente garantizan el derecho universal a la educación, dado que los estudiantes sin discapacidad, tienen la oportunidad de acceso al nivel medio superior, sin que sus docentes se enfrenten a condiciones precarias de derechos laborales y por lo tanto no enfrentan restricciones de acceso.

4. Para entender un poco más de la importancia y crecimiento de los CAED, es necesario señalar que de 2009 a 2020 el número de matrícula de alumnas y alumnos con discapacidad en estos Centros pasó de 2 mil 309 a 32 mil 976, respectivamente.

Asimismo, como se ha expuesto, los CAED no sólo son el medio a través de los que el Estado mexicano cumple parte de sus compromisos en materia de educación inclusiva, sino más importante, son el mecanismo para garantizar el acceso a una educación a las personas con discapacidad, que de acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2020 realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), ascienden a 8 millones de personas con discapacidad y al menos 12 millones más tienen alguna complicación que les impide desarrollar alguna actividad cotidiana.

En ese sentido, debemos de trabajar en fortalecerlos y promover su reconocimiento desde la Ley General de Educación, con la finalidad de dotarlos de un reconocimiento institucional y con ello asegurar su permanencia y la obligatoriedad de los elementos que garantizan su funcionalidad.

Por lo anteriormente descrito, se propone transformar los CAED, fortaleciéndolos estructuralmente y modificando su naturaleza administrativa, para pasar de ser un mecanismo de asesoría y apoyo a formar parte como uno de los niveles de la educación media superior, para lo que se modifica la Ley General de Educación con la finalidad de establecer como uno de los servicios educativos el “Bachillerato de Atención para Estudiantes con Discapacidad” que tendrá como finalidad promover el desarrollo y potenciar las habilidades y fortalezas de las alumnas y los alumnos con discapacidad.

Ello, dejando claro que esta propuesta no pretende segmentar a las y los estudiantes con discapacidad, quienes en todo momento tendrán el derecho de decidir el nivel de educación media superior que deseen cursar, representando, únicamente, una opción más para educandos con discapacidad.

Así, se propone la siguiente reforma:

Ley General de Educación

Finalmente, es importante señalar que el contenido de esta iniciativa ya fue presentado por quien suscribe, con fecha 23 de febrero de 2022, con la finalidad de formar parte de los asuntos a analizar por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados en materia de educación inclusiva; sin embargo, dicho proyecto no ha sido presentado por la Comisión, por lo que el plazo para la dictaminación de la iniciativa ha precluido, pero al ser mi obligación impulsar y asegurarme de que sean tomadas en cuenta las observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las necesidades de las personas con discapacidad, para acceder a una educación inclusiva de calidad, la presento nuevamente, con el compromiso de insistir ante la Comisión la necesidad de que este asunto sea dictaminado.

Por lo anteriormente descrito, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona los artículos 24 y 45 de la Ley General de Educación

Único. Se reforman las fracciones VII y VIII del artículo 45 y se adiciona un tercer párrafo al artículo 24, recorriéndose el actual al subsecuente, así como una fracción IX y un quinto párrafo al artículo 45, recorriéndose el contenido del actual párrafo cuarto al subsecuente, todos de la Ley General de Educación, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 24. ...

...

En el caso del Bachillerato para la Atención de Estudiantes con Discapacidad, los planes y programas de estudio favorecerán el desarrollo de los conocimientos, habilidades y actitudes necesarias que les permitan a las alumnas y alumnos con discapacidad alcanzar una vida productiva.

...

Artículo 45. ...

...

I. a VI. ...

VII. Educación media superior a distancia ;

VIII. Tecnólogo , y

IX. Bachillerato para la Atención de Estudiantes con Discapacidad.

...

Para efectos de este artículo, los educandos con discapacidad podrán elegir el servicio educativo que prefieran.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Observación general núm. 4 (2016) sobre el derecho a la educación inclusiva.

2 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, observación general núm. 13 (1999) relativa al derecho a la educación.

3 Op. Cit. nota 1.

4 Nota de vigencia: La declaratoria de invalidez de los artículos 56, 57 y 58 —Capítulo VI ‘De la educación indígena’—, así como de los artículos 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68 —Capítulo VIII ‘De la educación inclusiva’— de esta Ley, dictada mediante sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 121/2019, notificada al Congreso de la Unión para efectos legales el 30 de junio de 2021, entrará en vigor de conformidad con el Punto Resolutivo Cuarto de la propia sentencia, que a la letra establece: “CUARTO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a los dieciocho meses siguientes a la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso de la Unión, en la inteligencia de que, dentro del referido plazo, previo desarrollo de la respectiva consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a las personas con discapacidad, dicho Congreso deberá legislar en las materias de educación indígena y de educación inclusiva, en los términos precisados en el considerando octavo de esta sentencia”.

5 Artículo 4. Obligaciones generales1 y 2...3. En la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Partes celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan. 44y5...

6 Diagnóstico del Programa para la Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad-S298. Noviembre 2019. Visto en:

http://www.dgadae.sep.gob.mx/evaluaciones_externas/DIAGNOSTICOS/ 2019/Diagnostico_S298.pdf consultado el 15 de febrero de 2021.

7 Tercer Informe de Gobierno 2020 — 2021, 1 de septiembre de 2021. P.p. 267 y 268.

8 Visto en:

http://educacionmediasuperior.sep.gob.mx/es_mx/sems/Programa_Ate ncion_de_Planteles_Federales_de_Educacion_Media_Superior_con_Estudiantes_con_Di scapacidad_PAPFEMS consultado el 15 de febrero de 2022.

9 Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2022, localizadas en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639911&fecha =31/12/2021 consultadas el 04 de febrero de 2022.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.



LEY GENERAL DE SALUD

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de perspectiva de género en la prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de perspectiva de género en la prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El desarrollo y crecimiento económico de un país es un propósito siempre buscado pero muy complejo de alcanzar, a su vez, es complicado mantener la estabilidad a lo largo del tiempo ya que implica, entre otras cosas, conseguir un equilibrio en todos los aspectos que conforman e influyen en el sistema económico, desde los técnicos hasta los elementos sociales y políticos.

Lo anterior resulta fundamental para lograr tasas de crecimiento que provean las condiciones esenciales para la satisfacción de las necesidades básicas de la población, como lo es la creación de empleos, vivienda digna y adecuada, servicios de salud de calidad, educación, seguridad pública, entre muchas otras cosas.

A lo largo de la historia de nuestro país se han consolidado importantes avances en la materia, se han concretado logros importantes que nos han llevado a mantener un grado de estabilidad aceptable aún frente a escenarios poco alentadores como lo fue el caso de la pandemia generada por el Covid-19.

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos emprendidos, es importante estar alerta a fin de detectar aquellas áreas de oportunidad que como nación debemos enfrentar, no solo en cuestiones económicas, sino también en aspectos sociales, políticos, de libertades, derechos, en temas relacionados con la seguridad pública, salud, educación, entre otros.

En este orden de ideas, existe un factor que es referente para el desarrollo de la presente propuesta de reforma, en el cual aún tenemos importantes pendientes y está relacionado con la salud pública. Me refiero a la obligación de incluir la perspectiva de género para la identificación, tratamiento y rehabilitación de las adicciones.

Quizás se puede pensar que este asunto es menor, sin embargo, es importante resaltar que nuestro país tiene un problema serio y creciente en materia de adicciones, el cual, lamentablemente, se ha profundizado como consecuencia del poco compromiso que hemos adoptado frente al tema y de la falta de legislación con perspectiva de género.

Es importante entender que la perspectiva de género no es un tema de moda, es una condición imprescindible si de verdad queremos atender de manera integral los problemas, no solo en el combate a las adicciones, su tratamiento y rehabilitación, sino para todos los pendientes que tenemos hoy en día.

De acuerdo con el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y con lo establecido en el artículo 5o., fracción VI, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se define a la perspectiva de género como:

“Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género”.

Como se puede observar y de acuerdo con la definición antes señalada, la perspectiva de género es un tema en el que todavía tenemos tareas y acciones por emprender, las cuales no se pueden seguir postergando y mucho menos cuando se trata de hacer frente a la prevención, erradicación y tratamiento de las adicciones.

De acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda realizado por el Inegi, para el año 2020 alcanzamos la cifra de 126 millones de habitantes, de los cuales el 51.2 por ciento son mujeres y el restante 48.8 por ciento son hombres, es decir, 64 millones 540 mil 634 son mujeres, en comparación con los 61 millones 473 mil 390 hombres que se reporta.

Sin embargo, a pesar de que la composición demográfica de nuestro país es mayoritariamente femenina, las mujeres aún se encuentran excluidas de muchos sectores, así como de espacios de toma de decisiones. Somos un país en donde las mujeres no solo son más en número, sino que, incluso, económicamente aportan una cantidad significativa a la economía familiar y nacional.

Según información del Inegi, las mujeres en este país contribuyen al menos en el 65.2 por ciento de todo el PIB nacional. A pesar de lo anterior y de que en nuestro país el 17.9 por ciento de todos los hogares están compuestos por una mujer sin cónyuge y con hijos, en otras palabras, por madres jefas de familia, sus necesidades aún se encuentran invisibilizadas.

Lo mismo ocurre con el hecho de que el 73.6 por ciento del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado realizado por las mujeres en los hogares no se valora adecuadamente a pesar de representar cerca del 22.8 por ciento del PIB nacional.

Por su parte, con relación a los créditos otorgados a mujeres emprendedoras únicamente 3 de cada 10 establecimientos encabezados por mujeres logran acceder a algún tipo de financiamiento para expandir o crear sus propias empresas.

En el terreno laboral las cifras no son alentadoras, únicamente al 39 por ciento de las mujeres mayores de 25 años se les ha permitido desempeñar puestos directivos tanto en el sector público como en el privado; como muestra de ello, tan solo el 40.7 por ciento de las judicaturas y magistraturas en los juzgados y tribunales superiores de justicia estatales son ocupados por mujeres.

Finalmente, de acuerdo con medios de comunicación en nuestro país, sólo el 33 por ciento del total de investigadores y científicos son mujeres y de ese porcentaje, únicamente el 18 por ciento logra conseguir un empleo formal en su área de conocimiento.

Como se puede observar, a pesar de los avances que se han registrado en la materia, aún quedan muchas brechas por resolver, particularmente en lo relacionado al combate de las adicciones, el resultado de la invisibilidad y falta de perspectiva de género en los esfuerzos emprendidos para la prevención, tratamiento y rehabilitación ha derivado en no abordar la problemática desde un enfoque integral y con ello la propagación rápida del problema.

Los ejemplos antes descritos dan cuenta de la realidad que se vive en nuestro país en donde en el discurso se habla mucho sobre igualdad, no discriminación, combate a la violencia en contra de las niñas y mujeres, la paridad, la inclusión y la perspectiva de género, sin embargo, en la práctica en muchas ocasiones lo anterior parece solo una simulación.

En síntesis, podemos decir que hemos avanzado en la narrativa sobre la importancia de incluir la perspectiva de género en nuestros esfuerzos institucionales, políticas públicas, presupuestos y programas, pero es necesario materializarlo.

En este orden de ideas, el problema de las adicciones no es ajeno a la necesidad de incluir en su tratamiento la perspectiva de género a fin de encontrar soluciones eficaces las cuales permitan una atención adecuada de la problemática.

Si bien es necesario reconocer que se han alcanzado avances significativos en materia del combate a las adicciones en nuestro país, la realidad es que éstos se han quedado cortos para responder a la dimensión, gravedad y urgencia de la situación.

Como parte de la lucha emprendida reconocemos la labor realizada por el Centro de Atención Ciudadana contra las Adicciones, el cual desempeña múltiples funciones para hacerle frente a dicha problemática, entre las que destacan brindar asesoría especializada de manera gratuita y confidencial las 24 horas de los 365 días del año a través de una llamada telefónica y contar con un destacado grupo de especialistas que ofrece lo siguiente:

-Prevención y atención del consumo de sustancias adictivas y orientación a sus familiares.

-Tratamiento breve para dejar de fumar.

-Orientación en el manejo de conductas adictivas (ludopatía, nuevas tecnologías de la información).

-Intervención en crisis y emergencias.

-Información de centros de tratamiento especializados en adicciones reconocidos por la Comisión Nacional contra las Adicciones.

-Información básica sobre sustancias adictivas.

-Seguimiento a las necesidades y problemáticas de la ciudadanía hasta su atención.

Los esfuerzos emprendidos han sido significativos, sin embargo, no se han alcanzado los resultados esperados en lo relacionado con el combate, prevención, tratamiento y rehabilitación de las adicciones; una de las razones que se le puede atribuir es la ausencia de una efectiva perspectiva de género en el diseño de sus programas.

El escenario en materia de adiciones en todo el país no es alentador, se trata de una condición que no reconoce edad, género o condición social, para muestra de ello basta con revisar los niveles de prevalencia promedio del consumo consuetudinario de alcohol; para personas de entre 12 a 17 años la tasa promedio de consumo es del 4.1 por ciento , mientras que para personas de 18 a 65 años la tasa promedio es del 9.3 por ciento .

Si se hace una segmentación en cuanto a nivel educativo encontramos que en la primaria la prevalencia de consumo de alcohol es del 16 por ciento en promedio, es decir, al menos 1 de cada 10 menores de edad que cursan la primaria han consumido alcohol alguna vez en su vida; entre los alumnos de secundaria por lo menos 4 de cada 10 menores han consumido alcohol en alguna ocasión; la cifra se eleva alarmantemente en estudiantes de bachillerato, ahí encontramos que, por lo menos, 7 de cada 10 jóvenes consumen alcohol.

De los datos anteriores se deprende que no existe una diferencia sustancial en el consumo si desagregamos la información entre mujeres y hombres, esa es la consecuencia de no afrontar este problema de manera integral y desde una perspectiva de género.

En lo que se refiere a la edad promedio de inicio en el consumo de alcohol a nivel nacional encontramos que éste se da a partir de los 10.6 años, si este dato lo desagregamos por género tenemos que para el caso de los hombres la edad promedio de inicio en el consumo se da a los 10.4 años mientras que entre las mujeres comienza a los 10.7 años.

Ahora bien, en cuanto al consumo de tabaco se refiere, el Observatorio Mexicano de Salud Mental y Consumo de Drogas señaló que existe una prevalencia de consumo de tabaco de 20.8 por ciento entre la población de 12 a 65 años, los cuales fuman en promedio 7.4 cigarros diariamente; de nueva cuenta, como en el caso del alcohol, nos encontramos frente a un escenario en donde desde edades muy tempranas se tiene contacto con el cigarro.

De la misma manera, si desagregamos dicha información en cuanto niveles escolares encontramos que entre los estudiantes de nivel primaria el consumo de tabaco alcanza el 6.5 por ciento , mientras que para el caso de jóvenes en secundaria se eleva al 20.8 por ciento ; es decir, al menos 2 de cada 10 estudiantes de secundaria han consumido alguna vez tabaco, para alumnos de bachillerato las cifras no disminuyen, al contrario, por lo menos el 30.4 por ciento de los estudiantes han consumido por lo menos un cigarrillo. Al igual que en el caso del alcohol no existe una diferencia substancial en el consumo de cigarros diarios entre hombres y mujeres.

En lo que se refiere al consumo de cualquier droga, lamentablemente, el 6.4 por ciento de los menores de edad en nuestro país han consumido alguna sustancia prohibida por lo menos una vez en su vida, mientras que entre la población de 18 a los 34 años el 15 por ciento ha tenido contacto con algún tipo de droga.

En este mismo orden de ideas, el 5.3 por ciento de los menores de edad han consumido marihuana por lo menos en una ocasión, por su parte, entre la población de 18 a 34 años el 12.8 por ciento ha tenido contacto con este tipo de droga.

Por último, en lo que se refiere al consumo de cocaína, la cual es una droga que sabemos genera una fuerte adición, encontramos que, lamentablemente, su consumo comienza desde los 12 años de edad.

Las cifras antes señaladas dan cuenta de lo preocupante de la situación y al no encontrar una diferencia considerable entre hombres y mujeres en el consumo de cualquier droga resulta fundamental atacar la problemática desde un enfoque integral, debemos tener la suficiente capacidad, madurez, compromiso y responsabilidad de aceptar que el problema de adicciones en nuestro país no puede ser abordado ni enfrentado sin la perspectiva de género.

No podemos cerrar los ojos y seguir permitiendo que se pierdan vidas de mexicanas y mexicanos y tampoco arriesgar el futuro de niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres por la incapacidad de contar con programas, políticas públicas, apoyos, tratamientos o rehabilitación diseñados bajo enfoques integrales.

Para lograr lo anterior se propone reformar la Ley General de Salud en materia del Programa Contra las Adiciones, a fin de visibilizar, incluir y garantizar la perspectiva de género en su quehacer y con ello dotar de mayor eficacia todos sus esfuerzos.

Tenemos la obligación de adaptar el marco jurídico en la materia para con ello frenar la tendencia negativa en el consumo de adicciones en nuestro país, con esta reforma que se propone se busca enfrentar los desafíos que tenemos por delante y alejar a nuestros menores del consumo de cualquier tipo de droga.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de perspectiva de género en la prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones

Artículo Único. Se reforman la fracción I del artículo 185, la fracción VI del artículo 185 Bis 1, el primer párrafo del artículo 187 Bis 1, la fracción I del artículo 191, el segundo párrafo del artículo 192, el primer párrafo del artículo 192 Ter y el primer párrafo del artículo 192 Quáter, todos de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 185. La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la ejecución del programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo que comprenderá, entre otras, las siguientes acciones:

I. La prevención y el tratamiento del alcoholismo y, en su caso, la rehabilitación de la persona alcohólica, lo cual será brindado con perspectiva de género;

II. a V. (...)

Artículo 185 Bis 1. Las acciones que se desarrollen en la ejecución del programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo tendrán las siguientes finalidades:

I. a V. (...)

VI. Establecer los lineamientos generales para el diseño y evaluación de programas y políticas públicas con perspectiva de género, contra el uso nocivo del alcohol, basadas en evidencia y en experiencia aplicada.

Artículo 187 Bis 1. Para el tratamiento de enfermedades derivadas del alcoholismo, las dependencias y entidades de la administración pública en materia de salubridad general, tanto federales como locales, fomentarán la creación de centros especializados en tratamiento, atención y rehabilitación, con base en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en la perspectiva de género, el respeto a la integridad y a la libre decisión de la persona que padece alguna enfermedad derivada del alcoholismo.

(...)

I. y II. (...)

(...)

Artículo 191. La Secretaría de Salud y el Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la ejecución del programa contra la farmacodependencia, a través de las siguientes acciones:

I. La prevención y el tratamiento de la farmacodependencia y, en su caso, la rehabilitación de los farmacodependientes, lo cual será brindado con perspectiva de género;

II. a III. (...)

(...)

Artículo 192. (...)

Este programa establecerá los procedimientos y criterios para la prevención, tratamiento y control de las adicciones con perspectiva de género y será de observancia obligatoria para los prestadores de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional y en los establecimientos de los sectores público, privado y social que realicen actividades preventivas, de tratamiento y de control de las adicciones y la farmacodependencia.

(...)

(...)

I. y II. (...)

Artículo 192 Ter. En materia de prevención se ofrecerá a la población un modelo de intervención temprana con perspectiva de género que considere desde la prevención y promoción de una vida saludable, hasta el tratamiento ambulatorio de calidad, de la farmacodependencia, el programa nacional fortalecerá la responsabilidad del Estado, principalmente de la Secretaría de Salud, ofreciendo una visión integral y objetiva del problema para:

I. a IV. (...)

Artículo 192 Quáter. Para el tratamiento de los farmacodependientes, las dependencias y entidades de la administración pública en materia de salubridad general, tanto federales como locales, deberán crear centros especializados en tratamiento, atención, y rehabilitación, con base en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en la perspectiva de género, el respeto a la integridad y a la libre decisión del farmacodependiente.

(...)

I. y II...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH.pdf

2 https://www.cuentame.inegi.org.mx/poblacion/habitantes.aspx

3 https://www.forbes.com.mx/red-forbes-el-impacto-de-la-mujer-en-la-economia-mexi cana-la-inclusion-y-el-despegue-financiero/

4 https://www.cuentame.inegi.org.mx/poblacion/habitantes.aspx

5 https://www.cuentame.inegi.org.mx/poblacion/habitantes.aspx

6 Ibidem

7 Ibidem

8 https://www.milenio.com/tecnologia/investigadoras-senalan-desigualdad-de-genero -en-la-ciencia

9 https://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/centro-de-atencion-ciudadana-cont ra-las-adicciones

10 https://www.gob.mx/salud/conadic/acciones-y-programas/informes-sobre-el-consumo -de-sustancias-psicoactivas

11 Ibidem

12 Ibidem

13 https://www.gob.mx/salud/conadic/acciones-y-programas/informes-sobre-el-consumo -de-sustancias-psicoactivas

14 https://www.gob.mx/salud/conadic/acciones-y-programas/informes-sobre-el-consumo -de-sustancias-psicoactivas

15 Ibidem

16 Ibidem

17 Ibidem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación inclusiva de personas con discapacidad, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El artículo 43 de nuestra Constitución Política enlista los estados integrantes de la Federación, así como sus nombres oficiales.

A través de la historia de nuestro país hemos colocado la palabra “Heroico(a)”, antecediendo al nombre propio de instituciones y ciudades, en esta ocasión propongo anteceder la palabra “Heroico” al nombre del estado que represento, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que, en lo futuro, una vez aprobada esta reforma, su nombre oficial sea el de “Heroico Veracruz de Ignacio de la Llave”.

Lo anterior encuentra fundamento en los hechos por los cuales no solo el estado de Veracruz, sino algunos de sus municipios han sido considerados como heroicos, básicamente por haber defendido el territorio nacional de invasores extranjeros, o bien, por hechos que ocurrieron en territorio veracruzano que nos llenan de orgullo en virtud de su aporte histórico en todas las transformaciones que han tenido lugar en nuestro país. Los hechos referidos se describen de manera sucinta a continuación:

1. Defensa del Puerto de Veracruz el 18 de noviembre de 1825, de los españoles.

2. Defensa del Puerto de Veracruz el 27 de noviembre de 1838, de los franceses.

3. Defensa del Puerto de Veracruz en la intervención norteamericana de 1847.

4. Defensa del Puerto de Veracruz en la época revolucionaria el 21 de abril de 1914, de los norteamericanos.

5. Se concede a la ciudad de Veracruz el título “Heroica”, mediante el Decreto número 35 (dado en Xalapa el 29 de julio de 1826) que manifiesta la gratitud al general Barragán y a la guarnición y demás cuerpos que concurrieron a la rendición de Ulúa.

Posteriormente, se declara que la ciudad de Veracruz se ha hecho acreedora al título de “Tres Veces Heroica” por el patriótico comportamiento de sus hijos, en defensa de la autonomía nacional, mediante el Decreto número 41 (dado en Xalapa el 27 de diciembre de 1900).

Finalmente, mediante el Decreto Número 73 (expedido por la II Legislatura del Estado) se declara “Cuatro Veces Heroica” a la ciudad de Veracruz por haber sumado sus hijos un acto más de heroicidad, a los tres anteriores que le dieron el título de “Tres Veces Heroica”, al defender con denuedo la integridad de la Patria contra la invasión norteamericana, durante los días 21 y 22 de abril de 1914.

6. El territorio veracruzano fue sede del Poder Ejecutivo federal en dos ocasiones, la primera con don Benito Juárez en la Guerra de Reforma y la segunda ocasión durante la Revolución Mexicana, fungiendo como su titular don Venustiano Carranza.

7. Es en territorio veracruzano donde se realiza el primer decreto de la abolición de la esclavitud, en el espacio que hoy ocupa el municipio de Yanga, como un antecedente a la lucha de por la Independencia, esto en el año 1609, por virtud de la rebelión encabezada por Gaspar Yanga.

8. El estado de Veracruz fue sede de la expedición y promulgación de las Leyes de Reforma, impulsadas por el presidente Benito Juárez y su gabinete.

9. Se declara “Heroico” el municipio de Temapache, Veracruz, mediante el Decreto número 45, del 10 de octubre de 1878. El pueblo conocido hoy por Temapache se distingue en lo sucesivo con la denominación de “Heroico Temapache de Gutiérrez Zamora” como premio a los servicios que prestó a la regeneración en el Estado.

10. Se le concede el título de “Heroica” a la ciudad de Córdoba, donde ocurrieron hechos históricos como la firma de los Tratados de Córdoba, mediante el Decreto número 61, del 1o. noviembre de 1880, denominando a la ciudad de Córdoba “Heroica Córdoba de Hernández y Hernández” como recompensa a los eminentes servicios prestados por sus hijos en bien de la nación.

11. Se declara “Heroica” a la ciudad de Alvarado, mediante el Decreto número 102, del 23 de diciembre de 1957, en justo homenaje a los hijos de la misma, que el día 15 de octubre del año de 1846 sucumbieron en defensa de la patria ante el injusto y desigual ataque del invasor norteamericano.

12. Hechos históricos e igualmente de defensa del territorio veracruzano le conceden el título de “Heroica” a la ciudad de Coscomatepec mediante Decreto número 637, que otorga a Coscomatepec de Bravo la noble denominación de “Heroica” por sus grandes merecimientos históricos y por el acendrado espíritu nacionalista de sus hombres.

13. El territorio donde se ubica el municipio de Tlapacoyan igualmente es ejemplo de heroísmo mostrado por sus hombres en 1865 durante el mes de noviembre en la conocida Batalla de Texcatl. Mediante el Decreto número 142 se concede a la municipalidad de Tlapacoyan el título de “Heroica” por el bizarro comportamiento de sus hijos durante la Guerra de Intervención.

14. El municipio de Cosoleacaque igualmente es considerado heroico por el hecho de defender el territorio veracruzano. Mediante Decreto número 240 la Quincuagésima Primera Legislatura del estado elevó a la categoría de Ciudad y le otorgó la mención de “Heroica” a la Villa de Cosoleacaque por el progreso alcanzado en los órdenes económico, demográfico y cultural, como resultado de la perseverancia e inquietud de sus habitantes y por la tradición histórica en defensa de nuestras instituciones libertarias.

15. El territorio que ocupa el municipio de Tampico Alto también fue ejemplo en la defensa del territorio veracruzano de la invasión del ejército español en el año 1829, por lo cual se le concedió el título de “Heroico Municipio de Tampico Alto”.

16. La ciudad de Cosamaloapan igualmente fue elevada al rango de “Heroica” por méritos en la defensa del territorio veracruzano, mediante Dictamen de la Comisión Nacional de Ciudades Históricas y Sesión de Cabildo números 11 del 14 de octubre de 2011.

17. Para el año 1618 el virrey Rodrigo Pacheco y Osorio reconoció la libertad de la comunidad de Gaspar Yanga y fue nombrada como San Lorenzo de los Negros. El 3 de octubre de 1631 se reconoció como pueblo libre a San Lorenzo de los Negros, ahora Yanga, en donde los esclavos vivieron con derechos similares a lo de los españoles y en libertad.

Cada uno de estos hechos históricos tienen en común la defensa del territorio mexicano y que ocurren en lo que hoy forma parte del estado de Veracruz, convirtiéndose en ejemplo de heroísmo y valor en defensa de la patria y de la soberanía nacional.

El heroísmo del pueblo veracruzano ha quedado de manifiesto durante prácticamente todas las épocas de transformación que ha vivido nuestra nación, lo que representa un acto manifiesto de distinción patriótica de todo un estado.

La valentía y arrojo del pueblo veracruzano en la defensa del territorio nacional hacen merecedor al estado de Veracruz de ser distinguido con el adjetivo de heroico, para lo cual es necesaria una reforma al artículo 43 de nuestra Carta Magna.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Heroico Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas; así como la Ciudad de México.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Armando Antonio Gómez Betancourt (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, artículos 77, numeral 1; 78 y 102, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La reforma Constitucional en materia de seguridad y justicia que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del 2008, estableció diversas modificaciones al sistema de justicia penal el cual introduce la figura de arraigo en el párrafo octavo del artículo 16, contemplándose como una medida federal preventiva que busca privar de la libertad aquellas personas que se sospeche de pertenecer a la delincuencia organizada, de tal forma que es utilizado “como un medio para investigar a presuntos delincuentes, pero en la práctica, se utiliza como un tipo de vigilancia pública que permite más tiempo a las autoridades para establecer si el detenido es culpable o inocente.”

Sin embargo, esta figura jurídica es contraria y violatoria de Derechos Humanos como son, a la seguridad, libertad personal, al acceso a una defensa y a la justicia, así como al derecho al debido proceso, siendo opuesto al principio de presunción de inocencia establecido en el apartado B, fracción I del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señalando que,

Artículo 20. ...

B. De los derechos de toda persona imputada:

I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa;”

En este sentido la finalidad del arraigo no es determinante de la culpabilidad o inocencia de una persona, sino que es una privación de la libertad sin cargos y evidencia que puede extenderse hasta por 80 días, con fines investigativos y utilizados con posterioridad en el juicio, por lo que conlleva a una detención arbitraria toda vez que se contrapone con los principios básicos de la justicia, e incluso propicia situaciones de tortura y abuso de poder por parte de las autoridades.

En nuestro país existen antecedentes donde se empleó la medida de arraigo por parte de autoridades de investigación, como por ejemplo la extinta Procuraduría General de la Republica (PGR) que durante los años 2004 a 2018 realizó arraigos “sin pruebas de que fueran realmente culpables de un delito y sin someterlas a un juicio, a más de 12 mil personas y por lo menos 1 de cada 10 de esas personas eran inocentes. Al menos del periodo de 2012 al 2018 fueron arraigadas casi mil personas”

De acuerdo a la información anterior, la medida de arraigo permite que las autoridades realicen de forma generalizada y sistemática actos de tortura, tratos inhumanos y degradantes, como menciona la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH), en su análisis 2020, “el 43.7% de las quejas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por tortura y malos tratos señalan a la Secretaría de la Defensa Nacional como autoridad responsable con 4,604 quejas, seguida por la Fiscalía General de la República con 2,084 quejas y la Secretaría de Marina con 1,116.” Por lo que dicha figura jurídica permite prácticas de arbitrariedad e injustica.

Cabe agregar, que el 27 de noviembre del 2022, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió en sentencia del caso Tzompaxtle Tecpile y otros, que México es responsable de la violación de derechos humanos y estableció suprimir ordenamientos internos en diversas disposiciones relativos a la figura de arraigo como medida pre-procesal, como se indica en el punto 216 de la conclusión de la sentencia,

“216. Conforme a lo expuesto y en relación con la figura del arraigo como medida de naturaleza pre-procesal restrictiva de la libertad con fines investigativos, la Corte entiende que la misma resulta incompatible con la Convención Americana, puesto que los postulados que definen sus características inherentes no conviven de forma pacífica con los derechos a la libertad personal y a la presunción de inocencia. Como consecuencia de lo anterior, el Tribunal considera que el Estado deberá dejar sin efecto, en su ordenamiento jurídico, la normatividad relacionada con el arraigo como medida de naturaleza pre-procesal restrictiva de la libertad para fines investigativos”

Por lo anterior, es indispensable dar cumplimiento a dicha sentencia, así como a diversas recomendaciones que ha emitido la Corte Interamericana desde que la medida de arraigo se elevó a rango Constitucional.

En relación y cumplimiento con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se indica que los Tratados Internacionales de los que es Parte deberán ser Ley Suprema de la Unión, por lo que concordancia con la Convención Americana de los Derechos Humanos, del cual ha sido firmado y ratificado por el estado mexicano, señala en su artículo 7, llamado Derecho a la Libertad Personal que,

Artículo 7. Derecho a la Libertad Personal

1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales.

2. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas.

3. Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.

4. Toda persona detenida o retenida debe ser informada de las razones de su detención y notificada, sin demora, del cargo o cargos formulados contra ella.

5. Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso. Su libertad podrá estar condicionada a garantías que aseguren su comparecencia en el juicio.

6. Toda persona privada de libertad tiene derecho a recurrir ante un juez o tribunal competente, a fin de que éste decida, sin demora, sobre la legalidad de su arresto o detención y ordene su libertad si el arresto o la detención fueran ilegales. En los Estados Partes cuyas leyes prevén que toda persona que se viera amenazada de ser privada de su libertad tiene derecho a recurrir a un juez o tribunal competente a fin de que éste decida sobre la legalidad de tal amenaza, dicho recurso no puede ser restringido ni abolido. Los recursos podrán interponerse por sí o por otra persona.

7. Nadie será detenido por deudas. Este principio no limita los mandatos de autoridad judicial competente dictados por incumplimientos de deberes alimentarios.

Así como en su artículo 8, Garantías Judiciales, se menciona que:

“1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. [...]”

Por último, la presente iniciativa tiene por objeto dar cumplimiento con lo establecido en la sentencia que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en la cual se determina que el Estado Mexicano deberá derogar los ordenamientos jurídicos que utilicen la medida de arraigo de naturaleza pre-procesal por ser contrario al derecho nacional e internacional; de igual forma, se pretende armonizar la legislación mexicana con los ordenamientos de la Convención Americana de Derechos Humanos coadyuvando en el respeto y protección de los derechos fundamentales.

Para mayor claridad de la iniciativa a continuación se presenta un cuadro comparativo con el cambio propuesto.

Por lo anteriormente expuesto y con el propósito de atender la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se propone el siguiente proyecto de

Decreto que se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Único. Se deroga el párrafo octavo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 16. ...

...

...

...

...

...

...

Derogado

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Avilés, Eva. (2012) Impacto en México de la figura del arraigo.

https://cmdpdh.org/2012/05/18/impacto-en-mexico-de-la-figura-del -arraigo/#:~: text=La%20figura%20del%20arraigo%20fue, de%20pertenecer%20al%20crimen%20organizado.

2 Ángel, Arturo. (2019) “La PGR arraigó a más de 12 mil personas; pero 1 de cada 10 eran inocentes”. Animal Político.

https://www.animalpolitico.com/2019/02/pgr-arraigo-prision-preve ntiva-inocentes

3 Avilés, Eva (2020) “Cp: La tortura se practica de forma generalizada y sistemática por autoridades mexicanas al amparo de la impunidad”.

https://cmdpdh.org/2020/02/17/cp-la-tortura-se-practica-de-forma -generalizada-y-sistematica-por-autoridades-mexicanas-al-amparo-de-la-impunidad /

4 Corte Interamericana de Derechos Humanos caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México sentencia de 7 de noviembre de 2022 file:///C:/Users/Usuario/Downloads/seriec_470_esp%20(3).pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2023.– Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.



LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

«Iniciativa que reforma la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para la creación de los fondos nacionales de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, así como de accesibilidad universal, a cargo de la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada Norma Angélica Aceves García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Quinta Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad para la creación de los fondos nacionales de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, así como de accesibilidad universal, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

1. La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que las prótesis (piernas y brazos artificiales) y las ortesis (férulas y otros dispositivos ortopédicos) permiten que las personas que tienen deficiencias físicas o limitaciones funcionales lleven una vida sana, productiva, independiente y digna y participen en la educación, el mercado de trabajo y la vida social, además de que puede reducir la necesidad de atención formal de la salud, servicios de apoyo, cuidados a largo plazo y cuidadores.

Al respecto, el organismo internacional estima que, actualmente, sólo una de cada 10 personas que necesitan ayudas técnicas prioritarias, incluidas las prótesis y ortesis, tienen acceso a ellos, debido a su alto costo y a la falta de conocimiento, disponibilidad, personal capacitado, políticas y financiamiento, asimismo advierte que las personas que requieren de este tipo de apoyos y no pueden acceder a ellos suelen quedar excluidas, aisladas y encerradas en la pobreza, lo que incrementa la carga de morbilidad y discapacidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece en su artículo 20 que los estados parte adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas:

a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible;

b) Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad, incluso poniéndolos a su disposición a un costo asequible;

c) Ofrecer a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaje con estas personas capacitación en habilidades relacionadas con la movilidad, y

d) Alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad.

Al respecto, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas menciona que, sin apoyo a la movilidad personal, siguen existiendo barreras a la vida independiente en la comunidad para muchas personas con discapacidad. El suministro de formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad a precios asequibles, como se prevé, es una condición necesaria para la inclusión y participación plenas de las personas con discapacidad en sus respectivas comunidades.

En México, de conformidad con la Ley General de Salud, las prótesis, órtesis y ayudas funcionales se definen como aquellos dispositivos destinados a sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano, las cuales se encuentran comprendidas dentro de las acciones en materia de atención en materia de prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad.

Por su parte, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad señala que la Secretaría de Salud promoverá el derecho de las personas con discapacidad a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, mediante programas y servicios que serán diseñados y proporcionados, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Para tal efecto, realizará entre otras, la creación de bancos de prótesis, órtesis, ayudas técnicas y medicinas de uso restringido, que sean accesibles a la población con discapacidad.

Sin embargo, cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señalan que sólo una de cada 10 personas que requieren rehabilitación accede a ella y sólo 30 por ciento de las personas rehabilitadas sabe usar de forma adecuada sus aparatos y prótesis que, además, son muy caros, ya que en México pueden llegar a costar en promedio más de $100 000 (cien mil pesos).

La situación descrita resulta más compleja al observar que en el año 2020, el Presupuesto de Egresos de la Federación no etiquetó recursos en favor del Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra, dentro del Anexo 14. “Recursos para la Atención de Grupos Vulnerables” y en el actual proyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022 tampoco se tiene contemplado recurso alguno, cuando es la institución de salud dedicada a la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la discapacidad mediante la investigación científica, la formación de recursos humanos y atención médica especializada de excelencia con un enfoque humanístico.

2. De conformidad con el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, la accesibilidad es una condición previa para que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en la sociedad en igualdad de condiciones, debido a que sin acceso al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información, las personas con discapacidad no tendrían iguales oportunidades de participar en sus respectivas sociedades.

En ese sentido, reconoce que la obligación de los estados de proporcionar la accesibilidad es una parte esencial del nuevo deber de respetar, proteger y hacer realidad los derechos a la igualdad, así como la obligación de que todas las infraestructuras e instalaciones nuevas deben ser diseñadas de forma que sean plenamente accesibles para las personas con discapacidad de conformidad con el principio de diseño universal, así como que en las estructuras o edificaciones ya existentes deben llevarse a cabo las adaptaciones para eliminar las barreras u obstáculos que dificultan su accesibilidad.

En México, los conceptos descritos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, han sido retomados en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, que reconoce el derecho a la accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y dispone que se deben emitir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones públicas o privadas que permitan el libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras.

Asimismo, señala que para asegurar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento o entorno urbano y los espacios púbicos, se contemplará que sea de carácter universal, obligatoria y adaptada para todas las personas; que incluya el uso de señalización, facilidades arquitectónicas, tecnologías, información, Sistema de Lectoescritura Braille, Lengua de Señas Mexicana, ayudas técnicas, perros guía o animal de servicio y otros apoyos; y que la adecuación de las instalaciones públicas sea progresiva.

Por último, establece que las dependencias y entidades competentes de la administración pública federal, estatal y municipal, vigilarán el cumplimiento de las disposiciones que en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda se establecen en la normatividad vigente.

En lo que refiere a las acciones implementadas en nuestro país, tenemos que a nivel federal en el año 2011 se creó el Fondo de Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad (Fotradis), el cual ha representado la única acción presupuestaria etiquetada para la accesibilidad de las personas con discapacidad y cuyo objeto era destinar recursos a proyectos de inversión para promover la integración y acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones, al entorno físico; mediante el transporte público adaptado e infraestructura pública incluyente.

En los años 2015 y 2016 la asignación presupuestal del Fotradis fue de 600 millones de pesos, en el año 2017 su monto descendió a 447 millones de pesos, para el año 2018 su asignación fue de 500 millones de pesos y finalmente, en los años 2019 y 2020, su asignación fue de 400 millones de pesos. Lamentablemente, el Fotradis no fue considerado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2021, misma situación ocurrió para el año 2022, que representa un retroceso que afecta directamente los esfuerzos en materia de accesibilidad y va en contra de la progresividad mandatada en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

A nivel estatal, de acuerdo con el Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el estado que guarda los derechos humanos de las personas con discapacidad en las entidades federativas del país, en el rubro de “Accesibilidad”, referente a los: “ Planes estatales, medidas y acciones para garantizar la inclusión y accesibilidad en lo relativo a los espacios públicos y privados, así como a la tecnología, transporte, información y telecomunicaciones”, observa con preocupación la ausencia, en diversas entidades federativas, de un plan o programa estatal de accesibilidad, lo cual puede traducirse en la denegación de protección y garantía de sus derechos humanos, la falta de adopción de medidas pertinentes para mejorar la accesibilidad en el contexto estatal, así como la falta de desarrollo de estrategias permanentes con mecanismos específicos de evaluación en su cumplimiento.

3. Como se expone, la movilidad y la accesibilidad son dos conceptos estrechamente ligados. Mientras el primero se requiere para que las personas con discapacidad puedan disfrutar de autonomía y desplazarse cuando así lo deseen, el segundo es necesario para permitir que las personas con discapacidad puedan disfrutar de inmuebles, trayectos, transporte público, comunicaciones e instalaciones.

Así, si una persona con discapacidad cuenta con las herramientas y apoyos que permitan su movilidad, de nada servirá si el entorno no es accesible; de igual manera, si el entorno es accesible y la persona no cuenta con los apoyos que permitan su movilidad, el resultado será el mismo y la persona con discapacidad no será incluida en la dinámica nacional. Por ende, se requiere de la unión de ambos conceptos para una verdadera inclusión de las personas con discapacidad.

Al respecto, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que las personas con discapacidad y los demás usuarios deben poder desplazarse por calles sin barreras, entrar en vehículos accesibles de piso bajo, acceder a la información y la comunicación y entrar en edificios de diseño universal y desplazarse dentro de ellos, recurriendo a ayudas técnicas y asistencia humana o animal en caso necesario. El diseño universal no elimina automáticamente la necesidad de ayudas técnicas.

En nuestro país una gran problemática representa la poca o nula apuesta que hay en favor de la inversión y el desarrollo de tecnología nacional que orilla a que la mayoría de las ayudas técnicas necesarias para la movilidad y vida independiente de las personas con discapacidad debe ser importada, lo que las encarece aún más.

Por citar un ejemplo, tratándose de una de las ayudas técnicas más común y popular, como es la silla de ruedas, su costo es sumamente elevado cuando se trata de una silla especial que sea funcional para la particularidad que necesita cada una de sus personas usuarias; es decir, no estamos hablando de la silla convencional hospitalaria de traslado, de las que generalmente se donan o regalan a las personas con discapacidad, sino de las sillas que resuelven las diversas necesidades que presentan las personas con discapacidad y deben ser cubiertas para garantizar una utilidad y beneficio; de lo contrario, pueden ser un instrumento que perjudique severamente a quien la ocupe, al no ofrecer la postura adecuada, lo cual puede perjudicar su condición e, inclusive, su salud.

Misma suerte tienen las demás ayudas técnicas, las cuales en su mayoría son de importación y representan un costo muy alto que casi ninguna persona con discapacidad de nuestro país puede costear. Las razones son básicamente dos: 1. Pocas instituciones cuentan con carreras o profesionistas enfocados al desarrollo de prótesis, órtesis y ayudas técnicas, y 2. Poca o nula inversión en el desarrollo de los proyectos existentes y desarrollados en las instituciones.

En ese sentido, debemos impulsar la innovación tecnológica nacional, que es la mejor y más oportuna medida para el desarrollo de ayudas técnicas a un precio mucho más accesible, tanto en adquisición como para su mantenimiento, estableciendo esquemas de financiamiento a proveedores de nuestro país y para la puesta en marcha de los proyectos de investigación realizados por las instituciones educativas, los cuales lamentablemente quedan en modelos para obtención de algún grado académico que por falta de apoyo no pueden convertirse en realidad y favorecer a las personas con discapacidad.

Caso concreto lo tenemos con el Instituto Politécnico Nacional, que en los últimos años ha desarrollado proyectos enfocados a las necesidades de las personas con discapacidad:

“Desarrollan en el IPN asistente robótico para personas con discapacidad motriz

Para apoyar a personas con discapacidad motriz y garantizarles una educación inclusiva en los centros escolares, el Instituto Politécnico Nacional desarrolló CM-Bot, un robot que brinda asistencia y emite una alerta de auxilio, cuando ocurre un evento sísmico o se realice un simulacro, además de realizar videoconferencias de sesiones académicas.

Fue desarrollado bajo las directrices del Modelo de Accesibilidad del IPN y programado para operar mediante un teléfono móvil o tablet, con movimientos de avance, retroceso y vuelta, tanto para llevar la tarea al docente como para abrir paso a la persona discapacitada cuando se dirija a un salón de clases o a otro espacio escolar.

El tamaño del Robot Asistente es de 20 por 18 centímetros, consta de una batería, cuatro motores, dispositivo Bluetooth, microcontrolador, sensores de movimiento, cámara de video y una aplicación gratuita de operación, además de cuatro ruedas que facilitan su movilidad en espacios reducidos.

Otra de las funciones del CM-Bot es dar aviso de la ubicación del usuario cuando se presenta un sismo a partir de los seis grados Richter, debido a sus sensores de movimiento. La comunicación es posible por la tarjeta GPRS que funciona como un teléfono móvil, el cual envía un mensaje SMS de auxilio a uno o varios números de familiares y de protección civil de la escuela, para que se conozca su ubicación específica.

“En caso de que no alcance a ser evacuado el usuario, el robot empezará a enviar mensajes a la Brigada de Búsqueda y Rescate de la unidad académica, así como a algún número de emergencia que se programe y no se detendrá hasta que una persona toque el botón de paro. Otra de sus funciones es que puede realizar una videoconferencia de una clase en caso de que el usuario no pueda asistir al plantel”.

“Ganan politécnicos concurso en apoyo de personas con discapacidad

Al diseñar y crear una prótesis y una andadera plegable para una joven con discapacidad, estudiantes del Instituto Politécnico Nacional (IPN) obtuvieron el primer lugar en el concurso Tikkun Olam Makers (TOM), el cual tiene como propósito que los jóvenes desarrollen tecnologías que mejoren la calidad de vida de las personas con discapacidad.

El concurso tiene una duración de 48 horas, en las cuales se les asigna a los equipos de diferentes escuelas una persona a la que deben ayudar a través de la realización de una herramienta o aparato que mejore su vida diaria.

Lucy es una joven de 20 años que vive con parálisis cerebral y a quien se le dificulta caminar por sí sola, ya que en su pierna no tiene suficiente fuerza y le cuesta mucho trabajo subir, bajar escaleras y moverse dentro de su casa, ya que el espacio es muy reducido y su silla de ruedas no cabe por las escaleras y pasillos.

Para facilitarle el desplazamiento dentro de su hogar, los politécnicos decidieron desarrollar este proyecto multidisciplinario que corresponde a una andadera plegable y una prótesis ligera, las cuales cuentan con un diseño funcional que le permiten caminar sin lastimarse ni someter su cuerpo a grandes esfuerzos, ya que la prótesis le dará fuerza y equilibrio en su pierna y la andadera será un apoyo complementario.

La prótesis se construyó para ser colocada desde la cintura hasta la rodilla y de la rodilla al pie, mientras que la andadera es plegable y tiene las medidas específicas para que sea utilizada en el interior de la casa de Lucy. Está hecha a base de varillas de acero inoxidable para que sea más resistente y tiene una protección de madera en la parte del muslo de la pierna para volverla más flexible y moldeable a su extremidad”.

Estos dos ejemplos son muestra evidente de la capacidad de innovación que hay en México, que con la inversión suficiente podría desarrollar y poner al servicio de las personas con discapacidad diversas ayudas técnicas que le permitirán una inclusión plena y efectiva en la sociedad.

Por otra parte, paralelamente a la inversión e incentivación para el desarrollo tecnológico, es necesario que se desarrollen esquemas de financiamiento con dos visiones:

La primera, destinada al apoyo de los fabricantes y proveedores nacionales para el emprendimiento y fortalecimiento de sus empresas, que les permita atender las necesidades de un mayor número de personas con discapacidad.

Lo anterior, se puede impulsar a través de la banca de desarrollo y los fideicomisos de fomento, que conforman a los intermediarios financieros de fomento (IFF) y forman parte del sistema financiero, mediante las cuales se ofrecen servicios y productos financieros entre los que destacan el otorgamiento de créditos, la provisión de garantías y la asistencia técnica, así como se facilita el acceso al financiamiento a sectores no atendidos como las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y las actividades de innovación tecnológica.

La segunda, para que las personas con discapacidad puedan acceder a las ayudas técnicas que requieren, lo cual sin duda sería una de las mejores inversiones que podría hacer nuestro país, al apostar por una estrategia que permitirá a las personas con discapacidad ser productivas y poner en marcha todas sus capacidades y talentos, con lo que el sector laboral privado y público será gratamente beneficiado y no se requerirán de más subsidios o apoyos asistenciales, ya que las personas con discapacidad podrán solventar sus gastos y necesidades.

Este planteamiento también resultará benéfico para las finanzas públicas y permitirá, a mediano plazo, que el dinero destinado a la política pública en materia de discapacidad se enfoque totalmente a estrategias de empoderamiento e inclusión.

Por último, no hay que perder de vista lo atractivo que puede resultar este mercado en nuestro país, cuando de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía hay un total de 6,179,890 (seis millones ciento setenta y nueve mil ochocientas noventa) personas con discapacidad, más 13,934,448 (trece millones novecientas treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho) personas que dijeron tener alguna limitación para realizar actividades de la vida diaria (caminar, ver, oír, autocuidado, hablar o comunicarse, recordar o concentrarse), que en suma se traducen en un segmento de más de 20 millones de personas como clientes potenciales.

4. En ese sentido y tomando en cuenta que la política nacional actual ha sido insuficiente, es necesario que desde el ordenamiento general en materia de discapacidad se establezca la creación de dos fondos, uno destinado a la movilidad y otro a la accesibilidad de las personas con discapacidad. Con base en lo anterior, se proponen los siguientes fondos.

• Fondo Nacional de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, con el objeto de que las entidades federativas cuenten con recursos para crear un banco de sistemas de apoyo a los que puedan acceder las personas con discapacidad, para lo que deberán desarrollar mecanismos de financiamiento tanto para productores y proveedores de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, así como para que las personas con discapacidad puedan acceder a las que requieran para su inclusión plena y efectiva.

• Fondo Nacional de accesibilidad universal, con el objeto de que a nivel local se cuente con presupuesto para hacer las adecuaciones arquitectónicas y desarrollar proyectos con diseño universal que permitan a las personas con discapacidad disfrutar de accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento, entorno urbano y los espacios públicos, así como a la tecnología, transporte, información y telecomunicaciones.

Con la aprobación de estos fondos se garantizará que las entidades federativas cuenten con recursos que les permitan crear un banco de órtesis, prótesis y ayudas técnicas en beneficio de las personas con discapacidad, así como con un presupuesto que les permita garantizar un entorno accesible, con adecuaciones bajo el enfoque del diseño universal y con los ajustes razonables que se requieran.

Además, se aseguraría que, al estar contenidos los fondos en ley, tendrían una visión de continuidad en el tiempo que dificultará su extinción y evitará que, basándose en un tema de “visión” o de “ideales”, puedan eliminarse de un momento a otro, sin análisis ni previa discusión, lo cual sin duda generará certeza en la política nacional en materia de inclusión.

Asimismo, por la especial naturaleza del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis) como coordinador de la política pública nacional, se propone que sea la instancia encargada de elaborar y expedir los lineamientos de los fondos propuestos, así como de dar seguimiento a su aplicación y resultados, además de promover ante la banca de desarrollo y los fideicomisos de fomento, la creación e implementación de esquemas de financiamiento y microcréditos para productores y proveedores de órtesis, prótesis y ayudas técnicas que requieren las personas con discapacidad para su inclusión plena y efectiva.

Finalmente, es importante señalar que el contenido de esta iniciativa ya lo he presentado en dos ocasiones, con fechas 20 de octubre de 2021 y 14 de octubre de 2022, con la finalidad de formar parte de los asuntos a analizar y discutir en el pleno de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables; sin embargo, dicho proyecto no ha sido presentado para discusión ante las diputadas y el diputado por la Comisión, ya que el grupo mayoritario, al ser un tema que implica presupuesto, no quiere entrar a la discusión, por lo que han postergado su análisis y el plazo para el dictamen de la iniciativa ha precluido. Pero al ser mi obligación impulsar y asegurarme de que sean tomadas en cuenta la Convención, observaciones del Comité pero, sobre todo, las necesidades de las personas con discapacidad, la presento nuevamente, con el compromiso de insistir ante la Comisión respecto de la necesidad de que este asunto sea dictaminado.

Por lo anteriormente descrito, con fundamento en las disposiciones señaladas, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para la creación de los Fondos Nacionales de Órtesis, Prótesis y Ayudas Técnicas, así como de Accesibilidad Universal

Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 7, un artículo 18 Bis y las fracciones XVIII y XIX al artículo 42, recorriendo el contenido de la actual fracción XVII a la fracción XIX, todos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 7. ...

I. a XII. ...

A fin de cumplir con lo dispuesto en la fracción IV del presente artículo, el Ejecutivo federal creará el Fondo Nacional de órtesis, prótesis y ayudas técnicas, que deberá etiquetarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación y señalar las participaciones a las que tendrán derecho las entidades federativas, quienes para acceder al Fondo tendrán que ajustarse a los lineamientos que para tal efecto se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

Para la aplicación de este Fondo se deberán crear esquemas de financiamiento y microcréditos para productores y proveedores de ayudas técnicas, así como créditos y subsidios para que las personas con discapacidad accedan a las ayudas técnicas que requieren para su inclusión plena y efectiva.

Artículo 18 Bis. Para cumplir con lo dispuesto en el presente Capítulo, el Ejecutivo Federal creará el Fondo Nacional de accesibilidad universal, que deberá etiquetarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación y señalar las participaciones a las que tendrán derecho las entidades federativas, quienes para acceder al Fondo tendrán que ajustarse a los lineamientos que para tal efecto se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 42. ...

I. a XV. ...

XVI. Coadyuvar con la Secretaría de Relaciones Exteriores en la elaboración de los informes que el Estado mexicano presentará ante los organismos internacionales, sobre la aplicación y cumplimiento de los instrumentos internacionales en materia de discapacidad ;

XVII. Elaborar y expedir los lineamientos del Fondo Nacional de órtesis, prótesis y ayudas técnicas y del Fondo Nacional de accesibilidad universal, así como dar seguimiento a su aplicación y resultados;

XVIII. Promover ante la banca de desarrollo y los fideicomisos de fomento, la creación e implementación de esquemas de financiamiento y microcréditos para productores y proveedores de órtesis, prótesis y ayudas técnicas que requieren las personas con discapacidad para su inclusión plena y efectiva, y

XIX. Las demás que se establezcan en esta Ley, su Reglamento, Estatuto Orgánico del Consejo y demás disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los fondos a los que se refiere el presente decreto deberán etiquetarse en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal inmediato a su publicación.

Tercero. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dispondrá las adecuaciones presupuestarias para la creación y operación de los fondos.

Cuarto. El Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad expedirá los lineamientos para el acceso y ejercicio de los fondos a los que se refiere el presente Decreto a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal en el que sean etiquetados dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Notas

1 Normas de Ortoprotésica. Parte 1. Normas. Organización Mundial de la Salud. Visto en:

http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/259508/ 9789243512488-part1-spa.pdf;jsessionid=4F41EB4B6F5C824659 A47D2F3A7D213F?sequence=1 consultado el 22 de septiembre de 2021.

2 Ibídem.

3 Artículo 20 Movilidad personal Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas: a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible; b) Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad, incluso poniéndolos a su disposición a un costo asequible; c) Ofrecer a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaje con estas personas capacitación en habilidades relacionadas con la movilidad; d) Alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad.

4 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 5 (2017) sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad”. 27 de octubre de 2017. Párrafo 84.

5 Artículo 262.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por: I... II. Prótesis, órtesis y ayudas funcionales: aquellos dispositivos destinados a sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano: III a VI...

6 Artículo 174. La atención en materia de prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad comprende: I a IV...V. La atención integral de las personas con discapacidad, incluyendo la adaptación de las prótesis, órtesis y ayudas funcionales que requieran; VI y VII...

7 Artículo 7. La Secretaría de Salud promoverá el derecho de las personas con discapacidad a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, mediante programas y servicios que serán diseñados y proporcionados, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Para tal efecto, realizará las siguientes acciones: I a III...IV. Crear bancos de prótesis, órtesis, ayudas técnicas y medicinas de uso restringido, que sean accesibles a la población con discapacidad; VII a XII...

8 Eduardo Vázquez Vela Sánchez, “Los amputados y su rehabilitación un reto para el Estado”, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, 2016. p. 31.

9 Visto en:

https://www.inr.gob.mx/g21.html consultado el 23 de septiembre de 2021.

10 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 2 (2014). Artículo 9: Accesibilidad”. 11º período de sesiones. 31 de marzo a 11 de abril de 2014. 22 de mayo de 2014.

11 Ibid.

12 Artículo 16. Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir normas, lineamientos y reglamentos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones públicas o privadas, que les permita el libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras. Las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, vigilarán el cumplimiento de las disposiciones que en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda se establecen en la normatividad vigente.[...]

13 Artículo 17. Para asegurar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento o entorno urbano y los espacios públicos, se contemplarán entre otros, los siguientes lineamientos: I. Que sea de carácter universal, obligatoria y adaptada para todas las personas; II. Que incluya el uso de señalización, facilidades arquitectónicas, tecnologías, información, sistema braille, lengua de señas mexicana, ayudas técnicas, perros guía o animal de servicio y otros apoyos, y III. Que la adecuación de las instalaciones públicas sea progresiva.

14 Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el estado que guarda los derechos humanos de las personas con discapacidad en las entidades federativas del país, en el rubro de “Accesibilidad”, referente a los: “Planes estatales, medidas y acciones para garantizar la inclusión y accesibilidad en lo relativo a los espacios públicos y privados, así como a la tecnología, transporte, información y telecomunicaciones”. p.p. 224 y 225.

15 Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, “Observación general núm. 2 (2014). Artículo 9: Accesibilidad”. 11º período de sesiones. 31 de marzo a 11 de abril de 2014. 22 de mayo de 2014. Párrafo 15.

16 Visto en:

https://www.ipn.mx/imageninstitucional/comunicados/ver-comunicad o.html?y=2019&n=200 consultado el 24 de septiembre de 2021.

17 Visto en:

https://www.ipn.mx/imageninstitucional/comunicados/ver-comunicad o.html?y=2018&n=271 consultado el 24 de septiembre de 2021.

18 En México, este sector está constituido por seis bancos (Bancomext, Banobras, SHF, Nafin, Banco del Bienestar, Banjército) y otras instituciones de fomento (FIRA y FND). A marzo de 2021, el financiamiento de este sector tiene una participación del 29.5% del financiamiento provisto por el sistema bancario y representa 7.4% del PIB.

19 Visto en:

http://educa.banxico.org.mx/banxico_educa_educacion_financiera/b log97-banca-desarrollo-parte.html consultado el 24 de septiembre de 2021.

20 Visto en:

https://www.inegi.org.mx/app/tabulados/interactivos/?px=Discapac idad_01&bd=Discapacidad consultado el 24 de septiembre de 2021.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.



LEY GENERAL DE SALUD Y LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

«Iniciativa que adiciona los artículos 29 y 225 de la Ley General de Salud y 7o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Mirandai, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, artículos 77, numeral 1; 78 y 102, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículo 29 y 225 de la Ley General de Salud y al artículo 7 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, bajo el siguiente:

Planteamiento del problema

En la actualidad, el mercado de distribución de medicamentos no solo es orientado al ámbito hospitalario, sino que la adquisición de estos productos puede ser de forma controlada o a través de la libre venta, lo cual permite que la población en general tenga acceso a su consumo, sin embargo, en la normatividad mexicana existe un vacío legal en materia de derecho a la salud y de acceso a la información para el uso de medicamentos para personas con discapacidad visual, debido a que los empaques no cuentan con sistemas de lectura especializados hacia este grupo etario como son, el sistema braille, lectura fácil o códigos QR que tienen por objeto proporcionar detalles indispensables, de tal forma que la escasez de dichas herramientas supone un constante riesgo a la salud.

Exposición de Motivos

De acuerdo a la estimación de la Organización Panamericana de Salud (OPS), a nivel mundial más de 188 millones de personas tienen una deficiencia visual moderada, 217 millones tienen una deficiencia visual de moderada a grave y 36 millones son ciegas, asimismo el último Censo Poblacional y de Vivienda del Instituto Nacional de Estadística y Geografía 2020, determinó que, del total de la población, el 5.7% (7,168,178) tiene discapacidad y/o algún problema o condición mental, de los cuales se consideraron diferentes tipos de discapacidades como la visual, auditiva, motriz y metal, de tal modo que estos indicadores reflejan la relevancia de salvaguardar los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, garantizando su bienestar y protección a la salud.

Dentro de estos indicadores es indispensable considerar a las personas adultas mayores, ya que durante la vejez presentan enfermedades crónicas degenerativas, como por ejemplo la diabetes miellitus, que la falta de un control y tratamiento adecuado se puede originar daños a la vista como pérdida parcial o total, o la degeneración macular (AMD por sus siglas en inglés) relacionada con la edad que puede nublar la visión central, así como la catarata senil que es la causa más común de pérdida de visión en adultos mayores; de manera que es imperativo implementar mecanismos que posibiliten su autonomía e independencia.

Cabe señalar, que el contar con la información referente al nombre del medicamento, su fórmula, la dosis recomendada, la vía de administración, datos de conservación y almacenaje, permite reducir la probabilidad de presentar efectos adversos, alergias u otras reacciones que suelen provocar daños leves o incluso mortales, de tal manera que el paciente con discapacidad visual al conocer los detalles sobre los fármacos, incentiva y reforzar su interés al seguir y cumplir correctamente con su tratamiento.

Existe antecedentes donde diversas empresas que ofrecen productos de uso personal buscan diseños innovadores e incluyentes implementado el sistema de lectura braille, para las personas con debilidad visual o ceguera, igualmente la industria de alimentos y bebidas han implementado dicho sistema de lectura con el propósito de tener un acercamiento con la comunidad y brindarles confianza y seguridad al momento de adquirí sus productos.

Es por ello que la presente iniciativa tiene por objeto, establecer mecanismos de lectura especializados que coadyuven a qué las personas con discapacidad visual tengan acceso oportuno a la información esencial de los de todos los medicamentos comercializados a nivel nacional, a fin de facilitar su uso y consumo adecuado, así como su conservación o almacenaje y evitar así, cualquier tipo de efectos secundarios que sean dañinos para la salud, del mismo modo se pretende que los pacientes que necesiten fármacos obtengan mayor conocimiento y control en aspectos que repercuten en su salud y bienestar; por lo que se requiere acciones legislativas que propicien salvaguardar el derecho a la protección a la salud y acceso a la información.

Por último, en concordancia con la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que,

Artículo 4o.-

Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, ... La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social”.

De acuerdo a lo establecido y a fin de dar cumplimiento con el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual contempla como Ley Suprema sus leyes y los Tratados Internacionales y en concordancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el cual el Estado mexicano ratificó en el año 2007, en su artículo 9, nombrado accesibilidad, establece que,

“1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas”

En su artículo 25, nombrado Salud, establece que,

“Los Estados Partes reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en cuenta las cuestiones de género, incluida la rehabilitación relacionada con la salud.”

Para mayor claridad de la iniciativa a continuación se presenta un cuadro comparativo con el cambio propuesto.

Por lo anteriormente expuesto se propone el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos 29 y 225 de la Ley General de Salud y al artículo 7 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Primero. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 29 y un tercer párrafo al artículo 225 de la Ley General de Salud, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 29. Del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaría de Salud determinará la lista de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud y garantizará su existencia permanente y disponibilidad a la población que los requiera, en coordinación con las autoridades competentes.

Conforme al párrafo anterior, todos los medicamentos comercializados a nivel nacional deberán contener en sus empaques, envases o envoltorios cuando menos, un formato de lectura fácil, el sistema braille o un código QR, garantizando el derecho a la salud y acceso a la información de las personas con discapacidad.

Artículo 225. Los medicamentos, para su uso, prescripción médica y comercialización, serán identificados por sus denominaciones genérica y distintiva. La identificación genérica será obligatoria.

...

...

Los empaques, envases o envoltorios de los medicamentos deberán contar cuando menos, con un formato de lectura fácil, el sistema de lectura braille o con código QR, que proporcione el nombre, la dosis recomendada, la vía de administración y datos de conservación y almacenaje.

Segundo. Se adiciona una fracción IV Bis al artículo 7 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Artículo 7. La Secretaría de Salud promoverá el derecho de las personas con discapacidad a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, mediante programas y servicios que serán diseñados y proporcionados, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Para tal efecto, realizará las siguientes acciones:

I. a IV. ...

IV. Bis. Establecer normas en coordinación con el Consejo de Salubridad General, a fin de que todos los medicamentos distribuidos a nivel nacional contengan en sus empaques, envases o envoltorios, cuando menos un formato de lectura fácil, el sistema de lectura braille o un código QR, para coadyuvar en los derechos a la salud y acceso a la información de las personas con discapacidad;

IV. a XII. ...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Organización Panamericana de Salud. “Salud Visual”

https://www.paho.org/es/temas/salud-visual#:~: text=A%20nivel%20mundial%2C%20se%20estima,millones%20son%20ciegas%20(1).

2 Estadísticas a Propósito del Día Internacional de las Personas con Discapacidad (Datos Nacionales). (2021)

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /EAP_PersDiscap21.pdf

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

4 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

5 Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2023.– Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica).»

Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión.



LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, artículos 77, numeral 1; 78 y 102, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de paridad de género, bajo el siguiente

Planteamiento del problema

En México existe un devenir histórico, en el cual se observan avances importantes en materia de paridad de género que han permitido la progresividad de las libertades y derechos, producto de una luchar ardua por parte de mujeres y organizaciones que buscaban la representatividad y la inclusión en los espacios de toma de decisiones. Existen diversos antecedentes como lo documentado en 1993 donde se registró la primera acción afirmativa que tenía como finalidad el mejoramiento de la distribución de las candidaturas a favor de las mujeres, o la del 2014, donde se estableció la paridad de género como principio y regla Constitucional, así como los criterios que aseguran el registro para un puesto de elección popular, siendo esto implementado por primera vez en el proceso electoral 2014-2015.

Exposición de Motivos

Como resultado de ello el 6 de junio de 2019 fue promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional en materia de Paridad entre géneros. Permitiendo establecer el principio de paridad que se integrara transversalmente, estableciéndose este dentro del artículo 41, estableciendo lo siguiente:

Artículo 41. ...

La ley determinará las formas y modalidades que correspondan, para observar el principio de paridad de género en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas. En la integración de los organismos autónomos se observará el mismo principio.”

Y en su disposición tercera transitoria determina que:

Tercero. La observancia del principio de paridad de género a que se refiere el artículo 41, será aplicable a quiénes tomen posesión de su encargo, a partir del proceso electoral federal o local siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto, según corresponda.

Por lo que hace a las autoridades que no se renuevan mediante procesos electorales, su integración y designación habrá de realizarse de manera progresiva a partir de las nuevas designaciones y nombramientos que correspondan, de conformidad con la ley.

Es en este sentido que la iniciativa que hoy proponemos pretende garantizar con lo establecido en nuestra ley suprema a efecto de que las funcionarias y servidoras públicas, el personal administrativo y de apoyo de dependencias conformado por mujeres, tengan las mismas posibilidades de desarrollo profesional, compitiendo en igualdad de circunstancias y, a la vez, introduciendo, como acción afirmativa, el lenguaje de género.

Es por ello que, dentro de los procedimientos de designación, nombramiento y elección de los funcionarios, determinamos que, en concordancia con lo dispuesto en esta reforma constitucional, éstas sean realizadas de manera alternada entre mujeres y hombres, tendiendo hacia la igualdad numérica entre ambos sexos y garantizando, al propio tiempo, la igualdad de oportunidades para todas y todos los aspirantes, así como el principio de paridad de género.

Con este principio, permite garantizar que la mitad de los cargos sean ocupados por las mujeres, en los tres niveles de gobierno, así como en los poderes de la unión, organismos autónomos y candidaturas para cargos de elección popular, considerando las elecciones para representantes de municipios con población indígena, generando así un progreso al acceso e igualdad a cargos de poder, aplicándose por primera vez en el proceso electoral del año 2020-2021.

En la actualidad se ha cumplido de manera parcial el principio de paridad de género en las titularidades de las Secretarías de Estado, ya que, contemplando las modificaciones del actual gabinete del gobierno, las mujeres ocupan solo el 45 por ciento de las 20 Secretarias de la Administración Pública Federal; esta misma problemática se da a nivel local, ya que conforme el reporte “La paridad de género en las secretarías y dependencias del Ejecutivo a nivel federal y local” que llevo a cabo el Instituto Belisario Domínguez de la Cámara Alta, determino que, “más de 524 secretarías y dependencias, sólo 46 tienen a una mujer como titular, lo que representa el 8.8 por ciento”, además investigadores destacaron que las mujeres suelen ser excluidas de las dependencias con mayor carga política y presupuestal y se advierte de la persistencia de prácticas de simulación, por lo que es imperativo implementar mecanismos o acciones que fomenten el ascenso y la representación de las mujeres dentro de la estructura gubernamental.

Es por ello que la presente iniciativa tiene por objeto la armonización de los ordenamientos de las leyes secundarias con lo establecido en la Ley Suprema de la Nación, a fin de suprimir las brechas de género que persisten en instituciones de la Administración Pública Federal y garantizando la participación paritaria de las mujeres y hombres, por lo que es esencial contribuir y coadyuvar en la inclusión de las servidoras públicas en puestos de titularidad o de decisiones públicas.

Para mayor claridad de la iniciativa a continuación se presenta un cuadro comparativo con el cambio propuesto.

Por lo anteriormente expuesto se propone el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de paridad de género

Único. Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en materia de paridad de género, para quedar de la siguiente forma.

Artículo 1o.- La presente Ley establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal.

...

...

La Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal deberá regirse bajo el principio de paridad de género en los nombramientos de sus titulares de conformidad con el artículo 41 Constitucional.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo que no excederá de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las Dependencias de la Administración Pública Federal, deberán generar los cambios correspondientes que garanticen lo establecido en el segundo párrafo del artículo tercero transitorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2019

Tercero. Los nombramientos que no dependan de un proceso de concurso deberán ajustarse al principio de paridad entre los géneros.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2022), pp. 50

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2 Juárez, Blanca. (2022). “Sólo 6 estados cumplen con las reglas de paridad de género en sus gabinetes”. El economista.

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Solo-6-estados-cum plen-con-las-reglas-de-paridad-de-genero-en-sus-gabinetes-20220604-0001.html

3 Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2023.– Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

VOLUMEN II

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO A LA FGR, A SOMETER A EXTINCIÓN DE DOMINIO LOS BIENES PROPIEDAD DE GENARO GARCÍA LUNA RELACIONADOS CON HECHOS ILÍCITOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR a someter a extinción de dominio los bienes propiedad de Genaro García Luna que hayan sido utilizados como instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos y sean destinados en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores víctimas de violencia, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta a la Fiscalía General de la República para que se someta a extinción de dominio los bienes propiedad de Genaro García Luna que hayan sido utilizados como instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos y sean destinados en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores víctimas de violencia, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. El tema de mayor trascendencia en la actualidad es el de Genaro García Luna y su red criminal que orquestó bajo las órdenes de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa y que pusieron al servicio del cártel de Sinaloa.

Segundo. En días pasados, Édgar Veytia, exfiscal de Nayarit declaró que “... la instrucción del Gobierno de Felipe Calderón (2006-2012) y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de García Luna era proteger a Joaquín El Chapo Guzmán y al Cartel de Sinaloa. “La línea era [proteger a] El Chapo” (Camhaji, 2023)

Tercero. Como puede apreciarse, por órdenes de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, se creó un Estado corrupto que se convirtió también en un narco estado, puesto al servicio de un cártel y utilizaron a las instituciones de seguridad de la República para perseguir, encarcelar y en algunos casos, acribillar, a los enemigos del cártel de Sinaloa.

Cuarto. Como nunca en la historia de México, se utilizaron a las instituciones del Estado Mexicano para volverlo un instrumento criminal, perdió su imparcialidad y se transformó en un ente parcial al servicio de un grupo de criminales y persecutor de las bandas rivales.

Quinto. En los últimos días se ha revelado que, durante la corrupta gestión del entonces -ahora senador- Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa, se celebraron contratos entre empresas de Genaro García Luna y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Sexto. En una nota del diario La Jornada, del pasado 10 de febrero, se señala que la Jefa de Gobierno reveló:

que son cuatro los contratos a Glac Security Consulting, Technology, Risk Management SC, empresa relacionada con el ex secretario de Seguridad, Genaro García Luna, signados con la entonces Procuraduría General de Justicia de la ciudad de México que están bajo investigación.

En conferencia de prensa, la mandataria detalló que en total se giraron órdenes de pago a dicha empresa por un monto de 58 millones de pesos entre el 2016 y diciembre de 2017.” (Alvarado, 2023)

Séptimo. Por su parte, la revista Contra línea refiere:

Al frente de la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno calderonista, Genaro García Luna tejió una red de corrupción y lavado de dinero compuesta por al menos ocho personas físicas y 44 morales.” (Flores, 2023)

En dicha nota también se menciona que, en el gobierno de Miguel Ángel Mancera Espinosa, desde la entonces Procuraduría General de Justicia, Genaro García Luna obtuvo contratos millonarios.

Octavo. Aunado a lo anterior, varios medios de comunicación, como el portal de derecha infobae, han dado testimonio de diversas propiedades del ex Secretario de Seguridad de Felipe Calderón Hinojosa, en los términos siguientes:

Dos pruebas sólidas que la fiscalía tiene en sus manos son las dos lujosas residencias que García Luna posee en México: una en Monte Funiar 21, en el lujoso fraccionamiento Jardines en la Montaña de la Ciudad de México, y otra en Jiutepec, Morelos, con una extensión de terreno de más de 2.000 metros cuadrados.

Cuando fueron reveladas dichas propiedades, el ex funcionario no pudo justificar el origen de los recursos con los que había adquirido dichos inmuebles.

(...)

Simplemente los números no cuadraban. En 2008 García Luna compró el costoso terreno en Monte Funiar 21 de contado, y en pocos meses la empresa Grupo Pedregal Constructora e Inmobiliaria le construyó una mansión de cuatro niveles con acabados de lujo.

(...)

El responsable de la obra fue el arquitecto Héctor Salinas, quien, años después, dijo a agentes del gobierno de Estados Unidos que García Luna le había pagado en efectivo. Una residencia en un terreno de más de 400 metros cuadrados con vista privilegiada al Bosque de Tlalpan, y más de 700 metros cuadrados de construcción.

Sin embargo, de acuerdo con la información que aparece en las declaraciones patrimoniales de García Luna de 2007 y 2008, en ese momento él no contaba con el salario ni los ahorros suficientes para comprar el terreno, y mucho menos para hacer la costosa construcción. De hecho, en 2008 se declaró “totalmente endeudado” y detalló que sus deudas ascendían a 6.8 millones de pesos, “prácticamente la misma cantidad que debió pagar para adquirir el terreno de su nueva casa”, escribió en aquel entonces la periodista Anabel Hernández en Reporte Índigo. (Infobae, 2023)

Noveno. En consecuencia, es imperioso que se realicen las investigaciones necesarias yPREVIA DECLARACIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL COMPETENTE, se sometan a extinción de dominio los bienes propiedad de Genaro García Luna que hayan sido utilizados como instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos y sean destinados en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores víctimas de violencia

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, a la Fiscalía General de la República para que se someta a extinción de dominio los bienes propiedad de Genaro García Luna que hayan sido utilizados como instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos y sean destinados en beneficio de niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores víctimas de violencia.

Bibliografía

- Alvarado, R. G. (10 de febrero de 2023). La Jornada. Obtenido de Ex PGJ y empresa de García Luna firmaron cuatro contratos: Sheinbaum:

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/02/10/capital/ex-pgj-y-emp resa-de-garcia-luna-firmaron-cuatro-contratos-sheinbaum/

- Camhaji, E. (07 de febrero de 2023). El País. Obtenido de Édgar Veytia asegura que Calderón y García Luna ordenaron proteger a El Chapo frente al resto de narcos:

https://elpais.com/mexico/2023-02-07/edgar-veytia-asegura-que-ca lderon-y-garcia-luna-ordenaron-proteger-a-el-chapo-frente-al-resto-de-narcos.ht ml

- Flores, N. (2023). En gobiernos de Calderón y Peña, García Luna robó 745 MDD del erario: UIF. Contra línea, 6.

- Infobae. (14 de febrero de 2023). Infobae. Obtenido de Así son las lujosas residencias de Genaro García Luna en CDMX y Morelos:

https://www.infobae.com/mexico/2023/02/14/asi-son-las-lujosas-re sidencias-de-genaro-garcia-luna-en-cdmx-y-morelos/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE INCLUYA EN EL SUPLEMENTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD 2023, LA ACTUALIZACIÓN DE LA NOM-007-SSA3-2011, RESPECTO AL FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS CLÍNICOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a incluir en el suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023 la actualización de la NOM-007-SSA3-2011, para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Consideraciones

1.- La Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC) fija y desarrolla las bases de la política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, a través de las actividades de normalización, estandarización, acreditación, evaluación de la conformidad y metrología, promoviendo el desarrollo económico y la calidad en la producción de bienes y servicios, a fin de ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo en las cadenas de valor, fomentar el comercio internacional. Dicha ley, establece en su artículo 32:

Las Normas Oficiales Mexicanas deberán ser revisadas al menos cada cinco años posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación o de aquélla de su última modificación, a través de un proceso de revisión sistemática que se ajuste a lo previsto en el reglamento de esta ley, debiendo notificar el informe al secretariado ejecutivo de la comisión con los resultados de la revisión, dentro de los sesenta días posteriores a la terminación del período quinquenal correspondiente.

Por su parte, la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de marzo de 2012, entrando en vigor, de conformidad con su artículo transitorio primero, a los sesenta días naturales posterior a su publicación. En ese orden de ideas, el plazo señalado en el artículo 32 de la LIC, por lo tanto, venció en 2017.

La Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, es de importancia fundamental dado su objetivo y campo de aplicación:

• Numeral 1.1. Esta norma tiene por objeto satisfacer para la organización y funcionamiento de los laboratorios clínicos.

• Numeral 1.2. Esta norma es de observancia obligatoria para los laboratorios clínicos, así como para los profesionales y técnicos del área de la salud de los sectores público, social y privado que intervengan en la organización y funcionamiento de dichos establecimientos.

No obstante, desde su publicación a la fecha, diversos campos de la ciencia y la tecnología han desarrollado nuevos procesos e instrumentos que tienen como objetivo apoyar el trabajo realizado en los laboratorios clínicos, los cual ha quedado documentado en diversos artículos académico-científicos con recomendaciones puntuales sobre la toma de muestras médicas, mismos que han sido de-sarrollados, entre otros, por expertos de institutos nacionales de salud; por lo que se hace necesaria la actualización de la NOM en la materia.

2.- Sobre el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad (PNIC), la LIC establece en su artículo 29 que es un instrumento de planeación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional. El Programa deberá alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo, así como con los programas sectoriales de las Autoridades Normalizadoras.

...

Las Autoridades Normalizadoras no podrán presentar propuestas ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización, o expedir, modificar o cancelar Normas Oficiales Mexicanas sobre temas que no estén incluidos en el Programa del año en curso, salvo que se trate de Normas Oficiales Mexicanas de emergencia. Tampoco podrán elaborarse, expedirse, modificarse o cancelarse Estándares que no estén incluidos en el Programa del año de que se trate. (Énfasis añadido).

Al igual que el PNIC, el Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad es un instrumento de planeación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional. El PNIC y su Suplemento coadyuvan a la consecución de los fines institucionales al ser los instrumentos idóneos para planificar, informar y coordinar las actividades de normalización nacional, por lo que se busca que el mismo sea un instrumento de información y difusión al público en materia de Infraestructura de la calidad.

Por lo anterior, para efectos de actualización de la NOM en comento, su publicación debe tener lugar en el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad o bien en su Suplemento, de conformidad con el artículo 29 de la LIC:

El Programa aprobado por la Comisión sólo podrá complementarse a través del Suplemento del Programa Nacional de Normalización, en el entendido que deberá quedar integrado por el secretariado ejecutivo a más tardar el 15 de junio de cada año, para ser sometido al pleno de la comisión para su revisión, análisis y aprobación y a más tardar el 15 de julio de cada año; una vez aprobado, el suplemento al Programa deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 30 de agosto del año de que se trate. Para esos efectos, las Autoridades Normalizadoras deberán remitir al secretariado ejecutivo sus propuestas de modificaciones, a más tardar, el 30 de mayo de cada año.

3.- El pasado 10 de febrero, se publicó en el portal de consulta de anteproyectos de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), el anteproyecto de Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, el cual no incluye la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, como parte de los apartados considerados para ser expedida, modificada o cancelada.

4.- De 2012 a la fecha existen diversos documentos realizados por expertos que permiten identificar mejores prácticas para la obtención de muestras en laboratorios clínicos, como son:

• El artículo “Guía de práctica clínica para la bioseguridad en toma de muestras en México”, desarrollado por especialistas del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, encabezados por Martha Asunción Huertas Jiménez y Arturo Galindo Fraga, el cual contempla procedimientos de bioseguridad para la toma de muestras, incluidas las acciones esenciales para la seguridad del paciente, reducción de riesgo de infecciones asociadas a la atención a la salud, bioseguridad del trabajador de salud y uso de antisépticos. La principal conclusión de dicho artículo es que no existe una norma oficial para las acciones preventivas en la reducción de riesgos asociados a la manipulación de muestras biológicas.

• El artículo denominado “Guía de práctica clínica para la toma de muestra urinaria en México”, desarrollado por un grupo multidisciplinario de expertos, encabezado por Samuel Treviño Mora, para promover la calidad preanalítica de la muestra para el análisis de orina y homogenizar los criterios de toma de muestra, transporte y conservación. El documento incluye recomendaciones para la solicitud, identificación y preparación del paciente, toma de muestras en mujeres, en hombres y en niños (con y sin control de esfínteres), así como la toma de muestra por punción suprapúbica, manejo y transporte de muestras.

• El artículo “Guía de práctica clínica para toma da muestras de gases en sangre en México”, también de-sarrollado por un grupo de expertos encabezados por Juan Carlos Contreras Perea, tiene como objetivo promover la calidad preanalítica de la muestra para el análisis de gases en sangre y estandarizar el protocolo de toma da muestra, transporte y su conservación. El documento incluye recomendaciones para la solicitud, identificación y preparación del paciente, indicaciones y contraindicaciones de la toma de muestra, selección del tipo de toma, sitio anatómico, uso y selección del material adecuado para la recolección de muestra, toma de muestras en el quirófano, complicaciones, manejo y transporte de muestras, así como criterios de rechazo de la muestra.

Documentos como los señalados, actualizan los valores y métodos correspondientes para la mejora de la toma de muestras médicas. Adicionalmente, es importante resaltar que en el Catálogo Maestro de Guías de Práctica Clínica del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (Cenetec), no se encuentra ninguna guía de práctica clínica en la materia, razón por la cual es importante la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, para incluir esta información.

5.- En junio de 2020, la Dirección General de Epidemiología de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, de la Secretaría de Salud, emitió los Lineamientos para la Toma, Manejo y Envío de Muestras para Diagnóstico a la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública. La Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública (RNLSP) es el conjunto de laboratorios con objetivos específicos que permiten unificar métodos de diagnóstico, criterios de interpretación de resultados, transferencia tecnológica, generación de conocimiento y formación de recursos humanos que garanticen procedimientos técnico-administrativos que produzcan información de laboratorio útil para la vigilancia epidemiológica y la operación de programas preventivos.

Es necesario considerar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4 el derecho a la protección de la salud:

Artículo 4. ...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por otra parte, destaca en su artículo 8:

Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

Por otro lado, el Programa Sectorial de Salud 2020-2024 publicado el 17 de agosto de 2020, destaca distintos tipos de objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales, siendo fundamentales:

Objetivo prioritario 2.- Incrementar la eficiencia, efectividad y calidad en los procesos del SNS para corresponder a una atención integral de salud pública y asistencia social que garantice los principios de participación social, competencia técnica, pertinencia cultural y trato no discriminatorio, digno y humano.

Estrategia prioritaria 2.1. Instrumentar un nuevo modelo de Atención Primaria de Salud Integral APS-1, para incrementar la capacidad resolutiva en el primer nivel de atención y garantizar el acceso oportuno de la población a los servicios de salud.

Acción puntual 2.1.7. Fortalecer el diagnóstico oportuno a través de un sistema de diagnóstico de laboratorio en primer nivel de atención.

Objetivo prioritario 4. Garantizar la eficacia de estrategias, programas y acciones de salud pública, a partir de formación oportuna y confiable, que facilite la promoción y prevención en salud, así como el control epidemiológico tomando en cuenta la diversidad de la población, el ciclo de vida y la pertinencia cultural.

Estrategia prioritaria 4.1. Fortalecer la vigilancia sanitaria con base en la investigación científica y articulación del SNS para anticipar acciones y estrategias que correspondan a las necesidades y requerimientos desde una perspectiva territorial, epidemiológica y sensible a las condiciones críticas o de emergencia.

Acción puntual 4.1.4. Fortalecer las capacidades en diagnóstico y monitoreo de los pacientes atendidos, procurando la accesibilidad y la atención cercana, a través de una mejor articulación de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública. [Énfasis propio].

La actualización de la NOM-007 permitiría abonar al cumplimiento de los objetivos y acciones específicas señaladas en el Programa Sectorial de Salud 2020 — 2024.

La importancia del proceso de revisión de las Normas Oficiales Mexicanas reside en la posibilidad de generar esquemas de atención y prevención que permitan asegurar los tratamientos más oportunos y menos agresivos de manera que solucionen más rápidamente la enfermedad o bien aumenten la esperanza y calidad de vida; además, en términos económicos, permiten incrementar el costo eficiencia relacionado con las intervenciones.

En el caso de la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, su actualización, luego de 10 años de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, permitiría atender las mejores prácticas internacionales, así como señalado por expertos que han desarrollado distintos artículos científicos, considerando nuevos avances para la toma de muestras que involucran la prevención y atención de diversos padecimientos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Salud para que a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, se incluya la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos, en el Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, con la finalidad de llevar a cabo su proceso de revisión y actualización que responda, de acuerdo con las mejores prácticas internacionales y los nuevos avances científicos.

Notas

1 Artículo 1 Ley de Infraestructura de la Calidad. Diario Oficial de la Federación. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LICal_010720.pdf

2 Ley de Infraestructura de la Calidad. Diario Oficial de la Federación. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LICal_010720.pdf

3 Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, Para la organización y el funcionamiento de los laboratorios clínicos. Diario Oficial de la Federación. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5240925&fecha=27/ 03/2012#gsc.tab=0

4 Ibid.

5 Suplemento del del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2022.Consultado el 20 de febrero de 2023. Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5662839&fecha=30/ 08/2022#gsc.tab=0

6 Fraga, A. &. Huerta, M.(10 de marzo de 2022). Guía de práctica clínica para la bioseguridad en toma de muestras en México. Latin American Journal of Clinical Sciences and Medical Technology. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://www.lajclinsci.com/vD?tD=6&rG=20&tpA=ver

7 Treviño Mora, S. et al. (30 de junio de 2022). Guía de práctica para la toma de muestra urinaria en México. Latin American Journal of Clinical Sciences and Medical Technology. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://www.lajclinsci.com/vD?tD=6&rG=22&tpA=ver

8 Perea, J. C. et al. (21 de julio de 2022). Guía de práctica clínica para toma de muestra de gases en sangre en México. Latin American Journal of Clinical Sciences and Medical Technology. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://www.lajclinsci.com/vD?tD=6&rG=23&tpA=ver

9 CENETEC, Infografía del Catálogo Maestro de Guías de Práctica Clínica, Consultado el 20 de febrero de 2023 en

http://www.cenetec.salud.gob.mx/contenidos/Transparencia/transpa rencia_focalizadagpc_gob.html

10 Lineamientos para la Toma, Manejo y Envío de Muestras para Diagnóstico a la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública. Secretaría de Salud. Consultado el 20 de febrero de 2023 en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/558702/Lineamient os_TMEM_2020_180620.pdf

11 Programa Sectorial de Salud 2019-2024, Secretaría de Salud. México 17 de agosto 2020. Fuente:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598474&fecha=17/0 8/2020 Consultado 20 de febrero de 2023.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de febrero de 2023.– Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA PROFECO, A INVESTIGAR PROBABLES PRÁCTICAS ABUSIVAS POR PARTE DE LAS EMPRESAS DE TELEFONÍA CELULAR ANTE LA VENTA DE EQUIPOS SIN CARGADOR ELÉCTRICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco a iniciar un procedimiento de investigación por probables prácticas abusivas por parte de las empresas de telefonía celular, ante la venta de equipos sin cargador eléctrico, a cargo de la diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Blanca Alcalá Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en la LXV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo , con base en las siguientes

Consideraciones

Actualmente el mundo transita rápidamente hacia la era digital, donde el internet se ha convertido en su estructura principal. Cada día migran más actividades humanas a las plataformas digitales, desde vender, comprar, educarse y especializarse, aprender otro idioma, interrelacionarse con otras personas o grupos, brindar asesorías, tomar consultas médicas, esparcirse, invertir, llevar la contabilidad de un negocio, acceder a financiamiento, realizar transacciones monetarias y un sinnúmero de servicios de banca en línea, son algunas de las actividades ya cotidianas, las cuales se desarrollan a través de computadoras personales, tabletas electrónicas y, predominantemente, por equipos de telefonía móviles, conocidos como celulares.

De acuerdo con el informe “Estado de la conectividad de internet 2022” a finales del 2021, poco más de 4 mil 300 millones de personas usaron internet móvil, alcanzando el 55 por ciento de la población mundial. Respecto a la cobertura de banda ancha móvil, aunque continúa expandiéndose a un ritmo lento, ya alcanza el 95 por ciento de la población en el planeta cubierta por una red de este tipo.

Refiere el informe que existe un mayor número de conexiones móviles usando teléfonos conocidos comúnmente como inteligentes con redes móviles 3G, 4G y, recientemente 5G. A nivel mundial, los teléfonos inteligentes representaron casi las tres cuartas partes (73 por ciento) del total de conexiones móviles en el 2021 con una tasa de crecimiento del 9 por ciento.

Respecto a las barreras clave para la adopción y uso del internet móvil, la asequibilidad de los equipos o precios accesibles y la falta alfabetización y habilidades digitales siguen impidiendo que más personas accedan a los beneficios de estas tecnologías.

En el caso de nuestro país, de acuerdo con información de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih) 2021, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en colaboración con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en el 2021 88.6 millones de mexicanos eran usuarios de internet, los cuales representan el 75.6 por ciento de la población de seis años o más. Destaca que la telefonía celular es una de las tecnologías con mayor uso entre la población con 91.7 millones de personas usuarias, lo cual representa el 78.3 por ciento de la población mexicana.

De lo anterior se desprende que nueve de cada diez personas usuarias de teléfono celular disponían de un teléfono celular inteligente (smartphone) que les permitió conectarse a internet, equivalente al 93.9 por ciento.

En el mercado mundial de los smartphones, se reportan ingresos estimados en el 2022 por más de 541 mil millones de dólares. Solo en el 2021 se vendieron poco más de 1,535 millones de teléfonos inteligentes a nivel global. De acuerdo con la consultora Counterpoint en el tercer trimestre del 2022, la cuota de mercado de los envíos globales de teléfonos inteligentes la mantuvieron 5 marcas: Samsung con el 21 por ciento del mercado total con ventas de 64.3 millones de unidades; seguida por Apple, que obtuvo un 16 por ciento tras vender 49.2 millones; Xiaomi, con el 13 por ciento envió 40.5 millones de unidades; Oppo tuvo el 10 por ciento del mercado, tras enviar 29.5 millones; y Vivo acaparó el 9 por ciento del mercado con 26 millones de unidades.

Cabe destacar que del año 2007 al 2021 la venta de equipos celulares ha mantenido una tendencia creciente, llegando a enviar en este último año 239.9 millones de unidades.

No obstante, ante este crecimiento exponencial, desde el año 2020, por aparentes políticas medioambientales que implicaban la reducción de carbono la empresa Apple inició la venta de equipos sin cargador y sin auriculares, “EarPods” que hasta esa fecha se incluían.

Durante una conferencia de prensa, la portavoz de la empresa expuso las políticas medioambientales como parte de la responsabilidad social corporativa. En este sentido se sostuvo que la hoja de ruta establecida tiene como objetivo lograr, entre otras cosas, que la empresa sea neutro en carbono, con sus operaciones corporativas de cara al año 2030, para lo cual precisaban realizar cambios en la cadena de suministros y logística a nivel global.

En cuanto a la eliminación del adaptador de carga o los auriculares. El portavoz de la empresa sostuvo, como principal motivación, la reducción de residuos.

Si bien nadie está contra del cuidado al medioambiente, este no debe ser el argumento de una empresa para dejar de proporcionar los elementos necesarios para el funcionamiento de los equipos, pues esta omisión obliga al consumidor a adquirir en el mismo momento de la adquisición de un teléfono, un cable cargador, de no contar con uno de uso con las especificaciones que requiere el nuevo equipo adquirido.

En el caso específico que se analiza, se estima que la empresa sólo está trasladando parte de su responsabilidad en materia medioambiental al usuario de sus productos.

Asimismo, cabe tener presente que en el caso de nuestro país, el retiro de los elementos antes señalados — cargador y auriculares — no se tradujo en una disminución en el costo de los equipos, asimismo los compradores han tenido que adquirir el cargador que es un elemento necesario para el uso del equipo celular, en la mayoría de los casos, en el mismo momento de la compra del equipo celular.

A mayor argumento, cabe señalar que, a diferencia de otros teléfonos celulares que pueden utilizar un cargador o cable genérico, el cargador de los teléfonos inteligentes IPhone, requiere de un cable cargador con características específicas.

Al respecto, el artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, enuncia los principios básicos en las relaciones de consumo, entre las cuales se encuentran:

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios, o estipulaciones en contrario.

...

Son principios básicos en las relaciones de consumo:

I. a VI. ...

VII. La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios.

VIII a IX. ...

Cabe señalar que la decisión de dicha compañía de retirar de las cajas de los teléfonos celulares a venta el cable cargador, ha sido objeto de cuestionamiento en diversos países.

Asimismo, de acuerdo con diversas fuentes periodísticas, desde que dicha compañía retiro el cargador en sus teléfonos a la venta en el año 2020, se ha ahorrado aproximadamente 27 USD por cada equipo vendido, lo cual ha representado un total de 6.4 millones de dólares.

En este contexto de prácticas abusivas hacia el consumidor, cabe recordar que la Unión Europea llegó a un acuerdo para que todos los teléfonos inteligentes, tabletas y dispositivos portátiles estén equipados con un puerto USB-C para otoño de 2024.

En términos del acuerdo, a partir de la implementación de la normativa, los aparatos portátiles podrán ser vendidos con o sin el cargador, para dar a los consumidores la posibilidad de utilizar cables que ya posean en sus viviendas sin pagar uno nuevo.

De acuerdo con el Parlamento Europeo, se espera que el cambio permita el ahorro de al menos 200 millones de Euros por año y reduzca más de mil toneladas de desechos electrónicos anuales en la Unión Europea.

En el caso de nuestro país, en principio y de manera paralela en el continente americano, es importante impulsar medidas realmente protectoras del medio ambiente, pero por supuesto también protectoras de los derechos de los consumidores, como en el caso que se analiza.

En este contexto, cabe tener presente que en septiembre de 2022, la Secretaría Nacional del Consumidor (Senacon), del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Brasil determinó la suspensión en todo el territorio nacional de la venta de teléfonos celulares no acompañados de los cargadores de batería, además de la aplicación de una multa a Apple Computer Brasil, por valor de 12 millones 275 mil 500 reales, equivalentes a 2.4 millones de dólares.

De acuerdo con la Senacon, al dejar de vender teléfonos celulares sin cargador, “que es imprescindible para el funcionamiento normal del teléfono”, las empresas practican la venta casada por “disimulación”, ya que, de forma indirecta, obliga al consumidor a adquirir un segundo producto, el cargador, sin el cual el dispositivo principal no funciona. Asimismo, se está frente a una venta de producto incompleto o despojado de funcionalidad esencial — de acuerdo con la autoridad -, la venta del producto sin cargador es suficiente para que se considere “inapropiada o inadecuada para el consumo al que está destinado o que disminuya su valor”, de acuerdo con el Código de Protección al Consumidor.

Los argumentos y fundamentos expresados, sustentan el exhorto a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) a efecto de garantizar los derechos de las y los consumidores mexicanos que han adquirido o están valorando comprar un equipo celular.

Para garantizar la protección, en términos de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco tiene como atribución “Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores;” y “Procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan”. Asimismo, puede ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que representen daño a la economía del consumidor.

Por otra parte, en términos de lo dispuesto en la fracción III del artículo 125 de la ley citada, la Profeco puede ordenar como medida precautoria, la suspensión o comercialización de bienes productos o servicios de la economía de una colectividad de consumidores.

Por los razonamientos expresados, consideramos viable exhortar a la Procuraduría Federal del Consumidor, a efecto de que inicie un procedimiento de investigación respecto a la práctica de las compañías de telefonía celular que han dejado de proporcionar elementos esenciales para el uso de los equipos, como los son los cables cargadores.

Por lo anteriormente expuesto y fundado pongo a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a garantizar el derecho de las y los consumidores mexicanos e iniciar un procedimiento de investigación por probables prácticas abusivas por parte de las empresas de telefonía celular, ante la venta de equipos sin cargador eléctrico y, de existir elementos conforme a la ley de la materia, suspenda su comercialización, restituya los derechos del consumidor e imponga las sanciones correspondientes.

Notas

1 Delaporte, Anne y Bahia, Kalvin. The State of Mobile Internet Connectivity 2022. GSMA. 2022. P. 11 O [En línea] [Fecha de consulta: 19—Enero—2023] Disponible en:

https://www.gsma.com/r/wp-content/uploads/2022/12/The-State-of-M obile-Internet-Connectivity-Report 2022.pdf?utm_source= website&utm_medium=download-button&utm_campaign=somic22

2 Ibídem. P. 15

3 Ibídem. P. 40

4 INEGI — IFT. Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2021. Comunicado de prensa núm. 350/22. 4 de julio de 2022. P. 1 [En línea] [Fecha de consulta: 21—Enero—2023] Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ OtrTemEcon/ENDUTIH_21.pdf

5 Ibídem. P. 9

6 Ibídem. P. 10

7 Mena Roa, Mónica. Radiografía del mercado mundial de los smartphones. Statista. 28 de febrero 2022. [En línea] [Fecha de consulta: 21—Enero—2023] Disponible en:

https://es.statista.com/grafico/25181/seleccion-de-datos-sobre-e l-mercado-de-los-smartphones/

8 Counterpoint. Global Smartphone Shipments Market Data (Q4 2020 — Q3 2022). Date. December 20, 2022 [En línea] [Fecha de consulta: 21—Enero—2023] Disponible en:

https://www.counterpointresearch.com/global-smartphone-share/

9 https://www.dw.com/es/parlamento-europeo-aprob%C3%B3-cargador-universal-para-te l%C3%A9fonos/a-63329068#:~: text=El%20Parlamento%20Europeo%20aprob%C3%B3%20este,Apple%20a%20modificar%20sus %20modelos.

10 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2023.– Diputada Blanca Alcalá Ruiz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA CFE, A REDUCIR LAS TARIFAS DE ELECTRICIDAD QUE SE APLICAN A LAS ESCUELAS PÚBLICAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE a reducir las tarifas de electricidad que se aplican a las escuelas públicas del país y a establecer esquemas de colaboración con autoridades estatales y municipales, a cargo del diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La educación es, sin duda alguna, una vía para que las naciones alcancen mayores niveles de bienestar social y de crecimiento económico, así como para acortar las desi-gualdades económicas y sociales entre los diversos sectores de la población porque propicia la movilidad de las personas y les permite acceder a mejores empleos y mayores ingresos.

Por lo anterior la educación es considerada como un derecho fundamental, el cual se encuentra contemplado en el artículo tercero de nuestra Carta Magna, donde se establece lo siguiente:

Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.”

De lo anterior deriva la responsabilidad del Estado de garantizar el ejercicio pleno y efectivo del derecho de acceso a la educación, lo que implica también asegurar que los centros educativos cuenten con una infraestructura adecuada.

Existe una evidente relación positiva entre la calidad de la infraestructura educativa y el aprendizaje de los estudiantes y son claros los beneficios que trae consigo el hecho de que una escuela cuente con toda la infraestructura necesaria para su funcionamiento, es decir, que cuente con mobiliario, agua potable, energía eléctrica, drenaje, conexión a internet, entre otros elementos.

Bajo esta lógica, la energía eléctrica juega un papel central en el proceso educativo. No olvidemos que, debido a la importancia alcanzada por la electricidad en la vida moderna, el acceso a este bien ha sido considerado como un derecho humano.

En las escuelas, la electricidad es indispensable para hacer funcionar la iluminación de las aulas, las bombas de agua, los equipos de cómputo y los servicios de telecomunicaciones que facilitan la transmisión de conocimientos como el internet, la televisión y la radio, así como el aire acondicionado o la calefacción en los lugares donde estos son indispensables.

Si bien el gobierno del Presidente López Obrador ha realizado importantes esfuerzos para el mejoramiento de miles de escuelas públicas a través del programa La Escuela es Nuestra (consistente en destinar fondos para que cada comunidad escolar los aplique en acciones de construcción, rehabilitación y mantenimiento de las aulas), lo cierto es que aún queda mucho por hacer.

Además, se debe tomar en cuenta que el sector educativo en nuestro país resultó uno de los más afectados por la pandemia de COVID-19, pues ésta obligó a que millones de alumnas y alumnos continuaran con su formación desde casa y los planteles escolares cerraran sus puertas. Esta situación provocó que los centros educativos sufrieran deterioros derivados de la falta de uso y mantenimiento, por lo cual el regreso a clases de manera presencial se volvió todo un reto.

Actualmente, la crisis sanitaria provocada por la pandemia se ha visto reducida y paulatinamente la sociedad ha ido retomando la normalidad, sin embargo, sus estragos se mantienen latentes y es preciso tomar acciones a fin de superar el impacto producido en el sector educativo y evitar que éste sea un obstáculo para garantizar el acceso y ejercicio efectivo de la población de su derecho a la educación.

En este sentido, una de las principales presiones que sufren los planteles educativos en todo el país son las financieras, entre éstas se encuentran las asociadas al pago de servicios básicos como el de la electricidad.

En este contexto, sigue habiendo escuelas donde las y los alumnos tienen que tomar clases sin contar con energía eléctrica, así ha podido constatarlo el que suscribe la presente proposición durante los recorridos realizados en el distrito federal 7 del estado de San Luis Potosí.

El principal problema es que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) les suspendió a muchas escuelas el suministro de electricidad ante la falta de pago y la gran mayoría de éstas no cuenta con los medios para ponerse al corriente y lograr la reconexión. Cabe señalar que en su mayoría se trata de escuelas ubicadas en comunidades rurales con un alto porcentaje de población indígena en donde resulta de vital importancia lograr que sus niñas, niños y adolescentes accedan a la educación de calidad, lo cual incluye, desde luego, una adecuada infraestructura física educativa.

Aun cuando no exista estadística generalizada respecto a las dificultades que hoy enfrentan las escuelas para hacer frente a los altos costos de la electricidad, se pueden encontrar casos que resultan muy ilustrativos, por ejemplo, el de Veracruz donde existen escuelas que tienen que pagar recibos de luz de hasta 15 mil pesos cuando antes cubrían dichos gastos por cantidades que oscilaban entre 150 y 300 pesos. En el mismo estado se ven casos donde los padres son quienes tienen que absorber parte del costo de los recibos de luz.

En contraste, se deben reconocer los esfuerzos focalizados que se han tomado por parte de la presente administración para atender los problemas asociados al suministro de energía para escuelas en colaboración con autoridades estatales en miras de aminorar el impacto económico que éste representa para los centros educativos.

Ejemplo de lo anterior es el convenio firmado entre el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca y la CFE donde “a través de estas acciones se sufragarán los gastos del consumo eléctrico de estos planteles de Nivel Básico, que ascienden a un monto superior a los 140 millones de pesos anuales, y con ello evitar que las autoridades municipales y los padres de familia eroguen el pago de dicho servicio. El acuerdo establece que la CFE dotará servicios de electrificación a las instituciones educativas, principalmente aquellas que se encuentran en comunidades rurales y zonas marginadas de la entidad, el IEEPO financiará el costo de estos beneficios.”

No obstante lo anterior, se necesita una acción generalizada y contundente en todo el país para apoyar a las escuelas públicas con los gastos derivados de la electricidad que consumen. Acciones en este sentido abonarían a cambiar la realidad de miles de escuelas como las del estado de San Luis Potosí, las cuales han tenido que enfrentar importantes retos para reactivar sus actividades después de la pandemia por covid-19. Algunos de los planteles, tanto en San Luis Potosí como en otras entidades federativas, registran problemas de abasto de agua, de electricidad y otros se encuentran muy deteriorados por lo que contar con la ayuda de la CFE para reducir las presiones generadas por el costo de los recibos de luz implicaría dar un paso adelante en cuanto respecta a garantizar el acceso efectivo a la educación a millones de niñas, niños y adolescentes que viven en comunidades de alta marginación.

En virtud de lo aquí expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad a emprender acciones encaminadas a reducir las tarifas de electricidad que se aplican a las escuelas públicas del país y a establecer esquemas de colaboración con autoridades estatales y municipales que permitan la reconexión del servicio de energía eléctrica a los planteles a los que se les haya suspendido por presentar adeudos pendientes de pago.

Notas

1. Véase, “Escuelas pagan hasta 15 mil pesos por la luz”, Vanguardia de Veracruz, 01 de abril de 2019. Consultado en:

https://www.vanguardiaveracruz.mx/escuelas-pagan-hasta-15-mil-pe sos-por-la-luz/

2. Véase, “Escuelas pagan hasta 234 mil pesos de luz, SEV propone soluciones”, El Sol de Córdoba 20 de mayo de 2022. Consultado en:

https://www.elsoldecordoba.com.mx/local/cuanto-pagan-las-escuela s-de-luz-sev-propone-soluciones-8308900.html

3. Véase, “FIRMAN IEEPO Y CFE CONVENIO PARA GARANTIZAR ENERGÍA ELÉCTRICA A MÁS DE 10 MIL ESCUELAS”, Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca Consultado en:

https://www.oaxaca.gob.mx/ieepo/firman-ieepo-y-cfe-convenio-para -garantizar-energia-electrica-a-mas-de-10-mil-escuelas/

4. Véase, “Tras abandono por pandemia, escuelas están sin luz ni agua: Claudia Tristán”, El Sol de San Luis, jueves 25 de agosto de 2022. Consultado en:

https://www.elsoldesanluis.com.mx/local/tras-abandono-por-pandem ia-escuelas-estan-sin-luz-ni-agua-claudia-tristan-87922 57.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y A LA COFEPRIS, A ELIMINAR LA VENTA DE FÁRMACOS EN PUESTOS SEMIFIJOS, MÓVILES O AMBULANTES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la Cofepris, en coordinación con las Secretarías de Seguridad Ciudadana locales, a llevar a cabo las respectivas medidas de seguridad y ejecutar los planes de acción necesarios para eliminar la venta de fármacos en puestos semifijos, móviles o ambulantes en los estados de la República, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Ana Karina Rojo Pimentel, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, someto a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé en su artículo 4o, el derecho de las personas a la protección a su salud, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cualitativa y cuantitativa de los servicios de salud, cimentando así los programas de prevención de adicciones y farmacodependencia.

La venta y consumo de sustancias controladas tiene antecedentes en la Ciudad de México, sin embargo, en diferentes estados del país se ha suscitado un incremento notable, potenciado por las redes sociales en las que los adolescentes acceden de la manera más sencilla a fármacos y sustancias controladas, de las cuales no tienen conocimiento de su composición y los efectos que producen a su organismo.

Así mismo, la Ley General de Salud; establece en su artículo 226 los parámetros para la venta y suministro al público, en el que destaca la recepción de una receta médica o permiso especial, así mismo se especifica en su párrafo séptimo que estos medicamentos no pueden ser comerciados ni distribuidos mediante puestos semifijos o ambulantes. Ambos requerimientos son claramente ignorados en lo que a la venta ilegal refiere, ya que se puede conseguir incluso por redes sociales, ignorando los requerimientos que establece la ley, incrementando incluso la demanda de los medicamentos debido a su bajo costo y fácil acceso, aunque en la mayoría de veces, se trate de sustancias caducas o alteradas.

La alta demanda, a su vez, genera el robo en diferentes modalidades, ya sea robo hormiga por parte de los mismos trabajadores del sector salud o ya sea el robo con o sin violencia a farmacias privadas, situación que de manera urgente se tiene que combatir, para así lograr el tan anhelado estado de bienestar para la población.

Dicho así, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con sus atribuciones y competencias especificadas en el artículo 17 bis en su fracción X, en la que se le atribuye la aplicación de sanciones y medidas de seguridad necesarias para mantener la salud pública.

Asimismo, esta depende de los planes y programas destinados prevenir la venta y consumo ilegal que resulte en un problema especialmente grave para la salud pública, y en su defecto, la aplicación de sanciones debidas que actúen como persuasiones ante los ciudadanos que infrinjan las normas establecidas.

Durante la pandemia, se redujo de manera importante, el número de operativos en tianguis y mercados sobre ruedas de la Ciudad de México, en los que se decomisaban los diferentes tipos de fármacos que en estos lugares aún se comercializan y se sancionaba a los individuos que comercializaban con dichas sustancias de manera ilegal.

Desafortunadamente, en los últimos meses las redes sociales han potencializado la demanda de estas sustancias en un esfuerzo de pertenencia a un determinado grupo social, los medicamentos, fármacos y/o sustancias, a las que los jóvenes tienen a su alcance de manera casi inmediata y sin regulación alguna, ha desencadenado en un daño al tejido social ya no solo en la Ciudad de México; sino a lo largo de nuestro país, en el que, los adolescentes, al no contar con la información y efectos secundarios de los medicamentos, ni siendo recetados por un médico profesionista, resultan en intoxicaciones que pueden llegar hasta un coma o incluso la muerte.

Se tiene constancia que el medicamento más recurrente, según los últimos incidentes es el Clonazepam, una sustancia psicotrópica que, de acuerdo a la Ley General de Salud, pertenece al grupo de las Benzodiazepinas y; la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) establece que las indicaciones terapéuticas del Anticonvulsivante son en casos de epilepsia crónica general y parcial, Síndrome de Lennox-Gastaut y Trastorno de Pánico.

Así mismo, las contraindicaciones van desde pacientes con hipersensibilidad a las benzodiazepinas, con insuficiencia hepática ni con glaucoma de ángulo cerrado. Además, las precauciones generales advierten la posibilidad de provocar debilidad muscular y provocar insuficiencia respiratoria.

Las reacciones secundarias y adversas se listan desde la posibilidad de amnesia anterógrada, somnolencia transitoria, sedación, ataxia, mareos, cefalea, confusión, depresión, disartria, cambios en la libido, temblor, incontinencia y retención urinarias, nausea, vómito y diarrea, llegando ocasionalmente a reacciones agravadas como lo son hepatitis, dermatitis, anemia o psicosis.

Finalmente, ante una sobredosificación por clonazepam, se presenta la depresión del Sistema Nervioso Central (SNC) resultando hasta un coma o el propio cese de las funciones vitales.

A día 14 de febrero de 2023, la Secretaría de Salud informó que ha documentado al menos 45 casos en 18 entidades federativas relacionados con intoxicación por consumo de clonazepam sin prescripción médica. El subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell Ramírez detalló que, de los 45 casos, cinco o seis ocurrieron en escuelas, el resto fue en domicilios, fuera del horario escolar, en personas de 10 a 19 años.

Esto representa un problema a nivel generacional que puede evolucionar de un reto de redes sociales a una adicción que tendrá repercusiones psicosociales críticas que influirán en el desarrollo de nuestro entorno.

El Código Penal Federal considera como narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias que especifica y determina la Ley General de Salud, entre los cuales se encuentran identificadas las benzodiacepinas, las cuales pertenece el clonazepam, asimismo, se establece una pena de 10 a 25 años y 100 hasta 500 días multa a todo aquel que produzca, transporte, trafique, comercie y suministre aun de manera gratuita o prescribiendo alguno de los narcóticos que se señala en el artículo 193 del Código Penal Federal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

 Punto de Acuerdo

Único. Que esta Honorable Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para que, en coordinación con las Secretarías de Seguridad Ciudadana de los Estados, se lleven a cabo las respectivas medidas de seguridad y ejecutar los planes de acción necesarios para eliminar la venta de fármacos en puestos semifijos, móviles o ambulantes en los estados de la República.

Notas

i. http://www.facmed.unam.mx/bmd/gi_2k8/prods/PRODS/Clonazepam%20Tabs.htm

ii. https://aristeguinoticias.com/1402/mexico/reto-clonazepam-salud-registra-45-cas os-de-intoxicacion-6-ocurrieron-en-escuelas/

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 22 de febrero 2023.– Diputada Ana Karina Rojo Pimentel (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SEGOB, A PROMOVER DIRECTRICES PARA QUE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ERRADIQUEN LA VIOLENCIA Y SE FORTALEZCA EL RESPETO HACIA LAS MUJERES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres, a cargo de la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía la presente “proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, a vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia, se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres, y en su caso, sancione a los medios de comunicación que fomenten dichas prácticas”, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. En semanas pasadas se retomó en medios de comunicación social, comentarios y expresiones en el que la conductora de un programa de televisión realizó comentarios sobre el aspecto físico de la cantante Yuridia Francisca Gaxiola Flores, conocida como “Yuridia”.

La reproducción de dichos comentarios continúa fomentando la violencia contra las mujeres, limitando el ejercicio pleno de sus derechos humanos.

Sin embargo, no es un caso aislado. La portada de la revista “Marie Claire” en la que aparece la actriz Michelle Rodríguez, fue objeto de críticas a través de redes sociales.

La “gordofobia” afecta la salud mental de las víctimas y hasta puede derivar en trastornos alimenticios o actos que atenten contra su propia vida. Asimismo, afecta su desenvolvimiento social y acceso a oportunidades de trabajo.

II. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia como “El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga mucha probabilidad de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”.

III. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), considera que la violencia contra mujeres y niñas es una de las violaciones más generalizadas y recurrentes de los derechos humanos en el mundo, aunado a las graves consecuencias que trae consigo.

En el caso particular de las mujeres y niñas, se encuentran expuestas a diversas situaciones de violencia por su género, por mencionar algunas: económica, psicológica, emocional, física, sexual, digital, que cada vez van más en aumento hasta llegar al feminicidio.

IV. Como consecuencia de la violencia que se vive en México, el Instituto Nacional de las Mujeres ha informado a través de su página oficial de internet que, a la fecha se han emitido 25 Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres en diversas entidades federativas: Estado de México, Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo, Nayarit, Zacatecas, Oaxaca, Durango, Campeche, Jalisco, Puebla y Baja California.

De las 18 entidades federativas evaluadas, se desprende que solo el 9 por ciento de las medidas recomendadas han sido cumplidas por los gobiernos estatales.

De la información sobre violencia contra las mujeres presentado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se desprende que, de enero a diciembre de 2022, se tiene un registro de 122,011 presuntos hechos delictivos cometidos en agravio de mujeres (lesiones dolosas, lesiones culposas, que atentan contra la libertad personal, que atentan contra la vida e integridad corporal, homicidio culposo, homicidio doloso, extorsión, corrupción de menores, feminicidio, trata de personas, secuestro, rapto, tráfico de menores, etc).

V. La Secretaría de Gobernación (Segob) es una dependencia integrante de la administración pública centralizada del Poder Ejecutivo federal y cuenta con 27 atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), entre ellas: a) Formular y coordinar la política de prevención social del delito, cultura de paz y de legalidad, mediante programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación o vulnerabilidad de grupos sociales, así como diseñar e instrumentar programas para la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado; b) Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas y los videojuegos, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito, perturben el orden público o sean contrarios al interés superior de la niñez; y c) Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

VI. Para el desempeño de sus funciones, la Segob se auxilia, entre otros, de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), creada mediante decreto publicado el 01 de junio de 2009 en el DOF.

De conformidad con el artículo 2, apartado C, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, la Conavim, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.

La Conavim tiene por objeto, ejercer las atribuciones previstas en su decreto de creación, así como aquellas que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y su reglamento le confieren a la Secretaría de Gobernación, en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en nuestro país.

VII. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), conforme a su artículo 1, tiene por objeto:

“... establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

El artículo 2 de la LGAMVLV recoge la figura de interpretación conforme al establecer que, para garantizar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, se hará a la luz de aquella y de los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

La LGAMVLV define en su artículo 6 el concepto de “violencia psicológica” como:

“...cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;

[...]”

I. Conforme al artículo 20 Quáter de la LGAMVLV, la violencia digital se define como “todos aquellos actos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación”.

Por lo que respecta a la violencia mediática, el artículo 20 Quinquies de la LGAMVLV establece:

“Artículo 20 Quinquies.- Violencia mediática es todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida. La violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad.”

II. La fracción VIII del artículo 38 de la LGAMVLV, establece que el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres debe contener acciones con perspectiva de género para “Vigilar que los medios de comunicación no fomenten la violencia contra las mujeres y que favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia, para fortalecer el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las mujeres”.

Los artículos 41, fracción XVIII; 42, fracción XI de la LGAMVLV establecen que es facultades y obligaciones de la federación y de la SEGOB, respectivamente: a) Vigilar que los medios de comunicación no promuevan imágenes estereotipadas de mujeres y hombres, y eliminen patrones de conducta generadores de violencia; b) Vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres, y; c) Sancionar conforme a la ley a los medios de comunicación que no cumplan con lo estipulado en la fracción anterior.

III. Conforme al artículo 16 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, es un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación.

Entre los objetivos del Conapred se encuentran:

• Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país;

• Llevar a cabo, las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación;

• Formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en territorio nacional, y

• Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación.

En ese sentido, es necesario que la Segob vigile que los medios de comunicación no fomenten la práctica de estereotipos que promuevan la violencia contra las mujeres por cuestiones físicas.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación, a vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia, se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres, y en su caso, sancione a los medios de comunicación que fomenten dichas prácticas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación a través de la Comisión Nacional para Prevenir la Violencia contra las Mujeres, que elabore una campaña de concientización para erradicar la violencia en medios de comunicación y plataformas de streaming contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como implementar acciones que promuevan el respeto a sus derechos humanos.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación a través del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, que realice las acciones necesarias para que en los medios de comunicación televisiva y plataformas de streaming se incorporen contenidos orientados a prevenir y eliminar las prácticas discriminatorias.

Notas

1 Periódico “El financiero”. Nota periodística disponible en

https://www.elfinanciero.com.mx/espectaculos/2023/02/13/pati-cha poy-se-disculpa-publicamente-por-comentarios-sobre-yuridia/ Consultada: 20 de febrero de 2023.

2 Periódico “El país”. Nota periodística disponible en

https://elpais.com/mexico/gente/2023-02-02/la-portada-de-michell e-rodriguez-en-marie-claire-aviva-el-debate-de-la-gordofobia-en-mexico.html?out putType=amp Consultada: 20 de febrero de 2023.

3 Informe Mundial Sobre la Violencia y la Salud. Organización Mundial de las Naciones Unidas. Ed. 2002. Pág. 3.

https://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_re port/en/abstract_es.pdf Consultado: 20 de febrero de 2023.

4 Organización Mundial de las Naciones Unidas. Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas.

https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-wo men/faqs/types-of-violence Consultado: 20 de febrero de 2023.

5 Instituto Nacional de las Mujeres. Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Disponible en

https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta-de-viol encia-de-genero-contra-las-mujeres-80739 Consultada: 20 de febrero de 2023.

6 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Información sobre violencia contra las mujeres.

https://drive.google.com/file/d/1nLbsgp4mrz1M2CuDId0Y839mch64Apc d/view Consultada: 20 de febrero de 2023.

7 Cámara de Diputados. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Artículos 1, 2, 26 y 27. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf Consultada: 20 de febrero de 2023.

8 DOF. Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Disponible en

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5092144&fecha=01/ 06/2009#gsc.tab=0 Consultada: 20 de febrero de 2023.

9 DOF. Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5561631&fecha =31/05/2019#gsc.tab=0 Consultado: 20 de febrero de 2023.

10 Cámara de Diputados. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf Consultado el 14 de julio de 2022.

11 Cámara de Diputados. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Artículo 16. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPED.pdf Consultada: 20 de febrero de 2023.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



SE BRINDE PROTECCIÓN A LA PERIODISTA PAULINA MILLÁN, DEL PERIÓDICO EL POPULAR, DE PUEBLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y al estado de Puebla, a investigar y brindar protección a la periodista Paulina Millán, del periódico El Popular, de Puebla, a cargo de la diputada Olga Luz Espinosa Morales, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, Olga Luz Espinosa Morales, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero.- La Legislación en materia de protección a personas que se dedican al periodismo data de lo establecido en la Constitución:

Artículo 5. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

Artículo 6. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado

Artículo 7. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.

El 25 de junio de 2012 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas con el objeto de establecer la cooperación entre la Federación y las entidades federativas para implementar y operar las medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en el ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

Asimismo, esta ley crea el mecanismo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas, para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos.

Clara es la norma jurídica que se señala al establecer que son medidas urgentes de Protección: conjunto de acciones y medios para resguardar, de manera inmediata, la vida, la integridad y la libertad del beneficiario.

Segundo. Por lo que respecta a la legislación local, el 17 de julio de 2017 el Ejecutivo estatal expidió el Acuerdo por el que crea la Comisión de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas. El acuerdo tiene por objeto la realización de acciones, estrategias de protección y prevención, en coordinación con el mecanismo federal de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

Este acuerdo señala que la Comisión para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para el cumplimiento de su objeto, tendrá la atribución de coordinar con las instancias estatales correspondientes, la implementación de medidas de protección para periodistas que se ubiquen en el supuesto de que el Gobierno del Estado detecte y constante de oficio.

El Acuerdo prevé que uno de sus objetivos es apoyar al mecanismo federal en la implementación de medidas urgentes de protección, mediante un procedimiento de reacción inmediata cuando se detecten situaciones graves de riesgo o agresión. Esto resulta como único vínculo jurídico con la legislación federal de protección de periodistas y de coadyuvancia con la Coordinación Ejecutiva Nacional.

La Coordinación es el órgano responsable de coordinar con las entidades federativas, las dependencias de la administración pública federal y con organismos autónomos el funcionamiento del mecanismo.

En ese sentido la ley federal de esta materia establece que la Junta de Gobierno contará con la atribución de determinar, decretar, evaluar, suspender y en su caso, modificar las medidas preventivas y las medidas de protección, a partir de la información elaborada por las unidades de la Coordinación.

A destacar resulta que en la entidad no hay una ley para la protección de periodistas que establezca; además de que en esta comisión sólo se encuentran integradas dos representantes de medios de comunicación.

La ley federal de la materia prevé que las medidas preventivas, las medidas de protección y las medidas urgentes de protección deberán reducir al máximo la exposición al riesgo, serán idóneas, eficaces y temporales, podrán ser individuales o colectivas y serán acordes con las mejores metodologías, estándares internacionales y buenas prácticas. En ningún caso dichas medidas restringirán las actividades de los beneficiarios, ni implicarán vigilancia o intrusiones no deseadas en sus vidas laborales o personales.

Tercero. De acuerdo con la organización artículo 21, en el reporte “primer semestre de 2022 encontró que:

- La impunidad y negación ante la violencia extrema contra la prensa persiste” Article 19 documentó 331 agresiones contra la prensa de enero a junio de 2022. En comparación, el primer semestre del 2016 esta organización registró 218 ataques contra la prensa. Esto significa que en el mismo periodo hay un incremento del 51.83 por ciento de agresiones contra la prensa. 105 de las agresiones se realizaron de forma digital.

- En México se registra por lo menos un ataque contra periodistas o medios de comunicación cada 14 horas.

- El Estado sigue siendo, como lo es desde 2007, el principal agresor contra la prensa, quienes perpetraron 128 agresiones, lo que equivale a un 38.67 por ciento del total.

De las 331 agresiones 16 se registraron en el Estado de Puebla, 49 en la Ciudad de México, 30 en Yucatán, 30 en Michoacán, 21 en Tamaulipas, y 20 en Chiapas, para constituir el grupo de entidades federativas en las más se ha agredido a las personas periodistas. La organización no encontró casos en Querétaro, Tabasco y Nayarit.

Artículo 21 señala que el nivel de gobierno en el que se producen más agresiones a los periodistas es en el ámbito estatal, con 61, el municipal con 44 y 23 del federal.

Según artículo 21, las principales agresiones documentadas en este periodo fueron intimidaciones y hostigamientos (101 casos), en segundo lugar las amenazas (66 casos), después le siguieron los ataques físicos y el uso ilegítimo del poder público (45 ataques).

En 128 casos, el agresor fue el Estado mexicano, en 75 fueron funcionarios públicos, 61 los perpetuaron particulares, 45 los autores fueron fuerzas de seguridad civiles, 30 casos fueron responsables grupos del crimen organizado, 17 las realizaron los partidos políticos y 8 por las fuerzas armadas.

Las víctimas de la violencia, de los 331 ataques, Article 19 registro que 219 fueron perpetrados contra hombres periodistas, es decir, el 66.16 por ciento, mientras que a las mujeres periodistas, se les atacó en 88 ocasiones, equivalente al 26.59 por ciento. Finalmente, a los medios de comunicación y prensa nacional se le atacó 24 veces, es decir, el 7.65 por ciento.

Destaca que la corrupción y la política son los temas que los periodistas agredidos les daban seguimiento.

Un fenómeno que cada vez va en aumento, es el desplazamiento interno forzado y el exilio de periodistas, quienes ante la ausencia de garantías que les permita ejercer su labor de manera segura, se vieron obligados a abandonar sus hogares. Así, durante estos seis meses, Article 19 documentó 4 casos de desplazamiento interno forzado y 2 casos de exilio.

Según Jocabed Vázquez del Medio Puebla Contigo, en el artículo “Puebla; octavo estado con más agresiones a periodistas en el país”, publicado el 4 de septiembre de 2022, señaló que durante el periodo de enero a junio de 2022 se registrando un total de 16 casos. La impunidad de los crímenes contra la prensa sigue siendo de casi el 99 por ciento.

La agresión más reciente que se conoció en contra de periodistas en Puebla ocurrió el domingo 4 de diciembre de 2022, durante la marcha convocada por el entonces gobernador Miguel Barbosa Huerta a favor de la Cuarta Transformación. La Red Periodistas Puebla acusó que elementos a cargo de la seguridad del extinto gobernador, quienes estaban vestidos de civil, agredieron a reporteros y fotógrafos que cubrían la movilización en las calles de la ciudad.

Cuarto. De acuerdo con el artículo “Para qué 55 leyes de protección a periodistas”:

Aparte de la ley federal para periodistas promulgada en junio de 2012, se presentan en orden alfabético por entidad las leyes aprobadas por los congresos estatales. Se precisan los datos de su orientación y fecha de promulgación:

Baja California. Fomento. Ley para el Desarrollo y Protección Social de los Periodistas del estado de Baja California.

Chiapas. Derechos. Ley para el Ejercicio del Periodismo en el Estado de Chiapas. Publicada el 12 de septiembre de 2007 (decreto No. 267).

Chihuahua. Derechos. Ley que Establece el Secreto Profesional Periodístico en el Estado de Chihuahua. Publicada el 28 de junio de 2011. Reconoce también derecho de acceso a la información y los actos públicos e implícitamente la cláusula de conciencia.

Coahuila. Protección. Ley para la Protección y Garantía de la Libertad de Expresión de las y los periodistas del Estado de Coahuila de Zaragoza. Publicada EL 18 de julio de 2014. Espejo de la federal.

Colima. Protección y derechos. Ley para la Protección Integral del Ejercicio Periodístico para el Estado de Colima.

Distrito Federal. Tres. Ley del Secreto Profesional del Periodista en el Distrito Federal, publicada el 7 de junio de 2006; Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal, publicada el 19 de mayo de 2006 y Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal, promulgada 10 de agosto de 2015.

Durango. Protección. Ley de protección a periodistas y personas defensoras de los derechos humanos. Publicada el 25 de diciembre de 2014. Espejo de la federal.

Guanajuato. Derechos. Ley del Secreto profesional del periodista. Publicada el 21 de noviembre de 2014. Reconoce otros derechos para el ejercicio.

Bienestar Integral de los Periodistas del Estado de Guerrero, publicada el 17 de mayo de 2002 y Ley para la Protección de Personas en Situación de Riesgo, aprobada el 22 de julio de 2014.

Hidalgo. Derechos, protección y fomento. Ley de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Salvaguarda de los Derechos para el Ejercicio del Periodismo. Promulgada el 31 de julio de 2012. Hasta ahora la que contiene protección más integral.

Morelos. Fomento. Ley para el Desarrollo y Protección de los Periodistas del Estado de Morelos. Aprobada el 07 de junio de 2012. No promulgada.

Querétaro. Derechos. Ley que establece el Secreto Profesional Periodístico en el Estado de Querétaro. Publicada el 6 de julio de 2012. Reconoce otros derechos para el ejercicio.

Quintana Roo. Derechos, protección y fomento. Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Quintana Roo. Aprobada el 3 de agosto

San Luis Potosí. Derechos, protección y fomento. Ley de Protección al Ejercicio del Periodismo para el Estado de San Luis Potosí. Aprobada en abril de 2013. Promulgada.

Sinaloa. Protección y derechos. Ley de Periodismo de Alto Riesgo del Estado de Sinaloa. Aprobada el 30 de julio de 2014. No promulgada por oposición de varias corrientes de periodistas.

Sonora. Derechos. Ley que establece el Secreto Profesional Periodístico en el Estado de Sonora. Publicada el 28 de abril de 2011. Reconoce otros derechos.

Veracruz. Protección. Ley No. 586 de la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas. Publicada el 3 de diciembre de 2012.

Quinto. El asunto atiende la proposición se desarrolla en los siguientes términos:

El 25 de enero “El Popular” inició con una serie de reportajes en los que se ha exhibido a la empresa mundial Bhip. El primer titular periodístico con el que arrancó la serie de investigación fue ‘ Familiares de Secretaría de Economía lideran negocio piramidal en Puebla’.

La investigación periodística ha revelado que en Puebla lideran la empresa Bhip Haydee Salomón Vivaldo y Carlos Medellín, hermana y cuñado de Olivia Salomón Vivaldo de la secretaria de Economía del Gobierno del Estado, Olivia Salomón Vivaldo. Esta pareja conoció de esta estafa piramidal y la trajeron a Puebla en donde se han aprovechado de miles de jóvenes a quienes les prometen un éxito económico casi inmediato.

Para lograr ser millonarios, los jóvenes son contactados vía Facebook o Instragram, una vez que son enganchados les piden el WhatsApp para hacerlo más personal y después los citan en el Teatro La Paz, en Avenida Juárez 2309, ahora llamado Teatro Bhip.

La promesa siempre es decirles a los enganchados que serán millonarios si venden suplementos alimenticios que no están regulados por Cofepris, ni por ninguna otra institución de gobierno ni de México, ni Estados Unidos o Latinoamérica. Esto se los explican en el teatro y después los obligan a tomar una serie de charlas por diferentes días.

Cada uno de los días que acuden, los jóvenes ilusos deben pagar 200 pesos y deben depositarse a una cuenta de una empresa cuyo responsable es Carlos Medellín. Una vez que pagan los 200 pesos les dan acceso a las pláticas que consisten básicamente en testimonios de éxito de otras personas que han logrado dinero a partir de jalar más gente.

Al estar el negocio en las redes sociales y la venta de productos como sea posible, se ha extendido esta cadena a diferentes países. Después los obligan a comprar en 30 mil pesos los productos Bhip, dinero que supuestamente se recuperarán si los venden al precio que ellos gusten.

Ahora bien. Después de estas publicaciones, el sábado 4 de febrero, la reportera de El Popular, Paulina Millán, logró ingresar al teatro. Se hizo pasar como una joven que captaron en redes y que se interesó por el negocio de la venta de productos milagro.

Hizo el proceso de depositar los 200 pesos, le dieron el acceso al teatro y escuchó los testimonios de éxito. Cuando les dijeron que debían de vender productos ella pidió la palabra y en frente de todos preguntó sobre la alerta de Cofepris sobre estos productos milagro.

Al hacer la pregunta de inmediato la retiraron del teatro en donde estaban todos y después la encaró una mujer de nombre Laura y le reprochó que ella era del periódico que se la había pasado difamando a la empresa.

Narración de la periodista:

“Así que tú eres la infiltrada”, aseguró que el periódico no era profesional y solo decía mentiras. “Antes de hablar infórmense”, agregó. Y amagó con una supuesta demanda por “desprestigio”.

El oficio periodístico me obligó a ofrecer una entrevista o un derecho de réplica, pero “Laura” acompañada de dos elementos de seguridad continuó colérica empujándome a la salida sin atender el derecho de réplica.

En la puerta devolvieron los 200 pesos del ingreso, acto seguido los guardias de seguridad exigieron borrar el material periodístico tenía en mi teléfono, fotos, videos, audios. Dijeron que era por derechos de autor.

Ante el amedrentamiento no pude negarme. Mientras “Laura”, me seguía diciendo lo mala reportera que era y que la forma tan directa en la que otros compañeros han intentado desacreditar el negocio piramidal.

Salí envalentonada, recalqué con valor mi nombre, y el de El Popular, periodismo con causa, llegué a pensar que me romperían mis cosas, o que me harían algo.

Subí a mi vehículo para salir de la zona de La Juárez y aún a bordo de mi vehículo me seguían, uno de los elementos de seguridad gritó algo que por miedo ya no pude escuchar, pero que lo dejó consignado en esta crónica periodística por cualquier situación que pueda ocurrir.

Sexto. En este contexto, el gobernador, Sergio Salomón Céspedes, dio a conocer que en Puebla se respetan los derechos humanos y existe libertad de expresión. Por lo que anunció que habrá nuevos mecanismos de protección a periodistas a quién respeta el trabajo que realizan.

«Estamos en una mejora continua y en la mejora regulatoria es una mejora continúa que nos permite ir analizando el día con día y estar generando las políticas públicas para hacerlo y haremos todo lo necesario privilegiando el derecho a la libertad de expresión y los derechos humanos por supuesto y el privilegiar la vida por encima de todas las cosas», expresó el ejecutivo estatal.

Por lo motivado, y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y de manera respetuosa al Estado Libre y Soberano de Puebla de Zaragoza, a abrir una investigación y a brindar medidas urgentes de protección y se den todas las facilidades suficientes a la periodista Paulina Millán del periódico El Popular de Puebla, para que se pueda acoger al mecanismo de protección a periodistas derivado del riesgo de agresión de diversas investigaciones a la empresa B-Hip Global.

Notas

1 https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Acuerdo_Ejec_ crea_la_Comision_Proteccion_Defensores_Derechos_Humanos_y_Periodistas.pdf

2 https://articulo19.org/informe-semestral-2022/#:~: text=ARTICLE %2019%20document%C3%B3%20331%20agresiones%20contra%20la%20prensa,lo%20que%20equ ivale%20a%20un%2038.67%25%20del%20total.

3 Nota: Día del Periodista. Así las condiciones de los comunicadores en Puebla por Ángeles Bretón publicada en El Universal Puebla el 4 de enero de 2023. Disponible en:

https://www.eluniversalpuebla.com.mx/estado/dia-del-periodista-a si-las-condiciones-de-los-comunicadores-en-puebla#:~: text= La%20agresi%C3%B3n%20m%C3%A1s%20reciente%20que%20se%20conoci%C3%B3%20en,Barbosa %20Huerta%20a%20favor%20de%20la%20Cuarta%20Transformaci%C3%B3n.

4 https://www.ejecentral.com.mx/para-que-55-leyes-de-proteccion-a-periodistas/

5 De la nota: “En Puebla se crearán nuevos mecanismos de protección a periodistas; Sergio Salomón Céspedes” de Sara Solis Ortiz publicada el 4 enero, 2023 publicada en el medio “Síntesis” , disponible en:

https://sintesis.com.mx/puebla/2023/01/04/mecanismos-proteccion- periodistas/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Sede de la Cámara de Diputados, a 21 de febrero de 2023.– Diputada Olga Luz Espinosa Morales (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen.



SE INVESTIGUEN LOS CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LAS EMPRESAS DE GENARO GARCÍA LUNA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR a investigar de manera exhaustiva y expedita los contratos celebrados entre el gobierno de la Ciudad de México y las empresas de Genaro García Luna durante la administración del entonces jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta a la Fiscalía General de la República a investigar de manera exhaustiva y expedita los contratos celebrados entre el Gobierno de la Ciudad de México y las empresas de Genaro García Luna, durante la administración del entonces Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. En los últimos días, el tema de mayor trascendencia ha sido el de Genaro García Luna y su red criminal que orquestó bajo las órdenes de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa y que pusieron al servicio del cártel de Sinaloa.

Segundo. En días pasados, Édgar Veytia, exfiscal de Nayarit declaró que “... la instrucción del Gobierno de Felipe Calderón (2006-2012) y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de García Luna era proteger a Joaquín El Chapo Guzmán y al Cartel de Sinaloa. “La línea era [proteger a] El Chapo” (Camhaji, 2023)

Tercero. Como puede apreciarse, por órdenes de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, se creó un Estado corrupto que se convirtió también en un narco estado, puesto al servicio de un cártel y utilizaron a las instituciones de seguridad de la República para perseguir, encarcelar y en algunos casos, acribillar, a los enemigos del cártel de Sinaloa.

Cuarto. Como nunca en la historia de México, se utilizaron a las instituciones del Estado Mexicano para volverlo un instrumento criminal, perdió su imparcialidad y se transformó en un ente parcial al servicio de un grupo de criminales y persecutor de las bandas rivales.

Quinto. En los últimos días se ha revelado que, durante la corrupta gestión del entonces -ahora senador- Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa, se celebraron contratos entre empresas de Genaro García Luna y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Sexto. En una nota del diario La Jornada, del pasado 10 de febrero, se señala que la Jefa de Gobierno reveló:

que son cuatro los contratos a Glac Security Consulting, Technology, Risk Management SC, empresa relacionada con el ex secretario de Seguridad, Genaro García Luna, signados con la entonces Procuraduría General de Justicia de la ciudad de México que están bajo investigación.

En conferencia de prensa, la mandataria detalló que en total se giraron órdenes de pago a dicha empresa por un monto de 58 millones de pesos entre el 2016 y diciembre de 2017.” (Alvarado, 2023)

Séptimo. Por su parte, la revista Contra línea refiere:

Al frente de la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno calderonista, Genaro García Luna tejió una red de corrupción y lavado de dinero compuesta por al menos ocho personas físicas y 44 morales.” (Flores, 2023)

En dicha nota también se menciona que, en el gobierno de Miguel Ángel Mancera Espinosa, desde la entonces Procuraduría General de Justicia, Genaro García Luna obtuvo contratos millonarios.

Octavo. En consecuencia, es imperioso que se realicen las investigaciones y no debe dejarse en la impunidad la estela de corrupción que dejó Miguel Ángel Mancera Espinosa a su paso por la Ciudad de México.

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, a la Fiscalía General de la República a investigar de manera exhaustiva y expedita los contratos celebrados entre el Gobierno de la Ciudad de México y las empresas de Genaro García Luna durante la administración del entonces Jefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera Espinosa.

Bibliografía

- Alvarado, R. G. (10 de febrero de 2023). La Jornada. Obtenido de Ex PGJ y empresa de García Luna firmaron cuatro contratos: Sheinbaum:

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/02/10/capital/ex-pgj-y-emp resa-de-garcia-luna-firmaron-cuatro-contratos-sheinbaum/

- Camhaji, E. (07 de febrero de 2023). El País. Obtenido de Édgar Veytia asegura que Calderón y García Luna ordenaron proteger a El Chapo frente al resto de narcos:

https://elpais.com/mexico/2023-02-07/edgar-veytia-asegura-que-ca lderon-y-garcia-luna-ordenaron-proteger-a-el-chapo-frente-al-resto-de-narcos.ht ml

- Flores, N. (2023). En gobiernos de Calderón y Peña, García Luna robó 745 MDD del erario: UIF. Contra línea, 6.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL, CON RELACIÓN A LAS PROPUESTAS DE LAS PERSONAS QUE OCUPARÁN LAS VACANTES DE COMISIONADAS DEL IFT

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, con relación a las propuestas de las personas que ocuparán las vacantes de comisionadas del IFT, a cargo de la diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura federal, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de ésta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al titular del Ejecutivo federal para que envíe a la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, con base en las disposiciones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes correspondientes, las propuestas de las personas que ocuparán las vacantes de comisionadas del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a efecto de que estén en condiciones de cumplir con las atribuciones que les confieren dichos ordenamientos, bajo las siguientes:

Consideraciones

Con motivo de la evolución del concepto de distribución del poder público se han introducido en el sistema jurídico mexicano, a través de diversas reformas constitucionales, órganos autónomos cuya actuación no está sujeta ni atribuida a los depositarios tradicionales del poder público (Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial), a los que se les han encargado estatales específicas, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales; sin que con ello se altere o destruya la tradicional doctrina de la división de poderes, pues la circunstancia de que los referidos organismos guarden autonomía e independencia de los poderes primarios, no significa que no formen parte del Estado mexicano, ya que su misión principal radica en atender necesidades torales tanto del Estado como de la sociedad en general, conformándose como nuevos organismos que se encuentran a la par de los órganos tradicionales.”

De acuerdo con el criterio sostenido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuya transcripción antecede, los órganos constitucionales autónomos cumplen con la misión de atender necesidades torales tanto del Estado como de la sociedad en general, se trata de nuevos organismos que se encuentran a la par (y no en un nivel inferior) de los órganos tradicionales.

Estos organismos desempeñan una función propia del Estado que, por su especialización e importancia social, requieren de autonomía de los clásicos poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), y surgieron bajo la premisa del equilibrio constitucional basado en controles de poder para ser más eficaz el desarrollo de las actividades encomendadas al Estado.

Sin embargo, actualmente, estos organismos enfrentan los embates del presidente Andrés Manuel López Obrador que los considera lejanos a su agenda. Los ha acusado de facilitar políticas privatizadoras y de haber permitido, y seguir haciendo el despojo de los bienes nacionales. Por ello, en opinión del Ejecutivo federal, estos organismos deberían desaparecer, pero la realidad es que la actuación de estos órganos le resulta incómoda porque no se han ceñido a sus caprichos.

El presidente de la República, el 31 de marzo de 2022, rechazó las ternas que le propuso el Comité de Evaluación encargado de la valoración de los aspirantes a ser designados como comisionados, tanto del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) como de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), con el argumento de que las mismas carecían de validez al ser emitidas por dos de las tres instituciones que conforman el referido Comité, integrado por el Banco de México (BANXICO) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Sin embargo, el titular del Ejecutivo federal no tomó en cuenta que la institución que falta en el mencionado Comité es el Instituto de Evaluación Educativa, mismo que él extinguió con su contrarreforma educativa, el 30 de septiembre de 2019.

Resulta importante señalar que, respecto a la COFECE, el 13 de diciembre de 2022 el Senado de la República ratificó el nombramiento como comisionada de Andrea Marván Saltiel, quien fungía como directora general del área de Promoción de la Competencia de la COFECE. La C. Marván ocupó una de las tres plazas vacantes, cuyo pleno debe estar integrado con siete comisionados.

El cinco de enero de 2023, el presidente López Obrador, envió al Senado dos nominaciones que surgieron de las listas de quienes, en el 2020, quedaron como candidatos con los resultados más altos de los exámenes realizados ante el Comité de Evaluación establecido en el artículo 28 constitucional, todos ellos ciudadanos interesados en ocupar los cargos de comisionados, ambos por nueve años; y, el dos de febrero, el Pleno del Senado ratificó las dos propuestas remitidas por el presidente.

Pero todo ello obedeció a que, en diciembre de 2021, la COFECE presentó una controversia constitucional ante la SCJN por la omisión por parte del titular del Ejecutivo federal para proponer ante el Senado a las personas que ocuparían las vacantes de comisionados que hacían falta.

Así, la SCJN resolvió como inconstitucional la omisión en que había incurrido el presidente Andrés Manuel López Obrador, desde hace dos años, de enviar a la Cámara de Senadores sus propuestas de dos comisionados de este órgano. En ese sentido, la máxima autoridad judicial conminó a la autoridad demandada, es decir al presidente López Obrador, a subsanar dicha omisión dentro del plazo de 30 días naturales.

Se debe tener presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es responsabilidad del titular del Poder Ejecutivo Federal proponer al Senado de la República a las personas que ocuparán las vacantes del Pleno de la COFECE, que debería seleccionar de las listas que el Comité de Evaluación, como ya se mencionó conformado por BANXICO y el INEGI, le remitió en noviembre de 2020, así como en marzo y noviembre de 2021. Los aspirantes a ocupar las plazas, sin duda, son expertos en competencia económica ya que aprobaron un examen de conocimientos técnicos y pasaron un riguroso proceso de evaluación.

Actualmente, el IFT, enfrenta una situación similar a la que sufrió COFECE y que resulta en extremo grave y preocupante, ya que existe un peligroso retraso en el proceso de designación de las comisionadas que faltan para que, el pleno de este órgano, funcione como lo mandata la Constitución y su legislación secundaria.

En el caso del Instituto, ha estado sesionando con cuatro de siete comisionados. No obstante, el Senado debe ratificar a los comisionados del IFT a propuesta del presidente de la República, y nombrar al presidente del pleno, quien debe ejercer el cargo por cuatro años, renovable en una sola ocasión.

Al no haber un comisionado presidente elegido por el Senado de la República, la presidencia del IFT se está definiendo con base en el artículo 19 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual establece: “ El Comisionado Presidente presidirá el Pleno y al Instituto. En caso de ausencia, le suplirá el comisionado de mayor antigüedad y, a igualdad de antigüedad, el de mayor edad”.

Desde el 29 de febrero de 2020, cuando el Comisionado Gabriel Contreras Saldívar concluyó su gestión, el pleno del IFT ha estado operando de manera incompleta. A partir del primero de marzo de 2020, el Instituto fue presidido de manera interina por el entonces Comisionado Adolfo Cuevas Teja, conforme a lo que establece el mencionado artículo 19 de la Ley en comento.

Posteriormente, a partir del primero de marzo de 2022, el Comisionado Javier Juárez Mojica asumió la presidencia del IFT de manera interina después de que el periodo de que el comisionado presidente, Adolfo Cuevas Teja, terminó el 28 de febrero de ese año.

En agosto de 2022, el Instituto interpuso una controversia constitucional ante la SCJN por la omisión, por parte del Ejecutivo federal, de proponer al Senado de la República a las tres candidatas para ocupar las vacantes en el órgano regulador. Esta controversia se encuentra pendiente de resolución por parte del Alto Tribunal.

La omisión en el nombramiento de las comisionadas no sólo ignora una responsabilidad constitucional, sino que entorpece todo el funcionamiento del órgano regulador en cuestión y anula por completo las atribuciones y medidas que exigen una mayoría calificada para poder dictarse.

Esta realidad indica que el funcionamiento de los órganos constitucionales autónomos, hoy en día, depende de la voluntad del presidente y del consenso en la Cámara de Senadores.

La falta de nombramiento de los integrantes del pleno del IFT debilita y vulnera su independencia frente a las decisiones que adopta el Poder Ejecutivo Federal. Es necesario tener presente que la omisión deliberada de formular las propuestas para renovar las vacantes de este órgano constitucional autónomo, ni siquiera permite la discusión.

Como sociedad democrática demandante de un Estado constitucional de derecho, debemos insistir para que los procesos políticos constitucionales se cumplan y estén sustentados en argumentos, en razones y no en arbitrariedades e ideologías.

Es claro que la omisión en la propuesta del Ejecutivo federal y, en consecuencia, de la ratificación del Senado de la República, incide en el ámbito competencial del Instituto al poner en riesgo facultades orgánicas y funciones esenciales que le han sido conferidas por la Constitución y por las leyes, lo que deriva en afectaciones a la autonomía otorgada en la Carta Magna lo que impide ejercer, a través de su órgano de gobierno, cada una de las atribuciones que le han sido encomendadas por la legislación.

Por todo esto, se presenta esta proposición con punto de acuerdo, buscando con la misma que el proceso constitucional establecido para el nombramiento de los integrantes del pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se cumpla.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del Ejecutivo Federal para que envíe a la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, con base en las disposiciones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes correspondientes, las propuestas de las personas que ocuparán las tres vacantes como Comisionadas del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a efecto de que estén en condiciones de cumplir con las atribuciones que les confieren dichos ordenamientos.

Notas

1 Registro Digital: 170238. Jurisprudencia, Materias(s): Constitucional, Novena Época, Instancia: Pleno, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXVII, Febrero de 2008, Tesis: P./J. 12/2008, Página: 1871.

2. Revisado en:

https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?i d=7157

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 23 de febrero de 2023.– Diputada María Elena Pérez-Jaén Zermeño (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE JALISCO Y DE ZACATECAS, A PRESENTAR UN PLAN DE TRABAJO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA EL CUIDADO DE SUS ZONAS LIMÍTROFES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de Jalisco y de Zacatecas a implementar estrategias y políticas de seguridad integrales y presentar un plan de trabajo para el cuidado de sus zonas limítrofes, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado federal de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado 20 de enero de 2023, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ) halló los restos de tres mujeres y un hombre en el municipio de Tepetongo. Las cuatro personas se habían reportado desaparecidas desde el 25 de diciembre de 2022, en Colotlán, Jalisco.

De acuerdo con los reportes, las víctimas, Daniela Márquez de 31 años, Viviana Márquez de 26 años, Irma Paola Vargas de 27 años y José Melesio Gutiérrez de 36 años desaparecieron en un vehículo a la altura de la población de Víboras, en el estado de Zacatecas. Los padres de las víctimas han señalado que habían salido del municipio a pasar las fiestas decembrinas en compañía de sus amigos.

Al darse cuenta de su desaparición, los padres reportaron la situación a las autoridades correspondientes y emprendieron una búsqueda personal. Esto provocó la reacción de las y los jaliscienses, que marcharon para manifestarse en la glorieta de las y los desaparecidos en Guadalajara el dos de enero de 2023. En las consignas, señalaban que además de las cuatro personas reportadas como desaparecidas, también habían otras tres que no habían logrado encontrar en el mismo lapso de tiempo.

El viernes 20 de enero, la FGJEZ confirmó que en días anteriores había realizado un análisis a restos encontrados en una fosa clandestina en la comunidad de El Cuidado, Zacatecas y que correspondían a los desaparecidos de Colotlán.

Cabe destacar, que Zacatecas es una de las entidades más peligrosas del país. De acuerdo con la encuesta sobre percepción de inseguridad realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2022, las ciudades de Fresnillo y Zacatecas encabezan el listado nacional de percepción del país de la materia. Según los datos, el 97 por ciento y 93 por ciento de su población considera un riesgo constante, respectivamente.

De igual forma, los índices delictivos en la entidad han ido en aumento. En el último año, Zacatecas ha tenido la mayor tasa de homicidios por cada 100 mil habitantes. El secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) registró 964 homicidios y 11 feminicidios entre enero y septiembre del 2022.

Estas cifras son reflejo de la ingobernabilidad y crisis de en materia de seguridad que sufre la entidad. Las víctimas del crimen se conforman por ciudadanía, pero también ha alcanzado a agentes de seguridad y servidores públicos. Por ejemplo, el pasado mes de noviembre, la Guardia Nacional (GN) confirmó que el comisario José Silvestre Urzúa, coordinador de la GN en Zacatecas había perdido la vida en un operativo en contra de la delincuencia organizada.

En Jalisco se vive una situación similar. Un reportaje reciente sobre un operativo del Ejército Mexicano y la Guardia Nacional, indica que en más de 3 comisarías municipales se reportan anomalías como falta de certificación de agentes y armas no registradas. Los municipios de Villa Guerrero y Colotlán, municipio donde desaparecieron las cuatro víctimas en diciembre, figuran entre ellos.

En 2022, Jalisco registró 9 mil 800 delitos. Esta cifra los sitúa junto a estados como Zacatecas y Durango, donde la percepción de inseguridad es de las más altas del país.

Es en este sentido, que se deben tomar acciones inmediatas para reducir la inseguridad y los efectos en las familias de ambas entidades. El caso de los cuatro jóvenes desaparecidos en Colotlán, representa la grave crisis que atraviesan los municipios limítrofes y la limitada capacidad institucional para responder.

En el Grupo Parlamentario del PRI, se solicita a esta soberanía, exhorte a los titulares del Poder Ejecutivo y a las autoridades de ambas entidades federativas a formular un plan de trabajo responsable que blinde a todos los municipios fronterizos, así como el resto de las ciudades. De igual manera, se solicita se exhorte a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, así como a la Fiscalía del Estado de Jalisco a dar celeridad a los trámites de colaboración institucional para resolver los casos de desapariciones y fincar responsabilidades.

Garantizar la seguridad es crítico para la competitividad de un gobierno. A través de estas garantías, se promueve el bienestar de la ciudadanía, se mantiene el desarrollo y se crea un entorno de comunidad. Permitir el crecimiento de los delitos puede conducir a la pobreza, pérdidas irreparables y un crecimiento económico reducido en todo el país.

Por lo anteriormente fundado y motivado, someto a consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Jalisco y al gobierno del estado de Zacatecas a ofrecer seguridad a la población de sus entidades y en el caso concreto, a las zonas limítrofes de sus entidades.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los señores gobernadores Enrique Alfaro Ramírez y David Monreal Ávila, de los estados de Jalisco y Zacatecas, respectivamente, a construir políticas públicas y den una respuesta institucional inmediata al grave problema de desaparición de personas en las entidades.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los gobernadores de los estados de Jalisco y Zacatecas, a las Fiscalías de los Estados, así como a las autoridades de seguridad pública de las dos entidades y sus municipios a dar celeridad a los trámites de colaboración institucional para resolver los casos de desapariciones y fincar responsabilidades.

Notas

1 Desaparecen cuatro jóvenes de Jalisco en carretera de Zacatecas durante Navidad. Disponible en:

https://www.animalpolitico.com/estados/desaparecen-jovenes-jalis co-carretera-zacatecas

2 La Fiscalía confirma que los cuerpos hallados en la fosa clandestina de Zacatecas pertenecen a las tres jóvenes de Colotlán. Disponible en:

https://elpais.com/mexico/2023-01-20/la-fiscalia-confirma-que-lo s-cuerpos-hallados-en-la-fosa-clandestina-de-zacatecas-pertenecen-a-las-tres-jo venes-de-colotlan.html

3 Con una marcha, exigen habitantes de Colotlán coordinación entre Jalisco y Zacatecas para localizar a desaparecidos. Disponible en:

https://udgtv.com/noticias/exigen-habitantes-colotlan-coordinaci on-jalisco-zacatecas-localizar-desaparecidos/

4 Hallan cuerpos en Tepetongo, Zacatecas; podrían ser los jóvenes de Jalisco desaparecidos. Disponible en:

https://aristeguinoticias.com/1801/mexico/hallan-cuerpos-en-tepe tongo-zacatecas-podrian-ser-los-jovenes-de-jalisco-desaparecidos/

5 Zacatecas, la tierra donde casi nadie se siente a salvo. Disponible en:

https://elpais.com/mexico/2022-04-19/zacatecas-la-tierra-donde-c asi-nadie-se-siente-a-salvo.html

6 Coordinador de la Guardia Nacional en Zacatecas es asesinado durante operativo anticrimen. Disponible en:

https://www.animalpolitico.com/seguridad/coordinador-guardia-nac ional-zacatecas-jose-silvestre-urzua-asesinado

7 Identifican anomalías en comisarías de Colotlán y Villa Guerrero, Jalisco. Disponible en:

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/01/19/estados/identifican- anomalias-en-comisarias-de-colotlan-y-villa-guerrero-jalisco/

8 Cierra Jalisco 2022 con indicadores debajo de media nacional en delitos. Disponible en:

https://jalisco.quadratin.com.mx/sucesos/cierra-jalisco-2022-con -indicadores-debajo-de-media-nacional-en-delitos/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2023.– Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE TABASCO, A INFORMAR DE LOS RECURSOS QUE RECIBIÓ POR PARTE DE LA FEDERACIÓN, ASIMISMO, A LA ASF, A INFORMAR EL USO Y DESTINO DEL GASTO FEDERALIZADO EJERCIDO EN LA ENTIDAD

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Tabasco a publicar un informe que detalle los recursos que recibió por parte de la Federación, asimismo, a la ASF a realizar una investigación para dar a conocer el uso y destino del gasto federalizado ejercido en la entidad, a cargo del diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhortar, respetuosamente, al gobierno del estado de Tabasco a hacer público un informe que detalle los recursos que recibió por parte de la Federación; y a la Auditoría Superior de la Federación, a que realice una investigación para dar a conocer el uso y destino del gasto federalizado ejercido en el estado de Tabasco, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado 15 de febrero del presente año, en un medio de comunicación se dio a conocer la noticia de las anomalías en el dinero federal entregado a cinco entidades: Chiapas, Jalisco, Morelos, Tabasco y Tamaulipas.

En dicha información, se da a conocer que se tramitaron más de mil solicitudes de información dirigidas a la Auditoría Superior de la Federación y a la Tesorería de la Federación, institución a la que en teoría deben reintegrarse los recursos observados.

Se estima en promedio que, se ha recuperado 17 de cada 100 pesos que se ejercieron de manera incorrecta. Por lo tanto, el dinero perdido debió ejercerse en materia de salud, educación, justicia y otras materias para los estados.

Para conocimiento, se tramitaron más de mil solicitudes de información para pedir evidencias sobre el avance en las recuperaciones al órgano fiscalizador, pero esta institución se negó a entregarlas, incluso lo clasificó como reservados, documentos de observaciones ya aclaradas.

Cabe mencionar que, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), es el órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.

El resultado final de la labor de la Auditoría Superior de la Federación, son los Informes Individuales de Auditoría y el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

De acuerdo, a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Cabe mencionar, que nuestra Carta Magna, en su artículo 6 establece que: “El derecho a la información será garantizado por el Estado”. Así mismo, el derecho a la información ha sido reconocido como un derecho humano fundamental por diversos ordenamientos internacionales: como La Declaración Universal de Derechos Humanos, La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros.

Con base a este orden de ideas, se considera necesario que la Auditoría Superior de la Federación, realice una investigación para dar a conocer y se haga público el uso y destino del gasto federalizado ejercido en el estado de Tabasco.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhortar, respetuosamente, al gobierno del estado de Tabasco a hacer público un informe que detalle los recursos que recibió por parte de la Federación; y a la Auditoría Superior de la Federación, a que realice una investigación para dar a conocer el uso y destino del gasto federalizado ejercido en el estado de Tabasco.

Notas

1 Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad. Disponible en:

https://contralacorrupcion.mx/podcast-en-busca-del-dinero-perdid o-las-fallas-de-la-asf/

2 Auditoría Superior de la Federación. Disponible en:

https://www.asf.gob.mx/Section/45_Acerca_de_la_ASF

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, 22 de febrero de 2023.– Diputado Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A LA FISCALÍA DE JALISCO, A ATENDER LAS DENUNCIAS PRESENTADAS POR VIOLACIÓN A LA INTIMIDAD SEXUAL Y CIBERACOSO CONTRA LAS MUJERES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía de Jalisco a realizar el debido proceso para atender las denuncias presentadas en la entidad por violación a la intimidad sexual y ciberacoso contra las mujeres, a cargo de la diputada Laura Imelda Pérez Segura, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Laura Imelda Pérez Segura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta a la Fiscalía del Estado de Jalisco a que, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, realice el debido proceso para atender las denuncias presentadas en la entidad por violación a la intimidad sexual y ciberacoso contra las mujeres, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En nuestro país, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), en el Artículo 20 Quáter del Capítulo IV Ter “De la Violencia Digital y Mediática”, se define la Violencia Digital de la siguiente manera:

Violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.

Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación .

Para efectos del presente Capítulo se entenderá por Tecnologías de la Información y la Comunicación aquellos recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.

La violencia digital será sancionada en la forma y términos que establezca el Código Penal Federal.”

Al respecto, el estudio “Violencia digital contra las mujeres. Notas sobre el ciberacoso en México” define el ciberacoso como:

El ciberacoso, sexual y no sexual, es una forma de violencia digital que resulta del traslado de diversas violencias al ciberespacio, en el marco del auge de la sociabilidad en línea o digital.”

Por su parte, el portal “Stopbullying.gov”, sitio web del gobierno federal administrado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos de América, señala que el ciberacoso es el acoso que tiene lugar en dispositivos digitales, como teléfonos celulares, computadoras y tabletas; y que puede ocurrir mediante mensajes de texto y aplicaciones, o bien, por Internet a través de las redes sociales, foros o juegos donde las personas pueden ver, participar o compartir contenido.

Dicho portal hace hincapié en la importancia de atender esta problemática:

El ciberacoso incluye enviar, publicar o compartir contenido negativo, perjudicial, falso, o cruel sobre otra persona. Esto puede incluir compartir información personal o privada sobre alguien más, provocándole humillación o vergüenza. Algunos acosos por Internet pasan a ser un comportamiento ilegal o criminal.”

En este tenor, el documento de estudio denominado “Justicia en Trámite. El limbo de las investigaciones sobre Violencia Digital en México” realizado por la Colectiva Feminista “Luchadoras”, describe lo siguiente:

El ciberacoso es una de las formas más comunes que puede sufrir un usuario de una red social y, aun sin ser usuario, la red social puede ser el vehículo por el cual otras personas vulneren su dignidad, fama personal, reputación, estima propia y de otras personas que pudieran recibir los mensajes difamatorios.”

De acuerdo con el Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA 2021), desarrollado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el acoso cibernético o ciberacoso se define como:

“... un acto intencionado, ya sea por parte de un individuo o un grupo, teniendo como fin el dañar o molestar a una persona mediante el uso de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), en específico el Internet.

Dicho documento también señala que este tipo de actos pueden generar daños morales, psicológicos y económicos e incluso provocar ideaciones suicidas en la víctima y con ello, crear una forma de victimización relevante.

En los resultados del MOCIBA se registran importantes cifras para el análisis del tema en cuestión, muestra de ello es el hallazgo de que, en nuestro país, la población de usuarios de Internet, de 12 años y más estimada para 2021 es de 104.2 millones de personas, como se observa en la siguiente gráfica:

Dicho documento también expone que, de la población de 12 años y más que utilizó internet en el 2021, el 21.7% fue víctima de ciberacoso, es decir, 17.7 millones de personas; de las cuales fueron 8 millones de hombres y 9.7 millones de mujeres.

En lo que respecta particularmente al Estado de Jalisco, MOCIBA reporta que el 20.4% de las y los usuarios de Internet experimentaron alguna situación de ciberacoso, de acuerdo con el mapa que se muestra a continuación:

El INEGI a través del Módulo de Ciberacoso revela que, en Jalisco, del total de personas usuarias de Internet que experimentaron alguna situación de ciberacoso en los últimos 12 meses, el 19.5% son hombres y el 21.3 son mujeres.

Por su parte, la organización “México Evalúa” en su artículo “ Crece la cifra negra de la violencia sexual: en 2021, el 99.7% de los casos no se denunciaron”, informó que durante el 2021 casi 5 millones de mujeres fueron víctimas de delitos sexuales en nuestro país durante el segundo semestre de 2021.

Con lo anteriormente expuesto es posible visibilizar la importancia de la Violencia Digital y el alcance que tiene en nuestro país; de ahí que las denuncias y el debido proceso de investigación por parte de las autoridades juegan un papel esencial para la prevención, atención, sanción y erradicación de este tipo de violencia contra las mujeres.

En este sentido, es importante destacar que Olimpia Coral, fundadora del Frente Nacional para la Sororidad, ha liderado e impulsado el conjunto de reformas popularizadas con su nombre como “Ley Olimpia”, las cuales tienen la finalidad de proteger, como bien tutelado, la intimidad sexual de las mujeres, y sancionar las conductas que atentan en su contra teniendo como medio comisivo los nuevos espacios digitales y nuevas tecnologías, ya sea a través de texto o mediante grabaciones de audio o video.

Es preciso señalar que dichas reformas ya han sido incluidas en el Código Penal Federal, específicamente en el Capítulo II “Violación a la Intimidad Sexual” del Título Séptimo Bis “Delitos contra la Indemnidad de Privacidad de la Información Sexual”:

Artículo 199 Octies.- Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización.

Estas conductas se sancionarán con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización.

Sobre las atribuciones del Ministerio Público en los casos de Violencia Digital, el Artículo 20 Sexies del Código Penal Federal establece lo siguiente:

Artículo 20 Sexies.- Tratándose de violencia digital o mediática para garantizar la integridad de la víctima, la o el Ministerio Público, la jueza o el juez, ordenarán de manera inmediata, las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la investigación previa satisfacción de los requisitos de Ley.

En este caso se deberá identificar plenamente al proveedor de servicios en línea a cargo de la administración del sistema informático, sitio o plataforma de Internet en donde se encuentre alojado el contenido y la localización precisa del contenido en Internet, señalando el Localizador Uniforme de Recursos.

La autoridad que ordene las medidas de protección contempladas en este artículo deberá solicitar el resguardo y conservación lícita e idónea del contenido que se denunció de acuerdo a las características del mismo.

Las plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas darán aviso de forma inmediata al usuario que compartió el contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.

Dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en este artículo deberá celebrarse la audiencia en la que la o el juez de control podrá cancelarlas, ratificarlas o modificarlas considerando la información disponible, así como la irreparabilidad del daño.”

Ahora bien, en el caso particular de Jalisco, el Código Penal de la entidad reconoce y sanciona este tipo de prácticas en los artículos 135 y 135 Bis del Capítulo I “Ultrajes a la Moral o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución” en el Título Quinto sobre “Delitos contra la Moral Pública”:

Artículo 135. Se impondrán de tres meses a dos años de prisión:

I. Al que fabrique, reproduzca o publique libros, escritos, imágenes y objetos obscenos y al que los exponga o, a sabiendas los distribuya, haga circular o transporte;

II. Al que en sitio público y por cualquier medio ejecute, y haga ejecutar por otro u otros, exhibiciones obscenas o al que lo haga en privado, pero de manera que pueda ser visto por el público;

III. Al que invite, induzca, promueva, favorezca o facilite a otro a la explotación carnal de su cuerpo; o

IV. Al que utilice una persona en espectáculos exhibicionistas y pornográficos.

Cuando el delito se cometa valiéndose de alguna relación de parentesco o autoridad sobre el pasivo, la pena se aumentará en una tercera parte de la que corresponda.

Artículo 135 Bis. Quien obtenga de persona mayor de edad, material con contenido erótico sexual y sin su consentimiento lo divulgue original o alterado, se le impondrá una pena de dos a cinco años de prisión.

Cuando el ultraje señalado en el párrafo anterior se cometa a través de las tecnologías de la información y la comunicación, se le impondrá al responsable una pena de cuatro a ocho años de prisión.

Este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida.

Se estará a lo previsto en el Código Penal Federal cuando los hechos se adecuen al delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo.”

En este sentido, aunque en el mes de septiembre del 2020, las y los diputados de la LXII Legislatura del Congreso Local del Estado de Jalisco aprobaron reformas a diversos artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco para establecer en el marco normativo el concepto de violencia digital y constituir como delito el ciberacoso, las modificaciones no se han hecho efectivas en la judicialización de las carpetas de investigación.

Sin embargo, la realidad que viven las mujeres jaliscienses que son víctimas de ciberacoso y/o violación a la intimidad sexual es otra. A continuación, se describen los casos más relevantes sobre la impunidad y las irregularidades que se viven en dicha entidad y que han sido señaladas por diferentes medios de comunicación:

• En el 2021, Telediario dio cuenta del caso de Alejandra N. en la nota periodística titulada “Ley Olimpia, sin resultados en Jalisco” y de la cual se retoman los siguientes fragmentos:

Sentada sobre una banca color rojo del parque Revolución, Alejandra espera para ser entrevistada. Se encuentra nerviosa, pero no duda en contar su historia, ocurrida en julio del 2020. Lleva puesta una blusa blanca y una chamarra de mezclilla azul cielo, pantalón obscuro y tenis. Su cabello es ondulado y algunas partes están teñidas de color rosa. Toma aire mientras sostiene su teléfono celular con ambas manos.

Todo comenzó seis meses después de haber terminado la relación sentimental que sostuvo con Noé por un año. Una tercera persona le envió vía messenger la liga para ver un video con contenido sexual que estaba siendo difundido en una página porno. No le tomó importancia, pero después de volver a reproducirlo se dio cuenta de que la mujer del video era ella. Alejandra asegura que fue grabada sin su consentimiento por su expareja. Aunque acudió al Centro de Justicia para las Mujeres, donde recibió asesoramiento y posteriormente interpuso su denuncia en enero, el personal que labora en la Fiscalía del Estado no le ofreció la información completa sobre la Ley Olimpia y los pasos a seguir en su investigación.

“Ha estado así el proceso, entre bastante desinformación de parte de la Fiscalía. Yo me estoy asesorando del colectivo Me Cuidan Mis Amigas aquí en Jalisco y ellas son las que me han asesorado jurídicamente y en todas las dudas que tengo, por ejemplo, qué pasaría si él se esconde o en todo este proceso, qué pasaría si ya lo hice público. Si yo no me pongo a investigar sobre la Ley Olimpia, si yo no me resguardo en el colectivo, yo no sé nada, no sé qué sigue”, comentó.

• En la misma nota, Telediario expuso lo siguiente:

En 2020, año en que entró en vigor la ley Olimpia, se presentaron 66 denuncias por ciber acoso y 41 por violación a la intimidad sexual. En lo que va del 2021 ya suman 10 y 17 respectivamente. En total se tienen 76 denuncias por el primer delito y 58 por el segundo. Ningún caso se ha judicializado.”

Alejandra es uno de los 379 casos en materia de violencia de género que fueron acompañados en 2020 por la colectiva feminista “Me Cuidan Mis Amigas”, de las que 39 presentaron una denuncia formal por violencia cibernética; sin embargo, existe una cifra negra de mujeres que deciden no iniciar con el proceso de denuncia, y quienes sí lo hacen no la tienen fácil. Al ver la promesa de justicia lejana, ocurre una decepción del proceso jurídico, señala Verónica Santiago, miembro de la colectiva.

“Una de las inconsistencias son los procesos largos y burocráticos como de ‘te doy cita en quince, veinte días o un mes para que te hagan el examen psicológico, para que puedas entregar las pruebas’, etcétera. Se entiende también que jurídicamente se debe entregar un nombre completo del agresor pero hay veces que si el agresor no lo hizo desde un perfil real o un nombre con el que la policía o el MP pueda investigar, toman la denuncia pero no procede, y una carpeta de investigación debe contar con ciertos elementos para que sea procedente”, expuso la activista.”

• En enero de este año, el Canal 44 de la Universidad de Guadalajara en su publicación “Ley Olimpia en Jalisco tiene 96% de impunidad” señala los siguientes hallazgos en la materia:

 • “... la Fiscalía del Estado recibió mil 211 denuncias por violación a la intimidad sexual (452) y ciberacoso (759), pero solo judicializó 46 carpetas de investigación. SIGNIFICA QUE EN EL RESTO DE LOS CASOS LA DEPENDENCIA SE ABSTUVO DE INVESTIGAR EN EL 96% DE LAS DENUNCIAS.

• “ . El año pasado, dos mujeres fueron vinculadas a proceso por delitos relacionados con violencia digital, cuando está dirigida principalmente a proteger a mujeres.”

• Posteriormente, el 1o de febrero, la Universidad de Guadalajara a través del Canal 44 publicó el artículo “ Reconocen que hay una falta de avances en la aplicación de la Ley Olimpia en Jalisco” que a la letra dice:

Luego de que este medio de comunicación expusiera que el 96 por ciento de los casos relacionados con la Ley Olimpia están impunes en Jalisco, la consejera del Instituto Municipal de Mujeres de Guadalajara, Laura Plascencia lamentó que dicha ley carece de mecanismos para hacerla efectiva en el estado.

La también colaboradora de Cladem señaló que ni siquiera hay un presupuesto para hacer una política pública en torno a esta ley, y por ello, hay falta de unidades especializadas para atender la violencia digital.

Hay esta omisión por parte de las y los legisladores desde la creación de la Ley Olimpia, en no designar un presupuesto público etiquetado, para justamente despegar todas las acciones que conlleven a la aplicabilidad de esta reforma. Obviamente, hay una gran responsabilidad y una gran omisión por parte de la fiscalía del estado, ya que no se han creado unidades especializadas”, apuntó.

Aunque la Fiscalía del Estado y la Secretaría de Seguridad están obligadas a crear unidades especializadas, así como protocolos para prevenir la violencia digital, acusó que ningún municipio del estado ha puesto en marcha un protocolo o campaña de prevención, ni tampoco se ha capacitado a ningún funcionario público para atender estos delitos.

A pesar de que Jalisco ha emitido dos alertas de violencia contra las mujeres, Laura Plascencia señaló una omisión a nivel municipal y estatal que resulta en mayores casos de feminicidios y violencia de género.

La política pública especializada en el tema de prevención, de atención, de sanción y de erradicación de la violencia contra las mujeres se aprueba con cada gobierno. En Jalisco ya pasaron cuatro años, y al día de hoy el pase aún no lo tenemos ni publicado ni en trabajo. Obviamente hay una gran descoordinación, basta ver en el caso de los municipios que tienen decretada la alerta de violencia contra las mujeres, han avanzado en algunas áreas, sin embargo, no contamos con la política pública para prevenir, ni para atender, ni para responder con debida dirigencia a la violencia contra las mujeres”, expresó.

Ante el incremento de delitos y la falta de respuesta e impunidad de parte de las autoridades, Laura Plascencia concluyó que la gran deuda que tiene el gobierno de Jalisco, es ofrecer un trato digno para las mujeres víctimas de la violencia.”

De tal forma que la aprobación de los cambios en la legislación vigente del Estado de Jalisco se traduce en “reformas de papel”, puesto que la aplicación de la “Ley Olimpia” no se ejerce en los Ministerios Públicos y la Violencia Digital aún no se castiga conforme a los Códigos Penales, tanto Federal como Estatal.

Es por lo anteriormente expuesto que someto a consideración de este pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía del Estado de Jalisco para que, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, integre las carpetas de investigación sobre ciberacoso y violación a la intimidad sexual en contra de las mujeres conforme al debido proceso; con el fin de salvaguardar sus derechos, brindarles las medidas de protección adecuadas y garantizarles el acceso a la justicia pronta y expedita.

Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía del Estado de Jalisco para que, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, implemente las medidas necesarias que permitan la consolidación de unidades especializadas y el diseño de mecanismos para la prevención, atención, sanción y erradicación de la Violencia Digital.

Notas

1. Cámara de Diputados. “Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV)”. México. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf

2. Corral, R. E. H., & Quiñonez, L. C. (2020). “Violencia digital contra las mujeres. Notas sobre el ciberacoso en México”. México. Recuperado de

http://ojs.uacj.mx/ojs/index.php/depolitica/article/view/63

3. Stopbullying.gov. “¿Qué es el ciberacoso?”. Estados Unidos de América. Recuperado de

https://espanol.stopbullying.gov/acoso-por-internet-1yqc/qu%C3%A 9-es

4. Ibídem.

5. Luchadoras. “Justicia en Trámite. El limbo de las investigaciones sobre Violencia Digital en México”. México. Recuperado de

https://luchadoras.mx/wp-content/uploads/2020/11/Luchadoras_Jus ticiaEnTramite.pdf

6. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), “Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA 2021)”, actualización realizada en enero del 2023. México. Recuperado de

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/mociba/2021/doc/mo ciba2021_resultados.pdf

7. Ibídem

8. Ibídem.

9. Ibídem.

10. México Evalúa. “Crece la cifra negra de la violencia sexual: en 2021, el 99.7% de los casos no se denunciaron”. México. Recuperado de

https://www.mexicoevalua.org/crece-la-cifra-negra-de-la-violenci a-sexual-en-2021-el-99-7-de-los-casos-no-se-denunciaron/

11. Luchadoras. “Justicia en Trámite. El limbo de las investigaciones sobre Violencia Digital en México”. México. Recuperado de

https://luchadoras.mx/wp-content/uploads/2020/11/ Luchadoras_JusticiaEnTramite.pdf

12. Cámara de Diputados. Código Penal Federal. México. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpf/CPF_ref150_01ju n21.pdf

13. Cámara de Diputados. Código Penal Federal. México. Recuperado de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpf/CPF_ref150_01ju n21.pdf

14. Congreso del Estado de Jalisco. “Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco”. México. Recuperado de

https://transparencia.info.jalisco.gob.mx/sites/default/files/C% C3%B3digo%20Penal%20para%20el%20Estado%20Libre%20y%20Soberano%20de%20Jalisco%20 (1).pdf

15. Congreso del Estado de Jalisco. “Legisladores aprueban “Ley Olimpia””. México. Recuperado de

https://www.congresojal.gob.mx/boletines/legisladores-aprueban-l ey-olimpia

16. Editorial Telediario. “Ley Olimpia, sin resultados en Jalisco”. México. Recuperado de

https://www.telediario.mx/local/ley-olimpia-sin-resultados-en-ja lisco

17. Ibídem.

18. Universidad de Guadalajara. “Ley Olimpia en Jalisco tiene 96% de impunidad”. México. Recuperado de

https://udgtv.com/noticias/ley-olimpia-en-jalisco-tiene-96-de-im punidad/

19. Ibídem.

20. Universidad de Guadalajara. “Reconocen que hay una falta de avances en la aplicación de la Ley Olimpia en Jalisco”. México. Recuperado de

https://udgtv.com/noticias/reconocen-falta-avances-aplicacion-de -ley-olimpia-en-jalisco/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Laura Imelda Pérez Segura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y A LA INSHAE, A REALIZAR LAS INVESTIGA-CIONES CORRESPONDIENTES PARA DAR TERAPIA CON CÉLULAS MADRE A PERSONAS CON LESIÓN MEDULAR

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la INSHAE a realizar las investigaciones correspondientes para dar terapia con células madre a personas que presentan alguna lesión medular, a cargo de la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputada María Teresa Castell de Oro Palacios, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, Fracción I; y 79, Numeral 1, fracción II y Numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que exhorta a la Secretaría de Salud y a la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, a realizar las investigaciones correspondientes para dar terapia con células madre a personas que presentan alguna lesión medular, en términos de las siguientes:

Consideraciones

Actualmente, entre 250,000 y 500,000 personas a nivel mundial sufren anualmente alguna lesión medular, siendo la mayoría de estas a causa de accidentes de tránsito, caídas o actos de violencia, y de igual forma se producen por alguna enfermedad o de origen congénito.

La lesión medular puede comprenderse como una afectación en cualquier parte de la médula espinal o en los nervios del extremo del canal espinal, el cual forma parte del Sistema Nervioso Central, que es el sector que recibe la información del resto del organismo y envía las órdenes que regulan los movimientos.

Este tipo de lesiones pueden generar parálisis de la movilidad voluntaria, así como la ausencia de toda sensibilidad por debajo de la zona afectada, aunque estas no son las únicas consecuencias negativas que puede padecer una persona que sufre de alguna lesión medular, y cabe aclarar estas dependerán de la gravedad de la lesión y a su locación en la médula espinal.

Incluso, las personas que sufren alguna lesión medular, pueden desarrollar signos de depresión, llegando a un 20 por ciento y 30 por ciento de la totalidad de los pacientes, lo que repercute negativamente no solo en su estado de salud, sino también en su vida personal, ya que es difícil aceptar el hecho de no poder caminar, ni realizar las actividades acostumbradas, además de tener un riesgo de muerte mayor, ya que dicho padecimiento alcanza su máximo nivel en el primer año después de sufrir la lesión, dando como resultado entre 2 y 5 veces más probabilidades de morir, en comparación con el resto de las personas.

Es necesario tener en consideración que existen distintos tipos de lesión medular, las cuales dependen del grado de afectación y de la ubicación en la médula espinal, además de que influye en el riesgo de mortalidad que puede tener una persona. Estas son:

• Tetraplejia: Pérdida o disminución de la sensibilidad y/o control motor de los miembros superiores, inferiores y de todo el tronco.

• Paraplejia: Produce una falta de sensibilidad y/o una parálisis total o parcial de los miembros interiores y de la parte del tronco que se encuentre por debajo de donde se ha producido la lesión.

Actualmente no se conocen maneras de revertir el daño en la médula espinal, aunque existen tratamientos que se centran en prevenir un daño mayor y ayudar a las personas que tengan una lesión medular a que puedan retomar su vida de forma activa y productiva. Dentro de los tratamientos existentes, se pueden encontrar:

• Fisioterapia, que apunta a fortalecer los músculos y mejorar la movilidad y la comunicación;

• Uso de dispositivos de asistencia como sillas de ruedas, caminadores y soportes para las piernas;

• Uso de dispositivos de comunicación adaptables;

• Terapia ocupacional centrada en las habilidades motoras finas;

• Técnicas para el cuidado personal y el control de la vejiga y los intestinos;

• Estrategias para sobrellevar la espasticidad y el dolor;

• Terapia vocacional para ayudar a las personas a volver al trabajo con el uso de dispositivos de asistencia, de ser necesario;

• Terapia recreativa como deportes o actividades sociales;

• Estrategias mejoradas para hacer ejercicio y llevar una dieta saludable (la obesidad y la diabetes son factores de riesgo potenciales para las personas con SCI);

• Estimulación eléctrica funcional para ayudar a restablecer la función neuromuscular, la función sensorial o la función autonómica (p. ej., función de la vejiga, intestinal o respiratoria).

Uno de los tratamientos más beneficiosos en lesiones de médula espinal, es el trasplante de células madre, el cual busca reducir de manera limitada el daño provocado, así como aportar mejoras en la función motora, sensaciones, disminución del dolor neurótico, control de la vejiga y los intestinos.

Dicha terapia tiene como finalidad regenerar las células nerviosas que fueron dañadas en la medula espinal de la persona después de su lesión, mediante el uso de células madre, las cuales son inyectadas a vía intravenosa y con punciones lumbares, con el fin de regenerar la zona afectada.

Únicamente dos países a nivel mundial han realizado las investigaciones correspondientes para llevar a cabo tratamientos con células madre. Uno de ellos es Japón, que el 14 de enero de 2022 anunció que había trasplantado con éxito células madre en un paciente con lesión medular, convirtiéndose este hecho en el primer ensayo clínico en la materia. Según estimaciones de los expertos, el país asiático cuenta con una tasa de 100,000 personas con algún padecimiento relacionado, por lo que se espera que los implantes de células madre mejoren la función neurológica, así como la calidad de vida.

El segundo país encargado de optar por el trasplante de células madre y que ha conseguido buenos dividendos, es España, en el Hospital Puerta de Hierro de Madrid, donde se desarrolló un fármaco que trabaja con las células del propio paciente, acorde a las características de cada lesión. Tras su aprobación, y después de 20 años de investigación, tratará en su primera fase de pruebas a 30 pacientes con lesión medular incompleta por daño vertebral a nivel dorsal o lumbar y con determinadas lesiones medulares completas dorsales y lumbales.

Por ello, es necesario que México ahonde en las investigaciones correspondientes para desarrollar tratamientos con células madre, siendo que esta la terapia con mayores resultados positivos tras su uso en los pacientes con algún grado de lesión medular.

Porque no solo se trata de alcanzar los objetivos en materia de salubridad establecidos en la Agenda 2030, sino de garantizar en su totalidad los derechos humanos, máxime aquellos referentes a la salud íntegra y una vida digna, especialmente para personas que sufren una condición en específico y necesitan de mayores tratamientos que actualmente el sector salud en México no prevé.

En este tenor, es necesario exhortar a la Secretaría de Salud y la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, a que lleven a cabo las investigaciones necesarias para poder implementar como terapia de lesiones medulares el trasplante de células madre, el cual ha demostrado tener un gran impacto con la recuperación de las personas que sufren este tipo de lesiones, pues la mayoría logran recuperar la capacidad de marcha, la sensibilidad, así como la mejora del control motor, lo cual se traduce a tener una mayor calidad de vida.

Por lo antes expuesto, es que se somete a consideración de esta asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. — La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud, a llevar a cabo las investigaciones conducentes, en coordinación con la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, a fin de implementar el tratamiento con células madre a personas que cuentan con alguna lesión medular.

Notas

1 Institut Guttmann (2023). Lesión medular. Consultado en:

https://www.guttmann.com/es/especialidad/lesion-medular

2 Idem

3 Rehametrics (2021). Lesión medular. Consultado en:

https://rehametrics.com/rehabilitacion-lesion-medular/

4 Organización Mundial de la Salud (2013). Lesiones medulares. Consultado en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/spinal-cord- injury

5 Idem

6 National Institute of Child and Human Development (2018). ¿Cuáles son los tratamientos para una lesión de la médula espinal (SCI por sus siglas en inglés)? Consultado en:

https://espanol.nichd.nih.gov/salud/temas/spinalinjury/informaci on/tratamientos

7 Beike Biotechnology. Tratamiento de Células Madre para Lesión de la Médula Espinal. Consultado en:

https://miterapiacelulasmadre.com/lesiones-de-la-medula-espinal/

8 DW (2022). El inicio de una nueva era: recrean parte del desarrollo embrionario en una placa de Petri. Consultado en:

https://www.dw.com/es/el-inicio-de-una-nueva-era-recrean-parte-d el-desarrollo-embrionario-en-una-placa-de-petri/a-55912912

9 Vita 34 (2019). Tratamiento con células madre para pacientes con lesión medular. Consultado en:

https://secuvita.es/tratamiento-celulas-madre-consigue-pacientes -lesion-medular-caminen/

Dado en Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintitrés días de febrero de 2023.– Diputada María Teresa Castell de Oro Palacios (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS HUMANOS E INTEGRIDAD DE LOS MIGRANTES QUE SE ENCUENTRAN TRANSITANDO EN EL TERRITORIO NACIONAL Y EN LOS CENTROS DE DETENCIÓN MIGRATORIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob, a través del INM, a salvaguardar los derechos humanos e integridad de los migrantes que se encuentran transitando dentro del territorio nacional y en los centros de detención migratoria, a cargo de la diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada federal Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del PRI, en la LXV legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por lo que se exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Gobernación, en el ámbito de sus atribuciones y a través del Instituto Nacional de Migración a salvaguardar los derechos humanos e integridad de los migrantes que se encuentran transitando dentro del territorio nacional y en los centros de detención migratoria, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En la actualidad los flujos migratorios van en aumento y cada día son más complejos. La mayoría de las personas lo hacen para mejorar su calidad de vida, buscar acceder a un trabajo digno y bien remunerado, o por cuestiones de inestabilidad socioeconómica o política en sus países de origen.

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) define los flujos migratorios, como movimientos de población complejos, en los que se combinan razones de migración forzosa, económica, que incluyen a personas refugiadas, solicitantes de asilo, personas desplazadas, migrantes económicos, víctimas de trata, víctimas de tráfico, niños, niñas y adolescentes no acompañados o separados, personas que fueron objeto de violencia, comerciantes transfronterizos y personas migrantes que se desplazan por causas ambientales.

México por su posición geográfica al sur de los Estados Unidos, ha sido durante décadas un país de tránsito, destino y retorno de personas migrantes y sus familias. En términos de seguridad humana, derechos humanos y derechos de los migrantes, se ha tornado un desafío que merece ser atendido no solo por la circulación en el territorio nacional, sino también en la atención humana en los centros de detención migratoria.

Bajo este panorama, los flujos migratorios en México son inseguros, desordenados e irregulares, mostrando vulnerabilidad de la población migrante. Asimismo, se pudo constatar que los protocolos de sanidad en los centros de detención migratoria han sido insuficientes, porque se han violado los derechos de los migrantes al permanecer en instancias inadecuadas e insalubres, sin medidas pertinentes y con hacinamiento dentro de las mismas, derivado de que en los últimos meses ha incrementado el flujo de migrantes (principalmente de niñas y niños).

De tal manera que se violenta el artículo 107, fracción VI de la Ley de Migración, que a la letra expresa:

Artículo 107. Las estaciones migratorias, deberán cumplir al menos los siguientes requisitos:

VI. Mantener instalaciones adecuadas que eviten el hacinamiento.

Es en este sentido, se solicita mejores condiciones para los migrantes en su paso por el territorio mexicano, políticas públicas que permitan mejorar los centros de detención migratoria y estrategias para combatir la desigualdad, de esta manera se podrán salvaguardar los derechos de los mismos.

Otro punto de gran relevancia a considerar es aquellos relacionados con el tráfico ilegal de personas, seguido de los robos, trata de personas con otros propósitos; extorsión o chantaje; violaciones; secuestro; otros actos contrarios a las leyes u otras disposiciones sobre menores y retenciones ilegales, entre otros. Siendo Chiapas, Oaxaca e Hidalgo los principales estados con mayor registro delictivo contra migrantes.

El riesgo constante ante estos flujos migratorios y las consecuencias que en esta corriente repercuten, reflejan una crisis humanitaria que debe ser atendida por los diferentes órdenes de gobierno, puesto que el bienestar de las personas migrantes en nuestro país se acrecienta y los enfoques de resultados son pocos o incluso nulos.

Bajo estas consideraciones, corresponde a la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración, que es el órgano administrativo que aplica la legislación migratoria vigente conforme a la Ley de Migración atender a la población migrante.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Gobernación, en el ámbito de sus atribuciones a salvaguardar los derechos humanos e integridad de los migrantes que se encuentran transitando dentro del territorio nacional y en los centros de detención migratoria.

Notas

1 http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=30055

2 Ley de Migración

3 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/chiapas-oaxaca-e-hidalgo-registran-mayori a-de-delitos-contramigrantes-segob

4 https://www.gob.mx/inm/que-hacemos.

Dado en la Ciudad de México, a 21 de febrero de 2023.– Diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A PREVENIR LOS ASESINATOS DE ACTIVISTAS MEDIOAMBIENTALES, CONFORME AL ACUERDO DE ESCAZÚ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI a tomar las medidas necesarias para prevenir los asesinatos de activistas medioambientales, conforme al Acuerdo de Escazú, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En 2021, por tercer año consecutivo, México fue el país con más agresiones y asesinatos a activistas medioambientales en el mundo.

Por lo que, debería ser prioridad en nuestro país su prevención, apegándonos al Acuerdo de Escazú, para permitir los derechos de acceso en asuntos ambientales de la ciudadanía mexicana, particularmente de las poblaciones indígenas y los grupos en situación vulnerable.

Contexto nacional

En nuestro país, en el año 2021, se registraron 54 asesinatos a activistas medioambientales, cifra que representa más de un cuarto de los asesinatos documentados en el mundo a estos, según el Reporte de Defensores Ambientales de la organización Global Witness:

En los últimos diez años, el país [México] se ha convertido rápidamente en uno de los lugares más peligrosos para las personas defensoras de la tierra y del medio ambiente, con 154 casos documentados durante este período. La mayoría de los asesinatos (131) ocurrieron solo entre 2017 y 2021.

Según el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), 2021 también representó el año con más violencia en contra de los medioambientalistas, ya que hubo un total de 108 agresiones registradas, 64 por ciento más que en 2020. Entre los tipos de agresiones con mayor repetición en el país se encuentran la intimidación, el hostigamiento y las amenazas, como se muestra a continuación:

Estos eventos afectan principalmente a las personas que pertenecen a grupos en situación vulnerable, como las mujeres activistas, que son víctimas de violencia por razón de género, y las personas provenientes de pueblos indígenas, cuyas tradiciones y espiritualidad tienen base en la tierra y su protección.

Medioambientalistas indígenas en riesgo

Las personas indígenas que luchan por la preservación del medio ambiente se encuentran en una posición particular; sus derechos son vulnerados dañando la tierra que habitan, por ejemplo, con la construcción de megaproyectos ponen en riesgo su vida. Estas representan el grupo más agredido de activistas por el medio ambiente.

La ONG, Global Witness documentó que más de 40 por ciento de las personas medioambientalistas asesinadas eran indígenas, de las cuales más de un tercio vivió desaparición forzada. Del mismo modo, el CEMDA identificó que, de las 238 agresiones individuales registradas, 98 fueron en contra de integrantes o comunidades indígenas.

Esta violencia se deriva principalmente de las organizaciones delictivas que han tomado provecho de su situación, al diversificar sus actividades económicas, ejercen violencia contra las comunidades indígenas que defienden sus tierras y, al desarrollarse en sectores económicos ilegales, no hay regulaciones que limiten sus acciones. Esto ha ocurrido principalmente en el sector minero, el cual fue el sector más involucrado en agresiones contra medioambientalistas.

La especialista Adriana Cadenas explica un caso en el que se usa a la delincuencia organizada para amedrentar

[La compañía minera] se ha coludido, ha llamado a los servicios de la delincuencia organizada como brazo armado para poder amedrentar, amenazar a la población que está en contra de estas operaciones de la mina, para amenazarlos e intimidarlos y que desistan de esta defensa.

Entre los casos relacionados con estas operaciones mineras, se encuentra el de José Santos Isaac Chávez, abogado que denunció de las afectaciones ambientales de un proyecto minero e impulsó la defensa de las tierras de su comunidad; lamentablemente, fue hallado sin vida en abril del 2021 con signos de tortura dentro de su coche, el cual fue arrojado a un precipicio.

Desgraciadamente, estos casos tienen raíces más profundas, ya que ven involucrados a diversos actores, no sólo los cárteles, entre los cuales se encuentran los gobiernos corruptos que promueven la impunidad.

Impunidad y colusión con el Crimen Organizado

Uno de los problemas en el país es la impunidad y la falta de acción de las instituciones gubernamentales, ya que de cada 100 denuncias, sólo 14 se le dictan sentencia, debido a omisiones e ineptitud de instituciones a cargo, y/o a la colusión de éstas con los grupos delictivos.

Como ejemplo de esto, se encuentra el caso de Celedonio Monroy Prudencio, víctima de desaparición forzada en octubre de 2012. De la investigación de su desaparición, actores independientes llegaron a la conclusión de que las operaciones mineras de la Planta Peña Colorada se mantienen debido al narcotráfico.

Al cumplirse un año de su desaparición, se inició un juicio de amparo 1645/2013, en el cual el Juez Segundo de Distrito de Colima concedió la suspensión de plano de los actos reclamados consistentes en la extracción violenta e ilegal y la desaparición forzada del señor Monroy, así como la violación de los artículos 1o., 14o., 16o., 18o., 19o. y 22o. constitucionales por parte de las autoridades responsables, donde se establece que las personas tienen derecho a la libertad y de tener pleno acceso a sus derechos humanos.

En la sentencia del juicio de amparo con número de expediente 1645/ 2013 señala:

Se les requiere para que en caso de que sea procedente, se lleve a cabo la reparación a las víctimas, toda vez que conforme al marco de los artículos 1, numeral 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los familiares de las víctimas tienen el derecho, y los Estados la obligación, a que los hechos sean efectivamente investigados por las autoridades estatales y, en ese sentido, a conocer la verdad de lo sucedido; en este contexto, el derecho a conocer la verdad en casos de desaparición forzada de personas, implica el derecho de los familiares de la víctima de conocer cuál fue el destino de ésta y, en su caso, dónde se encuentran sus restos; el derecho a la verdad se encuentra subsumido en el derecho de la víctima o de sus familiares a obtener de los órganos competentes del Estado el esclarecimiento de los hechos violatorios y las responsabilidades correspondientes, a través de la investigación y el otorgamiento de una justa reparación.

Aunado a lo anterior, la duración de las consultas es de hasta tres años, que genera incentivos perversos para los actores involucrados, los cuales han evadido el acto a toda costa, principalmente mediante acuerdos corruptos con autoridades.

Por otro lado, para la aprobación de proyectos, el artículo 2o. constitucional y los artículos 4o. y 5o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, establecen que es un derecho de los pueblos indígenas ser consultados en los planes de desarrollo que sean susceptibles de afectar los derechos de los pueblos a nivel nacional, estatal o municipal, promoviendo sus derechos y participación.

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo señala que hay diversos problemas al ejercer consultas, si es que se llegan a hacer (porque es normal que se ignore totalmente este derecho). Es común que participen pocas mujeres, lo cual no es representativo de la población indígena a la que se está afectando. Del mismo modo, normalmente se ejerce presión, con violencia verbal, psicológica o física y con asesinatos, para obtener el consentimiento al proyecto, aprovechando la asimetría de poder entre las comunidades indígenas y las partes promotoras, las cuales comúnmente están involucradas con el gobierno o el narcotráfico.

A este problema se enfrentaron diferentes países de América Latina y el Caribe, se propuso un Acuerdo Regional que promoviera la justicia ambientalista y trabajara por el bienestar de las personas de la región.

Papel del gobierno y el Acuerdo de Escazú

El 22 de abril de 2021 entró en vigor el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, también conocido como el Acuerdo de Escazú; que es el primer tratado regional ambiental de derechos humanos en América Latina y el Caribe, así como el primer instrumento legalmente vinculante en el mundo que incluye disposiciones sobre personas defensoras ambientales.

Este acuerdo se originó en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible “Rio+20”, se fundamenta en el “Principio 10” de la Declaración de Desarrollo Sostenible sobre el Medio Ambiente de 1992, también conocida como Declaración de Rio:

Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.

El Acuerdo de Escazú garantiza el derecho de acceso en asuntos ambientales, lo que implica acceder a la información, el derecho a la participación pública en los procesos de toma de decisiones y el derecho al acceso a la justicia. Asimismo, requiere a los Estados que prevengan e investiguen los ataques contra las personas defensoras ambientales.

Artículo 9. Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales

1. Cada Parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.

2. Cada Parte tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de dicha Parte en el ámbito de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos de su sistema jurídico.

3. Cada Parte tomará medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente Acuerdo.

México ratificó el Acuerdo en enero de 2021, sin embargo, existe poca capacidad estatal y disposición de las autoridades para apoyar a las personas defensoras del medio ambiente, lo que disminuye la probabilidad de que se obtenga acceso a la justicia y reparación del daño.

El gobierno federal ha negado en diferentes ocasiones los derechos de las personas medioambientalistas y ha deslegitimado su lucha actuando en contra de los intereses comunes:

• El presidente López Obrador se ha pronunciado en contra de las personas activistas, al declarar que “ el neoliberalismo alentó al feminismo y el ecologismo” y acusar a los movimientos sociales de haber impulsado derechos humanos para desviar la atención de las personas sobre la corrupción.

• Se disminuyó el presupuesto para mitigar el cambio climático por cuatro Presupuestos de Egresos de la Federación consecutivos, como plantea la organización Causa Natura:

Ya en la administración de Andrés Manuel López Obrador, el presupuesto disminuyó aún más en 2019 y 2020. El presupuesto ambiental de 2020, que fue de 29 mil 869 millones de pesos, representó apenas el 43 por ciento del monto asignado en 2015. En el 2021, tras la pandemia, hubo una recuperación mínima, al alcanzar 31 mil 020 millones, mientras que para el 2022 se alcanzaron 40 mil 945 millones de pesos.

Si bien en 2022 se alcanzaron los niveles previos a la Cuarta Transformación, para el Presupuesto de Egresos 2023 se tiene contemplado el monto más alto en la historia para el rubro ambiental. Sin embargo, los recursos se concentrarán en la Comisión Nacional de Agua, la cual recibirá 49 por ciento más presupuesto para la inversión de infraestructura pública, principalmente de presas,los cuales son megaproyectos que ponen en riesgo a la ciudadanía.

• Se publicó el Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional del 22 de noviembre del 2021, mediante el cual se negaron de iure los derechos al territorio y la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades. Del mismo modo, se negaron mecanismos construidos para garantizar los derechos de información y participación, como es la Evaluación de Impacto Ambiental.

• Se anunció la desaparición del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) y del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) el 17 de diciembre del 2021 como parte de una reforma administrativa que se mantiene en curso. Ante esto, diversas organizaciones de la sociedad civil manifestaron su descontento en un comunicado, al defender que se perderá capacidad de investigación para mitigar el cambio climático.

• Se publicó el comunicado ¿Dónde estaban los pseudoambientalistas cuando hace años empezó la verdadera devastación del sureste de México?por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el 25 de marzo del 2022, el cual es claramente violento hacia las personas activistas, ya que las responsabiliza de diversas atrocidades medioambientales en el Sureste de México, buscando cierta legitimidad para su propio megaproyecto.

Derecho Internacional

En la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, se establece el “ derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza”.

Principio 1. (...) Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.

Sumado a lo anterior el Principio 10 establece que la mejor manera de gestionar los asuntos ambientales es contar con la participación de todos los ciudadanos.

La declaración también prevé la participación especifica de grupos de la sociedad en defensa del medio ambiente.

Principio 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.

Principio 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades, así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible.

Por su parte, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, adoptó la Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible” y que para su resolución se fundamentan en la Carta de las Naciones Unidas; la Declaración Universal de Derechos Humanos; los Pactos Internacionales de Derechos Humanos; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; el Acuerdo de París; el Convenio sobre la Diversidad Biológica; la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo; la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015; la resolución 53/144 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1998, resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 22/6, de 21 de marzo de 2013; entre otras.

La Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1; reconoce el trabajo de las personas activistas medioambientales, destacando su importante contribución, así mismo, señala que estos son los más expuestos y corren mayores riegos.

Reconociendo que los defensores de los derechos humanos hacen una contribución positiva, importante y legítima a la promoción y protección de los derechos humanos relativos al disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, y profundamente preocupado porque los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones relativas al medio ambiente, conocidos como defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, figuran entre los que están más expuestos y corren mayores riesgos (...).

Alarmado por el hecho de que l os defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, incluidas las mujeres y las personas indígenas, y los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones relacionadas con los derechos sobre la tierra, así como sus familiares, comunidades, asociados y representantes legales, son cada vez más víctimas de asesinatos, actos violentos, incluidos actos de violencia de género, amenazas, actos de acoso, intimidaciones, campañas de difamación, actos de criminalización y acoso judicial, desalojos forzosos y desplazamientos, según han informado la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el relator especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y otros procedimientos especiales (...)

Ante la alarmante situación que viven los activistas medioambientales la misma resolución señala:

2. Destaca que debe garantizarse a los defensores de los derechos humanos, incluidos los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, un entorno seguro y propicio que les permita llevar a cabo su labor sin obstáculos ni inseguridad, en reconocimiento de que prestan una ayuda importante a los Estados para que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Acuerdo de París y lleven a la práctica la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (...)

14. Exhorta a los Estados a que:

(...)

f) Promuevan un entorno seguro y propicio en el que los individuos, los grupos y los órganos de la sociedad, incluidos los que se ocupan de los derechos humanos y las cuestiones ambientales, incluida la diversidad biológica, puedan actuar sin violencia, amenazas, trabas ni inseguridad;

En concordancia con la resolución anterior, el “Informe del relator especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible”, señalo que los Estados deben prestar especial atención a los defensores del medio ambiente por lo tanto deben dar prioridad a las medidas que protejan a los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, estableciendo normas que atajen las causas fundamentales de la violencia contra estos y apoyen su labor.

Derecho Nacional

El medio ambiente sano es un derecho consagrado en la Carta Magna.

Artículo 4o.- (...)

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. (...)

A partir de 2012 el Estado mexicano cuenta con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en la cual se menciona que al ser el medio ambiente sano un derecho humano elevado a rango constitucional, las personas que lo defienden son sujetos de derecho de esta ley, la cual tiene por objeto:

Artículo 1.- (...) tiene por objeto establecer la cooperación entre la federación y las entidades federativas para implementar y operar las medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

Esta ley crea el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos.

Si bien la citada ley crea Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, lo cuestionable de esto es si dicho mecanismos ha servido o sólo es una simulación que poco a hecho para defender y proteger a los activistas medioambientalistas.

En el artículo 20 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales promueve el proceso de consulta y participación de las comunidades indígenas y afromexicanas.

Artículo 20 Bis 8.- La Secretaría promoverá el proceso de consulta previa, libre e informada y la participación de las comunidades indígenas y afromexicanas, las comunidades equiparables y de los propietarios y poseedores de la tierra en los procesos de elaboración, observancia, revisión y modificación de los Ordenamientos Ecológicos Territoriales, Ordenamientos Ecológicos Regionales y Ordenamientos Ecológicos Locales.

De este modo, la honorable Cámara de Diputados exige a los titulares de Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Fiscalía General de la República, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas a tomar las medidas necesarias para prevenir los asesinatos de activistas medioambientales, conforme al Acuerdo de Escazú.

Por lo expuesto anteriormente, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Fiscalía General de la República, a que con base en sus atribuciones, promuevan el trato digno a las personas medioambientalistas y se apegue al Artículo 9 del Acuerdo de Escazú, el cual establece en su inciso 3 que se deberán tomar las medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones hacia las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, con base en sus respectivas atribuciones, reestablezcan el INECC y el IMTA para apegarse al artículo 6 del Acuerdo de Escazú, el cual establece en su inciso 3 que se deberán de contar con sistemas de información ambiental actualizados y promover la investigación.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para que, con base en sus respectivas atribuciones, establezcan un proceso único que sea justo, transparente y replicable en la realización de consultas indígenas.

Notas

1 Global Witness (oct, 2022). “Una década de resistencia. Diez años documentando el activismo por la tierra y el medio ambiente en el mundo”. Global Witness. Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de

https://www.globalwitness.org/es/decade-defiance-es/

2 Un “evento de agresión” implica un conjunto de agresiones realizadas en un mismo espacio y tiempo. CEMDA (2022). “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2021”. CEMDA Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de

https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/cemd a-informe-2021

3 Ibid.

4 CEMDA (2022). “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2021”. CEMDA. Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de

https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/cemd a-informe-2021/

5 Global Witness Op. cit.

6 CEMDA Op. cit.

7 Global Witness Op. cit.

8 CEMDA Op. cit.

9 Zerega, Georgina (28 de septiembre del 2022). “México se convierte en el país más mortífero para los ambientalistas con 54 asesinados en 2021”. El País. Consultado el 5 de diciembre del 2022, de:

https://elpais.com/america-futura/2022-09-29/mexico-se-convierte -en-el-pais-mas-mortifero-para-los-ambientalistas.html

10 CEMDA Op. cit.

11 Impunidad Cero (2022). “El tamaño de la impunidad en México”. Impunidad Cero. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://www.impunidadcero.org/impunidad-en-mexico/

12 Zamora, Pedro (2021). “La desaparición de Celedonio Monroy: Reminiscencias de la Guerra Sucia”. Interpretextos, 25/Primavera de 2021, páginas 101-122. Consultado el 9 de diciembre del 2022, de

http://ww.ucol.mx/interpretextos/pdfs/575_inpret2510.pdf

13 Sentencia recaída al Amparo 1645/2013, Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, 19 de abril de 2016.

14 Cervantes, Fernando (7 de diciembre del 2022). “Problematización del derecho a la consulta indígena en México”. PNUD. Consultado el 9 de diciembre del 2022, de

https://www.undp.org/es/mexico/blog/problematizacion-del-derecho -la-consulta-indigena-en-mexico

15 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, artículo 2) y (Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, artículos 4 y 5).

16 PNUD Op. cit.

17 Global Witness, Op. cit.

18 (Declaración de Desarrollo Sostenible sobre el Medio Ambiente, Principio 10)

19 (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe)

20 (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, artículo 9)

21 Global Witness Op. cit.

22 Morán, Carmen (29 de octubre, 2021). “López Obrador abre una nueva polémica: ‘El neoliberalismo alentó el feminismo y el ecologismo’”. El País. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://elpais.com/mexico/2021-10-30/lopez-obrador-abre-una-nuev a-polemica-el-neoliberalismo-alento-el-feminismo-y-el-ecologismo.html

23 Castro, Alejandro (3 de octubre, 2022). “México: crece la crisis ambiental, pero cae el presupuesto”. Causa Natura. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://causanatura.org/periodismo-cn/mexico-crece-la-crisis-amb iental-pero-cae-el-presupuesto”\l “:~: text=El%20presupuesto%20ambiental%20de%202020,mil%20945%20millones%20de%20pesos

24 Causa Natura Op. cit.

25 (Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional)

26 CEMDA (16 de diciembre, 2021). “Desaparecer al INECC y el IMTA debilita aún más la capacidad de México para proteger el medio ambiente y combatir el cambio climático”. CEMDA. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://www.cemda.org.mx/desaparecer-al-inecc-y-el-imta-debilita -aun-mas-la-capacidad-de-mexico-para-proteger-el-medio-ambiente-y-combatir-el-c ambio-climatico/

27 Semarnat (17 de diciembre, 2021). “Semarnat impulsa reforma administrativa”. Semarnat. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-impulsa-reforma-admi nistrativa

28 CEMDA Op. cit.

29 Semarnat (25 de marzo, 2022). “¿Dónde estaban los pseudoambientalistas cuando hace años empezó la verdadera devastación del sureste de México?”. Semarnat. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://www.gob.mx/presidencia/prensa/donde-estaban-los-pseudoam bientalistas-cuando-hace-anos-empezo-la-verdadera-devastacion-del-sureste-de-me xico

30 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 1).

31 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 10).

32 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 20).

33 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 22).

34 CEPAL (20 de marzo del 2019). “Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprueba histórica resolución sobre los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente”. CEPAL. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de

https://www.cepal.org/es/notas/consejo-derechos-humanos-naciones -unidas-aprueba-historica-resolucion-defensores-derechos

35 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”.

36 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”.

37 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”

38 Consejo de Derechos Humanos (28 de febrero, 2022). “Derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible: el medio ambiente no tóxico”. Asamblea General, 49º periodo de sesiones, tema 3 de la agenda. Consultado el 10 de diciembre del 2022, de

https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22/ 004/51/PDF/G2200451.pdf?OpenElement

39 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, artículo 4, párrafo quinto).

40 (Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, primer párrafo, artículo 1).

41 (Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, artículo 20 Bis 8).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



EXHORTO A LA SE Y A LA SRE, A DAR SEGUIMIENTO A LA PROPUESTA DEL GOBIERNO DE MICHOACÁN RESPECTO A LA INSTALACIÓN DE LA PLANTA AUTOMOTRIZ DE TESLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE y a la SRE a dar seguimiento a la propuesta del gobierno de Michoacán de Ocampo de instalar la planta automotriz de Tesla en dicha entidad, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, integrante del Grupo Parlamentario Morena de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Michoacán está llamado a convertirse en un polo de desarrollo en el centro occidente de México, y particularmente en industrias tecnológicas de avanzada que permitan seguir impulsando el desarrollo nacional. Actualmente Tesla, empresa de carácter tecnológica que fabrica automóviles eléctricos, así como diversos componentes electrónicos, y de-sarrolla tecnologías de energías limpias como sistemas de techos solares, instalaciones solares industriales y domésticos esta proyectando instalar una planta en México con una inversión de más de mil millones de dólares, y Michoacán es una opción para ello.

Lo anterior, se sostiene por diversas razones pero una de ellas, es el capital humano suficiente para atender la demanda de perfiles profesionales de una empresa como Tesla, además de que cuenta con ubicación estratégica, infraestructura portuaria, ferroviaria y carretera, entre otros, apenas el 20 de febrero pasado, el Gobernador del Estado manifestó:

El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla anunció que Michoacán presentó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), su propuesta para que en el estado se pueda instalar la nueva planta Tesla, ya que cuenta con energías limpias suficientes, recurso hídrico y una posición logística inmejorable.

El mandatario estatal indicó que existen dos sedes que tienen condiciones para poder recibir a Tesla: “las 640 hectáreas de La Isla de la Palma, que ahora le pertenece a la Marina Armada de México a través de la ASIPONA del Puerto de Lázaro Cárdenas; y la otra es el Parque Bajío, que tiene 440 hectáreas sobre la autopista México-Guadalajara, en la Estación Queréndaro, la cual cuenta con vías de ferrocarril que vienen de Lázaro, con acceso directo a la carretera federal y a 7 kilómetros del aeropuerto”, apuntó.

Ramírez Bedolla destacó que Michoacán cuenta con algo que no tienen otros estados: energías limpias suficientes, y agua en el Parque Bajío al tener un millón de metros cúbicos al año. Además, el puerto de Lázaro Cárdenas es la conexión entre los mercados de Norteamérica y Asia.

El gobernador afirmó que Michoacán se encuentra en su mejor versión para ir en busca de inversiones, e impulsar el desarrollo en la entidad, por lo que es un serio candidato para ser sede de Tesla, así como de otras firmas de clase mundial.

Es de la mayor relevancia el posicionamiento del ciudadano Gobernador de Michoacán, al levantar la mano para recibir las inversiones de Tesla, lo que será en favor del desarrollo, la economía y el empleo del Pueblo de Michoacán, aprovechando la infraestructura, capacidades industriales y humanas que tiene el Estado.

Se trata de una propuesta que va por el bienestar del Pueblo de Michoacán y que valoro tiene todo el respaldo popular a fin de seguir impulsando al Estado de Michoacán, por lo que como representante popular respaldo la propuesta desde el Congreso de la Unión.

Incluso el Canciller Marcelo Ebrard ha mencionado que las inversiones se podrían distribuir en diversos estados de la República, de ahí la pertinencia de que se considere las características y las múltiples ventajas competitivas del Estado de Michoacán para que estas inversiones se puedan anidar en el Estado.

En tal sentido, se apoya la propuesta del Gobernador y desde la representación popular del Pueblo de Michoacán en el Congreso de la Unión se solicita encarecida y respetuosamente a las Secretarías de Economía y de Relaciones Exteriores que impulsen a que el Estado de Michoacán sea parte de los lugares donde se dispersen las inversiones de la empresa Tesla, lo que seguramente impulsará el empleo, la economía, desarrollo de michoacanas y michoacanos.

Por las razones anteriormente vertidas, se somete al pleno, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que den seguimiento a la propuesta del C. Gobernador de Michoacán para que se instale la planta automotriz de Tesla en el Estado de Michoacán, a fin de impulsar el empleo, la economía y el desarrollo estatal.

Nota

1. Invertirá Musk en varios estados con Tesla, dice Ebrard

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/def ault.aspx?__rval=1&urlredirect=/invertira-musk-en-varios-estados-con-tesla- dice-ebrard/ar2555393?po=2

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE CHIAPAS, A FORTALECER SU ESTRATEGIA DE SEGURIDAD PÚBLICA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Chiapas, a fortalecer su estrategia de seguridad pública y la coordinación con los municipios ante la creciente inseguridad registrada en la entidad, a cargo de la diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada federal Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, del Grupo Parlamentario del PRI, en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por lo que se exhorta de manera respetuosa al gobierno del estado de Chiapas en el ámbito de sus atribuciones, a fortalecer su estrategia de seguridad pública y la coordinación con los municipios ante la creciente inseguridad registrada en la entidad que atenta a la tranquilidad e integridad de los habitantes chiapanecos, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Garantizar la seguridad de las y los ciudadanos es una de las necesidades con mayor demanda por parte de los chiapanecos, quienes en los últimos meses han manifestado un incremento considerable de violencia a falta del fortalecimiento de estrategias eficientes y oportunas por parte del gobierno del estado, y la falta o nula coordinación con los municipios.

Esta ola de violencia atenta contra la tranquilidad e integridad de los habitantes chiapanecos, así como infringe al orden público y al ejercicio pleno de sus derechos.

Tal como se establece en el artículo 21, párrafo noveno de nuestra Constitución Política, que expresa lo siguiente:

La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.

Por ello, es importante fortalecer la estrategia de seguridad y establecer los protocolos pertinentes para la coordinación entre el gobierno estatal y los municipios, de tal manera que los índices de inseguridad disminuyan y las familias chiapanecas se sientan con la tranquilidad de transitar las calles del estado.

De acuerdo con diversos medios de comunicación y teniendo en estimación las declaraciones de los habitantes, el gobierno ha fallado ante el panorama de inseguridad y violencia. Siguiendo los datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el 80.9 por ciento de la población de 18 años y más que habita en Tuxtla Gutiérrez consideró que vivir en su ciudad es inseguro, misma que reportó un alza anual de 4.9 por ciento.

Mientras que señala que el 81.9 por ciento de la población de 18 años y más que radican en la ciudad de Tapachula considera que vivir en “La perla del

Soconusco” es inseguro, percepción ciudadana que registró un alza anual de 3.2 por ciento.

Dos de los municipios ejemplos que resultan alarmantes, dado que Tuxtla y Tapachula son de los dos municipios más poblados del estado y en donde los habitantes se sienten con vulnerabilidad y riesgo de sufrir algún tipo de violencia.

Asimismo, siguiendo el “Semáforo delictivo” de Chiapas, en 2022 lesiones y feminicidio fueron de los dos delitos más preponderantes en el estado, sin embargo: Robo a casa, robo a vehículo, homicidio, narcomenudeo, violación, violencia familiar, extorsión y robo a negocio, son de los delitos también tipificados dentro del territorio de Chiapas en los últimos meses.

Las afectaciones ante este clima de inseguridad afectan y preocupa a los habitantes del estado de Chiapas, puesto que los efectos de esta ola rebasan los alcances sociales y patrimoniales de la sociedad al afectarles en su educación, en las atenciones médicas, en la libertad de transitar con tranquilidad, en salvaguardar su patrimonio, pero sobretodo en poner a salvo su integridad.

Bajo estas consideraciones, resulta urgente el fortalecimiento de la estrategia de seguridad pública para el estado de Chiapas y la coordinación de los municipios con el propósito de garantizar la seguridad de los habitantes, así como su integridad y patrimonio.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al gobierno del estado de Chiapas en el ámbito de sus atribuciones, a fortalecer su estrategia de seguridad pública y la coordinación con los municipios ante la creciente inseguridad registrada en la entidad que atenta a la tranquilidad e integridad de los habitantes chiapanecos.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2 El Diario de Chiapas (2022). “8 de cada 10 se siente inseguro”. Disponible en: 8 de cada 10 se siente inseguro

3 El Diario de Chiapas (2022). “8 de cada 10 se siente inseguro”. Disponible en: 8 de cada 10 se siente inseguro

4 Semáforo delictivo de Chiapas (2022). Disponible en:

https://semaforo.mx/articulo/semaforo-de-chiapasagosto-2022

Dado en la Ciudad de México, a 21 de febrero de 2023 – Diputada Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



RELATIVO A CAMBIAR LA DENOMINACIÓN DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE PUERTO VALLARTA

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a cambiar la denominación del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, a cargo de la diputada María Leticia Chávez Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada María Leticia Chávez Pérez, e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a cambiar la denominación del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, o Aeropuerto Internacional Licenciado Gustavo Díaz Ordaz, localizado en Puerto Vallarta, Jalisco, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Un aeropuerto internacional es un instrumento de desarrollo económico al servicio de su país, mismo que satisface las necesidades presentes y futuras de los pasajeros, los cuales se encuentra al centro de sus prioridades.

Pero, además, contribuye significativamente al desarrollo en todos sentidos, entre ellos el económico, de la ciudad donde se encuentra ubicado, de la entidad a la que pertenece dicha ciudad y del país en su conjunto.

El estado de Jalisco, cuenta con dos aeropuertos certificados con la categoría de internacional: El Aeropuerto Internacional de Guadalajara “Don Miguel Hidalgo y Costilla” y el Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta “Lic. Gustavo Díaz Ordaz”.

“Grupo Aeroportuario del Pacífico informa que este aeropuerto conecta actualmente con 40 destinos, 11 nacionales y 29 internacionales, de los cuales 19 llegan desde Estados Unidos, 10 de Canadá y 2 de Europa”.

El sector turístico es clave para el desarrollo económico de nuestro país, y los aeropuertos son una pieza fundamental para el impulso al mismo, al ser el punto de llegada y salida de millones de turistas nacionales e internacionales y quienes con su estancia en un lugar generan una derrama económica importante.

Prueba de ello, es que “de enero a junio de 2022 se registró la llegada de 10 millones 266 mil turistas internacionales vía aérea a México, lo que representa un incremento de 83 por ciento comparando con 2021”.

En “los primeros ocho meses de 2022, los centros turísticos que destacan por ocupación son: Playacar, 80 por ciento; Cabo San Lucas, 78.2 por ciento; Akumal, 78.2 por ciento; Cancún, 77.1 por ciento; y Puerto Vallarta, 74.1 por ciento, de los 70 centros monitoreados por DataTur, la llegada de turistas fue de 52.9 millones; de los cuales 38.8 millones fueron turistas nacionales, mientras que 14.1 millones correspondió a extranjeros, esto es 73.4 por ciento y 26.6 por ciento, respectivamente”, por lo consiguiente la transportación aérea es fundamental para su desarrollo, ya que Puerto Vallarta se encuentra dentro los principales centros turísticos del país.

“El Aeropuerto Internacional de esta ciudad, ha logrado un incremento en el número de pasajeros totales, teniendo este año un registro de 3 millones 125 mil 300 pasajeros, contra los 2 millones 801 mil 900 del 2019, y 1 millón 681 mil 800 pasajeros del 2021, teniendo un aumento del 11.5 por ciento y del 85.8 por ciento respectivamente”.

El desarrollo de un aeropuerto internacional induce efectos positivos y directos en la economía en general, y en el sector turismo en particular, lo que se traduce en creación de empleos de calidad, riqueza y la notoriedad de la ciudad donde esté ubicado, por lo que todo ello, aunado al nombre con el cual sea reconocido, se puede resumir en una sola idea: prosperidad a su alrededor.

Identificar con un nombre, independientemente de la ciudad o el lugar geográfico donde está ubicado, es importante, ya que es algo que debe meditarse y sopesar en su justa medida.

Por ello, es fundamental que los pasajeros, tanto nacionales como internacionales, reconozcan al Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, por la importancia de su nombre, uno que llene de orgullo tanto a la entidad como al país, algo que hoy no sucede. Como llevar a cabo esto si no es a través de un nombre que impulse respeto, estima y sobre todo sea un referente nacional por sus acciones en pro-de México.

Así entonces, la decisión de rendir homenaje a personajes públicos distinguidos a través del nombramiento de aeropuertos internacionales, es una práctica tradicional en todo el mundo , pero dar un nombre propio a este debe de llenar de orgullo a toda una nación.

Se le da un nombre propio a un aeropuerto en honor, recuerdo, conmemoración o como testimonio imperecedero del esfuerzo de una persona por hacer de este mundo un lugar mejor o de fomentar el desarrollo de su nación. En el caso que nos ocupa, ninguno de estos supuestos se puede aplicar.

El “Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta se empezó a construir en 1966 cuando el entonces Presidente de la República Lic. Gustavo Díaz Ordaz ordenó su edificación con una inversión de 45 millones de pesos, fue inaugurado el 20 de agosto de 1970, y se le dio el nombre del mandatario en turno”, un acto de arrogancia o capricho sin duda, por parte del titular del Ejecutivo federal .

El que un aeródromo Internacional lleve el nombre de alguien, es un honor que se gana por indiscutible trayectoria o méritos sobresalientes, no se impone.

El nombre con el que se conoce a un inmueble refleja quienes somos como sociedad, es nuestra primera seña de identidad como nación, materializa de que nos enorgullecemos, es decir, es un reflejo de nuestra historia y de nuestra evolución.

Edificios, plazas, museos, parques, etc. cuentan con un nombre, que al igual que las personas, los distinguen de los demás, es decir, les da una identidad propia. El nombre, además de su valor designativo, tiene otro emblemático, tanto o más importante.

El fin del presente punto de acuerdo, es exhortar respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a cambiar la denominación del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, o Aeropuerto Internacional Licenciado Gustavo Díaz Ordaz, localizado en Puerto Vallarta, Jalisco.

Cuando el turismo internacional llega al Aeropuerto Internacional “Licenciado Gustavo Díaz Ordaz”; lo primero que se preguntaran será: ¿Quién es esta persona?, remitiéndolo ineludiblemente a un periodo poco grato de la historia de nuestro país, consideramos que ello es una infortunada carta de presentación ante el mundo.

Nombrar a un Aeropuerto internacional no es un acto trivial, por el contrario, es algo de suma importancia, ya que con ello estamos creando un patrimonio histórico y cultural, sea para bien o para mal.

Es entonces, que la propuesta que realizamos cambiaría de fondo la imagen de México, ante los millones de pasajeros que anualmente utilizan este puerto aéreo.

Consideramos que es momento de realizar este cambio de nombre, en el entendido que renombrar a este Puerto Aéreo, que administra el Grupo Aeroportuario del Pacífico, con el nombre de un hombre o una mujer con el cual todos nos identifiquemos de manera positiva, sería en beneficio del país en su conjunto.

“En el país existen 47 aeropuertos certificados con la categoría de Internacional”, y ninguno de ellos lleva el nombre de una mujer, consideramos que esta sería una oportunidad para cambiar esta realidad.

Existen aeropuertos internacionales con nombre propio de mujer, como el “Aeropuerto Internacional de la Reina Alia, en Jordania; Aeropuerto Internacional Reina Beatrix, en Aruba; Aeropuerto Internacional Indira Gandhi, en India; Aeropuerto Internacional Josefa Camejo, en Venezuela y el Aeropuerto Internacional Madre Teresa, en Albania”.

El nombre con el que se conoce a un aeropuerto internacional es una facultad de libre elección por parte del titular del Ejecutivo federal, y dirá mucho de estos y de nosotros como Nación, ya que aludirá a nuestros orígenes culturales y tendrá un papel no trivial en cuanto a nuestras perspectivas de futuro como Nación, ya que es un punto de partida y llegada de pasajeros y mercancías en el mundo interconectado de hoy día.

El actual nombre del Aeropuerto Internacional Licenciado Gustavo Díaz Ordaz; nos remite a circunstancias poco gratas de nuestra historia, es decir nos deshonra, nos humilla, y nos denigra ante nosotros mismos y ante el mundo.

El nombre de un aeropuerto internacional forma parte de nuestra conciencia colectiva, incluso podemos considerarlo como parte inseparable de nuestra idiosincrasia. Es por ello que, como facultad exclusiva de otorgarlo a este tipo de aeródromo, el titular del Ejecutivo federal debe de procurar al elegirlo, el fomentar con ello el orgullo nacional y no lo contrario.

Por respeto a las facultades exclusivas del titular del Ejecutivo federal, únicamente sugerimos que se elija el nombre de una mujer o un hombre ilustre, y quien nos enorgullezca ante los millones de viajeros extranjeros que visitan nuestro país.

Reza el proverbio del poeta británico Alexander Pope: “Rectificar es de sabios”, así entonces, démosle al Aeropuerto Internacional Licenciado Gustavo Díaz Ordaz, un nuevo nombre que nos engrandezca como Nación ante el mundo.

Por lo anteriormente expuesto consideramos que está justificado plenamente el cambio de nombre del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, y con ello engrandecerlo ante el mundo.

Consideramos que este respetuoso exhorto no es forzado por circunstancias, sino que es una reflexión que sometemos a consideración del titular del Poder Ejecutivo federal, la cual esperamos sea tomada en consideración.

Si bien para el turista, la calidad de los servicios de un aeropuerto es lo que cuenta, el nombre con el que se conoce a este, es un punto de referencia para el turismo internacional, ya que simboliza la identidad, la historia y la cultura del lugar donde se ubique, tanto en el ámbito local como nacional, y con ello universalizar su imagen.

Pero es importante que el nombre, no solo identifique, sino que dignifique y enorgullezca al país en su conjunto, por lo que estaremos de acuerdo que el actual nombre del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, no representa lo que es México, y menos aún como somos los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a cambiar la denominación del Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, o Aeropuerto Internacional Licenciado Gustavo Díaz Ordaz, localizado en Puerto Vallarta, Jalisco.

Notas

1 El Financiero/ “Semana Santa: Playas de México se ‘sacuden’ el COVID y reciben a miles de turistas”/ Por corresponsales/ abril 14/2022/México/ Disponible en línea en:

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/04/14/semana-santa -playas-de-mexico-se-sacuden-el-covid-y-reciben-a-miles-de-turistas/

2 Gobierno de México/ Secretaría de Turismo/” Ingresan a México 10.2 millones de turistas internacionales vía aérea a México de enero a junio de 2022”/ Comunicado 154/2022/29-07-2022/Comunicado/México/ Disponible en línea en:

https://www.gob.mx/sectur/prensa/ingresan-a-mexico-10-2-millones -de-turistas-internacionales-via-aerea-a-mexico-de-enero-a-junio-de-2022

3 Gobierno de México/ Secretaría de Turismo/” Ocupación hotelera cerca del 60% en 70 destinos turísticos de México de enero a agosto de 2022” / Comunicado 216/2022, 11-10-2022/Comunicado/México/ Disponible en línea en:

https://www.gob.mx/sectur/prensa/ocupacion-hotelera-cerca-del-60 -en-70-destinos-turisticos-de-mexico-de-enero-a-agosto-de-2022?idiom=es

4 Líder Empresarial, “Históricos resultados en materia de turismo logra Puerto Vallarta durante el primer semestre del año”/ Fernanda Ramirez Roldan/2-08-2022/Turismo/México/Disponible en línea en:

https://www.liderempresarial.com/historicos-resultados-en-materi a-de-turismo-logra-puerto-vallarta-durante-el-primer-semestre-del-ano/

5 Universidad de Murcia España/ “El aeropuerto de Puerto Vallarta: factor de impulso del turismo nacional e internacional” /Cárdenas Gómez, Erika Patricia/ Cuadernos de Turismo/ núm. 34/julio-diciembre, 2014/ pp. 53-68/ España/Disponible en línea en:

https://www.redalyc.org/pdf/398/39831596003.pdf

6 Secretaría de Comunicaciones y Transportes/” Indicadores de la Aviación Mexicana, transporte de pasajeros” / agosto 2022/ México/ Disponible en línea en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/764866/ind-aviaci on-agosto-290922.pdf

7 Expansión/¿Existen aeropuertos con nombres femeninos?/ Selene Ramírez/07 marzo 2022/México/ Disponible en línea en:

https://expansion.mx/mundo/2022/03/07/existen-aeropuertos-con-no mbres-de-mujer

8 Ensayo sobre el hombre y otros escritos / “Ensayo sobra la crítica”/ Alexander Pope/ Disponible en línea en:

https://books.apple.com/es/book/ensayo-sobre-el-hombre-y-otros-e scritos/id1245170682

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de febrero de 2023.– Diputada María Leticia Chávez Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



EXHORTO AL CONSEJO GENERAL DEL INE, A INICIAR EL PROCEDIMIENTO DE PÉRDIDA DEL REGISTRO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Consejo General del INE a iniciar el procedimiento de pérdida del registro del Partido Acción Nacional por su probada y plena identidad como organización criminal, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) iniciar el procedimiento de pérdida del registro del Partido Acción Nacional por su probada y plena identidad como organización criminal, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. El día 21 de febrero de la presente anualidad, el jurado de la corte de Nueva York declaró culpable de Genaro García Luna por los 5 delitos federales, 4 de ellos relacionados con narcotráfico, por los que se le acusaba en EU.

Segunda. Reporta Forbes que:

El exfuncionario, de 54 años de edad, fue acusado de 5 delitos: participar en la dirección de una empresa criminal cuya actividad continúa hasta la actualidad, conspiración para la distribución de 5 kilogramos o más de cocaína, conspiración para la distribución y posesión de 5 kilogramos o más de cocaína con la intención de distribuirla en Estados Unidos y conspiración para la importación de la misma cantidad o más.

El quinto delito fue prestar falso testimonio a las autoridades estadounidenses cuando solicitó la nacionalidad.” (EFE, 2023)

Por lo anterior, Genaro García Luna podría recibir una sentencia que va de los 20 años de presión hasta la cadena perpetua.

Tercera. Como es de dominio público, Genaro García Luna fue Director de la extinta Agencia Federal de Investigaciones bajo el mandato de Vicente Fox y Secretario de Seguridad Pública en el gobierno de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

Cuarta. Derivado de esto, queda totalmente claro que el Partido Acción Nacional, más que ser una organización política, es una organización criminal, por ello, no debe continuar compitiendo en elecciones ni seguir gobernando a los mexicanos.

Quinta. Ha quedado demostrada la naturaleza política del Partido Acción Nacional, como un cartel del narcotráfico más, como una banda de delincuentes no sólo electorales, que se robaron la presidencia en el 2006, sino también, como una banda de ladrones, asesinos y traficantes de droga.

Hoy no queda duda, el Partido Acción Nacional es un cártel del narcotráfico más.

Sexta. El artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos señala en su numeral 1 inciso e) como causa de pérdida de registro de un partido político, lo siguiente:

e) Incumplir de manera grave y sistemática a juicio del Consejo General del Instituto o de los Organismos Públicos Locales, según sea el caso, las obligaciones que le señala la normatividad electoral;

Séptima. Por su parte, el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Base I, párrafo 1 y 2, estipula que:

; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. En la postulación de sus candidaturas, se observará el principio de paridad de género.

, así como con las reglas que marque la ley electoral para garantizar la paridad de género, en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular.

Sólo los ciudadanos y ciudadanas podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa

Octava. Por otro lado, el artículo 3, de la Ley General de Partidos Políticos, establece:

1. Los partidos políticos son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral o ante los Organismos Públicos Locales, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

(...)

3. Los partidos políticos promoverán los valores cívicos y la cultura democrática, la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes, y garantizarán la participación paritaria en la integración de sus órganos, así como en la postulación de candidaturas.

Novena. En relación con lo anterior, el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, prescribe:

, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de los ciudadanos;

Décima. Las siguientes investigaciones deben ir en contra del espurio y asesino de mexicanos Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, a quien ya nadie le cree que no sabía nada sobre el actuar de su Secretario de Seguridad Genaro García Luna.

Pero mientras eso sucede, el Instituto Nacional Electoral debe retirarle el registro al cártel de Acción Nacional, que como ya se mencionó supra, es una banda del narcotráfico más.

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) iniciar el procedimiento de pérdida del registro del Partido Acción Nacional por su probada y plena identidad como organización criminal.

Bibliografía

EFE. (21 de Febrero de 2023). Forbes. Obtenido de Genaro García Luna: jurado en NY lo declara culpable de narcotráfico:

https://www.forbes.com.mx/genaro-garcia-luna-jurado-en-ny-lo-dec lara-culpable-de-narcotrafico/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



EXHORTO A INSTITUCIONES DE GUANAJUATO, A IMPLEMENTAR PROGRAMAS SOBRE EL OTORGAMIENTO Y PERMISOS DE LICENCIAS EN BENEFICIO DE LA CIUDADANÍA, PARTICULARMENTE DE LOS GRUPOS VULNERABLES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a instituciones del estado de Guanajuato a implementar programas asequibles sobre el otorgamiento y permisos de licencias en beneficio de la ciudadanía, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, a cargo del diputado Pedro David Ortega Fonseca, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Pedro David Ortega Fonseca, integrante del Grupo Parlamentario del Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Ley General de Movilidad y Seguridad es un instrumento fundamental para las leyes de tránsito de cada entidad federativa, las cuales deben regirse bajos los principios y lineamientos que la presente ley disponga.

En ese sentido, de acuerdo con los artículos 29o, fracción II; 67o, fracción XI y XVI de la Ley en comento, señalan en términos generales las atribuciones que tiene cada entidad federativa para otorgar licencias y permisos para conducir. No obstante, existe una gran disparidad entre los costos para acceder a las licencias de conducir entre cada una de ellas.

En el caso particular del Estado de Guanajuato los costos de las licencias de conducir de todo Tipo son excesivos frente a algunos estados de la región del Bajío. De acuerdo con los datos emitidos por la Secretaría de Seguridad Pública, los costos son los siguientes:

(Tabla de la Secretaría de Seguridad Pública)

En razón de ello, en algunos estados de la Región del Bajío, como lo es el Estado de Querétaro, la licencia de conducir más costosa es de $1,155.00 MXN con una vigencia hasta por 5 años, pero la diferencia es que en dicho estado otorgan descuentos del 50% a personas con credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam) y personas con credencial de pensionado, jubilado, con discapacidad emitidas por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. En ese tenor de ideas, el Estado de San Luis Potosí, otorga gratuitamente las licencias para conducir, mediante un programa emitido por la Secretaría de Finanzas (Sefin)”

En razón de lo anterior, el elevado costo de las licencias en Guanajuato, influye en que aumenten actos de fraude, portación falsa de documentación de éstas. Es por ello, importante que se generen políticas públicas que mitiguen los altos costos de las licencias de manejo; mediante descuentos en los trámites de licencias, tomando como paradigma los programas de licencias de los Estados de Querétaro y San Luis Potosí.

Ahora bien, los grupos en situación de vulnerabilidad son las personas que cuentan con los menores ingresos económicos, debido a la pauperización y falta de oportunidades en las que históricamente se han desarrollado. Es decir, es indispensable generar las medidas correspondientes para que su acceso a las políticas y/o programas públicos sean bajo un enfoque integral, de igualdad y no discriminación.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a las personas Titulares de la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado de Guanajuato, para que implementen programas asequibles sobre el otorgamiento y permiso de licencias en beneficio de las y los guanajuatenses, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad.

Notas

1. https://seguridad.guanajuato.gob.mx/licencias_conducir/costos_licencias/Licenci as: Tipo A: Vehículos de transporte particular, Tipo Vehículos autorizados para servicio público, Tipo C, Vehículos de carga pesada, Tipo D: Motocicletas. Permisos A y B. Permisos de conducir y renovación.

2. Secretaría de Seguridad Ciudadana

https://sscqro.gob.mx/tramites/renovacion-licencia-abd/ Fecha de consulta 16/febrero/2023

3. Página oficial

https://slp.gob.mx/finanzas/Paginas/Licencia-de-conducir.aspx Fecha de consulta 16/febrero/2023 En los casos de no presentar licencia vencida y también para los casos de reposición: Presentar comprobante de No Infracción municipal expedido por Secretaría de Seguridad Pública de San Luis Potosí. (vigencia no mayor a 3 días hábiles). En los casos de reposición se genera un costo de $1,444.00 (Unos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N). Los permisos de conducir por primera vez y renovación generan un costo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputado Pedro David Ortega Fonseca (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



EXHORTO AL CONGRESO DE CHIHUAHUA A PROMOVER LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DESTINADO A LA OBRA PLATAFORMA CENTINELA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Chihuahua a promover la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público del presupuesto destinado a la realización de la obra conocida como Plataforma Centinela, a cargo de la diputada Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Andrea Chávez Treviño, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Hace un año la Gobernadora de Chihuahua Maru Campos, anunció la realización de la obra pública conocida como la “Plataforma Centinela”. Plataforma que presuntamente ayudaría a mejorar las condiciones de seguridad en la región sur del estado con una inversión total de 200 millones de dólares, cantidad que se pagaría durante un plazo de 5 años a la empresa Seguritech Privada S.A. de C.V. Hoy un año después, la ciudadanía manifiesta dudas respecto a la eficacia de esta estrategia y el uso de los recursos públicos conforme a los principios establecidos en el artículo 134 constitucional.

A ese respecto, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado actuando en contraposición al principio de transparencia ha mantenido sigilo respecto a los contratos, compras y estudios que justificaron su construcción que inició el 10 de agosto de 2022 en Ciudad Juárez, Chihuahua. La obra emblemática de la “Plataforma Centinela” es la Torre centinela que se plantea como el centro de operaciones de seguridad en el estado, permanece en la opacidad.

Estos hechos han despertado a las y los Chihuahuenses quienes sintiendo inquietud y desconfianza, presentaron diversas solicitudes de acceso a información pública ante dicha Secretaría de Seguridad Pública. En respuesta, la dependencia en cita se ha excusado de proporcionar la información al público derivado de “adecuaciones administrativas” de forma que el ejercicio del gasto público presupuestado para esta obra pública permanece ajeno al escrutinio público.

Asimismo, en medios públicos de comunicación la empresa a cargo de ejecutar la obra Seguritech Privada S.A. de C.V. cuenta con registros negativos de actividades indebidas relacionadas con la prestación de sus servicios a entidades gubernamentales.

Es con estos antecedentes en mente que debemos destacar que en nuestro estado grande, la vida se está encareciendo; tenemos algunas de las casetas más caras del país, el gasto de revalidación y replaqueo de vehículos es de los más altos; entre otros gastos que dificultan que los y las Chihuahuenses sorteen sus necesidades ordinarias. Asimismo, en la entidad mis paisanos piden la rehabilitación de calles, reparación de luminarias, drenaje y la construcción de nueva infraestructura que conecte a todos y todas en Chihuahua permitiendo el desarrollo pleno de la vida de los Chihuahuenses.

No obstante, ante este escenario, el Gobierno del Estado de Chihuahua encabezado por Maru Campos priorizó el ejercicio del presupuesto público para ejecutar esta obra manifestado que el “Plan Centinela” estaba motivado por el ánimo de mejorar las condiciones de seguridad que se tienen en la región sur de Chihuahua; manteniendo vigilancia continua y dando a la policía estatal la capacidad de responder rápidamente ante la emergencia.

A ese respecto, conforme a los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a noviembre de 2022 se registraron 1 mil 908 homicidios, de los cuales 1 mil 544 fueron dolosos, 35 feminicidios y 20 secuestros en el Estado de Chihuahua por lo que hoy sabemos que la implementación de la “Plataforma Centinela” no ha fortalecido la vigilancia en Chihuahua; no ha prevenido, no ha evitado riesgos, y mucho menos ha aumentado la tranquilidad y el bienestar de los de los ciudadanos de estado. En todo caso, es un proyecto al que se le ha dado un amplio presupuesto del cual desconocemos su verdadero ejercicio y la eficiente y honesta justificación de su implementación.

La obligación de cumplir con los principios constitucionales de eficiencia, eficacia honradez, racionalidad, austeridad, rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio del Gasto Público encuentra eco en la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua vigente, por lo que el manejo opaco de la información del Gobierno del Estado de Chihuahua en lo relacionado al ejercicio del gasto público destinado a la implementación de la “Plataforma Centinela” es injustificado y no deber se tolerado.

Con relación a lo anterior, el Congreso del Estado de Chihuahua, directa e indirectamente, a través del trabajo en coordinación con la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, cuenta con facultades para dar seguimiento, monitoreo y evaluación del ejercicio del gasto público del Estado, contando con la facultad exclusiva de autorizar el Presupuesto de Egresos estatal y la Ley de Ingresos correspondiente, verificando que se cumplan en todo momento los principios constitucionales para su ejercicio. Asimismo, el artículo 64 fracción XLVII de la Constitución Política del Estado de Chihuahua faculta al Congreso para citar a comparecer ante el pleno a los titulares de las Secretarías de Estado, entre otros funcionarios, en caso de requerir su presencia para tratar asuntos de relevancia y trascendencia para el Estado, como lo es el caso de la “Plataforma Centinela”.

Es por lo anteriormente expuesto, que se somete a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- Se exhorta respetuosamente en el ámbito de su competencia al Honorable Congreso del Estado de Chihuahua a realizar las actuaciones necesarias para solicitar la comparecencia del Secretario de Hacienda del Gobierno del Estado, José de Jesús Granillo Vázquez con la finalidad de dar cuenta respecto a la ejecución del gasto público estatal relacionado con la obra pública conocida como “La Plataforma Centinela”.

Notas

1. Cfr.

https://www.omnia.com.mx/noticia/211237/anuncia-maru-instalacion -de-la-plataforma-centinela-en-region-surdel-estado

2. Cfr.

https://www.elheraldodejuarez.com.mx/local/juarez/por-seguridad- no-revelan-informacion-de-construccion-de-plataforma-centinela-8781648.html

3. Cfr.

https://laverdadjuarez.com/2022/08/11/endeuda-maru-campos-a-chih uahua-con-torre-centinela-y-oculta-contratos-del-proyecto/

4. Cfr.

https://laverdadjuarez.com/2023/02/20/seguritech-responsable-de- plataforma-centinela-pago-para-borrar-su-mala-reputacion-en-la-red/

5. Cfr.

https://www.elheraldodechihuahua.com.mx/local/chihuahua/de-enero -a-noviembre-de-2022-se-registraron-mil908-homicidios-en-el-estado-9386972.html

6. Cfr.

https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/leyes/archivosL eyes/1011.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero de 2023.– Diputada Andrea Chávez Treviño (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



SE OTORGUE PROTECCIÓN A LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PARA LA VAINILLA DE LAS MONTAÑAS Y LOMERÍOS DE LA ESCARPA NORTE DE CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al IMPI a considerar los elementos de mérito para el trámite de la solicitud para que se otorgue protección a la Denominación de Origen para la “Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del estado Chiapas”, suscrita por el diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, y diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena y diputadas y diputados que suscriben el punto de acuerdo en la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, eleva a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial a que considere los elementos de mérito para el trámite de la presente solicitud para que se otorgue protección a la Denominación de Origen para la “ Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de La Escarpa Norte del Estado de Chiapas.”. Lo anterior con base a los siguientes

Considerandos

Primero. Ejerciendo la facultad que otorga a las Cámara de Diputados y de los Senadores la fracción V del artículo 273 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industria que establece “que, para La declaración de protección de una denominación de origen o indicación geográfica, se hará de oficio o a petición de:”

V.- Las Cámaras del Congreso de la Unión, siempre y cuando la propuesta haya sido aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes.

Segundo. Que la solicitud se presentó al diputado federal Casimiro Zamora Valdez por integrantes del Comité Promotor de la solicitud de protección en comento.

Tercero. Que de acuerdo a la misma solicitud se observa que cumple con los requisitos que se establecen en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en su artículo 274.

Cuarto. Los representantes del Comité promotor se comprometen que en tiempo y forma estregarán los documentos probatorios y realizarán los pagos correspondientes que corresponden a lo que la LFPPI establece en la materia.

Quinto. Que tenemos conocimiento de que existe la Denominación de Origen de la Vainilla de Papantla, pero que en la expresión de la solicitud se cuentan con los elementos suficientes para considerarla como específica de la región en comento y que sabemos que actualmente se cuentan con denominaciones de origen del café, tanto para Veracruz y Chiapas, por lo que consideramos posible la declaración de protección de la solicitud para la vainilla de Chipas.

Sexto. De la solicitud y sus detalles:

Señalamiento de la Denominación de Origen

Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

El Comité Promotor de la Denominación de Origen son integrantes de los pueblos originarios Zoques y Tzotziles, productores, transformadores y comercializadores del sector industrial y social de Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas de la zona geográfica en comento.

Comité Promotor de la denominación de origen de “ Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas

Integrantes:

Comité promotor de la denominación de origen de “ Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas

Integrantes:

Ing. Lázaro Estrada Estrada

Lic. Mónica Jiménez García

Ing. Erick Sebastián Aparicio Jiménez

Productores comercializadores y transformadores:

Señor Margarito Aparicio Gòmez

Señor Sebastián Jiménez González

Señor José Inés Hernández Jiménez

Señor Enedelia Estrada Estrada

Señor Manuel Gómez González

Señor William Jiménez Rodríguez

Señor Vicente Estrada González

Señor Bernabé Méndez Encino

Señor Audino Estrada Estrada

Señor Bernabé Romero Ramos

Señor Adiel Estrada Estrada

Descripción de la zona geográfica que ampara la denominación de origen de La Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas, incluyendo sus características, componentes, forma de extracción y procesos de producción o elaboración.

A.- La Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas. Es el fruto maduro beneficiado de la orquídea Vainilla Planifolia Andrews (sinónimo de Vainilla Fragans (Salisbury) Ames). En el territorio de La Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas se encuentra la variedad Planifolia Andrews, la cual tiene evidencia de su cultivo por más de cincuenta años desde que se introdujo esta variedad en la zona, teniendo como núcleo de la denominación de origen al municipio de Pichucalco, Chiapas.

B.- Producto

La vainilla es una orquídea perenne que se cultiva apoyada en un árbol tutor, que le proporciona soporte y sombra. En las plantaciones tradicionales de La Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas se cultiva en un terreno con vegetación secundaria o terciaria conocida como acahual, utilizando a diversas especies nativas y endémicas como tutores (sobre todo, Café (Coffea arábiga) y Cocoíte (Gliricidia Sepium), cítricos, etc. La floración ocurre al tercer año de vida de la planta, de marzo a junio. Se realiza la polinización artificial y en un bajo porcentaje la polinización natural debido a que la flor posee una estructura entre el órgano masculino y femenino llamado Rostelo que dificulta la polinización natural.

Del número y ubicación de las flores polinizadas dependerá la cantidad y la calidad de la producción. Entre siete y nueve meses después de la polinización, los frutos entran en la madurez comercial por lo que se reblandecen y cambian de color, de verde brillante a verde amarillento opaco. Este es el momento de cosechar para obtener mejor rendimiento y calidad.

El beneficiado de vainilla tiene un doble propósito: inducir la formación de vainillina y otras sustancias aromáticas mediante reacciones enzimáticas, y reducir el contenido de humedad del fruto. El proceso de beneficiado comprende los siguientes criterios: despezonado, clasificación por grado de madurez, deshidratado a 60ºC por 36h, primer sudor, asoleado y sudado durante 11 a 25 días, clasificación por grado de humedad, depósito durante 45 días, partido (clasificación por tamaño) y amarre.

C.- La Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas en vaina puede comercializarse como tal o ser la materia prima para la fabricación de extractos y derivados. Si se comercializa como tal, debe presentar una serie de características de calidad: largo de la vaina, brillantez, color, textura y número de defectos. Independientemente de que se comercialice en vaina o para extracto, debe cumplir con criterios mínimos de aroma, contenido de humedad y contenido de vainillina. Estas especificaciones se regularán en la Norma Oficial Mexicana 139-SCFI-1999 además con los criterios de la Norma Oficial Mexicana específica derivada de la declaratoria de protección de La Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

La zona geográfica de la Denominación de Origen son 11 territorios municipales emplazados en la Escarpa y Lomeríos de la Sierra Norte del Estado de Chiapas, dentro de los límites territoriales del Estado de Chiapas:

Los municipios considerados en la zona geográfica de la denominación de origen Amatán, Chapultenango, Ixhuatán, Ixtacomitán, Ixtapangajoya, Ostuacán, Pichucalco, Reforma, Solosuchiapa y Sunuapa, emplazados en la Sierra Alta de la Sierra Norte de Chipas y Juárez y Reforma en la zona de lomeríos típicos de la escarpa norte.

Destacando que el municipio de Pichucalco, centro de la denominación de origen, es un municipio de transición de la sierra escarpada hacia los lomeríos emplazados en la zona geográfica de referencia. (ver mapa)

D. Señalamiento Detallado de los Vínculos entre Denominación, Producto y Territorio.

La vainilla de La Vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas ha estado identificada con la región Norte del Estado de Chiapas por más de cincuenta años. Este producto tiene características particulares debido a las condiciones edáficas de estas montañas, su vegetación, clima, humedad y sobre todo por estar cerca del volcán Chichonal, lo que favorece la complementación y balance de macro y micronutrientes presentes en los suelos volcánicos, haciendo de estos terrenos aptos para la producción de vainilla orgánica y natural otorgándole características específicas al producto.

Otro de los atributos esenciales de la vainilla de las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte de Chiapas es la altitud de los municipios, ya que se considera técnicamente que entre los 800 msnm de altitud y hasta los 20 msnm el cultivo es de mayor calidad en cuanto al contenido de vainillina y el desarrollo de sustancias aromáticas que brindan a la vainilla cualidades únicas referidas a su aroma, textura y sabor características de la región.

E.- Extracto de La Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

Se considera extracto de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas el que cumple con las definiciones de extracto natural de vainilla y extracto natural concentrado de vainilla de la NOM-139-SCFI vigente además con los criterios de la Norma Oficial Mexicana específica derivada de la declaratoria de protección de La Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas y que han sido elaborados a partir de vainas exclusivamente de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas, de ese modo, se denominan extracto natural de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas y extracto natural concentrado de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas. Su calidad será regulada por la NOM-139-SCFI vigente además con los criterios de la Norma Oficial Mexicana específica derivada de la declaratoria de protección de La Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

F.- Otros Derivados de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

Los únicos derivados que abarca la denominación de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas, además de los extractos mencionados, son los siguientes, conforme a las definiciones de la NOM-139-SCFI vigente y elaborados a partir de vainas exclusivamente de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

Oleorresinas de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas.

Vainilla de Vainilla de Las Montañas y Lomeríos de la Escarpa Norte del Estado de Chiapas en polvo y molida.

Su calidad será regulada por la Norma Oficial Mexicana específica y de los estándares mexicanos que corresponden a la declaración de protección que emita la autoridad competente.

G.- Uso Potencial.

La zona geográfica de la denominación de origen en comento se encuentra en la zona agroecológica identificada por Sader como idónea para la producción de este cultivo.

D, Asesoría y Aconsejamiento

Estos esfuerzos han sido acompañados y aconsejados por la Doctora Tayde Morales Santos profesora titular de la materia de Legislación Agroindustrial de la Universidad Autónoma de Chapingo, Lázaro Estrada Estrada Ingeniero Agrónomo egresado de la misma institución e integrante del comité promotor de esta iniciativa, así mismo por el Dr. Artemio Pérez López, Coordinador del Posgrado en Ciencia y Tecnología Agroalimentaria del Departamento de Ingeniería Agroindustrial de la Universidad Autónoma Chapingo el Biólogo Andrés Acuña con experiencia y práctica en denominaciones de origen..

Séptimo. Por lo que consideramos viable la solicitud anteriormente expuesta en favor de los integrantes de los pueblos originarios mencionados y todos los que se beneficiarían de esta declaración de protección de su región, otorgándoles un derecho sobre su producción y venta del producto de la vainilla, sus derivados y todos los que participen en esta cadena de valor en esta región y en beneficio y bienestar de los habitantes de la Sierra Norte de Chipas,

Octavo. Que con la atribución que la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial le confiere a esta soberanía y en la colaboración entre los poderes, y

Con base a los considerandos anteriores se formula la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial a que considere los elementos de mérito para el trámite de la presente solicitud para que se otorgue protección a la Denominación de Origen para la “VAINILLA DE LAS MONTAÑAS Y LOMERÍOS DE LA ESCARPA NORTE DEL ESTADO DE CHIAPAS.”

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputados y diputadas: Alberto Villa Villegas, Alfredo Porras Domínguez, Ángel Miguel Rodríguez Torres, Azael Santiago Chepi, Bernardo Ríos Cheno, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Ismael Brito Mazariego, Jesús Fernando García Hernández, Jorge Ernesto Inzunza Armas, Jorge Luis Llaven Abarca, Juan Pablo Montes de Oca Avendaño, Luis Armando Melgar Bravo, Manuel de Jesús Narcia Coutiño, Manuel Jesús Herrera Vega, María de Jesús Aguirre Maldonado, María Guadalupe Chavira de la Rosa, María Sierra Damián, Marina Valadez Bojórquez, Martha Alicia Arreola Martínez, Olegaria Carrazco Macías, Olga Luz Espinosa Morales, Roberto Antonio Rubio Montejo, Salma Luévano Luna, Saúl Hernández Hernández, Valeria Santiago Barrientos, Yeimi Yazmín Aguilar Cifuentes, Yolis Jiménez Ramírez  (rubrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO AL BANCO DEL BIENESTAR, A ATENDER LA PROBLEMÁTICA DEL EXTENSO TIEMPO DE ESPERA PARA EL COBRO DE PENSIONES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Banco del Bienestar a tomar acciones para atender la problemática del extenso tiempo de espera para el cobro de pensiones, a cargo de la diputada Ana María Esquivel Arrona, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Ana María Esquivel Arrona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En el mes de enero, personas vecinas de las sucursales de los Bancos de Bienestar de las colonias Villas de San Nicolás, Santa Rosa de Lima y Villas de San Juan, del municipio de León, Guanajuato; han reclamado las largas filas para el cobro de sus pensiones, así como la espera durante horas en condiciones inadecuadas para las personas adultas mayores, ya que indican que se han formado desde muy temprano, sin un lugar en el que puedan tomar asiento y con las condiciones climáticas que abonan al cansancio y desgaste físico; mencionan además, que al momento de llegar al final de la fila, las y los servidores públicos de las sucursales de los Bancos de Bienestar, les indican que “ya no hay dinero” o que acudan otro día o a otra sucursal, esto sin ninguna razón o explicación alguna.

Además, indican que en los Bancos del Bienestar no funcionan los cajeros automáticos y esto provoca filas de adultos mayores que batallan para poder cobrar su pensión del programa del Bienestar, además de que, les informan que solo se reparte cierto número de fichas y que el dinero para hacer los pagos es insuficiente. Algunos de los afectados comentaron que ya no pueden cobrar en cajeros de otros bancos y que en los Bancos del Bienestar se les informó que al intentar hacerlo corren el riesgo de que se les bloquee su tarjeta.

Esta gran problemática, pone en riesgo a las personas usuarias que acuden a realizar sus trámites, dado que, los Bancos de Bienestar deben garantizar la seguridad de las personas, con atención prioritaria en las adultas mayores y con discapacidad, que hacen fila para cobrar su pensión. Así, debe contar con la infraestructura, inmobiliarios equipos adecuados y los recursos humanos necesarios para que se realicen los procedimientos alternativos en los trámites.

Cabe mencionar que, la política de promoción del bienestar y desarrollo económico del gobierno federal debe reflejarse en la inclusión e igualdad sustantiva y contribuir en forma decisiva al fomento de la transparencia, para lo cual es indispensable garantizar el acceso a los apoyos, pensiones y becas constitucionales, sustituyendo el uso efectivo por medios de pago electrónicos emitidos por instituciones financieras formales, en donde el Banco del Bienestar juega un papel fundamental. En este contexto, el Banco del Bienestar debe sustentarse en un modelo y estrategia de negocio que le permita ser sustentable para poder cumplir con sus objetivos sociales.

Uno de los valores y principios del Programa Institucional 2020-2024 del Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución Bancaria de Desarrollo, es el del Respeto de los Derechos Humanos, en donde el servidor público deberá respetar, garantizar, promover y proteger los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Esto, tomando en cuenta que la misión de programa consiste en crear una banca ética y social para hacer efectivo el derecho de acceso al desarrollo, a la inclusión económica, social y financiera, así como garantizar el acceso a los apoyos, pensiones y becas constitucionales, principalmente a la población excluida; mientras que su visión es ser la institución de banca social del Estado Mexicano que promueva el acceso universal a servicios financieros para la inclusión, desarrollo y el pleno ejercicio de los derechos humanos de toda la población, con la mayor cercanía territorial en las regiones del país.

Los objetivos prioritarios del Programa son:

I. Fomentar la mayor inclusión financiera mediante el acceso y uso de productos y servicios financieros útiles, asequibles y de calidad, el robustecimiento en el acceso a la educación y formación financiera, así como el impulso de esquemas que detonen el fortalecimiento de Sector de atención del Banco y los ecosistemas financieros locales;

II. Ampliar los esquemas de fomento productivo, facilitando el acceso a servicios financieros en sectores estratégicos, mediante el desarrollo de estrategias de colocación de primer y segundo piso; y

III. Asegurar el ejercicio efectivo del derecho constitucional a los apoyos económicos, pensiones, becas y demás programas sociales mediante la ampliación de mecanismos para la dispersión de dinero, impulsando su sustentabilidad financiera y la reconstrucción del tejido social.

En este último objetivo, se plantean acciones puntuales que, en el supuesto le permiten al Banco del Bienestar y sus sucursales las siguientes estrategias:

a) Desarrollar y utilizar tecnologías innovadoras de bajo costo para la distribución de apoyos;

b) Incrementar el número de beneficiarios atendidos y/o bancarizados para contribuir a la política de bienestar de la sociedad; e

c) Incrementar la cobertura del Banco mediante la red de sucursales.

Estas acciones parecen claras y coherentes con los parámetros que debe seguir el Banco del Bienestar, pero la realidad contrasta con todo ello; ya que la situación actual es que, las personas adultas mayores y con discapacidad tienen que formarse por horas, con un extenso tiempo de espera y sin que se hayan documentado ajustes razonables para atender sus necesidades específicas para la distribución de su pensión.

El objetivo no es solo entregar la pensión a las personas y contabilizarlo en informes anuales, sino prestar e implementar todas las condiciones y herramientas que permitan a cada una de ellas, cobrar su pensión de forma accesible, asequible y con el total respeto de sus derechos humanos.

Por consiguiente, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al titular del Banco del Bienestar, a que se adopten medidas para garantizar a las personas adultas mayores y con discapacidad, que acuden a las sucursales de los Bancos del Bienestar, condiciones que salvaguarden un trato digno, con enfoque diferenciado y de género, así como con una perspectiva de derechos humanos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta, respetuosamente, al titular del Banco del Bienestar, a generar estrategias para reducir las largas filas en los Bancos de Bienestar y brindar un trato preferente a las personas adultas mayores y con discapacidad.

Notas

1 https://periodicoam.pressreader.com/article/281629604376632

2 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5612609&fecha=03/ 03/2021#gsc.tab=0

3 Íbidem

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a los 27 días de febrero de 2023.– Diputada Ana María Esquivel Arrona (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.



EXHORTO A LA PROFEPA Y A LA CONANP, A ERRADICAR LA TALA CLANDESTINA EN LOS BOSQUES DE LA ZONA DE RESERVA DE LA MARIPOSA MONARCA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profepa y a la Conanp a llevar a cabo diversas acciones de inspección, vigilancia y promoción en los bosques de la zona de reserva de la mariposa monarca, a fin de erradicar la tala clandestina, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Cada año a partir de los días finales del mes de agosto, entre 7 y 20 millones de mariposas monarca (Danaus plexippus) que nacen en el sureste de Canadá y el noreste de Estados Unidos, inician el fenómeno migratorio que las lleva a recorrer entre 1,900 y 4,500 kilómetros de distancia hasta los bosques montañosos ubicados en el centro de México, principalmente en el Estado de México y Michoacán, sitios a donde llegan a inicios del mes de noviembre.

Ahí, las mariposas permanecen hibernando hasta finales de febrero o mediados de marzo; la dinámica natural de su estancia en esta superficie contempla su permanencia durante el día, para emprender el vuelo alrededor del bosque y ya durante la tarde y noche se aglomeran en clústeres en los pinos de oyamel para protegerse del viento y frío nocturno, normal en las zonas boscosas.

Los expertos calculan que la mariposa monarca recorre alrededor de 120 kilómetros por día y realizan su viaje en 33 jornadas, esto es posible gracias unas características particulares que la diferencian de otras especies de mariposas, su resistencia y longevidad, pues mientras otras especies de mariposas tienen un ciclo vital de 24 días, la mariposa monarca llega a vivir hasta nueve meses, es decir, 12 veces más.

Para poder llegar a los bosques de México la mariposa monarca utiliza varias rutas migratorias; se tienen detectadas aquellas provenientes de la zona ubicada entre las Rocallosas y los Grandes Lagos, mismas que bajan por la Sierra Madre Oriental, entran al Altiplano por las montañas más bajas y llegan a los estados de México y Michoacán. Otras, viajan de la zona ubicada entre el Océano Pacífico y las montañas Rocallosas hacia el estado de California y aquellas que habitan entre el Océano Atlántico y los Grandes Lagos cruzan los estados de Carolina y Florida para llegar a Cuba.

Por lo que hace a nuestro país, contamos con la Reserva de la Biosfera “Mariposa Monarca”, misma que abarca 10 municipios de los cuales cuatro se encuentran en el Estado de México: Donato Guerra, San José del Rincón, Temascalcingo y Villa de Allende, y 6 en Michoacán: Angangueo, Aporo, Contepec, Ocampo, Senguio y Zitácuaro.

Respecto a su importancia ambiental, se destaca que, más allá de ser la zona de arribo de la mariposa monarca, por contar con las características microclimáticas adecuadas para su estancia, los bosques forman parte de importantes ecosistemas templados de México donde predominan las masas forestales de pino, pino-encino y oyamel, representando el hábitat de especies representativas de las regiones Neártica y Neotropical, las cuales incluyen diversos anfibios, reptiles y, por lo menos ,132 especies de aves, 56 de mamíferos, así como alrededor de 420 especies de plantas vasculares.

A pesar de su evidente importancia, hoy se enfrentan enormes complicaciones y riesgos para la conservación de estos espacios, muchos de ellos causados por la acción del ser humano, así como por el cambio climático.

Respecto a este último fenómeno, debe decirse que provoca la interrupción del patrón migratorio anual de la mariposa monarca ya que afecta las condiciones climáticas, tanto en las zonas de hibernación en México como a lo largo de su ruta migratoria en Estados Unidos y Canadá.

Con los cambios drásticos de temperaturas, los inviernos cada vez son más fríos y húmedos, pudiendo ser letales para las mariposas monarcas durante su viaje hacia su hibernación en México.

Así mismo, existen patrones anormales y extremos de sequía o lluvia en los sitios de reproducción y alimentación en Estados Unidos y Canadá, los cuales ocasionan la muerte de mariposas adultas y provocan que haya menos alimento para las orugas.

Ahora bien, de las razones más alarmantes sobre los impactos negativos en contra del hábitat de la mariposa monarca se encuentran la intervención negligente y dolosa del ser humano que, debido al uso excesivo de herbicidas para la agricultura no sostenible y el desarrollo urbano mal planeado, está acabando con el algodoncillo (asclepias), plantas y hierbas esenciales para miles de insectos polinizadores como las mariposas monarca y las abejas.

A nivel mundial se han detectado diversas situaciones que han alarmado a los gobiernos por donde transita la mariposa monarca, Estados Unidos ha señalado que uno de sus principales problemas es la falta de plantíos de algodoncillo, siendo esta la única planta donde estas mariposas depositan sus huevos, mientras que en nuestro país las mariposas monarca necesitan bosques en buen estado para pasar el invierno.

Aun cuando existe una preocupación generalizada por lograr la efectiva protección de estos insectos, resulta alarmante la situación que nos indica una pérdida importante de población de mariposas monarca.

Si bien durante varios años se logró disminuir considerablemente la tala ilegal de bosques dentro de la zona núcleo de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca, en tiempos recientes esta tendencia se ha revertido y la tala ilegal en dicha zona ha aumentado entre un 2 y 3 por ciento; porcentaje que parece mínimo pero que, en términos de servicios ambientales, provoca daños incuantificables.

Resulta indispensable la ejecución de acciones para cambiar esta situación, pues a lo ya mencionado se suma el crecimiento desorganizado e insostenible de asentamientos humanos, mismos que ejercen presión sobre estas superficies debido a las actividades agrícolas y turísticas, provocando que la presencia de las mariposas monarca en México haya caído a su nivel más bajo en los últimos seis períodos de hibernación, lo anterior, según lo señalado por diversos especialistas de la Alianza “Fondo Mundial para la Naturaleza” (WWF por sus siglas en inglés), Fundación Telmex-Telcel y la propia Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp); así como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Los especialistas han advertido que la ocupación de la mariposa monarca en los bosques del país se redujo un 26 por ciento durante el ciclo 2020-2021, ocupando un total de 2.10 hectáreas, aproximadamente un 25 por ciento menos que en la temporada anterior, cuando abarcó una superficie de 2.83 hectáreas.

Para la Conanp esta reducción fue ocasionada por las condiciones extremas del clima, la disminución de su hábitat de reproducción en Canadá y Estados Unidos y la degradación de su hábitat de hibernación en México.

En el mismo sentido, el director general de WWF en México ha señalado en diversas ocasiones que la tala clandestina se ha cuadruplicado en los últimos años dentro de la zona núcleo de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca, afectando una superficie de 0.43 hectáreas durante la temporada 2018-2019 a 13.36 hectáreas en el ciclo de estudio más reciente, es decir, 2019-2020.

Por lo que hace a los municipios con mayor presencia de tala clandestina, encabeza la lista Zitácuaro, en el estado de Michoacán, donde el ejido Crescencio Morales y las comunidades indígenas Nicolás Romero y San Felipe de los Alzati es donde más se presenta esta actividad ilegal, afectando directamente a la mariposa monarca, al grado de no detectar presencia de esta especie.

Reconocemos que existe el interés de las autoridades ambientales para poner un fin a cualquier acto que atente contra la protección de tan importante especie, sin embargo, resulta necesario redoblar esfuerzos para lograr el objetivo planteado.

Estamos convencidos de que es necesario seguir trabajando para poder preservar el hábitat de las mariposas en la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca en México y para ello se requiere fortalecer las acciones de inspección y vigilancia por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PRofepa) y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), así como la promoción del buen manejo forestal, apoyando a las comunidades locales en el desarrollo de proyectos sustentables que ayuden a restaurar los bosques de la región de la mariposa monarca.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a reforzar las acciones de inspección y vigilancia en los bosques de la zona de la reserva de la mariposa monarca a fin de erradicar la tala clandestina en la zona.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a fortalecer la implementación de acciones de promoción sobre el buen manejo forestal, apoyando a las comunidades locales en el desarrollo de proyectos sustentables, que ayuden a restaurar los bosques de la región de la zona de la reserva de la mariposa monarca.

Notas

1 Véase, INEGI, “Mariposa Monarca”. Disponible en:

http://cuentame.inegi.org.mx/sabiasque/mariposas.aspx?tema=S

2 Véase, PROFEPA, “Programa permanente para abatir la tala Ilegal en la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca”. Disponible en:

https://www.gob.mx/profepa/articulos/programa-permanente-para-ab atir-la-tala-ilegal-en-la-reserva-de-la-biosfera-mariposa-monarca?idiom=es#:~: text=La%20Reserva%20de%20la%20Biosfera%20Mariposa%20Monarca%20abarca%2010%20mun icipios,%2C%20Ocampo%2C%20Senguio%20y%20Zit%C3%A1cuaro

3 Véase, WWF, “Mariposa Monarca”. Disponible en:

https://www.worldwildlife.org/descubre-wwf/historias/mariposa-mo narca

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2023.– Diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



SE CONDENA LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LOS ADULTOS MAYORES Y JÓVENES QUE REALIZABAN UNA MANIFESTACIÓN PACÍFICA EN LA ALAMEDA SANTA MARÍA LA RIBERA, POR PARTE DE FUNCIONARIOS DE LA ALCALDÍA CUAUHTÉMOC

«Proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía condena la violencia ejercida en contra de los adultos mayores y jóvenes que realizaban una manifestación pacífica en la Alameda Santa María la Ribera, por parte de funcionarios de la alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, en el operativo del 19 de febrero de 2023, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Dionicia Vázquez García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y los demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión condena la violencia ejercida en contra de los adultos mayores y jóvenes que realizaban una manifestación pacífica en la Alameda Santa María la Ribera, por parte de funcionarios de la Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, en el operativo del 19 de febrero de 2023; asimismo, se exige el cese de todo acto de intimidación a quienes manifiesten cualquier acción de apoyo a las actividades culturales que se han realizado por más de 12 años en dicho espacio, bajo las siguientes

Consideraciones

El cobarde acto de represión perpretado por parte de autoridades del gobierno de la Alcaldía Cuauhtémoc el pasado 19 de febrero de 2023 en contra de adultos mayores y jóvenes para impedirles protestar ante la prohibición de convivir con música y baile en el Kiosco Morisco, en la Alameda Santa María la Ribera no solo es una flagrante violación de los derechos humanos si no que, en el fondo, refleja la cara más negativa del proceso de gentrificación en la ciudad, que suele implicar el desplazamiento y la limitación de la capacidad de las comunidades más vulnerables para expresarse plenamente en la vida cultural de su ciudad y asegurar que sus voces y sus intereses sean escuchados.

Desde hace más de doce años surgió la idea vecinal de organizar bailes en la Alameda Santa María la Ribera con la idea de recuperar el espacio ante personas que “hacían de las suyas”, que se reunían anteriormente en este sitio para el consumo de alcohol y drogas. No obstante, una semana previa al incidente del 19 de febrero, vecinos de Santa María la Ribera señalaron que personal de la Alcaldía Cuauhtémoc había cortado la luz eléctrica de la Alameda para evitar que Sonido Sincelejo pudiera encender su equipo para la realización del tradicional baile.

A decir de los vecinos, otras acciones de la Administración del gobierno de la Alcaldía Cuauhtémoc incluyeron el cierre del Kiosco Morisco durante diciembre, “[...] Ellos sí usan la Alameda para sus eventos cada que pueden. La alcaldesa quiere que éste sea su patio privado.[...]”

Ante ello, se convocó para el 19 de febrero a una manifestación pacífica ante la intención del gobierno de la Alcaldía de prohibir la realización del tradicional baile de los domingos. Llegado el día, cerca de las 10 horas en la esquina de Jaime Torres Bodet y Manuel Carpio, en la colonia Santa María la Ribera, cuando apenas iba a comenzar el acto varias personas con chalecos de la alcaldía Cuauhtémoc descendieron de unos vehículos y comenzaron a agredir a las y los manifestantes.

Una de las adultas mayores agredidas mostró ante un medio de comunicación, la marca de un golpe que recibió en una de sus piernas. Ella tiene 69 años y está diagnosticada con hipertensión.

La Alcaldía también ha argumentado que tomó esta decisión debido a que el espacio de baile es utilizado para la venta de alcohol y drogas ilegales. Sin embargo, en entrevista los vecinos han negado rotundamente tales afirmaciones. Al respecto, una de ellas afirma que son diversas las ocasiones en las que incluso su nieta la ha acompañado a bailar los domingos en las inmediaciones del Kiosco Morisco.

Asimismo, Pablo Pérez, periodista y residente de la colonia Santa María la Ribera de la Ciudad de México, denunció que la alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas, envió a “golpeadores” vestidos de civiles para quitar a los manifestantes. El comunicador indicó que la alcaldía ha realizado diversas actividades culturales en este y otros espacios rebasando los 90 decibeles de ruido que son incluso mayores a los que emiten el sonido Sincelejo que ambienta los tradicionales bailes en la Alameda Santa María la Rivera. Con ello, se pone de manifiesto que se tiene una particular intención en criminalizar las actividades culturales de este espacio.

Entre los vecinos agredidos también se encontraba una persona con discapacidad visual, quien declaró que mientras los trabajadores de la alcaldía forcejeaban con los vecinos para arrebatarles el equipo de sonido lo empujaron y lo tiraron al suelo.

Algunos de los músicos se resguardaron a unos metros del lugar, al interior de las instalaciones de una librería comunitaria de nombre Vulcana, para evitar que fueran agredidos y sus instrumentos dañados. Al día siguiente, “casualmente” administradores de este espacio cultural recibieron la visita de elementos del Instituto de Verificación Administrativa, para una inspección.

Con relación a esto, a pesar de que la titular de la Alcaldía Cuauhtémoc anunció la destitución del Director General de Gobierno y de Imagen Urbana por las agresiones llevadas a cabo durante el operativo encabezado por ellos, es claro que la instrucción de desalojar a los manifestantes fue una orden superior.

El hecho anteriormente expuesto, no representa un acontecimiento aislado sino que forma parte de un modus operandi de la actual administración de la Alcaldía Cuauhtémoc que va sistemáticamente en contra de los valores democráticos, los derechos humanos y la justicia, como si se tratara de un gobierno de corte gangsteril que pretende hacer una “limpieza social”.

Al respecto, a mediados del año pasado, la alcaldía Cuauhtémoc borró rótulos y arte gráfico de los puestos callejeros. La artista visual Sophie Grenspan señaló que “Los rótulos son mucho más que diseños bonitos o chistosos. Son memoria visual y lenguaje histórico de CDMX”.

Desde la Administración de la Alcaldía Cuauhtémoc, se mandó borrar numerosos murales localizados en diversos puntos de la demarcación, con el objetivo de colocar los logotipos que utiliza el gobierno durante su administración. En mayo del año pasado vecinos del Parque España denunciaron la desaparición de cinco obras de arte urbano pese a que la Alcaldesa había negado reiteradamente haber implementado estas acciones.

El jueves 12 de enero del presente año, la titular de la Alcaldía envió brigadas de limpieza, identificadas con chalecos de la alcaldía Cuauhtémoc, para el retiro forzado de personas que pernoctan en diversos puntos de la salida del Metro Hidalgo, sobre Eje 1 Poniente esquina Avenida México-Tenochtitlán, con el argumento de la supuesta recuperación de espacios públicos.

Las acciones antes referidas podrían significar ser parte de un proceso de gentrificación que se vive en diversas colonias y barrios de la Alcaldía Cuauhtémoc. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define gentrificación como el “Proceso de renovación de una zona urbana, generalmente popular o deteriorada, que implica el desplazamiento de su población original por parte de otra de un mayor poder adquisitivo.” Cultura, gráfica popular, arte urbano, danzón, parecieran ser una mosca en la oreja de quien se dice administrar una alcaldía con orden y disciplina.

Al respecto, las acciones descritas, son contrarias a lo establecido en el párrafo tercero del Artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que:

“[...] Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.[...]”

Asimismo, para asegurar la progresividad de los derechos humanos, de acuerdo con la fracción VII del Artículo 4 de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México el Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad tendrá como instrumentos “[...] VII. Las recomendaciones de reorientación de acciones gubernamentales.[...]” Respecto al enfoque de derechos humanos el Artículo 7 del mismo ordenamiento estipula:

“Artículo 7. Las autoridades, en el ámbito de sus competencias, atenderán las tareas de prevención, investigación, sanción y reparación de violaciones de derechos humanos.”

La importancia y pertinencia de la presente proposición con puntos de acuerdo, radica en que no debemos permitir ni normalizar las acciones de extrema violencia y abuso de autoridad por parte de los integrantes de las instituciones de gobierno, y sobre todo, combatir la ausencia de sensibilidad social que acompañan estas reprobables acciones.

Para las y los diputados que integramos el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, consideramos fundamental el promover la justicia social y la equidad, y la gentrificación va en contra de estos valores, ya que perpetúa la desigualdad y exacerba las tensiones entre diferentes grupos sociales. Por lo tanto, nos oponemos a la gentrificación y la violencia que trae consigo y convocamos a todas las fuerzas políticas a trabajar para promover soluciones que permitan a las y los vecinos afectados continuar con sus actividades culturales y participar plenamente en la vida urbana de su comunidad.

Por las consideraciones expuestas, se somete a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión condena el violencia ejercida en contra de los adultos mayores y jóvenes que realizaban una manifestación pacífica en la Alameda Santa María la Ribera, por parte de funcionarios de la Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, en el operativo del 19 de febrero de 2023; asimismo, se exige el cese de todo acto de intimidación a quienes manifiesten cualquier acción de apoyo a las actividades culturales que se han realizado por más de 12 años en dicho espacio.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Titular de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México para que, en su caso, emita las recomendaciones a que hubiera lugar por la violencia ejercida en contra de las y los manifestantes que exigían que les permitieran continuar con su tradicional baile, en el operativo realizado por parte del Gobierno de la Alcaldía Cuauhtémoc en la Alameda Santa María la Ribera, el 19 de febrero de 2023.

Notas

1. Ramirez Crespo, Francisco S. (2021). Santa María la Ribera: gentrificación y producción de fronteras sociales [Tesis de Maestría, El Colegio de México] Repositorio institucional de El Colegio de México

2. Corriente alterna UNAM. Sonido Sincelejo: por el derecho a bailar cumbia. Disponible en:

https://acortar.link/in5jOz Consultado el 24 de febrero de 2023

3. Ibid.

4. Cimacnoticias.Tras 12 años de tradición de baile en calles de Santa María la Ribera, mujeres acusan despojo del espacio público. Disponible en:

https://acortar.link/zl4wwk Consultado el 24 de febrero de 2023.

5. Ibid.

6. Ibid.

7. Aristegui Noticias. Sandra Cuevas mandó “golepadores” contra vecinos de Santa Ma. la Ribera: Periodista. Disponible en:

https://acortar.link/Nc7zWs Consultado el 24 de febrero de 2023

8. Ibid.

9. infobae. La acalorada discusión entre Sandra Cuevas y monero Rapé por la desaparición del arte urbano: “Me violentas”. Disponible en:

https://acortar.link/vPFka7 Consultado el 24 de febrero de 2023

10. El Heraldo. Sandra Cuevas renuncia a la política: de borrar el arte callejero a quitar a los danzoneros. Disponible en:

https://acortar.link/ylJ4dr Consultado el 24 de febrero de 2023.

11. Capital 21. Legisladores piden a Sandra Cuevas evitar discriminación a personas en situación de calle. Disponible en:

https://acortar.link/4bqumk Consultado el 24 de febrero de 2023

12. RAE. Disponible en:

https://dle.rae.es/gentrificaci%C3%B3n?m=form Consultado el 24 de febrero de 2023

13. Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México. Disponible en:

https://acortar.link/k2sHzp Consultado el 24 de febrero de 2023

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Dionicia Vázquez García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



SE INVESTIGUEN LAS IRREGULARIDADES PRESENTADAS EN LA GESTIÓN DE EQUIPOS ADQUIRIDOS MEDIANTE CONTRATO ENTRE EL BANCO DEL BIENESTAR, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, LA INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, Y LA EMPRESA REINBON DISTRIBUCIÓN S.A DE C.V

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SFP a investigar y, de ser el caso, iniciar el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades presentadas en la gestión de equipos adquiridos mediante contrato celebrado entre el Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, la Institución de Banca de Desarrollo, y la empresa Reinbon Distribución, S.A. de C.V., suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente:

Exposición de Motivos

De acuerdo a la Auditoría Superior de la Federación, realizó un análisis de 4,182,833.1 de pesos, el cual corresponde a gastos realizados por la Dirección General Adjunta de Tecnología y Operación (DGATyO) del Banco del Bienestar, por medio de los cuales se realizó una contratación en materia de Tecnologías de la información y Comunicaciones, durante el ejercicio fiscal de 2021 y que se encuentran reportados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del ejercicio de 2021.

Además de esto, el análisis que se realizó la ASF, involucró la revisión de las actividades y del cumplimento de las responsabilidades en materia de gobierno y gestión de las Tecnologías de la información y Comunicaciones.

Con base en dicho informe, se identificó que el Banco del Bienestar tuvo un presupuesto ejercido de ejercido de 8,114,682.3 miles de pesos vinculado con las TIC, donde 4,843,261.9 miles de pesos corresponden a recursos relacionados con las contrataciones en materia de TIC.

Dentro de este monto auditado se realizó la revisión del contrato con número DJN-SCOF-1C.10-06-2021-041, celebrado con Reinbon Distribución, S.A. de C.V., mismo que se dio mediante adjudicación directa, conforme a lo previsto con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), y que además contaba con una vigencia al 01 de septiembre de 2021 por un monto total de 76,148.6 miles de pesos, el cual fue pagado en su totalidad durante el ejercicio de 2021.

El contrato en comento, constataba de la compra de equipo de cómputo personal, por un total de 7 mil 190 componentes para equipos de cómputo personal, de los cuales estos mismos se conforman por 3 mil 595 CPU (unidad central de procesamiento) y 3 mil 595 monitores de pantalla para ser distribuidos en las oficinas corporativas, en 433 sucursales, lo que se proporcionarán un promedio de 8.3 computadora sobre sucursal.

Conforme a datos de la cuenta pública del 2021, en el Estado Analítico del ejercicio del presupuesto de egresos en clasificación económica y por objeto del gasto dentro del listado “Mobiliario y equipo de administración” se aprecia una declaración por 76,148,603.00 en equipo de cómputo.

Sin embargo, la Auditoría Superior de la Federación señaló que:

“...en el informe de suficiencia presupuestal del 19 de agosto de 2021 se estableció una nueva cantidad superior de 131 millones de pesos.”

De lo anterior, se generó una discrepancia en el monto del contrato y lo requerido en agosto de 2021, pues de la diferencia de 54 millones 985 mil pesos no se proporcionó una justificación por la diferencia entre los 76 millones presupuestados y los 131 millones requeridos.

De esto, la Auditoría Superior de la Federación concluyó lo siguiente:

“Por lo anterior, se concluye que existieron deficiencias durante el proceso de contratación debido a que no se realizó el análisis para determinar el volumen de equipos requeridos; el importe de la suficiencia presupuestal aprobada es mayor al importe del contrato y el documento de dicha suficiencia no cuenta con la firma autógrafa del área requirente; asimismo, el área requirente no atendió las observaciones realizadas por la Dirección General Adjunta Jurídica durante la sesión ordinaria No. 08/2021 del CAAS del 31 de agosto de 2021; no se realizó la calificación, aceptación y custodia de la garantía del contrato y no se generó la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para la cancelación de las garantías de cumplimiento del contrato al concluir la vigencia del servicio.”

Entre otras irregularidades cometidas por el Banco del Bienestar que, posteriormente la ASF recalcó, se incumplió en el procedimiento sobre la compra de los equipos de cómputo, pues no proporcionaron las pólizas de diario contables y presupuestales, esto desde la creación de la requisición de compra hasta la liquidación de ésta con el pago al proveedor.

Así mismo el Banco del Bienestar ha realizado diferentes incompetencias de las cuales ha irrumpido respecto a los debidos lineamientos de rigurosidad para su buen funcionamiento que han servido para diferentes prácticas de evasiones en anteriores casos. Por eso mismo es que ahora la ASF recalca de igual manera la falta de entregables:

“Procedimientos de recepción de reportes y atención de fallas de los equipos” al igual que la ausencia de “evidencias que acredite como se realizó la recepción de bienes, ni la verificación visual y a través de herramientas por parte del banco” Esto mismo dificultando la severidad de los procedimientos requeridos y solicitados en los anexos técnicos.

Adicionalmente, no se proporcionó la evidencia del análisis realizado para determinar que la cantidad de equipos requerida era necesaria y suficiente para dar continuidad a la operación del Banco del Bienestar.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaría de la Función Pública para que conforme a sus atribuciones, realice todas las acciones necesarias a efecto de investigar y, de ser el caso, iniciar el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades presentadas en la gestión de los equipos adquiridos mediante el contrato DJN-SCOF-1C.10-06-2021-041, celebrado entre el Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo y la empresa Reinbon Distribucion S.A. de C.V.

Notas

1 “Auditoría De Cumplimiento a Tecnologías de Información y Comunicaciones: 2021-0-07100-20-0021-2022”, Auditoría Superior de la Federación, 2023Recuperado de:

https://informe.asf.gob.mx/Documentos/Auditorias/2021_0021_a.pdf

2 Ibidem.

3 Ibidem.

4 Ibidem.

5 Ibidem.

6 Ibidem.

7 Ibidem.

8 Informe ASF,Banco del Bienestar, S.N.C., I.B.D.Auditoría de TIC, “

https://informe.asf.gob.mx/Documentos/Auditorias/2021_0021_a.pdf ”.

9 Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A LA JUCOPO, A ACORDAR QUE LAS LEGISLADORAS DE ACCIÓN NACIONAL EN POSICIONES DIRECTIVAS DE LAS COMISIONES DE JUSTICIA, Y JURISDICCIONAL, SEAN REMOVIDAS POR CONFLICTO DE INTERÉS RELACIONADO CON LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL DE GENARO GARCÍA LUNA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo a acordar y someter a consideración del pleno que las personas legisladoras de Acción Nacional que ocupan posiciones en los órganos de dirección de las Comisiones de Justicia, y Jurisdiccional, sean removidas por el abierto conflicto de interés que representa su pertenencia a dicho grupo parlamentario relacionado con la organización criminal de Genaro García Luna, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta a la Junta de Coordinación Política acordar y someter a consideración del pleno que las personas legisladoras de Acción Nacional que ocupan posiciones en los Órganos de Dirección de las Comisiones de Justicia y Jurisdiccional sean removidas por el abierto conflicto de interés que representa su pertenencia a dicho Grupo Parlamentario relacionado con la organización criminal de Genero García Luna, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. El día 21 de febrero de la presente anualidad, el jurado de la corte de Nueva York declaró culpable de Genaro García Luna por los 5 delitos federales, 4 de ellos relacionados con narcotráfico, por los que se le acusaba en EU.

Segundo. Reporta Forbes que:

El exfuncionario, de 54 años de edad, fue acusado de 5 delitos: participar en la dirección de una empresa criminal cuya actividad continúa hasta la actualidad, conspiración para la distribución de 5 kilogramos o más de cocaína, conspiración para la distribución y posesión de 5 kilogramos o más de cocaína con la intención de distribuirla en Estados Unidos y conspiración para la importación de la misma cantidad o más.

El quinto delito fue prestar falso testimonio a las autoridades estadounidenses cuando solicitó la nacionalidad.”(EFE, 2023)

Por lo anterior, Genaro García Luna podría recibir una sentencia que va de los 20 años de presión hasta la cadena perpetua.

Tercero. Como es de dominio público, Genaro García Luna fue Director de la extinta Agencia Federal de Investigaciones bajo el mandato de Vicente Fox y Secretario de Seguridad Pública en el gobierno de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

Cuarto. Derivado de esto, queda totalmente claro que el Partido Acción Nacional, más que ser una Organización Política, es una Organización criminal.

Quinto. También ha quedado demostrada la naturaleza política del Partido Acción Nacional, como un cartel del narcotráfico más, como una banda de delincuentes no sólo electorales, que se robaron la presidencia en el 2006, sino también, como una horda de ladrones, asesinos y traficantes de droga.

Hoy no queda duda, el Partido Acción Nacional es un Cártel del narcotráfico más.

Sexto. Al interior de la Cámara de Diputados, es de suma preocupación que militantes de esa organización criminal, ocupen posiciones en los órganos constituidos por el pleno, como son las Comisiones, tal como lo define el artículo 3, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Séptimo. Para apuntalar lo expresado en el punto inmediato anterior, basta señalar que el presidente de la Comisión de Justicia es el diputado Felipe Fernando Macías Olvera, militante del Partido Acción Nacional, que ya quedó establecido, es una organización criminal.

Octavo. Por otro lado, en la secretaría de la Comisión Jurisdiccional se encuentra el diputado José Elías Lixa Abimerhi, otro connotado miembro del cártel del narcotráfico de Acción Nacional.

Noveno. No puede ser que órganos de suma importancia para la actividad legislativa de la Cámara de Diputados, estén cooptados por miembros del Cartel de las Drogas que el Partido Acción Nacional representa hoy.

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, a la Junta de Coordinación Política acordar y someter a consideración del pleno que las personas legisladoras de Acción Nacional que ocupan posiciones en los Órganos de Dirección de las Comisiones de Justicia y Jurisdiccional sean removidas por el abierto conflicto de interés que representa su pertenencia a dicho Grupo Parlamentario relacionado con la organización criminal de Genero García Luna.

Bibliografía

EFE. (21 de Febrero de 2023). Forbes. Obtenido de Genaro García Luna: jurado en NY lo declara culpable de narcotráfico:

https://www.forbes.com.mx/genaro-garcia-luna-jurado-en-ny-lo-dec lara-culpable-de-narcotrafico/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento y atención.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES A PROMOVER Y GESTIONAR ACCIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS MÉDICAS CON GOCE DE SUELDO A MUJERES AFECTADAS POR DISMENORREA INCAPACITANTE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Inmujeres, al IMSS y al ISSSTE a diseñar, promover y gestionar acciones que conlleven al otorgamiento de licencias médicas con goce de sueldo a mujeres afectadas por dismenorrea incapacitante, a cargo de la diputada Lizbeth Mata Lozano, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Lizbeth Mata Lozano, diputada de la LXV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que otorga el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 6 numeral 1 fracción I, 77, 78 y 79 numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres; al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Salud y Seguridad Social para los Trabajadores al Servicio del Estado, a diseñar, promover y gestionar acciones que conlleven al otorgamiento de licencias médicas con goce de sueldo a mujeres afectadas por dismenorrea incapacitante, del mismo modo a promover y gestionar el apoyo para el acceso a productos de gestión menstrual, con base en las siguientes:

Consideraciones

Actualmente el Instituto Mexicano del Seguro Social, tiene identificada la dismenorrea dentro de padecimientos médicos para la atención en sus tres niveles de servicio. Asimismo, define a la dismenorrea como el dolor durante la menstruación de tipo cólico en la porción inferior del abdomen, presente durante al menos 3 ciclos menstruales; cuya evolución clínica varía entre 4 hrs. hasta 4 días; se clasifica en dismenorrea primaria y secundaria.

Por lógica, quienes padecen dicha afectación de salud, únicamente son personas menstruantes, forzosamente debe existir el proceso de la menstruación para que esta condición pueda ser diagnosticada en una persona. El dolor de la dismenorrea ya sea primaria o secundaria, es referido como dolor tipo cólico en región suprapúbica, el cual puede irradiarse a región lumbosacra o anterior del muslo, de inicio, pocas horas antes o con el comienzo del ciclo menstrual, y con una duración de 4 horas a 4 días; el dolor es más intenso en el primer día del ciclo menstrual, puede acompañarse de náusea, vómitos, diarrea en un gran porcentaje de casos y en las formas más severas el dolor puede presentarse como un episodio abdominal agudo e intenso que imita a un abdomen agudo, llegando a ser incapacitante.

Ante la anterior descripción de los síntomas de la dismenorrea que en muchos casos pueden llegar a ser incapacitantes, es indispensable reconocer su importancia como un problema de salud que enfrentan cotidianamente las mujeres, el cual no les permite realizar sus actividades en condiciones óptimas. Enfrentar síntomas agudos de la dismenorrea genera condiciones que no permiten a la persona menstruante realizar sus actividades o labores comunes al grado de incapacitarla totalmente durante el periodo en que se presenta.

Sin embargo, aunque se conocen los síntomas que se enfrenta en este padecimiento, a la fecha se sigue esperando que las personas con dismenorrea realicen sus actividades cotidianas como si nada, e incluso que acudan a sus centros de estudio o de trabajo sin quejarse ni manifestar malestar, y mucho menos se les permite ausentarse porque se le considera falta injustificada.

Es por ello, que mediante el presente documento se plantea visibilizar esta problemática que afecta aproximadamente entre un 45 a 95 por ciento de las mujeres en edad reproductiva, quienes por lo menos una vez la han padecido, convirtiéndose en causa de faltas a las actividades escolares o laborales en un 33 al 50 por ciento de las personas que la padecen. La propia Secretaría de Salud ha señalado que la dismenorrea provoca dificultad en el desempeño de las actividades diarias normales, estima que el 50 por ciento de las mujeres han presentado dismenorrea en algún momento de sus vidas.

De este modo, ya existen otros países en los que se han tomado medidas para tomar en cuenta la dismenorrea como un tema a visibilizar, ya que desde 1947 Japón fue el primer país en incorporar la licencia menstrual, por lo que las empresas no pueden obligar a trabajar a quien solicite la baja por menstruación, sin embargo, regularmente las empresas no pagan las ausencias; y en Corea del Sur, desde 1953 las trabajadoras pueden tomar un día menstrual libre al mes, el cual no se paga. Y aunque no sean con goce de sueldo, por lo menos ya están establecidas y tampoco generan despidos o bajas laborales permanentes por estas ausencias, ya que, de algún modo se consideran justificadas.

En la actualidad en México, se ha empezado a tomar el problema de salud de la dismenorrea con mayor seriedad y se ha intentado por diversos medios que se aprueben iniciativas de reforma a favor de las personas menstruantes; desafortunadamente, no han prosperado en materia legislativa para establecer como un derecho las ausencias laborales por motivos de la dismenorrea.

Incluso, el pasado 17 de febrero, el Congreso de la Ciudad de México, aprobó enviar una iniciativa de reforma al Congreso de la Unión, para que se aprueben las licencias laborales por la dismenorrea, reforma que pretende modificar la Ley Federal del Trabajo. Esto es una propuesta que seguramente ejercerá presión a la Cámara de Diputados para que se aprueban las reformas en este sentido.

Por otro lado, desde junio de 2017, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, aprobó una medida interna para sus relaciones laborales, en la que concede a las y los servidores públicos adscritos a esta instancia de justicia administrativa, licencia de ausencia de un día de descanso al mes, a causa de complicaciones de tipo fisiológico.

Este tipo de acciones en materia de salud laboral tienen un enfoque dirigido que responde a las necesidades de las personas menstruantes, que derivado de sus características biológicas, enfrentan de manera permanente una condición de dolor y otros síntomas, la cual debe ser respetada e identificada, libre de todo prejuicio y consciente de la necesidad de cuidar su salud, bienestar y economía, al permitirles las ausencias laborales justificadas.

Por todo lo antes expuesto, es evidente que es viable que el Instituto Nacional de las Mujeres y las Instituciones de Salud como el Instituto Mexicano del Seguro Social y Seguridad Social para los Trabajadores al Servicio del Estado, diseñen, promuevan y gestionen las acciones necesarias para apoyar a las personas que padecen la dismenorrea en el país.

En otro contexto, pero no menos importante, existe el factor de los productos de gestión menstrual, los cuales no siempre están al alcance de quienes los requieren, pues en muchas ocasiones por el costo o porque la menstruación se da en un momento no esperado, suele ocurrir que no tienen acceso directo a los productos. De este modo, se propone que el Instituto Nacional de las Mujeres gestione para que apoye para que promuevan y gestionen el apoyo de productos de gestión menstrual en el sector público.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Puntos de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXV Legislatura exhorta, respetuosamente, al Instituto Nacional de las Mujeres, a diseñar, promover y gestionar acciones que conlleven al otorgamiento de licencias médicas con goce de sueldo a mujeres afectadas por dismenorrea incapacitante, del mismo modo a promover y gestionar el apoyo para el acceso a productos de gestión menstrual.

Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXV Legislatura exhorta, respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Salud y Seguridad Social para los Trabajadores al Servicio del Estado, para que de forma conjunta con el Instituto Nacional de las Mujeres, a diseñar, promover y gestionar acciones que conlleven a facilitar el otorgamiento de licencias médicas con goce de sueldo a mujeres afectadas por dismenorrea incapacitante.

Notas

1 Véase:

https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/guiasclinicas/183GRR.p df

2 Véase:

https://hospital.uas.edu.mx/revmeduas/pdf/v5/n1/dismenorrea.pdf

3 Véase:

https://www.gob.mx/salud/articulos/que-es-la-dismenorrea#:~: text=Se%20estima%20que%20el%2050,alg%C3%BAn%20momento%20de%20sus%20vidas.&t ext=La%20dismenorrea%20provoca%20dificultad%20en,alg%C3%BAn%20momento%20de%20su s%20vidas.

4 Véase:

https://sputniknews.lat/20230217/licencia-menstrual-estos-son-lo s-paises-que-la-permiten–1135868219.html

5 Véase:

https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.m x/files/files/pdf/gct/2017/jun291.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero del año 2023.– Diputada Lizbeth Mata Lozano (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE MODIFIQUEN LOS LINEAMIENTOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL, A FIN DE QUE LA CIUDADANÍA PUEDA ELEGIR ENTRE OBRA BÁSICA Y OBRA COMPLEMENTARIA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Bienestar a realizar una modificación al acuerdo por el que se emiten los lineamientos del fondo de aportaciones para la infraestructura social, publicado en el DOF el 26 de enero de 2021, a fin de permitir a los municipios que, cuando se realicen proyectos de infraestructura, sea potestad de la ciudadanía elegir entre obra básica y obra complementaria, a cargo del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Los últimos Presupuestos de Egresos de la Federación presentados por el Poder Ejecutivo y aprobados por esta soberanía buscan de forma total el combate a la pobreza, bajo la premisa de “Primero los Pobres”, la cual se ve plasmada claramente, por ejemplo, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022 en su artículo sexto transitorio, el cual resulta el fundamento para la emisión de los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, que representa uno de los fondos que más benefician a las entidades federativas y a los municipios con los recursos a ejercer en estos.

Dichos fondos, que si bien es cierto representan para los municipios con una recaudación muy baja de ingresos propios un gran alivio, se encuentran limitados por lo expresado en el artículo transitorio de referencia y en los lineamientos que le dan operatividad al Presupuesto de Egresos.

En efecto, es un compromiso de la Cuarta Transformación dar prioridad a quienes más lo necesitan, pero también es necesario adecuar estas premisas a realidades muy particulares que se presentan en distintos puntos de nuestra geografía nacional como sucede en los casos que se exponen a continuación.

En el Distrito Uno del estado de Veracruz se encuentran trece municipios que forman parte de lo que se conoce como la Huasteca Alta y son los siguientes: Pánuco, Pueblo Viejo, H. Tampico Alto, Ozuluama, Naranjos, Tamiahua, Tancoco, Chinampa de Gorostiza, Tamalín, Tantima, Citlaltépetl, El Higo y Tempoal; cada uno de ellos cuenta con un sustancial número de comunidades rurales, las cuales suman entre todas un aproximado de 3,355 pueblos, independientes de sus respectivas cabeceras municipales.

En 10 de los 13 municipios sus cabeceras tienen menos de 20,000 habitantes. En las más de 3,355 comunidades rurales referidas no se cuenta con la existencia de obra básica necesaria para dignificar las condiciones de vida de sus habitantes, específicamente, agua potable y alcantarillado, incluso en el caso de una cabecera municipal, como lo es la del municipio de Tamiahua, solo se cuenta con estas obras básicas de manera parcial.

En este sentido, el propósito de la presente proposición con punto de acuerdo es exhortar a la Secretaría del Bienestar a fin de que se prevea la posibilidad de que los recursos contenidos en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, relacionado con pavimentos, caminos rurales y carreteras sean utilizados en su construcción, sin la limitante de acreditar la existencia previa de obra básica.

Miles de familias del Distrito Uno del estado de Veracruz, a lo largo de la historia de sus comunidades, han vivido sin la presencia de servicios básicos como lo son agua potable y drenaje, los cuales han solventado mediante prácticas artesanales como el uso de pozos y letrinas o fosas. Si bien es una obligación de los gobiernos cubrir estas necesidades básicas, que incluso observamos como un principio constitucional, lo cierto es que hoy para muchas familias resultaría más beneficioso que se invirtiera en otros rubros como pavimentación, caminos rurales y carreteras, lo cual les permitiría, de entrada, facilitar su conexión con otros centros de población y, como consecuencia de ello, acceder al ejercicio de otros derechos.

Durante los recorridos que en últimos años el que suscribe ha venido realizando en los municipios referidos ha podido constatar que en cada uno de estos encontramos comunidades que van desde las 50 hasta las 1,000 familias y en ambos casos la exigencia prioritaria es la misma, es decir, en general, las y los ciudadanos de estas comunidades piden que sus calles o caminos sean pavimentados o modernizados.

No obstante lo anterior, las actuales normas que rigen el ejercicio de recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, limitan la construcción de pavimentos a la acreditación de la existencia previa de obra básica, lo cual, atendiendo al número de comunidades y a las circunstancias particulares incluso geográficas de algunas de ellas, en la mayoría de los casos ésta no es posible realizarla ni en el corto ni en el mediano plazo.

Si bien las lluvias en los últimos cinco años para la Huasteca Alta han sido escasas, lo cierto es que en el último año se presentaron temporadas de lluvias atípicas, las cuales resultaron torrenciales y en horas descargaron lo acumulado durante mucho tiempo, dejando las calles y vías de comunicación de las comunidades prácticamente inaccesibles. Lo anterior es muy preocupante ya que por esas calles y caminos circulan trabajadores, estudiantes, mercancías y bienes de consumo que resultan fundamentales para las comunidades.

Se trata, sobre todo, de pequeños productores del sector primario que aún viven en sus comunidades, ranchos, rancherías y ejidos, quienes hoy se ven impedidos, bajo la normatividad actual, de transitar por calles y caminos pavimentados en sus comunidades.

El acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2021 y actualmente vigente, señala lo siguiente:

Título Segundo

Operación del FAIS

“2.2.1. Rubros Generales del FAIS:

Se presentan los rubros generales del FAIS, mismos que se desglosan en el catálogo del FAIS ubicado en el Manual de operación MIDS.

I. a VI. (...)

VII. Urbanización: Proyectos que se refieren prioritariamente a la ampliación, construcción, equipamiento, mantenimiento y rehabilitación, según sea el caso, de caminos rurales, carreteras y pavimentación, así como calles, guarniciones y banquetas, puentes e infraestructura para personas con discapacidad y caminos saca cosechas. También incluye obras de alumbrado público y mercados públicos.

(...)

(...)

(...)

Cuando se realicen proyectos de infraestructura, se deberá acreditar la existencia previa de obra básica necesaria para su funcionamiento, con la finalidad de que sean bienes finales y funcionales.”

En este contexto, es necesario que la Secretaría de Bienestar realice una modificación al acuerdo referido a fin de permitir a los municipios que, cuando se realicen proyectos de infraestructura, sea potestad de la ciudadanía elegir entre obra básica y obra complementaria, es decir, pavimentación, caminos rurales, puentes, obras de reconstrucción y carreteras, a fin de que los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social sean destinados a los bienes que resulten más funcionales para la sociedad.

En virtud de lo aquí expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Bienestar a contemplar la posibilidad de realizar una modificación al acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2021, a fin de permitir a los municipios que, cuando se realicen proyectos de infraestructura, sea potestad de la ciudadanía elegir entre obra básica y obra complementaria, es decir, pavimentación, caminos rurales, puentes, obras de reconstrucción y carreteras, a fin de que los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social sean destinados a los bienes que resulten más funcionales para la sociedad.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2023.– Diputado Armando Antonio Gómez Betancourt (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.



EXHORTO AL ESTADO DE SINALOA Y AL MUNICIPIO DE MAZATLÁN, A LLEVAR A CABO ACCIONES PARA QUE DICHO MUNICIPIO SEA CONSIDERADO PARA SER SEDE DE LA NUEVA PLANTA DE TESLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al estado de Sinaloa y al municipio de Mazatlán a llevar a cabo las acciones necesarias para que dicho municipio sea considerado para ser la sede de la nueva planta de Tesla, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, Leobardo Alcántara Martínez, diputado de la LXV Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones III y IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta H. soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador del Estado de Sinaloa y al presidente municipal de Mazatlán, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones y de manera coordinado lleven a cabo las acciones necesarias para que el municipio de Mazatlán sea considerada para ser la sede de la nueva planta de Tesla, bajo las siguientes

Consideraciones

En los últimos meses diverso medios de comunicación han señalado que la multinacional Tesla contempla construir una nueva planta en el Estado de Nuevo León, sin embargo, en días recientes el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador señaló que ante el profundo problema de escasez de agua que se presenta en dicha entidad es muy complicado que dicho proyecto pueda llevarse a cabo en Nuevo León.

Ante esta situación, es necesario que dicha inversión se quede en el país y sin duda, Mazatlán no sólo cuenta con una posición geográfica y recursos naturales que por sí mismos representan una ventaja competitiva, sino también con una amplia infraestructura, aérea, terrestre, marítima y ferroviaria que le permiten una conectividad con los principales puntos comerciales del país y de Estados Unidos.

Además, Sinaloa cuenta con el capital humano que están preparados para desempeñarse en los principales sectores tecnológicos. Cuenta con 86 campus de los cuales se aglutinan 157 mil matrículas de nivel superior, 22 mil estudiantes de carreras técnicas e ingeniería y más de 13 mil titulados.

Por otra parte, en los últimos años, Sinaloa y Mazatlán han atravesado por un proceso de industrialización que ha hecho posible diversificar su economía y que hoy le han permitido atraer empresas de manufactura ligera como es el caso de la industria automotriz y recientemente el caso de la industria aeroespacial.

La Terminal Marítima Mazatlán (TMAZ) representa un punto estratégico para el sector automotriz, en los últimos años ha jugado un papel fundamental en la importación de piezas para la construcción de vehículos, así como para la exportación de éstos principalmente de la Zona del Bajío.

Para dimensionar la importancia del TMAZ, basta señalar que, actualmente ocupa en el pacífico, el segundo lugar en la transferencia de vehículos y un cuarto lugar en la transferencia de contenedores y carga suelta.

Pero no sólo eso, Mazatlán cuenta con una infraestructura carretera y ferroviaria que le permite una eficiente conexión, tal es el caso de la autopista Durango - Mazatlán que permiten enlazar al Pacífico y al Golfo de México, y posibilita la consolidación del eje carretero Mazatlán - Matamoros, que conecta directamente a los estados de Sinaloa, Durango, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.

Además, Mazatlán forma parte del Corredor T-MEC el cual busca conectar el estado de Sinaloa con Winnipeg, Canadá, a través de EE.UU. para ello, se están construyendo un nuevo y moderno puerto flotante en Mazatlán y el ferrocarril de 180km Durango-Mazatlán.

Mazatlán no sólo cuenta con una posición geográfica estratégica al contar con una conectividad marítima privilegiada a través de su salida al océano pacífico y una amplia infraestructura ferroviaria y carretera que le permite conectarse tanto al bajío como al norte del país e incluso a Estados Unidos y Canadá con la construcción del corredor T- MEC, sino también representa un espacio ideal para el surgimiento de clústers tecnológicos.

Prueba de ello, lo representa la construcción del parque aeroespacial: MZT Aerospace Park, un proyecto que en su primera etapa representó una inversión de aproximadamente 120 millones de dólares.

El parque aeroespacial ocupará una superficie de 200 hectáreas y tendrá una inversión total de 330 millones de dólares. En su primera etapa se contempla producir aviones no tripulados multipropósitos; en la segunda fase, se considera la construcción de una pista aérea para diferentes tipos de avión, incluyendo el Boeing 747 y extender el uso para más industrias; y en la última etapa, el proyecto del aeropuerto de carga sumará a la industria automotriz de alta tecnología de autos eléctricos y de gas.

Las principales ventajas que Mazatlán ofrece para ser la sede de Tesla son las siguientes:

• Ubicación geográfica con una amplia infraestructura aérea, carretera, ferroviaria y marítima.

• Incorporación al corredor T- MEC.

• Incorporación y aprovechamiento del Clúster Tecnológico del MZT Aerospace Park.

• Mano de obra capacitada.

• Recursos naturales que representan una ventaja competitiva.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta

Punto de Acuerdo

Único. El H. Congreso de la Unión al gobernador del Estado de Sinaloa y al presidente municipal de Mazatlán, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones y de manera coordinada lleven a cabo las acciones necesarias para que el municipio de Mazatlán sea considerado para ser la sede de la nueva planta de Tesla.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Leobardo Alcántara Martínez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS COLABORADORES DE CUBA Y TRANSPARENTAR LA INFORMACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN BIENAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE, a la STPS, a la Sedena y a la CNDH a tomar las medidas necesarias a fin de proteger los derechos de los colaboradores de Cuba y transparentar la información del Acuerdo de Cooperación Bienal, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Salvador Caro Cabrera , diputado federal de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

En 2020 el Ministerio de Salud Pública de Cuba firmó diferentes versiones del Acuerdo de Cooperación Bienal con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, la de Tabasco, la de Veracruz, Nayarit y de Quintana Roo; con el objetivo de colaborar en el tratamiento de covid-19. Por lo que llegaron 585 profesionistas de la salud , provenientes Cuba a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo. Sin embargo, el proceso no contó con transparencia, desembocando en violaciones migratorias y de derechos humanos (DDHH) que han puesto en riesgo al personal médico cubano y al mexicano, así como a las y los pacientes.

En primer lugar, se infirió el problema de la falta de transparencia en el proceso, así como el proceso migratorio irregular. De igual modo, de la ilegalidad del tema, al aplicarse leyes cubanas en territorio mexicano.

A continuación, se explicarán cada uno de los problemas y sus implicancias para México.

- Ausencia de transparencia y migración irregular

El gobierno federal, así como los gobiernos de las entidades federativas, fueron omisos en transparentar la información y hacer públicos los acuerdos sostenidos con la República de Cuba. De este modo, son desconocidos cada uno de los acuerdos que se llevaron a cabo.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” con fecha de 29 de marzo de 2022, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano. Sin embargo, no se mencionan los acuerdos bienales en concreto, ni se hace alusión a las misiones médicas. Esto igualmente ocurre con la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba”, del 30 de marzo al 2 de abril de 2022, la cual sí menciona las misiones médicas, pero no hace alusión a los acuerdos bienales, ni a la llegada de militares, químicos y técnicos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas.

Por otro lado, al no encontrar información específica sobre los acuerdos, se hicieron diversas peticiones de información por medio de los Servicios de Información y Análisis Especializados (SIAE) de la Honorable Cámara de Diputados, al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) y por solicitudes de acceso a la información en la Plataforma Nacional de Transparencia.

El SIAE informó el 5 de octubre del 2022, en el oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22 que no se encontró nada al respecto de dichos acuerdos:

“Se hizo una búsqueda exhaustiva en diarios oficiales de las entidades federativas en comento, en los informes de gobierno, en los boletines informativos y portales institucionales de las secretarías de salud, así como boletines de comunicación de los gobiernos ejecutivos estatales.”

También se le solicitó información al CEDIP de la Cámara de Diputados, el cual reporto el 7 de octubre de 2022, expediente 349/2022, dicho centro tampoco encontró información al respecto.

“El estudio no obtuvo resultados con respecto a la existencia de acuerdos de cooperación bienal entre la Secretaría de Salud del estado de Tabasco, la Secretaría de Salud del estado de Veracruz, y el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba”.

Por su parte, las solicitudes de acceso a la información hechas directamente a los gobiernos federal y estatales mediante la Plataforma Nacional de Transparencia fueron infructíferos, en las cuales se pidieron los acuerdos bienales. Particularmente, con respecto a las respuestas emitidas a las solicitudes con folio 331000122001526 y 330018022028649, hechas a la Presidencia de la República y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respectivamente. En ambas, dichos órganos federales resolvieron que no es su competencia proporcionar los acuerdos.

Finalmente, es relevante mencionar que, aunado a la poca transparencia del proceso, el estatus migratorio de las y los ingresantes cubanos es incierta. La asociación civil “Prisoners Defenders” dio a conocer que en los meses de abril y mayo de 2020 arribaron 585 médicos y enfermeros a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo. Sin embargo, entre las irregularidades que existen se encuentra que ciertos profesionales de la salud provenientes de Cuba ingresaron al país en aviones militares de las fuerzas áreas mexicanas que aterrizaron en aeropuertos militares, sin llevar a cabo ninguno de los procedimientos migratorios, como la revisión obligatoria. Incluso se les quitó el pasaporte, acciones que constan en las denuncias interpuestas en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19).

- Personal no especializado y no médico, discriminación al personal mexicano.

Los reportes que mencionan la llegada del personal médico cubano refieren a la recepción de personal “médico especializado” para mejorar la respuesta gubernamental ante la contingencia generada por la pandemia del Covid-19. Esto lo encontramos en la carpeta informativa, XVII Reunión Interparlamentaria México—Cuba:

“En marzo de 2020, alrededor de 124 colaboradores de la brigada médica cubana del Contingente de Médicos Especializados en Situaciones de Desastres y Graves Epidemias Henry Reeve”

Sin embargo, la asociación civil “Prisoners Defenders” recopiló diferentes reportes de hospitales y personal médico, así como entrevistas de gobiernos locales, en donde señalan que entre los supuestos médicos especialistas que llegaron había personas de diversas profesiones, como químicos e incluso militares de la Inteligencia Cubana, a quienes se les pidió practicar cirugías resultando en malas prácticas y defunciones.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano, pero en ninguno de estos se establece que en las misiones medicas lleguen militares de la Inteligencia Cubana o G2. Por su parte, en la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México-Cuba”, tampoco se hace alusión a la llegada de militares cubanos a territorios mexicanos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas de Cuba.

Del mismo modo, la organización recopiló información mediante entrevistas a personal médico, de enfermería y técnico, en las cuales afirman que casi ninguno de los colaboradores tiene experiencia probada, ni conocimientos suficientes para afrontar la pandemia en México, donde la tecnología y capacitación son diferentes a los utilizados en Cuba.

Este hecho no sólo ha limitado el trabajo del personal médico, sino que ha puesto en riesgo a las y los pacientes. Agregado a la falta de transparencia que existe con respecto a los acuerdos y el intercambio de personal médico, es imposible asegurar que todas las personas que han entrado al país cuentan con la capacitación necesaria para ejercer la práctica.

Finalmente, cabe señalar que la contratación de personal médico proveniente de Cuba se hizo, según el presidente López Obrador, por la necesidad de contar con “el apoyo de médicos especialistas que no tenemos en el país”. Esto se debe a que en mayo de 2022 se puso en marcha la Jornada Nacional de Reclutamiento de Médicos Especialistas, con la cual se licitaron 13,765 plazas de médicos especialistas, de los cuales se llenaron vacantes de menos del 5 por ciento, según Zoé Robledo, titular del IMSS. Sin embargo , los filtros por los cuales pasaron los médicos mexicanos y los cubanos difieren, ya que a los primeros se les pidió requisitos que a los segundos no.

- Aplicación de las leyes cubanas en México

Entre los problemas de la llegada de supuesto personal médico cubano a México se encuentran la aplicación de leyes laborales cubanas en territorio mexicano, ya que su estatus laboral está regulado por Cuba y no por México. A los colaboradores cubanos se les aplican diversos ordenamientos jurídicos, los cuales no forman parte del ordenamiento jurídico mexicano, y son violatorios del mismo. Cabe destacar entre los ordenamientos jurídicos cubanos la “Ley de los 8 Años”.

Ley de los 8 Años: Es una regulación interna del Ministerio del Interior que está protegida por la Ley de Secreto de Cuba (lo que implica que no es pública, pero se ejerce), aunque diversos certificados consulares la mencionan como la ley por la que:

El ciudadano cubano que es declarado como desertor por las autoridades competentes cubanas, pierde su residencia en Cuba de manera automática y se le deniega la entrada a Cuba por un periodo de 8 años a partir de la fecha que se declaró el Abandono de la Misión Estatal. Esta es una regulación interna del Ministerio del Interior de Cuba.”

El hecho de que a los colaboradores cubanos se les aplican leyes cubanas, es una violación a la soberanía nacional plasmada en la Carta Magna.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

De igual manera, se establece en la siguiente tesis:

Novena Época. Registro digital: 180240. Instancia: Primera Sala. Tipo: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XX, octubre de 2004, página 264. Materias(s): Constitucional. Tesis: 1a./J. 80/2004

Supremacía constitucional y orden jerárquico normativo, principios de interpretación del artículo 133 constitucional que los contiene.

(...) lo dispuesto en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los estados que constituyen la República son libres y soberanos, dicha libertad y soberanía se refiere a los asuntos concernientes a su régimen interno, en tanto no se vulnere el pacto federal, porque deben permanecer en unión con la Federación según los principios de la Ley Fundamental, por lo que deberán sujetar su gobierno, en el ejercicio de sus funciones, a los mandatos de la Carta Magna, de manera que si las leyes expedidas por las legislaturas de los estados resultan contrarias a los preceptos constitucionales, deben predominar las disposiciones del Código Supremo y no las de esas leyes ordinarias, aun cuando procedan de acuerdo con la Constitución Local correspondiente, pero sin que ello entrañe a favor de las autoridades que ejercen funciones materialmente jurisdiccionales, facultades de control constitucional que les permitan desconocer las leyes emanadas del Congreso Local correspondiente, pues el artículo 133 constitucional debe ser interpretado a la luz del régimen previsto por la propia Carta Magna para ese efecto.

Finalmente, cabe mencionar que por las restricciones que establece esta “ley”, fue interpuesta una denuncia el 16 de junio de 2022 ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, las observaciones de dicho órgano al gobierno cubano fueron:

Preocupa al Comité: (...)

La prohibición de facto para los padres que terminaron un contrato civil en el extranjero de reunirse con sus hijos, a veces durante hasta ocho años, y el impacto que tienen en la salud y el bienestar de los niños los años de separación de sus padres;

(...) y recomienda al Estado parte que: (...)

(c) Ponga fin a toda separación de niños de sus padres por la decisión de estos de terminar un contrato laboral, y modifique el artículo 135, párrafo 1, del Código Penal a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la reunificación familiar”

En tales denuncias quedó asentado que uno de los lugares en los que se cometieron las violaciones es México.

- Violaciones a los DDHH

Otro de los problemas que se tiene por la llegada del personal médico de la República de Cuba es la violación de DDHH de los cuales han sido víctimas.

La ley fundamental establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales, así como de todas las garantías.

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

A pesar de lo anterior, las y los colaboradores cubanos fueron víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos. Entre ellas, se encuentran el haber sido obligadas y obligados a participar en dichas misiones. A continuación, se recopilan algunas de las declaraciones de las víctimas de las denuncias interpuestas ante la Corte Penal Internacional:

“Las misiones médicas son un acto de coacción por muchas vías, si te niegas eres marcado y/o discriminado, obligado a asumir los peores trabajos y la peor ubicación laboral sin tener en cuenta ni tu capacidad ni tu desempeño. Básicamente puedes ser muy buen profesional, pero si no aceptas sus condiciones eres castigado tanto abiertamente como de manera solapada por las autoridades del Ministerio de Salud que obviamente responden al gobierno.”

“Si no te enrolabas en misión no te dejaban salir a más ningún lado, además siempre ejercen presión y no te dejan escoger nada.”

Esto viola el derecho a elegir empleo libremente, consagrado en el artículo 5 de la Carta Magna:

Artículo 5: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

También se encuentra plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

Por otro lado, a las y los colaboradores cubanos se les negaron las condiciones mínimas laborales, ya que, en lugar de un trabajo digno, fueron sometidas y sometidos a condiciones denigrantes, esclavistas y obligados a falsificar información. Entre los testimonios, se encuentran los siguientes:

“Yo puse 11 horas, pero hay días que se llega a trabajar hasta 12 horas especialmente en puertos donde montan muchísimas personas, esas horas no son pagas. El trabajo es extremadamente agotador e inhumano porque no tienes siquiera un día de descanso. Yo viví muchísimo acoso sexual por parte de los jefes. Empiezan a ponerte el trabajo muchísimo más difícil y fuerte para que hagas todo lo que te piden.”

“La misma historia se repetía una y otra vez para mantenerse en la misión había que hacer lo establecido dentro de ellos falsificar estadísticas.”

“Mis guardias eran de 48 horas y descansaba 20 horas aproximadamente o en caso de déficit de médicos trabajaba durante 5 días seguidos y descansaba 24 horas.”

Esto viola la Ley Federal del Trabajo, ya que atenta contra el trabajo digno:

Artículo 2.- (...) Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. (...)

Artículo 3.- El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta (...). Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes.

No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

Por último, pero no menos importante, hubo casos de mujeres pertenecientes a la delegación cubana que fueron víctimas de violencia sexual:

“Tuve la mala experiencia de vivir acoso sexual por parte del jurídico de mi estado y al no ceder a lo que él quería me sancionó 2 veces, me cambio del lugar donde estaba y me hicieron un escarmiento público en presencia de todos los jefes del estado en aquel momento. Fue una experiencia horrible.”

Debido a las graves violaciones a los derechos humanos, el 8 y 10 de mayo de 2019 se interpusieron denuncias en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19), y el 24 de agosto de 2020 en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19). Dichas denuncias forman un cuerpo de denuncia en contra del trabajo forzado y la esclavización. Ambos constituyen crímenes de lesa humanidad, según el Artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

(...)

Si bien la participación en las misiones de internacionalización es oficialmente voluntaria, muchos médicos se sienten presionados para acogerse a dichas misiones y temen represalias por parte del gobierno de Cuba si no participan; (...)

El gobierno de Cuba recibiría una suma de dinero de los gobiernos anfitriones y pagaría a los trabajadores una parte de dichos fondos. Sin embargo, el gobierno de su excelencia retendría un porcentaje significativo del salario que los países anfitriones pagan por los profesionales cubanos que hacen parte de una misión de internacionalización. En los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano, éste debe devolver al gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que aumentaría al 75 por ciento o hasta el 90 por ciento de su salario mensual. En muchos casos, el salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente; Además, el gobierno de Cuba estaría “congelando” una parte del salario que los médicos pueden acceder únicamente tras su regreso al país, pero, según información recibida, muchas veces no reciben de la totalidad del monto que les corresponde;

Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16 adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales, muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos en el exterior;

(...)

Si un profesional decide retirarse del trabajo en el exterior, se califica como “abandono de misión de trabajadores civiles” bajo del Código Penal de Cuba que en su artículo 135 (1) estipula que “el funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”. Las mismas sanciones son aplicadas a profesionales que después de cumplir una misión en el extranjero deciden establecerse en otro país. Como consecuencia, muchas familias están separadas lo cual tiene un fuerte impacto negativo en su bienestar. Los médicos considerados desertores no están autorizados de regresar a Cuba durante ocho años y los familiares que permanecen en Cuba estarían sujetos a señalamientos y repercusiones por parte de entidades gubernamentales. Según anunció el vicepresidente del Consejo de Estado de ministros, Roberto Morales Ojeda en febrero de 2019, el retorno de los médicos que se quedaron en Brasil desde la descontinuación del programa Más Médicos está autorizado. Sin embargo, muchos de los profesionales afectados temen represalias si vuelven a Cuba.

Muchos profesionales reportaron recibir amenazas regulares por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y mujeres médicas han sufrido acoso sexual mientras se encontraban participando en misiones de internacionalización.

El Poder Legislativo no debe de permanecer indiferente ante las violaciones cometidas que afectan tanto al personal médico como a las y los pacientes. Asimismo, violentan la soberanía y la seguridad nacional y a las garantías constitucionales.

Por lo expuesto, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que, con base a sus atribuciones, regularice el estatus migratorio de las y los cooperantes cubanos referentes al Acuerdo de Cooperación Bienal.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que, con base a sus atribuciones, regule la situación laboral conforme a la legislación mexicana y tome las medidas necesarias para garantizar los derechos laborales de las y los colaboradores de la República de Cuba.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, para que, con base a sus atribuciones, haga público un informe detallado sobre la entrada de militares de Inteligencia Cubana al territorio nacional, especificando el motivo de su estancia en el país, cuáles son las actividades que realizan y su estatus migratorio.

Cuarto. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, para que, con base a sus atribuciones, haga público un informe detallado explicando el motivo de la llegada colaboradores cubanos en aviones y aeropuertos militares.

Quinto. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente al titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que, con base a sus atribuciones, tome las medidas necesarias para asegurar que se respeten los derechos humanos de los colaboradores de la República de Cuba.

Notas

1 Acuerdo de Cooperación Bienal que celebran, por una parte, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México a la que en adelante se le denominara “SEDESA”, representada por su Titular la Dra. Olivia López Arellano, asistida por el Lic. Jesús ANTONIO Garrido Ortigosa, Director General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, a la que en adelante se le denominara “DGAF” y, por la otra, el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, representado por el C. Pedro Nuñez Mosquera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Cuba en los Estados Unidos Mexicanos que en adelante se le denominará “LAS PARTES”, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y clausulas:

2 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

3 Secretaria de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

4 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

5 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

6 Ibid.

7 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

8 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

9 Ibidem.

10 Secretaría de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

11 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

12 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

13 Gob.mx. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://presidente.gob.mx/presentan-jornada-nacional-de-reclutam iento-y-contratacion-de-medicos-especialistas-para-fortalecer-sistema-de-salud/

14 Robledo, Zoé [@zoerobledo] (2022). Recuperado el 7 de octubre del 2022, de

https://twitter.com/zoerobledo/status/1559560086988652547

15 Secretaría de Salud (2022). JORNADA NACIONAL DE RECLUTAMIENTO Y CONTRATACIÓN DE MÉDICAS Y MÉDICOS ESPECIALISTAS. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://www.gob.mx/insalud/articulos/jornada-nacional-de-recluta miento-y-contratacion-de-medicas-y-medicos-especialistas-303021

16 Embajada de la República de Cuba (2020). Certificado Consular Ampliado. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://drive.google.com/file/d/1T90Y_C44vTcbJChlx77EVB18G9GOfxk a/view

17 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

18 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 40).

19 Órganos de tratados. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Down load.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fCUB%2fCO%2f3-6&Lang=en

20 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 1)

21 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 5)

22 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 23)

23 COMUNICACION PROCEDIMIENTO ESPECIAL NACIONES UNIDAS 3.0.pdf . Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://drive.google.com/file/d/12Zcf9idaIVESXZAbuJGI0Mx5SV887Ce E/view

24 ES - caso de denuncia - 622 médicos cubanos contra el gobierno cubano v5.0.pdf , de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

25 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP, ASÍ COMO A SUS 32 HOMÓLOGAS DEL PAÍS, A FORTALECER LA POLÍTICA DE REVALORIZACIÓN DEL MAGISTERIO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP, así como a sus 32 homólogas del país, a fortalecer la política de revalorización del magisterio a través de la promoción de entornos de respeto a la dignidad de las personas, que fomenten una convivencia basada en la cultura de la paz y de la democracia, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe diputado Raymundo Atanacio Luna, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 , fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaria de Educación Pública federal, así como a sus 32 homologas del país, fortalecer la política de revalorización del magisterio a través de la promoción de entornos de respeto a la dignidad de las personas que fomenten una convivencia basada en la cultura de la paz y de la democracia

Exposición de Motivos

En México de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en su reporte Maestros y escuelas por entidad federativa según nivel educativo, para el ciclo escolar 2020-2021, se registraron 2 millones 10 mil 989 maestros, que ejercen su labor en 250 mil 698 instituciones educativas.

Sobre esta cifra, hay una serie de datos interesantes que debes conocer:

• De los cinco niveles educativos que hay en México (preescolar, primaria, secundaria, medio superior y superior), en la primaria es donde hay una mayor cantidad de docentes registrados, hablamos de 568 mil 857 maestros para 95 mil 699 escuelas.

• El nivel preescolar es el que menos maestras y maestros presenta, con un total de 228 mil 86 para 87 mil 684 instituciones educativas.

• Los niveles, secundaria, medio superior (bachillerato) y superior (universidad) tienen a poco más de 400 mil maestros registrados cada uno.

• La entidad donde hay una mayor cantidad de maestros es el Estado de México con una plantilla de 245 mil 475 docentes para 22 mil 308 escuelas.

• Al Estado de México le sigue la Ciudad de México con 188 mil 345 maestros; Jalisco con 130 mil 247; Veracruz con 128 mil 503 y Puebla con 97 mil 940.

• Baja California Sur y Colima son las entidades con menor cantidad de maestros en el país, cada una con más de 12 mil.

Que el Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a la educación. El Estado, Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios, impartirán y garantizarán la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.

Que la educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.

En ese mismo artículo, señala que las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y por tanto, se reconoce su contribución a la trasformación social.

Ya que ellos, tienen la enorme responsabilidad de enseñar a las futuras generaciones. Y la mayoría lo hace con comedimiento, capacidad y entrega.

Sin embargo, el ser maestra o maestro, se ha convertido en un trabajo de alto riesgo. Ya que el respeto que en el pasado se tenía por las y los docentes de la educación, se ha ido perdiendo como consecuencia de la descomposición social.

Ahora quienes ejercen esta profesión, son víctimas de agresiones verbales, físicas, amenazas, asaltos y hasta secuestros no sólo de los alumnos, sino también de los padres de familia, tutores y sociedad en general.

Situación por la que es fundamental garantizar la integridad personal de todas las y los maestros de nuestro país, cuando se encuentran ejerciendo su profesión principalmente en las comunidades más alejadas de sus Estados.

Por ello, es esencial fortalecer el respeto hacia su persona en nuestra sociedad.

Ya que el rol del docente es de vital importancia en todas las sociedades, porque en las primeras etapas de nuestra vida, nos dotan no sólo de conocimientos, sino también de valores para nuestro crecimiento personal.

Por lo que la finalidad de este punto de acuerdo es fortalecer el respeto a las y los docentes de la educación en México.

Que por lo anteriormente expuesto y fundado someto a esta Honorable asamblea, el siguiente

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública federal, así como a sus 32 Homologas del país, fortalecer la política de revalorización del magisterio a través de la promoción de entornos de respeto a la dignidad de las personas que fomenten una convivencia basada en la cultura de la paz y de la democracia.

Fuentes

- Día del Maestro 2022: ¿Cuántos docentes hay en todo México? — El Financiero

- Maestros en México, con profesión de alto riesgo - Reporte Indigo

- Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1library.co)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Raymundo Atanacio Luna (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS ANTE EL MANEJO DE LOS RECIPIENTES PORTÁTILES PARA CONTENER GAS L.P

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la protección de los usuarios ante el manejo de los recipientes portátiles para contener gas LP, a cargo del diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la facultad que otorga el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme a los artículos 77, 78. 99, párrafo 1, fracción II y correlativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito poner a consideración de esta asamblea legislativa, la siguiente proposición con punto de acuerdo relativa a la protección de los usuarios ante el manejo de los recipientes portátiles para contener gas L.P ., de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

“La primera Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares (Encevi) realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2018, muestra que el gas LP es el combustible de mayor uso en los hogares mexicanos con un 79 por ciento, seguido de la leña o carbón con un 11 por ciento y el gas natural con un 7 por ciento.

La Encevi también muestra que la mayor parte de la energía térmica que se consume en las viviendas se destina a la preparación de alimentos. Asimismo, el 85 por ciento de las viviendas utiliza una estufa para calentar o cocinar alimentos (de las cuales un 99 por ciento funcionan con gas) y el 44 por ciento de las viviendas utiliza algún tipo de calefactor de agua (de las cuales un 80 por ciento funcionan con gas). Lo anterior muestra la relevancia del gas LP como un combustible de uso primordial para las familias mexicanas.

Cabe señalar, que, en México, la demanda nacional del gas LP por sector principalmente se ha enfocado al uso residencial, abarcando más de 50 por ciento de la demanda total nacional en los últimos años”.

Como todos lo sabemos, el gas L.P. es un factor indispensable para la economía mexicana y sobre todo, para la subsistencia y funcionamiento de los hogares mexicanos.

De hecho, el gas LP es un componente importante en las canastas de consumo de las familias mexicanas y forma parte de los elementos a considerar en la medición de la pobreza. En la canasta no alimentaria desarrollada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), que sirve para definir las mediciones de líneas de pobreza, el gas LP forma parte de los componentes de la canasta no alimentaria urbana, destacando como uno de los cinco elementos que mayor gasto mensual per cápita comprenden dentro de dicha canasta.

Lo anterior, cobra relevancia tratándose de aquellas viviendas que utilizan recipientes portátiles para contener gas L.P. Si bien no se encuentran estadísticas actuales al respecto, encontramos que en 2006, del volumen de GLP consumido, “aproximadamente 54 por ciento fue distribuido en forma de recipientes portátiles (cilindros) de diversa capacidad y 46 por ciento fue repartido a través de redes y tanques estacionarios. Lo cual se traduce en 9.02 millones de hogares para el primer mercado y 8.33 para el segundo. Es importante señalar que el GLP, es un mercado que depende directamente entre otros, del crecimiento poblacional e indirectamente de la instalación de infraestructura para el uso de gas natural, así como del desarrollo de tecnología que eficiente su uso en diversos aparatos”.

Y cuál es la realidad de esos cilindros: mal estado. Según artículo de Jessika Becerra, “México es uno de los países que menos invierte en el mantenimiento y la supervisión de cilindros que contienen gas Licuado de Petróleo (L.P.), pues algunos pertenecen a las distribuidoras, otros son de los hogares y muchos no tienen dueño, pero son utilizados por los repartidores...

En todo el país existen de 18 a 23 millones de cilindros para transportar de 10 a 45 kilogramos de gas LP, pero la calidad y seguridad solo se verifica en aquellos que pertenecen a las distribuidoras. El resto de los tanques corren el riesgo de tener fugas, de explotar o de presentar otro tipo de fallas que ponen en peligro a las familias y negocios que los utilizan.

Para Susana Cazorla, ex titular de la unidad de gas LP en la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y actual socia consultora de la SICE nrgy, el principal problema de mantenimiento de los cilindros es el desorden de la propiedad...”.

En ese contexto, diversos ciudadanos me han manifestado su inconformidad respecto a que las empresas que surten gas L.P., a través de cilindros, llega un momento en que no quieren recibirlos por daños, deterioro o abolladuras, debiendo el particular adquirir un nuevo cilindro.

Ello, además de repercutir en la economía familiar, considerando además los altos costos de este insumo esencial para los hogares, nos lleva a preguntarnos, ¿por qué las empresas no retiraron previamente esos cilindros dañados o con deterioro?

Al respecto, podemos señalar la Norma Oficial Mexicana NOM-011/1-SEDG-1999, Condiciones de seguridad de los recipientes portátiles para contener gas L.P. en uso, que tiene como objetivo establecer las condiciones mínimas de seguridad de los recipientes portátiles para contener gas L.P. en uso, con el fin de proporcionar el servicio en la distribución del gas L.P. por medio de esos envases; asimismo, las especificaciones para el marcado que identifica al distribuidor propietario del recipiente y los procedimientos para la evaluación de la conformidad.

Y respecto al tema que nos ocupa, se puede señalar que el artículo 2 de esta norma señala que la valoración de las condiciones de seguridad de los recipientes portátiles se debe efectuar por los distribuidores, previo al llenado de gas L.P.

Sin embargo, conforme a este mismo numeral, el distribuidor debe contar con procedimiento interno establecido por la empresa, para la valoración de las condiciones de seguridad de los recipientes portátiles y registrar en libro bitácora los resultados de dichas valoraciones.

Adicionalmente, también existe la evaluación de conformidad a petición de parte, misma que acorde con el artículo 3, debe ser requerida a las Unidades de Verificación por los distribuidores, de forma anual.

A su vez, el artículo 4 contempla evaluaciones de la conformidad de seguimiento, mismas que son realizadas en cualquier momento por la Dirección General de Gas L.P. y de Instalaciones Eléctricas de la Secretaría de Energía, en las plantas de almacenamiento o bodegas de distribución de gas L.P. en recipientes portátiles y vehículos de reparto de gas L.P.

Más aún, la norma contempla una etapa de valoración que implica que el 100 por ciento de los recipientes portátiles debe ser revisado visualmente previo a su llenado con gas L.P., retirando del servicio para su inutilización los que presenten protuberancia, abombado o grieta. Adicionalmente, en plantas de almacenamiento para distribución con llenado promedio diario de hasta 1000 recipientes portátiles, el 10 por ciento de esos recipientes debe ser valorado diariamente respecto de abolladuras, incisiones, cavidades y corrosión, retirando del servicio para su inutilización los que presenten anomalías. Tratándose de plantas de almacenamiento para distribución con llenado promedio diario mayores a 1000 recipientes portátiles, el tamaño del lote a valorarse debe ser de 200 recipientes por día.

Por tanto, conforme a esta norma oficial mexicana, los cilindros o recipientes portátiles de gas L.P. dañados o con deterioro deben ser retirados desde las plantas de almacenamiento, sin afectar por tanto al consumidor final.

Lo anterior, debe ser un llamado de atención para la Secretaría de Energía, para que, a través de sus áreas correspondientes, proceda a verificar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-011/1-SEDG-1999, Condiciones de seguridad de los recipientes portátiles para contener gas L.P. en uso y es precisamente a lo que se dirige esta proposición con punto de acuerdo.

De igual forma, a exhortar a la Procuraduría Federal del Consumidor a que ejerza las atribuciones establecidas en el artículo 24, fracciones I y XIV de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que establecen lo siguiente:

I. Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores;

XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley y, en el ámbito de su competencia, las de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como de las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables, y en su caso determinar los criterios para la verificación de su cumplimiento;

Todo lo anterior, para no afectar el bolsillo de los usuarios, en momentos tan difíciles que atraviesa nuestra economía, y considerando desde luego, que cilindros dañados o deteriorados, finalmente son un peligro constante para las personas y que los distribuidores deben ofrecer a los usuarios finales el servicio que les sea solicitado en forma segura, siendo obligaciones de los mismos mantener en condiciones de seguridad el equipo y accesorios; y retirar y destruir los recipientes portátiles que conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables deban de inutilizarse.

Por lo anteriormente expuesto, y conforme a los artículos 77, 78, 99, párrafo 1, fracción II y correlativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la elevada consideración de esta asamblea legislativa la siguiente proposición relativa a la protección de los usuarios ante el manejo de los recipientes portátiles para contener gas L.P.

Punto de Acuerdo

Primero. Gírese atento y respetuoso oficio a la Secretaría de Energía, exhortándola a verificar el cumplimiento de las normas relativas a la prestación de los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de gas L.P., en particular, de la Norma Oficial Mexicana NOM-011/1-SEDG-1999, Condiciones de seguridad de los recipientes portátiles para contener gas L.P. en uso, por lo que toca a la obligación de los distribuidores de ofrecer a los usuarios finales el servicio que les sea solicitado en forma segura, así como mantener en condiciones de seguridad el equipo y accesorios; y retirar y destruir los recipientes portátiles que conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables deban de inutilizarse.

Segundo. Gírese atento y respetuoso oficio a la Procuraduría Federal del Consumidor, exhortándola a verificar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-011/1-SEDG-1999, Condiciones de seguridad de los recipientes portátiles para contener gas L.P. en uso, por lo que toca a la obligación de los distribuidores de ofrecer a los usuarios finales el servicio que les sea solicitado en forma segura, así como mantener en condiciones de seguridad el equipo y accesorios; retirar y destruir los recipientes portátiles que conforme a las normas oficiales mexicanas aplicables deban de inutilizarse, vigilando en todo momento que en el proceso de surtido de gas L.P., a través de recipientes portátiles, se respeten los derechos de los consumidores finales, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 24, fracciones I y XIV, de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Notas

1 Ver:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5625053&fecha =28/07/2021&print=true#:~: text=La%20primera%20Encuesta%20Nacional%20sobre,11%25%20y%20el%20gas%20natural

2 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Construcción de las líneas de pobreza por ingresos. 2019. Disponible en:

https://www.coneval.org.mx/InformesPublicaciones/Paginas/Constru ccion_lineas_pobreza.aspx

3 Análisis General de los Impactos Económicos generados por la Aplicación del Anteproyecto Proy-NOM-002-SESH-2008. Dirección de Normalización de GLP. Ver: HYPERLINK “

https://cofemersimir.gob.mx “ https://cofemersimir.gob.mx

4 Cilindros de gas LP sin mantenimiento ni registro; pero precios suben más de 30% en julio. Jessika Becerra. 11 de agosto de 2021. Ver:

https://elceo.com/economia/mexico-es-uno-de-los-paises-que-menos -invierte-en-la-seguridad-de-cilindros-de-gas-lp/

5 DOF: 03/03/2000. Ver:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2051633&fecha =03/03/2000

Ciudad de México. Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2023.– Diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA SEDENA, A HACER PÚBLICA LA INFORMACIÓN RELATIVA AL INCIDENTE EN EL QUE MURIERON CINCO PERSONAS OCURRIDO ENTRE MILITARES Y JÓVENES EL PASADO 26 DE FEBRERO, EN NUEVO LAREDO TAMAULIPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sedena a hacer pública la información relativa al incidente en el que murieron cinco personas, ocurrido entre militares y jóvenes el domingo 26 de febrero de 2023 en Nuevo Laredo, Tamaulipas, a cargo del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Sergio Barrera Sepúlveda, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de la LXV Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base a la siguiente

Exposición de Motivos

Este domingo 26 de febrero del presente año, en Nuevo Laredo, ocurrió un incidente entre militares y ciudadanos de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Hasta el momento, se registran cinco personas fallecidas y un herido de gravedad. De acuerdo con medios locales, los hechos se registraron a primeras horas del domingo, cuando elementos de las Fuerzas Armadas, dispararon contra una camioneta en la que se encontraban seis personas.

Según un comunicado del Comité de Derechos Humanos de Nuevo Laredo, los seis jóvenes se dirigían a sus domicilios después de salir de un “antro”.

La camioneta en la que iban a bordo los seis jóvenes recibió más de 20 disparos. Existen varios videos que circulan en Redes Sociales, donde se puede observar cuando ciudadanos de Nuevo Laredo enfrentan a los militares, y estos accionan sus armas contra el suelo. En los videos que circulan también se aprecian camionetas de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Desde la Bancada Naranja nos hemos pronunciado en muchas ocasiones, en contra de la militarización de la seguridad civil en lo particular y de la vida pública en general en nuestro país.

Hace unos días discutimos un dictamen precisamente sobre el uso de la fuerza, en el que congruentes con nuestra agenda de Derechos Humanos, votamos a favor de desechar.

Y es justo por situaciones lamentables como las que ocurren todos los días en México y particularmente la que ocurrió en Nuevo Laredo, que seguimos oponiéndonos a la militarización de nuestro país.

Hoy más que nunca se hace vigente el terrible error que se cometió en esta soberanía cuando en 2018 el grupo mayoritario y sus aliados aprobaron la militarización de la vida pública de todos los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional a hacer pública la información relativa al incidente en el que murieron cinco personas, ocurrido entre militares y jóvenes el domingo 26 de febrero de 2023 en Nuevo Laredo, Tamaulipas, así como cuáles serán las medidas que se tomarán con relación a este suceso.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo federal para que con base a sus atribuciones legales se garanticen las medidas de seguridad hacia las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la protección de derechos humanos en el territorio nacional.

Notas

1 El Financiero. (2023,27 de febrero)

https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2023/02/27/cinco-jovenes -son-asesinados-en-nuevo-laredo-acusan-a-militares-de-matarlos/

2 Campos Garza, L. Proceso (2023, 26 de febrero)

https://www.proceso.com.mx/nacional/2023/2/26/militares-acribill an-seis-jovenes-en-tamaulipas-uno-de-ellos-sobrevivio-video-302755.html

3 Redacción Infobae México (2023, 27 de febrero)

https://www.infobae.com/mexico/2023/02/27/sedena-mato-a-cinco-jo venes-en-nuevo-laredo-segun-comite-de-derechos-humanos/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero del 2023.– Diputado Sergio Barrera Sepúlveda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Defensa Nacional, para dictamen.



SE FORTALEZCAN LAS ACCIONES QUE IMPIDAN EL ACCESO AL SERVICIO EDUCATIVO, DERIVADO DEL PAGO DE CUOTAS ESCOLARES EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA SUPERIOR

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a sus homólogas de las 32 entidades federativas a fortalecer las acciones que impidan el acceso al servicio educativo, derivado del pago de cuotas escolares en educación básica y media superior y se vigile la correcta aplicación de los ingresos obtenidos mediante dicho concepto, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe diputado Raymundo Atanacio Luna, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 , fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública y a sus homologas de las 32 Entidades federativas, para que con base en sus atribuciones fortalezcan las acciones que impidan el acceso al servicio educativo, derivado del pago de cuotas escolares en educación básica y media superior y en su caso, se vigile su correcta aplicación de los ingresos obtenidos mediante dicho concepto.

Exposición de Motivos

El artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la educación y corresponde al Estado la rectoría de ésta, la impartida por el Estado además de obligatoria será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

En México existen 207 mil 682 escuelas, de las cuales el 40.1 por ciento son de nivel preescolar, el 42.5 por ciento son primarias y el 16.7 por ciento secundarias, datos emitidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía.

El regreso a clases está a punto de comenzar y ante el complicado panorama económico que vivimos, no sólo en nuestro país, sino a nivel mundial por los rezagos ocasionados por el COVID 19, es muy importante cuidar el ingreso familiar, ya que el inicio al ciclo escolar 2022-2023, implica un desembolso para las madres y padres de familia quienes en estos días salen a cumplir con la tarea de comprar las listas de útiles, uniformes y calzado que requieren sus hijas e hijos; pero además de estos gastos relacionados con el regreso a clases ésta el pago de las famosas cuotas escolares.

Que estas cuotas escolares son voluntarias, no son obligatorias, no deben ser una imposición y por Ley no se puede condicionar la educación de un estudiante con dicha cuota.

Por ello la Presidenta de la Federación Nacional de Padres de Familia, Aurora González de Rosas ha señalado que los comités de padres de familia en coordinación con la dirección, deben tener un diagnóstico de las necesidades de cada Institución educativa y presentar datos a los padres de familia, sobre cuantos apoyos se les brinda por parte del Gobierno de cada entidad federativa para solventar los gastos y con esto saber si es que existe un faltante cómo cubrirlo y en ese sentido fijar la cuota voluntaria, para garantizar el uso transparente de estos recursos y la rendición de cuentas a la comunidad educativa.

Ya que hay muchas maestras y maestros o directoras y directores de diversas escuelas que han llegado a abusar de su puesto y han condicionado a los menores dejándolos sin estudiar.

Así mismo es importante señalar que el reglamento de las Asociaciones de Padres, en su artículo 53 refiere que “las asociaciones de padres de familia deberán limitarse a realizar sus labores dentro del marco legal que señala su objetivo, se abstendrán de intervenir en los aspectos técnicos y administrativos de los establecimientos educativos, no efectuarán actividades lucrativas en beneficio de sus asociados y ajustarán su actividad a las previsiones del artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Educación y de este reglamento”.

Ante estos hechos por ningún motivo debemos permitir que se condicione la educación pública con ese tipo de actos en los planteles educativos de nuestro país, ya que es un derecho de todos los niños, todas las niñas, todos los jóvenes y de todas las y los mexicanos.

Que por lo anteriormente expuesto y fundado someto a esta Honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública y a sus homologas de las 32 Entidades federativas, para que con base en sus atribuciones fortalezcan las acciones que impidan el acceso al servicio educativo, derivado del pago de cuotas escolares en educación básica y media superior y en su caso se vigile su correcta aplicación de los ingresos obtenidos mediante dicho concepto.

Referencias

- Cuántas escuelas de educación media superior hay en México? - Todo sobre el alumnado (unate.org)

- Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)

- Profeco: Invita a las familias a anticipar gastos en el próximo regreso a clases (informador.mx)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Raymundo Atanacio Luna (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS ANTE LA SOBREVENTA DE BOLETOS POR PARTE DE AEROLÍNEAS

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a la protección de los usuarios ante la sobreventa de boletos por parte de aerolíneas, a cargo del diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional correspondiente a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la facultad que otorga el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme a los artículos 77, 78. 99, párrafo 1, fracción II y correlativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito poner a consideración de esta asamblea Legislativa, la siguiente proposición con punto de acuerdo relativa a la protección de los usuarios ante la sobreventa de boletos por parte de aerolíneas, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

“A todos nos ha pasado: llegas a tu sala de abordar, listo para subirte al avión, y te recibe una escena dramática de gente gritando al staff de la aerolínea, caras de angustia y negación y una infinidad de argumentos al aire, en los que se revelan los motivos de viaje de cada pasajero: “¡es un viaje de trabajo”, “¡tengo que ver a mi mamá!” “es mi boda!”. ¿Qué pasa? El vuelo está sobrevendido. Cualquiera se enojaría y discutiría que, si un avión tiene 500 asientos, no podría venderse una cantidad de vuelos mayor a esa. Sin embargo, hay una razón por la que esa lógica —aparentemente infalible— no funciona. ¿Por qué las aerolíneas sobrevenden sus vuelos?”

Uno de los aspectos que no sólo genera molestias, sino en muchas ocasiones, complicaciones e incluso, verdaderos problemas a los usuarios de aerolíneas es la sobreventa de boletos.

Esta práctica, sin embargo, está permitida en México y en la industria aérea mundial. Si bien algunas páginas web especializadas en turismo señalan que un vuelo puede estar sobrevendido hasta en un 5 por ciento, lo anterior no está regulado en el caso de nuestro país.

La sobreventa de boletos es una práctica utilizada por las aerolíneas para evitar los lugares vacíos y reducir el impacto en sus ingresos. “Estos asientos desocupados que necesitan cubrir las aerolíneas se debe a que los pasajeros que confirmaron su reservación pero que al final cambian de itinerario o no abordan la aeronave.

La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés) estima que sólo 0.1 por ciento de los pasajeros son afectados por la sobreventa, mientras que 10 por ciento realizan cambios en sus reservaciones de vuelo antes o después de adquirir los boletos”.

Como destacamos, no existe prohibición sobre esta práctica en la industria aérea. Sin embargo, en nuestro país, existen derechos de los pasajeros, contemplados en la Ley de Aviación Civil, que deben ser respetados por las aerolíneas. Al respecto, el ordenamiento legal en cita establece:

Artículo 52. Cuando se hayan expedido boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave y se tenga por consecuencia la denegación del embarque, el propio concesionario o permisionario, a elección del pasajero, deberá:

I. Reintegrarle el precio del boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje;

II. Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, los servicios de comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto, o

III. Transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual se denegó el embarque.

En los casos de las fracciones I y III anteriores, el concesionario o permisionario deberá cubrir, además, una indemnización al pasajero afectado que no será inferior al veinticinco por ciento del precio del boleto o billete de pasaje o de la parte no realizada del viaje.

Artículo 52 Bis. En el caso de la denegación de embarque por expedición de boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave, el concesionario o permisionario deberá solicitar voluntarios que renuncien al embarque a cambio de beneficios que acuerde directamente con el pasajero, los cuales no podrán ser inferiores a las opciones establecidas en el artículo anterior.

Tendrán prioridad para abordar en sustitución de los voluntarios a que refiere el presente artículo, las personas con alguna discapacidad, las personas adultas mayores, los menores no acompañados y las mujeres embarazadas.

Al respecto, tanto por quejas de diversos ciudadanos, como por experiencias personales, considero que se están cometiendo abusos y que no se están considerando los derechos de los pasajeros.

Sin lugar a duda, lo más conveniente sería iniciar un procedimiento para reformar la citada Ley de Aviación Civil, pero entendemos que, en estos momentos, la industria aeronáutica de nuestro país ha sido una de las más afectadas por la pandemia de covid-19:

“El cierre generalizado de las fronteras aéreas para el tránsito de pasajeros nacionales y turistas internacionales ha llevado a la industria aérea a una seria crisis. Se estima que, durante los primeros ocho meses del año 2020, las aerolíneas a nivel global han perdido ingresos del orden de los USD 256 mil millones, de los cuales un 7 por ciento (USD 19 mil millones) corresponden a pérdidas originadas en América Latina y el Caribe. Solo en esta región, la caída ha puesto en peligro a más de cinco millones de puestos de trabajo (directos e indirectos), además de afectar seriamente a la industria del turismo —especialmente en el Caribe, que depende de la llegada de turistas foráneos. La pandemia también deja en entredicho a numerosos planes de expansión de aeropuertos e infraestructuras logísticas aéreas, debido a que los flujos de pasajeros proyectados no se recuperarán en el mediano plazo. El sector de la industria aeroespacial, tanto de reparación y certificación de aeronaves, como también para la construcción de partes y nuevos aparatos, también se ha visto afectado por la crisis del sector, que ha hecho cancelar órdenes de compra de aeronaves ya en construcción...

El caso de América Latina y el Caribe es aún más dramático. El número de pasajeros transportados en abril llegó a caer en la región un 96 por ciento, incluso por sobre el promedio global (-94,5 por ciento). Al 31 de julio de 2020, esta situación ha provocado que las principales aerolíneas de ALC hubieran perdido 69,1 por ciento de su valor de mercado (frente a un promedio global de 51,5 por ciento). Su margen operativo ha sufrido también un rápido deterioro en los últimos meses (alcanzando el -300 por ciento en el segundo trimestre de 2020, el peor resultado entre los subconjuntos regionales). Esta situación ha llevado a las dos mayores aerolíneas de la región, Avianca y Latam, a iniciar procesos de restructuración bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de los Estados Unidos. Lo mismo pasó a la mayor aerolínea mexicana, Aeroméxico. En Ecuador, se ha decidido liquidar la compañía Tame, al paso que aerolíneas han cerrado operaciones de sus subsidiarias en algunos países (como el caso de Avianca en Perú y Latam en Argentina) ...”.

Adicionalmente, reconocemos que reformas de esta magnitud requieren escuchar a la industria en cuestión:

“Los derechos de los pasajeros en México, en los que también se contemplan las obligaciones de las aerolíneas frente a demoras y cancelaciones, han estado en la mira del Congreso ante las constantes quejas de los pasajeros. El pasado 6 de abril, se presentó en el pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que busca reformar artículos de la Ley de Aviación Civil que norman las cancelaciones y demoras en favor de los viajeros.

La Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero) dialogó a lo largo de ocho meses con los diputados para presentar propuestas e iniciativas en materia de derechos de los pasajeros, dijo en un correo electrónico Alejandro Cobián, director de la asociación que integra a las aerolíneas nacionales, con excepción de Interjet.

Hemos también planteado un análisis comparativo a los legisladores, respecto a las prácticas de la industria aérea que se aplican y llevan a cabo en los países con los que México tiene el mayor porcentaje de tráfico aéreo de pasajeros, como los Estados Unidos, Canadá y Sudamérica, agregó el directivo”.

Sin embargo, en tanto se pueden hacer las necesarias reformas legales que limiten y aclaren en beneficio de los pasajeros esta sobreventa de boletos de vuelos, consideramos que es esencial que la Procuraduría Federal del Consumidor haga valer las atribuciones que la ley en cita expresamente le señala y vigile que no se comentan abusos en la aplicación de dicha figura.

Al respecto, la Ley de Aviación Civil señala lo siguiente:

Artículo 47 Bis 3. La Procuraduría, en el ámbito de sus competencias, sancionará las infracciones a los derechos de los pasajeros, en los términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Artículo 49. El contrato de transporte de pasajeros es el acuerdo entre un concesionario o permisionario y un pasajero, por el cual el primero se obliga a trasladar al segundo, de un punto de origen a uno de destino, contra el pago de un precio.

El contrato, que se perfecciona con la compra del boleto, deberá constar en un billete de pasaje, el cual podrá ser emitido a través de medios físicos o electrónicos. Su formato se sujetará a lo especificado en la norma oficial mexicana correspondiente.

La interpretación del contrato se sujetará a lo previsto en la presente ley, al reglamento, la Ley Federal de Protección al Consumidor, las normas oficiales mexicanas y las circulares obligatorias aplicables.

...

...

Adicionalmente a lo ya expuesto, se propone exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal para que a través de las Secretarías de Economía y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en el ejercicio de sus atribuciones establecidas en la Ley de Aviación Civil y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, vigilen que se respeten los derechos de los usuarios, en el marco de los contratos de transporte de pasajeros, dando especial atención a evitar abusos en el caso de la aplicación de la figura de sobreventa de boletos y cuidando que se cumplan las prerrogativas que la ley establece en favor de los pasajeros que hacen uso de la aviación.

Por lo anteriormente expuesto, y conforme a los artículos 77, 78, 99, párrafo 1, fracción II y correlativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la elevada consideración de esta asamblea legislativa relativa a la protección de los usuarios ante la sobreventa de boletos por parte de aerolíneas.

Punto de Acuerdo

Único. Gírese atento y respetuoso oficio al titular del Poder Ejecutivo Federal para que a través de las Secretarías de Economía y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en el ejercicio de sus atribuciones establecidas en la Ley de Aviación Civil y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, vigilen que se respeten los derechos de los usuarios, en el marco de los contratos de transporte de pasajeros, dando especial atención a evitar abusos en el caso de la aplicación de la figura de sobreventa de boletos y cuidando que se cumplan las prerrogativas que la ley establece en favor de los pasajeros que hacen uso de la aviación.

Notas

1 Ver:

https://travesiasdigital.com/noticias/por-que-las-aerolineas-sob revenden-sus-vuelos

2 ¿A qué tienes derecho en México en caso de sobreventa de vuelo? Expansión, 12 de abril de 2017. Ver:

https://expansion.mx/empresas/2017/04/12/que-puedes-usar-a-tu-fa vor-en-caso-de-sobreventa-de-vuelo-en-mexico

3 COVID-19: Impactos inmediatos en el transporte aéreo y en el mediano plazo en la industria aeronáutica. Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL. 02 de septiembre de 2020. Ver:

https://www.cepal.org/es/notas/covid-19-impactos-inmediatos-tran sporte-aereo-mediano-plazo-la-industria-aeronautica

4 https://expansion.mx/empresas/2017/04/12/que-puedes-usar-a-tu-favor-en-caso-de- sobreventa-de-vuelo-en-mexico

Ciudad de México. Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2023.– Diputado Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



SE DETERMINE EL GRADO DE RESPONSABILIDAD DE VICENTE FOX, FELIPE CALDERÓN HINOJOSA, MARGARITA ZAVALA Y DEMÁS IMPLICADOS EN LOS ACTOS DELICTIVOS COMETIDOS POR GENARO GARCÍA LUNA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR a realizar las investigaciones para determinar el grado de responsabilidad de Vicente Fox, Felipe Calderón Hinojosa, Margarita Zavala y demás implicados en los actos delictivos cometidos por Genaro García Luna, a cargo de la diputada Julieta Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Julieta Ramírez Padilla diputada del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Fiscalía General de la República es el órgano autónomo al que le corresponde la investigación y la persecución de todos los delitos del orden federal, en términos del artículo 102 apartado A de la Constitución federal, es el órgano que tiene la representación de los intereses de la sociedad, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley de la Fiscalía General.

De ahí que el presente punto de acuerdo tiene como objetivo excitar a la Fiscalía General de la República para que en acato al mandato expreso de sus facultades inicie una carpeta de investigación con la finalidad de determinar la responsabilidad de los expresidentes Vicente Fox Quesada y Felipe Calderón en los delitos que se le comprobaron a Genaro García Luna.

Lo anterior en virtud a que, Genaro García Luna, fue encontrado culpable en una corte de Nueva York por cinco delitos, de los cuales, cuatro están relacionados con el narcotráfico. Fue señalado por testigos de la Fiscalía de Estados Unidos, entre los que se encontraron seis narcotraficantes de muy alto nivel en las organizaciones criminales, quienes confesaron haber recibido protección por parte del ex funcionario de Seguridad pública de los gobiernos panistas desde que Genaro García Luna fungía como el titular de la Agencia Federal de Investigaciones en el sexenio de Vicente Fox Quesada y como Secretario de Seguridad Pública del Gobierno del Felipe Calderón.

En el caso de Felipe Calderón tal como lo señalé en el punto de acuerdo que presenté el 27 de febrero del 2022 existen múltiples evidencias que sus principales funcionarios públicos en materia de seguridad pública estaban relacionados en la comisión de delitos, lo que explica el fracaso de la supuesta guerra en contra del crimen organizado o lo que es peor aún, es evidencia que tal guerra fue contra grupos contrarios al cartel de Sinaloa solo para fortalecer al “Chapo Guzmán”.

En el caso del operativo denominado “Rápido y Furioso” mediante el cual se introdujeron ilegalmente al país más de 2,000 armas de fuego de alto poder, ahora podemos entender porque esas armas fueron a parar a manos de la delincuencia, dado que los hombres de mayor confianza en materia de seguridad de Felipe Calderón entonces Titular del Ejecutivo, estaban directamente involucrados en estos hechos delictivos, tales como el ex Coordinador de Inteligencia de la Policía Federal, Luis Cárdenas Palomino, Facundo Rosas ex Comisionado de la Policía Federal y por supuesto Genaro García Luna

Dada la verticalidad en la cadena de mando de la Administración Pública Federal, más aún, tratándose de temas de seguridad, es necesario que se conozcan los alcances de la responsabilidad del Titular del Ejecutivo Federal en los sexenios de los Presidentes Vicente Fox y Felipe Calderón, máxime cuando el 15 de febrero de 2008 el entonces Coordinador de Seguridad Regional de la Policía Federal Preventiva, Javier Herrera Valles, denunció ante el Presidente Felipe Calderón la contratación de personal vinculado a la delincuencia organizada por parte de colaboradores cercanos a Genaro García Luna, en correspondencia a esta alerta el Gobierno Calderón removió del cargo a Javier Herrera Valles y lo encarceló por 4 años.

La detención de Javier Herrera Valles por parte del gobierno de Calderón, solo por informar al entonces Presidente las acciones de su Secretario de Seguridad Pública, no deja lugar a dudas de la responsabilidad de Felipe Calderón en los actos delictivos de García Luna, ante ello el Congreso de la Unión en un acto republicano debe solicitar al Fiscal General una investigación exhaustiva de la responsabilidad de Vicente Fox, Felipe Calderón y la actual diputada federal Margarita Zavala, en las relaciones de Genero García Luna y los principales Jefes de la Policía Federal en esos sexenios con el Crimen Organizado, así como por el enriquecimiento ilícito que dio a conocer la Unidad de Inteligencia Financiera en días recientes.

Los cientos de miles de víctimas a causa de la violencia desatada por una falsa guerra, merecen conocer la verdad de lo ocurrido en estos sexenios del terror.

En razón de lo antes expuesto y fundado, someto a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Fiscalía General de la República a realizar las investigaciones para para determinar el grado de responsabilidad de Vicente Fox, Felipe Calderón Hinojosa, Margarita Zavala y demás implicados en los actos delictivos cometidos por Genaro García Luna.

Nota

1. https://cmdpdh.org/casos-paradigmaticos-2-2/casos-defendidos/caso-javier-herrer a-valles/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Julieta Ramírez Padilla (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE GUANAJUATO Y A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD, A GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y LOS VEHÍCULOS EN LOS CRUCES DE FERROCARRIL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Guanajuato, en coordinación con los ayuntamientos de la entidad, a adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y de los vehículos en los cruces de ferrocarril en la entidad, y disminuir los siniestros de arrollamiento de vehículos por parte de los trenes que transitan por el estado, a cargo del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo; conforme a los siguientes

Antecedentes

La regulación del transporte ferroviario exige seguridad para la población.

Guanajuato es, sin duda alguna, un estado industrial, cuyo territorio es atravesado tanto por autopistas y carreteras, como por vías férreas que son vitales para el transporte de carga.

Pero, las vías férreas que atraviesan Guanajuato se han convertido en un foco de incidentes que ponen en riesgo la vida de miles de guanajuatenses, originados, en gran parte, por la omisión de la autoridad estatal y de las municipales, para garantizar que la convivencia entre los ferrocarriles y la ciudadanía se dé de manera segura.

A nivel federal, la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario es la entidad competente para regular lo relativo a dicho medio de transporte, así como el otorgamiento de concesiones y su regulación, pero las cuestiones de seguridad que involucran a terceros en cruces sobre otras vías de comunicación, escapan de su ámbito de atribuciones.

No obstante, el artículo 27 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario establece, en su último párrafo, que en los casos en que se pretenda que las vías férreas crucen centros de población u otras vías de comunicación, los proyectos respectivos deberán contener las previsiones necesarias para garantizar la seguridad de los habitantes y el funcionamiento adecuado de las vías de comunicación.

Por su parte, el artículo 31 del mismo ordenamiento legal establece, en sus párrafos segundo y tercero, que los cruzamientos de las vías férreas por otras vías o por otras obras podrán llevarse a cabo por medio de pasos elevados, pasos a desnivel, o a nivel, previa autorización por parte de la Secretaría, en el entendido que, los cruzamientos a nivel en zonas urbanas solamente serán autorizados cuando las condiciones de seguridad, económicas y sociales así lo permitan y que en todos los casos, los cruzamientos de las vías férreas que se autoricen deberán tener las señalizaciones necesarias con el objeto de minimizar los riesgos y la ocurrencia de accidentes. Las señalizaciones serán construidas, mantenidas y operadas por el operador de la vía u obra que cruce a la establecida con anterioridad.

Esto implica que todos los cruces de vías férreas con otras vías de comunicación deben estar perfectamente señalizadas y contar con los sistemas de seguridad que sean necesarios para garantizar que la población correrá el menor riesgo posible derivado del tránsito de los trenes.

Guanajuato es el segundo estado con más arrollamientos de vehículos por trenes.

Pero en Guanajuato, como se ha introducido en el apartado anterior, está lejos de contar con cruces seguros para la población y para los propios trenes.

Esto se constata con la información que publica la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, que cada trimestre publica el estudio denominado Pulso del Sistema Ferroviario Mexicano.

En la última edición publicada por la Agencia, el Pulso del Sistema Ferroviario Mexicano, correspondiente al tercer trimestre 2022, revela que la seguridad en los cruces de vías en Guanajuato se ha convertido en un problema grave y en un riesgo constante para la integridad y para la vida de la población.

Al analizar la información del Pulso del Sistema Ferroviario Mexicano sobre los siniestros ocurridos en el sistema ferroviario nacional, se encuentra que, hasta el tercer trimestre de 2022 (de enero a septiembre de 2022) hubo 1,004 reportes de siniestros.

De los reportes de siniestros recibidos, 542 (53.98%) corresponden a Cruces a nivel; 271 (26.99%) son de Siniestros de Equipo ferroviario, infraestructura y operación; 190 (18.92%) pertenecen al grupo de Muerte, lesión y otros, y un reporte (0.10%) pertenece al rubro de Materiales o residuos peligrosos.

Las entidades que acumularon más reportes de siniestros durante el periodo de enero a septiembre de 2022 fueron:

1. Nuevo León (131 reportes — 13.05%);

2. Estado de México (97 reportes — 9.66%);

3. Guanajuato (91 reportes — 9.06%);

4. Coahuila (87 reportes — 8.67%); y

5. Jalisco (78 reportes — 7.77%).

Estos cinco estados acumulan el 48.21% del total de reportes en el periodo. En términos generales, el documento refleja las siguientes estadísticas:

Pero cuando se analiza la información por rubros, resalta que el arrollamiento de vehículo es el tipo de siniestro más repetitivo, con 527 reportes.

Los estados con mayor número de reportes de arrollamiento de vehículo durante el periodo de enero-septiembre de 2022 fueron:

1. Nuevo León (94 reportes — 17.84%);

2. Guanajuato (55 reportes — 10.44%) y

3. Jalisco (46 reportes — 8.73%).

De acuerdo con el informe, la causa principal de este tipo de reportes es la “violación del conductor a las leyes de tránsito que regulan los cruceros de vías con carreteras”.

Destaca también que, de conformidad con el Pulso del Sistema Ferroviario Mexicano, los reportes de arrollamiento de vehículo se registran principalmente en las zonas urbanas, lo que explica que Nuevo León sea el estado con mayor índice de siniestros, pues estos son frecuentes en la zona metropolitana de Monterrey, pero también explica que Guanajuato sea el segundo estado con más incidentes, pues las vías atraviesan una gran cantidad de ciudades en la entidad.

En 2023, ya hubo lamentables decesos en las vías en Guanajuato.

En este año 2023, en Guanajuato, específicamente en el municipio de Celaya, ya se dieron lamentables accidentes que, incluso, han cobrado vidas.

El 31 de enero de 2023, una patrulla de la Guardia Nacional fue arrollada por el tren en el municipio de Celaya, Guanajuato.

Los hechos ocurrieron en el cruce de la avenida Francisco Juárez y Ferrocarril Central, en la colonia Las Américas. La información que se ha publicado sobre el suceso indica que la patrulla iba camino a atender un llamado, pero fue arrollada por la locomotora.

Este incidente tuvo como trágico saldo la muerte de dos guardias nacionales y cuatro heridos.

Apenas algunas semanas después, el 21 de febrero de 2023, se hizo público un video en el que se aprecia que, en un cruce en el mismo municipio de Celaya, un tráiler es arrollado por el tren, sin que, afortunadamente, hubiera consecuencias fatales que lamentar.

El incidente sucedió en el cruce de avenidas Ferrocarril Central y 12 de Octubre, en el referido municipio de Celaya, Guanajuato. Tras el hecho, elementos del Ejército Mexicano que pasaban por el lugar llegaron para acordonar la zona.

Todo esto sucede debido a varios factores, entre los que se encuentran la negligencia de los conductores de automóviles, pero, fundamentalmente, por la ausencia de mecanismos que aseguren que el tren pueda cruzar las poblaciones de manera segura.

Una inspección ocular sobre cualquiera de los cruces en Guanajuato permite constatar que no existe señalización suficiente y mucho menos barreras que se activen para permitir el paso de los trenes.

Por ello, la omisión de las autoridades estatales y municipales en esta materia es evidente y deben asumir las acciones necesarias para lograr que los trenes puedan convivir de manera segura con los automóviles, ciclistas, peatones y demás usuarios de las vías en el Estado.

Propuesta

Por ello, esta proposición con punto de acuerdo pretende que esta Soberanía emita un respetuoso exhorto al gobernador del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, a fin de que, de manera urgente, a través de las secretarías de Infraestructura, Conectividad y Movilidad, así como de Gobierno, en coordinación con todos los ayuntamientos de los municipios que cuentan con vías férreas en la entidad, adopten las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los vehículos, en los cruces de ferrocarril en la entidad y disminuyan los siniestros de arrollamiento de vehículos por parte de los trenes que transitan por el Estado.

Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario, de urgente resolución, a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, con el siguiente resolutivo

Punto de Acuerdo

Único. El Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador del Estado de Guanajuato para que, a través de la Secretaría Gobierno y de la Secretaría de Infraestructura, Conectividad y Movilidad, en coordinación con los ayuntamientos de los municipios que cuentan con vías férreas en la entidad, adopten las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los vehículos, en los cruces de ferrocarril en la entidad y disminuyan los siniestros de arrollamiento de vehículos por parte de los trenes que transitan por el Estado.

Notas

1. Vid. Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (2022). Dirección de Estadística Ferroviaria. PULSO del Sistema Ferroviario Mexicano, Tercer Trimestre 2022. Ciudad de México. P. 12

2. Ídem

3. Ibidem, P. 14

4. Ibidem, P. 15

5. Ibídem, P. 17

6. Patrulla de la Guardia Nacional fue arrollada por un tren en Guanajuato; dos agentes murieron. Infobae. Disponible en

https://www.infobae.com/mexico/2023/02/01/patrulla-de-la-guardia -nacional-fue-arrollada-por-un-tren-en-guanajuato-dos-agentes-murieron/

7. ¡Aparatoso! Tráiler intenta ganarle el paso al tren y es embestido (VIDEO). Informador.mx. Disponible en

https://www.informador.mx/mexico/Celaya-Aparatoso-Trailer-intent a-ganarle-el-paso-al-tren-y-es-embestido-VIDEO-20230221-0166.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA CAME Y A PEMEX, A INFORMAR SOBRE LA CÉDULA DE OPERACIÓN ANUAL DE LA REFINERÍA EN TULA, LA ESTRATEGIA PARA EVITAR LA CONTAMINACIÓN Y LAS EMISIONESA LA ATMÓSFERA QUE GENERA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a la Came y a Pemex, con relación a la refinería en Tula, a informar a la opinión pública sobre la cédula de operación anual, la estrategia para evitar la contaminación y las emisiones a la atmosfera que genera, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

El 16 de agosto se publicó en el periódico El Economista un artículo muy interesante referente a la refinería Miguel Hidalgo de Tula: referente a la emisión de partículas PM10, PM2.5 y diferentes gases dañinos para la salud humana. La refinería de Tula fue inaugurada el 18 de marzo de 1976. Ocupa una superficie de 749 hectáreas, y cuenta con 33 plantas para refinación y procesos; 7 calderas, 5 turbogeneradores, 2 unidades mineralizadoras, 9 torres de enfriamiento y una planta de tratamiento de aguas residuales.

Con una capacidad instalada de 315,000 barriles. Sin embargo, en los últimos años ha estado operando al 37 por ciento de su capacidad (Badillo, 2020).

Según el informe anual 2019 de Pemex, el índice de gases efecto invernadero (GEI) en el proceso de crudo en las refinerías ha mostrado un incremento alarmante del 11.4 por ciento (49.67tCO2e/MB a 55.34tCO2e/MB). El incremento de partículas obedeció al mayor volumen de gas ácido, gas seco y gas residual enviado a quemadores, como resultado de fallas en las unidades de recuperación de azufre y falta de capacidad de procesamiento en las refinerías, de Salamanca, Madero, Minatitlán y la de Tula.

Generalmente, las mediciones de la calidad del aire se notifican como concentraciones medias diarias de PM10 por metro cúbico (M3) de aire. En el caso de la refinería de Tula la mayor parte de las veces se registra mala calidad del aire por el aumento de las partículas PM10, PM2.5 y la emisión de casi 4 mil toneladas al año de compuestos volátiles y 90 de amoníaco.

Toda esa contaminación en el aire que respiran las personas de esa región y las que viven en la Ciudad de México y su Zona Metropolitana tiene efectos nocivos para la salud humana. Según lo refiere el Banco de Desarrollo de América Latina; la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, está conformada por 56 municipios del Estado de México y uno del Estado de Hidalgo, tiene una superficie de 7.180 km2, de los cuales 2.884 km2 están urbanizados, y una población cercana a 20 millones de habitantes con una densidad promedio de 66,71 hab/ha ( (Latina, s.f.)

Las nuevas directrices mundiales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la calidad del aire aportan pruebas claras del daño que la contaminación del aire inflige en la salud humana en concentraciones aún más bajas de lo que se registra ahora. Las directrices recomiendan nuevos niveles de calidad del aire para proteger la salud de las poblaciones mediante la reducción de los niveles de los principales contaminantes del aire: partículas en suspensión (PM10 y PM2.5), ozono (O3), dióxido de nitrógeno (NO2), dióxido de azufre (SO2), monóxido de carbono (CO) y el metano (CH4); algunos de los cuales también contribuyen al cambio climático.

Se calcula que cada año la exposición a la contaminación del aire causa 7 millones de muertes prematuras y provoca la pérdida de millones de años de vida saludable. En los niños esto podría suponer una reducción del crecimiento y las funciones pulmonares, infecciones respiratorias y agravamiento del asma. En los adultos, la cardiopatía isquémica y los accidentes cerebrovasculares son las causas más comunes de muerte prematura, y también están apareciendo pruebas de otros efectos como diabetes y enfermedades neurodegenerativas (Salud, 2021).

“La contaminación del aire es una amenaza para la salud en todos los países, pero afecta más a los habitantes de los países de ingresos bajos y medios” dijo el doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus director general de la OMS.

El 26 de enero del presente año el periódico Reforma publicó parte de una entrevista con el doctor Adrián Fernández, director de Iniciativa Climática de México (ICM), donde afirma que en la refinería de Tula hay importantes emisiones de gas metano (CH4), el cual con el viento llega a la Zona Metropolitana del Valle de México y aporta al calentamiento del planeta y contribuye a formar contaminación por ozono ( O3) en la Ciudad de México (Sosa, 2023).

Es urgente que se tomen las medidas estrictas y necesarias para proteger la salud humana de las personas que viven en el área afectada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único: Se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), informe a la opinión pública sobre la cédula de operación anual (COA) de la refinería de Tula de Petróleos Mexicanos (Pemex), así como a la Comisión Ambiental de la Megalópolis, informe a la opinión pública sobre la estrategia para evitar la contaminación generada por la refinería de Tula de Pemex, y a Petróleos Mexicanos (Pemex), informe a la opinión pública sobre las emisiones a la atmósfera de la refinería de Tula.

Bibliografía

Latina, B. d. (s.f.). Obtenido de www.caf.com.

Badillo, D. (16 de agosto de 2020). Refinería Miguel Hidalgo de Tula. 3 Refinería Miguel Hidalgo de Tula una fuente de contaminación con mucha compañía.

Salud, O. M. (22 de septiembre de 2021). Las nuevas directrices de la OMS sobre la calidad del aire. conferencia de prensa . Copenhague y Ginebra.

Sosa, I. (26 de enero de 2023). Contamina refinería de Tula la CDMX con metano.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO AL CJF Y A LA FGR, A REALIZAR CURSOS DE CAPACITACIÓN RESPECTO AL CONTENIDO DE LA LEGISLACIÓN MARÍTIMA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al CJF y a la FGR a realizar cursos de capacitación respecto al contenido de la legislación marítima, con la finalidad de investigar y juzgar de manera adecuada los delitos cometidos en el mar, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La importancia de los océanos radica fundamentalmente en que aproximadamente el 80 por ciento del comercio internacional transita por este medio, de ahí que el transporte marítimo sea el corazón de la economía global, lo cual brinda un cúmulo de oportunidades para la consecución del desarrollo marítimo y, a su vez, para el desarrollo nacional.

México tiene una ubicación geográfica privilegiada colocándolo como el onceavo país con la mayor capacidad de exportación a nivel mundial, gracias a ello se entiende la enorme relevancia que tienen sus 102 puertos y 15 terminales fuera de puerto como puntos estratégicos para el comercio entre los países.

Gracias a la enorme complejidad y dimensiones del mar, éste es susceptible para la comisión de diversos delitos. La Armada de México en funciones de guardia costera asume la responsabilidad de aplicar las disposiciones normativas de carácter nacional y de los instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte, los cuales establecen los derechos y obligaciones aplicables en los espacios marítimos, en cuyo proceso colaboran, desde sus respectivas competencias, el Ministerio Público, Autoridades Jurisdiccionales, el Instituto Nacional de Migración, entre otros.

El amplio espectro marítimo hace necesario contar con un robusto régimen de leyes que permitan sancionar de manera efectiva los delitos marítimos, mismos que son entendidos como aquellas conductas consumadas en el mar, en su totalidad o en parte. Entre las actividades ilícitas encontramos la piratería, el terrorismo, el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de personas, la pesca ilegal, el robo de hidrocarburos, entre otros.

En nuestro país la Secretaría de Marina es la institución garante del Estado de derecho en las Zonas Marinas Mexicanas, así como de la protección de los intereses marítimos y del ejercicio de la Autoridad Marítima Nacional para salvaguardar la soberanía y coadyuvar en el desarrollo del país.

Como se puede observar, el amplio espectro marítimo es susceptible para la comisión de diversos delitos, los cuales deben combatirse de manera eficaz y coordinada, de lo contrario, la delincuencia puede ganar más terreno dadas las características de una economía globalizada.

En este orden de ideas, el pasado 7 de febrero se presentó el Informe de Seguridad Conjunto a cargo de la Secretaría de Marina, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la Guardia Nacional, en donde se dio cuenta de las acciones realizadas durante el periodo del 17 de enero al 6 de febrero del presente año.

Entre las labores emprendidas para el combate de diversos delitos se destacó el despliegue por todo el territorio nacional de aproximadamente 253 mil 841 efectivos, de los cuales 192 mil corresponden a apoyo operativo, mientras que el resto, 61 mil efectivos realizan actividades de apoyo logístico.

En lo que se refiere a los trabajos realizados por la Secretaría de Marina se informó que durante dicho periodo se llevaron a cabo 350 operaciones en el mar en conjunto con la Guardia Costera, mientras que en tierra se realizaron 390 tareas de seguridad en instalaciones estratégicas y 430 labores de vigilancia permanente contra el narcotráfico y la pesca ilegal, esto se traduce en un total de 1,170 operaciones a cargo de 15 mil 300 elementos desplegados.

Por su parte, en lo relacionado a la Estrategia Nacional de Seguridad con el uso de inteligencia naval se logró la captura en la Ciudad de México de Luis Miguel “N” señalado por delitos de asociación delictuosa y delitos contra la salud, el cual contaba con orden de aprehensión con fines de extradición, asimismo, personal de la misma dependencia en acciones de colaboración internacional logró la detención de una persona fugitiva de nacionalidad estadounidense quien contaba con orden de arresto en el estado de Texas por el delito de homicidio.

De igual forma, elementos de la Secretaría de Marina lograron la detención de dos buques pesqueros sospechosos de efectuar mercado ilícito de combustible, encontrándose un total de 25,000 y 28,000 litros de combustible en las embarcaciones, en ambos casos no se pudo comprobar la legal procedencia de la mercancía.

Siguiendo bajo la misma línea, el pasado 19 de enero, la Marina, en coordinación con la Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, aseguró 304 kilogramos de un precursor químico para la fabricación de fentanilo, se determinándose que con la cantidad asegurada se pueden producir aproximadamente 3 millones 40 mil dosis de esta peligrosa droga.

Asimismo, en la aduana de Manzanillo fueron asegurados 15 tambos de 200 kilogramos, cada uno de los cuales contenían en su interior 3,130 kilogramos de Cloruro de Propionilo, sustancia utilizada también como intermediario para la elaboración de fentanilo.

Además, en coordinación con la Fiscalía General de la República, durante el cateo de una bodega en Tapachula Chiapas fueron asegurados cinco bultos que contenían 200 paquetes con cocaína con un peso aproximado de 203 kilogramos.

Las acciones emprendidas por la Secretaría de Marina han jugado un papel predominante en la investigación, persecución y detención de responsables de diversos delitos, fundamentalmente los relacionados con el narcotráfico y el tráfico ilegal de combustible, lamentablemente, dichas acciones se han visto entorpecidas porque el ministerio público o las autoridades judiciales liberaron del 2021 a febrero de 2023 a 140 presuntos responsables de un total de 264 detenidos, tal y como se observa en la siguiente tabla:

Elaboración propia. Fuente: Informe de Seguridad Conjunto, febrero 2023.

Derivado de lo anterior, uno de los retos que ha detectado el personal naval al momento de realizar las detenciones es el desconocimiento de la legislación marítima por parte de los jueces y Ministerios Públicos que aplican la normatividad que rige las detenciones llevadas a cabo en las zonas terrestres del territorio nacional, siendo que las ocurridas en el mar deben apegarse a lo señalado en la normatividad marítima.

Como consecuencia de dicho desconocimiento, 19 personas han reincidido en dos o más eventos marítimos y han sido liberadas, mientras que jueces de distrito han dejado en libertad a 24 personas relacionadas con delitos de narcotráfico y tráfico ilícito de combustible.

El combate al crimen y la detención de los implicados en conductas ilícitas son tareas arduas y de gran complejidad en la cuales es fundamental que exista una coordinación efectiva con todas las dependencias involucradas, para efectos prácticos, de poco sirven las labores de inteligencia y despliegue de personal, en este caso a cargo de la Secretaría de la Marina, si al momento de la integración de las carpetas de investigación por parte del Ministerio Público y la emisión de las sentencias a cargo de la autoridad jurisdiccional no se logra concretar un castigo efectivo para los culpables.

Es por lo antes expuesto que resulta clave promover la capacitación de los jueces y Ministerios Públicos que actúan en los puertos respecto a los alcances y contenidos de las leyes marítimas.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Consejo de la Judicatura Federal para que promueva entre el personal encargado de la emisión de sentencias relacionadas con delitos marítimos cursos de capacitación respecto al contenido y alcances de la legislación marítima, con la finalidad de juzgar de manera adecuada dichos delitos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Fiscalía General de la República para que promueva entre el personal encargado de la integración de las carpetas de investigación relacionadas con delitos marítimos cursos de capacitación respecto al contenido y alcances de la legislación marítima, con la finalidad de procesar de manera adecuada dichas investigaciones.

Notas

1 Aplicación del Estado de Derecho en los mares nacionales. Disponible en:

https://cesnav.uninav.edu.mx/cesnav/ININVESTAM/docs/docs_opinion /do_01-21.pdf

2 Aplicación del Estado de Derecho en los mares nacionales. Disponible en:

https://cesnav.uninav.edu.mx/cesnav/ININVESTAM/docs/docs_opinion /do_01-21.pdf

3 Ibídem.

4 Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/801914/CPM_Inform e_de_Seguridad__07feb23.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de febrero de 2023.– Diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO AL ISSSTE, A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA PARA AUTOMATIZAR Y SISTEMATIZAR LOS SERVICIOS QUE BRINDA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al ISSSTE a implementar un programa para automatizar y sistematizar los servicios que se dan en dicho instituto, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Margarita García García, diputada del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, integrante de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Director General del ISSSTE para implementar un programa para automatizar y sistematizar los servicios que se dan en el ISSSTE, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 13 de diciembre de 1959 se crea el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, su ley fue publicada en 1983 y en 2007 fue abrogada y publicada una nueva ley, estableciendo prestaciones y servicios para los trabajadores al servicio del Estado.

Esta ley enumera préstamos, financiamientos para vivienda, adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras, pago de pasivos por préstamos personales, servicios sociales, servicios culturales, seguridad social, así como los relacionados a servicios de salud, retiro, invalidez, cesantía, viudez, etc.

En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fue fundado en 1943 y se rigió por la Ley del Seguro Social de 1973 la cual fue sustituida por la Ley de 1995, la cual menciona sobre la finalidad de la seguridad social al garantizar el derecho humano a la salud, asistencia médica, protección de medios de subsistencia y servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, bajo estos principios el IMSS ha ido actualizando su servicio a los derechohabientes.

Tal es el caso de que tiene una página en donde se brinda información, trámites y servicios para derechohabientes, pensionados y público en general, patrones y empresas, proveedores del IMSS, profesionales de la salud y salud en línea, además de consultar su número de seguridad social, entra al Sistema Único de Autodeterminación, al Sistema de Pago Referenciado, además de los que se cuentan en otras páginas de instituciones públicas como transparencia, marco normativo, estructura orgánica.

Para poder acceder a las prestaciones y servicios que ofrece el IMSS a los derechohabientes ya no es necesario que asistan a sus unidades médicas ya que pueden generar pagos por vía electrónica, darse de alta en la página electrónica, así como a sus derechohabientes y hasta escoger el turno en el que prefieren asistir a sus clínicas, además de programar sus citas médicas.

El automatizar estos servicios por medio de una oficina virtual ahorra a los derechohabientes y patrones tiempo además de que agilizan el servicio que necesitan lo que ha ayudado a que no existan tantas filas en las unidades médicas para realizar trámites.

A diferencia del IMSS, el ISSSTE aún no tiene una oficina virtual tan completa, como por ejemplo, el alta provisional de trabajador que hay en su página de internet, en donde después de decirte de que se trata el procedimiento, enumera los documentos que se necesitan, proporciona el costo de haberlo y en las opciones para realizar el trámite, aparece que debe ser presencial, a diferencia de la página del IMSS en donde se meten los datos de la personas e inmediatamente arroja el número de seguridad social con el que se identificara para sus trámites.

Tomando en cuenta que los derechohabientes del ISSSTE son trabajadores burócratas tienen acceso a una computadora por lo que sería más sencillo realizar trámites de esta manera, se evitarían tantos permisos laborales y agilizarían los servicios otorgados por este Instituto.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La H. Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Doctor Pedro Zenteno, para que amplié los servicios otorgados por la oficina virtual del portal para agilizar los trámites prestados por el Instituto.

Bibliografía

- Página Oficial de ISSSTE.

https://www.gob.mx/issste

- Páginas Oficial del IMSS

http://www.imss.gob.mx/conoce-al-imss

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputada Margarita García García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.



EXHORTO A LA CIUDAD DE MÉXICO, A RESARCIR EL DAÑO PATRIMONIAL GENERADO POR LA AMPLIACIÓN DE 4.8 KILÓMETROS DE LA LÍNEA 12 DEL STC METRO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ciudad de México, a resarcir el daño patrimonial generado por la ampliación de 4.8 kilómetros de la línea 12 del STC Metro, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente:

Exposición de Motivos

I. De acuerdo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la ampliación de la línea 12 del metro que irá de Mixcoac a Observatorio cuenta con un moto sin aclarar de 25.7 millones de pesos, además de retrasos en la ejecución de las obras y la afectación a viviendas, mismas que no han sido rehabilitadas por la Secretaría de Obras y Servicios (Sobse) del gobierno de la Ciudad de México.

De acuerdo al informe de la Cuenta Pública de 2021, el gobierno de la Ciudad de México firmó un contrato con la empresa Macro Construcciones Libra, la cual tendría la encomienda de reparar los 45 inmuebles que fueron afectados por la ampliación de la línea 12 del metro de la CDMX; esto en la colonia Minas de Cristo en la alcaldía Álvaro Obregón.

Al respecto, la ASF confirmó que de estas 45 casas, tan solo se habían reparado en su totalidad, 5 inmuebles, dejando 16 inconclusos y en 24 no se tuvo algún tipo de reparación.

Por su parte, el gobierno capitalino se deslindó de responsabilidades al justificando que la empresa no contaba con los recursos para que se pudiera terminar el servicio que brindaba, por lo que esto tuvo repercusiones hacia dicha empresa por las sanciones impuestas; además de que la viviendas estaban bajo un monitoreo topográfico constante.

Aun con esto, la ASF determinó que las observaciones subsistían, pues hasta noviembre de 2022, cuando se terminó el ejercicio de la auditoría, las viviendas siguen sin repararse, esto sin que se acreditarán los motivos por los que esta situación continuaba o si se existía una terminación anticipada del contrato.

Esto resulta preocupante, pues la ampliación de la Línea 12 del metro de la CDMX comenzó en abril de 2016, es decir que esta obra está a punto de contabilizar 7 años desde su inicio, y desde entonces ha dejado en incertidumbre a las familias que habitaban las 45 viviendas afectadas por la construcción.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno de la Ciudad de México para que a la brevedad establezca un nuevo plan de reparación de las viviendas que han sido afectadas por la ampliación de 4.8 kilómetros de vía de la Línea 12 del metro de la Ciudad de México.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta al gobierno de la Ciudad de México para que haga pública la información concerniente al estado que guardan las 45 viviendas que han sido afectadas por la ampliación de 4.8 kilómetros de vía de la Línea 12 del metro de la Ciudad de México, así como la estrategias que se implementarán para la reparación integral de las mismas.

Notas

1 “ASF reporta retrasos, pagos indebidos y casas sin reparar en ampliación de L12”, Expansión, 2023Recuperado de:

https://politica.expansion.mx/cdmx/2023/02/21/asf-reporta-retras os-pagos-indebidos-y-casas-sin-reparar-en-ampliacion-de-l12

2 Ibidem.

3 “ Gobierno de Sheinbaum sólo reparó cinco de 45 viviendas afectadas por la ampliación de la L12 del Metro; causó un posible daño al erario por 25.7 mdp“, Latinus, 2023recuperado de:

https://latinus.us/2023/02/23/gobierno-de-sheinbaum-solo-reparo- cinco-de-45-viviendas-afectadas-por-la-ampliacion-de-la-l12-del-metro-causo-un- posible-dano-al-erario-por-25-7-mdp/

4 Ibidem.

5 Ibidem.

6 Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2023.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.