Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada Marcela Guerra Castillo
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
Ciudad de México, martes 19 de septiembre de 2023
Sesión 10 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 19 de septiembre de 2023, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De los diputados Juanita Guerra Mena, Moisés Ignacio Mier y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión

LEY GENERAL DE SALUD

Del diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

De diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY GENERAL DE TURISMO

Del diputado Omar Enrique Castañeda González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. y adiciona un artículo 56 Bis a la Ley General de Turismo. Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL

Del diputado Pablo Gil Delgado Ventura, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de sistemas de alerta temprana. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXHORTO AL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A RESOLVER LA RATIFICACIÓN DEL MAGISTRADO MANUEL HORACIO CAVAZOS LÓPEZ

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de la Ciudad de México, a resolver la ratificación del magistrado Manuel Horacio Cavazos López atendiendo el interés superior de las infancias y con perspectiva de género. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

OPERATIVOS PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y FORTALECER LA VIGILANCIA EN ZONAS DE ALTA CONCENTRACIÓN DE MOTOCICLISTAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

De la diputada Catalina Díaz Vilchis, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo relativo a realizar operativos de manera regular para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Tránsito, y fortalecer la vigilancia en zonas de alta concentración de motociclistas en la Ciudad de México. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen

SE INCLUYA EL TEMA DE ENDOMETRIOSIS EN LA ENCUESTA NACIONAL DE SALUD Y NUTRICIÓN 2024

De la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Inegi, a la Secretaría de Salud y al INSP, a incluir en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2024, el tema de endometriosis. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD PARA INFORMAR Y ATENDER LA ENDOMETRIOSIS OPORTUNAMENTE

De la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar acciones y estrategias de educación para la salud para informar y atender de manera oportuna la endometriosis. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

PROGRAMAS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD SOBRE ENDOMETRIOSIS

De la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud y a los sistemas de seguridad social, a implementar programas de educación para la salud sobre endometriosis. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

CAMPAÑA INFORMATIVA RESPECTO DE LA DEVOLUCIÓN DEL TUA PARA USUARIOS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREOS

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, a impulsar una campaña informativa respecto de la devolución del TUA para usuarios de Servicios de Transporte Aéreos. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO AL FOVISSSTE, A ESTABLECER SOLUCIONES PARA LA REESTRUCTURACIÓN Y RESCATE DE CRÉDITOS PARA LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Fovissste, a establecer una política o estrategia de análisis y soluciones para la reestructuración y rescate de créditos para los trabajadores del Estado. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen

SE SIGNIFIQUEN Y RECONOZCAN EN ZONAS GEOGRÁFICAS ESPECÍFICAS LAS ACTIVIDADES ARTESANALES, TRADICIONALES, INDUSTRIALES Y AGROINDUSTRIALES

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas, a considerar, consolidar y promover indicaciones geográficas como instrumentos de protección de actividades artesanales, tradicionales, industriales y agroindustriales que se signifiquen y reconozcan en zonas geográficas específicas en las entidades federativas. Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen

EXHORTO A LA PROFECO, EN COORDINACIÓN CON LOS GOBIERNOS MUNICIPALES, A IMPLEMENTAR UNA ESTRATEGIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN COMERCIOS LOCALES, MERCADOS Y TIANGUIS

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Profeco, en coordinación con los gobiernos municipales, a implementar una estrategia de protección al consumidor en comercios locales, mercados y tianguis. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO AL SAT, A CONSIDERAR LA AMPLIACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL DECRETO DE ESTÍMULOS FISCALES REGIÓN FRONTERIZA SUR, A TODOS LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS

De la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al SAT, mediante la expedición de reglas de carácter general relativas al Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, a considerar la ampliación del ámbito de aplicación a todos los municipios de Chiapas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A LA SADER, POR MEDIO DE LA CONAPESCA, A CONCEDER PERMISOS DE PESCA COMERCIAL DE CAMARÓN A EMBARCACIONES MENORES Y DE ALTURA DE CHIAPAS

De la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, por medio de la Conapesca, a conceder permisos de pesca comercial de camarón a embarcaciones menores y de altura, en favor de las Cooperativas Pesqueras Chiapanecas que así lo soliciten, a fin de que puedan operar en aguas marinas de jurisdicción federal adyacentes al litoral de dicha entidad. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

SE ENTREGUEN LOS RECURSOS ASIGNADOS PARA ATENDER LOS DAÑOS POR FENÓMENOS NATURALES PERTURBADORES EN LOS MUNICIPIOS DE HUEHUETÁN, HUIXTLA, CHALPUTENANGO, TECPATÁN Y VILLA COMALTITLÁN, CHIAPAS

De la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a entregar los recursos asignados para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores, en los municipios de Huehuetán, Huixtla, Chalputenango, Tecpatán y Villa Comaltitlán, Chiapas, conforme a la Declaratoria de Desastre Natural por ocurrencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial publicada en el DOF el 7 de agosto de 2022. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

EXHORTO A LA SEMARNAT, A DESARROLLAR DE MANERA PRIORITARIA POLÍTICAS PARA LA PROTECCIÓN DE ARRECIFES DE CORAL

De la diputada Diana María Teresa Lara Carreón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a desarrollar de manera prioritaria políticas específicas para la protección de arrecifes de coral. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

SE PUBLIQUE EN EL DOF, EL ACUERDO DE INICIO DE EMERGENCIA POR OCURRENCIA DE SEQUÍA SEVERA, EXTREMA O EXCEPCIONAL EN CUENCAS PARA 2023

Del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a publicar en el DOF, el acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2023. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

ABSTENERSE DE REALIZAR CUALQUIER DECLARATORIA DE ÁREA NATURAL PROTEGIDA EN LOS TERRITORIOS DE LAS SIERRAS DE LA GIGANTA Y GUADALUPE, BAJA CALIFORNIA SUR, SIN UN ESTUDIO PREVIO

Del diputado Marco Antonio Almendariz Puppo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a través de Conanp, a abstenerse de realizar cualquier declaratoria de Área Natural Protegida en los territorios de las sierras de la Giganta y Guadalupe, ubicadas en Baja California Sur, sin antes llevar a cabo un estudio previo justificativo que, incluya la participación activa, así como un proceso de consulta entre representantes de los ejidos ubicados en esta zona. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

MODERNIZACIÓN DE LAS CASETAS DE COBRO UBICADAS EN EL MUNICIPIO DE CABO SAN LUCAS

Del diputado Marco Antonio Almendariz Puppo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT, a través de Capufe, a analizar y en su caso gestionar y realizar los trámites necesarios para poder llevar a cabo una modernización de las casetas de cobro ubicadas en el municipio de Cabo San Lucas. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen

SE CONSIDERE LA CELEBRACIÓN DE UNA SESIÓN SOLEMNE CON MOTIVO DE LOS 70 AÑOS DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO AL VOTO DE LA MUJER

De la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía, a considerar la celebración de una sesión solemne con motivo de los 70 años del reconocimiento del derecho al voto de la mujer en nuestro país. Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención

EXHORTO AL IMSS, A REALIZAR LA RECONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL GENERAL DE ZONA EN SUSTITUCIÓN DEL HOSPITAL GENERAL REGIONAL 36, EN PUEBLA

Del diputado Mario Gerardo Riestra Piña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMSS, a realizar la reconstrucción del Hospital General de Zona en sustitución del Hospital General Regional 36, en Puebla, toda vez que han transcurrido seis años sin contar con la infraestructura hospitalaria necesaria. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen

SE HAGA EFECTIVO EL RESCATE FINANCIERO DEL INSTITUTO DE PENSIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE COLIMA ( IPECOL)

Del diputado Riult Rivera Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a realizar las acciones necesarias a fin de hacer efectivo el rescate financiero del Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima (IPECOL). Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

SE FORTALEZCAN LOS PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS CARRETERAS CHIGNAGUAPAN-AQUIXTLA, AQUIXTLA-TETELA DE OCAMPO, TETELA DE OCAMPO-ZACAPOAXTLA, TETELA DE OCAMPO-ZONGOZOTLA Y TETELA DE OCAMPO-ZAUTLA

De la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Infraestructura de Puebla, a fortalecer las acciones y programas de mantenimiento y conservación de las carreteras Chignaguapan-Aquixtla, Aquixtla-Tetela de Ocampo, Tetela de Ocampo-Zacapoaxtla, Tetela de Ocampo-Zongozotla y Tetela de Ocampo-Zautla. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen

EXHORTO A LA SEMARNAT, A INVESTIGAR EL IMPACTO AL MEDIO AMBIENTE Y EN LOS PROCESOS NATURALES DEL USO DE CAÑONES ANTIGRANIZO EN EL MUNICIPIO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ

Del diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a investigar el impacto al medio ambiente y en los procesos naturales del uso de cañones antigranizo en el municipio de Cedral, San Luis Potosí. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

INSPECCIONES EN LAS ZONAS MARÍTIMAS DE DE BAJA CALIFORNIA SUR PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE PESCA

Del diputado Javier Joaquín López Casarín, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader y el Gobierno de Baja California Sur, a realizar a través de la Secretaría de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario de la entidad, inspecciones en las zonas marítimas de la entidad para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de pesca, con el objetivo de preservar los recursos marinos. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen

EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS A SANCIONAR LA VENTA DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN LA VÍA PÚBLICA

Del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas, a verificar y sancionar la venta de animales domésticos en la vía pública. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A ARMONIZAR SUS LINEAMIENTOS NORMATIVOS CONFORME A LA RESOLUCIÓN DE LA SCJN DONDE SE ESTABLECE LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO A NIVEL FEDERAL

Del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a homologar y armonizar sus lineamientos normativos conforme a la resolución de la SCJN donde se establece la despenalización del aborto a nivel federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE IMPLEMENTEN SUBSIDIOS QUE BENEFICIEN A LOS CIUDADANOS DE SONORA EN EL PAGO DE ELECTRICIDAD DERIVADO DE LOS CLIMAS EXTREMOS

De la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la CFE, a implementar subsidios que beneficien a los ciudadanos de Sonora en el pago de electricidad derivado de los climas extremos. Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DEL BIENESTAR Y A LA SADER, A OTORGAR MAYORES APOYOS A LOS PRODUCTORES DE FRIJOL, MAÍZ Y OTRAS ACTIVIDADES ELEGIBLES DE ZACATECAS

De la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Bienestar y a la Sader, a otorgar mayores apoyos a los productores de frijol, maíz y otras actividades elegibles de Zacatecas a través del programa Producción para el Bienestar. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LA SE, A FORTALECER LOS PROGRAMAS EN FAVOR DEL DESARROLLO ECONÓMICO DE LAS MUJERES

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a fortalecer los programas en favor del desarrollo económico de las mujeres mexicanas con el fin de reducir la brecha de género. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y AL INMUJERES, A VELAR Y SALVAGUARDAR LA SALUD MENTAL DE LAS MUJERES

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y al Inmujeres, a velar y salvaguardar la salud mental de las mujeres mexicanas. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

SE INFORME DEL EJERCICIO Y SEGUIMIENTO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS TRANSFERIDOS AL ESTADO DE MORELOS DESTINADOS PARA ATENDER LA PROBLEMÁTICA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

De la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conavim, a hacer del conocimiento público, el ejercicio y seguimiento de los recursos públicos transferidos al estado de Morelos destinados para atender la problemática de violencia de género. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A LA SEGOB, AL INM Y A LA CNDH, A TRANSPARENTAR LA INFORMACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN BIENAL CON EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE CUBA

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, al INM y a la CNDH, a tomar medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de Cooperación Bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y LA SE, A INCLUIR EN EL SISTEMA DE ETIQUETADO FRONTAL AL GLUTAMATO MONOSÓDICO

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y la SE, a incluir en el sistema de etiquetado frontal al glutamato monosódico. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA SAGARPA, A GENERAR NUEVAS ESTRATEGIAS AGROALIMENTARIAS DE INNOVACIÓN CON EL FIN DE APOYAR A PRODUCTORES EN BENEFICIO DE LA PRODUCCIÓN DE CALABAZA

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en beneficio de la producción de calabaza. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LA SAGARPA, A APOYAR A PRODUCTORES EN EL COMBATE DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN BENEFICIO DE LA PRODUCCIÓN DE PAPA

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa, a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación, con el fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de papa. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen

EXHORTO A LA SSPC, A LA FGR, A LA SEMARNAT Y AL INPI, A TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PREVENIR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS PERSONAS MEDIOAMBIENTALISTAS

Del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI, a tomar las medidas necesarias para prevenir la violencia en contra de las personas medioambientalistas, en poblaciones indígenas y en situación de vulnerabilidad, apegándose al acuerdo de Escazú. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 19 de septiembre de 2023 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Marcela Guerra Castillo (rúbrica), presidenta.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Juanita Guerra Mena, Moisés Ignacio Mier y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.

2. Que reforma el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

3. Que reforma y adiciona el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

4. Que reforma el artículo 4o. y adiciona un artículo 56 Bis a la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Omar Enrique Castañeda González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Turismo, para dictamen.

5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de sistemas de alerta temprana, a cargo del diputado Pablo Gil Delgado Ventura, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de la Ciudad de México, a resolver la ratificación del Magistrado Manuel Horacio Cavazos López atendiendo el interés superior de las infancias y con perspectiva de género, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, relativo a realizar operativos de manera regular para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Tránsito, y fortalecer la vigilancia en zonas de alta concentración de motociclistas en la Ciudad de México, a cargo de la diputada Catalina Díaz Vilchis, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Movilidad, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inegi, a la Secretaría de Salud y al INSP, a incluir en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2024, el tema de endometriosis, a cargo de la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar acciones y estrategias de educación para la salud para informar y atender de manera oportuna la endometriosis, a cargo de la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las instituciones de salud y a los sistemas de seguridad social, a implementar programas de educación para la salud sobre endometriosis, a cargo de la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, a impulsar una campaña informativa respecto de la devolución del TUA para usuarios de Servicios de Transporte Aéreos, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Fovissste, a establecer una política o estrategia de análisis y soluciones para la reestructuración y rescate de créditos para los trabajadores del Estado, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Vivienda, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las entidades federativas, a considerar, consolidar y promover indicaciones geográficas como instrumentos de protección de actividades artesanales, tradicionales, industriales y agroindustriales que se signifiquen y reconozcan en zonas geográficas específicas en las entidades federativas, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profeco, en coordinación con los gobiernos municipales, a implementar una estrategia de protección al consumidor en comercios locales, mercados y tianguis, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al SAT, mediante la expedición de reglas de carácter general relativas al Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, a considerar la ampliación del ámbito de aplicación a todos los municipios de Chiapas, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader, por medio de la Conapesca, a conceder permisos de pesca comercial de camarón a embarcaciones menores y de altura, en favor de las Cooperativas Pesqueras Chiapanecas que así lo soliciten, a fin de que puedan operar en aguas marinas de jurisdicción federal adyacentes al litoral de dicha entidad, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Pesca, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, a entregar los recursos asignados para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores, en los municipios de Huehuetán, Huixtla, Chalputenango, Tecpatán y Villa Comaltitlán, Chiapas, conforme a la Declaratoria de Desastre Natural por ocurrencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial publicada en el DOF el 7 de agosto de 2022, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a desarrollar de manera prioritaria políticas específicas para la protección de arrecifes de coral, a cargo de la diputada Diana María Teresa Lara Carreón, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a publicar en el DOF, el Acuerdo de carácter General de Inicio de Emergencia por ocurrencia de Sequía Severa, Extrema o Excepcional en cuencas para el año 2023, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a través de Conanp, a abstenerse de realizar cualquier declaratoria de Área Natural Protegida en los territorios de las sierras de la Giganta y Guadalupe, ubicadas en Baja California Sur, sin antes llevar a cabo un estudio previo justificativo que, incluya la participación activa, así como un proceso de consulta entre representantes de los ejidos ubicados en esta zona, a cargo del diputado Marco Antonio Almendariz Puppo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SICT, a través de Capufe, a analizar y en su caso gestionar y realizar los trámites necesarios para poder llevar a cabo una modernización de las casetas de cobro ubicadas en el municipio de Cabo San Lucas, a cargo del diputado Marco Antonio Almendariz Puppo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política de esta soberanía, a considerar la celebración de una sesión solemne con motivo de los 70 años del reconocimiento del derecho al voto de la mujer en nuestro país, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS, a realizar la reconstrucción del Hospital General de Zona en sustitución del Hospital General Regional 36, en Puebla, toda vez que han transcurrido seis años sin contar con la infraestructura hospitalaria necesaria, a cargo del diputado Mario Gerardo Riestra Piña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Infraestructura, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a realizar las acciones necesarias a fin de hacer efectivo el rescate financiero del Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima (IPECOL), a cargo del diputado Riult Rivera Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Infraestructura de Puebla, a fortalecer las acciones y programas de mantenimiento y conservación de las carreteras Chignaguapan-Aquixtla, Aquixtla-Tetela de Ocampo, Tetela de Ocampo-Zacapoaxtla, Tetela de Ocampo-Zongozotla y Tetela de Ocampo-Zautla, a cargo de la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Infraestructura, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a investigar el impacto al medio ambiente y en los procesos naturales el uso de cañones antigranizo en el municipio de Cedral, San Luis Potosí, a cargo del diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader y al Gobierno de Baja California Sur, a realizar a través de la Secretaría de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario de la entidad, inspecciones en las zonas marítimas de la entidad para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de pesca, con el objetivo de preservar los recursos marinos, a cargo del diputado Javier Joaquín López Casarín, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Pesca, para dictamen.

23. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas, a verificar y sancionar la venta de animales domésticos en la vía pública, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

24. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades, a homologar y armonizar sus lineamientos normativos conforme a la resolución de la SCJN donde se establece la despenalización del aborto a nivel federal, a cargo del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

25. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE, a implementar subsidios que beneficien a los ciudadanos de Sonora en el pago de electricidad derivado de los climas extremos, a cargo de la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Energía, para dictamen.

26. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría del Bienestar y a la Sader, a otorgar mayores apoyos a los productores de frijol, maíz y otras actividades elegibles de Zacatecas a través del programa Producción para el Bienestar, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

27. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a fortalecer los programas en favor del desarrollo económico de las mujeres mexicanas, con el fin de reducir la brecha de género, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

28. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y al Inmujeres, a velar y salvaguardar la salud mental de las mujeres mexicanas, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

29. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conavim, a hacer del conocimiento público, el ejercicio y seguimiento de los recursos públicos transferidos al estado de Morelos destinados para atender la problemática de violencia de género, a cargo de la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

30. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, al INM y a la CNDH, a tomar medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de cooperación bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

31. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y la SE, a incluir en el sistema de etiquetado frontal al glutamato monosódico, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

32. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa, a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en beneficio de la producción de calabaza, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

33. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa, a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de papa, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.

34. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI, a tomar las medidas necesarias para prevenir la violencia en contra de las personas medioambientalistas, en poblaciones indígenas y en situación de vulnerabilidad, apegándose al acuerdo de Escazú, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Iniciativa que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Juanita Guerra Mena, Moisés Ignacio Mier y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.



LEY GENERAL DE SALUD

«Iniciativa que reforma el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En México, la problemática que enfrenta la dinámica familiar y social dados los problemas de adicciones de alguno de sus miembros incide en diversos efectos negativos que afectan los ámbitos de la salud psicoemocional y mental, causando no solo afectaciones personales, sino incluso pérdidas patrimoniales.

Algunos efectos en el contexto anterior son divorcios, violencia intrafamiliar, abandono de estudios y centros de trabajo, enfermedades y padecimientos hepáticos y renales, accidentes de tránsito, muertes accidentales, embarazos no deseados, etcétera.

Lo anterior implica un costo social y presupuestal a nivel nacional alto, además de que el tejido social se ve vulnerado en aspectos que afectan directamente a diversos sectores de la sociedad.

El Gobierno de la República realiza esfuerzos muy importantes para dar atención integral a los casos de adicciones en el país, habilitando diversos instrumentos institucionales para ello por medio de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic). Tan solo en 2021, según el Informe sobre salud mental y el consumo de sustancias psicoactivas en México, la Conadic atendió a 101,142 personas a través de los centros de atención primaria en adicciones, de integración juvenil y de instituciones no gubernamentales.

No obstante lo anterior, aunado al desconocimiento de esas alternativas por parte de la población, la complejidad y dolor emocional que representa para el núcleo familiar el uso de sustancias psicoactivas de manera patológica por parte de alguno de sus miembros, a los adictos muchas veces se les obliga a buscar sitios atendidos por particulares donde puedan ayudarles en su proceso de desintoxicación y rehabilitación.

En México, desde la década de los ochentas del siglo pasado, se comenzaron a establecer clínicas de rehabilitación para personas adictas, también llamados “anexos o granjas”, los cuales tienen un alto costo de ingreso y permanencia para las familias. Estos centros operan bajo el concepto de los doce pasos de la organización internacional de Alcohólicos Anónimos (la cual, por cierto, se deslinda de ellos) y prometen a las familias de los “internos” una recuperación y rehabilitación integral a partir de la aplicación de su método.

Desafortunadamente, estos centros de rehabilitación no cuentan con un protocolo de manejo y atención bien definido, operan sin verificación y supervisión de sus actividades y casi siempre están dirigidos y atendidos por adictos “rehabilitados”, quienes no cuentan con capacitación legal, psicológica o médica y, en muchas ocasiones, someten a los internos a tratos inhumanos y humillantes, bajo condiciones de presión y presunta privación de la libertad, hacinamiento, precariedad y poca sanidad.

Si bien la Ley General de Salud en su artículo 192 Quáter, fracción I, considera conceptualmente a las instituciones y organismos privados que realizan actividades de prevención, tratamiento, atención y reinserción social en materia de farmacodependencia, lo cierto es que estos “centros de rehabilitación” no se encuentran debidamente regulados y aunque en la NOM028SSA2-1999 se contemplan requisitos básicos para su funcionamiento, la realidad es que el catálogo de las dependencias en materia de salubridad, federales y locales, no se encuentra actualizado y no garantiza el cumplimiento de la norma y tampoco asegura que se dé la supervisión y seguimiento que requiere una actividad tan delicada como esta.

Por todo lo anterior es necesario establecer de forma clara elementos relativos al registro obligatorio, cumplimiento de los requisitos señalados en la norma relativa, procesos de verificación y supervisión de las instalaciones, protocolos de manejo y atención de estos centros de rehabilitación atendidos por particulares, con el fin de salvaguardar la integridad física y emocional de los usuarios y sus familias, además de desincentivar actividades fuera de la Ley.

Por lo aquí expuesto, se propone la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción III al artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud

Único. Se adiciona una fracción III al artículo 192 Quáter de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 192 Quáter. Para el tratamiento de los farmacodependientes, las dependencias y entidades de la administración pública en materia de salubridad general, tanto federales como locales, deberán crear centros especializados en tratamiento, atención, y rehabilitación, con base en sistemas modernos de tratamiento y rehabilitación, fundamentados en el respeto a la integridad y a la libre decisión del farmacodependiente.

La ubicación de los centros se basará en estudios rigurosos del impacto de las adicciones en cada región del país y deberá:

I. y II (...)

III. Para el establecimiento de centros de rehabilitación conocidos como clínicas, anexos, grupos de 24 horas, granjas, etcétera, de cualquier tipo y tamaño, que no pertenezcan al Sistema Nacional de Salud se deberá contar con registro sanitario emitido por la dependencia estatal o federal que corresponda, cédula de cumplimiento de los requisitos básicos establecidos en la NOM-028-SSA2-1999, plan o proyecto de manejo y protocolos sanitarios, de atención, seguridad y operativos para el sitio, así como las demás que dispongan las autoridades locales, dictamen de seguridad emitido por protección civil de entidad que corresponda y constancia con el registro de por lo menos una persona correspondiente a personal médico para la atención a usuarios.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. La búsqueda por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres sigue siendo una batalla vigente en nuestro país, si bien en este camino se han dado grandes pasos, también es cierto que aún quedan muchas cosas por hacer en esa materia.

La igualdad de género es uno de los pilares para el desarrollo del país, sin embargo aún podemos ver en diversas circunstancias la presencia de discriminación como ejemplo el no permitir que mujeres o personas racializadas lleguen a puestos con mejores remuneraciones o que por un mismo trabajo dos personas reciban un salario distinto.

La Asamblea de las Naciones Unidas en 2019 estableció el 18 de septiembre como el “Día Internacional de la Igualdad Salarial” como un recordatorio de que la brecha salarial entre hombres y mujeres sigue estando presente y que es necesario seguir tomando acciones para disminuir la brecha.

Conforme a datos de la Organización de Naciones Unidas, en todas las regiones a las mujeres se les paga menos que a los hombres, por lo que existe una brecha salarial de alrededor del 20 por ciento a nivel mundial.

El Instituto Mexicano para la Competitividad dice que la brecha salarial en nuestro país es de 15.8 por ciento, es decir que por cada 100 pesos que recibe un hombre como pago por su empleo, una mujer recibe 84 pesos. En sectores como los medios de comunicación masivos el porcentaje aumenta hasta en un 30 por ciento.

Conforme a datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo Nueva Edición (ENOE), la participación de las mujeres en las actividades económicas ha sido estable, según los tres últimos censos económicos. En 2008, su ocupación representó 39.9 por ciento del total; en 2013, 41.1 por ciento y en 2018, 41.3 por ciento.

Por otro lado se ha detectado que en el primer año después del nacimiento de un bebé, la participación laboral de las mujeres se reduce un 28 por ciento y el ingreso laboral un 33 por ciento, mientras que las mujeres que deciden ser madres mientras ocupan puestos directivos suelen trasladarse a trabajos con menor nivel de calificación, a empleos técnicos, al comercio u otras actividades que les permitan autoemplearse.

Por otro lado, la presencia de mujeres en puestos directivos es menor a la de hombres en los mismos puestos, puesto que sólo el 38 por ciento de dichas plazas son ocupadas por mujeres.

Estos datos demuestran que las mujeres enfrentan problemas para compaginar su vida laboral con sus decisiones personales derivado de la falta de empleos que promuevan condiciones dignas de trabajo para las mujeres, o en igualdad de oportunidades que los hombres, que les permitan emplearse en condiciones justas.

Lo anterior repercute en el grado de vulnerabilidad y discriminación que las mujeres enfrentan.

Para atender dichas situaciones es necesario que las empresas y el gobierno promuevan programas destinados a atender las causas de discriminación laboral de mujeres. Dichas medidas deben enfocarse en fomentar la contratación de mujeres, fomentar la responsabilidad compartida de cuidados, promover horarios de trabajo escalonados o en modalidad semipresencial que permitan compaginar la vida familiar y laboral, extender las licencias de maternidad y paternidad, entre otras.

En este sentido, si bien estas acciones se deben promover entre particulares, es también obligación de las autoridades promover mecanismos que fomenten la participación de mujeres en el mercado laboral.

Por lo anterior, esta iniciativa modifica la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a efecto de que se de preferencia en los procesos de contratación a aquellas empresas que acrediten contar con políticas y protocolos implementados y con resultados para promover la reducción de brechas entre hombres y mujeres.

Al respecto, se hace notar que si bien la ley vigente establece en su artículo 14 que en las licitaciones públicas se otorgarán puntos a empresas que hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, la propuesta contenida en esta iniciativa busca ser más amplia.

La ley vigente sólo establece la obligación de dar puntos a las empresas en los procesos de licitación pública, excluyendo una obligación general de la autoridad de buscar empresas que promuevan la reducción de discriminación laboral de mujeres en otros procesos de adjudicación, como la invitación a tres empresas o la adjudicación directa.

Asimismo, nuestra propuesta busca no sólo que las empresas cuenten en la teoría con políticas destinadas a la igualdad de género, sino que éstas demuestren los resultados de la implementación de dichas políticas; además se establecen acciones específicas que deben cumplirse para acceder a dicho beneficio.

II. Asimismo, no conforme con tener una disparidad en el tema salarial también en materia laboral hay un área de oportunidad en la que podemos seguir incidiendo como legisladores para el bienestar de las y los mexicanos, de acuerdo con una encuesta realizada por OCCMundial el 64 por ciento de las y los profesionistas mexicanos aseguraron que en la empresa que trabajaban existía discriminación, el 52 por ciento de los encuestados dijo que las situaciones que generan mayor discriminación son la edad, la apariencia física, la imagen personal, lo que incluye el uso de piercing y tatuajes. Asimismo, se señaló que el 32 por ciento de las personas encuestadas dijeron que se discriminaba por la orientación sexual.

En dicha encuesta, las principales consecuencias que tiene la discriminación laboral en nuestro país, en un 60 por ciento es la falta de contratación; el 21 por ciento no han sido tomados en cuenta para una promoción, el 14 por ciento no los consideraron parte del equipo de trabajo y el 6 por ciento han sufrido bullying laboral. Además, del total de los encuestados solamente 3 de cada 10 manifestaron que en su empresa había una cultura de diversidad laboral, es decir que les brindaban oportunidades sin importar su apariencia física, su orientación sexual,edad, discapacidad, religión o condición económica.

En la actualidad podemos ver que se ha generado diversos mecanismos para la erradicación de la discriminación, empero dados los resultados estos no han sido suficientes. Por otro lado, las campañas que promueven la no discriminación han tomado relevancia en el nuevo contexto de los derechos laborales, ya que promueven la igualdad de oportunidades y el respeto de los derechos humanos de las y los y los trabajadores, por lo que llevarlas acabo dentro de los espacios laborales tanto públicos cómo privados podría ser un paso más para la transición a la inclusion laboral.

En el artículo 15 de la Ley para prevenir la discriminación se establece que:

Artículo 15. Los órganos públicos y las autoridades federales adoptarán las medidas que tiendan a favorecer la igualdad real de oportunidades y a prevenir y eliminar las formas de discriminación de las personas a que se refiere el artículo 4 de esta Ley.”

Es decir, si bien es responsabilidad de todas y todos lograr un verdadero cambio como sociedad, también es responsabilidad de los gobiernos coordinar esfuerzos para eliminar los efectos de la discriminación.

En diversos sectores ya podemos ver avances para mitigar la discriminación, racismo y desigualdad, sin embargo, existen desafios que aún siguen pendientes y no han sido abordados de manera efectiva.

La Unesco considera que la inclusión es importante para erradicar los problemas antes mencionados, además de que en este contexto globalizado se debe hacer uso y promoción del siguiente mensaje:

“La paz no es sinónimo de ausencia de guerra, sino que significa vivir juntos, respetando las diferencias de sexo, etnia, lengua, religión y cultura; y difundiendo el respeto universal por la justicia y los derechos humanos. Vivir en paz es el resultado de las decisiones que tomamos en cada situación que afrontamos, así como de las elecciones que hacemos en nuestra vida cotidiana, que nos comprometen a entablar un diálogo sincero con otras personas y otras comunidades.”

Por ello es necesario realizar las acciones para que en los diversos ámbitos sociales y laborales, se hagan valer los derechos de igualdad y no discriminación contenidos en el artículo 1o constitucional, aunado a los principios fundamentales centrales de los derechos humanos.

Impulsar el crecimiento y reducir la desigualdad de oportunidades laborales aumentaría el bienestar, reduciría el rezago y acercaría más a una sociedad armónica y cohesionada, la discriminación de las y los trabajadores por su origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social o de salud, religión, condición migratoria, opiniones, orientación sexual, expresión de género, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana, solamente detiene el crecimiento económico del país, por esto y por tratarse de un tema de derechos humanos la discriminación debe ser erradicada.

Sin duda, cada organización u empresa son únicas por lo cual es importante que se consideren los valores de las empresas y sus objetivos, sin embargo, no se debe dejar de lado la importancia de implementar capacitaciones para promover una cultura de no discriminación contra la diversidad de las personas.

La implementación de capacitaciones no es un proceso lineal, sino que es un proceso que debe ser parte de un enfoque amplio de inclusión y diversidad en la organización pero siempre atendiendo los principios pro persona y la normatividad anteriormente mencionada.

Todas y todos los mexicanos tienen derecho a tener una mejor calidad de vida, por ello que es importante cuenten con mayores oportunidades económicas para poder cubrir al menos sus necesidades básicas y lograr un estado de bienestar, por ello en la bancada naranja siempre pondremos a las personas al centro y sus causas al frente.

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a su consideración, la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Único. Se reforma el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 26. ...

I. ...

II. ...

III. ...

Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones, solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo , reducción de desigualdades por género, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente Ley.

Las dependencias y entidades deberán dar preferencia en los procesos de adjudicación directa, licitación e invitación a aquellas empresas que hayan implementado políticas y protocolos a efecto de promover la igualdad de género, mediante acciones destinadas a reducir discriminación en los centros de trabajo y en los procesos de contratación, eliminar la brecha salarial, a incrementar la cantidad de mujeres en puestos de dirección, prestaciones destinadas a repartir y homologar la carga de cuidados entre hombres y mujeres tales como la ampliación de licencias de maternidad y paternidad, entre otras.

Para acceder a tal beneficio, las empresas licitantes deberán incluir en sus propuestas la información que demuestre la implementación y resultados de dichas políticas.

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Organización de Naciones Unidas, Luchar por la igualdad salarial en el mercado laboral, disponible en

https://www.un.org/es/observances/equal-pay-day

2 El Economista, 18 de septiembre de 2023,

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Brecha-salarial-re alidad-cimentada-en-la-discriminacion-estructural-20230917-0067.html

3 Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Mujer, INEGI, 2023, disponible en

https://mexicocomovamos.mx/animal-politico/2021/12/mexico-como-v amos-con-las-brechas-de-genero-en-el-empleo/

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2023 /EAP_8M2023.pdf

4 Zamudio Lazarin, Claudia viviana, México ¿cómo vamos con las brechas de género en el empleo? México Cómo Vamos, 14 de diciembre de 2021

5 Meza Rodríguez, Elizabeth, Mujeres ocupan el 38% de los puestos de alta dirección en México, El Economista, 10 de marzo de 2023, disponible en

https://www.eleconomista.com.mx/el-empresario/Mujeres-ocupan-38- de-los-puestos-de-alta-direccion-en-Mexico-20230309-0102.html

6 OCCMundial, “Discriminación Laboral en México”, recuperado de:

https://www.occ.com.mx/blog/discriminacion-laboral-en-mexico-6-d e-cada-10-la-viven/

7 Ibidem

8 Unesco, “Lucha contra el racismos y la discriminación”

https://www.unesco.org/es/no-racism-no-discrimination

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



LEY GENERAL DE TURISMO

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. y adiciona un artículo 56 Bis a la Ley General de Turismo, a cargo del diputado Omar Enrique Castañeda González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado federal Omar Enrique Castañeda González, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XIV, adiciona la fracción XV y recorre la subsecuente del artículo 4, y adiciona el artículo 56 Bis de la Ley General de Turismo, al tenor del siguiente:

Planteamiento del Problema

La trata de personas es una manifestación aberrante y perturbadora de la criminalidad global que persiste en la sociedad moderna, constituyendo una flagrante violación de los derechos humanos y una afrenta a la dignidad de miles de personas en todo el mundo.

Este fenómeno infame no conoce fronteras y se ha arraigado profundamente en la realidad de numerosos países, incluyendo México, que se encuentra en una posición crítica como país de origen, tránsito y destino para las víctimas de este delito con el propósito de explotación.

En un esfuerzo por abordar esta crisis humanitaria de manera decidida y eficaz, se propone la presente reforma a la Ley General de Turismo en la búsqueda de implementar acciones legislativas con el objetivo de prevenir y combatir una serie de delitos que causan un impacto social devastador.

Estos delitos van más allá de la trata de personas en sí, pues también abarcan la corrupción de menores, la explotación sexual y la tentativa de feminicidios. La necesidad de una respuesta integral y contundente a estos delitos no puede ser subestimada, ya que socavan los valores fundamentales de una sociedad justa y segura.

El elemento de esta propuesta legislativa se centra en la obligación que se impondría a los prestadores de servicios de hospedaje, de requerir documentos que verifiquen el parentesco entre adultos y menores cuando estos últimos sean acompañados a sus instalaciones.

Esta medida tiene un propósito claro y crítico: reducir las oportunidades para la perpetración de estos delitos en lugares como hoteles, moteles y establecimientos similares, incluyendo aquellos que, para tal efecto, son puestos a disposición en el mercado por medios digitales y que lamentablemente continúan siendo escenarios frecuentes para la trata de personas y otros delitos similares.

Los beneficios previstos de esta iniciativa son de gran alcance y trascendencia. En primer lugar, se espera que la legislación proporcione un marco legal más sólido y efectivo para prevenir y combatir estos delitos, especialmente aquellos que afectan a los grupos más vulnerables de la sociedad. Esto incluye a las niñas, niños, adolescentes y personas en situaciones de vulnerabilidad debido a factores como la migración, sexualidad, discapacidad, pobreza o pertenencia a comunidades rurales o indígenas. El objetivo fundamental es proteger la libertad, integridad y dignidad de estos individuos que están en constante riesgo de ser víctimas de la trata de personas, un negocio ilícito que genera 32 mil millones de dólares al año, de acuerdo con datos de la Organización Internacional del Trabajo.

Al abordar de manera decidida y completa esta problemática y al fortalecer las regulaciones en el sector de la hospitalidad, se busca proteger a los miembros más vulnerables de la sociedad y garantizar que todos los individuos gocen plenamente de sus derechos humanos. La aspiración es construir una sociedad donde la explotación y el sufrimiento sean cosas del pasado, y donde el respeto por la dignidad humana sea la norma incuestionable.

Argumentación

La estadística alarmante proporcionada por el Unicef que revela que aproximadamente el 28 por ciento de las víctimas identificadas de la trata de personas en todo el mundo son niños, pinta un cuadro sombrío de la magnitud de este delito atroz. La triste realidad en estos contextos oscuros es que las niñas, niños y adolescentes se encuentran en una situación de vulnerabilidad extrema y son quienes están más expuestos a convertirse en víctimas de la trata de personas.

Estas y estos jóvenes inocentes se convierten en víctimas de explotación y sufrimiento, viéndose atrapados en un ciclo devastador que les roba su infancia y su libertad. Esta cifra desgarradora subraya la urgente necesidad de medidas enérgicas y efectivas para combatir la trata de personas en México. El hecho de que cuatro millones de personas en todo el mundo sean víctimas de este delito atroz es una señal alarmante de que la trata es un flagelo global que está lejos de desaparecer.

Más aún, la estadística que sugiere que entre el 10 por ciento y el 30 por ciento de las mujeres víctimas de trata son menores de edad revela un aspecto particularmente perturbador de este problema. El riesgo es aún más grave para las niñas y adolescentes que enfrentan múltiples desafíos, como la migración, discapacidad, pobreza, pertenencia a pueblos originarios o comunidades rurales.

Según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, estas circunstancias adicionales hacen que estas jóvenes sean aún más susceptibles a caer en manos de traficantes de personas sin escrúpulos. La trata de personas se alimenta de la vulnerabilidad y la falta de oportunidades, y estas niñas y adolescentes se convierten en blancos particularmente fáciles para los perpetradores.

La impactante estadística también revela que, en América Latina, aproximadamente 2 millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas de explotación sexual, comercial o laboral, lo que pone de manifiesto un aspecto particularmente alarmante de la trata de personas en esta región.

Obligaciones nacionales e internacionales imponen al Estado mexicano la tarea de prevenir, perseguir y sancionar los delitos relacionados con la trata de personas como El “Protocolo de Palermo”, formalmente conocido como el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niñas, fue ratificado por México en 2003. En el ámbito nacional, se promulgó la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en 2012. Esta legislación define los delitos relacionados con la trata de personas y establece las responsabilidades de las autoridades de los tres niveles de gobierno en este campo.

Sin embargo, las estadísticas suministradas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP, en adelante) son reveladoras de una tendencia alarmante. En los últimos años, las cifras de víctimas a nivel nacional han experimentado un constante y perturbador aumento. Lo que agrava aún más esta problemática es que la vulnerabilidad de ciertos estratos de la sociedad ha emergido como un factor crítico que facilita y perpetúa estas violaciones de los derechos humanos.

El informe oficial, conocido como el Instrumento para el registro, clasificación y reporte de delitos y las víctimas CNSP/38/15, arrojó que en 2018 se contabilizaron un total de 575 víctimas del fuero común a nivel nacional, mientras que en 2019 esta cifra se incrementó significativamente a 668 víctimas por el delito de trata de personas, marcando un alarmante aumento del 16 por ciento. Esta tendencia preocupante continuó en 2020, donde de enero a octubre se informaron 578 víctimas de este delito, subrayando la imperativa necesidad de abordar esta crisis con urgencia y eficacia.

Según las cifras de incidencia delictiva del fuero común que publicó el SESNSP al corte de junio de 2022, se revela que el panorama alarmante: 1 mil 808 personas de 0 a 17 años, de los cuales 1 mil 317 son mujeres y 491 son hombres han sido víctimas de trata de personas en México entre enero de 2015 y junio de 2022. Estos datos actualizados resaltan la persistencia de este problema.

Estas y estos jóvenes inocentes, que deberían estar disfrutando de una infancia segura y la oportunidad de un futuro brillante, en su lugar, se encuentran atrapados en situaciones de explotación y abuso que amenazan su bienestar y su desarrollo.

Por lo expuesto, la presente iniciativa plantea reformar la fracción XIV, adicionar la fracción XV y recorrer la subsecuente del artículo 4, y adicionar el artículo 56 Bis de la Ley General de Turismo, que permitirá adoptar un marco legal más sólido y efectivo en torno a la seguridad de personas y grupos en situación de vulnerabilidad usuarias de servicios de hotelería y hospedaje

En consecuencia, esta iniciativa propone las siguientes modificaciones:

Por todo lo anterior, me permito someter a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto que reforma la fracción XIV, adiciona la fracción XV y recorre la subsecuente del artículo 4, y adiciona el artículo 56 Bis de la Ley General de Turismo

Único. Se reforma la fracción XIV, se adiciona la fracción XV y se recorre la subsecuente del artículo 4, y se adiciona el artículo 56 Bis de la Ley General de Turismo, para quedar como sigue:

Ley General de Turismo

Artículo 4. Son atribuciones del Poder Ejecutivo Federal, que se ejercerán a través de la Secretaría:

I. al XIII. ...

XIV. Fijar e imponer, de acuerdo a esta Ley y los reglamentos correspondientes, el tipo y monto y de las sanciones por el incumplimiento y violación de las disposiciones en materia turística ;

XV. Promover programas para garantizar la seguridad de personas y grupos en situación de vulnerabilidad usuarios de servicios de hotelería y hospedaje en cualquiera de sus modalidades, y

XVI. Todos aquellos que contribuyan al bienestar y desarrollo del país.

Artículo 56 Bis. La Secretaría, en el ámbito de su competencia, implementará programas para la verificación de la identidad de las y los usuarios, y sus acompañantes, de servicios turísticos y de hotelería en cualquiera de sus modalidades.

Tratándose de personas cuya edad no rebase los 18 años se deberá presentar documento oficial que acredite el parentesco. De no existir parentesco, se deberá presentar autorización expresa para fungir como responsable emitida por madre, padre o tutor.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal, en un plazo no mayor a 90 días naturales, deberá adecuar el Reglamento de la Ley General en términos del presente Decreto.

Notas

1 CNDH (2022) Consultable en:

https://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=60064

2 Gobierno de México (2016) Consultable en:

https://www.gob.mx/conavim/articulos/las-mujeres-menores-de-edad -principales-victimas-de-la-trata-de-personas-en-mexico

3 Unicef (2018) Consultable en:

https://www.unicef.org/es/comunicados-prensa/los-ni%C3%B1os-repr esentan-casi-una-tercera-parte-de-las-v%C3%ADctimas-de-la-trata

4 Gobierno de México (2016) Consultable en:

https://www.gob.mx/conavim/articulos/las-mujeres-menores-de-edad -principales-victimas-de-la-trata-de-personas-en-mexico

5 Gobierno de México (2016) Consultable en:

https://www.gob.mx/conavim/articulos/las-mujeres-menores-de-edad -principales-victimas-de-la-trata-de-personas-en-mexico

6 Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (2014) Consultable en:

https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications /FS36_sp.pdf

7 Save the Children. Consultable en:

https://www.savethechildren.mx/la-trata-de-ninas-ninos-y-adolesc entes/

8 Gobierno de México (2016) Consultable en:

https://www.gob.mx/conavim/articulos/las-mujeres-menores-de-edad -principales-victimas-de-la-trata-de-personas-en-mexico

9 CNDH (2022) Consultable en:

https://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=60064

10 Red por los Derechos de la Infancia en México (2022) Consultable en:

https://blog.derechosinfancia.org.mx/2022/07/21/trata-de-persona s-de-ninas-ninos-y-adolescentes-en-mexico-2/#:~: text=El%20n %C3%BAmero%20de%20ni%C3%B1as%2C%20ni%C3%B1os,de%20enero%20a%20junio%20de

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Omar Enrique Castañeda González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Turismo, para dictamen.



LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de sistemas de alerta temprana, a cargo del diputado Pablo Gil Delgado Ventura, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputado Pablo Gil Delgado Ventura, integrante del Grupo Parlamentario d e Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de sistemas de alerta temprana, de acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

El pasado 8 de agosto en Lahaina, principal asentamiento de Maui, en Hawaii, la población fue víctima de un agresivo incendio forestal cuyas llamas, impulsadas por los fuertes vientos generados por el huracán Dora, dejaron calcinadas todas las edificaciones a su paso y obligaron a las víctimas que lograron escapar a buscar refugio en el océano durante horas, a la espera de los servicios de rescate.

Si bien las causas del incendio aún se encuentran bajo investigación, desde el primer momento la ciudadanía denunció no haber recibido alerta alguna por parte de las autoridades, situación que incluso resultó ya en la renuncia del funcionario encargado de la gestión de emergencias quien defendió su decisión de no utilizar el sistema de sirenas existente en la isla al considerar que la población podría haber malinterpretado la amenaza como un tsunami y en consecuencia tratar de huir en dirección hacia los incendios.

Este lamentable caso ejemplifica la importancia de contar con sistemas eficaces de alerta temprana para amenazas múltiples, así como protocolos homogéneos para su uso oportuno y responsable en casos de emergencia, con el objetivo específico de reducir las víctimas mortales consecuencia de situaciones de desastre, tanto de causas naturales como humanas.

Dicha importancia fue recalcada por el secretario general de Naciones Unidas el pasado 23 de marzo de 2022 en la presentación de la iniciativa Alertas Tempranas para Todas las Personas, en la que instó a que todas las personas del planeta se encuentren protegidas por sistemas de alerta temprana antes de 2027 y para lo cual presentó posteriormente un plan de acción ejecutivo basado en cuatro pilares que integran la cadena de alerta temprana:

1. Comprensión del riesgo de desastres.

2. Detección, observación, vigilancia, análisis y prevención de las amenazas.

3. Difusión y comunicación de alertas.

4. Preparación para la respuesta.

En ese sentido, a la conclusión de la VIII Plataforma Regional para la Reducción del Riesgo de Desastres en las Américas y el Caribe en marzo de 2023, se publicó la Declaración de Punta del Este en la cual destacan los siguientes puntos relevantes en el contexto de la presente iniciativa:

6. Teniendo en cuenta que el sexto Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental de Cambio Climático sobre el Impacto, la Adaptación y la Vulnerabilidad reconoce a las actividades para la gestión del riesgo de desastres, incluyendo a los sistemas de alerta temprana, como opciones fundamentales y transversales de adaptación que, al combinarlas, refuerzan los beneficios de otras medidas de adaptación;

8. Teniendo en cuenta la iniciativa denominada Alertas Tempranas para Todos, que lanzó el Secretario General de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, y su Plan de Acción, que presentó la OMM durante la COP27, buscando así cerciorarse de que todas las personas del planeta estén protegidas mediante sistemas de alerta temprana en un plazo de cinco años;

12. Teniendo en cuenta los resultados de la 1ª Cumbre Regional entre los Servicios Meteorológicos e Hidrológicos Nacionales y las Oficinas Nacionales de Gestión del Riesgo de Desastres donde se destacó la importancia de fortalecer marcos legislativos y políticos que guíen la colaboración y el intercambio de datos y se acordó fomentar este diálogo periódicamente y en grupos subregionales, involucrando a otros actores nacionales y regionales que juegan un papel fundamental en la implementación de alertas tempranas, como observatorios geológicos, centros epidemiológicos, academia, sector privado y otros actores de la sociedad civil;

25. Comprendiendo que los sistemas de alerta temprana sobre amenazas múltiples y centrado en las personas son una medida comprobada, eficaz y factible para mitigar los efectos negativos de riesgos consumados, incluyendo el apoyo para la adaptación climática y para hacer frente a otros peligros. Entendiendo, además, que los mismos salvan vidas y generan un rendimiento positivo de las inversiones cuando se actúa de forma oportuna según el carácter de la amenaza y en tanto se cuente con recursos para enfrentarlas. Reconociendo, finalmente, que la necesidad de fortalecer tanto las alertas tempranas como la comprensión del riesgo se expresa de manera predominante en el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, y en marcos regionales estratégicos de las Américas y el Caribe que son vehículos para su implementación.

36. Reconociendo que los países de la región, en especial los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (PEID), necesitan redoblar esfuerzos para lograr la Meta G del Marco de Sendai, la cual insta a “ incrementar considerablemente la disponibilidad de los sistemas de alerta temprana sobre amenazas múltiples y de la información y las evaluaciones sobre el riesgo de desastres transmitidas a las personas, y el acceso a estos, para 2030”;

Lo expuesto en la Declaración de Punta del Este reitera la urgente necesidad de consolidar los sistemas de alerta como consecuencia del creciente riesgo que enfrentan las personas ante la cada vez mayor frecuencia e intensidad de situaciones de desastre natural derivadas de la crisis climática, por tratarse de herramientas que probadamente contribuyen a mitigar riesgos y para lo cual resulta indispensable disponer bases sólidas en los marcos normativos.

En el caso de nuestro país el fundamento constitucional en materia de protección civil se ubica en el artículo 73 que otorga al Congreso la facultad para:

Para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarán sus acciones en materia de protección civil;

Derivado de lo anterior fue promulgada en 2012 la Ley General de Protección Civil con objeto de “ establecer las bases de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno en materia de protección civil”, sin embargo, dicho ordenamiento se limita a otorgar la atribución relativa a los sistemas de alerta y omite desarrollar las características mínimas necesarias para una operación homogénea y sincronizada a nivel nacional, aspectos que debieron desarrollarse en el Reglamento de la Ley en comento. La redacción vigente en la Ley se limita a lo siguiente:

Ley General de Protección Civil

La coordinación ejecutiva del Sistema Nacional recaerá en la secretaría por conducto de la Coordinación Nacional, la cual tiene las atribuciones siguientes en materia de protección civil:

en su caso, operar redes de detección, monitoreo, pronóstico y sistemas de alertamiento, en coordinación con las dependencias responsables e incorporando los esfuerzos de otras redes de monitoreo públicas o privadas;

Mientras que las disposiciones reglamentarias se desarrollan como sigue:

Reglamento de la Ley General de Protección Civil

Para los efectos del presente Reglamento, además de las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley General de Protección Civil, se entenderá por:

El conjunto de elementos para la provisión de información oportuna y eficaz, que permitan a individuos expuestos a una amenaza tomar acciones para evitar o reducir su Riesgo, así como prepararse para una respuesta efectiva. Los Sistemas de Alerta Temprana incluyen conocimiento y mapeo de amenazas, monitoreo y pronóstico de eventos inminentes; proceso y difusión de Alertas comprensibles a las autoridades y población; así como adopción de medidas apropiadas y oportunas en respuesta a tales Alertas, y

Capítulo XIIDe los Sistemas de Monitoreo y Alerta Temprana

La Coordinación Nacional impulsará la creación del Sistema Nacional de Alertas que permita contar con información, en tiempo real para aumentar la seguridad de la población en situaciones de Riesgo Inminente.

Los Sistemas de Monitoreo forman parte de la Gestión Integral de Riesgos al proveer información para la toma de decisiones en materia de Protección Civil; por lo tanto, son herramientas necesarias para mejorar el conocimiento y análisis sobre los Peligros, Vulnerabilidades y Riesgos, para el diseño de medidas de Reducción de Riesgos, así como para el desarrollo de Sistemas de Alerta Temprana.

Sección IDe las Características de los Sistemas de Alerta Temprana

La Coordinación Nacional para el desarrollo de los Sistemas de Alerta Temprana, promoverá que las autoridades de los tres órdenes de gobierno tomen en cuenta los siguientes aspectos:

El estudio y conocimiento previo del Riesgo para el cual se hará el alertamiento, basado en el Atlas Nacional de Riesgos y los Atlas Estatales y Municipales de Riesgos, e incluir el análisis y evaluación de las características del Fenómeno Natural Perturbador tales como intensidad, probabilidad de ocurrencia, Vulnerabilidad, identificación de zonas geográficas y comunidades que podrían verse afectadas;

Los equipos de medición, monitoreo, transmisión, adquisición y procesamiento de la información que se requieran, así como los equipos o sistemas para difundir las Alertas;

Los aspectos relacionados con la operación y mantenimiento de los Sistemas de Alertas Tempranas, incluido a los especialistas y responsables de su operación;

Los modelos que permitan, en su caso, el pronóstico de intensidades y la definición de los umbrales para su activación;

Los mecanismos de difusión y comunicación para transmitir las Alertas a la población en Riesgo y a las autoridades correspondientes. Dichos mecanismos deberán establecer canales y protocolos que permitan una transmisión clara y oportuna y, en su caso, información sobre la Alerta, la cual incluya las instrucciones para atender la Emergencia;

Ejecución de campañas de concientización a la población respecto a los Riesgos derivados por los Fenómenos Naturales Perturbadores, y

La preparación, capacitación y acciones de respuesta en los diferentes niveles de estudio acerca de Fenómenos Naturales Perturbadores y Protección Civil.

Para el diseño de los Sistemas de Alerta Temprana se deberán considerar, adicionalmente en su implementación, criterios que tomen en consideración la perspectiva de género, así como las necesidades de personas con discapacidad y grupos vulnerables, entre otros.

Sección IIDe las Responsabilidades y Participación de los Integrantes del Sistema Nacional en los Sistemas de Alerta Temprana

Artículo 66. A la Coordinación Nacional, en su carácter de responsable de la coordinación ejecutiva del Sistema Nacional, le compete promover y coordinar entre los integrantes del Sistema Nacional, la implementación de los Sistemas de Monitoreo y Sistemas de Alertas Tempranas, así como incorporar a dichos sistemas los esfuerzos de otras redes de monitoreo públicas de las entidades federativas o del sector privado.

La Coordinación Nacional fomentará y, en su caso, establecerá mecanismos de colaboración con los integrantes del Sistema Nacional que lleven a cabo el monitoreo de fenómenos naturales, con el objeto de intercambiar información relacionada con los Sistemas de Alerta Temprana.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que realicen el monitoreo de los fenómenos naturales para operar Sistemas de Alerta Temprana, deberán prever en sus presupuestos los recursos necesarios para garantizar el óptimo funcionamiento de dichos Sistemas, así como la sostenibilidad de los mismos.

La Coordinación Nacional llevará a cabo las siguientes acciones en materia de Sistemas de Alerta Temprana y Sistemas de Monitoreo:

Promover a los integrantes del Sistema Nacional el desarrollo, implementación y, en su caso, operación de Sistemas de Monitoreo y de Sistemas de Alerta Temprana, en coordinación con las dependencias de la Administración Pública Federal responsables y con la participación de universidades y centros de investigación;

Promover la capacitación de la población y de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para responder adecuadamente a las Alertas;

Difundir los mensajes de Alerta y recomendaciones que emita el Comité Nacional para proteger a la población, sus bienes y su entorno;

Incorporar en sus planes y programas de Protección Civil, los procedimientos específicos para la operación de los Sistemas de Alerta Temprana que tengan implementados, y

Compartir la información resultado del monitoreo y de los Sistemas de Alerta Temprana con las dependencias de la Administración Pública Federal responsables.

Los medios de comunicación masiva, con base en los convenios que para tal fin se establezcan con las autoridades de Protección Civil, participarán en la difusión oportuna y veraz de los mensajes de Alerta que deriven de los Sistemas de Alerta Temprana.

Los particulares y las organizaciones de la sociedad civil podrán participar, bajo la coordinación de las autoridades responsables, en los procesos de Preparación, difusión y respuesta adecuada de los Sistemas de Alerta Temprana, a fin de salvaguardar la vida de la población que pudiera verse afectada por un Fenómeno Natural Perturbador.

La configuración normativa en términos de las disposiciones legales y reglamentarias citadas ha resultado insuficiente para lograr la urgente consolidación del Sistema Nacional de Alertas, pues a pesar de que la Ley y el Reglamento están vigentes desde los años 2012 y 2014 respectivamente, diversos especialistas en la materia han hecho énfasis en los aspectos aún pendientes de resolver.

La urgencia de solventar los pendientes fue evidenciada por el director general del Centro Nacional de Prevención de Desastres, quién afirmó que: “Al ser México un país sísmicamente activo, resulta crucial consolidar un Sistema Nacional de Alertas”, durante la presentación de su informe de labores correspondiente a 2022.

De la misma forma, en el marco del “IV Congreso Internacional de Gestión Integral de Riesgos y Resiliencia en Ciudades. Disponibilidad y Acceso a Sistemas de Alerta Temprana ante Amenazas Múltiples”, celebrado en la Ciudad de México en octubre de 2022, se reiteró lo anterior.

En la Ponencia 2, relativa a las características y arreglos institucionales para la implementación de sistemas de alerta temprana en México, el Ing. Enrique Guevara Ortiz, director del Cenapred señaló:

existen algunos retos que han limitado la implementación efectiva del Sistema Nacional de Alertas Tempranas, algunos de los cuales fueron puntualizados:

1. Alertar en una plataforma única y homogénea, en la que se integren todas las alertas.

2. Que sean alertas regionalizadas.

3. Que sean multiamenazas.

4. Adelantar un proceso social para involucran y concientizar a la población y a las autoridades sobre la obligación de proporcionar seguridad y bienestar a sus ciudadanos.

Al respecto, el ingeniero Guevara anunció que pronto se hará obligatorio el protocolo CAP que tiene como fin dar coherencia e integración a todos los alertamientos, para lo cual se viene trabajando con el Centro de Alertamiento de Tsunamis, el Cenapred para alertamiento de los volcanes, y apunta que la visión es que se integren todos los alertamientos que actualmente existen en México, incluidos los de alertas tropicales”

Durante el mismo Congreso, en la Ponencia 3, relativa a la prospectiva de los sistemas de alerta temprana a nivel nacional, el citado director del Cenapred destacó que:

Algunas de las limitaciones de los Sistema de Alerta Temprana señaladas por el Ing. Guevara, tienen que ver con:

-Desconfianza: derivadas de la emisión de alertas falsas.

-Confusión: debido a múltiples fuentes de información.

-Inseguridad: ocasionada por discrepancias en las fuentes de información y las limitaciones técnicas y científicas.

inadecuado o la ausencia de institucionalidad y las incertidumbres.”

Resulta evidente que, si bien en nuestro país existe una amplia experiencia y capacidades institucionales en la implementación y operación de sistemas de alerta temprana, las deficiencias normativas han resultado en una descoordinación entre las diversas autoridades involucradas y por ende en la coexistencia de sistemas específicos por tipo de amenaza, pero sin protocolos homogéneos ni coordinación unificada.

Algunos ejemplos de ello son el Sistema de Alerta Sísmica Mexicano, el Sistema Nacional de Alerta de Tsunamis, la Alerta para el volcán Popocatépetl, el Sistema de Alerta Temprana para Ciclones Tropicales, los Avisos y Pronósticos Meteorológicos, el Sistema de Alerta Contra Inundaciones y el Sistema de Alerta Temprana de Incendios Forestales.

Por más eficaz que resulte la operación de cada uno de los sistemas, sus potenciales beneficios se ven gravemente afectados como consecuencia de la imposibilidad de cada una de las autoridades encargadas de informar oportunamente a las poblaciones en riesgo, haciendo uso simultáneo de todos los posibles métodos de transmisión como las frecuencias de radio y televisión, los Centros de Comando (C5 y similares), servicios de Internet y redes sociales, telefonía móvil y otros sistemas locales de alertamiento.

El Programa Nacional de Protección Civil 2022-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2022, también contempla la necesidad consolidar el Sistema Nacional de Alertas en su estrategia prioritaria 1.2 y para ello señala las siguientes acciones puntuales:

1.2.1 Integrar la información sobre fenómenos naturales de los sistemas de monitoreo y alerta que operan en el país al Sistema Nacional de Alertas.

1.2.2 Generar e implementar un protocolo de alerta común para difundir bajo una sola plataforma en el país, mediante la coordinación con las instituciones que realizan algún tipo de monitoreo o alertamiento.

1.2.3 Actualizar el Atlas Nacional de Riesgos mediante la integración permanente de información útil para la mejor comprensión de los peligros y los riesgos, así como sobre su causalidad para su consolidación como herramienta para la toma de decisiones en materia de prevención.

1.2.4 Supervisar el desarrollo o actualización de los atlas estatales, municipales y de alcaldías, mediante la implementación de criterio homogéneos para su integración en el Atlas Nacional de Riesgos.

En relación a ello y ante el vacío normativo existente las diversas autoridades involucradas han generado ya algunos avances, como es el caso del Instituto Federal de Telecomunicaciones con la publicación de acuerdos secretariales para el establecimiento del protocolo de alerta común y la clasificación de frecuencias como espectro protegido para la difusión de alertas tempranas.

Es pues en consideración a la trascendencia que tienen los sistemas de alerta en el contexto de la gestión de riesgos, así como a la urgencia de concluir con la consolidación de un Sistema Nacional de Alertas que la presente iniciativa propone robustecer el marco jurídico relativo en la Ley General de Protección Civil incorporando en la misma las disposiciones mínimas necesarias para solventar las deficiencias existentes en la coordinación interinstitucional y contribuir a establecer las condiciones y protocolos homogéneos requeridos para su eficaz y oportuno funcionamiento con el objetivo de informar a la población sobre riesgos inminentes y en consecuencia mitigar los posibles riesgos a su integridad física, generados por situaciones de emergencia.

Para claridad, a continuación se presenta un cuadro comparativo entre las disposiciones vigentes y las modificaciones y adiciones propuestas:

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se reforman la fracción V del artículo 10; la fracción IX del artículo 19; y el artículo 25; y se adicionan la fracción LIV Bis al artículo 2; la fracción IX al artículo 4; el Capítulo XIX; y los artículos 95 y 96, a la Ley General de Protección Civil

Único. Se reforman la fracción V del artículo 10; la fracción IX del artículo 19; y el artículo 25; y se adicionan la fracción LIV Bis al artículo 2; la fracción IX al artículo 4; el Capítulo XIX; y los artículos 95 y 96; a la Ley General de Protección Civil, para quedar como sigue:

Artículo 2. [...]

I. a LIV. [...]

LIV Bis. Sistemas de Alerta Temprana. El conjunto de elementos para la provisión de información oportuna y eficaz, que permiten a individuos expuestos a una amenaza tomar acciones para evitar o reducir su riesgo, así como prepararse para una respuesta efectiva. Los Sistemas de Alerta Temprana incluyen conocimiento y mapeo de amenazas; monitoreo y pronóstico de eventos inminentes; proceso y difusión de alertas regionalizadas, multi amenaza, a través de una plataforma única y mediante un protocolo común de alerta, comprensibles a las autoridades y población; así como adopción de medidas apropiadas y oportunas en respuesta a tales alertas.

LV. a LXI. [...]

Artículo 4. [...]

I. a VIII. [...]

IX. La instrumentación, operación y desarrollo del Sistema Nacional de Alertas.

Artículo 10. [...]

I. a IV. [...]

V. Acciones y mecanismos para la prevención , alerta temprana y mitigación de riesgos;

VI. y VII. [...]

Artículo 19. [...]

I. a VIII. [...]

IX. Instrumentar y en su caso, operar redes de detección, monitoreo, pronóstico y el Sistema Nacional de Alertas, en coordinación con las dependencias responsables e incorporando los esfuerzos de otras redes de monitoreo públicas o privadas;

X. a XXXI. [...]

Artículo 25. Las autoridades correspondientes en su ámbito de competencia llevarán a cabo proyectos, estudios e inversiones necesarias para ampliar y modernizar la cobertura de los sistemas de medición de los distintos fenómenos perturbadores naturales y antropogénicos, así como de sistemas de alerta temprana, encaminados a prevenir riesgos que pongan en peligro la vida y que puedan provocar daños a la población.

Capítulo XIXDel Sistema Nacional de Alertas

Artículo 95. La Coordinación Nacional instrumentará y operará el Sistema Nacional de Alertas con el objetivo de proveer información en tiempo real a la población y las autoridades ante situaciones de riesgo inminente.

Artículo 96. El Sistema Nacional de Alertas deberá operar conforme a las siguientes características:

I. Consolidará su operación a través de una plataforma única de transmisión;

II. Utilizará un protocolo común de alerta;

III. Integrará información sobre amenazas de múltiples orígenes;

IV. Utilizará diversos medios de transmisión para garantizar su redundancia;

V. Determinará el ámbito regional de cada amenaza para delimitar su transmisión a las zonas en riesgo;

VI. Considerará la información de los Atlas Nacional, Estatales y Municipales del Riesgo;

VII. Incorporará criterios de perspectiva de género e inclusión de grupos vulnerables, y;

VIII. Contemplará acciones de concientización y simulacro con la participación de autoridades y población.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Coordinación Nacional contará con un plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para instrumentar, en coordinación con las dependencias responsables, la plena operación del Sistema Nacional de Alertas.

Notas

1 Bogel-Burroughs et al. “’Nadie se lo esperaba’: así inició el fuego que arrasó Lahaina.” New York Times, 2023. Disponible en:

https://www.nytimes.com/es/2023/08/17/espanol/hawai-incendios.ht ml

2 Salahieh et al. Renuncia el jefe de gestión de emergencias de Maui por razones de salud, un día después de defender el silencio de las sirenas durante los mortales incendios forestales”. CNN, 2023. Disponible en:

https://cnnespanol.cnn.com/2023/08/18/renuncia-herman-andaya-jef e-gestion-emergencias-maui-razones-salud/

3 UNDRR. “Alerta Temprana para Todas las Personas”. ONU, 2023. Disponible en:

https://www.undrr.org/es/early-warning-for-all

4 UNDRR. “Declaración de Punta del Este”. ONU, 2023. Disponible en:

https://rp-americas.undrr.org/sites/default/files/2023-03/Declar aci%C3%B3n%20Ministerial.pdf

5 SSPC. “Boletín No. 015 Presenta Cenapred informe de labores y programa de trabajo”. Disponible en:

https://seguridad.sspc.gob.mx/contenido/2103/presenta-cenapred-i nforme-de-labores-y-programa-de-trabajo

6 Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. “Memorias. IV Congreso Internacional de Gestión Integral de Riesgos y Resiliencia en Ciudades”. Gobierno de la Ciudad de México, 2023. Disponible en:

https://www.proteccioncivil.cdmx.gob.mx/storage/app/media/upload ed-files/Memorias-IV-Congreso.pdf

7 Idem

8 Coordinación Nacional de Protección Civil. “Programa Nacional de Protección Civil 2022-2024”. Gobierno de México, 2022. Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5673256&fecha =05/12/2022#gsc.tab=0

9 IFT. “ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos que establecen el Protocolo de Alerta Común conforme al lineamiento cuadragésimo novenos de los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia”. DOF, 30/01/2020. Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585190&fecha=30/ 01/2020#gsc.tab=0

10 IFT. “ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones clasifica las frecuencias 162.400 MHz, 162.425 MHz, 162.450 MHz, 162.475 MHz, 162.500 MHz, 162.525 MHz y 162.550 MHz como espectro protegido para la difusión de alertas tempranas”. DOF, 04/01/2021. Disponible en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609417&fecha =04/01/2021#gsc.tab=0

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Pablo Gil Delgado Ventura (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXHORTO AL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A RESOLVER LA RATIFICACIÓN DEL MAGISTRADO MANUEL HORACIO CAVAZOS LÓPEZ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de la Ciudad de México, a resolver la ratificación del magistrado Manuel Horacio Cavazos López, atendiendo el interés superior de las infancias y con perspectiva de género, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6 numeral 1, fracción I y 79 numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta al Congreso de la Ciudad de México a que resuelva la ratificación del Magistrado Manuel Horacio Cavazos López atendiendo el interés superior de las infancias y con perspectiva de género, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. En el año 2019 Mariel Albarrán denunció en septiembre de 2019 a su exesposo después de que sus hijas, de entonces cinco y seis años le comentaron los tocamientos de los que habían sido objeto por parte de su padre. (Chávez, 2023)

Segunda. La madre, Mariel Albarrán ha comentado que a la fecha existen siete carpetas de investigación abiertas y la última la judicializaron por corrupción de menores. (Redacción, 2023) En este caso puede observarse revictimización que están sufriendo la denunciante y a las menores, puesto que la ciudadana Mariel Albarrán señaló que su exesposo Manuel Horacio Cavazos López la ha acusado de manipular a sus hijas. (Redacción, 2023)

Tercera. Es grave y lamentable que el poder judicial no tome decisiones o determinaciones desde una perspectiva de género y atendiendo el interés superior de los menores. Medios de comunicación dieron cuenta en el año 2020 que a pesar de que “... en la carpeta de investigación hay pruebas periciales médicas, valoraciones psicológicas, declaraciones de las niñas ante el Ministerio Público y psicólogos especializados, y audios en los que narran a su mamá las presuntas agresiones, el caso no ha sido judicializado en cuatro meses. El magistrado, de la Segunda Sala Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, está a punto de ser ratificado como impartidor de justicia de forma vitalicia, junto con otros siete magistrados, entre los que también se encuentra el que liberó al exmarido y sospechoso del feminicidio de Abril Pérez Sagón.” (Arteta, 2020)

Cuarta. A pesar de las denuncias y de la gravedad de las acciones que cometió en contra de sus propias hijas, “... diputados del Congreso de la CDMX votarán para ratificar o no a Manuel Horacio Cavazos López como magistrado, luego de que el Vigésimo Tribunal Colegiado en materia administrativa en la Ciudad de México, recibió un amparo en revisión interpuesto por Horacio Cavazos para volver a ser magistrado.” (Yañez, 2023)

Quinta. Tanto la ciudadana Mariel Albarrán como activistas y organizaciones sociales han exigido que “... no se ratifique al magistrado con base en la ley llamada 3 de 3, que entró en vigor en mayo de 2023 en Ciudad de México y que determina que no pueden ocupar cargos públicos las personas con antecedentes de violencia machista.” (Redacción, 2023)

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, al Congreso de la Ciudad de México a que resuelva la ratificación del Magistrado Manuel Horacio Cavazos López atendiendo el interés superior de las infancias y con perspectiva de género.

Bibliografía

- Arteta, I. (23 de enero de 2020). Magistrado del Tribunal de CDMX está denunciado por violación a sus hijas. Obtenido de Animal Político:

https://www.animalpolitico.com/sociedad/magistrado-cdmx-violacio n-hijas

- Chávez, F. (23 de agosto de 2023). ¿Quién es Manuel Horacio Cavazos, exmagistrado de CDMX acusado de abuso sexual? Obtenido de Radio Fórmula:

https://www.radioformula.com.mx/nacional/2023/8/23/quien-es-manu el-horacio-cavazos-exmagistrado-de-cdmx-acusado-de-abuso-sexual-777308.html

- Redacción. (23 de agosto de 2023). Exigen en CDMX no ratificar a magistrado acusado de abusar de sus hijas. Obtenido de Aristegui Noticias:

https://aristeguinoticias.com/2308/mexico/exigen-en-cdmx-no-rati ficar-a-magistrado-acusado-de-abusar-de-sus-hijas/

- Yañez, B. (24 de agosto de 2023). El caso Manuel Cavazos: el exmagistrado de CDMX acusado de abuso sexual infantil. Obtenido de Expansión:

https://politica.expansion.mx/cdmx/2023/08/24/caso-manuel-cavazo s-magistrado-cdmx#:~: text=Manuel%20Horacio%20Cavazos%20L%C3%B3pez%20fue,septiembre%20de%202019%20exi st%C3%ADa%20una

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



OPERATIVOS PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y FORTALECER LA VIGILANCIA EN ZONAS DE ALTA CONCENTRACIÓN DE MOTOCICLISTAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, relativo a realizar operativos de manera regular para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Tránsito, y fortalecer la vigilancia en zonas de alta concentración de vehículos en la Ciudad de México, a cargo de la diputada Catalina Díaz Vilchis, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada Catalina Díaz Vilchis, en nombre del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados de honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En los últimos años hemos visto un incremento considerado del uso de la motocicleta en todo México, esto fue derivado que, en pandemia, este medio de transporte fue utilizado por empresas de envíos y recolección de mensajería, así como plataformas de comida como uber, didi food, rappi, entre otros.

Los precios bajos de gasolina, así como el tiempo de traslado hicieron que fuera una opción mucho más económica, en medio de una crisis monetaria mundial debido al Covid-19.

Otras de las razones por lo cual la ciudadanía ha optado por esa opción, es la mala calidad, inaccesibilidad e inexistencia del transporte público, pero el problema exponencial que se ha derivado de este incremento, es los accidentes y la discapacidad adquirida por accidentes viales.

La directora de Seguridad Vial y de Seguimiento a la Información de la Semovi, Valentina Delgado indicó que los tres eventos más frecuentes son el choque, el atropellamiento y el derrapamiento.

En datos de la Semovi solo el primer trimestre de 2022, el total de accidentes de tránsito ocurridos en la Ciudad de México fueron de 7 mil 794 de los cuales, 3 mil 510 participaron personas a bordo de motocicletas y de un total de 98 muertes en el periodo referido, 40 corresponden a motociclistas.

En el programa Integral de Seguridad Vial se indica que la motocicleta es uno de los vehículos cuyo parque vehicular ha presentado mayor crecimiento en los últimos diez años, promediando un crecimiento anual de 22%; aunque en ella apenas se realiza 0.9% de viajes de la ciudad. En el 2017 la Encuesta de Origen Destino (EOD) estimaba que existían unas 160 mil unidades, pero en el último trimestre del 2022 la Secretaría de Movilidad cuenta con un registro de 528 mil unidades.

Estos datos son alarmantes, podemos percatarnos la gran afluencia de este medio de transporte, pero también el alto índice de violaciones al reglamento de tránsito; como falta de equipamiento adecuado para conducir una moto, más de dos personas en el uso de esta, sin licencia ni evaluación para conducir este automotor entre las más importantes.

La ciudadanía tiene que estar comprometida con su seguridad, solo en el primer trimestre del 2023 se intentó hacer una reunión entre asociaciones de motociclistas y la Semovi, con el fin de integrar y enriquecer el apartado para motocicletas que viene en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, pero no se pudo aplicar el 1 de diciembre del 2022 como se había estipulado, debido a que en las mesas de diálogo no se llegó a un acuerdo entre ellos y la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, así como con la Secretaría de Movilidad y esto fue por la modificación al Reglamento de Tránsito que causó el mayor rechazo de los colectivos; la prohibición de que las motos con cilindraje menor a 600 circularan por carriles centrales de vías primarias.

El más reciente reporte de hechos de tránsito publicado por la Secretaría de Movilidad (Semovi), los casos de personas heridas durante accidentes en los que se vieron involucrados motociclistas registraron un aumento del 91 por ciento, al pasar de 2052 a 3924. Las causas más consecuentes, velocidad excesiva, falta de destreza e imprudencia.

Lo más relevante es que al final se llegó a un acuerdo y el nuevo reglamento de tránsito entrará en vigor a partir de la última semana de septiembre de 2023, pero antes se aplicarán campañas de manera informativa para conocimiento de los conductores de estos vehículos, aun así, es necesario enfatizar que necesitamos que nuestra policía de tránsito con este nuevo reglamento sea más estricta y apegada a las sanciones correspondientes para erradicar los malos usos de estos.

Considerando que el uso de motocicletas en la ciudad de México ha aumentado significativamente en los últimos años y que el uso inadecuado de las motocicletas puede representar un riesgo tanto para los conductores, como para los peatones y otros vehículos; y que el reglamento de tránsito tiene disposiciones específicas para regular el uso correcto de las motocicletas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este honorable pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a las autoridades competentes realizar operativos regularmente para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento de tránsito relacionadas con las motocicletas, así como el uso correcto del casco, la prohibición de circular en aceras y áreas peatonales, así como no circular con menores de 12 años y el respeto a los límites de velocidad.

Segundo. Se exhorta a las autoridades de tránsito que fortalezcan la vigilancia en zonas de alta concentración de motociclistas, como avenidas principales, rutas de reparto y estacionamientos, con el fin de prevenir infracciones y conductas peligrosas.

Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México a realizar revisiones periódicas del reglamento de tránsito, con el fin de adaptarlo a las nuevas necesidades y retos relacionados con el uso de motocicletas en la ciudad.

Notas

1. https://www.jornada.com.mx/2022/06/13/capital/032n1cap

2. https://www.semovi.cdmx.gob.mx/storage/app/media/PISVI-2021-2024_.pdf

3. https://www.semovi.cdmx.gob.mx/storage/app/media/HT/HT_1er_ Trimestre_2023.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Catalina Díaz Vilchis (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen.



SE INCLUYA EL TEMA DE ENDOMETRIOSIS EN LA ENCUESTA NACIONAL DE SALUD Y NUTRICIÓN 2024

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Inegi, a la Ssa y al INSP a incluir en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2024 el tema de endometriosis, a cargo de la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Angélica Ivonne Cisneros Luján, diputada de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. Los derechos humanos son interdependientes, por ello, para que se realice el derecho humano a la salud es necesario el ejercicio y goce pleno de otros derechos como a la educación, trabajo, reproducción, bienestar, entre otros.

Todos estos derechos son tutelados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo 4o constitucional reconoce que toda persona tiene derecho a la protección a la salud.

Asimismo, diversos tratados internacionales como el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) garantizan a las mujeres la realización del más alto grado de salud y para que vivan una existencia plena.

Segunda. El 26 de julio de 2023 acudieron a la Cámara de Diputados representantes de la Agrupación Mujeres Endometriosis, México, Bienestar Integral y Vida, solicitando mi intervención como diputada federal para generar acciones encaminadas a lograr la atención, diagnóstico y tratamiento oportuno de la endometriosis en México.

El objetivo de la Agrupación Mujeres Endometriosis, México Bienestar Integral es promover diagnósticos oportunos, accesibilidad en tratamientos médicos y alternativas para ser mujeres activas para aquellas mujeres con endometriosis.

Expusieron que en México no existe evidencia cuantificable del número de mujeres que viven con endometriosis, por lo que lo que no existen estadísticas exactas, sin embargo, expresaron que aproximadamente 7 millones de mujeres en México padecen esta enfermedad y no todas tienen acceso a la atención médica. Solicitaron que a través de la Cámara de Diputados esta soberanía promueva acciones para tener cifras precisas sobre la incidencia de endometriosis.

Tercera. De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud, la endometriosis es una enfermedad en la que, en la parte exterior del útero, crece un tejido similar a la mucosa interior del útero que puede causar un dolor intenso en la pelvis y dificultar que se consiga un embarazo. Puede aparecer a partir de la primera menstruación y hasta la menopausia.

Datos del Instituto Nacional de Perinatología señalan que en México, una de cada 10 mujeres en edad reproductiva padece endometriosis en algún momento de su vida.

La Secretaría de Salud señala que la endometriosis es una enfermedad que se desarrolla entre los 11 y 55 años de edad, requiere tratamiento multidisciplinario desde el inicio de los síntomas y para lograr un diagnóstico confirmatorio es necesaria exploración física, evaluación clínica y apoyo de estudios como ecografía, ultrasonido y resonancia magnética.

En la Guía de Práctica Clínica, Diagnóstico y tratamiento de la Endometriosis, Actualización 2012, se especifica que la endometriosis es una condición ginecológica que ocurre entre 6% a 10% de las mujeres en edad reproductiva. Es una enfermedad larga porque los síntomas se padecen durante toda la etapa reproductiva. El 50 a 80% de las mujeres con éste diagnóstico presenta uno, varios o todos los síntomas de la triada característica de esta enfermedad, como son: dismenorrea (dolor durante la menstruación de tipo cólico), dispareunia (relaciones sexuales dolorosas) (71% a 87%) e infertilidad (imposibilidad de conseguir un embarazo) (30% a 50%).

Aunque no existe una causa específica que predisponga a las mujeres a padecer endometriosis, la genética, obesidad, relaciones sexuales a temprana edad, consumo de tabaco, inadecuados hábitos alimenticios o abortos involuntarios pueden predisponer el desarrollo de la enfermedad, mientras que la lactancia prolongada y la multiparidad son elementos protectores.

La importancia del tratamiento multidisciplinario desde el inicio de síntomas es fundamental para establecer un plan de acción específico para cada mujer. En entrevista por el Día Mundial de la Endometriosis, que se celebra el 14 de marzo de cada año para generar conciencia en la población acerca de la importancia del tratamiento médico oportuno en este padecimiento, el coordinador del servicio de Cirugía de Mínima Invasión en el Instituto Nacional de Perinatología (INPER) “Isidro Espinosa de los Reyes” de la Secretaría de Salud, enfatizó: “ es importante mencionar que el retardo en el diagnóstico puede complicar el tratamiento; incluso, llevar a la muerte”.

En la Guía práctica de endometriosis del Centro de Fertilidad México también se enfatiza la necesidad de tratamiento y detección oportuna de la endometriosis porque es una enfermedad progresiva que tiende a agravarse en el 30% al 60% de las pacientes durante el año posterior al diagnóstico, y en más del 90% de pacientes después de 2 años del diagnóstico”.

Cuarta. Debido a la alta prevalencia de este padecimiento en las mujeres, la endometriosis es considerada un problema de salud pública por las repercusiones tanto sociales, laborales, familiares y en la salud. La calidad de vida disminuye debido a los síntomas que presenta durante periodos constantes, estos pueden ser:

• Dolores menstruales intensos,

• Dolor abdominal fuera del periodo menstrual,

• Menstruación abundante,

• Fatiga,

• Depresión,

• Ansiedad,

• Dificultad o imposibilidad para lograr la fecundidad,

• Alteración en las actividades laborales, profesionales o escolares debido al dolor intenso que puede ser incapacitante,

• Alteración en la vida de las parejas por la interrupción o la evitación de relaciones sexuales,

• Problemas en vías urinarias,

• Alteraciones en el sistema digestivo, y

• Desarrollo de quistes que pudieran requerir intervención quirúrgica.

Quinta. Precisamente por el reconocimiento de que este padecimiento es un problema de salud pública y afecta a un alto número de mujeres y niñas, en algunos países y provincias de la región latinoamericana han abordado esta compleja enfermedad desde el Poder Legislativo expidiendo leyes para promover la concientización, orientación diagnóstica y prevención de la endometriosis. El 29 de abril de 2021 Panamá promulgó la Ley 213 que dicta medidas para el abordaje integral de la endometriosis, se considera que es la norma más avanzada de la región.

Por su parte, en la provincia de Santa Fe, Argentina, el 14 de junio de 2021 entró en vigor la Ley 14.030, mediante la que se expide la Ley de la Red de Promotores de Diagnóstico Temprano, Control y Tratamiento de la Endometriosis, dicha red tiene el objetivo de promover un mayor conocimiento de la enfermedad que posibilite su diagnóstico temprano, control y tratamiento adecuado.

Colombia, Perú y Chile han reconocido el problema y tienen proyectos de Ley en trámite para atender la endometriosis.

En México, el 12 de abril de 2023 la Cámara de Diputados aprobó, por consenso de 427 votos a favor, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a efecto de actualizar la tabla de enfermedades y accidentes de trabajo. En esta reforma se incluyó a la endometriosis entre las enfermedades incapacitantes, por todas las afecciones que provoca a las mujeres. El dictamen fue remitido a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

Sexta. Por otra parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) es el organismo público autónomo encargado de coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como de captar y difundir información referente a demografía, economía, medio ambiente y seguridad pública con el objetivo de que esta información coadyuve a la toma de decisiones gubernamentales.

El INEGI sólo cuenta con las siguientes cifras sobre endometriosis:

Fuente: INEGI. Estadísticas de salud en establecimientos particulares

Es importante subrayar que los datos anteriores se refieren a morbilidad hospitalaria. Este concepto, de acuerdo con el Glosario del INEGI expresa el número de personas enfermas, o los casos de una enfermedad dada registrados en el hospital a través del diagnóstico de egreso y que ocupa una cama censable.

La cama censable se define como la cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la controla y asigna al paciente al momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días de estancia en el hospital.

Es decir, las cifras sobre endometriosis con que cuenta el INEGI se refieren a mujeres que egresaron de una institución hospitalaria con un diagnóstico de endometriosis.

Estos datos pueden ser parciales y menores respecto de los casos reales precisamente debido a la dificultad de diagnóstico temprano y oportuno por la complejidad propia de la enfermedad.

Séptima. El INEGI, a través del Subsistema de Información Demográfica y Social lleva a cabo encuestas regulares y especiales. Una de las encuestas especiales que realiza, en coordinación con la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) es la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) con el objetivo de actualizar el panorama de condiciones de salud y nutrición de la población y la demanda de servicios de salud que requiere la población para dotar de elementos de respuesta al Estado.

A partir del año 2006 el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) unificó las encuestas de salud y nutrición en una sola, dando origen a las Ensanut. Se fijó su realización cada 6 años al término de cada administración federal. Así, se llevaron a cabo las Ensanut 2006, 2012, la de Medio Camino en 2016 y la Ensanut 2018-19, la cual se realizó un año después de lo previsto por falta de recursos en el 2017. Para el 2020 se implementó la Ensanut anualmente para llevarse a cabo de manera continua durante 5 años con un diseño muestral.

Del 22 de julio al 31 de octubre de 2023 se está llevando a cabo el levantamiento de la Ensanut Continua 2023 (es la cuarta de 5 encuestas consecutivas) la cual pretende actualizar el panorama sobre la frecuencia, distribución y tendencias de indicadores relevantes sobre condiciones de salud y nutrición y sus determinantes sobre el desempeño del sistema de salud para los ámbitos nacional, urbano y rural, regional y estatal.

Octava. En razón de la magnitud del problema de salud pública que representa la endometriosis en México, así como de la complejidad que presenta su diagnóstico oportuno, es necesario contar con datos e indicadores específicos y actualizados sobre la prevalencia de esta enfermedad que coadyuven en la toma de decisiones y en la implementación de políticas públicas para dar atención a las mujeres que tienen esta condición.

Las mujeres representan un poco más de la mitad de la población, en México al 2020 había 95 hombres por cada 100 mujeres. La endometriosis, como ya se expuso, es una enfermedad de alta prevalencia entre las mujeres, puede presentarse desde los 11 hasta los 55 años, por ello, el diseño de acciones de política pública para garantizar el derecho a la salud a un amplio sector de la población -porque más de la mitad de la población mexicana son mujeres- debe ser una prioridad del Estado Mexicano.

En tal virtud, considerando que la Ensanut continua se realiza cada año y la Ensantu se lleva a cabo al final de cada sexenio, se exhorta al INEGI, a la Secretaría de Salud y al Instituto Nacional de Salud Pública para que de manera coordinada y en el marco de sus atribuciones incluyan en alguno de estos instrumentos estadísticos o en algún otro que consideren idóneo, indicadores que permitan actualizar el panorama sobre la frecuencia, distribución, factores de riesgo y tendencias de la endometriosis, a fin de conocer la incidencia cuantificable a nivel nacional, estatal, regional y urbano de este padecimiento.

Ello permitirá el desarrollo de datos estadísticos que permitan generar información de calidad, pertinente, veraz y oportuna para conocer con certeza el número de mujeres afectadas por endometriosis, y no sólo las que ingresan al hospital con este padecimiento, para que así el Estado cuente con datos precisos para desarrollar políticas públicas idóneas y de vanguardia con el fin de lograr que cada mujer con endometriosis pueda tener un diagnóstico temprano, atención médica precisa, oportuna y calidad de vida.

Novena. Lo anterior se propone respetuosamente de conformidad con las siguientes atribuciones legales del INEGI, Secretaría de Salud y del Instituto Nacional de Salud Pública respectivamente, a saber:

Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica

Artículo 3.- El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene la finalidad de suministrar a la sociedad y al Estado Información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.

Artículo 21.- El Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social deberá generar un conjunto de indicadores clave, que atenderán como mínimo los temas siguientes: población y dinámica demográfica, salud, educación, empleo, vivienda, distribución de ingreso y pobreza.

Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Artículo 14. Son atribuciones específicas de la Dirección General de Estadísticas Sociodemográficas las siguientes:

I. Coordinar la generación de información Estadística con base en el levantamiento de censos y encuestas especiales, y la explotación de los registros administrativos de carácter sociodemográfico.

II. a XXIV. ...

Ley General de Salud

Artículo 96.- La investigación para la salud comprende el desarrollo de acciones que contribuyan:

I. al V. ...

VI. A la producción nacional de insumos para la salud.

Ley de los Institutos Nacionales de Salud

Artículo 7. El objeto del Instituto Nacional de Salud Pública comprenderá la prestación de servicios de salud a un universo de usuarios no susceptible de determinarse. Las funciones de este Instituto serán, además de las señaladas en las fracciones I a VI y IX a XIV del artículo anterior, las siguientes:

I.

II. Desarrollar encuestas en las áreas de la salud pública;

III. a V. ...

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, a la Secretaría de Salud y al Instituto Nacional de Salud Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, consideren incluir en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT), en la ENSANUT Continua 2024 o en el instrumento estadístico idóneo el tema de la endometriosis.

Notas

1. Organización Mundial de la Salud, Endometriosis. Disponible en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/endometriosi s

2. Disponible en:

https://www.gob.mx/salud/prensa/068-en-mexico-una-de-cada-10-muj eres-en-edad-reproductiva-puede-padecer-endometriosis #:~: text=068.-,En%20M%C3%A9xico%2C%20una%20de%20cada%2010%20mujeres,edad%20reproduc tiva%20puede%20padecer%20endometriosis

3. Guía de Práctica Clínica, Diagnóstico y tratamiento de la endometriosis. México: Secretaría de Salud; 21 de marzo de 2013. Disponible en:

http://www.cenetec-difusion.com/CMGPC/SS-207-09/ER.pdf

4. Secretaría de Salud. Boletín 127, 13 de marzo de 2022. Disponible en:

https://www.gob.mx/salud/prensa/127-endometriosis-enfermedad-que -se-desarrolla-entre-los-11-y-55-anos-de-edad?idiom=es

5. Revista Médica Sinergia. Actualización sobre Endometriosis. Volumen 6, número 10. Octubre 2021. Disponible en:

https://revistamedicasinergia.com/index.php/rms/article/view/720 /1758

6. Ibidem. Guía de Práctica Clínica, Diagnóstico y tratamiento de la endometriosis.

7. Guía completa para la endometriosis, 06 de mayo 2022. Disponible en:

https://thefertilitycentermexico.com/blog-es/guia-completa-para -la-endometriosis/#%C2%BFQue_es_la_endometriosis

8. Gaceta Oficial Digital de la República de Panamá, 29 de abril de 2021. Ley 213. Que dicta medidas para el abordaje integral de la endometriosis y normas de protección laboral. Disponible en:

https://www.rbc.com.pa/images/banners/RBC/LEYES_DECRETOS_GACETAS /ley%20213%20de%2029%20de%20abril%20de%202021.pdf

9. Gobierno de Argentina. Ley 14.030, Red de Promotores de Diagnóstico Temprano, Control y Tratamiento de la Endometriosis. Boletín Oficial 14 de junio de 2021. Disponible en:

https://www.argentina.gob.ar/normativa/provincial/ley-14030-1234 56789-0abc-defg-030-4100svorpyel/actualizacion

10. Cámara de Diputados, Comunicación Social. Boletín 4182. Disponible en:

https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/ -camara-de-diputados-aprobo-actualizar-las-tablas-de-enfermedades-de-trabajo-y- de-valuacion-de-incapacidades

11. INEGI, Estadísticas de salud en establecimientos particulares, Endometriosis. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/sistemas/olap/consulta/General_ver4/MDX QueryDatos.asp?#Regreso&c=33422

12. INEGI, Glosario. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=RSS

13. INEGI, “Esquema de referencia de la estadística de salud en establecimientos particulares”. Disponible en:

file:///C:/Users/Usuario/Dropbox/65/1%20Comisi%C3%B3n%20SEGURIDA D%20SOCIAL/PdA%20Endometriosis/esquema_de_referencia.pdf

14. ENSANUT 2020 sobre COVID 19. Disponible en:

https://ensanut.insp.mx/encuestas/ensanutcontinua2020/doctos/inf ormes/ensanutCovid19ResultadosNacionales.pdf

15. ENSANUT continua 2023. Disponible en:

https://ensanut.insp.mx/encuestas/ensanutcontinua2023/index.php

16. INEGI. Cuéntame. Disponible:

https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/mujeresyhombres.aspx? tema=P

Dado en el Palacio Legislativo, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



ACCIONES Y ESTRATEGIAS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD PARA INFORMAR Y ATENDER LA ENDOMETRIOSIS OPORTUNAMENTE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a implementar acciones y estrategias de educación para la salud para informar y atender de manera oportuna la endometriosis, a cargo de la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Angélica Ivonne Cisneros Luján, diputada de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. La salud es un derecho humano esencial para el ejercicio y goce pleno de los demás derechos.

Todas las mujeres tienen derecho a disfrutar el más alto grado de salud y a un diagnóstico oportuno, empero, en quienes padecen endometriosis o que tienen síntomas y no han sido diagnosticadas no sólo se ve afectado su derecho humano a la salud, sino también a la vida, al trabajo, a la educación, a la reproducción, al sano desarrollo y al bienestar. Ello es así porque los derechos humanos se rigen, entre otros principios, por el principio de interdependencia, lo que significa que los derechos están conectados entre sí y para que se ejerza plenamente uno de ellos es necesaria la realización de otros.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, diversas leyes además de tratados internacionales protegen y garantizan los derechos humanos de las mujeres, entre esos derechos, el derecho fundamental a la salud, en los siguientes términos:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4o.- ...

...

...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Artículo 10

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:

...

h) Acceso al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia.

...

Como se observa, el Estado Mexicano tiene la obligación de generar acciones integrales para brindar a las mujeres el más alto grado de salud que les permita logra calidad de vida.

Sin embargo, el tratamiento de la salud de la mujer es complejo y específico, entre otras razones por las complicaciones relacionadas con su salud sexual y reproductiva. Sin duda, la educación para la salud, a través de procesos de enseñanza, puede contribuir al bienestar de las mujeres y procurarles calidad de vida.

Segunda. El 26 de julio de 2023 acudieron a la Cámara de Diputados representantes de la Agrupación Mujeres Endometriosis, Bienestar Integral y Vida, México, solicitando mi intervención como Diputada Federal para generar acciones encaminadas a promover la educación para la salud sobre la endometriosis y con ello impulsar la atención, diagnóstico y tratamiento oportuno de este padecimiento.

El objetivo de la Agrupación Mujeres Endometriosis, México Bienestar Integral es promover diagnósticos oportunos, accesibilidad a tratamientos médicos y alternativas para ser mujeres activas para aquellas mujeres con endometriosis.

Expusieron que, en México una de cada 10 mujeres padece endometriosis, que el diagnóstico confirmatorio puede durar entre 8 y 12 años, que la enfermedad se confunde con otras enfermedades principalmente por el grado de dolor, aunque el dolor de la endometriosis suele ser más agudo.

Solicitaron que se promueva una propuesta de educación, participación, comunicación y difusión dirigida a la población en general para que la endometriosis se detecte a tiempo y no se confunda con otras enfermedades.

Tercera. De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la endometriosis es una enfermedad en la que, en la parte exterior del útero, crece un tejido similar a la mucosa interior del útero que puede causar un dolor intenso en la pelvis y dificultar que se consiga un embarazo. Puede aparecer a partir de la primera menstruación y hasta la menopausia.

Los síntomas asociados a la endometriosis son los siguientes, la mujer que presenta este padecimiento puede presentar alguno o varios de ellos:

• Dolores menstruales intensos,

• Dolor abdominal fuera del periodo menstrual,

• Menstruación abundante,

• Fatiga,

• Depresión,

• Ansiedad,

• Dificultad o imposibilidad para logra la fecundidad,

• Alteración en las actividades laborales, profesionales o escolares debido al dolor intenso que puede ser incapacitante,

• Alteración en la vida de las parejas por la interrupción o la evitación de relaciones sexuales,

• Problemas en vías urinarias,

• Alteraciones en el sistema digestivo, y

• Desarrollo de quistes que pudieran requerir intervención quirúrgica.

La Revista Médica Gineco FLASOG señala que la endometriosis es una enfermedad ginecológica frecuente multifactorial que afecta a más del 10% de mujeres en edad reproductiva y en particular aquellas con dolor pélvico crónico e infertilidad.Es decir, una de cada 10 mujeres padece endometriosis.

Asimismo, en la Revista Mexicana de Medicina de la Reproducción se señala que en “México existen pocos estudios del aspecto epidemiológico de la endometriosis; se reportan incidencias sólo en grupos de pacientes con padecimientos como la infertilidad, donde alcanza incluso 34.5%. Es más frecuente en pacientes en edad reproductiva”.

El estudio clínico de la endometriosis es relativamente nuevo, Rokitansky en 1860, observó la presencia de tejido similar al endometrio invadiendo el miometrio y la primera descripción de la enfermedad fue dada por el Dr. Russell en 1888, quien publicó un caso de “endometroide” del ovario con invasión extraovarica. Los estudios que se tienen en la actualidad aún son limitados, por ello es largo el proceso por el que tiene que pasar una paciente para establecer el diagnóstico acertado que puede superar los 6 u 8 años, sin embargo, un manejo clínico temprano y oportuno puede aminorar las consecuencias reproductivas y en la calidad de vida de las pacientes.

También la OMS enfatiza que cuando hay una detección temprana y se controlan los síntomas, las mujeres pueden alcanzar el más alto nivel de salud sexual, reproductiva, y bienestar en general.

En la Guía de Práctica Clínica, Diagnóstico y tratamiento de la Endometriosis, actualización 2012, de la Secretaría de Salud se señala que “la endometriosis evade el diagnóstico certero, simple y rápido debido a la gran cantidad de síntomas y signos que llega a presentar, sus complicaciones y el impacto que puede llegar a tener en la vida diaria de quienes la padecen”.

Por ello, es importante que las mujeres estén familiarizadas con el tema, que a través de acciones de educación para la salud dispongan de información científica, confiable y suficiente que les permita gestionar el autocuidado de su salud y tomar la decisión de asistir al servicio médico cuando presenten los primeros síntomas.

Cuarta. La educación para la salud es una herramienta estratégica de la que dispone el Estado para asegurar a la población el derecho a la salud.

La educación para la salud se define como un proceso social que implica transmisión, recreación, creación y apropiación del conocimiento con la intención de fomentar y preservar la salud, así como la prevención de problemas y enfermedades que dificultan el desarrollo de una vida saludable y que incluso pueden llevar al individuo a la muerte en forma prematura.

En el caso del padecimiento de la endometriosis, la educación para la salud es de gran utilidad, incluye estrategias de información y difusión a la población en general, pero sobre todo a mujeres de distintos grupos de edad sobre los factores de riesgo, la autogestión, el autocuidado y el conocimiento de los diversos síntomas que se pueden presentar, así como generar conciencia de la alta prevalencia que presenta esta enfermedad, ya que, de acuerdo con datos de la Secretaría de Salud se desarrolla entre los 11 y 55 años de edad, requiere tratamiento multidisciplinario desde el inicio de los síntomas, por lo que muchas mujeres pueden padecer endometriosis aún sin saberlo.

Implementar y desarrollar estas acciones coadyuvarán para lograr un diagnóstico oportuno y establecer un plan de intervención médica dependiendo de cada caso en particular.

Quinta. En México la educación para la salud es competencia de la Secretaría de Salud. Por ello, se exhorta a esta Secretaría para que desarrolle estrategias de información y orientación dirigidas a la población en general y, en particular, a las mujeres sobre las causas, síntomas o desarrollo patológico de la endometriosis, con el fin de que estos mecanismos de difusión puedan tener un efecto positivo en el auto cuidado de la salud, para que ellas reconozcan la importancia de acudir al médico y puedan atender de manera pronta los síntomas que presenten. El objetivo es recibir diagnóstico y tratamiento oportunos.

Al ser una enfermedad que se puede presentar desde los 11 años de edad, afecta también a las niñas y adolescentes, por ello, atendiendo al interés superior de la niñez, es fundamental que la Secretaría de Salud desarrolle estrategias de educación para la salud dirigidas a la población adolescente para que la información sobre la sintomatología asociada a la endometriosis sea conocida por las mujeres a la más temprana edad posible y ello permita prevenir, tratar y diagnosticar la enfermedad desde los primeros periodos de manifestación del padecimiento.

Sexta. De conformidad con los artículos 3o, fracción XI; 112, fracción II y 113, párrafo primero de la Ley General de Salud es materia de salubridad general, entre otras, la educación para la salud, a su vez, la educación para la salud tiene entre sus objetivos propiciar conocimientos sobre las causas de las enfermedades.

Existe la obligación legal de la Secretaría de Salud de coordinarse con la Secretaría de Educación Pública para desarrollar programas de educación para la salud.

Asimismo, los artículos 50, párrafo primero, fracción XI y párrafo tercero de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes establecen que los Sistemas Nacionales y estatales de salud tienen la obligación de proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual, así como atender y garantizar el derecho a la salud de las adolescentes, ello es así por la prioridad que implica el interés superior de la niñez en la atención de su derecho a la salud.

Los referidos artículos, a la letra señalan:

Ley General de Salud

Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:

I. a X. ...

XI. La educación para la salud;

XII. a XXVIII. ...

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto:

I. ...

II. Proporcionar a la población los conocimientos sobre las causas de las enfermedades y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud, y

III. ....

Artículo 113. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá y desarrollará programas de educación para la salud, entre otros, aquellos orientados a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y a la activación física, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población. Así como, llevar a cabo la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica.

Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 50. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:

I. a X. ...

XI. Proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva;

XII. a XVIII. ...

...

Los Sistemas Nacional y estatales de Salud deberán garantizar el pleno cumplimiento del derecho a la salud atendiendo al derecho de prioridad, al interés superior de la niñez, la igualdad sustantiva y la no discriminación, así como establecer Acciones afirmativas a favor de niñas, niños y adolescentes.

...

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente acciones y estrategias de educación para la salud dirigidas a la población en general, y en particular a las adolescentes, para informar, prevenir, diagnosticar y atender de manera oportuna la endometriosis.

Notas

1. Organización Mundial de la Salud, Endometriosis. Disponible en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/endometriosi s

2. Revista Médico Ginecológica, Número 9, julio, año 2019.

3. Revista Mexicana de Medicina de la Reproducción, “Endometriosis: causas, histopatogenia y epidemiología en México y el mundo”, 2013;5. Disponible en:

https://www.medigraphic.com/pdfs/reproduccion/mr-2013/mr133c.pdf

4. Instituto Nacional de Perinatología, “Endometriosis”, ensayo médico. López Monsalvo, Arturo Dr.. Disponible en:

https://www.inper.mx/descargas/pdf/ENDOMETRIOSIS.pdf

5. Guía de Práctica Clínica, Diagnóstico y tratamiento de la endometriosis. México: Secretaría de Salud; 21 de marzo de 2013. Disponible en:

http://www.cenetec-difusion.com/CMGPC/SS-207-09/ER.pdf

6. Revista de Educación y Desarrollo, “Educar para la salud, reto de todos, Villaseñor Farías, Martha”, 2003. Disponible en:

https://www.uv.mx/personal/yvelasco/files/2010/07/EDUCACION-PARA -LA-SALUD.pdf

7. Secretaría de Salud. Boletín 127, 13 de marzo de 2022. Disponible en:

https://www.gob.mx/salud/prensa/127-endometriosis-enfermedad-que -se-desarrolla-entre-los-11-y-55-anos-de-edad?idiom=es

Dado en el Palacio Legislativo, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



PROGRAMAS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD SOBRE ENDOMETRIOSIS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las instituciones de salud y a los sistemas de seguridad social a implementar programas de educación para la salud sobre endometriosis, a cargo de la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Angélica Ivonne Cisneros Luján, diputada de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. El derecho a la salud forma parte del bloque de constitucionalidad conformado por los derechos humanos contenidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.

El artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce que toda persona tiene derecho a la protección a la salud.

Por su parte, la Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 25 menciona la salud como parte del derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y en especial la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

También el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por el Estado Mexicano en 1981, reconoce en el artículo 12, numeral 1 el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

Conviene destacar que la salud es un derecho indispensable para la realización de otros derechos. Así, los derechos a la vida y a la integridad personal se encuentran intrínsecamente vinculados con la salud.

En ese sentido, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señaló en la recomendación 14/2023 que la protección a la salud es un derecho humano vital e indispensable para el ejercicio de otros derechos, ya que el derecho a la salud entraña la posibilidad de acceder a servicios, a información, a facilidades, a bienes y servicios y a las condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel de bienestar.

Se enfatiza que la salud es un derecho humano, porque es una condición intrínseca para el adecuado desarrollo de la vida de cada persona. La salud también es un derecho fundamental, porque el Estado tiene la obligación constitucional y convencional de garantizar este derecho.

En ese sentido, las personas que padecen ciertas condiciones de salud como la endometriosis enfrentan circunstancias adversas para ejercer otros derechos como el trabajo y la procreación. Por ello, es obligación de las autoridades generar estrategias para garantizar el más alto nivel de salud posible a las mujeres que padecen endometriosis.

Segunda. El 26 de julio de 2023 acudieron a la Cámara de Diputados representantes de la Agrupación Mujeres Endometriosis, México, Bienestar Integral y Vida, solicitando mi intervención como diputada federal para generar acciones encaminadas a promover educación para la salud sobre la endometriosis dirigida a la población en general en los diversos sistemas de seguridad social donde se prestan servicios de salud y con ello generar estrategias de atención y sobre todo diagnóstico y tratamiento oportuno de endometriosis.

El objetivo de la Agrupación Mujeres Endometriosis, México Bienestar Integral es promover diagnósticos oportunos, accesibilidad a tratamientos médicos y alternativas para ser mujeres activas para aquellas mujeres con endometriosis.

Expusieron que, en México no hay incidencia cuantificable por lo que no existen estadísticas exactas, sin embargo, aproximadamente 7 millones de mujeres padecen endometriosis. Agregaron que entre 40% a 50% de mujeres con este padecimiento sufren infertilidad y el diagnóstico se tarda entre 8 y 12 años por lo cual es importante que la población reciba información oportuna, conozca los síntomas y desarrollo de esta enfermedad para lograr pronto diagnóstico y tratamiento oportuno.

Tercera. La Revista Médica Sinergia que, entre otros campos, difunde producción científica en medicina interna, ginecología y obstetricia, define la endometriosis como la presencia de tejido endometrial ectópico, es decir, fuera de la cavidad uterina, en órganos y estructuras anatómicas donde normalmente no hay evidencia histológica de glándulas y estroma endometrial. Es considerada una enfermedad crónica, dependiente de estrógenos, por lo cual se mantiene activa y podrá exacerbarse durante toda la etapa reproductiva de la mujer.

La endometriosis se presenta con 2 características principales, una de ellas es el dolor pélvico. El dolor puede presentarse durante la menstruación o ser permanente. La paciente también experimenta coito doloroso y defecación dolorosa. Estos síntomas afectan de forma importante la calidad de vida de las mujeres con endometriosis.

La segunda característica es la infertilidad: 25% - 50% de las mujeres infértiles padecen endometriosis. Esto significa que 1 de cada 4, o 1 de cada 2 mujeres con este padecimiento tienen dificultad para concebir. Esto sucede porque se limita el transporte normal del ovocito en las Trompas de Falopio, también, las alteraciones del tejido que cubre el útero impiden la implantación del embrión.

La difusión de los síntomas de esta enfermedad hacia la población a través de los diversos sistemas de salud, puede tener un efecto positivo en la calidad de vida de las mujeres que la padecen, así lo enfatiza la Organización Mundial de la Salud al referirse a la difusión de información sobre endometriosis:

[...] mejorar los conocimientos sobre la enfermedad, diagnosticarla y tratarla tempranamente puede ralentizar (hacer más lento su proceso) o detener su evolución natural y reducir sus síntomas a largo plazo, lo cual también puede servir para evitar que el sistema nervioso se sensibilice al dolor”.

Por ello, es fundamental que las instituciones de seguridad social y aquellas que brindan atención médica a la población que carece de esta prestación realicen campañas informativas para dar cobertura a la población en general sobre el conocimiento de las causas, sintomatología, prácticas de auto cuidado y detección temprana de la endometriosis para frenar los síntomas a largo plazo y hacer posible el tratamiento oportuno para cada mujer que padece esta condición.

Cuarta. En México existen diversas instituciones que prestan servicios de salud. Estos servicios están determinados por barreras de acceso que tienen relación directa con el empleo. Así, existen dos grandes sistemas: el segmentado y el fragmentado.

Atendiendo a una división de por segmentos, los servicios de salud se prestan para la población asegurada, ofrecidos por las instituciones de seguridad social, y los servicios para la población no asegurada provistos principalmente por la Secretaría de Salud, sus equivalentes estatales y ahora por el IMSS — Bienestar.

Por su parte, el sistema de seguridad social se fragmenta entre múltiples instituciones. La fragmentación se da entre la población trabajadora que, teniendo acceso a la seguridad social, se les otorgan prestaciones diferentes según la institución a la que pertenecen, pudiendo ser: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), que atiende al Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México; y Petróleos Mexicanos (Pemex), entre otras

Según datos del Censo de Población y Vivienda del INEGI, en el año 2020 había 126,014.024 millones de mexicanos, de los cuales, 92,582,812 millones estaban afiliados a alguna institución de seguridad social, entre ellas: IMSS, ISSSTE e ISSSTE Estatal, Pemex, Secretaría de la Defensa, Secretaría de Marina, Instituto de Salud para el Bienestar, IMSS Bienestar, Institución privada o alguna otra institución.

El 29 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud para regular el Sistema de Salud para el Bienestar. Se extingue el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), y las funciones serán absorbidas por el IMSS-Bienestar, a fin de que sea un solo organismo descentralizado el que preste servicios de salud en todo el país, pero en concurrencia con los estados. Es decir, de forma gradual el IMSS-Bienestar atenderá a 33.5 millones de personas aproximadamente que no cuentan con seguridad social.

Los datos y cifras expuestas justifican la importancia de que tanto las instituciones del sistema fragmentado de seguridad social, como el IMSS-Bienestar promuevan programas de educación para la salud sobre endometriosis, para asegurar que toda la población en México cuente información sobre el desarrollo de este padecimiento y pueda ser diagnosticado y atendido a tiempo.

Como ya se dijo, este padecimiento es de larga duración y puede aparecer en cualquier momento de la vida de las mujeres, se presenta desde los 11 años hasta los 55 años, por esta razón es fundamental que las instituciones que tienen a su cargo el cuidado de la salud de los trabajadores que cuentan con seguridad social y de la población no asegurada, desarrollen programas de educación para la salud, para asegurar a las mujeres diagnósticos tempranos y atención oportuna de la endometriosis.

Quinta. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la educación para la salud es la disciplina encargada de orientar y organizar procesos educativos con el propósito de influir positivamente en conocimientos, prácticas y costumbres de individuos y comunidades en relación con su salud.

Una parte de la educación para la salud es la promoción de la salud, la cual se define como el proceso de capacitar a las personas para que aumenten el control sobre su salud.

Un nivel bajo de educación en salud puede representar diversas dificultades, entre las que se encuentran, acceso deficiente a información en salud, así como dificultad en el control de enfermedades crónicas o persistentes como es el caso de la endometriosis.

Tratándose de endometriosis, la educación para la salud puede generar un impacto altamente positivo en la sociedad, ya que puede ser un medio por el cual las mujeres que la padecen o que en algún momento de su existencia pudieran presentar síntomas de esta enfermedad, logren mejorar su salud accediendo a información, diagnósticos y tratamientos oportunos a partir de una base sólida de conocimientos en el tema difundidos por las autoridades responsables de la salud.

Sexta De conformidad con las facultades que la ley otorga a cada institución, el presente exhorto en materia de salud busca que el IMSS, el ISSSTE, el ISSFAM, y Pemex implementen programas de educación para la salud sobre endometriosis dirigido a sus derechohabientes, y, por su parte el IMSS — Bienestar en coordinación con los sistemas estatales de salud también desarrollen estrategias de promoción para la salud sobre este padecimiento dirigidos a las personas que son atendidas por estas instituciones y que no tienen seguridad social. El objetivo, como ya se enfatizó, es generar estrategias de autocuidado, información y difusión lograr un diagnóstico temprano.

A continuación, se precisa la fundamentación para emitir el presente exhorto:

Ley del Seguro Social

Artículo 110. Con el propósito de proteger la salud y prevenir las enfermedades y la discapacidad, los servicios de medicina preventiva del Instituto llevarán a cabo programas de difusión para la salud, prevención y rehabilitación de la discapacidad, estudios epidemiológicos, producción de inmunobiológicos, inmunizaciones, campañas sanitarias y otros programas especiales enfocados a resolver problemas médico-sociales.

Artículo 111. El Instituto se coordinará con la Secretaría de Salud y con otras dependencias y organismos públicos, con objeto de realizar las campañas y programas a que se refiere el artículo anterior.

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Artículo 33. El Instituto proporcionará servicios de atención médica preventiva tendientes a proteger la salud de los Derechohabientes.

Artículo 34. La atención médica preventiva, conforme a los programas que autorice el Instituto sobre la materia, atenderá:

I. a III. ...

IV. Educación para la salud;

V. a XIV. ...

Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Artículo 18. Las prestaciones que se otorgarán con arreglo a esta Ley son las siguientes:

I. a XXI. ...

XXII. Servicio médico integral;

XXIII. a XXVII. ...

Artículo 142. La Atención Médica Quirúrgica es el sistema por el cual se trata de conservar y preservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no sólo el bienestar físico y mental, sino también la ausencia de enfermedad.

...

Artículo 145. La atención médico-quirúrgica incluye, además, la asistencia hospitalaria y farmacéutica necesaria y, en su caso, obstetricia, prótesis y ortopedia y rehabilitación de los incapacitados, así como la medicina preventiva y social y la educación higiénica.

Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos

Artículo 52. La Subdirección de Servicios de Salud tendrá las funciones siguientes:

I. ...

II. Establecer y autorizar los programas en materia de salud en el trabajo, prevención médica, administración del conocimiento en materia de salud y atención médica integral en Pemex sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales y terceros;

III. a XII. ...

Artículo 54. La Gerencia de Prevención Médica tendrá las funciones siguientes:

I. ...

II. Impulsar la mejora continua en los programas de medicina preventiva, salud en el trabajo y promoción de la salud y proyectos clínicos, administrativos y de seguridad para el paciente;

III. a VI. ...

VII. Elaborar, ejecutar y evaluar los programas médico preventivos de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, relacionados con el modelo de atención primaria a la salud;

VIII. a XII. ...

Artículo 164. Los servicios administrativos comunes que prestará Pemex son los siguientes:

I. y II. ...

III. Salud

IV. a XI. ...

Ley General de Salud

Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:

I. y II. ...

II bis. La prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social.

III. a XXVIII. ...

Artículo 77 Bis 1. Todas las personas que se encuentren en el país que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención, sin discriminación alguna y sin importar su condición social, de conformidad con los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La protección a la salud a que se refiere este Título será garantizada por las entidades federativas y, en su caso, de manera concurrente con la Federación a través del Sistema de Salud para el Bienestar bajo los principios de universalidad e igualdad, deberá generar las condiciones que permitan brindar el acceso gratuito, progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna a todas las personas, a los servicios médicos, incluidas intervenciones quirúrgicas, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de acciones de salud pública, intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social. Se deberán contemplar los servicios de consulta externa y hospitalización, así como a los medicamentos y demás insumos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de este pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), y a Petróleos Mexicanos (Pemex), para que implementen programas de educación para la salud sobre endometriosis dirigido a sus derechohabientes para informar, prevenir, diagnosticar y atender de manera oportuna este padecimiento.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a IMSS-Bienestar para que, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con los sistemas estatales de salud, implemente programas de prevención y educación para la salud sobre endometriosis dirigido a las personas sin seguridad social que se encuentren en territorio nacional para procurar detección y tratamiento oportunos de endometriosis.

Notas

1. Comisión Nacional de Derechos Humanos, Recomendación 14/2023 dirigida al IMSS, 13 de enero de 2023. Disponible en:

file:///C:/Users/Usuario/Downloads/REC_2023_014.pdf

2. Revista Médica Sinergia, “Actualización sobre Endometriosis”, Volumen 6, número 10, octubre 2021. Disponible en:

https://revistamedicasinergia.com/index.php/rms/article/view/720 /1758

3. Ibidem. “Actualización sobre endometriosis”.

4. Organización Mundial de la Salud (OMS), “Endometriosis”, 24 de marzo de 2023. Disponible en:

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/endometriosi s

5. La fragmentación del sistema nacional de salud, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2013. Disponible en:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3274/6.pdf

6. Disponible en:

http://www.imss.gob.mx/tramites/imss03021

7. INEGI. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/default.html

8. INEGI. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/app/tabulados/interactivos/?pxq=Derecho habiencia_Derechohabiencia_02_822ebcc5-ef41-40c1-9901-22e397025c64&idrt=143 &opc=t

9. Archivos de Medicina “La educación en salud como una importante estrategia de promoción y prevención”, Universidad de Manizales, Colombia, 2020.Disponible en:

https://www.redalyc.org/journal/2738/273863770021/html/#:~: text=Seg%C3%BAn%20la%20OMS%20(Organizaci%C3%B3n%20Mundial,con%20su%20salud%20%5 B1%5D.

10. Ibidem.

Dado en el Palacio Legislativo, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



CAMPAÑA INFORMATIVA RESPECTO DE LA DEVOLUCIÓN DEL TUA PARA USUARIOS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AÉREOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco a impulsar una campaña informativa respecto de la devolución del TUA para usuarios de Servicios de Transporte Aéreos, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

El TUA es un impuesto que se aplica a los pasajeros que utilizan los servicios de los aeropuertos en México. Es una tarifa establecida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) que se incluye en el precio de los boletos aéreos.

El objetivo principal del TUA es financiar la infraestructura y los servicios aeroportuarios en México. Los ingresos recaudados mediante este impuesto se destinan a la operación, mantenimiento y mejora de los aeropuertos, así como al desarrollo de nuevas instalaciones y servicios. También sirve para asegurar la sostenibilidad y calidad de los servicios aeroportuarios en México.

La recaudación de este impuesto contribuye a mantener y mejorar la infraestructura aeroportuaria, así como a ofrecer instalaciones y servicios que satisfagan las necesidades de los pasajeros y las aerolíneas.

El TUA se recauda de manera indirecta a través de las aerolíneas. Estas incluyen la tarifa en el costo de los boletos aéreos y luego transfieren los fondos recaudados a las autoridades aeroportuarias correspondientes.

La Tarifa de TUA, se estableció en México en 1980 como parte de una reforma en el sistema de tarifas aeroportuarias. Desde entonces, ha sido un componente importante para financiar la infraestructura y los servicios aeroportuarios en el país.

Las y los usuarios de transporte aéreo de manera constante pierden sus vuelos o viajes y dependiendo de las políticas y tarifas adquiridas, las aerolíneas pueden realizar un rembolso parcial o total sobre los mismos, sin embargo en la mayoría de los viajeros turísticos que son ocasionales, no tienen conocimiento sobre dichas políticas, sin embargo la TUA, cómo su objetivo lo señala es un impuesto sobre el uso de los aeropuertos y lo que ello conlleva, entonces su el usuario no utiliza ese vuelo, dicho impuesto puede ser reembolsado.

La Ley de Aviación Civil en su artículo 47 BIS, Fracción VIII, menciona lo siguiente:

El pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique al permisionario o concesionario en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto. Pasado este plazo el concesionario o permisionario determinará las condiciones de la cancelación.

Las principales razones señaladas por las aerolíneas sobre los motivos por los cuales los pasajeros pueden perder sus vuelos pueden variar, pero aquí hay algunas razones comunes que suelen mencionarse:

Llegada tardía al aeropuerto: Los pasajeros que llegan tarde al aeropuerto corren el riesgo de perder sus vuelos, ya que las aerolíneas tienen horarios de salida programados y requieren que los pasajeros realicen el check-in y pasen por los controles de seguridad dentro de un plazo determinado antes del vuelo.

Documentación insuficiente o incorrecta: Si los pasajeros no tienen los documentos necesarios para el vuelo, como un pasaporte válido, visa o identificación requerida, es posible que se les niegue el embarque.

Incumplimiento de los requisitos de equipaje: Si los pasajeros no cumplen con las normas de equipaje establecidas por la aerolínea, como exceder los límites de peso o tamaño del equipaje de mano, podrían no ser permitidos en el vuelo o necesitar tiempo adicional para ajustar su equipaje, lo que podría ocasionar la pérdida del vuelo.

Conexiones ajustadas: En casos de vuelos con escalas, si la primera etapa del viaje se retrasa y los pasajeros tienen una conexión ajustada, podrían perder el siguiente vuelo.

Cambios de puerta o de horario: En ocasiones, las aerolíneas pueden cambiar la puerta de embarque o el horario del vuelo. Si los pasajeros no están atentos a los anuncios o no se informan de los cambios, pueden perder el vuelo.

Factores externos: Circunstancias imprevistas como mal tiempo, cancelaciones de vuelos, problemas técnicos o huelgas pueden ocasionar retrasos o cancelaciones, lo que puede afectar la capacidad de los pasajeros para llegar a tiempo a su vuelo de conexión.

Cómo se puede observar, algunas de las circunstancias implican directamente a las y los usuarios de transporte aéreo, algunas otras en muchos casos son por políticas ventajosas o poco claras por parte de las operadoras de servicio aéreo, y otras más, son ajenas a estos dos, por lo que los mecanismos de devolución, reintegro o bonificación de los costos de transporte aéreo se vuelen un mecanismo imprescindible y absolutamente necesario.

Como se señala anteriormente, muchos de las y los usuarios de transporte aéreos desconocen las normativas establecidas en la ley y reglamentos en la materia, aunado a eso las empresas de transporte aéreo en muchas de las ocasiones no son claras sobre lo que incluye cada una de las tarifas de sus servicios, por ello es que consideramos necesario que la Profeco realice de manera permanente y puntual sobre los derechos de las y los usuarios, aunado a eso, resulta muy necesario e importante que se realice una campaña informativa de difusión que responda todas las incógnitas permanentes respecto del TUA. Pero sobre todo, que se informe a todas y todos los usuarios de transporte aéreo que si pierden sus vuelos, el TUA puede ser recuperado pese a las los términos y condiciones que las empresas de transporte aéreo establezcan. Pues pese a que el TUA se cobra en muchas ocasiones dentro del costo del boleto, el ingreso no es directamente para las empresas.

Por lo anteriormente señalado someto a la consideración de la Honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, para que en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y las dependencias que tengan injerencia en la materia, realicen una campaña informativa masiva en todo el territorio nacional a través de todos los medios de difusión a su alcance, con el objetivo de informar a los usuarios de servicio de transporte aéreo sobre el mecanismo, lineamientos, requisitos y procedimientos para obtener la devolución del Impuesto de la Tarifa de Uso de Aeropuerto y los casos en el que dicha devolución procedan, incluyendo la pérdida de los vuelos.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Casimiro Zamora Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO AL FOVISSSTE, A ESTABLECER SOLUCIONES PARA LA REESTRUCTURACIÓN Y RESCATE DE CRÉDITOS PARA LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Fovissste a establecer una política o estrategia de análisis y soluciones para la reestructuración y rescate de créditos para los trabajadores del Estado, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

Fovissste es el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en México.

Esta dependencia está encargada de otorgar créditos para vivienda a los trabajadores al servicio del Estado. Hoy es una institución financiera de competitividad global, con una clara vocación social y un gran sentido de responsabilidad como organismo público

Para atender la demanda de la población acreditada que busca solución al adeudo de su hipoteca, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) estableció una serie de mecanismos con los que busca evitar el incremento de la cartera vencida y brindar seguridad y certeza jurídica sobre el patrimonio de sus beneficiarios.

Las y los legisladores de la 4T hemos aprobado y respaldado recientemente una iniciativa de reforma a la ley a fin de que ahora las y los trabajadores de estado puedan tener acceso a créditos competitivos y en pesos, a efecto de que estos tengan características que les permitan solventar su deuda de manera más eficiente y sin aplazarla más de lo que se establece en el crédito.

La reforma establece la que los montos para adquisición de vivienda únicamente sobre el sueldo básico, o contempla también las compensaciones a las que se tenga derecho; inscripción continua y reestructura de créditos para casos en que las personas dejaron de trabajar en una dependencia de gobierno o el monto de descuento vía nómina no es suficiente para cubrir su obligación de pago.

En el caso de los pensionados, sólo se les podrá descontar 20 por ciento de su salario; que a quienes ya hayan pagado 30 años, se le liquide su crédito, al igual que quienes ya lo pagaron dos veces y que se pueda restructurar de UMA a pesos.

En los artículos transitorios se establece que el Instituto establecerá programas de solución definitiva, autorizados por la Junta Directiva, en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto, a las personas acreditadas que han pagado dos veces o más el monto del crédito otorgado.

El pasado 5 de abril en la conferencia mañanera, el vocal ejecutivo de la institución informo en la Conferencia Mañanera que la dependencia instrumentó una planificación para atender 64 mil 013 testimonios pendientes de entrega (rezago histórico 2009-2019), lo que permitió un avance de 64 por ciento.

Para 2023, informa que se diseñó un método con el fin de resolver de manera particular los 22 mil 885 casos de mayor complejidad y los nuevos casos 2020 y 2021, además de que se firmarán convenios individuales con cada notario y se instrumentará el índice de excelencia, como medida de monitoreo y control de la entrega de testimonios.

Buenrostro Moreno detalló que desde que inició este año las cancelaciones de hipoteca se firman semanalmente en la Ciudad de México y bimestralmente en el interior de la República; además, se diseñará un programa piloto para la suscripción de cancelación por parte de los departamentos de vivienda.

Es por ello que como legisladores de la 4T consideramos que es necesario que todos estos mecanismos que se han recientemente modificado, se conviertan en una de las máximas prioridades del Gobierno de México, pues desde el inicio de nuestro encargo hemos recibido por parte de las y los ciudadanos de nuestros distritos solicitudes de apoyo para reestructura de créditos, los cuales, derivado de las malas políticas neoliberales y malas estrategias de los que deberían de defender al pueblo, se incrementaron hasta volverse impagables.

Por lo anteriormente señalado someto a la consideración de la Honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en México para que en el ámbito de sus atribuciones y en apego a derecho, acate e implemente las disposiciones transitorias que se establecieron en las reformas en la materia a efecto de beneficiar en el menor tiempo posible a las y los trabajadores del estado.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en México para que, en el ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a su disponibilidad legal y presupuestal, emprendan una campaña de difusión a través de todos los canales de comunicación a su alcance con el objeto de dar a conocer a las y los trabajadores sobre las nuevas reformas legales, así como de la estrategia que se deriva de las mismas.

Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en México para que en el ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a su disponibilidad legal y presupuestal, fortalezcan las acciones que se han emprendido en beneficio de las y los trabajadores del estado respecto del rescate y reestructura de sus créditos de vivienda.

Nota

1. https://www.gob.mx/fovissste/prensa/mantiene-fovissste-compromiso-de-apoyar-a-a creditados-330898

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Casimiro Zamora Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.



SE SIGNIFIQUEN Y RECONOZCAN EN ZONAS GEOGRÁFICAS ESPECÍFICAS LAS ACTIVIDADES ARTESANALES, TRADICIONALES, INDUSTRIALES Y AGROINDUSTRIALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las entidades federativas a considerar, consolidar y promover indicaciones geográficas como instrumentos de protección de actividades artesanales, tradicionales, industriales y agroindustriales que se signifiquen y reconozcan en zonas geográficas específicas en las entidades federativas, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Consideraciones

Primero. Que nuestro país tiene dentro de sus fortalezas la diversidad, misma que es recurrente en diferentes ámbitos; cultural, tradicional y ecosistémico, lo que nos hace un país megadiverso, que se significa en expresiones regionales a lo largo y ancho de nuestro territorio.

Segundo. Las indicaciones geográficas permiten representar esta diversidad generando condiciones de protección de estas expresiones geográficas para cada territorio y de las actividades artesanales, culturales, industriales y agroindustriales emplazadas y reconocidas en estas regiones.

Tercero. Actualmente, nuestro país cuenta con indicaciones geográficas reconocidas por el Estado Mexicano a través de diversos instrumentos que contempla la Ley Federal de Protección de la Propiedad Industrial a través de declaratoria general de protección emitida por el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI): 18 denominaciones de origen, 4 indicaciones geográficas y más de 200 marcas colectivas, emplazadas en 23 territorios de nuestras entidades federativas y en 1840 municipios.

Cuarto. En relación a las 18 denominaciones de origen reconocidas por el estado mexicano, no todas cuentan con los elementos que la experiencia nacional e internacional, consideran indispensables para su operación; entes de gestión que en la tradición europea se reconocen como Consejos Reguladores, las normas oficiales mexicanas y la NOM específica para el cumplimiento de las especificidades contenida en la declaratoria general de protección: de calidad y de origen geográfico; un modelo de negocio que establezca los criterios de manejo de los recursos y el organismo de certificación de la conformidad con las NOM a las que deben de estar sujetos los productos, procesos, materias primas, envasado, conservación, transporte y venta.

Quinto. Que la Ley en comento faculta, tanto a la Cámara de Diputados y Senadores y a los titulares de las entidades federativas a promover a título de los productores, artesanos o productores tradicionales, que se signifique en su territorio, a proveer protección de esas actividades que le dan orgullo y generan condiciones positivas para el desarrollo regional.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las entidades federativas a que, en el ámbito territorial de la competencia de cada Gobernador y Jefe de Gobierno, consideren consolidar y promover indicaciones geográficas como instrumentos de protección de actividades artesanales, tradicionales, industriales y agroindustriales que se signifiquen y reconozcan en zonas geográficas específicas dentro de cada una, o en dos o más de las entidades federativas.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Casimiro Zamora Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Cultura y Cinematografía, para dictamen.



EXHORTO A LA PROFECO, EN COORDINACIÓN CON LOS GOBIERNOS MUNICIPALES, A IMPLEMENTAR UNA ESTRATEGIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN COMERCIOS LOCALES, MERCADOS Y TIANGUIS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco, en coordinación con los gobiernos municipales, a implementar una estrategia de protección al consumidor en comercios locales, mercados y tianguis, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

El comercio informal en México involucra una variedad de actividades económicas realizadas fuera de las estructuras y regulaciones formales, se estima que representa aproximadamente el 30% del Producto Interno Bruto (PIB) del país.

Por otro lado, millones de personas en México dependen del comercio informal como su principal fuente de empleo. Se estima que alrededor del 60% de la población ocupada en México trabaja en la economía informal.

Las actividades de los comerciantes informales y ambulantes incluyen a los que comercializan productos de consumo de la canasta básica, ellos a menudo opera fuera de las regulaciones y licencias requeridas, lo que crea desafíos para la recaudación de impuestos y el cumplimiento de normas de seguridad y salud, incluyendo también las que defienden los derechos de los consumidores mexicanos.

La informalidad contribuye significativamente a la economía local y a la satisfacción de las necesidades de la población, esto dado que muchos de los que participan en esta actividad buscan los mecanismos y manera de llevar a los consumidores productos que se presumen como “de bajo costo” o “al alcance del bolsillo”, sin embargo no sabemos si la baja de costos realmente son con la intención de apoyar al consumidor o existen otras estrategias que engañan al mismo, haciéndole percibir que consume barato pero que no está seguro de lo que compra.

De manera particular respecto de la intención de este exhorto, nos referimos a la comparativa del “peso por precio”, es decir, buscamos impulsar los mecanismos que garanticen que los consumidores del comercio informal estén seguros de que los productos que adquieren vale el peso exacto que se paga.

El comercio informal en la mayoría del territorio nacional, ocupa espacios públicos, lo que a veces genera tensiones con las autoridades municipales, pues ellos son los responsables de los espacios públicos y pese a que se buscan los mecanismos de realizar un ordenamiento para permitir este tipo de actividades, consideramos que se debe de generar una estrategia que además de que permita su labor, también garantice la protección de los derechos del consumidor.

La Procuraduría Federal del Consumidor realiza constantes revisiones e inspección en establecimientos comerciales en todo el país con la finalidad de verificar que se vendan litros de a litro y kilos de a kilo. El Procurador Ricardo Sheffield Padilla señaló lo siguiente en una conferencia mañanera:

Como hay esta presión inflacionaria, crece también la tentación de muchos comerciantes, de muchos distribuidores, pues de moverle a la báscula, de moverle al calibrador de flujos, al medidor de flujos y entonces, si sube el precio, para no subir el precio le doy su rasuradita al kilo, le doy su rasuradita al litro”.

Pese a las buenas estrategias implementadas por la Profeco, consideramos que el territorio nacional es muy amplio, además de que el comercio informal también tiene amplia representatividad y presencia en el mercado de consumo mexicano.

Es por ello que consideramos que la estrategia de defensa de consumidor deberá ir más allá, pues las y los mexicanos día a día consumen sus productos de uso diario a través de los mercados y tianguis.

Los tianguis son una forma popular de comercio en México, tienen profundas raíces en nuestra historia y se remontan a la época prehispánica, cuando los pueblos indígenas intercambiaban productos en mercados temporales. Esta tradición ha perdurado a lo largo de los siglos.

Los tianguis no son solo lugares de comercio, sino también centros de interacción social y cultural en las comunidades. Son espacios donde la gente se reúne, interactúa y fortalece la cohesión social.

Últimamente en diversas redes sociales se ha puesto a la vista de todo el mundo lo que representa la tradición de los tianguis mexicanos, desde las maneras en las que puedes encontrar productos como antigüedades, productos para un segundo uso, los que mencionan las mejores muestras gastronómicas y por supuesto, dónde puedes encontrar productos de la canasta básica a los mejores precios.

En las mismas redes sociales también se ha expuesto que este fenómeno es internacional y que “comprar en el tianguis está de moda”, de la mano de esto en diversos países de Latinoamérica las autoridades locales, ya sean llamadas alcaldías, ayuntamientos o municipios, han difundido contenido de los recorridos que realizan día a día en estos comercios para verificar que los vendedores ambulantes den kilos de a kilo a los consumidores y con esto poder garantizar la protección de los derechos del consumidor.

A quienes violentan o abusan del consumidor se les sanciona de diversas maneras, ya sea no permitiendo que continúen vendiendo, decomisando las básculas que no dan los kilos completos o incluso con sanciones económicas o de índole judicial.

El objeto del presente exhorto es que la Profeco de la mano de las autoridades municipales y las alcaldías de la CDMX implementen una estrategia parecida u homologada a lo que ya se hace en otras latitudes, además de que nuestro marco jurídico a través de la ley en la materia ya establece las sanciones a las que son acreedores los que realicen este tipo de violaciones hacia el consumidor.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de la asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, para que de manera en coordinación con las autoridades municipales y alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de sus atribuciones, implementen una estrategia de verificación de básculas en los establecimientos que comercian productos de la canasta básica en los mercados establecidos, comercios ambulantes y tianguis en todo el territorio nacional a efecto de garantizar la protección de los derechos de los consumidores.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Casimiro Zamora Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO AL SAT, A CONSIDERAR LA AMPLIACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL DECRETO DE ESTÍMULOS FISCALES REGIÓN FRONTERIZA SUR, A TODOS LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al SAT, mediante la expedición de reglas de carácter general relativas al decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2020, a considerar la ampliación del ámbito de aplicación a todos los municipios de Chiapas, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

Leonor Coutiño Gutiérrez, diputada en la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. El primer párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que “ para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

Por su parte el apartado A del artículo 26 de la Carta Magna establece que “.”

Para ello se dispone que “ los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.”

En este orden de ideas la Ley de Planeación, en su artículo 3o menciona que “ se entiende por planeación nacional de desarrollo la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales así como de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen.”

Además, que “ mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades, así como criterios basados en estudios de factibilidad cultural; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados”.

Así mismo el Plan Nacional de Desarrollo señala en su capítulo III, Economía, detonar el crecimiento menciona:

Desde principios de los años ochenta del siglo pasadoel crecimiento económico de México ha estado por debajo de los requerimientos de su población, a pesar de que los gobernantes neoliberales definieron el impulso al crecimiento como una prioridad por sobre las necesidades de la población; además, ha crecido en forma dispareja por regiones y por sectores sociales:mientras que las entidades del Norte exhiben tasas de crecimiento moderadas pero aceptables, las del Sur han padecido un decrecimiento real...”

Segundo. El Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas, de la Universidad Nacional Autónoma de México, define estímulos fiscales, como sigue:

I. Beneficio de carácter económico concedido por la ley fiscal al sujeto pasivo de un impuesto, con el objeto de obtener de él ciertos fines de carácter parafiscal.

II. Elementos. El estímulo fiscal requiere de los siguientes elementos:

a) La existencia de un tributo o contribución a cargo del beneficiario del estímulo. Este elemento resulta necesario, ya que el estímulo fiscal sólo se origina y concreta en torno a las cargas tributarias que pesan sobre el contribuyente.

b) Una situación especial del contribuyente, establecida en abstracto por la disposición legal que otorga el estímulo y que, al concretarse, da origen al derecho del contribuyente para exigir el otorgamiento de dicho estímulo a su favor.

c) Un objetivo de carácter parafiscal. Éste es el elemento teleológico del estímulo fiscal y consta de un objetivo directo y un objetivo indirecto. El objetivo directo consiste comúnmente en obtener una actuación específica del contribuyente, y el objetivo indirecto radica en lograr, a través de la conducta del propio contribuyente, efectos que trasciendan de su esfera personal al ámbito social.

...

III. Aplicación El estímulo fiscal es una prestación de carácter económico que se traduce en un crédito o en una reducción que el beneficiario puede hacer valer a su favor, respecto de un impuesto a su cargo.

IV. Clasificación. Los estímulos fiscales pueden ser: generales o específicos. Los primeros son aquellos que se otorgan para hacer efectivos contra cualquier impuesto a cargo del contribuyente. Los segundos, son los que sólo pueden hacerse efectivos respecto de un tributo específico.

...”

Tercero. El 30 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, el cual en su parte fundamental señala:

“DECRETO

CAPÍTULO I, DEFINICIONES

Para efectos del presente Decreto, se entenderá por:

I. Bienes nuevos de activo fijo: Aquéllos que se utilizan por primera vez en México, o bien, que hubieran sido utilizados en México, siempre que quien transmita dichos bienes no sea parte relacionada del contribuyente en términos de los artículos 90, último párrafo o 179, quinto y sexto párrafos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

II. Padrón: “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza sur”.

a) Othón P. Blanco del estado de Quintana Roo;

c) Calakmul y Candelaria, del estado de Campeche, y

d) Balancán y Tenosique, del estado de Tabasco.

IV. Totalidad de los ingresos: Monto total de los ingresos obtenidos por el contribuyente, en México o en el extranjero, por cualquier concepto, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

CAPÍTULO IIDEL ESTÍMULO FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas y morales residentes en México, así como a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México, que tributen en los términos del Título II “De las personas morales”; Título IV “De las personas físicas”; Capítulo II, “De los ingresos por actividades empresariales y profesionales”, Sección I “De las personas físicas con actividades empresariales y profesionales” y Título VII “De los estímulos fiscales”, Capítulo VIII “De la opción de acumulación de ingresos por personas morales” de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que perciban ingresos exclusivamente en la Región Fronteriza Sur a que se refiere la fracción III del Artículo Primero del presente Decreto, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, contra el impuesto sobre la renta causado en el mismo ejercicio fiscal o en los pagos provisionales del mismo ejercicio, según corresponda, en la proporción que representen los ingresos obtenidos en la Región Fronteriza Sur, respecto de la Totalidad de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal o en el periodo que corresponda a los pagos provisionales.

Los contribuyentes que, de conformidad con el párrafo anterior, perciban ingresos exclusivamente en la Región Fronteriza Sur, determinarán la proporción de los ingresos obtenidos en la Región Fronteriza Sur, dividiendo el total de los ingresos que obtenga el contribuyente en la Región Fronteriza Sur durante el periodo de que se trate, excluyendo los ingresos que deriven de bienes intangibles, así como los correspondientes al comercio digital, entre la Totalidad de los ingresos que obtenga dicho contribuyente durante el mismo periodo; el cociente obtenido se multiplicará por cien y el producto se expresará en porcentaje.

Para determinar el crédito fiscal a que se refiere el primer párrafo de este artículo, se aplicará el porcentaje obtenido conforme al párrafo anterior a la tercera parte del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio fiscal o en los pagos provisionales.

La aplicación del estímulo fiscal establecido en este Capítulo no dará lugar a devolución o compensación alguna diferente a la que se tendría en caso de no aplicar dicho beneficio.

Los contribuyentes a que se refiere el artículo anterior, para aplicar el estímulo fiscal del presente Capítulo deberán tener su domicilio fiscal en la Región Fronteriza Sur.

Para los efectos del párrafo anterior, se considerará, salvo prueba en contrario, que los contribuyentes tienen su domicilio fiscal en la Región Fronteriza Sur, cuando la antigüedad registrada ante el Registro Federal de Contribuyentes de dicho domicilio, sea igual o mayor a dieciocho meses inmediatos anteriores a la fecha en que presenten el aviso de inscripción al Padrón, de conformidad con el artículo Séptimo de este Decreto, siempre que cuenten, en todo momento, con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en la Región Fronteriza Sur y acrediten lo anterior, a requerimiento de la autoridad fiscal.

Tratándose de los contribuyentes a que se refiere el primer párrafo de este artículo, cuya antigüedad registrada ante el Registro Federal de Contribuyentes de su domicilio fiscal ubicado en la Región Fronteriza Sur, sea menor a dieciocho meses inmediatos anteriores a la fecha en que presenten el aviso de inscripción al Padrón, de conformidad con el artículo Séptimo del presente Decreto, o bien, que inicien actividades en la Región Fronteriza Sur, con posterioridad a la entrada en vigor de este instrumento, podrán optar por aplicar el estímulo fiscal previsto en el presente Capítulo siempre que, en ambos casos, cuenten, en todo momento, con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en la Región Fronteriza Sur y utilicen para ello Bienes nuevos de activo fijo y acrediten lo anterior, a requerimiento de la autoridad fiscal.

Los contribuyentes a que se refiere el artículo Segundo del presente Decreto, que tengan su domicilio fiscal fuera de la Región Fronteriza Sur, pero que cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento dentro de la Región Fronteriza Sur, podrán aplicar el estímulo fiscal establecido en el presente Capítulo, cuando éstas se ubiquen en la Región Fronteriza Sur, para lo cual se considerará, salvo prueba en contrario, que las sucursales, agencias o establecimientos se ubican en la Región Fronteriza Sur, cuando la antigüedad registrada ante el Registro Federal de Contribuyentes de dicha ubicación, sea igual o mayor a dieciocho meses inmediatos anteriores a la fecha en que presenten el aviso de inscripción al Padrón, de conformidad con el artículo Séptimo de este instrumento, siempre que cuenten, en todo momento, con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en la Región Fronteriza Sur y acrediten lo anterior, a requerimiento de la autoridad fiscal.

Los contribuyentes a que se refiere el artículo Segundo del presente Decreto, que tengan su domicilio fiscal fuera de la Región Fronteriza Sur, pero que cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento dentro de la Región Fronteriza Sur, cuya antigüedad registrada ante el Registro Federal de Contribuyentes de su ubicación en la Región Fronteriza Sur, sea menor a dieciocho meses inmediatos anteriores a la fecha en que presenten el aviso de inscripción al Padrón, de conformidad con el artículo Séptimo de este instrumento, o bien, que inicien actividades en la Región Fronteriza Sur, con posterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, podrán optar por aplicar el estímulo fiscal previsto en el presente Capítulo, siempre que cuenten, en todo momento, con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en la Región Fronteriza Sur y utilicen para ello Bienes nuevos de activo fijo y acrediten lo anterior, a requerimiento de la autoridad fiscal.

Los contribuyentes a que se refiere el artículo Segundo de este instrumento, que tengan su domicilio fiscal en la Región Fronteriza Sur, pero cuenten con sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento fuera de la Región Fronteriza Sur, cuya antigüedad registrada ante el Registro Federal de Contribuyentes de su domicilio fiscal, sea igual o mayor a dieciocho meses inmediatos anteriores a la fecha en que presenten el aviso de inscripción al Padrón, de conformidad con el artículo Séptimo del presente Decreto, podrán aplicar el estímulo fiscal previsto en el presente Capítulo, siempre que cuenten, en todo momento, con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en la Región Fronteriza Sur y acrediten lo anterior, a requerimiento de la autoridad fiscal.

Las personas físicas que perciban ingresos distintos a los provenientes de actividades empresariales dentro de la Región Fronteriza Sur, pagarán por dichos ingresos el impuesto correspondiente en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de acuerdo con el régimen que les corresponda, sin la aplicación del estímulo fiscal a que se refiere este Capítulo.

Para efectos del párrafo anterior, el impuesto sobre la renta del ejercicio o del pago provisional que corresponda se determinará en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, considerando la Totalidad de los ingresos obtenidos por el contribuyente. En estos casos, el crédito fiscal a que se refiere el artículo Segundo del presente Decreto, será una tercera parte del impuesto causado de conformidad con el Título IV “De las personas físicas”, Capítulo II “De los ingresos por actividades empresariales y profesionales”, Sección I “De las personas físicas con actividades empresariales y profesionales” de la referida Ley, en la proporción calculada de conformidad con dicho artículo.

CAPÍTULO IIIDEL ESTÍMULO FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo Décimo. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes, personas físicas o personas morales, que realicen los actos o actividades de enajenación de bienes, de prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en los locales o establecimientos ubicados en la Región Fronteriza Sur a que se refiere la fracción III del artículo Primero del presente Decreto, consistente en un crédito fiscal equivalente al 50% de la tasa del impuesto al valor agregado prevista en el artículo 1o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Por simplificación administrativa, el crédito fiscal señalado en el párrafo que antecede se aplicará en forma directa sobre la tasa referida en el mismo. La tasa disminuida que resulte de aplicar el estímulo fiscal en los términos de este párrafo, se aplicará sobre el valor de los actos o actividades previstos en este artículo, conforme a lo dispuesto en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

...

Los estímulos fiscales a que se refiere el presente Decreto no se considerarán como ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta.

Se releva a los contribuyentes que apliquen los estímulos fiscales a que se refiere este instrumento de la obligación de presentar el aviso a que se refiere el artículo 25, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir las reglas de carácter general necesarias para la correcta aplicación de lo establecido en el presente Decreto.

Transitorios

Cuarto. Este decreto esta tiene por objetivo estimular el crecimiento económico de la región frontera sur, en razón de las condiciones de atraso y marginación que impera en el sur y sureste de nuestra nación.

El mismo decreto reconoce que:

“...

Que es política de la presente Administración establecer mecanismos que fortalezcan el crecimiento de los contribuyentes de la región fronteriza sur de nuestro país, con el fin de evitar la desigualdad con los habitantes del resto del país, y con la firme convicción de acrecentar la inversión y la productividad y con ello crear fuentes de empleo;

Que los elevados niveles de pobreza existentes en la región sureste del país muestran un rezago económico marcado respecto al resto del país y un ejemplo de ello es que en esa región el Índice de Desarrollo Humano, la salud y el ingreso, están por debajo de los observados en otras zonas del país, aunado a que la tasa de desempleo, es mayor que la observada en el resto del país;

...

en virtud que están orientados a estimular y aumentar la inversión, fomentar la productividad y contribuir a la creación de fuentes de empleo y, con ello, incrementar la competitividad y el desarrollo de la región de la frontera sur del país, con el fin de mejorar las condiciones de vida de su población;

dar respuesta a la creciente inmigración desarrollando una nueva política económica para la frontera sur, con visión de futuro basada en lograr una economía con fundamento en el conocimiento y, por ende, incrementar la recaudación fiscal;

Que el Ejecutivo federal a mi cargo considera prioritario el desarrollo regional de la región fronteriza sur y para ello tiene el propósito de alentar y proteger la actividad económica que realicen los particulares, específicamente el comercio que se efectúa en el sur de nuestro país;

...

Que los estímulos fiscales para la región fronteriza sur forman parte de una estrategia integral del Gobierno de México cuya intención es mejorar el bienestar de la población en esa región, a través de beneficios fiscales consistentes en la disminución de la carga fiscal de los contribuyentes del impuesto al valor agregado y del impuesto sobre la renta a las empresas y personas físicas con actividad empresarial;

Que en ese sentido, se estima conveniente otorgar un estímulo fiscal en materia del impuesto sobre la renta a los contribuyentes que perciban ingresos provenientes de actividades empresariales exclusivamente en la región fronteriza sur, consistente en un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, el cual se acreditará contra el impuesto causado en el periodo de que se trate;

Que la aplicación del estímulo anterior permitirá que los contribuyentes, personas físicas y morales, que realicen actividades empresariales en la región fronteriza sur, paguen solamente las dos terceras partes del impuesto sobre la renta causado, por los ingresos obtenidos por la realización de actividades en dicha región;

Que además es importante establecer medidas que representen una simplificación administrativa para los particulares que se encuentren en la región fronteriza sur, atendiendo a la crisis económica, los niveles de pobreza y la marginación que sufre dicha región, a fin de facilitar y transparentar el otorgamiento de los estímulos que se otorgan en el presente Decreto.”

Quinto. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, esta conformado por 125 municipios y a la letra reza:

El territorio del Estado de Chiapas es el que posee desde que forma parte de los Estados Unidos Mexicanos. Para su organización política y administrativa se dividirá en Municipios libres, de acuerdo con las bases contenidas en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Desarrollo Constitucional respectiva, siendo los siguientes:

1. Acacoyagua. 2. Acala. 3. Acapetahua. 4. Aldama. 5. Altamirano. 6. Amatán. 7. Amatenango de la Frontera. 8. Amatenango del Valle. 9. Ángel Albino Corzo. 10. Arriaga. 11. Bejucal de Ocampo. 12. Belisario Domínguez. 13. Bella Vista. 14. Benemérito de las Américas. 15. Berriozábal. 16. Bochil. 17. Cacahoatán. (Reforma publicada mediante p.o. num. 316, segunda sección de fecha 06 de septiembre de 2017) 18. Capitán Luis Ángel Vidal 19. Catazajá. 20. Chalchihuitán. 21. Chamula. 22. Chanal. 23. Chapultenango. 24. Chenalhó. 25. Chiapa de Corzo. 26. Chiapilla. 27. Chicoasén. 28. Chicomuselo. 29. Chilón. (Última reforma publicada mediante p.o. num. 173, 4ª. Sección, de fecha 30 de Junio de 2021) 30. Cintalapa de Figueroa. 31. Coapilla. 32. Comitán de Domínguez. 33. Copainalá. 34. El Bosque. 35. El Parral. 36. El Porvenir. 37. Emiliano Zapata. 38. Escuintla. 39. Francisco León. 40. Frontera Comalapa. 41. Frontera Hidalgo. (Reforma publicada mediante p.o. num. 055 de fecha 11 de septiembre de 2019, decreto 248) 42. Honduras de la Sierra. 43. Huehuetán. 44. Huitiupán. 45. Huixtán. 46. Huixtla. 47. Ixhuatán. 48. Ixtacomitán. 49. Ixtapa. 50. Ixtapangajoya. 51. Jiquipilas. 52. Jitotol. 53. Juárez. 54. La Concordia. 55. La Grandeza. 56: La Independencia. 57. La Libertad. 58. La Trinitaria. 59. Larráinzar. 60. Las Margaritas. 61. Las Rosas. 62. Mapastepec. 63. Maravilla Tenejapa. 64. Marqués de Comillas. 65. Mazapa de Madero. 66. Mazatán. 67. Metapa. 68. Mezcalapa. 69. Mitontic. 70. Montecristo de Guerrero 71. Motozintla. 72. Nicolás Ruiz. 73. Ocosingo. 74. Ocotepec. 75. Ocozocoautla de Espinosa. 76. Ostuacán. 77. Osumacinta. 78. Oxchuc. 79. Palenque. 80. Pantelhó. 81. Pantepec. 82. Pichucalco. 83. Pijijiapan. 84. Pueblo Nuevo Solistahuacán. 85. Rayón. 86. Reforma. (Reforma publicada mediante p.o. num. 316, segunda sección de fecha 06 de septiembre de 2017) 87. Rincón Chamula San Pedro 88. Sabanilla. 89. Salto de Agua. 90. San Andrés Duraznal. 91. San Cristóbal de Las Casas. 92. San Fernando. 93. San Juan Cancuc. 94. San Lucas. 95. Santiago El Pinar. 96. Siltepec. 97. Simojovel. 98. Sitalá. 99. Socoltenango. 100. Solosuchiapa. 101. Soyaló. 102. Suchiapa. 103. Suchiate. 104. Sunuapa. 105. Tapachula. 106. Tapalapa. 107. Tapilula. 108. Tecpatán. 109. Tenejapa. 110. Teopisca. 111. Tila. 112. Tonalá. 113. Totolapa. 114. Tumbalá. 115. Tuxtla Chico. 116. Tuxtla Gutiérrez: 117. Tuzantán. 118. Tzimol. 119. Unión Juárez. 120. Venustiano Carranza. 121. Villa Comaltitlán. 122. Villa Corzo. 123. Villaflores. 124. Yajalón. 125. Zinacantán.”

Así pues, resulta evidente que el ámbito de aplicación de decreto en comento, resulta insuficiente para el Estado de Chipas, toda vez que solamente abarca veinte municipios, a saber los ayuntamientos de “ Palenque, Ocosingo, Benemérito de las Américas, Marqués de Comillas, Maravilla Tenejapa, Las Margaritas, La Trinitaria, Frontera Comalapa, Amatenango de la Frontera, Mazapa de Madero, Motozintla, Tapachula, Cacahoatán, Unión Juárez, Tuxtla Chico, Metapa, Frontera Hidalgo y Suchiate, del estado de Chiapas;”, aun cuando el Estado de Chiapas se encuentra conformado por 125 ayuntamientos.

Por ello es dable considerar que a fin de cumplir con los objetivos de desarrollo económico que se buscan mediante los estímulos fiscales del decreto multimencionado, debe ampliarse la cobertura a la totalidad del territorio chiapaneco, sobre todo, en consideración que no son solo la parte estrictamente fronteriza es la que padece de condiciones de marginación y pobreza.

Bajo lo lógica de no dejar a nadie atrás y considerando que es un compromiso del gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador el atender “ PRIMERO A LOS POBRES” imperioso considerar a la totalidad dela población económicamente activa para que reciba los mencionados estímulos fiscales.

Por las razones y fundamentos arriba señalados, someto a la consideración de este pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta al Servicio de Administración Tributaria, para que, mediante la expedición de reglas de carácter general, relativas al Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2020, considere la ampliación del ámbito de aplicación a todos los municipios del Estado de Chiapas.

Notas

1. CPEUM. Artículo 25.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2. Ibid . Artículo 26 apartado A. párrafo primero.

3. Ibide,. Artículo26 apartado A párrafo segundo.

4. Ley de Planeación.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/59_160218.pdf

5. Universidad Nacional Autónoma de México - Instituto de Investigaciones Jurídicas. Diccionario Jurídico Mexicano Tomo IV, página 134.

http://ru.juridicas.unam.mx/xmlui/bitstream/handle/123456 789/10126/e.pdf?sequence=7&isAllowed=y

6. DOF: 30/12/2020. Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609182&fecha =30/12/2020#gsc.tab=0

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Leonor Coutiño Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A LA SADER, POR MEDIO DE LA CONAPESCA, A CONCEDER PERMISOS DE PESCA COMERCIAL DE CAMARÓN A EMBARCACIONES MENORES Y DE ALTURA DE CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader, por medio de la Conapesca, a conceder permisos de pesca comercial de camarón a embarcaciones menores y de altura, en favor de las Cooperativas Pesqueras Chiapanecas que así lo soliciten, a fin de que puedan operar en aguas marinas de jurisdicción federal adyacentes al litoral de dicha entidad, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

Leonor Coutiño Gutiérrez, diputada federal en la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. El camarón se puede definir como un crustáceo marino de tamaño pequeño y cuerpo alargado, típicamente consumido como alimento, por lo tanto, es de gran importancia comercial.

Según un estudio de denominado Mercado de Camarones: Crecimiento, Tendencias, Impacto de Covid-19 y Pronósticos (2022 - 2027), el mercado mundial del camarón se valoró en USD 39,24 millones en 2019, y se prevé que crezca a una tasa de crecimiento anual compuesto (CAGR) del 1,5 por ciento durante el período de pronóstico. El mercado mundial de camarones registró un volumen de 4,207.89 mil toneladas métricas en 2019, y se proyecta que crezca a una tasa de crecimiento anual compuesto (CAGR) estimada de 1,4 por ciento durante el período de pronóstico. Dicho estudio además señala:

“El mercado del camarón está impulsado por varios factores, como la creciente demanda debido a los crecientes beneficios para la salud que ofrecen los camarones, el aumento en la adopción de nuevas técnicas de producción respetuosas con el medio ambiente y las políticas gubernamentales y de agricultura por contrato que impulsan el mercado. Las especies de camarones, como el camarón pata blanca, el camarón tigre gigante, el camarón del golfo, el camarón azul y el camarón rojo real, son las variedades más populares que se consumen en todo el mundo.

El aumento en la demanda de camarones durante el covid-19 debido al hecho de que aumenta la inmunidad ha llevado al crecimiento en el mercado general de camarones. Los camarones contienen selenio, que es un antioxidante que ayuda a mantener un estado saludable sistema inmunológico, por lo tanto, hubo un aumento en el consumo debido a que ayudará en la lucha contra el covid-19.

La demanda de camarones está aumentando entre los consumidores, ya que tiene un alto valor nutricional y proteínas bajas en grasas. Contiene cero carbohidratos y es muy bajo en calorías. Un gramo de gambas representa aproximadamente una caloría. Estos factores hacen que las personas incluyan camarones en su dieta alimentaria.

Además, el camarón es rico en minerales y vitaminas, como hierro, calcio, sodio, fósforo, zinc, magnesio, potasio, yodo, niacina, riboflavina, tiamina, vitamina A, vitamina E, vitamina B6 y vitamina B12. Todos los minerales, vitaminas y nutrientes juntos hacen que los camarones sean alimentos saludables. El camarón ayuda a prevenir muchos problemas de salud. Ayuda a prevenir la caída del cabello, mantener huesos sanos, mejorando el rendimiento de la memoria, reduciendo los dolores menstruales, eliminando el colesterol malo y reduciendo el riesgo de aparición de cáncer de pulmón y próstata. Además, el camarón es una fuente beneficiosa de proteína y vitamina D, sin agregar carbohidratos a la ingesta diaria de los consumidores; así que, para las personas decididas a perder peso, esta forma simple de mariscos es una opción popular.”

Segundo. Según la información proporcionada por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), durante la temporada de captura nacional de camarón 2019-2020, México registró un volumen de producción de 47 mil 664 toneladas de crustáceo. La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), reportó que las cinco entidades con mayor producción de pesca de camarón fueron Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Nayarit y Baja California Sur, que concentran 92.9 por ciento de la producción total del país.

Durante la temporada de pesca 2019-2020, que concluyó el mes de marzo de 2020, Sinaloa produjo 19 mil 551 toneladas de camarón; Sonora, 12 mil 579, y Nayarit, 2 mil 844 toneladas.

La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) reiteró que con el fin de incrementar los volúmenes de producción de todas las especies de camarón capturadas en el Océano Pacífico, autoridades pesqueras y productores instalarán un Comité de Ordenamiento y Manejo de la Pesquería del Camarón. Dicho órgano habrá de contribuir con la ordenación y gestión responsable del recurso crustáceo para mantener la actividad en niveles de sostenibilidad con los mayores beneficios sociales, biológicos, económicos y ecológicos.

Tercero. La producción de camarón en 2021 presentó cifras positivas para el sector acuícola de los países latinoamericanos. Es uno de los productos no petroleros de mayor exportación en el mercado internacional. De hecho, se reporta que las cifras de exportación de camarón son las mayores en los últimos cinco años.

Ecuador, es el principal productor mundial de camarón de cultivo, durante octubre se exportaron 155 millones de libras de camarón, lo que significó un incremento de 9.4 por ciento respecto al mismo mes de 2020 y un 75 por ciento respecto a 2017. Estas cifras demuestran el crecimiento de la producción de camarón en Ecuador, generando cerca de USD 485 millones en ingresos. En lo que va de 2021, la producción de camarón ha generado USD 3957 millones en ingresos para Ecuador. El 22 por ciento de la producción se dirige a Estados Unidos.

México, es el segundo mayor productor mundial de camarón, la producción de 2021 cerró con 227 mil toneladas métricas, lo que significa un crecimiento de 3.7 respecto a 2020. De esta producción, un 22 por ciento se captura en bahías y el 78 por ciento en granjas acuícolas. Esta industria acuícola genera USD 1000 millones cada año. El principal estado productor es Sinaloa con el 40 por ciento de la producción total del país, seguido por Sonora y Nayarit.

El principal destino de camarón es China donde llega el 45 por ciento de la producción mundial, seguido por Estados Unidos, España, Italia y Francia.

Actualmente uno de los retos de la producción de camarón para los países latinoamericanos es la crisis en el transporte marítimo. El costo de los fletes se ha incrementado y la disponibilidad de barcos ha disminuido. Esto impacta directamente el mercado de las exportaciones de camarón, retrasa los envíos de este alimento perecedero e incrementa los costos de transporte.

Cuarto. A pesar del gran aumento del consumo de camarón, tanto el destinado a la exportación como el dedicado al consumo interno, el número de embarcaciones dedicadas a la pesca de altura ha disminuido drásticamente desde los años 80 del Siglo XX y hasta la segunda década del Siglo XXI.

Así, pasamos de tener 2,713 embarcaciones de altura en 1980, dedicadas a la pesca del camarón, hasta disminuir a contar con menos de la mitad, hasta llegar a 1,072 en 2016, tal y como se muestra en el siguiente cuadro:

Sin embargo, la producción de camarón en México ha presentado un crecimiento gradual a partir de 2013. En 2020 se produjeron alrededor de 219 mil tm, de acuerdo con datos del SIAP, con una disminución de 5.7 por ciento respecto al 2019. De este volumen, el 29 por ciento se obtuvo mediante captura en bahía y altamar, y 71 por ciento en granjas acuícolas, según la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca). En lo que respecta al comercio exterior, el país tiene una balanza positiva. Las exportaciones han mostrado un crecimiento exponencial, teniendo como principal destino a Estados Unidos, que concentra el 80 por ciento del volumen total de ventas.

Sinaloa es el mayor productor, con una participación en 2020 de 40.3 por ciento, seguido por Sonora, con 39.7 por ciento; Nayarit con 7.5 por ciento; Tamaulipas 4.8 por ciento y otros con 7.7 por ciento.

Quinto. En contraste con lo arriba señalado, según los datos oficiales, la aportación del estado de Chiapas en la pesca de camarón en ínfima.

Sin embargo, este dato es erróneo, toda vez que buena parte de la pesca de este crustáceo se realiza en las costas chiapanecas por embarcaciones provenientes de otras entidades federativas, pero que tiene permisos oficiales, a diferencia de los pescadores y cooperativas chiapanecas, que han encontrado un muro en el entramado burocrático, que alienta y reproduce esta práctica desleal de comercio.

Actualmente, en Chiapas, la pesca de camarón se ha visto relegada a la utilización de embarcaciones menores, es decir, pangas, que trabajan bajo el amparo de permisos para la captura de camarón de esteros, de tal forma que el camarón que se encuentra enfrente de la mayor parte de la costa del estado está se encuentra fuera del alcance para los pescadores chiapanecos, por falta de permisos.

De esta manera existen cientos de pescadores chiapanecos que esperan poder realizar actividades de pesca ribereña de camarón, con embarcaciones menores, en aguas marinas aledañas al litoral, con red de arreste, como se lleva a cabo en otros estados del país, pero, no cuentan con el permiso respectivo para llevar a cabo esta actividad.

No existen razones técnicas ni legales para negar los permisos a las cooperativas de pescadores de camarón del estado de Chiapas, toda vez que existen pesca de esta especie frente a las costas del Estado, por parte de otras embarcaciones provenientes de otras entidades del país.

La acumulación de la flota camaronera en ciertos estados del país, puede explicarse, en parte, por la conjunción de intereses económicos apuntalados de manera institucional por décadas, durante el auge del periodo neoliberal, para desplazar artificialmente la competencia económica y favorecer a los intereses de algunas empresas.

Con ello no solo se ha propiciado una forma de acaparamiento del mercado, existe en los hechos una suerte de discriminación económica hacia los pescadores y cooperativas de camaroneros provenientes del estado de Chiapas, para poder pescar camarón en el litoral del estado de Chiapas.

En lugar de aprovechar el mar, los pescadores de Chiapas, no pueden pecar camarón porque se les niegan los permisos. En este orden de ideas, solo los camaroneros de otras entidades federativas aprovechan los recursos naturales porque han contado con la anuencia institucional por décadas. Esta discriminación institucional debe ser abolida.

Sexto. El 5 de junio de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. En el mismo decreto se estableció que la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) tiene a su cargo el ejercicio de las siguientes atribuciones:

“I. Proponer y coordinar la política nacional en materia de aprovechamiento racional y sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas; así como para el fomento y promoción de las actividades pesqueras y acuícolas, y el desarrollo integral de quienes participan en ellas;

II. Administrar, regular y fomentar, en los términos de las disposiciones legales aplicables, el uso, aprovechamiento y conservación de los recursos pesqueros y el desarrollo de la acuacultura;

III. Promover, fomentar y asesorar técnicamente la producción, industrialización y comercialización de los productos pesqueros, en todos sus aspectos, en coordinación con las dependencias competentes;

IV. Promover, en coordinación con las dependencias y órganos competentes, la implementación de políticas y mecanismos orientados a incrementar el valor agregado de los productos pesqueros y acuícolas, así como sus exportaciones;

V. Participar en la elaboración e instrumentación de las políticas y programas de fomento y capacitación en materia de sanidad acuícola y pesquera;

VI.... XXXIV.

Artículo 7o.- El Comisionado contará con las atribuciones siguientes:

I... al XVIII...

XIX. Otorgar, revocar, modificar y declarar la extinción de las concesiones, permisos y autorizaciones en materia de acuacultura y pesca, así como autorizar la sustitución de sus titulares;

XX... XXXI...”

Por otra parte, el 24 de julio de 2007 se publicó en Diario Oficial de la Federación, Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, que, entre otros puntos, establece:

“Artículo 1o.- La presente Ley es de orden público e interés social, reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción; del 73 fracción XXIX-L para establecer las bases para el ejercicio de las atribuciones que en la materia corresponden a la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, bajo el principio de concurrencia y con la participación de los productores pesqueros, así como de las demás disposiciones previstas en la propia Constitución que tienen como fin propiciar el desarrollo integral y sustentable de la pesca y la acuacultura.

Artículo 2o. Son objetivos de esta Ley:

I. Establecer y definir los principios para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y el aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura, considerando los aspectos sociales, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales;

II. Promover el mejoramiento de la calidad de vida de los pescadores y acuicultores del país a través de los programas que se instrumenten para el sector pesquero y acuícola;

III. Establecer las bases para la ordenación, conservación, la protección, la repoblación y el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, así como la protección y rehabilitación de los ecosistemas en que se encuentran dichos recursos;

IV. Fijar las normas básicas para planear y regular el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, en medios o ambientes seleccionados, controlados, naturales, acondicionados o artificiales, ya sea que realicen el ciclo biológico parcial o completo, en aguas marinas, continentales o salobres, así como en terrenos del dominio público o de propiedad privada;

V. Procurar el derecho al acceso, uso y disfrute preferente de los recursos pesqueros y acuícolas de las comunidades y pueblos indígenas, en los términos de la presente Ley, de los lugares que ocupen y habiten;

VI. Establecer las bases y los mecanismos de coordinación entre las autoridades de la Federación, las entidades federativas y los municipios, para el mejor cumplimiento del objeto de esta Ley;

VII. Determinar y establecer las bases para la creación, operación y funcionamiento de mecanismos de participación de los productores dedicados a las actividades pesqueras y acuícolas;

VIII. Apoyar y facilitar la investigación científica y tecnológica en materia de acuacultura y pesca;

IX. Establecer el régimen de concesiones y permisos para la realización de actividades de pesca y acuacultura;

X. Establecer las bases para el desarrollo e implementación de medidas de sanidad de recursos pesqueros y acuícolas;

XI... al XV...”

Cabe mencionar que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala las facultades legales que corresponden a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y señala que, entre otros, tiene encomendados los siguientes asuntos:

Artículo 35.- A la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I.... al XX...

XXI. Fomentar la actividad pesquera a través de una entidad pública que tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:

a) Realizar directamente y autorizar conforme a la ley, lo referente a acuacultura; así como establecer viveros, criaderos y reservas de especies acuáticas;

b) Promover, fomentar y asesorar técnicamente la producción, industrialización y comercialización de los productos pesqueros en todos sus aspectos, en coordinación con las dependencias competentes;

c) Estudiar, proyectar, construir y conservar las obras de infraestructura pesquera y de acuacultura que requiere el desarrollo del sector pesquero, con la participación de las autoridades estatales, municipales o de particulares;

d) Proponer a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural la expedición de las normas oficiales mexicanas que correspondan al sector pesquero;

e) Regular la formación y organización de la flota pesquera, así como las artes de pesca, proponiendo al efecto, a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, las normas oficiales mexicanas que correspondan;

f) Promover la creación de las zonas portuarias, así como su conservación y mantenimiento;

g) Promover, en coordinación con la Secretaría de Economía, el consumo humano de productos pesqueros, asegurar el abasto y la distribución de dichos productos y de materia prima a la industria nacional; y

XXII... al XXIV.”

En este orden de ideas, el 8 de septiembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Acuerdo por el que se da a conocer que se levanta la veda temporal prevista en el similar por el que se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico y en los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías del litoral, incluyendo el Golfo de California, publicado el 23 de marzo de 2022, que en su parte fundamental señala:

“Artículo Primero. La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Conapesca con fundamento en Opinión Técnica del Inapesca, establece el levantamiento de la veda para la pesca de todas las especies de camarón existentes en las fechas y zonas del litoral del Océano Pacífico que a continuación se indican:

I. A las 00: 00 horas del día de la publicación del presente Acuerdo en el Estero San José y Laguna Manuela en Baja California; los sistemas lagunares y estuarinos del Sistema Bahía Magdalena-Almejas en Baja California Sur y los sistemas lagunares y estuarinos de Chiapas, Colima, Jalisco, Nayarit y Oaxaca, para embarcaciones menores.

II. A las 00: 00 horas del día 15 de septiembre de 2022 en las aguas marinas costeras y bahías de Sonora, sistemas lagunares estuarinos, marismas y bahías ubicados en el Centro-Norte de Sinaloa y del Sur de Sinaloa, para embarcaciones menores.

III. A las 00: 00 del 22 de septiembre de 2022 en aguas marinas de Jurisdicción Federal del Océano Pacífico mexicano, desde la frontera con los Estados Unidos de América, incluyendo el Golfo de California, hasta los límites con la República de Guatemala, para embarcaciones mayores y embarcaciones menores en Sinaloa, desde Bahía Ceuta hasta los límites con Sonora.

Artículo segundo. La vigilancia del cumplimiento de este Acuerdo estará a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, por conducto de la Conapesca, de forma coordinada con la Secretaría de Marina, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias.”

Por las razones y fundamentos arriba señalados, someto a la consideración de este pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para que, en uso de sus atribuciones y facultades, por medio de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, conceda permisos de pesca comercial de camarón a embarcaciones menores y de altura, en favor de las cooperativas pesqueras chiapanecas que así lo soliciten, a fin de que puedan operar en aguas marinas de jurisdicción federal adyacentes al litoral del estado de Chiapas.

Notas

1 https://www.mordorintelligence.com/es/industry-reports/shrimp-market

2 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. 16 de abril de 2020. Produjo México 47 mil 664 toneladas de camarón en la temporada de captura 2019-2020: Agricultura.

https://www.gob.mx/conapesca/articulos/produjo-mexico-47-mil-664 -toneladas-de-camaron-en-la-temporada-de-captura-2019-2020-agricultura

3 Veterinaria Digital - 4/01/2022. La producción de camarón en 2021 tuvo cifras positivas en Latinoamérica.

https://www.veterinariadigital.com/noticias/la-produccion-de-cam aron-en-2021-tuvo-cifras-positivas-en-latinoamerica/

4 Ibíd.

5 Ibídem.

6 Fuentes Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación, Abril, 2017. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Anuario Estadístico de Acuacultura y Pesca, Ediciones 2003-2013, Conapesca, México. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Anuario Estadístico de Pesca, Ediciones 2000-2002, Conapesca, México. Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, Anuario Estadístico de Pesca, Ediciones 1995-1999, SEMARNAP, México. Secretaría de Pesca, Anuario Estadístico de Pesca, Ediciones 1990-1994, Secretaría de Pesca, México.

https://apps1.semarnat.gob.mx: 8443/dgeia/compendio_2018/archivos/02_pesca/D2_PESCA01_05.pdf

7 Grupo Consultor de Mercados Agrícolas. 05/05/2021. Producción de camarón en granjas acuícolas, podría contrarrestar efectos del embargo estadounidense a la exportación de camarón capturado en bahía y altamar.

https://gcma.com.mx/produccion-de-camaron/

8 DOF: 05/06/2001. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=763882&fecha=05/0 6/2001#gsc.tab=0

9 DOF: 08/09/2022. Acuerdo por el que se da a conocer que se levanta la veda temporal prevista en el similar por el que se establece veda temporal para la pesca de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Océano Pacífico y en los sistemas lagunarios estuarinos, marismas y bahías del litoral, incluyendo el Golfo de California, publicado el 23 de marzo de 2022.

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5663769&fecha=08/ 09/2022#gsc.tab=0

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Leonor Coutiño Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.



SE ENTREGUEN LOS RECURSOS ASIGNADOS PARA ATENDER LOS DAÑOS POR FENÓMENOS NATURALES PERTURBADORES EN LOS MUNICIPIOS DE HUEHUETÁN, HUIXTLA, CHALPUTENANGO, TECPATÁN Y VILLA COMALTITLÁN, CHIAPAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a entregar los recursos asignados para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores, en los municipios de Huehuetán, Huixtla, Chalputenango, Tecpatán y Villa Comaltitlán, Chiapas, conforme a la Declaratoria de Desastre Natural por ocurrencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial, publicada en el DOF el 7 de agosto de 2022, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

Leonor Coutiño Gutiérrez, diputada en la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. Entre los días 16 y 22 se septiembre de 2022, se produjeron lluvias muy fuertes e intensas en el Estado de Chiapas, que provocaron inundaciones y deslizamientos de tierras en 21 municipios en los que resultaron afectados al menos 19 mil 188 personas.

En razón de ello, el 22 de septiembre de 2022, el Gobierno del Estado de Chiapas emito una “ Declaratoria de Emergencia Estatal para la Atención de los Daños Ocasionados por una Vaguada Monzónica Extendida muy próxima a las Costas del Pacífico Sur Mexicano, y Sistemas de Baja Presión con Probabilidad de Desarrollo Ciclónico al Sur de las Costas de Chiapas lo que favoreció lluvias puntuales muy fuertes a intensas, ocurridos los días comprendidos del 16 al 22 de septiembre de 2022”, misma que en sus puntos fundamentales señalo:

Se declara zona de emergencia y desastre en los municipios de Acapetahua, Amatán, Arriaga, Catazajá, Chalchihuitán, Chapultenango, Chilón, El Bosque, Escuintla, Huehuetán, Huixtán, Huixtla, Pantelhó, San Andrés Duraznal, Siltepec, Suchiate, Tapachula, Tecpatán, Tonalá, Tuzantán y Villa Comaltitlán, Chiapas, debido a los daños ocasionados por la ocurrencia de una vaguada monzónica extendida muy próxima a las costas del Pacífico Sur Mexicano, y sistemas de baja presión con probabilidad de desarrollo ciclónico al sur de las costas de Chiapas lo que favoreció lluvias puntuales muy fuertes a intensas, los días 16 al 22 de septiembre de 2022.

Se deben llevar a cabo las acciones necesarias mediante los mecanismos disponibles de colaboración y coordinación con instancias públicas federales, estatales y municipales, así como del sector privado y social; en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2, 3, 6, 7 fracción III y 8 fracción II de la Ley de Protección Civil del Estado de Chiapas.

Para efectos de la presente Declaratoria, corresponderá al Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas, a través de sus Dependencias y Entidades, atender las afectaciones y daños ocasionados en la Entidad por una vaguada monzónica extendida muy próxima a las costas del Pacífico Sur Mexicano, y sistemas de baja presión con probabilidad de desarrollo ciclónico al sur de las costas de Chiapas lo que favoreció lluvias puntuales muy fuertes a intensas, los días 16 al 22 de septiembre de 2022, por lo que, se instruye a los titulares de: Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Protección Civil, Promotora de Vivienda Chiapas, Comisión de Caminos e Infraestructura Hidráulica, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas) y todas las demás que sean necesarias, para que en el ejercicio de sus facultades y competencias, lleven a cabo las acciones encaminadas a recobrar de manera integral, la funcionalidad de los medios de vida, servicios básicos, infraestructura pública y social, organización y componentes de la estructura social de los municipios afectados, así como todas las acciones que se deriven de la presente Declaratoria y demás normatividad legal aplicable.

En cumplimiento al artículo 54 de la Ley de Protección Civil del Estado de Chiapas, las obras de reconstrucción que deriven de la presente Declaratoria, deberán contemplar las acciones de reducción de riesgos que resulten de los dictámenes de riesgos y estudios que se realicen previos a la integración de los proyectos ejecutivos.

La Secretaría de Hacienda deberá determinar la fuente de financiamiento para ejecutar las acciones que se programen derivado de la presente Declaratoria, debiendo designar y autorizar los recursos a las instancias de gobierno que ejecutarán las acciones.

La Secretaría de la Honestidad y Función Pública vigilará que las acciones y recursos que se ejecuten con motivo de esta Declaratoria, se realicen bajo los principios de derechos humanos, legalidad y transparencia.

Los Ayuntamientos de Acapetahua, Amatán, Arriaga, Catazajá, Chalchihuitán, Chapultenango, Chilón, El Bosque, Escuintla, Huehuetán, Huixtán, Huixtla, Pantelhó, San Andrés Duraznal, Siltepec, Suchiate, Tapachula, Tecpatán, Tonalá, Tuzantán y Villa Comaltitlán, deberán realizar las acciones correspondientes a la protección de la población, contra peligros y riesgos que se presenten ante los fenómenos naturales que afectaron las zonas declaradas en emergencia, de conformidad a los artículos 120, 121, 133, 134 y 135 de la Ley de Protección Civil del Estado de Chiapas.

La presente Declaratoria se formula de conformidad a lo dispuesto por el artículo 117 de la Ley de Protección Civil del Estado de Chiapas, razón por la cual no exime a los miembros integrantes del Consejo Estatal de Protección Civil de su participación y colaboración en el marco del Sistema Estatal de Protección Civil.”

Segundo. En consecuencia, el Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, Rutilio Escandón Cadenas, suscribió oficio número SPC/425/2022, y mediante acta de la 31a Sesión del Comité Estatal de Protección de Emergencias del día 22 de septiembre de 2022, en las que se solicitó a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en los municipios de Chapultenango, Huehuetán, Huixtla, Tecpatán y Villa Comaltitlán de dicha Entidad federativa, por la ocurrencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial del 20 al 22 de septiembre de 2022.

El 29 de septiembre de 2022, mediante con oficio número BOO.8.-245, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) emitió su opinión técnica en atención al similar SPC/425/2022, disponiendo en su parte conducente que: se corrobora el fenómeno de lluvia severa e inundación fluvial el 20 de septiembre de 2022, en el municipio de Huixtla; lluvia severa e inundación pluvial el 21 de septiembre de 2022 en los municipios de Chalputenango y Tecpatán; por inundación pluvial el 20 de septiembre de 2022, en el municipio de Huehuetán; y por inundación pluvial el 22 de septiembre de 2022 en el municipio de Villa Comaltitlán, todos del Estado de Chiapas.

El 30 de septiembre de 2022 y con fundamento en el artículo 8 de Lineamientos, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del Estado de Chiapas presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.

Por estas razones, el día 7 de agosto de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Declaratoria de Desastre Natural por la Ocurrencia de Lluvia Severa, Inundación Pluvial e Inundación Fluvial del 20 al 22 de septiembre de 2022, en 5 municipios del Estado de Chiapas, el cual en su parte fundamental señala:

Se declara como zona de desastre por la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial el 20 de septiembre de 2022, al municipio de Huixtla; lluvia severa e inundación pluvial el 21 de septiembre de 2022 a los municipios de Chalputenango y Tecpatán; por inundación pluvial el 20 de septiembre de 2022, al municipio de Huehuetán; y por inundación pluvial el 22 de septiembre de 2022 al municipio de Villa Comaltitlán, todos del Estado de Chiapas.

La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil y los Lineamientos.

La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y su Reglamento, y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 7 de los Lineamientos.”

Tercero. Cabe señalar que la Ley General de Protección Civil, en sus artículos 59 y 60 define lo que debe entenderse como declaratoria de emergencia y declaratoria de desastre natural, y a la letra señala:

La declaratoria de emergencia es el acto mediante el cual la Secretaría reconoce que uno o varios municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de una o más entidades federativas se encuentran ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de una situación anormal generada por un agente natural perturbador y por ello se requiere prestar auxilio inmediato a la población cuya seguridad e integridad está en riesgo.

La declaratoria de desastre natural es el acto mediante el cual la Secretaría reconoce la presencia de un agente natural perturbador severo en determinados municipios o demarcaciones territoriales de una o más entidades federativas, cuyos daños rebasan la capacidad financiera y operativa local para su atención, para efectos de poder acceder a recursos del instrumento financiero de atención de desastres naturales.

Para el caso de las declaratorias de desastre natural, éstas también podrán ser solicitadas por los titulares de las instancias públicas federales, a fin de que éstas puedan atender los daños sufridos en la infraestructura, bienes y patrimonio federal a su cargo.”

Cuarto. Cabe mencionar que los desastres no son naturales, sino socialmente construidos; éstos reflejan la materialización del riesgo, el cual resulta del impacto potencial de diversas amenazas en una sociedad vulnerable y expuesta a las mismas.

Más allá del entendimiento de la potencial distribución y dinámica espacial y/o temporal de las amenazas, cuya relevancia es incuestionable, son precisamente la vulnerabilidad y la exposición los ingredientes del binomio que expresa fehacientemente los procesos de construcción social del riesgo que se deben atender con la finalidad de disminuir el riesgo de desastres.

Las implicaciones que esto conlleva rebasan el ámbito de la Protección Civil, la cual en México ha estado prácticamente dirigida a proteger parcialmente la integridad física de la población a través de acciones de respuesta durante emergencias, dejando de lado las acciones orientadas, a mediano y largo plazo, a la reducción de los factores de vulnerabilidad y exposición.

Quinto. Para el caso concreto, a pesar de haberse cubierto todos los requisitos legales y administrativos necesarios, por las autoridades del Estado de Chiapas y la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a más de ocho meses de sucedido el desastre natural, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público aún no ha liberado los recursos asignados para paliar estos hechos.

Por las razones y fundamentos arriba señalados, someto a la consideración de este pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para que a la brevedad entregue los recursos asignados para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores, en los municipios de Huehuetán, Huixtla, Chalputenango, Tecpatán y Villa Comaltitlán, Chiapas, conforme a la Declaratoria de Desastre Natural por ocurrencia de Lluvia Severa, inundación pluvial e inundación fluvial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2022.

Notas

1. Periódico Oficial. Órgano de Difusión Oficial del Estado Libre y Soberano de Chiapas, jueves, 22 de septiembre de 2022, numero 245. Declaratoria de Emergencia Estatal para la atención de los daños ocasionados por una vaguada monzónica extendida muy próxima a las costas del Pacífico Sur Mexicano, y sistemas de baja presión con probabilidad de desarrollo ciclónico al Sur de las costas de Chiapas lo que favoreció lluvias puntuales muy fuertes a intensas, ocurridos los días comprendidos del 16 al 22 de septiembre de 2022.

https://www.sgg.chiapas.gob.mx/periodico/periodico1824

2. DOF: 13/08/2021. Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación Específicos para atender los daños desencadenados por fenómenos naturales perturbadores.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5626531&fecha =13/08/2021#gsc.tab=0

3. DOF: 07/10/2022. Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial del 20 al 22 de septiembre de 2022, en 5 municipios del Estado de Chiapas.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5667497&fecha =07/10/2022#gsc.tab=0

4. LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012. TEXTO VIGENTE. Última reforma publicada DOF 20-05-2021.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPC_200521.pdf

5. Gestión Integral de Riesgo de Desastres en México: reflexiones, retos y propuestas de transformación de la política pública desde la academia.

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid= S0188-46112019000100002

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Leonor Coutiño Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



EXHORTO A LA SEMARNAT, A DESARROLLAR DE MANERA PRIORITARIA POLÍTICAS PARA LA PROTECCIÓN DE ARRECIFES DE CORAL

«Proposición conn punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a desarrollar de manera prioritaria políticas específicas para la protección de arrecifes de coral, a cargo de la diputada Diana María Teresa Lara Carreón, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Diana María Teresa Lara Carreón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno federal a desa-rrollar de manera prioritaria políticas específicas para la protección de arrecifes de coral; lo anterior al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo a información de la organización Alongside, los corales marinos son organismos formados por pequeños animales llamados pólipos o zooides que proporcionan protección a las algas fotosintéticas llamadas zooxantelas que le dan color al coral. “Estas microalgas marinas mantienen una relación simbiótica con los corales. Los corales le proporcionan protección y a cambio obtienen la energía que produce la zooxantela a través de la fotosíntesis. De este modo los corales reciben 90 por ciento de la energía que necesitan para vivir y que utilizan para poder construir su esqueleto y crecer.” (Alongside, 2023). Los arrecifes de coral no son plantas ni rocas, son animales coloniales.

Los arrecifes de corales suelen encontrarse en aguas cálidas cuya temperatura oscilar entre los 20º y los 28ºC. Por eso es común verlos entre los trópicos de Cáncer y Capricornio, la mayoría a menos de 50 metros de profundidad. Los corales pueden ser de esqueleto blando o de esqueleto duro, estos últimos, también llamados corales pétreos, son los que pueden formar colonias de gran extensión en zonas marítimas tanto de baja como de alta profundidad, conocidos como arrecifes. Los arrecifes son uno de los ecosistemas más diversos y biológicamente complejos del planeta.

Además de los corales pétreos, también se han identificado los siguientes tipos (EPA, 2023):

- Los hidrocorales, o corales de fuego, son hidrozoos formadores de arrecifes que tienen un exoesqueleto calcáreo duro y células que pueden causar escozor y sensación de ardor al tocarlos.

- Los octocorales, o corales blandos, incluyen a las gorgonias, que se desarrollan más como plantas carnosas y no forman estructuras esqueléticas de carbonato de calcio.

- Los antipatarios, o corales negros, son otro tipo de coral “blando” con ramificaciones. Algunos corales blandos tienen zooxantelas para obtener alimentos y energía, pero otros, como los corales negros, existen sin esta relación simbiótica.

Como todo ecosistema, los arrecifes de coral son parte fundamental de la subsistencia de miles de seres presentes en su entorno. Aproximadamente un 25 por ciento del total de la vida marina depende en alguna medida de los arrecifes de coral. Además, los seres humanos también tienen una relación estrecha con los arrecifes de coral ya que se estima que 500 millones de personas alrededor del mundo dependen de este ecosistema directa o indirectamente. Temas como la pesca, la alimentación, el turismo y hasta la protección de las costas se verían seriamente afectadas si no se garantiza la protección de nuestros arrecifes.

La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos afirma que los arrecifes de coral sanos garantizan lo siguiente:

- Hábitat, alimentación y lugar de desove y cría para más de un millón de especies acuáticas, que incluyen especies de peces de recolección comercial.

- Alimentos para las personas que viven cerca de los arrecifes de coral, especialmente, en islas pequeñas.

- Oportunidades de recreación y turismo, por ejemplo, pesca, buceo con esnórkel y buceo con equipo de submarinismo, que aportan miles de millones de dólares a las economías locales.

- Protección de la infraestructura costera y prevención de la pérdida de vidas a causa de tormentas, tsunamis, inundaciones y erosión.

- Fuentes de nuevos medicamentos que pueden usarse para tratar enfermedades y otros problemas de salud.

El beneficio neto total a nivel mundial de los arrecifes de coral se estima en 29.8 mil millones de dólares, aproximadamente.

A medida que el cambio climático avanza, sus repercusiones negativas comienzan a notarse en todos los ecosistemas existentes en el planeta tierra. Se estima que durante el Siglo XX la temperatura media del planeta aumentó en un grado, lo cual afecta directamente a los océanos y mares que son los principales encargados de absorber ese exceso de calentamiento en el ambiente.

La organización internacional National Geographic ha documentado que los 100 metros más superficiales de océanos y mares del planeta han aumentado notoriamente su temperatura; se estima que, de 1969 a la fecha, el incremento fue de 0.33 grados, dato que podrían parecer insignificante, pero que en realidad está acelerando la destrucción de ecosistemas completos, como es el caso de los arrecifes de coral.

Cuando los corales duros se estresan, principalmente debido al incremento de las temperaturas en océanos y mares, expulsan sus coloridas zooxantelas simbióticas, pequeñas algas que proporcionan energía al coral. Esta acción deja al coral debilitado, con poco alimento y vulnerable ante su entorno. El esqueleto blanco del coral se hace visible a través del tejido transparente coralino. Por eso el suceso se llama blanqueamiento; si los corales permanecen blanqueados durante mucho tiempo, pueden enfermar y morir. Naciones Unidas resume este gran problema en pocas palabras: por décadas los océanos nos han protegido del aumento radical de las temperaturas del aire, y como consecuencia, los arrecifes de coral están siendo “hervidos vivos” en lugar de nosotros (ONU, 2019).

En México, según datos de la Comisión Nacional del Agua, existen 13 áreas naturales protegidas que cuentan con arrecifes de coral. Nueve se encuentran en el Golfo de México y el Mar Caribe; el resto se distribuyen en el océano Pacífico y el Golfo de California. Esta misma fuente señala que en los mares mexicanos existen 60 especies de corales que comprenden un área de 1 mil 780 kilómetros cuadrados, incluida la costa oriental de la península de Yucatán, que corresponde desde isla Contoy, Xcalak, hasta Banco Chinchorro, zona que forma parte de la segunda barrera arrecifal más grande del mundo, el Sistema Arrecifal Mesoamericano.

Nuestro país ha suscrito acuerdos internacionales que contienen diversos compromisos para la protección directa o indirecta de los arrecifes de coral. Entre los más importantes podemos mencionar:

- La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982).

- La Convención sobre Humedales de Importancia Internacional (1971).

- El Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992).

- La Convención de Cartagena para la Protección del Medio Marino de la Región del Gran Caribe (1983).

- La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de las Naciones Unidas (1972).

- El Código de Conducta para la Pesca Responsable de la Organización de las Naciones para la Agricultura, la Pesca y la Alimentación (1995).

- La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (1973).

- Acuerdo de París (2015).

- Entre otras.

Se estima que a nivel mundial se han perdido 14 por ciento de las superficies totales de arrecifes de coral, equivalentes a casi 12 mil kilómetros cuadrados y organizaciones ambientales estiman que para 2050 habrán muerto 90 por ciento de los arrecifes de coral en nuestro planeta, lo cual desataría una crisis nunca vista en los ecosistemas acuáticos dependientes de este organismo. Se requiere una intervención drástica y especializada para evitar la pérdida masiva de este importante elemento de vida, por lo cual la autoridad competente en México está obligada a implementar políticas públicas que atiendan este problema de manera urgente.

Con base en lo aquí expuesto, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno federal a desarrollar de manera prioritaria políticas específicas para la protección de arrecifes de coral en territorio nacional.

Referencias

Alongside. (2023). La importancia de los corales. Sitio web

https://alongside.eco/pages/about-coral

Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos. (2023). Información básica sobre los arrecifes de coral. Sitio web

https://espanol.epa.gov/espanol/informacion-basica-sobre-los-arr ecifes-de-coral

Gobierno de México. (28 de julio de 2027). Corales, guardianes submarinos. Sitio web

https://www.gob.mx/conagua/articulos/corales-guardianes-submarin os

National Geographic. (19 de septiembre de 2022). ¿Por qué aumenta la temperatura del mar?Sitio web

https://www.nationalgeographic.es/medio-ambiente/el-aumento-de-l a-temperatura-del-mar

Quiñones, Laura. (15 de enero de 2019). Estamos hirviendo vivos los arrecifes de coral. ONU. Sitio web

https://news.un.org/es/story/2019/01/1449332

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Diana María Teresa Lara Carreón (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



SE PUBLIQUE EN EL DOF, EL ACUERDO DE INICIO DE EMERGENCIA POR OCURRENCIA DE SEQUÍA SEVERA, EXTREMA O EXCEPCIONAL EN CUENCAS PARA 2023

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a publicar en el DOF el acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2023, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

Héctor Israel Castillo Olivares, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

A partir del segundo semestre de 2023, la circulación anticiclónica en niveles medios de la atmósfera ha ocasionado entre sus efectos adversos, la tercera ola de calor con presencia en las 32 entidades federativas, alcanzando temperaturas superiores a los 40 °C en al menos 24 entidades del país, entre las que destacan Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí, Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán; con 45°C.

Temperaturas máximas de 40 a 45 °C: Baja California, Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Durango, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla, Oaxaca y Chiapas.

Temperaturas máximas de 35 a 40 °C: Zacatecas, Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, estado de México (suroeste) y Quintana Roo.

Temperaturas máximas de 30 a 35 °C: Tlaxcala y Ciudad de México, además de pronosticarse la entrada de las ondas tropicales 4 y 5 en Guerrero, Chiapas, Guerrero y Oaxaca, con lluvias fuertes a muy fuertes.

Como parte de las acciones de mitigación para enfrentar las olas de calor, autoridades como la Secretaría de Educación Pública, dieron a conocer la modificación en los horarios de las jornadas escolares para evitar que, las alumnas, alumnos, docentes, personal administrativo, madres y padres de familia se expongan a altas temperaturas.

Durango, Nuevo León, Sinaloa y Tamaulipas, conformaron un bloque de estados que, a partir del 12 de junio del presente año, decidieron modificar el horario escolar para concluir el ciclo escolar 2022-2023, en los siguientes términos:

De acuerdo con la doctora Graciela Binimelis de Raga, investigadora del Instituto de Ciencias de la Atmósfera y Cambio Climático de la Universidad Nacional Autónoma de México, la presencia de olas de calor en el territorio nacional, son cada vez más extremas y prolongadas en donde los récords de temperaturas se están rompiendo cada vez con mayor frecuencia, como consecuencia del cambio climático y el calentamiento global y por ello, en meses recientes, en México se han registrado climas muy secos y ha habido retroalimentación entre sequía y ola de calor, porque cuanto más seco está el clima se registran temperaturas más altas y es entonces que las zonas más secas son susceptibles a convertirse en olas de calor más extremas

El último reporte del Monitor de Sequía en México del SMN de la Conagua, del 31 de agosto de 2023, revela que, de los 2471 municipios, 1499 presentan alguna condición de sequía, cifra que representa el 60.7 por ciento de municipios con problemas de sequía; 645 se reportan anormalmente secos y únicamente 327 no presentan afectaciones.

El MSM, es un reporte que contiene una descripción de la sequía en el país, tablas y gráficos con porcentajes de áreas afectadas por sequía a nivel nacional, estatal, 13 Organismos de Cuenca y 26 Consejos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), además de la contabilidad de municipios afectados por cualquier categoría de sequía.

De acuerdo con el MSM, las categorías de la sequía son: (D1) Sequía severa (D2), Sequía extrema (D3) hasta Sequía excepcional (D4) severa, extrema o excepcional.

Ahora bien, la sequía asociada al cambio climático, es resultado de una alteración en la dinámica atmosférica de la humedad, cada vez más intensa, prolongada y con impactos devastadores para las entidades federativas con hidrografía limitada. Un claro ejemplo es el estado de Nuevo León, en donde sus habitantes han enfrentado desde febrero de 2022, los efectos de la crisis de agua y los constantes cortes al suministro de agua potable por medidas implementadas a cargo de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, IPD (SADM), en el Plan “Agua para Todos” mediante el cual se intentó garantizar el abastecimiento de agua a partir de la disminución de la presión diaria en un horario de 6: 00 pm a 6: 00 am en algunas de las siete zonas previstas en dicha estrategia, como parte de las medidas para la estricta aplicación del Programa de Vigilancia Permanente para Verificar el Cuidado y Uso del Agua en todos los sectores de la actividad, previstas en el Artículo Cuarto de la Declaratoria de Emergencia por Sequía en el estado de Nuevo León.

Aunado a la crisis de sequía y las olas de calor prevaleciente en el territorio nacional; diversos medios de comunicación difundieron la llegada del fenómeno conocido como canícula. Al respecto, el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), sostiene que la canícula, se presenta en algunas regiones del país entre los meses de julio y agosto debido a que las lluvias disminuyen, al mismo tiempo que se dan altas temperaturas. Las lluvias disminuyen porque los vientos alisios, al soplar con fuerza desde el Este, impiden la formación de nubes sobre el océano, con lo cual se reducen las lluvias en el parte del territorio continental.

La canícula comienza unas semanas después del solsticio de verano, el cual ocurre el día 21 de junio y se caracteriza por: temperaturas superiores a 37 grados Celsius, disminución de lluvias, calentamiento del aire y cielos despejados y los estados que sufren mayor afectación por la canícula son: Campeche, Colima, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán. Periodo más caluroso del año.

Adicionalmente a lo señalado por el IMTA, el informe anual 2021 del Reporte del Clima en México del SMN de la Conagua, revela que la Canícula, sequía intraestival o veranillo, es una “disminución de precipitación durante lo que se conoce como la temporada de lluvias. El patrón de déficit de precipitación no es uniforme, es decir, no se presenta en todos los estados con la misma duración e intensidad y muchas veces puede ser suavizado por eventos extremos como el impacto de algún ciclón tropical o la llegada de ondas del este que dejen lluvia en estas regiones, por lo que su monitoreo es importante.

La canícula intensa se presenta al norte de Tamaulipas, en cambio la canícula moderada al oriente de Coahuila, Nuevo León y el resto de Tamaulipas; por último, la canícula débil se observa desde Guanajuato, Querétaro, Hidalgo, norte del estado de México, occidente de Jalisco y de Michoacán, Veracruz, Tlaxcala, Puebla, Oaxaca, Chiapas, Tabasco y la Península de Yucatán.

Es importante mencionar que, a partir del verano de 2021, se ha registrado un importante incremento de zonas con canícula intensa y moderada con respecto a los patrones climatológicos en el centro y centro-sur mismas que presentaron en su mayoría un aumento de intensidad de la canícula pasando de ser débil a canícula moderada o intensa.”

Los datos descritos nos confirman que las afectaciones por sequía que enfrentamos, año con año se incrementarán y el panorama de crisis hídrica persistente se agudizará durante los meses de octubre y noviembre e impactará severamente a la población de estados como Nuevo León, debido a los bajos niveles de captación de agua en las tres principales presas: La Boca, Cerro Prieto y El Cuchillo-Solidaridad.

De manera específica, la problemática en Nuevo León se ha agudizado debido a que la Presa La Boca, presenta su nivel más bajo en 2023, con 42.43 por ciento de su capacidad, de acuerdo con el informe más reciente de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y debido a la extracción de más de 2 mil litros por segundo motivado por la ola de calor anticipada que se vive en la entidad.

Desde septiembre de 2022, el alcalde de Santiago, advirtió sobre el peligro de los bajos niveles de extracción al embalse, mismo que aumentó en la última semana de julio de 2023 debido a una falla reportada en el ducto Cerro Prieto, así como las altas temperaturas que se han registrado en los últimos meses en Nuevo León, lo que ha acelerado y aumentado el número de reportes de colonias sin agua.

Pese al panorama de crisis hídrica en Nuevo León, ésta no ha sido reconocida como un asunto de atención prioritaria por parte de las autoridades de los tres órdenes de gobierno, lo que ha motivado una serie de acciones legislativas por parte de las y los diputados locales y federales del estado de Nuevo León e integrantes de Acción Nacional, quienes desde 2018 hemos exhortado a la Comisión Nacional del Agua y al gobierno local, a que supervisen la disponibilidad de las fuentes de abastecimiento de la entidad, establezcan estrategias de atención y de mitigación a partir de una perspectiva del derecho fundamental al agua y seguridad hídrica.

Asimismo, en el marco de las sesiones de la Comisión Permanente correspondientes al segundo receso del segundo año de ejercicio de la actual legislatura, el 28 de junio de 2023, exhorté a la Conagua, a publicar en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de carácter general de Inicio de Emergencia por ocurrencia de Sequía para el año 2023.

Ante la grave omisión por parte de la Conagua, considero fundamental reiterar que, en términos de lo previsto en los artículos 4, 7 fracción IX y 9 fracción L de la Ley de Aguas Nacionales, es la autoridad responsable de la cantidad y calidad de las aguas de su gestión en el territorio nacional, con atribuciones para tomar las medidas necesarias y de carácter transitorio, que garanticen el abastecimiento de los usos doméstico y público urbano en situaciones de emergencia, escasez extrema o sobreexplotación, así como concertarlas con los interesados, cuando estas acciones puedan afectar los derechos de concesionarios y asignatarios de aguas nacionales.

Adicionalmente, el artículo tercero de los lineamientos que establecen los criterios y mecanismos para emitir acuerdos de carácter general en situaciones de emergencia por la ocurrencia de sequía, así como las medidas preventivas y de mitigación, que podrán implementar los usuarios de las aguas nacionales para lograr un uso eficiente del agua durante sequía”, determina los criterios técnicos para considerar una emergencia por sequía; y el artículo cuarto del citado instrumento, establece que el Acuerdo de Carácter General de Emergencia por Ocurrencia de Sequía, es el acto mediante el cual la Comisión Nacional del Agua determina que una o varias cuencas hidrológicas se encuentran ante la presencia de una situación natural anormal que se manifiesta como una sequía severa, extrema o excepcional, así como la extensión territorial de afectación y las medidas para enfrentar este fenómeno.

Como habitante y diputado federal por el distrito 01 Santa Catarina y San Pedro Garza García, considero urgente hacer un llamado desde la máxima tribuna de la nación, a la Conagua, como instancia responsable de implementar acciones inmediatas para mitigar los efectos de la sequía.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Nacional del Agua a que, en el ámbito de sus atribuciones, publique en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo de carácter general de Inicio de Emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para 2023.

Notas

1 Servicio Meteorológico Nacional, Comisión Nacional del Agua, Pronóstico Meteorológico General, 19 de junio de 2023.

https://www.gob.mx/smn/

2 Ídem.

3 Ídem.

4 Ídem.

5 Estados en los que cambiará el horario escolar por ola de calor en México, Telediario, 19 de junio de 2023.

https://www.telediario.mx/nacional/sep-cambio-horario-escolar-ol a-calor

6 Recomendaciones y medidas para prevenir los efectos de las altas temperaturas - Ampliación de plazo y precisiones, Secretaría de Educación del Estado de Tamaulipas.

https://www.tamaulipas. gob.mx/educación/temporada de calor-ampliacion/

7 https://www.atmosfera.unam.mx/ciencias-atmosfericas/interaccion-micro-y-mesoesc ala/graciela-lucia-binimelis-de-raga/

8 Robles, Daniel, “Pueden llegar a ser mortales, Olas de calor, cada vez más intensas, largas y peligrosas. Enfrentamos una polarización del clima con temperaturas extremas”, Gaceta UNAM, 4 de mayo de 2023.

https://www.gaceta.unam.mx/olas-de-calor-cada-vez-mas-intensas-l argas-y-peligrosas/

9 Clasificación de Intensidad de la Sequía de acuerdo al del Monitor de Sequía de América del Norte (NADM).

https://smn.conagua.gob.mx/es/categorias-de-sequia

10 https://www.sadm.gob.mx/

11 Periódico Oficial, Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, miércoles 2 de febrero de 2022, Tomo CLVIX número 18V, Página 9.

12 ¿Qué es la canícula?, deriva de la palabra “canes”, que significa “perros” y su alusión al fenómeno de calor abrasivo tiene una base astronómica, ya que se refiere a la constelación del Can Mayor (Canícula) y su estrella Sirio “La Abrasadora”, cuya primera aparición en el horizonte coincidía con el fenómeno de calor excesivo. Instituto de Tecnología del Agua, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 12 de julio de 2019.

https://www.gob.mx/imta/articulos/que-es-la-canicula

13 Idem.

14 Idem.

15 Reporte del Clima en México, Reporte Anual 2023, Coordinación General del Servicio Meteorológico Nacional, Gerencia de Meteorología y Climatología, Subgerencia de Climatología y Servicios Climáticos, Comisión Nacional del Agua, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, México, 2021, páginas 33-36.

https://smn.conagua.gob.mx/tools/DATA/Climatolog%C3%ADa/Diagn%C3 %B3stico%20Atmosf%C3%A9rico/Reporte%20del%20Clima%20en%20M%C3%A9xico/Anual2021. pdf

16 Ídem.

17 Fuentes, Martín, “Presa La Boca tiene 42.43 por ciento de su capacidad, la más baja de 2023”, Publimetro, 3 de julio de 2023,

https://www.publimetro.com.mx/nuevo-leon/2023/07/03/presa-la-boc a-tiene-el-menor-nivel-de-capacidad-en-lo-que-va-del-ano/

18 González Cortés, Sandra, “Presa La Boca se vuelve a secar ante fallas en acueducto y altas temperaturas”, Periódico Milenio, 17 de julio de 2023.

https://www.milenio.com/politica/comunidad/presa-la-boca-luce-se ca-ante-fallas-en-acueducto

19 Turno: Tercera Comisión, Gaceta Parlamentaria, LXV/2SPR-14-3238, miércoles 28 de junio de 2023.

https://www.senado.gob.mx/65/gaceta_comision_permanente/2023_06_ 28/3238

20 Publicado el 22 de noviembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



ABSTENERSE DE REALIZAR CUALQUIER DECLARATORIA DE ÁREA NATURAL PROTEGIDA EN LOS TERRITORIOS DE LAS SIERRAS DE LA GIGANTA Y GUADALUPE, BAJA CALIFORNIA SUR, SIN UN ESTUDIO PREVIO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a través de Conanp, a abstenerse de realizar cualquier declaratoria de Área Natural Protegida en los territorios de las sierras de la Giganta y Guadalupe, ubicadas en Baja California Sur, sin antes llevar a cabo un estudio previo justificativo que incluya la participación activa, así como un proceso de consulta entre representantes de los ejidos ubicados la zona, a cargo del diputado Marco Antonio Almendariz Puppo, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe Marco Antonio Almendariz Puppo, diputado federal de la LXV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX, artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados someto ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En 2014, existió la pretensión de decretar como Reserva de la Biosfera, a las sierras La Giganta y Guadalupe en Baja California Sur, las cuales cuentan con una superficie superior a 1 millón 600 mil hectáreas, sin embargo, esta acción que fue rechazada, no sólo por las comunidades que afectadas, sino por una gran cantidad de ciudadanos sudcalifornianos, incluyendo autoridades estatales y municipales.

Lo anterior respondió, a que se generaría una inminente afectación en la vida, las costumbres, el sustento y la identidad de las comunidades ejidales que, además se erigen como los descendientes de los habitantes asentados históricamente en el territorio sudcaliforniano, vulnerando sus derechos humanos individuales y colectivos, mismos que están consagrados en la Constitución federal y estatal.

En consecuencia, se le exigió en ese momento a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), respetasen los derechos de los ejidos y de los ejidatarios, para que pudieran ser, exclusivamente ellos, los que decidieran libremente el destino de sus tierras, que son el patrimonio de sus familias y de sus futuras generaciones. Tales exigencias quedaron plasmadas en un documento o carta, denominada “Pacto de Cadejé” firmada por 13 ejidos.

Sin embargo, tan sólo ocho años después, en 2022 este tema volvió a surgir a la luz pública, lo que de nueva cuenta generó preocupación e incertidumbre entre los ejidatarios de la zona, por lo cual un grupo de representantes de los principales ejidos pudo asistir a la conferencia mañanera del presidente de la República el 28 de octubre de 2022, realizada en La Paz, Baja California Sur. En este marco, se le informó al presidente que, los ejidatarios de Baja California Sur temían ser despojados por el proyecto de la sierra La Giganta, a lo cual el mandatario respondió que no se iba a permitir ningún despojo y se comprometió a vigilar que esto no sucediera.

Sin embargo el pasado 15 de agosto de 2023, fueron publicados diversos decretos de declaración de áreas naturales protegidas, dos de ellos en el municipio de Loreto en Baja California Sur. Lo anterior si bien, no forma parte de las tierras pertenecientes a ejidos o particulares, representa una amenaza y deja abierta la posibilidad para que las sierras de La Giganta y Guadalupe se consideren áreas naturales protegidas (ANP) en próximos decretos; más aún si se toman en cuenta las declaraciones realizadas por el entonces Subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Semarnat Iván Rico, del 29 de octubre de 2022, en dónde explicó que muchos de estos proyectos son heredados de pasadas administraciones, y citó el caso de sierras La Giganta y Guadalupe, señalando que este proyecto jurídicamente está listo para el decreto.

El mismo funcionario señaló que, el proyecto pasó por un proceso de consulta y ya hubo una publicación en el Diario Oficial de la Federación, aunque coincidió en que se trató de una consulta “de papel”, porque no se hizo con las comunidades; que fue “manoseada”, que no hubo información previa y no hubo información a todas las comunidades”, y “puntualizó que en estos proyectos de ANP no hay un tiempo límite; en lo que vamos a apresurarnos es ir a las comunidades, dijo, y adelantó que lo harán sin intermediarios, tal y como lo ha instruido el presidente López Obrador.

Asimismo, recientemente la Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ha señalado que, el tema de áreas naturales protegidas en la sierra La Giganta y Guadalupe sigue vivo, y es un proyecto que abarca más de 1.6 millones de hectáreas propiedad en su mayoría de 20 ejidos, y que inicia cerca de El Mechudo en el municipio de La Paz y termina en el sur de San Ignacio, en el municipio de Mulegé.

Razón por la cual, como representante popular de Baja California Sur y también como oriundo de la entidad, me veo obligado a manifestarme en el tema y actuar en los mismos términos que en 2014, señalando que rechazamos rotundamente la afectación de más de 1.6 millones de hectáreas, ya que impactaría directamente en la vida, las costumbres, el sustento y la identidad de las comunidades ejidales auténticamente sudcalifornianas, vulnerando sus derechos humanos individuales y colectivos.

En este sentido, es importante señalar que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, las áreas naturales protegidas (ANP) se consideran de utilidad pública, es decir, adquieren un status similar al de una expropiación, en este caso, con la finalidad de proteger y preservar el medio ambiente, no de explotarlo racional y ordenadamente, sino conservarlo “para las futuras generaciones”, pero condenado a las actuales a renunciar a sus recursos naturales y a la vocación productiva de sus tierras.

Asimismo, el artículo 46 del citado ordenamiento señala que en las ANP no podrán autorizarse la fundación de nuevos centros de población y queda prohibida la introducción de especies exóticas invasoras; en el primer caso, y debido a que las ANP son a perpetuidad, se descarta para siempre la posibilidad de que en el futuro nosotros o nuestros herederos puedan aprovechar las tierras para establecerse a vivir ya sea en un rancho, comunidad o colonia de nueva creación, ni tampoco se podrá hacer desarrollo turístico o habitacional, afectando la vocación presente y futura de nuestra tierra.

En el segundo caso, condenaría a los ranchos tradicionales a la extinción, ya que en su mayor parte se dedican a la caprinocultura y la “chiva doméstica federal” se encuentra en la lista oficial que publicó la Semarnat sobre la lista de especies exóticas invasoras; tampoco se podría mejorar los agostaderos, ya que en esta lista se contempla la prohibición para introducir casi todos los pastos.

Adicionalmente, según la ley en comento, en las ANP solo se podrán llevar a cabo explotaciones agrícolas, pesqueras y pecuarias “actuales”, es decir, las que ya se realizan de manera cotidiana; o sea, solo lo que ya existe, sin posibilidades de ampliación o crecimiento, además de que estas actividades deberán ser compatibles con las acciones de conservación del área. En otras palabras, solo se permiten actividades relacionadas con la conservación.

En este sentido, en las ANP solo se permiten algunas actividades productivas en las zonas de amortiguamiento, pero sólo podrán realizarse las emprendidas por las comunidades que ahí habiten al momento de la expedición de la declaratoria respectiva; es decir, se condena a los propietarios de la tierra y a los habitantes a convertirse en espectadores de la naturaleza y a vivir en las condiciones que actualmente enfrentan, que en la mayoría de los casos son de marginación y de pobreza.

Por otro lado, en la elaboración del Estudio Previo Justificativo publicado en 2014 para el ANP Sierras la Giganta y Guadalupe, se violó el artículo 58 de la ley multicitada, ya que señala que previo a la expedición de las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas, se deberán realizar los estudios que lo justifiquen; en este caso, el estudio es apócrifo y por tanto nulo de pleno derecho, debido a la falsedad de la información contenida, entre la que destaca que participaron, otros, la Universidad Autónoma de Baja California Sur, el Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, la Semarnat y el Instituto Nacional de Antropología e Historia, cuando los propios representantes de estas instituciones desmintieron tal versión.

En concordancia con lo anterior, es importante señalar que, en el proceso de consulta para este proyecto, nunca se consultó a los dueños de las tierras, es decir a los ejidos, solo a algunos rancheros, que en su mayoría no son propietarios de los predios que ocupan, y según el propio subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Semarnat, Iván Rico, en el caso del proyecto de ANP Sierras la Giganta y Guadalupe, hubo una consulta “de papel”, no se hizo con las comunidades y estuvo “muy manoseada”, según declaró en entrevista realizada en octubre de 2021.

En otro orden de ideas, de acuerdo con el artículo 64-Bis 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Federación podrá otorgar a los propietarios, poseedores, organizaciones sociales, públicas o privadas, pueblos indígenas y demás personas interesadas, concesiones, permisos o autorizaciones para la realización de obras o actividades en las áreas naturales protegidas, es decir, en los hechos los dueños de las tierras pierden su dominio.

No obstante que, la ley señala que “Los núcleos agrarios, pueblos indígenas y demás propietarios o poseedores de los predios en los que se pretendan desarrollar las obras o actividades, “tendrán preferencia”, cualquiera podría usufructuar las tierras del ANP, ya que los propietarios, solo tendrían “preferencia”, lo que se puede interpretar de múltiples maneras, pero siempre en detrimento de los legítimos dueños.

Por otro lado, según el artículo 65 de la Ley del Equilibrio Ecológico, en la elaboración del plan de manejo (que se hace una vez decretada el ANP), pueden intervenir “organizaciones sociales, públicas o privadas, y demás personas interesadas”, es decir, personas ajenas a los ejidos decidirán sobre lo que se puede o no se puede hacer, conforme a las limitaciones del decreto.

Aunado a lo anterior, el artículo 67 de la ley señala que la Secretaría de Medio Ambiente podrá otorgar a ejidos, comunidades agrarias, pueblos indígenas, grupos y organizaciones sociales, y empresariales y demás personas físicas o morales interesadas, la administración de las áreas naturales protegidas; lo que en los hechos, implica que las tierras ejidales una vez convertidas en ANP puedan ser administradas por personas ajenas. Es decir, un área natural protegida equivale a una expropiación, pero sin que haya de por medio una indemnización.

Baja California Sur es un estado con gran vocación turística, por lo que el destinar nuestras tierras a la conservación, implicaría terminar para siempre con la esperanza de mejorar nuestro patrimonio y el de nuestras familias, ya que las tierras convertidas en ANP perderían su plusvalía debido a que no podrían ser desarrolladas, ni aprovechadas. No queremos área natural protegida en nuestros ejidos porque se trata de una medida definitiva, imposible de revertir, debido a que una vez decretada pasa a ser regida por las leyes internacionales en donde aplica el criterio de irreversibilidad.

Para Acción Nacional, es muy importante que el Gobierno federal garantice el derecho de las comunidades afectadas por políticas ambientales a ser tomados en cuenta antes de cualquier decisión oficial, y a transparentar los procesos de las políticas en esta materia. Ya que, el gobierno mexicano es parte del tratado internacional denominado los “Acuerdos de Escazú”, en el que se garantiza el derecho de las comunidades para participar en políticas ambientales.

Este acuerdo fue firmado por el gobierno de México el 27 de septiembre de 2018, y ratificado por el Senado el 5 de noviembre de 2020 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2022, cuyo objetivo es “garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.

En virtud de lo anterior y de la importancia de atender y dar solución a los habitantes y ejidatarios de las sierras de La Giganta y Guadalupe, en Baja California Sur, someto a consideración de esta asamblea del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para que se abstengan de realizar cualquier declaratoria de área natural protegida en los territorios de las sierras de la Giganta y Guadalupe, ubicadas en Baja California Sur, sin antes llevar a cabo un estudio previo justificativo que, incluya la participación activa, así como un proceso de consulta entre representantes de los ejidos ubicados en esta zona.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para que analice la viabilidad de integrar una comisión o comité de evaluación que elabore un diagnostico pormenorizado de la situación demográfica, económica y administrativa de las sierras de la Giganta y Guadalupe en Baja California Sur que, incluya principalmente a representantes de los ejidos pertenecientes a la zona, de universidades públicas y privadas, institutos de investigación científica, así como del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Notas

1 Consultado en:

https://www.elsudcaliforniano.com.mx/local/sierras-la-giganta-y- guadalupe-seran-anp-solo-en-acuerdocon-los-afectados-7408888.html

2 Decreto Promulgatorio del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, hecho en Escazú, Costa Rica, el cuatro de marzo de dos mil dieciocho.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Marco Antonio Almendariz Puppo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



MODERNIZACIÓN DE LAS CASETAS DE COBRO UBICADAS EN EL MUNICIPIO DE CABO SAN LUCAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT, a través de Capufe, a analizar y, en su caso, gestionar y realizar los trámites necesarios para poder llevar a cabo una modernización de las casetas de cobro ubicadas en el municipio de Cabo San Lucas, a cargo del diputado Marco Antonio Almendariz Puppo, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, Marco Antonio Almendariz Puppo, diputado de la LXV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX, artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados somete ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los Cabos son junto a la Riviera Maya, uno de los dos polos turísticos de México más conocidos a nivel internacional, se ubica en el extremo meridional de la península del estado de Baja California Sur y ofrece una mezcla de paisajes contrapuestos de preciosas playas, desiertos de roca, agrestes acantilados, y montañas que descienden hasta el mar.

Dado sus características únicas, Los Cabos, proporcionan una mezcla de experiencias de turismo para todos los gustos, naturaleza, gastronomía, relajación, buceo, vida nocturna, paseos en barco, pesca deportiva y excelentes campos de golf.

Sin embargo, las casetas vehiculares de Los Cabos no están a la altura de destinos de Playa de alto nivel y no son bien vistas ni por turistas nacionales e internacionales, ni mucho menos por los habitantes, asimismo diversas asociaciones o empresas relacionadas con los servicios turísticos, por ejemplo la Asociación Mexicana de Agencias de Viajes, señalan que, estas casetas producen más complicaciones que beneficios y por tanto recomiendan que no existan esos puntos de cobro.

De la misma manera, esta asociación ha señalado en múltiples ocasiones la ineficiencia de las casetas de Caminos y Puentes Federales (Capufe) en Los Cabos. Pues señalan que el tráfico cada día está peor en Los Cabos, continuamente quedan atrapados en la salida de San José del Cabo para ir a Cabo San Lucas y llegar tarde a sus lugares de destino. Adicionalmente, cada día el tráfico, genera angustia en los turistas que creen que van a perder su vuelo.

Por otro lado, el número de carros que demandan el uso de la carretera supera notablemente la rapidez con la que pueden atender las 3 casetas de manera simultánea, lo anterior se potencializa, porque solo se acepta como método de pago el efectivo.

En ese sentido, el gobernador Castro Cosío ha reclamado en diversas ocasiones a Capufe la liberación de casetas, como una medida necesaria para atender en el corto plazo los problemas de movilidad que presenta el municipio. Aseguró que por parte del gobierno de Baja California Sur (BCS) existe toda la voluntad para concretar dicha acción.

Asimismo, el gobernador explicó que la liberación de casetas permitiría desahogar el flujo vehicular del corredor turístico Cabo San Lucas-San José del Cabo, sobre todo cuando se suscitan accidentes automovilísticos que bloquean la circulación vial. Además, consideró que esto abonaría a disminuir la carga vehicular de dicha carretera.

El mandatario destacó la importancia de actuar de forma inmediata, ya que estas problemáticas no sólo repercuten en la sociedad cabeña, sino que también se traduce en afectaciones en itinerarios de vuelos, traslado de personas, la imagen del destino turístico, entre otros.

Por otro lado, el presidente de la Confederación Patronal de México en Baja California Sur, Gustavo Díaz Tronco también ha realizado múltiples llamados a las autoridades de los tres niveles de gobierno para que se busquen soluciones ante la difícil situación que padece la gente que se transporta en vehículos automotores de Cabo San Lucas a San José del Cabo.

Ha señalado que, desde el sector empresarial, el tráfico en la zona turística del sur de la entidad ya prendió focos rojos en el área conocida como glorieta Fonatur, donde los embotellamientos pueden llegar a provocar retrasos de hasta una hora en los trayectos de turistas, trabajadores y ciudadanía en general que debe usar el único camino disponible para unir las dos comunidades cabeñas.

Mientras se buscan soluciones a largo plazo, la carretera de cuota tiene una tarifa de 300 pesos ida y vuelta (156 pesos por trayecto de acuerdo a la última actualización de Capufe), lo que la hace impagable para los trayectos del día a día de los habitantes del municipio.

De la misma manera, el representante del sector empresarial, ha mencionado que la caseta de cuota genera un problema, ya que los empresarios tienen que estarle dando dinero en efectivo a los operadores de transportes para que paguen la caseta, cuando en todo el mundo y en muchos estados del país, existen lectores que leen el engomado y los vehículos pasan, y si acaso tuviera que detenerse como en algunas ciudades, sacas una tarjeta de crédito y la pasas por la banda.

Por si esto fuera poco, hay que recordar que, recientemente se anunció el aumento de 7.82 por ciento en las casetas de Capufe, por lo que, antes de pensar en esos incrementos, se debería mejorar el servicio.

La falta de atención en el tema de las casetas en Los Cabos, se refleja en que no hay suficientes para la alta demanda que se tiene, el sistema de cobro no es el adecuado, no está funcionando correctamente ya que, se forman filas muy largas sobre todo en horarios pico, el tema de los animales que se meten a la carretera y están provocando algunos accidentes y el tema de la señalización que desde el último huracán se cayeron muchos señalamientos y no se volvieron a poner, en fin es una serie de deficiencias qué se están viviendo.

En virtud de lo anterior y de la importancia de atender y dar solución a las preocupaciones y problemática de los habitantes y turistas del municipio de Los Cabos en Baja California Sur, referentes a la necesidad de resolver la problemática que se genera con las casetas de cobro federales, someto a consideración de esta asamblea del honorable Congreso de la Unión la siguiente p roposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, hace un atento exhorto a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a través del Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos para que evalúe, gestione y realice los trámites necesarios para poder llevar a cabo la modernización de las casetas de cobro ubicadas en el municipio de Cabo San Lucas, principalmente la correspondiente a San José del Cabo-Aeropuerto Los Cabos-Cabo San Lucas ubicadas en Baja California Sur, a efecto de mejorar el servicio y dar mayor fluidez al tránsito vehicular de la zona.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a las Secretarías de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, de Hacienda y Crédito Público y al Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, para que en el ámbito de sus atribuciones establezcan a la brevedad un esquema de exención de cobro de peaje para los residentes del municipio de Los Cabos en Baja California Sur, con el fin de agilizar el flujo vehicular y beneficiar su economía familiar.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Marco Antonio Almendariz Puppo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.



SE CONSIDERE LA CELEBRACIÓN DE UNA SESIÓN SOLEMNE CON MOTIVO DE LOS 70 AÑOS DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO AL VOTO DE LA MUJER

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política a considerar la celebración de una sesión solemne con motivo de los 70 años del reconocimiento del derecho al voto de la mujer en nuestro país, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN

Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en las fracciones I del numeral 1 del artículo 6 y III del numeral 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política que considere la celebración de una sesión solemne con motivo de los 70 años del reconocimiento del derecho al voto de la mujer en nuestro país al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. El 17 de octubre de 1953 mediante una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, a las mujeres se les reconoció el derecho de votar y ser votadas, mediante el reconocimiento de sus derechos de ciudadanía, la reforma del artículo 34 estableció:

Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos reúnan, además, los siguientes requisitos:

I. Haber cumplido los 18 años, siendo casados, o 21 sino lo son, y

II. Tener un modo honesto de vivir.

2. El reconocimiento de este derecho se dio después de una lucha de mujeres de todo el mundo y particularmente resaltamos la figura de Elvia Carrillo Puerto quien se convirtió en una de las primeras mujeres electas para de-sempañarse como diputada en un congreso local, sin embargo no pudo llegar a ejercer sus actividades legislativas, ya que derivado del asesinato del entonces gobernador de Yucatán, Felipe Carrillo Puerto en 1924 se anularon las elecciones y sufrió amenazas de muerte y tuvo que abandonar sus funciones.

La lucha siguió, el 6 de abril de 1952 más de veinte mil mujeres se agruparon en el parque Deportivo 18 de marzo de la Ciudad de México, la “Asamblea Nacional Femenil” buscaba dentro de la Constitución Política se reconociera el derecho de votar y ser votadas a las mujeres.

El hecho del reconocimiento de este derecho para las mujeres fue un parteaguas en el avance hacia la igualdad entre hombres y mujeres, dignificando el papel fundamental de las mujeres en la toma de decisiones del rumbo político y democrático de nuestro país.

3. El reconocimiento de su derecho de votar fue sin duda un paso en la vida democrática que supone no sólo la libertad sino también la justicia.

4. La participación de las mujeres en la vida democrática de nuestro país, ha sido fundamental desde las representantes vecinales, copacos, legisladoras, vecinas y mujeres inmersas tanto en la administración pública como en la iniciativa privada.

México, hay que ser conscientes de ello, fue uno de los países que más tardó en reconocer este derecho a votar y ser votada; sin embargo, lo que siguió fue un camino para abrirle espacios a las mujeres en la toma de decisiones.

5. Hoy la representación de las mujeres es visible dentro de la vida pública de nuestro país, actualmente esta H. Cámara de Diputados se le conoce como parte de la Legislatura de la Paridad, la inclusión y la diversidad. Como homenaje a estos 70 años esta H. Cámara como la de Senadores está conducida por una legisladora; igualmente es una mujer la que preside en estos años la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Por lo anterior presento ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita a la Junta de Coordinación Política de esta honorable Cámara de Diputados que el próximo martes 17 de octubre del año en curso considere la celebración de una sesión solemne conmemorando los 70 años del reconocimiento del derecho al voto de la mujer en nuestro país.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación del 17 de octubre de 1953, recuperado de

https://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=199329&pagina=2&seccion=0

2 Recuperado de

https://www.gob.mx/agn/es/articulos/agnrecuerda-la-asamblea-naci onal-femenil-que-abrio-camino-al-sufragio-universal-femenino?idiom=es#:~: text=El%206%20de%20abril%20de,las%20mexicanas%20a%20votar%20y el lunes 11 de septiembre de 2023 a las 18: 47 horas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



EXHORTO AL IMSS, A REALIZAR LA RECONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL GENERAL DE ZONA EN SUSTITUCIÓN DEL HOSPITAL GENERAL REGIONAL 36, EN PUEBLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al IMSS a realizar la reconstrucción del Hospital General de Zona en sustitución del Hospital General Regional 36, en Puebla, toda vez que han transcurrido seis años sin contar con la infraestructura hospitalaria necesaria, a cargo del diputado Mario Gerardo Riestra Piña, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Mario Gerardo Riestra Piña, diputado integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, así como por las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar a consideración de esta Soberanía proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social para que realice, a la brevedad, la reconstrucción del Hospital General de Zona en sustitución del Hospital General Regional 36, mejor conocido como San Alejandro, en Puebla, toda vez que han transcurrido seis años sin contar con la infraestructura hospitalaria necesaria; al tenor de los siguientes

Considerandos

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud es la condición de todo ser vivo que goza de un absoluto bienestar tanto a nivel físico como a nivel mental y social . Es decir, el concepto de salud no sólo da cuenta de la no aparición de enfermedades o afecciones, sino que va más allá de eso.

De acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce a la salud como un derecho inalienable e inherente a todo ser humano. Esto implica la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no sólo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada.

Incluso, el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos destaca que “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, por lo tanto, el Estado debe garantizar a todos los ciudadanos las condiciones que les permitan lograr un pleno desarrollo y que la salud es la premisa básica que le permite a un individuo llevar a cabo cualquier otra actividad.

Siendo obligación del Estado garantizar el acceso adecuado a la salud, con la finalidad que todas las personas que vivimos en el país contemos con una condición de vida adecuada y en completo bienestar.

Sin embargo, en 2017, el hospital de San Alejandro del IMSS colapso a causa del sismo de septiembre de dicho año; situación que tiene a Puebla en el olvido en el tema de infraestructura hospitalaria y, por ende, los hospitales se encuentran saturados, y los derechohabientes exigen una atención médica adecuada.

El Hospital General Regional 36, mejor conocido como San Alejandro, en Puebla era el centro médico más grande en su tipo de América Latina. Fue construido en 1972 e Inaugurado el 15 de junio de 1976.

Contaba con una superficie de poco más de 22 mil metros cuadrados. Tenía 9 niveles para urgencias y quirófano, y 415 camas.

Llego a atender a 60 por ciento de los derechohabientes poblanos del IMSS. En promedio, atendía a 3 mil pacientes, diarios, todos ellos por hospitalización, cirugías, urgencias y consultas.

La estructura del Hospital San Alejandro resistió cuatro sismos fuertes en los años 1980, 1985, 1999 y 2012, pero en el sismo del 19 septiembre de 2017 colapsó, y fue declarado como, pérdida total.

Desde entonces, han transcurrido seis años y a los poblanos solo se nos ha ido dando largas para su reconstrucción.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023, se encuentra contemplada una inversión de 1 mil 272 millones 809 mil 179 pesos para la construcción del Hospital General de zona en sustitución del Hospital General Regional 36, mejor conocido como San Alejandro. Sin embargo, al día de hoy no se cuente con la infraestructura hospitalaria necesaria.

Para las familias poblanas es indispensable conocer ¿cuándo arrancará la obra en cuestión? Y ¿Para cuándo se tiene proyectada su inauguración? Ya que llevamos muchos años sin contar con la infraestructura hospitalaria.

Por lo que, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social para que realice, a la brevedad, la reconstrucción del Hospital General de Zona en sustitución del Hospital General Regional 36, mejor conocido como San Alejandro, en Puebla, toda vez que han transcurrido seis años sin contar con la infraestructura hospitalaria necesaria.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Mario Riestra Piña (rúbrica),»

Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.



SE HAGA EFECTIVO EL RESCATE FINANCIERO DEL INSTITUTO DE PENSIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE COLIMA (IPECOL)

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a realizar las acciones necesarias a fin de hacer efectivo el rescate financiero del Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima, a cargo del diputado Riult Rivera Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Riult Rivera Gutiérrez, las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del Apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, para que realice las acciones necesarias, con la finalidad de hacer efectivo el rescate financiero del Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima (Ipecol), con base en las siguientes

Consideraciones

Mediante el decreto número 616, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Colima, el 28 de septiembre de 2018, se aprobó la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, de aplicación general y obligatoria en el Estado.

De acuerdo a la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado y el Reglamento de la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, el Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima es un organismo descentralizado que contribuye al fortalecimiento de la seguridad social de los trabajadores afiliados al Fondo de Pensiones Civiles a través de préstamos a corto plazo, préstamos hipotecarios y la administración de servicios médicos para el mejoramiento de su calidad de vida.

Adicionalmente pueden ser beneficiarios los funcionarios y empleados dependientes de Institutos o Patronatos y Organismos Descentralizados al servicio del Estado, así como los municipales.

Hoy en día, el Ipecol se encuentra en riesgo financiero, el Sindicato de Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado (STSGE), estima que no pasará de un año para que estalle la crisis financiera del Instituto, toda vez que la deuda del Poder Ejecutivo asciende a mil 660 millones de pesos.

Esos pasivos no solamente corresponden a la presente administración, sino que también incluyen las aportaciones pendientes de sexenios pasados, 680 millones de pesos son deuda de las administraciones de Fernando Moreno Peña, Gustavo Vázquez Montes, Silverio Cavazos y Mario Anguiano Moreno. De los tres primeros años de José Ignacio Peralta Sánchez, es decir hasta 2018 y cuando el organismo pensionario todavía era una dirección, se agregaron otros 350 millones de pesos de deuda.

El pasado noviembre de 2022, el Comité Directivo del STSGE en reunión con la actual Gobernadora del Estado de Colima y el equipo del entonces Secretario de Gobernación Adán Augusto López, donde manifestaron la preocupación de la clase trabajadora de Colima por el quebranto financiero y se comprometieron a su recuperación.

En el mes de julio de 2023, ante reclamos del STSGE por no haber cumplido con la promesa del rescate financiero del Ipecol, el exsecretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández responsabilizó a la gobernadora Indira Vizcaíno Silva por incumplir el acuerdo de regresar a Coima para presentar el plan de rescate de las finanzas de la Dirección General de Pensiones, esto debido a que la gobernadora no envió el oficio de petición, y su omisión en la presentación de las denuncias penales contra los responsables del desfalco.

Cabe mencionar que hay declaraciones del ex secretario de Gobernación Adán Augusto López, donde determina que es un asunto que corresponde principalmente a la gobernadora Indira Vizcaíno, quien debe actuar de manera decidida para solucionar esta situación.

El presente problema prevalece en la mayoría de los estados de la República Mexicana, como ejemplo podemos decir que en años pasados se planeó el rescate de las pensiones en Jalisco, y estamos convencidos que con el apoyo del Gobierno federal el rescate de las pensiones en Colima podría ser una realidad.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía, los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, para que realice las acciones necesarias, con la finalidad de hacer efectivo el rescate financiero del Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que considere más apoyos económicos para el estado de Colima, con la finalidad de que el gobierno del estado se encuentre en posibilidad de hacer el rescate financiero del Instituto de Pensiones para los Servidores Públicos del Estado de Colima.

Notas

1 http://ipco.gob.mx/ipco/transparencia/f1/marconormativo/reglamentos/reglamento_ de%20_la%20_ley_pensiones_de_los_servidores_publicos_del_estado_de_colima.pdf

2 http://www.ipecol.col.gob.mx/

3 https://diariodecolima.com/noticias/opinion/2023-07-10-ipecol-riesgo-de-quiebra

4 https://diariodecolima.com/noticias/detalle/2023-07-10-a-m-no-me-ocupa-ni-me-pr eocupa-el-asunto-del-ipecol-adn-augusto–-

5 https://diarioavanzada.com.mx/?p=46055

6 https://www.contrareplica.mx/nota-Adan-Augusto-pide-a-Indira-Vizcaino-tome-medi das-contra-la-corrupcion-en-Colima-202311734

7 https://jalisco.gob.mx/es/prensa/noticias/86242

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, el 19 de septiembre de 2023.– Diputado Riult Rivera Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.



SE FORTALEZCAN LOS PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS CARRETERAS CHIGNAGUAPAN-AQUIXTLA, AQUIXTLA-TETELA DE OCAMPO, TETELA DE OCAMPO-ZACAPOAXTLA, TETELA DE OCAMPO-ZONGOZOTLA Y TETELA DE OCAMPO-ZAUTLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Infraestructura del gobierno del estado de Puebla a fortalecer las acciones y programas de mantenimiento y conservación de las carreteras Chignaguapan-Aquixtla, Aquixtla-Tetela de Ocampo, Tetela de Ocampo-Zacapoaxtla, Tetela de Ocampo-Zongozotla y Tetela de Ocampo-Zautla, a cargo de la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La infraestructura carretera contribuye al desarrollo económico y bienestar social, por eso la importancia de impulsar acciones para su mantenimiento, conservación, rehabilitación, reconstrucción y modernización, a través de la construcción de carreteras accesibles, eficientes y seguras.

En este sentido, la infraestructura carretera se convierte en un medio de interés público que coadyuva al desarrollo económico y social que las comunidades propiciando que éstas sean más competitivas, al tener mayor y mejor conectividad y movilidad.

De ahí que la importancia que tiene la infraestructura carretera sea fundamental, pues facilita el tránsito de personas y mercancías, permite el acceso a bienes y servicios e integra comunidades en zonas aisladas y marginadas.

Por ese motivo es necesario promover el mantenimiento y conservación de las carreteras en todo el país y en este caso las de mi entidad, el estado de Puebla, específicamente los siguientes tramos carreteros:

Chignaguapan-Aquixtla

Aquixtla-Tetela de Ocampo

Tetela de Ocampo-Zacapoaxtla

Tetela de Ocampo-Zongozotla

Tetela de Ocampo-Zautla

Como hemos señalado, la infraestructura carretera es elemento esencial para el desarrollo, por ello debe darse prioridad a zonas donde no existe o donde ésta es deficiente con el propósito de contribuir al bienestar social mediante la construcción, modernización y conservación de carreteras que sean accesibles, seguras, eficientes y sostenibles, que conecten a las personas de cualquier condición, que tengan visión de desarrollo regional e intermodal y faciliten el traslado de bienes y servicios.

Es de mencionarse que, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se considera de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes.

En este sentido, la Ley de Movilidad y Transportes del estado de Puebla, en el artículo 3 Bis, señala que la planeación, diseño e implementación de las políticas públicas, programas y acciones, en materia de movilidad, se apegarán a una serie de principios rectores, dentro de los cuales se encuentran los siguientes:

Accesibilidad: Procurar una movilidad al alcance de todas y todos, sin discriminación de género, edad, capacidad o condición, a costos factibles;

Calidad: Propiciar que los componentes de la movilidad cuenten con las características y propiedades necesarias, para proporcionar una adecuada experiencia de viaje;

Eficiencia: Optimizar los desplazamientos ágiles y asequibles maximizando los recursos disponibles, sin que su diseño y operación produzcan efectos negativos, que sean desproporcionados con relación a sus beneficios;

Equidad: Equiparar las oportunidades de la población, para alcanzar un efectivo ejercicio de su derecho a la movilidad, poniendo especial énfasis en grupos que se encuentran en desventaja física, social y económica; y

Seguridad: Privilegiar las acciones de prevención y accidentes de tránsito, durante los desplazamientos de la población, con el fin de proteger la integridad física de las personas y evitar afectación a los bienes públicos y privados.

Igualmente, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en su informe sobre “Movilidad, vivienda y derechos humanos”, ha manifestado que:

El Estado tiene la obligación de proporcionar los mecanismos adecuados para el goce del derecho de todos al libre tránsito, propiciando que los distintos medios de transporte, públicos o privados, sean de calidad, eficientes, con criterios ambientales; garantizando con ello un lugar seguro para transitar, vivir en paz y con dignidad.

Lamentablemente, las carreteras de la Sierra Norte del estado de Puebla no se encuentran en óptimas condiciones, lo cual limita la conectividad entre sus comunidades y el resto de la entidad y aumenta el riesgo de que se registren percances.

El Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Puebla, AC, en su estudio “Evaluación de pavimentos de las vialidades del municipio de Puebla y análisis de las condiciones en la Red carreteras del estado”, reveló que un porcentaje significativo de las carreteras en la entidad se encuentra en condiciones que van de regulares a malas.

En este contexto, considero importante exhortar a las autoridades estatales a fortalecer los programas de mantenimiento y conservación de las carreteras de la Sierra Norte de Puebla con la finalidad de mejorar la circulación y evitar accidentes automovilísticos en dichas vías de comunicación.

Por las razones expuestas, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del estado de Puebla a fin de fortalecer las acciones y programas de mantenimiento y conservación de las carreteras Chignaguapan-Aquixtla, Aquixtla-Tetela de Ocampo, Tetela de Ocampo-Zacapoaxtla, Tetela de Ocampo-Zongozotla y Tetela de Ocampo-Zautla con el propósito de mejorar la circulación y evitar accidentes automovilísticos en dichas vías de comunicación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Fátima Almendra Cruz Peláez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.



EXHORTO A LA SEMARNAT, A INVESTIGAR EL IMPACTO AL MEDIO AMBIENTE Y EN LOS PROCESOS NATURALES DEL USO DE CAÑONES ANTIGRANIZO EN EL MUNICIPIO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a investigar el impacto al medio ambiente y en los procesos naturales el uso de cañones antigranizo en el municipio de Cedral, San Luis Potosí, a cargo del diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la Constitución mexicana se asegura que el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones al marco jurídico necesarias para establecer las bases sobre las cuales el Estado procurará la protección y cuidado del medio ambiente.

Bajo los criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoya e impulsa a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público y su uso en beneficio general de los recursos productivos, cuidando su conservación y asegurando la protección el medio ambiente.

El artículo 4o. constitucional señala que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de los dispuesto por la ley.

Por su parte, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en su artículo 49 señala que se promoverá la capacitación vinculada a proyectos específicos, considerando las necesidades de los productores tanto del sector privado como social sobre el uso sustentable de los recursos naturales, el manejo de tecnologías apropiadas y formas de organización con respeto a los valores culturales y el desarrollo de empresas rurales.

En el capítulo VI de la ley en comento, el cual se refiere a la infraestructura hidroagrícola, específicamente en el artículo 84, se promueve el desarrollo de obras de conservación de suelos y agua como elemento básico para el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del medio rural y de la infraestructura del campo.

Asimismo, en el artículo 56, fracción V, se señala que se apoyará la transformación tecnológica y procesos acordes a la cultura y los recursos naturales de los pueblos indígenas y las comunidades rurales.

Dentro de las facultades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales está la de evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo ambiental que le presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica.

Los cañones antigranizo son una tecnología que afecta a los productores agrícolas, pues interviene en la formación de tormentas de lluvia, con ello causan un gran impacto en el medio y en el clima donde se ubican, además de que su eficacia ha sido puesta en duda por algunos expertos.

En los municipios de Cedral y Matehuala, ubicados en el Altiplano Potosino, durante años sus habitantes han pugnado por que se investigue a fondo la utilización de cañones antigranizo, los cuales han limitado las lluvias en la región y afectado gravemente a los agricultores.

En una reunión sostenida entre autoridades municipales y legisladores un ciudadano expresó lo siguiente: “Hay un uso indiscriminado de aparatos por parte de los dueños de invernaderos, pedimos que se actúe debidamente porque la sequía es algo desastroso para este municipio, que afecta al ganado y las siembras temporales”.

El tema ha sido considerado como un atropello al derecho universal de acceso al agua, sin embargo, la capacidad de la cuenca que abastece a la región se ha visto hasta en 40 por ciento de su capacidad por la baja captación, hecho que preocupa a la población y a las autoridades.

Esta situación lleva tiempo discutiendose entre los habitantes del municipio de Cedral, quienes aseguran que cada vez que se forman las nubes de agua temen que no llueva debido al uso de cañones antigranizo en invernaderos.

Como resultado de las múltiples quejas y llamados de la población, es necesario que se investigue el uso de estas tecnologías en los municipios referidos, así como su posible impacto en el medio ambiente y los procesos naturales, los cuales, a su vez, generan deterioro en el cultivo de temporal, afectando la economía de las y los agricultores y limitando la captación de agua pluvial.

Por lo expuesto, considero oportuno someter a esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a investigar el impacto que causa en el medio ambiente y en los procesos naturales el uso de cañones antigranizo en el municipio de Cedral en el estado de San Luis Potosí.

Notas

1 Véase, A. Molina, “Qué son los cañones antrigranizo y qué tanto preocupan a los agricultores de Jumila”, La Razón, 19 de julio de 2022. Disponible en:

https://www.larazon.es/murcia/20220719/ftg5dvi72ffcfhsp5cdruhxwc 4.html

2 Véase, A, Méndez, “Exigen en Cedral prohibir el uso de cañones antigranizo”, El Sol de San Luis, 19 de junio de 2019. Dispnible en:

https://www.elsoldesanluis.com.mx/local/matehuala/exigen-en-cedr al-prohibir-el-uso-de-canones-antigranizo-3787846.html

3 Véase, Ángel Fabián, “Productores piden solución al problema de cañones antigranizo”, Quadratín, 18 de julio de 2019. Disponible en:

https://sanluispotosi.quadratin.com.mx/uncategorized/productores -piden-solucion-al-problema-de-canones-antigranizo/

4 Véase, “Temen que cañones antigranizo ahuyenten las lluvias en Cedral”, El Pulso, 1 de junio 2020. Disponible en:

https://pulsoslp.com.mx/estado/temen-que-canones-antigranizo-ahu yenten-las-lluvias-en-cedral/1125394

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Roberto Alejandro Segovia Hernández (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



INSPECCIONES EN LAS ZONAS MARÍTIMAS DE DE BAJA CALIFORNIA SUR PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE PESCA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y el gobierno de Baja California Sur a realizar a través de la Secretaría de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario de la entidad, inspecciones en las zonas marítimas de la entidad para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de pesca, con el objetivo de preservar los recursos marinos, a cargo del diputado Javier Joaquín López Casarín, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Javier Joaquín López Casarín, integrante de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6 y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México es un país con grandes riquezas naturales, está catalogado como un país megadiverso; según datos publicados por la Comisión Nacional de Áreas Protegidas, ocupamos el quinto lugar en variedad de plantas y anfibios, el tercero en mamíferos y el segundo en reptiles de todo el planeta.

En el grupo de los 17 países megadiversos ocupamos el quinto lugar, solo después de Brasil, Colombia, China e Indonesia, precisando que estos países abarcan 10 por ciento de la superficie terrestre y alojan a 70 por ciento de la biodiversidad mundial, de la cual nuestro país alberga aproximadamente a 12 por ciento, debido a su ubicación geográfica y la gran cantidad de ecosistemas y de especies, así como de flora y fauna que habitan dentro de nuestro territorio.

En este sentido, nuestro país se distingue por su riqueza marina, posicionándose en el lugar número 14 de los países mejor dotados en el mundo en cuanto a superficie y riqueza marina, cifra recabada de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), pues su mar territorial ocupa una franja de 22.2 kilómetros y del litoral continental 68 por ciento corresponde a las costas e islas del océano Pacífico y del Golfo de California y 32 por ciento a las costas, islas y cayos del Golfo de México y del Mar Caribe. Además, la zona marítima cuenta con 500 mil kilómetros cuadrados de plataforma continental, con 16 mil kilómetros cuadrados de superficie estuarina, además de 12 mil kilómetros cuadrados de lagunas costeras.

En nuestro amplio territorio marino podemos encontrar más de 300 especies de medusas corales, anémonas; más de 4 mil especies de moluscos como pulpos, caracoles y almejas, más 5 mil especies de crustáceos como los camarones, cangrejos, jaibas y langostas, alrededor de 2 mil especies de peces, tiburones y rayas; más de 50 especies de mamíferos marinos y más de once especies de tortugas y cocodrilos.

De manera específica, el estado de Baja California Sur se encuentra dentro de las 10 entidades con mayor volumen de producción pesquera, pues sus 2,131 km de litorales le permiten contar con una gran diversidad de ecosistemas marinos que lo hacen único en el mundo. Esto es aprovechado por sus habitantes, ya que una de sus principales actividades económicas es la pesca, en sus modalidades comercial y deportiva-recreativa.

Es así que, en los últimos años, la pesca deportiva ha generado una gran derrama económica en la entidad, pues actualmente ofrece a los turistas una experiencia de entretenimiento mediante la cual la economía local se beneficia por la prestación de servicios de hospedaje, transportes, restaurantes, bares, entre otros, situación que ha favorecido los ingresos de las familias.

En la modalidad de pesca deportivo-recreativa se encuentra la denominada “pesca submarina”, la cual consiste en que el individuo que la practica utiliza un arpón de gomas para capturar a su presa y sin utilizar algún método externo de respiración como tanque o compresor, además de permitirse solo en algunas zonas delimitadas y específicas y mediante un permiso.

Ahora bien, es importante retomar el contenido del marco que regula la pesca deportivo-recreativa y para ilustrar la regulación que actualmente se encuentra vigente se acude a diversos preceptos legales de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; para pronta referencia se trascribe el contenido del artículo 4, fracción XXIX:

Artículo 4. Para los efectos de esta ley, se entiende por:

XXIX. Pesca deportivo-recreativa: La que se practica con fines de esparcimiento o recreación con las artes de pesca previamente autorizadas por esta Ley, reglamentos y las normas oficiales vigentes;

La definición legal de esta actividad contiene un elemento que condiciona la naturaleza de la pesca deportivo-recreativa, pues se establece con claridad que esta actividad se tendrá que realizar a través de las artes, previamente autorizadas por los reglamentos o normas oficiales.

En ese orden de ideas, se fortalece la argumentación y razonamiento encaminado a exhortar al Ejecutivo federal y al Ejecutivo del Estado de Baja California Sur en los términos del contenido de este documento.

La regulación vigente en materia de pesca deportivo-recreativa se observa en el artículo 25 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y en particular destacamos el contenido de la fracción II, la cual para pronta referencia se trascribe a continuación:

Artículo 25. En materia de pesca deportivo-recreativa, la Secretaría fomentará la práctica y el desarrollo de esta actividad, para lo cual, en coordinación con las dependencias y entidades competentes y con los sectores interesados:

I. Promoverá la construcción de la infraestructura necesaria para esta actividad;

II. Dispondrá las medidas de conservación y protección necesarias;

III. Promoverá y autorizará torneos de pesca deportivo-recreativa;

IV. Propiciará la celebración de convenios con organizaciones y prestadores de servicios, para que los pescadores deportivos protejan las especies;

V. Fomentará la práctica de capturar y liberar, y

VI. Promoverá la celebración de convenios con organizaciones, prestadores de servicios y particulares para facilitar la obtención de los permisos que se requieran para la pesca deportivo-recreativa, mediante el pago de los derechos correspondientes.

Este artículo ilustra la voluntad del legislador respecto a realizar acciones tendientes a conservar y proteger la fauna marina nacional y el objetivo de este exhorto es visibilizar la necesidad de fortalecer e impulsar acciones preventivas tendientes a verificar el cumplimiento del marco regulatorio en materia de pesca.

El aprovechamiento de la pesca deportivo-recreativa no puede comercializarse e incluso la persona que lo realice puede provocar que se le revoque la concesión, permiso o autorización para realizar dicha actividad, precisando que esta prohibición está encaminada para potencializar la conservación y evitar la sobreexplotación de ciertas especies marinas.

La pesca deportiva en donde se utilizan artes de pesca como cañas tiene una mayor amplitud en sus capturas y qué decir de la pesca comercial, la cual en muchas ocasiones utiliza redes mediante las cuales captura especies protegidas de manera ilegal, muchas veces de manera accidental, otras de forma intencional.

Por lo anterior, es necesario un replanteamiento de la regulación en cuanto a las artes que deben de permitirse para realizar la actividad pesquera, no solo en Baja California Sur, sino en todo el país, además de actualizar las zonas permitidas para cada una de las modalidades de pesca, modificar y actualizar los permisos de pesca en cuanto a los límites de captura y las especies permitidas, con el fin de preservar las especies protegidas, incentivar la actividad y fomentar la economía.

Aunado a ello, deben establecerse intensivas y constantes verificaciones e inspecciones por parte de las autoridades federales y estatales en las zonas marinas para evitar prácticas ilegales de pesca o sobrexplotación de los recursos.

En este contexto, es importante retomar el Acuerdo por el que se establece la veda temporal para el aprovechamiento de callo de hacha (Pinna rugosay Atrina maura) en aguas marinas de jurisdicción federal de Bahía Magdalena-Almejas, Baja California Sur, suscrito por el secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2021.

En los considerandos de dicho acuerdo se visibiliza que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), administrar y regular el uso, así como promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas, estableciendo las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras.

Se registraron datos interesantes respecto a la actividad pesquera del callo de hacho, destacando que en Baja California Sur la captura de este recurso presentó una tendencia positiva desde 2000 hasta 2013 con el registro histórico de mil 400 toneladas, mientras que durante 2014 y 2015 se registraron valores de 600 toneladas, lo cual representa menos de 50 por ciento de la producción promedio de años anteriores.

Con base en la información de las evaluaciones realizadas por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), entre 2002 y 2016 se observa que los valores de densidad del recurso callo de hacha muestran una tendencia negativa desde 2007 hasta la fecha.

Por las razones anteriores, se determino establecer una veda temporal que limita el aprovechamiento del callo de hacha (Pinna rugusa y Atrina maura), en aguas marinas de jurisdicción federal, de Bahía Magdalena-Almejas en Baja California Sur, para pronta referencia se trascribe a continuación el contenido de diversos artículos del acuerdo referido:

Artículo Primero. Se establece veda temporal para el aprovechamiento de callo de hacha ( Pinna rugosa y Atrina maura), en aguas marinas de jurisdicción federal de la Bahía Magdalena-Almejas, en el estado de Baja California Sur (ver Anexo Único), del 1 de abril al 31 de julio de cada año.

Artículo Segundo. Las personas que incumplan o contravengan el presente Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.”

Este es un ejemplo de la necesidad de regular los límites de la actividad pesquera con el objetivo de proteger la flora y fauna marítima, precisando que el acuerdo referido líneas arriba fortalece la postura que detona la motivación de la presente propuesta.

Otro ejemplo que da sustento al presente exhorto guarda relación con el Parque Nacional Archipiélago de Espíritu Santo, que se ubica en el Golfo de California, frente a las costas del Municipio de La Paz, Baja California Sur. En este parque se albergan, en su área marina adyacente, un número considerable de especies de flora y fauna, destacando que algunos de los animales acuáticos no pueden ser encontrados en otro ecosistema del planeta y forman parte de la clasificación que los califica como especies endémicas.

Por ello, la zona marina de este parque se encuentra protegida, subrayando que desde el 14 de julio de 2005 las islas y áreas naturales protegidas del Golfo de California forman parte de los lugares que son considerados como Patrimonio Natural Mundial de la Humanidad por parte de la Unesco.

De acuerdo a la información obtenida en la página de internet de la Secretaría de Medio Ambiento y Recursos Naturales, este parque es visitado por un número creciente de usuarios, principalmente turistas, que, entre otras actividades, realizan pesca deportiva.

En este contexto, se tiene que visualizar la forma en la cual se puedan utilizar estos recursos naturales sin comprometer el bienestar de las generaciones futuras. Una alternativa que se consolidó fue la generación del Programa de Manejo del Parque Nacional, exclusivamente de la zona marina del Archipiélago de Espíritu Santo.

Este Programa es el reflejo del trabajo en equipo; el documento tardó siete años en construirse y participaron los pescadores, los prestadores de servicios turísticos, investigadores, organizaciones de la sociedad civil y los gobiernos de los tres órdenes.

La pesca deportivo-recreativa se realiza alrededor del archipiélago de Espíritu Santo, tanto dentro como fuera del polígono del Parque Nacional, destacando que, de acuerdo a datos contenidos en el Programa de Manejo de este parque natural, al menos entre 25 y 30 embarcaciones realizan esta actividad y se tiene registro de cuatro cooperativas y dos empresas que prestan el servicio de pesca deportivo-recreativa.

Otro dato que resulta interesante para explicar con más elementos el contexto en que se realiza esta propuesta son las técnicas utilizadas para realizar la actividad pesquera a las cuales se les denomina como artes de pesca.

En el Archipiélago de Espíritu Santo se han identificado cinco artes de pesca: piola y anzuelo, chinchorro o redes, encierre, cimbra o buceo. Las artes de pesca se complementan y se adaptan según los hábitos de las especies, es decir, el mismo arte de pesca se utiliza para capturar diferentes especies y en ocasiones la misma especie puede ser capturada con artes de pesca distintos.

Se tiene que promover el uso de artes de pesca que impacten en menor medida la fauna marina, utilizar aquellos que en caso de resulte necesario se pueda liberar a la presa, para que esta se reincorpore a su ecosistema.

También es conveniente la realización de foros con representantes de las diversas modalidades de pesca, con el sector empresarial y de prestación de servicios, ambientalistas y sociedad civil para plantear un esquema sustentable que beneficie a todos los habitantes de estas regiones y permita la adecuada protección y conservación del medio ambiente y sus recursos.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y al gobierno de Baja California Sur para que, a través de la Secretaría de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, se realicen inspecciones en las zonas marítimas de la entidad para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de pesca, con el objetivo de preservar los recursos marinos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a replantear la regulación reglamentaria en cuanto a las artes que deben permitirse para realizar la actividad pesquera, no sólo en Baja California Sur, sino en todo el país, además de actualizar las zonas permitidas para cada una de las modalidades de pesca, modificar y actualizar los permisos de pesca en cuanto a los límites de captura y las especies permitidas, con el fin de preservar las especies protegidas e incentivar la actividad pesquera bajo el principio de proporcionalidad con relación a políticas sostenibles.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y al gobierno de Baja California Sur para que, a través de sus dependencias, realicen foros con representantes de las diversas modalidades de pesca, con el sector empresarial y de prestación de servicios, ambientalistas, académicos y sociedad civil para plantear un esquema sustentable que beneficie a todos los habitantes de estas regiones y permita la adecuada protección y conservación del medio ambiente y sus recursos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Javier Joaquín López Casarín (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen.



EXHORTO A LOS GOBIERNOS DE LAS 32 ENTIDADES FEDERATIVAS A SANCIONAR LA VENTA DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN LA VÍA PÚBLICA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar los gobiernos de las 32 entidades federativas a verificar y sancionar la venta de animales domésticos en la vía pública, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) define el bienestar animal como el estado físico y mental de un ejemplar en relación con las condiciones en las que vive y muere, asimismo, agrega que un animal experimenta bienestar si está sano, cómodo, bien alimentado, en seguridad, y si no padece sensaciones desagradables como dolor, miedo o ansiedad y es capaz de expresar comportamientos importantes para su estado de bienestar físico y mental.

Para garantizar un adecuado estado de bienestar a los animales se requiere prevenir enfermedades, cuidados veterinarios apropiados y a tiempo, refugio, una adecuada nutrición, otorgarles un entorno estimulante y seguro, una manipulación correcta, así como, cuando sea el caso, el sacrificio o matanza de manera humanitaria.

Asimismo, el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE destaca que entre los principios básicos en los que se funda el bienestar animal se encuentran los siguientes:

1. Que existe una relación crítica entre la sanidad de los animales y su bienestar.

2. Que las cinco libertades mundialmente reconocidas (vivir libre de hambre, de sed y de desnutrición, libre de temor y de estrés, libre de molestias físicas y térmicas, libre de dolor, de lesión y de enfermedad, y libre de manifestar un comportamiento natural) son pautas que deben regir el bienestar de los animales.

3. Que las tres erresmundialmente reconocidas (reducción del número de animales, perfeccionamiento de los métodos experimentales y reemplazo de los animales por técnicas sin animales) son pautas que deben regir la utilización de animales por la ciencia.

4. Que la evaluación científica del bienestar de los animales abarca una serie de elementos que deben tomarse en consideración conjuntamente y que la selección y apreciación de esos elementos implica a menudo juicios de valor que deben ser los más explícitos posibles.

5. Que el empleo de animales en la agricultura, la educación, la investigación, para compañía, recreo y espectáculos contribuye de manera decisiva al bienestar de las personas.

6. Que el empleo de animales conlleva la responsabilidad ética de velar por su bienestar en la mayor medida posible.

7. Que mejorando las condiciones de vida de los animales en las explotaciones se aumenta a menudo la productividad y se obtienen por consiguiente beneficios económicos.

8. Que la comparación de normas y recomendaciones relativas al bienestar de los animales debe basarse más en la equivalencia de los resultados basados en criterios de objetivos que en la similitud de los sistemas basados en criterios de medios.

Como se puede observar con las recomendaciones antes señaladas, se busca contribuir a mejorar la calidad de vida de los animales garantizándoles un trato digno y respetuoso, evitándoles a toda costa sufrimiento y dolor, a través de la implementación de normas y reglas estandarizadas.

A nivel internacional se han adoptado una serie de medidas que promueven el reconocimiento de los animales como seres sintientes que experimentan dolor, estrés y sufrimiento, como consecuencia de ello ha surgido un importante activismo con el objetivo central de enriquecer los marcos normativos en la materia para transitar a una sociedad en donde se prohíban prácticas que impliquen cualquier clase de maltrato y crueldad contra los animales.

En nuestro país, la legislación en la materia es amplia y se ha fortalecido con el paso del tiempo, se han endurecido las penas y en las 32 entidades de la República se considera como delito el maltrato animal, lo anterior con la finalidad de evitar el sufrimiento y dolor de las especies animales en su interacción con el ser humano.

Entre las normativas existentes en México encargadas de proteger a los animales se encuentra la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la cual señala claramente cuáles son las acciones que debe emprender el Estado mexicano a fin de garantizar el trato digno y respetuoso a las especies animales con el propósito de evitar la crueldad en su contra, éstas se basaran en los siguientes principios:

1. Suministrar a los animales agua y alimento suficiente, a efecto de mantenerlos sanos y con nutrición adecuada;

2. Proporcionar a los animales un ambiente adecuado para su descanso, movimiento y estancia, de acuerdo con cada tipo de especie;

3. Suministrar a los animales atención médica preventiva y, en caso de enfermedad, brindar tratamiento médico expedito avalado por un médico veterinario;

4. Permitir a los animales la expresión de su comportamiento natural, y

5. Brindar a los animales un trato y condiciones que procuren su cuidado dependiendo de la especie.

Por su parte, de manera complementaria, la Ley Federal de Sanidad Animal define al Bienestar animal como el conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio.

Igualmente, algunas entidades han legislado en la materia a fin de reconocer a los animales como seres sintientes, es decir, como seres que tienen la capacidad de experimentar sensaciones, emociones y estados de conciencia.

Sin embargo, a pesar de los múltiples esfuerzos emprendidos, el maltrato y crueldad hacia los animales continúa presentando cifras preocupantes.

De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el 68 por ciento de los hogares en el país cuenta con una mascota, se estima que hay un acumulado de 80 millones de mascotas en nuestro país, de las cuales 43.8 millones son caninos, 6.2 millones son felinos y 20 millones son diversas mascotas pequeñas.

En este orden de ideas, el problema de maltrato animal representa un enorme desafío y va mucho más allá de los diversos casos documentados tanto en las redes sociales como en los distintos medios de comunicación. Según datos de la organización defensora de los animales AnimaNaturalis, nuestro país ocupa el primer lugar en Latinoamérica en maltrato animal y el tercero a nivel mundial.

El estudio denominado “El maltrato animal y sus sanciones en México” ,elaborado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, señala que por lo menos siete de cada diez animales domésticos sufren de algún tipo de maltrato en nuestro país y más del 70 por ciento de los perros se encuentra en situación de calle, mientras que para el caso de los felinos es más del 60 por ciento.

Adicional al maltrato y abandono de animales, uno de los desafíos que también se deben afrontar en el corto plazo es la compraventa de estos en espacios poco adecuados, insalubres e incluso en la vía pública, fundamentalmente dicha situación se presenta en animales de compañía. Con frecuencia los animales son tratados como simples objetos, expuestos a condiciones insalubres, de hacinamiento, con falta de higiene y expuestos a estímulos aversivos como ruidos y olores desagradables, los cuales impactan de manera negativa su estado físico y mental.

Lo anterior ocurre en la mayoría de los casos cuando los animales son exhibidos en locales o espacios que no cuentan con las condiciones adecuadas, o bien, en la vía pública, con ello, la afectación al bienestar aumenta, derivando en problemas de estrés, salud, lesiones e incluso la muerte de los ejemplares.

La comercialización de animales, además de perpetuar la idea de que estos sean vistos y tratados únicamente como mercancía, se encuentra estrechamente asociada a riesgos para la salud de los seres humanos, así como de otros animales, en este sentido, resulta fundamental coordinar todos los esfuerzos necesarios a fin de verificar que dicha práctica no se continúe realizando.

En el caso de la Ciudad de México, la venta de animales en la vía pública, en mercados ambulantes y en puestos permanentes o temporales está prohibida, ya que el bienestar de los animales se ve afectado por las condiciones de transporte y por la forma en que se mantienen, manipulan y exhiben al estar expuestos en entornos que pueden ser amenazantes.

Derivado de lo anterior, es necesario reducir al máximo la compraventa de animales de compañía y mascotas de especies clasificadas como domésticas y como fauna silvestre en todo el país. Como se ha señalado a lo largo del presente documento, los animales son seres sintientes, sujetos a protección legal, la cual es necesaria a fin de brindarles un trato digno y respetuoso.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales de los gobiernos de las 32 entidades federativas para que verifiquen y sancionen la venta de animales domésticos en la vía pública.

Notas

1 Introducción a las recomendaciones para el bienestar de los animales, Organización Mundial de Bienestar Animal. Disponible en:

https://www.woah.org/es/que-hacemos/sanidad-y-bienestar-animal/b ienestar-animal/

2 Código Sanitario para los Animales Terrestres. Disponible en:

https://www.woah.org/es/que-hacemos/normas/codigos-y-manuales/ac ceso-en-linea-al-codigo-terrestre/?id=169&L= 1&htmfile=chapitre_aw_introduction.htm

3 Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado 2021, Inegi. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf

4 El maltrato animal y sus sanciones en México, Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República. Disponible en:

http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789 /5991/NE_189_MaltratoAnimal.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES, A ARMONIZAR SUS LINEAMIENTOS NORMATIVOS CONFORME A LA RESOLUCIÓN DE LA SCJN DONDE SE ESTABLECE LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO A NIVEL FEDERAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a homologar y armonizar sus lineamientos normativos conforme a la resolución de la SCJN, donde se establece la despenalización del aborto a nivel federal, a cargo del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, diputado Francisco Favela Peñuñuri, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La lucha por la despenalización del aborto en México no es un tema reciente. Este debate ha tenido lugar en la opinión pública durante más de 80 años.

La legislación de nuestro país, señala en el Código Penal Federal, en su artículo 329 que el “aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”.

El aborto sin duda, es la interrupción de una acción o un proceso antes de que se complete el embarazo. Así mismo, el término aborto proviene del latín ab (privativo), y de ortus (nacimiento), significa “privar el nacimiento” o “no nacer”.

Independientemente de su concepto y definición, la interrupción del embarazo es un tema que se ha politizado en diversas áreas del conocimiento, en discusiones morales, éticas, médicas y sociales, que involucran a la sociedad entera y principalmente a sus protagonistas, que son la voz principal para determinar su autonomía física y la libertad de decisión para elegir sobre su propio cuerpo.

El tema a lo largo de estos últimos años sigue cobrando un interés en todas las sociedades a nivel mundial y en nuestro país no es la excepción. Las instituciones de impartición de justicia se han convertido en la instancia o alternativa jurídica para definir su penalización o despenalizar la práctica de su interrupción, tomando en consideración las múltiples voces y opiniones de la sociedad y principalmente del género femenino.

Antecedentes

La lucha por la despenalización del aborto en México no es un tema reciente, se vienen realizando acciones administrativas y jurídicas para manifestar la violación directa los derechos humanos, de libertad para decidir, libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la igualdad, a la no discriminación y a la autonomía reproductiva. Un debate que ha tenido lugar en la opinión pública durante muchas décadas.

La discusión del aborto inicia en 1936, derivada de una ponencia titulada “Aborto por causas sociales y económicas”, realizada por la maestra y escritora cubana radicada en México, Ofelia Domínguez Navarro, en la convención de unificación del Código penal, al señalar que el aborto era una acción que atentaba contra la salud de las personas y sobre todo, atentaba contra las clases de escasos recursos. Enfatiza en la necesidad de la legalización del aborto, acompañada de una campaña de educación sexual y de la provisión de métodos anticonceptivos para la población.

En este sentido, se afirma que la legalización del aborto no significaría hacer una invitación abierta a realizarlo ; sino por el contrario, sería un medio de regulación y reglamentación que garantizaría la seguridad de las personas que lo practican.

Posteriormente, la discusión sobre el aborto permaneció con mayor pasividad, hasta que en la década de los 70, donde colectivas y grupos feministas, destacaron y promovieron por primera vez el término “maternidad voluntaria”.

En 1976 se llevó a cabo la Primera Jornada Nacional sobre aborto, se impulso el Proyecto de Ley de Maternidad Voluntaria en 1979, se fundó el Frente Nacional para la Maternidad Voluntaria y la despenalización del aborto en 1991. Se realizó la campaña de acceso a la Justicia para las mujeres en 1998, en la que se promovieron reformas en 5 áreas distintas. Una muy significativa fue el aborto voluntario.

En 2000 un acontecimiento público con una adolescente de 13 años de nombre Paulina, víctima de abuso sexual, en donde resultó embarazada la menor, ocasionó que la joven y su madre presentaron la denuncia y solicitaron el acceso a una interrupción del embarazo.

Paulina tuvo que soportar el acoso de la iglesia y ver un video con un mensaje anti-derechos. Además, el personal del hospital aterrorizó a Paulina y a su madre con riesgos exagerados y falsos de la intervención hasta hacerlas desistir de interrumpir el embarazo.

Por otra parte, el 18 de agosto de 2000 se aprobó la Ley Robles, que agregó 3 causales para autorizar el aborto:

• Riesgo de muerte o salud de la mujer

• Malformaciones del producto

• Inseminación artificial no consentida.

Avances significativos para la época y empezar a sentar las bases hacia políticas públicas y normas jurídicas, en defensa de los derechos humanos de las mujeres y protección de riesgos de su estado de salud física y emocional.

En la Ciudad de México, el 26 de abril de 2007 se lograron avances fundamentales gracias a las reformas al Código Penal y adiciones a la Ley de Salud, reconociendo el derecho de las mujeres a interrumpir legalmente su embarazo durante las primeras 12 semanas de gestación.

Iniciaron años y fechas importantes para que la despenalización del aborto y se consiguiera más avances importantes y sustantivos. El 25 de septiembre de 2019, en el Congreso de Oaxaca, se aprobó la despenalización del aborto por voluntad propia hasta la semana 12 de gestación.

En estos años, la interrupción legal del embarazo parece ser más visible que nunca:

• El 14 de junio se publicó el Lineamiento Técnico para la atención del Aborto Seguro en México, este documento establece los criterios básicos para proveer atención oportuna e integral, con perspectiva de género y con respeto hacia los derechos humanos. El lineamiento busca garantizar que los servicios de aborto se realicen con estándares de calidad, con personal capacitado e informado, así como la tecnología e insumos adecuados, bajo las directrices de la Organización Mundial de la Salud y otros organismos internacionales, logrando así dar un paso más en el alcance del aborto seguro en todo el país. Además, establece que:

Se reconoce a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluido el aborto, como servicios esenciales.

- La objeción de conciencia de profesionales de la salud es un derecho que tienen los profesionales de la salud para no realizar el procedimiento; sin embargo, el personal tiene la obligación de referir a las pacientes con centros que realicen el servicio.

- No debe existir un plazo para acceder a procedimientos de aborto seguro cuando el embarazo es producto de violación.

- La auto-gestión y la telemedicina son una opción para garantizar la continuidad y la seguridad de la atención al aborto.

- Se debe proveer una atención sin juicios, ni estigma, ni discriminación, atendiendo la salud mental de las personas que buscan interrumpir su embarazo.

• El 30 de junio, el estado de Hidalgo aprobó la despenalización del aborto por voluntad propia hasta la semana 12 de gestación . Las reformas finalmente se publicaron el 6 de julio.

• El 7 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el artículo 181 del Código Penal del estado de Chiapas, que considera como delito el aborto en casos de violación, si este se solicita después de los primeros 90 días de gestación. De esta manera, se eliminan los plazos para realizar el procedimiento.

• El 20 de julio el Congreso de Veracruz votó a favor de despenalizar el aborto por voluntad propia hasta las 12 semanas de gestación . Ese día se publicó la reforma en la Gaceta Oficial del estado, por lo que ya es ley.

Fue así como Veracruz se sumó a la lista en la que se encuentran la Ciudad de México desde 2007, Oaxaca desde 2019 y recientemente, el estado de Hidalgo. Como los estados que protegen la libertad y el derecho a decidir sobre los cuerpos y futuros de las mujeres y personas gestantes; garantizando así las maternidades deseadas, libres y voluntarias.

Las acciones realizadas por los congresos estatales, autoridades de Salud, grupos sociales, organizaciones e instituciones de la sociedad civil, aún no estaban bien definidas para la despenalización del aborto, si establecieron las bases normativas y un marco jurídico de forma parcial; Exigía que de manera contundente los ministros de la Suprema Corte de Justicia también debían pronunciarse ante los recursos jurídicos presentados y por la relevancia del tema. La despenalización gradual del aborto que se venía gestando en algunos estados del país era insuficiente.

Por ello, sin lugar a dudas, el hecho más significativo de la despenalización del aborto en México, y uno de los logros jurídicos más importantes y trascendentales, fue la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete, en dónde la Procuraduría General de la República promovió acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 13, apartado A, 195, 196 y 224, fracción II, del Código Penal del estado de Coahuila de Zaragoza, contenidos en el Decreto 990, publicado en el correspondiente, Periódico Oficial el veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, y señaló como autoridades emisora y promulgadora a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de dicha entidad federativa.

En consecuencia y derivado de lo anterior, se procedió ha realizar un análisis y estudio del trámite, dándose un fallo histórico y sin precedentes, ya que, por decisión unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México determinó que es inconstitucional penalizar el aborto por considerar que se violan los derechos de las mujeres y personas gestantes.

Al respecto el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señaló que el resultado fue una decisión sin precedentes en América Latina. El Tribunal Pleno reconoció, por primera vez y de manera unánime, el derecho fundamental a interrumpir el embarazo.

A partir de este fallo histórico no se podrá, sin violar la Constitución, procesar a mujer alguna por interrumpir su embarazo en los supuestos reconocidos como válidos. Esta decisión es trascendental en favor de los derechos de las mujeres y de las personas gestantes y un paso definitivo para cimentar una sociedad más justa e igualitaria.

La postura histórica de los ministros integrantes del máximo tribunal de la nación, por primera vez reconoce que las mujeres y las personas gestantes en México tienen derecho a decidir sobre sus cuerpos y que al no permitir que estas personas accedan a una interrupción legal del embarazo no solo se vulneran sus libertades reproductivas consagradas en el artículo 4 de la carta Magna, sino que además pone en riesgo a las personas más pobres, vulnerables y marginadas, incluyendo al personal de servicios salud.

“Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”, sentenció el ministro de la Suprema Corte, Luis María Aguilar, autor del proyecto”.

A pesar de nuestros esfuerzos para legislar en la materia y definir elementos constitutivos que permiten la despenalización del aborto, se siguen realizando practicas de abortos clandestinos, que de acuerdo algunas cifras oscilan entre 750 a un millón, sin obtener datos más exactos ; defunciones por aborto 4 por causa de muerte materna, defunciones por aborto una diaria; presas por aborto en los últimos 10 años, 220 aproximadamente ; criminalizadas por aborto en 10 años , 4 mil aproximadamente; hombres presos por obligar abortar cero; personal médico sentenciado cero, cifras señaladas por la compañera Legisladora del PRD en tribuna Guadalupe Almaguer. Y que resaltan de manera estadística que el tema del aborto requiere la responsabilidad comprometida, aún de toda la sociedad.

En resumen, ya existían avances significativos en la despenalización del aborto, faltaba la resolución histórica y de vital importancia para la defensa de los derechos humanos en favor de las mujeres. La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió un amparo a una asociación civil quejosa, que impugno el sistema jurídico del Código Penal Federal que criminaliza el aborto y al personal médico que lo practica, por atentar contra el derecho de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar a decidir interrumpir o continuar un embarazo, lo que a su vez considera que vulnera los derechos al libre desarrollo de la personalidad, discriminación y a la autonomía reproductiva.

El máximo tribunal del país declarará inconstitucional su prohibición. En una sentencia emitida por la Primera Sala de la SCJN, los ministros resolvieron “que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal”. Argumentaron que la criminalización “ viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.

Asimismo, determinó que la norma que impone la suspensión del ejercicio de la profesión al personal médico a las comadronas, y parteras que practiquen un aborto o proporcionen ayuda para su ejecución también es inconstitucional, ya que genera un efecto discriminatorio. Por otra parte, la primera Sala determinó que el requisito que obliga al personal médico que asiste a una mujer o persona gestante en grave peligro de muerte recabe el dictamen de otro médico para autorizar la interrupción del embarazo, atenta contra sus derechos ya que obstaculiza de forma excesiva el acceso efectivo sin dilaciones a un aborto por motivos de salud.

Con esta decisión, la interrupción voluntaria del embarazo no podrá ser castigada si se practica en instituciones de salud administradas por el Gobierno federal. Hechos sin precedentes en la Administración de la justicia nuestro País, que afecta no solo a las normas establecidas y dictadas en algunos Congresos Locales, ahora exige la obligatoriedad de derogar aquellas normas que tipifican y sancionan la penalización del aborto. El criterio de la corte al considerar la penalización del aborto inconstitucional, deja en claro que los artículos del Código Penal Federal ya no tienen razón lógica ni jurídica para seguir vigentes, y por lo tanto debemos proceder a dar cumplimiento.

Como legisladores federales, tenemos la obligación constitucional de exhortar a que se dé cumplimiento y se armonicen las normas jurídicas dictadas en este tema, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el fin de que el país, este a la altura de las demandas jurídicas que aquejan a la Sociedad.

El presente punto de acuerdo se ajusta a las resoluciones vertidas en materia de aborto por el máximo tribunal, no sólo por los argumentos fundados y que se han citado en apartados previos, sino también en los razonamientos jurídicos expuestos en el proyecto de resolución de la acción de inconstitucionalidad en la despenalización del aborto a nivel nacional.

Por todo lo expuesto, someto a consideración del pleno la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las entidades federativas, congresos estatales, instituciones, órganos de la administración pública federal, autoridades de Salud y su personal, a homologar y armonizar sus lineamientos normativos conforme a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se establece la despenalización del aborto a nivel federal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre del 2023.– Diputado Francisco Favela Peñuñuri (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE IMPLEMENTEN SUBSIDIOS QUE BENEFICIEN A LOS CIUDADANOS DE SONORA EN EL PAGO DE ELECTRICIDAD DERIVADO DE LOS CLIMAS EXTREMOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE a implementar subsidios que beneficien a los ciudadanos de Sonora en el pago de electricidad derivado de los climas extremos, a cargo de la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, diputada e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, conforme a lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, bajo la las siguientes

Consideraciones

En México, la generación y distribución de electricidad está a cargo de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que es una empresa estatal.

La CFE es responsable de suministrar electricidad a todo el país, incluido el estado de Sonora. Sin embargo, en algunos casos, existen empresas privadas que pueden operar en el sector eléctrico, pero la CFE sigue siendo la entidad principal encargada de la electricidad en México.

Sonora, situado en el noroeste de México, presenta una amplia variedad de climas debido a su topografía, ubicación geográfica y condiciones atmosféricas.

Nuestro estado se encuentra en una región semiárida y de-sértica, con la Sierra Madre Occidental al este y el Golfo de California al oeste. Esta ubicación entre montañas y océano influye en la circulación de los vientos y la humedad, lo que da lugar a climas extremos.

Gran parte del estado está cubierto por el desierto de Sonora, uno de los desiertos más cálidos y secos de América del Norte. Esto se debe a que el desierto recibe muy poca precipitación y las temperaturas pueden ser extremadamente altas durante el verano.

Como se menciona en el párrafo anterior, los veranos suelen ser muy calurosos, con temperaturas que superan los 40 grados Celsius en algunas áreas, mientras que los inviernos son más suaves y pueden incluso experimentar heladas en las regiones montañosas.

La inconformidad de los habitantes de Sonora y de otras partes de México con respecto a los recibos de luz es un tema que ha sido motivo de debate y protesta en el país. Esta inconformidad se centra en varios aspectos:

Tarifas eléctricas elevadas: Uno de los principales puntos de descontento es el costo elevado de la electricidad en México. Las tarifas eléctricas en algunas regiones, incluyendo Sonora, pueden ser más altas en comparación con otras áreas del país. Esto puede generar dificultades económicas para las familias y las empresas.

Subsidios y apoyos gubernamentales insuficientes: A pesar de los esfuerzos del gobierno para proporcionar subsidios y apoyos a las tarifas eléctricas, muchas personas consideran que estos no son suficientes para aliviar la carga económica que representa el pago de la electricidad.

Variabilidad en el suministro eléctrico: Algunas áreas de Sonora han experimentado problemas con la calidad y la confiabilidad del suministro eléctrico, lo que también contribuye a la insatisfacción de los consumidores.

Falta de transparencia en la facturación: Otra preocupación es la falta de claridad y transparencia en la facturación de la electricidad. Los consumidores a menudo se quejan de que los recibos no son fáciles de entender, lo que dificulta la verificación de los cargos.

Aumento en los costos de producción para empresas: Las tarifas eléctricas elevadas también afectan a las empresas en Sonora, lo que puede dificultar su competitividad y crecimiento.

Para abordar estas preocupaciones, se han llevado a cabo protestas y manifestaciones en diferentes partes del país, incluyendo Sonora.

Los manifestantes han demandado una revisión de las políticas tarifarias, una mayor transparencia en la facturación eléctrica y un mayor apoyo gubernamental para aliviar la carga financiera de las familias y las empresas.

En los últimos meses muchas de las familias sonorenses y de la zona norte de nuestro país, se han visto afectadas por el aumento a su tarifa eléctrica, ya que estás se han multiplicado hasta seis veces más con la que estaban acostumbrados, los montos van desde los 3 mil pesos hasta los 20 mil y en algunos casos más, volviéndolos casi imposibles de pagar.

A pesar de la denominada “Tarifa 1 F” o las que la CFE implementaron para el verano en este 2023, no han sido suficientes ya que, los costos lejos de bajar se han incrementado.

Por las consideraciones expuestas, someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Federal de Electricidad, para que dentro de sus atribuciones sigan implementando subsidios como el de las tarifas 1A a 1F (tarifa de verano) con una duración de 8 meses y no de 6 como actualmente se establece, con el objetivo de beneficiar a las ciudadanas y los ciudadanos de Sonora, para que las economías de estos no se vean tan afectadas. Asimismo, que implemente la creación de planes de pago, para todas aquellas familias que no han podido pagar dicho servicio y así no se queden sin electricidad.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Energía, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DEL BIENESTAR Y A LA SADER, A OTORGAR MAYORES APOYOS A LOS PRODUCTORES DE FRIJOL, MAÍZ Y OTRAS ACTIVIDADES ELEGIBLES DE ZACATECAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría del Bienestar y a la Sader a otorgar mayores apoyos a los productores de frijol, maíz y otras actividades elegibles del estado de Zacatecas, a través del Programa Producción para el Bienestar, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Amalia Dolores García Medina, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Obligación del estado de Apoyar al Campo

El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, garantizando así el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos.

Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo 2019 — 2024 en el Eje III Economía; establece como prioritaria la Autosuficiencia Alimentaria y el Rescate al Campo.

Asimismo, La Ley de Desarrollo Rural Sustentable en su artículo 5 fracción II establece como uno de sus objetivos el corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable.

Por otra parte, en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se faculta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para formular, conducir y evaluar la política de desarrollo rural; a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentes, así como participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el fomento de la producción rural.

Es de mencionar que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo 77 dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, y que deberán sujetarse a reglas de operación, con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia y que en el segundo párrafo del referido artículo, se establece que las dependencias o entidades serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal que corresponda o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

En ese tenor, con fecha 30 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2023.

La Problemática del Campo Zacatecano

La agricultura impulsa la economía de la mayoría de los países en desarrollo. Históricamente, muy pocos países han experimentado un rápido crecimiento económico y una reducción de la pobreza que no hayan estado precedidos o acompañados del crecimiento agrícola. Entre otras importantes contribuciones no monetarias de la agricultura cabe citar el hábitat y el paisaje, la conservación del suelo, la ordenación de las cuencas hidrográficas, la retención de carbono y la conservación de la biodiversidad.

Zacatecas es una entidad primordial en el desarrollo agropecuario del país, y la búsqueda de la soberanía alimentaria.

Zacatecas produce por año un volumen agropecuario de más de 7 millones y medio de toneladas, aportando al PIB del sector primario más de 13 mil quinientos millones de pesos Los cultivos que sobresalen por su contribución a la producción nacional son: frijol, uva, lechuga, guayaba, cebolla, chile, maíz y avena entre otros, por lo que es destacable a nivel nacional por su producción en diversos alimentos.

Sin embargo, en los últimos años, el campo zacatecano ha venido enfrentando una serie de problemáticas y dificultades que han afectado la productividad y los ingresos de las familias que tiene como fuente de ingreso el campo, tales como factores climáticos, el alto costo de los insumos, así como la inseguridad.

Al iniciar la administración del gobierno local en Zacatecas, se dijo que “El campo es la solución no el problema”, que se reconstruiría el campo. Sin embargo, lejos de eso, la situación actual del campo en el Estado está en serios problemas, que se han agravado por la falta de lluvias y la sequía marcada desde hace varios años, por lo que al día de hoy se tiene una grave crisis en este sector.

Lo anterior, hace necesario que se aumente el monto de los apoyos o subsidios directos al campo, para que el ingreso de las familias no se vea gravemente afectado, sobre todo en las regiones de mayor rezago y que se han visto gravemente afectadas por la sequía y otros factores.

El Programa Producción para el Bienestar

El Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2023 tiene por objetivo, otorgar un apoyo económico directo a productores de pequeña o mediana escala preferentemente de granos como maíz, frijol, trigo y arroz, entre otros, mediante apoyos directos.

Dichos apoyos se otorgan a los productor de pequeña o mediana escala que declaren producir alguno de los cultivos elegibles y estén registrados en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar y consisten en un apoyo directo que se otorga de manera anual y que en el caso de productores de granos pequeña escala, es por un monto de seis mil pesos por hectárea, mientras que tratándose de productores de granos de mediana escala, un apoyo de mil doscientos pesos por hectárea.

Dicho programa es operado por la Dirección General de Apoyos Productivos Directos de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural como unidad responsable y las delegaciones de programas para el desarrollo de la Secretaría del Bienestar como instancias operadoras, con apoyo del Banco del Bienestar como instancia dispersora de apoyos.

La emergencia por la sequía.

El problema de la sequía este año se ha intensificado, ya que abarca a los productores no tienen como alimentar a su ganado, hasta los agricultores los cuales no pudieron sembrar y no tendrán cultivos por falta del agua.

Jesús Padilla Estrada, titular de la Secretaría del Campo (Secampo), indicó que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) esperará hasta finales de noviembre para poder declarar a Zacatecas como zona de desastre por la sequía, ya que, pese a que la solicitud por parte del gobierno fue ingresada en tiempo y forma, la Conagua debe esperar el registro de lluvias. Sin embargo, el secretario mencionó que “viene un momento crítico para los productores, pues no tendrán agua para el consumo animal y también carecerán de alimento, lo que representa un gran riesgo para el sector pecuario”. Al mismo tiempo, puntualizó que la dependencia a su cargo deberá crear un programa de apoyo que incluya alimentos que se distribuyan entre los ganaderos y productores afectados.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), hizo la promesa de otorgar un apoyo al sector hasta por 8.5 millones de pesos, y hasta ahora solo se han recibido 4 millones. Este apoyo es insuficiente ya que parte de la zona más afectada es la frijolera, la cual ha tenido grandes pérdidas al igual que el resto de ganaderos y agricultores de la zona.

En virtud de lo anterior y de la importancia de atender y dar solución al problema de la pérdida de ingresos de las familias que se dedican al campo zacatecano, y siendo ésta una situación extraordinaria, resulta necesario tomar medidas adicionales en apoyo al campo, en especial a los pequeños y medianos productores, por lo que someto a consideración de esta asamblea del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría del Bienestar a que se otorguen mayores apoyos a los productores de frijol, maíz y otros productos elegibles del estado de Zacatecas a través del Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2023.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría del Bienestar a que otorgue una ampliación presupuestal para el Programa Producción para el Bienestar y se realicen las modificaciones correspondientes a las reglas del programa, para efecto de aumentar la cobertura y monto del mismo para los productores del estado de Zacatecas.

Tercero. Se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), para que otorgue un apoyo mayor a los 8.5 millones, para apoyar a agricultores y ganaderos afectados por la sequía en Zacatecas.

Cuarto. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para que agilice la entrega de la declaratoria como zona de desastre en Zacatecas, para que pueda acceder a recursos para la recuperación de los agricultores y ganaderos de la zona.

Notas

1 XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público. El desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior, fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.

2 Artículo 5o.- En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos: II. Corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable;

3 Artículo 35.- A la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentesXVIII. Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el fomento de la producción rural, así como evaluar sus resultados;

4 Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. FAO. La Importancia de la Agricultura en la actualidad. fao.org/3/a0015s/a0015s04.htm

5 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Zacatecas: un campo lleno de producción | Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx). 30 de noviembre de 2020

6 Pequeña escala de granos, hasta 3 hectáreas

7 Productor de mediana escala de granos, de 5 y hasta 20 hectáreas.

8 NTR (2023), Hasta noviembre, emergencia por sequía.

https://ntrzacatecas.com/?p=99166

9 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Amalia Dolores García Medina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LA SE, A FORTALECER LOS PROGRAMAS EN FAVOR DEL DESARROLLO ECONÓMICO DE LAS MUJERES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a fortalecer los programas en favor del desarrollo económico de las mujeres mexicanas a fin de reducir la brecha de género, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

La Agenda 2030 es un plan de acción mundial a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que desde el año 2015 todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas aprobaron con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Es una oportunidad histórica y un compromiso universal adquirido tanto por países desarrollados como en desarrollo que tienen como propósito la erradicación de la pobreza extrema, la reducción de la desigualdad en todas sus dimensiones, un crecimiento económico inclusivo con trabajo decente para todos, ciudades sostenibles, cambio climático, fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad, entre otros.

El objetivo número 5: “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas”, de la Agenda 2030 es uno de los más importantes de tomar en cuenta actualmente, ya que la mujer ha tomado un valor muy importante para la sociedad y la economía del país, existe El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Fue adoptada por las Naciones Unidas en 1979, el CEDAW es el tratado de derechos humanos más importante para las mujeres del mundo y es una herramienta sobre los derechos humanos de las mujeres y niñas. Así como existe este comité que respalda a las mujeres del mundo, existen diferentes en cada país, con el mismo fin que es poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas, erradicar la desigualdad y violencia de género, e igualdad de recursos económicos, etc.

Una de las metas más sobresalientes e importantes del objetivo 5, es emprender reformas que otorguen a las mujeres igualdad de derechos a los recursos económicos y de oportunidades de liderazgo, actualmente según datos recientes, se estima que el porcentaje de mujeres que se dedican al emprendimiento en México es del 42 por ciento; esto significa que hay más de 2.6 millones de mujeres emprendedoras en el país. Por lo que darles herramientas y facilidades para financiar sus emprendimientos ayuda a impulsar el crecimiento económico y promover el desarrollo social.

Que México cuente con políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres, ayuda a que las mujeres mexicanas tengan un crecimiento en la iniciativa del emprendimiento, ya que, según el Inegi, en el 2017 existían 1.3 millones de mujeres emprendedoras y para el 2019 el número ha aumentado significativamente.

Las unidades económicas con predominio femenino, tienden a pertenecer a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), además de que la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, aprobó un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, donde se va a fomentar la iniciativa, creatividad y formación de los emprendedores; Además de que la Secretaría de Economía promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las Mipymes, en igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres, poniendo especial énfasis en garantizar el acceso a dicho financiamiento para las mujeres.

Como parte de las acciones del gobierno de México y en el marco de una estrecha colaboración con la Secretaría de Economía (SE), la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Nadine Gasman Zylbermann presentó en la conferencia de prensa del informe diario sobre créditos, realizada en Palacio Nacional, la “Estrategia Integral para promover el empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres”.

Este programa va encaminado a fortalecer la dinámica interinstitucional en la materia que visualice todas las acciones que se están desarrollando para impulsar la autonomía económica de las mujeres, uno de los principios fundamentales de este programa es reconocer a las mujeres como titulares de derechos: sociales, económicos y culturales, y por supuesto garantizar derechos sociales de las mujeres relacionados con el empleo, productividad, comercialización, financiamiento, así como para acceder a servicios de cuidados como guarderías o comedores, e iniciar a través de esto, procesos de empoderamiento como una condición para el ejercicio y goce de derechos.

Desde el Inmujeres y en conjunto con otras organizaciones se han potencializado diferentes actividades para atender la insuficiencia y limitación en la que viven miles de mujeres en nuestro país, fomentando el aumento de la participación de las mujeres en el mundo de los negocios, creando nuevas oportunidades para ellas como son los programas o entidades de apoyo para ayudarlas a obtener los recursos necesarios, desde económicos y materiales hasta intelectuales, disminuir la brecha digital y atender de raíz las desigualdades con políticas y normas que incidan en la igualdad y no discriminación para las mujeres en las empresas y sus emprendimientos.

Las mujeres mexicanas han demostrado una gran capacidad de ingenio y creatividad para desarrollar sus negocios. Existen muchos ejemplos de mujeres emprendedoras que han logrado el éxito a través de su trabajo y esfuerzo. Por ello el gobierno de México ha impulsado apoyos a mujeres empresarias sin importar el tipo de negocio que una mujer emprendedora esté planeando lanzar.

Un ejemplo de ellos es; Mujeres RIF — Crezcamos Juntas (Nacional), que busca impulsar los negocios ya existentes de mujeres mexicanas que tributen bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), Financiamiento para Mujeres Emprendedoras y Empresarias (CDMX), este programa pretende impulsar la autonomía económica de las mujeres y reducir la brecha de género en materia de desarrollo económico, el Fondo para el Desarrollo Social (Fondeso), apoyan a mujeres con un microcrédito para el emprendimiento, creación o consolidación de negocios, este financiamiento puede ser desde 5 mil pesos hasta 25 mil en 5 niveles diferente, Crece Mujer Emprendedora (Hidalgo), brinda créditos para reforzar el emprendimiento femenino, dando prioridad a jefas de familia, mujeres con alguna discapacidad física y mujeres que viven (o vivieron) una situación de violencia, Fondo de Mujeres Emprendedoras (Aguascalientes), otorga incentivos para inversión y capacitación en proyectos de emprendedoras, MICRO YUC Mujeres (Yucatán), ofrece diversos programas de financiamiento para emprendedores y apoya a negocios administrados en su totalidad o en su mayoría por mujeres, Programa Hecho por Mujeres (Jalisco), busca contribuir al desarrollo brindando apoyo a grupos de mujeres para que abran sus propios negocios y mejoren su calidad de vida, Programa Mujeres PYME, este programa busca el desarrollo y consolidación de micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres, con acceso a financiamiento preferencial y a herramientas de desarrollo empresarial, entre otros.

Estos programas han servido de mucho a través de los años ya que las mujeres emprendedoras y empoderadas en México tienen un rol cada vez más importante, siendo fundamentales por el gran aporte que realizan tanto a nivel social como económico; De acuerdo con el Imco (Instituto Mexicano para la Competitividad), un 26 por ciento de todas las mujeres que trabajan son emprendedoras, es decir, han montado su propio negocio.

En el 2021, la institución reportó sobre el alza en el aporte de las mujeres en la economía mexicana, resultando en que la tasa creció 15.7 puntos porcentuales en diez años. Es decir, que su impacto en la economía pasó de 33.3 por ciento en 2010 a 49 por ciento en el 2020 gracias a los emprendimientos e innovaciones de las mujeres.

Sin embargo, estos programas deben seguir impulsando y apoyando a las mujeres que lo necesitan, junto con las políticas públicas adecuadas y leyes aplicables para ir mejorando el beneficio de las emprendedoras y tener una mayor creación y participación de los emprendimientos femeninos, es fundamental que México siga progresando con la participación de mujeres en roles de liderazgo, reflejando así la disminución de la desigualdad de género y el empoderamiento femenino.

Por otra parte, contamos con el Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género, que tiene como objetivos coordinar y supervisar el análisis, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, así como de los presupuestos y el gasto etiquetado para mujeres; ofrecer información que permita a los y las legisladoras cumplir con sus atribuciones de aprobación del presupuesto y vigilancia del ejercicio del gasto, buscando mayor equidad de género en su distribución.

Así como dar seguimiento al presupuesto asignado al Anexo 13; “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, actividad sustantiva y permanente de la Dirección de Estudios Sociales de la Posición y Condición de las Mujeres y la Equidad de Género”. Este es un rubro que se encarga de distribuir el dinero público en programas y acciones que garanticen la igualdad entre mexicanos y mexicanas y erradiquen la violencia contra las mujeres.

En nuestro país, los recursos presupuestales que se destinan y distribuyen para promover la Igualdad sustantiva entre mujeres y hombres se etiquetan en un anexo del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, que se ha denominado, a partir del año 2015, como se mencionó anteriormente el Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”; este tuvo como antecedente, la integración del primer anexo en la materia en el año 2006, y que evolucionó hasta consolidarse como lo conocemos actualmente.

- Para el ejercicio fiscal del año 2018 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 47,918,431,176 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

- Para el ejercicio fiscal del año 2019 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 63,209,834,775 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

- Para el ejercicio fiscal del año 2021 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 128 353.63 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

De acuerdo con el Informe Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública correspondiente al primer trimestre del año, el presupuesto autorizado anual del anexo 13 fue de 127 436.47 mdp lo que da cuenta de una diferencia de -917.16mdp respecto al presupuesto aprobado por las y los diputados, es decir, muestra una reducción del 0.71 por ciento.

Cabe mencionar que en el informe no se observan Ramos eliminados, pero si se observa, que un programa del Ramo 10 Economía fuese sectorizado al Ramo 20 Bienestar, se trata del Programa de Microcréditos para el Bienestar (conserva su presupuesto de 1 152.00 mdp), y se observa que el presupuesto de un programa del Ramo 12 Salud fue reducido a ceros, Prevención y atención contra las adicciones (tenía un presupuesto aprobado de 51.85 mdp).

Adicionalmente se visualiza un programa distinto a los pertenecientes al anexo 13 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, se trata de un programa del Ramo 09 Comunicaciones y Transportes denominado Actividades de Apoyo Administrativo (1.0 mdp). De los 60 289.72 mdp autorizados para el periodo, se gastaron 59 160.22 mdp, quedando pendiente la ejecución de 129.50 mdp.

La creciente participación de los recursos destinados a la promoción de la igualdad de género en el gasto público muestra el interés por apoyar esta política social y los programas que la sustentan, generando más áreas de oportunidad para mejorar su distribución entre la atención de las necesidades básicas y los intereses estratégicos de las mujeres, para lograr una mayor igualdad sustantiva y el empoderamiento efectivo de las mujeres.

En el presupuesto total aprobado 2023, en el Anexo Transversal 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, concurren recursos de 28 Ramos Presupuestales, contra 27 Ramos que contribuyeron con recursos en el ejercicio de 2018.

Es importante hacer mención de que, la asignación presupuestal por Ramo del anexo se conforma considerando la Metodología para la elaboración de los Anexos Transversales, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP publica luego de la aprobación del presupuesto, y en la cual se determinan, ya sea por los porcentajes de asignación o por la cantidad que se establecen para consolidar el gasto que conforma el anexo.

Sí bien, en el desglose de los recursos aprobados del anexo 13, por dependencia, entre el 2018 y 2023, se identificó que, los Ramos que determinaron la expansión de 41.5 por ciento en promedio anual del presupuesto dirigido para la intención de este anexo fueron: 11 “educación pública” (73.5 por ciento); 20 “bienestar” (51.9 por ciento). y 15 “desarrollo agrario, territorial y urbano” (21.6 por ciento), todas con importantes tasas de crecimiento medio real anual.

Mientras que, de manera particular, cuando se analiza el presupuesto por Ramo para el año 2018, los Ramos que hacen las mayores aportaciones para la atención del anexo 13 fueron: 20 bienestar (20,050.1 mdp); 08 agricultura y desarrollo rural (7,843.3 mdp); 12 salud (5,510.2 mdp), y 11 “educación pública” (4,507.3 mdp); cuatro Ramos que de forma conjunta representan el 79.1 por ciento en el total del anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”.

Mientras que en el PEF 2023, la mayor contribución la realizan dos Ramos: 20 bienestar, con 208 mil 024.2 mdp, y 11 educación pública, con 90 mil 775.5 mdp, que de forma conjunta aportan 85.8 por ciento al total del Anexo.

Cabe precisar que en el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su último párrafo, se menciona que “no se podrán realizar reducciones a los programas presupuestarios ni a las inversiones dirigidas a la atención de la igualdad entre mujeres y hombres, al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; las erogaciones correspondientes al Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas y Comunidades Indígenas y la Atención a Grupos Vulnerables, salvo en los supuestos establecidos en la presente Ley y con la opinión de la Cámara de Diputados”.

Para el ejercicio fiscal del año 2023 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 348,362,409,335 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

El monto asignado para el anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres” creció de manera considerable en el periodo de análisis, 2018-2023, lo que se revela no solo es sus montos crecientes, sino también en su participación dentro del gasto programable.

En 2018, se aprobó un monto de 47 mil 918.4 millones de pesos (mdp) para el Anexo 13, que representó 1.3 por ciento del gasto programable total, el cual ascendió a 3 billones 803 mil 164.5 mdp. Luego, para el ejercicio fiscal 2023, al Anexo 13 se le han aprobado 348 mil 362.4 mdp, cantidad que representa 5.8 por ciento del gasto programable; lo que implica que los recursos que se dirigen a la promoción de la igualdad de género casi se han quintuplicado, en términos de su proporción del gasto programable, y septuplicado, en términos de sus montos, entre los años citados.

Como se observa, en todo el periodo el gasto destinado al anexo 13 muestra una tendencia creciente, con una tasa media de 41.5 por ciento real, en tanto que, el gasto programable lo hizo a un ritmo de 4.1 por ciento, el PIB observó un marginal incremento equivalente a 0.8 por ciento real.

Es importante hacer mención de que, la asignación presupuestal por Ramo del anexo se conforma considerando la Metodología para la elaboración de los Anexos Transversales, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP publica luego de la aprobación del presupuesto, y en la cual se determinan, ya sea por los porcentajes de asignación o por la cantidad que se establecen para consolidar el gasto que conforma el anexo.

Sí bien, en el desglose de los recursos aprobados del anexo 13, por dependencia, entre el 2018 y 2023, se identificó que, los Ramos que determinaron la expansión de 41.5 por ciento en promedio anual del presupuesto dirigido para la intención de este anexo fueron: 11 “educación pública” (73.5 por ciento); 20 “bienestar” (51.9 por ciento). y 15 “desarrollo agrario, territorial y urbano” (21.6 por ciento), todas con importantes tasas de crecimiento medio real anual.

Mientras que, de manera particular, cuando se analiza el presupuesto por Ramo para el año 2018, los Ramos que hacen las mayores aportaciones para la atención del anexo 13 fueron: 20 bienestar (20,050.1 mdp); 08 agricultura y desarrollo rural (7,843.3 mdp); 12 salud (5,510.2 mdp), y 11 “educación pública” (4,507.3 mdp); cuatro Ramos que de forma conjunta representan el 79.1 por ciento en el total del Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”.

Mientras que en el PEF 2023, la mayor contribución la realizan dos Ramos: 20 Bienestar, con 208 mil 024.2 mdp, y 11 educación pública, con 90 mil 775.5 mdp, que de forma conjunta aportan 85.8 por ciento al total del anexo.

En el comparativo del aprobado para el anexo 13 en los años 2022 y 2023, el crecimiento real observado es de 42.0 por ciento real. Al interior, se observó que el Ramo 20 “Bienestar” es el más representativo y muestra una variación real del 41.5 por ciento.

En el análisis del anexo por programa presupuestario (Pp) resalta que, en el año 2018, el Anexo 13 instrumentó 113 Pp´s, de los cuales 94 operaron con recursos presupuestales y 19 con recursos propios de las entidades (extrapresupuestarios); en tanto que, para el ejercicio 2023 de un total de 109 Pp´s, 94 tienen recursos federales aprobados y 15 se reportaron para operar con recursos propios.

Cabe mencionar que en 2023 dos Pp’s del ramo 20 Bienestar se re-sectorizaron al Ramo 04 Gobernación, mismos que son: el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) y el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus hijas e hijos. Esto de conformidad con el Convenio marco de colaboración, así como el Acuerdo de traspaso de recursos presupuestarios que celebraron las Secretarías de Bienestar y de Gobernación por el que se re-sectorizan estos programas, a fin de que sean operados a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.

Asimismo, importa mencionar que los 5 Pp´s que son los más significativos al interior del Anexo 13, son considerados como Programas Prioritarios en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en materia de Desarrollo Social y son los siguientes:

- “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”

- “Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez”

- “Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez”

- “Jóvenes Construyendo el Futuro”, y

- “Sembrando Vida”

Mismos que de forma conjunta aportaron en el año 2020 el 73.2 por ciento, en tanto que, para 2023 dicha participación fue de 75.5 por ciento.

De todos los Pp´s mencionados en el párrafo anterior, el programa que tiene la mayor aportación presupuestal es el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” del Ramo 20 bienestar, que en el año 2022 contó con un presupuesto de 127 mil 175.5 mdp y para el ejercicio 2023 se le aprobó un monto de 193 mil 424.6 mdp, mayor en 66 mil 249.1 mdp, aumento que propició un crecimiento real de 44.9 por ciento, cuando el total del anexo 13 creció a una tasa de 42.0 por ciento real.

Con los recursos mencionados para el ejercicio 2023 y un presupuesto de 14 mil 658.6 mdp en el año 2018, el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” registró una TMCA de 59.4 por ciento.

Los otros tres programas significativos tienen asignación presupuestal a partir del año 2020, son el “Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez” del Ramo 11 Educación Pública, el Programa “Jóvenes Construyendo el Futuro” del Ramo 14 Trabajo y Previsión Social y el “Programa Sembrando Vida” del Ramo 20 Bienestar, que contaron con recursos aprobados en el año 2022 por 26 mil 453.9 mdp, 10 mil 719.4 mdp y 9 mil 499.3 mdp y para el ejercicio fiscal 2023 tuvieron un aprobado de 27 mil 818.0 mdp, 11 mil 143.8 mdp y 11 mil 883.7 mdp, respectivamente; motos con los cuales registraron tasas reales de 0.2, -1.0 y 19.2 por ciento, en el mismo orden (véase cuadro anexo).

Al recapitular respecto del presupuesto correspondiente al Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, por dependencia, encontramos que, en 2018 concurrieron 27 Ramos, en tanto que, para el año 2023 fueron 28. A su interior, en 2018 se ubica un total de 113 Pp´s, de los cuales 94 operaron con recursos presupuestales y 19 son con recursos propios; en tanto que, para 2023 de un total de 109 Pp´s, 94 tienen recursos federales aprobados y 15 se reportan para funcionar con recursos propios.

Por su representatividad, en los años de estudio, destacan los Ramos 20 bienestar y el 11 educación pública. En el primero, la mayor aportación la tiene el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” y el “Programa Sembrando Vida” que se incorpora a partir del año 2020; en el segundo Ramo, tanto el Pp “Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez”, con recursos presupuestales a partir de 2019 como el “Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez” con recursos a partir del año 2020 son significativos.

Es de resaltar que, todos los programas mencionados son considerados como sustantivos en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en materia de Desarrollo Social.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al Poder Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Economía y sus homologas en las entidades federativas fortalezcan los programas y líneas de acción para seguir impulsando y apoyando a las mujeres que lo necesitan, junto con las políticas públicas adecuadas y las leyes aplicables para el beneficio de las emprendedoras y tener una mayor creación y participación de los emprendimientos femeninos en favor del desarrollo económico de las mujeres mexicanas con la finalidad de reducir la brecha de género y cumplir con los ordenamientos legales y tratados internacionales.

Notas

1 OHCHR. (s. f.). Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

https://www.ohchr.org/es/treaty-bodies/cedaw

2 Agatone, S. (2023). ¿Cuántas mujeres emprendedoras hay en México? JOBATUS.

https://www.jobatus.mx/noticias/cuantas-mujeres-emprendedoras-ha y-en-mexico

3 Agatone, S. (2023). ¿Cuántas mujeres emprendedoras hay en México? JOBATUS.

https://www.jobatus.mx/noticias/cuantas-mujeres-emprendedoras-ha y-en-mexico

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/247_130819.pdf

5 De Las Mujeres, I. N. (s. f.). Inmujeres impulsa estrategia para promover el empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres. gob.mx.

https://www.gob.mx/inmujeres/prensa/inmujeres-impulsa-estrategia -para-promover-el-empoderamiento-y-la-autonomia-economica-de-las-mujeres

6 https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Politicas/ Programa_Empoderamiento_Autonomia_CDMX_2016.pdf

7 Reyes, K. (2022, 17 noviembre). Apoyo a mujeres emprendedoras en México - Tiendanube. Blog del E-commerce.

https://www.tiendanube.com/mx/blog/apoyo-a-mujeres-emprendedoras /#:~: text=Mujeres%20RIF%20%E2%80%93%20Crezcamos%20Juntas%20es,menos%20un%20a%C3%B1o% 20de%20operaci%C3%B3n

8 BBVA MEXICO & BBVA. (2023, 6 septiembre). La importancia de las mujeres emprendedoras en México. BBVA.

https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/mujeres-emprendedo ras-en-mexico.html

9 BBVA MEXICO & BBVA. (2023, 6 septiembre). La importancia de las mujeres emprendedoras en México. BBVA.

https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/mujeres-emprendedo ras-en-mexico.html

10 LFPRH Art 42 Fracción VI. 20 días naturales después de publicado el PEF en el DOF se hace entrega de los Tomos y Anexos del PEF Aprobado. 4 SHCP. Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado para el ejercicio fiscal 2023.

11 LFPRH Art 42 Fracción VI. 20 días naturales después de publicado el PEF en el DOF se hace entrega de los Tomos y Anexos del PEF Aprobado. SHCP. Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado para el ejercicio fiscal 2023

12 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 10 de abril de 2023, Anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2018-2023

https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2023/notacefp0302023. pdf

Dado en el Salón de Sesiones, a 18 de septiembre de 2023.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y AL INMUJERES, A VELAR Y SALVAGUARDAR LA SALUD MENTAL DE LAS MUJERES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y al Inmujeres a velar y salvaguardar la salud mental de las mujeres mexicanas, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II; y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El concepto de salud puede vislumbrarse desde dos ámbitos distintos, aunque complementarios: el primero en el sentido individual y el segundo en el social. La primera acepción concibe a la salud como el buen funcionamiento biológico del organismo y la ausencia de enfermedades. La segunda, como explica la Organización Mundial de la Salud (OMS), trasciende el aspecto individual para abarcar un estado completo de bienestar físico, mental y social.

Se calcula que en México alrededor del 30 por ciento de las personas padece algún trastorno mental a lo largo de su vida, y más del 60 por ciento de la población que sufre alguno de ellos, no recibe tratamiento.

A nivel mundial, los dos trastornos mentales más frecuentes son la ansiedad y la depresión, siendo las mujeres más propensas que los hombres a desarrollarlos. Esta diferencia de género ha sido abordada desde hipótesis biológicas, socioculturales, y de factores de amplificación artificial de las diferencias de género. Dichas hipótesis no son excluyentes entre sí, y probablemente se complementen, mostrando indicios que sustentan que las mujeres experimentan más factores sociales precipitantes y son más vulnerables a determinados factores sociales.

En el marco de la conmemoración del Día Mundial para la Prevención del Suicidio, que se llevó a cabo el pasado 10 de septiembre, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó datos que registran un aumento de la tasa de mortalidad por suicidio en el continente americano, dejando ver una alarmante situación; pues mientras en las demás regiones del mundo se observa una disminución, América es el único territorio que registra un incremento de esta tasa de mortalidad.

El vínculo que existe entre el suicidio y los trastornos mentales cuenta, con una amplia documentación, y es en el suicidio en donde también se puede observar una marcada diferencia en razón de género, pues si bien es cierto que el 79 por ciento de los suicidios en América ocurre entre hombres, los intentos de suicidio son tres veces más frecuentes entre las mujeres.

En razón de esta evidente asimetría, la Organización Pa-namericana de la Salud (OPS) destaca la importancia de tener en cuenta los determinantes sociales del suicidio específicos de cada sexo al elaborar intervenciones de reducción del riesgo y estrategias de prevención.

La salud es más que una noción médica: es un concepto predominantemente social porque se vincula con las costumbres, tradiciones, actitudes y juicios de valor de los diversos grupos de una sociedad, y porque involucra la participación de todos los agentes de la comunidad.

Las instituciones y el sistema jurídico mexicano han enfatizado la importancia de impulsar la salud pública, a la que confieren un significado similar al de la Organización Panamericana de la Salud. Para este organismo, la salud pública es una ciencia un arte y una filosofía cuyo objetivo final es la prevención, promoción y protección de la salud de la población bajo una visión colectiva, tanto del Estado como de la sociedad civil, encaminada a proteger y mejorar la salud de las personas.

Una de las situaciones más importantes para una persona es la salud mental, en donde esta puede definirse como un estado de bienestar mental que permite a las personas hacer frente a los momentos de estrés de la vida, desarrollar todas sus habilidades, poder aprender y trabajar adecuadamente y contribuir a la mejora de su comunidad.

Según el Instituto Mexicano de Seguro Social, la salud mental es el estado de equilibrio que debe existir entre las personas y el entorno socio-cultural que los rodea, incluye el bienestar emocional, psíquico y social e influye en cómo piensa, siente, actúa y reacciona una persona ante momentos de estrés. La salud mental es la base para el bienestar y funcionamiento efectivo de una persona y su comunidad.

La salud mental es más que la mera ausencia de trastornos mentales. Se da en un proceso complejo, que cada persona experimenta de una manera diferente.

Las mujeres, son un fuerte pilar de la sociedad y su salud mental es importante, se creía que esta estaba determinada por el ciclo menstrual, sin embargo, a partir de los estudios e investigaciones sabemos que entre las mujeres se observa una mayor prevalencia de depresiones, ansiedad, somatizaciones y trastornos del comportamiento alimentario que está condicionado por los factores psicosociales de género.

La mujer es vulnerable a la falta de salud mental debido a los roles que la sociedad le adjudica, como lo es el trabajo doméstico y la familia en donde no se le reconoce ni remunera todo lo que hace, pero principalmente, la sociedad ha creado estándares en donde la mujer debe ser bonita, delgada y sexy y que solo así podrá ser una mujer triunfadora.

Se les olvida recordar que aceptar, disfrutar y valorar nuestro cuerpo es necesario para sentirnos bien: escuchar nuestro cuerpo para saber cómo nos sentimos y qué necesitamos.

Finalmente, la maternidad en la mujer juega un rol muy importante; educar y guiar a una criatura también conlleva una gran responsabilidad y renuncias personales y más aún en la sociedad actual que sigue siendo sexista y no existe una corresponsabilidad social.

Además que se deja de lado los cambios drásticos hormonales tanto en el embarazo como después de, en donde la mujer dependerá del entorno y el apoyo que tenga y buscarán aquello que respete nuestras necesidades sin sentirnos culpables por ello.

La sociedad le da un papel muy importante a los roles de género, a los estereotipos, a la salud mental en adolescentes por los cambios que sufren, pero dejan de lado la salud mental de la mujer, en donde es en ella en quien recae la mayoría de los estereotipos impuestos por la sociedad y mentalmente esta impuesta a cubrir con ellos para poder tener una satisfacción personal.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con el Instituto Nacional de las Mujeres impulsen, desarrollen y difundan eventos para todas las mujeres con la finalidad de visibilizar, velar y salvaguardar su salud mental.

Notas

1 Cámara de Diputados. (s/a) Disponible en:

http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Comisione s/d_salud.htm#_ftnref1

2 IMS (2023). La punta del iceberg. Disponible en:

https://www.gob.mx/imss/articulos/la-punta-del-iceberg

3 INEGI (2021). Presenta INEGI resultados de la primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (ENBIARE) 2021. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf

4 SOM Salud Mental. ¿Por qué las mujeres tienen más trastornos depresivos que los hombres? Disponible en:

https://depresion.som360.org/es/monografico/mujer-salud-mental/a rticulo/mujeres-tienen-mas-trastornos-depresivos-hombres

5 OPS (2023). Día mundial para la Prevención del Suicidio 2023. Disponible en:

https://www.paho.org/es/campanas/dia-mundial-prevencion-suicidio -2023

6 Sanz Fuentes, Antonio; Ruiz Lorenzo, Valeria (2023). Pensamiento e intento suicida en mujeres y su relación con la violencia de género. Revista Española de Investigaciones Sociológicas. Disponible en:

https://reis.cis.es/REIS/PDF/REIS_181_051669886678885.pdf

7 OPS (2023). Un nuevo estudio pone de relieve los factores contextuales asociados al suicidio en las Américas. Disponible en:

https://www.paho.org/es/noticias/23-2-2023-nuevo-estudio-pone-re lieve-factores-contextuales-asociados-al-suicidio-americas

8 Cámara de Diputados. (s/a) Disponible en:

http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Comisione s/d_salud.htm#_ftnref1

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de Septiembre de 2023.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



SE INFORME DEL EJERCICIO Y SEGUIMIENTO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS TRANSFERIDOS AL ESTADO DE MORELOS DESTINADOS PARA ATENDER LA PROBLEMÁTICA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conavim a hacer del conocimiento público el ejercicio y seguimiento de los recursos públicos transferidos al estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género, a cargo de la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía la presente “proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno federal y al gobierno del estado de Morelos, hagan del conocimiento público a través de sus medios oficiales de comunicación, el ejercicio y seguimiento de los recursos públicos transferidos al estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género” con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. Violencia contra mujeres y niñas

1. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia como “El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga mucha probabilidad de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”.

Los patrones de violencia son causados por diversos factores sociales, culturales, económicos y políticos; sin embargo, estos patrones de conducta no deben promoverse, al contrario, deben de erradicarse en su totalidad.

A más de 40 años de la lucha contra la violencia de género, actualmente las mujeres y niñas continúan siendo el sector más vulnerable a los diversos hechos de violencia que se viven en México.

2. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), considera que la violencia contra mujeres y niñas es una de las violaciones más generalizadas y recurrentes de los derechos humanos en el mundo, aunado a las graves consecuencias que trae consigo.

En el caso particular de las mujeres y niñas, se encuentran expuestas a diversas situaciones de violencia por su género, por mencionar algunas: económica, psicológica, emocional, física, sexual, digital, que cada vez van más en aumento hasta llegar al feminicidio.

3. El Instituto Nacional de las Mujeres ha informado a través de su página oficial de internet que, a la fecha se han emitido 25 Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres en 22 entidades federativas que incluyen 643 municipios: Estado de México, Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo, Nayarit, Zacatecas, Oaxaca, Durango, Campeche, Jalisco, Puebla y Baja California.

En el caso particular de Morelos, la Alerta se declaró el 10 de agosto de 2015, para ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jilotepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec.

De las 18 entidades federativas evaluadas, se desprende que solo el 9 por ciento de las medidas recomendadas han sido cumplidas por los gobiernos estatales.

4. De la información sobre violencia contra las mujeres presentado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se desprende que, al 31 julio de 2023, se tiene un registro de 75,140 presuntos hechos delictivos cometidos en agravio de mujeres (lesiones dolosas, lesiones culposas, delitos que atentan contra la libertad personal, delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal, homicidio culposo, extorsión, homicidio doloso, corrupción de menores, delitos cometidos contra la sociedad, feminicidio, trata de personas, secuestro, rapto, tráfico de menores, etc).

En el caso de los delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal se tiene un registro de 500 por feminicidio; 1,516 por homicidio doloso; 2,298 por homicidio culposo; 41 mil 531 por lesiones dolosas, y; 13 mil 707 por lesiones culposas.

Asimismo, se desprende que, al 31 de julio de 2023, el Estado de Morelos se posicionó en sexto lugar a nivel estatal y en primer lugar por cada 100 mil mujeres en presuntos delitos de feminicidio.

I. Derechos humanos y protección de las mujeres contra todo tipo de violencia.

1. La Organización de las Naciones Unidas ha definido los derechos humanos como: “derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición”.

2. El 10 de junio de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, en materia de derechos humanos.

Dicha reforma tuvo como objetivo reconocer a nivel constitucional los derechos humanos de las personas, así como establecer las garantías para lograr su apropiada protección.

De las modificaciones realizadas al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), se destaca el reconocimiento de los derechos humanos, mediante el principio pro persona como rector de la interpretación y aplicación de la norma jurídica y, en segundo lugar, la prohibición de todo tipo de discriminación.

En ese sentido, de conformidad con los artículos 1 y 133 de la Carta Magna, el Estado mexicano tiene la obligación de observar los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, en los que sea parte.

3. En el caso de los derechos humanos de las mujeres, México forma parte de diversos instrumentos internacionales para su protección, entre ellos:

- Carta de las Naciones Unidas (1945).

- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

- Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966).

- Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966).

- Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).

- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979).

- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belém Do Pará” (1994).

4. Por lo que respecta a la CPEUM, como ya se mencionó, el artículo 1, establece la prohibición de todo tipo de discriminación y garantiza los derechos humanos de las mujeres.

II. Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

1. La Secretaría de Gobernación (Segob) es una dependencia integrante de la administración pública centralizada del Poder Ejecutivo federal y cuenta con 27 atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), entre ellas:

“I. a VI. ...

VII. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar, en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, la promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia, así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto;

VII Bis. Formular y coordinar la política de prevención social del delito, cultura de paz y de legalidad, mediante programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación o vulnerabilidad de grupos sociales, así como diseñar e instrumentar programas para la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado;

VIII. a XXIII. ...

XXIV Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

2. Para el desempeño de sus funciones, la Segob se auxilia, entre otros, de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), creada mediante decreto publicado el 1 de junio de 2009 en el DOF.

De conformidad con el artículo 2, apartado C, fracción V del Reglamento Interior de la Segob, la CONAVIM, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.

La Conavim tiene por objeto, ejercer las atribuciones previstas en su decreto de creación, así como aquellas que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y su reglamento le confieren a la Segob, en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en nuestro país.

3. Conforme a su artículo 1, la LGAMVLV tiene por objeto:

“... Establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

El artículo 2 de la LGAMVLV recoge la figura de interpretación conforme al establecer que, para garantizar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, se hará a la luz de aquella y de los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

III. Instituto Nacional de las Mujeres

1. Conforme al artículo 2 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto (Inmujeres), es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.

2. Conforme al artículo 4 de dicha ley, el Inmujeres tiene por objeto:

“Promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la vida política, cultural, económica y social del país...”

Lo anterior, bajo los criterios de transversalidad, federalismo y fortalecimiento de vínculos con los poderes legislativo y judicial de los distintos órdenes de gobierno.

3. La fracción VIII del artículo 38 de la LGAMVLV, establece que el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres debe contener acciones con perspectiva de género para “Vigilar que los medios de comunicación no fomenten la violencia contra las mujeres y que favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia, para fortalecer el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las mujeres”.

IV. Recursos públicos federales para la erradicación de la violencia contra las mujeres.

1. El 28 de noviembre de 2022 se publicó en el DOF, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023). En el anexo 13 “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”, se establecieron los siguientes programas presupuestarios:

2. El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2021-2024.

Entre los objetivos prioritarios del programa se encuentran:

- Disminuir las violencias contra las mujeres, mediante la implementación de medidas preventivas de los factores de riesgo;

- Promover servicios de atención integral especializada, con enfoque interseccional e intercultural para mujeres víctimas de la violencia;

- Fomentar la procuración e impartición de justicia con perspectiva de género para asegurar la sanción, reparación del daño y la no repetición, con las instancias competentes a nivel nacional; y

- Impulsar acciones de coordinación que permitan institucionalizar en el Estado mexicano la erradicación de la violencia contra las mujeres.

Los recursos de dicho programa son subsidiados para el fortalecimiento de los centros de justicia para mujeres y para alertas de violencia de género contra las mujeres.

3. El 28 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2023.

El objetivo general del programa es empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por el PAIMEF, para una vida libre de violencia.

Entre sus objetivos específicos se encuentran:

- Realizar acciones para el fortalecimiento de la institución en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres;

- Realizar acciones para prevenir la violencia contra las mujeres en coordinación con instituciones públicas y sociales; y

- Otorgar servicios de orientación y atención integral: de trabajo social, psicológica y jurídica, incluyendo el seguimiento jurisdiccional, y servicios específicos para el empoderamiento de las mujeres en situación de violencia, en coordinación con los tres órdenes de gobierno, instituciones públicas y sociales.

4. El 22 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023.

El objetivo general del programa es brindar protección y atención integral y especializada, mediante refugios especializados y centro externo de atención, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, sus hijas e hijos.

Entre sus objetivos específicos se encuentran:

- Apoyar la operación de refugios especializados para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso sus hijas e hijos y sus centros externos de atención, brindar atención eficiente y de calidad a las mujeres usuarias, sus hijas e hijos.

- Dar seguimiento a la operación de refugios especializados para mujeres víctimas de violencia de género, en su caso sus hijas e hijos y sus centros externos de atención apoyados por el programa.

5. El programa presupuestario fortalecimiento de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres tiene como objetivo contribuir al logro de la igualdad sustantiva y erradicar la violencia contra las mujeres, mediante la incorporación de la perspectiva de género en la planeación, programación y presupuestación de la administración pública federal.

6. El 26 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023.

7. Los programas presupuestarios señalados con anterioridad son recursos que la federación subsidia a las entidades federativas.

Aunque en los últimos años los gobiernos, tanto federal como locales, han intentado implementar políticas públicas que garanticen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, bajo los criterios de prevención, atención, investigación, sanción y erradicación; los esfuerzos han sido inútiles, sobre todo cuando el ciclo de las políticas públicas es incompleto y carece de evaluación de resultados y seguimiento a las acciones.

Este problema de evaluación incompleta se agrava cuando los gobiernos locales y municipales, por diferentes causas, no logran obtener el recurso que estaba destinado para ellas debido a una incorrecta planeación de proyectos, tal es el caso de distintas dependencias que no serán beneficiarias en 2023. Se hace llegar el reconocimiento a aquellas que si lo lograron, permitiendo con ello el beneficio de las mujeres morelenses que se encuentran en medio de distintas violencias.

Lamentablemente estos hechos de violencia contra las mujeres y niñas afectan su dignidad y valor humano, su integridad y la igualdad en el ejercicio de los demás derechos humanos.

Por lo anterior, es necesario que en los presupuestos de egresos de las entidades federativas se consideren recursos suficientes para la igualdad entre mujeres y hombres, así como la conformación de un grupo de trabajo interinstitucional y multidisciplinario para analizar y determinar las acciones pertinentes para combatir la violencia de género, especialmente en materia de violencia feminicida.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el ejercicio que ha realizado de los recursos públicos asignados en el ejercicio fiscal 2023, destinados para atender la problemática de violencia de género en el estado de Morelos, así como el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el seguimiento de los recursos públicos transferidos en el ejercicio fiscal 2023 a los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil del estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género, así como el cumplimiento de metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, realice mayor difusión del subsidio para las alertas de violencia de género, sobre todo a los municipios; así como brindar mayor claridad en los lineamientos para ser entes públicos beneficiarios, principalmente en la identificación precisa de quienes pueden intentar participar para dicho fondo.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el ejercicio que ha realizado de los recursos públicos asignados en el ejercicio fiscal 2023, destinados para atender la problemática de violencia de género en el estado de Morelos, así como el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Quinto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el seguimiento de los recursos públicos transferidos en el ejercicio fiscal 2023 a los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil del estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género, así como el cumplimiento de metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Sexto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, impulse la incorporación de la perspectiva de género en la planeación nacional del desarrollo, programación y presupuesto de egresos de la Federación.

Séptimo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos, a través del Instituto de la Mujer del estado de Morelos y a los gobiernos municipales del estado de Morelos, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, los recursos que les han sido transferidos por el Gobierno federal en el ejercicio fiscal 2023, para atender la problemática de violencia de género, así como el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores.

Octavo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos, a través del Instituto de la Mujer del Estado de Morelos y a los gobiernos municipales del estado de Morelos, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el ejercicio eficaz y eficiente de los recursos públicos que le han sido transferidos por el Gobierno federal en el ejercicio fiscal 2023, destinados a atender la problemática de violencia de género.

Noveno. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos, a través del Instituto de la Mujer para el estado de Morelos y a los gobiernos municipales del estado de Morelos, para que planifiquen y diseñen proyectos motivados y fundamentados que nos permitan a las morelenses ser beneficiarias del subsidio para las alertas de violencia de género administrado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, evitando con ello que algunas dependencias queden fuera nuevamente en años posteriores.

Décimo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Congreso del estado de Morelos para que, en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2024, considere los recursos necesarios para la implementación de políticas, programas y acciones con perspectiva de género a efecto de garantizar la seguridad de las mujeres y niñas en la entidad federativa.

Décimo primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo del estado de Morelos para que, implemente las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida, así como para que considere los recursos necesarios en la planeación y programación del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2024, para hacer frente a la alerta de violencia de género contra las mujeres.

Décimo segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular del Poder Ejecutivo del estado de Morelos para que, en el ámbito de su competencia y en coordinación con el Gobierno federal y los gobiernos municipales, conformen un grupo de trabajo interinstitucional y multidisciplinario para analizar y determinar las acciones pertinentes para combatir la violencia de género, especialmente en materia de violencia feminicida.

Notas

1 Informe Mundial Sobre la Violencia y la Salud. Organización Mundial de las Naciones Unidas. Ed. 2002. Pág. 3.

https://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_re port/en/abstract_es.pdf Consultado: 20 de febrero de 2023.

2 Organización Mundial de las Naciones Unidas. Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas.

https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-wo men/faqs/types-of-violence Consultado: 13 de septiembre de 2023.

3 Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Disponible en

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/831585/AVGM_DECLA RADAS_FINAL_12.06.23.pdf Consultado: 13 de septiembre de 2023.

4 Instituto Nacional de las Mujeres. Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Disponible en

https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta-de-viol encia-de-genero-contra-las-mujeres-80739 Consultado: 13 de septiembre de 2023.

5 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Información sobre violencia contra las mujeres.

https://drive.google.com/file/d/1B9WFgTZzBybiIR4UacUeEszzI3X7cn3 T/view Consultado: 13 de septiembre de 2023.

6 Ibidem.

7 Ibidem.

8 Organización de las Naciones Unidas. Derechos Humanos. ¿Qué son los Derechos Humanos?

https://www.un.org/es/global-issues/human-rights#:~: text=Los%20derechos%20humanos%20son%20derechos,religi%C3%B3n%20o%20cualquier%20 otra%20condici%C3%B3n. Consultado: 13 de septiembre de2023.

9 Cámara de Diputados. Reforma 194: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_194_10 jun11.pdf Consultado: 13 de septiembre de 2023.

10 Cámara de Diputados. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Artículos 1, 2, 26 y 27. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf Consultado: 13 de septiembre de 2023.

11 DOF. Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Disponible en

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5092144&fecha=01/ 06/2009#gsc.tab=0 Consultado: 14 de febrero de 2023.

12 DOF. Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5561631&fecha =31/05/2019#gsc.tab=0 Consultado: 14 de septiembre de 2023.

13 Cámara de Diputados. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf Consultado: 14 de septiembre de 2023.

14 Cámara de Diputados. Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/88_200521.pdf Consultado: 14 de septiembre de 2023.

15 Ibidem.

16 Cámara de Diputados. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf Consultado: 14 de septiembre de 2023.

17 Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023. Disponible en

https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/atbnZdy0/PEF2023/ktp 8ldcM/docs/04/r04_afpe.pdf Consultado: 15 de septiembre de 2023.

18 Ibidem.

19 Ibidem.

20 Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023. Disponible en

https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/atbnZdy0/PEF2023/ktp 8ldcM/docs/47/r47_hhg_afpefe.pdf Consultado: 15 de septiembre de 2023.

21 Ibidem.

22 Diario Oficial de la Federación. Programa integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2021-2024. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639746&fecha =30/12/2021#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023

23 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2023. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675915&fecha =28/12/2022#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

24 Diario Oficial de la Federación. Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5683406&fecha =22/03/2023#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

25 Instituto Nacional de las Mujeres. Fortalecimiento de la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres. Disponible en

https://www.gob.mx/inmujeres/documentos/programa-de-fortalecimie nto-de-la-igualdad-sustantiva-entre-mujeres-y-hombres-196687 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

26 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023. Disponible en

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675524&fecha =26/12/2022#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A LA SEGOB, AL INM Y A LA CNDH, A TRANSPARENTAR LA INFORMACIÓN DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN BIENAL CON EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE CUBA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob, al INM y a la CNDH a tomar medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de cooperación bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera , diputado federal de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

En 2020 el Ministerio de Salud Pública de Cuba firmó diferentes versiones del Acuerdo de Cooperación Bienal con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, la de Tabasco, la de Veracruz y la de Quintana Roo. Lo hicieron con el objetivo de colaborar en el tratamiento de covid-19. Por lo cual llegaron 585 profesionistas de Cuba a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo.

En febrero de 2023 el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, detalló que 610 médicos especialistas cubanos están distribuidos en 12 entidades federativas y que laboran en 83 hospitales operados por el Plan de Salud IMSS-Bienestar. Asimismo, el 23 de mayo de 2023 el actual titular de la presidencia de la República señaló que 700 médicos cubanos trabajan en hospitales mexicanos.

Sin embargo, los procesos para reclutar al personal médico cubano que trabajan en hospitales mexicanos han tenido poca transparencia, además ha desembocado en violaciones migratorias y de derechos humanos (DDHH) poniendo en riesgo al personal médico cubano, así como a las y los pacientes.

- Falta de transparencia y migración irregular

El Gobierno federal, así como los gobiernos de las entidades federativas, fueron omisos en transparentar la información y hacer públicos los acuerdos sostenidos con Cuba. De este modo, son desconocidos cada uno de los acuerdos que se llevaron a cabo.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” con fecha de 29 de marzo de 2022, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano. Sin embargo, no se mencionan los acuerdos bienales en comento, ni se hace alusión a las misiones médicas. Esto mismo ocurre con la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba”, del 30 de marzo al 2 de abril de 2022, la cual sí menciona las misiones médicas, pero no hace alusión a los acuerdos bienales, ni a la llegada de militares, químicos y técnicos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas.

Por otro lado, al no encontrar información específica sobre los acuerdos, se hicieron diversas peticiones de información por medio de los Servicios de Información y Análisis Especializados (SIAE) de la Cámara de Diputados, al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) y por solicitudes de acceso a la información en la Plataforma Nacional de Transparencia.

El SIAE informó el 5 de octubre del 2022, en el oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22 que no se encontró nada al respecto de dichos acuerdos:

Se hizo una búsqueda exhaustiva en diarios oficiales de las entidades federativas en comento, en los informes de gobierno, en los boletines informativos y portales institucionales de las secretarías de salud, así como boletines de comunicación de los gobiernos ejecutivos estatales.

También se le solicito información al CEDIP de la Cámara de Diputados, el cual reporto el 7 de octubre de 2022, expediente 349/2022, dicho centro tampoco encontró información al respecto.

El estudio no obtuvo resultados con respecto a la existencia de acuerdos de cooperación bienal entre la Secretaría de Salud del Estado de Tabasco, la Secretaría de Salud del estado de Veracruz, y el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba.

Por su parte, las solicitudes de acceso a la información hechas directamente a los gobiernos federal y estatales mediante la Plataforma Nacional de Transparencia fueron infructíferos, en las cuales se pidieron los acuerdos bienales. Particularmente, con respecto a las respuestas emitidas a las solicitudes con folio 331000122001526 y 330018022028649, hechas a la Presidencia de la República y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respectivamente. En ambas, dichos órganos federales resolvieron que no es su competencia proporcionar los acuerdos.

Finalmente, es relevante mencionar que, aunado a la poca transparencia del proceso, el estatus migratorio de las y los ingresantes cubanos es incierta. La asociación civil Prisoners Defenders dio a conocer que en los meses de abril y mayo de 2020 arribaron 585 médicos y enfermeros a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo. Sin embargo, entre las irregularidades que existen se encuentra que ciertos profesionales de la salud provenientes de Cuba ingresaron al país en aviones militares de las fuerzas áreas mexicanas que aterrizaron en aeropuertos militares, sin llevar a cabo ninguno de los procedimientos migratorios, como la revisión obligatoria. Incluso se les quitó el pasaporte, lo cual consta en las denuncias interpuestas en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19).

Asimismo, diversos gobiernos se han posicionado en el tema. El Informe sobre Tráfico de Personas de junio de 2023 del Departamento de Estado del gobierno de Estados Unidos coincide con las denuncias interpuestas, ya que señala que a los médicos cubanos que integran las misiones se les prohíbe portar su pasaporte además de que tuvieron una migración irregular.

- Personal no especializado y no médico

Los reportes que mencionan la llegada del personal médico cubano refieren a la recepción de personal “médico especializado” para mejorar la respuesta gubernamental ante la contingencia generada por la pandemia del covid-19. Un ejemplo de esto lo encontramos en la Carpeta informativa, XVII Reunión Interparlamentaria México—Cuba:

En marzo de 2020, alrededor de 124 colaboradores de la brigada médica cubana del Contingente de Médicos Especializados en Situaciones de Desastres y Graves Epidemias Henry Reeve.

Sin embargo, la asociación civil Prisoners Defenders recopiló diferentes reportes de hospitales y personal médico, así como entrevistas de gobiernos locales, en donde señalan que entre los supuestos médicos especialistas que llegaron había personas de diversas profesiones, como químicas y químicos e incluso militares de la Inteligencia Cubana, a quienes se les pidió practicar cirugías resultando en malas prácticas y muertes.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano, pero en ninguno de estos se establece que en las misiones medicas lleguen militares de la Inteligencia Cubana o G2. Por su parte, en la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México-Cuba”, tampoco se hace alusión a la llegada de militares cubanos a territorios mexicanos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas de Cuba y no menciona la llegada de militares de la Inteligencia Cubana. Javier Larrondo, presidente de Prisoners Defenders International, explicó que la dictadura de Miguel Díaz-Canel teme que los médicos cubanos deserten de las misiones y soliciten asilo por lo cual se optó por mandar a militares.

Referente a que los médicos cubanos son especialistas, la organización Prisioners Defenders recopiló información mediante entrevistas a personal médico, de enfermería y técnico, en las cuales afirman que casi ninguno de los cooperantes tenía experiencia probada ni conocimientos suficientes para afrontar la pandemia en México, donde la tecnología y capacitación son diferentes a los utilizados en Cuba. Este hecho no sólo ha limitado el trabajo del personal médico, sino que ha puesto en riesgo a las y los pacientes. Agregado a la falta de transparencia que existe con respecto a los acuerdos y el intercambio de personal médico, es imposible asegurar que todas las personas que han entrado al país cuentan con la capacitación necesaria para ejercer la práctica.

- Aplicación de las leyes cubanas en México

Entre los problemas de la llegada de supuesto personal médico cubano a México se encuentran la aplicación de leyes laborales cubanas en territorio mexicano, ya que su estatus laboral está regulado por Cuba y no por México. A los colaboradores cubanos se les aplican diversos ordenamientos jurídicos, los cuales no forman parte del ordenamiento jurídico mexicano, y son violatorios del mismo. Cabe destacar entre los ordenamientos jurídicos cubanos la “Ley de los 8 años”.

Ley de los 8 años: Es una regulación interna del Ministerio del Interior que está protegida por la Ley de Secreto de Cuba (lo que implica que no es pública, pero se ejerce), aunque diversos certificados consulares la mencionan como la ley por la que:

El ciudadano cubano que es declarado como desertor por las autoridades competentes cubanas, pierde su residencia en Cuba de manera automática y se le deniega la entrada a Cuba por un periodo de 8 años a partir de la fecha que se declaró el abandono de la misión estatal. Esta es una regulación interna del Ministerio del Interior de Cuba.

El hecho de que a los colaboradores cubanos se les aplican leyes cubanas, es una violación a la soberanía, la cual esta plasmada en la Carta Magna.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

De igual manera, se establece en la siguiente tesis:

Novena Época. Registro digital: 180240. Instancia: Primera Sala. Tipo: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XX, Octubre de 2004, página 264. Materias(s): Constitucional. Tesis: 1a./J. 80/2004

Supremacía constitucional y orden jerárquico normativo, principios de interpretación del artículo 133 constitucional que los contiene.

(...) lo dispuesto en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los estados que constituyen la República son libres y soberanos, dicha libertad y soberanía se refiere a los asuntos concernientes a su régimen interno, en tanto no se vulnere el Pacto Federal, porque deben permanecer en unión con la Federación según los principios de la Ley Fundamental, por lo que deberán sujetar su gobierno, en el ejercicio de sus funciones, a los mandatos de la Carta Magna, de manera que si las leyes expedidas por las Legislaturas de los Estados resultan contrarias a los preceptos constitucionales, deben predominar las disposiciones del Código Supremo y no las de esas leyes ordinarias, aun cuando procedan de acuerdo con la Constitución Local correspondiente, pero sin que ello entrañe a favor de las autoridades que ejercen funciones materialmente jurisdiccionales, facultades de control constitucional que les permitan desconocer las leyes emanadas del Congreso Local correspondiente, pues el artículo 133 constitucional debe ser interpretado a la luz del régimen previsto por la propia Carta Magna para ese efecto.

Finalmente, cabe mencionar que por las restricciones que establece esta “ley”, fue interpuesta una denuncia el 16 de junio de 2022 ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, las observaciones de dicho órgano al gobierno cubano fueron:

Preocupa al Comité: (...)

La prohibición de facto para los padres que terminaron un contrato civil en el extranjero de reunirse con sus hijos, a veces durante hasta ocho años, y el impacto que tienen en la salud y el bienestar de los niños los años de separación de sus padres;

(...) y recomienda al Estado parte que: (...)

(c) Ponga fin a toda separación de niños de sus padres por la decisión de estos de terminar un contrato laboral, y modifique el artículo 135, párrafo 1, del Código Penal a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la reunificación familiar”.

En tales denuncias quedó asentado que uno de los lugares en los que se cometieron las violaciones es México. Cabe mencionar el Informe sobre Tráfico de Personas de junio de 2023 coincide con las denuncias interpuestas ya que señala que a las personas cubanas que integran las misiones se les amenazó con que si desertaban no podrían regresar a Cuba por ocho años porque esta ley así lo establece.

- Violaciones a los DDHH y derechos laborales

Otro de los problemas que se tiene por la llegada del personal médico de Cuba es la violación de DDHH de los cuales han sido víctimas. La Ley Fundamental establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales, así como gozarán de todas las garantías.

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

A pesar de lo anterior, las y los colaboradores cubanos fueron víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos. Entre ellas, se encuentran el haber sido obligadas y obligados a participar en dichas misiones. Uno de los testimonios dice que “Si no te enrolabas en misión no te dejaban salir a más ningún lado, además siempre ejercen presión y no te dejan escoger nada”, mientras que otro de los participantes mencionó que

Las misiones médicas son un acto de coacción por muchas vías, si te niegas eres marcado y/o discriminado, obligado a asumir los peores trabajos y la peor ubicación laboral sin tener en cuenta ni tu capacidad ni tu desempeño. Básicamente puedes ser muy buen profesional, pero si no aceptas sus condiciones eres castigado tanto abiertamente como de manera solapada por las autoridades del Ministerio de salud que obviamente responden al gobierno.

Esto viola al derecho a elegir empleo libremente, el cual está consagrado en el artículo 5 de la Carta Magna:

Artículo 5: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.

También se encuentra plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

Por otro lado, a las y los colaboradores cubanos se les negaron las condiciones mínimas de trabajo. En lugar de un trabajo digno, fueron sometidas y sometidos a condiciones denigrantes, esclavistas y obligados a falsificar información. Entre los testimonios, se encuentra el siguiente:

Yo puse 11 horas, pero hay días que se llega a trabajar hasta 12h especialmente en puertos donde montan muchísimas personas, esas horas no son pagas. El trabajo es extremadamente agotador e inhumano porque no tienes si quiera un día de descanso...

Esto viola el derecho al descanso establecido en las fracciones I y IV, apartado A y en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Carta Magna.

Artículo 123 ...

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas. (...)

IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos. (...)

B. Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:

I. La jornada diaria máxima de trabajo diurna y nocturna será de ocho y siete horas respectivamente...

II. Por cada seis días de trabajo, disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos, con goce de salario íntegro.

Ya sea que a los trabajadores cubanos se rijan por el apartado A o por el apartado B, estos tienen derecho al descanso, lo cual les fue negado y se violentó la Ley Fundamental. La Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños se manifestaron al respecto de este tema, señalando que esto es explotación laboral.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16 adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales, muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos en el exterior...

Por otro lado, tampoco se les otorgan condiciones dignas de trabajo, al respecto de esto se rescata el siguiente testimonio.

...Debí complementar guardias médicas no remuneradas cada 4-5 días en áreas de difícil acceso sin las menores condiciones y sin transporte sin derecho a reclamaciones so pena de perder el derecho a la misión internacionalista.

Esto viola la Ley Federal del Trabajo, ya que atenta contra el trabajo digno:

Artículo 2o.- (...) Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. (...).

Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta (...). Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes...

A los trabajadores cubanos les fue quitado entre el 75 por ciento y el 90 por ciento de su salario para que este fuera entregado al gobierno cubano, lo cual es violatorio del derecho al salario plasmado en el artículo 5 y fracción V del apartado B del artículo 123.

Artículo 5o. ... Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

(...)

Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123.

Artículo 123. ...

B. ...

V. A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el sexo;

Al respecto de esto se manifestaron la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, las cuales señalaron los siguiente.

El gobierno de Cuba recibiría una suma de dinero de los gobiernos anfitriones y pagaría a los trabajadores una parte de dichos fondos. Sin embargo, el gobierno de su Excelencia retendría un porcentaje significativo del salario que los países anfitriones pagan por los profesionales cubanos que hacen parte de una misión de internacionalización. En los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano, éste debe devolver al gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que aumentaría al 75 por ciento o hasta el 90 por ciento de su salario mensual. En muchos casos, el salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente; Además, el gobierno de Cuba estaría “congelando” una parte del salario que los médicos pueden acceder únicamente tras su regreso al país, pero, según información recibida, muchas veces no reciben de la totalidad del monto que les corresponde...

Por su parte, el 30 de julio de 2023, en el marco del Día Contra la Trata de Personas, el Subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental de Estados Unidos, Brian Nichols, condenó la explotación y el trabajo forzoso en contra de las personas cubanas.

Por último, es pertinente mencionar que hubo casos de mujeres pertenecientes a la delegación cubana que fueron víctimas de violencia sexual, como mencionó una de las víctimas:

Tuve la mala experiencia de vivir acoso sexual por parte del jurídico de mi estado y al no ceder a lo que él quería me sancionó dos veces, me cambio del lugar donde estaba y me hicieron un escarmiento público en presencia de todos los jefes del estado en aquel momento. Fue una experiencia horrible.

Debido a las graves violaciones a los derechos humanos, el 8 y 10 de mayo de 2019 se interpusieron denuncias en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19), y el 24 de agosto de 2020 en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19). Dichas denuncias forman en conjunto un único cuerpo de denuncia en contra del trabajo forzado y la esclavización. Ambos constituyen crímenes de lesa humanidad, según el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

(...)

Si un profesional decide retirarse del trabajo en el exterior, se califica como “abandono de misión de trabajadores civiles” bajo del Código Penal de Cuba que en su artículo 135 (1) estipula que “el funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”. Las mismas sanciones son aplicadas a profesionales que después de cumplir una misión en el extranjero deciden establecerse en otro país. Como consecuencia, muchas familias están separadas lo cual tiene un fuerte impacto negativo en su bienestar. Los médicos considerados desertores no están autorizados de regresar a Cuba durante ocho años y los familiares que permanecen en Cuba estarían sujetos a señalamientos y repercusiones por parte de entidades gubernamentales. Según anunció el vicepresidente del Consejo de Estado de Ministros, Roberto Morales Ojeda en febrero de 2019, el retorno de los médicos que se quedaron en Brasil desde la descontinuación del Programa Más Médicos está autorizado. Sin embargo, muchos de los profesionales afectados temen represalias si vuelven a Cuba.

Muchos profesionales reportaron recibir amenazas regulares por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y mujeres médicas han sufrido acoso sexual mientras se encontraban participando en misiones de internacionalización.

El Poder Legislativo no debe de permanecer indiferente ante las violaciones cometidas que afectan tanto al personal médico como a las y los pacientes. Asimismo, violentan la soberanía y la seguridad nacional y a las garantías constitucionales.

Por lo expuesto, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Salud, para que, con base en sus atribuciones, revisen los perfiles profesionales del personal médico cubano que se encuentran en México derivado del Acuerdo de Cooperación Bienal y que con base a ello actualicen su estatus migratorio

Notas

1 Acuerdo de Cooperación Bienal que celebran, por una parte, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México a la que en adelante se le denominara “SEDESA”, representada por su Titular la Dra. Olivia López Arellano, asistida por el Lic. Jesús ANTONIO Garrido Ortigosa, Director General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, a la que en adelante se le denominara “DGAF” y, por la otra, el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, representado por el C. Pedro Nuñez Mosquera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Cuba en los Estados Unidos Mexicanos que en adelante se le denominará “LAS PARTES”, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y clausulas:

2 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

3 IMSS (2023), “IMSS-Bienestar cuenta con 610 médicos cubanos desplegados en 12 estados del país: Zoé Robledo”. Gobierno Federal, No. 072/2023. Consultado el 1 de agosto del 2023, en:

http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202302/072

4 Jiménez, Néstor y Alonso Urrutia (2023). “Participan ya 700 médicos especialistas en IMSS Bienestar: AMLO”. La Jornada. Consultado el 1 de agosto del 2023, en:

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/05/23/politica/participan- ya-700-medicos-especialistas-cubanos-en-imss-bienestar-amlo/

5 Secretaría de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

6 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

7 SIAE, oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22

8 CEDIP, expediente 349/2022

9 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

10 Ibid.

11 Departamento de Estado (2023). Trafficking in Persons Report, June 2023. Gobierno de Estados Unidos. Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://www.state.gov/wp-content/uploads/2023/06/2023-TIP-Report .pdf

12 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

13 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

14 Ibidem.

15 Secretaría de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

16 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

17 Infobae (2022). “La dictadura cubana envía a México militares en lugar de médicos por temor a las deserciones”. Infobae. Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2022/08/25/la-dictadura-c ubana-envia-a-mexico-militares-en-lugar-de-medicos-por-temor-a-las-deserciones/

18 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/asse ts/documentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

19 Embajada de la República de Cuba (2020). Certificado Consular Ampliado. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://drive.google.com/file/d/1T90Y_C44vTcbJChlx77EVB18G9GOfxk a/view

20 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders.

https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar- detras-de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

21 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 40).

22 Órganos de tratados. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Down load.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fCUB%2fCO%2f3-6&Lang=en

23 Departamento de Estado (2023). Trafficking in Persons Report, June 2023. Gobierno de Estados Unidos. Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://www.state.gov/wp-content/uploads/2023/06/2023-TIP-Report .pdf

24 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 1)

25 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano — UN. pdf, de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

26 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 5).

27 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 23).

28 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano — UN. pdf, de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

29 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 123, apartado A, fracciones I y IV y apartado B fracciones I y II)

30 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

31 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano — UN. pdf, de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

32 (Ley Federal del Trabajo, art. 2).

33 (Ley Federal del Trabajo, art. 3).

34 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 5).

35 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 123, apartado B, fracción V).

36 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

37 Declaraciones en X por Brian A. Nichols (2023). Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://twitter.com/WHAAsstSecty/status/1685629312450588672

38 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano — UN. pdf, de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

https://drive.google.com/file/d/1YZDxtLHGN755aWeTaqvmqbNwoQy4yAV Z/view

39 COMUNICACION PROCEDIMIENTO ESPECIAL NACIONES UNIDAS 3.0.pdf . Recuperado el 4 de octubre de 2022, de

https://drive.google.com/file/d/12Zcf9idaIVESXZAbuJGI0Mx5SV887Ce E/view

40 ES - caso de denuncia - 622 médicos cubanos contra el gobierno cubano v5.0.pdf , de

https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSE a/view

41 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD Y LA SE, A INCLUIR EN EL SISTEMA DE ETIQUETADO FRONTAL AL GLUTAMATO MONOSÓDICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y la SE a incluir en el sistema de etiquetado frontal al glutamato monosódico, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

La desnutrición en México es un problema que tiene que atenderse. Aunque el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad esté reconocido en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 23.4 millones de personas en nuestro país no tenían acceso a una alimentación nutritiva en 2022. Por tanto, es importante impulsar propuestas que promuevan una alimentación saludable, como lo es este Punto de Acuerdo que pide añadir un sello en los productos que tengan añadido glutamato monosódico, el cual incrementa el consumo de los alimentos con bajo contenido nutricional.

Glutamato monosódico y los riesgos para la salud

La Clínica Mayo menciona que el glutamato monosódico (GMS) es un potenciador del sabor que se añade a la comida de restaurantes, a las verduras enlatadas, sopas, carnes procesadas y demás alimentos”. Es un compuesto que se deriva del ácido glutámico, uno de los aminoácidos no esenciales (lo que significa que el propio cuerpo lo produce) más abundantes en la naturaleza. Es de uso común en alimentos procesados, según la Procuraduría Federal del Consumidor, y su función es hacer que la lengua sea más receptiva al sabor de la comida.

Sin embargo, además de potenciar el sabor, también provoca diversos riesgos a la salud. Jesús Velasco, nutricionista del Hospital Victoria Eugenia Cruz Roja, explica que el aumento en el consumo del GMS puede inducir a un consumo más descontrolado de los productos que la contienen, al momento de consumirlos y al repetir su consumo. Por tanto, menciona, se ha incrementado su uso con el paso de los años, desfavoreciendo al consumidor.

El problema no es el GMS en sí mismo, explica Marta Crespo, nutricionista clínica de Endocrinología y Nutrición de la Fundación Jiménez Díaz, sino su adición en abundancia a los alimentos no saludables. Por tanto, al consumirlos aumenta involuntariamente el deseo de ingerirlos y se genera un ciclo vicioso que termina en graves problemas de la salud, como desnutrición, dolor de cabeza crónico o hipertensión. La doctora María Rocío Carbonero en su obra “Glutamato monosódico: La trampa de los alimentos sabrosos” explicó que las personas con trastornos de compulsión alimenticia tienen un umbral de percepción y palatabilidad más alto a la presencia de los sabores que tiene glutamato, por lo cual tienden a consumir mayor cantidad de comestibles que contengan este aditivo.

Así, la Profeco ha indicado que existen personas que presentan síntomas adversos debido al consumo de glutamato. Los síntomas son: dolor de cabeza, sofocación, taquicardia, sensación de presión, adormecimiento, dificultad en la cara de la boca para respirar, sudoración, dolor de pecho, o debilidad.

Asimismo, hay personas expertas que aseguran que el GMS genera daños neurológicos. El doctor Carlos Beas Zárate también abordado el daño neuronal que genera, indicando que el consumo excesivo de glutamato monosódico tiene como uno de sus efectos daño al sistema nervioso. Por su parte, José Carlos Dávila, profesor de biología celular en la Universidad de Málaga, explica que la sobreactividad de los receptores para el N-metil-D-aspartato, causada por el glutamato monosódico puede generar daño por excitotoxicidad, debido a que se produce apertura a la liberación de iones de calcio que pueden producir daño neurodegenerativo, además de afectar las zonas hipotalámicas.

Por su parte, la Universidad de Alcalá menciona que el GMS daña diversos órganos y especifica que los órganos dañados son el cerebro, el hígado y el riñón. Mientras que la Universidad de Guadalajara explica que el consumo de GMS a largo plazo y frecuente está ligado a enfermedades cardiacas y a la hiperglucemia que es cuando los niveles de glucosa en sangre están elevados lo cual es sumamente peligroso para personas diabéticas. Además, menciona de que está ligado a problemas de aprendizaje, de memoria, depresión y ansiedad.

La Universidad de Yale coincide con lo dicho por la Universidad de Guadalajara, pues la universidad norteamericana ha documentado cuadros de depresión severa y tendencias suicidas en jóvenes que consumen GMS. En una investigación realizada por Bita Moghaddam y Barbara W. Adams, del Departamento de Psiquiatría en la Escuela de Medicina de la Universidad de Yale, se señala que el consumo del GMS está relacionado con la esquizofrenia.

Debido al aumento del uso de GMS y con el objeto de enriquecer esta propuesta, se solicitó al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión un estudio en derecho comparado sobre el uso alimenticio del glutamato monosódico, correspondiente al expediente 057/2023, en el que señaló que:

El consumo global de este aditivo alimenticio en la comida procesada ha aumentado considerablemente en los últimos 50 años, por lo que existe preocupación sobre los posibles efectos adversos a largo plazo (...).

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria evaluó en 2017 la seguridad de diversos glutamatos utilizados como aditivos alimentarios. El comité estimó que la exposición a los glutamatos agregados a los alimentos en la mayoría de los casos excede la ingesta diaria admisible. El GMS se usa con frecuencia en alimentos en los cuales es complicado regular la cantidad de glutamato que se ingiriere, sumado a que regularmente éste es acompañado de altas porciones de colorantes, saborizantes y sal.

Un ejemplo son las sopas instantáneas, para las cuales México ocupa el segundo lugar en Latinoamérica de consumo, debido a su najo costo y fácil preparación. El problema radica en que el sistema de etiquetado frontal no advierte que las sopas instantáneas contienen GMS. En este y muchos ejemplos ilustrativos, la falta de sellos de advertencia hace que la persona que consume no sea consciente de la cantidad de GMS que contiene el producto y lo nocivo que puede ser para su salud.

Medidas tomadas por países para advertir sobre el consumo de GMS

Chile permite que el uso de GMS. Sin embargo, este solo puede ser bajo un límite máximo, además de que establece que es obligatorio que los productos rotulen los aditivos que usan en orden decreciente según las proporciones.

Por su parte, Francia tiene un decreto específicamente para regular las condiciones de comercialización de GMS para uso alimentario. Por medio de éste, se autorizan las condiciones de comercialización de GMS. Igualmente, establece que todos los alimentos que contengan glutamato deberán establecer en sus envases y embalaje un etiquetado en el que se especifique el porcentaje del glutamato que contiene, el cual no puede rebasar una dosis fija, además de que debe de estar exento de cualquier impureza.

México: NOM-051-SCFI/SSA1-2010 y el sistema de etiquetado frontal

La Ley General de Salud, en el artículo 195 que la Secretaría de Salud está facultada para emitir Normas Oficiales Mexicanas (NOM) sobre productos.

“Artículo 195. La Secretaría de Salud emitirá las normas oficiales mexicanas a que deberá sujetarse el proceso y las especificaciones de los productos a que se refiere este título.”

En armonía con esto, el Art. 210 de la Ley General de Salud faculta a la Secretaría de Salud para expedir NOM sobre etiquetado de productos alimenticios.

Artículo 210. Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.

Haciendo uso de esta facultad la Secretaría de Salud en conjunto con la Secretaría de Economía, emitió la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010, la cual fue modificada y es de carácter definitivo.

Con dicha NOM y en conjunto con los artículos 210, 212, 213 y 214 de la Ley General de Salud, dio origen al sistema de etiquetado frontal que la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud definen como:

Herramienta simple, práctica y eficaz para informar al público sobre los productos que pueden dañar la salud y ayudar a orientar las decisiones de compra”.

Por su parte, la Secretaría de Salud señala que el sistema de etiquetado frontal es una valiosa herramienta que fomenta mejores elecciones de los consumidores y colabora en la mejora de los productos por parte de la industria alimenticia.

Sin embargo, esto no ocurre con el glutamato monosódico a pesar de que si este es usado en exceso es dañino para la salud sin embargo el sistema de etiquetado frontal no advierte en ninguno de sus sellos que los alimentos contienen glutamato monosódico lo cual es contradictorio al objeto de dicha NOM.

“Establecer la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final... determinar las características de dicha información y establecer un sistema de etiquetado frontal, el cual debe advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo”.

También es contradictorio del apartado considerando que a la letra señala:

“Que es responsabilidad del Gobierno federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de información comercial para lograr una efectiva protección al consumidor.

...

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establecen que las Normas Oficiales Mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para determinar la información comercial y sanitaria que deben cumplir las etiquetas de los alimentos y bebidas no alcohólicas para dar información al consumidor... ”

En este caso, al consumidor no se le esta brindando la información comercial necesaria para su efectiva protección, lo cual lo deja en una situación vulnerable al tiempo que se pone en riesgo la salud del consumidor ya que no se cumple la función del sistema de etiquetado frontal.

Asimismo, la Secretaría de Salud señala que los beneficios del etiquetado son los siguientes:

• Ayuda a tomar una decisión de compra informada, para decidir si es sano o no consumir un producto en específico.

• Informa de manera fácil, rápida y verídica sobre los nutrimentos.

• Permite comparar el contenido específico de un nutrimento (o el contenido global de nutrimentos) de un producto, con uno o más productos similares.

• Advierte de ingredientes dañinos para la salud

Ninguno de estos beneficios se cumple en el caso de los alimentos que contienen glutamato monosódico, a pesar de que usado en exceso es dañino para la salud.

Cabe mencionar que en el numeral 4.5.3.2 de la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010, se establecen los productos que quedan exceptuados de la información nutrimental complementaria, en ninguna de estas cinco hipótesis se enmarca el glutamato monosódico por lo cual este aditivo puede ser incluido en el sistema de etiquetado frontal que establece la propia norma.

Si bien es viable y necesario que el glutamato monosódico forme parte del etiquetado frontal las autoridades que elaboraron dicha NOM, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Economía fueron omisas al no incluir en el sistema de etiquetado frontal al glutamato monosódico.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único.- La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Salud y al titular de la Secretaría de Economía para que, con base en sus atribuciones, modifiquen la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010 a fin de que ésta incluya en su sistema de etiquetado frontal al añadido de glutamato monosódico.

Notas

1 CONEVAL (2023). MEDICIÓN DE LA POBREZA. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza_2022.aspx

2 Zeratsky, Katherine (2022). “¿Qué es el glutamato monosódico? ¿Es malo?”. Clínica Mayo. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.mayoclinic.org/es-es/healthy-lifestyle/nutrition-and -healthy-eating/expert-answers/monosodium-glutamate/faq-20058196

3 C. Fanjul, Sergio (2017). “El aditivo que hace que comamos más”. El País. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://elpais.com/elpais/2017/12/04/buenavida/1512412154_265808 .html

4 Redacción (2022). “Glutamato monosódico ‘hasta en la sopa’: ¿Qué es y por qué Profeco advierte sobre su consumo?”. El Financiero. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.elfinanciero.com.mx/food-and-drink/2022/10/26/que-es -el-glutamato-monosodico-y-que-danos-causa/

5 Velasco, Jesús (2023). “Glutamato Monosódico, ¿Es seguro consumirlo?”. Cruz Roja. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://hospitalveugenia.com/nutricionista-sevilla/glutamato-mon osodico-e621-potenciador-del-sabor-aditivo/

6 C. Fanjul, Sergio (2017). “El aditivo que hace que comamos más”. El País. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://elpais.com/elpais/2017/12/04/buenavida/1512412154_265808 .html

7 Carbonero-Carreño, Rocío (2013). “Glutamato monosódico ‘la trampa de los alimentos sabrosos’”. Trastornos de la conducta alimentaria Núm. 17 Pág. 1863-1876. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6250647

8 Redacción (2022). “Glutamato monosódico ‘hasta en la sopa’: ¿Qué es y por qué Profeco advierte sobre su consumo?”. El Financiero. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.elfinanciero.com.mx/food-and-drink/2022/10/26/que-es -el-glutamato-monosodico-y-que-danos-causa/

9 Lara González, Iván (2019). “Glutamato agregado a algunos alimentos está asociado con daños en la salud”. Universidad de Guadalajara. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

http://www.cucba.udg.mx/noticia/glutamato-agregado-algunos-alime ntos-esta-asociado-con-danos-en-la-salud

10 Dávila, José Carlos. “NMDA, un receptor polifacético”. Universidad de Málaga. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.uma.es/estudios/centros/Ciencias/publicaciones/encue ntros/encuentros83/nmda.html

11 Cruz, Ariadna (2023). “Riesgos del glutamato monosódico, común en alimentos procesados”. El Universal. Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://www.eluniversal.com.mx/menu/riesgos-del-glutamato-monoso dico-comun-en-alimentos-procesados/

12 Rojas, Juan Carlos (2018). “El aditivo del sabor, una polémica fuente de placer”. El Tiempo. Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://www.eltiempo.com/salud/el-aditivo-del-sabor-llamado-glut amato-no-le-hace-bien-al-cuerpo-y-causa-obesidad-192272

13 Rodríguez, Ramsés (2023). “¿La dosis hace al veneno? Los peligros escondidos del Glutamato monosódico”. Vanguardia. Consultado el 11 de agosto del 2023, en:

https://vanguardia.com.mx/vida/la-dosis-hace-al-veneno-los-pelig ros-escondidos-del-glutamato-monosodico-GN6960282

14 EFSA (2017). “EFSA reviews safety of glutamates added to food”. Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.efsa.europa.eu/es/press/news/170712.

15 PROFECO (2021). “Hay de sopas a sopas”. Revista del Consumidor, #536, oct. 2021. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.profeco.gob.mx/revista/RevistaDelConsumidor_536_Octu bre_2021.pdf

16 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010

17 (Código Sanitario Chile, Art. 136)

18 (Ley General de Salud, Art. 195)

19 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010

20 OPS (2023). “Etiquetado frontal”. Organización Panamericana de la Salud. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.paho.org/es/temas/etiquetado-frontal#:~: text=El%20etiquetado%20frontal%20es%20una,orientar%20las%20decisiones%20de%20co mpra

21 Gobierno de México (2021). “Etiquetado frontal de alimentos y bebidas”. Gobierno de México. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.gob.mx/promosalud/acciones-y-programas/etiquetado-de -alimentos

22 Numeral 4.5.3.4 de la MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010

23 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010.

24 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010.

25 Gobierno de México (2021). “Etiquetado frontal de alimentos y bebidas”. Gobierno de México. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.gob.mx/promosalud/acciones-y-programas/etiquetado-de -alimentos

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA SAGARPA, A GENERAR NUEVAS ESTRATEGIAS AGROALIMENTARIAS DE INNOVACIÓN CON EL FIN DE APOYAR A PRODUCTORES EN BENEFICIO DE LA PRODUCCIÓN DE CALABAZA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sagarpa a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación a fin de apoyar a productores en beneficio de la producción de calabaza, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados , sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente :

Exposición de Motivos

El cultivo de la calabaza en México es importante, ya que es un cultivo prehispánico, un alimento integral y de fácil acceso para la población, además de que produce una importante derrama económica para el país. Sin embargo, diversos factores como el cambio climático han puesto en riesgo su producción, afectando a las y los mexicanos.

La importancia de la producción de calabaza

En México se producen 131 mil 292 toneladas de calabaza, en 20 de los 32 estados de la República, dando así el sexto lugar mundial en producir este alimento. No sólo porque sea uno de los tres principales ingredientes en México, sino también por el beneficio que ofrece a sus productores. La producción de calabaza es considerada como una opción de comercio rentable debido a la importante derrama económica que genera, siendo una producción de bajo costo, y porque se puede cultivar casi en cualquier lugar debido a su adaptabilidad a diversos climas y terrenos se puede cultivar tanto a nivel del mar como en valles altos.

En 2021 productores en Zacatecas manifestaron su preocupación alrededor del tema de cambio climático, debido a que está causando que se pierdan cultivos de calabazas. Principalmente, por el exceso de lluvias en la región, la cual es una de las principales causas de las plagas. Hasta ese momento, se habían perdido 8 mil hectáreas de cultivos. Esto es algo que debe de atenderse porque, además, estas plagas pueden afectar a otros cultivos en la región.

Cambio climático

Considerando estos datos, es de suma importancia proteger la producción de calabaza en nuestro país de factores externos como el cambio climático. A nivel mundial existe una crisis ambiental que ha ido incrementando en las últimas décadas, afectando a todas las especies que habitamos el planeta. Por ende, es urgente realizar una transformación en el entorno.

Debido a estos factores, la calidad de cultivos y su producción se ven seriamente afectadas y podrían reducir el consumo interno del producto. Por tal motivo, los cultivos de calabaza necesitan nuevas e innovadoras biosoluciones que ayuden a producir más, así como a mejorar su calidad y de esta forma satisfacer la necesidad de los consumidores.

Es de suma importancia impulsar el cultivo de calabacita, hortalizas y productos agroalimentarios en el país. No sólo para el consumo doméstico, sino para su potencial como producto de exportación y las implicaciones para la balanza comercial.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, con base a sus atribuciones, implemente acciones que impulsen el cultivo de la calabaza en nuestro país y genere nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de calabaza, y que comunique de los próximos planes, programas y proyectos que desarrollará para el cultivo, conservación y aprovechamiento de la calabaza en México.

Notas

1 Comercio Inteligente para el Agropecuario (2019). “México es el cuarto lugar en la producción de calabacitas”. Comercio Inteligente para el Agropecuario. Consultado el 17 de agosto de 2023, en:

https://smattcom.com/blog/m%C3%A9xico-es-el-6to-lugar-mundial-en -la-producci%C3%B3n-de-calabacitas

2 Conoce Hidroponía (2016). “Calabaza uno de los principales cultivos en México”. Hidroponía. Consultado el 17 de agosto de 2023, en:

https://hidroponia.mx/calabaza-uno-de-los-principales-cultivos-e n-mexico/

3 Gobierno federal (2020). “La calabacita, que rica, que fresca, que suave...”. Gobierno federal. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://www.gob.mx/agricultura/articulos/la-calabacita-que-rica- que-fresca-que-suave?idiom=es#:~: text=La%20calabacita% 20tambi%C3%A9n%20se%20conoce,%2C%20alfarer%C3%ADa%2C%20pinturas%20y%20grabados. &text=Al%20lado%20del%20ma%C3%ADz%20y,calabacita%20constitu%C3%ADa%20un%20a limento%20b%C3%A1sico

4 DM Plast (2023). “Condiciones para el cultivo de calabaza en México”. DM Plasta. Consultado el 17 de agosto de 2023, en:

https://dmplast.mx/condiciones-para-el-cultivo-de-calabaza-en-me xico/

5 Zacatecas Online (2021). “Lluvias causan crisis de plaga en el campo; productores piden apoyo”. Zacatecas Online.

https://zacatecasonline.com.mx/noticias/local/79622-lluvias-cris is-plaga-campo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LA SAGARPA, A APOYAR A PRODUCTORES EN EL COMBATE DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN BENEFICIO DE LA PRODUCCIÓN DE PAPA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sagarpa a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación a fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de papa, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados , sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente :

Exposición de Motivos

El cultivo de la papa en México es importante, ya que es un alimento de fácil acceso para la población y una buena base para la alimentación de los mexicanos, y cuya producción le da sustento a más de 77 mil familias. Sin embargo, diversos factores como el cambio climático han puesto en riesgo su producción, afectando a las y los mexicanos.

La importancia de la producción de papa

En la actualidad, la papa es el cuarto cultivo más importante del mundo, detrás del trigo, maíz y el arroz, siendo México el productor número 31 del mundo. Esto se debe a que este tubérculo contiene almidón, vitamina C y unas de las vitaminas del complejo B, pequeñas porciones de proteína y varios minerales.

En México la papa es cultivada en 22 de las 32 entidades federativas, liderado por Sonora y Sinaloa. Del mismo modo, la papa ocupa el lugar 14 en orden de importancia por superficie sembrada (0.3 por ciento del total nacional), el lugar 17 por su producción y el séptimo lugar (3.3 por ciento) por su valor de la producción. El 29 por ciento de la producción nacional de papa se destina a la industria, el 56 por ciento es para consumo en fresco y el 15 por ciento se utiliza para la producción de semilla.

Por estos motivos, este cultivo tiene un fuerte impacto económico en las en las zonas rurales donde se desarrolla. La papa genera 8 mil 700 productores de papa, 77 mil 800 familias dependientes del sector, 17 mil 500 empleos directos, 51 mil 600 empleos indirectos y 7,000,000 de jornales al año. Sin embargo, ha habido una disminución en su producción por la falta de apoyos, afectando a las mexicanas y mexicanos.

Los cultivos en el primer trimestre de 2022 sufrieron un menor valor en términos reales en comparación con el mismo periodo de 2021, resaltando la papa, cuyo cambio fue de 8.3 por ciento. Principalmente, se corre riesgo por las plagas que atacan a los cultivos. La producción de papa debe ser controlada rigurosamente para asegurar su éxito y que los agricultores no pierdan el 40 por ciento de sus cosechas por causa de las plagas y otras enfermedades, afirmó la directora ejecutiva de CultiVida, Mirna Zuzunaga Bedón, en promedio, a escala mundial, entre el 10 por ciento y el 28 por ciento de la producción de cultivos se pierde a causa de las plagas.

Considerando estos datos es de suma importancia proteger la producción de papa en nuestro país de factores externos. Entre los agravantes se encuentra el cambio climático, el cual lamentablemente ha incrementado en los últimos años y ha generado una variación global del clima causado por razones humanas. El cambio climático perjudica a este tubérculo, ya que es una planta muy sensible cuyas condiciones de cultivo no están adaptadas a climas extremos. Igualmente, debido a que la variabilidad climática ha generado un aumento de plagas y enfermedades, amenazando a los agricultores y a la seguridad alimentaria.

Debido a estos factores la calidad de cultivos y su producción se ven seriamente afectadas y podrían reducir el consumo interno del producto. Por tal motivo los cultivos de papa necesitan nuevas e innovadoras bio-soluciones que ayuden a producir más, así como a mejorar su calidad y de esta forma satisfacer la necesidad de los consumidores.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, con base a sus atribuciones, implemente acciones que impulsen el cultivo de la papa en nuestro país y genere nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de papa, y que comunique de los próximos planes, programas y proyectos que desarrollará para el cultivo, conservación y aprovechamiento de la papa en México.

Notas

1 Haro, Luis Fernando (2019). “Importancia de la producción de Papa en México”. El Sol de México. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/importancia-de-la-prod uccion-de-papa-en-mexico-3433659.html

2 Sistema de Información de Organismos Vivos Modificados (2023). Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/bioseguridad/pdf/20914_sg 7.pdf

3 Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (2019). “LA PAPA, EL CUARTO CULTIVO DE MAYOR PRODUCCIÓN EN EL MUNDO”. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural” Consultado el 17 de agosto de 2023, en:

https://www.gob.mx/siap/articulos/la-papa-el-cuarto-cultivo-de-m ayor-produccion-en-el-mundo

4 Alonso, Jorge Luis (2014). “Consumo y mercadeo de la papa en México”. Consumo y Mercado de Papa. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://consumoymercadodepapa.wordpress.com/2014/11/28/consumo-y -mercadeo-de-la-papa-en-mxico/#:~: text=En%20cuanto%20al%20consumo%20total,et%20al%20.%2C%202012

5 Haro, Luis Fernando (2019). “Importancia de la producción de Papa en México”. El Sol de México. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/importancia-de-la-prod uccion-de-papa-en-mexico-3433659.html

6 Papa Fresca Mexicana (2020). “La papa en México”. Papa Fresca Mexicana. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://vamosapapearnos.com/la-papa-en-mexico/

7 Servicio de información agroalimentaria y pesquería (2022). “ANÁLISIS DEL COMPORTAMIENTO DEL PIB AGROALIMENTARIO DEL PRIMER TRIMESTRE DE 2022”. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural”. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/730480/ANA_LISIS_ PIB_1ER_TRIMESTRE_2022.pdf

8 Agencia Agraria de Noticias (2023). “El 40 por ciento del rendimiento productivo de la papa se pierde por plagas y enfermedades”. Agencia Agraria de Noticias. Consultado el 17 de agosto del 2023, en:

https://agraria.pe/noticias/el-40-del-rendimiento-productivo-de- la-papa-se-pierde-por-pl-13952

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.



EXHORTO A LA SSPC, A LA FGR, A LA SEMARNAT Y AL INPI, A TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PREVENIR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS PERSONAS MEDIOAMBIENTALISTAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI a tomar las medidas necesarias para prevenir la violencia en contra de las personas medioambientalistas, en poblaciones indígenas y en situación de vulnerabilidad, apegándose al acuerdo de Escazú, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

De 2021 a 2022, México fue el país con más agresiones y asesinatos de activistas medioambientales en el mundo por tercer año consecutivo. Por lo tanto, es una prioridad para las y los mexicanos prevenir los asesinatos de las personas medioambientalistas y apegarse al Acuerdo de Escazú, al permitir los derechos de acceso en asuntos ambientales de la ciudadanía mexicana, particularmente de las poblaciones indígenas y los grupos en situación vulnerable.

Contexto nacional

El número de asesinatos a medioambientalistas en México en 2022, 24 lamentables casos, y las 582 agresiones en su contra representan una terrible realidad en el país. Según el Reporte de Defensores Ambientales de la organización Global Witness:

En los últimos diez años, el país [México] se ha convertido rápidamente en uno de los lugares más peligrosos para las personas defensoras de la tierra y del medio ambiente, con 154 casos documentados durante este período. La mayoría de los asesinatos (131) ocurrieron solo entre 2017 y 2021.

Asimismo, según el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), 2021 también el año con más violencia en contra de los medioambientalistas, ya que hubo un total de 108 eventos de agresión registrados, 64 por ciento más que en 2020. Entre los tipos de agresiones con mayor repetición en el país se encuentran la intimidación, el hostigamiento y las amenazas, como se muestra a continuación:

Esto afecta principalmente a las personas que pertenecen a grupos en situación vulnerable, como las mujeres, las cuales siendo activistas también son víctimas de violencia por razón de género, o las personas provenientes de pueblos indígenas, cuyas tradiciones y espiritualidad tienen base en la tierra y su protección.

Medioambientalistas indígenas en riesgo

Las personas indígenas y de comunidades rurales se encuentran en una situación particularmente vulnerable, ya que al dañar la tierra en que habitan se ven en la necesidad inmediata de moverse y dejar su vida atrás, volviéndolas también los grupos más involucrados en la lucha. Por lo cual, representan el grupo más agredido de activistas por el medio ambiente. Global Witness documentó que más de 40 por ciento de las personas medioambientalistas asesinadas en 2021 eran indígenas, de las cuales más de un tercio vivió desaparición forzada. Del mismo modo, el Cemda identificó que, de las 238 agresiones individuales registradas, 98 fueron en contra de integrantes o comunidades indígenas.

Impunidad y colusión con el narco

Un problema que enfrentan las personas víctimas de crímenes en el país es la impunidad y la falta de acción de las instituciones gubernamentales, ya que de cada 100 delitos que se denuncian sólo 14 son resueltos. Esto se debe a omisiones e ineptitud de las instituciones a cargo, o a la colusión de éstas con los grupos delictivos.

Como un ejemplo de esto se encuentra el caso de Celedonio Monroy Prudencio, Integrante del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal Indígena de Jalisco, quien fue víctima de desaparición forzada en octubre de 2012, por oponerse a la misma industria minera que José Santos Isaac Chávez. De la investigación que produjo su desaparición, actores independientes llegaron a la conclusión de que las operaciones mineras de la Planta Peña Colorada se mantienen gracias a la colusión de los diferentes gobiernos regionales con el narcotráfico y los empresarios.

Al cumplirse un año de su secuestro, se inició el juicio de amparo 1645/2013, en el cual el Juez Segundo de Distrito concedió la suspensión de plano de los actos reclamados consistentes en la extracción violenta e ilegal y la desaparición forzada del señor Monroy, así como la violación de los artículos 1o., 14, 16, 18, 19 y 22 Constitucionales por parte de las autoridades responsables, donde se establece que las personas tienen derecho de no ser privadas de su libertad, de no ser víctimas de tortura y de tener pleno acceso a sus derechos humanos.

En la sentencia del juicio de amparo con número de expediente 1645/ 2013 señala:

Asimismo, se les requiere para que en caso de que sea procedente, se lleve a cabo la reparación a las víctimas, toda vez que conforme al marco de los artículos 1, numeral 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los familiares de las víctimas tienen el derecho, y los Estados la obligación, a que los hechos sean efectivamente investigados por las autoridades estatales y, en ese sentido, a conocer la verdad de lo sucedido; en este contexto, el derecho a conocer la verdad en casos de desaparición forzada de personas, implica el derecho de los familiares de la víctima de conocer cuál fue el destino de ésta y, en su caso, dónde se encuentran sus restos; el derecho a la verdad se encuentra subsumido en el derecho de la víctima o de sus familiares a obtener de los órganos competentes del Estado el esclarecimiento de los hechos violatorios y las responsabilidades correspondientes, a través de la investigación y el otorgamiento de una justa reparación.

Ante este problema, al cual se enfrentan diferentes países de América latina y el Caribe, se propuso un acuerdo regional que promoviera la justicia ambientalista y trabajara por el bienestar de las personas de la región.

Papel del gobierno y el Acuerdo de Escazú

El 22 de abril de 2021 entró en vigor el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América latina y el Caribe, también conocido como el Acuerdo de Escazú. Es el primer tratado regional ambiental y de derechos humanos en América latina y el Caribe, y el primer instrumento legalmente vinculante en el mundo que incluye disposiciones sobre personas defensoras ambientales. Se originó en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible conocido como Rio+20, y se fundamenta en el principio 10 de la Declaración de Desarrollo Sostenible sobre el Medio Ambiente de 1992, también conocida como Declaración de Rio:

Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.

El Acuerdo de Escazú garantiza el derecho de acceso en asuntos ambientales, lo que implica acceder a la información, el derecho a la participación pública en los procesos de toma de decisiones y el derecho al acceso a la justicia. Asimismo, requiere a los Estados que prevengan e investiguen los ataques contra las personas defensoras ambientales.

Artículo 9. Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales

1. Cada Parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.

2. Cada parte tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de dicha Parte en el ámbito de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos de su sistema jurídico.

3. Cada parte tomará medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente acuerdo.

Si bien México ratificó el Acuerdo de Escazú en enero de 2021, existe poca capacidad estatal y disposición de las autoridades para apoyar a las personas defensoras, disminuyendo la probabilidad de que las personas y las comunidades obtengan acceso a la justicia y reparación. El Gobierno federal ha negado en diferentes ocasiones los derechos de las personas medioambientalistas y ha deslegitimado su lucha actuando en contra de los intereses comunes:

• El presidente López Obrador se ha pronunciado en contra de las personas activistas, al declarar que “el neo-liberalismo alentó al feminismo y el ecologismo” y acusar a los movimientos sociales de haber impulsado derechos humanos para desviar la atención de las personas sobre la corrupción.

• Se disminuyó el presupuesto para mitigar el cambio climático por cuatro Presupuestos de Egresos de la Federación consecutivos, como plantea la organización Causa Natura:

Ya en la administración de Andrés Manuel López Obrador, el presupuesto disminuyó aún más en 2019 y 2020. El presupuesto ambiental de 2020, que fue de 29 mil 869 millones de pesos, representó apenas el 43 por ciento del monto asignado en 2015. En el 2021, tras la pandemia, hubo una recuperación mínima, al alcanzar 31 mil 020 millones, mientras que para el 2022 se alcanzaron 40 mil 945 millones de pesos.

Si bien en 2022 se alcanzaron los niveles previos a la Cuarta Transformación, para el Presupuesto de Egresos 2023 se tiene contemplado el monto más alto en la historia para el rubro ambiental. Sin embargo, los recursos se concentrarán en la Comisión Nacional de Agua, la cual recibirá 49 por ciento más presupuesto para la inversión de infraestructura pública, principalmente de presas, los cuales son megaproyectos que ponen en riesgo a la ciudadanía.

• Se publicó el acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional del 22 de noviembre del 2021, mediante el cual se negaron de iure los derechos al territorio y la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades. Del mismo modo, se negaron mecanismos construidos para garantizar los derechos de información y participación, como es la Evaluación de Impacto Ambiental.

• Se anunció la desaparición del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) y del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) el 17 de diciembre del 2021 como parte de una reforma administrativa que se mantiene en curso. Ante esto, diversas organizaciones de la sociedad civil manifestaron su descontento en un comunicado, al defender que se perderá capacidad de investigación para mitigar el cambio climático.

• Se publicó el comunicado: ¿Dónde estaban los pseudoambientalistas cuando hace años empezó la verdadera devastación del sureste de México? por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el 25 de marzo del 2022, el cual es claramente violento hacia las personas activistas, ya que las responsabiliza de diversas atrocidades medioambientales en el Sureste de México, buscando cierta legitimidad para su propio megaproyecto.

Derecho Internacional

En la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la cual fue ratificada por el Estado mexicano se establece el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.

Principio 1. (...) Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.

Sumado a lo anterior el Principio 10 establece que la mejor manera de gestionar los asuntos ambientales es contar con la participación de todos los ciudadanos.

La declaración también prevé la participación específica de grupos de la sociedad en defensa del medio ambiente.

Principio 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.

Principio 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades, así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible.

Por su parte, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, adoptó la Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible” y que para su resolución se fundamentan en la Carta de las Naciones Unidas; la Declaración Universal de Derechos Humanos; los Pactos Internacionales de Derechos Humanos; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; el Acuerdo de París; el Convenio sobre la Diversidad Biológica; la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo; la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015; la resolución 53/144 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1998, resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 22/6, de 21 de marzo de 2013; entre otras.

La Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1; reconoce el trabajo de las personas activistas medioambientales, destacando su importante contribución, e incluso señala que estos son los más expuestos y los que corren mayores riegos.

Reconociendo que los defensores de los derechos humanos hacen una contribución positiva, importante y legítima a la promoción y protección de los derechos humanos relativos al disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, y profundamente preocupado porque los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones relativas al medio ambiente, conocidos como defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, figuran entre los que están más expuestos y corren mayores riesgos (...).

Alarmado por el hecho de que l os defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, incluidas las mujeres y las personas indígenas, y los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones relacionadas con los derechos sobre la tierra, así como sus familiares, comunidades, asociados y representantes legales, son cada vez más víctimas de asesinatos, actos violentos, incluidos actos de violencia de género, amenazas, actos de acoso, intimidaciones, campañas de difamación, actos de criminalización y acoso judicial, desalojos forzosos y desplazamientos, según han informado la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y otros procedimientos especiales (...)

Ante la alarmante situación que viven los activistas medioambientales la misma resolución señala:

2. Destaca que debe garantizarse a los defensores de los derechos humanos, incluidos los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, un entorno seguro y propicio que les permita llevar a cabo su labor sin obstáculos ni inseguridad, en reconocimiento de que prestan una ayuda importante a los Estados para que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Acuerdo de París y lleven a la práctica la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (...)

14. Exhorta a los Estados a que:

(...)

f) Promuevan un entorno seguro y propicio en el que los individuos, los grupos y los órganos de la sociedad, incluidos los que se ocupan de los derechos humanos y las cuestiones ambientales, incluida la diversidad biológica, puedan actuar sin violencia, amenazas, trabas ni inseguridad;

En concordancia con la resolución anterior, el “Informe del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible”, señalo que los Estados deben prestar especial atención a los defensores del medio ambiente por lo tanto deben dar prioridad a las medidas que tengan que protejan a los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente estableciendo normas que atajen las causas fundamentales de la violencia contra estos y apoyen su labor.

Derecho Nacional

En primer lugar, es importante señalar que el derecho a un medio ambiente sano está consagrado en la Carta Magna.

Artículo 4o.- (...)

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. (...)

Aunado a lo anterior, al ser un derecho humano, su protección también se encuentra prevista en el Artículo 1 de la Carta Magna, en el que también se establecen las obligaciones generales y específicas de todas las autoridades del Estados mexicano.

Por otro lado, a partir de 2012 el Estado mexicano cuenta con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en la cual se subraya que al ser el medio ambiente sano un derecho humano elevado a rango constitucional, las personas que lo defienden son sujetos de derecho de esta ley, la cual tiene por objeto:

Artículo 1.- (...) tiene por objeto establecer la cooperación entre la federación y las entidades federativas para implementar y operar las medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

Esta ley crea el mecanismo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas, para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos.

Si bien la citada ley crea mecanismo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas, lo cuestionable de esto es si dicho mecanismos ha servido o sólo es una simulación que poco ha hecho para defender y proteger a los activistas medioambientalistas.

Cabe mencionar que el artículo 20 Bis 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales promueve el proceso de consulta y participación de las comunidades indígenas y afromexicanas.

Artículo 20 Bis 8.- La secretaría promoverá el proceso de consulta previa, libre e informada y la participación de las comunidades indígenas y afromexicanas, las comunidades equiparables y de los propietarios y poseedores de la tierra en los procesos de elaboración, observancia, revisión y modificación de los ordenamientos ecológicos territoriales, ordenamientos ecológicos regionales y ordenamientos ecológicos locales.

Solución al problema

De este modo, la honorable Cámara de Diputados puede intervenir de forma significativa al exigir a los titulares de Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Fiscalía General de la República, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas a tomar las medidas necesarias para prevenir los asesinatos de las personas medioambientalistas, al apegarse al Acuerdo de Escazú y permitir los derechos de acceso en asuntos ambientales de la ciudadanía mexicana, particularmente de las poblaciones indígenas.

Por lo expuesto anteriormente, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Fiscalía General de la República, a que promuevan el trato digno a las personas medioambientalistas y se apegue al artículo 9 del Acuerdo de Escazú, el cual establece en su inciso 3 que se deberán tomar las medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones hacia las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, con base en sus respectivas atribuciones, restablezcan el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, con la finalidad de apegarse al artículo 6 del Acuerdo de Escazú, el cual establece en su inciso 3 que se deberán de contar con sistemas de información ambiental actualizados y promover la investigación.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para que, con bases en sus respectivas atribuciones, establezcan un proceso único que sea justo, transparente y replicable en la realización de consultas indígenas.

Notas

1 Global Witness (oct, 2022). “Una década de resistencia. Diez años documentando el activismo por la tierra y el medio ambiente en el mundo”. Global Witness. Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de:

https://www.globalwitness.org/es/decade-defiance-es/

2 Un “evento de agresión” implica un conjunto de agresiones realizadas en un mismo espacio y tiempo. CEMDA (2022). “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2021”. CEMDA Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de:

https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/cemd a-informe-2021/

3 Ibid.

4 CEMDA (2022). “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2021”. CEMDA. Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de:

https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/cemd a-informe-2021/

5 Global Witness Op. cit.

6 CEMDA Op. cit.

7 Impunidad Cero (2022). “El tamaño de la impunidad en México”. Impunidad Cero. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://www.impunidadcero.org/impunidad-en-mexico/#/

8 Zamora, Pedro (2021). “La desaparición de Celedonio Monroy: Reminiscencias de la Guerra Sucia”. Interpretextos, 25/Primavera de 2021, pp. 101-122. Consultado el 9 de diciembre del 2022, de:

http://ww.ucol.mx/interpretextos/pdfs/575_inpret2510.pdf

9 Sentencia recaída al Amparo 1645/2013, Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, 19 de abril de 2016.

10 Global Witness, Op. cit.

11 (Declaración de Desarrollo Sostenible sobre el Medio Ambiente, Principio 10)

12 (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe)

13 (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, art. 9)

14 Global Witness Op. cit.

15 Morán, Carmen (29 de octubre, 2021). “López Obrador abre una nueva polémica: ‘El neoliberalismo alentó el feminismo y el ecologismo’”. El País. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://elpais.com/mexico/2021-10-30/lopez-obrador-abre-una-nuev a-polemica-el-neoliberalismo-alento-el-feminismo-y-el-ecologismo.html

16 Castro, Alejandro (3 de octubre, 2022). “México: crece la crisis ambiental, pero cae el presupuesto”. Causa Natural. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://causanatura.org/periodismo-cn/mexico-crece-la-crisis-amb iental-pero-cae-el-presupuesto#:~: text=El%20presupuesto% 20ambiental%20de%202020,mil%20945%20millones%20de%20pesos.

17 Causa Natura Op. cit.

18 (ACUERDO por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional)

19 CEMDA (16 de diciembre, 2021). “Desaparecer al INECC y el IMTA debilita aún más la capacidad de México para proteger el medio ambiente y combatir el cambio climático”. CEMDA. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://www.cemda.org.mx/desaparecer-al-inecc-y-el-imta-debilita -aun-mas-la-capacidad-de-mexico-para-proteger-el-medio-ambiente-y-combatir-el-c ambio-climatico/

20 Semarnat (17 de diciembre, 2021). “Semarnat impulsa reforma administrativa”. Semarnat. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-impulsa-reforma-admi nistrativa

21 CEMDA Op. cit.

22 SemarnatRNAT (25 de marzo, 2022). “¿Dónde estaban los pseudoambientalistas cuando hace años empezó la verdadera devastación del sureste de México?”. Semarnat. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://www.gob.mx/presidencia/prensa/donde-estaban-los-pseudoam bientalistas-cuando-hace-anos-empezo-la-verdadera-devastacion-del-sureste-de-me xico

23 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 1).

24 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 10).

25 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 20).

26 (Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 22).

27 CEPAL (20 de marzo del 2019). “Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprueba histórica resolución sobre los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente”. CEPAL. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de:

https://www.cepal.org/es/notas/consejo-derechos-humanos-naciones -unidas-aprueba-historica-resolucion-defensores-derechos

28 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”

29 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”.

30 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”

31 Consejo de Derechos Humanos (28 de febrero, 2022). “Derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible: el medio ambiente no tóxico”. Asamblea General, 49º periodo de sesiones, tema 3 de la agenda. Consultado el 10 de diciembre del 2022, de:

https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22 /004/51/PDF/G2200451.pdf?OpenElement

32 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, art. 4, párrafo quinto).

33 (Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, primer párrafo, art.1).

34 (Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, artículo 20 BIS 8).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.– Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.