Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada Marcela Guerra Castillo
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
Ciudad de México, martes 26 de septiembre de 2023
Sesión 13 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a las iniciativas con proyecto de decreto y a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 26 de septiembre de 2023, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión

LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO OCTAVO DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA

De la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo Referente al Sector Social de la Economía. Se turna a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen

SE DECLARA AL 2024, AÑO DEL BICENTENARIO DEL FEDERALISMO MEXICANO

De la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que se declara al 2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

LEY DE VIVIENDA

De la diputada Gina Gerardina Campuzano González, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen

SE MODIFICA LA FECHA DE EFEMÉRIDE DEL DÍA NACIONAL DEL TEQUILA, DEL TERCER SÁBADO DE MARZO AL 24 DE JULIO DE CADA AÑO

Del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que se modifica la fecha de efeméride del Día Nacional del Tequila, del tercer sábado de marzo al 24 de julio de cada año. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

EXTRAÑAMIENTO AL PODER JUDICIAL POR LA SISTEMÁTICA LIBERACIÓN DE PERSONAJES DE ALTO PERFIL DELICTIVO

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se hace un extrañamiento al Poder Judicial por la sistemática liberación de personajes de alto perfil delictivo, sin considerar los derechos de las víctimas y el interés nacional. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

SE SOLICITE AL ALCALDE DE COYOACÁN, SUSPENDER LA ENTREGA DE ARTÍCULOS UTILITARIOS ADQUIRIDOS MEDIANTE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al IECM, a solicitar al alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, a suspender la entrega de artículos utilitarios adquiridos mediante presupuesto participativo. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A LA FGR, A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA Y AL GOBIERNO DE PUEBLA, A INVESTIGAR LO OCURRIDO EN EL PREDIO LA CÁSTULA, EN EL MUNICIPIO DE COATZINGO

Del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGR, a la Fiscalía General del estado de Puebla y al gobierno de Puebla, a realizar acciones conjuntas para la investigación y esclarecimiento de lo ocurrido en días pasados en el predio La Cástula, en el municipio de Coatzingo. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen

EXHORTO A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO ESTATAL, CON MOTIVO DE LA ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES EDUCATIVOS

De la diputada Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta la Auditoría Superior del estado de Chihuahua, a verificar el cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia, eficiencia, trasparencia y honradez en el ejercicio del gasto público estatal, con motivo de la elaboración y distribución de materiales educativos. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A LA SEP Y A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE CHIAPAS APLICAR UN MODELO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA A LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA

De la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que exhorta a la SEP y a la Secretaría de Educación de Chiapas, a aplicar un modelo de educación inclusiva a las niñas, niños y adolescentes que padezcan del trastorno del espectro autista. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO A LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS, A GARANTIZAR EL OTORGAMIENTO DE LAS PRESTACIONES Y BENEFICIOS DE SEGURIDAD SOCIAL A QUE TIENEN DERECHO SUS TRABAJADORES

De la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los municipios de Chiapas, a garantizar el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de seguridad social, a que tienen derecho sus trabajadores. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

EXHORTO A LOS PODERES LEGISLATIVOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A CONSTITUIR Y CONSOLIDAR LAS UNIDADES PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO

De la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los poderes legislativos de las entidades federativas, a constituir y consolidar las unidades para la igualdad de género en el ámbito de sus respectivas competencias, dotándolas de las capacidades técnicas, funciones, recursos humanos y financieros necesarios. Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES DE OAXACA A GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LA MENOR DE EDAD, PAOLA HERNÁNDEZ

De la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades de Oaxaca y de la escuela telesecundaria José Vasconcelos de la comunidad de San José Manialtepec, municipio de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, a cumplir con las obligaciones de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de la menor de edad, Paola Hernández. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE ISRAEL, A CONCEDER LA EXTRADICIÓN DEL CIUDADANO TOMAS ZERÓN DE LUCIO A MÉXICO

De la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Israel, a conceder la extradición del ciudadano Tomas Zerón de Lucio a México y pueda ser juzgado ante los tribunales previamente establecidos. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A IMPLEMENTAR OPERATIVOS PARA RECUPERAR LA SEGURIDAD EN LAS CARRETERAS, ESPECIALMENTE LA DEL TRANSPORTE DE CARGA

Del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno federal, a implementar operativos para recuperar la seguridad en las carreteras del país, especialmente la seguridad del transporte de carga. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE LA PRESENCIA DE EJEMPLARES DE LA ESPECIE OSO NEGRO AMERICANO EN ZONAS RESIDENCIALES Y ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DE NUEVO LEÓN

Del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León, a convocar a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y personas interesadas a participar en la elaboración de un Protocolo de Actuación de la Sociedad Civil ante la presencia de ejemplares de la especie Oso Negro Americano en zonas residenciales y áreas naturales protegidas de la entidad. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR Y AL GOBIERNO DE NUEVO LEÓN, A SUSCRIBIR EL CONVENIO PARA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA PENSIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PERMANENTE

Del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y al Gobierno de Nuevo León, a suscribir el Convenio para la Universalización de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente. Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen

SE INVITA A LA CONSAR, A ASISTIR A UNA REUNIÓN DE TRABAJO EN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PROCESOS DE TRASPASOS DE CUENTAS INDIVIDUALES ENTRE AFORES

Del diputado Jorge Triana Tena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se invita a la Consar, a asistir a una reunión de trabajo en esta soberanía, a efecto de explicar las razones por las que, sin existir fundamento legal para ello, se suspendieron por seis meses los procesos de traspasos de cuentas individuales entre afores, afectando los ahorros de las y los trabajadores. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

SE GARANTICE EL LIBRE Y SEGURO TRÁNSITO DE LAS PERSONAS MIGRANTES EN EL PAÍS, Y SE EVITE AFECTAR LA OPERACIÓN DE LAS VÍAS FERROVIARIAS NACIONALES

De las diputadas Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra e Itzel Josefina Balderas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a instruir a las autoridades federales a generar acciones inmediatas y constantes que garanticen el libre y seguro tránsito de las personas migrantes en el país, y evitar que se afecte la operación de las vías ferroviarias nacionales y, en consecuencia, la estabilidad económica nacional. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA CONAGUA, A DESTINAR RECURSOS PARA LA REHABILITACIÓN DE LA PRESA EL REALITO

De los diputados José Antonio Zapata Meraz y Xavier Azuara Zúñiga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno federal, a través de la Conagua, a destinar recursos financieros y humanos suficientes y necesarios para la rehabilitación de la Presa El Realito. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LA SADER Y A LA SEMARNAT, ASÍ COMO AL GOBIERNO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, A ACELERAR LA RECUPERACIÓN DEL LAGO DE CUITZEO

De la diputada Adriana Campos Huirache, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader y a la Semarnat, así como al gobierno de Michoacán de Ocampo, a acelerar la recuperación del lago de Cuitzeo, conforme al plan emergente de rehabilitación dado a conocer el 23 de enero de 2022. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SRE Y AL INM, A REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS A FIN DE REABRIR EL PUENTE FRONTERIZO CÓRDOVA-AMÉRICAS EN CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

Del diputado Hiram Hernández Zetina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE y al INM, a realizar las gestiones necesarias, a fin de reabrir el puente fronterizo Córdova-Américas en Ciudad Juárez, Chihuahua. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

CAMPAÑA NACIONAL DE SALUD MENTAL

Del diputado Hiram Hernández Zetina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar una campaña nacional de salud mental, a fin de garantizar el ejercicio de este derecho a toda la ciudadanía. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

POR EL QUE ESTA SOBERANÍA OFRECE UNA DISCULPA A UCRANIA POR LA PRESENCIA DE TROPAS DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA EN EL DESFILE CONMEMORATIVO DEL INICIO DE LA GUERRA DE INDEPENDENCIA

De la diputada Adriana Campos Huirache, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía ofrece una disculpa a Ucrania por la presencia de tropas de la Federación de Rusia en el desfile conmemorativo del 213 aniversario del inicio de la guerra de independencia. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO A LA SEGOB, A CUMPLIR CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DOF EL 6 DE NOVIEMBRE DE 2020

De la diputada Ma. Elena Serrano Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a cumplir con lo dispuesto por el artículo décimo segundo transitorio del Decreto publicado en el DOF el 6 de noviembre de 2020, que reforma y adiciona diversas disposiciones de 14 leyes que implican la extinción de 44 fideicomisos públicos sin estructura, la continuidad de 4 fondos y la abrogación de la Ley que crea el fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para ex trabajadores migratorios mexicanos, e informe a la comunidad afectada por medio de su portal en internet, sobre el destino de los recursos del fondo 10230 para el pago de adeudos a braceros rurales de 1942 a 1964. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

EXHORTO A DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL Y DE YUCATÁN, EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR MOSQUITOS

De la diputada Janine Patricia Quijano Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias del gobierno federal y de Yucatán, en materia de prevención y control de enfermedades transmitidas por mosquitos. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SEGOB, A REUBICAR LAS INSTALACIONES DE LA COMAR

De la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, a reubicar las instalaciones de la Comar a fin de garantizar el derecho a la movilidad y seguridad vial de los peatones y vehículos que transitan por sus inmediaciones, así como de los mismos migrantes. Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo, registradas en el orden del día del 26 de septiembre de 2023 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Marcela Guerra Castillo (rúbrica), presidenta.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.

2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen.

3. De Decreto por el que se declara al 2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

4. Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Vivienda, para dictamen.

5. De Decreto por el que se modifica la fecha de efeméride del día Nacional del Tequila, del tercer sábado de marzo al 24 de julio de cada año, a cargo del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que se hace un extrañamiento al Poder Judicial por la sistemática liberación de personajes de alto perfil delictivo, sin considerar los derechos de las víctimas y el interés nacional, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

2. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IECM, a solicitar al alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, a suspender la entrega de artículos utilitarios adquiridos mediante presupuesto participativo, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la FGR, a la Fiscalía General del estado de Puebla y al gobierno de Puebla, a realizar acciones conjuntas para la investigación y esclarecimiento de lo ocurrido en días pasados en el predio La Cástula, en el municipio de Coatzingo, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Justicia, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta la Auditoría Superior del estado de Chihuahua, a verificar el cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia, eficiencia, trasparencia y honradez en el ejercicio del gasto público estatal, con motivo de la elaboración y distribución de materiales educativos, a cargo de la diputada Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que exhorta a la SEP y a la Secretaría de Educación de Chiapas, a aplicar un modelo de educación inclusiva a las niñas, niños y adolescentes que padezcan del trastorno del espectro autista, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los municipios de Chiapas, a garantizar el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de seguridad social, a que tienen derecho sus trabajadores, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los poderes legislativos de las entidades federativas, a constituir y consolidar las unidades para la igualdad de género en el ámbito de sus respectivas competencias, dotándolas de las capacidades técnicas, funciones, recursos humanos y financieros necesarios, suscrito por la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Turno: Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Oaxaca y de la escuela telesecundaria José Vasconcelos de la comunidad de San José Manialtepec, municipio de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, a cumplir con las obligaciones de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de la menor de edad, Paola Hernández, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Israel, a conceder la extradición del ciudadano Tomas Zerón de Lucio a México y pueda ser juzgado ante los tribunales previamente establecidos, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno federal, a implementar operativos para recuperar la seguridad en las carreteras del país, especialmente la seguridad del transporte de carga, a cargo del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León, a convocar a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y personas interesadas a participar en la elaboración de un Protocolo de Actuación de la Sociedad Civil ante la presencia de ejemplares de la especie Oso Negro Americano en zonas residenciales y áreas naturales protegidas de la entidad, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Bienestar y al Gobierno de Nuevo León, a suscribir el Convenio para la Universalización de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Bienestar, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se invita a la Consar, a asistir a una reunión de trabajo en esta soberanía, a efecto de explicar las razones por las que sin existir fundamento legal para ello, se suspendieron por seis meses los procesos de traspasos de cuentas individuales entre afores, afectando los ahorros de las y los trabajadores, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a instruir a las autoridades federales a generar acciones inmediatas y constantes que garanticen el libre y seguro tránsito de las personas migrantes en el país, y evitar que se afecte la operación de las vías ferroviarias nacionales y, en consecuencia, la estabilidad económica nacional, suscrito por las diputadas Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra e Itzel Josefina Balderas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.

15. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno federal, a través de la Conagua, a destinar recursos financieros y humanos suficientes y necesarios para la rehabilitación de la Presa el Realito, suscrito por los diputados José Antonio Zapata Meraz y Xavier Azuara Zúñiga, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

16. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sader y a la Semarnat, así como al gobierno de Michoacán de Ocampo, a acelerar la recuperación del lago de Cuitzeo, conforme al plan emergente de rehabilitación dado a conocer el 23 de enero de 2022, a cargo de la diputada Adriana Campos Huirache, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

17. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE y al INM, a realizar las gestiones necesarias a fin de reabrir el puente fronterizo Córdova-Américas en Cd. Juárez, Chihuahua, a cargo del diputado Hiram Hernández Zetina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

18. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a implementar una campaña nacional de salud mental, a fin de garantizar el ejercicio de este derecho a toda la ciudadanía, a cargo del diputado Hiram Hernández Zetina, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

19. Con punto de acuerdo, por el que la esta soberanía ofrece una disculpa a Ucrania por la presencia de tropas de la Federación de Rusia en el desfile conmemorativo del 213 aniversario del inicio de la guerra de independencia, a cargo de la diputada Adriana Campos Huirache, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

20. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a cumplir con lo dispuesto por el Artículo Décimo Segundo transitorio del Decreto publicado en el DOF el 6 de noviembre de 2020, que reforma y adiciona diversas disposiciones de 14 leyes que implican la extinción de 44 fideicomisos públicos sin estructura, la continuidad de 4 fondos y la abrogación de la Ley que crea el fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para ex trabajadores migratorios mexicanos, e informe a la comunidad afectada por medio de su portal en internet, sobre el destino de los recursos del fondo 10230 para el pago de adeudos a braceros rurales de 1942 a 1964, a cargo de la diputada Ma. Elena Serrano Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

21. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas dependencias del Gobierno federal y de Yucatán, en materia de prevención y control de enfermedades transmitidas por mosquitos, a cargo de la diputada Janine Patricia Quijano Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

22. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a reubicar las instalaciones de la Comar, a fin de garantizar el derecho a la movilidad y seguridad vial de los peatones y vehículos que transitan por sus inmediaciones, así como de los mismos migrantes, a cargo de la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen, y a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión.



LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, REGLAMENTARIA DEL PÁRRAFO OCTAVO DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LO REFERENTE AL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Nancy Yadira Santiago Marcos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía; en materia certificación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La economía social y solidaria es una práctica económica que busca ser una alternativa al modelo económico predominante; a lo largo de muchas décadas ha sido una herramienta para el combate a la precariedad laboral y el encarecimiento de bienes y servicios.

La importancia de este sector y su diferencia respecto de los otros sectores económicos radica en su impacto social, la economía social y solidaria busca sociedades más justas y responsables, en donde la distribución de riquezas sea equitativa y congruente con el ingreso digno, el trabajo decente, el cuidado del medio ambiente y el tiempo libre.

“La naturaleza de la economía social-solidaria está caracterizada por las demandas sociales que no encuentran cabida en los sectores económicos, públicos y privados, y que, además replican prácticas de apoyo mutuo para superar las adversidades de los miembros que la conforman.

De forma sintética, este concepto está integrado por cinco elementos fundamentales:

1. Las actividades económicas desarrolladas por las organizaciones de la economía social-solidaria tienen como objetivo satisfacer necesidades precisas del interés colectivo, mediante el compromiso de los socios involucrados.

2. El bienestar de las personas y del medio ambiente está situado por encima del capital, pues este último solo es el instrumento y no el fin.

3. La solidaridad y el trabajo en conjunto son el motor de la economía social-solidaria.

4. Concierne a una gestión de los recursos disponibles para la eficaz consecución de los objetivos sociales.

5. Los ejes económico y colectivo que subyacen en las organizaciones de la economía social-solidaria valorizan sus actividades económicas en términos de la riqueza colectiva y no del enriquecimiento individual.”

La economía social se caracteriza por principios y valores muy específicos que configuran la vida interna de las diferentes sociedades cooperativas en México y el mundo.

De acuerdo con el párrafo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Economía Social es un sistema socioeconómico creado por organismos de propiedad social, basados en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano, conformados y administrados en forma asociativa, para satisfacer las necesidades de sus integrantes y comunidades donde se desarrollan”

En México, los principios de los Organismos del Sector que se encuentran reconocidos en el artículo 9o. de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, los cuales son:

I. Autonomía e independencia del ámbito político y religioso;

II. Régimen democrático participativo;

III. Forma autogestionaria de trabajo;

IV. Interés por la comunidad.

Mientras que los valores más importantes están considerados en el artículo 10o. de la misma ley, que a la letra dice:

“Artículo 10. Los Organismos del Sector orientarán su actuación en los siguientes valores:

I. Ayuda mutua;

II. Democracia;

III. Equidad;

IV. Honestidad;

V. Igualdad;

VI. Justicia;

VII. Pluralidad;

VIII. Responsabilidad compartida;

IX. Solidaridad;

X. Subsidiariedad;

XI. Transparencia;

XII. Confianza;

XIII. Autogestión, e

XIV. Inclusión Social.

Ambos, principios y valores se hacen tangibles en prácticas muy concretas que son emblema de la economía social y que en la realidad la diferencian de la economía privada; estás prácticas están mencionadas por el artículo 11o. de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía y son las siguientes:

“Artículo 11. Los Organismos del Sector realizarán sus actividades conforme a las leyes que regulen su naturaleza jurídica específica, sus estatutos sociales y de acuerdo con las siguientes prácticas:

I. Preeminencia del ser humano y su trabajo sobre el capital;

II. Afiliación y retiro voluntario;

III. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora;

IV. Trabajo en beneficio mutuo y de la comunidad;

V. Propiedad social o paritaria de los medios de producción;

VI. Participación económica de los Asociados en justicia y equidad;

VII. Reconocimiento del derecho a afiliarse como Asociado a las personas que presten servicios personales en los Organismos del Sector, sobre la base de su capacitación en los principios y valores del Sector, y el cumplimiento de los requisitos que establezcan sus bases constitutivas;

VIII. Destino de excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus Asociados parte de estos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo del Organismo del Sector;

IX. Educación, formación y capacitación técnico-administrativa permanente y continua para los Asociados;

X. Promoción de la cultura solidaria y de la protección del medio ambiente entre sus Asociados y la comunidad;

XI. Información periódica de sus estados financieros y de resultados a todos y cada uno de sus Asociados, a través de los informes a sus órganos de dirección, administración y vigilancia, así como libre acceso a la información respectiva para los mismos;

XII. Integración y colaboración con otros Organismos del Sector;

XIII. Compromiso solidario con las comunidades donde desarrollan su actividad; y

XIV. Creatividad e innovación en todos los ámbitos y prácticas de los organismos.”

Estas prácticas son parte de una amplia vida cooperativa que está marcada por su organización, capacidad de convocatoria, la realización de asambleas y reuniones, de la correcta vigilancia para que se cumplan sus acuerdos y se tenga un buen manejo de finanzas entre otras situaciones.

Cuando no se actúa bajo estos principios, el sentido y razón de ser de los órganos de la sociedad cooperativa, sea cual sea su giro, se desvirtúa.

Con este marco jurídico y de identidad, en México se pueden distinguir cuatro figuras asociativas de la Economía social:

I. Ejidos;

II. Comunidades;

III. Organizaciones de trabajadores;

IV. Sociedades Cooperativas;

V. Empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores; y

VI. En general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

La presente iniciativa destaca la labor de los organismos del sector social de la economía, en donde las sociedades cooperativas son “una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.”

De acuerdo con el artículo 21 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, “forman parte del Sistema Cooperativo las siguientes clases de sociedades cooperativas:

I.- De consumidores de bienes y/o servicios, y

II.- De productores de bienes y/o servicios, y

III.- De ahorro y préstamo.”

En la misma Ley, el Capítulo II, titulado De las distintas clases y categorías de sociedades cooperativas, explica el quehacer de cada una de ellas resumiendo que:

Las Sociedades de Consumo: Son aquéllas cuyos miembros se asocian con el objeto de obtener en común artículos, bienes o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción.

Las Sociedades de producción: Son aquellas cuyos miembros se asocian para trabajar en común en la producción de bienes o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual, independientemente del tipo de producción que realicen.

Las Sociedades de ahorro y préstamo: Son aquellas sociedades constituidas y organizadas conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas que, independientemente del nombre comercial, razón o denominación social que adopten, tengan por objeto realizar operaciones de ahorro y préstamo con sus socios, y quienes forman parte del sistema financiero mexicano con el carácter de integrantes del sector social sin ánimo especulativo.

Cada una de estas sociedades tienen características y vida cooperativa específicas que las diferencian entre sí y sobre todo ante las prácticas cotidianas de la economía privada.

La identidad junto a la actividad de estos organismos de propiedad social, les imprime un carácter peculiar que debe ser preservado y reconocido ya que transgredir o modificar un principio o valor de las figuras jurídicas de la economía social implican desvirtuar, desdibujar su razón de ser alejándolas de su objetivo principal, por ello se propone implementar un mecanismo de certificación con la intención de reconocer la vida cooperativa de estas sociedades y dar certeza al sistema de economía social sobre el cuidado y resguardo vivo de los principios y valores del cooperativismo.

La “certificación es un procedimiento por el cual un organismo certificado avala por escrito que un producto, proceso o servicio cumple con requisitos y normas específicas que respaldan su calidad”

En este sentido la certificación siempre brinda confianza y credibilidad a lo que certifica permitiendo ser más fuerte y competitivo en el mercado ya que se considera un valor agregado.

“Las ventajas de una certificación son la diferenciación del producto o servicio sobre el resto, la garantía de su calidad, su reconocimiento como producto confiable por los consumidores y, con ello su promoción en el mercado.”

Cuando empresas u organizaciones de distintos sectores, logran una certificación se expresa en un documento expedido por una institución reconocida que se cumple con la normatividad en integración, procesos de fabricación, compromiso social o medio ambiental, entre otros.

Es importante mencionar que la certificación que proponemos tiene como objetivo el promover el cumplimiento de la ley respecto de la integración y práctica cotidiana de valores y principios de una sociedad cooperativa.

La presente iniciativa propone reformas y adiciones a Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, con el objetivo de incluir la certificación para los organismos del sector social de la economía como un mecanismo que avale su organización y de confianza a las entidades que pudieran potencializar alguna actividad ofrecida por la misma.

Con esta medida se pretende combatir la constitución, funcionamiento, o el intento de utilizar la denominación de cooperativas sin serlo, con la intención de evadir o disminuir cualquier obligación legal, o con la intención de obtener ventajas indebidas.

Con la Certificación de los organismos del sector social de la economía se podrá contar con un mecanismo para dar cumplimiento al artículo 10o. de la Ley General de Sociedades Cooperativas que a la letra dice:

“Artículo 10.- Las sociedades que simulen constituirse en sociedades cooperativas o usen indebidamente las denominaciones alusivas a las mismas, serán nulas de pleno derecho y estarán sujetas a las sanciones que establezcan las leyes respectivas.”

Por ello, las reformas y adiciones a la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía, versan de la siguiente forma:

Se propone adicionar una fracción XVIII al artículo 5o. de la ley en comento, para incorporar en las disposiciones generales el termino certificación de los Organismos del Sector Social de la Economía, para referirse al resultado de la aplicación delo los procedimientos que permitan acreditar su apego a los fines, principios y prácticas establecidos en esta ley, con la intención de combatir la simulación.

En el sitio web de Cooperativas México, se habla de la simulación como una práctica que ha detectado la autoridad fiscal y que puede referirse a:

• No dedicarse a lo que está tipificado en el objeto social.

• Que los empleados no estén debidamente registrados en el IMSS y con todos sus documentales laborales.

• Facturación sin prestar servicios.

• Facturación de mercancías sin haberlas comprado.

• Pretender hacer trabajadores como supuestos socios.

• La subestación patronal: hacerse pasar como supuesto patrón.

• Tener domicilios en donde no hay nadie.

En la misma ruta, se propone reforma el artículo 7o. para incluir que los organismos del sector que cumplen con sus fines, valores, principios y prácticas señaladas en el marco normativo correspondiente, podrán estar certificadas debido a este cumplimiento y apoyadas por los tres órdenes de gobierno.

Se propone reforma el artículo 13 para armonizar las actividades del INAES con el artículo 1o. de la Ley en comento e incluir la certificación, así como eliminar lo relativo a proyectos productivos que ya no realiza el Instituto.

Se adiciona una fracción XIII y XIV al artículo 14, correspondiente a las funciones del Instituto Nacional de la Economía Social.

La adición de la fracción XXIII y XIV con el propósito de que el Instituto tenga la facultad de conducir la figura de certificación de Organismos del Sector para promover y observar el cumplimiento a los principios, prácticas y actos cooperativos, además de recibir quejas en contra de cooperativas en las que se presuma simulación y turnarlas a las autoridades competentes.

En el caso del artículo 44, se reforma la fracción I y se adiciona la fracción IX para armonizar el tema en su contenido a las propuestas de la presente iniciativa y en el caso de la adición de la fracción IX para que la certificación sea un derecho de todos los Organismos del Sector Social de la Economía, homologando los temas respecto a los cuales se efectuaría dicha certificación.

Finalmente, la reforma al primer párrafo del artículo 47 establece cuándo los organismos del Sector no podrán recibir apoyos públicos aún cuando cuenten con su certificación.

Para ilustrar el objetivo de la presente iniciativa se explican los cambios en el siguiente cuadro.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, en materia certificación.

Artículo único. - Se reforma el artículo 7, el segundo párrafo del artículo 13, la fracción I del artículo 44, el primer párrafo del artículo 47 y se adiciona una fracción XVIII al artículo 5, la fracción XXIII y XXIV al artículo 14 y la fracción IX al artículo 44 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía; para quedar como sigue:

Artículo 5o. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

I. a XVII. ...

XVIII. Certificación de Organismos del Sector Social de la Economía, resultado de la aplicación de los procedimientos que les permitan acreditar el cumplimiento a los fines, principios y prácticas establecidos en esta ley.

Artículo 7o. Los Organismos del Sector que hayan obtenido su certificación respecto al cumplimiento de los fines, valores, principios y prácticas señalados en los artículos 8, 9, 10 y 11 que señala esta Ley, podrán acogerse y disfrutar de los apoyos y estímulos que otorguen los tres órdenes de gobierno;

Artículo 13. Se crea el Instituto Nacional de la Economía Social como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, el cual contará con autonomía técnica, operativa y de gestión.

El Instituto tiene como objeto instrumentar, como parte de la Política Nacional de Desarrollo Social, las políticas públicas de fomento y desarrollo del sector social de la economía, con el fin de fortalecer y consolidar al Sector como uno de los pilares de desarrollo económico y social del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y certificación de los Organismos del Sector.

La organización y funcionamiento del Instituto, además de lo previsto en esta Ley, será determinada en términos del Acuerdo.

Artículo 14. El Instituto tendrá como funciones las siguientes:

I. a XXII. ...

XXIII. Diseñar, establecer y conducir modelos de certificación para los distintos Organismos del Sector respecto al cumplimiento de los fines, valores, principios y prácticas establecidos en la ley.

XXIV. Recibir quejas en contra de Organismos del Sector respecto de los cuales se presuma simulación y turnarlas a las autoridades competentes.

Artículo 44. Sin perjuicio de los derechos y prerrogativas que establecen las leyes relativas a las distintas formas asociativas, se reconocen a los Organismos del Sector los siguientes derechos:

I.- Ser sujetos de fomento y apoyo a sus actividades económicas por parte del Estado, conforme a lo dispuesto en esta Ley;

II. a VIII. ...

IX. Certificarse respecto al cumplimiento de los fines, valores, principios y prácticas establecidos en la presente ley.

Artículo 45. Los Organismos del Sector deberán ajustarse a lo siguiente:

I. Cumplir y hacer cumplir los principios, valores y prácticas consagrados en la presente Ley; en el caso de las sociedades cooperativas esto estará garantizado por el certificado;

Artículo 47. Los Organismos del Sector , aun cuando hayan sido certificados conforme a lo establecido en la presente Ley, no podrán recibir los apoyos y estímulos públicos previstos en esta Ley cuando incurran en alguno de los siguientes supuestos:

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a los 180 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 INAES (2022). Perspectivas de la economía social-solidaria en México y las oportunidades para las cooperativas de impulso empresarial. En:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/770234/Perspectiv as_de_la_econom_a_social_VF.pdf

2 Artículo 3 de la Ley de la Economía Solidaridad.

3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LESS.pdf

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LESS.pdf

5 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LESS.pdf

6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LESS.pdf

7 https://www.sat.gob.mx/consulta/08326/conoce-que-es-una-sociedad-cooperativa#:~ : text=Es%20una%20forma%20de%20organizaci%C3%B3n,econ%C3%B3micas%20de%20producci% C3%B3n%2C%20distribuci%C3%B3n%20y

8 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/143_190118.pdf

9 https://www.forbes.com.mx/la-importancia-y-necesidad-de-las-certificaciones-en- el-proceso-de-innovacion/#:~: text=Una%20certificaci%C3%B3n%20demuestra%20un%20compromiso,oportunidades%20de% 20negocios%20o%20proyectos.

10 Ibídem.

11 Ley General de Sociedades Cooperativas:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/143_190118.pdf

12 http://www.cooperativasmexico.mx/index.php/simulacion2

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de septiembre de 2023.– Diputada Nancy Yadira Santiago Marcos (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo, para dictamen.



SE DECLARA AL 2024, AÑO DEL BICENTENARIO DEL FEDERALISMO MEXICANO

«Iniciativa de decreto por el que se declara “2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano”, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Los suscritos, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción 1 y 77, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados someten a consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara a 2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. El 31 de enero de 1824 se aprobaría y publicaría “el Acta Constitutiva del país, misma que era el conjunto de leyes por las cuales se regiría provisionalmente el país, dicha acta es el antecedente inmediato de la constitución expedida el 4 de octubre de 1824”. Si tomamos como base, estos documentos en el año en que fueron discutidos y aprobados encontraremos que en el 2024 se cumplen doscientos años de que el federalismo forma parte de nuestro sistema constitucional y régimen democrático.

El sistema federal, nació en la lucha de la independencia de las 13 colonias de Norteamérica, al cabo del tiempo se le consideró susceptible de ser utilizado en pueblos que no había recorrido análoga trayectoria histórica a la que en Estados Unidos desembocó natural y espontáneamente en la forma federal. De este modo se independizó el sistema federal del fenómeno histórico que lo hizo aparecer y conquistó vigencia autónoma en la doctrina y en la práctica constitucional.

Su autonomía se hizo más patente cuando fue adoptado por estados Unitarios, como Canadá, Brasil y México. El sistema federal ha llegado a ser, por lo tanto técnica constitucional, cuya conveniencia y eficacia para cada país no se miden conforme a las necesidades de Norteamérica, sino de acuerdo con las del país que lo hace suyo.

II. En México sistema federal fue adoptado por primera vez en la Constitución de 1824, que en su artículo 4 que señalaba: “La nación mexicana adopta para su gobierno la forma de república representativa popular federal”, en ese momento histórico se debe de tener presente que los liberales mantenían con ellos la bandera del federalismo y su implementación como una medida de urgencia, mientras que los conservadores deseaban centralizar el poder, se inclinaban por un modelo de centralismo, no fue sino hasta la Constitución de 1857 que la disputa termino por darle la razón a los liberales. A pesar de que el liberalismo venia de una idea norteamericana esta implementaría una nueva ideología en el país, ya que hasta ese momento el centralismo era la corriente más presente en las leyes y modelos políticos que se habían ocupado posteriores a la colonia y también de manera posterior al imperio mexicano. Tomando como fecha de la expedición del Acta Constitutiva y la Constitución en 1824 se cumplen en 2024, doscientos años de dicho acontecimiento.

Hoy en día el federalismo es el modelo político de organización del Estado, donde se plantea la creación de un Estado múltiple, diverso, esto quiere decir que se le permitirá a cada Estado una forma de ordenamiento propia . Supondrá el reconocimiento de la existencia de fuerzas distintas a las que suponía el centralismo —al federalismo se le conocerá de igual forma como “segregativo” o “descentralizador”— el federalismo jamás será una cuestión meramente política o jurídica, posee tintes tan importantes que puede influenciar e impactar en áreas más allá de la política y de la jurídica.

III. El federalismo implica una vinculación de individuos, grupos y entidades políticas en una unión duradera pero limitada; se establecen fines comunes, pero cada parte conserva su soberanía.

Entre las particularidades que posee el federalismo, es que siempre requerirá de ser acompañada de una carta magna esto debido a que será el documento que marque las pautas a seguir en el funcionamiento de cada estado; esto dará unión pero también detallara la forma en que los poderes presentes se repartirán las tareas y funciones a realizar. También debemos de recordar que el federalismo es las doctrinas donde su enfoque será ideológico, político, social y económico, abarcara todas las áreas posibles de crecimiento.

De las principales contribuciones del federalismo encontramos que es un sistema que permite los pesos y contrapesos en la vida política, cuyo funcionamiento dependerá de la cooperación y creación de organismos donde las partes deben de lograr la colaboración mutua para obtener los objetivos que se han planteado. El federalismo es uno de los modelos que ha permitido los objetivos de paz necesarios para su construcción y desarrollo de la democracia.

El federalismo responde, entre otras, a las siguientes necesidades:

a. Organizar política y racionalmente grandes espacios geográficos incorporando relaciones de paridad entre sus distintas unidades y suprimiendo las relaciones de subordinación empleadas en los imperios y colonias de los siglos pasados;

b. Integrar unidades relativamente autónomas en una entidad superior, salvaguardando sus peculiaridades culturales propias;

c. Necesidad de dividir el poder para salvaguardar la libertad. Tal como sucede con la división de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, también se puede hacer una división “territorial” del poder, que se implementa a través de una partición funcional y competencial que diferencia los ámbitos posibles de actuación de cada nivel de gobierno.

El federalismo en México nos ha permitido construir la República que tenemos hoy en día, su reconocimiento es fundamental debido a que su implementación posee las características necesarias para hacer las adecuaciones pertinentes conforme a las nuevas necesidades y circunstancias.

IV. De los artículos 40 a 44, 115 a 119, 122 y 124 encontramos el fundamento constitucional del federalismo mexicano.

En el Artículo 40 señala que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos.

En el Artículo 41 se contempla las reglas, normas y características específicas de los procesos democráticos; se definen sus fines, naturaleza, sujetos participantes del sistema democrático, prerrogativas de estos.

Por su parte el artículo 42 delimita los espacios que le pertenecen a la República.

En el Artículo 43 se elista los estados pertenecientes a la República Mexicana.

En el Artículo 44 se establece que la Ciudad de México es la entidad federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos.

En el artículo 115 se establece que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre.

En el artículo 116 queda señalado que el poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

En el artículo 117 se establece que los Estados no pueden, en ningún caso: Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las Potencias extranjeras.

En el artículo 118 se señala que los estados no pueden obtener beneficios económicos por el volumen de las mercancías cuando son transportadas en los puertos, ni establecer impuestos o beneficios económicos cuando entre o salga mercancía del país, ya que ello le corresponde al Gobierno federal.

En el artículo 119 se establece que los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a los Estados contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o transtorno interior, les prestarán igual protección.

En el artículo 124 queda señalado que las facultades que no están expresamente concedidas por la Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias.

V. Como un elemental acto de civismo, los diputados que suscribimos la presente iniciativa, consideramos procedente proponer que en los órganos del Estado, poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial; así como los órganos constitucionales autónomos, durante el año 2024 deben de usar en su papelería oficial, al rubro o al calce la leyenda “2024, año del bicentenario del federalismo mexicano”.

Dicha propuesta refrenda nuestro compromiso como país de resaltar la importancia del federalismo como un concepto político y jurídico de nuestra organización constitucional que, una vez establecido en la Carta Magna de 1824, continúo en la de 1857 y en la Constitución de 1917 que actualmente nos rige.

Por lo anteriormente fundado y expuesto, sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se declara a 2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano

Artículo Primero. El honorable Congreso de la Unión declara a 2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano.

Artículo Segundo. Durante 2024, en toda documentación oficial de la Federación se inscribirá la leyenda: “2024, Año del Bicentenario del Federalismo Mexicano”.

En estricto apego al principio de distribución de competencias, se invita a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México a adherirse a la presente declaratoria.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día 1o. de enero de 2024 y concluirá su vigencia el 31 de diciembre del mismo año.

Segundo. El Ejecutivo federal, en coordinación con los Poderes Legislativo y Judicial, los Órganos Constitucionales Autónomos, y los Organismos Descentralizados, establecerá un programa de actividades para dar relevancia a la declaración decretada.

Notas

1 “Los debates parlamentarios en torno al Acta Constitutiva de la Federación de 1824 y Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824”. Cámara de Diputados, 1era edición, 2014, p. VII.

2 “Derecho Constitucional Mexicano”, Felipe Tena Ramírez, Ed. Porrúa, México, 1985, Vigésima primera edición. P. 108.

3 Vázquez, N. G. (s. f.). Federalismo — Prontuario de la democracia.

https://prontuario-democracia.sociales.unam.mx/federalismo/

4 Carbonell, M. (2003). El federalismo en México: principios generales y distribución de competencias. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano, 1(2003).

https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/anuari o-derecho-constitucional/article/download/3595/3355

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada y diputados: Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Oscar de Jesús Almaraz Smer, Pedro Garza Treviño, Miguel Ángel Varela Pinedo (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



LEY DE VIVIENDA

«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González, y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Gina Gerardina Campuzano González, y las diputadas y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad que le otorga los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, a fin de establecer el derecho a adquirir una vivienda adecuada, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho a la vivienda es uno de los menos estudiados por parte de la teoría constitucional. Toda vez que, si comparamos los análisis que existen sobre la libertad de expresión, la no discriminación y sobre el medio ambiente, con los que se refieren al derecho a la vivienda, nos damos cuenta de inmediato de esta poca atención que ha merecido éste derecho fundamental.

En México actualmente, la ley de vivienda, estable en sus diversos artículos el derecho a una vivienda “digna y decorosa”, término que en su momento coincidía con lo que establecía el artículo cuarto Constitucional. Actualmente, esta terminología está en desuso y ello motivo una reforma Constitucional hoy vigente al artículo 4 de la Constitución estableciendo un nuevo concepto mismo que contiene criterios apegados a los estándares internacionales y en congruencia a las acciones afirmativas que para el cumplimiento de cualquier derecho fundamental el Estado deba instaurar.

Desde tiempos antiguos, el acceso a una vivienda ha sido una necesidad básica para la supervivencia, y un pilar para llevar una vida segura, autónoma e independiente. El derecho a la vivienda va más allá de proporcionar un simple espacio para residir o dormir; es una base esencial para el ejercicio y disfrute de otros derechos. Sin una vivienda, muchos otros derechos se ven amenazados.

La aspiración a una vivienda adecuada encierra, de hecho, un conglomerado de derechos. Su vulneración afecta derechos fundamentales como el derecho al trabajo, dificultando su búsqueda y permanencia. Pone en riesgo la integridad física y mental, sobre todo cuando se vive con la incertidumbre de no poder costear un alquiler. Además, limita el acceso a la educación, la salud y el libre desarrollo de la personalidad. Restringe, por último, el derecho a elegir un lugar adecuado para vivir, la privacidad y la vida familiar.

El estado de derecho se fortalece cuando la norma se cumple, es decir; si la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sufrió una modificación para adecuarse a los estándares internacionales, en esa congruencia, se identifica la necesidad de reformar la legislación secundaria, en particular la Ley de Vivienda, ya que, de continuar con la redacción actual, se vulnera por la ambigüedad y falta de actualización del texto por las diferencias con la Carta Magna, y, sobre todo, porque el alcance y fines del nuevo concepto es más amplio en derechos fundamentales, en tanto que el termino hoy en desuso tenia vaguedades, vacíos jurídicos en su aplicación e interpretación judicial, por lo que no cumplía los objetivos y fines que en su momento se pretendieron establecer.

Una de las problemáticas que se observó, fue que, la credibilidad de los ciudadanos en las instituciones y en la ley, decreció y, la consolidación del estado de derecho se rezagó. Ante las imprecisiones de la ley, resulta imperativa una revisión y actualización a la legislación secundaria por profesionales en la materia comprometidos con la visión de un México mejor, para realizar las modificaciones o reformas pertinentes con el objeto de que sea una realidad la consolidación del estado de derecho.

Por ello, atendiendo a dicha reflexión, se sugiere cambiar el texto “vivienda digna y decorosa” por el de “ vivienda adecuada”, como ya expuse, hoy, el concepto de vivienda adecuada se amplía y se va enriqueciendo por las aportaciones de los organismos internacionales y por constitucionalistas.

Asimismo, en la Estrategia Mundial de la Vivienda preparada por la ONU, la “ vivienda adecuada” se define como; “ un lugar donde poderse aislar si se desea, espacio adecuado, seguridad adecuada, iluminación y ventilación adecuadas, una infraestructura básica adecuada y una situación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos, todo ello a un costo razonable”.

Las Naciones Unidas calculan que hay más de 100 millones de personas sin hogar y más de 1,000 millones alojadas en viviendas inadecuadas en todo el mundo. No existe indicación de que estén disminuyendo esas cifras.

Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deben tener acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua potable, a energía para la cocina, la calefacción y el alumbrado, a instalaciones sanitarias y de aseo, de almacenamiento de alimentos, de eliminación de dese-chos, de drenaje y a servicios de emergencia, es decir, que las viviendas cuenten con un estándar de servicios básicos.

Una vivienda adecuada debe ser habitable, en sentido de poder ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes y de protegerlos del frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otras amenazas para la salud, de riegos estructurales y de vectores de enfermedad. Debe garantizar también la seguridad física de los ocupantes.

La vivienda adecuada debe encontrarse en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo, los servicios de atención de la salud, centro de atención para niños, escuelas y otros servicios sociales. La vivienda no debe construirse en lugares contaminados ni en la proximidad inmediata de fuentes de contaminación que amenazan el derecho a la salud de los habitantes.

Es claro que la estructura del concepto “ digna y decorosa” corresponde a un determinado tiempo histórico; por ello es necesario actualizarlo con una leyenda que defina objetivamente el texto constitucional y su legislación secundaria; más aún, cuando Organismos, Convenciones, Acuerdos internacionales y otras Constituciones manejan el término “vivienda adecuada”, que también incluye espacio, accesos, servicios, seguridad, iluminación, ventilación e infraestructura básica adecuada, además de una situación adecuada en relación con el trabajo, todo ello a un costo razonable.

Para mayor abundamiento se precisa, que, como parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, México ha asumido obligaciones que se expresan en la relatoría de la 59 Sesión de la Comisión de Derechos Humanos realizada en México los días 4 al 15 de marzo de 2003. En ella se establecen cuatro medidas para hacer efectivo el derecho a una vivienda adecuada:

Respetar el derecho a una vivienda adecuada. La obligación de respetar el derecho a una vivienda adecuada exige al Estado y sus agentes abstenerse de llevar a cabo, patrocinar o tolerar, ya sea individualmente o en asociación con terceros, toda práctica, política o medida jurídica que viole el derecho o impida el acceso a la vivienda, los servicios, los materiales conexos y los recursos.

Proteger el derecho a una vivienda adecuada. La obligación de proteger el derecho a una vivienda adecuada exige que el Estado y sus agentes impidan la violación de ese derecho por el propio Estado, por personas, entidades privadas y otros actores no estatales.

Hacer efectivo el derecho a una vivienda adecuada. Las condiciones inadecuadas de vivienda reflejan y profundizan la denegación del derecho a una vivienda adecuada, lo que a su vez también afecta el goce de otros derechos, como el derecho a la salud, el agua, la educación y la alimentación. Realizar (facilitar) el derecho a una vivienda adecuada. La obligación del Estado de rea-lizar (facilitar) el derecho a una vivienda adecuada significa que debe cumplir un papel activo en la puesta en marcha de actividades encaminadas a fortalecer el acceso de las personas a los recursos y los medios que les permitan ejercer su derecho a una vivienda adecuada, así como la utilización de esos recursos y medios”.

Es entonces, que el hecho de que organismos internacionales, regionales, nacionales aborden el tema de vivienda permanentemente y con un sentido integral, indica la relevancia que tiene como derecho básico. Hasta lo que se ha podido observar en el acervo que existe sobre la vivienda, es que el concepto vivienda adecuada reúne una “ concepción integral”, que le da indivisibilidad y universalidad al concepto. Ubicarlo en la legislación mexicana significa fortalecerlo como un derecho pleno a la vivienda.

Lo justo sería que todos los mexicanos pudieran adquirir una vivienda adecuada y contar con el mecanismo de ley para proteger su patrimonio familiar. Mismo que dentro de los preceptos de igualdad constitucional debe abarcar a todos los mexicanos. Por ello, el derecho debe otorgarse a una vivienda, específicamente, la vivienda en donde se asienta la familia, y la cual se constituye de acuerdo con la capacidad económica que cada mexicano tiene para disponer de su propia vivienda.

También, es necesario precisar que a principios de 2021 la Cámara de Diputados llevó a cabo un parlamento abierto sobre la pertinencia de modificar el párrafo VII del artículo 4o. Constitucional para sustituir la frase vigente de “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa”, por “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda adecuada” y en su legislación secundaria en la materia.

Es entonces, que las implicaciones de dicha propuesta actualizarían y armonizaría el derecho de acceso a la vivienda adecuada en México con relación a Tratados Internacionales para incluir una transversalidad en las políticas públicas en la materia y en los indicadores de acceso y disfrute de este derecho podrían ser evaluados por organismos internacionales en la materia.

Por tanto, es improrrogable una profunda revisión sobre legislación secundaria, para que todos los ciudadanos sean sujetos de ese derecho y la igualdad no sólo sea un referente del texto constitucional. Se trata de que todos los mexicanos adquieran una vivienda adecuada, esto es lo que da sustento a la garantía constitucional.

Esta Iniciativa tiene por objeto garantizar el derecho de toda persona a adquirir una vivienda adecuada debe ser consustancial al marco de igualdad que garantiza nuestra Carta Magna y es obligación del Estado de garantizarla.

Es por lo anterior, que la presente iniciativa propone que se reforme el primer párrafo del artículo 1 de la ley de vivienda, para establecer que sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de una vivienda adecuada.

Asimismo, se considera necesario reformar el artículo 2 de la referida ley, para establecer que se considerará una vivienda adecuada la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos.

Atendiendo al espíritu de brindar mayor precisión en la política nacional de vivienda y mejoramiento, se propone reformar la fracción IX y XII del artículo 4 de la ley de vivienda, para precisar lo que se entenderá que, para los efectos de esta Ley, especificando en su definición el terminó de vivienda adecuada.

La modificación al artículo 5 de la referida ley, tiene el propósito de establecer que las políticas y los programas públicos de vivienda, así como los instrumentos y apoyos a la vivienda deberán considerar los distintos tipos y modalidades de producción habitacional, entre otras; propiciando que la oferta de una vivienda adecuada refleje los costos de suelo, de infraestructura, servicios, edificación, financiamiento y titulación más bajos de los mercados respectivos, para lo cual incorporarán medidas de información, competencia, transparencia y las demás que sean convenientes para lograr este propósito.

Además, se modifica la fracción I del artículo 19 de la ley en comento, con el propósito de establecer que corresponde a la comisión, formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del gobierno federal orientadas a proteger y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda adecuada, principalmente de la población de menores ingresos o en situación de pobreza.

De la misma forma, se modifica la fracción IV del artículo 34 de la ley de vivienda, para establecer que, para cumplir con su objeto, la Comisión Intersecretarial tendrá entre sus funciones el conocer las evaluaciones de los programas de vivienda y de la aplicación de las acciones e inversiones intersectoriales para el logro de una vivienda adecuada, y en su caso, formular las propuestas correspondientes.

Por último, se modifica el primer párrafo del artículo 77 de la misma ley, para establecer que la Secretaría y la Comisión fomentarán la participación de los sectores público, social y privado en esquemas de financiamiento dirigidos al desarrollo y aplicación de ecotécnicas y de nuevas tecnologías en vivienda y saneamiento, principalmente de bajo costo y alta productividad, que cumplan con parámetros de certificación y cumplan con los principios de una vivienda adecuada.

En Acción Nacional sabemos que es necesario establecer dentro de la constitución y la legislación secundaria, de forma precisa, no como una figura decorativa sino como un derecho establecido en la normatividad la obligación del Estado para proporcionar viviendas adecuadas a todos los mexicanos, adaptándolas en todo momento a las normas que exige la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales de los que México forma parte.

Fundamento legal

Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de diputada del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversos artículos de la ley de Vivienda

Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 1, se reforma el artículo 2, la fracción IX y XII del artículo 4, se reforma el artículo 5, la fracción I del artículo 19, la fracción IV del artículo 34 y primer párrafo del artículo 77; todos de la Ley de Vivienda, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de una vivienda adecuada.

...

...

Artículo 2. Se considerará una vivienda adecuada la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos.

Artículo 4. ...

I. a VIII. ...

IX. Mejoramiento de vivienda: la acción tendiente a consolidar o renovar las viviendas deterioradas física o funcionalmente, mediante actividades de ampliación, reparación, reforzamiento estructural o rehabilitación que propicien una vivienda adecuada;

X. a XI. ...

XII. Política Nacional de Vivienda: el conjunto de disposiciones, criterios, lineamientos y medidas de carácter general que se establecen para coordinar las acciones de vivienda que realicen las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como su concertación con los sectores privado y social, con la finalidad de cumplir con el mandato constitucional del derecho a una vivienda adecuada;

XIII. a XV. ...

Artículo 5. Las políticas y los programas públicos de vivienda, así como los instrumentos y apoyos a la vivienda deberán considerar los distintos tipos y modalidades de producción habitacional, entre otras: la promovida empresarialmente y la autoproducida o autoconstruida, en propiedad, arrendamiento o en otras formas legítimas de tenencia; así como para las diversas necesidades habitacionales: adquisición o habilitación de suelo; lotes con servicios mínimos; parques de materiales; mejoramiento de vivienda; sustitución de vivienda; vivienda nueva; y, capacitación, asistencia integral e investigación de vivienda y suelo, propiciando que la oferta de una vivienda adecuada refleje los costos de suelo, de infraestructura, servicios, edificación, financiamiento y titulación más bajos de los mercados respectivos, para lo cual incorporarán medidas de información, competencia, transparencia y las demás que sean convenientes para lograr este propósito.

Artículo 19. ...

I. Formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del Gobierno federal orientadas a proteger y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda adecuada, principalmente de la población de menores ingresos o en situación de pobreza;

II. a XXV. ...

Artículo 34. ...

I. a III. ...

IV. Conocer las evaluaciones de los programas de vivienda y de la aplicación de las acciones e inversiones intersectoriales para el logro de una vivienda adecuada, en su caso, formular las propuestas correspondientes;

V. a VIII. ...

Artículo 77. La Secretaría y la Comisión fomentarán la participación de los sectores público, social y privado en esquemas de financiamiento dirigidos al desarrollo y aplicación de ecotécnicas y de nuevas tecnologías en vivienda y saneamiento, principalmente de bajo costo y alta productividad, que cumplan con parámetros de certificación y cumplan con los principios de una vivienda adecuada.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 José Alberto del Rivero el Rivero, Miguel Alberto Romero Pérez (2010), La vivienda como derecho constitucional, colección pensamientos y estudios jurídicos,Universidad Juárez Autónoma de Tabasco.

2 Pisarello, Gerardo, Vivienda para todos: un derecho en (de) construcción. El derecho a una vivienda digna y adecuada como derecho exigible, citada, página 25.

3 Ibídem.

4 Folleto Informativo número 21. El derecho humano a una vivienda adecuada. Publicado por la ONU. Consultable en la página de Internet, www.unhchr.ch/spanish/html/menu6/2/fs21_sp.htm.

5 Kothari, Miloon, Los derechos económicos, sociales y culturales, relatoría sobre su visita a México referente a una vivienda adecuada como parte de un derecho a un nivel adecuado, y sobre el derecho a la no discriminación, México 2003, página 31.

6 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.



SE MODIFICA LA FECHA DE EFEMÉRIDE DEL DÍA NACIONAL DEL TEQUILA, DEL TERCER SÁBADO DE MARZO AL 24 DE JULIO DE CADA AÑO

«Iniciativa de decreto por el que se modifica la fecha de efeméride del Día Nacional del Tequila, del tercer domingo de marzo al 24 de julio de cada año, a cargo del diputado Sergio Barrera Sepúlveda, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Sergio Barrera Sepúlveda, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que modifica la fecha de efeméride del Día Nacional del Tequila, del tercer domingo de marzo al 24 de julio de cada año, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El tequila es la bebida nacional por excelencia y símbolo distintivo de México en el mundo, no solo por la calidad que la caracteriza, sino porque conlleva un legado de cultura y tradición de la región territorial donde se elabora, al grado que se le otorgó la protección como denominación de origen, convirtiéndose en un bien nacional de conformidad con el artículo 268 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y, por ende, la correspondencia del Estado mexicano de su protección y fomento, es así que solo podrán usar dicha denominación tequila los productores que previamente obtengan la autorización que al efecto expida la autoridad competente.

En ese tenor, “el 12 de septiembre de 1974 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria General de Protección de la Denominación de Origen Tequila, siendo la primera que se otorgó en nuestro país para un producto ciento por ciento mexicano, modificándose mediante publicación del 13 de octubre de 1977”. Desde entonces se convirtió en un ejemplo para que los titulares de otros productos busquen dicha distintividad.

“Es conveniente fortalecer a la Denominación de Origen Tequila ya que es un factor importante de desarrollo en las regiones donde se autoriza su producción, beneficiando a miles de familias que giran en torno a su elaboración y comercialización. Actualmente la actividad el tequila genera alrededor de 90 mil empleos directos, sobre todo, en beneficio del sector productivo agrícola, tan solo para el cierre del año 2022 se plantaron alrededor de 372.61 millones de plantas, en 112 mil 912.12 hectáreas dentro de las regiones de los cinco estados de la República Mexicana, Jalisco, Nayarit, Guanajuato, Michoacán, Tamaulipas; que comprende el territorio de la Denominación de Origen Tequila”.

Debido a los mecanismos regulatorios establecidos por el Gobierno federal, a través de la Secretaría de Economía, se ha logrado mantener la calidad y asegurar la autenticidad de la Denominación de Origen Tequila, posicionándose en el gusto y reconocimiento en los mercados internacionales hasta alcanzar la distintividad como icono de mexicanidad y un regalo de México para el mundo, lo que ha permitido el aumento en las exportaciones a más de 120 países que generan ingresos de alrededor de 4.08 billones de dólares de divisas en beneficio de todo el país, así mismo:

-La producción del Tequila en 2022 fue de 651.4 millones de litros a 40 por ciento Alc. Vol.

-La exportación del Tequila en 2022 cerró con 416.8 millones de litros a 40 por ciento Alc. Vol.

-Existen más de 500 marcas desarrolladas en el extranjero

-Más de 1 mil 700 marcas para envasado nacional al 2022

-En el 2022 se generó un valor total de exportaciones por 4.08 billones de dólares americanos

-A la fecha se tienen registradas 184 destilerías para la fabricación de tequila y

-En México más de 1 de cada 3 bebidas espirituosas consumidas es el tequila

-El valor estimado del mercado nacional del tequila en el 2022 fue de 41 mil 100.20 millones de pesos.

“La importancia de las plantaciones del agave como materia prima para la elaboración del tequila, derivó en que el 12 de julio de 2006, se inscribiera la declaración del Paisaje Agavero y las Antiguas Instalaciones Industriales de Tequila, como Patrimonio Mundial de la Humanidad por la Unesco, en la categoría de Paisajes Culturales, hecho acontecido durante la XXX Asamblea de dicho organismo, que se desarrolló en Vilnius, capital de Lituania, hecho que a esta bebida le da una relevancia internacional de protección y preservación”.

En ese contexto para el fortalecimiento de la Denominación de Origen Tequila, el 26 de abril del año 2018, este honorable Congreso decretó el tercer sábado de marzo de cada año el “Día Nacional del Tequila”, publicándose en el Diario Oficial de la Federación por el Ejecutivo federal el 29 de mayo del 2018.

No obstante, vemos la necesidad de cambiar la fecha de la celebración del Día Nacional del Tequila, del tercer sábado de marzo al 24 de julio de cada año, para empatarla con la fecha en que se celebra al Tequila en Estados Unidos de América, al cual se destina alrededor del 80 por ciento del producto exportado y en donde se le ha dado gran auge y difusión a esa fecha en todo el mundo, luego entonces, para no crear confusión que desincentive y divida el entusiasmo por la celebración del tequila, así como para mantener el impulso y los logros alcanzados de fomento, buena imagen y prestigio de esa bebida mexicana y con el afán de fortalecer mecanismos que permitan enviar mensajes positivos que promuevan actividades que incentiven el consumo responsable, así como la cultura y tradición que resalten los factores naturales y humanos que giran en torno a la producción del tequila, es por lo que se debe empatar el reconocimiento, tanto a nivel nacional como Internacional, conmemorándolo en México el mismo día que en otras latitudes del mundo.

El Día Nacional del Tequila en México tiene varias ventajas y beneficios para el país:

-Promoción del turismo: Esta celebración atrae a turistas nacionales e internacionales interesados en conocer más sobre la cultura mexicana y la producción de tequila. Esto impulsa la industria turística y genera ingresos para la economía local.

-Promoción de la industria del tequila: El tequila es uno de los productos más emblemáticos de México y una importante exportación. El Día Nacional del Tequila ayuda a promover esta industria a nivel nacional e internacional, aumentando su visibilidad y demanda.

-Fomento del orgullo nacional: Esta celebración refuerza el orgullo de los mexicanos por su patrimonio cultural y la contribución de México al mundo a través del tequila.

-Conciencia sobre el consumo responsable: A menudo, se enfatiza la importancia de disfrutar el tequila de manera responsable durante las festividades, promoviendo la seguridad y la moderación en el consumo de alcohol.

-Estímulo a la producción local: El Día Nacional del Tequila impulsa la producción de tequila en México, lo que a su vez beneficia a los agricultores de agave, destilerías y trabajadores en la industria.

El simple hecho de que el día del tequila dentro del país tenga dos celebraciones no repercute directamente a la comunidad local que en este caso somos los mexicanos, pero si en un ámbito internacional, causando ciertas desventajas el manejar un día diferente a la celebración internacional de éste emblemático elixir; entre esas desventajas se encuentran:

-Confusión: Esto podría llevar a la confusión entre los ciudadanos y turistas (especialmente), ya que la fecha actual (24 de julio) está ampliamente establecida y reconocida por la Unesco.

-Pérdida de oportunidades turísticas: La fecha actual ha demostrado ser efectiva para atraer turistas y promover el turismo relacionado con el tequila, el manejar una fecha única donde sea reconocida a nivel internacional le da un revuelo importante a nuestra cultura de reconocimiento.

Lo que nos lleva a preguntarnos, ¿traerá algún beneficio empatar el día nacional del tequila con su celebración internacional al país? Esto se puede responder de manera afirmativa pues hay muchas ventajas que se pueden aprovechar de este cambio.

-Mayor visibilidad a nivel internacional: Al sincronizar ambas celebraciones, México podría aprovechar el Día Internacional del Tequila para promover su cultura del tequila a nivel global. Esto podría atraer más atención de los amantes del tequila en todo el mundo y aumentar las exportaciones de esta bebida.

-Consolidación de la identidad del tequila: Al alinear las fechas, se fortalecería la identidad del tequila como un producto emblemático de México y se destacaría en el escenario internacional, lo que podría aumentar su reconocimiento y demanda.

-Simplificación de la promoción: Tener una fecha única para celebrar el tequila facilitaría la promoción y organización de eventos relacionados con esta bebida tanto a nivel nacional como internacional.

-Mayor participación internacional: La coincidencia con el Día Internacional del Tequila podría fomentar la participación de otros países en las festividades y eventos relacionados con el tequila, lo que enriquecería la diversidad cultural en estas celebraciones.

-Beneficios económicos: La consolidación de la celebración del tequila en una fecha podría generar un aumento en el turismo relacionado con el tequila y beneficiar a la industria tequilera en términos de exportaciones y ventas.

En resumen, empatar el Día Nacional del Tequila de México con el Día Internacional del Tequila podría brindar una oportunidad única para promover el tequila a nivel internacional, fortalecer su identidad como un producto mexicano icónico y generar beneficios económicos tanto a nivel nacional como internacional.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto por el que se declare el cambio de fecha del Día Nacional del Tequila, del tercer sábado de marzo al 24 de julio de cada año

Único. Se declara el 24 de julio como Día Nacional del Tequila.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Consejo Regulador del Tequila.

https://www.crt.org.mx/index.php/es/pages-3/declaratoria

2 La denominación de origen del tequila: pugnas de poder y la construcción de la especificidad sociocultural del agave azul.

https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid= S0185-06362007000100007

3 Ibidem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Sergio Barrera Sepúlveda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



EXTRAÑAMIENTO AL PODER JUDICIAL POR LA SISTEMÁTICA LIBERACIÓN DE PERSONAJES DE ALTO PERFIL DELICTIVO

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se hace un extrañamiento al Poder Judicial por la sistemática liberación de personajes de alto perfil delictivo, sin considerar los derechos de las víctimas y el interés nacional, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se hace un enérgico extrañamiento al Poder Judicial por la sistemática liberación de personajes de alto perfil delictivo, sin considerar los derechos de las víctimas y el interés nacional, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. — Desde la llegada de la ministra Norma Piña a la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de manera por demás anormal y sospechosa, las personas juzgadoras se han dedicado a encubrir y liberar a presuntos delincuentes de cuello blanco.

Así lo señaló el presidente Andrés Manuel López Obrador: “El presidente Andrés Manuel López Obrador criticó a la ministra Norma Piña Hernández, señaló que tras su nombramiento como presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha desatado una ola de resoluciones a favor de presuntos delincuentes, entre ellas la cancelación de la orden de aprehensión contra el exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca y la liberación de cuentas de Linda Cristina Pereyra Gálvez, esposa de Genaro García Luna, declarado culpable por sus vínculos con el Cártel de Sinaloa.” (Capital21 2023)

Segunda. — En mayo de este año, el presidente López Obrador denunció en una de sus conferencias matutinas que el Poder Judicial está infectado de jueces corruptos al servicio de potentados.

“... acusa la existencia de jueces corruptos y al servicio de narcotraficantes y de potentados. Esta vez ha tomado como referencia la orden de un juez de liberar a Héctor “El Güero” Palma, fundador del Cártel de Sinaloa. (...) el Poder Judicial está secuestrado, está tomado por la delincuencia de cuello blanco y por la delincuencia organizada”, ha afirmado el mandatario en su conferencia de prensa diaria.” (Raziel 2023)

Tercera. — Casos que levantan sospecha y confirman lo que el presidente ha mencionado en reiteradas ocasiones, son la absolución que hizo un juez del narcotraficante Héctor “El Güero” Palma por del delito de delincuencia organizada (sin embargo, la FGR cumplimentó una orden de aprehensión por homicidio calificado para frenar su liberación) (Camhaji 2023).

Cuarta. — Otro caso, por demás sospechoso, es el del abogado y prestanombres de Peña Nieto: Juan Collado, después de que un juez le “... otorgó la libertad provisional al abogado Juan Collado, aunque deberá usar un brazalete electrónico en el tobillo, además de que no podrá salir del país.” (Hiriart 2023)

A este respecto, el presidente Andrés Manuel López Obrador comentó: “... la liberación del abogado Juan Collado y acusó que lo protege el Poder Judicial y se valió de sus influencias, pues, afirmó que le consta, que fue el abogado más cercano al expresidente Carlos Salinas de Gortari y otros políticos mexicanos.” (Caña 2023)

Quinta. — En el año 2022, el juez Samuel Ventura Ramos liberó a 24 implicados en el caso Ayotzinapa, con lo cual suman 120 presuntos implicados en ese lamentable hecho del sexenio de Enrique Peña Nieto. (Redacción Proceso 2022)

Sexta. — No debe olvidarse que el juez Ventura Ramos, “... adscrito al Juzgado Tercero de Distrito en procesos penales federales con sede en Matamoros, Tamaulipas, es el mismo juez que la semana pasada exoneró a José Luis Abarca, expresidente municipal de Iguala, por el delito de secuestro en el caso Ayotzinapa.” (Redacción Proceso 2022)

Séptima. — El caso de Emilio Lozoya Austin es otro ejemplo de la corrupción que impera en el poder judicial de nuestro país:

<<Respecto del caso del exdirector general de Pemex por la compra irregular de la planta chatarra de Agronitrogenados, el subsecretario explicó que “el juez Alarcón López ordenó la suspensión del procedimiento que se lleva a cabo en contra de Emilio ‘N’, por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, al incluirlo en el acuerdo de reparación del daño causado a Pemex por parte de[l dueño de Altos Hornos de México] Alonso ‘N’ [Ancira]. Además de que este último no ha cumplido con la totalidad del pago reparatorio a la paraestatal. De esta manera, Emilio ‘N’ obtiene una ventaja indebida en su proceso”.

El general Rodríguez Bucio advirtió que el juez Alarcón López “sustentó la suspensión del procedimiento indebidamente a favor de Emilio ‘N’, en una tesis aislada sobre delitos que son diferentes a los de este caso y la cual no genera derechos, al corresponder a un circuito judicial de Querétaro que no es aplicable obligatoriamente a la Ciudad de México”.>> (Redacción Contralínea 2023)

Octava. — El affaire del Fiscal Uriel Carmona es otro de los tópicos que ponen en duda la imparcialidad y respetabilidad del poder judicial, a este respecto, el general Rodríguez Bucio ha señalado que el Fiscal de Morelos ha sido beneficiado por personas juzgadoras.

<< Rodríguez Bucio explicó que por este asunto se cumplimentaron tres órdenes de aprehensión contra de el exfiscal de Morelos por diversos delitos y, por otro caso, se cumplimentó una cuarta orden de aprehensión por el delito de tortura.

“La primera orden de aprehensión fue por el delito de retraso de la justicia, esto por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Uriel ‘N’ fue detenido en Cuernavaca, Morelos, el 4 de agosto pasado. A raíz de ello, los magistrados Elisa Macrina Álvarez Castro, Reynaldo Manuel Reyes Rosas y Carlos López Cruz del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, aquí en la Ciudad de México, el primero de septiembre ordenaron su inmediata libertad bajo el argumento de no haberse respetado su fuero”.

El subsecretario detalló que la segunda orden por el delito de encubrimiento por favorecimiento. Por ello, Uriel ‘N’ fue reaprehendido el 2 de septiembre, y el juez de Control determinó mantener a Uriel “N” en prisión por riesgo de fuga. Y denunció que posteriormente “los magistrados Juan José Olvera López, Horacio Armando Hernández Orozco y Francisco Javier Sarabia Ascencio del Primer Tribunal Colegiado en materia penal del primer circuito, aquí en la Ciudad de México, el 8 de septiembre concedieron la suspensión provisional de la medida cautelar de prisión preventiva”.

Rodrtíguez Bucio explicó que tras esa decisión, se giró una tercera orden de aprehensión por el delito de feminicidio en calidad de auxiliador, también por la Fiscalía de la Ciudad de México, y Uriel Carmona fue aprehendido en reclusión el 8 de septiembre.

“Posteriormente, los magistrados Miguel Enrique Sánchez Frías, Ana Marcela Zataraín Barrett y Antonia Herlinda Velasco Villavicencio del Séptimo Tribunal Colegiado en materia penal del primer circuito, aquí en la Ciudad de México, el 13 de septiembre resolvieron la suspensión de la medida cautelar de prisión preventiva y ordenaron su inmediata libertad en razón de que cuenta con fuero.”

Asimismo, explicó que se obtuvo una cuarta orden de aprehensión por el delito de tortura con el exfiscal de Morelos. “El 13 de septiembre la Fiscalía del estado de Morelos le notificó a Uriel ‘N’ orden de aprehensión por el delito de tortura cometido en contra de Luis Alberto ‘N’, alias el Diablo, por lo que continúa recluido en el centro penitenciario del Altiplano. Por este caso, la Fiscalía General de la República atrajo ya la investigación”.>> (Redacción Contralínea 2023)

Novena. — Gracias a esta corrupción rampante que hay en el poder judicial, continúan en prisión los más pobres e indefensos de nuestra sociedad y están libres los potentados y poderosos, los delincuentes de cuello blanco, la mafia del poder del PRIAN y del Poder Judicial.

Bajo esta tesitura es que se propone el presente punto de acuerdo.

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados hace un enérgico extrañamiento al Poder Judicial por la sistemática liberación de personajes de alto perfil delictivo, sin considerar los derechos de las víctimas y el interés nacional.

1 Camhaji, Elias. “El Güero” Palma seguirá en prisión: las autoridades frenan su liberación en medio de una intensa batalla judicial. 10 de mayo de 2023.

https://elpais.com/mexico/2023-05-10/las-autoridades-frenan -la-liberacion-de-el-guero-palma-en-medio-de-una-intensa-batalla-judicial.html (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

2 Caña, Pedro Villa y. AMLO acusa al Poder Judicial de proteger al abogado Juan Collado tras su liberación. 22 de septiembre de 2023.

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/amlo-acusa-al-poder-j udicial-de-proteger-al-abogado-juan-collado-tras-su-liberacion/ (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

3 Capital21. Con ministra Piña se desató ola de resoluciones a favor de supuestos delincuentes: AMLO. 3 de marzo de 2023.

https://www.capital21.cdmx.gob.mx/noticias/?p=37836 (último acceso: 03 de septiembre de 2023).

4 Hiriart, Pedro. Juan Collado sale de prisión: Juez le otorga libertad provisional; deberá usar brazalete. 21 de septiembre de 2023.

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2023/09/21/juan-co llado-sale-de-prision-juez-le-otorga-libertad-provisional-debera-usar-brazalete / (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

5 Raziel, Zedryk. López Obrador vuelve a cargar contra los jueces: “El Poder Judicial está tomado por la delincuencia organizada y de cuello blanco”. 18 de mayo de 2023.

https://elpais.com/mexico/2023-05-18/lopez-obrador-vuelve-a -cargar-contra-los-jueces-el-poder-judicial-esta-tomado-por-la-delincuencia-org anizada-y-de-cuello-blanco.html (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

6 Redacción Contralínea. Apuntan contra jueces de casos Collado, Lozoya y Carmona. 19 de septiembre de 2023.

https://diario.mx/nacional/apuntan-contra-jueces-de-casos-c ollado-lozoya-y-carmona-20230919-2100193.html (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

7 –. Bucio exhibe a jueces que favorecieron a Collado, Lozoya y Uriel Carmona. 19 de septiembre de 2023.

https://contralinea.com.mx/interno/semana/bucio-exhibe-a-ju eces-que-favorecieron-a-collado-lozoya-y-uriel-carmona/ (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

8 Redacción Proceso. Juez libera a otros 24 implicados en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa. 21 de septiembre de 2022.

https://www.proceso.com.mx/nacional/2022/9/21/juez-libera-o tros-24-implicados-en-la-desaparicion-de-los-43-normalistas-de-ayotzinapa-29374 4.html (último acceso: 22 de septiembre de 2023).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de septiembre de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



SE SOLICITE AL ALCALDE DE COYOACÁN, SUSPENDER LA ENTREGA DE ARTÍCULOS UTILITARIOS ADQUIRIDOS MEDIANTE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al IECM a solicitar al alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, a suspender la entrega de artículos utilitarios adquiridos mediante presupuesto participativo, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.

Someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta al Instituto Electoral de la Ciudad de México a ordenar al alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, a suspender la entrega de artículos utilitarios adquiridos mediante presupuesto participativo y que tienen como propósito la coacción o el condicionamiento del voto, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera.— Desde hace algunos días, vecinos de Coyoacán han venido denunciando que el alcalde Giovani Gutiérrez ha emprendido una campaña en la que mediante la entrega de diversos artículos utilitarios como lo son tinacos, pintura, pretende coaccionar el sentido del voto de cara a las elecciones de 2024.

Segunda.- Este accionar se vuelva todavía más problemático e ilegal, pues está utilizando dinero del presupuesto participativo para realizar la compra de dichos artículos utilitarios. Además, Giovani Gutiérrez está utilizando dinero del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, para realizar la compra de dichos utilitarios.

Tercera.— A finales de 2022 se denunció que para el presupuesto 2023, el alcalde de Coyoacán no “... permitió un adecuado análisis del proyecto e impedir una mayor discusión durante la sesión extraordinaria del pleno.” (Sánchez, 2022)

Además de que “... los concejales del PRI, PAN y PRD, así como el alcalde Giovani Gutiérrez, usaron su mayoría para impedir a los concejales de Morena continuar la discusión del proyecto tras una primera ronda de preguntas para algunas aclaraciones, en la que se explicó, entre otros temas, que dentro del capítulo 4000 que corresponde a Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, están incluidas las unidades habitacionales como acción social, pero al cerrar el debate ya no permitieron conformar si corresponde a continuar el pintado de las fachadas exteriores de los edificios de azul y blanco, para el que destinó este año 50 millones de pesos, a fin de discutir el punto.” (Sánchez, 2022)

Cuarta. — No es la primera vez que se denuncia el mal uso por parte del alcalde de Coyoacán, del presupuesto, pues desde que asumió su encargo se ha dedicado a utilizar dicho recurso público con fines electorales o, incluso, exorbitantes y de poca utilidad, por decir lo menos. Tal es el caso de los 14 mdp en 2022 sólo por promoverse en Internet. (García, 2023)

O los más de “... 25 millones de pesos en difusión, asesorías de imagen y elencos artísticos.” (Martínez, 2023) o el gasto de los más de 4 millones de pesos que realizó en los últimos 3 meses de 2021 “... en la renta de equipo para eventos y contratación de elencos artísticos para las festividades navideñas y del Día de Muertos.” (Martínez, 2022). O los “... 41 millones 146 mil pesos al programa con el que pintó de azul —que distingue al Partido Acción Nacional en el que milita el alcalde Giovani Gutiérrez Aguilar— el año pasado las fachadas de 300 viviendas particulares y mil 278 edificios de unidades habitacionales, pese al reclamo de concejales de Morena de reorientar esos recursos a proyectos de rehabilitación de las redes de agua potable y drenaje.” (Sánchez, 2023)

Bajo esta tesitura es que se propone el presente punto de acuerdo.

Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Electoral de la Ciudad de México a ordenar al alcalde de Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, a suspender la entrega de artículos utilitarios adquiridos mediante presupuesto participativo y que tienen como propósito la coacción o el condicionamiento del voto.

Bibliografía

1 Coyoacán gasta más de 25 mdp en entretenimiento y propaganda pese a índices de inseguridad [En línea] / aut. Martínez David. - 16 de mayo de 2023. - 23 de septiembre de 2023. -

https://www.reporteindigo.com/reporte/coyoacan-gasta-mas-de-25-m dp-en-entretenimiento-y-propaganda-pese-a-indices-de-inseguridad/.

2 Derroches en festejos de la alcaldía Coyoacán en 2021 [En línea] / aut. Martínez David. - 08 de abril de 2022. - 23 de septiembre de 2023.

https://www.reporteindigo.com/reporte/derroches-en-festejos-de-l a-alcaldia-coyoacan-en-2021/.

3 El alcalde de Coyoacán gastó 14 mdp en 2022 sólo por promoverse en Internet [En línea] / aut. García Sandra Hernández. - 21 de abril de 2023. - 23 de septiembre de 2023.

https://www.jornada.com.mx/notas/2023/04/21/capital/el-alcalde-d e-coyoacan-gasto-14-mdp-en-2022-solo-por-promoverse-en-internet/.

4 El alcalde de Coyoacán prefiere más el ornato que reparar red de agua potable [En línea] / aut. Sánchez Ángel Bolaños. - 05 de mayo de 2023. - 23 de septiembre de 2023. -

https://www.jornada.com.mx/2023/05/05/capital/033n1cap.

5 Sin análisis se aprobó Presupuesto de Egresos en Coyoacán, acusa Morena [En línea] / aut. Sánchez Ángel Bolaños. - 16 de noviembre de 2022. - 23 de septiembre de 2023. -

https://www.jornada.com.mx/noticia/2022/11/16/capital/sin-analis is-se-aprobo-presupuesto-de-egresos-en-coyoacan-acusa-morena-472.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de septiembre de 2023.– Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A LA FGR, A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE PUEBLA Y AL GOBIERNO DE PUEBLA, A INVESTIGAR LO OCURRIDO EN EL PREDIO LA CÁSTULA, EN EL MUNICIPIO DE COATZINGO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR, a la Fiscalía General del estado de Puebla y al gobierno de Puebla a realizar acciones conjuntas para la investigación y esclarecimiento de lo ocurrido en días pasados en el predio conocido como La Cástula, en el municipio de Coatzingo, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado federal Alejandro Carvajal Hidalgo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción I, numeral 1 del artículo 6 y fracción II, numeral 1, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Fiscalía General de la República, a la Fiscalía General del estado de Puebla y al gobierno del estado de Puebla, a realizar acciones conjuntas para la investigación y esclarecimiento de lo ocurrido en días pasados en el predio conocido como La Cástula, en el municipio de Coatzingo, a fin de dar certeza y garantizar la protección y seguridad de los pobladores de la zona, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Hechos ocurridos en los últimos meses en la Mixteca Poblana, tienen a los pobladores de la zona en total incertidumbre y con preocupación ante los riesgos que constituye la presencia de actividades relacionadas al crimen, presuntamente con cárteles del narco.

De acuerdo a lo reportado por diferentes medios informativos:

Un narco laboratorio fue localizado en el municipio de Coatzingo, ubicado en la Mixteca poblana; presuntamente este lugar fue denunciado en varias ocasiones por vecinos de la zona.

El narco laboratorio fue localizado en un predio de más de una hectárea conocido como La Cápsula, hasta ahí llegaron elementos del Ejército Mexicano y Policía Estatal para realizar un fuerte operativo donde presuntamente fueron localizado alrededor de 40 toneles de químicos que son empleados para la fabricación de drogas sintéticas, asimismo paquetes con la droga conocida como cristal.

Hasta el momento se sabe qué en el lugar fue detenida una persona, que al parecer fungía como cuidador del sitio.

Cabe mencionar que habitantes de la zona comentan que este lugar era operado por unos presuntos empresarios, sin embargo, había la presencia de hombres extraños y sospechosos, asimismo del lugar salían malos aromas.

Algunas fuentes indican que debido a gran logística con la que operaba este narco laboratorio posiblemente el inmueble era operado por el Cártel de Sinaloa.

Finalmente, hasta el momento las autoridades no han informado sobre este aparatoso operativo, sin embargo, vecinos de la zona son quienes han proporcionado los datos.

Se comunicó también, que personal de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alta Incidencia (FEIDAI), acudieron al área para realizar labores de investigación y localizaron las instalaciones.

Entre otros elementos ubicaron toneles y bidones, así como presuntos precursores químicos que serían utilizados para elaborar drogas sintéticas.

El narcolaboratorio se ubica en las inmediaciones del paraje La Cástula.

Trascendió que una denuncia ciudadana habría alertado a las autoridades sobre la realización de actividades sospechosas en la zona.

Además de que algunas personas se hicieron pasar por empresarios y gestionaron permisos ante la autoridad municipal para llevar a cabo actividades en esa zona.

Las denuncias ciudadanas y anónimas no son para menos, la situación de inseguridad, muertes, y desapariciones que prevalece en gran parte del país, está directamente relacionada a las actividades ilícitas articuladas por el crimen organizado; la angustia de las familias no sólo se explica en el potencial peligro que implica para la seguridad pública la operación de los cárteles, sino también en otras consecuencias tangibles como el involucramiento de los jóvenes y enfrentamientos que muchas veces cobran vidas de personas ajenas a la delincuencia.

De acuerdo a la reciente nota de Formato Siete, en palabras del investigador Hernández Bringas en los estados donde más prevalece la delincuencia y donde más homicidios se registran de jóvenes es donde está presente el crimen organizado y tiene que ver con las rutas del trasiego de la droga; los jóvenes mexicanos están inmersos en las dos caras de la violencia: son víctimas pero también victimarios... detrás del ‘juvenicidio’ está la violencia, pero también factores económicos, educativos, culturales y sociales, algunos de los cuales los han empujado a las manos del crimen organizado... y que en los estados donde más prevalece la delincuencia y donde más homicidios se registran de jóvenes es donde está presente el crimen organizado y tiene que ver con las rutas del trasiego de la droga”.

Pese a la trascendencia de los hechos, la comunidad sólo cuenta con información extraoficial y lo publicado por medios de comunicación, pues por parte de las autoridades no hay informe de los hechos o de investigación alguna, en caso de que exista carpeta.

En este orden de ideas, es fundamental retomar lo que el artículo 21 constitucional establece respecto de la seguridad pública, como una función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución; así mismo, que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública...

Preservar la paz comprende también que la ciudadanía tenga certidumbre de su entorno, del estado que guarda en materia de seguridad pública el lugar donde vive, cosa que en este caso demanda la población.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Fiscalía General de la República, a la Fiscalía General del estado de Puebla y al gobierno del estado de Puebla, a realizar las acciones conjuntas necesarias para la investigación y esclarecimiento de los hechos que han venido ocurriendo desde el mes de junio del año en curso, en el área conocida como La Cástula, del municipio de Coatzingo, así como para que se haga público un informe a la ciudadanía, a fin de dar certeza y garantizar la protección y seguridad de los pobladores de la zona.

Notas

1 https://municipiospuebla.mx/nota/2023-06-23/coatzingo/hallan-narco-laboratorio- en-coatzingo-supuestamente-del-c%C3%A1rtel-de-sinaloa

2 https://www.eluniversalpuebla.com.mx/estado/descubren-presunto-narcolaboratorio -del-cartel-de-sinaloa-en-coatzingo-puebla/

3 https://formato7.com/2023/08/23/juventud-en-riesgo-153000-jovenes-asesinados-de sde-la-guerra-contra-el-narco/

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Alejandro Carvajal Hidalgo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen.



EXHORTO A LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO ESTATAL, CON MOTIVO DE LA ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES EDUCATIVOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Auditoría Superior del estado de Chihuahua a verificar el cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia, eficiencia, trasparencia y honradez en el ejercicio del gasto público estatal, con motivo de la elaboración y distribución de materiales educativos, a cargo de la diputada Andrea Chávez Treviño, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Andrea Chávez Treviño, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 28 de agosto del presente año con motivo del regreso a clases, más de 24 millones de estudiantes de educación básica volvieron a las aulas y la Secretaría de Educación Pública (SEP) se encargó de distribuir 95,6 millones de ejemplares de la nueva familia de libros de texto gratuitos a lo largo del país para que fueran entregados a las niñas y niños de México desde el primer día de actividades.

Sin embargo, los estados de Chihuahua y Coahuila no recibieron los ejemplares, ya que los gobernadores de dichos estados, presentaron controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para evitar su distribución. De tal forma que para el caso del estado de Chihuahua, la SCJN inició el expediente de la controversia constitucional 400/2023 y el proyecto fue asignado al ministro Luis María Aguilar Morales, quien otorgó la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo del gobierno del estado de Chihuahua y consiguió detener provisionalmente la distribución de libros del texto en el estado grande. Actualmente, la sentencia de fondo en la que el pleno de la SCJN resuelva la controversia constitucional respecto a los libros de texto gratuito se encuentra pendiente.

Ante tal acción, el 18 de agosto pasado, el Gobierno federal presentó un recurso ante la SCJN solicitando revocar tal suspensión pues la decisión del Ministro atenta contra los artículos 1º, 3º y 4º constitucionales en especial, por violar el derecho de la educación universal y el interés superior de la infancia. No obstante, recientemente el recurso fue de-sechado por el mismo ministro Aguilar Morales que reafirmó su decisión, negando así el acceso a las niñas y niños chihuahuenses a los libros de texto gratuito bajo argumentos de falta de formalidad en el proceso de elaboración de los libros de textos y los planes de estudio correspondientes, entre otros argumentos.

Es así que desde el inicio la gobernadora del estado de Chihuahua, Maru Campos, ha buscado por todos los medios posibles detener la distribución de los libros de texto gratuitos en el estado de Chihuahua. Esto es así, pues a la par de las acciones legales emprendidas en medios de comunicación la gobernadora ha llamado a la población a destruir los libros de texto gratuito y a reunir libros viejos, donándolos para suplir la ausencia de libros que ella misma generó. Lo anterior, bajo el argumento de que los libros de texto gratuitos tienen una carga ideológica pues promueven la lucha entre ricos y pobres, satanizan el desarrollo social y personal, promueven la hipersexualización de la niñez procurando inducirlos a riesgos y confusiones en su vida sexual, carecen de metodología para enseñar a leer, escribir y aprender, etc.

En respuesta, la SEP se ha manifestado en el sentido de desmentir información y resolver dudas sobre la distribución de los libros de texto. Particularmente, se ha llevado a cabo un esfuerzo de difusión para desmentir noticias falsas que circulan con relación a los juicios de amparo y otros procedimientos legales relacionados con los libros de texto gratuitos. De forma que no queda duda que la SEP al día de hoy, ha cumplido escrupulosamente con el desahogo de los requerimientos judiciales y detrás de toda estrategia destaca la intención expresa de la gobernadora Maru Campos de impedir la distribución de los libros de texto gratuito por cualquier medio posible.

Los libros de texto gratuitos son fruto de un proceso de elaboración colectiva, de diálogos con profesoras y profesores, padres de familia, diversos sectores de la sociedad, incluso con las niñas y niños de todo el país. Mediante este diálogo se fue construyendo y redefiniendo la propuesta, cuyo centro son precisamente las niñas y niños. Estos libros responden a un nuevo proceso de enseñanza y aprendizaje que considera las etapas de desarrollo de las niñas y niños, en tanto está estructurado por proyectos que se elaboran a partir de la discusión colectiva en los CTE, tomando como base el programa sintético para la elaboración del plan analítico y su puesta en práctica con los elementos didácticos que atienden, precisamente el estadio de desarrollo de los educandos.

Al día de hoy miles de niños en el estado de Chihuahua han sido privados de acceder a los nuevos libros de texto gratuitos, precisamente porque continúa vigente la suspensión que otorgó la SCJN al gobierno del Estado en la controversia constitucional. Es evidente que en esa misma línea de objetivos, en su estrategia de oponerse al ejercicio de las facultades de la SEP en la distribución de los libros de texto gratuitos, hoy el gobierno de Chihuahua comenzó con una fase paralela en un franco desafío al principio de legalidad ya que distribuye material educativo de elaboración propia, sin facultades para ello. La Secretaría de Educación y Deporte del gobierno del estado de Chihuahua, Sandra Elena Gutiérrez Fierro, aseguró que el 28 de agosto pasado iniciaron con la distribución del material de apoyo para los centros escolares nivel educación básica, en lo que se resuelve el fondo la multicitada controversia constitucional.

Dicho material consta de un cuadernillo para que los docentes realicen un diagnóstico sobre el nivel de conocimiento de los estudiantes; material que refuerza las áreas débiles que perciben en el alumnado tras el diagnóstico y con actividades para el desarrollo de habilidades y conocimientos universales.

Al respecto, los padres de familia y docentes en el estado de Chihuahua, han mostrado su inconformidad con la obstaculización en la entrega de libros de texto gratuitos y todo esto ha sucedido en el marco de actuaciones arbitrarias por parte del gobierno estatal que no tiene facultades para crear, definir y distribuir nuevo material educativo, ya que esta es una facultad exclusiva de la SEP. Con sus acciones el gobierno del estado de Chihuahua actúa en contraposición a lo establecido textualmente en el artículo 113° de la Ley General de Educación, que señala que corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal elaborar, editar, mantener actualizados y enviar a las entidades federativas en formatos accesibles los libros de texto gratuitos.

Con relación a lo anterior, no podemos más que preguntarnos, si el gobierno del estado de Chihuahua no se encuentra facultado para elaborar y distribuir materiales ni libros de texto gratuitos para garantizar el derecho a la educación de las y los niños chihuahuenses, ¿con qué fundamento legal se justificó y autorizó la elaboración y distribución de estos materiales educativos y de qué partida del presupuesto estatal fueron sufragados los gastos derivados de estas acciones?

Es notorio que en nuestro sistema jurídico la materia educativa es un ejemplo de aquellas facultades llamadas concurrentes, que quiere decir que tanto el Gobierno federal como los estados tienen facultades para actuar en materia educativa, y el Congreso de la Unión será el que determine la forma y términos de la distribución de esas competencias. Es así, que tanto el gobierno federal como el gobierno del estado de Chihuahua tienen posibilidad de actuar en materia educativa, sin embargo, hay facultades que son exclusivas del gobierno federal, a través de la SEP, como lo es la elaboración y distribución de libros de texto gratuitos según se desprende de los términos señalados en la Ley General de Educación. De forma que la actuación del gobierno del estado de Chihuahua elaborando y distribuyendo sus propios materiales educativos constituye un potencial abuso de funciones y un posible desvío de recursos públicos que debe ser investigado.

Las razones por las que fue necesario realizar gastos a cargo del presupuesto del gobierno del estado de Chihuahua para elaborar y distribuir estos pretendidos materiales educativos sustitutos, fueron creadas por la propia gobernadora Maru Campos quien generó esta necesidad con su necia y obstinada estrategia para frenar la entrega de los libros de texto gratuitos elaborados por la SEP. ¿Cómo puede ser este un uso eficiente, honrado y transparente de los recursos públicos? ¿Cómo puede esta acción encontrar justificación legal privilegiando formalismos sujetos a una controversia judicial, por encima del derecho a la educación y el interés superior de las niñas, niños y adolescentes del estado de Chihuahua?

Es por lo anteriormente expuesto, que se somete a su consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta, respetuosamente, en el ámbito de sus atribuciones a la Auditoría Superior del estado de Chihuahua a realizar una auditoría de los recursos utilizados en la elaboración y distribución de los materiales educativos entregados por el gobierno del estado de Chihuahua, en sustitución de los libros de texto gratuitos de la Secretaría de Educación Pública, a fin de verificar el cumplimiento de los principios de eficacia, eficiencia, honradez y transparencia en el ejercicio del gasto.

Notas

1 Cfr.

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/acuerdos_controversi as_constit/documento/2023-08-14/MIIncSuspContConst-400-2023.pdf

2 Cfr.

https://animalpolitico.com/politica/gobierno-impugna-fallo-corte -libros-texto-chihuahua

3 Cfr.

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/rechaza-ministro-luis-mari a-aguilar-levantar-suspension-a-libros-de-texto-en-chihuahua/

4 Cfr.

https://educacion.chihuahua.gob.mx/sala-prensa/presenta-gobierno -estado-razones-que-motivaron-controversia-constitucional-contra-libros

5 Cfr.

https://www.elheraldodechihuahua.com.mx/local/chihuahua/reparten -cuadernillos-de-apoyo-ante-ausencia-de-libros-de-texto-10607536.html

6 Cfr.

https://www.excelsior.com.mx/nacional/familias-en-chihuahua-marc han-por-reparto-libre-de-libros-de-texto/1604814

7 Cfr. Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Andrea Chávez Treviño (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A LA SEP Y A LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE CHIAPAS APLICAR UN MODELO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA A LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a la Secretaría de Educación del estado de Chiapas a aplicar un modelo de educación inclusiva a las niñas, niños y adolescentes que padezcan del trastorno del espectro autista, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Leonor Coutiño Gutiérrez, en mi calidad de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario Morena de la LXV Legislatura, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Organización Mundial de la Salud , señala que “ los trastornos del espectro autista (TEA) son un grupo de afecciones diversas. Se caracterizan por algún grado de dificultad en la interacción social y la comunicación. Otras características que presentan son patrones atípicos de actividad y comportamiento; por ejemplo, dificultad para pasar de una actividad a otra, gran atención a los detalles y reacciones poco habituales a las sensaciones”.

En particular apunta que “ El autismo suele influir en la educación y en las oportunidades de empleo e impone exigencias considerables a las familias que prestan atención y apoyo.”

Y además dice: “Las personas con autismo presentan a menudo afecciones comórbidas, como epilepsia, depresión, ansiedad y trastorno de déficit de atención e hiperactividad, y comportamientos problemáticos, como dificultad para dormir y autolesiones. El nivel intelectual varía mucho de un caso a otro, y va desde un deterioro profundo hasta casos con aptitudes cognitivas altas.”

Según el estudio sobre “Prevalencia mundial del autismo: actualización de una revisión sistemática”, aproximadamente 1 de cada 100 niños son diagnosticados con trastorno del espectro autista en todo el mundo. Desde 2012, se publicaron 99 estimaciones de 71 estudios que indican una prevalencia mundial del autismo que varía dentro y entre regiones, con una mediana de prevalencia de 100/10.000 (rango: 1,09/10.000 a 436,0/10.000). La mediana de la razón hombre-mujer fue de 4,2. El porcentaje medio de casos de autismo con discapacidad intelectual concurrente fue del 33,0 por ciento.

Cabe señalar que las estimaciones de prevalencia del autismo son esenciales para informar las políticas públicas, crear conciencia y desarrollar prioridades de investigación.

Las intervenciones dirigidas a las personas con autismo y otras discapacidades del desarrollo deben diseñarse y realizarse con la participación de personas que presenten esos trastornos. La atención debe ir acompañada de medidas en el ámbito comunitario y social para lograr mayor accesibilidad, inclusividad y apoyo.

Desde la primera infancia y durante toda la vida, una amplia gama de intervenciones, pueden optimizar el desarrollo, la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas con autismo.

Una vez diagnosticado el autismo, es importante que se les ofrezca al niño o adolescente con autismo y a su familia información y servicios pertinentes, derivación a especialistas y ayudas prácticas de acuerdo con sus necesidades y preferencias y con la evolución de estas.

Las necesidades de atención de salud de las personas con autismo son complejas y requieren una serie de servicios integrados, que abarcan la promoción de la salud, la atención y la rehabilitación.

Segunda. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía los datos del Censo 2020 arrojaron que para el 15 de marzo de 2020 en México residían 126,014,024 (ciento veintiséis millones catorce mil veinticuatro) personas; la prevalencia de discapacidad junto con las personas que tienen algún problema o condición mental a nivel nacional es de 5.69 por ciento o 7,168,178 (siete millones ciento sesenta y ocho mil ciento setenta y ocho).

De éste total, 5,577,595 (cinco millones quinientos setenta y siete mil novecientos noventa y cinco) es decir 78 por ciento, tienen únicamente discapacidad; mientras 723,770 (setecientos veintitrés mil setecientos setenta) equivalente al 10 por ciento, tienen algún problema o condición mental; 602,295 (seiscientos dos mil doscientos noventa y cinco) que representa el 8 por ciento además de algún problema o condición mental tienen discapacidad y 264,518 (4 por ciento) reportan tener algún problema o condición mental y una limitación.

Un estudio de 2016 realizado por Autism Speaks y la Clínica Mexicana de Autismo (CLIMA) identificó que 1 de cada 115 niños tiene autismo, presentándose mayormente en niños que en niñas e identificando que, por cada 5 casos de autismo, 4 de ellos son hombres y 1 es mujer. Es decir, en México los trastornos del espectro autista afectan a uno de cada 115 niños.

De acuerdo con este estudio, casi 1 por ciento de todos los niños en México, alrededor de 400 mil, tienen autismo, lo que hace del autismo un serio problema de salud pública en México.

Es importante la colaboración entre el sector de la salud y otros sectores, en particular los relacionados con la educación, el empleo y la asistencia social.

En este orden de ideas, resulta indispensable la colaboración entre el sector de la salud y otros sectores, en particular los relacionados con la educación, el empleo y la asistencia social.

Tercera. El sistema educativo en México ha sufrido diversas transformaciones que lo han llevado por modelos de enseñanza y aprendizaje muy diferentes, que han cambiado el planteamiento de las formas de lo que se ha de realizar dentro del aula educativa, pero que no han llegado a una modificación de fondo de los procesos que guían y coordinan todo en engranaje que implica; empezando con lo que se hace en realidad dentro del salón de clases, los procesos directivos, las acciones de los padres de familia y también porqué la educación mantiene una conexión directa, implícita e inherente a la sociedad a la cual responde; de donde nacen, se hacen y se forjan los individuos a los cuales la escuela está destinada a brindar conocimientos y formación.

El espectro autista y los trastornos generalizados del desarrollo abarcan un amplio grupo de trastornos cognitivos y neuro-comportamentales que incluyen características que definen el núcleo de la socialización deteriorada, patrones de conducta restringidos y repetitivos y la alteración de la comunicación verbal y no verbal. Estas áreas implicadas representan limitaciones para los niños con trastorno del espectro autista (TEA) que, cuando no son intervenidas, dificultan su aprendizaje e inclusión en la escuela.

La inclusión educativa debe entenderse como una balanza equilibrada entre un aprendizaje y rendimiento escolar de calidad y congruente con las capacidades del estudiante que asegure un aprendizaje significativo para todos. En ese sentido, es relevante conocer los problemas que atraviesan los niños con TEA, así como las intervenciones en salud que abordan estas dificultades y mejoran su desempeño para la correcta fijación de aprendizajes en la escuela.

Si bien la educación no es la única llave para cambiar este estado de situación, debiera disponer de todos los medios a su alcance para evitar que las desigualdades aumenten o se profundicen, como consecuencia de las deficiencias y limitaciones de la propia educación. En este sentido, los sistemas educativos debieran doblar los esfuerzos para equiparar las oportunidades de los alumnos más vulnerables y generar mejores condiciones de aprendizaje que les ayuden a compensar sus diferencias de entrada.

Hacer efectivo el derecho a la educación exige garantizar que todos los niños, niñas y jóvenes tengan, en primer lugar, acceso a la educación, pero no a cualquier educación sino a una de calidad con igualdad de oportunidades. Son, justamente, esos tres elementos los que definen la inclusión educativa o educación inclusiva.

Es decir, la inclusión educativa es consustancial al derecho a la educación o, en forma más definitoria, un requisito del derecho a la educación, toda vez que el pleno ejercicio de este derecho, implica la superación de toda forma de discriminación y exclusión educativa.

Avanzar hacia la inclusión supone, por tanto, reducir las barreras de distinta índole que impiden o dificultan el acceso, la participación y el aprendizaje, con especial atención en los alumnos más vulnerables o desfavorecidos, por ser los que están más expuestos a situaciones de exclusión y los que más necesitan de la educación, de una buena educación.

Por otra parte, siguiendo la misma lógica, no podría haber calidad sin inclusión, ya que, si la calidad es para todos, un indicador o factor de calidad debiera ser la inclusión. Esto nos lleva a plantear, que las escuelas de calidad por definición debieran ser inclusivas. En la práctica el foco de la inclusión es el desarrollo de escuelas inclusivas, que acojan a todos los niños y den respuesta a la diversidad de necesidades educativas y características que éstos presentan.

El manejo de un niño con espectro autista dentro del contexto escolar tiene grandes dificultades. Los procesos de enseñanza-aprendizaje en la atención para estos niños están basados básicamente en lograr que ellos se puedan incorporar lo más posible a la sociedad y sean autosuficientes.

Se requiere el trabajo coordinado con los padres de familia para lograr la implementación de métodos pertinentes en la formación de los niños y además de conseguir extender la enseñanza aprendizaje lo más posible y que los padres se vuelvan los primeros agentes de atención de sus hijos.

Entonces la educación en esta visión de inclusión queda entrelazada también con el modelo educativo por competencias, que se propone en el sistema educativo nacional, la inclusión de los niños y niñas con capacidades diferentes es un tema de orden social que impacta en todos los ámbitos, tanto en el plano educativo, como también en el cultural, el político, el económico, el deportivo, el laboral, etcétera; de la misma forma las competencias deben de tener ese impacto en la sociedad en su conjunto.

Cuarta. A fin de garantizar a todas las personas que padecen el Trastorno del Espectro Autista, su inclusión en la educación, México cuenta con un amplio marco legal. Entre otros ordenamientos contamos con:

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1o. que:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

2. La Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, establece, entre otros puntos, que:

Artículo 10. Se reconocen como derechos fundamentales de las personas con la condición del espectro autista y/o de sus familias, en los términos de las disposiciones aplicables, los siguientes:

I. Gozar plenamente de los derechos humanos que garantiza la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes aplicables;

II. Recibir el apoyo y la protección de sus derechos constitucionales y legales por parte del Estado mexicano —federación, entidades federativas y municipios—;

III. Tener un diagnóstico y una evaluación clínica temprana, precisa, accesible y sin prejuicios de acuerdo con los objetivos del sistema nacional de salud;

IV. Solicitar y recibir los certificados de evaluación y diagnóstico indicativos del estado en que se encuentren las personas con la condición del espectro autista;

V. Recibir consultas clínicas y terapias de habilitación especializadas en la red hospitalaria del sector público federal, de las entidades federativas y municipios, así como contar con terapias de habilitación;

VI. Disponer de su ficha personal en lo que concierne al área médica, psicológica, psiquiátrica y educativa, [al igual que de los certificados de habilitación de su condición,] al momento en que les sean requeridos por autoridad competente;

VII. Contar con los cuidados apropiados para su salud mental y física, con acceso a tratamientos y medicamentos de calidad, que les sean administrados oportunamente, tomando todas las medidas y precauciones necesarias;

VIII. Ser inscritos en el Sistema de Protección Social en Salud, conforme a lo establecido en la Ley General de Salud;

IX. Recibir una educación o capacitación basada en criterios de integración e inclusión, tomando en cuenta sus capacidades y potencialidades, mediante evaluaciones pedagógicas, a fin de fortalecer la posibilidad de una vida independiente;

X. Contar, en el marco de la educación especial a que se refiere la Ley General de Educación, con elementos que faciliten su proceso de integración a escuelas de educación regular;

XI. Acceder a los programas gubernamentales para recibir alimentación nutritiva, suficiente, de calidad, y de acuerdo a las necesidades metabólicas propias de su condición;

XII. A crecer y desarrollarse en un medio ambiente sano y en armonía con la naturaleza;

XIII. Ser sujetos de los programas públicos de vivienda, en términos de las disposiciones aplicables, con el fin de disponer de vivienda propia para un alojamiento accesible y adecuado;

XIV. Participar en la vida productiva con dignidad e independencia;

XV. Recibir formación y capacitación para obtener un empleo adecuado, sin discriminación ni prejuicios;

XVI. Percibir la remuneración justa por la prestación de su colaboración laboral productiva, que les alcance para alimentarse, vestirse y alojarse adecuadamente, así como también para solventar cualquier otra necesidad vital, en los términos de las disposiciones constitucionales y de las correspondientes leyes reglamentarias;

XVII. Utilizar el servicio del transporte público y privado como medio de libre desplazamiento;

XVIII. Disfrutar de la cultura, de las distracciones, del tiempo libre, de las actividades recreativas y deportivas que coadyuven a su desarrollo físico y mental;

XIX. Tomar decisiones por sí o a través de sus padres o tutores para el ejercicio de sus legítimos derechos;

XX. Gozar de una vida sexual digna y segura;

XXI. Contar con asesoría y asistencia jurídica cuando sus derechos humanos y civiles les sean violados, para resarcirlos, y

XXII. Los demás que garanticen su integridad, su dignidad, su bienestar y su plena integración a la sociedad de acuerdo con las distintas disposiciones constitucionales y legales.”

Por su parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el Amparo en Revisión 714/2017, emitió la tesis:

Espectro autista. El artículo 10, fracciones IX y X, de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con esa Condición, establece la obligación de una enseñanza integradora e inclusiva. Conforme al precepto citado, las autoridades educativas, en los ámbitos de sus competencias, no sólo deben permitir el ingreso de personas con espectro autista al sistema educativo regular —integración—, sino que además deben tomar las medidas reformatorias necesarias para transformar el contenido, los métodos de enseñanza, los enfoques, las estructuras y las estrategias de la educación, para eliminar las barreras u obstáculos a los que puedan enfrentarse las personas con discapacidad en el entorno educativo —inclusión—. Ello implica, por una parte, que la persona con la condición de espectro autista tiene derecho a ser educada dentro del sistema regular y, por ende, su exclusión del sistema escolar, como consecuencia de su condición, es discriminatoria; y, por otra, que existan métodos de enseñanza y aprendizaje adaptados a las diferentes capacidades, necesidades y estilos de aprendizaje, lo que implica que la educación se encamine a desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, es decir, que el Estado abandone ciertos paradigmas y prácticas tradicionalistas, para adoptar en su lugar un diseño universal para el aprendizaje, consistente en un conjunto de principios que estructura las acciones de los maestros y demás personal para crear entornos de aprendizaje adaptables y desa-rrollar la formación con el fin de responder a las diversas necesidades de todos los alumnos. En ese contexto, el artículo 10, fracciones IX y X, de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista establece una serie de débitos concretos para las autoridades educativas respecto a la forma en que debe emplearse la enseñanza a personas con discapacidad dentro del sistema educativo regular, a fin de orientarla como verdaderamente inclusiva.”

Quinta. De acuerdo con la Asociación de Autismo Chiapas, en 2015 el Trastorno del Espectro Autista (TEA) afecta a cerca de 40 mil niñas y niños en nuestro país.

De este total, en Chiapas existen cerca de cinco mil niños autistas, según lo dicho por Carol Ajax, fundadora del Spectrum Therapy Center, durante la realización de un conversatorio en Tuxtla Gutiérrez, denominado “Enseñanza responsiva: estrategias para fomentar la comunicación y habilidades socioemocionales de niños con Trastorno del Espectro Autista (TEA)”.

Durante la exposición se señaló que cuando se tiene a un niño autista en la familia es importante considerar sus intereses, nivel de desarrollo y temperamento, recordar que son seres humanos incluso más sensibles que el resto de nosotros.

Con fecha 25 de abril de 2018, se publicó en periódico oficial del estado de Chiapas número 364, la Ley para la Atención de Personas con Trastornos del Espectro Autista para el estado de Chiapas, que, entre otros puntos, establece:

“Los trastornos del espectro autista (TEA), afectan de manera distinta a cada persona y pueden ser desde muy leves a graves. Las personas con TEA presentan algunos síntomas similares, como problemas de interacción social. Pero hay diferencias en el momento en que aparecen los síntomas, su gravedad y naturaleza exacta. Existen tres tipos de TEA:

· Trastorno autista (también llamado autismo “clásico”). Este es el trastorno en que la gente piensa más frecuentemente al escuchar la palabra “autismo”. Las personas con trastorno autista por lo general tienen retrasos significativos en el desarrollo del lenguaje, problemas de socialización y comunicación y conductas e intereses inusuales. Muchas personas con trastorno autista también tienen discapacidad intelectual.

· Síndrome de Asperger. Las personas con síndrome de Asperger suelen algunos síntomas más leves del trastorno autista. Pueden tener dificultad para socializar así como intereses y conductas inusuales. Sin embargo, típicamente no tienen problemas de lenguaje o discapacidad intelectual.

· Trastorno generalizado del desarrollo no especificado (PPD-NOS, por sus siglas en inglés; también llamado “autismo atípico”). A las personas que reúnen algunos criterios para el diagnóstico del trastorno autista o del síndrome de Asperger, pero no todos, puede que se les diagnostique un trastorno generalizado del desarrollo no especificado. Las personas con este trastorno por lo general tienen menos síntomas y estos son más leves que en el trastorno autista. Los síntomas pueden causar solo problemas de socialización y comunicación.

Estadísticamente hablando, se estima que el autismo afecta de dos a diez personas por cada 10 mil habitantes, siendo que por cada cuatro autistas del sexo masculino, hay una del sexo femenino. Se puede encontrar en todo el mundo y en personas de todos los niveles sociales, lo que corrobora la gravedad del problema.

Es de destacar que para la atención y el tratamiento de los menores con cáncer, sida y diabetes, existen centros e institutos de salud especializados, además de que en la red hospitalaria, tanto pública como privada, se les brinda atención, contrario sensu a la falta de instituciones, médicos y terapeutas que atiendan, en número suficiente, a las personas que forman parte de los trastornos autistas.

El 17 de diciembre de 2007, la Organización de las Naciones Unidas instituyó el día dos de abril como el Día Mundial de Concientización sobre el Autismo, como una forma de promover la conciencia y la sensibilización sobre el tema.

En nuestro País, el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con motivo del día del niño, el 30 de abril de 2015, promulgó la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, solicitando a todas las legislaturas de los estados alinear desde el punto de vista legislativo y programático sus esfuerzos con la ley promulgada a efecto de que se dé cumplimiento cabal a la norma jurídica de referencia y con ello se fortalezca el marco normativo y se continúe avanzando en la protección de los derechos humanos de los grupos más vulnerables.

Dicha norma jurídica tiene como objetivo responder al interés general de la sociedad, y como finalidad atender y proteger los derechos de un importante núcleo social que se encuentra en la condición del trastorno autista. Dicha disposición se apega a los conceptos de seguridad social y de asistencia social que están íntimamente vinculados con la percepción del respeto a los derechos de las personas en un marco de libertad y de orden social. La complejidad del problema que se busca combatir, sus particularidades, el objetivo y la finalidad planteada, justificaron la creación de una ley cuyas disposiciones se armonicen y complementen con las normas vigentes.

Cabe hacer mención que estados como Tabasco y Quintana Roo ya legislaron sobre este tema.”

Artículo 1.- La presente ley es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio del estado de Chiapas, la cual tiene por objeto promover la detección y desarrollar estrategias de Intervención Interinstitucional, con el fin de prestar servicios de calidad a las personas que viven con alguno de los TEA, mediante la protección de sus derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados internacionales, sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u ordenamientos.

Los servicios necesarios para la realización de las propuestas establecidos como políticas públicas serán otorgados a través de la Secretaría de Salud, Secretaría de Educación, Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del DIF estatal y municipales, asociaciones de padres de familia y asociaciones civiles, con el objeto de generar estrategias de intervención y apoyo que permitan el acceso a un tratamiento profesional de las personas con TEA y sus familiares.

Artículo 4.- Son políticas públicas del gobierno del Estado, en materia de atención de personas con TEA las siguientes:

I. Promover la inclusión de temas de autismo y sus diversas manifestaciones en las agendas permanentes de las instancias educativas, de salud y sociales, para promover y facilitar la atención especializada, así como la inclusión a favor de las personas con TEA;

II. Impulsar la integración e inclusión a la sociedad, de las personas con la condición del espectro autista, mediante la atención de sus necesidades fundamentales;

III. Proporcionar información y capacitación para la inclusión laboral de las personas con TEA, así como la obtención de un salario justo, sin discriminación ni prejuicios a través de la colaboración de la Secretaría del Trabajo;

IV. Proporcionar atención médica, diagnóstico y prestación de servicios de salud a las personas con TEA, con el propósito de disminuir la carga de enfermedad y morbilidades para así potenciar sus posibilidades de desarrollo; y

V. Proveer infraestructura a través de la gestoría social con organismos empresariales, no gubernamentales, fundaciones, asociaciones civiles; nacionales e internacionales, para facilitar la disponibilidad de espacios seguros para la recreación, la práctica del deporte y terapias dirigidas a las personas con algún grado de TEA, así como el mantenimiento de las mismas.

Artículo 5.- La Secretaría de Educación, será la instancia encargada de velar por el desarrollo educativo, propiciar la vinculación institucional con las dependencias y realizar las referencias necesarias en los casos de niñas y niños con sospecha de TEA para la integración diagnóstica establecimiento de planes de manejo y apoyo necesario.

Así mismo la Secretaría de Educación podrá integrar el programa de capacitación a docentes, de manera permanente temas relacionados con TEA, afectaciones mecanismos de detección, atención y mecanismos de derivación a otras instancias; además de temas inclusión, no discriminación y respeto a los derechos humanos y la diversidad.

La Secretaría de Educación de acuerdo con su capacidad presupuestaria Incorporará de manera progresiva a los planteles educativos a profesionistas de apoyo relacionados con la atención de las necesidades en la diversidad, que incluyan a psicólogos terapistas del lenguaje y especialista de atención especial que cubran las necesidades de las personas con TEA, permitiendo la incorporación de las mismas a la educación regular.”

Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, someto a la consideración de este pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Educación Pública del Gobierno federal y a la Secretaría de Educación del estado de Chiapas para que, en sus respectivos ámbitos de competencia, apliquen un modelo de educación inclusiva a las niñas, niños y adolescentes que padezcan del trastorno del espectro autista.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud. Autismo.

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/autism-spect rum-disorders

2 Global prevalence of autism: A systematic review update. Marzo 2022.

https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/35238171/

3 INEGI. Comunicado de prensa núm. 713/21. 3 de diciembre de 2021. Estadísticas a propósito del día internacional de las personas con discapacidad (datos nacionales).

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /EAP_PersDiscap21.pdf

4 TELETÓN MÉXICO. Panorama del Autismo en México y el Mundo. 29-03-2023

https://teleton.org/panorama-del-autismo-en-mexico-y-el-mundo/

5 Gobierno del Estado de México. 2 de abril, Día Mundial del Autismo

6 Revista: Atlante. Cuadernos de Educación y Desarrollo. Manejo de Alumnos con Autismo en el Sistema Educativo Mexicano.

https://www.eumed.net/rev/atlante/2016/02/autismo.html

7 Filipek PA, Accardo PJ, Ashwal S, et al. Practice parameter: Screening and diagnosis of autism. Neurology. 2000; 55(4): 468-79.

https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/10953176/

8 Echeita G. Inclusión y exclusión educativa. Voz y quebranto. REICE. 2008; 6(2): 9-18.

https://revistas.uam.es/reice/article/view/5437

9 REICE - Revista Electrónica Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y Cambio en Educación 2008, Vol. 6, No.2. INCLUSIÓN EDUCATIVA. Gerardo Echeita Sarrionandia y Cynthia Duk Homad.

https://www.redalyc.org/pdf/551/55160201.pdf

10 Ibid.

11 LEY GENERAL PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A PERSONAS CON LA CONDICIÓN DEL ESPECTRO AUTISTA.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAPPCEA_270516.pdf

12 SCJN. ESPECTRO AUTISTA. EL ARTÍCULO 10, FRACCIONES IX Y X, DE LA LEY GENERAL PARA LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A PERSONAS CON ESA CONDICIÓN, ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE UNA ENSEÑANZA INTEGRADORA E INCLUSIVA. Registro Digital: 2019249; Instancia: Segunda Sala; Tesis: 2a. VII/2019 (10a.); Décima Época; Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación; Materia(s): Constitucional; Tipo: Tesis Aislada.

13 UNACH. Afecta el Trastorno del Espectro Autista a cerca de 40 mil niñas y niños en nuestro país.

https://dcs.unach.mx/index.php/sala-de-prensa/item/2928-afecta-e l-trastorno-del-espectro-autista-a-cerca-de-40-mil-ni%C3%B1as-y-ni%C3%B1os-en-n uestro-pa%C3%ADs

14 Cuarto Poder. En Chiapas existen cinco mil niños autistas.

https://www.cuartopoder.mx/chiapas/en-chiapas-existen-cinco-mil- ninos-autistas/317009/#:~: text=En%20Chiapas%20existen%20cerca%20de,fundadora%20del%20Espectrum%20Therapy% 20Center.

15 LEY PARA LA ATENCIÓN DE PERSONAS CON TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS.

https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamen-taria/LEY_0 053.pdf?v=OA==

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Leonor Coutiño Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO A LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS, A GARANTIZAR EL OTORGAMIENTO DE LAS PRESTACIONES Y BENEFICIOS DE SEGURIDAD SOCIAL A QUE TIENEN DERECHO SUS TRABAJADORES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los municipios del estado de Chiapas a garantizar el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de seguridad social a que tienen derecho sus trabajadores, a cargo de la diputada Leonor Coutiño Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Leonor Coutiño Gutiérrez, en mi calidad de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario Morena de la LXV Legislatura, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. La seguridad social es la protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia.

La seguridad social se encuentra claramente establecida tanto en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo como en los instrumentos de la Organización de las Naciones Unidas como un derecho fundamental y es definida en términos generales como un sistema basado en cotizaciones que garantiza la protección de la salud, las pensiones y el desempleo así como las prestaciones sociales financiadas mediante impuestos, la seguridad social se ha convertido en un reto universal en un mundo globalizado.

El derecho a la seguridad social incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales, ya sea en efectivo o en especie, sin discriminación, con el fin de obtener protección, en particular contra:

a) La falta de ingresos procedentes del trabajo debido a enfermedad, invalidez, maternidad, accidente laboral, vejez o muerte de un familiar;

b) Gastos excesivos de atención de salud;

c) Apoyo familiar insuficiente, en particular para los hijos y los familiares a cargo.

La seguridad social, debido a su carácter redistributivo, desempeña un papel importante para reducir y mitigar la pobreza, prevenir la exclusión social y promover la inclusión social.

En México, los derechos de los trabajadores fueron reconocidos al momento de que fue promulgada la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el 5 de febrero de 2017, cuando se introdujo lo que se ha llamado Constitucionalismo Social, específicamente en el artículo 123; pero no fue sino hasta la reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de diciembre de 1960, cuando se introducen en la Constitución las reglas, derechos y garantías sociales sobre el trabajo que deben regir entre los Poderes de la Unión, los gobiernos del Distrito y de los territorios federales y sus trabajadores (trabajadores al servicio del Estado).

El Apartado A regula cuestiones de todas y todos los trabajadores, y consagra la seguridad social en su fracción XXIX, donde se mencionan los seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes y que establece:

Artículo 123....

A...

I... a XXVIII.

XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

XXX... XXXI.”

El Apartado B está referido a las y los trabajadores de los Poderes de la Unión y de la Ciudad de México; y en sus fracciones XI y XIV se establecen las bases mínimas de la seguridad social. Dichas bases abarcan sectores de protección frente accidentes y enfermedades profesionales, enfermedades no profesionales, jubilación, invalidez, vejez y muerte, y que a la letra señala:

Artículo 123....

A...

B. Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:

I... a X...

XI. La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:

a) Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales; las enfermedades no profesionales y maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte.

b) En caso de accidente o enfermedad, se conservará el derecho al trabajo por el tiempo que determine la ley.

c) Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otros dos después del mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. Además, disfrutarán de asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de guarderías infantiles.

d) Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y en la proporción que determine la ley.

e) Se establecerán centros para vacaciones y para recuperación, así como tiendas económicas para beneficio de los trabajadores y sus familiares.

f) Se proporcionarán a los trabajadores habitaciones baratas, en arrendamiento o venta, conforme a los programas previamente aprobados. Además, el Estado mediante las aportaciones que haga, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o bien para construirlas, repararlas, mejorarlas o pagar pasivos adquiridos por estos conceptos.

Las aportaciones que se hagan a dicho fondo serán enteradas al organismo encargado de la seguridad social regulándose en su ley y en las que corresponda, la forma y el procedimiento conforme a los cuales se administrará el citado fondo y se otorgarán y adjudicarán los créditos respectivos.

XII.

XIII.

XIV. La ley determinará los cargos que serán considerados de confianza. Las personas que los desempeñen disfrutarán de las medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social.”

Así mismo, a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 junio del año 2011, en la que se reconocieron constitucionalmente los derechos humanos de las personas, se establecieron las garantías para lograr su efectiva protección, y se incorporaron disposiciones para dar cumplimiento a los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte, tuvo como resultado que la seguridad social, considerada como derecho humano, se encuentre protegida en términos de lo establecido por el artículo 1º, que a letra reza:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”

Así mismo, la seguridad social, entendida como una obligación del Estado, también se encuentra regida por lo dispuesto por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 22, que señala:

Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.

Segunda. Las normas anteriormente señaladas, establecen que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.

Así han sido reconocidos y desarrollados en el apartado A del artículo 123 constitucional, así como en su ley reglamentaria, la Ley Federal de Trabajo, en el caso de los de los trabajadores, de la iniciativa privada, para establecer condiciones de protección mínimas como: salario mínimo, jornadas máximas de ocho horas, salud, indemnizaciones por riesgos de trabajo, derechos colectivos, de seguridad social, entre otros.

Por otra parte, los trabajadores al servicio del Estado se han mantenido en la incertidumbre y desprotección social, sin derecho a disfrutar de las mismas garantías en su relación jurídica con la autoridad pública empleadora.

Con la reforma constitucional de 1960 cuando se incorporó al numeral 123 constitucional un segundo apartado, que establecieron garantías mínimas, las cuales se encuentran establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

En este orden de ideas, los derechos como la protección del salario, seguridad social y jornadas máximas de trabajo, encontraron un sustento formal, pero otros, como el de sindicación, huelga y la estabilidad en el empleo, se encuentran limitadas, lo que ha dado por resultado un desequilibrio e incertidumbre en la relación jurídica entre éstos y las autoridades públicas empleadoras, no obstante, la incorporación del apartado B y la expedición de la ley secundaria.

La facultad que poseen las entidades federativas para legislar en materia burocrática, ha traído como consecuencia falta de congruencia entre Constituciones locales y la federal, al regular en forma diferenciada el derecho humano fundamental de la seguridad social.

Los artículos 115, fracción VIII, párrafo segundo, y 116, fracción VI, de la Constitución Federal, a la letra rezan:

“Título QuintoDe los estados de la Federación y de la Ciudad de México

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

I... VII...

VIII. Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios.

Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias.

IX...”

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo. Los Poderes de los estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a las siguientes normas:

I... a V...

VI. Las relaciones de trabajo entre los estados y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias; y

VII... a X...”

Tercera. La finalidad de la seguridad social consiste en garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, y el otorgamiento de una pensión que será garantizada por el Estado, previo cumplimiento de los requisitos legales.

En el estado de Chiapas la regulación de la seguridad social se encuentra establecida en la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, que fue publicada mediante decreto número 131 en el Periódico Oficial con fecha 26 de agosto de 1981.

La ley tiene como objetivo central, garantizar el pago de las pensiones actuales con el conocimiento de que este objetivo sólo podrá cumplirse dentro del marco de un sano financiamiento, soportado por las aportaciones de las entidades públicas patronales y las cuotas de los afiliados, en forma gradual y equitativa, así como la modificación de otros parámetros que son necesarios para otorgar viabilidad financiera al sistema pensionario.

La protección del fondo de pensiones constituye una tarea primordial del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas; para ello es necesario que existan los mecanismos necesarios para asegurar el pago de las cuotas y aportaciones, estableciendo claramente los procedimientos en caso de incumplimiento de las entidades públicas patronales en el entero de los descuentos efectuados a los servidores públicos.

Adicionalmente, y a fin de subsanar el costo financiero de dicho incumplimiento, el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas (ISSTECH) estará facultado para determinar y cobrar la actualización y recargos que se hubiesen generado con tal motivo. El alcance de sus facultades incluirá que pueda exigir la intervención de la Secretaría de Hacienda del Estado con la intención de afectar las participaciones o asignaciones presupuestales de los entes públicos que estuvieran sujetos a esta ley.

A fin de salvaguardar el fondo de pensiones, se otorga el carácter fiscal a las cuotas y aportaciones correspondientes a entidades públicas patronales distintas al Poder Ejecutivo del Estado, a efecto de que el cobro de los créditos correspondientes pueda efectuarse a través del procedimiento administrativo de ejecución mediante la intervención de la Secretaría de Hacienda del Estado, a petición del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas (ISSTECH).

A nivel nacional, el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas (ISSTECH) es una de las ocho instituciones estatales de seguridad social que brinda servicios de salud con infraestructura propia, las demás reciben esta atención a través del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, o a través de instituciones particulares.

En un acto de responsabilidad y justicia social para los asegurados y sus beneficiarios, en la mencionada ley se establece el compromiso del otorgamiento a los servicios médicos institucionales.

Así mismo, en el estado de Chiapas, la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas, en su título tercero, referido a los derechos y obligaciones de los trabajadores y los titulares, en el artículo 51 establece, entre otros, el derecho que tiene los trabajadores del servicio civil, a disfrutar de las prestaciones y beneficios de la seguridad social, tanto para el propio trabajador como para sus familiares.

El artículo 51 de la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas, a la letra reza:

“Título TerceroDerechos y Obligaciones de los Trabajadores y los Titulares

Capítulo PrimeroDe los Trabajadores

Artículo 51.- Son derechos de los trabajadores del servicio civil del Estado:

I.- Percibir el salario asignado en el presupuesto anual de egresos para que el cargo que desempeña;

II.- Conservar el empleo, el cargo o comisión de los que sean titulares, mientras no incurran en algunas de las causas de separación que señala la presente ley;

III.- Ser ascendido en los términos del escalafón;

IV.- Disfrutar de licencias y vacaciones;

V.- Disfrutar de las prestaciones y beneficios de la seguridad social, el propio trabajador y sus familiares, por los motivos, condiciones y términos establecidos en la ley de la institución de seguridad social correspondiente;

VI.- La evaluación del desempeño laboral y el otorgamiento de estímulos y recompensas que se otorguen conforme a lo dispuesto en el reglamento que los rige;

VII.- La capacitación permanente para elevar sus condiciones de vida y eficiencia en la prestación del servicio;

VIII.- La justificación de sus faltas de asistencia dentro de los plazos y conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento que los rige;

IX.- Obtener traslado, permuta, reubicación, reasignación o cambio de adscripción, mediante solicitud por escrito y previa verificación de su viabilidad, justificación y autorización, por problemas de salud o cuestiones personales que lo justifiquen;

X.- La reinstalación en su puesto o algún otro equivalente, en los casos de ausencia por enfermedad, licencia sin goce de salario o comisiones sindicales;

XI.- Percibir las pensiones que para el trabajador y sus familiares establezca la ley del instituto de seguridad social correspondiente;

XII.- Disfrutar de licencias, estímulos y recompensas en los términos de esta ley;

XIII.- Seguro de vida; y

XIV.- Asociarse para la defensa de sus intereses y los demás derivados de esta ley.”

Cuarta. Según lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, para garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales y legales en materia laboral, en Chiapas, la autoridad encargada de verificar su ejecución es la Secretaría de Economía y del Trabajo.

Al efecto, las fracciones XXIV, XXV y XXI del artículo 36, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, entre otros puntos, establece que:

Artículo 36.- A la Secretaría de Economía y del Trabajo corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I... al XXIII...

XXIV. Coadyuvar con las instancias federales competentes, en la vigilancia, observancia y aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las aplicables en el ámbito local de la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos y demás disposiciones legales conducentes.

XXV. Organizar las inspecciones de trabajo en los establecimientos de circunscripción local, realizando las acciones de prevención y sanción, así como las demás que correspondan en el ámbito de su competencia.

XXVI. Coordinar el sector y las acciones de la instancia administrativa facultada para promover la conciliación de los conflictos laborales en el Estado, a que se contrae el Apartado A, del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las funciones relativas a los registros contratos colectivos de trabajo y de organizaciones sindicales.”

XXVII... al XLVI...”

Para el caso concreto del estado de Chiapas podemos señalar que, en 2020, la población en Chiapas fue de 5,543,828 habitantes (48.8 por ciento hombres y 51.2 por ciento mujeres).

En 2020, 46.1 por ciento de la población se encontraba en situación de pobreza moderada y 28.3 por ciento en situación de pobreza extrema. La población vulnerable por carencias sociales alcanzó un 16.9 por ciento, mientras que la población vulnerable por ingresos fue de 2.66 por ciento.

En 2020 las principales carencias sociales de Chiapas fueron carencia por acceso a la seguridad social, carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda y carencia por acceso a los servicios de salud.

Por su parte, el Presupuesto de Egresos del estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2023, señala que “el gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, es por la cantidad de 111,871,168,210.00 (ciento once mil ochocientos setenta y un millones, ciento sesenta y ocho mil doscientos diez pesos 00/100 m.n.), y dentro de su desglosé estable, entre otros puntos, que:

Artículo 7.- El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, es por la cantidad de 111,871,168,210.00 en equilibrio con la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2023. El importe total del presente Presupuesto de Egresos se asigna y se distribuye acorde a las clasificaciones siguientes:

I. Orientación presupuestal:

En cumplimiento al artículo 22 fracción VII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en el que se enfatiza el presupuesto participativo, el cual señala que debe destinarse al menos el 15 por ciento de la Inversión Pública, en este sentido el estado asigna el 17.46 por ciento, recursos que durante el año se someten a consulta y participación de los sectores público, social y privado.

Sección VIIDe las asignaciones presupuestarias para las instituciones públicas de seguridad social

Artículo 14.- El importe total de los recursos previstos en el presente Presupuesto de Egresos, para las instituciones públicas de seguridad social, se efectuará de acuerdo a lo siguiente:

Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas

Importe:

$ 1,616,171,203.46

Quinta. Aún cuando es evidente una asignación presupuestaria en Presupuesto de Egresos del estado de Chiapas 2023, en específico la que se encuentra destinada al Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, existe un fuerte reclamo de los trabajadores de los ayuntamientos de prácticamente todos los municipios del Chiapas por la falta de atención médica y la negación de sus derechos en materia de seguridad social.

Ahora bien, resulta inexplicable, y altamente cuestionable que siendo una obligación por parte de las autoridades el garantizar el ejercicio de los derechos, conforme a lo establecido tanto en la Constitución federal, como en los ordenamientos de constitucionales y legales del estado de Chiapas, se impida la prestación de servicios de seguridad social para miles de trabajadores.

Esta omisión debe cesar de inmediato. En este sentido la Secretaría de Economía y del Trabajo, debe intervenir para verificar que se cumpla con las obligaciones prevista en la ley a favor de los trabajadores municipales, a fin de que puedan disfrutar de las prestaciones y beneficios de la seguridad social, tanto el propio trabajador como sus familiares, por los motivos, condiciones y términos establecidos en la ley de la institución de seguridad social correspondiente.

Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, someto a la consideración de este pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a los presidentes municipales de los ayuntamientos del estado de Chiapas, para que, en el ámbito de su competencia, garanticen el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de seguridad social, a que tienen derecho sus trabajadores, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas y la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Economía y del Trabajo del Estado de Chiapas, para que, en el ámbito de su competencia, supervise, y garantice el otorgamiento de las prestaciones y beneficios de seguridad social, a que tienen derecho los trabajadores de los ayuntamientos del estado de Chiapas, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas y la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas.

Notas:

1 Organización Internacional del Trabajo. HECHOS CONCRETOS SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL.

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/–-dgreports/–-dcomm/doc uments/publication/wcms_067592.pdf

2 Diario Oficial, lunes 5 de febrero de 1917, órgano del Gobierno Provisional de la República Mexicana, tomo v, 4ª época, número 30.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum/CPEUM_orig_05 feb1917.pdf

3 Decreto que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución General de la República.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_055_0 5dic60_ima.pdf

4 Decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se reforman y adicionan los artículos 1o., 3o., 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105.

5 Organización de las Naciones Unidas. La Declaración Universal de Derechos Humanos.

https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-ri ghts

6 Gobierno de México. Data México.

https://datamexico.org/es/profile/geo/chiapas-cs#equidad-pobreza

7 Ibidem. Gobierno de México. Data México.

https://datamexico.org/es/profile/geo/chiapas-cs#equidad-pobreza

8 Periódico Oficial No. 257, Tercera Sección, Tomo III, de fecha 14 de diciembre de 2022. Presupuesto de Egresos del Estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2023.

https://www.haciendachiapas.gob.mx/marco-juridico/Estatal/inform acion/Decretos/decreto23.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Leonor Coutiño Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen.



EXHORTO A LOS PODERES LEGISLATIVOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A CONSTITUIR Y CONSOLIDAR LAS UNIDADES PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO

Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los poderes legislativos de las entidades federativas, a constituir y consolidar las unidades para la igualdad de género en el ámbito de sus respectivas competencias, dotándolas de las capacidades técnicas, funciones, recursos humanos y financieros necesarios, suscrito por la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Se turna a la Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS AUTORIDADES DE OAXACA A GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LA MENOR DE EDAD, PAOLA HERNÁNDEZ

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades del estado de Oaxaca y de la escuela telesecundaria “José Vasconcelos”, de la comunidad de San José Manialtepec, municipio de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, a cumplir con las obligaciones de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de la menor de edad Paola Hernández, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada María Clemente García Moreno, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 10 de marzo del año 2023, un grupo de padres de alumnos, maestros y la directora de la Escuela Telesecundaria “José Vasconcelos”, en la comunidad de San José Manialtepec, Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, en el estado de Oaxaca, llevaron a cabo diversas acciones discriminatorias vinculadas con la expresión de género de Paola Hernández, menor de edad a quien le ha sido negado el acceso al plantel educativo mencionado por vestir pantalón en lugar de falda, lo cual resulta en una violación a su derecho a la educación, entre otros, así como al principio de interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Los hechos descritos derivaron a la postre en una suspensión de las actividades académicas al interior de la escuela para todas y todos los estudiantes, hasta que el día 22 de marzo las personas que se oponen a que Paola pueda utilizar pantalones para asistir a la telesecundaria, determinaron que se retomarían las clases, pero que a la alumna le prohibirían la entrada a la institución educativa mientras no utilice ropa “para mujeres”, lo que significa una revictimización para la menor, bajo la única explicación de que el reglamento interno de la escuela establece que las mujeres deben presentarse uniformadas con falda y los hombres con pantalón.

Es menester resaltar que esta situación constituye un acto de discriminación sancionado por la ley y prohibido, fundamentalmente, por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), la cual es –junto con las leyes del Congreso de la Unión que emanan de ella y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte– Ley Suprema de toda la Unión, por lo que ningún reglamento puede considerarse jerárquica ni jurídicamente superior a ésta.

El párrafo quinto del artículo 1o. constitucional determina que: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como “Pacto de San José”, de la cual México es parte, contiene en su artículo 1 la disposición relativa al compromiso que adquieren los Estados que la suscriben para respetar los derechos y libertades reconocidos en dicho documento y garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. De igual forma, su artículo 24 determina que todas las personas son iguales ante la ley y que, en consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a recibir igual protección de ésta.

En la misma tesitura, el artículo 4 de la Ley de Educación para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca prevé que la discriminación es “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, los antecedentes penales o cualquier otro motivo”.

Por su parte, la Ley General de Educación (LGE) contempla que la rectoría de la educación corresponde al Estado –el cual se integra por la federación, los estados, la Ciudad de México y los municipios, de acuerdo con el artículo 3o. de la CPEUM– y que la impartida por éste, además de ser obligatoria extenderá sus beneficios sin discriminación alguna, luchando y eliminando esta práctica, así como toda forma de exclusión y las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje. Asimismo, en la prestación de los servicios educativos se deberá impulsar el desarrollo humano integral para combatir las causas de discriminación y violencia en las diferentes regiones del país, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres.

También la LGE mandata que el Estado está obligado a prestar servicios educativos con equidad y excelencia adoptando medidas dirigidas de manera prioritaria a quienes pertenezcan a grupos y regiones de mayor rezago educativo, que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas o bien relacionadas con aspectos de género. Además dicha ley considera que con el ejercicio del derecho a la educación, “inicia un proceso permanente centrado en el aprendizaje del educando, que contribuye a su desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad; es factor determinante para la adquisición de conocimientos significativos y la formación integral para la vida de las personas con un sentido de pertenencia social basado en el respeto de la diversidad, y es medio fundamental para la construcción de una sociedad equitativa y solidaria”.

Finalmente, es importante mencionar que la LGE contempla que la adquisición de uniformes no puede condicionar la prestación de los servicios educativos, pues hacerlo constituye una infracción sancionada con multa de cien hasta mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

En otro orden de ideas resulta oportuno hacer la precisión sobre ¿Qué es lo que se entiende por expresión de género? De acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), “la expresión de género es la manifestación externa de los rasgos culturales que permiten identificar a una persona como masculina o femenina conforme a los patrones considerados propios de cada género por una determinada sociedad en un momento histórico determinado. La expresión de género puede incluir, por ejemplo, el atuendo, los ademanes, los adornos, el arreglo personal, el uso particular del vocabulario, etcétera. Tal expresión individual puede o no coincidir, puede o no aproximarse o alejarse de los códigos socioculturales respectivos”.

“(...) la expresión de género impuesta culturalmente varía espacio-temporalmente. Recordemos, a título ilustrativo, que en el mundo occidental, hasta principios del siglo XX, el pantalón era privativo de los hombres y la falda de las mujeres. Pero a partir de las dos grandes guerras mundiales, la mujer fue adoptando el pantalón al grado de que ahora su uso predomina sobre el de la falda. Por otro lado, la capacidad identitaria de esta indumentaria se invertía en la corte de los mandarines chinos, donde los hombres portaban una túnica equiparable a una falda y las mujeres un pantalón”.

Con base en lo anteriormente dicho, es posible establecer la innegable premisa de que restringir, suspender, excluir, anular o cancelar de manera definitiva el acceso y ejercicio pleno al derecho a la educación (especialmente cuando se trata de la impartida por el Estado) por motivos de expresión de género, como lo es en lo relativo a preferir utilizar pantalones en vez de faldas, son acciones claras de discriminación que transgreden la dignidad humana y, por lo tanto, deben combatirse a través de las instituciones de gobierno facultadas para tales fines, en el ámbito de sus respectivas competencias.

La adopción de uniformes escolares neutros es una alternativa que busca promover la igualdad, la inclusión y la no discriminación de las personas en el ámbito educativo, eliminando las distinciones de género en la vestimenta escolar. Ello implica la eliminación del uso privativo de faldas para las niñas y pantalones para los niños, mediante la adopción de prendas neutrales o “unisex” para todas y todos los estudiantes. Propuestas como ésta se han vuelto cada vez más populares en todo el mundo y México no es la excepción, donde ha sido impulsada por organizaciones civiles y educativas que buscan erradicar la discriminación y la violencia de género en las escuelas, promoviendo un ambiente inclusivo y diverso.

Un ejemplo de la implementación de este tipo de medidas son los lineamientos para el uso de uniformes neutros en las escuelas públicas de educación básica de la Ciudad de México, emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) el 3 de junio de 2019, mediante los cuales el uso de falda o pantalón es de libre elección, no solo con base en el clima o las actividades recreativas, físicas o deportivas que vayan a realizar las y los educandos, sino también en la decisión personal de cómo manifestar su identidad y expresión de género, las cuales en ningún caso pueden restringirse, siempre y cuando sigan lo determinado por las asociaciones de padres de familia y las autoridades educativas en lo relativo a cromática, escudos y distintivos, sin que ello represente una orientación de género para las y los estudiantes.

Es de destacar que, en el caso concreto que esta proposición busca atender, Paula Hernández, madre de Paola, ha hecho público que la menor ha decidido vestirse utilizando pantalones desde que cursaba el nivel de educación preescolar. Asimismo, la señora posee documentación mediante la cual acredita la existencia de resoluciones judiciales a través de juicios de amparo y recomendaciones de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitidas en favor de su hija, sin que hasta el momento esto haya impedido las restricciones impuestas en su contra.

Como puede observarse, la violación al derecho a la educación de la cual es víctima Paola Hernández, en razón de su expresión de género por vestir pantalón en lugar de falda para asistir a la institución educativa, constituye un acto discriminatorio que infringe la ley, la Constitución nacional y diversos tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. El pleno de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobierno del estado de Oaxaca; al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca; al presidente municipal de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, Oaxaca; así como a las autoridades educativas correspondientes de la Escuela Telesecundaria “José Vasconcelos” en la comunidad de San José Manialtepec, municipio de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, Oaxaca; a cumplir con las obligaciones constitucionales de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de la adolescente Paola Hernández de 12 años de edad y, en general, de todas las y los estudiantes del plantel educativo mencionado, en particular en lo relativo a la prohibición de toda discriminación motivada por la expresión de género, así como el derecho a la educación, con base en el principio de interés superior de niñas, niños y adolescentes, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, la legislación general y estatal, así como la jurisprudencia aplicables.

Notas

1 CONAPRED. El Derecho a la No Discriminación por Identidad y Expresión de Género. Textos del Caracol. Núm. 4. México. 2008. p. 12. de 46 pp.

2 IDEM.

Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada María Clemente García Moreno (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE ISRAEL, A CONCEDER LA EXTRADICIÓN DEL CIUDADANO TOMAS ZERÓN DE LUCIO A MÉXICO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del Estado de Israel a conceder la extradición del ciudadano Tomas Zerón de Lucio a México y pueda ser juzgado ante los tribunales previamente establecidos, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Lidia Pérez Bárcenas, en mi calidad de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario Morena de la LXV Legislatura, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera. El 26 de septiembre de 2014, fueron desaparecidos 43 estudiantes de la escuela normal rural “Raúl Isidro Burgos” en el municipio de Iguala, Guerrero. A pesar de las investigaciones realizadas, hasta ahora, aún se desconoce el paradero de los jóvenes.

Ante esta atrocidad, la sociedad mexicana en su conjunto, así como la comunidad internacional, reaccionaron expresando su condena y reiteraron la exigencia para que se conozca la verdad de los hechos, se realice una investigación imparcial y confiable en la que no se encubrirá a nadie, se dé con el paradero de los jóvenes desaparecidos y se castigue a todos los responsables de ese crimen.

En ese orden de ideas, al comienzo de las indagatorias realizadas, la anterior Procuraduría General de la República, ahora Fiscalía General de la República, difundió como la versión inicial por conocida como la “verdad histórica”, la cual, se demostró con posterioridad, fue una total y absoluta mentira, además de que las supuestas “confesiones” se habían obtenido bajo tortura, que había plantado evidencias, que de manera deliberada se había obstruido la justicia, todo ello con la abierta participación y complacencia de funcionarios del más alto nivel en su momento, encabezados por el ciudadano Tomás Zerón de Lucio, exdirector de la Agencia de Investigación Criminal (AIC).

En este orden de ideas, está plenamente documentado que la diligencia efectuada en el Rio San Juan, en el municipio de Cocula, Guerrero, realizada el día 28 de octubre de 2014, fue alterada la supuesta escena y se sembraron las bolsas de plástico en el Río San Juan en Cocula, las cuales tendrían restos de la osamenta de Alexander Mora.

El 24 de abril de 2016, durante la presentación del segundo informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) sobre el caso los 43 estudiantes de la normal rural Ayotzinapa, se exhibió un video en donde puede observarse a Tomás Zerón de Lucio, en el Río San Juan, con una bolsa de plástico, un día antes de que fueran descubiertos los restos por las autoridades, y sin que esta visita constará en el expediente.

El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) acusó a Tomás Zerón de Lucio de ‘‘tergiversar’’ la realidad de los hechos ocurridos en el río San Juan, y se pidió una indagación ‘‘profunda, objetiva e imparcial’’, para lo cual debe dejar su cargo y ser investigado de manera independiente.

Adicionalmente, está documentado en videos y testimonios que Tomas Zerón participo en los interrogatorios cometidos bajo tortura en contra de Felipe Rodríguez Salgado, alias “El Cepillo”, presunto integrante del grupo Guerreros Unidos, acusados de participar en la desaparición de los estudiantes. En uno de estos videos se muestra cómo el interrogado aparece sin camisa, con el rostro cubierto y esposado con las manos en la espalda, al momento en que Tomás Zerón le dice amenazante: “A la primera mamada te mato, güey”.

Por estos motivos, Tomás Zerón de Lucio es acusado de los delitos de desaparición forzada, tortura, obstrucción de la justicia, por la alteración de pruebas en el caso de los 43 estudiantes desaparecidos de la normal rural de Ayotzinapa.

Segunda. El 30 de junio de 2020 mediante un video mensaje, el Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, dijo “se acabó la verdad histórica” y sostuvo que fueron solicitadas 46 órdenes de aprehensión adicionales en contra de funcionarios en Guerrero acusados de presuntamente haber participado en la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa “A todos ellos se les acusa por los delitos de desaparición forzada y por delincuencia organizada”.

En la videoconferencia, el Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, agregó que “es necesario dejar muy claro que estos delitos no habían sido ni investigados, ni judicializados, en las diligencias que en su momento realizó la Procuraduría General de la República”.

El titular de la Fiscalía General de la República reiteró que “ Esas órdenes de aprehensión solicitadas se unen a las ya obtenidas el pasado 10 de marzo, en contra de funcionarios de la Procuraduría General de la República; entre ellos, Tomás “Z”, quien huyó del país, y que ya cuenta con orden de aprehensión y con ficha roja de Interpol, para su localización a nivel internacional, y su extradición correspondiente”.

Tercera. El 14 de septiembre de 2020, durante la conferencia matutina del presidente, el Licenciado Andrés Manuel López Obrador, se señaló que el ciudadano Tomás Zerón de Lucio se encontraba huyendo, y, entre otros puntos, señalo:

“... Quienes llevaron a cabo esta manipulación están siendo procesados, es decir, se les va a llamar a cuentas, algunos ya están detenidos, otros están declarando y hay prófugos, es el caso del señor Zerón, que estaba en Canadá, esa era la información que se tenía, pero luego se informó que está en Israel y ya hay aviso al gobierno de Israel de que se tiene orden de aprehensión ya girada en contra de este señor y que no debe considerarse como un perseguido político porque participó en hechos muy lamentables.

El gobierno de Israel no podría -lo digo de manera respetuosa- dar protección a una persona con estas características, no sería justo ni humano porque hay elementos suficientes para demostrar que actuó de manera indebida, con arbitrariedad. No voy a detallar sobre este asunto, pero esa es la información que se presentó al respecto.

Entonces, vamos a informar pronto sobre esta situación, es el compromiso que tenemos de esclarecer todos los hechos, todo lo sucedido. No se permite, no se acepta la impunidad, se acabó la corrupción, se acabó la impunidad y tratase de quien se trate y se vaya donde se vaya a buscar refugio, no vamos nosotros a ceder en estos asuntos.”

Cuarta. El 27 de abril de 2021, la Fiscalía General de la República, emitió un comunicado donde hace notar que se emitió una nueva orden de aprehensión contra Tomás Zerón de Lucio y señalo:

La Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Unidad Especializada en Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa (UEILCA), logró una nueva orden de aprehensión en contra de Tomás “Z”, la cual se acumulará a la que ya se encuentra en Israel con Ficha Roja de InterpoL.

Este nuevo caso de probable tortura se acumula a los anteriores y se refiere a la violencia que las autoridades ejercieron sobre Felipe “R”, dentro de las instalaciones de la Agencia Federal de Investigación de la entonces Procuraduría General de la República. El objetivo de dicha tortura era para que declarara lo que se le estaba obligando, para poder justificar la denominada “verdad histórica”.

Asimismo, el 27 de enero de 2015, en conferencia de prensa del entonces procurador general de la República y de Tomas “Z”, en aquel momento director en Jefe de la Agencia de Investigación Criminal, se hizo referencia a la detención de Felipe “R”, lo que confirma los actos de tortura de referencia.

El pasado 23 de abril, la Unidad Especializada en Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa (UEILCA) obtuvo orden de aprehensión en contra de Tomás “Z”, girada por un juez de Distrito Especializado en el Sistema Acusatorio, del Centro de Justicia federal en la Ciudad de México. Los probables delitos por los cuales se libró el mandamiento son los siguientes: desaparición forzada de personas, tortura y coalición de servidores públicos.

Esta orden de aprehensión será enviada de inmediato a las autoridades de Israel, para fortalecer el procedimiento de extradición del sujeto señalado.

En abril de 2021, se emitió una nueva orden de aprehensión contra Tomás Zerón de Lucio. Actualmente permanece en Israel, a donde huyó para eludir la justicia, y es solicitado en extradición por el gobierno mexicano.”

Quinta. El 1º de octubre de 2021, el subsecretario de derechos humanos de Gobernación, Alejandro Encinas, dio a conocer el contenido de una carta enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador dirigida al primer ministro de Israel, 8 donde le solicita agilizar los trámites de extradición de Tomás Zerón de Lucio, quien estuvo a cargo de las investigaciones sobre la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, y se le acusa de manipular las pesquisas. En dicha carta se puede leer:

“Sr. Naftalí Bennett

Primer ministro de Israel

Presente

Muy apreciado señor ministro,

Nuestro país sufrió las agresiones históricas más graves a sus derechos humanos en las últimas décadas, cuando en 2014 fueron desaparecidos 43 normalistas en la ciudad de Iguala, Guerrero, en una acción brutal y despiadada en la que se coludieron miembros del narcotráfico y autoridades locales y federales en un hecho delictivo, abusivo y desmesurado que ha dejado una huella de dolor e impunidad que este nuevo gobierno, que me honro en encabezar, ha estado restañando en una labor sin precedentes de recuperación de la justicia, la transparencia, la rendición de cuentas, en la que se han detenido a más de 49 personas y se han procesado a los funcionarios federales y locales que se coludieron para cometer este nefando crimen.

El funcionario, que desde uno de los más altos niveles del orden federal operó esta colusión criminal cometiendo, entre otros delitos, el de tortura, ha sido imputado por un juez a través de una orden de aprehensión que está ratificada por la Interpol.

El presunto responsable de los hechos aquí descritos, Tomás Zerón, huyó hacia Israel desde el 13 de agosto de 2019 y tanto las autoridades de procuración de justicia, como la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, han trabajado con sus homónimos en Israel para obtener la extradición de dicha persona.

A diario, el clamor de los padres y madres de quienes fueron desaparecidos y de aquellos que ya fueron identificados sus restos nos exigen, con toda razón, que se cumpla de inmediato la justicia en el caso del citado individuo, que es fundamental.

En razón de lo anterior, y con atención y respeto que me merecen la República de Israel y sus autoridades, me dirijo a usted para solicitarle su valiosa atención en este proceso de extradición que es prioritario para nuestro país.

La lucha que ha liderado Israel en la reivindicación de los derechos humanos frente a la tortura y a las violaciones que su pueblo ha sufrido ha sido ejemplar, por ello sabemos de su sensibilidad y solidaridad para un caso como el que nos ocupa, el cual tanto a ha lastimado a nuestra comunidad y que es esencial resolver para devolverle la transparencia y justicia a la vida pública de nuestro país, obteniendo también el reconocimiento y reparación de daño para las víctimas directas y para centenas de familias mexicanas que exigen justicia.

Al agradecerle de antemano su apoyo y comprensión, le envío el testimonio de mi afecto y respeto.”

Sexta. El 15 de junio de 2022, padres y madres de los 43 estudiantes de la Escuela Norma Rural de Ayotzinapa desaparecidos el 26 de septiembre de 2014, se manifestaron afuera de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), demandaron agilizar los trámites para la extradición del ex titular de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón.

Manifestaron que a partir del informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) se dejó claro que Tomás Zerón, quien encabezó la investigación del caso en el sexenio pasado, “es pieza clave para que se esclarezca que sucedió con los 43”.

Séptima. El pasado 28 de julio de 2023, durante la conferencia matutina del presidente de México, Licenciado Andrés Manuel López Obrador, es manifestó que había recibido una misiva de parte del gobierno de Israel, donde se proponía ayudar

Interlocutor: ¿Se va a llegar hasta lo último?

Presidente Andrés Manuel López Obrador: Claro que sí, claro que sí, en eso estamos.

Intervención: ¡Tenemos más preguntas!

Presidente Andrés Manuel López Obrador: No, espérense. ¿Cuál es la prisa, si aquí tenemos todo el tiempo para hablar?

No, ahora lo que estamos haciendo, para información de las familias y de la gente en general, lo que estamos haciendo es buscando a los jóvenes, estamos trabajando todos los días para encontrar a los jóvenes y tengo el compromiso de cumplir; los compromisos se cumplen. Tengo el compromiso de que vamos a entregar buenos resultados.

Sobre este caso lamentable de la desaparición de los jóvenes, acabo de recibir una carta del primer ministro de Israel acerca de su interés por ayudarnos. Porque allá está, en Israel, uno de los que participó en la fabricación del delito, de la desaparición, la llamada ‘verdad histórica’, de que los jóvenes fueron quemados. Y este señor Zerón se fue allá a Israel. Y participó en torturas y demás, y estamos solicitando que lo extraditen, y estamos trabajando en eso.

Intervención: (Inaudible)

Presidente Andrés Manuel López Obrador: Sí, porque ellos tienen toda la información.

Primero había un pacto de silencio, nadie hablaba. Ya empezaron a hablar y ya tenemos pues una versión muy cercana a lo sucedido, y por eso se está actuando y se está deteniendo a quienes participaron, pero lo que nos falta... Porque podemos llenar la cárcel o las cárceles de responsables, ¿y dónde están los jóvenes? Estamos trabajando en eso.

Entonces, sí tenía yo ganas de hablar sobre el tema porque están actuando de manera tendenciosa nuestros adversarios y los pseudo defensores de derechos humanos; están en contra de nosotros y por eso la campaña en contra de las Fuerzas Armadas, que están cooperando, que nos están ayudando, no están ocultando información en nada.

Tienen muy claro que, si un miembro de las Fuerzas Armadas, dos, tres, cinco, 10, 20, 30, actuaron mal, no se puede permitir que por esa mala actuación, ocultando los hechos, se afecte una institución tan importante como la Secretaría de la Defensa, que es lo que quieren nuestros adversarios, que es los que quieren, que tengamos un Ejército mal visto, manchado, para que, entonces sí, las organizaciones de gobiernos extranjeros, agencias, otros intereses, puedan venir a mandar en el país, como lo hacían antes.

La DEA entraba a México como quería, se violaba la soberanía de nuestro país. ¿Qué, no crearon ellos lo del Operativo Rápido y Furioso para introducir armas de contrabando durante el gobierno de Calderón, con García Luna? Eso ya no sucede, ni lo vamos a permitir.

Entonces, sí es un tema importante, el que cuidemos a nuestras Fuerzas Armadas.

No sé si tenga el último informe, la última encuesta del Inegi. Miren lo que opinan los mexicanos, porque hay minorías que se asumen como representantes de todo el pueblo y hablan en representación del pueblo, pero la gente en nuestro país le tiene confianza al Ejército y le tiene confianza a la Secretaría de Marina y le tiene confianza a la Guardia Nacional, y esto antes no se decía porque nada más era la opinión de un grupo. Ahora, como hay una auténtica democracia, podemos debatir y podemos todos dar nuestro punto de vista. A ver si tenemos ese dato reciente.

Tienen más aceptación las Fuerzas Armadas que el presidente, y ya no hablemos de cómo ve la gente al Ejército con relación a la policía estatal o las policías municipales.

Miren, Marina, 86.5. Confianza social en autoridades, confianza. Esto, ¿qué, no lo sabe la OEA, no lo sabe la ONU, no lo saben estas organizaciones supuestamente de defensa de derechos humanos?

El Ejército 83.4.

Guardia Nacional, 76.7.

Policías estatales, 55.1.

Policía preventiva municipal, 49.9.

¿O la democracia es asunto nada más de los arriba? No, la democracia es asunto del pueblo. La política es asunto de todos, no sólo de las élites. Es que así nos tenían manipulados: ‘la política, asunto de los políticos’. No, la política es asunto de todos y un campesino, un obrero, un maestro, un comerciante, un pequeño empresario, cualquiera tiene un criterio y su opinión en la democracia vale lo mismo que la opinión de Krauze o de Aguilar Camín o de un senador o de un diputado, de cualquier persona; somos iguales, y esta es la realidad.

Entonces, ¿vamos a estar socavando nuestras instituciones? No, no, tenemos que defender nuestras instituciones. Claro, esto no significa impunidad; si un miembro de una institución, sea quien sea, comete un delito, tiene que ser castigado.

Uno de los errores que se cometieron en el caso de Ayotzinapa, el principal, fue querer ocultar las cosas, el querer fabricar una situación que no tenía que ver con lo que sucedió, crear un delito, culpar a gente; incluso, torturar. Nosotros no reprimimos, nosotros no torturamos, nosotros no ordenamos masacres, somos distintos. Y les puede, no les gusta, pero ya cambió esto.

Muy bien. Ahora sí vamos, porque si no acá ya...

Pregunta: Ya no acabó de decir lo del primer ministro, si le ofreció la ayuda de extradición de Tomás Zerón.

Presidente Andrés Manuel López Obrador: No, están ayudando en la cooperación, digo, en la solicitud de cooperación, están participando, eso es lo que me dice, su interés en ayudar.

Interlocutora: Pero, ¿no le dijeron si lo van a mandar a México?

Presidente Andrés Manuel López Obrador: Que lo están revisando y ya hay comunicación, no puedo decir más. Pero me respondió la carta. Por cierto, últimamente ha estado él delicado de salud y le deseo que se recupere el primer ministro de Israel. Y hay de parte del gobierno de Israel disposición de ayudarnos.”

Octava. La tortura es un crimen de Lesa Humanidad . En el derecho internacional la prohibición de la tortura se ve reflejada mediante los diversos tratados internacionales en los que de manera particular se prohíbe esta practica y se busca perseguir a quienes cometan estos atroces actos. Entre los principales instrumentos internacionales que prohíben la tortura, tenemos, entre otros, los siguientes:

• Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1975 (resolución 3452 [XXX]);

• Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT), aprobada el 10 de diciembre de 1984 (resolución 39/46), ONU Doc. A/39/51 (1984); la Convención entró en vigencia el 26 de junio de 1987;

• Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, aprobada el 9 de diciembre de 1985 y que entró en vigor el 28 de febrero de 1987;

• Convención Europea para Prevenir la Tortura y las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, aprobada en el marco del Consejo de Europa el 26 de noviembre de 1987 y que entró en vigencia el 1 de febrero de 1989.

Otros instrumentos que se refieren a la tortura son:

• Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV), del 31 de julio de 1957, y 2076 (LXII), del 13 de mayo de 1977;

• Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión, adoptado por la Asamblea General en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988;

• Principios de ética médica aplicables a la función del personal de salud, especialmente, los médicos, en la protección de personas presas y detenidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptados por la Asamblea General en su resolución 37/194, de 18 de diciembre de 1982;

• Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada por la Asamblea General en su resolución 3452 (XXX), de 9 de diciembre de 1975;

• Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, adoptados por el octavo congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.

Novena. Por su parte la Organización de las Naciones Unidas, emitió resolución sobre los “Principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra, o de crímenes de lesa humanidad”, con la finalidad de acrecentar la cooperación y la seguridad internacionales, en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra o de crímenes de lesa humanidad:}, los cuales a la letra señalan:

“1. Los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, dondequiera y cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido, serán objeto de una investigación, y las personas contra las que existen pruebas de culpabilidad en la comisión de tales crímenes serán buscadas, detenidas, enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas.

2. Todo Estado tiene el derecho de juzgar a sus propios nacionales por crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad.

3. Los estados cooperarán bilateral y multilateralmente para reprimir y preveni r los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad y tomarán todas las medidas internas e internacionales necesarias a ese fin.

4. Los estados se prestarán mutua ayuda a los efectos de la identificación, detención y enjuiciamiento de los presuntos autores de tales crímenes, y, en caso de ser éstos declarados culpables, de su castigo.

5. Las personas contra las que existan pruebas de culpabilidad en la comisión de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad serán enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas, por lo general en los países donde se hayan cometido esos crímenes. A este respecto, los estados cooperarán entre sí en todo lo relativo a la extradición de esas personas.

6. Los estados cooperarán mutuamente en la compilación de informaciones y documentos relativos a la investigación a fin de facilitar el enjuiciamiento de las personas a que se refiere el párrafo 5 supra e intercambiarán tales informaciones.

7. De conformidad con el artículo 1 de la Declaración sobre el Asilo Territorial, de 14 de diciembre de 1967, los estados no concederán asilo a ninguna persona respecto de la cual existan motivos fundados para considerar que ha cometido un crimen contra la paz, un crimen de guerra o un crimen de lesa humanidad.

8. Los estados no adoptarán disposiciones legislativas ni tomarán medidas de otra índole que puedan menoscabar las obligaciones internacionales que hayan contraído con respecto a la identificación, la detención, la extradición y el castigo de los culpables de crímenes de guerra o de crímenes de lesa humanidad.

9. Al cooperar para facilitar la identificación, la detención, la extradición y, en caso de ser reconocidas culpables, el castigo de las personas contra las que existan pruebas de culpabilidad en la ejecución de crímenes de guerra o de crímenes de lesa humanidad, los estados se ceñirán a las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y a la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.”

Décima. La extradición es la figura jurídica judicial de mayor expresión en materia de cooperación internacional; siendo los casos más notorios los de terrorismo, narcotráfico, blanqueo de capitales, armas, trata de personas, organizaciones criminales y demás conductas punibles conexas a los anteriores, así como los delitos contenidos en el Estatuto de Roma.

Históricamente el derecho internacional desarrolló la institución de la “extradición” principalmente para resolver la serie de problemas que se generan cuando un presunto delincuente se refugia en un Estado que no posee jurisdicción sobre él, o ya sea que este imposibilitado para procesarlo porque los medios de prueba se encuentran fuera del país. Un Estado procede entonces a la extradición de una persona para que ésta pueda ser juzgada por el país que lo requiere por supuestos delitos cometidos en contravención de su orden jurídico.

La extradición es un acto jurídico mediante el cual un Estado hace entrega de una persona refugiada en su territorio a otro Estado que le reclama por estar inculpada, procesada o convicta en éste por la comisión de un delito del orden común a fin de que sea sometida a juicio o recluida para cumplir con la pena impuesta.

En este sentido, la extradición se debe entender como la figura de cooperación internacional por excelencia, cuyo objetivo principal en primer término es la de combatir el delito, la impunidad de las conductas criminales, simplificar las formalidades y permitir la ayuda mutua en materia penal; iniciando con la solicitud de un Estado requirente o el ofrecimiento del estamento que sirve de albergue, para entregar a una persona o personas vinculadas formalmente a una investigación penal o condenadas mediante sentencia en firme.

La extradición busca principalmente estrechar los lazos de amistad, solidaridad y de cooperación existentes entre los países en contra de la escalada de los criminales y sus delitos a nivel internacional, para hacer imperar la justicia en el ámbito del área penal y dentro del marco de los derechos humanos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta al gobierno del Estado de Israel para que con apego a su marco legal se conceda la extradición del ciudadano Tomás Zerón de Lucio a México y pueda ser juzgado ante los tribunales previamente establecidos, por su presunta participación en crímenes de Lesa Humanidad como tortura y desaparición forzada de personas, además de delitos contra la impartición de justicia por la alteración de la escena del crimen, pérdida y ocultamiento de pruebas.

Notas

1 Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes. Presentación del Segundo Informa sobre Ayotzinapa.

https://centroprodh.org.mx/GIEI/?p=253

2 La Jornada. 29 de abril de 2016. Pide GIEI salida de Zerón.

https://www.jornada.com.mx/2016/04/29/politica/003n1pol

3 Milenio. 13 de julio de 2020. A la primera ma... te mato”: Zerón en interrogatorio a implicado en caso Ayotzinapa.

https://www.milenio.com/policia/caso-ayotzinapa-video-tomas-zero n-interrogatorio-irregular

4 Rompeviento Tv 30/Junio/20. Conferencia de prensa del Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero: “Se acabó la verdad histórica”.

https://www.youtube.com/watch?v=h3ESsEQ43E4

5 Ibid.

6 Versión estenográfica. Conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador del 14 de septiembre de 2020.

https://www.gob.mx/presidencia/articulos/version-estenografica-c onferencia-deprensa-del-presidente-andres-manuel-lopez-obrador-del-14-de-septie mbre-de-2020?idiom=es

7 Fiscalía General de la República. 27 de abril de 2021. Comunicado FGR 154/2. FGR INFORMA.

https://www.gob.mx/fgr/prensa/comunicado-fgr-154-2-fgr-informa

8 La Jornada. 16 de junio de 2022. Padres de los 43 normalistas protestan frente a Cancillería.

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/06/16/politica/padres-de-l os-43-normalistas-protestan-frente-acancilleria/

9 28 de julio 2023. Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, desde Nayarit

https://lopezobrador.org.mx/2023/07/28/version-estenografica-de- la-conferencia-de-prensa-matutina-del-presidente-andres-manuel-lopez-obrador-de sde-nayarit-3/

10 ONU. Resolución 3074 (XXVIII) de la Asamblea General, de 3 de diciembre de 1973. Principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra, o de crímenes de lesa humanidad.

https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/ principles-international-co-operation-detection-arrest

11 Universidad Nacional Autónoma de México - Instituto de Investigaciones Jurídicas. Diccionario Jurídico Mexicano, E-H Tomo IV. Extradición.

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1171/7.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Lidia Pérez Bárcenas (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A IMPLEMENTAR OPERATIVOS PARA RECUPERAR LA SEGURIDAD EN LAS CARRETERAS, ESPECIALMENTE LA DEL TRANSPORTE DE CARGA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Gobierno federal a implementar operativos para recuperar la seguridad en las carreteras del país, especialmente la seguridad del transporte de carga, a cargo del diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del PAN

El que firma, diputado Gerardo Peña Flores y suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6 numeral 1, fracción I y artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El robo de carga en México se ha convertido en uno de los principales problemas relacionados con la crisis de inseguridad que padece México agudizada desde 2018, ese delito afecta a diversas industrias y empresas de todos tamaños y rubros, ocasionando genera un impacto negativo en el desarrollo nacional.

El reporte anual México 2022 del Centro de Inteligencia de Overhaul, hasta el 31 de diciembre del año pasado, contabilizaron un total de 20 mil 131 eventos por robo de carga en el país, lo que representa un aumento de 1.3 % en comparación con 2021, lo que equivale a un promedio de mil 748 robos de carga mensualmente y 58 diarios.

Las pérdidas económicas por el robo al transporte de carga y la cantidad de delitos no es precisa, debido a que el crimen es subreportado por las víctimas. La Asociación de Transportistas Nacionales (Antac) estima que el robo de carga cuesta 2 mil 300 millones de pesos anualmente, pero los empresarios aseguran que el monto es mucho más alto. De acuerdo con la empresa de custodia electrónica AI27, el robo anual se acerca a los 300 millones de dólares. En 2022 las autoridades contabilizaron 13 mil 199 delitos cometidos contra transportistas, lo que representó un incremento 6,7% en comparación con 2021.

La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), consideró que el robo al autotransporte de carga en las carreteras de nuestro país se incrementó en poco más del 10 % anualmente, durante el primer bimestre del 2023. Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se registraron 2 mil 209 delitos contra los transportistas en las carreteras, un aumento respecto a los años 2022, 2021 y 2020.

En abril de 2023, un comando a bordo de camionetas que se trasladaban de Matamoros hacia San Fernando, en el Estado de Tamaulipas, provocando la respuesta de la autoridad, en el denominado Código Rojo, con ello se solicitó el apoyo a las fuerzas militares, pues las fuerzas estatales se vieron obligadas a responder a una agresión que culminó con 2 civiles abatidos, el aseguramiento de 6 vehículos y armamento.

Compañeras y compañeros, la estrategia de seguridad en nuestro país vuelve a demostrar con evidencias que es una estrategia que no sólo le urge un rediseño, necesita existir, las carreteras mexicanas siguen padeciendo el crimen ante la falta de soluciones institucionales.

Por lo anteriormente expuesto, un servidor junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta Honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Gobierno Federal a implementar operativos para recuperar la seguridad en las carreteras del país, especialmente a la seguridad del transporte de carga, cuyos riesgos y costos por pérdidas terminan absorbiéndose por el consumidor.

Notas

1. V. Transporte de Carga, en la mira de la delincuencia.

https://www.reporteindigo.com/reporte/transporte-de-carga-en-la- mira-de-la-delincuencia-inseguridad-costos-empresas/

2. V. El robo de carga en México: un crimen al alza que se cobra vidas y miles de millones en pérdidas.

https://elpais.com/mexico/economia/2023-07-17/el-robo-de-carga-e n-mexico-un-crimen-al-alza-que-se-cobra-vidas-y-miles-de-millones-en-perdidas.h tml

3. V. Robos a transportistas en México: ¿Cuáles son las entidades más afectadas?.

https://incomex.org.mx/index.php/2023/04/06/robos-a-transportist as-en-mexico-cuales-son-las-entidades-mas-afectadas/

4. V. Narcobloqueos en Tamaulipas: convoy con hombres armados paralizó carreteras y murieron dos personas.

https://www.infobae.com/mexico/2023/05/01/narcobloqueos-en-tamau lipas-convoy-con-hombres-armados-paralizo-carreteras-y-murieron-dos-personas/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Gerardo Peña Flores (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.



PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE LA PRESENCIA DE EJEMPLARES DE LA ESPECIE OSO NEGRO AMERICANO EN ZONAS RESIDENCIALES Y ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DE NUEVO LEÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León a convocar a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y personas interesadas a participar en la elaboración de un protocolo de actuación de la sociedad civil ante la presencia de ejemplares de la especie Oso Negro Americano en zonas residenciales y áreas naturales protegidas de la entidad, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

Héctor Israel Castillo Olivares, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I; 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, de acuerdo con las siguientes

Consideraciones

Los avistamientos de osos negros ( Ursus Americanus Eremicus), en Monterrey, Santa Catarina y San Pedro Garza García así como en diversos municipios que conforman la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM), Nuevo León; forman parte de un cambio etológico o de comportamiento de la especie, que cada vez es más frecuente y al mismo tiempo, una problemática asociada a factores como la deforestación, la escasez de agua y de alimento; la cacería furtiva, el tratamiento inadecuado de residuos sólidos, el crecimiento desordenado de la mancha urbana y el modelo reactivo de educación ambiental, entre otros.

La toma de una selfie por parte de una mujer en el Parque Ecológico de Chipinque, ante la presencia de un ejemplar de oso macho juvenil de aproximadamente 96 kilos, marcado con el arete 34, por el que se implementó el Protocolo de Vida Silvestre, para captura, contención y manejo del ejemplar y que concluyó con la castración del mismo, sin que hasta la fecha se tenga registro de su existencia y tampoco una condena para los responsables de la medida extrema.

El video en el que se observa a un hombre pidiendo la mano de su novia en Monterrey, cuando un oso negro interrumpe el cuadro de una forma cómica, aunque imposible de no notar el rostro desconcertante de la pareja al ver al animal salvaje paseándose por el romántico mirador.

El hallazgo de un oso dormido afuera de una privada del municipio de San Pedro Garza García y una de las “visitas” más recientes de este tipo de ejemplares en la colonia Real San Pedro, en Zuazua, alejada del Parque Nacional Cumbres.

Recientemente, otro video compartido a través de redes sociales del presentador Poncho de Nigris, en el que un oso de gran tamaño no dejaba de seguirles el paso durante varios kilómetros, mientras él y su hijo de 7 años se encontraban solos entre la maleza del cerro Chipinque. En el video, se muestra cómo de Nigris sostiene firmemente el brazo de su hijo mientras ambos apresuran su caminar, intentando escapar de la amenaza que se cierne detrás de ellos. La escena ilustra la tensión y la urgencia del momento mientras se esfuerzan por alejarse del peligro.

Ahora bien, tratándose de la reserva natural Chipinque, el portal web chipinque,org.mx, confirma que ésta se encuentra ubicada en colindancia con la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM), es un espacio 1791 hectáreas que alberga una biodiversidad importante y provee servicios ambientales a la comunidad como agua limpia, la regulación del clima mediante la captura de carbono en su vegetación y servicios recreativos y culturales a través de turismo sostenible. Esta área se localiza dentro de los límites del área natural protegida federal “Parque Nacional Cumbres de Monterrey”, y dentro de un área importante para la conservación de aves (AICA, BirdLife International).

El bosque templado de la montaña Chipinque es parte de una región terrestre prioritaria de acuerdo con la Comisión Nacional de Biodiversidad (Conabio) y del “hotspot” de biodiversidad, “Bosques de pino-encino de la Sierra Madre” reconocido por Conservation International, por los altos niveles de integridad ecológica, de riqueza de especies y por ser un importante corredor biológico, cuenta con un sistema de señalética en su interior.

En lo que respecta al Reglamento General del Chipinque, invita a sus visitantes a seguir las indicaciones de guardabosques y personal en general y, advierte que, en caso de no respetarlas deberán retirarse de las instalaciones, como a continuación se detalla:

Como puede observarse, la disposición reglamentaria resulta omisa respecto de la actuación de sus visitantes ante la presencia de ejemplares de oso negro y tampoco el Parque Chipinque, cuenta con un protocolo o manual de actuación y/o capacitación mínima para sus visitantes en caso de que un oso se acerque o los siga. Limitándose a responsabilizarlos de la distancia segura que deben guardar con los ejemplares, sin especificar información al respecto.

La aseveración anterior se confirma por parte de Patricia Pérez Ramírez activista y pionera en la implementación de campañas de protección a los osos en San Pedro Garza García y quien actualmente promueve desde el colectivo “Ecosistema Organizado (ECOSONL), una visión de corresponsabilidad compartida en Nuevo León, como hábitat de la especie Oso Negro; por lo que considera urgente contar con un Protocolo para la sociedad civil ante la presencia de ejemplares en zonas residencias y en las áreas naturales protegidas como el parque Chipinque, en el marco de una estrategia de conservación de la especie.

De acuerdo con ECOSONL, un protocolo de actuación dirigido a la sociedad civil ante la presencia de osos a corta distancia, debe contar con la información siguiente:

Además de considerar importante recodar:

• No reportarlos, recuerda que el oso transita por su territorio.

• Ante un inminente ataque, aunque los osos son animales pacíficos, haz ruido, usa un silbato, algo que lo espante.

• Promover la cultura de su preservación, nuestros osos están en peligro de extinción, cuídalos.

• Deja la basura dentro de tu casa y sácala en el horario establecido en tu colonia así evitarás que los osos golosos atraídos por los olores, bajen a las zonas residenciales.

• Los osos tienen una función muy importante en el ecosistema, si quieres bosques necesitas aprender a protegerlos.

Dicho protocolo deberá entregarse a cada visitante, previa firma de consentimiento e inscribirse en el registro de visitantes del patronato del parque Chipinque, con lo que se confirma la corresponsabilidad asumida por sus visitantes.

En este contexto, resulta indispensable mencionar que si bien, durante el sexenio 2006- 2012, en materia de conservación de especies, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), a través de la Dirección de Especies Prioritarias para la Conservación, implementó el Programa de Conservación de Especies en Riesgo (Procer), con el objetivo de lograr la recuperación de 30 especies en riesgo durante el periodo 2007-2012, dentro de las que se encuentra el Oso Negro Americano, mediante la implementación de sus respectivos Programas de Acción para la Conservación de la Especie (Pace).

La información sobre el grado de avance en materia de conservación de la especie Oso Negro Americano, únicamente se encuentra disponible tratándose del área de Protección de Flora y Fauna, Campo Verde, Chihuahua; correspondiente al período 2016-2019 y de acuerdo con datos de la CONANP, la población de oso negro en el APFF Campo Verde es la más abundante para la Sierra Madre Occidental, pues se tiene un estimado poblacional de 106 individuos y una densidad de 0.140 ind/km2, documentándose el éxito reproductivo de la especie, al contar con 37 registros fotográficos de hembras con crías (dos oseznos en promedio).

A partir de 2008, la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), ha reconocido que, en el estado de Nuevo León, el aumento de avistamientos e informó que, en dicho año se registraron al menos 24 avistamientos, cifra que se repitió un año después. En 2010 fueron localizados 23 osos en zonas urbanas; en 2011 se contabilizaron al menos 27; en 2012, se sumaron 95 y en 2013, se registraron 19 avistamientos que involucraron a 28 ejemplares.

Asimismo, la PROFEPA, ha reportado que, en la mayoría de los casos se recurre a la contención física (captura en jaulas trampa) o a la química (aplicación de tranquilizantes) para su manejo y posterior traslado a la zona de liberación. Cuando el oso se encuentra sedado, se obtiene toda la información posible sobre éste, como su sexo, edad, peso y medidas morfo-métricas, entre otros datos y, como una forma de identificar a los osos “reincidentes”, se les colocan dos tipos de dispositivos, uno de ellos es un arete plástico visible que se incrusta en las orejas (de color amarillo para las hembras y azul para los machos).

Desde 2013 a todos los ejemplares capturados se les ha colocado en este año un “microchip” de 14 mm de largo y 2 mm de grueso que contiene en su interior un número individual inalterable, seguro e inocuo, el cual es implantado en el organismo de este mamífero carnívoro en forma subcutánea mediante el uso de una jeringa “ monoject”. Una vez efectuado este manejo y después de que el oso se recupera se procede a su traslado a la región decidida para su liberación, procurando que el hábitat sea el apropiado para la especie.

Algunas de las estrategias que se han aplicado para disminuir las interacciones con humanos son la captura y traslocación y, en muy pocos casos, métodos para desarrollar aversión como ruidos fuertes, perros y proyectiles. En Estados Unidos se ha evaluado la efectividad de estas técnicas y se ha observado que ninguna elimina la problemática, ya que los osos en algún momento vuelven a involucrarse en una situación de conflicto con humanos.

Sin embargo, e México no se ha evaluado el éxito de las mismas debido a que no se cuenta con un seguimiento después de aplicarlas ya que las técnicas de aversión consisten en alejar a los osos de ciertas zonas o asustarlos cuando son liberados.

De igual forma se reconoce que el conocimiento biológico a nivel nacional de la especie Ursus Americanus Eremicus, es escaso y sin actualización; por lo que realizar estudios para obtener información del estado de las poblaciones del Oso Negro Americano en el país, debería considerarse como un tema prioritario en la agenda ambiental.

Actualmente, una de las poblaciones más estudiadas es la que se localiza en las Serranías del Burro, Coahuila, y en todo el estado se han establecido 18 Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMAs). Otros estados como Sonora y Nuevo León, han realizado estudios enfocados principalmente al cálculo de la densidad de las poblaciones, no obstante, es importante mejorar los métodos para estimar este parámetro y así obtener resultados más precisos.

Ante la alarmante falta de actualización de estudios y evaluaciones en materia de conservación de la especie y subespecies Oso Negro Americano y la ausencia de mecanismos de actuación dirigidos a la población ante la presencia de osos; como habitante y secretario de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, considero urgente que la Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León, diseñe un Protocolo de Actuación dirigido a la sociedad civil ante la presencia de osos en zonas residenciales y las áreas naturales de Nuevo León, mismo que deberá publicarse en el periódico oficial de la entidad y en los principales medios de comunicación y, por su parte, el Parque Ecológico Chipinque, constituido como una Asociación de Beneficencia Privada (ABP), actualice el Reglamento de Acceso tomando como base el instrumento mencionado.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, a que en el ámbito de sus atribuciones, convoque a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y personas interesadas a participar en la elaboración de un Protocolo de Actuación de la Sociedad Civil ante la Presencia de ejemplares de la especie Oso Negro Americano en zonas residenciales y áreas naturales protegidas de la entidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los integrantes de la Asamblea General de la Asociación de Beneficencia Privada del Parque Ecológico Chipinque, a armonizar el Reglamento General de visitantes con base en el Protocolo de Actuación de la Sociedad Civil ante la presencia de ejemplares de la especie Oso Negro Americano en el perímetro de dicha reserva natural, mismo que deberá entregarse a cada visitante, previa firma de consentimiento e inscribirse en el registro correspondiente del patronato del bosque.

Notas

1. Conocido en Alaska, Canadá y Estados Unidos como “American Black Bear”, es la especie de úrsido más pequeño, abundante y ampliamente distribuido en el mundo. El oso negro americano es un mamífero de la familia Ursidae, perteneciente al orden de los carnívoros, que cuenta con 16 subespecies reconocidas (Hall, 1981). Algunos autores consideran que en México sólo se distribuyen dos subespecies que son U. a. machetes y U. a. eremicus (Ramírez-Pulido et al., 1996; Moctezuma, 1997), mientras que otros reportan que son tres las subespecies mexicanas: U. a. machetes, U. a. eremicus y U. a. amblyceps (Hall, 1981; Doan-Crider y Hellgren, 1996). Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Programa de Acción para la Conservación de la Especie: Oso negro americano (Ursus americanus) Fernando Ramón Gavito Pérez, Teresa Ruiz Olvera, Jonas Delgadillo Villalobos (Eds.) (1ra. Ed.) México, pp. 9, 12

http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/350218/PACE_Oso_Ne gro.pdf

2. Apodaca, García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina; con base en el Convenio de Coordinación para el reconocimiento e integración de la Zona Metropolitana de Monterrey. Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, Tomo CLVII, número 85, 08 de julio de 2020, pp-29 a 55.

http://sistec.nl.gob.mx/Transparencia_2015/Archivos/AC_0001_0007 _00168665_000003.pdf

3. Profepa sigue sin actuar contra responsables por la castración del oso negro (Ursus americanus) de Nuevo León, el 18 de julio de 2020.

https://www.mexicoambiental.com/profepa-sigue-sin-actuar-contra- responsables-por-la-castracion-del-oso-negro-ursus-americanus-de-nuevo-leon/

4. Cacho, Emmanuel, ¿Por qué hay tantos osos deambulando en Monterrey? Revista Central, 07 de octubre de 2022.

https://www.revistacentral.com.mx/fyi/por-que-hay-tantos-osos-de ambulando-en-monterrey

5. Padilla, Jesús, “Osos de NL cambian de dieta por basura y clima”, Reporte Índigo, 17 de octubre de 2022.

https://www.reporteindigo.com/reporte/osos-de-nl-cambian-de-diet a-por-basura-y-clima-parque-cumbres/

6. López Edson, “Poncho de Nigris y su hijo son perseguidos por un oso”. MVS Noticias, 21 de agosto de 2023.

https://mvsnoticias.com/nacional/2023/8/21/poncho-de-nigris-su-h ijo-son-perseguidos-por-un-oso-603630.html

7. https://www.chipinque.org.mx/conservacion

8. https://www.chipinque.org.mx/reglamento

9. Ibidem, p. 7

10. Importante avance en la conservación del oso negro americano en el APFF Campo Verde, Chihuahua, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, 25 de marzo de 2020.

https://www.gob.mx/conanp/prensa/importante-avance-en-la-conserv acion-del-oso-negro-americano-en-el-apff-campo-verde-chihuahua

11. Aumentan avistamientos de osos en Nuevo León, en últimos 5 años, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

https://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/5360/1/mx.wap/aumentan _avistamientos_de_osos_en_nuevo_leon__en__ultimos_5_anos.html#:~: text=El%20avistamiento%20de%20Osos%20salvajes,en%20su%20zona%20de%20paso.

12. Idem.

13. Idem.

14. López Farías, Alejandra, Monroy Vilchis, Octavio, et all, “OSO NEGRO EN MÉXICO: UN GIGANTE EN PELIGRO DE EXTINCIÓN, Universidad Autónoma del Estado de Nuevo León, Revista de Divulgación Científica y Tecnológica, CIENCIA UANL / AÑO 22, No.95 mayo-junio 2019.

https://cienciauanl.uanl.mx

15. Idem.

16. Idem.

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE BIENESTAR Y AL GOBIERNO DE NUEVO LEÓN, A SUSCRIBIR EL CONVENIO PARA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA PENSIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PERMANENTE

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Bienestar y al gobierno de Nuevo León a suscribir el Convenio para la Universalización de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

Héctor Israel Castillo Olivares, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I; 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Una de mayores demandas de las personas con discapacidad en Santa Catarina, Nuevo León; es la falta de acceso a la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente (PBPDP) que otorga el Gobierno federal. Un claro ejemplo, es la ciudadana María Elena G., quien debido a una enfermedad crónico degenerativa en 2020, le fue amputada una extremidad inferior y por el tiempo de recuperación y adaptación de la prótesis, fue despedida y actualmente no ha sido contratada por su condición, como ella asegura.

Si bien, la PBPDP, tiene como objetivo mejorar el ingreso monetario de las personas con discapacidad permanente y de esta manera contribuir a lograr la vigencia efectiva de los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas indígenas y afromexicanas que viven con discapacidad, para así eliminar la marginación, la discriminación y el racismo que enfrentan. Únicamente contempla como población objetivo a niñas, niños y jóvenes (sic), de 0-29 años de edad; personas de 30-64 años de edad que habiten en comunidades indígenas o afromexicanas y personas con alto o muy alto grado de marginación; quienes reciben de bimestralmente $2,950.00 pesos en efectivo o en depósito, dependiendo el pago establecido.

Los requisitos para acceder al beneficio, van desde el acta de nacimiento legible; identificación oficial vigente (credencial de elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad; CURP (impresión reciente); Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial); Certificado de discapacidad emitido por alguna institución pública de salud y teléfono de contacto. Así como los requisitos que debe cubrir la persona adulta auxiliar, quien podrá ser familiar o no de la persona solicitante del beneficio en comento.

Para alcanzar la universalización del mencionado derecho fundamental, las entidades federativas deben suscribir un convenio con la Secretaría de Bienestar y aportar el 50 por ciento de los recursos para su financiamiento. Lo anterior, como parte del acuerdo alcanzado con las gobernadoras y gobernadores del país, en el marco de la 47º Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad, realizada en Villahermosa Tabasco, el 17 de diciembre de 2021. En el que el titular del Ejecutivo federal, sostuvo:

“...con el acuerdo suscrito ayer con gobernadores se concreta la pensión a personas con discapacidad de todo el país:

“La franja de población de 30 a 64 va a ser atendida para que la pensión a personas con discapacidad sea universal, sea para todos. Va a ser financiada por la federación y por los gobiernos estatales, 50 y 50 por ciento.”

Por ello, el sábado 3 de diciembre de 2022, la titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno federal, felicitó al estado de Nuevo León por la celebración de la Jornada Nacional de Entrega de Pensiones a Personas con Discapacidad, por la que se beneficiarán más de 33 mil derechohabientes en la entidad al cierre de 2022.

Por su parte, la delegada federal de Programas para el Desarrollo en Nuevo León, Blanca Judith Díaz Delgado, informó que el padrón era de 31 mil 283 derechohabientes, y con la incorporación de dos mil 635 personas durante el presente año, el total es de 33 mil 918, cifra que se espera incrementar en 2023, cuando se harán nuevos esfuerzos institucionales para incorporar a más personas a este derecho que entrega dos mil 800 pesos bimestrales durante el presente año.

Ahora bien, de acuerdo con el último Censo de Población y Vivienda (Censo 2020), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de 5,784,442 habitantes del estado de Nuevo León, 806 mil 079 personas, viven con alguna limitación en la actividad cotidiana o con algún problema o condición mental, tal y como se demuestra en las tablas siguientes:

En este contexto, resulta indispensable no perder de vista que la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, aprobó la reforma al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bienestar y por la que se reconoce como obligación del Estado garantizar la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente.

Asimismo, que la Secretaría de Bienestar ha sostenido que de las 30 entidades federativas que se comprometieron a garantizar la universalización de la pensión por discapacidad permanente, únicamente 18 lo han suscrito; entre las que destacan: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Zacatecas, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí y Tamaulipas.

En lo que respecta al ámbito local, el 18 de abril de 2023, la LXXVI Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, aprobó por unanimidad, exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, para que “informe si ya se llevó a cabo la firma del Convenio para la Universalización de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente, del Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, para el ejercicio fiscal 2023, y en caso de que aún no se haya efectuado remitir un informe de las causas por las cuales no se ha llevado a cabo.”

Adicionalmente a la falta de información requerida por el Congreso del Estado de Nuevo León, resulta necesario reiterar que, han transcurrido nueve meses del presente ejercicio fiscal y el Gobernador del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, no firma el convenio -al que se comprometió con el Presidente de la República, en la reunión de seguridad del 17 de diciembre de 2021-, que garantizará la universalidad de la pensión a todas las personas con discapacidad de 0 a 64 años de edad.

Por lo que en mi calidad de Diputado federal por el Distrito 01 de Santa Catarina y San Pedro Garza García; estoy convenido que la firma del citado instrumento entre la Secretaría de Bienestar del Gobierno federal y el titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León, resulta urgente si realmente existe el compromiso y responsabilidad por mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y saldar una deuda pendiente con uno de los sectores más vulnerables e históricamente discriminado.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno federal y al Gobernador Constitucional del estado Libre y Soberano de Nuevo León, para que, en el ámbito de sus atribuciones, suscriban el Convenio para la Universalización de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente.

Referencias:

1. Extracto de la conversación con la Sra. María Elena G. recorrido semanal por el Distrito 01 Santa Catarina y San pedro Garza García, Nuevo León, 30 de mayo de 2023.

2. Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, Acciones y Programas, Secretaría del Bienestar, 19 de agosto de 2022, última fecha de actualización: marzo de 2023.

https://www.gob.mx/bienestar/acciones-y-programas/pension-para-e l-bienestar-de-las-personas-con-discapacidad-permanente

3. Acta de nacimiento; Documento de Identificación vigente; Credencial para votar o pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten la identidad, expedidos por la autoridad correspondiente; Clave única de Registro de Población (CURP); Comprobante de domicilio o constancia de residencia de la autoridad local (máximo 6 meses de antigüedad) y Documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad permanente.

https://www.gob.mx/bienestar/acciones-y-programas/pension-para-e l-bienestar-de-las-personas-con-discapacidad-permanente

4. Por acuerdo con gobernadores, en 2022 inicia entrega universal de pensión a discapacidad: presidente AMLO, Presidencia de la República, Comunicado, 17 de diciembre de 2021.

https://www.gob.mx/presidencia/prensa/por-acuerdo-con-gobernador es-en-2022-inicia-entrega-universal-de-pension-a-discapacidad-presidente-amlo

5. Idem.

6. Comunicado 127/2022, Monterrey Nuevo León, 04 de diciembre de 2022, Boletines de los 32 estados sobre la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, Secretaría de Bienestar, Gobierno federal, 04 de diciembre de 2022, pp. 38 y 39.

https://seguridad.sspc.gob.mx/uploads/noticias_mexico/46_boletin es-de-los-32-estados-sobre-pcd.pdf

7. Ibidem, p. 39.

8. Presentación de resultados: Nuevo León, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Censo Nacional de Población y Vivienda, 2020.pp. 53-56.

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/doc/cpv2 020_pres_res_nl.pdf

9. Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Salud, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bienestar. Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 385 votos en pro, 49 en contra y 18 abstenciones, el martes 10 de marzo de 2020. En lo particular el artículo reservado en sus términos, y con las modificaciones aceptadas por la asamblea. Aprobado en la Cámara de Senadores con 91 votos en pro, 1 en contra y 1 abstención, el martes 24 de marzo de 2020.Diario Oficial de la Federación el viernes 8 de mayo de 2020. Gaceta Parlamentaria, número 5475-III, martes 10 de marzo de 2020.

http://gaceta.diputados.gob.mx/

10. Programas para el bienestar, Secretaría de Bienestar, 30 de mayo de 2023.

https://programasparaelbienestar.gob.mx/estas-son-las-fechas-de- registro-a-la-pension-para-personas-con-discapacidad-de-manera-universal-en-oax aca-quintana-roo-slp-y-tamaulipas/#:~: text= Sin%20embargo%2C%20gracias%20al%20apoyo,Ciudad%20de%20M%C3%A9xico%20y%20Guerrer o.

11. Aprueban firmar convenio para universalización de la pensión para personas con discapacidad, Sala de prensa, H. Congreso del Estado de Nuevo León, Septuagésima Sexta Legislatura, Monterrey, Nuevo León; 18 de abril de 2023.

https://www.hcnl.gob.mx/sala_de_prensa/2023/04/aprueban_firmar_c onvenio_para_universalizacion_de_la_pension_para_personas_con_discapacidad.php

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 27 de septiembre de 2023.– Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Bienestar, para dictamen.



SE INVITA A LA CONSAR, A ASISTIR A UNA REUNIÓN DE TRABAJO EN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN DE LOS PROCESOS DE TRASPASOS DE CUENTAS INDIVIDUALES ENTRE AFORES

«Proposición con punto de acuerdo, por el que se invita a la Consar a asistir a una reunión de trabajo, a efecto de explicar las razones por las que, sin existir fundamento legal para ello, se suspendieron por seis meses los procesos de traspasos de cuentas individuales entre afores, afectando los ahorros de las y los trabajadores, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputado Jorge Triana Tena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 79, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en los siguientes

Antecedentes

El Sistema Nacional de Ahorro para el retiro de nuestro país se encuentra en una encrucijada histórica en la que deberá resolverse si la administración de los ahorros de nuestra base trabajadora se mantiene dentro de los parámetros de certeza y seguridad jurídica a que obligan las leyes, o bien, si estos recursos quedan expuestos al arbitrio de decisiones opacas, arbitrarias y vulnerables ante los efectos de decisiones carentes de legalidad.

Esto es así porque el órgano regulador, de dicho sistema, la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el retiro, encabezada actualmente por Julio Cesar Cervantes Parra, adoptó en meses recientes una serie de medidas que han restringido el manejo de las cuentas individuales de las y los trabajadores del país, sin contar con fundamentos legales para ello, afectando no solo el ahorro laboral, sino el sistema de las Afores en su conjunto, al impactar negativamente en los rendimientos que estas pueden ofrecer a sus ahorradores en razón de los recursos que puedan administrar.

En los últimos dos años el Gobierno federal ha aprovechado la coyuntura negativa que representó la tragedia humana por la pandemia de covid-19, y sus efectos disruptivos en la economía y el comercio, para justificar decisiones de política pública, tomadas sin apego al espíritu de plena legalidad constitucional que debería revestir todos sus actos.

Así, sin llevar a cabo los necesarios trabajos de análisis y diagnóstico técnico previo, sin consulta con los sectores involucrados en los sectores afectados y sin anticipar mínimamente el impacto normativo o presupuestal de nuevas normas y regulaciones, se han implementado medidas que han terminado por generar más afectaciones que beneficios.

Una de estas decisiones tomada es la que adoptó la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en diciembre del año pasado, para restringir el derecho de las y los trabajadores del país, para traspasar sus cuentas de ahorro individual, de una Afore a otra, en la búsqueda de mejores rendimientos y beneficios para su dinero.

Tal decisión se tomó sin consulta o aviso previo informativo de ningún tipo a la sociedad en general, a la representación de los sectores laborales organizados, a las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro, a analistas especializados o incluso a las Cámaras del Congreso de la Unión, a través de sus comisiones legislativas correspondientes, en ambas cámaras, ya fueran las de Trabajo y Previsión Social o de Hacienda y Crédito Público.

Nacida desde la opacidad, esta decisión se ha mantenido dentro de ella y desde esa oscura posición, a seis meses de haber sido tomada, no solo no ha justificado su utilidad y supuestos beneficios sino que, en cambio, ha comenzado a mostrar ya consecuencias en términos de pérdidas económicas para las y los trabajadores, así como para las administradoras responsables del manejo de sus cuentas individuales.

Desde que fue anunciada, esta medida avanzó en el marco de una enorme confusión y el ocultamiento de información.

Sabemos que desde el pasado 16 de diciembre de 2022, la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro, entonces dirigida por Iván Pliego Moreno, tomó la decisión de suspender durante tres meses el derecho legal que posee toda trabajadora y trabajador en nuestro país para traspasar libremente, entre las Afores el manejo de sus ahorros personales depositados en la cuenta individual para su retiro, afectando patrimonialmente a quienes pretendían obtener mayores beneficios ofertados por una Administradora diferente a la originalmente contratada.

Conocemos esa fecha como la de inicio efectivo de esta medida debido a que fue referida por diversos medios de comunicación en sus notas informativas conforme el tema fue trascendiendo en la opinión pública, lo que no ocurrió sino hasta el mes de enero de 2023.

Si buscamos en los comunicados o campañas informativas en las redes sociales de la Consar cuando esta medida inició su vigencia, desde diciembre de 2022 o incluso días antes, no encontraremos un solo mensaje, comunicado, infografía o entrevista con su entonces titular, que explicara mínimamente esta decisión, aclarando la fecha de su inicio y término: no hay uno solo.

En sus redes sociales la Consar publicó desde diciembre pasado y hasta la fecha, una sucesión cotidiana de todo tipo de comunicados y campañas informativas sobre el manejo de las cuentas individuales, pero ninguna información detallada de una medida legal de tal dimensión como lo es la suspensión temporal de un derecho legal por parte de la población beneficiaria de los sistemas de ahorro para el retiro.

No fue sino hasta el 12 de enero siguiente que a través de un comunicado publicado en su página de internet, en medio de un largo texto, y en solo párrafo, la Consar informaba que:

Debido a las condiciones adversas del mercado, la Consar tomó medidas para suspender los traspasos por un periodo de tres meses con la finalidad de salvaguardar los ahorros de los trabajadores.

A raíz de ese comunicado es que se publican las notas informativas que abundaron en los datos sobre la decisión, aclarando que su vigencia habría iniciado desde el 16 de diciembre anterior.

A semejante opacidad se agrega el hecho de que la medida habría sido implementada al inicio del asueto decembrino de fin de año, lo que permite darnos cuenta de los afanes de opacidad y de ocultamiento que han acompañado a esta decisión desde su concepción y su instrumentación, hasta el momento actual.

Se ha hecho público ya que la Consar incluso omitió la información sobre los fundamentos, operación y alcances de esta decisión de política pública en los reportes trimestrales que remitió al Congreso de la Unión correspondientes al último del ejercicio 2022 y el primero del 2023, en los cuales debió ser detallada y explicada, lo cual ratifica no solo el afán de opacidad de dicho órgano regulador sino el espíritu desafiante de buscar eludir la supervisión del Congreso mandatada por Ley, lo cual simple y llanamente no debemos permitir.

La decisión de la Consar tuvo dos etapas, ya que el plazo original de tres meses de suspensión concluía el 16 de marzo, pero llegada la fecha, el órgano regulador decidió su ampliación por tres meses más, de la misma forma que al inicio de su implementación: sin información pública de ningún tipo que justificara su actuar.

No es posible ni tolerable que el órgano regulador responsable de asegurar la legalidad y la transparencia en el manejo de los ahorros para el retiro afecte los derechos de las y los trabajadores para manejar libremente sus cuentas, y en consecuencia, afecte también su patrimonio, al incidir negativamente en los posibles rendimientos que podrían haber obtenido derivados de ese manejo.

Tampoco es posible o tolerable desde ningún punto de vista que en el marco de la recuperación de las actividades económicas de la pandemia, durante la cual, los recursos ahorrados por los trabajadores les representaron un alivio mínimo para paliar la caída de sus ingresos, se suspenda el ejercicio de los derechos que les podrían haber ayudado a recuperar gradualmente esos ahorros haciendo uso de las herramientas que la ley les otorga para el manejo de sus cuentas, como por ejemplo, cambiar dicha cuenta a la Afore que les otorgara más ventajas y beneficios.

Hasta este momento las únicas razones esgrimidas por la Consar para justificar tal decisión fue la de -supuestamente- proteger a los ahorradores de las minusvalías que se habían presentado durante y posterior a la pandemia..

Sin embargo, el 14 de abril, se difundía información en el sentido de que las Afores habían registrado plusvalías por 138,800 millones de pesos en el primer trimestre del 2023 y en el primer reporte trimestral correspondiente a 2023, enviado por la Consar al Congreso de la Unión y recibido y publicado en las Gacetas de las Cámaras del Congreso el 24 de mayo, se reconocía lo siguiente:

.

Es decir, que de acuerdo a la información oficial de la Consar, la medida que adoptó no tenía razón de ser ya que las supuestas minusvalías que buscaba evitar en los trabajadores no eran tales ya que estas habían desaparecido y ya existían plusvalías.

Peor aún, al reconocer la existencia de plusvalías y mantener la restricción de los traspasos, la Consar afectó deliberadamente los posibles beneficios que podrían haber obtenido las y los trabajadores al cambiar de Afore, optando por la que más ventajas y rendimientos les pudieran ofrecer, generándoles por lo tanto, una pérdida directa en sus ingresos y sus patrimonios.

Después de seis meses de mantenerse suspendidos los traspasos de cuentas entre afores, la Consar finalmente anunció a inicios de junio que los traspasos se habían reactivado y anunció que las personas que durante el periodo de pausa solicitaron este trámite deberán, por medio de un mensaje de texto que se les mandará, decidir si aún quieren proceder con el cambio.

En las redes sociales, la Consar publicó este mensaje: ¿Solicitaste un cambio de administradora por Afore Web o Afore Móvil? Muy pronto recibirás en tu teléfono un mensaje para que confirmes si aún quieres seguir con tu traspaso. Esto será válido para solicitudes realizadas entre el 17 de diciembre y 28 de mayo.

Igualmente informó que los traspasos de cuentas de ahorro entre Afores que se tramitaron entre el 16 de diciembre y 28 de mayo se concretarán hasta el 26 de julio, es decir hasta seis meses después se solicitó el movimiento, lo que usualmente toma 20 días.

Lo que no aclaró la Consar es que quienes no recibieran o no vieran el mensaje, un tipo de notificación que carece de los más elementales formalismos administrativos, ya no podrían concluir su trámite de traspaso y lo tendrían que volver a iniciar.

Esto es reflejo del tipo de afectaciones de esta medida, porque el haber generado plazos distintos para un mismo trámite representa también condiciones diferentes de acceso a los derechos que la ley les otorga a los trabajadores lo que representa un trato desigual para unos y otros, dependiendo de cómo hayan solicitado su traspaso, algo absolutamente irregular y desde luego, ilegal.

Todo lo anterior se informó a través de breves mensajes en redes sociales, manteniendo en la opacidad los motivos o las razones por las que la suspensión ahora dejaba de aplicarse.

Peor aún, por si no fuera poco suspender el derecho de los trabajadores de cambiarse de Afore en el primer semestre del año, ahora la Consar como una medida inédita decidió reservar durante 5 años la información sobre los traspasos.

En el acta correspondiente a la Octava Sesión Extraordinaria del órgano interno de transparencia de ese órgano regulador, que se celebró el 26 de mayo de este año, se acordó que no se podrá difundir información que pueda afectar la efectividad y poner en riesgo el buen funcionamiento del sistema de pensiones.

En dicha reunión extraordinaria se argumentó que abrir al público datos reservados, generaría un daño económico al SAR, ya que podría generar desconfianza en la toma de decisiones de los inversionistas y en los mercados financieros, así como provocar distorsiones porque los montos que se pretenden conocer a la fecha en que se realizó el análisis no son definitivos.

Tal criterio no solo no sorprende sino que parece justificar una petición como la que se sustenta en el presente punto de acuerdo: ¿Por qué una decisión que supuestamente se adoptó para proteger el ahorro de los trabajadores ahora podría generar desconfianza en el manejo financiero del sector?

Desde luego que la pregunta natural que surge ante este escenario es: ¿Qué ocultan?

Un anticipo de respuesta puede ser que se busca ocultar una decisión errónea, tomada de manera frívola, con descuido y sin el debido soporte técnico financiero y legal que le diera soporte y viabilidad.

Otra respuesta podría ser que lo que se busca ocultar es un beneficio indebido a ciertas Afores de gran tamaño que durante la pandemia se vieron afectadas por los traspasos de cuentas de las y los trabajadores, que decidieron cambiar sus cuentas a Afores más pequeñas, que les daban mayores ventajas y beneficios para el manejo de sus ahorros.

Ante la opacidad y la desinformación crecen las suspicacias por la decisión errónea de cancelar temporalmente los traspasos como de guardar bajo confidencialidad la información.

Vale hacer notar en este punto, que antes de que la Consar resolviera reanudar los traspasos entre cuentas, tomó las previsiones para no dar información sobre dicha medida; esto es absolutamente censurable.

Extraña en verdad que la Consar reservara la información por 5 años, cuando tiene las herramientas para verificar y contrastar los datos a las pocas semanas o meses, tal y como lo hace desde su creación.

Todo ello representa una situación que debemos aclarar desde el Congreso de la Unión.

No es aceptable desde ningún punto de vista que la Consar haga uso de sus atribuciones para proteger el ahorro de los trabajadores, sin dar información suficiente a la opinión pública y al sistema financiero sobre los motivos de su actuar.

Como órgano regulador de un componente esencial de nuestro sistema de derechos laborales y del sistema financiero, la Consar debe reconocer que la transparencia es indispensable, más aún en el marco de un desempeño ético y apegado a la legalidad.

No es posible que la instancia responsable del manejo de miles de millones de pesos en que provienen del ahorro de nuestra base trabajadora pueda adoptar semejantes decisiones sin fundamentos financieros y jurídicos claros, afectando en el proceso, el ejercicio de derechos laborales y la estabilidad y seguridad del sistema financiero.

Por lo anteriormente expuesto, someto a esta soberanía la siguiente propuesta con

Punto de Acuerdo

Único.- La H. Cámara de Diputados invita a una reunión de trabajo al C. Julio Cesar Cervantes Parra, para que explique las razones por las que sin existir fundamento legal para ello, se suspendieron por seis meses los procesos de traspasos de cuentas individuales entre las Administradoras de Fondos para el Retiro, así como sobre las condiciones bajo las que estos traspasos se han reanudado y las afectaciones económicas provocadas a la base trabajadora del país.

Notas

1. Es el caso de, entre otros, los decretos para simplificar los procedimientos de adquisiciones públicas en contra de lo establecido por las leyes respectivas o para permitir la importación de productos de la canasta básica sin controles sanitarios, en contra de la normatividad fitosanitaria y comercial nacional e internacional.

2. El Sistema de Ahorro para el Retiro al cierre de 2022

https://www.gob.mx/consar/prensa/el-sistema-de-ahorro-para-el-re tiro-al-cierre-de-2022?idiom=es#:~: text=Debido%20a% 20las%20condiciones%20adversas,los%20ahorros%20de%20los%20trabajadores.

3. Afores retoman ganancias en 2023, regresan las plusvalías: CONSAR MI BOLSILLO, 16 de abril de 2023

https://www.mibolsillo.com/retiro/Afores-retoman-ganancias-en-20 23-regresan-las-plusvalias-Consar-20230416-0005.html

4. Informe Trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al periodo enero, febrero y marzo de 2023.Gaceta del Senado, Gaceta Parlamentaria Miércoles 24 de mayo de 2023 / LXV/2SPR-5-3226/134915

https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/2/2023-05-24-1/asse ts/documentos/Informe_Trim_SAR_2023.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Jorge Triana Tena (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.



SE GARANTICE EL LIBRE Y SEGURO TRÁNSITO DE LAS PERSONAS MIGRANTES EN EL PAÍS, Y SE EVITE AFECTAR LA OPERACIÓN DE LAS VÍAS FERROVIARIAS NACIONALES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a instruir a las autoridades federales a generar acciones inmediatas y constantes que garanticen el libre y seguro tránsito de las personas migrantes en el país, y evitar que se afecte la operación de las vías ferroviarias nacionales y, en consecuencia, la estabilidad económica nacional, suscrita por las diputadas Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra e Itzel Josefina Balderas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

Las que suscriben, diputadas Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra e Itzel Josefina Balderas Hernández, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta Honorable asamblea de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce de manera amplia y sin excepciones el derecho irrestricto de las personas de gozar de los derechos reconocidos por el Estado Mexicano en la Carta Magna y en los instrumentos internacionales suscritos por este. Ante ello, la población migrante con independencia de su condición jurídica en el país goza de la potestad jurídica de transitar libremente por el territorio nacional, siendo obligación del Estado garantizar su integridad, así como sus derechos humanos, atendiendo a los principios establecidos en el artículo segundo de la Ley de Migración vigente, los cuales, entre otros, establecen las siguientes premisas:

(...)

Facilitación de la movilidad internacional de personas, salvaguardando el orden y la seguridad. Este principio reconoce el aporte de los migrantes a las sociedades de origen y destino. Al mismo tiempo, pugna por fortalecer la contribución de la autoridad migratoria a la seguridad pública y fronteriza, a la seguridad regional y al combate contra el crimen organizado, especialmente en el combate al tráfico o secuestro de migrantes, y a la trata de personas en todas sus modalidades.

(...)

Unidad familiar e interés superior de la niña, niño y adolescente, como criterio prioritario de internación y estancia de extranjeros para la residencia temporal o permanente en México, junto con las necesidades laborales y las causas humanitarias, en tanto que la unidad familiar es un elemento sustantivo para la conformación de un sano y productivo tejido social de las comunidades de extranjeros en el país.

(...)”

El pasado martes 19 de septiembre de 2023, la persona moral Ferromex, emitió un comunicado a través del cual hizo del conocimiento público la suspensión temporal del tránsito de sesenta trenes hacia el norte del país, lo que equivale a la capacidad de mil ochocientos camiones hacia Estados Unidos. Dicha suspensión atiende a un objeto primordial, que es salvaguardar la integridad de las personas migrantes que utilizan dichos trenes de carga como medio de transporte hacia el país vecino; el documento señala que se ha registrado cerca de media docena de accidentes y fallecimientos de grupos de personas migrantes integrados por familias incluyendo niñas y niños.

Es imprescindible señalar los alcances y consecuencias que ha generado la negligencia y la omisión de las autoridades migratorias por la falta de políticas públicas en la materia, pues la congregación de grupos migrantes en las principales rutas económicas del país, genera condiciones desfavorables para la región en el ámbito empresarial, de salud y de seguridad así como en el sector exportador mexicano que se configura como el principal promotor del crecimiento de la actividad económica mexicana.

En dicho sentido, el diario Expansión en su nota del 20 de septiembre de 2023 (Morales, 2023), anunció que el paro de Ferromex afectaría a siete industrias y ocho puertos, considerando que dicha industria provee de más de once mil kilómetros de vías férreas que bridan conectividad con los mercados más importantes de México, Estados Unidos y Canadá, abarcando los puertos de Guaymas, Topolobampo, Mazatlán, Manzanillo, Coatzacoalcos, Veracruz, Tampico y Altamira.

Según la Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana (Anierm), las conexiones de Calexico, Nogales y El Paso se verían afectadas, en cifras de toneladas de mercancía, se calcula que con esta decisión se paralizaron cerca de 52,200,000 kilos de mercancía, lo que es igual a 52,200 toneladas, refiere Gerardo Tajonar, presidente de la ANIERM.

Por su parte, la Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) afirma que los productos principalmente afectados son los graneles agrícolas, insumos acereros, producción de cemento, sector automotriz, así como la distribución de carga de la industria minera, energética, química e intermodal.

Es por todo lo anterior que, con independencia de que la empresa Ferromex reestablezca la operación de los servicios de carga que se dirigen al norte del país, el Ejecutivo Federal debe generar acciones que garanticen los derechos humanos de las personas migrantes, primeramente. Y con ello garantizar también que no se afecte la operación de las vías ferroviarias nacionales y, en consecuencia, la estabilidad económica nacional.

Por lo antes fundado y motivado, nos permitimos someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo Federal para que instruya a las autoridades federales, a generar acciones inmediatas y constantes que garanticen el libre y seguro tránsito de las personas migrantes en el país, y con tales acciones evitar que se afecte la operación de las vías ferroviarias nacionales y, en consecuencia, la estabilidad económica nacional.

De las acciones generadas, el Ejecutivo federal deberá informarlo a la opinión pública de manera pronta y expedita.

Nota

1. https://expansion.mx/empresas/2023/09/20/paro-ferromex-afectaria-siete-industri as-y-ocho-puertos

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputadas: Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, Itzel Josefina Balderas Hernández (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA CONAGUA, A DESTINAR RECURSOS PARA LA REHABILITACIÓN DE LA PRESA EL REALITO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Gobierno federal, a través de la Conagua, a destinar recursos financieros y humanos suficientes y necesarios para la rehabilitación de la presa El Realito, suscrita por los diputados José Antonio Zapata Meraz y Xavier Azuara Zúñiga, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, José Antonio Zapata Meraz y Xavier Azuara Zúñiga, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo para exhorta respetuosamente al Gobierno federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, para que destine recursos financieros y humanos suficientes y necesarios para la rehabilitación de la Presa el Realito, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Un derecho humano trascendente para las personas es sin duda alguna el acceso suficiente a un recurso vital como lo es el agua, puesto que utilizamos el agua para beber, para lavar los platos, para tomar una ducha, cocinar y para muchos otros propósitos. Además, este importante líquido también tiene un papel fundamental para la producción de alimentos, pues, para producir maíz, arroz, frijol y muchos otros alimentos, el sector agropecuario ocupa casi el 70% del agua que se extrae en el mundo.

Por ello, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales contempla en su artículo 11 que el acceso al agua potable y al saneamiento son derechos humanos reconocidos internacionalmente, derivados del derecho a un nivel de vida adecuado.

Ante esta realidad, podemos observar que el agua es el líquido vital para la humanidad y reconocido como un derecho humano, no obstante, la Organización de las Naciones Unidas contempla que en el mundo tres de cada diez personas no cuentan con acceso a agua potable.

Esto representa que poco más de 2, 200 millones de personas son vulneradas al no poder tener acceso a este recurso natural vital para la humanidad como lo es el agua.

En nuestro país el artículo 4o Constitucional señala en su párrafo sexto que "Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible", para ello se estipula que "El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines".

Sin embargo, se contempla que todavía existe en nuestro país un 10 % de la población que no cuenta con acceso a este recurso líquido vital, lo que equivale a poco más de 15 millones de habitantes.

A esta situación se suma el hecho que, del total del líquido vita existente en el país poco más del 50 por ciento de la población cuenta con líquido a diario, esto representa a que seis de cada 10 mexicanos tienen acceso diario al agua potable y al saneamiento.

A esta problemática de escasez se suma el hecho de que el 60 por ciento de ríos o lagos del país están contaminados y el 40 por ciento del agua potable se pierde en fugas en las redes del servicio público.

Estas afectaciones y pérdidas de agua potable han hecho que la ciudadanía se vea vulnerado en su derecho al acceso suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico del agua.

En el caso de San Luis Potosí una problemática que ha afectado y afectara de manera directa y profunda a la ciudadanía potosina a ejercer su derecho al acceso al agua es la sobre explotación de los mantos acuíferos y por el desperdicio de agua por fugas en el sistema de abasto y distribución.

Tal como lo señala la subdirectora de evaluación de la Comisión Estatal del Agua (CEA) Tania Castillo Aguilar, en San Luis Potosí aproximadamente el 65 por ciento del agua proviene de fuente superficiales como ríos, arroyos y lagos, y el 35 por ciento restante proviene de fuentes subterráneas como acuíferos.

Situación que es alarmante, ya que se tiene conocimiento de que ya dichos mantos acuíferos están sobreexplotados, además que el 50 por ciento del desperdicio de agua en el estado es resultado de las fugas.

En el caso particular correspondiente a las fugas el problema que es primordial en atender es el caso de la Presa "El Realito" la cual, Comisión Nacional del Agua y los Gobiernos de los Estados de San Luis Potosí y Guanajuato desarrollaron para construir una presa que regulara el abasto de 2 m3 /s, con el objetivo de reducir los abatimientos de los acuíferos y evitar el incremento gradual de los hundimientos que afectan a la infraestructura urbana y las viviendas.

Sin embargo, a pesar de que con este proyecto se pensaba entregar 1 metro cúbico por segundo de agua a la zona metropolitana de San Luis Potosí, la propia Comisión Nacional del Agua ha señalado que a través de las fugas detectadas en un túnel de desahogo de esta presa, se pierden 500 litros de agua por segundo.

De no ser atendida esta situación entre las fugas detectadas en los ductos de suministra, así como en las fisuras en la cortina de la presa, inevitablemente este problema provocará un desabasto de agua para el mes de mayo y afectará al 30% de la población, tal como lo señala Comisión Estatal del Agua (CEA).

Ante esta situación es indispensable que se dote de los recursos necesarios para atender esta problemática de de-sabasto de un liquito tan vital como lo es el agua para las y los potosinos.

Por tal motivo pongo a consideración el siguiente punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a las distintas autoridades en la materia a que en el ámbito de sus respectivas facultades realicen las acciones pertinentes con el fin de rehabilitar la Presa el Realito.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Gobierno federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, para que destine recursos financieros y humanos suficientes y necesarios para la rehabilitación de la Presa el Realito.

Nota

1. Organización de las Naciones Unidas, 2010

2. Organización de las Naciones Unidas, 2021

3. H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 2022

4. López, 2019

5. Ruiz, 2023

6. Comisión Nacional del Agua, 2017

7. Salazar, 2023

8. El Universal, 2023

Bibliografía

- Comisión Nacional del Agua. (2017). PRESA EL REALITO. Obtenido de

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/230761/Presa_El_R ealito.pdf

- El Universal. (Marzo de 2023). Preocupa a Canaco desabasto de agua previsto para mayo por fisura en presa El Realito. Obtenido de

https://sanluis.eluniversal.com.mx/sociedad/preocupa-canaco-desa basto-de-agua-previsto-para-mayo-por-fisura-en-presa-el-realito

- H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión . (18 de Noviembre de 2022). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Obtenido de

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

- López, P. (21 de Marzo de 2019). Sin acceso al agua potable, 10 por ciento de mexicanos. Obtenido de

https://www.gaceta.unam.mx/sin-acceso-al-agua-potable-10-por-cie nto-de-mexicanos/

- Organización de las Naciones Unidas. (2010). Acerca del agua y el saneamiento. Obtenido de

https://www.ohchr.org/es/water-and-sanitation/about-water-and-sa nitation#:~: text=El%20acceso%20al%20agua%20potable,Derechos%20Econ%C3%B3micos%2C%20Sociales %20y%20Culturales.

- Organización de las Naciones Unidas. (2021). El agua es la base de la vida, pero está fuera del alcance de 2000 millones de personas. Obtenido de

https://news.un.org/es/story/2021/03/1489832

- Ruiz, A. (22 de Marzo de 2023). El 35% del agua en SLP proviene de acuíferos, pero ya están sobreexplotados y salinizados. Obtenido de

https://www.elsoldesanluis.com.mx/local/el-35-por-ciento-del-agu a-en-san-luis-potosi-proviene-de-acuiferos-9801317.html

- Salazar, R. (8 de Marzo de 2023). Presa El Realito tira 50% del agua para la capital. Obtenido de

https://pulsoslp.com.mx/slp/presa-el-realito-tira-50-del-agua-pa ra-la-capital/1626898

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre del 2023.– Diputados: José Antonio Zapata Meraz y Xavier Azuara Zúñiga (rúbricas).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LA SADER Y A LA SEMARNAT, ASÍ COMO AL GOBIERNO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, A ACELERAR LA RECUPERACIÓN DEL LAGO DE CUITZEO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y a la Semarnat, así como al gobierno de Michoacán de Ocampo, a acelerar la recuperación del lago de Cuitzeo, conforme al plan emergente de rehabilitación dado a conocer el 23 de enero de 2022, a cargo de la diputada Adriana Campos Huirache, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Adriana Campos Huirache, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al gobierno del estado de Michoacán, a efecto de que aceleren la recuperación del lago de Cuitzeo, conforme al plan emergente de rehabilitación dado a conocer el 23 de enero de 2022, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Cuitzeo es uno de los ciento trece municipios de Michoacán, ubicado en la región del mismo nombre y que es adyacente a la capital del Estado, el cual es conocido por su laguna, la cual es la segunda más grande del país y que puede ser admirada por quienes transiten por la Autopista México-Guadalajara. Dicho cuerpo posee una extensión aproximada a los 1,200 kilómetros cuadrados y sus aguas son turbias y de poca profundidad, pudiéndose pescar ahí charales, ranas y pescados blancos.

En Cuitzeo es posible hacer paseos en lancha o kayak, rea-lizar safaris fotográficos y de ahí conocer otros atractivos como las aguas termales de Huandacareo, la zona arqueológica de Tres Cerritos y la arquitectura religiosa como la Casa Parroquial, el Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe y las capillas de San Pablito, el Calvario y la Concepción. Mención especial merece el Antiguo Convento de Santa María Magdalena, una construcción del siglo XVI que fue decorada por escultores indígenas bajo la dirección de los misioneros españoles. La vastedad de atractivos y el carácter pintoresco de la población le merecieron ser distinguida como Pueblo Mágico, denominación que se encuentra en riesgo de perderse si continúa la degradación de la laguna.

El viajante podrá observar, sobre todo en época de secas, enormes tolvaneras donde antes había agua, así como el retroceso del lago, lo que ha permitido el crecimiento del lirio y la realización de actividades forestales. Las razones de tal tragedia pueden hallarse en el calentamiento global, la polución, el desbalance del flujo hídrico, el uso excesivo del agua en actividades productivas, la utilización de agroquímicos y las descargas provenientes de asentamientos humanos e industriales, situación que fue reconocida por el Gobierno Federal al ser presentado en julio de 2022 el Plan Emergente para la Rehabilitación del Lago de Cuitzeo.

De acuerdo con las autoridades ambientales federales, “la degradación del lago generó la pérdida del ecosistema y biodiversidad lacustre y de la cuenca, así como de especies de uso comercial y colapso de la actividad pesquera; y afectaciones a las actividades agrícolas y ganaderas de la cuenca. Su contaminación derivó en la proliferación de malezas acuáticas y todo tipo de microorganismos patógenos, daños a la biodiversidad acuática por contaminantes y alta concentración de contaminantes en los sedimentos del lago y su dispersión a través de tolvaneras en la época de sequía”.

La referida situación dio como resultado la conformación en julio de 2021 de una Mesa de Trabajo Interinstitucional para desarrollar e implementar el Plan Emergente en comento, cuyo objetivo consiste en establecer “una ruta de acción conjunta para atender la problemática del Sistema Lacustre de Pátzcuaro, así como recuperar el volumen hídrico y saneamiento del Lago.”

La información contenida en la página de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural refiere que, como resultado del trabajo interinstitucional se plantearon el referido Plan cuatro ejes estratégicos:

1. Actividades productivas sostenibles - Promover sistemas productivos sostenibles que incorporen buenas prácticas para la conservación del suelo, uso eficiente del agua y los recursos forestales pesqueros.

2. Desarrollo urbano sostenible - Contar con una planeación urbana territorial estratégica que detenga y revierta lo problemas asociados a la expansión de la mancha urbana.

3. Actividad industrial limpia y eficiente - Fomentar industrias limpias y responsables que cumplan con la normatividad sobre calidad de agua, manejo adecuado de los residuos peligrosos, ahorro, limpieza y reúso de agua en sus procesos.

4. Conservación y manejo de ecosistemas - Promover la restauración y conservación de los ecosistemas terrestres y acuáticos, previniendo y revirtiendo procesos de deterioro como la deforestación de los bosques, la erosión del suelo, el azolve del lago y la proliferación de malezas acuáticas.

Tales ejes cuentan, a su vez, con tres ejes transversales (gobernanza, fortalecimiento de capacidades y financiamiento); 21 líneas de acción; y 95 actividades específicas diseñadas para lograr sinergias y transitar hacia esquemas de mayor sustentabilidad.

La contribución inicial de cada institución al plan de rehabilitación fue del tenor literal siguiente:

• El Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias trabajó en la implementación del manejo sustentable de excretas de ganado porcino en términos de capacitación a técnicos y productores; difusión mediante trípticos; y encuentros regionales con productores; así como asesoría técnica a 17 granjas activas; el cálculo de las excretas manejadas y su equivalente en reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

• El Gobierno de Michoacán, a través de la Comisión de Pesca del Estado realizó la extracción de maleza en el lago, en los municipios de Cuitzeo y Acámbaro, en una superficie de seis hectáreas y con un total de 5,920 metros extraídos y firmó un convenio de colaboración con Zinapécuaro para extraer 5,000 metros en cinco hectáreas.

• La Procuraduría Agraria desarrolló un diagnóstico específico para los municipios de la cuenca del Lago de Cuitzeo, detectando necesidades de intervención para la atención de conflictividad agraria y procesos de reconciliación; gestiones administrativas y capacitación en temas de organización, conservación de recursos naturales y uso de glifosato; impulsó contratos de aprovechamientos en lugar de los de enajenación; y detectó actos que modifican la tenencia de la tierra y que buscan el cambio de uso de suelo a través del parcelamiento de ecosistemas.

Otras instituciones que también participan en la Mesa de Trabajo Interinstitucional son las representaciones estatales de la Secretaría de Agricultura en Michoacán y Guanajuato, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, los institutos nacionales de Pesca y Acuacultura y de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias y la Universidad Autónoma Chapingo. Además, se cuenta con las representaciones estatales de las comisiones nacionales del Agua y la Forestal y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, mientras que, por parte del gobierno de Michoacán intervienen las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural y la de Medio Ambiente, Cambio Climático y Recursos Naturales, así como representantes de los veintitrés municipios de la cuenca de Cuitzeo.

De igual forma, se cuenta con la asesoría de investigadores de las universidades Autónoma Chapingo y la Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, del Centro de Investigaciones en Geografía Ambiental y del Instituto de Investigaciones en Ecosistemas y Sustentabilidad de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Si bien es cierto el anuncio del programa y su puesta en marcha constituyen acciones encomiables, tampoco debemos dejar de lado que la actual administración federal se encuentra en su último tramo y que esto puede ser motivo para no concluir o retardar los trabajos anunciados, lo que pondría en riesgo la viabilidad del medio ambiente en Cuitzeo, una situación que no puede depender de agendas políticas o tiempos electorales, sino de un firme interés por rehabilitar un hermoso cuerpo de agua que es fuente de vida y riqueza para una de las regiones más prósperas del Estado de Michoacán.

En tal virtud, es que respetuosamente se exhorta respetuosamente a las autoridades encargadas de ejecutar el multicitado plan de rehabilitación a no dar pausa a sus empeños y sí, por el contrario, a que estos sean acelerados, lo que supondrá un beneficio para miles de michoacanos que vemos en Cuitzeo una fuente de identidad y riqueza cultural y medio ambiental.

Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, elevo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al Gobierno del Estado de Michoacán, a efecto de que aceleren la recuperación del Lago de Cuitzeo, conforme al Plan Emergente de Rehabilitación dado a conocer el 23 de enero de 2022.

Notas

1 Consultado en Plan Emergente para la Rehabilitación del Lago de Cuitzeo: saneamiento ante la degradación y contaminación | Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx) el 18 de septiembre de 2023 a las 19 horas.

2 Ib.

3 Consultado en Presenta Agricultura Plan Emergente para la Rehabilitación del Lago de Cuitzeo | Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx) el 18 de septiembre de 2023 a las 19: 36 horas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Adriana Campos Huirache (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SRE Y AL INM, A REALIZAR LAS GESTIONES NECESARIAS A FIN DE REABRIR EL PUENTE FRONTERIZO CÓRDOVA-AMÉRICAS EN CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y al INM a realizar las gestiones necesarias a fin de reabrir el puente fronterizo Córdova-Américas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo del diputado Hiram Hernández Zetina, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Hiram Hernández Zetina, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al Instituto Nacional de Migración a que realicen las gestiones necesarias a fin de reabrir el puente fronterizo Córdova-Américas, en Ciudad Juárez, Chihuahua, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Estados Unidos cerró desde este 18 de septiembre sus operaciones en el puente Córdova-Américas en Ciudad Juárez, uno de los cuatro cruces de carga en esta región, para enviar a todo su personal a procesar trámites migratorios. El motivo que origina este cierre es el gran flujo de migrantes que llega hasta la frontera a solicitar entrada a Estados Unidos. Tales son los niveles de demanda que las agencias encargadas de este tema han tenido que reubicar a su personal a otros puntos de acceso, obligándolas a cerrar el puente.

Segunda. En este orden de ideas, la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, ya externó de igual forma la necesidad de que la Federación tomara cartas en el asunto y así poder resolver la crisis, que está afectando la actividad comercial y social de los habitantes de la zona.

La gobernadora dio a conocer que desde este viernes tuvo comunicación con la canciller Alicia Bárcena y solicitó por escrito a la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, una pronta atención de las autoridades facultadas para brindar soluciones transfronterizas y transnacionales, y ejecutar acciones de manera inmediata.

Tercera. Por su parte la Asociación de Transportistas de Ciudad Juárez señala que las pérdidas y el impacto es millonario para las empresas que se ubican en la ciudad, que en el pasado ya han visto retrasos de hasta 36 horas en ese puente por el que cruza el 20 por ciento de las cargas.

Y con datos del departamento de Transporte de Estados Unidos indican que sólo en el mes de julio se registró el cruce de seis mil 937 cajas de tráiler cargadas de sur a norte por ese puente, es decir, 277 por día.

Cuarta. De igual forma, en razón de lo anterior, la Asociación de Transportistas, cada caja lleva un promedio de 100 mil dólares en mercancías, por lo que los retrasos de horas para cruzar se tornan millonarios.

Y aunque mediante un comunicado de prensa la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) previó que el cierre de cruces de mercancías en el puente internacional Córdova-Américas durará solamente dos o tres días, no hay garantía de que esto no pueda prolongarse aún más por lo que es importante que la Cámara de Diputados como organo de representación social y atendiendo a las necesidades de la población de puntual seguimiento al tema en cuestión toda vez que cada hora que pasa es crucial para la economía y progreso de las personas que buscan cruzar la frontera.

Quinta. En virtud de todo lo anterior y de conformidad con la Ley de Migración en su artículo 20, se establece que es atribución del Instituto Nacional de Migración: instrumentar la política en materia migratoria y vigilar la entrada y salida de personas al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y revisar su documentación, por su parte en la misma ley en el artículo 21, se establece las atribuciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, dentro de las cuales se establece que deberá promover conjuntamente con la Secretaría de Gobernación, la suscripción de acuerdos bilaterales que regulen el flujo migratorio.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Cámara la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las Secretaría de Relaciones Exteriores y al Instituto Nacional de Migración a realizar las gestiones necesarias para que se reabra a la brevedad el puente fronterizo “Córdova-Américas” en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Notas

1 “EU cierra sus operaciones en el puente Córdova-Américas en Ciudad Juarez”, La Octava. 19 de Septiembre de 2023.

https://laoctava.com/podcasts/2023/09/19/eu-cierra-sus-operacion es-en-el-puente-cordova-americas-en-ciudad-juarez

2 “Aduanas de EU cierra puente Córdova-Américas en Cd. Juárez; transportistas y exportaciones afectados.” The Logistics World. 18 de Septiembre de 2023.

https://thelogisticsworld.com/actualidad-logistica/aduanas-de-eu -cierra-puente-cordova-americas-en-cd-juarez-transportistas-y-exportaciones-afe ctados/

3 Ibídem

4 “Prevén cierre breve en cruce comercial Córdova-Américas”. El Diario de Juárez. 17 de septiembre de 2023

https://diario.mx/juarez/preven-cierre-breve-en-cruce-comercial- cordova-americas-20230917-2099603.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Hiram Hernández Zetina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



CAMPAÑA NACIONAL DE SALUD MENTAL

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a implementar una campaña nacional de salud mental a fin de garantizar el ejercicio de este derecho a toda la ciudadanía, a cargo del diputado Hiram Hernández Zetina, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Hiram Hernández Zetina, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del Gobierno federal a que realice una campaña nacional de salud mental con el objetivo de garantizar el ejercicio de este derecho a todos los ciudadanos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. La Organización Mundial de la Salud define a la salud mental como:

Un estado de bienestar mental que permite a las personas hacer frente a los momentos de estrés de la vida, desarrollar todas sus habilidades, poder aprender y trabajar adecuadamente y contribuir a la mejora de su comunidad. Es parte fundamental de la salud y el bienestar que sustenta nuestras capacidades individuales y colectivas para tomar decisiones, establecer relaciones y dar forma al mundo en el que vivimos.

Segunda. En este orden de ideas y de conformidad con nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hay que tener presente que: El artículo 4 establece:

Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Bajo esta lógica queda claro que el derecho a la salud no sólo tiene un reconocimiento constitucional, sino que en ese reconocimiento es tal en virtud de su trascendencia e importancia, toda vez que el desarrollo personal y comunitario no puede entenderse sin que se proteja su ejercicio efectivo por parte de todas las autoridades y nuestras leyes.

De ahí que la salud mental siendo parte de este derecho sea importante su tutela efectiva en todos los aspectos de la vida de cada persona. Partiendo de este punto es de especial relevancia hablar y señalar que salud mental, es más la ausencia o atención de trastornos mentales. Tal y como lo señala la Organización Mundial de la Salud, es un proceso complejo, que cada persona experimenta de una manera diferente, con diversos grados de dificultad y angustia y resultados sociales y clínicos que pueden ser muy diferentes. Las afecciones de salud mental comprenden trastornos mentales y discapacidades psicosociales, así como otros estados mentales asociados a un alto grado de angustia, discapacidad funcional o riesgo de conducta autolesiva. Las personas que las padecen son más propensas a experimentar niveles más bajos de bienestar mental, aunque no siempre es necesariamente así.

Tercera. La salud mental como necesidad básica.

Respecto a este punto, la Cámara de Diputados ha realizado diversas investigaciones tal es el caso del análisis: “La Salud Mental en México” realizado por el Dr. Juan Martín Sandoval de Escurdia, donde parte de sus conclusiones se pueden entender que:

• De las necesidades básicas del ser humano se encuentra la salud, es por ello que gobiernos, comunidades, familias y personas se preocuparan siempre por conservar y mantener niveles óptimos o “saludables”. Len Doyal y Ian Gough definen las necesidades humanas básicas y estipulan lo que las personas deben lograr si han de evitar el daño serio y sostenido.

• En estos términos, daño serio, se entiende como “estar fundamentalmente incapacitado para perseguir lo que uno considera lo bueno”. El argumento desemboca en las necesidades básicas: “Puesto que la sobrevivencia física y la autonomía personal son precondiciones de cualquier acción individual en cualquier cultura y constituyen las necesidades humanas más básicas (aquellas que deben satisfacerse en algún grado antes que los actores puedan efectivamente participar en su forma de vida buscando alcanzar otras metas)”.

• La sobrevivencia no es suficiente, ya que constituye una necesidad humana básica la salud física. Para de-sempeñarse adecuadamente en sus vidas diarias la gente no sólo necesita sobrevivir, necesita también poseer una módica salud básica. El nivel de autonomía, entendida como la capacidad de iniciar una acción, la capacidad de formular propósitos y estrategias, e intentar ponerlas en acción, está determinado por tres variables según Doyal y Gough: el nivel de entendimiento de nosotros mismos, de nuestra cultura, y de lo que se espera de nosotros; la capacidad psicológica de formular opciones para uno mismo (su salud mental); y las oportunidades objetivas de actuar en consecuencia y la libertad implicada en ello.

• En resumen, un país que presente serios problemas en la salud mental de sus habitantes tendrá problemas para llevar adelante un plan nacional de desarrollo de sus propios pobladores, del uso de sus riquezas y del bienestar de sus habitantes.

Cuarta. Diagnostico en México sobre la salud metal post pandemia.

De acuerdo con estudios que realizó la Universidad Nacional Autónoma de México:

• En México el 70 por ciento de la población que necesita ayuda no la está recibiendo, aun cuando los problemas de salud mental aumentaron debido a la pandemia por covid-19.

• El 90 por ciento de las personas piensan que pueden superar sus problemas de salud mental solos y esa es la principal barrera.

• En el país una persona con depresión tarda 14 años en llegar al tratamiento, pues los trastornos de salud mental empiezan en la adolescencia.

De acuerdo con el estudio, hasta antes de la pandemia poco se hablaba de estas enfermedades.

Quinta. Depresión y ansiedad afecta a jóvenes.

De acuerdo con una encuesta realizada por la Facultad de Medicina de la UNAM, se detectó que la mayoría de los estudiantes de esta institución padecieron ansiedad, depresión y estrés postraumático que aumentaron las ideas suicidas.

Además, 38.6 por ciento de ellos tuvieron problemas económicos en la familia debido a Covid-19 lo que les llevó a tener un mayor consumo de alcohol y trastornos del sueño. La especialista señaló que tanto hombres como mujeres padecen de problemas de salud mental casi en la misma proporción; aunque, el género femenino es más propenso a sufrir depresión y ansiedad, mientras que el masculino se decanta más por problemas conductuales y de adicciones.

Los problemas de salud mental tienen una carga genética de entre 40 y 60 por ciento; sin embargo, existen otros factores de riesgo que pueden detonarlos. Por ejemplo, las vicisitudes en la infancia como la violencia en todas sus formas y la situación económica.

Sexta. Gasto en salud mental.

Actualmente destinamos en el presupuesto federal solo el 2 por ciento del gasto en salud en estos temas y se gasta casi todo en hospitales psiquiátricos, de ahí la importancia de dar más apoyo a estas enfermedades y de que la gente pida ayuda para tratar sus padecimientos.

Séptima. Conforme a las bases que establece el artículo 2, B, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece la obligación de la Federación y estados de asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional.

Octava. De conformidad con lo anterior el Artículo 72 de la Ley General de Salud, establece que el Estado garantizará el acceso universal, igualitario y equitativo a la atención de la salud mental y de las adicciones a las personas en el territorio nacional.

Reafirmando que toda persona tiene derecho a gozar del más alto nivel posible de salud mental, sin discriminación por motivos de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad, la expresión de género, la filiación política, el estado civil, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Cámara la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a nivel federal, a que implemente, dentro del ámbito de sus facultades, una campaña nacional de salud mental, con el objetivo de garantizar el ejercicio de este derecho a toda la ciudadanía.

Notas

1 Salud mental: fortalecer nuestra respuesta, Organización Mundial de la Salud, publicado el 17 de junio de 2022.

2 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-health-strengthening -our-response

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputado Hiram Hernández Zetina (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



POR EL QUE ESTA SOBERANÍA OFRECE UNA DISCULPA A UCRANIA POR LA PRESENCIA DE TROPAS DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA EN EL DESFILE CONMEMORATIVO DEL INICIO DE LA GUERRA DE INDEPENDENCIA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía ofrece una disculpa a Ucrania por la presencia de tropas de la Federación de Rusia en el desfile conmemorativo del 213 aniversario del inicio de la guerra de Independencia, a cargo de la diputada Adriana Campos Huirache, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Adriana Campos Huirache, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión ofrece una disculpa a la República de Ucrania por la presencia de tropas de la Federación de Rusia en el desfile conmemorativo del 213 aniversario del inicio de la Guerra de Independencia, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Tradicionalmente, la conmemoración del inicio de la Guerra de Independencia había sido un pretexto para convocar a la unidad entre los mexicanos en medio de un ambiente festivo en el que por unas horas se olvidaban las naturales diferencias que existen entre los miembros de una sociedad democrática que rige sus conflictos bajo reglas de civilidad apegadas a derecho. Contrario a dicho espíritu, los festejos de este año estuvieron marcados por el encono y el desconocimiento a la división de poderes, esto en virtud de que no fueron invitadas a las festividades la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ni las de las mesas directivas del Senado de la República y de esta Cámara de Diputados.

Convertido en fiesta personal el Grito de Independencia, también se incurrió en una provocación al invitar a tropas de la Federación de Rusia a desfilar el 16 de septiembre por las calles de ciudad de México, olvidando con esto que desde el año pasado el ejército de ese país atacó sin pretexto ni justicia a Ucrania, lo que ha derivado en miles de muertes, ataques a la población civil, violaciones graves a las prerrogativas fundamentales y al derecho de guerra, lo que ha ubicado al agresor al margen de la moralidad y de las normas que rigen al mundo civilizado, un hecho que fue condenado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas con el voto favorable de los Estados Unidos Mexicanos.

A pesar de haber suscrito tal condena, el gobierno mexicano se ha negado a participar de las sanciones impuestas por la comunidad internacional a Rusia e, incluso, presentó el año pasado una propuesta de plan de paz que fuera rechazada por Ucrania al constituir un apoyo implícito a los afanes expansionistas del invasor. Aunado a lo anterior, también se ha criticado el envío de armas a la república agredida, como si con piedras, cuchillos o las manos fuera posible resistir los inhumanos ataques con misiles realizados en contra del heroico pueblo víctima de tan irracional violencia.

La presencia de rusos en el desfile no sólo es un distractor para que no hablemos los mexicanos de los graves problemas que aquejan a nuestro país, sino una toma de postura a favor del invasor que contraría nuestra histórica tradición que, como víctimas de invasiones y despojos hemos sostenido a favor de otras naciones agredidas como Abisinia, Checoslovaquia, Austria o la España republicana, durante el auge del fascismo y el nazismo. Pero no sólo eso, el pacifismo enarbolado por el gobierno federal, ahora evidenciado en su falsedad, también es violatorio de los principios de autodeterminación de los pueblos; no intervención; solución pacífica de controversias; proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; igualdad jurídica de los Estados; respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales; a que se refiere el artículo 89 fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que han servido como guía para nuestra política exterior.

Dado que es impensable una rectificación por parte de nuestro gobierno, corresponde a esta legítima representación popular ofrecer una sentida disculpa a Ucrania por el agravio cometido en su contra, el cual no refleja ni por mucho el sentir de la población mexicana respecto de los hechos de guerra cometidos desde el 24 de febrero de 2022, una abominación que, sabemos, tampoco refleja el ánimo de un pueblo que, como el ruso, en incontables ocasiones ha sabido sobreponerse con innegable heroísmo a las agresiones cometidas en su contra, sea por los ejércitos napo-leónicos o las hordas de Adolf Hitler durante la Gran Guerra Patriótica, gestas ambas que aún merecen el reconocimiento de la historia y de los amantes de la libertad de todo el mundo, convirtiendo así los nombres de Stalingrado, Leningrado y Moscú en sinónimos de resistencia, valor y nacionalismo.

Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, elevo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados ofrece una disculpa a la República de Ucrania por la presencia de tropas de la Federación de Rusia en el desfile conmemorativo del 213 aniversario del inicio de la Guerra de Independencia.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Adriana Campos Huirache (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO A LA SEGOB, A CUMPLIR CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DOF EL 6 DE NOVIEMBRE DE 2020

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a cumplir con lo dispuesto por el artículo décimo segundo transitorio del decreto publicado en el DOF el 6 de noviembre de 2020, que reforma y adiciona diversas disposiciones de 14 leyes que implican la extinción de 44 fideicomisos públicos sin estructura, la continuidad de 4 fondos y la abrogación de la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, e informe a la comunidad afectada por medio de su portal en internet, sobre el destino de los recursos del fondo 10230 para el pago de adeudos a braceros rurales de 1942 a 1964, a cargo de la diputada María Elena Serrano Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputada María Elena Serrano Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Con fecha 6 de noviembre de 2020 se publica en el Diario Oficial de la Federación el siguiente Decreto:

El honorable Congreso de los Estados Unidos Mexicanos por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Hidrocarburos; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley General de Protección Civil; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Aduanera; de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley Federal de Cinematografía; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Víctimas, y se Abroga la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

Lo anterior como resultado de la aprobación en el honorable Congreso de la Unión de una iniciativa presentada el 19 de mayo de 2022, por diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de mayoría en la Cámara de Diputados, en cuya exposición de motivos, entre otros aspectos expresa que, “(...) la presente Administración, desde sus inicios, ha implementado diversas acciones congruentes con una política de austeridad, que permita eliminar los gastos innecesarios, eliminar la opacidad en su administración y generar ahorros para que el país asigne eficazmente, recursos públicos a las acciones y programas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Estas acciones y programas son particularmente pertinentes y necesarias en el contexto en el que el país se encuentra con motivo del entorno mundial y de la pandemia derivada del Covid-19, por lo que, para coadyuvar con las acciones del Ejecutivo federal, se busca eliminar la opacidad y discrecionalidad en el uso de recursos públicos y fomentar la transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad mediante la modificación a 14 leyes y la abrogación de 1a ley, cuya aprobación implicaría la extinción de 44 fideicomisos y la continuidad de 4 fondos y que el monto reportado en disponibilidades al 31 de marzo de 2020 de estos fideicomisos se reasignará a acciones para atender los efectos de la pandemia del Covid 19 en temas de salud y economía, así como garantizar los programas del bienestar.”

Es así como finalmente el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 6 de noviembre de 2020, establece en su artículo décimo noveno: Se abroga* la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

Sin embargo, el artículo décimo segundo transitorio del propio precepto determina que: “La Secretaría de Gobernación, con cargo a su Presupuesto autorizado, asumirá las obligaciones pendientes de cumplimiento relacionadas con el Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, hasta su total cumplimiento.”

Resulta pertinente recordar que en su momento y con la finalidad de tener una perspectiva más clara de las implicaciones de la iniciativa, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública decidió llevar a cabo ejercicios de Parlamento Abierto, involucrando a diputados federales, funcionarios públicos, especialistas, académicos, y beneficiarios directos de los fideicomisos; de esta forma se pudieron analizar áreas de oportunidad y recibir propuestas al respecto. En total se llevaron a cabo 10 sesiones de Parlamento Abierto, en coordinación con distintas comisiones, analizando un total de 39 fondos o fideicomisos, 32 de ellos correspondientes a Ciencia y Tecnología.

Acerca de la propuesta de abrogación de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos en dicho Parlamento Abierto, y que se refiere en el dictamen correspondiente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública señala que: “el Fideicomiso no cuenta con una estructura orgánica propia. Sin embargo, la Secretaría de Gobernación funge como dependencia coordinadora y el Fideicomiso también es coordinado por un Comité Técnico que estará integrado por un representante de cada una de las siguientes dependencias del Poder Ejecutivo Federal: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de la Función Pública; (...)

Señala que el fideicomiso que se aprobó en 2005 solamente ha otorgado apoyo al 8% del total de las personas que fueron braceros en aquella época. Una de las razones por las que la mayoría de los beneficiarios potenciales no han recibido el apoyo es por trabas burocráticas. En ese sentido, los participantes se manifestaron a favor de la no desaparición del fideicomiso y además extender los apoyos a los braceros. Se reconoce que los apoyos entregados actualmente no corresponden al total del despojo. Hoy en día no se sabe con certeza cuál es el adeudo exacto para cada persona, por lo que se requieren más investigaciones en torno al tema.

También se confía en que el gobierno actual cumpla con su obligación histórica, y se reconoce la intención de resolver este tema por la vía amistosa, aun así, se demanda que las autoridades de Segob deben de mostrar mayor voluntad política para reparar integralmente el daño a los braceros. Es una deuda histórica, no solo económica; además, sorprende la intención de desaparecer el fideicomiso ya que no encuentran razones lógicas para la extinción del mismo, por ello dicha iniciativa es improcedente.

El movimiento de ex braceros confía que en 2021 el Poder Legislativo otorgue una partida presupuestaria para apoyar con recursos al fideicomiso de apoyos sociales para braceros. También pide que se eliminen las trabas burocráticas para acceder a estos apoyos, sobre todo por la condición de vulnerabilidad que viven actualmente los beneficiarios de estos apoyos”.

Con respecto a la entonces iniciativa en comento, es importante mencionar que, el Centro de estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados hace hincapié en que, de aprobarse, esta iniciativa no generaría un impacto presupuestario, ya que solo se trataba de reasignar recursos que ya existían en el Presupuesto de Egresos de la Federación o en las disponibilidades de los entes a cargo de los fondos.

Pero también hay que señalar que, de origen, el Artículo Segundo Transitorio de la propia ley, ahora abrogada, señalaba que: “El periodo durante el cual operará el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos será de cinco años o menos contados a partir del inicio de sus actividades, o hasta el momento en que se extinga su patrimonio, o se dé cumplimiento al fin objeto de su creación.”

En este contexto, no está por demás hacer mención de que, independientemente de los argumentos antes referidos, el Ejecutivo Federal en su texto de presentación, del Plan Nacional de Desarrollo 2019 — 2024 se compromete a “(...) no dejar a nadie atrás, no dejar nadie afuera; no más migración por hambre o por violencia” y expresa: Aspiramos a ofrecer a todos los ciudadanos las condiciones adecuadas para que puedan vivir con dignidad y seguridad en la tierra en que nacieron, Nuestros consulados en Estados Unidos funcionarán como defensorías del migrante y lograremos que nadie más tenga que dejar su lugar de origen para ganarse la vida o refugio en otros países (...)”

Antecedentes

Existen en la red diversos estudios e investigaciones relacionados con los antecedentes y proceso histórico sobre este tema, como el denominado “Libro Blanco del Fideicomiso Fondo de Apoyo Social para los ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942 — 1964”, publicado por la Secretaría de Gobernación y el cual da cuenta de lo realizado por el Fideicomiso, del 1° de diciembre de 2006 al 30 de noviembre de 2012, en el que textualmente señala que, “El programa tiene cobertura nacional e internacional. Los beneficiarios del programa viven en las 32 Entidades Federativas. Así mismo, de acuerdo a la reforma a las Reglas de Operación del Fideicomiso del 14 de octubre de 2008, el artículo quinto transitorio incluye como beneficiarios a los nacionales mexicanos residentes en los Estados Unidos de América. Éstos solicitan y reciben su apoyo social a través de la red de representaciones del Gobierno de México en los Estados Unidos de América”.

Pero para tener otro punto de vista distinto al oficial, se analizaron otros documentos como el titulado: “Historia de un Ahorro sin Retorno” de Abel Astorga Morales, publicado por el Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanitarias de la Universidad de Guadalajara en 2017 y “Consecuencias del Norte: El Movimiento de los ex braceros (1942 — 1964) como hecho cultural” del doctor Philippe Schaffhauser, catedrático del Centro de Estudios Rurales del Colegio de Michoacán, entre otros.

A efecto de presentar un panorama de las principales etapas que se suscitaron en el movimiento de ex braceros, a continuación, se presenta una cronología de los aspectos más relevantes:

— 1942-1967. Programa Bracero. El 4 de agosto se firmó un convenio bilateral laboral entre México y Estados Unidos para la contratación de trabajadores agrícolas mexicanos. En su fase inicial (1942-1946), el programa tenía dos vertientes económicas: la agricultura y el sistema ferrocarrilero estadounidense. la vertiente social del programa consistió en la creación de un fondo de ahorro campesino para el retiro de los trabajadores agrícolas. Su gestión implicó la participación conjunta de bancos estadounidenses y mexicanos.

— 1967-1995. Periodo de silencio y olvido del tema de los braceros. Los acuerdos ratificados por ambos gobiernos en materia de pago de un fondo de retiro no se cumplieron a cabalidad, sólo unos cuantos braceros pudieron cobrar su pensión. El problema bracero era entonces endémico y se ubicaba principalmente en las zonas rurales del país. Sin embargo, a partir de comienzos y mediados de la década de 1990, surgieron grupos y organizaciones locales y regionales de ex braceros cuya presión social hacia las autoridades terminó por llamar la atención de algunos traductores: periodistas, académicos, activistas y políticos, entre otros.

— Desde mediados de la década de 1990, el movimiento de los ex braceros empieza a surgir en varios puntos de la república. Varios grupos y asociaciones han abanderado esta causa. En Michoacán y otros estados del país, incluso en Estados Unidos, destacó la organización Braceroproa, liderada por Ventura Gutiérrez, ciudadano mexicano-estadounidense originario de Puruándiro, Michoacán. En Zacatecas, la asociación civil ex Braceros en Lucha, disidencia de Braceroproa, se ha caracterizado por ejecutar propuestas originales, como la implementación estatal de un fondo propio de ayuda social para braceros zacatecanos, y ser una de las principales organizaciones que dieron lugar a la creación de la Coordinadora Binacional de Ex Braceros (Cobieb), creada para contravenir la política de desatención al tema de los ex braceros por el gobierno.

— 2001-2012. Bajo la presión de organizaciones de braceros y gracias a la labor de traductores, el Gobierno federal y las instituciones del Estado terminaron por poner atención al problema de los ex braceros. Primero se decidió la instalación de una comisión parlamentaria especial para dar seguimiento a los fondos aportados por trabajadores mexicanos braceros. Se conformó por representantes de los principales institutos políticos representados en la Cámara de Diputados.

— En 2003, se llevó a cabo una reunión entre los miembros de esa comisión y representantes de la Segob, de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Banrural y organizaciones de braceros. Acordaron levantar un padrón de los braceros que laboraron entre 1942 y 1946, brindar asistencia médica a los braceros y sus cónyuges, y fincar las bases para la creación de un programa de atención especial.

— El 25 de mayo de 2005 se aprobó la “Ley para crear el fideicomiso que administra el fondo de apoyo social para ex trabajadores migratorios mexicanos”. En noviembre de ese año, se publicaron las reglas de operación del programa y se planteó el levantamiento de otro padrón de braceros en mesas receptoras en cada estado de la Federación. El gobierno de Felipe Calderón continuó con la implementación de este programa de apoyo social.

— En 2008, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de los ex braceros y ordenó al Ejecutivo federal restituir los fondos de ahorro.

— Tras una serie de vicisitudes sobre el pago a los braceros -en una sola exhibición de 38 000 pesos o con anualidades de 4 000 pesos- y vericuetos legales, el programa indemnizó en 2012 a 222 521 braceros o derechohabientes, con poco más de 7 500 millones de pesos.

— En 2013 el gobierno decidió no prolongar el programa de apoyo social. Así, desatiende los acuerdos tomados por su antecesor y niega el pago a más de 40 000 beneficiarios que cumplieron con los requisitos del programa de apoyo social y no alcanzaron a recibir su pago antes del término del sexenio de Felipe Calderón.

— En este sentido, el 7 de diciembre de 2015, después de un largo pleito jurídico, 7 033 braceros o derechohabientes recibieron la cantidad de 38 000 pesos para resarcir su situación.

— En el sexenio de Felipe Calderón se aprobó una ley que establecía que los ex braceros podrían reclamar en México un pago de 38,000 pesos, para lo cual tenían que presentar su identificación y algún documento que acreditara que formaron parte del programa. Si un ex bracero ya había fallecido, el pago lo podía reclamar su esposa o hijos.

— El programa Bracero no estuvo exento de errores. Uno de estos estuvo relacionado con el Fondo de Ahorro Campesino, a través del cual se retenía el 10% del sueldo de los trabajadores mexicanos, dinero que supuestamente sería devuelto a su país de origen.

— De acuerdo con el documento “Historia de un ahorro sin retorno”, elaborado por Abel Astorga Morales para la Universidad de Guadalajara, el dinero que se retenía a los mexicanos se depositaba en Wells Fargo Bank y Unión Trust Company, que debían remitirlo al gobierno mexicano a través del Banco Nacional del Crédito Agrícola (después Banrural) y Banco del Ahorro Nacional.

— En el sexenio de Felipe Calderón se aprobó una ley que establecía que los ex braceros podrían reclamar en México un pago de 38,000 pesos, para lo cual tenían que presentar su identificación y algún documento que acreditara que formaron parte del programa. Si un ex bracero ya había fallecido, el pago lo podía reclamar su esposa o hijos.

¿Qué acordaron AMLO y Biden durante la visita de Estado que tuvo lugar el pasado 14 de julio del presente año?

Finalmente hay que señalar que de acuerdo diversas notas periodísticas de cobertura sobre la visita de Estado realizada por el Presidente de México a los Estados Unidos de América en julio de 2022, el presidente Andrés Manuel López Obrador planteó a su homólogo Joe Biden “volver a los años 40” e implementar el programa Braceros Reloaded y dijo que, “Cuando Estados Unidos entró a la guerra, miles de estadounidenses fueron reclutados por las Fuerzas Armadas y esto causó que la agricultura se quedara sin fuerza de trabajo. A los granjeros les urgía mano de obra, como ocurre ahora en restaurantes, fábricas, construcciones y en el campo. En esas circunstancias, en 1943, el presidente Roosevelt reconoció la realidad y tomó la decisión de apoyar el programa Bracero, por el cual miles de jornaleros agrícolas mexicanos ingresaron a Estados Unidos de manera legal para ayudar en la producción de alimentos”.

¡Será que el Presidente Andrés López Obrador está consiente sobre el compromiso que el Estado Mexicano tiene con los Trabajadores Ex Braceros 1942 — 1964 de nuestro país, en el sentido de que les sean devueltos los recursos del Fondo que con un gran esfuerzo y sacrificio constituyeron para su retiro?

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente a la titular de la Secretaría de Gobernación, a fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto por el artículo décimo segundo transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 6 de noviembre de 2020, que reforma y adiciona diversas disposiciones de 14 leyes que implican la extinción de 44 fideicomisos públicos sin estructura; la continuidad de 4 fondos y la abrogación de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos e informe a la comunidad afectada, por medio de su portal en internet, sobre el destino de los recursos del Fondo 10230 para el pago de adeudos a Braceros Rurales de 1942 a 1964.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación de fecha 6 de noviembre de 2020

*Abrogación. En un sentido general, el término se refiere a la abolición, revocación y anulación de una ley, un código, un reglamento o un precepto. En el lenguaje jurídico, el término abrogación se refiere a la supresión total de la vigencia y por lo tanto de la obligatoriedad de una ley, código o reglamento. la terminología jurídica y técnica distingue una diferencia básica entre abrogar y derogar. Derogar es la revocación de alguno de los preceptos de la ley, código o reglamento, mientras que la abrogación implica la anulación de la eficacia jurídica de un mandato legal en su conjunto. Diccionario universal de términos parlamentarios. Recuperado de:

https://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/virtual/dip/dicc_tparl a/Dicc_Term_Parla.pdf

2 Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de mayo de 2005.

3 Recuperado en:

https://lopezobrador.org.mx/wp-content/uploads/2019/05/PLAN-NACI ONAL-DE-DESARROLLO-2019-2024.pdf pp. 10 y 12

4 Recuperado de:

file:///G:/PROGRAMA%20BRACERO%20MEXICO%20%20ESTADOS%20UNIDOS/Lib ro%20Blanco,%20Fideicomiso_Fondo_de_Apoyo_Social_para_Ex_Trabajadores_Migratori os_Mexicanos_1942-1964.pdf

5 Agenda versus agencia: una traducción a política pública del movimiento de ex braceros en México (1942-1967). Recuperado en:

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S 1607-050X2018000200102

6 Recuperado de:

https://politica.expansion.mx/presidencia/2022/07/14/braceros-en -que-consiste-el-programa-que-amlo-planteo-a-biden-en-eu

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada María Elena Serrano Maldonado (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



EXHORTO A DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL Y DE YUCATÁN, EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR MOSQUITOS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a diversas dependencias del Gobierno federal y de Yucatán, en materia de prevención y control de enfermedades transmitidas por mosquitos, a cargo de la diputada Janine Patricia Quijano Tapia, del Grupo Parlamentario del PVEM

La que suscribe, diputada Janine Patricia Quijano Tapia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La salud es un derecho humano reconocido en nuestra Constitución y en diversas leyes federales y locales, así como por la Organización Mundial de la Salud, la cual señala que es obligación de todos los Estados generar las condiciones necesarias para que las personas podamos vivir lo más saludablemente posible.

Dichos parámetros comprenden la garantía de los servicios de salud, condiciones de vida, seguridad, medio ambiente sano, por mencionar algunas; sin embargo, el derecho a la salud no se limita a la condición de “estar saludable”, sino al de exigirle a las personas gobernantes la aplicación de políticas públicas y acciones que aseguren a la población gozar de bienestar integral.

En este sentido, hoy quiero exponer la problemática de salud que se está viviendo en Yucatán, entidad que se ha posicionado durante las últimas cuatro semanas consecutivas en el primer lugar nacional de dengue con aproximadamente 148 personas infectadas por día quienes acuden a consulta con síntomas de la enfermedad y, tras realizarles las pruebas correspondientes, se confirman como parte de la cifra que, el pasado 13 de septiembre, ascendía a 4,000 casos, de acuerdo con informes de la Secretaría de Salud federal.

Tan solo en una semana, del reporte epidemiológico 36, se señaló que el porcentaje de personas enfermas que acudieron a consulta médica por síntomas de dengue aumentó 29.1%, además de que los casos confirmados por laboratorio se incrementaron 32%, lo cual evidencia un disparo en las cifras de contagio del 33.6%, resaltando que aproximadamente 440 personas se enfermaron por día, es decir, dieciocho por hora.

Cabe destacar que, de acuerdo con el aviso de vigilancia epidemiológico del dengue emitido por la Secretaría de Salud de Yucatán el 17 de agosto pasado, se confirmó que en la entidad circulan los cuatro serotipos de la enfermedad, siendo la número 3 la de mayor peligrosidad y contagio, hecho que se confirma puesto que hasta la semana 32 los casos ya habían superado el 100% de la cifra comparada en el año 2022.

No obstante, las infancias y adolescencias en edad escolar entre 10 y 19 años son uno de los sectores poblaciones en mayor situación de vulnerabilidad y son quienes a la fecha están requiriendo hospitalizaciones por dengue grave, así como bebés, mujeres embarazadas y personas adultas mayores, mientras el personal de medicina y enfermería está colapsando por el gran número de pacientes a atender, incluso en los pasillos de urgencias debido a la falta de disponibilidad de camas en el área asignada a la atención de la enfermedad.

En relación con lo anterior, la saturación que se vive en las instituciones públicas de salud y en las de medicina privada, sumando el número de consultantes que están acudiendo con síntomas de dengue, se estima que, por cada caso oficial reportado, podrían existir aproximadamente veinte más no registrados, en virtud de que el monitoreo oficial tiende a seguir directrices que solo arrojan resultados “muestra”, tomando en consideración que los pacientes que acuden a consultorios privados o al de una farmacia no se suman al registro del sistema nacional.

De los 106 municipios que conforman Yucatán, únicamente once, hasta el lunes 11 de septiembre, no tenían ningún caso de dengue confirmado; sin embargo, todos se encuentran aledaños a otros municipios en donde la enfermedad está latente, ya que el 90% del territorio yucateco está padeciendo la epidemia de los mosquitos vectores del virus.

Es alarmante no solo el número de personas infectadas y hospitalizadas, sino también las defunciones que son el resultado de la falta de atención oportuna por parte de las autoridades estatales a una enfermedad que anteriormente había demostrado las consecuencias negativas de no aplicar las campañas de prevención y concientización para evitar la propagación de los mosquitos transmisores de enfermedades como el dengue.

En consecuencia, Yucatán afronta una epidemia histórica en dónde la campaña “lava, tapa, voltea y tira” del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades no fue lo suficientemente difundida, aplicada y vigilada por parte las autoridades estatales de Yucatán, sumado a que el Gobierno cuenta actualmente con un programa presupuestal de “Prevención y Control de Enfermedades transmitidas por vector” de 126 millones de pesos que habría que evaluar si está aplicándose correctamente para la atención de la crisis de salud que hoy se vive.

Asimismo, es importante resaltar que en la Ley para la Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Mosquitos en el Estado de Yucatán se señala al Consejo Interinstitucional para la Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Mosquitos en el Estado de Yucatán como un órgano de consulta obligatoria para la prevención y el control de enfermedades transmitidas por mosquitos, el cual tiene dentro de sus atribuciones la de establecer las bases de colaboración entre los sectores público, social y privado a fin de abordar en forma interdisciplinaria, ordenada y eficaz las acciones de prevención y control de las enfermedades transmitidas por mosquitos, así como las estrategias de atención a la población afectada por tales padecimientos, acciones que a la fecha pareciera que no están siendo aplicadas, en razón de que el número de contagios habla por sí solo.

En consecuencia, es evidente que Yucatán afronta una grave crisis epidemiológica causada por el mosquito del dengue que está teniendo impactos negativos y significativos en la calidad de vida de las personas que habitan el estado, motivo por el que es urgente dar la atención y seriedad que el caso amerita por parte de las autoridades estatales responsables.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, al Gobierno del Estado de Yucatán, en especial, al titular del Poder Ejecutivo, a los Servicios de Salud de Yucatán y a las autoridades involucradas en materia de prevención y control de enfermedades transmitidas por mosquitos a atender con prioridad la emergencia sanitaria derivada de la propagación del insecto vector que causa dengue en la entidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Secretario de Salud y Director de los Servicios de Salud de Yucatán, presidente del Consejo Interinstitucional para la Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Mosquitos en el Estado de Yucatán, a hacer cumplir las atribuciones del consejo, en especial la de establecer las bases de colaboración entre los sectores público, social y privado, a fin de abordar en forma interdisciplinaria, ordenada y eficaz las acciones de prevención y control de las enfermedades transmitidas por mosquitos, las estrategias de atención a la población afectada por tales padecimientos, así como promover la creación de los comités municipales interinstitucionales para la prevención y control de las enfermedades transmitidas por mosquitos en los 106 municipios que conforman la entidad.

Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a todas las autoridades estatales responsables en materia de prevención y control de enfermedades transmitidas por mosquitos a implementar estrategias para reducir el número de personas infectadas y la morbimortalidad en Yucatán, con especial atención a los grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad como las infancias y adolescencias en edad escolar, mujeres embarazadas, bebés y personas adultas mayores.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Janine Patricia Quijano Tapia (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SEGOB, A REUBICAR LAS INSTALACIONES DE LA COMAR

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a reubicar las instalaciones de la Comar a fin de garantizar el derecho a la movilidad y seguridad vial de los peatones y vehículos que transitan por sus inmediaciones, así como de los mismos migrantes, a cargo de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXV Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 22 de julio de 1980, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto que crea la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) como un órgano desconcentrado de la Secretaria de Gobernación que tiene por objeto proporcionar asistencia institucional, dar atención a los solicitantes para el reconocimiento de la condición de refugiado y expedir los procedimientos de cesación, cancelación y revocación de asilo o refugio.

Así mismo la COMAR tiene como misión, atender las necesidades de los refugiados extranjeros en territorio nacional a través de programas asistenciales, de desarrollo humano y económico, así como establecer convenios de cooperación internacional con el propósito de brindarles protección e incorporarlos al desarrollo nacional, en tanto puedan optar por su repatriación voluntaria.

Las políticas gubernamentales en materia de asilo y refugio en nuestro país, deben considerar como aspecto sustantivo, la reconocida tradición mexicana, caracterizada por su condición humanitaria y generosa, toda vez que nuestro país se ha destacado como una nación de asilo para los perseguidos políticos y en ello constituyen episodios trascendentales que ofrecieron grandes aportes a la cultura, la ciencia y la educación en nuestro país.

La crisis migratoria ha rebasado al Estado mexicano y a las instituciones gubernamentales que se encargan de los procedimientos migratorios, aun y cuando se ha implementado medidas para acelerar la atención de las personas migrantes que transitan y permanecen en el país. De acuerdo a cifras del director de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) desde el 2018 al 2022 México ha recibido “350,523 solicitudes de refugio [...] y hoy es la tercera nación con más solicitudes de asilo de extranjeros”.

Actualmente en las instalaciones de la COMAR se atiende entre 100 y 150 personas migrantes al día, sin embargo, estos esfuerzos son ineficaces ante la demanda de solicitudes para la estadía o traslado legal en el territorio nacional.

Conforme a lo anterior, en diversos medios de comunicación y redes sociales se han denunciado la llegada o permanencia de cientos de personas y familias migrantes a las instalaciones de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) que se ubica en la Calle Versalles, alcaldía Cuauhtémoc, en la cual se mantienen por días o semanas en la vía pública con la finalidad de obtener una visa humanitaria.

No obstante, esta situación es alarmante ya que las condiciones en las que se encuentran, contemplan una vulneración a sus derechos fundamentales, toda vez que su estadía a las afueras del complejo contradice con lo establecido en Tratados Internacionales de los que México es Parte y con legislaciones mexicanas en materia migratoria.

Recordemos que el 4 de mayo de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo mediante el cual se da a conocer el cambio de domicilio de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, pasando de la ubicada en Avenida Ejército Nacional número 862, primer piso, colonia Los Morales, Miguel Hidalgo, C.P. 11540, Ciudad de México; a la actual ubicación de Versalles 49, primer piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México, esto después de los sismos del 2017.

Una de las afectaciones por la falta de atención a dicha problemática es la transgresión al derecho a la movilidad de los peatones y vehículos que circulan diariamente por la avenida Versalles, debido a que, en las inmediaciones de las oficinas de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), las personas migrantes pernoctan y permanecen durante todo el día en la vía pública, ocasionando el hacinamiento en las banquetas y en calles aledañas a la Comisión, colocándolos en una situación de riesgo, incluidos los ciudadanos que transitan en las periferias.

Cabe agregar que esta situación vulnera de manera importante la movilidad de las personas con discapacidad, ya que no existe suficiente espacio en la vía pública para poder desplazarse por lo que optan por caminar debajo de la acera, colocándolos en una posición de peligro, además existe la obstrucción de entradas y rampas para las personas que utilizan las sillas de ruedas, muletas, bastones, andaderas o cualquier tipo de herramienta de movilidad.

En la legislación mexicana existen ordenamientos y principios en materia de protección y seguridad vial para los ciudadanos que se desplazan por caminando o con vehículos con o sin motor por lo que la Ley de Movilidad de la Ciudad de la México en su artículo 2, fracción II, considera de interés general el uso adecuado de la vía pública, como se menciona a continuación:

Se considera de utilidad pública e interés general:

I. ...

II. El establecimiento, mejoramiento y uso adecuado de las áreas de tránsito peatonal y vehicular, conforme a la jerarquía de movilidad;”

Asimismo, existen principios que garantizan el derecho a la movilidad como se mencionan en el artículo 7, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de la México, donde se establece que,

La Administración Pública al diseñar e implementar las políticas, programas y acciones públicas en materia de movilidad, observarán los principios siguientes:

I. ...

II. Accesibilidad. Garantizar que la movilidad esté al alcance de todos, sin discriminación de género, edad, capacidad condición, a costos accesibles y con información clara y oportuna;

III. Eficiencia. Maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles optimizando los recursos disponibles, sin que su diseño y operación produzcan externalidades negativas desproporcionadas a sus beneficios.

IV. Igualdad. Equiparar las oportunidades de la población para alcanzar un efectivo ejercicio de su derecho a amovilidad, poniendo especial énfasis en grupos en desventaja física, social y económica, para reducir mecanismos de exclusión;

V. a X. ...

El artículo 211, de la presente Ley se establece que,

Tienen el derecho de utilizar las vialidades, quienes habitan o transitan en la Ciudad, por lo que los particulares o autoridades no podrán limitar el tránsito de peatones y vehículos.

Por último, para en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial se establece dentro de sus principios de movilidad por los cuales se van a regir las entidades federativas, municipal y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, como se menciona en el artículo 4, fracción I:

Principios de movilidad y seguridad vial. La Administración Pública Federal, de las entidades federativas, municipal, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y demás autoridades en la materia, de acuerdo con sus facultades, considerarán los siguientes principios:

I. Accesibilidad. Garantizar el acceso pleno en igualdad de condiciones, con dignidad y autonomía a todas las personas al espacio público, infraestructura, servicios, vehículos, transporte público y los sistemas de movilidad tanto en zonas urbanas como rurales e insulares mediante la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, discriminación, exclusiones, restricciones físicas, culturales, económicas, así como el uso de ayudas técnicas y perros de asistencia, con especial atención a personas con discapacidad, movilidad limitada y grupos en situación de vulnerabilidad;

Además, los municipios tendrán atribuciones en materia de las vías libres de obstáculos, como se estable en la fracción XIX del artículo 68, donde se menciona que,

De los municipios. Corresponde a los municipios las siguientes atribuciones:

I. a XVIII. ...

Mantener, en el ámbito de sus atribuciones , las vías libres de obstáculos y elementos que impidan, dificulten, generen un riesgo u obstaculicen el tránsito peatonal y vehicular, excepto en aquellos casos debidamente autorizados y respetando la jerarquía de la movilidad;

XX. a XXIV. ...”

Es por ello, que resulta apremiante exhortar a las autoridades correspondientes para que de acuerdo a sus atribuciones reubiquen las instalaciones de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), con el propósito de evitar cualquier situación de riesgo, para las personas que transitan en calles o avenidas aledañas y para las personas migrantes, garantizado y salvaguardando su derecho a la movilidad y seguridad vial.

Sin dejar de mencionar que en diversos medios de comunicación y redes sociales se han denunciado la llegada o permanencia de cientos de personas y familias migrantes a las instalaciones de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) que se ubica en la Calle Versalles, alcaldía Cuauhtémoc, en la cual se mantienen por días o semanas en la vía pública con la finalidad de obtener una visa humanitaria.

No obstante, esta situación es alarmante ya que las condiciones en las que se encuentran, contemplan una vulneración a sus derechos fundamentales, toda vez que su estadía a las afueras del complejo contradice con lo establecido en Tratados Internacionales de los que México es Parte y con legislaciones mexicanas en materia migratoria.

Dentro de esta problemática se encuentran los niños y niñas que esperan en la intemperie junto con sus padres o tutores, por lo que se requiere la intervención de los tres órdenes de gobierno y de las dependencias encargadas de asuntos migratorios, para proteger y salvaguardar sus derechos conforme al interés superior de la niñez que es considerado primordial para los procesos administrativos de los cuales estén sujetos los niños y niñas.

En este sentido, no podemos dejar de mencionar que nuestro país se encuentra adherido a la Convención sobre los Derechos del Niño, del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la cual, establece en su Artículo 22 que:

1. Los Estados Partes adoptarán medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de obtener el estatuto de refugiado o que sea considerado refugiado de conformidad con el derecho y los procedimientos internacionales o internos aplicables reciba, tanto si está solo como si está acompañado de sus padres o de cualquier otra persona, la protección y la asistencia humanitaria adecuadas para el disfrute de los derechos pertinentes enunciados en la presente Convención y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos o de carácter humanitario en que dichos Estados sean partes.

Asimismo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, menciona en su Capítulo Décimo Noveno, Articulo 89 que,

Artículo 89. ...

...

El principio del interés superior de la niñez será una consideración primordial que se tomará en cuenta durante el procedimiento administrativo migratorio al que estén sujetos niñas, niños y adolescentes migrantes, en el que se estimarán las posibles repercusiones de la decisión que se tome en cada caso.

Es por ello que solicitamos la intervención de la titular de la Secretaría de Gobierno para reubicar las oficinas de la Comisión Mexicana de Atención a Refugiados, con el propósito de salvaguardar los derechos fundamentales de las personas migrantes que se encuentran a la espera de sus documentos que acredite su refugio o asilo en el país y de los connacionales que transitan por la zona, se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Gobernación a que conforme a sus atribuciones reubique las instalaciones de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) a fin de garantizar el derecho a la movilidad y seguridad vial de los peatones y vehículos que transitan por sus inmediaciones, así como de los mismos migrantes y refugiados.

Notas

1. México rompe marca en 2022: recibió peticiones de asilo de todos los continentes (expansion.mx)

2. Ley de Movilidad de la Ciudad de la México (2014) Gaceta Oficial del Distrito Federal.

https://www.congresocdmx.gob.mx/media/documentos/6299c5bdd0df4f6 da6e540ab8613d2682b7d738b.pdf

3 Ibidem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2023.– Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Asuntos Migratorios, para dictamen.