Diario de los Debates

órgano oficial de la cámara de diputados
del congreso de los estados unidos mexicanos
Poder Legislativo Federal, LXV Legislatura
Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Gilberto Becerril Olivares
Presidenta

Diputada Marcela Guerra Castillo
Directora del
Diario de los Debates
Eugenia García Gómez
Año III
Ciudad de México, martes 9 de abril de 2024
Sesión 22 Apéndice

SUMARIO


INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE

Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del martes 9 de abril de 2024, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO

LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

Del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Y LEY DE VIVIENDA

De la diputada Carmen Rocío González Alonso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda con contigüidad urbana. Se turna a las Comisiones Unidas de Vivienda, y de Seguridad Social, para dictamen

LEY DE VIVIENDA

De la diputada Yolanda Villarreal Elizondo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada y asequible. Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

De la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

PRONUNCIAMIENTO A FAVOR DE RESPETAR LOS DERECHOS DE LAS Y LOS TRABAJADORES DE HONORARIOS Y DE CONFIANZA EN LA COLEGISLADORA

Del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores de honorarios y de confianza en la Colegisladora. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

PRONUNCIAMIENTO A FAVOR DE RESPETAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS Y LOS TRABAJADORES DE HONORARIOS Y DE CONFIANZA DE LA LXV LEGISLATURA

Del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores por honorarios y de confianza de la LXV Legislatura en este recinto legislativo. Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención

EXHORTO A LA CONAGUA, A REABASTECER LA CALDERA A LA ZONA ORIENTE DE LA ALCALDÍA IZTAPALAPA

Del diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a reabastecer la caldera a la Zona Oriente de la Alcaldía Iztapalapa. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO AL GOBIERNO DE MÉXICO, DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, A GARANTIZAR PRECIOS JUSTOS PARA LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno de México, a los gobiernos de las 32 entidades federativas y a los gobiernos municipales, a generar una estrategia conjunta a fin de garantizar precios justos para los productos agrícolas. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

EXHORTO A LA SE, A LA SEMARNAT Y A LA SECTUR, A IMPLEMENTAR UNA ESTRATEGIA CON EL SECTOR DE SERVICIOS TURÍSTICOS, ENFOCADA A LA MODERNIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HÍDRICA

Del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a la Semarnat y a la Sectur, a implementar una estrategia coordinada con el sector hotelero, sector restaurantero y comercios de servicio turístico, enfocada a la importancia de la modernización de la infraestructura hídrica, métodos de aprovechamiento de agua potable y reutilización de la misma y campañas de concientización a sus usuarios sobre la importancia del cuidado del agua. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO AL INAI, A REALIZAR UNA EVALUACIÓN DE IMPACTO DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES RELACIONADA CON LA EMPRESA TOOLS FOR HUMANITY

De la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al INAI, a través de la instancia correspondiente, a realizar una evaluación de impacto de la protección de datos personales en el modelo de recopilación de datos biométricos a través del iris para la identificación y posterior obtención de activos virtuales denominados Criptomoneda Worldcoin por la empresa Tools For Humanity Corporation en México. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen

EXHORTO A LA SEMARNAT, A PUBLICAR EL AVANCE EN LA ATENCIÓN DE DIVERSOS TRÁMITES Y SU ESTRATEGIA PARA ATENDER EL REZAGO EXISTENTE Y SUS AVANCES

Del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a hacer público el avance en la atención de diversos trámites, así como dar a conocer las diversas estrategias y acciones implementadas para atender el grave rezago existente y sus respectivos avances. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

EXHORTO A LA SRE, A LA SEGOB Y A LA FGR, A INFORMAR SOBRE LAS RAZONES POR LAS CUALES EL GOBIERNO FEDERAL PROMUEVE UNA POLÍTICA EXTERIOR DE PROTECCIÓN A GOBIERNOS TOTALITARIOS, DAÑANDO LA POSICIÓN DE MÉXICO EN EL MUNDO

Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a la Segob y a la FGR, a informar a la opinión pública sobre las razones por las cuales el actual gobierno federal promueve una política exterior de protección a gobiernos totalitarios, delincuentes y a personas que en el ámbito internacional enfrentan demandas penales, dañando la posición de México en el mundo, frente a sus principales socios y aliados y que ha derivado recientemente en la crisis diplomática con el gobierno de Ecuador. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA SSPC, A LA SEDATU Y A LA CONAGUA, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE EL DÉFICIT EN LAS RESERVAS DE AGUA EN EL PAÍS

Del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la SSPC, a la Sedatu y a la Conagua, a informar a la opinión pública sobre el déficit en las reservas de agua en el país, particularmente en materia de capacidad de suministro de agua para la Ciudad de México y las acciones que la administración actual está tomando en previsión de una probable escasez de agua. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO AL IMPI, A EMITIR LA DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN CORRESPONDIENTE AL PULQUE DE NANACAMILPA DE MARIANO ARISTA, TLAXCALA

De la diputada Lilia Caritina Olvera Coronel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo por el que se exhorta al IMPI, a iniciar los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen correspondiente al pulque de Nanacamilpa de Mariano Arista, Tlaxcala. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen

SE REVISE Y DIAGNOSTIQUE EL ESTADO DE LAS CASETAS FIJAS Y MÓVILES QUE INTEGRAN LA RED DE MONITOREO DE LA CUENCA ATOYAC-ZAHUAPAN, EN PUEBLA

Del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Puebla, a revisar y diagnosticar para conocer el estado de las casetas fijas y móviles que integran la red de monitoreo de la cuenca Atoyac-Zahuapan y planteen un programa de rehabilitación para su óptimo funcionamiento. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen

EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD, A PUBLICAR LA INFORMACIÓN SOBRE LOS RIESGOS SANITARIOS DEL MEDICAMENTO DAPOZA

De la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a publicar la información sobre los riesgos sanitarios del medicamento Dapoza y su estado actual de compra y distribución en el país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen

EXHORTO A LA SRE, A PRONUNCIARSE ANTE LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS DE PONER UN ALTO INMEDIATO AL FUEGO EN LA FRANJA DE GAZA

De la diputada Vania Roxana Ávila García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a pronunciarse públicamente ante la resolución emitida por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas de poner un alto inmediato al fuego en la Franja de Gaza. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen

EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE, A TRAVÉS DE LA COFEPRIS, SE AGILICE LA APROBACIÓN DE LOS SUSTITUTOS DEL GLIFOSATO PARA ASÍ PROHIBIR SU IMPORTACIÓN

De la diputada María Teresa Madrigal Alaniz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Cofepris se agilice la aprobación de los sustitutos del glifosato para así prohibir la importación de este. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen





INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 9 de abril de 2024 y que no fueron abordadas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada Marcela Guerra Castillo (rúbrica), presidenta.»

«Iniciativas con proyecto de decreto

1. Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

2. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda con contigüidad urbana, suscrita por la diputada Carmen Rocío González Alonso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisiones Unidas de Vivienda, y de Seguridad Social, para dictamen.

3. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada y asequible, suscrita por la diputada Yolanda Villarreal Elizondo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Vivienda, para dictamen.

4. Que adiciona el artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

5. Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

6. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Educación, para dictamen.

Proposiciones con punto de acuerdo

1. Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores de honorarios y de confianza en la Colegisladora, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

2. Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores por honorarios y de confianza de la LXV Legislatura en este recinto legislativo, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Junta de Coordinación Política, para su atención.

3. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a reabastecer la caldera a la Zona Oriente de la Alcaldía Iztapalapa, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de México, a los gobiernos de las 32 entidades federativas y a los gobiernos municipales, a generar una estrategia conjunta a fin de garantizar precios justos para los productos agrícolas, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, a la Semarnat y a la Sectur, a implementar una estrategia coordinada con el sector hotelero, sector restaurantero y comercios de servicio turístico, enfocada a la importancia de la modernización de la infraestructura hídrica, métodos de aprovechamiento de agua potable y reutilización de la misma y campañas de concientización a sus usuarios sobre la importancia del cuidado del agua, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INAI, a través de la instancia correspondiente, a realizar una evaluación de impacto de la protección de datos personales en el modelo de recopilación de datos biométricos a través del iris para la identificación y posterior obtención de activos virtuales denominados Criptomoneda Worldcoin por la empresa Tools For Humanity Corporation en México, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.

7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a hacer público el avance en la atención de diversos trámites, así como dar a conocer las diversas estrategias y acciones implementadas para atender el grave rezago existente y sus respectivos avances, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutierrez, del Grupo Parlamentario de Morena.

Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a la Segob y a la FGR, a informar a la opinión pública sobre las razones por las cuales el actual gobierno federal promueve una política exterior de protección a gobiernos totalitarios, delincuentes y a personas que en el ámbito internacional enfrentan demandas penales dañando la posición de México en el mundo, frente a sus principales socios y aliados y que ha derivado recientemente en la crisis diplomática con el gobierno de Ecuador, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

9. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la SSPC, a la Sedatu y a la Conagua, a informar a la opinión pública sobre el déficit en las reservas de agua en el país, particularmente en materia de capacidad de suministro de agua para la Ciudad de México y las acciones que la administración actual está tomando en previsión de una probable escasez de agua, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

10. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMPI, a iniciar los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen correspondiente al pulque de Nanacamilpa de Mariano Arista, Tlaxcala, a cargo de la diputada Lilia Caritina Olvera Coronel, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Turno: Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.

11. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Puebla, a revisar y diagnosticar para conocer el estado de las casetas fijas y móviles que integran la red de monitoreo de la cuenca Atoyac-Zahuapan y planteen un programa de rehabilitación para su óptimo funcionamiento, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Turno: Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.

12. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a públicar la información sobre los riesgos sanitarios del medicamento Dapoza y su estado actual de compra y distribución en el país, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Salud, para dictamen.

13. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, a pronunciarse públicamente ante la resolución emitida por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas de poner un alto inmediato al fuego en la Franja de Gaza, a cargo de la diputada Vania Roxana Ávila García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

14. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Cofepris se agilice la aprobación de los sustitutos del glifosato para así prohibir la importación de este, a cargo de la diputada María Teresa Madrigal Alaniz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Turno: Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.»

INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO



LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, José Alejandro Aguilar López, diputado federal en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el primer y segundo párrafo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

La vigente Ley General de Responsabilidades Administrativas que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación 18 julio de 2016 y se encuentra en vigor, según se mandata en el Artículo Transitorio Tercero, al año siguiente de la entrada en vigor del presente decreto. Esto es, se encuentra en vigor desde el 19 de julio de 2017.

En la reforma materia de la presente iniciativa propongo reformar los párrafos primero y segundo del Artículo 74 donde se prevén los plazos de prescripción de las responsabilidades administrativas, según se trate de faltas administrativas graves o no graves.

La prescripción es una modalidad de la extinción de la responsabilidad de quien comete una falta por el simple transcurso del tiempo.

Es una forma en la cual la autoridad sancionadora no ejerció sus atribuciones en el tiempo que tenía para ello y por lo tanto la acción contraria a derecho queda sin sanción.

Esto es muy importante tenerlo en cuenta, porque si hay un tema que lastima a la sociedad mexicana lo es la corrupción y también la impunidad. Y precisamente la impunidad se obtiene cuando no se sanciona a quien comete una falta.

El actual sistema de responsabilidades administrativas de los servidores públicos que deriva de la reforma constitucional a diversos artículos de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción y que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015, otorgó facultades al Congreso de la Unión en la fracción XXIX-B: “Para expedir la Ley General que distribuya competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que éstos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves que al efecto prevea, así como los procedimientos para su aplicación”.

En artículo 109, fracción III, segundo párrafo, se estableció que “las faltas administrativas graves serán investigadas y sustanciadas por la Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o por sus homólogos en las entidades federativas y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa que resulte competente. Las demás faltas y sanciones administrativas serán conocidas y resueltas por los órganos internos de control.

Derivado de lo anterior tenemos que la Ley General de Responsabilidades Administrativas, establece de manera genérica dos tipos de faltas administrativas: faltas administrativas no graves y faltas administrativas no graves.

En el Artículo 74, primer párrafo se establece un plazo de prescripción de tres años para las faltas administrativas no graves, que se computa a partir del día siguiente en que se hubieran cometido las infracciones, o partir del momento de que hubieren cesado.

En este caso propongo aumentar un año más el termino para que pueda operar la figura de la prescripción en beneficio de los servidores públicos que hubiera cometido una falta administrativa no grave, esto es pasar de los tres años previstos actualmente a cuatro años.

Para el caso de lo que se dispone en el segundo párrafo del artículo 74, que actualmente establece un plazo de prescripción de siete años, propongo que se aumente a nueve años.

El razonamiento es el siguiente, en el texto original de la presente Ley que se publica en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2016 se establecieron las denominadas faltas administrativas graves de los servidores públicos y para ellas, en términos de los previsto en el segundo párrafo del artículo 74 opera la figura de la prescripción en un plazo de 7 años sin embargo se debe considerar que en los tratados internacionales suscritos por el estado mexicano, en particular la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción se estableció la obligación de los Estados parte para legislar previendo sanciones penales para los delitos de actos de corrupción con las penas privativas de libertad que cada estado decidiera establecer y de manera complementaria las sanciones administrativas que resultaran procedentes.

De la misma forma el Código Penal Federal fue reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación 18 de julio de 2016 para establecer los delitos por actos de corrupción en los que, siguiendo las reglas de prescripción de la responsabilidad penal prevista en los artículos del 100 al 115, la prescripción opera con la media aritmética entre la pena mínima y la pena máxima, son para el delito de cohecho de servidor público y peculado es de 8 años, sin embargo en el caso de tipo penal de ejercicio ilícito del servicio público la media aritmética es de 4.5 años.

Por lo que los plazos de prescripción en materia penal no resultan aplicables a la materia administrativa y aumentar como lo propongo dos años más el plazo de prescripción del artículo 74, segundo párrafo no resulta desproporcionado máxime que de lo que se trata de preservar es la honestidad en el ejercicio del servicio público y que quienes tienen el honor de servir a la sociedad ocupando alguno de ellos lo realicen en estricto apego a la ley, y observando siempre los principios previstos en el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

También se debe considerar para soportar la propuesta que presento que en una gestión gubernamental de 6 años podrían darse redes de interés que oculten o protejan las irregularidades cometidas pero, con un plazo de 9 años puede darse el supuesto de que en la renovación de cargos en la administración pública otros servidores públicos detecten, investiguen y promuevan ante la instancia correspondientes la sanción de las faltas administrativas graves y eventualmente presentar las denuncias ante el ministerio público por los delitos a que allá lugar. Teniendo en cuenta que tanto la responsabilidad administrativa como penal son autónomas entre sí.

Compañeras y compañeros legisladores esta es la motivación por la que les propongo aumentar de 7 a 9 años, esto es solo 2 años más el plazo de prescripción por la comisión de faltas administrativas graves, con ello daremos un sólido instrumento a la autoridad para abatir la impunidad que va de la mano de la corrupción.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6 numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el primer y segundo párrafo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:

Artículo Único. Se reforman el primer y segundo párrafo del artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:

Artículo 74. Para el caso de Faltas administrativas no graves, las facultades de las Secretarías o de los Órganos internos de control para imponer las sanciones prescribirán en cuatro años, contados a partir del día siguiente al que se hubieren cometido las infracciones, o a partir del momento en que hubieren cesado.

Cuando se trate de faltas administrativas graves o faltas de particulares, el plazo de prescripción será de nueve años, contados en los mismos términos del párrafo anterior.

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2024.– Diputado José Alejandro Aguilar López (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.



LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Y LEY DE VIVIENDA

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda con contigüidad urbana, suscrita por la diputada Carmen Rocío González Alonso y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputada Carmen Rocío González Alonso, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley de Vivienda, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El crecimiento de la población a nivel mundial, así como la expansión continua de las ciudades hacen que la demanda de servicios que puedan satisfacer sus necesidades vaya en aumento.

De acuerdo con datos publicados por la ONU-Hábitat de 2021, en el mundo hay aproximadamente 1934 metrópolis, que representa el 60 por ciento de la población urbana del mundo; de esta cifra, 2.59 mil millones de personas viven en estas metrópolis. Asimismo, se ha ubicado en que en 34 de estas grandes ciudades viven más de 10 millones de habitantes; mientras que 51 tienen una población de 5 a 10 millones; 494 de 1 a 5 millones; y 1,355 de 300,000 a 1 millón.

En este contexto, la población requiere de una vivienda para seguir desarrollándose en un entorno cada vez más competitivo. Para las organizaciones internacionales, la vivienda es considerada como un derecho humano y una necesidad básica para el pleno desarrollo de la persona y, en su caso, de su familia. De esta manera, la vivienda representa el 70 por ciento del uso del suelo en la mayoría de las ciudades y determina la forma y densidad urbana, sin embargo, la ONU ha señalado que la mayor parte de la población, en especial las personas de escasos recursos son quienes tienen menos oportunidades para acceder a una vivienda adecuada y decorosa.

Ante tal problemática, la ONU-Hábitat ha publicado diversos artículos en materia de vivienda en la que señala que hace 20 años, la vivienda era un motor de avance económico y, sobre todo social, sin embargo, hoy en día la vivienda ya no es un factor de cambio sostenible y social que promueva la igualdad entre la población. En ese orden de ideas, no es casualidad que, en los países en vías de desarrollo, haya más del 30 por ciento de la población que vive en asentamientos informales que día a día siga creciendo por la falta de oportunidades para acceder a una vivienda digna y decorosa.

De igual manera, la ONU-Hábitat ha señalado que la población que vive en países desarrollados, también se ven envueltos en diversos retos para acceder a una vivienda, toda vez que el 97 por ciento de estas no son accesibles financieramente para quienes fueron diseñados inicialmente, es decir, que la capacidad económica que obtiene una persona que vive en alguno de estos países desarrollados, no alcanza para poder comprar una vivienda que se adecue a sus necesidades y entorno.

En la misma línea de ideas, este organismo internacional, observa diversos retos a futuro para garantizar el derecho humano a la vivienda, entre los que se destacan lo siguiente:

• Garantizar una vivienda digna para más de 980 millones de hogares urbanos, así como otros 600 millones que no cuentan con una vivienda.

• A largo plazo se necesitarán más de mil millones de viviendas, fijando como tope 2025.

• Que las viviendas, más que en cantidad, las mismas cumplan con calidad para satisfacer el bienestar de la población.

• Que los Estados parte implementen las políticas necesarias y adecuadas para cumplir este derecho humano. Además, de otorgar el presupuesto necesario para que los habitantes de escasos recursos puedan acceder a una vivienda digna y decorosa.

• Los países en vías de desarrollo formulen y presente las políticas adecuadas para promover la igualdad en la adquisición de una vivienda.

Bajo esta premisa, se ha expuesto la vulnerabilidad a la que quedan expuestas las personas que cuentan con una vivienda, pero que la misma no cumple con los criterios para adjudicársele como digna. La otra cara de la moneda versa sobre aquellos que definitivamente no cuentan con una vivienda para vivir, pues estas personas se alojan en lugares donde las condiciones de salubridad son precarias al grado de vulnerar su integridad. La multicitada organización internacional ha sostenido, a través de informes que, más de 150 millones de personas en el mundo no tienen un hogar; aun cuando tratan de superarse de manera económica para poder adquirir una vivienda, el entorno económico en el que se desenvuelven no les permite acceso al mismo, por lo que se ven obligadas a vivir en las calles, puentes, carreteras o en cualquier espacio público, donde con un poco de suerte pueden protegerse de los cambios climáticos y, de esta manera seguir subsistiendo.

Ahora bien, en el contexto latinoamericano, la percepción para acceder a una vivienda digna y decorosa cada día se ve más difícil para la población; de aproximadamente 600 millones de personas que viven en América Latina y el Caribe, más de 120 millones de personas viven en asentamientos inadecuados que no les garantiza una vivienda adecuada, derivado de la falta de servicios básicos como agua potable, saneamiento, alumbrado público, entre otros como servicios de salud, educación, centros de trabajo, medios de transporte, etcétera.

Los factores que limitan acceder a una vivienda digna son variables en estos lugares, pero uno de ellos es el financiamiento y el contexto del lugar en el cual la población se asienta. De acuerdo con el reporte de “Economía y Desarrollo de 2017”, publicado por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), expresa que los hogares latinoamericanos destinan más del 30 por ciento de sus ingresos para el pago de servicios habitacionales, en ese entendido, necesitaran más de 30 años para adquirir una vivienda de 60 metros cuadrados considerando un precio que se ajuste a su economía, de lo contrario el lapso de tiempo puede aumentar, vulnerando nuevamente el derecho a la vivienda.

Las políticas en materia de vivienda que han formulado y presentado los países latinoamericanos no han logrado los objetivos para los que fueron creados; en primera instancia por el aspecto financiero y el segundo punto versa sobre en materia de desarrollo urbano, pues los mismos no han sido lo suficientemente sistémicos para integrar un conglomerado entre vivienda digna y desarrollo urbano.

Lo anterior, se argumenta bajo dos criterios básicos como son las políticas públicas en materia de vivienda; donde a través de los marcos jurídicos de cada país queden señaladas las bases para que las personas en la formalidad puedan acceder a una vivienda o bien inmueble para construir la misma y, segunda, en materia de desarrollo urbano como un instrumento en el cual quede señalado donde puede asentarse y contar con los servicios propios para su bienestar, así como de acceder a mejores oportunidades de crecimiento.

En este último punto es preciso poner especial atención, ya que las políticas en materia de vivienda y desarrollo urbano, en el ámbito latinoamericano no han sido las adecuadas para que la población tenga acceso a la vivienda y mucho menos para tener el control de la expansión urbana, aprovechando en todo lo posible el uso de suelo, lo que conlleva a que la población forme asentamientos humanos informales, desordenados, mal ubicados y planificación urbana sostenible, que al final del día genera profundas brechas sociales y un grave problema para acceder a la vivienda y la ocupación ilegal de las tierras.

En este sentido, México figura como uno de los países que, en la actualidad tiene mucho que trabajar en materia de vivienda y desarrollo urbano, sobre todo porque el aumento de la población demanda el aumento de los servicios básicos, así como mejores oportunidades para subsistir en un mundo competitivo.

El acceso a la vivienda es un tema que en el país se ha venido legislando. Incluso el derecho humano a ello ha quedado escrito a la letra en el artículo 4, párrafo séptimo, que a la letra dicta lo siguiente:

Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

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Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

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Siguiendo en el mismo tenor, la legislación vigente contempla los instrumentos y mecanismos para que todos los trabajadores que se encuentran en la formalidad puedan acceder a un crédito para la vivienda; además, la institución encargada para proporcionar dicho crédito se ha denominado como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Esta institución es un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. También, cuenta con un instrumento jurídico que la regula. De acuerdo con el artículo 3 de la Ley del Infonavit, este organismo tiene como objeto administrar los recursos del Fondo Nacional de Vivienda. Dicho fondo se constituye con la aportación de los patrones, equivalente al 5 por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio.

Dentro de sus funciones se encuentra la de establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener créditos baratos y suficientes para la adquisición de vivienda cómodas e higiénicas, así como para la construcción, reparación, ampliación y mejoramiento de las habitaciones.

En este sentido, los créditos que ha otorgado esta institución han permitido a la población poder tener acceso a una vivienda o, en su caso, si ya cuenta con una, realizar las mejoras que la persona crea pertinentes y le permita vivir cómodamente.

Ahora bien, uno de los retos que se ha venido presentando en los últimos años versa sobre el crecimiento de la población y la expansión del mismo en un determinado lugar. Lo anterior, surge de la falta de una buena implementación en las políticas urbanas y de vivienda que limiten a la población de asentarse en aquellos lugares alejados de los centros de población; esto debido los problemas que se pueden presentar a corto, mediano o largo plazo, tanto para los particulares, así como para las autoridades en la materia según el orden de gobierno.

Cuando una determinada cantidad de personas tiende a construir o adquirir vivienda alejadas de los centros urbanos, se presentan problemas como la disponibilidad de agua potable, saneamiento, alumbrado público, seguridad pública, centros educativos, medios de trasporte, infraestructura para satisfacer los medios de comunicación, entre otros, por lo que no se cumple con cabalidad lo establecido en la constitución, que en su artículo 115, fracción III, en el que se menciona que el municipio estará encargado de diversas funciones y servicios para el bienestar de la población, y los cuales guardan especial relación con la vivienda y el desarrollo urbano.

Ahora bien, sumado a la garantía que ofrece el Estado para que las y los ciudadanos alcancen el derecho a la vivienda, también en los últimos años se ha hablado sobre el “Derecho a la Ciudad”, que de acuerdo con la ONU-Hábitat, es el “derecho de todos los habitantes a habitar, utilizar, ocupar, producir, transformar, gobernar y disfrutar de ciudades, pueblos y asentamientos urbanos justos, inclusivos, seguros y sostenibles, los cuales son definidos como bienes comunes para una vida digna”.

Por otro lado, tenemos el concepto que ha tomado relevancia en los últimos años, y cuyo concepto se ha abordado en muy pocas ciudades. En este sentido, nos referimos a las “Ciudades Compactas” o en otras regiones es conocido como “Ciudad cercana”, conceptos que se han implementado a manera de políticas públicas con el objeto de ofrecer lo enunciado a “Derecho a la Ciudad”.

Ciudad compacta o Ciudad cercana nacen a partir de que una ciudad se expande de forma desordenada y mal planificada, que poco a poco se va transformando en un problema; esto debido a que estas ciudades consumen grandes cantidades de suelo, es decir, no aprovechan al máximo el uso de suelo. Este problema obliga a las personas a buscar oportunidades de vivienda en aquellos lugares alejados de los servicios básicos, lugares de trabajo, centros de salud, educación, así como de oportunidades de crecimiento; sin estos servicios la calidad de vida de las personas se vuelve inestable, así como también trae efectos negativos al medio ambiente, sobre todo por el uso prolongado y continuo de vehículos.

En nuestro país se ha comenzado a trabajar en este tipo de políticas públicas, aunque los mismos no han tenido de momento el impacto esperado, motivo por el cual, la presente iniciativa pretende llevar el espíritu de este problema, para aterrizarlo en materia de vivienda, especialmente, sobre el Infonavit, institución encargada de otorgar créditos de bajo costo, para la construcción y, en su caso, adquisición de la vivienda.

En este sentido, algunos estados de la República han comenzado a implementar el concepto de Ciudad compacta o Ciudad cercana, en coordinación con el Infonavit, puedan implementar los instrumentos necesarios para ofrecer vivienda a la población en el centro de la ciudad y que los mismos cuenten con todos los servicios al cual el ciudadano pueda acceder de manera rápida, sin la necesidad de tener que trasladarse a lugares lejanos, pero sobre todo atender la política de desincentivar el uso del coche y, por el contrario, incentivar el uso del transporte público para que las principales vialidades no se conglomeren, con una gran cantidad de carros.

Para sustentar lo anterior, el honorable ayuntamiento de Tijuana comenzó a trabajar sobre el modelo de Ciudades Compactas desde 2016, en el que los ciudadanos puedan quedarse a vivir en el centro de la ciudad y no se vean obligados a vivir en zonas alejadas, ya que esto, traería consecuencias negativas a largo plazo. Los trabajos para lograr este objetivo de ciudad compactan en Tijuana han sido lentos, pero han comenzado a implementar los primeros instrumentos para poder acercarse al objetivo planteado. Incluso, en los últimos días la Canadevi ha trabajado de cerca con autoridades de Tijuana para seguir con este proyecto de modelo de ciudad compacta, toda vez que se tienen que actualizar diversos ordenamientos en materia de vivienda y desarrollo urbano de dicho ayuntamiento.

Otra entidad que ha estado trabajando en este modelo de ciudad o ciudad cercana, según le llamen en la región donde se encuentre, pero que, el mismo se funda en el mismo espíritu, es referente a Coahuila, en donde las autoridades han comenzado a trazar las primeras líneas de trabajo y definido el término de “Ciudad en 15 minutos”, cuyo proyecto sigue en desarrollo y tiene como objetivo que la mancha urbana en Saltillo no siga creciendo de manera desordenada. Este proyecto de ciudad en 15 minutos tiene los mismos objetivos que Ciudad Cercana y de Ciudad Compacta; en la cual los ciudadanos de Saltillo tengan los productos y servicios cerca de sus viviendas, fomentando que los mismos puedan ser adquiridos por el ciudadano sin la necesidad de tener que recurrir o trasladarse a ellos utilizando un medio de transporte particular motorizado, sino por el contrario, que el ciudadano se traslade caminando para poder adquirirlos.

Asimismo, autoridades de Desarrollo Urbano de dicha entidad, han señalado que este modelo de “Ciudad en 15 minutos”, tiene como referencia lo realizado en Barcelona, con los denominados “Supermanzanas”, las cuales están orientadas y organizadas a la densificación de la ciudad de una manera ordenada por medio de edificios de usos mixtos (viviendas multifamiliares y negocios en el mismo edificio o alrededores).

Por otra parte, las autoridades de Saltillo han expresado que este proyecto, del cual, han venido trabajando, tiene como referencia a la Política Pública que se ha implementado en Chihuahua, especialmente en el municipio del mismo nombre.

En este contexto, Chihuahua ha implementado “Ciudad Cercana”, cuyo proyecto esta implementado para crear espacios de vivienda que “faciliten la vida de las personas, donde hay escuelas, áreas de juegos, farmacias, supermercados, iglesias y todo lo que requieres en tu vida diaria, ahorrando así, en tiempos de traslado gracias a la cercanía de los lugares que frecuentas día con día”.

Este proyecto ha sido impulsado por el IMPLAN de Chihuahua, y autoridades del municipio de Chihuahua, quienes afirman que este proyecto ya implementado busca estimular a los vecinos, inversionistas y profesionales del desarrollo urbano para mejorar el aprovechamiento de los espacios. Como se ha multicitado, buscan que las personas tengan acceso a la ciudad y de todos los servicios a su alcance, esto derivado de la adquisición de una vivienda en el centro de población. Además, evita una expansión de la mancha urbana desordenada, evitando que la población viva en lugares alejados de los servicios básicos para su propia subsistencia y comodidad.

Entre los incentivos que pueden conseguir los pobladores de dicha entidad y ayuntamiento, que adquieran sus viviendas o compren un bien inmueble para fines de vivienda en el centro urbano, está la de obtener permisos de construcción o rehabilitación de edificios de usos mixtos y vivienda plurifamiliar con 50 por ciento de descuento; también ofrecen hasta un 50 por ciento de descuento en impuestos de traslado de dominio compradores de vivienda nueva. Sumado a esos beneficios, ofrecen un 80 por ciento de descuento en el predial de 2023 y descuento sobre el mismo de 50 por ciento para los años 2024 y 2025 quienes adquieran viviendas nuevas en las zonas donde se implementa el programa de Ciudad Cercana.

Asimismo, para que este programa no quede como letra muerta, el cabildo sesionó para expedir el reglamento en la materia en la que se especifican las características de construcción, vivienda y estacionamiento, de igual manera, como es característica de una Ciudad Cercana, dicho reglamento promueve desincentivar el uso del coche, por lo que dicho instrumento busca reducir el número de cajones de estacionamiento.

Bajo estos argumentos, y como se había señalado en anteriores párrafos, la presente iniciativa tiene como objeto que, en materia de vivienda, especialmente el Infonavit como la institución encargada de proporcionar créditos para la vivienda y para la construcción de la misma, otorgue únicamente estos créditos solo a aquellas personas que cumplan con el principio de contigüidad.

Cuando hablamos de contigüidad, al menos en materia de desarrollo urbano, este término se define como el proceso que permite continuar con el crecimiento o expansión de manera horizontal de los asentamientos humanos, siempre que exista un punto centro determinado punto de origen. En palabras más simples, la contigüidad se refiere a que la expansión del centro urbano debe de ser continuo, evitando huecos que no permitan esa continuidad en la expansión de la mancha urbana.

Bajo este criterio, es necesario que las políticas en materia de ciudad cercana, ciudad compacta o cualquiera que sea el termino y aludan a los objetivos que buscan que la población, adquiera sus viviendas en los principales centros de población y tengan al alcance los servicios necesarios para su bienestar, sin que ello implique la erogación de gastos extras para su traslado, así como el utilizar en lo menor posible el coche, estén vinculadas con el Infonavit para que los créditos que este instituto otorga, sólo se dé, siempre y cuando se garanticen estos criterios, pero no solo eso, sino que la misma propuesta garantice lo estipulado en el artículo 4o. constitucional en materia de vivienda.

Bajo esa tesitura, se pretende adicionar un párrafo tercero, recorriéndose los subsecuentes al artículo 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como reformar el párrafo primero al artículo 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para quedar como sigue:

Ahora bien, es sabido que uno de los retos que enfrentan los ciudadanos al momento de solicitar su crédito para la vivienda, es que el mismo no alcanza para la vivienda que la persona desea y, por tanto, se ve obligado a adquirir una más económica sin cumplir las necesidades básicas; estas viviendas están alejadas del centro urbano, sin servicios, sin oportunidades y peor aún, alejado del centro de trabajo de la persona.

Si bien los precios de esas viviendas a las afueras de los centros de población son bajos y pareciera que se adaptan a la economía de la persona, ofreciéndole una oportunidad única que debe de aprovechar a la brevedad, la realidad más que un sueño es todo lo contrario, debido a que a largo plazo quien haya adquirido esa vivienda se verá en apuros por la falta de servicios básicos, la carencia de medios de transporte, centros de salud, de educación y sobre todo a recurrir en mayor parte al uso del automóvil para poder desplazarse de un lugar a otro, que al final del día también causan un daño al medio ambiente.

El costo para adquirir una vivienda va en aumento, esto derivado de diversos factores, pero sobre todo por la inflación en la que se ha visto envuelto el país. A saber, la inflación es un fenómeno que se observa en la economía de un país, que provoca el aumento desordenado de los precios de los bienes y servicios por un periodo de tiempo prolongado. En este sentido, la inflación ha hecho que los precios de la vivienda sean altos y elevados, imposibles de ser adquiridos por la ciudadanía, lo que los obliga a buscar precios más accesibles a costa de sacrificar los servicios básicos ya señalados.

De acuerdo con datos oficiales publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), con número de boletín 01/2023, de fecha 10 de febrero de 2023, señalan que el precio de la vivienda con crédito hipotecario se ha elevado en 10.4%, hasta el cierre del cuarto trimestre de 2022; los precios de la vivienda a nivel nacional se ubicaban en un rango de 893 mil pesos hasta 1 millón 535 mil pesos, sin olvidar que el precio puede ser más alto tiendo en cuenta diversos factores.

Sumado a lo anterior, la iniciativa privada también ha señalado que la inflación ha provocado el aumento de la vivienda, así como de los materiales necesarios para su construcción han subido. En este orden de ideas, las bancas comerciales publicaron un informe sobre la situación inmobiliaria hasta el cierre del segundo semestre del año 2021, el costo de los materiales de construcción se mantendrá alto, así como también el tiempo de construcciones se han extendido y por ende, la venta de los mismos también demora más tiempo.

El análisis menciona que hay un aumento de 8,876 unidades de viviendas terminadas, pero no vendidas, lo cual representa un incremento del 11.3 por ciento en comparación con el cierre de 2021. Todos estos factores provocan que el precio de la vivienda se mantenga alto.

La Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (Canadevi), como un órgano autónomo en materia de vivienda de la iniciativa privada, ha señalado que el precio de la vivienda se ha encarecido en los últimos años; incluso abordó en 2022, que la vivienda era de difícil acceso para la población debido a que los insumos como el acero y el cemento, principales materiales para la construcción de la vivienda, ha incrementado sus precios hasta en un 50 por ciento, en razón de eso el precio de la vivienda adquiere un valor por encima de lo que la población tiene presupuestado para adquirir una vivienda que cumpla con sus necesidades. En la misma línea de ideas, debido a la inflación las desarrolladoras han incrementado los precios sobre la vivienda hasta en 17 por ciento sobre el precio base de 2021.

Bajo esta tesitura, la presente iniciativa también tiene como objeto fortalecer los instrumentos en materia de vivienda; especialmente los programas, como es el Programa de Vivienda Social (S177), el cual para este año 2023, le fueron asignados 4,521,949,929 de pesos, el cual es utilizado para subsidiar los costos de la vivienda para aquellas personas de escasos recursos, en algunas ocasiones estos subsidios pueden ser hasta el 100 por ciento.

Sin embargo, la realidad es que la bolsa que se aprueba a través del Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año no alcanza a cubrir las necesidades de la población que busca hacerse de una vivienda. Como quedó señalado en párrafos anteriores, la inflación deberá ser un factor clave a considerar año con año para el correcto cálculo del presupuesto. Además, que, de ese presupuesto aprobado sobre dicho programa, se utilice un 30 por ciento para subsidios a vivienda para aquellas personas trabajadoras que han conseguido un crédito a través del Infonavit, pero que a las mismas no les alcance para poder adquirir su vivienda en lo que ya se ha explicado en párrafos anteriores a “Ciudad Compacta o Ciudad Cercana”.

Lo anterior, busca entrelazar lo señalado en el artículo 4o. constitucional en materia de vivienda; así como seguir impulsando los proyectos para otros estados en materia de vivienda compacta o ciudad cercana y, finalmente, apoyar a las personas que no tengan el crédito suficiente para adquirir una vivienda contigua en los centros de población en donde ya se cuenta con todos los servicios básicos para su bienestar.

Además, es preciso señalar que los programas para la vivienda deben ser promovidos con un enfoque de igualdad y equidad, esto derivado del artículo 3, párrafo primero, de la Ley de Vivienda, que a la letra dice:

Artículo 3.- Las disposiciones de esta ley deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social de manera que toda persona, sin importar su origen étnico o nacional, el género, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil pueda ejercer su derecho constitucional a la vivienda.”

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Como se explicó en párrafos anteriores, que lo estipulado en materia de vivienda y el marco jurídico que lo componen no quede en letra muerta, sino todo lo contario, realizar las reformar necesarias para brindar los instrumentos y mecanismos propios para facilitar a los ciudadanos el acceso a la vivienda digna y decorosa, tal y como este expreso en el artículo 2 de la Ley de Vivienda, que a la letra señala:

Artículo 2.- Se considerará vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos.

Con lo expuesto, se busca que los apoyos que otorga el gobierno federal sean acordes a la situación económica de nuestro país, así mismo la repartición del recurso asegurara que no existan zonas más beneficiadas que otras, si no, que de forma equitativa y según los preceptos de ley se otorgue el apoyo a quien de verdad lo necesite, simultáneamente estos apoyos respaldaran el espíritu de esta reforma que se concentra en garantizar el acceso a vivienda digna respetando el principio de contigüidad siendo esta la mejor forma de solucionar el problema de vivienda que se ha planteado desde el inicio de esta exposición de motivos

Con la finalidad de cumplir con los argumentos antes señalados, se anexa el siguiente cuadro comparativo en el cual se expone las reformas planteadas a la Ley de Vivienda.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Fondo Nacional de Vivienda, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley de Vivienda

Artículo Primero. — Se adiciona un tercer párrafo al artículo 42 de la Ley del Instituto de Fondo Nacional de Vivienda, para quedar como sigue:

Artículo 42. — Los recursos del Instituto se destinarán:

I. a VI. ...

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El Instituto otorgara créditos en línea uno y dos únicamente a quienes garanticen una ubicación en contigüidad urbana y cuenten con infraestructura y equipamiento consolidado, de conformidad de las leyes aplicables en la materia.

...

Artículo Segundo. — Se reforma el párrafo primero del Artículo 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 179. Los créditos a que se refiere esta Sección se otorgarán y adjudicarán conforme a los criterios que para el efecto señale la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, con la aprobación de la Junta Directiva del Instituto tomando en cuenta el derecho humano a la vivienda adecuada, la oferta y demanda regional de vivienda; el costo y seguridad del suelo destinado a vivienda evitando actos de especulación; la contigüidad urbana, la infraestructura y equipamiento consolidado existente en la zona en que se ubica la vivienda; los saldos de la subcuenta del Fondo de la Vivienda de las personas trabajadoras de que se trate y el tiempo durante el cual se han efectuado aportaciones a la misma; si la persona trabajadora es propietaria o no de su vivienda, así como su sueldo o el ingreso conyugal si hay acuerdo de las personas interesadas.

...

...

Artículo Tercero. — Se reforma el párrafo tercer del Artículo 61 y el párrafo primero del Artículo 73 de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue:

Artículo 61. - ...

Para la estimación de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se deberá considerar el rezago habitacional, las necesidades de vivienda, la condición de pobreza de los hogares, así como el grado de marginación de la comunidad rural o urbana, la inflación anual, entre otros.

...

...

Artículo 73. — Las acciones de suelo y vivienda financiadas con recursos federales, así como las de los organismos que financien vivienda para los trabajadores en cumplimiento a la obligación que consigna el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deberán observar los lineamientos que en materia de contigüidad urbana, equipamiento e infraestructura consolidada y vinculación con el entorno establezca la Secretaria, escuchando la opinión de la Comisión para cada grupo objetivo de la población, a fin de considerar los impactos de las mismas, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y demás disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los Institutos y la Secretaría contaran con 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para adecuar las disposiciones reglamentarias relacionadas con los contenidos de este decreto.

Notas

1 ONU-Hábitat (n.d.). Folleto de Datos Poblacionales 2020. ONU. Retrieved April 18, 2023, from

https://onuhabitat.org.mx/index.php/folleto-de-datos-poblacional es-2020

2 ONU-Hábitat (n.d.). Vivienda: Inviable para la Mayoría. ONU. Retrieved April 18, 2023, from

https://onuhabitat.org.mx/index.php/vivienda-inviable-para-la-ma yoria

3 Ibídem.

4 Kaakinen, L. F. y J. (2020, December 9). Pisado, evitado, ignorado, invisible: Sin hogar. El País. Retrieved April 18, 2023, from

https://elpais.com/planeta-futuro/2020-12-09/pisado-evitado-igno rado-invisible-sin-hogar.html

5 Hacia un mejor acceso a la vivienda en América Latina y el Caribe. Caf.com. (n.d.). Retrieved April 18, 2023, from

https://www.caf.com/es/conocimiento/visiones/2022/03/hacia-un-me jor-acceso-a-la-vivienda-en-america-latina-y-el-caribe/

6 Comisión Nacional Bancaria y de Valores. “Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores” (Infonavit). gob.mx. Retrieved April 18, 2023, from

https://www.gob.mx/cnbv/acciones-y-programas/sectores-supervisad os

7 ONU-Hábitat. Componentes del derecho a la ciudad. ONU-Hábitat. Retrieved April 18, 2023, from

https://onuhabitat.org.mx/index.php/componentes-del-derecho-a-la -ciudad#:~: text=El%20Derecho%20a%20la%20Ciudad,comunes%20para%20una%20vida%20digna.

8 Ciudades compactas - Tijuana. (n.d.). Retrieved April 19, 2023, from

https://implan.tijuana.gob.mx/pdf/boletines/BOLETIN%20XVIII.pdf

9 Medios, C. M. S. (2023, March 30). Propone Canadevi plan de ciudad compacta para Tijuana. Noticias de Tijuana | El Imparcial. Retrieved April 19, 2023, from

https://www.elimparcial.com/tijuana/tijuana/Implementar-la-modal idad-de-ciudad-compacta-y-un-plan-integral-ayudara-a-evitar-saturacion-del-suel o-20230329-0039.html

10 Ramírez, A. F. (2023, March 29). ‘Ciudad en 15 Minutos’: Una alternativa para frenar expansión de mancha urbana en Saltillo. Vanguardia MX. Retrieved April 19, 2023, from

https://vanguardia.com.mx/coahuila/ciudad-en-15-minutos-una-alte rnativa-para-frenar-expansion-de-mancha-urbana-en-saltillo-HF6986229

11 ¿Qué es ciudad cercana? Ciudad Cercana. (n.d.). Retrieved April 19, 2023, from

https://www.ciudadcercana.org/acerca/

12 Ibídem.

13 México, B. de. (n.d.). ¿Qué es inflación y cómo se mide? Retrieved April 20, 2023, from

http://educa.banxico.org.mx/infografias_y_fichas/inflacion_infog rafias_/que-es-inflacion-como-se-mide.html

14 Obras, R. (2022, December 1). La inflación complicará comprar una casa en 2023 por los altos costos de los materiales. Obras. Retrieved April 25, 2023, from

https://obras.expansion.mx/inmobiliario/2022/11/30/la-vivienda-c ontinuara-con-altos-precios-en-2023

15 Tomás Dávalos | El Sol del Centro. (2022, June 1). Inflación complicará estrenar casa en 2022: Canadevi. El Sol del Centro | Noticias locales, policiacas, sobre México, Aguascalientes y el Mundo. Retrieved April 20, 2023, from

https://www.elsoldelcentro.com.mx/finanzas/inflacion-complicara- estrenar-casa-en-2022-canadevi-8370491.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada Carmen Rocío González Alonso (rúbrica).»

Turno: Comisiones Unidas de Vivienda, y de Seguridad Social, para dictamen.



LEY DE VIVIENDA

«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, en materia de vivienda adecuada y asequible, suscrita por la diputada Yolanda Villarreal Elizondo y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Yolanda Villarreal Elizondo, diputada en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. El Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos ONU-Hábitat estima que en México al menos 38.4 por ciento de la población habita en una vivienda no adecuada; es decir, en condiciones de hacinamiento, o hecha sin materiales duraderos, o que carece de servicios mejorados de agua y saneamiento. Esta estimación podría ser mucho mayor si se considera la ubicación de la vivienda en áreas de riesgo y la ausencia de seguridad en la tenencia de la tierra como factores de precariedad y vulnerabilidad, así como el número de personas que habitan en desarrollos de vivienda alejados de las áreas urbanas consolidadas, donde las fuentes de empleo y los servicios públicos de buena calidad son insuficientes, y aquellos que residen en viviendas que no están adaptadas a las condiciones climáticas, a sus necesidades físicas o a su identidad cultural.

En nuestro país, garantizar una vivienda adecuada y asequible es una materia pendiente, persisten problemas que no permiten garantizar este derecho. En las últimas dos décadas del siglo pasado, la conformación de las ciudades y el uso de suelo cambio de manera significativa creando nuevos problemas como asentamientos humanos en zonas de alto riesgo, sin la infraestructura necesaria, sin redes de distribución de agua potable y drenaje, no cuentan con energía eléctrica, el combustible que emplean para cocinar o calentar los alimentos es leña o carbón y en muchos de los casos encuentran enormes dificultades para acceder a fuentes de agua seguras.

En este sentido, ONU-Hábitat estima que en 2016 existían 12.6 millones de viviendas en condición de rezago habitacional (38.4 por ciento de las viviendas particulares habitadas en el país). El rezago afecta principalmente a los grupos más vulnerables de la población: hogares con bajos ingresos, trabajadores informales, mujeres, indígenas, jóvenes y desplazados por la violencia para quienes, además, el acceso a una vivienda adecuada se produce en condiciones de mayor dificultad.

Otro factor por considerar en el derecho a la vivienda adecuada y asequible, son las zonas de alto riesgo en donde se encuentran ubicadas y el tamaño de las viviendas. Más de 87.7 millones de mexicanos viven en zonas consideradas de alto riesgo ante fenómenos naturales y climáticos. Entre 2000 y 2016, incluyendo los sismos de 2017, los desastres relacionados con estos eventos provocaron daños sustanciales en más de 1.4 millones de viviendas. Los desastres vinculados con el cambio climático causaron 82.6 por ciento de estas afectaciones, mientras los desastres naturales provocaron el 17.4 por ciento. Entre 2000 y 2016 estos daños se cuantificaron en más de MXN 424 930 millones (USD 22 969 millones).

2. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) publicó el Estudio Diagnóstico del Derecho a la Vivienda Digna y Decorosa 2018, en el Estudio señala: “Los hallazgos del estudio apuntan a que en México el derecho a la vivienda digna y decorosa no se está garantizando plenamente. La accesibilidad a ella es desigual e implica un riesgo para la satisfacción de necesidades básicas de una parte significativa de la población. La disponibilidad de los componentes del derecho a la vivienda digna y decorosa es limitada en ciertas regiones y para ciertos grupos. La calidad se ve afectada por la ausencia de condiciones materiales y técnicas en un sector importante de la población, así como por la necesidad de consolidar mayor capital social en los barrios.”

Referente a los retos que implica la vivienda digna y decorosa se expone: “Como balance general, se puede afirmar que los principales retos en cuanto al derecho a la vivienda digna y decorosa se sitúan en la alta presencia de rezago en la vivienda; en la dificultad de los más pobres (población ubicada en el decil seis o menos de ingresos) para adquirir una vivienda; en la inseguridad en la tenencia de las viviendas, principalmente en el caso de las mujeres indígenas; en la escasez de reservas territoriales para vivienda dotado de infraestructura y próximo a las fuentes de empleo; en las desigualdades en cuanto a acceso a servicios en el ámbito rural y las periferias urbanas; en las acuciantes brechas identificadas entre las viviendas de comunidades indígenas, el ámbito rural y el urbano, así como en los problemas que representan las zonas metropolitanas en lo referente a los tiempos de traslado a las fuentes de empleo y la baja calidad comunitaria en los barrios.”

3. De acuerdo con el Estudio Diagnóstico, existe una enorme relación entre la pobreza y el derecho a la vivienda, la población más vulnerable tiene carencias en la calidad de los materiales, presenta un grado de hacinamiento y el tamaño de la vivienda es pequeño:

“La pobreza está ligada a la falta de acceso a una vivienda digna en México, que se manifiesta en la carencia por calidad de los materiales y hacinamiento. Esto se constató con la información relativa al porcentaje de la población que se encuentra por debajo de la línea de pobreza por ingresos estimada por el Coneval (2017): 50.6 por ciento nacional, por la alta prevalencia de rezago de vivienda: 44.7 por ciento nacional (Inegi, 2015), y con la información de ingreso promedio per cápita por decil económico (Inegi, 2017; Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, 2016) y su vínculo con la exclusión del mercado formal de vivienda (los primeros seis deciles virtualmente excluidos) (HIC, 2017).

La población más vulnerable no tiene acceso al mercado de vivienda, ya que se requiere percibir un ingreso de al menos cinco salarios mínimos para ello, lo cual excluye a los primeros seis deciles de la población, aproximadamente 73.6 millones de mexicanos.”

4. Dentro del derecho a la vivienda adecuada y asequible, se debe considerar no solo el material con el cual se construye la vivienda, también debe tomarse en cuenta el tamaño. Si bien es cierto, en nuestro país, las Reglas de Operación del Programa de Vivienda Social establece que, la superficie para vivienda es de los 38 a 44 m2, como mínimo, estas medidas por lo general no se respetan, las Normas Técnicas Complementarias para los Proyectos Arquitectónicos, presentan también dimensiones para la vivienda unifamiliar y plurifamiliar la cual debería de ser de 69 m2 sumando todos los espacios de recamaras, sala estancia, comedor, cocina, cuarto de lavado, baños y estancia o espacio único habitable, las dimensiones que presentan las Normas Técnicas tampoco se respetan, por lo general se construye vivienda con dimensiones inferiores. Por otro lado, las casas de interés social tienen una dimanación de 42 m2, es decir, el espacio es inferior por un mínimo de 27 m2. Es importante considerar que las dimensiones y el tamaño de las viviendas por lo general son muy diferentes, dependen de las normas que publican las entidades federativas y en algunos casos las constructoras no respetan esas dimensiones.

Como diputada federal, considero de gran importancia ser sensible a los acontecimientos sociales que afectan nuestra localidad y ser la voz de quien no la tiene, para dar a conocer y exigir estabilidad social, transparencia y liderazgo.

En el derecho a una vivienda adecuada y asequible, debe considerarse la dimensión y el tamaño de la vivienda, como se expresa en esta exposición de motivos, es necesario establecer medidas mínimas que debe contar una casa, las normas de operación en la actualidad no se respetan y no alcanzan a garantizar espacios adecuados para vivir.

Con la llegada de la pandemia producto del Covid-19, la forma de trabajo cambio y los espacios de algunas viviendas se transformaron para emplearse de formas distintas, en la vivienda ahora se trabaja, se toman clases, inclusive se hacen actividades de acondicionamiento físico, con espacios tan pequeños, no se puede considerar que se garantice este derecho, por lo anterior, es indispensable establecer los m2 mínimos que debe tener una vivienda.

5. Referente a los conceptos de vivienda digna y decorosa, es importante considerar que, a finales del siglo pasado se incorporó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, para dar cumplimiento a ese objetivo se instituyó que la ley establecería los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. Esta reforma a la Constitución, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1983. Los conceptos de vivienda digna y decorosa ya no son aplicables a la realidad actual.

La Organización de las Naciones Unidas a través de ONU-Hábitat, considera que el concepto de vivienda adecuada debe brindar más que cuatro paredes y un techo. Debe satisfacerse varias condiciones para que una forma particular de vivienda pueda considerarse que constituye “vivienda adecuada” entre estos aspectos se encuentra la “Asequibilidad” el concepto refiere que, la vivienda debe ser adecuada y que sus costos no pongan en peligro o dificulten el acceso a otros derechos. De acuerdo a la Real Academia Española, el concepto de adecuada se refiera a: “apropiada para alguien o algo” mientras que asequible, señala: “que puede conseguirse o alcanzarse.”

ONU-Hábitat refiere que “el derecho a una vivienda adecuada abarca libertades. Estas libertades incluyen en particular:

- La protección contra el desalojo forzoso y la destrucción y demolición arbitrarias del hogar;

- El derecho de ser libre de injerencias arbitrarias en el hogar, la privacidad y la familia; y

- El derecho de elegir la residencia y determinar dónde vivir y el derecho a la libertad de circulación.

El derecho a una vivienda adecuada contiene otros derechos. Entre ellos figuran:

- La seguridad de la tenencia;

- La restitución de la vivienda, la tierra y el patrimonio;

- El acceso no discriminatorio y en igualdad de condiciones a una vivienda adecuada;

- La participación en la adopción de decisiones vinculadas con la vivienda en el plano nacional y en la comunidad.

Los conceptos de vivienda digna y decorosa ya no son aplicables, el marco jurídico requiere ser actualizado para incorporar al derecho humano a la vivienda adecuada y asequible.

Para explicar de manera detallada la iniciativa propuesta, a continuación, exponemos el siguiente cuadro comparativo:

Por lo anteriormente expuesto, proponemos a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda

Artículo Único. — Se reforma el artículo primero, primer párrafo, artículo segundo, artículo cuarto, fracción IX, XII, artículo quito, primer párrafo, artículo 19 fracción I, artículo 34 fracción IV, artículo 77, primer párrafo de la Ley de Vivienda para quedar como sigue:

Artículo 1.- La presente Ley es reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer y regular la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda adecuada y asequible.

...

...

Artículo 2.- Se considerará vivienda adecuada y asequible la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, salubridad, cuente con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres, la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos, tendrá como mínimo 70 metros cuadrados.

Artículo 4.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I a VIII...

IX. Mejoramiento de vivienda: la acción tendiente a consolidar o renovar las viviendas deterioradas física o funcionalmente, mediante actividades de ampliación, reparación, reforzamiento estructural o rehabilitación que propicien una vivienda adecuada y asequible;

X y XI...

XII. Política Nacional de Vivienda: el conjunto de disposiciones, criterios, lineamientos y medidas de carácter general que se establecen para coordinar las acciones de vivienda que realicen las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como su concertación con los sectores privado y social, con la finalidad de cumplir con el mandato constitucional del derecho a la vivienda adecuada y asequible;

XIII a XV ...

Artículo 5.- Las políticas y los programas públicos de vivienda, así como los instrumentos y apoyos a la vivienda deberán considerar los distintos tipos y modalidades de producción habitacional, entre otras: la promovida empresarialmente y la autoproducida o autoconstruida, en propiedad, arrendamiento o en otras formas legítimas de tenencia; así como para las diversas necesidades habitacionales: adquisición o habilitación de suelo; lotes con servicios mínimos; parques de materiales; mejoramiento de vivienda; sustitución de vivienda; vivienda nueva; y, capacitación, asistencia integral e investigación de vivienda y suelo, propiciando que la oferta de vivienda adecuada y asequible refleje los costos de suelo, de infraestructura, servicios, edificación, financiamiento y titulación más bajos de los mercados respectivos, para lo cual incorporarán medidas de información, competencia, transparencia y las demás que sean convenientes para lograr este propósito.

Artículo 19.- Corresponde a la Comisión:

I. Formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del gobierno federal orientadas a proteger y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda adecuada y asequible, principalmente de la población de menores ingresos o en situación de pobreza;

II a XXV ...

Artículo 34.- Para cumplir con su objeto, la Comisión Intersecretarial tendrá las siguientes funciones:

I a III ...

IV. Conocer las evaluaciones de los programas de vivienda y de la aplicación de las acciones e inversiones intersectoriales para el logro de una vivienda adecuada y asequible, en su caso, formular las propuestas correspondientes;

V a VIII ...

Artículo 77.- La Secretaría y la Comisión fomentarán la participación de los sectores público, social y privado en esquemas de financiamiento dirigidos al desarrollo y aplicación de ecotécnicas y de nuevas tecnologías en vivienda y saneamiento, principalmente de bajo costo y alta productividad, que cumplan con parámetros de certificación y cumplan con los principios de una vivienda adecuada y asequible.

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos ONU-Hábitat. La vivienda en el centro de los ODS en México, recuperado de:

https://onuhabitat.org.mx/index.php/la-vivienda-en-el-centro-de- los-ods-en-mexico / revisión hecha el 20 de marzo de 2024.

2 ONU-Hábitat y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) Vivienda y ODS en México recuperado de:

https://publicacionesonuhabitat.org/onuhabitatmexico/VIVIENDA_Y_ ODS.pdf / revisión hecha el 20 de marzo de 2024.

3 Ibídem.

4 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social Estudio Diagnóstico del Derecho a la Vivienda Digna y Decorosa 2018, recuperado de:

https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/IEPSM/Documents/Derechos_S ociales/Estudio_Diag_Vivienda_2018.pdf / revisión hecha el 20 de marzo de 2024.

5 Ibídem.

Fuentes Consultadas

(INFONAVIT), O.-H. y. (Noviembre de 2018). Vivienda y ODS en México, Obtenido de:

https://publicacionesonuhabitat.org/onuhabitatmexico/VIVIENDA_Y_ ODS.pdf

ONU-Habitat, P,d. (abril de 2019). ONU-Habitat La vivienda en el centro de los ODS en México. Obtenido de

https://onuhabita.org.mx/index.php/la-vivienda-en-el-centro-de-l os-ods-en-mexico

Social, C. N. (Octubre de 2018). Estudio Diagnóstico del Derecho a la Vivienda Digna y Decorosa 2018. Obtenido de:

https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/IEPSM/Documents/Derechos_S ociales/Estudo_Diag_Vivienda_2018.pdf

Ciudad de México, a 9 de abril de 2024.– Diputada Yolanda Villarreal Elizondo (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Vivienda, para dictamen.



LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

«Iniciativa que adiciona el artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, diputado Pedro Vázquez González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un primer párrafo, corriéndose en su orden el actual párrafo primero para pasar a ser párrafo segundo del numeral 3 del artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Exposición de Motivos

La pérdida del registro de la candidatura a cargos de elección popular en ciertas circunstancias puede resultar excesiva. Si bien se está de acuerdo con que ciertas conductas son acreedoras a sanciones, dichas sanciones deben ser proporcionales a la falta cometida.

De acuerdo a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el SUP-JDC-416/2021 y acumulados, las sanciones deben analizarse de acuerdo a circunstancias objetivas y subjetivas cuando los sujetos cometan una falta, para así poder determinar una sanción de acuerdo al catálogo existente.

Evidentemente los derechos políticos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos y ratificados por México, son derechos humanos y, por lo tanto, son parte del parámetro de control jurisdiccional de la regularidad constitucional, por lo que todos los órganos constituidos deben promover, respetar, proteger y garantizar su pleno ejercicio, de acuerdo al artículo 1o. constitucional.

En términos generales, estos derechos humanos, son aquellos que confieren a su titular la facultad u oportunidad de participar en los asuntos públicos del Estado, por sí mismo o a través de sus representantes.

Todas y todos los ciudadanos mexicanos tienen derecho no sólo a votar en las elecciones, sino también ser votados en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular.

Así lo constata el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como también el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en nuestra Carta Magna en la fracción II del artículo 35.

Asimismo, el artículo 41 Constitucional establece las bases para la celebración de elecciones libres, auténticas y periódicas, incluyendo las relativas a los partidos políticos, así como a los principios rectores y atribuciones del Instituto Nacional Electoral como encargado de la función estatal de organizar las elecciones.

Por otra parte, al momento de sancionar una conducta, esta debe ser proporcional como lo establece el artículo 22 de nuestra constitución y lo retoma el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la sentencia en el SUP-JDC-416/2021 y sus acumulados.

Ahora bien, en materia de fiscalización, se refiere al proceso de supervisar y verificar el cumplimiento de las leyes y normativas relacionadas con el financiamiento de las campañas políticas y los gastos de los partidos políticos durante los procesos electorales. Esto incluye la revisión de los ingresos y gastos de los partidos políticos, así como de los candidatos, para garantizar la transparencia y la legalidad en el proceso electoral. La fiscalización es llevada a cabo por INE.

Si un partido político o candidato no cumple con la entrega de los informes de fiscalización en los plazos establecidos, puede enfrentar diversas consecuencias jurídicas.

Se señaló que el bien jurídico que tutela la fiscalización en materia electoral es la transparencia y la legalidad en los procesos electorales. A través de ella, se busca garantizar que las actividades financieras y contables de los partidos políticos, candidatos y demás actores involucrados en la contienda electoral se realicen de manera transparente

¿Pero qué pasa cuando una persona aspirante, precandidata o candidata a cargos de elección popular es sancionada con la pérdida del derecho a ser registrada como candidata o, en su caso si ya está registrado, con la cancelación de este cuando no cumple con la entrega de los informes de fiscalización o lo hace de manera extemporánea?

Lo anterior implica que la persona no podrá participar en el proceso electoral como candidato.

En este sentido, resulta necesario hacer un estudio de interpretación conforme del numeral 3 del artículo 229 y la fracción III del inciso c), numeral 1 del artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Para ello, resulta necesario citar la porción normativa de la Ley en la que se va a hacer el estudio:

Artículo 229.

1 ...

2 ...

3. Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo antes establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato. Los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe antes señalado serán sancionados en los términos de lo establecido por el Libro Octavo de esta ley.

4. ...

Artículo 456.

1. ...

a) ...

b) ...

c) Respecto de las personas aspirantes, precandidatas o candidatas a cargos de elección popular:

I. ...

II. ...

III. Con la pérdida del derecho del precandidato infractor a ser registrado como candidato o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo. Cuando las infracciones cometidas por aspirante o precandidatos a cargos de elección popular, cuando sean imputables exclusivamente a aquéllos, no procederá sanción alguna en contra del partido político de que se trate. Cuando el precandidato resulte electo en el proceso interno, el partido político no podrá registrarlo como candidato.

El incumplimiento, en lo conducente, de cualquiera de las disposiciones contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, una de las penas más severas que se les aplica, es la pérdida del derecho de la persona infractora de ser registrada como candidata o la cancelación del mismo cuando ya está registrada para un proceso electoral. Existen otras penas menos graves que la anterior, tales como la amonestación pública o la multa, que bien puede la autoridad electoral considerar, sin necesidad de privar al infractor de su derecho a participar en un proceso electoral (su derecho humano a ser votado).

En ese tenor, se procede a realizar un análisis del precepto legal antes señalado para determinar si se ajusta a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Mexicanos, así como, a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que nuestro país es parte.

Ya se había hecho mención de que la fiscalización tiene como fin la de asegurar que el origen de los recursos que utilizan los partidos políticos y los candidatos provengan de las fuentes permitidas por la ley, que no pasen de los topes establecidos y que se realicen a través del sistema bancario mexicano. Permite al INE asegurarse de que los partidos destinen los recursos exclusivamente a tres tipos de gastos que la ley señala:

• Los gastos en actividades ordinarias los cuales son salarios, rentas, gastos de estructura partidista y propaganda de carácter institucional, así como todos los necesarios para el sostenimiento y funcionamiento de sus actividades en el ámbito sectorial, distrital, municipal, estatal o nacional.

• Los gastos de proceso electoral que realizan los partidos durante las precampañas y las campañas para difundir las propuestas de sus candidatos. Estos gastos incluyen la propaganda electoral, la publicidad, la realización de eventos públicos, anuncios y la producción de mensajes para radio y televisión, entre otros.

• Los gastos en actividades específicas los cuales son para la educación y capacitación, así como, para promover la participación política, los valores cívicos y el respeto a los derechos humanos. También se incluyen los referentes a la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, rubro al cual los partidos deben destinar 3 por ciento del total del financiamiento que reciben.

Cuando se da cabal cumplimiento con los informes de fiscalización por parte de los actores políticos, se cumple con la rendición de cuenta, obligación que tienen de informar y explicar de manera transparente y clara los montos, uso y destino de los recursos que utilizan para sus actividades.

El incumplimiento con dicha obligación trae consecuencias jurídicas que señalan los preceptos previamente citados.

Ahora bien, la pérdida del derecho a ser registrado en el proceso electoral al no cumplir con los informes de ingresos y egresos durante un proceso electoral, o en su caso, la cancelación de registro cuando ya lo está, no es proporcional porque sí constituye una restricción expresa que prevé el artículo 35 constitucional.

Lo anterior es así porque, si bien es cierto que lo que se busca con la sanción es proteger la fiscalización y la rendición de cuentas, pero no con la imposición de tal medida que resulta altamente grave que viola un derecho humano. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha sostenido que la sanción de pérdida o cancelación de registro que se establece en la ley electoral sí resulta cuestionable a la luz de un análisis prescrito por el principio constitucional de proporcionalidad que señala el artículo 22 de la Carta Magna.

Proporcionalidad significa conformidad o proporción de unas partes con el todo o de cosas relacionadas entre sí, según la Real Academia Española. Las sanciones impuestas por la ley electoral, sobre todo la pérdida o cancelación de registro no es la única vía para sancionar a los infraccionarios, sino que existen otras medidas menos lesivas. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación señala que esta sanción que nos ocupa en esta iniciativa, no debe ser aplicada de forma automática o categórica en todos los casos, sino, por un lado, es necesario, desde la dimensión cualitativa, atender los bienes tutelados y, desde la dimensión cuantitativa, tener en cuenta la magnitud del bien y la lesión de este.

Resulta necesario tener en cuenta la necesidad y legitimidad de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a ser votado de tal suerte que las restricciones sean objetivas, razonables y proporcionables.

La porción normativa del articulo 229 de la ley electoral que señala la pérdida o cancelación de registro no son válidas porque a todas luces restringen el ejercicio del derecho humano fundamental a ser votado, porque no es la única opción.

Las sanciones por no cumplir con los informes de fiscalización deben ser proporcionales y justas, buscando asegurar la rendición de cuentas, pero sin imponer barreras excesivas al ejercicio de los derechos políticos.

Recordar que el derecho humano a ser votado es un principio central en cualquier democracia, ya que garantiza que los ciudadanos tengan la oportunidad de participar activamente en la vida política de su país, ya sea como candidato o como electores.

Aquí, la importancia está en encontrar un equilibrio entre estos dos aspectos, reconociendo la importancia de ambos y buscando soluciones que protejan tanto el derecho humano a ser votado, como la necesidad de garantizar la transparencia y la legalidad en el proceso electoral. Esto puede implicar establecer mecanismos efectivos por parte de la autoridad electoral que aseguren la rendicion de cuentas, sin imponer límites al derecho humano a ser votado.

Varios tribunales internacionales y nacionales han destacado la importancia del derecho humano a ser votado en el contexto de los procesos electorales. Uno de los casos mas relevantes es la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que ha abordado este tema en varias ocasiones. La Corte IDH ha establecido que el derecho a ser votado, también conocido como el derecho a participar en elecciones, es un componente esencial del derecho a participar en el gobierno de su país, reconocido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos.

Otro caso relevante donde se aborda el dercho humano a ser votado es el caso “Bustos y otros versus Argentina” ante la Corte IDH, en esta sentencia se estableció que las restricciones al derecho a ser votado deben estar claramente justificadas por razones de interés público y proporcionadas a la finalidad perseguida, para evitar violaciones de los derechos humanos.

Otro dato relevante que respalda la importancia de este derecho humano, es la Corte Suprema de Estados Unidos donde sentó un importante precedente en el caso “Reynolds V. Sims” del año 1964. En esta decisión, la Corte estadounidense estableció que el derecho de votar en elecciones para legislaturas estatales es un derecho fundamental protegido por la Constitución de los Estados Unidos. Aunque no aborda directamente el derecho a ser votado como candidato, sentó un precedente importante sobre la centralidad del derecho al voto en el sistema democrático.

En nuestro país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que los derechos de participación política establecidos en las fracciones I y II del artículo 35 constitucional son verdaderas garantías individuales o derechos fundamentales porque gozan de la posición de supremacía que tiene dicho precepto constitucional. Lo anterior se puede consultar en la Tesis: P./J. 83/2007.

En diversas resoluciones relacionadas con impugnaciones de procesos electorales, el TEPJF ha destacado la necesidad de garantizar la participación efectiva de los ciudadanos en la vida política del país, incluyendo tanto el derecho a votar como a ser votados. Además, en casos relacionados con restricciones al ejercicio de los derchos políticos, como inelegibilidad o las sanciones por incumplimiento de obligaciones de fiscalización, se ha subrayado la importancia de proteger los derechos humanos de los individuos y evitar restricciones arbitrarias o desproporcionadas.

Desde luego, la sanción de la pérdida o cancelación de registro no favorecen a la persona en ningún momento, pues la autoridad electoral debe preferir aquella sanción que hace a la ley acorde a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, para evitar incidir o vulnerar el contenido esencial de estos derechos.

De acuerdo con el Cómité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su comentario General Número 25 señala que las condiciones que se deseen imponer al ejercicio de los derechos a votar y ser elegido, que prevé el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos deberán basarse en criterios objetivos y razonables.

Lo anterior significa que los criterios deben basarse en hechos concretos y verificables, no en opiniones subjetivas o perjuicios. Por otro lado, los criterios deben ser lógicos y proporcionados al objetivo perseguido. Deben estar justificados por una necesidad legítima y no ser excesivamente restrictivos.

La aplicación de dichas medidas severas de restricción a los deerchos humanos no pueden dictarse de forma indiscriminada, como lo señala el tribunal electoral, sino que, para ajustarse al principio de proporcionalidad, requieren tener una conexión razonable y sufieciente entre la sanción, la conducta y las circunstancias de la persona en cuestión. Por lo que, una restricción total a un derecho tan importante como lo es el derecho al voto, aplicable de forma genérica a todo un grupo por el simple hecho de identificarse como tal sin considerar la naturaleza de la gravedad de la conducta, el daño propvocado o las circunstancias particulares, pueden ser incompatible con los derechos humanos, así lo señala el Caso Hirst Vs. el Reino Unido del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

En el mismo sentido lo reitera la Comisión de Venecia mediante las Directrices del Código de buenas prácticas en materia electoral, sobre la privación del derecho de sufragio activo y pasivo, dicha privación debe estar sometida en la siguentes consideraciones:

• Deberán estar previstas en la ley.

• Deberá respetarse el principio de proporcionalidad; las condiciones para privar a una persona del derecho a presentarse como candidato pueden ser menos estrictas que las que rigen la privación del derecho al voto”.

En ese sentido, desde el punto de vista convencional, la sanción de la pérdida o cancelación de registro no se encuentra apegado a los parámetros convencionales del Sistema Interamericano. Asimismo, la misma Corte IDH, que, tratándose de derechos humanos, la necesidad de la medida se justifica en tres aspectos:

• Satisfacer una necesidad social imperiosa

• De las diversas medidas posibles, sea la que menor grado restrinja el derecho protegido, y

• Que se ajuste estrechamente al logro del objetivo legítimo.

Lo que se cuestiona aquí es que las medidas que prevé la ley electoral, sobre todo la pérdida del derecho o cancelación de registro no cumplen con el supuesto de que es la que menor restringe un derecho humano reconocido en la Constitución Federal y en diversos instrumenstos internacionales, sino que existen otras dos que bien pueden servir para perseguir un fin legítimo como lo es la transparencia y la rendición de cuentas.

El artículo 229 de la Ley Electoral no puede interpretarse de manera literal de tal forma que restrinjan en todos los casos el derecho a ser votado ni la sanción puede aplicarse en automático como lo ha hecho el INE conforme a lo que señala el TEPJF en la sentencia bajo el expediente SUP-JDC-416/2021 y sus acumulados.

De acuerdo al principio incorporado en la Constitución federal con la gran reforma de derechos humanos de 2011, el principio pro persona significa que cuando hay una discrepancia entre la ley nacional y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, se debe optar por la interpretación que sea más favorable para la protección de los derechos de las personas. Este principio busca garantizar una mayor protección de los derechos humanos y promover su aplicación efectiva en el ámbito nacional.

En ese sentido, la interpretación de la norma que más favorece a las personas infractoras, no es la pérdida o cancelación de registro, porque no es la única consecuencia que la ley electoral establece, si no que existen otras que bien pueden servir para correguir las conductas omisivas de estas personas.

La aplicación en automático de la sanción que consideramos lesiva, no es acorde con los artículos 1o. y 35 de la Constitución federal por las siguentes razones:

• Porque no se valora la viabilidad de aplicar otras sanciones, con ello resulta desproporcionado porque trastoca el derecho fundamental de la ciudadanía a ser votada.

Lo anterior es así porque la autoridad electoral parte de la premisa de que la falta es lo suficientemente grave que no amerita una ponderación y análisis de las circunstancias en las que se cometió, sino que su consecuencia jurídica directa debe ser la supresión del derecho al sufragio pasivo.

Además, dicha determinación de la autoridad electoral al imponer la sanción de la pérdida o cancelación de registro, es contrario con los criterios que la Suprema Corte de nuestro país sostiene:

• Las restricciones a los derechos de participación política deben ser interpretadas limitativamente;

• En caso de encontrarse ante una diversidad de sentidos al significado de una norma restrictiva, debe preferirse aquella que restrinja en menor medida el ejercicio del derecho a ser votado; y

• Que los requisitos exigidos a los ciudadadano para ocupar los cargos de elección popular deben encontrarse plenamente justificados con criterios razonables y proporcionales.

Asimismo, la Sala Superior del TEPJF, ha reiterado que el derecho al voto debe apreciarse desde la dimensión de su protección, porque este derecho humano previsto en el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos no protege una forma de organización política en particular, sino los mecanismos a partir de los cuales la voluntad general puede trascender en las decisiones públicas.

Por lo que, aplicar las sanciones máximas como lo es la pérdida o cancelación de regsitro, implica dejar de valorar las circunstancias particulares del caso, tanto agravante y atenuantes que puedieran existir en un caso concreto, con lo que se restringe de manera absoluta el ejercicio del derecho humano a ser votado; circunstancia que no resulta proporcional y no favorece de ninguna forma el derecho a ser votado.

Bajo esta premisa de los máximos tribunales internacionales y nacionales, lo que se busca es que la medida grave que tanto se ha referido en esta iniciativa, sea ponderada en la ley por las consideraciones antes expuestas a lo largo de este documento.

Por lo que se propone con la presente iniciativa adicionar un primer párrafo, corriéndose en su orden el actual párrafo primero para pasar a ser párrafo segundo del numeral 3 del artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, como se ilustra en el siguiente cuadro comparativo:

Por todo lo anterior, se somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Artículo Único: Se adiciona un primer párrafo, corriéndose en su orden el actual párrafo primero para pasar a ser párrafo segundo, del numeral 3 del artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 229.

1. ...

2. ...

3. En caso de que una precandidatura no entregue a tiempo su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, será sancionado en los términos del artículo 456, numeral 1, inciso c), fracciones I o II de esta ley.

Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo antes establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato. Los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe antes señalado serán sancionados en los términos de lo establecido por el Libro Octavo de esta ley.

4. ...

Artículo Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuentes

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

• Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación bajo el expediente SUP-JDC-416/2021 y acumulados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.



CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 77, numerales 1 y 3, 78 y 102, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el quinto párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en el siguiente

Planteamiento del problema

En nuestro país, como sociedad hemos avanzado mucho en la creación de una conciencia de protección de la vida animal y, particularmente, de los animales urbanos y de compañía, como lo son perros y gatos. Cada vez resulta más frecuente encontrar personas o asociaciones civiles dedicadas al rescate animal, financiándose principalmente con fondos privados, sin ninguna regulación. Es por ello que proponemos el reconocimiento de los animales como seres con sensibilidad, dignos de un trato respetuoso y objeto de protección.

Argumentación

En México existe protección para la vida silvestre, pero no para los animales urbanos y de compañía que, cada vez con mayor frecuencia, abundan en los hogares de nuestro país. En muchas entidades de la República, los congresos locales han avanzado en el reconocimiento de su carácter y sus derechos, en respuesta a una tendencia mundial para generar redes de protección y bienestar para ellos. Si bien en nuestro país tenemos una Ley General de Vida Silvestre, a nivel federal no hemos avanzado en una legislación que proteja los derechos de los animales urbanos y de compañía. Es por ello que no sólo resulta indispensable el reconocimiento de su identidad como seres con sensibilidad y objeto de derechos y protección.

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México señala:

“La ley define a los animales de compañía como todo animal mantenido por el humano para su acompañamiento y que vive bajo sus cuidados, sin riesgo para su vida y la de la comunidad.

Los perros y gatos son ejemplos de los animales de compañía que podemos considerar como convencionales. Sin embargo, también pueden considerarse animales de compañía algunos animales de vida silvestre, como reptiles, anfibios, aves, mamíferos pequeños, invertebrados y peces, entre otros”.

La vida silvestre tiene ya un marco general de protección por el que se garantiza la protección, para su conservación, de la fauna y flora silvestre y establece las condiciones en las cuales se pueden autorizar actividades de caza deportiva u otras actividades, evitando en todo momento actos de maltrato, crueldad o brutalidad, por comisión directa, omisión o negligencia. Sin embargo, no existe este tipo de dispositivos legales de protección que garanticen el trato digno y respetuoso para los animales urbanos y de compañía.

Por lo anterior, es de señalarse que este carácter de seres sintientes ha sido reconocido ya por muchos países, lo cual ha obligado a sus poblaciones al establecimiento de un nuevo tipo de relación tanto con su medio ambiente, el hábitat natural de la fauna silvestre y, particularmente, con los animales de compañía. Es el caso de España, en donde los animales perdieron su carácter de posesiones y, ahora se ha tenido que desarrollar un nuevo paradigma en relación con sus dueños y los términos de su custodia y cuestiones similares han avanzado tanto en Colombia como en Argentina, en donde con la ampliación de la concepción de los animales como seres sintientes:

“... los sujetos de derecho se ampliarían pues ya no será sólo el hombre (persona humana) o su agrupación organizada (persona jurídica) quienes reciban protección legal por ser considerados tales. Convivirían con noso-tros los... sujetos de derecho sintiente no humano”.

Asimismo, desde la teoría del derecho existen autores que han señalado que el principio alterum non laedere (no dañar al otro), si bien fue concebido como parte de la convivencia humana, el reconocimiento de la acción humana sobre el medio ambiente y, particularmente sobre los animales, obliga a la declaración de un carácter que va más allá de la mera posesión. Si anteriormente se reducía el daño a los animales al simple daño patrimonial resarcible, ahora se establece que los animales tienen, por sí mismos, capacidades que les permiten ser sujetos de derecho, en palabras de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, de Argentina.

La categoría de animales como sujetos de derechos no significa que éstos son titulares de los mismos derechos que poseen los seres humanos, sino que se trata de reconocerles sus propios derechos como parte de la obligación de respeto a la vida y de su dignidad de ser sintiente... La sintiencia, o capacidad de sentir, va más allá de la simple reacción frente alguna acción o estímulo. Cada vez más son los estudios científicos que demuestran que los animales son seres sintientes, considerando tales a cada ser vivo que cuenta con una conciencia, la cual le permite captar experiencias y ser afectado tanto positiva como negativamente, por contar con un sistema nervioso activo que le brinda la capacidad de sentir. Y esto, a nuestro leal saber y entender, es lo que precisamente debemos tener en cuenta al momento de pensar en una reforma legislativa, ya que resulta ser el punto de inflexión entre ser considerado un sujeto de derechos o una cosa.

En este sentido, es importante resaltar que en nuestro país se ha avanzado en este reconocimiento, particularmente en la Ciudad de México, por lo que resulta muy importante iniciar las discusiones en este sentido y generar mecanismos por los cuales la especie humana pueda convivir armónicamente con su medio ambiente, por lo que proponemos, en el artículo 4o., el reconocimiento del carácter sintiente de los animales urbanos y de compañía, para quedar de la siguiente forma:

Por lo anteriormente expuesto y fundado, plenamente comprometida con los derechos de los seres sintientes, pongo a consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el quinto párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el párrafo quinto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. ...

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Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. Se reconoce a los animales urbanos y de compañía como seres con sensibilidad, por lo que tienen derecho a que se procure su bienestar y protección, evitando el maltrato, abandono o la muerte cruel o innecesaria.

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Transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache: 59EQ7b MLvooJ:

https://paot.org.mx/micrositios/sabias_que/BIENESTAR_ANIMAL/tema _2.html&cd=1&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx

2 Sondergaard, Karen Galilea y Nicolás Ignacio Manterola, Animales como seres sintientes: ¿Una amplitud jurídica?, en Revista El Derecho, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina, 5 de julio de 2017.

3 Sondergaard, obra citada.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.



LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

«Iniciativa que que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan las fracciones XIV al artículo 9 y XI al 16; y se reforma la II del artículo 74 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México, el acoso escolar en las escuelas se ha vuelto un tema muy delicado e importante en los últimos años por el aumento del porcentaje de víctimas, aunque no se aborda de manera formal el tema, se denominan acoso escolartodas las acciones que implican actos de hostigamiento, tortura, atentados verbales, físicos, psicológicos y sexuales así como intimidación entre el alumnado ; lo que también puede definirse como una conducta intencionada y agresiva que pasa a menudo contra una persona en situación vulnerable e impotente para defenderse.

Esto puede derivar por diversos factores, donde los niños encuentran a sus compañeros diferentes del resto, como puede ser la apariencia física, la región de donde vengan o el dialecto o idioma que hablen, así como la diferencia de género, el estatus social y la discapacidad. Esto no es excusa, ya que ningún niño y persona en general tiene derecho de discriminar por algún motivo o causa a otro individuo.

No obstante, las vivencias familiares a temprana edad en los niños influyen de manera positiva o negativa en su futuro desarrollo y comportamiento. La familia es un pilar fundamental para formar niños con valores, aptitudes positivas, habilidades sociales y estrategias eficaces para resolver conflictos.

Los niños y los adolescentes que no maltratan ni violentan a otros provienen de familias donde fueron tratados con amor y respeto, pero con límites y controles establecidos, pues se les plantean métodos y criterios de seguimiento social y acatamiento de normas. Por el contrario, los niños que ejercen ese abuso contra otros tienden a tener un entorno familiar donde hubo maltrato y padres ausentes o con pocas muestras de afecto y de respeto. Había regulares actos de humillación, insultos, golpes, gritos, etcétera.

"Sobre la base de encuestas internacionales que recopilan datos sobre la violencia escolar, la UNESCO reconoce las siguientes formas de violencia escolar:

• Violencia física, que es cualquier forma de agresión física con intención de lastimar, como golpes, puntapiés, destrucción de objetos personales o castigos físicos que causen dolor o sufrimiento corporal.

• La violencia psicológica como abuso emocional y verbal, que forma cualquier manera de rechazar, ignorar, aislar, insultar, inventar mentiras o rumores, burlas, amenazas, humillaciones y castigo psicológico.

• La violencia sexual, que abarca la intimidación y el acoso sexual, caricias no deseadas, palabras o propuestas sexuales y la violación.

• El ciberacoso es una forma de acoso psicológico o sexual que tiene lugar en línea. Ejemplos de ciberacoso son la publicación o el envío de mensajes electrónicos, incluidos textos, imágenes o videos, con objeto de acosar, amenazar o atacar a otra persona a través de una variedad de medios y plataformas sociales, como redes sociales en línea, salas de chat, blogs, mensajería instantánea y mensajería de texto. El ciberacoso también puede incluir la difusión de rumores, la publicación de información falsa, mensajes hirientes, comentarios o fotos vergonzosos, o la exclusión de alguien de las redes en línea u otras comunicaciones.

Datos arrojados en 2019 por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos revelaron que México ocupa el primer lugar internacional en bullying escolar en educación básica. Además, cifras del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México señalan que, de 2020 a 2022, la tendencia del acoso escolar aumentó 85.9 por ciento en las escuelas públicas y las privadas. De los alumnos más afectados, 55 por ciento tiene entre 12 y 15 años; y de las denuncias formuladas, 56 por ciento lo presentan mujeres. Las principales agresiones reportadas por las víctimas son física, 30 por ciento; verbal, 23; psicológica, 17; cibernética, 14; exclusión, 8; y sexual, 7.

Especialistas en el tema señalan que los adolescentes víctimas de abuso y violencia tienden más a tener depresión, ansiedad, debilidad, tristeza, desinterés, soledad, cambios de alimentación y de sueño. En casos más graves, hasta pensamientos suicidas, e involucrarse en el mundo del tabaquismo, o consumo de alcohol u otro tipo de drogas.

Los profesores son parte fundamental, pues comparten con los alumnos la mayor parte del tiempo en la escuela, y su colaboración resulta primordial para crear entornos seguros y de apoyo para los alumnos, vigilando y atendiendo cualquier indicio de violencia, para que así ellos puedan interceder y detener dicho comportamiento. Debe fomentarse una educación de calidad que desenvuelva de manera sana y respetuosa el autocontrol, la conciencia y las habilidades de los estudiantes.

Una encuesta mundial en línea sobre las percepciones y la práctica de los docentes en relación con la violencia escolar, levantada por la UNESCO en 2020, reveló que no todos los docentes están plenamente preparados para cumplir la función de prevenir y abordar la violencia escolar. Por ello, ese organismo ayuda a prevenir y abordar la violencia escolar con un enfoque escolar integral a través de los siguientes componentes:

• Un fuerte liderazgo político y sólido marco legal y político para abordar la violencia escolar;

• Formación y apoyo a los docentes en materia de prevención de la violencia escolar y gestión positiva de las aulas;

• Plan de estudios, aprendizaje y enseñanza para promover un clima escolar solidario (es decir, contra la violencia escolar y el acoso) y las habilidades sociales y emocionales de los estudiantes;

• Un entorno escolar y de aula seguro, tanto física como psicológicamente;

• Mecanismos de denuncia para los estudiantes afectados por la violencia escolar, junto con servicios de apoyo y atención;

• Participación de todas las partes interesadas de la comunidad escolar, incluidos los padres y las madres;

• Capacitación y participación de los estudiantes;

• Colaboración y asociaciones entre el sector de la educación y una amplia gama de socios (otros sectores gubernamentales, ONG, academia);

• Pruebas: seguimiento de la violencia escolar, incluido el acoso, y evaluación de las respuestas.

Otro factor de interés es que, ante la presencia de la pandemia, los estudiantes tuvieron que adaptarse a tener clases en línea durante casi dos años. El coordinador regional de la Red por los Derechos de la Infancia en México, Juan Martín Pérez García, advirtió que la problemática de acoso escolar que enfrentaba esta población antes de la pandemia continúa, pero se acrecentó con ésta.

A fin de evitar este tipo de violencia en las escuelas de educación pública, la SEP implantó el Programa Nacional de Convivencia en 2017, el cual consta de seis ejes formativos:

1. Autoestima . Me conozco y me quiero como soy;

2. Reconozco y manejo mis emociones;

3. Convivo con los demás y los respeto;

4. Las reglas: acuerdos de convivencia;

5. Manejo y resolución de conflictos; y

6. Todas las familias son importantes.

Ahí se hace hincapié en la comunicación y el trabajo constantes entre padres de familia, estudiantes y autoridades educativas, con objeto de identificar el acoso escolar y denunciarlo a tiempo.

Los niños son el espejo de los padres y de lo que ven en casa: reflejan inseguridades, traumas, y todo tipo de problemas que tengan en la cabeza. Un caso reciente y lamentable fue lo ocurrido contra Norma Lizbeth, en el estado de México. Con base en las declaraciones de la familia de Norma, la adolescente era acosada y molestada por sus compañeros de la escuela del turno vespertino de la secundaria oficial número 0518 anexa a la normal, en Teotihuacán.

El 21 de febrero de 2023, tras participar en una riña a golpes con una compañera que frecuentemente la fastidiaba y acosaba, la adolescente mostró una decadencia en su estado de salud. Norma buscó ayuda con la familia, profesores y hasta la directora del plantel, pero no fue escuchada por las autoridades educativas. Su situación fue minimizada y, tras ser citada por su acosadora, decidió acudir a la cita para poner un fin a la situación. Lamentablemente, las cosas se salieron de control: su agresora la golpeó con una piedra, y la directora decidió suspender un mes a ambas. Norma Lizbeth nunca volvió a sentirse bien. El médico aseguraba que ello era parte de los golpes, por lo que sólo le prescribió naproxeno y paracetamol. Lamentablemente, falleció tres semanas después.

Ese tipo de pleitos es grabado mediante dispositivos electrónicos por los mismos compañeros de escuela y compartidos en redes sociales. La sociedad está indignada y molesta tras ver el video de Norma, donde nadie fue empático ni intentó ayudarla: sólo recibió más burlas, agresiones verbales e indiferencia.

Las personas que viven el acoso escolar desde afuera, que sólo ven o escuchan las agresiones contra otros, tienen la oportunidad de denunciar ante las autoridades competentes. Sin embargo, por desconocimiento o falta de cultura, prefieren hacer más bulla o ignorarlo.

Es una situación tan grave que los mismos profesores y compañeros no hayan hecho caso a la ayuda que pedía Norma, que por negligencia por la institución, su familia, su médico, no hayan podido salvarla de ese asesino silencioso llamado acoso escolar.

La Suprema Corte de Justicia estableció desde 2014 que, independientemente de que la escuela sea pública o privada, la integridad de un alumno es responsabilidad de la institución escolar.

Debido a estos casos de acoso en escuelas de educación básica y media superior, las autoridades educativas comunicaron la implantación de nuevos lineamientos contra la violencia escolar. Por ello a partir del ciclo escolar 2022-2023 se aplicarán las nuevas sanciones.

La directora o el director del plantel deberán informar y orientar a la madre, el padre o el tutor de la víctima para que, con su consentimiento, se actúe de inmediato. Otras acciones para tratar de manera integral los casos se formulan a través de los siguientes lineamientos:

• Canalizar a la víctima para su valoración física y psicológica a la institución o centro de salud más cercano al plantel;

• Instruir acta circunstanciada de hechos;

• Informar a la dirección general y el área jurídica del subsistema;

• El personal directivo con la asesoría del personal del área jurídica realizará la denuncia correspondiente; y

• La dirección general del subsistema retira de inmediato al presunto agresor durante la investigación.

Con toda esta información nos damos cuenta de que instituciones educativas, directivos, profesores y padres de familia no están preparados para abordar tales situaciones. Por ello, la Secretaría de Educación Pública debe garantizar que los planteles escolares sean espacios libres de violencia y se implante apoyo especializado inmediato en caso de un reporte de acoso y violencia escolares.

México tiene el mayor índice de violencia escolar. Por ello, para poder tener un ambiente escolar libre de acoso y violencia, se necesita una cultura de paz, la cual empieza por el rechazo a la violencia y agresividad y se concentra primordialmente en los métodos y desarrollos que ayuden a encontrar solución a los problemas, cambiando así de mentalidad individual para tener armonía colectiva.

Pese a que la violencia escolar cobra efectos e importancia crecientes en las aulas, en México hay carencia de estadísticas o datos específicos sobre esos eventos, lo cual incrementa el riesgo de que los niños sufran frecuente acoso y violencia física, psicológica y sexual en las escuelas, lo cual disminuye las expectativas de que sus derechos sean protegidos y garantizados.

Hay información esparcida en noticieros, periódicos y páginas web sobre esta problemática, pero no se cuenta con estadísticas y registros oficiales en el país que permitan conocer el nivel de acoso y violencia que se presenta, así como obtener referencias o parámetros de medición a fin de centrar las medidas de atención y prevención para que dichos eventos disminuyan.

Se aprobó recientemente una reforma en materia de violencia escolar para impulsar políticas públicas dirigidas a enriquecer la convivencia social y escolar, así como la prevención de esta problemática.

Ello resulta fundamental, pues la propia ley señala que debe guiarse a los estudiantes hacia la cultura de la paz, permitiendo la búsqueda de soluciones a conflictos que no sean violentos y a una convivencia con respeto. Las autoridades tendrán que posibilitar las condiciones competentes para instaurar un ambiente fuera de violencia y acoso en las aulas.

Es necesario originar procesos de reflexión que repercutan en la construcción de paz en las sociedades, desde los medios de comunicación, empresas, gobierno, organizaciones no gubernamentales, escuela, padres de familia y estudiantes; es decir, espacios donde todos estemos involucrados.

Como explica Chloe Fevre, especialista sénior en prevención de violencia del Banco Mundial: "Aprender debe ser una experiencia alegre, y no resulta posible aprender si un niño tiene miedo de lo que sucederá en la escuela o si sufre violencia en la escuela o cuando va hacia ella".

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan las fracciones XIV al artículo 9 y XI al 16; y se reforma la II del 74 de la Ley General de Educación, en materia de acoso escolar

Único. Se adicionan las fracciones XIV al artículo 9 y XI al 16; y se reforma la II del 74 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 9. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia, realizarán, entre otras, las siguientes acciones:

I. a XIII. ...

XIV. Diseñar y aplicar estrategias educativas con el fin de ayudar a los estudiantes a reconocer toda forma de maltrato, violencia, acoso escolar o discriminación.

Artículo 16. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia, sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de este-reotipos, la discriminación y la violencia, especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres, así como personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad social, debiendo implantar políticas públicas orientadas a garantizar la transversalidad de estos criterios en los tres órdenes de gobierno.

Además, responderá a los siguientes criterios:

I. a X....

XI. Promoverá una cultura de la paz mediante la convivencia, el respeto, la resolución pacífica de conflictos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, con énfasis en la prevención, detección y actuación frente al acoso escolar.

Artículo 74. Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, promoverán la cultura de la paz y no violencia para generar una convivencia democrática basada en el respeto de la dignidad de las personas y de los derechos humanos. Realizarán acciones que favorezcan el sentido de comunidad y solidaridad, donde se involucren los educandos, los docentes, madres y padres de familia o tutores, así como el personal de apoyo y asistencia a la educación, y con funciones directivas o de supervisión para prevenir y atender la violencia que se ejerza en el entorno escolar.

Para cumplir lo establecido en este artículo se llevarán a cabo, entre otras, las siguientes acciones:

I. ...

II. Incluir en la formación docente contenidos y prácticas relacionados con la cultura de la paz, la resolución pacífica de conflictos y la prevención, detección y actuación en materia de acoso escolar;

III. a IX . ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 UNESCO (2022). El rol de las y los docentes para prevenir y abordar la violencia escolar. Disponible en

https://www.unesco.org/es/articles/el-rol-de-las-y-los-docentes- para-prevenir-y-abordar-la-violenciaescolar

2 CNDH (sin fecha). Día Escolar de la no Violencia y la Paz. Disponible en

https://www.cndh.org.mx/noticia/diaescolar-de-la-no- violencia-y- la-paz-O

3 El País (2023). "Todos le fallaron a Norma Lizbeth, la chica de 14 años que murió tras ser agredida por una compañera de escuela". Disponible en

https://elpais.com/mexico/2023-03-26/todos-le- fallaron-a-normalizbeth-la-chica-de-14-anos-que-murio-tras-ser- agredida-por-una-companera-de-la-eseuela.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.

PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO



PRONUNCIAMIENTO A FAVOR DE RESPETAR LOS DERECHOS DE LAS Y LOS TRABA-JADORES DE HONORARIOS Y DE CON-FIANZA EN LA COLEGISLADORA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores de honorarios y de confianza en la colegisladora, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Klaus Uwe Ritter Ocampo, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6o, numeral 1, fracción I, 79 numeral 1, fracción II y numeral 2 fracción III, y demás relativos aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, con base en los siguientes

Antecedentes

En el mes de febrero, trascendió que aproximadamente 2,300 asesores y trabajadores por honorarios y de confianza del Senado de la República fueron notificados acerca del contrato que habrían de renovar desde el 1 de enero del presente año, mismo que sería de solo cuatro meses, improlongable y sin liquidación. La justificación de lo anterior responde a que el 30 de abril termina el último periodo ordinario de LXV Legislatura, por lo que para esa fecha deberían concluir los trabajos cotidianos y desahogar los asuntos pendientes.

Cabe señalar que en condiciones convencionales, la relación laboral debería finalizar el 31 de agosto del presente año, pues es el último día de la actual legislatura. Asimismo, el presupuesto asignado al Senado para el ejercicio fiscal del año 2024 fue de 4 mil 955.2 millones de pesos, lo que representó un incremento respecto al año anterior.

En tal presupuesto, se contemplaron las remuneraciones de los más de 2,000 empleados por honorarios y de confianza, sin embargo, con la conclusión anticipada de los contratos se tendría un ahorro presupuestal aproximado de mil 600 millones de pesos.

Esta situación se origina por un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en el que se establece que cada grupo parlamentario dispondrá de los sueldos de sus trabajadores y sus correspondientes liquidaciones. No obstante, no se precisa la situación en la que se encuentran los trabajadores de distintas áreas operativas en el recinto legislativo, mismos que también concluirían su relación laboral el 30 de abril. Tampoco se especifica por qué concluirá su labor en el Senado meses antes de lo previsto y bajo este esquema de discrecionalidad por parte de los grupos parlamentarios.

Las personas afectadas por esta modalidad serían todas las y los empleados de los que disponen las y los senadores; el personal administrativo, los de apoyo legislativo, trabajadores de las comisiones, así como los secretarios técnicos estarían fuera del trabajo diario del Senado, incluso durante el receso legislativo, en el que habrá de instalarse la Comisión Permanente.

Consideraciones

1. Entre las prerrogativas y derechos de las y los legisladores, se contempla el disponer de asesoría especializada y, por ello, pueden destinar recursos para su contratación. Las y los legisladores están obligados a cumplir funciones muy específicas y técnicas, pero además son también representantes populares que deben atender y encausar las inquietudes y peticiones de la ciudadanía.

El trabajo de las y los asesores es fundamental para conseguirlo, considerando la relevancia de las funciones de las y los legisladores, que se sitúan en el importante compromiso de representar la voluntad popular, a través de la actividad de legislar, de analizar, proponer y hacer posicionamientos sobre asuntos políticos que determinan el desenlace de la vida pública nacional.

Las y los asesores legislativos se sitúan en el círculo de confianza más próximo de las y los legisladores, su labor implica facilitarles el trabajo desde una perspectiva organizativa, técnica, operativa y personal ante la diversidad de asuntos que involucra el trabajo en el Poder Legislativo.

Todo esto demanda conocimiento en múltiples ciencias, disciplinas y áreas del conocimiento, así como la posesión de distintas habilidades sociales que le permitan responder eficazmente a los grandes temas del acontecer nacional e incluso internacional.

Asimismo, al igual que los asesores, los trabajadores técnicos y administrativos son también una extensión de las y los legisladores, y en quienes recae en gran medida la responsabilidad de auxiliar con cabalidad en el cumplimiento de las funciones de representación, de vigilancia legislativa, imagen pública, entre otros.

El desempeño de las funciones de las y los legisladores requiere ejecutar actividades de investigación, administrativas, seguimiento de medios, organización de foros, reuniones con grupos ciudadanos, diplomacia parlamentaria y más. De forma que, sin el cuerpo de asesores, así como sin el personal técnico y administrativo, las y los legisladores difícilmente podrían dar cumplimiento eficaz a todas las actividades y responsabilidades que conlleva el cargo que ejercen.

2. El cuerpo de asesores, así como el personal técnico y administrativo que labora en el Senado de la República es fundamental e imprescindible para que las y los senadores puedan cumplir a cabalidad con el desempeño de sus funciones que les fueron conferidas por mandato popular.

Desempeñan un rol crucial en el desarrollo de las actividades legislativas, su trabajo es determinante en el objetivo de coadyuvar a la construcción de un mejor país, pues han dedicado su esmero y profesionalismo al servicio del Senado y, por lo tanto, de la nación. Es por ello que su trabajo debe ser reconocido, valorado y dignificado, sin menosprecio a sus derechos laborales, sin arriesgar su bienestar y el de sus familias, y sin ser sometidos a la incertidumbre que les genera no tener certeza respecto a su estatus laboral.

Vale la pena mencionar que, si bien, las legislaturas tienen una fecha de inicio y conclusión, así como periodos ordinarios y recesos entre estos, el Senado de la República, al conformar junto con la Cámara de Diputados el Poder Legislativo en México, es de carácter permanente, y no temporal. Por tal motivo, la ausencia de las y los asesores, así como del personal técnico y administrativo paralizaría la labor legislativa, que es una tarea impostergable que asumieron las y los senadores al ser elegidos democráticamente y asumir su cargo.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se presenta la siguiente proposición de urgente u obvia resolución con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores de honorarios y de confianza en el Senado de la República.

Notas

1. https://www.sdpnoticias.com/opinion/despidos-masivos-en-el-senado/

2. https://www.publimetro.com.mx/nacional/2024/02/29/senado-despedira-a-asesores-y -empleados-tecnicos-antes-del-fin-de-la-legislatura/

3. https://www.eluniversal.com.mx/nacion/senadores-del-pan-advierten-sobre-despido -masivo-de-trabajadores-del-senado/

4. https://www.infobae.com/mexico/2024/02/20/despidos-en-el-senado-que-esta-pasand o-con-los-trabajadores-eventuales-y-por-que-ya-no-los-volveran-a-contratar/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



PRONUNCIAMIENTO A FAVOR DE RESPETAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS Y LOS TRABAJADORES DE HONORARIOS Y DE CONFIANZA DE LA LXV LEGISLATURA

«Proposición con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores por honorarios y de confianza de la LXV Legislatura en este recinto legislativo, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Klaus Uwe Ritter Ocampo, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6o, numeral 1, fracción I, 79 numeral 1, fracción II y numeral 2 fracción III, y demás relativos aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

1. Entre las prerrogativas y derechos de las y los legisladores, se contempla el disponer de asesoría especializada y, por ello, pueden destinar recursos para su contratación. Las y los legisladores están obligados a cumplir funciones muy específicas y técnicas, pero además son también representantes populares que deben atender y encausar las inquietudes y peticiones de la ciudadanía.

El trabajo de las y los asesores es fundamental para conseguirlo, considerando la relevancia de las funciones de las y los legisladores, que se sitúan en el importante compromiso de representar la voluntad popular, a través de la actividad de legislar, de analizar, proponer y hacer posicionamientos sobre asuntos políticos que determinan el desenlace de la vida pública nacional.

Las y los asesores legislativos se sitúan en el círculo de confianza más próximo de las y los legisladores, su labor implica facilitarles el trabajo desde una perspectiva organizativa, técnica, operativa y personal ante la diversidad de asuntos que involucra el trabajo en el Poder Legislativo.

Todo esto demanda conocimiento en múltiples ciencias, disciplinas y áreas del conocimiento, así como la posesión de distintas habilidades sociales que le permitan responder eficazmente a los grandes temas del acontecer nacional e incluso internacional.

Asimismo, al igual que los asesores, los trabajadores técnicos y administrativos son también una extensión de las y los legisladores, y en quienes recae en gran medida la responsabilidad de auxiliar con cabalidad en el cumplimiento de las funciones de representación, de vigilancia legislativa, imagen pública, entre otros.

El desempeño de las funciones de las y los legisladores requiere ejecutar actividades de investigación, administrativas, seguimiento de medios, organización de foros, reuniones con grupos ciudadanos, diplomacia parlamentaria y más. De forma que, sin el cuerpo de asesores, así como sin el personal técnico y administrativo, las y los legisladores difícilmente podrían dar cumplimiento eficaz a todas las actividades y responsabilidades que conlleva el cargo que ejercen.

2. El cuerpo de asesores, así como el personal técnico y administrativo que labora en la Cámara de Diputados es fundamental e imprescindible para que las y los diputados puedan cumplir a cabalidad con el desempeño de sus funciones que les fueron conferidas por mandato popular.

Desempeñan un rol crucial en el desarrollo de las actividades legislativas, su trabajo es determinante en el objetivo de coadyuvar a la construcción de un mejor país, pues han dedicado su esmero y profesionalismo al servicio del Congreso y, por lo tanto, de la nación. Es por ello que su trabajo debe ser reconocido, valorado y dignificado, sin menosprecio a sus derechos laborales, sin arriesgar su bienestar y el de sus familias, y sin ser sometidos a la incertidumbre que les genera no tener certeza respecto a su estatus laboral.

No hay ninguna razón legal para dar por terminados anticipadamente los contratos vigentes de las y los trabajadores de la Cámara de Diputados, salvo que se justificara a partir de un mal desempeño en sus funciones. Sin embargo, no es el caso, pues esta situación responde a un acuerdo interno de carácter arbitrario.

Vale la pena mencionar que, si bien, las legislaturas tienen una fecha de inicio y conclusión, así como periodos ordinarios y recesos entre estos, la Cámara de Diputados, al conformar junto con el Senado de la República el Poder Legislativo en México, es de carácter permanente, y no temporal. Por tal motivo, la ausencia de las y los asesores, así como del personal técnico y administrativo paralizaría la labor legislativa, que es una tarea impostergable que asumieron las y los diputados al ser elegidos democráticamente y asumir su cargo.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se presenta la siguiente proposición de urgente u obvia resolución con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se pronuncia a favor de respetar los derechos laborales, dar certeza del estatus y garantizar la certidumbre salarial de las y los trabajadores por honorarios y de confianza de la LXV Legislatura en este recinto legislativo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2024.– Diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo (rúbrica).»

Se turna a la Junta de Coordinación Política, para su atención.



EXHORTO A LA CONAGUA, A REABASTECER LA CALDERA A LA ZONA ORIENTE DE LA ALCALDÍA IZTAPALAPA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a reabastecer la caldera a la zona oriente de la alcaldía Iztapalapa, a cargo del diputado Víctor Gabriel Varela López, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe diputado Víctor Gabriel Varela López, integrante del Grupo Parlamentario Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I, artículo 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Iztapalapa es una de las alcaldías de la Ciudad de México que más sufren la escasez de agua, sobre todo en las colonias ubicadas en el extremo oriente pertenecientes a la Sierra de Santa Catarina, y esta problemática se ha agravado en los últimos meses, muchos ciudadanos no cuentan con este vital líquido, el día de hoy, de los 612 litros por segundo que debe de abastecer a la Alcaldía Iztapalapa, disminuyó en un 50 por ciento, dejando a los habitantes en un estado sin posibilidad de satisfacer sus necesidades relacionadas con el líquido. Esto afecta aproximadamente al 20% de un total 1,835,486 de habitantes, sin duda alguna el acto de omisión por parte de Conagua, vulnera el derecho constitucional en su artículo 4, párrafo 6, que a la letra dice: se reconoce el derecho humano al agua: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Las pipas no son suficientes ni siquiera para paliar el problema, solicitamos el suministro en mayor medida de este vital líquido.

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional del Agua para que reabastezca La Caldera a la zona oriente de la Alcaldía Iztapalapa.

Notas

Véase “acerca de Iztapalapa

https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/iztapalapa #:~: text=La%20poblaci%C3%B3n%20total%20de%20Iztapalapa,34%20a%C3%B1os%20(144%2C870% 20habitantes).

Véase “Se agrava problemática del agua en Iztapalapa”

https://www.la-prensa.com.mx/metropoli/se-agrava-problematica-de l-agua-en-iztapalapa-11367741.html

 Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Víctor Gabriel Varela López (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO AL GOBIERNO DE MÉXICO, DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, A GARANTIZAR PRECIOS JUSTOS PARA LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de México, a los gobiernos de las 32 entidades federativas y a los gobiernos municipales a generar una estrategia conjunta a fin de garantizar precios justos para los productos agrícolas, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La agricultura en México tiene una importancia histórica y contemporánea significativa. Desde los tiempos de los mayas y aztecas, la agricultura ha sido la base de la economía del país. Aunque la economía mexicana se ha diversificado en las últimas décadas, la agricultura sigue siendo un componente vital, representando el 3.8% del PIB.

La agricultura beneficia a un gran número de familias mexicanas. Proporciona alimentos, materias primas y empleo al sector agroindustrial y de servicios. También demanda una gran cantidad de productos industriales necesarios para la producción agrícola, como fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y maquinaria. En el aspecto social, favorece el arraigo a sus tierras, el sustento a las familias y la preservación de los recursos naturales.

Los productos agrícolas más importantes en México son el maíz, el sorgo, la naranja, el jitomate y el chile verde. En particular, el maíz es un alimento básico de la dieta mexicana y se cultiva en todo el país. Otros productos agrícolas de gran importancia incluyen el trigo, el tomate, la caña de azúcar y las frutas tropicales.

En términos de producción, los cultivos agrícolas con mayor producción en México son el azúcar de caña (39.2%), el maíz (19.9%), el sorgo (3.4%), las naranjas (3.4%) y los tomates frescos (3.0%). Estos cinco cultivos representaron el 68.9% del total de la producción nacional en 2023.

La agricultura también es una fuente importante de ingresos para México. En 2022, el valor de producción de cultivos agrícolas en México superó los $884.000 millones de pesos mexicanos. Además, el sector agrícola mexicano ha atraído una inversión extranjera directa significativa, que en 2022 superó los 100 millones de dólares.

La Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece que el Estado, a través del Gobierno federal, establece el impulso de políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país. Estos estarán orientados a corregir disparidades de desarrollo regional mediante la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago.

Esto se llevará a cabo mediante una acción integral que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable. Además, contribuirá a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país.

En la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, México se comprometió a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible “Fin a la pobreza” y “Hambre Cero” para el año 2030.

El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece los principios de: “Economía para el bienestar”, “El mercado no sustituye al Estado”, “Por el bien de todos, primero los pobres”, y “No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie afuera”. Además, una de las estrategias del Eje 3 Economía es “Autosuficiencia alimentaria y rescate del campo”.

Es por ello que el Gobierno de México, ha impulsado dentro de las políticas de bienestar el Programa de Precios de Garantía, a fin de contrarrestar diversos factores y problemas que el sector agrícola presenta.

La problemática que atiende el Programa de Precios de garantía es el bajo ingreso de los pequeños y medianos productores de granos (maíz, frijol, trigo, arroz) y leche en relación con los costos de producción, lo cual desincentiva su producción y repercute en un déficit alimentario. Esta situación impacta negativamente en la seguridad alimentaria del país.

En el caso de los granos de maíz y frijol, los precios de garantía atienden una falla de mercado originada por una oferta concentrada en un periodo corto y una demanda oligopsónica (pocos compradores), lo que provocaba precios bajos al productor. Con el precio de garantía, SEGALMEX desempeña una función reguladora en el mercado al ofrecer un precio más favorable o un precio base para estos granos, esenciales en la alimentación del pueblo mexicano.

En los casos de trigo panificable, arroz y leche, los precios de garantía tienen como objetivo estimular la producción nacional al establecer precios favorables para los productores. Esto se realiza para contrarrestar la dependencia de las importaciones de estos alimentos básicos, los cuales, son fundamentales para la autosuficiencia alimentaria del país.

Por otra parte, la entrega de incentivos a los medianos productores de maíz tiene como propósitos respaldarlos ante la competencia del maíz importado y fomentar la cultura del uso de Instrumentos de Administración de Riesgos.

La población potencial del Programa son los pequeños productores de maíz con hasta 5 hectáreas y excedentes comercializables, así como pequeños y medianos productores de frijol.

También abarca a medianos productores de maíz, que posean hasta 50 hectáreas que cuenten con una posesión legal debidamente comprobada. Además, se consideran los productores de arroz y trigo que entregan sus cosechas a la industria molinera nacional, así como los pequeños y medianos productores de leche registrados en el Padrón de LICONSA.

Estas acciones sin duda han coadyuvado al fortalecimiento del sector, así como al apoyo de los agricultores, sin embargo consideramos que se debe de ir más allá, dado que este programa únicamente apoya a algunos de los productos que derivan de la agricultura y nuestro país es rico en productos agrícolas.

Los gobiernos estatales y los municipales reciben de la federación recursos presupuestales, los cuales provienen de la recaudación a través de diversos mecanismos, uno de ellos sin duda es lo que genera la agricultura.

Además, muchos productos agrícolas son patrimonio de diversos estados y regiones del país, es por ello que consideramos fundamental que los estados y municipios también participen del fortalecimiento de esta importante actividad.

Por lo anteriormente señalado someto a la consideración de la Honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Gobierno de México a los Gobiernos de las 32 entidades federativas y a los gobiernos municipales, para que, en el ámbito de sus atribuciones, generen una estrategia conjunta de apoyo a los productores agrícolas a fin de garantizar precios justos para los productos agrícolas de todo el territorio nacional.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Casimiro Zamora Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



EXHORTO A LA SE, A LA SEMARNAT Y A LA SECTUR, A IMPLEMENTAR UNA ESTRATEGIA CON EL SECTOR DE SERVICIOS TURÍSTICOS, ENFOCADA A LA MODERNIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA HÍDRICA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, a la Semarnat y a la Sectur a implementar una estrategia coordinada con el sector hotelero, sector restaurantero y comercios de servicio turístico, enfocada a la importancia de la modernización de la infraestructura hídrica, métodos de aprovechamiento de agua potable y reutilización de la misma y campañas de concientización a sus usuarios sobre la importancia del cuidado del agua, a cargo del diputado Casimiro Zamora Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Casimiro Zamora Valdez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de motivos

El mexicano consume alrededor de mil 978 metros cúbicos de agua por año, mientras que el promedio mundial es de mil 385, una persona consume en promedio 307 litros de agua al día.

El porcentaje de cobertura nacional de agua potable es del 89.2%. Esto significa que hay 10.6 millones de personas en México que no cuentan con agua potable

México cuenta con una alta heterogeneidad ambiental que propicia una gran diversidad biológica y un capital natural destacado; sin embargo, en los últimos 80 años los ecosistemas en México y en el resto del mundo han sufrido una degradación creciente y acelerada.

La degradación ambiental tiene un impacto directo sobre la producción de servicios ecosistémicos, es decir, los beneficios que la sociedad obtiene del correcto funcionamiento de los ecosistemas. Los servicios ecosistémicos, servicios ambientales o contribuciones de la naturaleza, son las condiciones y los procesos por medio de los cuales los ecosistemas naturales sostienen la vida humana.

En México, 76% del agua se utiliza en la agricultura; 14%, en el abastecimiento público; 5%, en las termoeléctricas y 5%, en la industria.

El mundo está cambiando a gran velocidad y la población mundial es cada vez más numerosa. Crece el desarrollo tecnológico, industrial y de servicios, y con ello se incrementa también la presión sobre los recursos naturales; la sustentabilidad de los sistemas y el desarrollo, se ha convertido en un objetivo de enorme importancia.

La Comisión Nacional del Agua (Conagua), como órgano administrativo, normativo, técnico y consultivo encargado de la gestión del agua en México, desempeña sus funciones a través de 13 organismos de cuenca, cuyo ámbito de competencia son las regiones hidrológico-administrativas (RHA), las cuales están formadas por agrupaciones de cuencas, consideradas unidades básicas para la gestión de los recursos hídricos.

La precipitación normal del país en el periodo de 1981-2010 fue de 740 milímetros. Los valores normales, de acuerdo con la Organización Meteorológica Mundial (OMM), corresponden a los promedios calculados para un periodo uniforme y relativamente largo, el cual debe tener como mínimo 30 años de recabar información, lo cual se considera como un periodo climatológico mínimo representativo. Además, dicho periodo deberá iniciar el 1o de enero de un año que termine en uno y finalice el 31 de diciembre de un año que termine en cero.

Disponer de agua en cantidad y calidad suficiente para el consumo humano es una de las demandas básicas de la población, pues incide directamente en su salud y bienestar en general. Estas últimas, son consideradas en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y en el Programa Nacional Hídrico 2020-2024, los cuales son instrumentos rectores de planeación nacional.

En el uso agrupado abastecimiento público, la fuente predominante es la subterránea con el 56.7% del volumen, cabe destacar que del 2001 al 2020 el agua superficial asignada para este uso creció 72.4%.

El Programa Nacional Hídrico (PNH) es un instrumento que ordena objetivos, estrategias prioritarias y acciones puntuales, para alcanzar las metas del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales que, a su vez, se sumará al proceso plasmado en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. El PNH se formula bajo las prioridades que demandan el bienestar social y el desarrollo económico, sin poner en peligro el equilibrio ecológico.

En el ámbito internacional, México participa en seguimiento de los indicadores del objetivo de desarrollo sostenible (ODS) número: “6. Garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos”

La Organización de las Naciones Unidas afina periódicamente las estimaciones de la población mundial. En el último ejercicio de 2020, se estimó que para 1950, la población mundial ascendería a 2,536.4 millones de personas, mientras que para 2020 habría aumentado a 7,794.8 millones. A partir de los últimos 70 años, el crecimiento se ha concentrado principalmente en las regiones en desarrollo.

En México, el servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales está a cargo de los municipios, generalmente a través de organismos operadores. México enfrenta desafíos significativos en cuanto a la gestión del agua, destacando problemas relacionados con la sequía, el nivel crítico de las presas y la crisis hídrica en el sistema Cutzamala.

El turismo y el uso del agua están intrínsecamente relacionados, y esta conexión plantea desafíos importantes en términos de sostenibilidad y equidad.

El turismo es una industria pujante en América Latina y aporta grandes ganancias para el país en términos de empleo y economía. Sin embargo, a menudo se pasa por alto la problemática territorial y hídrica asociada con el turismo.

De acuerdo con cifras de la Secretaría de Turismo, México recibió a 38.3 millones de turistas en 2022, y esta cantidad se concentra en un pequeño número de destinos a nivel nacional, esto implica una enorme presión para algunos territorios y sus recursos.

Un turista gasta entre tres y cuatro veces más que el residente: entre 300 y 400 litros al día. Esto sin considerar que en algunas ciudades, los hoteles y áreas destinadas al turismo tienen acceso preferente al agua, mientras que otras zonas en donde habitan las poblaciones locales (muchas de ellas que trabajan en puestos de servicio dentro del turismo) no tienen el mismo acceso al agua en calidad y cantidad.

Aparentemente, el turismo es una industria “verde”, pero su impacto real es más complejo. El turismo transforma lugares en mercancías, lo que puede generar desecación, deforestación y desplazamiento de personas.

Durante la temporada alta, los grandes hoteles tienen acceso suficiente al agua, mientras que los pequeños hoteles y pobladores se ven privados de ella. La gestión eficiente de los recursos hídricos por parte del sector turístico es esencial para lograr la sostenibilidad.

Los hoteles y otros operadores turísticos deben utilizar solo la cantidad de agua absolutamente necesaria. El turismo y el uso del agua deben abordarse de manera integral, considerando tanto los beneficios económicos como las consecuencias sociales y medioambientales. La sostenibilidad hídrica es fundamental para garantizar un futuro equitativo y saludable para todos.

Es por ello que consideramos que todos aquellos que participan del sector turístico en todo el territorio nacional tienen una gran responsabilidad sobre el uso y aprovechamiento del agua.

Deben de generar las condiciones de sostenibilidad y uso responsable de los recursos hídricos.

Entre las acciones a emprender son las de la instalación de enotecnias y mecanismos para controlar el uso de agua sus instalaciones, visualizar señaléticas sobre la educación que puedan transmitir a los visitantes y a otros operadores sobre la importancia del uso del agua.

Por lo anteriormente señalado someto a la consideración de la Honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y a la Secretaría de Turismo, a implementar una estrategia coordinada con el sector hotelero, sector, restaurantero y comercios de servicio turístico, enfocada a la importancia de la modernización de la infraestructura hídrica, métodos de aprovechamiento de agua potable y reutilización de la misma y campañas de concientización a sus usuarios sobre la importancia del cuidado del agua.

Notas

1. https://agua.org.mx/biblioteca/datos-y-cifras-sobre-el-agua-en-mexico/

2. https://www.cuentame.inegi.org.mx/territorio/agua/usos.aspx

3. http://sina.conagua.gob.mx/sina/tema.php? tema=precipitacion&n= estatal.

4. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/487316/PND_ 2019-2024.pdf

5. https://www.un.org/es/desa/as%C3%AD-fue-nuestro-a%C3%B1o-momentos-destacados-pa ra-onu-daes-2020-2021#:~: text= ONU%20DAES%20pretendi%C3%B3%20acelerar%20este%20cambio%20dando%20su,un%20vistaz o%20de%20los%20esfuerzos%20que%20hemos%20realizado.

6. https://www.gob.mx/imta/es/articulos/la-conflictiva-relacion-entre-el-turismo-y -el-uso-del-agua-una-reflexion-indispensa-ble#: ~: text=El%20Dr.%20Talledo%20puso%20de%20manifiesto%20que%20si,bien%20com%C3%BAn%2 0territorializado%20que%20est%C3%A1%20constantemente%20en%20disputa.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Casimiro Zamora Valdez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO AL INAI, A REALIZAR UNA EVALUACIÓN DE IMPACTO DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESRELACIONADA CON LA EMPRESA TOOLS FOR HUMANITY

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al INAI, a través de la instancia correspondiente, a realizar una evaluación de impacto de la protección de datos personales en el modelo de recopilación de datos biométricos a través del iris para la identificación y posterior obtención de activos virtuales denominados Criptomoneda Worldcoin por la empresa Tools For Humanity Corporation en México, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada María Eugenia Hernández Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

Del tratamiento de datos biométricos y los sistemas de identificación biométrico.

En México El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales a través de su Guía para el Tratamiento de Datos Biométricos, define a los datos biométricos como las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona y que son medibles, entre los que podemos categorizar a la huella digital, el rostro (reconocimiento facial), la retina, el iris, la geometría de la mano o de los dedos, la estructura de las venas de la mano, la forma de las orejas, la piel o textura de la superficie dérmica, el ADN, la composición química del olor corporal y el patrón vascular, pulsación cardíaca, entre otros.

Así mismo la Guía del INAI, expone que el funcionamiento de una sistema de identificación biométrico consiste en reconocer, es decir volver a conocer a una persona que previamente ya se ha identificado y registrado en alguna plataforma o sistema, comparando de manera manual o automatizada una muestra biométrica de las personas con plantillas previamente guardadas y relacionadas a una identidad especifica es decir a una única persona. Ya que se ha descrito cuando qué es un dato biométrico, los tipos de parámetros humanos que son considerados este tipo de datos y en que consisten los sistemas de identificación biométrico se puede establecer cuando estos datos se podrán considerar datos personales.

De acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, los datos personales se consideran cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable. Este independientemente de la forma en que dicha información se encuentre expresada, ya que puede ser como numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica, entre otras. Por lo cual se concluye que una persona es identificable cuando su identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, a través de cualquier información. A partir de estos podemos realizar dos acotaciones importantes sobre las condiciones para que los datos biométricos se puedan considerar dato personal que son, que el dato se debe referir a una persona física y a su vez debe identificar o hacer identificable a su titular.

Si bien los datos biométricos no están mencionados de manera expresa en el listado de datos personales sensibles que se incluyen en ambas leyes, ello no implica que no se puedan considerar como tales bajo ciertas circunstancias. Para determinar tal característica, se requiere atender las condiciones del caso concreto, a fin de analizar si los datos biométricos en cuestión actualizan alguno de los siguientes tres supuestos que prevén la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares para considerar un dato personal como sensible:

a) Que se refieran a la esfera más íntima de su titular.

b) Que su utilización indebida pueda dar origen a discriminación.

c) Que su uso ilegítimo conlleve un grave riesgo para su titular.

Por ultimo cabe mencionar que, Con la entrada en vigor de la LFPDPPP, el 6 de julio de 2010, así como de la LGPDPPSO, el 27 de enero de 2017, se reconocen una serie de principios, deberes y derechos rectores de la protección de datos personales, de observancia obligatoria para los particulares y sujetos obligados del sector público que tratan datos personales, y que en su conjunto garantizan un adecuado manejo de los mismos, a favor de la privacidad y de la autodeterminación informativa de los titulares de los datos personales.

Una de las herramientas más importantes en el tratamiento de datos personales es el consentimiento, En México la LFPDPPP, en su artículo 3, fracción VIII, nos dice que, el consentimiento es la manifestación de la voluntad libre, específica e informada del titular de los datos mediante la cual se efectúa el tratamiento de los mismos. Por otro lado, el artículo 3, fracción IV, de la LGPDPPSO, señala que el consentimiento es aquella manifestación de la voluntad del titular de los datos mediante la cual se efectúa el tratamiento de los mismos. El consentimiento pues es toda manifestación de la voluntad, libre, inequívoca, especifica e informada, mediante la que el interesado o interesada consiente el tratamiento de sus datos personales antes cualquier sujeto obligado y también ante cualquier particular. Al mismo tiempo es importante mencionar que el consentimiento podrá ser revocado sin efectos retroactivos, para lo cual el responsable de su tratamiento y recopilación deberá establecer los mecanismos y procedimientos conducentes.

Del sistema de intercambio de activos financieros virtuales WorldCoin y su operación en México.

Desde abril de 2023, el Orbe inició en Tokio una “gira” por algunas ciudades del mundo, dentro de las cuales se apuntaba su llegada a la Ciudad de México en ese mismo año. El 8 de junio del 2023 la empresa anuncio que iniciaría su primer jornada de operación en la Ciudad de México los 9, 12, 14 y 16 de junio del mismo año en la Condesa. Worldcoin es una startup impulsada por Sam Altman, creador de OpenAI y ChatGPT. En su página el proyecto se describe como, un protocolo open source respaldado por una comunidad global de desarrolladores, particulares, economistas y expertos en tecnología comprometidos con ampliar el acceso a la economía global y la participación en la misma. Así mismo el proyecto comenta que la fundación “Worldcoin Foundation” es el administrador que prestará apoyo y promoverá el crecimiento de la comunidad Worldcoin hasta que esta sea autosuficiente. Tools for Humanity contribuyó al lanzamiento de Worldcoin y actualmente asesora a la fundación y opera la World App. El proyecto, según informa el medio Technology Review, ha visitado docenas de países, la mayoría de ellos en vías de desarrollo, aprovechándose de personas en situación de pobreza para obtener sus datos biométricos a través de su dispositivo de escaneo biométrico que han autodenominado Orbe.

En su aviso de privacidad, Tools for Humanity anuncia a los usuarios que su a través de su dispositivo de identificación biométrica Orbe, el sistema comprueba que la persona que se identifica en su plataforma a través del Iris, pueda acceder a la plataforma con las imágenes capturadas y procesadas previamente y su patrón único de iris. Al mismo tiempo el aviso de privacidad “afirma” que el objetivo de la empresa no es hacer uso de los datos biométricos del usuario más allá de su identificación en la aplicación de Criptomonedas WorldApp. Se puede observar que se hace mucho énfasis en que el uso de los datos biométricos de los usuarios es crear un código único que permita a las personas navegar por los diversos servicios de la aplicación a través de su autenticación biométrica. Una acotación bastante preocupante que hace Tools for Humanity es que: “ El código iris no se elimina del backend de Worldcoin. Más bien, el código iris se cifra de forma persistente y se almacena de forma permanente para garantizar una prueba permanente de exclusividad. El código iris no se eliminará del backend de Worldcoin, incluso si un usuario solicita la eliminación.” Este hecho implica que los usuarios que quieran retirar su consentimiento del uso de sus datos biométricos de la plataforma no tendrán ningún recurso o procedimiento para hacerlo. En conclusión, el aviso de privacidad se centra en apercibir al usuario de que sus datos biométricos son para uso meramente de identificación sin expresar claramente el modelo de aprovechamiento de estos.

Solo se alude al modelo de negocio como una “nueva moneda global de propiedad colectiva basada en Ethereum (otra criptomoneda) que se distribuirá equitativamente a tantas personas como sea posible”. Según la startup, todos los habitantes del mundo obtendrían una parte gratis, si accedían a someterse a un escáner de iris con un dispositivo especialmente diseñado, al que la empresa se refiere como el “orbe cromado”. El simple hecho de que la repartición de ganancias de la moneda este intrínsecamente relacionado con la cantidad de personas que deseen o accedan a escanear sus datos biométricos es una señal del modelo de negocio de la plataforma.

Problemática central y experiencias en otros países.

Cómo se pudo identificar en el aviso de privacidad de Tools for Humanity Corporation, existen diversos cuestionamientos sobre el modelo de operación y tratamiento de los datos biométricos de las personas por parte de WorldCoin. Que a continuación se describen:

El aviso de privacidad se centra en indicar a los usuarios que sus datos biométricos son usados meramente para su identificación en la plataforma y no tienen otro objetivo secundario, sin embargo, al mismo tiempo la razón de ser de la empresa es en sus propias palabras la distribución de riqueza alrededor del mundo, a partir de globalizar el uso del criptoactivo Worldcoin que a su vez depende de la cantidad de personas que adopten la moneda como medio de cambio a través de permitir el escaneo de su Iris y otros datos biométricos, lo cual evidencia que existe una relación estrecha entre el modelo de negocio y la cantidad de personas que entregaran sus datos de manera voluntaria. El escaneo del iris se realiza mediante un instrumento denominado “Orb” que utiliza la cara y la estructura ocular de un individuo para crear un código de identificación único, el llamado “Código Iris”;

Por otro lado, WorldCoin expresa que los datos biométricos convertidos en código en sus plataformas no se borraran de su infraestructura tecnológica, aún cuando un usuario quiera retirar su consentimiento de manera expresa. Esto afecta al derecho de las personas sobre sus datos personales dejándoles vulnerables sin poder hacer uso de su derecho a la cancelación que esta contemplado en las leyes mexicanas. Al mismo tiempo vuelve a evidenciarse que para la empresa Tools For Humanity, la información biométrica entregada por los usuarios es de vital importancia para su modelo de negocio.

Por ultimo la promesa de recibir ganancias en forma de activos financieros virtuales llamadas criptomonedas, es un incentivo cuestionable cuando no esta claro el uso real en el núcleo de la plataforma, dejando a personas vulnerables como gente en estado de pobreza, jóvenes y adolescentes a entregar sus datos biométricos a cambio de unos cuantos dólares.

En España, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) suspendió de forma cautelar por tres meses la recopilación y tratamiento de datos personales en ese país a través del iris, los ojos y el rostro y su posterior procesamiento a cambio de un pago en una criptomoneda ingresada en un wallet vinculado a una app. A pesar de que la empresa Tools For Humanity solicito un recurso de medida cautelarísima en contra de esta decisión de la AEPD, La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional Española ha rechazado esta medida considerando que la Agencia esta atendiendo a la ponderación de los intereses en conflicto y, a la vista de las circunstancia concurrentes, debe prevalecer “la salvaguarda del interés general que consiste en la protección del derecho a la protección de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa recurrente de contenido fundamentalmente económico”

En Chile, La Fundación Kamanau a través de su director ejecutivo Moisés Sánchez, recurrió este jueves a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para presentar un recurso de protección con el cual se acusa que la empresa internacional Tools For Humanity violó la obtención de datos biométricos a través del iris. Sánchez, considera que la operación digital de esta plataforma no cuenta con salvaguarda para menores de edad, además alude que dentro de la aplicación de Worldcoin, se muestra que está habilitada para operar con diversas plataformas que ya operan en ese país como Mercado Libre, Shopify, Telegram, además de Minecraft y Discord, las últimas dos particularmente muy usadas por los menores de edad en Chile. La fundación Kamanau en entrevista con CNN comento que en Chile opinan que el problema técnico es que: el procedimiento de consentimiento es erróneo, porque ellos usan un procedimiento de consentimiento que usa cualquier aplicación, y esto requiere un consentimiento informado, que es un consentimiento de alto estándar, que es diferente, que es el mismo que usa cuando te quieren hacer un tratamiento genético. Entonces, ellos se van por la vía fácil que lo que logra como efecto es omitir la necesidad de informar todo y ahí es donde entre la oscuridad, y si a eso le sumas el sentido económico, es claramente una situación que vicia el consentimiento de las personas.

Por otro lado en Italia, El Tribunal Italiano a través del recurso del 21 de marzo de 2024 con número 9998877, consideró que después de solicitar información sobre las políticas de tratamiento de datos biométricos a la empresa WorldCoin, se considera que el modelo de procesamiento de datos se basa en la figura jurídica de consentimiento de los interesados y que actualmente su aviso de privacidad, no parece proporcionar información sobre los riesgos asociados al tratamiento de este tipo de datos. Así mismo, el tribunal consideró que en este caso concreto, los usuarios no parecen disponer de información suficiente que les garantice un pleno conocimiento informado de los elevados riesgos asociados al tratamiento de sus datos biométricos. Por ende, el tribunal consideró necesario hacer una advertencia a la Fundación Worldcoin, como responsable del tratamiento, sobre el hecho de que el tratamiento de datos biométricos realizado a través de los ORB y con los métodos descritos anteriormente, podrían probablemente violar las disposiciones del Código relativo a la protección de datos personales en Italia, con todas las consecuencias, incluidas las sanciones, previstas en el mismo.

Es entonces evidente que conforme han avanzado las operaciones de Tools For Humanity en diversos países han surgido cuestionamientos sobre las posibles violaciones a los marcos regulatorios de protección de datos personales, con avisos de privacidad poco claros frente a una recopilación masiva de datos sensibles como lo son los datos biométricos del Iris, el rostro y los rasgos faciales de los usuarios.

Por lo cual, con base en las consideraciones expuestas, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a Adrián Alcalá Méndez, titular del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a que, a través de la instancia correspondiente, realice una Evaluación de Impacto de la Protección de Datos Personales en el modelo de recopilación de datos biométricos a través del Iris para la identificación y posterior obtención de Activos Virtuales denominados Criptomoneda Worldcoin por la empresa Tools for Humanity Corporation en México.

Notas

1. Guía para el tratamiento de Datos Biométricos. (2018, marzo). inai.org.mx. Recuperado 4 de abril de 2024, de

https://inicio.inai.org.mx/DocumentosdeInteres/GuiaDatosBiometri cos_Web_Links.pdf

2. México. Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, 26 de enero de 2017.

3. México. Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, de 5 de julio de 2010.

4. Hernández, G. (2023, 8 junio). El Orbe de Worldcoin llega a CDMX: el escáner de Sam Altman, creador de ChatGPT, que promete pagarnos. . . Xataka México.

https://www.xataka.com.mx/privacidad/orbe-worldcoin-llega-a-cdmx -escaner-sam-altman-creador-chatgpt-que-promete-pagarnos-nuestro-iris-estara-me xico

5. Worldcoin. (s. f.). For every human. HYPERLINK

https://es-es.worldcoin.org/

https://es-es.worldcoin.org/

6. Worldcoin. (s. f.). For every human. HYPERLINK “

https://es-es.worldcoin.org/

https://es-es.worldcoin.org/

7. C.G.P.J. (s. f.). C.G.P.J | Poder Judicial | Noticias Judiciales | La Audiencia Nacional avala el cese cautelar de la recopilación de datos a través del iris de Worldcoin acordado por la Agencia de Protección de datos. @ Copyright © Consejo General del Poder Judicial.

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Jud iciales/La-Audiencia-Nacional-avala-el-cese-cautelar-de-la-recopilacion-de-dato s-a-traves-del-iris-de-Worldcoin-acordado-por-la-Agencia-de-Proteccion-de-datos

8. Miño Silva, R. (2024, 21 marzo). Presentan recurso contra empresa internacional en Chile por violar obtención de datos biométricos a través del iris. www.cnnchile.com. Recuperado 4 de abril de 2024, de

https://www.cnnchile.com/pais/recurso-proteccion-worldcoin-datos -escaner-iris-criptomonedas_20240321/

9. Provvedimento del 21 marzo 2024 [9998877]. (s. f.). Garante Privacy.

https://www.garanteprivacy.it/web/guest/home/docweb/-/docweb-dis play/docweb/9998877

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada María Eugenia Hernández Pérez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.



EXHORTO A LA SEMARNAT, A PUBLICAR EL AVANCE EN LA ATENCIÓN DE DIVERSOS TRÁMITES Y SU ESTRATEGIA PARA ATENDER EL REZAGO EXISTENTE Y SUS AVANCES

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a hacer público el avance en la atención de diversos trámites, así como dar a conocer las diversas estrategias y acciones implementadas para atender el grave rezago existente y sus respectivos avances, a cargo del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, Daniel Gutiérrez Gutiérrez, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento legal en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las políticas neoliberales que se impusieron por décadas en nuestro país afectaron gravemente áreas estratégicas como el crecimiento y el desarrollo ordenado y sustentable en zonas de valor ambiental de nuestro país.

Los sucesivos gobiernos neoliberales implementaron estrategias para la privatización del patrimonio nacional a través del estrangulamiento de las empresas estatales, bajo los argumentos de falta de operatividad y eficiencia, así como nula rentabilidad e inviabilidad económica, para justificar los cierres o privatizaciones de empresas estatales.

Esta falsa justificación para cerrar o privatizar las empresas estatales tuvo el verdadero propósito de despojar a la nación de su patrimonio, ya que claramente aún en el supuesto que hubieran habido algunas fallas en la administración, esta circunstancia no era en ningún caso razón suficiente para extinguirlas, y lo correcto hubiera consistido en realizar auditorías y evaluaciones, y a partir de ello reformular los objetivos e implementar las estrategias de mejora necesarias para reencauzar a las empresas y no permitir su enajenación a manos de intereses privados.

Así como los Gobiernos neoliberales actuaron en contra del interés nacional, una situación similar es la actualmente rige por parte de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno federal, dependencia cuyas unidades burocráticas frenan y obstaculizan el desarrollo sustentable, violentando flagrantemente la legalidad al no dar atención ni respuesta alguna a infinidad de peticiones, trámites, gestiones, condiciones, refrendos de concesiones en muchos estados del país dejando a pequeñas empresas en absoluta incertidumbre, indefensión y vulnerabilidad, dejándolos a merced de funcionarios corruptos que se dedican a extorsionar a los pequeños empresarios que hacen el mayor esfuerzo para tratar de mantener sus centros de trabajo evitando con ello dejar sin empleo a miles de trabajadores de los cuales depende el sustento de sus familias y economía de las comunidades.

Estas pequeñas empresas que están debidamente constituidas, que cumplen puntualmente con sus obligaciones fiscales, que siempre han actuado en el marco de la ley, que son pequeños negocios establecidos, que pagan sus impuestos, que generan fuentes de trabajo, que cumplen con las prestaciones de ley para sus trabajadores, que potencian la economía y el desarrollo de la comunidad, son atropelladas por la insensibilidad de la burocracia federal.

Esta visión burocrática, tan corta, se contrapone con la visión de largo alcance del presidente Andrés Manuel López Obrador, que ha impulsado los grandes proyectos de infraestructura detonadores del empleo, bienestar y desarrollo en la región sureste del país, que durante décadas fue abandonada y no recibía inversión por parte del Estado.

En la Semarnat pareciera que pretenden aplicar las viejas estrategias de los gobiernos neoliberales, que haciendo uso de la información privilegiada, abusando de su poder y facultades legales, traficando con influencias, recurriendo a tácticas corruptas para desplazar a los empresarios establecidos y con ello beneficiar a otros actores particulares, con la finalidad de apropiarse indebidamente de estos espacios de desarrollo, que en su momento fueron creados, habilitados, acondicionados, tramitado los permisos correspondientes, y arriesgado capital para realizar las inversiones necesarias para poder generar las condiciones adecuadas para establecer pequeños negocios con la rentabilidad suficiente para poder generar fuentes de empleo.

La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal tiene ya más de dos años y en algunos casos tres años, sin resolver, atender o dar respuesta a todos estos trámites que en muchos casos son simples renovaciones de empresas ya constituidas, bien establecidas y que llevaban laborando ya muchos años.

La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ha sido omisa en atender o dar respuesta, a oficio del diputado federal Daniel Gutiérrez enviado desde el pasado 4 de marzo de 2023, sin que a la fecha se haya recibido respuesta, avance, informe o atención alguna, a ninguno de los asuntos planteados correspondientes a trámites sencillos realizados entre 2021 y 2002 por particulares que cumplieron a cabalidad con todos los requisitos en tiempo y forma.

Trámites pendientes

26/ KU-0145/06/22 Solicitud de concesión 14/06/2022

09/KU-0019/11/21 Solicitud de concesión 08/11/2021

26/ KW-0020/03/23 Solicitud de cesión de                                               derechos de la concesión 03/03/2023

09/KU-0055/11/21 Solicitud de concesión  29/11/2021

09/KU-0022/11/21 Solicitud de concesión 08/11/2021

Por las consideraciones anteriormente expuestas someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único .- La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno federal, para que haga público el avance en la atención de diversos trámites, así como dar a conocer las diversas estrategias y acciones implementadas para atender el grave rezago existente y sus respectivos avances estableciendo un plazo para su resolución.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.



EXHORTO A LA SRE, A LA SEGOB Y A LA FGR, A INFORMAR SOBRE LAS RAZONES POR LAS CUALES EL GOBIERNO FEDERAL PROMUEVE UNA POLÍTICA EXTERIOR DE PROTECCIÓN A GOBIERNOS TOTALITARIOS, DAÑANDO LA POSICIÓN DE MÉXICO EN EL MUNDO

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE, a la Segob y a la FGR a informar a la opinión pública sobre las razones por las cuales el actual gobierno federal promueve una política exterior de protección a gobiernos totalitarios, delincuentes y a personas que en el ámbito internacional enfrentan demandas penales, dañando la posición de México en el mundo frente a sus principales socios y aliados y que ha derivado recientemente en la crisis diplomática con el gobierno de Ecuador, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jorge Arturo Espadas Galván, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Gobernación, Fiscalía General de la República a que informen a la opinión pública sobre las razones por las cuales el actual gobierno del señor Andrés Manuel López Obrador promueve una política exterior de protección a gobiernos totalitarios, delincuentes y a personas que en el ámbito internacional enfrentan demandas penales dañando la posición de México en el mundo, frente a sus principales socios y aliados y que ha derivado recientemente en la crisis diplomática con el gobierno de Ecuador, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

“De manera muy extraña hubo elecciones en Ecuador. Iba la candidata de las fuerzas progresistas como 10 puntos arriba. Entonces como 3 o 5 candidatos más ... un candidato que habla mal de la candidata que iba arriba, de repente es asesinado. Y la candidata que iba arriba, se cae. Y el candidato que iba en segundo sube, pero la candidata que queda después de ese asesinato, como sospechosa, sigue haciendo campaña en circunstancias considero, muy difíciles”. ““¿Por qué imagínense todos los medios? Ella sigue y sigue. ¿Qué implementa? La segunda etapa, crear un ambiente enardecido al grado que van los candidatos, y esto lo difunden todos los medios, con chalecos a los debates, pero todo armado; pues no ganó la candidata. Y lo más lamentable es que continúa la violencia que utilizaron nada más en el momento”.

Estas fueron dos de las desafortunadas y vergonzosas declaraciones del presidente López Obrador, titular del Ejecutivo de México, en relación con un asunto totalmente interno de Ecuador. Muy contrario al discurso oficial de este funcionario, en el sentido de exigir a Estados Unidos, España, Europa, Canadá y muchos otros países la no injerencia en asuntos internos de México, el Sr. López lanza a México en una campaña claramente intervencionista y que ha desatado una crisis severa con Ecuador.

Ecuador entonces emite un comunicado de prensa en el que pidió a la embajadora mexicana en ese país, Raquel Serur, abandonar suelo ecuatoriano en un periodo de 72 horas tras ser declarada persona non grata, hecho que llevó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a emitir un comunicado donde se lamentaban los hechos que llevaron al nombramiento de Roberto Canseco como nuevo embajador.

Se suma a todo esto la afrenta directa a las autoridades ecuatorianas por parte del presidente López Obrador quien desde diciembre pasado recibió en calidad de asilo, a Jorge Glas Espinel, un delincuente que en diciembre de 2017 fue condenado a ocho años de prisión por recibir sobornos de la constructora brasileña Odebrecht, en un caso que golpeó a varios gobiernos en América Latina incluido México. Este delincuente también fue vicepresidente de su país bajo el apoyo del expresidente Correa, amigo personal de López Obrador.

Con la escalada de tensiones que el mismo López Obrador promovió, el 5 de abril de este año fue Glas fue detenido por policías ecuatorianos en la embajada de México, donde se encontraba asilado. Los policías también agredieron al embajador mexicano, Roberto Canseco, y a varios trabajadores de la embajada. Tras el asalto, México anunció la ruptura de relaciones diplomáticas con el gobierno ecuatoriano. Si bien es condenable el asalto a la embajada mexicana porque rompe con todos los protocolos de seguridad de un recinto de esta naturaleza, debe comprenderse que la acción, que no se justifica, se entiende como producto de una injerencia directa, manifiesta y clara contra un país sudamericano por parte de López Obrador.

Este no es el único caso en donde a México se le expone vergonzosamente en el mundo como producto de la defensa de dictadores y delincuentes (en proceso o procesados), que el señor López Obrador promueve y apoya no solo contra los intereses de México sino contra los de nuestros principales socios comerciales y aliados políticos.

Caso Evo Morales

Evo Morales fue invitado a México el 10 de noviembre de 2019 por el gobierno de López Obrador (AMLO) no solo como un asilado, sino como un amigo del gobierno mexicano, de similar tendencia política. El canciller, Marcelo Ebrard, lo recibió tan pronto se bajó del avión con trasmisiones en vivo de la prensa y la presencia de algunos simpatizantes. El gobierno mexicano acogió sin reparos la teoría del golpe de Estado en Bolivia, en un giro inesperado de su política exterior y en contradicción de gobiernos como Estados Unidos y Brasil.

Baste recordar los delitos por los que el Señor Evo Morales fue destituido de su cargo como presidente y anuladas las elecciones en las que pretendía un tercer mandato:

- El señor Evo Morales manipuló ilegalmente al Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia para que le permitiera un tercer mandato, cuando la Constitución de ese país prevé solo dos.

- El señor Evo Morales realizó un fraude electoral igual que el de Manuel Bartlett Díaz en las elecciones de México en 1988: cuando Morales iba perdiendo en el conteo rápido, el sistema electoral se “suspendió” y al día siguiente ya Morales iba con 10 por ciento de ventaja. Observadores de las Naciones Unidas determinaron, tras una auditoría solicitada por el mismo gobierno de Bolivia, que hubo un fraude flagrante. Esto obligó al comandante de las Fuerzas Armadas de Bolivia, general Williams Kaliman, sugerir al mandatario que renunciara para desbloquear la crisis política en el país.

- Al mismo tiempo, las fuerzas policiacas se amotinaron contra Evo Morales en todo el país lo cual derivó en una situación de anarquía política y social sin precedentes.

Evo Morales, un delincuente electoral y un criminal político fue recibido por otro en México que lo recibió de la siguiente manera: “Evo es nuestro hermano que representa con dignidad al pueblo mayoritariamente indígena de Bolivia”, dijo López en un discurso en el mismo Zócalo de la Ciudad de México.

Caso Julian Paul Assange

Julian P. Assange es el australiano fundador de WikiLeaks, un sitio dedicado expresamente a robar documentos confidenciales de organismos e instituciones públicas y privadas. Assange fue acusado por el gobierno de Estados Unidos en 2019 de conspiración para cometer delitos informáticos, tras comprobarse que Assange ayudó a la ex analista de inteligencia del ejército estadounidense, Chelsea Manning, a descifrar contraseñas de una computadora clasificada del Departamento de Defensa de Estados Unidos, lo que provocó la filtración de cientos de documentos clasificados como de alta seguridad Nacional.

La cuestión legal principal se centró en dos ámbitos: primero, en si las acciones de Assange constituían un delito según la ley de los Estados Unidos, específicamente la Ley de Abuso y Fraude Informático (CFAA). Segundo, en relación con el acto de espionaje como uno de libertad de prensa, ya que la defensa de Assange sostuvo siempre que sus acciones están conformes con las actividades de los periodistas de investigación en todo el mundo, por lo que el procesamiento infringiría los derechos de la Primera Enmienda.

Lo que fue un hecho incontrovertible es que WikiLeaks estuvo auspiciado y financiado por organismos y gobiernos enemigos de Estados Unidos y sus aliados, lo que llevó a la determinación de que el acto criminal superaba en su intención falsa de encubrirlo bajo el manto de investigación periodística.

Después de ser acusado por varios gobiernos, incluso legalmente como el caso de Suecia, finalmente Assange fue encarcelado por las autoridades británicas que esperan el fallo de la Corte de ese país ante el pedimento de Estados Unidos de su extradición a territorio norteamericano.

Este criminal internacional, recibió en todo momento el apoyo irrestricto de López Obrador llegando incluso a recibir en México, el 20 de abril de 2023, al padre y el hermano de Assange después de ser formalmente imputado de 18 delitos en Estados Unidos. En este contexto, López Obrador indicó junto a sus 2 familiares: “Es un preso político y su caso es un inaceptable agravio a la libertad de expresión”.

Este es un caso más donde López Obrador expresamente manifiesta un apoyo a un criminal internacional en proceso penal.

Caso Cumbre de las Américas

El gobierno de Estados Unidos organizó en Los Ángeles, California, la Cumbre de las Américas los días 6 a 10 de junio de 2022. Además de la Cumbre de Líderes se realizó el Noveno Foro de la Sociedad Civil, el Sexto Foro de Jóvenes de las Américas y la Cuarta Cumbre de CEO de las Américas.

Estados Unidos ya había informado que Cuba, Nicaragua y Venezuela no serían invitados a esa Cumbre por mantener regímenes antidemocráticos y contrarios al espíritu de la reunión.

Ante esta situación, el gobierno de López Obrador decidió que él no iría bajo el argumento de que “Si se excluye, si no se invita a todos, va a ir una representación del gobierno de México pero no iría yo”, dijo el señor López.

Finalmente no asistió a la reunión, indicando oficialmente “No voy a la cumbre porque no se invita a todos los países de América y yo creo en la necesidad de cambiar la política que se ha venido imponiendo desde hace siglos: la exclusión, el querer dominar sin razón alguna, el no respetar la soberanía de los países.”. Tras ratificar la participación del secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubon, como representante de México en la Cumbre de las Américas, el primer mandatario consideró que no invitar a todos los países del continente es continuar la vieja política de intervencionismo y falta de respeto a las naciones y a sus pueblos.

Como en múltiples ocasiones, se limitó la presencia de México en este importante foro hemisférico por defender a naciones con gobiernos autoritarios, antidemocráticos y que no comparten los valores y las instituciones que la Constitución de nuestro país garantiza y promueve. Esta afrenta al gobierno americano fue muy negativa en los medios políticos y empresariales de nuestro principal socio y aliado, al que desairamos por defender dictaduras.

Esta situación obligó al embajador norteamericano, Palacio Nacional, a aclarar que “la unión entre los Estados Unidos y México es para siempre”, ante el serio problema en que López Obrador metió a México con su principal socio y aliado internacional.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Gobernación, Fiscalía General de la República a que informen a la opinión pública sobre las razones por las cuales el actual gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador promueve una política exterior de protección a gobiernos totalitarios y a personas que, en el ámbito internacional, enfrentan demandas penales por distintos delitos en diferentes países, causando grave daño a la imagen de México, afectando los intereses de nuestros principales socios y aliados y que ha derivado recientemente en la crisis diplomática con el gobierno de Ecuador.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de abril de 2024.– Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA SSPC, A LA SEDATU Y A LA CONAGUA, A INFORMAR A LA OPINIÓN PÚBLICA SOBRE EL DÉFICIT EN LAS RESERVAS DE AGUA EN EL PAÍS

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a la SSPC, a la Sedatu y a la Conagua a informar a la opinión pública sobre el déficit en las reservas de agua en el país, particularmente en materia de capacidad de suministro de agua para la Ciudad de México y las acciones que la administración actual está tomando en previsión de una probable escasez de agua, a cargo del diputado Jorge Arturo Espadas Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Jorge Arturo Espadas Galván, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y de la Comisión Nacional de Agua a que informen a la opinión pública sobre el déficit en las reservas de agua en el país, particularmente en materia de capacidad de suministro de agua para la Ciudad de México y las acciones que la administración actual están tomando en previsión de una probable escasez de agua, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En la Sesión 1628 del 30 de enero de este año, el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) reportó, por voz del doctor Humberto Juan Francisco Marengo Mogollón, Subdirector General Técnico que el país vive una preocupante situación en materia de reservas de agua en el país, particularmente en los mantos acuíferos que permiten el suministro en la Ciudad de México.

La maestra Citlalli Elizabeth Peraza Camacho, Directora General de Aguas del Valle de México indicó que la suma de las reservas acuíferas de Villa Victoria, El Bosque y Valle de Bravo, se tenía al 30 de enero un almacenamiento total de 311.5 millones de metros cúbicos correspondientes al 39.8 por ciento del almacenamiento actual del sistema. Esto significa, de acuerdo con el reporte, que el almacenamiento registrado corresponde al 76.8 por ciento del valor histórico dejando un déficit de 37 por ciento en las reservas de agua:

Estos resultados se deben a que no hay registro de lluvias en diferentes periodos en las tres presas, lo que deja un déficit de 100 por ciento en cuanto a precipitación pluvial en varios registros:

Misma situación en la cuenca de Presa Tuxpan:

En lo referente a la precipitación promedio mensual del Sistema Cutzamala, se tiene un registro de 99 por ciento de déficit de lluvias en el sistema:

Como se observa en el reporte de Conagua, el promedio histórico de almacenamiento de agua en las presas que abastecen al Sistema Cutzamala se encuentra por encima del registrado en el 2023. El déficit promedio es considerable si tomamos en cuenta el registro de lo que va en este año, 2024, que está por debajo incluso del año anterior, según el oportuno reporte de la maestra Citlalli Elizabeth Peraza Camacho, Directora General de Aguas del Valle de México:

La gran mayoría de las presas del territorio nacional se encuentra en un rango de déficit de capacidad, de entre 25 por ciento y 50 por ciento, lo cual significa que no hay capacidad real para garantizar el suministro de agua en caso de que este año se presentara una situación desfavorable en materia climática:

A esta situación grave se suma que la precipitación media acumulada en la Ciudad de México fue de 0.70 mm, lo que representa una disminución de 90 por ciento respecto al promedio registrado entre 1981 y 2023 al mes de enero. En el acumulado, se registra un déficit de 83 por ciento en la Cuenca del Valle de México.

Ante esta situación, es probable que la Ciudad de México y el Estado de México pudieran llegar a una situación denominada “día cero” en la cual la demanda de agua comience a superar la capacidad de oferta con base en las reservas actuales. De ser así, se estima que el sistema podría colapsar hacia finales de junio o principios de julio próximo con una recuperación probable hacia el final del tercer trimestre de año y solamente en el caso de que se presentaran lluvias que permitan recuperar la capacidad de almacenamiento del Sistema Cutzamala. Así lo determinó el Organismo de Cuenca y Aguas del Valle de México de la Conagua.

Si se considera que el actual gobierno ha eliminado recursos sustanciales en todas las áreas de la administración federal incluido el Fondo de Desastres Naturales desde octubre de 2020, la capacidad de respuesta del gobierno se presume limitada y sin capacidad operativa.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y de la Comisión Nacional de Agua a que informen a la opinión pública sobre el déficit en las reservas de agua en el país, particularmente en materia de capacidad de suministro de agua para la Ciudad de México y las acciones que la administración actual están tomando en previsión de una probable escasez de agua, y las medidas preventivas en caso de presentarse un posible caso de emergencia nacional por desabasto de agua.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO AL IMPI, A EMITIR LA DECLARACIÓN DE PROTECCIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN CORRESPONDIENTE AL PULQUE DE NANACAMILPA DE MARIANO ARISTA, TLAXCALA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al IMPI a iniciar los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen correspondiente al pulque de Nanacamilpa de Mariano Arista, Tlaxcala, a cargo de la diputada Lilia Caritina Olvera Coronel, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Lilia Caritina Olvera Coronel, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que, en uso de sus atribuciones y facultades, inicie los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen correspondiente al pulque de Nanacamilpa de Mariano Arista, Tlaxcala, bajo las siguientes:

Consideraciones

“En México, el Sistema de Propiedad Industrial protege la elaboración de productos a partir de métodos tradicionales, vinculados a las costumbres de zonas geográficas delimitadas y que se caracterizan por contener una importante carga histórica y cultural; y las indicaciones geográficas, que identifican un producto como originario de una región, localidad o lugar del país, cuando su calidad, reputación u otra característica del producto se deba fundamentalmente a su origen geográfico.”

“La denominación de origen y la indicación geográfica son bienes de dominio del poder público de la Federación y se reconocen a través de una declaratoria de protección emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Por medio de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas, se protegen productos agroalimentarios y manufacturados, tales como las artesanías y las bebidas típicas”.

Entre los elementos que forman la Propiedad Industrial, existen signos distintivos conocidos como denominaciones de origen, las cuales están constituidas por los nombres geográficos de un país, región o lugar concreto y que se han convertido en designación de un producto originario de esa región geográfica, cuyas características y cualidades especiales respecto de otros productos de su misma especie, se deben exclusiva o esencialmente al medio ambiente geográfico y sus factores naturales y humanos. Por consiguiente, estos signos distintivos son también indicaciones de procedencia y de calidad de dichos productos.

Para una mejor definición del concepto “denominación de origen”, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) establece en su artículo 264 que: “Se entiende por denominación de origen, el producto vinculado a una zona geográfica de la cual éste es originario, siempre y cuando su calidad, características o reputación se deban exclusiva o esencialmente al origen geográfico de las materias primas, los procesos de producción, así como los factores naturales y culturales que inciden en el mismo”.

También prevé en el segundo párrafo de este artículo que, una vez emitida la declaratoria de protección de una denominación de origen, ésta deberá contar con una Norma Oficial Mexicana específica.

Además, la LFPPI regula la protección a la denominación de origen e indicación geográfica, y establece el proceso a seguir para el trámite de la Declaración de Protección. En su artículo 267 estipula que la protección que concede a la denominación de origen e indicación geográfica, se inicia con la declaración que al efecto emita el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

Este ordenamiento también especifica en su artículo 268 que, las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas son bienes nacionales y solo podrán usarse mediante la autorización que expida el Instituto. Además, faculta al IMPI ejercer las acciones de protección y defensa de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas.

Por otro lado, en el artículo 273 la LFPPI establece que la declaración de protección de una denominación de origen o indicación geográfica, se hará de oficio o a petición de diversas instancias, una de ellas, de acuerdo a la fracción V de este precepto, son las Cámaras del Congreso de la Unión, siempre y cuando la propuesta haya sido aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes.

En ese sentido, la protección que brindan las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas es fundamental para salvaguardar el patrimonio nacional y representan una oportunidad para reconocer su riqueza originaria a nivel nacional e internacional.

Es importante resaltar que las denominaciones de origen bien aplicadas pueden favorecer el desarrollo humano local o regional, gracias a una renta de notoriedad, la acción colectiva de los productores y también favorece la reapropiación de un patrimonio cultural y la combinación de los actores de la cadena productiva.

De acuerdo con el gobierno federal, nuestro país tiene 18 denominaciones de origen: Ámbar de Chiapas, Arroz de Morelos, Bacanora, Cacao Grijalva, Café de Chiapas, Café Veracruz, Café Pluma y Charanda de Michoacán. A ellas se suman el chile de Yahualica, chile habanero de Yucatán, mango ataulfo del Soconusco, Chiapas, mezcal, olinalá, raicilla, sotol, talavera, tequila y vainilla de Papantla.

 “La protección de las denominaciones de origen constituye un reconocimiento a la existencia de ciertos productos que gozan de características propias, que los dotan de una calidad superior, las cuales son esencialmente atribuibles al lugar del que proceden, considerando tanto las particulares condiciones naturales presentes en ese lugar como la utilización de ciertas técnicas tradicionales de producción o extracción. Es esta diferenciación construida socialmente y que justifica la protección de las denominaciones, la que exige una vinculación entre el producto y una región geográfica determinada”.

El Municipio de Nanacamilpa de Mariano Arista es uno de los 60 municipios en que se encuentra dividido el estado de Tlaxcala, su nombre quiere decir “campo sobre los hongos” o en la “cementera de los hongos”, cuenta con bellas construcciones que datan del siglo XIX, como el Templo de San José, la Hacienda Ixtafiayuca, la Hacienda San Cayetano y la Hacienda Santa Cruz Tepozontitla.

De acuerdo con el sitio de internet escenariotlx.com, Nanacamilpa, con sus raíces prehispánicas, ha sido clave en la producción de pulque. A lo largo de los años, esta bebida ha desempeñado un papel vital en ceremonias y festividades, conectando a la comunidad con sus tradiciones. Los productores locales trabajan para mantener viva la autenticidad de este elixir, preservando la esencia de su sabor tradicional.

El proceso de elaboración de esta bebida comienza con la extracción de la savia de la planta de maguey, que ha sido previamente castrada para interrumpir el crecimiento del quiote. Este corte se realiza cuando el agave ha alcanzado la madurez, después de un periodo que oscila entre 7 y 15 años. Se realiza una perforación en el corazón del maguey, raspándolo para permitir que el líquido fluya. Durante aproximadamente seis meses, antes de que el agave se seque, el aguamiel fluye y se recolecta dos veces al día, tanto en la mañana como en la tarde.

En esta página de Internet se explica claramente cómo este proceso es llevado a cabo por el tlachiquero, quien utiliza un guaje alargado y hueco conocido como acocote, que tiene pequeñas perforaciones en sus dos extremos. El tlachiquero coloca un extremo del acocote en su boca para succionar el aguamiel, y a continuación lo vierte cuidadosamente en un cántaro de cerámica, en un barril de madera o en un cuero de borrego o de cabra para transportarlo. Cabe señalar que “los tlachiqueros son los encargados de extraer el aguamiel del maguey para la fermentación del pulque. Este oficio se practica desde la época prehispánica y continúa vigente en algunos pueblos pulqueros de Tlaxcala, Hidalgo y Estado de México”.

Según el tamaño del maguey, puede producir entre 250 y 350 litros de aguamiel en su vida productiva, finalmente se coloca en el tinacal, donde se fermentará el aguamiel y se obtendrá el pulque. Además de esta valiosa información sobre el proceso de elaboración del pulque de Nanacamilpa, en la página web se informa sobre la ruta del pulque en esta localidad, y se menciona que es posible visitar los campos de maguey y conocer el proceso en persona de la producción de esta bebida, además de tener la oportunidad de disfrutar del aguamiel y conocer los mitos que hay detrás de esta bebida en Tlaxcala.

Por otro lado, la Feria de San José y El Pulque se realiza en el mes de marzo en el municipio de Nanacamilpa, Tlaxcala. El 19 de marzo se festeja al Santo Patrono del lugar: San José y se inicia nueve días antes con el llamado novenario. Durante los días de feria se presentan diversas exposiciones en la parte frontal de la presidencia municipal. En la plaza principal se hace una exposición sobre la cultura del pulque y sus derivados, esta es montada por los principales productores de la región, que además regalan algunos de sus productos a los visitantes, así como el pulque natural o curado de las industrias establecidas en el municipio.

Nanacamilpa, conocido por sus campos de maguey y su tradición pulquera, se prepara para recibir a visitantes de todo México y más allá. La Feria de San José y el Pulque es una celebración que rinde homenaje a la rica herencia cultural y agrícola de la región, así como a la tradición religiosa que ha perdurado a lo largo de los años. El evento se lleva a cabo en las pintorescas calles de Nanacamilpa, donde los colores y aromas característicos de la feria se mezclan para crear un ambiente festivo. Los puestos de comida y artesanías locales ofrecen una amplia variedad de productos que reflejan la autenticidad y la identidad de la región.

El pulque, el elixir tradicional extraído del aguamiel del maguey, es el protagonista indiscutible de la feria. Los productores locales exhiben sus mejores variedades, desde el pulque natural hasta las mezclas más innovadoras y sabores autóctonos. Los visitantes tienen la oportunidad de degustar y aprender sobre el proceso de elaboración de esta bebida ancestral que ha sido parte integral de la cultura mexicana durante siglos.

En este orden de ideas, el objetivo de la presente proposición con punto de acuerdo es exhortar al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que, en uso de sus atribuciones y facultades, inicie los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen correspondiente al pulque de Nanacamilpa de Mariano Arista, del estado de Tlaxcala.

Según los abogados especialistas en la materia, “la denominación de origen también es una herramienta fundamental para que un país proteja a sus productos de la competencia desleal realizada a través de imitaciones, falsificaciones o adulteraciones. Es indudable que todos los productos con denominación de origen llevan en sí una garantía de venta, pues el público consumidor sabe que el estar respaldado por esa indicación de procedencia implica un riguroso control de calidad”.

Es por todo lo anterior, que someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para que, en uso de sus atribuciones y facultades, inicie los estudios y trámites necesarios a efecto de emitir la declaración de protección de la denominación de origen correspondiente al pulque de Nanacamilpa de Mariano Arista, Tlaxcala.

Notas

1 Información recuperada de:

https://www.gob.mx/impi/acciones-y-programas/servicios-que-ofrec e-el-impi-marcas-denominaciones-de-origen-e-indicaciones-geograficas?state=publ ished

2 Información recuperada de:

https://www.gob.mx/agricultura/prensa/mexico-con-potencial-para- impulsar-denominaciones-de-origen-e-indicaciones-geograficas-agricultura

3 Arancibia Obrador, María José (2016). La importancia de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas para la identidad país. Revista Iberoamericana de Viticultura, Agroindustria y Ruralidad, vol. 3, núm. 8, pp. 267-283, Universidad de Santiago de Chile. Recuperado de:

https://www.redalyc.org/journal/4695/469546449013/html/

4 Información recuperada del sitio:

https://escenariotlx.com/pulque-en-nanacamilpa-tlaxcala-bebida-a ncestral/

5 Consultado en:

https://www.larutadelagarnacha.mx/quienes-son-los-tlachiqueros/

6 Información recuperada del sitio:

https://www.dondehayferia.com/feria-de-san-jose-y-el-pulque-nana camilpa-2024

7 Recuperado del sitio:

https://forojuridico.mx/denominaciones-de-origen-y-su-legislacio n-en-mexico/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada Lilia Caritina Olvera Coronel (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para dictamen.



SE REVISE Y DIAGNOSTIQUE EL ESTADO DE LAS CASETAS FIJAS Y MÓVILES QUE INTEGRAN LA RED DE MONITOREO DE LA CUENCA ATOYAC-ZAHUAPAN, EN PUEBLA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Puebla a revisar y diagnosticar para conocer el estado de las casetas fijas y móviles que integran la red de monitoreo de la cuenca Atoyac-Zahuapan y planteen un programa de rehabilitación para su óptimo funcionamiento, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, diputado Juan Carlos Natale López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Actualmente, se observa una disminución preocupante en materia de la disponibilidad de agua a nivel global, nuestro país se encuentra en la región con mayor estrés hídrico del continente americano, incluso, por encima de Estados Unidos de América, que concentra el mercado más grande del planeta.

Recientemente se ha registrado un aumento en la temperatura por encima del pronosticado, redundando en un estiaje prolongado y de mayor intensidad, así como en una pérdida de masa forestal por incendios, que ha sido la mayor registrada en las últimas dos décadas.

Fenómenos cómo los mencionados, urgen a implementar acciones de seguridad hídrica que garanticen la supervivencia de ecosistemas y la disponibilidad del vital recurso, tales como la rehabilitación de cuerpos de agua, saneamiento de las cuencas y lagos y la recuperación de masa forestal en las cuencas.

Los recursos hidrológicos con que cuenta el estado de Puebla incluyen fuentes de agua superficial y subterránea. Entre las primeras, se cuentan los ríos, arroyos y cuerpos de agua, como son lagos y presas. Las fuentes de agua subterránea comprenden el agua que se infiltra y se almacena en los materiales porosos y permeables del subsuelo. El agua subterránea puede circular lentamente a través de estos materiales y, eventualmente, aflorar a la superficie en forma de manantiales.

El territorio estatal se encuentra sobre las cuencas hidrográficas RH-18, RH-26, RH-27, y RH-28, mismas que dan cobertura a más del 51 por ciento de la superficie de la entidad, ello nos habla de la riqueza hídrica con que cuenta el estado, sin embargo, los niveles de contaminación actuales refieren una baja probabilidad de aprovechamiento dado el estado de las aguas.

La cuenca del Alto Atoyac, o la cuenca del Atoyac-Zahuapan nace de las escorrentías y el deshielo de los Volcanes Iztaccíhuatl-Popocatépetl que conforma la Cuenca del Alto Atoyac junto con el Río Zahuapan del estado de Tlaxcala.

El río Zahuapan nace de las escorrentías de los Cerros el Mirador y el Campanario en la sierra de Tlaxco y Tlaxcala y se complementa de los escurrimientos de la Malinche.

En el año 2009 se realizó un estudio por el IMTA (Instituto Mexicano de Tecnología del Agua), debido a que los altos niveles de contaminación requerían una norma de descargas más estricta que la NOM-001-SEMARNAT-1996, por lo que era necesario actualizarlos y modificar dicha normatividad.

En el año 2011, a través de la “Declaratoria de Clasificación de los Ríos Atoyac y Xochiac o Hueyapan y sus afluentes”, se divide al río para su estudio en 6 diferentes zonas de acuerdo al grado de contaminación, contemplando los 70 municipios que conforman la Cuenca, 22 en el estado de Puebla, y 48 del estado de Tlaxcala

En el estado de Puebla se trata de los siguientes municipios: Amozoc, Calpan, Chiautzingo, Coronango, Cuautlancingo, Domingo Arenas, Huejotzingo, Juan C. Bonilla, Ocoyucan, Puebla, San Andrés Cholula, San Felipe Teotlalcingo, San Gregorio Atzompa, San Jerónimo Tecuanipan, San Martín Texmelucan, San Matías Tlalancaleca, San Miguel Xoxtla, San Pedro Cholula, San Salvador el Verde, Tlahuapan, Tlaltenango y Tzicatlacoyan.

En la Cuenca del Alto Atoyac en el estado de Puebla están asentados 16 parques industriales; Quetzalcóatl, Complejo Petroquímico Independencia, San Miguel y el Carmen, Huejotzingo, Ciudad Textil, Xoxtla, Colonia Manantiales,

Cuautlancingo, Volkswagen, Bralemex y Finsa, Carretera Fábricas, San Jerónimo, 5 de mayo, Resurrección, Puebla 2000 y Chachapa.

Derivado de este estudio, se creó un plan rector para la gestión de la necesaria tarea de saneamiento del río Atoyac, del cual se desprenden diversas acciones de monitoreo y una de ellas es la instalación de una red de monitoreo con alta tecnología y que pudiera arrojar en tiempo real los datos sobre contaminantes y la cantidad de ellos por las características de las descargas en aquel momento.

Esta red de monitoreo existe y se encuentra subutilizada, por lo que es necesario habilitar y aprovechar dicha estructura que fue adquirida con presupuesto de la federación, para así conocer el estado y necesidades de la cuenca y contar con los elementos técnicos y bioquímicos que permitan plantear el saneamiento puntual por etapas como se hubo establecido en dicho plan rector.

Por lo anterior expuesto, se propone el siguiente.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno del estado de Puebla para que se realicen la revisión y diagnóstico para conocer el estado que guardan las casetas, fijas y móviles, que integran la red de monitoreo del Atoyac-Zahuapan y, con base en ello, planteen un programa de rehabilitación para su óptimo funcionamiento y así contar con una herramienta de alto valor tecnológico que coadyuve con los planes de saneamiento de la cuenca del Alto Atoyac.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputado Juan Carlos Natale López (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen.



EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD, A PUBLICAR LA INFORMACIÓN SOBRE LOS RIESGOS SANITARIOS DEL MEDICAMENTO DAPOZA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a públicar la información sobre los riesgos sanitarios del medicamento Dapoza y su estado actual de compra y distribución en el país, a cargo de la diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Los medicamentos son esenciales para la salud de las personas, contribuyen a crear sociedades más saludables y con una mejor calidad de vida. Los medicamentos son herramientas eficaces, sin embargo, si un medicamento se prescribe erróneamente, se toman de forma incorrecta o son medicamentos de mala calidad pueden causar graves daños en la salud e incluso la muerte.

La Organización Mundial de la Salud ha registrado anualmente más de 700 mil defunciones por el consumo de fármacos ilícitos, dichos medicamentos suelen fabricarse en malas condiciones, sin la higiene adecuada y sin la supervisión de personal calificado, de ahí que, pueden contener impurezas desconocidas o incluso estar contaminadas por bacterias, lo cual puede ocasionar daños a la salud, agravar padecimientos o desencadenar otras enfermedades.

Además, según la Organización Mundial de la Salud la tercera parte de la población mundial no tiene acceso a medicamentos esenciales para su salud y aunque parecen dos problemas distintos, no son más que dos caras del mismo problema. En México el desabastecimiento de medicamentos se agudizó desde el impacto del covid 19, situación que sigue incrementando, debido a que las estrategias para combatir el desabasto se han visto permeadas por actos de corrupción.

En consecuencia, de los problemas y las denuncias por de-sabasto de medicamentos en instituciones públicas, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) registró que sus alertas por robo, falsificación y adulteración de medicamentos se incrementaron de 4 a 46 del 2018 a 2022, y el 2024 apunta ser un año con focos de alerta por el aumento de infecciones respiratorias y diversos tipos de enfermedades.

La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios es la autoridad regulatoria en México y es la encargada de proteger a los ciudadanos contra los riesgos sanitarios, responsable de la aprobación de nuevos medicamentos e informar al público y emitir alertas sanitarias sobre los riesgos asociados a medicamentos específicos que han sido robados y falsificados.

Así pues, el 8 de enero de 2024, Cofepris emitió una alerta sobre la comercialización sin registro sanitario de productos Dapoza, HIYADAP y DAPAFLOZIN 10 que contienen Dapagliflozina en 10 mg, los cuales al no estar autorizados por Cofepris representan un riesgo a la salud, pues no cuentan con estudios que garanticen su calidad, seguridad y eficacia; señalando además, el desconocimiento de las materias primas (ingredientes) y las condiciones del proceso de fabricación, por lo que la comisión recomienda no utilizar los productos Dapoza, HIYADAP, DAPAFLOZIN 10, con cualquier número de lote y fecha de caducidad.

En ese sentido, el pasado 20 de marzo mediante la publicación “El IMSS está dando medicamento no aprobado por la Cofepris” de la autora Vero Teigeiro realizada a través de redes sociales, se dio a conocer una investigación en la que se documenta una serie de irregularidades del medicamento “Dapoza” (dapagliflozina) el cual está siendo distribuido en farmacias del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). De acuerdo con la investigación, dicho medicamento proveniente de la India, ha ingresado al país sin registro sanitario e ignorando la alerta sanitaria previa emitida por Cofepris, señalando también, que el fármaco a los costados de su caja, incluye una etiqueta con el nombre de la empresa “Proveglia SA de CV” y con un número de registro sanitario no correspondiente al medicamento, ya que “Dapoza” es comercializado por “Grupo Farmacéutico Internacional Gamalop”, una aparente empresa fantasma, con una dirección no encontrada en Miahuatlán, Puebla, que además en Noviembre de 2023 Cofepris incluyó en la lista de distribuidores irregulares.

Así pues, en respuesta a la investigación publicada, el 24 de marzo Cofepris emitió una tarjeta informativa respecto al medicamento antidiabético dapagliflozina, de nombre Dapoza, en la cual expone que, mediante un mecanismo regulatorio publicado el 28 de enero de 2020, se amplían las posibilidades de cumplir el abasto nacional de medicamentos, permitiendo que el sector público acceda a insumos de manera pronta, al permitir la importación inmediata aunque no cuenten con un registro en el país; teniendo como requisito que el insumo cuente con un registro sanitario de una autoridad regulatoria que cuente con un nivel de rigor analítico equiparable con Cofepris, entre las que se encuentran la Agencia Europea de Medicamentos (EMA, por sus siglas en inglés), Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés), la Agencia Suiza de Productos Terapéuticos (Swissmedic), la Administración de Productos Terapéuticos de Australia (TGA, por sus siglas en inglés) y el Ministerio de Salud de Canadá (Health Canada), entre otras. Señalando que esta medida de importación inmediata tiene carácter temporal, ya que el acuerdo publicado establece que el importador debe someter su solicitud de registro en México, por lo cual no está exento de cumplir la legislación sanitaria vigente.

Sin embargo, es importante señalar que el mecanismo regulatorio al que hace referencia Cofepris, no atiende ni subsana la evidente contradicción sobre la alerta sanitaria vigente para el medicamento de nombre “Dapoza”, pues si bien se pueden encontrar en México registros sanitarios únicamente para la dapagliflozina fabricada por “AstraZeneca Pharmaceuticals LP”, a la fecha, “Dapoza” sigue sin cumplir con estudios que garanticen su calidad, seguridad y eficacia, además de mantener en calidad de desconocido, el contenido de las materias primas (ingredientes) y las condiciones del proceso de su fabricación, conforme a la información emitida por la misma Cofepris.

Adicionalmente, en una investigación complementaria de la autora Vero Teigeiro, se evidencia la falta de algún registro sanitario por parte de alguna de las “44 agencias regulatorias con equivalencia” conforme al Acuerdo publicado el 28 de enero de 2020, por lo que el ingreso del medicamento “Dapoza” a México, no se encontraría bajo la regulación del Acuerdo, y por ende, siendo distribuido y suministrado apacientes del IMSS, en contravención a la legislación sanitaria.

Conforme al artículo 222 de la Ley General de Salud, se establece que:

“La Secretaría de Salud sólo concederá la autorización correspondiente a los medicamentos, cuando se demuestre que éstos, sus procesos de producción y las sustancias que contengan reúnan las características de seguridad, eficacia y calidad exigidas, que cumple con lo establecido en esta ley y demás disposiciones generales, y tomará en cuenta, en su caso, lo dispuesto por el artículo 428 de esta ley.

Para el otorgamiento de registro sanitario a cualquier medicamento, se verificará previamente el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación y del proceso de producción del medicamento, así como la certificación de sus principios activos. Las verificaciones se llevarán a cabo por la Secretaría o sus terceros autorizados o, de ser el caso, se dará reconocimiento al certificado respectivo expedido por la autoridad competente del país de origen, siempre y cuando existan acuerdos de reconocimiento en esta materia entre las autoridades competentes de ambos países.”

Por lo que es de suma importancia, el que la autoridad sanitaria proporcione información detallada sobre la situación que guarda el medicamento “Dapoza” en relación a sus riesgos sanitarios, además de realizar un seguimiento médico de las personas a las que les fue administrado este fármaco. Así como de entregar informes sobre el estado de las compras efectuadas del medicamento “Dapoza” y las acciones administrativas correspondientes para sancionar las posibles irregularidades cometidas.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente Proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud para que, con base en sus atribuciones legales, haga pública la información sobre los riesgos sanitarios del medicamento “Dapoza” y su estado actual de compra y distribución en el país; asimismo, dar seguimiento médico a aquellas personas que les fue prescrito dicho fármaco, emprendiendo las acciones administrativas correspondientes para sancionar, en el ámbito de sus competencias, las posibles irregularidades cometidas en el ingreso y distribución del medicamento.

Notas

1 OMS. (2022) “La OMS pide que los países actúen urgentemente para lograr la medicación sin daño”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://www.who.int/es/news/item/16-09-2022-who-calls-for-urgent -action-by-countries-for-achieving-medication-without-harm

2 Medix. “Riesgos de comprar medicamentos en establecimientos no autorizados”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://medix.com.mx/sobrepeso-obesidad/medicamentos-no-autoriza dos/

3 Universidad Loyola Andalucia. (2018). “Salud pública y acceso a los medicamentos”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://arxiv.org/ftp/arxiv/papers/1901/1901.02384.pdf

4 Calderón, M. (2024) “El desabasto de medicamentos en México: consecuencia de una mega negligencia”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://serendipia.digital/salud/desabasto-de-medicamentos-en-me xico/#:~: text=Para%20el%2012%20de%20enero,muestra%20el%20informe%20de%20Birmex

5 Chávez, V. (2023) “Desabasto de medicamentos dispara en COFEPRIS las alertas por robo, falsificación y adulteración”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2023/07/31/desabasto-de -medicamentos-dispara-en-cofepris-las-alertas-por-robo-falsificacion-o-adultera cion/

6 Secretaria de Salud. (2024) “Alerta Sanitaria”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/879498/Alerta_san itaria_de_Dapoza_HIYADAP_DAPAFLOZIN10_08012024.pdf

7 Teigeiro, V. [@Veroteigeiro]. (20 de marzo de 2024). Medicamento sin registro de Cofepris en las farmacias del IMSS. [Video] Tik Tok.

https://www.tiktok.com/@veroteigeiro/video/734859078 5731824902?is_from_webapp=1&sender_device=pc&web_id=7352692643807233542

8 COFEPRIS [@COFEPRIS]. (24 de marzo de 2024). CofeprisInforma y precisa respecto a publicación en redes sociales señalando que el @Tu_IMSS está dando medicamento no aprobado por Cofepris. [Imagen]. X. Disponible en Internet:

https://twitter.com/COFEPRIS/status/1771983468320207152?t=oX7CNp mvNod_SV7DnV0Brw&s=19

9 Teigeiro, V. [@VeroTeigeiro]. (25 de marzo de 2024). Seguimiento del IMSS dando medicamentos sin registro:. [Imagen]. X. Disponible en Internet:

https://twitter.com/VeroTeigeiro/status/1772427113351512251?t=OF l9B2JAwov2H1fOdCCa0Q&s=19

10 DOF (2020). Acuerdo por el que se reconocen como equivalentes los requisitos establecidos en los artículos 161 Bis, 167, 169, 170 y 177 del Reglamento de Insumos para la Salud y... . Disponible en Internet:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585043&fecha =28/01/2020#gsc.tab=0

11 Coronel, M. (2024) “La investigación de Teigeiro y el antidiabético irregular en el IMSS”. [En Línea] Disponible en Internet:

https://www.eleconomista.com.mx/opinion/La-investigacion-de-Teig eiro-y-el-antidiabetico-irregular-en-el-IMSS-20240324-0082.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.



EXHORTO A LA SRE, A PRONUNCIARSE ANTE LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS DE PONER UN ALTO INMEDIATO AL FUEGO EN LA FRANJA DE GAZA

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a pronunciarse públicamente ante la resolución emitida por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas de poner un alto inmediato al fuego en la Franja de Gaza, a cargo de la diputada Vania Roxana Ávila García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Vania Roxana Ávila García, integrante del Grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y en el artículo 79, numeral 1, Fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de está soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El sábado 7 de octubre de 2023, Hamás el grupo islamista y terrorista, lanzó un ataque de cohetes a gran escala contra Israel. Hamás derribó la valla fronteriza entre la Franja de Gaza, en Palestina, e Israel infiltrándose por cielo, mar y tierra. Los primeros ataques dejaron más de 1,100 muertos y alrededor de 250 secuestrados israelíes. En consecuencia, Israel, bajo el principio de la “legítima defensa”, comenzó una contraofensiva al grado de llegar, a seis meses de iniciada la guerra, al genocidio contra la población civil palestina.

El ejército de Israel se ha adentrado en el territorio de la Franja de Gaza, en dónde sus ataques no distinguen entre integrantes de Hamás y la población civil palestina, pues su ofensiva continuamente incluye bombardeos a hospitales, refugios, escuelas, incluso ha bloqueado el suministro de agua y de la electricidad y no permite que se entregue algún tipo de ayuda. Esto ha desencadenado en una crisis humanitaria en la población palestina. Al jueves 28 de marzo de 2024, se tiene un registró de que los ataques de Israel a Palestina han dejado 32,845 muertos.

El 24 de noviembre de 2023, se logró una primera tregua que se extendió hasta el 1 de diciembre. Esta tregua fue posible gracias al intercambio de rehenes que realizaron ambas partes, empero al finalizar el alto de las hostilidades a principios de año, los ataques continuaron e inclusive se incrementaron. Desde entonces, han existido diversas iniciativas para finalizar el conflicto por parte de la comunidad internacional, pero no tuvieron éxito por falta de apoyo, principalmente por parte de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

No obstante, el pasado lunes 25 de marzo, el Consejo de Seguridad aprobó por mayoría, con la abstención ahora únicamente de los Estados Unidos, una resolución que exige un alto al fuego inmediato en la Franja de Gaza durante el mes del Ramadán. Asimismo, la resolución exige la liberación inmediata e incondicional de todos los rehenes, así como la garantía de acceso humanitario para atender sus necesidades médicas y otras carencias y que las partes cumplan las obligaciones que les impone el derecho internacional en relación con todas las personas que detengan.

Si bien, la resolución busca parar el conflicto por un mes, este es el primer paso para finalizar el enfrentamiento por completo.

México se ha caracterizado por ejercer históricamente sus principios de política exterior, pero también por distinguirse como un país que vela por los derechos humanos. No debe de olvidarse el accionar del diplomático mexicano Gilberto Bosques Saldívar quien ayudó a más de 40 mil refugiados de distintas nacionalidades a escapar del nazismo.

Hoy, México tiene la oportunidad de impulsar la paz en la Franja de Gaza a través del apoyo a la resolución del Consejo de Seguridad y dejar de lado la imparcialidad, pues en estos momentos la paz duradera solo se logrará a través de acciones concretas como la presión internacional que se pueda lograr, acompañada del exhorto a la protección de los derechos humanos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que reconozca y se pronuncie públicamente ante la resolución emitida por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas de poner un alto inmediato al fuego en la Franja de Gaza y la liberación inmediata e incondicional de todos los rehenes.

Notas

1 El País. (1 de abril de 2024). El Ministerio de Sanidad de Gaza eleva a 32,845 el número de muertos en la ofensiva israelí. El País. Recuperado el 1 de abril de 2024 en

https://elpais.com/internacional/2024-04-01/la-guerra-entre-isra el-y-gaza-en-directo.html

2 Naciones Unidas. (2024). Israel-Palestina: El Consejo de Seguridad aprueba una resolución que pide alto el fuego durante el mes del Ramadán. Recuperado el 1 de abril de 2024 en

https://news.un.org/es/story/2024/03/1528586

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 9 días del mes de abril de 2024.– Diputada Vania Roxana Ávila García (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.



EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE, A TRAVÉS DE LA COFEPRIS, SE AGILICE LA APROBACIÓN DE LOS SUSTITUTOS DEL GLIFOSATO PARA ASÍ PROHIBIR SU IMPORTACIÓN

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a que, a través de la Cofepris, agilice la aprobación de los sustitutos del glifosato para así prohibir la importación de este, a cargo de la diputada María Teresa Madrigal Alaniz, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada María Teresa Madrigal Alaniz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 6, numeral 1 fracción I; y 79 del reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que se exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, agilice la aprobación de los sustitutos del glifosato para así prohibir la importación de este último, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Las abejas representan con su sola presencia, uno de los pilares de los ecosistemas, y solo la importancia de las corrientes oceánicas constituye el otro pilar que sostiene la existencia de la biosfera. Las abejas sustentan la polinización de la fauna verde en un porcentaje mayor, compartiendo el trabajo de esta tarea con algunas aves. Los efectos del cambio climático hacen que toda la vida en la tierra se mantenga en peligro constante, por otra parte, las pérdidas de los ciclos del agua y, la posibilidad de que las inactividades de las corrientes oceánicas causen un apocalipsis climático son altamente probables, todo ello hace que la amenaza por el calentamiento global aporta a un futuro próximo envuelto en hambre y devastación.

Los efectos de los herbicidas son algunos de los factores que más afectan la existencia de especies de todo tipo entre ellas a los insectos, de estos, las abejas son algunos de los más afectados por estas sustancias herbicidas.

El glifosato produce en las abejas un efecto a mediano plazo pues, ataca directamente microbioma intestinal en estos insectos, dejándolas expuestas a enfermedades y otros impactos nocivos. Existe afectación a huevas, larvas y pupas de las abejas. Por ejemplo, las crías que comen alimentos contaminados con glifosato retrasan el desarrollo y reducen su peso.

La termorregulación de las abejas se pierde y con ello se presenta una disminución de la colonia de manera indirecta, ejemplo de esto es el ejemplo que observamos en los abejorros expuestos a bajas dosis de glifosato.

La reproducción de las colmenas se ve reducida y además afecta habilidades de exploración y búsqueda de alimento, la navegación en vuelo, esto en dosis muy bajas, cuando ataca su sistema nervioso, esto lleva a cambiar el comportamiento debilitando el comportamiento que asegura la de supervivencia de la colonia.

El glifosato reduce la percepción de las abejas por el néctar, por lo tanto, el aprendizaje elemental y la retención de la memoria a corto plazo tienen una disminución importante.

Los coformulantes son sustancias tóxicas y que acompañan la aplicación del glifosato. La toxicidad de estos aditivos no se evalúa adecuadamente ni solos ni en combinación con los demás componentes del plaguicida, lo que crea una bomba química con resultados devastadores para el campo mexicano.

El Glifosato es indudablemente uno de los herbicidas que mayores problemas causan al entorno y a la salud de las personas que, de alguna manera consumen productos del campo que se encontraron en contacto o fueron producidos con el uso de herbicidas.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) del 13 de febrero de 2023 publicó el decreto presidencial en el que se condicionaba la abstención de otorgar autorizaciones y la revocación de registros para la importación de estas sustancias, dicho decreto debió entrar en vigor el 31 de marzo, lo cual fue detenido por un comunicado conjunto, de las Secretarías de Economía (SE), de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) en el cual declaran; que “aún no se han concretado las condiciones para sustituir el uso del glifosato en la agricultura mexicana”.

Sin embargo, la intervención de estas secretarías y dependencias es lo único que puede hacer viable la aprobación de la importación de los sustitutos que se mencionan, con lo que llegamos a la conclusión de que falta voluntad y trabajo por parte de los directores de estas instituciones.

A tres puntos clave: mantener la producción agrícola, disminuir el posible impacto por la sustitución de la sustancia, así como contar con las alternativas, prácticas agroecológicas y saludables, que permitan prescindir completamente del herbicida. Este último continúa en proceso.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene entre sus facultades, la aprobación de los sustitutos herbicidas necesarios para que el Ejecutivo federal reactive la prohibición de la importación del Glifosato en cualquier presentación comercial, para así librar al territorio mexicano de estos productos químicos que tanto afectan a la vida en mayor o menor nivel y que, además causa afectaciones difíciles de reparar a nivel ambiental en muchos años.

Por lo tanto y con base en los argumentos expuestos, es que someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, agilice la aprobación de los sustitutos del glifosato para así prohibir la importación de este último.

Notas

1 https://www.unep.org/es/noticias-y-reportajes/reportajes/por-que-las-abejas-son -esenciales-para-las-personas-y-el-planeta

2 https://conahcyt.mx/cibiogem/images/cibiogem/comunicacion/publicaciones/abejas_ _agrotoxicos.pdf

3 https://www.dof.gob.mx/index_113.php?year=2023&month=02& day=13#gsc.tab=0

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de abril de 2024.– Diputada María Teresa Madrigal Alaniz (rúbrica).»

Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.