SUMARIO
Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que informa el turno que corresponde a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del miércoles 17 de abril de 2024, de conformidad con los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
De la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 26 de octubre de cada año como Día Nacional Contra la Ansiedad. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
De la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de programas de prevención contra la ansiedad y depresión. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de salud mental. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Salud, para opinión
Del diputado Omar Francisco Gudiño Magaña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
De la diputada Carolina Beauregard Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al INE y a la Fepade, a garantizar el sufragio universal, libre, secreto y directo de las y los ciudadanos en el proceso electoral federal y concurrentes 2023-2024. Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen
De la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo en materia de infraestructura y mantenimiento de alumbrado público en los municipios del Estado de México para reducir los niveles de inseguridad. Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen
De la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo en materia de recuperación de escuelas de tiempo completo. Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen
De la diputada Krishna Karina Romero Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la Conafor y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a realizar las acciones administrativas y presupuestales que fortalezcan las tareas y programas de prevención, control y combate de incendios forestales que se susciten el país. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
De la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al Sistema Nacional de Salud y al Sistema Nacional DIF, a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la nutrición y sana alimentación de niñas, niños y adolescentes, con enfoque diferenciado a la primera infancia. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
De la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a asegurar la disponibilidad de vacunas contra el sarampión para niñas, niños y adolescentes. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SEP, a implementar campañas de concientización del sedentarismo y de activación física en todos los niveles educativos básicos del país. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
Del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Puebla, a que convoque e integre los gobiernos municipales de Puebla capital, Cuautlancingo, Ocoyucan, San Pedro y San Andrés Cholula a postularse como anfitriones del Día Mundial Metropolitano 2024. Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO Y PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Con fundamento en los artículos 100, numeral 1, y 102, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se informa a la honorable asamblea los turnos dictados a diversas iniciativas con proyecto de decreto y proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día del 17 de abril de 2024 y que no fueron abordadas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2024.– Diputada Marcela Guerra Castillo (rúbrica), presidenta.»
«Iniciativas con proyecto de decreto
1. De decreto, por el que se declara el 26 de octubre de cada año como Día Nacional Contra la Ansiedad, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
2. Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de programas de prevención contra la ansiedad y depresión, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
3. Que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Salud, para opinión.
4. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por el diputado Omar Francisco Gudiño Magaña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.
Proposiciones con punto de acuerdo
1. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE y a la Fepade, a garantizar el sufragio universal, libre, secreto y directo de las y los ciudadanos en el proceso electoral federal y concurrentes 2023-2024, a cargo de la diputada Carolina Beauregard Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.
2. Con punto de acuerdo, en materia de infraestructura y mantenimiento de alumbrado público en los municipios del estado de México para reducir los niveles de inseguridad, a cargo de la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Infraestructura, para dictamen.
3. Con punto de acuerdo, en materia de recuperación de escuelas de tiempo completo, a cargo de la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Educación, para dictamen.
4. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la Conafor y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a realizar las acciones administrativas y presupuestales que fortalezcan las tareas y programas de prevención, control, y combate de incendios forestales que se susciten en el país, a cargo de la diputada Krishna Karina Romero Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
5. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al Sistema Nacional de Salud y al Sistema Nacional DIF, a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la nutrición y sana alimentación de niñas, niños y adolescentes, con enfoque diferenciado a la primera infancia, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
6. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a asegurar la disponibilidad de vacunas contra el sarampión para niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
7. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la SEP, a implementar campañas de concientización del sedentarismo y de activación física en todos los niveles educativos básicos del país, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Turno: Comisión de Salud, para dictamen.
8. Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Puebla, a que convoque e integre los gobiernos municipales de Puebla capital, Cuautlancingo, Ocoyucan, San Pedro y San Andrés Cholula a postularse como anfitriones del Día Mundial Metropolitano 2024, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Turno: Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.»
INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO
SE DECLARA EL 26 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO DÍA NACIONAL CONTRA LA ANSIEDAD
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 26 de octubre de cada año “Día Nacional Contra la Ansiedad”, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRI
Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que declara el 26 de octubre de cada año como el Día Nacional contra la Ansiedad, considerando la siguiente
Exposición de Motivos
La realidad que hemos construido como sociedad ha logrado importantes avances científicos, tecnológicos e, incluso, la proliferación de expresiones culturales diversas. Algunos de estos elementos han brindado importantes y significativos cambios en el tejido social, así como en el avance y la diversificación de la humanidad.
Se han descubierto nuevas curas para enfermedades que antes se consideraban incurables, se han logrado avances como la producción de nuevos materiales que sean biodegradables y no impacten a la biósfera y la atmósfera.
Se ha llegado más lejos en las exploraciones fuera de la Tierra, se han creado aparatos electrónicos cada vez más intuitivos y funcionales para las tareas del día a día.
Incluso se ha desarrollado nueva tecnología conocida como Inteligencia Artificial, la cual, se dice, cambiará por completo el statu quo de la sociedad en la que vivimos actualmente.
Sin embargo, todos estos avances y este aparente progreso han tenido un impacto significativo en las personas que integramos esta sociedad. Sobre todo, para los sectores más vulnerables, que tienen menos recursos para hacer frente a las consecuencias e impactos negativos que se mencionan.
Tal es el caso de la ansiedad, uno de los padecimientos más comunes en todo el mundo. De acuerdo con las últimas mediciones hechas en el año 2019, una de cada ocho personas en el mundo padece algún trastorno de la ansiedad, lo que equivale a más de 970 millones de personas.
Cabe destacar que, del grueso de la población mundial, las y los jóvenes de entre 10 y 19 años, es la más afectada por el padecimiento de algún trastorno emocional, como lo es la ansiedad.
Se calcula que 3.6 por ciento de los adolescentes de 10 a 14 años y 4.6 por ciento de los de 15 a 19 años padece un trastorno de ansiedad. También se estima que 1.1 por ciento de los adolescentes de 10 a 14 años y 2.8 por ciento de los de 15 a 19 años padecen depresión.
La depresión y la ansiedad presentan algunos síntomas iguales, como son cambios rápidos e inesperados en el estado de ánimo.
En lo que respecta a México, en el año 2021, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) presentó los resultados de la primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado, la cual permitió ver que 19.3 por ciento de la población adulta tiene síntomas de ansiedad severa, mientras otro 31.3 por ciento revela síntomas de ansiedad mínima o en algún grado. Para la población femenina los porcentajes son de 23.2, 32.8 y 44.0.
De acuerdo con el Inegi, los porcentajes de ansiedad entre la población los representa a través del siguiente gráfico:
Mientras que, a nivel nacional, las entidades cuya población adulta promedia porcentajes más altos con síntomas de ansiedad, sea mínima o severa, son Puebla, Chiapas y Michoacán, en tanto que los porcentajes más bajos corresponden a Nuevo León, Baja California y Quintana Roo, como el siguiente gráfico lo representa:
Como se sabe, la ansiedad es un estado emocional que se presenta en las personas como respuesta a situaciones que el individuo enfrenta.
Todas las personas alguna vez llegamos a sentir ansiedad, sin embargo, las personas con trastornos de ansiedad suelen experimentar miedo y preocupación de manera intensa y excesiva, lo cual suele manifestarse de la mano de tensión física y otros síntomas conductuales cognitivos.
Entre los principales síntomas está la experimentación de miedo o una preocupación excesiva ante alguna situación o pensamiento específicos, siendo el trastorno de ansiedad generalizada detonada por factores diversos.
Algunos síntomas de los trastornos de ansiedad son:
• Dificultad para concentrarse o tomar decisiones.
• Irritabilidad, tensión o inquietud.
• Náuseas o malestar abdominal.
• Palpitaciones.
• Sudoración, tiritones o temblores.
• Trastornos del sueño.
• Sensación de peligro inminente, de pánico o de fatalidad.
Situación que requiere de la atención focalizada de personal de la salud y de tratamientos específicos, pues al no existir únicamente un trastorno, la atención también se diversifica.
Existen diversos tipos de trastornos de ansiedad, como:
• Trastorno de ansiedad generalizada (preocupación persistente y excesiva por las actividades o eventos cotidianos).
• Trastorno de angustia (crisis de angustia y miedo a que sigan produciéndose).
• Trastorno de ansiedad social (altos niveles de miedo y preocupación por situaciones sociales en las que la persona puede sentirse humillada, avergonzada o rechazada).
• Agorafobia (miedo excesivo, preocupación y evasión de situaciones que pueden hacer a alguien entrar en pánico o sentirse atrapado, indefenso o avergonzado).
• Trastorno de ansiedad por separación (miedo o preocupación excesivos por estar separado de las personas con las que se tiene un vínculo emocional estrecho).
• Determinadas fobias (miedos intensos e irracionales a objetos o situaciones concretos que llevan a conductas de evitación y angustia considerable).
• Mutismo selectivo (incapacidad constante para hablar en ciertas situaciones sociales, a pesar de la capacidad de hablar cómodamente en otros entornos; algo que afecta principalmente a los niños).
Todos estos tipos y más que existen, se pueden manifestar uno a la vez o diversos en el mismo instante. Situación que complica su afrontamiento por parte de quienes lo padecen y las personas que les rodean, toda vez que este tipo de afecciones puede derivar en el desarrollo o incremento de la depresión, el consumo de drogas o, incluso, el suicidio.
Por lo que resulta de suma importancia reconocer la importancia en la detección y atención oportunos de la ansiedad. Pues, como es bien sabido, la salud mental es fundamental para que una persona pueda existir de forma digna e íntegra no sólo en sociedad, sino en paz, tranquilidad y bienestar consigo misma.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se declara el 26 de octubre de cada año como el Día Nacional contra la Ansiedad
Único. Se declara el 26 de octubre de cada año como el Día Nacional contra la Ansiedad.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El 26 de octubre de cada año, el honorable Congreso de la Unión y las instituciones que conforman la administración pública federal realizarán campañas de concientización y programas de atención contra la ansiedad para el personal que labore en éstas, así como para la población en general en lo que respecta a las instituciones encargadas de la salud pública.
Notas
1 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-disorders
2 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-health#:~ : text=Se%20calcula%20que%20el%203,a%2019 %20a%C3%B1os%20padecen%20depresi%C3%B3n.
3 Ibid.
4 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
7 https://centromedicoabc.com/revista-digital/como-identificar-la-ansiedad/
8 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/anxiety-disorders
9 Ibid.
10 Ibid.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2024.– Diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de programas de prevención contra la ansiedad y depresión, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRI
Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 72, 73, 73 Bis y 74 Ter de la Ley General de Salud, en materia de programas de prevención contra la ansiedad y depresión, considerando la siguiente
Exposición de Motivos
La realidad que hemos construido como sociedad ha logrado importantes avances científicos, tecnológicos e, incluso, la proliferación de expresiones culturales diversas. Algunos de estos elementos han brindado importantes y significativos cambios en el tejido social, así como en el avance y la diversificación de la humanidad.
Se han descubierto nuevas curas para enfermedades que antes se consideraban incurables, se han logrado avances como la producción de nuevos materiales que sean biodegradables y no impacten a la biósfera y la atmósfera.
Se ha llegado más lejos en las exploraciones fuera de la Tierra, se han creado aparatos electrónicos cada vez más intuitivos y funcionales para las tareas del día a día.
Incluso se ha desarrollado nueva tecnología conocida como Inteligencia Artificial, la cual, se dice, cambiará por completo el statu quo de la sociedad en la que vivimos actualmente.
Sin embargo, todos estos avances y este aparente progreso han tenido un impacto significativo en las personas que integramos esta sociedad. Sobre todo, para los sectores más vulnerables, que tienen menos recursos para hacer frente a las consecuencias e impactos negativos que se mencionan.
Tal es el caso de la ansiedad, uno de los padecimientos más comunes en todo el mundo. De acuerdo con las últimas mediciones hechas en el año 2019, una de cada ocho personas en el mundo padece algún trastorno de la ansiedad, lo que equivale a más de 970 millones de personas.
Cabe destacar que del grueso de la población mundial, las y los jóvenes de entre 10 y 19 años, es la más afectada por el padecimiento de algún trastorno emocional, como lo es la ansiedad.
Se calcula que 3.6 por ciento de los adolescentes de 10 a 14 años y 4.6 por ciento de los de 15 a 19 años padece un trastorno de ansiedad. También se estima que 1.1 por ciento de los adolescentes de 10 a 14 años y 2.8 por ciento de los de 15 a 19 años padecen depresión.
La depresión y la ansiedad presentan algunos síntomas iguales, como son cambios rápidos e inesperados en el estado de ánimo.
En lo que respecta a México, en el año 2021, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) presentó los resultados de la primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado, la cual permitió ver que 19.3 por ciento de la población adulta tiene síntomas de ansiedad severa, mientras otro 31.3 por ciento revela síntomas de ansiedad mínima o en algún grado. Para la población femenina los porcentajes son de 23.2, 32.8 y 44.0.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los porcentajes de ansiedad entre la población los representa a través del siguiente gráfico:
Mientras que, a nivel nacional, las entidades cuya población adulta promedia porcentajes más altos con síntomas de ansiedad, sea mínima o severa, son Puebla, Chiapas y Michoacán, en tanto que los porcentajes más bajos corresponden a Nuevo León, Baja California y Quintana Roo, como el siguiente gráfico lo representa:
Como se sabe, la ansiedad es un estado emocional que se presenta en las personas como respuesta a situaciones que el individuo enfrenta.
Todas las personas alguna vez llegamos a sentir ansiedad, sin embargo, las personas con trastornos de ansiedad suelen experimentar miedo y preocupación de manera intensa y excesiva, lo cual suele manifestarse de la mano de tensión física y otros síntomas conductuales cognitivos.
Entre los principales síntomas está la experimentación de miedo o una preocupación excesiva ante alguna situación o pensamiento específicos, siendo el trastorno de ansiedad generalizada detonada por factores diversos.
Algunos síntomas de los trastornos de ansiedad son:
• Dificultad para concentrarse o tomar decisiones.
• Irritabilidad, tensión o inquietud.
• Náuseas o malestar abdominal.
• Palpitaciones.
• Sudoración, tiritones o temblores.
• Trastornos del sueño.
• Sensación de peligro inminente, de pánico o de fatalidad.
Situación que requiere de la atención focalizada de personal de la salud y de tratamientos específicos, pues al no existir únicamente un trastorno, la atención también se diversifica.
Existen diversos tipos de trastornos de ansiedad, como:
• Trastorno de ansiedad generalizada (preocupación persistente y excesiva por las actividades o eventos cotidianos).
• Trastorno de angustia (crisis de angustia y miedo a que sigan produciéndose).
• Trastorno de ansiedad social (altos niveles de miedo y preocupación por situaciones sociales en las que la persona puede sentirse humillada, avergonzada o rechazada).
• Agorafobia (miedo excesivo, preocupación y evasión de situaciones que pueden hacer a alguien entrar en pánico o sentirse atrapado, indefenso o avergonzado).
• Trastorno de ansiedad por separación (miedo o preocupación excesivos por estar separado de las personas con las que se tiene un vínculo emocional estrecho).
• Determinadas fobias (miedos intensos e irracionales a objetos o situaciones concretos que llevan a conductas de evitación y angustia considerable).
• Mutismo selectivo (incapacidad constante para hablar en ciertas situaciones sociales, a pesar de la capacidad de hablar cómodamente en otros entornos; algo que afecta principalmente a los niños).
Todos estos tipos y más que existen, se pueden manifestar uno a la vez o diversos en el mismo instante. Situación que complica su afrontamiento por parte de quienes lo padecen y las personas que les rodean, toda vez que este tipo de afecciones puede derivar en el desarrollo o incremento de la depresión, el consumo de drogas o, incluso, el suicidio.
Por lo que resulta de suma importancia reconocer la importancia en la detección y atención oportunos de la ansiedad. Pues, como es bien sabido, la salud mental es fundamental para que una persona pueda existir de forma digna e íntegra no sólo en sociedad, sino en paz, tranquilidad y bienestar consigo misma.
Por lo anteriormente expuesto, y con el objeto de mostrar de manera más clara las modificaciones que se pretende llevar a cabo en la Ley General de Salud, se presenta el siguiente cuadro:
Ley General de Salud
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 72, 73 Bis y 74 Ter y se adiciona una fracción III Bis al artículo 73 de la Ley General de Salud, en materia de programas de prevención contra la ansiedad y depresión
Artículo Único. Se reforman los artículos 72, 73 Bis y 74 Ter y se adiciona una fracción III Bis al artículo 73 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
Artículo 72. La salud mental y la prevención de la ansiedad, la depresión y las adicciones tendrán carácter prioritario dentro de las políticas de salud y deberán brindarse conforme a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales en materia de derechos humanos. El Estado garantizará el acceso universal, igualitario y equitativo a la atención de la salud mental y de las adicciones a las personas en el territorio nacional.
Artículo 73. Los servicios y programas en materia de salud mental y adicciones deberán privilegiar la atención comunitaria, integral, interdisciplinaria, intercultural, intersectorial, con perspectiva de género y participativa de las personas desde el primer nivel de atención y los hospitales generales.
La Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán:
I. a III. ...
III Bis. La realización de programas para la prevención de la ansiedad y la depresión;
IV. a XII. ...
Artículo 73 Bis. Las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud deberán brindar acceso a los servicios de atención de salud mental y por consumo de sustancias psicoactivas, y de adicciones en cumplimiento con los principios siguientes:
I. ...
II. Respeto a la dignidad y a los derechos humanos de las personas, con un enfoque de género, equidad, interseccionalidad e interculturalidad, poniendo énfasis en la prevención, detección temprana y promoción de la salud mental, incluyendo acciones y programas enfocados a la prevención de la ansiedad, la depresión y trastornos por el consumo de sustancias psicoactivas y de adicciones;
III. a VIII. ...
Artículo 74 Ter. La población usuaria de los servicios de salud mental tendrán los derechos siguientes:
I. a VIII. ...
IX. Derecho a tener acceso y disponibilidad a servicios de salud mental y programas para la prevención de la ansiedad, la depresión y las adicciones, y
X. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Sistema Nacional de Salud y toda la estructura federal y estatal deberá, en el plazo de 180 días naturales, hacer las modificaciones presupuestarias para la creación de programas de prevención de la ansiedad y la depresión.
Notas
1 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-disorders
2 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-health#:~ : text=Se%20calcula%20que%20el%203,a% 2019%20a%C3%B1os%20padecen%20depresi%C3%B3n.
3 Ibid.
4 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ENBIARE_2021.pdf
7 https://centromedicoabc.com/revista-digital/como-identificar-la-ansiedad/
8 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/anxiety-disorders
9 Ibid.
10 Ibid.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2024.– Diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
«Iniciativa que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de salud mental, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRI
La diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de salud mental, considerando la siguiente
Exposición de Motivos
La salud mental se ha vuelto un tema recurrente en la agenda pública, es común escuchar con mayor frecuencia mencionar este término en las pláticas de las personas.
Siendo las generaciones más jóvenes quienes lideran la discusión, en busca de soluciones que les permita generar herramientas de afrontamiento y una mejor realidad que la que vivieron y normalizaron tantas generaciones anteriores.
La División de Política Social del Servicio de Investigación y Análisis de la Cámara de Diputados define la salud mental de la siguiente forma:
“La salud mental es un fenómeno complejo determinado por múltiples factores sociales, ambientales, biológicos y psicológicos, e incluye padecimientos como la depresión, la ansiedad, la epilepsia, las demencias, la esquizofrenia, y los trastornos del desarrollo en la infancia, algunos de los cuales se han agravado en los últimos tiempos. En este sentido, lograr que la población conserve la salud mental, además de la salud física, depende, en gran parte, de la realización exitosa de acciones de salud pública, para prevenir, tratar y rehabilitar.
Otro aspecto inherente a la política social es que la salud mental se relaciona al igual que la salud física, con la pobreza, en donde la incidencia de estos padecimientos exige de los afectados mayor proporción de los pocos ingresos que generan, además de lo incapacitantes que resultan, que como consecuencia disminuyen o frenan el potencial de desarrollo de las personas y por tanto de los núcleos familiares”.
Cabe destacar que diversos instrumentos internacionales como la declaración de Caracas, la Declaración de Madrid y los Principio Básicos para la Atención de la Salud Mental, abordan la materia.
En México, el artículo 72 de la Ley General de Salud define la salud mental como el estado de bienestar que una persona experimenta como resultado de su buen funcionamiento en los aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales, y, en última instancia el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación.
La salud mental es un tema sumamente complejo, delicado y de amplia relevancia actualmente.
Pues la sociedad enfrenta un panorama adverso en el que se deben costear dificultades económicas, como la devaluación constante de la moneda, la injusta retribución salarial o la disminución del poder adquisitivo.
Otro factor trascendente son los problemas sociales derivados de la pandemia, la crisis en materia laboral por el desempleo y el encono social que ha incrementado paulatinamente, como la pérdida de la cohesión social, el aumento de la violencia y la delincuencia o el enfrentamiento que tienen unos con otros.
Todas las personas en México se enfrentan a estas dificultades desde los sectores más desprotegidos que son quienes mayores afectaciones tienen, como los sectores más acaudalados.
Sin embargo, los sectores más vulnerables suelen padecer más los efectos de una salud mental perjudicada y deteriorada, toda vez que tienen menos herramientas para atenderla. Como es el caso de las y los jóvenes estudiantes, principalmente cuando acuden a instituciones educativas de sostenimiento público.
La Universidad Autónoma Metropolitana elaboró un estudio sobre salud mental en universitarios. Al respecto concluyó:
- Alrededor de 50 por ciento de los universitarios padecen Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).
- 80 por ciento de los que sufren depresión no reciben tratamiento, a pesar de que esos padecimientos comienzan entre los 14 y 15 años.
- La mayor prevalencia de salud mental está en el Déficit de Atención/Hiperactividad, con 14.7 por ciento: 13.3 por ciento con depresión; 5.7 por ciento con trastorno de pánico; 5 por ciento con abuso y dependencia de drogas, y 4.2 por ciento con dependencia de alcohol.
Esta es sólo una muestra de un sector de toda la matrícula estudiantil de todos los niveles en todo el país, ahora traslademos esto a un mayor nivel en el que se considere a las niñas, niños y jóvenes de educación básica y media superior: el problema es más serio aún.
Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS), los adolescentes con trastornos mentales son particularmente vulnerables a sufrir exclusión social, discriminación, problemas de estigmatización (que afectan a la disposición a buscar ayuda), dificultades educativas, comportamientos de riesgo, mala salud física y violaciones de derechos humanos.
Los principales padecimientos que desarrollan y enfrentan las y los jóvenes se ligan a trastornos emocionales, trastornos del comportamiento, trastornos de la conducta alimentaria, psicosis, suicidio y autolesiones.
Todo esto reflejado a través de una serie de conductas de riesgo que presentan importantes avisos cuando se atienden.
En el caso específico de niñas, niños y adolescentes, por encontrarse en etapa formativa, se debe procurar por todos los medios disponibles aminorar los factores de riesgo que puedan afectar a su capacidad para desarrollar todo su potencial en la edad adulta producto de afectaciones a su salud mental.
Entre 10 y 20 por ciento de jóvenes en el mundo se enfrentan a esquemas depresivos y han tenido relación con el suicidio. Mientras que, en México, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el suicidio es la tercera causa de muerte entre niños de 10 a 14 años y también en el bloque de 15 a 24 años.
Es momento de hacer verdadera justicia social y procurar la salud mental de todas las personas que se preparan para tener una mejor vida y con ello, contribuir en la construcción del México que se espera y se desea.
Por lo anteriormente expuesto, y con el objeto de mostrar de manera más clara las modificaciones que se pretende llevar a cabo en la Ley General de Educación, se presenta el siguiente cuadro:
Ley General de Educación
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de salud mental
Artículo Único. Se reforma la fracción XI del artículo 30 de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 30. Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:
I. a X. ...
XI. La educación socioemocional y el fomento de la salud mental;
XII. a XXV. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Educación Pública deberá actualizar los planes de estudio, incluyendo alguna asignatura o contenido en materia de fomento a la salud mental.
Notas
1 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/documentos/SaludMentalMexico.pdf
2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
3 https://clustersalud.americaeconomia.com/sector-publico/mexico-80-de-los-univer sitarios-que-sufren-depresion-no-reciben-tratamiento
4 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-health#:~ : text=Trastornos%20emocionales&text=Se%20calcula%20que%20el%203,a%2019%20a%C 3%B1os%20padecen%20depresi%C3%B3n.
5 Ibid.
6 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-health
7 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/DefuncionesRegistradas2020_Pre_07.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2024.– Diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen, y a la Comisión de Salud, para opinión.
LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS Y LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de financiamiento a partidos y fiscalización de recursos, suscrita por el diputado Omar Francisco Gudiño Magaña y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Omar Francisco Gudiño Magaña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con el aval del mismo grupo parlamentario, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican y adicionan los artículos 25, numeral 1, inciso n); 56, numeral 2, inciso a); 56, numeral 2, inciso b); 60, numeral 1, inciso d) y numeral 2; 61, numeral 1, inciso f), fracción III; y 79, numeral 1, inciso b), fracción III, de la Ley General de Partidos Políticos, así como 192 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Por definición, la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos comprende el ejercicio de las funciones de comprobación, investigación, información y asesoramiento, que tiene por objeto verificar la veracidad de lo reportado por los sujetos obligados, así como el cumplimiento de las obligaciones que en materia de financiamiento y gasto imponen las leyes de la materia y, en su caso, la imposición de sanciones, de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Reglamento de Fiscalización y demás disposiciones aplicables.
De ahí que, según lo expresado en el portal oficial del INE, específicamente en el documento El ABC de la fiscalización electoral, el principal objetivo que se busca garantizar con la fiscalización es “asegura[r] que el origen de los recursos que utilizan los partidos y candidatos provenga de las fuentes permitidas por la ley, que no pasen los topes establecidos y que se realicen a través del sistema bancario mexicano”.
Así pues, el sistema de fiscalización de los recursos de los partidos políticos, desde la reforma del año 2014, se construyó en torno a cuatro ejes fundamentales que, fueron caracterizados tanto por el legislador como por la autoridad electoral, bajo los parámetros de la necesidad de una fiscalización nacional, expedita, moderna y transparente.
El INE definió y desarrolló en el documento Fiscalización del proceso electoral federal y local 2015 qué debe entenderse por cada uno de los ejes de la fiscalización mencionados en el párrafo anterior:
1. Fiscalización nacional
Con la reforma electoral de 2014, la fiscalización electoral del INE se fortalece a través de un nuevo modelo de fiscalización. Con ello asume la función de dictaminar y resolver lo relativo a la revisión de informes de gastos de los partidos políticos en todo el país. La fiscalización ahora es nacional.
2. Fiscalización expedita
Con la reforma electoral, el financiamiento público cobra gran relevancia, ya que la fiscalización tendrá consecuencias más allá de lo económico: si durante las elecciones un candidato rebasa los topes de gasto de campaña, podría ser sancionado con la cancelación de su registro o, en su caso, con la pérdida de la candidatura que haya obtenido, si su valoración es determinante para el resultado de la elección.
La fiscalización deberá realizarse de forma simultánea con el proceso electoral para que los resultados sean expeditos. Es decir, el dictamen y proyecto de resolución tendrán que estar aprobados antes de la calificación del proceso electoral de 2014-2015.
3. Fiscalización moderna
En el proceso electoral de 2012, el Instituto Federal Electoral, ahora INE, revisó cerca de seis mil informes. Para las elecciones de 2015, y siendo ahora de ámbito nacional, revisará más de 35 mil informes. Llevar a cabo una revisión de estas proporciones requiere de la profesionalización de sus auditores, así como la adopción de tecnologías de avanzada. Una iniciativa de modernización son los sistemas tecnológicos de fiscalización tales como el Registro Nacional de Proveedores y el Sistema Integral de Fiscalización el cual es una plataforma de Internet específicamente diseñada para que los partidos realicen en línea sus registros contables. Con el Sistema en Línea, el INE verificará de forma automatizada y en tiempo real, la veracidad de las operaciones e informes reportados.
4. Fiscalización transparente
De conformidad con el Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, toda persona tiene derecho a acceder a la información de los partidos políticos. Así, el INE tiene el compromiso de prever los lineamientos para asegurar la máxima publicidad de los registros y movimientos contables de los partidos y candidatos.
Beneficios de la máxima publicidad:
• Involucran a la ciudadanía en la rendición de cuentas y la fiscalización.
• Promueven el escrutinio de las instancias públicas.
• Fomentan el voto informado.
• Favorecen la certeza, oportunidad y equidad.
Sin embargo, a pesar de los avances que se han experimentado con la implementación de este modelo de fiscalización en línea, en tiempo real y de alcance nacional no es menos cierto que la mayor cantidad de sanciones se han concentrado en los cortos plazos otorgados para el registro de operaciones y la entrega de información; los estrechos márgenes de topes de financiamiento privado y; la imposición de sanciones por parte del órgano fiscalizador, a partir de requisitos no previstos expresamente en la ley.
Para evidenciar lo anterior, basta con revisar los tipos de irregularidades que cometieron los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes en los últimos procesos electorales, tal como a continuación se detalla:
Hecha esta transcripción del catálogo de conductas sancionadas por el INE en materia de fiscalización, se advierte que el gran cúmulo de sanciones no provienen necesariamente de una omisión en el reporte de las operaciones, sino por lo contrario tienen su origen en los cortos tiempo de entrega de la documentación e información, cuya responsabilidad no sólo involucra a los partidos políticos sino también a terceros como lo son los proveedores.
Situación que se traduce en una problemática porque estos proveedores al operar en dinámicas diversas a lo electoral no siempre laboran sábados, domingos o días festivos o, en otros casos no realizan una correcta cancelación o reposición de sus CDFI y XML, lo cual deja en un estado de indefensión a los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes para cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones en materia de fiscalización, ya sea en periodo de precampaña, campaña u ordinario, según corresponda.
Por lo que se refiere a los topes del financiamiento privado, se advierte como regla general que si bien el financiamiento público debe prevalecer sobre los recursos de origen privado, no es menos cierto que, en muchas ocasiones, los partidos políticos no pueden realizar el cobro de sus cuotas estatutarias por el simple hecho de que no deben rebasar sus topes internos, con el añadido que en el periodo de campaña, este tipo de financiamiento privado debe armonizarse con la operación ordinaria y sus topes correspondientes.
Sin dejar de mencionar que, en todos los casos, la imposición de sanciones por parte de la autoridad fiscalizadora se sustenta en la solicitud de requisitos, documentación y la generación de reportes que no se encuentran de manera expresa en la normativa aplicable.
Y, por lo contrario, so pretexto del ejercicio de la facultad de investigación del ente fiscalizador, vía reglamentaria, bajo un criterio de una supuesta necesidad y no de legalidad se establece que la Unidad Técnica de Fiscalización tendrá la facultad de solicitar a los sujetos obligados que pongan a su disposición la documentación necesaria para comprobar la veracidad de lo reportado en los informes, de acuerdo con el artículo 296 del Reglamento de Fiscalización.
Todo lo cual genera una incertidumbre a los sujetos obligados, máxime cuando los partidos políticos se encuentran a merced de la discrecionalidad de la autoridad fiscalizadora, ya sea para solicitar documentación o, en su caso la generación de reportes que debería elaborar la propia autoridad a través del SIF, así como obtener de otras autoridades del estado mexicano, toda vez de que el INE no le resulta oponible el secreto bancario, fiduciario y fiscal.
Es así como la presente reforma busca proponer una serie de reformas y modificaciones a diversos artículos de la Ley General de Partidos Políticos con la finalidad de robustecer y perfeccionar el sistema de fiscalización de los institutos políticos.
Esto como un mecanismo para generar certidumbre a los sujetos obligados, entre ellos, los partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes, según sea el caso, pero no sólo eso sino también para combatir el populismo punitivo que trasladado a la materia electoral no debe traducirse en la falsa creencia que imponer mayores sanciones a los partidos políticos deriva en una mejor fiscalización.
Por lo contrario, a lo que se debe apostar es que los recursos públicos que se ejercen por parte de los sujetos obligados en el ámbito electoral cuenten con reglas claras, lo cual se traduce en el hecho de que cuando la autoridad electoral decida ejercer su facultad sancionatoria refleje que verdaderamente se trata de una omisión en el debido reporte de operaciones y no de un ejercicio discrecional de la facultad sancionadora del INE.
Ni mucho menos de formalidades y excesos en la implementación de una contabilidad en línea y en tiempo real, cuya reglamentación ha demostrado ser más una camisa de fuerza que, una normatividad que se ajuste o, al menos se armonice, por ejemplo, a las reglas aplicables a la materia fiscal, cuyos plazos son más amplios y no por eso se tiene una fiscalización deficiente.
Lo anterior, sin dejar de mencionar que será importante ampliar el ámbito de aplicación del objeto partidista del gasto efectuado por parte de los partidos políticos. Para ello se propone que el ámbito de regularidad electoral no sólo tenga como parámetro la normatividad constitucional, legal y reglamentaria aplicable a la fiscalización de los recursos de los partidos políticos, sino también será necesario integrar, de manera expresa, la valoración de los documentos básicos que regulan la vida interna de los institutos políticos.
Esto tomando como justificación que los documentos básicos que regulan las relaciones internas de los partidos políticos han pasado por el tamiz de una declaratoria de validez constitucional y legal emitida tanto por el INE como por el TEPJF, de ahí la necesidad de que sean tomados en cuenta por parte del órgano fiscalizador al momento de valorar y determinar el objeto partidista del gasto efectuado por los institutos políticos.
Ahora bien, si bien hasta el momento se han desarrollado propuestas que forman parte de un paquete de reformas en torno a la Ley General de Partidos Políticos, no es menos cierto la importancia de realizar cambios con un impacto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), en donde la temática que se abordará será la fiscalización de los impuestos.
En particular, en el caso concreto se advierte que el Instituto Nacional Electoral (INE), en ocasiones, con motivo de la práctica de sus auditorías pretende sancionar conductas que son atribuciones de otras dependencias, por ejemplo, el entero de impuestos, entre otras.
Para ello se propone que, si bien la autoridad electoral tiene la posibilidad de celebrar convenios con otras instituciones, ello no debe ser pretexto para imponer sanciones correspondientes del ámbito de competencia de una autoridad de otra materia.
En efecto, los convenios suscritos por el INE con otras autoridades únicamente deberán irradiar sus efectos para verificar si el partido político cumple o no con sus demás obligaciones legales y, en caso de no ser así, dar vista a la autoridad correspondiente para que esta determine lo que en derecho corresponda.
A continuación se exponen de manera esquemática y por rubro las reformas que se proponen en la presente iniciativa:
• Objeto partidista del gasto (artículo 25, numeral 1, inciso n, de la LGPP)
- Se busca armonizar la normatividad constitucional, legal y reglamentaria en materia de fiscalización de los partidos políticos, en relación con los documentos básicos que regulan la vida interna de los institutos políticos, máxime cuando en este último caso se trata de una regulación que ha pasado por el tamiz de una declaratoria de validez constitucional y legal emitida tanto por el INE como por el TEPJF.
- Para ello se propone ampliar el objeto partidista a todo aquel gasto que se relacione con las actividades políticas, electorales, estatutarias y declaración de principios de cada instituto político.
• Aumentar los plazos para la entrega de informes y de la información financiera (60, numeral 1, inciso d), ); 61, numeral 1, inciso f) y, 79, numeral 1, inciso b) fracción III de la LGPP)
- Se propone ampliar los plazos de 3 a 5 días para el reporte de operaciones en tiempo real y de entrega de informes.
- Distinguir entre la operación ordinaria, de precampaña y de campaña para la contabilización de los plazos, en función de que esta regla respeta la distinción entre días hábiles e inhábiles durante o fuera de proceso electoral.
• Aumento del financiamiento privado (56, numeral 2, inciso b, de la LGPP)
- Se propone el aumento del financiamiento privado de 10 por ciento para pasar a un aumento paulatino del diez por ciento anual hasta llegar al cincuenta por ciento del tope de gasto para la elección presidencial inmediata anterior, para ser utilizadas en las campañas de sus candidatos.
- Se respeta la prevalencia del financiamiento público sobre el financiamiento privado.
- Se promueve una bancarización de las aportaciones realizadas por las personas físicas y candidaturas a los partidos políticos, garantizando su capacidad económica y evitando triangulaciones, con la vigilancia con instituciones como el SAT, la UIF y la CNBV.
• Límites al financiamiento de militantes (56, numeral 2, inciso a, de la LGPP)
- Se propone aumentar el límite de aportaciones de 2 por ciento, ya que este porcentaje resulta insuficiente para realizar el cobro de cuotas partidistas porque su ejecución conlleva a superar el tope establecido para este tipo de aportaciones.
- Con el aumento de los límites de aportaciones se permite el desarrollo de la libertad de autoconfiguración legislativa, siempre y cuando se respete la prevalencia del financiamiento público sobre el financiamiento privado.
• Limitación al ejercicio discrecional de la facultad de investigación y sancionatoria del INE, en materia de fiscalización (artículo 60, numeral 2, LGPP)
- Se propone regular el criterio de necesidad para la solicitud de información, documentación y reportes por parte del INE, en materia de fiscalización.
- Con ello se genera certidumbre a los sujetos obligados, quienes estarán obligados a cumplir con la entrega de información, documentación y reportes expresamente previstos en la ley, con lo cual se disminuye el ámbito de discrecionalidad de la autoridad electoral.
- Así se evita la imposición de sanciones producto del ejercicio discrecional de la facultad de investigación y sancionatoria del ente fiscalizador en materia electoral.
- Y, de manera complementaria se evita que el órgano fiscalizador imponga sanciones a través de procedimientos sancionadores en materia de fiscalización, de carácter oficioso, sobre cuestiones que no fueron parte de la controversia.
• Fiscalización de impuestos (artículo 192 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales)
- Se busca evitar que la autoridad en la práctica de sus auditorías imponga sanciones que no forman parte del ámbito de su competencia, en especial, en el ámbito fiscal.
- Por tanto, se propone que la autoridad electoral tenga la posibilidad de celebrar convenios sin que esto signifique imponer sanciones fuera del ámbito de su competencia, sino más bien lo que se deberá garantizar es que el órgano fiscalizador remita el expediente a la autoridad correspondiente para que imponga las sanciones si el caso así lo amerita.
La materialización de este ejercicio de ingeniería legislativa deberá pasar por la modificación y adición de los artículos 56, numeral 2, inciso a); 56, numeral 2, inciso b); 60, numeral 1, inciso d) y numeral 2; 61, numeral 1, inciso f), fracción III y; 79, numeral 1, inciso b) fracción III de la Ley General de Partidos Políticos el cual se ejemplifica en el siguiente cuadro comparativo:
Por lo expuesto someto a consideración el siguiente proyecto de
Decreto que modifica y adiciona los artículos 25, numeral 1, inciso n); 56, numeral 2, inciso a); 56, numeral 2, inciso b); 60, numeral 1, inciso d) y numeral 2; 61, numeral 1, inciso f), fracción III; y 79, numeral 1, inciso b), fracción III, de la Ley General de Partidos Políticos, 192 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Único. Se modifican y adicionan los artículos 25, numeral 1, inciso n); 56, numeral 2, inciso a); 56, numeral 2, inciso b); 60, numeral 1, inciso d) y numeral 2; 61, numeral 1, inciso f), fracción III; y 79, numeral 1, inciso b), fracción III, de la Ley General de Partidos Políticos de la Ley General de Partidos Políticos, así como 192 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 25.
1. Son obligaciones de los partidos políticos
...
n) Aplicar el financiamiento de que dispongan exclusivamente para los fines que les hayan sido entregados, para ello se entenderá como objeto partidista todo aquel gasto que se relacione con las actividades políticas, electorales, estatutarias y declaración de principios de cada Instituto Político.
Artículo 56.
...
2. El financiamiento privado se ajustará a los siguientes límites anuales:
a) Para el caso de las aportaciones de militantes, el diez por ciento del financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos políticos, a nivel nacional, para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y precampañas en el año de que se trate;
b) Para el caso de las aportaciones de candidatos, así como de simpatizantes durante los procesos electorales, el diez por ciento anual hasta llegar al cincuenta por ciento del tope de gasto para la elección presidencial inmediata anterior, para ser utilizadas en las campañas de sus candidatos;
...
Artículo 60.
1. El sistema de contabilidad al que los partidos políticos se sujetarán, deberá tener las características siguientes:
d) Registrar de manera armónica, delimitada y específica sus operaciones presupuestarias y contables, así como otros flujos económicos;
(se adiciona)
En todo momento los sujetos obligados deberán realizar sus registros contable en tiempo real.
Cuando se trate de gastos relacionados con los periodos de precampaña y la campaña, se entenderá por tiempo real, el registro contable de las operaciones de ingresos y egresos desde el momento en que ocurren hasta diez días posteriores a su realización.
En el caso de gastos relacionados con la operación ordinaria, se entenderá por tiempo real, el registro contable de ingresos y gastos desde el momento en que ocurren hasta el último día del mes en que se realicen las operaciones.
2. El sistema de contabilidad se desplegará en un sistema informático que contará con dispositivos de seguridad. Los partidos harán su registro contable en línea y el Instituto podrá tener acceso irrestricto a esos sistemas en ejercicio de sus facultades de vigilancia y fiscalización.
(se adiciona)
Para ello, la autoridad fiscalizadora garantizará a los institutos políticos, sin excepción, la puesta a disposición de los informes o conciliaciones de las operaciones financieras sobre los que funde y motive sus observaciones o requerimientos.
Estos informes deberán ser generados por el Sistema Integral de Fiscalización, sin que esta obligación pueda ser trasladada a los partidos políticos.
En consecuencia, el ente fiscalizador en el ejercicio de su facultad de investigación no podrá exigir requisitos o documentación que no se encuentre expresamente prevista en la normatividad aplicable.
Por último, el órgano fiscalizador no podrá imponer sanciones a través de procedimientos sancionadores en materia de fiscalización, de carácter oficioso, sobre cuestiones que no fueron parte de la controversia.
Artículo 61.
1.
...
f) ...
III. La información de carácter financiero, la relativa al gasto y condiciones de ejecución, de los contratos que celebren durante las precampañas y campañas, en un plazo máximo de diez días posteriores a su suscripción, previa entrega de los bienes o la prestación de servicios de que se trate, dicha información podrá ser notificada al instituto por medios electrónicos con base en los lineamientos que éste emita.
Artículo 79.
1.
...
b) Informes de campaña:
III. Los partidos políticos presentarán informes de ingresos y gastos por periodos de treinta días contados a partir de que dé inicio la etapa de campaña, los cuales deberán entregar a la Unidad Técnica dentro de los siguientes cinco días concluido cada periodo.
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
(se adiciona)
Artículo 192 Bis.
La determinación u omisiones en el pago de impuestos o contribuciones federales o locales les corresponderá exclusivamente a las autoridades competentes conforme a los ordenamientos aplicables en la República Mexicana.
El INE no podrá determinar la omisión de impuestos o contribuciones de cualquier naturaleza con antelación al pronunciamiento de la autoridad competente, ni podrá sancionar una conducta hasta en tanto no exista una resolución de autoridad competente que determine un crédito fiscal.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor una vez concluido el proceso electoral 2023-2024. Lo anterior, con estricto arreglo a la temporalidad prevista en el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para posteriormente proceder a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Documento consultado el 3 de abril de 2024 en
https://portalanterior.ine.mx/archivos2/portal/PartidosPoliticos /Fiscalizacion_y_rendicion_de_cuentas/ABCfiscalizacion.html
2 Documento consultado el 3 de abril de 2024 en
https://portalanterior.ine.mx/archivos2/portal/PartidosPoliticos /Fiscalizacion_y_rendicion_de_cuentas/ABCfiscalizacion.html
3 Documento consultado el 3 de abril de 2024 en
https://centralelectoral.ine.mx/2021/07/23/concluye-ine-fiscaliz acion-del-proceso-electoral-2020-2021-y-aprueba-sanciones-por-1203-mdp/
4 Documento consultado el 3 de abril de 2024 en
https://centralelectoral.ine.mx/2023/07/20/sanciona-ine-a-partid os-politicos-por-irregularidades-en-materia-de-fiscalizacion-en-campana-de-pel- 2022-2023-en-coahuila-y-estado-de-mexico/
Ciudad de México, a 17 de abril de 2024.– Diputado Omar Francisco Gudiño Magaña (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.
PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO
SE GARANTICE EL SUFRAGIO UNIVERSAL, LIBRE, SECRETO Y DIRECTO DE LA CIUDADANÍA EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL Y CONCURRENTES 2023-2024
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al INE y a la Fepade a garantizar el sufragio universal, libre, secreto y directo de las y los ciudadanos en el proceso electoral federal y concurrentes 2023-2024, a cargo de la diputada Carolina Beauregard Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, Carolina Beauregard Martínez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos Sexto, fracción I; 79 numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento la siguiente “proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta, respetuosamente, al Instituto Nacional Electoral y a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, se garantice el sufragio universal, libre, secreto y directo de las y los ciudadanos en el proceso electoral federal y concurrentes 2023-2024”, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 21 que “1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos” y que “3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.
Por su parte, la Convención Americana de Derechos Humanos señala en su artículo 23 que todos los ciudadanos tendrán el derecho y la oportunidad de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; además de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.
Del mismo modo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece en su artículo 25 que los ciudadanos participaran en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos y que votaran y serán elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.
En el orden nacional la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 35 fracción I, como un derecho de la ciudadanía el votar en las elecciones populares y el artículo 36 fracción III lo señala como una obligación.
De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE) “El voto es una forma de expresión de la voluntad de las personas que sirve para tomar una decisión colectiva. Votar es el acto por el cual un individuo manifiesta que prefiere cierta opción, fórmula o persona frente a otras. Votar siempre implica elegir entre distintas opciones”.
Al respecto, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece en su artículo 7, que votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular y que este voto deberá ser universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. Además de que señala la prohibición de los actos que generen presión o coacción a los electores.
Refiere el mismo INE que el voto en México tiene distintas características:
• Universal: es decir que todos los ciudadanos mexicanos pueden votar sin distinción alguna.
• Libre: lo que implica que nadie puede ejercer presión sobre los votantes
• Secreto: se debe emitir de manera privada, para lo cual se debe garantizar la instalación de mamparas.
• Directo: cada ciudadano deposita su voto y elije a sus gobernantes, sin intermediarios.
• Personal: lo que significa que quien acude debe identificarse con su credencial con fotografía para poder emitir su voto.
• Intransferible: el ciudadano, no puede delegar o transferir su derecho a otra persona, para que lo ejerza en su lugar.
Sin embargo, a pesar de que tanto en el orden nacional como en el internacional se establece el derecho de los ciudadanos a votar de manera secreta y libre, y que la Ley General en materia de Delitos Electorales establece en el artículo 7, que se impondrán de 50 a 100 días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
• Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza,
• Presione a otro para votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la jornada electoral.
• Amenace con suspender los beneficios de programas sociales, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición;
• Solicite u ordene evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto;
A pesar de lo anterior, y de que coaccionar el voto constituye un delito, durante los distintos recorridos que he realizado en diversas localidades, funcionarios públicos que trabajan en las administraciones tanto estatal como de los municipios gobernados por Morena nos han manifestado su preocupación, ya que les han advertido que para las elecciones de este 2024 deberán votar por el partido en el gobierno si desean conservar su trabajo.
Para ello, nos comentan, que les han advertido que deberán tomar una fotografía del voto que emitan con su celular para cerciorarse que efectivamente votaron por quienes les indicaron.
Y lamentablemente esta misma amenaza es utilizada para los beneficiarios de programas sociales, solo que con el chantaje de perder el acceso a estos apoyos.
Por ello, es que, de manera recurrente la petición que nos formulan es que desde el Congreso prohibamos que se pueda hacer uso del celular cuando se acude a votar.
En primer lugar, sabemos que dado el momento electoral en el que nos encontramos, ya no es posible modificar ordenamientos electorales de acuerdo con el artículo 105 constitucional, que dispone que “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicié el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.
Sin embargo, consideramos que realizar esta prohibición desincentivaría que las personas acudieran a votar, además de que ocasionaría diversos problemas, entre ellos qué a dónde dejarían su celular quienes acudieran a votar, porque evidentemente no podríamos restringir su derecho al voto solo por acudir con celular. O bien, se prestaría a que las personas optaran por no acudir a su casilla para no tener que dejar su celular.
A pesar de lo anterior, no podemos pasar por alto la preocupación sobre todo de funcionarios públicos y beneficiarios de programas sociales.
Por todo lo que he señalado, es que resulta necesario hacer un respetuoso llamado al Instituto Nacional Electoral y a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales para que, en el ámbito de facultades y atribuciones, se garantice el sufragio universal, libre, secreto y directo de las y los ciudadanos en el proceso electoral federal y concurrentes 2023-2024.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXV Legislatura exhorta al Instituto Nacional Electoral y a la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales para que, en el ámbito de facultades y atribuciones, se garantice el sufragio universal, libre, secreto y directo de las y los ciudadanos en el proceso electoral federal y concurrentes 2023-2024
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXV Legislatura exhorta al Instituto Nacional Electoral y a la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales para que, en el ámbito de facultades y atribuciones, realicen campañas de difusión permanentes sobre delitos electorales, especialmente aquellos relacionados con el uso indebido de recursos públicos, condicionar el acceso a programas sociales, o ejercer cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por una o un candidato, partido político o coalición.
Notas
1 GUTIÉRREZ ESPÍNDOLA, José Luis, “El voto, herramienta de la vida democrática”, Instituto Nacional Electoral, consultado 02 de enero de 2024, en: el_voto_herramienta.pdf (ine.mx)
2 BALBUENA CISNEROS, Arminda, El sistema de cómputo de votos en elecciones federales, Instituto Federal Electoral, México, 2009, p. 17-18
Dado en Ciudad de México, a los 15 días del mes de abril de 2024.– Diputada Carolina Beauregard Martínez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Reforma Política-Electoral, para dictamen.
EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO PARA REDUCIR LOS NIVELES DE INSEGURIDAD
«Proposición con punto de acuerdo, en materia de infraestructura y mantenimiento de alumbrado público en los municipios del Estado de México para reducir los niveles de inseguridad, a cargo de la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones I y II y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, en materia de alumbrado público para reducir la inseguridad, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El alumbrado público es un servicio que consiste en proveer la iluminación mínima necesaria en los espacios públicos y vialidades, de forma que se garantice la seguridad de peatones y vehículos. Según la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, la iluminación en vialidades y espacios públicos es una medida indispensable de seguridad, que se utiliza tanto para prevenir accidentes como para impedir actos delictivos.
En el contexto actual de inseguridad en México, es necesario considerar al alumbrado público como una herramienta fundamental para reducir los índices criminales. Se ha comprobado que la prestación adecuada de este servicio tiene un impacto significativo en la calidad de vida de las personas, ya que, además de inhibir conductas delictivas y mejorar la percepción de seguridad en la ciudadanía, permite prevenir la ocurrencia de incidentes viales y fomentar la interacción entre las personas, lo que repercute de forma directa en la reconstrucción del tejido social y en el sentido de pertenencia a la comunidad.
Un estudio de la Ciudad de Nueva York, elaborado en 2019 por el Crime Lab New York, que presenta evidencia experimental sobre la reducción de violencia a partir de pequeños cambios en los entornos urbanos, como el alumbrado público, sugiere que las características sociales y físicas del paisaje urbano podrían desempeñar un papel importante en la concentración geográfica de la delincuencia, en particular de los delitos cometidos con violencia. Por lo tanto, ciertos delitos, como los patrimoniales, obedecen a las oportunidades que producen los factores ambientales.
Así, el alumbrado público tiene el potencial de combatir la delincuencia mediante diversas vías, principalmente psicológicas y conductuales. Por un lado, empodera a las posibles víctimas para protegerse mejor y genera mayor consciencia en los infractores respecto a la presencia de testigos o la presencia policiaca.
Según trece estudios realizados en Estados Unidos y el Reino Unido, la incorporación de alumbrado público reduce la delincuencia en un 27 por ciento. Y de acuerdo con los resultados del Crime Lab New York, el alumbrado público puede reducir el índice de delitos nocturnos al aire libre en aproximadamente un 36 por ciento, así como el índice general de delitos en las comunidades afectadas en aproximadamente 4 por ciento, siempre que la iluminación persista en el tiempo.
De conformidad con el artículo 115, fracción III, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), los municipios tienen a su cargo la prestación del servicio de alumbrado público. Sin embargo, éste aún es deficiente en una cantidad importante de ciudades del país. Así lo revela la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (Ensu) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) al señalar que, al cuarto trimestre de 2023, el alumbrado público insuficiente es la tercera problemática urbana más importante que las y los mexicanos de 18 años y más identifican en sus ciudades, con un 59 por ciento de las y los encuestados, sólo después de los baches en calles y avenidas y las fallas y fugas en el suministro de agua potable.
Entre las 75 ciudades que abarca la citada encuesta, se encuentran ocho pertenecientes al Estado de México: Toluca de Lerdo, Ecatepec de Morelos, Ciudad Nezahualcóyotl, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz, Cuautitlán Izcalli, Atizapán de Zaragoza y Chimalhuacán. En la lista de las cinco ciudades con mayor porcentaje respecto a la percepción de un alumbrado público insuficiente a nivel nacional, se ubica Ecatepec de Morelos en el primer lugar, con un 80.2 por ciento, y Toluca de Lerdo en el quinto, con 76 por ciento.
Es muy preocupante que dos municipios del Estado de México se encuentren en esa lista, más aún cuando las cifras coinciden con la alta percepción de inseguridad pública. Al respecto, la Ensu también señala que, a nivel nacional, el 59.1 por ciento de la población de 18 años y más considera que, en términos de delincuencia, vivir en su ciudad es inseguro. Se presenta a Toluca de Lerdo con una percepción de inseguridad del 80.6 por ciento; Ecatepec de Morelos con 88.7 por ciento; Ciudad Nezahualcóyotl con 58.5 por ciento; Naucalpan de Juárez con 91 por ciento; Tlalnepantla de Baz con 72.4 por ciento; Cuautitlán Izcalli con 73.6 por ciento; Atizapán de Zaragoza con 58.2 por ciento y Chimalhuacán con 79.9 por ciento. Destaca que Naucalpan y Ecatepec se ubican en la lista de las cinco ciudades más inseguras a nivel nacional, en segundo y cuarto lugar, respectivamente.
Entre otros datos relevantes de la Ensu sobre la inseguridad que las y los mexicanos de 18 años y más perciben en sus ciudades, se encuentra que el 53.2 por ciento señaló sentirse inseguro en las calles que habitualmente usa, y el 42.7 por ciento en parques o centros recreativos. Del 69.9 por ciento que salió diariamente de su vivienda durante el cuarto trimestre de 2023, el 58.5 por ciento se sintió inseguro. El 42.1 por ciento de las y los encuestados declaró cambiar su hábito de caminar de noche en alrededores de su vivienda por temor a ser víctima de la delincuencia. En este ámbito, Toluca de Lerdo se halla en el tercer lugar de la lista de cinco de mayor porcentaje a nivel nacional, con un 70.9 por ciento.
Durante el segundo semestre de 2023, el 8.8 por ciento de los hogares del país tuvieron al menos un integrante víctima de robo o asalto en calle o transporte público: Chimalhuacán ocupa el primer lugar con 25.7, Ecatepec el tercer lugar con 18.9 por ciento y Toluca de Lerdo el quinto lugar con 16.5 por ciento.
Sobre las incivilidades percibidas en la vía pública, el 60 por ciento de la población de 18 años y más refirió haber visto o escuchado el consumo de alcohol en las calles, por lo cual ésta es la principal conducta delictiva o antisocial en los alrededores de las viviendas; los robos o asaltos se ubican en un 50.2 por ciento; la venta o consumo de drogas y el vandalismo en un 39.1 por ciento; los disparos frecuentes con armas en un 38 por ciento; bandas violentas o pandillerismo en un 24.2 por ciento.
Como puede observarse, los niveles de inseguridad pública son alarmantes, tanto a nivel nacional como en el Estado de México. Las deficiencias y falta de mantenimiento de los espacios públicos y, específicamente la ausencia de un alumbrado público adecuado en las ciudades, agudizan esta situación, así como el temor con el que viven las personas en sus ciudades, la desconfianza para convivir en espacios públicos y para transitar libremente por sus calles sin sentir amenazas a su seguridad.
En virtud de la fallida estrategia actual para prevenir y atender la inseguridad pública, es imperante que los municipios del país, al ser los gobiernos más próximos a la ciudadanía y, por tanto, quienes conocen las dinámicas diarias de sus habitantes, ejerzan al máximo sus facultades constitucionales para transformar la realidad cotidiana. Por su parte, las entidades federativas deben actuar en consecuencia en aquellas vialidades que se encuentran bajo su jurisdicción y apoyar, en la medida de lo posible y conforme al principio de subsidiariedad, a los municipios, a fin de que éstos puedan cumplir cabalmente con sus funciones en la materia.
Por ello, es necesario contar con programas focalizados para la transformación de los espacios públicos que consideren la iluminación de las vialidades y espacios públicos como una medida preventiva frente a los actos delictivos, así como la necesidad de la participación de la ciudadanía para conocer sus necesidades reales.
Es importante destacar que los problemas que presenta el alumbrado público no sólo radican en la falta de este servicio, sino también en la falta de calidad y de mantenimiento, ya que aun cuando se cuente con la infraestructura, muchas veces ésta no funciona o lo hace de forma intermitente. Por lo que, con base en las anteriores consideraciones y argumentos, presento a esta honorable soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero.- La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los ayuntamientos de los 125 municipios del Estado de México a ampliar, hasta el máximo de los recursos disponibles, el presupuesto destinado a la creación de infraestructura de alumbrado público de calidad y a su mantenimiento, a fin de reforzar la seguridad en las vialidades y espacios públicos, y contribuir al fortalecimiento de la cohesión social y al mejoramiento de la calidad de vida de las y los mexiquenses.
Segundo.- La honorable Cámara de Diputados exhorta al gobierno del Estado de México para que, a través de las dependencias correspondientes, se diseñen e implementen programas dirigidos a la creación de infraestructura y mejoramiento del alumbrado público en las vialidades primarias de la entidad; así como mecanismos que, conforme al principio de subsidiariedad, proporcionen apoyos económicos o en especie a los municipios del Estado para ampliar la infraestructura y el mantenimiento del alumbrado público en las vialidades y espacios públicos locales.
Notas
1 Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía. (2015). Estados y municipios Alumbrado público. Disponible en:
https://www.gob.mx/conuee/acciones-y-programas/estados-y-municip ios-alumbrado-publico
2 Crime Lab New York. (2019). Reducing Crime Through Environmental Design: Evidence from a Randomized Experiment of Street Lighting in New York City. Disponible en:
https://urbanlabs.uchicago.edu/attachments/e95d751f7d91d0bcfeb20 9ddf6adcb4296868c12/store/cca92342e666b1ffb1c15be63b484e9b9687b57249dce44ad55ea 92b1ec0/lights_04242016.pdf
3 Ibid.
4 Ibid.
5 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2023). Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU). Cuarto trimestre 2023. Principales resultados. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ensu/doc/ensu2023_ diciembre_presentacion_ejecutiva.pdf
6 Ibid.
7 Ibid.
8 Ibid.
9 Ibid.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2024.– Diputada Joanna Alejandra Felipe Torres (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Infraestructura, para dictamen.
EN MATERIA DE RECUPERACIÓN DE ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO
«Proposición con punto de acuerdo, en materia de recuperación de escuelas de tiempo completo, a cargo de la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones I y II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la proposición con punto de acuerdo en materia de recuperación de escuelas de tiempo completo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La progresividad fue una de las consideraciones básicas de la reforma constitucional en materia de derechos humanos que, junto con el principio pro persona, refleja el cambio de paradigma en el entendimiento del derecho mexicano. El principio de progresividad tiene por objetivo que los derechos puedan aumentar, pero no puedan disminuirse una vez que han sido ampliados.
A pesar de ello, desde 2019, la niñez mexicana ha visto afectado el sistema educativo que violentó la progresividad de su derecho a la educación y que la afectó de manera regresiva como uno de los pilares que más impactan el desarrollo de una persona. Asimismo, las madres y los padres mexicanos son afectados directos puesto que la reducción de la calidad y de oportunidades educativas para la niñez limita sus posibilidades de ofrecer a sus hijas e hijos mejores oportunidades de vida.
La eliminación del Programa de Estancias Infantiles y la cancelación del Programa de Escuelas de Tiempo Completo afectó a la niñez mexicana, y a sus familias, con claros elementos regresivos que violentaron la Constitución, principalmente el principio de progresividad, el derecho a la educación y el interés superior de la niñez.
El Programa de Escuelas de Tiempo Completo, como el Programa de Estancias Infantiles, fue creado en 2007 en la administración del presidente Felipe Calderón Hinojosa con el objetivo de mejorar la educación básica de la niñez a través del aumento de horas de instrucción de cuatro horas a seis u ocho horas al día con la provisión directa de alimentos de calidad que permitiera la mejora de su aprendizaje. Este Programa amplió su derecho a la educación no solo en el ámbito de capacidades educativas, sino de alimentación, deporte, cultura y de convivencia social.
Los avances conseguidos en materia educativa se perdieron prácticamente durante el actual sexenio. Además de la supresión del Programa de Estancias Infantiles en febrero de 2019, el actual gobierno desapareció al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como la evaluación docente por razones estrictamente políticas. Aunado a estos retrocesos, la administración actual asestó el golpe más lesivo contra la educación pública de la niñez mexicana a través de la eliminación del Programa de Escuelas de Tiempo Completo en febrero de 2022.
El gobierno federal cambió el nombre del Programa de Escuelas de Tiempo Completo por el de “La Escuela es Nuestra” en 2019 y mantuvo su existencia en los Presupuestos de Egresos de la Federación 2020 y 2021. Sin embargo, las Reglas de Operación de dicho programa, publicados el 5 de febrero de 2022, modificó el ejercicio de los recursos para destinarlos al “mantenimiento y mejoramiento de las escuelas”. Con ello desapareció la extensión del horario de clase, suprimió directamente la oferta de alimentos y las actividades adicionales del Programa de Escuelas de Tiempo Completo.
Organizaciones de prestigio nacional como Mexicanos Primero advirtieron que la eliminación del Programa de Escuelas de Tiempo Completo acabó con el apoyo alimentario para 3.6 millones de niñas, niños y adolescentes en todo el país. Para esta organización “las escuelas de tiempo completo tenían la oportunidad de ser el vehículo para revertir la desnutrición y malnutrición, así como la recuperación de aprendizajes académicos y la salud emocional de los niños y adolescentes”. Este golpe final contra los derechos de las infancias se llevó a cabo en uno de los momentos más graves y urgentes de la educación en México, aún dentro de la crisis sanitaria por Covid-19 que afectó las capacidades y el aprendizaje de la niñez y adolescencia mexicanas ante un sistema educativo que no estuvo preparado para dicha situación.
Aun cuando las actividades del Programa de Escuelas de Tiempo Completo se mantuvieron hasta 2021 en el Programa La Escuela es Nuestra, la Auditoría Superior de la Federación detectó irregularidades desde 2020 al encontrar que “1,757 planteles no demostraron que más de 573 millones 605 pesos” se hayan utilizado para mejorar y mantener la infraestructura y equipamiento de las mismas. Es decir que desde el primer año del Programa La Escuela es Nuestra se comenzó con la eliminación de recursos que antes se destinaron al aumento de horas educativas, alimentación, actividades culturales y deportivas para nuestra niñez.
El Consejo Nacional de la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) concluyó que el Programa de Escuelas de Tiempo Completo impactó en las primarias con “una disminución significativa en las tasas de repetición y rezago educativo” de las niñas y niños en el periodo 2007-2017, con efectos “más grandes y robustos” en escuelas ubicadas en localidades de alta marginación.
Otra importante conclusión fue que el servicio de alimentación ofrecido por el Programa de Escuelas de Tiempo Completo “es una intervención efectiva para mejorar el logro educativo y el nivel de aprendizaje, primordialmente entre la población estudiantil de escuelas primarias en localidades de alta marginación.” Las conclusiones señalan que el Programa se diseñó con la premisa de un “mecanismo causal” que relaciona a la población vulnerable o en contextos de riesgo social con la necesidad de mayor tiempo de instrucción y alimentación como el medio para incrementar su nivel de logro educativo.
Las recomendaciones finales de Coneval señalaron puntos de oportunidad para mejorar el programa y aumentar sus efectos. En conocimiento de que implicaba un esfuerzo presupuestal importante, indicaron que se requería garantizar la disponibilidad mínima de recursos humanos y financieros para la operación del programa, para la implementación del programa de alimentación y el pago de remuneraciones al personal docente en razón de la ampliación de la jornada laboral para asegurar una atención de calidad a sus beneficiarios y a sus operadores.
Lo anterior demuestra que existió una evaluación institucional seria de dicho programa que ya identificaba acciones necesarias para mejorar su efectividad y eficiencia. En lugar de eso, la administración actual desapareció el Programa de Escuelas de Tiempo Completo sin ofrecer un diagnóstico, una justificación ni acciones que sustituyeran los impactos positivos comprobados.
Las acciones expuestas demuestran la regresividad, y por tanto la violación al principio constitucional de progresividad en el derecho a la educación, alimentación, cultura y deporte de la niñez mexicana desde 2010.
Debe considerarse que la Ley General de Educación vigente obliga al Estado a priorizar el interés superior de la niñez, adolescencia y juventud en el derecho a la educación (artículo 2). También dispone que las autoridades educativas deben promover entornos escolares saludables, a través de acciones que permitan la disponibilidad y acceso a una alimentación nutritiva e hidratación adecuada, además de educación física y práctica del deporte.
Con base en las anteriores consideraciones y argumentos, presento a esta honorable soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero.- La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Educación Pública, instrumente un programa cuyos objetivos estén exclusivamente dirigidos al establecimiento de escuelas con horario completo en educación básica en las que se ofrezcan servicios de alimentación y actividades académicas, deportivas y culturales a fin de generar un mayor desempeño académico y el desarrollo integral de los educandos.
Segundo.- La honorable Cámara de Diputados exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas, a través de sus autoridades educativas, a implementar programas y políticas que recuperen las escuelas de tiempo completo y que implementen acciones para ofrecer de manera directa alimentos de calidad, así como actividades académicas, deportivas y culturales adicionales al horario escolar obligatorio.
Notas
1 Secretaría de Educación Pública (2009). Programa de Escuelas de Tiempo Completo. Disponible en:
https://www.aefcm.gob.mx/petc/archivos-recomendaciones/buenas_pr acticas1.pdf
2 José Fernando Vázquez Avedillo (2023). La eliminación de las escuelas de tiempo completo en México: Un tema de derechos humanos. En Revista Internacional de Derechos Humanos Vol. 13, No. 2.
3 El Financiero (marzo 1, 2022). SEP elimina programa ‘Escuelas de tiempo completo’; afectará a millones de niños,denuncian. Disponible en:
https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/03/01/sepelimina-p rograma-escuelas-de-tiempo-completo-afectara-amillones-de-ninos-denuncian/
4 Forbes Política (marzo 23, 2022). Diputados citan de nuevo a Delfina Gómez por escuelas de tiempo completo. Disponible en:
https://www.forbes.com.mx/diputados-citan-de-nuevo-a-delfina-gom ez-por-escuelas-de-tiempo-completo/
5 CONEVAL (2018). Impacto del Programa Escuelas de Tiempo Completo 2018, Estudio Exploratorio. Disponible en:
https://www.coneval.org.mx/EvaluacionDS/PP/CEIPP/IEPSM/Documents /Exploratorio_Impacto_PETC.pdf
6 Idem.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de abril de 2024.– Diputada Joanna Alejandra Felipe Torres (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Educación, para dictamen.
EXHORTO A LA SEMARNAT, A LA CONAFOR Y A SUS HOMÓLOGAS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A FORTALECER LAS TAREAS Y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN, CONTROL Y COMBATE DE INCENDIOS FORESTALES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat, a la Conafor y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a realizar las acciones administrativas y presupuestales que fortalezcan las tareas y programas de prevención, control y combate de incendios forestales que se susciten el país, a cargo de la diputada Krishna Karina Romero Velázquez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Krishna Karina Romero Velázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:
Consideraciones
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), los incendios forestales, se definen como los fuegos no controlados que ocurren en áreas cubiertas de vegetación, desde bosques densos hasta pastizales, los cuales representan una grave amenaza para la biodiversidad y los ecosistemas. Destruyen hábitats naturales, poniendo en riesgo la supervivencia de numerosas especies de plantas y animales.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que cada año, 370 millones de hectáreas de bosque en todo el mundo, son devastadas por incendios forestales, los cuales representan un 5 por ciento de la tierra quemada, pero aportan más del 80 por ciento de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Este año a lo largo del país, hemos sido testigos de una escalada en la frecuencia y la intensidad de los incendios forestales, que han puesto en peligro la vida silvestre, la calidad del aire y la seguridad, además de ocasionar graves repercusiones económicas y de salud de las y los mexicanos.
Datos de la Comisión Nacional Forestal (Conafor), señalan que en lo que va del año, se han registrado mil 699 incendios forestales en 26 entidades federativas, en una superficie de 68 mil 539 hectáreas. De esta superficie, el 93 por ciento correspondió a vegetación en los estratos herbáceo y arbustivo y el 7 por ciento a arbóreo.
Asimismo, señala que al día corte del 4 de abril, se reportan 80 Incendios forestales sobre la República Mexicana, de los cuales 61 activos, 8 controlados y 11 reactivados.
Abundando en dichos datos se tiene que el total nacional de incendios forestales, 224 (13 por ciento) correspondió a ecosistemas sensibles al fuego, en una superficie de 13,291.9 (19 por ciento) hectáreas.
Ante este contexto, la prevención, control y combate de incendios forestales representa un factor clave para evitar la pérdida devastadora de nuestros bosques, la destrucción de hábitats naturales y la amenaza para la vida y la propiedad de las comunidades locales.
Para ello, a nivel nacional contamos con la Conafor, quien desempeña un papel crucial en la protección y conservación de nuestros recursos forestales, y su labor en la prevención de incendios es de suma importancia. A través de programas de educación, capacitación y concientización, dicha dependencia trabaja para aumentar la sensibilización sobre los riesgos de incendios forestales y promover prácticas forestales sostenibles.
Pese a su labor fundamental que realiza para salvaguardar y proteger nuestros bosques, del año 2018 al 2024 sufrió un recorte presupuestal del 50 por ciento, al pasar de tener 5 mil 361 millones de pesos a 2 mil 672 en dichos años, recorte que ha representado un duro golpe para la protección de nuestros bosques.
La reducción de recursos presupuestarios para combatir incendios forestales es motivo de profunda preocupación y lamentación. Esta decisión pone en riesgo los avances logrados en la prevención y control de incendios, y debilita la capacidad de la Conafor para enfrentar los crecientes desafíos que representan los incendios forestales en nuestro país.
Es lamentable ver cómo, en un momento en que los incendios forestales están aumentando a un ritmo alarmante, el gobierno en turno a optado por recortar fondos en lugar de fortalecer las medidas preventivas y de respuesta.
Este recorte presupuestario es aún más inaceptable cuando se justifica bajo el discurso falso de la austeridad, dado que la verdadera austeridad no consiste en sacrificar la protección del medio ambiente y la seguridad de la población en aras de supuestos ahorros financieros. La verdadera austeridad implica una gestión responsable de los recursos públicos, que garantice el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
Como legisladores, debemos apoyar y fortalecer los esfuerzos de la Conafor en la prevención de incendios forestales, proporcionándoles los recursos necesarios y que requieren para llevar a cabo su importante labor. La protección de nuestros bosques es fundamental para el bienestar de nuestro país y las generaciones futuras, y debemos actuar con determinación y compromiso para preservarlos.
En este sentido, el presente punto de acuerdo tiene por objeto exhortar respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del gobierno federal, a la Comisión Nacional Forestal y a las dependencias homólogas de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus atribuciones realicen las acciones administrativas y presupuestales que fortalezcan las tareas y programas de prevención, control, y combate de incendios forestales que se susciten el país.
Desde el Grupo Parlamentario del Partido del Partido Acción Nacional, tenemos claro que la protección de nuestros bosques es fundamental para el bienestar de nuestro país y las generaciones futuras, por ende, debemos actuar con determinación y compromiso para preservarlos.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del gobierno federal, a la Comisión Nacional Forestal y a las dependencias homólogas de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus atribuciones realicen las acciones administrativas y presupuestales que fortalezcan las tareas y programas de prevención, control, y combate de incendios forestales que se susciten el país.
Notas
1 Incendio forestal, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), disponible en la pág.- web.
https://www.fao.org/faoterm/viewentry/es/?entryId=97854, consultado el día 25/03/2024.
2 El aumento de los incendios descontrolados; ONU, disponible en la pág. web. -
https://www.un.org/es/cr%C3%B3nica-onu/el-aumento-de-los-incendi os-descontrolados-hace-que-la-adopci%C3%B3n-de-estrategias, consultada el día 25-04-2024.
3 Perspectiva Meteorológica para Incendios Forestales; SMN, disponible en la pág. web. -
https://smn.conagua.gob.mx/es/incendios-forestales-diario
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de abril del año 2024.– Diputada Krishna Karina Romero Velázquez (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
SE GARANTICE LA NUTRICIÓN Y SANA ALIMENTACIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CON ENFOQUE DIFERENCIADO A LA PRIMERA INFANCIA
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa, al Sistema Nacional de Salud y al Sistema Nacional DIF a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la nutrición y sana alimentación de niñas, niños y adolescentes, con enfoque diferenciado a la primera infancia, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada federal Margarita Ester Zavala Gómez, del Campo, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I; 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente punto de acuerdo con base en las siguientes:
Consideraciones
Primera.- Los primeros años de vida de niñas y niños son fundamentales para garantizar su desarrollo integral; la primera infancia, que comprende de los 0 a 6 años de edad.
Las niñas y niños tienen derecho a la alimentación, definido por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura como: “el derecho a una alimentación adecuada es un Derecho Humano internacional que se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a los medios para obtenerla” y, el artículo 4º de nuestra Constitución establece que: “...Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará...”
La realidad que viven las niñas y niños de nuestro país es muy distinta, en nuestro país existen personas que no pueden ni siquiera comer tres veces al día porque las condiciones económicas no lo permiten, lo cual afecta de manera significativa en el desarrollo de las niñas y niños, porque éstos no tendrán los nutrientes necesarios para poder avanzar en su crecimiento físico y mental.
Las niñas y niños que van a la escuela sin haber desayunado no solo no pueden retener información, sino que su aprendizaje no es igual al de otros que sí tienen las condiciones económicas para poder tener una alimentación.
Segunda.- De acuerdo con UNICEF México, la desnutrición crónica afecta a 1 de cada 8 niñas y niños en la primera infancia. La falta de una dieta suficiente, variada y nutritiva repercute directamente en su calidad de vida a corto, mediano y largo plazo.
Las niñas, niños y adolescentes de los estados del sur del país tienen alrededor del doble de probabilidad de tener bajo peso o talla para su edad, como consecuencia de la desnutrición crónica, que los que viven en el norte del país.
Con información del Pacto por la Primera Infancia, se estima que, en el año 2020, más de 149 millones de menores de 5 años en el mundo parecieron retraso del crecimiento (su estatura era demasiado baja para su edad) y más de 45 millones padecieron emaciación (su delgadez era excesiva para su altura). En la misma página del Pacto por la Primera Infancia, se cita el informe: “El Estado de la inseguridad alimentaria en el mundo 2021”, elaborado por diversas agencias de la Organización de las Naciones Unidas, alerta que actualmente en el mundo se enfrenta una crisis alimentaria sin precedentes, donde los más afectados son niñas, niños y adolescentes, y en particular, la primera infancia.
Tercera.- La Ley General de Salud, en su artículo 6º, frac. XI establece que: “El Sistema Nacional de Salud tiene los siguientes objetivos: ... diseñar y ejecutar políticas públicas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, que contrarreste eficientemente la desnutrición, el sobrepeso, la obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria...”
Por lo que es su deber encaminar políticas públicas que garanticen una alimentación sana y nutritiva que genere que niñas y niños puedan llegar a alcanzar su máximo desarrollo físico y mental, cumpliendo con su derecho a la salud y velando por el interés superior de la niñez.
La UNICEF México ha dicho que: “Es necesario desarrollar una política de salud pública integral que coordine las acciones y programas para reducir la desnutrición, apoyar a los ingresos de las familias más vulnerables y acompañar el cuidado de niñas y niños en la primera infancia”.
Las niñas y niños deben de ser una prioridad en la toma de decisiones de gobierno.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal, al sistema nacional de salud y al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la nutrición y sana alimentación de niñas, niños y adolescentes, con enfoque diferenciado a la primera infancia.
Notas:
1. El Pacto por la Primera Infancia. Pacto por la Primera Infancia, México.
El Pacto - Pacto por la Primera Infancia (pactoprimerainfancia.org.mx)
2. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, “Derecho a la Alimentación”
Derecho a la alimentación | Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (fao.org)
3. Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (diputados.gob.mx)
4. “Desnutrición infantil. En México, la desnutrición crónica afecta a 1 de cada 8 niños y niñas en la primera infancia”. UNICEF México
Desnutrición infantil | UNICEF
5. “La amenaza del hambre y la desnutrición en la Primera Infancia”. Sotomayor, Alberto. 14 de julio de 2021, Pacto por la Primera Infancia, México.
La amenaza del hambre y desnutrición en la primera infancia - Pacto por la Primera Infancia (pactoprimerainfancia.org.mx)
6. Para su versión actualizada consúltese: El estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo 2023 (fao.org)
7. Artículo 6º, fracción XI de la Ley General de Salud
Ley General de Salud (diputados.gob.mx)
8. “Desnutrición infantil. En México, la desnutrición crónica afecta a 1 de cada 8 niños y niñas en la primera infancia”. UNICEF México Desnutrición infantil | UNICEF
9. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, ¿Qué hacemos?
Sistema Nacional DIF | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)
10. “Programas alimentarios del DIF logran disminuir desnutrición severa y moderada en población escolar” , Sistema Nacional DIF, 15 de octubre de 2021.
Programas alimentarios del DIF logran disminuir desnutrición severa y moderada en población escolar | Sistema Nacional DIF | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2024.– Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD, A ASEGURAR LA DISPONIBILIDAD DE VACUNAS CONTRA EL SARAMPIÓN PARA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a asegurar la disponibilidad de vacunas contra el sarampión para niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal Mariana Erandi Nassar Piñeiro, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
1. De acuerdo con el informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de los Estados Unidos, el número estimado de casos de sarampión asciende a 9 millones y el de personas fallecidas se sitúa en 136,000 entre los menores de edad. En 2022, 37 países experimentaron brotes perturbadores y de gran magnitud, frente a los 22 países registrados en 2021. El sarampión se puede prevenir con dos dosis de la vacuna. Si bien en 2022 la cobertura mundial de vacunación experimentó un leve aumento con respecto a 2021, ese año seguía habiendo 33 millones de niños sin alguna de las dos dosis de la vacuna contra el sarampión: casi 22 millones de niños no habían recibido la primera dosis y a otros 11 millones les faltaba la segunda. La tasa mundial de cobertura vacunal de la primera dosis se situó en el 83 por ciento, todavía muy por debajo del nivel de cobertura del 95 por ciento que se necesita para proteger a las comunidades frente a los brotes.
2. Asimismo, la OMS y la CDC, fundaron la Alianza contra el Sarampión y la Rubéola, iniciativa a nivel mundial enfocada en garantizar que ningún niño muera de sarampión o nazca con el síndrome de rubéola congénita. El Marco Estratégico contra el Sarampión y la Rubéola 2021-2030, desarrollado por esta alianza, tiene como objetivo orientar a todas las partes interesadas a nivel nacional, regional y mundial para planificar e implementar actividades más eficaces de eliminación y control del sarampión y la rubéola y aumentar el nivel de ambición para lograr un mundo sin sarampión y rubéola.
3. Por su parte, la Organización Panamericana de la Salud, señala que el sarampión es una enfermedad prevenible mediante vacunación. También, señala que, en 35 años hubo en una reducción de casos del 95 por ciento, de 4,5 millones de casos en 1980 a aproximadamente 244.700 casos en 2015.
4. El 29 de enero de 2024, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) emitieron una alerta epidemiológica para la Región de las Américas, en América se reportaron 12 casos confirmados de sarampión.
5. El sarampión es una enfermedad viral sumamente contagiosa causada por el virus que pertenece a la familia Paramyxoviridae del género Morbillivirus. Se encuentra en las secreciones de la nariz y la faringe; el contagio ocurre cuando la persona enferma tose o estornuda y las gotitas de saliva que expulsa penetran por la vía respiratoria de personas que no han sido vacunadas y que no han padecido esta enfermedad.
6. El virus tiene un periodo de incubación en el organismo de una a tres semanas, y la transmisibilidad se da cuatro días antes y cuatro días después de comenzar el exantema (la aparición de ronchitas en el cuerpo), por lo que, para evitar contagiar a otras personas y prevenir hospitalizaciones, es recomendable el aislamiento en casa.
Situación en México
1. El 9 de abril de 2024, el Comité Nacional para la Vigilancia Epidemiológica (Conave), informa que, en el país, en el año 2024 y hasta la semana 13 se han notificado un total de 859 casos probables de sarampión o rubéola, de los cuales se han confirmado 4 casos de sarampión uno importado y tres casos probablemente relacionados a importación.
2. El 27 de marzo de 2024, El Comité Nacional para la Vigilancia Epidemiológica (Conave), respecto a la Situación Epidemiológica del Sarampión, informa que durante al o 2024 y hasta la semana 11 se han notificado un total de 649 casos probables de sarampión o rubéola, de los cuales se confirmó un caso de sarampión relacionado a importación, asimismo, informa que, durante el año 2021, 2022, 2023 hubo varios casos sospechosos de sarampión, pero ninguno confirmado.
3. El 14 de marzo de 2024, la Dirección General de Epidemiología (DGE) de la Secretaría de Salud del gobierno federal detectó en la Ciudad de México un caso importado de sarampión, se trató de un niño de cuatro años y ocho meses, proveniente de un vuelo de Londres. En ese sentido, las autoridades informaron a las autoridades locales e internacionales sobre el caso detectado en el país.
4. El 15 de febrero de 2024, la Secretaría de Salud federal, a través de la Unidad de Inteligencia Epidemiológica y Sanitaria (UIES) de la Dirección General de Epidemiología emite el aviso preventivo de viaje, donde señala las acciones preventivas que todos los viajeros deben tomar en cuenta, indicando que vacunarse es la mejor manera de evitar contraer el sarampión o contagiarlo a otras personas.
5. El 8 de febrero de 2024, el Comité Nacional para la Vigilancia Epidemiológica (Conave), respecto a la Situación Epidemiológica del Sarampión, CONAVE/01/2024/Sarampión, en donde informan de los casos confirmados en América.
Vigilancia epidemiológica
1. México cuenta con un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Enfermedad Febril Exantemática (EFE), a través del cual se lleva a cabo la notificación de casos probables de sarampión o rubéola, para lo cual se utiliza la Plataforma del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, Sinave. Con el propósito de evitar la reintroducción de virus de sarampión es necesario mantener una adecuada vigilancia epidemiológica enfocada a la detección y diagnóstico oportuno de los casos probables de sarampión o rubéola, así como la obtención de información epidemiológica de calidad que orienten las acciones de reforzamiento de la promoción de la salud y prevención específica, además del control del padecimiento.
2. De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012, se debe notificar de manera inmediata al nivel superior los casos probables de sarampión o rubéola para la vigilancia epidemiológica, en las primeras 24 horas de su conocimiento por los servicios de salud. Lo anterior, con la finalidad de que las autoridades brinden seguimiento de los casos probables hasta su clasificación final.
3. Por su parte, el Manual de Procedimientos Estandarizados para la Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades Prevenibles por Vacunación, advierte que ante los probables casos de Sarampión y Rubéola las autoridades sanitarias deberán observar lo siguiente:
1.- Capacitar y sensibilizar al personal de salud de todos los niveles técnico-administrativos para la preparación ante un posible caso de sarampión.
2.- Fortalecer la vigilancia epidemiológica de sarampión en todas las unidades de atención médica del país, priorizando las zonas de alto riesgo, con silencio epidemiológico, áreas de fronteras, zonas turísticas y áreas de concentración de migrantes y puntos de entrada al país (por ejemplo, aeropuertos, puertos marítimos, etc.).
3.- Garantizar la notificación, estudio y seguimiento de la totalidad de casos probables de sarampión o rubéola que cumplan con la definición operacional de caso, así como los posibles brotes a través de la Plataforma del Sinave, incorporando mediante la gestión correspondiente la participación de unidades médicas privadas.
4. El Centro Nacional para la Salud de Infancia y la Adolescencia, Censia, indica el seguimiento de contactos del caso y vacunación de acuerdo con el grupo de edad con la vacuna triple viral (SRP) a niños y niñas de 1 a 9 años o con la vacuna doble viral (SR) a adolescentes de 10 a 19 años no vacunados. Considerando las acciones siguientes:
1.- Implementar actividades de intensificación de vacunación en peri-domicilio de cada caso, en municipios de alto riesgo, y en aquellos que son corredores de población migrante dentro del país y los municipios fronterizos del país.
2.- Iniciar con vacunación intensiva con la primera dosis de vacuna SRP, a niñas y niños de un año, segunda dosis a los 18 meses o 1 mes después de aplicada la primera dosis y aquellos que cumplan o estén próximos a cumplir seis años, así como a la población rezagada de la aplicación de la primera, de la segunda dosis o ambas en grupo de menores de 10 años. De estar disponible, se podrá aplicar la vacuna SR a adolescentes de 10 a 19 años.
3.- Dosis “Cero”. Aplicación de una dosis de vacuna SRP o SR a los contactos de los casos que tengan entre 6 y 11 meses de edad. Debido a que, de persistir la inmunidad materna, podría ocurrir neutralización de la dosis aplicada por los anticuerpos maternos en el bebé, esta dosis no cuenta para el esquema, por lo que se le denomina “dosis cero”. La dosis 1 se aplica a los 12 meses y continua con la aplicación de la 2ª dosis a los 18 meses de edad.
7. El derecho a la salud se encuentra reconocido en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la ley definirá un sistema de salud, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
8. Por su parte, la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, reconoce en su artículo 13, el derecho a la salud y la protección social, por lo que el Estado está obligado a garantizar mediante todos los medios posibles el pleno ejercicio del mismo.
9. Asimismo, conforme a los lineamientos del Programa Nacional de Vacunación para 2023, se pretende cubrir en un 95 por ciento la aplicación de cada uno de los biológicos que integran el programa; alcanzar y mantener el 90 por ciento de vacunación en el esquema completo de niñas y niños menores de un año, uno, cuatro y seis años por entidad federativa. Sin embargo, los resultados de la reciente Encuesta Nacional de Salud y Nutrición Continua 2022, elaborada por el Instituto Nacional de Salud Pública de México, revelan que en ninguno de los biológicos que integran el programa se alcanzó el 90 por ciento de aplicación, situación que muestra una estabilización y en el peor de los casos un retroceso en las metas propuestas y que también se presentan a nivel internacional, situación que no debe servir para justificar la inacción de las instituciones responsables del cumplimiento de la normatividad.
10. De igual forma, el Programa de Acción Específico Vacunación Universal 2020-2024, planteó una serie de objetivos, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de Salud y en los Objetivos de Desarrollo sostenible de las Naciones Unidas, específicamente con el Objetivo 3, “garantizar una vida sana y promover el bien para todos en todas las edades”, compromisos que lamentablemente no se han cumplido. Muestra de ello es la falta de un sistema nominal de registro, que es la medición administrativa que se hace de la vacunación, metodología avalada por la Organización Mundial de la Salud y que en México no se lleva a cabo, pues no permite tener certeza de quiénes han sido vacunados, en qué momento, quiénes tienen esquemas completos o cuál es el avance por biológico, afirmó en su momento la Mtra. Nicolasa López Ovando, responsable de vacunación en el estado de Chiapas.
11. En esa tesitura, ante los casos de sarampión confirmados en el país, es importante que se garantice de manera oportuna la vacunación de la niñez, población considera como vulnerable ante el virus del sarampión, pues la mejor inversión en salud es la prevención, disminuyendo los costos y el impacto en la sociedad, por ello, es urgente que la Secretaría de Salud federal asegure la vacunación de los bebés, niñas, niños y adolescentes.
12. Por ello, la Secretaría de Salud federal debe atender el marco normativo vigente, con el fin de reforzar la campaña de vacunación en los municipios de alto riesgo, y en aquellos considerados como tránsito de población migrante, así como en los municipios fronterizos, evitando la propagación del virus.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal para que asegure la disponibilidad de vacunas contra el sarampión a las niñas, niños y adolescentes, sector de la población considerada como vulnerable.
Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud federal para que, refuerce la campaña de vacunación en los municipios de alto riesgo, y en aquellos considerados como tránsito de población migrante, así como en los municipios fronterizos, evitando la propagación del virus.
Notas
1 Cruz Roja Americana, a World free from measles and rubella, puede verse en: Alianza contra el sarampión y la rubéola | Una alianza global (measlesrubellapartnership.org), (consultado el 11 de abril de 2024).
2 Cruz Roja Americana, MEASLES AND RUBELLA STRATEGIC FRAMEWORK 2021—2030, puede verse en: Measles-Rubella-Strategic-Framework-Updated.pdf, (consultado el 11 de abril de 2024).
3 Organización Panamericana de la Salud, puede verse en: Sarampión - OPS/OMS | Organización Panamericana de la Salud (paho.org), (consultado el 11 de abril de 2024).
4 Organización Panamericana de la Salud, puede verse en: Alerta epidemiológica - Sarampión en la Región de las Américas - 29 de enero del 2024 - OPS/OMS | Organización Panamericana de la Salud (paho.org), (consultado el 11 de abril de 2024).
5 Gobierno de México, Comunicado de Salud, puede verse en: 142. Emite Secretaría de Salud nuevo aviso epidemiológico por sarampión | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx), (consultado el 11 de abril de 2024).
6 Ibid.
7 Gobierno de México, Comunicado de Salud, puede verse en: Aviso Epidemiológico de Caso confirmado importado de Sarampión abril | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx), (consultado el 11 de abril de 2024).
8 Gobierno de México, Comunicado de Salud, puede verse en: Aviso Epidemiológico de Caso confirmado importado de Sarampión | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx), (consultado el 12 de abril de 2024).
9 Gobierno de México, Secretaría de salud, puede verse en: Aviso Preventivo de Viaje por Sarampión a Nivel Global | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx), (consultado el 12 de abril de 2024).
10 Gobierno de México, Comunicado de Salud, puede verse en: Aviso Epidemiológico del Sarampión 2024 | Secretaría de Salud | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx), (consultado el 12 de abril de 2024).
11 Gobierno de México, NORMA Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012, Para la vigilancia epidemiológica, puede verse en: 00_NOM-017-SSA2-2012_para_vig_epidemiologica.pdf (salud.gob.mx) (consultado el 12 de abril de 2024).
12 Gobierno de México, Manual de Procedimientos Estandarizados para la Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades Prevenibles por Vacunación, puede verse en: 35_Manual_VE_EPV.pdf (salud.gob.mx), (consultado el 12 de abril de 2024):
13 Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, puede verse en: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (diputados.gob.mx), (consultado el 12 de abril de 2024).
14 www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf
15 www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/790120/LineamientosGeneralesPVU_2023.pdf
16 www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/678575/PAE_Vacunaci_n_8_4_21.pdf
17 www.pactoprimerainfancia.org.mx/wp-content/uploads/2023/11/Re-sumen-Ejecutivo-D iagnostico-de-la-vacunacion-infantil-en-Mexico-2010-2022.pdf p. 381
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2024.– Diputada Mariana Erandi Nassar Piñero (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACIÓN DEL SEDENTARISMO Y DE ACTIVACIÓN FÍSICA EN TODOS LOS NIVELES EDUCATIVOS BÁSICOS
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la SEP a implementar campañas de concientización del sedentarismo y de activación física en todos los niveles educativos básicos del país, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Juan Carlos Natale López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Exposición de Motivos
I. Las campañas deportivas y de activación física fomentan la salud física al motivar a los estudiantes a participar en actividades físicas regulares, esto contribuye a la prevención de enfermedades relacionadas con el sedentarismo y promueve hábitos de vida activos y saludables. Estas campañas ofrecen oportunidades para el desarrollo de habilidades motoras y coordinación, fundamentales en la formación integral de los estudiantes; y mejorar dichas habilidades tiene beneficios tanto a nivel académico como en la vida cotidiana, incluso existe evidencia que sugiere que la actividad física regular está asociada con un mejor rendimiento académico a través de la concentración y la memoria.
II. Las actividades deportivas suelen requerir trabajo en equipo, lo que contribuye al desarrollo de habilidades sociales, los estudiantes aprenden a trabajar con sus compañeros, a respetar reglas y a valorar la contribución individual dentro de un grupo, es así, que se puede contribuir a crear un ambiente escolar más positivo y enérgico debido a que los estudiantes que participan en actividades físicas suelen mostrar un mejor estado de ánimo y mayor disposición para aprender y cooperar dentro de diversas actividades.
III. La actividad física es conocida por reducir el estrés y la ansiedad; las campañas deportivas brindan a los estudiantes una salida para liberar tensiones, mejorando su bienestar emocional y su capacidad para manejar el estrés.
IV. Inculcar la importancia de la actividad física desde temprana edad puede contribuir a la formación de hábitos saludables a largo plazo, es así que los estudiantes que participan en campañas deportivas tienen más probabilidades de mantener un estilo de vida activo en la edad adulta.
V. Las campañas deportivas pueden ser eventos que involucren no solo a los estudiantes, sino también a profesores, padres y otros miembros de la comunidad escolar, lo que fortalece los lazos comunitarios y promueve la participación activa de todos los involucrados en la educación de los estudiantes.
Es por lo anterior expuesto, que hoy presento ante esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación para que implementen campañas de concientización del sedentarismo y de activación física en todos los niveles educativos básicos del país.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2024.– Diputado Juan Carlos Natale López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen.
EXHORTO AL GOBIERNO DE PUEBLA, A QUE CONVOQUE E INTEGRE A LOS GOBIERNOS MUNICIPALES DE PUEBLA CAPITAL, CUAUTLANCINGO, OCOYUCAN, SAN PEDRO Y SAN ANDRÉS CHOLULA A POSTULARSE COMO ANFITRIONES DEL DÍA MUNDIAL METROPOLITANO 2024
«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Puebla a que convoque e integre los gobiernos municipales de Puebla Capital, Cuautlancingo, Ocoyucan, San Pedro y San Andrés Cholula a postularse como anfitriones del Día Mundial Metropolitano 2024, a cargo del diputado Juan Carlos Natale López, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Juan Carlos Natale López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El desarrollo metropolitano en el estado de Puebla es un tema relevante debido al crecimiento urbano experimentado en la región en las últimas décadas. Puebla capital y su zona metropolitana, han integrado una de las regiones más importantes de México, con una población en constante aumento y una economía diversificada que incluye sectores como la industria automotriz, manufacturera y turismo, entre otros.
La zona metropolitana de Puebla incluye fundamentalmente la capital del estado, Puebla de Zaragoza, así como municipios circundantes como San Andrés Cholula, San Pedro Cholula, Ocoyucan y Cuautlancingo, mismos que han experimentado un crecimiento urbano considerable.
El desarrollo metropolitano implica varios aspectos, como la planificación urbana, el transporte público, la infraestructura, la vivienda, el medio ambiente y la sustentabilidad. En Puebla, se han implementado diversas políticas y proyectos para abordar estos temas y promover un desarrollo equilibrado y sostenible en la región.
Algunas de las iniciativas en curso incluyen la mejora del transporte público, la construcción de nuevas vialidades para descongestionar el tráfico, la promoción de áreas verdes y espacios públicos, así como programas de vivienda accesible para diferentes segmentos de la población.
Sin embargo, el desarrollo metropolitano también presenta desafíos, como la preservación del patrimonio histórico y cultural, la gestión de residuos, la contaminación ambiental y la desigualdad socioeconómica. Abordar estos desafíos requiere una colaboración entre el gobierno, el sector privado, la sociedad civil y otros actores para garantizar un desarrollo metropolitano inclusivo y sostenible.
La organización “metrópolis” cómo socio de ONU Hábitat, organiza cada año el “World Metropolitan Day” que busca integrar diversos actores nacionales e internacionales con el fin de buscar y plantear en conjunto, diversas estrategias de desarrollo y mejora para la calidad de vida y movilidad de las personas que habitan estos espacios urbanos.
Puebla, se ha proyectado como uno de los nodos económicos y comerciales de mayor valor y plusvalía en el centro del país, y por ello, albergar foros de este calado, representa una magnífica oportunidad para proyectar y visibilizar, por un lado, las virtudes y fortalezas que representa esta región para muchos sectores y, por otro lado, gestionar socios, aliados, ideas, y proyectos vanguardistas que fortalezcan al tejido social, así como captar a la cooperación internacional y sociedad civil interesada en el desarrollo de las regiones metropolitanas.
Metrópolis presenta su convocatoria para realizar el planteamiento y propuesta para ser anfitriones del World Metropolitan Day 2024, el cual se llevará a cabo en octubre, en el sitio https://www.worldmetropolitanday.org/2024-host .
Por lo anterior expuesto, se propone el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al gobierno del estado de Puebla para que, con base en sus atribuciones, convoque e integre a los gobiernos municipales de Puebla capital, Cuautlancingo, Ocoyucan, San Pedro y San Andrés Cholula para postularse como anfitriones del día mundial metropolitano 2024.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2024.– Diputado Juan Carlos Natale López (rúbrica).»
Se turna a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen.