SUMARIO
MINUTO DE SILENCIO
La diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva, lamenta el fallecimiento de ex diputada federal en la LXII Legislatura, Flor de María Pedraza Aguilera, destacada militante del Partido Acción Nacional e impulsora de iniciativas a favor de las mujeres y de la equidad de género, y una de las promoventes de la reforma al Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género para convertirlo en el Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género. Asimismo, extiende sus condolencias a familiares y amigos, e invita a la asamblea a guardar un minuto de silencio en su memoria
De conformidad con el acuerdo aprobado por esta soberanía, y con el propósito de preservar e impulsar el desarrollo de las lenguas indígenas nacionales, se otorga el uso de la tribuna a:
-La ciudadana Maricela Téllez Jiménez, quien se expresa en lengua náhuatl
De la diputada Yessenia Leticia Olua González, del Grupo Parlamentario de Morena, por la que solicita el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 8 y 19 de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Se tiene por retirada. Actualícense los registros parlamentarios
De la Cámara de Senadores, mediante las cuales remite:
-El acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establece el calendario de sesiones para el segundo periodo ordinario del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.De enterado
-El acuerdo por el que la senadora Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRI, causa baja como secretaria de la Mesa Directiva.De enterado
-Oficio por el que informa la designación como representantes, titular y suplente, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral a los senadores Christian Gregorio Díaz Carrasco y Antonio García Conejo.De enterado. Comuníquese
De la Secretaría de Gobernación, por medio de las cuales remite copia de las evaluaciones de impacto presupuestario emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las siguientes iniciativas con proyecto de decreto, que remitió el presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, el 5 de febrero de 2024:
-Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral
-Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial
-Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de austeridad republicana y remuneraciones de personas públicas
De enterada. Se remiten a las comisiones correspondientes, para su conocimiento y atención e intégrense en los expedientes respectivos
De la Secretaría de Gobernación, por la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en relación con la actividad pesquera en las inmediaciones de las instalaciones petroleras de la sonda de Campeche. Se turna a la Comisión de Pesca, para su conocimiento
De la Secretaría de Salud del estado de Chiapas, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en las 32 entidades federativas a realizar una mayor implementación de unidades de cuidados paliativos. Se turna a la Comisión de Salud, para su conocimiento
Del diputado Horacio Fernández Castillo, de MC, se recibió solicitud de licencia para separarse de su cargo como diputado federal.Aprobada, comuníquese y llámese a suplente
La ciudadana Karina Isabel Garivo Sánchez y el ciudadano Álvaro Jiménez Canale, rinden la protesta de ley y entran en funciones como diputada y diputado federal respectivamente
EFEMÉRIDES
Para referirse a la efeméride, en nombre de su grupo parlamentario, hacen uso de la tribuna:
-La diputada María Macarena Chávez Flores, del PRD
-La diputada Mirza Flores Gómez, de MC
-La diputada María de Jesús Rosete Sánchez, del PT
-El diputado Juan González Lima, del PVEM
-La diputada Norma Graciela Treviño Badillo, del PRI
-La diputada Ana Laura Sánchez Velázquez, del PAN
-La diputada Noemí Salazar López, de Morena
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
La diputada Esther Berenice Martínez Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 422, y 423, y adiciona un artículo 423 Bis al Código Civil Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
La diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del PAN presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 66 y 67 de la Ley General de Protección Civil, en materia de desastres naturales. Se turna a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen
La diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 201 Ter al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado José Antonio García García, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
El diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, con el propósito de diferenciar y delimitar el ejercicio de la cirugía plástica y reconstructiva, así como de la cirugía estética o cosmética. Se turna a las Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia, para dictamen
El diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen
La diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión
La diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 13 de octubre como el Día Nacional de la Salud Pública. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen
La diputada Martha Nabetse Arellano Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 335 y 336 del Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Héctor Israel Castillo Olivares, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, y de la Ley de Petróleos Mexicanos. Se turna a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, para dictamen
El diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante, en nombre propio, y del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, ambos del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
La diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen
El diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Agraria, y de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, en materia de tiempo de duración de los juicios agrarios. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen
El diputado Gerardo Peña Flores, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen
El diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se turna a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen
La diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 5 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión Igualdad de Género, para dictamen
La diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se turna a la Comisión Igualdad de Género, para dictamen
PROPUESTAS DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
De los grupos parlamentarios, se recibió el acuerdo relativo a la integración en las secretarías de la Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura
La Presidencia instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico para la votación del acuerdo.Aprobado
En consecuencia, se designa a la diputada Karina Isabel Garivo Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRD, para que ejerza el cargo de secretaria de la Mesa Directiva de esta soberanía a partir de esta fecha y hasta la conclusión del tercer año de ejercicio de la presente legislatura. Acto seguido, rinde la protesta de ley y entra en funciones
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
El diputado Kevin Angelo Aguilar, en nombre propio y del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Se turna a la Comisión de Pesca, para dictamen
El diputado Román Cifuentes Negrete, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Acceso al Agua. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
El diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
La diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del PVEM, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 73 y 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Se turna a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen
La diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de MC, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 5 y 6 de la Ley Federal de la Defensoría Pública. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
El diputado Javier Huerta Jurado, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, Universidad Autónoma Metropolitana. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen
La diputada Elizabeth Pérez Valdez, en nombre propio, y del diputado Héctor Chávez Ruiz, ambos del PRD, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 51 Bis y 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Se turna a la Comisión de Movilidad, para dictamen
La diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen
La diputada Brenda Ramiro Alejo, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 75 de la Ley General de Salud. Se turna a la Comisión de Salud, para dictamen
El diputado José Antonio Zapata Meraz, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
La diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del PRI, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, y de la Ley General de Educación. Se turna a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía, y de Educación, para dictamen
El diputado Antolín Guerrero Márquez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 47 de la Ley Agraria. Se turna a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen
La diputada Yesenia Galarza Castro, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 29 y 83 del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen
El diputado Otoniel García Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Conservación, Protección y Manejo Sustentable del Maguey. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión
La diputada Genoveva Huerta Villegas, en nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional. Se turna a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Defensa Nacional, para dictamen
La diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen
El diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena, presenta la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal. Se turna a la Comisión de Justicia, para dictamen
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso e) a la fracción V del artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de política nacional marítima
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 del Código Penal Federal
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 56 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 847 de la Ley Federal del Trabajo
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 24 de julio de cada año como Día Nacional del Tequila
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 17 de octubre de cada año como el Día de la Atención Oportuna del Síndrome de Rett
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 7 y la fracción II del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de agosto de cada año como el Día del Bolero Mexicano
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XXXII Bis, XXXII Ter y XXXII Quáter, del artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXXIII del artículo 8 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 113 de la Ley General de Salud
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 232-A de la Ley Federal de Derechos
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo
Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Presidencia anuncia la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de armonización legislativa
En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria
De conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Cámara de Diputados, se publica la votación del siguiente asunto:
Acuerdo de los Grupos Parlamentarios, relativo a la integración en las Secretarías de la Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura
ASISTENCIA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Solicito a la Secretaría que haga de conocimiento el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Señora presidenta, se tienen registrados 360 diputadas y diputados. Por lo tanto, hay quórum.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo (a las 12: 53 horas): Se abre la sesión ordinaria del martes 13 de febrero de 2024, en modalidad presencial.
MINUTO DE SILENCIO
EN MEMORIA DE LA EX DIPUTADA FEDERAL, FLOR DE MARÍA PEDRAZA AGUILERA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, honorable asamblea. Honorable asamblea esta Mesa Directiva de la Cámara de Diputados lamenta el fallecimiento y concede un minuto de silencio en honor de Flor de María Pedraza Aguilera.
A los 18 años se integró al Partido Acción Nacional, fue diputada federal en la LXII Legislatura, en la que se distinguió por impulsar un número importante de iniciativas a favor de las mujeres y de la equidad de género.
La diputada Flor de María Pedraza Aguilera fue una de las promoventes de la reforma al Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género para convertirlo en el Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género, que es un orgullo de esta Cámara de Diputados en materia de investigación y análisis.
Hacemos llegar a su familia y amigos nuestras más sentidas condolencias. Descanse en paz la diputada Flor de María Pedraza Aguilera. Vamos a ponernos todas y todos de pie para rendir un homenaje por la ausencia de la ex diputada.
(Minuto de silencio)
ORDEN DEL DÍA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Consulte la Secretaría a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al orden del día. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Orden del día
Martes 13 de febrero de 2024
Intervención desde la tribuna en lengua indígena
De la ciudadana Maricela Téllez Jiménez, hablante de lengua náhuatl.
Acta de la sesión anterior
Comunicaciones oficiales
De la diputada Yessenia Olua González
Solicita el retiro de iniciativa.
De la Cámara de Senadores
Remite Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establece el calendario de sesiones para el segundo periodo ordinario del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Remite Acuerdo en relación con su Mesa Directiva por el que la senadora Claudia Edith Anaya Mota causa baja como secretaria de la Mesa Directiva.
Comunica que se designaron como representantes titular y suplente del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral a los senadores Christian Gregorio Díaz Carrasco y Antonio García Conejo.
De la Secretaría de Gobernación
Remite copia de las evaluaciones de impacto presupuestario emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a tres iniciativas de reforma constitucional en materia electoral, en materia de reforma al Poder Judicial y en materia de austeridad republicana y remuneraciones de personas servidoras públicas, que remitió el presidente de la República el 5 de febrero de 2024.
Remite contestación a punto de acuerdo aprobada por la Cámara de Diputados, en relación con la actividad pesquera en las inmediaciones de las instalaciones petroleras de la Sonda de Campeche.
De la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Chiapas
Remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, a realizar una mayor implementación de unidades de cuidados paliativos.
Solicitud de licencia de diputado
Protesta de diputados
Acuerdo de los órganos de gobierno
Efeméride
Con motivo del 77 aniversario del reconocimiento de las mujeres a votar y ser votadas en el ámbito municipal, a cargo de los grupos parlamentarios.
Iniciativas
Que reforma el artículo 5o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas, de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, en materia de planeación, programación, presupuestación y ejecución del gasto de las obras públicas y de los servicios, a cargo de la diputada Alejandra Pani Barragán, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 47 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Antolín Guerrero Márquez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 225 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 35 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 273 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, a cargo del diputado Ismael Brito Mazariegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 173, 173 Bis y 173 Ter de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por las diputadas Susana Prieto Terrazas y Adriana Bustamante Castellanos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 335 y 336 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Martha Nabetse Arellano Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 3o. de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marisol García Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 3o. y 64 Bis de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Martha Rosa Morales Romero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Agraria y de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, en materia de tiempo de duración de los juicios agrarios, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 34 y 139 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Nancy Yadira Santiago Marcos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 2o. y 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 56 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto por el que se declara el 13 de octubre como Día Nacional de la Salud Pública, a cargo de la diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 29 Bis a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado José Antonio García García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 3o. de la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 422, 423 y adiciona un artículo 423 Bis al Código Civil Federal, a cargo de la diputada Esther Berenice Martínez Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley de Asistencia Social, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 53 y 54 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, suscrita por los diputados Gerardo Peña Flores, Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, suscrita por los diputados Gerardo Peña Flores, Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 387 del Código Penal Federal, suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 10 y 46 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de segunda vuelta para el cargo de presidente de la República, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 13 y 30 de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, en materia de actualización en sus referencias, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que adiciona el artículo 210 de la Ley del Seguro Social y adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, suscrita por el diputado Oscar Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 107 de la Ley de Migración, suscrita por la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 64 Bis 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Berenice Montes Estrada y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 87 de la Ley de Vivienda, suscrita por la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 72 Bis de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, en materia de regulación de vapeadores, suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y de la Ley de Petróleos Mexicanos, suscrita por el diputado Héctor Israel Castillo Olivares y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 3o. Ter de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 29 y 83 del Código Fiscal de la Federación, suscrita por la diputada Yesenia Galarza Castro y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 25, 28 y 148 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por la diputada Carolina Beauregard Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, suscrita por la diputada Itzel Josefina Balderas Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducción de medicamentos adquiridos en farmacias, suscrita por la diputada Leticia Zepeda Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 13 de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma los artículos 105 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y 54 de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona un artículo 201 Ter al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para incorporar exámenes de control, confianza, polígrafo y toxicológicos a candidatos, a cargo de la diputada Laura Lorena Haro Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que expide la Ley de la Empresa Productiva del Estado Fertilizantes para el Bienestar, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 7 Bis y 13 Bis de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 26, 35 y 35 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma, adiciona y deroga los artículos 26, 41 y 41 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 5 de marzo de cada año como Día Nacional del Circo, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 74 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, con el propósito de diferenciar y delimitar el ejercicio de la cirugía plástica y reconstructiva, así como de la cirugía estética o cosmética, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 1o. del mes de julio de cada año como Día Nacional de la Banda de Música Sinaloense de Tambora, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 2o. y 3o. de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 1o. y 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 6o. de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada María de Jesús Páez Güereca, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria, en materia de facultades y obligaciones de ejidatarios, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 6o. de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 9o., 14 Bis 5 y 45 de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley de Vivienda, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de paneles solares en viviendas, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 5o. de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 24 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y del Código Penal Federal, en materia de actualización de multas, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma los artículos 368 Bis y 368 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, en materia de participación de autoridades de la Ciudad de México, a cargo de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma el artículo 42 la Ley General de Educación, en materia de educación inicial, a cargo del diputado Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 15 y 298 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo del diputado Leobardo Alcántara Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 1o. y 33 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Marisela Garduño Garduño, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que adiciona los artículos 51 Bis y 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por los diputados Elizabeth Pérez Valdez y Héctor Chávez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que adiciona el artículo 75 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Brenda Ramiro Alejo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que expide la Ley Federal de Conservación, Protección y Manejo Sustentable del Maguey, a cargo del diputado Otoniel García Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 139 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 28 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Guadalupe Román Ávila, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 6o. y 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo del diputado Steve Esteban del Razo Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona los artículos 99 y 163 de la Ley Federal del Derecho de Autor, a cargo de la diputada Marisol García Segura, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 41 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 84 de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal, a cargo del diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 202 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del diputado Jorge Alberto Barrera Toledo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, en materia de lenguaje incluyente, a cargo del diputado Jorge Alberto Barrera Toledo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en materia de adecuación normativa, a cargo del diputado Jorge Alberto Barrera Toledo, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 2o. A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 3o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Esteban Bautista Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.
De decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro Universidad Autónoma Metropolitana, a cargo del diputado Javier Huerta Jurado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Que reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que deroga diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional, suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma los artículos 1o., 14 Bis 5 y 14 Bis 6 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de incremento al IEPS por bebidas alcohólicas, suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 13, 16 y 30 de la Ley General de Educación, suscrita por el diputado Héctor Israel Castillo Olivares y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado José Antonio Zapata Meraz y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 11 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, suscrita por diputados integrantes del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en materia de apoyos financieros, suscrita por el diputado Mario Gerardo Riestra Piña y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción.
Que reforma y adiciona el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, suscrita por el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de incentivos fiscales en la adquisición de vehículos eléctricos, suscrita por el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción.
Que reforma y adiciona los artículos 95 y 98 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el diputado Oscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, suscrita por la diputada Carmen Rocío González Alonso y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que expide la Ley General de Acceso al Agua, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona el artículo 418 Bis al Código Civil Federal, suscrita por la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Saraí Núñez Cerón y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
13/Feb/01 Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma y adiciona el artículo 218 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 203 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que reforma el artículo 209 Bis del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Que adiciona al artículo 5o. de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, a cargo del diputado Luis Arturo González Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma el artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Juan Luis Carillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
13/Feb/01 Que reforma y adiciona los artículos 73 y 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a cargo de la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona el artículo 5o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Que reforma y adiciona los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 30 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Luis Enrique Martínez Ventura, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 225 del Código Penal Federal, a cargo del diputado Luis Enrique Martínez Ventura, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona los artículos 132 y 134 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Luis Enrique Martínez Ventura, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Federal de Procedimientos Civiles, a cargo de la diputada Margarita García García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma y adiciona el artículo 45 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 7 de agosto de cada año como Día Nacional de la Cerveza, a cargo del diputado Francisco Favela Peñuñuri, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
De decreto por el que se declara el 8 de febrero de cada año como Día Nacional de los Apaches en México, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena y diversas diputadas y diputados, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, de la Ley del Seguro Social, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de bonos de transporte para las personas trabajadoras, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 5o. y 6o. de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 58 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, a cargo de la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 111 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, a cargo del diputado Andrés Pintos Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, a cargo del diputado Oscar Octavio Moguel Ballado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, del Código de Comercio, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en materia de pronto pago a proveedores, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Que reforma los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Gabriela Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de integración de la SCJN, a cargo de la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para restituir el Seguro Popular, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma y adiciona los artículos 66 y 67 de la Ley General de Protección Civil, en materia de desastres naturales, a cargo de la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protección social y jurídica de policías y miembros de corporaciones de seguridad y justicia, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Declaratoria de publicidad de dictámenes
De la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso e) a la fracción V del artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de política nacional marítima.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 del Código Penal Federal.
De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia del fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos.
De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 56 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 847 de la Ley Federal del Trabajo.
De la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 24 de julio de cada año, como Día Nacional del Tequila.
De la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 17 de octubre de cada año como el Día de la Atención Oportuna del Síndrome de Rett.
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 7 y la fracción II del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
De la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de agosto de cada año, como Día del Bolero Mexicano.
De la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XXXII Bis, XXXII Ter y XXXII Quáter al artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
De la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXXIII del artículo 8o. de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 113 de la Ley General de Salud.
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 232-A de la Ley Federal de Derechos.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo.
De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de armonización legislativa.
Proposiciones
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al INE, a extender los plazos para que los mexicanos en el exterior puedan solicitar su inscripción en el padrón electoral y en el listado nominal de los ciudadanos residentes en el extranjero y puedan ejercer su derecho político de votar, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades, a garantizar la seguridad y la legalidad del proceso electoral 2024, a cargo de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades y a la Alcaldía de Coyoacán, a atender y resolver el asunto relacionado con la Inmobiliaria GP S. A. de C. V., y el Desarrollo Inmobiliario llamado Ventanas Coyoacán, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo relativo a la corrupción inmobiliaria en la Alcaldía Benito Juárez de la CDMX, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASF, a priorizar las auditorías en curso al INAI, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al INAI, a velar por la máxima publicidad en uso y administración de sus recursos públicos, a cargo de la diputada Lidia Pérez Bárcenas, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, a considerar emitir un billete conmemorativo de lotería por la incorporación de Chiapas a México, por voluntad libre y soberana de su pueblo, a cargo del diputado Ismael Brito Mazariegos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la ASEA, a actualizar la norma oficial mexicana NOM-005-ASEA-2016, diseño, construcción, operación y mantenimiento de estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de esta Soberanía, a acordar la celebración de la efeméride con motivo del Día Internacional Contra la Homofobia en el Deporte, el 19 de febrero de 2024, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de esta Soberanía, a acordar la celebración de la efeméride con motivo del Día Internacional de la Visibilidad Trans, el 31 de marzo de 2024, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales y municipales de las 32 entidades federativas, a llevar a cabo en la medida de lo posible, campañas de difusión sobre la importancia que tiene el Programa de Abasto Social de Leche Liconsa, a cargo del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través del ISSSTE, a incluir dentro de su cartera de inversión la construcción de un hospital de tercer nivel en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Jucopo de esta Soberanía, a acordar la celebración de la efeméride con motivo del Día Internacional del Condón, el 13 de febrero de 2024, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sectur, a la Secretaría de Administración y Finanzas de Sinaloa, en coordinación con el SATES, a difundir un informe pormenorizado en donde expliquen la ejecución y destino del recurso recaudado por concepto del 3% del impuesto sobre el hospedaje en dicho estado, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SRE, a implementar campañas informativas para la prevención del delito de extorsión a las y los mexicanos trabajadores eventuales en retorno con visa H2A, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP, a prevenir el delito de extorsión en sus diferentes configuraciones hacia los trabajadores mexicanos temporales en estados unidos con visa de trabajo H2A, durante su retorno a México, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al INM, a establecer medidas de atención y vigilancia de manera coordinada con la finalidad de evitar el delito de extorsión en sus diferentes configuraciones hacia los trabajadores mexicanos temporales en Estados Unidos con visa de trabajo H2A, a cargo del diputado Mario Alberto Torres Escudero, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades federales y estatales, a coordinar esfuerzos para realizar una Cruzada Nacional a Favor del Agua que contenga mecanismos de fomento a la recolección del agua pluvial, concientización sobre la importancia del cuidado y racionalización del agua, incentivos para el uso de tecnologías ahorradoras de agua y uso de desalinizadoras, a cargo del diputado Miguel Torruco Garza, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos locales de las 32 entidades federativas, a realizar la armonización legislativa en materia de tortura, suscrita por la diputada Marisol García Segura, del Grupo Parlamentario de Morena y diputados integrantes de los grupos parlamentarios del Partido del Trabajo y del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Guardia Nacional, a hacer presencia en las zonas boscosas de Isidro Fabela, Estado de México y realizar operativos tendientes a inhibir la acción de los grupos de talamontes que operan en la región, así como a realizar un estudio de factibilidad, para ubicar un cuartel de dicha institución, a cargo de la diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Guardia Nacional y a la Secretaría de Seguridad del Estado de México, a implementar de manera urgente, en el ámbito de sus respectivas competencias, acciones y programas eficaces que combatan la crisis de inseguridad y ola de violencia creciente en el municipio de Huixquilucan, Estado de México, a cargo del diputado José Antonio García García, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a fortalecer los procesos de contratación, adquisición, y distribución de medicamentos a nivel nacional, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a asegurar a todas y todos los educandos el acceso, transito, permanencia, avance académico, y una estrategia integral a los grupos y regiones con mayor rezago educativo, o que enfrentan situaciones de vulnerabilidad, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP, a implementar una estrategia eficaz y realizar las acciones necesarias a fin de establecer que las autoridades escolares sean capacitados en prevención e identificación del abuso sexual en las niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sader, a realizar las acciones necesarias a fin de establecer una política adecuada proporcionando subsidios o incentivos fiscales a los agricultores para la compra de semillas mejoradas de maíz y trigo, fertilizantes y maquinaria, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua, a publicar en el DOF, el acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2024, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, a revisar y reforzar una estrategia adecuada en materia de prevención del suicidio con un enfoque especial de los jóvenes en nuestro país, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SE, a agilizar la publicación para consulta pública de la NOM-016-CRE-2016, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT y a CAPUFE, a revisar los procesos de cobro de los concesionarios en las carretas federales del estado de Veracruz, a cargo de la diputada Karla Verónica González Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, al IMSS y a la Secretaría de Salud del Edomex, a realizar las acciones administrativas, presupuestales y necesarias para la rehabilitación de los hospitales regionales del Valle de Ceylán y de la zona oriente del municipio de Tlalnepantla, a cargo de la diputada Krishna Karina Romero Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conaga, al Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México y a la CNPC, a llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar el derecho humano al agua establecido en el artículo 4o. constitucional, a cargo de la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social y a la FG del estado de Morelos, a cumplir con la recomendación No. 276 /2023 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por el suicidio de 13 mujeres privadas de la libertad en el Cefereso 16 Morelos, a cargo de la diputada Mariana Mancillas Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a coordinarse con las autoridades de las entidades federativas, para acordar con las compañías privadas de telecomunicaciones el retiro y mantenimiento del cableado y equipo aéreo de su propiedad que se encuentra en desuso a cargo del diputado Mario Gerardo Riestra Piña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas dependencias a implementar programas, estrategias y políticas públicas en favor de personas ostomizadas, con el carácter de discapacidad, a cargo de la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los poderes legislativo de los estados de Colima, Estado de México y Tamaulipas, a garantizar los derechos de Igualdad y No Discriminación a personas indígenas y afrodescendientes, a través de acciones afirmativas que les doten de espacios de representación en los congresos locales como diputadas y diputados, a cargo del diputado Roberto Valenzuela Corral, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a los 32 congresos y poderes judiciales de las entidades federativas, a realizar las acciones necesarias para la creación de jueces mixtos de primera instancia especializados en violencia familiar contra la mujer, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat, a la Sener y a Pemex, a tomar las medidas necesarias para disminuir los índices de contaminación en la zona metropolitana de Monterrey, Nuevo León y garantizar el derecho humano al medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar, a cargo de la diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SSPC y sus homologas estatales, lleven a cabo campañas informativas sobre la denuncia y los distintos modos de operar de grupos delictivos que se hacen pasar por repartidores, trabajadores de gobierno, empresas públicas y prestadores de servicios para ingresar a domicilios particulares y cometer conductas ilícitas, a cargo del diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente de la CDMX y a la Alcaldía Xochimilco, a reforzar las medidas de inspección para vigilar y verificar que no se utilicen embarcaciones motorizadas en los canales de dicha alcaldía, a cargo del diputado Juan Luis Carillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la FGJEM, a realizar la investigación sobre el caso de violencia sexual en la escuela primaria Ramón López Velarde en el municipio de Coacalco; y a la SEP, a establecer mecanismos de prevención, detección y actuación en materia de abuso sexual en escuelas de nivel básico, a cargo de la diputada Gabriela Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a expedir los decretos de expropiación, de ocupación temporal, total o parcial y de rescate de concesiones otorgadas por la Conagua para construir, equipar, operar, conservar, mantener, rehabilitar y ampliar infraestructura hidráulica federal, a cargo de la diputada Edna Gisel Díaz Acevedo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Efemérides
Con motivo del día 12 de febrero, 77 aniversario del reconocimiento de las mujeres a votar y ser votadas en el ámbito municipal, a cargo de la diputada Adriana Bustamante Castellanos, del Grupo Parlamentario de Morena.
Con motivo del día 13 de febrero, conmemoración del Día Internacional del Condón, a cargo de la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.»
INTERVENCIÓN DESDE LA TRIBUNA EN LENGUA INDÍGENA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: En el marco de la conservación e impulso de las lenguas indígenas nacionales, la Cámara de Diputados da la bienvenida y otorga el uso de la tribuna a la ciudadana Maricela Téllez Jiménez, quien es hablante de la lengua náhuatl.
La ciudadana Maricela Téllez Jiménez es originaria de Calpan, Puebla, es estudiante de Sociología en la Universidad Autónoma Metropolitana de Iztapalapa y se ha dedicado a trabajar en pro de las comunidades indígenas.
Se concede el uso de la palabra a la ciudadana Maricela Telles Jiménez, hasta por cinco minutos.
La ciudadana Maricela Téllez Jiménez (habla en lengua náhuatl): Vengo a compartirles sobre las tradiciones y costumbres en mi comunidad y la responsabilidad del resguardado cultural del pueblo de Ozolco. Aunque la resistencia es uno de los rasgos simbólicos e históricos que caracterizan nuestra cultura, las aspiraciones económicas han desarticulado y dividido la relación histórico-cultural entre las prácticas ancestrales y la comunidad.
Por otro lado, la imposición económico-social ha causado problemas importantes como el alcoholismo y la drogadicción en los jóvenes, quienes son orillados a practicar la delincuencia y a migrar hacia la urbanidad o hacia Estados Unidos, por las pocas condiciones de equidad social y sostenible.
Quiero compartir que mis papás son de San Mateo Ozolco, Calpan, Puebla, en donde vivieron su niñez y juventud, donde crecieron conociendo sus tradiciones y costumbres antes de tomar la decisión de migrar al Estado de México para cubrir sus necesidades económicas.
El sustento de nuestro pueblo y comunidad ha sido, ancestralmente, su relación con la naturaleza, que provee de agua, árboles forestales y frutales, cultivos y animales domésticos, en conjunto con nuestras tradiciones para el bien común, como las faenas, fiestas patronales y fiestas de pedimento o agradecimiento a los volcanes, intermediarios espirituales de lo natural. Acostumbrados a hablar el náhuatl, les ha costado trabajo pronunciar y entender el español a lo largo de los años.
Las situaciones históricas han ido cambiando con la creación de la reserva Izta-Popo y su promulgación, que corta las actividades económicas forestales, al igual que con los conflictos que ocasionaron la tenencia de la tierra ejidal y el control social; estos hechos trajeron pobreza a los abuelos, porque no había para comer ni para vestir.
La reciente industrialización de alimentos hizo que las frutas, cultivos, carnes, así como sus formas económicas (el trueque con carbón y sus productos), fueran en decremento su valor y prestigio. El desgaste de las fuentes de agua y otros recursos se debe a una explotación desmedida que obliga a nuestros padres a buscar formas diferentes de sustento.
Sin olvidar la discriminación y la castellanización que, por una parte, denigra nuestra lengua y cultura y, por otra, promueve su extinción para evitar la vergüenza que se sufre y llegar a modernizarse. Es una inequidad total en nombre de la igualdad social.
Ahora se ha hablado mucho de los cambios que han sucedido en la comunidad. La pobreza que se vivía ya no se ve como antes, al contrario, el pueblo ha cambiado en las viviendas, en la vestimenta, en la comida. Ya no se echan tortillas en el comal y se come de todo.
En el campo ya no se siembra bien, además de la existencia de la drogadicción y la delincuencia en los jóvenes que han perdido el objetivo de mantener las actividades culturales que realizaban nuestros padres y abuelos.
Mis papás me comentaron hace unos días, justo después de visitar el lugar donde crecieron, que las tradiciones y costumbres se están perdiendo, como la lengua náhuatl, que ya no está tan presente. Los únicos hablantes son adultos mayores, mientras que los niños, los jóvenes y los jóvenes adultos ya no son ni hablantes ni oyentes. Esto es la modernidad y la igualdad social, ¿lo permitiremos?
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias. Gracias a la ciudadana Maricela Téllez Jiménez.
Agradecemos la presencia en este salón de sesiones de una delegación de parlamentarios de la República de Austria, integrantes del Grupo Bilateral para México y Centroamérica del Consejo Nacional de Austria.
Saludamos individualmente al diputado Martín Graf, presidente del Consejo. Bienvenido. Al diputado Ernst Gödl, a la diputada Petra Bayr, al diputado Alex Kassegger, a la diputada Elisabeth Gödze y al senador Karl-Arthur Arlamovsky, del Consejo Federal de Austria.
Nos acompaña la excelentísima señora Elisabeth Kehrer, embajadora de la República de Austria, en México. Esta delegación sostuvo una reunión con la Comisión de Relaciones Exteriores, que preside el diputado Alfredo Femat Bañuelos. Un saludo, diputado Bañuelos, Alfredo Femat. Y, la Cámara de Diputados le da la más cordial bienvenida y les desea que su visita contribuya al fortalecimiento del diálogo, la colaboración y los lazos de amistad entre nuestras naciones. Es cuanto.
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Consulte la Secretaría, a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura del acta de la sesión anterior.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: En votación económica, se consulta a la asamblea si se dispensa la lectura al acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Diputada presidenta, mayoría por la afirmativa. Se dispensa la lectura.
«Acta de la sesión semipresencial de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el jueves ocho de febrero de dos mil veinticuatro, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Quinta Legislatura.
Presidencia de la diputada Marcela Guerra Castillo
En el Palacio Legislativo de San Lázaro en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trescientos sesenta y cinco diputadas y diputados, a las once horas con veintiséis minutos del jueves ocho de febrero de dos mil veinticuatro, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día.
La Presidencia informa a la Asamblea que el orden del día de la presente sesión, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, mismo que contiene los asuntos a tratar el día de hoy.
Intervención desde la tribuna en lengua indígena.
En el marco de la promoción y desarrollo de las lenguas indígenas, se concede el uso de la tribuna, al ciudadano Édgar Medina Bacilio, hablante de la lengua náhuatl.
Comunicaciones.
Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales:
a) De la Comisión Permanente, por las que remite:
• Diversos oficios, los cuales se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, por los que informan que, durante el primer receso del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Quinta Legislatura, se concedieron ocho licencias a diputadas y diputados, para separarse de sus funciones. De enterado.
• Diversos oficios, los cuales se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, por los que informan la reincorporación a sus actividades legislativas seis diputadas y diputados. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.
• Informe de Actividades de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, correspondiente al año dos mil veintitrés. Se turna a la Comisión de Derechos Humanos, para su conocimiento.
b) De la Cámara de Senadores, por las que:
• Informa que se declaró instalada para su segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Quinta Legislatura. De enterado.
• Remite Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que nombra a la senadora Sylvana Beltrones Sánchez, como vicepresidenta de la Mesa Directiva durante el tercer año de ejercicio de la Sexagésima Quinta Legislatura. De enterado.
• Acuerdo de la Mesa Directiva, por el que se crea la Comisión Especial de los Festejos del Bicentenario de la Instauración del Senado de la República, y del Sesquicentenario de su Restauración. De enterado.
c) De las diputadas y el diputado, por las que solicitan el retiro de las siguientes iniciativas con proyecto de decreto las cuales se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria:
• Joanna Alejandra Felipe Torres, del Partido Acción Nacional, por el que se adiciona el artículo doscientos veintiséis Bis de la Ley General de Salud, y por el que se reforma el artículo cuarenta y siete Bis de la Ley de Aviación Civil suscrita por diversos integrantes su Grupo Parlamentario.
• Araceli Celestino Rosas, del Partido del Trabajo, por el que se adiciona un Título Octavo a la Ley de la Guardia Nacional.
• Jorge Ernesto Inzunza Armas, del Partido Acción Nacional, por el que se adiciona la fracción veintidós del artículo doscientos noventa y cuatro de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Se tienen por retiradas, actualícense los registros parlamentarios.
• De la diputada y los diputados Laura Lynn Fernández Piña, Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, y Marcelino Castañeda Navarrete por la que informan que dejan de pertenecer al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para ser diputados y diputada sin partido. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.
d) Del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por la que informa la designación del diputado Francisco Javier Huacus Esquivel, como coordinador; y de la diputada Elizabeth Pérez Valdez como vicecoordinadora, de esa fracción parlamentaria. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.
e) Del diputado Salvador Caro Cabrera, por la que informa que deja de pertenecer al Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. De enterado.
f) De la Coordinación del Grupo Parlamentario de Morena, por la que informa la incorporación a su bancada del diputado Salvador Caro Cabrera. De enterado, actualícense los registros parlamentarios.
g) De la Secretaría de Gobernación, por la que remite el Informe sobre el uso del endeudamiento de la Comisión Federal de Electricidad, correspondiente al primer semestre de dos mil veintitrés. Se turna a la Comisión Energía, para su conocimiento.
h) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por las que remite los siguientes asuntos:
• El Informe sobre los avances y resultados de las acciones de la política nacional de fomento económico, implementadas a través del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad dos mil veinte - dos mil veinticuatro, correspondiente a las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal realizadas durante el segundo semestre de dos mil veintitrés. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.
• La información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes al mes de diciembre de dos mil veintitrés; asimismo, envía la información sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente al mes de diciembre de dos mil veintitrés; y la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de diciembre de dos mil veintitrés. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
i) De la Secretaría de Cultura, por las que remite:
• La documentación referente a los resultados sobre los beneficios económicos y sociales alcanzados al cuarto trimestre de dos mil veintitrés, así como la contratación por honorarios en el formato establecido para tal fin, a través del Programa S303 "Programa Nacional de Becas Artísticas y Culturales" y vertientes que lo conforman.
• La documentación referente a los resultados sobre los beneficios económicos y sociales alcanzados al cuarto trimestre de dos mil veintitrés, así como la contratación por honorarios en el formato establecido para tal fin, a través del Programa S268 "Programa de Apoyos a la Cultura" y vertientes que lo conforman.
• La documentación referente a los resultados sobre los beneficios económicos y sociales alcanzados al cuarto trimestre de dos mil veintitrés, así como la contratación por honorarios en el formato establecido para tal fin, a través del Programa S057 "Programa del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (Fonart) Apoyos a la Cultura" y vertientes que lo conforman.
Todos sujetos a Reglas de Operación.
Se turnan a las comisiones de Cultura y de Cinematografía, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
j) Del Instituto Nacional de las Mujeres, por la que remite la versión electrónica e impresa del informe de resultados correspondiente al periodo octubre-diciembre de dos mil veintitrés y los avances de los programas presupuestarios con erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, relativos al cuarto trimestre de dos mil veintitrés. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Igualdad de Género, para su conocimiento.
k) De la Comisión Federal de Competencia Económica, por la que remite el cuarto Informe trimestral de actividades dos mil veintitrés. Se turna a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para su conocimiento.
l) Del Banco de México, por las que remite:
• El Informe sobre el ejercicio de su presupuesto, correspondiente al ejercicio dos mil veinticuatro, estructurado en gasto corriente e inversión física, que integra los presupuestos relacionados y no relacionados con el mandato constitucional de proveer billetes y monedas a la economía.
• La exposición sobre la política monetaria propuesta a seguir en el ejercicio dos mil veinticuatro.
Se turnan a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
m) De la Secretaría de Educación Pública, por la que remite la información sobre el destino de los recursos federales que reciben las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios, correspondiente al cuarto trimestre de dos mil veintitrés. Se turna a las comisiones de Educación, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.
n) De la Fiscalía General de la República, por la que remite el Informe previo de resultados de su Órgano Interno de Control, correspondiente al periodo del primero de julio al treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés. Se turna a las comisiones de Transparencia y Anticorrupción, y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, para su conocimiento.
o) De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por la que remite diversos documentos respecto de la atribución de la observancia de la Política Nacional en materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres. Se turna a las comisiones de Derechos Humanos, y de Igualdad de Género, para su conocimiento.
p) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por la que remite el Programa Anual de Trabajo dos mil veinticuatro. Se turna a las comisiones de Comunicaciones y Transportes, y de Radio y Televisión, para su conocimiento.
Solicitudes de licencia de legisladores.
Se da cuenta con oficios de los diputados:
• Héctor Ireneo Mares Cossío, de Morena, por el que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el Sexto Distrito Electoral del Estado de Baja California, a partir del primero de febrero del año en curso.
• Olga Luz Espinosa Morales, del Partido de la Revolución Democrática, por el que solicita licencia para separarse de sus funciones como diputada federal electa en la Tercera Circunscripción Plurinominal, a partir del primero de febrero y hasta el tres de junio del año en curso.
• Laura Lorena Haro Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de sus funciones como diputada federal electa en la Primera Circunscripción Plurinominal, a partir del veintinueve de febrero del año en curso.
En votación económica, se aprueban. Comuníquense y llámense a los suplentes.
Intervención desde la tribuna en lengua indígena.
En el marco de la promoción y desarrollo de las lenguas indígenas, se concede el uso de la palabra, al ciudadano Waldemar Méndez Hernández, hablante de la lengua zapoteca.
Iniciativas del Poder Ejecutivo Federal.
La Secretaría da cuenta a la Asamblea, con las siguientes iniciativas con proyecto de decreto que remite el titular del Poder Ejecutivo Federal, a saber:
1. Por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho a la alimentación, medio ambiente sano y derechos al agua. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.
2. Por el que se reforman los artículos tres, cuatro y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animal. Se turna a Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.
3. Por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Defensa Nacional, y de Seguridad Ciudadana, para opinión.
4. Por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos cuatro y cinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección a la salud por el uso de sustancias tóxicas. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Salud, de Justicia, de Economía y Comercio y Competitividad, para opinión.
5. Por el que se reforma el artículo diecinueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia penal. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.
6. Por el que se reforma, adiciona y deroga el artículo dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para opinión.
7. Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de bienestar. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Bienestar, y de Atención a Grupos Vulnerables, para opinión.
8. Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de austeridad republicana y remuneraciones de personas servidoras públicas. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Transparencia y Anticorrupción, para opinión.
9. Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salarios. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Trabajo y Previsión Social, para opinión.
10. Por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de atención médica integral, universal y gratuita. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Salud, para opinión.
11. Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral. Se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma Política-Electoral, y de Gobernación y Población, para dictamen.
12. Por el que se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto, y se recorre el subsecuente del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Crédito Público, para opinión.
13. Por el que se reforma y adiciona el artículo veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Infraestructura, y de Comunicaciones y Transportes, para opinión.
14. Por el que se reforman los artículos veinticinco, veintisiete y veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de industrias estratégicas del estado. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Energía, para opinión.
15. Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Justicia, para opinión.
16. Por el que se reforma y adiciona la fracción doce del Apartado A del segundo párrafo del artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la creación de un sistema de vivienda para todas las personas trabajadoras. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Vivienda, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
17. Por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Bienestar, y de Juventud, para opinión.
18. Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a las comisiones de Gobernación y Población, y de Transparencia y Anticorrupción, para opinión.
19. Por el que se adiciona el artículo cuadragésimo octavo transitorio a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen, y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Crédito Público, para opinión.
20. Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos, en materia de simplificación orgánica. Se turna a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen, y a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Transparencia y Anticorrupción, para opinión.
Toma de protesta de legislador.
La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra a las puertas del Salón de Sesiones, el ciudadano Felipe Ignacio Lameiro Meza, diputado federal electo en el Sexto Distrito Electoral del Estado de Baja California.
Se designa una comisión para que lo acompañen en su ingreso al interior del Recinto Legislativo, rinde protesta de ley y entra en funciones.
Solicitudes de licencia de legisladores.
Se da cuenta con oficios de la diputada y el diputado:
• Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, de Movimiento Ciudadano, por el que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de sus funciones como diputada federal electa en la Cuarta Circunscripción Plurinominal, a partir del veintiocho de febrero del año en curso.
• José Guadalupe Fletes Araiza, del Partido Revolucionario Institucional, por el que solicita licencia para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el Décimo Octavo Distrito Electoral del Estado de Jalisco, del quince al veintinueve de febrero del año en curso.
En votación económica, se aprueban. Comuníquense y llámense a los suplentes.
Acuerdos de los órganos de gobierno.
Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, el Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se establece el Calendario Legislativo correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Quinta Legislatura. En votación económica, se aprueba. Comuníquese.
Efemérides.
El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del "Aniversario de la Promulgación de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia".
La Presidencia concede el uso de la palabra para referirse al tema, a las diputadas: Fabiola Rafael Dircio, del Partido de la Revolución Democrática; María Leticia Chávez Pérez, de Movimiento Ciudadano; María Rosete, del Partido del Trabajo; Consuelo del Carmen Navarrete Navarro, del Partido Verde Ecologista de México; Sue Ellen Bernal Bolnik, del Partido Revolucionario Institucional; María Teresa Castell de Oro Palacios, del Partido Acción Nacional; y
Desde su curul, interviene la diputada Cecilia Márquez Alkadef Cortés, de Morena, para solicitar moción de orden. La Presidencia realiza aclaraciones.
Marisol García Segura, de Morena.
Declaratoria de publicidad de dictámenes.
El siguiente punto del orden del día es la declaratoria de publicidad de dictámenes con proyecto de decreto, en consecuencia, la Secretaría informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, los siguientes dictámenes con proyecto de decreto:
a) De la Comisión de Igualdad de Género:
• Por el que se adiciona una fracción ocho Bis al artículo treinta y seis, y una fracción diecisiete al artículo treinta y ocho de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
• Por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo dieciocho de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
b) De la Comisión de Derechos Humanos, por el que se reforman y adicionan los artículos quince Sextus de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, ciento setenta de la Ley General de Educación, ciento treinta y tres de la Ley Federal del Trabajo, setenta y siete Bis siete, y ciento treinta y ocho de la Ley General de Salud.
c) De la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de crianza positiva.
d) De la Comisión de Vivienda, por el que se reforman los artículos siete, doce, diecisiete, dieciocho Bis, veinticinco, veinticinco Bis, y veintiséis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
e) De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se reforman los artículos diez, dieciséis, dieciocho, treinta y cuarenta de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
f) De la Comisión de Seguridad Ciudadana, por el que se adiciona el artículo treinta y nueve de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protocolos de primer respondiente.
g) De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se adiciona un artículo veintinueve Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
Dispensa de trámites a dictámenes.
En virtud de que en términos del artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados se cumplió con el requisito de declaratoria de publicidad de los dictámenes inscritos en el orden del día de la presente sesión, por instrucciones de la Presidencia la Secretaría consulta a la Asamblea, si se autoriza que se sometan a discusión y votación de inmediato. En votación económica, se autoriza.
Discusión de dictámenes.
El siguiente punto del orden del día es la discusión de los siguientes dictámenes con proyecto de decreto:
a) De la Comisión de Gobernación y Población, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario al diputado Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
La Presidencia da la bienvenida a este Salón de Sesiones, a los siguientes invitados:
— A la maestra Rebeca Sánchez González, presidenta del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del municipio de Tepeaca, estado de Puebla, invitada por el diputado Saúl Hernández Hernández, de Morena.
—A un grupo de ocho personas provenientes de los pueblos originarios de Apaches, Lipan, de los estados de Chihuahua, Durango, Coahuila y Sonora, invitados por la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Partido del Trabajo.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos treinta y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
b) De la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, por el que se reforma la fracción ocho del artículo cincuenta de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de nutrición.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Leticia Zepeda Martínez, del Partido Acción Nacional, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción ocho del artículo cincuenta de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de nutrición. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
c) De la Comisión de Igualdad de Género, por el que se adiciona una fracción ocho Bis al artículo treinta y seis, y una fracción diecisiete al artículo treinta y ocho de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Partido Revolucionario Institucional, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y siete votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción ocho Bis al artículo treinta y seis, y una fracción diecisiete al artículo treinta y ocho de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
d) De la Comisión de Igualdad de Género, por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo dieciocho de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Elizabeth Pérez Valdez, del Partido de la Revolución Democrática.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y tres votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo dieciocho de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
Discusión de minutas con vencimiento de plazo con proyecto de decreto.
El siguiente punto del orden del día es la discusión de las siguientes minutas con vencimiento de plazo, con proyecto de decreto:
a) Por el que se reforma y adiciona el artículo treinta y seis de la Ley de Migración.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario al diputado Mario Alberto Torres Escudero, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, de la minuta proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo treinta y seis de la Ley de Migración. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
La Presidencia, de conformidad con lo que establece el artículo noventa y tres, numeral uno, del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye que antes de que se remita el decreto, se realicen las correcciones que demandan el buen uso del lenguaje y la claridad de la Ley, sin modificar lo aprobado por la Asamblea.
b) Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Aleida Alavez Ruiz, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, de la minuta proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y cinco votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
Discusión de dictámenes.
Se continúa con la discusión de dictámenes con proyecto de decreto:
e) De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, Morena.
Presidencia de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, de cuatrocientos cincuenta y siete votos a favor y una abstención, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
f) De la Comisión de Salud, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de centros de rehabilitación.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario al diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, del Partido Verde Ecologista de México, quien es promovente del tema.
La Presidencia felicita a la diputada Olivia Esquivel Nava, con motivo de la celebración de su cumpleaños.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de centros de rehabilitación. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
g) De la Comisión de Derechos Humanos, por el que se reforman y adicionan los artículos quince Sextus de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, ciento setenta de la Ley General de Educación, ciento treinta y tres de la Ley Federal del Trabajo, setenta y siete Bis siete, y ciento treinta y ocho de la Ley General de Salud.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios a la diputada y el diputado: Sue Ellen Bernal Bolnik, del Partido Revolucionario Institucional; y Jorge Ángel Sibaja Mendoza, de Morena.
La Presidencia felicita al diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, con motivo de la celebración de su cumpleaños.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
Presidencia de la diputada Marcela Guerra Castillo
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cincuenta y un votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos quince Sextus de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, ciento setenta de la Ley General de Educación, ciento treinta y tres de la Ley Federal del Trabajo, setenta y siete Bis siete, y ciento treinta y ocho de la Ley General de Salud. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos constitucional.
h) De la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de crianza positiva.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de sus respectivos grupos parlamentarios a las diputadas: Taygete Irisay Rodríguez González, de Movimiento Ciudadano; y Martha Robles Ortíz, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuarenta y cuatro votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de crianza positiva. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
i) De la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, por el que se reforma el artículo cuatro de la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario al diputado Ángel Miguel Rodríguez Torres, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veinticinco votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo cuatro de la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
j) De la Comisión de Derechos Humanos, por el que se reforma el artículo cinco de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario al diputado Gustavo Contreras Montes, de Morena.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos nueve votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo cinco de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.
k) De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se reforman los artículos diez, dieciséis, dieciocho, treinta y cuarenta de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Araceli Celestino Rosas, del Partido del Trabajo.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos veinticuatro votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos diez, dieciséis, dieciocho, treinta y cuarenta de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
l) De la Comisión de Seguridad Ciudadana, por el que se adiciona el artículo treinta y nueve de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protocolos de primer respondiente.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Olimpia Tamara Girón Hernández, de Morena, quien es promovente del tema.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos catorce votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo treinta y nueve de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de protocolos de primer respondiente. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
m) De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se adiciona un artículo veintinueve Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
La Presidencia, de conformidad a lo que establece el artículo trescientos uno, numeral uno, fracción tercera, del Reglamento de la Cámara de Diputados, concede el uso de la palabra para fijar la postura de su respectivo grupo parlamentario a la diputada Norma Angélica Aceves García, del Partido Revolucionario Institucional, quien es promovente del tema, de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom.
En votación económica, se considera suficientemente discutido, en lo general y en lo particular.
La Presidencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos seis del Reglamento de la Cámara de Diputados, instruye a la Secretaría abrir la plataforma digital para el registro de votación hasta por cinco minutos, para que las diputadas y diputados presentes en el Salón de Sesiones y los que concurren de manera telemática, a través de la plataforma digital Zoom, procedan a la votación, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto, en un solo acto.
En votación nominal, por unanimidad de cuatrocientos cuatro votos, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo veintinueve Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.
Pronunciamiento de la Mesa Directiva.
La Presidencia emite un mensaje a la Asamblea, con motivo de la conmemoración de los doscientos años de la fundación de los estados de Tamaulipas y Tabasco.
Clausura de la sesión.
La Presidencia levanta la sesión a las dieciséis horas con cincuenta minutos, y cita para la próxima que tendrá lugar, el día martes trece de febrero de dos mil veinticuatro, a las once horas, en modalidad presencial, precisando que el registro de asistencia estará disponible a partir de las nueve horas, por medio de las tabletas instaladas en las curules de las y los legisladores.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Consulte ahora, la secretaría, si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Aprobada el acta.
Continúe la Secretaría.
COMUNICACIONES OFICIALES
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se recibió solicitud de la diputada Yessenia Olua González, para retirar iniciativa.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva.– Presente.
Por este medio solicito de su apoyo para dar de baja la iniciativa que presenté en la Comisión de Marina el martes 28 de noviembre de 2023, que reforma los artículos 8o. y 19 de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, a cargo de la diputada Yessenia Leticia Olua González, del Grupo Parlamentario de Morena. Por así convenir a mis intereses.
Sin más por el momento y en espera de su apoyo.
Atentamente
Palacio Legislativo, a 8 de febrero de 2024.– Diputada Yessenia Leticia Olua González (rúbrica).»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: De enterada y actualícense los registros parlamentarios. Continúe.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores, remite acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establece el calendario de sesiones para el segundo periodo ordinario del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Para los efectos procedentes, hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente acuerdo de la Junta de Coordinación Política mediante el cual se establece el calendario de sesiones para el segundo periodo ordinario del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Para conocimiento preciso del referido acuerdo, adjunto copia del mismo.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Senado de la República.– LXV Legislatura.– Junta de Coordinación Política.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política mediante el cual se establece el calendario de sesiones para el segundo periodo ordinario del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.
A través de su amable conducto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4o. y 82, numeral 1 inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política somete a la consideración del Pleno el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se establece el calendario de sesiones para el segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Segundo. Este órgano de gobierno determinará lo conducente en caso de que la dinámica de los trabajos legislativos haga necesaria la modificación del presente calendario de sesiones.
Honorable Cámara de Senadores, 7 de febrero de 2024.– Senador Ricardo Monreal Ávila (rúbrica), presidente y coordinador del Grupo Parlamentario de Morena; senador Julen Rementería del Puerto (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; senador Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica, p.a.), coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; senador Manuel Añorve Baños (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; senador Raúl Bolaños Cacho Cué (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; senadora Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre (rúbrica), coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; senadora Sasil de León Villard (rúbrica, p.a.), coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social; senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; senador César Arnulfo Cravioto Romero (rúbrica), Grupo Parlamentario de Morena; senadora Imelda Castro Castro (rúbrica), Grupo Parlamentario de Morena; senadora Josefina Eugenia Vázquez Mota (rúbrica), Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: De enterada.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores, remite acuerdo por el que la senadora Claudia Edith Anaya Mota causa baja como secretaria de la Mesa Directiva.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.– Presentes.
Hago de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente acuerdo de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, en relación con su Mesa Directiva que en su resolutivo dice:
Único. La senadora Claudia Edith Anaya Mota causa baja como secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, a partir del 1 de febrero de 2024.
Para conocimiento preciso del referido acuerdo, se adjunta copia de este.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), secretaria.»
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.– Ciudad de México.
Acuerdo de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, en relación con su Mesa Directiva.
Los senadores integrantes de la Mesa Directiva del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 66 de la Ley Orgánica del Congreso General y
Considerando
I. Que con fundamento en el artículo 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión, puede dictar resoluciones económicas en cuanto a su régimen interior;
II. Que el artículo 3, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos dispone que las Cámaras del Congreso tengan la organización y funcionamiento de los reglamentos y acuerdo que cada una de ellas expida sin la intervención de la otra;
III. Que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 62 establece que la Mesa Directiva del Senado se integrará con una presidencia, tres vicepresidencias y cuatro secretarías;
IV. Que el 31 de agosto de 2023 el Pleno del Senado eligió a las y los integrantes de la Mesa Directiva para el Tercer Año de Ejercicio de la LXV Legislatura, y
V. Que la importancia de los trabajos de la Cámara de Senadores hace necesaria una participación corresponsable y equilibrada entre los representantes de los diversos Grupos Parlamentarios en la integración de los órganos de la Cámara, por lo que se somete a la consideración del Pleno el siguiente:
Acuerdo
Único. La senadora Claudia Edith Anaya Mota causa baja como secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, a partir del 1 de febrero de 2024.
Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores, 1 de febrero de 2024.– Mesa Directiva: senadora Ana Lilia Rivera Rivera (rúbrica), presidenta; senador Checo Pérez Flores (rúbrica), senadora Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, senador Noé Fernando Castañón Ramírez, vicepresidentes; senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica), senadora Martha Cecilia Márquez Alvarado, senador Ricardo Velázquez Meza (rúbrica), senador Navor Alberto Rojas Mancera, senadora María Guadalupe Saldaña Cisneros (rúbrica), senadora Alejandra Lagunes Soto Ruiz, senadora Elvia Marcela Mora Arellano (rúbrica), senador Daniel Gutiérrez Castorena (rúbrica), secretarios.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: De enterada.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: La Cámara de Senadores comunica que se designaron como representantes, titular y suplente, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral a los senadores Christian Gregorio Díaz Carrasco y Antonio García Conejo.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Senadores.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura.– Presente.
Estimada presidenta:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, numeral 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, me permito comunicarle a usted, para los fines que sean procedentes, que el representante titular del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral será el senador Christian Gregorio Díaz Carrasco, y como representante suplente el senador Antonio García Conejo.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo y reiterarle las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Senador Miguel Ángel Mancera Espinosa (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: De enterada y comuníquese.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se recibieron de la Secretaría de Gobernación copias de las evaluaciones de impacto presupuestario emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las siguientes iniciativas que remitió el presidente de la República el 5 de febrero de 2024.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Distinguida diputada presidenta:
En alcance al oficio número100.-010 de fecha 5 de febrero del presente año, remitido por la ciudadana Luisa María Alcalde Luján, secretaria de Gobernación, a ese órgano legislativo, me permito anexar a la presente comunicación copias de las evaluaciones de impacto presupuestario emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las siguientes iniciativas:
• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral.
• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial.
• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de austeridad republicana y remuneraciones de personas servidoras públicas.
Sobre el particular, mucho se agradecerá su amable conducto para que puedan ser sustituidos. Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Ciudad de México, 12 de febrero de 2024.– Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica), tiular de la Unidad de Enlace.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: De enterada. Túrnese a las comisiones correspondientes para su conocimiento y atención, e intégrese en los expedientes respectivos.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se recibió de la Secretaría de Gobernación contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados en relación con la actividad pesquera en las inmediaciones de las instalaciones petroleras de la zona de Campeche.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Secretaría de Gobernación.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del oficio número 114.DGVI.016/2024 suscrito por la maestra Gabriela Hernández Valdés, directora de Vinculación Política de la Dirección General de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Energía, mediante el cual responde el punto de acuerdo contenido en el diverso número D.G.P.L 65-II-2-2165, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, relativo a emitir un acuerdo actualizado, con base en las recomendaciones del “Informe de los resultados derivados de las actividades de investigaciones de los 180 días efectuadas en la Sonda de Campeche” de 2017, con el objetivo de abrir la actividad pesquera en las inmediaciones de las instalaciones petroleras de dicha sonda.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Ciudad de México, a 2 de febrero de 2024.– Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica), titular de la Unidad de Enlace.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Pesca, para su conocimiento.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se recibió de la Secretaría de Salud del estado de Chiapas, contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en las 32 entidades federativas a realizar una mayor implementación de unidades de cuidados paliativos.
«Secretaría de Salud del gobierno de Chiapas.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
En relación al acuerdo “Único” aprobado en el dictamen de la Comisión de Salud, en la sesión realizada el día 30 de noviembre del 2022, y asentado en el oficio número D.G.P.L. 65-II-7-1539, expediente 2311, mismo que fue dirigido al ciudadano licenciado Rutilio Escandón Cadenas, gobernador constitucional del estado de Chiapas, en el que el Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud:
“Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta la Secretaría de Salud federal y a las Secretarías de Salud de las 32 entidades federativas a buscar, en la medida de lo posible y de acuerdo a sus respectivas competencias, una mayor implementación de unidades de cuidados paliativos.”
Me perrnito, en mi calidad de secretario de Salud y director del Instituto de Salud del Estado de Chiapas, y por mi conducto informar a usted que la Secretaría de Salud a mi cargo ha dedicado importantes esfuerzos orientados a fortalecer las acciones respecto a los cuidados paliativos en unidades médicas específicas, buscando siempre la máxima atención a la población.
En este sentido, como parte de la atención a su solicitud, me es grato hacer de su conocimiento que en el año 2022 se realizó un diplomado con una duración de 9 meses, mismo que fue avalado por la Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH), la finalidad del diplomado se centró en la importancia de disminuir el sufrimiento del enfermo y de su familia, acompañando a los familiares y coadyuvando en el manejo del duelo antes y después del fallecimiento del ser querido.
El diplomado perrnitió brindar una mejor calidad en la atención otorgada, debido a que fue impartido por 160 profesionales de la salud de diferentes disciplinas, como: médicos, enfermeras, trabajadores sociales, nutricionistas, entre otros, proporcionando:
• Los tratamientos más adecuados e idóneos para la sintomatología física que hace su aparición en la fase terminal de la enfermedad.
• Una mejor educación sanitaria a los cuidadores para facilitar la permanencia del enfermo en su domicilio.
• Atención psicológica para el tratamiento de las reacciones emocionales desadaptativas.
• Atención social y asesoramiento sobre los recursos sociales existentes.
E] equipo estatal en materia de cuidados paliativos se encuentra distribuido en los 10 Distritos de Salud que conforman el estado de Chiapas, incluidas Unidades Médicas de primero y segundo ni veles de atención.
Por otra parte, se ha proporcionado atención domiciliaria en el primer nivel de atención, conformando de esta manera una red de apoyo con las clínicas del dolor existentes en la entidad.
Como una acción relevante en concordancia con la importancia de la temátice se conformó el Comité Estatal de Cuidados paliativos para la sesión de casos y problemáticas que agilicen la atención en comento.
No omito mencionar que se ha dado puntual seguimiento a las recomendaciones nacionales y necesidades estatales respecto a la materia.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Tutxtla Gutiérrez, Chiapas, a 1 de febrero de 2024.– Doctor José Manuel Cruz Castellanos (rúbrica), secretario de Salud y director general del Instituto de Salud.»
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Túrnese a la Comisión de Salud para su conocimiento.
SOLICITUD DE LICENCIA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Proceda la Secretaría a dar cuenta con la solicitud de licencia del diputado Horacio Fernández Castillo.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputados.– LXV Legislatura.
Diputada Marcela Guerra Castillo, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.– Presente.
Por medio del presente, el que suscribe, Horacio Fernández Castillo, diputado federal de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 3, numeral 1, fracción XII; 6, numeral 1, fracción XVI; 9, numeral 1, fracción II; 12, numeral 1; 13 numerales 1 a 3 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, formulo la presente solicitud de licencia para separarme del cargo de diputado federal misma que deberá de surtir sus efectos a partir del día 13 de febrero al 26 de abril del presente año. Consecuentemente, le solicito gire sus apreciables instrucciones para que se dé trámite legal y administrativo a mi petición, conforme a los procedimientos previstos en la normatividad aplicable.
De autorizarse la licencia, solicito se llame a mi suplente para que tome protesta el cargo como diputado federal.
Si más por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputado Horacio Fernández Castillo (rúbrica).»
Se concede licencia al licenciado Horacio Fernández Castillo, para separarse de sus funciones como diputado federal electo en el distrito 10 del estado de Jalisco, del 13 de febrero al 26 de abril del año en curso.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Llámese al suplente.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: En votación económica se consulta a la asamblea si se aprueba. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Gracias. Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo. Señora presidenta, mayoría por la afirmativa.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Aprobada y comuníquese.
TOMA DE PROTESTA
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Honorable asamblea, se encuentran en este salón de sesiones los ciudadanos Karina Isabel Garivo Sánchez, diputada federal electa en la tercera circunscripción plurinominal, y Álvaro Jiménez Canale, diputado federal electo en el distrito 10 del estado de Jalisco. Se designa en comisión para que los acompañen en el acto de rendir la protesta de ley, a las siguientes diputadas y diputados: diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo, diputada María Leticia Chávez Pérez y diputada Edna Gisel Díaz Acevedo.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se pide a la comisión cumplir con este encargo.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Esta Presidencia saluda a alumnos de la Universidad Regional Integral del municipio de Tequila, invitados por el diputado Gustavo Macías Zambrano. Sean bienvenidas y bienvenidos a este recinto legislativo, la Cámara de Diputados, la casa del pueblo.
(La comisión cumple su encargo)
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se invita a los presentes a ponerse de pie.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Ciudadana Karina Isabel Garivo Sánchez y ciudadano Álvaro Jiménez Canale, ¿protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputada y de diputado que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y la prosperidad de la Unión?
La ciudadana Karina Isabel Garivo Sánchez y el ciudadano Álvaro Jiménez Canale: Sí, protesto.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Si así no lo hicieren, que la nación se los demande.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Se invita a los presentes a tomar asiento.
EFEMÉRIDES
77 ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO DE LAS MUJERES A VOTAR Y SER VOTADAS EN EL ÁMBITO MUNICIPAL
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: El siguiente punto del orden del día es la efeméride con motivo del 77 aniversario del reconocimiento de las mujeres a votar y ser votadas en el ámbito municipal a cargo de los grupos parlamentarios.
Y tenemos la intervención hasta por cinco minutos de la diputada María Macarena Chávez Flores, del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada María Macarena Chávez Flores:Buenos días, compañeras, compañeros. Con el permiso de la Mesa.
El 12 de febrero de 1947, fecha trascendental que marca el primer ejercicio del voto a nivel municipal, el cual es producto del esfuerzo y la lucha incansable de las mujeres derivadas de una iniciativa que reforma el artículo 115, fracción I, de la Constitución federal, se estableció la participación de la mujer mexicana en las elecciones municipales, el derecho de votar y ser votada en igualdad de condiciones frente al hombre.
Derecho que derivó de la suma de diversas batallas que generaron una reacción de gobierno y el reconocimiento de este derecho a nivel constitucional, tales como la iniciativa del presidente Lázaro Cárdenas en 1937, la cual reforma el artículo 34 constitucional para permitir el voto a la mujer. Sin embargo, a pesar de su aprobación en ambas Cámaras, nunca vio su aplicación, pues no se realizó la declaratoria de publicación y su vigencia nunca concluyó, bajo los falsos argumentos que señalaban que el voto de la mujer podría verse influenciado por la religión.
La materialización del voto de las mujeres se consolidó hasta diciembre de 1946, cuando la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa que reforma el artículo 115 constitucional, logrando finalmente que de manera legal se hiciera efectivo el derecho de la mujer, reconociéndole los derechos de ciudadana. Teniendo como consecuencia que el 12 de febrero de1947 se publicara en el Diario Oficial de la Federación el decreto de adición al artículo 115 que permite la participación de las mujeres como votantes y como candidatas.
No obstante, a más de 80 años, aún queda mucho por hacer entre los países miembros de la OCDE. México tiene uno de los porcentajes de participación femenina más baja, el 11 por ciento, en comparación con algunos países de la región de Latinoamérica, como Colombia, 13 por ciento. De acuerdo con el Inegi, el 19 por ciento de las personas emprendedoras en México son mujeres, de las cuales el 49 por ciento tienen entre 18 y 34 años, y el 41 por ciento tienen entre 35 y 54 años de edad, demostrando su fortaleza e iniciativa para hacer frente a la economía familiar.
En cuanto a nivel de escolaridad, 65 por ciento de las mujeres emprendedoras tienen estudios universitarios, contra un 53 por ciento, lo que nos recuerda la brecha de oportunidad laboral que existe entre los géneros. Las mujeres componen 51.2 por ciento de la población total mexicana, equivalente a más de 64 millones de personas, acorde con el Censo de Población y Vivienda 2020, realizado por el Inegi. Y, sin embargo, muchos aún consideran a las mujeres como una cuota y no como la población mayoritaria de este país.
En el Centro de Investigaciones de la Mujer, en la Alta Dirección, señala que las empresarias destinan más del 70 por ciento del ingreso a su comunidad y familia. Los hombres sólo inyectan a este rubro entre el 30 y 40 por ciento de sus recursos. Las mujeres, por el contrario, cuentan con planes de negocios más sólidos y buscan los canales de financiamiento como los necesitan. De cada 100 mujeres que solicitan un préstamo para invertir en una empresa, el 99 por ciento salda su deuda por completo.
En México, según el Centro de Investigaciones de la Mujer, en la alta dirección indica que las mujeres inyectan más del 70 por ciento de sus ganancias a su comunidad y a su familia. Por otro lado, los hombres solo aportan entre el 30 y 40 por ciento. Por tanto, es necesario celebrar las fechas destacadas que recuerdan la lucha de miles de mujeres, pero más importante aún es garantizarles espacios seguros y de inclusión en todo el país. Es cuanto.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada María Macarena Chávez Flores. Tiene ahora el uso de la palabra la diputada Mirza Flores Gómez, de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos.
La diputada Mirza Flores Gómez: Presidenta, muy buenas tardes. Con tu venia.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Mirza Flores Gómez: Compañeras diputadas, compañeros diputados, la efeméride a la que el día de hoy estamos haciéndole honor es el voto de las mujeres y el derecho a ser votadas en los municipios.
Este voto no fue una concesión, es el resultado de luchas en todo el mundo, levantamientos de las mujeres en países en donde las mujeres exigían la justicia de votar, pero también de ser electas. A este movimiento se le llamó el sufragismo.
El sufragismo fue un movimiento internacional de reivindicación del derecho de las mujeres a ejercer el voto, y no solamente por el hecho de que quisieran que las mujeres votaran y participaran, por el ejercicio pleno de la ciudadanía. Eso es lo que tenemos que poner en el centro de la discusión, del debate y de esta fecha: el derecho pleno de las mujeres a ser ciudadanas.
Este voto fue originario en Estados Unidos a finales de la década de 1840, con una fuerte implantación en el Reino Unido. Desde 1865 el movimiento se extendió a gran parte de los países europeos. El objetivo del movimiento sufragista era obtener las reformas legales necesarias para que contemplaran en los diversos países del mundo el derecho de las mujeres a votar y ser votadas, es decir, a ser elegidas para desempeñar cargos públicos.
Era la década de los 20 en el siglo pasado y en diversos países las mujeres iban conquistando el voto. En 1923, las mujeres obtienen el voto en Estados Unidos, la Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas, Australia, Hungría, Checoslovaquia, Polonia, Lituania, Estonia, pero al mismo tiempo en México se cocinaba desde 1917 una iniciativa que Venustiano Carranza y el resto de los constituyentes dejaron en un cajón. Una iniciativa que Hermila Galindo presentó con un grupo de mujeres sufragistas en México para que las mujeres también tuviéramos el derecho pleno de ejercer nuestra ciudadanía con el voto. Claro, dicha iniciativa queda guardada en un cajón y no ve la luz sino hasta muchos años después.
La Liga Panamericana para la Elevación de las Mujeres se celebra con el primer congreso feminista en México. ¿Cuáles eran sus objetivos? Igualdad de derechos políticos, civiles y del trabajo. En 1925 en el estado de Chiapas se otorga el voto a las mujeres en elecciones municipales, 1927 se revisa el Código Civil y los cambios tienen unos propósitos muy específicos: igualar el estatus legal de hombres y mujeres y al mismo tiempo ofrecer la protección a la mujer casada. En 1936 Puebla otorga el voto a la mujer en elecciones municipales, 1938 Sinaloa otorga el voto a la mujer en elecciones municipales, 1953, el 17 de octubre, se publica la ley que reforma el artículo 34 que dice: La mujer puede votar y ser electa en las elecciones municipales, estatales y federales.
Ninguna de estas reformas fue concesión. Todas y cada una de ellas fue el resultado de la lucha sufragista de las mujeres en el mundo y de las mujeres mexicanas, que con mucho valor dieron la pelea para que hoy el 50 por ciento más uno ocupemos las mujeres en esta Cámara de Diputados.
Esa historia tiene que cimbrarnos en los huesos, tiene que cimbrarnos en nuestro ADN para poder representar lo que las mujeres pelearon tanto. Debemos de representar los intereses de niñas y mujeres en este país y no solo porque sea una política diferenciada, sino porque niñas y mujeres en este país requieren de cosas diferentes, que sean atendidas con un acceso a la salud diferenciado, un acceso a la educación, acceso a los apoyos a las mujeres en el campo, acceso de las mujeres con apoyos de manera diferenciada en el deporte.
¿Y por qué digo diferenciada? Porque de entrada las discriminaciones todos los días se dan en todas las áreas de nuestro país por el único hecho de ser mujer. Por eso se exige hoy más que nunca que las mujeres en esta Cámara tengamos plena conciencia y absoluto compromiso con las niñas y mujeres que en este país están requiriendo que hablemos por ellas, no por las locuras que vienen de Palacio Nacional. Es cuanto, señora presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada Mirza Flores Gómez. Tiene ahora el uso de la palabra hasta por cinco minutos, la diputada María Rosete, del Partido del Trabajo.
La diputada María de Jesús Rosete Sánchez:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada María de Jesús Rosete Sánchez: Esta lucha es una lucha por la emancipación y soberanía de nuestras vidas, por un México donde ser mujer no signifique ser menos, porque no podemos hablar de democracia legítima sin las mujeres.
La Constitución del 17 no tuvo madres, los hombres fundadores proclamaron la igualdad de todos los mexicanos. Fue así como las mujeres quedamos excluidas de los derechos políticos un gran periodo, hasta 1953, sin embargo, es en 1955 cuando las mujeres pudimos participar de forma efectiva en una jornada electoral en nuestro país.
La incorporación formal de las mujeres a la vida política trajo consigo el inicio de los cambios en el sistema jurídico en materia de igualdad. El voto de la mujer en México es la consecuencia del despertar democrático nacional. Hoy somos la voz de las mujeres que nos han antecedido y que muchas veces fueron silenciadas en la lucha por la igualdad.
La historia de la humanidad y de México ha estado marcada por la constante lucha de las mujeres de forma individual y colectiva en la promoción, procuración, protección y realización de los derechos humanos. Nuestro rol es fundamental como agentes de justicia y de cambio.
La discriminación de género y las múltiples violencias se siguen manifestando en sus diferentes formas hacia nosotras en la casa, en la escuela, en la calle y el trabajo. Al día de hoy los espacios seguros para nosotras son todavía un privilegio más que un derecho. Por ello, abrazo la sororidad, abrazo con sororidad a las mujeres de esta la legislatura de la paridad. Todas ustedes desafiaron estereotipos que cuestionaban nuestra participación democrática en México.
Reconozco en ustedes compañeras el valor que cada una ha tenido y puedo decir con toda seguridad que detrás de cada una de nosotras hay una gran historia de lucha por ejercer nuestro derecho para acceder a un espacio de representación popular. 70 años han pasado desde aquel decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación donde se nos concedía a las mujeres el derecho a votar y a ser votadas para cargos de elección popular.
Y hoy tenemos por primera vez en el Congreso la representatividad que por muchos años no existió, pero yo pregunto, ¿es esto suficiente? ¿Cuántas gobernadoras, cuántas alcaldesas, cuántas diputadas locales hay en las entidades federativas? ¿Es entonces la igualdad una realidad? Hoy hablamos del tiempo de las mujeres, sin embargo, para que sea el tiempo de las mujeres tiene que ser también el tiempo de la dignidad.
Vivimos en una sociedad profundamente desigual que excluye y violenta sistemáticamente a las mujeres. Vivimos un México donde 11 mujeres no van a regresar a casa este día. Donde las madres siguen buscando y no hay institución ni política pública que responda al grito desesperado de ayuda de esas familias que perdieron lo que más amaban. Una sociedad donde la maestra rural trabaja en condiciones precarias, donde la campesina sigue siendo explotada en el campo y violentada en la casa. Una sociedad donde el machismo está profundamente arraigado en la cotidianeidad de nuestro día a día, ese al que las mujeres representamos, más del 50 por ciento de la población en México.
Este día es un llamado a la reflexión de vida de las mujeres en México, porque sigue siendo agenda pendiente legislar la despenalización del aborto, el trabajo de cuidados, la igualdad laboral, la vivienda asequible para las mujeres, la impartición de justicia con perspectiva de género. Fin de la violencia por razón de género, la violencia familiar y política.
Como decía la gran feminista Julieta Kirkwood: “Las mujeres queremos democracia en el país, en la casa y en la cama”. Es cuanto.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada María Rosete. Tiene ahora el uso de la palabra el diputado Juan González Lima, del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos.
El diputado Juan González Lima:En la búsqueda del reconocimiento y respeto a los derechos de las mujeres se han consolidado varios avances en beneficio de la igualdad entre estas y los hombres. Poco a poco ha quedado atrás la idea de la defensa y sus garantías como un ejercicio meramente teórico y discursivo.
Hoy, vivimos una realidad que le apuesta al ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres. En la conmemoración del 37 aniversario del reconocimiento del derecho de las mujeres a votar y ser votadas en el ámbito municipal, retoma especial relevancia una de las premisas prioritarias de la actual administración de no dejar a nadie atrás y no dejar a nadie afuera, resaltando la importancia de las mujeres en la toma de decisiones, especialmente de aquellas que históricamente habían sufrido algún grado de marginación.
Sirva esta conmemoración no solo para exaltar y aplaudir los logros alcanzados, de lo loable que fue y sigue siendo la lucha que se inició muchos años antes de que se diera el primer sufragio de las mujeres en México, sino también para visualizar aquellas deudas que aún tenemos con sectores de la población femenil que siguen luchando por ser escuchadas, respetadas y consideradas en su ejercicio político.
El 12 de febrero de 1947 fue la fecha en que entró en vigor la edición del artículo 115 en nuestra Constitución, para garantizar la participación de las mujeres como votantes y como candidatas, quedando establecido literalmente que en las elecciones municipales participarán las mujeres en igualdad de condición que los varones, con el derecho de votar y ser votadas. Dicha reforma permitió visualizar con claridad los actos discriminatorios que históricamente habían aquejado las mujeres, dando paso no a un beneficio, sino a un derecho de la igualdad entre las personas.
Quienes en su momento lucharon para poder emitir un voto, no imaginaron el impacto que tendrían sus acciones por el resto de la historia. Hoy tenemos claro que la participación de las mujeres no es un tema ideológico, sino una realidad que ha mostrado los beneficios de la participación de la mujer en la vida política de cualquier nación.
Hoy las mujeres no solo participan en las elecciones, hoy las mujeres son motores impulsores de innovaciones y de los cambios que cualquier administración necesita. Jefas de gobierno, diputadas, policías, directoras, maestras, presidentas, alcaldes y cualquier encargo puede ser dirigido con responsabilidad y profesionalismo, porque de eso se trata, de capacidad y no de oportunidad.
Los avances son muchos, pero debemos seguir trabajando mientras siga existiendo una sola mujer que necesite y que se reconozca y que se respeten sus garantías, que es en sentido, mi partido, refrenda su compromiso, con el tema presentado, hondo, propuestas de reforma, que las proteja y que se haga justicia ante la violencia, pero, sobre todo, para garantizar su participación en la democracia.
Es urgente dejar de ver a cada logro alcanzado como una simple batalla ganada, se necesita del compromiso y trabajo conjunto para que mujeres y hombres adoptemos el tema de igualdad como una obligación compartida, como un rubro normal o como cumplir y no un invencible reto ante la realidad adversa para quienes aspiran a ejercer libremente sus derechos.
Y aunque nuestro país ya funciona bajo un sólido marco jurídico con leyes generales de partidos, de instituciones y de procedimientos electorales que sustentan la paridad en beneficio de las mexicanas, no podemos dar por terminada la tarea que nos exige seguir vigilando que se cumpla la ley, somos parte de la legislatura de la paridad y eso, además de orgullo, nos compromete a dirigir nuestros trabajos legislativos para consolidar la participación de las mujeres en la vida profesional y política de nuestro país.
Cada conmemoración está representando la oportunidad de hacer un ejercicio de reflexión sobre lo que se ha logrado. Pero, sobre todo, para definir con claridad las acciones que debemos realizar para continuar consolidándonos con una nación verdaderamente igualitaria e incluyente, con leyes que garanticen el ejercicio político sin cuestionamientos.
Que esta fecha nos sirva para hacer un reconocimiento a quienes fueron punta de lanza para empezar una lucha que hoy garantiza la participación de las mujeres en la vida política de México.
Yo me siento honrado porque todas las participaciones para esta conmemoración y esta fiesta, que tenemos que tomarlo como una fiesta, yo soy el único hombre que habla con respecto a la mujer. Y eso es lo que debemos hacer, los hombres debemos hablar más de los derechos de las mujeres, más que las mujeres. Estamos seguros que vamos avanzando muy grandemente en este rubro, sobre todo porque pronto tendremos una mujer que dirija los destinos de este país y seguramente será una gran mujer y esa sería Claudia Sheinbaum.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, favor de concluir.
El diputado Juan González Lima: Gracias.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Gracias, diputado Juan González Lima. Tiene el uso de la palabra la diputada Norma Graciela Treviño Badillo, del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos.
La diputada Norma Graciela Treviño Badillo:Buenas tardes. Con su permiso, diputada presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Norma Graciela Treviño Badillo: Compañeras y compañeros legisladores, esta fecha ha sido clave para la vida democrática de México, pues marcó un avance significativo en nuestra lucha por la igualdad y la justicia social. Recordemos que el derecho al voto es fundamental en cualquier democracia del mundo, es el pilar sobre el cual se construyen sociedades más justas y equitativas. Sin embargo, durante mucho tiempo este derecho fue negado a más de la mitad de nuestra población, las mujeres.
La lucha por el libre sufragio de las mujeres fue ardua y persistente. Su valentía desafió la injusticia y la opresión y su coraje y determinación fueron clave para que las mujeres de hoy ejerzan, ejerzamos plenamente nuestros derechos cívicos y políticos.
Y hoy celebramos el fruto de esas décadas de lucha, el reconocimiento de que cada voz cuenta, sin importar el género. Reconocemos que la participación activa de las mujeres en la toma de decisiones es esencial para construir un futuro más justo y próspero para todas y todos.
Sin embargo, debemos ser conscientes de que aún queda mucho por hacer, a pesar de los avances logrados persisten barreras que obstaculizan la plena participación de las mujeres en la vida política.
La discriminación, la violencia de género y la desigualdad económica continúan siendo realidades que enfrentan muchas mujeres en nuestro país. La conmemoración de esta fecha tiene que fortalecer nuestro compromiso de trabajar juntos para superar estos obstáculos que siguen mermando la calidad de vida de las mujeres.
Resulta urgente garantizar que todas las mujeres puedan ejercer plenamente sus derechos políticos, sin miedo ni discriminación. Debemos promover políticas que fomenten la igualdad de género y la inclusión y debemos crear espacios seguros y accesibles para que las mujeres puedan participar activamente en la vida pública.
En este día honramos el legado de las mujeres que lucharon por el sufragio femenino y nos inspiramos en su valentía y determinación. Sigamos adelante con la convicción de que juntos podemos construir un México más justo e igualitario para todas y todos.
Compañeras y compañeros legisladores, en el Grupo Parlamentario del PRI, reafirmamos nuestro compromiso con la promoción de la igualdad de género y la eliminación de todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres en el ámbito político.
Resulta necesario continuar creando más espacios inclusivos y equitativos donde las mujeres puedan participar activamente en la toma de decisiones, aportando su visión única y su experiencia en la construcción de un futuro mejor para todas y todos. Recordemos, que la democracia solo puede ser verdaderamente representativa cuando todas las voces son escuchadas en igualdad de oportunidades para contribuir al debate público y a procesos electorales plurales que sean justos y equilibrados.
Sigamos trabajando juntos para hacer realidad el ideal de una sociedad más justa, igualitaria y democrática para las presentes y futuras generaciones. Es cuanto. Muchas gracias. Gracias, diputada presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada Norma Graciela Treviño Badillo. Tiene ahora el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada Ana Laura Sánchez Velázquez, del Partido Acción Nacional.
La diputada Ana Laura Sánchez Velázquez:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Ana Laura Sánchez Velázquez: Compañeras diputadas, compañeros diputados. El derecho al voto es el derecho esencial de la democracia. Si una persona no puede votar ni ser votada, simplemente no podemos hablar de democracia. Este derecho debe ser para todos, porque todos somos iguales ante la ley.
Hombres y mujeres por igual tenemos derecho a votar y ser votados, aunque esto no siempre haya sido así. Este derecho no siempre nos ha sido reconocido a las mujeres en México. Hace siete décadas, la realidad era que a las mujeres no se nos reconocía en igualdad de condiciones con los hombres y se nos tenía en un segundo plano. Ajenas a las tomas de decisiones y ajenas a ocupar cargos de elección popular. Fue gracias a una larga, ardua e incansable lucha que libraron las mexicanas de la época que hoy se nos reconoce este derecho elemental.
El 12 de febrero de 1947, se reconoció el derecho de las mujeres a votar y ser votadas a nivel municipal. Una lucha que inició décadas atrás en México y el mundo para lograr que a la mujer se le reconociera ese derecho. Ciertamente, había temores, rechazos y desacuerdos al respecto, sin embargo, las mujeres hemos demostrado que podemos. Hemos demostrado que aportamos de manera valiosa y decidida, que nuestras decisiones han impactado de manera positiva en nuestras comunidades y que nuestras opiniones nutren los debates.
Desafortunadamente, aunque la participación de las mujeres en las elecciones es un hecho, la violencia política en nuestra contra también lo es. Vemos un clima de violencia que en nada abona y, por el contrario, solo causa división, rencores y odio. Vemos candidatas que son amenazadas y obligadas a dejar la contienda, y candidatas que son cobardemente asesinadas. Lamentablemente incluso vemos que a pesar de que una mujer gana una elección siguen siendo amenazadas y violentadas. Una cruda realidad que muchas mujeres vivimos día a día.
Ante este escenario y aunque haya quien nos quiera frenar, quien nos quiera callar y dejar fuera, no lo lograrán. A quienes quieran someter a las mexicanas y limitar nuestros derechos políticos, les decimos fuerte y claro: no lo van a lograr.
Hoy podemos decir que la mentalidad de la mayor parte de la sociedad ha cambiado. Hoy no solo votamos. Hoy hacemos nuestra la participación política y la democracia de forma activa, de forma paritaria. Cada vez normalizamos más que las mujeres ocupemos importantes cargos en los gobiernos, en la administración pública.
Una muestra muy clara de que existe una evolución en la inclusión y aceptación de las mujeres en la vida política y toma de decisiones en México es la nominación de mujeres como candidatas a la Presidencia de la República por parte de las principales alianzas políticas.
Hace 77 años algo así era impensable, era difícil de creer que una mujer pudiera ser presidenta de México. Hoy es cada vez más probable. Son dos mujeres las que encabezan los dos proyectos políticos más importantes en este proceso electoral.
Queremos hacer un llamado al gobierno federal para que garantice la seguridad de todas las candidatas a los distintos puestos de elección popular. Hoy son tiempos inéditos, en los que la paridad de género se hace presente y es deber todos cuidar que tanto hombres como mujeres podamos competir en la arena electoral en un entorno de respeto y bajo un clima de seguridad en todo el país.
No podemos permitir que los grupos delincuenciales se apoderen de nuestros espacios democráticos. Debemos alzar la voz, juntas, como lo hicieron las sufragistas el siglo pasado, para exigir seguridad y un piso parejo en las próximas elecciones. Nuestra apuesta es que las mujeres podamos seguir participando en la política, con la confianza de que nuestra voz no va a ser callada por nada ni por nadie. 2024 debe ser el año de las mujeres. 2024 debe ser el año en el que demos la mayor de las batallas culturales en nuestro país, para cuidar y fortalecer nuestra democracia.
Que nadie nos dicte la plana. Que nadie les imponga ni les marque su agenda, mucho menos quien ha fracasado en su fugaz intento por transformar a México. Seamos constructoras de una nueva historia, la de las mujeres libres, valientes, capaces, las mujeres que vamos a sacar a México adelante. Es cuanto, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada Ana Laura Sánchez Velázquez. Ahora tiene el uso de la palabra la diputada Noemí Salazar López, de Morena, hasta por cinco minutos.
Esta Mesa Directiva saluda cordialmente a docentes del nivel medio superior de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Especialmente a la doctora Silvia Mendoza Vergara, directora del nivel medio superior; al psicólogo Miguel Agustín Rubio Vallejo, quien es el director de la Preparatoria número 1 de Cuernavaca; a la ingeniera química Silvia Adriana Herrera Díaz, coordinadora del Sistema Universitario de Educación Mixta y Docente; así como a la doctora Eliza Lugo Villaseñor, secretaria Académica de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, quienes conmemoran el 85 aniversario de la Preparatoria número 1, invitadas e invitados por la diputada Jéssica Ortega de la Cruz.
La diputada Noemí Salazar López:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante
La diputada Noemí Salazar López: El día de hoy conmemoramos un día histórico para la igualdad y la justicia de género. El 12 de febrero de 1947 se reformó el artículo 115 constitucional, en su fracción I, con el firme objetivo de establecer la participación de las mujeres mexicanas en las elecciones municipales, concediéndoles el derecho de votar y ser votadas en igualdad de condiciones que los varones.
Sin embargo, esta lucha empieza muchos años atrás. Y hoy quiero honrar a la historia que comienza en 1922, con las sufragistas posrevolucionarias que lograron el voto femenino en Yucatán, donde fueron electas la profesora Rosa Torres como regidora del ayuntamiento en Mérida y como diputadas al Congreso local Elvia Carrillo Puerto, Raquel Dzib Cicero y Beatriz Peniche de Ponce.
En 1923, en San Luis Potosí, se expidió el decreto que modificaba la ley electoral para reconocer a las mujeres como electoras, con derecho a ser inscritas en el censo electoral. En 1925, en Chiapas, las sufragistas Fidelia Brindis Camacho y Florinda Lazos León lograron que la Constitución reconociera a las chiapanecas con el derecho a votar y ser votadas. Y es así que en 1926 la joven Florinda Lazos León logra ser la primera mujer electa en Chiapas con el cargo de diputada local.
Ese mismo año en Tabasco se lograba el reconocimiento del voto femenino. En 1936 se logra el voto femenino en Puebla. Y, finalmente, es en 1947 que durante el gobierno del presidente Miguel Alemán se le reconoce a la mujer el derecho a votar y ser votada en procesos municipales.
La primera mujer en aspirar a este cargo de elección pública fue Rosa Torres González, quien se postuló para ser regidora del ayuntamiento en la ciudad de Mérida y ganó en las elecciones efectuadas el 7 de noviembre de 1922 con el consentimiento del gobernador, convirtiéndose en la primera mujer de México en ocupar un cargo de elección popular en esa época en la que las mujeres todavía no teníamos igualdad de derechos políticos.
La participación de las mujeres en la vida política del país ha sido siempre cimbrada por el machismo, pero nuestra lucha incansable por la igualdad de derechos nos ha permitido de manera progresiva tomar el lugar que nos corresponde. Y quiero subrayar que el ámbito más cercano de una mujer para ejercer su derecho a ser escuchada y a tomar decisiones por su comunidad es el municipio.
Hablar hoy de la participación política de las mujeres en México es hablar de la lucha permanente. Cuando las mujeres decidimos que no se nos ha otorgado nada y no se nos ha regalado nada, lo que estamos diciendo es que lo que las mujeres logramos es por la lucha de voz, de manera plural, que se levanta para ser... para que nos escuchen, nos vean y se nos tome en cuenta.
Hoy, a 102 años de que la primera mujer fuera electa en México, a 77 años de que la Constitución reconozca que las mujeres podemos votar y ser votadas en el ámbito municipal y a 70 años de que se reconociera finalmente a las mujeres como ciudadanas mexicanas con el derecho a votar y ser votadas en todos los espacios de participación, todavía hay muchos retos para lograr la igualdad sustantiva.
Esta legislatura de la transformación ha sacado adelante reformas que permiten avanzar para que nunca se llegue a más espacios de elección popular a agresores, acosadores ni deudores alimentarios. No los queremos tomando decisiones ni diseñando políticas públicas. Porque también en 2024 la primera mujer presidenta será de izquierda, la primera mujer presidenta del país será la doctora Claudia Sheinbaum Pardo. Es cuanto.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Muchas gracias, diputada Noemí Salazar López.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Pasamos al capítulo de iniciativas. Tiene el uso de la palabra para tal efecto la diputada Esther Berenice Martínez Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 422, 423 y adiciona un artículo 423 Bis al Código Civil Federal.
La diputada Esther Berenice Martínez Díaz:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Marcela Guerra Castillo: Adelante.
La diputada Esther Berenice Martínez Díaz: El maltrato infantil es una grave enfermedad social que no solo rompe vidas, rompe el tejido social y contamina la sociedad. Todas las personas tienen el derecho a crecer y desarrollarse en un ambiente libre de violencia. La niñez es la etapa de la vida en la que nos formamos y desarrollamos y la forma en la que nos eduquen resulta fundamental.
La Constitución y la Ley específica de Protección a los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece el interés superior de la niñez y el derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral. Sin embargo, la crianza, educación y formación de niñas, niños y adolescentes no siempre transcurre en condiciones adecuadas en un ambiente libre de violencia y respeto a su dignidad e integridad.
Bajo el erróneo e injusto argumento de corregir, se han vulnerado los derechos de niñas y niños, esta forma de educar que ha prevalecido en la sociedad y en la cultura mexicana ha mermado en su desarrollo físico y psicológico y ha repercutido negativamente en la sociedad en la que vemos que la violencia es una constante.
De esta manera, los malos tratos infringidos a las personas menores de edad en los hogares mexicanos siguen subiendo las estadísticas registrándose en 2020, 27 mil 526 personas de entre 1 y 17 años que fueron atendidas en hospitales de México por haber sido víctimas de violencia familiar o no familiar, pues de estas formas violentas de corregir y educar se trasladan a las escuelas y a nuestra sociedad.
El Unicef, en el informe anual de 2022, reportó que en México 5 de cada 10 niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 14 años fueron sometidos a por lo menos una forma de castigo en sus hogares, mientras que 1 de cada 2 de los adolescentes vivieron actos violentos, como golpes, patadas, puñetazos y en este último año 8 de cada 3 adolescentes de entre 15 y 17 sufrió violencia psicológica en su escuela en el último año.
Las niñas y niños que se han formado bajo conductas violentas por parte de padres, madres, maestros, instructores y otros cuidadores es posible que se conviertan en adolescentes con problemas de conducta.
La crianza positiva es la vía adecuada para desactivar el maltrato infantil, para desnaturalizar la violencia en los hogares, crear nuevas formas de resolver problemas y conflictos dando seguridad y confianza a las niñas y niños, educándolos en libertad, paz y respeto hacia sí mismos y hacia los demás.
Un cuidado sensible y sin maltratos implica una serie de interacciones cálidas y empáticas basadas en el buen trato y promotoras de apego seguro. Estos asegurarán las condiciones para un sano desarrollo.
La iniciativa que hoy propongo tiene el propósito de eliminar los preceptos negativos que continúan justificando el maltrato infantil en el marco jurídico, como en el Código Civil Federal, que en su numeral 423, desde 1928 a la fecha continúa refiriéndose a la facultad de los padres de corregir a los hijos.
De acuerdo con las normas vigentes de la facultad de padres, madres, tutores, educadores, entre otros, es propiciar las condiciones que permiten un desarrollo adecuado, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, así como establecer estilos de vida que rechacen la violencia y se privilegie el diálogo y la negociación tomando en cuenta la opinión de niñas, niños y adolescentes.
En este sentido, la propuesta de reforma al Código Civil tiene el propósito de eliminar el entramado jurídico de permisión para el uso de cualquier forma de violencia contra niñas, niños y adolescentes y propiciar el ejercicio de crianzas positivas y participativas y estar ante la posibilidad real de garantizar a la niñez mexicana el ejercicio pleno de sus derechos y transformar en positivo las relaciones familiares.
El dolor que un niño sufre hoy se convierte en cicatriz mañana, no permitamos que esa cicatriz defina su futuro, pongamos fin al maltrato infantil. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma los artículos 422, 423 y adiciona un artículo 423 Bis al Código Civil Federal, a cargo de la diputada Esther Berenice Martínez Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Esther Berenice Martínez Díaz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Sexagésima Quinta Legislatura federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 422 y 423 y adiciona el 423 Bis al Código Civil Federal, en materia de una crianza positiva, de acuerdo con la siguiente
Exposición de MotivosLa niñez y la adolescencia son etapas de desarrollo y formación de las personas, sin embargo, la crianza, educación y formación de las personas menores de edad no siempre transcurre en condiciones adecuadas para un sano desarrollo, encontrándose expuestos a distintas vulneraciones de derechos generadas por quienes tienen a su cargo su cuidado y protección.
La violencia ocurrida contra la niñez y la adolescencia es difícil de dimensionar, especialmente la que ocurre en el hogar, en donde incluso se ha normalizado, sin tomar en cuenta la afectación que, “lejos de ayudar a la educación o corrección del menor de edad, resulta contraproducente, ineficiente, peligrosa y dañina para la salud psicofísica de niños, niñas y adolescentes”.
Antes de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, la niñez estaba desproveída de todo derecho: Prevalecía una visión hacia las niñas y niños que se conoce como indiferenciada en donde la infancia es invisibilizada, se evidencian las desigualdades en razón de edad, género y condición socioeconómica familiar y la falta de un marco jurídico protector, lo que generó que los padres les dieran a sus hijas e hijos un trato a su libre albedrío (SCJN, 2020).
En 1917 con la promulgación de la Constitución se incorpora a la niñez en el texto únicamente para establecer la obligación de llevar a los hijos a la escuela. El Estado trataba a la niñez mexicana de tal forma que la minoría de edad equivalía a una incapacidad, es así como el Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en materia común y para toda la República en materia federal de 1928, lo reflejaba así:
Artículo 23. La menor edad, el estado de interdicción y las demás incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la persona jurídica: pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.
El castigo se consideraba parte de la formación de una persona, previsto en el Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en materia común y para toda la República en materia federal de 1928 pudiéndose aplicar de manera discrecional para corregir a los hijos:
Artículo 423. Los que ejerzan la patria potestad tienen la facultad de corregir y castigar a sus hijos mesuradamente.
Las autoridades, en caso necesario, auxiliarán a esas personas, haciendo uso de amonestaciones y correctivos que presten el apoyo suficiente a la autoridad paterna.
Con el erróneo e injusto argumento de “corregir” a la niñez, se vulneró la vida y la integridad de las y los niños, esta forma de “educar” permearía en la cultura mexicana hasta la actualidad, como lo constatan las cifras de maltrato a la infancia por parte de las personas que están a cargo de sus cuidados.
El texto del artículo 423 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en materia común y para toda la República en materia federal no fue modificado hasta 1974, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 423. Para los efectos del artículo anterior, los que ejerzan la patria potestad o tengan hijos bajo su custodia, tienen la facultad de corregirlos y la obligación de observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo.
Las autoridades, en caso necesario, auxiliarán a esas personas haciendo uso de amonestaciones y correctivos que les presten el apoyo suficiente.
Este artículo sería modificado 23 años después, para quedar de la siguiente manera en 1997:
Artículo 423. Para los efectos del artículo anterior, quienes ejerzan la patria potestad o tengan menores bajo su custodia, tienen la facultad de corregirlos y la obligación de observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo.
La facultad de corregir no implica infligir al menor actos de fuerza que atenten contra su integridad física o psíquica en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 ter de este Código.
Este artículo estuvo vigente hasta el 11 de enero de 2021. No obstante, el primer párrafo ha estado vigente desde 1974 hasta la fecha.
La creencia de corregir a las personas menores de edad bajo formas de conductas violentas lamentablemente es una constante y sigue vigente es así, que en nombre de educar y formar personas de bien, se cometen todo tipo de vulneraciones a los derechos de niñas, niños y adolescentes perpetradas por padres, madres, tutores, educadores y cuidadores, entre otros.
De esta manera, los malos tratos infringidos a las personas menores de edad en los hogares mexicanos siguen engrosando las estadísticas registrándose en 2020: 27 mil 526 personas de entre 1 y 17 años que fueron atendidas en hospitales de México por haber sido víctimas de violencia familiar o no familiar (Secretaría de Salud. Registro de Lesiones 2019-2020).
El UNICEF señala en el informe anual 2022, que en México 5 de cada 10 niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 14 años han sido sometidos a por lo menos una forma de castigo en sus hogares, mientras que 1 de cada 2 de los adolescentes vivieron actos violentos como golpes, patadas, puñetazos en el último año y 8 de cada 3 adolescentes de entre 15 y 17 años sufrió violencia psicológica en su escuela en el último año.
Esta situación no ha sido privativa en México, la invisibilización de derechos a la infancia permeaba en el mundo, en este contexto surge en 1924 la Declaración de Ginebra, primer documento que llama a la protección de la infancia, para 1959 surgiría la Declaración de Derechos del Niño, lo que motivó todo un andamiaje en materia de derechos humanos en el orden internacional por la protección de la niñez.
La Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU, 1976) proclamó 1979 como Año Internacional del Niño. En este contexto, el Poder Legislativo federal en México incorpora en el artículo 4o. constitucional el deber de los padres de preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental (CPEUM, artículo 4o., 1980).
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 1989 la Convención sobre los Derechos del Niño, que “representa la carta fundamental de derechos de niñas, niños y adolescentes que surge a efecto de garantizar los derechos humanos y las libertades fundamentales de las niñas, niños y adolescentes, subrayando la obligación del Estado de garantizar su protección” (UNICEF).
Los derechos humanos de la niñez cobran especial relevancia a partir de esta Convención que representó un nuevo paradigma transitando la visión de ser considerados objeto de protección y control, a personas titulares de derechos y establece la obligatoriedad de los Estados de garantizar protección integral de manera primordial a niñas, niños y adolescentes.
A partir de la adopción de la Convención en materia de derechos de la niñez, México promulga la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el año 2000, de esta forma, México da un gran paso en el reconocimiento de los derechos de la niñez, sin embargo, se limita a ser únicamente un instrumento declarativo, al no señalar de manera específica las corresponsabilidades institucionales correspondientes.
En 2011, la Constitución tiene una importante reforma, que incorpora el enfoque de derechos humanos y establece en el artículo 4o. el principio del interés superior de la niñez, en congruencia para 2014 se promulga la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que prevé de manera expresa el derecho al acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal y señala en el numeral 47, fracción II, la obligación de las autoridades a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por el castigo corporal y humillante y establece:
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante.
Castigo corporal o físico es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.
Esta misma legislación en los artículos 103 y 105 establece en cuanto a la responsabilidad de la educación de personas menores de edad, que quienes ejercen la patria potestad, tutela, guarda o custodia tienen distintas obligaciones entre ellas
- Asegurar un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia para el pleno, armonioso y libre desarrollo de su personalidad.
- Fomentar en niñas, niños y adolescentes la cultura de la paz, la educación cívica, el respeto a todas las personas, así como el cuidado de los bienes propios, de la familia y de la comunidad, y el aprovechamiento de los recursos que se dispongan para su desarrollo integral.
- Protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación.
- Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral.
- Evitar conductas que puedan vulnerar el ambiente de respeto y generar violencia o rechazo en las relaciones entre niñas, niños y adolescentes, y de éstos con quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como con los demás miembros de su familia.
- Considerar la opinión y preferencia de las niñas, niños y adolescentes para la toma de decisiones que les conciernan de manera directa conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.
- Cuidarlos, atenderlos y protegerlos contra toda forma de abuso; los traten con respeto a su dignidad y orienten, a fin de que conozcan sus derechos, aprendan a defenderlos y a respetar los de otras personas.
- Se les prohíbe ejercer cualquier tipo de violencia en especial los castigos corporales y humillantes.
La iniciativa que presento pretende armonizar el Código Civil Federal con enfoque de niñez y de derechos humanos acorde con la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Convención de Derechos sobre el Niño, entre otros instrumentos normativos para incorporar la crianza positiva como el conjunto de prácticas de cuidado, protección, formación y guía que ayudan al desarrollo, bienestar y crecimiento saludable y armónico de las niñas, niños y adolescentes con perspectiva de seguridad personal y no violencia que contribuyen a su desarrollo físico, cognitivo y emocional, para quedar de la siguiente manera:
Con esta propuesta se tiene el propósito de eliminar del entramado jurídico cualquier permisión para el uso de cualquier forma de violencia contra niñas, niños y adolescentes y propiciar el ejercicio de crianzas positivas y participativas y estar ante la posibilidad real de garantizarles plenamente los derechos y transformar en positivo las relaciones familiares.
Por lo expuesto presento ante esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que reforman los artículos 422 y 423 y se adiciona el 423 Bis del Código Civil Federal, en materia de crianza positiva
Único. Se reforman los artículos 422 y 423 y se adiciona el 423 Bis al Código Civil Federal, para quedar como sigue:
Código Civil Federal
Artículo 422. Las personas que tienen a una persona menor de edad bajo su patria potestad o custodia tienen la responsabilidad y obligación de asegurarle un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia para el pleno, armónico y libre desarrollo de su personalidad, así como, el deber de protegerlos y formarlos respetando sus derechos humanos.
Las procuradurías de protección podrán solicitar al Ministerio Público competente la imposición de medidas urgentes de protección especial idóneas, cuando tenga conocimiento de violencia o vulneración a la integridad física y psicológica de niñas, niños y adolescentes y denunciará de manera oficiosa ante esa misma autoridad aquellos hechos que se presuman constitutivos de delito contra niñas, niños y adolescentes.
Artículo 423. Para los efectos del artículo anterior, quienes ejerzan la patria potestad, la tutela, guarda, custodia, protección o cuidado de personas menores de edad tienen la obligación de proporcionarles orientación, educación y asistencia a través de la crianza positiva.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir, crecer y desarrollarse en un ambiente de protección a su integridad y dignidad a través de la práctica, formación y fomento de la tolerancia, respeto, empatía, paz, ausencia de violencia, malos tratos, castigos corporales o tratos denigrantes y humillantes de conformidad con lo establecido en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Queda prohibido a cualquier persona ejercer cualquier tipo de violencia contra niñas, niños y adolescentes incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
Artículo 423 Bis. Se considera crianza positiva el conjunto de prácticas de cuidado, protección, formación y guía que ayudan al desarrollo, bienestar y crecimiento saludable y armónico de las niñas, niños y adolescentes con perspectiva de seguridad personal y no violencia que contribuyen a su desarrollo físico, cognitivo y emocional que se basa en los siguientes criterios:
I. El enfoque de niñez y adolescencia;
II. La evolución de edad y facultades;
III. La participación activa de niñas, niños y adolescentes;
IV. Escuchar y tomar en cuenta la opinión de niñas, niños y adolescentes en la toma de decisiones que les conciernan conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez;
V. El respeto a sus derechos; y
VI. Un trato digno.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Calderón Gamboa, Jorge F., “El castigo corporal como método de disciplina contra niños, niñas y adolescentes frente a la Corte Intera-mericana de Derechos Humanos: un desafío internacional”, en revista Isonomía, 2009, número 31, páginas 73-95.
2 SCJN 2022, Cuadernos de Jurisprudencia, número 15. “Responsabilidad parental: patria potestad, guarda y custodia y convivencias”.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputadas: Esther Berenice Martínez Díaz, Irma Yordana Garay Loredo, Rosangela Amairany Peña Escalante (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Martínez Díaz. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 66 y 67 de la Ley General de Protección Civil en materia de desastres naturales.
La diputada Paulina Rubio Fernández:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
La diputada Paulina Rubio Fernández: Muy buenas tardes compañeras y compañeros, el día de hoy presento ante ustedes una reforma muy importante que le da la oportunidad al oficialismo de reivindicar alguna de las muy malas decisiones que han tomado, de esas decisiones que no solo le han dolido al pueblo de México, sino que el pueblo mismo las ha padecido.
Hoy encontrarán en la Gaceta Parlamentaria la propuesta de nuestro grupo parlamentario, del Partido Acción Nacional, para restituir el llamado Fonden, el Fondo de Desastres Naturales.
Miren, vale la pena recordar que allá por el 2020 cuando ustedes decidieron eliminarlo, el PNUD alertaba que frente a nuestra vulnerabilidad como país ante los desastres naturales debía conservarse este fondo, porque de no hacerlo harían más grande la brecha para regresar a una nueva normalidad para las comunidades que padecieran un suceso como este.
Y, diputadas y diputados, la realidad nos alcanzó, y honestamente no me da gusto decirlo, por el contrario, al PAN nos preocupa decirlo y es por eso que hoy nos ocupamos del tema. Ustedes creyeron que no pasaría nada, pero sí pasó. El huracán Otis tocó tierra en categoría 5, el pasado 25 de octubre y devastó a Acapulco, hoy los acapulqueños viven una realidad paradójica entre la lentitud de la reconstrucción y la terrible violencia que azota al estado.
Todos hemos sido testigos de cómo se ha paralizado el estado, ahora no solo a causa de los daños de Otis, sino también de la violencia que prevalece en el estado de Guerrero. En ese estado en donde la gente no puede ir a trabajar, en donde los transportistas no pueden salir y, por lo tanto, no dan servicio y todo esto ahuyenta el turismo y con ello la posibilidad, cada vez más remota, de poder regresar a una normalidad, a esa normalidad de la que nunca debieron salir los acapulquenses y los guerrerenses.
Seamos honestos, diputadas y diputados, la posibilidad de que algo así vuelva a suceder en cualquier parte del país es latente. Por eso, estamos obligados a discutir la reintegración de este fondo, para los apoyos inmediatos, para la fluidez de los apoyos y no que tengan que pasar cuatro meses y las comunidades siguen en la incertidumbre de la devastación.
Miren, compañeras y compañeros, restituir el fondo no representaría un esfuerzo mayor al de recuperar los 20 mil millones de pesos que se robaron de Segalmex, o quizás los 50 mil millones de pesos que ha perdido Pemex a causa del huachicol.
Si ese recurso lo pusiéramos en un fideicomiso seguro, en un fideicomiso transparente y con las reglas suficientes para que nadie, absolutamente nadie se pudiera robar nada, México podría estar tranquilo para responder ante adversidades tan grandes como estas. Este tipo de adversidades, este tipo de problemas que no avisan, pero cómo se arrastran en consecuencia.
Diputadas y diputados, es una buena oportunidad para reflexionar y para echar para atrás lo que se hizo mal. Hoy el Partido Acción Nacional pone sobre la mesa el que podamos restituir al Fonden para beneficio de las familias mexicanas. Es cuanto.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Rubio Fernández. Túrnese a la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, para dictamen.
Esta Presidencia saluda a paisanos del estado de Tlaxcala, provenientes de Los Ángeles, California, al licenciado Francisco Sansporo y Gabilondo, director de la fundación Amigos de Ronald Hogar. Abel García Hernández, presidente y fundador de la Organización de Tlaxcaltecas USA Inc. José Hernández Castillo, cronista del municipio de Huamantla, Tlaxcala, que son invitados por el diputado José Alejandro Aguilar López. Sean ustedes bienvenidos a esta Cámara de Diputados, un gusto recibirlos.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Karla Yuritzi Burgos: Tiene la palabra la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 201 Ter al Código Penal Federal.
La diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro:Con la venia de la presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
La diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro: Compañeras y compañeros diputados, el día de hoy las cifras y datos que voy a poder exponer aquí en esta tribuna, la más importante de nuestro país, no deben ser ajenas a ninguna y a ninguno de nosotros, pues estamos hablando del futuro de nuestro país, nuestras niñas, niños y adolescentes.
En 2019 el Estado mexicano se comprometió a la detección y prevención del reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por la delincuencia organizada como parte del Plan de Acción 2019-2024 de México, en la alianza global para poner fin a la violencia contra la niñez.
De acuerdo con el estudio, reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes por grupos delictivos en México, realizado por la Redin y el Observatorio Nacional Ciudadano, en nuestro país existen 145 mil 250 mil niñas, niños y adolescentes que están en riesgo de ser reclutados o utilizados por estos grupos delictivos, aprovechándose de una serie de condiciones de vida que tienen la gran mayoría de los reclutados, estas son: desintegración familiar, violencia familiar, falta de acceso a servicios básicos en sus viviendas y en sus colonias, bajo nivel educativo, deserción escolar y, por supuesto, la falta de reconocimiento y en muchas veces afecto por parte de sus familias.
El reclutamiento es una muestra de que la delincuencia organizada se ha especializado en detectar las condiciones de vulnerabilidad de miles de niñas y niños y adolescentes que viven a diario para incorporarlos a las actividades delincuenciales. Lo han encontrado como una ruta viable de trabajo y como una ruta viable para que muchas de estas familias, muchos de estos adolescentes encuentren una opción para poder vivir o para poder sobrevivir en nuestro país.
Los programas sociales destinados a la posibilidad de empleo o a la permanencia en las escuelas deben de ser revisados a fondo, pues dejan mucho qué desear en el impacto que tienen en su población objetivo.
Recordemos que uno de los principales objetivos era que los niños acudieran a la escuela, que bajáramos las cifras de deserción escolar y, por supuesto, evitar y bajar las cifras tan alarmantes del reclutamiento que han tenido los grupos delictivos en esta etapa tan importante para nuestra niñez.
El reclutamiento es una actividad que, lamentablemente, no ha sido tampoco lo suficientemente visibilizada por los mecanismos de prevención de la violencia en sus tres órdenes de gobierno, el municipal, el estatal y, por supuesto, también el federal.
Hacemos un llamado para que todos los estados, para que todos los tres niveles de gobierno puedan emplear, puedan hacer políticas públicas específicas para que terminemos con este reclutamiento que, lamentablemente, muchas veces acaba con las vidas.
Por su parte, la Convención de los Derechos del Niño determina que los estados miembros deben implementar medidas legislativas, administrativas, sociales, educativas, para impedir que las niñas, niños, adolescentes sean objeto de explotación sexual, laboral o víctimas de tráfico de drogas.
Aquí sin duda alguna tenemos un tema muy pendiente con nuestra niñez. Y es por esta razón que el Estado mexicano tiene una enorme tarea ante las graves estadísticas que arroja la encuesta del Inegi y los altos índices delictivos que actualmente existen en nuestro país.
En el Grupo Parlamentario del PRI estamos preocupados, pero también ocupados por el interés superior de la niñez y queremos que las niñas, niños y adolescentes vivan una vida libre de toda violencia. Que se protejan sus derechos humanos, especialmente su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
Por lo que esta iniciativa tiene como objetivo tipificar y sancionar el reclutamiento y utilización de las niñas, niños y adolescentes para la comisión de delitos por parte de la delincuencia organizada o por parte de cualquiera de los delitos referidos en este ordenamiento o en alguna ley especial. Espero contar con su apoyo, compañeras y compañeros. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 201 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal Mariana Erandi Nassar Piñeyro, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 201 Ter del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLos delitos de alto impacto han crecido sustancialmente en México en los recientes años, según datos del Consejo Ciudadano para la Seguridad y la Justicia, A.C., estos se clasifican en dos grupos, el primero, aquellos que causan violencia tales como: el homicidio doloso, lesiones dolosas por arma de fuego, feminicidio, violación y secuestro; y, el segundo, la extorsión, el robo de vehículo con violencia y sin violencia, el robo a casa habitación con violencia y sin violencia, el robo a comercio con violencia y sin violencia, robo a transporte público colectivo, robo a transeúnte en vía pública y robo a transportista.
El Estado de México tuvo en el 2023 la tasa más alta de incidencia delictiva con 546 por cada mil habitantes, lo que representa un total de 15 mil 839 delitos. Muchos de estos delitos fueron cometidos por adolescentes. Según datos de la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal 2022, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el 30.2 por ciento de adolescentes cumplían una sanción de internamiento o internamiento preventivo, 1,360 adolescentes de un total de 3 mil 414; cuando en 2017 eran 17 por ciento.
También se presenta un cambio en el tipo de delito ya que, en 2022, los principales delitos por los que los adolescentes contaron con sanción penal fueron: violación (23 por ciento de los internados), robo (19 por ciento), homicidio (18.6 por ciento), portación de arma (14.2 por ciento) y posesión de droga (9.1 por ciento). Sin embargo, en 2017 lo que más cometieron los jóvenes sancionados fueron robos (37.8 por ciento), homicidios (16.8 por ciento) y violaciones (12.5 por ciento). Este aumento se registró principalmente en el robo casi 38 por ciento, el homicidio con 18 por ciento y las violaciones con 12.5 por ciento.
Si bien el rango de edad de 18 a 22 años de los adolescentes en el sistema de justicia penal disminuyó en 2022 frente a 2017, el porcentaje de los que tienen hijos aumentó de 21.8 por ciento a 24.1 por ciento y poco más del 70 por ciento de todos cuentan sólo con educación primaria. Estos indicadores muestran la difícil situación que los jóvenes enfrentan para incorporarse a actividades productivas o de desarrollo personal.
La Convención de los Derechos del Niño determina que los Estados miembros deben implementar las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas para impedir que los niños, niñas y adolescentes sean objeto de explotación sexual, laboral o víctimas del tráfico de drogas, por lo que el Estado mexicano tiene una enorme tarea ante las graves estadísticas que arroja la encuesta del INEGI y los altos índices delictivos que actualmente hay en nuestro país.
Según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, procesados por la organización social Red por los Derechos de la Infancia en México, de enero a noviembre de 2023, 2 mil 95 personas de 0 a 17 años fueron asesinados, 409 mujeres y 1,605 hombres. Siendo Michoacán, Guanajuato y Jalisco las entidades federativas de mayor incidencia, mientras que Campeche, Nayarit y Tabasco mostraron los mayores aumentos en víctimas de homicidio en el mismo grupo etario.
La misma organización civil da cuenta de los homicidios dolosos contra niñas, niños y adolescentes de enero a noviembre de 2023, al contabilizar 815 personas entre 0 a 17 años, 129 mujeres y 686 hombres, que murieron en ese periodo. Si bien representa una disminución con relación al año anterior cuando se registraron 1mil 24 homicidios dolosos, es evidente la falta de políticas para inhibir este tipo de delitos contra las infancias de nuestro país. Siendo Guanajuato, Estado de México y Chihuahua, los estados de mayor incidencia delictiva en este rubro.
Otro dato alarmante es la cifra de niñas, niños y adolescentes desaparecidos. El 14 de diciembre de 2023, la Secretaría de Gobernación hizo públicos los registros de personas desaparecidas en México, siendo 110,994 registros de personas desaparecidas, pero la base de datos no permitió hacer un desagregado por rango de edad. Sin embargo, se hizo pública una versión sobre el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas que presentó una estadística con información desde que se llevan estos registros.
Desde sus inicios se tiene un registro de 98 mil 980 personas de 0 a 17 años que han sido reportadas como desaparecidas, no localizadas o posteriormente localizadas. De estas 17 mil siguen desaparecidas o no localizadas, 9,137 mujeres y 7,873 hombres. Las restantes 81,901 fueron localizadas, aunque 891 niños, niñas y adolescentes fueron hallados sin vida.
Las actividades de los grupos criminales en México involucran también a niños, niñas y adolescentes cuando son reclutados para que trabajen en diversas acciones delictivas. De acuerdo con el estudio “Reclutamiento y utilización de niñas, niños y adolescentes por grupos delictivos en México” realizado por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) y el Observatorio Nacional Ciudadano de Seguridad, Justicia y Legalidad (ONC), en nuestro país existen 145 mil y 250 mil niñas, niños y adolescentes que están en riesgo de ser reclutados o utilizados por estos grupos, aprovechándose de una serie de condiciones de vida que tienen la gran mayoría de los reclutados: desintegración y violencia familiar, falta de acceso a servicios básicos en sus viviendas y colonias, bajo nivel educativo y deserción escolar y la falta de reconocimiento y afecto que encuentran muchas veces en las personas que los reclutan.
El reclutamiento es una actividad que lamentablemente no ha sido lo suficientemente visibilizada por los mecanismos de prevención de la violencia en sus tres niveles de gobierno, además de que no se encuentra tipificado como un delito, ya que, si bien se tipifica en el Código Penal Federal delito de corrupción de menores, en el artículo 201 del Título Octavo, el reclutamiento es un mecanismo de inserción y participación de los niños, niñas y adolescentes que les violenta sus derechos, les cambia su estructura de pensamiento al insensibilizarlos ante la tragedia y el dolor de las víctimas, siendo ellos también víctimas sin darse cuenta.
El reclutamiento es también una muestra de que la delincuencia organizada se ha especializado en detectar las condiciones de vulnerabilidad que miles de niños, niñas y adolescentes viven a diario para incorporarlos en las actividades delincuenciales. Los programas sociales destinados a la empleabilidad o a la permanencia en las escuelas deben ser revisados a fondo, pues dejan mucho que desear en el impacto que tienen en su población objetivo. El gobierno federal debe dar cumplimiento a las leyes que emanan del artículo 4o. constitucional, así como lo estipulado en la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y en la Ley General del Sistema integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Por lo que esta iniciativa tiene como objetivo adicionar el artículo 201 Ter del Código Penal Federal, para tipificar y sancionar el reclutamiento y utilización de personas menores de dieciocho años para la comisión de delitos por parte de la delincuencia organizada o para cometer cualquiera de los delitos referidos en este ordenamiento o en alguna ley especial.
Para una mayor claridad de la propuesta legislativa, me permito presentar un cuadro comparativo con el texto actualmente vigente y el texto propuesto:
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 201 Ter del Código Penal Federal, en materia de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes
Artículo Único. Se adiciona el artículo 201 Ter del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 201 Ter.- Comete el delito de reclutamiento y utilización la persona física o moral que emplee, obligue, incite o coaccione a una o varias personas menores de dieciocho años de edad para formar parte de una asociación delictuosa o para cometer cualquiera de los delitos referidos en este ordenamiento o en alguna ley especial.
Al autor de este delito se le impondrá una pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 www.consejociudadanomx.org/media/pdf/7/DISI_marzo2023.pdf/
2 https://www.inegi.org.mx/programas/enasjup/2022/
3 https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf
4 https://issuu.com/infanciacuenta/docs/balance_redim_3_
5 Ídem.
6 Ídem.
7 Ídem.
8 www.onc.org.mx/public/rednacionaldeobservatorios/public/onc_site/uploads/doc-re clutamiento.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputadas y diputados: Mariana Erandi Nassar Piñeyro, Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, Edna Gisel Díaz Acevedo, Eduardo Zarzosa Sánchez, Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, Jazmín Jaimes Albarrán, María Guadalupe Alcántara Rojas, Martha Estela Romo Cuéllar, Miguel Sámano Peralta, Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, Norma Angélica Aceves García, Norma Angélica Treviño Badillo, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Erandi Nassar. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra el diputado José Antonio García García, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
El diputado José Antonio García García:Muchas gracias, presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
El diputado José Antonio García García: Compañeras y compañeros diputados, vengo a exponer la siguiente iniciativa con motivo de que las comunidades indígenas representan una parte integral de nuestra identidad cultural, histórica y lingüística y que es, además, invaluable y desempeñan un papel crucial en la construcción de una sociedad más inclusiva diversa y justa.
En nuestro país, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda, en el 2020 —del Inegi— hay 11.9 millones de personas que viven en hogares indígenas, los cuales representan el 9.5 por ciento de la población total del país. Asimismo, se identifican 7.4 millones de habitantes de lenguas indígenas que significa el 6.1 por ciento de los habitantes mayores de 3 años en nuestro país.
Los pueblos indígenas se caracterizan por la relación especial con sus tierras, territorios y recursos naturales donde han de-sarrollado culturas, lenguas, artes, medicinas y formas propias de organización, entre otras características más.
Pese a la gran riqueza de sus recursos y formas de organización social, la mayoría de las personas indígenas aún carecen del acceso y disfrute de muchos de sus derechos, tales como el derecho al servicio de salud, educación y de movilidad.
Respecto al derecho humano de movilidad, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial contempla a las y a los indígenas como un sector de la población que enfrenta barreras para ejercer su derecho a la movilidad, con seguridad vial como resultado de la desigualdad. Las personas indígenas a menudo enfrentan obstáculos para movilizarse, ya sea para acceder a servicios básicos de educación o de empleo.
Muchas de las personas indígenas que requieren recibir servicios de salud tienen que trasladarse en ocasiones, necesariamente, a los centros con mayor nivel de urbanización, pues para poder ser atendidos adecuadamente, lo que realizan a través de grandes esfuerzos familiares por no contar con suficientes ingresos económicos ni transporte y, en su mayor parte, terminan trasladándose a pie.
Desafortunadamente derivado de la pobreza que sufre este sector, en ocasiones les resulta imposible el poder adquirir o pagar el servicio de transporte público para poder desplazarse.
Las tarifas de transporte son una carga adicional para muchas familias indígenas que ya luchan contra la pobreza y la marginación social.
En este sentido, resulta necesario establecer medidas que beneficien y otorguen tarifas preferenciales, como descuentos a las personas indígenas, con el fin de apoyar su economía familiar.
Por ello, la presente iniciativa que proponemos mi compañero diputado Rommel Pacheco y un servidor, ante esta tribuna, busca establecer un descuento de hasta el 60 por ciento en las tarifas de autotransporte para las personas indígenas. Este descuento no solo aliviará a la carga económica que enfrenten estas comunidades, sino que también promoverá la inclusión social y económica.
Como representante del pueblo, es nuestro deber legislar en favor de aquellos que más lo necesitan y las personas indígenas merecen nuestra atención y todo nuestro apoyo.
Desde el Grupo Parlamentario de Morena tenemos claro, que debemos implementar medidas concretas para garantizar que las personas indígenas tengan acceso equitativo a los servicios básicos y el transporte es un competente clave para lograr y cumplir este objetivo.
Y, desde luego, que este 2024 es el año de las mujeres y, desde luego también, que es el año de Claudia Sheinbaum Pardo. Es cuanto, presidenta. Por su atención, muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado José Antonio García García, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, José Antonio García García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio y con arreglo a las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en atención de la siguiente
Exposición de MotivosDe acuerdo con el Banco Mundial, los pueblos indígenas son grupos sociales y culturales distintos que comparten vínculos ancestrales colectivos con la tierra y con los recursos naturales donde viven y ocupan o desde los cuales han sido desplazados. La tierra en la que viven y los recursos naturales de los que dependen están inextricablemente vinculados a su identidad, cultura y medios de subsistencia, así como también a su bienestar físico y espiritual.
Dicho organismo refiere que aproximadamente 476 millones de personas pertenecen a una comunidad indígena en más de 90 países y constituyen más de 6 por ciento de la población mundial; no obstante, representan alrededor de 15 por ciento de quienes viven en pobreza extrema.
El Censo de Población y Vivienda de 2020, del Inegi, indica que 11.9 millones de personas viven en hogares indígenas; representan 9.5 por ciento de la población del país. Asimismo, se identifican 7.4 millones de hablantes de lenguas indígenas, que significan 6.1 por ciento de los habitantes mayores de 3 años en el país.
Los estados con el mayor número de población hablante de lengua indígena son Oaxaca, con 31.2 por ciento; Chiapas, con 28.2; Yucatán, con 23.7; Guerrero, 15.5; e Hidalgo, 12.3.
Los pueblos indígenas se caracterizan por la relación especial con sus tierras, territorios y recursos naturales, donde han desarrollado culturas, lenguas, artes, medicinas, cosmogonías y formas propias de organización, entre otras características más.
No obstante, pese a la gran riqueza de sus culturas y formas de organización social, la gran potencialidad de sus tierras, territorios y recursos naturales, la mayoría de las personas indígenas aún carecen del acceso y disfrute de muchos de sus derechos humanos contemplados en los tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como los establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tales como, el derecho a servicios de salud, educación y el de accesibilidad y movilidad.
Respecto al derecho humano de accesibilidad y movilidad, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial considera a las y los indígenas como un sector de la población que enfrenta barreras para ejercer su derecho a la movilidad con seguridad vial como resultado de la desigualdad.
Lo anterior es preocupante si se considera que a partir de los años noventa, derivado del contexto político, social y económico del país, se generó un impacto negativo directamente a las zonas rurales, por lo que la movilidad y accesibilidad de las y los indígenas hacia los centros urbanos se convirtió en una de las pocas opciones para sobrevivir (Granados 2005, citado en García Tello, 2013).
Lamentablemente para las personas indígenas, su condición social, física o económica, limita en muchas ocasiones, el que puedan tener acceso a una movilidad adecuada a través de un transporte digno y seguro, ello a pesar de que dicho medio de desplazamiento resulta esencial para la movilidad humana, al constituir la vía que hace posible el desplazamiento de un lugar a otro, para acceder a bienes y servicios que posibilitan, poder ejercer otros derechos como el trabajo, la educación y la salud.
Muchas de las personas indígenas que requieren recibir servicios de salud, tienen que trasladarse en ocasiones necesariamente a los centros con mayor nivel de urbanización para poder ser atendidos adecuadamente, lo que realizan a través de grandes esfuerzos familiares por no contar con suficientes ingresos económicos ni transporte, y en su mayor parte terminan trasladándose a pie.
En este sentido el sistema de transporte debe contemplar mecanismos que garanticen la accesibilidad de las personas indígenas a fin de permitirles garantizar su movilidad, para poder desplazarse y acceder a los bienes y servicios básicos que se ofrecen en su microrregión y que coadyuvan a mantener o elevar su calidad de vida.
El Programa Especial de los Pueblos Indígenas y Afromexicano 2021-2024 señala que 5.8 por ciento de localidades con población indígena del país pertenece a una ciudad o localidad mixta, 11.1 de localidades con población indígena es cercano a una ciudad. Las localidades con población indígena cercanas a una localidad mixta corresponden a 5.6 por ciento, mientras que 33.6 por ciento son localidades con población indígena cercana a una carretera.
Desafortunadamente derivado de la pobreza que sufre este sector en ocasiones les resulta imposible el poder adquirir o pagar el servicio de transporte público para desplazarse, en virtud de que acuerdo con la medición multidimensional de la pobreza del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, refieren que 3.4 millones de indígenas viven en pobreza extrema, lo que representa 29.2 por ciento de la población indígena del país.
Resulta necesario establecer medidas que beneficien y otorguen tarifas preferenciales, descuentos y/o exenciones a las personas indígenas sobre los precios establecidos para el público en general, con el fin de combatir el rezago que presentan en la calidad de vida las personas indígenas y generar apoyos a su economía familiar.
La presente iniciativa plantea establecer que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en coordinación con los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros, establezcan descuentos de hasta del 60 por ciento, para personas indígenas, en las tarifas aplicables y con un número determinado de lugares disponibles, respecto del total de la capacidad de la unidad vehicular.
Este descuento no solo aliviará la carga económica que enfrentan, sino que también promoverá la inclusión y la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos mexicanos.
Cabe señalar que la presente propuesta coadyuba a cumplir con lo establecido en la Agenda 2030, respecto de proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial, en particular mediante la ampliación del transporte público, prestando especial atención a las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad.
Por ello, es fundamental que tomemos medidas concretas para garantizar que las personas indígenas tengan acceso equitativo a los servicios básicos, y el transporte es un componente clave para lograr este objetivo.
Por lo anterior, está claro que es necesario prestar mayor atención a las necesidades particulares de las personas pertenecientes a comunidades indígenas y los problemas o condiciones especiales a las que se enfrentan, por ello, es necesario el construir y generar todas las acciones que puedan hacer más fácil su modo de vida para lograr su integración dentro del sector económico y social del país.
Todos los sectores de la sociedad, desde el sector más vulnerable requieren que el trabajo de nosotros como legisladores se traduzca en reformas trascendentes, que cobren sentido en la convergencia positiva y ascendente en el nivel de vida de nuestras comunidades, por ello resulta apremiante y urgente implementar acciones que tengan como objetivo combatir las condiciones de pobreza, desigualdad, marginación y discriminación que sufren nuestras hermanas y hermanos indígenas.
Por lo expuesto se somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 19 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 19. ...
La Secretaría establecerá en coordinación con los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros descuentos hasta del 60 por ciento, para personas indígenas, en las tarifas aplicables y con un número determinado de lugares disponibles, respecto del total de la capacidad de la unidad vehicular.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En un plazo no mayor a 180 días a la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en coordinación con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, llevaran a cabo las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el presente decreto.
Notas
1 Pueblos indígenas; Banco Mundial. Disponible en
https://www.bancomundial.org/es/topic/indigenouspeoples#1 Consultado el 20 de diciembre de 2023.
2 Censo de Población y Vivienda de 2020 del Inegi. Disponible en
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/ EstSociodemo/ResultCenso2020_Nal.pdf
3 Programa Especial de los Pueblos Indígenas y Afromexicano 2021-2024,
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639419&fecha =27/12/2021#gsc.tab=0
4 Programa Especial de los Pueblos Indígenas y Afromexicano 2021-2024. Disponible en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639419&fecha =27/12/2021#gsc.tab=0
5 Pobreza en la Población Indígena; Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social,
https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza_Indigena. aspx
6 Ibidem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputados y diputadas: José Antonio García García, Jaime Baltierra García, José Alejandro Aguilar López, Nelly Maceda Carrera, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias. Gracias, diputado García García. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD Y CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra el diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, con el propósito de diferenciar y delimitar el ejercicio de la cirugía plástica y reconstructiva, así como de la cirugía estética o cosmética. Adelante, diputado.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:Ánimo. Ánimo, ánimo. Desde Navolato vengo. Ya llegó, ya llegó. Con el permiso del pueblo de México, con el permiso de la Mesa Directiva.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:“Donde quiera que se ama el arte de la medicina se ama también a la humanidad”. Platón.
México ha sido clasificado como un gigante en la práctica de las llamadas cirugías estéticas. La demanda de este tipo de procedimientos convierte a nuestro país en uno de los líderes mundiales, posicionándose en tercer lugar con el 4.5 por ciento de los procedimientos totales solo detrás de Estados Unidos y Brasil.
Sin embargo, en México, la falta de regulación de la especialidad, la falta de precisión y distinción clara entre la llamada cirugía estética y la cirugía denominada plástica y constructiva genera confusiones de gravedad en perjuicio de las personas. Surgen así las famosas clínicas patito, que por una falta de regulación ofrecen servicios de cirugías estéticas que resultan en un completo fraude, provocando daños irreversibles a la salud y hasta la muerte de pacientes, en su mayoría mujeres.
Médicos y pseudos cirujanos irresponsables y faltos de preparación levantan clínicas por todo el país ofreciendo estos servicios hasta en modalidad de cundinas, sin asumir compromiso de garantía a la salud de los pacientes. Ya hasta se habla del cártel de las cundinas, donde mujeres que demandan estos servicios pagan en tandas sus cuotas.
En la práctica de la cirugía estética se carece de especialidad y certificación, lo que motiva que algunos practicantes o falto de conocimiento en la rama y sin el más mínimo respeto por la vida del ser humano se atreven a realizar intervenciones quirúrgicas.
Es imperativo distinguir entre cirugía estética y cirugía plástica reconstructiva, ya que existe gran confusión entre lo que es una y la otra. Y frecuentemente se llega a creer que es la misma disciplina médica, cuando la realidad demuestra que no es así.
Resulta necesario advertir que muchos d ellos procedimientos de cirugías estéticas son realizados por médicos no capacitados o, peor aún, por quienes ni siquiera cuentan con la licenciatura en medicina.
De acuerdo con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se ha identificado un crecimiento en la prestación de servicios de cirugía estética a través de establecimientos o locales privados, sin que cuenten con los avisos ni las autorizaciones sanitarias conducentes.
La Cofepris y el Sistema Federal Sanitario han verificado un total de 4 mil 322 clínicas con prestación de servicios de cirugía estética, identificando con anomalías a 510 y suspendido a 264 de ellas. La institución continúa realizando visitas de verificación a establecimientos que ofertan cirugía y tratamiento estético, encontrando que algunos de ellos no cuentan con autorización ni condiciones sanitarias para prestar los servicios que promocionan.
La cirugía plástica y reconstructiva y la cirugía estética han sido diferenciadas y separadas en todos los países que pueden considerarse como potencias médicas. La cirugía estética o cosmética se realiza a un paciente sano que persigue cambiar zonas de su cuerpo únicamente con fines de belleza, mientras que la cirugía plástica y reconstructiva se enfoca en atender a un paciente que sufre de secuelas por un accidente, enfermedades y otras afecciones en su cuerpo, principalmente visibles en todos los fines que se persiguen, que son la restauración del aspecto físico y, desde luego, la función corporal.
Resulta fundamental corregir la denominación de la especialidad médica que restaura la funcionalidad de partes del cuerpo que han sido afectadas por accidentes o enfermedades congénitas o adquiridas, e incluirla expresamente en la Ley General de Salud, lo que permitirá determinar su importancia y evitar errores de interpretación y de sus efectos. Debe ser penado e inclusive regulado el tipo penal en la legislación correspondiente para garantizar, mediante la coerción y coacción, la inhibición de esta práctica por pseudocirujanos o carentes de profesionalización.
Desde esta tribuna va un llamado a la población en general a no caer en el juego de charlatanes de la medicina, que sin escrúpulos amenazan la salud y la vida de las personas, con el único objetivo de enriquecerse mezquinamente. “El médico que no entiende de almas no entiende cuerpos”, José Narosky. Por su atención y apoyo a la presente iniciativa...
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Concluya, por favor.
El diputado Jesús Fernando García Hernández:... unidad nacional. Todo el poder al pueblo. Ánimo. Y sáquense un 10. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, con el propósito de diferenciar y delimitar el ejercicio de la cirugía plástica y reconstructiva, así como de la cirugía estética o cosmética, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado a la LXV Legislatura por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud y reforma el Capítulo III del Título Séptimo y adiciona el artículo 199 Séptimus del Código Penal Federal, con el propósito de diferenciar y delimitar el ejercicio de la cirugía plástica y reconstructiva, así como de la cirugía estética o cosmética, bajo la siguiente
Exposición de MotivosEl desarrollo económico, los cambios en las normas sociales y culturales, la globalización, la exposición a los medios culturales y la sobreexposición de los rasgos anatómicos occidentales, entre otros; son algunos de los factores señalados como las principales causas de aumento en la demanda de procedimientos relativos a la cirugía estética.
México no es ajeno al crecimiento que esta práctica registra día a día. En nuestro país, “el número en este tipo de cirugías realizadas se ha incrementado de manera considerable, colocándolo en tercer lugar con un 4.5 por ciento respecto a los procedimientos estéticos totales en el mundo detrás de Estados Unidos y Brasil, que representan el 18.7 y 9.7 por ciento, respectivamente.”
Entre las entidades de la República Mexicana con mayor demanda, registro y realización de este tipo de cirugías, están: Baja California, Quintana Roo, Sinaloa, Jalisco, Nuevo León y la Ciudad de México; donde las intervenciones ocurren a través de procedimientos mínimamente invasivos, lo cual las hace atractivas al público.
No obstante, el comportamiento de esta práctica cuya tendencia es al alza; aún prevalece la falta de regulación en la especialidad, toda vez que la legislación acusa lagunas que motivan errores de interpretación y dan lugar a malas praxis, toda vez que la falta de precisión y distinción clara entre la llamada cirugía estética y la denominada cirugía plástica y reconstructiva; generan confusiones de gravedad en perjuicio de las personas.
Ello ocurre, dado que en la práctica de la cirugía estética se carece de especialidad y certificación, lo que motiva que algunos practicantes o faltos de conocimiento en la rama y sin el más mínimo respeto por la vida del ser humano se atreven a realizar intervenciones quirúrgicas que han causado la muerte de sus pacientes, o que en el caso de otras afectaciones, les provocan deformidades con altas alteraciones no solo en su salud física, sino también en lo emocional, con repercusiones en sus entornos social, laboral y familiar.
La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) realizó una estadística del año 2002 al 2017, donde reporta que existieron 654 quejas por mala práctica de los médicos especialistas en cirugía plástica, estética y reconstructiva.
El sector femenino sigue encabezando la demanda de este tipo de servicios con un 86.4 por ciento de los casos registrados a nivel mundial. En el top de los tratamientos más populares solicitados por las mujeres está el aumento de senos (con implantes de silicona), liposucción, blefaroplastia (cirugía de párpado), abdominoplastía y mastopexia (levantamiento de senos). En el caso de los hombres, los tratamientos más populares solicitados son: la blefaroplastía, reducción de mama, rinoplastía y liposucción.
Es imperativo distinguir entre cirugía estética y cirugía plástica reconstructiva, ya que existe gran confusión entre lo que es una y la otra; y frecuentemente se llega a creer que es la misma disciplina medica cuando la realidad demuestra que no es así.
Resulta necesario advertir que muchos de los procedimientos de cirugías estéticas son realizados por médicos no capacitados, o peor aún; por quienes ni siquiera cuentan con la licenciatura en medicina.
Ocurre que “pseudo-cirujanos estéticos” han ido proliferando en todo el territorio nacional, ocasionado un grave problema de salud pública debido a su incapacidad y falta de preparación, generando diversos tipos de secuelas entre la población, que van desde algunas enfermedades crónicas, mutilaciones y en el peor de los casos, hasta el deceso.
Es importante señalar que existe también la usurpación de esta profesión la cual comienza desde la preparación en las aulas, dado que el mercado negro se ha apoderado de este renglón haciendo crecer de manera exponencial la instalación de clínicas “patito” en todo el país y últimamente; abriendo escuelas que preparan ilegalmente a este tipo de “pseudocirujanos” a través de cursos rápidos que no cuentan con el aval de la autoridad correspondiente; tampoco con la preparación quirúrgica adecuada y mucho menos con la posibilidad de ser cursadas con un mínimo requerimiento para el ingreso a estos cursos, como estrictamente lo es para contar con la Licenciatura de Médico Cirujano y una Especialidad en una rama quirúrgica de la medicina y formar así parte del Programa Nacional de Residencias Médicas, para acceder a la certificación que valide estudios cursados.
La problemática en comento se extiende con el surgimiento de “instituciones” que imparten una “preparación” deficiente, emitiendo cédulas y certificaciones en esta disciplina medica sin estricto apego a lo que mandata la Ley y la Academia Nacional de Medicina y la Academia Mexicana de Cirugía.
Ello, obliga a erradicar este tipo de cursos impartidos en escuelas que incumplen con lo establecido en la legislación correspondiente, dado que éstas no son más que prácticas fraudulentas en la certificación de profesionales y aunque La Ley General de Salud prevé la certificación, adolece sin embargo de una laguna jurídica por no distinguir entre cirugía estética y cirugía plástica y reconstructiva, lo que ha llevado a la confusión y equivocada interpretación por las autoridades correspondientes y de los pacientes mismos, dando lugar así a que no se regule adecuadamente la certificación y su transparencia.
A saber, en la legislación mexicana no se regula la existencia del postgrado de especialidad en cirugía estética porque simplemente no existe en el programa nacional de residencias médicas, razón por lo cual la Secretaría de Educación Pública no expide cedulas de especialidad en cirugía estética. Es de considerarse que esta situación deba ser regulada y apoyada por las academias médicas nacionales y por colegios del gremio formalmente constituidos.
La cirugía estética es aquella que modifica el contorno facial y corporal de individuos sanos en la búsqueda de una mejora en el aspecto físico. La segunda, la cirugía plástica y reconstructiva es la que se encarga de mejorar la estética y funcionalidad de individuos no sanos que presenten malformaciones congénitas o las adquiridas como consecuencia de enfermedad o accidente. Por lo que urge incorporar esa diferencia en todos los planes de estudio de ambas disciplinas y comparar.
En las instituciones de salud pública del país donde se forman los médicos especialistas en cirugía plástica y reconstructiva no se realizan procedimientos quirúrgicos de estética o cosmética.
Ningún médico egresado de especialidad de las instituciones públicas de salud, cuenta con los conocimientos o desarrollo de destrezas y habilidades para la práctica de intervenciones quirúrgicas de cirugía estética o cosmética porque nunca pudo practicarlas. Motivo por el cual no se expiden títulos ni diplomas de especialidad que consideren este término.
Lo que sí existe es el postgrado de maestría en cirugía estética para médicos con especialidad quirúrgica, que está aprobado por la autoridad competente. Vale decir que el Comité Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (Conacem) no regula a consejos de postgrado diferentes a los de especialidad como son los de maestría o doctorado, por lo que se debe considerar su actuación.
De acuerdo con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en 2018 se llegó a emitir la Alerta Sanitaria - Clínicas de Cirugía Estética Irregulares. El organismo reitera que se ha identificado un crecimiento en la prestación de servicios de cirugía estética a través de establecimientos o locales privados, sin que cuenten con los avisos ni las autorizaciones sanitarias conducentes.
La Cofepris y el Sistema Federal Sanitario han verificado un total de 4 mil 322 clínicas con prestación de servicios de cirugía estética, identificando con anomalías a 510 y suspendido a 264 de ellas.
La institución continúa realizando visitas de verificación a establecimientos que ofertan cirugía y tratamiento estético, encontrando que algunos de ellos no cuentan con autorización sanitaria para prestar los servicios que promocionan; que las condiciones sanitarias bajo las cuales operan no son las adecuadas, que el personal no es profesional de la salud (carecen de estudios con validez oficial y de cédula profesional); o bien; que los cirujanos plásticos no cuentan con certificados y/o recertificaciones de especialidad para realizar este tipo de intervenciones quirúrgicas, que falta el aviso de funcionamiento o licencia sanitaria, que se recetan medicamentos con fecha de caducidad vencida y que se trabaja con equipo médico sin registro sanitario.
En algunos establecimientos no se ha permitido constatar sus condiciones sanitarias, otros más no presentaron documentación que acredite el buen funcionamiento de los mismos, así como el contar con quirófano dentro del consultorio. Cabe señalar que los tratamientos se ofertan por internet, en medios impresos como periódicos de mayor circulación, volantes, mantas en la calle, revistas de renombre entre otros; en los cuales, la práctica más común es ofrecerlos a bajo costo y sin internamiento del paciente.
La cirugía plástica y reconstructiva y la cirugía estética han sido diferenciadas y separadas en todos los países que pueden considerarse como potencias médicas y que están a la vanguardia en investigación científica por lo que hace a los avances médicos.
Esto, al haber establecido la necesidad de que sean diferenciadas en cuanto a sus procesos y fines, ya que ambas ramas de la medicina tienen ámbitos y técnicas de intervención muy diferentes, situación que ha sido pasada por alto por las autoridades sanitarias mexicanas.
La especialidad en cirugía general es considerada como troncal y de ella se derivan subespecialidades también llamadas de entrada indirecta, que para poder cursarlas requieren haber estudiado uno o dos años e incluso hasta cuatro años. Como ejemplo de ellas tenemos a la angiología y cirugía vascular, a la cirugía cardiotorácica, a la cirugía oncológica, a la cirugía pediátrica, a la cirugía plástica y reconstructiva, a la coloproctología, a la neurocirugía y a la urología.
La cirugía plástica y reconstructiva constituye una subespecialidad que atiende de manera integral a pacientes enfermos con lesiones congénitas o adquiridas; a través de procedimientos de microcirugía en la reconstrucción de extremidades, reimplantes, reconstrucción mamaria secundaria a cáncer de mama, quemaduras en diversas partes del cuerpo y el uso de injertos en éstas; además de atender otras lesiones como amputaciones.
En diversas instituciones hospitalarias públicas coordinadas por la Secretaría de Salud en las que se realiza la residencia de la especialidad en cirugía general y de la subespecialidad en cirugía plástica y reconstructiva, sólo se permite la realización de actos quirúrgicos derivados de la cirugía general y la cirugía plástica y reconstructiva de tipo funcional con fines de rehabilitación, no permitiendo realizar actos quirúrgicos que tengan finalidad exclusivamente estética.
El Plan Único de Especializaciones Médicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, sólo cuenta con la Especialidad en Cirugía General y la Subespecialidad de Cirugía Plástica y Reconstructiva, sin que cuente con una especialidad en Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva o una en Cirugía Estética y esto se debe a que no se pueden realizar residencias médicas en cirugía estética, ya que esta se enfoca en mejorar la apariencia de una persona, no tienen base médica para sanar una enfermedad o alteración funcional y la persona es candidata a este tipo de cirugía sólo si se encuentra sana, en buenas condiciones de salud física y psicológica; no así la cirugía plástica y reconstructiva, que tiene como objetivo, corregir, aminorar, restituir la funcionalidad de un órgano, resolver traumas, accidentes, lesiones o defectos de nacimiento o por eventos como quemaduras.
En consecuencia, se establece que la cirugía estética o cosmética se realiza a un paciente sano que persigue cambiar zonas de su cuerpo únicamente con fines de belleza; mientras que la cirugía plástica y reconstructiva se enfoca en atender a un paciente que sufre las secuelas por un accidente, enfermedades y otras afecciones en su cuerpo principalmente visibles en donde los fines que se persiguen son la restauración del aspecto físico y desde luego la función corporal.
Ante este escenario, resulta fundamental corregir la denominación de la especialidad médica que restaura la funcionalidad de partes del cuerpo que han sido afectadas por accidentes o enfermedades congénitas o adquiridas e incluirla expresamente en la Ley General de Salud, lo que permitirá determinar su importancia y evitar errores de interpretación y de sus efectos.
En este mismo entendido, debe ser penado e inclusive regulado el tipo penal en la legislación correspondiente para garantizar mediante la coerción y coacción la inhibición de esta práctica por pseudocirujanos, o carentes de profesionalización. Lo mismo para aquellas instituciones que de manera ilegal emitan títulos sin haber dado una preparación médica quirúrgica adecuada, sin estar avaladas por las autoridades competentes y que expidan certificaciones sin contar con el aval del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas.
Es preciso acotar que la propuesta legislativa no implica costo presupuestal adicional, toda vez que los planes y programas de estudio, así como los títulos y cédulas profesionales que expiden las autoridades educativas y de salud, están registrados y se emiten con la denominación correcta de “Cirugía Plástica y Reconstructiva”.
Significa también que no generaría una carga administrativa o erogación para las autoridades garantes de aplicar y observar el cumplimiento de la Ley General de Salud, dado que solo se busca reconocer los estudios de médicos especialistas en una rama quirúrgica de la medicina formados a través del Sistema Nacional de Residencias Médicas y con estudios de postgrado en la materia (cirugía estética o cosmética) aprobados por la autoridad competente, para expedir títulos o cédulas a quien haya cursado y aprobado esta especialidad y se ponga así orden en la certificación.
En razón de lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud y se reforma el Capítulo III del Título Séptimo y se adiciona el artículo 199 Séptimus del Código Penal Federal
Artículo Primero. Se reforman los artículos 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:
Artículo 272 Bis...
I a II...
III. Tratándose de cirugía estética o cosmética, sólo podrán ejercerla los Médicos Especialistas en una rama quirúrgica de la Medicina formados a través del Programa Nacional de Residencias Médicas y con estudios de postgrado en la materia de cirugía estética aprobados ambos por la autoridad competente. Deberán contar además con certificación vigente.
. . .
. . .
Artículo 272 Bis 1.- La cirugía estética o cosmética, es el procedimiento quirúrgico que se realiza para cambiar o corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones de la cara y del cuerpo, con el propósito de modificar la apariencia física de las personas con fines estéticos y superficiales, ejercida de conformidad con la fracción III del artículo 272 Bis.
La cirugía plástica y reconstructiva, es el conjunto de medidas encaminadas a mejorar la capacidad de una persona para realizar por sí misma, actividades necesarias para su desempeño físico, mental, social, ocupacional y económico, por medio de órtesis, prótesis, ayudas funcionales, cirugía reconstructiva, o cualquier otro procedimiento que permita integrarse a la sociedad, enfocada en atender a un paciente que sufre las secuelas por un accidente, enfermedades y otras afecciones en su cuerpo principalmente visibles en donde los fines que se persiguen son la restauración del aspecto físico y de la función corporal.
Las cirugías señaladas en este artículo deberán efectuarse en establecimientos o unidades médicas con licencia sanitaria vigente y atendidos por profesionales de la salud especializados en dichas materias, de conformidad con lo que establece la fracción III del artículo 272 Bis.
Artículo 272 Bis 2.- La oferta de los servicios que se haga a través de medios informativos, ya sean impresos, electrónicos u otros, por profesionistas que ejerzan cirugía estética o cosmética; así como también los establecimientos o unidades médicas en que se practiquen dichas cirugías, deberán publicitar con claridad a la vista del público los requisitos que se mencionan en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y en lo previsto en el Capítulo Único del Título XIII de esta Ley.
Artículo Segundo. Se reforma el Capítulo III del Título Séptimo y se adiciona el artículo 199 Séptimus del Código Penal Federal para quedar como sigue:
Título SéptimoDelitos contra la salud
Capítulo I
Artículo 193 al 199...
Capítulo IIDel peligro de contagio
Artículo 199 Bis...
Capítulo IIIDelitos contra los derechos reproductivos y contra la salud por mala praxis
Artículo 199 Ter. al 199 Sextus...
Artículo 199 Séptimus.- Aquella persona o instituciones que usurpe, que no estén actualizadas, o no haya cursado las especialidades requeridas para practicar, realizar, ejecutar, asesorar, consultar, diagnosticar, intervenir quirúrgicamente de manera individual o colectiva el ejercicio especializado en cirugías señalado en los artículos 272 Bis, 272 Bis 1 y 272 Bis 2 de la Ley General de Salud, se le impondrá de 15 a 40 años de prisión y de trescientos a seiscientos días de multa y el decomiso de los instrumentos, establecimientos, cuentas bancarias, objetos y productos del delito, así como la inhabilitación y retiro de título y cédula profesional, incluidas aquellas personas que directa e indirectamente hayan contribuido en la comisión del delito.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas con apoyo de la Secretaría de Salud y la Secretaria de Educación Pública, de conformidad a sus atribuciones y competencias, deberán cumplir con el proceso de certificación en cirugía estética o cosmética a los médicos especialistas que cursaron la rama quirúrgica de la medicina con estudios de postgrado y deberán publicar el padrón de los médicos certificados en la citada especialidad en sus páginas oficiales así como adecuar todas aquellas disposiciones normativas y reglamentarias en cumplimiento al presente decreto.
Fuentes
https://www.isaps.org/wp-content/uploads/2019/12/ISAPS-Global-Su rvey-2018-Press-Release-Spanish.pdf
https://www.gob.mx/cofepris/articulos/alerta-sanitaria-clinicas- decirugia-estetica-irregulares
https://www.eluniversal.com.mx/estados/cirugia-plasticaalertan-r iesgo-por-charlatanes
https://www.proceso.com.mx/398428/los-seudocirujanosplasticos-ya -forman-uncartel
https://congresogto.s3.amazonaws.com/uploads/archivo/archivo/169 16/738.pdf
https://www.medigraphic.com/pdfs/cplast/cp-2017/cp172a.pdf
http://www.sidep.fmposgrado.unam.mx: 8080/fmposgrado/Cursos.jsp?medicallevel=ESPECIALIDADES
https://www.medigraphic.com/pdfs/cplast/cp-2007/cp072a.pdf
https://espanol.medscape.com/verarticulo/5907853
Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva A.C.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de febrero de 2024.– Diputado Jesús Fernando García Hernández (rúbrica).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputado García Hernández. Túrnese a las Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra el diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
El diputado Andrés Pintos Caballero:Muy buenas tardes, compañeras y compañeros. Con el permiso de la Mesa Directiva.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
El diputado Andrés Pintos Caballero: El derecho al medio ambiente significa que es para todas y para todos, y por eso el día de hoy venimos aquí a presentar una propuesta para modificar la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente. Esto con la finalidad de fortalecer a las entidades que integran la República Mexicana, al momento de determinar qué acciones se deben tomar ante situaciones que afectan al medio ambiente y, por supuesto, a la salud de nuestros representados.
Por tomar un ejemplo, nos vamos a enfocar en Nuevo León, el estado al cual represento. En los últimos años, derivado del cambio climático y a las constantes emisiones de la refinería de Cadereyta, nos encontramos en la disyuntiva de que la calidad del aire se ha vuelto sumamente baja y perjudicial para todos los habitantes de la zona metropolitana de Monterrey.
Esto, a pesar de que en diversas ocasiones hemos hecho el llamado a las autoridades federales para dar mantenimiento a la misma y evitar las emisiones hacia el medio ambiente, sin embargo, no hemos logrado mucho y la contaminación continúa y continúa.
No vamos a politizar en una situación que a futuro se puede convertir en un tema de salud pública. Por el contrario, busco que a través de darles mayores facultades a los estados se puedan ejercer sanciones a cualquier empresa que esté contaminando y no cumpla con las normas necesarias para operar, y no esperar a que desde el gobierno central se tomen cartas en el asunto. Es un tema de suma importancia, considerando la situación ambiental que se está atravesando en gran parte del territorio nacional.
No omito mencionar que en nuestra Constitución Política, en su artículo 4o., expresa que todas las personas tenemos derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Pero hoy, como representantes populares, les estamos fallando y nos estamos quedando muy cortos. Por lo que es necesario realizar acciones que permitan solucionar esta problemática en corto y mediano plazo.
Nuestro estado se ha comprometido con diversas acciones para mitigar los efectos del cambio climático, como la política de impulsar el uso de vehículos eléctricos con la llegada de Tesla al estado, pero también reconocemos que es necesario que se sumen los demás estados para obtener mejores resultados. Porque estoy convencido de que trabajar por una transición energética ordenada les permitirá a nuestros hijos disfrutar y crecer en muchas mejores condiciones.
Tenemos que dejar de tomar a la ligera la situación ambiental que se avecina. Aquí en la zona metropolitana del Valle de México se avecina una falta de agua nunca antes vista, y si los gobiernos, tanto de la Ciudad de México como del Estado de México no emprenden acciones para solucionar la situación, se dará una situación crítica sin precedentes.
No podemos tampoco que, desde Palacio Nacional, solucionen todo, eso es condenar a nuestras familias a sufrir y tenemos la oportunidad histórica para tomar el problema en nuestras manos. Tenemos que comprometernos con el futuro del país y ese futuro solo cabe dentro del cuidado del medio ambiente.
Es por lo anterior que invito a todas y a todos los legisladores a sumarse a esta propuesta, porque reitero, no es politizar un tema que debe ser de interés nacional y que debe ser puesto al centro de la agenda pública para todas y para todos. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 111 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, a cargo del diputado Andrés Pintos Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosNuestro gobernador, el doctor Samuel García Sepúlveda, comprometido con la salud y bienestar de todos los neo-leoneses a través de un servidor, presenta ante esta soberanía una propuesta para mejorar la calidad de vida de nuestros representados.
La publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 1999, el decreto por el que se declara la adición de un párrafo quinto al artículo 4o. constitucional y se reforma el párrafo primero del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consagró al establecer en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”. Tiempo después en la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 8 de febrero de 2012 se publicó el decreto por el que se declara reformado el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.
Este derecho ha sido reconocido a nivel internacional, ya que el 28 julio 2022, con 161 votos a favor, ocho abstenciones y ningún voto en contra, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución que reconoce el acceso a un medio ambiente limpio, sano y sostenible como un derecho humano universal.
El texto, presentado originalmente por Costa Rica, Maldivas, Marruecos, Eslovenia y Suiza el pasado mes de junio, y copatrocinado ahora por más de 100 países, señala que el derecho a un medio ambiente sano está relacionado con el derecho internacional existente y afirma que su promoción requiere la plena aplicación de los acuerdos medioambientales multilaterales. También reconoce que el impacto del cambio climático, la gestión y el uso insostenibles de los recursos naturales, la contaminación del aire, la tierra y el agua, la gestión inadecuada de los productos químicos y los residuos, y la consiguiente pérdida de biodiversidad interfieren en el disfrute de este derecho, y que los daños ambientales tienen implicaciones negativas, tanto directas como indirectas, para el disfrute efectivo de todos los derechos humanos.
Por su parte, los tribunales federales en México han reconocido que el derecho a un ambiente sano debe de ser protegido por todas las autoridades, como se refiere en la tesis siguiente:
Registro digital: 2026110
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Undécima Época
Materias(s): Constitucional
Tesis: I.3o.C.5 CS (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 23, marzo de 2023, Tomo IV, página 3850
Tipo: Aislada
Derecho a un medio ambiente sano. Es un derecho transversal que debe ser protegido por todas las autoridades en las distintas materias, incluida la civil.
Hechos: dentro de una controversia de arrendamiento inmobiliario en la que se demandó el pago de pensiones rentísticas, la parte actora —arrendadora— solicitó entre sus prestaciones, el pago del adeudo por uso del servicio de energía eléctrica; se dictó sentencia a su favor y contra dicho fallo el demandado interpuso recurso de apelación, declarándose infundado y firme aquélla, dicha resolución es la que constituye el acto reclamado en el amparo directo, en el cual, previamente al estudio del fondo del asunto, se consideró que se debe priorizar un uso adecuado de la energía eléctrica, tomando en cuenta que existe una corresponsabilidad por parte de quien se beneficia directamente de ese bien.
Criterio jurídico: este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el derecho a un medio ambiente sano es un derecho transversal que debe ser protegido por todas las autoridades en las distintas materias, incluida la civil.
Justificación: lo anterior, porque el derecho a un medio ambiente sano tiene implicaciones transversales con prácticamente todos los derechos consagrados en la Constitución General y en los tratados internacionales, como los relativos a la salud, alimentación, trabajo, cultura, vida y otros, pues es más que notorio que si no existe un entorno dentro del que se pueda desarrollar la vida humana, ninguno de éstos puede garantizarse o siquiera lograrse. En ese tenor, los derechos humanos mencionados se deben siempre encontrar en armonía con el derecho a un medio ambiente sano. Lo anterior también implica que todas las autoridades en el ejercicio de sus atribuciones tengan presente estos principios; por ello, las personas juzgadoras tienen la obligación, a través de sus fallos, de actuar siempre en favor de la naturaleza, aplicando estos principios y buscando, en la medida de lo posible, la mitigación de la crisis climática y el cuidado del medio ambiente. Así, es imperante que, al juzgar, sin importar la rama del derecho en que se actúe (laboral, administrativa, penal o civil) el juzgador, al tener presente estos principios ambientales, encuentre siempre una armonía en su aplicación, entendiéndola como la defensa de un derecho transversal que tiene implicaciones con las demás prerrogativas constitucionales y convencionales.
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
Amparo directo 413/2022. 13 de julio de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Paula María García Villegas Sánchez Cordero. Secretaria: Leticia Yatsuko Hosaka Martínez.
Esta tesis se publicó el viernes 10 de marzo de 2023 a las 10: 13 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
Registro digital: 2024838
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Undécima Época
Materias(s): Constitucional
Tesis: I.3o.C.1 CS (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 14, junio de 2022, Tomo VII, página 6255
Tipo: Aislada
Derecho humano a un medio ambiente sano. Los tribunales nacionales están obligados a proveer las medidas necesarias y pertinentes dentro de sus competencias para garantizarlo.
Hechos: Una compañía aseguradora fue condenada en un juicio oral mercantil a pagar la indemnización prevista en el contrato de seguro; al acudir al amparo contra la sentencia correspondiente le fue negado, entre otros motivos, porque no acreditó por escrito haber entregado las condiciones generales del seguro, en términos del artículo 7o. de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Asimismo, el tribunal estimó que esa constancia de entrega puede demostrarse por medios electrónicos y no únicamente en papel, como medida de protección al medio ambiente, y ordenó dar vista a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para que, si tiene a bien, examine su regulación o emita la que considere adecuada y reflexione sobre la importancia de que las aseguradoras y asegurados, en la medida de lo posible, transiten a una era “sin papel” para que con los candados digitales necesarios y firmas electrónicas o claves de acceso, los juzgadores puedan constatar que los asegurados conocieron los términos de las pólizas de seguros y cualquier otro trámite que realicen.
Criterio jurídico: este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los tribunales nacionales están obligados, dentro de su ámbito competencial, a proveer todas las medidas necesarias y pertinentes para garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano, previsto en el párrafo quinto del artículo 4o. de la Constitución General, sin importar la materia de su especialización ni su fuero territorial, de acuerdo con los deberes y responsabilidades que a cada autoridad competen en términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Esto implica que el órgano jurisdiccional está facultado para dar vista a las autoridades que no tienen una reglamentación favorable al ambiente para que, de así estimarlo en el ámbito de sus competencias, puedan considerarlo.
Justificación: lo anterior, porque actualmente la humanidad enfrenta uno de sus mayores retos con el deterioro del medio ambiente, pues por más avances que se han obtenido y aun con el esfuerzo que han realizado los Estados en sus políticas internas, así como a partir de la cooperación internacional, el cambio climático y la sobre explotación ecológica han ocasionado graves daños a nuestro planeta los cuales, incluso, amenazan con cambiar por completo la manera en la que vivimos. En ese sentido, la Constitución General reconoce en el párrafo quinto de su artículo 4o. el derecho humano a un medio ambiente sano. Lo anterior es de suma importancia, pues en términos del artículo 1o. constitucional, este órgano jurisdiccional está obligado a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en el ámbito de sus competencias, lo que hace a través de este criterio, pues para los actos jurídicos mencionados se sugiere acudir a los medios electrónicos, con el propósito de sustituir el papel y otros impresos por la tecnología digital, a fin de vigilar el adecuado manejo de los recursos materiales e insumos, así como fomentar la protección al medio ambiente. Por lo que respecta a la vista a las autoridades administrativas, cabe señalar que la división funcional de atribuciones que establece el artículo 49 constitucional no opera de manera rígida, sino flexible, ya que el reparto competencial de cada uno de los Poderes implica coordinación o colaboración para lograr un equilibrio de fuerzas y un control recíproco que logre beneficios en temas relevantes y que afecten a la sociedad mexicana, así como para ejercer sus facultades para garantizar los derechos humanos contenidos en la Constitución General, entre ellos, el relativo a un medio ambiente sano, que debe ser protegido y reparada su violación en su mayor amplitud.
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
Amparo directo 653/2021. Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V. 19 de enero de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Sofía Verónica Ávalos Díaz. Secretario: Miguel Ángel Vadillo Romero.
Esta tesis se publicó el viernes 17 de junio de 2022 a las 10: 23 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
Esa facultad para emitir regulación estatal no se encuentra establecida en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ya que si bien es cierto debe de haber concurrencia entre los gobiernos federal, de las entidades federativas y los municipios en materia de protección al medio ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico, como lo establece el numeral 73 fracción XXIX-G de nuestro máximo ordenamiento legal, el cual refiere
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.
La actual normativa que se encuentra en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente no incorpora la facultad de las entidades federativas para regular en casos que se establecen de competencia federal, siendo importante que todos los entes gubernamentales puedan tener injerencia en solucionar y proteger el medio ambiente, buscando que cualquier autoridad que tenga una pronta respuesta sea la que aplique medidas cuando exista un detrimento al medio ambiente en perjuicio de la población.
Por otro lado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido que las leyes generales expedidas por el Congreso de la Unión asientan las bases y la plataforma mínima de las obligaciones que se desprendan de estas normas en todas las entidades federativas, sin embargo, no son limitativas para cada uno de los estados para expedir regulación estatal cuando trate de materia concurrente, sírvase como referencia la siguiente jurisprudencia:
Registro digital: 165224
Instancia: Pleno
Novena Época
Materias(s): Constitucional
Tesis: P./J. 5/2010
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXXI, febrero de 2010, página 2322
Tipo: Jurisprudencia
Leyes locales en materias concurrentes. En ellas se pueden aumentar las prohibiciones o los deberes impuestos por las leyes generales.
Las leyes generales son normas expedidas por el Congreso de la Unión que distribuyen competencias entre los distintos niveles de gobierno en las materias concurrentes y sientan las bases para su regulación, de ahí que no pretenden agotar la regulación de la materia respectiva, sino que buscan ser la plataforma mínima desde la que las entidades puedan darse sus propias normas tomando en cuenta su realidad social. Por tanto, cumpliendo el mínimo normativo que marca la ley general, las leyes locales pueden tener su propio ámbito de regulación, poniendo mayor énfasis en determinados aspectos que sean preocupantes en una región específica. Si no fuera así, las leyes locales en las materias concurrentes no tendrían razón de ser, pues se limitarían a repetir lo establecido por el legislador federal, lo que resulta carente de sentido, pues se vaciaría el concepto mismo de concurrencia. En este sentido, las entidades federativas pueden aumentar las obligaciones o las prohibiciones que contiene una ley general, pero no reducirlas, pues ello haría nugatoria a ésta.
Acción de inconstitucionalidad 119/2008. Diputados integrantes de la Cuarta Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. 3 de septiembre de 2009. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Mariano Azuela Güitrón y Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Fabiana Estrada Tena.
El Tribunal Pleno, el quince de febrero en curso, aprobó, con el número 5/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a quince de febrero de dos mil diez.
Por todo lo expuesto es que vemos que en el artículo 111 del ordenamiento citado se debe incorporar un párrafo adicional con el objetivo de evitar la obstaculización para dar protección al medio ambiente sano como lo refiere el artículo 4 constitucional, por eso se presenta esta iniciativa, cuya finalidad es que se faculte expresamente para emitir regulación a las entidades federativas que busquen ayudar, prevenir y detener un impacto de contaminación que afecte a los habitantes de una circunscripción territorial determinada. El texto actual de dichos dispositivos legales establece:
Artículo 111. Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría tendrá las siguientes facultades:
I. Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan la calidad ambiental de las distintas áreas, zonas o regiones del territorio nacional, con base en los valores de concentración máxima permisible para la salud pública de contaminantes en el ambiente, determinados por la Secretaría de Salud;
II. Integrar y mantener actualizado el inventario de las fuentes emisoras de contaminantes a la atmósfera de jurisdicción federal, y coordinarse con los gobiernos locales para la integración del inventario nacional y los regionales correspondientes;
III. Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan por contaminante y por fuente de contaminación, los niveles máximos permisibles de emisión de olores, gases, así como de partículas sólidas y líquidas a la atmósfera provenientes de fuentes fijas y móviles;
IV. Formular y aplicar programas para la reducción de emisión de contaminantes a la atmósfera, con base en la calidad del aire que se determine para cada área, zona o región del territorio nacional. Dichos programas deberán prever los objetivos que se pretende alcanzar, los plazos correspondientes y los mecanismos para su instrumentación;
V. Promover y apoyar técnicamente a los gobiernos locales en la formulación y aplicación de programas de gestión de calidad del aire, que tengan por objeto el cumplimiento de la normatividad aplicable;
VI. Requerir a los responsables de la operación de fuentes fijas de jurisdicción federal, el cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la presente Ley, su reglamento y en las normas oficiales mexicanas respectivas;
VII. Expedir las normas oficiales mexicanas para el establecimiento y operación de los sistemas de monitoreo de la calidad del aire;
VIII. Expedir las normas oficiales mexicanas para la certificación por la autoridad competente, de los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes determinadas;
IX. Expedir, en coordinación con la Secretaría de Economía, las normas oficiales mexicanas que establezcan los niveles máximos permisibles de emisión de contaminantes a la atmósfera, provenientes de vehículos automotores nuevos en planta y de vehículos automotores en circulación, considerando los valores de concentración máxima permisible para el ser humano de contaminantes en el ambiente, determinados por la Secretaría de Salud;
X. Definir niveles máximos permisibles de emisión de contaminantes a la atmósfera por fuentes, áreas, zonas o regiones, de tal manera que no se rebasen las capacidades de asimilación de las cuencas atmosféricas y se cumplan las normas oficiales mexicanas de calidad del aire;
XI. Promover en coordinación con las autoridades competentes, de conformidad con las disposiciones que resulten aplicables, sistemas de derechos transferibles de emisión de contaminantes a la atmósfera;
XII. Aprobar los programas de gestión de calidad del aire elaborados por los gobiernos locales para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas respectivas;
XIII. Promover ante los responsables de la operación de fuentes contaminantes, la aplicación de nuevas tecnologías, con el propósito de reducir sus emisiones a la atmósfera;
XIV. Expedir las normas oficiales mexicanas que establezcan las previsiones a que deberá sujetarse la operación de fuentes fijas que emitan contaminantes a la atmósfera, en casos de contingencias y emergencias ambientales;
XV. Expedir, en coordinación con la Secretaría de Energía, las normas oficiales mexicanas que establezcan y certifiquen los niveles máximos permisibles de la luz artificial en el medio ambiente, incluido el impacto de la luz intrusa, que causen contaminación lumínica, y
XVI. Promover en coordinación con la Secretaría de Energía, a los gobiernos locales en la formulación y aplicación de programas para prevenir, reducir y controlar la contaminación lumínica, que tengan por objeto el cumplimiento de la normatividad aplicable.
La presente iniciativa pretende incorporar textualmente las facultades a las entidades federativas para emitir regulación en la materia, para ello se pretenden la siguiente modificación.
Artículo 111. Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría tendrá las siguientes facultades:
I. a XVI. (...)
Las entidades federativas estarán facultadas para expedir regulación estatal que puedan establecer mayores prohibiciones y deberes para efecto de controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera.
La razón de dar mayores atribuciones a las entidades federativas, ya que son éstas quienes tienen que vigilar y procurar la protección al medio ambiente sano de toda la circunscripción territorial que conforma las entidades federativas, y ahora sí cumplir con lo que han señalado los tribunales federales actualmente la humanidad enfrenta uno de sus mayores retos con el deterioro del medio ambiente. En ese sentido, la Constitución general reconoce en el párrafo quinto de su artículo 4o. el derecho humano a un medio ambiente sano. Lo anterior es de suma importancia, pues en términos del artículo 1o. constitucional, al ser un derecho humano toda autoridad está obligada a promover, respetar, proteger y garantizar dicho derecho.
En mérito de todo lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se modifica el artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Único. Se adiciona el último párrafo del artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo 111. Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría tendrá las siguientes facultades:
I. a XVI. (...)
Las entidades federativas estarán facultadas para expedir regulación estatal que puedan establecer mayores prohibiciones y deberes para efecto de controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Quedan derogadas todas las disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente decreto y se otorga el término de 180 días a fin de que se hagan los ajustes a las disposiciones normativas reglamentarias y de las entidades federativas, a fin de ajustarlas a esta ley general.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputado y diputada: Andrés Pintos Caballero, Edna Gisel Díaz Acevedo (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Gracias, diputado Pintos Caballero. Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adelante.
La diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda:Una vez más vengo a presentar ante esta máxima tribuna la iniciativa que reconoce a los animales urbanos de compañía, adiestrados o de servicio, como seres dotados de sensibilidad, por lo que tienen derecho a que se procure su bienestar y protección, evitando el maltrato, abandono o la muerte cruel innecesaria.
Asimismo, me permito recordarles que el 30 de marzo de 2023 aprobamos el dictamen que la Comisión de Puntos Constitucionales contenía la reforma de la fracción XXIX-G del artículo 73, con el propósito de facultar al Congreso a legislar en materia de bienestar y trato digno hacia los animales.
Esta minuta se turnó al Senado de la República para continuar con el proceso legislativo, esperando que ahora que el Ejecutivo se ha interesado en el tema animalista, se pueda concluir con el proceso e inmediatamente podamos tener un nuevo ordenamiento que regule el régimen de protección y posesión responsable de los animales para garantizar el trato digno dentro y fuera de su entorno.
Como sabemos, el 5 de febrero el presidente remitió a esta Cámara 20 iniciativas, dentro de las cuales se encuentra la reforma constitucional de los artículos 3o., 4o. y 73 en materia de protección y cuidado animal, con el propósito de incluir dentro de los planes y programas de estudio la protección de animales de acuerdo con su naturaleza, característica y vínculos con personas, así como la prevención y prohibición del maltrato de la crianza, y el aprovechamiento de animales de consumo humano.
Asimismo, hemos propiciado en esta Cámara la capacitación para el buen trato y manejo de los animales en sus tres categorías: Urbano, de compañía y de servicio. También nos indica el Ejecutivo prohibir el maltrato a los animales, garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación, el cuidado y la protección de los animales dentro del artículo 4o., y facultar al Congreso a legislar en materia de protección.
Al facultar al Congreso a legislar en materia de protección y cuidado lo hemos votado en esta Cámara, se encuentra en minuta en el Senado, y permitamos y pedimos que verdaderamente se tome en cuenta a ocho de los diputados que hemos insistido sobre este tema.
Asimismo, cuando el Ejecutivo nos comenta sobre el cuidado y la protección de los animales dentro del artículo 4o., pediríamos que se añada la sentencia de seres sintientes en las tres características que hemos insistido en esta legislatura: la de compañía, la urbano y la de servicio.
En este sentido quiero expresar a las y los diputados oficiales, que el Grupo Parlamentario del PRD está a favor de esta iniciativa, de lo que no podemos estar a favor es que no se reconozca el trabajo de ocho diputados de esta legislatura que hemos insistido en el tema. Pedimos que se tome en cuenta el trabajo de los ochos diputados de todas las bancadas que hemos insistido en el 4o. y el 73 constitucional.
En esta legislatura se ha buscado reconocer a los animales como seres con sensibilidad, algo que no establece la iniciativa del Ejecutivo. Este reconocimiento permitirá dejar de ver a los animales como mascotas, que de acuerdo a la definición de la Real Academia Española quiere decir talismán, una vez más hacerlos objeto y hemos insistido en esta LXV Legislatura que dejen de ser objetos para que tengan una tipificación jurídica como seres sintientes.
Con esta iniciativa el Grupo Parlamentario del PRD continuará refrendando su compromiso ecológico con el medio ambiente y con los animales, proponiendo un nuevo paradigma de convivencia y sobre todo que estas tres especificaciones de animales tengan la protección de los tres Poderes de la Unión. Muchísimas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Gabriela Sodi, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 77, numerales 1 y 3, 78 y 102, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 4o. y la fracción XXIX-G del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en el siguiente
Planteamiento del problema
En nuestro país, como sociedad hemos avanzado mucho en la creación de una conciencia de protección de la vida animal y, particularmente, de los animales urbanos y de compañía, como lo son perros y gatos. Cada vez resulta más frecuente, encontrar personas o asociaciones civiles dedicadas al rescate animal, financiándose principalmente con fondos privados, sin ninguna regulación. Es por ello que proponemos el reconocimiento de los animales como seres con sensibilidad, dignos de un trato respetuoso y objeto de protección.
Argumentación
En México existe protección para la vida silvestre, pero no para los animales urbanos y de compañía que, cada vez con mayor frecuencia, abundan en los hogares de nuestro país. En muchas entidades de la República, los Congresos locales han avanzado en el reconocimiento de su carácter y sus derechos, en respuesta a una tendencia mundial para generar redes de protección y bienestar para ellos. Si bien en nuestro país tenemos una Ley General de Vida Silvestre, a nivel federal no hemos avanzado en una legislación que proteja los derechos de los animales urbanos y de compañía. Es por ello que no sólo resulta indispensable el reconocimiento de su identidad como seres con sensibilidad y objeto de derechos y protección.
La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México señala:
La ley define a los animales de compañía como “todo animal mantenido por el humano para su acompañamiento y que vive bajo sus cuidados, sin riesgo para su vida y la de la comunidad”.
Los perros y gatos son ejemplos de los animales de compañía que podemos considerar como convencionales. Sin embargo, también pueden considerarse animales de compañía algunos animales de vida silvestre, como reptiles, anfibios, aves, mamíferos pequeños, invertebrados y peces, entre otros.
La vida silvestre tiene ya un marco general de protección por el que se garantiza la protección, para su conservación, de la fauna y flora silvestre y establece las condiciones en las cuales se pueden autorizar actividades de caza deportiva u otras actividades, evitando en todo momento actos de maltrato, crueldad o brutalidad, por comisión directa, omisión o negligencia. Sin embargo, no existe este tipo de dispositivos legales de protección que garanticen el trato digno y respetuoso para los animales urbanos y de compañía.
Por lo anterior, es de señalarse que este carácter de seres sintientes ha sido reconocido ya por muchos países, lo cual ha obligado a sus poblaciones al establecimiento de un nuevo tipo de relación tanto con su medio ambiente, el hábitat natural de la fauna silvestre y, particularmente, con los animales de compañía. Es el caso de España, en donde los animales perdieron su carácter de posesiones y, ahora, se ha tenido que desarrollar un nuevo paradigma en relación con sus dueños y los términos de su custodia y cuestiones similares han avanzado tanto en Colombia como en Argentina, en donde con la ampliación de la concepción de los animales como seres sintientes:
... los sujetos de derecho se ampliarían pues ya no será sólo el hombre (persona humana) o su agrupación organizada (persona jurídica) quienes reciban protección legal por ser considerados tales. Convivirían con nosotros los... sujetos de derecho sintiente no humano.
La categoría de animales como sujetos de derechos no significa que éstos son titulares de los mismos derechos que poseen los seres humanos, sino que se trata de reconocerles sus propios derechos como parte de la obligación de respeto a la vida y de su dignidad de ser sintiente.
En este sentido es importante entender que la sintiencia, o capacidad de sentir, va más allá de la simple reacción frente alguna acción o estímulo. Cada vez más son los estudios científicos que demuestran que los animales son seres sintientes, considerando tales a cada ser vivo que cuenta con una conciencia, la cual le permite captar experiencias y ser afectado tanto positiva como negativamente, por contar con un sistema nervioso activo que le brinda la capacidad de sentir. Y esto, a nuestro leal saber y entender, es lo que precisamente debemos tener en cuenta al momento de pensar en una reforma legislativa, ya que resulta ser el punto de inflexión entre ser considerado un sujeto de derechos o una cosa.
En este sentido, es importante resaltar que, en nuestro país, se ha avanzado en este reconocimiento, particularmente en la Ciudad de México, por lo que resulta muy importante iniciar las discusiones en este sentido y generar mecanismos por los cuales la especie humana pueda convivir armónicamente con su medio ambiente, por lo que proponemos, en el artículo 4o., el reconocimiento del carácter sintiente de los animales urbanos y de compañía. Y.
En segundo lugar, en el artículo 73, establecemos la facultad para que el Congreso de la Unión expida una Ley General de Bienestar y Protección Animal, con el objeto de homologar los distintos mecanismos que algunas entidades federativas y municipios han implementado para su protección. Nuestra propuesta quedaría de la forma siguiente:
Por lo expuesto y fundado, plenamente comprometida con los derechos de los seres sintientes, pongo a consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el quinto párrafo del artículo 4o. y la fracción XXIX-G del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforman el párrafo quinto del artículo 4o. y la fracción XXIX-G del artículo 73, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
...
...
...
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. Se reconoce a los animales urbanos y de compañía como seres con sensibilidad, por lo que tienen derecho a que se procure su bienestar y protección, evitando el maltrato, abandono o la muerte cruel o innecesaria.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. a XXIX F. ...
XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente; de preservación y restauración del equilibrio ecológico , así como de bienestar, protección y trato digno a los animales.
XXIX H. a XXXI....
TransitorioÚnico. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache: 59EQ7b MLvooJ:
https://paot.org.mx/micrositios/sabias_que/BIENESTAR_ANIMAL/tema _2.html&cd=1&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx
2 Sondergaard, Karen Galilea y Nicolás Ignacio Manterola, Animales como seres sintientes: ¿Una amplitud jurídica?, en Revista El Derecho,Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina, 5 de julio de 2017.
3 Sondergaard, obra citada.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputadas: Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, Edna Gisel Díaz Acevedo, Elizabeth Pérez Valdez, Genoveva Huerta Villegas, Mariana Erandi Nassar Piñeyro, Norma Graciela Treviño Badillo (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Sodi. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para opinión.
SE DECLARA EL 13 DE OCTUBRE COMO EL DÍA NACIONAL DE LA SALUD PÚBLICA
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra la diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 13 de octubre como el Día Nacional de la Salud Pública.
La diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya:Con permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante, diputada.
La diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya: Buenas tardes a todos y todas mis compañeras diputadas y diputados, a quienes tienen la amabilidad de seguir en los medios informáticos la presente sesión, el objetivo de la propuesta de iniciativa que vengo a plantear es declarar el día 13 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Salud Pública.
La iniciativa responde a la necesidad de visibilizar, reconocer y rendir homenaje a las personas que han dedicado sus estudios, capacidades, patrimonio e incluso su vida en pro de los servicios de salud pública y el acceso a los mismos como un derecho universal.
De inicio comentaré que la salud pública se define como la disciplina dedicada al estudio de la salud y la enfermedad en las poblaciones, es la respuesta organizada de una sociedad dirigida a promover, mantener y proteger la salud de la comunidad y prevenir enfermedades, lesiones e incapacidad. Estos conceptos son reconocidos por la Organización Panamericana de la Salud, la Organización Mundial de la Salud y de manera general por instituciones de salud a nivel nacional e internacional.
A nivel mundial existieron varios exponentes en materia de salud pública como Louis Pasteur, John Snow, Edward Jenner, Rudolf Virchow. Sin embargo, se considera al médico alemán Johann Peter Frank, el padre de la salud pública y figura médica de primer orden en el desarrollo y establecimiento de la medicina social.
En México el doctor Eduardo Liceaga es considerado el padre de la salud pública, entre las principales proezas del doctor Eduardo Liceaga se contempla fue el director responsable de la construcción del Hospital General de México, institución que hasta el día de hoy lleva su nombre inscrito, fue presidente del Consejo Superior de Salubridad, regularizó obras de drenaje, introdujo tuberías de agua potable y prohibió el establecimiento de nuevos asentamientos sin servicios de agua, drenaje, luz y jardines y desarrolló la primera vacuna antirrábica en México.
Nuestro país cuenta, con mucho orgullo, con una larga lista de profesionales salubristas, incluso, se encuentra establecida una academia especializada, me refiero a la Escuela de Salud Pública de México, es la institución educativa con mayor antigüedad y tradición en la materia en América latina, ya que al momento de emitir la presente iniciativa ha cumplido ya 102 años de existencia.
Otras instituciones de educación superior, como la Universidad Michoacana de San Nicolás Hidalgo, imparten como licenciatura, maestría y especialidad la carrera de Salud Pública y, entre otras más, se imparte como especialidad o posgrado de las áreas médicas, como en el Estado de México, la UAEM. En definitiva, las y los salubristas han comprobado su vocación de servicio en todo momento histórico de nuestra nación. Generalmente, con reducidos implementos, insumos, prestaciones laborales, pero siempre presentes con profesionalismo durante guerras civiles, invasiones, desastres naturales, accidentes, epidemias, pandemias, crisis económicas y ante cualquier vicisitud.
Por ello, es más que merecido el reconocimiento que aquí se plantea. Finalmente, es de destacar que se propone el 13 de octubre de cada año como Día Nacional de la Salud Pública, por ser fecha de nacimiento del doctor Eduardo Liceaga, lo anterior debido a que fue quien realizó los aportes para que en México existiera un sistema universal de salud, para que todas y todos los mexicanos puedan tener acceso a los servicios de salud, independiente de su nivel socioeconómico, género o edad, lugar de residencia, credo y condición laboral.
De igual manera, con mi reconocimiento y afecto, a mis compañeros salubristas que en otro momento han realizado esfuerzos porque se trajera a esta tribuna la propuesta, Ignacio Magaña y Mariana Paniagua, integrantes de Salud Pública sin Fronteras. Y Mario Noé Gómez Jiménez, integrante de Identidad Salubrista. Espero me puedan acompañar con la aprobación de tan merecido homenaje. Muchas gracias, presidenta.
«Iniciativa de decreto por el que se declara el 13 de octubre “Día Nacional de la Salud Pública”, a cargo de la diputada María Cristina Vargas Osnaya, del Grupo Parlamentario de Morena
La diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 13 de octubre como “Día Nacional de la Salud Pública”, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa propuesta de mérito tiene como finalidad, declarar el 13 de octubre, el Día Nacional de la Salud Pública, en honor y reconocimiento de las personas que instituyeron los servicios de salud púbica y que tanto histórica, como actualmente, han dedicado su vida e incluso la han ofrendado, estudiando y ejerciendo en pro del acceso a los servicios de salud como derecho universal de nuestra nación.
La salud pública se define como “la disciplina dedicada al estudio de la salud y la enfermedad en las poblaciones. (...) es la respuesta organizada de una sociedad, dirigida a promover, mantener y proteger la salud de la comunidad, y prevenir enfermedades, lesiones e incapacidad.” Su meta es proteger la salud de la población, al promover estilos de vida saludables y mejorar su estado de salud y bienestar, a través de programas de promoción y protección de la salud y prevención de enfermedades.
Existen diversos conceptos que definen a la salud pública, entre ellas podemos citar la de Milton Terris, que a la letra dice: “La salud pública es la ciencia y el arte de prevenir las dolencias y las discapacidades, prolongar la vida y fomentar la salud y la eficiencia física y mental, mediante esfuerzos organizados de la comunidad para sanear el medio ambiente, controlar las enfermedades infecciosas y no infecciosas, así como las lesiones, educar al individuo en los principios de la higiene personal, organizar los servicios para el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y para la rehabilitación, así como desarrollar la maquinaria social que le asegure a cada miembro de la comunidad un nivel de vida adecuado para el mantenimiento de la salud.”
Por su parte la Organización Panamericana de la Salud (OPS), considera que: “La salud pública es el esfuerzo organizado de la sociedad, principalmente a través de sus instituciones de carácter público, para mejorar proteger y restaurar la salud de las poblaciones por medios de alcance colectivo.”
Mientras que la Organización Mundial de la Salud (OMS), la define como: “La salud pública es el conjunto de actividades sociales y políticas destinadas a mejorar la salud, prolongar la vida y mejorar la calidad de vida de las poblaciones mediante la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y otras formas de intervención sanitaria.”
Entre sus diversos objetivos sociales la salud pública tiene como función el proveer información, adiestramiento y las destrezas necesarias para mejorar la efectividad y la prestación de servicios médicos. La salud pública contribuye al conocimiento a través de la investigación y la aplicación de las ciencias poblacionales y sociales a los problemas de salud de individuos y poblaciones. En concreto, sus campos de aplicación comprenden el estudio de grupos concretos de población humana y sus problemas de salud, los programas de detección y prevención de la enfermedad y la promoción de la salud, así como la formación y capacitación de recursos humanos.
A nivel mundial existieron varios exponentes en materia de salud pública como Louis Pasteur, John Snow, Edward Jenner, Rudolph Virchow; sin embargo, se considera al médico alemán Johann Peter Frank, el padre de la salud pública y figura médica de primer orden en el desarrollo y establecimiento de la medicina social; debido a su concepto de Policía Médica, abrió camino al estudio sistemático de los problemas de salud de las comunidades e inspiró diversos estudios en la materia.
En nuestro país, el percusor en materia de salud pública ha sido el doctor Eduardo Liceaga, quien fue un médico mexicano originario del estado de Guanajuato, nacido el 13 de octubre de 1839 y fue egresado como profesionista de la entonces Escuela de Medicina del Distrito Federal.
Entre los principales logros del doctor Liceaga se encuentran el haber sido presidente del Consejo Superior de Salubridad, organismo que se encargaba de emitir reglamentos sanitarios, combatir a los charlatanes; asimismo, como funciones de dicho consejo, expedía títulos para ejercer la medicina y decretar campañas de salud en toda la República, teniendo como principal logro, el combate a la fiebre amarilla en nuestro país.
Pero sin duda, la principal proeza del doctor Eduardo Liceaga, fue el proyecto de la creación de un hospital público y moderno que respondiera a las necesidades de salud de la población de la Ciudad de México; su propósito rindió frutos, al conseguir que el general Porfirio Díaz, entonces presidente de la República, le otorgara el nombramiento como director responsable de la construcción del Hospital General de México, institución que, hasta el día de hoy, lleva su nombre inscrito.
Cabe destacar que la elaboración del Primer Código Sanitario Mexicano bajo la dirección del doctor Eduardo Licea-ga en 1885, entre otras cosas, motivó la creación y presentación por parte de un grupo de médicos distinguidos de la época, un proyecto para la creación de un hospital general, el cual desde sus inicios, funcionó como establecimiento de beneficencia a cargo del Poder Ejecutivo de la Secretaría de Estado y Gobernación para la asistencia gratuita de enfermos indigentes sin importar edad, sexo, raza, nacionalidad ni creencias religiosas, principios que a la fecha perduran y motivan el trabajo que se desarrolla en el hospital.
Entre los logros del doctor Eduardo Liceaga, considerado por muchos salubristas como padre de la Salud Pública en México, se encuentran la creación de la vacuna antirrábica por primera vez en el país; fungió como pieza clave para la creación del primer Código Sanitario (antecedente directo de la actual Ley General de Salud) y fue precursor de la ingeniería sanitaria (emitió un reglamento para que antes de construir las casas para una nueva colonia, se debían introducir los servicios de agua potable, drenaje y luz, así como trazar con antelación el diseño urbano con el fin de dejar espacios suficientes para jardines y sembrar árboles).
Asimismo, formó parte de una alianza con organismos de salud pública de Estados Unidos, Canadá y Cuba para conformar la Oficina Internacional Sanitaria que más adelante se convertiría en la máxima autoridad sanitaria en América; Organización Panamericana de la Salud, organismo en el que fungió como vicepresidente. Su lema de trabajo era que, por regla general, se debían atender a los pacientes con ética, pero sobre todo con entrega, sin importar si fuera opulento o menesteroso.
Sin duda, su vocación humana le motivó a crear un servicio médico quirúrgico gratuito para atender a niños pobres, se dice que incluso destinaba parte de sus honorarios para comprar equipo clínico a fin de ser utilizado para servir a las personas necesitadas de nuestro país.
En la actualidad en México, el organismo estatal encargado de la administración de la Salud Pública es la Secretaría de Salud, que entre sus funciones tiene el diseñar políticas públicas en materia de salud, coordinar programas de salud, administrar de Sistema Nacional de Salud, promover la salud, así como prevenir, controlar y erradicar enfermedades. Elaborar campañas educativas, garantizar la calidad del sistema sanitario, el derecho y acceso a los servicios de salud, y el bienestar colectivo y calidad de vida.
De igual manera, la Escuela de Salud Pública de México es la institución educativa con mayor antigüedad y tradición en la materia en América Latina ya que, al momento de emitir la presente iniciativa, ha cumplido ya 102 años de existencia.
Otras instituciones de educación superior, como la Universidad Michoacana de San Nicolás Hidalgo, imparten como licenciatura, maestría y especialidad, la carrera de Salud pública y en otras más, se imparte como especialidad o posgrado de las áreas médicas.
La creación de un Día Nacional de la Salud Pública es la oportunidad de visibilizar a la salud como un derecho humano, crear conciencia sobre la importancia de consolidar un sistema de salud, pertinente y competitivo de salud pública; además de reconocer los logros y aportes que ha tenido este tipo de atención a lo largo de la historia de nuestro país, así como conmemorar y honrar el esfuerzo y dedicación de las personas que han dedicado su vida a la organización e implementación del acceso a la salud pública universal.
Cabe también referir a la iniciativa de comprometidos salubristas que, con la misma intención, han promovido la declaratoria que aquí se plantea a través de mecanismos como el de la plataforma Change.Org, y también en reconocimiento de su dedicación y profesionalismo, se funda la presente.
Se rinde pues, honor a las personas salubristas, así como a todos los oficios y profesiones involucrados en la materia de salud pública nacional, desde médicos hasta personal de intendencia, pasando por las dedicadas a enfermería, laboratorio, farmacia, camilleras, intendencia, vigilancia, transporte, paramédicas, nutrición, trabajo social, administración y tantas otras.
En definitiva, las y los salubristas, han comprobado su vocación de servicio en todo momento histórico de nuestra nación; generalmente, con reducidos implementos, insumos, prestaciones laborales, pero siempre presentes con profesionalismo durante guerras civiles, invasiones, desastres naturales, accidentes, epidemias, pandemias, crisis económicas y ante cualquier vicisitud; por ello, es más que merecido el reconocimiento que aquí se plantea.
Finalmente, es de destacar que, se propone el 13 de octubre de cada año como Día Nacional de la Salud Pública, por ser fecha de nacimiento del doctor Eduardo Liceaga, con lo cual, se brinda también un reconocimiento especial al trabajo desempeñado por dicho médico, debido a que fue quien realizó los aportes preponderantes para que la salud pública en México existiera como un sistema universal de salud, para que todas y todos los mexicanos puedan tener acceso a los servicios de salud independientemente de su nivel socioeconómico, género o edad, lugar de residencia, credo y condición laboral.
Así, ante lo expuesto, fundado y motivado, me permito presentar a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. El honorable Congreso de la Unión declara el 13 de octubre de cada año como “Día Nacional de la Salud Pública”
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Cónfer. ¿Qué es salud pública? Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, 2023, Disponible en:
https://rcm1.rcm.upr.edu/sp/que-es-salud-publica/ Consultado el 3 de febrero de 2023.
2 Terris M. Tendencias actuales en la salud pública de las Américas. En: OPS, editor. la crisis de la salud pública. Reflexiones para el debate. Pub. Cient. No. 540. Washington, D.C.: OPS; 1992.
3 Organización Panamericana de la Salud. La salud pública en las Américas: nuevos conceptos, análisis del desempeño y bases para la acción. Pub. Cient. No. 589.Washington, D.C.: OPS; 2000. p. 47.
4 Cónfer. La salud pública dirigida a promover la salud y prevenir la enfermedad. Material elaborado para la asignatura de promoción de la salud en el ciclo de vida de la licenciatura de médico cirujano. Disponible en:
https://dsp.facmed.unam.mx/wp-content/uploads/2022/02/Presentaci on-1.1.pdf Consultado el 3 de febrero de 2024.
5 Cónfer. Antecedentes Históricos. Hospital General. Disponible en:
https://www.hgm.salud.gob.mx/interna/dirgral/antecedentes.html Consultado el 3 de febrero de 2024
6 Cónfer. Carrillo, Ana María. Economía, política y salud pública en el México porfiriano (1876-1910) Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Medicina, Departamento de Salud Pública, México. Disponible en:
https://www.scielo.br/j/hcsm/a/hfzR3gPFzFGwNN5XFk39g5w/#:~: text=15%2C%20134%20f Consultado el 2 de febrero de 2024
Dado en salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 7 de febrero de 2024.– Diputada Ma. Cristina Vargas Osnaya (rúbrica).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Vargas Osnaya. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Población, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra la diputada Martha Nabetse Arellano Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 335 y 336 del Código Penal Federal.
La diputada Martha Nabetse Arellano Reyes:Con el permiso de la presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
La diputada Martha Nabetse Arellano Reyes: Buenas tardes, compañeras y compañeros legisladores, me dirijo a ustedes para presentar esta iniciativa en materia de abandono de hogar, la cual propone reformas necesarias en el Código Penal Federal, específicamente en los artículos 335 y 336.
Es imperativo, es imperativo reconocer que el abandono de hogar no debe ser visto como un acto delictivo que viole la integridad de la sociedad, sino como una evasión de responsabilidades familiares que demanda una regulación más eficiente.
La propuesta enfoca sus modificaciones en casos donde se incumplen deberes de asistencia legalmente establecidos, destacando la importancia de atender situaciones de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar. Además, aborda la necesidad de sancionar a aquellos que eluden el pago económico en caso de separación legal, divorcio u otros procesos familiares.
La realidad de nuestro país nos presenta una constante problemática familiar relacionada con el abandono de hogares, lo cual deja a las familias vulnerables ante la falta de intervención económica.
Esta iniciativa busca abordar esta problemática de manera efectiva, reconociendo las diferentes formas de vulnerabilidad que puedan surgir, ya sea económica, social, psicológica o física.
Cuando uno de los cónyuges abandona especialmente al otro y se encuentra vulnerable, las problemáticas se multiplican. La falta de un apoyo confiable coloca a los individuos en un sesgo de vulnerabilidad.
Es importante señalar, que las sanciones se incrementen como medida de prevención y en caso de abandono contribuyan lo suficiente para que la pareja abandonada pueda satisfacer sus necesidades básicas hasta encontrar la autonomía necesaria.
Es esencial destacar la intervención de los cónyuges, que no necesariamente procrean, enfrentan enfermedades que limitan su libre albedrío en asuntos laborales, sociales y físicos, implementar un apoyo es esencial para no dejar vulnerable a la persona afectada en la relación.
En el caso de que uno de los cónyuges abandone a una familia con infantes, las sanciones deben ser inmediatas. Las capacidades mínimas de un infante, para valerse por sí mismo, tanto física como psicológicamente hacen que las consecuencias del abandono sean potencialmente irreparables tras la ausencia de uno de los padres.
El abandono no solo afecta al núcleo familiar, sino que impacta directamente a los niños en términos económicos, alimenticios, sociales, escolares y de vivienda. La vulnerabilidad aumenta cuando se depende económicamente de un solo progenitor que trabaja, mientras que el otro se dedica al hogar.
La afectación económica es solo uno de las muchas problemáticas que el abandono de hogar puede desencadenar. Las dificultades económicas abarcan el apoyo a la vivienda, incluyendo gastos de agua, luz y predio, así como la alimentación, educación y vestimenta. Por ello es esencial resaltar que la iniciativa reconoce el impacto económico directo del abandono que aquel que busca salir del núcleo familiar o lo abandone, asuma parte de la responsabilidad económica, especialmente con respecto a los infantes.
Además de las consecuencias económicas, las afectaciones sociales son profundas y, en ocasiones, generan trastornos emocionales en la pareja y los tipos. Las estadísticas demuestran un aumento en el número de hogares dirigidos por mujeres, acción que propiamente no está mal, pero es fundamental respaldar estos hogares para asegurar un desarrollo pleno.
México, en comparación con los otros países, tiene medidas más ligeras y, por tanto, la propuesta de aumentar las sanciones busca prevenir el abandono de hogares y procurar la salud familiar de manera íntegra y ética. Concluyo solicitando a cada uno de ustedes a respaldar esta iniciativa que busca fortalecer las leyes y proteger a las familias mexicanas. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma los artículos 335 y 336 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Martha Nabetse Arellano Reyes, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Martha Nabetse Arellano Reyes, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente
Exposición de MotivosEl abandono de hogar no es sinónimo de delinquir, ya que como tal no es un acto que violente la integridad de la sociedad, sino que más bien es una acción de evasión de responsabilidades familiares que debe regularse de una manera más eficiente cuando un individuo falte a las mismas responsabilidades. Mismas responsabilidades que giran en torno a:
• No cumplir los deberes de asistencia que legalmente corresponden en casos de patria potestad, de tutela, de guarda o de acogimiento familiar,
• Del mismo modo dejar de dar asistencia referida al sustento de descendientes, ascendientes o el cónyuge, que estén es estado de necesidad,
• Al tiempo eludir dos meses consecutivos el pago de prestación económica recogida en convenio aprobado o resolución judicial, a favor del cónyuge o de los hijos, en casos de separación legal, divorcio, casos de nulidad, u otros procesos de filiación o alimentos.
En México existe una constante problemática familiar, que versa en el abandono de hogares, acción que deja vulnerables a las familias ante la poca intervención económica, que podría garantizar un medio ambiente familiar sano, un hogar de calidad y de resguardo familiar que emerge de la unidad de ella.
En el caso del abandono de uno de los conyugues, bajo el supuesto de que uno de los pares se encuentre vulnerable por alguna cuestión física, mental, de vivienda o de salud. Las problemáticas se incrementan al no tener un apoyo confiable los individuos se encuentran bajo un sesgo de vulnerabilidad que puede ser; económica, social, psicológica o física. Por lo cual las sanciones deben incrementarse como medida de prevención de abandono y en caso de hacerlo contribuir de una manera suficiente para que tanto la pareja abandonada pueda solventar sus necesidades básicas hasta que se encuentre en condiciones adecuadas para valerse por sí misma o mismo.
Importa destacar la intervención de los cónyuges que no necesariamente llegan a procrear, a pesar de no conformar una familia con hijos, si el cónyuge tiene algún tipo de enfermedad que le impida su libre albedrío en cuanto temas laborales, sociales y físicos, es necesario implementar un apoyo, para así no dejar vulnerable a la persona implicada en la relación.
En un segundo caso donde uno de los conyugues abandone una familia que haya procreado algún infante las sanciones deben ser inmediatas, las capacidades de un infante para valerse por sí mismo son mínimas en estricto sentido físico y psicológico, aunado a esto las afectaciones a los mismos por el abandono de hogar pueden traer consecuencias irremediables tras la ausencia de uno de los padres.
Un solo integrante de familia puede brindar mucho apoyo al núcleo familiar en diversas aristas, en este sentido, al abandonar se deja vulnerable en primer lugar al núcleo familiar junto con todas las atribuciones socio económicas que trae consigo y en segundo lugar, de mayor relevancia, a las y los niños en su caso, que conforman dicha familia que se encuentren vulnerables al no poder sostenerse por cuenta propia en el sentido económico, alimenticio, social, escolar de vivienda entre otros.
En el supuesto de una familia integrada por infantes y padres, el abandono de hogar trae consecuencias económicas directamente retribuidas a que en muchos casos las familias son económicamente dependientes de un padre o madre que labora, mientras que al mismo tiempo la pareja se dedica al hogar, en otras palabras, se deja vulnerable a la familia al no tener un sostén económico. En términos generales la afectación económica solo es una de las problemáticas que puede encausar el abandono de hogar.
Las afectaciones económicas son de varios tipos e indoles; apoyo económico a la vivienda incluyendo los gastos que deriven de la misma (agua, luz y predio), a la alimentación, educación y vestimenta. Estos gastos son en si complicados de solventar aun teniendo a ambos padres de familia laborando, por ello, al no contar con las herramientas suficientes es necesario que el que busque salir del núcleo familiar o bien lo abandone se haga en parte económicamente responsable de la familia y sobre todo de los infantes que conformo durante su estancia en el hogar.
Por otro lado, las afectaciones sociales que derivan del abandono son graves y en ocasiones pueden traer consigo trastornos emocionales en la pareja (cónyuge) o hijos.
“En 2020, 93.5 por ciento de los padres de familia identificados en la vivienda se encuentran casados o en unión libre, 5.9 declararon haber estado alguna vez unidos, pero en la actualidad están separados, divorciados o viudos; mientras que sólo 0.5 son padres solteros”. Aunque pareciera ser una cifra menor la de los matrimonios separados, no cabe duda que en muchos casos quedan desprotegidos al salir de la unidad familiar, por ello es necesaria dotar de herramientas con el fin de garantizar el bienestar de la pareja y en mayor medida en caso de la existencia de procreación de moneros.
“La información del Censo de Población y Vivienda de 2020 muestra que, a nivel nacional en 33 de cada 100 hogares, las mujeres son reconocidas como jefas de la vivienda, esto significa 11 millones 474 mil 983 hogares”. Estos datos son el vivo reflejo de que en las familias han incrementado en el ámbito de responsabilidad de la mujer, en 2010 la tasa estimada de mujeres jefas de vivienda era de 6 millones 916 mil 206, cifra que representaba apenas 25 por ciento de los hogares, actualmente ha incrementado 8.
Las familias han incrementado en 10 años en 4 millones 558 mil 777 de hogares que son dirigidos por una jefa de familia, acción que propiamente no está mal, pero debe haber un respaldo para que los hogares sigan teniendo un desarrollo pleno.
México es uno de los países con medidas más ligeras en comparación con otros países de América Latina e incluso europeos.
Las actuales penas derivadas del código penal federal suelen ser un tanto flexibles con las personas que infringe las actuales leyes, por ello la necesidad de aumentar las sanciones establecidas con el fin máximo de evitar el abandono de hogares, y procurar la saludad familiar, de la manera más integra y ética posible, para así evitar las problemáticas que deriven de ella.
Por lo expuesto se presenta a continuación un cuadro comparativo:
Decreto por el cual se reforman los artículos 335 y 336 del Código Penal Federal, en materia de abandono de hogar
Único. Se reforman los artículos 335 y 336 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 335. Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de seis meses a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.
Artículo 336. Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de seis meses a cinco años de prisión, o de 250 a 360 días multa; privación de los derechos de familia, y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Vilches Abogados. Abandono de familia o abandono de hogar, 2018. Disponible en
https://blog.hernandez-vilches.com/derecho-de-familia/abandono-d e-familia-o-abandono-de-hogar/
2 Inegi. Censo de Población y Vivienda de 2020. Estadísticas a propósito del Día del Padre. Disponible en
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021 /EAP_PAPAS21.pdf
3 Inegi. Censo de Población y Vivienda de 2020. Hogares. Disponible en
https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/hogares.aspx#:~: text=La%20informaci%C3%B3n%20del%20Censo%20de,vivienda%2C%20esto%20significa%20 11%2C474%2C983%20hogares
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputada y diputado: Martha Nabetse Arellano Reyes, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Muchas gracias, diputada Arellano Reyes. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS, Y LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Tiene la palabra el diputado Héctor Israel Castillo Olivares, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y de la Ley de Petróleos Mexicanos, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional. Adelante.
El diputado Héctor Israel Castillo Olivares:Con su permiso, presidenta.
La presidenta diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos: Adelante.
El diputado Héctor Israel Castillo Olivares: Compañeras y compañeros legisladores, nada hay más democrático que el aire que respiramos todos. Por tal motivo es la contaminación del aire un desafío ambiental y de salud pública que esta legislatura está llamada a poner en el centro de la discusión.
Nuestra economía nacional, al depender en gran medida de la exportación de petróleo y gas, contribuye a la contaminación atmosférica y desde el 2021, con la rehabilitación de las seis refinerías y plantas coquizadoras que se construyen los porcentajes que han elevado considerablemente.
En nuestro país, la lista de enfermedades derivadas de la contaminación del aire es larga, las cifras son alarmantes y afecta en mayor proporción a niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores y, aunque se insista en lo contrario, si no, pregúntenle a Nuevo León.
Tan solo durante los meses de enero a septiembre de 2023, en el área metropolitana de Monterrey padecimos 270 días por encima de los parámetros permitidos por la OMS, lo que nos llevó al Top 10 de las ciudades más contaminadas del planeta, por alta concentración de partículas PM 2.5 y la número uno a nivel mundial, Cadereyta Jiménez, donde se ubica la refinería Pemex.
La situación es insostenible, ha provocado un sinnúmero de reacciones de la sociedad y de las autoridades locales, desde marchas, denuncias penales a trabajadores de la propia refinería, solicitudes de excepción extraordinaria del Consejo de Administración de Pemex e, incluso, se ha llegado a decir que es culpa de las carnes asadas, la calidad del aire, y hasta el presidente han dicho que la contaminación en Nuevo León no es culpa de la Refinería, sino de las demás empresas.
Así pasa cuando se ve la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio. Cuando esto sucede no se dice qué, desde final del 2018 la austeridad republicana ocasionó el despido del 50 por ciento de los inspectores que tenía Profepa en Nuevo León y que ahora apenas operan con 7, que sin vehículos y sin gasolina deben supervisar más de 5 mil empresas.
Se guarda silencio sobre la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, ASEA, principal responsable de vigilar las operaciones de la refinería. Que aunque depende de Semarnat, no tiene personal en Nuevo León y opera desde la Ciudad de México.
No se reconoce que el proceso de modernización en la infraestructura de la refinería en Cadereyta tendrá que esperar, debido a que la mayoría en esta Cámara aprobó el Presupuesto de Egresos 2024, 32 millones de pesos, cuando se requería por lo menos 4 mil millones para una adecuada actualización de los procesos de producción y de sus instalaciones industriales.
Por ello, ante esta problemática, como diputado por el Distrito 1 de Santa Catarina y San Pedro e integrante de Acción Nacional, es necesario adicionar y reformar la LGEEPA, la Ley de la ASEA, la Ley de Pemex, para establecer una reforma en materia de federalismo ambiental y otorgar atribuciones a entidades federativas para, entre varios puntos, decretar la suspensión temporal de sus operaciones como medida cautelar ante contingencias o emergencias atmosféricas, en coordinación con la ASEA y previa notificación del Consejo de Administración de Pemex.
Entre otras, establecer como facultad del Consejo de Administración de Pemex, atender las notificaciones de suspensión temporal de operaciones por contingencia o emergencia ambiental y los requerimientos de cumplimiento de límites máximos permitidos de emisiones de contaminantes.
Por el derecho a respirar aire limpio de quienes vivimos en México y los más de 5 millones de habitantes en Nuevo León, la presente iniciativa pretende contribuir a la solución de una problemática en la que todas y todos somos responsables. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y de la Ley de Petróleos Mexicanos, suscrita por el diputado Héctor Israel Castillo Olivares y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 6 y se reforman el artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; el artículo 6 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y, los artículos 13 y 26 de la Ley de Petróleos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosPlanteamiento del problema
La contaminación del aire como desafío medioambiental y de salud pública para la mayoría de los gobiernos a nivel mundial, del que México no es la excepción, si partimos de las cifras alarmantes de morbilidad y mortalidad en nuestra población y las políticas de mitigación implementadas.
Datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del Programa de Naciones Unidas indican que 9 de cada 10 personas en el planeta respiran aire insalubre, causante cada año de la muerte prematura de unos 7 millones de personas en todo el mundo; que aproximadamente 249 mil muertes prematuras fueron atribuibles a la contaminación del aire exterior. Además, los contaminantes climáticos de vida corta, como el carbono negro, son poderosos forzadores del clima con posibles consecuencias negativas sobre el calentamiento global y su impacto en la salud.
La OMS, sostiene que la contaminación atmosférica aumenta la morbilidad y la mortalidad por enfermedades cardiovasculares y respiratorias, y por cáncer de pulmón, y cada vez hay más pruebas de los efectos que tiene sobre otros sistemas de órganos. La carga de morbilidad resultante de la contaminación del aire también supone una importante carga económica.
Como parte de los efectos adversos de la exposición a altos niveles de contaminación del aire, se encuentra el aumento en el porcentaje de riesgo de contraer infecciones respiratorias, enfermedades cardíacas, derrames cerebrales y cáncer de pulmón; mismo que afectan en mayor proporción a niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores y mujeres; según estimaciones de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Las materias particuladas PM10 y PM2.5, se encuentran suspendidas en el aire a través del polvo, hollín, humo y aerosol y, emitidas por vehículos diésel, la quema de residuos y cultivos, y las plantas generadoras de energía eléctrica a carbón, estas partículas son un problema mundial de salud pública, incluso a niveles relativamente bajos. Las PM10, pueden inhalarse y acumularse en el sistema respiratorio; y las partículas PM25, también llamadas partículas finas, suponen mayor riesgo para la salud debido a que pueden alojarse profundamente en los pulmones.
En lo que respecta a México, el Sistema Nacional de Salud, reveló en 2016 que, la otitis media, conjuntivitis, asma y estado asmático, malestares respiratorios, dolores de cabeza, enfermedades crónicas, como cáncer de pulmón y cardiovasculares, son padecimientos relacionados con la exposición a contaminantes en el aire que se respira y con respecto al patrón de exposición a un contaminante dependerá, sostiene que existen tres factores principales:
1. El tiempo que se pasa en diferentes microambientes (casa, oficina, escuela, dentro de un transporte o caminando por alguna calle congestionada).
2. La concentración de contaminantes presentes en cada uno de estos microambientes y;
3. La tasa ventilatoria de la persona, que es determinada por el tipo de actividad que realiza cada tipo de contaminante puede producir efectos específicos en la salud dependiendo de la interacción que tengan con el organismo.
De acuerdo con el estudio Impactos de la calidad del aire en la salud y en la economía de México, del Consejo Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), nuestro país no cuenta con combustibles limpios, especialmente con diésel de ultra bajo azufre (UBA), pese a que la Norma 086 obliga a Petróleos Mexicanos (Pemex), a introducir este combustible desde febrero de 2009 en todo el territorio, lo que provoca una mayor emisión de partículas suspendidas dañinas para la salud. Esta falta de normatividad se refleja en que, pese a la mejora que la calidad del aire ha tenido en la última década, ésta sigue siendo mala. Es decir que, si bien se han llevado a cabo algunas acciones a nivel federal y de algunos estados, la salud de todos los mexicanos sigue estando amenazada.
“En la Ciudad de México, por ejemplo, en 2009 se tuvo una mala calidad del aire durante 170 días del año, superando en la mitad del año los 100 imecas de ozono. De acuerdo con el Instituto Nacional de Ecología (INE), en la Zona Metropolitana de Guadalajara se viola alguna de las normas de calidad del aire en 70 por ciento de los días, presentándose algunos episodios de contaminación de más de 200 y 250 puntos.
En Guadalajara el ozono es el contaminante que con mayor frecuencia rebasa la norma de calidad del aire (60 por ciento de los días); seguido por las partículas menores a 10 micrómetros que rebasan la norma en más del 30 por ciento de los días.
En Monterrey, por su parte, la frecuencia de violaciones a alguna de las normas de calidad del aire es cercana a 20 por ciento de los días y sólo esporádicamente se presenta un evento de más de 200 puntos Imeca. Los contaminantes que sobresalen son las partículas menores a 10 micrómetros, cuya frecuencia de excedencias a la norma es del 12 por ciento de los días del año”.
En este orden de ideas, resulta obligado hacer hincapié que las fuentes de contaminación atmosférica juegan un papel preponderante por ser actividades procesos u operaciones capaces de producir contaminantes del aire y de acuerdo con la Comisión Ambiental de la Megalópolis, (CAME), se agrupan en:
En cuanto al origen del contaminante, se distinguen dos tipos:
En este contexto, considero indispensable reconocer que nuestra economía depende en gran medida de la exportación de petróleo y gas —combustibles fósiles— causantes de un porcentaje considerable de contaminación atmosférica y que, a partir de 2021, ha registrado un aumento en la producción de petrolíferos en la mayoría de sus seis refinerías, de acuerdo con cifras al 30 de agosto de 2023, la tendencia es la siguiente:
El director general de Pemex ha asegurado que con la rehabilitación de estas refinerías y las plantas coquizadoras que se construyen, México muy pronto producirá todas las gasolinas y el diésel que requiere, sin necesidad de importar más producto.
Pese a lo anterior, resulta alarmante que tratándose del estado de Nuevo León, desde más de una década, se ha reconocido por diversas autoridades que la calidad del aire de los municipios de Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina y Santiago que conforman el Área Metropolitana de Monterrey (AMM), rebasa los parámetros permitidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y es considerada de las peores a nivel nacional debido a una alta concentración de partículas PM2.5 que se agudizan cuando la refinería de Cadereyta está en operación.
En los primeros días de este 2024 y en el marco de la conferencia Nuevo León informa, el titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Estado de Nuevo León ,reconoció que la AMM se encuentra a la cabeza en el ranking mundial de las ciudades más contaminadas por lo que reveló que analizan la opción de reubicar la refinería de Pemex en Cadereyta, si es que no hay compromiso en reducir las emisiones contaminantes. Lo anterior, tras el emplazamiento realizado junto con ciudadanos, al director de la refinería para que comparezca el 19 de enero del presente año, ante el estado y la planta reduzca sus contaminantes, pues se ha identificado que las plantas desulfuradoras de la refinería no están operando adecuadamente.
La Dirección de la Gestión de la Calidad del Aire, instancia responsable del Programa de Respuestas a Contingencias Atmosféricas (PRCA) de Nuevo León, cuenta con un registro alarmante de emisiones en el que se evidencia que en 2022 se emitieron 14 alertas entre marzo y diciembre periodo con la mayor cantidad de emisiones y, durante 2023, se contabilizaron al menos diez, en su mayoría a causa del funcionamiento de la refinería en Cadereyta.
Con base en el Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire en el Estado de Nuevo León Pro Aire 2016-2025, capítulo 4 Protección a la Salud, se reconoce que, en esta entidad, prevalece un problema ambiental grave con implicaciones en salud de la población que deteriora la calidad de vida de alrededor de cuatro millones neoleoneses.
La tendencia histórica de violaciones sistemáticas a las normas de calidad del aire causada por contaminantes confirman que la exposición de la población ha sido de manera constante (exposición crónica) y también con episodios esporádicos de altas concentraciones (exposición aguda) y que estos dos tipos de exposición conllevan efectos en la salud que van desde malestares respiratorios, como irritación de los ojos y vías respiratorias, dolores de cabeza, hasta enfermedades crónico degenerativas y padecimientos como cáncer de pulmón y por ende, el aumento de mortalidad por enfermedades cardiovasculares, entre otras; por lo que la atención de esta amplia gama de efectos en la salud implica un gasto adicional a las familias que en la mayoría de los casos resulta catastrófico y a su vez, pone en riesgo a los sistemas de salud.
En este contexto, resulta fundamental mencionar el estudio Análisis de la contaminación por PM2.5 en la ciudad de Monterrey, Nuevo León; enfocado a la identificación de medidas estratégicas de controlde 2018 del Centro Mario Molina; en el que se sostiene que la calidad del aire en la zona metropolitana de Monterrey se encuentra dentro de las peores del país debido a una alta concentración de partículas PM2.5., cuando la refinería de Cadereyta está en operación.
Como parte de las conclusiones y recomendaciones derivadas de los resultados obtenidos se proponen una serie de medidas enfocadas a las políticas de reducción de emisiones, entre las que destaca:
“En materia de fuentes industriales
• Estudiar la viabilidad de la reubicación de la industria altamente contaminante e implementar sistemas de control de emisiones atmosféricas en todas las industrias dentro y fuera de la AMM.
• Aquella industria que no sea posible reubicar en el corto y mediano plazos, debe instalar de manera obligatoria tecnologías modernas anticontaminantes y utilizar combustibles más limpios, como es el gas natural en sustitución del combustóleo y otros hidrocarburos pesados.
• Desarrollar un programa industrial bajo en emisiones, es decir, debe prohibirse de manera progresiva pero inmediata, el uso de combustóleo en toda el AMM, como se ha hecho ya en otras zonas metropolitanas del país, de forma que se reduzcan significativamente las emisiones de PM2.5 y SO2, priorizando así la salud de la población.
• Aprovechar el liderazgo industrial de la región para gestionar un pacto por la calidad del aire con las industrias, que permita la implementación de medidas de reducción de emisiones y la modernización industrial.
Fuentes móviles
• Gestionar de manera enérgica con Pemex la necesidad de disponer de combustibles fósiles de ultra bajo azufre y con formulaciones funcionales para las distintas condiciones locales específicas que se presentan en el AMM.
• Generar programas de reducción de emisiones: diseño de clústeres que abarquen buenas prácticas en actividades como transporte, logística conjunta en manejo de materias primas, desarrollo de obras y disposición de residuos”.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), publicó que la refinería de Cadereyta produce 5 veces más contaminantes que las 8 plantas de la industria privada en la ciudad. En dióxido de azufre (SO2) la refinería genera 46 por ciento de los contaminantes, PM10 genera el 20 por ciento de los contaminantes y PM2.5 18 por ciento del total. Asimismo, que la refinería de Cadereyta consume alrededor de 130 litros de agua potable por segundo, lo que representa el suministro de agua de 11 mil 200 familias cada día en un entorno donde la entidad ha presentado episodios importantes de escasez de agua.
De acuerdo con el inventario estatal de emisiones atmosféricas, la refinería de Pemex en Cadereyta, Nuevo León, es la principal causante de la contaminación de la ciudad, debido a 46 por ciento de la emisión de dióxido de azufre (SO2) que produce, así como 20 por ciento de las partículas dañinas PM10 y PM2.5 es responsable de 10 mil 140 toneladas anuales de dióxido de azufre (SO2) que se liberan en el aire regio; es decir, casi la mitad de las emisiones generadas por la industria, con 45.78 por ciento, y 42.43 sumando todas las fuentes emisoras de contaminantes, incluyendo las no fijas. En cuanto a PM10, otro de los contaminantes que mayormente afecta a los ciudadanos, la refinería, con las 981 toneladas anuales que emite, también es la que más contamina, con 19.73 por ciento.
Sobre la falta de inspección por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), se concluye que esta omisión podría representar un problema debido a que desde finales de 2018 hubo un recorte de hasta 50 por ciento de inspectores que tenía la Profepa en Nuevo León y, respecto a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), como principal responsable de vigilar a la refinería de Pemex en Cadereyta, ésta no cuenta con personal en Nuevo León y opera desde la Ciudad de México.
En términos financieros, la refinería de Cadereyta es sumamente ineficiente. Según datos de la propia empresa productiva del Estado, Pemex, dentro de sus balances financieros, la refinería perdió 2 mil millones de pesos (mmdp) y 2.2 mmdp, en 2020 y 2021, respectivamente. En el agregado, las refinerías en general perdieron 71.7 mmd y 32.7 mmdp, para 2020 y 2021, respectivamente.
La Dirección de la Gestión de la Calidad del Aire, instancia responsable del Programa de Respuestas a Contingencias Atmosféricas (PRCA), cuenta con un registro alarmante de emisiones, en el que se ha constatado que en 2022 se emitieron 14 alertas entre marzo y diciembre periodo con la mayor cantidad de emisiones y, durante 2023, se contabilizaron al menos 10.
Al respecto, el ambientalista Guillermo Martínez Berlanga, adelantó que los próximos cuatro meses serán críticos para la entidad y señaló que la Secretaría de Medio Ambiente no ha empleado medidas adecuadas para preservar una buena calidad del aire.
“Vienen cuatro meses de terror con inversiones térmicas gravísimas y siguen sin actuar (...) Viene lo peor de lo peor, todo diciembre, enero, febrero y hasta marzo”.
La contaminación se incrementará en los próximos cuatro meses debido a la inversión térmica por el clima frío acentuándose por las noches de invierno, cuando el suelo se enfría más rápido que el aire y queda una capa de aire frío atrapada baja una capa de aire caliente que le impide moverse, y la contaminación se queda estancada, concentrándose sobre la población.
Por su parte, Selene Guajardo, directora ejecutiva del Observatorio Ciudadano de la Calidad del Aire del Área Metropolitana (OCCAMM), señala que para combatir esta problemática se requiere coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales.
“Si nosotros tenemos continuidad en los planes, con los recursos y el personal capacitado, en todas las actividades y en la política pública, vamos a poder llegar a otro nivel de acciones en todos los sectores”.
Adicionalmente a la problemática sistemática de contaminación del aire, en 2016, un grupo de trabajo integrado por investigadores de los institutos nacionales de Ecología y Cambio Climático (INECC) y de Salud Pública (INSP) realizó un estudio para estimar el impacto en la salud por contaminación atmosférica en la región centro del país, la cual concentra 33 por ciento de la población nacional y está conformada por los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala.
La investigación cuantificó el número de muertes que podrían evitarse anualmente si se redujeran las concentraciones de los principales contaminantes atmosféricos —partículas PM2.5, PM10 y ozono (O3)— en los municipios de las entidades que integran la región centro, a través de la metodología Evaluación de Impactos a la Salud (EIS) recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como su valoración económica usando el método de Disponibilidad a Pagar (DAP). Para esto, se desarrolló un escenario base de las concentraciones de contaminantes proporcionadas por las redes de monitoreo de calidad del aire de los sistemas de las entidades del centro del país durante el 2014.
Entre los principales resultados se encuentran las muertes que podrían prevenirse si los contaminantes analizados no superaran los límites establecidos por los estándares mexicanos e internacionales. Si los niveles de material particulado se mantuvieran en los niveles propuestos por la Norma Oficial Mexicana NOM-044 podrían evitarse 8 mil 464 muertes por PM2.5; 2 mil 756 muertes por PM10 y 260 por ozono. El panorama de las muertes que podrían evitarse si se toman en cuenta los niveles recomendados por la OMS. En ese escenario, las muertes evitables por PM2.5 serían 9 mil 767; por PM10, 12 mil 89; y mil 89 por ozono. Además, los costos asociados por daños a la salud por la contaminación alcanzan más de 20 mil millones de pesos tan sólo por PM10 y más de 16 mil millones de pesos por PM2.5, en el mismo escenario de la OMS.
De acuerdo con dicho organismo, en 2016 existían 34 SMCA administrados por alguna autoridad gubernamental, ya fuera estatal o municipal y distribuidos en 30 entidades federativas. Quintana Roo y Baja California Sur son los únicos estados que no poseen actualmente un SMCA en su territorio. En su conjunto, estos SMCA agrupan un total de 241 estaciones de monitoreo o muestreo que cuentan con instrumentos para medir la concentración en aire ambiente de, al menos, uno de los siguientes contaminantes: partículas suspendidas (PM10 y/o PM2.5), ozono (O3), dióxido de azufre (SO2), dióxido de nitrógeno (NO2) y monóxido de carbono (CO). Estas 241 estaciones de monitoreo estuvieron repartidas en un total de 100 ciudades y zonas metropolitanas.
Sin embargo del análisis de la información disponible en 2016, en materia de partículas suspendidas y ozono en 20 Sistemas de Monitoreo de la Calidad del Aire, distribuidos en 17 entidades federativas de nuestro país (Baja California, Chihuahua, Ciudad de México y su zona conurbada, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Oaxaca, Querétaro, Veracruz y Yucatán), se identificó que los límites normados para protección de la salud se cumplieron en muy pocas ciudades: los límites de ozono (NOM-020-SSA1-2014), sólo se cumplieron en Mexicali y Mérida; los de PM10 (NOM-025-SSA1-2014), en Tulancingo y Zapotlán; y los de PM2.5 (NOM-025-SSA1-2014), en ninguna ciudad.
Por su parte, la Coordinación General de Contaminación y Salud Ambiental, del INECC, reconoció en 2019, que con el establecimiento de Sistemas de Monitoreo de la Calidad del Aire (SMCA) las autoridades ambientales de la mayoría de las grandes ciudades en el mundo han enfrentado con éxito la problemática urbana de la contaminación atmosférica. Los SMCA se han convertido en una herramienta que permite conocer, con niveles aceptables de confiabilidad, la calidad del aire con respecto a contaminantes específicos y formular, con base en los datos obtenidos, las estrategias de control y las medidas oportunas y adecuadas para una efectiva gestión ambiental.
Como puede observarse, la crisis por contaminación del aire en el país es una problemática que no puede continuar eludiéndose por parte de las autoridades en los tres órdenes de gobierno y menos aún por parte del Congreso de la Unión en pleno siglo XXI, por lo que estoy convencido que debe ocupar un lugar prioritario en la agenda pública y legislativa en el marco del inicio de los trabajos del segundo periodo de sesiones del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Por lo anterior, la presente iniciativa con proyecto de decreto tiene por objeto reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (LGEEPA), de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (LANSI) y, de la Ley de Petróleos Mexicanos (LPM), con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar; así como la preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente.
Argumentos
El derecho a un medio ambiente sano se encuentra reconocido en el artículo 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en diversos instrumentos internacionales, en los que se garantiza la protección y conservación del medio ambiente.
En este contexto y de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sentencia de amparo directo en revisión 5452/2015, Primera Sala, del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, del 29 de junio de 2016. De este precepto constitucional se desprende un mandato a todas las autoridades del Estado de garantizar la existencia a un medio ambiente sano y propicio para el desarrollo humanos y el bienestar de las personas. Este mandato vincula a todas las autoridades legislativas, administrativas y judiciales, quienes deben adoptar en el marco de sus competencias todas aquellas medidas que sean necesarias para la protección al ambiente. Esa protección también tiene sustento en el ámbito internacional en el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, también llamado Protocolo de San Salvador, cuyo artículo 11 establece que “toda persona tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano y a contar con servicios públicos básicos”, e indica que los estados tienen el deber de promover “la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente”.
En el mismo sentido, otros instrumentos internacionales como la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente de 1972 (Declaración de Estocolmo), hace referencia al derecho fundamental de las personas de vivir en un medio ambiente de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, junto con la correspondiente obligación de los ciudadanos de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y el Desarrollo, de 1992, también estableció algunos principios trascendentales, entre los cuales destacan el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza, así como la obligación de los estados de crear leyes eficaces de protección al medio ambiente. Asimismo, la Carta de la Tierra, aprobada en el año 2000, establece la correlación entre el derecho al medio ambiente y el deber de protección, de tal manera, que “el derecho de poseer, administrar y utilizar los recursos naturales conduce hacia el deber de prevenir daños ambientales y proteger los derechos de la gente”.
En el ámbito nacional, la reforma constitucional a los artículos 1o., 3o., 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 apartado B y 105 del 10 de junio de 2011, estableció el cambio de paradigma en materia de derechos humanos, así como la relación entre el gobierno y sus habitantes, al colocar a todas las personas que viven en México, en el centro de todas las acciones y establecer como obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Respecto a este último principio, el de progresividad, considero indispensable mencionar para efectos de la presente expresión legislativa, el pronunciamiento de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del poder Judicial de la Federación, en los términos siguientes:
Número de registro: 2013216
Instancia: Primera Sala
Tesis Aisladas
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Materia(s): Tesis Aislada (Constitucional)
Tesis: 1a. CCXCI/2016 (10a.)
Principio de progresividad de los derechos humanos. Su concepto y exigencias positivas y negativas
El principio de progresividad está previsto en el artículo 1o. constitucional y en diversos tratados internacionales ratificados por México. Dicho principio, en términos generales, ordena ampliar el alcance y la protección de los derechos humanos en la mayor medida posible hasta lograr su plena efectividad, de acuerdo con las circunstancias fácticas y jurídicas del caso concreto. Es posible diseccionar este principio en varias exigencias de carácter tanto positivo como negativo, dirigidas a los creadores de las normas jurídicas y a sus aplicadores, con independencia del carácter formal de las autoridades respectivas, ya sean legislativas, administrativas o judiciales. En sentido positivo, del principio de progresividad derivan para el legislador (sea formal o material) la obligación de ampliar el alcance y la tutela de los derechos humanos; y para el aplicador, el deber de interpretar las normas de manera que se amplíen, en lo posible jurídicamente, esos aspectos de los derechos. En sentido negativo, impone una prohibición de regresividad: el legislador tiene prohibido, en principio, emitir actos legislativos que limiten, restrinjan, eliminen o desconozcan el alcance y la tutela que en determinado momento ya se reconocía a los derechos humanos, y el aplicador tiene prohibido interpretar las normas sobre derechos humanos de manera regresiva, esto es, atribuyéndoles un sentido que implique desconocer la extensión de los derechos humanos y su nivel de tutela admitido previamente. En congruencia con este principio, el alcance y nivel de protección reconocidos a los derechos humanos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales, deben ser concebidos como un mínimo que el Estado Mexicano tiene la obligación inmediata de respetar (no regresividad) y, a la vez, el punto de partida para su desarrollo gradual (deber positivo de progresar).
Primera Sala
Amparo en revisión 750/2015. María Ángeles Cárdenas Alvarado. 20 de abril de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Norma Lucía Piña Hernández y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ausente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretario: Alejandro González Piña.
En el ámbito internacional, es de subrayar que el 22 de septiembre de 2021, la OMS publicó las nuevas directrices sobre la calidad del aire, que aportan pruebas claras del daño que la contaminación del aire inflige a la salud humana en concentraciones aún más bajas de lo que se suponía hasta ahora. Las directrices recomiendan nuevos niveles de calidad del aire para proteger la salud de las poblaciones mediante la reducción de los niveles de los principales contaminantes, algunos de los cuales también contribuyen al cambio climático.
Las nuevas directrices recomiendan niveles de calidad del aire respecto de seis contaminantes para los que se dispone de los datos más recientes en cuanto a sus efectos sobre la salud. Cuando se actúa sobre estos contaminantes clásicos —partículas en suspensión (PM), ozono (O3), dióxido de nitrógeno (NO2), dióxido de azufre (SO2) y monóxido de carbono (CO)—, también se incide en otros contaminantes perjudiciales.
En concordancia con el doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus, director general del citado organismo, el objetivo principal de las directrices es que todos los países alcancen los niveles de calidad del aire recomendados. Consciente de que esto será una tarea difícil para muchos países y regiones con altos niveles de contaminación del aire, la OMS ha propuesto metas intermedias para facilitar la mejora gradual de la calidad del aire y, por tanto, beneficios graduales, pero significativos, para la salud de la población. Las acciones para combatir la contaminación del aire incluyen:
“1. El fortalecimiento de la capacidad de los estados miembros para controlar la calidad del aire y mejorar la vigilancia epidemiológica.
2. La aceleración de políticas públicas para mitigar la contaminación del aire, en materia de servicios de transporte público sostenibles y asequibles.
3. La reducción de la dependencia a los combustibles fósiles para la producción de energía y
4. La garantía de alternativas energéticas limpias para cocinar y calefaccionar los hogares”.
Como diputado federal del Distrito 01 en Santa Catarina y San Pedro Garza, García, Nuevo León y en mi calidad de secretario de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales; estoy convencido de que, ante la problemática de contaminación ambiental crónica y de salud pública generada en gran medida por el funcionamiento de las seis refinerías localizadas Minatitlán, Veracruz; Cadereyta, Nuevo León; Madero, Tamaulipas; Salamanca, Guanajuato; Salina Cruz, Oaxaca y Tula Hidalgo.
Resulta necesario adicionar y reformar los artículos 6 y 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con el objeto de otorgar atribuciones a las entidades federativas, para decretar como medida cautelar, en coordinación con la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; previa notificación al órgano supremo de dirección de Pemex, la suspensión temporal de operaciones ante contingencias o emergencias atmosféricas.
En lo que respecta a la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos —órgano administrativo desconcentrado de la Semarnat—, con atribuciones en materia de protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos a través de la regulación y supervisión. Se considera indispensable otorgar facultades a las entidades federativas, para emitir opinión en materia de previsiones a las que deberá sujetarse la operación de fuentes fijas, que emitan contaminantes atmosféricos, en casos de Contingencias o Emergencias ambientales.
Por último, se propone establecer como atribución del Consejo de Administración —órgano supremo de administración— de Pemex, atender la notificación de suspensión temporal de operaciones de sus empresas productivas subsidiarias y empresas filiales por contingencias o emergencias ambientales y los requerimientos de cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes y, para que sin perjuicio del calendario acordado para las sesiones ordinarias, el presidente del Consejo o al menos dos consejeros podrán instruir al secretario del Consejo para que se convoque a sesión extraordinaria, en caso de contaminación atmosférica. Por lo que se propone reformar los artículos 13 y 26 de la Ley de Petróleos Mexicanos.
Con la convicción que quienes nacimos y decimos vivir en Nuevo León, exigimos ante la más alta tribuna de la nación, el derecho a respirar aire limpio; la presente iniciativa tiene como finalidad contribuir a la solución de una problemática en la que todas y todos somos responsables.
Por lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta honorable soberanía, iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 6 y se reforman los artículos 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; el artículo 6 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y, los artículos 13 y 26 de la Ley de Petróleos Mexicanos
Artículo Primero. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 6 y se reforman las fracciones VI y XVI del artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo 6o. ...
Tratándose de contingencias o emergencias atmosféricas, provenientes de empresas productivas, subsidiarias y empresas filiales a Petróleos Mexicanos, las entidades federativas, podrán decretar como medida cautelar, en coordinación con la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, previa notificación al órgano supremo de dirección de éstas, la suspensión temporal de sus operaciones.
...
Artículo 111. ...
I. a V. ...
VI. Requerir a los responsables de la operación de fuentes fijas de jurisdicción federal y al órgano supremo de administración de las empresas productivas, subsidiarias y filiales a Petróleos Mexicanos, el cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la presente Ley, su reglamento y en las normas oficiales mexicanas respectivas;
VII a XV. ...
XVI. Promover en coordinación con la Secretaría de Energía, a los gobiernos locales en la formulación y aplicación de programas para prevenir, reducir y controlar la contaminación lumínica y atmosférica proveniente de fuentes fijas y preponderantemente de empresas productivas, subsidiarias y filiales a Petróleos Mexicanos que tengan por objeto el cumplimiento de la normatividad aplicable.
Artículo Segundo. Se reforma el inciso g) de la fracción II del Artículo 6 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, para quedar como sigue:
Artículo 6o. ...
I. ...
a) a f) ...
g) Las previsiones a que deberá sujetarse la operación de fuentes fijas, contará con la opinión de las entidades federativas donde se desarrollen actividades del Sector que emitan contaminantes atmosféricos, en casos de Contingencias o Emergencias ambientales;
h) a j) ...
Artículo Tercero. Se reforman la fracción XXVI del Artículo 13 y la fracción VII del Artículo 26 de la Ley de Petróleos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 13. ...
I. a XXV. ...
XXVI. Conocer y, en su caso, autorizar los asuntos que, por su importancia, trascendencia o los que se deriven por emergencia ambiental, se sometan a su consideración su presidente, cuando menos dos consejeros por conducto de éste o el director general;
XXVII. a XXIX. ...
Artículo 26....
I. a VI. ...
VII. Sin perjuicio del calendario acordado para las sesiones ordinarias o en caso de emergencia ambiental, el presidente del Consejo o al menos dos consejeros podrán instruir al secretario del Consejo para que se convoque a sesión extraordinaria.
VIII. a XI. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Calidad del aire, Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud, Oficina regional para las Américas.
https://www.paho.org/es/temas/calidad-aire
2 Organización Panamericana de la Salud, “Datos clave, calidad del aire”, hoja informativa,
https://www.paho.org/es/temas/calidad-aire
3 Idem.
4 Contaminación del aire y su repercusión en la salud, Comisión Ambiental de la Megalópolis, 22 de septiembre de 2028.
https://www.gob.mx/comisionambiental/articulos/contaminacion-del -aire-y-su-repercusion-en-la-salud
5 Idem.
6 Guzmán, Sandra, “Impactos de la calidad del aire en la salud y en la economía de México”, Consejo Mexicano de Derecho Ambiental, primera edición, p. 2.
www.cemda.org.mx
7 Idem.
8 Organismo para la planeación y ejecución de acciones en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico. en la región que se extiende a las 16 Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México y 224 municipios en total entre el Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.
https://www.gob.mx/profepa/documentos/comision-ambiental-de-la-m egalopolis-came
9 Tapia Cervantes, Patricia, “Crecen petrolíferos con AMLO, pero una de las refinerías no despega”, Revista Forbes, 30 de agosto de 2023.
https://www.forbes.com.mx/crecen-petroliferos-con-amlo-pero-una- de-las-refinerias-no-despega/
10 Idem.
11 Mendieta Eduardo, “Gobierno de Nuevo León plantearía reubicar Refinería de Cadereyta ante contaminantes”, telediario, 15 de enero de 2024.
https://www.telediario.mx/comunidad/ante-contaminacion-en-nuevo- leon-reubicarian-refineria-de-cadereyta
12 Pérez, Alan Elí, “Nuevo León activa segunda alerta ambiental en 2023”, 16 de febrero de 2023, ABCNOTICIAS.MX,
https://abcnoticias.mx/local/2023/2/16/nuevo-leon-activa-segunda -alerta-ambiental-en-2023-182393.html
13 Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire en el Estado de Nuevo León Pro Aire 2016-2025, Gobierno del Estado de Nuevo León, Secretaría de Desarrollo Sustentable, septiembre 2016, p. 99-114.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/250974/ProAire_Nu evo_Leon.pdf
14 “Análisis de la contaminación por PM2.5 en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, enfocado a la identificación de medidas estratégicas de control”, Centro Mario Molina, Resumen, 2018, p. 04.
15 Idem.
16 Refinería de Cadereyta, la principal causante de contaminación en Nuevo León, asegura estudio, ContraRéplica, Periodismo de Investigación, 01 de febrero de 2022.
https://www.contrareplica.mx/nota-Refineria-de-Cadereyta-la-prin cipal-causante-de-contaminacion-en-Nuevo-Leon-asegura-estudio
17 Idem.
18 Garza García, Jesús Gustavo, “Las externalidades negativas de la refinería de Cadereyta”, Revista EGADE Ideas, Thought Leadership in Action, Opinión sostenibilidad.
https://egade.tec.mx/es/egade-ideas/opinion/las-externalidades-n egativas-de-la-refineria-de-cadereyta
19 Pérez, Alan Elí, “Nuevo León activa segunda alerta ambiental en 2023”, 16 de febrero de 2023, ABCNOTICIAS.MX,
https://abcnoticias.mx/local/2023/2/16/nuevo-leon-activa-segunda -alerta-ambiental-en-2023-182393.html
20 Redacción, “Nuevo León suma 10 alertas ambientales en 2023; contaminación será peor en invierno: especialistas”, Animal Político, 06 de diciembre de 2023.
https://animalpolitico.com/estados/nuevo-leon-alertas-ambientale s-calidad-aire-contaminacion-invierno
21 Idem.
22 Estimación de impactos en la salud por contaminación atmosférica en la región centro del país y alternativas de gestión, Documento final, Instituto Nacional de Salud Pública, Coordinación General de Contaminación y Salud Ambiental, Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 2016.
https://www.insp.mx/avisos/4466-impacto-salud-contamina cion.html
23 Contaminación del aire y su repercusión en la salud, Comisión Ambiental de la Megalópolis, 22 de septiembre de 2018.
https://www.gob.mx/comisionambiental/articulos/contaminacion-del -aire-y-su-repercusion-en-la-salud
24 Páramo Figueroa, Víctor Hugo, “Estado de la Calidad del Aire en México”, Coordinador General de Contaminación y Salud Ambiental, Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, 26 de febrero de 2019.
https://www.gob.mx/inecc/es/articulos/estado-de-la-calidad-del-a ire-en-mexico
25 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Extracto del Amparo Directo en Revisión 5452/2015, Centro de Estudios Constitucionales, México.
https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/files/ sentenciasemblematicas/sentencia/2022-02/ADR%205452-2015.pdf
26 Idem.
27 Nuevas directrices mundiales de la OMS sobre calidad del aire buscan evitar millones de muertes debidas a la contaminación, Organización Mundial de la Salud, Oficina Regional para las Américas, Organización Panamericana de la Salud, Copenhague y Ginebra,22 de septiembre de 2022.
https://www.paho.org/es/noticias/22-9-2021-nuevas-directrices-mu ndiales-oms-sobre-calidad-aire-buscan-evitar-millones
28 Ídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputado y diputadas: Héctor Israel Castillo Olivares, Elizabeth Pérez Valdez, Ma. de Jesús Aguirre Maldonado (rúbricas).»
Presidencia de la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Gracias diputado. Túrnese a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra el diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI.
El diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante:Con la venia de la Presidencia, compañeras y compañeros.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Adelante, diputado.
El diputado Marco Antonio Mendoza Bustamante: La salud es un elemento fundamental para que una sociedad pueda funcionar y prosperar, todo aspecto de nuestra vida está determinado por la ausencia de enfermedad, por el bienestar físico, mental y social.
Ante esta afirmación y a nombre del coordinador de mi bancada, el diputado Rubén Moreira Valdez, vengo a presentar ante ustedes esta iniciativa a fin de que en verdad se garantice la salud de nuestros adultos mayores, otorgando medicamentos de forma gratuita.
No podemos olvidar que la mala salud afecta significativamente a los individuos, en su vida, en el aprendizaje, en el trabajo, en la comunicación y en la formación de relaciones en comunidad.
A finales del año pasado, se difundió el Índice de Inclusión en Salud, elaborado por una unidad de un grupo de economistas. El Índice de Inclusión en Salud evalúa los esfuerzos gubernamentales de 40 países para hacer accesible la buena salud.
Para calificar a un país se analiza, la situación que guardan las políticas de inclusión en salud, la disponibilidad de sistemas e infraestructuras esenciales y las acciones para empoderar a individuos y comunidades en el manejo de la salud.
Dentro de este índice nuestro país se ubica en el lugar 29 por obtener bajas calificaciones en cuanto a su infraestructura y la calidad y cantidad de sus médicos y enfermeras. Lo anterior es un reflejo de los graves problemas de salud que enfrenta la población mexicana y que —está— ha demandado.
El propio Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Coneval, señala que las personas que presentaron carencia por acceso a los servicios de salud pasaron de 16.2 por ciento a 39.1 por ciento entre 2018 y 2022, es decir, cerca de 50.4 millones de personas no cuenta con acceso a un sistema de salud en nuestro país.
El gasto de bolsillo en salud aumentó cerca del 30 por ciento con respecto a 2018, lo cual impacta enormemente en la economía de las familias y su bienestar. El desabasto de medicamentos se transforma en un drama de salud pública. Entre 2019 y el 2020, 20.9 millones de recetas no fueron surtidas de forma efectiva. Durante 2021 la cifra fue de 24 millones y un año más tarde, en 2022, el registro fue de más de 15.2 millones de pesos.
Se estima, con base en un análisis de estadísticas oficiales, que la causa de muerte de aproximadamente el 20 por ciento de las personas fallecidas en México durante 2022 fue por que no recibió atención médica o no encontró los medicamentos necesarios.
Frente a este grave problema, los adultos mayores en especial son vulnerables, adicionalmente sufren un abandono social. Se estima que 6 de cada 10 personas de esta edad consideran que la sociedad no la ayuda, porque no conoce sus problemas, y casi el 60 por ciento está de acuerdo con la idea de que en México no se respetan sus derechos.
Es por lo anterior la importancia de la iniciativa que hoy presento a nombre del diputado Rubén Moreira, la cual busca elevar a rango constitucional la obligación del Estado mexicano a brindar los medicamentos a los adultos mayores.
El objetivo es sentar las bases para garantizar a la población adulta mayor de un sistema de salud digno, pues mientras más años tenga una persona aumenta el riesgo de padecer o desarrollar enfermedades crónicas que llegan a representar un costo muy alto para este sector de la población, especialmente para aquellos que se encuentran en situación de pobreza.
Debemos reconocer que una sociedad justa, equitativa y comprometida con el bienestar es aquella que reconoce la dignidad y el valor de sus adultos mayores. Que este derecho se encuentre dentro de nuestra Constitución General no sólo refleja el compromiso del Estado mexicano con la protección de los derechos fundamentales, a los que son acreedores todas y todos los mexicanos, sino que también establece las bases para un sistema de salud accesible, integral y de calidad. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quién suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosEl reconocimiento del derecho humano a la salud en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos representa un elemento primordial en la construcción de una sociedad justa, equitativa y comprometida con el bienestar y la tranquilidad de las y los mexicanos, así como de sus familias.
Que este derecho se encuentre dentro de nuestra Constitución General no solo refleja el compromiso del Estado mexicano con la protección de los derechos fundamentales a los que son acreedores la población, sino que también establece las bases para un sistema de salud accesible, integral y de calidad.
La salud, entendida como un derecho humano, implica mucho más que la ausencia de alguna enfermedad, sino que también tiene que abarcar el acceso oportuno a servicios médicos, la prevención de enfermedades, el fomento de estilos de vida saludables y la atención integral a las necesidades de salud de toda la población.
El derecho a la salud al elevarse al rango constitucional, estableció un marco legal sólido que obliga al Estado a garantizar condiciones que permitan a todos los ciudadanos a disfrutar de un nivel de salud óptimo, por lo que el reconocimiento de esta garantía brinda a los individuos la posibilidad de exigir y reclamar la protección de este derecho ante las instancias correspondientes.
Asimismo, en el contexto nacional, donde las disparidades socioeconómicas son una realidad que lamentablemente sigue permeando en la sociedad, el acceso al derecho a la salud en la Constitución se convierte en un mecanismo esencial para atender las disparidades y las limitantes para las personas que no pueden acceder con facilidad a servicios de salud privados.
Por ello, este derecho no tiene que limitarse a un solo segmento de la población, sino que debe ser una garantía universal, asegurando que todos los sectores, en especial los más vulnerables tengan acceso a una atención médica de calidad, que sea funcional para todos en el territorio nacional.
El derecho humano a la salud que se encuentra consagrado en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no debe de quedar en letra muerta, todo lo contrario, necesariamente es un compromiso que tiene el Estado mexicano con el bienestar de sus ciudadanos, que debe avanzar y se tiene que adecuar a un sistema de salud equitativo, eficiente y centrado en las necesidades actuales de las y los mexicanos.
La Constitución prevé en el artículo 4o., párrafo cuarto, el derecho humano a la protección a la salud. Ahí establece también un marco jurídico que regule la implantación de un sistema de salud que atienda a las necesidades de la población en general.
Pese a contar con un marco regulatorio en salud que es universal y que obliga al Estado a cumplir con este precepto, la realidad es que no se cumple a cabalidad, pues hay grupos vulnerables que siguen sin poder acceder a un sistema de salud que atienda a todas sus necesidades, como lo es el acceso a medicamentos de manera inmediata y gratuita, o a servicios médicos como lo son estudios de laboratorio.
En el presente sexenio este problema se ha agudizado de manera alarmante, pues desde que dio inicio su mandato, el titular del ejecutivo federal tomo la decisión de implementar un nuevo sistema de adquisición de equipo e insumos médicos, así como de medicamentos, para hacer más eficiente la manera de obtenerlos y de una manera más económica, sin embargo, fue una medida que hasta el momento ha dejado a millones de mexicanas y mexicanos sin poder acceder a ellos, lo que en muchos casos ha ocasionado su muerte.
Cada acción que ha realizado el gobierno federal para mejorar el sistema de salud en el país, más allá de mejorarlo, tal parece que se aleja cada día más de las necesidades de las personas, pues el número de mujeres y hombres que siguen sin recibir medicamentos aumenta con el pasar de los meses a pesar de las aseveraciones de las autoridades sobre que no hay un desabasto de insumos y medicamentos.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) señala que las personas que presentaron carencia por acceso a los servicios de salud pasaron de 16.2 a 39.1 por ciento entre 2018 y 2022, es decir, de 20.1 a 50.4 millones de personas en esta situación, respectivamente, prueba clara de que las acciones tomadas por el gobierno en turno no van por el camino correcto.
La Confederación Patronal de la República Mexicana ha hecho un duro señalamiento a la grave problemática que tiene el sistema de salud mexicano, así como del desabasto de medicamentos, y señala a la letra los siguientes:
1. Baja cobertura: 50.4 millones de personas tienen nulo acceso a las instituciones de salud, frente a ello el gasto del sector en México es uno de los más bajos de la OCDE, con mil 181 dólares por persona, mientras que la media es de 4 mil 986 dólares. La inversión en salud en el país representa 5.4 del producto interno bruto (PIB), pero el promedio de la OCDE es de 8.8. Además, de ese total, 47 por ciento proviene del bolsillo de las familias. Un resultado doloroso y revelador es que México tiene la segunda tasa de mortalidad infantil más elevada de los países de la región miembros de la OCDE, con 13.8 por cada mil nacidos vivos (el promedio OCDE es de 4).
2. Altos costos: En México, el gasto de bolsillo en Salud aumentó cerca de 30 por ciento respecto a 2018, lo cual impacta enormemente en la economía de las familias y su bienestar. Los costos de la atención crónica pueden resultar catastróficos para los pacientes y los sistemas de salud, dejando cada año a muchas familias por debajo de la línea de la pobreza.
3. Desabasto de medicamentos: Entre el 2019 y el 2020, 20.9 millones de recetas no fueron surtidas de forma efectiva. Durante 2021 la cifra fue de 24 millones y un año más tarde, en 2022, el registro fue de más de 15.2 millones. La enfermedad con más reportes es el cáncer ya que 25 por ciento de recetas no se surtieron por la falta de algún medicamento para el tratamiento de esta enfermedad. Es preocupante que en 2024 se tengan condiciones muy parecidas a los años previos.
4. Mala calidad en el Sistema Nacional de Salud: en los últimos años, el promedio nacional que tarda un paciente en ser atendido en urgencias es cercano a 30 minutos y si se considera sólo el IMSS, el tiempo de espera se incrementa alrededor de 50 minutos.
5. Pobre enfoque en prevención: Las enfermedades crónicas como la diabetes y las afecciones cardiovasculares representan el 70 % de las causas de muerte en México.
Estos puntos son claros sobre la grave problemática que tiene el sector salud en este momento y lo podemos reafirmar con aseveraciones de organismos que tienen un gran peso en la vida nacional de nuestro país, esto no es juego, las personas están muriendo por una mala atención médica y no se está haciendo nada para mejorar la situación.
El colectivo México Cómo Vamos ha señalado que, si bien la población en el país casi se ha duplicado en 4 décadas, el gasto total en salud (público y privado) viene decreciendo. Asimismo, señala que la Organización Mundial de la Salud recomienda un mínimo de 9 como porcentaje del PIB, mientras que en México a 2022 se destinó 5.5, y cayó desde el de 6.2 de 2021.
La crisis de salud que he citado anteriormente sin duda afecta a los grupos en mayor vulnerabilidad, como lo son los adultos mayores, que a pesar de que ya cuentan con una pensión universal para poder afrontar sus gastos (un derecho consagrado en la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos) este no es suficiente para pagar los gastos que representan sus padecimientos o enfermedades por su avanzada edad.
Las personas adultas mayores requieren un mayor cuidado y atención médica, pues los estragos del envejecimiento hacen que se desarrollan enfermedades que en la mayoría de los casos llegan a ser costosas de asumir, especialmente para las familias de quienes viven con personas de la tercera edad.
Cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señalan que entre 1970 y 2023, el porcentaje de la población de 0 a 14 años disminuyó de 46 a 23; y la de 15 a 29 pasó de 26 a 24. En contraste, la población adulta de 30 a 64 años aumentó de 24 a 43 por ciento, mientras que el porcentaje de adultos mayores se incrementó a más del doble: pasó de 4 a 10, lo cual significa que la población adulta mayor en el país aumentará con el paso de los años.
De manera resumida, lo que se quiere atender con la propuesta que presentó es que la población adulta mayor no quede desprovista de un sistema de salud digno, pues como se ha mencionado, mientras más años tenga una persona, aumenta el riesgo de padecer o desarrollar enfermedades crónicas que llegan a representar un costo muy alto para este sector de la población, especialmente para aquellos que se encuentran con algún grado de pobreza.
Elevar a rango constitucional la obligación del estado a brindar los medicamentos a los adultos mayores es una necesidad ante los tiempos que vivimos, tenemos que blindar a la población de las malas acciones gubernamentales que se han venido tomando, pues no se puede vivir de obras públicas, es el derecho de todas y todos de vivir con dignidad y donde se respeten las garantías consagradas en la Constitución Política.
La propuesta de iniciativa quedaría como se muestra a continuación:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En atención de lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 4o. ...
...
...
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. El Estado garantizará el acceso a unidades hospitalarias e insumos médicos. Las personas mayores a sesenta años recibirán de forma gratuita los medicamentos necesarios para la atención de sus enfermedades. Sin contravenir lo anterior, la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para asegurar la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A la entrada en vigor del presente decreto, las autoridades de salud y los centros hospitalarios deberán instrumentar de forma inmediata las acciones necesarias para la atención prioritaria y el surtido de recetas médicas de los adultos mayores que padezcan diabetes, enfermedades cardiovasculares y cáncer.
Notas
1 Coneval, El Coneval presenta las estimaciones de pobreza multidimensional 2022. Recuperado de
https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Document s/2023/Comunicado_07_Medicion_Pobreza_2022.pdf
2 Coparmex, Asegurar la salud para todos y garantizar medicamentos será posible con un nuevo modelo de salud. Recuperado de
https://coparmex.org.mx/asegurar-la-salud-para-todos-y-garantiza r-medicamentos-sera-posible-con-un-nuevo-modelo-de-salud/
3 México como vamos, Los retos de nuestro sistema de salud. Recuperado de:
https://mexicocomovamos.mx/animal-politico/2023/09/los-retos-de- nuestro-sistema-de-salud/
4 Inegi, Estadísticas a Propósito del Día Mundial de la Población. Recuperado de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/202 3/EAP_DMPO23.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputados y diputadas: Rubén Ignacio Moreira Valdez, Elizabeth Pérez Valdez, Eufrosina Cruz Mendoza, Marco Antonio Mendoza Bustamante (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra el diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
El diputado Armando Corona Arvizu:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Adelante, diputado.
El diputado Armando Corona Arvizu: Buenas tardes, amigas y amigos diputados. El día de hoy estoy aquí en tribuna presentando una propuesta que quiere visibilizar un tema que es de suma importancia, como lo es la regulación del sistema automático denominado ponchallantas. Es fundamental que para garantizar la seguridad vial en las carreteras de México se tenga que hablar de este tema que ha beneficiado, pero también ha afectado a muchos ciudadanos.
Actualmente las empresas concesionarias que operan las casetas de cobro en las carreteras utilizan de manera de-sigual y no coordinan adecuadamente estos dispositivos, y pueden dañar los neumáticos de los vehículos de las personas que circulan por dichas vías. Esta situación puede generar daños a las llantas de los vehículos, pérdida de tiempo, y también representar un riesgo para la seguridad de los usuarios y un costo adicional para los propietarios de dichos vehículos.
Las casetas de cobro son infraestructuras que en carreteras de nuestro país existen, y que la seguridad y la operatividad son fundamentales para garantizar el correcto funcionamiento del transporte terrestre y la seguridad de estas carreteras. En los últimos meses ha ocurrido una falla en los dispositivos conocidos como ponchallantas, principalmente casos dados a conocer en el Circuito Exterior Mexiquense del Bicentenario, en el Estado de México, donde se colocaron en las casetas de cobro con la finalidad de reducir la velocidad de los vehículos y así evitar escapar sin pagar.
Surge esta preocupación de los usuarios de estas vías de comunicaciones, en donde muchas ocasiones se hizo la regulación del Sistema de Distribución... de Evasión de Peaje en las casetas de cobro de México, pero que tenemos que analizarlo más a fondo por algunas razones.
En primer lugar, la evasión de peaje reduce los riesgos de las empresas concesionarias y, por lo tanto, afecta su capacidad para mantener y mejorar las carreteras de las autopistas. Además, la evasión de peaje puede resultar un argumento en los costos de operación de las infraestructuras y esto puede repercutir en los usuarios en las carreteras y autopistas.
En segundo lugar, la evasión de peaje puede fomentar la corrupción y la impunidad en las casetas de cobro. Si los usuarios pueden evadir el pago de peaje fácilmente, es posible que también acepten sobornos para permitir la entrada sin pagar.
Es nuestra responsabilidad, como legisladores y también como sociedad, garantizar la seguridad de nuestras carreteras. Debemos exigir que se realicen cambios en la forma en la que los sistemas funcionan, para que no dañen los neumáticos de los conductores que sí pagan un peaje.
En conclusión, la regulación de los sistemas automáticos de evasión de peaje, conocidos como ponchallantas, se necesita esencialmente garantizar la equidad como conocemos la seguridad vial y la sostenibilidad financiera de nuestra infraestructura del transporte.
Al abordar esta problemática no solo estamos protegiendo los recursos destinados al mantenimiento de nuestras carreteras, sino también promovemos un ambiente más justo para todas las, y los, ciudadanos.
La implementación de la regulación efectiva no solo desincentiva la evasión de peaje, sino también contribuye a la construcción y mantenimiento adecuado de nuestras vías, que sí se vienen promoviendo y se hace una mejor eficiencia en el sistema del transporte y un traslado seguro de un lugar a otro.
Al respetar estas normativas, todos los usuarios comprenden de manera equitativa la responsabilidad de financiar y preservar nuestra infraestructura, promoviendo un sentido de comunidad y de compromiso hacia el bienestar colectivo.
Además, la regulación de estos sistemas automáticos no solo trata de castigar la evasión, sino de fomentar la adopción de comprobar algunos acontecimientos cívicos y responsables. Y, al establecer un marco normativo y claro alentamos así al ciudadano a cumplir con las obligaciones promoviendo una cultura de respeto con las normas, con una convivencia en la sociedad que, asimismo, la hemos planteado día con día.
Por este motivo, yo les pido a las y los diputados que apoyen y que se sumen a esta gran iniciativa que beneficiará a todo el país de nuestro querido México. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que adiciona el artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Armando Corona Arvizu, integrante del Grupo Parlamentario de Morena e integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa por el que se adiciona el artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa regulación de los sistemas automáticos denominados “poncha-llantas” es fundamental para garantizar la seguridad vial en las carreteras federales de México. Estos sistemas son una herramienta útil para garantizar el pago para el tránsito de carreras de cuota, pero su instalación y operación deben ser adecuadamente reguladas y supervisadas por las autoridades competentes. Además, esta iniciativa contribuirá a la modernización y mejora de la infraestructura de las carreteras federales, lo que redundará en beneficio de todos los usuarios de las mismas.
Actualmente, las empresas concesionarias que operan las casetas de cobro en las carreteras federales utilizan de manera desigual y no coordinan estos dispositivos para dañar los neumáticos de los vehículos que circulan por dichas vías. Esta situación puede generar daños a las llantas de los vehículos, lo que representa un riesgo para la seguridad de los usuarios y un costo adicional para los propietarios de los vehículos.
Las casetas de cobro son infraestructuras en las carreteras de nuestro país, y su seguridad y operatividad son fundamentales para garantizar el correcto funcionamiento del transporte terrestre y la seguridad de los usuarios de las carreteras. En los últimos años, ha ocurrido una falla de dispositivos conocidos como “Poncha-llantas”, que se colocan en las casetas de cobro con la finalidad de reducir la velocidad de los vehículos y evitar que se escapen sin pagar.
Como sabemos a inicios de este año se colocaron en 14 casetas de cobro que se encuentran a lo largo de los 117 kilómetros de la autopista Circuito Exterior Mexiquense (CEM), concesionada a la empresa Aleática, se instalaron “poncha-llantas”, también conocidos como “Sistema de disuasión de evasión de peaje”.
En donde se nos menciona cual es el funcionamiento de los mismo:
“La alerta se activa cuando el conductor pasa el punto de cobro y abate la barrera de paso. En ese momento se enciende una luz y se emite un sonido de alarma. Si el conductor decide continuar su trayecto sin realizar el pago, 11 metros adelante se activa el sistema”
Es ahí donde surge esta preocupación de los usuarios de estas vías de comunicaciones en donde la regulación del sistema de disuasión de evasión de peaje en las casetas de cobro de México es muy importante por varias razones.
En primer lugar, la evasión de peaje reduce los ingresos de las empresas concesionarias y, por lo tanto, afecta su capacidad para mantener y mejorar las carreteras y autopistas. Además, la evasión de peaje puede resultar en un aumento de los costos de operación de la infraestructura, lo que puede repercutir en los usuarios de las carreteras y autopistas.
En segundo lugar, la evasión de peaje puede fomentar la corrupción y la impunidad en las casetas de cobro. Si los usuarios pueden evadir el pago del peaje fácilmente, es posible que algunos empleados de la caseta acepten sobornos para permitir la entrada sin pagar.
Por lo tanto, la regulación del sistema de disuasión de evasión de peaje es importante para asegurar la transparencia y la eficiencia en el cobro de peaje. Esto puede incluir la implementación de tecnologías de punta como cámaras, sensores y lectores de matrícula, así como la capacitación adecuada de los empleados para evitar el fraude y la corrupción.
Es nuestra responsabilidad como sociedad garantizar la seguridad de nuestras carreteras. Debemos exigir que se realicen cambios en la forma en que estos sistemas funcionen, para que no dañen los neumáticos de los conductores que pagan sus peajes.
En conclusión, insto a todos los ciudadanos a unirse a esta causa y exigir la regulación automática de los sistemas de “poncha-llantas” en las casetas de cobro. Juntos podemos asegurarnos de que nuestras carreteras sean seguras para todos los que las transiten.
En este sentido lo que propone en la presente iniciativa tiene su importancia en la regulación adecuada de estos sistemas es un tema de vital importancia para nuestra seguridad en las carreteras.Estos sistemas son una medida de seguridad muy efectiva para prevenir accidentes y actos delictivos en las carreteras, pero desafortunadamente, su uso no está regulado adecuadamente.
Para una mayor claridad, se presenta a continuación el siguiente cuadro comparativo de la propuesta de adición del artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal:
Tomando en conciencia la importancia de esta regulación del sistema de disuasión de evasión de peaje o también llamado “poncha-llantas” es esencial para garantizar la equidad, la seguridad vial y la eficiencia en la gestión de los peajes en las casetas de cobro de México, por lo que se presenta la iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adiciona el artículo 62 Bis, a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Único. Se adiciona el artículo 62 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 62 Bis. Las casetas de cobro que cuenten con sistemas automáticos de evasión de peaje o también llamados “Poncha-llantas” en carreteras federales deberán estar regulados y estandarizados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
I. Los sistemas automáticos de “Poncha llantas” deberán cumplir con las siguientes características mínimas: a) Estar diseñados para disminuir la velocidad de los vehículos que circulan en sentido contrario al flujo vehicular. b) Ser instalados en zonas previamente señalizadas y debidamente iluminadas, a fin de garantizar la seguridad vial de los usuarios. c) Ser capaz de detectar la presencia de vehículos, a fin de evitar accidentes y garantizar la seguridad de los usuarios. d) Estar diseñado y construido con materiales resistentes y duraderos que aseguren su funcionamiento en condiciones de alta demanda y tráfico vehicular. e) Ser mantenidos y monitoreados de manera constante, a fin de garantizar su correcto funcionamiento y evitar fallas que puedan poner en peligro la seguridad de los usuarios.
II. Los sistemas automáticos de “Poncha llantas” deberán contar con medidas de seguridad adicionales, tales como sistemas de vigilancia y alarmas, que permitirán la rápida intervención de las autoridades en caso de accidentes o situaciones de emergencia.
III. Los propietarios y operadores de los sistemas automáticos de “Poncha llantas” serán responsables de su correcto funcionamiento y mantenimiento, así como de cualquier daño o accidente de llantas que pudiera ocasionar.
IV. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, establecerá los requisitos y procedimientos para la instalación y operación de los sistemas automáticos de “Poncha llantas”, así como las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.
V. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, llevará a cabo campañas de difusión y concientización dirigidas a los usuarios de las carreteras federales, a fin de informar sobre la existencia y funcionamiento de los sistemas automáticos de “ Poncha llantas”, así como de los riesgos asociados a su uso indebido.
VI. Los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones y multas en el marco de esta regulación serán destinados a la mejora de la infraestructura y servicios de las carreteras federales.
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor a 30 días posteriores de su publicación en el Diario Oficial de la Nación.
Nota
1 https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2023/01/11/aguas-con-evadir-casetas-en- edomex-instalan-14-poncha-llantas-en-circuito-exterior-mexiquense/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputados y diputada: Armando Corona Arvizu, Marisela Garduño Garduño, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, para dictamen.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
La diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada:Muy buenas tardes, diputadas, diputados. Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Adelante, diputada.
La diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada: Saludo a todas las mujeres mexicanas que trabajan y cuidan de sus hijos amorosamente. Hoy tengo el gusto de presentar ante todas y todos ustedes una propuesta que impulsará la justicia social e impactará positivamente en la vida de millones de mujeres de nuestro país. Como representantes de las y los mexicanos es nuestra responsabilidad velar por políticas públicas que atiendan las necesidades fundamentales de la sociedad a la cual servimos.
Las madres solteras se enfrentan a desafíos diarios que demandan un equilibrio entre el trabajo y la crianza brindando respaldo. Reconoce esa valentía y dedicación a la par que promueve un ambiente que fomenta la igualdad de oportunidades. Apoyar a las madres solteras genera un impacto positivo en la vida de las mujeres que se encuentran en esta situación y de sus hijos, contribuyendo con esto al bienestar de nuestro país y al futuro de las nuevas generaciones.
En México hay más de 4 millones de mujeres madres solteras, donde 7 de cada 10 son jefas de familia y cargan con la responsabilidad de sostener a toda una familia con su esfuerzo, trabajo y dedicación.
Esta iniciativa surge de la necesidad de adaptar nuestra legislación laboral a la realidad cambiante y a los desafíos que enfrentan las madres solteras en nuestra sociedad. Estas mujeres valientes que desempeñan roles fundamentales tanto en el ámbito laboral como en el hogar. Se encuentran a menudo en la encrucijada de conciliar las responsabilidades profesionales con las de la crianza.
La propuesta de hoy tiene como objetivo reconocer y respaldar a todas las madres solteras, garantizándoles la posibilidad de trabajar desde casa cuando se vea y se enfrente ante situaciones específicas que requieran la presencia de las madres con sus hijos, como es el caso de una situación de salud.
Al adicionar la fracción III y recorrer las subsecuentes del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, Acción Nacional proponemos establecer un marco legal que permita la flexibilidad laboral para las madres solteras, otorgándoles la posibilidad de desempeñar sus labores desde el hogar en caso de que es necesite su presencia física en el hogar. Hacer home office. Esto no solo contribuye al bienestar de las madres solteras, sino que también fomentará un entorno laboral más inclusivo para las mujeres, los millones de mujeres luchonas de este país.
Esta propuesta, además de reflejar la comprensión de las complejidades que enfrentan las madres solteras, también aborda la necesidad de adaptar nuestras políticas laborales a la realidad de la vida cotidiana.
Reconocer la diversidad de las circunstancias familiares es un gran paso en la lucha por brindar bienestar a todas y todos. Necesitamos trabajar muy fuerte por las mujeres, hoy más que nunca debemos redoblar los esfuerzos en la lucha de los derechos de las mujeres para garantizarnos condiciones dignas en todos los ámbitos, desde la seguridad hasta la laboral.
Quiero decirles que además de esta propuesta, vamos a recuperar las estancias infantiles, vamos a recuperar las escuelas de tiempo completo que son de gran ayuda para estas madres, que además de trabajar cuidan y protegen a la familia. Así que cuenten con nosotros, las mujeres madres solteras de este país, vamos a trabajar para regresarles estos programas que cuidan y protegen lo más sagrado, que son a nuestros hijos. Así, así seguiremos luchando y trabajando por el bienestar de las mujeres mexicanas. Es cuanto, presidenta. Muchísimas gracias, tengan un extraordinario día.
«Iniciativa que adiciona el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Cecilia Anunciación Patrón Laviada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y diputadas y diputados federales del PAN, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 76, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción III recorriendo las subsecuentes del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo en materia de flexibilidad laboral a madres solteras, al tenor de lo siguiente.
Planteamiento del problema
La presente iniciativa aborda la flexibilidad laboral para madres solteras. Buscando así otorgar a estas mujeres la posibilidad de trabajar desde casa, siempre y cuando exista una justificación válida relacionada con la atención de sus hijos, ya sea por motivos escolares o de salud. Es importante equilibrar las responsabilidades laborales y familiares, permitiendo a las madres solteras desempeñar sus roles tanto en el ámbito laboral como en el familiar.
La preocupación es garantizar condiciones más favorables para las madres solteras, reconociendo la importancia de adaptar las políticas laborales a las necesidades cambiantes de la sociedad y promoviendo un equilibrio más efectivo entre el trabajo y la vida familiar.
Las madres solteras, a menudo, se encuentran en una encrucijada entre las demandas de su trabajo y las responsabilidades familiares, especialmente en situaciones que requieren atención inmediata a sus hijos. La rigidez de las estructuras laborales convencionales no permite una conciliación efectiva, resultando en tensiones que afectan tanto el rendimiento laboral como la calidad de vida de estas mujeres y sus familias.
Adicionalmente la propuesta establece que los patrones deben definir las funciones específicas que podrán realizar las madres solteras en modalidad de trabajo desde casa. Esta medida busca brindar claridad tanto a los empleadores como a las empleadas sobre las expectativas y responsabilidades asociadas con esta modalidad laboral.
Exposición de MotivosEn la actualidad, hay madres solteras que enfrentan desafíos significativos al tratar de conciliar sus responsabilidades laborales con la atención y cuidado de sus hijos.
Según el comunicado de prensa del Instituto de Estadística y Geografía sobre las estadísticas a propósito del día de la madre, en México, 11 por ciento de las mujeres que son madres, es decir, 4.18 millones, están solas a cargo de sus hijos; estas mujeres trabajan en diversas actividades económicas para mantener a sus familias.
Según El Economista, en 2022, 7 de cada 10 madres solteras eran económicamente activas y 97 por ciento de ellas estaban ocupadas. Asimismo, en relación con la ocupación de las madres solteras que estaban empleadas, 78 por ciento desempeñaba roles subordinados y remunerados, mientras que 18 por ciento trabajaba de manera independiente. En menor medida, 2 por ciento de las madres solteras empleadas asumían roles de empleadoras, y otro 2 por ciento trabajaba sin recibir remuneración.
Jugar el rol de proveedor principal y cuidadora simultán-eamente implica equilibrar responsabilidades familiares con las demandas laborales, lo cual puede resultar abrumador. La falta de apoyo en la crianza y la gestión del hogar, combinada con la necesidad de garantizar la estabilidad económica, hace que la flexibilidad en el ámbito laboral sea esencial para estas mujeres. Acceder a opciones flexibles, como horarios adaptables, trabajo remoto o permisos para emergencias familiares, les permite afrontar los imprevistos propios de la crianza solitaria sin tener que sacrificar su empleo.
La falta de opciones flexibles a las madres solteras también contribuye a la persistencia de brechas de género, ya que las mujeres, tradicionalmente asignadas a roles de cuidado, enfrentan dificultades adicionales al buscar un equilibrio entre el trabajo y la vida familiar. Además, esta situación afecta negativamente la productividad y la retención de talento femenino en el mercado laboral, lo cual es un problema que debe abordarse para fomentar la igualdad de oportunidades y promover un entorno laboral más inclusivo y equitativo.
La justificación de la iniciativa parte de la necesidad de adecuar la legislación laboral a la realidad social contemporánea, reconociendo la importancia de brindar opciones flexibles que permitan a las madres solteras cumplir con sus responsabilidades parentales sin sacrificar su participación y desarrollo en el ámbito laboral. Al ofrecer esta flexibilidad, se pretende contribuir a la construcción de un entorno laboral más equitativo y facilitar el acceso de las mujeres a oportunidades profesionales sin discriminación por su rol familiar.
Beneficios de la propuesta
• Mejora la conciliación laboral y familiar en el cuidado de los hijos.
• Reducción del estrés y mejora de la calidad de vida de las madres solteras.
• Fomenta la productividad y retención de Talento de las madres solteras.
• Promoción de familias estables y equilibradas.
• Desafío de estereotipos de género.
• Impulso a la igualdad de oportunidades.
• Estímulo a la eficiencia laboral al definir funciones específicas para el trabajo desde casa.
• Contribución al desarrollo sostenible en las políticas laborales.
La capacidad de adaptarse a las necesidades individuales de los empleados, especialmente de las madres solteras, puede mejorar la satisfacción laboral, la lealtad hacia la empresa y, en última instancia, la eficiencia en el desempeño de las tareas laborales.
Desde una perspectiva más amplia, la iniciativa contribuye a desafiar y cambiar estereotipos de género arraigados, fomentando un ambiente laboral inclusivo y respetuoso de la diversidad. Al reconocer y abordar las necesidades específicas de las madres solteras, se establece un precedente valioso para futuras políticas laborales que busquen promover la igualdad de oportunidades entre los géneros.
La equidad en el ámbito laboral y en la sociedad en general implica eliminar barreras que limiten el acceso y avance de las mujeres en diversas áreas. Además, es esencial reconocer y valorar la contribución única que las mujeres brindan como madres. Esto implica la implementación de políticas y prácticas que permitan a las mujeres equilibrar sus roles profesionales y familiares de manera efectiva, asegurando que no enfrenten discriminación por su estado maternal.
Por lo expuesto se propone adicionar la fracción III del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo en materia de Flexibilidad Laboral a Madres Solteras, la cual propone establecer que las madres solteras tengan flexibilidad laboral para trabajar desde casa cuando exista la justificación por la que requieren estar con sus hijos por temas escolares o de salud. Asimismo, propone que los patrones establezcan las funciones de trabajo que tendrán para dicha modalidad.
Para una mayor comprensión de la iniciativa que pongo en consideración de esta soberanía, presento ante ustedes el siguiente cuadro de adición:
En virtud de lo anterior, se somete a consideración del pleno el siguiente decreto.
Decreto por el que se adiciona la fracción III, recorriendo las subsecuentes del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se adiciona la fracción III, recorriendo las subsecuentes del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 170. Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:
I. y II. ...
III. Flexibilidad laboral para trabajar desde casa cuando exista la justificación por la que requieren estar con sus hijos por temas escolares o de salud.
Asimismo, los patrones deben establecer las funciones de trabajo que tendrán para dicha modalidad.
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2023/ EAP_10Mayo23.pdf
2 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2023/05/08/dia-de-las-madres-10-de-may o-cuantas-madres-solteras-hay-en-mexico/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputadas: Cecilia Anunciación Patrón Laviada, Elizabeth Pérez Valdez (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.
LEY AGRARIA Y LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra el diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Agraria y de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, en materia de tiempo de duración de los juicios agrarios.
El diputado Bruno Blancas Mercado:La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos. Con la venia de la Presidencia, compañeras diputadas, compañeros diputados, el día de hoy presento una iniciativa que tiene como objeto que todos los juicios agrarios se resuelvan en la primera instancia dentro de los dos primeros años.
La impartición de justicia agraria sigue siendo un problema en nuestro país. Hay casos desde 1936 que no se han resuelto, existen ejidos, familias que, aunque están luchando por la tenencia de la tierra y que lamentablemente el problema no lo han podido resolver por generaciones y todo esto porque los Tribunales Agrarios se tardan demasiado tiempo.
Recordemos que la reforma al artículo 27 constitucional, de enero de 1992, fue para dar certeza jurídica a los núcleos poblacionales, a los ejidatarios, a los pequeños propietarios, por eso se expidieron la Ley Agraria y la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, precisamente para resolver los juicios agrarios de manera rápida.
Lamentablemente, los ejidatarios aún siguen padeciendo la falta de justicia rápida, ya que los juicios agrarios resueltos por los tribunales unitarios agrarios, tardan hasta 6 años o más. Esto, sin duda, no es justicia.
En ese sentido fue concebida la Reforma Agraria de 1992, para que los juicios orales se tramitaran de forma rápida, pero lamentablemente hoy en día aún no es así.
Con la aprobación de la presente iniciativa estaremos ayudando a alcanzar el anhelo de los sujetos de derecho agrario, de los campesinos, de los ejidatarios a que realmente reciban una justicia pronta y expedita, anhelo de Emiliano Zapata y anhelo de todos los mexicanos.
Por otra parte, cabe señalar que en el paquete de iniciativas que recientemente envió el presidente de la República, el licenciado Andrés Manuel López Obrador, la relativa a la reforma del Poder Judicial, es precisamente para agilizar la impartición de justicia.
En dicha iniciativa, la exposición de motivos, literalmente el presidente Andrés Manuel indica que finalmente la presente reforma propone, vincula a las autoridades responsables de impartir justicia a emitir resoluciones de manera fundada y motivada en un periodo de tiempo razonable, satisfaciendo los principios inherentes al derecho de acceso a la justicia pronta y expedita.
En este sentido, esta ley que se pretende cambiar, se reforman los artículos 163 y 189 de la Ley Agraria, así como los artículos 9 y 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.
Si autorizamos esta ley, compañeros, compañeras, estaríamos cubriendo una pequeña parte del compromiso que tenemos con la tierra, con los ejidos, con los campesinos en este nuestro tan golpeado México.
Los invito a que se sumen, necesitamos que los juicios agrarios no duren tanto. Recordemos que tenemos juicios desde el siglo pasado, con esta propuesta se reducirían estos juicios a no más de dos años. Es cuanto, presidenta.
«Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Agraria y de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, en materia de duración de los juicios agrarios, a cargo del diputado Bruno Blancas Mercado, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Bruno Blancas Mercado, diputado federal de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 163 y 189 de la Ley Agraria, y 9 y 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosLa esencia de la reforma al artículo 27 constitucional del 3 de enero de 1992 fue la de garantizar la impartición de justicia y definitividad en materia agraria por ello se propuso establecer, en el texto constitucional en la fracción VII, tribunales federales agrarios, de plena jurisdicción. Ellos estarán dotados con autonomía para resolver, con apego a la ley y de manera expedita, entre otros, los asuntos relativos a la tenencia en ejidos y comunidades, las controversias entre ellos y las referentes a sus límites. Con ello, se sustituye el procedimiento mixto administrativo jurisdiccional derivado de la necesidad de una inmediata ejecución.
En ese sentido es como nacen los Tribunales Agrarios para resolver los asuntos agrarios de manera expedita. Dando así cumplimiento al artículo 17 constitucional en el que se indica que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
En esa medida todos los funcionarios públicos de los órganos jurisdiccionales agrarios deben dar cumplimiento a los artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna, es decir, velar por la garantía de audiencia y de seguridad jurídica cumpliendo con las formalidades esenciales del procedimiento agrario que prevén los artículos 164, 170 a 173, 175, 176, -178 a 180 y 183 a 190 de la legislación en comento. Es decir, antes de pronunciar el fallo definitivo se deberán satisfacer todos aquellos requisitos que permitan a las partes la posibilidad de ser oídas en defensa de sus derechos; de tal suerte que los Tribunales Agrarios están obligados a respetar las garantías de audiencia y de legalidad.
En nuestro sistema jurídico mexicano, el juicio agrario fue uno de los primeros en llevarse de manera oral (a partir de1992), ya que antes era escrito de jurisdicción administrativa que tardaba años en resolverse por parte del titular del Poder Ejecutivo federal, sobre todo en materia de dotaciones y ampliaciones de ejidos, procedimiento que se llevaba en un primer momento por el Cuerpo Consultivo Agrario y posteriormente por la entonces Secretaria de la Reforma Agraria.
Para dar certeza jurídica a los núcleos poblacionales o a los sujetos de derechos agrarios fue que se reformó el artículo 27 constitucional y se promulgo la Ley Agraria y Orgánica de los Tribunales Agrarios, instrumentos legales para la impartición de la justicia agraria.
Lamentablemente los sujetos de derechos agrarios aún siguen padeciendo la falta de justicia rápida y expedita consagrada en el artículo 17 constitucional, ya que los juicios agrarios son resueltos hasta en seis años o más esto en primera instancia, es decir por los Tribunales Unitarios Agrarios.
En otras materias como la penal, civil, familiar, mercantil, laboral, los juicios por su sistema oral que se ha introducido a cada una uno de los instrumentos legales de esas materias, tardan en resolverse en promedio seis meses. En ese sentido como fue concebida la reforma agraria de 1992 era para que los juicios agrarios se tramitaran de forma rápida y expedita, lamentablemente en la actualidad aún hay juicios que no se han resulto dese 1936, es decir, aún hay conflictos que no se han resuelto desde el siglo pasado y eso no es justicia.
En ese orden de ideas la presente iniciativa tiene como objeto que todos los juicios agrarios se resuelvan en primera instancia dentro del término de dos años, esto es, que los tribunales dicten sus sentencias en ese terminó con independencia de los posteriores recursos o el amparo que se promueva en contra de dicha determinación, la idea es que sean resulto en un máximo de dos años.
Por ello, se propone reformar el artículo 163 de la Ley Agraria agregándole un párrafo en el cual se establece que los juicios agrarios no podrán durar más de dos años, igualmente al artículo 189 del ordenamiento en cita, se le agrega un último párrafo en el que se establece que las sentencias definitivas de los tribunales agrarios se dictarán dentro del término de dos años contado a partir de la notificación de la demanda.
Por otra parte, en los artículos 9 y 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios igualmente se deja establecido que la resolución definitiva deberá dictarse dentro del término de dos años, contado a partir de la notificación de la demanda.
Para una mayor claridad de lo aquí expresado a continuación se presenta un comparativo de los artículos a reformar de la Ley Agraria y de Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios:
La propuesta que se realiza, es para dar certeza jurídica a las partes en el juicio agrario y efectivamente se propone que a partir de la notificación de la demanda empiece a correr el término para que dentro de los dos años se emita la resolución definitiva en primera instancia, como ya se dijo, con independencia de los recursos que puedan promover las partes posteriores a la sentencia.
De aprobarse la presente iniciativa estaremos ayudando alcanzar el anhelo de los sujetos de derecho agrario, a los campesinos a que realmente reciban una justicia pronta y expedita.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforman los artículos 163 y 189 de la Ley Agraria, y 9 y 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios
Artículo Primero. Se reforman los artículos 163 y 189 de la Ley Agraria, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 163. Son juicios agrarios los que tienen por objeto sustanciar, dirimir y resolver las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de las disposiciones contenidas en esta ley.
Los juicios agrarios no podrán durar más de dos años para ser resueltos.
Artículo 189.- Las sentencias de los tribunales agrarios se dictarán a verdad sabida sin necesidad de sujetarse a reglas sobre estimación de las pruebas, sino apreciando los hechos y los documentos según los tribunales lo estimaren debido en conciencia, fundando y motivando sus resoluciones.
Las sentencias definitivas de los tribunales agrarios se dictarán dentro del término de dos años contado a partir de la notificación de la demanda.
Artículo Segundo. Se reforman los artículos 9 y 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 9o.- El Tribunal Superior Agrario será competente para conocer:
I. a VIII. ...
Corresponderá al magistrado ponente instruir el procedimiento y formular el proyecto de resolución definitiva para someterla a la aprobación del Tribunal Superior. Las resoluciones definitivas se dictarán dentro del término de dos años contado a partir de la notificación de la demanda.
Artículo 18. Los tribunales unitarios conocerán, por razón del territorio, de las controversias que se les planteen con relación a tierras ubicadas dentro de su jurisdicción, conforme a la competencia que les confiere este artículo.
Los tribunales unitarios serán competentes para conocer:
I. a XIV. ...
La resolución definitiva deberá dictarse en el término de dos años, contado a partir de la notificación de la demanda.
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Exposición de motivos de la reforma al artículo 27 constitucional publicada en D.O.F el 6 de enero de 1992.
2 Revista de los Tribunales Agrarios. Año VI septiembre-diciembre, núm. 19. Lic. Bernardino López Gómez Secretario de Acuerdos del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 30, En Cd. Victoria, Tamps.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputados: Bruno Blancas Mercado, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra el diputado Gerardo Peña Flores, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
El diputado Gerardo Peña Flores:Gracias, presidenta, con tu permiso. Muy buenas tardes a todas y a todos. Aprovecho esta oportunidad y la presentación de esta iniciativa, para llamar a una profunda reflexión a todo el sistema político mexicano, a que el momento de actuar, si bien es tarde, es aquí y ahora en que no podemos y no debemos dejar pasar más tiempo en aprobar leyes que verdaderamente pongan un alto al crimen organizado. A elevar las capacidades institucionales del Estado mexicano, de estados y de municipios. A que hoy, yo creo que todas y todos vamos a coincidir en que el México que conocimos en nuestra niñez ese México hoy ya no existe, ese México de libertades, ese México de tranquilidad simplemente se ha perdido. Por eso es que es aquí y ahora en donde debemos de tomar acciones verdaderamente contundentes, firmes y claras.
Que se mande ese mensaje a los generadores de violencia, en que es el Estado mexicano y es la sociedad la que manda. En que no se debe de seguir tolerando que nuestras libertades se sigan cada vez limitando más y más, en donde son los criminales los que fijan el precio del pollo, el precio de la tortilla, que te roban los camiones de carga en las carreteras y así un sinnúmero más de actividades económicas que ahora las controla el crimen organizado.
Hemos insistido en el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, en una generación de iniciativas, que créanme, no son ocurrencias, está demostrado con eficacia que estas funcionan.
Pusimos en marcha en Tamaulipas y dieron resultados, ahí están los índices de la propia Secretaría del Ejecutivo, seguridad pública federal que, de estar en los últimos tres lugares de estados más inseguros, se pudo llevar a estar dentro de los cuatro más seguros del país las carreteras, de acuerdo a Canacar en su momento, las más seguras del país.
Sí es posible, compañeras y compañeros, hagámoslo por responsabilidad con nuestro país y, si no lo hacemos por ello, hagámoslo por amor a nuestra familia, a sus hijos y a los hijos de sus hijos, a las generaciones por venir. Dejémosles un México en paz, un México de tranquilidad, un México de libertades.
El primer requisito lo hemos insistido una y otra vez, es cerrarle la llave al financiamiento de los criminales en las campañas político-electorales. Es ahí donde ellos se apoderan de los territorios, es ahí donde ellos se convierten en los amos y señores.
Y, por supuesto, que tienen que recuperar su inversión y ¿cómo lo hacen? Pues desde luego a través de las extorsiones, de los secuestros, del cobro y tránsito y tráfico de personas, del huachicol, del contrabando comentado y toda una serie de ilícitos que ustedes y yo sabemos son generadores de violencia. Si no actuamos aquí, ahora, si la autoridad electoral no pone un alto firme, esto difícilmente podrá corregirse, compañeras y compañeros.
Yo llamo a la sociedad civil a que se organice, a que levante la voz y que exijan que México merece vivir en paz. Es aquí y es ahora. Levántate, México, despierta, este es el momento. Muchas gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, correspondiente a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de incentivos económicos al mérito para el personal de la fuerza policial, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosDe acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2021 ocurrieron un total de 35 mil 700 homicidios, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública el crimen cometió 33 mil 349 homicidios dolosos, ello promedió una tasa de homicidios de 28 por 100 mil habitantes.
El Índice de Paz México 2023 registra que la tasa nacional de delincuencia organizada se incrementó 64.2 por ciento en los últimos 8 años, con la excepción de 2020 que tuvo un descenso, la tasa ha aumentado anualmente desde 2016. El aumento se atribuye a la extorsión y narcomenudeo, con aumentos en la tasa de 59.5 y 148.7 por ciento, respectivamente.
Los elementos de las fuerzas policiales en el país realizan sus labores en condiciones precarias, violentas y sin recursos, enfrentan condiciones frecuentes de abandono para realizar su trabajo, ello comprende también la muerte de al menos 1 mil 818 policías en lo que va del presente sexenio, promediando 1.21 policías diariamente.
La organización Causa en Común explicó en su informe “Las policías en México: radiografía de un retraso crónico 2018 — 2022” que las policías del país han sido abandonadas por el Gobierno federal, al incumplir los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública en materia de dignificación laboral, aunado a recortes y estancamientos presupuestales, además de sistemática militarización de la seguridad pública que presenta un riesgo para sus labores policiacas.
Lamentablemente se ha tornado frecuente saber de turnos de 24 horas, sueldos y prestaciones precarias, equipos e instalaciones inadecuados, capacitación mínima, y por lo regular tratos indignos al interior de sus corporaciones. Además de casos emblemáticos de negarles mejores condiciones, en contraste puede presumirse el patrimonio exacerbado del segundo al mando de la policía de la capital del país, el Subsecretario de Operación Policial, que ocultó al menos 3 propiedades, entre ellas, un rancho de lujo.
La policía forma parte de los principios de organización social que sostienen el paradigma del Estado moderno. Es también una institución que responde a las demandas sociales. En consecuencia, la policía no debe desvincularse de los valores e intereses socialmente aceptados. Sin embargo, existe una tendencia a disolver ambos componentes: sociedad y policía, y a generar una imagen maniquea que aleja a la institución de los valores sociales, en vez de integrarlos y representarlos.
En la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana, del segundo trimestre de 2023, se registra que a nivel nacional en junio de 2023, 62.3 por ciento de la población de 18 años y más consideró inseguro vivir en su ciudad, junio de 2023, 68.6 por ciento de las mujeres y 54.8 por ciento de los hombres consideraron inseguro vivir en su ciudad, las ciudades con mayor porcentaje de población de 18 años y más que se siente insegura fueron: Fresnillo (92.8 por ciento), Zacatecas (91.7 por ciento), Ciudad Obregón (90.3 por ciento), Ecatepec de Morelos (87.6 por ciento), Irapuato (87.3 por ciento) y Naucalpan de Juárez (87.2 por ciento).
Uno de los problemas estructurales en el desarrollo de las policías se relaciona directamente con el presupuesto, conforme al diagnóstico del Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica, en los últimos 4 años se han presentado aumentos mínimos a los fondos, cómo el Fortaseg subsidio que beneficiaba a 300 municipios con altos índices de incidencia delictiva, desapareció en 2021, el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2023 asignó 1 mil millones de pesos al Fortaseg, representa menos de la cuarta parte del monto asignado en años anteriores.
En cuanto a los salarios de los elementos de la fuerza policial, además de asimetrías entre entidades, como, por ejemplo, en Veracruz el salario es de 8 mil 651 pesos, mientras que en Quintana Roo es de 18 mil 24 pesos, una diferencia del 108 por ciento. Los incentivos económicos representarían un aliciente para que los elementos desempeñen su labor con mayor calidad, sobre todo en un país con un problema estructural de violencia y crimen.
La Organización Causa en Común, en su informe, contó e identificó que, del 1 de diciembre de 2018 al 31 de diciembre de 2022, se registraron al menos 331 movilizaciones de policías, entre las que se encuentran 152 paros, 119 manifestaciones y 60 emplazamientos a paro, abarcando la mayoría de los estados del país. Esas manifestaciones se derivaban de una exigencia a la mejora salarial y en sus condiciones o incumplimiento en las prestaciones.
Compañeras y compañeros, con un país con problemas graves de inseguridad, los mexicanos esperamos mucho de nuestros cuerpos de seguridad pública y el Gobierno Federal que apostó por la militarización, continúa dando los pasos equivocados dados los indicadores de homicidios dolosos, por ello hago un llamado a que mejoremos en la legislación, las condiciones laborales de los policías que arriesgan sus vidas cotidianamente en el cumplimiento de su deber, mediante incentivos económicos.
A continuación, se presenta un cuadro comparativo con el que se ilustra la propuesta:
En suma, la presente iniciativa pretende que se reconozca en la Ley que, en las remuneraciones de los elementos de las fuerzas policiales, se contemplen esquemas de incentivos económicos con base en el mérito y la eficiencia en el desempeño de sus funciones, como alicientes a la calidad en el servicio.
Por lo expuesto, un servidor junto con las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se adiciona un tercer párrafo recorriéndose los subsecuentes del Artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Artículo Único: Se adiciona un tercer párrafo al artículo 84 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:
Artículo 84. ...
...
Se establecerán programas de incentivos económicos con base en el mérito y la eficiencia en el desempeño de sus funciones, como alicientes a la calidad en el servicio.
...
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 El Crimen, Delincuencia en México.
https://elcri.men/#:~: text=De%20acuerdo%20con%20el%20INEGI,usando%20las%20cifras%20del%20INEGI.
2 Índice de Paz. El cambiante panorama de la delincuencia organizada.
https://www.indicedepazmexico.org/el-cambiante-panorama-de-la-de lincuencia-organizada#:~: text=El%20%C3%8Dndice%20 de%20Paz%20M%C3%A9xico%202023%20constata%20que%20la%20tasa,aumentado%20cada%20a %C3%B1o%20desde%202016.
3 Policías de México trabajan bajo condiciones laborales precarias e indignas.
https://www.eleconomista.com.mx/politica/Policias-de-Mexico-trab ajan-bajo-condiciones-laborales-precarias-y-sin-recursos-20230316-0139.html
4 Íbid.
5 Punto por punto. El segundo al mando de la policía de la Ciudad de México, la mano derecha de Omar García Harfuch, el subsecretario de Operación Policial, oculta al menos tres propiedades, entre ellas, un rancho de lujo.
https://www.puntoporpunto.com/reportajes-2/reportajes-en-punto/j efe-maximo-la-mano-derecha-de-omar-garcia-harfuch-oculta-propiedades-millonaria s/
6 Causa en Común. Las policías en México: radiografía de un retraso crónico 2018-2022.
https://causaencomun.org.mx/beta/la-situacion-de-las-policias-en -mexico-2022/
7 Inegi, ENSU.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ensu/ensu2023_07.pdf
8 Íbid.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputado y diputada: Gerardo Peña Flores, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para dictamen.
LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra el diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
El diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Adelante, diputado.
El diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza: Hago uso de la voz para presentar ante ustedes la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Nuestras niñas, niños y adolescentes son pilar fundamental en nuestra sociedad. El cumplimiento efectivo de sus derechos es requisito esencial para lograr su desarrollo integral. Por ello, el objetivo de esta propuesta de iniciativa es el de pugnar por el reconocimiento del derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud igualitaria y justa, en apego a los señalado en nuestra Carta Magna.
La Convención sobre los Derechos del Niño reconoce su derecho a disfrutar del más alto nivel de salud, así como tener acceso a los servicios médicos y de rehabilitación con especial énfasis en aquellos relacionados con la atención primaria de salud.
Entre 2012 y 2020, la Conapred recibió 712 quejas relacionadas con más presuntos actos de discriminación hacia niñas, niños y adolescentes. Dos de cada cinco casos tuvieron como causa una discapacidad, mientras que una de cada ocho fue a causa de una condición de salud. Según los datos del Inegi, la población indígena en nuestro país de 12 años y más, refirió haber sido víctima de discriminación, la causa fue ser persona indígena o afromexicana.
En cuanto a la población con discapacidad, de 12 años y más, refirieron haber sido víctimas de discriminación, declarando que el motivo fue por tener alguna discapacidad. Esos datos son muestra de alguno de los retos que enfrentamos para garantizar el acceso y goce de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Por lo anterior señalado, resulta oportuno realizar la modificación al artículo 50 de la Ley General de Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes, ya con ello se garantiza la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad, sin ningún tipo de discriminación, contar con una ley que privilegie la prestación de asistencia médica y sanitaria para las niñas, niños y adolescentes, desde un enfoque intercultural y con perspectiva de género, haría posible seguir avanzando en las dinámicas de inclusión e interacción entre las diferentes culturas de manera respetuosa, favoreciendo la integración, el diálogo horizontal, la empatía, la sinergia y la diversidad de creencias de las poblaciones.
La interculturalidad debe privilegiar el conocimiento y experiencias médicas de nuestras culturas, así como su independencia y autonomía, lo cual favorecería el enriquecimiento de nuestro sistema de salud.
Compañeras y compañeros, sigamos trabajando para asegurar la prestación de servicios de salud para niñas, niños y adolescentes con perspectiva de género. Esto permitiría seguir avanzando en la igualdad de condiciones para ejercer plenamente su derecho a la salud, de manera justa, eliminando las inequidades y obstáculos de acceso a los servicios de salud aplicando estas prácticas, las niñas, niños y adolescentes contarían con servicios de salud más inclusivos y a la altura de las circunstancias que nadie quede fuera.
Nuestro compromiso con la infancia de nuestro país se debe redoblar, ya que esta propuesta se funda en el legítimo anhelo de garantizar el otorgamiento de servicios médicos sin discriminación alguna, con perspectiva de género e interculturalidad para quienes son nuestro presente y futuro. Reconociéndonos, como iguales de derechos, hacemos valer nuestra Carta Magna y caminamos juntos hacia un México más justo. Es cuanto. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosVivimos en una realidad compleja y somos parte de un presente que nos invita a reflexionar sobre los retos y desafíos del día a día y los del futuro próximo, por ello, es fundamental concebirnos como un “todo”, participando y abriendo cada vez más, las puertas del diálogo para la construcción de nuestro entorno desde el enfoque de las niñas, niños y adolescentes, puesto que ellos son creadores culturales, actores sociales quienes mediante sus opiniones y decisiones contribuyen a la configuración de nuestra sociedad, ellos están presentes en la educación, la política, la ciencia y en todos los ámbitos; convergemos en el mismo espacio, en ese “todo social”, que nos incluye ineludiblemente.
Desde esta perspectiva, nos corresponde como legisladores aportar en el perfeccionamiento de las leyes que regulan nuestra vida, haciendo posible cada vez más, que nadie quede fuera de ellas, que sus alcances sean los más amplios y se cumpla con el objetivo de ser útiles para todos, como en este caso, al impulsar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en su artículo 6, señala:
Artículo 6. Para efectos del artículo 2 de esta Ley, son principios rectores, los siguientes:
I.. El interés superior de la niñez;
II. La universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad e integralidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes, conforme a lo dispuesto en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los tratados internacionales;
III. La igualdad sustantiva;
IV. La no discriminación;
V. La inclusión;
VI. El derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo;
VII. La participación;
VIII. La interculturalidad;
IX. La corresponsabilidad de los miembros de la familia, la sociedad y las autoridades;
X. La transversalidad en la legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales;
XI. La autonomía progresiva;
XII. El principio pro persona;
XIII. El acceso a una vida libre de violencia;
XIV. La accesibilidad, y Fracción reformada
XV. El derecho al adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad.
Para el caso que nos ocupa debemos señalar que, el derecho a la protección de la salud, se encuentra plasmado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que a la letra dice:
Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
...
...
...
...
...
...
...
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Asimismo, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada como un tratado internacional de derechos humanos en el año de 1989, reconoce en su artículo 24, que:
Los niños tienen derecho a disfrutar del más alto nivel de salud y a tener acceso a servicios médicos y de rehabilitación, con especial énfasis en aquéllos relacionados con la atención primaria de salud, los cuidados preventivos y la disminución de la mortalidad infantil. Es obligación del Estado tomar las medidas necesarias, orientadas a la abolición de las prácticas tradicionales perjudiciales para la salud del niño.
A nivel internacional, la Convención sobre los Derechos del Niño es el instrumento principal que obliga a los Estados Parte a proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes ante las distintas problemáticas a las que se enfrentan en los ámbitos de su vida; los reconoce como sujetos plenos de derechos y establece la obligación de todas las instituciones públicas y privadas de implementar las medidas necesarias que garanticen su protección contra toda forma de discriminación y siempre en beneficio de su interés superior.
El cumplimiento de sus derechos es esencial para lograr el más alto nivel de bienestar y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.
El mismo artículo 73 de nuestra Carta Magna faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos, así como en materia de formación y desarrollo integral de la juventud, cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte.
Del mismo modo, la entrada en vigor de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada el 4 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, ha tenido por objeto, entre otros, reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos; garantizando el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos humanos, conforme a lo establecido en la Constitución.
Por su parte el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 12, menciona que, los Estados Partes reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
Entre las medidas que deberán adoptar a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños.
En tanto que el artículo 2 del mismo pacto indica que los Estados Partes se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Ahora bien, en México, el artículo 5o. de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes define a las niñas y niños como las personas que son menores de los doce años y adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.
Según datos del Censo de Población y Vivienda, en 2020 residían en México 25.2 millones de personas de 0 a 11 años; los cuales representaban el 20 por ciento del total de personas en territorio mexicano (126 millones). Su distribución por sexo fue 12.4 millones de niñas (49.3 por ciento) y 12.8 millones de niños (50.7 por ciento).
Mientras que, 427 mil niñas y niños se autoidentifican como población afromexicana o afrodescendiente, de los cuales, 182 mil se concentran en los estados de Guerrero, estado de México, Oaxaca y Veracruz.
Se estima que 3.8 millones de personas, de 3 a 11 años de edad, se autoidentifican como indígenas; Oaxaca y Chiapas son los estados en donde se concentra el mayor número de esta población con 476 mil y 469 mil personas, respectivamente.
Con relación a la población indígena de 12 años y más, 28.1 por ciento de mujeres y 27.9 por ciento de hombres refirieron haber sido víctima de discriminación en los últimos 12 meses. Ser persona indígena o afrodescendiente fue la causa que señalaron 28.9 por ciento de las mujeres y 29.3 por ciento de los hombres.
Asimismo, un 35. 9 por ciento de la población afrodescendiente de 12 años y más, declaró que le fue negada la atención médica o medicamentos.
En cuanto a población con discapacidad de 12 años y más, 33.4 por ciento de mujeres y 34.4 por ciento de hombres refirieron haber sido víctimas de discriminación en los últimos 12 meses. De estos porcentajes, 44.5 por ciento de mujeres y 55.9 por ciento de hombres declararon que el motivo fue por tener alguna discapacidad.
Estos datos son muestra de algunos de los retos que enfrentamos para garantizar el acceso y goce de derechos de las niñas, niños y adolescentes, anteponiendo el principio del interés superior de la niñez.
La Conapred ha señalado que uno de los temas prioritarios de atender, es el de garantizar el derecho a la salud y la alimentación, razón por la cual, realizar la modificación al artículo 50 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, relativo a la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud, debe ser una prioridad, poniendo énfasis en erradicar cualquier tipo de discriminación por origen étnico, color de piel, sexo, género, religión, apariencia física, situación migratoria, discapacidad, identidad, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana de las niñas, niños y adolescentes.
El objetivo es el de legislar de manera integral y con sentido humano, pugnando por el reconocimiento del derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud igualitaria y justa, en apego a lo señalado en nuestra Carta Magna.
Asimismo, contar con una Ley que privilegie la prestación de asistencia médica y sanitaria para las niñas, niños y adolescentes, desde un enfoque intercultural y con perspectiva de género, haría posible seguir avanzando en las dinámicas de inclusión e interacción entre las diferentes culturas de manera respetuosa, favoreciendo la integración y la diversidad de creencias de las poblaciones.
Como modelo de convivencia y como proceso comunicativo, la interculturalidad propone la definición de condiciones específicas para la interacción equitativa entre grupos culturales diferentes, cada uno con una verdad, una visión especial de mundo (cosmovisión) y un marco de referencia y paradigmas respecto a diferentes aspectos de la realidad.
Aplicando estas prácticas, las niñas, niños y adolescentes contarían con servicios de salud más inclusivos y a la altura de las circunstancias para que nadie quede fuera.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Único. Se reforma el artículo 50; se reforma la fracción II del artículo 50, ambos de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 50. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud, sin discriminación por motivos de origen étnico, color de piel, sexo, género, religión, apariencia física, situación migratoria, discapacidad, identidad, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar sus derechos y libertades. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:
I. Reducir la morbilidad y mortalidad;
II. Asegurar la prestación de la asistencia médica y sanitaria que sean necesarias a niñas, niños y adolescentes, haciendo hincapié en la atención primaria, privilegiando la atención integral, intercultural y con perspectiva de género;
III. al XVIII.
...
...
...
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf
2 https://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=40071
3 https://www.gob.mx/sipinna/documentos/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-nino s-y-adolescentes-reformada-20-junio-2018#:~: text=%C3%9Altima%20reforma%20publicada%20en%20el%20DOF%2026%20mayo%202023&t ext=Tiene%20por%20objeto%2C%20entre%20otros,lo%20establecido%20en%20la%20Consti tuci%C3%B3n.
4 https://www.ohchr.org/sites/default/files/cescr_SP.pdf
5 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/ EAP_DiaNino22.pdf
6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/ ENADIS/ENADIS_Nal22.pdf
7 http://www.dged.salud.gob.mx/contenidos/dged/descargas/docs/InterculturalidadSa lud.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputados y diputada: Jorge Ángel Sibaja Mendoza, Elizabeth Pérez Valdez, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Túrnese a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para dictamen.
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Tiene la palabra la diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar dos iniciativas. La primera, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 5 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y; la segunda, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Adelante, diputada.
La diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava: Compañeras y compañeros. Presento hoy dos propuestas de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La primera tiene como finalidad adecuar los términos de modalidades y ámbitos utilizados en los artículos 5 y 6, así como la denominación del Título II y su Capítulo I de la referida ley.
La segunda es una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de ampliación del espectro de perpetradores de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Respecto al primer planteamiento tenemos que la fracción V del artículo 5 de la referida ley se define a las modalidades de violencia contra los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres. Por su parte, el artículo 6 de la misma norma establece cuáles son los tipos de violencia, es decir, violencia psicológica, física, patrimonial, económica, sexual y cualesquiera otras formas, análogas, que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
En cuanto al título dos, éste se denomina: Modalidades de la violencia. Y su Capítulo Uno, De la violencia en el ámbito familiar. Como se puede apreciar, se utilizan los términos modalidad, tipo y ámbito sin una clara diferenciación. En tal virtud, se propone agregar una fracción V Bis al artículo 5o. de dicha ley., a fin de que se definan los ámbitos.
Por lo que hace al título dos, se propone establecer una nueva denominación para que sea: Título Dos, Ámbitos de la violencia. Por lo que hace al capítulo uno del título dos, debe denominarse: De la Violencia familiar, en el entendido de que un ámbito es el espacio físico donde ocurre la acción u omisión que causa el daño o sufrimiento.
Respecto al artículo 20 Bis de la referida ley, éste define en su primer párrafo a la violencia contra las mujeres en razón de género y en su tercer párrafo establece a quienes se consideran perpetradores de violencia contra las mujeres en razón de género.
La lista es amplia, pero insuficiente. Existen perpetradores no señalados directamente en el artículo en estudio. En efecto, son notorios y públicos los casos en que las mujeres han sufrido violaciones a sus derechos por su condición de género en las Fuerzas Armadas o policiales, con independencia de que sean superiores iguales o inferiores en grado jerárquico, por ministros de culto religioso e incluso por familiares de la víctima, o sea, por consanguineidad o afinidad, con independencia del grado.
Los pretextos son variados y van desde la supuesta lealtad, hermandad, fe, tradición, y otros, pero el resultado es el mismo: la vulneración de los derechos por el simple hecho de ser mujeres. Mi propuesta es que se establezca en la ley de manera clara los conceptos que definan a los sujetos activos, pasivos o víctimas de la violencia de género. Por tanto, propongo reformar el tercer párrafo del artículo 20 Bis de la citada ley, especificando la lista de perpetradores. Quedando así:
Artículo 20 Bis, tercer párrafo. Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en esta ley y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, precandidatos, precandidatas, militantes, simpatizantes, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos, medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares, por miembros de las Fuerzas Armadas o policiales, por ministros de culto religioso y por familiares por consanguinidad o afinidad, sin importar el grado de parentesco, que bajo ese concepto y con conocimiento de tal hecho lo hagan.
La construcción de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia aún es perfectible. Hay que seguir trabajando para evitar esas lagunas que permiten a los violentadores evadir la acción de la justicia.
Son estas mis propuestas. Espero contar con el apoyo de mis compañeras y compañeros integrantes de la Comisión de Igualdad de Género y, en su momento, de este pleno para su aprobación. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 5o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, María Magdalena Olivia Esquivel Nava, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de congruencia de términos, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa presente iniciativa tiene como finalidad adecuar los términos modalidades y ámbitos utilizados en los artículos 5 y 6, así como la denominación del título II y su capítulo I de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).
De inicio, referiremos que en la fracción V del artículo 5 de la referida ley se define:
V. Modalidades de Violencia: Las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres.
El artículo 6 de la misma norma establece cuáles son los tipos de violencia, a saber: violencia psicológica, violencia física, violencia patrimonial, violencia económica, violencia sexual, y cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
El título II se denomina “ Modalidades de la violencia”-; y su capítulo I, “De la violencia en el ámbito familiar”.
Como se aprecia, se utilizan los términos “modalidad”, “tipo” y “ámbito”, sin una clara diferenciación.
Como sabemos, la construcción del lenguaje estructurado al legislar, nos obliga a precisar, definir, diferenciar y hasta jerarquizar de manera correcta, tanto la nominación de los productos legislativos, como la definición de conceptos y, además, implica que se adecuen y tengan congruencia con otras normas en las que también se establezcan criterios, definiciones, tipos o sanciones sobre violencia contra las mujeres en razón de género.
Lo anterior cobra más relevancia si consideramos aquellas normas de interpretación y aplicación estricta, verbigracia, la materia penal y procesal penal, mismas que no admiten analogía.
A mayor abundamiento, para evitar inadecuadas interpretaciones al aplicar la LGAMVLV debe definirse, distinguirse y adecuarse la norma respecto a las palabras
• Modalidad;
• Tipo; y
• Ámbito.
Las definiciones de las mismas son las siguientes:
Modalidad:
1. f. Modo de ser o de manifestarse algo.
2. f. Ling. Expresión de la actitud del hablante en relación con el contenido de lo que se comunica.
Tipo:
1. m. Modelo, ejemplar.
2. m. Símbolo representativo de algo figurado.
3. m. Clase, índole, naturaleza de las cosas
El Tesauro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo define así:
Tipo penal. Es la descripción legal de una conducta como delictiva, es la figura abstracta que el legislador consagra como ley; la tipicidad, es a su vez el encuadramiento de la conducta concreta (acción u omisión) al tipo, a la fórmula legal.
Ámbito:
1. m. Contorno o perímetro de un espacio o lugar.
2. m. Espacio comprendido dentro de límites determinados.
3. m. Espacio ideal configurado por las cuestiones y los problemas de una o varias actividades o disciplinas relacionadas entre sí. Esto pertenece al ámbito de la psicología, no al de la sociología.
Ámbito de aplicación:
1. Adm. y const. Sujeto obligado por lo establecido en una norma jurídica, u objetivo o fin perseguido por ella.
2. Adm. y const. Territorio al que se aplica una norma jurídica.
De las definiciones, podemos inferir a grandes rasgos lo siguiente:
El “tipo” se refiere a una clasificación o descripción, por lo cual es correcto el uso del término en el artículo 6 de la LGAMVLV.
La palabra ámbito hace referencia a lugar, espacio, en tanto que modalidad se refiere a la manera en que se hacen las cosas.
En ese sentido tenemos que, tanto el Título II, como su capítulo I, deben redenominarse, toda vez que, a pesar de que en cada capítulo se describen los mecanismos o formas de violencia, esta describe esos modos en los distintos ámbitos, es decir, describe las violencias en el ámbito familiar, en los ámbitos laboral o docente, en el ámbito comunitario, en el ámbito institucional, etcétera.
En tal virtud, se propone agregar la fracción V Bis al artículo 5 de la LGAMVLV, a fin de que se definan los ámbitos. Cabe aclarar que no se propone reformar la fracción V, a fin de no modificar los criterios de los asuntos en trámite, anteriores a la presente propuesta.
Por lo que hace al título II, se propone establecer una nueva denominación, “Título II, Ámbitos de la violencia”.
El capítulo I del título II debe denominarse “De la violencia familiar”, pues se sobreentiende que es un ámbito, ya que está contenido en el título referente a los ámbitos.
Así tenemos que, con la finalidad de exponer e ilustrar la presente propuesta reforma, es que se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo fundado y motivado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de congruencia de términos
Único. Se adiciona la fracción V Bis al artículo 5 y se reforman las denominaciones del título II y del capítulo I de Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 5. ...
I. a V. ...
V Bis. Ámbitos: espacio temporal, geográfico o circunstancial en el que se comete la violencia en contra de las mujeres y sus modalidades.
VI. a XVII. ...
Título IIÁmbitos de la Violencia Capítulo IDe la Violencia Familiar TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Diccionario de la lengua española, versión web, España, 2023. Disponible en
https://dle.rae.es/modalidad?m=form&m=form&wq=modalidad (Consultado el 9 de diciembre de 2023.)
2 Diccionario de la lengua española, versión web, España, 2023. Disponible en
https://dle.rae.es/tipo?m=form&m=form&wq=tipo (Consultado el 9 de diciembre de 2023.)
3 Tesauro jurídico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, vocabulario controlado y estructurado [recurso electrónico]. Página 1284. México, Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2014. Disponible en
https://www.sitios.scjn.gob.mx/centrodedocumentacion/sites/defau lt/files/tesauro_juridico_scjn/pdfs/00.%20Tesauro%20Juridico%20de%20la%20SCJN.p df (consultado el 9 de diciembre de 2023)
4 Diccionario panhispánico del español jurídico, España, 2023. Disponible en
https://dpej.rae.es/lema/%C3%A1mbito-de-aplicaci%C3%B3n (Consultado el 9 de diciembre de 2023.)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputadas: María Magdalena Olivia Esquivel Nava, Marisela Garduño Garduño (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Túrnese a la Comisión Igualdad de Género, para dictamen.
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
La diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava:
«Iniciativa que reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a cargo de la diputada María Magdalena Olivia Esquivel Nava, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, María Magdalena Olivia Esquivel Nava, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de ampliación del espectro de perpetradores de violencia política contra las mujeres en razón de género, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa presente iniciativa tiene como finalidad, ampliar el espectro de perpetradores de violencia política en razón de género contra las mujeres, establecidos en el último párrafo del artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Como establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los principios rectores para el acceso de todas las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas públicas federales y locales son
I. La igualdad jurídica, sustantiva, de resultados y estructural;
II. La dignidad de las mujeres;
III. La no discriminación;
IV. La libertad de las mujeres;
V. La universalidad, la interdependencia, la indivisibilidad y la progresividad de los derechos humanos;
VI. La perspectiva de género;
VII. La debida diligencia;
VIII. La interseccionalidad;
IX. La interculturalidad; y
X. El enfoque diferencial.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha fijado que el objeto de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “consiste en establecer los principios y criterios que, desde la perspectiva de género, orienten las políticas públicas para reconocer, promover, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, así como fijar la coordinación interinstitucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”.
Atendiendo a tales principios, estamos en la obligación de cubrir de manera total todas las posibilidades que tutelen el acceso a una vida libre de violencia de todas las mujeres.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece en el título II las modalidades de la violencia. En el capítulo IV Bis prevé la modalidad de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Define la violencia política contra las mujeres en razón de género como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
Ahora bien, en la multicitada Ley, se asientan los sujetos activos, posibles perpetradores de Violencia política contra las mujeres en razón de género, señalando que a los siguientes: agentes estatales, superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.
Aunque tal listado, es amplio, no es suficiente.
Se arriba a la anterior conclusión debido a que, existen otros agentes perpetradores que no fueron tomados en consideración y sin embargo, existen en la práctica, antecedentes suficientes que nos llevan a la necesidad de ser incluidos en la relación de probables perpetradores.
Dentro del referido marco, podemos señalar que la violencia política contra las mujeres en razón de género también puede perpetrarse por superiores jerárquicos en las fuerzas armadas o policiales; por ministros de culto religioso y por familiares de la víctima, ya sea por consanguinidad o afinidad, con independencia del grado, pero siempre y cuando lo hagan en razón o bajo conocimiento de tal razón.
Para mejor comprensión, tenemos que, ya la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha establecido conforme a jurisprudencia que, para acreditar la existencia de violencia política de género dentro de un debate político, quien juzga debe analizar si en el acto u omisión concurren los siguientes elementos:
1. Sucede en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o bien en el ejercicio de un cargo público;
2. Es perpetrado por el Estado o sus agentes, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, un particular y/o un grupo de personas;
3. Es simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico, sexual o psicológico;
4. Tiene por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres; y
5. Se basa en elementos de género, es decir: i. se dirige a una mujer por ser mujer, ii. tiene un impacto diferenciado en las mujeres; iii. afecta desproporcionadamente a las mujeres. En ese sentido, las expresiones que se den en el contexto de un debate político en el marco de un proceso electoral, que reúnan todos los elementos anteriores, constituyen violencia política contra las mujeres por razones de género.
Pues bien, los tres casos de probables agentes perpetradores aducidos en la propuesta de cuenta, son altamente susceptibles de adecuarse al supuesto legal, es decir, se podrían convertir en perpetradores, bajo el riesgo de no estar directamente considerados como tales en el párrafo tercero del artículo 20 Bis de la Ley en estudio.
Así pues, no es imposible, que a partir del poder que otorga la superioridad jerárquica y un mal interpretado deber de obediencia, desde las fuerzas militares o policiales, se logre menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, con independencia de que éstas pertenezcan o no a ellas.
También es altamente factible que, desde el púlpito, o los templetes de los diversos templos o bajo la investidura religiosa que ostente cualquier sujeto, ministro de culto religioso, pueda convertirse en perpetrador de violencia que impidan, restrinjan, disminuyan o desconozcan los derechos político-electorales de las mujeres.
Finalmente, desde la familia misma, bajo el argumento de superioridad, tradición, costumbres, hábitos o usos, se dan casos en los que se restringe el ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres de la familia.
Para esta modalidad, es requisito indispensable ser conocedor de tal situación y hacerlo con tal motivo.
Si bien es cierto que, los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de impartir justicia con perspectiva de género, también lo es que, no deben existir lagunas dentro de la norma sustantiva que permitan o provoquen la impunidad por aplicación estricta o por interpretación sesgada; de ahí la necesidad de reformar el tercer párrafo del multicitado artículo 20 Bis.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que el reconocimiento de los derechos de la mujer a una vida libre de violencia y discriminación y de acceso a la justicia en condiciones de igualdad, exige que todos los órganos jurisdiccionales del país impartan justicia con perspectiva de género, que constituye un método que pretende detectar y eliminar todas las barreras y obstáculos que discriminan a las personas por condición de sexo o género, es decir, implica juzgar considerando las situaciones de desventaja que, por cuestiones de género, discriminan e impiden la igualdad. De ahí que los juzgadores deben cuestionar los estereotipos preconcebidos en la legislación respecto de las funciones de uno u otro género, así como actuar con neutralidad en la aplicación de la norma jurídica en cada situación, pues el Estado debe velar porque en toda controversia jurisdiccional, donde se advierta una situación de violencia, discriminación o vulnerabilidad por razones de género, ésta se tome en cuenta, a fin de visualizar claramente la problemática y garantizar el acceso a la justicia de forma efectiva e igualitaria.
En virtud de lo anterior se propone que la redacción del tercer párrafo del artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establezca:
Artículo 20 Bis. ...
...
Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en esta ley y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares, por miembros de las fuerzas armadas o policiales, por ministros de culto religioso y, por familiares por consanguinidad o afinidad, sin importar el grado de parentesco, que bajo ese concepto y con conocimiento de tal hecho, lo hagan.
A fin de exponer e ilustrar la presente propuesta reforma, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo fundado y motivado someto a consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de ampliación del espectro de perpetradores de violencia política contra las mujeres en razón de género
Único. Se reforma el artículo 20 Bis de Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 20 Bis. ...
...
Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en esta Ley y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares; por miembros de las fuerzas armadas o policiales, por ministros de culto religioso y, por familiares por consanguinidad o afinidad, sin importar el grado de parentesco, que bajo ese concepto y con conocimiento de tal hecho, lo hagan.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 4. Disponible en
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf (Consultada el 9 de diciembre del 2023.)
2 Suprema Corte de Justicia de la Nación. Registro digital 2005800. Instancia: Primera Sala. Décima época. Materia: Constitucional. Tesis: 1a. LXXXV/2014 (10a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 4, marzo de 2014, tomo I, página 529. Tipo: Aislada. Disponible en
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2005800 (Consultada el 9 de diciembre de 2023.)
3 Obra citada. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 20 Bis, primer párrafo.
4 Ídem, Artículo 20 Bis, tercer párrafo.
5 “Violencia política de género. Elementos que la actualizan en el debate político”. La Sala Superior, en sesión pública celebrada el 3 de agosto de 2018, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria. Gaceta de jurisprudencia y tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, año 11, número 22, 2018, páginas 21 y 22. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Justicia electoral digital. Disponible en
https://www.te.gob.mx/IUSEapp/tesisjur.aspx?idtesis=21/2018& tpoBusqueda=S& (Consultada el 9 de diciembre de 2023.)
6 Impartición de justicia con perspectiva de género. Obligaciones que debe cumplir el Estado mexicano en la materia. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Registro digital 2009998. Instancia: Pleno. Décima época. Materia constitucional. Tesis: P. XX/2015 (10a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 22, septiembre de 2015, tomo I, página 235. Tipo: Aislada. Disponible en
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2009998 (Consultada el 9 de diciembre de 2023.)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputada y diputado: María Magdalena Olivia Esquivel Nava, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Túrnese ambas iniciativas a la Comisión Igualdad de Género, para dictamen.
PROPUESTAS DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
RELATIVO A LA INTEGRACIÓN EN LAS SECRETARÍAS DE LA MESA DIRECTIVA PARA EL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA LXV LEGISLATURA
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Acuerdo de los grupos parlamentarios relativo a la integración en las Secretarías de la Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura. Pido a la Secretaría dar cuenta.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.– Cámara de Diputado.– LXV Legislatura.
Acuerdo de los Grupos Parlamentarios relativo a la integración en las secretarías de la Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.
Los suscritos coordinadores de los grupos parlamentarios, integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, 18, 19, 27, 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de los siguientes:
Antecedentes
I. Que el pasado 31 de agosto de 2023, el Pleno de esta soberanía aprobó el acuerdo de los Grupos Parlamentarios constituidos en la Cámara de Diputados que integran a la Junta de Coordinación Política, por el que postula a las diputadas y diputados que habrán de conformar la Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, de tal manera que dicho órgano se integró por un presidente, tres vicepresidencias y un secretario propuesto por cada Grupo Parlamentario.
II. Que, derivado de los acuerdos y consensos entre las fuerzas políticas con representantes en esta soberanía, y conforme a lo dispuesto por el artículo 17 numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó que, para el Tercer Año de Ejercicio, la Secretaría que corresponde al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática fuera ejercida por la diputada Olga Luz Espinosa Morales.
III. Que el diputado Francisco Javier Huacus Esquivel, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática solicitó que la diputada Karina Isabel Garivo Sánchez, sustituya a la diputada Olga Luz Espinosa Morales, como secretaria de la Mesa Directiva.
Considerando
1. Que el artículo 19 numeral 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, señala que toda elección de los integrantes de la Mesa Directiva se realizará mediante el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes.
Por lo expuesto y fundado, se someten a la consideración del Pleno el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se somete a consideración del Pleno la designación de la diputada Karina Isabel Garivo Sánchez, para que ejerza el cargo de la secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a partir de la aprobación del presente acuerdo y hasta la conclusión del tercer año de ejercicio de la presente Legislatura.
Segundo. La elección de la Secretaría de la Mesa Directiva, se realizará utilizando el sistema electrónico de votación, en términos de lo dispuesto por el numeral 3 del artículo 17 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y fracción IV, del numeral 1 del artículo 139 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Tercero. El Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión reconoce la plena, total y absoluta validez y certeza jurídica de los actos, disposiciones, resoluciones, trámites y decisiones que emanen y sean dictados o instruidos por la Mesa Directiva.
Cuarto. Comuníquese y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 13 de febrero de 2024.– Diputado Jorge Romero Herrera (rúbrica, p.a.), presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario de Morena; diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; diputado Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica, p.a.), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica, p.a.), coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputado Francisco Javier Huacus Esquivel (rúbrica), coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.»
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Se instruye a la Secretaría que haga la apertura del sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las y los diputados procedan a la votación del acuerdo.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Esquivel: Háganse los avisos a que se refieren los artículos 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos, para que las y los diputados procedan a la votación del acuerdo.
(Votación)
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Consulte la Secretaría si hace falta algún diputado o diputada para emitir su voto.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel:¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Sigue abierto el sistema.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Ordene la Secretaría el cierre del sistema electrónico de votación.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel: Ciérrese el sistema electrónico de votación. Señora presidenta, se emitieron 332 votos en pro, 3 en contra y 0 abstenciones. Es mayoría calificada.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Aprobado el acuerdo por 332 votos.
En consecuencia, se designa a la diputada Karina Isabel Garivo Sánchez para que ejerza el cargo de secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura a partir de esta fecha y hasta la conclusión del tercer año de ejercicio de la presente legislatura.
Se instruye a la Secretaría de Servicios Parlamentarios acompañe a la diputada Karina Isabel Garivo Sánchez a la Secretaría de esta Mesa Directiva para proceder a tomar la protesta de ley.
La secretaria diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel: Se invita a los presentes a ponerse de pie.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Diputada Karina Isabel Garivo Sánchez, ¿protesta guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de secretaria de la Mesa Directiva a partir de esta fecha y hasta la conclusión del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?
La diputada Karina Isabel Garivo Sánchez: Sí, protesto.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Si así no lo hiciera, que la nación se lo demande.
INICIATIVAS CON PROYECTO DE LEY O DECRETO
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Continuamos con la segunda ronda de iniciativas. Tiene la palabra el diputado Kevin Ángelo Aguilar Piña hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y suscribe el diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
El diputado Kevin Ángelo Aguilar Piña:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Joanna Alejandra Felipe Torres: Adelante, diputado.
El diputado Kevin Ángelo Aguilar Piña: Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados. Nuestro país posee una gran riqueza natural en sus regiones oceánica y costera, producto de su singular fisiografía y posición geográfica intertropical, alcanzando una extensión de más de 11 mil kilómetros de litoral a lo largo de 17 entidades que tienen acceso al mar, lo que representa el 56 por ciento del territorio nacional.
Es por ello que los mares y costas mexicanas representan una prioridad ante su relevancia para la soberanía, la seguridad y el desarrollo sustentable del país, permitiendo las relaciones favorables con otras naciones y regiones altamente desarrolladas en todo el mundo.
Estas regiones marinas superan en extensión a la parte terrestre de México, resguardan una gran riqueza natural que debe de ser conservada permitiendo el desarrollo responsable y el bienestar de sus poblaciones sin comprometer a las generaciones futuras.
Los 17 estados costeros contribuyen con casi la mitad del producto interno bruto, lo que refleja la relevancia de los océanos como una importante fuente de ingresos y alimentos para gran parte de la población.
Dada su importancia, nuestro país como miembro de la Organización Marítima Internacional ha participado activamente en la firma de múltiples convenios y tratados internacionales relacionados con asuntos marítimos, siendo uno de los más importantes la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar que introduce el concepto de guardia costera como una función reconocida según el derecho internacional.
Lo anterior, implica para nuestro país la adopción de diversas responsabilidades incluidas las relacionadas con las operaciones de búsqueda y salvamento, la salvaguardia de las instalaciones marítimas y portuarias, la vigilancia de las zonas marinas y las costas, el cumplimiento de las normas legales en los territorios marinos y la protección del tráfico y los recursos marítimos.
En ese sentido, actualmente la Secretaría de Marina a través de la Armada de México en el ejercicio de las funciones de guardia costera, implementa las acciones necesarias dirigidas a brindar seguridad y protección marítima, así como la aplicación del marco legal a través de acciones de vigilancia, verificación, visita, inspección u otras acciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables para las embarcaciones tanto nacionales como extranjeras en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios.
Lo anterior, debido a que cuenta con la organización, personal, medios y la capacidad de presencia permanente en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios para ejercer funciones de guardia costera, por lo que la presente propuesta no implica la creación de un nuevo servicio.
En virtud de ello, la iniciativa que se presenta tiene como finalidad dotar al personal naval de un instrumento normativo claro, mediante la implementación de un protocolo de actuación del personal naval en funciones de guardia costera, pera servir como una herramienta la cual pueda guiar su actuación ante un hecho que la ley señale como delito, estableciendo las directrices de coordinación con las autoridades encargadas de la seguridad pública y la procuración de justicia para garantizar la seguridad marítima y a su vez investigar ilícitos cometido en las zonas marinas mexicanas.
Por lo antes expuesto, a nombre de mi compañero el diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, promovente de la presente iniciativa presento ante esta soberanía la reforma al artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para que la vigilancia e inspecciones que lleve a cabo la Secretaría de Marina en las zonas marinas mexicanas cumplan con la legislación nacional, el protocolo de actuación del personal naval en funciones de guardia costera, así como los tratados internacionales vigentes de los que México sea parte.
Se trata de una sencilla modificación que cumple con la obligación de armonizar la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, expresando la obligación de la Secretaría de Marina de observar y cumplir el referido protocolo de actuación en sus acciones de inspección y vigilancia.
Indudablemente, con la implementación de este protocolo se abona a enfrentar las amenazas a la seguridad pública que representa la trata de personas, la piratería, el tráfico ilícito de drogas, armas, migrantes, flora o fauna silvestre, entre otros delitos cometidos en la superficie marítima del Estado mexicano. Muchas gracias, es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, a cargo del diputado Juan Luis Carillo Soberanis, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado Juan Luis Carrillo Soberanis, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEs responsabilidad del gobierno mexicano proteger la soberanía y preservar la integridad del territorio nacional, que abarca una vasta área marítima de 5,120,679 kilómetros cuadrados; dentro de esta extensión territorial, unos 3,149,920 kilómetros cuadrados están designados como Zonas Marinas Mexicanas, abarcando diversas regiones como la Zona Económica Exclusiva, la Zona Contigua, el Mar Territorial, la Plataforma Continental y las Plataformas Insulares, en las cuales se incluyen islas, cayos y arrecifes, que le permiten contar a nuestro país con una rica variedad de recursos naturales, tanto vivos como no vivos.
Por su parte, nuestro país posee una gran riqueza natural en sus regiones oceánica y costera, ligada a la extensión territorial y diversidad, producto de su singular fisiografía y posición geográfica intertropical. Los litorales de México tienen una extensión de 11,122 km, exclusivamente en su parte continental y sin incluir litorales insulares, de los cuáles 7,828 km pertenecen al océano Pacífico y 3,294 km al golfo de México y mar Caribe.
Los mares y costas mexicanas son una porción indispensable del territorio nacional para la soberanía, la seguridad y el desarrollo sustentable del país. Además, la privilegiada ubicación geográfica estratégica de México, como nación bioceánica, con acceso a rutas comerciales marítimas cruciales, nos permite contar con relaciones favorables con naciones y regiones altamente desarrolladas en todo el mundo.
Estas regiones marinas superan en extensión la parte terrestre de México, resguardan una gran riqueza natural que debe ser conservada, permitiendo el desarrollo responsable y el bienestar de sus poblaciones sin comprometer a las generaciones futuras porque es ampliamente reconocido que sin océanos no habría vida en la Tierra. De las 32 entidades federativas que conforman la República Mexicana, 17 tienen acceso al mar y representan el 56 por ciento del territorio nacional.
Además de representar más del 50 por cierto del territorio nacional, estos 17 estados costeros contribuyen con casi la mitad del producto interno bruto, los océanos son la fuente de ingresos y alimentos de una gran parte de la población y económicamente dan sustento a millones de mexicanos.
Por otro lado, cabe señalar que, como miembro de la Organización Marítima Internacional, nuestro país ha participado activamente en la firma de múltiples convenios y tratados internacionales relacionados con asuntos marítimos. Uno de estos acuerdos importantes es la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que introduce el concepto de Guardia Costera para los Estados costeros como una función reconocida según el derecho internacional. Esto implica diversas responsabilidades, incluidas las operaciones de búsqueda y salvamento, la salvaguardia de las instalaciones marítimas y portuarias, la vigilancia de las zonas marinas y las costas, el cumplimiento de las normas legales en los territorios marinos y la protección del tráfico y los recursos marítimos.
Lo anterior ha obligado a que la Secretaría de Marina, a través de la Armada de México, en el ejercicio de las funciones de Guardia Costera, brinde seguridad y protección marítima, así como la aplicación del marco legal a través de acciones de vigilancia, verificación, visita, inspección u otras acciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables para las embarcaciones, tanto nacionales como extranjeras, en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios.
Cabe señalar que en todo el mundo la Guardia Costera o Guardacostas es una agencia pública responsable de la prestación de diversos servicios de transporte, muchas veces relacionados con las autoridades y la seguridad de la vida en el mar y con responsabilidades que pueden variar ampliamente de país a país.
Es por ello que, de acuerdo con el país, la naturaleza de su guardia costera puede pasar de una fuerza militar fuertemente armada con amplios poderes de autoridad policial a una organización de voluntarios simple con funciones de búsqueda y salvamento en el mar, sin ningún tipo de autoridad de carácter policial; de igual forma, hay países marítimos que carecen de la Guardia Costera y sus funciones son desempeñadas por otras instituciones como la Marina.
Como ejemplos de esta diversidad tenemos a la Guardia Costera de Estados Unidos, una guardia costera que es una rama de las fuerzas militares; cabe señalar que la Guardia Costera de los Estados Unidos es una de las más antiguas ya que nació en 1915 mediante la fusión de dos agencias federales; la del Servicio de corte de ingresos, establecido en 1790 para hacer cumplir las leyes aduaneras marítimas y el Servicio de salvamento, formada en 1848 para la gestión de salvamentos marítimos.
Otros ejemplos son el Servicio de Guardacostas de Suecia, que es una agencia de aplicación de la ley civil y la Guardia Costera de Canadá, que es un organismo público para la búsqueda y rescate. En el caso del servicio de guardacostas de Nueva Zelanda, se trata de una organización humanitaria de voluntarios. Por otro lado, en algunos países, la Guardia Costera es una dirección central o la coordinación de diversos organismos como es el caso de la Guardia Costera en Alemania.
Derivado de lo anterior, podemos señalar que, independientemente del origen o naturaleza de la Guardia Costera, y desde la creación en el Reino Unido de la Guardia de Agua (un departamento de la autoridad aduanera británica originalmente dedicado a prevenir el contrabando), siempre encontraremos entre sus funciones las siguientes:
-Búsqueda y rescate en el mar.
-Autoridad Marítima y Portuaria de policía.
-Supervisión de la seguridad de los buques.
-Ayudas a la navegación, incluido el funcionamiento de las luces y boyas en el mar.
-La inspección de las aguas territoriales y zonas económicas exclusivas.
-Control de fronteras y aduanas.
-La lucha contra la contaminación marina.
En el caso de nuestro país, la Secretaría de Marina, a través de la Armada de México, cuenta con la organización, personal, medios y la capacidad de presencia permanente en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios para ejercer funciones de Guardia Costera que no implican la creación de un servicio. Hablamos de un concepto legal que proporciona certeza jurídica a las funciones que lleva a cabo la Armada de México, las cuales son exclusivas debido al ámbito de su competencia en los términos de la legislación aplicable.
Sin embrago, derivado de la implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en nuestro país, la Secretaría de Marina se ha visto en la necesidad de establecer criterios normativos para el personal naval en funciones de Guardia Costera, en coadyuvancia con las dependencias del Ejecutivo federal, como lo pueden ser las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia, entre otras.
Cabe señalar que dentro del marco de operación del Sistema Procesal Penal Acusatorio las actividades del personal naval en funciones de Guardia Costera requieren cumplir con los lineamientos jurídicos establecidos que garanticen la legalidad de su actuación en las tareas que desempeñan, con irrestricto respeto a los derechos humanos y la presunción de inocencia, garantizando con ello certeza jurídica a sus operadores y a la ciudadanía.
Es por ello que, cuando el personal de la Guardia Costera en servicio naval se encuentre con una situación en las zonas marinas, costas y zonas portuarias mexicanas que sea considerada como delito conforme a la ley, responderá con base en los principios de oportunidad, proporcionalidad, racionalidad y legalidad; por lo tanto, es su responsabilidad tomar las medidas necesarias para preservar la escena del crimen, brindar asistencia a las víctimas y presentar a la autoridad correspondiente a las personas, objetos, herramientas o sustancias relacionadas con el hecho delictivo.
Derivado de lo anterior, se diseñó un Protocolo de Actuación del Personal Naval en funciones de Guardia Costera para servir como una herramienta que pueda guiar su actuación ante un hecho que la ley señale como delito; que además establece las directrices de coordinación con las autoridades encargadas de la seguridad pública y procuración de justicia.
Dotar al personal naval que realiza funciones de Guardia Costera de un instrumento normativo que establece los lineamientos de actuación ante un hecho que la ley señale como delito, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, instrumentos jurídicos internacionales y la normatividad nacional aplicable, tiene el propósito de establecer una mejor coordinación con las diversas autoridades encargadas de la seguridad y procuración de justicia para garantizar la seguridad marítima y, a su vez, investigar ilícitos y procurar justicia respecto a delitos cometidos en las zonas marinas mexicanas.
En este contexto, la presente iniciativa busca incorporar al artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables que la Secretaría de Marina llevará a cabo la vigilancia en las zonas marinas mexicanas y realizará las inspecciones que se requieran para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de pesca, de conformidad con la legislación nacional, los tratados internacionales y el.
Para mayor entendimiento, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Este protocolo de actuación brinda las directrices de coordinación entre la Marina-Armada de México y las autoridades encargadas de la seguridad pública y de procuración de justicia, traduciéndose en certeza jurídica para el personal naval y contribuyendo a una investigación eficaz y eficiente de los delitos que se cometen en zonas marinas mexicanas, costas y puertos.
Contar con esta herramienta por parte de la Secretaría de Marina permitirá enfrentar las amenazas a la seguridad pública que representan la trata de personas, la piratería, el tráfico ilícito de drogas, armas, migrantes, flora o fauna silvestre, entre otros delitos cometidos en los más de 3 millones de kilómetros cuadrados que abarca la superficie marítima del Estado mexicano, ya que en él se establece el procedimiento para guiar la actuación del personal naval en funciones de Guardia Costera ante un hecho que la ley señala como delito, en caso de flagrancia, descubrimiento o aportación de los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo, bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
El Protocolo de Actuación del Personal Naval en Funciones de Guardia Costera dará certeza jurídica y claridad en cuáles son las competencias, de la Secretaría de Marina y permitirá generar sinergias positivas en el combate a la delincuencia marítima bajo el sistema penal acusatorio; fortalecerá la coordinación y colaboración con las autoridades responsables de la seguridad pública y procuración de justicia y permitirá orientar y facilitar los procesos de capacitación para el personal naval en funciones de Guardia Costera.
Por lo aquí expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 10 de la ley general de pesca y acuacultura sustentables
Artículo único. Se reforma la fracción II del artículo 10 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para quedar como sigue:
Artículo 10. De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Marina, para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente Ley, en coordinación con la Secretaría, llevará a cabo:
I. La vigilancia en las zonas marinas mexicanas y realizar las inspecciones que se requieran para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de pesca, de conformidad con la legislación nacional, el Protocolo de Actuación del Personal Naval en Funciones de Guardia Costera, así como con los Tratados Internacionales vigentes en los que México sea parte;
II. a IV. (...)
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase, Protocolo de Actuación del Personal Naval en Funciones de Guardia Costera, Diario Oficial de la Federación del 6 de abril de 2018. Disponible en:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5518284&fecha =06/04/2018#gsc.tab=0
2 Véase, Mares Mexicanos, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 11 de octubre de 2018. Disponible en:
https://www.gob.mx/semarnat/articulos/mares-mexicanos#:~: text=Los%20ecosistemas%20marinos%20son%20una,las%20especies%20de%20mayor%20cons umo
3 Véase, Eduardo Peters y Luis Fueyo, Perspectivas sobre los mares y costas de México, La Jornada Ecológica. Consultado el 22 de enero de 2024. Disponible en:
https://ecologica.jornada.com.mx/2018/05/27/perspectivas-sobre-l os-mares-y-costas-de-mexico-1257.html#:~: text=Los%20mares%20y%20costas%20son,oc%C3%A9anos%20m%C3%A1s%20grandes%20del%20p laneta.
4 Véase, Los mares y las costas son fundamentales para la seguridad, la soberanía y el desarrollo sostenible: diputada Marcela Guerra, Cámara de Diputados, boletín no. 0667, 08 de diciembre de 2021. Disponible en:
https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/ los-mares-y-las-costas-son-fundamentales-para-la-seguridad-la-soberania-y-el-de sarrollo-sostenible-diputada-marcela-guerra
5 Véase: Guardia Costera: Una Historia De Seguridad Marítima Global. Consultado el 23 de enero de 2024. Disponible en:
https://emergency-live.com/es/historias/guardacostas-una-histori a-de-seguridad-mar%C3%ADtima-global/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (rúbrica).»
Presidencia de la diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Pesca, para dictamen.
SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE ACCESO AL AGUA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Román Cifuentes Negrete, hasta por diez minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Acceso al Agua, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
El diputado Román Cifuentes Negrete:Muchas gracias, presidenta. Con su permiso. Honorable asamblea, compañeros, compañeras, hoy acudimos, este grupo de compañeros diputados, integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, a saldar una deuda que como Congreso de la Unión tenemos desde hace más de once años.
Me refiero, precisamente, a la necesidad de reglamentar el párrafo sexto del artículo 4o. constitucional, obligación que deriva de la vigencia del decreto que reconoce en México el derecho humano de acceso al agua y al saneamiento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 2012, cuyo artículo tercero transitorio, en ese entonces concedió al Congreso de la Unión un plazo de 360 días para expedir la Ley General de Aguas, Ley General que nos ha puesto en omisión legislativa, toda vez que están cumpliéndose más de doce años y no hemos dado cabal cumplimiento a esto.
Hoy, por eso quiero compartirles que asumiendo nuestra responsabilidad henos aquí atendiendo también a la grave crisis que hoy estamos viviendo, a culminar la construcción de este proyecto que es fundamental.
Todos hemos sido testigos, a lo largo de esta legislatura, de las carencias y dificultades que día a día se tienen que enfrentar personas en diferentes centros y núcleos de población en comunidades, en centros urbanos, para acceder al agua potable. Pero, también somos testigos de los grandes retos, de los grandes obstáculos que tienen las autoridades encargadas de cumplir esta obligación para poder ponerla a disposición.
Aquí nosotros somos muy conscientes de que independientemente del partido, de la preferencia electoral, todas las autoridades, todos los órdenes de gobierno sufren para cumplir con esta obligación constitucional a su cargo y la principal causa no solamente es la falta del presupuesto, también lo es la falta de unas políticas públicas claras, constantes y específicas que puedan regular y hacer posible esta garantía.
Tenemos claro, y aquí consideramos que lo hablamos por todos los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, que una de las principales características precisamente que tiene que tener la lucha por este vital líquido del agua, es precisamente su falta de color. Y así lo entendemos y así nos hemos comprometido al trabajar al interior de la Comisión de Recursos Hidráulicos, sin distingos partidistas, buscando siempre el beneficio colectivo.
En esta iniciativa, compañeros y compañeras, no habrán de encontrar quejas, reclamos, insultos, rencores o venganzas, nada de esto, ningún tipo de este tipo de expresiones. Quienes suscribimos esta ley sabemos que esto no resuelve los problemas, por el contrario, los magnifica.
Ahora bien, queremos reconocer y asumir la responsabilidad que a cada uno como integrantes de esta legislatura y especialmente a cada uno de los integrantes de la comisión nos toca y nos corresponde.
Está claro hoy nuestro marco constitucional, que en tres de los artículos señala precisamente la fundamental importancia de regular todo el esquema de lo que tiene que ver con el agua. Por un lado, el artículo 115 constitucional que establece la obligación precisamente y la responsabilidad de la autoridad municipal, para precisamente prestar el servicio de agua potable.
Está el artículo 27 constitucional en el que la nación se asume como propietaria, originaria y legítima del agua y en el que se faculta al Estado para regular el uso y el aprovechamiento, todo esto lo cual se consigna en la Ley de Aguas Nacionales.
Y este párrafo sexto del artículo 4o. constitucional, el cual ahora proponemos regular, establecer y encauzar en esta ley general, en el cual se consigna el derecho humano al agua. Todos estos tres ordenamientos efectivamente tienen como fin regular el esquema del agua, confluyen y están relacionados entre sí. Ahora bien, ¿qué es lo que tenemos que hacer? Pues tenemos que establecer claramente en la ley este esquema de complementación.
La ley general que se presenta reconoce la existencia y finalidad de la Ley de Aguas Nacionales y que, como sabemos, faculta al Estado a través de sus autoridades para, entre otros aspectos, garantizar la preservación y sustentabilidad del agua.
De hecho, en esta iniciativa se señala con toda claridad el uso del agua respecto de empresas de negocios de compañías y sus similares, así como para el uso en actividades que tienen que ver con el comercio agrícola o industrial. Todas estas cuáles se siguen rigiendo por la Ley de Aguas Nacionales.
Este señalamiento es importante hacerlo para evitar confusiones y dejar muy en claro que el marco normativo que hoy queremos cumplimentar a través de esta iniciativa es, precisamente, darle cabal cumplimiento a un derecho humano de todos los mexicanos consagrado en la Constitución.
¿Qué es esta nueva ley? Bueno, pues esta nueva ley que contiene 32 artículos en siete títulos, está considerando disposiciones generales que rigen, precisamente, principios y definiciones fundamentales que rigen esta ley para el consumo personal, para lo que viene siendo el acceso al agua para el consumo personal doméstico, señalando lo que es prioritario y que el vital líquido debe suministrarse en formas suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Siguiendo el marco constitucional incorpora la participación de la federación, de las entidades y de los municipios y de las alcaldías y, por supuesto, la participación ciudadana precisamente para ser posible y conseguir este fin.
También tiene un título denominado Acceso al Agua Potable, en el cual se toman en cuenta lo que son los estándares y recomendaciones internacionales, considerando también incluso los criterios y lineamientos que nos ha hecho el Poder Judicial de la Federación para establecer los niveles, los mínimos vitales que deben de proporcionarse a cada ser humano para la subsistencia diaria.
Y con esta ley efectivamente buscamos asegurar la satisfacción de las necesidades básicas del ser humano que, en términos del proyecto, son aquellas que son indispensables para la vida, para la salud, para la convivencia, para el bienestar de las personas, para beber, para cocinar, para la higiene personal, la limpieza de vivienda, de sus utensilios, de la ropa, la eliminación por supuesto de excretas y residuos líquidos del cuerpo humano.
Aquí también establecemos la creación de un fondo, un fondo progresivo, permanente, precisamente que permita garantizar recursos suficientes que establezca la posibilidad de que este derecho humano cada vez se vaya incrementando más y cuente con los recursos mínimos necesarios. También establecemos un título de políticas públicas para la regulación, modernización y tecnificación de los servicios de suministro, disposición y saneamiento.
También establecemos, por supuesto, en estas políticas públicas, el fortalecimiento de las instituciones, de las dependencias y de los organismos facultados, precisamente para la gestión de recursos hídricos y, sobre todo también, algo muy importante, que lo vimos en las constantes reuniones de la comisión, la profesionalización de todo el personal, el establecimiento de códigos de ética y el fortalecimiento de todos los organismos operadores del agua y, por supuesto, de sus órganos de control interno.
También hablamos de la implementación de la figura del testigo social en los procesos de licitación y contratación pública para prevenir y combatir la corrupción en la gestión del agua, el desarrollo tecnológico en la gestión y uso del agua, actividad fundamental, que por supuesto, se lleva a cabo a través del Instituto Mexicano de la Tecnología del Agua.
También, por supuesto, nosotros consideramos las características que debe contener este suministro, que debe ser segura, debe ser asequible, debe ser eficiente, debe ser continuo, debe ser uniforme, debe ser equitativo, debe ser sostenible, debe ser suficiente.
También se integra un título en el cual se promueve una cultura del agua y, por supuesto, también establecemos como un esquema fundamental de justicia social un título en el cual se establecen las acciones para erradicar la desigualdad, para dar prioridad también, a las comunidades en situaciones de vulnerabilidad, a personas de la tercera edad o con discapacidad o que sufran una enfermedad incapacitante que les haga difícil poder acceder a este vital líquido para su subsistencia.
Por supuesto, también, incorporamos el esquema de la queja ciudadana. Establecemos un esquema de sanción y responsabilidad administrativa cuando se viole este derecho. Establecemos también, por supuesto, que se tenga que recurrir, precisamente, a la Ley General de Mecanismos de Solución de Controversias.
Así pues, en esta ley que hoy ponemos a su disposición y que aquí la queremos poner como un punto de arranque, un documento de trabajo que precisamente nos ayude a hacer posible, fundamentar y a reglamentar y dejar por alto esta omisión legislativa que tenemos como Cámara de Diputados, aquí está este primer documento, este primer punto de partida para nosotros seguir trabajando.
Obviamente incorpora las recomendaciones internacionales, los tratados, las recomendaciones del Instituto Mexicano de la Tecnología del Agua, se trata de un documento, un documento de trabajo que puede fortalecerse con la participación de todos, pero, sobre todo, que nos deja muy en claro que no es necesario estar hablando como un candado de solamente querer pretender regular, modificar la Constitución. Aquí hay un tema de legislación en el cual, con voluntad política, podemos subsanar esta omisión legislativa sin rencores, sin odio, sin violencia, es un tema de justicia para todos los mexicanos. Es cuanto, Presidencia.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones.
El diputado Yerico Abramo Masso:Buenas tardes tengan todas y todos, compañeras y compañeros legisladores. Vengo a esta tribuna a presentar una iniciativa de ley que viene a dar cumplimiento al mandato ciudadano que las y los habitantes de Coahuila tuvieron para un servidor en pasado evento en la colonia Zaragoza, después en la colonia Provivienda, La Madrid y unas otras más donde tuvimos nuestras audiencias ciudadanas.
Las y los saltillenses me pedían como su representante popular, que trajéramos una modificación a la Ley de Salud. Una modificación a la Ley de Salud que permitiera que las aseguradoras y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas pudiera encargarse de dar garantías a todas aquellas personas que hoy sufren de un tema de enfermedad de tipo mental, ya sea depresión, ansiedad o muchas otras enfermedades que están triplicando el número de problemas en hogares, en individuos, en mujeres y hombres que todos los días sufren con estos malestares y que a veces no están bien dictaminados medicamente.
De acuerdo con el Inegi, a lo largo del territorio nacional hay un millón 590 mil 583 personas con algún problema o condición mental, de los cuales 54 por ciento son hombres y 46 por ciento son mujeres. En México, solo 2 de cada 10 mexicanos con algún problema o condición mental que requieren de atención la obtiene y aquellas que logran ser atendidas no siempre reciben la atención adecuada.
Es una lástima, amigas y amigos legisladores, que las y los mexicanos tengan que gastar en salud privada para acceder a psicólogos, psiquiatras y tener medicamentos que les ayuden a llevar y a mantener disminuida sus afecciones de tipo mental.
En México, amigas y amigos, en el 2018 el primer decil de ingresos quiere decir que el 10 por ciento de los hogares más pobres del país gastaron entre mil 285 a mil 400 pesos anuales en su salud. Esta cifra, si la actualizamos al año 2024 con datos de enero, subió en un 74 por ciento de costo por familia, 2 mil 243 pesos es lo que una familia está invirtiendo anualmente en recuperar o en mantener su salud, mil 285 gastaban hace apenas 6 años y hoy tienen que gastar 2 mil 243 pesos. Amigas y amigos legisladores, los más pobres de este país se están gastando casi el doble de lo que gastaban hace seis años. Eso no es ser resilientes con la salud.
Con todos los problemas de salud en nuestro país, compañeras y compañeros legisladores, hoy tenemos la posibilidad que desde esta Cámara de Diputados hagamos un cambio a la Ley de Salud y permitamos que las aseguradoras de este país garanticen en sus reglas de operación atención psicológica, asesoría telefónica para cualquier persona que esté desesperada y requiera orientación cuando tenga un verdadero estrés y pueda cometer algo grave en su persona o en su familia y no se está atendiendo.
Por eso esta iniciativa de ley que planteo obliga a las aseguradoras de nuestro país a que tengan que garantizar a todas aquellas personas que pagan por un seguro de gastos médicos a que se le atienda inmediatamente en su salud mental, se le receten todos los medicamentos que requiera el psiquiatra o el especialista en la materia y se dignifique su salud individual, colectiva y familiar.
Por eso y muchas otras cosas más, compañeras y compañeros legisladores, les pido que seamos resilientes, que toquemos nuestra mente y nuestro corazón y que realmente garanticemos a millones de mexicanos que hoy quieren combatir se estrés interior, esa ansiedad, ese trauma o shock que tengan en lo individual o en lo familiar para poder volver a estabilizarnos como sociedad. México ocupa atención inmediata en la salud mental. Es un compromiso que hice con las y los coahuilenses, con las y los saltillenses, y aquí traigo su orden comunitaria, aquí traigo su indicación social para presentarla en esta iniciativa de ley ante ustedes y que pueda ser dictaminada lo más pronto posible. Muchas gracias. Es cuanto. Y estamos para servirles. Buenas tardes.
«Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, a cargo del diputado Yerico Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del PRI
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, Yerico Abramo Masso, diputado federal de la LXV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl 16 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, con cambios sustanciales al modelo tradicional de atención.
El nuevo modelo que se establece en el Decreto en comento, constituye un enfoque y atención novedoso en el cuidado de la salud mental y en la prevención de las adicciones, considerando que estas tendrán un carácter prioritario dentro de las políticas de salud, conforme al derecho a la salud, establecido en el artículo 4o. Constitucional desde 1983, así como en los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Al haber sido aprobadas estas reformas a la Ley General de Salud por parte de este honorable Congreso de la Unión, se ha reconocido el grave problema que hay en el país de personas que tienen alguna afectación en su salud mental, situación que se agravó aún más durante la pandemia del virus de SARS-CoV-2.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, correspondientes a 2018 y previos a la crisis del coronavirus, se estimaba que alrededor del 25 por ciento de la población mexicana presentaba algún problema de salud mental, equivalente aproximadamente a 15 millones de mexicanas y mexicanos entre los 18 y 65 años de edad.
A partir de 2020, es imposible saber a ciencia cierta el número de personas del país que tienen algún tipo de padecimiento como la depresión, ansiedad, bipolaridad, esquizofrenia, entre otros muchos, los cuales son causantes de discapacidad si no son tratados oportuna y adecuadamente, y peor aún, que no hayan sido diagnosticados.
Como bien lo establece el decreto del 16 de mayo de 2022, el “propósito último de los servicios de salud mental es la recuperación y el bienestar, el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación.”
Sin embargo, se debe subrayar que la atención y cuidado de una persona diagnosticada con una enfermedad mental requiere ser atendida por profesionales en la materia, así como del suministro de medicamentos especializados, situación que en ambos casos implica de la erogación de sumas económicas importantes, afectando el patrimonio de algunos y en muchos otros, de los pocos recursos de quienes no pueden ni siquiera sufragar sus gastos del día a día.
En este orden de ideas, la presente iniciativa busca complementar y fortalecer aún más las acciones que ya está ejecutando el gobierno de México, a través de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Es por ello que se propone adicionar un segundo párrafo al artículo tercero transitorio, con el propósito de establecer que corresponderá a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas emitir las disposiciones de carácter general al que las instituciones de seguros se deberán sujetar, a efecto de ofrecer planes de protección específicos a personas diagnosticadas con algún trastorno mental por parte de una institución pública del Sistema Nacional de Salud, estableciendo cláusulas tipo de uso obligatorio para los contratos de seguro en materia de salud mental.
En el régimen transitorio, se propone establecer un plazo de 180 días naturales para que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas emita las disposiciones de carácter general para la existencia de planes de protección dirigido a la población con diagnóstico de alguna enfermedad mental.
Con esta reforma, las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud, estarán sujetas a la inspección y vigilancia de la Secretaría de Salud, exclusivamente sobre los servicios y productos en esta materia, de conformidad con lo que establece el artículo 384 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Es importante señalar que, en el ramo de salud, solo pueden ofrecer este tipo de planes de protección las Instituciones de Seguros autorizadas exclusivamente para dicho efecto, y que las disposiciones de carácter general que emita Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, deben contar previamente con la opinión de la Secretaría de Salud, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 26 Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
El siguiente paso consiste en garantizar que las personas afectadas con alguna enfermedad mental, cuenten con una cobertura de seguro para soportar los gastos que realizan en el tratamiento de trastornos como la depresión, ansiedad, bipolaridad, esquizofrenia, comportamiento alimentario, comportamiento disruptivo y disocial, u otros con efectos discapacitantes. Es el propósito central de esta iniciativa.
Para una mayor claridad del contenido de la presente propuesta de modificación, se presenta el siguiente cuadro comparativo respecto al texto vigente.
Por lo expuesto, someto a la consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud mental y adicciones, publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación
Artículo Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Salud Mental y Adicciones, publicado el 16 de mayo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
Primero a Segundo. ...
Tercero. ...
Corresponderá a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emitir las disposiciones de carácter general, con previa opinión de la Secretaría de Salud, al que las instituciones de seguros se deberán sujetar, a efecto de ofrecer planes de protección específicos a personas diagnosticadas con algún de trastorno mental por parte de una institución pública del Sistema Nacional de Salud, estableciendo cláusulas tipo de uso obligatorio para los contratos de seguro en materia de salud mental.
Cuarto. ...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En términos de lo dispuesto en el presente decreto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas tendrá un plazo de 180 días naturales para emitir las disposiciones de carácter general a las que se hace referencia.
Notas
1 Diario Oficial de la Federación. Jueves 3 de febrero de 1983.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_100_ 03feb83_ima.pdf
2 Secretaría de Salud. Comunicado. 4 de noviembre de 2018.
https://www.gob.mx/salud/prensa/421-trastornos-mentales-afectan- a-15-millones-de-mexicanos
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputado y diputadas: Yerico Abramo Masso, Elizabeth Pérez Valdez, Eufrosia Cruz Mendoza, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 73 y 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
La diputada Ciria Yamile Salomón Durán:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
La diputada Ciria Yamile Salomón Durán: Compañeras y compañeros diputados, vengo ante esta soberanía con el ánimo de someter a su consideración la propuesta que plantea salvaguardar el arte popular mexicano, mismo que se expresa a través de las manos y obras de nuestras artesanas y artesanos. Sin lugar a dudas, su trabajo condensa la profunda herencia cultural de México y expresa la identidad y creatividad del pueblo mexicano.
Por esa razón, la presente iniciativa busca la protección y conservación de nuestras tradiciones, usos y costumbres, que en los tiempos de la globalización y el libre intercambio comercial se ven amenazadas por los agresivos y desleales procesos industriales que sostienen algunos países asiáticos, como China.
Por todos es conocido que los juguetes artesanales y las artesanías en general tienen un rasgo distintivo, son hechos a mano, lo que les da un grado de genialidad único y excepcional. Cada vez que compramos y regalamos un juguete tradicional elaborado por las manos de nuestros artesanos no sólo fomentamos el sano esparcimiento de las niñas y niños, sino que también preservamos años de técnica artesanal.
Por desgracia, la niñez mexicana cada vez está más alejada de los trompos, los yoyos o los baleros. Y ni qué decir de aquellas cocinitas de hojalata, las vajillas tradicionales de barro o las muñecas de trapo. Son artesanías casi en peligro de extinción. Por si no fuera suficiente, el ingreso a nuestro país de imitaciones burdas, que en realidad son elaboradas de manera industrial en el extranjero, pone de manifiesto la seria amenaza que enfrenta la cultura popular mexicana y en particular nuestros artesanos.
Es lamentable que los bordados tradicionales o piezas únicas, como los juguetes artesanales, sean comercializados en nuestro país sin ser hechos por manos artesanas mexicanas. La distribución y comercialización de supuestos juguetes artesanales o imitaciones muy similares generan no solo un efecto nocivo para las tradiciones artesanales mexicanas, sino también una competencia económica desleal.
La venta de estos productos de manufactura industrial puede asemejarse a una epidemia que hace que se pierda la esencia del arte popular. Hoy no hay un producto que podamos adquirir sin que tengamos la legítima duda de si será original o chino. Y que quede claro: no tenemos nada en contra del noble pueblo chino, pero no podemos permitir que nuestra cultura sea producto de una apropiación ilegal y poco ética.
Nadie puede negar que las imitaciones en grado de confusión lo único que afectan son la reputación de nuestras artesanías y, desde luego, también la confianza del consumidor. Es cierto, existen diversos mecanismos para garantizar no solo la preservación de nuestra cultura, sino también para propiciar la recompensa económica justa a los artesanos.
Están los llamados derechos de autor, la denominación de origen. Asimismo, están las marcas registradas y las patentes de diseño. Sin embargo, en todos los casos la protección legal que pueden buscar los artesanos nacionales requiere una asesoría legal especializada, que es prácticamente inaccesible para las comunidades y organizaciones, o productores de estas artesanías.
Por ello, es preciso que protejamos los derechos de las y los artesanos y promovamos la comercialización de productos auténticamente artesanales. Necesitamos acciones que de manera contundente inhiban la comercialización de productos de mala calidad.
Por ello, proponemos que se considere como delito de uso y aprovechamiento indebido del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas el importar con propósitos de comercialización cualquier tipo de imitaciones o réplicas de juguetes artesanales, o cualquier otro tipo de copia de artesanías o manualidades que contengan elementos del patrimonio cultural de nuestra nación.
Estamos convencidos de que necesitamos sanciones ejemplares por el bien de nuestros artesanos y nuestra cultura. Es cuanto, presidenta. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 73 y 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a cargo de la diputada Ciria Yamile Salomón Durán, del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, Ciria Yamile Salomón Durán, diputada federal por el Distrito 02 del estado de Hidalgo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción IV al artículo 73 y reforma el primer párrafo del artículo 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, al tenor de la siguiente:
Exposición de MotivosEl “arte popular” es una expresión vibrante y diversa que refleja, a través de nuestros artesanas y artesanos, la rica y prolífica herencia cultural del país. Se manifiesta de diversas formas, incluyendo la cerámica, la alfarería, la textilería, la escultura, la pintura y la música, por mencionar algunas vertientes culturales. Sin embargo, en su conjunto, representan y condensan la identidad y la creatividad del pueblo mexicano a lo largo de la historia, por lo que su promoción y protección nos permite salvaguardar y conservar nuestras tradiciones, usos y costumbres.
Sin lugar a dudas, los juguetes artesanales son una muestra clara de nuestra cultura e identidad nacional. Son objetos de juego hechos a mano, generalmente con técnicas tradicionales y materiales locales, que reflejan la creatividad, la habilidad artesanal y a menudo están vinculados a las tradiciones culturales de una región o comunidad.
Su elaboración, esencialmente a mano, no sólo es única y excepcional, sino que tienen un sentido histórico único. De hecho, “el origen de estos objetos se remonta a la época prehispánica, cuando se elaboraban en forma de juguetes para desarrollar futuras habilidades y mostrar aspectos de la cultura, mientras divertían a los pequeños”.
Por esa razón, cada vez que compramos y regalamos un juguete tradicional elaborado por las manos de nuestras artesanas y artesanos, no sólo fomentamos el sano esparcimiento de las niñas y niños, sino que también preservamos años de técnica artesanal, que contribuye a resguardar la herencia cultural de nuestros antepasados.
Lamentablemente, producto de las nuevas tendencias globales en donde los videojuegos son más una herramienta de distracción que un entretenimiento, cada día es más común que “los niños y las niñas de hoy no [tengan] presentes a los trompos, los yoyos o los baleros; tampoco han tenido contacto con juguetes elaborados en madera, hojalata, cartón, barro o las tradicionales muñecas de trapo. Son piezas que forman parte de otro imaginario y que, por lo tanto, se encuentran en peligro de extinción porque ya tienen poco uso”.
Por si no fuera suficiente, el ingreso a nuestro país de imitaciones burdas de estos propios juguetes, pero elaboradas de manera industrial en el extranjero, supone una seria amenaza no solo para las artesanas y artesanos de nuestro país, sino para la cultura popular mexicana. “El comercio chino ‘nos está aplastando totalmente porque si hacemos algún producto en telas bordadas con nuestra cosmovisión prehispánica o con motivo de las fiestas patrias, ellos nomás lo copian, lo mandan hacer en serie y lo ofrecen a un costo mucho menor que el que podemos ofrecer nosotros’”, ésa es la más reiterada demanda de los artesanos mexicanos.
La distribución y comercialización de supuestos juguetes artesanales o imitaciones muy similares a éstos, provenientes de países como China, donde su fabricación masiva implica costos más bajos para el mercado, genera no sólo un efecto nocivo para las tradiciones artesanales mexicanas, sino también una competencia económica desleal, pues es claro que los consumidores optan por las versiones más baratas, lo que afecta negativamente a los artesanos y a las comunidades que dependen de la venta de juguetes hechos a mano.
Desde luego que la disminución de la demanda de productos auténticos puede llevar a la pérdida de empleos y a la desaparición de habilidades y tradiciones artesanales.
De igual forma, no se puede perder de vista que las imitaciones suelen carecer de la autenticidad y calidad que caracteriza a los juguetes artesanales originales. La producción en masa puede comprometer la atención al detalle y los métodos tradicionales utilizados en la creación de estos juguetes, lo que disminuye su valor cultural y artístico. En efecto:
“como epidemia se ha desatado una avalancha de plagios, apropiaciones ilegales o poco éticas, imitaciones y piratería contra el arte popular. Y nada ni nadie se salva. Si hasta hace unos años eran claramente identificables los ‘árboles de la vida’ de Metepec, los bordados de Tenango, los tejidos mayas, el barro negro de Oaxaca, las bateas de Michoacán, los rebosos de Santa María, las muñecas mazahuas o la talavera de Puebla, hoy la pregunta obligada antes de comprar es: ¿Y no será chino? No precisamente proveniente de China, sino imitaciones burdas que inundan tianguis y mercados. Las copias llegan ahora hasta los lujosos aparadores de Liverpool, Palacio de Hierro, Pineda Covalin, Zara, Mango, Michael Kors, Kate Spade y a otros diseñadores mexicanos y extranjeros.”
De hecho, la presencia de “imitaciones en grado de confusión” dentro del mercado puede llevar al engaño del consumidor. Las personas pueden tener dificultades para distinguir entre juguetes auténticos y reproducciones, lo que afecta la reputación de los juguetes artesanales y la confianza del consumidor en el mercado.
Desde la perspectiva legal, es un hecho que existen diversas formas de proteger los juguetes artesanales y, en general, las manualidades y artesanías mexicanas para garantizar no solo la preservación de nuestra cultura y tradiciones, sino también para propiciar la recompensa económica justa para los artesanos y la prevención de la falsificación de sus obras.
En primer lugar, están los denominados “derechos de autor” que otorgan y reconocen al creador el derecho exclusivo de reproducir, distribuir y exhibir su obra. Sin embargo, no siempre son aplicables a los objetos que son producto de la identidad cultural de la nación.
Otra medida legal de protección es la “denominación de origen” . Algunos juguetes artesanales pueden recibir la denominación de origen, que es un reconocimiento legal de que un producto proviene de una región geográfica específica y tiene características y calidad únicas asociadas a ese lugar. Esto ayuda a proteger la autenticidad y la reputación de los productos artesanales. Dentro de este rubro destaca la estrategia “Original” de la Secretaría de Cultura del Gobierno que busca la defensa del trabajo de artesanas y artesanos de México, visibiliza los derechos colectivos y creativos de los pueblos y comunidades artesanales de nuestro país y exhibe la riqueza y calidad del trabajo artesanal, las nuevas propuestas y colaboraciones éticas.
Asimismo, están las “marcas registradas” y las “patentes de diseño” que previenen la comercialización de productos falsificados bajo el mismo nombre o marca o, incluso, proporcionan un monopolio temporal sobre el diseño, evitando que otros reproduzcan copias idénticas. Sin perder de vista que los artesanos pueden explorar estrategias de marketing que destaquen la singularidad y el valor cultural de sus creaciones para diferenciarse de las imitaciones en el mercado.
Sin embargo, lo cierto es que en todos los casos la protección legal que pueden buscar los artesanos nacionales requiere una asesoría legal especializada que es prácticamente inaccesible para las comunidades y organizaciones o productores de esas artesanías.
Por ello, es preciso que desde el Poder Legislativo trabajemos para proteger los derechos de las y los artesanos, y promovamos la comercialización de productos auténticamente artesanales a través de acciones que, de manera contundente, inhiban la comercialización de productos de mala calidad que bien podrían ser calificados de piratería y que tanto daño producen no sólo a la economía de las y los artesanos de México, sino también a nuestra cultura y tradiciones.
De allí que el propósito central de la presente iniciativa sea incorporar una fracción IV al artículo 73, y reformar el primer párrafo del artículo 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, a efecto de que se considere como “delito de uso y aprovechamiento indebido de patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas” el importar con propósito de comercialización cualquier tipo de imitaciones o réplicas, incluso en grado de confusión, de juguetes artesanales o cualquier otro tipo de copia de artesanías o manualidades que contengan elementos del patrimonio cultural de nuestra nación.
Por todo lo anteriormente expuesto, de forma respetuosa se somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto que adiciona una fracción IV al artículo 73 y reforma el artículo 75 de Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas
Artículo Único. Se adiciona una fracción IV al artículo 73; y se reforma el primer párrafo del artículo 75 de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, para quedar como sigue:
Artículo 73. Comete el delito de uso y aprovechamiento indebido de patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, la persona que:
I. ...
II. ...
III. ...
IV. Importe, con propósito de distribución o comercialización, cualquier tipo de imitaciones o réplicas, incluso en grado de confusión, de juguetes artesanales o cualquier otro tipo de copia de artesanías o manualidades que contengan elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Artículo 75. En el caso de los delitos previstos en las fracciones II, III y IV del artículo 73, se impondrá de dos a ocho años de prisión y multa de quinientos a quince mil Unidades de Medida y Actualización.
...
...
...
...
TransitorioÚnico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Radio y TV Digital Mexiquense, “Juguetes populares, una forma de preservar las tradiciones de artesanas y artesanos”, publicado el 30 de abril de 2023. Disponible en la página de Internet:
https://radioytvmexiquense.mx/index.php/2023/05/01/juguetes-popu lares-una-forma-de-preservar-las-tradiciones-de-artesanas-y-artesanos/
2 Jesús, Alejo Santiago, “Feria Artesanal del Juguete Popular busca atraer el interés de las nuevas generaciones” en Milenio, 28 de abril de 2022. Disponible en la página de Internet:
https://www.milenio.com/cultura/feria-juguetes-artesanales-llega -museo-culturas-populares
3 Bertha Teresa Ramírez, “Luchan artesanos mexicanos contra las baratas copias chinas de sus productos” en La Jornada, 9 de septiembre de 2022.
4 Judith Amador Tello, “Defensa del arte popular contra la piratería” en Proceso, 22 de septiembre de 2018.
5 “Original”, estrategia para combatir plagio del trabajo de artesanas y artesanos de México”, publicado en Capital 21 web, 9 de agosto de 2021. Disponible en la página de Internet:
https://www.capital21.cdmx.gob.mx/noticias/?p=25742
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputada Ciria Yamile Salomón Durán (rúbrica).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, para dictamen.
LEY FEDERAL DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: A continuación, tiene la palabra la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 5o. y 6o. de la Ley Federal de la Defensoría Pública.
La diputada Amalia Dolores García Medina:Con su venia, estimada presidenta. Compañeras, compañeros, ponerse las gafas de género, es decir, las gafas violeta como le decimos, es indispensable. Debe ser un requisito
sine qua nonal aplicar las leyes, sobre todo, cuando se trata de personas servidoras públicas cuya misión es procurar justicia.En los últimos años, la lucha por la igualdad de género ha logrado algo formidable: transformar el lenguaje jurídico y se ha construido un nuevo andamiaje legal inédito hasta hace unos lustros, que abarca normas secundarias, leyes generales y la Constitución.
Uno de los casos más recientes al respecto tuvo lugar en esta Cámara, culminando el 29 de mayo de 2023, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación la ley 3 de 3 contra la violencia de género, siendo esta una de las reformas más significativas para el movimiento feminista en México, porque pone de relieve que para las mujeres y las niñas, para nosotras, para nosotros todos y nuestra sociedad la violencia no puede ser admisible en modo alguno, que tenemos derecho de ser respetadas tanto en el ámbito público como en el privado, que merecemos vivir sin miedo y en paz.
Es cierto que el avance en la modificación a las leyes con el objetivo de lograr igualdad de derechos ha sido lento. Hace más de 56 años, 1967, se aprobó la Convención contra toda Forma de Discriminación hacia las Mujeres, la Cedaw, como la conocemos por sus siglas, y en 1994 la Convención Belém do Pará para prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra las mujeres.
A 30 años de la misma, sí, ahora en 2024 serán 30 años y ya con la tres de tres aprobada estas modificaciones requieren personas servidoras públicas encargadas de procurar y administrar justicia con la formación, la capacitación, el conocimiento en materia de derechos humanos de las mujeres, de las convenciones y las leyes que las amparan para hacerlas valer.
Lo que planteo es que nuestras conquistas en materia jurídica no sean letra muerta o se traduzcan en impunidad por falta de formación y capacitación en dichos instrumentos y falta de perspectiva de género al aplicar la ley.
Preciso, hemos avanzado en el lenguaje jurídico y la construcción de un nuevo andamiaje legal, pero ello no empata con su aplicación. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública ha dado cuenta de cómo el delito que más se denuncia es el de abuso sexual, pero estos delitos que violentan, agravian a las mujeres y a las niñas mayoritariamente, en su gran mayoría han quedado en la impunidad. Solo 8.6 por ciento de dichos delitos se sancionó en México.
Una parte de las causas de la impunidad tiene que ver con los prejuicios hacia las víctimas, a las que se les culpabiliza en muchos de los casos con cuestionamientos acerca de cómo vestían, el lugar y la hora donde se encontraba, si acaso quedó paralizada, por qué no se defendió. La revictimización y el maltrato a la víctima es una constante por parte de personas servidoras públicas, hay que decir que no de su totalidad, pero de una gran mayoría.
Avanzar en casos que involucran violencia en razón de género para que sean sancionados requiere que las personas servidoras públicas tengan sensibilidad y empatía, pero sin duda, sin duda el conocimiento para defender y representar con perspectiva de género, que tengan gafas violeta, conocimiento y capacidad, por lo que propongo que las personas servidoras públicas encargadas de la defensoría pública tengan como requisito para ingresar y permanecer como personas defensoras públicas o asesoras o personas asesoras jurídicas, acreditar que realizaron un curso, taller o diplomado sobre perspectiva de género, el cual puede ser emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres, la Comisión de Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación o instituciones públicas afines a la mencionada, las mismas cuentan con diplomados y cursos que no tienen costo alguno, tendrían con esta capacitación las herramientas para que la víctima acceda a la justicia.
Por lo que propongo modificar el numeral IV, del artículo 5o. y el numeral VII del artículo 6o. de la Ley Federal de la Defensoría Pública, que la ley se convierta en realidad, derechos efectivos para niñas y mujeres. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma los artículos 5o. y 6o. de la Ley Federal de Defensoría Pública, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La proponente, diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, numeral 1, fracción I, y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que modifica los artículos 5 y 6 de la Ley Federal de Defensoría Pública, con base en la siguiente
Exposición de MotivosPonerse las gafas de género es una tarea necesaria para poder aplicar las leyes con equidad, sobre todo cuando se trata se servidores públicos.
En los últimos años la lucha por la equidad de género ha ganado terreno en las reformas a las leyes, incluyendo la Constitución; ya que el 29 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley 3 de 3 contra la violencia, siendo ésta una de las reformas más significativas de la lucha feminista. Se modifican los artículos 38 y 102 de nuestra Carta Magna con el propósito de evitar que agresores sexuales, deudores alimentarios y personas culpables de violencia de género puedan postularse para cargos de elección popular o desempeñarse como servidores públicos en cualquiera de los órdenes de gobierno, ya sea federal, estatal y municipal; al mismo tiempo se les prohíbe ser consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o titulares de la Fiscalía General de la República. Estos derechos políticos sólo pueden suspenderse cuando las personas hayan sido condenadas por cometer de manera intencional los delitos de violencia física, violencia sexual, violencia familiar, violación de la intimidad sexual, violencia política contra las mujeres por razones de género; así como a deudores alimentarios morosos. Esta reforma es una deuda pendiente que se tenía con todas las mujeres que sufren de violencia en nuestro país.
El avance en las modificaciones a las leyes, para que alcancemos la igualdad de derechos entre todas las personas a lo largo de la historia ha sido lento; el tema de género ha ido escalando en las últimas décadas, sin embargo, de nada sirve tener modificaciones si los servidores públicos encargados de impartir o buscar la justicia no tienen conocimiento o sensibilidad ante estos temas. Por lo que, para alcanzar los objetivos de las modificaciones a las leyes, primero debemos entender que es y cómo se debe utilizar la perspectiva de género; mencionamos algunos conceptos ya incorporados en la legislación, pero en la práctica aún sigue siendo un tema que se deja de lado.
El Gobierno federal, lo incorpora dentro de los lineamientos para la perspectiva de género en las reglas de operación en los programas presupuestales federales, diciendo que “la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género”.
La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 5o., fracción VI, define la perspectiva de género como: “la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género”.
Todo lo anterior plasmado en papel parece muy bonito, sin embargo, ahí se puede quedar y no tener efecto. En lo que va de la actual administración las denuncias se han convertido en el mejor ejemplo de que se requiere tomar acciones, para que no sólo tengamos carpetas y carpetas de investigación, que ahí se quedan precisamente, en investigación; y podamos pasar a la siguiente fase la justicia, la conclusión de los casos, y no sólo incrementar el área de archivo.
Un ejemplo de lo anterior son las cifras reportadas en enero del presente año por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, quien nos informa que el delito que más se denuncia en México es el de abuso sexual, con un registro de 142 mil 486 carpetas de investigación entre los años de 2019 y 2023; después tenemos el delito de violación simple, con 72 mil 179 carpetas de investigación en el mismo periodo; para continuar con el delito de acoso sexual, con 41 mil 674 carpetas de investigación iniciadas entre 2019 y 2023; posteriormente el delito de violación equiparada, de la cual se tiene un registro de 28 mil 437 carpetas de investigación; para terminar con el delito de hostigamiento sexual, de la cual se tiene un total de 11 mil 653 carpetas de investigación en el mismo periodo comprendido. Tomando estas cifras como ejemplo de delitos que requieren que la justicia los alcance, tenemos miles y miles de carpetas de investigación lo que se concluye en miles y miles de denuncias, en casos sin resolver, en personas que no tuvieron acceso a la justicia y ahí se queda en un mar de papeles y trámites burocráticos que no llevan a nada.
Para lograr que se pueda avanzar en todos estos casos que involucran violencia en razón de género es necesario que los servidores públicos puedan tener la sensibilidad y empatía que se requiere, pero sobre todo el conocimiento para poder defender, juzgar y representar con perspectiva de género.
Por lo que propongo que los servidores públicos encargados de la defensoría pública, tengan como requisito para ingresar y permanecer como defensor público o asesor jurídico, acreditar que realizaron un curso, taller o diplomado sobre la perspectiva de género; el cual puede ser emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación; o institución pública afín a las mencionadas; estas instituciones ya cuentan con diplomados y cursos afines a los propuesto, que no tienen costo alguno, por lo que no perjudican sino al contrario al servidor público, al enriquecer su formación y de esta manera tenga las herramientas necesarias para que su defendido pueda acceder a la justicia.
La preparación, capacitación y profesionalización de servidores públicos es necesaria e indispensable para evitar mal informar o poner en riesgo a la víctima de delitos en razón de género, como lo es la violencia familiar, la cual con una defensa errónea puede poner en riesgo a la persona que la denuncia y mal informar sobre las medidas a tomar, regresando a la posible víctima a su domicilio, poniendo su vida en peligro, y pudiendo terminar en feminicidio, por no proceder con perspectiva de género desde el inicio de la denuncia.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se modifica el numeral IV y se recorren los subsecuentes del artículo 5 de la Ley Federal de Defensoría Pública
Primero. Se modifica el numeral IV y se recorren los subsecuentes del artículo 5 de la Ley Federal de Defensoría Pública.
Para quedar como sigue:
Artículo 5. Para ingresar y permanecer como defensor público o asesor jurídico se requiere:
I.- III. ...
IV. Acreditar un curso, taller o diplomado sobre la perspectiva de género; emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o institución pública afín a las mencionadas.
V. Gozar de buena fama y solvencia moral;
VI. Aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes, que para tal efecto implemente la Escuela Federal de Formación Judicial;
VII. No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año; y
VIII. En cuanto a la permanencia, no incurrir en deficiencia técnica manifiesta o reiterada ni incumplir los deberes propios del cargo. Esta disposición será aplicable a todos los servidores públicos del servicio civil de carrera.
Segundo. Se modifica el numeral VII del artículo 6 de la Ley Federal de Defensoría Pública.
Para quedar como sigue:
Artículo 6. Los defensores públicos y asesores jurídicos están obligados a:
I.-V. ...
VI. Atender con cortesía a los usuarios y prestar sus servicios con diligencia, responsabilidad e iniciativa ;
VII. Tener capacitación en temas como las reformas a las leyes y la perspectiva de género, con cursos, talleres o diplomados; emitidos por el Instituto Nacional de las Mujeres, La Comisión de Derechos Humanos, La Suprema Corte de Justicia de la Nación; o instituciones públicas afines a las mencionadas. y
VIII. Las demás que se deriven de la naturaleza de sus funciones y de las disposiciones legales aplicables.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los servidores públicos en activo deberán capacitarse en un periodo de 6 meses de la entrada en vigor del presente decreto para contar con este nuevo requisito.
Notas
1 Inmujeres. Perspectiva de Género.
https://campusgenero.inmujeres.gob.mx/glosario/terminos/perspect iva-de-genero
2 Diario Oficial de la Federación (2007). La Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputadas y diputados: Amalia Dolores García Medina, Álvaro Jiménez Canale, Braulio López Ochoa Mijares, Elizabeth Pérez Valdez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Olimpia Tamara Girón Hernández (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
Pidió la palabra la diputada Jéssica Ortega, adelante, diputada.
La diputada Jéssica Ortega de la Cruz (desde la curul): Gracias, presidenta. Solo para consultarle a la diputada Amalia García, ¿si me permite suscribir su iniciativa?
La diputada Amalia Dolores García Medina: Con muchísimo gusto y me encantaría que la suscribieran diputadas, diputados y los que están alzando la mano de Movimiento Ciudadano, pero por supuesto de todos los grupos parlamentarios de esta legislatura. Muchas gracias.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Entiendo, entonces, que además de la diputada Jéssica Ortega se incorpora la diputada Ivonne Ortega, el diputado Braulio y la diputada Tere Ochoa, también para esta iniciativa. Muchas gracias.
INSCRIBIR CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Javier Huerta Jurado, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, Universidad Autónoma Metropolitana.
El diputado Javier Huerta Jurado:Con su permiso, señora presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputado.
El diputado Javier Huerta Jurado: Compañeras y compañeros legisladores, al pueblo de México: La educación no cambia al mundo, cambia a las personas que van a cambiar el mundo, Paulo Freire.
En esta ocasión subo a esta tribuna para presentar una iniciativa muy especial, a través de la cual pido a esta soberanía respalde la propuesta de que se inscriba en letras doradas en el Muro de Honor de este recinto legislativo el nombre de la Universidad Autónoma Metropolitana y al mismo tiempo se programe una sesión solemne con el fin de conmemorar los 50 años que esta institución abrió sus puertas para la juventud mexicana.
En los 50 años de la Universidad Autónoma Metropolitana se han consolidado como una de las mejores universidades del país, resultando de una visión que apuesta por la educación como una fuente de desarrollo social y humano para hacer del Estado un ente incluyente, equitativo y democrático.
La Universidad Autónoma Metropolitana abrió sus puertas en 1974, ofreciendo 32 licenciaturas distribuidas en cuatro divisiones académicas: ciencias básicas, ingenierías, ciencias sociales y humanidades, ciencias biológicas y de la salud y ciencias de artes para el diseño.
La institución nació con tres unidades académicas. En Iztapalapa, en Azcapotzalco y Xochimilco, en las cuales se ofrecen carreras novedosas y adelantadas a su tiempo, como Ingeniería Ambiental en esa época, Ingeniería de Recursos Energéticos, Diseño de Asentamientos Humanos y Diseño de la Comunicación Gráfica.
La UAM continúa innovando su oferta académica. En 2005 creó dos divisiones académicas, la división de Ciencias de la Comunicación y Diseño, la división de Ciencias Naturales e Ingeniería y con la apertura de la Unidad Cuajimalpa. Para 2009 se sumaron otras carreras con enfoque interdisciplinario, derivado de la apertura de la Unidad Lerma en el Estado de México.
El modelo educativo de la UAM es novedoso. Se rige por su forma organizacional, con un esquema departamental y una estructura académica que impulsa una visión interdisciplinaria al incorporar en sus carreras un tronco general, un tronco profesional y áreas de concentración. Los cambios de carrera con una figura novedosa, como es el profesor investigador con un sistema trimestral.
Asimismo, el proceso de titulación a nivel licenciatura, al obviar la escritura y la defensa de una tesis como parte de la estructura curricular con los proyectos terminales vinculados a las áreas de investigación. De la misma forma para estudios de posgrado, limitando así la tesis para los estudios a nivel doctorado.
Hoy, a 50 años, la universidad ha tenido un incremento considerable en su oferta educativa. Ofrece 82 planes de estudio a nivel licenciatura y 120 a nivel posgrado. Ha formado a más de 200 mil jóvenes profesionistas, 49 por ciento mujeres y 51 por ciento hombres. Más de 17 mil egresados de nivel posgrado.
Los universitarios formados en la Universidad Metropolitana han destacado en todas las ramas del conocimiento y del quehacer profesional en diversas disciplinas, cuenta entre sus egresados a dos miembros del Colegio Nacional y más de 100 egresados con trayectorias distinguidas, reconocidos en universidades internacionales.
La Universidad Metropolitana es un crisol cultural dado que ha sido la casa de miles de mexicanos de todas partes del país y de también un buen número de extranjeros que se han formado en sus aulas.
La universidad tiene como ejes articuladores la docencia, el desarrollo de la investigación, la difusión y la preservación de la cultura, pero también su vinculación con la sociedad, ejemplo de ello es la presea que fue recibida como reconocimiento por la participación activa de su comunidad en la reconstrucción después de los sismos ocurridos en 1985. También un ejemplo de ello es el proyecto del Programa Universitario de Desarrollo Metropolitano que tiene por objeto central el estudio y la comprensión de los aspectos que conforman los fenómenos territoriales a efecto de contribuir a la solución de problemas específicos que experimentan los asentamientos humanos.
Por lo anterior expuesto, va nuestro reconocimiento a la UAM por la formación de profesionistas, por el desarrollo y sus aportes en la investigación científica y desde luego por el papel preponderante que tiene con el compromiso social a través de programas dirigidos a resolver los problemas latentes como lo establece su Ley Orgánica.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Diputado, le pido si puede ir...
El diputado Javier Huerta Jurado: Muchas gracias, señora presidenta.
«Iniciativa de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro “Universidad Autónoma Metropolitana”, a cargo del diputado Javier Huerta Jurado, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Javier Huerta Jurado, diputado de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda “Universidad Autónoma Metropolitana”, al tenor de lo siguiente
Exposición de MotivosA 50 años de la creación de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), ha logrado consolidarse como un referente para la formación integral de profesionistas gracias a la calidad de sus planes y programas de estudio, al personal académico altamente calificado y a su fuerte compromiso social, preceptos que estuvieron presentes desde un inicio en la misión de esta Casa de estudios.
La UAM recoge los esfuerzos en materia de organización de la educación que se dio a finales de los años sesenta y principios de los setenta del siglo XX, y es el resultado de una visión que apostó por la educación como fuente de desarrollo social y humano para hacer del Estado un ente incluyente, equitativo y democrático.
Asimismo, se compromete a la autocrítica y a la autoevaluación con el objetivo de consolidarse como un modelo de educación superior alternativo vinculado a su entorno para ofrecer soluciones, y aunado prepara ciudadanos informados, sensibles a las causas sociales y los instruye para atender responsablemente las necesidades concretas con respuestas viables e innovadoras.
En México, la educación durante los años setenta, fue testigo de múltiples cambios; y dentro de las principales demandas se encontraba: la búsqueda de una mejor educación y la construcción del orden social, ya que en las décadas anteriores únicamente favorecieron el crecimiento económico que venía lográndose en el país, por ello, la demanda en la educación media superior y superior se acrecentó, además, después de los sucesos trágicos ocurridos en el 68, el Estado mexicano requería conciliar la relación con las instituciones educativas, de manera que, entre las negociaciones, se inició una reforma educativa para atenderla demanda que venía generándose.
Es por lo anterior, que se generó un gran debate para evaluar las capacidades de atención que tenían la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el Instituto Politécnico Nacional (IPN), realizándose los trabajos respectivos, en donde el 28 de mayo de 1973, la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), presentó el resultado del “Estudio sobre la Demanda de Educación de Nivel Medio Superior y Nivel Superior en el País y Propuestas para su Solución”, donde se enfatizaba la necesidad de contar con una mayor oferta educativa en los niveles medio superior y superior, por ello, es que al interior del país se crearon 23 institutos tecnológicos regionales y cinco universidades estatales, mientras que en la Zona Metropolitana de la capital, la UNAM fundó cinco Escuelas Nacionales de Estudios Profesionales. Si bien es cierto que hubo un impacto positivo en la cobertura, también se tenía pendiente brindar una mayor capacidad, por ello, se propuso la creación de una institución que atendiera la educación media superior y otra universidad, dando origen al Colegio de Bachilleres y la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
Atendiendo lo antes referido, el 17 de diciembre de 1973 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana, misma que entró en vigor el 1° de enero de 1974; sin embargo, por recomendaciones de estudio de la ANUIES, se realizaron grandes esfuerzos para que se iniciarán las clases en septiembre de ese mismo año, pero sólo fue posible empezarlas en la Unidad Iztapalapa, pues las unidades de Azcapotzalco y Xochimilco iniciaron actividades en noviembre, es decir, dos meses después.
Esta Universidad, desde su origen, es descentralizada del Estado, gozando de autonomía, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con un enfoque distinto de universidad en donde se implementarían nuevas formas de organización, trabajo y convivencia, en donde el prestigiado arquitecto Pedro Ramírez Vázquez, fue nombrado como el primer Rector General de la UAM, junto con otras personalidades trascendentes, dando a este nuevo proyecto un espíritu y como eje central a la docencia, la investigación, la difusión y preservación de la cultura, pero también la vinculación con la sociedad.
En 1974 se definió que se impartirían 32 licenciaturas distribuidas en cuatro divisiones académicas: Ciencias Básicas e Ingeniería, Ciencias Sociales y Humanidades, Ciencias Biológicas y de la Salud y, Ciencias y Artes para el Diseño. Al momento de su creación, la UAM se caracterizó por ofrecer carreras innovadoras (además de las ya tradicionales, pero con un enfoque diferente). Ejemplo de ello fueron: Ingeniería Ambiental, de la Unidad Azcapotzalco; Ingeniería en Recursos Energéticos, en la Unidad Iztapalapa y Diseño de los Asentamientos Humanos, en la Unidad Xochimilco, carreras que en ese momento no existían en otras instituciones.
La UAM continúo innovando en su oferta académica, pues en 2005 creó dos divisiones académicas, con la apertura de la Unidad Cuajimalpa, la División de Ciencias de la Comunicación y Diseño y, la División de Ciencias Naturales e Ingeniería. Para 2009 se sumaron más carreras con un enfoque transdisciplinario, derivado de la apertura de la Unidad Lerma, en el Estado de México. Es importante señalar que los planes de estudio de esta institución educativa continúan vigentes y están acordes a los problemas más sentidos y relevantes para la sociedad mexicana contemporánea, como la Licenciatura en Diseño de Proyectos Sustentables, Ingeniería en Recursos Hídricos, Ingeniería Biológica o Psicología Biomédica, por señalar algunas.
La oferta educativa a nivel licenciatura y de posgrado ha tenido un crecimiento relevante, ya que en 1974 se contaba con 32 carreras a nivel licenciatura y, actualmente, la UAM ofrece 82 planes de estudio a nivel licenciatura y 120 a nivel de posgrado.
Actualmente, la UAM tiene una planta académica de 2,806 profesoras y profesores-investigadores con contrato definitivo, de los cuales, el 89 por ciento cuentan con estudios de posgrado (26 por ciento con grado de maestría y 64 por ciento con doctorado). Además, 1,079 cuentan con perfil SEP-PRODEP (Programa para el Desarrollo Profesional Docente) y 1,265 pertenecen al Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII). De todas las universidades en México, la UAM es la institución que cuenta con la mayor proporción de personal académico contratado por tiempo completo, así la universidad que cuenta con la mayor proporción de personal académico con membresía al SNII.
En este tenor, a la fecha, las y los alumnos que han concluido su proceso formativo en las aulas de esta Casa de estudios son 207,938, de los cuales 190,188 personas egresadas son de nivel licenciatura, 49 por ciento mujeres y 51 por ciento hombres, siendo la distribución porcentual por cada una de sus unidades universitarias, la siguiente: 29 por ciento Azcapotzalco, 22 por ciento Iztapalapa, 47 por ciento Xochimilco, 1 por ciento Cuajimalpa y 0.3 por ciento Lerma. Así mismo, a nivel posgrado hay 17,750 egresadas y egresados (51 por ciento mujeres y 49 por ciento hombres).
El modelo educativo de la UAM se ha caracterizado por ser novedoso a través de regirse, entre otras cosas, por manejar un calendario con sistema trimestral (invierno, primavera y otoño), definir el concepto de crédito académico al trabajo en horas/semana que realiza el alumnado en cada trimestre, un esquema departamental y una estructura académica que le permite adquirir una visión interdisciplinaria al incorporar un Tronco General de unidades de enseñanza-aprendizaje (UEA), facilitando así también la movilidad intra-universitaria y los cambios de carrera. Así mismo, el proceso de titulación, a nivel licenciatura, fue revolucionado al obviar la escritura y defensa de tesis, incorporando el concepto de “proyecto terminal o integrador” como parte de la malla curricular y creditaje a cursar para cada licenciatura. De la misma forma, para los estudios de posgrado, se desarrolló el concepto de “idónea comunicación de resultados”, limitando así la tesis para el nivel doctoral.
Lo anteriormente expuesto se sustenta en los siguientes argumentos. La Universidad Autónoma Metropolitana es una universidad nacional que en conjunto cuenta actualmente con una infraestructura de más de 350,000 m2 en casi 100 hectáreas de superficie. La Universidad se ha preocupado por crear y promover programas de docencia, investigación y difusión cultural, bajo una visión de responsabilidad social, emprendedurismo e innovación, enfocada, entre otras cosas, a brindar apoyo, asesoría, capacitación, acompañamiento y seguimiento en las comunidades más vulnerables. Es así como la UAM ha sido semillera de proyectos, cursos y capacitación tanto para el alumnado, como para el entorno.
En sus 50 años de operación, la Universidad Autónoma Metropolitana ha contribuido con la educación de casi medio millón de personas, graduándose este total a prácticamente 208,000 personas a nivel licenciatura o posgrado. Las personas egresadas de la UAM se encuentran dispersas en toda la República Mexicana y también están presentes en más de 40 países en cuatro continentes. Sus egresados destacan en todas las ramas del conocimiento y del quehacer profesional contribuyendo en diversas disciplinas. A la fecha, la UAM cuenta con dos miembros del Colegio Nacional y una pléyade de 110 egresadas y egresados con trayectorias distinguidas. También es importante reconocer que la UAM es un crisol de culturas teniendo entre su alumnado histórico a más de un millar de personas extrajeras, y recibiendo en movilidad internacional a casi 1,500 personas de los cinco continentes.
El impacto que tienen las publicaciones científicas derivadas de los proyectos de investigación que desarrolla el personal académico de la UAM es el que mayor impacto bibliométrico logra de todas las universidades públicas del país, superando la media mundial de citas ponderadas por campo disciplinar. Estos datos son una muestra de la excelencia académica lograda por la Universidad Autónoma Metropolitana.
La preservación y difusión de la cultura se desarrolla cotidianamente en las cinco unidades universitarias de la UAM (Iztapalapa, Azcapotzalco, Xochimilco, Cuajimalpa y Lerma), beneficiando además de la comunidad universitaria a las poblaciones aledañas a cada una, considerando que ésta cuenta con una producción editorial robusta y profusa. Adicionalmente, la Universidad tiene sedes culturales distribuidas en el centro de la Ciudad de México, la Casa de la Primera Imprenta de América (Centro histórico), la Casa Rafael Galván (colonia Roma Norte), Galería Metropolitana (colonia Roma Norte), Teatro Casa de la Paz (Roma), Casa del Tiempo (Col. San Miguel Chapultepec). En estos espacios culturales, la UAM oferta una continua y variada cartelera de eventos, aproximadamente con 10,000 eventos al año, como cine, conciertos, exposiciones, seminarios, talleres, etcétera. Asimismo, la universidad se encuentra en el proceso de habilitación de dos nuevos espacios culturales, la Casa-Estudio de Leonora Carrington (colonia Roma Norte) y Uruguay 25 (Centro Histórico).
Como muestra de la responsabilidad social, es conveniente traer a la memoria las acciones de solidaridad que se han mostrado por parte de la comunidad universitaria UAM, tanto en los sismos de 1985, como en el 2017.
Tras los sismos de 1985, la UAM participó activamente en apoyo de las personas damnificadas, y en acciones posteriores, la Unidad Xochimilco brindó ayuda mediante un programa de control epidemiológico y de asistencia médica, diagnóstico socioeconómico, habitacional y de equipamiento social de cuatro vecindades del Barrio de Tepito, del diseño arquitectónico y estructural de seis prototipos de vivienda que después fueron construidos por Renovación Habitacional Popular, por mencionar algunas.
La participación activa de la comunidad universitaria ante los sismos conllevó a que, el entonces presidente Miguel de la Madrid, otorgara la presea “Solidaridad Institucional” a la Universidad Autónoma Metropolita. También hubo un proyecto que favoreció a los habitantes de una colonia popular quienes se encontraban en un asentamiento irregular y casi sin servicios, por lo que las y los alumnos de arquitectura (y posteriormente de otras carreras) realizaron trabajos de diseño urbano, proyectos de agua, drenaje, iluminación y organización vecinal, entre otros. La colonia mejoró notablemente con estos trabajos, y sus habitantes gestionaron que fuera reconocida formalmente con el nombre de Colonia UAM.
Una forma de contribuir con el desarrollo económico y cultural en el Estado de Hidalgo, ha sido a través de la colaboración en el rescate del Patrimonio Cultural de Real del Monte. El trabajo de investigación “Restauración Urbana Permanente” realizado por esta Casa de estudios desde 1991 ha ayudado a la recuperación de la imagen urbana original en edificios, calles y espacios abiertos; aunado a ello, se han reestructurado las fachadas de los monumentos históricos.
Un proyecto más que ha trascendido es el “Programa Universitario de Desarrollo Metropolitano” (PUEM), el cual tiene como objetivo central el estudio y comprensión de los aspectos que conforman los fenómenos territoriales, para mejorar la calidad de vida de las personas mediante la contribución a la solución de los problemas específicos que experimentan los asentamientos humanos de todo tipo en México. Entre los proyectos relevantes que ha desarrollado el PUEM durante sus 22 años de existencia, destacan:
• El Programa de Ordenamiento de la Zona Metropolitana del Valle de México 1998 (que se encuentra vigente).
• Plan Maestro de Intervención Urbana de la Zona Oriente de la Ciudad de México.
• Estudio de la integración urbana y social en la expansión reciente de las ciudades en México, 1996 — 2006.
• El diseño y operación del instrumento Evaluación Ambiental Estratégica, 2017.
• Costos y beneficios de los mercados formal e informal de suelo para familias con bajos ingresos, entre otros.
A través del “Programa Infancia” se da seguimiento y se retroalimentan diversas acciones dirigidas a mejorar la calidad de vida de niños y jóvenes. Se colabora así en proyectos regionales y globales para dar cumplimiento a los compromisos establecidos en la Convención de los Derechos del Niño y en el diseño de políticas públicas. Cuenta con proyectos de intervención comunitaria: actividades con comunidades rurales, talleres de intervención grupal, infancia y cultura.
El “Programa de Investigación Interdisciplinario Desarrollo Humano” está orientado a facilitar la generación y aplicación del conocimiento para hacer frente a problemas complejos, mediante la colaboración, el diálogo y la retroalimentación entre los actores sociales (habitantes locales, miembros de ONG’s, alumnado y profesorado). Las problemáticas se abordan en cuatro ejes: a) Salud, nutrición y calidad de vida; b) Producción, tecnología y medio ambiente; c) Cultura, educación y derechos humanos y d) Estrategias sociales, políticas públicas y relaciones de poder. Desde su inicio y hasta la actualidad, profesores y estudiantes participantes han trabajado en diferentes regiones del país: Chiapas, Puebla, Guerrero y Oaxaca, donde han desarrollado alternativas en la perspectiva del desarrollo humano sustentable mediante la articulación de la investigación, la formación y el servicio universitarios.
Desde 1994, la Delegación Xochimilco cedió los derechos del Centro de Investigaciones Biológicas y Acuícolas de Cuemanco (CIBAC) a la Unidad Xochimilco para usar el espacio físico y dar continuidad a los trabajos de conservación de especies. La Universidad realiza investigación orientada a la resolución de la problemática ecológica y social de la zona lacustre de Xochimilco, mediante la investigación y formación de profesionales en los campos acuícolas y agroecológica, y sobre los programas de rescate ecológico del hábitat, así como de las especies endémicas y nativas de fauna silvestre en riesgo o en peligro de extinción, en particular resalta el Ambystoma mexicanum, comúnmente conocido como ajolote. Por lo que es un referente a nivel nacional e internacional en la protección de especies. La UAM mantiene vínculos con los prestadores de servicios turísticos, remeros, trajineros y las autoridades de la Zona Patrimonio Mundial Natural y Cultural de la Humanidad en Xochimilco, Tláhuac y Milpa Alta, así como con la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema), la Comisión de Recursos Naturales (Corena) y la Delegación Xochimilco.
Adicionalmente destacan los laboratorios de diseño y comprobación que integran la docencia, investigación y preservación y difusión de la cultura, en modalidad de clínicas con programas de atención estomatológicos integrales que incluyen salud bucal, protección contra enfermedades específicas, tratamientos para enfermedades ya específicas y rehabilitación. En las clínicas se realizan acciones diagnósticas, de prevención, reparación y obturación de cavidades; odontología infantil, tratamientos de conductos, restauración individual, rehabilitación protésica, periodoncia y cirugías; de esta forma, la Unidad Xochimilco, apoya a la comunidad aledaña con cuatro clínicas estomatológicas ubicadas en San Lorenzo, Tláhuac, Tepepan y Nezahualcóyotl.
Adicionalmente la Unidad Xochimilco oferta un consultorio virtual de nutrición, con el fin de que las personas puedan mejorar su alimentación, principalmente, quienes tienen problemas de diabetes, hipertensión, sobrepeso, colesterol, etcétera.
Asimismo, referir los diversos trabajos que se han realizado entre académicas y académicos de la Unidad Azcapotzalco con las y los campesinos en la región de los Tuxtlas, Veracruz, en donde se ha colaborado con las comunidades para que aumenten sus ingresos económicos a partir del aprovechamiento del entorno natural por medio del ecoturismo.
Los habitantes que viven en las zonas aledañas a las unidades universitarias también se han beneficiado con servicios y asesorías especializadas, ejemplo de ello es el apoyo en materia legal a través del Bufete Jurídico gratuito de la Unidad Azcapotzalco. Este bufete funciona desde el año de 1981, de manera gratuita brinda asesoría jurídica y trámites de procesos ante autoridades jurisdiccionales en los rubros familiar, penal, laboral y de propiedad. Además, el Departamento de Derecho de la Unidad Azcapotzalco también brinda asesoría en materia de derechos humanos, derechos indígenas y derechos de mujeres, niños, niñas y grupos vulnerables, así como violencia de género y derecho internacional.
La Universidad Autónoma Metropolitana contribuye con el proceso formativo de la sociedad a través de programas de educación abierta que atiende a las necesidades de formación educativa de las y los trabajadores administrativos y la comunidad aledaña a la universidad. Ofrece la posibilidad de iniciar, continuar o concluir estudios de nivel medio superior en el sistema de enseñanza abierta de la SEP Preparatoria Abierta.
La Universidad Autónoma Metropolitana ha sido pionera al implementar diversos Planes de Sustentabilidad en todas sus Unidades Académicas a través de cuatro ejes:
1) Docencia: al fomentar entre la comunidad, el desarrollo de una conciencia sustentable a partir de integrar una visión en temas ambientales, económicos y sociales que consideren la repercusión en el ambiente.
2) Investigación: a través de desarrollar proyectos de investigación multi, inter y transdisciplinarios con enfoque sustentable.
3) Extensión universitaria: al impulsar actividades de vinculación con los diferentes sectores sociales, orientadas a la sustentabilidad, que apoyen las iniciativas de la comunidad y que cultiven el interés de instancias externas locales, nacionales e internacionales.
4) Gestión universitaria: a partir de manejar y conservar eficientemente los recursos con un enfoque sustentable.
Entre los programas de sustentabilidad destaca el “Plan Institucional hacia la Sustentabilidad” (PIHASU) en donde se enfatiza la cultura del ahorro y reciclaje (con programas que atiendan de manera focalizada el ahorro de energía, agua, manejo de residuos sólidos y de laboratorio, y áreas verdes). En este mismo sentido el Colegio Académico de la UAM aprobó e implementa el Plan de Desarrollo Sostenible ante el Cambio Climático 2022-2030.
La participación de la Universidad en actividades de sensibilización de la sociedad ante la emergencia climática y sostenible. La existencia del Museo Gota de Agua, mismo que ha comenzado sus actividades de forma virtual, es prueba de que debemos asumir una conciencia colectiva sobre la importancia del líquido vital y sus problemas.
La Universidad Autónoma Metropolitana cuenta también con el Centro para la Sustentabilidad Incalli Ixcahuicopa, el cual es el espacio físico en el que se consolidan las investigaciones y propuestas de manejo sustentable de los recursos naturales generadas en el Programa Universitario de Investigación para la Sustentabilidad. De esta forma los conocimientos se convierten en proyectos de aplicación real que contribuyen a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la región y del Valle de México. Las actividades que realizan con la comunidad son:
• Talleres de la línea Agua y Territorio.
• Talleres y modelos demostrativos de la línea de Biodiversidad y de la línea pecuaria.
• Modelos demostrativos de habitación sustentable y actividades de cultura y educación ambiental.
Este Programa participa en proyectos relacionados con el agua y coordina 14 proyectos en distintas cuencas del país.
Por su parte, en la Unidad Cuajimalpa se lleva a cabo el proyecto “Transformación socio-tecnológica para el manejo sustentable del agua utilizando humedales de tratamiento periurbano”, cuyo objetivo es desarrollar e implementar humedales periurbanos, transformando las prácticas y costumbres de la comunidad de San Mateo Tlaltenango (SMT) con una gestión integral del agua. Este proyecto impacta directamente en la transformación de conductas y hábitos de la comunidad, con ello, se demuestra la responsabilidad y cuidado social y ambiental de la comunidad y su relación con los servicios ecosistémicos para hacerlos más resilientes.
Ante el compromiso de proponer soluciones sustentables, económicas y ambientales, se desarrolla en la Unidad-Cuajimalpa el proyecto “Baño seco” el cual propone alternativas sustentables ante la problemática del manejo de residuos sanitarios.
El cuidado de la salud y bienestar de la población, también han sido preocupación para esta Casa de estudios, por ello, a través de la Coordinación de Servicios Integrados para el Bienestar (COSIB) se ofrecen varios servicios de apoyo a la comunidad de la Unidad Iztapalapa.
También en esta unidad se cuenta con la clínica de Acupuntura y Fitoterapia, la cual ofrece consulta médica, tratamiento con acupuntura y fitoterapia y técnicas afines en el primer nivel de atención, con bajos costos de recuperación.
El Centro Nacional de Investigación en Imagenología e Instrumentación Médica (CI3M) forma parte de una iniciativa de la División de Ciencias Básicas e Ingeniería de la Unidad Iztapalapa que inició en 2004 como parte de la convocatoria emitida por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología: “Apoyos complementarios para el Establecimiento de Laboratorios Nacionales de Infraestructura Científica o Desarrollo Tecnológico”. Cuenta con dos equipos de resonancia magnética, uno de 7 Tesla para investigación en pequeñas especies experimentales (VARIAN) y uno de 3 Tesla para humanos (PHILIPS) tanto para clínica como para investigación. Entre sus servicios, destacan:
• Consulta médica general.
• Clínica de hemodiálisis - nefrología.
• Colocación de fístula y catéter.
• Laboratorio de diseño biomédico.
• Imagenología por resonancia magnética.
La creación de la Clínica de Investigación en Hemodiálisis, N3frored SAPI de CV en 2018 responde a un convenio de colaboración entre esta Casa de estudios y la Asociación Mexicana de Obesidad, Riñón y Nutrición (AMORN). Su objetivo es brindar atención a todo público sin fines de lucro, así como desarrollar conocimiento que permita mejorar la calidad de vida de los pacientes. En esta clínica, se aplican nuevas técnicas y tecnología para el tratamiento de la insuficiencia renal crónica, padecimiento que afecta a más de ocho millones de personas en México, de las cuales alrededor de 200,000 requieren sustitución renal.
La Unidad Iztapalapa también ha destacado por la operación de la Clínica de Trastornos del Sueño, en donde participa un equipo multidisciplinario de expertos que atiende cualquiera de los 80 trastornos de sueño que existen. Se brinda tratamiento específico a los casos más comunes como son: Insomnio, somnolencia excesiva diurna, narcolepsia, trastornos respiratorios de sueño, trastornos de movimiento, parasomnias. En esta Clínica, se realizan estudios de electroencefalograma, polisomnografía, terapia respiratoria de sueño, pruebas de latencias múltiples de sueño y fototerapia, y atiende tanto a la comunidad universitaria como al público externo que lo solicite.
La Unidad Xochimilco imparte la Maestría en Patología y Medicina Bucal, la cual se ha consolidado como un centro de referencia y detección temprana de lesiones de la mucosa bucal. Brinda atención de alta especialidad a la comunidad universitaria y al público en general, a los Hospitales General Juárez de México y Manuel G. A. González, Clínicas Odontológicas, apoya a instituciones como el Instituto Politécnico Nacional y a la UNAM. Todas estas actividades se realizan en las instalaciones del Laboratorio de Patología y Medicina Bucal “Doctora Velia Ramírez Amador” para realizar diagnósticos especializados en materia de salud.
Para la atención psicológica y promoción de la salud mental, se cuenta con el programa Línea psicológica UAM, espacio de atención para los usuarios tanto de esta Casa de estudios como para el público en general. Se define a partir de la creación de un número telefónico para la atención y consulta de los problemas emocionales, el servicio que se ofrece es de orientación e información sobre los problemas emocionales de quien lo solicite.
Asimismo, es conveniente mencionar que la UAM cuenta con Unidades de prevención y atención a la violencia de Género en cada una las unidades universitarias en donde se da atención y educación sobre este rubro.
La asesoría en materia de emprendimiento ha sido una actividad constante de las Instituciones de Educación Superior, el gobierno y la sociedad ya que impacta directamente tanto en las comunidades con necesidades de desarrollo o mejoras de condiciones de vida como en el fortalecimiento de las micro y pequeñas empresas (Mipymes), organizaciones, cooperativas, profesionistas o personas sin empleo que lo requieran.
En ese tenor, y al realizar de manera continua recorridos dentro de los cinco municipios que conforman el distrito 37 por el cual fui electo como Diputado Federal por mayoría relativa, siendo Cuautitlán, Coyotepec, Melchor Ocampo, Teoloyucan y Tepotzotlán, me percaté de la necesidad de acercar las universidades púbicas a los jóvenes que se encuentran en zonas alejadas del centro del país, con licenciaturas, cursos, programas, etcétera, que se encontraran acordes a las necesidades de cada población, por ello, me permití tener acercamiento con los directivos de la UAM, con la experiencia obtenida cuando fui docente de esta universidad. Producto de esta interacción, se desarrolló una forma de vinculación a través de los “Centros de Innovación, Cultura y Tecnología” (CICYT), que representaron un importante avance en la extensión híbrida de la Unidad-Azcapotzalco hacia comunidades alejadas y vulnerables, mediante cursos, talleres, asesorías y eventos gratuitos, que llegaron a más de 14 municipios y alcaldías de México y Latinoamérica, entre ellos, los municipios de Tecámac, Melchor Ocampo, Tepetlixpa y Tlalnepantla de Baz, así como con las Alcaldías de Azcapotzalco y Gustavo A. Madero.
También se ha desarrollado el proyecto “UAMedia”, el cual imparte diplomados, dirigidos a profesionistas en incubación, profesionistas en aceleración de negocios y empresarios. Dentro de sus objetivos se encuentran: el desarrollo de competencias de análisis que permitan al participante comprender el rol de la proposición de valor en el modelo de negocio innovador. Este proyecto ha permitido apoyar, entre otros casos, a micro, pequeñas y medianas empresas de México y América Latina que estén en situación de vulnerabilidad a causa de la pandemia. Su objetivo tiene como finalidad principal democratizar el conocimiento de manera gratuita y flexible, a través de cursos, talleres y actividades culturales dirigidas al público en general, dentro de los proyectos se encuentran: Inclusión y Formación Financiera, Idiomas y Cultura, Cursos y Talleres, Diplomados Internacional, Mypime, y Comunicación, así como diversas opciones de educación continua.
La Universidad Autónoma Metropolitana representa en su conjunto, un espacio de reflexión que apuesta por la equidad, la igualdad y no discriminación; que se compromete y escucha la voz de su propia comunidad, que cambia por ella y con ella, para mejorar en su praxis, ejemplo de ello, es el “Programa Universidad Incluyente y Accesible” de la Unidad Xochimilco, el cual ha sido propuesto como aliado estratégico del Movimiento de Personas con Discapacidad, al que aporta a través de la sistematización de su trayectoria y de la realización de investigación colaborativa. Este programa tiene por objetivo que la comunidad universitaria, en especial el alumnado, cuente con una instancia que promueva la accesibilidad, la plena participación y el derecho a la educación superior de las personas con alguna discapacidad (visual, auditiva, motriz, psicosocial y mental), incluyendo su ingreso, la realización de estudios, los apoyos académicos necesarios y las distintas actividades de la cotidianidad universitaria.
Con los argumentos referidos, considero necesario y grato reconocer el trabajo, esfuerzo, empeño y dedicación que a sus 50 años ha realizo la UAM en la sociedad, estando siempre a su servicio, puesto que surge para enriquecer el espíritu de un pueblo plural, libre y soberano; por ello, se pone a la disposición de este Congreso de la Unión la valoración para que mediante una “Ceremonia Solemne” se inscriba en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda “Universidad Autónoma Metropolitana”; y así, será un orgullo para esta institución acompañar a la Universidad Nacional Autónoma de México y al Instituto Politécnico Nacional en el Muro de Honor de este Palacio Legislativo de San Lázaro.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio de este escrito, someto a consideración del pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Inscríbase en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados la leyenda de “Universidad Autónoma Metropolitana”.
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputados y diputada: Javier Huerta Jurado, Olimpia Tamara Girón Hernández, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias. Muchas gracias. Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.
La diputada Elizabeth Pérez, ¿con qué objeto, diputada?
La diputada Elizabeth Pérez Valdez (desde la curul): Gracias, presidenta. Si a través de su conducto, le puede preguntar al proponente si nos podemos sumar a su iniciativa.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Diputado, le pregunta la diputada Elizabeth Pérez, si puede sumarse a su propuesta.
El diputado Javier Huerta Jurado: Claro que sí, desde luego, adelante.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Muchas gracias.
LEY GENERAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene a continuación la palabra la propia diputada Elizabeth Pérez Valdez, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 51 Bis y 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Héctor Chávez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
La diputada Elizabeth Pérez Valdez:Con la venia, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
La diputada Elizabeth Pérez Valdez: Compañeras y compañeros legisladores, me permito proponer a ustedes la iniciativa con proyecto de decreto que se adiciona el artículo 51 Bis y la fracción XXII Bis al artículo 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, misma que es presentada por una servidora y suscrita por mi compañero de bancada, el diputado Héctor Chávez Ruiz. Lo anterior, por considerar de suma importancia el costo que los reemplacamientos generan a los bolsillos de las y los ciudadanos.
Sin duda alguna el emplacamiento es fundamental para generar elementos que permitan contar con un registro nacional de vehículos, ya que las placas de los automóviles sirven, entre otras cosas, para circular en cualquier parte del territorio nacional y contar con registro fidedigno de los automóviles en el país.
Sin embargo, además del emplacamiento también existe el reemplacamiento, el cual se resume en la acción de pagar un impuesto que ya se había pagado con anterioridad, pero ahora con la justificación de que este impuesto es necesario para mantener las bases de datos que el registro público vehicular necesita para su actualización.
De esta forma, las entidades federativas imponen la obligación al contribuyente de tramitar nuevamente un par de placas con un nuevo costo.
En este sentido, es necesario analizar el costo que implica el reemplacamiento para las y los mexicanos a nivel nacional. Esto debido a que el costo de un juego de placas varía de acuerdo a cada entidad federativa.
Y si en resumen hacemos un balance, el promedio que se cobra a nivel nacional por este impuesto es de mil 703 pesos, dinero que las y los mexicanos destinan por el pago de esta imposición administrativa, que resulta realmente oneroso.
Y si a esto le agregamos que es un impuesto que no está debidamente regulado, debido a que cada entidad federativa fija el monto de sus propios derechos de reemplacamiento, los cuales son aplicados de forma no muy clara y que parecieran obedecer principalmente a una mayor recaudación fiscal, sin que el excedente sea invertido en mejorar las condiciones de vida de las y los mexicanos, lo que ha de-sencadenado que cada vez más algún gobierno anuncia un nuevo reemplacamiento, la ciudadanía se inconforme y promueva diversas medidas legales, como los amparos.
Lo anterior, debido a que no existe una norma explícita que determine tanto el costo, así como la vigencia que deben tener las placas, lo que general el reemplacamiento.
Por lo que con la intención de eliminar un impuesto excesivo que genera el reemplacamiento de automóviles particulares debido al gasto que genera, afectando directamente los bolsillos de millones de personas en nuestro país, que es exactamente excesivo, ya que este derecho debe pagarse por única vez y no como actualmente se realiza al refrendarse dos o más ocasiones, pues no existe una justificación que valide su realización al tratarse de un mismo vehículo y ser el mismo registro vehicular. No hay claridad de su reemplacamiento más que generar un cobro extra con serias implicaciones económicas en nuestras familias mexicanas.
Por esta razón se propone adicionar al artículo 51 Bis, una fracción al artículo 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para que el pago de las placas de automóviles particulares se realice única y exclusivamente por una vez.
Esta es la propuesta que, desde el Grupo Parlamentario del PRD, suscrita por el diputado Héctor Chávez Ruiz y una servidora, presentamos ante este pleno. La necesidad de cuidar el bolsillo de la ciudadanía debe de ser una prioridad en esta LXV Legislatura. Gracias presidenta.
«Iniciativa que adiciona los artículos 51 Bis y 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por los diputados Elizabeth Pérez Valdez y Héctor Chávez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, Elizabeth Pérez Valdez y Héctor Chávez Ruiz, integrantes del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan el artículo 51 Bis y la fracción XXII Bis al 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, de conformidad con la siguiente
Exposición de MotivosEl Registro Público Vehicular (Repuve) es un instrumento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, cuyo objetivo estriba en otorgar seguridad jurídica a los actos que se realicen con vehículos que circulan en el territorio nacional, esto mediante la identificación vehicular. Por ello tiene atribuciones para dictar actos administrativos y dictar e imponer sanciones, así lo dispone el artículo 1 de la Ley del Registro Público Vehicular.
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto establecer y regular la operación, funcionamiento y administración del Registro Público Vehicular. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional.
El Registro Público Vehicular es un instrumento de información del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que tiene como propósito otorgar seguridad pública y jurídica a los actos que se realicen con vehículos.
La aplicación de esta ley y la coordinación que de ella se derive se hará con respeto absoluto de las atribuciones constitucionales que tengan las autoridades de la Federación y de las entidades federativas.
Como se observa, el tercer párrafo de dicha ley establece muy claramente que su aplicación y la coordinación que de ella se derive se harán con absoluto respeto a las atribuciones constitucionales las autoridades de la Federación y por supuesto a las entidades federativas.
El registro público tiene como objetivo la identificación y control vehicular, para tal efecto el registro deberá de estar conformado por una base de datos que se integra por la información que cada uno de los vehículos proporciona a las autoridades federales, la información que proporcionan las entidades federativas y los sujetos obligados que deberán realizar tanto las inscripciones en el Repuve como la presentación de los avisos pertinentes.
Este registro deberá de mantenerse actualizado con la información relativa a altas, bajas, cambio de propietario, emplacamientos, infracciones, pérdidas, robos, recuperaciones, pago de tenencias y contribuciones, destrucción de vehículos, gravámenes y otros datos con los que cuenten, esto según el artículo 7 de la Ley del Registro público Vehicular como se muestra a continuación:
Artículo 7. El registro estará formado por una base de datos integrada por la información que de cada vehículo proporcionen las autoridades federales, las entidades federativas y los sujetos obligados a realizar las inscripciones y a presentar los avisos, de conformidad con lo dispuesto en esta ley.
Para mantener actualizado el registro, las autoridades federales y las de las Entidades Federativas, de conformidad con sus atribuciones, suministrarán la información relativa a altas, bajas, cambio de propietario, emplacamientos, infracciones, pérdidas, robos, recuperaciones, pago de tenencias y contribuciones, destrucción de vehículos, gravámenes y otros datos con los que cuenten”.
La ley no menciona en ninguna parte a los reemplacamientos como parte de la estrategia de registro público de vehículos, tampoco menciona que dicha acción contribuyera a mantener la base de datos integrada y debidamente actualizada de cada uno de ellos.
La misma Ley del Registro Público Vehicular establece en el artículo 3 que entre las facultades que le corresponden al Ejecutivo federal, por conducto del Secretariado Ejecutivo están:
Artículo 3. La aplicación de la presente ley corresponde al Ejecutivo federal, por conducto del secretariado ejecutivo, el cual tendrá las facultades siguientes:
I. Acordar con las entidades federativas las reglas a que se sujetarán el suministro, intercambio y sistematización de la información del registro y, en general, sobre su operación, funcionamiento y administración;
II. Operar, regular y mantener el Registro, así como procurar su buen funcionamiento y el intercambio de información entre los distintos órdenes de gobierno;
III. Integrar la información que le proporcionen las autoridades federales en el registro, así como la que le suministren las entidades federativas relativa a sus padrones vehiculares;
Como puede observarse ya existe instrumentado en la ley los mecanismos necesarios mediante los cuales las entidades federativas suministraran la información necesaria al Sistema Nacional de Seguridad Pública que permitirá llevar un control del registro de vehículos a nivel nacional, sustentado en el artículo 7 de la Ley del Registro Público Vehicular.
Sin duda, el emplacamiento es fundamental para generar elementos que permitan contar con un registro nacional de vehículos, ya que, las placas que los automóviles portar en todo momento sirven entre otras cosas, para poder circular en cualquier parte del territorio nacional.
Hasta aquí, la existencia de un emplacamiento está plenamente justificado, principalmente por asuntos de seguridad y del control necesario, para poder llevar a cabo diversas acciones implantadas por los estados y el gobierno federal que garanticen la seguridad de los mexicanos.
Pero la situación ya no es tan clara cuando hablamos del reemplacamiento, que meramente es la acción de pagar un impuesto que ya se había subsanado pero ahora con la justificación de que este nuevo impuesto es necesario para mantener las bases de datos que corresponden al registro vehicular actualizadas. De esta forma las Entidades Federativas imponen la obligación al contribuyente de tramitar nuevamente un par de placas con un nuevo costo, aun cuando ya había cubierto este impuesto.
Si analizamos el costo de los reemplacamientos a nivel nacional encontramos que este varía de acuerdo con la entidad federativa de que hablemos. Por citar un ejemplo: en el portal oficial del estado de México, el cambio de placas de un vehículo particular es de 844 pesos, en estados como Aguascalientes el trámite cuesta 800, mientras que el gobierno de Querétaro anuncio que el costo fijado en su Ley de Ingresos será de mil 631 para el reemplacamiento de vehículos particulares, si hacemos un balance el promedio que se cobra a escala nacional por este impuesto es de mil 703.
Por otra parte el reemplacamiento, al no ser un impuesto que esté debidamente regulado cada Estado fija el monto de sus “derechos de reemplacamiento” de formas no muy claras, que parecieran obedecer principalmente a una mayor recaudación fiscal, sin que este excedente sea invertido en mejorar las condiciones de vida de las y los mexicanos. Lo que ha desencadenado que cada vez que algún gobierno anuncia un nuevo reemplacamiento, la ciudadanía se inconforme y promueva diversas medidas legales como los amparos.
Si bien el emplacamiento de los vehículos constituye una medida de seguridad para los y las mexicanas a fin de obtener una base de datos de todos los vehículos que circulan en el país como dicta el artículo 6 de la Ley del Registro Público Vehicular, no hay fundamento para determinar el reemplacamiento o la vigencia de las placas como una medida necesaria para este fin.
Por esa razón presentamos la siguiente iniciativa, que tiene como finalidad eliminar el impuesto que genera el reemplacamiento de automóviles particulares, ya que esto implica un gasto excesivo y afecta directamente a los bolsillos de millones de personas en nuestro país, ya que, un derecho que debería de pagarse por única vez se tiene que refrendar dos o hasta tres veces, por esta razón propongo adicionar el artículo 51 Bis y una fracción al 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para que el pago de las placas de automóviles particulares se realice únicamente una vez.
Por lo expuesto sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adicionan el artículo 51 Bis y la fracción XXII Bis al 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
Único. Se adicionan el artículo 51 Bis y la fracción XXII Bis al 67 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para quedar como sigue:
Artículo 51 Bis. De la obtención de placas de circulación.
La Federación, las entidades federativas y los municipios, establecerán que los vehículos automotores en sus respectivas circunscripciones cuenten con placas para su debida circulación.
Las placas de circulación se clasificarán
I. Uso particular;
f) Bicimotos.
g) Motocicletas.
h) Triciclos automotores.
i) Cuatrimotos y vehículos de ruedas motorizadas para personas con discapacidad.
j) Vehículos particulares.
II. Por servicio;
d) Vehículos en venta o demostración;
e) Vehículos de servicio público de transporte;
f) Remolques.
Las placas correspondientes a vehículos particulares se expedirán por una sola ocasión, por lo que su vigencia será permanente.
Artículo 67. De las entidades federativas. Corresponde a las entidades federativas
I. a XXII. ...
XXII Bis. Otorgar placas de circulación.
XXIII. ...
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las legislaturas de las treinta y dos entidades federativas, contarán con un plazo de dos años, a partir de la publicación de este decreto, para armonizar sus marcos jurídicos locales, de conformidad con el presente decreto.
Notas
1 Ley del Registro Pública Vehicular.
2 Ibídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputadas y diputados: Elizabeth Pérez Valdez, Héctor Chávez Ruiz, Mariana Mancillas Cabrera, Sue Ellen Bernal Bolnik, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Muchas gracias diputada. Túrnese a la Comisión de Movilidad, para dictamen.
LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene, a continuación, la palabra la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Adelante, diputada.
La diputada Martha Robles Ortiz:Con su permiso, presidenta. Compañeras y compañeros diputados, las leyes son instrumento con los que debemos contar la sociedad para conocer los aspectos importantes, relevantes y de impacto de la vida cotidiana del país.
Estas tienen que ser emitidas a través de diferentes procesos y, con ello, generar cambios de importancia que interactúen en el desarrollo social a través del conocimiento preciso de lo que verdaderamente significa y dice un párrafo, una fracción, un artículo o toda la ley, para que los ciudadanos o los interesados en dicha materia tengan los alcances indispensables para su correcta aplicación e interpretación.
Aquí me refiero a esos aspectos, los medios de comunicación son de vital importancia, ya que son materia regulada y reguladora por nuestras leyes y para cumplir con ello han adoptado principios constitucionales para que el Estado mexicano complemente la rectoría en el rubro de las telecomunicaciones.
A través de los medios de comunicación y difusión, el informante desempeña un papel fundamental al momento de dar a conocer los datos que pretende revelar al receptor quien espera que los mismos sean veraces y confiables.
El método para informar tiene que cumplir con un sinnúmero de normas encaminadas a la libertad de expresión y esta mediante sus programas y contenidos que deben ser creíbles, que deben ser por consecuencia en la narración propia y verdadera, aunque solo para el informante y el medio de comunicación representa, de que una noticia mal informada puede causar desencanto y frustración hacia el individuo, hacia el personaje, hacia la institución a la que se refiere.
No quiero abundar más en este tema tan, pues polémico en la actualidad, lo que hago en este trabajo legislativo es actualizar un artículo, en el que las condiciones del pago de multas aún se aseveran al Distrito Federal, como entidad recaudadora y no como Ciudad de México. Al final, queremos que los medios contribuyan a la democracia y al bienestar de los mexicanos y que en su primera y más importante obligación en materia informativa sea la verdad.
El conocimiento integral de nosotros mismos, de lo que somos, de lo que aspiramos y podemos llegar a ser, será el resultado de una buena gestión. De los informados, de los entrevistadores, de los periodistas, de los comentaristas, de los editores, de los propietarios de los lectores, de los radioescuchas, de los telespectadores, ello formará un México más enterado, asimismo y de su entorno.
Diputadas y diputados, vamos por una nación con verdades para trascender históricamente en nuestro México. Muchas gracias.
«Iniciativa que reforma el artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a cargo de la diputada Martha Robles Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena
Martha Robles Ortiz, en su carácter de integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosCorrespondiendo a las variadas maneras de visualizar las acciones gubernamentales a favor de la población, en el Congreso de la Unión hemos buscado incansablemente las vertientes que coadyuven a la consecución de dicha visibilidad.
Los medios de comunicación son actualmente de vital importancia para la sociedad, ya que toda la información que intercambiamos en el proceso de la interacción comunicativa de la vida diaria, es materia regulada por nuestras leyes que para lograr ese fin, han adoptado preceptos constitucionales a las vivencias modernas, ofreciendo la amplitud y el encuadre de nuevas y variadas figuras de audio, entretenimiento, ciencia, cultura, educación, prensa escrita e internet.
El Estado mexicano tiene la rectoría en el rubro de las telecomunicaciones y por ende, protege la seguridad y la soberanía de los comunicadores y de sus audiencias pues en todo momento tiene el dominio sobre la materia de la comunicación.
Desde junio de 1995, cuando se promulgó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en sustitución de la antigua Ley de Vías Generales de Comunicación, aplicada desde 1940, ésta no ha sido objeto de reformas profundas, trascendentales y de importancia social, económica y política.
La Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión es de orden público y tiene por objeto regular el uso, el aprovechamiento y la explotación de las redes públicas de comunicación y del acceso a la infraestructura, a los recursos orbitales, a la vía satélite y a la prestación de los servicios públicos en la materia, de forma óptima.
Antecedentes
El marco jurídico del sector de las telecomunicaciones y la radiodifusión regula los servicios públicos de la comunicación que comprenden la prestación de los servicios portadores, de los servicios finales, de los servicios complementarios, de los servicios con valor agregado y de los servicios de radiocomunicación y telecomunicaciones en sentido amplio.
El artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las Telecomunicaciones son servicios públicos que garantiza el Estado y éstos tienen que ser prestados con excelentes condiciones de calidad, pluralidad, interconexión, competencia, cobertura universal, continuidad y acceso libre.
Como tema principal, debemos entender que las Telecomunicaciones son para beneficiar a los mexicanos y para permitir el acceso de la población a las tecnologías de la información y de la comunicación, incluidas la banda ancha, las condiciones de competencia y las de libre concurrencia a los servicios; para que de esta manera haya un mayor número de usuarios y mejores términos de calidad, accesibilidad y precio.
Por lo expuesto y fundado se formula la propuesta de modificar el cuarto párrafo del artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en los siguientes términos:
Por lo expresado y fundamentado propongo el siguiente
Decreto por el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Único. Se reforma el cuarto párrafo del artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar como sigue:
Artículo 299. ...
Para calcular el importe de las multas a razón de días de salario mínimo, se tendrá como base el salario mínimo general diario vigente en la Ciudad de México del día en que se realice la conducta o se actualice el supuesto.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2024.– Diputada y diputado: Martha Robles Ortiz, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transporte, para dictamen.
LEY GENERAL DE SALUD
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra la diputada Brenda Ramiro Alejo, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 75 de la Ley General de Salud.
La diputada Brenda Ramiro Alejo:Con su venia, presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
La diputada Brenda Ramiro Alejo: El consumo de drogas adictivas constituye un problema de salud pública que cada día parece agravarse más, lo que conlleva a que los servicios públicos de salud para atender las adicciones prácticamente se encuentren rebasadas en el número de personas con problemas de adicciones que requieren dicho servicio para su rehabilitación y recuperación.
En mayo de 2022 se reformó la Ley General de Salud para instituir un servicio integral de salud mental, tratamientos de adicciones que proponen la transición progresiva del modelo de hospitales psiquiátricos de internamientos forzosos a clínicas generales, a una atención de primer nivel, de forma comunitaria y respetuosa a los derechos humanos de los pacientes.
No obstante que la reforma del plan atiende las recomendaciones de la OMS, es innegable que en nuestro país el problema de las adicciones se ha agilizado desde hace varias décadas, lo que genera la proliferación de centros residenciales para atender las adicciones, lo que se conoce popularmente como anexos o granjas, los cuales han sido auxiliares en la atención a los problemas causados por las adicciones.
Si bien ahora se cuenta con el requisito de consentimientos informados para que los usuarios cuenten con la garantía de que su libertad personal debe ser respetada, actualmente se encuentran cientos de personas internadas en este tipo de centros residenciales y muchos de ellos funcionando bajo clandestinidad y vulnerados en los derechos humanos de los internos.
Ahora bien, se reconoce que tanto las autoridades federales como estatales y municipios han coordinado esfuerzos para regular estos centros de rehabilitación para las personas con problemas de adicciones.
El 22 de agosto de 2022 se llevó a cabo la segunda reunión institucionalidad para generar trabajos en conjunto a beneficio de atención de problemas prioritarios coordinados con el DIF. Contando con la participación de instituciones, como la Comisión Nacional contra las Adicciones, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, el Mecanismo Nacional de Prevención de Torturas, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, explicó en algunos de los resultados en las visitas a establecimientos especializados el tratamiento de las adicciones como parte de los acuerdos. Se establece que la necesidad de generar desde instituciones generales un protocolo integral de supervisión en centros residenciales, rehabilitaciones y tratamientos de adicciones.
En el tenor, debe tomarse en cuenta que ante la situación mencionada a nivel nacional para el funcionamiento de los anexos o granjas de rehabilitación es imperiosa la necesidad de que las autoridades sanitarias y los órganos protectores de los derechos humanos emitan protocolos para prevenir, investigar y sancionar a los maltratos inhumanos.
Es por ello que es oportuno que debe hacerse la ley que mandata la Comisión Nacional de Derechos Humanos a la Secretaría de Salud... se coordinen esfuerzos para prevenir, sancionar los tratos crueles e inhumanos hacia la prevención de los problemas a adictos. (Habla en náhuatl.) Es cuanto, presidenta. Gracias.
«Iniciativa que adiciona el artículo 75 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Brenda Ramiro Alejo, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Brenda Ramiro Alejo, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de lo dispuesto en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 75 de la Ley General de Salud, a fin de garantizar protección de los derechos humanos en los servicios de manera integral de la salud mental y tratamiento de adicciones, al tenor de la siguiente
Exposición de motivosSegún la Organización Mundial de la Salud (OMS) un trastorno mental se caracteriza por una alteración clínicamente significativa de la cognición, la regulación de las emociones o el comportamiento de un individuo. Entre los trastornos mentales se incluye el consumo de sustancias psicoactivas con un patrón perjudicial, es necesario resaltar que cualquier consumo en menores de edad se considera aún más alarmante.
De acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición de 2021 sobre Covid-19(2), de la población adolescente de entre 10 y 19 años, 6.6 por ciento padece depresión, mientras que en la población adulta es 16.1; 19.1 de la población consume tabaco; 10.3 consume en exceso alcohol; en la población adolescente, 21.1 consume alcohol y 6.3 tiene ideas suicidas.
En México, igual que en el resto del mundo, el trastorno mental y los trastornos mentales y del comportamiento debido al consumo de sustancias psicotrópicas, presentan un crecimiento acelerado que contribuye de forma importante a la morbilidad, mortalidad prematura y a una creciente discapacidad psicosocial, además de que aumentan el riesgo de padecer enfermedades crónico-degenerativas que impactan en el perfil de salud de la población.
El consumo de drogas adictivas constituye un problema de salud pública que cada día parece agravarse más, lo que conlleva a que los servicios públicos de salud para atender las adicciones prácticamente se encuentran rebasados por el número de personas con problemas de adicción que requieren dichos servicios para su rehabilitación y recuperación.
La Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas actualizó la Estrategia Hemisférica sobre Drogas en 2020. De esta forma, se sujeta a los países miembros (entre ellos, México) a desarrollar una política de drogas bajo los enfoques de salud pública y de seguridad. A juicio de dicho organismo, la política debe favorecer la inclusión social, reducir las desigualdades y priorizar los servicios de tratamiento y rehabilitación como medida alternativa al enjuiciamiento penal, así como a la privación de la libertad de quienes consumen drogas.
Igualmente, la Organización Mundial de la Salud, ha sostenido que la atención de la salud mental debe partir desde una base comunitaria, que es más accesible y aceptable para la población la cual ha de proporcionarse mediante una red de servicios interrelacionados que comprendan:
• servicios de salud mental integrados en los servicios de salud generales, ofrecidos comúnmente en hospitales generales y en colaboración con el personal de atención primaria no especializado;
• servicios comunitarios de salud mental a nivel comunitario, que puedan involucrar a centros y equipos comunitarios de salud mental, rehabilitación psicosocial, servicios de apoyo entre pares y servicios de asistencia para la vida cotidiana; y
• servicios que brinden atención de salud mental en los servicios sociales y entornos no sanitarios, como la protección infantil, los servicios de salud escolar y las prisiones.
Con base a lo anterior, en mayo de 2022 se reformó la Ley General de Salud para instituir un servicio integral de salud mental que propone la transición progresiva del modelo de hospitales psiquiátricos de internamiento forzoso a clínicas generales y una atención de primer nivel, de forma comunitaria y respetando los derechos humanos de los pacientes.
Con esta reforma se inicia la configuración de un modelo de atención a la salud basado en la atención primaria, con el objetivo de integrar la atención de la salud mental y adicciones con carácter prioritario, garantizando el acceso universal, igualitario y equitativo.
En el Plan Sectorial de Salud Mental y Adicciones propone el modelo mexicano de salud mental y adicciones el cual se rige a través de tres directrices:
• Atención Primaria a la Salud, con oferta de atención integral para las necesidades de salud a lo largo del curso de la vida. La intervención de la Atención Primaria en los trastornos mentales, neurológicos y por consumo de sustancias parte de la premisa que la mayor parte de estos padecimientos pueden prevenirse, identificarse oportunamente y tratarse eficazmente.
• Rectoría adecuada, para proveer visión y dirección al sistema, así como políticas en materia de regulación, asignación y destino de los recursos. Los procesos de rediseño y reorganización necesarios para lograrlo tienen la finalidad de alcanzar la cobertura universal y gratuita a la población sin acceso a seguridad social.
• Intersectorialidad, para incorporar sinergia con las otras dependencias públicas para incidir en los determinantes sociales de la salud mental.
No obstante que la reforma y el plan atienden las recomendaciones de la OMS, es innegable que en nuestro país el problema de las adicciones se ha agudizado desde hace varias décadas, lo que generó la proliferación de centros residenciales para atender las adicciones, lo que se conoce popularmente como “anexos” o “granjas” los cuales han sido auxiliares en la atención de los problemas causados por las adicciones.
Antes de la reforma efectuada en mayo 2022 a la Ley General de Salud, no había disposición legal para requerir obligatoriamente el consentimiento informado de los usuarios de los servicios de salud, tanto públicos o privados, el cual consiste en manifestar la conformidad expresa de una persona por escrito, para la realización de un diagnóstico o tratamiento de salud, y que excepcionalmente este tratamiento puede incluir el internamiento.
Si bien ahora se cuenta con este requisito para que los usuarios cuenten con la garantía de que su libertad personal debe ser respetada, actualmente se encuentran cientos de personas internadas en este tipo de centros residenciales, y muchos de ellos funcionan bajo la clandestinidad o bien incumpliendo la normativa aplicable y vulnerando los derechos humanos de los internos, máxime que en ellos se desarrolla la privación de libertad aún con el consentimiento.
Las condiciones de privación de la libertad de personas internadas en centros especializados en el tratamiento de adicciones, en su mayor parte pertenecen al sector privado, se constituyen jurídicamente como asociaciones civiles, y, nominalmente, se caracterizan por no tener fines de lucro. Debido a ello se podría suponer que estos centros no serían susceptibles de ser supervisados por una instancia perteneciente a un organismo público de derechos humanos, como es el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, puesto que, en el caso particular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, un asunto de no competencia son los conflictos entre particulares.
Afortunadamente, la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles define, en el artículo 5, fracción XVIII, que la privación de la libertad se entiende como cualquier acto en el que se prive a una persona de su libertad deambulatoria que derive en alguna forma de retención, detención, presentación, aprehensión, internamiento, aseguramiento, encarcelamiento o de custodia de una persona, por orden o acto de autoridad judicial o administrativa u otra competente, o con el consentimiento expreso o tácito de cualquiera de éstas.
De lo anterior se desprende que el Estado tiene jurisdicción ante cualquier ente privado para garantizar el respeto a la dignidad humana, y estos centros de tratamiento de adicciones no son la excepción, por lo que la obligación de debida diligencia, que en el caso de la tortura implica que el Estado tiene la obligación de investigar “cualquiera sea el agente al cual pueda eventualmente atribuirse la violación, aún los particulares, pues si sus hechos no son investigados con seriedad, resultarían, en cierto modo, auxiliados por el poder público, lo que comprometería la responsabilidad internacional del Estado.
Ahora bien, se reconoce que tanto las autoridades federales como estatales y municipales han coordinado esfuerzos para regular estos centros de rehabilitación para las personas con problemas de adicciones a sustancias psicotrópicas y de acuerdo con el informe de actividades del año 2022 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el 22 de agosto de 2022, se llevó a cabo la Segunda Reunión Interinstitucional para generar trabajos en conjunto en beneficio de la atención de población prioritaria coordinado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, contando con la participación de instituciones como la Comisión Nacional contra las Adicciones, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Dirección Ejecutiva del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias de la Ciudad de México y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura explicó algunos de los resultados de las visitas a establecimientos especializados en el tratamiento de las adicciones, como parte de los acuerdos, se estableció la necesidad de generar, desde instituciones federales, un protocolo integral de supervisión a centros residenciales de rehabilitación y tratamiento de adicciones.
En este tenor, debe tomarse en cuenta que ante la ausencia de un mecanismo exprofeso a nivel nacional para la atención, información del funcionamiento de los centros especializados para atender a las personas con problemas de adicción, es imperiosa la necesidad de que, por ministerio de ley, las autoridades sanitarias, así como de las instancias públicas protectoras de los derechos humanos, emitan protocolos para prevenir, investigar y sancionar los malos tratos e inhumanos, en los que se determinen las atribuciones y forma de auxilio de diversos agentes del estado para garantizar el respeto a los derechos humanos.
En el entramado jurídico se cuenta con el protocolo homologado para la investigación del delito de tortura, pero cabe destacar que dicho instrumento no cuenta con bases y procedimientos en lo que concierne al internamiento para el tratamiento de las adicciones, por lo que, de acuerdo con expertos, es importante que se establezca un protocolo para estos centros de tratamiento.
Es menester que, para lograr los fines propuestos por la reforma en materia de salud mental de mayo de 2022, se acompañe de acciones y políticas públicas para que el tratamiento de las adicciones se desarrolle bajo los estándares adecuados y con la profesionalización que debe caracterizar este tipo de servicios de salud.
Por todo lo anterior se propone el siguiente proyecto de
DecretoÚnico. Se adicionan un quinto y sexto párrafos al artículo 75 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 75. ...
...
...
...
La Secretaría y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, deberán emitir un protocolo integral de supervisión en la prestación de servicios de salud mental, rehabilitación y tratamiento de adicciones tomando en cuenta a las autoridades que intervienen y su grado de responsabilidad, con el fin de que se respeten los derechos humanos, así como de prevenir, investigar y sancionar los malos tratos crueles, inhumanos o degradantes, sin perjuicio de la aplicación de los protocolos ya existentes.
Las autoridades sanitarias y los organismos públicos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, deberán emitir sus protocolos en los mismos términos del párrafo anterior.
TransitoriosPrimero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Salud y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, contarán con un plazo de ciento ochenta días, a partir de la publicación del presente decreto, para expedir el protocolo a que se refiere el artículo 75 de éste.
Tercero. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus atribuciones, deberán adoptar y armonizar sus disposiciones reglamentarias para cumplir con el protocolo al que se refiere el presente Decreto, para lo cual contarán con un plazo de ciento ochenta días a partir de la publicación de dicho protocolo.
Notas
1 Tomado de la Guía de prevención y abordaje de la salud mental y el consumo de sustancias psicoactivas 2022, consultado en
<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/816625/Guia_A dicciones.pdf> el 29 de enero de 2024.
2 Tomado del decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
3 Ídem.
4 Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, Estrategia Hemisférica sobre Drogas 2020 (Washington, DC: Organización de Estados Americanos, 2021), páginas 8 y 9.
<http://www.cicad.oas.org/Main/AboutCICAD/BasicDocuments/Estr ategia_Hemisferica_sobre_Drogas_OEA_ESP.pdf> Fecha de consulta: 21 de abril de 2023.
5 Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 6103-III, viernes 2 de septiembre de 2022 (diputados.gob.mx).
6 Tomado de
https://iapa.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/64a/db0/d60/ 64adb0d605a9c649504003.pdf Fecha de consulta: 28 de enero de 2024.
7 Tomado del Informe de supervisión número ISP05/2020 del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Consultado en
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2021-04/I SP_05_2020.pdf el 29 de enero de 2024.
8 Ídem.
9 Informe de actividades de 2022, MNPT, CNDH,
<https://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=80077> Fecha de consulta: 30 de enero de 2024.
10 Consultado en
https://www.informador.mx/jalisco/Adicciones-Anexos-irregulares- aprovechan-vacios-y-torturan-a-internos-20231120-0018.html el 30 de enero de 2024.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputada y diputado: Brenda Ramiro Alejo, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Muchas gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Salud, para dictamen.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado José Antonio Zapata Meraz, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
El diputado José Antonio Zapata Meraz:Con el permiso de la Mesa Directiva.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputado.
El diputado José Antonio Zapata Meraz: Compañeras y compañeros, el desabasto de medicamentos es una realidad en México, así lo ha aceptado el presidente López Obrador en sus mañaneras.
Este gobierno desatendió los derechos fundamentales de las y los mexicanos. El ejemplo más claro es el derecho a la salud. El resultado de esto ha sido un alto número de decesos por falta de atención médica y un desabasto de medicamentos, que se ha venido acrecentando durante este gobierno.
A esta situación hay que agregar las fallidas políticas de salud de este gobierno. Una de ellas es la eliminación del Seguro Popular, que por casi 20 años atendió a más de 53 millones de mexicanos. Como consecuencia de esto se dejaron de realizar más de 40 millones de consultas externas, más de 7.5 millones de consultas de alta especialidad, 1.3 millones de mastografías y 1.6 millones de Papanicolaou.
Con el pretexto de que este programa ni era seguro ni era popular, echaron a la basura años de trabajo y en su lugar este gobierno implementó el sistema de salud Insabi, el cual era un sistema de salud sin planeación, sin los recursos financieros ni humanos requeridos para ofrecer estos servicios de salud.
Con dicho programa de salud el presidente López Obrador prometió que en tres años se tendría un sistema de salud de primer nivel, comparado con los países de Noruega o Dinamarca.
Hoy, a casi seis años, el tiempo nos ha dado desafortunadamente la razón: las y los mexicanos no tienen ningún sistema de salud de primer nivel y tampoco acceso a una atención médica gratuita, pues el Insabi terminó por desaparecer y ahora el famoso plan B, el IMSS Bienestar no se sabe ni cómo opera ni a cuantos mexicanos atiende o va a atender.
Ahora, ante la crisis en materia de salud que arrastra este gobierno, el presidente ha tenido una nueva ocurrencia: invertir poco más de 2 mil millones de pesos en una farmaciototota para combatir el desabasto de medicamentos que, por su culpa, ha prevalecido durante todo este sexenio.
Desmanteló el suministro de medicamentos que había funcionado durante décadas y ahora, mediante una política de amiguismos, el gobierno realiza compras directas de medicamentos e insumos a sobrecostos, lo que ha hecho que la situación del desabasto no se solucione con una mega farmacia, la cual, por cierto, opera con solo el 0.9 por ciento del total de medicamentos que puede almacenar, es decir, solo puede surtir uno de cada 100 fármacos solicitados.
Es más, gracias a este sistema de 2019 al 2022 el gobierno federal dejó de surtir poco más de 42.7 millones de recetas de derechohabientes, lo que ha ocasionado que las familias mexicanas tengan que gastar en promedio poco más de mil 300 pesos al mes para atender la deficiente atención de salud que tiene por parte del gobierno.
Por eso, para apoyar a todas estas familias mexicanas que se han visto afectadas por las deficiencias de las políticas emprendidas por este gobierno, hoy el PAN propone que si el gobierno no tiene los medicamentos que necesitas que te los pague. Asimismo, subo a esta tribuna para proponer modificar el artículo 151 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta para que lo que gastes en medicamentos sea deducible de impuestos. Con esta propuesta se estará apoyando a todas las, y los, mexicanos que ahora tienen que costear sus gastos de salud, en especial en la adquisición de medicamentos que este gobierno ha dejado de brindar y que ni con su mega farmacia va a poder solucionar.
En Acción Nacional seguiremos planteando soluciones que realmente ayuden a garantizar una mejor calidad de vida de las familias mexicanas, impulsando propuestas que realmente procuren su bienestar, su salud y mejoren su economía familiar. Es cuanto.
«Iniciativa que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suscrita por el diputado José Antonio Zapata Meraz y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado José Antonio Zapata Meraz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente.
Exposición de MotivosDesde la década de los 80 en nuestro país se estableció por primera vez en el artículo 4o. constitucional el derecho de los mexicanos a la protección a la salud, con esta reforma, se consolidó la obligación del Estado mexicano para instaurar las bases y modalidades necesarias para la protección en la población mexicana en este ámbito.
A partir de esta reforma, también se desprendió un cambio trascendental para la vida de las y los mexicanos, puesto que, este hecho significo un punto de partida para mejorar la condición y calidad de vida en materia de salud.
Para complementar esta tarea de fortalecer el derecho a la protección a la salud, en 1984 se publicó la Ley General de Salud, la cual, tuvo como objetivo establecer las bases para implementar el acceso a los servicios de salud desde la Federación y las Entidades Federativas.
En este sentido, la Ley General de Salud contemplo como finalidad salvaguardar el bienestar físico y mental, el mejoramiento de la calidad de vida, la conservación y disfrute de las condiciones de salud.
Sin embargo, en junio de 2011 se realizaron cambios a la normativa constitucional con la cual, se ampliaron los parámetros sustanciales de los derechos humanos y del propio derecho a la salud.
En este tenor, se estableció la universalidad de los derechos humanos en la constitución y los propios tratados internacionales de los que nuestro país es parte, por lo que, esto trajo consigo una mayor obligación para el Estado mexicano, que ahora, con dicha modificación está obligado no solo a salvaguardar los derechos individuales establecidos en nuestras leyes, sino que también, debe de garantizar los derechos establecidos en los propios tratados internacionales.
Este contexto contempla la salvaguarda de los derechos esenciales que van de la mano, como los derechos económicos, sociales y culturales, los cuales, son todos aquellos que pueden satisfacer las necesidades básicas y que aportan el máximo nivel de vida digna.
En el caso del derecho a la salud, podemos observar que en el artículo cuarto se establece que “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud” para lo cual, se señala en propio artículo segundo que el Estado debe de “Asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional”.
Por su parte, en los tratados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el propio Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Cultural también se menciona a la salud como parte del derecho a un nivel de vida adecuado.
Este derecho a la salud contempla otros derechos implícitos como lo son:
• El derecho a un sistema de protección de la salud que brinde a todos una igualdad de oportunidades para disfrutar del más alto nivel posible de salud.
• El derecho a la prevención y el tratamiento de las enfermedades y la lucha contra ellas.
• El acceso a medicamentos esenciales.
• La salud materna, infantil y reproductiva.
• La participación de la población en el proceso de adopción de decisiones en cuestiones relacionadas con la salud a nivel comunitario y nacional.
Estos son solo algunos de los derechos fundamentales que el propio Estado debe de salvaguardar para garantizar el derecho a la salud de las y los mexicanos, a pesar de ello, en los últimos años hemos visto un retroceso en el acceso al derecho a la salud.
Solo basta con ver que de 2018 a 2022 nuestro país vivió un aumento significativo en la carencia de acceso y servicios de salud, ya que, se pasó de tener 20.1 millones de personas sin acceso en 2018 a 50.4 millones de mexicanos sin acceso a servicios de salud en 2022.
Con estos datos podemos observar no solo un déficit en el sistema de protección de la salud que debería de existir para atender a la población, sino que también, demostró la falta de servicios básicos y el acceso a medicamentos esenciales para garantizar el derecho a la salud de las y los mexicanos.
Ante esta situación, las familias mexicanas han tenido que subsanar de su propio bolsillo los gastos procedentes de la atención médica, lo cual, representa en promedio un gasto de 1,345 pesos según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares.
De tal manera que, de cada 100 peso que gastan las familias mexicanas en atención medica el 68% representa el pago por medicamentos y el resto contempla la atención medica ambulatoria u hospitalaria.
No obstante, en algunos otros casos, los costos para la atención de una enfermedad o padecimiento pude superar los millones de pesos, un ejemplo claro de ello son los padecimientos como algún tipo de cáncer o VIH que pueden tener un costo de 2.6 millones de pesos por tratamiento, según la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), costos que gran parte de la población no puede costear.
Esta situación demuestra que para la mayoría de los mexicanos ni las condiciones de salud ni el acceso a los servicios se encuentran plenamente cubiertos, pues, a pesar de que existen servicios de salud, no se garantiza su pleno acceso en cuestiones de igualdad, por lo cual, las familias mexicanas han tenido que hacerse cargo de sus propios gastos médicos, lo que representa un impacto importante en sus ingresos.
En este sentido, vemos que para incentivar la implementación de medidas que ayudan a impulsar el derecho a la salud física y mental, así como a los servicios de salud que el Estado ha dejado de atender, se han creado incentivos fiscales para que las personas puedan deducir de impuestos las pólizas de seguro médico o en su caso los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
Sin embargo, este incentivo no contempla la otra parte de los gastos fuertes que realizan los mexicanos para atender su salud, puesto que, como ya se ha mencionado, poco más del 50% de los gastos en salud está representado por la compra de medicamentos.
Y es que, si bien, se dice que los gastos médicos son deducibles de impuestos, el propio Servicio de Administración Tributaria resalta que los gastos médicos hospitalarios y las medicinas solo pueden ser deducibles si estas son incluidas en facturas hospitalarias.
Así mismo, el propio Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 264 señala que “para efectos del artículo 151, fracción I de la ley, se consideran incluidos en las deducciones a que se refiere dicha fracción, los gastos estrictamente indispensables efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis”.
Esta situación deja una incertidumbre en la compra de medicamentos que son adquiridos en farmacias, establecimientos mercantiles o consultorios médicos privados que se dedican a atender a la población de menores recursos y que no cuenta con acceso a la seguridad social.
Con esta limitante, se dejan fuera la compra de medicamentos que son para tratar algún malestar o padecimiento y que, a pesar de ser recetadas por un médico titulado, no son incluidas por no ser surtidas y expedidas por una institución hospitalaria.
Dicha acción lo único que hace es afectar a los bolsillos de las y los mexicanos que adquieren estos medicamentos en farmacias o tiendas de autoservicio por tener un menor costo que en los propios centros médicos donde son atendidos.
Además, con esta acción también se demeritan los mecanismos y políticas progresivas que el Estado mexicano debería de promover e incentivar para garantizar el derecho al acceso de medicamentos esenciales y en su caso a garantizar el pleno derecho a la salud, puesto que, ante la falta de atención médica gratuita o al accesible para toda la ciudadanía por parte de los gobiernos, se deben de buscar herramientas y mecanismos que ayuden a atender este déficit en la atención médica de la población.
La atención médica en caso de enfermedad, prevención, así como tratamiento y control de las enfermedades, dependen en gran medida del acceso oportuno y adecuado a medicamentos de calidad.
Por esta razón, pongo a consideración el presente proyecto de iniciativa con el objetivo de impulsar un mecanismo fiscal que permita apoyar la adquisición y deducción de impuestos en los medicamentos que adquieren las familias mexicanas.
Con ello, se apoyará a que las personas físicas puedan deducir de impuesto los gastos por medicamentos adquiridos para su persona, su conyugue y sus ascendientes o descendientes directos siempre que sean expedidas por una persona con título profesional y adquiridas en un establecimiento legalmente establecido.
Así mismo, esto aportara a que las personas puedan adquirir los medicamentos necesarios para garantizar su derecho al acceso a medicamentos y a una mejora en su calidad de vida, sin impactar de manera significativa sus ingresos.
DecretoÚnico. Se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:
I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios y de medicamentos, siempre que haya de por medio una prescripción médica y la compra sea realizada en farmacias o establecimientos que se encuentren legalmente establecidos, siendo efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.
II. a VIII. ...
TransitoriosPrimero. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. - Una vez que sea aprobado el presente decreto, el Ejecutivo federal deberá realizar los ajustes correspondientes de los ingresos y gastos que correspondan para el ejercicio fiscal siguiente de que se trate.
Tercero. - El gobierno federal deberá realizar las modificaciones necesarias a la norma fiscal, a la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del Reglamento de la LISR en el caso de ser necesario.
Notas
1 (Diario Oficial de la Federación, 1983)
2 (Diario Oficial de la Federación, 1984)
3 (H. Cámara de Diputados, 2024)
4 (Organización Mundial de la Salud, 2018)
5 (Martínez, 2023)
6 (INEGI, 2023)
7 (Alejandra Llanos Guerrero, 2021)
8 (Forbes, 2021)
9 (H. Cámara de Diputados, 2021)
Bibliografía
Alejandra Llanos Guerrero. (2021). Interrupción de los servicios de salud. Obtenido de
https://ciep.mx/interrupcion-de-los-servicios-de-salud–implicaci ones-en-el-gasto-de-bolsillo/
Diario Oficial de la Federación. (7 de febrero de 1984). Ley General de Salud. Obtenido de
https://dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?codnota=4652777&fec ha=07/02/1984&cod_diario=200301
Diario Oficial de la Federación. (3 de febrero de 1983). Decreto por el que se adiciona con un párrafo penúltimo el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Obtenido de
https://dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=206369&p agina=2&seccion=0
Forbes. (3 de febrero de 2021). Cáncer y tumores alcanzan costo promedio de atención por 2.6 mdp: AMIS. Obtenido de
https://www.forbes.com.mx/noticias-cancer-y-tumores-costo-prome dio-de-atencion-por-2-6-mdp-amis/
Honorable Cámara de Diputados. (Noviembre de 2021). Ley del Impuesto sobre la Renta. Obtenido de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf
Honorable Cámara de Diputados. (Enero de 2024). Ley General de Salud. Obtenido de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
Inegi. (26 de julio de 2023). Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2022. Obtenido de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enigh/nc/2022/doc/ enigh2022_ns_presentacion_resultados.pdf
Martínez, A. (15 de agosto de 2023). ¿Por qué se disparó el número de mexicanos sin acceso a servicios de salud? Obtenido de
https://www.milenio.com/negocios/mexicanos-sin-acceso-a-salud-po r-que-van-en-aumento
Organización Mundial de la Salud. (2018). El derecho a la salud. Obtenido de
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/Publications /Factsheet31sp.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputado y diputada: José Antonio Zapata Meraz, Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES, Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, y de la Ley General de Educación.
La diputada Sue Ellen Bernal Bolnik:Gracias, presidenta. Con su venia.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputada.
La diputada Sue Ellen Bernal Bolnik: Compañeras y compañeros legisladores, la palabra cultura se refiere según la Real Academia Española, al conjunto de costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico e industrial. Por su parte, la Academia Mexicana de la Lengua define la palabra arte como la actividad humana para crear cosas bellas.
En la actualidad, las y los jóvenes buscan espacios en donde se les permita expresar de alguna forma su sentir con respecto a distintos temas, ya sean sociales o personales, siendo el arte urbano una de las formas para lograrlo, aunque también es uno de los medios de expresión no reconocidos como tal.
El arte urbano contempla todo el arte que se expresa en la calle, como son los murales, pinturas en espray, pegatinas, mosaicos, esculturas, entre otros. Este tipo de creaciones, a pesar de su grado artístico la mayoría de las veces es contemplada ante autoridades administrativas como ilegales, siendo que es una forma de expresión creativa que toma como lienzo o escenario un entorno citadino para comunicar ideas, emociones o visiones del mundo llevando el arte a la vida cotidiana de las personas.
Desde su llegada a la Ciudad de México en los años 80, el arte urbano se ha convertido en una parte esencial de la identidad de las diversas comunidades que la conforman y posee grandes artistas urbanos que han puesto en alto el nombre de nuestro país, nuestra cultura e historia, manteniéndola viva y promoviéndola en otros países.
Sin embargo, en muchas ocasiones el arte urbano es confundido con el grafiti ilegal, siendo totalmente diferentes, ya que el arte urbano busca la coexistencia entre el individuo, su arte y su entorno, creando muros con fines más artísticos y de expresión en espacios previamente autorizados.
Con esta iniciativa que propone reformar la Ley General de Cultura y Derechos Culturales así como la Ley General de Educación buscamos promover la difusión, desarrollo y reconocimiento del arte urbano atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones.
Presento esta iniciativa a nombre de las y los jóvenes artistas que practican el arte urbano y que en muchas ocasiones son criminalizados porque las autoridades no distinguen entre una obra artística y un grafiti ilegal. Paso a esta tribuna a presentar esta iniciativa a nombre de esos jóvenes que deben ser reconocidos y apoyados como cualquier otro artista.
El arte urbano puede ayudar a recuperar con color y arte el paisaje urbano, la difusión y los apoyos a estos artistas genera un ambiente sano, además de que su práctica sirve como estrategia para prevenir delitos y genera una actividad constructiva para el desarrollo de nuestros jóvenes.
Compañeras y compañeros diputados, los invito a sumarse a esta iniciativa para reconocer estas expresiones callejeras realizadas con fines artísticos, porque como decía Salvador Dalí, un verdadero artista no es quien se inspira, sino quien inspira a otros, y sin duda el arte urbano nos inspira a todas y a todos. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Sue Ellen Bernal Bolnik, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y la Ley General de Educación, en materia de arte urbano, con base en la siguiente
Exposición de motivosPor definición de la Real Academia Española, la palabra cultura es el conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico, industrial de una época, grupo social, etc. En la actualidad los jóvenes buscan espacios en donde se les permita expresar de alguna forma su sentir con respecto a distintos temas, ya sean sociales y/o personales, siendo el arte urbano, una de las formas para lograrlo, aunque también, uno de los medios de expresión no reconocidos.
Por su parte, la Academia Mexicana de la Lengua define a la palabra Arte como “ actividad humana para crear cosas bellas”.
Ahora bien, arte urbano proviene de las palabras, que vienen de la traducción inglesa “Street Art”, que significa “Arte Callejero”, que contempla todo el arte que se expresa en la calle, hace referencia a murales, pinturas en spray, pegatinas, mosaicos, esculturas, etc. Este tipo de creaciones se realizan en la calle o en un lugar público que muestra el trabajo de personas que han desarrollado un modo de expresión artística mediante el uso arte urbano, a pesar de su grado artístico la mayoría de las veces es contemplada ante las autoridades administrativas como ilegal, siendo que es una forma de expresión creativa, que toma como lienzo o escenario un entorno citadino con el fin de comunicar ideas, emociones o visiones del mundo, llevando el arte a la vida cotidiana de las personas.
El origen del arte urbano suele situarse en París, en la década de los 60, cuando los artistas comenzaron a trabajar en las calles de forma muy cercana a lo que se entiende actualmente por arte callejero, a la Ciudad de México llegó con fuerza en los años 80 desde entonces es una parte esencial de la identidad de las diversas comunidades que la conforman y posee grandes artistas urbanos que han puesto en alto nuestra cultura e historia, manteniéndola viva y promoviéndola en otros países.
Sin embargo, el graffiti y el arte urbano no son necesariamente lo mismo, el graffiti se refiere a un medio de expresión basado en el uso de pintura en aerosol para la realización pintas, dentro de este surgen dos tendencias, la primera más transgresiva, llamada “ ilegal” la cual busca burlar autoridades con el fin de dejar huella de la presencia de un individuo en un espacio público o privado y la otra tendencia, la “ legal” la cual busca la coexistencia entre el individuo, su arte y su entorno, creando muros con fines más artísticos y de expresión, en espacios previamente autorizados.
El graffiti “ ilegal” trata únicamente de poner un nombre o un icono, hacer algo visualmente impactante muchas veces con ofensas. Mientras que una intervención de arte urbano, normalmente aprovecha ese espacio para trasmitir una idea o jugar con el propio espacio, es decir, interactúa con la superficie y con las personas que lo observan, con diversas técnicas como: teatro callejero, música en la calle y una de las más importantes, la pinta con aerosol, también comprende plantillas, esténcil, carteles, stickers (calcomanías o pegotes) y murales urbanos, todo esto como una nueva forma de comunicación, la cual se realiza, por lo general, de manera espontánea, veloz, en espacios públicos, tienen un llamativo mensaje revolucionario que critica a la política y a la sociedad con ironía, invita a la lucha social, o simplemente promueve la reflexión y el cuestionamiento.
En ese orden de ideas, se debe promover los medios para la difusión, desarrollo y reconocimiento del arte urbano, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones.
Así pues, es imprescindible la necesidad de legislar en materia de Cultura y Derechos Culturales, así mismo en nuestra Ley General de Educación.
Consideraciones
La presente iniciativa se realiza con el propósito de fomentar el respeto de los derechos de las personas involucradas.
Existen jóvenes que han participado de manera internacional en llevar a cabo el desarrollo de murales con las pinturas y técnicas entes mencionados, logrando expresar su forma de pensar y sentir no solamente con la finalidad de que la sociedad la conozca o sea parte de su pensamiento también con el fin de que su trabajo sea reconocido como arte urbano y formar parte de esta actividad que se vuelve una forma de vida.
Como referencia de algunos concursos son:
1. En septiembre de 1995 se llevó a cabo la primer “Expo” (Semana Cultural Pinta de Bardas en Iztapalapa) esta exposición se hizo en el “Deportivo Chavos Banda” buscando bardas en las principales avenidas de Iztapalapa y solicitando permiso a los dueños para pintar. Ofreciendo como premio una salida a la ciudad de los Ángeles California, la convocatoria se realizó mediante los periódicos Excélsior y El Universal.
2. En el año de 1999 se realizó la “expo “grafiti con motivo de la inauguración del Taller de Aerografía y Grafiti.
3. En marzo del 2000 se realiza la quinta ”Expo” y sexta ”Expo” Grafiti inaugurando los Talleres de Prevención del Delito y de las Adicciones en coordinación con la Embajada Americana y la Secretaria de Salud.
“A pesar de ello, aún existen grupos en contra, principalmente por parte de la prensa y grupos conservadores, que, en sentido contrario a los avances en el campo artístico, no alcanzan a ver el arte urbano como un arte que hoy va más allá de tribus y grupos de minoría que debido a la exclusión social, utilizaban el grafiti para hacerse oír. Pero que, en función de una nueva inclusión social, lo vemos crecer como una identificación de unión, creando solidaridad y complicidad, con infinitas posibilidades de cambios y de interacciones en diversos niveles y estilos en las diferentes comunidades. ¡El arte de todos y para todos!”.
Por otra parte, los mexicanos tenemos derecho a la libertad de expresión y se encuentra protegido por la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo artículo 19 señala.
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
En ese sentido, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos salvaguarda el derecho de la libertad de expresión derecho, que menciona lo siguiente:
“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.”
En México se han vivido diversas transformaciones, el área artística no debe ser la excepción, existiendo un movimiento tan impactante como el arte urbano que se encuentra cada vez más presente y va conquistando personas de diversos sectores y clases sociales, sin utilizar necesariamente la palabra oral, pudiendo hacerlo a través de los gestos de pintar, dibujar, esculpir y grabar, representando sus percepciones del mundo, permitiendo hacer más democrático el arte, con el uso de paredes y muros como grandes telas para la pintura logrando una comunicación, registro e identificación de un pueblo, logrando dar sentido de pertenencia a la sociedad.
La razón para presentar esta iniciativa es apoyar la cultura, a los y las jóvenes artistas que practican el Arte Urbano, y que la realización de este movimiento artístico sea reconocido así como la promoción y la difusión que representa la cultura.
Este tipo de arte puede Ilegar a recuperar el paisaje urbano de la entidad, la difusión y los apoyos a estos artistas, genera un ambiente sano. Asimismo, la práctica del arte urbano sirve como estrategia para prevenir delitos y genera una actividad constructiva para el desarrollo de nuestros jóvenes además de reconocerlos en la ley no perder de vista el seguir impulsando programas y concursos de grafiti (sic).
Por lo anterior, resulta acertada la reforma a la Ley General de Cultura y Derechos Culturales y Ley General de Educación para reconocer y definir el concepto de Arte Urbano.
DecretoPrimero.- Se adiciona una fracción III al artículo 2, recorriéndose las subsecuentes, se adiciona un artículo 3 Bis, modificación al artículo 10, se adiciona una fracción X al artículo 11, recorriéndose la subsecuente, una fracción XII al artículo 12, y una fracción VIII al artículo 18, todos de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales, para quedar como sigue:
Artículo 2.- La Ley tiene por objeto:
I. Reconocer los derechos culturales de las personas que habitan el territorio de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Establecer los mecanismos de acceso y participación de las personas y comunidades a las manifestaciones culturales;
III. Reconocer el Arte Urbano, contemplado como todas las expresiones pictóricas callejeras realizadas con fines artísticos, sin manifestaciones obscenas, utilizando técnicas tales como el muralismo, stencil y pósteres;
IV. Promover y respetar la continuidad y el conocimiento de la cultura del país en todas sus manifestaciones y expresiones;
V. Garantizar el disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural;
VI. Promover, respetar, proteger y asegurar el ejercicio de los derechos culturales;
VII. Establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México en materia de política cultural;
VIII. Establecer mecanismos de participación de los sectores social y privado, y
IX. Promover entre la población el principio de solidaridad y responsabilidad en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia.
Artículo 3 Bis.- El arte urbano al que se refiere esta ley expone un mensaje revolucionario de la politica, la sociedad, la lucha social o promueve el cuestionamiento y la reflexion.
Para la realización de las actividades señaladas en el párrafo anterior, los artistas deberán tramitar un permiso ante las autoridades municipales o de las alcaldias de la Ciudad de México, según corresponda el espacio en el que se realizarán, en caso de ser espacios públicos y, en caso de ser propiedad privada, deberán contar con el permiso por escrito del dueño de la propiedad en la que se plasmarán las expresiones artísiticas.
Artículo 6.- Corresponde a las instituciones del Estado establecer políticas públicas, crear medios institucionales, usar y mantener infraestructura física y aplicar recursos financieros, materiales , humanos, así como la promoción de espacios adecuados para hacer efectivo el ejercicio de los derechos culturales protegiendo la libertad de expresión.
Artículo 10.- Los servidores públicos responsables de las acciones y programas gubernamentales en materia cultural de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México en el ámbito de su competencia, observarán en el ejercicio de la política pública el respeto, promoción, protección, garantía de los derechos culturales y la libertad de expresión en espacios públicos.
Artículo 11.- Todos los habitantes tienen los siguientes derechos culturales:
I. Acceder a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia;
II. Procurar el acceso al conocimiento y a la información del patrimonio material e inmaterial de las culturas que se han desarrollado y desarrollan en el territorio nacional y de la cultura de otras comunidades, pueblos y naciones;
III. Elegir libremente una o más identidades culturales;
IV. Pertenecer a una o más comunidades culturales;
V. Participar de manera activa y creativa en la cultura;
VI. Disfrutar de las manifestaciones culturales de su preferencia;
VII. Comunicarse y expresar sus ideas en la lengua o idioma de su elección;
VIII. Disfrutar de la protección por parte del Estado mexicano de los intereses morales y patrimoniales que les correspondan por razón de sus derechos de propiedad intelectual, así como de las producciones artísticas, literarias o culturales de las que sean autores, de conformidad con la legislación aplicable en la materia; la obra plástica, escultórica y el arte urbano de los creadores, estará protegida y reconocida exclusivamente en los términos de la Ley Federal del Derecho de Autor.
IX. Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para el ejercicio de los derechos culturales, y
X. Participar en programas adecuados para el desarrollo del Arte Urbano.
X I. Los demás que en la materia se establezcan en la Constitución, en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y en otras leyes.
Artículo 12.- Para garantizar el ejercicio de los derechos culturales, la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, deberán establecer acciones que fomenten y promuevan los siguientes aspectos:
I a la V. ...
VI. El fomento de las expresiones , y creaciones artísticas , de arte urbano y cultural de México;
VII. La promoción de la cultura nacional en el extranjero;
VIII. La educación, la formación de audiencias y la investigación artística y cultural;
IX. El aprovechamiento de la infraestructura cultural, con espacios y servicios adecuados para hacer un uso intensivo de la misma;
X La promoción del establecimiento de espacios adecuados para el desarrollo del arte urbano.
X I. El acceso universal a la cultura para aprovechar los recursos de las tecnologías de la información y las comunicaciones, conforme a la Ley aplicable en la materia, y
X II. La inclusión de personas y grupos en situación de discapacidad, en condiciones de vulnerabilidad o violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
Segundo.- Se adiciona una fracción XI al artículo 18, recorriéndose las subsecuentes, se modifica la fracción XXII y se modifica la fracción XXII del artículo 30, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 18. La orientación integral, en la formación de la mexicana y el mexicano dentro del Sistema Educativo Nacional, considerará lo siguiente:
I a IX. ...
X. La apreciación y creación artística, a través de conocimientos conceptuales y habilidades creativas para su manifestación en diferentes formas, y
XI. La apreciación del arte urbano con la creación de un nuevo Muralismo mexicano, con alto impacto visual y facilidad de comunicación con el espectador, expresión creativa que toma como lienzo o escenario un entorno citadino, con el fin de comunicar ideas, emociones o visiones del mundo en la actualidad, y
XI I. Los valores para la responsabilidad ciudadana y social, como el respeto por los otros, la solidaridad, la justicia, la libertad, la igualdad, la honradez, la gratitud y la participación democrática con base a una educación cívica.
Artículo 30. Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo con el tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:
I. a XXI. ...
XXII. El conocimiento de las artes, la valoración, la apreciación, preservación y respeto del patrimonio musical, cultural y artístico, así como el desarrollo de la creatividad artística por medio de los procesos tecnológicos, tradicionales, la enseñanza de arte urbano y se tomara para su desarrollo las técnicas con stencil, pósteres y spray;
XXIII. La enseñanza de la música para potencializar el desarrollo cognitivo y humano, así como la personalidad de los educandos;
XXIV. El fomento de los principios básicos de seguridad y educación vial, y
XXV. Los demás necesarios para el cumplimiento de los fines y criterios de la educación establecidos en los artículos 15 y 16 de la presente ley.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.academia.org.mx/consultas/obras-de-consulta-en-linea/diccionario-mi nucias-del-lenguaje/item/el-arte-las-artes 2#:~: text=En%20singular%20y%20sin%20modificador,a%20las%20diversas%20disciplinas%20a rt%C3%ADsticas.
2 https://revista925taxco.fad.unam.mx/index.php/2016/05/05/la-influencia-del-arte -urbano-en-la-sociedad-una-metamorfosis-en-los-espacios-publicos/
3 https://www.cndh.org.mx/pagina/derechos-libertad-de-expresion
4 https://www.cndh.org.mx/pagina/derechos-libertad-de-expresion
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputadas: Sue Ellen Bernal Bolnik, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Lorena Piñón Rivera (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Muchas gracias, diputada. Túrnese a las Comisiones Unidas de Cultura y Cinematografía, y de Educación, para dictamen.
LEY AGRARIA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra, a continuación, el diputado Antolín Guerrero Márquez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 47 de la Ley Agraria.
El diputado Antolín Guerrero Márquez:Con su permiso, diputada presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputado.
El diputado Antolín Guerrero Márquez: Desde que el hombre renunció a su libertad primitiva y decidió vivir en sociedad escribiendo el acuerdo por el cual conviviría ha ido evolucionando en sus términos y buscando la forma de poderlos perfeccionar. Nuestro país no ha sido ajeno a esto y desde entonces nuestro país ha ido evolucionando teniendo diferentes puntos de acuerdo para poderse entender y desarrollar el mismo.
Hoy a mucha distancia que nos hayamos constituido como país, los gobiernos en turno o el Ejecutivo en turno ha diseñado una forma de conducirse para poderle dar respuestas a la sociedad de tal suerte que ha creado diversas instituciones y secretarías para lo mismo, en este contexto, un país que tenía una inmensa extensión rural fue creando los núcleos de poblaciones que se transformaban en ejidos y que para ello desarrollaron diversas secretarías, entre ellas la Secretaría de Reforma Agraria.
Esto permitió que cumpliera con su fin en su momento, y en los últimos 18 años esta Secretaría, desde Felipe Calderón hasta Enrique Peña Nieto, en el 2013, que decidieron acomodar este acuerdo para poder darle respuesta a la sociedad.
Sin embargo, en este contexto, lo limitado de las acciones de la Secretaría y al ser la única dependencia con una incidencia en el sector que no contaba con atribuciones en la ley, requería de un ajuste institucional, lo cual quedó plasmado en la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del 2 de enero del 2013, y esto dio lugar al surgimiento de la Sedatu, que integró atribuciones de la Secretaría de la Reforma Agraria y Desarrollo Social en materia territorial, urbana y de vivienda.
Durante ese sexenio lo agrario pasó a ser la última prioridad de la recién creada Sedatu y solo destacó la importancia que se dio a la enajenación de terrenos nacionales, desde una perspectiva de especulación.
La creación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano vino a concluir un proceso de declinación creciente de la Secretaría de la Reforma Agraria, extinta de facto, a partir de la reforma de 1992 y con la expedición consecuente de la Ley Agraria, fue un tópico recurrente hablar de una nueva institucionalidad agraria constituida por los tribunales agrarios, la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional y el Fondo para el Desarrollo y el Fomento Ejidal.
La diversidad de ordenamientos jurídicos en materia de equilibrio ecológico, minería, desarrollo forestal, manejo hidráulico, pesca y acuacultura, entre estas actividades, no guardan la debida congruencia con la priorización y ejercicio del derecho por parte de los núcleos agrarios, como consecuencia de esta falta de congruencia de la institucional del derecho sobre la tierra que no garantiza el aprovechamiento de la misma, aunque se tenga la posesión de ellos.
Es así que llegamos hasta nuestros días, en el 2023, específicamente enero, se cumplieron diez años de la creación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Sedatu, una década de cambios profundos que han transformado a esta institución en una institución clave para reducir las desigualdades que más nos lastiman a la sociedad rural. Sin embargo, existe esta incongruencia y esta es importante ponerla en sintonía, por tal motivo es necesario realizar el cambio de la autoridad responsable en esta parte. Por principio general de derecho las leyes deben conducirse o concordarse unas con las otras.
La Ley Agraria para llevar a cabo los procesos señala que se llevará ante la Secretaría de la Reforma Agraria, ahora que ha sido rebasada por esta nueva institución.
Reformar el artículo 47, donde se mencionaba que la Secretaría de la Reforma Agraria, previa audiencia, ordenará una serie de encomiendas. Para poderla actualizar es necesario que esto diga la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, previa audiencia ordenará lo correspondiente.
Estamos ante un reto que necesitamos reflexionar y actuar con audacia, los tiempos actuales demandan la concordancia en esto. Es por ello, compañeros, solicito a ustedes y pongo a su consideración que se pueda tomar en cuenta este cambio. Muchas gracias, diputada presidenta.
«Iniciativa que reforma el artículo 47 de la Ley Agraria, a cargo del diputado Antolín Guerrero Márquez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Antolín Guerrero Márquez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 47 de la Ley Agraria, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa división de poderes es una característica esencial de las democracias modernas, desde el siglo XVII en Inglaterra, John Locke señalo la necesidad de marcar la división entre el poder del rey y del parlamento, en Francia, en el siglo XVIII, Montesquieu planteó la división tripartita de los poderes, Legislativo, Ejecutivo y judicial, en oposición al absolutismo. Con base a estas ideas, se organizaron las funciones del Estado y el ejercicio del poder público.
Para evitar la concentración de la fuerza del Estado en una sola persona se establecieron controles al poder y un sistema de pesos y contrapesos, en la Constitución para la Libertad de la Americana Mexicana hasta la Constitución que nos rige, se estableció la división de poderes.
En plena Revolución Insurgente, el establecer el primer gobierno independiente en Guadalajara, Miguel Hidalgo creo dos secretarías: la del Despacho. Y la de Gracia y Justicia. La Constitución 1814 estableció tres Secretarias: del Gobierno, de Hacienda, y de Guerra.
La Constitución de 1857 dio triunfo definitivo al sistema federal, durante este mandato se crearon seis secretarias. Para el lapso 1916-1917 se consolidan dieciséis secretarias, sin embargo, el enfoque para el 5 de febrero de 1917, incrementaron las actividades políticas, económicas y sociales, donde se crean dieciocho secretarias.
La importancia de la actualización en las autoridades competentes con las modificaciones en su nombre para su tiempo y espacio, derivado a que en las administraciones de los diversos presidentes en su cargo en México han tenido 60 presidentes y con los diferentes partidos políticos de los cuales a la ideología y necesidad del país se han ido creando diversas secretarias para focalizar temas distintos.
A lo largo de la historia, las dependencias, secretarias e instituciones han tenido modificaciones con base en las administraciones en su cargo del Ejecutivo. En este caso, la parte cronológica de la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA):
• La SRA en el gobierno de Felipe Calderón (2006-2012);
• La SRA en el gobierno de Enrique Peña Nieto (2012-2013);
• La Sedatu en el gobierno de Enrique Peña Nieto (2013-2018); y
• La Sedatu en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.
En la Ley Agraria, para llevar a cabo los procesos se señala que se llevara ante la Secretaria de la Reforma Agraria, la cual ha tenido un cambio en Secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (Sedatu), por tal motivo es necesario realizar el cambio de la autoridad responsable, por principio general del derecho “Las leyes deben concordarse unas con otras”.
La creación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano vino a concluir un proceso de declinación creciente de la Secretaría de la Reforma Agraria, extinta de facto, a partir de la Reforma Constitucional de 1992 y la expedición, consecuente, de la Ley Agraria, fue un tópico recurrente hablar de una “nueva institucionalidad agraria” constituida por los Tribunales Agrarios, la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional y Fifonafe.
En efecto, lo limitado de las acciones de la secretaría, y al ser la única dependencia con incidencia en el sector que no contaba con atribuciones en la ley, requerían de un ajuste institucional, lo cual quedó plasmado en la reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal el 2 de enero de 2013. Esto dio lugar al surgimiento de la Sedatu que integró atribuciones de las secretarías de Reforma Agraria y de Desarrollo Social en materia territorial, urbano y de vivienda.
Los objetivos de la reforma significaron la importancia del aprovechamiento integral del territorio, con una base de sustentabilidad, el desarrollo agrario y el ordenamiento de los asentamientos urbanos. Destaca de ello su alineamiento con el tercer párrafo del artículo 27 constitucional, que alude a la conservación y aprovechamiento de los recursos naturales existentes en el territorio de los núcleos agrarios e incluye los recursos forestales, silvícolas y los minerales que no se encuentran en el subsuelo, así como los recursos susceptibles de explotación acuícola, silvícola e incluso para el turismo y la recreación.
La diversidad de ordenamientos jurídicos en materia de equilibrio ecológico, minería, desarrollo forestal, manejo hidrológico, pesca y acuicultura en la actualidad no guardan la debida congruencia con la priorización y ejercicio del derecho por parte los núcleos agrarios, como consecuencia de esta falta de congruencia, la titularidad del derecho sobre la tierra no garantiza el aprovechamiento de esos recursos.
La posibilidad de dar un sentido de visión del territorio como un “continuum”, que incorpora, de manera cambiante lo rural y lo urbano, requirió del impulso de políticas públicas que dieran un sentido preciso a esta concepción.
Durante el sexenio pasado, el aspecto agrario pasó a ser la última prioridad de la recién creada Sedatu y sólo destacó la importancia que se dio a la enajenación de terrenos nacionales desde una perspectiva de especulación.
En este gobierno, el de la cuarta transformación, se ha trabajado con una visión integral del territorio, donde lo agrario y lo urbano guardan una adecuada participación en la planeación, ha sido un esfuerzo constante, no exento de dificultades, pero resalta la voluntad política para dar un sentido de equilibrio territorial, en donde lo agrario adquiere pertinencia y prioridad para impulsar el desarrollo social a los núcleos agrarios, en lo cual destacan
• México no puede prescindir de una política agraria por su importancia territorial (más de 50 por ciento del país); y
• Se requieren acciones para garantizar el desarrollo y la paz social.
En 2023, específicamente el 2 de enero, se cumplieron 10 años de la creación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), una década de cambios profundos que han transformado a la Sedatu en una institución clave para reducir las desigualdades que más nos lastiman como sociedad.
Los orígenes de la secretaría se remontan a tiempos de Lázaro Cárdenas, en la repartición de tierras entre ejidos y comunidades, el fortalecimiento del sector agrario tras la Revolución hizo necesaria una dependencia del Estado que se ocupara del ordenamiento territorial y el desarrollo en el campo y eventualmente, se creó la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), en 1970, que fue la primera predecesora directa de la Sedatu, de las funciones de la SRA fueron fusionadas con algunas realizadas por la Secretaría de Desarrollo Social, para crear una secretaría independiente, más especializada y encargada también del desarrollo urbano.
Así, en 2013 surgió finalmente la Sedatu, aunque nació de las mejores intenciones y con antecedentes sólidos en la lucha agraria, la secretaría tuvo sus primeros años durante la decadencia del periodo neoliberal, momentos dañinos para el desarrollo nacional y desafortunadamente, durante sus primeros años no fue aprovechada al máximo; sus funciones más importantes se vieron diluidas por la corrupción, por la falta de visión social en las políticas de vivienda y por la ausencia de una comprensión real de las necesidades de la gente.
La Sedatu encabeza un trabajo coordinado en atender las carencias en vivienda en el país. Según el último análisis del Coneval, las carencias por espacios en la vivienda fueron las dos que más disminuyeron entre 2018 y 2020.
Además de la corrección en la palabra ejidatario, pues existe el concepto ejitadario y, como tal, la palabra correcta es ejidatario,que significa sujeto agrario integrante del núcleo ejidal, mexicano, mayor de edad o de cualquier edad si tiene familia a su cargo, que cuente con certificado de derechos agrarios; certificado parcelario o de derechos comunes, sentencia o resolución de tribunal agrario.
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 47 de la Ley Agraria
Único. Se reforma el artículo 47 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:
Artículo 47. Dentro de un mismo ejido, ningún ejidatario podrá ser titular de derechos parcelarios sobre una extensión mayor que la equivalente al cinco por ciento de las tierras ejidales, ni de más superficie que la equivalente a la pequeña propiedad. Para efectos de cómputo, las tierras ejidales y las de dominio pleno serán acumulables.
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, previa audiencia, ordenará al ejidatario de que se trate, la enajenación de los excedentes dentro de un plazo de un año, contado a partir de la notificación correspondiente. Si el ejidatario no hubiere enajenado en el plazo indicado, la Secretaría fraccionará, en su caso, los excedentes y enajenará los derechos correspondientes al mejor postor entre los miembros del núcleo de población, respetando en todo caso los derechos de preferencia señalados en el artículo 80 de esta ley.
TransitoriosPrimero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Notas
1 Ley Agraria.
2 https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5278/3.pdf
3 https://www.gob.mx/sedatu/articulos/a-diez-anos-de-la-creacion-de-la-sedatu-una -vision-desde-lo-agrario?state=published
4 https://meyerfalcon.medium.com/10-a%C3%B1os-de-sedatu-el-reflejo-de-una-transfo rmaci%C3%B3n-9b81c7a0a909
Palacio Legislativo de San Lázaro. Ciudad de México, a 7 de febrero de 2024.– Diputados: Antolín Guerrero Márquez, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, para dictamen.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra la diputada Yesenia Galarza Castro, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 29 y 83 del Código Fiscal de la Federación, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Yesenia Galarza Castro:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
La diputada Yesenia Galarza Castro: Buenas tardes, compañeras y compañeros diputados, hoy vengo a presentar una iniciativa que considero es de gran relevancia en la vida diaria de los ciudadanos, pues todos los días se realizan millones de transacciones con motivo de la compra de un bien o servicio, pero en muchas de estas transacciones los compradores o quienes contratan un servicio se enfrentan a distintos abusos.
Uno de los más comunes es el cobro extra por expedir un comprobante fiscal. La facturación de un bien o servicio, no solo es la obtención del documento que realiza el comprador al pagar dicho intercambio, tiene muchas más implicaciones, pues debe de ser un requisito legal que debe entregar aquella persona que desarrolle una actividad comercial, ya que es la documentación imprescindible para la aplicación de los impuestos correspondientes.
Este último elemento incluye uno de carácter impositivo, pues cada que se realiza una transacción comercial esta debe estar ligada al cobro de un impuesto, que deberá entregarse a la autoridad fiscal determinado por un porcentaje del valor de lo vendido.
Con el avance tecnológico el sistema de facturación ha venido cambiando con el propósito de hacerlo más ágil para el mejor control de dicha facturación. Aunque la incorporación digital en el proceso trajo varios beneficios, también surgieron nuevos inconvenientes y retos que superar con este sistema.
Actualmente, facturar en México es un proceso que todavía puede resultar complicado y lleno de obstáculos para muchas personas. Aunque la facturación electrónica se ha convertido en la norma en el país, existe una serie de problemas comunes que enfrentan los contribuyentes al intentar cumplir con esta obligación fiscal.
Entre los obstáculos al momento de facturar está la falta de conocimiento y comprensión en el proceso, la complejidad del sistema de facturación electrónica, la falta de conectividad. Todos estos son retos que deben irse sorteando con distintas políticas vinculadas a la educación y capacitación de los contribuyentes, simplificación de procesos de facturación, ampliación de la cobertura de internet en todo el país.
Sin embargo, esos obstáculos son claramente identificados, pero existe otro casi silencioso que, al igual que los anteriores, representan una dificultad en la facturación y, por consecuencia, en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con la diferencia de que este se origina desde el dolo, pues como es bien sabido existe una obligación en México para que los precios que se anuncian de un bien o de un producto sea el costo real o el costo total. Es decir, que ya incluya los impuestos.
Sin embargo, suele ser muy común que, al momento que solicitamos la factura de un bien o servicio, se requiere al comprador que cubra una cantidad extra para el pago de impuestos.
El cobro extra de impuestos para facturar es un tema que ha generado controversia y preocupación entre los contribuyentes. Aunque la facturación electrónica se ha implementado con el objetivo de facilitar y agilizar el proceso del cumplimiento fiscal, algunos proveedores de servicios de facturación han comenzado a cobrar tarifas adicionales por emitir dichas facturas electrónicas de manera injusta y representan una carga financiera e innecesaria. Además, de que en ocasiones estas tarifas son desproporcionadas en relación con los servicios que adquieren los proveedores de esta facturación electrónica.
El artículo 29 de este Código Fiscal de la Federación refiere la obligación de expedir comprobantes fiscales, asimismo, los requisitos y procedimiento para la expedición de facturas. Esta iniciativa propone incorporar la prohibición expresa de realizar cobros extraordinarios para la expedición de facturas. Del mismo modo, el artículo 83 de este mismo ordenamiento señala las infracciones relacionadas con la obligación de llevar la contabilidad, que se vinculan directamente con la obligación de expedir comprobantes fiscales.
Por lo anteriormente expuesto, presento esta iniciativa para incorporar la prohibición expresa del cobro extra por expedir facturas. Hago un llamado a todas mis compañeras y compañeros diputados legisladores a sumarse a esta importante medida, emitir facturas electrónicas sin cobro extra, es más que una obligación legal, es un paso crucial hacia un sistema fiscal más equitativo, transparente y justo, para todos los mexicanos. Es cuanto, señora presidenta.
«Iniciativa que reforma y adiciona los artículos 29 y 83 del Código Fiscal de la Federación, suscrita por la diputada Yesenia Galarza Castro y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, diputada Yesenia Galarza Castro, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la fracción V del artículo 29 y se adiciona la fracción V del 83, todos del Código Fiscal de la Federación, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa facturación de un bien o servicio no sólo es la obtención del documento que realiza el comprador al pagar dicho intercambio: tiene muchas más implicaciones, pues debe ser un requisito legal que debe entregar aquella persona que desarrolló una actividad comercial, ya que es la documentación imprescindible para la aplicación de los impuestos correspondientes. Este último elemento incluye uno de carácter impositivo, pues cada que se realiza una transacción comercial, ésta debe estar ligada al cobro de un impuesto, que deberá entregarse a la autoridad fiscal, determinado por un porcentaje del valor de lo vendido.
Recientemente y con el avance tecnológico, el sistema de facturación ha venido cambiando, con el propósito de hacerlo más ágil para el mejor control de dicha facturación. Hasta hace no muchos años la facturación se realizaba a través de documentos que eran requisitados por el vendedor o prestador servicios, que además de ser más tardado y de difícil control contable, generaban un conflicto con los clientes a quienes se les entregaba, pues cualquier error que llegaba a surgir era toda una odisea poder corregirlo; actualmente usamos las facturas electrónicas, en donde se accede a un sistema informático, se consignan los datos de la operación y se genera el documento digital, que inclusive puede enviarse vía correo electrónico, facilitando el control, la consulta en cualquier momento, el cálculo de impuestos total, sin considerar el impacto a favor del medio ambiente, así como en la reducción de fraudes en el ámbito de la facturación.
Aunque la incorporación digital en el proceso de facturación trajo aparejados varios beneficios, también surgieron nuevos inconvenientes y retos que superar con este sistema.
Actualmente facturar en México es un proceso que todavía puede resultar complicado y lleno de obstáculos para muchas personas. Aunque la facturación electrónica se ha convertido en la norma en el país, existen una serie de problemas comunes que enfrentan los contribuyentes al intentar cumplir con esta obligación fiscal.
Uno de los problemas más comunes que enfrentan las personas al facturar es la falta de conocimiento y comprensión sobre el proceso. Muchos contribuyentes no están familiarizados con los requisitos y pasos necesarios para emitir una factura electrónica correctamente. Esto puede llevar a errores en la emisión de facturas, lo que a su vez puede resultar en multas y sanciones por parte de las autoridades fiscales.
Otro desafío importante es la complejidad del sistema de facturación electrónica. El proceso implica el uso de certificados digitales, sellos electrónicos y la generación de archivos XML, lo cual puede resultar confuso y complicado para muchas personas. Además, existen múltiples proveedores de servicios de facturación electrónica en el país, lo que puede dificultar la elección de la opción más adecuada.
Un tercer problema que enfrentan las personas al facturar es la falta de conectividad y acceso a internet en algunas zonas rurales o de bajos recursos. La facturación electrónica requiere una conexión estable a internet, lo cual puede ser un desafío en áreas donde la infraestructura de telecomunicaciones es limitada. Esto excluye a muchas personas de la posibilidad de emitir facturas electrónicas y dificulta su cumplimiento con las obligaciones fiscales.
Para contrarrestar estos problemas, es necesario, entre otras cosas, mejorar la educación y capacitación de los contribuyentes, simplificar el proceso de facturación electrónica, garantizar el acceso a internet en todas las áreas y fortalecer la seguridad y protección de datos. Lamentablemente, existen otros problemas.
Pero todos los anteriores obstáculos pueden ser claramente identificados, así como los grupos que son más vulnerables, pero existe otro, casi silencioso, que al igual que los anteriores representan una dificultad en la facturación y por consecuencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con la diferencia que éste se origina desde el dolo, pues como es bien sabido existe una obligación en México para que los precios que se anuncian de un bien o producto sea el costo total, es decir, que ya incluya impuestos, sin embargo, suele ser muy común que al momento de solicitar una factura de un bien o servicio, se le requiera al comprador cubra con una cantidad extra para el pago de impuestos.
El cobro extra de impuestos para facturar es un tema que ha generado controversia y preocupación entre los contribuyentes. Aunque la facturación electrónica se ha implementado con el objetivo de facilitar y agilizar el proceso de cumplimiento fiscal, algunos proveedores de servicios de facturación han comenzado a cobrar tarifas adicionales por emitir facturas electrónicas.
En primer lugar, es importante comprender que la facturación electrónica es una obligación fiscal establecida por las autoridades para todos los contribuyentes. Esto significa que emitir facturas electrónicas es un requisito legal y no debería implicar costos adicionales más allá de los gastos operativos normales. Sin embargo, algunos proveedores de servicios de facturación han aprovechado esta obligación para cobrar tarifas extra a los contribuyentes, alegando que estos costos son necesarios para cubrir los gastos de tecnología y cumplimiento normativo.
Este cobro extra de impuestos para facturar ha generado críticas y preocupación por parte de los contribuyentes. Muchos consideran que estas tarifas adicionales son injustas y representan una carga financiera innecesaria. Además, algunos contribuyentes argumentan que estas tarifas son desproporcionadas en relación con los servicios proporcionados por los proveedores de facturación electrónica.
Las autoridades fiscales supervisan que no se realicen cobros adicionales realizados por los proveedores de servicios de facturación electrónica, sin embargo, nunca será suficiente esta supervisión y menos si no se establecen regulaciones claras y transparentes que prohíban el cobro de tarifas extra por emitir facturas electrónicas. Además, se deben imponer sanciones a aquellos proveedores que incumplan estas regulaciones, con el objetivo de proteger los derechos e intereses de los contribuyentes.
Se han llegado a mencionar otras posibles soluciones, como, por ejemplo, fomentar la competencia en el mercado de servicios de facturación electrónica. Actualmente, existen múltiples proveedores que ofrecen este servicio en México, pero la falta de competencia real puede limitar las opciones disponibles para los contribuyentes. Al promover la competencia, se puede incentivar a los proveedores a ofrecer servicios de calidad a precios razonables, lo que beneficiaría a los contribuyentes al reducir los costos asociados con la facturación electrónica.
Además, es fundamental que los contribuyentes estén informados y sean conscientes de sus derechos en relación con la facturación electrónica. Esto implica conocer las regulaciones fiscales vigentes y estar al tanto de las tarifas y costos asociados con los servicios de facturación electrónica. Los contribuyentes deben ser proactivos al comparar y evaluar las opciones disponibles en el mercado, con el objetivo de seleccionar el proveedor que mejor se ajuste a sus necesidades y presupuesto. Estas propuestas para evitar cobros extra en la facturación no serán funcionales sin reglas claras que prohíban esta práctica y, por supuesto, sanciones que sean aplicables a estos casos.
El cobro extra de impuestos para facturar es un problema que afecta a muchos contribuyentes. Estas tarifas adicionales son injustas y representan una carga financiera innecesaria. Para abordar este problema, es necesario establecer regulaciones claras y transparentes que prohíban el cobro de tarifas extra por emitir facturas electrónicas. Además, se debe fomentar la competencia en el mercado de servicios de facturación electrónica y promover la educación y conciencia de los contribuyentes sobre sus derechos y opciones disponibles. Solo a través de estas medidas se podrá garantizar un proceso de facturación electrónica justo y accesible para todos los contribuyentes en México.
El Código Fiscal de la Federación es el ordenamiento que regula la aplicación de las contribuciones que impone el Estado, así como reglas generales de procedimiento y cumplimiento, por lo tanto, es necesario que deba incluir prohibiciones para este tipo de prácticas y sanciones para aplicarlas cuando se presenten.
El artículo 29 de este Código refiere la obligación de expedir comprobantes fiscales, asimismo, los requisitos y procedimiento para la expedición de facturas. Es en este rubro donde esta iniciativa propone incorporar la prohibición expresa de realizar cobros extraordinarios para la expedición de facturas. Del mismo modo, el artículo 83 de este mismo ordenamiento señala las infracciones relacionadas con la obligación de llevar la contabilidad, que se vinculan directamente con la obligación de expedir comprobantes fiscales.
Siguiendo lo que se ha dicho previamente, se muestra en el siguiente cuadro comparativo la propuesta de incorporación al Código Fiscal de la Federación para ejemplificar el interés de esta iniciativa para prohibir y sancionar las prácticas de cobro extraordinario para la expedición de facturas.
Por todo lo antes expuesto, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
DecretoÚnico. Se reforma y adiciona la fracción V del artículo 29 y se adiciona la fracción V del 83, todos ellos del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios, realicen pagos parciales o diferidos que liquidan saldos de comprobantes fiscales digitales por Internet, o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo. Los contribuyentes que exporten mercancías que no sean objeto de enajenación o cuya enajenación sea a título gratuito, deberán expedir el comprobante fiscal digital por Internet que ampare la operación.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior deberán cumplir con las obligaciones siguientes:
I. a IV. ...
V. Una vez que se incorpore el sello digital del Servicio de Administración Tributaria al comprobante fiscal digital por Internet, deberán entregar o poner a disposición de sus clientes, a través de los medios electrónicos que disponga el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general, el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet de que se trate y, cuando les sea solicitada por el cliente, su representación impresa, la cual únicamente presume la existencia de dicho comprobante fiscal. Lo anterior, sin ningún costo adicional para el cliente.
En caso de que el contribuyente incremente el precio del bien o servicio cuando se solicita la expedición del comprobante fiscal, se estará en el supuesto que señala la fracción V del artículo 83 de este ordenamiento.
VI. ...
...
...
Artículo 83. Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación o de las facultades previstas en el artículo 22 de este Código, las siguientes:
I. ...
II. ...
III. ...
IV. ...
V. Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la expedición digital o impresa del comprobante fiscal correspondiente de sus actividades.
VI. a XIX. ...
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de febrero de 2024.– Diputada Yesenia Galarza Castro (rúbrica).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.
SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y MANEJO SUSTENTABLE DEL MAGUEY
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Otoniel García Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por diez minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Conservación, Protección y Manejo Sustentable del Maguey.
El diputado Otoniel García Montiel:Con la venia de la Presidencia.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante, diputado.
El diputado Otoniel García Montiel: La presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Conservación, Protección y Manejo Sustentable del Maguey, es el escrito que plasma el deseo de miles de productores hidalguenses y agricultores a lo largo y ancho de la República Mexicana, en donde crece y se procura el cuidado de este ejemplar y que, sobre todo, saben y reconocen su valor, no solo cultural, sino histórico, geológico, económico, político y social que esta especie nos brinda a todas y a todos los mexicanos.
La aprobación de la Ley Federal de Conservación, Protección y Manejo Sustentable del Maguey beneficia a pueblos y productores en las diversas regiones, los cuales impactarán en el diseño de proyectos, programas y políticas públicas para fomentar la producción, el aprovechamiento sustentable y la conservación del maguey.
Los agaves y magueyes durante siglos han sido aprovechados como fuente de alimento, de vida, medicina, fibra textil, combustible, ornato, abono, material para construcción de vivienda y elaboración de implementos agrícolas. De las pencas se extraen las fibras necesarias para manufacturar... y telas para la confección de huipiles nahuas, mantas y malis, estas últimas empleadas como preciados regalos a los nuevos tlatoanis, para declarar la guerra a otros señoríos o como moneda de cambio en tiempos prehispánicos.
Con la conquista y la colonización europea, los derivados del maguey tuvieron un incremento, el pulque dejó de ser una bebida ritual quedando libre de restricciones para su consumo, además de recibir un impulso considerable para venderlo. Los europeos, a su vez, iniciaron la destilación de otros agaves con los que elaboraron los denominados mescales.
El maguey al ser un ejemplar maravilloso se adapta a condiciones adversas, requiere de nuestra inteligencia y humanidad para optimizar y aprovechar todos los productos derivados, sin descuidar su mantenimiento y sus cuidados.
En materia ecológica la estabilización del carbono contenido en el bagazo de agave, en forma de carbón activado, es una alternativa viable para mitigar la contaminación ambiental por CO2 y a la vez permitir generar bonos de carbono que pueden ser comercializados en el mercado internacional. De igual manera, los agaves solos pueden extraer y almacenar una superficie de suelo equivalente en el peso seco de 30 a 60 toneladas de CO2 por hectárea.
En la actualidad nuestro país cuenta con más de 150 especies de las 200 registradas mundialmente, 18 especies pertenecientes al género de agave, 13 de ellas endémicas que se encuentran amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial debido a las actividades humanas y a los cambios en el entorno natural. Su distribución abarca más del 75 por ciento del territorio mexicano.
Los estados de la República donde se concentra la siembra de maguey donde se extrae el henequén es Yucatán, el agave tequilero en Jalisco, Guanajuato, Michoacán y Nayarit. La producción de agave mezcalero en Oaxaca y el cultivo de maguey pulquero en Hidalgo, Estado de México, Puebla, Tlaxcala. Estos en suma en 2022 produjeron el 96.1 por ciento del volumen de aguamiel, el 91.3 por ciento de la superficie y produjo el 57.5 por ciento del volumen a nivel nacional.
La mayoría de los productores y tlachiqueros son adultos mayores, la participación de las personas jóvenes en las labores de cultivo y manejo es limitada, lo cual ha provocado que el conocimiento tradicional del cultivo y aprovechamiento del maguey pulquero se haya deteriorado.
El maguey pulquero para su aprovechamiento debe esperar al menos ocho años para su madurez, lo cual disminuye el interés en su cultivo, por lo que enfrenta una escasez de plantas debido al desinterés de las personas por la bebida, el desinterés de las personas o el desplazamiento del maguey por cultivos de ciclo corto, la inexistencia de programas de rescate y la falta de regulación de los aprovechamientos alternativos a causa de actividades clandestinas, como es el desmichotado.
Por lo anteriormente expuesto y con la finalidad de dar respuesta a la demanda constante de los productores de México, mismos que cuentan como único sostén de sus familias el cultivo de esta planta milenaria que permite mejorar las expectativas para el desarrollo de las entidades productoras de maguey, someto a consideración de esta asamblea esta iniciativa, esperando que sea una iniciativa favorable que ayudará a sacar de la pobreza a miles de productores en nuestro país. Por lo tanto, les pediría suscriban esta iniciativa. Es cuanto, presidenta. Gracias.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Muchas gracias, diputado. Túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.
LEY DE LA GUARDIA NACIONAL
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra a continuación la diputada Genoveva Huerta Villegas, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
La diputada Genoveva Huerta Villegas:Con tu venia, paisana diputada.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante. Gracias. Presidenta. Adelante.
La diputada Genoveva Huerta Villegas: La historia de México es la historia de su Congreso, la historia de sus instituciones, pero sobre todo la historia de la contención al poder absoluto. La relevancia de nuestra tarea legislativa no se limita a iniciar o reformar leyes, también tenemos la facultad para derogar o abrogar ordenamientos que contrastan con la Constitución. Y para poder hacerlo necesitamos reaprender a escuchar. Escuchar lo que dice la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de su sentencia, porque en ella constantemente estamos siendo calificados. Escuchar sus razonamientos como una manifestación de la inteligencia social. Y acatar, en consecuencia, sus resolutivos. Porque ellos ajustan nuestra labor a los fines de la propia Constitución.
La iniciativa que hoy presento está provocada por la sentencia de las acciones de inconstitucionalidad 62/2019 y 137/2022, por las que, tanto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como los integrantes de la Cámara de Senadores impugnaron diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional, en lo tendiente a la militarización de la seguridad pública.
En ese momento se dilucidaron los límites del poder militar sobre el poder civil y se expulsaron del ordenamiento jurídico diversas porciones normativas y diversos artículos transitorios que dotaban de preponderancia a la Sedena en tareas de seguridad pública. En ese orden de ideas, soy una convencida de que el Congreso de la Unión debe configurar nuestro marco legal a los controles de constitucionalidad del Poder Judicial de la Federación como una respuesta institucional.
Sin más, les pido, compañeras y compañeros, su generoso apoyo para poder hacer suya esta iniciativa. Es cuanto.
«Iniciativa que deroga diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional, suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Genoveva Huerta Villegas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete respetuosamente a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogan diversas porciones normativas de los artículos 9, fracción VI; 12, fracción I; 13 Bis; 14, primer párrafo, y fracción III; 15, fracción VII; 23, segundo párrafo; 25, fracción II; 57, segundo párrafo; y se derogan artículos transitorios de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2022, tercero, sexto y séptimo, todos de la Ley de la Guardia Nacional.
Exposición de MotivosLa seguridad jurídica deviene de nuestras leyes, en ese sentido, nuestra labor como integrantes del Constituyente Permanente debe ser garantizar que el andamiaje jurídico reduzca al mínimo la interpretación regresiva de las normas.
Huelga decir que, en nuestra historia constitucional, el legislador no sólo cumplió con la labor de iniciar, reformar o derogar dispositivos legales; también fue interprete de la norma; eventualmente dicha atribución le fue conferida a los jueces de manera preponderante como uno de los elementos más representativos de su actividad.
Es por eso, que los teóricos del derecho constitucional afirmaron que el juez por antonomasia es el “legislador negativo”, ya que, en su labor interpretativa están facultados para invalidar preceptos que colisionen con el espíritu de la norma suprema.
En consecuencia, los Tribunales adscritos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentran facultados para conocer de controversias de índole constitucional en términos de los artículos 103 y 105, fracciones I y II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: el juicio de amparo, la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad son medios de control al poder, sin más, porque ningún país puede preciarse de gozar un auténtico Estado de derecho si lo que prevalece por sobre todas las cosas, es la violencia del poder.
En el caso que nos atañe, “la Acción de Inconstitucionalidad” es un mecanismo de control que sirve para expulsar del orden jurídico las normas que sean contrarias a la Constitución, o al derecho comunitario. Su objeto primordial es el control abstracto de las leyes. Por eso, en aras de prevenir interpretaciones laxas y de abonar a la seguridad jurídica, propongo derogar diversas porciones normativas de La Ley de la Guardia Nacional, mismas que fueron declaradas inconstitucionales en la sentencia dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación derivado de la Acción de Inconstitucionalidad 137/2022.
En ese orden de ideas, debemos actuar con responsabilidad, y en armonía con lo dispuesto por el Poder Judicial de la Federación, configurar nuestro marco legal a sus determinaciones, como una respuesta institucional del Poder Legislativo que se subsume en la división de poderes.
A manera de dilucidar de mejor forma la cuestión planteada, expongo en la siguiente tabla, los cambios propuestos en la presente iniciativa:
Ley de la Guardia Nacional
Es por lo anterior me permito presentar al pleno de esta comisión permanente el siguiente proyecto de
Decreto por el que se derogan diversas porciones normativas de los artículos 9, fracción VI; 12, fracción I; 13 Bis; 14, primer párrafo y fracción III; 15, fracción VII; 23, segundo párrafo; 25, fracción II; 57, segundo párrafo; y se derogan artículos transitorios de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2022, tercero, sexto y séptimo, todos de la Ley de la Guardia Nacional.
Artículo Primero. Se derogan diversas porciones normativas y fracciones de los artículos 9; 12; 13 Bis; 14; 15; 23; 25; y 57, todos de la Ley de la Guardia Nacional, para quedar como sigue:
Artículo 9. (...)
I a V...
VI. [Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados, en la investigación para la prevención de delitos, en términos de las disposiciones aplicables;] Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 28-04-2023 y publicada DOF 17-11-2023
Artículo 12. (...)
I. Secretaría[de la Defensa Nacional];
Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 (En la porción normativa “de la Defensa Nacional”)
Artículo 13 Bis. A la persona titular de la Secretaría[de la Defensa Nacional] le corresponden las facultades siguientes:
Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 (En la porción normativa “de la Defensa Nacional”)
Artículo 14. La persona titular de la Comandancia será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República[a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional] y deberá reunir los requisitos siguientes:
Párrafo reformado DOF 09-09-2022 Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 (En la porción normativa “a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional”)
I a II...
III. Contar con el[grado jerárquico de Comisario General y] título de licenciatura debidamente registrado;
Fracción reformada DOF 09-09-2022 Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 (En la porción normativa “grado jerárquico de Comisario General y”)
Artículo 15. (...)
I a VI...
VII. Proponer a la Secretaría[de la Defensa Nacional]los proyectos de manuales, acuerdos, circulares, memoranda, instructivos, bases y demás normas y disposiciones administrativas para el buen funcionamiento de la Guardia Nacional, en términos del Reglamento;
Fracción reformada DOF 09-09-2022 Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 (En la porción normativa “de la Defensa Nacional”)
Artículo 23. (...)
El comandante expedirá los manuales de operaciones de la Jefatura General de Coordinación Policial y de las Jefaturas de Coordinación Policial de las Coordinaciones, los cuales serán aprobados por la persona titular de la Secretaría[de la Defensa Nacional].
Párrafo reformado DOF 09-09-2022 Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023 (En la porción normativa “de la Defensa Nacional”)
Artículo 25. (...)
I.(...)
II.[No haber sido condenado por sentencia definitiva por delito,] no estar sujeto o vinculado a proceso penal, ni contar con orden de aprehensión, presentación o comparecencia;
Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 28-04-2023 y publicada DOF 17-11-2023 (En la porción normativa “No haber sido condenado por sentencia definitiva por delito”)
Artículo 57. (...)
[Sin perjuicio de lo anterior, el personal militar asignado a la Guardia Nacional continuará sujeto a la jurisdicción militar respecto de los delitos especificados en el Libro Segundo del Código de Justicia Militar que atenten contra la jerarquía y la autoridad.]
Párrafo adicionado DOF 09-09-2022 Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023
Tercero. -[En tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con grado de Comisario General en activo, la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional será designada por la persona titular de la Presidencia de la República a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional.]
Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023
[La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana:
Coordinará con la Secretaría de la Defensa Nacional la homologación del adiestramiento especializado, considerando la Estrategia Nacional de Seguridad Pública;
Transferirá a la Secretaría de la Defensa Nacional, dentro de un plazo de sesenta días naturales, los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales y gastos de operación de la Guardia Nacional, así como los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquéllos requeridos para el personal que seguirá bajo la adscripción de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Asimismo, destinará dichos recursos a la Secretaría de la Defensa Nacional conforme vayan quedando vacantes las plazas;
Dispondrá que el personal procedente de la extinta Policía Federal cese de prestar sus servicios en la Guardia Nacional, por lo que seguirá bajo su adscripción, conservando sus derechos laborales adquiridos. El personal que pertenezca a los organismos especializados de la Guardia Nacional continuará prestando sus servicios en dicha institución de seguridad pública de manera temporal, conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se formalicen entre las Secretarías de Defensa Nacional y del ramo de seguridad pública, y
Relevará gradualmente al personal que integra la Coordinación de Administración y Finanzas de la Guardia Nacional, por aquél que proponga la persona Comandante de esa institución. El personal relevado mantendrá su adscripción a la propia dependencia.]
Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023
Séptimo. -[La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en uso de sus atribuciones:
I. Observará lo señalado en el tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto;
II. Realizará las acciones que correspondan para que la Secretaría de la Defensa Nacional cuente con los recursos presupuestarios para cubrir las vacantes a que se refiere la fracción II del artículo sexto transitorio del presente Decreto.
Conforme el personal naval sea reasignado a la Secretaría de Marina en términos del segundo transitorio del presente Decreto, la Secretaría de la Defensa Nacional solicitará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que realice las acciones necesarias, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para contar con los recursos presupuestarios y las plazas correspondientes para dar cumplimiento con lo establecido en el presente Decreto.]
Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 y publicada DOF 20-09-2023
TransitorioArtículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputada Genoveva Huerta Villegas (rúbrica).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada... Muy bien. Túrnese a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Defensa Nacional, para dictamen.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra a continuación la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La diputada Merary Villegas Sánchez:Con su venia, señora presidenta.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
La diputada Merary Villegas Sánchez: Como bien dice nuestro presidente, Andrés Manuel López Obrador, no puede haber gobierno rico con pueblo pobre. La pérdida de más de 85 por ciento del poder adquisitivo real del salario mínimo en el país y su estancamiento ha sido un proceso largo y acumulativo desde hace décadas. Ha sido también uno de los factores para que el porcentaje de mexicanas y mexicanos en situación de pobreza aumentara.
Solo para recordarles, al inicio de esta administración el salario mínimo se encontraba en uno de los niveles históricos más bajos de nuestro país, con un poder adquisitivo equivalente al 10.4 por ciento, el cual disminuyó a lo largo de 12 sexenios del PRI y 2 sexenios del PAN.
Durante sus administraciones estos gobiernos neoliberales olvidaron la obligación que tenían con México: la obligación de restablecer el poder adquisitivo del salario de las personas trabajadoras, controlando aún más el aumento a los sueldos, bajo el pretexto de controlar la inflación.
Según la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México, a inicios de este gobierno la mayoría de la población en México no contaba con ingresos suficientes para adquirir la canasta básica. Es decir, una familia podía comprar solo 34 por ciento de productos de una canasta con un salario mínimo.
El nuevo gobierno democrático encabezado por Andrés Manuel López Obrador ha cambiado la ruta del país. Durante la presente administración se ha establecido una nueva política de aumentos al salario mínimo, lo que ha significado su crecimiento en más de 100 por ciento en términos reales. En 2018, pasando de 88.36 diarios a 248.93 diarios en 2024.
De acuerdo con las cifras de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, en 36 años no se habían registrado aumentos en los salarios mínimos como en los últimos 5 años. La administración del presidente Andrés Manuel López Obrador ha destacado por los incrementos en los salarios mínimos que se han llevado a cabo de manera sustancial, gradual, responsable y en consenso con el sector privado.
Al quinto año de este gobierno, el salario mínimo real ha aumentado 110.18 por ciento. Este incremento es significativamente mayor respecto al mismo periodo de los gobiernos de los expresidentes Enrique Peña Nieto y Felipe Calderón.
El gobierno de México ha expresado su compromiso de atender las demandas y necesidades de todas las mexicanas y mexicanos que trabajan imparablemente para garantizar bienestar, paz y seguridad a todas las familias, asegurándoles un proyecto de vida digno y mejores condiciones laborales y salariales.
Es evidente que la política de recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo implementada por este gobierno ha dado resultados. Sin embargo, deberá seguir siendo prioritario para los próximos períodos que los aumentos al salario mínimo deben cubrir, por lo menos, el mismo porcentaje que el índice de inflación anual que se tuvo durante el año.
Por ello, la iniciativa que presento el día de hoy en esta tribuna atiende a acompañar la necesidad de establecer expresamente en nuestro texto constitucional una medida de prevención para que a todas las trabajadoras y trabajadores de nuestro país se les garantice un salario mínimo que cubra las necesidades básicas requeridas para vivir dignamente, reconociendo y protegiendo sus derechos humanos.
Compañeras y compañeros, la cuarta transformación, estoy segura, que seguirá llevando bienestar social a las y los trabajadores en México. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Merary Villegas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Merary Villegas Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario Movimiento de Regeneración Nacional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, y 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de ésta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo a la fracción VI, inciso A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salario mínimo, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosI. Argumentación
A nivel nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, protege la suficiencia del salario mínimo para cubrir las necesidades de las personas en su artículo 123, Apartado A, Fracción VI, que a la letra dice:
“Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.”
A nivel internacional, existen varios instrumentos en materia de derechos humanos ratificados por el México, los cuales reconocen la importancia de la suficiencia del salario mínimo en relación diversas prestaciones y beneficios para el bienestar de las personas.
Por ejemplo, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el “salario mínimo es la cuantía mínima de la remuneración que un empleador debe abonar a sus asalariados por las prestaciones que éstos han efectuado durante un determinado período, sin que esta cantidad pueda ser reducida mediante contrato colectivo ni acuerdo individual”.
También el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 7 establece que los Estados parte reconocen el derecho de toda persona para gozar de una remuneración que proporcione como mínimo un salario que permita una existencia digna para los trabajadores y sus familias”.
Asimismo, en el Informe de la Reunión de Expertos celebrada en 1967 de la OIT se señaló que “el salario mínimo es considerado como suficiente para satisfacer las necesidades vitales de habitación, alimentación, vestido, educación y recreo del trabajador”.
En éste orden de ideas, existen más instrumentos y convenios internacionales relativos a salarios mínimos que se enlistan a continuación:
• Declaración Universal de los Derechos Humanos.
• Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
• Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
• Protocolo de reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos.
• Convenio número 26, relativo a la Institución de métodos para la fijación de Salarios Mínimos (Multilateral, 1928.
• Convenio número 99 relativo a los métodos para la fijación de Salarios Mínimos en la Agricultura, acordado en la XXXIV Reunión del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra el 6 de junio de 1951.
• Convenio número 95 relativo a la protección del salario, aprobado por la Conferencia General de la OIT en su XXXII reunión en Ginebra del 8 de julio de 1949 y
• Convenio número 131 relativo a la fijación de Salarios Mínimos en referencia a los países en desarrollo, adoptado el 22 de junio de 1970 por la Conferencia Regional de la OIT en Ginebra, Suiza.
El salario mínimo y su vinculación con los derechos humanos, se ubica en la suficiencia de aquél como un elemento principal para asegurar una vida digna al ser humano.
El salario mínimo comprende un referente del monto económico irreductible que debe, por mando jurídico, percibir diariamente toda persona que realiza un trabajo personal y subordinado, a efecto de satisfacer sus necesidades básicas y las de su familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de sus hijos, según lo establece el artículo 123 Constitucional, Apartado A, Fracción VI.
El monto del salario, que se puede acompañar de otros beneficios y prestaciones, constituye el mínimo vital para la población asalariada. Bajo tal consideración, en el caso específico de las trabajadoras y los trabajadores que perciben un solo salario mínimo, éste debe ser suficiente para asegurarles, conjuntamente con beneficios afines, la satisfacción de sus necesidades alimentarias, de salud, transporte, vivienda, educación, cultura y recreación, entre otras.
Afortunadamente, se ha transitado en metodologías encaminadas a entender las diversas variables socioeconómicas de las que depende el bienestar de la población; algunas de ellas miden el monto económico necesario para cubrir las necesidades alimentarias y no alimentarias de las personas. Por ejemplo, desde el 2010, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), identifica a las personas o grupos de personas en situación de pobreza con base en la línea de bienestar y la línea de bienestar mínimo.
Según el Coneval, la línea de bienestar mínimo se equivale al valor monetario de una canasta alimentaria básica, es decir, al costo total al mes que le implica a una persona contar con comida suficiente en cantidad y calidad nutricional. Por su parte, la línea de bienestar corresponde al valor monetario de una canasta de alimentos, como el de otros bienes y servicios. Ello significa el costo total al mes que le implica a una persona, aunado al acceso a los alimentos, sufragar gastos inherentes a su transporte, cuidados personales, educación, cultura, recreación, vivienda, vestido y salud, entre otros satisfactores.
La alimentación, la salud, la educación y la vivienda, representan algunos de los elementos de la vida humana necesarios para vivir con dignidad, los cuales son derechos humanos expresamente reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que México es parte.
II. Contenido de la iniciativa
La presente propuesta tiene como objetivo reconocer y establecer expresamente en el texto Constitucional que la fijación y/o revisión anual de los salarios mínimos, nunca debe estar por debajo del índice nacional de precios al consumidor (INPC) vigente durante el año transcurrido, debido a que la suficiencia del monto del salario mínimo es una condición primordial para asegurar su pleno goce y disfrute, principalmente de aquel sector de la población que solo percibe el equivalente a un salario mínimo, por ello el índice nacional de precios al consumidor representa un instrumento de control en la medición de los mismos.
El índice nacional de precios al consumidor es un indicador diseñado específicamente para medir el cambio promedio de los precios en el tiempo, mediante una canasta ponderada de bienes y servicios representativa del consumo de las familias de México. En particular, en la construcción de este tipo de índices usualmente se utiliza el índice de Laspeyres, el cual compara el gasto realizado de adquirir una canasta fija, permitiendo que los precios varíen entre periodos.
Un insumo fundamental en la construcción del INPC es determinar, en un punto en el tiempo, una canasta representativa del gasto de los hogares y asignar ponderaciones que representen la importancia de cada uno de los componentes de dicha canasta en el gasto del hogar. Cabe señalar que, si los patrones de gasto de los hogares no cambiaran, se podrían utilizar indefinidamente en el INPC tanto la canasta como los ponderadores definidos en dicho punto del tiempo. Sin embargo, es un hecho que tanto la canasta de bienes y servicios que consumen los individuos, como la importancia relativa de cada uno ellos, cambian con frecuencia en respuesta a varios factores, como los movimientos en precios relativos, la introducción de nuevos productos, la aparición de nuevos puntos de venta y los cambios en el ingreso, entre otros.
Es relevante llevar a cabo actualizaciones tanto de la canasta, como de los ponderadores, con el fin de que el indicador refleje lo más cercanamente posible los cambios en los precios de los bienes y servicios en los que gastan los hogares.
A partir del 15 de julio de 2011, el Inegi es la institución a cargo de elaborar y difundir el INPC, tal como lo contempla la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG).
La siguiente grafica representa el índice Nacional de Precios al Consumidor, mostrando la inflación mensual anualizada:
III. Cuadro comparativo
Sin demérito de que ha quedado plenamente expuesto el objeto y motivación de las modificaciones planteadas, se presenta un cuadro comparativo para clarificar la propuesta:
Por todo lo anteriormente expuesto es que someto a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente proyecto de
DecretoArtículo Único: Se adiciona un párrafo a la fracción VI, inciso A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 123. ...
A.
I. a V
VI. ...
...
...
La fijación y/o revisión anual de los salarios mínimos, nunca estará por debajo del índice nacional de precios al consumidor vigente durante el año transcurrido.
VII. a XXXI.
B.
I. a XIV.
Artículo TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 La Organización Internacional del Trabajo (OIT). ¿Qué es el salario mínimo? Véase:
https://www.ilo.org/global/topics/wages/minimum-wages/definitio n/lang–es/index.htm
2 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Véase:
https://www.idhc.org)/arxius/altres/files/Pacto_DESC.pdf
3 CNDH México. “Salario Mínimo y Derechos Humanos”. Véase:
https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/OtrosDocumentos.pdf
4 Ibídem 1
5 Banco de México. Principales elementos del Cambio de Base del INPC. Agosto 2018. Véase:
https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/informes-trime strales/recuadros/%7B1433DE85-D1A1-672C-CAF2-17E95DBA5BC0%7D.pdf
6 Ibídem 5
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero del 2024.– Diputada y diputado: Merary Villegas Sánchez, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputada. Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena, hasta por cinco minutos, para presentar iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal.
El diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete:Con el permiso de la Presidencia.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Adelante.
El diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete: Buenas tardes, compañeros diputados. La identidad es un derecho humano fundamental reconocido en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos. En ese sentido, el registro del nacimiento se configura como un acto jurídico mediante el cual el Estado cumple con la responsabilidad de salvaguardar el derecho de toda persona a la identidad, al nombre y a su conexión familiar, cultural y nacional, mismo que constituye un cimiento fundamental para la protección integral de los derechos sociales, políticos y patrimoniales.
En la actualidad vivimos una revolución tecnológica que redefine la forma en que millones de personas experimentan su vida cotidiana. El uso de dispositivos como teléfonos móviles, ordenadores, tabletas electrónicas y otros dispositivos digitales han alcanzado niveles inéditos. Nos hemos desenvuelto en un entorno donde la conectividad a internet no solo está extendida, sino que se ha vuelto esencial para la mayoría de las actividades diarias. Bien aplicadas estas nuevas tecnologías brindan múltiples beneficios y oportunidades para la sociedad.
No obstante, junto con estos avances se ha generado una situación preocupante que consiste en la proliferación de nuevas formas de delincuencia, abusos que requieren respuestas legislativas adecuadas.
Uno de estos fenómenos inquietantes es la manipulación y el mal uso de la inteligencia artificial para lograr con mayor grado la sofisticación, la suplantación de identidad, que consiste en la alteración de imágenes y la falsificación de voces y la creación de videos que hoy en día resultan ser convincentes y difícil de distinguirlos de la realidad.
En algunos casos se ha utilizado para cometer conductas que lesionan la dignidad de las personas a través de la creación de imágenes íntimas, el robo de datos financieros o propósitos políticos a través de la denostación y la mentira.
Los delincuentes cibernéticos han desarrollado la clonación de voces basadas en inteligencia artificial de última generación, dando lugar a una nueva modalidad de estafa. Con tan solo una breve muestra de audio tienen la capacidad de replicar la voz de prácticamente cualquier persona, permitiéndoles dejar mensajes fraudulentos en buzones de voz o enviar grabaciones por servicios de mensajería.
En la mayoría de los casos el objetivo principal es inducir a las personas a realizar pagos de incluso elevadas cantidades de dinero, es decir, los delincuentes podrían emplear la inteligencia artificial para llevar a cabo operaciones en mayor escala y mediante nuevos modelos de criminalidad.
Para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios del Servicio Financiero, la Condusef, la usurpación de identidad es el acto de obtener, transferir, utilizar, apropiarse indebidamente de los datos personales de otra persona sin autorización, con la finalidad comúnmente de cometer un fraude o delito.
En este contexto, es imperativo proporcionar una respuesta jurídica que garantice la implementación de medidas destinadas a mitigar los riesgos asociados con la manipulación de inteligencia artificial, que permita preservar la confianza en el entorno digital y garantizar un uso ético y responsable de estas tecnologías innovadoras en el área digital en constante evolución.
Por otra parte, la Asociación Mexicana de Bancos advierte sobre diversas formas de fraude telefónico a través de la suplantación, destacando la importancia de adoptar medidas preventivas, ya que se ha observado un notorio aumento de los casos de usurpación de identidad.
Específicamente, a través de la suplantación de páginas digitales de instituciones financieras, este fenómeno afecta de manera significativa a las personas adultas mayores quienes se han vuelto las víctimas más vulnerables en esta creciente problemática.
En este sentido, la protección de este grupo etario es apremiante ya que de acuerdo a la Asociación Mexicana de Bancos la usurpación de identidad dirigida a este segmento de la población representa el 35 por ciento de los casos registrados. Este tipo de ataques se centra más en los usuarios que en las personas, instituciones financieras según la información proporcionada por la Asociación de Bancos.
En este contexto, las estadísticas de la Comisión Nacional de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, la Condusef, indica que las reclamaciones por este tipo de fraudes ascendieron a 49 mil 871 en 2021, representando el 1 por ciento del total de las quejas registradas ese año, sin embargo, es importante destacar esto, se supone que el incremento del 54 por ciento en comparación del mismo periodo de 2020.
Por otro lado, el delito de usurpación de identidad está experimentando un alarmante incremento según los datos proporcionados por el Banco de México. Nuestro país actualmente ocupa el octavo lugar a nivel mundial, en este tipo de transgresiones, un 67 por ciento de los casos de usurpación de identidad se atribuye a la pérdida de documentos, el 66 por ciento al robo de carteras y portafolios, el 53 por ciento a la obtención directa de información de tarjetas bancarias...
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: ¿Sí puede ir terminado, diputado? Por favor.
El diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete:...Termino. Es de advertir que la usurpación de identidad en la era digital no se limita en los adultos, las niñas, los niños y adolescentes también son vulnerables a esta problemática.
La Ley General de los Derechos de las Niñas, los Niños y Adolescentes establece que el artículo 5o. señala que son niños y niñas los menores de 12 años y adolescentes, las personas que tienen entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad. En consecuencia...
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Le apreciaría si fuera concluyendo.
El diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete: ...Termino. En consecuencia, la iniciativa propone la adición de un título vigésimo séptimo del libro segundo y se adiciona el artículo 430 al Código Penal, en materia de usurpación de identidad delineando las definiciones y alcances pertinentes, este enfoque normativo tiene por objeto fortalecer las medidas legales para disuadir, combatir y prevenir la usurpación de identidad, el cual se ha convertido en un flagelo de la era digital. Es cuanto.
«Iniciativa que adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal, a cargo del diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Miguel Ángel Pérez Navarrete, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el título vigésimo séptimo al libro segundo y el artículo 430 al Código Penal Federal, en materia de usurpación de identidad, al tenor de la siguiente
Exposición de MotivosLa identidad constituye un derecho humano fundamental, reconocido en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos.
El registro del nacimiento se configura como un acto jurídico mediante el cual el Estado cumple con la responsabilidad de salvaguardar el derecho de toda persona a la identidad, al nombre y a su conexión familiar, cultural y nacional, mismo que constituye un cimiento fundamental para la protección integral de sus derechos sociales, políticos y patrimoniales.
En la actualidad, vivimos una revolución tecnológica que redefine la forma en que millones de personas experimentan la vida cotidiana. El uso de dispositivos como teléfonos móviles, ordenadores, tabletas electrónicas y otros dispositivos digitales han alcanzado niveles inéditos. Nos desenvolvemos en un entorno donde la conectividad a internet no solo es extendida, sino que se ha vuelto esencial para la mayoría de las actividades diarias.
Bien aplicadas estas nuevas tecnologías brindan múltiples beneficios y oportunidades para la sociedad. No obstante, junto con estos avances, se ha generado una situación preocupante: la proliferación de nuevas formas de delincuencia y abusos que requieren respuestas legislativas adecuadas. Uno de estos fenómenos inquietantes es la manipulación y el mal uso de la inteligencia artificial (en adelante IA) para lograr con mayor grado de sofisticación la suplantación de identidad, o deepfake que consiste en la alteración de imágenes y la falsificación de voces y la creación de videos, que hoy resultan ser convincentes y difícil de distinguirlos de la realidad.
En algunos casos se ha utilizado para cometer conductas que lesionan la dignidad de las personas a través de la creación de imágenes íntimas, el robo de datos financieros, o con propósitos políticos, a través de la denostación, la mentira, etcétera.
Los delincuentes cibernéticos han desarrollado la clonación de voz basadas en IA de última generación, dando lugar a una nueva modalidad de estafa. Con tan solo una breve muestra de audio, tienen la capacidad de replicar la voz de prácticamente cualquier persona, permitiéndoles dejar mensajes fraudulentos en buzones de voz o enviar grabaciones por servicios de mensajería.
En la mayoría de los casos, el objetivo principal es inducir a las personas a realizar pagos de, incluso, elevadas cantidades de dinero.
Es decir, los delincuentes podrían emplear la IA para llevar a cabo operaciones a mayor escala y mediante nuevos modelos de criminalidad.
Para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la usurpación de identidad es el acto de obtener, transferir, utilizar o apropiarse indebidamente de los datos personales de otra persona sin su autorización, con la finalidad comúnmente de cometer un fraude o delito.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales clasifica en tres tipos los métodos más comunes utilizados para la usurpación de identidad:
1. Los realizados de forma tradicional, sin acceso a internet;
2. Los que sin acceso a internet se apoyan de alguna herramienta tecnológica; y,
3. finalmente, los que se realizan con acceso a internet.
Es imperativo proporcionar una respuesta jurídica que garantice la implantación de medidas destinadas a mitigar los riesgos asociados con la manipulación de la IA, que permitan preservar la confianza en el entorno digital y garantizar un uso ético y responsable de estas tecnologías innovadoras en la era digital en constante evolución.
La Asociación Mexicana de Bancos advierte sobre diversas formas de fraude telefónico, a través de la suplantación, destacando la importancia de adoptar medidas preventivas. Aquí se resumen las principales modalidades:
1. Los fraudes telefónicos se pueden realizar a través de: llamadas directas, llamadas con mensajes pregrabados (vishing) y mensajes de texto (smishing).
2. Vishing.Es un fraude realizado mediante una llamada telefónica, generalmente con una voz automatizada, que simula ser tu banco. La finalidad es conseguir los datos personales o bancarios de una persona .
3. Smishing. Es un fraude telefónico que se comete a través de un mensaje de texto (SMS) que afirma ser su banco y que le pide información personal o financiera.
4. Phishing. Las estafas denominadas “phishing” llegan a través de un correo electrónico que parece ser de su banco o de otro servicio. El correo incluye un enlace peligroso que lleva a una página similar a la de la institución o empresa que dice ser. En esta página fraudulenta, la víctima introduce sus datos y el estafador logra obtenerlos.
Puede haber dos tipos de “anzuelo”, el primero, es un correo que le pedirá acceder a su cuenta con el pretexto que ha identificado una transacción o actividad sospechosa. Así le convence de dar clic al enlace adjunto, que le dirigirá a un sitio fraudulento similar al de su banco, que robará sus datos en cuanto los ingrese.
El segundo indica que debe actualizar sus datos de pago de algún servicio, para ello, le proporciona un enlace a una página que pedirá los datos de su tarjeta; sin embargo, en el momento que intenta entrar a su cuenta a través de este enlace, o que actualiza los datos que le solicitan, el estafador logra robar sus datos.
5. Spoofing. Con este fraude, el delincuente “enmascara” o “disfraza” su número, para que aparezca el nombre del banco en el identificador y así solicitar sus datos confidenciales.
Asimismo, la AMB señala que se ha observado un notorio aumento en los casos de usurpación de identidad, específicamente a través de la suplantación de páginas digitales de instituciones financieras.
Este fenómeno afecta de manera significativa a las personas adultas mayores, quienes se han vuelto las víctimas más vulnerables en esta creciente problemática. En este, sentido, la protección de este grupo etario es apremiante, ya que, de acuerdo con la ABM, la usurpación de identidad dirigido a este segmento de la población representa 35 por ciento de los casos registrados. Este tipo de ataque se centra más en los usuarios que en las propias instituciones financieras, según la información proporcionada por la asociación.
Las estadísticas de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros indican que las reclamaciones por este tipo de fraudes ascendieron a 49 mil 871 en 2021, representando 1 por ciento de las quejas registradas ese año. Sin embargo, esto supone un incremento de 54 por ciento en comparación con el mismo periodo de 2020.
El delito de usurpación de identidad está experimentando un alarmante incremento, según los datos proporcionados por el Banco de México. Nuestro país actualmente ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este tipo de transgresiones. De los casos de usurpación de identidad, 67 por ciento se atribuye a la pérdida de documentos, 63 a robos de carteras y portafolios, y 53 a la obtención directa de información de una tarjeta bancaria.
Un estudio mundial realizado por la compañía tecnológica Unisys revela que los mexicanos muestran una gran preocupación por la usurpación de identidad y el fraude de tarjetas bancarias, especialmente aquellos con educación universitaria. Estos hallazgos reflejan la necesidad de abordar de manera urgente y efectiva este problema creciente que afecta a un amplio sector de la población.
La usurpación de identidad en la era digital no se limita a los adultos; las niñas, niños y adolescentes también son vulnerables a esta problemática. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en su Art. 5, que “Son niñas y niños los menores de doce años, y adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad”.
De acuerdo con la empresa de Ciberseguridad ESET, las estadísticas recopiladas en distintos países, se ha observado un aumento preocupante en casos de usurpación de identidad en menores de 18 años. Durante el año 2022, en los Estados Unidos, alrededor de un millón de menores fueron víctimas de este delito, y cada incidente costó en promedio mil 128 dólares por familia, y mil millones anuales en todo el país. Estas cifras no solo representan una preocupación en términos de seguridad, sino que también resaltan la magnitud del problema y su impacto social y financiero.
La información personal de los niños, se ha convertido en un blanco atractivo para ciberdelincuentes. Estos buscan aprovechar la falta de historiales crediticios negativos en menores, lo que les otorga cierta impunidad al utilizar los datos robados. Se ha identificado que los estafadores emplean esta información para abrir cuentas bancarias fraudulentas, acceder a beneficios sociales, y realizar actividades ilegítimas que involucran transacciones financieras. La edad de las víctimas suele oscilar entre los 6 y los 12 años, y los casos reportados abarcaban desde el uso indebido de información personal para abrir cuentas hasta la presentación de declaraciones de impuestos fraudulentas.
La usurpación de identidad constituye una modalidad de fraude en la cual se obtienen ilegalmente los datos de terceros con el propósito de cometer delitos a su nombre. Complicando aún más la situación, este tipo de fraude no es fácil de detectar, y las víctimas suelen percatarse de ello únicamente al recibir llamadas o notificaciones relacionadas con sus cuentas bancarias. Por lo general, estos incidentes suelen iniciar con correos electrónicos que contienen enlaces que redirigen a páginas falsas, solicitando información personal como claves y contraseñas.
Ante la creciente problemática de usurpación de identidad en nuestro país, se propone la presente iniciativa con proyecto de decreto, con el objetivo de tipificar y homologar dicho delito a nivel federal, ya que a pesar de que en diversas entidades federativas han establecido sanciones específicas para la usurpación de identidad, la ausencia de disposiciones normativas a nivel federal ha generado limitaciones en la capacidad para implementar una estrategia coordinada y eficaz ante este delito.
En consecuencia, la iniciativa propone adicionar el título vigésimo séptimo al libro segundo y el artículo 430 al Código Penal Federal, en materia de usurpación de identidad, delineando las definiciones y los alcances pertinentes. Este enfoque normativo tiene por objeto fortalecer las medidas legales para disuadir, combatir y prevenir la usurpación de identidad, para quedar como sigue:
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración del pleno la siguiente iniciativa con carácter de
DecretoÚnico. Se adicionan el título vigésimo séptimo al libro segundo y el artículo 430 al Código Penal Federal, en materia de usurpación de identidad, para quedar como sigue:
Título Vigésimo SéptimoDelitos contra la Identidad de las Personas Capítulo ÚnicoUsurpación de IdentidadArtículo 430. Comete el delito de usurpación de identidad quien por sí o por interpósita persona, por cualquier medio incluyendo el uso de nuevas tecnologías digitales, se apropie, transfiera, utilice o disponga de datos personales de otra persona sin autorización del titular, u otorgue su consentimiento para llevar la suplantación de su identidad, generando daño moral o patrimonial, así como obteniendo lucro o provecho indebido para sí mismo o para terceros.
La persona responsable de este delito será sancionada con prisión de uno a ocho años, y con una multa de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Además, deberá reparar los daños y perjuicios causados, sin perjuicio de otras sanciones que correspondan por delitos conexos.
La penalidad se agravará hasta en una mitad en los siguientes casos:
I. Cuando la víctima sea una persona mayor de sesenta años;
II. Si la víctima es una niña, niño o adolescente;
III. Cuando el autor del delito se valga de homonimia, parecido físico o similitud de la voz con la víctima para cometerlo;
IV. Si el delito lo comete un servidor público, que se aproveche de la información a la que tenga acceso por sus funciones; y
V. En caso de que el autor tenga conocimientos en informática, computación o telemática, incluyendo el uso de Inteligencia Artificial, y los utilice para la comisión del delito.
TransitorioÚnico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 UNICEF México e Inegi (2018). “Derecho a la identidad. La cobertura del registro de nacimiento en México”, México. Disponible en
https://www.unicef.org/mexico/informes/derecho-la-identidad
2 McAfee (2023). “Suplantación de identidad: la clonación de voz por IA para una nueva clase de estafa”. Disponible en
https://www.mcafee.com/blogs/es-es/privacy-identity-protection/c iberdelincuentes-recurren-a-clonacion-de-voz-con-ia-para-estafas-de-nueva-gener acion//
3 Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, “Guía para prevenir el robo de identidad” (sin fecha). Disponible en
https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/GuiasTitulares/Gu %C3%ADa_Prevenir_RI.pdf
4 Asociación de Bancos de México (sin fecha), “Recomendaciones de seguridad contra el fraude y robo de identidad”. Disponible en
https://www.abm.org.mx/recomendaciones-de-seguridad/abm-recomend aciones-seguridad-d.htm
5 Revista septiembre (2015), Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Disponible en
https://revista.condusef.gob.mx/2015/08/robo-de-identidad/
6 Forbes (2021). “Mexicanos, los más preocupados por los ciberataques en el mundo”. Disponible en
https://www.forbes.com.mx/tecnologia-mexicanos-los-mas-preocupad os-por-los-ciberataques-en-el-mundo/
7 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2023). Disponible en
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf
8 ESET (2023). Disponible en
https://www.welivesecurity.com/robo-identidad-infantil/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2024.– Diputados: Miguel Ángel Pérez Navarrete, Rommel Aghmed Pacheco Marrufo (rúbricas).»
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen.
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: Proceda la Secretaría a dar cuenta con la declaratoria de publicidad de dictámenes.
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso e) a la fracción V del artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en materia de política nacional marítima.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 del Código Penal Federal.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de fortalecimiento y actualización de la política nacional de suelos.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 56 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 847 de la Ley Federal del Trabajo.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
SE DECLARA EL 24 DE JULIO DE CADA AÑO COMO DÍA NACIONAL DEL TEQUILA
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 24 de julio de cada año como Día Nacional del Tequila.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
SE DECLARA EL 17 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA DE LA ATENCIÓN OPORTUNA DEL SÍNDROME DE RETT
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 17 de octubre de cada año como el Día de la Atención Oportuna del Síndrome de Rett.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 7 y la fracción II del artículo 21 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
SE DECLARA EL 25 DE AGOSTO DE CADA AÑO COMO EL DÍA DEL BOLERO MEXICANO
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Gobernación y Población, con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de agosto de cada año como el Día del Bolero Mexicano.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XXXII Bis, XXXII Ter y XXXII Quáter, del artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Pesca, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXXIII del artículo 8 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY GENERAL DE SALUD
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Salud, con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 113 de la Ley General de Salud.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DE DERECHOS
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 232 A de la Ley Federal de Derechos.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el ar-tículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX Bis al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL
La secretaria diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra: Dictamen de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de armonización legislativa.
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: De conformidad con lo que establece el artículo 87 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple la declaratoria de publicidad.
INICIATIVAS Y PROPOSICIONES
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz: En términos de los artículos 100 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del día serán turnadas a las comisiones que correspondan, publicándose el turno en la Gaceta Parlamentaria.
CLAUSURA Y CITA
La presidenta diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz (a las 17:31 horas): Se levanta la sesión y cito para la que tendrá lugar mañana miércoles 14 de febrero del año en curso, a las 11 horas, en modalidad semipresencial. El registro de asistencia estará disponible a partir de las 9 horas por medio de la aplicación instalada en el teléfono celular de las y los diputados.
––––– O –––––
RESUMEN DE LOS TRABAJOS
• Tiempo de duración de la sesión: 4 horas 38 minutos
• Quórum a la apertura de la sesión: 360 diputadas y diputados
• ASISTENCIA
• Minuto de silencio: 1
• Orden del día
• Intervención desde la tribuna en lengua indígena
• Acta de la sesión anterior
• Comunicaciones oficiales: 9
• Solicitud de licencia: 1
• Toma de protesta: 1
• Efemérides: 1
• Iniciativas con proyecto de ley o decreto: 35
• Propuesta de acuerdo de los órganos de gobierno: 1
• Declaratoria de publicidad de dictámenes: 16
• Diputadas y diputados que participaron durante la sesión: 42
16-Morena, 9-PAN, 6-PRI, 3-PVEM, 2-PT, 3-MC, 3-PRD
DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
(en orden alfabético)
VOTACIONES
Acuerdo de los Grupos Parlamentarios, relativo a la integración en las Secretarías de la Mesa Directiva para el tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura
MORENA
1 Alavez Ruiz, AleidaAusente
2 Alfaro Morales, María IsabelFavor
3 Almazán Burgos, Karla YuritziFavor
4 Almazán Muñoz, Odette NayeriFavor
5 Alvarado Murguía, Rosa MaríaFavor
6 Ambrocio Gachuz, José GuadalupeFavor
7 Andazola Gómez, Socorro IrmaAusente
8 Antonio Altamirano, CarolFavor
9 Arellano Reyes, Martha NabetseFavor
10 Armendáriz Guerra, Carmen PatriciaAusente
11 Arreola Martínez, Martha AliciaFavor
12 Arriaga Rojas, Justino EugenioFavor
13 Ascencio Ortega, Reyna CelesteFavor
14 Atanacio Luna, RaymundoFavor
15 Ávila Flores, Claudia SeleneFavor
16 Ayala Leyva, Ana ElizabethFavor
17 Aysa Damas, Carlos MiguelAusente
18 Baldenebro Arredondo, Manuel de JesúsFavor
19 Barajas García, MarthaAusente
20 Barboza Llamas, MaximianoFavor
21 Barrera Puc, Rocío NatalíFavor
22 Barrera Toledo, Jorge AlbertoFavor
23 Batun Chulim, Wilbert AlbertoFavor
24 Bautista Bravo, Juan AngelFavor
25 Bautista Hernández, EstebanFavor
26 Bautista Pelaéz, María del CarmenAusente
27 Bertín Sandoval, Juan IsaíasAusente
28 Blancas Mercado, BrunoFavor
29 Bonilla Herrera, RaquelFavor
30 Borrego Adame, Francisco JavierAusente
31 Briano Borunda, Jesús RobertoAusente
32 Brito Mazariegos, IsmaelAusente
33 Bustamante Castellanos, AdrianaFavor
34 Cabada Alvidrez, Hector ArmandoFavor
35 Camacho Reynoso, Martha AzucenaFavor
36 Candelario Figueroa, Luz AdrianaFavor
37 Cano González, SusanaFavor
38 Cantón Zetina, ÓscarFavor
39 Caro Cabrera, SalvadorFavor
40 Carrazco Macías, OlegariaFavor
41 Carrillo Cubillas, Mario MiguelFavor
42 Carvajal Hidalgo, AlejandroFavor
43 Castellanos Polanco, FavioFavor
44 Castillo Secundino, CelestinaFavor
45 Chapman Moreno, Manuel GuillermoAusente
46 Chávez Rojas, Olga LeticiaFavor
47 Chávez Treviño, AndreaFavor
48 Chavira de la Rosa, María GuadalupeFavor
49 Cisneros Luján, Angélica IvonneFavor
50 Collado Crisolia, VerónicaFavor
51 Contreras Castillo, ArmandoFavor
52 Contreras García, JanicieFavor
53 Contreras Montes, GustavoAusente
54 Corona Arvizu, ArmandoFavor
55 Coutiño Gutiérrez, LeonorFavor
56 Cruz Santos, Flora TaniaAusente
57 De la Cruz Lima, José MiguelFavor
58 Del Castillo Ibarra, Erika VanessaFavor
59 Del Razo Montiel, Steve EstebanFavor
60 Diaz García, Karla EstrellaFavor
61 Díaz Vilchis, CatalinaAusente
62 Domínguez Escobar, AngelAusente
63 Domínguez Flores, RosalindaFavor
64 Domínguez Rodríguez, Roberto ÁngelAusente
65 Elizondo Guerra, Olga JulianaFavor
66 Espinoza López, BrendaFavor
67 Esquivel Nava, María Magdalena OliviaFavor
68 Flores Pacheco, José LuisAusente
69 Flores Sanchéz, Marco AntonioAusente
70 García Almaguer, HamletFavor
71 García Anaya, LidiaFavor
72 García García, José AntonioFavor
73 García Montiel, OtonielFavor
74 García Moreno, María ClementeAusente
75 García Sandoval, ZeusFavor
76 García Segura, MarisolFavor
77 Girón Hernández, Olimpia TamaraFavor
78 Godoy Rangel, LeonelAusente
79 González Cruz, Alfredo AurelioFavor
80 González Hernández, Alma AnahíAusente
81 González Robledo, ErasmoFavor
82 Guerra Mena, JuanitaAusente
83 Guerrero Márquez, AntolínFavor
84 Guillen Montoya, Limbergh UlisesFavor
85 Gutiérrez Camacho, Oscar EugenioFavor
86 Gutiérrez Gutiérrez, DanielFavor
87 Gutiérrez Luna, Sergio CarlosAusente
88 Hernández Espejo, RosaFavor
89 Hernández Hernández, SaúlFavor
90 Hernández Pérez, César AgustínFavor
91 Hernández Pérez, María EugeniaFavor
92 Hernández Ruedas, Bennelly JocabethFavor
93 Hernández Sáenz, Claudia AlejandraFavor
94 Hernández Tapia, Arturo RobertoFavor
95 Hernández Villalpando, RafaelAusente
96 Hernández Villanueva, RocíoFavor
97 Herrera Villavicencio, MónicaFavor
98 Huerta Jurado, JavierFavor
99 Jarero Velázquez, Miguel PavelFavor
100 Jiménez Ramírez, YolisFavor
101 Juan Carlos, IrmaFavor
102 Lameiro Meza, Felipe IgnacioFavor
103 Llergo Latournerie, Mario RafaelFavor
104 López Guadarrama, CarlosAusente
105 Luevano Luna, SalmaFavor
106 Manzo Rodríguez, Carlos AlbertoAusente
107 Marín Díaz, FernandoFavor
108 Márquez Alkadef Cortes, CeciliaAusente
109 Martínez Díaz, Esther BereniceAusente
110 Martínez Espinoza, GabrielaFavor
111 Martínez Lopez, JaimeFavor
112 Maya Martínez, HirepanFavor
113 Medina Filigrana, Marcos RosendoFavor
114 Méndez Denis, LorenaFavor
115 Mendoza Álvarez, Mayra AliciaFavor
116 Merlín García, María del RosarioFavor
117 Mier Velazco, Moisés IgnacioAusente
118 Morales Miranda, Flor IvoneAusente
119 Morales Romero, Martha RosaFavor
120 Moreno Guerra, EvangelinaFavor
121 Moreno Rivera, Julio CésarContra
122 Muñoz Álvarez, Rubén GregorioAusente
123 Murguía Lardizábal, DanielFavor
124 Narro Panameño, Blanca AraceliFavor
125 Navarrete Rivera, Alma DeliaAusente
126 Navarro Conkle, Sandra LuzFavor
127 Noriega Romero, CarlosFavor
128 Obrador Narváez, Manuela del CarmenFavor
129 Ocampo Manzanares, AraceliFavor
130 Ochoa Fernández, CuauhtémocAusente
131 Olua González, Yessenia LeticiaAusente
132 Ortega Fonseca, Pedro DavidFavor
133 Ortiz Tejeda, Carlos FranciscoAusente
134 Pacheco Marrufo, Rommel AghmedAusente
135 Pani Barragán, AlejandraFavor
136 Parra Juárez, InésFavor
137 Peña Escalante, Rosangela AmairanyFavor
138 Peñaloza Pérez, Pedro SergioFavor
139 Pérez Bárcenas, LidiaFavor
140 Pérez Bernabe, Jaime HumbertoFavor
141 Pérez Garibay, Marco AntonioAusente
142 Pérez Gutiérrez, Blanca CarolinaFavor
143 Pérez López, Beatriz DomingaFavor
144 Pérez Navarrete, Miguel ÁngelFavor
145 Pérez Segura, Laura ImeldaAusente
146 Polevnsky Gurwitz, YeidckolAusente
147 Porras Domínguez, AlfredoFavor
148 Prado de los Santos, MiguelFavor
149 Prieto Terrazas, SusanaAusente
150 Rabelo Estrada, Karla MaríaAusente
151 Ramírez Padilla, Julieta AndreaFavor
152 Ramiro Alejo, BrendaFavor
153 Reyes Carmona, EmmanuelFavor
154 Reyes López, ValentínAusente
155 Reyes Silva, María del RosarioFavor
156 Rincón Chanona, SoniaFavor
157 Ríos Cheno, BernardoFavor
158 Ritter Ocampo, Klaus UweFavor
159 Robledo Ruiz, Juan RamiroAusente
160 Robles Gómez, Manuel AlejandroFavor
161 Robles Ortíz, MarthaFavor
162 Rodríguez González, ManuelFavor
163 Rodríguez Torres, Ángel MiguelFavor
164 Rojas Martínez, BeatrizFavor
165 Román Ávila, María GuadalupeAusente
166 Salazar López, NoemiFavor
167 Sánchez Barrios, CarlosFavor
168 Sánchez Ortiz, GracielaContra
169 Sánchez Rodríguez, Juan PabloFavor
170 Sandoval Ballesteros, Pablo AmílcarContra
171 Sandoval Soto, MartínFavor
172 Santiago Chepi, AzaelFavor
173 Santiago Manuel, IranFavor
174 Santiago Marcos, Nancy YadiraFavor
175 Sibaja Mendoza, Jorge ÁngelFavor
176 Sierra Damián, MariaFavor
177 Silva Hernandez, Dulce MaríaAusente
178 Tanori Córdova, Judith CelinaFavor
179 Tello Espinosa, ClaudiaFavor
180 Tenorio Adame, PaolaFavor
181 Torres Escudero, Mario AlbertoAusente
182 Torres Hernández, AlfredoFavor
183 Torres Navarro, Juan GuadalupeAusente
184 Torruco Garza, MiguelFavor
185 Trinidad Balboa, José JuanAusente
186 Valencia Cruz, RosalbaFavor
187 Valencia Medina, Alma GriseldaFavor
188 Varela López, Víctor GabrielAusente
189 Vargas Meraz, Teresita de JesúsFavor
190 Vargas Osnaya, Ma. CristinaFavor
191 Vázquez Álvarez, Brianda AuroraFavor
192 Vázquez Arellano, ManuelFavor
193 Vences Valencia, Julieta KristalFavor
194 Vidal Benavides, FaustinoFavor
195 Vigil Hernández, Elva AgustinaFavor
196 Villa Villegas, AlbertoFavor
197 Villegas Guarneros, Dulce María CorinaFavor
198 Villegas Sanchez, MeraryFavor
199 Zamora Valdez, CasimiroFavor
200 Zebadua Alva, JoaquínFavor
201 Zúñiga Cuevas, María del CarmenFavor
Favor: 149
Contra: 3
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 49
Total: 201
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
1 Aguilar Coronado, Marco HumbertoAusente
2 Alcantar Ortega, SalvadorFavor
3 Almaraz Smer, Oscar de JesúsAusente
4 Almendariz Puppo, Marco AntonioAusente
5 Álvarez Hernández, Daniela SorayaAusente
6 Aranda Orozco, Ana TeresaFavor
7 Azar Figueroa, Anuar RobertoAusente
8 Azuara Zúñiga, XavierFavor
9 Báez Guerrero, Jose LuisAusente
10 Balderas Hernández, Itzel JosefinaAusente
11 Balderas Trejo, Ana MaríaFavor
12 Beauregard Martínez, CarolinaFavor
13 Becerra Moreno, MónicaAusente
14 Bolio Pinelo, Kathia MaríaAusente
15 Campuzano González, Gina GerardinaAusente
16 Castell de Oro Palacios, María TeresaFavor
17 Castillo Olivares, Héctor IsraelAusente
18 Castrellón Garza, Francisco JavierFavor
19 Chale Cauich, Sergio EnrriqueFavor
20 Cifuentes Negrete, RománFavor
21 Compeán Fernández, EliseoAusente
22 Contreras Duarte, Laura PatriciaFavor
23 Cordero González, Wendy MaricelaAusente
24 Díaz Villalón, Erika de los ÁngelesAusente
25 Escudero Fabre, María del CarmenFavor
26 Espadas Galván, Jorge ArturoFavor
27 Felipe Torres, Joanna AlejandraFavor
28 Galarza Castro, YeseniaFavor
29 Gamboa Torales, María JosefinaFavor
30 García Velasco, AnabeyFavor
31 Garza Treviño, PedroFavor
32 Godínez del Río, EnriqueFavor
33 Gómez Cárdenas, Annia SarahíAusente
34 Gómez del Campo Gurza, MarianaFavor
35 González Alonso, Carmen RocíoFavor
36 González Azcárraga, Rosa MariaAusente
37 González Cruz, Karla VeronicaFavor
38 González Márquez, Karen MichelFavor
39 González Urrutia, WendyFavor
40 González Zepeda, JavierAusente
41 Gutiérrez Valdez, María de los AngelesAusente
42 Gutiérrez Valtierra, Diana EstefaníaFavor
43 Huerta Ling, Guillermo OctavioFavor
44 Huerta Villegas, GenovevaFavor
45 Inzunza Armas, Jorge ErnestoFavor
46 Jiménez Angulo, Julia LicetFavor
47 Juárez Navarrete, BereniceFavor
48 Lara Carreón, Diana María TeresaAusente
49 Lixa Abimerhi, José ElíasFavor
50 López Sosa, MarielaAusente
51 Loyola Vera, IgnacioFavor
52 Luna Ayala, Noemi BereniceFavor
53 Macías Olvera, Felipe FernandoFavor
54 Macías Zambrano, GustavoAusente
55 Madrazo Limón, CarlosFavor
56 Mancillas Cabrera, MarianaFavor
57 Mandujano Tinajero, EstherFavor
58 Martínez López, Paulo GonzaloAusente
59 Mata Atilano, NoelFavor
60 Mata Lozano, LizbethAusente
61 Maturino Manzanera, Juan CarlosAusente
62 Mendoza Acevedo, Luis AlbertoAusente
63 Monraz Ibarra, Miguel AngelAusente
64 Montes Estrada, BereniceFavor
65 Murillo Manríquez, SoniaFavor
66 Núñez Cerón, SaraiFavor
67 Núñez Meneses, Ali SayuriFavor
68 Olvera Coronel, Lilia CaritinaFavor
69 Olvera Higuera, Claudia GabrielaAusente
70 Oranday Aguirre, Nora ElvaAusente
71 Patrón Laviada, Cecilia AnunciaciónFavor
72 Peña Flores, GerardoFavor
73 Pérez Díaz, Víctor ManuelAusente
74 Pérez-Jaén Zermeño, María ElenaFavor
75 Quadri de la Torre, Gabriel RicardoAusente
76 Quintana Martínez, Carlos HumbertoFavor
77 Ramírez Barba, Éctor JaimeFavor
78 Ramos Juárez, AdelaFavor
79 Reza Gallegos, Rocío EsmeraldaFavor
80 Riestra Piña, Mario GerardoFavor
81 Rivera Gutiérrez, RiultFavor
82 Rocha Acosta, SoniaFavor
83 Rodarte de Lara, Miguel HumbertoFavor
84 Rodríguez Vallejo, Alma CristinaAusente
85 Romero Herrera, JorgeAusente
86 Romero Hicks, Juan CarlosFavor
87 Romero Velázquez, Krishna KarinaAusente
88 Romo Cuéllar, Martha EstelaFavor
89 Rubio Fernández, PaulinaFavor
90 Salgado Almaguer, PedroAusente
91 Sánchez Velázquez, Ana LauraFavor
92 Sánchez Zepeda, RodrigoFavor
93 Serrato Castell, Luis GerardoAusente
94 Solorzano Gallego, MarciaFavor
95 Tejeda Cid, ArmandoFavor
96 Téllez Hernández, Héctor SaúlFavor
97 Terrazas Baca, PatriciaFavor
98 Tinajero Robles, DesiderioFavor
99 Torreblanca Engell, SantiagoFavor
100 Torres Graciano, FernandoAusente
101 Tovar Vargas, José SalvadorAusente
102 Triana Tena, JorgeFavor
103 Valenzuela Corral, RobertoFavor
104 Valenzuela González, Carlos AlbertoAusente
105 Valenzuela Sánchez, Ana LauraFavor
106 Varela Pinedo, Miguel ÁngelAusente
107 Verástegui Ostos, Vicente JavierAusente
108 Villarreal García, RicardoFavor
109 Villaseñor Cicero, Eduardo IsraelFavor
110 Zapata Meraz, José AntonioFavor
111 Zavala Gómez del Campo, Margarita EsterFavor
112 Zepeda Martínez, LeticiaFavor
Favor: 72
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 40
Total: 112
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
1 Abramo Masso, YericoFavor
2 Aceves García, Norma AngélicaFavor
3 Acosta Peña, Brasil AlbertoAusente
4 Aguilar Castillo, RicardoFavor
5 Aguilar Cifuentes, Yeimi YazmínFavor
6 Aguirre Maldonado, María de JesúsFavor
7 Alcalá Ruiz, Blanca María del SocorroFavor
8 Alcántara Rojas, María GuadalupeAusente
9 Angulo Briceño, Pablo GuillermoAusente
10 Arcos Velázquez, Montserrat AliciaAusente
11 Arguijo Hernández, TeodoroAusente
12 Ayala Villalobos, KarlaAusente
13 Azuara Yarzábal, FrinnéFavor
14 Barrera Fortoul, LauraAusente
15 Barrón Perales, Karina MarlenAusente
16 Bernal Bolnik, Sue EllenFavor
17 Bueno Zertuche, JaimeFavor
18 Camarena Jáuregui, María del RefugioFavor
19 Campos Huirache, AdrianaFavor
20 Cantú Ramírez, Andrés MauricioFavor
21 Cárdenas Monroy, Óscar GustavoFavor
22 Cardona Ortiz, Alma PatriciaFavor
23 Carvajal Isunza, SofiaFavor
24 Casique Zarate, JavierFavor
25 Castellanos Ramírez, AlanFavor
26 Cruz Mendoza, EufrosinaFavor
27 Dávila Ramírez, CarolinaFavor
28 Díaz Tejeda Nelida, Ivonne SabrinaAusente
29 Espinoza Eguia, Juan FranciscoFavor
30 Fletes Araiza, José GuadalupeAusente
31 Fuentes Ávila, RodrigoAusente
32 Gamboa Miner, PabloAusente
33 Garza Ochoa, José LuisAusente
34 Gómez Villanueva, AugustoAusente
35 González Aguirre, MarianoAusente
36 González Zirión, XavierFavor
37 Guajardo Villarreal, IldefonsoAusente
38 Guerra Castillo, MarcelaFavor
39 Guerrero Esquivel Fuensanta, GuadalupeFavor
40 Gutiérrez Jardón, José AntonioAusente
41 Haro Ramírez, Laura LorenaAusente
42 Hernández Deras, Ismael AlfredoAusente
43 Hernández Pérez, Johana MontcerratFavor
44 Hernández Zetina, HiramAusente
45 Herrera Anzaldo, Ana LiliaFavor
46 Iriarte Mercado, CarlosAusente
47 Jaimes Albarrán, JazmínFavor
48 Jiménez Aquino, Lázaro CuauhtémocFavor
49 López Castro, Cynthia IlianaAusente
50 López García, Roberto CarlosFavor
51 Medina Ramírez, TeresoFavor
52 Mendoza Bustamante, Marco AntonioFavor
53 Moreira Valdez, Rubén IgnacioAusente
54 Moreno Cárdenas, Rafael AlejandroAusente
55 Murat Hinojosa, Eduardo EnriqueFavor
56 Nassar Piñeyro, Mariana ErandiAusente
57 Onofre Vázquez, Vicente AlbertoFavor
58 Peraza Ramírez, Mario XavierFavor
59 Piñón Rivera, LorenaAusente
60 Rodríguez Muñoz, ReynelFavor
61 Ruiz Sandoval, CristinaFavor
62 Sámano Peralta, MiguelFavor
63 Sánchez Escobedo, María JoséAusente
64 Sánchez Ramos, PalomaAusente
65 Serrano Maldonado, Ma. ElenaFavor
66 Treviño Badillo, Norma GracielaFavor
67 Vargas Camacho, Melissa EstefaníaFavor
68 Vargas Rodríguez, SayonaraAusente
69 Viggiano Austria, Alma CarolinaFavor
70 Villaseñor Dávila, Maribel GuadalupeFavor
71 Zarzosa Sánchez, EduardoFavor
Favor: 42
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 29
Total: 71
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1 Aguilar Piña, Kevin ÁngeloFavor
2 Alcalá Izguerra, María JoséFavor
3 Buenrostro Martínez, José GuadalupeFavor
4 Bugarin Rodríguez, Jasmine MaríaAusente
5 Carrillo Soberanis, Juan LuisAusente
6 Castrejón Trujillo, KarenFavor
7 Corona Nakamura, María del RocíoAusente
8 Cruz Peláez, Fatima AlmendraAusente
9 Delgadillo González, ClaudiaAusente
10 Domínguez Zopiyactle, Itzel AlelíFavor
11 Estefan Gillessen, José AntonioAusente
12 Fernández Cruz, Nayeli ArlenAusente
13 Gallardo García, FaustoAusente
14 Gómez Betancourt, Armando AntonioFavor
15 Gonzalez Cruz, Luis ArturoAusente
16 González Lima, JuanFavor
17 Hernández Villafuerte, GilbertoAusente
18 Huerta Valdovinos, Ana LauraFavor
19 Llaven Abarca, Jorge LuisFavor
20 López Casarín, Javier JoaquínAusente
21 Martínez Bravo, Luis AlbertoFavor
22 Melgar Bravo, Luis ArmandoAusente
23 Mendoza Díaz, SoniaAusente
24 Montemayor Castillo, SantyAusente
25 Montes de Oca Avendaño, Juan PabloAusente
26 Monzón García, EuniceFavor
27 Natale Gutiérrez, Marco AntonioAusente
28 Natale López, Juan CarlosFavor
29 Navarrete Navarro, Consuelo del CarmenFavor
30 Navarro Muñiz, Juan ManuelFavor
31 Palacios Díaz, Luis EdgardoFavor
32 Peña Martínez, AngélicaFavor
33 Pinete Vargas, María del CarmenFavor
34 Puente Salas, Carlos AlbertoAusente
35 Quijano Tapia, Janine PatriciaAusente
36 Rubio Montejo, Roberto AntonioAusente
37 Salomón Durán, Ciria YamileFavor
38 Sánchez Sánchez, Christian JoaquínAusente
39 Santiago Barrientos, ValeriaFavor
40 Segovia Hernández, Roberto AlejandroFavor
Favor: 20
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 20
Total: 40
PARTIDO DEL TRABAJO
1 Aguilar Gil, LiliaFavor
2 Aguilar López, José AlejandroAusente
3 Alcántara Martínez, LeobardoFavor
4 Anaya Gutiérrez, AlbertoFavor
5 Baltierra García, JaimeFavor
6 Bernal Camarena, Ana LauraFavor
7 Bernal Martínez, Mary CarmenFavor
8 Celestino Rosas, AraceliFavor
9 Espinosa Ramos, Francisco AmadeoFavor
10 Favela Peñuñuri, FranciscoFavor
11 Femat Bañuelos, AlfredoFavor
12 Fernández Noroña, José Gerardo RodolfoAusente
13 Garay Loredo, Irma YordanaFavor
14 García García, MargaritaFavor
15 García Hernández, Jesús FernandoFavor
16 Garduño Garduño, MariselaFavor
17 Maceda Carrera, NellyFavor
18 Martínez Romano, EstherFavor
19 Martínez Ruiz, MaribelFavor
20 Martínez Ventura, Luis EnriqueAusente
21 Moreno Hernández, Brigido RamiroAusente
22 Núñez Monreal, Magdalena del SocorroFavor
23 Ortiz Rodríguez, Jorge ArmandoFavor
24 Páez Guereca, María de JesúsFavor
25 Reyes Ledesma, ArmandoAusente
26 Robles Montoya, Ángel BenjamínFavor
27 Rojo Pimentel, Ana KarinaFavor
28 Rosete Sánchez, María de JesúsFavor
29 Sandoval Flores, ReginaldoAusente
30 Vázquez García, DioniciaFavor
31 Vázquez González, PedroFavor
32 Vázquez Romero, Shirley GuadalupeFavor
33 Wences Real, VictorianoAusente
Favor: 26
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 7
Total: 33
MOVIMIENTO CIUDADANO
1 Adams Pereyra, Olga ZulemaFavor
2 Aguado Romero, PaulinaFavor
3 Álvarez Máynez, JorgeAusente
4 Álvarez Solis, Maria AsenciónAusente
5 Armentía López, PedroAusente
6 Banquells Núñez, María del RocíoAusente
7 Barrera Sepúlveda, SergioAusente
8 Castañeda González, Omar EnriqueAusente
9 Chávez Pérez, Maria LeticiaFavor
10 De la Garza Garza, Arturo BonifacioFavor
11 Delgado Ventura, Pablo GilAusente
12 Flores Gómez, MirzaAusente
13 García Medina, Amalia DoloresFavor
14 Garza Marín, José MauroAusente
15 Herrera Vega, Manuel JesúsAusente
16 Jiménez Canale, ÁlvaroFavor
17 Limón García, María ElenaAusente
18 López Ochoa Mijares, BraulioFavor
19 Martínez Cosío, Elvia YolandaFavor
20 Mejía Ibáñez, JulietaAusente
21 Moguel Ballado, Oscar OctavioFavor
22 Ochoa Mejía, Ma. Teresa RosauraFavor
23 Ortega de la Cruz, Jessica María GuadalupeFavor
24 Ortega Pacheco, Ivonne AracellyFavor
25 Pintos Caballero, AndrésFavor
26 Rodríguez Carrillo, Mario AlbertoFavor
27 Rodríguez González, Taygete IrisayAusente
28 Samperio Chaparro, Rodrigo HerminioFavor
Favor: 15
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 13
Total: 28
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
1 Chávez Flores, María MacarenaFavor
2 Chávez Ruiz, HéctorFavor
3 Díaz Acevedo, Edna GiselAusente
4 Garivo Sánchez, Karina IsabelFavor
5 Huacus Esquivel, Francisco JavierFavor
6 Pérez Valdez, ElizabethFavor
7 Prieto Gómez, MauricioAusente
8 Rafael Dircio, FabiolaFavor
9 Rodríguez Sarabia Leslie, EstefaníaFavor
10 Sodi Miranda, Ana Cecilia Luisa Gabriela FernandaFavor
11 Torres Rosales, Miguel AngelAusente
12 Velázquez Flores, Jesús AlbertoAusente
Favor: 8
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 4
Total: 12
DIPUTADOS SIN PARTIDO
1 Castañeda Navarrete, MarcelinoAusente
2 Fernández Piña, Laura LynnAusente
3 Espinosa Cházaro, Luis Angel XarielAusente
Favor: 0
Contra: 0
Abstención: 0
Quorum: 0
Ausentes: 3
Total: 3